EL ABC DE LA DECLARACION 2014 PARA PERSONAS...
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EL ABC DE LA DECLARACION
2014 PARA PERSONAS
MORALES – ASPECTOS
RELEVANTES
Presentado por:
L.C. Juan José Arcos Sánchez
L.C. Fidel Camarillo Lazo.
Garrido Licona y Asociados,
S.C.
Febrero 13, 2015
EL ABC DE LA DECLARACION 2014 PARA PERSONAS MORALES
ASPECTOS RELEVANTES
TEMARIO:
1. Fechas de presentación de la declaración anual y sujetos obligados
2. Ingresos acumulables, momentos y situaciones a considerar
3. Costo de lo vendido, aspectos relevantes
4. Nuevas limitantes a las deducciones autorizadas
5. Requisitos para la deducción de salarios y previsión social
6. Aspectos a considerar de los pagos al extranjero
EL ABC DE LA DECLARACION 2014 PARA PERSONAS MORALES
ASPECTOS RELEVANTES
TEMARIO:
7. Deducción de créditos incobrables
8. Medios de defensa contra los limitantes de las deducciones
9. Acreditamientos y estímulos fiscales
10.Determinación de la UFIN, y de los saldos de la CUFIN y la CUCA
según las nuevas disposiciones fiscales
11.Otras consideraciones (opción de dictaminarse, coeficiente de
utilidad, etc.)
12.Diferencias entre la base de la PTU vs la base del ISR
1. FECHAS DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANUAL Y
SUJETOS OBLIGADOS
Persona MoralFecha límite de
presentación
Régimen general del Título II
31 de marzo de
2015
Régimen opcional para grupos de
sociedades (Integradoras e Integradas)
Régimen de los coordinados
Régimen del sector primario (AGAPES)
Régimen de los coordinados, cuando sus
integrantes sólo sean PF
30 de abril de
2015
Régimen del sector primario (AGAPES),
cuando sus integrantes sólo sean PF
Régimen de consolidación que continua(1)
(Sólo la controladora)
(1)Articulo Noveno Transitorio fracción XVI de la Ley del ISR
2. INGRESOS ACUMULABLES, MOMENTOS Y SITUACIONES A
CONSIDERAR
• Se expida comprobante fiscal
• Se envíe el bien o se preste el servicio
• Se cobre total o parcialmente. Incluso enel caso de anticipos
• Al momento del cobro (serviciospersonales independientes)
Enajenación de bienes y prestación de servicios
• Se cobre total o parcialmente
• Se expida comprobante fiscal
• Fecha de exigibilidad
• Depósitos en garantía (en su caso)
Uso o goce temporal de bienes
• El total del precio pactado, o
• La parte del precio exigible en el ejercicioArrendamiento financiero
2. INGRESOS ACUMULABLES, MOMENTOS Y SITUACIONES A
CONSIDERAR
Arrendamiento puro – Depósitos y anticipos
Rentas Anticipadas Depósito en garantía≠
¿Son ingresos acumulables desde que se perciben?
¿Existe obligación de devolver dichos anticipos o aplicarlos contra
rentas futuras?
Efecto en IVA
Consideraciones
2. INGRESOS ACUMULABLES, MOMENTOS Y SITUACIONES A
CONSIDERAR
• En el plazo que se consuma la prescripción
• En el mes que se cumpla la imposibilidadpráctica del cobro
Deudas no cubiertas
• Estimación de obra ejecutada (3 meses)
• Efectivamente cobrado
• Avance trimestral
• Avance mensual
• Entregas parciales de acuerdo al contrato
Contratos de obra
• Se acumulen conforme a la Ley abrogada
• Diferimiento del ISR de acuerdo adisposiciones transitorias (2ejercicios)
• Diferimiento del ISR de acuerdo aDecreto (3 ejercicios)
Enajenaciones a plazo efectuadas hasta 2013
2. INGRESOS ACUMULABLES, MOMENTOS Y SITUACIONES A
CONSIDERAR
Otras consideraciones:
Diferimiento del ingreso por recuperación de seguros, fianzas en
perdidas de bienes del contribuyente (Cuando no se reinvierta, hasta
24 meses)
Intereses devengados para el sistema financiero, cuando dejen de
cobrar después del tercer mes ¿Se siguen acumulando?
