Diagnóstico de capacidades institucionales y factores...

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Este material se realizó con recursos del Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género, empero el Instituto Nacional de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados por las (los) autores del presente trabajo1 Diagnóstico de capacidades institucionales y factores potenciales de éxito de las dependencias estatales y municipales en la prevención, atención y sanción de la violencia comunitaria

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Diagnóstico de capacidades institucionales

y factores potenciales de éxito de las

dependencias estatales y municipales en la

prevención, atención y sanción de la

violencia comunitaria

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DIRECTORIO

C. Rafael Moreno Valle Rosas

Gobernador Constitucional del Estado de Puebla y Presidente Honorario de la

Junta de Gobierno del Instituto Poblano de las Mujeres

C. Mónica Lara Chávez

Directora General del Instituto Poblano de las Mujeres

C. Alejandro García Soriano

Director de la Unidad de Desarrollo Administrativo, Planeación e Informática

C. María de Lourdes Peña Jacobo

Directora de Asuntos Jurídicos y Orientación Psicológica

C. Mariana Sánchez Tapia

Directora de Estratégica para la Institucionalización de la Perspectiva de

Género

C. Roberto Rodríguez Acosta

Director de Operación Regional

C. Jorge Arroyo Martínez

Secretario Técnico

C. José Luis López García

Subdirector Administrativo

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CONTENIDO

DIRECTORIO 2

INTRODUCCIÓN 5

OBJETIVOS 9

IDENTIFICACIÓN DEL PROBLEMA 10

DEFINICIONES Y ESTADISTICAS 10

DEFINICIÓN Y ÁRBOL DEL PROBLEMA 20

MARCO NORMATIVO Y JURÍDICO 22

TRATADOS Y CONVENCIONES INTERNACIONALES 23

LEYES, REGLAMENTOS Y CÓDIGOS NACIONALES 34

LEYES, REGLAMENTOS Y CÓDIGOS ESTATALES 47

PLANES Y PROGRAMAS 56

IDENTIFICACIÓN DE ÁREAS DE ESTUDIO E

INVESTIGACIÓN DOCUMENTAL

61

DIMENSIONES DE ANÁLISIS 73

SISTEMATIZACIÓN DE RESULTADOS DE GRUPOS DE

ENFOQUE Y ENTREVISTAS FOCALIZADAS

80

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HALLAZGOS EN LAS DEPENDENCIAS 90

SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO 90

SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE

PUEBLA 96

PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA 104

SECRETARÍA DE SERVICIOS LEGALES Y DEFENSORÍA

PÚBLICA 110

SEGURIDAD PÚBLICA Y TRÁNSITO MUNICIPAL DE PUEBLA 115

OBSERVACIONES 123

CONCLUSIONES 125

GLOSARIO DE TÉRMINOS 129

BIBLIOGRAFIA 141

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INTRODUCCIÓN

La violencia contra las mujeres ha sido un fenómeno social que abarca un tema de

relación cultural, social y política en todos sus aspectos. El esfuerzo por su

erradicación ha traído consigo diferentes luchas y la inserción de la mujer en todos

los ámbitos sociales.

Las instancias correspondientes tienen como labor la atención de éste fenómeno y

la realización de acciones para su prevención, atención y sanción. Para atender

esta problemática es importante identificar que la violencia contra las mujeres no

solamente es la violencia que se perpetra en el ámbito familiar o por su cónyugue

o en un caso muy limitado a la violencia que pueda ejercer un hombre o varios

hacia una mujer, si no que la violencia contra las mujeres se puede dar desde

diferentes perspectivas, entornos y por las propias mujeres. La violencia contra las

mujeres en el ámbito público es el tipo de violencia basada en el género con el

segundo lugar a nivel nacional, sufrida por 4 de cada 10 mujeres (ENDIREH,

2006).

El Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género

menciona que la violencia hacia las mujeres puede ser perpetrada por su pareja-

hombre, por un desconocido, por un familiar, por amigos, vecinos e incluso por el

propio Estado y sus agentes; los ámbitos donde puede ocurrir dicha violencia son

en el privado (en las relaciones familiares o en las unidades domésticas) o en el

público (ámbitos extra domésticos como los laborales, institucionales, parques,

calles, comunidad, escuela y otros sitios de acceso público); los tipos de violencia:

física, sexual, psicológica, económica y patrimonial.

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En el actual documento, se enfocará al caso específico de la violencia contra las

mujeres realizada en la comunidad, en donde las mujeres se encuentran

propensas a recibir algún tipo de agresión.

La mayoría de las mujeres no cuentan con las herramientas jurídicas ni el

conocimiento para poder denunciar o identificar los casos de violencia comunitaria,

derivado de una cultura basada en la opresión por el género masculino, por lo que

es pertinente que las instancias de gobierno prevengan, atiendan y sancionen

estos casos, contando con las herramientas eficaces para la erradicación de este

problema, por lo que al interior de éstas instancias se deberá contar con el

conocimiento adecuado para brindar un servicio y atención apropiado,

sensibilizando a las y los agentes que llevan a cabo los diferentes servicios.

La violencia comunitaria es sufrida por un porcentaje alto de mujeres, pero las

denuncias no son realizadas, ya sea por la tardanza que representa acudir a

alguna dependencia de gobierno a realizar el trámite o porque el acto al que fue

sometida ya es “socialmente común”, pero siempre trae consigo el miedo y la

subordinación de las mujeres en su entorno social, la violencia comunitaria en

contra de las mujeres que se realiza con más frecuencia es la verbal y las

intimidaciones, según la ENDIREH (2006). Este tipo de agresión simboliza no sólo

una agresión psicológica a las mujeres, si no que ya es socialmente “normal”, pero

que atiende a un caso de violencia y que muchas veces constituye un miedo

latente a sus víctimas de recibir otro tipo de agresión física o sexual.

La violencia comunitaria representa no solamente un maltrato en la vía pública de

las mujeres, si no que al ser realizada en los espacios comunes la sociedad

reproduce tales actos y hace más frecuente su ejecución, creando problemas

tanto individuales como sociales que representan índices altos de costos en la

salud pública de los países en donde son realizadas dichas acciones violentas.

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Además de concientizar a la sociedad el Estado como ente de regulación social

debe de contar con la capacitación y los instrumentos para prevenir, atender y

sancionar los actos de violencia comunitaria contra las mujeres.

En seguimiento con el Programa de Fortalecimiento de Transversalidad de

Perspectiva de Género del INMUJERES, el presente diagnóstico es una

evaluación de la atención y el seguimiento de casos de mujeres violentadas en el

ámbito público-comunitario, identificando las capacidades y las limitaciones con

las que se enfrentan las instituciones y su personal encargado de la atención a la

problemática de género en violencia contra las mujeres en este entorno. Así como

los niveles de conocimiento de los marcos normativos y capacitación en temas de

género y violencia contra las mujeres. Dejando ver que aunque existe una alta

participación en la lucha por la equidad de las mujeres y la no discriminación, aún

se carece de espacios oportunos para atender y sobre todo de la falta de una base

sólida de las instancias correspondientes para ofrecer un trato pertinente hacia las

mujeres víctimas de violencia comunitaria.

Los hallazgos y propuestas generadas por el diagnóstico permitirán contar con la

información necesaria para mejorar el servicio que se ofrece a mujeres y niñas

que viven o han vivido situaciones de violencia comunitaria, con el objetivo de

facilitar la toma de decisiones y el diseño de políticas públicas o programas para la

prevención, atención y sanción de la violencia comunitaria contra las mujeres y

niñas.

Para lograr lo anterior es indispensable conocer las condiciones actuales en las

que se ofrecen los servicios en materia de violencia y las dificultades o

limitaciones a las que se enfrentan al momento de prevenir, atender o sancionar

los casos de violencia contra las mujeres en espacios comunitarios. La mejor

forma de obtener esta información de primera mano es a través de las y los

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funcionarios públicos responsables de las áreas encargadas en esta materia de

cada una de las dependencias participantes.

El diagnóstico consiste en una investigación documental de la normatividad

nacional e internacional sobre violencia comunitaria, y en el caso de que exista de

protocolos de atención o actuación de cada una de las dependencias. La segunda

parte consiste en la realización de grupos de enfoque con funcionarias y

funcionarios antes mencionados y entrevistas a personal de contacto de cada una

de las dependencias participantes, para finalmente conformar el mencionando

diagnóstico.

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OBJETIVO GENERAL

- Contar con un diagnóstico de capacidades institucionales y factores

potenciales de éxito de las dependencias estatales y municipales

participantes en la prevención, atención y sanción de la violencia

comunitaria.

OBJETIVOS ESPECIFICOS

- Identificar las capacidades institucionales y factores potenciales de éxito de

las dependencias participantes.

- Identificar los obstáculos y dificultades que limitan el desempeño de las

dependencias participantes.

- Contar con la información necesaria para la toma de decisiones y el diseño

de políticas públicas para la prevención, atención y sanción de la violencia

comunitaria.

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IDENTIFICACIÓN DEL PROBLEMA

“Siempre me pregunto cuándo llegará el día en que caminar por las calles deje de convertirse en un deporte de aventuras para las mujeres. A veces nos ganamos con un

simple: “Psst, psst, flaquita”. Otras nos toca un mañoso que nos persigue cuadra y media haciendo unos ruidos horribles. Nunca falta el que cree que puede referirse a nuestro

cuerpo como si fuera un plato de Mistura: “Qué rico culo, mamita”, “me comería tus…” “te chuparía la….”. Ya, mejor ustedes completen.”

(Aquí no pasa nada, Patricia del Río).

DEFINICIONES Y ESTADÍSTICAS

La violencia contra las mujeres ejercida por el hecho de ser mujeres es la violencia

basada en el género que tiene como consecuencia el sometimiento social,

psicológico y físico de las mujeres. Se ha hablado mucho de la violencia que

sufren en el ámbito familiar o por su cónyuge, pero lo cierto es que la violencia

contra las mujeres es perpetrada en cualquier espacio, ya sea por el tipo de

educación que va de la mano con la misoginia aceptada socialmente o la

despreocupación del Estado y la falta de sensibilización en todo el entorno social.

Los espacios urbanos, sobre todo las ciudades con mayor población han perdido

la socialización y la comunicación entre sus habitantes. El crecimiento de

población y el desarrollo en la estructura de éstas grandes ciudades, sobre todo

en América Latina han llevado en consecuencia la pérdida de elementos de

seguridad y de pro-actividad entre sus habitantes, la marginación no solo se da en

los espacios entre los límites de las ciudades, si no que la marginación se lleva a

cabo dentro de sus propios grupos sociales y la desconfianza en las instituciones

del Estado.

Es casi seguro que las mujeres al salir a la calle o encontrarse en algún espacio

público, sufran algún tipo de agresión, ya sea verbal, psicológica, física,

patrimonial, económica o sexual.

Antes de que las mujeres buscaran la igualdad y equidad social, eran catalogadas

como débiles, ignorantes y consideradas como objetos; actualmente ante los

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grandes avances que se han suscitado para la ruptura de éstos paradigmas

misóginos y del sistema patriarcal, aún existen muchas brechas entre la equidad

de género y la discriminación contra las mujeres. Las mujeres han ganado

espacios en el entorno público, pero el hecho de que la mujer sea aún vista como

objeto sexual es un problema que sigue latente.

Diagrama 1

La violencia contra las mujeres en el ámbito público puede ser comprendida en

dos vertientes, la que se presenta en las instituciones: escuela y trabajo y la que

se lleva a cabo en la comunidad como puede ser en calles, parques, áreas de

concentración, etc.

Fuente: INEGI, ENDIREH 2006.

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La violencia comunitaria es la segunda causa de violencia sufrida por las mujeres

antes que la violencia doméstica.

Gráfica 1

La violencia comunitaria, según la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de

Hogares (ENDIREH, realizada por el INEGI), se entiende como una expresión de

poder para someter o intimidar sexual o físicamente a la mujer por personas

conocidas o desconocidas en cualquier espacio público (calle, cines, deportivos,

etc.) o privado (casas ajenas e incluso la propia).

Entre los incidentes de violencia comunitaria, la padecida más frecuentemente por

las mujeres es la que tiene que ver con intimidación (expresiones ofensivas sobre

su cuerpo o de carácter sexual, así como el miedo a sufrir un ataque o abuso

sexual). (2006)

La violencia contra las mujeres es catalogada como un problema de salud pública,

la Organización Mundial de la Salud define a la Violencia comunitaria como el tipo

de violencia que se origina entre personas que no tienen parentesco y que pueden

frecuentarse o no, y ocurre habitualmente en el exterior del hogar.

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En México la violencia comunitaria es padecida con mayor frecuencia en las

ciudades con mayor población, lugares como Distrito Federal, Jalisco, Monterrey,

Puebla, entre otras de las ciudades más grandes de la república.

La inseguridad de esos sitios tiene que ver con el diseño urbano; por ejemplo, con

terrenos o áreas vacías, sin mantenimiento, poco o mal iluminados y con escaso o

nulo tránsito de personas (sin control social), entre otras características físicas.

Pero, además, se relaciona con lo que allí ocurre; es decir, la presencia de

pandillas o de varones con actitudes agresivas que se apropian de calles u otros

espacios urbanos para el consumo del alcohol o drogas. Asimismo, los lugares

peligrosos normalmente no cuentan con redes sociales de protección entre

vecinos/as y/o distintos grupos sociales, o están habitados por gente que no se

identifica mucho con el lugar en que vive. Las mujeres reconocen como sitios

inseguros algunos parques, mercados, paraderos de vehículos de transporte

público, áreas descampadas, el centro de la ciudad, cruces de calle y en

semáforos cuando se transita en vehículos. (CMP Flora Tristán, 2005)

El estudio realizado por el INEGI entre los años 2003 y 2006 en base a la

Encuesta Nacional sobre la Dinámica de Hogares (ENDIREH) muestra las

estadísticas de violencia comunitaria contra las mujeres, siendo la única fuente

nacional de estadística; cabe mencionar que la encuesta fue realizada en el año

2006 lo que nos da un margen de error de 6 años, pero que pretende establecer

de manera general la problemática de esta violencia comunitaria contra las

mujeres.

En nuestro país existen 19 036 243 mujeres de las 35 756 378 entrevistadas, que

han sido agredidas en espacios comunitarios, las cuales fueron objeto de abuso

sexual (la acariciaron o manosearon sin su consentimiento, la obligaron o forzaron

a tener relaciones sexuales, contra su voluntad o por dinero), además de haber

sido intimidadas (de sufrir algún ataque o abuso sexual, o recibió expresiones

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ofensivas sobre su cuerpo o de carácter sexual). Es decir, que más del 53% de las

mujeres en México han padecido algún incidente de violencia comunitaria, entre

los que destacan el abuso sexual, la intimidación y el recibir expresiones ofensivas

sobre su cuerpo o de carácter sexual. (ENDIREH, 2006)

El hostigamiento en la calle constituye una forma de violencia contra las mujeres y

refleja su carácter de género (ENDIREH, 2006). También es considerada violencia

en ámbitos comunitarios aquella que se da en casa de otras personas. De acuerdo

con la ENDIREH 2006, en México la violencia en la comunidad la han vivido casi 4

de 10 mujeres.

A continuación, se presenta un mapa que delimita cada estado y el porcentaje de

mujeres que han sufrido violencia comunitaria.

Mapa 1

Fuente: INEGI, ENDIREH 2006

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La violencia contra las mujeres en el ámbito público, en este caso el comunitario

es muchas veces invisibilizado, ya que por una costumbre misógina la violencia se

da desde agresiones consideradas pequeñeces, como lo es el hostigamiento

sexual; el Centro de la Mujer Peruana “Flora Tristán” realizó un estudio en el 2005,

acerca de la violencia que padecen las mujeres en la calle y menciona las cinco

situaciones en las que comienza y se desencadena la violencia comunitaria en

contra de las mujeres en un espacio público como lo es la calle. Estas situaciones

son:

1. Se refiere a los chistes, las burlas, los piropos, las miradas obscenas, los

manoseos; actos que muchas veces no son denunciados y menos

sancionados por el Estado debido a muchos factores, tanto de educación,

como la falta de atención por las instituciones correspondientes, entre otras.

2. Es la minimización del acto, es decir, que estas agresiones o sus

consecuencias se tomen en cuenta como normales, o tengan que ser

aceptadas de manera subordinada por las mujeres por su condición de

género, problema que termina siendo tolerado y que trae como

consecuencia el silenciamiento o el ocultamiento de dichas agresiones.

3. Es la permisibilidad social y cultural de estos hechos, argumentando alguna

enfermedad patológica del victimario minimizando el acto y no viendo el

fenómeno real de subordinación por género.

4. La más preocupante y quizás la más perversa, es la culpabilidad que se

otorga a las mujeres que sufren algún tipo de agresión, creando una doble

victimización con palabras como “tú lo provocaste”, “tú te lo buscaste”,

creando una situación de aceptación de la subordinación y escondiendo el

problema o aceptando su condición de objeto sexual.

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5. Es el reforzamiento del estereotipo al ser asociado o enfocado dependiendo

su clase social o su edad, unido a esto la falta de cohesión social y la falta

de atención de parte del estado y sus agentes.

De los diversos tipos de agresiones contra las mujeres en el ámbito público, las

que tienen mayor porcentaje (32.9%) son de tipo verbal, a través de expresiones

que insultan el cuerpo de la mujer y de carácter sexual; seguidas por agresiones

de tipo físico, en donde las acariciaron o manosearon sin su consentimiento (16%)

y a 1 de cada 10 mujeres le han hecho sentir miedo de sufrir un ataque sexual,

este tipo de agresiones son realizadas principalmente por desconocidos (82.6%),

en menor medida por amigos o conocidos (6%), así como por familiares y

parientes (6%) (ENDIREH, 2006).

Como se puede apreciar en la gráfica siguiente de acuerdo a la ENDIREH, 2006.

Gráfica 2

Fuente: INEGI, ENDIREH 2006.

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De acuerdo a la ENDIREH (2006) los actos de violencia comunitaria son

realizados con más frecuencia por desconocidos, después por familiares y/o

amigos y en un último caso contestaron que por otros.

Gráfica 3

Fuente: INEGI, ENDIREH 2006.

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En la siguiente gráfica, se puede apreciar los grupos de mujeres por rangos de

edad que sufren violencia comunitaria en nuestro país, según la ENDIREH, 2006.

Gráfica 4

El problema de la violencia comunitaria contra las mujeres es que se presenta en

cualquier ámbito público, en donde las mujeres desarrollan su vida social y

comunitaria, como lo son mercados, bares, discotecas, plazas, la calle, el

transporte público, centros comerciales, parques, etc. El combate de la violencia

no solamente atañe a la comunidad, si no que se trata de que el Estado atienda

esta problemática y provea a la sociedad y a las y los servidores públicos las

bases jurídicas de prevención, erradicación y sanción de la violencia comunitaria

contra las mujeres, así como las herramientas para atenderla, así como la ruptura

de patrones machistas y de sensibilización dentro de las dependencias para poder

encaminar las acciones de educación social, de denuncia y sanción de tales actos.

Fuente: INEGI, ENDIREH 2006.

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La violencia de género en sus diferentes tipos y modalidades, desencadena

consecuencias fatales, que van de la mano con la salud pública, en el caso de las

mujeres las consecuencias son fatales y la Organización Mundial de la Salud

(OMS) ha determinado su atención, como lo presentan en el siguiente diagrama.

(OMS, consecuencias de violencia contra las mujeres).

Diagrama 2

VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES: CONSECUENCIAS DE SALUD PÚBLICA

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DEFINICIÓN Y ÁRBOL DEL PROBLEMA

Actualmente, la problemática latente entre las dependencias encargadas de

proporcionar seguridad pública y asesoría jurídica a nivel municipal y estatal, es la

limitada capacidad institucional que existe para prevenir, atender y sancionar la

violencia contra las mujeres en el ámbito comunitario.

Los efectos negativos que conllevan una deficiente prevención, atención y sanción

de la violencia contra las mujeres, se ven reflejados directamente en la salud

física, psicológica y emocional de las mujeres, a pesar de que se han detectado

esfuerzos y compromisos de algunas/os servidores públicos, hoy en día sigue

siendo insuficiente los espacios, el personal y la casi nula capacitación en materia

de género y violencia, que permitan brindar la atención necesaria y además aplicar

medidas correctivas y sanciones a aquellos que incurren a la violencia contra las

mujeres en los espacios comunitarios, bajo la normatividad aplicable.

Es importante señalar que a pesar de que existen muchas limitantes en las

dependencias, existe una gran responsabilidad y disposición por parte de las y los

funcionarios públicos asistentes a los grupos de enfoque para la realización de

éste diagnóstico, en participar en capacitaciones afines a los temas de género,

marco jurídico y normativo aplicable, diseño de políticas públicas con perspectiva

de género, etc. que les proporciones las herramientas suficientes para mejorar los

servicios de atención y sanción de la violencia contra las mujeres específicamente

en el ámbito público.

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Diagrama 3

EF

EC

TO

S

PR

OB

LE

MA

CE

NT

RA

L

La violencia contra la mujer en el ámbito público es el tipo de violencia basada en el

género con el segundo lugar a nivel nacional, sufrida por 4 de cada 10 mujeres

Salud física

Estabilidad emocional

Desigualdad social

LIMITADA CAPACIDAD INSTITUCIONAL PARA PREVENIR, ATENDER Y

SANCIONAR LA VIOLENCIA COMUNITARIA

Deficiente atención y

sanción de la violencia

contra las mujeres

Nulo conocimiento y

aplicación de la normatividad

aplicable en materia de

género

Nula canalización

interinstitucional

CA

US

AS

Falta de

personal,

presupuesto y

recursos

materiales

Falta de coordinación y

comunicación interna,

así como

interinstitucional

Falta de sensibilización

y capacitación en

materia de género, así,

en la normatividad

aplicable

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MARCO NORMATIVO Y JURÍDICO

La erradicación de la violencia contra las mujeres es la lucha por la cual éste

fenómeno sea sancionado y prevenido, ya que se manifiesta como un problema

de salud pública y de educación, que debe de ser atendido por el Estado y sus

agentes.

Constitución de los Estados Unidos Mexicanos

En su artículo 2° reconoce la autonomía de los pueblos y las comunidades para

determinar libremente sus formas de convivencias y organización social,

económica, política y cultural; “respetando las garantías individuales, los derechos

humanos y, de manera relevante, la dignidad e integridad de las mujeres.”

(Artículo 2°, II)

En el artículo 4° de la Carta Magna se establece la igualdad entre hombres y

mujeres por la ley, protegiendo su organización e integridad y desarrollo de la

familia.

México es partícipe de diferentes tratados y convenciones internacionales que

buscan la equidad y sobre todo el cuidado de la integridad de las mujeres en su

condición de género violentado en la mayoría de las sociedades, los siguientes

tratados, convenciones y leyes conforman el marco normativo Internacional y

Nacional en el que se desenvuelven las acciones para prevenir, sancionar y

eliminar la violencia contra las mujeres, en este caso la violencia comunitaria

desde el Estado y sus acciones dentro del gobierno federal, estatal y municipal.

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TRATADOS Y CONVENCIONES INTERNACIONALES

Comisión Interamericana de Mujeres (CIM) de la Organización de los

Estados (CIM, 1928)

La CIM, funge como órgano intergubernamental creado con el propósito de

asegurar el reconocimiento de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales

y culturales de las mujeres. Sus propósitos se centran en la participación,

atención y promoción de medidas que aseguren la participación de la mujer y su

desarrollo político, social, económico y cultural; con bases legislativas que

busquen eliminar la discriminación en contra de las mujeres, siendo esta tarea de

los gobiernos para que adopten medidas en todas las esferas sociales.

La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de

Discriminación contra la Mujere (CEDAW, 1979)

La CEDAW, como parte de la ONU, se basa en tres aspectos fundamentales de

las mujeres, los derechos civiles y la condición jurídica y social de la mujer, la

reproducción humana, y las consecuencias de los factores culturales en las

relaciones entre los sexos.

Artículo 1

A los efectos de la presente Convención, la expresión "discriminación contra

la mujer" denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo

que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento,

goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre

la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y

las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social,

cultural y civil o en cualquier otra esfera.

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Artículo 2

Los Estados Partes condenan la discriminación contra la mujer en todas sus

formas, convienen en seguir, por todos los medios apropiados y sin

dilaciones, una política encaminada a eliminar la discriminación contra la

mujer y, con tal objeto, se comprometen a:

a) Consagrar, si aún no lo han hecho, en sus constituciones nacionales

y en cualquier otra legislación apropiada el principio de la igualdad

del hombre y de la mujer y asegurar por ley u otros medios

apropiados la realización práctica de ese principio;

b) Adoptar medidas adecuadas, legislativas y de otro carácter, con las

sanciones correspondientes, que prohíban toda discriminación contra

la mujer;

c) Establecer la protección jurídica de los derechos de la mujer sobre

una base de igualdad con los del hombre y garantizar, por conducto

de los tribunales nacionales competentes y de otras instituciones

públicas, la protección efectiva de la mujer contra todo acto de

discriminación;

d) Abstenerse de incurrir en todo acto o práctica de discriminación

contra la mujer y velar por que las autoridades e instituciones

públicas actúen de conformidad con esta obligación;

e) Tomar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación

contra la mujer practicada por cualesquiera personas, organizaciones

o empresas; Adoptar todas las medidas adecuadas, incluso de

carácter legislativo, para modificar o derogar leyes, reglamentos,

usos y prácticas que constituyan discriminación contra la mujer;

f) Derogar todas las disposiciones penales nacionales que constituyan

discriminación contra la mujer.

