El Contrato

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UNIVERSIDAD TECNOLGICA EQUINOCCIALINTEGRANTES: GARCA ADRIN JEAN PIERRE HIDALGO ALEJANDRO PILLAJO

El Contrato El contrato es un acuerdo de voluntades, verbal o

escrito, manifestado en comn entre dos, o ms, personas con capacidad (partes del contrato), que se obligan en virtud del mismo, regulando sus relaciones relativas a una determinada finalidad o cosa, y a cuyo cumplimiento pueden compelerse de manera recproca, si el contrato es bilateral, o compelerse una parte a la otra, si el contrato es unilateral.

El Cdigo Civil en el LIBRO CUARTO DE LAS

OBLIGACIONES EN GENERAL Y DE LOS CONTRATOS en el Art. 1481 expresa que Contrato o convencin es un acto por el cual una parte se obliga para con otra dar, hacer o no hacer alguna cosa. Cada parte puede ser una o muchas personas

Requisitos del contrato Bsicamente son tres, aquellos requisitos que, en

casi todos los sistemas jurdicos, exigen las leyes, para alcanzar la eficacia del contrato: consentimiento objeto causa

1) Consentimiento La perfeccin del contrato exige que el

consentimiento sea prestado libremente por todas las partes intervinientes. Ser nulo el consentimiento viciado, por haber sido prestado por error, con violencia o intimidacin, o dolo.

2) Objeto

Pueden ser objeto de contratos todas las cosas que no estn fuera del comercio de los hombres, aun las cosas futuras. Pueden ser igualmente objeto de contrato todos los servicios que no sean contrarios a las leyes, a la moral, a las buenas costumbres o al orden pblico.

3) Causa La causa es el motivo determinante que llev a

las partes a celebrar el contrato. Un contrato no tiene causa cuando las manifestaciones de voluntad no se corresponden con la funcin social que debe cumplir, tampoco cuando se simula o se finge una causa. El contrato debe tener causa y sta ha de ser existente, verdadera y lcita.

Formacin del contrato

Acuerdo de voluntades Oferta y aceptacin Etapa precontractual

Forma de los contratos La forma puede ser determinante, a veces, de la

validez y eficacia de los contratos. Los contratos pueden ser verbales o escritos; verbales, si su contenido se conserva slo en la memoria de los intervinientes, o escritos, si su contenido se ha transformado en texto gramatical reflejado o grabado en soporte permanente y duradero (papel, cinta magntica visual o sonora, CD, DVD, PD, etc.) que permita su lectura y exacta reproduccin posterior.

Efectos de los contratos Las partes deben ajustarse a las condiciones

estipuladas en el contrato (principio de literalidad). Las condiciones y los efectos del contrato solo tienen efecto entre las partes que aceptaron el contrato, y sus causahabientes (principio de relatividad del contrato). Los pactos contenidos en los contratos deben ejecutarse en los trminos que fueron suscritos. Una vez que un contrato ha nacido vlidamente, se convierte en irrenunciable, y las obligaciones originadas por el contrato vlido no se pueden modificar unilateralmente.

Capacidad para firmar un contrato Segn el Art. 1490 Cdigo Civil Son

absolutamente incapaces los dementes, los impberes y los sordo mudos que no pueden darse a entender por escrito. Sus actos no surten ni aun obligaciones naturales y no admiten caucin. El artculo 134 del Cdigo del Trabajador establece La prohibicin de toda clase de trabajador por cuenta ajena a los nios, nias y adolecentes menores de 15 aos.

Clases de contratos El contrato de trabajo puede ser:

a) Expreso o tcito, y el primero, escrito o verbal b) A sueldo, a jornal, en participacin y mixto c) Por tiempo fijo, por tiempo indefinido, de

temporada, eventual y ocasional d) A prueba e) Por obra cierta, por tarea y a destajo f) Por enganche g) Individual, de grupo o por equipo

Se exceptan de lo dispuesto en el inciso

anterior: a) Los contratos por obra cierta, que no sean habituales en la actividad de la empresa o empleador; b) Los contratos eventuales, ocasionales y de temporada; c) Los de servicio domstico; d) Los de aprendizaje; e) Los celebrados entre los artesanos y sus operarios; f) Los contratos a prueba;

Contrato de arrendamiento Es un contrato por el cual una de las partes,

llamada arrendador, se obliga a transferir temporalmente el uso y goce de una cosa mueble o inmueble a otra parte denominada arrendatario, quien a su vez se obliga a pagar por ese uso o goce un precio cierto y determinado.

Contrato de anticresis Es una contrato `por el que se entrega al

acreedor una cosa raz, para que se pague con sus frutos. En el contrato de anticresis el acreedor (titular) adquiere el derecho de percibir los frutos de un inmueble de su deudor, con la obligacin de aplicarlos al pago de los intereses, si se debieren, y despus al del capital de su crdito. El deudor no puede readquirir el goce del inmueble sin haber pagado antes enteramente lo que debe a su acreedor.

