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Direc.: C/Julián Clavería, 11 Depósito Legal: O/2532-82 http://www.princast.es/bopa Miércoles, 28 de abril de 2004 Núm. 98 SUMARIO I. Principado de Asturias • AUTORIDADES Y PERSONAL CONSEJERIA DE JUSTICIA, SEGURIDAD PUBLICA Y RELACIONES EXTERIORES: BOMBEROS DE ASTURIAS: Resolución de 16 de febrero de 2004, de la Presidencia de la entidad pública Bomberos del Principado de Asturias, por la que se dispone la contratación laboral por tiempo indefinido de una plaza de Auxiliar Administrativo ............................. 6002 • OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA: Resolución de 7 de abril de 2004, de la Consejería de la Presidencia, por la que se ordena la publica- ción del Convenio de colaboración suscrito entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, el Consejo General del Poder Judicial, a través del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias y el Servicio Interdisciplinar de Atención a las Drogodependen- cias para el desarrollo y funcionamiento del pro- grama de intervención en drogodependencias en los Juzgados de Guardia de Oviedo y Gijón................. 6003 • ANUNCIOS CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA: Información pública de extravío de los Títulos de Bachiller Unificado Polivalente expedidos por el Instituto de Educación Secundaria “Pando” de Oviedo que se citan ................................................. 6005 Notificación de propuesta de resolución que se cita ........................................................................... 6005 Comunicación de subvenciones concedidas al amparo del artículo 6.3 del Decreto 71/1992, durante el primer trimestre de 2004........................ 6006 Notificación de resolución por la que se inicia el procedimiento de revocación de subvención a la empresa Zapico y Río Asociados, S.L., concedida para realización de acciones de formación con compromiso de contratación, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en el ejercicio 2003 ............ 6006 CONSEJERIA DE CULTURA, COMUNICACION SOCIAL Y TURISMO: Notificación de expedientes sancionadores en mate- ria de turismo que se citan ...................................... 6006 CONSEJERIA DE VIVIENDA Y BIENESTAR SOCIAL: Notificación a don Ramón García Amaya y doña Perla María Jiménez Barrul .................................... 6007 Citación para reconocimiento del grado de minus- valía que se cita ....................................................... 6007 CONSEJERIA DE SALUD Y SERVICIOS SANITARIOS: SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS: Resolución de la Gerencia del Hospital Valle de Nalón, de Riaño-Langreo, (por delegación del Director Gerente del Servicio de Salud del Principado de Asturias: Resolución de 12 de noviembre, BOLETIN OFICIAL del Principado número 272 de 24 de noviembre de 2003) por la que se convoca el concurso abierto, para la instalación, mantenimiento y explotación de aparatos de T.V., para uso de pacientes en el Hospital “Valle del Nalón” ..................................................................... 6008 CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACION DEL TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS: Notificación de laudos que se citan......................... 6008 Notificación de expedientes sancionadores en mate- ria de pesca fluvial que se citan .............................. 6009 Notificación de expediente sancionador en materia de caza que se cita ................................................... 6009 Págs. Págs.

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Miércoles, 28 de abril de 2004 Núm. 98

S U M A R I O

I. Principado de Asturias

• AUTORIDADES Y PERSONAL

CONSEJERIA DE JUSTICIA, SEGURIDAD PUBLICA YRELACIONES EXTERIORES:

BOMBEROS DE ASTURIAS:

Resolución de 16 de febrero de 2004, de laPresidencia de la entidad pública Bomberos delPrincipado de Asturias, por la que se dispone lacontratación laboral por tiempo indefinido de una plaza de Auxiliar Administrativo............................. 6002

• OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA:

Resolución de 7 de abril de 2004, de la Consejeríade la Presidencia, por la que se ordena la publica-ción del Convenio de colaboración suscrito entre elPrincipado de Asturias, a través de la Consejeríade Salud y Servicios Sanitarios, el Consejo Generaldel Poder Judicial, a través del Tribunal Superiorde Justicia del Principado de Asturias y el ServicioInterdisciplinar de Atención a las Drogodependen-cias para el desarrollo y funcionamiento del pro-grama de intervención en drogodependencias en los Juzgados de Guardia de Oviedo y Gijón................. 6003

• ANUNCIOS

CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA:

Información pública de extravío de los Títulos deBachiller Unificado Polivalente expedidos por elInstituto de Educación Secundaria “Pando” de Oviedo que se citan ................................................. 6005

Notificación de propuesta de resolución que se cita ........................................................................... 6005

Comunicación de subvenciones concedidas alamparo del artículo 6.3 del Decreto 71/1992, durante el primer trimestre de 2004........................ 6006

Notificación de resolución por la que se inicia elprocedimiento de revocación de subvención a laempresa Zapico y Río Asociados, S.L., concedidapara realización de acciones de formación concompromiso de contratación, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en el ejercicio 2003 ............ 6006

CONSEJERIA DE CULTURA, COMUNICACION SOCIAL Y

TURISMO:

Notificación de expedientes sancionadores en mate-ria de turismo que se citan ...................................... 6006

CONSEJERIA DE VIVIENDA Y BIENESTAR SOCIAL:

Notificación a don Ramón García Amaya y doña Perla María Jiménez Barrul.................................... 6007

Citación para reconocimiento del grado de minus-valía que se cita ....................................................... 6007

CONSEJERIA DE SALUD Y SERVICIOS SANITARIOS:

SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS:

Resolución de la Gerencia del Hospital Valle deNalón, de Riaño-Langreo, (por delegación delDirector Gerente del Servicio de Salud delPrincipado de Asturias: Resolución de 12 denoviembre, BOLETIN OFICIAL del Principadonúmero 272 de 24 de noviembre de 2003) por la quese convoca el concurso abierto, para la instalación,mantenimiento y explotación de aparatos de T.V.,para uso de pacientes en el Hospital “Valle del Nalón” ..................................................................... 6008

CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACION DEL

TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS:

Notificación de laudos que se citan......................... 6008

Notificación de expedientes sancionadores en mate-ria de pesca fluvial que se citan.............................. 6009

Notificación de expediente sancionador en materia de caza que se cita................................................... 6009

Págs. Págs.

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Notificación de los expedientes sancionadores en materia de transportes que se citan ........................ 6010

Información pública de subasta, por procedimientoabierto, para la contratación de las obras de recti-ficación de curva en la carretera CN-9, Rengos-Monasterio de Hermo, p.k. 1+550 .......................... 6032

CONSEJERIA DE MEDIO RURAL Y PESCA:

Notificación de expedientes en materia de ayudas comunitarias campaña 2003 que se citan ............... 6033

Notificación de expedientes sancionadores en mate-ria de sanidad animal que se citan ......................... 6034

Notificación de expediente sancionador en materia de tenencia de animales que se cita ........................ 6034

Notificación de expedientes sancionadores en mate-ria de pesca marítima en aguas interiores que se citan ......................................................................... 6035

Notificación de expediente sancionador en materia de incendios forestales que se cita .......................... 6035

Información pública relativa a la notificación prac-ticada en el expediente de revocación de ayuda que se cita ....................................................................... 6035

Información pública de proyectos que precisan eva-luación preliminar de impacto ambiental que se citan ......................................................................... 6036

Información pública de solicitud de prórroga de laautorización administrativa para una cetárea sita en la playa de Coedo, municipio de Navia ............. 6036

CONSEJERIA DE INDUSTRIA Y EMPLEO:

Información pública de solicitudes de autorizaciónadministrativa y aprobación de los proyectos de ins-talaciones eléctricas que se citan............................ 6036

Información pública de solicitudes de evaluaciónpreliminar de impacto ambiental, autorizaciónadministrativa y aprobación de los proyectos de ins-talaciones eléctricas que se citan............................ 6038

Información pública de solicitud de evaluación pre-liminar de impacto ambiental, autorización admi-nistrativa, declaración de utilidad pública y apro-bación del proyecto de instalación eléctrica que se cita ........................................................................... 6039

IV. Administración Local.................................. 6040

V. Administración de Justicia ......................... 6059

6002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 28-IV-2004

Págs. Págs.

• AUTORIDADES Y PERSONAL

CONSEJERIA DE JUSTICIA, SEGURIDAD PUBLICA YRELACIONES EXTERIORES:BOMBEROS DE ASTURIAS:

RESOLUCION de 16 de febrero de 2004, de laPresidencia de la entidad pública Bomberos delPrincipado de Asturias, por la que se dispone la contra-tación laboral por tiempo indefinido de una plaza deAuxiliar Administrativo.

Vistas las bases rectoras de la convocatoria para la provisiónde una plaza de Auxiliar Administrativo, en régimen de contrata-ción laboral indefinida, y turno de acceso libre, aprobadas porResolución de la Presidencia de fecha 19 de marzo de 2003, ypublicadas en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturiasde 5 de mayo de 2003.

Vista la propuesta emitida por el Tribunal Calificador del pro-ceso selectivo.

Antecedentes de hecho

Primero.—A tenor de lo dispuesto en las bases de la citadaconvocatoria, se requirió al aspirante propuesto para que presen-tase la documentación acreditativa de las condiciones de capaci-dad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Segundo.—Se ha cumplimentado el anterior trámite por elaspirante propuesto, concurriendo los requisitos exigidos.

Fundamentos de derecho

Primero.—De conformidad con lo previsto en el artículo 16.2de la Ley 9/2001, de 15 de octubre, de Creación de la EntidadPública Bomberos del Principado de Asturias, corresponde al Sr.Presidente de la entidad la alta dirección del personal.

Segundo.—De conformidad con lo previsto en la base octavade la convocatoria, se procederá a la publicación en el BOLETIN

I. Principado de Asturias

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OFICIAL del Principado de Asturias el acuerdo de contratación,formalizándose el contrato una vez efectuada esta publicación.

En consecuencia,

R E S U E LV O

Primero.—Aprobar la contratación, en régimen laboral decarácter indefinido, de don Julio González Rodríguez, D.N.I.número 52620247, con la categoría profesional de AuxiliarAdministrativo (Grupo D, nivel 15), con las retribuciones y fun-ciones establecidas en el Convenio Colectivo del Personal deBomberos del Principado de Asturias y con destino en el Area deAdministración de Bomberos del Principado de Asturias, en laMorgal, s/n, Llanera.

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resoluciónen el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Tercero.—Autorizar la firma de contrato laboral indefinidouna vez efectuada la publicación.

En La Morgal, a 16 de febrero de 2004.—El Presidente.—5.982.

• OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA:

RESOLUCION de 7 de abril de 2004, de la Consejería dela Presidencia, por la que se ordena la publicación delConvenio de colaboración suscrito entre el Principado deAsturias, a través de la Consejería de Salud y ServiciosSanitarios, el Consejo General del Poder Judicial, a tra-vés del Tribunal Superior de Justicia del Principado deAsturias y el Servicio Interdisciplinar de Atención a lasDrogodependencias para el desarrollo y funcionamientodel programa de intervención en drogodependencias enlos Juzgados de Guardia de Oviedo y Gijón.

Habiéndose suscrito con fecha 26 de marzo de 2004 Conveniode colaboración entre el Principado de Asturias, a través de laConsejería de Salud y Servicios Sanitarios, el Consejo Generaldel Poder Judicial, a través del Tribunal Superior de Justicia delPrincipado de Asturias y el Servicio Interdisciplinar de Atencióna las Drogodependencias para el desarrollo y funcionamiento delprograma de intervención en drogodependencias en los Juzgadosde Guardia de Oviedo y Gijón y estableciendo el artículo 8.2 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún y el artículo 11.6 de la Ley del Principado de Asturias2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de laAdministración del Principado de Asturias, la obligatoriedad de lapublicación de los convenios de colaboración en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, resuelvo publicar el men-cionado convenio como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 7 de abril de 2004.—La Consejera de laPresidencia.—6.024.

Anexo

CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL PRINCIPADO DE ASTURIAS,

A TRAVES DE LA CONSEJERIA DE SALUD Y SERVICIOS SANITARIOS, EL

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL, A TRAVES DEL TRIBUNAL

SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y EL SERVICIO

INTERDISCIPLINAR DE ATENCION A LAS DROGODEPENDENCIAS PARA

EL DESARROLLO Y FUNCIONAMIENTO DEL PROGRAMA DE

INTERVENCION EN DROGODEPENDENCIAS EN LOS JUZGADOS DE

GUARDIA DE OVIEDO Y GIJON

En Oviedo, a 26 de marzo de 2004.

Reunidos:

El Ilmo. Sr. don Rafael Sariego García, Consejero de Salud yServicios Sanitarios del Principado de Asturias, expresamentehabilitado para la suscripción del presente Convenio por Acuerdodel Consejo de Gobierno adoptado en su reunión de 11 de marzode 2004.

El Excmo. Sr. don Agustín Azparren Lucas, Vocal del ConsejoGeneral del Poder Judicial, expresamente habilitado para la sus-cripción del presente Convenio por Acuerdo del Consejo Generaldel Poder Judicial adoptado en la reunión de 23 de septiembre de2003.

Y don Alejandro Gañán Durán, actuando en nombre y repre-sentación del Servicio Interdisciplinar de Atención a lasDrogodependencias (SIAD), de acuerdo con la autorización otor-gada para este acto por la Presidenta de la citada entidad, doñaAlicia Gañán Barroso, a través de autorización de 23 de marzo de2004.

Todas las partes, en la calidad con la que cada una intervienese reconocen mutua y recíprocamente capacidad suficiente para lasuscripción del presente Convenio y a tal efecto,

Exponen:

1º) El presente Convenio establece un marco de colaboraciónentre el Principado de Asturias, el Tribunal Superior de Justiciadel Principado de Asturias, y el Servicio Interdisciplinar deAtención a las Drogodependencias (SIAD), para articular deforma coordinada respuestas a los problemas derivados de lasdrogodependencias, y en especial respecto a la implicación de losdrogodependientes en la comisión de actos delictivos.

2º) El Estado tiene competencia exclusiva en materia deAdministración de Justicia, en virtud de lo dispuesto en el artícu-lo 149.1.5ª de la Constitución, así como sobre las bases y coordi-nación general de la sanidad, de acuerdo con lo establecido en elartículo 149.1.16ª de la misma Constitución.

3º) Por su parte, el Principado de Asturias tiene atribuida lacompetencia de desarrollo legislativo, incluida la potestad regla-mentaria y ejecución, en el marco de la legislación básica delEstado y, en su caso, en los términos que la misma establezca, enmateria de sanidad e higiene, de acuerdo con el artículo 11.2 delEstatuto de Autonomía del Principado de Asturias, aprobado porLey Orgánica 7/1981, modificado por Leyes Orgánicas 3/1991,1/1994 y 1/1999.

4º) Que la Asociación Servicio Interdisciplinar de Atención alas Drogodependencias (SIAD) es una organización sin ánimo delucro que tiene como fines la intervención en los Juzgados paracontribuir a la solución de la problemática que conlleva la comi-sión de delitos relacionados con el consumo de drogas aportandouna información de la razón de los comportamientos humanos yde la realidad social de las personas imputadas o acusadas, indis-pensable para su medición en el proceso penal como instrumentopositivo en el tratamiento de los problemas asociados a las dro-godependencias.

5º) El fenómeno de las drogodependencias requiere un trata-miento lo más amplio posible, para lo cual es necesario el esta-blecimiento de políticas sociales que aborden, entre otras cosas,la dimensión judicial del problema, permitiendo arbitrar alter-nativas rehabilitadoras que sustituyan al ingreso en prisión, encumplimiento de lo dispuesto en la Constitución (artículo 25.2),que consigna que las penas privativas de libertad y las medidasde seguridad irán orientadas a la reeducación y reinserciónsocial.

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6º) Las reformas incluidas en el Código Penal, permiten apli-car el beneficio de la remisión condicional en determinadossupuestos a los condenados a penas de privación de libertad porsu dependencia a las drogas.

7º) La iniciativa 66 del Plan Sobre Drogas para Asturias 2001-2003 recoge la “puesta en marcha de un Servicio de Atención aDrogodependientes en los Juzgados”, para colaborar con la justi-cia en lo que se refiere a la valoración de la esfera psicosocial delos detenidos con problemas de drogodependencias, y que,actuando en los propios Juzgados, permita disponer a laAdministración de Justicia de los informes periciales acerca de lapersonalidad del acusado, de su medio sociofamiliar y de su his-toria adictiva. El objetivo es facilitar una toma de decisiones másinformada a la hora de imponer la pena y aproximar el mundojudicial al proceso de reincorporación social de la persona conproblemas de drogodependencia. El SIAD inició su actividad en,el ejercicio 2003.

8º) La atención de esta demanda social requiere, tanto la arti-culación de medidas terapéuticas que hagan posible la rehabilita-ción de los drogodependientes involucrados en la comisión deactos delictivos, como el establecimiento de mecanismos que per-mitan un adecuado seguimiento y control de las personas benefi-ciadas por estas medidas.

Por todo ello, las partes en la representación que ostentan,acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá por lassiguientes:

C L A U S U L A S

Primera.—Objeto.

El presente Convenio tiene por objeto regular el desarrollo yfuncionamiento del Programa de Intervención enDrogodependencias en los Juzgados de Guardia de Oviedo yGijón cuyos destinatarios serán las personas drogodependientesimplicadas en diligencias judiciales por la comisión de delitosrelacionados con su dependencia a las drogas que se encuentran ala espera de juicio o pendientes de confirmación de sentencia,internados en centros penitenciarios (bien como preventivos openados), o en libertad provisional o condicional.

Segunda.—Objetivos del Programa de Intervención enDrogodependencias.

Los objetivos fundamentales del Programa son:

a) La información y orientación voluntaria a las personasdetenidas en los términos referidos en la cláusula anteriory a sus familiares, hacia las alternativas asistenciales exis-tentes para el tratamiento de las drogodependencias.

b) El asesoramiento técnico especializado, no vinculante a losJueces sobre las circunstancias sociopersonales de losdetenidos, así como de la indicación terapéutica más ade-cuada para cada caso concreto.

c) La coordinación con los centros asistenciales públicos yprivados acreditados para garantizar el seguimiento de losbeneficiarios del programa.

d) La colaboración en el control de las abstinencias al consu-mo de drogas de las personas que se encuentran en libertadprovisional, libertad condicional o en situación de remisióncondicional de pena.

Tercera.—Equipo interdisciplinar.

Para hacer posible el desarrollo del Programa se destinará enlos Juzgados de Guardia de Oviedo y Gijón un equipo interdisci-plinar, encargado del cumplimiento de los objetivos previstos,que estará constituido por el siguiente personal:

• 1 Psicólogo/a coordinador/a del servicio.

• 1 Trabajador/a social.

• 1 Auxiliar administrativo.

• 1 Técnico/a de laboratorio con jornada reducida.

Cuarta.—Obligaciones del Principado de Asturias.

Para el desarrollo del presente Convenio, el Principado deAsturias otorgará una subvención a favor del ServicioInterdisciplinar de Atención a los Drogodependientes (SIAD) porimporte de ciento dos mil quinientos tres euros (102.503 euros)con cargo al concepto presupuestario 20-03-413D484.029 de losPresupuestos Generales del Principado de Asturias para 2004,para sufragar los gastos originados desde el 1 de enero al 30 denoviembre de 2004, correspondientes de la citada entidad encumplimiento de las obligaciones de este Convenio.

Quinta.—Obligaciones del Tribunal Superior de Justicia delPrincipado de Asturias.

El Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturiasaportará:

• 1 Despacho en la Audiencia Provincial de Oviedo, dotadocon 2 líneas telefónicas.

• 1 Despacho en la Audiencia Provincial de Gijón, dotado con2 líneas telefónicas.

Asimismo, el Tribunal Superior de Justicia del Principado deAsturias supervisará el seguimiento del programa. En ese sentido,el equipo interdisciplinar tendrá una dependencia funcional delJuez al que corresponda el conocimiento del proceso concreto enque se encuentren implicadas las personas a las que haya de apli-carse el programa de intervención, sin perjuicio de las funcionesgenerales de coordinación correspondientes al Decanato.

Sexta.—Obligaciones de SIAD.

La Asociación Servicio Interdisciplinar de Atención aDrogodependencias, (SIAD) con el equipo interdisciplinar orga-nizado en Asturias, atenderá de forma gratuita a las mujeres yvarones drogodependientes que necesiten ayuda u orientación enlos Juzgados por haber sido detenidos por cualquier problemarelacionado con el consumo de drogas.

En concreto, asume las siguientes obligaciones:

a) Informar y orientar a los detenidos con problemas de dro-gas sobre los recursos asistenciales del Principado deAsturias, así como los requisitos establecidos en el CódigoPenal sobre medidas aplicables a los drogodependientescon problemas con la justicia.

b) Asegurar el seguimiento de los beneficiarios del programamediante la coordinación con los centros asistenciales deatención a las drogodependencias.

c) Asesorar técnicamente a los Jueces sobre las circunstan-cias sociopersonales de los detenidos, así como de la indi-cación terapéutica (alternativa rehabilitadora) que se con-sidere más adecuada para cada caso concreto.

d) La elaboración de una memoria donde se recojan de formadetallada las actividades realizadas al amparo de esteConvenio y los resultados obtenidos para su remisión a laConsejería de Salud y Servicios Sanitarios y al TribunalSuperior de Justicia del Principado de Asturias.

e) La Asociación Servicio Interdisciplinar de Atención aDrogodependencias (SIAD) se hará cargo de la totalidadde los gastos que acarree el desarrollo de las actividades enlos términos señalados en el presente Convenio, incluida lacontratación de personal que integre el equipo interdisci-

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plinar a que se refiere la cláusula tercera del presenteConvenio, sin que, en ningún caso, este hecho dé lugar arelación laboral entre el Principado de Asturias y el men-cionado personal.

Asimismo, también aportará:

• 1 Fotocopiadora para Oviedo.

• 1 Ordenador con impresora para Oviedo.

• 1 Ordenador con impresora para Gijón.

• 1 Fax.

• Material de oficina.

Séptima.—Publicidad del Convenio.

En la publicidad que cualquiera de las partes interesadas rea-lice de las actividades incluidas en el Programa de Intervenciónde Drogodependencias de los Juzgados de Guardia de Oviedo yGijón deberá hacerse constar de manera expresa que se realizanen virtud del presente Convenio.

Octava.—Justificación y abono de la subvención.

El pago de la subvención se podrá efectuar con carácter men-sual, previa justificación, por el beneficiario, de la realización dela actividad para la que se concedió la subvención.

La justificación de la actividad se realizará mediante informe,en el que se haga constar las actuaciones realizadas en dichoperiodo y al que se acompañará facturas originales de los gastosrealizados en el desarrollo de la misma.

La totalidad de la justificación deberá remitirse a laConsejería de Salud y Servicios Sanitarios con anterioridad al 4de diciembre de 2004.

Novena.—Vigencia.

La vigencia del presente Convenio se establece desde su firmahasta el 31 de diciembre de 2004 pudiendo ser prorrogado auto-máticamente por anualidades quedando ésta supeditada a la exis-tencia de crédito presupuestario para el ejercicio de que se trate,y a la tramitación del expediente de gasto que proceda, salvodenuncia expresa de una de las partes con una antelación de almenos tres meses a la expiración del mismo.

Décima.—Comisión de Seguimiento.

Para el seguimiento de las actuaciones establecidas en el pre-sente Convenio, se constituye una comisión de seguimiento for-mada por un miembro designado por la Dirección General deOrganización de las Prestaciones Sanitarias de la Consejería deSalud y Servicios Sanitarios, un miembro designado por elTribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias y unrepresentante de la Asociación Servicio Interdisciplinar deAtención a Drogodependencias (SIAD).

Serán funciones de esta comisión:

a) La planificación, coordinación y evaluación de las activi-dades contempladas en el presente Convenio.

b) La interpretación del presente Convenio.

Decimoprimera.

Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presenteConvenio, dada su naturaleza administrativa, serán sometidas a laJurisdicción Contenciosa-Administrativa.

Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio enel lugar y fecha indicados en el encabezamiento, en cuadruplica-do ejemplar, quedando dos en poder del Principado de Asturias,uno en poder del Tribunal Superior de Justicia de Asturias y uno

en poder de la Asociación Servicio Interdisciplinar de Atención aDrogodependencias (SIAD).

Por el Principado de Asturias, el Consejero de Salud yServicios Sanitarios.—Por el Consejo General del Poder Judicial,el Vocal.—Por el SIAD, don Alejandro Gañán Durán (P.O. de laPresidenta del SIAD).

• ANUNCIOS

CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA:

INFORMACION pública de extravío de los Títulos deBachiller Unificado Polivalente expedidos por el Institutode Educación Secundaria “Pando” de Oviedo que secitan.

El Director del I.E.S. “Pando” de Oviedo hace público elextravío del Título de Bachiller Unificado Polivalente de donHéctor Menéndez López, con D.N.I. número 9437766-S.

Cualquier comunicado sobre dicho documento, deberá efec-tuarse ante la Consejería de Educación y Ciencia, en el plazo de30 días, pasados los cuales dicho título quedará nulo y sin valor yse seguirán los trámites para expedición de duplicado.

En Oviedo, a 24 de marzo de 2004.—La Secretaria GeneralTécnica.—5.535.

— • —

El Director del I.E.S. “Pando” de Oviedo hace público elextravío del Título de Bachiller Unificado Polivalente de doñaMargarita Covadonga Fernández-Peña García, con D.N.I. núme-ro 71647954-X.

Cualquier comunicado sobre dicho documento, deberá efec-tuarse ante la Consejería de Educación y Ciencia, en el plazo de30 días, pasados los cuales dicho título quedará nulo y sin valor yse seguirán los trámites para expedición de duplicado.

En Oviedo, a 24 de marzo de 2004.—La Secretaria GeneralTécnica.—5.620.

— • —

El Director del I.E.S. “Pando” de Oviedo hace público elextravío del Título de Bachiller Unificado Polivalente de doñaAna Fernández-Peña García, con D.N.I. número 71647955-B.

Cualquier comunicado sobre dicho documento, deberá efec-tuarse ante la Consejería de Educación y Ciencia, en el plazo de30 días, pasados los cuales dicho título quedará nulo y sin valor yse seguirán los trámites para expedición de duplicado.

En Oviedo, a 24 de marzo de 2004.—La Secretaria GeneralTécnica.—5.621.

— • —

NOTIFICACION de propuesta de resolución que se cita.

Intentada la notificación a don Xosé Ramón FernándezGonzález de la propuesta de resolución del expediente no se hapodido practicar.

En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo61, en relación con el artículo 59, de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común, por medio del presen-te anuncio, se comunica al interesado que, en el plazo de diez días

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contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio,podrá comparecer en el Servicio de Inspección Educativa de laConsejería de Educación y Ciencia, Plaza de España, nº 5, 5ª plan-ta, 33007 Oviedo, para conocimiento del contenido íntegro del actonotificado y constancia de tal conocimiento.

En Oviedo, a 5 de abril de 2004.—La Secretaria GeneralTécnica.—5.981.

— • —

COMUNICACION de subvenciones concedidas al ampa-ro del artículo 6.3 del Decreto 71/1992, durante el primertrimestre de 2004.

Extracto trimestral de subvenciones concedidas por laConsejería de Educación y Ciencia durante el primer trimestre delejercicio 2004, al amparo del artículo 6.3 del Decreto 71/1992.

Periodo: Primer Trimestre 2004

Beneficiario C.I.F. Cuantía Objeto Partida

(euros)

Ayuntamiento P-3301200-F 50.000,00 Financiar las obras de 15.02.422A-762015

de Cangas de mejora de centros

Onís educativos incluidos

en el Convenio de

colaboración suscrito

con el Ayuntamiento

Ayuntamiento P-3303600-E 120.000,00 Financiar las obras de 15.02.422A-762015

de Llanes mejora de centros

educativos incluidos

en el Convenio de

colaboración suscrito

con el Ayuntamiento

Ayuntamiento P-3305500-E 60.000,00 Financiar las obras de 15.02.422A-762015

de Ribadedeva mejora de centros

educativos incluidos

en el Convenio de

colaboración suscrito

con el Ayuntamiento

Ayuntamiento P-3303100-F 250.000,00 Financiar las obras de 15.02.422A-762015

de Langreo mejora de centros

educativos incluidos

en el Convenio de

colaboración suscrito

con el Ayuntamiento

480.000,00

En Oviedo, a 5 de abril de 2004.—La Secretaria GeneralTécnica.—5.978.

— • —

NOTIFICACION de resolución por la que se inicia elprocedimiento de revocación de subvención a la empresaZapico y Río Asociados, S.L., concedida para realizaciónde acciones de formación con compromiso de contrata-ción, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en elejercicio 2003.

Habiendo sido devueltas por el Servicio de Correos las notifi-caciones intentadas en la dirección consignada a tales efectos, conlas leyendas “ausente” y “caducado”, se le notifica mediante lapresente publicación que en cumplimiento de lo dispuesto en elartículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común de 26 de noviembre, el inicio del procedi-miento de revocación de subvención para la realización de accio-nes de formación con compromiso de contratación, cofinanciadospor el Fondo Social Europeo, en el ejercicio 2003, a la empresaZapico y Río Asociados, S.L., con C.I.F. número B-74060179.

Según lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 30/1992, paraconocimiento íntegro del acto y su constancia, puede compareceren el plazo de 10 días en la Dirección General de FormaciónProfesional de la Consejería de Educación y Ciencia, sita en laPlaza de España, nº 5, planta cuarta, de Oviedo, de lunes a vier-nes, entre las 9 y las 14 horas.

Transcurrido el plazo señalado sin que haya tenido lugar lacomparecencia, se tendrá por notificado.

En Oviedo, a 12 de abril de 2004.—La Secretaria GeneralTécnica.—6.088.

CONSEJERIA DE CULTURA, COMUNICACION SOCIAL YTURISMO:

NOTIFICACION de expedientes sancionadores en mate-ria de turismo que se citan.

Intentada la notificación de resolución y carta de pago de pro-cedimiento sancionador a don Manuel Javier Titos Velasco, enrelación con el expediente en materia de turismo número2002/007525 tramitado en esta Consejería de Cultura,Comunicación Social y Turismo, no se ha podido practicar. Enconsecuencia, de conformidad con lo prevenido en el artículo 61,en relación con el artículo 59, de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, por mediodel presente anuncio, se comunica a los interesados que, en elplazo de diez días hábiles, podrán comparecer en el Servicio deEmpresas y Actividades Turísticas, de la Consejería de Cultura,Comunicación Social y Turismo, Plaza Porlier, s/n, PalacioConde Toreno, Oviedo, para conocimiento del contenido íntegrodel acto notificado y constancia de tal conocimiento.

En Oviedo, a 6 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deEmpresas y Actividades Turísticas.—5.974.

— • —

Intentada la notificación de resolución y carta de pago de pro-cedimiento sancionador a doña Marta María Franco Gil, en rela-ción con el expediente en materia de turismo número2002/011899 tramitado en esta Consejería de Cultura,Comunicación Social y Turismo, no se ha podido practicar. Enconsecuencia, de conformidad con lo prevenido en el artículo 61,en relación con el artículo 59, de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, por mediodel presente anuncio, se comunica a los interesados que, en elplazo de diez días hábiles, podrán comparecer en el Servicio deEmpresas y Actividades Turísticas, de la Consejería de Cultura,Comunicación Social y Turismo, Plaza Porlier, s/n, PalacioConde Toreno, Oviedo, para conocimiento del contenido íntegrodel acto notificado y constancia de tal conocimiento.

En Oviedo, a 6 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deEmpresas y Actividades Turísticas.—5.975.

— • —

Intentada la notificación de propuesta de resolución de proce-dimiento sancionador a don Domingo Palomares Bravo, en rela-ción con el expediente en materia de turismo número2003/015139 tramitado en esta Consejería de Cultura,Comunicación Social y Turismo, no se ha podido practicar. Enconsecuencia, de conformidad con lo prevenido en el artículo 61,en relación con el artículo 59, de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, por medio

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del presente anuncio, se comunica a los interesados que, en elplazo de diez días hábiles, podrán comparecer en el Servicio deEmpresas y Actividades Turísticas, de la Consejería de Cultura,Comunicación Social y Turismo, Plaza Porlier, s/n, PalacioConde Toreno, Oviedo, para conocimiento del contenido íntegrodel acto notificado y constancia de tal conocimiento.

En Oviedo, a 6 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deEmpresas y Actividades Turísticas.—5.976.

— • —

Intentada la notificación de resolución y carta de pago de pro-cedimiento sancionador a don Juan Manuel Lavilla Ríos, en rela-ción con el expediente en materia de turismo número2002/013412 tramitado en esta Consejería de Cultura,Comunicación Social y Turismo, no se ha podido practicar. Enconsecuencia, de conformidad con lo prevenido en el artículo 61,en relación con el artículo 59, de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, por mediodel presente anuncio, se comunica a los interesados que, en elplazo de diez días hábiles, podrán comparecer en el Servicio deEmpresas y Actividades Turísticas, de la Consejería de Cultura,Comunicación Social y Turismo, Plaza Porlier, s/n, PalacioConde Toreno, Oviedo, para conocimiento del contenido íntegrodel acto notificado y constancia de tal conocimiento.

En Oviedo, a 12 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deEmpresas y Actividades Turísticas.—6.025.

— • —

Intentada la notificación de propuesta de resolución y cambiode instructor de procedimiento sancionador a López Fernández,Agustín, en relación con el expediente en materia de turismonúmero 2003/004354 tramitado en esta Consejería de Cultura,Comunicación Social y Turismo, no se ha podido practicar. Enconsecuencia, de conformidad con lo prevenido en el artículo 61,en relación con el artículo 59, de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, por mediodel presente anuncio, se comunica a los interesados que, en elplazo de diez días hábiles, podrán comparecer en el Servicio deEmpresas y Actividades Turísticas, de la Consejería de Cultura,Comunicación Social y Turismo, Plaza Porlier, s/n, PalacioConde Toreno, Oviedo, para conocimiento del contenido íntegrodel acto notificado y constancia de tal conocimiento.

En Oviedo, a 12 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deEmpresas y Actividades Turísticas.—6.026.

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Intentada la notificación de propuesta de resolución y cambiode instructor de procedimiento sancionador a Olas de Salinas,S.L., en relación con el expediente en materia de turismo número2003/016586 tramitado en esta Consejería de Cultura,Comunicación Social y Turismo, no se ha podido practicar. Enconsecuencia, de conformidad con lo prevenido en el artículo 61,en relación con el artículo 59, de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, por mediodel presente anuncio, se comunica a los interesados que, en elplazo de diez días hábiles, podrán comparecer en el Servicio deEmpresas y Actividades Turísticas, de la Consejería de Cultura,Comunicación Social y Turismo, Plaza Porlier, s/n, PalacioConde Toreno, Oviedo, para conocimiento del contenido íntegrodel acto notificado y constancia de tal conocimiento.

En Oviedo, a 12 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deEmpresas y Actividades Turísticas.—6.027.

— • —

Intentada la notificación de providencia y pliego de cargos deprocedimiento sancionador a Robledo Gómez, José Ignacio, enrelación con el expediente en materia de turismo número2003/028320 tramitado en esta Consejería de Cultura,Comunicación Social y Turismo, no se ha podido practicar. Enconsecuencia, de conformidad con lo prevenido en el artículo 61,en relación con el artículo 59, de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, por mediodel presente anuncio, se comunica a los interesados que, en elplazo de diez días hábiles, podrán comparecer en el Servicio deEmpresas y Actividades Turísticas, de la Consejería de Cultura,Comunicación Social y Turismo, Plaza Porlier, s/n, PalacioConde Toreno, Oviedo, para conocimiento del contenido íntegrodel acto notificado y constancia de tal conocimiento.

En Oviedo, a 12 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deEmpresas y Actividades Turísticas.—6.028.

CONSEJERIA DE VIVIENDA Y BIENESTAR SOCIAL:

NOTIFICACION a don Ramón García Amaya y doñaPerla María Jiménez Barrul.

De conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (Boletín Oficial del Estado, de 27 de noviembre), se noti-fica a don Ramón García Amaya y doña Perla María JiménezBarrul, cuyo domicilio se ignora, la decisión de la Consejería deVivienda y Bienestar Social de fecha 30 de marzo de 2004, queafecta a sus derechos y cuyo texto no se publica de conformidadcon lo establecido en el artículo 61 de la Ley 30/1992 citada.

Para el conocimiento íntegro del texto mencionado y la cons-tancia de tal conocimiento, podrá comparecer en el InstitutoAsturiano de Atención Social a la Infancia, Familia yAdolescencia, sito en la calle General Elorza, 35, Oviedo, en elplazo de 10 días hábiles, a contar desde la publicación de esteanuncio.

En Oviedo, a 31 de marzo de 2004.—La Directora delInstituto Asturiano de Atención Social a la Infancia, Familia yAdolescencia.—5.454.

— • —

CITACION para reconocimiento del grado de minusvalíaque se cita.

Por la presente se cita a doña Manuela García Huerta, cuyoúltimo domicilio conocido es Plaza Luis Estrada González, 8, 5ºD (33000 Oviedo), actualmente en ignorado paradero, a fin deque comparezca en el Centro de Valoración de Personas conDiscapacidades de Oviedo, Plaza de América, nº 8, para la reali-zación de reconocimiento del grado de la minusvalía (expedientenúmero 33/1006210-M/03) en el plazo de 15 días contados a par-tir de la publicación de la presente. Habrá de acudir provisto delD.N.I. u otro documento que acredite su identidad, así como delos informes médicos, radiografías, análisis recientes o cualquierotra prueba médica de la que pudiera disponer y que estuvieradirectamente relacionada con su discapacidad.

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Directora del Centro deValoración de Personas con Discapacidades.—5.532.

28-IV-2004 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 6007

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CONSEJERIA DE SALUD Y SERVICIOS SANITARIOS:SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS:

RESOLUCION de la Gerencia del Hospital Valle deNalón, de Riaño-Langreo, (por delegación del DirectorGerente del Servicio de Salud del Principado de Asturias:Resolución de 12 de noviembre, BOLETIN OFICIAL delPrincipado número 272 de 24 de noviembre de 2003) porla que se convoca el concurso abierto, para la instala-ción, mantenimiento y explotación de aparatos de T.V.,para uso de pacientes en el Hospital “Valle del Nalón”.

1.—Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Director Gerente del Hospital “Valle delNalón”.

b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio deSuministros.

c) Número de expediente: Expediente 2004-0-100.

2.—Objeto del contrato:

Descripción del objeto: Instalación, mantenimiento y explota-ción de aparatos de T.V., para uso de pacientes.

3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

a) Tramitación: Ordinaria.

b) Procedimiento: Abierto.

c) Forma: Concurso.

4.—Presupuesto base de licitación o canon de explotación:

Importe total: Canon de explotación: 24.000 euros (6.000euros/año).

5.—Garantía provisional:

480 euros.

6.—Obtención de documentación e información:

a) Entidad: Servicio de Suministros del Hospital “Valle delNalón”.

b) Domicilio: Polígono de Riaño, s/n.

c) Localidad y código postal: 33920 Riaño, Langreo.

d) Teléfono: 985 652 007.

e) Telefax: 985 674 032.

f) Fecha límite de obtención de documentos e información:Durante los 15 días naturales siguientes a la publicación deeste anuncio. Si el plazo finalizara en sábado, pasaría alprimer día hábil siguiente.

7.—Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participa-ción:

a) Fecha límite de presentación: Durante los 15 días naturalessiguientes a la publicación de este anuncio. Si el plazofinalizara en sábado, pasaría al primer día hábil siguiente.

b) Documentación que integrará las ofertas: La recogida en elpliego de cláusulas administrativas particulares.

c) Lugar de presentación:

1º Entidad: Registro General del Hospital “Valle delNalón”.

2º Domicilio: Polígono de Riaño, s/n.

3º Localidad y código postal: 33920 Riaño, Langreo.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mante-ner su oferta: Hasta la adjudicación del concurso.

e) Admisión de variantes: Sí.

8.—Apertura de las ofertas:

a) Entidad: Ante la Mesa de Contrataciones designada alefecto, en la Sala de Juntas del Hospital.

b) Domicilio: Polígono de Riaño, s/n.

c) Localidad: Riaño-Langreo.

d) Fecha: Se publicará en el tablón de anuncios de la institu-ción.

e) Hora: Se publicará en el tablón de anuncios de la institu-ción.

9.—Otras informaciones:

Adjudicación: La resolución de adjudicación se expondrá enel tablón de anuncios del citado Hospital y en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

10.—Gastos de anuncios:

Serán por cuenta del adjudicatario.

En Riaño-Langreo, a 5 de abril de 2004.—El DirectorGerente.—5.905.

CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACION DELTERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS:

NOTIFICACION de laudos que se citan.

Don Rubén del Valle Martínez, Secretario de la Junta Arbitral delTransporte del Principado de Asturias,

Doy fe y testimonio: Que en la reclamación número 160/2003tramitada ante esta Junta, se ha dictado laudo cuyo encabeza-miento y parte dispositiva dicen literalmente lo siguiente:

En Oviedo, a veintiséis de febrero de dos mil cuatro, consti-tuida la Junta Arbitral del Transporte integrada por su Presidente,don Luis Pérez-Herrerín García y por su Secretario, don Rubéndel Valle Martínez y en ausencia de los Vocales, que excusaron suasistencia, se ha dictado el siguiente laudo en reclamación núme-ro 160/2003 promovida por doña María Teresa López Rodríguez,en nombre propio, contra la entidad mercantil AlsaInterprovincial, S.A., en cantidad no evaluada económicamenteen el escrito de interposición.

Fallo

En atención a lo expuesto, esta Junta Arbitral declara a doñaMaría Teresa López Rodríguez desistida de la reclamación plan-teada contra la entidad mercantil Alsa Interprovincial, S.A., orde-nando el archivo de las actuaciones practicadas.

Contra el presente laudo puede ser interpuesto recurso de anu-lación ante la Audiencia Provincial de Asturias, de conformidadcon lo establecido por el artículo 9.8 del Real Decreto1.211/1990, de 28 de septiembre, en relación con el artículo 45 dela Ley 36/1988, de 5 de diciembre, de Arbitraje, dentro de los diezdías siguientes a su notificación.

Y para que sirva de notificación a doña María Teresa LópezRodríguez, actualmente en paradero desconocido, expido la pre-sente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias y fijación en el tablón de edictos delAyuntamiento de Oviedo.

En Oviedo, a 2 de abril de 2004.—El Secretario.—5.613.

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Don Rubén del Valle Martínez, Secretario de la Junta Arbitral delTransporte del Principado de Asturias,

Doy fe y testimonio: Que en la reclamación número 161/2003tramitada ante esta Junta, se ha dictado laudo cuyo encabeza-miento y parte dispositiva dicen literalmente lo siguiente:

En Oviedo, a nueve de marzo de dos mil cuatro, constituida laJunta Arbitral del Transporte Integrada por su Presidente, donLuis Pérez-Herrerín García, por el Vocal don Javier FernándezTorres y por su Secretario don Rubén del Valle Martínez y enausencia del Vocal representante de Empresas Cargadoras, queexcusó su asistencia, se ha dictado el siguiente laudo en reclama-ción número 161/2003 promovida por don José Luis EstradaRivera, en nombre y representación de la entidad mercantilMudanzas Estrada, S.L., contra doña María Villoria Alvarez eva-luada económicamente en seiscientos setenta y dos euros conochenta céntimos (672,80 euros).

Fallo

En atención a lo expuesto esta Junta Arbitral, por unanimidad,acuerda estimar la reclamación planteada por don José LuisEstrada Rivera, debiendo abonar doña María Villoria Alvarez a laentidad mercantil Mudanzas Estrada, S.L., la cantidad de seis-cientos setenta y dos euros con ochenta céntimos (672,80 euros).

Contra el presente laudo puede ser interpuesto recurso de anu-lación ante la Audiencia Provincial de Asturias, de conformidadcon lo establecido por el artículo 9.8 del Real Decreto1.211/1990, de 28 de septiembre, en relación con el artículo 45 dela Ley 36/1988, de 5 de diciembre, de Arbitraje, dentro de los diezdías siguientes a su notificación.

Y para que sirva de notificación a doña María VilloriaAlvarez, actualmente en paradero desconocido, expido la presen-te para su publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias y fijación en el tablón de edictos del Ayuntamiento deGijón.

En Oviedo, a 2 de abril de 2004.—El Secretario.—5.614.

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NOTIFICACION de expedientes sancionadores en mate-ria de pesca fluvial que se citan.

Intentada la notificación a don Bruno Da Silva Oliveira, de laprovidencia de inicio, en relación con el expediente sancionadornúmero 2004/005942 tramitado en esta Consejería de MedioAmbiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras en materiade pesca fluvial, no se ha podido practicar.

En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artícu-lo 61, en relación con el artículo 59, de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, por mediodel presente anuncio, se comunica a los interesados que, en elplazo de diez días, podrán comparecer en la Consejería de MedioAmbiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras (EdificioAdministrativo de Servicios Múltiples, calle Coronel Aranda, nº2, 2ª planta, sector central derecho, 33005 Oviedo), para conoci-miento del contenido íntegro del acto notificado y constancia detal conocimiento.

En Oviedo, a 30 de marzo de 2004.—La Jefa del Servicio deAsuntos Generales.—5.615.

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Intentada la notificación a don Javier González Prieto, de laresolución y documento de pago, en relación con el expediente

sancionador número 2003/007950 tramitado en esta Consejeríade Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructurasen materia de pesca fluvial, no se ha podido practicar.

En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artícu-lo 61, en relación con el artículo 59, de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, por mediodel presente anuncio, se comunica a los interesados que, en elplazo de diez días, podrán comparecer en la Consejería de MedioAmbiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras (EdificioAdministrativo de Servicios Múltiples, calle Coronel Aranda, nº2, 2ª planta, sector central derecho, 33005 Oviedo), para conoci-miento del contenido íntegro del acto notificado y constancia detal conocimiento.

En Oviedo, a 2 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deAsuntos Generales.—5.903.

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Intentada la notificación a don Alfonso González González,de la resolución y documento de pago, en relación con el expe-diente sancionador número 2003/007950 tramitado en estaConsejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio eInfraestructuras en materia de pesca fluvial, no se ha podido prac-ticar.

En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artícu-lo 61, en relación con el artículo 59, de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, por mediodel presente anuncio, se comunica a los interesados que, en elplazo de diez días, podrán comparecer en la Consejería de MedioAmbiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras (EdificioAdministrativo de Servicios Múltiples, calle Coronel Aranda, nº2, 2ª planta, sector central derecho, 33005 Oviedo), para conoci-miento del contenido íntegro del acto notificado y constancia detal conocimiento.

En Oviedo, a 2 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deAsuntos Generales.—5.904.

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NOTIFICACION de expediente sancionador en materiade caza que se cita.

Intentada la notificación a don José Luis García Cordero, delpliego de cargos, en relación con el expediente sancionadornúmero 2004/000341 tramitado en esta Consejería de MedioAmbiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras en materiade caza, no se ha podido practicar.

En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artícu-lo 61, en relación con el artículo 59, de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, por mediodel presente anuncio, se comunica a los interesados que, en elplazo de diez días, podrán comparecer en la Consejería de MedioAmbiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras (EdificioAdministrativo de Servicios Múltiples, calle Coronel Aranda, nº2, 2ª planta, sector central derecho, 33005 Oviedo), para conoci-miento del contenido íntegro del acto notificado y constancia detal conocimiento.

En Oviedo, a 30 de marzo de 2004.—La Jefa del Servicio deAsuntos Generales.—5.616.

28-IV-2004 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 6009

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NOTIFICACION de los expedientes sancionadores enmateria de transportes que se citan.

Notificaciones de denuncia

No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a don Juan Carlos Martínez González, cuyo últimodomicilio fue localidad Palencia incurso en el expediente númeroO-1192-O-2003 que se sigue en el Servicio de Transportes, de laDirección General de Transportes y Puertos, se hace público quea la vista de la denuncia de la Guardia Civil Tráfico del día 3 dejunio de 2003 16.50.00 se ha iniciado en fecha 4 de marzo de2004 procedimiento sancionador tendente a verificar la posiblecomisión de infracción administrativa a la legislación reguladorade los Transportes Terrestres, nombrándose Instructora del proce-dimiento a doña María Antonia Requejo Hevia y se ha formuladopliego de cargos por “carencia de discos de la semana en curso.Entre el disco del 30 de mayo de 2003 y el de el inmediatamenteposterior del día 2 de junio de 2003 existe una diferencia de 598Kms.; presumiéndose faltan uno o varios discos. Se recogen dis-cos afectados. Siendo el conductor don Luis Ignacio PérezMartín” con el vehículo de su propiedad matrícula 4569-BRL, loque puede ser sancionado, conforme al artículo 143 de la LOTTy 201 del ROTT con 270,00 euros, por carencia en el vehículo dedocumentación obligatoria (discos diagrama de la semana encurso y el último de la semana anterior en la que condujo), segúnartículo 142-l) de la LOTT y artículo 199-m) del ROTT y artícu-lo 15.7 R(CEE) 3.821/1985.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089 (1).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a Cogitrans, S.L., cuyo último domicilio fue loca-lidad Gijón incurso en el expediente número O-1971-O-2003 quese sigue en el Servicio de Transportes, de la Dirección General deTransportes y Puertos, se hace público que a la vista de la denun-cia de la Guardia Civil Tráfico del día 30 de julio de 200310.25.00 se ha iniciado en fecha 2 de diciembre de 2003 procedi-miento sancionador tendente a verificar la posible comisión deinfracción administrativa a la legislación reguladora de losTransportes Terrestres, nombrándose Instructora del procedi-miento a doña María Teresa Ordiz Argüelles y se ha formuladopliego de cargos por “no hacer las anotaciones correspondientesestando el tacógrafo averiado. Ver expediente número 15479, seretira discos diagrama correspondientes a los días 28-29, 29 y 29-

30 de julio de 2003 (3 discos) para su análisis. Nota: según mani-festación de su conductor la avería se produce a las 6 horas y 20minutos del día 29 de julio figurándole como hora de comienzoen el siguiente disco que introduce las 6 horas. No presenta tam-poco hoja anexa de anotaciones. Siendo el conductor donCelestino Fernández Fernández” con el vehículo de su propiedadmatrícula O-9813-BW, lo que puede ser sancionado, conforme alartículo 143 de la LOTT y 201 del ROTT con 600,00 euros, porno realizar manualmente las anotaciones de la actividad del con-ductor cuando el tacógrafo está averiado, según artículo 141-h)LOTT, artículo 198-h) ROTT, R(CE) 3.821/1985.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089 (2).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a Fernández Doña S.L., cuyo último domicilio fuelocalidad Roquetas del Mar incurso en el expediente número O-1999-O-2003 que se sigue en el Servicio de Transportes, de laDirección General de Transportes y Puertos, se hace público quea la vista de la denuncia de la Guardia Civil Tráfico del día 7 dejunio de 2003 10.50.00 se ha iniciado en fecha 2 de diciembre de2003 procedimiento sancionador tendente a verificar la posiblecomisión de infracción administrativa a la legislación reguladorade los Transportes Terrestres, nombrándose Instructora del proce-dimiento a doña María Teresa Ordiz Argüelles y se ha formuladopliego de cargos por “no haber realizado la revisión periódicaobligatoria del tacógrafo fecha última revisión 23 de marzo de2001 Talleres Ubedaubo e-1-500. Nombre conductor don JuanMiguel Fernández Jiménez” con el vehículo de su propiedadmatrícula AL-6521-AC, lo que puede ser sancionado, conforme alartículo 143 de la LOTT y 201 del ROTT con 300,00 euros, porno haber realizado la revisión periódica obligatoria del tacógrafo,según artículo 141-h) LOTT; artículo 198-h) ROTT; R(CE)3.821/1985.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-

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miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089 (3).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAAPP, B.O.E. de 27 de noviembre) a Xixón Port, S.L., cuyoúltimo domicilio fue localidad Gijón incurso en el expedientenúmero O-2021-O-2003 que se sigue en el Servicio deTransportes, de la Dirección General de Transportes y Puertos,se hace público que a la vista de la denuncia de la Guardia CivilTráfico del día 7 de marzo de 2003 9.00.00 se ha iniciado enfecha 3 de diciembre de 2003 procedimiento sancionador ten-dente a verificar la posible comisión de infracción administrati-va a la legislación reguladora de los Transportes Terrestres,nombrándose Instructora del procedimiento a doña MaríaTeresa Ordiz Argüelles y se ha formulado pliego de cargos por“manipulación del tacógrafo kienzle 1318, número 257724,E1*57, consistente en el corte de corriente eléctrica del contac-to lo que se registra a las 15:05, con un barrido de 0 a 125km./hora. Se recoge disco afectado. Conductor don PaulinoFernández Fernández” con el vehículo de su propiedad matrícu-la M-6001-JX, lo que puede ser sancionado, conforme al artícu-lo 143 de la LOTT y 201 del ROTT con 1.380,00 euros, pormanipulación del tacógrafo (marca, modelo, número serie,número homologación) consistente en corte de la corriente delcontacto del tacógrafo, según artículo 141.h) de la LOTT y198.h) del ROTT.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089 (4).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a don José M. Villamayor Villota, cuyo últimodomicilio fue localidad Ororbia incurso en el expediente númeroO-2120-O-2003 que se sigue en el Servicio de Transportes, de laDirección General de Transportes y Puertos, se hace público quea la vista de la denuncia de la Guardia Civil Tráfico del día 27 deenero de 2003 11.00.00 se ha iniciado en fecha 4 de diciembre de2003 procedimiento sancionador tendente a verificar la posiblecomisión de infracción administrativa a la legislación reguladorade los Transportes Terrestres, nombrándose Instructora del proce-

dimiento a doña María Teresa Ordiz Argüelles y se ha formuladopliego de cargos por “circular vehículo reseñado de Santiago a LaFelguera utilizando un disco diagrama no válido para el tacógra-fo al no coincidir las velocidades máximas número de homologa-ción disco diagrama e-1-109 velocidad máxima 1000 km/h,número de homologación tacógrafo e-1-C-2 velocidad máxima125 km/h. Se le recoge disco diagrama de que viene utilizando.Nombre del conductor don José M. Villamayor Villota” con elvehículo de su propiedad matrícula NA-7969-AS, lo que puedeser sancionado, conforme al artículo 143 de la LOTT y 201 delROTT con 300,00 euros, por utilizar un disco no válido para eltacógrafo, por no coincidir con su número de homologación,según artículo 141-h) LOTT; artículo 198-h) ROTT; R(CE)3.821/1985.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089 (5).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a Transportes Urgentes Oviedo, cuyo último domi-cilio fue localidad Oviedo incurso en el expediente número O-2128-O-2003 que se sigue en el Servicio de Transportes, de laDirección General de Transportes y Puertos, se hace público quea la vista de la denuncia de la Guardia Civil Tráfico del día 6 demarzo de 2003 18.00.00 se ha iniciado en fecha 5 de diciembre de2003 procedimiento sancionador tendente a verificar la posiblecomisión de infracción administrativa a la legislación reguladorade los Transportes Terrestres, nombrándose Instructora del proce-dimiento a doña María Teresa Ordiz Argüelles y se ha formuladopliego de cargos por “circular un vehículo de los obligados a lle-var instalado el tacógrafo llevando un marca Kienzle homologa-do en e-1-04. Utilizando disco diagrama no válido para utiliza-ción en el mismo. Nombre del conductor don Luis A. AlvarezPérez. Se recoge disco para enviar al organismo competente” conel vehículo de su propiedad matrícula O-4294-BD, lo que puedeser sancionado, conforme al artículo 143 de la LOTT y 201 delROTT con 300,00 euros, por utilizar un disco no válido para eltacógrafo, por no coincidir con su número de homologación,según artículo 141-h) LOTT; artículo 198-h) ROTT; R(CE)3.821/1985.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

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La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089 (6).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a Ferni-Trans S.L., cuyo último domicilio fuelocalidad Trobajo del Camino incurso en el expediente número O-2246-O-2003 que se sigue en el Servicio de Transportes, de laDirección General de Transportes y Puertos, se hace público quea la vista de la denuncia de la Guardia Civil Tráfico del día 7 defebrero de 2003 11.17.00 se ha iniciado en fecha 15 de diciembrede 2003 procedimiento sancionador tendente a verificar la posiblecomisión de infracción administrativa a la legislación reguladorade los Transportes Terrestres, nombrándose Instructora del proce-dimiento a doña María Teresa Ordiz Argüelles y se ha formuladopliego de cargos por “circular el vehículo reseñado con un limita-dor de velocidad que no funciona adecuadamente al no entrar enfuncionamiento a la velocidad máxima instantánea de 90 km/h.Comprobado mediante calculadora htc, modelo 1602, número002925. Tacógrafo (marca Kienzle, 1318, número 645791, E1-57). Conductor don Daniel Gallego Otero” con el vehículo de supropiedad matrícula LE-7173-AC, lo que puede ser sancionado,conforme al artículo 143 de la LOTT y 201 del ROTT con1.380,00 euros, por circular con un limitador que no funcionacorrectamente, al no entrar en funcionamiento el dispositivo delimitación de velocidad. Comprobando mediante calculadoraHTC, modelo 1602, según 141-h) LOTT, 198-h) Reglamento.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089 (7).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a Xixón Port, S.L., cuyo último domicilio fue loca-lidad Gijón incurso en el expediente número O-2300-O-2003 quese sigue en el Servicio de Transportes, de la Dirección General deTransportes y Puertos, se hace público que a la vista de la denun-cia de la Guardia Civil Tráfico del día 17 de marzo de 2003

18.30.00 se ha iniciado en fecha 18 de diciembre de 2003 proce-dimiento sancionador tendente a verificar la posible comisión deinfracción administrativa a la legislación reguladora de losTransportes Terrestres, nombrándose Instructora del procedi-miento a doña María Teresa Ordiz Argüelles y se ha formuladopliego de cargos por “circular con un limitador de velocidad queno funciona correctamente, al no entrar en funcionamiento a unavelocidad de 99 km/hora, siendo la velocidad máxima instantáneapermitida de 90-105 km/hora. Comprobado mediante calculadorahtc, modelo 1602, número de serie: 002925. Tacógrafo (marca:Kienzle, modelo: 1318, número de serie: 3642948, marca dehomologación: e1-57). Se recoge disco. Siendo el conductor donModesto Pérez Mon” con el vehículo de su propiedad matrícula4637-BBH, lo que puede ser sancionado, conforme al artículo143 de la LOTT y 201 del ROTT con 1.380,00 euros, por circu-lar con un limitador que no funciona correctamente, al entrar enfuncionamiento a una velocidad superior a la máxima instantáneapermitida. Comprobado mediante calculadora HTC, modelo1602, según 141-h) LOTT, 198-h) Reglamento.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089 (8).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a don José Ramón Mourelle Mourelle, cuyo últi-mo domicilio fue localidad Gijón incurso en el expediente núme-ro O-2316-O-2003 que se sigue en el Servicio de Transportes, dela Dirección General de Transportes y Puertos, se hace públicoque a la vista de la denuncia de la Guardia Civil Tráfico del día27 de marzo de 2003 19.15.00 se ha iniciado en fecha 22 dediciembre de 2003 procedimiento sancionador tendente a verifi-car la posible comisión de infracción administrativa a la legisla-ción reguladora de los Transportes Terrestres, nombrándoseInstructora del procedimiento a doña María Teresa OrdizArgüelles y se ha formulado pliego de cargos por “circular con unlimitador de velocidad que no funciona correctamente al no entraren funcionamiento el dispositivo de limitación, siendo la veloci-dad máxima instantánea permitida de 90-105 km/h. Comprobadomediante calculadora htc modelo 1602 de serie 002925 tacógrafo(marca Kienzle, modelo 1314, número de serie 09088786, marcahomologación e-1-43). Nombre del conductor don José RamónMourelle Mourelle. Se recoge disco afectado” con el vehículo desu propiedad matrícula O-0853-BB, lo que puede ser sancionado,conforme al artículo 143 de la LOTT y 201 del ROTT con1.380,00 euros, por circular con un limitador que no funcionacorrectamente, al no entrar en funcionamiento el dispositivo delimitación de velocidad. Comprobando mediante calculadoraHTC, modelo 1602, según 141-h) LOTT, 198-h) Reglamento.

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Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089 (9).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a Xixon Port, S.L., cuyo último domicilio fue loca-lidad Gijón incurso en el expediente número O-2320-O-2003 quese sigue en el Servicio de Transportes, de la Dirección General deTransportes y Puertos, se hace público que a la vista de la denun-cia de la Guardia Civil Tráfico del día 7 de marzo de 2003 9.00.00se ha iniciado en fecha 19 de diciembre de 2003 procedimientosancionador tendente a verificar la posible comisión de infracciónadministrativa a la legislación reguladora de los TransportesTerrestres, nombrándose Instructora del procedimiento a doñaMaría Teresa Ordiz Argüelles y se ha formulado pliego de cargospor “circular con un limitador de velocidad que no funcionacorrectamente al no entrar en funcionamiento el dispositivo delimitación, siendo la velocidad máxima instantánea permitida de90-105 km/h. Comprobado mediante calculadora htc modelo1602 de serie 002925 tacógrafo (marca Kienzle, modelo 1318,número de serie 257724, marca homologación e-1-57). Nombredel conductor don Paulino Fernández Fernández” con el vehículode su propiedad matrícula M-6001-JX, lo que puede ser sancio-nado, conforme al artículo 143 de la LOTT y 201 del ROTT con1.380,00 euros, por circular con un limitador que no funcionacorrectamente, al no entrar en funcionamiento el dispositivo delimitación de velocidad. Comprobando mediante calculadoraHTC, modelo 1602, según 141-h) LOTT, 198-h) Reglamento.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(10).

No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a don José Alvarez González, cuyo último domi-cilio fue localidad Gijón incurso en el expediente número O-2324-O-2003 que se sigue en el Servicio de Transportes, de laDirección General de Transportes y Puertos, se hace público quea la vista de la denuncia de la Guardia Civil Tráfico del día 11 demarzo de 2003 18.20.00 se ha iniciado en fecha 19 de diciembrede 2003 procedimiento sancionador tendente a verificar la posiblecomisión de infracción administrativa a la legislación reguladorade los Transportes Terrestres, nombrándose Instructora del proce-dimiento a doña María Teresa Ordiz Argüelles y se ha formuladopliego de cargos por “circular de Avilés a Gijón con un limitadorde velocidad que no funciona correctamente, al no entrar en fun-cionamiento siendo la velocidad máxima instantánea permitidade 90 km/h. Según se observa en un disco diagrama que se adjun-ta y que viene utilizando. Comprobado mediante calculadora htcmodelo 2921 de serie 002921 tacógrafo (marca Kienzle, modelo1318, número de serie 1226319, año 02, marca homologación e-1-503). Nombre del conductor don Daniel Cuesta Aller” con elvehículo de su propiedad matrícula O-6546-AT, lo que puede sersancionado, conforme al artículo 143 de la LOTT y 201 delROTT con 1.380,00 euros, por circular con un limitador que nofunciona correctamente, al no entrar en funcionamiento el dispo-sitivo de limitación de velocidad. Comprobando mediante calcu-ladora HTC, modelo 1602, según 141-h) LOTT, 198-h)Reglamento.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(11).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a Ttes. Gestrans, S.C.C.L., cuyo último domiciliofue localidad Molins de Rei incurso en el expediente número O-2328-O-2003 que se sigue en el Servicio de Transportes, de laDirección General de Transportes y Puertos, se hace público quea la vista de la denuncia de la Guardia Civil Tráfico del día 20 demarzo de 2003 17.15.00 se ha iniciado en fecha 19 de diciembrede 2003 procedimiento sancionador tendente a verificar la posiblecomisión de infracción administrativa a la legislación reguladorade los Transportes Terrestres, nombrándose Instructora del proce-dimiento a doña María Teresa Ordiz Argüelles y se ha formuladopliego de cargos por “circular con un limitador de velocidad queno funciona correctamente, al no entrar en funcionamiento el dis-positivo de limitación, siendo la velocidad máxima instantánea

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permitida de 90 km/hora. Comprobado mediante calculadora htc,modelo 1602, número de serie: 3080. Tacógrafo (marca: Kienzle,modelo: 1314.27, número de serie: 1600598, marca de homolo-gación: e1-40). Se adjunta disco correspondiente jornada hoydonde no se observa rastro de limitación alguno. Siendo el con-ductor don Manuel Medina Soltero” con el vehículo de su pro-piedad matrícula B-9954-UW, lo que puede ser sancionado, con-forme al artículo 143 de la LOTT y 201 del ROTT con 1.380,00euros, por circular con un limitador que no funciona correcta-mente, al no entrar en funcionamiento el dispositivo de limitaciónde velocidad. Comprobando mediante calculadora HTC, modelo1602, según 141-h) LOTT, 198-h) Reglamento.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(12).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a don Ubaldo Marcello Rubio, cuyo último domi-cilio fue localidad León incurso en el expediente número O-2361-O-2003 que se sigue en el Servicio de Transportes, de laDirección General de Transportes y Puertos, se hace público quea la vista de la denuncia de la Guardia Civil Tráfico del día 24 demarzo de 2003 10.26.00 se ha iniciado en fecha 22 de diciembrede 2003 procedimiento sancionador tendente a verificar la posiblecomisión de infracción administrativa a la legislación reguladorade los Transportes Terrestres, nombrándose Instructora del proce-dimiento a doña María Teresa Ordiz Argüelles y se ha formuladopliego de cargos por “circular con un limitador de velocidad queno funciona correctamente, al no entrar en funcionamiento el dis-positivo de limitación, siendo la velocidad máxima instantáneapermitida de 90-105 km/hora. Comprobado mediante calculadorahtc, modelo 1602, número de serie: 002925. Tacógrafo (marca:Kienzle, modelo: 1318, número de serie: 1554767, marca dehomologación: e1-57). Se recoge disco afectado. Siendo el con-ductor don Baltasar Marcos Martínez” con el vehículo de su pro-piedad matrícula LE-8006-Y, lo que puede ser sancionado, con-forme al artículo 143 de la LOTT y 201 del ROTT con 1.380,00euros, por circular con un limitador que no funciona correcta-mente, al no entrar en funcionamiento el dispositivo de limitaciónde velocidad. Comprobando mediante calculadora HTC, modelo1602, según 141-h) LOTT, 198-h) Reglamento.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partir

del siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(13).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a Trans Oliveira, S.L., cuyo último domicilio fuelocalidad Guimarán incurso en el expediente número O-2364-O-2003 que se sigue en el Servicio de Transportes, de la DirecciónGeneral de Transportes y Puertos, se hace público que a la vistade la denuncia de la Guardia Civil Tráfico del día 2 de julio de2003 15.30.00 se ha iniciado en fecha 22 de diciembre de 2003procedimiento sancionador tendente a verificar la posible comi-sión de infracción administrativa a la legislación reguladora delos Transportes Terrestres, nombrándose Instructora del procedi-miento a doña María Teresa Ordiz Argüelles y se ha formuladopliego de cargos por “circular el vehículo reseñado con un limita-dor de velocidad que no funciona adecuadamente al no entrar enfuncionamiento el dispositivo de limitación, siendo la velocidadmáxima instantánea permitida de 90 km/h. Comprobar mediantecalculadora HTC número de serie 3080. Tacógrafo Kienzle1318.27, número 0524507, marca de homologación e-1-57. Seadjunta los dos últimos disco diagrama. Nombre del conductordon Manuel López Gallardo” con el vehículo de su propiedadmatrícula O-0807-BG, lo que puede ser sancionado, conforme alartículo 143 de la LOTT y 201 del ROTT con 1.380,00 euros, porcircular con un limitador que no funciona correctamente, al noentrar en funcionamiento el dispositivo de limitación de veloci-dad. Comprobando mediante calculadora HTC, modelo 1602,según 141-h) LOTT, 198-h) Reglamento.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(14).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-

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bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a doña Luisa María Cantero Sánchez, cuyo últimodomicilio fue localidad Gijón incurso en el expediente número O-2386-O-2003 que se sigue en el Servicio de Transportes, de laDirección General de Transportes y Puertos, se hace público quea la vista de la denuncia de la Guardia Civil Tráfico del día 11 dejulio de 2003 18.10.00 se ha iniciado en fecha 23 de diciembre de2003 procedimiento sancionador tendente a verificar la posiblecomisión de infracción administrativa a la legislación reguladorade los Transportes Terrestres, nombrándose Instructora del proce-dimiento a doña María Teresa Ordiz Argüelles y se ha formuladopliego de cargos por “circular con un limitador de velocidad queno funciona correctamente. Se recoge disco diagrama de fecha 9de julio de 2003 en el cual se observa que entre las 16:10 h. y las19:15 h. no existe un corte regular de velocidad entre el 80 km/h.y el 100 km/h. al sobrepasar la velocidad de 90 km/h. Se adjuntadisco. Siendo el conductor don José A. García Roces” con el vehí-culo de su propiedad matrícula 4843-BDD, lo que puede ser san-cionado, conforme al artículo 143 de la LOTT y 201 del ROTTcon 1.380,00 euros, por circular con un vehículo obligado a la uti-lización del limitador de velocidad, no funcionando éste, según141-h) LOTT, 198-h) Reglamento.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(15).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a Blanco Pastrana, S.L., cuyo último domicilio fuelocalidad Aguilar de Campoo incurso en el expediente número O-2391-O-2003 que se sigue en el Servicio de Transportes, de laDirección General de Transportes y Puertos, se hace público quea la vista de la denuncia de la Guardia Civil Tráfico del día 13 deoctubre de 2003 12.45.00 se ha iniciado en fecha 23 de diciembrede 2003 procedimiento sancionador tendente a verificar la posiblecomisión de infracción administrativa a la legislación reguladorade los Transportes Terrestres, nombrándose Instructora del proce-dimiento a doña María Teresa Ordiz Argüelles y se ha formuladopliego de cargos por “circular transportando maíz de Gordoncillo(Le) a Gijón (As) careciendo de la documentación obligatoria. Nolleva ningún documento sobre la mercancía que transporta, alba-rán o similar” con el vehículo de su propiedad matrícula 2491-BMJ, lo que puede ser sancionado, conforme al artículo 143 de laLOTT y 201 del ROTT con 100,00 euros, por no llevar en el vehí-culo la documentación en que debe materializarse los contratos detransporte de mercancías celebrados con cargadores o expedido-

res, según artículo 142-l) de la LOTT, artículo 1 O.M. 238/2003,de 31/01 B.O.E. 13/02.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(16).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a don José Luis Roca Montenegro, cuyo últimodomicilio fue localidad Vilalba incurso en el expediente númeroO-2394-O-2003 que se sigue en el Servicio de Transportes, de laDirección General de Transportes y Puertos, se hace público quea la vista de la denuncia de la Guardia Civil Tráfico del día 15 deoctubre de 2003 13.20.00 se ha iniciado en fecha 23 de diciembrede 2003 procedimiento sancionador tendente a verificar la posiblecomisión de infracción administrativa a la legislación reguladorade los Transportes Terrestres, nombrándose Instructora del proce-dimiento a doña María Teresa Ordiz Argüelles y se ha formuladopliego de cargos por “circular transportando chapa desde Gijón aVillalba (Lugo), careciendo de documento de control de la mer-cancía transportada. No lleva albarán, hoja de transporte ni nin-gún documento que justifique el expedidor ni destinatario de lamercancía” con el vehículo de su propiedad matrícula LU-8295-V, lo que puede ser sancionado, conforme al artículo 143 de laLOTT y 201 del ROTT con 100,00 euros, por no llevar en el vehí-culo la documentación en que debe materializarse los contratos detransporte de mercancías celebrados con cargadores o expedido-res, según artículo 142-l) de la LOTT, artículo 1 O.M. 238/2003,de 31/01, B.O.E. 13/02.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(17).

