El arbitraje comercial en México a 17 años de reformas de derecho mercantil
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ARBITRAJE INTERNACIONAL: PASADO, PRESENTE Y FUTURO
Libro Homenaje a
Bernardo Cremades e Yves derains
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ARBITRAJE INTERNACIONAL PASADO, PRESENTE Y FUTURO
Libro Homenaje a Bernardo Cremades e Yves derains
Tomo II
CoordinadoresCarlos alBerto soto Coaguila
delia revoredo marsano de mur
Asistentesorializ Carla espinoza sotopaBlo segundo esteBan tello
vikY lizeth CoBa maCedomagda Castillo nuez
instituto peruano de arBitrajelima - 2013
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ARBITRAJE INTERNACIONAL: PASADO, PRESENTE Y FUTURO
liBro homenaje a Bernardo Cremades e Yves derains
Tomo IIPrimera edicin, marzo de 2013
QUEDA PROHIBIDA LA REPRODUCCIN TOTAL O PARCIAL DE ESTA OBRA SIN EL CONSENTImIENTO ExPRESO DE LA EDITORIAL.
Copyright 2013 : Instituto Peruano de Arbitraje - IPA Av. San Felipe N 540, Dpto. 1503 Jess mara - Lima - Per Telf. (511) 461-6533 / 461-6530 [email protected] www.peruarbitraje.org Copyright 2013 : Carlos Alberto Soto Coaguila Copyright 2013 : Delia Revoredo marsano de mur
impresin Y enCuadernaCin:Grndez Grficos S.A.C.mz. E Lt. 15 Urb. Santa Rosa de Lima - Los Olivos Telf. (511) [email protected]
diagramaCin Y portada:Alan Omar Bejarano Nblega
Hecho el Depsito Legal en la Biblioteca Nacional del Per N 2013-04748
Tiraje: 1,000 ejemplares
Impreso en el Per / Printed in Peru
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COLABORADORES
AlemaniaFabian von Schlabrendorff
ArgentinaDiego Brian GosisJulio Csar Rivera
BlgicaBernard Hanotiau
BoliviaFernando Aguirre B.
BrasilArnoldo WaldGilberto GiustiRicardo Dalmaso MarquesRenato Stephan Grion
CanadHenri lvarezMnica Jimnez Gonzlez
ChileAlejandro Romero Seguel
ColombiaDaniel Posse VelsquezPedro miguel lvarez GiraldoJuan Pablo Crdenas meja
Costa RicaLuis A. Guillen Downing
CubaNarciso A. Cobo Roura
EcuadorRoberto Illingworth
EE. UU. Andrs Rigo SuredaArif Hyder AliHenry Guy BurnettCristina FerraroBernardo m. Cremades, Jr.Alejandro I. CremadesDaniel E. Gonzlezmara Eugenia RamrezDaniel E. ViellevilleJ. Eloy AnzolaWilliam K. Slate IILuis m. martnezMauricio Gomm SantosQuinn Smith Silvia Marchili
El SalvadorSalvador E. Anaya Barraza
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Espaalvaro Lpez De ArgumedoJuliana De UreaAntonio Mara Lorca NavarreteDomingo Bello JaneiroFaustino Cordn morenoJavier Dez-HochleitnerIvn Heredia CervantesJess RemnJose Fernando Merino MerchnJos Mara Alcntara GonzlezJuan Antonio Cremades Sanz-PastorJuan Carlos Calvo CorbellaJuan Fernndez-ArmestoJulio Gonzlez-SoriaMara Marcos GonzlezMontserrat Guzmn PecesPilar Perales ViscasillasJos Carlos Fernndez Rozas
FranciaAlexis mourreEliseo CastineiraEmmanuel GaillardFernando mantilla-SerranoPhilippe PinsolleFrancisco Victoria-AndreuJos-Manuel Garca RepresaAna Carolina Simes E SilvaJos Rosellmara Beatriz Burghetto
Guatemalalvaro Castellanos Howell
Inglaterramartin HunterJavier Garca Olmedo
ItaliaAntonio CrivellaroGiorgio Bernini
MxicoCarlos Loperena RuizFrancisco Gonzlez De CossoFernando Estavillo CastroHernany VeytiaLeonel Pereznieto Castro Claus von Wobeser
Panammargie-Lys Jaime RamrezToms H. Herrera D.
