Derechos del autor carlos zule and cesar tous
-
Upload
carlos-carmona -
Category
Documents
-
view
242 -
download
4
Transcript of Derechos del autor carlos zule and cesar tous
Derechos del autor
Es un termino jurídico que describe derechos concedidos a los actores por sus obras literarias y artísticas
El derecho del autor abarca unas clases o tipos de obras como novelas, poemas ,obras de teatro periódicos , películas dramáticas cinemáticas etc.
El derecho del autor o propiedad intelectual se vinculaba al avance de la sociedad ala creación y brusquedad del conocimiento de ciertos autores y se les reconocía un derecho moral por su obra sobre todo literaria sin embargo, no es hasta la aparición de la imprenta cuando aparece la prioridad de la obra con mas publicidad y la mas leida.
Las obras protegidas por el derecho de autor son muy variadas. En términos generales, cualquier creación original artística, literaria o científica expresada por cualquier medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en el futuro, tal y como establece el artículo 10 de nuestra Ley de propiedad intelectual.
El derecho de autor tiene una doble naturaleza, moral y patrimonial , como deja claro el artículo 2 de la LPI, cuando establece que la propiedad intelectual está integrada por derechos de carácter personal y patrimonial, que atribuyen al autor la plena disposición y el derecho exclusivo a la explotación de la obra. De ahí que los derechos que componen el derecho de autor se puedan agrupar en dos grandes categorías: derechos morales (paternidad, integridad, divulgación) y derechos patrimoniales (reproducción, distribución, comunicación pública, transformación).
Hoy en día ambos términos, copyright y derecho de autor, han ido convergiendo hasta convertirse en sinónimos. Tanto es así que el diccionario de la RAE., en su avance de la vigésimo tercera edición, incluye la palabra “copyright” como derecho de autor, y éste a su vez es “El que la ley reconoce al autor de una obra intelectual o artística para autorizar su reproducción y participar en los beneficios que esta genere”.
Las obras protegidas por el derecho de autor son muy variadas. En términos generales, cualquier creación original artística, literaria o científica expresada por cualquier medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en el futuro, tal y como establece el artículo 10 de nuestra Ley de propiedad intelectual. Esta declaración genérica es completada por una lista de obras protegidas, que aun siendo bastante completa.
█║▌│ █│║▌ ║││█║▌ │║║█║® τσdσs lσs Dεяεcнσs
яεsεяvαdσs © cσρчяιgнτ 2012 ©
Carlos zuleta and cesar tous