Acumulación de los interés moratorios a lo efectivamente cobrado
Aviso de prestamos, aportaciones para futuros aumentos de capital,
por cantidades mayores a $600,000.00
Acumulación de ingresos percibidos de fuente de riqueza ubicada en
el extranjero
3. COSTO DE LO VENDIDO, ASPECTOS RELEVANTES
La deducción del costo en todo caso será en el ejercicio en el que se
acumulen los ingresos que deriven de la enajenación de los bienes, de
acuerdo a lo siguiente:
Método de costeo (1)
• Sistema de costeo absorbente
Método de Control
• Histórico
• Predeterminado
Método de valuación (2)
• Inventarios perpetuos
• PEPS
• Costo identificado
• Costo promedio
• Detallista(1)Se eliminó el método directo(2)Se eliminó el método de valuación UEPS
Integración del costo
Contribuyentes
Actividades no comercialesActividades comerciales
Mercancías netas
Gastos de compra
Salarios de la producción
Gastos netos de descuentos
La deducción de inversiones
de producción(1)
Adquisiciones netas de MP, PST,
PT
Adquisición de
3. COSTO DE LO VENDIDO, ASPECTOS RELEVANTES
Aspectos a considerar:
Deducción de inventarios 2004 – Inventario acumulable
Deducción del costo por acumulación de anticipos (Regla I.3.2.23.
RMF 2014)
Levantamiento de inventario físico al cierre del ejercicio
Cambio del método de valuación, por entrada en vigor de la nueva
Ley del ISR
Destrucción de inventarios – Avisos donación y/o destrucción
Deducción de pagos a PF, sector primario o coordinados, sin que
estén efectivamente pagados
Inventarios para consumo propio (deducción como gasto o inversión)
3. COSTO DE LO VENDIDO, ASPECTOS RELEVANTES
4. NUEVAS LIMITANTES A LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS
Concepto
Monto
deducible hasta
2013
Monto deducible a
partir de 2014
Aportaciones efectuadas
para la creación o
incremento de reservas para
fondos de pensiones o
jubilaciones del personal,
complementarias a la LSS, y
primas de antigüedad
100%
47% Si las
prestaciones
disminuyen, o
53% Si las
prestaciones no
disminuyenPagos que a su vez sean
ingresos exentos para el
trabajador100%
Pagos por salarios – Ingresos exentos para el trabajador
4. NUEVAS LIMITANTES A LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS
Cálculo de la parte no deducible de los ingresos exentos para el
trabajador (Regla I.3.3.1.16 RMF 2014)
Fracción I
Fracción II
Coeficiente del
ejercicio
Coeficiente del
ejercicio
inmediato
anterior
Total de remuneraciones exentas del ejercicio
Total de remuneraciones y prestaciones del ejercicio
Total de remuneraciones exentas del ejercicio anterior
Total de remuneraciones y prestaciones del ejercicio
anterior
4. NUEVAS LIMITANTES A LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS
Cálculo de la parte no deducible de los ingresos exentos para el
trabajador (Regla I.3.3.1.16 RMF 2014)
Hay disminución
de prestaciones,
47% deducible
Fracción III
Coeficiente del
ejercicio
Coeficiente del
ejercicio
inmediato
anterior
Menor que Entonces
No hay
disminución de
prestaciones, 53%
deducible
Coeficiente del
ejercicio
Coeficiente del
ejercicio
inmediato
anterior
Mayor o igual que Entonces
4. NUEVAS LIMITANTES A LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS
Otras limitantes a las deducciones para PM
Concepto Monto deducible hasta 2013Monto deducible a partir de
2014
Donativos (sector
público y donatarias
autorizadas)
7% de la utilidad del ejercicio
inmediato anterior
7% de la utilidad del ejercicio
inmediato anterior (para los
donativos al sector público se
limita hasta un 4%)
Cuotas y aportaciones
pagadas al IMSSObrero - Patronal Patronal
Arrendamiento de
automóviles
$165.00 diarios (LISR)
$250.00 diarios (Decreto)$200.00 diarios
Consumo en
restaurantes12.5% (del total del consumo) 8.5% (del total del consumo)
Automóviles $175,000.00 $130,000.00
Deducción inmediata Porcentajes entre el 70% y 90%
Se deroga la opción.