28-IV-2004 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 6015

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAAPP, B.O.E. de 27 de noviembre) a don José Castro Urrea,cuyo último domicilio fue localidad Rivas-Vacia, Madrid, incur-so en el expediente número O-28-O-2004 que se sigue en elServicio de Transportes, de la Dirección General de Transportesy Puertos, se hace público que a la vista de la denuncia de laGuardia Civil Tráfico del día 8 de octubre de 2003 16.40.00 seha iniciado en fecha 7 de enero de 2004 procedimiento sancio-nador tendente a verificar la posible comisión de infracciónadministrativa a la legislación reguladora de los TransportesTerrestres, nombrándose Instructora del procedimiento a doñaMaría Teresa Ordiz Argüelles y se ha formulado pliego de car-gos por “circular con un limitador de velocidad que no funcio-na correctamente al entrar en funcionamiento a una velocidad de98 km/h., siendo la velocidad máxima instantánea permitida de90 km/h. Comprobado mediante calculadora htc, modelo 1602,número de serie 3080. Tacógrafo marca Mannesman-Kienzle,modelo 1318-27, número de serie 3385352, marca de homolo-gación E1-57. Se adjuntan discos día 6-7 y 8. Conductor donJosé Castro Urrea” con el vehículo de su propiedad matrículaM-1512-SY, lo que puede ser sancionado, conforme al artículo143 de la LOTT y 201 del ROTT con 1.380,00 euros, por circu-lar con un limitador que no funciona correctamente, al entrar enfuncionamiento a una velocidad superior a la máxima instantá-nea permitida. Comprobado mediante calculadora HTC, mode-lo 1602, según 141-h) LOTT, 198-h) Reglamento.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(18).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a Transportes y Mud. Muebles Trans Levante,S.L., cuyo último domicilio fue localidad Albal incurso en elexpediente número O-33-O-2004 que se sigue en el Servicio deTransportes, de la Dirección General de Transportes y Puertos, sehace público que a la vista de la denuncia de la Guardia CivilTráfico del día 23 de septiembre de 2003 12.15.00 se ha iniciadoen fecha 7 de enero de 2004 procedimiento sancionador tendentea verificar la posible comisión de infracción administrativa a lalegislación reguladora de los Transportes Terrestres, nombrándo-se Instructora del procedimiento a doña María Teresa OrdizArgüelles y se ha formulado pliego de cargos por “circular con unlimitador de velocidad que no funciona correctamente al no entraren funcionamiento el dispositivo de limitación, siendo la veloci-

dad máxima instantánea permitida de 90 km/h. Infracción obser-vada en disco diagrama del día 21 de septiembre de 2003. El cualse adjunta al boletín de denuncia y en donde se observa que elvehículo llega a alcanzar velocidad constante de 100 km/h.Tacógrafo kienzle 1318-27, número 3004452, E1-57. Transportamuebles. Conductor don Sergio Penades Bonet” con el vehículode su propiedad matrícula V-0616-FX, lo que puede ser sancio-nado, conforme al artículo 143 de la LOTT y 201 del ROTT con1.380,00 euros, por circular con un vehículo obligado a la utiliza-ción del limitador de velocidad, no funcionando éste, según 141-h) LOTT, 198-h) Reglamento.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(19).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a don Angel Méndez Redondo, cuyo último domi-cilio fue localidad Pinto incurso en el expediente número O-67-O-2004 que se sigue en el Servicio de Transportes, de laDirección General de Transportes y Puertos, se hace público quea la vista de la denuncia de la Guardia Civil Tráfico del día 23 deabril de 2003 10.00.00 se ha iniciado en fecha 12 de enero de2004 procedimiento sancionador tendente a verificar la posiblecomisión de infracción administrativa a la legislación reguladorade los Transportes Terrestres, nombrándose Instructora del proce-dimiento a doña María Teresa Ordiz Argüelles y se ha formuladopliego de cargos por “incumplir la prohibición de estacionar elvehículo en zonas de menor peligrosidad, en defecto de las espe-cíficamente prevista para ello, lo hace a escasos metros de la A-66, y a 50 m. de un colegio en horas lectiva. Es una cisterna.Transporta materias peligrosas con la numeración 22/2187 (dió-xido de carbono). Lo hace sin vigilancia alguna” con el vehículode su propiedad matrícula M-8641-UC, lo que puede ser sancio-nado, conforme al artículo 143 de la LOTT y 201 del ROTT con600,00 euros, por incumplir la obligación de estacionar el vehí-culo en zonas de menor peligrosidad, en defecto de las específi-camente previstas para ello, según artículo 141-q) LOTT; artícu-lo 34.4, Real Decreto 2.115/1998.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

6016 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 28-IV-2004

Page 17: Direc.: C/Julián Clavería, 11 Depósito Legal: O/2532-82  Miércoles, 28 de abril de 2004 Núm. 98 SUMARIO I. Principado de Asturias ...

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(20).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a don Pablo Ruiz Martín, cuyo último domiciliofue localidad Barcelona incurso en el expediente número O-98-O-2004 que se sigue en el Servicio de Transportes, de la DirecciónGeneral de Transportes y Puertos, se hace público que a la vistade la denuncia de la Guardia Civil Tráfico del día 5 de septiem-bre de 2003 3.50.00 se ha iniciado en fecha 13 de enero de 2004procedimiento sancionador tendente a verificar la posible comi-sión de infracción administrativa a la legislación reguladora delos Transportes Terrestres, nombrándose Instructora del procedi-miento a doña María Teresa Ordiz Argüelles y se ha formuladopliego de cargos por “circular de Barcelona a Oviedo transpor-tando ropa, amparado en una autorización de transportes cuyoplazo de validez ha vencido el día 31 de julio de 2002” con elvehículo de su propiedad matrícula 0395-BBV, lo que puede sersancionado, conforme al artículo 143 de la LOTT y 201 delROTT con 300,00 euros, por realizar transporte público de mer-cancías en vehículo ligero careciendo de autorización administra-tiva, según artículo 90, 140-a) y 141-o) de la LOTT y artículo 41,197-a) y 198-p) del ROTT.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(21).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a HMD Recuperaciones, S.L., cuyo último domi-cilio fue localidad Carreño incurso en el expediente número O-140-O-2004 que se sigue en el Servicio de Transportes, de laDirección General de Transportes y Puertos, se hace público quea la vista de la denuncia de la Guardia Civil Tráfico del día 11 deseptiembre de 2003 16.45.00 se ha iniciado en fecha 16 de enero

de 2004 procedimiento sancionador tendente a verificar la posiblecomisión de infracción administrativa a la legislación reguladorade los Transportes Terrestres, nombrándose Instructora del proce-dimiento a doña María Teresa Ordiz Argüelles y se ha formuladopliego de cargos por “circular con un disco homologado, no váli-do para el tacógrafo al no coincidir con su número de homologa-ción. Tacógrafo Kienzle 1314-37, E1-44, número 0999845, K7,300. Disco Kienzle E1-138. Se recoge disco diagrama fecha 11de septiembre de 2003, que se adjunta. Transporta chatarra nor-malmente, estando vacío en el momento de su control. Conductordon Agustín Alonso Lobeto” con el vehículo de su propiedadmatrícula O-6423-AJ, lo que puede ser sancionado, conforme alartículo 143 de la LOTT y 201 del ROTT con 300,00 euros, porutilizar un disco no válido para el tacógrafo, por no coincidir consu número de homologación, según artículo 141-h) LOTT; artí-culo 198-h) ROTT; R(CE) 3.821/1985.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(22).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAAPP, B.O.E. de 27 de noviembre) a don Oscar RodríguezHuerta, cuyo último domicilio fue localidad Cangas de Onísincurso en el expediente número O-162-O-2004 que se sigue enel Servicio de Transportes, de la Dirección General deTransportes y Puertos, se hace público que a la vista de ladenuncia del Seprona del día 6 de octubre de 2003 13.00.00 seha iniciado en fecha 21 de enero de 2004 procedimiento sancio-nador tendente a verificar la posible comisión de infracciónadministrativa a la legislación reguladora de los TransportesTerrestres, nombrándose Instructora del procedimiento a doñaMaría Antonia Requejo Hevia y se ha formulado pliego de car-gos por “realizar un transporte público con una tarjeta de trans-portes de Servicio Privado (MPC) Nacional. Transporta trescabezas de ganado bovino, con número de crotalesES00030324120, amparado con fotocopia de carta verde confecha de compulsa 27 de junio de 2003, de don José FranciscoBlanco Cueto, con CEA ES33,0360000994 de los Quintales-Nueva Llanes, otro ES000537-CA, amparado en guía de Origeny Sanidad Pecuaria número 032003000004719461 de fecha 6 deoctubre de 2003, en la que se refleja como propietaria doñaRuperta Fernández Suárez, con CEA ES 330450001084, estaguía con origen mercado de Pola de Siero y destino Valles-Parres, otro ES 090303203328, con documento de traslado amatadero y según carta verde es de don José Luis Casani Navaz.Vehículo camión marca Nissan, VI-6286-O. El conductor mani-fiesta que el ganado lo transporta desde el mercado de Pola de

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Siero a Cangas de Onís para la explotación de su esposa.Realiza un transporte público cuando el titular del camión poseeuna tarjeta de transporte de mercancías privadas, número tarje-ta de transporte de ganado 0-12-1613” con el vehículo de supropiedad matrícula VI-6286-O, lo que puede ser sancionado,conforme al artículo 143 de la LOTT y 201 del ROTT con300,00 euros, por realizar transporte público en vehículo ligero(por incumplir requisitos exigidos al transporte privado comple-mentario) al amparo de una autorización de servicio privado,según artículo 102-3), 140-a), 141-o) de la LOTT y artículo 157,197-a), 198-p) del ROTT.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(23).

— • —

No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a don Gil Josué Herrera Rodríguez, cuyo últimodomicilio fue localidad Oviedo incurso en el expediente númeroO-164-O-2004 que se sigue en el Servicio de Transportes, de laDirección General de Transportes y Puertos, se hace público quea la vista de la denuncia de la Guardia Civil Tráfico del día 16 deseptiembre de 2003 7.30.00 se ha iniciado en fecha 19 de enerode 2004 procedimiento sancionador tendente a verificar la posiblecomisión de infracción administrativa a la legislación reguladorade los Transportes Terrestres, nombrándose Instructora del proce-dimiento a doña María Antonia Requejo Hevia y se ha formuladopliego de cargos por “circular transportando valijas bancariascareciendo de autorización de transporte” con el vehículo de supropiedad matrícula 5399-CGT, lo que puede ser sancionado,conforme al artículo 143 de la LOTT y 201 del ROTT con 300,00euros, por realizar transporte público de mercancías careciendode autorización administrativa, según artículos 90, 140-a) de laLOTT y artículos 41 y 197-a) del ROTT.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-

soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(24).

— • —

No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a don Celedonio Noval Moral, cuyo último domi-cilio fue localidad Siero incurso en el expediente número O-166-O-2004 que se sigue en el Servicio de Transportes, de laDirección General de Transportes y Puertos, se hace público quea la vista de la denuncia de la Guardia Civil Tráfico del día 22 dejulio de 2003 10.50.00 se ha iniciado en fecha 19 de enero de2004 procedimiento sancionador tendente a verificar la posiblecomisión de infracción administrativa a la legislación reguladorade los Transportes Terrestres, nombrándose Instructora del proce-dimiento a doña María Antonia Requejo Hevia y se ha formuladopliego de cargos por “realizar transporte discrecional de mercan-cías (papel para reparto) entre Granda y Avilés, careciendo de tar-jeta de transportes que autorice dicho transporte” con el vehículode su propiedad matrícula LU-4964-O, lo que puede ser sancio-nado, conforme al artículo 143 de la LOTT y 201 del ROTT con300,00 euros, por realizar transporte público de mercancías envehículo ligero careciendo de autorización administrativa, segúnartículos 90, 140-a) y 141-o) de la LOTT y artículos 41, 197-a) y198-p) del ROTT.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(25).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a don Carlos Fabián Zaldumbide Cevallos, cuyoúltimo domicilio fue localidad Oviedo incurso en el expedientenúmero O-170-O-2004 que se sigue en el Servicio deTransportes, de la Dirección General de Transportes y Puertos, sehace público que a la vista de la denuncia de la Guardia CivilTráfico del día 20 de octubre de 2003 3.50.00 se ha iniciado enfecha 19 de enero de 2004 procedimiento sancionador tendente averificar la posible comisión de infracción administrativa a lalegislación reguladora de los Transportes Terrestres, nombrándo-se Instructora del procedimiento a doña María Antonia Requejo

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Hevia y se ha formulado pliego de cargos por “realizar un trans-porte de mercancías (periódicos La Nueva España) desde elPolígono de Silvota hasta Avilés, careciendo de tarjeta de trans-portes. Ostenta distintivos MDL Nacional” con el vehículo de supropiedad matrícula 0308-BGY, lo que puede ser sancionado,conforme al artículo 143 de la LOTT y 201 del ROTT con 300,00euros, por realizar transporte público de mercancías careciendode autorización administrativa, según artículos 90, 140-a) de laLOTT y artículos 41 y 197-a) del ROTT.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(26).

— • —

No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a don Manuel Jerónimo Blanco González, cuyoúltimo domicilio fue localidad Avilés incurso en el expedientenúmero O-171-O-2004 que se sigue en el Servicio deTransportes, de la Dirección General de Transportes y Puertos, sehace público que a la vista de la denuncia de la Guardia CivilTráfico del día 20 de octubre de 2003 0.30.00 se ha iniciado enfecha 19 de enero de 2004 procedimiento sancionador tendente averificar la posible comisión de infracción administrativa a lalegislación reguladora de los Transportes Terrestres, nombrándo-se Instructora del procedimiento a doña María Antonia RequejoHevia y se ha formulado pliego de cargos por “realizar transpor-te de prensa, recogida y entrega, careciendo de tarjeta de trans-portes. Ostenta distintivos MDL Nacional” con el vehículo de supropiedad matrícula 7435-CHK, lo que puede ser sancionado,conforme al artículo 143 de la LOTT y 201 del ROTT con 300,00euros, por realizar transporte público de mercancías careciendode autorización administrativa, según artículos 90, 140-a) de laLOTT y artículos 41 y 197-a) del ROTT.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,

30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(27).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a Ttes A. y Hormigones del Cantábrico, S.L., cuyoúltimo domicilio fue localidad Oviedo incurso en el expedientenúmero O-174-O-2004 que se sigue en el Servicio deTransportes, de la Dirección General de Transportes y Puertos, sehace público que a la vista de la denuncia de la Guardia CivilTráfico del día 21 de octubre de 2003 12.00.00 se ha iniciado enfecha 20 de enero de 2004 procedimiento sancionador tendente averificar la posible comisión de infracción administrativa a lalegislación reguladora de los Transportes Terrestres, nombrándo-se Instructora del procedimiento a doña María Antonia RequejoHevia y se ha formulado pliego de cargos por “transportar hormi-gón desde Pravia hasta Soto del Barco careciendo de tarjeta detransportes. Distintivos MDP Local” con el vehículo de su pro-piedad matrícula O-2818-AV, lo que puede ser sancionado, con-forme al artículo 143 de la LOTT y 201 del ROTT con 1.500,00euros, por realizar transporte público de mercancías careciendode autorización administrativa, según artículos 90, 140-a) de laLOTT y artículos 41 y 197-a) del ROTT.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(28).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a Transportes y Mud. Muebles Trans Levante,S.L., cuyo último domicilio fue localidad Albal incurso en elexpediente número O-185-O-2004 que se sigue en el Servicio deTransportes, de la Dirección General de Transportes y Puertos, sehace público que a la vista de la denuncia de la Guardia CivilTráfico del día 23 de septiembre de 2003 se ha iniciado en fecha20 de enero de 2004 procedimiento sancionador tendente a veri-ficar la posible comisión de infracción administrativa a la legisla-ción reguladora de los Transportes Terrestres, nombrándoseInstructora del procedimiento a doña María Teresa OrdizArgüelles y se ha formulado pliego de cargos por “circular sinhaber pasado la revisión periódica obligatoria del tacógrafo.Tacógrafo marca Kienzle 1318-27, número 3004452, E1-57.

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Datos placa de montaje. Talleres la Pista, S.A., L-3291 W6305,fecha 8 de agosto de 2001. Conductor don Saergio PenadesBonet” con el vehículo de su propiedad matrícula V-0616-FX, loque puede ser sancionado, conforme al artículo 143 de la LOTTy 201 del ROTT con 300,00 euros, por no haber realizado la revi-sión periódica obligatoria del tacógrafo, según artículo 141-h)LOTT; artículo 198-h) ROTT; R(CE) 3.821/1985.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(29).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a don Carlos Fabián Zaldumbide Cevallos, cuyoúltimo domicilio fue localidad Oviedo incurso en el expedientenúmero O-192-O-2004 que se sigue en el Servicio deTransportes, de la Dirección General de Transportes y Puertos, sehace público que a la vista de la denuncia de la Guardia CivilTráfico del día 20 de octubre de 2003 3.50.00 se ha iniciado enfecha 20 de enero de 2004 procedimiento sancionador tendente averificar la posible comisión de infracción administrativa a lalegislación reguladora de los Transportes Terrestres, nombrándo-se Instructora del procedimiento a doña María Antonia RequejoHevia y se ha formulado pliego de cargos por “carecer del certi-ficado de conductor, el conductor del vehículo perteneciente a untercer país realizando un transporte de mercancías (prensa LaNueva España) desde Silvota a Avilés. Conductor don JuanCarlos Ortiz Morales” con el vehículo de su propiedad matrícula0308-BGY, lo que puede ser sancionado, conforme al artículo 143de la LOTT y 201 del ROTT con 270,00 euros, por circular unconductor de un país tercero, al amparo de una licencia comuni-taria o una autorización de transporte público, careciendo delcorrespondiente certificado, según artículo 142-l) LOTT y 199-m) ROTT, O.M. 3.399/2002.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-

soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(30).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a don Carmelo Cruz Hernández Martín, cuyo últi-mo domicilio fue localidad Santander incurso en el expedientenúmero O-197-O-2004 que se sigue en el Servicio deTransportes, de la Dirección General de Transportes y Puertos, sehace público que a la vista de la denuncia de la Guardia CivilTráfico del día 18 de julio de 2003 9.25.00 se ha iniciado en fecha20 de enero de 2004 procedimiento sancionador tendente a veri-ficar la posible comisión de infracción administrativa a la legisla-ción reguladora de los Transportes Terrestres, nombrándoseInstructora del procedimiento a doña María Antonia RequejoHevia y se ha formulado pliego de cargos por “circular transpor-tando bancos, una custodia y un sagrario desde Santander hastaOviedo sin acreditar documentalmente la relación laboral del con-ductor con la empresa titular de la autorización (mediante Tc-2,certificado empresarial o documento similar). Conductor donFelipe Salceda Soberón” con el vehículo de su propiedad matrí-cula S-4143-AJ, lo que puede ser sancionado, conforme al artícu-lo 143 de la LOTT y 201 del ROTT con 300,00 euros, por reali-zar transporte público en vehículo ligero (por incumplir requisi-tos exigidos al transporte privado complementario) al amparo deuna autorización de servicio privado, según artículos 102-3), 140-a), 141-o) de la LOTT y artículos 157, 197-a), 198-p) del ROTT.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(31).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a Orquesta Dominó, S.L., cuyo último domiciliofue localidad Oviedo incurso en el expediente número O-198-O-2004 que se sigue en el Servicio de Transportes, de la DirecciónGeneral de Transportes y Puertos, se hace público que a la vistade la denuncia de la Guardia Civil Tráfico del día 21 de agosto de2003 11.50.00 se ha iniciado en fecha 21 de enero de 2004 pro-cedimiento sancionador tendente a verificar la posible comisiónde infracción administrativa a la legislación reguladora de los

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Transportes Terrestres, nombrándose Instructora del procedi-miento a doña María Antonia Requejo Hevia y se ha formuladopliego de cargos por “no acreditar la relación laboral entre el con-ductor y el titular de la tarjeta de transportes. Circula hasta Luarcatransportando material de orquesta. Conductor don RafaelAlvarez Alonso” con el vehículo de su propiedad matrícula O-5481-AT, lo que puede ser sancionado, conforme al artículo 143de la LOTT y 201 del ROTT con 1.500,00 euros, por realizar untransporte de servicio público con vehículo pesado (por incumplirrequisitos exigidos al transporte privado complementario) alamparo de una autorización del servicio privado, según artículos102.3, 140-a) LOTT, artículos 157-a), 197-a) ROTT.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(32).

— • —

No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a HMD Recuperaciones, S.L., cuyo último domi-cilio fue localidad Carreño incurso en el expediente número O-203-O-2004 que se sigue en el Servicio de Transportes, de laDirección General de Transportes y Puertos, se hace público quea la vista de la denuncia de la Guardia Civil Tráfico del día 6 deoctubre de 2003 17.20.00 se ha iniciado en fecha 21 de enero de2004 procedimiento sancionador tendente a verificar la posiblecomisión de infracción administrativa a la legislación reguladorade los Transportes Terrestres, nombrándose Instructora del proce-dimiento a doña María Teresa Ordiz Argüelles y se ha formuladopliego de cargos por “utilizar un disco homologado no válido parael tacógrafo al no coincidir con su número de homologación.Tacógrafo marca Kienzle 1314-37, número 0999845, E1-44,disco E1-138. Se recoge disco diagrama de fecha de hoy que seadjunta al boletín de denuncia. Conductor don Agustín AlonsoLobeto” con el vehículo de su propiedad matrícula O-6423-AJ, loque puede ser sancionado, conforme al artículo 143 de la LOTTy 201 del ROTT con 300,00 euros, por utilizar un disco no váli-do para el tacógrafo, por no coincidir con su número de homolo-gación, según artículo 141-h) LOTT; artículo 198-h) ROTT;R(CE) 3.821/1985.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(33).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a Galotrans, S.L., cuyo último domicilio fue loca-lidad Oviedo incurso en el expediente número O-238-O-2004 quese sigue en el Servicio de Transportes, de la Dirección General deTransportes y Puertos, se hace público que a la vista de la denun-cia de la Guardia Civil Tráfico del día 4 de octubre de 20034.50.00 se ha iniciado en fecha 23 de enero de 2004 procedi-miento sancionador tendente a verificar la posible comisión deinfracción administrativa a la legislación reguladora de losTransportes Terrestres, nombrándose Instructora del procedi-miento a doña María Teresa Ordiz Argüelles y se ha formuladopliego de cargos por “no garantizar el perfecto funcionamientodel aparato tacógrafo ya que en el disco-diagrama adjunto seobservan unos cortes de corriente a las 12:05, 22:05 y 00:30horas. Conductor don José J. Alvarez de la Villa” con el vehículode su propiedad matrícula O-6955-AV, lo que puede ser sancio-nado, conforme al artículo 143 de la LOTT y 201 del ROTT con1.380,00 euros, por manipulación del tacógrafo (marca, modelo,número serie, número homologación) consistente en corte de lacorriente del contacto del tacógrafo, según artículo 141-h) de laLOTT y 198-h) del ROTT.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(34).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a Autos Fano, S.L., cuyo último domicilio fuelocalidad Gijón incurso en el expediente número O-261-O-2004que se sigue en el Servicio de Transportes, de la DirecciónGeneral de Transportes y Puertos, se hace público que a la vistade la denuncia de la Guardia Civil Tráfico del día 22 de septiem-

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bre de 2003 1.35.00 se ha iniciado en fecha 27 de enero de 2004procedimiento sancionador tendente a verificar la posible comi-sión de infracción administrativa a la legislación reguladora delos Transportes Terrestres, nombrándose Instructora del procedi-miento a doña María Teresa Ordiz Argüelles y se ha formuladopliego de cargos por “no realizar manualmente las anotaciones dela actividad del conductor cuando el tacógrafo está averiado.Tiene averiado el grupo de registro de la actividad del conductor.Se recoge disco afectado. Conductor don Juan Villamil García”con el vehículo de su propiedad matrícula O-3650-BY, lo quepuede ser sancionado, conforme al artículo 143 de la LOTT y 201del ROTT con 600,00 euros, por no realizar manualmente lasanotaciones de la actividad del conductor cuando el tacógrafo estáaveriado, según artículo 141-h) LOTT, artículo 198-h) ROTT,R(CE) 3.821/1985.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(35).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a Agencia E.S. Transcantábrica, S.L., cuyo últimodomicilio fue localidad Piélagos incurso en el expediente númeroO-275-O-2004 que se sigue en el Servicio de Transportes, de laDirección General de Transportes y Puertos, se hace público quea la vista de la denuncia de la Guardia Civil Tráfico del día 15 deoctubre de 2003 12.45.00 se ha iniciado en fecha 28 de enero de2004 procedimiento sancionador tendente a verificar la posiblecomisión de infracción administrativa a la legislación reguladorade los Transportes Terrestres, nombrándose Instructora del proce-dimiento a doña María Teresa Ordiz Argüelles y se ha formuladopliego de cargos por “portar un extintor de 6 kg. El cual presenta:No funciona al realizar la prueba. Marca presión cero el indicadorde presión. Está completamente oxidado en su parte inferior conla pintura y la chapa cayéndose a trozos. La placa identificativa esilegible y presenta unos dígitos los cuales se desconocen de quéson: 7079734. Se retira dicha placa y se adjunta al boletín dedenuncia. No presenta ningún otro extintor en el vehículo” con elvehículo de su propiedad matrícula S-5026-AM, lo que puede sersancionado, conforme al artículo 143 de la LOTT y 201 delROTT con 1.500,00 euros, por carecer de los correspondientesextintores al vehículo o carga o no estar en condiciones del servi-cio, según artículo 140-b) LOTT 197-b) ROTT, artículo 33.8 RealDecreto 2.115/1998.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-

cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(36).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAAPP, B.O.E. de 27 de noviembre) a CLH, S.A., cuyo últimodomicilio fue localidad Madrid incurso en el expediente núme-ro O-279-O-2004 que se sigue en el Servicio de Transportes, dela Dirección General de Transportes y Puertos, se hace públicoque a la vista de la denuncia de la Guardia Civil Tráfico del día14 de octubre de 2003 10.15.00 se ha iniciado en fecha 28 deenero de 2004 procedimiento sancionador tendente a verificar laposible comisión de infracción administrativa a la legislaciónreguladora de los Transportes Terrestres, nombrándoseInstructora del procedimiento a doña María Teresa OrdizArgüelles y se ha formulado pliego de cargos por “realizar untransporte de gasóleo y gasolina indicando inadecuadamente ladesignación de la mercancía en la carta de porte. Se omiten lassiglas UN, número de etiqueta entre paréntesis, grupo de emba-laje y el número ONU, se refleja en último lugar. Número alba-rán 2003-6608 375. Compartimiento 1-100002 LTR. 2 4269LTR 3 - 4803 LTR 4 9996 LTR 5º 5050 LTR (en 2º y 3º ONU1203 - 1º y 5º ONU 1202). No confeccionada conforme ADR2003” con el vehículo de su propiedad matrícula O-2473-CJ, loque puede ser sancionado, conforme al artículo 143 de la LOTTy 201 del ROTT con 1.500,00 euros, por no indicar o indicarinadecuadamente la mercancías o falta de declaración del expe-didor sobre mercancías y envases o falta de firma sello del expe-didor, según artículo 140-b) LOTT, 197-b) ROTT, artículo33.10 Real Decreto 2.115/1998.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(37).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a Juan Carlos y otros, cuyo último domicilio fuelocalidad Langreo incurso en el expediente número O-298-O-2004 que se sigue en el Servicio de Transportes, de la DirecciónGeneral de Transportes y Puertos, se hace público que a la vistade la denuncia de la Guardia Civil Tráfico del día 22 de agosto de2003 9.00.00 se ha iniciado en fecha 30 de enero de 2004 proce-dimiento sancionador tendente a verificar la posible comisión deinfracción administrativa a la legislación reguladora de losTransportes Terrestres, nombrándose Instructora del procedi-miento a doña María Teresa Ordiz Argüelles y se ha formuladopliego de cargos por “circular transportando mercancía, privadocomplementario, andamios desde base hasta proximidadesOviedo con un peso total en carga de 4.860 kg. Comprobado enbáscula Pol. Espíritu Santo, en la que acompaña voluntariamente.Se adjunta tícket. Exceso superior al 38%. No inmovilizado porproximidad destino” con el vehículo de su propiedad matrícula O-3060-CF, lo que puede ser sancionado, conforme al artículo 143de la LOTT y 201 del ROTT con 450,00 euros, por realizar untransporte excediendo el peso máximo autorizado del vehículo,según artículos 140-c), 141-o) LOTT y artículos 197-c), 198-p)ROTT.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(38).

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No habiéndose podido practicar la notificación en la formaprevenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (LRJ AAPP, B.O.E. de 27de noviembre) a Export Import Dadilober, S.L., cuyo últimodomicilio fue localidad Gijón incurso en el expediente número O-334-O-2004 que se sigue en el Servicio de Transportes, de laDirección General de Transportes y Puertos, se hace público quea la vista de la denuncia de Agente de Inspección del día 23 deenero de 2004 10.00.00 se ha iniciado en fecha 4 de febrero de2004 procedimiento sancionador tendente a verificar la posiblecomisión de infracción administrativa a la legislación reguladorade los Transportes Terrestres, nombrándose Instructora del proce-dimiento a doña María Teresa Ordiz Argüelles y se ha formuladopliego de cargos por “requerida la empresa en fecha 6 de noviem-bre de 2003, para que aporte distintas documentaciones (copiarequerimiento adjunto), a la fecha de firma del presente, no cons-ta que la citada documentación se hubiera recibido, habiendotranscurrido el plazo fijado para su presentación en estas oficinas.El documento requerido, fue recibido por doña Jacinta PenedoIglesias (11027606-A), en fecha 20 de noviembre de 2003, como

consta en acuse de recibo que acompaña el presente” con el vehí-culo de su propiedad matrícula -, lo que puede ser sancionado,conforme al artículo 143 de la LOTT y 201 del ROTT con1.500,00 euros, por la negativa u obstrucción a la actuación de losservicios de inspección de los transportes terrestres que impida elejercicio de las funciones que legal o reglamentariamente tenganatribuidas, según artículos 33, 140-e) de la LOTT y artículos 19,197-e) del ROTT.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLRJ AAPP, se hace público a los efectos de que pueda promover-se la recusación de la Instructora en cualquier momento del pro-cedimiento y puedan formularse alegaciones por escrito ante estaConsejería, con aportación o proposición de la pruebas que seconsideren oportunas, dentro de los quince días hábiles a partirdel siguiente a esta publicación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

La cuantía de la sanción inicialmente propuesta se reducirá enun 25% cuando el interesado decida voluntariamente hacer efec-tiva la sanción antes de que transcurra los 15 días siguientes a lapresente publicación, ello supondrá la terminación del procedi-miento sancionador salvo que lleve aparejada una sanción acce-soria; conforme lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 16/1987,30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modifi-cada por Ley 29/2003, de 8 de octubre).

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Instructora.—6.089(39).

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Anuncio de ofrecimiento del trámite de audiencia

Por resultar desconocido el paradero de don Antonio BenítezAcedo, cuyo último domicilio conocido fue Castro Urdiales,Cantabria, incurso en el expediente de sanción número 0-01559-0-03, que se sigue en el Servicio de Transportes de la DirecciónGeneral de Transportes y Puertos, se hace público que habiéndo-se terminado la instrucción del procedimiento incoado por denun-cia de la Guardia Civil de Tráfico el 21 de agosto de 2003 a las4:20 horas en A-66, por “falseamiento de discos diagrama deltacógrafo”. Sanción propuesta: Multa de 300 euros. Preceptoinfringido artículo 141-j) de la LOTT y artículo 198-K) del ROTTy artículo 15(CEE) 3.821/1985. Precepto sancionador 143 LOTTy 201 del ROTT; con carácter previo al dictado de la resolución yal amparo del artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27 de noviem-bre), se ha acordado poner de manifiesto el mismo por un plazode diez días, en las oficinas de este Servicio, EdificioAdministrativo del Principado de Asturias, planta tercera, sectorderecho, calle Coronel Aranda, s/n, de Oviedo, en el que podráexaminarlo y en el plazo señalado formular alegaciones y presen-tar cuantos documentos y pruebas estimen oportunos en justifica-ción de las mismas.

Si el desplazamiento personal le resultara imposible, podráobtener información sobre dicho expediente llamando al teléfono985 105 824.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 denoviembre (B.O.E. de 27 de noviembre), se hace público a losefectos de su notificación mediante publicación del presenteanuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, asícomo de la inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamientode su último domicilio conocido.

En Oviedo, a 1 de abril 2004.—La Jefa de la Sección deInspección y Sanciones.—6.089 (40).

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Resoluciones sancionadoras

Por encontrarse ausente al recibo de la notificación don JoséAntonio Jiménez Jiménez, cuyo último domicilio conocido seencontraba en Avilés incurso en el expediente de sanción númeroO-12-O-2003 tramitado por el Servicio de Transportes, de laDirección General de Transportes y Puertos, se hace público quese ha formulado Resolución sancionadora de fecha 3 de febrerode 2004 por denuncia de la Guardia Civil Tráfico, de fecha: 18 deabril de 2002 10.05.00, en: Avilés, por transportar pescado fresco,en vehículo isotermo, careciendo de la autorización especial parael transporte de mercancías perecederas. Caducidad de la fecha devalidez en las siglas de identificación del isotermo, con el vehí-culo matrícula O-4011-AY. Sanción impuesta 300,00 euros, porcarecer del certificado de autorización especial para el transportede mercancías perecederas o haber caducado su plazo de validez,según artículo 7 Real Decreto 237/2000, de 18-2 (B.O.E. 16-3)artículo 141-q) LOTT y artículo 198-s) ROTT y artículo 143 dela LOTT y 201 del ROTT.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso súpli-ca ante el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, den-tro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de estapublicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

Si no se interpusiera recurso en el plazo establecido, la san-ción devendrá firme y ejecutiva en vía administrativa, debiendoprocederse durante el mes siguiente a hacerla efectiva mediantesu ingreso en:

• Banco o Caja de Ahorros autorizados (entidades colabora-doras) enclavados en el territorio del Principado de Asturias.

• Los ingresos a realizar fuera del territorio de la ComunidadAutónoma del Principado de Asturias podrán efectuarse encualquier oficina de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, en elterritorio nacional a través de la cuenta para la recaudación0182-5647-04-071015647 3 de la Oficina Institucional deOviedo.

• En metálico o cheque conformado que habrá de reunir losrequisitos exigidos por el artículo 15 del Decreto 38/1991,de 4 de abril.

A cuyo efecto habrá de solicitar en el negociado de sancionesel documento de pago que figura en el expediente.

Transcurrido el señalado plazo sin haber hecho efectivo elimporte de la sanción impuesta se procederá a su cobro por víaejecutiva de apremio.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. de 27 de noviembre), modificada por Ley 4/1999,de 13 de enero (B.O.E 14 de enero), se hace público a los efectosde su notificación mediante publicación del presente anuncio enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, así como dela inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de su últi-mo domicilio conocido.

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deTransportes.—6.089 (41).

— • —

Por encontrarse ausente al recibo de la notificación don GilJosué Herrera Rodríguez, cuyo último domicilio conocido seencontraba en Oviedo incurso en el expediente de sanción núme-ro O-561-O-2003 tramitado por el Servicio de Transportes, de laDirección General de Transportes y Puertos, se hace público quese ha formulado Resolución sancionadora de fecha 18 de diciem-

bre de 2003 por denuncia de la Guardia Civil Tráfico, de fecha: 6de febrero de 2003 16.00.00, en: AS-15, por circular desdeOviedo a Cangas de Narcea transportando ruedas (neumáticosnuevos) y diversos recambios de vehículos con solicitud de tarje-ta de privado complementario. Transporta mercancía deTransporte Juanjo, numeración de una de las facturas número0119516 con destino a Astucentro, proveniente de Asturias Moto,fechada el 6 de febrero de 2003. N.I.F. de Transportes Juanjo10457482-A, con el vehículo matrícula 5165-CBJ. Sanciónimpuesta 300,00 euros, por realizar transporte público de mer-cancías en vehículo ligero careciendo de autorización administra-tiva, según artículos 90, 140-a) y 141-o) de la LOTT y artículos41, 197-a) y 198-p) del ROTT y artículo 143 de la LOTT y 201del ROTT.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso súpli-ca ante el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, den-tro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de estapublicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

Si no se interpusiera recurso en el plazo establecido, la san-ción devendrá firme y ejecutiva en vía administrativa, debiendoprocederse durante el mes siguiente a hacerla efectiva mediantesu ingreso en:

• Banco o Caja de Ahorros autorizados (entidades colabora-doras) enclavados en el territorio del Principado de Asturias.

• Los ingresos a realizar fuera del territorio de la ComunidadAutónoma del Principado de Asturias podrán efectuarse encualquier oficina de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, en elterritorio nacional a través de la cuenta para la recaudación0182-5647-04-071015647 3 de la Oficina Institucional deOviedo.

• En metálico o cheque conformado que habrá de reunir losrequisitos exigidos por el artículo 15 del Decreto 38/1991,de 4 de abril.

A cuyo efecto habrá de solicitar en el negociado de sancionesel documento de pago que figura en el expediente.

Transcurrido el señalado plazo sin haber hecho efectivo elimporte de la sanción impuesta se procederá a su cobro por víaejecutiva de apremio.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. de 27 de noviembre), modificada por Ley 4/1999,de 13 de enero (B.O.E 14 de enero), se hace público a los efectosde su notificación mediante publicación del presente anuncio enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, así como dela inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de su últi-mo domicilio conocido.

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deTransportes.—6.089 (42).

— • —

Por encontrarse ausente al recibo de la notificaciónComercial de Servicios Sagita 2000, S.L., cuyo último domici-lio conocido se encontraba en Gijón incurso en el expediente desanción número O-655-O-2003 tramitado por el Servicio deTransportes, de la Dirección General de Transportes y Puertos,se hace público que se ha formulado Resolución sancionadorade fecha 3 de febrero de 2004 por denuncia de la Guardia CivilTráfico, de fecha: 4 de marzo de 2003 11.55.00, en: AS-239, porcircular transportando escoria desde el Parque Lobos en Avilés,hasta el aeropuerto, con un peso bruto de 40.060 kg. Estandoautorizado para una PMA de 38.000 kg. Todo ello según albarán

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que presenta. Número de ejes 4. Cargador Edesa Escorias yDerivados S.A. Número de albarán A220685 de fecha 14 demarzo de 2003, con el vehículo matrícula O-8511-AG. Sanciónimpuesta 150,00 euros, por realizar transporte excediendo elpeso máximo autorizado del vehículo, siendo responsabilidadtanto del transportista como del cargador y del intermediario,según artículo 142-e) LOTT y artículo 199-e) ROTT y artículo143 de la LOTT y 201 del ROTT.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso dealzada ante el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación delTerritorio e Infraestructuras, dentro del plazo de un mes, contadoa partir del día siguiente al de esta publicación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

Si no se interpusiera recurso en el plazo establecido, la san-ción devendrá firme y ejecutiva en vía administrativa, debiendoprocederse durante el mes siguiente a hacerla efectiva mediantesu ingreso en:

• Banco o Caja de Ahorros autorizados (entidades colabora-doras) enclavados en el territorio del Principado de Asturias.

• Los ingresos a realizar fuera del territorio de la ComunidadAutónoma del Principado de Asturias podrán efectuarse encualquier oficina de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, en elterritorio nacional a través de la cuenta para la recaudación0182-5647-04-071015647 3 de la Oficina Institucional deOviedo.

• En metálico o cheque conformado que habrá de reunir losrequisitos exigidos por el artículo 15 del Decreto 38/1991,de 4 de abril.

A cuyo efecto habrá de solicitar en el negociado de sancionesel documento de pago que figura en el expediente.

Transcurrido el señalado plazo sin haber hecho efectivo elimporte de la sanción impuesta se procederá a su cobro por víaejecutiva de apremio.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. de 27 de noviembre), modificada por Ley 4/1999,de 13 de enero (B.O.E 14 de enero), se hace público a los efectosde su notificación mediante publicación del presente anuncio enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, así como dela inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de su últi-mo domicilio conocido.

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deTransportes.—6.089 (43).

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Por encontrarse ausente al recibo de la notificación donMiguel Angel Larzabal Argueso, cuyo último domicilio conoci-do se encontraba en Avilés incurso en el expediente de sanciónnúmero O-696-O-2003 tramitado por el Servicio deTransportes, de la Dirección General de Transportes y Puertos,se hace público que se ha formulado Resolución sancionadorade fecha 3 de febrero de 2004 por denuncia de la Guardia CivilTráfico, de fecha: 12 de marzo de 2003 12.10.00, en: N-634, porcircular realizando un servicio público de mercancías, consis-tente en el transporte hasta Oviedo de unas 50 cajas de ropa dediverso material textil destinado al abastecimiento de tiendas,careciendo de autorización administrativa para realizar trans-porte (tarjeta transporte). No justifica mediante albarán o factu-ración de la posesión de la mercancía. No presenta solicitud tar-jeta. Vehículo furgón 2 ejes, con el vehículo matrícula M-3540-YX. Sanción impuesta 300,00 euros, por realizar transportepúblico de mercancías en vehículo ligero careciendo de autori-

zación administrativa, según artículos 90, 140-a) y 141-o) de laLOTT y artículos 41, 197-a) y 198-p) del ROTT y artículo 143de la LOTT y 201 del ROTT.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso súpli-ca ante el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, den-tro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de estapublicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

Si no se interpusiera recurso en el plazo establecido, la san-ción devendrá firme y ejecutiva en vía administrativa, debiendoprocederse durante el mes siguiente a hacerla efectiva mediantesu ingreso en:

• Banco o Caja de Ahorros autorizados (entidades colabora-doras) enclavados en el territorio del Principado de Asturias.

• Los ingresos a realizar fuera del territorio de la ComunidadAutónoma del Principado de Asturias podrán efectuarse encualquier oficina de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, en elterritorio nacional a través de la cuenta para la recaudación0182-5647-04-071015647 3 de la Oficina Institucional deOviedo.

• En metálico o cheque conformado que habrá de reunir losrequisitos exigidos por el artículo 15 del Decreto 38/1991,de 4 de abril.

A cuyo efecto habrá de solicitar en el negociado de sancionesel documento de pago que figura en el expediente.

Transcurrido el señalado plazo sin haber hecho efectivo elimporte de la sanción impuesta se procederá a su cobro por víaejecutiva de apremio.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. de 27 de noviembre), modificada por Ley 4/1999,de 13 de enero (B.O.E 14 de enero), se hace público a los efectosde su notificación mediante publicación del presente anuncio enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, así como dela inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de su últi-mo domicilio conocido.

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deTransportes.—6.089 (44).

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Por encontrarse ausente al recibo de la notificación donEmilio Manuel Alvarez Alvarez, cuyo último domicilio conocidose encontraba en Madrid incurso en el expediente de sanciónnúmero O-1060-O-2003 tramitado por el Servicio de Transportes,de la Dirección General de Transportes y Puertos, se hace públi-co que se ha formulado Resolución sancionadora de fecha 10 dediciembre de 2003 por denuncia de la Guardia Civil Tráfico, defecha: 15 de abril de 2003 13.00.00, en: AS-15, por circular rea-lizando un transporte consistente en unos 120 kg. de jabón enpolvo de lavadora y unos 40 litros de detergente líquido desdeMadrid hasta Grado, careciendo el vehículo de autorizaciónadministrativa para realizar transportes (tarjeta transportes). Noacredita mediante ningún documento la pertenencia de la mer-cancía. No presenta solicitud tarjeta. Vehículo furgón 2 ejes, conel vehículo matrícula 3177-CFX. Sanción impuesta 300,00 euros,por realizar transporte público de mercancías en vehículo ligerocareciendo de autorización administrativa, según artículos 90,140-a) y 141-o) de la LOTT y artículos 41, 197-a) y 198-p) delROTT y artículo 143 de la LOTT y 201 del ROTT.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso súpli-ca ante el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, den-

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tro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de estapublicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

Si no se interpusiera recurso en el plazo establecido, la san-ción devendrá firme y ejecutiva en vía administrativa, debiendoprocederse durante el mes siguiente a hacerla efectiva mediantesu ingreso en:

• Banco o Caja de Ahorros autorizados (entidades colabora-doras) enclavados en el territorio del Principado de Asturias.

• Los ingresos a realizar fuera del territorio de la ComunidadAutónoma del Principado de Asturias podrán efectuarse encualquier oficina de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, en elterritorio nacional a través de la cuenta para la recaudación0182-5647-04-071015647 3 de la Oficina Institucional deOviedo.

• En metálico o cheque conformado que habrá de reunir losrequisitos exigidos por el artículo 15 del Decreto 38/1991,de 4 de abril.

A cuyo efecto habrá de solicitar en el negociado de sancionesel documento de pago que figura en el expediente.

Transcurrido el señalado plazo sin haber hecho efectivo elimporte de la sanción impuesta se procederá a su cobro por víaejecutiva de apremio.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. de 27 de noviembre), modificada por Ley 4/1999,de 13 de enero (B.O.E 14 de enero), se hace público a los efectosde su notificación mediante publicación del presente anuncio enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, así como dela inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de su últi-mo domicilio conocido.

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deTransportes.—6.089 (45).

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Por encontrarse ausente al recibo de la notificación doñaElvira Granado Navarro, cuyo último domicilio conocido seencontraba en Gijón incurso en el expediente de sanción númeroO-1134-O-2003 tramitado por el Servicio de Transportes, de laDirección General de Transportes y Puertos, se hace público quese ha formulado Resolución sancionadora de fecha 3 de febrerode 2004 por denuncia de la Guardia Civil Tráfico, de fecha: 28 deabril de 2003 16.50.00, en: N-632, por circular transportandomaterial eléctrico desde el campo del golf de La Llorea hasta LaLlorea careciendo de tarjeta de transportes, con el vehículo matrí-cula 7790-CCW. Sanción impuesta 150,00 euros, por realizartransporte privado complementario en vehículo ligero, carecien-do de autorización, según artículos 103, 141-b), LOTT; artículos158, 198-b), ROTT y artículo 143 de la LOTT y 201 del ROTT.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso dealzada ante el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación delTerritorio e Infraestructuras, dentro del plazo de un mes, contadoa partir del día siguiente al de esta publicación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

Si no se interpusiera recurso en el plazo establecido, la san-ción devendrá firme y ejecutiva en vía administrativa, debiendoprocederse durante el mes siguiente a hacerla efectiva mediantesu ingreso en:

• Banco o Caja de Ahorros autorizados (entidades colabora-doras) enclavados en el territorio del Principado de Asturias.

• Los ingresos a realizar fuera del territorio de la ComunidadAutónoma del Principado de Asturias podrán efectuarse encualquier oficina de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, en elterritorio nacional a través de la cuenta para la recaudación0182-5647-04-071015647 3 de la Oficina Institucional deOviedo.

• En metálico o cheque conformado que habrá de reunir losrequisitos exigidos por el artículo 15 del Decreto 38/1991,de 4 de abril.

A cuyo efecto habrá de solicitar en el negociado de sancionesel documento de pago que figura en el expediente.

Transcurrido el señalado plazo sin haber hecho efectivo elimporte de la sanción impuesta se procederá a su cobro por víaejecutiva de apremio.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. de 27 de noviembre), modificada por Ley 4/1999,de 13 de enero (B.O.E 14 de enero), se hace público a los efectosde su notificación mediante publicación del presente anuncio enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, así como dela inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de su últi-mo domicilio conocido.

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deTransportes.—6.089 (46).

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Por encontrarse ausente al recibo de la notificaciónPromociones Turísticas Deva, S.L., cuyo último domicilio cono-cido se encontraba en Deva-Gijón incurso en el expediente desanción número O-1141-O-2003 tramitado por el Servicio deTransportes, de la Dirección General de Transportes y Puertos, sehace público que se ha formulado Resolución sancionadora defecha 3 de febrero de 2004 por denuncia de la Guardia CivilTráfico, de fecha: 5 de mayo de 2003 17.20.00, en: AS-18, porcircular realizando un transporte privado de mercancías (troncosde madera) desde Porceyo a Deva, careciendo de tarjeta de trans-portes. Presenta tarjeta caducada de fecha 31 de marzo de 2003.No se inmoviliza, próximo a destino, con el vehículo matrícula6859-BJK. Sanción impuesta 150,00 euros, por realizar transpor-te privado complementario en vehículo ligero, careciendo deautorización, según artículos 103, 141-b), LOTT; artículos 158,198-b) ROTT y artículo 143 de la LOTT y 201 del ROTT.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso dealzada ante el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación delTerritorio e Infraestructuras, dentro del plazo de un mes, contadoa partir del día siguiente al de esta publicación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

Si no se interpusiera recurso en el plazo establecido, la san-ción devendrá firme y ejecutiva en vía administrativa, debiendoprocederse durante el mes siguiente a hacerla efectiva mediantesu ingreso en:

• Banco o Caja de Ahorros autorizados (entidades colabora-doras) enclavados en el territorio del Principado de Asturias.

• Los ingresos a realizar fuera del territorio de la ComunidadAutónoma del Principado de Asturias podrán efectuarse encualquier oficina de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, en elterritorio nacional a través de la cuenta para la recaudación0182-5647-04-071015647 3 de la Oficina Institucional deOviedo.

• En metálico o cheque conformado que habrá de reunir losrequisitos exigidos por el artículo 15 del Decreto 38/1991,de 4 de abril.

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A cuyo efecto habrá de solicitar en el negociado de sancionesel documento de pago que figura en el expediente.

Transcurrido el señalado plazo sin haber hecho efectivo elimporte de la sanción impuesta se procederá a su cobro por víaejecutiva de apremio.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. de 27 de noviembre), modificada por Ley 4/1999,de 13 de enero (B.O.E 14 de enero), se hace público a los efectosde su notificación mediante publicación del presente anuncio enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, así como dela inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de su últi-mo domicilio conocido.

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deTransportes.—6.089 (47).

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Por encontrarse ausente al recibo de la notificación Portes yRepartos Asturias, S.L., cuyo último domicilio conocido seencontraba en El Carbayu-Lugones incurso en el expediente desanción número O-1220-O-2003 tramitado por el Servicio deTransportes, de la Dirección General de Transportes y Puertos, sehace público que se ha formulado Resolución sancionadora defecha 3 de febrero de 2004 por denuncia del Agente deInspección, de fecha: 27 de junio de 2003 10.15.00, a la vista delas facturas adjuntas emitidas por la empresa Portes y RepartosAsturias, S.L., en concepto de transporte de mercancías, para sucliente Centros Comerciales Carrefour, S.A., número 12003 (27de enero de 2003), 32003 (28 de febrero de 2003), 42003 (1 deabril de 2003), 52003 (26 de abril de 2003) y 62003 (27 de mayode 2003), aportadas a esta Inspección a requerimiento de fecha 13de junio de 2003, Portes y Repartos Asturias, S.L., estaría factu-rando transporte de mercancías careciendo de autorización detransportes. Los vehículos de su propiedad, matrículas 8895-BJBy O-9730-CG han causado baja por no visar en fecha 28 de febre-ro de 2002, no siendo titulares de otros vehículos, como así loconfirma en la fecha de requerimiento el representante de laempresa don Dámaso Manuel Vara Villar (9374505), con el vehí-culo matrícula -. Sanción impuesta 300,00 euros, por realizartransporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo deautorización administrativa, según artículos 90, 140-a) y 141-o)de la LOTT y artículos 41, 197-a) y 198-p) del ROTT y artículo143 de la LOTT y 201 del ROTT.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso súpli-ca ante el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, den-tro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de estapublicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

Si no se interpusiera recurso en el plazo establecido, la san-ción devendrá firme y ejecutiva en vía administrativa, debiendoprocederse durante el mes siguiente a hacerla efectiva mediantesu ingreso en:

• Banco o Caja de Ahorros autorizados (entidades colabora-doras) enclavados en el territorio del Principado de Asturias.

• Los ingresos a realizar fuera del territorio de la ComunidadAutónoma del Principado de Asturias podrán efectuarse encualquier oficina de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, en elterritorio nacional a través de la cuenta para la recaudación0182-5647-04-071015647 3 de la Oficina Institucional deOviedo.

• En metálico o cheque conformado que habrá de reunir losrequisitos exigidos por el artículo 15 del Decreto 38/1991,de 4 de abril.

A cuyo efecto habrá de solicitar en el negociado de sancionesel documento de pago que figura en el expediente.

Transcurrido el señalado plazo sin haber hecho efectivo elimporte de la sanción impuesta se procederá a su cobro por víaejecutiva de apremio.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. de 27 de noviembre), modificada por Ley 4/1999,de 13 de enero (B.O.E 14 de enero), se hace público a los efectosde su notificación mediante publicación del presente anuncio enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, así como dela inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de su últi-mo domicilio conocido.

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deTransportes.—6.089 (48).

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Por encontrarse ausente al recibo de la notificación DesarrolloTurón, S.L., cuyo último domicilio conocido se encontraba enTurón incurso en el expediente de sanción número O-1238-O-2003 tramitado por el Servicio de Transportes, de la DirecciónGeneral de Transportes y Puertos, se hace público que se ha for-mulado Resolución sancionadora de fecha 27 de enero de 2004por denuncia de la Guardia Civil Tráfico, de fecha: 20 de mayo de2003 8.00.00, en: A-8, por efectuar un transporte de 24.620 kgrs.de chatarra a granel para su reciclaje, desde el Polígono IndustrialRiaño, Langreo (As) a Santander, careciendo de autorización detransportes. Datos comprobados mediante terminal conectada a laDGTC. Queda inmovilizado en el punto de la inspección, segúnacta que se adjunta, con el vehículo matrícula 4599-CBF. Sanciónimpuesta 1.500,00 euros, por realizar transporte público de mer-cancías careciendo de autorización administrativa, según artícu-los 90, 140-a) de la LOTT y artículos 41 y 197-a) del ROTT yartículo 143 de la LOTT y 201 del ROTT.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso súpli-ca ante el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, den-tro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de estapublicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

Si no se interpusiera recurso en el plazo establecido, la san-ción devendrá firme y ejecutiva en vía administrativa, debiendoprocederse durante el mes siguiente a hacerla efectiva mediantesu ingreso en:

• Banco o Caja de Ahorros autorizados (entidades colabora-doras) enclavados en el territorio del Principado de Asturias.

• Los ingresos a realizar fuera del territorio de la ComunidadAutónoma del Principado de Asturias podrán efectuarse encualquier oficina de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, en elterritorio nacional a través de la cuenta para la recaudación0182-5647-04-071015647 3 de la Oficina Institucional deOviedo.

• En metálico o cheque conformado que habrá de reunir losrequisitos exigidos por el artículo 15 del Decreto 38/1991,de 4 de abril.

A cuyo efecto habrá de solicitar en el negociado de sancionesel documento de pago que figura en el expediente.

Transcurrido el señalado plazo sin haber hecho efectivo elimporte de la sanción impuesta se procederá a su cobro por víaejecutiva de apremio.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

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Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. de 27 de noviembre), modificada por Ley 4/1999,de 13 de enero (B.O.E 14 de enero), se hace público a los efectosde su notificación mediante publicación del presente anuncio enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, así como dela inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de su últi-mo domicilio conocido.

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deTransportes.—6.089 (49).

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Por encontrarse ausente al recibo de la notificación donCeledonio Noval Moral, cuyo último domicilio conocido seencontraba en Pola de Siero incurso en el expediente de sanciónnúmero O-1242-O-2003 tramitado por el Servicio de Transportes,de la Dirección General de Transportes y Puertos, se hace públi-co que se ha formulado Resolución sancionadora de fecha 10 dediciembre de 2003 por denuncia de la Guardia Civil Tráfico, defecha: 22 de mayo de 2003 18.05.00, en: N-634, por circulartransportando papel desde Pola de Siero (As) hasta el Polígono deGranda (As), careciendo de tarjeta de transportes. No se inmovi-liza por encontrarse próximo a destino, con el vehículo matrículaLU-4964-O. Sanción impuesta 300,00 euros, por realizar trans-porte público de mercancías en vehículo ligero careciendo deautorización administrativa, según artículos 90, 140-a) y 141-o)de la LOTT y artículos 41, 197-a) y 198-p) del ROTT y artículo143 de la LOTT y 201 del ROTT.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso súpli-ca ante el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, den-tro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de estapublicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

Si no se interpusiera recurso en el plazo establecido, la san-ción devendrá firme y ejecutiva en vía administrativa, debiendoprocederse durante el mes siguiente a hacerla efectiva mediantesu ingreso en:

• Banco o Caja de Ahorros autorizados (entidades colabora-doras) enclavados en el territorio del Principado de Asturias.

• Los ingresos a realizar fuera del territorio de la ComunidadAutónoma del Principado de Asturias podrán efectuarse encualquier oficina de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, en elterritorio nacional a través de la cuenta para la recaudación0182-5647-04-071015647 3 de la Oficina Institucional deOviedo.

• En metálico o cheque conformado que habrá de reunir losrequisitos exigidos por el artículo 15 del Decreto 38/1991,de 4 de abril.

A cuyo efecto habrá de solicitar en el negociado de sancionesel documento de pago que figura en el expediente.

Transcurrido el señalado plazo sin haber hecho efectivo elimporte de la sanción impuesta se procederá a su cobro por víaejecutiva de apremio.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. de 27 de noviembre), modificada por Ley 4/1999,de 13 de enero (B.O.E 14 de enero), se hace público a los efectosde su notificación mediante publicación del presente anuncio enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, así como dela inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de su últi-mo domicilio conocido.

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deTransportes.—6.089 (50).

Por encontrarse ausente al recibo de la notificación Díaz yMariño, S.L., cuyo último domicilio conocido se encontraba enOviedo incurso en el expediente de sanción número O-1265-O-2003 tramitado por el Servicio de Transportes, de la DirecciónGeneral de Transportes y Puertos, se hace público que se ha for-mulado Resolución sancionadora de fecha 4 de febrero de 2004por denuncia de la Guardia Civil Tráfico, de fecha: 22 de abrilde 2003 11.40.00, en: AS-263, por circular desde Lugones aLlanes transportando muebles de baño, no acreditando el con-ductor la relación laboral con la empresa titular de la autoriza-ción (TC-2). Siendo el conductor don José Luis HerrojoRodríguez, con el vehículo matrícula O-6684-BP. Sanciónimpuesta 300,00 euros, por realizar transporte público en vehí-culo ligero (por incumplir requisitos exigidos al transporte pri-vado complementario) al amparo de una autorización de servi-cio privado, según artículos 102-3), 140-a), 141-o) de la LOTTy artículos 157, 197-a), 198-p) del ROTT y artículo 143 de laLOTT y 201 del ROTT.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso súpli-ca ante el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, den-tro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de estapublicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

Si no se interpusiera recurso en el plazo establecido, la san-ción devendrá firme y ejecutiva en vía administrativa, debiendoprocederse durante el mes siguiente a hacerla efectiva mediantesu ingreso en:

• Banco o Caja de Ahorros autorizados (entidades colabora-doras) enclavados en el territorio del Principado de Asturias.

• Los ingresos a realizar fuera del territorio de la ComunidadAutónoma del Principado de Asturias podrán efectuarse encualquier oficina de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, en elterritorio nacional a través de la cuenta para la recaudación0182-5647-04-071015647 3 de la Oficina Institucional deOviedo.

• En metálico o cheque conformado que habrá de reunir losrequisitos exigidos por el artículo 15 del Decreto 38/1991,de 4 de abril.

A cuyo efecto habrá de solicitar en el negociado de sancionesel documento de pago que figura en el expediente.

Transcurrido el señalado plazo sin haber hecho efectivo elimporte de la sanción impuesta se procederá a su cobro por víaejecutiva de apremio.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. de 27 de noviembre), modificada por Ley 4/1999,de 13 de enero (B.O.E 14 de enero), se hace público a los efectosde su notificación mediante publicación del presente anuncio enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, así como dela inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de su últi-mo domicilio conocido.

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deTransportes.—6.089 (51).

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Por encontrarse ausente al recibo de la notificación doñaBelén Nicolás García, cuyo último domicilio conocido se encon-traba en Oviedo incurso en el expediente de sanción número O-1270-O-2003 tramitado por el Servicio de Transportes, de laDirección General de Transportes y Puertos, se hace público quese ha formulado Resolución sancionadora de fecha 25 de febrerode 2004 por denuncia de la Guardia Civil Tráfico, de fecha: 16 de

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abril de 2003 12.45.00, en: AS-17, por circular transportandomercancías perecederas, carne, desde Mieres a El Entrego y Samaen vehículo frigorífico careciendo de los distintivos ATP a amboslaterales, esquina superior de la caja del vehículo, incumpliendola enmienda al anexo I, apéndice 4 del ATP 1999, B.O.E. número222 del 15 de septiembre de 2001. No se entregó copia por con-tinuar con el reparto, se le notifica verbalmente, con el vehículomatrícula O-2817-BF. Sanción impuesta 600,00 euros, por care-cer del certificado de autorización especial para el transporte demercancías perecederas o haber caducado su plazo de validez,según artículo 7 Real Decreto 237/2000, de 18 de febrero (B.O.E.16 de marzo) artículo 141-q) LOTT y artículo 198-s) ROTT yartículo 143 de la LOTT y 201 del ROTT.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso súpli-ca ante el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, den-tro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de estapublicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

Si no se interpusiera recurso en el plazo establecido, la san-ción devendrá firme y ejecutiva en vía administrativa, debiendoprocederse durante el mes siguiente a hacerla efectiva mediantesu ingreso en:

• Banco o Caja de Ahorros autorizados (entidades colabora-doras) enclavados en el territorio del Principado de Asturias.

• Los ingresos a realizar fuera del territorio de la ComunidadAutónoma del Principado de Asturias podrán efectuarse encualquier oficina de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, en elterritorio nacional a través de la cuenta para la recaudación0182-5647-04-071015647 3 de la Oficina Institucional deOviedo.

• En metálico o cheque conformado que habrá de reunir losrequisitos exigidos por el artículo 15 del Decreto 38/1991,de 4 de abril.

A cuyo efecto habrá de solicitar en el negociado de sancionesel documento de pago que figura en el expediente.

Transcurrido el señalado plazo sin haber hecho efectivo elimporte de la sanción impuesta se procederá a su cobro por víaejecutiva de apremio.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. de 27 de noviembre), modificada por Ley 4/1999,de 13 de enero (B.O.E 14 de enero), se hace público a los efectosde su notificación mediante publicación del presente anuncio enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, así como dela inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de su últi-mo domicilio conocido.

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deTransportes.—6.089 (52).

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Por encontrarse ausente al recibo de la notificación don VíctorM. Martínez Bardera, cuyo último domicilio conocido se encon-traba en Colindres incurso en el expediente de sanción número O-1277-O-2003 tramitado por el Servicio de Transportes, de laDirección General de Transportes y Puertos, se hace público quese ha formulado Resolución sancionadora de fecha 3 de diciem-bre de 2003 por denuncia de la Guardia Civil Tráfico, de fecha:22 de junio de 2003 21.30.00, en: A-8, por circular un vehículodestinado al transporte discrecional de mercancías, siendo condu-cido por una persona extranjera (país Ucrania), careciendo de ladocumentación obligatoria (certificado del conductor). Siendo elconductor don Grigory Rachinsyy. Conductor provisto de docu-

mento español de residencia. Número documento X-3591649-S,con el vehículo matrícula S-1631-AS. Sanción impuesta 270,00euros, por circular un conductor de un país tercero, al amparo deuna licencia comunitaria o una autorización de transporte públi-co, careciendo del correspondiente certificado, según artículo142-l) LOTT y 199-m) ROTT, O.M. 3.399/2002 y artículo 143 dela LOTT y 201 del ROTT.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso dealzada ante el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación delTerritorio e Infraestructuras, dentro del plazo de un mes, contadoa partir del día siguiente al de esta publicación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

Si no se interpusiera recurso en el plazo establecido, la san-ción devendrá firme y ejecutiva en vía administrativa, debiendoprocederse durante el mes siguiente a hacerla efectiva mediantesu ingreso en:

• Banco o Caja de Ahorros autorizados (entidades colabora-doras) enclavados en el territorio del Principado de Asturias.

• Los ingresos a realizar fuera del territorio de la ComunidadAutónoma del Principado de Asturias podrán efectuarse encualquier oficina de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, en elterritorio nacional a través de la cuenta para la recaudación0182-5647-04-071015647 3 de la Oficina Institucional deOviedo.

• En metálico o cheque conformado que habrá de reunir losrequisitos exigidos por el artículo 15 del Decreto 38/1991,de 4 de abril.

A cuyo efecto habrá de solicitar en el negociado de sancionesel documento de pago que figura en el expediente.

Transcurrido el señalado plazo sin haber hecho efectivo elimporte de la sanción impuesta se procederá a su cobro por víaejecutiva de apremio.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. de 27 de noviembre), modificada por Ley 4/1999,de 13 de enero (B.O.E 14 de enero), se hace público a los efectosde su notificación mediante publicación del presente anuncio enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, así como dela inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de su últi-mo domicilio conocido.

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deTransportes.—6.089 (53).

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Por encontrarse ausente al recibo de la notificación donManuel Alvarez Alvarez, cuyo último domicilio conocido seencontraba en Oviedo incurso en el expediente de sanción núme-ro O-1296-O-2003 tramitado por el Servicio de Transportes, de laDirección General de Transportes y Puertos, se hace público quese ha formulado Resolución sancionadora de fecha 4 de febrerode 2004 por denuncia de la Guardia Civil Tráfico, de fecha: 7 dejulio de 2003 11.10.00, en: AS-17, por circular transportando cha-tarra desde Trubia hasta Sama con un peso total en carga de 4.500kg. sobre una m.m.a. de 3.500, siendo el exceso 1000 kg., supe-rior al 28%. Se adjunta tícket de pesaje báscula móvil de laConsejería, con el vehículo matrícula O-8090-AY. Sanciónimpuesta 300,00 euros, por realizar transporte excediendo el pesomáximo autorizado del vehículo, siendo responsabilidad tanto deltransportista como del cargador y del intermediario, según artícu-los 140-c) y 141-o) LOTT, artículos 197-c) y 198-p) ROTT y artí-culo 143 de la LOTT y 201 del ROTT.

