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Dirección: Edificio Wimmer, Calle 11, Avenida 10, Distrito Catedral, Barrio La Soledad; 100 metros al este de Acueductos y Alcantarillados, Paseo los Estudiantes San José, Costa Rica – Tels.: 506) 2256-9669 / 2256-9678 / 2256-9644 – Correo: [email protected] – Pág. Web www.hacienda.go.cr
Directriz DGABCA-005-2016
De: Fabián David Quirós Álvarez
DIRECTOR GENERAL
Para: Directores Administrativos
Proveedurías Institucionales
Unidades Financieras
Instituciones Usuarias del Sistema Compr@Red
Fecha: 12 de Abril 2016
Asunto: Directriz de Uso de la Licitación Pública 2014LN-000008-CMBYC “Convenio Marco de Servicios de
Seguridad y Vigilancia para las Instituciones Públicas que utilizan CompraRed”.
La Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, en ejercicio de sus
funciones de Órgano Rector del Sistema de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, en
cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley N°8131, “Ley de Administración Financiera de la
República y Presupuestos Públicos” y de la Ley Nº 7494 “Ley de Contratación Administrativa”, se permite
comunicar lo siguiente:
Se gestionó Licitación Pública 2014LN-000008-CMBYC Convenio Marco de Servicios de Seguridad y
Vigilancia para las Instituciones Públicas que utilizan CompraRed, y el 14 de marzo 2016 se recibieron las
formalizaciones contractuales debidamente refrendadas por la Contraloría General de la República, lo anterior
mediante oficio N° DCA-0678, de fecha 10 de marzo de 2016 para las siguientes empresas, quienes
resultaron adjudicadas:
1. Seguridad y Vigilancia SEVIN Limitada
2. C S E Seguridad Sociedad Anónima
3. Consorcio Corporación González y Asociados Internacional Sociedad Anónima y Charmander
Servicios Electrónicos en Seguridad Sociedad Anónima
4. Servicio de Cuido Responsable Secure Sociedad Anónima
5. Servicios de Mantenimiento y Seguridad Semans Sociedad Anónima
6. Consorcio conformado por Seguridad Alfa Sociedad Anónima y Consorcio de Seguridad Alfa
Sociedad Anónima.
A estas empresas llegará la solicitud de cotización para la adquisición de servicios de seguridad y vigilancia,
que lleven a cabo las instituciones usuarias del sistema CompraRed.
Dirección: Edificio Wimmer, Calle 11, Avenida 10, Distrito Catedral, Barrio La Soledad; 100 metros al este de Acueductos y Alcantarillados, Paseo los Estudiantes San José, Costa Rica – Tels.: 506) 2256-9669 / 2256-9678 / 2256-9644 – Correo: [email protected] – Pág. Web www.hacienda.go.cr
El convenio marco tendrá la modalidad de cotización, previa autorización de la Dirección de Servicios de
Seguridad Privados del Ministerio de Seguridad Pública, y la ejecución del mismo iniciará el próximo 14 de
abril de 2016.
Las opciones de negocio en esta licitación se dividen en siete, de acuerdo a las zonas para la cobertura
nacional:
1. Servicio de Seguridad y Vigilancia en el Valle Central
2. Servicio de Seguridad y Vigilancia en Pacífico Norte
3. Servicio de Seguridad y Vigilancia en Pacífico Central
4. Servicio de Seguridad y Vigilancia en Pacífico Sur
5. Servicio de Seguridad y Vigilancia en Caribe Central
6. Servicio de Seguridad y Vigilancia en Caribe Norte
7. Servicio de Seguridad y Vigilancia en Zona Norte
Los cantones que incluye cada región, se detallan a continuación:
1. Valle Central
De la provincia de San Jose: 1-San José, 2-Escazú, 3-Desamparados, 4-Puriscal, 5-Tarrazú, 6-
Aserrí, 7-Mora, 8-Goicoechea, 9-Santa Ana, 10- Alajuelita, 11-Vázquez de Coronado, 12-Acosta, 13-
Tibás, 14-Moravia, 15-Montes de Oca, 16-Turrubares, 17-Dota, 18-Curridabat, 19-León Cortés.
De la provincia de Alajuela: 1-Alajuela (excepto el distrito de Sarapiquí), 2-San Ramón (excepto el
distrito de Peñas Blancas), 3-Grecia (excepto el distrito de Río Cuarto), 4-Atenas, 5-Naranjo, 6-
Palmares, 7-Poás, 8-Alfaro Ruiz, 9-Valverde Vega.
De la provincia de Heredia: 1-Heredia, 2-Barva, 3-Santo Domingo, 4-Santa Bárbara, 5-San Rafael, 6-
San Isidro, 7-Belén, 8-Flores, 9-San Pablo.
De la provincia de Cartago: 1-Cartago, 2-Paraíso, 3-La Unión, 4-Jiménez, 5-Alvarado, 6-Oreamuno,
7- El Guarco.
2. Pacífico Norte
De la provincia de Guanacaste: 1-Liberia, 2-Nicoya, 3-Santa Cruz, 4-Bagaces, 5-Carrillo, 6-Cañas, 7-
Abangares, 8-Tilarán, 9-Nandayure, 10-La Cruz, 11-Hojancha.
