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DECRETO 2200 DE 2005CAPACITACIN CONOCIMIENTO 01 DEL ELEMENTO 1 DE LA COMPETENCIA EN ESTUDIO

DECRETO 2200 DE 2005

Por el cual se reglamenta el servicio farmacutico y se dictan otras disposiciones. Este decreto aplica a todo establecimiento farmacutico donde se almacenen, comercialicen, distribuyan o dispensen medicamentos o dispositivos mdicos, en relacin con el o los procesos para los que est autorizado y a toda entidad o persona que realice una o ms actividades y/o procesos propios del servicio farmacutico.

DEFINICIONES IMPORTANTES

Atencin farmacutica. Es la asistencia a un paciente o grupos de pacientes, por parte del Qumico Farmacutico, en el seguimiento del tratamiento farmacoteraputico, dirigida a contribuir con el mdico tratante y otros profesionales del rea de la salud en la consecucin de los resultados previstos para mejorar su calidad de vida.

DEFINICIONES IMPORTANTES

Denominacin Comn Internacional para las Sustancias Farmacuticas (DCI). Es el nombrerecomendado por la Organizacin Mundial de la Salud, OMS, para cada medicamento. La finalidad de la Denominacin Comn Internacional, DCI, es conseguir una buena identificacin de cada frmaco en el mbito internacional. Es lo que llamamos nombre genrico.

DEFINICIONES IMPORTANTES

Dispensacin. Es la entrega de uno o ms medicamentosy dispositivos mdicos a un paciente y la informacin sobre su uso adecuado realizada por el Qumico Farmacutico y el Tecnlogo en Regencia de Farmacia.

si el dispensador NO TIENE el titulo de qumico farmacutico regente de farmacia la informacin que debe ofrecer al paciente debe estar dentro de los siguientes parmetros: condiciones de almacenamiento; forma de reconstitucin de medicamentos cuya administracin sea la va oral; medicin de la dosis; cuidados que se deben tener en la administracin del medicamento; y, la importancia de la adherencia a la terapia.

DEFINICIONES IMPORTANTES

Establecimiento farmacutico. Es el establecimiento dedicado a la produccin, almacenamiento, distribucin, comercializacin, dispensacin, control o aseguramiento de la calidad de los medicamentos, dispositivos mdicos o de las materias primas necesarias para su elaboracin y dems productos autorizados por ley para su comercializacin en dicho establecimiento

DEFINICIONES IMPORTANTES

Uso adecuado de medicamentos. Es el proceso continuo, estructurado y diseado por el Estado, que ser desarrollado e implementado por cada institucin, y que busca asegurar que los medicamentos sean usados de manera apropiada, segura y efectiva.

DEFINICIONES IMPORTANTES

Preparacin magistral. Es el preparado o producto farmacutico elaborado para atender una prescripcin mdica, de un paciente individual, que requiere de algn tipo de intervencin tcnica de variada complejidad. La preparacin magistral debe ser de dispensacin inmediata

SERVICIO FARMACEUTICOEs el servicio de atencin en salud responsable de las actividades, procedimientos e intervenciones de carcter tcnico, cientfico y administrativo, relacionados con los medicamentos y los dispositivos mdicos . Formas de prestacin del servicio farmacutico: Servicio farmacutico independiente: Es aquel que

es prestado a travs de establecimientos farmacuticos.

Servicio farmacutico dependiente: Es aquelservicio asistencial a cargo de una Institucin Prestadora de Servicios de Salud.

TIPOS DE SERVICIOS FARMACEUTICOS

SERVICIO FARMACEUTICO DE BAJA COMPLEJIDAD. SERVICIO FARMACEUTICO DE MEDIANA COMPLEJIDAD.

SERVICIO FARMACEUTICO DE ALTA COMPLEJIDAD

ESTABLECIMIENTOS FARMACEUTICOS

Farmacias-Drogueras. Estos establecimientos

minoristas se sometern a los procesos de: a) Recepcin y almacenamiento; b) Dispensacin; c) Preparaciones magistralesSi las preparaciones son estriles: deben ser elaboradas por un qumico farmacutico. Si las preparaciones no son estriles de uso tpico: pueden ser elaboradas por un regente de farmacia.

ESTABLECIMIENTOS FARMACEUTICOS

Drogueras: La direccin estar a cargo del Qumico

Farmacutico, Tecnlogo en Regencia de Farmacia, Director de Droguera, Farmacutico Licenciado, o el Expendedor de Drogas. Estos establecimientos minoristas se sometern a los procesos de: a) Recepcin y almacenamiento; b) Dispensacin.Pueden ofrecer al pblico los procedimientos de inyectologia y toma de glicemia con equipo por puncin.

INYECTOLOGIAa) Contar con una seccin especial e independiente, que ofrezca la privacidad y comodidad para el administrador y el paciente, y que cuente con un lavamanos en el mismo sitio o en sitio cercano; b) Tener una camilla, escalerilla y mesa auxiliar; c) Contar con jeringas desechables, recipiente algodonero y cubetas; d) Tener toallas desechables; e) Contar con los dems materiales y dotacin necesaria para el procedimiento de inyectologa.

INYECTOLOGIA

Recurso humano. El encargado de administrar el medicamento inyectable debe contar con formacin acadmica y entrenamiento que lo autorice para ello, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. Normas de procedimientos. Debern contar y cumplir con normas sobre limpieza y desinfeccin de reas, bioseguridad, manejo de residuos y manual de procedimientos tcnicos.