Contratos unilaterales y bilaterales Contrato unilateral: Es un acuerdo de

voluntades que engendra obligaciones solo para una parte. Contrato bilateral: Es el acuerdo de voluntades que da nacimiento a obligaciones para ambas partes. Cuando en un contrato unilateral existen obligaciones que impliquen la transferencia de una cosa, si esta se destruye por caso fortuito o fuerza mayor es necesario poder establecer quin debe de sufrir la prdida.

Contratos onerosos y gratuitos Contrato oneroso: es aqul en el que existen

beneficios y gravmenes recprocos, en ste hay un sacrificio equivalente que realizan las partes (equivalencia en las prestaciones recprocas); por ejemplo, la compraventa, porque el vendedor recibe el provecho del precio y a la vez entrega la cosa, y viceversa, el comprador recibe el provecho de recibir la cosa y el gravamen de pagar. Contrato gratuito: slo tiene por objeto la utilidad de una de las dos partes, sufriendo la otra el gravamen. Es gratuito, por tanto, aquel contrato en el que el provecho es para una sola

Contratos conmutativos y aleatorios Contrato conmutativo: es aquel contrato en el

cual las prestaciones que se deben las partes son ciertas desde el momento que se celebra el acto jurdico, un ejemplo muy claro es el contrato de compraventa de una casa. Contratos aleatorios: es aquel que surge cuando la prestacin depende de un acontecimiento futuro e incierto y al momento de contratar, no se saben las ganancias o prdidas hasta el momento que se realice este acontecimiento futuro. Ejemplos son el contrato de compraventa de cosecha llamado de "esperanza", apuestas, juegos, etc.

Contratos principales y accesorios Contrato principal: es aquel que existe por s

mismo, en tanto que los accesorios son los que dependen de un contrato principal. Los accesorios siguen la suerte de lo principal porque la nulidad o la inexistencia de los primeros originan a su vez, la nulidad o la inexistencia del contrato accesorio. Contratos accesorios: son tambin llamados "de garanta, porque generalmente se constituyen para garantizar el cumplimiento de una obligacin que se reputa principal, y de esta forma de garanta puede ser personal, como la fianza, en que una persona se obliga a pagar por el deudor, si ste no lo hace; o real, como el de hipoteca, el de prenda, en que se constituye un derecho real sobre un bien enajenable, para garantizar el cumplimiento de una obligacin y su preferencia en el pago.

Contratos instantneos y de tracto sucesivo Contratos instantneos, o de tracto nico, son

aquellos que se cumplen en el mismo momento en que se celebran, es decir, su cumplimiento se lleva a cabo en un solo acto. Contrato de Tracto Sucesivo: es aquel en que el cumplimiento de las prestaciones se realiza en un periodo determinado, y que, por deseo de las partes se puede extender para satisfacer sus necesidades primordiales y estos trminos pueden ser: (a)Ejecucin continuada: ejecucin nica pero sin interrupcin. (b)Ejecucin peridica: varias prestaciones que se ejecutan en fechas establecidas. (c) Ejecucin intermitente: se da cuando lo solicita la otra parte.

Contrato consensual y real Contrato consensual: por regla general, el

consentimiento de las partes basta para formar el contrato; las obligaciones nacen tan pronto como las partes se han puesto de acuerdo. El consentimiento de las partes puede manifestarse de cualquier manera. No obstante, es necesaria que la voluntad de contratar revista una forma particular, que permita por medio de ella conocer su existencia. No es la simple coexistencia de dos voluntades internas lo que constituye el contrato; es necesario que stas se manifiesten al exterior. Contrato real: queda concluido desde el momento en que una de las partes haya hecho a la otra la tradicin o entrega de la cosa sobre la

Contrato formal, solemne o no solemne, y no formal Contrato formal: es aquel en que la ley ordena

que el consentimiento se manifieste por determinado medio para que el contrato sea vlido. Contrato formal solemne: es aquel que adems de la manifestacin del consentimiento por un medio especfico, requiere de determinados ritos estipulados por la ley para producir sus efectos propios.

Contrato privado y pblico Contrato privado: es el realizado por las

personas intervinientes en un contrato con o sin asesoramiento profesional. Tendr el mismo valor que la escritura pblica entre las personas que los suscriben y sus causahabientes Contrato pblico: son los contratos autorizados por los funcionarios o empleados pblicos, siempre dentro del mbito de sus competencias, tiene una mejor condicin probatoria. Los documentos notariales son los que tienen una mayor importancia y dentro de ellos principalmente las escrituras pblicas.

Contrato nominado o tpico e innominado o atpico Contrato nominado o tpico: es aquel contrato

que se encuentra previsto y regulado en la ley. Por ello, en ausencia de acuerdo entre las partes, existen normas dispositivas a las que acudir. (Compraventa, arrendamientos...) Contrato innominado o atpico: es aquel para el que la ley no tiene previsto un nombre especfico, debido a que sus caractersticas no se encuentran reguladas por ella. Puede ser un hbrido entre varios contratos o incluso uno completamente nuevo. Para completar las lagunas del derecho o situaciones no previstas por las partes en el contrato, es necesario acudir a la regulacin de contratos similares o anlogos.

