Derecho Procesal Civil

24
DERECHO PROCESAL CIVIL Abg. Wilver CABALLERO CONDORI DOCENTE UAC-UTEA-UAP-UNSAAC- UNIVERSIDAD DE TARAPACA

Transcript of Derecho Procesal Civil

LAS MEDIDAS CAUTELARES

DERECHO PROCESAL CIVIL

Abg. Wilver CABALLERO CONDORIDOCENTE UAC-UTEA-UAP-UNSAAC- UNIVERSIDAD DE TARAPACAUBICACIN DEL DERECHO PROCESAL CIVILJulio Cesar Rivera seala que el conjunto de normas jurdicas que rigen en un estado en un momento determinado.DERECHO POSITIVOSegn Julio Cesar Rivera los dos grandes sectores en los que se divide el derecho positivo son:1.- El derecho publico2.- El derecho privado.DIVISION DEL DERECHO POSITIVOJulio Cesar Rivera seala que segn la doctrina mayoritaria, el Derecho Procesal es una rama del Derecho Publico, en cualquiera de las ramas que puede ser subdividido, debido a que la administracin de justicia es sin duda el ejercicio del poder del Estado. UBICACIN DEL DERECHO PROCESALMEDIOS DE SOLUCION DE CONFLICTOS INTERSUBJETIVOSSegn Vctor Fairen Guillen son:1) La autodefensa o autotutela,2) La autocomposicin y3) La heterocomposicion.Segn Vctor Fairen Guillen consiste en que, uno de los sujetos en conflicto, sea un individuo, sea una persona jurdica, sea una masa indeterminada, resuelven o intentan resolver el conflicto pendiente con otro sujeto (o los dos a la vez), a travs de una accin directa.LA AUTODEFENSAComo bien precisa Vctor Fairen esta proscrita oficialmente de los ncleos humanos civilizados.LA AUTODEFENSA EN LA ACTUALIDADVctor Fairen seala que son excepciones admitidas a la prohibicin de la autodefensa, los actos efectuados en estado de necesidad, la potestad interna de imponer sanciones administrativas, la echazn de la carga de un buque en peligro para salvar a la tripulacin y la carga.EXCEPCIONES A LA PROHIBICION DE LA AUTODEFENSASegn Vctor Fairen Guillen se trata de un arreglo pacifico del conflicto, por medio de un acuerdo, expreso o tcito, de los interesados en el, sin acudir a una tercera persona o entidad que lo dirimaLA AUTOCOMPOSICIONSegn Vctor Fairen Guillen tenemos: la conciliacin extrajudicial y la transaccin extrajudicial.FORMAS DE AUTOCOMPOSICIONSegn Vctor Fairen Guillen supone la existencia (o al menos, la apariencia) de un conflicto intersubjetivo y el hecho de que los dos (o mas interesados), acuden a un tercera persona, desinteresada, a fin de que lo resuelva desinteresadamente.LA HETEROCOMPOSICIONVctor Fairen seala que la heterocomposicion tiene diversas manifestaciones entre ellas se tienen al arbitraje y el proceso.FORMAS HETEROCOMPOSITIVAS DE RESOLVER CONFLICTOSSUJETOS DEL PROCESOSegn Vctor Fairen Guillen son dos:1) Las partes2) El juezSegn Vctor Fairen Guillen son las personas, que tienen o estiman tener- derechos o intereses contrapuestos, a punto de chocar o ya en pleno choque.DEFINICION DE PARTESSegn Vctor Fairen Guillen es la persona o personas que resuelven el conflicto, imparcialmente y de acuerdo con las reglas del derecho o equidad.DEFINICION DE JUEZSegn Vctor Fairen Guillen es el acto u omisin por el cual una persona intenta subordinar un inters ajeno a otro propio. DEFINICION DE PRETENSIONLAS EXCEPCIONESSegn Juan Monroy Glvez es: un instituto procesal a travs del cual el emplazado ejerce su derecho de defensa denunciando la existencia de una relacin jurdica procesal invalida por omisin o defecto en algn presupuesto procesal, o el impedimento de pronunciarse sobre el fondo de la controversia por omisin o defecto en una condicin de la accin.DEFINICIONEs un instituto procesal que tiene como propsito asegurar la eficacia del proceso en caso la sentencia final acoja la demanda que le dio inicio.DEFINICION DE LA MEDIDA CAUTELAR1.- Instrumental2.- Provisoria3.- VariableCARACTERES DE LA MEDIDA CAUTELAR1.- Verosimilitud del derecho invocado2.- Peligro en la demora3.- Contracautela4.- AdecuacinPRESUPUESTOS DE LA MEDIDA CAUTELAR