INYECTOLOGIA

Prohibiciones. No se podrn administrar medicamentos por va intravenosa ni practicar pruebas de sensibilidad.

Solicitud de la prescripcin mdica. La prescripcin mdica ser requisito indispensable para la administracin de cualquier medicamento por va intramuscular.

ESTABLECIMIENTOS FARMACEUTICOSAgencias de Especialidades Farmacuticas. La direccin estar a cargo del Qumico Farmacutico o del Tecnlogo en Regencia de Farmacia. Estos establecimientos mayoristas se sometern al proceso de recepcin y almacenamiento.

ESTABLECIMIENTOS FARMACEUTICOS

DEPOSITO DE DROGAS: La direccin estar a cargo del Qumico Farmacutico o del Tecnlogo en Regencia de Farmacia. Estos establecimientos mayoristas se sometern al proceso de recepcin y almacenamiento.TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS DEBEN TENER UNA INFRAESTRYCTURA ACORDE AL VOLUMEN DE ACTIVIDADES Y AL PERSONAL QUE LABORA EN EL AREA. DEBEN CUMPLIR CON LOS CONTROLES AMBIENTALES Y NO AMBIENTALES EN CADA PROCESO.

APERTURA TRASLADO DE UN ESTABLECIMIENTOFARMACUTICO MINORISTA

deber existir entre el establecimiento farmacutico minorista solicitante y el establecimiento farmacutico minorista ms cercano una distancia mnima comprendida por la circunferencia definida en un radio de setenta y cinco (75) metros lineales por todos sus lados.

PROCESOS DEL SERVICIO FARMACUTICO

PROCESOS GENERALES: Seleccin, adquisicin,recepcin, almacenamiento, distribucin, dispensacin destruccin o desnaturalizacin de medicamentos dispositivos mdicos. y, y

PROCESOS ESPECIALES: Atencin farmacutica;farmacovigilancia; preparaciones: magistrales y nutriciones parenterales; mezcla de medicamentos oncolgicos; adecuacin y ajuste de concentraciones para cumplir con las dosis prescritas; reempaque; reenvase.

PRESCRIPCIN MDICACaractersticas de la prescripcin. Toda prescripcinde medicamentos deber hacerse por escrito, previa evaluacin del paciente y registro de sus condiciones y diagnstico en la historia clnica, utilizando para ello la Denominacin Comn Internacional (nombre genrico) y cumpliendo los siguientes requisitos: Solo podr hacerse por personal de salud debidamente autorizado de acuerdo con su competencia.La prescripcin debe ser en letra clara y legible, con las indicaciones necesarias para su administracin

CARACTERSTICAS DE LA PRESCRIPCIN

Se har en idioma espaol, en forma escrita ya sea por copia mecanogrfica, medio electromagntico y/o computarizado. No podr contener enmendaduras o tachaduras, siglas, claves, signos secretos, abreviaturas o smbolos qumicos, con la excepcin de las abreviaturas aprobadas por el Comit de Farmacia y Teraputica de la Institucin. La dosis de cada medicamento debe expresarse en el sistema mtrico decimal y en casos especiales en unidades internacionales cuando se requiera.

CONTENIDO DE LA PRESCRIPCIN

Nombre del prestador de servicios de salud , direccin, telfono. Lugar y fecha de la prescripcin. Nombre del paciente y documento de identificacin. Nmero de la historia clnica. Nombre del medicamento expresado en la Denominacin Comn Internacional (nombre genrico). Concentracin y forma farmacutica. Va de administracin. Dosis y frecuencia de administracin. Perodo de duracin del tratamiento.

CONTENIDO DE LA PRESCRIPCIN

Vigencia de la prescripcin. Nombre y firma del prescriptor con su respectivo nmero de registro profesional.

OBLIGACIONES DEL DISPENSADOR

Verificar que la prescripcin est elaborada por el personal de salud competente y autorizado y que cumpla con las caractersticas y contenido de la prescripcin, establecidos.

Exigir la prescripcin para aquellos medicamentos en los que aparezca en la etiqueta la leyenda "Venta Bajo Frmula Mdica. No dispensar y consultar al prescriptor cuando identifique en una prescripcin posibles errores, con el fin de no incurrir en falta contra la tica profesional.

OBLIGACIONES DEL DISPENSADOR

Verificar y controlar que los medicamentos dispensados correspondan a los prescritos. Informar al usuario sobre los aspectos indispensables que garanticen el efecto teraputico y promuevan el uso adecuado de los medicamentos. Ej: condiciones de almacenamiento. Brindar a los usuarios pautas sobre el uso adecuado de los medicamentos de venta sin prescripcin facultativa o de venta libre. Recibir capacitaciones.

PROHIBICIONES DEL DISPENSADOR

Adulterar o modificar en cualquier forma la prescripcin. Dispensar medicamentos alterados o fraudulentos. Violar la reserva a que est obligado por razn de la funcin que desempea.

Recomendar a los usuarios la utilizacin de medicamentos.

PROHIBICIONES DEL DISPENSADOR

Tener muestras mdicas de medicamentos. Inducir al paciente o consumidor a la compra de un medicamento que reemplace o sustituya al prescrito o al solicitado.

HAY QUE ESTUDIAR PARA LOGRAR LOS OBJETIVOS PROPUESTOS

MUCHAS GRACIAS