Contratos determinados nicamente en su gnero Son aquellos en los que solo se hace mencin a

la cantidad y calidad del objeto del contrato, por Ej.: La venta de 100 toneladas mtricas de soya. Como se puede observar no se est indicando qu soya se vende, en este caso debe presumirse que la calidad es de trmino medio.

OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR EN EL ECUADOR

Celebrar un contrato de trabajo Inscribir el contrato de trabajo en el Ministerio de Relaciones

Laborales. Afiliar a tu trabajador a la Seguridad Social (IESS), a partir del primer da de trabajo, inclusive si es a prueba. Tratar a los trabajadores con la debida consideracin, no infirindoles maltratos de palabra o de obra. Sueldo bsico que se debe pagar es de 292.00 usd Asumir el porcentaje(11,15%) que corresponde al empleador por la seguridad social Pagar horas extras y suplementarias. Pagar los dcimos tercero y cuarto. A partir del segundo ao de trabajo pagar los Fondos de Reserva. A pagar una compensacin por el salario digno. A pagar utilidades si la empresa tiene beneficios.

HORAS EXTRAS Quienes no tienen derecho al pago de horas

extras. Para los efectos de la remuneracin, no se considerar como trabajo suplementario el realizado en horas que excedan de la jornada ordinaria, cuando los empleados tuvieren funciones de confianza y direccin, esto es el trabajo de quienes, en cualquier forma, representen al empleador o hagan sus veces; el de los agentes viajeros, de seguros, de comercio como vendedores y compradores, siempre que no estn sujetos a horario fijo; y el de los guardianes o porteros residentes, siempre que exista contrato escrito ante la autoridad competente que establezca los particulares requerimientos y naturaleza de las labores. Base legal ART. 58 del Cdigo del Trabajo

Derechos laborales del trabajador en Ecuador: Afiliacin a la Seguridad Social desde el primer da de

trabajo. A percibir como mnimo el sueldo bsico (292 usd). A percibir horas extras y suplementarias, en el caso que trabajes estas horas. A percibir los dcimos tercero y cuarto en las fechas establecidas. A percibir los Fondos de Reserva a partir del segundo ao de trabajo. A un periodo de vacaciones laborales remuneradas. A recibir una compensacin por el salario digno. A un periodo de licencia por paternidad (nuevo padre). A un periodo de licencia por maternidad (madre). Al subsidio por maternidad para la nueva madre. Solicitar certificados relativos a su trabajo. A recibir un pago por concepto de utilidades.

ESTRUCTURA DE LOS CONTRATOS

CONTRATO DE TRABAJO A DESTAJO O POR TAREA Comparecen, ante el seor Inspector del Trabajo, por una parte ., a travs de su representante legal, (en caso de personas jurdicas); en su calidad de EMPLEADOR y por otra parte el seor _______________________ portador de la cdula de ciudadana # ___________su calidad de TRABAJADOR. Los comparecientes son ecuatorianos, domiciliados en la ciudad de y capaces para contratar, quienes libre y voluntariamente convienen en celebrar un contrato de trabajo a Prueba con sujecin a las declaraciones y estipulaciones contenidas en las siguientes clusulas. PRIMERA.- ANTECEDENTES.El EMPLEADOR, para el desarrollo de las tareas propias de su actividad, contrata los servicios personales del TRABAJADOR que los desempear en conformidad con la Ley, los reglamentos internos, las disposiciones generales, rdenes e instrucciones que imparta la empleadora o sus representantes. SEGUNDA.- OBJETO.El TRABAJADOR (a) se compromete a prestar sus servicios lcitos y personales bajo la dependencia del EMPLEADOR (a) en calidad, bajo su dependencia y ordenes, en el periodo o la jornada de.para lo cual declara tener los conocimientos y capacidades necesarias. TERCERA.- REMUNERACIN.El EMPLEADOR pagar al TRABAJADOR (a) por realizar el (desmonte, limpieza, fumigacin etc)la cantidad de . DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMRICA (USD$ ,oo), que seria pagada diariamente, tomando en cuenta el avance de la labor encomendada. CUARTA.- DURACIN.Este contrato tendr vigencia de . (tiempo que dure la tarea contratada), que es la fecha mxima en que deber acabar el trabajo contratado, comenzando sus labores el TRABAJADOR, desde el da siguiente a la suscripcin de este contrato. En el contrato pasa a ser llamado la parte, los interesados, en caso individual o las partes en caso de varios.

QUINTA.- LUGAR DE TRABAJO. Las labores indicadas en el objeto de este contrato,

se las ejecutar en_______________, ubicadas en la ciudad de ______________, provincia de SEXTA. LEGISLACIN APLICABLE En todo lo no previsto en este Contrato, cuyas modalidades especiales las reconocen y aceptan las partes, stas se sujetan al Cdigo del Trabajo.

