DECLARACION DE TESTIGOS
-
Upload
jefferson-morales -
Category
Documents
-
view
7.938 -
download
0
Transcript of DECLARACION DE TESTIGOS
5/9/2018 DECLARACION DE TESTIGOS - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/declaracion-de-testigos 1/22
Declaración de Testigos | Derecho Probatorio 1
INTRODUCCIÓN
En el proceso de investigación se discutirá sobre uno de los medios
de prueba que tienen las partes, para llegar a la verdad formal en el proceso y así
inclinar la balanza de la justicia a su favor como lo es la declaración de testigos Sobre
este particular es importante señalar, que el testimonio representa un elemento de
valoración de gran relevancia, el mismo está sujeto a una serie de requerimientos
diferenciales para su licitud, según la naturaleza de nuestro país.
Toda persona, cualquiera que sea su estado o profesión, está obligada a
declarar como testigo en un juicio y a concurrir a la audiencia que el tribunal señale
con ese objeto, siempre que sea hábil hasta los momentos lo tenemos claro pero hay
muchas interrogantes al respecto de estos y a su procedimiento que con ayuda de la
legislación venezolana desarrollaremos el tema que ahora queda con signo de
interrogación ¿la declaración de testigos? En sentido general y amplio.
En consecuencia a continuación surgen las siguientes interrogantes ¿Como se
define el testimonio a la luz de la jurisprudencia Venezolana?, ¿Cuáles son los
requerimientos técnico-legales del testimonio en el proceso venezolano?
5/9/2018 DECLARACION DE TESTIGOS - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/declaracion-de-testigos 2/22
Declaración de Testigos | Derecho Probatorio 2
DECLARACION DE TESTIGOS.
Los testigos son narradores de hechos y experiencias, medios probatorios en
juicio los cuales se deben regir por las normas contempladas en la legislación de
nuestro país y es una de las mas utilizadas en cuanto se refiere a la reconstrucción de
los hechos y así comprobar la existencia el modo, lugar y tiempo de lo ocurrido y las
circunstancias alrededor de la misma o simplemente a contradecir lo declarado.
En tal sentido el testigo es un tercero un extraño de las partes en el litigio y no
pertenecer a las inhabilitaciones absolutas.
Ahora bien el testigo que declara en juicio y no tiene interés alguno en la causa
que se sigue viene siendo el testigo una fuente y su declaración un medio probatorio y
se clasificara como testigo al medir declaración frente al juez y bajo juramento en una
causa.
DEL TESTIMONIO AFECTA LOS INTERESES
INDIVIDUALES O SOCIALES.
Pueden afectarse en cuanto al honor de la persona y producir la condena y
posterior prisión de la persona por el testimonio de este; entonces se debe examinar
dicho testigos de manera sigilosa apara obtener relatos verdaderos y que no afecten o
perjudiquen a la persona o personas que lleven la causa es decir las partes que estén el
litigio.
INHABILITACIÓN PARA DAR DECLARACIÓN TESTIMONIAL
En cuanto se hace referencia a la prueba de testigos, podemos señalar aquellas
personas las cuales no pueden dar declaración en juicio, tales como el magistrado que
esta llevando la causa, el abogado o apoderado a quien represente, el heredero, el posible donatario, el mejor amigo, el enemigo, la servidumbre ningún familiar o
pariente consanguíneo o a fines, el conyugue esta en concordancia en los artículos 478
al 480 del Código de Procedimiento Civil.
5/9/2018 DECLARACION DE TESTIGOS - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/declaracion-de-testigos 3/22
Declaración de Testigos | Derecho Probatorio 3
De acuerdo a lo establecido en el articulo 481 del Código de Procedimiento
Civil toda persona hábil para ser testigo debe dar declaración cabe destacar que podrán
excu8sarse los parientes y familiares y quienes por su estado o profesión deben
guardar silencio.
PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARACION DE LOS
TESTIGOS ESTIPULADO EN NUESTRA LEGISLACION.
Una vez que se da el lapso de promover las pruebas la parte se presentará al
tribunal donde deben declarar, con dirección de cada uno. Después de admitida la
prueba el juez fijara una hora para la evaluación de cada uno de los testigos, a su vez
de cierto modo cada parte podrá presentar testigos que no necesiten citación con el fin
de que el tribunal fije oportunidades diferentes para el examen de los testigos
presentados por cada aparte, y cuando se trate de casos de comisión la fijación la hará
el juez comisionado. Cabe destacar la oportunidad que tiene las partes cuando uno de
los testigos no compareciere de solicitar un nuevo día y hora siempre que no se haya
agotado e lapso. En este caso cuando existen testigos que estén domiciliados fuera del
lugar del juicio la parte podrá presentarlo ante el juez o comisionado del mismo lugar,
en este caso la parte hará el anuncio en el acto de promoción.
De este modo cuando una de las partes promueva varios testigos para declarar
fuera del lugar del juicio y domicilios diferentes y no hiciere uso de la facultad de
presentar ante el juez de la causa o comisionado del mismo lugar se emitirán
despachos de prueba separados a los distintos jueces comisionados.