¿Deducción en 2014, por el
derecho adquirido en 2013?
5. REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN DE SALARIOS Y PREVISIÓN
SOCIAL
Requisitos para hacer deducible los pagos por salarios
Pagos superiores a $2,000.00 pesos deben ser pagados a través de
transferencia electrónica, entre otros medios. (Se puede hacer el
pago en efectivo, Regla I.3.3.1.17 RMF 2014 y Artículo 35 del RISR)
Se efectué la retención y entero del ISR a cargo del trabajador
Expedición del CFDI de nómina con el timbrado en tiempo y forma.
(Hasta Diciembre 2014 y Enero 2015 en los casos de
correcciones)
Declaración informativa de salarios (requisito de forma)
Cálculo del ISR anual del trabajador (Ajuste del ISR por salarios)
Entregar del SPE correspondiente al trabajador, en su caso
5. REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN DE SALARIOS Y PREVISIÓN
SOCIAL
Requisitos para hacer deducible los pagos por previsión social
Plan de previsión social
Se otorgue de manera general a todos los trabajadores
Los vales de despensa serán deducibles siempre que se entreguen
a través de monederos electrónicos (a partir de julio de 2014)
No puede pagarse en efectivo (Criterio no vinculativo 27/ISR)
Sin monto límite para los trabajadores sindicalizados
Hasta 10 VSMGAG elevado al año (hasta $245,608) para
trabajadores no sindicalizados
6. ASPECTOS A CONSIDERAR DE LOS PAGOS AL EXTRANJERO
Expedición de
comprobante fiscal
Ser estrictamente
indispensables
Requisitos para
deducción
Comprobante fiscal (Regla
I.2.7.1.16. RMF 2014)
Presentación de
declaraciones informativas
Constancia de residencia
fiscal
Retención y entero del ISR
6. ASPECTOS A CONSIDERAR DE LOS PAGOS AL EXTRANJERO
Aspectos relevantes a considerar
Aplicación de los beneficios de los tratados internacionales
• Acreditar residencia fiscal
• Cumplir con las disposiciones de Ley y del propio tratado
• Garantizar la existencia de simetría fiscal
Limitante a la deducción de ciertos pagos a residentes en el extranjero (aplicación de las reglas de BEPS)
• Por conceptos de: Intereses, regalías y asistencia técnica efectuados a residentes en el extranjero que sean entidades transparentes
• Los pagos que sean deducibles para una parte relacionada y los ingresos no sean acumulables para la otra parte.