Contrato de compraventa de Vehculo Automotor (Automvil o Motocicleta)

El seor _____________ mayor de edad y vecino de la ciudad de ________, identificado como aparece al pie de su firma, quien en adelante se denominar EL VENDEDOR, y ___________, mayor de edad y vecino de _________, quien se identifica como aparece al pie de su firma y en adelante se denominar EL COMPRADOR, hemos acordado celebrar contrato de compraventa que se regir por las normas civiles y comerciales que regulan la materia, segn las siguientes clusulas: Primera. Objeto: EL VENDEDOR transferir a EL COMPRADOR la propiedad del (carro o moto) que a continuacin se identifica: Marca:__________ Modelo:_________ Lnea:_______________ Placa:___________ Motor:__________ Serie:_______________ Chasis:__________ Color: __________ Matriculado en:_______ (Todo lo que se necesita para identificar claramente lo vendido) Segunda. Precio: Las partes pactan la suma de ___________ pesos Mcte. ($________). Tercera. Forma de pago: EL COMPRADOR paga el precio a que se refiere la clusula anterior en la siguiente forma: ________ (Se determina si es a la firma de este contrato de venta, a plazos o al momento de registrar la venta ante la Oficina de Trnsito de la ciudad donde est matriculado. No se debe olvidar que la Compraventa es un acuerdo de voluntades). Cuarta. Obligaciones de EL VENDEDOR: EL VENDEDOR se obliga a hacer entrega del (carro o moto) en buen estado, libre de gravmenes embargos, multas, impuestos, pactos de reserva de dominio y cualquiera otra circunstancia que afecte el libre comercio del bien objeto del presente contrato.

Quinta. Gastos: Los gastos como impuestos, multas y dems que recaigan sobre el (carro o motocicleta) antes de la inscripcin del traspaso ante la Oficina de Trnsito corre por cuenta de EL VENDEDOR. Los gastos de registro se pagarn en partes iguales, excepto la Retencin en la Fuente a ttulo de impuesto de renta que corre por cuenta de EL VENDEDOR. Sexta. Clusula penal: las partes establecen que quien incumpla cualquiera de las estipulaciones derivadas de este contrato, pagar a la otra como sancin la suma de _________ pesos ($______) Sptima. Clusula Compromisoria: Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, su ejecucin y liquidacin se resolver por un mecanismo alternativo de justicia como un Tribunal de Arbitramento o un Centro de Arbitraje o Conciliacin, si no existe arreglo por este medio, se agotar esta etapa y se podr acudir a la Justicia Ordinaria. Esta acta de Compraventa se firma en dos (2) ejemplares iguales, ante un (1) testigo, en la ciudad de ________ a los _________ del mes de _____ del ao ___________

_________________ ___________________ EL VENDEDOR C.C.

EL COMPRADOR C.C.

TERCERA.- REMUNERACIN. El EMPLEADOR pagar al TRABAJADOR (a) por

realizar el (desmonte, limpieza, fumigacin etc)la cantidad de . DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMRICA (USD$ ,oo), que seria pagada diariamente, tomando en cuenta el avance de la labor encomendada.

CUARTA.- DURACIN. Este contrato tendr vigencia de

. (tiempo que dure la tarea contratada), que es la fecha mxima en que deber acabar el trabajo contratado, comenzando sus labores el TRABAJADOR, desde el da siguiente a la suscripcin de este contrato.

QUINTA.- LUGAR DE TRABAJO.-

Las labores indicadas en el objeto de este contrato,

se las ejecutar en_______________, ubicadas en la ciudad de ______________, provincia de SEXTA. LEGISLACIN APLICABLE En todo lo no previsto en este Contrato, cuyas modalidades especiales las reconocen y aceptan las partes, stas se sujetan al Cdigo del Trabajo.

CONTRATO DE TRABAJO DE SERVICIO DOMSTICO COMPARECEN: Por una parte el seor ADALBERTO SEGUNDO BUENO MEJA, que en adelante para el efecto de este contrato ser el EMPLEADOR y, por otra parte por sus propios y correspondientes derechos la seora ARIANA MARCELA AVILES DAVILA, que en adelante para el efecto de este contrato ser la EMPLEADA. Los comparecientes son legalmente capaces para contratar, obligarse y convienen en suscribirse el presente CONTRATO DE TRABAJO al tenor de las siguientes clusulas: PRIMERA: POR OBJETO DEL TRABAJO El empleador contrata lo servicios lcitos y personales de la seora ARIANA MARCELA VILES DVILA, quien se compromete a prestas sus servicios como empleada domstica. SEGUNDA: LUGAR Y HORA DE TRABAJO La empleada prestar sus servicios en la casa del seor ADALBERTO SEGUNDO BUENO MEJA, ubicada en el barrio La Tola Baja, casa 2 lote 186 en el sector de Marianitas, Quito, cumpliendo el horario de cuarenta horas laborables semanales de lunes a viernes. TERCERA: REMUNERACION La empleada recibir una remuneracin de USD $ 120.00 (Ciento veinte dlares americanos con 00/100), incluidos los beneficios de ley. CUARTA: TIEMPO DE DURACION El presente contrato tiene el plazo de dos aos, al tramite del cual, finalizar la presente relacin laboral, finalizando dicho plazo, las partes decidirn mantener la relacin laboral indefinida. QUINTA: OBLIGACIONES DE LA EMPLEADA La empleada cumplir sus obligaciones con responsabilidad, esmero y puntualidad esforzndose por desarrollar las tareas encomendadas con eficiencia, sobre todo con honradez. Colaborar con los requerimientos del EMPLEADOR, y en general con todas las actividades que se presenten de acuerdo a sus funciones.

