Dinámica de CS
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Dinámica explicada del
Consejo de
Seguridad
Secretaría General
Dirección de Capacitaciones
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Modelo de Naciones Unidas de la Universidad de Belgrano Dinámica explicada del Consejo de Seguridad
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CONSIDERACIONES PRELIMINARES
Las tareas de carácter formal del Consejo de Seguridad se realizan dentro del recinto. Allí los Delegados
debaten conforme a los procedimientos que surgen del Reglamento del Consejo de Seguridad.
El trabajo en el mismo es dirigido por una Mesa de Presidencia que guía y modera el debate. Dicha Me-
sa está formada por un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario.
METODOLOGÍA DE TRABAJO EN LAS COMISIONES
Son los mismos Delegados los que establecen la dinámica de trabajo del Consejo, aunque hay instan-
cias fundamentales que deben tenerse en cuenta, como las siguientes:
I. Apertura de Sesiones,
II. Definición de la Agenda,
III. Sesión Informal,
IV. Fórmula Arria,
V. Cuartos Intermedios,
VI. Elaboración de Proyectos de Resolución, y
VII. Sesión Formal.
I. Apertura de Sesiones
La apertura se realizará con una serie no establecida de discursos relativos al inicio del período de se-
siones, la cual quedará a criterio de la Presidencia. También en este tiempo Presidencia podrá dar comenta-
rios sobre el trascurso del debate o sobre tópicos a ser recordados por el auditorio. La duración de la apertu-
ra de sesiones no podrá traspasar los 10 minutos.
II. Definición de la Agenda
La agenda de los temas a tratar por el Consejo de Seguridad será abierta. Es decir, los tópicos a tratar
como programa de trabajo serán decididos por votación de los Estados Miembros del órgano a propuesta de:
El Presidente del órgano (en base a lo sugerido por el Secretario General);
Los propios miembros del Consejo, que podrán hacerlo a viva voz; o
Los Estados Miembros de Naciones Unidas que no tengan representación en el Consejo, los que
deberán realizar la petición por escrito y presentarla ante la Presidencia del órgano al inicio de cada día.
Su admisión en la agenda quedará a consideración, primero, de la Presidencia y luego, del Consejo (por
dicha razón resulta conveniente contar con el apoyo de alguno de los miembros del órgano).
La única excepción a esto lo constituyen aquellos tópicos que la Secretaría General ha incluido de ante-
mano en el programa de trabajo del Consejo de Seguridad. Los miembros del mismo tienen la obligación de
abordarlos.
Una vez realizada la votación de los temas que compondrán la agenda de trabajo se pasará a la votación
del orden del día (es decir, en qué orden se irán tratando los temas que incluye la agenda).
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En caso de no llegar a un acuerdo para establecer el programa de trabajo, será la Presidencia quien lo
dictamine.
Dada la característica de agenda abierta que maneja el Consejo de Seguridad, es fundamental que las
Delegaciones que lo integran ingresen al Modelo con amplios conocimientos sobre los conflictos que afec-
ten la paz y seguridad internacionales, presentes y pasados, y sobre toda aquella información que resulte
de importancia para la comunidad internacional.
III. Sesión Informal
El objetivo de esta sesión es que las Delegaciones planteen la posición de su país y debatan intensa-
mente sobre el tema a puertas cerradas, esto es, sin la presencia de personas ajenas al Consejo de Seguri-
dad.
El Presidente otorgará la palabra a las Delegaciones a medida que estas lo vayan solicitando, ya sea pa-
ra que estas presenten sus posiciones, hagan interpelaciones o propongan modificaciones de procedimiento
(por ejemplo: proponer un cuarto intermedio). El tiempo establecido por presidencia para la exposición de
posiciones de un miembro sobre un tópico a tratar o en tiempo tratado, durara máximo 5 minutos. La dura-
ción de tiempo con la que cuenten las interpelaciones o las modificaciones de procedimiento quedaran en
poder de Presidencia.