6. ASPECTOS A CONSIDERAR DE LOS PAGOS AL EXTRANJERO
Aspectos a considerar
• Deducción de gastos a prorrata (ReglaI.3.3.1.41. RMF 2014)
• Intereses provenientes de Capitalizacióndelgada o insuficiente
• Dividendos fictos (Créditos respaldados)
• Documentación soporte de precios detransferencia (EPT)
• Presentación de la Anexo 9 del DIM, amás tardar cuando se presente ladeclaración anual, se tenga que presentarel dictamen, o se presente la DISF
Otros aspectos relevantes a considerar
7. DEDUCCIÓN DE CRÉDITOS INCOBRABLES
Se consuma el plazo de
prescripción• Sin requisitos
Notoria la imposibilidad
practica de cobro
(Cuando se cumpla un año
de mora)
O antes si
fuera
Público en general
Inferiores a 5,000 pesos no se necesitan
requisitos
Entre $5,000 y 30,000 UDIS, se informe a buró
de crédito
Contribuyentes que realizan actividades
empresariales
Hasta 30,000 UDIS
Mayores a 30,000 UDIS
(Demanda judicial)
• Informe al deudor
• Declaración
informativa, antes 15
de febrero 2015
(escrito libre) [Opción
dictamen]
Serán deducibles cuando:
8. MEDIOS DE DEFENSA CONTRA LOS LIMITANTES DE LAS
DEDUCCIONES
TemaPlazo para la presentación del
Amparo
Envío de la contabilidad electrónica 15 días hábiles siguientes al primer acto
de aplicación (25 marzo 2015)
Límite a la deducción de pagos de
previsión social, ingresos exentos y por
la creación o incremento de reservas a
fondos de pensiones y jubilaciones 15 días hábiles siguientes al primer acto
de aplicación por presentación de la
declaración anualRevaluación de inventarios o del costo
de lo vendido
Aportaciones pagadas al IMSS por
cuenta de los trabajadores
Pago o distribución de dividendos a
personas físicas residentes en el país
así como a residentes en el extranjero 15 días hábiles siguientes al primer acto
de aplicaciónRecálculo de la CUFIN al 31-Dic-2001
por distribución de dividendos o
utilidades
9. ACREDITAMIENTOS Y ESTÍMULOS FISCALES
ISR del ejercicio
Menos:
PrelaciónISR pagado por dividendos (Máximo tres ejercicios)
ISR pagado en el extranjero (Máximo diez ejercicios)
Estímulos fiscales
Estímulo cinematografía
Estímulo producción teatral nacional
IEPS de diésel para consumo final en actividades
empresariales (Excepto minería)
IEPS de diésel para consumo final en transporte de
personas y carga
Cuotas de peaje en carreteras
IEPS adquirentes que utilicen los combustibles fósiles
Venta o enajenación de minerales y sustancias
ISR retenido de bancos
Acreditamientos Pagos provisionales de ISR
IDE pendiente de acreditar de 2013
Igual: ISR a cargo o a favor del ejercicio
Acreditamientos
Otros estímulos fiscales
9. ACREDITAMIENTOS Y ESTÍMULOS FISCALES
Contrataciónde personas
con discapacidad
Donación de bienes
básicos para la
subsistencia humana
10. DETERMINACIÓN DE LAS CUENTAS FISCALES SEGÚN LAS
NUEVAS DISPOSICIONES FISCALES
• Se contempla el saldo que se tenía en2013
Cuenta de Capital de Aportación (CUCA)
• Recálculo de la CUFIN de 2001 a 2013
• Se tiene que llevar dos cuentas paraefectos del impuesto adicional del 10% delISR por dividendos
Cuenta de Utilidad Fiscal Neta (CUFIN)
• No se contempla en la nueva LISR
• Efectos del ISR pendiente de enterar
Cuenta de Utilidad Fiscal Neta Reinvertida (CUFINRE)
Determinación del saldo de la CUFIN al 31 de diciembre de 2013
10. DETERMINACIÓN DE LAS CUENTAS FISCALES SEGÚN LAS
NUEVAS DISPOSICIONES FISCALES
UFIN generada del ejercicio 2001 a 2013
Menos: UFIN negativa generada del ejercicio 2001 a 2013
Mas: Dividendos o utilidades percibidos en 2001 a 2013
Menos:Dividendos o Utilidades Distribuidas en 2001 a
2013
Igual: Saldo de CUFIN al 31 de diciembre de 2013
Consideraciones:
¿Qué sucede con la CUFIN que se generó antes de 2001?
¿Qué sucede con la transmisión de CUFIN por fusión y escisión
efectuadas en 2001 a 2013?
¿No se incluye en el recalculo los ingresos por REFIPRES?
¿No se incluye en el recálculo las utilidades distribuidas por
reducción de capital?
