diapositivas de la normatividad ambiental del agua
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UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO
NORMATIVIDAD
AMBIENTALAGUA
DEL
JILDER MICHAEL CASTILLO CABRERA
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“Él agua es para mí, el elixir divino que Dios nos regaló, y sé que para él simplemente es un líquido que el hombre encontró,
pero que tú, y solamente tú conoces su verdadero valor.” ”
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1Introducción
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1Introducción
El agua es, sin más que ella misma, el manantial de la realidad como corresponde a la sustancia más original y creativa del cosmos. Ella participa en lo esencial de casi todo, mientras que nosotros nada podemos hacer sin ella. Como además puede ser espejo, el líquido de la vida, multiplica la belleza del mundo y consigue imantar incluso a las más desatentas miradas, a las que suele contagiar su alegría, pues el agua es vida.
Los espejos del agua han sido rotos. Por eso también reflejan ese ingente desprecio que invariablemente convierte, al venero de todos los futuros, en la más letal de las trampas. Porque nada mata más que el agua muerta. De ahí la necesidad de conservarla en su estado natural, o sea, sin contaminar.
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2Caracterización
del agua
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El agua pura es un líquido incoloro, inodoro e insípido.
El agua alcanza su densidad máxima a una temperatura de 4° C y se expande al congelarse.
Se encuentra en los tres estados de la materia y tiene un peso molecular de 18 gr/ mol.
su estructura molecular que es dipolar, con una constante dieléctrica muy alta superior a cualquier otro líquido
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3Conceptos previos
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Gestión ambientalSe denomina gestión ambiental o gestión del medio ambiente al conjunto de diligencias conducentes al manejo integral del sistema ambiental.
NormatividadLa normatividad es el conjunto de reglas o leyes que se encargan de regir el comportamiento adecuado de las personas en una sociedad
Normatividad ambientalLa normatividad ambiental es el conjunto de objetivos, principios, criterios y orientaciones generales para la protección del medio ambiente de una sociedad particular
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4Estándares ambientales
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4Estándar de Calidad Ambiental (ECA) y Límites Máximos
Permisibles (LMP)
Los ECA son indicadores de calidad ambiental, miden la concentración de elementos, sustancias, parámetros físicos, químicos y biológicos, presentes en el aire, agua o suelo, pero que no representan riesgo significativo para la salud de las personas ni al ambiente. Los LMP miden la concentración de elementos, sustancias, parámetros físicos, químicos y biológicos, presentes en las emisiones, efluentes o descargas generadas por una actividad productiva (minería, hidrocarburos, electricidad, etc.), que al exceder causa daños a la salud, al bienestar humano y al ambiente.
Estándares ambientales
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5NORMATIVIDAD AMBIENTAL I
Leyes y normas generales
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Leyes y normas generales
Una de las primeras leyes en el Perú en materia ambiental data de mayo de 1962 con la Ley Nº 14084 que normaba las disposiciones de control a las fábricas o talleres que por su naturaleza de sus operaciones contaminen la atmosfera, las playas, los ríos a fin de evitar los efectos nocivos del caso. Esta ley promulgada por el entonces Presidente Manuel Prado intentaba en sus 10 artículos la regulación ambiental de las actividades industriales.
Sin lugar a dudas la gestión ambiental se constituye a la par del análisis de la normatividad ambiental vigente. En el Perú la dación de normas han sido variadas considerando las actividades económicas que están siendo reguladas pero que aún no son suficientes no por falta de normas sino por falta de contundencia de las mismas.