PerCarlos Alberto Soto CoaguilaCecilia ONeill De La FuenteFelipe Osterling ParodiAlfonso Rebaza GonzlezFernando De Trazegnies GrandaJaime Dupuy Ortiz De ZevallosJulio Csar Guzmn GalindoNatale Amprimo PlDelia Revoredo marsano de mur
PortugalJos Miguel Jdice
SuizaAnne Vronique SchlaepferAnne-Carole Cremadesxavier Favre-BulleEdgardo muoz
UcraniaOlena S. Perepelynska
UruguayRicardo Olivera GarcaAlejandro Santi Estefan Paul F. Arrighi
VenezuelaAndrs A. mezgravisYaritza Prez PachecoElizabeth mndez Salom
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Libro Homenaje a bernardo Cremades e Yves derains
El arbitraje comercial en Mxico a 17 aos y las reformas de derecho mercantil
leonel pereznieto Castro (*)
Sumario: 1. Introduccin. 2. Estado actual del arbitraje en Mxico. 3. Reformas al arbi-traje de enero de 2011. 3.1.1. El tipo de procedimiento. 3.1.2. Las facultades concedidas al juez. 3.1.3. Medidas precautorias. 4. Conclusin.
1. IntRodUCCIn
Es motivo de un gran gusto y de una gran distincin el que me hayan invi-tado a participar en este merecido homenaje a dos rbitros internacionalmente reconocidos, adems de ser gratos amigos: Bernardo Cremades e Yves derains.
Quisiera aprovechar de dar una visin sinttica de la situacin actual del arbitraje comercial en Mxico, para este efecto.
En la primera parte de esta presentacin quisiera referir unas notas sobre el arbitraje en Mxico y con ello, referirme al estado que guarda hoy, y en la segunda parte, mencionar las reformas en materia de arbitraje publicadas en enero de este ao.
2. EStAdo ACtUAl dEl ARBItRAjE En MxICo
El arbitraje comercial internacional en Mxico despus de 17 aos de haberse instituido en Mxico a travs de la incorporacin en el Cdigo de Comercio, Ttulo Cuarto, Libro Quinto, de la Ley Modelo de UNCITRAL, tiene YA un perfil definido y las dudas que se levantaron, sobre todo en sus inicios, se han ido resolviendo por una cada vez ms acertada interpretacin
(*) Profesor Titular de Carrera de la UNAM. Investigador Nacional Nivel III. Titular de la Ctedra Patrimonial de la Facultad de Derecho de la Universidad Anhuac Norte (Ciudad de Mxico) Consultor externo del despacho Juregui y Navarrete, S.C. (Ciu-dad de Mxico)
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de los tribunales y por la reforma de enero de este ao, a la que tambin nos referiremos.
A fin de mostrar una imagen lo ms sinttica posible, quisiera referirme a dos casos paradigmticos que nos pueden ilustrar sobre estos ires y venires del arbitraje en Mxico que, como dije, hoy se encuentra en mi opinin, ya en un franco desarrollo.
El primer caso, es el relacionado con un punto especfico del arbitraje y es la remisin de las partes al arbitraje.
El artculo 1424 en su primer prrafo del Cdigo de Comercio (C.Com.) establece:
El juez al que se someta un litigio sobre un asunto que sea objeto de un acuerdo de arbi-traje, remitir a las partes al arbitraje en el momento en que lo solicite cualquiera de ellas, a menos que se compruebe que dicho acuerdo es nulo, ineficaz o de ejecucin imposible.
Esto quiere decir que si una de las partes en el contrato ha iniciado un litigio por va judicial, no obstante que en el contrato las partes hayan acordado una clusula arbitral, la contraparte podr solicitar al juez que remita el asunto al arbitraje que fue el procedimiento mercantil preferente que acordaron las partes en su momento.
Tambin puede tratarse, segn la disposicin citada, que una de las partes haya solicitado al juez que declare la nulidad de la clusula por carecer sta de algn elemento que la hace ineficaz o de ejecucin imposible.
En cualquiera de los casos, el dispositivo ordena que el juez deber remitir a las partes al arbitraje a menos que compruebe que dicho acuerdo es nulo, ineficaz o de ejecucin imposible.
El verbo comprobar que en nuestro idioma significa verificar, con-firmar o revisar y llegar a una conclusin. No quiere decir por tanto que el juez deba juzgar acerca de la clusula lo que ya sera una situacin totalmente distinta ya que en este caso solicitara a las partes argumentaciones y pruebas en un sentido o en otro. Simplemente se trata de que compruebe la apariencia de buen derecho. Es una comprobacin rpida para que el procedimiento pueda proseguir su curso.