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Contra la presente resolución podrá interponer recurso súpli-ca ante el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, den-tro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de estapublicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

Si no se interpusiera recurso en el plazo establecido, la san-ción devendrá firme y ejecutiva en vía administrativa, debiendoprocederse durante el mes siguiente a hacerla efectiva mediantesu ingreso en:

• Banco o Caja de Ahorros autorizados (entidades colabora-doras) enclavados en el territorio del Principado de Asturias.

• Los ingresos a realizar fuera del territorio de la ComunidadAutónoma del Principado de Asturias podrán efectuarse encualquier oficina de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, en elterritorio nacional a través de la cuenta para la recaudación0182-5647-04-071015647 3 de la Oficina Institucional deOviedo.

• En metálico o cheque conformado que habrá de reunir losrequisitos exigidos por el artículo 15 del Decreto 38/1991,de 4 de abril.

A cuyo efecto habrá de solicitar en el negociado de sancionesel documento de pago que figura en el expediente.

Transcurrido el señalado plazo sin haber hecho efectivo elimporte de la sanción impuesta se procederá a su cobro por víaejecutiva de apremio.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. de 27 de noviembre), modificada por Ley 4/1999,de 13 de enero (B.O.E 14 de enero), se hace público a los efectosde su notificación mediante publicación del presente anuncio enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, así como dela inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de su últi-mo domicilio conocido.

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deTransportes.—6.089 (54).

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Por encontrarse ausente al recibo de la notificación AwaGuisse, cuyo último domicilio conocido se encontraba en Gijónincurso en el expediente de sanción número O-1303-O-2003 tra-mitado por el Servicio de Transportes, de la Dirección General deTransportes y Puertos, se hace público que se ha formuladoResolución sancionadora de fecha 3 de febrero de 2004 pordenuncia de la Guardia Civil Tráfico, de fecha: 7 de junio de 20038.40.00, en: AS-244, por circular transportando género textildesde Oviedo a La Felguera (Asturias) para venta en los merca-dos, careciendo de tarjeta de transportes o copia de solicitud de lamisma. Ostenta distintivos MPC-N, con el vehículo matrícula O-1182-BK. Sanción impuesta 150,00 euros, por realizar transporteprivado complementario en vehículo ligero, careciendo de autori-zación, según artículos 103, 141-b) LOTT; artículos 158, 198-b)ROTT y artículo 143 de la LOTT y 201 del ROTT.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso dealzada ante el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación delTerritorio e Infraestructuras, dentro del plazo de un mes, contadoa partir del día siguiente al de esta publicación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

Si no se interpusiera recurso en el plazo establecido, la san-ción devendrá firme y ejecutiva en vía administrativa, debiendoprocederse durante el mes siguiente a hacerla efectiva mediantesu ingreso en:

• Banco o Caja de Ahorros autorizados (entidades colabora-doras) enclavados en el territorio del Principado de Asturias.

• Los ingresos a realizar fuera del territorio de la ComunidadAutónoma del Principado de Asturias podrán efectuarse encualquier oficina de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, en elterritorio nacional a través de la cuenta para la recaudación0182-5647-04-071015647 3 de la Oficina Institucional deOviedo.

• En metálico o cheque conformado que habrá de reunir losrequisitos exigidos por el artículo 15 del Decreto 38/1991,de 4 de abril.

A cuyo efecto habrá de solicitar en el negociado de sancionesel documento de pago que figura en el expediente.

Transcurrido el señalado plazo sin haber hecho efectivo elimporte de la sanción impuesta se procederá a su cobro por víaejecutiva de apremio.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. de 27 de noviembre), modificada por Ley 4/1999,de 13 de enero (B.O.E 14 de enero), se hace público a los efectosde su notificación mediante publicación del presente anuncio enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, así como dela inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de su últi-mo domicilio conocido.

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deTransportes.—6.089 (55).

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Por encontrarse ausente al recibo de la notificación LlagarPuerma, S.L., cuyo último domicilio conocido se encontraba enOviedo incurso en el expediente de sanción número O-1305-O-2003 tramitado por el Servicio de Transportes, de la DirecciónGeneral de Transportes y Puertos, se hace público que se ha for-mulado Resolución sancionadora de fecha 3 de febrero de 2004por denuncia de la Guardia Civil Tráfico, de fecha: 9 de junio de2003 11.05.00, en: AS-17, por circular transportando cajas desidra desde Oviedo a Lada (Langreo), cuya tarjeta de transportesse encuentra caducada. Tarjeta válida hasta 28 de febrero de 2003.Próximo visado: enero 2003. Carece de distintivos de ámbito dela tarjeta de transportes, con el vehículo matrícula 3175-BHL.Sanción impuesta 150,00 euros, por realizar transporte privadocomplementario en vehículo ligero, careciendo de autorización,según artículos 103, 141-b) LOTT; artículos 158, 198-b) ROTT yartículo 143 de la LOTT y 201 del ROTT.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso dealzada ante el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación delTerritorio e Infraestructuras, dentro del plazo de un mes, contadoa partir del día siguiente al de esta publicación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

Si no se interpusiera recurso en el plazo establecido, la san-ción devendrá firme y ejecutiva en vía administrativa, debiendoprocederse durante el mes siguiente a hacerla efectiva mediantesu ingreso en:

• Banco o Caja de Ahorros autorizados (entidades colabora-doras) enclavados en el territorio del Principado de Asturias.

• Los ingresos a realizar fuera del territorio de la ComunidadAutónoma del Principado de Asturias podrán efectuarse encualquier oficina de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, en elterritorio nacional a través de la cuenta para la recaudación0182-5647-04-071015647 3 de la Oficina Institucional deOviedo.

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• En metálico o cheque conformado que habrá de reunir losrequisitos exigidos por el artículo 15 del Decreto 38/1991,de 4 de abril.

A cuyo efecto habrá de solicitar en el negociado de sancionesel documento de pago que figura en el expediente.

Transcurrido el señalado plazo sin haber hecho efectivo elimporte de la sanción impuesta se procederá a su cobro por víaejecutiva de apremio.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. de 27 de noviembre), modificada por Ley 4/1999,de 13 de enero (B.O.E 14 de enero), se hace público a los efectosde su notificación mediante publicación del presente anuncio enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, así como dela inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de su últi-mo domicilio conocido.

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deTransportes.—6.089 (56).

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Por encontrarse ausente al recibo de la notificación Veratur,S.L., cuyo último domicilio conocido se encontraba en Madridincurso en el expediente de sanción número O-1311-O-2003 tra-mitado por el Servicio de Transportes, de la Dirección General deTransportes y Puertos, se hace público que se ha formuladoResolución sancionadora de fecha 4 de febrero de 2004 pordenuncia de la Guardia Civil Tráfico, de fecha: 29 de abril de2003 16.30.00, en: A-66, por transportar 44 personas entre Gijóny Madrid realizando un servicio discrecional turístico, sin anotarcorrectamente el servicio en el libro de ruta, con el vehículomatrícula 0776-BWW. Sanción impuesta 270,00 euros, por noformalizar el libro de ruta, según Orden Ministerial de 25 de octu-bre de 1990 (B.O.E. de 30 de octubre), artículo 142-l) LOTT, artí-culos 199-m) y 222-3) del ROTT y artículo 143 de la LOTT y 201del ROTT.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso dealzada ante el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación delTerritorio e Infraestructuras, dentro del plazo de un mes, contadoa partir del día siguiente al de esta publicación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

Si no se interpusiera recurso en el plazo establecido, la san-ción devendrá firme y ejecutiva en vía administrativa, debiendoprocederse durante el mes siguiente a hacerla efectiva mediantesu ingreso en:

• Banco o Caja de Ahorros autorizados (entidades colabora-doras) enclavados en el territorio del Principado de Asturias.

• Los ingresos a realizar fuera del territorio de la ComunidadAutónoma del Principado de Asturias podrán efectuarse encualquier oficina de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, en elterritorio nacional a través de la cuenta para la recaudación0182-5647-04-071015647 3 de la Oficina Institucional deOviedo.

• En metálico o cheque conformado que habrá de reunir losrequisitos exigidos por el artículo 15 del Decreto 38/1991,de 4 de abril.

A cuyo efecto habrá de solicitar en el negociado de sancionesel documento de pago que figura en el expediente.

Transcurrido el señalado plazo sin haber hecho efectivo elimporte de la sanción impuesta se procederá a su cobro por víaejecutiva de apremio.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. de 27 de noviembre), modificada por Ley 4/1999,de 13 de enero (B.O.E 14 de enero), se hace público a los efectosde su notificación mediante publicación del presente anuncio enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, así como dela inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de su últi-mo domicilio conocido.

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deTransportes.—6.089 (57).

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Por encontrarse ausente al recibo de la notificación S.F.Galicia, S.L., cuyo último domicilio conocido se encontraba enBergondo incurso en el expediente de sanción número O-1318-O-2003 tramitado por el Servicio de Transportes, de la DirecciónGeneral de Transportes y Puertos, se hace público que se ha for-mulado Resolución sancionadora de fecha 3 de febrero de 2004por denuncia de la Guardia Civil Tráfico, de fecha: 8 de mayo de2003 17.10.00, en: N-634, por circular un camión cargado contres bombas de agua eléctricas, mangueras de agua y diversosequipos de marina desde Bergondo (A Coruña) hasta San Vicentede la Barquera (Cantabria) careciendo de tarjeta de transportepara realizar dicho servicio. No ostenta distintivos y manifiestaque desde hace ya varios años que carece de tarjeta de transpor-tes no dedicándose el vehículo a dicha actividad, con el vehículomatrícula M-5601-MX. Sanción impuesta 300,00 euros, por rea-lizar transporte público de mercancías en vehículo ligero care-ciendo de autorización administrativa, según artículos 90, 140-a)y 141-o) de la LOTT y artículos 41, 197-a) y 198-p) del ROTT yartículo 143 de la LOTT y 201 del ROTT.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso súpli-ca ante el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, den-tro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de estapublicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

Si no se interpusiera recurso en el plazo establecido, la san-ción devendrá firme y ejecutiva en vía administrativa, debiendoprocederse durante el mes siguiente a hacerla efectiva mediantesu ingreso en:

• Banco o Caja de Ahorros autorizados (entidades colabora-doras) enclavados en el territorio del Principado de Asturias.

• Los ingresos a realizar fuera del territorio de la ComunidadAutónoma del Principado de Asturias podrán efectuarse encualquier oficina de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, en elterritorio nacional a través de la cuenta para la recaudación0182-5647-04-071015647 3 de la Oficina Institucional deOviedo.

• En metálico o cheque conformado que habrá de reunir losrequisitos exigidos por el artículo 15 del Decreto 38/1991,de 4 de abril.

A cuyo efecto habrá de solicitar en el negociado de sancionesel documento de pago que figura en el expediente.

Transcurrido el señalado plazo sin haber hecho efectivo elimporte de la sanción impuesta se procederá a su cobro por víaejecutiva de apremio.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. de 27 de noviembre), modificada por Ley 4/1999,de 13 de enero (B.O.E 14 de enero), se hace público a los efectos

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de su notificación mediante publicación del presente anuncio enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, así como dela inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de su últi-mo domicilio conocido.

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deTransportes.—6.089 (58).

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Por encontrarse ausente al recibo de la notificación donValentín Rodríguez García, cuyo último domicilio conocido seencontraba en Gijón incurso en el expediente de sanción númeroO-1327-O-2003 tramitado por el Servicio de Transportes, de laDirección General de Transportes y Puertos, se hace público quese ha formulado Resolución sancionadora de fecha 3 de febrerode 2004 por denuncia de la Guardia Civil Tráfico, de fecha: 5 dejunio de 2003 10.15.00, en: N-632, por circular transportando unturismo (O-8841-AZ) desde Gijón hasta Venta de las Ranas care-ciendo de la preceptiva tarjeta de transportes. Presenta justifican-te profesional número A7749581 de fecha 14 de mayo de 2003 deconforme está realizando transferencia de vehículo, con el vehí-culo matrícula O-7830-AS. Sanción impuesta 150,00 euros, porrealizar transporte privado complementario en vehículo ligero,careciendo de autorización, según artículos 103, 141-b) LOTT;artículos 158, 198-b) ROTT y artículo 143 de la LOTT y 201 delROTT.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso dealzada ante el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación delTerritorio e Infraestructuras, dentro del plazo de un mes, contadoa partir del día siguiente al de esta publicación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

Si no se interpusiera recurso en el plazo establecido, la san-ción devendrá firme y ejecutiva en vía administrativa, debiendoprocederse durante el mes siguiente a hacerla efectiva mediantesu ingreso en:

• Banco o Caja de Ahorros autorizados (entidades colabora-doras) enclavados en el territorio del Principado de Asturias.

• Los ingresos a realizar fuera del territorio de la ComunidadAutónoma del Principado de Asturias podrán efectuarse encualquier oficina de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, en elterritorio nacional a través de la cuenta para la recaudación0182-5647-04-071015647 3 de la Oficina Institucional deOviedo.

• En metálico o cheque conformado que habrá de reunir losrequisitos exigidos por el artículo 15 del Decreto 38/1991,de 4 de abril.

A cuyo efecto habrá de solicitar en el negociado de sancionesel documento de pago que figura en el expediente.

Transcurrido el señalado plazo sin haber hecho efectivo elimporte de la sanción impuesta se procederá a su cobro por víaejecutiva de apremio.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. de 27 de noviembre), modificada por Ley 4/1999,de 13 de enero (B.O.E 14 de enero), se hace público a los efectosde su notificación mediante publicación del presente anuncio enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, así como dela inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de su últi-mo domicilio conocido.

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deTransportes.—6.089 (59).

Por encontrarse ausente al recibo de la notificación PiedrasNaturales Salamanca, S.L., cuyo último domicilio conocido seencontraba en Santa Marta de Tormes incurso en el expediente desanción número O-1338-O-2003 tramitado por el Servicio deTransportes, de la Dirección General de Transportes y Puertos, sehace público que se ha formulado Resolución sancionadora defecha 3 de febrero de 2004 por denuncia de la Guardia CivilTráfico, de fecha: 1 de junio de 2003 20.30.00, en: AS-244, porcircular transportando ladrillos desde La Felguera (Langreo) aSalamanca, careciendo de tarjeta de transportes o copia de solici-tud de la misma. Ostenta distintivos MPC-N. Manifiesta el con-ductor poseer tarjeta de transporte cuyo plazo de validez ha ven-cido, con el vehículo matrícula SA-2336-S. Sanción impuesta150,00 euros, por realizar transporte privado complementario envehículo ligero, careciendo de autorización, según artículos 103,141-b) LOTT; artículos 158, 198-b) ROTT y artículo 143 de laLOTT y 201 del ROTT.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso dealzada ante el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación delTerritorio e Infraestructuras, dentro del plazo de un mes, contadoa partir del día siguiente al de esta publicación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

Si no se interpusiera recurso en el plazo establecido, la san-ción devendrá firme y ejecutiva en vía administrativa, debiendoprocederse durante el mes siguiente a hacerla efectiva mediantesu ingreso en:

• Banco o Caja de Ahorros autorizados (entidades colabora-doras) enclavados en el territorio del Principado de Asturias.

• Los ingresos a realizar fuera del territorio de la ComunidadAutónoma del Principado de Asturias podrán efectuarse encualquier oficina de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, en elterritorio nacional a través de la cuenta para la recaudación0182-5647-04-071015647 3 de la Oficina Institucional deOviedo.

• En metálico o cheque conformado que habrá de reunir losrequisitos exigidos por el artículo 15 del Decreto 38/1991,de 4 de abril.

A cuyo efecto habrá de solicitar en el negociado de sancionesel documento de pago que figura en el expediente.

Transcurrido el señalado plazo sin haber hecho efectivo elimporte de la sanción impuesta se procederá a su cobro por víaejecutiva de apremio.

Lo que en ejecución de lo prevenido en el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. de 27 de noviembre), modificada por Ley 4/1999,de 13 de enero (B.O.E 14 de enero), se hace público a los efectosde su notificación mediante publicación del presente anuncio enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, así como dela inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de su últi-mo domicilio conocido.

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deTransportes.—6.089 (60).

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INFORMACION pública de la subasta, por procedimien-to abierto, para la contratación de las obras de rectifica-ción de curva en la carretera CN-9, Rengos-Monasteriode Hermo, p.k. 1+550.

1.—Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Consejería de Medio Ambiente, Ordenacióndel Territorio e Infraestructuras del Principado de Asturias.

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b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría GeneralTécnica, Servicio de Contratación.

c) Número de expediente: CA/2004/61-124.

2.—Objeto del contrato:

a) Descripción del objeto: Obras de rectificación de curva enla carretera CN-9, Rengos-Monasterio de Hermo, p.k.1+550.

b) División por lotes y número: No.

c) Lugar de ejecución: Cangas del Narcea.

d) Plazo de ejecución o fecha límite de entrega (meses): Dos(2) meses.

3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

a) Tramitación: Ordinaria.

b) Procedimiento: Abierto.

c) Forma: Subasta.

4.—Presupuesto base de licitación:

a) Importe total: 113.097,10 euros (I.V.A. incluido).

5.—Garantías:

Provisional: 2.261,94 euros (I.V.A. incluido).

6.—Obtención de documentación e información:

a) Entidad: Consejería de Medio Ambiente, Ordenación delTerritorio e Infraestructuras del Principado de Asturias.

b) Domicilio: Coronel Aranda, nº 2, 4ª planta, sector centralizquierdo.

c) Localidad y código postal: Oviedo 33005.

d) Teléfono: 98 510 55 57.

e) Telefax: 98 510 58 84.

f) Fecha límite de obtención de documentos e información:Dos días al señalado como último del plazo para la recep-ción de las proposiciones.

7.—Requisitos específicos del contratista:

a) Clasificación (grupos, subgrupos y categoría): …

b) Solvencia económica, financiera y solvencia técnica y pro-fesional: Los establecidos en el pliego de cláusulas admi-nistrativas particulares que rige la contratación.

8.—Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participa-ción:

a) Fecha límite de presentación: Veintiséis (26) días natura-les, a contar desde el siguiente día natural al de la publica-ción de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, hasta las catorce horas del últimodía, siempre que el mismo sea hábil.

b) Documentación a presentar: La que se especifica en el plie-go de cláusulas administrativas particulares que rige la lici-tación.

c) Lugar de presentación:

1º. Entidad: Consejería de Medio Ambiente, Ordenacióndel Territorio e Infraestructuras (Registro General).

2º. Domicilio: Coronel Aranda, nº 2, 4ª planta, sector cen-tral izquierdo.

3º. Localidad y código postal: Oviedo 33005.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mante-ner su oferta (subasta): Veinte días, a contar desde la aper-tura de las proposiciones.

e) Admisión de variantes (subasta): No.

f) En su caso, número previsto (o número máximo-mínimo)de empresas a las que se pretende invitar a presentar ofer-tas (procedimiento restringido): No.

9.—Apertura de ofertas:

a) Entidad: Consejería de Medio Ambiente, Ordenación delTerritorio e Infraestructuras (Sala de Juntas).

b) Domicilio: Coronel Aranda, nº 2, 4ª planta, sector centralizquierdo.

c) Localidad: Oviedo.

d) Fecha: Al día siguiente hábil al de conclusión del plazo depresentación de proposiciones, siempre que el mismo nosea sábado, en cuyo caso la apertura de plicas tendrá lugarel primer día hábil de la semana siguiente.

e) Hora: 10 horas.

10.—Otras informaciones: …

11.—Gastos de anuncios:

Serán de cuenta del adjudicatario.

12.—Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de lasComunidades Europeas” (en su caso): No.

13.—En su caso, portal informático o página web donde figuranlas informaciones relativas a la convocatoria o donde pue-den obtenerse los pliegos: …

En Oviedo, a 16 de abril de 2004.—El Secretario GeneralTécnico.—6.162.

CONSEJERIA DE MEDIO RURAL Y PESCA:

NOTIFICACION de expedientes en materia de ayudascomunitarias campaña 2003 que se citan.

Intentada la notificación por esta Consejería de Medio Ruraly Pesca relativa a la campaña 2003, a Sánchez Alonso, MaríaJosé, con D.N.I. número 09431463-Z, no se ha podido practicar.En consecuencia, de conformidad con lo prevenido en el artícu-lo 61, en relación con el artículo 59, de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, modifica-da por la Ley 4/1999, de 13 de enero, por medio del presenteanuncio, se comunica a la interesada que, en el plazo de diezdías, podrá comparecer en el Servicio de Primas, Ayudas deRentas y Apoyo, Consejería de Medio Rural y Pesca, calleCoronel Aranda, 2, 2ª planta, Oviedo, para conocimiento delcontenido íntegro del acto notificado y constancia de tal cono-cimiento.

En Oviedo, a 23 de marzo de 2004.—El Secretario GeneralTécnico.—5.405.

— • —

Intentada la notificación por esta Consejería de Medio Rural yPesca relativa a la campaña 2003, a Noval Argüelles, Samuel, conD.N.I. número 11067365-H, no se ha podido practicar. En conse-cuencia, de conformidad con lo prevenido en el artículo 61, enrelación con el artículo 59, de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley4/1999, de 13 de enero, por medio del presente anuncio, se comu-nica a la interesada que, en el plazo de diez días, podrá compare-cer en el Servicio de Primas, Ayudas de Rentas y Apoyo,Consejería de Medio Rural y Pesca, calle Coronel Aranda, 2, 2ª

28-IV-2004 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 6033

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planta, Oviedo, para conocimiento del contenido íntegro del actonotificado y constancia de tal conocimiento.

En Oviedo, a 23 de marzo de 2004.—El Secretario GeneralTécnico.—5.406.

— • —

Intentada la notificación por esta Consejería de Medio Rural yPesca relativa a la campaña 2003, a Méndez López, María, conD.N.I. número 10560669-N, no se ha podido practicar. En conse-cuencia, de conformidad con lo prevenido en el artículo 61, enrelación con el artículo 59, de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley4/1999, de 13 de enero, por medio del presente anuncio, se comu-nica a la interesada que, en el plazo de diez días, podrá compare-cer en el Servicio de Primas, Ayudas de Rentas y Apoyo,Consejería de Medio Rural y Pesca, calle Coronel Aranda, 2, 2ªplanta, Oviedo, para conocimiento del contenido íntegro del actonotificado y constancia de tal conocimiento.

En Oviedo, a 23 de marzo de 2004.—El Secretario GeneralTécnico.—5.745.

— • —

Intentada la notificación por esta Consejería de Medio Rural yPesca relativa a la campaña 2003, a González Alvarez, MaríaIsabel, con D.N.I. número 09356808-V, no se ha podido practicar.En consecuencia, de conformidad con lo prevenido en el artículo61, en relación con el artículo 59, de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificadapor la Ley 4/1999, de 13 de enero, por medio del presente anun-cio, se comunica a la interesada que, en el plazo de diez días,podrá comparecer en el Servicio de Primas, Ayudas de Rentas yApoyo, Consejería de Medio Rural y Pesca, calle CoronelAranda, 2, 2ª planta, Oviedo, para conocimiento del contenidoíntegro del acto notificado y constancia de tal conocimiento.

En Oviedo, a 23 de marzo de 2004.—El Secretario GeneralTécnico.—5.746.

— • —

NOTIFICACION de expedientes sancionadores en mate-ria de sanidad animal que se citan.

Intentada la notificación del pliego de cargos del procedi-miento sancionador a Eurodistribuciones del Principado, S.L., enrelación con el expediente en materia de sanidad animal número2004/000993 tramitado en esta Consejería de Medio Rural yPesca, no se ha podido practicar. En consecuencia, de conformi-dad con lo prevenido en el artículo 61, en relación con el artículo59, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, por medio del presente anuncio, se comu-nica a los interesados que, en el plazo de diez días hábiles, podráncomparecer en la Sección de Régimen Jurídico de la Consejeríade Medio Rural y Pesca, calle Coronel Aranda, 2, 3ª planta,Oviedo, para conocimiento del contenido íntegro del acto notifi-cado y constancia de tal conocimiento.

En Oviedo, a 30 de marzo de 2004.—La Secretaria delProcedimiento.—5.466.

— • —

Intentada la notificación de la propuesta de resolución delprocedimiento sancionador a Miguel Prieres, Sergio, en relación

con el expediente en materia de sanidad animal número2003/032247 tramitado en esta Consejería de Medio Rural yPesca, no se ha podido practicar. En consecuencia, de conformi-dad con lo prevenido en el artículo 61, en relación con el artículo59, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, por medio del presente anuncio, se comu-nica a los interesados que, en el plazo de diez días hábiles, podráncomparecer en la Sección de Régimen Jurídico de la Consejeríade Medio Rural y Pesca, calle Coronel Aranda, 2, 3ª planta,Oviedo, para conocimiento del contenido íntegro del acto notifi-cado y constancia de tal conocimiento.

En Oviedo, a 31 de marzo de 2004.—La Secretaria delProcedimiento.—5.897.

— • —

Intentada la notificación de providencia de inicio del procedi-miento sancionador a Iglesias Sánchez, Jesús M., en relación conel expediente en materia de sanidad animal número 2004/004786tramitado en esta Consejería de Medio Rural y Pesca, no se hapodido practicar. En consecuencia, de conformidad con lo preve-nido en el artículo 61, en relación con el artículo 59, de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, por medio del presente anuncio, se comunica a los inte-resados que, en el plazo de diez días hábiles, podrán compareceren la Sección de Régimen Jurídico de la Consejería de MedioRural y Pesca, calle Coronel Aranda, 2, 3ª planta, Oviedo, paraconocimiento del contenido íntegro del acto notificado y constan-cia de tal conocimiento.

En Oviedo, a 31 de marzo de 2004.—La Secretaria delProcedimiento.—5.898.

— • —

Intentada la notificación de la propuesta de resolución del pro-cedimiento sancionador a García García, David, en relación conel expediente en materia de sanidad animal número 2003/030923tramitado en esta Consejería de Medio Rural y Pesca, no se hapodido practicar. En consecuencia, de conformidad con lo preve-nido en el artículo 61, en relación con el artículo 59, de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, por medio del presente anuncio, se comunica a los inte-resados que, en el plazo de diez días hábiles, podrán compareceren la Sección de Régimen Jurídico de la Consejería de MedioRural y Pesca, calle Coronel Aranda, 2, 3ª planta, Oviedo, paraconocimiento del contenido íntegro del acto notificado y constan-cia de tal conocimiento.

En Oviedo, a 31 de marzo de 2004.—La Secretaria delProcedimiento.—5.899.

— • —

NOTIFICACION de expediente sancionador en materiade tenencia de animales que se cita.

Intentada la notificación a González Orviz, Alejandro, conD.N.I. número 032689631-F, de providencia de inicio y pliego decargos del expediente sancionador en materia de tenencia de ani-males número 2004/005189 tramitado en esta Consejería deMedio Rural y Pesca, no se ha podido practicar por ausente deldomicilio. En consecuencia, de conformidad con lo prevenido enel artículo 61, en relación con el artículo 59, de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

6034 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 28-IV-2004

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Común, por medio del presente anuncio, se comunica a los inte-resados que, en el plazo de diez días hábiles, podrán compareceren el Servicio de Asuntos Generales de la Consejería de MedioRural y Pesca (calle Coronel Aranda, 2, 3ª planta, Oviedo), paraconocimiento del contenido íntegro del acto notificado y constan-cia de tal conocimiento.

En Oviedo, a 13 de abril de 2004.—La Instructora delProcedimiento.—6.090.

— • —

NOTIFICACION de expedientes sancionadores en mate-ria de pesca marítima en aguas interiores que se citan.

Intentada la notificación a don José Manuel Pérez Murias deldocumento de pago en relación con el expediente sancionadornúmero 2003/007156 (PM 98/2003) tramitado en esta DirecciónGeneral de Pesca en materia de pesca marítima, no se ha podidopracticar. En consecuencia, de conformidad con lo previsto en elartículo 61, en relación con el artículo 59, de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, por 1 mes,podrán comparecer en el Servicio de Ordenación Pesquera(Dirección General de Pesca, Avenida Príncipe de Asturias, nº 74,Escuela F.P. Náutico Pesquera, 2ª planta, 33212 Gijón), paraconocimiento del contenido íntegro del acto notificado y constan-cia de tal conocimiento.

En Gijón, a 2 de abril de 2004.—El Director General dePesca.—5.733.

— • —

Intentada la notificación a don Alfredo Herrera Velasco deldocumento de pago en relación con el expediente sancionadornúmero 2003/007161 (PM 100/2003) tramitado en esta DirecciónGeneral de Pesca en materia de pesca marítima, no se ha podidopracticar. En consecuencia, de conformidad con lo previsto en elartículo 61, en relación con el artículo 59, de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, por 1 mes,podrán comparecer en el Servicio de Ordenación Pesquera(Dirección General de Pesca, Avenida Príncipe de Asturias, nº 74,Escuela F.P. Náutico Pesquera, 2ª planta, 33212 Gijón), paraconocimiento del contenido íntegro del acto notificado y constan-cia de tal conocimiento.

En Gijón, a 2 de abril de 2004.—El Director General dePesca.—5.734.

— • —

Intentada la notificación a don Fernando Casas Díaz del docu-mento de pago en relación con el expediente sancionador núme-ro 2003/010695 (PM 114/2003) tramitado en esta DirecciónGeneral de Pesca en materia de pesca marítima, no se ha podidopracticar. En consecuencia, de conformidad con lo previsto en elartículo 61, en relación con el artículo 59, de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, por 1 mes,podrán comparecer en el Servicio de Ordenación Pesquera(Dirección General de Pesca, Avenida Príncipe de Asturias, nº 74,Escuela F.P. Náutico Pesquera, 2ª planta, 33212 Gijón), paraconocimiento del contenido íntegro del acto notificado y constan-cia de tal conocimiento.

En Gijón, a 2 de abril de 2004.—El Director General dePesca.—5.735.

Intentada la notificación a don Alberto Nogueira Rodríguezdel documento de pago en relación con el expediente sancionadornúmero 2003/010697 (PM 115/2003) tramitado en esta DirecciónGeneral de Pesca en materia de pesca marítima, no se ha podidopracticar. En consecuencia, de conformidad con lo previsto en elartículo 61, en relación con el artículo 59, de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, por 1 mes,podrán comparecer en el Servicio de Ordenación Pesquera(Dirección General de Pesca, Avenida Príncipe de Asturias, nº 74,Escuela F.P. Náutico Pesquera, 2ª planta, 33212 Gijón), paraconocimiento del contenido íntegro del acto notificado y constan-cia de tal conocimiento.

En Gijón, a 2 de abril de 2004.—El Director General dePesca.—5.736.

— • —

NOTIFICACION de expediente sancionador en materiade incendios forestales que se cita.

Intentada la notificación de pliego de cargos del procedimien-to sancionador a Pérez Alvarez, Lorena, en relación con el expe-diente en materia de incendios forestales número 2003/032592tramitado en esta Consejería, de Medio Rural y Pesca, no se hapodido practicar al ser devuelta por el Servicio de Correos por“desconocido”.

En consecuencia, de conformidad con lo prevenido en el artí-culo 61, en relación con el artículo 59, de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificadapor la Ley 4/1999, de 13 de enero, por medio del presente anun-cio, se comunica a las personas interesadas que, en el plazo dediez días hábiles, podrán comparecer en la Sección de RégimenJurídico de la Consejería de Medio Rural y Pesca (calle CoronelAranda, 2, 3ª planta, Oviedo), para conocimiento del contenidoíntegro del acto notificado y constancia de tal conocimiento.

En Oviedo, a 5 de abril de 2004.—La Secretaria delProcedimiento.—5.738.

— • —

INFORMACION pública relativa a la notificación prac-ticada en el expediente de revocación de ayuda que secita.

Intentada la notificación a don Luis Angel González Alvarez,con N.I.F. número 11068259-S, de la resolución por la que seordena la apertura de expediente de revocación de ayuda, en rela-ción con el expediente número 033309348/00 tramitado en estaConsejería de Medio Rural y Pesca, no se ha podido practicar alser devuelta por el Servicio de Correos por “ausente al reparto”en la dirección a que se le envió. En consecuencia, de conformi-dad con lo previsto en el artículo 61, en relación con el artículo59, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 deenero, por medio del presente anuncio, se comunica al interesadoque, en el plazo de diez días, podrá comparecer en la Consejeríade Medio Rural y Pesca, Sección de Régimen Jurídico, calleCoronel Aranda, s/n, 3ª planta, Oviedo, para conocimiento delcontenido íntegro del acto notificado y constancia de tal conoci-miento.

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—La Jefa del Servicio deAsuntos Generales.—5.467.

28-IV-2004 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 6035

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INFORMACION pública de proyectos que precisan eva-luación preliminar de impacto ambiental que se citan.

• Tratamientos selvícolas en el MUP 320 “Curiscada yCetrales” (Tineo). Expediente número OBR-08.2004.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 38/1994 de 19de mayo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de losRecursos Naturales del Principado de Asturias, se somete a infor-mación pública durante un periodo de quince días naturales, enhorario de oficina (lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas), en laDirección General de Montes (Edificio Administrativo delPrincipado de Asturias, calle Coronel Aranda, 3ª planta, sectorcentro-izquierda, Oviedo).

Durante dicho periodo se pondrá presentar por escrito, en laforma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, las alega-ciones que se estimen oportunas.

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—El Secretario GeneralTécnico.—5.737.

— • —

• Repoblación en el monte “Tamagordas” concejo de Illano.Expediente número OBR-17.2004.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 38/1994 de 19de mayo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de losRecursos Naturales del Principado de Asturias, se somete a infor-mación pública durante un periodo de quince días naturales, enhorario de oficina (lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas), en laDirección General de Montes (Edificio Administrativo delPrincipado de Asturias, calle Coronel Aranda, 3ª planta, sectorcentro-izquierda, Oviedo).

Durante dicho periodo se pondrá presentar por escrito, en laforma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, las alega-ciones que se estimen oportunas.

En Oviedo, a 6 de abril de 2004.—El Secretario GeneralTécnico.—5.896.

— • —

Don José Manuel Díaz Cuervo, con D.N.I. número 9389703,solicita autorización para realizar trabajos de repoblación conabies alba en una superficie de 37,47 Has., y quercus petrea enuna superficie de 5,26 Has., en la finca denominada “MonteValpreselle”, situada en Cangas del Narcea, expediente número03/31013.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 38/1994 de 19de mayo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de losRecursos Naturales del Principado de Asturias, se somete a infor-mación durante un periodo de quince días naturales, en horario deoficina (lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas), en el Instituto deDesarrollo Rural (Edificio de Servicios AdministrativosMúltiples, calle Coronel Aranda, 2, 3ª planta, Oviedo) y presentarpor escrito, en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, las alegaciones que estime oportunas.

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—El Secretario GeneralTécnico.—5.973.

INFORMACION pública de solicitud de prórroga de laautorización administrativa para una cetárea sita en laplaya de Coedo, municipio de Navia.

Don Severino León García, ha presentado solicitud en peti-ción de prórroga de la autorización administrativa para una cetá-rea ubicada en la playa de Coedo, municipio de Navia.

Lo que se pone en conocimiento público en general, a efectosde presentación de las alegaciones a que hubiera lugar en laDirección General de Pesca, Avenida Príncipe de Asturias, s/n(Escuela Náutico Pesquera), 2ª planta, en Gijón, en el plazo de 30días naturales, contados desde la fecha de publicación de esteanuncio.

En Oviedo, a 7 de abril de 2004.—El Secretario GeneralTécnico.—P.A. la Jefa del Servicio de Asuntos Generales.—5.901.

CONSEJERIA DE INDUSTRIA Y EMPLEO:

INFORMACION pública de solicitudes de autorizaciónadministrativa y aprobación de los proyectos de instala-ciones eléctricas que se citan.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 denoviembre, y en el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre,se concede un plazo de 20 días contados a partir del día siguien-te de la publicación de este anuncio para la presentación de recla-maciones en esta Consejería, relativas a la autorización adminis-trativa y, en su caso, aprobación del proyecto de ejecución de lasinstalaciones comprendidas en la siguiente solicitud. A este efec-to, podrá tomarse vista del expediente en las oficinas de laDirección General de Minería, Industria y Energía, Servicio deAutorizaciones Energéticas (Plaza de España, 1, 3ª planta, 33007Oviedo).

• Expediente: AT-9119.

Solicitante: Ideas en Metal, S.A.

Instalación: Construcción provisional de una línea aérea altatensión 20 kV, simple circuito, con conductor desnudo tipoLA-56, sobre postes de madera con armados metálicos y de327 metros de longitud, con origen en apoyo metálico delínea aérea de alta tensión 20 kV “Tremañes-Campones” dela compañía suministradora.

Emplazamiento: Polígono Industrial Los Campones,Tremañes, concejo de Gijón.

Objeto: Suministro provisional de energía eléctrica al Centrode Producción de Ideas en Metal.

Presupuesto: 7.369,18 euros.

En Oviedo, a 2 de abril de 2004.—El Consejero.—5.727.

— • —

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 denoviembre, y en el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre,se concede un plazo de 20 días contados a partir del día siguien-te de la publicación de este anuncio para la presentación de recla-maciones en esta Consejería, relativas a la autorización adminis-trativa y, en su caso, aprobación del proyecto de ejecución de lasinstalaciones comprendidas en la siguiente solicitud. A este efec-to, podrá tomarse vista del expediente en las oficinas de laDirección General de Minería, Industria y Energía, Servicio deAutorizaciones Energéticas (Plaza de España, 1, 3ª planta, 33007Oviedo).

• Expediente: AT-9118.

Solicitante: Electra de Viesgo Distribución, S.L.

6036 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 28-IV-2004

Page 37: Direc.: C/Julián Clavería, 11 Depósito Legal: O/2532-82  Miércoles, 28 de abril de 2004 Núm. 98 SUMARIO I. Principado de Asturias ...

Instalación:

- Construcción de un centro de transformación de tipo inte-rior subterráneo denominado “C.T. Viviendas Protegidas”de 630 kVA de potencia y relación 20/12/0.42 kV sustitu-yendo el centro de transformación existente.

- Reforma de tres líneas subterráneas de alta tensión conconductor y longitudes siguientes:

- Línea subterránea de alta tensión 12/20 kV, simple cir-cuito, denominada “C.T. Viviendas Protegidas a C.T.Centro Higiene” con conductor DHZ1 12/20 kV de1x150 k Al+H16 de 100 metros de longitud.

- Línea subterránea de alta tensión 12/20 kV, simple cir-cuito, denominada “C.T. Viviendas Protegidas a C.T.Padre Suárez” con conductor DHZ1 12/20 kV de 1x150k Al+H16 de 74 metros de longitud.

- Línea subterránea de alta tensión 12/20 kV, simple cir-cuito, denominada “C.T. Viviendas Protegidas a C.T.Alcalde Hevia Aza” con conductor DHZ1 12/20 kV de1x150 k Al+H16 de 20 metros de longitud.

Emplazamiento: Calles Padre Suárez y Vicente Regueral.Barrio viviendas protegidas, Pola de Lena, concejo de Lena.

Objeto: Mejorar la calidad del suministro y permitir lasobras de urbanización y acondicionamiento del barrio.

Presupuesto: 46.225,15 euros.

En Oviedo, a 1 de abril de 2004.—El Consejero.—5.728.

— • —

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 denoviembre, y en el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre,se concede un plazo de 20 días contados a partir del día siguien-te de la publicación de este anuncio para la presentación de recla-maciones en esta Consejería, relativas a la autorización adminis-trativa y, en su caso, aprobación del proyecto de ejecución de lasinstalaciones comprendidas en la siguiente solicitud. A este efec-to, podrá tomarse vista del expediente en las oficinas de laDirección General de Minería, Industria y Energía, Servicio deAutorizaciones Energéticas (Plaza de España, 1, 3ª planta, 33007Oviedo).

• Expediente: AT-7503.

Solicitante: Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, S.A.U.

Instalación:

- Centro de transformación “La Portilla” tipo interior en edi-ficio no prefabricado, en el que se instalará un transforma-dor de 630 kVA de potencia asignada con relación de trans-formación 16-22 kV/B2.

- Línea subterránea de simple circuito de alta tensión de 16-20 kV de tensión nominal con 12 metros de longitud ycable aislado con aislamiento seco de 95 mm2, para cone-xión del centro de transformación “La Portilla” con la redde distribución.

Emplazamiento: Proximidades del p.k. 30,500 de la AS-114,Arenas de Cabrales, concejo de Cabrales.

Objeto: Atender la demanda de energía eléctrica para nuevoedificio.

Presupuesto: 19.220,00 euros.

En Oviedo, a 16 de marzo de 2004.—El Consejero.—5.743.

— • —

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 denoviembre, y en el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre,

se concede un plazo de 20 días contados a partir del día siguien-te de la publicación de este anuncio para la presentación de recla-maciones en esta Consejería, relativas a la autorización adminis-trativa y, en su caso, aprobación del proyecto de ejecución de lasinstalaciones comprendidas en la siguiente solicitud. A este efec-to, podrá tomarse vista del expediente en las oficinas de laDirección General de Minería, Industria y Energía, Servicio deAutorizaciones Energéticas (Plaza de España, 1, 3ª planta, 33007Oviedo).

• Expediente: AT-7504.

Solicitante: Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, S.A.U.

Instalación:

- Centro de transformación “Río Tiraña, 3” tipo interior enedificio no prefabricado, en el que se instalará un transfor-mador de 630 kVA de potencia asignada, con relación detransformación 24 kV/B2, con los equipos necesarios.

- Línea subterránea de doble circuito de alta tensión de 24kV de tensión nominal, con 146 metros de longitud y cableaislado con aislamiento seco de 240 mm2, para conexióndel centro de transformación “Río Tiraña, 3” con la red dedistribución.

Emplazamiento: Calles La Llosa y Río Tiraña en Barredos,concejo de Laviana.

Objeto: Atender la demanda de energía eléctrica para nuevoedificio.

Presupuesto: 43.338,00 euros.

En Oviedo, a 16 de marzo de 2004.—El Consejero.—5.744.

— • —

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 denoviembre, y en el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre,se concede un plazo de 20 días contados a partir del día siguien-te de la publicación de este anuncio para la presentación de recla-maciones en esta Consejería, relativas a la autorización adminis-trativa y, en su caso, aprobación del proyecto de ejecución de lasinstalaciones comprendidas en la siguiente solicitud. A este efec-to, podrá tomarse vista del expediente en las oficinas de laDirección General de Minería, Industria y Energía, Servicio deAutorizaciones Energéticas (Plaza de España, 1, 3ª planta, 33007Oviedo).

• Expediente: AT-7507.

Solicitante: Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, S.A.U.

Instalación: Ampliación y reforma de la subestación deArriondas 132/50/24 kV con:

- Instalación de una posición de transformador formada pordisyuntor, seccionador de barras, trafos de intensidad,pararrayos autovalvulares y transformador de 30 MVA,relación 132/24/10 kV, así como transformadores de ten-sión inductivos en barras de 132 kV.

- Reforma de la posición 132/50 kV con la instalación deequipo compacto integrado con disyuntor, seccionador debarras con puesta a tierra, transformador de intensidad ypararrayos autovalvulares.

- Instalación de línea subterránea de alta tensión 24 kV,doble circuito, conductor de cobre con aislamiento seco,240 mm2 de sección y 100 metros de longitud, para enlacede la salida del transformador con las cabinas existentes de24 kV.

- Desmontaje de un transformador de 15 MVA, relación50/24 kV.

28-IV-2004 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 6037

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Emplazamiento: En la carretera AS-342, p.k. 1,100 en laCollía, concejo de Parres.

Objeto: Mejorar y aumentar el suministro de energía eléctri-ca en la zona.

Presupuesto: 225.352,00 euros.

En Oviedo, a 22 de marzo de 2004.—El Consejero.—5.964.

— • —

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 denoviembre, y en el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre,se concede un plazo de 20 días contados a partir del día siguien-te de la publicación de este anuncio para la presentación de recla-maciones en esta Consejería, relativas a la autorización adminis-trativa y, en su caso, aprobación del proyecto de ejecución de lasinstalaciones comprendidas en la siguiente solicitud. A este efec-to, podrá tomarse vista del expediente en las oficinas de laDirección General de Minería, Industria y Energía, Servicio deAutorizaciones Energéticas (Plaza de España, 1, 3ª planta, 33007Oviedo).

• Expediente: AT-7508.

Solicitante: Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, S.A.U.

Instalación: Línea subterránea de alta tensión de 20 kV detensión nominal y 443 metros de longitud con cable aisladocon aislamiento seco de 240 mm2 que conectará el centro detransformación particular “Interprovincial” con la red exis-tente, quedando intercalado entre los centros de transforma-ción N-3 y N-4 del Polígono de Porceyo 1-13.

Emplazamiento: Calles Eratóstenes y Galileo Galilei dentrodel P.I. de Porceyo, concejo de Gijón.

Objeto: Atender petición de energía del C.T.P. queInterprovincial, S.L., instalará en nave en P.I. de Porceyo.

Presupuesto: 24.801,20 euros.

En Oviedo, a 24 de marzo de 2004.—El Consejero.—5.965.

— • —

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 denoviembre, y en el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre,se concede un plazo de 20 días contados a partir del día siguien-te de la publicación de este anuncio para la presentación de recla-maciones en esta Consejería, relativas a la autorización adminis-trativa y, en su caso, aprobación del proyecto de ejecución de lasinstalaciones comprendidas en la siguiente solicitud. A este efec-to, podrá tomarse vista del expediente en las oficinas de laDirección General de Minería, Industria y Energía, Servicio deAutorizaciones Energéticas (Plaza de España, 1, 3ª planta, 33007Oviedo).

• Expediente: AT-7509.

Solicitante: Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, S.A.U.

Instalación: Construcción de línea subterránea alta tensiónde 24 kV, doble circuito, de 168 metros de longitud concable de aislamiento seco, 18/30 kV, 95 mm2 de sección,para alimentación al centro de transformación particular“Falso Túnel Circunvalación”.

Emplazamiento: Camino de Contranquil, concejo de Cangasde Onís.

Objeto: Suministrar energía eléctrica al C.T.P. “Falso TúnelCircunvalación”.

Presupuesto: 13.302,00 euros.

En Oviedo, a 24 de marzo de 2004.—El Consejero.—5.966.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 denoviembre, y en el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre,se concede un plazo de 20 días contados a partir del día siguien-te de la publicación de este anuncio para la presentación de recla-maciones en esta Consejería, relativas a la autorización adminis-trativa y, en su caso, aprobación del proyecto de ejecución de lasinstalaciones comprendidas en la siguiente solicitud. A este efec-to, podrá tomarse vista del expediente en las oficinas de laDirección General de Minería, Industria y Energía, Servicio deAutorizaciones Energéticas (Plaza de España, 1, 3ª planta, 33007Oviedo).

• Expediente: AT-9103.

Solicitante: Consejería de Medio Ambiente, Ordenación delTerritorio e Infraestructuras (Servicio de Obras Hidráulicas).

Instalación: Línea subterránea de alta tensión a 20 kV, conconductor aislado tipo RHZ1 12/20 kV 1x95 Al de 215metros de longitud, desde centro de transformación propie-dad de empresa suministradora hasta centro de transforma-ción particular.

Emplazamiento: El Pontigo, concejo de Muros del Nalón.

Objeto: Suministro de energía eléctrica a centro de transfor-mación Bombeo de Somado.

Presupuesto: 11.500,00 euros.

En Oviedo, a 7 de abril de 2004.—El Consejero.—6.091.

— • —

INFORMACION pública de solicitudes de evaluaciónpreliminar de impacto ambiental, autorización adminis-trativa y aprobación de los proyectos de instalacioneseléctricas que se citan.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 denoviembre, en el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, yen el Decreto del Principado 38/1994, de 19 de mayo, se concedeun plazo de 20 días contados a partir del día siguiente de la publi-cación de este anuncio para la presentación de reclamaciones enesta Consejería, relativas a la evaluación preliminar del impactoambiental, autorización administrativa y, en su caso, aprobacióndel proyecto de las instalaciones comprendidas en la siguientesolicitud. A este efecto, podrá tomarse vista del expediente en lasoficinas de la Dirección General de Minería, Industria y Energía,Servicio de Autorizaciones Energéticas (Plaza de España, 1, 3ªplanta, 33007 Oviedo).

• Expediente: AT-9116.

Solicitante: Electra de Viesgo Distribución, S.L.

Instalación: Variación de línea aérea de alta tensión denomi-nada “Anleo-Luarca” de doble circuito 10/20 kV sobre apo-yos metálicos. La variación se divide en 3 tramos, siendodos de ellos de 183 y 101 metros de longitud con conductordesnudo LA-110 y el tercer tramo, entre los dos anteriores,compuesto de 3 vanos de 64, 81 y 72 metros de longitud conconductor trenzado y aislado HVZ 12/20 kV 3(1x150)Al+H16.

Emplazamiento: Zona de Las Aceñas, concejo de Navia.

Objeto: Permitir la construcción de la Autovía A-8 en eltramo “Variante de Navia”.

Presupuesto: 42.015,46 euros.

En Oviedo, a 29 de marzo de 2004.—El Consejero.—5.437.

— • —

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 denoviembre, en el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, y

6038 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 28-IV-2004

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en el Decreto del Principado 38/1994, de 19 de mayo, se concedeun plazo de 20 días contados a partir del día siguiente de la publi-cación de este anuncio para la presentación de reclamaciones enesta Consejería, relativas a la evaluación preliminar del impactoambiental, autorización administrativa y, en su caso, aprobacióndel proyecto de las instalaciones comprendidas en la siguientesolicitud. A este efecto, podrá tomarse vista del expediente en lasoficinas de la Dirección General de Minería, Industria y Energía,Servicio de Autorizaciones Energéticas (Plaza de España, 1, 3ªplanta, 33007 Oviedo).

• Expediente: AT-7505.

Solicitante: Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, S.A.U.

Instalación:

- Construcción de dos líneas aéreas de alta tensión 20 kVsobre apoyos metálicos, con el nombre, conductor y longi-tud siguiente: A C.T.I. Pico Cueto II (LA-56/264 m.) y aC.T.I. Pico Cueto I (LA-56/8 m.).

- Construcción de dos centros de transformación de intem-perie sobre apoyos metálicos, con el nombre y potenciasiguiente: C.T.I. Pico Cueto II 250 kVA y C.T.I. Pico CuetoI 250 kVA.

- Construcción de red aérea de baja tensión sobre apoyos dehormigón, con el nombre, conductor y longitud siguiente:RBT Pico Cueto II (RZ 150 y RZ 95 mm2/270 m.).

Emplazamiento: Pico Cueto en Paredes, concejo de Siero.

Objeto: Permitir los trabajos de construcción de la carreteraenlace entre Villapérez-Paredes.

Presupuesto: 45.416,30 euros.

En Oviedo, a 19 de marzo de 2004.—El Consejero.—5.962.

— • —

INFORMACION pública de solicitud de evaluación pre-liminar de impacto ambiental, autorización administrati-va, declaración de utilidad pública y aprobación del pro-yecto de instalación eléctrica que se cita.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 denoviembre, en el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, yel Decreto del Principado 38/1994 de 19 de mayo, se concede unplazo de 20 días contados a partir del día siguiente de la publica-ción de este anuncio para la presentación de reclamaciones enesta Consejería, relativas a la evaluación preliminar de impactoambiental, autorización administrativa, declaración de utilidadpública en concreto y, en su caso, aprobación del proyecto de lasinstalaciones comprendidas en la siguiente solicitud. A este efec-to, podrá tomarse vista del expediente en las oficinas de laDirección General de Minería, Industria y Energía, Servicio deAutorizaciones Energéticas (Plaza de España, 1, 3ª planta, 33007Oviedo).

• Expediente: AT-7506.

Solicitante: Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, S.A.U.

Instalación:

- Construcción de línea aérea alta tensión 20 kV, sobre apo-yos metálicos, denominada “Enlace LAT Trasmonte (LasCruces)-LAT Arlós (Premió 1)”, con conductor LA-78 y1.289 metros de longitud.

- Construcción de línea subterránea alta tensión 20 kV,denominada “Enlace LAT Trasmonte (Las Cruces)-LAT

Arlós (Premió 1)”, con conductor de aluminio con aisla-miento seco, 366 metros de longitud y 240 mm2 de sección.

- Reforma de línea aérea alta tensión 20 kV, sobre apoyosmetálicos, derivación a “C.T.I. Las Cruces”, con conductorLA-56 y 101 metros de longitud.

Emplazamiento: Las Cruces y Premió, concejo de LasRegueras.

Objeto: Interconexión de las líneas de alta tensiónTrasmonte-Arlós, para mejorar el servicio eléctrico en lazona.

Presupuesto: 82.210,54 euros.

Lista concreta e individualizada de los bienes yderechos afectados

• Finca número: 10 (polígono 5, parcela 345).

Situación: Las Cruces (Las Regueras).

Cultivo: Prado.

Superficie total afectada (m2): 742.

Propietario: Don Francisco José González Suárez.

Dirección: Avenida Fernández Balsera, nº 1, 1º.

33400 Avilés.

• Finca número: 11 (polígono 5, parcela 344).

Situación: Las Cruces (Las Regueras).

Cultivo: Prado.

Superficie total afectada (m2): 600.

Propietario: Don José Manuel Cuervo Díaz.

Dirección: Avenida Juan Carlos, nº 28, 6º A.

33212 Gijón.

• Finca número: 12 (polígono 5, parcela 343).

Situación: Las Cruces (Las Regueras).

Cultivo: Prado.

Superficie total afectada (m2): 1.144.

Propietario: Doña Mercedes García González.

Dirección: Calle González Abarca, nº 17, 2º dcha.

33403 Avilés.

• Finca número: 17 (polígono 5, parcela 297).

Situación: Premió (Las Regueras).

Cultivo: Prado.

Superficie total afectada (m2): 800.

Propietario: Hros. de don Aurelio García Valdés.

Dirección: Premió, s/n.

33190 Las Regueras.

• Finca número: 28 (polígono 5, parcela 223).

Situación: Premió (Las Regueras).

Cultivo: Monte alto.

Superficie total afectada (m2): 497.

Propietario: Don Carlos González González.

Dirección: Calle Campomanes, nº 9, 3º A.

33008 Oviedo.

En Oviedo, a 19 de marzo de 2004.—El Consejero.—5.963.

28-IV-2004 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 6039

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AYUNTAMIENTOS

DE AVILES

Anuncio

Expediente número 200/2004.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (Boletín Oficial del Estado número 285, de 27 de noviem-bre de 1992), se hace pública notificación de denuncia de losexpedientes sancionadores que se indican, instruidos por laUnidad Administrativa de Sanciones del Ayuntamiento de Avilés,a las personas físicas titulares de los vehículos denunciados que acontinuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notifi-cación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido prac-ticar, y cuyos pagos podrán hacerse efectivos con el 50 por cien-to de bonificación, siempre que se realicen antes de que se dictela resolución sancionadora.

Igualmente, se señala que en aquellos casos en que el titulardel vehículo no sea el conductor responsable en la fecha de lainfracción, se le requiere para que en el improrrogable plazo dequince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publica-ción del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, comunique a este órgano instructor elnombre, apellidos, D.N.I. y domicilio del conductor del vehículoen la fecha de la denuncia, advirtiéndole, que el incumplimientode dicho deber será sancionado como falta grave, de conformidadcon lo establecido en el artículo 72.3 del Texto Articulado de laLey de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y SeguridadVial.

Los correspondientes expedientes obran en la UnidadAdministrativa de Sanciones del Ayuntamiento de Avilés, ante lacual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defen-sa estimen conveniente, con aportación o proposición de laspruebas que considere oportunas, dentro del plazo de quince díashábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del pre-sente anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso delderecho a formular alegaciones o proponer pruebas, se dictaránlas correspondientes resoluciones sancionadoras, de conformidadcon lo dispuesto en el artículo 13.2 del Reglamento delProcedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora(Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto).

Forma y lugar de pago:

1. En metálico, en la Tesorería Municipal, sita en PlazaEspaña, 1, mediante la presentación de esta notificación.Horario: De lunes a viernes, de 9 a 14 horas.

2. Enviando giro postal o telegráfico a la TesoreríaMunicipal, en el que se indicará obligatoriamente datospersonales, dirección, número de boletín de denuncia ymatrícula.

3. A través de entidades colaboradoras, indicando obligato-riamente datos personales, dirección, número de boletín dedenuncia y matrícula.

OMC: Ordenanza Municipal de Circulación.

RDL: Ley sobre Tráfico.

RGC: Reglamento General de Circulación.

6040 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 28-IV-2004

IV. Administración Local

Municipio Apellidos y nombre D.N.I. Matrícula Num. exped. Nº boletín Fecha denunc Precepto infringido Importeartículo euros

A CORUÑA CONFECCIONES XARARE, S.L. 15670599 4989-CFS 2189/2004 2004-N-00016813 17/2/04 OMC 39 2 D 60,10

AJANGUIZ EREZUMA LANDA PEDRO 014757426 BI-8583-AU 357/2004 2004-N-00010808 1/1/04 OMC 39 2 F1 60,10

ARGANDA BARRERA PRIETO CALIXTO 011419216 4178-CFL 1820/2004 2004-N-00014886 7/2/04 OMC 39 2 F1 60,10

ARTEIXO BREIJO RODRIGUEZ FRANCISCO 032440711 C-8720-AN 1977/2004 2004-N-00012455 11/2/04 OMC 39 2 K1 60,10

AVILES ALBERTI MONTES M. AVELINA 011410545 O-2736-AF 2151/2004 2004-N-00014985 16/2/04 OMC 39 2 F2 60,10

AVILES ALBERTI MONTES M. AVELINA 011410545 O-2736-AF 2481/2004 2004-N-00013061 27/2/04 OMC 39 2 F2 60,10

AVILES ALONSO CALLEJO ANGELA 011425046 8171-BWR 489/2004 2004-N-00014058 6/1/04 OMC 39 2 F1 60,10

AVILES ALONSO GONZALEZ LUIS DACIO 011379493 1412-BMR 1195/2004 2004-N-00016351 24/1/04 OMC 39 2 A3 60,10

AVILES ALQUIAVILES, S.L. O-8501-CH 2759/2004 2004-N-00013754 5/3/04 OMC 39 2 G 120,20

AVILES ALVAREZ FLOREZ SARA 071883166 O-4973-CG 2039/2004 2004-N-00011964 12/2/04 OMC 39 2 M 60,10

AVILES ALVAREZ VALDES JOSE OLEGARIO 011404757 O-3422-BY 2976/2004 2004-N-00012812 11/3/04 OMC 39 2 A1 60,10

AVILES AMO GARCIA JOSE MANUEL 011397167 O-0665-CH 1433/2004 2004-N-00016997 30/1/04 OMC 39 2 K1 60,10

AVILES AMOR PEREZ, IGNACIO LAUREANO 011403347 O-3441-AD 2157/2004 2004-N-00012303 17/2/04 OMC 38 10 01 60,10

AVILES AMOR PEREZ IGNACIO L. 011405347 O-1266-AN 314/2004 2003-N-00016622 29/12/03 OMC 38 10 02 60,10

AVILES ANTOMIL VEGA RUBEN 011431170 O-5974-BX 1172/2004 2004-N-00016970 24/1/04 OMC 39 2 A1 60,10

AVILES AVANCINI ANTONIO SALVADOR O-0751-BW 2515/2004 2004-N-00012223 27/2/04 OMC 11 2 03 60,10

AVILES CAMPA DE LA MENENDEZ M. TERESA 011439659 O-1251-AV 2287/2004 2004-N-00015549 20/2/04 OMC 39 2 M 60,10

AVILES CARREÑO BLAZQUEZ, JOSE LUIS 011399023 O-4587-AC 1589/2004 2004-N-00010828 3/2/04 OMC 39 2 A1 60,10

AVILES CARREÑO ARIAS JOSE MARIA 011366615 O-1468-AU 1179/2004 2004-N-00016965 24/1/04 OMC 39 2 F1 60,10

AVILES CARREÑO ARIAS JOSE MARIA 011366615 O-1468-AU 1148/2004 2004-N-00014810 23/1/04 OMC 39 2 F1 60,10

AVILES CASTAÑON FERNANDEZ PABLO ANTONIO 011400636 O-0786-CF 837/2004 2004-N-00015957 15/1/04 OMC 39 2 M 60,10

Page 41: Direc.: C/Julián Clavería, 11 Depósito Legal: O/2532-82  Miércoles, 28 de abril de 2004 Núm. 98 SUMARIO I. Principado de Asturias ...

28-IV-2004 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 6041

Municipio Apellidos y nombre D.N.I. Matrícula Num. exped. Nº boletín Fecha denunc Precepto infringido Importeartículo euros

AVILES CASTAÑON FERNANDEZ PABLO ANTONIO 011400636 O-0786-CF 2494/2004 2004-N-00012805 26/2/04 OMC 39 2 M 60,10

AVILES CASTRO PRIETO M. LUISA 011407893 O-0428-BD 2130/2004 2004-N-00016497 16/2/04 OMC 39 2 A1 60,10

AVILES CELARD PEREZ BLANCA 011413359 O-5107-CJ 946/2004 2004-N-00016466 17/1/04 OMC 39 2 A1 60,10

AVILES CHECA CORONA JOSE LUIS 011425481 O-0371-CC 1887/2004 2004-N-00011382 9/2/04 OMC 38 9 01 60,10

AVILES CONSTRUCCIONES JUCORI S.L. O-4401-BK 703/2004 2004-N-00016729 11/1/04 OMC 39 2 F2 60,10

AVILES CRIADO GAYOL AURORA 010462100 4112-CDH 810/2004 2004-N-00014133 14/1/04 OMC 39 2 F3 60,10

AVILES CUERVO FONFRIA BERNARDO 011411758 7793-BFC 2569/2004 2004-N-00013064 28/2/04 OMC 39 2 A1 60,10

AVILES DEPORTES VIVAC AVENTURA DOS MIL S.L. 5011-BWP 1912/2004 2004-N-00011934 10/2/04 OMC 39 2 M 60,10

AVILES DIAZ ALVAREZ LUIS ANTONIO 011372846 4932-BNW 2469/2004 2004-N-00015037 26/2/04 OMC 39 2 M 60,10

AVILES DIAZ ARDAO JOSE LUIS 011333286 O-4943-AZ 2135/2004 2004-N-00003935 16/2/04 OMC 39 2 K1 60,10

AVILES DIAZ VICENTE JOSE MIGUEL 011431608 8536-CRJ 1814/2004 2004-N-00012659 7/2/04 OMC 39 2 F2 60,10

AVILES DISTRIBUCIONES RUBIN CB O-2220-BJ 2825/2004 2004-N-00013305 8/3/04 OMC 39 2 M 60,10

AVILES DOMINGUEZ PEQUEÑO BEATRIZ 011396877 O-1531-CB 970/2004 2004-N-00014804 18/1/04 OMC 39 2 A3 60,10

AVILES DOMINGUEZ TESO REBECA 011439692 O-5264-BF 2655/2004 2004-N-00011396 2/3/04 OMC 39 2 A3 60,10

AVILES ENCINAS FERNANDEZ VICTOR MANUEL 011358531 O-6275-AZ 597/2004 2004-N-00014722 8/1/04 OMC 39 2 M 60,10

AVILES ESCUREDO CASTELO JOSE JUAN 011375470 O-8801-AX 2017/2004 2004-N-00012283 13/2/04 OMC 39 2 F2 60,10

AVILES ESPAÑA SUAREZ ANGEL 011446267 O-7300-BW 2302/2004 2004-N-00012908 21/2/04 OMC 39 2 E 60,10

AVILES EYARALAR NIETO JULIA 011376308 0735-BPX 2580/2004 2004-N-00010782 1/3/04 OMC 39 2 E 60,10

AVILES FERNANDEZ FERNANDEZ RICARDO 011427956 O-9401-BL 1873/2004 2004-N-00016947 9/2/04 OMC 39 2 M 60,10

AVILES FERNANDEZ MENENDEZ FRANCISCO JAVIER 011398663 O-5560-BB 894/2004 2004-N-00014625 16/1/04 OMC 39 2 M 60,10

AVILES FERNANDEZ VIÑA JOSE ANGEL 011418472 0607-BRG 1329/2004 2004-N-00014824 27/1/04 OMC 11 2 03 60,10

AVILES FERNANDEZ VIÑA JOSE ANGEL 011418472 5980-BJV 2412/2004 2004-N-00012865 24/2/04 OMC 11 2 03 60,10

AVILES FIGUEROA FERNANDEZ,MANUELA ANTONIA 071862316 8364-BLT 2258/2004 2004-N-00010603 20/2/04 OMC 39 2 E 60,10

AVILES FRAGA BARROSO M. MERCEDES 011427018 O-7707-BF 2464/2004 2004-N-00015919 26/2/04 OMC 39 2 F2 60,10

AVILES GALA PRIETO PATRICIA 071883105 O-1844-BK 1299/2004 2004-N-00011501 26/1/04 OMC 39 2 F1 60,10

AVILES GARCIA LOPEZ, Mª VICTORIA 011386681 O-6893-BF 1763/2004 2004-N-00015018 6/2/04 OMC 39 2 M 60,10

AVILES GARCIA ARROYO ROBERTO 011339130 2854-BHF 1835/2004 2004-N-00011731 8/2/04 OMC 39 2 F1 60,10

AVILES GARCIA CERNUDA FRANCISCO 011368641 O-9633-BS 1130/2004 2004-N-00016954 22/1/04 OMC 39 2 A1 60,10

AVILES GARCIA DIAZ UBALDO 011422501 4005-BSB 925/2004 2004-N-00014095 16/1/04 OMC 9 2 03 300,50

AVILES GARCIA FERNANDEZ GERARDO 011363348 5807-CDR 1792/2004 2004-N-00011763 7/2/04 OMC 39 2 F1 60,10

AVILES GARCIA GIMENO ANGEL MARIA 011385464 O-0473-BS 1614/2004 2004-N-00014695 3/2/04 OMC 39 2 M 60,10

AVILES GARCIA GONZALEZ FELIPE 071875858 O-3280-AH 1701/2004 2004-N-00011753 5/2/04 OMC 39 2 F2 60,10

AVILES GARCIA MUÑIZ CARMEN FABIOLA 011396959 5957-BWN 2270/2004 2004-N-00011299 20/2/04 OMC 38 10 01 60,10

AVILES GARCIA ROBLES JUAN CARLOS 011418278 O-5948-BW 1759/2004 2004-N-00012005 6/2/04 OMC 39 2 F1 60,10

AVILES GARRIDO MOYA MANUEL MIGUEL 011375539 O-7297-BF 540/2004 2004-N-00014111 7/1/04 OMC 39 2 F1 60,10

AVILES GENERAL DE CONSTRUCCIONESY ADECUACIONES, S.L. 74059874 0187-CRL 2391/2004 2004-N-00014993 23/2/04 OMC 39 2 F2 60,10

AVILES GONZALEZ GARCIA JOSE LUIS 011388390 3267-CJV 2236/2004 2004-N-00013024 19/2/04 OMC 39 2 A1 60,10

AVILES GONZALEZ LAGO MIGUEL ANGEL 011411289 8784-CNJ 1674/2004 2004-N-00011851 5/2/04 OMC 39 2 A3 60,10

AVILES GONZALEZ RODRIGUEZ JUAN CARLOS 011431569 O-6754-AT 1328/2004 2004-N-00014825 27/1/04 OMC 11 2 03 60,10

AVILES GONZALEZ ROUGET JULIO JOSE 011418028 O-8924-BL 2074/2004 2004-N-00012461 12/2/04 OMC 39 2 M 60,10

AVILES GRANDA ARCE CONCEPCION 011331267 4658-BCH 1539/2004 2004-N-00011636 1/2/04 OMC 39 2 J1 120,20

AVILES GUEIMONDE ALONSO JOSE 011354483 O-4299-BP 2493/2004 2004-N-00012980 27/2/04 OMC 39 2 A3 60,10

AVILES HOYOS GOMEZ BALBINA 011375342 O-8186-BY 1057/2004 2004-N-00016951 21/1/04 OMC 39 2 F1 60,10

AVILES JIMENEZ ESCUDERO JOSE 010803019 4888-BVT 2871/2004 2004-N-00012243 9/3/04 OMC 39 2 A1 60,10

AVILES LEGAZPI GARCIA JOSE MANUEL 011349062 O-2558-BJ 1955/2004 2004-N-00012260 11/2/04 OMC 39 2 A1 60,10

AVILES LLORENTE FLORES JOSE LUIS 011416191 O-0738-BT 1853/2004 2004-N-00014975 8/2/04 OMC 39 2 L 60,10

AVILES LOPEZ DE LA CRUZ, MARTA IRENE 011423791 4313-BZM 2439/2004 2004-N-00013058 25/2/04 OMC 39 2 F2 60,10

AVILES LOPEZ BOUZA MARGARITA 011372586 O-1410-BN 1689/2004 2004-N-00016477 5/2/04 OMC 39 2 F1 60,10

AVILES LOPEZ HUERTA VICTOR MANUEL 011411773 2890-BCF 2666/2004 2004-N-00012993 3/3/04 OMC 39 2 F1 60,10

AVILES LOPEZ LAMAS NURIA 011445069 O-1777-AV 2444/2004 2004-N-00012973 25/2/04 OMC 39 2 F1 60,10

AVILES LOPEZ RODRIGUEZ M. AURORA 011390379 O-8353-AM 2072/2004 2004-N-00012267 12/2/04 OMC 39 2 A1 60,10

AVILES LOPEZ RODRIGUEZ M. AURORA 011390379 O-8353-AM 1764/2004 2004-N-00015079 6/2/04 OMC 39 2 A1 60,10

AVILES LUCENA PEREZ PURIFICACION 011350315 O-6712-AH 1911/2004 2004-N-00011931 10/2/04 OMC 39 2 F2 60,10

AVILES LUQUE CRUZ M. CARMEN 011395080 O-2317-CF 1102/2004 2004-N-00015982 22/1/04 OMC 39 2 M 60,10

AVILES MAGDALENA BENAVENTE, ISMAEL 010568454 O-6793-AV 2979/2004 2004-N-00015335 11/3/04 OMC 39 2 F2 60,10

AVILES MARIÑO PEREZ MERCEDES 011403279 O-9377-BB 471/2004 2004-N-00014702 5/1/04 OMC 39 2 M 60,10

AVILES MARTIN CRESPO, FERNANDO 011336184 O-2103-BS 1664/2004 2004-N-00011696 4/2/04 OMC 39 2 F2 60,10

AVILES MARTIN LOPEZ JOSE IGNACIO 011378393 O-0669-BN 1815/2004 2004-N-00012668 7/2/04 OMC 39 2 F2 60,10

AVILES MARTINEZ RIVERA IVAN 071884701 O-1592-CD 2175/2004 2004-N-00016809 17/2/04 OMC 39 2 M 60,10

Page 42: Direc.: C/Julián Clavería, 11 Depósito Legal: O/2532-82  Miércoles, 28 de abril de 2004 Núm. 98 SUMARIO I. Principado de Asturias ...