Cada testigo será examinado en publico separado y reservadamente unos de
otros, una vez concluido el interrogatorio la parte contraria podrá preguntar al testigo
de palabra sobre los hechos con el fin de esclarecer, rectificar o invalidar lo dicho por
el testigo, dicha declaración se hará constar en un acta que firmaran el juez, testigos,
secretario y las partes o sus apoderados presentes. Debe el testigo prestar juramento y
decir la verdad sobre toda su declaración en juicio.
Como investigadores de derecho debemos ser conocedores de los
procedimientos y normativas que establece el Código de Procedimiento Civil y
5/9/2018 DECLARACION DE TESTIGOS - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/declaracion-de-testigos 4/22
Declaración de Testigos | Derecho Probatorio 4
continuaremos explicando lo que son las declaraciones de testigo donde el juez puede
realizar las preguntas que crea pertinentes para sacar sus propias conclusiones es decir
basándose en su propio criterio, también es él quien puede interrumpir a los testigos en
sus declaraciones y corregir pero tiene bajo su responsabilidad la protección de éstos
de cualquier insulto para despertar en el testigo la confianza de libertad al expresar la
verdad, el juez tiene la potestad cuando lo considere conveniente en el lugar en que se
a de referir sus deposiciones es decir donde se encuentra, el juez puede trasladarse a la
residencia del testigo en caso de que este no pueda presentarse a la cita y siempre y
cuando la falta sea justificada y es allí donde el testigo será examinado, este debe ser
dictado el día anterior a aquel que haya de verificarse el examen, bien, terminada el
proceso de declaración de testigo quedara en acta y esta debe ser leída al testigo para
que este le haga las observaciones que se le ocurra luego ser firmada por el juez, las partes, el secretario y el testigo con lo que aquí hemos mencionado se cierra el proceso
de declaración de testigos.
Con los artículos siguientes a partir del 492 del Código de Procedimiento Civil
habla claramente del contenido que debe llevar el acta de exanimación de testigos
donde encontramos que esta estructurada por; indicación de fecha, día, hora, y mes en
que se a verificado el examen de testigo, las contestaciones que haya dado el
interrogatorio, la constancia de que se dio lectura de la deposición, las firmas del juez,
testigos, las partes y el secretario y en caso de que los testigos no todos puedan ser
examinados el mismo día el ju8ez en acto de declaración indicara otro día y hora para
continuar con el examen, aquellas personas de las que se necesite su testimonio deben
comparecer así no tengan previa licencia de sus superiores pero si deben participarles
con anterioridad existen otras personas que se eximen de estas normas como lo son el
Presidente, el Magistrado, el Arzobispo, el Obispo, ningún testigo debe responder a las
preguntas de manera escrita o mediante documento sus respuestas deben ser verbales y
limitarse a contestar lo que se le pregunta.
Sobre este particular, Castro (2003) en el Marco de las VII Jornadas
Nacionales de "Derecho Procesal Penal Venezolano" destaca que en efecto, la prueba
testimonial es la que las partes ofrecen a cargo de persona extraña al juicio, que
5/9/2018 DECLARACION DE TESTIGOS - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/declaracion-de-testigos 5/22
Declaración de Testigos | Derecho Probatorio 5
declarará acerca de los hechos controvertidos y del mismo. Donde el testigo recibe una
impresión por los sentidos, se da cuenta de ello y guarda memoria; y que debe plantear
al comparecer al juicio para hacer del conocimiento del tribunal los hechos
relacionados con el conflicto y sus circunstancias de modo, tiempo y lugar.
Este mismo experto, señala que en atención a las transformaciones generadas
en el proceso penal Venezolano, aún se amerita la actualización y reforma del COOP,
en atención a la especificación de formas y reglas orientadoras no solo en la
legitimidad, sino también en la consecución y uso de los medios probatorios, a fin de
hacer cada vez más efectivo este subsistema de justicia.
CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL LAPSOS PARA LA
DECLARACION DE TESTIGOS
ADMISION DE LA PRUEBA TESTIMONIAL
En el CPC art. 397 se fija un lapso de tres días donde se da a las partes la
posibilidad que se hallaren con el fin de presentar oposición a la admisión de pruebas
de la contra parte, una vez concluido este término el juez deberá dictar el auto de
admisión de las pruebas argumentando su pertinencia y las que deseche por ser
ilegales es preciso mencionar que hay causas recursiva cuando un auto de admisión o
rechazo de pruebas es no motivado.
Una vez aceptado el auto de admisión y la partes concurren a la evaluación de
las pruebas no se podrá solicitar la impugnación del auto ya que a convalidado al
efecto que contenía.
TACHA DE TESTIGOS
En cuanto hemos mencionado en diferentes investigaciones con relación a la
tacha de testigos podemos señalar que consiste en la impugnación de este medio
probatorio como son la declaración de los testigos de la contra parte mediante la
imputación de un hecho determinado la cual hace sospechosa su declaración de
5/9/2018 DECLARACION DE TESTIGOS - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/declaracion-de-testigos 6/22
Declaración de Testigos | Derecho Probatorio 6
inverosimilitud o parcialidad. Cabe destacar que la tacha se propone y se formaliza
dentro del lapso de 5 días a partir del auto de admisión de la prueba.