Subsecuente
Cuando una Delegación hace una pregunta y es respondida por otra, inmediatamente a modo de moción,
el delegado que interrogó puede decir a viva voz: "subsecuente". El objetivo de la misma consiste en poder
interrogar nuevamente a la Delegación sobre la cuestión planteada anteriormente a fin de ahondar en el
tema. La Presidencia se reserva única y exclusivamente el poder otorgar o no este derecho.
IV. Fórmula Arria
Los miembros del Consejo de Seguridad pueden llamar a una sesión de fórmula arria. Esta deberá ser
propuesta por un Delegado, sometida a votación por el Presidente, y aprobada por el Consejo por 9 (nueve)
votos afirmativos de sus miembros (permanentes o no).
Esta sesión tiene como finalidad que las delegaciones no pertenecientes al Consejo de Seguridad, y que
estén implicadas en una controversia, puedan presentar y defender su posición (por ejemplo: si el órgano
está tratando la cuestión de Jamu y Cachemira, puede convocar a las Delegaciones de India y Pakistán).
Las Delegaciones citadas pueden negar su presencia ante el Consejo si lo consideran necesario.
Esta sesión es a puertas cerradas, el procedimiento a seguir es idéntico al de una sesión informal. Una
vez que la Presidencia otorga la palabra a una Delegación, ésta se dirige directamente a sus pares sin tener
como intermediaria a la Presidencia (por ejemplo: “nuestra Delegación quisiera preguntar al Delegado de
Pakistán sobre cómo piensa implementar su propuesta...).
Cualquier Delegación puede proponer la finalización de la fórmula arria. Esta propuesta deberá ser so-
metida a votación, y quedará aprobada con 9 (nueve) votos afirmativos de cualquiera de los miembros del
Consejo o también puede quedar a consideración de Presidencia la finalización debido a cuestiones de
debate o de tiempo en contra.
Citación a un Estado no perteneciente al Consejo de Seguridad
Generalmente, la citación a un Estado no miembro del Consejo es solicitada por alguna Delegación y
sometida a votación. Sólo puede ser citada bajo la fórmula arria.
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Cuando dentro de una controversia que esté tratando el Consejo de Seguridad se vea implicada una par-
te no representada en este órgano, ésta podrá ser llamada para que exponga su postura, teniendo las mis-
mas atribuciones que un miembro del Consejo pero no tendrá derecho a voto bajo ninguna circunstancia.
En el caso de que una Delegación no representada en el Consejo hubiera peticionado al mismo el trata-
miento de un tema en particular que lo afecte, será convocada sólo si los Delegados del órgano y la Presi-
dencia así lo decidieran; independientemente de la aceptación del tópico. En la práctica, es usual que sea
convocado. Es facultad del Consejo decidir cuándo finaliza la discusión, voluntad que puede ser definida por
los miembros o Presidencia.
En síntesis, es fundamental que todas las Delegaciones del Modelo de Naciones Unidas estén prepara-
das en los tópicos y en la dinámica de participación del Consejo de Seguridad puesto que pueden ser con-
vocadas por éste cuando estén implicadas en alguna problemática que afecte a la paz y seguridad interna-
cional.
V. Cuartos Intermedios
Los cuartos intermedios pueden ser determinados por la Presidencia del órgano o propuestos por las De-
legaciones, en cuyo caso será sometido a votación (recordemos que es una cuestión de forma). Se puede
pasar a cuarto intermedio durante el transcurso de cualquiera de las sesiones. La duración de los mismos
queda a criterio de la Presidencia y será comunicada antes de pasar al mismo (por ejemplo: “pasaremos a
un cuarto intermedio para que las personas ajenas al órgano abandonen la sala, el mismo será de cinco
minutos”).
Los cuartos intermedios son muy importantes, ya que en los mismos las Delegaciones realizan tareas
sustanciales en la búsqueda del consenso, negociación, continuación de debates, o redacción de los pro-
yectos de resolución.
Aquí, sin descuidar las formas, los Delegados pueden levantarse de sus asientos, dialogar dentro del re-
cinto con las demás Delegaciones, decidir la división del trabajo y realizarlo en conjunto o por grupos.
