D. L. CC-1-1958 PROVINCIA DE CÁCERES

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PROVINCIA DE CÁCERES D. L. CC-1-1958 N.º 92 SE PUBLICA TODOS LOS DÍAS, EXCEPTO SÁBADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS S U M A R I O Torremenga: Exposición pública Padrón. Pág. 68. Galisteo: Presupuesto General definitivo 2014. Pág. 69. Jaraíz de la Vera: Delegación funciones de Alcaldía. Pág. 70. Robledillo de Gata: Exposición pública Cuentas Ge- nerales 2013. Pág. 71. Navalmoral de la Mata: Aprobación Padrón. Pág. 72. La Cumbre: Procedimiento abierto explotación Bar Piscina Municipal. Pág. 73. - Mancomunidad de Municipios "Sierra de Gata": Hoyos: Aprobación inicial Presupuesto General 2014. Pág. 74. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO: - Subdelegación del Gobierno: Cáceres: Notificación exptes. sancionadores. Pág. 75. - Ministerio de Empleo y Seguridad Social.- Tesorería General de la Seguridad Social: Cáceres: Subasta procedimiento abierto enajenación fincas rústicas. Pág. 76. - Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Am- biente.- Confederación Hidrográfica del Tajo: Madrid: Pago expropiación forzosa a titulares de bienes y derechos afectados. Págs. 77-79. Cáceres: Solicitud concesión aguas. Pág. 80. Solicitud concesión aguas. Pág. 81. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: - Junta Electoral de Zona: Cáceres: Constitución definitiva Junta Electoral de Zona. Pág. 82. - Juzgado de lo Social - 1: Cáceres: Ejecución 74/2014. Págs. 83-85. Juzgado de lo Social - 6: Oviedo: Ordinario 1040/2013. Págs. 86-87. - Juzgados de 1.ª Instancia e Instrucción: Cáceres n.º 7: Juicio Faltas 4/14. Pág. 88. AÑO 2014 SUSCRIPCIÓN: GRATUITA: Página Web: www.dip-caceres.es PUNTO DE SUSCRIPCIÓN Y ENVÍO DE EDICTOS: Administración del B.O.P.: Ronda San Francisco, n.º 3. 10005-Cáceres Teléfono: 927/625-792. Fax: 927/625-793 E - mail: [email protected] Página Web: www.dip-caceres.es ANUNCIOS POR PALABRAS: Tramitación ordinaria: Por cada palabra, abreviatura, número o gru- po de números individualizado: (0,10 euros). Tramitación urgente (en 72 horas): Su importe será el doble de inserciones ordinarias. ADVERTENCIA.- Todas las inserciones que no tengan carácter gratuito serán de pago previo, es decir, los sujetos pasivos de la tasa ingresarán, previamente a la publicación de los anuncios o edictos, las cantidades que les sean liquidadas. ADMINISTRACIÓN LOCAL: - Diputación Provincial: Cáceres: Bases convocatoria concesión subvenciones a Universidades Populares de la Provincia. Págs. 2-9. - Ayuntamientos: Cáceres: Aprobación pliego cláusulas administrativas concesión demanial terrenos propiedad municipal. Pág. 10. Delegación funciones de Alcaldía. Pág. 11. Bases convocatoria concesión subvenciones a Orga- nizaciones no Gubernamentales para proyectos de cooperación al desarrollo. Pág. 12-24. Bases convocatoria concesión subvenciones Asociacio- nes de Personas Mayores. Págs. 25-43. Mirabel: Aprobación Padrones. Pág. 44. Madrigal de la Vera: Aprobación inicial expte. modi- ficación crédito. Pág. 45. Desafectación bien servicio público. Pág. 46. Villanueva de la Vera: Aprobación definitiva creación e imposición Ordenanza. Págs. 47-49. Albalá: Procedimiento abierto arrendamiento Bar Piscina Municipal. Pág. 50. Valdeobispo: Exposición pública Cuenta General 2013. Pág. 51. Aldehuela del Jerte: Exposición pública Cuenta General 2013. Pág. 52. Serradilla: Aprobación inicial modificación parcial plantilla de personal 2014. Pág. 53. Arroyomolinos de la Vera: Procedimiento abierto explo- tación Bar y Cocina Piscina Municipal. Pág. 54. Alcuéscar: Exposición pública Cuenta General 2013. Pág. 55. Plasencia: Aprobación definitiva modificación Ordenanza. Pág. 56. Convocatoria subvenciones a Asociaciones y Entidades Deportivas 2014. Págs. 57-67. 15 MAYO JUEVES

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PROVINCIA DE CÁCERES D. L. CC-1-1958 N.º 92

SE PUBLICA TODOS LOS DÍAS, EXCEPTO SÁBADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS

S U M A R I OTorremenga: Exposición pública Padrón. Pág. 68.Galisteo: Presupuesto General definitivo 2014. Pág. 69.Jaraíz de la Vera: Delegación funciones de Alcaldía.

Pág. 70.Robledillo de Gata: Exposición pública Cuentas Ge-

nerales 2013. Pág. 71.Navalmoral de la Mata: Aprobación Padrón. Pág. 72.La Cumbre: Procedimiento abierto explotación Bar

Piscina Municipal. Pág. 73.- Mancomunidad de Municipios "Sierra de Gata":Hoyos: Aprobación inicial Presupuesto General 2014.

Pág. 74.

ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO:- Subdelegación del Gobierno:Cáceres: Notificación exptes. sancionadores. Pág. 75.- Ministerio de Empleo y Seguridad Social.- Tesorería

General de la Seguridad Social:Cáceres: Subasta procedimiento abierto enajenación

fincas rústicas. Pág. 76.- Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Am-

biente.- Confederación Hidrográfica del Tajo:Madrid: Pago expropiación forzosa a titulares de bienes

y derechos afectados. Págs. 77-79.Cáceres: Solicitud concesión aguas. Pág. 80.Solicitud concesión aguas. Pág. 81.

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:- Junta Electoral de Zona:Cáceres: Constitución definitiva Junta Electoral de Zona.

Pág. 82.- Juzgado de lo Social - 1:Cáceres: Ejecución 74/2014. Págs. 83-85.Juzgado de lo Social - 6:Oviedo: Ordinario 1040/2013. Págs. 86-87.- Juzgados de 1.ª Instancia e Instrucción: Cáceres n.º 7: Juicio Faltas 4/14. Pág. 88.

AÑO

2014

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ANUNCIOS POR PALABRAS:

Tramitación ordinaria: Por cada palabra, abreviatura, número o gru-po de números individualizado: (0,10 euros). Tramitación urgente (en 72 horas): Su importe será el doble de inserciones ordinarias.

ADVERTENCIA.- Todas las inserciones que no tengan carácter gratuito serán de pago previo, es decir, los sujetos pasivos de la tasa ingresarán, previamente a la publicación de los anuncios o edictos, las cantidades que les sean liquidadas.

ADMINISTRACIÓN LOCAL:- Diputación Provincial:Cáceres: Bases convocatoria concesión subvenciones a

Universidades Populares de la Provincia. Págs. 2-9.

- Ayuntamientos:Cáceres: Aprobación pliego cláusulas administrativas

concesión demanial terrenos propiedad municipal. Pág. 10.

Delegación funciones de Alcaldía. Pág. 11.Bases convocatoria concesión subvenciones a Orga-

nizaciones no Gubernamentales para proyectos de cooperación al desarrollo. Pág. 12-24.

Bases convocatoria concesión subvenciones Asociacio-nes de Personas Mayores. Págs. 25-43.

Mirabel: Aprobación Padrones. Pág. 44.Madrigal de la Vera: Aprobación inicial expte. modi-

ficación crédito. Pág. 45.Desafectación bien servicio público. Pág. 46.Villanueva de la Vera: Aprobación definitiva creación e

imposición Ordenanza. Págs. 47-49.Albalá: Procedimiento abierto arrendamiento Bar

Piscina Municipal. Pág. 50.Valdeobispo: Exposición pública Cuenta General

2013. Pág. 51.Aldehuela del Jerte: Exposición pública Cuenta General

2013. Pág. 52.Serradilla: Aprobación inicial modificación parcial

plantilla de personal 2014. Pág. 53.Arroyomolinos de la Vera: Procedimiento abierto explo-

tación Bar y Cocina Piscina Municipal. Pág. 54.Alcuéscar: Exposición pública Cuenta General 2013.

Pág. 55.Plasencia: Aprobación definitiva modificación Ordenanza.

Pág. 56.Convocatoria subvenciones a Asociaciones y Entidades

Deportivas 2014. Págs. 57-67.

15M A Y O

J U E V E S

B.O. DE CÁCERES Jueves 15 Mayo 2014 - N.º 92Página 2

DIPUTACIÓN PROVINCIAL Programas Culturales

ANUNCIO

BASES

Convocatoria para la concesión de subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres a Univer-sidades Populares de la Provincia.

La Diputación Provincial, de conformidad con el Plan Estratégico de Subvenciones, Ejercicio 2014, aprobado en el Pleno de 10 de diciembre de 2013 (publicado en el BOP de 10 de enero de 2014) pretende, mediante subvenciones corrientes a Universidades Populares de la Provincia, apoyar y fomentar el desarrollo de programas tanto en el ámbito sociocultural, potenciando la participación comunitaria y el asociacionismo, como en el área educativa, con actuaciones de formación básica y para el empleo.

Las Universidades Populares contribuyen a la generación de procesos de participación social, desarrollando hábitos democráticos, fomentando valores de convivencia solidaria y justicia social, a la vez de ser instrumentos de formación y difusión cultural.

Para ello, y a propuesta del Presidente de la Comisión de Cultura y Política Social, se publican las bases de esta convocatoria como medio de ayuda a colectivos o personas, y como complemento de otros servicios de esta Diputación Provincial, paliando necesidades culturales y educativas.

Dichas Bases se regirán por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el R.D. 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955, la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Cáceres, BOP de 7 de julio de 2006, y las Bases de Ejecución del Presu-puesto General de la Diputación Provincial de Cáceres para el año 2014.

PRIMERA: Objeto de la convocatoria, fin y beneficiarios.

La presente convocatoria tiene como objeto la concesión de ayudas económicas para la realización de proyectos culturales planificados por las Universidades Populares de la Provincia de Cáceres ubicadas en municipios cuya po-blación sea inferior a 20.000 habitantes.