PROMOCION
La promoción de testigos debe hacerse en los lapsos que comprende según la
actividad que se está desarrollando, al promover la prueba de testigos la parte
presentara al tribunal la lista de los que deban declarar con expresión del domicilio de
cada uno. La promoción de testigos en el procedimiento oral se desglosa en dos
oportunidades para promover pruebas que son:
-con la demanda donde toda prueba testifical se debe acompañar con el nombre,
apellido y domicilio de los testigos que rendirán declaración la oportunidad para la
prueba testifical es pre exclusiva es decir no se admitirá después a menos que se trate
de un documento público el demandado deberá acompañar con su escrito de
contestación toda prueba documental y la mención de los nombres apellidos y
dirección de los testigos que rendirán declaración en el debate oral.
- El juez puede oficiosamente llamar a declarar a los testigos en ese caso luego de haber
concluido el lapso probatorio se podrán llamar a los testigos que habiendo sido
promovidos no rendirán oportunamente su declaración, finalmente se dispone que las
parte harán sus observaciones en el acta de informe.
EVACUACION DE LA PRUEBA DE TESTIGOS
De conformidad con el art. 483 del CPC una vez que se ha admitido la prueba
el juez debe fijar una hora del tercer día siguiente para el examen de los testigos.
Cuando se trate de testigos de distintos domicilios al lugar del juicio se podrá traer
ante el juez de la causa o este comisionara a otros jueces de acuerdo a lo establecido
en los Art. 484 y 484 del Código de Procedimiento Civil.
5/9/2018 DECLARACION DE TESTIGOS - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/declaracion-de-testigos 7/22
Declaración de Testigos | Derecho Probatorio 7
ACTA DE LA DECLARACIÓN
El acta de examen de testigo contendrá:
a.) La indicación del día, hora, mes y año aunque se haya verificado el examen deltestigo y la del diferimiento que se hay hecho para otro día si no se hubiere
concluido la declaración del mismo.
b.) La mención de haberse llenado los requisitos del artículo 486.
c.) Las contestaciones que haya dado al interrogatorio, y las razones en que hay
fundado si dicho.
d.) Las preguntas que le haya dirigido la parte contraía, su representante, o el juez,
y las respectivas declaraciones.
e.) Si el testigo ha pedido indemnización, y cuál haya sido la cantidad acordada.
f.) La constancia de haberse dado lectura a la deposición, la conformidad que
haya prestado el testigo, o las observaciones que haya hecho.
g.) Las firmas del juez y su secretario.
h.) La firma del testigo, si supiere y pudiere firmar, o la constancia que no sabe o
no puede hacerlo.
i.) Las firmas de los intérpretes, si los hubiere, y de las partes y apoderados que
hayan asistido al acto.
Cabe destacar que la falta de unos de estos requisitos con excepción de la parte ³e´
sería una causal de nulidad con respecto a la admisión del acta de examen de testigo.
FORMALIDADES PARA LA DECLARACIÓN
FORMALIDADES PREVIAS AL EXAMEN
El alguacil, llegada la hora de la declaración, anunciará el acto a las puertas del
tribunal; si el testigo no estuviere presente, de inmediato dará cuenta de ello al
secretario del tribunal. Si el testigo esta y su promovente, se procederá a tomar la
declaración, la cual debe iniciarse con el juramento y su declaración sobre generable
de ley conforme lo estatuye el artículo 486.
5/9/2018 DECLARACION DE TESTIGOS - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/declaracion-de-testigos 8/22
Declaración de Testigos | Derecho Probatorio 8
En el artículo ya citado 483 y artículos 486, 487, 488, 489,490 y 498 del C.P.C
especifica las formalidades para la declaración de los testigos, los cuales se tienen que
cumplir.
LA FIJACIÓN DE LA HORA Y EL DÍA PARA LA RECEPCIÓN
DEL TESTIMONIO.
El artículo 483 ordena que el juez, sea el de la causa o comisionado, debe fijar
una después del tercer día siguiente para el examen de los testigos. Debe entenderse
que, siendo varios los testigos deberán fijarse una determinada para cada uno de ellos,
ya que los testigos no pueden oír el testimonio de los otros testigos; esta fijación
cumple con los requisitos de la publicidad.
DETERMINACIÓN EN QUE SE ACUDE A TOMARLA
FUERA DEL RECIENTO DEL TRIBUNAL.
Obviamente, que en el auto que fije el examen del testigo se indicará el lugar
de toma del testimonio, sea en la hipótesis contenida en el artículo 489, o bien en la
previsión del artículo 490. Pero en caso de circunstancia que sea necesaria tomar el
testimonio fuera del recinto del tribunal, mediante auto expreso, debe fijarse el lugar
en donde se recibirá el testimonio.
EN CASO DE CITACIÓN DEL TESTIGO DEBE HACERSE
MEDIANTE BOLETA QUE INDIQUE EL LUGAR, DÍA Y HORA
DE SU COMPARECENCIA Y DECLARACIÓN.