3. Pacífico Central
De la provincia de Puntarenas: 1-Puntarenas, 2-Esparza, 3-Montes de Oro, 4-Aguirre, 5-Parrita, 6-
Garabito.
De la provincia de Alajuela: 1-San Mateo, 2-Orotina.
4. Pacífico Sur
De la provincia de Puntarenas: 1-Buenos Aires, 2-Osa, 3-Golfito, 4-Coto Brus, 5-Corredores.
De la provincia de San Jose: 1-Pérez Zeledón.
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5. Caribe Central
De la provincia de Limón: 1-Matina, 2-Limón, 3-Talamanca.
De la provincia de Cartago: 1-Turrialba.
6. Caribe Norte
De la provincia de Limón: 1-Siquirres, 2-Guácimo, 3-Pococí.
7. Zona Norte
De la provincia de Alajuela: 1-San Carlos, 2-Upala, 3-Los Chiles, 4-Guatuso, 5-distrito de Sarapiquí
del cantón de Alajuela, distrito de Peñas Blancas del cantón de San Ramón, distrito de Río Cuarto
del cantón de Grecia.
De la provincia de Heredia: 1-Sarapiqui.
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Resumen de la Adjudicación
Empresa 1. Servicio de Seguridad y Vigilancia
2. Servicio de Seguridad y Vigilancia
Pacífico Norte
3. Servicio de Seguridad y Vigilancia
Pacífico Central
4. Servicio de Seguridad y Vigilancia
Pacífico Sur
5. Servicio de Seguridad y Vigilancia
Caribe Central
6. Servicio de Seguridad y Vigilancia
Caribe Norte
7. Servicio de Seguridad y
Vigilancia Zona Norte
Seguridad y Vigilancia SEVIN, Ltda
Aceptar Aceptar Aceptar Aceptar Aceptar Aceptar Aceptar
CSE Seguridad S.A Aceptar Aceptar Aceptar Aceptar Aceptar Aceptar Aceptar
Consorcio Corporación González Asociados Internacional S.A. y Charmander Servicios Electrónicos En Seguridad S.A.
Aceptar Aceptar Aceptar Aceptar Aceptar Aceptar Aceptar
Servicio de Cuido Responsable Secure S.A
Aceptar Aceptar Aceptar Aceptar Aceptar Aceptar Aceptar
Servicios de Mantenimiento y Seguridad SEMANS S.A
No ofertó Aceptar Aceptar Aceptar No ofertó No ofertó No ofertó
Consorcio de Seguridad Alfa y Seguridad Alfa S.A
Aceptar Aceptar Aceptar Aceptar Aceptar Aceptar Aceptar
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Moneda
Al ser un proceso de modalidad de cotización, los oferentes podrán cotizar en cualquier moneda. Para efectos
de comparación se utilizará el colón, y para la conversión de monedas el tipo de venta vigente según el Banco
Central de Costa Rica el día de la apertura de las cotizaciones del servicio requerido. En caso de recibir
propuestas en distintas monedas, la Administración las convertirá en una misma para efectos de
comparación.
Procedimiento de compra de Servicios de Seguridad y Vigilancia
Las instituciones usuarias, en el momento que requieran del servicio objeto de esta contratación, deberán en
primera instancia definir el servicio que requieren y determinar si se requiere realmente el uso de armas de
fuego o no. Para lo cual se ha determinado que, previo a la solicitud de cotización, las instituciones deberán
acudir a la Dirección de Servicios de Seguridad Privados del Ministerio de Seguridad Pública, con el fin de
obtener la aprobación de la necesidad del uso de armas; asimismo una vez adjudicado el servicio, la empresa
contratista deberá acudir a dicha Dirección, previo inicio de la ejecución contractual, a fin de que ésta ratifique
la autorización emitida. El cumplimiento de estos requisitos deberán ser verificados por el funcionario
encargado del contrato, como un requisito previo al inicio de la ejecución contractual, todo ello conforme lo
establecido en la Ley número 8395, y los votos de la Sala Constitucional 11763-2003, 8001-1998.
La selección de una o más opciones de negocio está de acuerdo a la división geográfica que se detalló
previamente. Las empresas cotizarán en las líneas y regiones que se le adjudicaron.
Para efectos de este convenio en particular, cuando surja una necesidad de seguridad y vigilancia, la
institución usuaria generará una cotización en línea con el Formulario de Seguridad y Vigilancia (en
adelante FSV) mediante el sistema Comprared, donde se detallan los distintos aspectos específicos del
servicio que se solicita, de acuerdo a las necesidades particulares de la institución. Se puede visualizar el
contenido del mismo a continuación:
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Una vez que las empresas reciben el FSV contarán con un plazo máximo de 5 días hábiles, para realizar la
visita a la institución solicitante y enviar la cotización del servicio respectivo a través del sistema antes del
plazo máximo fijado para ello en dicho documento, según el detalle de lo solicitado. La institución usuaria
contará con un máximo de 3 días hábiles para realizar el análisis y seleccionar al contratista.