Al amparo del art. 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en la que se prevé la asistencia y cooperación a los municipios, especialmente aquellos de menor capacidad económica y de gestión, la Excma. Diputación Provincial de Cáceres realiza esta convocatoria. Pretende apoyar, promover y fomentar el desarrollo de proyectos culturales de las Universidades Populares en el ámbito de la Provincia durante el ejercicio 2014.

Serán beneficiarias aquellas Universidades Populares de la Provincia de Cáceres que, solicitando participar en la convocatoria, cumplan con los requisitos establecidos en estas bases.

SEGUNDA: Solicitudes, documentación, plazo y subsanación de documentos:

1.- Las solicitudes, con la documentación que se cita en el apartado siguiente, se formularán según el modelo que figura como ANEXO I, y se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente presentándose en el Registro de la Excma. Diputación u oficinas a que se refiere el articulo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante LRJAP Y PAC).

2- Documentación:Al modelo de la solicitud se acompañará la siguiente documentación:-Acreditación de estar legalmente constituida (Solo para aquellas Universidades Populares que no hayan obtenido

ayuda en ejercicios anteriores).-Proyecto Cultural a realizar en el 2014 para el que solicita la subvención, debiendo indicar la justificación por la

que se plantea el mismo, los objetivos, contenidos a desarrollar, actividades y la temporalización.-Presupuesto de la Universidad Popular, para el proyecto citado. (modelo indicativo ANEXO II)-Memoria de actividades realizadas en el año anterior.-Declaración de la entidad solicitante de otras ayudas para el desarrollo del mismo proyecto de 2014. -Certificado de estar al corriente de los pagos con las siguientes Entidades: Seguridad Social, Hacienda y Excma.

Diputación Provincial de Cáceres que podrá sustituirse por declaración responsable del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la seguridad social, al tratarse de una administración pública de conformidad con lo establecido en el artículo 24.66 del Reglamento General de la Ley de Subvenciones. (Modelo indicativo ANEXO III)

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3. El plazo de presentación de solicitudes con la documentación que corresponda será de veinte días naturales a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el B.O.P.

4.- Tramitación: Recibidas las solicitudes, se procederá a su revisión por el órgano instructor, el Departamento de Programas

Culturales, quien si presentaran algún defecto, requerirá al peticionario para que en el plazo de diez días proceda a subsanarlo, advirtiéndole que en caso contrario se le tendrá por desistido de su petición, conforme al articulo 71 de la LRJP y PAC.

Una vez subsanadas las solicitudes por los peticionarios, y debidamente completadas, el Servicio de Cultura de la ICB, las elevará, para su estudio a la Comisión de Valoración que las remitirá valoradas a la Comisión de Cultura y Política Social.

Informadas las solicitudes por la Comisión de Cultura, se someterán a Junta de Gobierno para su resolución, que se notificará a los interesados en el plazo máximo de tres meses desde la presentación formal de las solicitudes en el Registro General.

La presentación de la correspondiente solicitud, supone la aceptación de las presentes bases.

TERCERA: Cuantía:

Para llevar a cabo esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 100.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 5.3340.48327 del presupuesto de la Excma. Diputación para el ejercicio de 2014, no pudiendo exceder en ningún caso la suma de las subvenciones concedidas de la cuantía de dicho crédito disponible.

Limite de ayudas:Se concederá una subvención máxima de 5.000 euros a los proyectos culturales presentados que obtengan

mayor puntuación. Una vez concedida la subvención puede solicitarse reformulación de la solicitud en los términos establecido en el art. 27 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General se Subvenciones, en el plazo improrrogable de 15 días naturales contados desde la recepción de la comunicación de la concesión de la subvención, siempre que la cuantía concedida sea inferior a la solicitada, denegándose en caso contrario. La Comisión de Valoración analizará las solicitudes de reformulación y propondrá al Ilmo. Sr. Presidente para que resuelva.

En ningún caso la cantidad concedida podrá ser de tal cuantía que, en concurrencia con subvenciones de otras

Administraciones o Entes Públicos o privados, superen el presupuesto total del proyecto.

Si el beneficiario dispusiera de otra u otras subvenciones y su importe sumado al de la subvención de la Diputación Provincial, excediera el coste efectivo o justificado en el proyecto, la subvención concedida quedará reducida en el exceso.

En todo caso, deberá comunicarse al Servicio de Cultura de la ICB de la Diputación Provincial las subvenciones recibidas para financiar la actividad objeto de la solicitud. Si no se recibieran otras subvenciones se comunicará igual-mente tal extremo.

CUARTA.- Selección y criterios de concesión: Se constituirá una Comisión de Valoración que estará formada por los siguientes miembros: Diputado del Área de Cultura Jefa del Servicio de la I.C.B.Un Diputado/a por cada grupo políticoSecretaria de la Comisión de Cultura y Política Social.Actuará como Secretario el Coordinador de Programas Culturales de la ICB.

Una vez seleccionadas y valoradas las solicitudes se dictaminarán, a propuesta del Diputado de Cultura por la Comisión informativa de Cultura y Política Social de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, que elevará propuesta de acuerdo de las subvenciones a la Junta de Gobierno, órgano competente para su concesión.

Criterios de valoración de los proyectos:Dado que estas bases tienen por objeto el otorgamiento de subvenciones para la realización de proyectos culturales,

sólo se baremarán aquellos que específicamente vayan dirigidos al fomento, difusión y aprendizaje relacionados con éste área, no siendo objeto de subvención los gastos corrientes de las Universidades Populares.

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La Comisión de Valoración para realizar la correspondiente propuesta de concesión de las subvenciones tendrá en cuenta la calidad del proyecto, su originalidad y los sectores de población que resultarán beneficiarios del mismo.

Por ello, se asignará hasta un máximo de cien puntos de la siguiente forma:- Por calidad del proyecto hasta 45 puntos.- Interconexión de actividades y coherencia hasta 30 puntos.- Por originalidad hasta 15 puntos.- Por sectores de población beneficiarios del proyecto hasta 10 puntos.Para tener derecho a la subvención, tendrán que obtener un mínimo de 40 puntos.

QUINTA.- Obligaciones de los beneficiarios, plazos de ejecución y justificación de las ayudas:

1.- Los beneficiarios deberán incluir en todos y cada uno de los medios utilizados para publicar las actividades incluidas en el proyecto, el texto “En colaboración con la Diputación Provincial.

2.- los plazos de ejecución y justificación del proyecto serán:a).- El plazo máximo de ejecución del proyecto o actividad subvencionada será desde el uno de enero hasta el

treinta y uno de diciembre de dos mil catorce.b).- El plazo máximo de justificación será de dos meses a partir de la fecha de finalización de la ejecución de

la actividad/gasto subvencionado indicada en la Memoria (Anexo II) de la solicitud, salvo lo establecido en el punto siguiente.

c).- En el caso de que la actividad/gasto subvencionado se haya realizado con anterioridad a la concesión de la sub-vención, el plazo de justificación será de dos meses a partir de la fecha de notificación de la concesión de subvención.

3.- La presentación de la documentación de la justificación se realizará en el Registro general de Entrada de la

Diputación u oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Se presentará en concepto de justificaciones la siguiente documentación:− Memoriaderealizacióndelosproyectossubvencionados(modeloindicativoANEXOIV)− Cuentajustificativadelosgastosyrelacióndelospagosefectuados(modeloindicativoV)− Documentosacreditativosdelospagosefectuadosyfotocopiascompulsadasdelosgastossatisfechos,con

diligencia acreditativa del importe imputado a la subvención otorgada por la Diputación Provincial de Cáceres, conforme al art. 73.2 del Reglamento de la Ley 30/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Las facturas deberán cumplir los requisitos que establece el RD 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. No se admiten tiques de caja, pudiendo ser éstos sustituidos por facturas simplificadas y cumplimentadas con los requisitos establecidos en dicho Real Decreto.

− Losgastosdepersonal,siexistieran,sejustificaránmediantelapresentacióndelasnóminascorrespondientesfirmadas por su perceptor. Se acompañarán los documentos de los adeudos o transferencias bancarias de los pagos.

4.- Transcurrido el plazo de presentación de la justificación sin haberse presentado, se considerará que se ha producido la pérdida del derecho al cobro de la subvención, dando lugar al inicio del procedimiento sancionador y de responsabilidad administrativa previstos en los artículos 67 y siguientes de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y 102 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por RD 887/2006 de 21 de julio, salvo que por la entidad o persona interesada se solicite prórroga. Tanto la solicitud de prórroga como la decisión sobre ampliación, deberá producirse, en todo caso, antes del vencimiento del plazo señalado.

SEXTA: Abono de las subvenciones:

El abono de las subvenciones a las entidades beneficiarias se realizará en el momento de la concesión. SEPTIMA: Revocación de la ayuda:

Procederá la revocación de la ayuda en los siguientes casos:-Incumplimiento del proyecto.-Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión contenidas en el párrafo 1º de la Base Quinta. -Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello ocultando aquellas que lo hubieren

impedido. BASE FINAL.- Para todas aquellas cuestiones no contempladas en las presentes bases y la interpretación de las dudas que puedan

surgir en su aplicación es competente la Junta de Gobierno. Cáceres a 24 de marzo de 2014.- LA JEFA DE SERVICIO DE LA I.C.B, Felicidad Rodríguez Suero.

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ANEXO I

1. - Datos de la convocatoria:Entidad…2. - Datos de identificación de la entidad y del/de la representante legal:2.1 Datos de la Universidad Popular. Nombre o razón social…C.I.F….

Domicilio…

Teléfono…Fax...Código Postal…Localidad...Provincia…Ambito...Fecha de inicio actividades a subvencionar:2.2 Datos del representante legal o apoderado/aNombre y apellidos:Cargo:..N.I.F:..Domicilio:..C. Postal:..Localidad:..Provincia:..3.-Cuantía del Proyecto que se presenta.3.1 Cuantía de ayuda que se solicita3.2 Número de cuenta bancaria a la que deberá hacerse la transferencia y titular/es4.- Adjunto la documentación exigida en la convocatoria (base2º)

Cáceres Firmado…

ILMO. SR PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES

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ANEXO II

D.-------------------------------, como representante legal de…………………., a los efectos establecidos en las normas de la convocatoria de………………………….formula el siguiente presupuesto:

PRESUPUESTO DE GASTOS DEL PROYECTO DEL AÑO 2014 PARA EL QUE SE SOLICITA LA SUBVENCIÓN

CONCEPTOS IMPORTE

(Gastos del proyecto)

1……………………………………………………2……………………………………………………3……………………………………………………4……………………………………………………5……………………………………………………6……………………………………………………7……………………………………………………8……………………………………………………9……………………………………………………10………………………………………………….Otros gastos (no sujetos a subvención)……………

TOTAL EN EUROS……………………………..