6042 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 28-IV-2004

Municipio Apellidos y nombre D.N.I. Matrícula Num. exped. Nº boletín Fecha denunc Precepto infringido Importeartículo euros

AVILES MAZON CUENCA JESUS MANUEL 011437491 O-5027-BL 529/2004 2004-N-00014010 7/1/04 OMC 39 2 A1 60,10

AVILES MEJIAS BERJANO M. VICTORIA 011433093 MA-0937-AH 1186/2004 2004-N-00016895 24/1/04 OMC 39 2 A1 60,10

AVILES MENENDEZ GARRIDO SILVIA 071881715 O-7805-BY 2752/2004 2004-N-00003271 5/3/04 OMC 39 2 M 60,10

AVILES MIRANDA SUAREZ LUIS JAVIER 005244614 O-4078-CG 2275/2004 2004-N-00011976 20/2/04 OMC 39 2 M 60,10

AVILES MORADIELLOS GONZALO, ANGEL 010843895 O-5776-AS 1319/2004 2004-N-00016979 27/1/04 OMC 39 2 M 60,10

AVILES MUÑIZ RIAL CARLOS ALBERTO 071887979 O-5591-BG 1849/2004 2004-N-00012681 8/2/04 OMC 39 2 D 60,10

AVILES OTERO LOPEZ RAMON 033638262 7828-BFF 1821/2004 2004-N-00014887 7/2/04 OMC 39 2 F1 60,10

AVILES PELAEZ CONCHA JOSE ANTONIO 011398095 1695-CRC 1967/2004 2004-N-00012458 11/2/04 OMC 39 2 M 60,10

AVILES PEREZ BAO FRANCISCO JAVIER 011438843 8185-CKD 1183/2004 2004-N-00016899 24/1/04 OMC 39 2 A1 60,10

AVILES PEREZ HERES LUZ MARIA 011368606 O-8880-BD 2070/2004 2004-N-00012273 12/2/04 OMC 39 2 A1 60,10

AVILES PEREZ HERES LUZ MARIA 011368606 O-8880-BD 735/2004 2004-N-00014127 13/1/04 OMC 39 2 M 60,10

AVILES RAMOS ALBES, LUIS 052580475 O-8716-AY 2473/2004 2004-N-00014343 26/2/04 OMC 71 2D 00 60,10

AVILES RAMOS CALOTO M. CRISTINA 011443741 5009-BLS 2330/2004 2004-N-00012956 22/2/04 OMC 39 2 A3 60,10

AVILES REYERO BUSTO RUBEN 011421992 O-9385-BS 1677/2004 2004-N-00016942 5/2/04 OMC 39 2 A1 60,10

AVILES RIOS CUERVO CARLOS MANUEL 011403180 O-7309-BY 1023/2004 2004-N-00016746 20/1/04 OMC 39 2 M 60,10

AVILES RODRIGUEZ RODRIGUEZ, JESUS LUIS 011377848 O-0857-BK 2980/2004 2004-N-00015462 11/3/04 OMC 39 2 F1 60,10

AVILES RODRIGUEZ ALVAREZ JORGE FERNANDO 011384234 O-6539-CJ 2372/2004 2004-N-00011576 23/2/04 OMC 39 2 M 60,10

AVILES RODRIGUEZ CAMPA ANGELA 011221009 O-1782-BF 1516/2004 2004-N-00014834 30/1/04 OMC 39 2 M 60,10

AVILES RODRIGUEZ SUAREZ PABLO 011423861 O-5862-CF 2332/2004 2004-N-00016375 22/2/04 OMC 39 2 F1 60,10

AVILES RUIZ MOLLA MIGUEL 009432691 2005-CMJ 45/2004 2003-N-00014360 20/12/03 OMC 39 2 F2 60,10

AVILES SAAVEDRA VIÑUELA JUAN JOSE 011438462 9271-CLN 313/2004 2003-N-00016234 29/12/03 OMC 39 2 F2 60,10

AVILES SALAZAR BARIDO JOSE JULIO 011399976 O-7806-CB 2071/2004 2004-N-00012272 12/2/04 OMC 39 2 A1 60,10

AVILES SANCHEZ PEREZ, MANUEL ANGEL 011374711 7214-BXT 905/2004 2004-N-00014299 16/1/04 OMC 39 2 A1 60,10

AVILES SANCHEZ DIAZ M. CARMEN 011381743 4865-BVY 2407/2004 2004-N-00013753 24/2/04 OMC 39 2 A3 60,10

AVILES SANJUAN BLANCO PABLO AURELIO 011402889 O-3089-CH 686/2004 2004-N-00016717 11/1/04 OMC 39 2 F2 60,10

AVILES SECADES ARIAS ANGEL 011374726 O-1341-BD 1861/2004 2004-N-00001081 8/2/04 OMC 9 2 02 150,25

AVILES SONADELLES TEY ALEJANDRO 046351437 O-8946-CF 2503/2004 2004-N-00012218 26/2/04 OMC 39 2 M 60,10

AVILES SUAREZ PUERTA EMILIO O-9248-BG 10186/2003 2003-N-00009481 18/12/03 OMC 39 2 F3 60,10

AVILES SUAREZ PUERTA EMILIO JULIAN 011404374 2371-CNB 920/2004 2004-N-00014388 16/1/04 OMC 9 2 03 300,50

AVILES SUAREZ BARBON LUZDIVINA 011443874 O-4824-BV 1694/2004 2004-N-00008847 5/2/04 OMC 39 2 L 60,10

AVILES SUAREZ MENENDEZ JOSE LUIS 011341981 O-9833-BN 2285/2004 2004-N-00013107 20/2/04 OMC 39 2 M 60,10

AVILES TEIXEIRA FLORES JOSE FERNANDO 011435674 O-2071-AJ 2673/2004 2004-N-00015857 3/3/04 OMC 38 1 04 120,20

AVILES TEJERINA ANTON ANA MARIA 011413235 O-1327-CC 1902/2004 2004-N-00011778 10/2/04 OMC 11 2 03 60,10

AVILES UBIAÑO LOPEZ JAVIER 071880780 2736-CPG 1551/2004 2004-N-00011917 1/2/04 OMC 39 2 A1 60,10

BARREIROS PALMEIRO GARCIA XESUS 077593876 8509-CGF 2273/2004 2004-N-00011331 20/2/04 OMC 39 2 F1 60,10

BERRIOPLANO NOYARMA S.L. 31367022 9966-BDT 1888/2004 2004-N-00011854 9/2/04 OMC 39 2 F2 60,10

BILBAO SILMEGAR, S.L. BI-3462-BN 2863/2004 2004-N-00013453 9/3/04 OMC 71 2D 00 60,10

CABRALES MORAN GUTIERREZ SALOMÉ MARÍA 011408747 4392-CGW 2463/2004 2004-N-00008929 25/2/04 OMC 39 2 M 60,10

CADIZ CANTERO LOPEZ FRANCISCO JOSE 031206529 0774-BWH 2413/2004 2004-N-00012803 14/2/04 OMC 39 2 A1 60,10

CADIZ MEDINA WAGENER, LORENZO 044044046 3368-BSL 2477/2004 2004-N-00013032 26/2/04 OMC 39 2 F1 60,10

CAMPELLO BUENO FEITO LAUREANO 010567673 6170-BNY 1925/2004 2004-N-00011561 10/2/04 OMC 39 2 F1 60,10

CARREÑO MENENDEZ VAZQUEZ JAIME 011379245 8238-CRP 2292/2004 2004-N-00010889 21/2/04 OMC 39 2 A1 60,10

CARREÑO PEREZ DEL BARRIO MARIA TERESA 011415839 O-8788-AZ 496/2004 2004-N-00014670 6/1/04 OMC 39 2 F2 60,10

CARREÑO RODRIGUEZ GARCIA JORGE 071700526 3450-BHP 1209/2004 2004-N-00014533 24/1/04 OMC 39 2 F2 60,10

CASTRILLON ALCALDE TIELES, DONATO 011406898 O-8884-BB 2228/2004 2004-N-00014034 19/2/04 OMC 39 2 M 60,10

CASTRILLON ALVAREZ GARCIA, MARIA SOLEDAD 070024087 O-4224-CC 580/2004 2004-N-00014015 8/1/04 OMC 39 2 B1 180,30

CASTRILLON BAUSTISTA BOJ, ROBERTO 071879713 1977-BCC 2696/2004 2004-N-00008356 3/3/04 OMC 39 2 M 60,10

CASTRILLON CANAL NORTE, S.L. 74052341 7809-BWR 1376/2004 2004-N-00014249 29/1/04 OMC 39 2 F1 60,10

CASTRILLON CORRALES DIAZ, EMILIO 011417531 O-1416-BY 1606/2004 2004-N-00011080 3/2/04 OMC 39 2 A1 60,10

CASTRILLON CUERVO MARTINEZ, ANTONIO 011396302 8095-BTL 1751/2004 2004-N-00011710 6/2/04 OMC 39 2 D 60,10

CASTRILLON FERNANDEZ PRENDES JOSE RAMON 011426555 4316-CJX 1261/2004 2004-N-00014540 25/1/04 OMC 39 2 L 60,10

CASTRILLON FUENTES MENENDEZ MARIA BELEN 011407435 O-5251-BJ 1700/2004 2004-N-00011754 5/2/04 OMC 39 2 F2 60,10

CASTRILLON GARCIA FERNANDEZ, MANUEL ANGEL 011375296 O-2619-BB 2169/2004 2004-N-00012296 17/2/04 OMC 39 2 A1 60,10

CASTRILLON GUTIERREZ VALDES DIAMANTINA 011381110 9379-CLC 410/2004 2004-N-00016240 3/1/04 OMC 39 2 K1 60,10

CASTRILLON HOGAR TRES CB O-5664-AZ 2611/2004 2004-N-00013956 2/3/04 OMC 39 2 F1 60,10

CASTRILLON INVERSIONES CONTRALUZ SL O-7173-BU 737/2004 2004-N-00014125 13/1/04 OMC 39 2 A1 60,10

CASTRILLON INVERSIONES CONTRALUZ SL O-7173-BU 1514/2004 2004-N-00016921 30/1/04 OMC 39 2 A1 60,10

CASTRILLON INVERSIONES CONTRALUZ SL O-7173-BU 2140/2004 2004-N-00015628 16/2/04 OMC 11 2 03 60,10

CASTRILLON MARTINEZ GARCIA FERNANDO 011411695 O-5623-BV 885/2004 2004-N-00016462 14/1/04 OMC 39 2 M 60,10

CASTRILLON PEREZ MOZAN CRISTINA 053970028 O-2859-CD 10168/2003 2003-N-00016521 17/12/03 OMC 39 2 C1 60,10

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28-IV-2004 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 6043

Municipio Apellidos y nombre D.N.I. Matrícula Num. exped. Nº boletín Fecha denunc Precepto infringido Importeartículo euros

CASTRILLON RIVERA ORTIZ, MARIA 011425171 O-1225-CH 657/2004 2004-N-00016452 11/1/04 OMC 39 2 A3 60,10

CASTRILLON SAMPEDRO VELASCO, MARIA ASUNCION 013931662 O-2205-BX 1875/2004 2004-N-00016944 9/2/04 OMC 39 2 F1 60,10

CASTRILLON SUAREZ RODRIGUEZ, LORETO 011419609 6358-CHG 2756/2004 2004-N-00003058 5/3/04 OMC 39 2 M 60,10

COLUNGA TOYOS CARUS GONZALO 010807363 O-1171-BN 1941/2004 2004-N-00016489 10/2/04 OMC 53 1 03 30,05

CORVERA DEASTURIAS BLANCO SANZ, RAFAEL 071882078 6850-BLV 2343/2004 2004-N-00008915 23/2/04 OMC 39 2 M 60,10

CORVERA DEASTURIAS GUERRA GARCIA, Mª DEL PILAR 011402766 O-4671-BV 1942/2004 2004-N-00016490 10/2/04 OMC 39 2 M 60,10

CORVERA DE HERNANDEZ BERMUDEZ,ASTURIAS MARIA DEL CARMEN 071426541 O-9804-AP 2506/2004 2004-N-00004189 27/2/04 OMC 39 2 M 60,10

CORVERA DEASTURIAS REVIDAL 6 3464-BMN 2852/2004 2004-N-00010896 8/3/04 OMC 39 2 A1 60,10

CORVERA DEASTURIAS VELASCO BOLAÑO, JUAN 011414661 6991-CJS 1520/2004 2004-N-00014831 30/1/04 OMC 53 1 01 30,05

CUDILLERO FERNANDEZ UGARTE ROSA 011381052 O-3704-CB 2482/2004 2004-N-00013036 26/2/04 OMC 39 2 C1 60,10

GETXO ORTIZ DE ARTIÑANO ERHARDTMARIA CAROLINA 078871084 1077-BBT 1935/2004 2004-N-00015191 10/2/04 OMC 39 2 M 60,10

GIJON ALONSO FERNANDEZ JAVIER 014121990 O-5252-AY 1099/2004 2004-N-00015204 22/1/04 OMC 39 2 F2 60,10

GIJON BALBUENA ALONSO EVANGELINA 009462475 O-0847-BK 2124/2004 2004-N-00010181 15/2/04 OMC 39 2 C1 60,10

GIJON BALBUENA ALONSO, EVANGELINA 009462475 O-8592-AT 2474/2004 2004-N-00014342 26/2/04 OMC 71 2D 00 60,10

GIJON CIFUENTES SUAREZ AVELINO 010857059 5989-CPH 1304/2004 2004-N-00016986 27/1/04 OMC 39 2 A1 60,10

GIJON CIFUENTES TRABANCO, M. JOSE 108123509 O-0807-CB 818/2004 2004-N-00014075 14/1/04 OMC 39 2 M 60,10

GIJON FERNANDEZ LARA ALQUILERDE MAQUINARIA S.L. 33882929 O-3138-BF 2021/2004 2004-N-00011971 13/2/04 OMC 39 2 M 60,10

GIJON GRUPO DE ESTACIONAMIENTOSORENSANOS, S.A. 32238925 O-5924-CJ 950/2004 2004-N-00014855 17/1/04 OMC 39 2 F1 60,10

GIJON HERMANOS RACOR DEL RIO, S.L. B3388596 3988-BXV 1359/2004 2004-N-00014243 28/1/04 OMC 38 9 01 60,10

GIJON MEDINA VAZQUEZ RAFAEL 010902346 2561-BJN 904/2004 2004-N-00014300 16/1/04 OMC 39 2 F1 60,10

GIJON MENDEZ FERNANDEZ, DAVID 045429316 O-7135-CD 971/2004 2004-N-00014802 18/1/04 OMC 39 2 F1 60,10

GIJON MORO GARCIA M. ANGELES 010757793 2728-BXR 1430/2004 2004-N-00016475 30/1/04 OMC 39 2 F1 60,10

GIJON PRALLONG PALACIO CARLOS 010873045 O-3816-AJ 2921/2004 2004-N-00011864 10/3/04 OMC 39 2 F1 60,10

GIJON RIBEIRO QUEIROS PAULO ALEXANDRE 1294941 4194-CND 2585/2004 2004-N-00011844 1/3/04 OMC 39 2 F2 60,10

GIJON RIBEIRO QUEIROS PAULO ALEXANDRE 1294941 4194-CND 2289/2004 2004-N-00016434 20/2/04 OMC 39 2 F1 60,10

GIJON RUSSO GIUSEPPE 2886005 O-1862-BC 2317/2004 2004-N-00012853 22/2/04 OMC 39 2 F1 60,10

GIJON SANTIRSO RODRIGUEZ, GONZALO 010900903 6844-CFS 2263/2004 2004-N-00010888 17/2/04 OMC 10 2 02 60,10

GIJON SISTEMAS ELECTRONICOS DE PEAJEY DOSIFICACION S.L. 33829540 O-8759-CG 2455/2004 2004-N-00009492 25/2/04 OMC 38 1 06 120,20

GIJON UNION FERRALLERA S.L. 33757238 O-0796-BD 2408/2004 2004-N-00013030 24/2/04 OMC 39 2 M 60,10

GIJON VIDAL GOMEZ GEMA 010867642 3294-CBN 2604/2004 2004-N-00012928 1/3/04 OMC 39 2 A1 60,10

GOZON ALONSO GARCIA MANUEL 011434303 8336-BSM 1570/2004 2004-N-00011955 2/2/04 OMC 39 2 F1 60,10

GOZON ARTIME MUÑIZ JUAN MANUEL 011402357 O-6665-BU 1687/2004 2004-N-00016479 5/2/04 OMC 39 2 F1 60,10

GOZON CABRALES SUAREZ COSME 011353318 O-8427-BH 2658/2004 2004-N-00011347 2/3/04 OMC 38 10 01 60,10

GOZON RODRIGUEZ VIÑA MANUEL, FRANCISCO 011400092 6021-BGV 2547/2004 2004-N-00016441 27/2/04 OMC 39 2 M 60,10

LANGREO RECREATIVOS DEL NALON, S.A. 33070475 O-3734-AT 2927/2004 2004-N-00016293 10/3/04 OMC 39 2 M 60,10

MADRID ALONSO MENENDEZ VICTOR JOSE 011807822 M-3684-YF 1424/2004 2004-N-00015554 30/1/04 OMC 39 2 M 60,10

MADRID AMIBER S.A. 29020385 8817-BCL 2492/2004 2004-N-00012875 26/2/04 OMC 39 2 M 60,10

MADRID DORU PREDUCHIN STELIAN 4002293 M-0141-IF 2555/2004 2004-N-00008352 28/2/04 OMC 39 2 A1 60,10

MADRID ESTEBAN MARTIN FERNANDO 000675228 M-3443-WJ 1166/2004 2004-N-00002099 23/1/04 OMC 39 2 F2 60,10

MADRID HERTZ DE ESPAÑA S.A. 28121549 9338-CRG 2324/2004 2004-N-00012914 22/2/04 OMC 39 2 F1 60,10

MADRID ING CAR LEASE ESPAÑA, S.A. 82272527 4866-BXH 1515/2004 2004-N-00016920 30/1/04 OMC 39 2 A1 60,10

MADRID MENENDEZ VIDAL, JOSÉ ANTONIO 011425476 4961-BHM 31/2004 2003-N-00014259 20/12/03 OMC 39 2 F1 60,10

MALAGA LOPEZ ALTAMIRANO ANA 025077649 0182-BGJ 1965/2004 2004-N-00010837 11/2/04 OMC 39 2 C1 60,10

MARBELLA SUAREZ BOSH JOSEFA 024865447 2856-BHZ 184/2004 2003-N-00016537 26/12/03 OMC 39 2 F3 60,10

MEDIO CUYEYO TORRES GOMEZ MARIA 020200130 5750-BYG 433/2004 2004-N-00016244 4/1/04 OMC 39 2 F1 60,10

MIERES SISTEMA DIEDRICO, S.L. 33408253 9101-CHF 1736/2004 2004-N-00010878 6/2/04 OMC 39 2 F1 60,10

NAVIA ALONSO ALVAREZ CRISANTO MANUEL 009366571 O-1708-BC 2259/2004 2004-N-00012903 20/2/04 OMC 39 2 A1 60,10

NERJA DE MIGUEL CARRASCO MIGUEL ANGEL 053150763 7331-CFB 1087/2004 2004-N-00014522 22/1/04 OMC 39 2 F2 60,10

ORCOYEN MONTAJES ELECTRICOS PAMPLONA, S.A. 31155450 2659-BJF 2041/2004 2004-N-00011968 12/2/04 OMC 39 2 M 60,10

OVIEDO AVELLO SUAREZ LUIS RICARDO 011338014 3900-BZK 1816/2004 2004-N-00012670 7/2/04 OMC 39 2 D 60,10

OVIEDO BERNARDO GARCIA CARLOS 011385958 3701-BBP 2762/2004 2004-N-00015043 5/3/04 OMC 39 2 M 60,10

OVIEDO CONSTRUCCIONES YERBEDO S.L. 74022021 9017-BZD 2468/2004 2004-N-00016440 26/2/04 OMC 39 2 F3 60,10

OVIEDO DEEP ASTURIAS S.L. 33503723 O-0058-CF 2587/2004 2004-N-00012225 1/3/04 OMC 39 2 A1 60,10

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En Avilés, a 31 de marzo de 2004.—El Concejal Delegado(P.D. Sr Alcalde de 25 de junio de 2003).—5.646.

DE CANGAS DEL NARCEA

Anuncio

El Ayuntamiento Pleno, en su sesión de fecha 25 de marzo de2004, acordó entre otros, aprobar definitivamente la relación detitulares y de sus bienes y derechos afectados en el expedientepara la ejecución de las obras de “rehabilitación y adecuaciónpara Casa de Cultura del Palacio de Omaña (Cangas del Narcea)”,así como la ocupación temporal de la finca registral número41.251, necesaria para la ejecución de las obras, denominada“Huerta de Omaña”, según la descripción que a continuación sedice, iniciándose así el expediente de expropiación forzosa, ytodo ello a los efectos que procedan y para general conocimiento.

Titular Bien-derecho

Don José Manuel Barreiro Rguez. Derecho de arrendamiento de local-Calle Uría, 68, esc. izda 1º D. Palacio de OmañaCangas del Narcea

Don José Luis Arce Fuertes Derecho de arrendamiento de local-Pontón, 4, 2º, Cangas del Narcea Palacio de Omaña

Titular Bien-derecho

Doña Eloína Muñiz Díaz Copropietarios de la mitad indivisa deCalle Mayor, 39, 3º A, la finca registral número 41.251Cangas del Narcea “Huerta de Omaña” (Cangas del Narcea)

Doña Julia Muñiz DíazCalle Mayor, 39, 3º A,Cangas del Narcea

Doña Milagros Muñiz DíazCalle Mayor, 39, 3º A,Cangas del Narcea

Doña Conchita Muñiz FernándezCalle San Bernabé, 11, 3º, Oviedo

Doña Marta M. de los ReyesMuñiz FernándezCalle Santa Susana, 3, 5º, Oviedo

Doña M. Carmen Muñiz FernándezCalle Antonio Bascarán, 3, 4º H,Oviedo

Doña Concepción Fernández ReyCalle La Fuente, 1, 1º,Cangas del Narcea

En Cangas del Narcea, a 5 de abril de 2004.—El Alcalde-Presidente.—5.793.

6044 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 28-IV-2004

Municipio Apellidos y nombre D.N.I. Matrícula Num. exped. Nº boletín Fecha denunc Precepto infringido Importeartículo euros

OVIEDO DEL RIO DIEZ JOSE ANTONIO 009774786 O-5802-AZ 1059/2004 2004-N-00014521 21/1/04 OMC 39 2 F2 60,10

OVIEDO DEL RIO DIEZ JOSE ANTONIO 009774786 O-5802-AZ 656/2004 2004-N-00014622 11/1/04 OMC 39 2 F2 60,10

OVIEDO EXCLUSIVAS PEREZ RUIZ S.L. 33259268 O-5425-BL 2811/2004 2004-N-00015314 8/3/04 OMC 39 2 K1 60,10

OVIEDO FANO FRATARCANGELI JAVIER RAMON 010586376 O-0053-BT 2402/2004 2004-N-00015904 24/2/04 OMC 39 2 F2 60,10

OVIEDO GARCIA ALVAREZ SIXTO 010600664 O-9833-BV 2250/2004 2004-N-00006482 19/2/04 OMC 39 2 C1 60,10

OVIEDO GARCIA CASTRO CLAUDIO 071872402 6925-BMW 821/2004 2004-N-00010568 14/1/04 OMC 39 2 A1 60,10

OVIEDO GARCIA CASTRO CLAUDIO 071872402 6925-BMW 1152/2004 2004-N-00015161 23/1/04 OMC 39 2 A1 60,10

OVIEDO GARCIA MORAN FRANCISCO TOMAS 010576739 M-4173-PP 1756/2004 2004-N-00011759 6/2/04 OMC 39 2 F2 60,10

OVIEDO GONZALEZ PEREZ JUAN ANTONIO 011385294 O-2261-BK 480/2004 2004-N-00014006 6/1/04 OMC 39 2 F1 60,10

OVIEDO GUTIERREZ LOPEZ AURORA ANGELES 010766707 7952-BJZ 1731/2004 2004-N-00006425 6/2/04 OMC 39 2 C1 60,10

OVIEDO MAESTRO MENENDEZ MANUEL ANGEL 009373163 O-1059-CH 490/2004 2004-N-00014156 6/1/04 RGC 106 2 02 90,15

OVIEDO MAESTRO MENENDEZ MANUEL ANGEL 009373163 O-1059-CH 499/2004 2004-N-00016339 6/1/04 OMC 47 1 01 60,10

OVIEDO OTEYZA FORNIELLES MA. BELEN 015924100 LO-4210-K 1760/2004 2004-N-00012656 6/2/04 OMC 39 2 D 60,10

OVIEDO PEREZ MARTINEZ FCO. JAVIER 010547629 M-2336-SW 2024/2004 2004-N-00012282 13/2/04 OMC 39 2 A1 60,10

OVIEDO RECAUCHUTADOS LLANO S.L. M-8249-SV 2626/2004 2004-N-00014346 2/3/04 OMC 71 2D 00 60,10

OVIEDO RED COM PDTOS PARA IND CONSTY HOGAR S.A. 33563610 O-9858-CH 2801/2004 2004-N-00016282 8/3/04 OMC 39 2 M 60,10

OVIEDO SANTOS ALVAREZ JAIME 009399852 O-6210-AL 2671/2004 2004-N-00015855 3/3/04 OMC 39 2 F2 60,10

PRAVIA FELIZ GARCIA NICANOR MANUEL 011407183 9287-BNT 233/2004 2003-N-00016330 27/12/03 OMC 39 2 F1 60,10

RIBERA DEARRIBA AUGUSTO BRAGA ANTONIO 071643441 1372-CFC 1425/2004 2004-N-00015555 30/1/04 OMC 39 2 A1 60,10

SAN TIRSODE ABRES REY CIGARRAN JOSEFA 011288237 2985-BJY 1798/2004 2004-N-00012007 7/2/04 OMC 39 2 F3 60,10

SEVILLA AGUILERA CASAL, CARLOS ALBERTO 028704171 5863-BVD 9837/2003 2003-N-00011211 8/12/03 OMC 39 2 A1 60,10

SIERO EXCLUSIVAS ENOL S.L. 33441411 O-3343-CB 2286/2004 2004-N-00013110 20/2/04 OMC 39 2 M 60,10

SIMANCAS ALAEZ FERNANDEZ,JOSE FELIX 009271233 VA-9755-AD 211/2004 2003-N-00014606 27/12/03 OMC 39 2 M 60,10

SOTO DELBARCO DE LA UZ FERNANDEZ, FRANCISCO JAVIER 011389671 O-4157-CJ 2429/2004 2004-N-00015912 25/2/04 OMC 39 2 C1 60,10

SOTO DELBARCO PALOMARES ALVAREZ, MARIA JOSEFA 011380570 O-6649-BT 2321/2004 2004-N-00012858 22/2/04 OMC 39 2 L 60,10

VALDES SIERRA GARCIA MARIA JOSEFA 010320619 O-7507-AL 1464/2004 2004-N-00015067 30/1/04 OMC 39 2 A1 60,10

VALENCIA JUAREZ PORRAS SERVANDO MA. 020384628 V-7456-EJ 1274/2004 2004-N-00011678 25/1/04 OMC 39 2 A3 60,10

VALLADOLID SALAZAR JIMENEZ TRINIDAD 009335677 0256-CHZ 1263/2004 2004-N-00014636 26/1/04 OMC 39 2 M 60,10

VALLADOLID VALLECILLO MORAL BASILIANO 012199031 VA-8631-AB 2895/2004 2004-N-00015401 9/3/04 OMC 39 2 M 60,10

VIGO ALONSO ROUCO MARIA CELESTE 036136416 3833-BXT 1568/2004 2004-N-00016360 2/2/04 OMC 39 2 F3 60,10

VILLAVICIOSA LANZA GARCIA JAVIER 071873741 O-7175-BS 778/2004 2004-N-00016463 14/1/04 OMC 39 2 M 60,10

YECLA ALEMAN ALEMAN MERCEDES 022373070 3367-BNR 690/2004 2004-N-00016719 11/1/04 OMC 39 2 A1 60,10

YECLA ALEMAN ALEMAN MERCEDES 022373070 3367-BNR 1804/2004 2004-N-00012013 7/2/04 OMC 39 2 F1 60,10

ZARAGOZA ADMINISTRACION Y ALQUILERESDE VEHICULOS S.A.L. 50684174 9135-BRC 1610/2004 2004-N-00014851 3/2/04 OMC 39 2 F1 60,10

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Edicto

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (Boletín Oficial del Estado número 285, de 27 de noviem-bre de 1992), se hace pública notificación de las resolucionesrecaidas en los expedientes sancionadores que se indican, dicta-das por la autoridad competente, a las personas o entidadesdenunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndoseintentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta nose ha podido practicar.

Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, podráinterponer recurso de reposición ante la propia Alcaldía en elplazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de publicaciónde la presente notificación. Dicho recurso se entenderá desesti-mado por el transcurro del plazo de un mes desde el día siguien-te al de su interposición sin que haya recaído resolución. Contrala resolución expresa o presunta del recurso de reposición podráinterponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado delo Contencioso-Administrativo de Oviedo, en el plazo de dos

meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, sifuera expresa y, si no lo fuera, en el plazo de seis meses, contadosa partir del día siguiente a aquél en que se produzca la desestima-ción presunta. Todo ello sin el perjuicio de su derecho a interpo-ner, cualquier otro recurso que se estime procedente (artículos 14de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de lasHaciendas Locales; 8, 25 y 46 de la Ley 29/1998, reguladora dela Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Forma y lugar de pago:

El importe de la multa podrá ser abonado en metálico en laTesorería Municipal de 9 a 14 horas, o bien por giro postal oingreso en la cuenta abierta a nombre de este Ayuntamiento encualquier entidad bancaria de la villa, especificando con claridadel número de expediente, estando en estos dos últimos casos, elrecibo justificativo del pago a su disposición en la Tesoreríadurante el plazo de un mes. El pago de la sanción pone fin al pro-cedimiento.

En Cangas del Narcea, a 5 de abril de 2004.—El Alcalde.—5.794.

DE CARAVIA

Anuncio de licitación

Según lo acordado por el Pleno de esta Corporación, se pro-mueve licitación pública para la adjudicación, por concurso, de laredacción Proyecto de Urbanización del Polígono Industrial deCarrales SAU-CA-01, conforme a las siguientes condiciones:

- Redacción a cargo de técnico competente.

- Sistema de adjudicación: Concurso, en procedimiento abier-to.

- Tipo de licitación: 30.276 euros, a la baja.

- Plazo de presentación de ofertas: 20 días hábiles a partir dela publicación.

- Fianza provisional: 600 euros.

- Fianza definitiva: 4% de la adjudicación.

Los pliegos de condiciones junto con el modelo de proposi-ción pueden ser retirados de las oficinas municipales.

En Caravia, a 2 de abril de 2004.—El Alcalde.—5.655.

DE CARREÑO

Anuncio

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre de 1992, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común (Boletín Oficial del Estado número 285,de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de lasresoluciones recaidas en los expedientes sancionadores que seindican, dictadas por la autoridad competente según el artículo 15

28-IV-2004 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 6045

Anexo

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del Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, regulador delReglamento del Procedimiento Sancionador en Materia deTráfico, a las personas o entidades que a continuación se relacio-nan, ya que habiéndose intentado la notificación en el últimodomicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Contra estas resoluciones se podrá interponer recurso de repo-sición ante el órgano autor del acto dentro del plazo de un mes,contado a partir del día siguiente al de la publicación del presen-te anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias;y recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos mesesante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de estederecho, las resoluciones serán firmes y las multas podrán ser

abonadas en periodo voluntario dentro de los quince días siguien-tes a la firmeza, con la advertencia de que, de no hacerlo, se pro-cederá a su exacción por vía ejecutiva, incrementado con el recar-go de 20% de su importe por apremio.

El pago voluntario se realizará a través de los siguientesmedios:

a) En metálico, en la Tesorería Municipal, sita en la calleSanta Eulalia, nº 1, 33430, Candás (de 9 a 13 horas).

b) A través de giro postal, dirigido al Ayuntamiento deCarreño, a la dirección arriba indicada, remitiendo inexcu-sablemente el número de expediente y matrícula del vehí-culo.

LT: Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor ySeguridad Vial.

OMC: Ordenanza Municipal de Circulación.

(L): Leve.

(G): Grave.

En Candás, a 2 de abril de 2004.—El Alcalde.—5.795.

— • —

Edicto

Expediente número 1.558/2004.

Habiéndose solicitado de esta Alcaldía por don Iván SantiagoPeláez Bernardo, licencia para la construcción y adecuación denave para actividad de taller de mecanizados, en parcela número6 del Polígono Industrial de Tabaza II, Logrezana, cumpliendo lodispuesto por el apartado a), del número 2, del artículo 30 delReglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas yPeligrosas de 30 de noviembre de 1961, se somete a informaciónpública por periodo de diez días hábiles, a fin de que durante elmismo —que empezará a contarse desde el día siguiente al de lainserción del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias— pueda examinarse el expediente en laSecretaría de este Ayuntamiento, por las personas que de algúnmodo se consideren afectadas por la actividad que se pretendeinstalar y formular por escrito las reclamaciones u observacionesque se estimen oportunas.

En Candás, a 1 de abril de 2004.—El Alcalde.—5.540.

DE CASO

Anuncios

Aprobada por mayoría en sesión plenaria celebrada el 23 demarzo de 2004, la cuenta general correspondiente al año 2001, deconformidad con cuanto dispone el artículo 116 de la Ley 7/1985,de 2 de abril, y el artículo 193.3 de la Ley 39/1988, de 28 dediciembre, se expone al público por término de quince días,durante los cuales y ocho más, podrán los interesados formularreclamaciones, reparos y cuantas observaciones entiendan perti-nentes.

En Campo de Caso, a 2 de abril de 2004.—El Alcalde.—5.846.

— • —

Aprobado inicialmente en sesión extraordinaria de Pleno deeste Ayuntamiento, de fecha veintitrés de marzo de dos mil cua-tro, el presupuesto general, bases de ejecución, y la plantilla depersonal funcionario y laboral para el ejercicio económico 2004,con arreglo a lo previsto en el artículo 150 de la Ley 39/1988, de28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, y el artí-culo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone alpúblico el expediente y la documentación preceptiva por plazo dequince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos dereclamaciones y alegaciones.

De conformidad con el artículo 150 de la Ley 39/1988, de 28de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumendel mismo por capítulos:

Estado de gastos

Capítulo I.................................................... 467.150,11 euros

Capítulo II .................................................. 245.656,00 euros

Capítulo III.......................................................... 12,00 euros

Capítulo IV ................................................ 151.747,63 euros

Capítulo VI ................................................ 958.894,00 euros

Capítulo VII ................................................ 11.149,00 euros

Capítulo VIII ...................................................... 60,00 euros

Capítulo IX........................................................ 120,00 euros

Total ............................................................ 1.834.788,74 euros

Estado de ingresos

Capítulo I .................................................. 231.789,63 euros

Capítulo II .................................................... 14.000,00 euros

Capítulo III ................................................ 126.622,00 euros

Capítulo IV ................................................ 395.259,11 euros

Capítulo V .................................................. 119.034,00 euros

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Capítulo VII .............................................. 947.904,00 euros

Capítulo VIII .................................................... 180,00 euros

Total ............................................................ 1.834.788,74 euros

PLANTILLA DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE CASO

Funcionarios:

Descripción Grupo Número

Secretario B 1

Administrativo C 3 (1 vacante)

Auxiliar administrativo D 1

Operario E 3 (1 vacante)

Laborales:

Descripción Número

Aux. administrativo biblioteca(a tiempo parcial) 1

Cuidadora Ayuda a Domicilio 4

Ayte. conductor camión basura(a tiempo parcial) 1

Operario recogida de basura(a tiempo parcial) 1

Servicio de Limpieza(a tiempo parcial) 2

Otros:

Descripción Número

Auxiliar administrativo 1

Agente Desarrollo Local 1

Gestora Iniciativas Turísticas 1

Operario-peón 1

Conductor mecánico 1

Auxiliar administrativo centro desalud (a tiempo parcial) 1

Profesor gerontogimnasia(a tiempo parcial) 1

Convenio I.M.I.:

Monitor I.M.I. 1

Operario I.M.I. 3

De conformidad con el acuerdo adoptado, el presupuesto seconsiderará definitivamente aprobado, si durante el citado plazono se presentan reclamaciones.

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la JurisdicciónContencioso-Administrativo, con los requisitos, formalidades ycausas señaladas en los artículos 151 y 152 de la Ley 39/1988,reguladora de las Haciendas Locales, y en la forma y plazos queestablecen las normas de dicha Jurisdicción.

En Campo de Caso, a 5 de abril de 2004.—El Alcalde.—5.847.

DE COLUNGA

Edicto

Habiéndose solicitado de esta Alcaldía por don Jesús ManuelPardo Vallina, licencia municipal de apertura para “bar-sidrería”sito en calle 18 de Julio, s/n, Colunga, cumpliendo lo dispuestopor el apartado a) del número 2, del artículo 30 del Reglamentode Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas de 30

de noviembre de 1961, se somete a información pública porperiodo de diez días hábiles, a fin de que durante el mismo —queempezará a contarse desde el día siguiente al de la inserción delpresente edicto en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias— pueda examinarse el expediente en la Secretaría deeste Ayuntamiento, por las personas que de algún modo se consi-deren afectadas por la actividad que se pretende instalar y formu-lar por escrito las reclamaciones u observaciones que se estimenoportunas.

En Colunga, a 7 de abril de 2004.—El Alcalde.—6.015.

DE CORVERA

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Solicitada por Chapistería Avelino, S.L., licencia para adecua-ción de nave destinada a taller de chapistería y pintura, sito en elPolígono Sánchez-Cima, 2, nave número 25, La Rozona (LosCampos).

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 30 delReglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas yPeligrosas de 30 de noviembre de 1961, se hace público para oírreclamaciones por el plazo de diez días, a contar desde la publi-cación de éste, permaneciendo el expediente a efectos de infor-mación en la Secretaría de este Ayuntamiento.

En Corvera, a 1 de abril de 2004.—El Alcalde.—6.016.

DE GIJON

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Referencia: 022482/2003.

En el Boletín Oficial del Estado de 1 de diciembre de 2003,aparece publicada la convocatoria de provisión de puestos de tra-bajo vacantes en la relación de puestos de trabajo delAyuntamiento de Gijón por el procedimiento de libre designa-ción, siendo resuelto el mismo por Acuerdo de la Junta deGobierno de 16 de marzo de 2004, adjudicándose a las personasrelacionadas a continuación los puestos siguientes:

Código R.P.T. Puesto de trabajo convocado Titular

B1100003 Secretaria de despacho Begoña Pumarada Alcaide

H1100000 Jefe de Policía Alejandro Martínez Gallo

K1200000 J. Serv. Relaciones Laborales Ana María González Salas

K1400000 J. Serv. Inspección de Servicios Rosa L. Bernaldo deQuirós García

En Gijón, a 31 de marzo de 2004.—La Alcaldesa.—5.918.

— • —

Servicio Administrativo de UrbanismoSección de Gestión y Planeamiento

Anuncio

Referencia: 029894/2003.

La Junta de Gobierno Local en sesión de fecha treinta demarzo de dos mil cuatro, acordó aprobar inicialmente el Proyectode Urbanización de la Unidad de Ejecución 207 B, Tremañes,promovido por Aluminios de Teverga, S.L., y otra.

De conformidad con lo establecido en el artículo 106 de laLey 3/2002, de 19 de abril, Ley del Principado de Asturias deRégimen del Suelo y Ordenación Urbanística, el expediente derazón se somete a información pública por plazo de veinte días, acontar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncioen el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, quedando

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el expediente en el Servicio de Atención al Ciudadano de esteAyuntamiento (Edificio Administrativo Antigua PescaderíaMunicipal), en horario de lunes a viernes de 9 a 17 y sábados de9 a 13, para que durante el expresado plazo, cualquier personaque así lo desee pueda examinarlo, y en su caso presentar porescrito las alegaciones que estime pertinente.

En Gijón, a 6 de abril de 2004.—El Concejal Delegado deUrbanismo e Infraestructuras, Segundo Teniente de Alcalde.Competencias delegadas según Resolución de 26 de enero de2004.—6.034.

DE GRADO

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El Ayuntamiento de Grado ha abierto el plazo para la solicitudde las subvenciones a asociaciones municipales.

El plazo para presentar dicha solicitud en el Registro deEntrada Municipal será de treinta días naturales a contar desde elsiguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

Tanto las bases que regirán dicha convocatoria como el mode-lo de solicitud, podrán recogerse en las oficinas de SecretaríaMunicipal.

En Grado, a 7 de abril de 2004.—El Alcalde.—5.921.

DE IBIAS

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El Pleno de Ibias, en sesión ordinaria celebrada el día 26 demarzo de 2004, acordó aprobar inicialmente el presupuesto muni-cipal para 2004.

Dicho acuerdo y el expediente de referencia se someten ainformación pública por el plazo de quince días, a contar desde lapublicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias. Durante dicho plazo, los interesadospodrán examinar el expediente y presentar, ante la SecretaríaGeneral, las alegaciones y reclamaciones que consideren oportu-nas.

De no producirse alegaciones o reclamaciones, se considerarádefinitivamente aprobado el presupuesto municipal de 2004.

En San Antolín de Ibias, a 7 de abril de 2004.—LaAlcaldesa.—6.017.

DE LANGREO

Edicto

Aprobación inicial de la Ordenanza de Limpieza Pública yRecogida de Residuos

El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 25 de marzode 2004, aprobó inicialmente la Ordenanza arriba referenciada,cuyo texto íntegro se publica anexo.

De conformidad con lo prevenido en el artículo 49 de la Ley7/1985, se somete a información pública por plazo de treinta díasa efectos de alegaciones, entendiéndose definitivamente aprobadasi no se produjeran.

En Langreo, a 6 de abril de 2004.—La Alcaldesa.—6.019.

Anexo

ORDENANZA DE LIMPIEZA PUBLICA Y RECOGIDA DE RESIDUOS

TITULO I. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Objeto

Artículo 2. Referencia legal

Artículo 3. Sujetos obligados

Artículo 4. Reparación de daños

Artículo 5. Tasas y precios públicos

TITULO II. LIMPIEZA DE LA VIA PUBLICA

CAPITULO I. USO COMUN GENERAL DE LOS CIUDADANOS

Artículo 6. Concepto de vía pública

Artículo 7. Personas obligadas a la limpieza

Artículo 8. Prohibiciones y deberes

Artículo 9. Actividades en la vía pública

CAPITULO II. OBRAS Y ACTIVIDADES DIVERSAS

Artículo 10. Obras en la vía pública o colindantes

Artículo 11. Carga, descarga y transporte de materiales

Artículo 12. Transporte de tierras y escombros

Artículo 13. Limpieza y reparaciones de vehículos en la vía pública

Artículo 14. Circos, atracciones de feria y similares

CAPITULO III. LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE ESCAPARATES Y PAR-TES EXTERIORES DE INMUEBLES

Artículo 15. Limpieza de escaparates y de zonas afectadas por escaparates

Artículo 16. Exteriores de inmuebles

CAPITULO IV. LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE URBANIZACIONES YSOLARES DE PROPIEDAD PRIVADA

Artículo 17. Urbanizaciones

Artículo 18. Solares

CAPITULO V. TENENCIA DE ANIMALES EN LA VIA PUBLICA

Artículo 19. Responsables

Artículo 20. Obligaciones de los propietarios o tenedores

Artículo 21. Instalaciones para deposiciones caninas

Artículo 22. Fiestas y celebraciones

Artículo 23. Limpieza de animales

CAPITULO VI. USO COMUN ESPECIAL Y PRIVATIVO DE LA VIA PUBLICA

Artículo 23. Responsabilidades

Artículo 24. Elementos publicitarios

Artículo 25. Reparto publicitario en la vía pública

Artículo 26. Reparto domiciliario de publicidad

Artículo 27. Pintadas

TITULO III. RECOGIDA DE RESIDUOS

CAPITULO I. DEFINICION DE RESIDUOS Y CLASIFICACION

Artículo 28. Definición de residuo y su clasificación

Artículo 29. Definición de residuos urbanos o municipales

Artículo 30. Exclusiones

CAPITULO II. RESIDUOS URBANOS DOMICILIARIOS Y ASIMILABLES

Artículo 31. Forma de prestación del servicio

Artículo 32. Bolsas de plástico

Artículo 33. Recogida mediante cubos

Artículo 34. Recogida mediante contenedores situados en la vía pública

Artículo 35. Recogida de residuos urbanos en establecimientos industriales, comer-ciales y mercantiles

Artículo 36. Horario para el depósito de residuos

CAPITULO III. RESIDUOS URBANOS ESPECIALES

SECCION 1ª. RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION

Artículo 37. Ambito de aplicación

Artículo 38. Definiciones

Artículo 39. Intervención municipal

Artículo 40. Forma de gestión

Artículo 41. Contenedores de obras

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Artículo 42. Normas para la instalación de los contenedores de obras

Artículo 43. Normas de uso de los contenedores de obra

Artículo 44. Retirada de los contenedores de la vía pública

Artículo 45. Horario

Artículo 46. Responsabilidad

Artículo 47. Prohibiciones

SECCION 2ª. OTROS RESIDUOS URBANOS ESPECIALES

Artículo 48. Restos de poda y jardinería

Artículo 49. Muebles y enseres inservibles

Artículo 50. Vehículos abandonados fuera de uso

Artículo 51. Animales muertos

CAPITULO IV. RESIDUOS INDUSTRIALES NO PELIGROSOS

Artículo 52. Formas de gestión

Artículo 53. Deberes de información y colaboración

CAPITULO V. OTROS RESIDUOS. RESIDUOS SANITARIOS

Artículo 54. Clasificación y gestión

Artículo 55. Prestación del servicio en centros sanitarios

Artículo 56. Persona responsable de la gestión

TITULO III. GESTION DE RESIDUOS

Artículo 57. Propiedad de los residuos

Artículo 58. Manipulación y abandono de residuos

Artículo 59. Puntos limpios

Artículo 60. Recogida selectiva

TITULO IV. REGIMEN DISCIPLINARIO

CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 61. Responsabilidad

Artículo 62. Obligación de reponer y ejecución subsidiaria

Artículo 63. Inspecciones

CAPITULO II. INFRACCIONES

Artículo 64. Clases

Artículo 65. Infracciones muy graves

Artículo 66. Infracciones graves

Artículo 67. Infracciones leves

CAPITULO III. SANCIONES

Artículo 68. Clasificación

Artículo 69. Graduación y reincidencia

Artículo 70. Procedimiento sancionador.

Disposición Derogatoria.

Disposición Final.

TITULO IDISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.—OBJETO.

La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación de las siguientes actua-ciones y actividades:

1. La limpieza de la vía pública en lo referente al uso por los ciudadanos, y lasacciones de prevención encaminadas a evitar el ensuciamiento de la misma,así como la producción innecesaria de residuos.

2. La gestión de los residuos urbanos que conforme a la legislación vigente seacompetencia del Ayuntamiento.

Artículo 2.

A efectos de aplicación, la regulación de esta Ordenanza atiende a los principiosde la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos. Para lo no previsto se aplicará la ana-logía en las materias qie fuera posible.

Artículo 3.—SUJETOS OBLIGADOS.

1. Todos los ciudadanos están obligados al cumplimiento de esta Ordenanza ydisposiciones complementarias que dicte la Alcaldía mediante bando en el ejerciciode sus competencias.

2. La Alcaldía sancionará las acciones y omisiones contrarias a la presenteOrdenanza mediante el establecimiento del régimen sancionador previsto en los aa.64 y siguientes de la misma.

3. Tanto las personas físicas como las jurídicas del municipio, están obligadas,en lo que concierne a la limpieza de la ciudad, observar una conducta encaminada aevitar y prevenir la suciedad.

Artículo 4.—REPARACION DE DAÑOS.

1. Con independencia de la sanción económica que se pueda imponer medianteel oportuno procedimiento incoado contra aquellas personas que incumplan lo pre-ceptuado en esta Ordenanza, el Ayuntamiento exigirá al causante del deterioro, lareparación de los daños causados.

2. El Ayuntamiento podrá realizar subsidiariamente los trabajos que, según laOrdenanza, deban efectuar los usuarios, imputándoles el coste, debidamente justifi-cado de los servicios prestados.

Artículo 5.—TASAS Y/O PRECIOS PUBLICOS.

El Ayuntamiento de Langreo establecerá mediante Ordenanza Fiscal las tasas yen su caso precios públicos correspondientes a la prestación de los servicios objetode esta Ordenanza, debiendo los usuarios proceder al pago de las mismas en los tér-minos que resulten de aquélla.

TITULO IILIMPIEZA DE LA VIA PUBLICA

CAPITULO IUSO COMUN GENERAL DE LOS CIUDADANOS

Artículo 6.—CONCEPTO DE VIA PUBLICA.

Se considera como vía pública, y por tanto de responsabilidad municipal, la lim-pieza de la misma, los paseos, avenidas, calles, plazas, aceras, caminos, jardines yzonas verdes, zonas terrosas, puentes, túneles peatonales y demás bienes de propie-dad municipal, destinados directamente al uso común general de los ciudadanos.

Se exceptuarán por su carácter no público, las urbanizaciones particulares, pasa-jes, patios interiores, solares, galerías comerciales y similares, cuya limpieza corres-ponde a los particulares, sea la propiedad única, compartida o en régimen de pro-piedad horizontal, si bien el Ayuntamiento ejercerá el control de la limpieza de estoselementos.

Artículo 7.—PERSONAS OBLIGADAS A LA LIMPIEZA.

1. La limpieza de la red viaria pública y la recogida de residuos procedentes dela misma, se efectuará por el Ayuntamiento en la forma y periodicidad que se esta-blezca mediante bandos.

2. La limpieza de las calles de particulares abiertas al tránsito público, pasajes,pasos etc., será de cargo de sus respectivos propietarios.

Artículo 8.—PROHIBICIONES Y DEBERES.

1. Queda prohibido tirar, o depositar en la vía pública toda clase de productos,tanto en estado sólido como líquido o gaseoso, incluidos los residuos procedentes dela limpieza de la vía pública por los particulares.

2. Los residuos sólidos tales como papel, envoltorios, pipas, cacahuetes etc.,deben depositarse en las papeleras.

3. Los ciudadanos que necesiten desprenderse de residuos voluminosos o depequeño tamaño pero en gran cantidad, lo harán con arreglo a lo establecido en elartículo 59 de esta Ordenanza.

4. Se prohíbe escupir en la calle y satisfacer las necesidades fisiológicas en lamisma e igualmente, en portales o accesos a cocheras.

5. No se permite sacudir ropas y alfombras, desde balcones, sobre la vía públi-ca.

6. No se permite arrojar desde balcones o terrazas restos del arreglo de macetas,los cuales deberán evacuarse junto con los residuos domiciliarios.

7. No se permite el riego de plantas, si con ello se producen derramamientos ogoteos sobre la vía pública salvo en el horario comprendido entre las 22 horas de lanoche y las 8 horas de la mañana siguiente y siempre con las debidas precaucionespara no producir molestias a peatones.

8. No se permite evacuar aguas sucias sobre la vía pública o zonas ajardinadas.

9. Se prohíbe arrojar a la vía pública cualquier clase de residuos desde los vehí-culos, ya estén parados o en marcha, y en particular, colillas y vaciado de ceniceros.

10. Se prohíbe la manipulación y selección de cualquier tipo de material resi-dual depositado sobre la vía pública.

11. Se prohíbe hurgar, rebuscar y extraer elementos depositados en papeleras yrecipientes instalados en la vía pública.

12. Queda prohibido realizar cualquier operación que pueda ensuciar la víapública con ocasión de la manipulación o selección de los desechos o residuos sóli-dos urbanos.

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13. No se permite el riego de aceras y calzadas.

Artículo 9.—ACTIVIDADES EN LA VIA PUBLICA.

Todas las actividades que puedan ocasionar suciedad en la vía pública, cual-quiera que sea el lugar en el que se desarrollen, exige de sus titulares la obligaciónde adoptar las medidas necesarias para evitar que se ensucie la misma, así como lade limpiar con frecuencia la parte afectada y retirar los materiales residuales resul-tantes con la periodicidad necesaria.

CAPITULO IIOBRAS Y ACTIVIDADES DIVERSAS

Artículo 10.—OBRAS EN LA VIA PUBLICA O COLINDANTES.

1. Las personas que realicen obras en la vía pública, deberán prevenir el ensu-ciamiento de la misma y los daños a personas o cosas. A tal fin será obligatorio colo-car vallas y elementos de protección para la carga y descarga de materiales y pro-ductos de derribo.

2. Los materiales de suministro así como los residuos, se dispondrán en el inte-rior de la obra o dentro de la zona acotada de la vía pública debidamente autorizada,en cuyo caso se hará en un recipiente adecuado que nunca estará en contacto direc-to con el suelo.

3. Todas las operaciones de obras tales como amasar, aserrar, etc., se efectuaránen el interior de la misma o dentro de la zona acotada de vía pública debidamenteautorizada, estando totalmente prohibida la utilización del resto de la misma paraestos menesteres.

4. Se prohíbe el abandono, vertido o depósito directo en la vía pública, solaresy descampados, de cualquier material residual de obras o actividades viarias. Dichosresiduos deberán ser retirados de las obras por sus responsables y vertidos en lospuntos establecidos al efecto por un gestor autorizado.

5. Los materiales de obra abandonados adquirirán carácter de residuo conformea la Ley 10/1998, pasando a propiedad municipal, sin que el titular afectado puedareclamar su pérdida.

6. Es obligación del constructor la limpieza diaria y sistemática de la vía públi-ca que resulte afectada por la construcción de edificios o realización de obras, inclui-do el ensuciamiento derivado del trasiego de maquinaria y vehículos de carga por elviario de acceso y salida al lugar de la obra.

7. Cuando se trate de edificios u otros inmuebles en construcción, rehabilita-ción, reforma o derribo, será el titular de la obra el responsable de la limpieza de lavía pública que se vea afectada por las obras.

Artículo 11.—CARGA, DESCARGA Y TRANSPORTE DE MATERIALES.

1. De las operaciones de carga y descarga del respectivo vehículo así como deltransporte de cualquier material, se responsabilizará tanto el conductor del vehículocomo el titular del mismo y subsidiariamente, los titulares de los establecimientos yobras donde se hubieran efectuado.

2. Los responsables procederán a la limpieza de la vía pública y de los elemen-tos de ésta que se hayan ensuciado como consecuencia de las operaciones de carga,transporte y descarga de vehículos. Las personas o empresas que pongan a disposi-ción de los promotores o titulares de las obras las cubas o contenedores, tienen laobligación de identificarlos cuando sean requeridos a tal efecto por los serviciosmunicipales.

3. Los conductores de vehículos que transporten materiales pulverulentos, car-tones, papeles o cualquier otra materia diseminable, están obligados a la coberturade la carga con lonas, toldos o elementos similares y deberán tomar las medidas pre-cisas para evitar que dichos productos caigan sobre la vía pública.

Artículo 12.—TRANSPORTE DE TIERRAS Y ESCOMBROS.

1. El transporte de tierras y escombros por las vías urbanas deberá realizarse deacuerdo con los horarios e itinerarios fijados al efecto por la Alcaldía.

2. En la carga de vehículos se adoptarán las precauciones necesarias para impe-dir que se ensucie la vía pública debiendo, entre otras cosas, lavar los bajos y ruedasde los vehículos antes de salir de las obras cuando sean necesario.

3. No se permite que las tierras y escombros transportados sobrepasen los extre-mos superiores de la caja del vehículo o contenedor.

Artículo 13.—LIMPIEZA Y REPARACIONES DE VEHICULOS EN LA VIAPUBLICA.

Queda prohibido lavar vehículos y maquinaria en la vía pública, efectuarlescambios de aceite u otros líquidos, así como repararlos, salvo actuaciones puntualesde emergencia, debiendo en todo caso proceder a la limpieza de la zona afectada.

Artículo 14.—CIRCOS, ATRACCIONES DE FERIA Y SIMILARES.

Aquellas actividades que por sus características especiales utilicen la vía públi-ca, como circos, atracciones de feria, teatros ambulantes, etc., podrán ser obligadasa depositar una fianza u otro tipo de garantía, encaminada a cubrir las responsabili-dades derivadas del ensuciamiento producido por el desarrollo de dicha actividad.

En el supuesto de ser necesario efectuar labores de limpieza por parte de losServicios Municipales, la fianza se destinará a sufragar el coste de las mismas y enel caso de ser éste superior a la cantidad depositada, la diferencia resultante deberáser abonada por el titular de la actividad y todo ello, sin perjuicio de la sanción queconforme a la presente Ordenanza, pudiera corresponder.

CAPITULO IIILIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE ESCAPARATES

Y PARTES EXTERIORES DE INMUEBLES

Artículo 15.—LIMPIEZA DE ESCAPARATES Y DE ZONAS AFECTADAS PORESCAPARATES.

La limpieza de escaparates y elementos exteriores de establecimientos comer-ciales y edificios, se efectuará entre las 7 y 10 horas de la mañana y las 20 y 22 horasde la noche, procurando no ensuciar la vía pública. El titular de la actividad vieneobligado a la limpieza de la misma, sin perjuicio de la adopción de las medidas deseguridad exigibles en cada caso, así como la obtención de las autorizaciones perti-nentes.

Artículo 16.—EXTERIORES DE INMUEBLES.

1. Los propietarios de fincas y edificios tanto habitados como deshabitados,están obligados a conservar el ornato público de éstos, limpiando y manteniendoadecuadamente las fachadas, entradas y en general, todas las partes del inmueblevisibles desde la vía pública.

2. Los titulares de comercios y establecimientos, deberán mantener limpias lasparedes y fachadas de los mismos.

3. Queda prohibido tener a la vista en ventanas, balcones y terrazas, ropa tendi-da o cualquier otra clase de objetos que sean contrarios al ornato de la vía pública, aexcepción de aquellos edificios que arquitectónicamente no pudieran efectuarlo enotro lugar, lo que habrá de comprobarse por el Ayuntamiento.

CAPITULO IVLIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE URBANIZACIONES

Y SOLARES DE PROPIEDAD PRIVADA

Artículo 17.—URBANIZACIONES.

Corresponde a los propietarios la limpieza a su costa de aceras, pasajes, calza-das, plazas, etc., de las urbanizaciones de dominio y uso privado. Asimismo, seráobligación de los propietarios la limpieza de los patios interiores de manzana, lossolares, las galerías comerciales y similares.

Artículo 18.—SOLARES.

1. Los propietarios de solares que linden con la vía pública, deberán vallarloscon cerramientos conformes a las Ordenanzas del Plan General de OrdenaciónUrbana y situarlos en la alineación oficial que a tal efecto se les indique. Igualmentehabrán de mantenerlos libres de residuos y en condiciones de higiene, seguridad yornato. La prescripción anterior incluye la exigencia de su desratización y desinfec-ción.

2. La altura de las vallas será la prevista en la normativa señalada en el aparta-do anterior y se construirán con materiales que garanticen su estabilidad y conser-vación adecuada.

3. Si por incumplimiento de los deberes señalados en este artículo fuere nece-sario ejecutar subsidiariamente las obligaciones a cargo del propietario, elAyuntamiento podrá acceder a los solares por cualquier medio de no constituir domi-cilio —en cuyo caso habrá de proveerse de la oportuna autorización judicial— reper-cutiendo a aquél el coste que la actuación genere.

CAPITULO VTENENCIA DE ANIMALES EN LA VIA PUBLICA

Artículo 19.—RESPONSABLES.

1. La tenencia y circulación de animales en la vía pública, se adaptará a laOrdenanza Municipal sobre Animales Domésticos.

2. Los propietarios son directamente responsables de los daños y/o afecciones apersonas y cosas y de cualquier acción que ocasione suciedad en la vía pública porlos animales de su pertenencia.

3. En ausencia del propietario, la responsabilidad recaerá en la persona que con-dujese al animal en el momento de producirse las acciones descritas en el apartadoanterior.

4. Cuando un animal cause suciedad en la vía pública, los agentes municipalesestán facultados para exigir del propietario o tenedor de hecho, la reparación inme-diata de la afección causada, sin perjuicio de las sanciones que proceda imponer.

Artículo 20.—OBLIGACIONES DE LOS PROPIETARIOS O TENEDORES.

1. Las personas que conduzcan perros y otra clase de animales por la vía públi-ca, están obligados a impedir que hagan sus deposiciones en la vía pública destina-das al transito de peatones.

2. Durante su permanencia en la vía publica, los animales deberán de hacer susdeposiciones en los lugares habilitados o expresamente autorizados por el

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Ayuntamiento para este fin. De no existir dichas instalaciones, se autoriza a que losanimales las realicen en los sumideros de la red de alcantarillado.

3. En todo caso cuando queden restos sobre la vía pública, los propietarios otenedores de los animales deberán de forma inmediata, retirar y recoger los mismos,debiendo igualmente, proceder a la limpieza de la zona que hubiesen ensuciado.

4. Los excrementos podrán:

a. Incluirse en los residuos domiciliarios por medio de la bolsa de recogidahabitual.

b. Introducirse dentro de bolsas perfectamente cerradas para su depósito enpapeleras o contenedores.

Artículo 21.—INSTALACIONES PARA DEPOSICIONES CANINAS.

El Ayuntamiento podrá instalar equipamientos para que los perros realicen susdeposiciones, prestándoles el servicio de limpieza.

Artículo 22.—FIESTAS Y CELEBRACIONES.

1. La celebración de fiestas tradicionales y otros actos públicos con participa-ción de caballerías, exigirá la previa autorización municipal que podrá condicionarsu concesión a la prestación de fianza en cuantía suficiente que garantice la limpie-za de la vía pública.

2. El personal adscrito a los servicios municipales, procederá a recoger losexcrementos de los animales, dejando la zona en las debidas condiciones de limpie-za.

Artículo 23.—LIMPIEZA DE ANIMALES.

Queda prohibida la limpieza de animales domésticos en la vía pública, así comoprocurarles alimentos.

CAPITULO VIUSO COMUN ESPECIAL Y PRIVATIVO DE LA VIA PUBLICA

Artículo 23.—RESPONSABILIDADES.

1. Quienes estén al frente de quioscos o puestos autorizados en la vía pública,bien aislados o en mercadillos, están obligados a mantener limpio el espacio en elque desarrollen su actividad y sus proximidades.

2. Los titulares de establecimientos de hostelería, están obligados a mantenerlimpia la superficie que ocupen las mesas y sillas instaladas sobre la vía pública, asícomo el espacio existente entre ellas. En particular, no podrán derramar directamen-te ningún tipo de líquido sobre el suelo, debiendo disponer de los mecanismos derecogida adecuados. Asimismo y una vez finalizada la jornada de trabajo, se deberáretirar de la vía pública el mobiliario instalado, a excepción de las terrazas fijas debi-damente autorizadas. En el caso de producirse el derrame de restos de comida olíquidos sobre la vía pública, deberá procederse por el titular de la terraza al baldeode la misma.

3. Será responsabilidad de los titulares de quioscos, cajeros de bancos y engeneral de todos aquellos establecimientos susceptibles de entregar cualquier pro-ducto cuyo deshecho se produzca habitualmente de inmediato, a instalar papelerasen sitio visible que induzcan al usuario a no arrojar el material no utilizable al suelo.

4. Los organizadores de actos públicos, son responsables de la suciedad deriva-da de los mismos y están obligados a informar al Ayuntamiento del lugar, recorridoy horario del acto a celebrar, siendo exigible la constitución de una fianza por elimporte previsible de las operaciones de limpieza que se deriven de su celebración.

Artículo 24.—ELEMENTOS PUBLICITARIOS.

1. La licencia para uso de elementos publicitarios, llevará inherente la obliga-ción de limpiar los espacios de la vía pública que se hubiesen utilizado y de retirardentro del plazo autorizado, dichos los elementos y sus correspondientes accesorios.A tal efecto, el Ayuntamiento queda facultado para requerir la constitución de unagarantía suficiente encaminada a la limpieza de la vía pública y preservar el medioambiente como consecuencia del ejercicio de esta actividad.

2. Se prohíbe la colocación de carteles o pegatinas fuera de los lugares queexpresamente sean autorizados por el Ayuntamiento.

3. La colocación de pancartas en la vía pública o en edificios, podrá efectuarseúnicamente con autorización municipal expresa.

4. Queda prohibido desgarrar, arrancar o tirar a la vía pública, carteles, anunciosy pancartas.

5. La responsabilidad por el ensuciamiento causado será solidaria tanto para elanunciante como para quien coloque el elemento publicitario.

Artículo 25.—REPARTO PUBLICITARIO EN LA VIA PUBLICA.

1. Queda prohibido esparcir o tirar en la vía pública toda clase de octavillas omateriales publicitarios similares. Su reparto estará sometido a licencia municipal.

2. Todo el material publicitario que se distribuya, sea cuales fueran sus caracte-rísticas, ha de llevar en lugar visible la identificación de la empresa distribuidora,que contendrá como mínimo: El nombre de la misma; su C.I.F.; su domicilio social

y teléfono. Esta obligación se extiende a las empresas anunciantes en el caso de quesean ellas mismas las distribuidoras que estarán obligadas a incluir un mensaje diri-gido al receptor en el que se advierta de la prohibición de arrojarlos a la vía pública.

3. Se prohíbe de forma expresa la colocación de octavillas publicitarias y simi-lares en los vehículos estacionados en la vía pública.

4. Del ensuciamiento de la vía pública como consecuencia de la actividad dereparto de octavillas y materiales similares, serán responsables solidarios, tanto laentidad anunciante, como la encargada de su reparto y distribución.

Artículo 26.—REPARTO DOMICILIARIO DE PUBLICIDAD.

1. El reparto domiciliario de publicidad se efectuará de forma que no generesuciedad en la vía pública.

2. La publicidad se habrá de depositar en el interior de los buzones particularesy en aquellos espacios que los vecinos o la comunidad de propietarios del edificiohayan establecido a tal efecto.