Para casos de emergencias el plazo máximo será de 3 días hábiles para que el contratista realice la visita y
remita cotización y 2 días hábiles para que la institución realice el análisis.
El contratista enviará la oferta de al menos 1 opción del servicio según lo solicitado, indicando la estructura
de costos asociada al servicio que está cotizando en ese momento, el cual es un requerimiento obligatorio.
En caso de no aportarse la estructura de costos en la cotización del servicio requerido, no se tomará en
cuenta dicha cotización y la institución usuaria optará por otro contratista que cumpla con lo requerido en el
FSV y adjunte toda la información, incluyendo la estructura de costos.
La institución usuaria deberá analizar las cotizaciones, adjudicando a la que ofrezca el “menor precio”.
Excepcionalmente, la institución usuaria se podrá apartar de este criterio, justificando las razones, las que
deberán ser objetivas y demostrables en términos de representar condiciones más beneficiosas para la
institución, en función del interés público, todo lo cual deberá quedar acreditado en el expediente respectivo.
La Institución Usuaria, procederá a emitir la orden de pedido a la opción de negocio que más le favorezca, en
el mismo día en que se realiza la comparación de precios. El departamento autorizado para emitir el pedido,
será la Proveeduría Institucional de la entidad que requiere los servicios, u otro que sea designado
formalmente por la entidad.
Cuando haya sido adjudicado para prestar el servicio, el contratista debe presentar a la institución currículums
con foto de cada uno de los oficiales que prestarán el servicio, hoja de delincuencia, copia de carné emitido
por el MSP para ejercer como oficial de seguridad privada (Control PAS) y, para quienes aplique, carné
(permiso) para portación de armas (Control PAS); todos estos documentos deben adjuntarlos en el Plan
Operativo.
Si un agente va a ser sustituido, debe tener similar experiencia y conocimiento que el agente a sustituir; esto
deberá informarse con antelación a la institución usuaria, con un plazo no mayor a 4 horas, salvo casos
fortuitos o de fuerza mayor, debidamente justificados por el contratista ante Administración pertinente. Debe
acreditar y mantener al día los currículums del personal de seguridad asignado al contrato, y sus
correspondientes atestados, ante el departamento que la institución usuaria designe como encargado de la
seguridad. De igual forma, la Administración solicitará esta información y documentos en el momento que lo
considere pertinente, a cualquiera de las partes.
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Plan Operativo de Seguridad y Vigilancia (PO)
Una vez que el oferente fue seleccionado y previo a la elaboración del plan, el contratista debe efectuar una
visita inspectora al edificio sujeto del servicio, a fin de determinar, identificar o visualizar los elementos o
factores relevantes en materia de seguridad que se requieran para brindar adecuadamente el servicio. Como
elemento probatorio de la inspección realizada deberá presentar hoja de visita, emitida por el Departamento
de Servicios Generales o el que la institución contratante designe para tales fines. En caso de que la
institución no emita la hoja de visita, la empresa debe presentar un informe de visita al sitio, con elementos
probatorios tales como fotografías y otros documentos de respaldo.
Los parámetros mínimos que deben incluirse en el PO:
1. El rol ordinario de turnos de vigilancia, indicando horas de inicio y finalización, incluyendo feriados y
fines de semana.
2. Cantidad y distribución de oficiales.
3. Cantidad de horas.
4. Metodología de operación del rol de refuerzos para cubrir al personal ordinario (días libres,
incapacidades, permisos u otros) para garantizar cobertura 24 horas los 365 días del año, cuando
sea necesario.
5. Definir los mecanismos necesarios para la comunicación efectiva con la institución usuaria, acerca
de incidentes importantes en las bitácoras, en las que también debe informar nombre del (os)
vigilante(s) cuando sean sustituidos y las supervisiones que se realicen. Entre los mecanismos de
comunicación, deberán establecerse informes mensuales de hechos relevantes.
6. El procedimiento y mecanismos de supervisión remota y por monitoreo del sitio por parte de la base
de operaciones del contratista.
7. Establecer rutinas de vigilancia e informar de actividades irregulares.
8. El protocolo de seguridad, definiendo al menos:
a. Procedimiento para el registro y chequeo de ingreso y salida de personas a las
instalaciones (funcionarios y visitantes).
b. Procedimiento para el control de salida y entrada de activos o bienes a las instalaciones.
c. Procedimiento para el control de accesos a las instalaciones (en jornada ordinaria y
extraordinaria).
d. Procedimiento para el uso y administración de bitácoras, reportes u otros instrumentos de
comunicación o de registro.
e. Procedimiento para la atención de emergencias y establecimiento de contingencias de
estas
f. Procedimiento para la realización de los relevos (cambios de turno) de los agentes de
seguridad, y chequeo de las instalaciones. Además, se deben definir las medidas de
contingencia a tomar en caso de que en un relevo no se presente el agente de seguridad de
turno.
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g. Procedimiento para el uso, custodia y administración de los activos o servicios asignados
por la Administración al puesto de vigilancia, tales como, escritorios, teléfonos, sillas, líneas
telefónicas, entre otros.
h. Procedimientos adicionales que sean convenidos entre las partes.