− PRESUPUESTO DE INGRESOS

CONCEPTOS IMPORTE

1. Cuotas socios.........................................................................................2. Subvención Diputación.........................................................................3. Subvención/es Ayuntamientos, Entes locales.......................................4. Subvención/es Junta Extremadura........................................................5. Subvención/es Entidades Bancarias y Ahorro......................................6. Otras Entidades (especificar)................................................................ ...................................................................................................... ...................................................................................................... ......................................................................................................7. Otros Ingresos......................................................................................

TOTAL EN EUROS....................................................

Lo que firmo en…………………….., a fecha…………………… Firma

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ANEXO III

DECLARACIÓN RESPONSABLE.D/Dª. ..................................................... en nombre propio o en representación de .................................

DECLARO:No estar incurso/a en ninguna de las siguientes circunstancias: a) Haber sido condenado/a mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.b) Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarado/a insolvente en cualquier procedimiento, hallarse declarado/a en concurso, estar sujeto/a a intervención judicial o haber sido inhabilitado/a conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.c) Haber dado lugar, por causa de la que hubiese sido declarado/a culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.d) Estar incurso/a, en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, delRégimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.e) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, impuestas por las disposiciones vigentes, en relación con el Estado y la Diputación Provincial de Cáceres, o frente a la Seguridad Social. f) Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.g) No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones concedidas por la Diputación Provincial de Cáceres.h) Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según Ley 38/ 2003, de 17 de noviembre ó la Ley General Tributaria.

Y Autoriza a la Diputación Provincial de Cáceres para que sea ésta la que se dirija a los entes emisores para los correspondientes certificados, en su caso.

Lo que firmo en................a

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES.

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ANEXO IV

MEMORIA DE ACTIVIDADES/GASTOS REALIZADOSD.---------------------------------------, en nombre propio o como representante legal de……………………. Declaro la veracidad de los datos que se contienen en la Memoria que se adjunta.

MEMORIA REALIZACIÓN ACTIVIDADES/GASTOS SUBVENCIONADOS POR LA DIPUTACIÓN DE CACERES

ACTIVIDADES/GASTOS (con fecha de realización) :

OBJETIVOS :

GRADO DE CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS :

INCIDENCIAS REMARCABLES :

Lo que firmo en ……………………., a fecha ……………Firma(firma representante)

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ANEXO V

MODELO DE JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES. CUENTA JUSTIFICATIVA.

D.---------------------------------------, como representante legal de: Entidad Beneficiaria: C.I.F/ N.I.F: CERTIFICO: Que el desarrollo de la actividad que a continuación se detalla: Concepto:Fecha de Resolución:Órgano que la otorga:Importe: Gastos Subvencionables(*) :(*) El importe del total de gastos justificados debe ser como mínimo del importe de los gastos subvencionables, en caso contrario la subvención se minoraría de forma automática.Ha generado los siguientes gastos : Nº. Concepto Importe Fecha pago

Total de Gastos.

Que se adjuntan las facturas o documentos sustitutivos correspondientes a estos gastos, así como la justificación de su pago. Que los ingresos que ha generado la actividad subvencionada son de .......... € , con el siguiente detalle. Concepto Importe

Total de Ingresos Generados

Que las Subvenciones concedidas por otras Entidades para la realización de la actividad subvencionada ascienden a un total de ................€, con el siguiente detalle: Entidad Concedente Importe

Total de Subvenciones concedidas por otras Entidades.De la veracidad de los datos que se contienen en la Memoria que se adjunta. Lo que firmo en ……………………., a fecha ………FIRMA REPRESENTANTE

(FIRMA REPRESENTANTE)

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ALCALDÍASCÁCERES

ANUNCIO

PAT-CON-0013-2012 CI

Por Resolución de la Alcaldía de fecha 15 de abril de 2014, se ha aprobado el Pliego de Cláusulas Administrati-vas Particulares que ha de regir la concesión demanial del uso privativo de los terrenos de propiedad municipal de 2.640 m2, de superficie, de forma rectangular e integrados en la finca Institucional Público Nº 1 del Polígono San Antonio, inscrita en el Registro de la Propiedad al Tomo 1877, Libro 822, Finca 51.017, de la que han de segregarse, mediante otorgamiento directo y con carácter gratuito, a favor de la entidad CASA VIRGEN DE LA MONTAÑA DE LOS HERMANOS FRANCISCANOS DE LA CRUZ BLANCA, con destino a la creación de un centro nuevo ade-cuado a las necesidades actuales de dicho colectivo, y en concreto y según la memoria del proyecto que se pretende ejecutar aportado, para la construcción de una residencia para personas con necesidades de apoyo extenso “Casa Familiar Virgen de la Montaña”.

De conformidad con lo preceptuado en el artículo 87.4 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986, se somete el citado pliego a información pública durante un plazo de TREINTA DÍAS; así como de 15 días a efectos y analogía con lo previsto en el artículo 110.f) del indicado texto legal, dado el carácter gratuito de la concesión, para que durante el mismo, cualquier interesado pueda formular las reclamaciones y alegaciones que estime procedentes.

Dichos Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y Bases Técnicas se encuentran en la Sección de Patri-monio del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.

Cáceres, a 7 de mayo de 2014.- El Secretario, Manuel Aunión Segador.2591

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CÁCERES

Decreto

Debiendo ausentarme de esta localidad, he resuelto delegar las funciones de esta Alcaldía en el Primer Teniente de Alcalde DON VALENTÍN PACHECO POLO, al cual corresponde en el presente caso, sustituirme de acuerdo con el orden de su nombramiento. La presente delegación surtirá sus efectos desde el día 13 de mayo de 2014 y en tanto dure mi ausencia.

Lo manda y firma la llma. Sra. Alcaldesa en Cáceres a 12 de mayo de 2014.

La Alcaldesa, Elena Nevado del Campo.2677

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CÁCERES

INSTITUTO MUNCIPAL DE ASUNTOS SOCIALES

EDICTO

Aprobadas por Resolución de la Presidencia del Instituto Municipal de Asuntos Sociales del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres con fecha 5 de mayo de 2014, las bases de convocatoria de subvenciones de cooperación al desarrollo en las ciudad de Cáceres 2014, cuyo texto íntegro se acompaña, lo que se hace público para general conocimiento.

Cáceres a 5 de mayo de 2014.- El Secretario del IMAS, Juan Miguel González Palacio.

BASES QUE HAN DE REGIR LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ORGANIZACIONES NO GUBERNAMEN-TALES (ONGs), PARA PROYECTOS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO PARA EL AÑO 2014

BASE PRIMERA.- Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia compe-titiva para financiar actividades llevadas a cabo por ONGD’s dirigidas a satisfacer de forma directa las necesidades de Servicios Básicos y de derechos de las poblaciones desfavorecidas en los países en vías de desarrollo, y que tengan como objetivo la lucha contra la pobreza y la mejora de la calidad de vida y la capacidad de desarrollo endógena de los beneficiarios, de conformidad con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y en la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.

BASE SEGUNDA.- Actividades y gastos subvencionables.

1.- Mediante la presente convocatoria se subvencionan Proyectos de cooperación al desarrollo llevados a cabo por ONGD’s dirigidas a satisfacer de forma directa las necesidades de Servicios Básicos y de derechos de las poblaciones desfavorecidas en los países en vías de desarrollo. Los proyectos de cooperación deberán atender a las siguientes prioridades:

A).- Prioridades geográficas. Se considerarán áreas geográficas prioritarias, los países y territorios empobrecidos, que cuenten con menor índice

de desarrollo humano y los que contengan extensas capas de su sociedad, especialmente desfavorecidas y desestruc-turadas, de acuerdo con los informes e indicadores que anualmente elabora el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, (IDH), internacionalmente aceptados, en sintonía con la Ley Española para la Cooperación Internacional 23/1998, de 7 de julio, y la Ley de la Comunidad de Extremadura 1/2003, de 27 de febrero, de Cooperación Extremeña al Desarrollo. A los efectos de los proyectos a subvencionar, estos países y áreas, serán:

- África subsahariana: Sierra Leona, República Democrática del Congo, Malí, Camerún, Níger, Burkina Fasso, Guinea Bissau, Ruanda, Senegal ….

- Latinoamérica: Honduras, Nicaragua, El Salvador, Guatemala, Haití, Paraguay, Bolivia, Perú, Ecuador y Repú-blica Dominicana….

- Magreb, oriente medio y próximo: Marruecos, Mauritania, Argelia, territorios palestinos y población saharaui.- Asia y los países del Cuerno de África (Somalia, Yibuti, Eritrea y Etiopía),.Asimismo, podrán tenerse en consideración, otros países o áreas geográficas que la Concejalía de Participación

ciudadana, estime oportunas, previo informe del Consejo Local de Cooperación al Desarrollo.B).- Prioridades sectoriales:b-1 Garantía de los servicios sociales de carácter básico en el marco de programas de desarrollo sostenibles e

integrales no asistenciales, planteados desde el enfoque de promoción de la gestión pública de los mismos y de ejercicio de los derechos sociales por parte de todas las personas:

- Soberanía alimentaria y lucha contra el hambre- Educación básica y acceso a los recursos educativos- Salud e higiene básicas- Acceso al agua potable y saneamiento- Vivienda y habitabilidad básicasb-2) Igualdad de Oportunidades e Integración Social de la mujerb-3) Derechos de los pueblos indígenasb-4) Fortalecimiento de las estructuras democráticas y el buen gobierno, desarrollo y fortalecimiento institucional

de la sociedad civil y de sus organizaciones.b-5) Fomento de la Justicia y de la Pazb-6) Desarrollo de la base productiva, favoreciendo la promoción del empleo en grupos desfavorecidos, la economía

solidaria y el comercio justo.

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b-7) Protección del medio ambiente y del patrimonio cultural y antropológico y de identidadb-8) Codesarrollob-9) Cualesquiera otros que se consideren oportunos, oído el informe del Consejo local de Cooperación al Desa-

rrollo.C) Prioridades horizontales:c-1) Lucha contra la pobreza extrema y sus causasc-2) Defensa y promoción de los derechos humanos, especialmente con respecto a los sectores de población más

vulnerables y respeto de identidades culturalesc-3) Promoción de la equidad de género como aspecto capital del desarrolloc-4) La sostenibilidad medioambientalc-5) Fortalecimiento de la sociedad civil y la participación social, mediante la construcción de capacidades para la

participación en el diseño de las políticas públicas y ejercicio de derechos.