3. En ningún caso se puede depositar la publicidad de forma indiscriminada oen desorden, en las entradas de los edificios, en los vestíbulos de los portales, o enlas zonas comunes de los inmuebles.

4. A fin de evitar molestias a los ciudadanos, el material publicitario se ha dedoblar adecuadamente, teniendo en cuenta la medida de la boca de los buzones.

Artículo 27.—PINTADAS.

1. Las pintadas en la vía pública sobre elementos estructurales, calzadas, acerasmobiliario urbano, muros y paredes no están autorizadas a excepción de las pinturasmurales de carácter artístico, que se realicen con autorización del propietario y pre-via licencia municipal.

2. Los propietarios actuarán con la mayor diligencia para mantener las fachadasde sus inmuebles exentas de pintadas.

TITULO IIRECOGIDA DE RESIDUOS

CAPITULO IDEFINICION DE RESIDUOS Y CLASIFICACION

Artículo 28.—DEFINICION DE RESIDUO Y SU CLASIFICACION.

1. “Residuo”: Cualquier sustancia u objeto perteneciente a alguna de las cate-gorías que figuran en el anexo de la Ley 10/1998, del cual su poseedor se despren-da o del que tenga la intención u obligación de desprenderse. En todo caso, tendránesta consideración los que figuren en el Catálogo Europeo de Residuos (CER) apro-bado por las Instituciones Comunitarias.

2. A efectos de esta Ordenanza los residuos se clasificarán en:

1. Residuos urbanos:

1.1. Residuos urbanos especiales.

1.2. Residuos urbanos no especiales.

2. Residuos industriales:

3. Otros residuos.

Artículo 29.—DEFINICION DE RESIDUOS URBANOS O MUNICIPALES.

1. “Residuos urbanos o municipales”: Los generados en los domicilios particu-lares, comercios, oficinas y servicios, así como todos aquéllos que no tengan la cali-ficación de peligrosos y que por su naturaleza o composición, puedan asimilarse alos producidos en los anteriores lugares o actividades.

Tendrán también la consideración de residuos urbanos, los siguientes:

a. Residuos procedentes de la limpieza de vías públicas, zonas verdes, áreasrecreativas, etc.

b. Animales domésticos muertos, así como muebles, enseres y vehículos aban-donados.

c. Residuos y escombros procedentes de obras menores de construcción y repa-ración domiciliaria.

Artículo 30.—EXCLUSIONES.

Quedan excluidos de la regulación de esta Ordenanza, todos los residuos cata-logados como peligrosos según la legislación aplicable.

CAPITULO IIRESIDUOS URBANOS DOMICILIARIOS Y ASIMILABLES

Artículo 31.—FORMA DE PRESTACION DEL SERVICIO

2. El Ayuntamiento se hará cargo de retirar los residuos urbanos domiciliarios yasimilados, siendo un servicio de prestación obligatoria por parte de éste y de recep-ción obligatoria para los usuarios.

3. Según el origen y la clase de residuos por un lado y también en función delas características urbanísticas de los diferentes barrios y zonas del concejo, el

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Ayuntamiento puede adoptar todos o algunos de los sistemas y modalidades que secontemplan a continuación:

a. Recogida por medio de contenedores instalados en la vía pública.

b. Recogida mediante cubos o contenedores de uso exclusivo, ubicados en elinterior de las viviendas, establecimientos o locales de negocio en general.

c. Recogidas especiales.

4. El Ayuntamiento puede introducir diversas modalidades de recogida así comodistintos horarios y frecuencias, así como las modificaciones que sean más conve-nientes para la mejora en la prestación del servicio. Si se estimara conveniente, endeterminadas zonas se podrá implantar la recogida manual previa presentación delos residuos en bolsas cerradas.

5. La recogida de basuras lo será en la puerta de la finca o planta baja y a menosde 10 metros de la misma si ésta se realiza mediante cubos colectivos, sin que al ser-vicio le corresponda manipulación alguna dentro de la finca.

Artículo 32.—BOLSAS DE PLASTICO.

1. Con independencia de cual sea el sistema y modalidad de recogida, los usua-rios están obligados a depositar los residuos en bolsas de plástico, difícilmente des-garrables y con gramaje superior a 20 gramos por metro cuadrado salvo para los queesté establecido un sistema de recogida selectiva que implique una forma distinta dedepósito.

2. Si como consecuencia de una deficiente presentación de los residuos se pro-dujeran vertidos en la vía pública, el usuario causante será responsable de la sucie-dad ocasionada.

Artículo 33.—RECOGIDA MEDIANTE CUBOS.

1. Se entiende por cubo colectivo, aquél de forma troncocónica constituido pormaterial resistente a la oxidación, humedad, no poroso y de resistencia suficiente. Sucapacidad será de 10 a 120 litros, ira dotado de tapa, dispondrá de asas, constandoen él, el número de la finca y de la calle, no pudiendo exceder su peso de 10 kg. envacío y de 50 kg. lleno.

2. El número de cubos colectivos a emplear en cada inmueble será el necesariopara almacenar las basuras y residuos generados con una estimación de 4 litros porhabitante y día.

3. La adquisición, utilización, conservación y limpieza de los cubos colectivosserá a cargo de los propietarios de cada inmueble, los cuales se sustituirán cuandopor rotura o envejecimiento no cumplan con su finalidad.

4. Los cubos colectivos se situarán adosados a la pared de la finca o en el bor-dillo de la acera, siempre a menos de 10 metros de la puerta de la misma y en el hora-rio establecido en el artículo 36.2 de esta Ordenanza.

5. No se aceptará la recogida de los residuos en los siguientes casos:

a. Cuando los recipientes utilizados no se ajusten a las características reseñadas

b. Si se sitúan a más de 10 metros de la puerta del inmueble.

c. Si se sitúan donde su recogida sea difícil.

d. Si los residuos no están previamente embolsados.

Artículo 34.—RECOGIDA MEDIANTE CONTENEDORES SITUADOS EN LAVIA PUBLICA.

1. Como regla general, los contenedores utilizados para la recogida de residuosurbanos se instalarán en la vía pública.

2. Sólo se utilizarán los contenedores para los residuos autorizados, prohibién-dose depositar objetos que pudieran producir averías en el sistema mecánico de losvehículos de recogida. Igualmente, no podrán depositarse en los mismos, residuoslíquidos.

3. Los usuarios están obligados a aprovechar la máxima capacidad del contene-dor.

4. Cuando los contenedores estén provistos de tapa, los usuarios procederán asu cierre una vez depositados los residuos.

5. El Ayuntamiento será la responsable de la limpieza y mantenimiento de loscontenedores instalados en la vía pública.

6. El Ayuntamiento decidirá el número, volumen y ubicación de los contenedo-res.

7. En ningún caso los usuarios podrán ubicar contenedores fuera de los lugaresseñalados expresamente por el Ayuntamiento.

8. En los lugares donde se sitúen contenedores, será obligatorio depositar lasbasuras en los mismos.

Artículo 35.—RECOGIDA DE RESIDUOS URBANOS EN ESTABLECIMIEN-TOS INDUSTRIALES, COMERCIALES Y MERCANTILES.

1. Los establecimientos industriales, comerciales y mercantiles deberán evacuarsus residuos a través de cubos, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 33de esta Ordenanza.

2. Los residuos producidos por los citados establecimientos que por su volumen,cantidad o naturaleza y características no puedan ser susceptibles de recogida por elsistema de recogida domiciliaria, estarán obligados a hacer el transporte a los luga-res que sean fijados por el Ayuntamiento y realizar las operaciones que al efecto seles señalen.

3. Para este tipo de establecimientos, el tope máximo de recogida diaria de basu-ras se fija en un volumen de 1.000 litros equivalentes a 10 cubos de 100 litros cadauno.

4. El Ayuntamiento podrá establecer una recogida especial para los estableci-mientos industriales, comerciales y mercantiles con horarios distintos de la recogidadomiciliaria. En este caso se realizará a través de recipientes normalizados y los resi-duos se sacarán a la llegada del camión recolector previa indicación de la hora apro-ximada. Quedará terminantemente prohibido la colocación de los recipientes con losresiduos en la calle, tanto antes como después de su vaciado al camión recolector.

5. Los contenedores ubicados en la vía pública, no podrán ser utilizados para eldepósito de residuos por parte de los establecimientos industriales, comerciales ymercantiles, quienes deberán de evacuar sus residuos a través de cubos conforme alo establecido en el artículo 33 de esta Ordenanza.

Artículo 36.—HORARIO PARA EL DEPOSITO DE RESIDUOS.

1. La frecuencia y horario para la recogida domiciliaria de residuos será esta-blecida por el Ayuntamiento mediante Bando. Toda modificación será hecha públi-ca por los mismos medios y con la suficiente antelación.

2. El horario de recogida de los residuos urbanos y asimilables, será nocturno.Se prohíbe el depósito de basuras antes de las 20 horas y después de las 22,30, tantosi es en cubo colectivo como en contenedor. No obstante, se autoriza la permanen-cia en la vía pública de los cubos colectivos una vez vaciados hasta las 8 horas deldía siguiente.

3. La recogida en la zona rural se efectuará durante el día.

4. Los locales comerciales o centros públicos o privados, cuyo horario de cierresea anterior al indicado, podrán depositar los residuos a la hora en que éste se pro-duzca.

5. La utilización de los contenedores para la recogida selectiva de envases lige-ros, vidrio y papel cartón y envases, no está sujeta a horario alguno.

6. En los establecimientos de hostelería, los cubos de basura serán puestos a dis-posición del servicio de recogida de basuras a partir de las 23 horas y en todo caso15 minutos antes de la hora de llegada habitual del camión-recolector.

CAPITULO IIIRESIDUOS URBANOS ESPECIALES

SECCION 1ª. RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION.

Artículo 37.—AMBITO DE APLICACION.

1. En la presente Sección se regulan:

1.1. Las operaciones de acumulación carga, transporte, eliminación y trata-miento de los residuos calificados como tierras y escombros procedentesde la construcción, demolición de edificios y obras en general.

1.2. La instalación en la vía pública de contenedores para obras destinados a larecogida y transporte de tierras y escombros.

2. Se excluyen del ámbito de aplicación de esta Ordenanza, la manipulación detierras y otros materiales asimilables que sean destinados a la venta o al suministropara trabajos de obra nueva, que no tengan la consideración de residuo.

Artículo 38.—DEFINICIONES.

A efectos de la presente Ordenanza, tendrán la consideración de escombros ytierras los siguientes residuos:

a. Las tierras, piedras y materiales similares procedentes de excavaciones.

b. Los residuos procedentes de trabajos de construcción, demolición, derribo, yen general, de obras mayores y menores que no hayan sido objeto de conta-minación por residuos peligrosos.

Artículo 39.—INTERVENCION MUNICIPAL.

1. La gestión de este tipo de residuos, será responsabilidad de sus productores,no siendo un servicio de prestación obligatoria por parte del Ayuntamiento.

2. La intervención municipal en esta materia tenderá a evitar:

a. El vertido incontrolado o en lugares no autorizados.

b. La ocupación indebida de terrenos.

c. El deterioro de pavimentos de la vía pública y de otros elementos estructu-rales de la ciudad.

d. La generación de suciedad en la vía pública y en otras superficies de la ciu-dad.

e. La degradación visual del entorno de la ciudad y en especial, las márgenesdel río, cunetas de carreteras, caminos y solares sin edificar.

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Artículo 40.—FORMA DE GESTION.

1. Los productores o poseedores de residuos procedentes de la construcción ydemolición, podrán desprenderse de ellos por los siguientes métodos:

a. En los “puntos limpios”, de acuerdo con las limitaciones en cuanto a su volu-men que se establezcan.

b. En el resto de los supuestos, el productor habrá de asumir directamente sugestión, bien por sus propios medios, bien a través de gestores debidamenteautorizados.

2. Los productores de residuos procedentes de la construcción y demolición quelos entreguen a terceros para su recogida, transporte y tratamiento, responderán soli-dariamente con éstos, de cualquier daño que pudiera producirse por su incorrectagestión en los siguientes supuestos:

a. Que se entreguen a un gestor no autorizado, conociendo tal extremo.

b. Que se entreguen a un gestor autorizado, con conocimiento de que se va aproceder a un tratamiento inadecuado de los residuos.

3. Los productores o poseedores de los residuos, deberán actuar con la mayordiligencia en la comprobación de la autorización del gestor, e informarse debida-mente del tratamiento y destino de los residuos.

Artículo 41.—CONTENEDORES DE OBRAS.

1. A efectos de la presente Ordenanza, se designa con el nombre de “contene-dores de obras”, a los recipientes normalizados diseñados para ser cargados y des-cargados sobre vehículos de transporte especial y que se destinan a la recogida deresiduos de la construcción.

2. La colocación de contenedores de obras en la vía pública estará sujeta a auto-rización municipal, en la que se indicarán los términos por los cuales se otorga.

3. Los contenedores de obra solamente podrán ser utilizados por los titulares dela autorización.

4. Los contenedores de obra estarán obligados en todo momento a presentar ensu exterior y de manera perfectamente visible, el nombre o razón social y teléfonodel propietario de la empresa a la que pertenezcan, así como cuantos datos sean exi-gibles para su identificación en función de la autorización municipal concedida.

Artículo 42.—NORMAS PARA LA INSTALACION DE LOS CONTENEDORESDE OBRAS.

1. Los contenedores se situarán en el interior de la zona cerrada de las obras. Siello no fuera posible, lo harán en la calzada junto al bordillo de la acera. Si ningunade ambas ubicaciones fuera posible, deberá solicitarse la aprobación expresa delAyuntamiento de la situación que se proponga.

2. En todo caso, deberán observarse en su colocación las siguientes prescrip-ciones:

a. Se situarán preferentemente delante de la obra a la que sirven o lo más cercade ella que sea posible.

b. Se respetarán las distancias y previsiones establecidas para los estaciona-mientos en el Reglamento General de Circulación.

c. No podrán situarse en pasos de peatones, vados, reservas de estacionamien-to y paradas, excepto que éstas hayan sido solicitadas por la misma obra.

d. No podrán interferir a los servicios públicos, bocas de incendios, tapas deregistro, contenedores de residuos urbanos, mobiliario urbano y otros ele-mentos urbanísticos ni modificar la ubicación de los mismos.

e. Cuando se sitúen en las aceras, se dejará una zona libre para el paso y debe-rán ser colocados en el borde de la acera, sin que sobresalga del bordillo ycumplimentando en todo caso, lo establecido en la normativa vigente sobrebarreras arquitectónicas.

f. Si se sitúan en la calzada, deberán de separarse 0,20 metros del bordillo dela acera.

g. Los contenedores se colocarán siempre de forma que su lado más largo estésituado en sentido paralelo a la acera.

Artículo 43.—NORMAS DE USO DE LOS CONTENEDORES DE OBRA.

1. La instalación y retirada de los contenedores de obras se realizará sin causarmolestias a los viandantes.

2. Los contenedores de obras deberán utilizarse de modo que su contenido nose vierta o esparza por acción del viento u otro agente atmosférico.

3. La carga de los residuos y materiales, no excederá del límite superior de lacaja del contenedor, sin que se autorice la colocación de suplementos adicionalespara aumentarla.

4. En todo caso, el contenedor deberá permanecer cerrado, salvo en los momen-tos en que se depositen en él los residuos.

5. Al retirar el contenedor, el titular de la autorización deberá dejar en perfectascondiciones de limpieza la superficie de la vía pública afectada.

6. En estos contenedores, tan sólo se podrán depositar materiales de construc-ción y demolición, prohibiéndose expresamente arrojar a los mismos cualquier otraclase de residuos.

Artículo 44.—RETIRADA DE LOS CONTENEDORES DE LA VIA PUBLICA.

Los contenedores deberán retirarse:

a. Cuando estén llenos y en todo caso, al final de la jornada de trabajo.

b. Al cumplirse el plazo concedido en la licencia de obras de construcción a lacual se destinan.

c. A requerimiento de los Agentes de la Policía Local o de la Inspección deLimpieza, cuando razones de higiene urbana, circulación u orden público asílo aconsejen.

Artículo 45.—HORARIO.

Se prohíbe la permanencia en la calle de los contenedores de obra desde las 20horas a las 7 del día siguiente, excepto los viernes que será desde las 18 horas hastalas 7 horas del lunes siguiente y además, las jornadas festivas.

Artículo 46.—RESPONSABILIDAD.

1. Serán responsables solidarios de las infracciones a los preceptos de esta sec-ción, las empresas constructoras o contratistas, los promotores y los propietarios delas obras.

2. Serán también responsables de dichas infracciones las empresas arrendatariasde los contenedores, así como en su caso, los conductores de los vehículos que loscarguen.

Artículo 47.—PROHIBICIONES.

1. Se prohíbe depositar en los contenedores de obras:

a. Residuos que contengan materiales orgánicos, inflamables, explosivos, peli-grosos, susceptibles de putrefacción o de producir olores desagradables ytoda clase de materiales residuales que puedan producir molestias a los usua-rios de la vía pública.

b. Muebles, enseres, y cualquier material residual similar.

2. Se deberá proceder a la separación de los residuos peligrosos procedentes dela construcción y su entrega a un gestor autorizado.

SECCION 2ª. OTROS RESIDUOS URBANOS ESPECIALES.

Artículo 48.—RESTOS DE PODA Y JARDINERIA.

1. Los propietarios y responsables de áreas ajardinadas, están obligados a reco-ger, transportar y tratar por sus propios medios los restos de poda y jardinería cuan-do la producción diaria sea superior a 50 litros.

2. No obstante y respecto a lo anterior, en los “puntos limpios” se dispondrá deuna zona adecuada para el depósito de este tipo de residuos por los particulares.

Artículo 49.—MUEBLES Y ENSERES INSERVIBLES.

1. Los usuarios que deseen desprenderse de muebles y/o enseres inservibles,podrán solicitar este servicio al Ayuntamiento, el cual les informará de los porme-nores de la recogida de los mismos.

2. Igualmente, los particulares podrán depositar directamente este tipo de resi-duos en los “puntos limpios”.

3. Se prohíbe de forma expresa el abandono de estos residuos en la vía pública.

Artículo 50.—VEHICULOS ABANDONADOS.

1. Queda absolutamente prohibido el abandono de vehículos inservibles en lavía pública, siendo responsabilidad de sus propietarios su recogida y tratamiento.

2. Cuando un vehículo tenga la consideración de abandonado, adquirirá la con-dición de residuo urbano municipal, siendo competencia del Ayuntamiento su reco-gida, transporte y tratamiento.

3. Se presumirá racionalmente la existencia de abandono en los siguientescasos:

a. Cuando transcurran más de dos meses desde que el vehículo haya sido depo-sitado tras su retirada de la vía pública por la autoridad competente.

b. Cuando permanezca estacionado por un periodo superior a un mes en elmismo lugar y presente desperfectos que hagan imposible su desplazamien-to por sus propios medios o le falten las placas de matriculación.

En el supuesto contemplado en el apartado a) y en aquellos vehículos que aúnteniendo signos de abandono, mantengan la placa de matriculación o dispongan decualquier signo o marca visible que permita la identificación de su titular, se reque-rirá a éste para que en el plazo de quince días lo retire del depósito con la adverten-cia de que en caso contrario, se procederá a su tratamiento como residuo sólido urba-no.

4. Con independencia de las sanciones que en su caso correspondan, los pro-pietarios de los vehículos abandonados deberán abonar los gastos ocasionados por larecogida, transporte y tratamiento de los mismos.

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5. Los vehículos inservibles deberán ser depositados en un centro autorizado derecepción y descontaminación.

Artículo 51.—ANIMALES MUERTOS.

1. En la recogida, transporte y eliminación de animales domésticos muertos, seestará a lo determinado por su legislación específica.

2. La gestión deberá efectuarse a través de gestores debidamente autorizados yla responsabilidad recaerá en todo caso, en los propietarios de los animales.

3. En ningún caso, podrán abandonarse cadáveres de animales en la vía públi-ca, siendo responsabilidad de los propietarios, el abono de los gastos ocasionadospor su recogida, transporte y eliminación.

CAPITULO IVRESIDUOS INDUSTRIALES NO PELIGROSOS

Artículo 52.—FORMAS DE GESTION.

1. La recogida y tratamiento de aquellos residuos catalogados como industria-les, será responsabilidad de los que los generen y su gestión podrán realizarla direc-tamente o a través de empresas autorizadas.

2. Excepcionalmente, el Ayuntamiento puede hacerse cargo de la recogida ytransporte de este tipo de residuos, previo pago por parte del productor o poseedor,de la tarifa correspondiente.

3. De acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, el Ayuntamientopodrá exigir para la prestación del servicio de recogida y transporte de estos resi-duos, que se efectúen pretratamientos previos para la reducción de los riesgos depuedan ocasionar estas operaciones.

4. No se aceptarán residuos industriales que por su naturaleza o forma de pre-sentación no puedan ser manipulados adecuadamente.

5. En ningún caso, el servicio municipal de recogida y transporte de residuosindustriales tiene la consideración de servicio de prestación obligatoria.

Artículo 53.—DEBERES DE INFORMACION Y COLABORACION.

Los productores, poseedores y terceros autorizados que produzcan, manipuleno transporten residuos industriales, facilitarán a los servicios municipales la infor-mación que les sea requerida sobre el origen, características, cantidad, sistemas detratamientos, etc.. de los mismos, estando obligados a colaborar en las actuacionesde inspección, vigilancia y control que se realicen al respecto.

CAPITULO VRESIDUOS SANITARIOS

Artículo 54.—CLASIFICACION Y GESTION.

1. A los únicos efectos de esta Ordenanza, los residuos generados en las activi-dades de asistencia a la salud humana se engloban en los siguientes tipos:

Tipo I. Residuos asimilables a urbanos:

Son residuos sólidos que no son específicos de la actividad propiamente asis-tencial tales como:

a. Residuos de cocina.

b. Residuos de la actividad hostelera y residencial.

c. Residuos de la actividad administrativa.

d. Equipamiento médico obsoleto sin utilizar.

e. Residuos de jardinería.

f. Envases de vidrio, papel, cartón y demás embalajes.

g. Envases de medicamentos vacíos (excepto ciclostáticos).

h. Mobiliario y equipamiento en desuso.

Tipo II. Residuos sanitarios:

Grupo I: Residuos sanitarios no peligrosos:

Son los residuos generados en servicios médicos, veterinarios o de investiga-ción asociada, no catalogados como peligrosos según la legislación vigente.

Grupo II: Residuos sanitarios peligrosos:

Son los producidos en servicios, médicos, veterinarios o de investigación aso-ciada, catalogados como peligrosos en la legislación vigente y que conllevan algúnriesgo puntual para los trabajadores y/o el medio ambiente.

2. El Ayuntamiento se hará cargo de la recogida y tratamiento de los residuostipo I y tipo II grupo I. La gestión del resto, corresponderá al propio centro produc-tor que lo habrá de hacer mediante gestor autorizado.

Artículo 55.—PRESTACION DEL SERVICIO EN CENTROS SANITARIOS.

1. Los residuos correspondientes al tipo I, se depositarán en bolsas dentro de loscontenedores de recogida de residuos domiciliarios.

2. Los residuos correspondientes al tipo II grupo I, se depositarán en bolsas den-tro de los contenedores específicos sanitarios.

3. Los residuos urbanos para los que esté establecida algún tipo de recogidaselectiva, se depositarán conforme a las directrices marcadas por el Ayuntamiento.

Artículo 56.—PERSONA RESPONSABLE DE LA GESTION.

1. En todos los centros y establecimientos sanitarios con independencia de sutamaño, deberá existir un responsable de la gestión de los residuos que se generen.

2. Esta persona que deberá tener los conocimientos técnicos suficientes, organi-zará la adecuada clasificación de los residuos y la sistemática interna del centro, ade-cuándola a lo establecido en la presente Ordenanza y resto de la legislación aplica-ble.

TITULO IIIGESTION DE RESIDUOS

Artículo 57.—PROPIEDAD DE LOS RESIDUOS.

1. Una vez depositados los residuos en la forma establecida en esta Ordenanza,adquirirán el carácter de propiedad municipal conforme a lo dispuesto por la Ley10/1998.

2. Se prohíbe seleccionar y retirar para su aprovechamiento cualquier clase dematerial residual depositado, excepto en el caso de disponer de autorización otorga-da por el Ayuntamiento.

3. Los productores o poseedores de residuos urbanos que por sus característicasespeciales pueden producir trastornos en el transporte, recogida o eliminación, esta-rán obligados a proporcionar al Ayuntamiento información detallada sobre el origen,cantidad y características de los mismos.

Artículo 58.—MANIPULACION Y ABANDONO DE RESIDUOS.

1. Se prohíbe expresamente la manipulación de todo tipo de residuos y el aban-dono de los mismos en la vía pública, solares y terrenos públicos o privados o cual-quier otro lugar no habilitado al efecto.

2. El Ayuntamiento podrá recoger los residuos abandonados y proceder a su tra-tamiento y eliminación, imputando el coste de los servicios prestados a los respon-sables, sin perjuicio de la sanción que corresponda y de la exigencia de las respon-sabilidades civiles y/o penales que procedan.

3. Los productores o poseedores de residuos que los entreguen a terceros parasu recogida, transporte y/o tratamiento, responderán solidariamente con aquéllos decualquier daño que pudiera producirse por su incorrecta gestión.

Artículo 59.—“PUNTOS LIMPIOS”.

Los residuos urbanos generados en los domicilios particulares que no sean sus-ceptibles de ser recogidos por los sistemas que el Ayuntamiento tiene establecidos,podrán ser depositados por los usuarios en los lugares que a tal efecto estén espe-cialmente habilitados y que se denominarán “puntos limpios”.

Artículo 60.—RECOGIDA SELECTIVA.

1. El Ayuntamiento implantará y fomentará la recogida selectiva de residuosurbanos en orden al cumplimiento de los objetivos de reducción, reciclado y valora-ción, establecidos en la normativa aplicable.

2. Al objeto de favorecer la recogida selectiva de residuos domiciliarios, los pro-ductores deberán seleccionarlos en al menos cuatro categorías:

a. Materia orgánica.

b. Envases.

c. Vidrio.

d. Papel y cartón.

3. La categoría orgánica se depositará en contenedores y cubos de recogidadomiciliaria. Los envases se depositarán en contenedor o buzón de color amarillo.El vidrio se depositará en contenedor o buzón de color verde y el papel y el cartónse depositarán en contenedor o buzón de color azul.

TITULO IVREGIMEN DISCIPLINARIO

CAPITULO IDISPOSICIONES GENERALES

Artículo 61.—RESPONSABILIDAD.

1. Las infracciones a lo establecido en esta Ordenanza serán sancionadas conarreglo a lo dispuesto en este título sin perjuicio en su caso de las correspondientesresponsabilidades civiles y/o penales.

2. Cuando sean varios los responsables de la comisión de la infracción y no seaposible determinar el grado de participación de cada uno en ella, ésta será solidaria.

Artículo 62.—INSPECCIONES.

1. Las personas sujetas al cumplimiento de la presente Ordenanza, están obli-gadas a prestar toda su colaboración a las autoridades competentes, a fin de permi-tir la realización de las labores inspectoras.

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2. Corresponderá la vigilancia del cumplimiento de la presente Ordenanza a losAgentes de la Policía Local, así como al personal designado por el Ayuntamiento atal fin, que tendrá el carácter de agente de la autoridad.

Artículo 63.—OBLIGACION DE REPONER Y EJECUCION SUBSIDIARIA.

1. Sin perjuicio de la sanción que se imponga, los infractores estarán obligadosademás a la reposición o restauración de las cosas al ser y estado anterior en las con-diciones establecidas por el Ayuntamiento.

2. En el caso de que no se realicen las operaciones de limpieza y recuperación,podrá procederse a la ejecución subsidiaria por el Ayuntamiento a costa del infrac-tor.

3. No obstante lo anterior, podrán imponerse multas coercitivas de acuerdo conlo prevenido en el artículo 99 de la Ley 30/1992.

CAPITULO IIINFRACCIONES

Artículo 64.—CLASES.

1. Se considerarán infracciones administrativas en relación con las materias aque se refiere esta Ordenanza, las acciones u omisiones que contravengan lo esta-blecido en la misma.

2. Las infracciones se clasifican el leves, graves y muy graves.

Artículo 65.—INFRACCIONES MUY GRAVES.

Tendrán la consideración de infracciones muy graves las siguientes:

1) El abandono, vertido o eliminación incontrolada de cualquier tipo de residuo.

2) Depositar en los contenedores o cubos, residuos que no tengan catalogaciónde residuo urbano.

3) Dedicarse a la gestión de residuos sin la debida autorización o entregarlos aquien carezca de la misma.

4) No facilitar a los Servicios Municipales información sobre el origen, desti-no, cantidad y/o características de los residuos que puedan ocasionar proble-mas en su gestión, así como proporcionar datos falsos o impedir y obstacu-lizar la labor inspectora municipal.

5) Reincidencia en infracciones graves.

Artículo 66.—INFRACCIONES GRAVES.

Se consideran infracciones graves, las siguientes:

1) El abandono, vertido o eliminación incontrolada de cualquier tipo de residuocuando por su entidad no merezca la calificación de muy grave. En especialse considera como tal el abandono del cadáver de ganado mayor.

2) La negativa por parte de los productores o poseedores de residuos urbanos aponer los mismos a disposición del Ayuntamiento cuando sea obligatorio.

3) La entrega de residuos urbanos por parte de los productores o poseedores agestores no autorizados.

4) Depositar residuos orgánicos a granel en los contenedores o cubos de reco-gida domiciliaria.

5) Las infracciones leves que por su trascendencia cuantitativa y relevanciamerezcan la consideración de graves.

6) Las pintadas en la vía pública sobre elementos estructurales, calzadas, ace-ras, mobiliario urbano, muros y paredes no autorizadas expresamente por elAyuntamiento.

7) Abandonar vehículos inservibles en la vía pública.

8) Abandonar muebles y enseres en la vía pública.

9) La reincidencia en infracciones leves.

Artículo 67.—INFRACCIONES LEVES.

Tendrán la consideración de infracciones leves, todas aquéllas que no estén tipi-ficadas en la presente Ordenanza como muy graves o graves.

A título meramente enunciativo, se califican como infracciones leves lassiguientes:

1) Arrojar en la vía pública toda clase de productos, tanto en estado sólidocomo líquido o gaseoso, incluidos los residuos procedentes de la limpiezade la vía pública por los particulares.

2) No depositar en las papeleras previstas al efecto los residuos sólidos detamaño pequeño como papel, envoltorios y similares.

3) Escupir o satisfacer las necesidades fisiológicas en la vía pública.

4) Sacudir ropas, alfombras y/o utensilios de limpieza desde ventanas, terrazasy/o balcones sobre la vía pública.

5) El riego de plantas, si con ello se producen derramamientos o goteos sobrela vía pública.

6) Arrojar desde balcones o terrazas restos del arreglo de macetas.

7) Vaciar agua sucia sobre la vía pública o zonas ajardinadas.

8) No proceder a la limpieza o a la adopción de las medidas pertinentes por lostitulares de aquellas actividades que puedan ocasionar suciedad de la víapública o que la ocupen para su desarrollo.

9) No prevenir o evitar el ensuciamiento de la vía pública por las personas querealicen en ella o en sus alrededores algún tipo de obra.

10) No disponer los materiales de suministro o residuales en el interior de laobra o dentro de la zona de la vía pública delimitada al efecto en la autori-zación municipal.

11) No proceder por parte del contratista, constructor, promotor o transportista,a la limpieza diaria de la vía pública que resulte afectada por la construc-ción de edificios, realización de obras, labores de carga y descarga de mate-riales destinados a éstas.

12) No cubrir los vehículos de transporte con lonas, toldos, redes o similares,tendentes a evitar el derrame o dispersión de materiales.

13) Lavar vehículos y maquinaria en la vía pública, o cambiarles aceites y otroslíquidos, así como repararlos, salvo actuaciones de emergencia.

14) La limpieza de escaparates y elementos exteriores de establecimientoscomerciales y edificios, fuera de las horas señaladas al respecto por estaOrdenanza.

15) La colocación de carteles y adhesivos en los lugares no autorizados expre-samente para ello.

16) Desgarrar anuncios y pancartas.

17) Esparcir y tirar toda clase de octavillas y materiales similares y colocaciónde publicidad en los vehículos.

18) No vallar los solares que linden con la vía pública con los cerramientos pre-vistos, ni mantenerlos en condiciones de higiene adecuada.

19) Mantener a la vista en ventanas, balcones y terrazas, ropa tendida o cual-quier otra clase de objetos que sean contrarios a la imagen urbana.

20) No proceder por parte del propietario o tenedor de animal doméstico, a lalimpieza de la zona de la vía pública que ensucie.

21) La limpieza o lavado de animales domésticos en la vía pública.

22) El riego de aceras y calzadas.

23) Depositar las bolsas de basura fuera de los contenedores o de los cubos derecogida domiciliaria, salvo que estuvieran totalmente llenos.

24) Depositar las bolsas de basura en los contenedores de recogida selectiva.

25) La manipulación de basuras en la vía pública.

26) Modificar la ubicación de los contenedores sin autorización municipal.

27) No respetar el horario establecido en la evacuación de residuos.

28) Mantener en la vía pública los recipientes o contenedores propios fuera delhorario establecido para su recogida.

29) Obstaculizar los espacios reservados para la colocación de los contenedo-res.

30) No disponer los restos de poda y jardinería conforme especifica la presenteOrdenanza.

31) No retirar los restos de escombros por parte de los responsables de obras enla vía pública, en los plazos especificados en este Ordenanza.

32) El uso sin autorización administrativa de los contenedores de obras.

33) No disponer los contenedores de obra de las características técnicas defini-das en esta Ordenanza, así como ubicarlos en zonas no autorizadas al efec-to.

34) No proceder al cierre o retirada de los contenedores de obra en las condi-ciones previstas en la presente Ordenanza.

35) No adoptar las medidas oportunas para evitar que el contenido de los con-tenedores de obra se derrame o esparza como consecuencia de la acción delviento.

36) Evacuar en los registros públicos de la red de alcantarillado residuos no per-mitidos, salvo que por su composición fueran objeto de sanción por faltagrave o muy grave.

CAPITULO IIISANCIONES

Artículo 68.—CLASIFICACION.

Las infracciones a lo prevenido en esta Ordenanza podrán dar lugar a la impo-sición de las siguientes sanciones, sin perjuicio de la exigencia de responsabilidadcivil y/o penal cuando proceda y el deber de restituir las cosas a su estado anterior.

28-IV-2004 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 6055

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a) Infracciones leves, multa de hasta 750 euros.

b) Infracciones graves, multa de hasta 1.500 euros.

c) Infracciones muy graves, multa de hasta 3.000 euros.

Artículo 69.—GRADUACION Y REINCIDENCIA.

1. Para determinar la cuantía de la sanción, se atenderá a las circunstancias con-currentes en los hechos que las motivaron, tales como la naturaleza de la infracción,grado de intencionalidad, reincidencia y naturaleza del perjuicio causado.

2. A dichos efectos, será considerado reincidente quien hubiere incurrido en unao más infracciones firmes de igual o similar naturaleza en los doce meses anteriores.

3. La adopción por parte del responsable de la infracción de medidas correcto-ras con anterioridad a la incoación del expediente sancionador, será consideradocomo atenuante.

Artículo 70.—PROCEDIMIENTO SANCIONADOR.

En cuanto al procedimiento sancionador, será de aplicación el Real Decreto1.398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimientopara el Ejercicio de la Potestad Sancionadora o norma que sobre la materia venga asustituirla.

Disposición derogatoria.

A la entrada en vigor de esta Ordenanza, queda derogada en su totalidad laOrdenanza sobre Limpieza aprobada por Acuerdo Plenario de 25 de mayo de 1984.

Disposición final.

La entrada en vigor de la presente Ordenanza será a partir del 1 de julio de 2004,salvo que no se hubiera publicado íntegramente en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, en cuyo caso, será el día siguiente al de su inserción la fechaa tener en cuenta.

Diligencia: La pongo yo, el Secretario General, don Miguel-Angel de DiegoDíaz, para hacer constar que el texto de la presente Ordenanza fue aprobado inicial-mente por el Ayuntamiento Pleno por unanimidad el día 25 de marzo de dos mil cua-tro.

DE NOREÑA

Edicto

Don Miguel Angel Fuente Calleja, Alcalde-Presidente enFunciones del Ayuntamiento de Noreña.

Se hace público que contra el Acuerdo Plenario adoptado eldía 26 de febrero de 2004, por el que se aprobó provisionalmenteel presupuesto general del Ayuntamiento de Noreña, para el ejer-

cicio 2004, la plantilla, que comprende todos los puestos de tra-bajo reservados a funcionarios, personal laboral fijo y eventual yla relación de puestos de trabajo del personal funcionario, no hasido presentada reclamación alguna por lo que el presupuesto seconsidera definitivamente aprobado a tenor de los artículos 150.1de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de lasHaciendas Locales y 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 deabril.

El resumen por capítulos del presupuesto es el siguiente:

Asimismo, de conformidad con el artículo 127 del RealDecreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprue-ba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes enMateria de Régimen Local, se transcribe íntegramente la plantillade personal (anexo I) y relación de puestos de trabajo del perso-nal funcionario (anexo II) del Ayuntamiento de Noreña:

6056 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 28-IV-2004

Anexo I

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Código: Se utiliza una codificación de 4 dígitos, el primero paradesignar el área, el segundo el tipo de contrato, el tercero y elcuarto el número ordinal.

Denominación: Dentro de cada área los puestos se ordenan segúnsu dependencia de los puestos de la estructura municipal.

Dotación: Se expresan el número de puestos dotados presupues-tariamente.

Grupo: Grupo de titulación.

Nivel: Nivel de complemento del puesto de trabajo o de destino,asignado a cada puesto de trabajo, que viene determinado por lavaloración y clasificación de puestos de trabajo.

C.E.: Se expresa el importe anual en euros.

T.P.: Tipo de Puesto: (S) Singularizado, aquél cuyas funcionesespecíficas lo distingan de los restantes puestos de trabajo, (C) deConfianza, (N) No Singularizado.

F.P.: Forma de Provisión, Concurso (C), Libre designación (L).

ADM: Adscripción a otras Administraciones, Cuerpos deHabilitación Nacional (A3), Administración Local (A1),Administración Institucional (A3).

COL.: Tipos de Colectivos, Funcionario (F), Laboral (L).

TIT.: Titulación académica, Licenciado en Derecho (1),Licenciado en Ciencias Políticas y de la Administración (2),Licenciado en Sociología (3), Licenciado en Administración yDirección de Empresas (4), Licenciado en Economía (5),Licenciado en Ciencias Actuariales y Financieras (6), Arquitectoo Ingeniero (7).

La presente publicación se realiza en virtud de los artículos150.3 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las

Haciendas Locales y 20.3 del Real Decreto 500/1990, de 20 deabril.

Contra la aprobación definitiva del presupuesto general podráinterponerse directamente recurso contencioso-administrativo, enel plazo de dos meses contados desde la publicación de este edic-to en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, de con-formidad con lo dispuesto del artículo 152.1 de la Ley 39/1988,de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales y en elartículo 23.1 del Real Decreto 500/1990.

En Noreña, a 6 de abril de 2004.—El Alcalde en Funciones.—5.644.

DE PILOÑA

Anuncio

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.5 de laLRJPAC 30/1992, de 26 de noviembre, se notifica a donFernando Fernández García, cuyo último domicilio conocido escalle Covadonga, 42 de Infiesto (Piloña), el Decreto de Alcaldíanúmero 116 de fecha 15 de marzo de 2004, relativo al expedien-te “denuncia por infracción al artículo 34, apartado 3-B de la Ley10/1998, de Residuos”, que a continuación se transcribe:

Resolución número 116

Antecedentes de hecho

Que en el informe remitido por la Policía Local delAyuntamiento de Piloña de fecha 14 de diciembre de 2003, secomunica la localización de un vehículo abandonado Ford Fiesta,de color blanco, matrícula O-2170-AN, en la Avenida de Pialla,25, de Infiesto.

28-IV-2004 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 6057

Anexo II

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Que en dicho informe se acredita que el vehículo ha perma-necido estacionado en el mismo lugar por plazo superior a unmes.

Que se presume racionalmente su abandono.

Que ha transcurrido el plazo de audiencia concedido a donFernando Fernández García, sin que se hayan presentado alega-ciones.

Fundamentos de derecho

1º)Que el artículo 3.b) de la Ley 10/1998, de Residuos, seña-la que tendrán la consideración de residuos urbanos losvehículos abandonados; disponiéndose en su artículo 12.2que queda prohibido el abandono de residuos en todo elterritorio nacional.

2º)Que según el artículo 34.3.b) de la misma Ley, se conside-ra infracción grave el abandono de cualquier tipo de resi-duo, lo cual conforme al artículo 35 podrá dar lugar a laimposición de multa de hasta 30.050,61 euros (5 millonesde pesetas).

3º)Que la potestad sancionadora en este caso corresponde alos Alcaldes, de acuerdo con el artículo 37 de la mencio-nada Ley.

4º)Que el artículo 71.1, apartado b) del RDL de la Ley sobreTrafico, Circulación de Vehículos a Motor y SeguridadVial 339/1990, establece que:

“La Administración podrá proceder, de acuerdo con lo quereglamentariamente se determine, si el obligado a ello nolo hiciera, a la retirada del vehículo de la vía y su depósitoen el lugar que designe la autoridad competente, segúnaquél se encuentre dentro o fuera de poblado, en lossiguientes casos:

A) Siempre que constituya peligro o cause graves pertur-baciones a la circulación de vehículos o peatones o alfuncionamiento de algún servicio público o deteriore elpatrimonio público y también cuando pueda presumirseracionalmente su abandono en la vía.

Se presumirá racionalmente su abandono en lossiguientes casos:

a) Cuando transcurran más de dos meses desde que elvehículo haya sido depositado tras su retirada de lavía pública por la autoridad competente.

b) Cuando permanezca estacionado por un periodosuperior a un mes en el mismo lugar y presente des-perfectos que hagan imposible su desplazamientopor sus propios medios o le falten las placas dematriculación.

En este caso tendrá el tratamiento de residuo sólidourbano de acuerdo con la normativa ambientalcorrespondiente.

En el supuesto contemplado en el apartado a), y enaquellos vehículos que, aún teniendo signos de abando-no, mantengan la placa de matriculación o dispongan decualquier signo o marca visible que permita la identifi-cación de su titular, se requerirá a éste, una vez transcu-

rridos los correspondientes plazos, para que en el plazode quince días retire el vehículo del depósito, con laadvertencia de que, en caso contrario, se procederá a sutratamiento corno residuo sólido urbano.”

5º)Que la Ordenanza Municipal de Vías Publicas y Recogidade Residuos Sólidos del concejo de Piloña prevé la retira-da de vehículos situados en la vía pública que puedan con-siderarse residuos sólidos urbanos.

Vista la Ley 10/1998 de Residuos y el RDL de la Ley sobreTrafico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial339/1990.

En uso de las atribuciones conferidas,

Resuelvo

1º)Requerir a don Fernando Fernández García, titular delmencionado vehículo, para que proceda a la retirada delmismo en un plazo de quince días hábiles a contar desde eldía siguiente a la notificación del presente Decreto, advir-tiéndole que en otro caso se procederá a su tratamientocomo residuo sólido urbano, siéndole de aplicación lo dis-puesto en la Ley 10/1998, de Residuos, en cuyo casopodría ser sancionado con una multa de hasta 30.050,61euros (5.000.000 de pesetas) como responsable de unainfracción grave al artículo 34.3.b) y 35.1 de la Ley10/1998.

2º)Dar traslado de esta resolución al interesado.

Frente al presente acto, que pone fin a la vía administrativa,podrán interponer los interesados potestativa y alternativamentelos siguientes recursos:

A) Recurso administrativo de reposición ante el órgano autordel acto en el plazo de un mes.

B) Recurso contencioso-administrativo ante el TribunalSuperior de Justicia del Principado de Asturias en el plazode dos meses. Los plazos señalados se computarán defecha a fecha a partir del día siguiente al de esta publica-ción. Si se optase por la opción A) esta Administracióndeberá notificarle la resolución en el plazo de un mes, encaso contrario, su recurso se entenderá desestimado,pudiendo entonces interponer recurso contencioso-admi-nistrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturiasen el plazo de seis meses computados de fecha a fecha apartir del día siguiente a aquél en el que se produzca elcumplimiento del plazo mensual señalado. En su caso,podrá interponer cualquier otro recurso o acción que con-sidere conveniente para la mejor defensa de sus derechos.

Todo ello de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPublicas y del Procedimiento Administrativo Común (BoletínOficial del Estado de 27 de noviembre de 1992), parcialmentemodificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero de 1999, y en la Ley29/1998, de 13 de julio, reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa (Boletín Oficial del Estado de 14 dejulio).

En Infiesto, a 12 de abril de 2004.—El Alcalde.—6.018.

6058 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 28-IV-2004

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TRIBUNAL SUPERIOR DEJUSTICIA DE ASTURIAS

SECRETARIA DE GOBIERNO

Anuncio

Habiendo causado baja en el ejerciciode la profesión de Procurador de losTribunales en el partido judicial de Gijón,doña María del Mar Alvarez Díez, y soli-citada la devolución de la fianza que pararesponder de su gestión tiene constituidaa disposición del Excmo. Sr. Presidentede este Tribunal Superior de Justicia, seanuncia por medio del presente, a fin deque dentro del plazo de seis meses, pue-dan formularse las reclamaciones que seestimen procedentes contra la misma.

Lo que se hace público para generalconocimiento.

En Oviedo, a 18 de febrero de 2004.—El Secretario de Gobierno.—4.848.

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

DE OVIEDO

SECCION SEGUNDA

Edicto

Para conocimiento de las personas acuyo favor pudieran derivarse derechosdel acto administrativo impugnado y dequienes tuvieran interés directo en elmantenimiento del mismo, se hace saberque por Delegación de Gobierno se haformulado recurso contencioso-adminis-trativo contra Resolución del Principadode Asturias de 2 de diciembre de 2004,recurso al que ha correspondido el núme-ro procedimiento ordinario0000321/1999, en el que se dictóSentencia con fecha dieciocho de marzode dos mil cuatro, cuyo fallo dice:

“En virtud de lo expuesto, la SecciónSegunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior deJusticia del Principado de Asturias, hadecidido: Estimar el recurso contencio-so-administrativo interpuesto por el Sr.Abogado del Estado en la representaciónque legalmente ostenta, contra elDecreto del Gobierno del Principado deAsturias 75/1998, de 10 de diciembre,por el que se establecen normas para latransferencia de cantidades de referenciaen el sector de la leche de vaca y de losproductos lácteos en la Comunidad

Autónoma del Principado de Asturiaspublicado en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias de veintidós dediciembre de mil novecientos noventa yocho, declarando que el Decreto recurri-do no es conforme a derecho, por lo quedebemos anularlo y anulamos en lossiguientes extremos interesados:

1. El artículo 1º.1 en sus apartados a),b), c), d), e) y f) por cuanto impone unaserie de condiciones a los productorestransferidores de cantidades de referencia(cuotas lácteas) del Principado deAsturias, desvinculadas de la explotación,a ganaderos de otras ComunidadesAutónomas, por ser contrarias a la norma-tiva de aplicación comunitaria y estatal.

2. El artículo 1º.2, en cuanto faculta a laAdministración del Principado deAsturias para adquirir, antes de que se for-malicen las transferencias, las cantidadesde referencia afectadas para su posteriorreasignación en el ámbito territorial de laComunidad Autónoma del Principado deAsturias.

3. El artículo 2º.1 y 4, relativos el apar-tado 1 a la previa autorización del órganocompetente de la Comunidad Autónoma,quien lo comunicará a la DirecciónGeneral de Mercados y ProduccionesGanaderas y el 4 (con la aclaración efec-tuada en el fundamento jurídico) que esta-blece un plazo de resolución de solicitu-des de tres meses, entendiéndose desesti-madas si transcurrido dicho plazo norecayera resolución expresa.

No procede la imposición de costas.

Contra la presente sentencia cabe inter-poner recurso de casación ordinario.

La que firman sus componentes en ellugar y fecha indicados.”

Y para que conste y su publicación elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias expido y firmo el presente.

En Oviedo, a 19 de marzo de 2004.—La Secretaria.—5.061.

SALA DE LO SOCIAL

SECCION PRIMERA

Edictos

Doña Aurora Algaba Carbonero,Secretaria de la Sala de lo Social delTribunal Superior de Justicia delPrincipado de Asturias,

Certifica: Que en el procedimiento derecurso de suplicación número0003189/2001 recayó la Resolución porel Tribunal Supremo de fecha doce dejunio de dos mil tres cuyo fallo copiadoliteralmente dice:

“La Sala acuerda: Declarar la inadmi-sión del recurso de casación para la uni-ficación de doctrina interpuesto por elLetrado don Pablo Díaz Matos, en nom-bre y representación de Unión AsturianaEstibadora, S.A., contra la Sentencia dic-tada por la Sala de lo Social del TribunalSuperior de justicia del Principado deAsturias de fecha veintisiete de septiem-bre de dos mil dos, en el recurso desuplicación número 3.189/2001, inter-puesto por Unión Asturiana Estibadora,S.A., frente a la Sentencia dictada por elJuzgado de lo Social número dos de losde Avilés de fecha veintidós de junio dedos mil uno, en el procedimiento núme-ro 259/2001 seguido a instancia de donManuel Angel Iglesias Martínez contraSociedad Estatal de Estiba y Desestibadel Puerto de Avilés, S.A. (SEAVIDED,S.A.) y Unión Asturiana Estibadora,S.A. (UAE, S.A.), sobre derechos.

Se declara la firmeza de la sentenciarecurrida, con imposición de costas a laparte recurrente; pérdida del depósitoconstituido para recurrir, y debiendodarse a la consignación el destino legal.

Contra este auto no cabe recurso algu-no.

Devuélvanse los autos de instancia y elrollo de suplicación a la Sala de lo Socialdel Tribunal Superior de Justicia de pro-cedencia con certificación de esta resolu-ción y comunicación.

Así lo acordamos, mandamos y firma-mos.”

Y para su publicación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias yfijación en el tablón de anuncios de estaSala, a fin de sirva de notificación enforma a don Manuel Angel IglesiasMartínez, en ignorado paradero, expido lapresente que firmo y sello.

En Oviedo, a 25 de marzo de 2004.—La Secretaria Judicial.—5.110.

28-IV-2004 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 6059

V. Administración de Justicia

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Doña Aurora Algaba Carbonero,Secretaria de la Sala de lo Social delTribunal Superior de Justicia delPrincipado de Asturias,

Certifica: Que en el procedimiento derecurso de suplicación número0003513/2002 recayó la Resolución defecha veintiséis de septiembre de dos miltres cuyo fallo copiado literalmente dice:

Fallamos

“Que desestimamos el recurso de supli-cación interpuesto por don HerminioFojaco Menéndez contra la Sentencia delJuzgado de lo Social número tres deGijón dictada en los autos seguidos a suinstancia contra el Instituto Nacional de laSeguridad Social, Tesorería General de laSeguridad Social, Unión MusebaIbesvico y Empresa Erbif, S.L., sobreinvalidez permanente total derivada deaccidente de trabajo, y en consecuenciaconfirmamos la resolución impugnada.

Adviértase a las partes que contra estasentencia cabe recurso de casación para launificación de doctrina ante la Sala de loSocial del Tribunal Supremo en el plazode diez días.

Incorpórese el original al correspon-diente libro de sentencias.

Notifíquese a las partes y a la Fiscalíadel Tribunal Superior de Justicia y unavez firme, devuélvanse los autos origina-les al Juzgado de lo Social de proceden-cia, con certificación de la presente.

Así, por esta nuestra sentencia, definiti-vamente juzgando, lo pronunciamos,mandamos y firmamos.”

Y para su publicación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias yfijación en el tablón de anuncios de estaSala, a fin de sirva de notificación enforma a la empresa Erbif, S.L., en ignora-do paradero, expido la presente que firmoy sello.

En Oviedo, a 24 de marzo de 2004.—La Secretaria Judicial.—5.060.

— • —

Doña Aurora Algaba Carbonero,Secretaria de la Sala de lo Social delTribunal Superior de Justicia delPrincipado de Asturias,

Certifica: Que en el procedimiento derecurso de suplicación número0000367/2003 recayó la Resolución defecha diecinueve de septiembre de dosmil tres cuyo fallo copiado literalmentedice:

Fallamos

“Que desestimando el recurso de supli-cación interpuesto por doña María Isabel

Rodríguez Fernández, frente al Auto dic-tado por el Juzgado de lo Social númerodos de Avilés de fecha nueve de noviem-bre de dos mil dos en los autos seguidos asu instancia contra la empresa ShoffisInversiones, S.L., sobre despido, confir-mamos el auto de instancia íntegramente.

Adviértase a las partes que contra estasentencia cabe recurso de casación para launificación de doctrina ante la Sala de loSocial del Tribunal Supremo en el plazode diez días.

Incorpórese el original al correspon-diente libro de sentencias. Líbrese certifi-cación para su unión al rollo de su razón.

Notifíquese a las partes y a la Fiscalíadel Tribunal Superior de Justicia y unavez firme, devuélvanse los autos origina-les al Juzgado de lo Social de proceden-cia, con certificación de la presente.

Así, por esta nuestra sentencia, definiti-vamente juzgando, lo pronunciamos,mandamos y firmamos.”

Y para su publicación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias yfijación en el tablón de anuncios de estaSala, a fin de sirva de notificación enforma a la empresa Shoffis Inversiones,S.L., en ignorado paradero, expido la pre-sente que firmo y sello.

En Oviedo, a 24 de marzo de 2004.—La Secretaria Judicial.—5.059.

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE OVIEDO

SECCION PRIMERA

Edictos

Acordado en el rollo de apelación civilnúmero 208/2003, dimanante de los autosde procedimiento ordinario número417/2001 del Juzgado de PrimeraInstancia de Oviedo número 2, se dictóSentencia con el número 85/2004, confecha cinco marzo dos mil cuatro, cuyofallo es del tenor literal siguiente:

“Que se estima parcialmente el recursode apelación formulado por Asturiana deCocinas, S.L., frente a la Sentencia defecha diecinueve de septiembre de dosmil dos, dictada por el Juzgado dePrimera Instancia número 2 de Oviedo enlos autos de juicio ordinario número417/2001, revocando la sentencia encuanto al pronunciamiento relativo a lacondena en costas a la actora que se dejasin efecto y manteniendo íntegramente lasentencia en el resto de los pronuncia-mientos. El acogimiento parcial del recur-so conduce a no efectuar declaraciónalguna en cuanto a las costas de esta ape-lación.”

Y para que conste y se publique en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias y sirva de notificación aContratas Ner, S.L.U., se expide y firmael presente.

En Oviedo, a 16 de marzo de 2004.—El Secretario de Sala.—4.782.

— • —

Acordado en el rollo de apelación civilnúmero 6/2004, dimanante de los autos decognición número 23/2001 del Juzgadode Primera Instancia de Avilés número 5,se dictó sentencia con el número 88/2004,con fecha once de marzo de dos mil cua-tro, cuyo fallo es del tenor literal siguien-te:

“Que desestimando el recurso de apela-ción interpuesto contra la sentencia dicta-da en los autos de los que el presente rollodimana, debemos confirmar y confirma-mos en todos sus pronunciamientos lasentencia recurrida, con imposición a laparte apelante de las costas causadas en lapresente alzada.”

Y para que conste y se publique en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias y sirva de notificación a donVicente Rodríguez Rubio, se expide yfirma el presente.

En Oviedo, a 23 de marzo de 2004.—El Secretario de Sala.—5.106.

— • —

SECCION SEGUNDA

Edictos

Por haberlo así acordado en resoluciónde juicio de faltas número 332/2002, dirí-jole el presente a fin de que se publiqueedicto en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias la sentencia parasu notificación a doña Gemma RicoSuárez.

Sentencia

En Oviedo, a doce de enero de dos milcuatro.

Vistos por la Ilma. Sra. doña MaríaLuisa Barrio Bernardo-Rúa, Magistradade la Sección Segunda de esta AudienciaProvincial, como órgano unipersonal, engrado de apelación, los autos de juicio defaltas número 332/2002 (rollo número352/2003), procedentes del Juzgado deInstrucción número 2 de Siero.

Fallo

Que desestimando el recurso de apela-ción interpuesto por don Roberto RoblesPrieto en la sentencia dictada en actuacio-nes de juicio de faltas número 332/2002en el Juzgado de Instrucción de Sieronúmero 2, de que dimana el presente

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rollo, debo confirmar y confirmo íntegra-mente dicha resolución, declarando deoficio las costas judiciales ocasionadas enesta alzada.

Debiendo remitir un ejemplar del bole-tín en el que aparezca el edicto publicado.

En Oviedo, a 19 de marzo de 2004.—El Secretario.—4.847.

— • —

Por haberlo así acordado en resolucióndictada en la causa de juicio de faltasnúmero 90/2003, diríjole el presente a finde que se publique edicto en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias lasentencia para su notificación a donAlberto García Prieto.

Sentencia

En Oviedo, a veintidós de marzo de dosmil cuatro.

Vistos por la Ilma. Sra. doñaCovadonga Vázquez Llorens, Magistradade la Sección Segunda de esta AudienciaProvincial, como órgano unipersonal, engrado de apelación los autos de juicio defaltas número 90/2003 (rollo número11/2004), procedentes del Juzgado deInstrucción número 5 de Avilés.

Fallo

Que desestimando el recurso de apela-ción interpuesto por doña María LourdesPosada Prieto contra la sentencia dictadapor el Juzgado de Instrucción número 5de Avilés, en los autos de juicio de faltasnúmero 90/2003 de que dimana el presen-te rollo, debo confirmar y confirmo ínte-gramente dicha resolución, imponiendo ala recurrente las costas de esta alzada.

Debiendo remitir un ejemplar del bole-tín en el que aparezca el edicto publicado.

En Oviedo, a 22 de marzo de 2004.—El Secretario.—5.107.

DE GIJON

SECCION SEPTIMA

Cédula de notificación

En virtud de lo acordado en resoluciónde esta fecha dictada en el rollo de apela-ción número 429/2003, dimanante de losautos de juicio verbal número 533/2000,procedentes del Juzgado de PrimeraInstancia número 4 de Gijón, seguidosentre don Víctor Javier GutiérrezCapellán, representado por el ProcuradorSr. Castro Eduarte, contra don AndrésBlanco Fernández y don Juan CarlosPérez Alonso, declarados ambos en situa-ción procesal de rebeldía, la Compañía deSeguros Royal Sun Alliance, representadapor el Procurador Sr. Moliner González, yel Consorcio de Compensación deSeguros, en cuyo rollo número 429/2003

de apelación se dictó Sentencia con fechadoce de febrero de dos mil cuatro, quecontiene el siguiente:

Fallo

“Que con estimación parcial del recursode apelación formulado por la representa-ción de la entidad Royal Sun Alliance, ydesestimación del formulado a instanciadel actor, contra la Sentencia de fechacinco de diciembre de dos mil dos, dictadaen autos de juicio verbal número533/2000, rollo número 429/2003, delJuzgado de Primera Instancia número 4 delos de Gijón, revocamos la recurrida en elsólo sentido de que las costas del absueltoConsorcio de Compensación de Segurosserán de su propia cuenta, y sin que proce-da expreso pronunciamiento respecto lascostas de esta alzada.

Por la presente se notifica dicha senten-cia a las partes incomparecidas en estainstancia, declaradas en situación proce-sal de rebeldía, don Andrés BlancoGutiérrez y don Juan Carlos PérezAlonso, a los fines legales y se expide lapresente, a los efectos de la inserción parala publicación del pertinente edicto en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

En Gijón, a 19 de marzo de 2004.—LaSecretaria de Sala.—5.108.

— • —

Edicto

Acordado en el rollo de apelación civilnúmero 687/2003, dimanante de los autosde juicio verbal (incumplimiento de con-trato) número 993/2002 del Juzgado dePrimera Instancia número 7 de Gijón, estaSala dictó sentencia con el número106/2004, con fecha diecinueve de febre-ro de dos mil cuatro, cuyo encabezamien-to y fallo dice:

“Vistos, por la Sección de estaAudiencia Provincial los presentes autosde juicio verbal número 993/2002, rollonúmero 687/2003, procedentes delJuzgado de Primera Instancia número 7de Gijón; entre partes, como apelanteBanco Santander Central Hispano, S.A.,representado por el Procurador donManuel Suárez Soto bajo la direcciónletrada de don Armando MenéndezGonzález, como apelada doña Ana SuárezDapiedad, representada por laProcuradora doña Julia Marta OrtegaAlvarez bajo la dirección letrada de donJorge Lorenzo Benavente, y OpenEnglish Master Spain, S.A., en situaciónde rebeldía procesal.

Fallo

Se desestima el recurso formulado porla representación procesal de BancoSantander Central Hispano, S.A., frente a

la Sentencia dictada el día ocho de abrilde dos mil tres por el Juzgado de PrimeraInstancia número 7 de los de Gijón, enautos de juicio verbal número 993/2002,rollo de sala número 687/2003 la que seconfirma, imponiendo las costas de estaalzada a la parte recurrente.

Así, por esta nuestra sentencia, de laque se unirá certificación al rollo, lo pro-nunciamos, mandamos y firmamos.”

Y para que conste y se inserte edictopara su publicación en BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias, y sirvade notificación a Open English MasterSpain, S.A., se expide y firma el presente.

En Gijón, a 23 de marzo de 2004.—ElSecretario.—5.109.

JUZGADOS DEPRIMERA INSTANCIA

DE GIJON NUMERO 4

Cédulas de notificación

En el procedimiento de juicio verbalnúmero 650/2003 se ha dictado la resolu-ción del tenor literal siguiente:

Sentencia número 362 (año 2003)

En Gijón, a veinticuatro de septiembrede dos mil tres.

El Ilmo. Sr. don Luis Roda García,Magistrado-Juez Titular del Juzgado dePrimera Instancia número 4 de los deGijón, ha visto las presentes actuaciones,registradas bajo el número 650/2003, ini-ciadas a instancia del Procurador don JoséJavier Castro Eduarte, en nombre y repre-sentación de doña María EncarnaciónTejón Fernández, quien actúa bajo ladirección técnica de la Letrada doñaElvira Soto López, contra don ManuelSuárez Luengo, rebelde, sobre desahuciopor falta de pago, y con los siguientes:

Fallo

Que estimando la demanda interpuestapor el Procurador don José Javier CastroEduarte, en nombre y representación dedoña María Encarnación TejónFernández, contra don Manuel SuárezLuengo, rebelde, debo disponer y dispon-go lo siguiente:

1º. Se declara resuelto el contrato dearrendamiento que vinculaba a doñaMaría Encarnación Tejón Fernández condon Manuel Suárez Luengo, respecto delInmueble sito en la calle Decano PrendesPando, nº 23, 1º D, de Gijón.

2º. Se condena a don Manuel SuárezLuengo a desalojar el referido inmueblelitigioso, dejándolo a la entera y libre dis-posición de su propietaria en el plazolegal.

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3º. Se apercibe al demandado de lanza-miento, para el caso de que no desalojarael antecitado inmueble dentro del plazolegal.

4º. Se condena al demandado al pagodel total de las costas causadas.

Así por esta mi sentencia que, porrebeldía del demandado, le será notifica-da en al forma prevista en el artículo 497de la L.E.C., juzgando en primera instan-cia, lo pronuncio, mando y firmo.

Contra esta resolución cabe interponerrecurso de apelación en el término decinco días, contados desde el siguientehábil a la fecha de su notificación. Siquien interpusiera recurso fuera la partecondenada, deberá acreditar por escrito,al prepararlo, tener satisfechas las rentasvencidas y las que, con arreglo al contra-to, deba pagar adelantadas. En caso de nohacerlo así, el recurso será inadmitido.

Y como consecuencia del ignoradoparadero de don Manuel Suárez Luengo,se extiende la presente para que sirva decédula de notificación.

En Gijón, a 18 de marzo de 2004.—ElSecretario.—5.043.

— • —

En el procedimiento de juicio verbalnúmero 1.249/2003 se ha dictado la sen-tencia cuyo encabezamiento y fallo sondel tenor literal siguiente:

Sentencia número 110 (año 2004)

En Gijón, a diecisiete de marzo de dosmil cuatro.

El Ilmo. Sr. don Luis Roda García,Magistrado-Juez Titular del Juzgado dePrimera Instancia número 4 de los deGijón, ha visto las presentes actuaciones,registradas bajo el número 1.249/2003,iniciadas a instancia de la Procuradoradoña Ana Isabel Sánchez Pardías, ennombre y representación de don JavierFernández Fernández, quien actúa bajo ladirección técnica de la Letrada doña RosaMaría Villarejo Alonso, contra doñaMagdalena González Mérida, rebelde,con intervención del Ministerio Fiscal,sobre guarda y custodia de menor deedad, y con los siguientes:

Fallo

Que estimando la demanda interpuestapor la Procuradora doña Ana IsabelSánchez Pardías, en nombre y representa-ción de don Javier Fernández Fernández,contra doña Magdalena González Mérida,rebelde, habiendo sido parte el MinisterioFiscal, debo acordar y acuerdo lo siguien-te:

1º. Se atribuye a don Javier FernándezFernández la guarda y custodia del menorKevin Fernández González.

2º. No se señala, por ahora, régimenalguno de visitas de la madre con el hijomenor, si bien tampoco se descarta laposibilidad de establecer, en ejecución desentencia, dichas visitas, siempre que seformule petición expresa por parte dedoña Magdalena, y se dé cumplimiento—con carácter previo— a lo establecidoen el primer fundamento jurídico de lapresente resolución.

3º. No ha lugar a hacer especial pro-nunciamiento referido a costas.

Así por esta mi sentencia, que porrebeldía de la demandada, le será notifi-cada en la forma prevista en el artículo497 de la L.E.C., juzgando en primerainstancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Contra esta resolución, cabe interponerrecurso de apelación, en el término decinco días, contados desde el siguientehábil a la fecha de su notificación.

Y como consecuencia del ignoradoparadero de doña Magdalena GonzálezMérida, se extiende la presente para quesirva de cédula de notificación.

En Gijón, a 18 de marzo de 2004.—ElSecretario.—5.044.

DE GIJON NUMERO 6

Cédulas de notificación

En el procedimiento ordinario número765/2003 se ha dictado la sentencia cuyoencabezamiento y parte dispositiva sondel tenor literal siguiente:

Sentencia

En Gijón, a veintisiete de febrero dedos mil cuatro.

El Magistrado-Juez, don PabloMartínez-Hombre Guillén, Titular delJuzgado de Primera Instancia número 6de Gijón, ha visto los presentes autosseguidos por los trámites del juicio ordi-nario con el número 765/2003, a instan-cias de doña María Edita García Garrido,representada por la Sra. Procuradora doñaConcepción Zaldívar Caveda, y asistidapor la Sra. Letrada doña ConcepciónSánchez Canal, contra don José AngelQuesada Campuzano, declarado en rebel-día en las presentes actuaciones, sobreresolución de contrato de arrendamientode local y reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda formuladapor doña María Edita García Garrido con-tra don José Angel Quesada Campuzano,debo declarar y declaro haber lugar a laresolución del contrato de arrendamientoque tiene por objeto el local sito en lacalle Filósofo José Gaos, nº 2, bajo, con-denando a dicho demandado a que ladesaloje y la deje a la libre disposición de

la parte demandante, y debo condenar ycondeno a dicho demandado a que aboneal actor las cantidades de 9.136,10 euros,más los intereses legales correspondientesdevengados desde la fecha de interposi-ción de la demanda respecto de la canti-dad de 6.798,30 euros, más los intereseslegales correspondientes devengadosdesde la fecha de esta resolución en cuan-to al resto, así como las rentas que sedevenguen hasta el desalojo de la vivien-da, con imposición al demandado de lascostas causadas.

Notifíquese esta resolución a las parteshaciéndoles saber que la misma no esfirme y que contra ella podrán interponerrecurso de apelación en el término de loscinco días siguientes al de su notificación.

Así, por esta mi sentencia, juzgando enesta instancia, lo pronuncio, mando yfirmo.

Y como consecuencia del ignoradoparadero del demandado don José AngelQuesada Campuzano y su inserción en eltablón de anuncios de este Juzgado y supublicación en el BOLETIN OFICIALdel Principado de Asturias para que sirvade notificación en forma al mismo, seextiende la presente para que sirva decédula de notificación.

En Gijón, a 12 de marzo de 2004.—ElSecretario.—4.777.