Frente a esta situacin el Sexto Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Civil1 se pronunci de una forma abierta afirmando que en virtud de que el artculo 1432 faculta al tribunal arbitral para decidir sobre su propia competen-cia incluyendo la validez del acuerdo arbitral, remiti a las partes al arbitraje.
1 Amparo 556/2004-I..
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Libro Homenaje a bernardo Cremades e Yves derains
No obstante, surgi casi simultneamente una posicin cerrada, la del Dcimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito2 y que declar que el tribunal judicial es el que tiene competencia para pronunciarse sobre la nulidad del acuerdo arbitral sin que eso sea violatorio del artculo 1432.
Ms tarde la Suprema Corte de Justicia en contradiccin de tesis3 decidi a favor de esta ltima interpretacin con lo cual se dio el visto bueno para que los jueces pudieran intervenir de manera ms amplia en el arbitraje, en-torpeciendo con ello su necesaria fluidez.
Esta posicin judicialista parece ahora resuelta en principio, por la reforma de 27 de enero de 2011 como veremos a continuacin, pero quedar pendiente de la interpretacin judicial que esperamos sea positiva, despus de las crticas tan fuertes que han sido realizadas a la interpretacin final que hizo nuestro mximo tribunal y que acabo de referir.
La reforma en el artculo 1464, primeros dos prrafos, ha establecido lo siguiente.
artculo 1464.- Cuando una parte solicite la remisin al arbitraje en los trminos del artculo 1424, se observar lo siguiente:
La solicitud deber hacerse en el primer escrito sobre la sustancia del asunto que presente el solicitante.
El juez, previa vista a las dems partes, resolver de inmediato.
El artculo contina, pero me interesa retener la orden que establece en el sentido de que el juez deber resolver de inmediato lo que no es que deba juzgar. Ojala que con esta rectificacin necesaria quede atrs el criterio de judicializacin del arbitraje.
Segundo ejemplo. El artculo 1435 establece que:
El tribunal arbitral podr, con sujecin a lo dispuesto por el presente ttulo, dirigir el arbitraje de modo que considere ms apropiado.
Esta frmula, tan necesaria en el desarrollo del procedimiento arbitral fue criticada por el sector que se encuentra todava atado a los formalismos y a la judicializacin del arbitraje. Este sector sostuvo que una flexibilidad tal, resultaba inconstitucional porque se trataba de un exceso de facultades para los rbitros rompiendo con el sentido de estricta aplicabilidad del derecho.
El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito4 consider que los rbitros pueden nicamente pronunciarse sobre su competencia, si las
2 Recurso en Revisin 3836/2004, 11/11/2004.3 51/2005-PS.4 Amparo en revisin 14/2005.
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partes expresamente lo han pactado as. Lo cual result contrario a lo dispuesto expresamente por la ley que le concede esa competencia al tribunal arbitral.
La Suprema Corte de Justicia, se pronunci en su momento a favor de esta posicin del Colegiado y as la Corte estableci que:5
La competencia de los rbitros proviene de la autonoma de la voluntad de las partes, de manera que si se alega, por ejemplo, la existencia de algn vicio de la voluntad en el acto que otorga competencia al rbitro, la accin de nulidad debe resolverse previamente por el rgano judicial.
Sin embargo, esta postura de la Corte fue modificada cuando en el am-paro Telmex6 declar que las partes y los rbitros son libres para organizar el procedimiento segn su conveniencia, a condicin de que se respeten el acuerdo y el reglamento aplicable.
Quisiera ahora, referirme a la reforma de 27 de enero y concretamente al procedimiento establecido denominado juicio especial sobre transacciones comerciales y arbitraje.
reformas al arbitraje de enero de 2011
Har referencia concretamente a la introduccin de un nuevo procedi-miento especial sobre transacciones comerciales y arbitraje.
El nuevo procedimiento especial sobre transacciones comerciales y ar-bitraje, instaurado en enero de 20117 y que ahora forma parte del Cdigo de Comercio, sustituye al procedimiento incidental que estaba previsto anteriormente en el antiguo artculo 1460 del Cdigo de Comercio, que a su vez remita al artculo 360 del Cdigo Federal de Procedimientos Civiles. El nuevo procedimiento, por otro lado, cubre adems varias cuestiones que se presentan con motivo del arbitraje y que son:
a) la resolucin sobre la recusacin de un rbitro a que se refiere el artculo 1429;
b) la resolucin sobre la competencia del tribunal arbitral, cuando se determina en una resolucin que no sea un laudo sobre el fondo del asunto, conforme lo previsto en el artculo 1432;
c) la adopcin de las medidas cautelares provisionales a que se refiere el artculo 1425; y
d) el reconocimiento y ejecucin de medidas cautelares ordenadas por el tribunal arbitral; y la nulidad de transacciones comerciales y laudos arbitrales.