2.- La cantidad máxima subvencionada será de 5.000 euros por proyecto de acuerdo a lo establecido en la base séptima.

3.- Esta subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedente de cualesquiera otras administraciones o entes públicos y privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales siempre que no superen el importe total del gasto del proyecto.

5.- Los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales y los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administración específicos son subvencionables si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.

6.- En ningún caso serán gastos subvencionables:

a) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.b) Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.c) Los gastos de procedimientos judiciales.d) Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.e) Los impuestos personales sobre la renta.

BASE TERCERA.- Beneficiarios de la subvención. Requisitos.

Podrán concurrir a esta convocatoria las entidades que cumplan los siguientes requisitos:

1.- Que se encuentren legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas antes de la fecha de publicación de la presente convocatoria.

2.- Que entre sus fines y actividades, recogidos en los estatutos, figure la cooperación o la ayuda al desarrollo.

3.- Tener domicilio social o representación permanente y actividad en Cáceres.

4.- Acreditar documentalmente que se dispone de la estructura y experiencia necesaria para el cumplimiento de los objetivos y el desarrollo de las actividades a subvencionar en la presente convocatoria.

5.- No tener dependencia económica ni institucional de ninguna entidad lucrativa.

6.- Que cumplan los requisitos para obtener la condición de beneficiario previsto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

7.- No ser deudor mediante resolución de reintegro de subvenciones de las Administraciones Públicas.

BASE CUARTA.- Solicitudes y documentación.

1.- Solicitudes y documentación: Para obtener la correspondiente subvención será necesario presentar la docu-mentación que a continuación se relaciona:

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a) Solicitud que se ajustará al formato que figura en el Anexo I firmada por el representante Legal de la Entidad.b) Autorización del solicitante para que el Ayuntamiento de Cáceres obtenga de forma directa la acreditación de

las circunstancias de estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Administración General del Estado, con la Hacienda Local y con la Seguridad Social a través de certificados telemáticos (anexo II). El solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces la certificación

c) Declaración formal según modelo facilitado (Anexo iii) de cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de las subvenciones solicitadas o percibidas de otras Administraciones Publicas o Instituciones públicas o privadas para esa misma actividad y de los compromisos adquiridos en virtud de lo previsto en la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres

d) Proyecto/s de cooperación al desarrollo para el que se solicita la subvención, y que deberá cumplimentarse según los criterios que se establecen en el Anexo IV.

e) Memoria de actividades realizada por la ONG en la ciudad de Cáceres.

2.- Plazo de presentación Toda la documentación deberá ser presentada en el Registro del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, en el plazo de 30 días hábiles, a partir de la publicación de las Bases que rigen esta Convocatoria, en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.) y dirigida al Ilma. Sra. Alcaldesa del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.

3.- Subsanación de deficiencias. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, se requerirá al interesado para que subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, indicándole que si no lo hiciere se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos pre-vistos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

BASE QUINTA.- Dotación presupuestaria.

Para financiar la totalidad de las solicitudes de subvenciones se reserva una cuantía de 15.000 euros.

Para esta cuantía existe consignación Presupuestaria Suficiente en la Partida 12 924 48902 del Presupuesto General Del Instituto Municipal De Asuntos Sociales según Informe preceptivo de Intervención.

BASE SEXTA.- Órganos de instrucción, ordenación y resolución del expediente.

1.- La instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponderá a los/las técnicos de la Concejalía de Barrios y Participación Ciudadana. El órgano instructor realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la de-terminación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.

Las actividades de instrucción comprenderán la petición de cuantos informes y documentos estime necesarios para resolver o que sean exigidos por la presente convocatoria y la evaluación de las solicitudes o peticiones, efectuada conforme a los criterios de valoración establecidos en la convocatoria. El órgano instructor se ajustará, en su funcio-namiento a lo previsto en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2.- Una vez evaluadas las solicitudes, el órgano colegiado, al que se refiere el artículo 24.4 de la Ley General de Subvenciones, compuesto por la directora del imas , y dos técnicos municipales competente por razón de la materia y actuando como Secretario/a, el General de la Corporación o funcionario/a que legalmente le sustituya, formulará al órgano competente la propuesta de concesión provisional, que deberá notificarse a los interesados y se concederá un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones. A estos efectos se convocará en el trámite de Audiencia el Consejo local de Cooperación.

3.- Examinadas las alegaciones presentadas, en su caso, por los interesados, se formulará la propuesta de reso-lución definitiva, que deberá expresar el solicitante o la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de subvención, y su cuantía, especificando su evaluación y los criterios seguidos para efectuarla.

4.- La Sra. Alcaldesa, como órgano competente de la Corporación, dictará resolución en el plazo máximo de un mes desde la elevación de la propuesta de resolución anterior.

5.- La propuesta de resolución provisional o definitiva no crea derecho alguno a favor del beneficiario propuesto, frente a este Ayuntamiento, mientras no se le haya notificado la resolución de concesión. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de tres meses contados a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

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6.- El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.

7.- La resolución del procedimiento se notificará a los interesados de acuerdo con lo previsto en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común.

BASE SÉPTIMA.- Criterios de valoración y distribución de subvenciones.

1.- El procedimiento de valoración comprenderá una fase de comparación de las solicitudes presentadas con la finalidad de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios objetivos de valoración señalados en el punto 3.

2. – Se adjudicarán subvenciones por un importe de cinco mil euros a las tres solicitudes que reuniendo los requisitos establecidos hayan obtenido una mayor valoración en aplicación de los criterios establecidos en el punto tercero De no aplicarse, con estos tres proyectos, el total de la dotación presupuestaria de la presente convocatoria, se financiará, total o parcialmente, el siguiente, o siguientes, proyectos que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los criterios establecidos en el citado punto tercero.

3. - La valoración de las solicitudes se realizará con arreglo al siguiente baremo:

1.- Actuaciones a desarrollar (45 puntos). Los items de esta variable serán:1.1.- Participación destinatarios/as (0-10 puntos)1.2.- Necesidad de la intervención (0-25 puntos)1.3.- Integralidad y perdurabilidad acción (0-10 puntos)

2. - Aspectos técnicos del proyecto (25 puntos) Los items de esta variable serán:2.1.- Calidad técnica y coherencia interna (0-20 puntos)2.2 .- Evaluación y control (0-5 puntos)

3. - Actores del proyecto (30 puntos). Los ítems de esta variable serán:3.2.- Experiencia y trayectoria de la ongd solicitante y contraparte en la zona donde se desarrollará el proyecto (0-10 puntos).

3.3.- Desarrollo de actividades de la ONG en la ciudad (0-20 puntos).

BASE OCTAVA.- Pago de la subvención.

El pago de la subvención se realizará con carácter anticipado a la justificación de la cantidad concedida, sin la necesidad de constituir garantía, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención en virtud de lo previsto en el artículo 34.4 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 33 de la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.

No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto el beneficiario no acredite hallarse al corriente en el cum-plimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social o sea deudor en virtud de resolución dictada en expediente de reintegro de una subvención anterior.

BASE NOVENA.- Reformulación de las solicitudes.

Cuando la subvención tenga por objeto la financiación de actividades a desarrollar por el solicitante y el importe de la subvención de la propuesta de resolución provisional sea inferior al que figura en la solicitud presentada, se podrá instar al beneficiario a la reformulación de su solicitud para ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable. La reformulación será obligatoria en el caso de una reducción en un porcentaje superior al cincuenta por ciento al que figura en la solicitud presentada. En todo caso el beneficiario podrá formular voluntariamente reformula-ción en el caso de Propuesta de subvención inferior a la cantidad solicitada.

BASE DÉCIMA.- Obligaciones del beneficiario.

1.- Son obligaciones de las entidades beneficiarias de subvenciones:

a) Realizar la actividad y gastos subvencionados en las condiciones previstas.b) Hacer constar de forma visible en todas las actividades subvencionadas los logotipos y textos de la Concejalía

de Barrios y Participación Ciudadana del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.c) Difundir los resultados de las actuaciones realizadas, en el marco de las actividades de sensibilización que el

Excmo. Ayuntamiento de Cáceres disponga.d) Informar sobre la realización de las actividades objeto de subvención, con la finalidad de que la Concejalía

de Barrios y Participación Ciudadana pueda comprobar el correcto desarrollo de las actividades y difundir las mismas en el marco de su Programa de sensibilización.

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e) Cualquier eventualidad en el desarrollo de las actividades seleccionadas, en el momento en el que aquella se produzca, debe ser comunicada a la Concejalía de Barrios y Participación Ciudadana, con el fin de obtener, en su caso, la correspondiente autorización, sobre el cambio que resulte necesario realizar en el programa propuesto y aprobado.

2.- El/la beneficiario/a queda expresamente sometido al control financiero al que se hace referencia en el Título III de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y, especialmente a las obligaciones de colaboración reguladas en el artículo 46 de la citada Ley en los términos siguientes:

Obligación de colaboración:

Los/as beneficiarios/as estarán obligados a prestar colaboración y a facilitar cuanta documentación sea requerida en el ejercicio de las funciones de control que corresponden a las Corporaciones locales, a cuyo fin tendrán las si-guientes facultades:

a) El libre acceso a la documentación objeto de comprobación incluidos los programas y archivos en soportes informáticos.

b) El libre acceso a los locales y demás establecimientos o lugares en que se desarrolle la actividad subvencionada o se permita verificar la realidad y regularidad de las operaciones financiadas con cargo a subvención.

c) La obtención de copia o la retención de las facturas, documentos equivalentes o sustitutivos y de cualquier otro documento relativo a las operaciones en las que se deduzcan indicios de la incorrecta obtención, disfrute o destino de la subvención.

d) El libre acceso a información de las cuentas bancarias en las entidades financieras donde se pueda haber efectuado el cobro de las subvenciones con cargo a las cuales se puedan haber realizado las disposiciones de fondos.

BASE UNDÉCIMA.- Reintegro de la subvención.