VI. Elaboración de Proyectos de Resolución
Cuando la Presidencia considera que el tema previsto en el orden del día ya ha sido convenientemente
tratado, podrá determinar pasar a un cuarto intermedio a fin de redactar el proyecto de resolución. Con este
mismo fin, también lo podrán proponer las Delegaciones.
Las resoluciones del Consejo se elaboran por consenso. Es fundamental que, para lograrlo, las Delega-
ciones agoten los recursos a su alcance. Por lo tanto, si bien lo óptimo es remitir a Presidencia un solo pro-
yecto de resolución, pueden ser varios los remitidos, de acuerdo al grado de consenso obtenido sobre el
tema tratado.
Recordemos que cualquier Estado Miembro de las Naciones Unidas que no fuera miembro del Consejo,
podrá presentar un proyecto de resolución siempre y cuando el tema de ese proyecto se encuentre dentro
del orden del día.
Si los proyectos de resolución que dichos Estados Miembros desean presentar no contemplan los temas
que conforman el orden del día, deberán proponer la inclusión del tópico en el mismo al inicio del día, antes
de remitir dichos proyectos a la Presidencia.
VII. Sesión Formal
Este tipo de sesión puede ser determinada por la Presidencia o propuesta por alguna Delegación, en cu-
yo caso se someterá a votación.
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La sesión formal es la única que puede ser presenciada por Estados que no son miembros del Consejo
de Seguridad, los que podrán hacer uso de la palabra comunicándolo previamente a la Presidencia median-
te un mensaje.
La Presidencia anuncia que las Delegaciones pueden hacer uso de la palabra. Éstas levantan sus carte-
les y el Presidente otorga la palabra según su criterio (por ejemplo: “a partir de este momento, las Delega-
ciones que quieran hacer uso de la palabra alcen sus carteles... ”; “tiene la palabra la Delegación de... “).
Las Delegaciones se dirigen a sus pares indirectamente, esto significa que deben dirigirse a través de la
Presidencia (por ejemplo: “señor Presidente, por su intermedio, quisiera dirigirme a los Miembros aquí pre-
sentes para expresar...“). Se trata del único momento en donde se utiliza el diálogo triangular.
Las Delegaciones pueden pedir más de una vez la palabra para aclarar su posición, pero quedará a cr i-
terio de la Presidencia otorgarla.
Según el protocolo, en este tipo de sesiones, una vez que la Delegación ha terminado de exponer debe
dar las gracias a la Presidencia.
Pasos usuales de una sesión formal
1) La Presidencia del órgano concede la palabra a las Delegaciones que deseen hacer un comentario
sobre el trabajo realizado previamente (elaboración del proyecto de resolución, forma de trabajo, etc.).
2) Lectura del o los proyectos de resolución remitidos a la Presidencia.
3) Justificación del voto de los miembros del Consejo que así lo deseen. En sus discursos los países
expresan su posición política acerca del tema en cuestión.
4) Votación formal del proyecto de resolución.
5) Lectura del resultado de la votación, quedando el proyecto aprobado o rechazado.
6) Conclusiones. El Presidente concede la palabra a las Delegaciones que quieran expresar comenta-
rios o conclusiones sobre el resultado de la votación.
Enmiendas
Si bien pueden proponerse enmiendas al proyecto de resolución, y las mismas están reguladas en el
Reglamento del Consejo de Seguridad, en la práctica no son frecuentes. Esto se debe a que en la práctica
tratan de realizarse todas las negociaciones necesarias previas, a fin de lograr el consenso en la redacción
de los proyectos.
Para presentar una enmienda, ésta debe remitirse a Presidencia antes de la sesión formal, para que sea
tratada durante la misma. Las enmiendas en el Consejo de Seguridad no necesitan avales.
La enmienda será aprobada con 9 (nueve) votos afirmativos de los miembros del Consejo y ninguno ne-
gativo de los cinco miembros permanentes.
Votación del Proyecto de Resolución
Antes de someter el proyecto a votación, la Presidencia leerá los arreglos efectuados.
Se podrá justificar el voto solicitando el uso de la palabra a Presidencia.