5 Amparo en revisin 14/2005.6 Amparo en revisin 759/2003.7 D.O.F. 27 de enero de 2011.
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Nos referiremos nicamente a tres aspectos de este nuevo procedimien-to: el tipo de procedimiento, las facultades con las que se dota al juez y, las medidas cautelares.
3.1.1. El tipo de procedimiento
Desde el punto de vista procesal el procedimiento especial que nos ocu-pa puede clasificarse conforme a las siguientes caractersticas: se trata de un juicio mercantil, con unidad de vista, unisustancial y de carcter ejecutivo. En efecto, la reforma al Cdigo de Comercio y que es motivo de esta ponencia, en su aspecto procesal, establece:
Artculo 1472.- El juicio especial sobre transacciones comerciales y arbitraje, a que se refieren los artculos 1470 y 1471, se tramitar conforme a los siguientes artculos.
Artculo 1473.- Admitida la demanda, el juez ordenar emplazar a las demandadas, otorgndoles un trmino de quince das para contestar.
Artculo 1474.- Transcurrido el trmino para contestar la demanda, sin necesidad de acuse de rebelda, si las partes no promovieren pruebas ni el juez las estimare necesarias, se citar, para dentro de los tres das siguientes, a la audiencia de alegatos, la que se verificar concurran o no las partes.
Artculo 1475.- Si se promoviere prueba o el juez la estimare necesaria previo a la cele-bracin de la audiencia, se abrir una dilacin probatoria de diez das.
Artculo 1476.- Celebrada la audiencia el juez citar a las partes para or sentencia. Las resoluciones intermedias dictadas en este juicio especial y la sentencia que lo resuelva no sern recurribles.
Como puede apreciarse, se trata de un procedimiento unisustancial, en la medida que tiene una nica instancia que se inicia desde el planteamiento de la demanda hasta la sentencia definitiva, sin la posibilidad de sujetarlos a revisin mediante la interposicin de un recurso o medio impugnativo in-traprocesal contra la sentencia definitiva8.
El carcter ejecutivo de este nuevo juicio especial que nos ocupa se manifiesta por las facultades que se conceden al juez para que, con flexibilidad pueda expedir las medidas cautelares que le sean solicitadas por las partes.
Como se sabe, los procedimientos especiales fueron eliminados del C-digo de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, porque se consider que se haban perdido el carcter de juicio sumario como llegaron a conocerse y se haban convertido en verdaderos juicios ordinarios, traicionando el espritu de que se les dot. Ahora tenemos en el Cdigo de Comercio un nuevo juicio
8 gmez lara, Cipriano, Derecho Procesal Civil, Oxford, 7 Ed., 2005, pp. 12 y ss.
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especial que tal y como est planteado, tiene un carcter ejecutivo en la medida que su objetivo es resolver meras tramitaciones, formas especiales de tramitacin o de procedimientos9 y que esperamos, que en esta ocasin si se respete su naturaleza.
3.1.2. Las facultades concedidas al juez
Acorde con la modernidad en materia de juicios, en este procedimiento especial se faculta al juez para hacer ms flexibles sus decisiones a fin de que sus actuaciones y decisiones en el procedimiento puedan solucionar de manera eficiente y rpida, los problemas que se le presenten. En este sentido cabe sealar las siguientes facultades.
En materia de determinacin acerca de la validez de la clusula arbitral, como ya lo hemos mencionado, El juez, previa vista de las dems partes, resolver de inmediato (artculo 1464, fracc. I). Esto significa, por el sentido en que debe pronunciarse, el hecho de que haya revisado la clusula arbitral Prima Facie para que, con las alegaciones de las partes pueda resolver con prontitud, como le ordena la disposicin: inmediatamente. Dicho en otras palabras, el juez no deber iniciar un juicio para luego concluir mediante la capacidad probatoria y argumentativa de las partes, en la validez o no de la clusula arbitral. En la reforma que se comenta, se trata fundamentalmente de un procedimiento y no de un juicio y por tanto la facultad del juez ser pronunciarse sobre la clusula arbitral, de manera inmediata.