Será de aplicación el Título II de la Ley 38/2003 General de Subvenciones relativo a reintegro de subvenciones y, en particular los artículos 37 y siguientes:

1-Reintegro de cantidades percibidas:

Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia de interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en la que se acuerde la procedencia del reintegro en los casos siguientes:

a) Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquellas que lo hubieran impedido.

b) Incumplimiento total o parcial del objetivo de la actividad del proyecto a la no adopción del comportamiento que fundamentan la concesión de la subvención.

c) Incumplimiento de la obligación de justificación en el plazo establecido o la justificación insuficiente.d) Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión.e) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de control financiero.f) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a los beneficiarios así como de los compromi-

sos asumidos por estos con motivo de la concesión de la Subvención siempre que afecten o se refieran al modo en que han de conseguir los objetivos, realizar la actividad, ejecutar el proyecto o adoptar el comportamiento que fundamente la concesión de la subvención.

g) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a los beneficiarios así como de los compromi-sos asumidos por estos con motivo de la concesión de la Subvención cuando de ellos se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el incumplimiento del objetivo , la realidad o regularidad de las actividades subvencionadas o la concurrencia de las subvenciones , ayudas ingresos ,o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados , nacionales, de la Unión Europea u organismos internacionales.

2-Reintegro de excesos.En el supuesto de que el importe de la subvención sea superior al coste de la actividad subvencionada, se pro-

cederá al reintegro del exceso obtenido sobre el coste de la actividad así como el interés de demora correspondiente (artículo 19-3 de la Ley 38/2003).

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3- Subvenciones pendientes de pago.

Para el supuesto de que proceda el reintegro y no se haya procedido aún al pago de la subvención, se iniciará de oficio el procedimiento de revocación de dicha subvención.

BASE DUODÉCIMA.- Periodo de ejecución y justificación de subvenciones.

1. Plazo. El plazo de realización de los gastos de la actividad subvencionada será el periodo comprendido ente el 1 de enero y el 15 de diciembre del 2014, debiendo presentar la justificación en el plazo de dos meses desde la Finalización del proyecto.

No obstante lo anterior, si la resolución de la convocatoria se realiza en el último trimestre de 2014, el órgano con-cedente podrá otorgar una ampliación del plazo de ejecución establecido de hasta seis meses, y siempre que con ello no se perjudiquen derechos de terceros. En el caso de superar la anualidad presupuestaria el periodo de ejecución y justificación de los proyectos, dicho gasto tendrá la consideración de “crédito incorporable”, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 182 del Texto Refundido de la Ley Reguladora De Las Haciendas Locales, de 5 de marzo de 2004.

2. Las justificaciones serán informadas por el órgano gestor de la subvención (Concejalía de Participación Ciu-dadana) y fiscalizadas por la Intervención de este Ayuntamiento.

3. Los gastos que se justifiquen se corresponderán con la actividad subvencionada.

4. Contenido de la cuenta justificativa a presentar. En virtud de las determinaciones previstas en el artículo 75 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la justificación se realizará mediante la presentación de cuenta justificativa, que incorporará los siguientes documentos:

4.1.- Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.

4.2.- Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del docu-mento, su importe, fecha de emisión, fecha de pago y relación de cada gasto con la actividad subvencionada.

4.3.- Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.

4.4.- En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.

4.5.- Justificantes de gasto. La documentación a presentar para la justificación de cada uno de los gastos será la que se relaciona a continuación:

a) Gastos de suministros y servicios. Los gastos se justificarán mediante facturas, recibos, tiques y demás do-cumentos con valor probatorio en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa en el lugar de realización del negocio jurídico, en original o fotocopia compulsada o legalizada, en los términos establecidos en la normativa reguladora de la subvención y ayuda”

b) Gastos de personal.

- Personal con nómina.- Los gastos de esta índole se justificarán mediante la presentación de las nóminas corres-pondientes

- Honorarios profesionales.- Se justificarán con las minutas o facturas de honorarios (emitidas con todos los requi-sitos legales).

4.6.- Las subvenciones concedidas a organismos internacionales y entidades de naturaleza análogas se regirán por las presentes instrucciones en la medida en que no contradigan su normativa específica.

BASE DECIMOTERCERA.-

La interpretación de las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas bases corresponde al Órgano competente para la aprobación de las mismas, que queda autorizada para dictar aquellos actos que sean precisos para su desa-rrollo,. Para todos aquellos extremos no previstos en la presente convocatoria será aplicable la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y supletoriamente la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.que se ajustarán, en todo caso, a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

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BASE DECIMOCUARTA.-

Contra estas Bases se podrá interponer, en el plazo de dos meses, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Cáceres. Po-drá interponer potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Ilma. Sra. Alcaldesa del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.

DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA

Para todos aquellos extremos no previstos en la presente convocatoria será aplicable la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006 de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones, la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres publicada en B.OP. Nº 103 de 27 de mayo de 2007 y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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ANEXO I SOLICITUD SUBVENCIÓN COOPERACIÓN AL DESARROLLO CONVOCATORIA 2014

DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE

NOMBRE DE LA ENTIDAD CIF

DOMICILIO SOCIAL CÓDIGO POSTAL

TELÉFONOS E-mail

DATOS DEL REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD

APELLIDOS Y NOMBRE DNI

DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN

TELÉFONO E-mail

Por medio de la presente SOLICITA Subvención Económica por importe de 5.000 euros para el

proyecto ______ _____ _________ ____________________________________________________

_______ a desarrollar en _______________________________ (país) y con área de actuación

________________________________.

Cáceres a ______ de ___________de 2014

Fdo_____________________________

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica, 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Ayuntamiento de Cáceres le informa que los datos solicitados y/o recogidos a los ciudadanos son de carácter obligatorio y serán incorporados en ficheros de titularidad del Ayuntamiento de Cáceres para los usos y finalidades previstos por la Ley para la realización de sus actividades. El ciudadano podrá ejercitar los

derechos de acceso, oposición, rectificación o cancelación previstos en la ley, dirigiendo la pertinente solicitud al Ayuntamiento de Cáceres

ILMA. SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CÁCERES

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ANEXO II

D/Dª. ……………………………………………………………………………………….., con NIF ……………………..presidente/a de la Entidad……………………………….. ..……………………………………………………………………………………………………….con CIF…………………………………..

AUTORIZA al Ayuntamiento de Cáceres para que solicite en su nombre, ante los organismos competentes los siguientes datos:

Que la asociación a la que represento se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias con la Adminis-tración General del Estado

Que la asociación a la que represento no tiene deudas o sanciones tributarias con el Ayuntamiento de Cáceres.

Que la asociación a la que represento se encuentra al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.

Cáceres a …… de ...................... de 20…….

Fdo…………………………………………

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ANEXO III

D/Dª............................................................ con D.N.I. nº...................................., Presidente/a de la Entidad:...........................................................................................................................

EFECTúA LA SIGUIENTE DECLARACIÓN:

1.- Declara que la Asociación, reúne los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones para obtener la condición de beneficiario.2.- Declara que las actividades y gastos de funcionamiento para las que se solicita subvención:

No están financiadas por otra entidad pública o privada.

Que se ha solicitado subvención para la financiación de actividades o conceptos contemplados en la presente solicitud a:

Entidad a la que se ha solicitado Importe solicitado Importe concedido

3.- Se compromete a Cumplir el proyecto o actividad que fundamentó la concesión de la subvención.

4.- Se compromete a someterse a las actuaciones de comprobación y control que sean debidamente requeridas por los órganos municipales, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de estas actuaciones y que estén relacionadas con la concesión de la subvención.

5.-Se compromete a dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de programas, actividades, o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención por parte del Instituto Municipal de Asuntos Sociales del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.

Cáceres, _______de __________ de 20____

Fdo____________________________

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ANEXO IV

ESQUEMA GENERAL Y DATOS QUE DEBE REUNIR LOS PROYECTOS

1. DATOS GENERALES DEL PROYECTO

Titulo del proyecto :Pais : Zona (Región/Municipio.):

Sector : Subsector :

Prioridades sectoriales incide el proyecto : (marcar con X)

1)Garantía de los servicios sociales de carácter básico:

Soberanía alimentaria y lucha contra el hambreEducación básica y acceso a los recursos educativosSalud e higiene básicasAcceso al agua potable y saneamientoVivienda y habitabilidad básicas

2) Igualdad de Oportunidades e Integración Social de la mujer3) Derechos de los pueblos indígenas4) Fortalecimiento de las estructuras democráticas y el buen gobierno,desarrollo y fortalecimiento institucional de la sociedad civil y de sus organizaciones.5) Fomento de la Justicia y de la Paz6) Desarrollo de la base productiva.7) Protección del medio ambiente y del patrimonio cultural y antropológicoy de identidad. 8) Codesarrollo 9) Otros……………………………

Prioridades horizontales incide el proyecto: (marcar con X)

Lucha contra la pobreza extrema y sus causas. Defensa y promoción de los derechos humanos. Promoción de la equidad de género como aspecto capital del desarrollo La sostenibilidad medioambiental Fortalecimiento de la sociedad civil y la participación social.

Entidad solicitante : Dirección, teléfono, mail :

Persona responsable del proyecto de la ONGD cargo :

Contraparte Local :(Fecha de constitución y campo de actividades (en anexo presentar curriculum de la contraparte, memoria de actividades)

Dirección, teléfono, mail :

Persona responsable del proyecto de la ONGD cargo :

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Población destinataria del proyecto: Número de mujeres:

Número de hombres:

Total:

Grupo de población destinataria:(marcar con una X)

Infancia, juventudMujeresPoblación indígena, grupos étnicosPoblación refugiadaPersonas con capacidades diferentesPoblación adulta mayorToda la poblaciónOtros (especificar)

Plazo de ejecución del proyecto:

Coste total del proyecto:

Monto de la subvención solicitada:

2. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.

2.1. Breve resumen del proyecto. (En qué medida la intervención va a contribuir a la consecución del objetivo general).

2.2. Localización exacta del proyecto.

3. ANTECEDENTES, CONTEXTO Y JUSTIFICACIÓN. 3.1. ANTECEDENTES. (Estudios, diagnósticos o acciones similares que apoyan la intervención que se presenta, en el país/zona, y/o en otros países con características similares y en el mismo sector de actuación).

3.2. CONTEXTO. (Analizar el contexto donde se va a realizar la intervención, lo más localizada posible y siempre en relación con el sector que se va a abordar).

3.3. JUSTIFICACIÓN. (Justificar la idoneidad de la realización de la intervención por la cual se ha optado, justificando la alternativa más adecuada para paliar los problemas y necesidades de la población beneficiaria).

4. ACTORES DEL PROYECTO.

4.1. Descripción de la población beneficiaria.Diversidad cultural, grupos de edad, grupos por sexo.Grado de participación en el proyecto tanto en la identificación, ejecución como una vez finalizada la intervención.Especificar el grado de participación de las mujeres en todas las fases del proyecto y una vez finalizado cual será su participación.

4.2. Otros actores participantes.

Relaciones o grado de participación de otros actores locales, regionales, nacionales. (Asociaciones, otras ONGD, grupos de trabajos, comités, organizaciones de base...AMPAS, etc.)