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Convención Interamericana para la Prevención, Sanción y

Erradicación de la Violencia contra las Mujeres (Convenció Belém Dó

Pará, Brasil, 1994) Convención “Belem Do Pará”

Como parte de la lucha en contra de la discriminación en contra de las mujeres se

llevó a cabo en 1998 la "Convención De Belem Do Para", en esta convención se

dio por primera vez de forma más detallada los esfuerzos por eliminar y combatir

la violencia en contra de las mujeres; es sus artículos se encuentran definidas las

acciones y las definiciones de violencia que padecen las mujeres y las acciones

para su prevención, sanción y erradicación:

Artículo 2

Se entenderá que violencia contra la mujer incluye la violencia física, sexual

y psicológica:

a. que tenga lugar dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier

otra relación interpersonal, ya sea que el agresor comparta o haya

compartido el mismo domicilio que la mujer, y que comprende, entre otros,

violación, maltrato y abuso sexual;

b. que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier

persona y que comprende, entre otros, violación, abuso sexual,

tortura, trata de personas, prostitución forzada, secuestro y acoso

sexual en el lugar de trabajo, así como en instituciones educativas,

establecimientos de salud o cualquier otro lugar, y

c. que sea perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes,

dondequiera que ocurra.

Artículo 3

Toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito

público como en el privado.

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Artículo 4

Toda mujer tiene derecho al reconocimiento, goce, ejercicio y protección de

todos los derechos humanos y a las libertades consagradas por los

instrumentos regionales e internacionales sobre derechos humanos. Estos

derechos comprenden, entre otros:

a. el derecho a que se respete su vida;

b. el derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral;

c. el derecho a la libertad y a la seguridad personal;

d. el derecho a no ser sometida a torturas;

e. el derecho a que se respete la dignidad inherente a su persona y que

se proteja a su familia;

f. el derecho a igualdad de protección ante la ley y de la ley;

j. el derecho a tener igualdad de acceso a las funciones públicas de su

país y a participar en los asuntos públicos, incluyendo la toma de

decisiones.

Artículo 6

El derecho de toda mujer a una vida libre de violencia incluye, entre otros:

a. el derecho de la mujer a ser libre de toda forma de discriminación, y

b. el derecho de la mujer a ser valorada y educada libre de patrones

estereotipados de comportamiento y prácticas sociales y culturales basadas

en conceptos de inferioridad o subordinación.

Artículo 7

Los Estados Partes condenan todas las formas de violencia contra la

mujer y convienen adoptar, por todos los medios apropiados y sin

dilaciones, políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar dicha

violencia y en llevar a cabo lo siguiente:

a. abstenerse de cualquier acción o práctica de violencia contra la

mujer y velar por que las autoridades, sus funcionarios, personal y

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agentes e instituciones se comporten de conformidad con esta

obligación;

b. actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar

la violencia contra la mujer;

c. incluir en su legislación interna normas penales, civiles y

administrativas, así como las de otra naturaleza que sean necesarias

para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y

adoptar las medidas administrativas apropiadas que sean del caso;

d. adoptar medidas jurídicas para conminar al agresor a abstenerse de

hostigar, intimidar, amenazar, dañar o poner en peligro la vida de la

mujer de cualquier forma que atente contra su integridad o

perjudique su propiedad;

e. tomar todas las medidas apropiadas, incluyendo medidas de tipo

legislativo, para modificar o abolir leyes y reglamentos vigentes, o

para modificar prácticas jurídicas o consuetudinarias que respalden

la persistencia o la tolerancia de la violencia contra la mujer;

f. establecer procedimientos legales justos y eficaces para la mujer que

haya sido sometida a violencia, que incluyan, entre otros, medidas de

protección, un juicio oportuno y el acceso efectivo a tales

procedimientos;

g. establecer los mecanismos judiciales y administrativos necesarios

para asegurar que la mujer objeto de violencia tenga acceso efectivo

a resarcimiento, reparación del daño u otros medios de

compensación justos y eficaces.

Artículo 8

Los Estados Partes convienen en adoptar, en forma progresiva, medidas

específicas, inclusive programas para:

a. fomentar el conocimiento y la observancia del derecho de la mujer a

una vida libre de violencia, y el derecho de la mujer a que se

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respeten y protejan sus derechos humanos; modificar los patrones

socioculturales de conducta de hombres y mujeres, incluyendo el

diseño de programas de educación formales y no formales

apropiados a todo nivel del proceso educativo, para contrarrestar

prejuicios y costumbres y todo otro tipo de prácticas que se basen en

la premisa de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los

géneros o en los papeles estereotipados para el hombre y la mujer

que legitimizan o exacerban la violencia contra la mujer:

b. fomentar la educación y capacitación del personal en la

administración de justicia, policial y demás funcionarios encargados

de la aplicación de la ley, así como del personal a cuyo cargo esté la

aplicación de las políticas de prevención, sanción y eliminación de la

violencia contra la mujer;

c. suministrar los servicios especializados apropiados para la atención

necesaria a la mujer objeto de violencia, por medio de entidades de

los sectores público y privado, inclusive refugios, servicios de

orientación para toda la familia, cuando sea del caso, y cuidado y

custodia de los menores afectados;

d. fomentar y apoyar programas de educación gubernamentales y del

sector privado destinados a concientizar al público sobre los

problemas relacionados con la violencia contra la mujer, los recursos

regales y la reparación que corresponda; e. ofrecer a la mujer objeto

de violencia acceso a programas eficaces de rehabilitación y

capacitación que le permitan participar plenamente en la vida

pública, privada y social;

e. alentar a los medios de comunicación a elaborar directrices

adecuadas de difusión que contribuyan a erradicar la violencia contra

la mujer en todas sus formas y a realzar el respeto a la dignidad de la

mujer;

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f. garantizar la investigación y recopilación de estadísticas y demás

información pertinente sobre las causas, consecuencias y frecuencia

de la violencia contra la mujer, con el fin de evaluar la eficacia de las

medidas para prevenir, sancionar y eliminar la violencia contra la

mujer y de formular y aplicar los cambios que sean necesarios, y

g. promover la cooperación internacional para el intercambio de ideas y

experiencias y la ejecución de programas encaminados a proteger a

la mujer objeto de violencia.

Artículo 9

Para la adopción de las medidas a que se refiere este capítulo, los Estados

Partes tendrán especialmente en cuenta la situación de vulnerabilidad a la

violencia que pueda sufrir la mujer en razón, entre otras, de su raza o de su

condición étnica, de migrante, refugiada o desplazada. En igual sentido se

considerará a la mujer que es objeto de violencia cuan do está embarazada,

es discapacitada, menor de edad, anciana, o está en situación

socioeconómica desfavorable o afectada por situaciones de conflictos

armados o de privación de su libertad.

Artículo 10

Con el propósito de proteger el derecho de la mujer a una vida libre de

violencia, en los informes nacionales a la Comisión Interamericana de

Mujeres, los Estados Partes deberán incluir información sobre las medidas

adoptadas para prevenir y erradicar la violencia contra la mujer, para asistir

a la mujer afectada por la violencia, así como sobre las dificultades que

observen en la aplicación de las mismas y los factores que contribuyan a la

violencia contra la mujer.

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La Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer. Declaración y

Plataforma de Acción de Beijing. 1995

La Plataforma de Acción de Beijing, fue una necesidad dentro de la cuarta

conferencia Mundial sobre la mujer, en donde se estableció una declaración y una

plataforma con 12 esferas que se centraban en diferentes temas de acción en pro

de las mujeres, sobre todo en la violencia.

Dentro de esta plataforma se encuentran diferentes apartados que conciernen a la

violencia en contra de las mujeres y las niñas:

(Apartado) D. La violencia contra la mujer

112. La violencia contra la mujer impide el logro de los objetivos de

igualdad, desarrollo y paz. La violencia contra la mujer viola y menoscaba o

impide su disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales.

En todas las sociedades, en mayor o menor medida, las mujeres y las

niñas están sujetas a malos tratos de índole física, sexual y

psicológica, sin distinción en cuanto a su nivel de ingresos, clase y

cultura. La baja condición social y económica de la mujer puede ser tanto

una causa como una consecuencia de la violencia de que es víctima.

113. La expresión "violencia contra la mujer" se refiere a todo acto de

violencia basado en el género que tiene como resultado posible o real

un daño físico, sexual o psicológico, incluidas las amenazas, la

coerción o la privación arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la

vida pública o en la privada. Por consiguiente, la violencia contra la mujer

puede tener, entre otras, las siguientes formas:

a) La violencia física, sexual y psicológica en la familia, incluidos los

golpes, el abuso sexual de las niñas en el hogar, la violencia relacionada

con la dote, la violación por el marido, la mutilación genital y otras

prácticas tradicionales que atentan contra la mujer, la violencia ejercida

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por personas distintas del marido y la violencia relacionada con la

explotación;

b) La violencia física, sexual y psicológica al nivel de la comunidad en

general, incluidas las violaciones, los abusos sexuales, el

hostigamiento y la intimidación sexuales en el trabajo, en

instituciones educacionales y en otros ámbitos, la trata de mujeres

y la prostitución forzada;

c) La violencia física, sexual y psicológica perpetrada o tolerada por el

Estado, dondequiera que ocurra.

Medidas que han de adoptarse para prevenir y combatir la violencia contra

la mujer:

124. Medidas que han de adoptar los gobiernos:

a) Condenar la violencia contra la mujer y abstenerse de invocar ninguna

costumbre, tradición o consideración de carácter religioso para eludir las

obligaciones con respecto a su eliminación que figuran en la Declaración

sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer;

b) prevenir, investigar y, de conformidad con las leyes nacionales en vigor,

castigar los actos de violencia contra la mujer, ya hayan sido

cometidos por el Estado o por particulares;

c) Introducir sanciones penales, civiles, laborales y administrativas en

las legislaciones nacionales, o reforzar las vigentes, con el fin de

castigar y reparar los daños causados a las mujeres y las niñas

víctimas de cualquier tipo de violencia, ya sea en el hogar, el lugar

de trabajo, la comunidad o la sociedad;

d) Adoptar o aplicar las leyes pertinentes, y revisarlas y analizarlas

periódicamente a fin de asegurar su eficacia para eliminar la

violencia contra la mujer, haciendo hincapié en la prevención de la

violencia y el enjuiciamiento de los responsables; adoptar medidas

para garantizar la protección de las mujeres víctimas de la

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violencia, el acceso a remedios justos y eficaces, inclusive la

reparación de los daños causados, la indemnización y la curación

de las víctimas y la rehabilitación de los agresores;

125. Medidas que han de adoptar los gobiernos, incluidos los gobiernos

locales, las organizaciones populares, las organizaciones no

gubernamentales, las instituciones de enseñanza, los sectores público y

privado, en particular las empresas, y los medios de información, según

proceda:

a) Establecer centros de acogida y servicios de apoyo dotados de los

recursos necesarios para auxiliar a las niñas y mujeres víctimas de

la violencia y prestarles servicios médicos, psicológicos y de

asesoramiento, así como asesoramiento letrado a título gratuito o de

bajo costo, cuando sea necesario, además de la asistencia que

corresponda para ayudarles a encontrar medios de vida suficientes;

b) Establecer servicios lingüística y culturalmente accesibles para las

mujeres y niñas inmigrantes, incluidas las trabajadoras migratorias, que

sean víctimas de la violencia en razón de su sexo;

c) Reconocer la vulnerabilidad frente a la violencia y a otras formas de

maltrato de las inmigrantes, incluidas las trabajadoras migratorias, cuya

condición jurídica en el país de acogida depende de empleadores que

pueden explotar su situación;

d) Apoyar las iniciativas de las organizaciones femeninas y de las

organizaciones no gubernamentales de todo el mundo encaminadas a

despertar la conciencia sobre el problema de la violencia contra la mujer

y contribuir a su eliminación;

e) Organizar, apoyar y financiar campañas de educación y capacitación de

las comunidades encaminadas a despertar la conciencia de que la

violencia contra la mujer constituye una violación de sus derechos.

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La Décima Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el

Caribe. Quito, Ecuador, 2007.

Se llevó a cabo en Quito, Ecuador por medio de la CEPAL una convención para

tratar y llevar a cabo compromisos por parte de los gobiernos participantes para

impulsar la paridad en la participación política de las mujeres, impulsar la

corresponsabilidad en la vida familiar y laboral, reconocer las aportaciones del

cuidado doméstico y en general, mejorar sus condiciones laborales. Estos

compromisos son parte general de las acciones en contra de la discriminación en

contra de las mujeres y la prevención de la violencia ya que se intenta asegurar

por parte de los agentes de gobierno la participación y la equidad en la vida social

de las mujeres y hombres.

En el 2010 la ONU creó una organización de mujeres, siendo su objetivo el

empoderamiento de la mujer y la igualdad de género.

Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (Unifem

2010)

Es una Implementación de normas en defensa de la igualdad de género, sea a

órganos de gobierno o sociedad civil organizada. Las principales funciones de

ONU Mujeres son:

Dará apoyo a las entidades intergubernamentales como la Comisión de la

Condición Jurídica y Social de la Mujer en su formulación de políticas y

estándares y normas mundiales

Dará asistencia a los Estados Miembros para implementar esos estándares,

dando cuando sea necesario el apoyo técnico y financiero adecuado para

ayudar a los países que lo soliciten así como para establecer alianzas

eficaces con la sociedad civil; y

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Hará que el sistema de la ONU rinda cuentas de sus compromisos en

materia de igualdad de género, incluyendo el monitoreo continuo de los

progresos dentro del sistema.

LEYES, REGLAMENTOS Y CÓDIGOS NACIONALES

Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

(2007)

La creación de esta ley es un instrumento que contiene las disposiciones y

condiciones legales que proporciona la seguridad y la integridad de las mujeres en

el país. La cual tipifica la violencia que sufren las mujeres y menciona las

condiciones con las que debe de ser tratado jurídicamente este problema.

Artículo 6

Los tipos de violencia contra las mujeres son:

I. La violencia psicológica. Es cualquier acto u omisión que dañe la

estabilidad psicológica, que puede consistir en: negligencia,

abandono, descuido reiterado, celotipia, insultos, humillaciones,

devaluación, marginación, indiferencia, infidelidad, comparaciones

destructivas, rechazo, restricción a la autodeterminación y

amenazas, las cuales conllevan a la víctima a la depresión, al

aislamiento, a la devaluación de su autoestima e incluso al suicidio;

II. La violencia física.- Es cualquier acto que inflige daño no

accidental, usando la fuerza física o algún tipo de arma u objeto que

pueda provocar o no lesiones ya sean internas, externas, o ambas;

III. La violencia patrimonial.- Es cualquier acto u omisión que afecta la

supervivencia de la víctima. Se manifiesta en: la transformación,

sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos,

documentos personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o

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recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades y

puede abarcar los daños a los bienes comunes o propios de la

víctima;

IV. Violencia económica.- Es toda acción u omisión del Agresor que

afecta la supervivencia económica de la víctima. Se manifiesta a

través de limitaciones encaminadas a controlar el ingreso de sus

percepciones económicas, así como la percepción de un salario

menor por igual trabajo, dentro de un mismo centro laboral;

V. La violencia sexual.- Es cualquier acto que degrada o daña el

cuerpo y/o la sexualidad de la Víctima y que por tanto atenta contra

su libertad, dignidad e integridad física. Es una expresión de abuso

de poder que implica la supremacía masculina sobre la mujer, al

denigrarla y concebirla como objeto, y

VI. Cualesquiera otras formas análogas que lesionen o sean

susceptibles de dañar la dignidad, integridad o libertad de las

mujeres.

De la violencia en la comunidad:

Artículo 16

Violencia en la Comunidad: Son los actos individuales o colectivos que

transgreden derechos fundamentales de las mujeres y propician su

denigración, discriminación, marginación o exclusión en el ámbito público.

Artículo 17

El Estado mexicano debe garantizar a las mujeres la erradicación de la

violencia en la comunidad, a través de:

I. La reeducación libre de estereotipos y la información de alerta sobre

el estado de riesgo que enfrentan las mujeres en una sociedad

desigual y discriminatoria;

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II. El diseño de un sistema de monitoreo del comportamiento violento

de los individuos y de la sociedad contra las mujeres, y

III. El establecimiento de un banco de datos sobre las órdenes de

protección y de las personas sujetas a ellas, para realizar las

acciones de política criminal que correspondan y faciliten el

intercambio de información entre las instancias.

IV. Hacer del conocimiento público el motivo de la alerta de violencia.

Reglamento de la ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida

Libre de Violencia (2008)

Este reglamento que en concordancia con la Ley General cuenta con los

instrumentos jurídicos y las bases para las acciones en contra de la violencia

contra las mujeres, a continuación los artículos que incluye el reglamento en el

caso de violencia contra las mujeres:

Artículo 1

Este ordenamiento tiene por objeto reglamentar las disposiciones de la Ley

General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en lo

relativo al Poder Ejecutivo Federal, y las bases de coordinación entre éste,

las entidades federativas y los municipios, necesarias para su ejecución.

Artículo 2

Para los efectos del presente Reglamento, además de las definiciones

contenidas en el artículo 5 de Ley General de Acceso de las Mujeres a una

Vida Libre de Violencia, se entiende por:

I. Banco Nacional: el Banco Nacional de Datos e Información sobre

Casos de Violencia contra las Mujeres;

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II. Eje de Acción: las actividades que se llevan a cabo para aplicar las

políticas públicas tendientes a prevenir, atender, sancionar y

erradicar la violencia contra las mujeres;

III. Estado de Riesgo: cualquier circunstancia que haga previsible una

situación de violencia contra las mujeres;

IV. Mecanismos para el adelanto de las mujeres: las instancias de las

entidades federativas creadas para el diseño, promoción y monitoreo

de la aplicación de las políticas públicas en favor de los derechos de

las mujeres;

V. Modelos: conjunto de estrategias que reúnen las medidas y acciones

necesarias para garantizar la seguridad y el ejercicio de los derechos

de las mujeres víctimas de violencia;

VI. Política Nacional Integral: acciones con perspectiva de género y de

coordinación entre la Federación, las entidades federativas y los

municipios para el acceso de las mujeres al derecho a una vida libre

de violencia, y

VII. Reglamento: Reglamento de la Ley General de Acceso de las

Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Artículo 10

El objetivo de la prevención será reducir los factores de riesgo de la

violencia contra las mujeres, y se integrará por las etapas siguientes:

I. Anticipar y evitar la generación de la violencia en todas sus

modalidades previstas por la Ley;

II. Detectar en forma oportuna los posibles actos o eventos de violencia

contra las mujeres, y

III. Disminuir el número de víctimas, mediante acciones disuasivas que

desalienten la violencia.

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Artículo 13

Las acciones correspondientes a la prevención de la violencia laboral,

docente y en la comunidad, que realicen la Federación, las entidades

federativas y los municipios, de conformidad con los instrumentos de

coordinación, así como por la normatividad emitida en el ámbito de sus

respectivas competencias, se regirá por los principios siguientes:

I. Igualdad de mujeres y hombres ante la Ley;

II. Reconocimiento de las mujeres como sujetos de derechos;

III. Generación de cambios conductuales en la sociedad para el

desaliento de la violencia contra las mujeres;

IV. Participación de las mujeres en los diferentes sectores, y

V. Fomento de la cultura jurídica y de legalidad, así como de denuncia.

Artículo 15

La atención es el conjunto de servicios integrales proporcionados a las

mujeres y a los agresores, con la finalidad de disminuir el impacto de la

violencia, los cuales deberán otorgarse de acuerdo con la Política Nacional

Integral, los principios rectores y los ejes de acción. El Modelo de Atención

buscará incluir estrategias eficaces de rehabilitación y capacitación que

permitan a las mujeres participar plenamente en la vida pública, privada y

social. Los programas deberán diseñarse en atención a las necesidades y

los derechos en materia de salud, educación, trabajo y acceso a la justicia

de las mujeres.

Artículo 16

Los centros de atención públicos o privados, que tengan por objeto la

atención de alguna de las modalidades de violencia en términos de la Ley,

orientarán sus servicios al empoderamiento de las mujeres y a la

disminución del estado de riesgo en que éstas se encuentren.

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Artículo 17

La atención que se dé al agresor, será reeducativa y ausente de cualquier

estereotipo, y tendrá como propósito la eliminación de rasgos violentos de

los agresores, mediante el otorgamiento de servicios integrales y

especializados.

Artículo 19

La atención que otorguen las instituciones públicas a las víctimas será

gratuita, integral y especializada para cada modalidad de violencia.

Artículo 46

El Sistema (integrado por la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de

Desarrollo Social, la Secretaría de Seguridad Pública, la Procuraduría

General de la República, la Secretaría de Educación Pública, la Secretaría

de Salud, el Instituto Nacional de las Mujeres, quien ocupará la Secretaría

Ejecutiva del Sistema, El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación,

El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, y los

mecanismos para el adelanto de las mujeres en las entidades federativas)

tendrán como estrategias prioritarias para la erradicación de la violencia

contra las mujeres:

I. La planificación de las acciones contra la violencia y el programa

integral;

II. La coordinación institucional entre los tres órdenes de gobierno y el

Sistema;

III. La armonización del marco jurídico en las entidades federativas y los

municipios;

IV. La sistematización e intercambio de información sobre violencia

contra las mujeres,

V. La investigación multidisciplinaria sobre los tipos de violencia.

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Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. 2006

Artículo 1 La presente Ley tiene por objeto regular y garantizar la igualdad entre

mujeres y hombres y proponer los lineamientos y mecanismos

institucionales que orienten a la Nación hacia el cumplimiento de la igualdad

sustantiva en los ámbitos público y privado, promoviendo el

empoderamiento de las mujeres. Sus disposiciones son de orden público e

interés social y de observancia general en todo el Territorio Nacional.

Artículo 26

El Sistema Nacional (integrado por la Secretaría de Gobernación, la

Secretaría de Desarrollo Social, la Secretaría de Seguridad Pública, la

Procuraduría General de la República, la Secretaría de Educación Pública,

la Secretaría de Salud, el Instituto Nacional de las Mujeres, quien ocupará

la Secretaría Ejecutiva del Sistema, El Consejo Nacional para Prevenir la

Discriminación, El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la

Familia, y los mecanismos para el adelanto de las mujeres en las entidades

federativas) tiene los siguientes objetivos:

I. Promover la igualdad entre mujeres y hombres y contribuir a la

erradicación de todo tipo de discriminación;

II. Contribuir al adelanto de las mujeres;

III. Coadyuvar a la modificación de estereotipos que discriminan y fomentan

la violencia de género, y

IV. Promover el desarrollo de programas y servicios que fomenten la

igualdad entre mujeres y hombres.

Artículo 37

Con el fin de promover la igualdad en el acceso a los derechos sociales y el

pleno disfrute de éstos, serán objetivos de la Política Nacional:

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I. Mejorar el conocimiento y la aplicación de la legislación existente en el

ámbito del desarrollo social;

II. Supervisar la integración de la perspectiva de género al concebir, aplicar

y evaluar las políticas y actividades públicas, privadas y sociales que

impactan la cotidianeidad, y

III. Revisar permanentemente las políticas de prevención, atención, sanción

y erradicación de la violencia de género.

Artículo 39

Con el fin de promover y procurar la igualdad en la vida civil de mujeres y

hombres, será objetivo de la Política Nacional:

I. Evaluar la legislación en materia de igualdad entre mujeres y hombres;

II. Promover los derechos específicos de las mujeres como derechos

humanos universales, y

III. Erradicar las distintas modalidades de violencia de género.

Artículo 41

Será objetivo de la Política Nacional la eliminación de los estereotipos que

fomentan la discriminación y la violencia contra las mujeres.

Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en

materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las

Víctimas de estos Delitos

Artículo 2 Esta Ley tiene por objeto:

I. Establecer competencias y formas de coordinación para la prevención,

investigación, persecución y sanción de los delitos en materia de trata de

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personas entre los Gobiernos Federal, Estatales, del Distrito Federal y

Municipales;

II. Establecer los tipos penales en materia de trata de personas y sus

sanciones;

III. Determinar los procedimientos penales aplicables a estos delitos;

IV. La distribución de competencias y formas de coordinación en materia de

protección y asistencia a las víctimas de los delitos objeto de esta Ley;

V. Establecer mecanismos efectivos para tutelar la vida, la dignidad, la

libertad, la integridad y la seguridad de las personas, así como el libre

desarrollo de niñas, niños y adolescentes, cuando sean amenazados o

lesionados por la comisión de los delitos objeto de esta Ley; y

VI. Reparar el daño a las víctimas de trata de personas de manera integral,

adecuada, eficaz y efectiva, proporcional a la gravedad del daño causado y

a la afectación sufrida.