EL EMPLEADOR CC. 170847521-3

EL TRABAJADOR CC. 170541645-9

CONTRATO CIVIL DE EJECUCIN DE OBRA CIERTA

En la ciudad de Quito, a los ------poner fecha-------,

comparecen a la celebracin del presente Contrato, por una parte la compaa -------nombre de la compaa---debidamente representada por el seor ----------- nombre del representante legal--------, en su calidad de Gerente General, parte a la cual para efectos de este Contrato se denominar EL CONTRATANTE; y, por otra parte el seor ---------nombre del contratista-----------por sus propios derecho, parte a la cual para efectos de este Contrato se denominar EL CONTRATISTA. Los comparecientes son ecuatorianos, mayores de edad, domiciliados en la ciudad de --------poner ciudades de domicilio-------------, y en goce pleno de sus respectivas capacidades civiles para contratar y obligarse, en forma libre y voluntaria, y por sus propios derechos y por los

CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO FIJO PARA

ADOLESCENTES Comparecen, ante el seor Inspector del Trabajo, por

una parte................, a travs de su representante legal,........................ (en caso de personas jurdicas); en su calidad de EMPLEADOR y por otra parte el seor _______________________ portador de la cdula de ciudadana # ___________su calidad de TRABAJADOR. Los comparecientes son ecuatorianos, domiciliados en la ciudad de............ y capaces para contratar, quienes libre y voluntariamente convienen en celebrar un contrato de trabajo A PLAZO FIJO PARA ADOLESCENTES con sujecin a las declaraciones y estipulaciones contenidas en las siguientes clusulas. El EMPLEADOR y TRABAJADOR en adelante se las denominar conjuntamente como Partes e individualmente como Parte.

PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO: El TRABAJADOR (a) (ita)____________________________________________________ , se obliga con la empleadora o empleador a prestar sus servicios lcitos y personales, en forma exclusiva, en calidad de TRABAJADOR (Nota explicativa: cuya edad mnima es de 15 aos, el cual debe encontrarse registrado en el Ministerio de Relaciones Laborales), bajo relacin de dependencia, para lo cual declara tener los conocimientos y capacidades necesarias, consistentes en la ejecucin de funciones propias de ______________________ (Nota explicativa: Un solo cargo. Ejemplo: Mensajero), tales como: (Nota explicativa: Las funciones deben ser inherentes al cargo que se menciona en lneas precedentes)

1._____________________________________________________________________

2. _____________________________________________________________________3. _____________________________________________________________________

SEGUNDA.- Obligaciones de los

TRABAJADORES Y EMPLEADORES: En lo que respecta a las obligaciones, derecho y

prohibiciones del empleador y trabajador, estos se sujetan estrictamente a lo dispuesto en el Cdigo de Trabajo en su Captulo IV de las obligaciones del empleador y del trabajador, a ms de las estipuladas en este contrato. Se consideran como faltas graves del trabajador, y por tanto suficientes para dar por terminadas la relacin laboral.

TERCERA.- HORARIO DE TRABAJO.-

El TRABAJADOR (a) se obliga y acepta, por su parte, a laborar en el horario de.. (Nota explicativa: Para adolescentes jornada mxima 6 horas segn el Art. 136 CT. Ejemplo: 08:00 14:00), que para el efecto estable el EMPLEADOR (Nota explicativa: No puede ser objeto del contrato de trabajo de un adolescente ninguno de los trabajos prohibidos establecidos en el artculo 87 del Cdigo de la Niez y Adolescencia y el a Resolucin No. 016 CNNA-2008 por el que se dicta el Reglamento de trabajos prohibidos para adolescentes en capacidad legal de trabajar bajo relacin de dependencia, emitida por el Consejo Nacional de la Niez y la Adolescencia, de fecha 08 de mayo de 2008).

CUARTA.- REMUNERACIN.El EMPLEADOR pagar al TRABAJADOR (a) por la prestacin de sus servicios la remuneracin convenida de mutuo acuerdo en la suma de. DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMRICA (USD$ ...,oo).

El EMPLEADOR reconocer tambin al TRABAJADOR las obligaciones sociales y los dems beneficios establecidos en la legislacin ecuatoriana.

QUINTA.- DURACIN DEL CONTRATO: El presente contrato tendr una duracin de _______________ (Nota explicativa: Puede estipularse un plazo no inferior a un ao ni superior a dos aos, segn el Art. 14). Este contrato podr terminar por las causales establecidas en el Art. 169 del Cdigo de Trabajo en cuanto sean aplicables para este tipo de contrato.