••

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5. DESARROLLO DEL PROYECTO.

5.1. OBJETIVO GENERAL

5.2. OBJETIVO/S ESPECÍFICO/S.

5.3. RESULTADOS ESPERADOS.

5.4. INDICADORES DE RESULTADOS.

5.5. FUENTES DE VERIFICACIÓN DE LOS INDICADORES.

5.6. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES DE RESULTADOS Y CRONOGRAMA.

5.7. RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES.

5.8. PLANIFICACIÓN Y METODOLOGÍA DE TRABAJO.

6. CUADRO PRESUPUESTARIO.

Cuadro de financiación, desglosado por financiadores.

7. VIABILIDAD DEL PROYECTO

7.1. Tecnología utilizada y adecuación al medio.

7.2. Impacto medioambiental y medidas correctoras previstas.

7.3. Estudio de viabilidad económica del proyecto a la finalización del mismo.

7.4. Factores de riesgos. (Económicos, Socio-políticos, Climatológicos)7.5. Sostenibilidad futura. (Perspectiva de aceptación, implantación y mantenimiento a largo plazo de los resultados del proyecto, una vez finalizada la ejecución del mismo)

8. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN.

8.1. Plan y metodología de seguimiento de las distintas fases del proyecto.8.2. Evaluación del proyecto. (Internas y/o Externas)

LISTADO DE ANEXOS.

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CÁCERES

INSTITUTO MUNCIPAL DE ASUNTOS SOCIALES

EDICTO

Aprobadas por Resolución de la Presidencia del Instituto Muncipal de Asuntos Sociales del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres con fecha 5 de mayo de 2014 las bases de convocatoria de subvenciones de mayores en la ciudad de Cáceres 2014, cuyo texto íntegro se acompaña, lo que se hace público para general conocimiento.

Cáceres a 5 mayode 2014.- El Secretario del IMAS, Juan Miguel González Palacios.

BASES QUE HAN DE REGIR LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES DE PER-SONAS MAYORES EN LA CIUDAD DE CÁCERES PARA EL AÑO 2014.

BASE PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Es objeto de la convocatoria la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva para apoyar las actividades de formación, de información, promoción y sensibilización, dirigidos a la promoción personal y social de las personas mayores a través de las asociaciones de personas mayores, así como ayudar en la financia-ción de los gastos de funcionamiento de estas asociaciones, de conformidad con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y en la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.

BASE SEGUNDA.- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES.

1.- Mediante la presente convocatoria se subvencionan los siguientes gastos y con las siguientes limitaciones:

a) Gastos derivados de las actividades previstas en el programa anual para el año 2014 de las Asociaciones de personas mayores tales como actividades formativas, culturales u otras de naturaleza análoga. Se podrá destinar a este concepto la totalidad de la subvención concedida.

b) Gastos de funcionamiento y mantenimiento de las sedes sociales de las asociaciones de personas mayores, y en concreto gastos de agua, electricidad u otros de naturaleza similar o adquisición de material fungible para el funcionamiento ordinario de las asociaciones tales como material de oficina con los límites que se establezcan en la Resolución de Concesión según lo previsto en la base sexta y séptima.

c) Instalación y mantenimiento de conexiones de banda ancha para acceso a Internet cuando lleven consigo pro-yectos de formación asociativa, promoción de la alfabetización tecnológica entre los/las asociados/as, creación de página web asociativa u otros elementos de dinamización asociativa. La financiación de este concepto tendrá los límites que se establezcan en la resolución de concesión según lo previsto en la base sexta y séptima.

2.- La cantidad máxima subvencionada no podrá superar los cuatro mil quinientos euros.3.- Los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales y los gastos

periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administración específicos son subvencionables si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.

4.-.En ningún caso serán gastos subvencionables:

a) Los gastos inventariables (compra o adquisición de material informático mobiliario de oficina o similar). No obstante se admitirá el renting o leasing, con un límite máximo del 20 % de la subvención concedida.

b) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.c) Los gastos de procedimientos judiciales.d) Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.e) Los impuestos personales sobre la rentaf) Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales

BASE TERCERA.- BENEFICIARIOS/AS DE LA SUBVENCIÓN. REQUISITOS.

Podrán concurrir a esta convocatoria las Asociaciones de Personas Mayores que cumplan los siguientes requisitos:1.- Que se encuentren legalmente constituidas como Asociaciones de la Tercera Edad e inscritas en el Registro

Municipal de Entidades Ciudadanas.

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2.-Que cumplan los requisitos para obtener la condición de beneficiarios previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,

3.- No ser deudor mediante resolución de Reintegro de subvenciones de las Administraciones Públicas.4.- Que no hayan sido beneficiarios de otra subvención, en régimen de concurrencia competitiva o directa, del

Excmo. Ayuntamiento de Cáceres o sus Organismos Autónomos.5.- Esta subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad de

otras entidades siempre que no superen el importe total del gasto del proyecto.

BASE CUARTA.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.-

1.- Solicitudes y documentación: Para obtener la correspondiente subvención será necesario presentar la docu-mentación que a continuación se relaciona:

I. Solicitud que se ajustará al formato que figura en el Anexo I firmada por el representante Legal de la Entidad. II. Autorización del solicitante para que el Ayuntamiento de Cáceres obtenga de forma directa la acreditación de

las circunstancias de estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Administración General del Estado, con la Hacienda Local y con la Seguridad Social a través de certificados telemáticos (anexo II). El solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces la certificación

III. Declaración formal según modelo facilitado (Anexo iii) de cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de las subvenciones solicitadas o percibidas de otras Administraciones Publicas o Instituciones públicas o privadas para esa misma actividad y de los compromisos adquiridos en virtud de lo previsto en la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres

IV. Certificado del Secretario/a de la asociación en el que se especifique el número de socios/as a 31 de diciembre de 2013 acompañada de la relación nominal con nombre y apellidos y d.n.i. de los socios/as o fotocopia com-pulsada del libro de Registro de socios de la asociación (Anexo IV).

V. Formulario de proyecto de actividades a realizar por la asociación con cargo a la subvención según modelo normalizado (anexo V).

2.- Plazo de presentación Toda la documentación deberá ser presentada en el Registro del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, dirigida a la Ilma. Sra. Presidenta del instituto municipal de Asuntos Sociales del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, en el plazo de 10 días naturales, a partir del día siguiente a la publicación de las Bases que rigen esta Convocatoria, en el Boletín Oficial de la Provincia ( B.O.P.). En el caso de que el último día hábil fuera sábado, domingo o festivo, el plazo se prorrogará hasta el siguiente inmediato día hábil.

3.- Subsanación de deficiencias. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, se requerirá al interesado para que subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, indicándole que si no lo hiciere se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos pre-vistos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

BASE QUINTA.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.-

Parafinanciarlatotalidaddelassolicitudesdesubvencionessereservaunacuantíade20.000€.Para esta cuantía existe consignación presupuestaria suficiente en la partida 10 232 489 del Presupuesto del

Instituto Municipal de Asuntos Sociales del Ayuntamiento de Cáceres del año 2014, según informe preceptivo de fis-calización de la Intervención Municipal.

BASE SEXTA.- ÓRGANOS DE INSTRUCCIÓN, ORDENACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE

1.- La instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponderá a los/las técnicos de los servicios municipales de la Concejalía del Mayor. El órgano instructor realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.

Las actividades de instrucción comprenderán la petición de cuantos informes y documentos estime necesarios para resolver o que sean exigidos por la presente convocatoria y la evaluación de las solicitudes o peticiones, efectuada conforme a los criterios, de valoración establecidos en la convocatoria. El órgano instructor se ajustará, en su funcio-namiento a lo previsto en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

2.- Una vez evaluadas las solicitudes, el órgano colegiado, al que se refiere el artículo 24.4 de la Ley General de Subvenciones, compuesto por la directora gerente del IMAS, y dos técnicos/as municipales competentes por razón de la materia y actuando como Secretario/a, el General de la Corporación o funcionario/a que legalmente le sustituya, formulará al órgano competente la propuesta de concesión provisional, que deberá notificarse a los interesados y se

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concederá un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones. A estos efectos se convocará en el trámite de audiencia el Consejo Sectorial de Relaciones Vecinales. No obstante se podrá prescindir del trámite de audiencia, cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados. En este caso la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter de definitiva.

3.- Examinadas las alegaciones presentadas, en su caso, por los/las interesados/as, se formulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar el/la solicitante o la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de subvención, y su cuantía, especificando su evaluación y los criterios seguidos para efectuarla. Asimismo especificará los conceptos y actividades objeto de subvención y la determinación de la cuantía máxima imputable a cada uno de los conceptos.

4.- La Ilma. Sra. Alcaldesa, como órgano competente de la Corporación, dictará resolución en el plazo máximo de un mes desde la elevación de la propuesta de resolución anterior.

5.- La propuesta de resolución provisional o definitiva no crea derecho alguno a favor del beneficiario propuesto, frente a este Ayuntamiento, mientras no se le haya notificado la resolución de concesión. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses contados a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

6.- El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.

7.- La resolución del procedimiento se notificará a los interesados de acuerdo con lo previsto en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común.

BASE SÉPTIMA.- CRITERIOS DE VALORACIÓN Y ASIGNACIÓN

1.- La asignación de Subvenciones se realizará de conformidad con los siguientes criterios:

A) Representatividad: Representará el veinticinco por ciento del importe total a conceder. Se computará el nº de socios de la asociación inscritos con anterioridad a 31 de diciembre de 2013 y se asignará proporcionalmente con respecto al siguiente baremo:

• Menos de 100 socios/as: 5 puntos• Entre 100 y 200 socios/as:10 puntos• Entre 200 y 400 socios/as será el resultado de aplicar la siguiente formula: nº de socios dividido por 20• Más de 401 socios/as: 20 puntos.

B) Grado de interés o utilidad ciudadana de sus fines: Representará el setenta y cinco por ciento del importe total. Se valorará con criterios técnicos el proyecto de actividades anuales con arreglo a los criterios previstos en la Ordenanza reguladora de subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres y la calidad del proyecto. En particular se valorará según el siguiente baremo:

1.- Proyecto de actividades objeto de subvención (de 0 a 100 puntos) con las siguientes variables:

- Mantenimiento de la sede social de 0 a 20 puntos en función de los gastos soportados en el mantenimiento de la sede social.

- Dificultad de ejecutarse la actividad sin la subvención. Se valorará la capacidad económica autónoma, el uso racional de los recursos y la generación de recursos propios. De 0 a 10 puntos.