Determinación de la UFIN del ejercicio 2014
10. DETERMINACIÓN DE LA UFIN, Y DE LOS SALDOS DE LA CUFIN
Y LA CUCA SEGÚN LAS NUEVAS DISPOSICIONES FISCALES
Consideraciones:
De acuerdo al criterio normativo 36/ISR/N del anexo 7 de la RMF
2015, no se debe de restar la PTU en la determinación de la UFIN
La distribución de dividendos (a PF residente en México y a
Residentes en extranjero) de la utilidades generadas a partir de 2014
causarán 10% ISR adicional
Resultado del ejercicio
Menos: ISR del ejercicio
Menos: Partidas no deducibles (Excepto las de fracción VIII y
IX del articulo 28 de la LISR)
Menos: Monto a disminuir por acumular los montos
proporcionales de ISR pagado en extranjero
Menos: Disminución por acreditamiento de ISR pagado por
dividendos en el ejercicio
Igual: UFIN del Ejercicio 2014
Coeficiente de Utilidad del correspondiente al ejercicio 2014:
11. OTRAS CONSIDERACIONES
Consideraciones:
No inclusión del Inventario acumulable (RMF 2015 3.3.3.5.)
¿En su caso se debe de restar o sumar, la deducción de la
inversión inmediata aplicada en 2014? (RMF 2015 3.3.2.1.)
PTU se resta en la utilidad fiscal
Utilidad (o pérdida) Fiscal del ejercicio
+/- Monto de los anticipos o
rendimientos distribuidos (1)
Ingresos Nominales + Inventario
acumulable
C.U. del para
aplicarse en el
ejercicio 2015
(1)Aplica para S.C. y A.C.
Dictamen Fiscal del ejercicio 2014 (SIPRED)
11. OTRAS CONSIDERACIONES
Sujetos obligados(1)
La PM que subsista o surja por motivo de
fusión (en 2013)
Las sociedades escindente y
escindidas (en 2013)
Las sociedades que continúen aplicando el
régimen de consolidación
Sujetos que pueden optar
PF y PM con ingresos acumulables del ejercicio 2013
superiores a $100 mdp
Valor del activo superior a $79 mdp
Promedio de 300 trabajadores por mes
(1)Conforme al artículo segundo transitorio fracción I del CFF vigente a partir de 2014.
11. OTRAS CONSIDERACIONES
Declaración Informativa de Situación Fiscal - Obligados
PM del titulo II de la LISR que en el ejercicioinmediato anterior hayan tenido ingresosacumulables iguales o superiores a$644,599,005, así como tengan accionescolocadas entre el gran público inversionista,en bolsa de valores
Las sociedades que tributen en el régimenopcional para grupos de sociedades
Las entidades paraestatales de laAdministración Pública Federal.
EP en el país únicamente por las actividadesque desarrollen en dichos establecimientos
PM respecto de las operaciones celebradascon residentes en el extranjero
11. OTRAS CONSIDERACIONES
Dictamen Fiscal del ejercicio 2014 (SIPRED) Consideraciones
Fecha de presentación conforme a CFF 15 de julio de 2015
Fecha de presentación conforme a RMF 2015 30 de julio de
2015
Se presentará conforme al anexo 16 y 16-A de la RMF 2015
DISIF Consideraciones
Nuevo capítulo en RMF 2015 en donde establece las reglas de
presentación
Fecha de presentación conforme a CFF al 30 de junio de 2015
Si se opta por presentar el dictamen fiscal, se tiene por cumplida
esta declaración
12. DIFERENCIAS ENTRE LA BASE DE LA PTU VS LA BASE DEL ISR
Concepto ISR PTU
Ingresos Acumulables SI SI
Inventario acumulable Si NO
Deducciones Autorizadas SI SI
PTU Pagada en el ejercicio SI NO
Perdidas Fiscales Pendiente de disminuir SI NO
Previsión social no deducible (Artículo 28
fracción XXX de la LISR)NO SI
Depreciación fiscal histórica siempre y cuando
se haya aplicado deducción inmediata en
ejercicios anteriores.NO ¿SI?
Pérdidas cambiarias sufridas antes de 2013 NO SI(1)
(1) Aplica para los que eligieron la opción de aplicar las pérdidas cambiarias en 4 ejercicios.
¡Gracias!