SEXTA.- LUGAR DE TRABAJO: Las labores indicadas en el objeto de este contrato, se las ejecutar en. (Nota explicativa: Direccin), en la ciudad de (Nota explicativa: Ejemplo: Quito), provincia de.. (Nota explicativa: Ejemplo: Pichincha). (Nota explicativa: Para ser legalizado en Pichincha se debe citar lugar dentro de la provincia, no fuera de ella)

SPTIMA.- LEGISLACIN APLICABLE En todo lo no previsto en este Contrato, cuyas modalidades especiales las reconocen y aceptan las partes, stas se sujetan al Cdigo del Trabajo.

OCTAVA.- JURISDICCIN Y COMPETENCIA.En caso de suscitarse discrepancias en la interpretacin, cumplimiento y ejecucin del presente Contrato y cuando no fuere posible llegar a un acuerdo amistoso entre las Partes, estas se sometern a los jueces competentes del lugar en que este contrato ha sido celebrado, as como al procedimiento oral determinados en el Cdigo de Trabajo. NOVENA.- SUSCRIPCIN.Las partes se ratifican en todas y cada una de las clusulas precedentes y para constancia y plena validez de lo estipulado firman este contrato en original y dos ejemplares de igual tenor y valor, en la ciudad de........... el da ___ del mes de _____del ao ___________

CONTRATO DE TRABAJO A PRUEBA Comparecen, ante el seor Inspector del Trabajo, por una parte................, a travs de su representante legal,........................ (en caso de personas jurdicas); en su calidad de EMPLEADOR y por otra parte el seor _______________________ portador de la cdula de ciudadana # ___________su calidad de TRABAJADOR. Los comparecientes son ecuatorianos, domiciliados en la ciudad de............ y capaces para contratar, quienes libre y voluntariamente convienen en celebrar un contrato de trabajo a Prueba con sujecin a las declaraciones y estipulaciones contenidas en las siguientes clusulas. El EMPLEADOR y TRABAJADOR en adelante se las denominar conjuntamente como Partes e individualmente como Parte. PRIMERA.- ANTECEDENTES.El EMPLEADOR para el cumplimiento de sus actividades y desarrollo de las tareas propias de su actividad necesita contratar los servicios laborales de (Un slo cargo. Ejemplo: Mecnico, Secretaria), revisados los antecedentes del(de la) seor(a)(ita) , ste(a) declara tener los conocimientos necesarios para el desempeo del cargo indicado, por lo que en base a las consideraciones anteriores y por lo expresado en los numerales siguientes, El EMPLEADOR y el TRABAJADOR (A) proceden a celebrar el presente Contrato de Trabajo.

SEGUNDA.- OBJETO. El TRABAJADOR (a) se compromete a prestar sus servicios lcitos y personales bajo la dependencia del EMPLEADOR (a) en calidad de (Un slo cargo. Ejemplo: Mecnico, Secretaria), con responsabilidad y esmero, que los desempear de conformidad con la Ley, las disposiciones generales, las rdenes e instrucciones que imparta El EMPLEADOR, dedicando su mayor esfuerzo y capacidad en el desempeo de las actividades para las cuales ha sido contratado. Mantener el grado de eficiencia necesaria para el desempeo de sus labores, guardar reserva en los asuntos que por su naturaleza tuviere esta calidad y que con ocasin de su

SEGUNDA.- OBJETO. El TRABAJADOR (a) se compromete a prestar sus servicios lcitos y personales bajo la dependencia del EMPLEADOR (a) en calidad de (Un slo cargo. Ejemplo: Mecnico, Secretaria), con responsabilidad y esmero, que los desempear de conformidad con la Ley, las disposiciones generales, las rdenes e instrucciones que imparta El EMPLEADOR, dedicando su mayor esfuerzo y capacidad en el desempeo de las actividades para las cuales ha sido contratado. Mantener el grado de eficiencia necesaria para el desempeo de sus labores, guardar reserva en los asuntos que por su naturaleza tuviere esta calidad y que con ocasin de su trabajo fueran de su conocimiento, manejo adecuado de documentos, bienes y valores del EMPLEADOR y que se encuentran bajo su responsabilidad.

TERCERA.- JORNADA ORDINARIA Y HORAS EXTRAORDINARIAS.El TRABAJADOR (a) se obliga y acepta, por su parte, a laborar de las hasta lasde acuerdo a sus necesidades y actividades. As mismo, las Partes podrn convenir que, el TRABAJADOR labore tiempo extraordinario y suplementario cuando las circunstancias lo ameriten y tan solo por orden escrita de El EMPLEADOR, y se pagar conforme lo establecido en los Arts. 52 y 55 del Cdigo de Trabajo. (Nota: Especificar horario de acuerdo al Art. 47 del Cdigo de Trabajo. Ejemplo: De lunes a Viernes de 08:00 a 17:00, con una hora de almuerzo, y de ser el caso citar el Art.49 del mismo cuerpo legal correspondiente a la jornada nocturna. CUARTA.- REMUNERACIN.El EMPLEADOR pagar al TRABAJADOR (a) por la prestacin de sus servicios la remuneracin convenida de mutuo acuerdo en la suma de. DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMRICA (USD$ ,oo). El EMPLEADOR reconocer tambin al TRABAJADOR las obligaciones sociales y los dems beneficios establecidos en la legislacin ecuatoriana. QUINTA.- DURACIN.El tiempo de duracin del presente Contrato ser por un perodo probatorio de noventa (90) das en el que, cualquiera de ellas lo puede dar por terminado libremente; vencido dicho perodo se entender prorrogado por el tiempo que faltare para completar el ao. Este contrato podr terminar por las causales establecidas en el Art. 169 del Cdigo de Trabajo.