Artículo 10.- Toda acción u omisión dolosa de una o varias personas para

captar, enganchar, transportar, transferir, retener, entregar, recibir o alojar a

una o varias personas con fines de explotación se le impondrá de 5 a 15

años de prisión y de un mil a veinte mil días multa, sin perjuicio de las

sanciones que correspondan para cada uno de los delitos cometidos,

previstos y sancionados en esta Ley y en los códigos penales

correspondientes.

Se entenderá por explotación de una persona a:

I. La esclavitud, de conformidad con el artículo 11 de la presente Ley;

II. La condición de siervo, de conformidad con el artículo 12 de la presente

Ley;

III. La prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, en los

términos de los artículos 13 a 20 de la presente Ley;

IV. La explotación laboral, en los términos del artículo 21 de la presente

Ley;

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V. El trabajo o servicios forzados, en los términos del artículo 22 de la

presente Ley;

VI. La mendicidad forzosa, en los términos del artículo 24 de la presente

Ley;

VII. La utilización de personas menores de dieciocho años en actividades

delictivas, en los términos del artículo 25 de la presente Ley;

VIII. La adopción ilegal de persona menor de dieciocho años, en los

términos de los artículos 26 y 27 de la presente Ley;

IX. El matrimonio forzoso o servil, en los términos del artículo 28 de la

presente Ley, así como la situación prevista en el artículo 29;

X. Tráfico de órganos, tejidos y células de seres humanos vivos, en los

términos del artículo 30 de la presente Ley; y

XI. Experimentación biomédica ilícita en seres humanos, en los términos del

artículo 31 de la presente Ley.

Artículo 13 Será sancionado con pena de 15 a 30 años de prisión y de un mil a 30 mil

días multa, al que se beneficie de la explotación de una o más personas a

través de la prostitución, la pornografía, las exhibiciones públicas o privadas

de orden sexual, el turismo sexual o cualquier otra actividad sexual

remunerada mediante:

I. El engaño;

II. La violencia física o moral;

III. El abuso de poder;

IV. El aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad;

V. Daño grave o amenaza de daño grave; o

VI. La amenaza de denunciarle ante autoridades respecto a su situación

migratoria en el país o cualquier otro abuso de la utilización de la ley o

procedimientos legales, que provoque que el sujeto pasivo se someta a las

exigencias del activo.

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NOM-046-SSA2-2005. Norma Oficial Criterios para la Atención Médica

de la Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la

prevención y atención

Esta Norma estipula los pasos para atender en los centros de salud, hospitales y

todo el sector de salud en general a mujeres que han sido víctimas de violencia.

5. Generalidades

5.1. Todas las instituciones, dependencias y organizaciones del Sistema

Nacional de Salud que presten servicios de salud deberán otorgar atención

médica a las personas involucradas en situación de violencia familiar o

sexual, las cuales pueden ser identificadas desde el punto de vista médico,

como la o el usuario afectado; al agresor, y a quienes resulten afectados en

este tipo de situaciones.

5.2. Esta atención médica incluye la promoción, protección y procurar

restaurar al grado máximo posible la salud física y mental a través del

tratamiento, rehabilitación o referencia a instancias especializadas,

información de medidas médicas alternativas si el caso lo requiere y,

cuando sea solicitado y las condiciones lo permitan, la promoción y

restauración de la salud de los probables agresores.

5.3. La atención médica se proporcionará con perspectiva de género que

permita comprender de manera integral el problema de la violencia.

5.4. Las instituciones de salud deberán participar en el diseño, aplicación y

evaluación de los programas de promoción de la salud - educación para la

salud, participación social y participación operativa.

5.5. Las instituciones de salud deberán propiciar la coordinación o

concertación con otras instituciones, dependencias y organizaciones del

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sector público, social y privado, para realizar una oportuna canalización de

las personas involucradas en violencia familiar o sexual, a fin de que, en el

ámbito de sus respectivas competencias, se proporcione atención médica,

psicológica, legal, de asistencia social u otras.

5.6. La o el prestador de servicios de salud proporcionará la atención

médica, orientación y consejería a las personas involucrados en situaciones

de violencia familiar o sexual, debiendo referirlos, cuando se requiera, a

otros servicios, unidades médicas, instituciones y organismos con mayor

capacidad resolutiva (en caso de requerirlo, a un refugio), a fin de lograr

precisión diagnóstica, continuidad del tratamiento, rehabilitación o seguridad

y protección, así como apoyo legal y psicológico para los cuales estén

facultados.

Código Penal Federal

En su título decimoquinto sobre Delitos contra la libertad y el normal desarrollo

psicosexual, capitulo 1 sobre el Hostigamiento Sexual, abuso sexual, estupro y

violación se considera que:

Artículo 259 Bis Al que con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier

sexo, valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones

laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique

subordinación, se le impondrá sanción hasta de cuarenta días multa. Si el

hostigador fuese servidor público y utilizare los medios o circunstancias que

el encargo le proporcione, se le destituirá de su cargo.

Solamente será punible el hostigamiento sexual, cuando se cause un

perjuicio o daño.

Sólo se procederá contra el hostigador, a petición de parte ofendida.

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Artículo 260 Comete el delito de abuso sexual quien ejecute en una persona, sin su

consentimiento, o la obligue a ejecutar para sí o en otra persona, actos

sexuales sin el propósito de llegar a la cópula. A quien cometa este delito,

se le impondrá pena de seis a diez años de prisión y hasta doscientos días

multa.

Para efectos de este artículo se entiende por actos sexuales los

tocamientos o manoseos corporales obscenos, o los que representen

actos explícitamente sexuales u obliguen a la víctima a representarlos.

También se considera abuso sexual cuando se obligue a la víctima a

observar un acto sexual, o a exhibir su cuerpo sin su consentimiento.

Si se hiciera uso de violencia, física o psicológica, la pena se

aumentará en una mitad más en su mínimo y máximo.

Código Federal de Procedimientos Penales

Artículo 2

Compete al Ministerio Público Federal llevar a cabo la averiguación previa y

ejercer, en su caso, la acción penal ante los tribunales.

En la averiguación previa corresponderá al Ministerio Público:

I.- Recibir las denuncias o querellas que le presenten en forma oral o

por escrito sobre hechos que puedan constituir delito;

II. Practicar y ordenar la realización de todos los actos conducentes a la

acreditación del cuerpo del delito y la probable responsabilidad del

inculpado, así como a la reparación del daño;

III.- Solicitar a la autoridad jurisdiccional las medidas precautorias de

arraigo, aseguramiento o embargo que resulten indispensables para la

averiguación previa, así como las órdenes de cateo que procedan;

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IV. Acordar la detención o retención de los indiciados cuando así proceda.

Realizada la detención se procederá a su registro inmediato. En el caso del

acuerdo de retención se procederá a actualizar su registro;

V. Solicitar el apoyo de la policía para brindar protección a víctimas,

ofendidos, testigos, jueces, magistrados, agentes del Ministerio Público y de

la policía, y en general, de todos los sujetos que intervengan en el

procedimiento, en los casos en que exista un riesgo objetivo para su vida o

integridad corporal;

VI.- Asegurar o restituir al ofendido en sus derechos en los términos del

artículo 38;

VII.- Determinar la reserva o el ejercicio de la acción penal;

VIII.- Acordar y notificar personalmente al ofendido o víctima el no ejercicio

de la acción penal y, en su caso, resolver sobre la inconformidad que

aquéllos formulen;

LEYES, REGLAMENTOS Y CÓDIGOS ESTATALES

Código de Defensa Social del Estado Libre y Soberano de Puebla

En el Libro Segundo, Capítulo Undécimo todo lo referente a Delitos Sexuales y

son:

·Ataques al pudor

·Estupro

·Violación

·Rapto

·Hostigamiento y Acoso sexual

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Artículo 260

Comete el delito de ataques al pudor quien sin el consentimiento de una

persona mayor o menor de doce años, o con consentimiento de esta última,

ejecutare en ella o le hiciere ejecutar un acto erótico sexual, sin el propósito

de llegar a la cópula’’.

Artículo 261

Al responsable de un delito de ataques al pudor se le impondrán:

I.- Prisión de un mes a un año y multa de dos a veinte días de salario, si el

sujeto pasivo es mayor de doce años y el delito se cometió sin su

consentimiento.

II.- Si el sujeto pasivo del delito fuere persona menor de doce años,

estuviere privada de razón o de sentido, no tuviere la capacidad de

comprender el significado del hecho o que por enfermedad o cualquier otra

causa no pudiere oponer resistencia, se presumirá la violencia y la sanción

será de uno a cinco años de prisión y multa de veinte a doscientos días de

salario, se haya ejecutado el delito con o sin su consentimiento, debiéndose

aumentar hasta en otro tanto igual las sanciones, si el delito fuere cometido

con intervención de dos o más personas, y

III.- Cuando el sujeto pasivo sea mayor de doce años y el delito se ejecute

con violencia física o moral, se impondrán al responsable de seis meses a

cuatro años de prisión y multa de diez a cien días de salario, sanciones que

se aumentarán hasta en otro tanto igual, si el delito fuere cometido con

intervención de dos o más personas.”

Artículo 267

Establece que se le aplicarán de seis a veinte años de prisión y multa de

cincuenta a quinientos días de salario al que por medio de la violencia física

o moral tuviere cópula con una persona sea cual fuere su sexo.

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Artículo 278

Comete el delito de hostigamiento sexual quien, valiéndose de una posición

jerárquica derivada de la relación laboral, docente, doméstica o cualquiera

otra que genere subordinación, asedie a otra persona, emitiéndole

propuestas, utilice lenguaje lascivo con este fin o le solicite ejecutar

cualquier acto de naturaleza sexual

Comete el delito de acoso sexual quien con respecto a una persona con la

que no exista relación de subordinación, lleve a cabo conductas verbales,

físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad que la pongan en riesgo o

la dejen en estado de indefensión.

Al responsable del delito de hostigamiento sexual se le impondrán de seis

meses a dos años de prisión y multa de cincuenta a trescientos días de

salario y será punible cuando se ocasione un daño o perjuicio en la posición

laboral, docente, doméstica o de cualquier naturaleza que se derive de la

subordinación de la persona agredida.

Al responsable del delito de acoso sexual se le impondrá multa de

cincuenta a trescientos días de salario.

Si la persona que comete estos delitos fuere servidor público y utilizase los

medios o circunstancias que su función le proporciona para ejecutar el

hostigamiento o el acoso sexual, además se le sancionará con la

destitución e inhabilitación de seis meses a dos años para desempeñar

cualquier empleo, cargo o comisión públicos.

Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla

Artículo 34

La capacidad jurídica es igual para el hombre y la mujer.

Artículo 291

A través de las instituciones correspondientes, el Estado deberá auxiliar y

proteger legal y socialmente a la familia, proporcionando asistencia especial

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a la niñez, la mujer, los enfermos, los incapaces, los discapacitados y los

ancianos, conforme a los siguientes principios:

I.- Se declara de interés público la protección de cada integrante de la

familia, contra toda forma de prejuicio, abuso, maltrato físico o mental,

descuido, atención negligente o explotación;

Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de

Puebla

Artículo 189

Para los efectos del presente Código, se entiende por víctima a la persona

que individual o colectivamente, haya sufrido un daño físico, psicológico,

patrimonial o menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales a

consecuencia de conductas consideradas como delitos en la legislación

vigente.

Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de

Puebla

Artículo 2

La Ley procesal es igual para todos, a excepción de los casos señalados

expresamente en ésta.

La mujer y el hombre son iguales ante la Ley. Cuando el empleo gramatical

de los términos refiera a un género se entenderán comprendidos ambos,

para todos los efectos legales.

Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Puebla

En lo que respecta a un marco normativo estatal, nos encontramos con la Ley

para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Puebla y su reglamento.

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Éste con el propósito de coordinar las acciones entre Estado y sus Municipios,

emanada de la Ley General Federal.

Artículo 1

Establecer el marco jurídico necesario a fin de hacer cumplir las obligaciones

en materia de igualdad entre mujeres y hombres en el Estado de Puebla;

II.- Generar las condiciones idóneas para lograr la eliminación de cualquier

forma de discriminación por razón de género;

X.- Transversalidad: Los principios de igualdad entre mujeres y hombres deben

estar presentes en el conjunto de acciones y políticas emprendidas por los

Órganos de Gobierno. Este enfoque transversal supone la inclusión de la

perspectiva de género en la elaboración, desarrollo y seguimiento de

todas las actuaciones que afecten, directa o indirectamente, a la

comunidad

Artículo 12

Los Poderes Públicos están obligados a garantizar el derecho a la igualdad

entre mujeres y hombres para lo cual deberán propiciar:

I.- El derecho a una vida libre de discriminación por razón de sexo;

II.- La convivencia armónica y equilibrada en los ámbitos de la vida

personal, laboral y familiar

V.- La concientización de la sociedad para erradicar la violencia de

género.

Artículo 18

El Sistema Estatal, es el conjunto orgánico y articulado de estructuras,

relaciones funcionales, métodos y procedimientos que convienen los

Poderes Públicos del Estado entre sí, con la sociedad civil organizada y con

instituciones académicas y de investigación, que tiene como fin promover,

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planear, elaborar y en su caso, aplicar las medidas necesarias para lograr

la igualdad entre mujeres y hombres en el Estado.

Artículo 21

El Sistema Estatal deberá:

Aprobar las bases y lineamientos en materia de acciones afirmativas a

efecto de eliminar la violencia y la discriminación entre mujeres y hombres.

Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del

Estado de Puebla

Artículo 4.

Las medidas previstas en esta Ley garantizarán la prevención, atención,

sanción y erradicación de todos los tipos y modalidades de violencia contra

las mujeres, así como su desarrollo integral y plena participación en la vida

económica, política, administrativa, cultural y social del Estado.

Artículo 5.

En la instrumentación y ejecución de las políticas públicas estatales y

municipales para el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia,

deberán ser observados los principios rectores siguientes:

I.- La igualdad jurídica entre la mujer y el hombre;

II.- El respeto a la dignidad humana de las mujeres;

III.- La no discriminación;

IV.- La equidad; y

V.- La libertad de las mujeres.

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Ley para la Prevención del Delito de Trata de Personas y Para la

Protección y Asistencia de sus Víctimas del Estado de Puebla

Artículo 1.- La presente Ley es de observancia general en el territorio del

Estado de Puebla, sus disposiciones son de orden público e interés social y

tiene por objeto:

I. Prevenir las conductas del delito de Trata de Personas;

II. Coordinar en su respectivo ámbito de competencia, a las autoridades

estatales y municipales en la aplicación de esta Ley;

III. Procurar la protección, asistencia y rehabilitación a las víctimas de este

delito, con la finalidad de garantizar la integridad física y psicológica, la

dignidad y el libre desarrollo de la personalidad;

IV. Vigilar que se garantice la reparación del daño a las víctimas; y

V. Fomentar la participación ciudadana en la prevención de las conductas

del delito de Trata de Personas.

Artículo 7.- Las acciones tendientes a desarrollar la prevención del delito

de Trata de Personas comprenderán lo siguiente:

I. Desarrollar estrategias y programas dirigidos a la población, con la

finalidad de evitar la comisión del delito de Trata de Personas, señalando

las consecuencias que conlleva el mismo;

II. Realizar campañas informativas, talleres de capacitación y

concientización dirigidas a la sociedad, con el objeto de prevenir la Trata de

Personas;

III. Sensibilizar a la sociedad mediante la divulgación de información

referente a los derechos de las víctimas de Trata de Personas;

IV. Informar a la sociedad sobre los riesgos que sufren las víctimas de Trata

de Personas, tales como daños físicos, psicológicos y sexuales, así como

los métodos o mecanismo empleados para cometer el delito o de

sometimiento; y

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V. Las demás que considere necesarias para la prevención del delito.

Artículo 24.- El Programa Estatal tendrá los siguientes objetivos:

I. Prevenir la trata de personas a través de medidas sociales, culturales,

económicas, educativas, asistenciales y jurídicas, con perspectiva de

género, a fin de disminuir los factores de vulnerabilidad.

II. Procurar la protección y asistencia a las víctimas de este delito para su

rehabilitación.

III. Capacitar a los servidores públicos a nivel estatal y municipal en materia

de detección, protección y asistencia a las víctimas de trata de personas; y

IV. Desarrollar sistemas de información relativos a las causas, modalidades,

particularidades y consecuencias de la Trata de Personas en el Estado y

sus Municipios.

Artículo 29.- Las víctimas de la Trata de Personas, en materia de

protección y asistencia, de manera enunciativa más no limitativa, tienen

derecho a:

I. Recibir información sobre sus derechos en el idioma o lengua que

comprenda y en forma accesible a su edad y madurez;

II. Recibir atención médica, jurídica, psicológica y psiquiátrica en todo

momento;

III. Recibir, si así lo desea, alojamiento temporal para tratamiento

terapéutico en los centros de atención especializados creados para tal fin;

IV. Ser tratada con respeto en su dignidad;

V. Obtener protección y seguridad, salvaguardando su integridad y la de su

familia;

VI. Derecho a la confidencialidad; y

VII. Los demás que tengan por objeto salvaguardar el libre desarrollo de la

personalidad, la integridad y sus derechos.

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Reglamento de la Ley para la Igualdad entre Hombres y Mujeres del

Estado de Puebla

En este reglamento se conciertan diferentes artículos a continuación que

conjuntan la normatividad en tema de equidad e igualdad de género en temas de

violencia.

Artículo 7

Con la finalidad de evitar prácticas discriminatorias por acción u omisión en

contra de mujeres y hombres dentro del territorio del Estado de Puebla, se

evitará que los órganos públicos, estatales o municipales; así como a

cualquier persona física o jurídica, realicen conductas que atenten contra la

dignidad de las mujeres y los hombres, menoscaben o pretendan anular sus

derechos y libertades por razón de género y en particular se evitará que

efectúen las siguientes conductas:

XIII.- Ofender, ridiculizar hostigar o promover la violencia de cualquier índole en

contra de hombres y mujeres;

XIV.- Aplicar cualquier tipo de uso o costumbre que atenta contra su dignidad e

integridad.

Reglamento de la Ley de Acceso a una vida libre de violencia para las

Mujeres del estado de Puebla

Artículo 9

Las personas dedicadas al servicio público gubernamental Estatal y

Municipal, encargadas de prevenir y atender la violencia contra las mujeres

recibirán:

I.- Capacitación sobre la implementación y operación de la prevención y la

atención;

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“Este material se realizó con recursos del Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género, empero el Instituto Nacional de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados por las (los) autores del presente trabajo”

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II.- Capacitación sobre normatividad internacional, nacional y estatal

referente a los derechos humanos de las mujeres, así como actualización

en materia de orientación psicológica y atención en crisis;

III.- Información sobre la oferta institucional del Gobierno del Estado; así

como de las organizaciones de la sociedad civil que trabajan con violencia

de género; y

IV.- Atención psicológica encaminada a disminuir el impacto que pudieran

sufrir en su persona, con motivo de las problemáticas que se les plantean.

PLANES Y PROGRAMAS

Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012

La constitución Mexicana destaca que cada inició de sexenio se deberá establecer

un plan sexenal, que son las iniciativas, planes y actividades del gabinete y del

presidente electo, realizadas durante su mandato. El Plan Nacional de Desarrollo

pertinente al sexenio del C. Felipe Calderón Hinojosa cuenta con las siguientes

disposiciones en materia de violencia y no discriminación de las mujeres:

3.5 Igualdad entre mujeres y hombres

Objetivo 16. Eliminar cualquier discriminación por motivos de género y

garantizar la igualdad de oportunidades para que las mujeres y los hombres

alcancen su pleno desarrollo y ejerzan sus derechos por igual.

ESTRATEGIA 16.2. Desarrollar actividades de difusión y divulgación sobre

la importancia de la igualdad entre mujeres y hombres, promoviendo la

eliminación de estereotipos establecidos en función del género. Se

fortalecerán las instituciones públicas y se respaldará a las privadas que

apoyan a las mujeres que sufren violencia en cualquiera de sus

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manifestaciones, y que tienen como propósito eliminar esta práctica que

afecta la integridad y la dignidad femenina.

ESTRATEGIA 16.8. Estrechar los vínculos entre los programas para la

erradicación de la pobreza y los programas para la igualdad de

oportunidades y la no discriminación de la mujer. Entre la población en

condiciones de pobreza, las mujeres tienen todavía menos oportunidades

que los hombres. Sufren discriminación y, con mucha frecuencia, son

víctimas de violencia dentro y fuera de sus familias.

Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres

(Proigualdad 2009-2012)

Dando cumplimiento a la Ley General para la Igualdad entre Hombres y Mujeres y

Ley del Instituto Nacional de las Mujeres

Estrategia para transversalizar la perspectiva de género de la Administración

Pública, los poderes de la Unión y el sector privado, y tiene como meta reducir las

condiciones de desigualdad y discriminación a partir de 1) Planeación

estratégica de políticas públicas con perspectiva de género, y 2) La creación

de una cultura institucional para procurar la igualdad de oportunidades entre

hombres y mujeres.

Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la

Violencia contra las Mujeres

El programa está conformado de 4 ejes:

De la Prevención

De la Atención

De la Sanción

De la Erradicación

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Su principal objetivo es: Garantizar a las mujeres el acceso a una vida libre de

violencia para favorecer su seguridad, desarrollo y bienestar, mediante la

eliminación de todas las formas de discriminación, la transformación de patrones

socioculturales, la promoción de la cultura de la paz y el impulso a su autonomía y

procesos de empoderamiento.

Reglamento para el Funcionamiento del Sistema Nacional para la

Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra

las Mujeres

Este reglamento representa la normatividad para el Sistema Nacional para la

Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la violencia contra las Mujeres. Y

a continuación se presentan los artículos que refieren a violencia comunitaria.

Artículo 3

El Sistema tiene por objeto coordinar la conjunción de esfuerzos,

instrumentos, políticas, servicios y acciones interinstitucionales para la

prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las

mujeres.

Artículo 12

El Sistema para el cumplimiento de su objeto, tendrá las siguientes

funciones:

I. Promover la ejecución de las políticas públicas que se emitan en la

materia;

II. Promover instrumentos de coordinación con las entidades

federativas a que se refiere la Ley;

III. Analizar las disposiciones legales en la materia y formular

propuestas de reformas o adiciones a las mismas.

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Artículo 16

El Sistema establecerá las Comisiones que se requieran para conocer de:

I. Prevención;

II. Atención;

III. Sanción y ;

IV. Erradicación.

Plan Estatal de Desarrollo 2011-2017

Eje 4. Política interna, seguridad y justicia

4.2 Transformación en la Administración y Procuración de Justicia

Es importante mencionar, que existen muchas denuncias de violaciones a

los Derechos Humanos en el Estado. Además la violencia que se ejerce

contra la mujer abarca múltiples y heterogéneas problemáticas: la física,

sexual o psicológica, dentro de la familia o en cualquier otra relación

interpersonal, e incluye violación, maltrato, abuso sexual, acosos sexual en

el lugar de trabajo, en instituciones educativas y establecimientos de salud,

tráfico y trata de personas, prostitución, privación arbitraria de la libertad,

tortura, secuestro y feminicidio.

Este problema se agrava por la doble victimización que sufren las mujeres

por parte de las instituciones públicas, policiales y judiciales, cuando

recurren a ellas a denunciar situaciones de violencia o para solicitar apoyo.

El hecho de que una víctima del delito tenga que convertirse en

investigadora, en abogada, en persecutora de un delincuente o de una

banda de delincuentes, es erróneo. En vez de haber recibido en su

momento, el apoyo de las autoridades, vive la obstrucción y la complicidad

de las mismas: por ello, decide ya no denunciarlo.

La sociedad en su conjunto se siente amenazada, se debilitan las redes de

participación ciudadana y se agudiza el ambiente de desconfianza, por lo

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que se requiere renovar procesos, ampliar áreas de servicio y reducir los

tiempos de respuesta de la Procuraduría General de Justicia.