9. Protocolo para uso de armas.
Elaborar y presentar, en el plazo definido por la institución el Plan Operativo, ante el Departamento que
designe la institución usuaria, para su revisión y aprobación.
Someter previamente para su correspondiente revisión y aprobación, cualquier ajuste o variación que se
requiera efectuar al mismo, con su correspondiente justificación.
Criterios para la adquisición de los servicios de Seguridad y Vigilancia
La institución usuaria, cuando utilice el convenio marco, seguirá los siguientes criterios al momento de realizar
una compra en orden de preferencia:
a. El que cumpla con los requerimientos de seguridad y vigilancia al menor precio, según sea el caso. La
entidad podrá escoger a un proveedor distinto al de menor precio, siempre y cuando acredite en el expediente
respectivo la justificación. Esta justificación deberá demostrar de manera fehaciente y objetiva, que esta
adquisición representa una mejora, mediante una relación costo beneficio para la entidad.
b. Criterios de desempate. Cuando los precios sean iguales, la entidad deberá tomar en cuenta criterios de
desempate definidos en el pliego cartelario de esta licitación.
Obligatoriedad de Uso
Todas las entidades cubiertas por el convenio, tendrán la obligación de consultar primero el convenio marco.
Cuando los servicios que requieran sean ofrecidos por los adjudicatarios del presente procedimiento, las
instituciones procederán obligatoriamente a adquirirlos de los contratistas mediante la emisión del pedido u
orden de compra amparada en la licitación de convenio marco, para lo cual deberán contar con los recursos
pertinentes.
Las órdenes de compra no tendrán ninguna restricción con respecto a la cantidad ni al monto, salvo lo
establecido por el contratista en su oferta.
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Obligaciones de la Administración
Dentro de las obligaciones que tienen las instituciones usuarias con el contratista, se encuentran las
siguientes:
1. Cubrir el precio de la orden de compra que se genere, en forma completa y oportuna.
2. Dar trámite a todas aquellas gestiones pertinentes que formule el contratista para la adecuada
prestación de sus servicios.
3. Asignar un funcionario como encargado de administrar el contrato, quien deberá velar por la correcta
ejecución de los servicios contratados. De acuerdo con lo indicado en la Directriz DGABCA-09-2013,
de fecha 18 de junio de 2013.
Obligaciones del Contratista
El contratista será responsable de cumplir con lo indicado en el pliego de condiciones, la oferta, con las
condiciones de la contratación y la demás normativa indicada en la LCA y el RLCA. Además, deberá:
a. Suministrar los servicios adjudicados según el requerimiento de la institución usuaria, lo solicitado en
el FSV, así como, el respectivo PO.
b. Mantener vigente la garantía de cumplimiento durante el periodo de ejecución del contrato
respectivo. Su vigencia será anual, la cual deberá prorrogarse por periodos iguales, hasta cubrir el
periodo de ejecución contractual, más un término de dos meses adicionales.
c. Prestar los servicios objeto de esta licitación en forma regular y no suspenderlo salvo casos de
fuerza mayor. El contratista no podrá ceder, ni total ni parcialmente, el contrato a menos que cuente
con la autorización de la institución usuaria y de la Contraloría General de la República.
d. Contar con disponibilidad para iniciar las labores inmediatamente después de que la DGABCA dicte
la orden de inicio y en el momento en que lo requieran las instituciones.
e. La institución usuaria ejercerá los controles necesarios y oportunos que estime convenientes para
inspeccionar y hacer cumplir en todos los extremos el contrato, para lo cual el contratista designará
un funcionario en el PO, quien será el encargado de coordinar esta labor. También será deber del
contratista informar oportunamente sobre un eventual cambio de dicho funcionario.
f. El contratista será el responsable directo de los daños que causen sus colaboradores al inmueble así
como, a bienes muebles propiedad de la institución usuaria, propios de los funcionarios públicos y de
las personas que se encuentren en las instalaciones en las cuales se brinda el servicio contratado.
Previa observancia del debido proceso por parte de la institución usuaria del procedimiento en
ejecución.
g. El contratista deberá mantener vigente las pólizas de Responsabilidad Civil y Riesgos del Trabajo,
durante el desarrollo de la ejecución contractual. Ambas deberán ser suficientes en relación con la
actividad contractual desarrollada por el contratista.
h. No desatender la prestación del servicio, en caso de ser necesario un remplazo de personal por caso
fortuito o fuerza mayor, deberá comunicarlo inmediatamente a la institución usuaria. Cuando sea
estrictamente necesario reemplazar a un agente, dicho remplazo se realizará en el lapso de cuatro
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horas máximo sin hacer abandono del puesto de seguridad y cumpliendo con la normativa laboral
(pago de horas extra).
i. No permitir que sus oficiales provengan de brindar servicios en otro lugar de trabajo antes de iniciar
su jornada en la institución, ni que realicen doblajes de turnos para evitar riesgos por fatiga o
cansancio.