— • —

En este Juzgado se sigue procedimien-to de quiebra a instancias de Corlosa,S.A., representada por el Procurador Sr.Moliner González, respecto de la entidadMartín Hernández y Contratas, S.A.,representada por la Procuradora Sra.Romero Canellada, y registrada con elnúmero 530/2002, se ha dictado la resolu-ción cuya parte dispositiva es del tenorliteral siguiente:

Parte dispositiva

Acuerdo la clausura de la quiebra de laentidad Martín Hernández y Contratas,S.A., por insuficiencia o carencia de acti-vo para la satisfacción útil de los créditosde los acreedores, debiéndose proceder ala paralización y archivo de las actuacio-nes, en tanto no se decida su reaperturapor aparecer bienes susceptibles de ocu-pación.

Publíquese la parte dispositiva de lapresente resolución en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias, en eldiario El Comercio, expidiéndose a talefecto los oficios oportunos, y hágaseentrega de los mismos a la representaciónde la quebrada para su diligenciamiento.

Procédase a la apertura de la SecciónQuinta, encabezándola con testimonio deesta resolución, a cuyos fines requiérase

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al Sr. Comisario para que presente elinforme correspondiente.

Lo acuerda, manda y firma S.Sª., doyfe.

El Magistrado-Juez.

Y como consecuencia del ignoradoparadero de los posibles interesados en laquiebra de referencia, se extiende la pre-sente para que sirva de cédula de notifica-ción.

En Gijón, a 18 de marzo de 2004.—ElSecretario.—4.817.

DE OVIEDO NUMERO 2

Cédula de notificación

Doña María José Fernández Fueyo,Secretaria del Juzgado de PrimeraInstancia número 2 de Oviedo,

Doy fe: De que en el presente procedi-miento de verbal desahucio por falta depago número 848/2003, se ha dictado sen-tencia, del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuestapor la Procuradora Sra. Aldecoa Alvarez,quien comparece en nombre y representa-ción de Comunidad Autónoma delPrincipado de Asturias, contra doñaMaría Gemma Martín Fernández, debodeclarar y declaro resuelto el contrato dearrendamiento que sobre la vivienda sitaen el 3º izda. del nº 2 de La Vega, Ujo,Mieres, existía entre las partes por falta depago de las rentas pactadas y cantidadesasimiladas y, consecuentemente, haberlugar al desahucio de la demandada de laexpresada vivienda, apercibiéndole que sino la desaloja dentro del plazo legal serálanzada de ella y a su costa, y con expre-sa imposición de costas.

Contra la presente resolución caberecurso de apelación que se interpondrápor escrito ante este Juzgado en términode quinto día.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Y como consecuencia del ignoradoparadero de doña María Gemma MartínFernández, se extiende la presente paraque sirva de cédula de notificación.

En Oviedo, a 19 de marzo de 2004.—La Secretaria.—5.100.

DE OVIEDO NUMERO 3

Edicto

Don Jaime Riaza García, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancianúmero 3 de Oviedo,

Hago saber: Que en este Juzgado se

sigue el procedimiento de expediente dedominio, reanudación del tracto número797/2003 a instancia de don BelarminoVázquez García, expediente de dominiopara la inmatriculación de las siguientesfincas:

Finca situada en Bueño, parroquia deFerreros, concejo de Ribera de Arriba, ypartido judicial de Oviedo:

Mitad por la parte Oeste de la finca lla-mada Huerta de la Carcabada sita en tér-minos de lugar de Bueño, a cultivo, pra-dera y arbolado, de cabida esta mitadveintiocho áreas y cincuenta y seis centiá-reas y que linda al Norte, camino; al Sur,carretera y edificios escolares; al Este,con la otra mitad de finca de don JoséTesguerres Fernández; y al Oeste, herede-ros de don Julián García y de los SeñoresOrdóñez.

En la actualidad, los linderos correctosson: Al Norte, camino; al Sur, casaCultural propiedad del Ayuntamiento deRibera de Arriba y carretera de Bueño alas Segadas; al Este, don César FernándezPello; y al Oeste, don Pedro AlvarezMangas (heredero de los Srs. Ordóñez) ydon José Vázquez García (herederos dedon Julián García). Con referencia catas-tral número 330570000000300240.

Por el presente y en virtud de lo acor-dado en providencia de esta fecha se con-voca a las personas ignoradas a quienespudiera perjudicar la inscripción solicita-da para que en el término de los diez díassiguientes a la publicación de este edictopuedan comparecer en el expediente ale-gando lo que a su derecho convenga.

Así mismo se cita a los herederosinciertos y desconocidos de don CelestinoMuñiz-Prada Prieto, de doña FlorentinaAlvarez Soto-Jove y doña María TeresaMuñiz-Prada Alvarez para que dentro deltérmino anteriormente expresado puedacomparecer en el expediente alegando loque a su derecho convenga.

En Oviedo, a 26 de febrero de 2004.—El Secretario.—5.046.

DE OVIEDO NUMERO 4

Cédula de notificación

En el procedimiento de verbal desahu-cio por falta de pago número 813/2003 seha dictado la resolución del tenor literalsiguiente:

Sentencia

En Oviedo, a cuatro de marzo de dosmil cuatro.

Vistos por doña Ana Olivares Villegas,Juez por sustitución del Juzgado dePrimera Instancia número 4 de Oviedo,los autos de juicio verbal (desahucio)

número 813/2003 promovidos por donAngel Luis Rey García, representado porla Procuradora de los Tribunales doñaPatricia Gota Brey y asistida por elLetrado don Manuel Morales Zapata,contra doña Vanesa Carolina García, ensituación de rebeldía procesal.

Recayendo en nombre de S.M. el Reyla presente resolución.

Antecedentes de hecho

Primero: Por la Procuradora de losTribunales doña Patricia Gota Brey, ennombre y representación de don AngelLuis Rey García, se presentó escrito dedemanda y demás documentos en el que,en base a los hechos expuestos en elmismo, que en aras a la brevedad se danaquí por reproducidos, y aduciendo losfundamentos de derecho que tuvo porconveniente, termina suplicando se dictesentencia por la que “se declare resueltoel contrato de arrendamiento que amparala ocupación de la vivienda sita enOviedo, calle San Lázaro, 7, 1º C, por lademandada doña Vanesa Carolina García;se condene a doña Vanesa CarolinaGarcía al pago de las cantidades adeuda-dos por razón del arrendamiento objeto dela litis en concepto de rentas vencidas yno pagadas cuyo importe asciende a1.021,66 euros, cantidad que habrá de serincrementada con los intereses devenga-dos por las rentas reclamadas en virtud dela presente demanda a partir de la fechade la presente demanda; así como las ren-tas cuyo vencimiento e impago se pro-duzca durante la tramitación de la presen-te; y se acuerde el desalojo de la viviendaen plazo legal bajo apercibimiento de lan-zamiento”.

Segundo: El acto del juicio se celebróen fecha cuatro de marzo de dos mil cua-tro con la única asistencia de la parte acto-ra, no compareciendo la demandada pesea estar citada en legal forma, por lo quefue declarada en situación procesal derebeldía.

Concedida la palabra a la parte actorapara alegaciones, se afirmó y ratificó ensu escrito de demanda, fijando la cuantíatotal reclamada en la cantidad de 2.863,41euros, sumando a la cantidad inicialmen-te reclamada en el escrito de demanda elimporte de las rentas correspondientes alas mensualidades vencidas desde la pre-sentación de la demanda hasta la fechadel juicio y el importe que figuraba en losrecibos de agua y luz que se aportaron enla vista. Recibido el juicio a prueba sepropuso documental como único mediode prueba que se admitió y practicó con elresultado que consta en autos.

Tercero: En la tramitación de estosautos se han observado las prescripcioneslegales.

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Fundamentos de derecho

Primero: El objeto de este procedi-miento viene determinado por las preten-siones ejercitadas acumuladamente por elactor en su escrito de demanda de resolu-ción del contrato de arrendamiento cele-brado con la demandada respecto a lavivienda sita en la calle San Lázaro, 7, 1ºC, de Oviedo, por razón de impago derentas; así como de reclamación de canti-dad por importe de 2.863,41 euros, cifraque comprende el importe de las rentasvencidas e impagadas a la fecha del juicioy el de otros gastos asumidos por la arren-dataria demandada, comunidad, agua ysuministro eléctrico.

La demandada, doña Vanesa CarolinaGarcía, fue declarada en rebeldía, situa-ción procesal que si bien no produce elefecto de tener al rebelde por conformecon los hechos de la demanda, ni exime nilibera a la parte actora de probar loshechos constitutivos del derecho quereclama, sin embargo, hay que tener pre-sente las consecuencias derivadas de supropia conducta procesal, no compare-ciendo en el presente procedimiento anegar la realidad de los hechos en virtudde los cuales se deduce pretensión contrael mismo, haciendo dejación de su dere-cho a replicar lo argumentado de contra-rio.

Segundo: Delimitado el objeto del pre-sente procedimiento en la forma expues-ta, del examen y valoración de la pruebaobrante en autos, resulta acreditado que lademandada ostenta la condición de arren-dataria respecto de la vivienda anterior-mente referenciada en virtud de contratode arrendamiento celebrado en fecha unode octubre de dos mil dos, habiendo deja-do de cumplir su obligación de pagar larenta mensual pactada por importe de270,46 euros desde el mes de julio de dosmil tres, adeudando por este concepto2.434,14 euros desde dicho mes hasta lafecha del juicio la suma, así como de otrascantidades por gastos cuyo pago habíaasumido, en concreto, 135,27 euros(15,03 euros/mes) por gastos de comuni-dad; 86,39 por agua; y 207,61 por sumi-nistro eléctrico, siendo el saldo deudortotal a la fecha de celebración del juiciode 2.863,41 euros.

A la vista de los hechos declarados pro-bados, de conformidad con lo dispuestoen los artículos 17, 27 y 35 de la Ley29/1994, de 24 de noviembre, deArrendamientos Urbanos, y los artículos1.088 y siguientes, 1.254 y siguientes y1.542 y siguientes del Código Civil,resulta procedente acoger en su integridadlas pretensiones de la parte actora.

Tercero: De acuerdo con el principio devencimiento objetivo que rige en materiade costas judiciales en el proceso civil,artículo 394 de la L.E.C., las devengadas

en el presente procedimiento serán decargo de la demandada.

Vistos los artículos citados, concordan-tes y demás de general aplicación,

Fallo

Que estimando la demanda interpuestapor la Procuradora de los Tribunales doñaPatricia Gota Brey, en nombre y represen-tación de don Angel Luis Rey García,contra doña Vanesa Carolina García, debodeclarar y declaro resuelto el contrato dearrendamiento que vincula a las parteslitigantes en relación a la vivienda sita enla calle San Lázaro, 7, 1º C, de Oviedo, yen consecuencia, haber lugar al desahu-cio, condenado a doña Vanesa CarolinaGarcía a que desaloje la vivienda referiday la deje libre y expedita a disposición delactor, con apercibimiento de lanzamientoen caso de no verificarlo, así como alpago de la cantidad de 2.863,41 euros,siendo de cuenta de la demandada las cos-tas procesales que se hayan podidodevengar en el presente procedimiento.

Contra esta sentencia cabe recurso deapelación, que se preparará en esteJuzgado mediante escrito que se presenta-rá dentro del plazo de cinco días contadosdesde el día siguiente a su notificación enlos términos previstos en el artículo 457.2de la L.E.C.

Así por esta mi sentencia, juzgandodefinitivamente en primera instancia, lopronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignoradoparadero de doña Vanesa Carolina García,se extiende la presente para que sirva decédula de notificación.

En Oviedo, a 12 de marzo de 2004.—El Secretario.—4.664.

DE OVIEDO NUMERO 5

Cédula de notificación

En el procedimiento ordinario número1.124/2002 se ha dictado la resolución deltenor literal siguiente del encabezamientoy fallo:

Sentencia

En Oviedo, a veinticuatro de febrero dedos mil cuatro.

Doña Carmen Márquez Jiménez,Magistrada-Juez Sustituta del Juzgado dePrimera Instancia número 5 de Oviedo, havisto los autos civiles de juicio declarati-vo ordinario, seguidos en este Juzgadocon el número 1.124/2002 sobre reclama-ción de cantidad, promovidos porInnovaciones Recreativas del Principado,S.L., que compareció en los autos repre-sentado por el Procurador de losTribunales Sr. Castejón Nosti, quien actuóbajo dirección letrada del Sr. Castiello

Vázquez, contra don Ramón Pena García,que no compareció y fue declarado enrebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda interpuestapor Innovaciones Recreativas delPrincipado, S.L., contra don Ramón PenaGarcía debo condenar y condeno aldemandado al pago de 12.000 euros, quedevengarán desde el veinticuatro de octu-bre de dos mil tres y hasta la presente elinterés legal del dinero y dicho índiceincrementado en dos puntos desde hoyhasta su completo pago; y todo ello impo-niendo a la parte demandada las costas deesta primera instancia.

Así por esta mi sentencia, contra la quecabe interponer recurso de apelación parala Audiencia Provincial de Oviedo, lopronuncio, mando, y firmo.

Y como consecuencia del ignoradoparadero de don Ramón Pena García, seextiende la presente para que sirva decédula de notificación.

En Oviedo, a 4 de marzo de 2004.—ElSecretario.—4.755.

DE OVIEDO NUMERO 6

Cédula de notificación

En el procedimiento de juicio verbalnúmero 100/2004 se ha dictado la resolu-ción del tenor literal siguiente:

Sentencia

Vistos por el Sr. don Fernando MiyarVillarrica, Magistrado-Juez del Juzgadode Primera Instancia número 6 de estaciudad, los presentes autos de juicio ver-bal número 100/2004, promovidos por laComunidad Autónoma del Principado deAsturias, representada por la Procuradorade los Tribunales doña Clara MaríaCorpas Rodríguez y dirigida por laLetrada doña Olga Cid Canteli, contradoña María Pombo Alvarez, mayor deedad, vecina de Riosa, calle La Mina, 4,bajo, izda. y contra doña GumersindaAlvarez Plaza y demás herederos desco-nocidos e inciertos de don Braulio PomboMarcos, declarados en los presentesautos, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda promovidapor la Comunidad Autónoma delPrincipado de Asturias, contra doñaGumersinda Alvarez Plaza, doña MaríaPombo Alvarez y demás herederos desco-nocidos e inciertos de don Braulio PomboMarcos, sobre reclamación de cantidad:

1º. Se condena a los demandados a abo-nar a la Comunidad Autónoma delPrincipado de Asturias, la suma de dos-cientos setenta y nueve euros, con veinte

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céntimos, más el interés legal del dinerodesde la presentación de la demanda eincrementados en dos puntos desde lafecha de la presente resolución.

2º. Con expresa imposición de las cos-tas a los mencionados demandados.

Así por esta mi sentencia, definitiva-mente juzgando en primera instancia, lopronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignoradoparadero de los herederos desconocidos einciertos de don Braulio Pombo Marcos,se extiende la presente para que sirva decédula de notificación.

En Oviedo, a 19 de marzo de 2004.—El Secretario.—5.047.

— • —

Edicto

Don Angel Ferrera Menéndez, Secretariodel Juzgado de Primera Instancianúmero 6 de Oviedo,

Hago saber: Que en este Juzgado sesigue el procedimiento de expediente dedominio número 195/2004 a instancia deLagar Herminio, S.L., para la inmatricu-lación, reanudación del tracto y exceso decabida de las siguientes fincas:

1. Reanudación del tracto y exceso decabida de la finca:

“Rústica a labor llamada Hero, Lerno oLero antes, sita en la parroquia de SantaEulalia de Colloto, concejo de Oviedo,cabida de veinte áreas, cincuenta y sietecentiáreas; linda al Este, con don ManuelFernández Roces Colata; Sur, carretera deOviedo a Siero; Oeste, bienes de donHermógenes González Olivares; y Nortecon suco alto que la separa de la otra dedon Marcos Villanueva; se formó con lasdos fincas inscritas en el tomo cuatrocien-tos diez y ocho, folio doscientos doce,finca veintidós mil setecientos noventa ydos, inscripción primera, y en el tomotrescientos cuarenta y nueve, las dos deOviedo, folio once, finca diez y siete mildoscientos diez y nueve, inscripción pri-mera.”

2. Inmatriculación de las fincas urba-nas:

- “Casa compuesta de planta baja ypiso; en estado ruinoso, que ocupa un áreaedificada de ciento treinta metros cuadra-dos, sita en el Camino Real o CarreteraVieja de Oviedo a Santander; en Colloto,concejo de Oviedo y que linda: al Sur ofrente, con la referida carretera o CaminoReal; al Norte, con cuadra adosada a lamisma; al Este, con la finca llamadaHero; y Oeste, con dicha cuadra”.

- “Cuadra adosada a la casa anterior, enestado ruinoso, que ocupa un área edifica-da de noventa metros cuadrados, y que

linda: Sur o frente, con carretera vieja deOviedo a Santander o Camino Real ycasa; al Norte, con la finca denominadaHero; Este y Oeste, con la finca denomi-nada Hero.”

Por el presente y en virtud de lo acor-dado en providencia de esta fecha se con-voca a las personas ignoradas a quienespudiera perjudicar la inscripción solicita-da para que en el término de los diez díassiguientes a la publicación de este edictopuedan comparecer en el expediente ale-gando lo que a su derecho convenga.

En Oviedo, a 19 de marzo de 2004.—El Secretario.—5.048.

JUZGADOS DE INSTRUCCION

DE GIJON NUMERO 1

Edicto

Don José Luis Gamonal Alvarez,Secretario del Juzgado de Instrucciónnúmero 1 de Gijón,

Doy fe y testimonio: Que en el juiciode faltas número 551/2003 se ha dictadola presente:

Sentencia

En Gijón, a diecisiete de febrero de dosmil cuatro.

Visto por mí, don Juan Laborda Cobo,Magistrado-Juez del Juzgado deInstrucción número 1 de Gijón, los pre-sentes autos de juicio de faltas número551/2003 y como denunciante doñaMaría Concepción Machado Dos Anjos ycomo denunciado don Angel AntonioMartínez López.

Fallo

Que debo absolver y absuelvo libre-mente al denunciado don Angel AntonioMartínez López por los hechos que handado lugar al presente juicio de faltas,declarando las costas de oficio.

Notifíquese esta sentencia a las partes,haciéndoles saber que la misma no esfirme y que contra ella cabe interponerrecurso de apelación para ante laAudiencia Provincial, en el plazo de cincodías siguientes al de su notificación, quese formalizará por escrito y se presentaráante este Juzgado, en el que se expondránordenadamente las alegaciones a que serefiere el artículo 795.2 de la Ley deEnjuiciamiento Criminal, pudiendo en elmismo solicitarse por el recurrente lapráctica de las diligencias de prueba a quese refiere el número 3 del artículo citado.

Y para que conste y sirva de notifica-ción de sentencia a doña MaríaConcepción Machado Dos Anjos, actual-mente en paradero desconocido, y supublicación en el BOLETIN OFICIAL

del Principado de Asturias, expido yfirmo la presente.

En Gijón, a 17 de marzo de 2004.—ElSecretario.—4.819.

DE GIJON NUMERO 2

Edictos

Doña María de los Angeles Lago Alonso,Secretaria del Juzgado de Instrucciónnúmero 2 de Gijón,

Doy fe y testimonio: Que en el juiciode faltas número 721/2003 se ha dictadola presente sentencia, que en su encabeza-miento y parte dispositiva dice:

La Ilma. Sra. doña Soledad OrtegaFrancisco, Magistrada-Juez de esteJuzgado ha conocido la causa expresadaal margen celebrando el correspondientejuicio oral y público en nombre de S.M. elRey, dicta la presente sentencia en base alos siguientes antecedentes:

Fallo

Absuelvo a don Juan José MuleroOrtega de la falta por la que se ha seguidoeste juicio, declarando las costas de ofi-cio.

Conforme con lo dispuesto en el artícu-lo 976 de la L.E.Cr., contra la presentesentencia cabe interponer recurso de ape-lación para ante la Audiencia Provincial,en el plazo de los cinco días siguientes alde su notificación, que se formalizarámediante escrito que se presentará anteeste Juzgado en el que se expondrán orde-nadamente las alegaciones a que se refie-re el artículo 795.2 de la L.E.Cr., pudién-dose en el mismo escrito formalizador delrecurso, solicitarse por el recurrente lapráctica de las diligencias de prueba a quese refiere el número 3 del artículo antescitado.

Y para que conste y sirva de notifica-ción de sentencia a don Luis MiguelFernández Velasco, actualmente en para-dero desconocido, y su publicación en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias, expido la presente.

En Gijón, a 15 de marzo de 2004.—LaSecretaria.—4.665.

— • —

Doña María de los Angeles Lago Alonso,Secretaria del Juzgado de Instrucciónnúmero 2 de Gijón,

Doy fe y testimonio: Que en el juiciode faltas número 1.006/2003 se ha dicta-do la presente sentencia, que en su enca-bezamiento y parte dispositiva dice:

La Ilma. Sra. doña Soledad OrtegaFrancisco, Magistrada-Juez de esteJuzgado ha conocido la causa expresada

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al margen celebrando el correspondientejuicio oral y público en nombre de S.M. elRey, dicta la presente sentencia en base alos siguientes antecedentes:

Fallo

“Condeno a don Ramón FranciscoTelenti Alvargonzález, como autor res-ponsable de una falta ya definida a la penade multa de un mes con una cuota diariade 6 euros, con arresto sustitutorio de undía por cada dos cuotas impagadas y cos-tas.”

Conforme con lo dispuesto en el artícu-lo 976 de la L.E.Cr., contra la presentesentencia cabe interponer recurso de ape-lación para ante la Audiencia Provincial,en el plazo de los cinco días siguientes alde su notificación, que se formalizarámediante escrito que se presentará anteeste Juzgado en el que se expondrán orde-nadamente las alegaciones a que se refie-re el artículo 795.2 de la L.E.Cr., pudién-dose en el mismo escrito formalizador delrecurso, solicitarse por el recurrente lapráctica de las diligencias de prueba a quese refiere el número 3 del artículo antescitado.

Y para que conste y sirva e notificaciónde sentencia a don Ramón FranciscoTelenti Alvargonzález, actualmente enparadero desconocido, y su publicaciónen el BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias, expido la presente.

En Gijón, a 17 de marzo de 2004.—LaSecretaria.—4.820.

— • —

Doña María de los Angeles Lago Alonso,Secretaria del Juzgado de Instrucciónnúmero 2 de Gijón,

Doy fe y testimonio: Que en el juiciode faltas número 1.264/2003 se ha dicta-do la presente sentencia, que en su enca-bezamiento y parte dispositiva dice:

La Ilma. Sra. doña Soledad OrtegaFrancisco, Magistrada-Juez de esteJuzgado ha conocido la causa expresadaal margen celebrando el correspondientejuicio oral y público en nombre de S.M. elRey, dicta la presente sentencia en base alos siguientes antecedentes:

Fallo

“Condeno a don Juan Francisco LirianoAcosta, como autor responsable de unafalta de malos tratos, ya definida, a lapena de multa de diez días, con una cuotadiaria de 3 euros con arresto sustitutoriode un día por cada dos cuotas o fracciónimpagadas y abono de la mitad de las cos-tas.

Igualmente absuelvo a don José BenitoFernández Rodríguez de la falta de daños

por la que se ha seguido este juicio, condeclaración de oficio de la mitad de lascostas.

Notifíquise esta resolución a las partes,participándoles que contra la misma cabeinterponer recurso de apelación ante esteJuzgado, en el plazo de los cinco díassiguientes a su notificación.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio,mando y firmo.”

Y para que conste y sirva de notifica-ción de sentencia a don Juan FranciscoLiriano Acosta, G-1551837-G, y su publi-cación en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, expido la presen-te.

En Gijón, a 22 de marzo de 2004.—LaSecretaria.—5.052.

DE GIJON NUMERO 4

Edictos

Doña María Cecilia Suárez García,Secretaria del Juzgado de Instrucciónnúmero 4 de Gijón,

Doy fe y testimonio: Que en el juiciode faltas número 79/2002 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabeza-miento y parte dispositiva dice:

“En Gijón, a veintisiete de septiembrede dos mil dos.

Don Emilio Vega González,Magistrado-Juez del Juzgado deInstrucción número 4 de esta ciudad y supartido, habiendo visto y oído el presentejuicio de faltas número 79/2002, en el queaparecen como denunciante donFrancisco Javier Vallina Samperio ycomo denunciada doña Salomé BlancoVallejo, con la intervención delMinisterio Fiscal.

Fallo

Que debo condenar y condeno a doñaSalomé Blanco Vallejo como responsablecriminalmente de concepto de autor defalta de daños prevista y penada en el artí-culo 625.1 del Código Penal a la pena dediez días de multa a razón de 6 euros pordía, lo que totaliza la cantidad de 60euros, con arresto sustitutorio de un díapor cada dos cuotas insatisfechas, a cum-plir en establecimiento penitenciario, y aque indemnice al denunciante en la canti-dad de 265 euros, así como a las costascausadas.

Así por esta mi sentencia, contra la quecabe recurso de apelación ante laAudiencia Provincial de Oviedo, a inter-poner mediante escrito en el plazo decinco días desde su notificación, lo pro-nuncio, mando y firmo.”

Y para que conste y sirva de notifica-

ción de sentencia a doña Salomé BlancoVallejo, actualmente en paradero desco-nocido, y su publicación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias,expido la presente.

En Gijón, a 16 de marzo de 2004.—LaSecretaria.—4.968.

— • —

Doña María Cecilia Suárez García,Secretaria del Juzgado de Instrucciónnúmero 4 de Gijón,

Doy fe y testimonio: Que en el juiciode faltas número 277/2003 se ha dictadola presente sentencia, que en su encabeza-miento y parte dispositiva dice:

“En Gijón, a veintitrés de octubre dedos mil tres.

Vistos por don Emilio Vega González,Magistrado-Juez del Juzgado deInstrucción número 4 de Gijón, los pre-sentes autos de juicio de faltas por reali-zación de actividad careciendo de seguroobligatorio de responsabilidad civil segui-dos ante este Juzgado bajo el número277/2003, interviniendo los denunciantes,agentes de la Policía Local de Gijónnúmero 196 y 296 y el Ministerio Fiscal.

Fallo

Condeno a don Víctor SantanaAmarante como autor de una falta de rea-lización de actividad careciendo de segu-ro obligatorio de responsabilidad civilprevista y penada en el artículo 636 delCódigo Penal a la pena de multa de 1 mesa una cuota diaria de 6 euros, quedandosujeto a una responsabilidad personal deun día de privación de libertad por cadados cuotas diarias no satisfechas. Seimpone al condenado el pago de las cos-tas procesales.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Ministerio Fiscal, previniéndo-les que contra la misma podrán interpo-ner, ante la Audiencia Provincial, recursode apelación en el plazo de los cinco díassiguientes al de su notificación.”

Y para que conste y sirva de notifica-ción de sentencia a don Víctor ManuelSantana Amarante, actualmente en para-dero desconocido, y su publicación en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias, expido la presente.

En Gijón, a 16 de marzo de 2004.—LaSecretaria.—4.969.

DE OVIEDO NUMERO 1

Edicto

Doña María Pilar del Campo García,Secretaria del Juzgado de Instrucciónnúmero 1 de Oviedo,

6066 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 28-IV-2004

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Doy fe y testimonio: Que en el juiciode faltas número 514/2003 se ha dictadola presente sentencia, que en su encabeza-miento y parte dispositiva dice:

En Oviedo, a veinte de enero de dos milcuatro.

Vistos por el Sr. don Francisco JavierRodríguez Luengos, Magistrado-Juez delJuzgado de Instrucción número 1 deOviedo y su partido, los presentes autosde juicio verbal de faltas, seguido entrepartes, como denunciante doñaConcepción Alvarez Gutiérrez y comodenunciado don José María Fernández-Mayo Menéndez.

Fallo

Que debo absolver y absuelvo libre-mente con todos los pronunciamientosfavorables de la falta que se le imputabaen este juicio, cuyas costas don JoséMaría Fernández-Mayo Menéndez judi-ciales se declaran de oficio.

Contra esta sentencia cabe interponerrecurso de apelación en el plazo de cincodías, desde su notificación, en esteJuzgado para ante la Ilma. AudienciaProvincial, de conformidad con lo esta-blecido en los artículos 795 y 796 de laL.E.Crim., a través de escrito razonado yfundamentado.

Así por esta mi sentencia, juzgandodefinitivamente en primera instancia, lopronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notifica-ción de sentencia a Denetech Trading,S.L., actualmente en paradero desconoci-do, y su publicación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias,expido la presente.

En Oviedo, a 22 de marzo de 2004.—La Secretaria.—4.970.

DE OVIEDO NUMERO 3

Edictos

Doña Yolanda Fernández Díaz, Secretariadel Juzgado de Instrucción número 3 deOviedo,

Doy fe y testimonio: Que en el juiciode faltas número 304/2003 se ha dictadola presente sentencia, que en su encabeza-miento y parte dispositiva dice:

En Oviedo, a veintitrés de mayo de dosmil tres.

Vistos en juicio oral por doña AnaOlivares Villegas, Juez Sustituta delJuzgado de Instrucción número 3 deOviedo, los presentes autos de juicio defaltas número 304/2003 en el que hansido partes el Ministerio Fiscal en repre-sentación de la acción pública, comodenunciante, don Miguel Angel Fal

Alonso, asistido por el Letrado don JulioCésar Antolín Morán y representado porel Procurador de los Tribunales donRafael Cobián Gil Delgado, y comodenunciado don Pablo Valdés Díaz,D.N.I. número 9414885, nacido el veinti-nueve de agosto de mil novecientos seten-ta y uno, con domcilio en calle Berbola,nº 25, Lugo de Llanera.

Fallo

Que debo condenar y condeno a donPablo Valdés Díaz como autor criminal-mente responsable de una falta de lesio-nes tipificadas en el artículo 617.1 delCódigo Penal a la pena de dos meses-multa, a razón de 6 euros/día, con un totalde 360 euros, con la responsabilidad per-sonal subsidiaria prevista en el artículo 53del Código Penal, y a que en concepto deresponsabilidad civil indemnice a donMarcos Miguel Fal Alonso la cantidad de210,35 euros, así como al pago de las cos-tas que se hubieran podido devengar en latramitación de este procedimiento.

Contra esta sentencia cabe interponerrecurso de apelación en el plazo de cincodías, a contar desde su notificación, eneste Juzgado para ante la Ilma. AudienciaProvincial, de conformidad con lo esta-blecido en los artículos 976, 795 y 796 dela L.E.Crim.

Así por esta mi sentencia, juzgandodefinitivamente en primera instancia, lopronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notifica-ción de sentencia a don Pablo ValdésDíaz, actualmente en paradero desconoci-do, y su publicación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias,expido la presente.

En Oviedo, a 16 de marzo de 2004.—La Secretaria.—4.750.

— • —

Doña Yolanda Fernández Díaz, Secretariadel Juzgado de Instrucción número 3 deOviedo,

Doy fe y testimonio: Que en el juiciode faltas número 1.028/2003 se ha dicta-do la presente sentencia, que en su enca-bezamiento y parte dispositiva dice:

En Oviedo, a diecinueve de noviembrede dos mil tres.

Vistos por el Ilmo. Sr. Don FranciscoJavier Rodríguez Luengos, Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción número 3de Oviedo y su partido, los presentesautos de juicio verbal de faltas, seguidoentre partes, de una el Fiscal de esteJuzgado en representación de la acciónpública, como denunciante don MiguelAngel Márquez Sánchez y como denun-ciado don Angel Pons Paredes.

Fallo

Que debo condenar y condeno a donAngel Pons Paredes, como autor crimi-nalmente responsale de una falta tipifica-da en el artículo 623.1 del C.P. en gradode tentativa, artículos 15 y 16 del C.P. a lapena de 1 mes de multa, a razón de 6euros/día, con un total de 180 euros, 15días o 7 fines de semana de arresto susti-tutorio en caso de impago, un día dearresto sustitutorio por cada dos cuotasdiarias no satisfechas, así como al pago delas costas judiciales que la tramitación deeste juicio hubiere causado, ordenando seproceda a la restitución definitiva al esta-blecimiento comercial Makro de los bie-nes objeto de dicha infracción penal.

Contra esta sentencia cabe interponerrecurso de apelación en el plazo de cincodías, desde su notificación, en esteJuzgado para ante la Ilma. AudienciaProvincial, de conformidad con lo esta-blecido en los artículos 795 y 796 de laL.E.Crim., a través de escrito razonado yfundamentado.

Así por esta mi sentencia, juzgandodefinitivamente en primera instancia, lopronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notifica-ción de sentencia a don Angel PonsParedes, actualmente en paradero desco-nocido, y su publicación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias,expido la presente.

En Oviedo, a 10 de marzo de 2004.—La Secretaria.—4.666.

— • —

Doña Yolanda Fernández Díaz, Secretariadel Juzgado de Instrucción número 3 deOviedo,

Doy fe y testimonio: Que en el juiciode faltas número 308/2003 se ha dictadoel auto que literalmente dice así:

Auto

La Magistrada-Juez, doña Ana IsabelAlvarez Fernández.

En Oviedo, a veintitrés de diciembre dedos mil tres.

Dada cuenta y,

Hechos

Primero: En la causa referenciada se hadictado sentencia por la que se ha conde-nado a:

Don Néstor Bolívar Silva Falcone a lamulta de 180 euros, más 120 euros deindemnización.

Segundo: Notificada la sentencia alMinisterio Fiscal, al condenado a travésdel BOLETIN OFICIAL del Principado

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de Asturias y demás partes personadas, hatranscurrido el plazo legal sin que, porninguna de ellas, se haya interpuestorecurso.

Razonamientos jurídicos

Primero: Señala el artículo 141 de laLey de Enjuiciamiento Criminal que sonsentencias firmes, aquéllas contra las cua-les no cabe recurso ordinario ni extraordi-nario, bien por haber dejado pasar elplazo para recurrir, bien por haberse dic-tado por órgano cuyas resoluciones noadmiten recurso.

Dispone a su vez el artículo 988 de lamisma Ley procesal, que cuando una sen-tencia sea firme, como ocurre en estecaso, el Juez o Tribunal lo declarará así,añadiendo a continuación que hecha estadeclaración se procederá a ejecutar la sen-tencia.

Parte dispositiva

Se declara firme la sentencia dictada enesta causa, háganse las anotaciones opor-tunas en los libros de registro.

Para su ejecución se acuerda lo siguien-te:

Requerir al condenado para que en eltérmino de quince días, contados desde elsiguiente hábil de la presente notificacióny requerimiento, proceda al pago de lamulta e indemnización impuesta, debien-do ingresarla en la cuenta de consignacio-nes de este Juzgado, con el apercibimien-to de que en el caso de no verificarlo seprocederá al cumplimiento de la pena deprisión en cuantía de un día por cada doscuotas día de multa por satisfacer, a tenorde lo establecido en el artículo 53 delCódigo Penal.

Así lo dispongo, mando y firmo doñaAna Isabel Alvarez Fernández,Magistrada-Juez del Juzgado deInstrucción número 3 de Oviedo.

Y para que conste y sirva de notifica-ción a Don Néstor Bolívar Silva Falcone,actualmente paradero desconocido, y supublicación en el BOLETIN OFICIALdel Principado de Asturias, expido la pre-sente.

En Oviedo, a 16 de marzo de 2004.—La Secretaria.—4.751.

JUZGADOS DE PRIMERAINSTANCIA E INSTRUCCION

DE AVILES NUMERO 1

Edicto

En el expediente de dominio seguidoante este Juzgado con el número236/2004, a instancia de doña MaríaJosefa Iglesias Fernández y doña Berta

Pascuala Muñiz Martínez, representadaspor el Procurador Sr. Martínez Rodríguez,para la reanudación del tracto sucesivointerrumpido de la finca que luego se dirá,por medio de la presente, y en virtud de loacordado en resolución de esta fecha, secita a los posibles sucesores de los titula-res registrales de las fincas, doña MaríaGarcía Fernández y don ManuelFernández Fernández, y de la persona acuyo nombre figura catastrada la misma,doña Carmen Fernández García, así comoa las personas desconocidas e inciertas aquienes pudiera perjudicar la inscripciónsolicitada a fin de que dentro del términode los diez días siguientes a la publica-ción de este edicto puedan comparecer enel expediente alegando lo que a su dere-cho convenga.

La finca de que se trata es la siguiente:

1. Casa de planta baja, tienda, bodega,piso alto, buhardilla o sotabanco, señala-da con el número veintiséis en la calle deArmando Palacio Valdés, en la villa deAvilés, con un trozo de terreno o huerta ala parte posterior, mide dicha casa cincometros de frente por doce de fondo y lahuerta cuatro áreas, poco más o menos.

Linda la casa por su frente, que es elSur, con la calle de Armando PalacioValdés; derecha entrando, o sea, al Este,con casa de doña Paulina AlvarezSánchez; por la izquierda, o sea, el Oeste,con la casa número veintiocho de estaherencia; por la parte posterior, o Norte,con el indicado trozo de terreno; éstelinda por el Sur con la casa que se descri-be; por el Este, con huerta de don PaulinaAlvarez Sánchez; por el Oeste, con huer-ta o trozo de terreno de la citada casanúmero veintiocho y por el Norte con elcamino de servicio para las huertas oterrenos referidos y éste con terreno delHospital de Caridad de esta villa.

Inscrita en el Registro de la Propiedadnúmero 2 de Avilés al tomo 520, libro 56,folio 108, finca 3.408 a nombre de doñaMaría García Fernández casada con donManuel Fernández Fernández, en fechaveintinueve de enero de mil novecientosveinticinco.

En Avilés, a 23 de marzo de 2004.—ElMagistrado-Juez.—El Secretario.—5.097.

DE AVILES NUMERO 4

Cédula de citación

En el procedimiento de divorcio con-tencioso número 288/2002 se ha dictadola sentencia cuyo encabezamiento y partedispositiva es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 23/2004

En la villa de Avilés, a cuatro de febre-ro de dos mil cuatro.

Doña María del Sol Rubio Acebes,Magistrada-Juez de Primera Instancia deAvilés y su partido, habiendo visto lospresentes autos de divorcio conyugal,seguidos en este Juzgado con el número288/2002, a instancias de doña PilarSalgado Borrella, representada por laProcuradora de los Tribunales doña MaríaAranzazu Garmendia Lorenzana asistidade Letrado, contra don Francisco LeónTriviño, declarado en situación procesalde rebeldía, ha dictado la presente resolu-ción en virtud de los siguientes.

Fallo

Que estimando íntegramente la deman-da formulada por la Procuradora de losTribunales doña María AranzazuGarmendia Lorenzana, en nombre yrepresentación de doña Pilar SalgadoBorrella, debo declarar y declaro disueltopor divorcio el matrimonio del matrimo-nio formado por doña Pilar SalgadoBorrilla y don Francisco León Triviño.

Quedan revocados los consentimientosy poderes que cualquiera de los cónyugeshubiera otorgado al otro, cesa la posibili-dad de vincular los bienes privativos delotro cónyuge en el ejercicio de la potestaddoméstica.

Se declara la disolución del régimeneconómico matrimonial. Sin pronuncia-miento en cuanto a costas.

Firme que sea esta sentencia, expídaseel oportuno despacho al Registro Civil dellugar de celebración del matrimonio, parala anotación marginal de la misma en lainscripción de matrimonio.

Notifíquese la presente sentencia a laspartes y al Ministerio Fiscal, y hágaselessaber que contra la misma procede recur-so de apelación en el plazo de cinco días,cuya resolución es de competencia de laAudiencia Provincial de Oviedo.

Así por esta mi sentencia, definitiva-mente juzgando en primera instancia, lopronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignoradoparadero de don Francisco León Triviño,se extiende la presente para que sirva decédula de citación.

En Avilés, a 12 de marzo de 2004.—ElSecretario.—4.663.

DE CANGAS DE ONIS NUMERO 1

Edicto

Doña Luzdivina García Pérez, Juez delJuzgado de Primera Instancia número 1de Cangas de Onís,

Hago saber: Que en este Juzgado sesigue el procedimiento de expediente dedominio, reanudación del tracto número65/2004 a instancia de don ConstantinoNarciandi Fernández y doña Carmen Da

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Silva Martínez, expediente de dominiopara la reanudación de las siguientes fin-cas:

Rústica: En términos de Següenco,concejo de Cangas de Onís, prado al sitiode Jaidiello de Abajo o La Llosa, quemide cuarenta y nueve áreas y linda:Norte, don José Narciandi, hoy doñaAurora García; Sur, camino y montecomún; Este, camino; Oeste, don JoséNarciandi y camino.

Inscrita en el Registro de la Propiedadde Cangas de Onís, al tomo 814, libro276, folio 103, finca número 31.546, ins-cripción 1ª.

Por el presente y en virtud de lo acor-dado en providencia de esta fecha se con-voca a las personas ignoradas a quienespudiera perjudicar la inscripción solicita-da para que en el término de los diez díassiguientes a la publicación de este edictopuedan comparecer en el expediente ale-gando lo que a su derecho convenga.

Así mismo se cita a herederos de donManuel Alonso García, vecino que fue deSegüenco, Cangas de Onís, como personaa cuyo nombre están registrados los bie-nes; y a doña Aurora García Narciando osus causahabientes, como persona dequien proceden los bienes, para que den-tro del término anteriormente expresadopueda comparecer en el expediente ale-gando lo que a su derecho convenga.

En Cangas de Onís, a 25 de marzo de2004.—La Juez.—El Secretario.—5.098.

DE GRADO NUMERO 1

Edicto

Por Auto de este Juzgado de PrimeraInstancia número 1 de Grado de fechadieciséis de marzo de dos mil cuatro dic-tado en el juicio necesario de quiebra deGanados La Moscona, S.L., instado por laProcuradora doña Ana Díez de TejadaAlvarez, en representación de GanadosLa Moscona, S.L., se ha declarado enestado de quiebra necesaria a Ganados LaMoscona, S.L., quien ha quedado incapa-citado para la administración y disposi-ción de sus bienes, declarándose vencidastodas sus deudas a plazo, por lo que seprohíbe hacer pagos o entregar bienes alquebrado, debiendo verificarlo desdeahora al depositario administrador, donMiguel A. de la Fuente Rodríguez y pos-teriormente, a los Sres. Síndicos, conapercibimiento de no tenerlos por descar-gados de sus obligaciones y previniendo atodas aquellas personas en cuyo poderexistan bienes pertenecientes al quebradopara que lo manifieste al Sr. Comisario,don Luis García Fidalgo, entregándolenota de los mismos, bajo apercebimientode ser tenidos por ocultadores de bienes ycómplices del quebrado.

En Grado, a 16 de marzo de 2004.—ElSecretario.—4.784.

DE GRADO NUMERO 2

Edicto

Don Juan Antonio Cruz Rodríguez,Secretario del Juzgado de PrimeraInstancia número 2 de Grado,

Hago saber: Que en este Juzgado sesigue el procedimiento de expediente dedominio, inmatriculación número33/2004 a instancia de don Luis PampinCoton, expediente de dominio para lainmatriculación de las siguientes fincas:

Urbana: Solar sito en Grado, n° 10 de lacalle del Curato de una extensión superfi-cial de unos 90 metros cuadrados quelinda: Norte, con bienes propiedad de donJosé María Fernández Fuente y otra, doñaMaría Isabel González Suárez y otros,pasadizo de acceso y más propiedad dedon Raimundo Lavilla Suárez; Este, conpropiedad de don Luis Fernández; yOeste, con edificio nº 4 de la calle delCurato, construido por don Luis PampinCoton y en la actualidad perteneciente ala Comunidad de Propietarios del nº 4 dela calle del Curato, y con el edificio nº 9de la calle Cimadevilla propiedad de losherederos de Fernández Tamargo.

Por el presente y en virtud de lo acor-dado en providencia de esta fecha se con-voca a las personas ignoradas a quienespudiera perjudicar la inscripción solicita-da para que en el término de los diez díassiguientes a la publicación de este edictopuedan comparecer en el expediente ale-gando lo que a su derecho convenga.

En Grado, a 17 de marzo de 2004.—ElSecretario.—4.964.

DE LANGREO NUMERO 1

Edicto

En el expediente de quiebra necesariade la quebrada Equipos Industriales yMedio Ambiente, S.A. (EIMA, S.A.),seguido en el Juzgado de PrimeraInstancia número 1 de Langreo al número74/2003, por providencia de esta fecha seha acordado hacer público que en JuntaGeneral de Acreedores, celebrada el díaquince de marzo de dos mil cuatro, fuerondesignados:

- Síndico Primero: Don FernandoValentín Alvarez-La Fuente Iglesias, condomicilio en Oviedo, calle Marqués deTeverga, nº 2, 2º izda.

- Síndico Segundo: Don EutimioMartínez Suárez, con domicilio enOviedo, calle Uría nº 20, 2º izda.

- Síndico Tercero: Don RamónGarrandes Tuya, con domicilio en Oviedo

calle Pelayo, nº 11, 2º; los cuales hantomado posesión de su cargo.

Se previene a todos los que afecte, quehagan entrega a dichos Síndicos de cuan-to corresponda al quebrado.

En Langreo, a 15 de marzo de 2004.—La Secretaria.—4.787.

DE LANGREO NUMERO 2

Edictos

Pieza separada de quiebra, sección 1ª,número 609/2003.

Doña Nieves Monteserín Arias,Secretaria del Juzgado de PrimeraInstancia e Instrucción número 2 deLangreo,

Hago saber: Por Auto de este Juzgadode Primera Instancia número 2 deLangreo de fecha tres de diciembre de dosmil tres dictado en el juicio de quiebranecesaria de Hierros Angel Celada, S.L.,instado por el Procurador don CésarMeana Alonso, en representación deMetalúrgica Comercial Cuher, S.A., se hadeclarado en estado de quiebra a HierrosAngel Celada, S.L., quien ha quedadoincapacitado para la administración y dis-posición de sus bienes, declarándose ven-cidas todas sus deudas a plazo, por lo quese prohíbe hacer pagos o entregar bienesa la quebrada, debiendo verificarlo desdeahora al depositario administrador, donAntonio Río Herrera, y posteriormente, alos Sres. Síndicos, con apercibimiento deno tenerlos por descargados de sus obli-gaciones y previniendo a todas aquellaspersonas en cuyo poder existan bienespertenecientes a la quebrada para que lomanifieste al Sr. Comisario don JesúsBernardo Martínez Blanco entregándolenota de los mismos, bajo apercibimientode ser tenidos por ocultadores de bienes ycómplices de la quebrada.

En Langreo, a 3 de diciembre de2003.—La Secretaria Judicial.—4.786.

— • —

Doña Nieves Monteserín Arias,Secretaria del Juzgado de PrimeraInstancia e Instrucción número 2 deLangreo,

Hago saber: Que en este Juzgado se tra-mitan autos de procedimiento ordinarionúmero 576/2002, seguidos a instancia deUnión Financiera Asturiana, S.A.,Establecimiento Financiero de Crédito,contra don Juan Fernando RomeroGarcía, en los que se ha dictado la resolu-ción judicial que es del tenor literalsiguiente:

Sentencia

En Langreo, a nueve de marzo del añodos mil cuatro.

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S.Sª. don Rafael Abril Manso, JuezSustituto del Juzgado de PrimeraInstancia e Instrucción número 2 deLangreo y su partido judicial ha visto lospresentes autos de juicio ordinario núme-ro 576/2002, seguidos en este Juzgado ainstancia de la entidad “Unión FinancieraAsturiana S.A., EstablecimientoFinanciero de Crédito”, representada porel Procurador Sr. Meana Alonso y asistidapor el Letrado Sr. Alfredo Prieto Valiente,contra don Juan Fernando RomeroGarcía, en situación procesal de rebeldía,sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando íntegramente la deman-da interpuesta por la entidad “UniónFinanciera Asturiana S.A.,Establecimiento Financiero de Crédito”,representada por el Procurador Sr. MeanaAlonso y asistida por el Letrado Sr.Alfredo Prieto Valiente, debo condenar ycondeno a don Juan Fernando RomeroGarcía a que abone a la actora la cantidadde cuatro mil setecientos ochenta euroscon veintiséis céntimos de euro (4.780,26euros), y al pago del interés legal de dichacantidad desde la fecha de la presentaciónde la demanda hasta su completo pago,todo ello con expresa imposición aldemandado de las costas causadas en estejuicio.

Así por esta mi sentencia y definitiva-mente juzgando en primera instancia lopronuncio, mando y firmo.

Contra la presente sentencia cabe inter-poner recurso de apelación, debiendo pre-pararse el mismo ante este Juzgado en elplazo de los cinco días contados desde elsiguiente a la notificación de la presenteresolución, tramitándose con arreglo a lodispuesto en los artículos 457 y siguientesde la Ley 1/2000, de 7 de enero, deEnjuiciamiento Civil.

Publicación: La anterior sentencia hasido leída y publicada por S.Sª. estandocelebrando audiencia pública en el día desu fecha, de lo que yo, como Secretaria,doy fe.

Y para que sirva de notificación enlegal forma al demandado en paraderodesconocido don Juan Fernando RomeroGarcía, expido y firmo el presente.

En Langreo, a 15 de marzo de 2004.—La Secretaria Judicial.—4.818.

DE LLANES DE NUMERO 1

Edicto

Don Antonio Lorenzo Alvarez, Juez delJuzgado de Primera Instancia número 1de Llanes,

Hago saber: Que en este Juzgado sesigue el procedimiento de expediente de

dominio, reanudación del tracto número185/2004 a instancia de don Juan RamónLlera Gómez, expediente de dominio parala reanudación de la siguiente finca:

Rústica: A labor y prado con árboles enel sitio de Ordidorio, términos del pueblode Piñeres, parroquia de Pría, en este con-cejo, tiene una cabida de nueve áreasveinte centiáreas, cerrada sobre sí, ylinda: Al Este, don Bartolomé del Campo;Sur, el mismo don Bartolomé del Campo;Oeste, don Joaquín de Villa Campo yNorte, don Joaquín Cangas Porrúa.

Inscrita al tomo 339, libro 225, folio52, finca número 25.671, inscripción 1ªdel Registro de la Propiedad de Llanes.

Por el presente y en virtud de lo acor-dado, se cita a los herederos desconocidose inciertos de Joaquín/a Sánchez Buergocomo titular registral así como a los here-deros desconocidos e inciertos de doñaMaría Alonso Sánchez como persona dela que proviene el bien, así como a laspersonas ignoradas a quienes pudiera per-judicar la inscripción solicitada para queen el término de los diez días siguientes ala publicación de este edicto puedan com-parecer en el expediente alegando lo quea su derecho convenga.

En Llanes, a 15 de marzo de 2004.—ElJuez.—La Secretaria.—4.965.

DE MIERES NUMERO 1

Edictos

En el juicio de ejecución hipotecarianúmero 262/2002, se ha acordado publi-car la siguiente:

Cédula de requerimiento

Por así tenerlo acordado en los autos deejecución hipotecaria, que con el número262/2002 se siguen en este Tribunal, ainstancia de Unión de CréditosInmobiliarios, S.A., EstablecimientoFinanciero de Crédito, contra doña MaríaRosa Castellón Navarro y comunidadhereditaria de don José Luis ValdésVázquez, y en auto del día de la fecha, seha acordado requerir de pago, por plazode treinta días, para hacer efectiva la can-tidad de 66.568,27 euros, importe corres-pondiente al principal del crédito que seejecuta, sus intereses devengados y lascostas, bajo apercibimiento de proceder ala realización de los bienes hipotecados.

Y para que sirva de requerimiento depago en forma a la comunidad hereditariade don José Luis Valdés Vázquez, heren-cia yacente e ignorados herederos, seexpide la presente, en Mieres, a veinti-cuatro de marzo de dos mil cuatro.

El Secretario Judicial.

En virtud de lo acordado en los autosde referencia, de conformidad con lo dis-puesto en los artículos 156.4 y 164 de la

Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, porel presente se notifica y requiere a lacomunidad hereditaria de don José LuisValdés Vázquez, herencia yacente e igno-rados herederos, en los términos y plazoque figuran en la cédula insertada.

En Mieres, a 24 de marzo de 2004.—ElSecretario Judicial.—5.099.

— • —

Don Pablo de la Vallina Martínez de laVega, Juez del Juzgado de PrimeraInstancia número 1 de Mieres,

Hago saber: Que en este Juzgado sesigue el procedimiento de expediente dedominio, inmatriculación número125/2004 a instancia de don Daniel FreyLlaneza, expediente de dominio para lainmatriculación de las siguientes fincas:

Inmueble situado en la zona conocidacomo “El Padrún”, término municipal deMieres, con una superficie construida de294 metros cuadrados, siendo la superfi-cie del suelo de 147 metros cuadrados. Elinmueble es conocido como “AntiguasCocheras” de la Fábrica de Mieres, S.A.

Linda: Norte, con doña Felisa Alvarez;Sur, con camino; Este, con carretera gene-ral; Oeste, más de doña Felisa Alvarez. Secorresponde con la finca catastralA026004 00TN79E 0001 SB del munici-pio de Mieres.

Por el presente y en virtud de lo acor-dado en providencia de esta fecha se con-voca a las personas ignoradas a quienespudiera perjudicar la inscripción solicita-da para que en el término de los diez díassiguientes a la publicación de este edictopuedan comparecer en el expediente ale-gando lo que a su derecho convenga.

Así mismo se cita a doña FelisaAlvarez para que dentro del término ante-riormente expresado pueda compareceren el expediente alegando lo que a suderecho convenga.

En Mieres, a 12 de marzo de 2004.—ElSecretario.—4.966.

DE MIERES NUMERO 3

Edicto

Doña María de Coromoto Lozano León,Secretaria del Juzgado de PrimeraInstancia e Instrucción número 3 deMieres,

Hace saber: Que en este Juzgado se tra-mitan los autos de expediente de dominio,exceso de cabida número 129/2004, enlos que en fecha de hoy se ha dictadoresolución del siguiente tenor literal:

Providencia

La Juez doña Susana Fernández de laParra.

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En Mieres, a dieciséis de marzo de dosmil cuatro.

Por recibido el anterior escrito, docu-mentos y copias, turnado por el Decanatode esta ciudad, regístrese y numérese con-venientemente en el libro de asuntos civi-les de este Juzgado.

Se tiene por comparecida y parte ennombre y representación de don JoséAntonio Sánchez Casal y doña HonorinaVilla Riera a la Procuradora doña AnaSan Narciso Sosa, en virtud de apodera-miento apud-acta otorgado ante laSecretaria de este Juzgado, entendiéndosecon dicha procuradora las sucesivas dili-gencias en el modo y forma dispuestos enla Ley.

Se admite a trámite la solicitud presen-tada, e incoése el expediente de dominiopara la inscripción de exceso de cabidaque se insta, el cual se tramitará conformea las normas establecidas en el artículo201 de la Ley Hipotecaria y concordantesde su Reglamento, y en consecuencia,dése traslado del escrito presentado alMinisterio Fiscal, entregándose las copiasdel escrito y documentos, y cítese al titu-lar registral, a la persona a cuyo nombreestán catastrados, y a los dueños de lospredios colindantes que constan en elescrito inicial, a fin de que dentro del tér-mino de diez días puedan comparecer enel expediente alegando lo que a su dere-cho convenga, librándose los oportunosdespachos al efecto.

Asimismo, convóquese a las personasignoradas a quienes pudiera perjudicar lainscripción solicitada por medio de edic-tos a publicar en el Ayuntamiento deMieres, en el tablón de anuncios de esteJuzgado y en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, para que dentrodel término de diez días puedan compare-cer en el expediente a los efectos expresa-dos, librándose los oficios correspondien-tes.

Al otrosí digo I, se tiene por propuestaprueba, y en su momento se acordará; alos otrosí digo II y III, se tienen porhechas las manifestaciones.

Contra esta resolución cabe recurso dereposición en el plazo de cinco días que seinterpondrá por escrito ante este Juzgado.

Lo manda y firma S.Sª. Doy fe.

Las fincas objeto del expediente son:

• Urbana: Número dos-E. Local comer-cial sito en la calle Pravia, nº 3, bajo, deMieres, inscrita en el Registro de laPropiedad de Mieres al libro 517, folio194, finca número 52.343.

• Urbana: Número dos-F. Local comer-cial sito en la calle Pravia, nº 3, bajo deMieres, inscrita en el Registro de laPropiedad de Mieres al libro 517, folio194, finca número 52.344.

Y para que conste y en cumplimientode lo acordado, expido y firmo el presen-te-

En Mieres, a 16 de marzo de 2004.—La Secretaria.—5.045.

DE PILOÑA NUMERO 1

Edicto

El Juez del Juzgado de Primera Instanciade Piloña,

Hago saber: Que en este Juzgado sesigue el procedimiento de expediente dedominio, inmatriculación número44/2004, a instancia de doña María de losAngeles González García, doña María delCarmen Fernández González y doñaSandra Fernández González, expedientede dominio para la inmatriculación de lassiguientes fincas:

1. “Llosa de la Capilla”, en términos deLa Infiesta, parroquia de Borines, conce-jo de Piloña, que mide siete áreas. Lindaal Norte, carretera; Sur, camino; Este,herederos de don Antonio Martino, hoydon Manuel Martino Villa y Oeste, donManuel Martino y herederos de donAntonio Martino.

2. “El Llongu”, sita en términos de LaInfiesta, parroquia de Borines, concejo dePiloña, que mide unas diez áreas. Linda alNorte, camino; Este, Oeste y Sur, con donJosé Martino Alonso, hoy don José LuisHuerta Martino.

3. Casa destinada mitad para vivienda,mitad para establo, enclavada en un huer-to que mide sobre un área, sita en térmi-nos de La Infiesta, parroquia de Borines,concejo de Piloña. Linda al Norte, cami-no; Sur, carretera; Este, herederos de donAntonio Martino, hoy herederos de doñaAna María Martino y Oeste, con donManuel Martino.

4. Huerto situado en Las Murias, en tér-minos de La Infiesta, parroquia deBorines, concejo de Piloña, de unos diezmetros cuadrados. Linda Norte y Sur, conherederos de don Antonio Martino; Este,herederos de don Pedro González yOeste, con doña Esperanza y doña JosefaPontón.

5. Prado y llendón, de unas diez áreas,llamado “La Rubierina”, sito en términosde La Infiesta, parroquia de Borines, con-cejo de Piloña. Linda al Norte, don LuisGranda Orraca; Sur, don Angel Llana,hoy don Angel Fernández Capellán; Este,riega y Oeste, don Félix Llano Marina.

6. “La Rubiera”, sita en términos de LaInfiesta, parroquia de Borines, concejo dePiloña, que mide unas doce áreas más omenos. Linda Norte y Este, don JoséMartino Alonso; Sur, don Juan Sutil yOeste, camino.

7. “La Rubiera”, sita en términos de sunombre, parroquia de Borines, concejo dePiloña, de unas treinta y tres áreas desuperficie, que limita por su viento Sur,con monte de don Félix Llano Marina, ypor los demás vientos, con más de donAngel Fernández Capellán.

8. “La Maravilla”, a prado, en la ería deMedines, de una cabida de una y mediaáreas, ubicada en términos de La Infiesta,parroquia de Borines, concejo de Piloña;que linda al Norte, con más de don AngelFernández Capellán; Oeste, don AngelFernández Capellán; Este y Sur, caminopúblico.

9. “La Forniella y El Campón”, rústicasita en términos de La Infiesta, parroquiade Borines, concejo de Piloña, de unasdieciocho áreas de cabida. Linda al Norte,herederos de don Manuel Martino; Sur,herederos de don Antonio Martino ycarretera; Este, herederos de don ManuelMartino, hoy don José Luis Huerta, ycamino y Oeste, herederos de donAntonio Martino y doña María de Diego.

10. Terreno en abertal con árboles, deunas diez áreas aproximadas de superfi-cie, sito en términos de La Infiesta, parro-quia de Borines, concejo de Piloña. Lindaal Norte, herederos de don Antonio Valle;Sur, don José Martino Alonso; Este, here-deros de don Antonio Valle y Oeste, donJosé Martino Alonso.

Por el presente y en virtud de lo acor-dado en providencia de esta fecha se con-voca a doña Guadalupe y doña FlorentinaPérez, a doña Josefa del Valle, así como asus posibles, desconocidos e inciertosherederos, y a los herederos desconocidose inciertos de don Juan Luis GrandaOrraca y don Juan Sutil para que, en eltérmino de los diez días siguientes a lapublicación de este edicto, puedan com-parecer en el expediente alegando lo quea su derecho convenga, respecto de la ins-cripción solicitada.

En Piloña, a 18 de marzo de 2004.—elSecretario.—4.967.

DE PRAVIA NUMERO 1

Edicto

El Juez del Juzgado de Primera Instancianúmero 1 de Pravia,

Hago saber: Que en este Juzgado sesigue el procedimiento de expediente dedominio, inmatriculación número303/2003 a instancia de don José AntonioGallego Domínguez, expediente de domi-nio para la inmatriculación de las siguien-tes fincas:

La finca de que se trata es la siguiente:

Urbana, sita en términos de la localidadde El Pito, concejo de Cudillero, com-

28-IV-2004 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 6071

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puesta de una casa cuyo solar ocupa 66,72metros cuadrados, 69 según el Catastro, yque tiene 93 metros cuadrados construi-dos, referencia catastral número F00605900QJ32E 0001 XD y número de situaciónmunicipal 59 A de la localidad de El Pito;y un trozo de terreno adyacente de 301,38metros cuadrados, que todo ello unidoforma una sola finca de 368,10 metroscuadrados que forma parte de la parcelacatastral número 5, del polígono 52 deCudillero, y que linda: Al Norte y Oeste,con finca de don Emeterio Marqués; Este,con casa y finca de don Rogelio García-Tuñón López y Su,r con terreno de estetitular don José Antonio GallegoDomínguez, intermediando camino depaso a favor de la finca colindante al Este.

Por el presente y en virtud de lo acor-dado en providencia de esta fecha se con-voca a las personas ignoradas a quienespudiera perjudicar la inscripción solicita-da para que en el término de los diez díassiguientes a la publicación de este edictopuedan comparecer en el expediente ale-gando lo que a su derecho convenga.

En Pravia, a 16 de marzo de 2004.—ElSecretario.—5.049.

DE SIERO NUMERO 2

Edicto

Doña Consuelo Carbajo Domingo,Secretaria del Juzgado de PrimeraInstancia e Instrucción número 2 deSiero,

Hago saber: Que en dicho Juzgado ycon el número 430/2000 se tramita sepa-ración contenciosa en la que se ha dictadosentencia cuyo encabezamiento y partedispositiva son:

Sentencia

En Siero, a dos de febrero de dos milcuatro.

Vistos por don Joaquín Colubi Mier,Juez de Primera Instancia e Instrucciónnúmero 2 de Siero y su partido judicial,los presentes autos de juicio de separa-ción seguidos con el número 430/2000 ainstancias de doña María CarmenArgüelles García, representada por doñaIsabel García Alonso y asistida por elLetrado don Enrique Pérez Bustamante,contra don Nicanor Rodríguez García, sinser representado por procurador ni porletrado, por lo que fue declarado en situa-ción de rebeldía procesal, sobre juicio deseparación contencioso.

Fallo

Que debo estimar parcialmente lademanda de separación por doña MaríaCarmen Argüelles García contra donNicanor Rodríguez García, por lo queprovisionalmente se acuerdan las siguien-tes medidas:

Primero: Se declara la separación delmatrimonio de los cónyuges, con los efec-tos legales inherentes a ello.

Segundo: Se atribuye a la demandantela guarda y custodia de Aroa, por cuantode uno de ellos, Víctor, es mayor de edad,con lo cual está emancipado.

Tercero: No se fija ningún régimen devisitas respecto a Víctor a favor deldemandado por cuanto es mayor de edad,y respecto a Aroa, queda a su criterio quese cumpla el régimen de visitas en el queel padre disfrutará de la compañía de suhija los fines de semana alternos, reco-giéndola en el domicilio de la madre lossábados a las 10 horas de la mañana, yreintegrándola el domingo a las 20 horas.En época de vacaciones, el padre disfruta-rá de la compañía de los hijos durante 30días, en los periodos quincenales alternosen los meses de julio y agosto, determi-nando el periodo el padre los años paresasí como vacaciones de Navidad ySemana Santa.

Cuarto: Se atribuye la vivienda conyu-gal a la esposa y demandante y a sushijos.

Quinto: Para la contribución de los ali-mentos del matrimonio, el esposo entre-gará el 30% de sus ingresos líquidos men-suales, correspondiendo a cada hijo lamitad de dicha cantidad, abonando entodo caso el padre una cantidad mínimade 20.000 pesetas por hijo, cantidadactualizable conforme al I.P.C.

Sexto: Se imponen las costas al deman-dado.

Contra esta resolución se puede inter-poner recurso de apelación en el plazo decinco días desde la notificación.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación aldemandado en paradero desconocido donNicanor Rodríguez García.

En Siero, a 10 de marzo de 2004.—LaSecretaria.—4.771.

DE VILLAVICIOSA NUMERO 1

Edictos

Doña Eva Aja Lavín, Juez del Juzgado dePrimera Instancia número 1 deVillaviciosa,

Hago saber: Que en este Juzgado sesigue el procedimiento de expediente dedominio, inmatriculación número1.001/2004 a instancia de doña IsabelFernández Casse, doña María MercedesEsther Fernández Alonso y don ManuelJesús Benigno Fernández Alonso, expe-diente de dominio para la inmatriculaciónde fincas o particiones de las mismas yreanudación del tracto sucesivo de las

siguientes fincas sitas en la parroquia deSietes, concejo de Villaviciosa:

1. Eslladrón, a pasto, de diecinueveáreas y cincuenta centiáreas. Linda:Norte, de herederos de don AmadorVallín; Sur, de doña Casimira Huerta,doña Josefina Alonso y doña PilarSánchez; Oeste, de herederos de donFulgencio Lueje.

Pertenece esta finca a doña IsabelFernández Casse y es objeto de este expe-diente la inmatriculación a nombre deesta propietaria de la mitad indivisa queno figura inscrita a nombre de personaalguna, y la reanudación del tracto sucesi-vo de la otra mitad de la que figuran comotitulares registrales doña María, doñaJosefa y don Manuel Alonso Rodríguez,casado con doña Aída Alonso García altomo 696 del archivo, libro 449 deVillaviciosa, folio 27, finca número47.887, inscripción 1ª.

Constituye la parcela 775 del polígono108 del Catastro de Rústica, con unasuperficie de diecisiete áreas y siete cen-tiáreas, a nombre de su propietaria, si bienusando el segundo apellido de su marido,por razón de matrimonio.

Título: El de adjudicación a doña IsabelFernández Casse en las operaciones parti-cionales de la herencia de doña JosefaAlonso Rodríguez, formalizadas a mediode escritura pública que autorizó elNotario de Oviedo, don Julio OrónBonilla, el veinte de junio del año dos miluno, número 1.725 de protocolo.

2. Casa y cuadra, de más de cincuentaaños de antigüedad, con una huerta, lacasa compuesta de planta baja, alta y des-ván. Mide unos ciento cuarenta metroscuadrados, la cuadra ciento veinte metroscuadrados y la huerta unos ciento cin-cuenta metros cuadrados. Mide toda lafinca unos cuatrocientos diez metros cua-drados y linda: Frente u Oeste, plazoleta;fondo o Este e izquierda entrando Norte,camino y finca que se describe a conti-nuación, y derecha entrando o Sur, carre-tera.

Pertenece esta finca a doña MaríaMercedes Esther, don Manuel JesúsBenigno, don Pedro Carlos FernándezAlonso y doña Isabel Fernández Casse,una quinta parte a cada uno, pertenecien-do la quinta parte restante a los hermanosdon José Luis María Estanislao, doñaMaría Milagrosa, doña María delCarmen, don Juan María, don FranciscoJavier, doña Marta Aída, doña Ana MaríaRosario, doña María Paloma y donFernando Fernández de Andes.

Es objeto de este expediente la reanu-dación del tracto sucesivo a favor de laspersonas anteriormente mencionadas enla proporción que les corresponde, de lamitad indivisa que figura inscrita a nom-

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bre de doña María, doña Josefa, donManuel Alonso Rodríguez, casado condoña Aída Alonso García, al tomo 694 delarchivo, libro 448 de Villaviciosa, folio221, finca registral número 47.860, ins-cripción 1ª, toda vez que la mitad indivi-sa restante, finca registral número 89.650ya está matriculada a favor de sus men-cionados propietarios.

Figura en el Catastro de Urbana a favorde la mencionada doña Josefa AlonsoRodríguez, referencia número 00090200UP01B0001AJ.

3. Una cuadra, que mide unos veintio-cho metros cuadrados, de más de cin-cuenta años de antigüedad. Linda: Frente,carretera; fondo, huerta de don AngelBusto; derecha entrando, de doña ZoilaHuerres; izquierda entrando, de herederosde don Constante Cortina.