SPTIMA.- Obligaciones de los TRABAJADORES Y EMPLEADORES: En lo que respecta a las obligaciones, derecho y prohibiciones del empleador y trabajador, estos se sujetan estrictamente a lo dispuesto en el Cdigo de Trabajo en su Captulo IV de las obligaciones del empleador y del trabajador, a ms de las estipuladas en este contrato. Se consideran como faltas graves del trabajador, y por tanto suficientes para dar por terminadas la relacin laboral. OCTAVA.- LEGISLACIN APLICABLE En todo lo no previsto en este Contrato, cuyas modalidades especiales las reconocen y aceptan las partes, stas se sujetan al Cdigo del Trabajo. NOVENA.- JURISDICCIN Y COMPETENCIA.-

En caso de suscitarse discrepancias en la interpretacin, cumplimiento y ejecucin del presente Contrato y cuando no fuere posible llegar a un acuerdo amistoso entre las Partes, estas se sometern a los jueces competentes del lugar en que este contrato ha sido celebrado, as como al procedimiento oral determinados por la Ley. DCIMA.- SUSCRIPCIN. Las partes se ratifican en todas y cada una de las clusulas precedentes y para constancia y plena validez de lo estipulado firman este contrato en original y dos ejemplares de igual tenor y valor, en la ciudad de........... el da ___ del mes de _____del ao ___________

EL EMPLEADOR TRABAJADOR (a) C.C.

EL

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO En la ciudad de .........., a .................., comparecen a la celebracin del presente contrato, por una parte, el seor-----------, por sus propios derechos, ecuatoriano, soltero, domiciliado en esta ciudad de Quito, con Cdula de Ciudadana # ....................., y a quien en adelante y para efectos del presente contrato se le denominar como la ARRENDADORA; y, por otra parte, el seor -------------------, en su calidad de Gerente General y por tanto, representante legal de la ----------------, con nmero de RUC # ..........................., a quien en adelante y para los mismos efectos del presente contrato se le denominar como la ARRENDATARIA; quienes expresan su voluntad libre y voluntariamente por sus propios derechos y por los que se representa, en celebrar el presente Contrato de Arrendamiento al tenor de las clusulas siguientes: PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO.- La ARRENDADORA, es propietaria ____________________ ubicado en la _________________, Cantn Quito Provincia de Pichincha. Dicho inmueble consta de CUATRO (4) dormitorios, sala, comedor, cocina y TRES (3) baos completos. Los cuales se hallan en buen estado, y las instalaciones elctricas funcionan plenamente; adems, tiene UN (1) calefn para proveer de agua caliente al Penthouse que est en perfecto funcionamiento. El destino exclusivo del inmueble objeto de este contrato, es para vivienda, y queda expresamente prohibido que sea subarrendado en todo o en parte. La ARRENDADORA, en forma expresa deja aclarado que, se compromete a efectuar los respectivos arreglos del inmueble antes de la entrega del mismo, y a entera satisfaccin de la ARRENDATARIA. SEGUNDA: PLAZO.- Conforme a lo estipulado en al Ley de Inquilinato, el plazo de duracin del presente Contrato ser de DOS (2) aos, contados a partir de la suscripcin del mismo, pudiendo ser prorrogado por las partes automticamente, en caso de que no se haya comunicado por escritos con TRES (3) meses de anticipacin, al vencimiento del plazo, la intencin de terminar el Contrato. El Contrato, de esta forma, se entender prorrogado por un plazo igual. TERCERA: CANON DE ARRENDAMIENTO.- El canon de arrendamiento pactado de mutuo acuerdo entre la Arrendadora y Arrendataria, es de ________________________ mensuales, los cuales sern cancelados durante los DIEZ (10) primeros das de cada mes. Adems del canon de arrendamiento acordado, la ARRENDATARIA se compromete a cancelar _________________ mensuales por concepto de cuotas de Condominio, y todos los valores de las cartas que se emitan por su consumo de agua potable, luz elctrica y uso de lnea telefnica. En cuanto al pago de las cuotas de Condominio, la ARRENDATARIA se compromete a pagar los montos adicionales y los ajustes que se realicen por este concepto. Cada ao, la ARRENDADORA est facultada para realizar un ajuste del Canon de arrendamiento, el mismo que no podr ser mayor al porcentaje de la inflacin anual, y sin que exceda del DIEZ POR CIENTO (10%) del valor del canon de arrendamiento estipulado.