El alguacil al notificar al testigo y recabar su firma, debe hacer constar el día en
que se verifico dicha citación y consignar la boleta en secretaría a fin de que sea
agregada al expediente para el conocimiento de las partes.
5/9/2018 DECLARACION DE TESTIGOS - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/declaracion-de-testigos 9/22
Declaración de Testigos | Derecho Probatorio 9
FORMA DEL EXAMEN: PREGUNTAS REALIZADAS POR EL
JUEZ
Lo relacionado a la forma de la práctica de la prueba del testimonio está
regulada en el artículo 485 del Código de Procedimiento Civil donde expresa que, los
testigos serán examinados en público, reservada y separadamente unos de otros, el
interrogatorio será formulado de viva voz por la parte promovente del testigo o por su
apoderado, es decir, un representante poder preguntar verbalmente al testigo sobre los
hechos a los que se refiere el interrogatorio. Al concluir, la contraparte, o apoderado
puede preguntar sobre los hechos de los que se ha iniciado el interrogatorio, haciendo
preguntas que puedan esclarecer o invalidar el testimonio de la contraparte, cabe
resaltar, que cada pregunta y repregunta versará sobre un solo hecho, el juez tiene la
facultad de considerar suficientemente examinado el testigo, y terminar el
interrogatorio, todos las declaraciones deben ir en acta donde firman el juez, el
secretario, el testigo y las partes. Cabe resaltar, que el interrogatorio se realiza a viva
voz para indicar que las preguntas que se formulen sean entendibles y en voz alta para
los presentes. La pregunta y repregunta debe producir que el testigo declare de forma
específica el lugar, modo, hora y día del hecho que se está llevando a cabo.
REGLAS ESPECIALES
En esta prueba pueden mencionarse dos reglas especiales, una con relación a la
práctica de la prueba misma y otra concerniente a la obligación de declara y los
efectos propios del testigo. La primera se contempla en el artículo 489 del C.P.C.
referente al traslado del testigo para su disposición en el lugar al que se ha de referir su
testimonio.
La segunda se refiere a la indemnización que puede exigir el testigo en
cumplimiento de su deber de declarar.
5/9/2018 DECLARACION DE TESTIGOS - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/declaracion-de-testigos 10/22
Declaración de Testigos | Derecho Probatorio 10
En el artículo 497 ejusdem, se contemplan los límites de la exigencia y las
facultades atribuidas al tribunal para la fijación de la indemnización solicitada. El
testigo quedara obligado a comparecer una vez que se haya hecho la consagración
correspondiente.
CLASIFICACION DE LA DECLARACION DEL TESTIGO EN
SUS DIFERENTES CATEGORIAS
En cuanto a la clasificación del testimonio existen varios vínculos y diversidades
y Con relación a la vinculación con una causa:
-Extrajudicial: declaración fuera de juicio
-Judicial: Declaración en Juicio y bajo juramento
y Con relaciona la obtención y conocimiento de los hechos sobre los que
declara:
-Presenciales: Vivieron con sus sentidos los hechos
-Referenciales: declaran sobre cuestiones oídas (directamente delos
protagonistas del hecho) y referencias que otros hacen
-Instrumentales: los que hacen presencia al otorgamiento de un documento
y Con relación a su naturaleza jurídica:
-no se trata de una declaración de voluntad sino de conocimientos de los
hechos para reconstruir o probar
- cada uno de estos testigos se encuentran en cualquiera de las clasificaciones
mencionadas son un medio probatorio el cual rinden declaración ante el juez
bajo juramento de los hechos de los cuales tienen conocimiento en un litigio
TIPOS DE TESTIGOS:
Los cuales no tienen prácticamente una regulación normativa y son papel
importante en el proceso judicial.
- El testigo técnico: en cuanto a sus conocimientos especiales y se acude a la experticia
de una ciencia o arte y al narrar los hechos se vale de aquellas para explicarlos de
manera clara y entendible para la partes y el juzgador.
5/9/2018 DECLARACION DE TESTIGOS - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/declaracion-de-testigos 11/22
Declaración de Testigos | Derecho Probatorio 11
- El testigo mencionado: son los testigos de oficio que son llamados a declarar en un
proceso por aparecer mencionado en otras pruebas o en cualquier acto procesal de las
partes.
- El testigo de oído o referencial: sencillamente son los que oyen o informan sobre
algo que oyeron
- El testigo arrepentido: es el que espera un beneficio en el proceso y por lo tanto debe
ser valorado prudentemente y buscarse la verdad.
CARACTERISTICAS DE LAS PRUEBAS DE TESTIGO
- Es un medio de prueba de carácter personal; ya que la persona debe tener la capacidad
de percepción es decir que pueda captar y comunicar lo percibido sin necesidad de
utilizar todos sus sentidos
- El testigo es procesalmente un tercero; el cual no tiene interés en dicho litigio ni de
manera directa e indirecta
- El testigo declara sobre los conocimientos que tiene sobre los hechos pertinentes al
proceso; son hechos pasados que no ocurrieron en el proceso sino fuera de él, están
vinculados al proceso y son objeto de prueba
- Es un acto procesal; porque está sometido a las reglas en lo que concierne al carácter
personal y debe cumplir tanto los requisitos como los lapsos procesales que establece
la ley y que son aplicables durante los procesos litigiosos.