Pertenece esta finca a los mismos due-ños que la finca anterior, en idéntica pro-porción y es objeto de este expediente lainmatriculación a su nombre de la mitadindivisa que no figura a nombre de perso-na alguna, y la reanudación del tracto dela otra mitad, que aparece inmatriculada anombre de doña María, doña Josefa y donManuel Alonso Rodríguez, casado condoña Aída Alonso García, al tomo 694 delarchivo, libro 448 de Villaviciosa, folio225, finca registral número 47.862, ins-cripción 1ª.

4. La Arquera, de cincuenta y seis áreasy cuarenta centiáreas, a pasto. Linda:Norte, de herederos de don IsidoroSánchez; Sur y Este, camino; y Oeste, dedon Benigno Toyos y don Manuel Lueje.

Pertenece esta finca a don ManuelJesús Benigno Fernández Alonso, y esobjeto de este expediente la inmatricula-ción a su nombre de la mitad indivisa queno figura inscrita a favor de persona algu-na, y la reanudación del tracto sucesivo dela otra mitad que figura en el Registro dela Propiedad a nombre de doña María,doña Josefa y don Manuel AlonsoRodríguez, casado con doña Aída AlonsoGarcía, al tomo 694 del archivo, libro 448de Villaviciosa, folio 235, finca registralnúmero 47.867, inscripción 1ª.

Es la parcela 357 del polígono 107 delCatastro de Rústica, en el que figura conuna superficie de cuarenta áreas y quincecentiáreas, a nombre de su mencionadopropietario don Jesús Fernández Alonso.

5. Mediana Pequeña, a pasto, de noven-ta y tres áreas. Linda: Norte, carretera;Sur, de herederos de doña Elisa Toyos;Este, carretera; y Oeste, de herederos dedoña Mercedes García, de don FranciscoHuerres y de don Vicente Vega.

Pertenece esta finca: Una mitad indivi-sa a doña Isabel Fernández Casse y la otramitad restante a don José Luis María

Estanislao, doña María Milagrosa, doñaMaría del Carmen, don Juan María, donFrancisco Javier, doña Marta Aída, doñaAna María Rosario, doña María Paloma ydon Fernando Fernández de Andrés, porpartes iguales, y es objeto del expedientela inmatriculación a favor de los dueñosmencionados de la mitad indivisa que noaparece inscrita a nombre de personaalguna, y la reanudación del tracto tam-bién a su favor de la otra mitad que figu-ra a nombre de doña María, doña Josefa ydon Manuel Alonso Rodríguez, casadocon doña Aída Alonso García, al tomo696 del archivo, libro 449, folio 9, fincanúmero 47.879, inscripción 1ª.

Figura en el Catastro de Rústica conuna superficie de sesenta y ocho áreas ysesenta y una centiáreas, a nombre de lamencionada doña Isabel FernándezRagout y demás copropietarios aludidos,como parcela 1.086 del polígono 108.

6. Cantequín, a pasto, de cuarenta y dosáreas. Linda: Norte, camino; Sur, de doñaJosefa Alonso; Este, de don ModestoFraile; y Oeste, camino.

Pertenece a don Manuel Jesús BenignoFernández Alonso y es objeto de esteexpediente la inmatriculación a su nom-bre de la mitad indivisa que no apareceinscrita a nombre de persona alguna, y lareanudación del tracto interrumpido de laotra mitad que figura a nombre de doñaMaría, doña Josefa y don Manuel AlonsoRodríguez, casado con doña Aída AlonsoGarcía, al tomo 694 del archivo, libro448, folio 247, finca número 47.873, ins-cripción 1ª.

Es la parcela 495 del polígono 108 delCatastro de Rústica, donde figura con lasuperficie de treinta y un áreas y setentacentiáreas, a nombre de don JesúsFernández Alonso.

7. La Portiella, a pasto, de veintidósáreas y cincuenta centiáreas. Linda:Norte, de don Angel Busto y herederos dedon Amador Vallín; Sur, de herederos dedon Amador Vallín; Este, de don AvelinoGarcía; y Oeste, de doña ConsueloGarcía.

Pertenece esta finca a doña MaríaMercedes Esther Fernández Alonso y esobjeto de expediente la inmatriculaciónde la mitad indivisa de la misma, que nofigura inmatriculada a nombre de personaalguna, a favor de la mencionada propie-taria, y la reanudación del tracto registralde la mitad indivisa restante, que figura anombre de doña María, doña Josefa y donManuel Alonso Rodríguez, casado condoña Aída Alonso García, al tomo 696 delarchivo, libro 449, folio 23, finca número47.886, inscripción 1ª.

Es la parcela 759 de polígono 108 delCatastro de Rústica, en el que figura conuna superficie de treinta áreas y ochenta

centiáreas, a nombre de su propietariadoña María Fernández Alonso.

8. El Fresno, a pasto, de quince áreas ysetenta y cinco centiáreas. Linda: Norte,camino; Sur y Este, de herederos de donJosé Alonso; y Oeste, de doña FelicidadGarcía.

Pertenece esta finca a la misma dueñaque la anterior, y es objeto de este expe-diente la inmatriculación de la mitad indi-visa que no figura inscrita a favor de per-sona alguna, y la reanudación del tractosucesivo interrumpido de la otra mitad,que aparece a nombre de doña María,doña Josefa y don Manuel AlonsoRodríguez, casado con doña Aída AlonsoGarcía, al tomo 696 del archivo, libro449, folio 1, finca número 47.875, ins-cripción 1ª.

Es la parcela 995 del polígono 108 delCatastro de Rústica, en el que figura conuna superficie de catorce áreas, a nombrede su propietaria doña María FernándezAlonso.

Título: Les fueron adjudicadas a laspersonas que se ha dicho son sus propie-tarias, en las operaciones particionales delas herencias de los cónyuges don JoséFernández García y doña María JosefaAlonso Rodríguez, formalizadas a mediode escritura pública que autorizó elNotario de Oviedo, don Julio OrónBonillo, el veinte de junio de dos mil uno,número 2.724 de protocolo.

9. La Viesca o Castañedo de la Viesca,a roza, de treinta y cuatro áreas y docecentiáreas. Linda: Norte, de herederos dedon Manuel Lueje; Sur, de don JuliánCortina y camino; Este, de herederos dedoña Josefa García y don Isidoro Granja;y Oeste, de don Ramón Fernández y here-deros de doña Josefa García.

Pertenece esta finca a doña IsabelFernández Casse y doña María MercedesEsther Fernández Alonso, por partes igua-les, siendo objeto de este expediente lainmatriculación a su nombre de la mitadindivisa de la misma que no figura en elRegistro a nombre de persona alguna, y lareanudación del tracto de la mitad indivi-sa restante que aparece inscrita a nombrede doña María, doña Josefa y don ManuelAlonso Rodríguez, casado con doña AídaAlonso García, al tomo 694, libro 448,folio 245, finca número 47.872, inscrip-ción 1ª.

Es la parcela 37 de polígono 109 delCatastro de Rústica, en el que figura conuna superficie de veintinueve áreas y die-cisiete centiáreas, a nombre de una de lasanteriores propietarias doña María AlonsoRodríguez.

Título: Adquirieron esta finca doñaMaría Mercedes Esther y doña IsabelFernández Casse por mitades indivisas, la

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primera por herencia de su tía doña JosefaAlonso Rodríguez y la segunda porherencia de sus abuelos don JoséFernández García y doña María AlonsoRodríguez, según escrituras anteriormen-te aludidas.

10. Una cuadra en ruinas, en el mismositio, que ocupa veinticinco metros cua-drados. Linda: Frente e izquierda entran-do, camino; espalda, de herederos de donBernardo Cortina, hoy de los de donModesto Fraile; derecha, de herederos dedon Antonio Huerta, hoy de los de doñaCasimira Huerta.

Pertenece esta finca a doña María delas Mercedes Esther Fernández Alonso ydoña Ana María Alonso Alonso, siendoobjeto del expediente la inmatriculación anombre de éstas de la mitad indivisa queno figura en el Registro a nombre de per-sona alguna, y la reanudación del tractode la mitad indivisa restante, que no figu-ra a nombre de doña María, doña Josefa ydon Manuel Alonso Rodríguez, al tomo694, libro 448, folio 229, finca número47.864, inscripción 1ª.

Título: Fueron adjudicadas estas dosúltimas fincas a sus respectivas propieta-rias, por mitades indivisas, en las opera-ciones particionales de las herencias dedon José Fernández García y su esposadoña María Josefa Alonso Rodríguez ydoña Josefa Alonso Rodríguez, segúnescrituras anteriormente reseñadas.

Por el presente y en virtud de lo acor-dado en providencia de esta fecha se con-voca a las personas ignoradas a quienespudiera perjudicar la inscripción solicita-da para que en el término de los diez díassiguientes a la publicación de este edictopuedan comparecer en el expediente ale-gando lo que a su derecho convenga.

Así mismo se cita a doña María AlonsoRodríguez, doña Josefa AlonsoRodríguez, don Manuel AlonsoRodríguez, doña Aída Alonso García, donAmador Vallín, doña Casimira Huerta,doña Josefina Alonso, doña PilarSánchez, don Fulgencio Lueje, don AngelBusto, doña Zoila Huerres, don ConstanteCortina, don Isidoro Sánchez, donBenigno Toyos, don Manuel Lueje, doñaElisa Toyos, doña Mercedes García, donFrancisco Huerres, don Vicente Vega,doña Josefa Alonso, don Modesto Fraile,don Angel Busto, don Amador Vallín, donAvelino García, doña Consuelo García,don José Alonso, doña Felicidad García,don Julián Cortina, doña Josefa García,don Isidoro Granja, don RamónFernández, doña Josefa García, donBernardo Cortina, don Modesto Fraile,don Antonio Huerta, doña CasimiraHuerta o a los legítimos herederos detodos ellos en caso de haber fallecido paraque dentro del término anteriormenteexpresado puedan comparecer en el expe-

diente alegando lo que a su derecho con-venga.

En Villaviciosa, a 15 de marzo de2004.—La Juez.—4.783.

— • —

Doña Eva Aja Lavín, Juez del Juzgado dePrimera Instancia número 1 deVillaviciosa,

Hago saber: Que en este Juzgado sesigue el procedimiento de expediente dedominio, inmatriculación número1.002/2004 a instancia de doña MaríaMabel Aída Ruiz Pérez, expediente dedominio para la inmatriculación de lassiguientes fincas sitas en la parroquia deLue, concejo de Colunga:

1º. Rústica: Finca llamada “LaHuertona de Abajo”, de un día de bueyes,equivalente a doce áreas y cincuenta cen-tiáreas, poco más o menos, a prado.Linda: Norte, carretera, y demás ladoscon caminos públicos. Es la parcela 315,del polígono 11, del catastro parcelario deColunga.

2º. Urbana: En el Barrio de SanAntonio, una casa, construida hace másde cien años y en estado ruinoso, com-puesta de planta baja y piso alto, queocupa cuarenta y nueve metros cuadra-dos, con una antojana en su lado Oeste, detrece metros cincuenta decímetros cua-drados. Todo linda: Por su derecha, cua-dra de don Angel Estrada, y demás partes,con caminos.

3º. En el barrio de San Antonio, frentea la casa anterior, y separada de ella porun camino, un trozo de terreno de veinti-dós metros cuadrados, que linda por todaspartes, con caminos y bienes de la mismaprocedencia. Ni la casa, ni el trozo deterreno descrito se encuentran catastradosen el Centro de Gestión Catastral yCooperación Tributaria y no figuran ins-critos en el Registro de la Propiedad deVillaviciosa.

Por el presente y en virtud de lo acor-dado en providencia de esta fecha se con-voca a las personas ignoradas a quienespudiera perjudicar la inscripción solicita-da para que en el término de los diez díassiguientes a la publicación de este edictopuedan comparecer en el expediente ale-gando lo que a su derecho convenga.

Así mismo se cita a Eduvigis BalbínBalbín, don Ramón Suardíaz Sánchez ydon Angel Estrada o a los legítimos here-deros de todos ellos en caso de haberfallecido para que dentro del términoanteriormente expresado puedan compa-recer en el expediente alegando lo que asu derecho convenga.

En Villaviciosa, a 15 de marzo de2004.—La Juez.—5.050.

Doña Eva Aja Lavín, Juez del Juzgado dePrimera Instancia número 1 deVillaviciosa,

Hago saber: Que en este Juzgado sesigue el procedimiento de expediente dedominio, reanudación del tracto número1.014/2004 a instancia de doña MaríaAmor Carneado Muslera, expediente dedominio para la reanudación de lassiguientes fincas sitas en el barrio deManzanedo, en la parroquia de Argüero,concejo de Villaviciosa. Según su título,las describen así:

1. Rústica de secano: En el barrio deManzanedo, parroquia de Argüero, con-cejo de Villaviciosa, finca a labor, frutalesy prado, llamada “Manzanedo”, que midesetenta y nueve áreas, ochenta y seis cen-tiáreas, equivalente a siete mil novecien-tos ochenta y seis metros cuadrados.Linda: Norte, carretera; Sur, parcelas 20,167 y 21; Este, parcelas 17, 18 y 21; y,Oeste, la casa antes descrita y las parcelas433 y 20, todas ellas del polígono 71.

Referencia catastral: Parcela número19, del polígono 71 del catastro parcela-rio, cuya referencia es: 33 076 000 00 07100019 LK.

Inscripción: Según certificado expedi-do por el titular del Registro de laPropiedad de Villaviciosa, lo está al folio130, libro 353, registral número 29.498.Dicha finca aparece inscrita a nombre dedon Isidoro Muslera Rodríguez.

2. Urbana: En el barrio de Manzanedo,parroquia de Argüero, concejo deVillaviciosa, una casa-habitación, cons-truida de sesenta y un metros cuadrados,y planta alta, destinada a almacén o des-ván, con una superficie construida deveintiún metros cuadrados; y pegada aésta una cuadra, de una sola planta, quemide ochenta y nueve metros, veinticincodecímetros cuadrados. La superficie ocu-pada por el solar de la edificación es deciento cincuenta y siete metros, veinticin-co decímetros cuadrados, y la superficietotal construida es de ciento setenta yocho metros, veinticinco decímetros cua-drados. Todo como una sola finca linda:Frente, camino, y por los demás vientos,con terreno de esta misma herencia.

Referencia catastral: 001604000UP02C0001LB.

Inscripción: Registro de la Propiedadde Villaviciosa. Folio 130, del libro 353,registral número 29.498, a favor de donIsidoro Muslera Rodríguez.

Por el presente y en virtud de lo acor-dado en providencia de esta fecha se con-voca a las personas ignoradas a quienespudiera perjudicar la inscripción solicita-da para que en el término de los diez díassiguientes a la publicación de este edictopuedan comparecer en el expediente ale-gando lo que a su derecho convenga.

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Así mismo se cita a los herederos dedon Isidoro Muslera Rodríguez para quedentro del término anteriormente expresa-do pueda comparecer en el expedientealegando lo que a su derecho convenga.

En Villaviciosa, a 17 de marzo de2004.—La Juez.—El Secretario.—5.051.

— • —

Doña Carmen Santos Roy, Secretaria delJuzgado de Instrucción número 1 deVillaviciosa,

Doy fe y testimonio: Que en el juiciode faltas número 2.005/2003 se ha dicta-do la presente sentencia, cuyo tenor literales el siguiente:

Sentencia

“En Villaviciosa, a diecinueve de agos-to de dos mil tres.

Vistos por la Sra. doña Sara GarcíaFuente, Juez por sustitución reglamenta-ria del Juzgado de Instrucción de estavilla y su partido, los presentes autos dejuicio inmediato de faltas por hurto, queen este Juzgado se siguen con el número2.005/2003, a instancia de los Agentes dela Policía Local de Villaviciosa MC 14 yVG 101 como denunciantes, don JoséCuadra Sánchez como perjudicado y donAntonio García Arranz como denunciado;siendo parte el Ministerio Fiscal en repre-sentación de la acción pública.

Antecedentes de hecho

Primero: Que iniciadas las presentesactuaciones mediante atestado instruidopor la Policía Local de Villaviciosa y cita-das las partes a la celebración de juicioinmediato de faltas, se celebró éste en eldía y hora señalados al efecto, compare-ciendo quienes figuran en el encabeza-miento de esta resolución; excepto eldenunciado, pese a estar citado en legalforma y el Agente VG 101.

Segundo: Que en el acto del juicio seoyó a la partes comparecidas y practica-das las pruebas propuestas; por elMinisterio Fiscal, en trámite de conclu-siones, se interesó la condena de donAntonio García Arranz como autor res-ponsable de una falta de hurto ejecutadaen grado de tentativa, prevista y penadaen el artículo 623.1 del Código Penal, a lapena de multa de un mes, con cuota diariade seis euros, y que se haga entrega defi-nitiva de la bicicleta sustraída a su pro-pietario. Por el perjudicado no se formulóacusación; tras lo que se dio por termina-do el acto quedando el juicio visto paradictar sentencia.

Hechos probados

Unico: Resulta probado que, sobre las19:45 horas del día diecisiete de agosto de

dos mil tres, en la prolongación de la calleAsturias de Villaviciosa, el denunciadodon Antonio García Arranz, movido porel ánimo de lucro y sin emplear fuerza,sustrajo por el método del descuido unabicicleta marca Orbea, valorada en25.000 pesetas (150,25 euros), que seencontraba aparcada en dicha calle y laintrodujo en el interior de la furgonetamarca Mercedes, matrícula TE-5798-I,siendo observada dicha acción por ungrupo de niños que avisaron a los agentesde la Policía Local, quienes procedieron ala identificación del autor de la sustrac-ción y a la recuperación de la bicicleta,que entregaron en depósito a su propieta-rio don José Cuadra Sánchez.

Fundamentos de derecho

Primero: Los hechos que se declaranprobados resultan acreditados mediante laprueba practicada en el acto del juiciooral, mediante la declaración del Agentede la Policía Local de Villaviciosa MC 14que ratificó los hechos relatados en elatestado, en virtud de los cuales resultósorprendido “in fraganti” el denunciadodon Antonio García Arranz cuando acaba-ba de apoderarse de una bicicleta de ajenapertenencia, que fue encontrada por losagentes en el interior de la furgoneta queconducía, y recuperada.

Segundo: Tales hechos son constituti-vos de una falta de hurto, prevista y pena-da en el artículo 623.1º del Código Penal,ejecutada en grado de tentativa, de la quees autor criminalmente responsable donAntonio García Arranz por su participa-ción voluntaria y directa en los mismos.

Tercero: De conformidad con lo esta-blecido en el artículo 116 de CódigoPenal, toda persona criminalmente res-ponsable de una falta, lo es también civil-mente, si del hecho se derivaren daños operjuicios; en el presente caso, no proce-de acordar indemnización alguna, alhaber recuperado su propietario la bici-cleta sustraída, al que se hará entregadefinitiva de la misma.

Cuarto: Las costas se imponen por dis-posición legal a los condenados por deli-to o falta (artículo 123 del Código Penal yartículo 240 de la Ley de EnjuiciamientoCriminal).

Vistos los preceptos legales citados ydemás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que debo condenar y condeno a donAntonio García Arranz, como autor cri-minalmente responsable de una falta dehurto en grado de tentativa, prevista ypenada en el artículo 623.1º del CódigoPenal, a la pena de multa de un mes, concuota diaria de 6 (seis) euros, con respon-sabilidad personal subsidiaria de un díade privación de libertad por cada dos cuo-

tas impagadas y al abono de las costasprocesales. Hágase entrega definitiva dela bicicleta sustraída a su propietario donJosé Cuadra Sánchez.

Contra esta sentencia, podrá interpo-nerse recurso de apelación, ante esteJuzgado, en el plazo de cinco días a con-tar desde su notificación.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio,mando y firmo.”

Y para que sirva de notificación de sen-tencia a don Antonio García Arranz,actualmente en paradero desconocido, ysu publicación en el BOLETIN OFICIALdel Principado de Asturias, expido la pre-sente.

En Villaviciosa, a 18 de marzo de2004.—La Secretaria.—4.971.

JUZGADOS DE LO SOCIAL

DE AVILES NUMERO DOS

Cédulas de notificación

Doña Olga Peña García, SecretariaJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro dos de Avilés,

Hago saber: Que en el procedimientode demanda número 783/2003 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de don Juan Gonzaga García Garcíacontra don Francisco Freire González y elFondo de Garantía Salarial, sobre ordina-rio, se ha dictado la resolución cuya partedispositiva es del tenor literal siguiente:

Que estimando en parte la demandainterpuesta por don Juan Gonzaga GarcíaGarcía, frente a don Francisco FreireGonzález, con intervención del Fondo deGarantía Salarial, debo condenar y conde-no a la empresa demandada a abonar alactor la cantidad de novecientos setenta ytres euros con setenta y cuatro céntimos(973,74 euros), por los conceptos expre-sados, con la responsabilidad del Fondode Garantía Salarial en los términos delartículo 33 del Estatuto de losTrabajadores.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, haciendo la indicación de que con-tra la misma cabe interponer, ante la Salade lo Social del Tribunal Superior deJusticia del Principado de Asturias, recur-so de suplicación, que se podrá anunciaren este Juzgado, por comparecencia omediante escrito, en un plazo de cincodías a partir de la notificación, previa con-signación de la cantidad objeto de la con-dena en la cuenta número3320/0000/65/0783/03 de Banesto, ofici-na principal de Avilés, pudiendo sustituir-se la consignación en metálico por el ase-guramiento mediante aval bancario enque conste la responsabilidad solidaria

28-IV-2004 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 6075

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del avalista, y debiendo efectuar ademásel ingreso de 150,25 euros como depósitoespecial para interponer dicho recurso,todo ello en el caso de que el recurrenteno fuera trabajador, su causahabiente, obeneficiario del régimen público de laseguridad social, o no gozara del benefi-cio de justicia gratuita.

Así por esta mi sentencia, de la que sededucirá certificación para unir a losautos de que dimana, y a la que se le darála publicidad prevenida en la normativaen vigor, definitivamente juzgando enesta instancia, lo pronuncio, mando yfirmo. Siguen firmas rubricadas.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a don Francisco FreireGonzález, en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

En Avilés, a 19 de marzo de 2004.—LaSecretaria Judicial.—5.101.

— • —

Número Autos: Dem. 278/2003.

Doña Olga Peña García, SecretariaJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro dos de Avilés,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 109/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra don Javier Pérez Cordero, sobreordinario, se ha dictado la resolución cuyaparte dispositiva es del tenor literalsiguiente:

Despachar la ejecución solicitada por laFundación Laboral de la Construcción delPrincipado de Asturias contra don JavierPérez Cordero por un principal de 694,86euros, más la cantidad de 109,44 euros enconcepto de intereses y de costas provi-sionales.

Dése audiencia a la parte actora paraque en quince días pueda designar la exis-tencia de nuevos bienes susceptibles detraba, advirtiéndole que de no ser así seprocederá a dictar auto de insolvenciaprovisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la mismano cabe interponer recurso alguno, sinperjuicio de la oposición que pueda for-mularse por el ejecutado en el plazo dediez días, por defectos procesales o pormotivos de fondo (artículo 551 de la

L.E.C. en relación con los artículos 556 y559 del mismo texto legal). Sin perjuiciode su ejecutividad.

Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a don Javier Pérez Cordero,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

En Avilés, a 16 de marzo de 2004.—LaSecretaria Judicial.—4.772.

DE GIJON NUMERO UNO

Cédula de notificación

Número Autos: Dem. 1.153/2002.

Doña Carmen Villar Sevillano, SecretariaJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro uno de Gijón,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 29/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de doña Laura Amez Alvarez contrala empresa Repriss Gijón Manipulados,S.L., sobre despido, se ha dictadoResolución de fecha diecisiete de marzode dos mil cuatro, cuya parte dispositiva,copiada en lo necesario, es del tenorsiguiente:

Despachar ejecución del título mencio-nado en los hechos de la presente resolu-ción por un principal de 10.113,82 euros,más la cantidad de 2.022,76 euros en con-cepto de intereses y costas provisionales.

Dése audiencia a la parte actora y, en sucaso, al Fondo de Garantía Salarial, paraque en diez días puedan designar la exis-tencia de nuevos bienes susceptibles detraba, advirtiéndoles que de no ser así seprocederá a dictar auto de insolvenciaprovisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la mismacabe interponer recurso de reposiciónante este Juzgado dentro del plazo decinco días hábiles siguientes al de su noti-ficación, sin perjuicio de su ejecutividad.

Así por este auto, lo acuerda, manda yfirma la Ilma. Sra. doña María del PilarMuíña Valledor, Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social número uno deGijón, doy fe.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Repriss Gijón Manipulados,S.L., en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

En Gijón, a 17 de marzo de 2004.—LaSecretaria Judicial.—4.667.

DE GIJON NUMERO DOS

Cédulas de notificación

Número Autos: Dem. 818/2003.

Don Juan Ignacio Sánchez AndradeCarral, Secretario Judicial del Juzgadode lo Social número dos de Gijón,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 7/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de don José Alberto AlvarezGonzález contra don José Luis LozanoEspina, sobre despido, se dictado resolu-ción, cuya parte dispositiva es del tenorliteral siguiente:

Visto el contenido de la anterior dili-gencia y toda vez que por don José LuisLozano Espina no se ha procedido alabono de las cantidades fijadas en el Autode este Juzgado, de fecha veintiuno deenero de dos mil cuatro, se acuerda la eje-cución del mismo, y en su consecuencia,procédase a embargar bienes o derechosde su propiedad, suficientes a cubrir conlos mismos la cantidad de 8.124,92 euros,que se reclaman en concepto de principal(1.236,60 euros de indemnización y6.888,32 euros de salarios de tramita-ción), con más 609,37 euros, que se cal-cularon provisionalmente para intereses,sin perjuicio de su liquidación definitiva yotros 812,49 euros que se calcularon tam-bién provisionalmente para costas, guar-dandose en la traba el orden establecidoen la L.E.C. y depositándose lo embarga-do con arreglo a derecho, sirviendo estaresolución de mandamiento en forma a laComisión de este Juzgado que practicarátal diligencia.

Líbrese oficio al Sr RegistradorEncargado del Servicio de Indices de losRegistros de la Propiedad de Madrid, a laSociedad Regional de Recaudación delPrincipado de Asturias y a la JefaturaLocal de Tráfico a fin de que informensobre la posible existencia de bienes pro-piedad de la ejecutada, así como déseaudiencia al Fondo de Garantía Salarialde conformidad con lo establecido en elartículo 274 de la L.P.L.

Se declaran embargados los saldos quetuviere el citado ejecutado hasta cubrir lacantidad adeudada en las entidades ban-carias siguientes: Cajastur, Caja Rural deGijón, BBVA y BSCH, librándose a tal finlos correspondientes oficios.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

6076 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 28-IV-2004

Page 77: Direc.: C/Julián Clavería, 11 Depósito Legal: O/2532-82  Miércoles, 28 de abril de 2004 Núm. 98 SUMARIO I. Principado de Asturias ...

Modo de impugnarla: Mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientesal de recibirla, cuya sola interposición nosuspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 452 de la nueva Ley deEnjuiciamiento Civil).

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a don José Luis LozanoEspina, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLE-TIN OFICIAL del Principado de Asturias,que se hará de forma gratuita según estáprevisto en la Ley 1/1996 de 10 de enerode Asistencia Gratuita, artículo 2.d) y artí-culo 6.4.

En Gijón, a 16 de marzo de 2004.—ElSecretario Judicial.—4.668.

— • —

Don Juan Ignacio Sánchez AndradeCarral, Secretario Judicial del Juzgadode lo Social número dos de Gijón,

Hago saber: Que en el procedimientode demanda número 445/2003 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de don Urbano Laviada Menéndezcontra Comercial Pigotte, S.L., sobreordinario, se ha dictado resolución, cuyaparte dispositiva es del tenor literalsiguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuestapor don Urbano Laviada Menéndez con-tra Comercial Pigotte, S.L., y el Fondo deGarantía Salarial, debo declarar y declaroel derecho de aquél a percibir la cantidadde 552,79 euros por el concepto ya indi-cado, sin perjuicio del descuento de lo yapercibido, condenando a los demandadosa estar y pasar por esta declaración y adicha empresa a que le abone el citadoimporte.

En cuanto al Fondo de GarantíaSalarial se estará a la responsabilidad que,una vez acreditada la insolvencia de laempleadora, pueda corresponderle en lostérminos y límites reflejados en el segun-do de los razonamientos jurídicos de estasentencia.

Notifíquese la presente resolución a laspartes haciéndoles saber que la misma esfirme por no caber contra ella recursoalguno.

Así por esta sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en los

estrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Comercial Pigotte, S.L., enignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias, que sehará de forma gratuita según está previstoen la Ley 1/1996 de 10 de enero deAsistencia Gratuita, artículo 2.d) y artícu-lo 6.4.

En Gijón, a 18 de marzo de 2004.—ElSecretario Judicial.—4.821.

— • —

Número Autos: Dem. 137/2003.

Don Juan Ignacio Sánchez AndradeCarral, Secretario Judicial del Juzgadode lo Social número dos de Gijón,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 82/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra Construcciones El Jardín Gijón,S.L., sobre ordinario, se ha dictado reso-lución, cuya parte dispositiva es del tenorliteral siguiente:

Despachar la ejecución solicitada por laFundación Laboral de la Construcción delPrincipado de Asturias contraConstrucciones El Jardín Gijón, S.L., porun importe de 816,96 euros de principal,más 81,69 euros y 61,27 euros para costase intereses que se fijan provisionalmente.

Líbrese oficio al Sr. RegistradorEncargado del Servicio de Indices de losRegistros de la Propiedad, a la SociedadRegional de Recaudación del Principadode Asturias a fin de que informen sobre laexistencia de bienes propiedad del ejecu-tado y a la Jefatura Local de Tráfico a finde que informe sobre lo vehículos de losque sea titular el ejecutado, así como delas cargas que tengan los mismos en sucaso.

Asimismo líbrese oficio a laDelegación de Hacienda de Gijón a fin deque informe sobre los reintegros pendien-tes de abono que tuviere a su favor elapremiado por devoluciones del I.V.A. ocualquier otro impuesto, cantidades quede existir serán retenidas y puestas a dis-posición de este Juzgado mediante trans-ferencia.

Se declaran embargados los saldos quetuviere el citado ejecutado hasta cubrir lacantidad adeudada en las entidades ban-carias siguientes: Cajastur, Caja Rural deGijón, BBVA y BSCH, librándose a tal finlos correspondientes oficios.

Notifíquese la presente resolución a laspartes contra la que no cabe recurso algu-

no, sin perjuicio de la oposición que conarreglo a la nueva Ley de EnjuiciamientoCivil (artículo 556) pueda formular la eje-cutada.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Construcciones El JardínGijón, S.L., en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en el BOLE-TIN OFICIAL del Principado de Asturias,que se hará de forma gratuita según estáprevisto en la Ley 1/1996 de 10 de enerode Asistencia Gratuita, artículo 2.d) y artí-culo 6.4.

En Gijón, a 18 de marzo de 2004.—ElSecretario Judicial.—4.942.

— • —

Número Autos: Dem. 146/2003.

Don Juan Ignacio Sánchez AndradeCarral, Secretario Judicial del Juzgadode lo Social número dos de Gijón,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 83/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra Mármoles Zumalacárregui, S.L.,sobre ordinario, se ha dictado resolución,cuya parte dispositiva es el tenor literalsiguiente:

Despachar ejecución del título mencio-nado en los hechos de la presente resolu-ción por un principal de 1.403,04 euros,más la cantidad de 105,23 euros en con-cepto de intereses y 140,30 euros en con-cepto de costas provisionales.

Dése audiencia a la parte actora paraque en quince días puedan designar laexistencia de nuevos bienes susceptiblesde traba, advirtiéndole que de no ser así seprocederá a dictar auto de insolvenciaprovisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a laspartes advirtiendo que contra la misma nocabe interponer recurso, sin perjuicio dela oposición que con arreglo a la nuevaLey de Enjuiciamiento Civil (artículo556) pueda formular la ejecutada.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Mármoles Zumalacárregui,S.L., en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETIN

28-IV-2004 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 6077

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OFICIAL del Principado de Asturias, quese hará de forma gratuita según está pre-visto en la Ley 1/1996 de 10 de enero deAsistencia Gratuita, artículo 2.d) y artícu-lo 6.4.

En Gijón, a 18 de marzo de 2004.—ElSecretario Judicial.—4.943.

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Número Autos: Dem. 254/2003.

Don Juan Ignacio Sánchez AndradeCarral, Secretario Judicial del Juzgadode lo Social número dos de Gijón,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 84/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de don Juan Manuel Pando Malladacontra Promociones Llera y Vega, S.L.,sobre ordinario, se ha dictado resolución,cuya parte dispositiva es del tenor literalsiguiente:

Despachar la ejecución solicitada pordon Juan Manuel Pando Mallada contraPromociones Llera y Vega, S.L., por unimporte de 2.160,27 euros de principal,más 216,02 euros y 162,02 euros paracostas e intereses que se fijan provisional-mente.

Líbrese oficio al Sr. RegistradorEncargado del Servicio de Indices de losRegistros de la Propiedad, alAyuntamiento de Oviedo a fin de queinformen sobre la existencia de bienespropiedad del ejecutado y a la JefaturaLocal de Tráfico a fin de que informesobre lo vehículos de los que sea titular elejecutado, así como de las cargas que ten-gan los mismos en su caso.

Asimismo líbrese oficio a laDelegación de Hacienda de Oviedo a finde que informe sobre los reintegros pen-dientes de abono que tuviere a su favor elapremiado por devoluciones del I.V.A. ocualquier otro impuesto, cantidades quede existir serán retenidas y puestas a dis-posición de este Juzgado mediante trans-ferencia.

Se declaran embargados los saldos quetuviere el citado ejecutado hasta cubrir lacantidad adeudada en las entidades ban-carias siguientes: Cajastur, Caja Rural deAsturias, BBVA y BSCH, librándose a talfin los correspondientes oficios.

Dése audiencia al Fondo de GarantíaSalarial de conformidad con lo estableci-do en el artículo 274 de la L.P.L.

Notifíquese la presente resolución a laspartes advirtiendo que contra la misma nocabe interponer recurso, sin perjuicio dela oposición que con arreglo a la nuevaLey de Enjuiciamiento Civil (artículo556) pueda formular la ejecutada.

Se advierte al destinatario que las

siguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Promociones Llera y Vega,S.L., en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, quese hará de forma gratuita según está pre-visto en la Ley 1/1996 de 10 de enero deAsistencia Gratuita, artículo 2.d) y artícu-lo 6.4.

En Gijón, a 18 de marzo de 2004.—ElSecretario Judicial.—4.944.

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Don Juan Ignacio Sánchez AndradeCarral, Secretario Judicial del Juzgadode lo Social número dos de Gijón,

Hago saber: Que en el procedimientode demanda número 453/2003 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de doña Patricia Piñera Alvarez con-tra el Fondo de Garantía Salarial, sobreordinario, se ha dictado resolución, cuyaparte dispositiva es del tenor literalsiguiente:

Fallo

“Que estimando la demanda interpues-ta por doña Patricia Piñera Alvarez contraOpen English Master Spain, S.A., y elFondo de Garantía Salarial, debo declarary declaro el derecho de aquélla a percibirla cantidad de 3.044,48 euros por los con-ceptos ya indicados, incrementados en un10% anual en calidad de mora, condenan-do a los demandados a estar y pasar poresta declaración y a dicha empresa a quele abone el citado importe.

En cuanto al Fondo de GarantíaSalarial se estará a la responsabilidad que,una vez acreditada la insolvencia de laempleadora, pueda corresponderle en lostérminos y límites reflejados en el segun-do de los razonamientos jurídicos de estasentencia.

Notifíquese esta sentencia a las partes,a las que se hará saber que contra lamisma podrá interponerse recurso desuplicación ante la Sala de lo Social delTribunal Superior de Justicia de Asturias,dentro de los cinco días siguientes a sunotificación, anunciándolo ante esteJuzgado.

Se advierte además a las partes quedeberán hacer constar en los escritos deinterposición del recurso, así como deimpugnación del mismo, un domicilio enla sede del Tribunal Superior de Justiciade Asturias, a efectos de notificación,dando cumplimiento a lo dispuesto en elartículo 195 de la Ley de ProcedimientoLaboral.

Así por esta sentencia lo pronuncio,mando y firmo.”

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Open English Master Spain,S.A., en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, quese hará de forma gratuita según está pre-visto en la Ley 1/1996 de 10 de enero deAsistencia Gratuita, artículo 2.d) y artícu-lo 6.4.

En Gijón, a 22 de marzo de 2004.—ElSecretario Judicial.—5.102.

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Número Autos: Dem. 1.120/2003.

Don Juan Ignacio Sánchez AndradeCarral, Secretario Judicial del Juzgadode lo Social número dos de Gijón,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 85/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de doña Carmen María FernándezSuárez contra Actividades LúdicoEducativas Integradas, S.L., sobre ordina-rio, se ha dictado resolución, cuya partedispositiva es del tenor literal siguiente:

Se declara extinguida la relación labo-ral que unía a doña Carmen MaríaFernández Suárez con la empresaActividades Lúdico EducativasIntegradas, S.L., condenando a ésta a queabone a aquélla las cantidades siguientes:

Nombre trabajador: Doña CarmenMaría Fernández Suárez.

Indemnización: 3.212,16 euros.

Salarios: 7.045,38 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: Mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientesal de recibirla, cuya sola interposición nosuspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 452 de la nueva Ley deEnjuiciamiento Civil).

Así por este auto, lo pronunciamos,mandamos y firmamos. Doy fe.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Actividades LúdicoEducativas Integradas, S.L., en ignorado

6078 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 28-IV-2004

Page 79: Direc.: C/Julián Clavería, 11 Depósito Legal: O/2532-82  Miércoles, 28 de abril de 2004 Núm. 98 SUMARIO I. Principado de Asturias ...

paradero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, que se hará deforma gratuita según está previsto en laLey 1/1996 de 10 de enero de AsistenciaGratuita, artículo 2.d) y artículo 6.4.

En Gijón, a 22 de marzo de 2004.—ElSecretario Judicial.—5.103.

— • —

Don Juan Ignacio Sánchez AndradeCarral, Secretario Judicial del Juzgadode lo Social número dos de Gijón,

Hago saber: Que en el procedimientode demanda número 444/2003 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de don Urbano Laviada Menéndezcontra el Fondo de Garantía Salarial yComercial Pigotte, S.L., sobre ordinario,se ha dictado resolución, cuya parte dis-positiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

“Que estimando la demanda interpues-ta por don Urbano Laviada Menéndezcontra Comercial Pigotte, S.L., y elFondo de Garantía Salarial, debo declarary declaro el derecho de aquél a percibir lacantidad de 3.611,32 euros por los con-ceptos ya indicados, incrementados en un10% anual en calidad de mora, condenan-do a los demandados a estar y pasar poresta declaración y a dicha empresa a quele abone el citado importe.

En cuanto al Fondo de GarantíaSalarial se estará a la responsabilidad que,una vez acreditada la insolvencia de laempleadora, pueda corresponderle en lostérminos y límites reflejados en el segun-do de los razonamientos jurídicos de estasentencia.

Notifíquese esta sentencia a las partes,a las que se hará saber que contra lamisma podrá interponerse recurso desuplicación ante la Sala de lo Social delTribunal Superior de Justicia de Asturias,dentro de los cinco días siguientes a sunotificación, anunciándolo ante esteJuzgado.

Se advierte además a las partes quedeberán hacer constar en los escritos deinterposición del recurso, así como deimpugnación del mismo, un domicilio enla sede del Tribunal Superior de Justiciade Asturias, a efectos de notificación,dando cumplimiento a lo dispuesto en elartículo 195 de la Ley de ProcedimientoLaboral.

Así por esta sentencia lo pronuncio,mando y firmo.”

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Comercial Pigotte, S.L., enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, que se hará deforma gratuita según está previsto en laLey 1/1996 de 10 de enero de AsistenciaGratuita, artículo 2.d) y artículo 6.4.

En Gijón, a 22 de marzo de 2004.—ElSecretario Judicial.—5.053.

DE GIJON NUMERO TRES

Cédulas de notificación

Doña María Pilar Prieto Blanco,Secretaria Judicial del Juzgado de loSocial número tres de Gijón,

Hago saber: Que en el procedimientode demanda número 766/2003 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de don Demetrio Fernández Moscosocontra don Edelmiro Fernández Castro,sobre ordinario, se ha dictado sentenciacuyo encabezamiento y parte dispositivason del tenor literal siguiente:

Sentencia número 100/2004

En la ciudad de Gijón, a cuatro demarzo de dos mil cuatro.

Doña Catalina Ordóñez Díaz,Magistrada-Juez del Juzgado de lo Socialnúmero tres de Gijón, tras haber visto lospresentes autos sobre cantidad entre par-tes, de una y como demandante donDemetrio Fernández Moscoso, represen-tado por la Letrada doña CarmenLandeira Alvarez Cascos, y de otra comodemandado don Edelmiro FernándezCastro y el Fondo de Garantía Salarial, nocomparecidos.

Fallo

“Que debo estimar y estimo la deman-da y condeno a don Edelmiro FernándezCastro a que abone a don DemetrioFernández Moscoso:

- 1.072,67 euros con el devengo delinterés anual del 10% desde el treinta denoviembre de dos mil dos hasta el com-pleto pago.

- 1.070,86 euros con el devengo delinterés anual del 10% desde el treinta yuno de diciembre de dos mil dos hasta elcompleto pago.

- 669,20 euros con el devengo del inte-rés anual del 10% desde el diecinueve deenero de dos mil tres hasta el completopago.

- 2.730,90 euros con el devengo delinterés legal del dinero incrementado endos puntos desde la fecha de esta resolu-ción hasta el completo pago.

Que debo absolver y absuelvo al Fondode Garantía Salarial de la pretensión

deducida, sin perjuicio de lo que en su díase pueda acordar.

Incorpórese la presente sentencia allibro correspondiente, expídase testimoniode la misma para su constancia en losautos de referencia y notifíquese a las par-tes con la indicación de que no es firme, yaque cabe interponer contra la misma recur-so de suplicación ante el Tribunal Superiorde Justicia del Principado de Asturias, den-tro de los cinco días siguientes a su notifi-cación; si fuere la condenada la que recu-rriere, deberá presentar resguardo acredita-tivo de haber depositado la cantidad obje-to de condena en la cuenta número3296000065 de Banesto de Gijón.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio,mando y firmo.”

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a don Edelmiro FernándezCastro, con domicilio en Gijón, calleChile, nº 9, 5º derecha, actualmente enignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

En Gijón, a 12 de marzo de 2004.—LaSecretaria Judicial.—5.055.

— • —

Doña María Pilar Prieto Blanco,Secretaria Judicial del Juzgado de loSocial número tres de Gijón,

Hago saber: Que en el procedimientode demanda número 1.224/2003 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de doña Gloria Núñez Solís contra laempresa Alfelian, S.C., sobre cantidad, sedictó sentencia cuyo encabezamiento yparte dispositiva son del tenor literalsiguiente:

Sentencia número 109/2004

En la ciudad de Gijón, a nueve demarzo de dos mil cuatro.

Doña Catalina Ordóñez Díaz,Magistrada-Juez del Juzgado de lo Socialnúmero tres de Gijón, tras haber visto lospresentes autos sobre cantidad entre par-tes, de una y como demandante doñaGloria Núñez Solís, representada por elLetrado don José Carlos Ferreiro Alvarez,y de otra como demandada Alfelian, S.C.,y el Fondo de Garantía Salarial, no com-pareciendo la empresa y sí el Fondo,representado por el Letrado don AngelLuis Fernández Castañón Martínez.

Fallo

“Que debo estimar y estimo la deman-da y condeno a Alfelian, S.C., a que

28-IV-2004 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 6079

Page 80: Direc.: C/Julián Clavería, 11 Depósito Legal: O/2532-82  Miércoles, 28 de abril de 2004 Núm. 98 SUMARIO I. Principado de Asturias ...

abone a doña Gloria Núñez Solís lassiguientes cantidades:

- 1.192,23 euros con el devengo delinterés anual del 10% desde el diecisietede febrero de dos mil tres hasta el com-pleto pago.

- 78,31 euros con el devengo del interésanual del dinero incrementado en dospuntos desde la fecha de esta resoluciónhasta el completo pago.

Que debo absolver y absuelvo al Fondode Garantía Salarial sin perjuicio de loque en su día se pueda acordar.

Incorpórese la presente sentencia allibro correspondiente, expídase testimo-nio de la misma para su constancia en losautos de referencia y notifíquese a las par-tes con la indicación de que es firme, yaque no cabe interponer contra la mismarecurso alguno.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio,mando y firmo.”

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Alfelian, S.C., con domici-lio en Gijón, Avenida Argentina, nº 25, deGijón, actualmente en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

En Gijón, a 12 de marzo de 2004.—LaSecretaria Judicial.—5.056.

— • —

Doña María Pilar Prieto Blanco,Secretaria Judicial del Juzgado de loSocial número tres de Gijón,

Hago saber: Que en el procedimientode demanda número 751/2003 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de doña Martha Raquel RocaCaicedo contra la empresa CuidadosPaliativos Prado Real, S.L., sobre canti-dad, se ha dictado sentencia cuyo encabe-zamiento y fallo son del tenor literalsiguiente:

En la ciudad de Gijón, a veinte de enerode dos mil cuatro.

Doña Catalina Ordóñez Díaz,Magistrada-Juez del Juzgado de lo Socialnúmero tres de Gijón, tras haber visto lospresentes autos sobre cantidad entre par-tes, de una y como demandante doñaMartha Raquel Roca Caicedo, representa-da por la Letrada doña Carmen LandeiraAlvarez-Cascos, y de otra como deman-dada Cuidados Paliativos Prado Real,S.L., que no compareció pese a haber sidocitada en legal forma.

Fallo

Que estimando la demanda formuladapor doña Martha Raquel Roca Caicedo,debo condenar y condeno a la empresaCuidados Paliativos Prado Real, S.L., aabonar a dicha demandante la cantidad de2.675,50 euros a razón de:

- 140,33 euros con el devengo del inte-rés anual del 10% desde el treinta y unode enero de dos mil dos hasta el comple-to pago.

- 140,33 euros con el devengo del inte-rés anual del 10% desde el veintiocho defebrero de dos mil dos hasta el completopago.

- 140,33 euros con el devengo del inte-rés anual del 10% desde el treinta y unode marzo de dos mil dos hasta el comple-to pago.

- 140,33 euros con el devengo del inte-rés anual del 10% desde el treinta de abrilde dos mil dos hasta el completo pago.

- 140,33 euros con el devengo del inte-rés anual del 10% desde el treinta y unode mayo de dos mil dos hasta el comple-to pago.

- 589,16 euros con el devengo del inte-rés anual del 10% desde el treinta de juniode dos mil dos hasta el completo pago.

- 128,31 euros con el devengo del inte-rés anual del 10% desde el treinta y unode julio de dos mil dos hasta el completopago.

- 54,14 euros con el devengo del interésanual del 10% desde el treinta y uno deagosto de dos mil dos hasta el completopago.

- 785,46 euros con el devengo del inte-rés anual del 10% desde el treinta de sep-tiembre de dos mil dos hasta el completopago.

- 420,78 euros con el devengo del inte-rés legal del dinero incrementado en dospuntos desde la fecha de esta resoluciónhasta el completo pago.

Incorpórese la presente sentencia allibro correspondiente, expídase testimo-nio de la misma para su constancia en losautos de referencia y notifíquese a las par-tes con la indicación de que no es firme,ya que cabe interponer contra la mismarecurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia del Principado deAsturias, dentro de los cinco días siguien-tes a su notificación; si fuere la condena-da la que recurriere, deberá presentar res-guardo acreditativo de haber depositadola cantidad objeto de condena en la cuen-ta número 3296000065 de Banesto deGijón.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Cuidados Paliativos PradoReal, S.L., en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias y fijación en el tablón de anun-cios de este Juzgado.

En Gijón, a 22 de marzo de 2004.—LaSecretaria Judicial.—5.054.

— • —

Número Autos: Dem. 160/2003.

Doña María Pilar Prieto Blanco,Secretaria Judicial del Juzgado de loSocial número tres de Gijón,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 49/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra la empresa Acusticplac, S.L., sobreordinario, se ha dictado la siguiente:

Providencia

De la Ilma. Sra. Magistrada-Juez, doñaCatalina Ordóñez Díaz.

En Gijón, a dieciocho de marzo de dosmil cuatro.

Dada cuenta y de conformidad con loestablecido en los artículos 252 y siguien-tes de la L.P.L. se acuerda el embargo yprecinto de bienes propiedad de la ejecu-tada Acusticplac, S.L., C.I.F. número B-74007949, domicilio en la calle Río Sil,11, de Gijón, en cantidad suficiente acubrir el importe de las reclamadas y queascienden a 408,48 euros de principal,más 61 euros presupuestados provisional-mente para intereses y costas, que segui-damente se detallan:

Vehículo marca BMW, modelo 325I 4,tipo turismo, matrícula O-5030-BC,número de bastidor WBACB31030FD70735.

Líbrense los correspondientes despa-chos a fin de hacer efectivo el embargotrabado.

Asimismo, siguiéndose procedimientoejecutivo con el número 225/2003 en estemismo Juzgado contra la citada empresademandada Acusticplac, S.L., se acuerdael embargo del sobrante que en su casoresulte de la liquidación definitiva delmismo, en cantidad suficiente a cubrir elimporte de las reclamadas arriba reseña-das.

Llévese nota del embargo a la citadaejecución seguida en este Juzgado bajo el

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número 225/2003 incorporando testimo-nio de la presente resolución.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: Mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientesal de recibirla, cuya sola interposición nosuspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184-1 de la Ley deProcedimiento Laboral).

Lo manda y firma S.Sª. Doy fe.

La Magistrada-Juez.—La SecretariaJudicial.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Acusticplac, S.L., C.I.F.número B-74007949, en ignorado parade-ro, expido la presente para su inserción enel BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

En Gijón, a 18 de marzo de 2004.—LaSecretaria Judicial.—4.945.

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Número Autos: Dem. 594/2003.

Doña María Pilar Prieto Blanco,Secretaria Judicial del Juzgado de loSocial número tres de Gijón,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 253/2003 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de don Fernando Riopedre Enríquezcontra la empresa Construcciones FerreroPrieto, S.L., sobre despido, se ha dictadola siguiente:

Providencia

De la Ilma Sra. Magistrada-Juez, doñaCatalina Ordóñez Díaz.

En Gijón, a dieciocho de marzo de dosmil cuatro.

Dada cuenta y de conformidad con loestablecido en los artículos 252 y siguien-tes de la L.P.L. se acuerda el embargo yprecinto de bienes propiedad de la ejecu-tada Construcciones Ferrero Prieto, S.L.,C.I.F. número B-33792961, domicilio encalle Magallanes, 14, 1º izq., de Gijón, encantidad suficiente a cubrir el importe delas reclamadas y que ascienden a26.128,02 euros de principal, más 3.920euros presupuestados provisionalmentepara intereses y costas que seguidamentese detallan:

Vehículo matrícula O-5604-BN, marcaNissan, modelo Trade 3.0/2, tipo camión,bastidor VSKKE0553SA743419.

Líbrense los correspondientes despa-chos a fin de hacer efectivo el embargotrabado.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: Mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientesal de recibirla, cuya sola interposición nosuspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184-1 de la Ley deProcedimiento Laboral).

Lo manda y firma S.Sª. Doy fe.

La Magistrada-Juez.—La SecretariaJudicial.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Construcciones FerreroPrieto, S.L., C.I.F. número B-33792961,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

En Gijón, a 18 de marzo de 2004.—LaSecretaria Judicial.—4.946.

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Edictos

Número Autos: Dem. 1.040/2003.

Doña María Pilar Prieto Blanco,Secretaria Judicial del Juzgado de loSocial número tres de Gijón,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 75/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de don José Ramón Díaz Suárez con-tra don José Busto Campa, sobre despido,se ha dictado el siguiente:

Auto

De la Ilma. Sra. Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social número tres deGijón, doña Catalina Ordóñez Díaz.

En Gijón, a veintidós de marzo de dosmil cuatro.

Hechos

Primero: Con fecha cinco de diciembrede dos mil cuatro se declaró la improce-dencia del despido de don José RamónDíaz Suárez, efectuado por don JoséBusto Campa, con efectos desde el trein-ta de septiembre de dos mil tres, conde-nando a la demandada para que opte entrereadmitir al trabajador o indemnizarle enla cantidad de 4.684,88 euros.

Segundo: En fecha diecinueve defebrero de dos mil cuatro el demandantesolicitó la ejecución de lo acordado ale-

gando su no readmisión y pidiendo laextinción de la relación laboral con elabono de la indemnización legal corres-pondiente más los salarios de tramitacióna que haya lugar.

Tercero: Habiéndose acordado la cele-bración del incidente, ha tenido lugar éstecon el resultado que obra en las actuacio-nes.

Razonamientos jurídicos

Unico: Como resulta de lo actuado ydel silencio contradictorio de la condena-da que no comparece para defender suderecho, debe tenerse como cierto que laempresa no ha procedido a la readmisióndel trabajador en las mismas condicionesanteriores al despido, lo que supone, con-forme establece el artículo 279 de la Leyde Procedimiento Laboral, la declaraciónde extinción de la relación laboral queunía a las partes con efectos desde la pre-sente resolución judicial y la condena dela empresa al abono de una indemniza-ción de 45 días por año de servicio con ellímite máximo de 42 mensualidades queasciende a 4.684,88 euros, más la suma de5.507,92 euros por salarios de tramitacióndevengados desde la fecha del despidohasta la de esta resolución.

Por todo lo cual,

Dispongo

Declarar extinguida la relación laboralque ligaba a las partes, desde la fecha dela presente resolución, condenando a donJosé Busto Campa, D.N.I. número11023027-R, a abonar al accionante lacantidad de 10.192,80 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes,sirviendo este proveído de notificación enforma legal.

Modo de impugnarla: Mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientesal de recibirla, cuya sola interposición nosuspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184-1 de la Ley deProcedimiento Laboral).

Así, por este auto, lo pronuncio, mandoy firmo. Doy fe.

La Magistrada-Juez.—La SecretariaJudicial.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a don José Busto Campa,D.N.I. número 11023027-R, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

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En Gijón, a 22 de marzo de 2004.—LaSecretaria Judicial.—4.972.

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Número Autos: Dem. 913/2003.

Doña María Pilar Prieto Blanco,Secretaria Judicial del Juzgado de loSocial número tres de Gijón,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 290/2003 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de don Luis Angel Pérez Santos con-tra la empresa Tejados Asturias, S.L.,sobre despido, se ha dictado el siguiente:

Auto

En Gijón, a dieciocho de marzo de dosmil cuatro.

Hechos

Primero: En el presente procedimientoseguido entre las partes, de una comodemandante don Luis Angel Pérez Santosy como demandada Tejados Asturias,S.L., consta Sentencia, de fecha veinti-cuatro de octubre de dos mil tres, cuyocontenido se da por reproducido.

Segundo: El citado título ha ganado fir-meza sin que conste que la demandadahaya satisfecho el importe de la cantidadlíquida y determinada que en cuantía de9.294,27 euros de principal, más 1.394,14euros presupuestados para intereses ycostas.

Razonamientos jurídicos

Primero: Existiendo título condenatorioal pago de una cantidad determinada ylíquida, debe procederse, sin necesidad deprevio requerimiento personal al conde-nado, a la ejecución de dicho título y alembargo de los bienes en cuantía sufi-ciente para cubrir las responsabilidadesderivadas de las presentes actuaciones,debiendo tenerse en cuenta la adecuacióndel mismo al orden legal cuando conste lasuficiente de los bienes embargados, todoello a tenor de lo establecido en los artí-culos 235 y 252 de la L.P.L. y artículos580 y 592 de la L.E.C.

Segundo: De acuerdo con lo dispuestoen el artículo 247 de la L.P.L. adviértaseal ejecutado, a sus administradores o per-sonas que legalmente le representen, de laobligación de hacer manifestación de susbienes y derechos con la precisión nece-saria para garantizar las responsabilidadesderivadas del presente procedimiento,debiendo indicar las personas que osten-ten derechos de cualquier naturalezasobre sus bienes y de estar sujetos a otroproceso, concretar los extremos de ésteque puedan interesar a la ejecución.

Y asimismo adviértase de la posibilidadde imponer apremios pecuniarios al eje-

cutado que incumpla injustificadamentela condena (artículo 239 de la L.P.L.).

Tercero: Y para el caso de que se estéen lo previsto y regulado en el artículo 23y 274 de la L.P.L. dése traslado del escri-to y de esta resolución al Fondo deGarantía Salarial.

Cuarto: El artículo 248-1º de la L.P.L.dispone que “si no se tuviese conocimien-to de la existencia de bienes suficientes, elórgano judicial deberá dirigirse a los per-tinentes organismos y registros públicos afin de que faciliten la relación de todoslos bienes o derechos de deudor, de losque tenga constancia, tras la realizaciónpor éstos, si fuere preciso, de las averi-guaciones legalmente posibles”.

Parte dispositiva

Despachar la ejecución del título men-cionado en los hechos de la presente reso-lución solicitada por don Luis AngelPérez Santos contra Tejados Asturias,S.L., y el Fondo de Garantía Salarial porun importe de 9.294,27 euros de princi-pal, más 1.394,14 euros presupuestadospara intereses y costas.

Ordenando la remisión de oficios aregistros y organismos públicos al objetode averiguación de los bienes propiedadde la ejecutada.

Requiriendo a las partes para que en eltérmino de cinco días señalen bienes yderechos susceptibles de ser embargados,o en su caso, ingresen las cantidadesreclamadas en la cuenta de depósitos yconsignaciones de este Juzgado abierta enel Banco Español de Crédito (oficinaprincipal), calle Corrida de Gijón,0030.7021.3296.0000.64. Número de eje-cución y año.

Y una vez consten bienes sobre los quetrabar embargo, practíquese este con arre-glo a derecho, o en su caso, continúenselos trámites para declarar la insolvencia.

Dése traslado de esta resolución alFondo de Garantía Salarial conformeestablece el artículo 274 de la L.P.L.

Notifíquese la presente resolución a laspartes en legal forma, advirtiéndoles quecontra la misma no cabe recurso alguno.

Así, por este auto, lo pronuncio, mandoy firmo. Doy fe.

El Magistrado-Juez.—La SecretariaJudicial.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Tejados Asturias, S.L., en

ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

En Gijón, a 18 de marzo de 2004.—LaSecretaria Judicial.—4.822.

DE MADRID NUMERO SEIS

Cédula de notificación

Número Autos: Dem. 499/2002.

Doña Almudena Botella García-Lastra,Secretaria Judicial del Juzgado de loSocial número seis de Madrid,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 36/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de don José Antonio Vilches Lópezcontra la empresa María de los AngelesCanto López Protocolo y Comunicación,S.L., Clain Comunicación, S.L. yTécnicas de Protocolo Organización yEmpresa, S.L., sobre ordinario, se ha dic-tado la siguiente:

Parte dispositiva

A. Despachar la ejecución solicitadapor don José Antonio Vilches López con-tra María de los Angeles Canto LópezProtocolo y Comunicación, S.L., ClainComunicación, S.L., y Técnicas deProtocolo Organización y Empresa, S.L.,por un principal de 2.113, más 116,21 enconcepto de intereses y 211,30 de costascalculadas provisionalmente.

B. Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial, y a la parte actora por el plazo dequince días para que puedan instar lapráctica de las diligencias que a su dere-cho convenga y designar los bienes deldeudor principal que le consten.

C. Trabar embargo de los bienes de lasdemandadas en cuantía suficiente, y parael caso de que no se tuviese conocimien-to de la existencia de bienes suficientes,diríjanse oficios a los pertinentes organis-mo y registros públicos, con el fin de quefaciliten relación de todos los bienes oderechos del deudor de que tengan cons-tancia, y se comunique a este Juzgado sipor parte de la Hacienda Pública se adeu-da alguna cantidad al ejecutado por elconcepto de devolución por el Impuestosobre la Renta de las Personas Físicas,I.V.A., o cualquier otro.

En caso positivo, se acuerda el embar-go de las cantidades pendientes de devo-lución por la Hacienda Pública al ejecuta-do, hasta cubrir la cantidad objeto deapremio, interesando la remisión de lasmismas a la cuenta de depósitos y consig-naciones abierta por este Juzgado enBanesto con número 2504 sito en Orense19 de Madrid.

Notifíquese la presente resolución a laspartes advirtiendo que contra la misma no

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cabe recurso alguno sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por elejecutado en el plazo de diez días pordefectos procesales o por motivos defondo (artículo 551 de la L.E.C. en rela-ción con los artículos 556 y 559 del cita-do texto legal), y encontrándose la empre-sa demandada en ignorado paradero, noti-fíquese la misma por medio de edictos apublicar en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias y tablón de anun-cios de este Juzgado, con la advertencia ala ejecutada que las sucesivas notificacio-nes se practicarán en estrados conforme alo establecido en el artículo 59 de laL.P.L.

Así, por este auto, lo pronuncio, mandoy firmo.

Doña Elena Bornaechea Morlans, laMagistrada-Juez.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a doña María de los AngelesCanto López Protocolo y Comunicación,S.L., Clain Comunicación, S.L. yTécnicas de Protocolo Organización yEmpresa, S.L., en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

En Madrid, a 15 de marzo de 2004.—La Secretaria Judicial.—4.669.

DE MIERES NUMERO UNO

Cédulas de notificación

Número Autos: Dem. 217/2003.

Don Joaquín Palacios Fernández,Secretario Judicial del Juzgado de loSocial número uno de Mieres,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 42/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra don Pablo Manuel Suárez Alvarez,sobre ordinario, se ha dictado Auto defecha dieciocho de febrero de dos milcuatro, cuya parte dispositiva es del tenorliteral siguiente:

“Se acuerda

Despachar ejecución del título mencio-nado en los hechos de la presente resolu-ción por un principal de 2.612,94 eurosmás la cantidad de 41,53 euros en con-cepto de intereses y en concepto de costasprovisionales.

Dése audiencia a la parte actora paraque en quince días puedan designar la

existencia de nuevos bienes susceptiblesde traba, advirtiéndole que de no ser así seprocederá a dictar auto de insolvenciaprovisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la mismacabe interponer recurso de reposiciónante este Juzgado dentro del plazo decinco días hábiles siguientes al de su noti-ficación, sin perjuicio de su ejecutividad.

Esta es la resolución que propone elSecretario Judicial de este Juzgado, alIlmo. Sr. don Manuel González-PortalDíaz, Magistrado-Juez de lo Social núme-ro uno. Doy fe.

Conforme: El Magistrado-Juez.—ElSecretario Judicial.”

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a don Pablo Manuel SuárezAlvarez, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

En Mieres, a 24 de marzo de 2004.—ElSecretario.—5.104.

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Número Autos: Dem. 664/2003.

Don Joaquín Palacios Fernández,Secretario Judicial del Juzgado de loSocial número uno de Mieres,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 30/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de don Jesús Alfaro Garrido contra laempresa Pérez y Antuña, S.L., sobre des-pido, se ha dictado Auto de fecha tres demarzo de dos mil cuatro, del tenor literalsiguiente:

Auto

“En Mieres, a tres de marzo de dos milcuatro.

Antecedentes de hecho

1. En fecha quince de julio de dos miltres se dictó sentencia por la que se decla-ró la improcedencia del despido decreta-do por la empresa, condenando a lademandada a estar y pasar por esta decla-ración y a que a su elección en el términolegal de cinco días opte mediante escritoo comparecencia ante la Secretaría de esteJuzgado de lo Social entre readmitir aldemandante con abono de 463,97 eurospor los salarios dejados de percibir o biense le abone la indemnización legalmenteseñalada por el despido improcedente encuantía de 1.332,18 euros.

2. Dicha sentencia fue notificada aldemandante el veintitrés de julio de dosmil tres, al Fondo de Garantía Salarial elveinticuatro de julio de dos mil cuatro, y

a la demandada por edicto publicado en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias de fecha veintitrés de agosto dedos mil tres.

3. El empresario dejó transcurrir elplazo legal para ejercitar opción sin mani-festarla.

4. La sentencia fue declarada firme pordiligencia de fecha uno de septiembre dedos mil tres, notificada al demandante eldos de septiembre de dos mil tres.

5. El seis de febrero de dos mil cuatrose presentó por el demandante escritosolicitando la ejecución de sentencia.

Razonamientos jurídicos

Unico: El artículo 277 de la L.P.L.(RCL 1995/1144, 1563), en su apartado 2“in fine” dice que “la acción para instaresta última (ejecución) habrá de ejercitar-se dentro de los tres meses siguientes a lafirmeza de la sentencia”. Y en el apartadotercero indica que: “Todos los plazosestablecidos en este artículo son de pres-cripción”. La solicitud de la ejecución delfallo en el plazo de tres meses, por ende,es un requisito del que no se puede pres-cindir, porque es actividad de parte eninterés de ejecución de lo que se ha sen-tenciado. El Tribunal Supremo (STS unojulio mil novecientos noventa y ocho [RJ1998/5706]), ha establecido al tratar de laejecución de las sentencias de despido,que tienen establecido un plazo especialde prescripción —artículos 276 y 277 dela Ley Procesal— sin que sea posibleaplicar el plazo de prescripción anual delartículo 59 del Estatuto (RCL 1995/997) odel artículo 241 de la Ley Procesal porcuanto, con independencia del caráctergeneral de dicha norma que, por ello debeceder ante la previsión especial de losartículos 276 y 277 citados, traer aquellospreceptos a esta situación supondría apli-car una institución de utilización restricti-va como es la prescripción, a un supuestodistinto del legalmente previsto para apli-carla.

Estamos pues en consecuencia, anteun plazo de prescripción de tres mesesque opera para instar la ejecución delfallo de la sentencia firme recaída enreclamación por despido cuando comoes el caso, el empresario no hubiere pro-cedido a la readmisión del trabajador, yque al haber transcurrido en exceso,como se dijo, determina que la peticiónactora no pueda ser acogida por haberseextinguido, precisamente por transcursodel referido plazo y conforme artículos1.930 y 1.932 Código Civil (LEG1889/27), el derecho de crédito que porsalarios e indemnización se invoca fren-te a la demandada.

Vistos los artículos citados y demás deaplicación:

28-IV-2004 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 6083

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Parte dispositiva

S.Sª el Ilmo. Sr. don Manuel GonzálezPortal, Magistrado-Juez de lo Social deMieres, acuerda: Que acogiendo la excep-ción de prescripción de la acción ejecuti-va, debo declarar y declaro no haber lugara lo interesado por el demandante donJesús Alfaro Garrido en escrito de fechaseis de febrero de dos mil cuatro.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: Mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientesal de recibirla, cuya sola interposición nosuspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184-1 de la Ley deProcedimiento Laboral).

Así, por este auto, lo pronunciamos,mandamos y firmamos. Doy fe.

El Magistrado-Juez.—El SecretarioJudicial.”

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a la empresa Pérez y Antuña,S.L., en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

En Mieres, a 3 de marzo de 2004.—ElSecretario.—4.775.

DE OVIEDO NUMERO UNO

Cédulas de notificación

Doña María José Menéndez Urbón,Secretaria Judicial del Juzgado de loSocial número uno de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode demanda número 1.121/2003 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de don Francisco Javier VázquezLeón contra don Juan Francisco BarbasAlvarez y Sedes, S.A., sobre ordinario, seha dictado la siguiente resolución cuyaparte dispositiva copiada a su tenor literaldice:

Que estimando la demanda formuladapor don Francisco Javier Vázquez Leóncontra don Juan Francisco Barbas Alvarezy Sedes, S.A., debo declarar y declaro quedon Juan Francisco Barbas Alvarez ySedes, S.A., adeudan a la parte actora lacantidad de 1.145,65 euros por los con-ceptos expresados y, en consecuenciacondeno a ambas a que solidariamentehagan cumplido pago de ésta.

Notifíquese esta sentencia a las partesadvirtiendo que contra ella no cabe inter-poner recurso alguno.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a don Juan Francisco BarbasAlvarez, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

En Oviedo, a 19 de marzo de 2004.—La Secretaria Judicial.—4.947.

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Doña María José Menéndez Urbón,Secretaria Judicial del Juzgado de loSocial número uno de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode demanda número 62/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de doña Yolanda González Arias con-tra la empresa Laspina, S.L., y el Fondode Garantía Salarial, sobre ordinario, seha dictado la siguiente resolución cuyaparte dispositiva copiada a su tenor literaldice:

Que estimando la demanda formuladapor doña Yolanda González Arias contraLaspina, S.L., y el Fondo de GarantíaSalarial debo declarar y declaro que laempresa demandada adeuda a la parteactora la cantidad de 582,11 euros porlos conceptos expresados y, en conse-cuencia condeno a la demandada a quehaga cumplido pago de ésta, con más el10% en concepto de interés por demoraquedando obligado el Fondo de GarantíaSalarial con los límites que establece elartículo 33 del Estatuto de losTrabajadores.