CUARTA: GARANTIA.- Como garanta de fiel cumplimiento de este Contrato, la ARRENDATARIA entrega en este acto, la suma de ______________________ para garantizar que el inmueble materia de este Contrato sea entregado a la ARRENDADORA, en las mismas condiciones en que lo recibi. Este valor ser reembolsable transcurridos TREINTA (30) das, contados desde la fecha de terminacin de este Contrato, siempre y cuando, no se hayan producido daos sobre el inmueble objeto de este Contrato. Adems, y para el caso de que la ARRENDADORA, enajenare dicho inmueble antes de la terminacin del Contrato o de su renovacin de ser el caso, se obliga expresamente a notificar a la ARRENDATARIA, con NOVENTA (90) das de anticipacin, contados a partir de la respectiva suscripcin del Contrato de Compra Venta, as como a la devolucin inmediata de la totalidad de la garanta recibida; y, en el caso de no hacerlo, la ARRENDADORA, pagar una multa de ___________ por cada mes de incumplimiento o retardo. QUINTA: COSTOS IMPUTABLES AL CANON MENSUAL.- Los costos que pueden deducirse del canon mensual de arrendamiento, son los siguientes: Cualquier mejora o adecuacin que quede para beneficio de la ARRENDADORA; para lo cual, deber ser autorizado por la ARRENDADORA cualquier trabajo al interior del inmueble, excepto aquellos relacionados con la colocacin de lmparas y dems bienes muebles que no quedan adheridos al inmueble. Los arreglos de baos, cocina y otros ambientes del inmueble cedido en arrendamiento, que por el desgaste natural y el uso habitual de los bienes, necesiten mantenimiento, sea de plomera, albailera y otros. Antes de realizar el trabajo, se le reportar del dao a la ARRENDADORA y se proceder a repararlos. Si los daos son producidos por manifiesta negligencia de la ARRENDATARIA, estos sern de cuenta de la misma; quedando la ARRENDADORA facultada a inspeccionar el inmueble, si existiera esta negligencia manifiesta que haya producido daos. SEXTA: ACLARATORIA.- Se deja aclarado que, en el precio establecido del canon arrendaticio, no se encuentra incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.); por lo que, la ARRENDATARIA queda facultada para realizar y proceder conforme a la Ley respectiva; debiendo la ARRENDADORA, emitir las Facturas correspondientes, y entregar a la ARRENDATARIA contra el pago mensual, lo cual ser el nico comprobante relativo a la efectivizacin del pago realizado. SEPTIMA: En el caso de existir, alguna diferencia entre el canon de Arrendamiento establecido por el presente contrato, y el fijado en el Distrito Metropolitano, las partes contratantes renuncian expresamente a realizar el reclamo de cualquier diferencia, as como a cualquier accin judicial por ese concepto.

OCTAVA: JURISDICCION Y COMPETENCIA.- Las partes se comprometen a ejecutar de buena fe las obligaciones recprocas que contraen mediante este Contrato, y a realizar todos los esfuerzos requeridos para superar, de mutuo acuerdo, cualquier controversia. Toda controversia o diferencia derivada de la aplicacin, validez, interpretacin, nulidad o cumplimiento del presente Contrato, ser resuelto con la asistencia de un mediador del Centro de Arbitraje y Mediacin de la Cmara de Comercio de Quito. En el evento que el conflicto no fuere resuelto mediante este procedimiento, las partes declaran expresamente que someten sus controversias a la resolucin de un Tribunal de Arbitraje, que se sujetar a lo dispuesto en la Ley de Arbitraje y Mediacin, el Reglamento del Centro de Arbitraje y Mediacin de la Cmara de Comercio de Quito, y las siguientes normas: a) Un rbitro ser designado por el seor _________________, un rbitro ser designado por la Compaa __________________ y, el tercero por las dos previamente designado. Si alguna de las partes que debe designar los rbitros, se niega o por cualquier razn esta imposibilitada de nombrar al rbitro, ste ser designado por la Cmara de Comercio de Quito; b) Las partes renuncian a la jurisdiccin ordinaria, para someterse y cumplir el laudo arbitral, renunciando a interponer recurso alguno con posterioridad; c) Para la ejecucin de medidas cautelares el Tribunal Arbitral est facultado para solicitar el auxilio de los funcionarios pblicos, judiciales y administrativos, sin que sea necesario recurrir a un Juez ordinario; d) El Tribunal estar integrado por TRES (3) rbitros; e) El Arbitraje ser conducido y resuelto en Derecho; f) El Procedimiento Arbitral, ser confidencial, y la parte que viole la obligacin de confidencialidad, deber responder por los daos y perjuicios causados, los cuales sern calculados y mandados a pagar por el Tribunal Arbitral; y, g) El lugar de arbitraje ser en las instalaciones del Centro de Arbitraje y Mediacin de la Cmara de Comercio de Quito. Las partes aceptan el total contenido de las clusulas que preceden, y suscriben este contrato en unidad de acto y por triplicado, en la misma fecha y ciudad determinadas al inicio de este Contrato.

ARRENDADOR

ARRENDATARIO