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IDENTIFICACIÓN DE ÁREAS DE ESTUDIO E INVESTIGACIÓN DOCUMENTAL

De acuerdo a la identificación de las posibles áreas encargadas de brindar atención a mujeres víctimas de violencia

específicamente comunitaria de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, Procuraduría General de Justicia,

Secretaría General de Gobierno, Secretaría de Servicios Legales y Defensoría Pública y de la Secretaría de Seguridad

Pública y Tránsito Municipal del H. Ayuntamiento de Puebla, y a sus atribuciones en sus reglamentos interiores

respectivamente, se detectaron las siguientes:

Tabla 1. Atribuciones de las dependencias participantes

DEPENDENCIA AREAS RESPONSABLES

CONVOCADAS ÁTRIBUCIONES DE ACUERDO AL REGLAMENTO INTERIOR

Secretaría General de Gobierno

Subsecretaría de Asuntos Políticos y Protección Civil

Artículo 36 III. Diseñar y proponer mecanismos para fomentar vínculos de concertación con instituciones a nivel estatal y municipal, para contribuir al desarrollo político del Estado; XII. Coadyuvar con las instancias competentes, en la formulación y ejecución de políticas orientadas a preservar la tranquilidad y el orden público en la entidad;

Subsecretaría de Vinculación Institucional y Gobernanza

Artículo 48 I. Establecer los lineamientos y el rumbo de las políticas públicas en materia de participación ciudadana activa, de manera transversal a todas las dependencias y entidades del Gobierno del Estado, en sus respectivos ámbitos de competencia; II. Coordinar el trabajo interinstitucional de las dependencias y entidades de los tres niveles de gobierno, para el establecimiento de procedimientos, acciones y medidas que promuevan la interacción y la

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articulación de programas y proyectos de participación ciudadana activa y corresponsabilidad; III. Fomentar la creación de procesos interactivos que estimulen el intercambio y la comunicación entre los actores del gobierno y los de la sociedad civil, en la creación de responsabilidades comunes; V. Compartir esfuerzos intersecretariales respecto al ejercicio de derechos civiles y ciudadanos, participación ciudadana activa y corresponsabilidad; X. Desarrollar acciones que estén orientadas a la participación de los sectores organizados de la sociedad: mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad, indígenas, jóvenes y niños; XIV. Proponer al Secretario, el establecimiento de políticas públicas, normas, programas y procedimientos en las que se sumen las capacidades y recursos del Gobierno del Estado, de las organizaciones económicas y de las organizaciones no lucrativas, con el objeto de atender problemas comunes que se presentan en los diversos sectores de la sociedad; XVII. Promover acciones de sensibilización, promoción y verificación del cumplimiento y ejercicio de derechos y responsabilidades civiles y ciudadanas, especialmente los referentes a la corresponsabilidad y participación ciudadana activa;

Secretaría de Seguridad Pública

Estatal

Dirección General de la Policía Estatal Preventiva

Artículo 11 III. Detectar zonas de riesgo, en coordinación con las áreas competentes de la Secretaría y llevar a cabo operativos preventivos y conjuntos para preservar el orden público. XIX. Aplicar los criterios establecidos y asegurar la aplicación adecuada de estrategias, técnicas y procedimientos tácticos de operación que permitan prevenir y reducir efectivamente la incidencia delictiva, optimizando la eficiencia operativa de sus agrupamientos, centros de coordinación regional, bases de operaciones y destacamentos; XX. Coordinar estrategias con las autoridades administrativas y de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno, que en su nivel

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correspondan para optimizar las acciones preventivas en las seis regiones operacionales de la entidad;

Dirección General de Protección y Coordinación Interinstitucional

Artículo 17. Sus atribuciones: XVI. Dar seguimiento a la aplicación de los mecanismos de coordinación establecidos con las instancias de los gobiernos federal, estatales y municipales y con las autoridades de otros países y organismos del sector empresarial, civil, académico y de la sociedad en general; XVII. Participar en el ámbito de sus atribuciones en la celebración de convenios de cooperación, capacitación y asesoría, que se suscriban con organismos nacionales e internacionales, públicos y privados; XX. Organizar en coordinación con las autoridades federales, estatales o municipales, la realización de foros, congresos, conferencias, seminarios o actividades similares, en materia de seguridad pública; XXII. Coordinar acciones interinstitucionales en materia de seguridad con los gobiernos federal y estatales en materia de intercambio de información; XXIII. Supervisar el establecimiento y operación de los procesos de enlace y coordinación institucional e interinstitucional en el Estado, que faciliten el cumplimiento de acciones preventivas de seguimiento en combate a los delitos patrimoniales, salvaguarda de la integridad física de las personas y de seguridad pública. XXIV. Ejecutar y verificar la coordinación y enlace de las unidades administrativas de la Secretaría con las unidades militares y corporaciones policiales que se encuentren en el Estado, para el desarrollo de acciones preventivas y los operativos que se requieran realizar;

Dirección General de Análisis Criminal

Artículo 36 I. Establecer compromisos con los municipios y las diferentes dependencias y entidades de la administración pública estatal, con el propósito de instrumentar las bases de datos en materia de delincuencia y delitos conexos, para su prevención;

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II. Instrumentar el sistema estadístico para el acopio, análisis y procesamiento de información para la interpretación del comportamiento de los fenómenos delictivos en el Estado para su prevención; III. Participar en el desarrollo de diagnósticos estatales, municipales y regionales relativos a los fenómenos delictivos en el Estado; IV. Consolidar los documentos de análisis acerca del fenómeno de la delincuencia en la república, entidades federativas, municipios y regiones; V. Consolidar el análisis estratégico acerca de los fenómenos delincuenciales que ocurren en otras entidades que pueden tener repercusiones en el Estado. VI. Mantener actualizados los sistemas de información estadística referente a la incidencia delictiva georeferenciada, para la atención del fenómeno delincuencial en el Estado, en coordinación con las áreas competentes de la Secretaría.

Dirección de Planeación Estratégica

Artículo 45 II. Proponer los criterios y las bases para la elaboración de los programas operativos anuales, conforme a la normatividad en materia de planeación, que deberán observar las áreas y organismos de la administración policial estatal.

Dirección de Desarrollo Institucional

Artículo 46 II. Establecer los criterios generales para la elaboración de políticas que regulen el funcionamiento interno de la Secretaría, atendiendo a la normatividad aplicable; VIII. Instrumentar y enlazar con las autoridades estatales competentes, un sistema de evaluación institucional y de servicios en materia de seguridad pública, aplicando los indicadores requeridos

Dirección de Prevención del Delito y Vinculación

Artículo 49 I. Realizar estudios e investigaciones respecto de las causas que originan las conductas sociales o antisociales y sus impactos o antecedentes en los ámbitos personal, familiar, escolar, comunitario y

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social en el Estado; II. Establecer los mecanismos y procedimientos para recopilar y analizar la información ciudadana sobre la posible comisión de delitos, de conformidad con las disposiciones aplicables; III. Ejecutar los mecanismos de coordinación interinstitucional establecidos, en el interior de la Secretaría y en la sociedad, para obtener información técnica, táctica y estratégica sobre las conductas delictivas y sus formas de prevención y combate; IV. Coadyuvar con las autoridades competentes en la elaboración de los proyectos de desarrollo urbano, emitiendo opiniones sobre los factores criminógenos que deben considerarse, cuando así sea requerido por la autoridad competente; VI. Coadyuvar con las autoridades competentes en la promoción de la cultura de la prevención del delito, la denuncia y la legalidad; VII. Ejecutar los programas de profesionalización, capacitación y actualización en materia de prevención del delito para los servidores públicos adscritos a la unidad o a la Secretaría; X. Ejecutar las acciones para la alimentación del Banco Nacional de Datos e Información sobre casos de violencia contra las mujeres, de acuerdo a los criterios emitidos por la Secretaría de Seguridad Pública Federal; y XII. Operar las relaciones institucionales con los medios de comunicación masiva y con las áreas afines de instituciones públicas para instrumentar acciones de información, difusión o comunicación e intercambio de experiencias.

Procuraduría General de Justicia

Dirección de Agencias del Ministerio Público

Metropolitana Sur

Artículo 23 I.- Planear, evaluar y dirigir la actuación de los Agentes del Ministerio Público de su circunscripción; II.- Vigilar el registro, control y seguimiento de los mandamientos judiciales y administrativos; III.- Velar por la aplicación de medios alternativos de solución de conflictos de índole penal; y

Dirección de Agencias del Ministerio Público

Metropolitana Norte

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IV.- Conducir y evaluar la atención y estrategias de investigación y persecución de los delitos de secuestro, robo de vehículo y los de alto impacto social en el Estado.

Dirección de Atención a Víctimas del Delito

Artículo 36 I.-Realizar la gestoría y canalización necesaria para que las víctimas, ofendidos del delito y sus familiares, cuando así lo requieran, reciban atención médica, psicológica, de trabajo social y de asesoría jurídica suficiente en las etapas de averiguación previa, proceso judicial y reparación del daño, incluso por la vía civil y de ser asistidos legalmente por las instituciones correspondientes, con pleno respeto a los derechos humanos. II.- Dar seguimiento a los casos de las víctimas y ofendidos del delito que así lo requieran, hasta lograr la conclusión que corresponda conforme a derecho; realizar la gestoría o la canalización oportuna, para que las víctimas del delito, reciban la protección necesaria ya sea a través de las corporaciones policiales, o bien, por medio de instituciones de asistencia social; III.- Verificar que se proporcione perito cuando se solicite, en etapa de averiguación previa o ante autoridad judicial, tratándose de víctimas del delito que no hablen el idioma castellano o se trate de analfabetas, mudos, sordos o ciegos, para que invariablemente cuenten con un traductor, intérprete o persona que les asista en todas las actuaciones; IV.- Acompañar a comparecer y a declarar a las víctimas y ofendidos por algún delito cuando lo soliciten; así como a los incapaces o personas con capacidades diferentes a las diligencias ministeriales o judiciales; V.- Operar áreas especializadas para la atención de las víctimas del delito de Trata de Personas; VI.- Operar los diversos mecanismos de coordinación con las instancias correspondientes para proporcionar una oportuna protección a víctimas del delito.

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Dirección General de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas

Artículo 31 I.- Otorgar asesoría a las áreas de averiguaciones previas cuando en su actuación se involucre a integrantes de pueblos y comunidades indígenas, particularmente cuando éstos tengan carácter de probables responsables. III. Vigilar y promover que en materia de Procuración de Justicia se respeten las garantías individuales y los derechos humanos de todas las personas, y en particular de los integrantes de pueblos y comunidades indígenas. XI.- Atender, dar seguimiento y cumplimentar los requerimientos, visitas, medidas cautelares, conciliaciones y recomendaciones que instruyan la Comisión Nacional, la Comisión Estatal y los organismos internacionales; XXI.- Proponer las políticas institucionales que permitan fomentar la capacitación, promoción, protección y difusión en materia de derechos humanos, en coordinación con las unidades administrativas competentes; XXII.- Fomentar entre los servidores públicos de la Procuraduría la cultura de respeto a los derechos humanos; XXIV.- Coordinar, conforme a la normatividad aplicable, las acciones de prevención, observancia e inspección en derechos humanos que se realicen en las diversas unidades administrativas de la Procuraduría.

Dirección General de Protección a Víctimas del Delito y Servicios a

la Comunidad

Artículo 33 I.- Operar las políticas, estrategias, programas, proyectos y acciones de la Procuraduría en materia de servicios a la comunidad y protección a víctimas; II.- Proporcionar, hasta donde el presupuesto asignado lo permita, apoyo médico, psicológico, alimentos, albergue y demás servicios de asistencia social a las víctimas de delitos y sus familiares, en coordinación con las unidades administrativas de la Procuraduría y las instancias estatales y municipales correspondientes; III.- Establecer mecanismos de coordinación y concertación con los

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sectores público, social y privado, para el mejoramiento de las acciones de la Procuraduría en materia de protección a víctimas del delito; IV.- Aplicar las acciones institucionales en materia de protección a víctimas del delito, a efecto de facilitarles el acceso a los servicios de procuración de justicia; V.- Canalizar a las víctimas del delito, a los organismos correspondientes para su atención; VI.- Operar, coordinar y supervisar el funcionamiento de los Centros de Protección a Víctimas, a fin de garantizar una efectiva atención a las víctimas del delito;, VIII.- Proponer la elaboración de folletos, carteles y documentos necesarios para la adecuada difusión de: a) Los derechos que le asisten al agraviado o víctima; b) Los trámites y procedimientos que realiza, a efecto de hacerlos accesibles al público; y c) Los demás necesarios para el ejercicio de sus atribuciones;

Dirección de Atención a Delitos Contra la Mujer

Artículo 34 I. Conocer, vigilar y revisar las investigaciones relacionadas con los delitos de lesiones y homicidios dolosos en contra de mujeres, delitos contra la libertad, seguridad y normal desarrollo psicosexual, violencia intrafamiliar, aborto sin consentimiento, corrupción de menores, incapaces y pornografía infantil, así como la privación ilegal de la libertad con fines sexuales. III.- Establecer de manera coordinada las medidas necesarias a efecto de mantener comunicación permanente con las autoridades que estime conveniente para abatir y prevenir los delitos que se cometen en agravio de las mujeres; IV.- Proponer y llevar a cabo en coordinación con las diversas autoridades de los tres órdenes de gobierno, la realización de operativos, políticas, estrategias y líneas de acción para combatir los delitos materia de su competencia;

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Dirección de Atención Integral a la Mujer

Artículo 35 I. Vigilar que las mujeres víctimas de delitos se encuentren en igualdad de condiciones con respecto al goce y la protección de sus derechos humanos; II.- Informar a las mujeres de sus derechos en la etapa de averiguación previa y en el proceso, en relación a la reparación de los daños y la atención como víctima del delito; IV.- Proponer planes de acción estatal para promover la protección de la mujer contra toda forma de violencia, teniendo en cuenta, según proceda, la cooperación que puedan proporcionar las organizaciones de la sociedad civil organizada, especialmente las que se ocupan de atender la violencia contra la mujer; V.- Elaborar, con carácter general, estrategias de tipo preventivo y todas las medidas de índole jurídica, política, administrativa y cultural que puedan fomentar la protección de los derechos de la mujer contra toda forma de violencia y evitar eficazmente la reincidencia en la victimización de la mujer como consecuencia de leyes, prácticas de aplicación de la ley y otras intervenciones que impliquen discriminación contra ellas; VI.- Coordinar acciones con las diversas instituciones y organizaciones de protección a los derechos de la mujer, a efecto de generar programas culturales que fomenten la protección de los derechos de género, contra toda forma de violencia y evitar eficazmente la reincidencia en la victimización de la mujer ya sea en el ámbito intrafamiliar, laboral, social, así como por consecuencia de una inadecuada aplicación de la ley; VII.- Proporcionar a las mujeres que como resultado de la comisión de un delito son objeto de violencia, asistencia especializada en: servicios de rehabilitación, ayuda para el cuidado y manutención de los niños, tratamiento médico y psicológico, asesoramiento legal, así como todos los servicios sociales y de salud, o bien, canalizar a esas mujeres ante las instancias correspondientes dentro del marco de cooperación

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interinstitucional; VIII.- Promover la formación y sensibilización de los agentes del Ministerio Público y demás personal, en el manejo de mujeres víctimas, para garantizar el respeto a sus derechos; IX.- Elaborar estudios encaminados a conocer los factores, medios y circunstancias que favorecen la incidencia de los delitos contra la mujer y que permitan formular propuestas que contribuyan al diseño de medidas preventivas y de protección; X.- Difundir por todos los medios, acciones de prevención de la violencia contra la mujer y la protección de sus derechos; XII.- Promover la investigación, acopio de datos y generación de estadísticas, especialmente en lo concerniente a la violencia en el hogar, relacionadas con la frecuencia de las distintas formas de violencia contra la mujer, y fomentar las investigaciones sobre las causas, la naturaleza, la gravedad y las consecuencias de esta violencia, así como sobre la eficacia de las medidas aplicadas para impedirla y reparar sus efectos; esas estadísticas, así como las conclusiones de las investigaciones deberán ser presentadas al Procurador; y XIII.- Promover la cooperación entre la Procuraduría y las instituciones homólogas a ésta, para definir estrategias de combate a la violencia contra las mujeres y la protección de sus derechos, así como intercambiar experiencias relacionados con esta materia.

Secretaría de Servicios Legales y Defensoría Pública

Subsecretaría de Defensoría Pública

Artículo 23 Los defensores públicos tendrán las siguientes atribuciones: I. Prestar el servicio de defensa a todo individuo, sin distinción alguna, en cualquier etapa del procedimiento penal, cuando el interesado así lo solicite o sea nombrado por orden ministerial, jurisdiccional o administrativo II. Asesorar y en su caso patrocinar a los usuarios, en asuntos de orden familiar, laboral, agrario, civil, mercantil y administrativo; III. Vigilar que se respeten las garantías individuales de sus defendidos

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o patrocinados, promoviendo los medios de defensa a su alcance.

Dirección de Vinculación y Asistencia

Artículo 25 II. Proponer los proyectos de instrumentación e integración de las políticas y programas de formación, capacitación, actualización y desarrollo del personal adscrito a las unidades jurídicas de las dependencias y entidades de la administración pública estatal; III. Proponer el intercambio de información jurídica con las dependencias y entidades de la administración pública estatal, con las autoridades de los poderes federales, estatales y de los municipios, así como, con instituciones públicas y privadas;

Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal

del H. Ayuntamiento de Puebla

Dirección de Seguridad Pública

Artículo 20. Son facultades y obligaciones de la Dirección: VII. Brindar al personal bajo su mando, las facilidades necesarias para su capacitación en materia de seguridad; Artículo 28. Son facultades y obligaciones del Coordinador Operativo y Planeación: I. Llevar el control estadístico de las faltas administrativas y los delitos por las que se hagan remisiones; así como de operativos realizados por la Secretaría

Dirección de Prevención del Delito y Atención a Victimas

Artículo 61. Son facultades y obligaciones: I. Implementar, dirigir y evaluar las acciones, planes y programas que establezca la Federación, el Estado, el Ayuntamiento o la Secretaría en materia de seguridad pública, relativos a la prevención del delito y la atención a víctimas con la participación ciudadana; VI. Fomentar la cultura de la denuncia en todos los sectores sociales del Municipio.

Dirección del Centro de Emergencia y Respuesta

Inmediata CERI

Artículo 53. Son facultades y obligaciones del CERI: IV. Propiciar la comunicación operativa e intercambio de información estratégica con las áreas correspondientes de los tres niveles de gobierno; V. Vigilar el desarrollo y mejora de los procedimientos de recopilación, procesamientos, análisis, clasificación, almacenamiento, transmisión y

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consulta de información estratégica en materia de seguridad pública y prevención del delito; VII. Fortalecer la coordinación con los diferentes niveles de Gobierno.

Dirección de Tránsito

Artículo 43. Son facultades y obligaciones del Departamento de Servicios Periciales: III. Inspeccionar bajo su más estricta responsabilidad, que el personal a su cargo de manera inmediata, ponga a disposición del Ministerio Público a cualquier persona que cometa algún hecho que la Ley señala como delito,

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DIMENSIONES DE ANÁLISIS

GRUPOS DE ENFOQUE

Pregunta de Introducción

¿Cuál consideran ustedes, sea el papel que juegan las instituciones

públicas en la prevención, atención, y sanción de la violencia hacia las

mujeres?

Marco Normativo

Con qué programas, planes, medidas y servicios cuenta la Dependencia

para prevenir y atender la violencia contra las mujeres, específicamente la

violencia en espacios comunitarios?

¿Qué Marco Normativo se utiliza para ello?

Atención y Servicios

¿Qué tipo de atención y servicios se ofrece y en qué consisten?

Ventanilla única

Asesoría jurídica

Atención psicológica

Atención médica

Trabajo social

Atención itinerante

Representación legal

Ludoteca

Otro

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La dependencia cuenta con áreas especializadas para una completa

atención de la violencia contra las mujeres, específicamente de la violencia

comunitaria. ¿Cuáles son?

¿El personal que labora en las áreas especializadas cuenta con el perfil y la

capacitación correspondiente?

¿Se cuenta con un programa permanente de capacitación a funcionarios/as

públicas que atienden casos de violencia hacia las mujeres?

¿Creen que el personal es suficiente para la atención a mujeres víctimas de

violencia?

¿Se cuenta con espacios privados y apropiados para la atención de

mujeres víctimas de violencia comunitaria, en caso contrario, qué se

requiere?

¿Se cuenta con algún sistema para evaluar la calidad del servicio de

atención?

¿Existe alguna estrategia o mecanismo de evaluación y/o seguimiento a los

casos atendidos y/o canalizados? ¿cómo se lleva acabo?

¿Cuál es la principal problemática que se presenta en su Dependencia para

ejecutar acciones de prevención, atención, y sanción de este tipo de

violencia?

¿Cuáles creen que sean las principales necesidades de las mujeres

víctimas de violencia comunitaria?

Vinculación Interinstitucional

¿Dentro de los servicios se les proporciona alternativas y/o recursos de

solución penal y/o alternativas de canalización a otras instituciones u

organismos de la sociedad civil?

¿Cuentan con algún directorio de instituciones públicas o privadas para el

apoyo o canalización de las mujeres víctimas de violencia comunitaria?

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“Este material se realizó con recursos del Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género, empero el Instituto Nacional de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados por las (los) autores del presente trabajo”

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¿Existe algún trabajo coordinado con alguna asociación de la sociedad civil

que trabajen temas de violencia contra las mujeres?

Fortalezas

¿Dentro de la Dependencia, cuáles consideran han sido los mayores logros

en acciones de prevención, detección, atención y sanción de la violencia

contra las mujeres?

Limitantes

¿Qué factores obstaculizan o limitan el quehacer institucional en estos

temas?

Oportunidades

¿Qué consideran como áreas de oportunidad para mejorar la atención a

mujeres víctimas de violencia?

Retos

¿Cuáles son los retos a los que deberá enfrentarse su Dependencia para

erradicar la violencia de género en las calles?

Propuestas de Mejora

¿De acuerdo a lo visto anteriormente, que propondrían para mejorar los

servicios y la atención?

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ENTREVISTAS FOCALIZADAS

GUÍA PARA LA ENTREVISTA A PERSONAL DE CONTACTO PARA LA DETECCIÓN DE

CAPACIDADES INSTITUCIONALES Y FACTORES POTENCIALES DE ÉXITO DE LA SECRETARÍA

GENERAL DE GOBIERNO, SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA, PROCURADURÍA

GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO, SECRETARÍA DE SERVICIOS LEGALES Y DEFENSORÍA

PÚBLICA Y SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA Y TRÁNSITO MUNICIPAL DE PUEBLA

Información personal

Sexo

Edad

Perfil académico

Información del puesto

Puesto

Área de adscripción

Dependencia

Antigüedad en el puesto

Horario laboral

Tipo de contratación: Base, Confianza u Honorarios

Nivel de Gobierno: Estatal o Municipal

Nivel Jerárquico: Mando Superior, Mando Medio u Operativo

Principales actividades

Conocimientos sobre violencia

1. ¿Qué entiende por el término “género”?

2. ¿Qué entiende por el término “perspectiva de género”?

3. ¿Qué entiende por el término “violencia de género”?

4. ¿Qué entiende por el término “violencia contra las mujeres”?

5. ¿Qué entiende por el término “violencia comunitaria contra las mujeres y niñas”?

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6. ¿Conoce el marco jurídico aplicable para la prevención, atención y sanción de la violencia

contra las mujeres? Si la respuesta es afirmativa, mencione la normatividad más

importante.

7. ¿Cuenta con alguna capacitación relacionada con la perspectiva de género y/o la

prevención, atención y sanción de la violencia contra las mujeres?

8. En caso de no haber recibido algún tipo de capacitación con relación a los temas

anteriores, explique el porqué.

9. En caso de haber recibido algún tipo de capacitación

Operatividad de la Dependencia

10. ¿Cuál consideran ustedes, sea el papel que juegan las instituciones públicas en la

prevención, atención, y sanción de la violencia hacia las mujeres?

11. ¿Con qué programas, planes, medidas y/o servicios cuenta la Dependencia para prevenir

y atender la violencia contra las mujeres, específicamente la violencia comunitaria?

12. ¿En qué consiste la atención/servicio que se ofrece?

13. ¿Se cuenta con algún manual/protocolo de actuación o atención de la violencia contra las

mujeres? En el caso de que exista, ¿Contiene algún apartado sobre la violencia

comunitaria?

14. En el caso de que exista algún protocolo, ¿El personal se encuentra capacitado para su

aplicación?

15. Indique el número de personas que laboran en las áreas especializadas.

16. ¿El personal que labora en las áreas especializadas cuenta con el perfil y la capacitación

correspondiente?

17. ¿Se cuenta con un programa permanente de capacitación a funcionarios/as públicas que

atienden casos de violencia contra las mujeres? En caso de ser afirmativo, ¿en que

consiste?

18. ¿La Dependencia proporciona terapia de contención al personal que atiende a las mujeres

víctimas de violencia?

19. La Dependencia cuenta con los servicios/atención en materia de violencia contra las

mujeres de:

Ventanilla Única

Asesoría Jurídica

Atención Psicológica

Atención Médica

Trabajo Social

Atención Itinerante

Representación Legal

Ludoteca Otro (Explique)

SI NO SI NO SI NO SI NO SI NO SI NO SI NO SI NO

En los casos afirmativos, favor de describir cada uno.

20. Se cuenta con áreas especializadas diferentes a las anteriores, para una completa atención

de la violencia contra las mujeres, específicamente de la violencia comunitaria. En caso

afirmativo, describa cuáles son y el apoyo, atención o servicio que brindan.

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21. ¿Dentro de los servicios se les proporciona alternativas y/o recursos de solución penal y/o

alternativas de canalización a otras instituciones?

22. ¿Existe alguna red interinstitucional y/o trabajo coordinado con asociaciones de la

sociedad civil que trabajan temas de violencia contra las mujeres? En caso de que exista

alguna de las dos o ambas, mencione quienes participan, las áreas enlace, la forma de

comunicación y canalización con ellas.

23. ¿Se cuenta con espacios privados y apropiados para la atención de mujeres víctimas de

violencia comunitaria, en caso contrario, qué se requiere?