j. Para realizar el control de asistencia de los agentes, los funcionarios asignados a la ejecución del
contrato deben de registrar su entrada y salida de las instalaciones. Para ello, deberá proveer de un
sistema de marcas (manual o electrónico), para que los agentes registren su ingreso y salida de las
instalaciones, remitiendo dicha información en forma mensual a la institución usuaria para su
revisión. El contratista podrá negociar con la institución usuaria, el uso de marcadores instalados,
para sus agentes.
k. Suministrar a la institución usuaria al inicio de la ejecución contractual y al momento de presentar la
factura de cobro por los servicios recibidos, la planilla reportada a la C.C.S.S. y la planilla de la
empresa certificada por un CPA (Capítulo II 2.5 Condiciones y requisitos obligatorios), pólizas de
riesgos de trabajo y de responsabilidad civil (según Ley 8395 de Servicios de Seguridad Privados
Artículo 13 inciso f) y certificación de no deudas con FODESAF, en donde se compruebe que los
agentes que están brindando (o brindaron) el servicio estén incluidos en dichos reportes. Esta
información se presenta de forma electrónica.
l. De presentar alguna anomalía o situación irregular durante la prestación del servicio, o bien a
requerimiento de la institución, dirigir un informe al administrador del contrato asignado por la
institución usuaria del evento.
m. Procurar el uso racional de los recursos puestos a disposición de los agentes por parte de la
institución usuaria (agua, energía eléctrica, entre otros).
n. Responder por la buena conducta de sus agentes, procurando designar personal de reputación
intachable y de buenas costumbres. Las normas que rigen la institución usuaria, deberán ser
conocidas y acatadas obligatoriamente por el personal de la empresa que brinda el servicio.
o. Asumir los costos y riesgos de transporte del personal que brindará el servicio, así como los equipos
y materiales requeridos.
p. Enviar la última semana del mes al Administrador de Contrato (definido en el PO por la institución
usuaria), los roles, horarios y nombres de los oficiales que trabajarán el próximo mes; en el que
incluya además, el de los supervisores en un documento consolidado cuyo formato podrá estar
establecido por la institución usuaria. Dicha información debe estar disponible para cada uno de los
puestos contratados. En caso de que el contratista deba modificar la información, estará en la
obligación de notificar de inmediato al Administrador de Contrato.
q. Disponer para cada puesto con un libro de actas (bitácora) debidamente foliado que debe
mantenerse desde el primer día de servicio, en el cual el oficial y supervisor deberán anotar
claramente cualquier evento que se presente en el puesto, debiendo estar a disposición de la
institución usuaria. Una vez que se deba reemplazar la bitácora, la anterior deberá ser entregada al
Administrador de Contrato, pasando la misma a ser propiedad de la institución usuaria.
r. En el PO presentar currículum de los agentes que brindarán el servicio, incluyendo la siguiente
información:
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Datos personales: nombre, cédula, edad, sexo, estado civil, dirección exacta de la residencia, nivel
académico y números telefónicos donde se le localice.
Fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados.
Fotografía a color, tamaño pasaporte.
Fotocopia de Control PAS vigente para fungir como oficial de seguridad y/o portación de armas,
emitida por el MSP. Donde también se indica la empresa para la cual labora.
Aportar fotocopia de los certificados obtenidos acordes a las labores a desempeñar (Supervisor y
Oficial).
Carta (s) de servicio laboral que acrediten un año como mínimo de experiencia en labores de
seguridad de la empresa (s) en la que haya laborado o esté laborando. Dichas cartas deberán ser
presentadas en original o fotocopia certificada por un notario público, así mismo se deben indicar la
dirección exacta del remitente, número de teléfono, fecha de inicio, fecha de terminación del
contrato (en los casos de servicio no vigentes) y motivo de su retiro.
Hoja de delincuencia con un máximo de 1 mes de emitida y durante el período de la contratación
se deberá actualizar la información cada seis meses.
Copia de Licencia de conducir respectiva, esto para los supervisores y oficiales de los puestos
motorizados.
En los casos que la institución usuaria solicite requisitos adicionales, el contratista deberá presentar
documentación probatoria necesaria para la comprobación debida.
s. Acatar los requerimientos realizados por el MSP para una adecuada fiscalización respecto al permiso
de operación de la empresa, registro y control de armas, registro y vigencia de Control PAS de los
agentes.
t. Atender las solicitudes de información, que le realice la Administración, presentando en tiempo y
forma la documentación requerida.
El incumplimiento de las anteriores cláusulas, acarreará responsabilidad para el contratista, previa
observancia del debido proceso, dependiendo de la gravedad de la falta y de su impacto en el desarrollo de la
ejecución de la presente contratación. Las cláusulas a, b, g, h, i, n, s y t serán consideradas graves
imputable al contratista, del mismo modo será considerado como falta grave la reiteración de faltas indicadas
en el presente cartel y el PO.
