DIAPOSITIVAS PRESENTACION TRABAJO DIPriv. 2º año UGMA copia
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAUNIVERSIDAD PRIVADA NORORIENTAL
“GRAN MARISCAL DE AYACUCHO”FACULTAD DE DERECHO
CATEDRA: DERECHO INTERNACIONAL E INSTITUCIONES INTERNACIONALES
PROFESOR: ABOG. LUIS MUÑOZSECCION: D-2-5
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADOConcepto, Objeto y Presupuestos de existencia
Realizado por:Beckles Díaz, Susana S.C.I. V- 9.909.114
Puerto Ordaz, en la fecha de su presentación.
Fuentes del Derecho Internacional Privado
Fuentes directas:
1) La ley nacional.
2) Los tratados internacionales.
3) La convención particular.
Fuentes indirectas:1) La costumbre.2) La jurisprudencia nacional e internacional.3) La doctrina.4) Los principios generales del Derecho Internacional Privado.
Tratados internacionales
Clases de tratados:
1) Tratados públicos.
2) Tratados-leyes.
Tipos de tratados:1) Políticos.2) Comerciales.
La costumbre.
La analogía. Art. 1 de la Ley de Derecho Internacional Privado:
Los supuestos de hecho relacionados con los ordenamientos jurídicos extranjeros se regularán, por las normas de Derecho Internacional Público sobre la materia, en particular, las establecidas en los tratados internacionales vigentes en Venezuela; en su defecto, se aplicarán las normas de Derecho Internacional Privado venezolano; a falta de ellas, se utilizará la analogía y, finalmente, se regirán por los principios de Derecho Internacional Privado generalmente aceptados.
El Derecho Internacional Privado:
Es la rama del Derecho que se ocupa del estudio del llamado IUS GENTIUM (derecho de gentes) o derecho que regula la situación
jurídica de las personas en el ámbito internacional.
En este sentido, es necesario incidir, en las dos notas que lo caracterizan:
El calificativo de “internacional”, que implica que la realidad que intenta regular está conectada con más de un ordenamiento jurídico; y, El calificativo de “privado”, que convierte a nuestra disciplina en una rama del Derecho que se encarga de regular las relaciones internacionales de los individuos.
OBJETO DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
El objeto del Derecho internacional son las situaciones jurídicas privadas
internacionales.
Es decir, la finalidad del Derecho Internacional Privado es armonizar la
diversidad de leyes, garantizar su aplicación sobre la base del respeto y el ejercicio pleno de la soberanía de cada uno de los Estados.
OBJETO DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
El Derecho Internacional Privado tiene como finalidades:
A) procurar la armonía entre normas jurídicas de diversos estados que concurren en una sola relación de derecho.
B) obtener la seguridad de los derechos en el orden internacional.
C) lograr la justicia a base de aplicación de derecho extranjero cuando sea necesario para dar al sujeto interesado en la vigencia extraterritorial de la norma extranjera.
D) permitir el comercio jurídico.
OBJETO DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
Su fin principal es: Señalar con claridad que ley debe aplicarse cuando leyes de diferentes Estados reclaman aplicación; Señalar qué jurisdicción debe de conocer de un problema referente a una relación jurídica que podría en principio someterse a jurisdicciones diferentes.
PRESUPUESTOS DE EXISTENCIA DEL
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
Para que existan relaciones privadas internacionales se dan dos presupuestos:El fraccionamiento del Derecho como primer presupuesto jurídico de esta disciplina
La internacionalidad de la vida jurídica como segundo presupuesto
PRESUPUESTOS DE EXISTENCIA DEL
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
La existencia de esos dos presupuestos hace que existan las relaciones privadas internacionales, que son aquellas donde existe al menos un elemento de Extranjería.
El Elemento de extranjería que puede ser:
PersonalRealLocal o conductista
PRESUPUESTOS DE EXISTENCIA DEL
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
Será personal por cuanto que sea un sujeto y éste posea una nacionalidad, un domicilio o bien una residencia determinada y, por lo tanto, como consecuencia de este elemento, tengamos la necesidad de ser congruentes con él, aplicando un derecho extranjero. Ejm: un venezolano se casa con una colombiana.
PRESUPUESTOS DE EXISTENCIA DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
Será Real cuando se trate de una cosa (u objeto) que tendrá una situación en el extranjero y que, por lo tanto, también nos lleva a la posibilidad de aplicar otro derecho. Ejm: Matrimonio de Puerto Ordaz se compra un apartamento en Italia.
PRESUPUESTOS DE EXISTENCIA DEL
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
Será local o Conductista cuando nos refiramos a los actos, los contratos o las conductas, que pueden realizar los sujetos y que se lleven a cabo en el territorio de un estado extranjero, que de esta manera va a existir la posibilidad de aplicar un derecho extranjero. Ejm: Pareja de Venezolanos que se casa ante un juez en Londres
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
En resumen el objeto del derecho internacional privado son las relaciones privadas
internacionales. Relaciones que para ser privadas internacionales deben contar en su seno con al
menos un elemento de extranjería. Elemento de extranjería que puede ser personal, real o local.