24. ¿Cuál es el perfil de las mujeres o niñas que se atienden? (nivel socioeconómico, edad,

estado conyugal, etc.?

25. ¿En promedio, cuantas mujeres y/o niñas se atienden por violencia comunitaria de

manera mensual?

26. ¿Cuál es el tiempo promedio de atención a mujeres víctimas de violencia comunitaria en

su Dependencia?

27. ¿Cuáles son las principales situaciones de violencia contra las mujeres, que se han

detectado al momento de brindar el servicio o atención?

28. De acuerdo a su experiencia en atención/servicio ¿Cuáles cree que sean las principales

necesidades de las mujeres víctimas de violencia comunitaria?

29. De acuerdo a su experiencia en atención/servicio ¿Cree Usted que las mujeres victimas de

violencia comunitaria conocen las opciones de servicio y/o atención que le brindan las

diferentes instituciones públicas?

30. Existe alguna estrategia o mecanismo de evaluación o seguimiento a los casos atendidos y

canalizados. En el caso de se tenga un mecanismo, ¿Cómo se lleva acabo?

31. En el caso de no existir un mecanismo, ¿que propondría?

32. ¿Cuenta con algún sistema para evaluar la calidad del servicio de atención, prevención y

erradicación de la violencia contra las mujeres?

33. ¿Con qué acciones de éxito o resultados más importantes, cree Usted que cuenta la

Dependencia, para la prevención, atención y sanción de la violencia comunitaria contra las

mujeres? (Programas, Convenios de colaboración con instancias federales, consulta a

bases de datos de personas delictivas, instalación de cámaras de video en la vía pública,

etc.)

34. ¿Cuáles cree que sean las fortalezas con las que cuenta al momento de brindar este tipo

atención?

35. ¿Cuáles cree que sean las debilidades que presenta al momento de brindar este tipo

atención?

36. ¿Cuáles cree que sean las principales limitantes institucionales a los que se enfrenta para

brindar este tipo atención?

37. ¿Cuáles cree que sean las áreas de oportunidad con las que cuenta al momento de brindar

este tipo atención?

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38. ¿Qué mejoraría, incluiría o eliminaría para optimizar la atención, prevención y erradicación

de la violencia contra las mujeres?

39. ¿Le gustaría incluir un comentario final?

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SISTEMATIZACIÓN DE RESULTADOS DE GRUPOS DE ENFOQUE Y ENTREVISTAS FOCALIZADAS

DEPENDENCIA ANÁLISIS

SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO

SECRETARÍA DE SEGURIDAD

PÚBLICA ESTATAL

PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL

ESTADO DE PUEBLA

SECRETARÍA DE SERVICIOS LEGALES

Y DEFENSORÍA PÚBLICA

SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA Y

TRÁNSITO DEL H. AYUNTAMIENTO DE

PUEBLA

Planes, protocolos, programas y/o

medidas

Plan sectorial de paz social y corresponsabilidad. Programa Corazón Azul

Consejos de prevención integrados por vecinos, para promover acciones preventivas para la ciudadanía.

No se cuenta con documentos reglamentarios

No se cuenta con documentos reglamentarios

Únicamente en el CERI se cuenta con: Protocolos de atención, como son: el Protocolo de atención de la violencia de género; el Protocolo de atención de la violencia familiar; y el Protocolo de atención de la violencia intrafamiliar.

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Áreas de atención especializada

Unidad de Atención Social (UAS) y Dirección General de Promoción Participativa.

Subdirección de Prevención del Delito y Coordinación de Análisis Táctico.

Dirección General de Investigación y combate al Delito del Secuestro Dirección General de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas, Dirección General de Protección a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad, Dirección de Atención a Delitos contra la Mujer, Dirección de Atención Integral a la Mujer, Agencia del Ministerio Público Especializadas en Delitos Sexuales y Violencia Familiar

Áreas de atención especializada en los ámbitos familiar, civil y penal.

El Centro de Atención y Respuesta Inmediata (CERI), la Dirección de Prevención del Delito y Atención a Víctimas, Departamento de Atención a Víctimas, Departamento de Prevención del Delito y la Unidad de Atención de Violencia Familiar UAVI, esta última iniciará actividades a partir de 2013. Se cuenta con 4 grupos de policías que brindan atención en las calles: Grupo de Policía Turística, Grupo de Ciclopolicías, Grupo Motopatrulleros y Grupo de Seguridad Pública.

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Personal de las áreas

Se cuenta con 15 personas únicamente, para la atención social. Personal insuficiente para una mayor atención.

Personal insuficiente para una mayor atención.

Personal insuficiente para una mayor atención.

Personal insuficiente, se cuenta con 10 personas aproximadamente para la atención de 60 casos en promedio diario.

Se cuenta actualmente con 500 policías municipales. Personal insuficiente para una mayor atención.

Red interinstitucional y canalización

No existe una red, no obstante se tiene relación con algunas ONG´S y la canalización se realiza a la PGJ, Secretaría de Servicios Legales y Defensoría Pública, Secretaría de Salud, Instituto Poblano de las Mujeres y a la Asociación Mexicana de

No se cuenta con una red. Además no se tiene la facultad, no obstante, se realiza acompañamiento a la PGJ o DIF Estatal o DIF Municipal.

No se cuenta con una red. No obstante, se realizan canalizaciones al DIF Estatal o Municipal Asilos y/o Refugios o Albergues de Alta Seguridad de la PGJ. .

No existe canalización, simplemente se tiene la coordinación interinstitucional con MP, CEPROVIC y CEPROMUVIC de la PGJ; Dirección de Ejecución de Sentencias del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado de

No se cuenta con una

red, No obstante, se

canaliza al DIF Municipal,

Estatal, MP, Cruz Roja,

IPM, CEPROVIC,

CEPROMUVIC, SSL y DP,

Refugios, Albergues,

Asilos, Hospitales y

Centros de Salud,

Asociaciones civiles como

“Justicia Ciudadana” y al

Dormitorio Municipal.

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Mujeres Organizadas en Red AMMOR A.C.

Puebla; al IPM; y DIF Estatal.

Limitantes

Falta de sensibilización en otras dependencias, incongruencias en procesos que tiene que ver con el MEG y otras secretarías, desconocimiento de la sociedad en los servicios que brinda cada dependencia.

No se cuenta con un directorio de instituciones ni de vinculación. Recurso material insuficiente. Los trámites que deben realizar los elementos de policía al momento de entregar a las víctimas a las instancias correspondientes (DIF Estatal/Municipal o PGJ) resultan demasiado burocráticos.

No hay capacitación ni sensibilización en las y los jueces calificadores ni en los altos mandos. Las mujeres no continúan o no completan las denuncias o trámites, horarios de trabajo excesivo.

Burocracia en los trámites de los Ministerios Públicos y jueces o juezas calificadoras.

Falta de coordinación y comunicación entre las dependencias Existen horarios limitados para los enlaces de otras dependencias que dificulta en algunas ocasiones la pronta canalización. Poca difusión de programas de atención y prevención de la Secretaría. Burocracia en los MP para recibir a las víctimas.

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Amenazas

No existe homologación de procesos, personal insuficiente.

Falta de sensibilización y conocimiento en temas de género y prevención de la violencia contra las mujeres a todo el personal en los diferentes niveles jerárquicos.

No se cuenta con los recursos humanos y materiales necesarios.

No cuentan con una

actualización en

temas sobre

violencia contra las

mujeres y género.

No cuentan con los

espacios adecuados

para atender a las

víctimas.

No cuentan con un

directorio de

instituciones.

Poco personal para

la atención.

Personal insuficiente, falta de capacitación.

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Retos Atención especializada.

Contar con un mecanismo de evaluación y seguimiento de casos atendidos. Que se cuente con un programa de capacitación continua en distintos temas incluyendo de género.

Informar a la ciudadanía de qué hacer en caso de sufrir un acto de violencia.

Crear enlaces interinstitucionales. Trabajo continuo y constante con la población, crear un sistema de evaluación.

Coordinación y comunicación dentro de la Secretaría para realizar vínculos y canalización interna.

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Áreas de Oportunidad

Nueva Dirección General de Promoción y Participación, con la que se pueden desarrollar diversas campañas de prevención, el seguimiento al programa de Corazón Azul.

La reciente creación de una Subsecretaría de Desarrollo Institucional y Administración Policial y de la Subsecretaría de Inteligencia.

Actualmente se está realizando la iniciativa para incluir el concepto de feminicidio en el Código de Procedimientos Penales.

Aprovechar la credibilidad de la Secretaría por parte de la ciudadanía, para reforzar los servicios.

La Secretaría cuenta con

programas que

promueven la

participación ciudadana

y brindan pláticas e

información para

prevenir adicciones,

violencia en el noviazgo

y violencia intrafamiliar,

además informan sobre

los servicios que se

ofrecen en atención a

víctimas del delito, y se

brinda asesoría a los

habitantes de diferentes

colonias para prevenir la

delincuencia. Dentro de

estos programas se

encuentran áreas de

oportunidad para

introducir temas de

prevención, atención y

sanción de la violencia

contra las mujeres.

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Casos Exitosos

Campaña contra la trata de personas, campañas de fomento a jóvenes, firma de “Pacto Cero Tolerancia en la Venta de alcohol a menores”.

Programa de atención del delito en la Junta auxiliar Romero Vargas, Programa para fomentar la cultura de denuncia, medidas de seguridad como prevención en consumo de alcohol, robos, etc.

Diseño de procedimientos de acuerdo a las necesidades del área de investigación en homicidios, seguimiento de casos por modus operandi de manera interna, vinculación con otros agentes de los ministerios para atender casos o seguimiento de delitos de manera no oficial.

El o la defensora brindan un servicio más allá del establecido en sus funciones, se brinda orientación a los agresores para que no reincidan en los delitos.

Programas de prevención dirigidos a la sociedad en: educación vial, escuela segura, vecino vigilante, policía comunitaria, aumento de denuncias, capacitación a elementos de policía, creación del departamento de atención a víctimas del delito, secretaría en proceso de certificación en seguridad pública internacional (CALEA).

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Propuestas

Crear más campañas de prevención en temas de género a niños y juventud, sensibilización y capacitación a los altos y medios mandos en temas de género, difusión por parte de comunicación social de derechos, obligaciones de la ciudadanía, capacitación especializada a personal de contacto.

Becas de capacitación, diplomados y maestrías para el personal; no ser reactivos si no proactivos, que existan talleres de contención emocional, vinculación con otras dependencias, reducir procedimientos burocráticos.

Informar a la ciudadanía sobre sus derechos sensibilizar y capacitar a juzgados calificadores sobre normatividad vigente en temas de género y sanción de la violencia contra las mujeres, creación de una línea telefónica que brinde asesoría e información y sobre las dependencias a las que pueda acudir, creación de una campaña de difusión acerca de las facultades y servicios que brindan los Ministerios Públicos.

Capacitación y actualización en temas de género, espacios para atención a víctimas, sensibilizar a las dependencias, especialmente a los ministerios públicos.

Mayor interacción entre la autoridad y el ciudadano, difusión de las funciones y actividades específicas que realizan las dependencias, proceso de atención satisfactorio para la víctima, capacitación a los policías en temas jurídicos y de procesos, firma de convenios de colaboración con otras dependencias, difusión a la sociedad de programas que ofrecen las instituciones, mayor coordinación y comunicación dentro de la Secretaría.

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DEPENDENCIA ANÁLISIS

SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO

SECRETARÍA DE SEGURIDAD

PÚBLICA ESTATAL

PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL

ESTADO DE PUEBLA

SECRETARÍA DE SERVICIOS LEGALES Y

DEFENSORÍA PÚBLICA

SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA Y

TRÁNSITO DEL H. AYUNTAMIENTO

DE PUEBLA

Conocimientos sobre género y violencia contra las mujeres

Solo las y los integrantes del

Comité del MEG. NO NO SI

Sólo un pequeño grupo al que se le ha capacitado por

el MEG.

Conocimiento y aplicación de la

normatividad actual sobre género y

violencia

NO NO NO SI NO

Acciones afirmativas SI NO NO SI SI

Programas, protocolos, planes y/o medidas

afirmativas NO NO NO NO SI

Espacios adecuados de atención a mujeres y

niñas víctimas de violencia

NO NO NO NO NO

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Personal capacitado para la atención

SI NO NO SI SI

Áreas especializadas SI NO SI SI SI

Capacitación y sensibilización

constante al personal NO NO NO SI NO

Canalización interna NO SI SI NO NO

Canalización a otras dependencias de gobierno y/o no

gubernamentales

SI SI SI SI SI

Servicios de atención SI SI SI SI SI

Mecanismos de evaluación y

seguimiento a casos de violencia contra

mujeres

NO NO NO NO NO

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HALLAZGOS EN LAS DEPENDENCIAS

SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO

Conocimientos sobre género y violencia contra las mujeres

En el grupo de enfoque, se identifica que la Secretaría General de Gobierno dada

la certificación del MEG: 2003 y la existencia de un Comité de Equidad de Género

dentro de la dependencia, las y los servidores públicos conocen y promueven al

interior los conceptos de género y violencia en contra de las mujeres.

La violencia comunitaria es identificada como la que ocurre en la convivencia, en

la calle, centros educativos y recreativos, árelas de trabajo, etc.; pudiendo ser esta

corporal, verbal o auditiva. Se comenta que deberá construirse y sensibilizarse a

todos los niveles jerárquicos, incluyendo los titulares y los mandos superiores

como son las Directoras y Directores, ya que si no se cuenta con la disposición

que emane de un compromiso de alto mando difícilmente puede cumplirse el

funcionamiento del comité, con lo genera una falta de conocimiento en el tema y

una carencia de propuestas relacionadas a ello, además de que sin esa

sensibilización, no pueden proponerse políticas políticas públicas o programas o

servicios en favor de la atención de mujeres víctimas de violencia comunitaria.

Conocimiento y aplicación de la normatividad actual sobre género y

violencia

En torno al marco normativo, se conoce los tratados nacionales e internacionales,

además se cree que México tiene la capacidad de crear algún modelo o tratado,

ya que es un avance importante que México se encuentre dentro de los países

que combaten la discriminación en contra de las mujeres, aunque no se conoce la

NOM-046-SSA2-2005. Norma Ofician Criterios para la Atención Médica de la

Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y

atención, para la atención de víctimas de violencia contra las mujeres, se entiende

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que deberá hacer extensiva el marco normativo a nivel internacional, nacional y

estatal, con la finalidad de que todas las dependencias lo conozcan para beneficio

de su personal tanto dentro y fuera de área laboral, así como apoyo para la

planeación y diseño de políticas públicas.

Programas, protocolos, planes y/o medidas afirmativas

En cuanto a los planes y programas de la dependencia, mencionaron que la SGG

tiene un Plan Sectorial de Paz Social y Corresponsabilidad, el cual representa una

vinculación con la sociedad para atender casos de violencia, es decir, es un eje

rector y en áreas específicas que trabajan sobre todo en la elaboración de leyes y

reformas, programas, etc. De manera interna se cuenta con programas

permanentes como en el área de recursos humanos, a través de capacitaciones o

promoción de temas de género y prevención de la violencia, especialmente la

laboral.

En la actualidad, el programa más importante en la Secretaría con relación a estos

temas es el de “Corazón Azul”, el cual consiste en una campaña de difusión,

atención y consulta interna, para atender la Trata de Personas, por lo que en esta

año 2012 se realiza una serie de actividades para recaudar fondos con el objetivo

de lograr la primera acción de este programa, el cual es la construcción de un

albergue en el 2013 para la atender a las personas que sufran este tipo de

violencia especialmente mujeres y niños/as. Además existen programas de apoyo

a personas con capacidades diferentes; para jóvenes como es el caso de los

grupos de graffiti, con los que se apoya otorgando espacios públicos en los que

puedan expresar su arte y se elimine el bandalismo. Otro programa que se

menciona, muy importante también es el “Pacto Cero Tolerancia en la Venta de

alcohol a menores”, el cual se conforma por los representantes del gobierno local

y municipal, el Congreso del estado, el Tribunal Superior de Justicia, diversas

universidades, grupos empresariales, presidentes municipales vecinos al

municipio de Puebla, Asociaciones Civiles y Asociaciones de Padres de Familia;

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con lo que se pretende evitar accidentes automovilísticos, actos delictivos, ataques

al pudor, agresiones a mujeres, acoso y hostigamiento sexual y principalmente la

pérdida de vidas humanas.

Espacios adecuados de atención a mujeres y niñas víctimas de

violencia, personal capacitado y áreas de atención

La función de la SGG, se centra en la atención de manera en que se escucha a la

víctima y se busca el apoyo de las otras dependencias, así como la canalización a

éstas, encargadas de atenderle y de alguna manera sancionar el caso, si se

denunciara. El papel que juega la Secretaría es fundamental ya que l ser la

Dependencia rectora del Gabinete, puede permear los programas hacia el resto de

las dependencias.

Un punto claro, es específicamente en las áreas de Atención Social y en la

Dirección de Participación y Gobernanza, en las que se atienden mujeres

violentadas, para conocer sus necesidades y así poder brindarles una mejor y

mayor orientación y en su caso la canalización, dependiendo ya sea a un

Ministerio Público; al área de atención a víctimas de la Procuraduría General de

Justicia; al Instituto Poblano de las Mujeres; Secretaría de Servicios Legales y

Defensoría Pública; DIF Estatal; DIF Municipal; Hospitales o centros de salud; a la

Asociación Mexicana de Mujeres Organizadas en Red AMMOR A. C., u otras

ONG’s, con las que actualmente la Secretaría se encuentra colaborando.

De manera externa, se ha recibido mujeres violentadas principalmente por la

pareja, aunque cabe señalar que no ha sido un número considerable, por lo que

han sido canalizadas a las instancias correspondientes.

No se cuenta con espacios adecuados para brindar una atención de calidad y

calidez a las mujeres que buscan apoyo en la Secretaría, sobre todo un lugar con

privacidad, para poder desahogarse y pedir ayuda, ya que se les atiende en las

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oficinas a la vista del personal administrativo, aunado a la falta de difusión ante la

ciudadanía de los servicios que presta la Secretaría.

Sensibilización y Capacitación constante al personal

El personal que actualmente labora en las áreas encargadas de orientar y

canalizar a las mujeres que recurren a solicitar apoyo, es insuficiente ya que este

personal también organiza y asiste a las Jornadas de Asistencia Social, además

que la mayoría no se encuentra sensibilizado y capacitado de manera

especializada para brindar los servicios antes mencionados; cabe resaltar que

brindan la atención en base a su profesión y experiencia profesional, a excepción

del personal miembro del Comité de Equidad de Género que se capacita de

manera constante.

Canalización Interna, Canalización Externa

Al no ser una institución que brinde servicios de atención especializada en las

áreas psicológica y jurídica, los casos que se reciben en la Secretaría son

canalizados por parte de la Unidad de Atención Social a las diferentes instancias

como la Procuraduría General de Justicia; al Instituto Poblano de las Mujeres;

Secretaría de Servicios Legales y Defensoría Pública; DIF Estatal; DIF Municipal;

Hospitales o centros de salud; a la Asociación Mexicana de Mujeres Organizadas

en Red AMMOR A. C., u otras ONG’s.

Servicios

En la Unidad de Atención Social brinda una orientación general psicológica y

jurídica a las mujeres víctimas de violencia tanto familiar como comunitaria,

además se proporciona el acompañamiento a los ministerios públicos para realizar

la denuncia, en el caso de que así lo requieran las mujeres.

A través de las Jornadas de Asistencia Social a diversas colonias del municipio de

Puebla y a algunos municipios cercanos, se orienta a la población con respecto a

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“Este material se realizó con recursos del Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género, empero el Instituto Nacional de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados por las (los) autores del presente trabajo”

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la prevención, atención y erradicación de la violencia, mediante pláticas o talleres.

Estas actividades son realizadas por el mismo personal de la Unidad de Atención

Social.

Áreas de oportunidad

Con la nueva creación de la Dirección General de Promoción, se puede desarrollar

diversas campañas de prevención de la violencia en la sociedad.

La nueva creación del área de Atención a Víctimas de Trata de Personas.

El desarrollo de la Campaña “Corazón Azul” y del “Pacto Cero Tolerancia en la

Venta de alcohol a menores”.

Recomendaciones y propuestas generadas por el grupo

Que el IPM trabaje de manera coordinada con todas las dependencias,

para que revise los procedimientos, ya que en base al MEG, a la Secretaría

de Administración y a la Secretaría de la Contraloría, no existe una

homologación de criterios en los expedientes de personal únicos. En el

caso de que no se realice este trabajo coordinado, la problemática de nula

comunicación con las autoridades o dependencias correspondientes, sean

federales, será una constante aunque existan proyectos, planes o

normatividades para desarrollarlo.

Promover dentro y fuera de la institución la cultura de la denuncia de este

tipo de violencia, tanto para las y los funcionarios públicos como para la

sociedad en general.

Brindar una atención oportuna, adecuada, de calidad y calidez, a las

mujeres víctimas, ya que la mayor problemática a la que se enfrentan éstas

mujeres posteriormente a ser violentadas, es específicamente la atención

que reciben por parte de las instituciones encargadas de ello.

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Que la Unidad de Comunicación Social del Gobierno del Estado, desarrolle

una campaña de difusión para que la ciudadanía conozca sus derechos,

obligaciones y las diversas opciones que le brinda el gobierno para su

atención, siempre y cuando sea una labor coordinada con el IPM para

asegurar su correcta aplicación.

Mejorar la participación y comunicación interna en todas las dependencias

para informar estos temas.

Institucionalizar un mecanismo que aplique a todas las dependencias y

organismo auxiliares, que evalúe y de seguimiento al cumplimiento de los

lineamientos del MEG para brindar un mejor y mayor servicio al personal y

a la ciudadanía con perspectiva de género.

Implementar programas del Modelo de Equidad de Género, como materia

extra y obligatoria en los Centros Educativos públicos y privados de los

niveles básicos, para sensibilizar y prevenir la violencia de género en las

escuelas y en las propias calles.

SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE PUEBLA

Conocimientos sobre género y violencia contra las mujeres

Las y los participantes comentaron que en México dada la cultura machista que

aún existe, es muy frecuente la violencia y sobre todo en el ámbito comunitario, ya

que existe la falta de respeto hacia las mujeres y que debe de ser atendida desde

los entornos educativos y familiares. Por lo que la Secretaría de Seguridad Pública

es una de las dependencias más importantes en atender los actos de violencia

contra las mujeres y las niñas, ya que son las primeras personas en brindar

atención de primer contacto, salvaguardando su vida e integridad a través de la

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intervención de las y los policías estatales, que en ocasiones son apoyados por

instituciones como la Cruz Roja.

Conocimiento y aplicación de la normatividad actual sobre género y

violencia

El marco normativo con el que se cuenta es limitado, solo se tiene conocimiento

de manera muy general del Reglamento Interior de la Secretaría, de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código de

Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Puebla, del Código

de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla y del Código

Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla. Y nulo conocimiento en leyes

generales y estatales específicas para la prevención, atención, sanción y

erradicación de la violencia contra las mujeres.

De acuerdo a la información proporcionada, no se cuenta con capacitación en

temas de género y de atención a la violencia contra las mujeres y niñas, lo que

genera un pleno desconocimiento en sus facultades para atender estos casos de

violencia de una forma especializada.

Programas, protocolos, planes y/o medidas afirmativas

No existe ningún programa, plan o protocolo de actuación policial enfocado a la

atención de mujeres y niñas. En caso de medidas, se realizan “Consejos de

prevención”, los cuales tienen la finalidad de promover acciones de prevención

como son las de consumo de alcohol, asaltos a transeúntes, robos a casa

habitación, robo de autos, etc.

Un programa que se lleva a cabo actualmente es un plan de contingencia en una

de las zonas más peligrosas del estado de Puebla, la Junta Auxiliar “Romero

Vargas”, en la cual se conforma por diversas acciones como son: presencia de

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agentes de policía durante todo el día en toda la zona; rondines de vigilancia

nocturna; casetas de denuncia dentro de la Junta Auxiliar; entre otras. Resultando

una amplia participación de la ciudadanía; educación de la denuncia; y la

disminución de robos a transeúntes y casa habitación. Proyecto que si bien no va

dirigido especialmente a las mujeres, es de gran ayuda para combatir la violencia

comunitaria en todos los espacios públicos.

Espacios adecuados de atención a mujeres y niñas víctimas de

violencia, personal capacitado y áreas de atención

La atención que se brinda en ésta Secretaría cuando se presenta algún caso de

una mujer o niña violentada en el ámbito comunal, en primer lugar es la de

salvaguardar la víctima, es decir, brindarle seguridad y posteriormente de acuerdo

a las características del acto violento, se proporciona acompañamiento al

Ministerio Público correspondiente en el caso de que quiera denunciar o se le lleva

a la base del Sector que le corresponda para que la médica o médico legista y el o

la psicóloga la valoren, y posteriormente se acompañe al Ministerio Público a

denunciar, en la que se realiza una cadena de custodia, que consiste en presentar

a la víctima ante el MP y se lleva a cabo una acta de recibo. Por lo que ahí termina

la participación de las y los agentes policiales al momento de entregar a las

víctimas al MP.