LIMITACIONESDE LA PRUEBA TESTIMONIAL.
1. La cualidad del testigo: en los casos de inhabilidades
2. El contenido del Testimonio: por la naturaleza del hecho aprobar y cuando la ley
exige prueba escrita para probar el hecho
3. Sus relaciones con las pruebas documentales: al enfrentar documental con
testimonial es improcedente para modificar o demostrar el contenido.
5/9/2018 DECLARACION DE TESTIGOS - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/declaracion-de-testigos 12/22
Declaración de Testigos | Derecho Probatorio 12
REQUISITOS DEL TESTIMONIO
Los requisitos del testimonio se basan en una clasificación realizada por el
maestro Devis Echandia donde se pueden desglosar de la siguiente manera:
1. Requisitos de Existencia Procesal:
- El testimonios de carácter personal una persona no puede dar declaraciones en nombre
de otra, tampoco puede darla el apoderado o representante solo debe darla el testigo.
- Dar testimonio es un acto procesal ante un juez, este pude ser en un proceso o en
diligencia procesal previa el acto de dar testimonio debe ocurrir en el proceso o en las
diligencias procesales previas.
- El testimonio ola declaración que da el testigo debe basarse sobre los hechos pasados y
que hayan ocurrido fuera del proceso.
- La declaración puede basarse sobre hechos deducidos y circunstancias pasadas lo que
no debe hacerse es dar opiniones y juicios sobre hechos deducidos
- Los hechos que serán narrados en la declaración tienen que haber ocurrido con
anterioridad
2.- requisitos para la valides del testimonio: Estos requisitos son las formas que
deben cumplirse para que no sea afectada de nulidad el testimonio:
- Admisión y decreto de la prueba testimonial; el juez debe admitir la prueba y de una
vez decretar la prueba fijando la oportunidad para la práctica de la misma como lo
tipifica el Artículo 483 del CPC
- Legitimación para pedir la prueba; en materia civil la petición es realizada por a quien
tenga petición de parte en el proceso, ahora en materia penal es realizada por citación
ante un funcionario judicial en esta materia el juez y el ministerio publico tienen
amplias facultades probatorias
- Que el testigo sea capaz; el testigo para dar declaraciones debe gozar de capacidad,
existe un sistema tradicional que establece innumerables motivos de incapacidad sin
embargo en el derecho moderno se trata de adoptar el principio de la soberanía judicial
este sistema es todo lo contrario pues establece que todos pueden ser testigos, en
5/9/2018 DECLARACION DE TESTIGOS - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/declaracion-de-testigos 13/22
Declaración de Testigos | Derecho Probatorio 13
Venezuela específicamente se usa el sistema de sospechas incapacidades que se
transforman en motivos de sospechas.
- Debe ser un acto procesal consciente; no debe emplearse fuerza ni obligar a declarar a
la persona, existe una barrera donde debe respetarse la dignidad de la persona donde
no pude ser ni violada ni torturada para que rinda declaraciones, de llevarse a cabo este
método se vicia de nulidad el acto procesal sea quien sea quien lo haya llevado a cabo.
- Debe estar precedido de juramento conforme lo dispone la ley; todo testigo antes de
declarar debe jurara decir la verdad como lo tipifica el articulo 486 CPC para nuestro
entendimiento es una solemnidad procesal y el testimonio debe tener una valoración
en conjunto.
CAUSAS FRECUENTES DE LA DEFORMACIÓN TESTIMONIAL
Podemos decir que se agrupan en categorías:
y Por defectos de la captación sensorial: deficiencias en los sentidos en los
cuales pueden bien sea por la vista y oído olfato entre otros le impide captar
bien los hechos y tomando en cuenta con estos suceden el entorno y las
condiciones externas que impiden certeza en cuanto a los hechos se trata,
entonces aquí el litigante tiene que examinar cada factor y determinar si existen
tales deficiencias en cuanto al juzgador debe examinaron detallada
determinación ya que él hace la valoración y de ahí toma su decisión.
y Deficiencias psicológicas y de percepción: todo en cuanto al estado mental
del testigo, si esta es deficiente o padece de alguna patología que le impida y
dificulte su percepción de la realidad e interpretación en torno a los hechos que
se presentan en el litigio.
y Falseaciòn consciente: que no es más que el testimonio falso con el cual
pretenda el testigo favorecerse en lo económico, o por interés personal en
cuanto a familia o amistad, enemistad entre otros que este bajo amansa o
presión en tal caso está motivado por alguna de las partes y les favorecerá
cualquiera sea su pretensión dentro del litigio.
5/9/2018 DECLARACION DE TESTIGOS - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/declaracion-de-testigos 14/22
Declaración de Testigos | Derecho Probatorio 14
LA PRUEBA TESTIMONIAL ANTICIPADA.