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Acerca del personal
Con respecto al personal destacado para la prestación del servicio, el contratista deberá acatar lo siguiente:
a. Cumplir con lo establecido en el artículo 16 de la Ley de Regulación de los Servicios de Seguridad
Privados, Nº 8395; y demás normativa aplicable.
b. El personal debe ser de reconocida probidad, no contar con antecedentes penales por delito o
cuasidelito, alto espíritu de responsabilidad, disciplinado, buena presentación personal, colaborador,
buenos hábitos y discreto. Ser mayor de 18 años y ciudadano en el ejercicio pleno de sus derechos
que enmarca la Constitución Política de Costa Rica.
c. Remitir a la institución usuaria el currículum vitae con su respectiva fotografía de cada uno de los
agentes que brindarán el servicio.
d. Los agentes deberán usar uniformes apropiados para su trabajo (según se indica en el Capítulo II,
punto 2.4), estos cumplirán con las normas de seguridad y salud laboral, establecidas en la
legislación vigente.
e. El uniforme será dotado por la empresa y es obligación de su personal llevarlo siempre y en
perfectas condiciones. La institución usuaria se reserva el derecho de ordenar la sustitución de sus
componentes, si su deterioro es evidente y perjudica la imagen institucional.
f. Sustituir a cualquier miembro de su personal ligado a la contratación, que viole las normas éticas,
morales y/o disciplinarias de la institución usuaria.
g. Obligación de hacerle frente a las responsabilidades provenientes de las relaciones de trabajo obrero
- patronal, de las relaciones civiles y penales, así como, de cualquier índole, que se susciten y
originen entre el concesionario y sus trabajadores, entre el primero con terceros o cualquier otra
persona física o jurídica, con motivo de la ejecución contractual, eximiendo de responsabilidad a la
institución usuaria.
h. El contratista proporcionará a la institución usuaria una lista del personal que será destacado en las
instalaciones, asimismo deberá informar con anticipación de los cambios de personal y de las
razones que motivan tales cambios.
i. El contratista deberá pagar el salario mínimo establecido por el Ministerio de Trabajo, y el personal
contratado para este servicio deberá contar con todos los beneficios que comprenden la legislación
laboral costarricense.
j. Deberá facilitar cualquier medio (números de teléfonos, celulares, fax, correo electrónico, entre otros)
que permita una inmediata y efectiva comunicación, con el fin de que el contratista atienda
solicitudes que la institución usuaria considere necesarias.
k. Los agentes no podrán fumar dentro de las instalaciones, ni laborar bajo los efectos de bebidas
alcohólicas, psicotrópicos o cualquier otra sustancia análoga.
l. Tener los supervisores necesarios a fin de garantizar la correcta ejecución de los trabajos, estos
deben tener un nivel superior en capacitación y estudios
m. Realizar visitas de supervisión al menos una vez por semana o según lo requiera la institución
usuaria en el PO. La Supervisión podrá ejecutarse en compañía del administrador del contrato si así
se requiere. La supervisión realizada se registrará en bitácora con los nombres y firmas de quienes
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participaron en ella. Las bitácoras deberán ser reportadas y remitidas directamente por el contratista
al administrador del contrato, cada mes para su acuse de recibido y revisión, según sea requerido.
n. El servicio a contratar no contempla bajo ninguna circunstancia que el personal de seguridad y
vigilancia realice mandados, encomiendas u otros similares de índole personal a los funcionarios de
la institución usuaria.
o. En caso de ser necesario, los agentes pueden ser cambiados o rotados de área de trabajo dentro de
las instalaciones, el cambio o rotación puede ser solicitada por el administrador del contrato,
acreditando las razones de su pedimento.
p. Los agentes no podrán leer periódicos, revistas, libros, ni usar aparatos electrónicos como radios,
reproductores de música, u otros similares, durante la realización de sus labores.
q. Los agentes no podrán: recibir visitas personales, entablar conversaciones innecesarias entre
compañeros(as), particulares o funcionarios(as), atender llamadas telefónicas, usar los teléfonos de
la institución usuaria para llamadas personales; todo lo anterior mientras realiza su función.
Excepcionalmente, se permitirán visitas o llamadas telefónicas en caso de alguna emergencia
debidamente verificada.
r. El contratista, debe disponer con personal de apoyo (debe de cumplir con los mismos
requisitos que el oficial a reemplazar, lo cual queda a criterio de la administración revisar
dicha información) para aquellos casos eventuales en que los trabajadores no se presenten a
laborar por motivos de enfermedad, incapacidad, vacaciones, permisos o cualquier otro
motivo de ausencia.
s. Todo oficial y supervisor de la empresa debe portar durante la prestación del servicio los siguientes
documentos:
1. Control PAS, para seguridad y portación de armas de fuego vigente, emitidos por la Dirección de
Servicios de Seguridad Privada y el Departamento de Armas y Explosivos del MSP
respectivamente. Asimismo deberá entregar al administrador del contrato copia de dicha licencia,
cada vez que se renueve.
2. La matrícula de sus respectivas armas.
3. Cédula de identidad.
Estos documentos podrán ser constatados por el personal de supervisión de la institución contratante en
forma periódica.
El administrador del contrato tiene la facultad para solicitar la remoción inmediata inclusive de forma verbal
(en cuyo caso, dicha situación se formalizarán posteriormente al evento), en las siguientes situaciones:
Que se trate de agentes que hayan sido previamente removidos.