En el caso de la nulidad del acuerdo arbitral, la disposicin del artculo 1464 fracc. V establece no solo la facultad para conocer sobre la nulidad de la clusula sino tambin sobre la incompetencia del tribunal arbitral. En realidad esta facultad se le otorga al juez para aquellos casos arbitrales en los que las partes no sometieron su clusula arbitral a alguna institucin admi-nistradora de arbitrajes y consiguientemente a sus reglas es decir, en el caso de un procedimiento ad-hoc.
Lo que llama la atencin es una posible contradiccin entre esta disposi-cin y la establecida en el artculo 1432 que determina que El tribunal arbitral estar facultado para decidir sobre su propia competencia, incluso sobre las excepciones relativas a la existencia y validez del acuerdo arbitral y la que se comenta, la del artculo 1464, fracc. V, donde el juez estara pronuncin-dose sobre la competencia del tribunal arbitral. Esta posible contradiccin se resuelve, desde nuestro punto de vista, por lo establecido en el citado artculo 1432 en el sentido que debe ser el propio tribunal arbitral el llamado a pronunciarse a este respecto sobre su propia competencia, desplazando en
9 gmez lara, Op. Cit. p. 215.
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este sentido la posible facultad del juez para determinar la jurisdiccin del tribunal arbitral. Adems en qu sentido el juez va a pronunciarse sobre la competencia de un tribunal arbitral? Las nicas formas seran que el tribunal estuviere sesionando en Mxico cuando las partes acordaron que la sede del arbitraje fuese en el extranjero, lo que no es claro en qu casos pueda suceder.
Lo mismo que se tratara de dilucidar la inarbitrabilidad de la materia ob-jeto del arbitraje. Fuera de estas posibilidades una vez constituido el tribunal arbitral, ste ser el que se encargue de determinar su propia competencia y cualquier ingerencia judicial, en este sentido, podra ser solo motivo de con-flictos por lo que la disposicin especfica en el nuevo procedimiento es, en nuestra opinin, un error.
3.1.3. Medidas precautorias
Se trata de un objetivo para el cual un juicio especial como el que se co-menta, es de la naturaleza apropiada. El artculo 1470, fracc. III menciona que los tribunales estn expeditos para otorgar las medidas cautelares a que se refiere el artculo 1425 del Cdigo de Comercio y prev las medidas cautelares que las partes pueden solicitar al juez las que pueden ser de dos tipos: las que se pueden solicitar al juez antes de las actuaciones arbitrales y que, en tal caso, se deber hacer a peticin directamente de la parte al juez y las que se pueden solicitar durante el transcurso del procedimiento arbitral que sern las solicitadas por las partes directamente al tribunal arbitral quien en forma de laudo interlocutorio, las podr acordar y stas a su vez, ser sometidas a la consideracin del juez para su ejecucin.
Las medidas precautorias se regulan en cuanto a su procedimiento con-forme a los artculos 1479 y 1480 y que se pueden resumir en los siguientes aspectos:
El juez goza de plena discrecin en la adopcin de las medidas cautelares provisionales (artculo 1478)
Toda medida cautelar ordenada por el juez se reconocer como vinculan-te y ser ejecutada por el juez competente no importa el momento o estado en que se encuentre el procedimiento arbitral (artculo 1479 primer prrafo)
El juez podr exigirle a la parte que solicite la medida cautelar, la pre-sentacin de una garanta adecuada para proteger los derechos de terceros (artculo 1479, ltimo prrafo), y
En el artculo 1480 se establecen diversas posibilidades conforme a las cuales el juez podra denegar el reconocimiento o la ejecucin de una medida cautelar y que el propio artculo enumera y que, en resumen se trata de las causales de denegacin establecidas en la Convencin de Nueva York que
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copi la Ley Modelo de UNCITRAL y que fueron incorporadas en el Cdigo de Comercio en el artculo 1462 y a las que adems, se agrega el que la parte interesada no haya cumplido sobre la prestacin de la garanta que corres-ponda a la medida cautelar otorgada por el Tribunal Arbitral o que la medida cautelar haya sido suspendida o revocada por el tribunal arbitral.
Finalmente, respecto de las facultades otorgadas al juez para autorizar medidas cautelares, destaca la que se refiere al hecho de que la medida cautelar sea incompatible con las facultades del juez y en cuyo caso, el juez debe ejercer la facultad para reformular la medida para ajustarla a sus propias facultades y procedimientos a efecto de poderla ejecutar sin modificar su contenido. Asi-mismo, se hacen extensivas las razones de nulidad del laudo ya comentadas para denegar la medida cautelar.