De acuerdo a lo establecido en Código de Procedimiento Civil acerca del
retardo prejudicial y los procedimientos de requerimientos de pruebas sumarias,
interdictos, medidas cautelares y Código Orgánico Procesal Penal art. 307 se puede
realizar la prueba testimonial anticipada, cabe destacar que en materia laboral y agraria
se aplican supletoriamente las disposiciones del Código de Procedimiento Civil. En la
prueba anticipada se requieren que existen circunstancias u obstáculos difíciles de
superar que deben ser probadas aun con pruebas sumaria En relación a la prueba
sumaria para que tenga eficacia deberá ratificarse en el lapso de prueba los testigos
deben comparecer para ratificar sus dichos y puedan ser preguntados por la contra
parte.
REQUISITOS PARA LA EFICACIA PROBATORIA DEL
TESTIMONIO
Los requisitos de la prueba adquieren su importancia al momento de valorarla,
es decir cuándo deben tomarse las decisiones de fondo sobre el proceso sobre este
aspecto seguiremos como lo señala el maestro Davis Echandia los siguientes
requisitos:
a-. Conducencia del medio probatorio: la conducencia del medio probatorio se refiere
a la correspondencia legal que debe existir entre el hecho a probar y el medio
utilizado.
Para ser conducente el medio probatorio debe cumplir:
1-. Que el medio este expresa o tácitamente aceptado por la ley
2-. Que no esté prohibido por la ley para el hecho que se pretende probar con el
3-. Que no exista otro medio para demostrar ese hecho (utilidad de la Prueba)
5/9/2018 DECLARACION DE TESTIGOS - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/declaracion-de-testigos 15/22
Declaración de Testigos | Derecho Probatorio 15
4-. Que no haya prohibición de investigarlo.
La prueba como conducente no es vinculante para el juez para dictar la decisión final,
pues, si el llega a la conclusión que es inconducente podrá negarle el merito probatorio
b-. La pertinencia del hecho objeto del testimonio: la pertinencia es la correspondencia
que debe existir entre el hecho a demostrar y el hecho controvertido o de la causa y si
la cuestión debatida no tiene nada que ver con el proceso no produce efectos
probatorios.
c-. Capacidad mental o sensorial en el momento de la percepción de los hechos sobre
los cuales versa el testimonio se refiere exclusivamente al momento de percibir los
hechos no al tiempo de rendir declaración. Puede suceder que el te4stigo tenga plena
capacidad mental en el momento de testimoniar pero resulta que para la ocasión en
que ocurrieron los hechos y que los percibió estaba afectado por incapacidad mental
(absoluta o relativa) bien por enfermedad por bebidas alcohólicas, o caso de drogas en
ese caso el juez deberá apreciar el testimonio relacionándolo con otros medios de
prueba y si este testimonio resulta contradictorio o confuso hay que negarle veracidad
probatoria
d-. Ausencia de interés personal o familiar del testigo en el litigio sobre el hecho
objeto del testimonio: ya que el inveteres personal o familiar lo hace sospechoso el
testimonio y el mismo afecta la fuerza probatoria
e-. Que exista la llamada razón del dicho: este se trata de las circunstancias de tiempo,
modo o lugar que haga verosímil el conocimiento de los hechos por el testigo en
correspondencia con el mismo hecho, es decir, para poder apreciar el testimonio el
juez tiene que tener material testimonial sobre el cual efectué su análisis de manera
que el testigo tendrá que rendir declaración señalando las circunstancias de tiempo,
modo y lugar como ocurrieron los hechos
f-. Que los distintos hechos contenidos en su narración no aparezcan contradictorios
entre sí: es decir que aquel testimonio debe aparecer consistente y armónico, debe
decirse que las contradicciones en detalles no descalifican el testimonio.
5/9/2018 DECLARACION DE TESTIGOS - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/declaracion-de-testigos 16/22
Declaración de Testigos | Derecho Probatorio 16
g-. Que no haya contradicciones graves inexplicables con los testimonios de las
personas une ejemplo claro seria ³José venia caminando por la calle y la victima se
lanzo contra él y lo agredió, José retrocedió y saco un revolver y le disparo´ vemos
que hay contradicción entre dos te4stigos. Debe el juez comparar las declaraciones en
todos sus detalles que existan entre ellas.
h-. Que el hecho narrado no sea contrario a otro que goce de notoriedad, si hay
contradicción de testigos el juez deberá conforme a los principios generales de la sana
critica descartar la apreciación de los testimonios.
I-. Que la narración del testigo no aparezca inverosímil ni el hecho imponible ya que
debe ser creíble el testimonio porque se trata de cómo probar certeza de la convicción
del juez.
j-. Que no se trate de una persona llamada testigo profesional es cuando aparece un
testigo en muchos procesos.