Agentes en estado de ebriedad y/o porque esté bajo los efectos de drogas, mientras ejecuta sus
labores dentro las instalaciones.
Agentes sin permiso de portación de armas (Control PAS) o que el documento se encuentre vencido.
Por actos contrarios a la moral y las buenas costumbres.
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Forma de Pago
La institución usuaria del presente convenio, deberá utilizar la forma usual de pago de conformidad con los
artículos 33 y 34 del RLCA.
El pago se cancelará contra factura presentada, para lo cual, una vez prestado el servicio, contando con el
visto bueno del administrador del contrato, se procederá a su pago. La factura deberá desglosar los costos
correspondientes al o los servicios brindados. El contratista deberá consignar el número de la cuenta cliente y
el nombre de la entidad bancaria que habilitará para realizarse el pago. La factura deberá estar a nombre de
la entidad que emitió la orden de compra.
Al momento de presentar la factura para el pago, la institución usuaria verificará si el contratista se encuentra
al día con el pago de las cuotas obrero-patronales de la CCSS a esa fecha y demás cargas sociales. La
institución podrá solicitar en cualquier momento la Planilla Mensual de Trabajadores emitida por la CCSS,
para ejercer los controles respectivos, en caso de detectarse un posible incumplimiento, deberá gestarse el
debido proceso respectivo e informar a la DGABCA.
El pago se tramitará una vez otorgado el recibido conforme. La institución usuaria pagará las sumas que
resulten de los servicios contratados, previa verificación del cumplimiento a satisfacción, según los términos
de la orden de compra, de las condiciones del convenio marco y de las mejoras que estuvieren vigentes;
mediante el trámite de presentación de facturas ante la institución que emitió la orden de compra.
La institución usuaria realizará el pago en la cuenta bancaria que consta en el Registro de Proveedores de
CompraRed. (Art. 33 RLCA).
Cláusula Penal
Incumplimiento en los plazos ofrecidos. Si el contratista se atrasa en los plazos ofrecidos para brindar el
servicio, este deberá pagar a la Administración por concepto de cláusula penal, un porcentaje del 5% del valor
total del(os) servicio(s) incumplido(s) por cada día hábil posterior al día establecido para el inicio de la
prestación del servicio (según lo indicado en el FSV y el PO), previa observancia del debido proceso, hasta un
máximo del 25% del monto respectivo.
En el evento, en que el monto por concepto de cláusula penal por atraso alcance el veinticinco por ciento
(25%) del monto indicado en el párrafo anterior, se tendrá como incumplimiento grave imputable al contratista
y se procederá con la resolución del contrato de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la LCA,
previa observancia del debido proceso.
El cobro de la cláusula penal, podrá hacerse con cargo a las retenciones del precio, que se hubieran
practicado y los saldos pendientes de pago, previa observancia del debido proceso. En caso de que ninguna
de esas dos alternativas resulte viable, se podrá ejecutar la garantía de cumplimiento hasta por el monto
respectivo, en concordancia con el numeral Artículos 47 y 48 de RLCA.
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Multa
Las instituciones usuarias que detecten la realización de las siguientes conductas o eventos debidamente
comprobados, podrán imponer una multa al contratista entre el 2% al 10% del monto correspondiente al valor
total del(os) servicio(s) incumplido(s), previa observancia del debido proceso. Sin perjuicio de las acciones
penales y civiles correspondientes.
Se castigará con multa del 10% las siguientes faltas:
1. El contratista que después de haber recibido una orden de compra no preste el servicio solicitado en
el tiempo y la forma ofrecida.
2. Ausencia o abandono del puesto respectivo durante la jornada por parte de un agente. Para los
efectos, entiéndase “Ausencia” cuando el trabajador no se presenta a laborar en el horario
correspondiente. Asimismo, debe entenderse “Abandono” cuando el trabajador se presenta a
laborar, y estando en el lugar de trabajo deja de hacer, sin justificación alguna, las funciones que le
corresponden. Puede ser que el trabajador se vaya del lugar del trabajo, sin mediar autorización
respectiva.
3. Vulneración a la seguridad que comprometa u ocasione daño a los bienes patrimoniales de la
administración y/o de los funcionarios, así como integridad física de los usuarios y/o funcionarios, o
que atente contra su vida.
4. Por falta de uniforme completo total acorde a las normas mínimas de higiene establecidas en el
cartel de la licitación, según se establezca en el PO.
5. Cuando se compruebe el consumo bebidas alcohólicas, sustancias psicotrópicas o sustancias
análogas que afecten la calidad del servicio.
6. No portar el ControlPAS para el permiso de armas y/o para agentes de seguridad, extendido por el
MSP.
7. Que el ControlPAS respectivo no se encuentre vigente al momento de brindar el servicio.
8. Por la falta de portación de arma por el agente, en los casos que así lo requiera, en óptimas
condiciones de funcionamiento y con la munición necesaria o por falta de inscripción de la misma en
la Dirección respectiva del MSP.
9. Por falta de equipo de radio comunicación especial para seguridad y/o frecuencia de radio
establecidos en el PO, por parte de alguno de los agentes.