Cuando existe un caso en donde intervenga un menor de edad, que no esté

acompañado de sus tutores o padres, se le traslada a la unidad jurídica de la

dependencia para solicitar apoyo del DIF Municipal o Estatal o alguna otra

instancia encargada. Se comenta que en algunas ocasiones, no pueden brindarle

atención médica o revisión ya que es una menor de edad.

Correspondiente a los espacios, dentro de los sectores o bases de policías no se

cuenta con espacios adecuados y principalmente privados para atender a mujeres

y niñas víctimas. Así como, los recursos mínimos necesarios para brindarles una

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mejor atención en el momento de llegar al lugar del hecho, como son mantas para

cubrirlas, agua, etc. Siendo que al acudir la Cruz Roja al auxilio de éstas,

proporcionan estos materiales, siempre y cuando se presente lesiones.

En promedio se atienden entre 12 a 14 casos de violencia contra las mujeres en

los ámbitos familiar y público, siendo los primeros los más recurrentes.

Un punto importante, es el que los casos entre las mujeres en el ámbito público,

por grado de frecuencia son: el de robo; violencia ejercida por el esposo, el novio

o pareja; violencia en las instituciones educativas “bullying”; los de hostigamiento y

acoso sexual y manoseo; y mínimo el de violación sexual.

Cabe resaltar que los casos de violencia en el noviazgo, hostigamiento y acoso

sexual, manoseos, ataques al pudor, no son denunciados por las víctimas. El

primer caso sucede, porque las mujeres jóvenes no reconocen su situación de

violencia; en el segundo caso, desafortunadamente no se encuentra el agresor al

momento que se solicita el apoyo de la policía; en ambos, muchas veces por pena

o temor a represalias.

Sensibilización y capacitación constante al personal

En relación a la capacitación, se menciona que existe capacitación en otro tipo de

temas, como estrategia táctil, uso de armas, etc. Pero no se cuenta con cursos de

sensibilización y capacitación en temas de género y atención de la violencia contra

las mujeres.

No obstante, las y los policías actúan y atienden a las víctimas de acuerdo a sus

experiencias profesionales y personales o apoyadas por la experiencia de otras y

otros compañeros policías.

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Dado que no existen áreas especializadas de atención, como el de violencia

comunitaria, no existe organización y mucho menos conocimiento y capacitación

al respecto, en caso contrario se replicaría a todo el personal y habría una mejor

línea de atención.

Comentaron que hace un par de años recibían capacitación constantemente,

debido a que se contaba con un programa de manera conjunta con la Secretaría

de Educación Pública del Estado, para impartir en las escuelas temas acerca de

prevención del delito, así como a diversas empresas como son BOING,

Cervecería Cuauhtémoc, etc. Además de programas de alerta a la ciudadanía, por

lo que el estar actualizándose es fundamental.

Canalización Interna, canalización Externa

La atención que brinda la Secretaría, al momento de que las y los policías llegan al

lugar de los hechos, es como ya se ha mencionado la de salvaguardar a las

víctimas, por lo que la canalización no se presenta, únicamente el

acompañamiento al Ministerio Público en el caso de denuncia; o al DIF Estatal o

Municipal según sea el caso. Ya estas instancias son las encargadas de

canalizarlas a las áreas o Dependencias que requieran las víctimas.

Servicios

Se cuenta con el de atención de primer contacto con la victima (salvarguardar) en

el espacio público, ya sea calle, escuelas, etc. y en las oficinas del Sector o base

de policías, con servicios de atención médica y psicológica, siendo éstos de

atención inmediata, ya que al ser llevados a las instancias especializadas

correspondientes, las victimas reciben una mayor atención en estos dos rubros.

Cabe resaltar, que se cuenta con el servicio de atención de trabajo social dentro

de la Secretaría para uso exclusivo del personal, es decir, atienden los casos de

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violencia del personal con sus familias, así como, atenderlas en caso de

fallecimiento o solicitud de pensión alimenticia; lo que conlleva a que se oriente a

éstas personas a dónde deben acudir para cada caso específico.

Áreas de oportunidad

Actualmente, ya existe la nueva generación de policías-investigadores, con lo que

los y las policías se encuentran capacitados/as en temas de criminología y

abogacía, significando un gran avance para la atención de primer contacto a las

víctimas de violencia de cualquier tipo, brindando un servicio un poco más integral,

no obstante, se debe desarrollar este procedimiento por la falta de conocimiento

de leyes enfocadas a mujeres.

La reciente creación de una Subsecretaría de Desarrollo Institucional y

Administración Policial y de la Subsecretaría de Inteligencia.

A partir de febrero de 2013 entra en vigor la “Policía Acreditable” los cuales tienen

conocimientos en materia penal, juicio oral y criminalística.

Recomendaciones y Propuestas generadas por la Dependencia

Crear un Programa de Prevención del Delito en la comunidad

exclusivamente para mujeres de distintas edades, ya que se ha observado

el incremento del índice de actos delictivos a adultos mayores. Este

programa debiera ser engranado con otras dependencias encargadas de

brindar apoyo para su implementación, aplicación y principalmente su

seguimiento, ya que con ello se obtendrían índices de cumplimiento que

nos arrojarían datos importantes para saber el impacto que se ha logrado

en el bienestar de la ciudadanía.

Mayor número de personal en los cuerpos policiales para una mayor

cobertura y atención.

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Capacitación en temas de género; violencia contra las mujeres; derechos

humanos; prevención de la violencia laboral; marco normativo y jurídico de

la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las

mujeres.

Contención emocional para eliminar el estrés, ya que al ser el primer

contacto en acudir a los actos violentos, repercute en el estado emocional

de las y los policías provocando un desempeño no óptimo para la

ciudadanía.

Es necesaria una revisión del Reglamento Interno, para delimitar las

acciones y poder retroalimentarlo.

La firma de convenios con las instancias correspondientes para capacitar al

personal, o para iniciar o concluir una carrera universitaria o especializarse

a través de postgrados o diplomados.

Crear áreas adecuadas para la comunicación e información de los casos

atendidos específicamente en mujeres y niñas validado por el IPM, con el

objetivo de hacerlo de conocimiento de todo el personal y retroalimentar el

procedimiento de atención.

Mayor difusión en la sociedad de los programas de prevención del delito,

para coadyuvar a la función de las y los policías, con el objetivo de educar

a la sociedad y capacitarla, ya que no solamente es trabajo de las

dependencias, si no de la sociedad en general, el de prevenir este tipo de

delitos contra las mujeres y niñas y acabar con la cultura machista.

Rescatar la imagen de los y las policías como símbolo de protección y

resguardo, ya que la sociedad los visualiza como corruptos e irrespetuosos.

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Una campaña de difusión, en la que se brinde información de los derechos

de cada persona, así como de dónde acudir o llamar en caso de sufrir un

acto violento, y los servicios que brinda cada institución.

Reforzar la campaña de la prevención de violencia contra las mujeres,

enfatizando en que deben permitir que las autoridades realicen su labor de

detención del o los agresores, que en ocasiones las propias parejas

mujeres solicitan que lo liberen al momento de detenerlo o detenerlos,

justificando o enjuiciando el desempeño laboral de las y los policías.

Crear un mecanismo de evaluación de la calidad del servicio de atención a

los casos atendidos.

Crear un Centro de Rehabilitación para tratar a las personas violentas

(hombres y mujeres) para mejorar su calidad de vida y la de los suyos.

Crear un Protocolo de atención a personas víctimas de violencia en las

Agencias del Ministerio Público.

Programas para sensibilizar y concientizar en relación a la violencia

específicamente contra las mujeres y a sus familiares, a las y los servidores

públicos encargados de la impartición de justicia, como son juezas y jueces

calificadores y ministerios públicos.

Crear un programa destinado a los hombres para sensibilizarlos y

concientizarlos, ya que son los mayores agentes generadores de violencia.

Crear un programa de atención y rehabilitación para hombres violentos.

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Que el IPM, formule una Red Interinstitucional o Directorio de Instituciones

Públicas y Privadas encargadas de atender este tipo de violencia y hacerlo

extensivo a las Dependencias, como una herramienta de apoyo.

Dar seguimiento al actual Diagnóstico por parte de las dependencias

participantes.

Fomentar el compromiso de cada servidor en las funciones que desempeña

.

Elaborar trípticos con la información precisa y distribuirlo entre el personal

directamente relacionado para ello.

PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

Conocimientos sobre género y violencia contra las mujeres

En el caso de las entrevistas, el personal entrevistado (Dirección de Atención a

Víctimas del Delito), existe un escaso conocimiento en temas de género y en

atención de violencia contra las mujeres.

Conocimiento y aplicación de la normatividad actual sobre género y

violencia

En cuanto al marco normativo en el caso de violencia comunitaria, existe un claro

desconocimiento, a excepción de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos y del Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y

Soberano de Puebla para el caso del personal de los ministerios públicos

participantes, no obstante el personal de la Dirección de Atención a Víctimas del

Delito cuentan con conocimiento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a

una Vida Libre de Violencia, Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los

Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las

Víctimas de estos Delitos y la Ley para la Prevención del Delito de Trata de

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Personas y para la Protección y Asistencia de sus Víctimas del Estado de Puebla.

Otras normas a las que recurren son: Ley para la Protección a Víctimas de Delitos

y su reglamento, Ley de Prevención, Atención y Sanción de la Violencia Familiar

para el Estado de Puebla.

En el caso de los MP, se detecta que su actuar se basa únicamente en lo que

dicta el código penal, no así se argumenta que a pesar de la intención de incluir

otras leyes federales o estatales relacionadas, se obstaculizaría el proceso con el

actuar de los juzgados calificadores, ya que ellos son los que determinan que acto

es considerado o no delito y desafortunadamente ellos no cuentan con el

conocimiento de dicha normatividad.

Un caso comentado que conlleva a la reflexión es que para el delito de acoso

sexual de acuerdo al Código de Defensa Social del Estado Libre y soberano de

Puebla, sólo amerita una multa. Por lo que, debe revisarse el marco jurídico del

estado con la finalidad de actualizarse y considerarse mayores sanciones a este

tipo de delitos.

Como agentes de primer contacto, los MP levantan la declaración de la víctima,

para considerar si cumple con los requisitos para considerarse como delito el

evento que haya sucedido; posteriormente se continua con el procedimiento, en el

caso de presentar lesiones físicas se dirige con la o el médico legista para realizar

la valoración y el dictamen, los cuales conformarán la averiguación previa

(derechos de bagatela, cuando no hay agresor presentado), es decir, se recaban

los elementos de prueba para dárselos a las o los jueces calificadores y así

continuar con el proceso respectivamente. En caso contrario, que no se presenten

lesiones se conforma la averiguación previa con la declaración de la víctima. En

caso de golpes o violación, las lesiones tienen que ser visibles, ya que se corre el

riesgo que no proceda la consignación por lesiones, es decir, debe de existir

huella material.

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Programas, protocolos, planes y/o medidas afirmativas

No existen protocolos, ni planes, ni programas, etc., únicamente los lineamientos

realizados por la Dirección de Atención a Víctimas del Delito, que son difundidos

de manera interna. El personal actúa por costumbre y destreza, no bajo un

procedimiento establecido.

Espacios adecuados de atención a mujeres y niñas víctimas de

violencia, personal capacitado y áreas de atención

Se detectó que el personal de la Dirección de Atención a Víctimas del Delito, se

encuentra especializado, cumpliendo con los perfiles requeridos, como son

abogados/as y psicólogos/as, además de argumentar que se encuentran en

constante capacitación con valor curricular, en temas como trata de personas y

procedimientos jurídicos.

Los servicios que brinda la PGJ son de atención, sanción y canalización, por lo

que no se cuenta con los espacios adecuados y privados no sólo para la atención

de mujeres y niñas víctimas de violencia, sino para el público en general, aun

cuando cuentan con una área especializada en delitos sexuales y atención a

víctimas del delito, no se cuenta con la infraestructura adecuada. Lo que dificulta

que las personas que acuden a presentar su declaración se sienten incomodas/os

al relatar los hechos, en presencia del resto del resto del personal de la Agencia

del MP o de las personas que esperan ser atendidas. Siendo este, un factor

determinante para no relatar de manera detallada los hechos y no se cuente con la

información necesaria para iniciar la averiguación, hasta el punto que las personas

violentadas decidan no denunciar por la pena de que sean escuchadas por otras

personas. En otras palabras, las instalaciones no se adaptan para dar un servicio

con la privacidad, discreción y seguridad pertinente.

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Dentro de la estructura de la PGJ existen áreas específicas para tratar temas de

violencia comunitaria contra las mujeres, como lo son: la Dirección de Delitos

contra la Mujer y la Dirección de Atención Integral a la Mujer; dentro del Honorable

Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla se encuentra el Centro Estatal de

Mediación; y la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y

Trata de Personas (FEVIMTRA) la cual pertenece a la Procuraduría General de la

República; esta última brinda apoyo a mujeres que son violentadas y que no

cuentan con recursos y que deciden denunciar. Es decir, se les brinda asesoría

jurídica, apoyo psicológico a ellas y a sus hijos/as si los tuviera, atención médica,

así como se canalizan a Albergues de alta seguridad con los que cuenta la PGJ, a

Refugios temporales (no mayor de 3 meses), al DIF Estatal, DIF Municipal, IPM,

etc.

Sensibilización y capacitación constante al personal

Se comenta, que actualmente se han impartido un Diplomado en temas

relacionados con la violencia contra las mujeres y un Seminario de Trata de

Personas.

Canalización Interna, canalización Externa

La canalización interna es fundamental en los ministerios públicos dependiendo de

los casos y los procesos, ya sea a otro ministerio público, o a algún albergue de

alta seguridad o a un refugio temporal de la PGJ o a la Agencia Especializada en

Delitos Sexuales. De manera externa la canalización se realiza a refugios, asilos,

hospitales, centros de salud, al DIF Municipal o Estatal y/o IPM.

Servicios

Los servicios de atención que ofrecen son atención psicológica, trabajo social,

asesoría jurídica y atención médica basada solo en la observación de la víctima o

victimario para evaluar la condición de salud, levantar el dictamen correspondiente

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y finalmente incorporarlos a la averiguación previa, en el caso de necesitar

atención especializada se canaliza a un hospital y la dependencia financia este

servicio, siempre y cuando el usuario no cuente con algún tipo de seguro o

prestación de salud.

La Dirección de Atención a Víctimas del Delito, además de contar con los servicios

antes mencionados, imparte talleres en escuelas de nivel primaria, secundaria y

bachillerato, así como en distintas comunidades (juntas auxiliares den el municipio

de Puebla y municipios vecinos) a través de la coordinación interinstitucional con

las Instancias Municipales de las Mujeres y los DIF Municipales que así lo

requieran. Las temáticas desarrolladas en dichos talleres son: prevención del

delito, prevención de delitos cibernéticos, derechos humanos, prevención de la

violencia en el noviazgo y prevención del bullying, igualmente la orientación de

qué hacer y dónde acudir en caso de ser víctima de cualquier tipo de violencia.

Es importante resaltar, que la Dirección de Atención Integral a la Mujer además de

brindar los servicios de atención antes mencionados, proporciona resguardo

temporal a las víctimas de acuerdo a sus atribuciones y apoyo alimentario a las

mismas respectivamente.

Áreas de oportunidad

Actualmente se encuentra realizando la iniciativa para tipificar el “feminicidio” en la

legislación estatal específicamente en el Código de Procedimientos Penales para

el Estado Libre y Soberano de Puebla, por lo que es necesario dar un seguimiento

a ello y difundirlo a través de campañas y capacitaciones a funcionarios y

funcionarias encargadas de la seguridad y procuración de justicia.

Los logros dentro de la dependencia se basan en los procedimientos que realizan

cada uno de los agentes del MP de manera interna, es decir, de acuerdo a sus

necesidades como el diseño de herramientas que les facilite su labor como llevar

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una base de datos con el registro y características de los delincuentes y su modus

operandi, con el objetivo de dar seguimiento de manera a los casos o la

comparación con otros casos similares. Por lo que se propone el diseño de un

mecanismo en el que se compartan las experiencias exitosas de cada uno para

mejorar el desempeño de los MP.

Recomendaciones y Propuestas generadas por el grupo

Crear un módulo de atención o una línea 01 800, que brinde información

sobre la función y los servicios que ofrecen cada una de las dependencias

del Estado para otorgar un servicio de calidad, oportuno y de pronta

resolución. Así como los requisitos necesarios para cada trámite, con la

finalidad de no retardar la atención a la ciudadanía.

Evitar una doble victimización, por ejemplo en el caso de una violación

sexual, recabar pruebas y testimonios en un solo proceso, evitar diligencias

dilatorias y la creación de un Organismo intermedio que atienda conductas

que no estén tipificadas como delito pero que sancionen, como en los casos

de violencia comunitaria (hostigamiento y acoso sexual, manoseos, ataques

al pudor, etc.).

Analizar y reformar el marco jurídico aplicable, para que se disminuya la

burocracia y se tipifiquen ciertos actos como delitos y aumentar las penas y

sanciones como prueba de la impartición de justicia.

Realizar una reingeniería organizacional en la PGJ, considerando los

conocimientos, experiencia profesional y laboral del personal.

Capacitación en todos los temas relacionados a su quehacer de

funcionarias y funcionarios públicos encargados de la impartición de

justicia.

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Mayor coordinación y comunicación entre las áreas de la Procuraduría, así

como colaborar en el intercambio de información para la resolución de

casos.

Invertir recursos al Laboratorio de Genética del área de Periciales.

Brindar atención psicológica al personal que labora en el área de

Homicidios y de la Dirección de Atención a Víctimas del Delito.

Crear una campaña de difusión para fomentar la cultura de denuncia.

Incremento de personal en los MP.

Mayores recursos materiales.

SECRETARÍA DE SERVICIOS LEGALES Y DEFENSORÍA PÚBLICA

Conocimientos sobre género y violencia contra las mujeres

En el grupo de enfoque de la Secretaría participaron defensoras y defensores

sociales, por lo que expresaron que cuentan con amplios conocimientos sobre

temas de género, y enfatizaron que las capacitaciones sobre estos temas

deberían de extensos para los jueces y juezas calificadoras, ya que en varias

ocasiones no existe un punto de acuerdo por la falta de conocimiento, además de

no conocer el marco normativo y jurídico a nivel internacional, nacional y local

relacionados a temas de género, basándose únicamente en los diferentes Códigos

existentes para el estado de Puebla.

Se detecta, que al tener conocimiento de los temas analizados, y al ser abogadas

y abogados defensores cuentan con la capacidad suficiente de ofrecer un abanico

de opciones posibles para atender los casos asignados.

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“Este material se realizó con recursos del Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género, empero el Instituto Nacional de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados por las (los) autores del presente trabajo”

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Conocimiento y aplicación de la normatividad actual sobre género y

violencia

Los casos atendidos, son formulados en base a la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos; el Código de Procedimientos Penales para el Estado

Libre y Soberano de Puebla; Código de Procedimientos Civiles para el Estado

Libre y Soberano de Puebla; Código Civil para el Estado Libre y Soberano de

Puebla; Código de Defensa Social del Estado Libre y Soberano de Puebla; y la

Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de

Puebla, considerando lo anterior, desafortunadamente los y las juezas

calificadoras no consideran este marco jurídico al atender y sancionar los casos

recibidos.

Programas, protocolos, planes y/o medidas afirmativas

De manera interna existe el Comité de Equidad de Género, el cual capacita e

informa al personal en temas de prevención, así como atención en casos que se

presenten al interior.

No existen como tal programas o protocolos o modelos de atención o actuación,

etc., para atender a mujeres o niñas víctimas de violencia comunitaria.

Espacios adecuados de atención a mujeres y niñas víctimas de

violencia, personal capacitado y áreas de atención

No se cuenta con los espacios privados y apropiados para la atención de los y las

usuarias, ni cubículos para las y los defensores sociales que atienden de manera

permanente los casos que presenten algún delito, lo que genera una falta de

confianza por parte de las víctimas para asistir a sus citas y una grave

incomodidad para poder expresar en su totalidad sus situación.

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“Este material se realizó con recursos del Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género, empero el Instituto Nacional de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados por las (los) autores del presente trabajo”

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Se comenta que el personal es insuficiente para atender a mujeres víctimas de

violencia tanto familiar como de cualquier otro tipo, y cualquier persona que acude

a solicitar la atención. Al existir una gran demanda de servicios por parte de

mujeres ofendidas por violencia, los espacios, el personal y el horario no es

suficiente para cubrir dicha demanda. El horario de atención es de 8:00 hrs. a

17:00 hrs., para brindar asesoría jurídica y de defensa social.

Un factor importante, digno de resaltar es que se expresa que en la dependencia

se respetan los horarios laborales, la vida privada del personal, existe un clima

laboral agradable, respeto entre los diferentes niveles jerárquicos; no se detectan

diferencias al momento de asignar responsabilidades y cargas de trabajo entre

hombres y mujeres. Lo cual permite un ambiente laboral sano reflejado en la

atención de calidad a los y las usarias en el área de Defensoría Social.

Cabe señalar, que no se cuenta con un directorio de instituciones públicas y

privadas para una mayor y mejor atención de los casos, además de que no se

cuenta con un mecanismo de seguimiento a los casos atendidos.

Sensibilización y Capacitación constante al personal

Se menciona, que el personal se encuentran en capacitación constante en

diversos temas relacionados a su labor, como son: las reformas a las leyes, la

aplicación de juicios orales, etc. Además, presentan exámenes de manera

periódica para la evaluación de los conocimientos adquiridos.

Canalización Interna, canalización Externa

No existe la canalización como tal, no obstante existe una coordinación

interinstitucional con diversas dependencias según requiera el caso, como son: los

Ministerios Públicos, el CEPROVIC y CEPROMUVIC de la PGJ; Dirección de

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Ejecución de Sentencias del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado de

Puebla; el IPM; y el DIF Estatal.

Servicios

Se proporciona asesoría jurídica en materia civil, familiar, social y penal, esta

asesoría puede dársele a las víctimas o a las y los acusados (agresores), por lo

que se cuenta con áreas especializadas en estas materias.

Se recalca, que no se atiende de manera directa los casos de violencia

comunitaria a mujeres y niñas específicamente, ya que el primer contacto es el

Ministerio Público. Principalmente, su labor recae en la defensa de las y los

acusados, según sea el caso.

No obstante, se comenta que se hace de conocimiento de las personas la

existencia del “Programa Fianzas-Telmex Reintegra” subsidiado por la Fundación

Telmex, con el objetivo de apoyar con la emisión de fianzas de carácter penal a

personas de escasos recursos que hayan cometido algún delito menor y se

encuentren privadas de su libertad.

Áreas de oportunidad

El cambio de nombre e imagen de “Procuraduría del Ciudadano” a “Secretaría de

Servicios Legales y Defensoría Pública”, ha reforzado la confianza y respeto de la

ciudadanía hacia la dependencia. Sobre todo las y los ciudadanos conocen mejor

los servicios que ofrece la dependencia. Por lo que al ser la Secretaría que

defiende a la ciudadanía que en la mayoría son mujeres que no cuenta con los

recursos para pagar un abogado o abogada, pueden crearse o ampliarse áreas

que atiendan de manera específica los casos de violencia comunitaria de mujeres

y niñas, así como campañas de difusión en las que se dé a conocer los derechos

de las mujeres.

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Recomendaciones y Propuestas generadas por el grupo

Sensibilizar y capacitar a las y los jueces calificadores y Ministerios

Públicos en materia de género y la normatividad vigente aplicable

respectivamente.

Que las juezas y jueces calificadores unifiquen criterios, para evitar la

incongruencia en sus sentencias, ya que sus decisiones trascienden y

afectan de manera notable a las personas involucradas.

Actualización al personal en temas de género y marco jurídico y normativo.

Impartir terapias de contención emocional al personal de la Secretaría.

Mejorar la atención de los MP, para no revictimizar a las mujeres víctimas

de violencia y principalmente agilizar sus procesos, con la finalidad de no

retardar la atención a éstas, generando confianza y respeto; coadyuvando a

fomentar la cultura de la denuncia.

Que se diseñe un programa con el que se atienda, escuche y se le brinde

acompañamiento a las mujeres y niñas violentadas, ya que una de sus

principales necesidades es que las escuchen y se sientan atendidas al

acompañarlas a denunciar ante los Ministerios Públicos.

Brindar una atención profesional por parte de las y los funcionarios públicos

de las diversas instancias encargadas de atender este tipo de violencia

pertenecientes a todas las dependencias, así como las y los policías.

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“Este material se realizó con recursos del Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género, empero el Instituto Nacional de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados por las (los) autores del presente trabajo”

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Aumentar al personal especializado para la atención de mujeres víctimas

de violencia, así como la infraestructura de espacios privados adecuados

para su atención y mayores recursos materiales como papelería.

SEGURIDAD PÚBLICA Y TRÁNSITO MUNICIPAL DE PUEBLA

Conocimientos sobre género y violencia contra las mujeres

La mayoría del personal cuenta con los conocimientos básicos sobre la violencia

contra las mujeres y sus modalidades debido a que la Secretaría se encuentra

certificada en el Modelo MEG:2003, además de que se distribuyen folletos con la

información pertinente; y se imparten talleres y pláticas sobre equidad de género.