LA INHABILIDAD DEL TESTIGO
Entre los requisitos para la valides del testigo y su habilidad física, moral e
intelectual y para que sea eficaz probatoriamente de estar libre de relaciones que hagan
sospechosa el testimonio, en nuestro sistema probatorio tenemos algunas restricciones
en cuanto a la admisión de la declaración de ciertos testigos, estas restricciones
inhabilitan a las personas para rendir testimonio en el proceso y ellas pueden ser:
a-. De carácter absoluto lo que significa que en ningún caso podrán testificar
b-. De carácter relativo las cuales se expresan o bien con relación de la causa
especifica o con relación a las partes.
GENEREAL Y ABSOLUTA: es cuando el juez no puede admitir como pruebas en
ningún caso ni apegarse a ellas según el art. 477 del CPC no podrán ser testigos en
juicio los menores de 12 años quienes se hallen en interdicción por causa de demencia
y quienes hagan de profesión testificar en juicio.
5/9/2018 DECLARACION DE TESTIGOS - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/declaracion-de-testigos 17/22
Declaración de Testigos | Derecho Probatorio 17
RELATIVA DEL ASUNTO: estas inhabilidades se refieren a la causa misma surge
en virtud de la condición que ostenta tales personas en dicho proceso. Este
consagrado en nuestra legislación procesal en el art. 478 que estatuye ³no puede
tampoco testificar el magistrado que este conociendo la causa, abogado o apoderado el
vendedor entre otros´
RELATIVA DE LAS PARTES: estas inhabilidades porque las personas que pueden
ser testigos se encuentran en circunstancias que afectan su credibilidad o
imparcialidad, en razón del parentesco dependencia económica o moral, contemplados
en el art. 479 y 480 del CPC.
OBLIGACION A DECLARAR
Es un deber ciudadano que el estado a consagrado normativamente pues si él
tiene el, deber de prestar el servicio de la justicia los justiciables tiene el deber de
colaborar con la realización de la misma existe un deber con la sociedad y el estado d
rendir testimonio sobre el conocimiento que se tenga de lo que interese a cualquier
proceso. En el art. 481 del CPC se establece la obligación de declarar y las excusas
que se pueden alegar frente a ese deber. Y en el COPP en el art. 222establece la
obligación de concurrir de la citación con el fin de rendir testimonio y en el art. 357 el
juez autoriza para que el testigo que no comparece debidamente citado pueda ser
conducido por medio de la fuerza.
LA PROBELMATICA DEL TESTIGO UNICO
En nuestro sistema existen ni límites ni de máximo ni de mínimo en cuanto a
los testigos que pueden ser postulados por las partes en el proceso. Esto nos indica que
hay posibilidad del testigo único conforme a lo que hemos señalado vemos que el
testimonio de un testigo al igual que la confesión nos posibilita la reconstrucción del
hecho pasado, pues tales fuentes nos han proporcionado afirmaciones sobre hechos
objeto del proceso.
5/9/2018 DECLARACION DE TESTIGOS - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/declaracion-de-testigos 18/22
Declaración de Testigos | Derecho Probatorio 18
Al respecto hay varias posiciones: la tradicional que sostiene que el testimonio
singular carece de valor probatorio y argumenta a favor de la pluralidad de los
testigos, la moderna que sostiene que un solo trabajo idóneo calificado, inverosímil,
claro y verídico puede dar certeza de la existencia de un hecho, por ello es exigible y
se muestra racional la aplicación de los principios de exhaustoridad y congruencia para
reconstruir el hecho es necesario que concuerden todos lo elementos probatorios
necesarios y formen tono armónico, lógico, coherente y sin que posibilite la existencia
de dudas.
EL TESTOMONIO EN EL PROCESO PENAL
En materia penal toda persona tiene capacidad de testificar incluso los
enfermos mentales y niños del mismo modo que los parientes allegados al imputado,
así pues, como la regla general ³toda persona tiene capacidad capas de atestiguar´, en
los primeros el juez tendrá mucha prudencia en la disposición y valoración de la
misma, en los segundos ellos están exentos de declarar pero pueden hacerlo y el juez
tendrá que examinar la veracidad de las mismas dado su condición de testimonio
sospechoso en el Código Orgánico Procesal Penal en el art. 222 se consagra que toda
persona tiene el deber de concurrir a prestar declaración por lo que se derogaron
aquellas limitaciones en torno a la capacidad por ejemplo el enfermo mental. El
ciudadano que es citado como testigo y comparece está obligado a decir la verdad no
puede ocultar nada ni agregar nada a los hechos que ocurrieron, debemos recordar que
la esencia de falsedad no radica en la contradicción objetiva entre una realidad del
hecho y lo que se dice sobre ello sino en la discrepancia entre lo que el testigo sabe y
lo calla niega o afirma, este deber de veracidad se exime para las personas que la ley
con razón de parentesco no les obliga a rendir testimonio también si de ella se puede
derivar una incriminación personal pues nadie está obligado a declarar en su contra. El
sistema venezolano se establece en el art. 223 que están exentos de concurrir los altos
funcionarios pero si desean pueden darlo en el lugar de sus funciones o en el domicilio
y en el art 224 la exención de declarar.
5/9/2018 DECLARACION DE TESTIGOS - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/declaracion-de-testigos 19/22
Declaración de Testigos | Derecho Probatorio 19
LA PRUEBA TESTIFICAL EN EL PROCESO PENAL.