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TABLA 1Normas generales de gestión ambiental
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La Ley General del AmbienteLey Nº 28611 Es la norma ordenadora del marco normativo legal para la gestión ambiental en el Perú. Establece los principios y normas básicas que aseguren el efectivo ejercicio del derecho constitucional al ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida. Asimismo, la Ley General del Ambiente regula el cumplimiento de las obligaciones vinculadas a la efectiva gestión ambiental, que implique la mejora de la calidad de vida de la población, el desarrollo sostenible de las actividades económicas, el mejoramiento del ambiente urbano y rural, así como la conservación del patrimonio natural del país, entre otros objetivos
Sistema Nacional de Gestión Ambiental - SNGAEl Sistema Nacional de Gestión Ambiental – SNGA, creado por Ley Nº 28245, se constituye sobre la base de las instituciones estatales, órganos y oficinas de los distintos ministerios, entidades e instituciones públicas de nivel nacional, regional y local que ejerzan competencias y funciones sobre el ambiente y los recursos naturales.El Sistema Nacional de Gestión Ambiental tiene por finalidad orientar, integrar, coordinar, supervisar, evaluar y garantizar la aplicación de las políticas, planes, programas y acciones destinados a la protección del ambiente así como contribuir a la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales
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6NORMATIVIDAD AMBIENTAL II
Convenios Internacionales en Materia Ambiental
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Convenios Internacionales en Materia Ambiental
Numerosas sociedades contemporáneas mundiales entre gobernantes, técnicos, científicos, empresas, comunidades y poblaciones organizadas hemos coincidido en la demanda del ejercicio de la defensa de los recursos naturales y el ambiente para procurarnos un entorno sostenible, ya que todos vemos comprometidos nuestros intereses de subsistencia en los cada vez más limitados -recursos naturales.
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TABLA 2Principales Convenios Internacionales en Materia Ambiental
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7NORMATIVIDAD AMBIENTAL III
AGUA Y RECURSOS HÍDRICOS
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AGUA Y RECURSOS HÍDRICOS
El agua es un recurso natural renovable, indispensable para la vida, vulnerable y estratégico para el desarrollo sostenible, el mantenimiento de los sistemas y ciclos naturales que la sustentan, y la seguridad de la Nación, según el artículo 1° (título I) de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338.
El Artículo 2º (título I) dice que el agua constituye patrimonio de la Nación, que su dominio sobre ella es inalienable e imprescriptible.
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El artículo 80° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338 dice que todo vertimiento de agua residual en una fuente natural de agua requiere de autorización de vertimiento, para cuyo efecto se debe someter los residuos líquidos a los necesarios tratamientos previos, comprobar que las condiciones del receptor permitan los procesos naturales de purificación.
El agua es el primer factor de preocupación en la actualidad debido a los efectos que esta desencadenando el fenómeno de cambio climático advirtiendo la escases de este recurso en los próximos años. Debido a ello es que se hace necesario generar una nueva cultura del agua que se enfoque a las buenas prácticas respecto al uso de este recurso, sea para consumo poblacional o para las diferentes actividades. Pero hablar de la nueva cultura del agua significa poner atención en el sector educación actual.
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A continuación presento un cuadro con normas referidas al agua y recursos hídricos incluyendo tanto normas de límites máximos permisibles (LMP) y Estándares de Calidad Ambiental (ECA).
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TABLA 3Normas referidas al agua y recursos hídricos
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Decreto Supremo Nº 003-2010-MINAM (17/Mar/10) “Aprueban Límites Máximos Permisibles para los efluentes de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales Domésticas o Municipales”.
TABLA 4Límites máximos permisibles para los efluentes de PTAR
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Límites máximos permisibles para el agua potable El agua potable, también llamada para consumo humano, debe cumplir con las disposiciones legales nacionales, a falta de éstas, se toman en cuenta normas internacionales. Los límites máximo permisibles (LMP) referenciales (**) para el agua potable de los parámetros que se controlan actualmente, se indican en el cuadro siguiente.
TABLA 5Límites máximos permisibles (LMP) referenciales de los parámetros de calidad del agua
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Decreto Supremo Nº 003-2002-PRODUCE (04/Oct/02) “Aprueban Límites Máximos Permisibles y valores referenciales para las actividades industriales de cemento, cerveza, curtiembre, papel”
TABLA 6
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Decreto Supremo Nº 010-2008-PRODUCE (30/Abr/08) “Aprueban Límites Máximos Permisibles de Efluentes de la Industria de Harina y Aceite de Pescado”.
TABLA 9 Límites Máximos Permisibles de Efluentes de la Industria de Harina y Aceite de Pescado
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Decreto Supremo N° 010-2010 MINAM (21/08/10) "Aprueban límites máximos permisibles para la descarga de afluentes líquidos de Actividades Minero - Metalurgicas"
TABLA 10límites máximos permisibles para la descarga de afluentes líquidos de Actividades Minero - Metalurgicas
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