El Vicepresidente solicitará a las Delegaciones que al momento de ser nombradas expresen a viva voz
su voto.
Para que el proyecto de resolución sea aprobado, se necesitan 9 (nueve) de los quince votos existentes
y ningún voto negativo de alguno de los miembros permanentes. En caso de que un miembro permanente
votara en contra, el proyecto quedaría vetado. No así en el caso de que se abstenga.
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Anunciado el resultado de la votación, la Presidencia otorgará la palabra a las Delegaciones que así lo
soliciten para expresar comentarios o conclusiones sobre el resultado de la misma.
Una vez finalizadas las justificaciones se pasará a un cuarto intermedio para desalojar del recinto a las
personas ajenas al Consejo, y posteriormente continuar con el siguiente tópico del programa de trabajo,
comenzando en sesión informal.
OTROS ELEMENTOS ASOCIADOS A LA DINÁMICA DEL ÓRGANO
I. Votaciones
Existen dos clases de votaciones en el Consejo de seguridad:
1. Votaciones de Sustancia. Es la votación sobre cuestiones relacionadas con la paz y la seguridad in-
ternacionales (resoluciones y enmiendas); y
2. Votaciones de Forma o Procedimiento. Son las votaciones para efectuar cambios en la dinámica o
forma de trabajo (pasar a un cuarto intermedio, convocar sesión de fórmula arria, etc.).
II. Declaraciones de la Presidencia
El Consejo de Seguridad no sólo expresa su voluntad mediante las resoluciones, también puede hacerlo
por una declaración de la Presidencia.
En la declaración presidencial se expresa, en forma escrita, la posición tomada por el Consejo frente a
un tema sobre el cual no se ha podido plasmar una resolución (puede ser una recomendación, una condena,
una felicitación, etc.). Esta declaración no obliga a las partes afectadas en la controversia, ni necesita de la
aprobación de todos los miembros del Consejo.
III. Derecho a Réplica
El derecho a réplica se utiliza cuando una Delegación dio una información falsa acerca de otra Delega-
ción. Por lo tanto, esta puede pedir un derecho a réplica para refutar lo dicho por la primera Delegación, y a
la vez darle la oportunidad para que se retracte o justifique lo que dijo. La Delegación que dio la información
falsa puede contestar o no el derecho a réplica. En sí, consiste en rectificar lo que considera una informa-
ción falsa que se haya dado a la Asamblea perjudicando los intereses de su país. Notar que no se puede
pedir un derecho a réplica si no se ven perjudicados los intereses de su Delegación, por lo tanto está claro
que sólo puede presentarla el país implicado.
El derecho a réplica debe ser solicitado por medio de una ficha que es entregada durante el transcurso
del debate al Secretario de la Mesa de Presidencia, o puede ser otorgada por esta a mano alzada cuando lo
considere apropiado. Es importante saber que no se puede pedir un derecho a réplica por algo que se dijo
el día anterior o en otro debate.
Un dato a tener en cuenta es que no existe réplica de la réplica; es decir, aquella Delegación contra la
cual se le ha expedido un derecho a réplica, en caso de creer que la información en su poder es valedera y
que la manifestada en la réplica es errónea, debe remitir una carta a Presidencia (en un cuarto intermedio y
a través del Ujier), manifestando su disconformidad con el derecho a réplica, junto con la información perti-
nente que respalde su postura. Pero no puede pedir un derecho a réplica para replicar una réplica previa.
La Presidencia, en caso de creerlo necesario, en un cuarto intermedio puede citar a la Delegación que
hizo el derecho a réplica y solicitarle el material en el cual se apoya para alegar sus comentarios. Una vez
recibido ambos materiales, la Mesa de Presidencia habrá de analizar la verosimilitud de los mismos, pu-
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diendo manifestar ante el órgano durante la sesión formal respecto de cuál es la fuente que presenta mayor
credibilidad.
ANEXO Nº 1:
FICHA DE PRESENTACIÓN DE ENMIENDA
IMPORTANTE
La ficha de presentación de enmienda deberá ser completada en letra imprenta legible, caso contrario, la enmienda será rechazada.