- Interés general de las actividades y beneficio para los ciudadanos de Cáceres de las actividades a financiar, teniendo en cuenta especialmente la complementariedad con las actividades y competencias municipales, la promoción del voluntariado y la Población beneficiaria. de 0 a 20 puntos.

- Fomento de las Nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación. Se valorará la instalación o manteni-miento de conexiones de banda ancha para acceso a Internet cuando lleven consigo proyecto de formación asociativa, promoción de la alfabetización tecnológica entre los asociados/as, creación de página web asociativa u otros elementos de dinamización asociativa: 20 puntos.

- Realización de actividades formativas estables y no puntuales de dinamización asociativa tales como cursos o talleres: de 0 a 20 puntos.

- Explicación clara de las acciones y calidad del proyecto, que las actividades se expresen mediante un plazo preciso y temporalizado, que tenga coherencia interna, cuantificando costes, lugar, recursos humanos. De 0 a 10 puntos

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2.- Memoria de Actividades Año Anterior valorando el Interés general de las actividades realizadas y beneficio para los ciudadanos de Cáceres, el uso racional de los recursos, la realización de actividades estables y la promoción de

las nuevas tecnologías: de 0 a 20 puntos

2.- En el caso de remanente en la cuantía global asignada a este Plan de subvenciones, el sobrante se destinará a financiar a proyectos por razones de interés público y social.

BASE OCTAVA.- PAGO DE LA SUBVENCIÓN.-

1.- El pago de la subvención se realizará en virtud de lo previsto en el artículo 32 y 33 de la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres con arreglo a los siguientes criterios:

a) Si la subvención es inferior a 3.000 euros se ordenará el pago anticipado de la cantidad total conce-dida, sin necesidad de constitución de garantía.

b) Si la subvención es superior a 3.000 euros se ordenará el pago anticipado del 50 por ciento de la subvención concedida, sin la necesidad de constituir garantía, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. El 50% restante se pagará tras la justificación por el beneficiario/a de la subvención concedida.

BASE NOVENA.- REFORMULACIÓN DE LAS SOLICITUDES

Cuando la subvención tenga por objeto la financiación de actividades a desarrollar por el solicitante y el importe de la subvención de la propuesta de resolución provisional sea inferior en un porcentaje superior al cincuenta por ciento al que figura en la solicitud presentada, se podrá instar al beneficiario a la reformulación de su solicitud para ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable. De no hacerlo en el plazo concedido, se mantendrá el contenido de la solicitud inicial, respetando en todo caso los porcentajes establecidos en la base segunda. En caso de ser inferior a ese porcentaje se entenderá reducido proporcionalmente cada concepto objeto de subvención.

BASE DÉCIMA.- OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO.

1.- Son obligaciones del beneficiario:

a) Realizar la actividad y gastos subvencionados en las condiciones previstas.b) Hacer constar de forma visible en todas las actividades subvencionadas los logotipos y textos de la Concejalía

del Mayor del Ayuntamiento de Cáceres.c) Informar sobre la realización de las actividades objeto de subvención, con la finalidad de que la Concejalía del

Mayor del Ayuntamiento de Cáceres pueda comprobar el correcto desarrollo de las actividades.d) Cualquier eventualidad en el desarrollo de las actividades seleccionadas, en el momento en el que aquella se

produzca, debe ser comunicada a la Concejalía del Mayor, con el fin de obtener, en su caso, la correspondiente autorización, sobre el cambio que resulte necesario realizar en el programa propuesto y aprobado.

2.- El beneficiario queda expresamente sometido al control financiero al que se hace referencia en el Título III de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y, especialmente a las obligaciones de colaboración reguladas en el artículo 46 de la citada Ley en los términos siguientes:

Obligación de colaboración.

Los beneficiarios estarán obligados a prestar colaboración y a facilitar cuanta documentación sea requerida en el ejercicio de las funciones de control que corresponden a las Corporaciones locales, a cuyo fin tendrán las siguientes facultades:

a) El libre acceso a la documentación objeto de comprobación incluidos los programas y archivos en soportes informáticos.

b) El libre acceso a los locales y demás establecimientos o lugares en que se desarrolle la actividad subvencionada o se permita verificar la realidad y regularidad de las operaciones financiadas con cargo a la subvención.

c) La obtención de copia o la retención de las facturas, documentos equivalentes o sustitutivos y de cualquier otro documento relativo a las operaciones en las que se deduzcan indicios de la incorrecta obtención, disfrute o destino de la subvención.

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e) El libre acceso a información de las cuentas bancarias en las entidades financieras donde se pueda haber efec-tuado el cobro de las subvenciones con cargo a las cuales se puedan haber realizado las disposiciones de fondos.

f)

BASE UNDÉCIMA.- REINTEGRO DE LA SUBVENCIÓN.

Será de aplicación el Título II de la Ley 38/2003 General de Subvenciones relativo a reintegro de subvenciones y, en particular los artículos 37 y siguientes:

1-Reintegro de cantidades percibidas:

Se procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia de interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en la que se acuerde la procedencia del reintegro en los casos siguientes:

a) Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquellas que lo hubieran impedido.

b) Incumplimiento total o parcial del objetivo de la actividad del proyecto a la no adopción del comportamiento que fundamentan la concesión de la subvención.

c) Incumplimiento de la obligación de justificación en el plazo establecido o la justificación insuficiente.d) Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión.e) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de control financiero.f) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a los beneficiarios así como de los compromisos

asumidos por estos con motivo de la concesión de la Subvención siempre que afecten o se refieran al modo en que han de conseguir los objetivos, realizar la actividad, ejecutar el proyecto o adoptar el comportamiento que fundamente la concesión de la subvención.

g) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a los beneficiarios así como de los com-promisos asumidos por estos con motivo de la concesión de la Subvención cuando de ellos se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el incumplimiento del objetivo, la realidad o regularidad de las actividades subvencionadas o la concurrencia de las subvenciones, ayudas ingresos o recursos para la misma fina-lidad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea u organismos internacionales.

2- Reintegro de excesos.En el supuesto de que el importe de la subvención sea superior al coste de la actividad subvencionada, se pro-

cederá al reintegro del exceso obtenido sobre el coste de la actividad así como el interés de demora correspondiente (artículo 19-3 de la Ley 38/2003).

3- Subvenciones pendientes de pago. Para el supuesto de que proceda el reintegro y no se haya procedido aún al pago de la subvención, se iniciará de

oficio el procedimiento de revocación de dicha subvención.

BASE DUODÉCIMA: JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES.

1. Plazo: El plazo de presentación de la cuenta Justificativa, según lo previsto en el artículo 30 de la Ordenanza General de Subvenciones será el 15 de diciembre de 2014. No obstante se podrá ampliar el plazo de justificación, si el órgano concedente lo estima necesario, que no podrá exceder de la mitad del plazo previsto en la convocatoria y siempre que con ello no se perjudiquen derechos de terceros.

2.- Las justificaciones serán informadas por el órgano gestor de la subvención (Instituto Municipal de Asuntos Sociales) y fiscalizadas por la Intervención de este Ayuntamiento.

3.- Los gastos que se justifiquen se corresponderán con la actividad subvencionada y deben haber sido realizados en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 15 de diciembre de 2014.

4.- Contenido de la cuenta justificativa a presentar. En virtud de las determinaciones previstas en el artículo 75 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la justificación se realizará mediante la presentación de cuenta justificativa según modelo orientativo facilitado (anexo V), que incorporará los siguientes documentos:

4.1.- Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subven-ción, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. La memoria deberá contener al menos:

- Relación de actividades planificadas para el año 2014- Relación de actividades realizadas precisando en cada una al menos el nº de personas que han participado y

la fecha de realización- Relación de actividades planificadas no efectuadas y motivos de su no realización

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- Evaluación de las actividades con referencia a los resultados esperados y planificados y los efectivamente conseguidos.

- Cuadro Presupuestario Resumen.4.2.- Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del docu-

mento, su importe, fecha de emisión, fecha de pago y relación de cada gasto con la actividad subvencionada. 4.3.- Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación

del importe y su procedencia.4.4.- En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses

derivados de los mismos.4.5.- Justificantes de gasto. La documentación a presentar para la justificación de cada uno de los gastos será la

que se relaciona a continuación:a) Gastos de suministros y servicios. Con carácter general los gastos se justificarán mediante la presentación

de Facturas (emitidas con todos los requisitos legales, sin tachaduras ni enmiendas). No se admitirán tiques de caja. Es obligatorio aportar justificante bancario relativo al pago de la factura o documento inequívoco relativo al pago de la misma como documentación bancaria o certificado de la empresa declarando que el pago haya sido abonado en metálico (se facilitará modelo orientativo).

En el caso de la realización de pagos en cheques o pagarés, éstos han de ser nominativos; no serán válidos los cheques al portador, así mismo, ha de presentarse siempre junto con el justificante bancario del cargo en la cuenta correspondiente.

En las facturas deberán recogerse los datos siguientes:

- Nombre, razón social, NIF de la empresa que factura y razón social del beneficiario.- Fecha de emisión y número de la factura.- Importe total. Si figuran varios artículos, deberán desglosarse y describirse cada uno de ellos.- Base imponible, tipo de IVA, importe de IVA e importe total de la factura.- En los supuestos de que la entidad emisora de la factura esté exenta de IVA se incluirá Certificación acreditativa

de esta exención.

b) Gastos de personal.

-Personal con nómina.- Los gastos de esta índole se justificarán mediante la presentación de las nóminas correspon-dientes firmadas por su perceptor y Justificantes de las cotizaciones a la Seguridad Social. Se justificará la Retención e ingreso en la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de las cantidades correspondientes al IRPF.

- Honorarios profesionales.- Se justificarán con las minutas o facturas de honorarios (emitidas con todos los requisitos legales) junto con el recibí o el adeudo bancario. Si procede, se justificará la retención e ingreso en la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de las cantidades correspondientes al IRPF.

BASE DECIMOTERCERA La interpretación de las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas bases corresponde al Órgano compe-

tente para la aprobación de las mismas, que queda autorizada para dictar aquellos actos que sean precisos para su desarrollo.