Lo comentado por el grupo, es que no todo el personal tiene acceso a este tipo de

actividades, por lo que se propone la creación de un programa de capacitación

permanente en temas de género, de prevención de la violencia contra las mujeres

y niñas en los ámbitos familiar y comunal, aplicación de la normatividad

internacional, nacional y estatal, así como la aplicación de protocolos o modelos

de atención.

Conocimiento y aplicación de la normatividad actual sobre género y

violencia

El único marco normativo que conocen las y los policías participantes son el

Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Puebla y

el Reglamento Interno de la propia Secretaría. El personal del Centro de

Emergencias y Respuesta Inmediata (CERI) y del Departamento de Atención a

Víctimas presentan un mayor conocimiento en la normatividad internacional,

nacional y local, derivado de las capacitaciones del Modelo MEG:2003 y del

trabajo coordinado con el IPM.

Programas, protocolos, planes y/o medidas afirmativas

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No se cuenta con programas, protocolos o planes específicos para atender a

mujeres y niñas víctimas de la violencia. Cabe mencionar, que en años anteriores

se diseñó el Protocolo de Actuación Policial para atender casos de violencia contra

las mujeres en el Estado de Puebla, además se realizó la capacitación para su

aplicación a 100 policías municipales bajo la coordinación del IPM, por lo que se

señala que actualmente no se utiliza y es de suma importancia rescatarlo y

aplicarlo nuevamente, con el objetivo de que las nuevas generaciones de policías

lo conozcan y brinden una mejor atención de primer contacto a las víctimas,

además de saber bajo que lineamientos atenderlas y salvaguardarlas.

Existe de manera permanente la atención de llamadas de emergencia a través del

Centro de Emergencias de Respuesta Inmediata (CERI) (Con certificación

ISO9001-2008) con número de emergencia 066.

Actualmente, se desarrolla el Programa “Vecino Vigilante” el cual consiste en

acudir a las colonias a impartir pláticas de prevención del delito con la comunidad

vecinal para llevar acabo estrategias de autoprotección. Esta acción se refuerza

con la colocación de 174 cámaras de seguridad distribuidas en la Ciudad de

Puebla, monitoreadas permanentemente por el Centro de Emergencias y

Respuesta Inmediata CERI, con lo que se ha intervenido a tiempo para que no

ocurran actos delictivos de diferente índole.

A través del Programa “Escuela Segura”, se presenta mediante el teatro guiñol la

puesta en escena de la obra “Lolita” (cultura de autocuidado) en diferentes

escuelas de nivel preescolar y 1° y 2° grado de primaria.

A nivel secundaria y bachillerato se imparte pláticas sobre noviazgo seguro;

prevención de las adicciones y violencia familiar; educación vial y adicionalmente,

sobre faltas administrativas y delitos en contra de la salud, de la libertad sexual y

de la propiedad. Esta acción se desarrolla con la invitación a las autoridades

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correspondientes de los diferentes planteles educativos, a las madres y padres de

familia y al alumnado, mencionando la existencia de dichos programas, además

de la existencia del Departamento de Atención a Víctimas del Delito dentro de la

Secretaría para atender cualquier persona que haya sido ofendida por violencia.

Lo anterior, se ha desarrollado también con la participación conjunta del DIF

Municipal y la estación de Radio EXA, con lo que se ha difundido dicha

información.

El “Programa Policía Comunitario”, se concentra principalmente en la colaboración

y corresponsabilidad entre los grupos policiales y la comunidad para prevenir y

erradicar los delitos dentro de su espacio vecinal, ya sea asaltos a transeúntes,

robos a casa habitación, violaciones, ataques al pudor, etc. Fungiendo este grupo

de policías, como autoridad de enlace entre los vecinos y las instituciones

municipales, no necesariamente en el sector seguridad, sino en los diferentes

servicios públicos que coadyuvan a un ambiente comunal sano como es el

alumbrado público.

Se comenta que se encuentra la Secretaría desarrollando un proyecto piloto, el

cual consistirá en el acompañamiento de una o un psicólogo en cada una de las

patrullas seleccionadas, al momento de realizar su recorrido de patrullaje habitual,

por sí llegase a necesitar su intervención inmediata de primer contacto a las

víctimas en situación de crisis, además de brindarle el acompañamiento ante el

Ministerio Público en el caso de requerirse. No se señala la fecha de su

implementación.

El personal del CERI, expresa que esta área cuenta con Protocolos de atención,

como son: el Protocolo de atención de la violencia de género; el Protocolo de

atención de la violencia familiar; y el Protocolo de atención de la violencia

intrafamiliar.

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Espacios adecuados de atención a mujeres y niñas víctimas de

violencia, personal capacitado y áreas de atención

Las áreas de atención son: El Centro de Atención y Respuesta Inmediata (CERI),

la Dirección de Prevención del Delito y Atención a Víctimas, Departamento de

Atención a Víctimas, Departamento de Prevención del Delito y la Unidad de

Atención de Violencia Familiar UAVI, esta última iniciará actividades a partir de

2013.

Se cuenta con 4 grupos de policías que brindan atención en las calles: Grupo de

Policía Turística, Grupo de Ciclopolicías, Grupo Motopatrulleros y Grupo de

Seguridad Pública.

No se cuenta con espacios adecuados y privados para la atención, ni se cuenta

con el material necesario para la atención de mujeres y niñas víctimas, como son

mantas para cubrirlas, agua o hasta en ocasiones se requiere de alimentos ya que

se retrasa el recibimiento por parte de los MP. El personal del departamento cubre

el perfil para brindar atención psicológica y asesoría jurídica, así como

acompañamiento a los MP en el caso de que las victimas decidan denunciar, no

obstante, no se cuenta con la capacitación suficiente en materia de atención a

mujeres y niñas víctimas de violencia comunitaria y familiar.

Sensibilización y Capacitación constante al personal

Se ha recibido muy poca sensibilización y capacitación en temas de violencia

contra las mujeres, anteriormente se recibía capacitación a través de la

coordinación interinstitucional con el Instituto Poblano de las Mujeres.

Actualmente, se imparte el Diplomado “Seguridad Pública y Proximidad Social”, el

cual proporciona herramientas para mejorar la conexión entre la Policía y la

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sociedad en general en beneficio de la misma. Además ya se ha capacitado a un

grupo de policías en Juicios Orales.

Canalización Interna, canalización Externa

El procedimiento interno (no oficial) que se lleva acabo para canalizar a cualquier

víctima de delito, es que las y los policías acuden a auxiliar a la víctima en el lugar

en dónde se encuentre, salvaguardándola y brindándole la atención de primer

contacto como puede ser los primeros auxilios; posteriormente la trasladan al

Departamento de Atención a Víctimas en dónde la reciben con el reporte de las o

los policías; a continuación se le brinda el apoyo psicológico (si es necesario por

presentar un cuadro de crisis) y se levanta un dictamen de valoración para saber

en qué estado emocional se encuentra, la psicóloga o el psicólogo tiene

conocimiento del procedimiento penal por lo que en ese momento comienza a

apoyar a la víctima para que pueda denunciar sin temor; con lo que interviene la

parte jurídica a través de una abogada/o, quién le expone cual es el procedimiento

a seguir ante el Ministerio Público y las posibles consecuencias de dicha denuncia;

finalmente se inicia realizando las preguntas de rutina para saber si la mujer puede

identificar o describir a su agresor y así dar un seguimiento al caso dentro del

Departamento de Investigación y Análisis.

Solo se realiza la canalización externa principalmente a Ministerios Públicos y a la

Agencia del Ministerio Público especializada en Delitos Sexuales y Violencia

Intrafamiliar de la PGJ, así como, al DIF Municipal, DIF Estatal, Cruz Roja, IPM,

CEPROVIC, CEPROMUVIC, Secretaría de Servicios Legales y Defensoría

Pública, Refugios, Albergues, Asilos, Hospitales y Centros de Salud, Asociaciones

civiles como “Justicia Ciudadana” y al Dormitorio Municipal. Cabe mencionar que a

excepción de los MP, se canaliza al resto de las instituciones siempre y cuando no

se requiera la intervención del MP, ya que éstos son los encargados de realizar la

canalización correspondiente posterior al recibimiento de la o las víctimas.

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Se señala, que es de suma importancia rescatar y repetir de alguna manera o en

otro formato el proyecto piloto que se realizó en años anteriores bajo la tutela del

IPM, en el que a través de la coordinación interinstitucional entre el CERI, el IPM,

la Agencia del Ministerio Público especializada en Delitos Sexuales y Violencia

Intrafamiliar de la PGJ y la Procuraduría del Ciudadano actualmente la Secretaría

de Servicios Legales y Defensoría Pública y los enlaces de cada una de estas

instancias, se brindaba la atención adecuada y se realizaba el seguimiento de

manera particular a cada caso de mujeres víctimas de violencia ya fuera familiar o

comunitaria, con el objetivo de poder apoyar a no desistir de la denuncia a las

mujeres y principalmente de salvar sus vidas y la de sus hijos e hijas si los tuviese.

Servicios

En la Dirección de Atención a Víctimas del Delito se brinda: asesoría jurídica,

atención psicológica, acompañamiento a víctimas en el proceso de denuncia (MP),

canalización a servicios médicos y otras dependencias que ofrecen servicios como

albergues, refugios, etc.

El Centro de Emergencia y Respuesta Inmediata (CERI) a través de la línea

telefónica ofrece: atención de emergencia, envío de ambulancias, primeros

auxilios, envío de patrullas y elementos policiales en llamada de auxilio, servicio

de asesoría y orientación en caso de que así se requiera, específicamente en

atención a mujeres se les orienta a dónde acudir o simplemente se les transfiere a

la línea 075 TELMUJER del IPM.

Áreas de oportunidad

La Secretaría se encuentra en el proceso de Certificación en Seguridad Pública

Internacional CALEA (por sus siglas en ingles), por lo que al recibir dicha

certificación, se puede desarrollar diferentes programas y proyectos relacionados

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con los temas de la seguridad de las mujeres y niñas en los ámbitos familiar y

comunal.

Los programas que promueven la participación ciudadana, pláticas e información

para prevenir adicciones o violencia.

La asesoría en el área de atención a víctimas del delito.

La colocación de cámaras de seguridad en toda la ciudad.

La reciente creación y operación de la Unidad de Atención a la Violencia Familiar.

Recomendaciones y Propuestas generadas por el grupo

Crear un portal electrónico en donde exista información de cursos, talleres y

pláticas para conocer la normatividad vigente y los cambios a la ley y que

exista una réplica de conocimiento para las y los compañeros por parte del

personal que haya tenido la oportunidad de recibir la capacitación.

Retomar el Protocolo de actuación policial para atender casos de violencia

contra las mujeres en el Estado de Puebla.

Aprovechar los conocimientos de las y los policías que cuentan con la

licenciatura y/o maestría en psicología para la atención a víctimas de

violencia de género. Cabe mencionar que a partir de este año, se amplía la

preparación del cuerpo policial, ya que se forman como policías

investigadores, es decir, contribuyen en el análisis de la escena del delito.

Trabajar de manera coordinada y cooperativa con la Agencia del Ministerio

Público Especializada en Delitos Sexuales y Violencia Intrafamiliar de la

PGJ.

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Mayor personal y recursos materiales.

Mejorar la comunicación interna e interinstitucional, del mismo modo

intercambiar información útil para atender los casos de violencia.

Mayor capacitación en temas de género y sobre todo en el marco normativo

y jurídico.

Capacitación a las y los policías en victimología.

Integrar materias en la temática de perspectiva de género y prevención,

atención y sanción de la violencia contra las mujeres en el plan de estudios

de la Academia de Seguridad de la Secretaria de Seguridad Pública y

Tránsito Municipal (SSPTM) de Puebla.

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OBSERVACIONES

De manera general, en todas las dependencias participantes se detectó lo

siguiente:

La falta de conocimiento en temas de género y prevención de la violencia

por parte del personal que atiende a mujeres y niñas víctimas de violencia.

Se desconoce la normatividad internacional, nacional y estatal

correspondiente a estos temas, lo cual es de suma gravedad, ya que no se

atiende bajo estos lineamientos.

La ausencia de programas de capacitación para el personal.

Existe un gran interés y compromiso por parte de las y los funcionarios para

capacitarse y actualizarse para brindar un mejor servicio.

Falta de infraestructura (espacios privados y cómodos) para poder atender

de manera adecuada a las víctimas.

Falta de información a las mujeres y ciudadanía en general de sus

derechos, así como, qué hacer y a dónde acudir en caso de ser víctimas de

violencia.

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La ausencia de coordinación interinstitucional por parte de las

dependencias encargadas de brindar este tipo de servicios.

La ausencia de enlaces por parte de las dependencias para tratar estos

temas.

La falta de un directorio de servicios e instituciones públicas y privadas para

brindar una oportuna canalización.

No existe un mecanismo de seguimiento y evaluación de los servicios

brindados por cada una de las dependencias.

No se cuenta con una base de información que pueda compartirse entre las

dependencias, con la finalidad de disminuir el largo camino que debe

recorrer una mujer víctima de violencia para poder ser atendida.

No se cuenta con un sistema de seguimiento a los casos atendidos, ni de

cruce de información por parte de las dependencias.

En todas las dependencias se cuenta con los servicios de atención jurídica

y psicológica.

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CONCLUSIONES

El trabajo desarrollado por parte de las dependencias participantes en los grupos

de enfoque y en la mesa de trabajo, como la información obtenida de las

entrevistas, se generó una serie de puntos que deberán tomarse en cuenta, para

la toma de decisiones a corto, mediano y largo plazo, así como, para el diseño y

planeación de políticas públicas con perspectiva de género y herramientas e

instrumentos que fortalezcan el desempeño laboral de las áreas encargadas de

prevenir, atender, erradicar y sancionar la violencia de las mujeres y niñas en el

ámbito comunal.

Por lo anterior se deberá considerar lo siguiente:

Existen al interior de las dependencias, diferentes áreas de oportunidad en

las que se pueden implementar acciones que coadyuven a la mejoría de los

servicios, sin una gran inversión de presupuesto, como es la capacitación a

funcionarias y funcionarios públicos para que funjan como replicadoras/es

al interior de su dependencia.

Sensibilizar y capacitar a funcionarias y funcionarios públicos funcionarios

públicos de todos los niveles jerárquicos de las dependencias encargadas

de la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las

mujeres en temáticas como: perspectiva de género; derechos humanos de

las mujeres; y marco normativo y jurídico aplicable para tratar asuntos de

violencia contra las mujeres y niñas.

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Atender al personal de las dependencias encargadas de la prevención,

atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres, a través

de pláticas y talleres de contención emocional y programación

neurolingüística.

Remodelar la infraestructura y crear espacios privados y cómodos para la

atención de las mujeres y niñas víctimas, sin mayor inversión.

Realizar una revisión y valoración del personal existente en las

dependencias, para detectar sus perfiles, conocimientos y experiencia en la

materia, con la finalidad de ubicarlos en las áreas correspondientes y

obtener el mayor aprovechamiento de sus conocimientos sin inversión

alguna en recursos humanos.

Formar comités en los que participen las diferentes dependencias

encargadas de prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia de

género, asociaciones civiles y la sociedad en general para el intercambio de

experiencias, diseño de estrategias y de información, con el objetivo de

diseñar y planear de manera conjunta políticas públicas en beneficio de las

mujeres y niñas.

Mayor énfasis en campañas de difusión a la ciudadanía en general,

brindando información de primera manera para prevenir, atender, sancionar

y erradicar la violencia contra las mujeres.

Retomar los programas de prevención del delito de la SSP y de la SSP y

TM de Puebla, en la impartición de pláticas y talleres para ampliar la

cobertura de los planteles educativos y poder contribuir a la seguridad de

las mujeres y niñas.

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Formar una Red Interinstitucional entre las dependencias que conforman el

Sistema Estatal para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la

Violencia contra las Mujeres.

Conforme al Sistema Estatal para la Prevención, Atención, Sanción y

Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, se diseñe un mecanismo

de seguimiento a los casos atendidos por las diferentes dependencias para

la mejora del desarrollo institucional y de la atención a las víctimas, con el

objetivo de intercambiar información oportuna y actualizada.

Realizar una exhaustiva revisión en el marco legal estatal para detectar las

áreas de oportunidad que deberán actualizarse y reformarse para brindarle

mayor protección a las víctimas y aseverar las sanciones a los generadores

de violencia.

Celebrar convenios de colaboración con distintas instituciones privadas o

de la sociedad civil, a fin de formar un frente común ante la violencia contra

las mujeres y niñas en las calles, solicitando recursos a través de

patrocinadores y realizar campañas de difusión en medios impresos,

audiovisuales, digitales y radiofónicos.

Elaborar Protocolos y/o Modelos de Atención y Actuación para atender

específicamente a mujeres y niñas víctimas de violencia comunitaria;

capacitar para la aplicación de dichos documentos a funcionarias y

funcionarios públicos de las dependencias encargadas de la prevención,

atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres.

Elaborar un Directorio de Servicios de las Instituciones públicas y privadas

que se encarguen de brindar a tención a mujeres víctimas de violencia y a

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sus hijos e hijas; el cual deberá ser distribuido en todas las áreas

correspondientes a este tipo de servicios.

Armonizar y homologar los diferentes procedimientos de atención a mujeres

víctimas de violencia que tienen las dependencias respectivamente, para no

cometer irregularidades o faltas al momento de brindar este servicio.

Realizar una armonización legislativa local, en la que se considere la

normatividad actual aplicable en los temas mencionados, para evitar que el

sector de procuración de justicia únicamente considere el Código de

Defensa Social del Estado Libre y Soberano de Puebla, Código Civil para el

Estado Libre y Soberano de Puebla Código de Procedimientos Penales

para el Estado Libre y Soberano de Puebla y el Código de Procedimientos

Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla.

Crear una línea telefónica gratuita (01 800) y/o módulos de información que

brinde información las 24 horas los 365 días del año, en la que se informe

principalmente a la ciudadanía de todo el estado a dónde acudir para cada

caso en específico para optimizar el tiempo de las personas y desempeño

laboral de las dependencias que cuenten con oficinas de atención, así

como los servicios que ofrece cada institución pública, los requisitos para

los trámites que se desean realizar y direcciones y horarios de las oficinas

institucionales.

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GLOSARIO DE TÉRMINOS1

Abuso Sexual: Es toda actividad sexual que sucede entre dos personas sin que

medie el consentimiento de alguna de ellas. El acoso se puede manifestar entre

adultos, de un adulto a un menor o incluso entre menores, siendo esta modalidad

menos frecuente. El acoso sexual abarca conductas como: cualquier tipo de

penetración, la exposición a material sexualmente explícito, el tocamiento corporal,

la masturbación forzada, el exhibicionismo, las insinuaciones sexual, la exposición

a actos sexuales no deseados, la prostitución y la pornografía infantil.

Acoso (tipos de): El acoso es un comportamiento suyo objetivo es intimidar,

perseguir, apremiar e importunar a alguien con molestias o requerimientos..

Aunque normalmente se trata de una práctica censurada, se reproduce en

contestos donde el entorno social brinda condiciones para ello al no existir una

sanción colectiva contra dichos actos. Los tipos más reconocidos de acoso son:

laboral, el acoso moral o psicológico y el acoso sexual.

Administración de Justicia: “Acción de los tribunales a quienes pertenecen

exclusivamente la postedad de aplicar las leyes en los juicios civiles y criminales, y

cuyas funciones son juzgar y hacer que se ejecute lo juzgado”. Tiene dos

acepciones: como actividad jurisdiccional del Estado y como actividad del

Gobierno y Administración de los Tribunales.

Agresor/a: Es la persona que causa daño en forma violenta o con fuerza a otro, profiriendo insultos

Autoestima: Valoración que una persona tiene y siente de sí misma. Es la

percepción interna de cada persona, construida a partir de los pensamientos,

sentimientos, sensaciones y experiencias que va teniendo a lo largo de la vida. En

el análisis de género, se considera un indicador de empoderamiento de las

mujeres que permite captar a nivel individual la legitimación interna de las mujeres.

1 Instituto Nacional de las Mujeres, Glosario de género [en línea], México, Inmujeres, en Observatorio de los

Medios de Comunicación /Glosario consultado en http://www.inmujeres. gob.mx

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Capacitación: Se refiere a una actividad de enseñanza-aprendizaje que consiste

en proporcionar herramientas teóricas y prácticas para adquirir y actualizar

conocimientos, destrezas, competencias y aptitudes, requeridas para desempeñar

adecuadamente una actividad específica, por lo general de carácter laboral.

La capacitación de género de emplea con frecuencia en los procesos de

institucionalización y transversalidad de la perspectiva de género con el fin de

desarrollar las capacidades conceptuales, técnicas y actitudinales que permitan a

funcionarias/os públicas/os aplicar esta perspectiva en los procedimientos de

diseño, programación, y presupuestarios, y de ejecución y evaluación de las

políticas públicas. Contribuye a homogenizar referencias conceptuales y términos

utilizados en el vocabulario de la institucionalización, lo que redunda en el

mejoramiento de la coordinación y consolidación de una red d servidoras públicos

comprometidos con el cambio institucional.

Para que la capacitación tenga un impacto óptimo, se requiere de condiciones

institucionales que la respalden, por ejemplo, brindar apoyo a las y los encargados

de la capacitación, asegurar la asistencia de las y los participantes y mostrar el

interés de la institución para que se difunda y adopte la perspectiva de género en

todas sus prácticas.

Ciudadanía: La ciudadanía es un conjunto de derechos y deberes que hacen de

cada individuo un miembro de una comunidad política. Es un concepto que habla

de la calidad del vínculo y de la relación que las personas tienen con el Estado. A

través de esta relación, se establecen las prerrogativas para participar en la vida

pública y en la toma de decisiones de una comunidad o de una nación. Por lo

tanto, la ciudadanía implica no sólo derechos y responsabilidades, sino también

capacidad de participación.

La ciudadanía no es pues una relación ni un contenido estático, sino más bien una

construcción dinámica cuyos significados y alcances son proporcionales a la

fuerza y la capacidad de los sujetos históricos para darle contenido.

Condición/posición de las mujeres: Por condición se entiende a las

circunstancias materiales en que viven y se desarrollan las personas. Éstas se

expresan en el nivel de satisfacción de las necesidades prácticas e inmediatas y

en los niveles de bienestar de los individuos y los hogares. Se utilizan como

indicadores de las condiciones sociales y del acceso a la educación, a la salud, al

agua potable, la vivienda, la higiene, entre otras variables que dan cuenta de la

calidad material y ambiental de la vida.

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Por posición se alude a la ubicación de las mujeres en la estructura de poder que

prevalece en una sociedad. Su análisis comprende el reconocimiento social, el

estatus, la disposición de las fuentes de poder que incluye el control de los activos

productivos, la información, la participación en la toma de decisiones, entre otras

dimensiones.

El uso del binomio condición/posición de la mujer como herramienta conceptual y

operativa es utilizado con frecuencia en el análisis de género, debido a que su

combinación dialéctica sirve para expresar cuáles son los factores y mecanismos

sociales, económicos y culturales que mantienen a la mujer en una situación de

poder desventajosa y subordinada en relación con el hombre. La forma en que se

expresa esta subordinación varía según el contexto histórico y cultural.

Construcción social del género: Refiere a la definición de las características y

los atributos que son reconocidos socialmente como masculinos y femeninos, así

como el valor que se les asigna en una determinada sociedad. Este proceso

transcurre a nivel personal como social e institucional. Individualmente la

construcción social del género se lleva a cabo a lo largo del ciclo de vida de los

sujetos, durante el cual los procesos de socialización en la familia y en las

instituciones escolares tienen una peculiar relevancia.

A nivel social, la construcción del género es un proceso sociopolítico que articula

las representaciones y significados sociales atribuidos a mujeres y hombres con la

estructura material y con las normas y reglas que ordenan y regulan el acceso y

control de los recursos.

Se trata de un postulado central de la perspectiva de género, porque permite

articular la crítica a la asignación de roles y actividades sociales para mujeres y

hombres.

Derechos humanos de las mujeres: Los derechos humanos son facultades,

prerrogativas, intereses y bienes de carácter cívico, político, económico, social y

cultural, personal e íntimo, adscritos a la dignidad del ser humano, y los cuales

están reconocidos por instrumentos jurídicos nacionales e internacionales.

La importancia de estos derechos radica en su finalidad: proteger la vida, la

libertad, la justicia, la integridad, el bienestar y la propiedad de cada persona frente

a la autoridad. En virtud de que su fundamento jurídico y filosófico es la condición

propia del hombre, los derechos humanos son:

a) Universales,

b) Inherentes a las personas,

c) Integrales, es decir, que se conciben como un todo indivisible e,

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d) Históricos, porque son resultado de la progresiva toma de conciencia de los

seres humanos de sus derechos y conquistas frente al abuso del poder

público.

Los derechos humanos son protegidos por las disposiciones de los instrumentos

jurídicos nacionales como internacionales. En México, el capítulo de las garantías

individuales de la Constitución reconoce el derecho de toda persona,

independientemente de su sexo, religión, opinión política o cualquier otra

circunstancia, a gozar de sus derechos fundamentales.