Las hojas de presentación de enmiendas estarán integradas por dos copias de la ficha anterior, una para presentar a Presidencia y la
otra para que los Delegados posean una copia en el momento de que el Presidente la lea (notar que las dos fichas deben contener la
misma información).
Una enmienda podrá:
a) Agregar una cláusula,
b) Modificar una cláusula, y
c) Suprimir o agregar parte de una cláusula.
Una enmienda no podrá:
a) Suprimir una cláusula entera.
Cómo completar la ficha de presentación de enmienda
"Nº de línea": se debe indicar el número de la línea en la cual se desea aplicar la modificación. En
caso de que sean dos o más líneas, se indican con un guión entre los dos números (39; 39-40; 39-45).
En caso de querer agregar una cláusula entre otras dos, se tiene que indicar el número de la línea que
las separa (notar que la línea debe estar en blanco).
"Propuesta por": se debe indicar el país que la presenta.
"Donde dice": se debe transcribir la frase del anteproyecto de resolución que se desea modificar.
"Debe decir": se debe escribir la frase modificada. Notar que no debe modificar el sentido original
del párrafo.
Enmienda
Nº de línea: ....................
Propuesta por: .................................................................................
Donde dice: ....................................................................................................................................
Debe decir /suprimirse: ................................................................................................................
Debe agregarse: ..........................................................................................................................
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"Debe suprimirse": se debe indicar la palabra o frase que se desea suprimir. Se debe utilizar la op-
ción "Donde dice" primero, y luego se indica lo que se desea suprimir de la cláusula o frase citada. Im-
portante: entre “Debe Decir” y “Debe Suprimirse”, se debe tachar lo que no corresponda según el caso.
"Debe agregarse": se debe indicar la palabra, frase o cláusula que se desea agregar. Si se desea
agregar una palabra o una frase, se debe utilizar la opción "Donde dice", y luego se indica lo que se
desea agregar a la frase transcripta. Hay que tener en cuenta que si se utiliza esta opción (debe agre-
garse) no se puede modificar la frase original para agregar algo, sólo se le puede agregar otra comple-
mentaria a continuación de la original.
ANEXO Nº 2:
FICHA DE PETITORIO DE INCLUSIÓN DE TEMA AL CONSEJO DE SEGURIDAD
IMPORTANTE
La ficha de petitorio de inclusión de tema al Consejo de Seguridad deberá ser completada en letra imprenta legible, caso contrario, la
Presidencia no hará lugar al mismo.
PETITORIO AL CONSEJO DE SEGURIDAD
Tópico: ..........................................................................................................................................
Presentado por: ..................................................................................................
Avales (no son necesarios): ..........................................................................................................
.........................................................................................................................................................
DIRIGIDO A LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE SEGURIDAD
Justificación o comentario acerca de la inclusión: ................................................................. ........................................................................................................................................................ ........................................................................................................................................................
........................................................................................................................................................
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ANEXO Nº 3:
FICHA DE PETITORIO DE DERECHO A RÉPLICA
IMPORTANTE:
Esta ficha debe estar completa con letra imprenta legible, caso contrario la Mesa de Presidencia no dará lugar a la réplica.
Cómo completar la ficha de presentación de derecho a réplica
“Delegación que la presenta”: se debe indicar el nombre de la Delegación que desea presentar la
réplica.
“Equivocación”: se debe indicar lo que dijo la Delegación que cometió la “equivocación”.
“Delegación que cometió la equivocación”: se debe indicar el nombre de la Delegación que cometió
la misma.
“Justificación”: se debe indicar por qué dicha información perjudica los intereses de la Delegación
que presenta el derecho a réplica.
“Rectificación”: se debe indicar la verdad con respecto a lo dicho por la Delegación que cometió la
equivocación.
DERECHO A RÉPLICA
Delegación que la presenta: .......................................................................................................
Equivocación: ..............................................................................................................................
Delegación que cometió la equivocación: ................................................................................
Justificación: ................................................................................................................................
Rectificación: ...............................................................................................................................