Es preciso distinguir la forma de adquisición de la fuente testimonial en las
distintas etapas del proceso: en la fase de investigación y en la fase de proceso.
En la fase de investigación:
En la investigación el ministerio publico para orientar la investigación y
asesorar la prueba y la fuente podrá recibir declaraciones de los testigos y levantará un
acta de los mismo, en ellas se les examinará sobre el hecho investigado, pero esto no
deja de ser sino meramente un acta de investigación o policial sin efecto probatorio.
En la fase intermedia.
Es donde se ofrecen las pruebas con la declinación de testigo y su acta
correspondiente para que se tenga conocimiento sobre que tenga el testimonio y deben
ser pertinentes, necesarias, conducentes y licitas, y se podrán oponer si no cumplen
dichos requisitos de ley.
En la fase de juicio.
Los testigos serán llamados por el juez para dar declaración y no podrán
comunicarse entre sí, ni oír, ni ser informados de lo que ocurran durante el debate, y
de no presentarse, el juez podrá ordenar que sea llevada de la fuerza publica,
colaborando la parte que lo propuso.
Valoración del testimonio.
El juez, al momento de valorar las pruebas testimoniales, debe apreciarse en
diferentes factores y elementos para determinar la validez de dicho testimonio, ya que
pudieran ocurrir deformaciones en cuanto al conocimiento de los hechos, bien sea por
el tiempo, factores sensoriales, psicológicos, entre otros en el cual se presume su
falsedad o veracidad en la declaración de los hechos acontecidos.
5/9/2018 DECLARACION DE TESTIGOS - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/declaracion-de-testigos 20/22
Declaración de Testigos | Derecho Probatorio 20
En el código de procedimiento civil artículo 508 establece la apreciación de la prueba
de testigos donde el juez examina los testimonios en cuanto a la concordancia de
pruebas, testigos por la edad, vida y costumbres, profesión, entre otras, las cuales
podrá desechar las declaraciones del testigo inhábil o el de testimonio falso y el
tachado.
5/9/2018 DECLARACION DE TESTIGOS - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/declaracion-de-testigos 21/22
Declaración de Testigos | Derecho Probatorio 21
CONCLUSIÓN
Nuestro proceso de investigación arrojo diferentes conclusiones todas
interesantes y Se destaca que "la prueba testimonial es la que las partes ofrecen a cargo
de persona extraña al juicio; que declarará acerca de los hechos controvertidos y del
mismo´. Lo cual involucra a toda persona física que tenga conocimiento o le consten
los hechos ocurridos en relación con la controversia que se sigue puede ser propuesta
por las partes como testigo para que declare.
Sobre este particular, en el caso de Venezuela, en la Sección Quinta del Código
Orgánico Procesal Penal (2009) en adelante (COOP), se determina como deber de el
ciudadano concurrir a la citación practicada por un tribunal con el fin de que prestar
declaración testimonial, "de declarar la verdad de cuanto sepa y le sea preguntadosobre el objeto de la investigación, y de no ocultar hechos, circunstancias o elementos
sobre el contenido de su declaración" . Asimismo se plantean exenciones, formas y
reglas, tanto para testificar sobre un hecho punible, como para el reconocimiento de
implicados.
Como investigadores de derecho indagamos dentro de los procedimientos y
normativas que establece el Código de Procedimiento Civil, código civil y por
supuesto la constitución de Venezuela en cuanto a la declaración de testigo donde el
juez puede realizar las preguntas que crea pertinentes para sacar sus propias
conclusiones es decir basándose en su propio criterio, también es él quien puede
interrumpir a los testigos en sus declaraciones y corregir pero tiene bajo su
responsabilidad la protección de éstos de cualquier insulto para despertar en el testigo
la confianza de libertad al expresar la verdad, el juez tiene la potestad cuando lo
considere conveniente en el lugar en que se a de referir sus deposiciones es decir
donde se encuentra así tener conocimientos reales de los hechos que sucedieron.
5/9/2018 DECLARACION DE TESTIGOS - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/declaracion-de-testigos 22/22
Declaración de Testigos | Derecho Probatorio 22
BIBLIOGRAFIA
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Código Civil de Venezuela
Código de Procedimiento Civil
Código Orgánico Procesal Civil
Ley Orgánica del Trabajo
Rivera Morales, Rodríguez, (2006).las pruebas en el derecho venezolano. 4ta
edición. Editorial jurídicas Rincón, Barquisimeto - Venezuela.
Rengel ± Romberg, A, (2007). TRATADO DE Derecho Procesal Civil
Venezolano. Tomo II. Volumen II, 3ª edición. Editorial Altolitho. Caracas ±
Venezuela
Rengel ± Romberg, A, (2007). TRATADO DE Derecho Procesal Civil
Venezolano. Tomo III. Volumen III, 3ª edición. Editorial Altolitho. Caracas ±
Venezuela.
Diccionario de Ciencias Jurídicas Políticas y Sociales (2000). 27ª edición.
Buenos aires ± argentina, editorial Heliasta.