Notifíquese a las partes la presenteresolución, advirtiéndoles de su derecho arecurrir esta sentencia en suplicación yplazo de cinco días, para ante la Sala de loSocial del Tribunal Superior de Justiciaacreditando el depósito del importe de lacondena a favor de este Juzgado de loSocial número uno, en la cuenta 3358 delBanco Banesto, oficina calle Marqués deSanta Cruz, con la clave 65 y expresióndel número de procedimiento al anunciarel recurso y el especial de 150,25 euros(25.000 pesetas) en la misma cuenta dedicha entidad bancaria y misma clave, altiempo de interponer el mismo, si fuera lademandada la que lo hiciere, ingresandopor separado ambos conceptos.

Así por esta mi sentencia, definitiva-mente juzgado, lo pronuncio, mando yfirmo.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Laspina, S.L., en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-

ción en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

En Oviedo, a 23 de marzo de 2004.—La Secretaria Judicial.—5.057.

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Doña María José Menéndez Urbón,Secretaria Judicial del Juzgado de loSocial número uno de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode demanda números 494/2003 al497/2003 y 809 al 812/2003 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de doña Josefa Iglesias Fernández,doña Rosa María López Menéndez, doñaElena Iturraspe Nora y doña Berta BlancoGarcía contra doña Elvira-MercedesGarcía Suárez, Asfargo, S.L., Fargo 19,S.L., sobre despido, se ha dictado lasiguiente resolución cuya parte dispositi-va copiada a su tenor literal dice:

Que desestimando las demandas for-muladas por doña Josefa IglesiasFernández, doña Rosa María LópezMenéndez, doña Elena Iturraspe Nora ydoña Berta Blanco García contra Agenciade Seguros Marcelino Fidalgo, S.L.,Asfargo, S.L., Fargo 19, S.L., donMarcelino Fidalgo González, doñaElvira-Mercedes García Suárez y elFondo de Garantía Salarial, debo declarary declaro procedente la decisión de extin-guir su contratos por causas económicasabsolviendo a las referidas demandadasde las pretensiones formuladas.

Notifíquese esta sentencia a las partesadvirtiendo que contra ella podrán inter-poner recurso de suplicación ante elTribunal Superior de Justicia que deberáser anunciado por comparecencia, omediante escrito en este Juzgado dentrode los cinco días siguientes a la notifica-ción de esta sentencia, o por simple mani-festación en el momento en que se lepractique la notificación.

En todo caso, el recurrente deberádesignar letrado para la tramitación delrecurso, al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitiva-mente juzgado, lo pronuncio, mando yfirmo.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a doña ELvira-MercedesGarcía Suárez, Asfargo, S.L. y Fargo 19,S.L., en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 18 de marzo de 2004.—La Secretaria Judicial.—4.823.

6084 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 28-IV-2004

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Número Autos: Dem. 1.467/2002.

Doña María José Menéndez Urbón,Secretaria Judicial del Juzgado de loSocial número uno de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 10/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de don José M. Márquez Rodríguezcontra la empresa Redihogar, S.L., sobreordinario, se ha dictado la siguiente reso-lución cuya parte dispositiva copiada a sutenor literal dice:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

A) Declarar al ejecutado Redihogar,S.L., en situación de insolvencia total concarácter provisional por importe de1.174,82 euros, insolvencia que se enten-derá, a todos los efectos, como provisio-nal.

B) Archivar las actuaciones previa ano-tación en el libro correspondiente, y sinperjuicio de continuar la ejecución si enlo sucesivo se conocen nuevos bienes delejecutado, haciendo entrega de certifica-ción a la parte ejecutante para que surtaefectos ante el Fondo de GarantíaSalarial.

Adviertase a las partes que frente a estaresolución cabe recurso de reposición enel plazo de cinco días hábiles siguientes asu notificación ante este Juzgado.

Así lo mandó y firma S.Sª. Ilma. Sra.doña Paloma Gutiérrez Campos,Magistrada-Juez del Juzgado de lo Socialnúmero uno de Oviedo. Doy fe.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Redihogar, S.L., en ignora-do paradero, expido la presente para suinserción en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

En Oviedo, a 19 de marzo de 2004.—La Secretaria Judicial.—4.824.

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Doña María José Menéndez Urbón,Secretaria Judicial del Juzgado de loSocial número uno de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 58/2004, autosnúmero 1.027/2003, de este Juzgado de loSocial, seguidos a instancias de doñaMaría de la Luz Suárez Fernández, enrepresentación de su hijo menor de edadDiego Amado Fernández Suárez, contradon Francisco Antonio Martínez Tello yel Fondo de Garantía Salarial, sobre ordi-nario, se ha dictado la siguiente resolu-

ción cuya parte dispositiva copiada a sutenor literal dice:

En atención a lo expuesto,

Dispongo

Primero: Despachar la ejecución solici-tada por doña María de la Luz SuárezFernández, en representación de su hijomenor de edad Diego Amado FernándezSuárez, contra don Francisco AntonioMartínez Tello por un importe de2.454,37 euros de principal, más 386euros para costas e intereses que se fijanprovisionalmente.

Segundo: Trabar embargo de los bienesde la demandada en cuantía suficiente,guardándose en la traba el orden legalestablecido en la Ley de EnjuiciamientoCivil. A tenor del artículo 248 de la L.P.L.practíquense las correspondientes diligen-cias de averiguación de bienes de laempresa ejecutada en los organismos yregistros públicos pertinentes.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, haciendo saber a la ejecutada quepodrá abonar el importe a través de lacuenta de depósitos y consignaciones deeste Juzgado abierta en Banesto, calleMarqués de Santa Cruz, 5, de Oviedo,número 3358 0000 64 0058 04.

Modo de impugnarla: Mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientesal de recibirla, cuya sola interposición nosuspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184-1 de la Ley deProcedimiento Laboral).

La Ilma. Sra. doña Paloma GutiérrezCampos, Magistrada-Juez del Juzgado delo Social número uno de Oviedo, así lomandó y firma. Doy fe.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a don Francisco AntonioMartínez Tello, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

En Oviedo, a 17 de marzo de 2004.—La Secretaria Judicial.—4.825.

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Número Autos: Dem. 157/2003.

Doña María José Menéndez Urbón,Secretaria Judicial del Juzgado de loSocial número uno de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 180/2003 de este

Juzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de doña Nieves Llavona Hevia contrala empresa Turón Sistemas IntegralesPublicitarios, S.A., sobre despido, se hadictado la siguiente resolución cuya partedispositiva copiada a su tenor literal dice:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

A) Declarar al ejecutado TurónSistemas Integrales Publicitarios, S.A., ensituación de insolvencia total con carácterprovisional por importe de 40.963,83euros, insolvencia que se entenderá, atodos los efectos, como provisional.

B) Archivar las actuaciones previa ano-tación en el libro correspondiente, y sinperjuicio de continuar la ejecución si enlo sucesivo se conocen nuevos bienes delejecutado, haciendo entrega de certifica-ción a la parte ejecutante para que surtaefectos ante el Fondo de GarantíaSalarial.

Adviertase a las partes que frente a estaresolución cabe recurso de reposición enel plazo de cinco días hábiles siguientes asu notificación ante este Juzgado.

Así lo mandó y firma S.Sª. Ilma. Sra.doña Paloma Gutiérrez Campos,Magistrada-Juez del Juzgado de lo Socialnúmero uno de Oviedo. Doy fe.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Turón Sistemas IntegralesPublicitarios, S.A., en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

En Oviedo, a 19 de marzo de 2004.—La Secretaria Judicial.—4.826.

DE OVIEDO NUMERO DOS

Cédulas de notificación

Número Autos: Dem. 44/2003.

Don Misael León Noriega, SecretarioJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro dos de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 31/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de don Arturo Naves Sánchez contrala empresa Automoción Palicio, S.A.,sobre despido, se ha dictado con fechadieciséis de marzo de dos mil cuatro, autocuya parte dispositiva copiada a su tenorliteral, dice:

“Que debía declarar y declaraba al refe-rido ejecutado Automoción Palicio, S.A.,en situación de insolvencia legal, con

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carácter provisional, por importe de65.976,23 euros, insolvencia que seentenderá a todos los efectos como provi-sional.

Procédase al archivo de las presentesactuaciones previa anotación en el librocorrespondiente de este Juzgado, y sinperjuicio de continuar la ejecución si enlo sucesivo se conocen nuevos bienes delejecutado.

Hágase entrega a la parte ejecutante decertificación para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

Frente a esta resolución procede recur-so de reposición ante este Juzgado, en elplazo de cinco días hábiles a contar desdesu notificación.

La Ilma. Sra. doña María CristinaGarcía Fernández, Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social número dos de losde Oviedo, así lo mandó y firma. Doy fe.

La Magistrada-Juez, Sra. GarcíaFernández, firmado y rubricado. ElSecretario Judicial, don Misael LeónNoriega, firmado y rubricado.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Automoción Palicio, S.A.,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 16 de marzo de 2004.—El Secretario Judicial.—4.827.

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Número Autos: Dem. 129/2003.

Don Misael León Noriega, SecretarioJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro dos de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 32/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra don Manuel José ArtamendiFernández, sobre ordinario, se ha dictadocon fecha diecisiete de marzo de dos milcuatro, auto cuya parte dispositiva copia-da a su tenor literal, dice:

Que debía declarar y declaraba al refe-rido ejecutado, don Manuel JoséArtamendi Fernández en situación deinsolvencia legal, con carácter provisio-nal, por importe de 1.061,16 euros, insol-vencia que se entenderá a todos los efec-tos como provisional.

Procédase al archivo de las presentesactuaciones previa anotación en el librocorrespondiente de este Juzgado, y sinperjuicio de continuar la ejecución si enlo sucesivo se conocen nuevos bienes delejecutado.

Notifíquese esta resolución.

Frente a esta resolución procede recur-so de reposición ante este Juzgado, en elplazo de cinco días hábiles a contar desdesu notificación.

La Ilma. Sra. doña María CristinaGarcía Fernández, Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social número dos de losde Oviedo, así lo mandó y firma. Doy fe.

La Magistrada-Juez, Sra. GarcíaFernández, firmado y rubricado. ElSecretario Judicial, don Misael LeónNoriega, firmado y rubricado.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a don Manuel José ArtamendiFernández, en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

En Oviedo, a 17 de marzo de 2004.—El Secretario Judicial.—4.828.

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Número Autos: Dem. 130/2003.

Don Misael León Noriega, SecretarioJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro dos de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 33/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra don José Mendiola Sánchez, sobreordinario, se ha dictado con fecha dieci-siete de marzo de dos mil cuatro, autocuya parte dispositiva copiada a su tenorliteral, dice:

Que debía declarar y declaraba al refe-rido ejecutado don José MendiolaSánchez en situación de insolvencia legal,con carácter provisional, por importe de810,30 euros, insolvencia que se entende-rá a todos los efectos como provisional.

Procédase al archivo de las presentesactuaciones previa anotación en el librocorrespondiente de este Juzgado, y sinperjuicio de continuar la ejecución si enlo sucesivo se conocen nuevos bienes delejecutado.

Notifíquese esta resolución.

Frente a esta resolución procede recur-so de reposición ante este Juzgado, en elplazo de cinco días hábiles a contar desdesu notificación.

La Ilma. Sra. doña María CristinaGarcía Fernández, Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social número dos de losde Oviedo, así lo mandó y firma. Doy fe.

La Magistrada-Juez, Sra. GarcíaFernández, firmado y rubricado. El

Secretario Judicial, don Misael LeónNoriega, firmado y rubricado.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a don José Mendiola Sánchez,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 17 de marzo de 2004.—El Secretario Judicial.—4.829.

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Número Autos: Dem. 132/2003.

Don Misael León Noriega, SecretarioJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro dos de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 34/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra doña María Dolores TueroSánchez, sobre ordinario, se ha dictadocon fecha diecisiete de marzo de dos milcuatro, auto cuya parte dispositiva copia-da a su tenor literal, dice:

Que debía declarar y declaraba al refe-rido ejecutado doña María DoloresTuero Sánchez en situación de insolven-cia legal, con carácter provisional, porimporte de 2.115,66 euros, insolvenciaque se entenderá a todos los efectoscomo provisional.

Procédase al archivo de las presentesactuaciones previa anotación en el librocorrespondiente de este Juzgado, y sinperjuicio de continuar la ejecución si enlo sucesivo se conocen nuevos bienes delejecutado.

Notifíquese esta resolución.

Frente a esta resolución procede recur-so de reposición ante este Juzgado, en elplazo de cinco días hábiles a contar desdesu notificación.

La Ilma. Sra. doña María CristinaGarcía Fernández, Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social número dos de losde Oviedo, así lo mandó y firma. Doy fe.

La Magistrada-Juez, Sra. GarcíaFernández, firmado y rubricado. ElSecretario Judicial, don Misael LeónNoriega, firmado y rubricado.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a doña María Dolores TueroSánchez, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

En Oviedo, a 17 de marzo de 2004.—El Secretario Judicial.—4.830.

6086 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 28-IV-2004

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Número Autos: Dem. 133/2003.

Don Misael León Noriega, SecretarioJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro dos de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 35/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra don Jerónimo Alvarez González,sobre ordinario, se ha dictado con fechadiecisiete de marzo de dos mil cuatro,auto cuya parte dispositiva copiada a sutenor literal, dice:

Que debía declarar y declaraba al refe-rido ejecutado don Jerónimo AlvarezGonzález en situación de insolvencialegal, con carácter provisional, por impor-te de 1.000,36 euros, insolvencia que seentenderá a todos los efectos como provi-sional.

Procédase al archivo de las presentesactuaciones previa anotación en el librocorrespondiente de este Juzgado, y sinperjuicio de continuar la ejecución si enlo sucesivo se conocen nuevos bienes delejecutado.

Notifíquese esta resolución.

Frente a esta resolución procede recur-so de reposición ante este Juzgado, en elplazo de cinco días hábiles a contar desdesu notificación.

La Ilma. Sra. doña María CristinaGarcía Fernández, Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social número dos de losde Oviedo, así lo mandó y firma. Doy fe.

La Magistrada-Juez, Sra. GarcíaFernández, firmado y rubricado. ElSecretario Judicial, don Misael LeónNoriega, firmado y rubricado.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a don Jerónimo AlvarezGonzález, en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

En Oviedo, a 17 de marzo de 2004.—El Secretario Judicial.—4.831.

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Número Autos: Dem. 135/2003.

Don Misael León Noriega, SecretarioJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro dos de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 36/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra don Melchor Velasco Menéndez,sobre ordinario, se ha dictado con fecha

diecisiete de marzo de dos mil cuatro,auto cuya parte dispositiva copiada a sutenor literal, dice:

Que debía declarar y declaraba al refe-rido ejecutado don Melchor VelascoMenéndez en situación de insolvencialegal, con carácter provisional, por impor-te de 135,42 euros, insolvencia que seentenderá a todos los efectos como provi-sional.

Procédase al archivo de las presentesactuaciones previa anotación en el librocorrespondiente de este Juzgado, y sinperjuicio de continuar la ejecución si enlo sucesivo se conocen nuevos bienes delejecutado.

Notifíquese esta resolución.

Frente a esta resolución procede recur-so de reposición ante este Juzgado, en elplazo de cinco días hábiles a contar desdesu notificación.

La Ilma. Sra. doña María CristinaGarcía Fernández, Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social número dos de losde Oviedo, así lo mandó y firma. Doy fe.

La Magistrada-Juez, Sra. GarcíaFernández, firmado y rubricado. ElSecretario Judicial, don Misael LeónNoriega, firmado y rubricado.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a don Melchor VelascoMenéndez, en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

En Oviedo, a 17 de marzo de 2004.—El Secretario Judicial.—4.832.

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Número Autos: Dem. 139/2003.

Don Misael León Noriega, SecretarioJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro dos de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 38/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra la empresa Graecologi, S.L., sobreordinario, se ha dictado con fecha dieci-siete de marzo de dos mil cuatro, autocuya parte dispositiva copiada a su tenorliteral, dice:

Que debía declarar y declaraba al refe-rido ejecutado Graecologi, S.L., en situa-ción de insolvencia legal, con carácterprovisional, por importe de 279,72 euros,insolvencia que se entenderá a todos losefectos como provisional.

Procédase al archivo de las presentesactuaciones previa anotación en el libro

correspondiente de este Juzgado, y sinperjuicio de continuar la ejecución si enlo sucesivo se conocen nuevos bienes delejecutado.

Notifíquese esta resolución.

Frente a esta resolución procede recur-so de reposición ante este Juzgado, en elplazo de cinco días hábiles a contar desdesu notificación.

La Ilma. Sra. doña María CristinaGarcía Fernández, Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social número dos de losde Oviedo, así lo mandó y firma. Doy fe.

La Magistrada-Juez, Sra. GarcíaFernández, firmado y rubricado. ElSecretario Judicial, don Misael LeónNoriega, firmado y rubricado.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Graecologi, S.L., en ignora-do paradero, expido la presente para suinserción en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

En Oviedo, a 17 de marzo de 2004.—El Secretario Judicial.—4.833.

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Número Autos: Dem. 143/2003.

Don Misael León Noriega, SecretarioJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro dos de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 56/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra la empresa Belmer 2000, S.L.,sobre ordinario, se ha dictado con fechadieciséis de marzo de dos mil cuatro, pro-videncia cuya parte dispositiva copiada asu tenor literal, dice:

Providencia

De la Ilma. Sra. Magistrada, doñaCristina García Fernández.

En Oviedo, a dieciséis de marzo de dosmil cuatro.

Dada cuenta; por recibida la anteriorcomunicación de Tráfico, únase a lasactuaciones de su razón y visto el conte-nido de la misma se declara embargado deoficio el vehículo turismo, matrícula O-9284-AZ, marca Renault, modelo 21Nevada TXE, bastidor VF1K483F505737994, propiedad de la empresa eje-cutada Belmer 2000, S.L., en cantidadbastante a cubrir la sumas reclamadas enel presente apremio.

Notifíquese la presente y una vez firmeremítase mandamiento por duplicado alRegistro Mercantil y de Bienes Mueblesde Asturias, para su anotación.

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Asimismo por recibido el anterior ofi-cio y documental del Juzgado Decano deOviedo, únanse a las actuaciones de surazón y a la vista de su contenido, sedeclara embargado el saldo que pudierahaber en la cuenta abierta a nombre de laempresa ejecutada, en la Caja Rural deZamora Coop. de Crédito de la calleVirgen del Castillo, nº 10, de Valencia deDon Juan; en la Caja de Ahorros deSalamanca y Soria, de la calle Avenida deCarlos Pinilla, nº 19, de Valencia de DonJuan; y en la Caja de Ahorros de Asturias,de la calle Maestro Martínez Larrosa, s/n,de Oviedo, en cantidad bastante a cubrirlas sumas reclamadas en el presente apre-mio, para lo que se librarán los corres-pondientes oficios.

Notifíquese esta resolución

Modo de impugnarla: Mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientesal de recibirla, cuya sola interposición nosuspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184-1 de la Ley deProcedimiento Laboral).

Lo manda y firma S.Sª. Doy fe.

La Magistrada-Juez.—El SecretarioJudicial.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Belmer 2000, S.L., en igno-rado paradero, expido la presente para suinserción en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

En Oviedo, a 16 de marzo de 2004.—El Secretario Judicial.—4.834.

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Número Autos: Dem. 147/2003.

Don Misael León Noriega, SecretarioJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro dos de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 39/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra la empresa Estudio de Interiorismoy Construcción Ambito, S.L., sobre ordi-nario, se ha dictado con fecha diecisietede marzo de dos mil cuatro, auto cuyaparte dispositiva copiada a su tenor literal,dice:

Que debía declarar y declaraba al refe-rido ejecutado Estudio de Interiorismo yConstrucción Ambito, S.L., en situación

de insolvencia legal, con carácter provi-sional, por importe de 4.733,04 euros,insolvencia que se entenderá a todos losefectos como provisional.

Procédase al archivo de las presentesactuaciones previa anotación en el librocorrespondiente de este Juzgado, y sinperjuicio de continuar la ejecución si enlo sucesivo se conocen nuevos bienes delejecutado.

Notifíquese esta resolución.

Frente a esta resolución procede recur-so de reposición ante este Juzgado, en elplazo de cinco días hábiles a contar desdesu notificación.

La Ilma. Sra. doña María CristinaGarcía Fernández, Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social número dos de losde Oviedo, así lo mandó y firma. Doy fe.

La Magistrada-Juez, Sra. GarcíaFernández, firmado y rubricado. ElSecretario Judicial, don Misael LeónNoriega, firmado y rubricado.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Estudio de Interiorismo yConstrucción Ambito, S.L., en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

En Oviedo, a 17 de marzo de 2004.—El Secretario Judicial.—4.835.

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Número Autos: Dem. 149/2003.

Don Misael León Noriega, SecretarioJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro dos de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 40/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra la empresa Grupo Asturiano deConstrucciones Auxiliares, S.L., sobreordinario, se ha dictado con fecha dieci-siete de marzo de dos mil cuatro, autocuya parte dispositiva copiada a su tenorliteral, dice:

Que debía declarar y declaraba al refe-rido ejecutado Grupo Asturiano deConstrucciones Auxiliares, S.L., en situa-ción de insolvencia legal, con carácterprovisional, por importe de 1.320,90euros, insolvencia que se entenderá atodos los efectos como provisional.

Procédase al archivo de las presentesactuaciones previa anotación en el librocorrespondiente de este Juzgado, y sinperjuicio de continuar la ejecución si enlo sucesivo se conocen nuevos bienes delejecutado.

Notifíquese esta resolución.

Frente a esta resolución procede recur-so de reposición ante este Juzgado, en elplazo de cinco días hábiles a contar desdesu notificación.

La Ilma. Sra. doña María CristinaGarcía Fernández, Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social número dos de losde Oviedo, así lo mandó y firma. Doy fe.

La Magistrada-Juez, Sra. GarcíaFernández, firmado y rubricado. ElSecretario Judicial, don Misael LeónNoriega, firmado y rubricado.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Grupo Asturiano deConstrucciones Auxiliares, S.L., en igno-rado paradero, expido la presente para suinserción en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

En Oviedo, a 17 de marzo de 2004.—El Secretario Judicial.—4.836.

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Número Autos: Dem. 150/2003.

Don Misael León Noriega, SecretarioJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro dos de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 41/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra la empresa Squor Constructora,S.L., sobre cantidad, se ha dictado confecha diecisiete de marzo de dos mil cua-tro, auto cuya parte dispositiva copiada asu tenor literal, dice:

Que debía declarar y declaraba al refe-rido ejecutado Squor Constructora, S.L.,en situación de insolvencia legal, concarácter provisional, por importe de2.132,32 euros, insolvencia que se enten-derá a todos los efectos como provisional.

Procédase al archivo de las presentesactuaciones previa anotación en el librocorrespondiente de este Juzgado, y sinperjuicio de continuar la ejecución si enlo sucesivo se conocen nuevos bienes delejecutado.

Notifíquese esta resolución.

Frente a esta resolución procede recur-so de reposición ante este Juzgado, en elplazo de cinco días hábiles a contar desdesu notificación.

La Ilma. Sra. doña María CristinaGarcía Fernández, Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social número dos de losde Oviedo, así lo mandó y firma. Doy fe.

La Magistrada-Juez, Sra. GarcíaFernández, firmado y rubricado. El

6088 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 28-IV-2004

Page 89: Direc.: C/Julián Clavería, 11 Depósito Legal: O/2532-82  Miércoles, 28 de abril de 2004 Núm. 98 SUMARIO I. Principado de Asturias ...

Secretario Judicial, don Misael LeónNoriega, firmado y rubricado.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Squor Constructora, S.L.,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 17 de marzo de 2004.—El Secretario Judicial.—4.837.

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Número Autos: Dem. 154/2003.

Don Misael León Noriega, SecretarioJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro dos de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 43/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra la empresa ConstruccionesGonzález Albañilería, S.L., sobre ordina-rio, se ha dictado con fecha diecisiete demarzo de dos mil cuatro, auto cuya partedispositiva copiada a su tenor literal, dice:

Que debía declarar y declaraba al refe-rido ejecutado, Construcciones GonzálezAlbañilería, S.L., en situación de insol-vencia legal, con carácter provisional, porimporte de 321,90 euros, insolvencia quese entenderá a todos los efectos comoprovisional.

Procédase al archivo de las presentesactuaciones previa anotación en el librocorrespondiente de este Juzgado, y sinperjuicio de continuar la ejecución si enlo sucesivo se conocen nuevos bienes delejecutado.

Notifíquese esta resolución.

Frente a esta resolución procede recur-so de reposición ante este Juzgado, en elplazo de cinco días hábiles a contar desdesu notificación.

La Ilma. Sra. doña María CristinaGarcía Fernández, Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social número dos de losde Oviedo, así lo mandó y firma. Doy fe.

La Magistrada-Juez, Sra. GarcíaFernández, firmado y rubricado. ElSecretario Judicial, don Misael LeónNoriega, firmado y rubricado.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Construcciones GonzálezAlbañilería, S.L., en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

En Oviedo, a 17 de marzo de 2004.—El Secretario Judicial.—4.838.

Número Autos: Dem. 160/2003.

Don Misael León Noriega, SecretarioJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro dos de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 48/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra la empresa NoreñaConstrucciones, S.L., sobre ordinario, seha dictado con fecha dieciséis de marzode dos mil cuatro, providencia cuya partedispositiva copiada a su tenor literal, dice:

Providencia

De la Ilma. Sra. Magistrada, doñaCristina García Fernández.

En Oviedo, a dieciséis de marzo de dosmil cuatro.

Dada cuenta; por recibido el anterioroficio y documental, únanse a las actua-ciones de su razón y a la vista de su con-tenido, se declara embargado el saldo quepudiera haber en la cuenta abierta a nom-bre de la empresa ejecutada, en la CajaRural de Asturias Sdad. Coop. de Crédito,de la Avenida La Tenderina, 117, deOviedo, en cantidad bastante a cubrir lassumas reclamadas en el presente apremio,para lo que se librará el correspondienteoficio.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: Mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientesal de recibirla, cuya sola interposición nosuspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184-1 de la Ley deProcedimiento Laboral).

Lo manda y firma S.Sª. Doy fe.

La Magistrada-Juez.—El SecretarioJudicial.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Noreña Construcciones,S.L., en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 16 de marzo de 2004.—El Secretario Judicial.—4.839.

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Número Autos: Dem. 169/2003.

Don Misael León Noriega, SecretarioJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro dos de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 46/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra la empresa Consultores deIngeniería y Servicios, S.L., sobre ordi-nario, se ha dictado con fecha diecisietede marzo de dos mil cuatro, auto cuyaparte dispositiva copiada a su tenor lite-ral, dice:

Que debía declarar y declaraba al refe-rido ejecutado Consultores de Ingenieríay Servicios, S.L., en situación de insol-vencia legal, con carácter provisional, porimporte de 2.819,40 euros, insolvenciaque se entenderá a todos los efectos comoprovisional.

Procédase al archivo de las presentesactuaciones previa anotación en el librocorrespondiente de este Juzgado, y sinperjuicio de continuar la ejecución si enlo sucesivo se conocen nuevos bienes delejecutado.

Notifíquese esta resolución.

Frente a esta resolución procede recur-so de reposición ante este Juzgado, en elplazo de cinco días hábiles a contar desdesu notificación.

La Ilma. Sra. doña María CristinaGarcía Fernández, Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social número dos de losde Oviedo, así lo mandó y firma. Doy fe.

La Magistrada-Juez, Sra. GarcíaFernández, firmado y rubricado. ElSecretario Judicial, don Misael LeónNoriega, firmado y rubricado.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Consultores de Ingeniería yServicios, S.L., en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

En Oviedo, a 17 de marzo de 2004.—El Secretario Judicial.—4.840.

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Número Autos: Dem. 170/2003.

Don Misael León Noriega, SecretarioJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro dos de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 64/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra la empresa Transalberjol, S.L.,sobre ordinario, se ha dictado con fechadieciséis de marzo de dos mil cuatro, pro-videncia cuya parte dispositiva copiada asu tenor literal, dice:

28-IV-2004 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 6089

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Providencia

De la Ilma. Sra. Magistrada, doñaCristina García Fernández.

En Oviedo, a dieciséis de marzo de dosmil cuatro.

Dada cuenta; por recibido el anterioroficio y documental del Juzgado Decanode Oviedo, únanse a los autos de su razóny a la vista de su contenido, se declaraembargado el saldo que pudiera haber enla cuenta abierta a nombre de la empresaejecutada, en el Banco Herrero, S.A., dela calle Fuertes Acevedo, nº 132, deOviedo, en cantidad bastante a cubrir lassumas reclamadas en el presente apremio,para lo que se librará el correspondienteoficio.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: Mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientesal de recibirla, cuya sola interposición nosuspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184-1 de la Ley deProcedimiento Laboral).

Lo manda y firma S.Sª. Doy fe.

La Magistrada-Juez.—El SecretarioJudicial.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Transalberjol, S.L., en igno-rado paradero, expido la presente para suinserción en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

En Oviedo, a 16 de marzo de 2004.—El Secretario Judicial.—4.841.

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Número Autos: Dem. 530/2003.

Don Misael León Noriega, SecretarioJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro dos de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 21/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de don Fernando Rábano del Barriocontra la empresa JosemeConstrucciones, S.L., sobre ordinario, seha dictado con fecha dieciocho de marzode dos mil cuatro, auto cuya parte dispo-sitiva copiada a su tenor literal, dice:

Que debía declarar y declaraba al refe-rido ejecutado Joseme Construcciones,S.L., en situación de insolvencia legal,con carácter provisional, por importe de2.175,60 euros, insolvencia que se enten-derá a todos los efectos como provisional.

Procédase al archivo de las presentesactuaciones previa anotación en el librocorrespondiente de este Juzgado, y sinperjuicio de continuar la ejecución si enlo sucesivo se conocen nuevos bienes delejecutado.

Hágase entrega a la parte ejecutante decertificación para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

Frente a esta resolución procede recur-so de reposición ante este Juzgado, en elplazo de cinco días hábiles a contar desdesu notificación.

La Ilma. Sra. doña María CristinaGarcía Fernández, Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social número dos de losde Oviedo, así lo mandó y firma, firmadoy rubricado doña María Cristina GarcíaFernández. Doy fe, firmado y rubricado,don Misael León Noriega.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Joseme Construcciones,S.L., en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 18 de marzo de 2004.—El Secretario Judicial.—4.842.

DE OVIEDO NUMERO TRES

Edictos

Número Autos: Dem. 1.053/2003.

Don Luis de Santos González, SecretarioJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro tres, de Oviedo,

Hace saber: Que en el procedimientode ejecución número 20/2004, que sesigue en este Juzgado de lo Social, a ins-tancias de doña Marta Echave Carandecontra Arquitecnia Sistemas, S.L., sobreordinario, se ha dictado en el día de hoyresolución cuya parte dispositiva es delsiguiente tenor literal:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar al ejecutado ArquitecniaSistemas, S.L., en situación de insolven-cia por importe de 4.581,36 euros, insol-vencia que se entenderá a todos los efec-tos como provisional.

b) Archivar las actuaciones previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado, y sin perjuicio de continuar laejecución si en lo sucesivo se conocennuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarialadvirtiéndose que contra la misma cabeinterponer recurso de reposición ante este

Juzgado dentro del plazo de cinco díashábiles a contar desde su notificación.

Y una vez firme, hágase entrega de cer-tificación a la parte ejecutante para quesurta efectos ante el Fondo de GarantíaSalarial.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Arquitecnia Sistemas, S.L.,en ignorado paradero, expido la presentepara en su caso ser publicado en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias y su fijación en el tablón deanuncios del Juzgado, advirtiendo al des-tinatario que no se le practicarán másnotificaciones que las de resoluciones quepongan fin al proceso.

En Oviedo, a 25 de marzo de 2004.—El Secretario Judicial.—5.105.

— • —

Don Luis de Santos González, SecretarioJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro tres, de Oviedo,

Hago saber: Que en las presentes actua-ciones que se siguen en este Juzgado conel número 86/2004, a instancia de donCarlos Suárez Menéndez y don PabloMenéndez Arnaldo contra la empresaMaexcan, S.L., sobre cantidad, se ha dic-tado resolución cuyo fallo es del tenorliteral siguiente:

“Estimando la demanda formulada pordon Carlos Suárez Menéndez y don PabloMenéndez Arnaldo contra la empresaMaexcan, S.L., y condenando a la empre-sa demandada a abonar a cada uno de losactores las siguientes cantidades:

- 1.330,94 euros (mil trescientos treintaeuros con noventa y cuatro céntimos deeuro) a don Carlos Suárez Menéndez.

- 1.104,56 euros (mil ciento cuatroeuros con cincuenta y seis céntimos deeuro) a don Pablo Menéndez Arnaldo porlos conceptos y periodos reclamados, sinperjuicio de las deducciones que corres-pondan de naturaleza fiscal o de seguri-dad social.

Incorpórese esta sentencia al corres-pondiente libro, expídase certificaciónliteral de la misma para su constancia enlos autos de referencia y notifíquese a laspartes advirtiendo que la misma es firmepor no caber contra ella recurso alguno.

Y para que sirva de notificación enlegal forma a la empresa Maexcan, S.L.,en ignorado paradero, se expide el pre-sente para su publicación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, asícomo para su fijación en el tablón deanuncios de este Juzgado, expido y firmoel presente.

En Oviedo, a 23 de marzo de 2004.—El Secretario Judicial.—5.058.

6090 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 28-IV-2004

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Número Autos: Dem. 197/2003.

Don Luis de Santos González, SecretarioJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro tres, de Oviedo,

Hace saber: Que en el procedimientode ejecución número 46/2004 que sesigue en este Juzgado de lo Social, a ins-tancias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra Pilpayo, S.L., sobre ordinario, seha dictado resolución cuya parte disposi-tiva es del siguiente tenor literal:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

Declarar a Pilpayo, S.L., en estadolegal de insolvencia para responder delimporte de 2.568,79 euros, insolvenciaque se entenderá, a todos los efectos,como provisional, y archivar las actuacio-nes previa anotación en el libro corres-pondiente, ello sin perjuicio de continuarla ejecución si en lo sucesivo se conocennuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese esta resolución a las partesadvirtiéndose que frente a la misma caberecurso de reposición en el plazo de cincodías hábiles ante este Juzgado.

Así por la presente resolución, lo acuer-da, manda y firma la Ilma. Sra. doñaMaría de la Paz Fernández Fernández,Magistrada-Juez del Juzgado de lo Socialde Oviedo número tres, de todo lo que yo,el Secretario Judicial, doy fe.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Pilpayo, S.L., en ignoradoparadero, expido la presente para en sucaso ser publicado en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias y sufijación en el tablón de anuncios delJuzgado, advirtiendo al destinatario queno se le practicarán más notificacionesque las de resoluciones que pongan fin alproceso.

En Oviedo, a 19 de marzo de 2004.—El Secretario Judicial.—4.843.

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Número Autos: Dem. 203/2003.

Don Luis de Santos González, SecretarioJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro tres, de Oviedo,

Hace saber: Que en el procedimientode ejecución número 48/2004 que sesigue en este Juzgado de lo Social, a ins-tancias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra Samaria Obras y Servicios, S.L.,sobre ordinario, se ha dictado resolucióncuya parte dispositiva es del siguientetenor literal:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

Declarar a Samaria Obras y Servicios,S.L., en estado legal de insolvencia para

responder del importe de 2.979,24 euros,insolvencia que se entenderá, a todos losefectos, como provisional, y archivar lasactuaciones previa anotación en el librocorrespondiente, ello sin perjuicio de con-tinuar la ejecución si en lo sucesivo seconocen nuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese esta resolución a las partesadvirtiéndose que frente a la misma caberecurso de reposición en el plazo de cincodías hábiles ante este Juzgado.

Así por la presente resolución, lo acuer-da, manda y firma la Ilma. Sra. doñaMaría de la Paz Fernández Fernández,Magistrada-Juez del Juzgado de lo Socialde Oviedo número tres, de todo lo que yo,el Secretario Judicial, doy fe.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Samaria Obras y Servicios,S.L., en ignorado paradero, expido la pre-sente para en su caso ser publicado en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias y su fijación en el tablón deanuncios del Juzgado, advirtiendo al des-tinatario que no se le practicarán másnotificaciones que las de resoluciones quepongan fin al proceso.

En Oviedo, a 19 de marzo de 2004.—El Secretario Judicial.—4.844.

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Número Autos: Dem. 208/2003.

Don Luis de Santos González, SecretarioJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro tres, de Oviedo,

Hace saber: Que en el procedimientode ejecución número 52/2004 que sesigue en este Juzgado de lo Social, a ins-tancias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra Estructuras Alquileres yEncofrados, S.L., sobre ordinario, se hadictado resolución cuya parte dispositivaes del siguiente tenor literal:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

Declarar a Estructuras Alquileres yEncofrados, S.L., en estado legal de insol-vencia para responder del importe de12.299,46 euros, insolvencia que seentenderá, a todos los efectos, como pro-visional, y archivar las actuaciones previaanotación en el libro correspondiente, ellosin perjuicio de continuar la ejecución sien lo sucesivo se conocen nuevos bienesdel ejecutado.

Notifíquese esta resolución a las partesadvirtiéndose que frente a la misma caberecurso de reposición en el plazo de cincodías hábiles ante este Juzgado.

Así por la presente resolución, lo acuer-da, manda y firma la Ilma. Sra. doñaMaría de la Paz Fernández Fernández,

Magistrada-Juez del Juzgado de lo Socialde Oviedo número tres, de todo lo que yo,el Secretario Judicial, doy fe.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Estructuras Alquileres yEncofrados, S.L., en ignorado paradero,expido la presente para en su caso serpublicado en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias y su fijación en eltablón de anuncios del Juzgado, advir-tiendo al destinatario que no se le practi-carán más notificaciones que las de reso-luciones que pongan fin al proceso.

En Oviedo, a 19 de marzo de 2004.—El Secretario Judicial.—4.845.

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Número Autos: Dem. 182/2003.

Don Luis de Santos González, SecretarioJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro tres, de Oviedo,

Hace saber: Que en el procedimientode ejecución número 36/2004 que sesigue en este Juzgado de lo Social, a ins-tancias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra Distribuciones, Arquitectura yDecoraciones, S.A., sobre ordinario, se hadictado resolución cuya parte dispositivaes del siguiente tenor literal:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

Declarar a Distribuciones, Arquitecturay Decoraciones, S.A., en estado legal deinsolvencia para responder del importe de386,32 euros, insolvencia que se entende-rá, a todos los efectos, como provisional,y archivar las actuaciones previa anota-ción en el libro correspondiente, ello sinperjuicio de continuar la ejecución si enlo sucesivo se conocen nuevos bienes delejecutado.

Notifíquese esta resolución a las partesadvirtiéndose que frente a la misma caberecurso de reposición en el plazo de cincodías hábiles ante este Juzgado.

Así por la presente resolución, lo acuer-da, manda y firma la Ilma. Sra. doñaMaría de la Paz Fernández Fernández,Magistrada-Juez del Juzgado de lo Socialde Oviedo número tres, de todo lo que yo,el Secretario Judicial, doy fe.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Distribuciones,Arquitectura y Decoraciones, S.A., enignorado paradero, expido la presentepara en su caso ser publicado en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias y su fijación en el tablón deanuncios del Juzgado, advirtiendo al des-tinatario que no se le practicarán másnotificaciones que las de resoluciones quepongan fin al proceso.

28-IV-2004 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 6091

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En Oviedo, a 18 de marzo de 2004.—El Secretario Judicial.—4.766.

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Número Autos: Dem. 200/2003.

Don Luis de Santos González, SecretarioJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro tres, de Oviedo,

Hace saber: Que en el procedimientode ejecución número 44/2004 que sesigue en este Juzgado de lo Social, a ins-tancias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra Contratas Pinar, S.L. Unipersonal,sobre ordinario, se ha dictado resolucióncuya parte dispositiva es del siguientetenor literal:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

Declarar a Contratas Pinar, S.L., enestado legal de insolvencia para respon-der del importe de 290,82 euros, insol-vencia que se entenderá, a todos los efec-tos, como provisional, y archivar lasactuaciones previa anotación en el librocorrespondiente, ello sin perjuicio de con-tinuar la ejecución si en lo sucesivo seconocen nuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese esta resolución a las partesadvirtiéndose que frente a la misma caberecurso de reposición en el plazo de cincodías hábiles ante este Juzgado.

Así por la presente resolución, lo acuer-da, manda y firma la Ilma. Sra. doñaMaría de la Paz Fernández Fernández,Magistrada-Juez del Juzgado de lo Socialde Oviedo número tres, de todo lo que yo,el Secretario Judicial, doy fe.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Contratas Pinar, S.L.Unipersonal, en ignorado paradero, expi-do la presente para en su caso ser publica-do en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias y su fijación en eltablón de anuncios del Juzgado, advir-tiendo al destinatario que no se le practi-carán más notificaciones que las de reso-luciones que pongan fin al proceso.

En Oviedo, a 18 de marzo de 2004.—El Secretario Judicial.—4.767.

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Número Autos: Dem. 193/2003.

Don Luis de Santos González, SecretarioJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro tres, de Oviedo,

Hace saber: Que en el procedimientode ejecución número 40/2004 que sesigue en este Juzgado de lo Social, a ins-tancias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturias

contra Contratas Dorovi, S.L., sobre ordi-nario, se ha dictado resolución cuya partedispositiva es del siguiente tenor literal:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

Declarar a Contratas Dorovi, S.L., enestado legal de insolvencia para respon-der del importe de 626,04 euros, insol-vencia que se entenderá, a todos los efec-tos, como provisional, y archivar lasactuaciones previa anotación en el librocorrespondiente, ello sin perjuicio de con-tinuar la ejecución si en lo sucesivo seconocen nuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese esta resolución a las partesadvirtiéndose que frente a la misma caberecurso de reposición en el plazo de cincodías hábiles ante este Juzgado.

Así por la presente resolución, lo acuer-da, manda y firma la Ilma. Sra. doñaMaría de la Paz Fernández Fernández,Magistrada-Juez del Juzgado de lo Socialde Oviedo número tres, de todo lo que yo,el Secretario Judicial, doy fe.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Contratas Dorovi, S.L., enignorado paradero, expido la presentepara en su caso ser publicado en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias y su fijación en el tablón deanuncios del Juzgado, advirtiendo al des-tinatario que no se le practicarán másnotificaciones que las de resoluciones quepongan fin al proceso.

En Oviedo, a 18 de marzo de 2004.—El Secretario Judicial.—4.768.

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Número Autos: Dem. 205/2003.

Don Luis de Santos González, SecretarioJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro tres, de Oviedo,

Hace saber: Que en el procedimientode ejecución número 42/2004 que sesigue en este Juzgado de lo Social, a ins-tancias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra Asturiana de Habitabilidad Urbanay Rural Siglo XXI, S.L., sobre ordinario,se ha dictado resolución cuya parte dispo-sitiva es del siguiente tenor literal:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

Declarar a Asturiana de HabitabilidadUrbana y Rural Siglo XXI, en estadolegal de insolvencia para responder delimporte de 1.081,14 euros, insolvenciaque se entenderá, a todos los efectos,como provisional, y archivar las actuacio-nes previa anotación en el libro corres-pondiente, ello sin perjuicio de continuarla ejecución si en lo sucesivo se conocennuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese esta resolución a las partesadvirtiéndose que frente a la misma caberecurso de reposición en el plazo de cincodías hábiles ante este Juzgado.

Así por la presente resolución, lo acuer-da, manda y firma la Ilma. Sra. doñaMaría de la Paz Fernández Fernández,Magistrada-Juez del Juzgado de lo Socialde Oviedo número tres, de todo lo que yo,el Secretario Judicial, doy fe.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Asturiana de HabitabilidadUrbana y Rural Siglo XXI, S.L., en igno-rado paradero, expido la presente para ensu caso ser publicado en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias y sufijación en el tablón de anuncios delJuzgado, advirtiendo al destinatario queno se le practicarán más notificacionesque las de resoluciones que pongan fin alproceso.

En Oviedo, a 18 de marzo de 2004.—El Secretario Judicial.—4.769.

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Número Autos: Dem. 174/2003.

Don Luis de Santos González, SecretarioJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro tres, de Oviedo,

Hace saber: Que en el procedimientode ejecución número 26/2004 que sesigue en este Juzgado de lo Social, a ins-tancias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra don José Eugenio LarueloGonzález, sobre ordinario, se ha dictadoen el día de hoy resolución cuya parte dis-positiva es del siguiente tenor literal:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

Declarar a don Marcos Antonio OlayCanga, en estado legal de insolvenciapara responder del importe de 717,80euros, insolvencia que se entenderá, atodos los efectos, como provisional, yarchivar las actuaciones previa anotaciónen el libro correspondiente, ello sin per-juicio de continuar la ejecución si en losucesivo se conocen nuevos bienes delejecutado.

Notifíquese esta resolución a las partesadvirtiéndose que frente a la misma caberecurso de reposición en el plazo de cincodías hábiles ante este Juzgado.

Así por la presente resolución, lo acuer-da, manda y firma la Ilma. Sra. doñaMaría de la Paz Fernández Fernández,Magistrada-Juez del Juzgado de lo Socialde Oviedo número tres, de todo lo que yo,el Secretario Judicial, doy fe.

La Magistrada-Juez.—El SecretarioJudicial.

6092 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 28-IV-2004

Page 93: Direc.: C/Julián Clavería, 11 Depósito Legal: O/2532-82  Miércoles, 28 de abril de 2004 Núm. 98 SUMARIO I. Principado de Asturias ...

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a don José Eugenio LarueloGonzález, en ignorado paradero, expidola presente para en su caso ser publicadoen el BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias y su fijación en el tablón deanuncios del Juzgado, advirtiendo al des-tinatario que no se le practicarán másnotificaciones que las de resoluciones quepongan fin al proceso.

En Oviedo, a 17 de marzo de 2004.—El Secretario Judicial.—4.670.

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Número Autos: Dem. 189/2003.

Don Luis de Santos González, SecretarioJudicial del Juzgado de lo Social núme-ro tres, de Oviedo,

Hace saber: Que en el procedimientode ejecución número 30/2004 que sesigue en este Juzgado de lo Social, a ins-tancias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra Orsa Norte, S.L., sobre ordinario,se ha dictado en el día de hoy resolucióncuya parte dispositiva es del siguientetenor literal:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

Declarar a Orsa Norte, S.L., en estadolegal de insolvencia para responder delimporte de 2.889,91 euros, insolvenciaque se entenderá, a todos los efectos,como provisional, y archivar las actuacio-nes previa anotación en el libro corres-pondiente, ello sin perjuicio de continuarla ejecución si en lo sucesivo se conocennuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese esta resolución a las partesadvirtiéndose que frente a la misma caberecurso de reposición en el plazo de cincodías hábiles ante este Juzgado.

Así por la presente resolución, lo acuer-da, manda y firma la Ilma. Sra. doñaMaría de la Paz Fernández Fernández,Magistrada-Juez del Juzgado de lo Socialde Oviedo número tres, de todo lo que yo,el Secretario Judicial, doy fe.

La Magistrada-Juez.—El SecretarioJudicial.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Orsa Norte, S.L., en ignora-do paradero, expido la presente para en sucaso ser publicado en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias y sufijación en el tablón de anuncios delJuzgado, advirtiendo al destinatario queno se le practicarán más notificacionesque las de resoluciones que pongan fin alproceso.

En Oviedo, a 17 de marzo de 2004.—El Secretario Judicial.—4.671.

DE OVIEDO NUMERO CUATRO

Cédulas de notificación

Número Autos: Dem. 1.057/2002.

Doña Mariana González-Valdés Gómez,Secretaria Judicial del Juzgado de loSocial número cuatro de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 137/2003 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de doña Vanesa Alvarez Fernándezcontra don Francisco Javier MazairaDacoba y Comercial Leodis, S.L., sobreordinario, se ha dictado la siguiente:

Parte dispositiva

En atención a lo expuesto, se acuerda:

A) Declarar al ejecutado don FranciscoJavier Mazaira Dacoba y ComercialLeodis, S.L., en situación de insolvenciatotal con carácter provisional por importede 7.108,33 euros. Insolvencia que seentenderá, a todos los efectos, como pro-visional.

B) Archivar las actuaciones previa ano-tación en el libro correspondiente, y sinperjuicio de continuar la ejecución si enlo sucesivo se conocen nuevos bienes delejecutado.

Notifíquese esta resolución a las partesy al Fondo de Garantía Salarial, advirtién-doles que frente a la misma cabe recursode reposición en el plazo de cinco díashábiles ante este Juzgado.

Y una vez firme, hágase entrega de cer-tificación a la parte ejecutante para quesurta efectos ante el Fondo de GarantíaSalarial.

Lo que propongo a S.Sª. Ilma. para suconformidad.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán poreste medio cuando revistan forma de autoo sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a don Francisco JavierMazaira Dacoba y Comercial Leodis,S.L., en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 15 de marzo de 2004.—La Secretaria Judicial.—4.846.

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Doña Mariana González-Valdés Gómez,Secretaria Judicial del Juzgado de loSocial número cuatro de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode demanda número 1.072/2003 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-

cias de don Rufino Blanco Alonso contradoña Ana María Alonso Fernández,Restauración Galindo, S.L., y el Fondo deGarantía Salarial, sobre ordinario, se hadictado el siguiente:

Fallo

Que estimando íntegramente la deman-da interpuesta por don Rufino BlancoAlonso contra Restauración Galindo,S.L., doña Ana María Alonso Fernández yel Fondo de Garantía Salarial, condeno alas dos primeras a que abonen, con carác-ter solidario, al actor la cantidad de1.434,37 euros por los conceptos expresa-dos en el apartado segundo de los hechosprobados, absolviendo al Fondo deGarantía Salarial, sin perjuicio de su res-ponsabilidad en caso de insolvencia de laempresa demandada.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán poreste medio cuando revistan forma de autoo sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a doña Ana María AlonsoFernández y Restauración Galindo, S.L.,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 22 de marzo de 2004.—La Secretaria Judicial.—4.973.

DE OVIEDO NUMERO CINCO

Cédulas de notificación

Doña Consuelo Navarro Bidegaín,Secretaria Judicial del Juzgado de loSocial número cinco de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode demanda número 900/2003 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de doña Adela Jiménez Gabarde con-tra la empresa Mutua Cyclops, sobreseguridad social, se ha dictado sentenciacuyo encabezamiento y parte dispositivason del tenor literal siguiente:

“En la ciudad de Oviedo, a quince demarzo de dos mil cuatro.

Don José Manuel Yeguas García,Magistrado-Juez del Juzgado de lo Socialnúmero cinco de Oviedo tras haber vistolos presentes autos número 900/2003sobre seguridad social entre partes, de unay como demandante doña Adela JiménezGabarde, que comparece representada porla Letrada doña Isabel Vázquez Iglesias, yde otra como demandados el InstitutoNacional de la Seguridad Social y laTesorería General de la Seguridad Social,que comparecen representados por laLetrada doña Ana Ferrer Suárez, la MutuaCyclops, que comparece representado porel Letrado don Angel José Balbuena

28-IV-2004 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 6093

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Fernández, y la empresa HermanosFernández Folgueiras, que no comparecepese a estar citado en legal forma.

En nombre del Rey, ha dictado lasiguiente sentencia.

Fallo

Que estimando parcialmente la deman-da formulada por doña Adela JiménezGabarde, contra el Instituto Nacional dela Seguridad Social, la Tesorería Generalde la Seguridad Social, la Mutua Cyclopsy la empresa Hermanos FernándezFolgueiras, S.L., debo condenar y conde-no a la Mutua Cyclops a que abone a laactora la cantidad de 356 euros, en con-cepto de prestación de incapacidad tem-poral, sin perjuicio de la responsabilidadsubsidiaria del Instituto Nacional de laSeguridad Social y de la TesoreríaGeneral de la Seguridad Social, debiendoabsolver a la empresa demandada.

Notifíquese la presente sentencia a laspartes, con advertencia de no ser firme,porque contra la misma cabe interponerrecurso de suplicación para ante la Salade lo Social del Tribunal Superior deJusticia del Principado de Asturias,debiendo en su caso, anunciar ante esteJuzgado el propósito de entablarlo en elplazo de cinco días siguientes a la notifi-cación de aquélla y cumpliendo los demásrequisitos establecidos en el artículo 192y siguientes de la Ley de ProcedimientoLaboral.

Una vez transcurra ese plazo sin quecualquiera de las partes manifiesten supropósito de presentar el recurso, la sen-tencia será firme, sin necesidad de decla-ración judicial alguna, y se procederá alarchivo de los autos.

Así por esta mi sentencia, de la que sellevará testimonio a los autos, lo pronun-cio, mando y firmo.

Publicación: Leída y publicada fue laanterior sentencia en el día de su fecha,por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez que lasuscribe, en la Sala de Audiencias de esteJuzgado. Doy fe.”

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a la empresa HermanosFernández Folgueiras, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserciónen el BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias.

En Oviedo, a 18 de marzo de 2004.—La Secretaria Judicial.—4.764.

Doña Consuelo Navarro Bidegaín,Secretaria Judicial del Juzgado de loSocial número cinco de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode demanda número 2/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de don Efrén Díaz Canto contra laempresa Dicam Multimedia, S.A., y elFondo de Garantía Salarial, sobre canti-dad, se ha dictado sentencia cuyo encabe-zamiento y parte dispositiva son del tenorliteral siguiente:

“En la ciudad de Oviedo, a once demarzo de dos mil cuatro.

Don José Manuel Yeguas García,Magistrado-Juez del Juzgado de lo Socialnúmero cinco de Oviedo tras haber vistolos presentes autos número 2/2004 sobrecantidad entre partes, de una y comodemandante don Efrén Díaz Canto, quecomparece representado por el Letradodon Francisco Sánchez Tabar, y de otracomo demandados Dicam Multimedia,S.A., que no comparece pese a estar cita-do en legal forma, y el Fondo de GarantíaSalarial, que comparece representado porla Letrada doña Pilar Morales Piñeiro.

En nombre del Rey ha dictado lasiguiente sentencia.

Fallo

Que estimando la demanda formuladapor el actor, condeno a la demandadaDicam Multimedia, S.A., a pagar a donEfrén Díaz Canto la cantidad de tres milquinientos treinta y tres euros con treintay cinco céntimos (3.533,35).Respondiendo subsidiariamente el Fondode Garantía Salarial, dentro de los límiteslegales.

Notifíquese la presente sentencia a laspartes, con advertencia de no ser firme,porque contra la misma cabe interponerrecurso de suplicación para ante la Salade lo Social del Tribunal Superior deJusticia del Principado de Asturias,debiendo en su caso, anunciar ante esteJuzgado el propósito de entablarlo en elplazo de cinco días siguientes a la notifi-cación de aquélla y cumpliendo los demásrequisitos establecidos en el artículo 192y siguientes de la Ley de ProcedimientoLaboral.

Una vez transcurra ese plazo sin quecualquiera de las partes manifiesten supropósito de presentar el recurso, la sen-tencia será firme, sin necesidad de decla-ración judicial alguna, y se procederá alarchivo de los autos.

Así por esta mi sentencia, de la que sellevará testimonio a los autos, lo pronun-cio, mando y firmo.

Publicación: Leída y publicada fue laanterior sentencia en el día de su fecha,

por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez que lasuscribe, estando celebrando audienciapublica, el mismo día de su fecha.”

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Dicam Multimedia, S.A., enignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 17 de marzo de 2004.—La Secretaria Judicial.—4.765.

— • —

Número Autos: Dem. 178/2003.

Doña Consuelo Navarro Bidegaín,Secretaria Judicial del Juzgado de loSocial número cinco de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 55/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra la empresa Construcciones yDecoraciones del Principado, S.L., sobreordinario, se ha dictado el siguiente:

Auto

En Oviedo, a dieciocho de marzo dedos mil cuatro.

Hechos

Primero: En el presente procedimientoseguido entre la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascomo demandante y la empresaConstrucciones y Decoraciones delPrincipado, S.L., como demandada, cons-ta Sentencia de fecha seis de mayo de dosmil tres cuyo contenido se da por repro-ducido.

Segundo: El citado título ha ganado fir-meza sin que conste que la demandadahaya satisfecho el importe de la cantidadlíquida y determinada que en cuantía de725,94 euros de principal solicita la parteejecutante en escrito de fecha diecisietede febrero de dos mil cuatro.

Tercero: Por el Juzgado Social númerotres de Oviedo se ha dictado Auto deInsolvencia de fecha veintidós de mayode dos mil tres respecto del mismo deu-dor, ejecución número 52/2003 cuyacopia se une a la presente.

Razonamientos jurídicos

Unico: El ejercicio de la potestad juris-diccional juzgando y haciendo ejecutar lojuzgado, corresponde exclusivamente alos Juzgados y Tribunales determinadosen las Leyes y en los tratados internacio-

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nales (artículos 117 de la C.E. y 2 de laL.O.P.J.).

Segundo: La ejecución del título habi-do en este procedimiento, sea sentencia oacto de conciliación (artículos 68 y 84.4de la L.P.L.) se iniciará a instancia departe y una vez iniciada la misma se tra-mitará de oficio, dictándose al efecto lasresoluciones y diligencias necesarias(artículo 237 de la L.P.L.).

Tercero: Dispone el artículo 274.3 de laL.P.L. que declarada judicialmente lainsolvencia de una empresa, ello será basesuficiente para estimar su pervivencia enotras ejecuciones, pudiéndose dictar autode insolvencia sin necesidad de reiterarlas averiguaciones de bienes del artículo248 de esta Ley, debiendo darse audienciaal actor para que señale la existencia denuevos bienes en su caso.

Por ello y vista la insolvencia ya dicta-da contra la ejecutada se adopta lasiguiente resolución.

Parte dispositiva

En atención a lo dispuesto, se acuerda:

A. Despachar ejecución del título men-cionado en los hechos de la presente reso-lución por un principal de 725,94 euros,más la cantidad de 117,97 euros en con-cepto de intereses y en concepto de costasprovisionales.

B. Dar audiencia a la parte actora paraque en quince días puedan designar laexistencia de nuevos bienes susceptiblesde traba, advirtiéndoles que de no ser asíse procederá a dictar auto de insolvenciaprovisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: Contra lamisma no cabe recurso alguno, sin perjui-cio de la oposición que pueda formularsepor el ejecutado en el plazo de diez díaspor defectos procesales o por motivos defondo (artículo 551 de la L.E.C. en rela-ción con los artículos 556 y 559 del cita-do texto legal). Sin perjuicio de su ejecu-tividad.

Así, por este auto, lo pronuncio, mandoy firmo. Doy fe.

El Magistrado-Juez.—La SecretariaJudicial.

Diligencia: Seguidamente se cumple loacordado, y se procede a su notificación alos interesados por los medios y con losrequisitos establecidos en los artículos 55a 60 de la Ley de Procedimiento Laboral,doy fe.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las que

revistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a la empresa Construccionesy Decoraciones del Principado, S.L., enignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 18 de marzo de 2004.—La Secretaria Judicial.—4.770.

— • —

Número Autos: Dem. 175/2003.

Doña Consuelo Navarro Bidegaín,Secretaria Judicial del Juzgado de loSocial número cinco de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 52/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra la empresa Ferva 2000, S.L., sobreordinario, se ha dictado el siguiente:

Auto

En Oviedo, a dieciséis de marzo de dosmil cuatro.

Hechos

Primero: En el presente procedimientoseguido entre la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascomo demandante y la empresa Ferva2000, S.L., como demandada, constaSentencia de fecha seis de mayo de dosmil tres cuyo contenido se da por repro-ducido.

Segundo: El citado título ha ganado fir-meza sin que conste que la demandadahaya satisfecho el importe de la cantidadlíquida y determinada que en cuantía de470,64 euros de principal solicita la parteejecutante en escrito de fecha diecisietede febrero de dos mil cuatro.

Tercero: Por el Juzgado Social númerouno de Oviedo se ha dictado Auto deInsolvencia de fecha dieciocho de marzode dos mil dos respecto del mismo deu-dor, ejecución número 235/2001, cuyacopia se une a la presente.

Razonamientos jurídicos

Unico: El ejercicio de la potestad juris-diccional juzgando y haciendo ejecutar lojuzgado, corresponde exclusivamente alos Juzgados y Tribunales determinadosen las Leyes y en los tratados internacio-nales (artículos 117 de la C.E. y 2 de laL.O.P.J.).

Segundo: La ejecución del título habi-do en este procedimiento, sea sentencia oacto de conciliación (artículos 68 y 84.4de la L.P.L.) se iniciará a instancia departe y una vez iniciada la misma se tra-

mitará de oficio, dictándose al efecto lasresoluciones y diligencias necesarias(artículo 237 de la L.P.L.).

Tercero: Dispone el artículo 274.3 de laL.P.L. que declarada judicialmente lainsolvencia de una empresa, ello será basesuficiente para estimar su pervivencia enotras ejecuciones, pudiéndose dictar autode insolvencia sin necesidad de reiterarlas averiguaciones de bienes del artículo248 de esta Ley, debiendo darse audienciaal actor para que señale la existencia denuevos bienes en su caso.

Por ello y vista la insolvencia ya dicta-da contra la ejecutada se adopta lasiguiente resolución.

Parte dispositiva

En atención a lo dispuesto, se acuerda:

A. Despachar ejecución del título men-cionado en los hechos de la presente reso-lución por un principal de 470,64 euros,más la cantidad de 76,48 euros en con-cepto de intereses y en concepto de costasprovisionales.

B. Dar audiencia a la parte actora paraque en quince días puedan designar laexistencia de nuevos bienes susceptiblesde traba, advirtiéndoles que de no ser asíse procederá a dictar auto de insolvenciaprovisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: Contra lamisma no cabe recurso alguno, sin perjui-cio de la oposición que pueda formularsepor el ejecutado en el plazo de diez díaspor defectos procesales o por motivos defondo (artículo 551 de la L.E.C. en rela-ción con los artículos 556 y 559 del cita-do texto legal). Sin perjuicio de su ejecu-tividad.

Así, por este auto, lo pronuncio, mandoy firmo. Doy fe.

El Magistrado-Juez.—La SecretariaJudicial.

Diligencia: Seguidamente se cumple loacordado, y se procede a su notificación alos interesados por los medios y con losrequisitos establecidos en los artículos 55a 60 de la Ley de Procedimiento Laboral,doy fe.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a la empresa Ferva 2000,S.L., en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

28-IV-2004 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 6095

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En Oviedo, a 16 de marzo de 2004.—La Secretaria Judicial.—4.672.

— • —

Número Autos: Dem. 176/2003.

Doña Consuelo Navarro Bidegaín,Secretaria Judicial del Juzgado de loSocial número cinco de Oviedo,

Hago saber: Que en el procedimientode ejecución número 53/2004 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instan-cias de la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascontra la empresa ConstruccionesDogamar, S.L., sobre ordinario, se ha dic-tado el siguiente:

Auto

En Oviedo, a dieciséis de marzo de dosmil cuatro.

Hechos

Primero: En el presente procedimientoseguido entre la Fundación Laboral de laConstrucción del Principado de Asturiascomo demandante y la empresaConstrucciones Dogamar, S.L., comodemandada, consta Sentencia de fechadieciséis de julio de dos mil tres cuyocontenido se da por reproducido.

Segundo: El citado título ha ganado fir-meza sin que conste que la demandadahaya satisfecho el importe de la cantidadlíquida y determinada que en cuantía de6.451,43 euros de principal solicita laparte ejecutante en escrito de fecha dieci-siete de febrero de dos mil cuatro.

Tercero: Por el Juzgado Social númerotres de Oviedo se ha dictado Auto deInsolvencia de fecha tres de septiembrede dos mil dos respecto del mismo deu-dor, ejecución número 68/2002.

Razonamientos jurídicos

Unico: El ejercicio de la potestad juris-diccional juzgando y haciendo ejecutar lojuzgado, corresponde exclusivamente alos Juzgados y Tribunales determinadosen las Leyes y en los tratados internacio-nales (artículos 117 de la C.E. y 2 de laL.O.P.J.).

Segundo: La ejecución del título habi-do en este procedimiento, sea sentencia oacto de conciliación (artículos 68 y 84.4de la L.P.L.) se iniciará a instancia departe y una vez iniciada la misma se tra-mitará de oficio, dictándose al efecto lasresoluciones y diligencias necesarias(artículo 237 de la L.P.L.).

Tercero: Dispone el artículo 274.3 de laL.P.L. que declarada judicialmente lainsolvencia de una empresa, ello será basesuficiente para estimar su pervivencia enotras ejecuciones, pudiéndose dictar autode insolvencia sin necesidad de reiterarlas averiguaciones de bienes del artículo248 de esta Ley, debiendo darse audienciaal actor para que señale la existencia denuevos bienes en su caso.

Por ello y vista la insolvencia ya dicta-da contra la ejecutada se adopta lasiguiente resolución.

Parte dispositiva

En atención a lo dispuesto, se acuerda:

A. Despachar ejecución del título men-cionado en los hechos de la presente reso-lución por un principal de 6.451,43 euros,más la cantidad de 1.048,36 euros en con-cepto de intereses y en concepto de costasprovisionales.

B. Dar audiencia a la parte actora paraque en quince días puedan designar laexistencia de nuevos bienes susceptiblesde traba, advirtiéndoles que de no ser asíse procederá a dictar auto de insolvenciaprovisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: Contra lamisma no cabe recurso alguno, sin perjui-cio de la oposición que pueda formularsepor el ejecutado en el plazo de diez díaspor defectos procesales o por motivos defondo (artículo 551 de la L.E.C. en rela-ción con los artículos 556 y 559 del cita-do texto legal). Sin perjuicio de su ejecu-tividad.

Así, por este auto, lo pronuncio, mandoy firmo. Doy fe.

El Magistrado-Juez.—La SecretariaJudicial.

Diligencia: Seguidamente se cumple loacordado, y se procede a su notificación alos interesados por los medios y con losrequisitos establecidos en los artículos 55a 60 de la Ley de Procedimiento Laboral,doy fe.

Se advierte al destinatario que lassiguientes comunicaciones se harán en losestrados de este Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia, o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a la empresa ConstruccionesDogamar, S.L., en ignorado paradero,

expido la presente para su inserción en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias.

En Oviedo, a 16 de marzo de 2004.—La Secretaria Judicial.—4.673.

DE PONTEVEDRA NUMERO UNO

Edicto

En los autos número 276/2003 de esteJuzgado de lo Social número uno dePontevedra, seguidos a instancia de donJosé Antonio Acuña Estévez, contraCongespo, S.L., sobre cantidad, se ha dic-tado sentencia, cuya parte dispositiva dicelo siguiente:

Que estimando íntegramente la deman-das presentada por don José AntonioAcuña Estévez contra la empresaCongespo, S.L., debo condenar y conde-no a dicha demandada a abonar al deman-dante la cantidad de 3.848,34 euros y alpago del interés moratorio del 10%.

Todo ello con la intervención delFondo de Garantía Salarial en la respon-sabilidad que le incumbe.

Contra la presente resolución caberecurso de suplicación para ante la Salade lo Social del Tribunal Superior deJusticia de Galicia, conforme establecenlos artículos 192 y siguientes del Texto deProcedimiento Laboral, debiendo anun-ciarse dentro de los cinco días siguientesa la notificación de la sentencia, y debien-do consignar el recurrente, con la interpo-sición del recurso (con las excepcionesprevistas en el artículo 227 del mismotexto legal), la suma de 150,25 euros, enla cuenta 3587 —clave 64— (depósitos yconsignaciones), que este Juzgado de loSocial número uno tiene abierta en laentidad bancaria Banesto, oficina princi-pal de esta capital.

Asimismo (y con la excepción previstaen el artículo 228 del texto legal citado),será indispensable acreditar, en elmomento del anuncio del recurso, haberconsignado en la cuenta anteriormentemencionada, la cantidad objeto de conde-na, si bien puede procederse a asegurar lasuma a medio de aval bancario, con laresponsabilidad solidaria del avalista.

Para que conste y sirva de notificacióna Congespo, S.L., cuyo último domicilioconocido era en Plaza Longoria Carvajal,nº 2, 4º B, de Oviedo, en la actualidad enignorado paradero, se expide el presente.

En Pontevedra, a 15 de marzo de2004.—El Secretario.—4.674.

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