4. ConClUSIn
Despus de 17 aos, todo indica que el arbitraje comercial ha adquirido carta de naturalizacin en Mxico y los jueces mexicanos, especialmente en el mbito federal, despus de algunos trastabilleos, empiezan a encontrar el camino correcto. Lo mismo el legislador que con su reforma, ha apuntalado precisin el procedimiento.
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Libro Homenaje a bernardo Cremades e Yves derains
Tomo I
COLABORADORES ............................................................................ 5 PRESENTACIN ................................................................................. 7 Carlos Alberto Soto Coaguila
PRLOGO ............................................................................................ 9 Delia Revoredo Marsano de Mur
SEmBLANZAS
Semblanza del doctor Yves Derains .................................................. 17 Claus von Wobeser
Bernardo Cremades y el arbitraje internacional: La ecuacin perfecta ............................................................................ 25 Jos Carlos Fernndez Rozas
DOCTRINA
alemania
Reglas procesales del arbitraje establecidas por las partes ............ 39 Fabian von Schlabrendorff
argentinaEl vuelo de caro: Pueden elevarse las inversionesfinancieras al status de inversiones protegidas? .............................. 73 Diego Brian Gosis
Arbitrabilidad de las relaciones de consumo. Posibilidadde ejecucin en Argentina de un laudo extranjero .......................... 93 Julio Csar Rivera
Contenido General
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1560 Contenido General
ArbitrAje internAcionAl: PAsAdo, Presente y Futuro
BlgiCa
Cules son los lmites a la discrecin de un tribunal ala hora de dirigir procedimientos? .................................................... 105 Bernard Hanotiau
Bolivia
Tendencias latinoamericanas en el arbitraje de controversiasen materia de inversiones extranjeras ............................................... 113 Fernando Aguirre B.
Brasil
La prueba escrita en el arbitraje internacional ................................. 125 Arnoldo Wald
Novedades legislativas y prctica judicial reciente enBrasil en materia de arbitraje. La cada vez ms promisorarealidad brasilea ................................................................................. 149 Gilberto Giusti Ricardo Dalmaso Marques
La participacin de los Estados en el arbitrajecomercial internacional ....................................................................... 179 Renato Stephan Grion
Canad
Los estndares ticos aplicables a los abogados de parteen el arbitraje internacional ................................................................ 199 Henri lvarez Mnica Jimnez Gonzlez
Chile
La doctrina de los actos propios en los arbitrajes realizadosen Chile ........... ...................................................................................... 219 Alejandro Romero Seguel
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1561Contenido General
Libro Homenaje a bernardo Cremades e Yves derains
ColomBia
Avances jurisprudenciales en un largo camino por recorrer enmateria de reconocimiento y ejecucin de laudos extranjeros ........... 229 Daniel Posse Velsquez Pedro Miguel lvarez Giraldo
La resolucin de controversias por terceros distintos a rbitros ......... 247 Juan Pablo Crdenas Meja
Costa riCa
Resolucin alternativa de conflictos en los tratados comerciales ........... 271 Luis A. Guilln Downing
CuBa
La confidencialidad del arbitraje a debate: Notas desde laexperiencia de la Corte Cubana ......................................................... 287 Narciso A. Cobo Roura
eCuador
La importancia del arbitraje y la mediacin en las relacionesdel comercio internacional .................................................................. 299 Roberto Illingworth
EE. UU.