10. Por carecer, alguno de los agentes, de cinturón especial, esposas, porta municiones, cartucheras,
impermeables en caso de que lo amerite, linterna especial para su puesto (foco bastón) en los ítems
donde lo solicitó el cartel.
11. Por carecer del equipo mínimo solicitado en el presente cartel, por parte de los oficiales de
seguridad, y no acatar la indicación de 24 horas posteriores para que sustituya cualquier equipo que
no presente las condiciones idóneas.
Se castigará con multa de 8% la siguiente falta:
1. Falta de respeto de los agentes hacia los funcionarios o usuarios. Para los efectos deberá
entenderse por “falta de respeto” todas aquellas acciones o manifestaciones que ofendan o insulten
la integridad de las personas, de manera física o psicológica, realizada por medio verbal o no verbal.
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Se castigará con multa del 5% las siguientes faltas:
1. Falta de supervisión por parte de la contratista en diversas jornadas.
2. Retraso de personal en la llegada a su respectivo puesto.
3. Pérdida o extravío del(os) libro(s) de actas establecido(s) en el PO.
4. Ausencia de la elaboración de actas e informes en los casos de hurtos, robos, pérdida, sustracción y
desaparición de los bienes de la institución usuaria.
Se castigará con multa del 2% la siguiente falta:
1. A falta del reporte por escrito de cualquier anomalía que suceda durante la prestación del servicio en
un plazo no mayor de veinticuatro (24) horas de ocurrida la situación particular que se constituya en
novedad o asunto eventual que afecte el servicio o a la Institución.
Ejecución De la Garantía De Cumplimiento Los contratistas podrán ser sancionados con la ejecución de la garantía de cumplimiento, en los siguientes
casos:
a) No pago de cláusula penal dentro del plazo establecido, a requerimiento motivado de la institución usuaria.
b) Más de 5 reclamos debidamente fundamentados mensuales por deficiencias en el servicio, de una o más
instituciones usuarias, previa observancia del debido proceso.
c) Aplicación de las sanciones establecidas en la normativa vigente, a requerimiento motivado de una o más
entidades usuarias o a iniciativa de la DGABCA por esta misma causa.
d) Incumplimiento de las obligaciones impuestas en el presente cartel, a requerimiento motivado de las
entidades usuarias, o a iniciativa de la DGABCA por esta misma causa.
En el caso de los reclamos para este efecto, la DGABCA se reserva el derecho de valorar que estos sean
válidamente emitidos, los cuales deberán ser informados al contratista a efectos de que brinde los alegatos
que considere pertinentes, aplicando para estos efectos el procedimiento sumario de la LGAP.
Procedimiento para la Aplicación de Sanciones
Para que la DGABCA, proceda con la anotación de la sanción impuesta por la Administración contratante, en
el Registro de Proveedores y/o la Suspensión Temporal del Catálogo Electrónico, en este último caso, a
consecuencia de una sanción de inhabilitación que aplique para toda la Administración Pública, deberá
seguirse el siguiente procedimiento:
1. La Institución contratante, llevará a cabo el procedimiento de incumplimiento respectivo, y aplicará las
sanciones que correspondan de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente, previa observancia del
debido proceso.
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2. Posteriormente el proveedor institucional de la entidad, con base en el informe de la Unidad solicitante del
bien o servicio afectado, deberá remitir a la DGABCA la resolución del procedimiento tramitado por la entidad
respectiva una vez que ésta se encuentre en firme, indicándolo expresamente. Dicha resolución deberá
contener entre otras cosas el número y la fecha de emisión de la Orden de Compra o Pedido.
3. Una vez recibida la documentación indicada, la DGABCA, procederá con la anotación correspondiente en
el Registro de Proveedores y/o la Suspensión Temporal del Catálogo Electrónico si así corresponde.
Reclamos Por Deficiencias En El Suministro
Si el servicio no se recibe a conformidad o el contratista no hubiese cumplido con las condiciones ofrecidas, la
institución usuaria tendrá el derecho de ordenar la corrección sin costo adicional alguno.
Se considerará incumplimiento del contrato, cuando el contratista, después de haber sido notificado a través
de CompraRed, se rehusase a la corrección o no la realizare dentro de las siguientes veinticuatro (24) horas,
después de ser notificado. Siendo así, se comunicará a la DGABCA a efecto de determinar la conveniencia
del inicio del procedimiento de incumplimiento o resolución del contrato marco respectivo.
Recibido Conforme Le corresponderá al Jefe de Programa o al Coordinador (a) de la unidad solicitante de la compra del servicio
de seguridad y vigilancia, otorgar el recibido conforme del servicio.
No se omite indicar, que en el caso de ameritar soporte técnico o ayuda especializada para el proceso de
compra, por medio del catálogo electrónico en convenio marco en CompraRed, puede solicitar cita a los
correos electrónicos que se detallan a continuación: [email protected];
Para información adicional, comunicarse a los teléfonos 2547-4092 y 2539-4317. Sin otro particular, se suscribe, atentamente,
Fabián David Quirós Álvarez Director General