Desigualad de género: Distancia y/o asimetría social entre mujeres y hombres.

Históricamente, las mujeres han estado relegadas a la esfera privada y los

hombres, a la esfera pública. Esta situación ha derivado en que las mujeres

tengan un limitado acceso a la riqueza, a los cargos de toma de decisión, a un

empleo remunerado en igualdad a los hombres, y que sean tratadas de forma

discriminatoria.

La desigualdad de género se relaciona con factores económicos, sociales,

políticos y culturales cuya evidencia y magnitud puede captarse a través de las

brechas de género.

Discriminación: De acuerdo con el Artículo 4° de la Ley Federal para Prevenir y

Eliminar la Discriminación, la discriminación es “toda distinción, exclusión o

restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad,

condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión,

opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto

impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real

de oportunidades de las personas”. Esta definición concuerda con la de la

CEDAW, en la cual especifica que la discriminación puede darse en las esferas

política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra.

La discriminación se produce tanto en el ámbito familiar como en el público. En el

familiar, la violencia de género, la sobrecarga de trabajo y las responsabilidades

domésticas, las prácticas sexistas en relación con la educación de las niñas y la

preferencia masculina para heredar, son algunos de los factores que contribuyen a

discriminar a las mujeres en el ejercicio de sus derechos. En el ámbito público, la

discriminación a las mujeres en el ejercicio de sus derechos. En el ámbito público,

la discriminación ocurre a través de formas directas de violencia en la comunidad,

la escuela y el trabajo, y de la ceguera de las políticas públicas que carecen de

acciones específicas para procurar equidad de género.

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Discriminación contra la mujer: toda distinción, exclusión o restricción basada

en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el

reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado

civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos

y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y

civil o en cualquier otra esfera.

Dote: La dote se refiere al dinero, bines o tierras que la novia o su familia entregan

al novio para sostener la futura carga económica del matrimonio y que en muchos

casos es directamente proporcional al estatus social del futuro esposo. La dote se

entrega al marido, quien la administra durante la duración del matrimonio.

Empoderamiento: proceso por medio del cual las mujeres [y los hombres]

transitan de cualquier situación de opresión, desigualdad, discriminación,

explotación o exclusión a un estadio de conciencia, autodeterminación y

autonomía, el cual se manifiesta en el ejercicio del poder democrático que emana

del goce pleno de sus derechos y libertades.

Equidad de género: La equidad es un principio de justicia emparentado con la

idea de igualdad sustantiva y el reconocimiento de las diferencias sociales. Ambas

dimensiones se conjugan para dar origen a un concepto que defina la “equidad”

como “una igualdad en las diferencias”, entrelazando la referencia a los

imperativos éticos que obligan a una sociedad a ocuparse de las circunstancias y

los contextos que provocan la desigualdad con el reconocimiento de la diversidad

social, de tal forma que las personas puedan realizarse sus propósitos de vida

según sus diferencias. Por ello, la equidad incluye como parte de sus ejes el

respeto y garantía de los derechos humanos y la igualdad de oportunidades.

Espacio doméstico: Se le identifica con el ámbito reproductivo, es decir, el lugar

donde se da la crianza, los afectos y el cuidado de las personas dependientes, y

donde se cubren las necesidades personales que, tradicionalmente, son

realizadas por las mujeres.

Espacio público y privado: Idea de orden político que hace referencia a la

dinámica de relaciones y límites entre el interés colectivo y la utilidad o interés

individual. Esta noción no es propia de las sociedades modernas, las sociedad

antiguas (Grecia y Roma) tuvieron su propia distinción entre lo público (polis) y lo

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privado. No obstante, en el continuum histórico, este binomio se ha robustecido

adquiriendo diversos significados cada vez más complejos.

Estereotipos: Los estereotipos son creencias sobre colectivos humanos que se

crean y comparten en y entre los grupos dentro de una cultura determinada. Los

estereotipos sólo llegan a ser sociales cuando son compartidos por un gran

número de personas dentro de grupos o entidades sociales (comunidad, sociedad,

país, etc.). Se trata de definiciones simplistas usadas para designar a las personas

a partir de convencionalismos que no toman en cuenta sus características,

capacidades y sentimientos de manera analítica.

También referidos como estereotipos sexuales, reflejan las creencias populares

sobre las actividades, los roles, rasgos, características o atributos que caracterizan

y distinguen a las a las mujeres de los hombres. De esta forma, son las imágenes

culturales que se asignan a los sexos, por ejemplo, que los hombres visten de azul

y las mujeres de rosa, o que estos son sentimentales y los hombres no tienen

derecho a llorar. Su eliminación es un factor importante para lograr la igualdad

entre sexos.

Evaluación: Proceso que tiene por finalidad medir el logro de los objetivos y las

metas planteadas en una acción, proyecto o política. La evaluación permite

determinar el grado de eficacia y eficiencia con que se emplean los recursos, y así

evidenciar posibles desviaciones, además de adoptar medidas correctivas que

garanticen el cumplimiento adecuados de las metras programadas.

Feminicidio: “Comprende toda una progresión de actos violentos que van desde

el maltrato emocional, psicológico, los golpes, los insultos, la tortura, la violación,

la prostitución, el acoso sexual, el abuso infantil, el infanticidio de niñas,

mutilaciones genitales, la violencia doméstica y toda política que derive en la

muerte de las mujeres, tolerada por el Estado.

Género: Categoría que analiza cómo se definen, representan y simbolizan las

diferencias sexuales en una determinada sociedad. Pero “¿Por qué la diferencia

sexual implica desigualdad social?”. Una respuesta se encuentra en Scott, quien

define al género como “un elemento constitutivo de las relaciones sociales

basadas en las diferencias que distinguen los sexo y el género, es una forma

primaria de relaciones significantes del poder”. Este concepto alude a las formas

históricas y socioculturales en que mujeres y hombres construyen su identidad,

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interactúan y organizan su participación en la sociedad. Formas que varían de una

cultura a otra y se transforman a través del tiempo.

Hostigamiento (sexual): Abarca cualquier comportamiento que resulte ofensivo,

incómodo o humillante que niegue a una persona la dignidad y respeto a que tiene

derecho.

Identidad: La identidad designa aquello que es propio de un individuo o grupo y lo

singulariza. Las expresiones de la identidad varían en función de las referencias

culturales, profesionales, religiosas, geográficas y lingüísticas, entre otras. A pesar

de su vaguedad semántica, el concepto de identidad permite esclarecer las

relaciones entre el individuo y su entorno.

Igualdad: El principio de que todos los seres humanos son iguales, es el

fundamento ético y político de una sociedad democrática. Puede explicase desde

dos enfoques: como igualdad de ciudadanía democrática o como igualdad de

condición o de expectativas de vida. La primera dimensión se vincula con la idea

de que a cada miembro de la sociedad le debe ser asegurado, de modo igualitario,

un cierto catálogo de derechos básicos que, al desarrollar su proyecto de vida, le

permita ejercer su condición de agente democrático. La segunda dimensión

apunta a que una igualdad real importa, necesariamente, el establecimiento de un

estado de cosas moralmente deseable, que garantice a cada ser humano el goce

de un mínimo común de beneficios sociales y económicos.

Cuando se hace referencia a la idea de igualdad tenemos: la igual dignidad de

todo individuo, la igual participación, igualdad ante la ley, igualdad política,

igualdad en las condiciones materiales de vida y la igualdad de oportunidades.

Igualdad de oportunidades: Consiste en dar a cada persona, sin importar su

sexo, raza o credo, las mismas oportunidades de acceso a los recursos y

beneficios que proporcionan las políticas públicas. Es una concepción basada en

un conjunto de principios de intervención cuyo fin es eliminar entro los individuos

las desigualdades derivadas por las diferencias.

En el caso de las mujeres y los hombres, según la Organización Internacional del

Trabajo (OIT), ha existido una discriminación histórica hacia las mujeres, siendo la

más viable y grave la relacionada con su limitación al desarrollo profesional y

educativo, pues de ellas derivan otra serie de discriminaciones que la han

relegado de sus oportunidades de desarrollo como persona.

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Igualdad de trato: Alude a la exigencia básica de otorgar a todo ser humano la

titularidad de los derechos humanos, es decir, ser “tratados con consideración y

respeto”. Acuñada por Ronald Dworkin y utilizada en algunos tratados

internacionales y constitucionales, la igualdad de trato deriva de la tradición

kantiana que mantiene el principio según el cual nunca ha de tratarse a un ser

humano como un mero medio para la realización de fines que él no ha consentido.

Igualdad y diferencia: La utilización de los conceptos igualdad y diferencia en

relación con las mujeres y los hombres entraña cierta complejidad, dado que las

personas somos iguales en tanto seres humanos pero distintas en tanto sexos. La

diferencia se produce sola, mientras que la igualdad se construye, es un ideal

ético.

Indicador: Es una medida numérica o valor que describe una situación o

condición de un fenómeno particular, en un periodo de tiempo determinado y en

un espacio geográfico específico.

Inequidad: Término utilizado en la perspectiva de género para referirse a las

diferencias de oportunidades entre mujeres y hombres.

Invisibilización de las mujeres: Se define así a la desvalorización que hace la

sociedad de las actividades realizadas por las mujeres, considerándolas como

naturales. Un ejemplo es el concepto generalizados que tiene la sociedad sobre

los oficios domésticos y el cuidado de las niñas y los niños, y de adultos mayores,

que son percibidos como parte de los roles de la mujer.

Lenocinio: Comete el delito de lenocinio:

I.- Toda persona que explote el cuerpo de otra por medio del comercio carnal, se

mantenga de este comercio u obtenga de él un lucro cualquiera;

II.- Al que induzca o solicite a una persona para que con otra, comercie

sexualmente con su cuerpo o le facilite los medios para que se entregue a la

prostitución, y

III.- Al que regentee, administre o sostenga directa o indirectamente, prostíbulos,

casas de cita o lugares de concurrencia expresamente dedicados a explotar la

prostitución, u obtenga cualquier beneficio con sus productos.

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Machismo: Conjunto de creencias, conductas, actitudes y prácticas sociales que

justifican y promueven actitudes discriminatorias contra las mujeres.

Maltrato a las mujeres: es el comportamiento intencional ejecutado desde una

posición de poder y encaminado a producir daño ala dignidad, la estabilidad

psicológica, emocional o física de las mujeres. Está relacionado con la condición

de inferioridad que algunas culturas han asignado a las mujeres; un porcentaje

elevado de quienes lo ejercen son personas con algún vínculo cercano o estrecho

con la víctima (familiar, esposo).

Necesidades prácticas: Se identifican a partir de los roles socialmente definidos

como respuesta a las carencias que deben cubrir las mujeres. Derivan de las

actividades o roles desempeñado por mujeres y hombres y se orientan a facilitar el

cumplimiento de ese rol. Por eso, suele percibirse a las mujeres como madres,

amas de casa y proveedoras de las necesidades básicas de la familia, donde

surgen necesidades que se perciban de forma inmediata y que tienen que ver con

la supervivencia y deficiencias en las condiciones de trabajo, las cuales se

traducen en necesidades como: falta de alimentos, de agua potable, de vivienda,

de energía eléctrica, de instalaciones sanitarias, de empleo y de ingresos, entre

las más importantes.

Paridad: Estrategia política que tiene por objetivo garantizar una participación

equilibrada de mujeres y hombres en todos los ámbitos de la sociedad,

particularmente en la toma de decisiones. En la práctica, la paridad se traduce

como la apertura de mayores espacios de participación política a las mujeres. Se

relaciona con la necesidad de incrementar el acceso de las mujeres a los puestos

de toma de decisiones a través del sistema de cuotas de participación política, es

decir, que implicaría que tanto mujeres como hombres deben tener un porcentaje

de cargos de representación popular y de toma de decisiones equivalente al

porcentaje de la población que representan.

Perspectiva de género: Cuando se habla de perspectiva de género, se hace

alusión a una herramienta conceptual que busca mostrar que las diferencias entre

mujeres y hombres se dan no sólo por su determinación biológica, sino también

por las diferencias culturales asignadas a los seres humanos.

Mirar o analizar alguna situación desde la perspectiva de género, permite

entonces entender que la vida de mujeres y hombres puede modificarse en la

medida en que no está “naturalmente” determinada. Esta perspectiva ayuda a

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comprender más profundamente tanto la vida de las mujeres como la de los

hombres y las relaciones que dan entre ambos.

Planeación: Es un proceso técnico y político que precisa la distribución de

recursos y cuotas de poder para mujeres y hombres. El proceso de planeación con

enfoque de género debe atender las necesidades prácticas y estratégicas de

mujeres y hombres, orientadas hacia una transformación estructural del sistema

de relaciones entre los sexos; debe considerar los siguientes aspectos: procesos

de planeación participativa con equidad, construcción de condiciones para la

igualdad entre mujeres y hombres, y facilitar la mejora en las condiciones de vida

de ambos.

Poder: De acuerdo con la noción contemporánea, puede referirse como:

a) Una capacidad para hacer algo;

b) Institución cuya legitimidad se sustenta en el consentimiento de aquellos

sobre quienes lo ejerce;

Desde esta acepción se puede entender que “los poderes de dominio son

sociales, grupales y personales, permiten enajenar, explotar y oprimir a

otra(o)…son el conjunto de capacidades que permiten controlar la vida de otros

(as), de expropiarle bienes, subordinarle, y dirigir su existencia…implica las

capacidades de juicio, de castigo y finalmente de perdón…se convierte a su vez,

en quien posee la verdad, la razón y la fuerza”.

Desde la perspectiva de género, se comprende la distribución de poderes en el

sistema patriarcal; se crean relaciones asimétricas entre mujeres y hombres que

han asegurado a los hombres el monopolio del poder, dejando en desventaja al

sexo femenino.

Prejuicio: Juicio previo no contrastados con la realidad: predisposición a adoptar

un comportamiento negativo hacía un grupo o hacia sus miembros. Se sustenta en

una generalización errónea y rígida, porque, por una parte, no considera las

diferencias individuales existentes en el interior de cada grupo, y por otra, es una

actitud difícil de erradicar. Frecuentemente, los prejuicios se clasifican según la

categoría social objeto de la generalización; por ejemplo, el antisemitismo es el

prejuicio hacia los judíos. De la misma forma, los prejuicios se relacionan con los

estereotipos, estos son las creencias y valores aprendidos que llevan a un

individuo o grupo de individuos a ser prejuzgados por miembros de un grupo

particular.

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Prevención de la violencia: Se considera como el conjunto de acciones

diseñadas para evitar comportamientos violentos entre las personas. En ellas

entra la violencia contra la pareja, contra niños y niñas, contra adultas y adultos

mayores o contra personas de distinta etnia, religión o posición social. Se entiende

como la adopción de medidas encaminadas a impedir que se produzca un

deterioro físico, intelectual, psíquico o sensorial (prevención primaria) o a impedir

que ese deterioro cause una discapacidad o limitación funcional permanente

(prevención secundaria). Puede incluir muchas acciones diferentes y su efecto

puede analizarse en la reducción del problema que se está previniendo.

Rol: Conjunto de funciones, tarea, responsabilidades y prerrogativas que se

generan como expectativas/exigencias sociales y subjetivas: es decir, una vez

asumido el rol por una persona, la gente en su entorno exige que lo cumpla y pone

sanciones si no se cumple. La misma persona generalmente o asume y a veces

construye su psicología, afectividad y autoestima en torno a él.

Sexismo: Discriminación basada en el sexo de las personas. Ésta beneficia a un

sexo sobre el otro, basada únicamente en ese criterio. Muestra a la mujer como un

ser inferior debido a sus diferencias biológicas con el hombre.

Sexo: Conjunto de diferencias biológicas, anatómicas y fisiológicas de los seres

humanos que los definen como hombres o mujeres (varón o hembra). Esto incluye

la diversidad evidente de sus órganos genitales externos e internos, las

particularidades endocrinas que las sustentan y las diferencias relativas a la

función de la procreación.

Trastocar: cambiar, confundir o desordenar las cosas, alterar.2

Transversalidad: El sentido principal otorgado a esta noción, ha sido incorporar la

prospectiva de género de la igualdad de género en los distintos niveles y etas que

conforman el proceso de formulación, ejecución y evaluación de las políticas

públicas, de manera que las mujeres y los hombres puedan beneficiarse del

impacto de la distribución de los recursos y no se perpetúe la desigualdad de

género.

Víctimas: personas que, individual o colectivamente, hayan sufrido daños,

inclusive lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o

2 http://servicios.elpais.com/diccionarios/castellano/trastocar

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menoscabo sustancial de los derechos fundamentales, como consecuencia de

acciones u omisiones que violen la legislación penal...

Podrá considerarse "víctima" a una persona, con arreglo a la presente

Declaración, independientemente de que se identifique, aprehenda, enjuicie o

condene al perpetrador e independientemente de la relación familiar entre el

perpetrador y la víctima. En la expresión "víctima" se incluye además, en su caso,

a los familiares o personas a cargo que tengan relación inmediata con la víctima

directa y a las personas que hayan sufrido daños al intervenir para asistir a la

víctima en peligro o para prevenir la victimización.

Victimización: Se conoce al maltrato o trato diferenciado hacia una persona

debido a que ha presentado una denuncia por discriminación o porque apoya la

denuncia de un colega.

Violación: Penetración sexual por la fuerza en el cuerpo de una persona.

Violencia contra la mujer: Todo acto violento que tiene por motivo profundo la

pertenencia al sexo femenino y que ocasiona como resultado sufrimiento y/o daño

físico, psicológico o sexual, ya sea en la vida pública o en el ámbito privado. En

esta clase se encuentran también las amenazas sobre tales actos, la coacción y la

privación de la libertad, así como cualquier acción hacia la víctima sin su

consentimiento que vaya en detrimento de su dignidad.

Violencia en la comunidad: Son los actos individuales o colectivos que

transgreden derechos fundamentales de las mujeres y propician su denigración,

discriminación, migración o exclusión en el ámbito público.

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“Este material se realizó con recursos del Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género, empero el Instituto Nacional de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados por las (los) autores del presente trabajo”

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BIBLIOGRAFÍA

- Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género

(2011) Violencia de género en México. México. Consultado en

http://www3.diputados.gob.mx/camara/content/.../Viole-GEn_CEAMEG.pdf

- CONAVIM (2012), Spot Violencia Comunitaria campaña 2012. Video de

violencia comunitaria http://www.youtube.com/watch?v=vqth2hhq1LA

- Instituto Nacional de Estadística y Geografía (2006). Encuesta Nacional

sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2011. México.

- Organización Mundial de la Salud (2002) Informe Mundial Sobre la

Violencia y la Salud. Washington, D.C. Publicado en español por

Organización Panamericana de la Salud. Consultado en:

http://www.who.int/violence_injury_prevention/violence/world_report/en/sum

mary_es.pdf

- Organización de las Naciones Unidas (2008). Rompiendo el muro: Manual

para la formación de Facilitadoras y Facilitadores Comunitarios en Violencia

Sexual Basada en Género. ONUSIDA, octubre 2008.

- Instituto Canario de la Mujer (2007). Guía para la Atención a Mujeres

Víctimas de Violencia de Género. España, última edición 2009.

- Instituto Municipal de la Mujer Sahuayense; ¿Qué es la Violencia

Comunitaria?, Boletín de prensa No.325, Dirección de Comunicación

Social; 3 de agosto de 2012. Consultado en:

http://www.sahuayomich.gob.mx/sitio/index.php?option=com_content&view

=article&id=279&catid=4&Itemid=2

REFERENCIAS NORMATIVAS

Page 142: Diagnóstico de capacidades institucionales y factores ...cedoc.inmujeres.gob.mx/ftpg/Puebla/PUE_MA11_dx_Inst_Estat_Mpales... · Diagnóstico de capacidades institucionales y factores

“Este material se realizó con recursos del Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género, empero el Instituto Nacional de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados por las (los) autores del presente trabajo”

142

- Asamblea General de las Naciones Unidas (1979). Convención sobre la

eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

(CEDAW), entró en vigor como tratado internacional el 3 de septiembre de

1981.

- Asamblea General de la ONU. (2010). ONU Mujeres. Aprobada el 2 de julio

de 2010.

- Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género

(2010). La Violencia contra las Mujeres: Marco Jurídico Nacional e

Internacional. México, 2010.

- Congreso del Estado de Puebla (2007). Ley para el acceso de las mujeres

a una vida libre de violencia del Estado de Puebla. Publicado el 26 de

noviembre del 2007.

- Congreso de la Unión (1931). Código Penal Federal, Publicado en el Diario

Oficial de la Federación el 14 de agosto de 1931, últimas reformas

publicadas el 14 de Junio del 2012.

- Congreso de la Unión (1934) Código Federal de procedimientos Penales.

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de agosto 1934; última

reforma publicada l 14 de junio del 2012.

- Congreso de la Unión (2003). Ley Federal para Prevenir y Eliminar la

Discriminación. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio

de 2003; última reforma publicada el 9 de abril del 2012.

- Congreso de la Unión (2016). Ley general para la igualdad entre mujeres y hombres [en línea]. Publicada en el Diario Oficial el 2 de Agosto del 2006. Consultada en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGIMH.pdf

- Congreso del Estado de Puebla. (2008). Ley para la igualdad entre mujeres

y hombres del estado de Puebla. Ley publicada en la Segunda Sección del

Periódico Oficial del Estado de Puebla, el viernes 22 de agosto de 2008.

Page 143: Diagnóstico de capacidades institucionales y factores ...cedoc.inmujeres.gob.mx/ftpg/Puebla/PUE_MA11_dx_Inst_Estat_Mpales... · Diagnóstico de capacidades institucionales y factores

“Este material se realizó con recursos del Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género, empero el Instituto Nacional de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados por las (los) autores del presente trabajo”

143

- Congreso del Estado de Puebla (2010). Reglamente de la ley para la

igualdad entre mujeres y hombres del Estado de Puebla. Nuevo

Reglamento publicada el 1 de Diciembre del 2010.

- Congreso de la Unión. (2007). Ley general de acceso de las mujeres a una

vida libre de violencia. Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la

Federación el 1º de febrero de 2007

- Congreso de la Unión (2008). Reglamente de la ley general de acceso de

las mujeres a una vida libre de violencia. Nuevo Reglamento publicado en

el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2008.

- Congreso del Estado de Puebla (1986) Código de Defensa Social para el

Estado Libre y Soberano de Puebla. Consultado en:

http://www.congresopuebla.gob.mx/

- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (2011). Articulo 2°

[en línea]. Publicada en el diario Oficial de la Federación el 5 de Febrero de

1917. Consultada en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf

- Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la

Violencia contra la Mujer "Convención de Belém do Pará“(1994). Brasil el 9

de junio de 1994 y ratificada por México el 19 de junio de 1998.

- Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (1995). Declaración y la

Plataforma de Acción de Beijing. Beijing, China,

- División de Asuntos de Género de la Comisión Económica para América

Latina y el Caribe (CEPAL) (2007). Consenso de Quito. Generada del 6 al 9

de agosto de 2007.

- Gobierno del Estado de Puebla, (2011) Código de Procedimientos Penales

para el Estado Libre y Soberano de Puebla. Publicación Inicial el 21 de

febrero del 2001.H. Congreso del Estado.

- Gobierno del Estado de Puebla. (2008). Ley para la igualdad entre mujeres

y hombres del estado de Puebla. Ley publicada en la Segunda Sección del

Periódico Oficial del Estado de Puebla, el viernes 22 de agosto de 2008.

Page 144: Diagnóstico de capacidades institucionales y factores ...cedoc.inmujeres.gob.mx/ftpg/Puebla/PUE_MA11_dx_Inst_Estat_Mpales... · Diagnóstico de capacidades institucionales y factores

“Este material se realizó con recursos del Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género, empero el Instituto Nacional de las Mujeres no necesariamente comparte los puntos de vista expresados por las (los) autores del presente trabajo”

144

- Gobierno Federal. (2007). Plan nacional de desarrollo 2007-

2012.Escenarios, Programas e Indicadores [en línea]. H. Cámara de

Diputados, LX Legislatura, Diciembre de 2007. Consultado en

http://www.cefp.gob.mx/intr/edocumentos/pdf/cefp/cefp0962007.pdf

- Norma Oficial Mexicana “NOM-046-SSA2-2005”. Violencia Familiar, Sexual

y Contra las Mujeres. Criterios para la Prevención y Atención. Publicada en

el Diario Oficial de la Federación el jueves 16 de abril del 2009. Consultada

en:

http://www.inm.gob.mx/static/Autorizacion_Protocolos/SSA/Violencia_famili

ar_sexual_y_contra_las_mujeres_criterios_par.pdf

- Organización de los Estados Americanos (OEA) (1928). Comisión

Interamericana de Mujeres (CIM). Establecido durante la Sexta Conferencia

Internacional Americana en La Habana, Cuba.

- Organización de las Naciones Unidas (1995). Conferencia Internacional

sobre la Población y el Desarrollo, realizada del 5 al 13 de septiembre de

1994. Consultada en:

http://www.unfpa.org/webdav/site/global/shared/documents/publications/200

4/icpd_spa.pdf