Arbitraje de inversin y desarrollo econmico. La relacin con el Banco Mundial...................................................................................... 307 Andrs Rigo Sureda
La responsabilidad civil de los rbitros y las institucionesarbitrales ......... ...................................................................................... 325 Arif Hyder Ali Henry Guy Burnett Cristina Ferraro (Per)
Invertir en arbitraje en los Estados Unidos ...................................... 341 Bernardo M. Cremades, Jr. Alejandro I. Cremades
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1562 Contenido General
ArbitrAje internAcionAl: PAsAdo, Presente y Futuro
Arbitraje comercial internacional: Posibles obstculos alconfirmar un laudo arbitral en los Estados Unidos ........................ 363 Daniel E. Gonzlez Mara Eugenia Ramrez
La vigencia del principio por el cual un Estado no puedeinvocar su derecho interno para desvincularse de unconvenio arbitral .................................................................................. 373 Daniel E. Vielleville
Caracas 1808: El arbitraje entre Don Joseph de Bustamantey Don Gonzalo Garca de Prado ........................................................ 401 J. Eloy Anzola
An American Arbitration Association InternationalCentre for Dispute Resolution, ICDR-AAA. Recognitionof mr. Bernardo Cremades, arbitrator and friend of theAssociation ..... ...................................................................................... 441 William K. Slate II Luis M. Martnez
La muerte importante y oportuna de las normasextraestatutarias de revisin en los Estados Unidos ....................... 447 Mauricio Gomm Santos Quinn Smith
La necesidad de un Cdigo de tica profesional en el arbitrajeinternacional ... ..................................................................................... 465 Silvia Marchili
el salvador
El derecho al arbitraje como derecho constitucional individualen el sistema jurdico salvadoreo ..................................................... 483 Salvador E. Anaya Barraza
espaa
Nuevas tendencias en la prctica de pruebas en el arbitrajeinternacional: Comentarios a las Reglas de la IBA sobreprctica de prueba en el arbitraje internacional(aprobadas el 29 de mayo de 2010) .................................................... 499 lvaro Lpez De Argumedo Juliana De Urea
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1563Contenido General
Libro Homenaje a bernardo Cremades e Yves derains
Espaa ha dejado de ser sede de arbitrajes comercialesinternacionales ...................................................................................... 525 Antonio Mara Lorca Navarrete
El arbitraje internacional desde la experiencia espaola ............... 537 Domingo Bello Janeiro
Observaciones crticas a la Ley 11/2011, de 20 de mayo,de reforma de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre,de arbitraje ...... ..................................................................................... 557 Faustino Cordn Moreno
Exequtur en Espaa de laudos anulados y suspendidosen el Estado de origen ......................................................................... 569 Ivn Heredia Cervantes Javier Dez-Hochleitner
Las buenas prcticas en el arbitraje internacional ........................... 589 Jess Remn
Arbitraje societario en la Ley espaola 11/2011 .............................. 605 Jose Fernando Merino Merchn
Arbitraje martimo internacional ....................................................... 625 Jos Mara Alcntara Gonzlez
Entronque histrico del arbitraje con el derechode contratos .... ...................................................................................... 643 Juan Antonio Cremades Sanz-Pastor
Avances recientes de la legislacin sobre arbitraje en Europa:El caso espaol ...................................................................................... 653 Juan Carlos Calvo Corbella
La anulacin de laudos en arbitraje de inversin:Un anlisis comparativo ..................................................................... 669 Juan Fernndez-Armesto
La responsabilidad de los rbitros y de las institucionesarbitrales en el derecho espaol ......................................................... 685 Julio Gonzlez-Soria
Una aproximacin procesal al arbitraje de inversiones .................. 719 Mara Marcos Gonzlez
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1564 Contenido General
ArbitrAje internAcionAl: PAsAdo, Presente y Futuro
Algunas consideraciones en torno al control judicial de oficiodel laudo arbitral en la fase de ejecucin desde la perspectivadel derecho espaol ............................................................................. 737 Montserrat Guzmn Peces
La notificacin del arbitraje y su respuesta en el nuevoReglamento de Arbitraje de la CNUDmI (2010) .............................. 761 Pilar Perales Viscasillas
Tomo II
FranCia
La paradoja de la compensacin en el arbitraje internacional ........... 797 Alexis Mourre
Quin tiene competencia para otorgar medidas cautelaresen un arbitraje internacional: Situacin actual y aspectosdel futuro .............................................................................................. 817 Eliseo Castineira
Amrica Latina: De la negativa a la competencia deltribunal arbitral al efecto negativo del principio decompetencia-competencia ................................................................... 845 Emmanuel Gaillard
La independencia del rbitro y su obligacin de revelacin ............... 879 Fernando Mantilla-Serrano Philippe Pinsolle
Una mirada a los principios rectores del procedimientoarbitral ................................................................................................... 901 Francisco Victoria-Andreu
El papel controvertido de las comisiones ad hoc frente a laslimitaciones inherentes al rgimen de anulacin de laudosarbitrales en el sistema de arbitraje del CIADI ................................ 909 Jos-Manuel Garca Represa Ana Carolina Simes E Silva
Los aportes de la reforma de 2011 del derecho francsdel arbitraje internacional ................................................................... 955 Jos Rosell Mara Beatriz Burghetto
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1565Contenido General
Libro Homenaje a bernardo Cremades e Yves derains
guatemala
La extincin del arbitraje forzoso en Guatemala ............................. 989 lvaro Castellanos Howell
inglaterra
Plain Packaging: Un futuro incierto para el uso de marcasregistradas........ ..................................................................................... 1005 Martin Hunter Javier Garca Olmedo
italia
Es de naturaleza pblica la funcin del rbitro internacional? ........ 1025 Antonio Crivellaro
The parties right to choose a person as arbitrator and theprohibition of discrimination: an unstable balance.A comment on the judgments given by the Court ofAppeal (Civil Division) overturning the judgmentof the High Court of Justice Queens Bench Division(Commercial Court) -Part One- and by the Supreme Court(Trinity Term), overturning the judgment of the Courtof Appeal, in the Jivraj v. Hashwani case -Part Two- ...................... 1035 Giorgio Bernini
mxiCo
Coexistencia del acuerdo de arbitraje y la sumisin atribunales judiciales en la misma relacin jurdica ......................... 1079 Carlos Loperena Ruiz
Cundo pacta es servanda?: Las clusulas paraguasen arbitraje de inversin ...................................................................... 1089 Francisco Gonzlez de Cosso
tica en el arbitraje ............................................................................... 1117 Fernando Estavillo Castro
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1566 Contenido General
ArbitrAje internAcionAl: PAsAdo, Presente y Futuro
Los usos. Si las inversiones y operaciones comerciales endiversos sectores implican diversos riesgos y oportunidades.Por qu no se invocan adecuadamente los usosen el procedimiento arbitral? .............................................................. 1149 Hernany Veytia
El arbitraje comercial en Mxico a 17 aos y las reformasde derecho mercantil ........................................................................... 1177 Leonel Pereznieto Castro
panam
El rol del rbitro en la creacin de precedentes:Existe un riesgo de un Issue Conflict en el arbitrajede inversiones? ..................................................................................... 1185 Margie-Lys Jaime Ramrez
La Convencin de Nueva York de 1958 y lajurisprudencia panamea ................................................................... 1207 Toms H. Herrera D.
per
El Convenio arbitral en la Ley Peruana de Arbitraje de 2008 ........ 1231 Carlos Alberto Soto Coaguila
El arbitraje en las relaciones de consumo y el arbitrajede consumo. Es lo mismo pero no es igual .................................... 1281 Cecilia ONeill de La Fuente
Alcances sobre la expedicin de laudos parciales y sus efectos ......... 1303 Felipe Osterling Parodi Alfonso Rebaza Gonzlez
La Clusula Calvo: Una perturbadora Ave Fenix? ........................ 1315 Fernando De Trazegnies Granda
Los acuerdos internacionales en materia de inversin ................... 1337 Jaime Dupuy Ortiz de Zevallos
La obligacin de motivar el laudo y la accin de anulacinen la Ley peruana de arbitraje ............................................................ 1361 Julio Csar Guzmn Galindo
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1567Contenido General
Libro Homenaje a bernardo Cremades e Yves derains
La solucin de controversias inversionista: Estado en el TLC Per Estados Unidos de Amrica ..................... 1379 Natale Amprimo Pl
portugal
Reflexiones sobre la construccin de una buena sentenciaarbitral ................................................................................................... 1397 Jos Miguel Jdice
suiza
La motivacin de los laudos en arbitraje comercialinternacional y en arbitraje de inversin .......................................... 1411 Anne-Carole Cremades Anne Vronique Schlaepfer
monismo y dualismo de las leyes de arbitraje:Son todas ellas dualistas? .................................................................. 1437 Xavier Favre-Bulle Edgardo Muoz
uCrania
Arbitraje comercial internacional en el mundo rusoparlante ........ 1455 Olena S. Perepelynska
uruguaY
La solucin de los conflictos societarios a travs delarbitraje estatutario .............................................................................. 1469 Ricardo Olivera Garca Alejandro Santi Estefan
La anulacin de laudos internacionales en Uruguay.Una interesante experiencia de cultura jurdica .............................. 1495 Paul F. Arrighi
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1568 Contenido General
ArbitrAje internAcionAl: PAsAdo, Presente y Futuro
venezuela
Los acuerdos arbitrales con entes pblicos:Especial referencia al ordenamiento jurdico venezolano .............. 1505 Andrs A. Mezgravis
El lenguaje jurdico del arbitraje de inversin.A propsito del sistema CIADI .......................................................... 1529 Yaritza Prez Pacheco Elizabeth Mndez Salom
Contenido General ............................................................................... 1559
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Este libro se termin de imprimir en los talleres de Grandez Grficos S.A.C.
Telf. (511) 5314658 www.grandezgraficos.com