BASE DECIMOCUARTA

Contra estas Bases se podrá interponer, en el plazo de dos meses, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Cáceres, po-drá interponer potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Ilma. Sra. Alcaldesa del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres

DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA

Para todos aquellos extremos no previstos en la presente convocatoria será aplicable la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006 de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones, la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres publicada en B.OP. Nº 103 de 27 de mayo de 2007 y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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ANEXO I SOLICITUD SUBVENCIÓNASOCIACIONES DE MAYORES CONVOCATORIA

2014

DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE

NOMBRE DE LA ENTIDAD CIF

DOMICILIO SOCIAL CÓDIGO POSTAL

TELÉFONOS E-MAIL

DATOS DEL REPRESENTANTE DE LA ENTIDADAPELLIDOS Y NOMBRE DNI

DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN

Por medio de la presente SOLICITA Subvención Económica por un importe de _____

____________euros.

Cáceres a ______ de ___________de 2014

Fdo_____________________________

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica, 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Ayuntamiento de Cáceres le informa que los datos solicitados y/o recogidos a los ciudadanos son de carácter obligatorio y serán incorporados en ficheros de titularidad del Ayuntamiento de Cáceres para los usos y finalidades previstos por la Ley para la realización de sus actividades. El ciudadano podrá ejercitar los

derechos de acceso, oposición, rectificación o cancelación previstos en la ley, dirigiendo la pertinente solicitud al Ayuntamiento de Cáceres

ILMA. SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CÁCERES

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ANEXO IIAUTORIZACIÓN DE DATOS PARA QUE LA ADMINISTRACIÓN OBTENGA DATOS DE ESTAR AL CORRIENTE DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y FRENTE A LA

SEGURIDAD SOCIAL

D/Dª. ………………………………………………………………………………………….., con NIF ……………………..presidente/a de la asociación………………………………………….. ..……………………………………………………………………………………………………….con CIF…………………………………..

AUTORIZA al Ayuntamiento de Cáceres para que solicite en su nombre, ante los organismos competentes los siguientes datos:

Que la asociación a la que represento se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración General del Estado

Que la asociación a la que represento no tiene deudas o sanciones tributarias con el Ayuntamiento de Cáceres.

Que la asociación a la que represento se encuentra al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.

Cáceres a …… de ...................... de 20…….

Fdo…………………………………………

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ANEXO IIIDECLARACIÓN RESPONSABLE DE REUNIR

LOS REQUISITOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 13 DE LA LEY DE SUBVENCIONES

D/Dª............................................................ con D.N.I. nº.............................................., Presidente/a de la Asociación: .............................. ...........................................................................................

EFECTúA LA SIGUIENTE DECLARACIÓN:

1.- Declara que la Asociación, reúne los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones para obtener la condición de beneficiario.

2.- Declara que las actividades y gastos de funcionamiento para las que se solicita subvención:

· No están financiadas por otra entidad pública o privada.

· Que se ha solicitado subvención para la financiación de actividades o conceptos contemplados en la presente solicitud que se ha solicitado subvención para la financiación de actividades o conceptos contemplados en la presente solicitud a

Entidad a la que se ha solicitado Importe solicitado Importe concedido

3.- Se compromete a Cumplir el proyecto o actividad que fundamentó la concesión de la subvención.

4.- Se compromete a someterse a las actuaciones de comprobación y control que sean debidamente requeridas por los órganos municipales, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de estas actuaciones y que estén relacionadas con la concesión de la subvención.

5.-Se compromete a dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de programas, actividades, o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención por parte de la Concejalía del Mayor.

Cáceres, .................. de ............................. de 20…..

(FIRMA)

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ANEXO IVCERTIFICACIÓN NÚMERO DE ASOCIADOS/AS

(NOTA SE ADJUNTARÁ RELACIÓN NOMINAL DE SOCIOS/AS O FOTOCOPIA COMPULSADA DEL LIBRO DE REGISTRO DE SOCIOS/AS)

D/Dª......................................................................................... Secretario/a de la Asociación.……….................................................................................................................................................. C E R T I F I C A:

Que el Nº de socios/as a 31 de diciembre de 2013 era de …………………………..…… socios/as y que la cuota anual establecida es de ………………………. Euros.

Se adjunta (marcar con una cruz lo que proceda)

· Relación nominal de socios/as con nombre y apellidos y D.N.I. de los mismos

· Fotocopia compulsada del libro de registro de socios de la asociación.

Y para que conste a los efectos oportuno firmo el presente certificado en Cáceres, a ......... de .......................................del 20…...

Fdo _______________________________________Secretario/a de la asociación

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ANEXO V FORMULARIO SUBVENCIÓNDATOS DE LA ASOCIACIÓN

Nombre de la asociación:Domicilio Social:Teléfonos:Correo electrónico:JUNTA DIRECTIVA

FECHA ELECCIÓN JUNTA DIRECTIVA

ACTIvIDADES SOLICITA SUBvENCIÓN

IMPORTE

MANTENIMIENTO SEDE SOCIAL SI NOTALLERES , CURSO Y ACTIvIDADES ESTABLES SI NOINSTALACION MANTENIMIENTO INTERNET SI NOvIAJES CULTURALES SI NOOTRAS SI NO

TOTAL SUBvENCIÓN SOLICITADA (MÁXIMO 4500 EUROS)

RELACIÓN DE ACTIVIDADES QUE VAN A SER FINANCIADASCON CARGO A LA SUBVENCIÓN(Se podrá acompañar a este formulario memoria o proyecto descriptivo de las actividades y actuaciones

relacionadas en este formulario)

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1.- MANTENIMIENTO SEDE SOCIAL (sólo caso de poseerla)

GASTOS ANUALES SOPORTADOS MANTENIMIENTO SEDE SOCIAL AÑO 2014A Agua, basura y alcantarillado

B Electricidad

C Alquiler Renta Mensual

D Teléfono Y ADSL (INTERNET)

E.- Otros gastos mantenimientos sede social

_________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Total gastos Mantenimiento Sede Social

Breve Descripción de los actividades habituales de la sede social

Horario Apertura y cierre habitual

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2.- CURSOS Y TALLERES Y OTRAS ACTIVIDADES FORMATIVAS ESTABLES DE DINAMIZACIÓN DE LA ASOCIACIÓN.Gastototalporesteconcepto____________________€Denominación y descripción de los talleres o cursos programados:

3.- INSTALACIÓN O MANTENIMIENTO DE CONEXIONES DE BANDA ANCHA PARA ACCESO A INTERNET.GastototalporesteconceptoPREVISTO____________________€Detalle actividad prevista en relación con la actividad:

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3.- VIAJES CULTURALES Y SIMILARES. SOLICITA SUBVENCIÓN SI NO

DESCRIPCIÓN ACTIVIDAD

FECHA PREVISTA REALIZACIÓN

GASTO A FINANCIAR POR LA SUBVENCIÓN

IMPORTE APORTACIONES PARTICIPANTES

TOTAL COSTO

€ € €

€ € €

€ € €

€ € €

€ € €

TOTAL GASTOS: € € €

OTROS EVENTOS Y ACTIVIDADES

DESCRIPCIÓN ACTIVIDAD

FECHA PREVISTA REALIZACIÓN

GASTO A FINANCIAR POR LA SUBVENCIÓN

IMPORTE APORTACIONES PARTICIPANTES

TOTAL COSTO

€ € €

€ € €

Totales € € €

Actividades realizadas por la Asociación de Personas Mayores que pese a no ser financiada con cargo la subvención se quieran enumerar en orden a la valoración de la utilidad ciudadana de los fines (base séptima apartado 1.C de las base de la Convocatoria

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RELACIÓN DE ACTIVIDADES REALIZADA AÑO 2014.

TALLERES Y CURSOS DETALLE ACTIvIDADES REALIzADAS Y NÚMERO PARTICIPANTES

vIAJES CULTURALES Y SIMILARES DETALLE ACTIvIDADES REALIzADAS, FEChAS Y NÚMERO PARTICIPANTES

OTRAS ACTIvIDADES DETALLE ACTIvIDADES REALIzADAS Y FEChAS

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4.- INGRESOS Y GASTOS DE LA ASOCIACIÓN EN EL AÑO 2013 Y PREVISIÓN PARA EL AÑO 2014

INGRESOSCONCEPTOS Año 2013 PREVISTO 2014Ingresos Cafeteria-Salón Social

Actividades Recreativas (Bingos sociales y similares)Aportación Participantes Viajes Culturales

Aportación participantes Comidas de Convivencia.Aportación Participantes Cursos

Subvención Ayuntamiento Cáceres

Subvención Junta de Extremadura

Otras subvenciones__________

TOTAL INGRESOS

GASTOSCONCEPTOS Año 2013 PREVISTO 2014Gastos de personalViajes culturales (enumerar)

Comidas de convivencia

Cursos Otros conceptos (enumerar)

TOTAL GASTOS

Por la presente certifico que todos los datos contenidos en este formulario que se acompañan se ajustan a la realidad. Asimismo, me comprometo a aceptar que se efectúen las inspecciones y comprobaciones que la Concejalía del Mayor considere necesarias para averiguar el cumplimiento de las normas y condiciones de la subvención.

EL/LA SECRETARIO/A VºBº EL/LA PRESIDENTE/A

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ANEXO VICUENTA JUSTIFICATIVA SUBVENCIONES ASOCIACIONES DE

MAYORES

ANEXO PARA ENTREGAR EN LA JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN (DICIEMBRE 2014)

(Nota. Se acompañará de las fotocopias compulsadas de las facturas y documentos justificativos de pago. Podrá acompañar aparte de memoria detallada de las actividades realizadas, carteles y folletos

publicitarios relacionados con la actividad, Reportaje fotográfico de las actividades…

ASOCIACIÓN CIF

DOMICILIO SOCIAL

E-MAILTELEFONO

IMPORTE SUBVENCIÓN CONCEDIDA

En Cáceres a _____ de ________ de 20 ____

D. ……………………………………………………………….

DNI……………………………………………………………...

en calidad de ..…………………………………………………

(FIRMA)

ILMA SRA. ALCALDESA DEL EXCMO AYUNTAMIENTO DE CÁCERES

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RELACIÓN DE FACTURAS PRESENTADAS JUSTIFICATIVAS DEL GASTOProveedor Importe Fecha de

Emisión Factura

Concepto y Relación de la factura con actividad

subvencionada

Justificación pago que adjunta

(Transferencia, adeudo bancario,

justificante contado…)

Total Gasto presentado €

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RELACIÓN ACTIVIDADES REALIZADAS CON CARGO A LA SUBVENCIÓN(FECHAS DE REALIZACIÓN, PARTICIPANTES, DESCRIPCIÓN Y EVALUACIÓN SI

PROCEDE)

Cáceres a ____ de ____________ de ________.

Fdo _________________________________Cargo___________________________

2611

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MIRABEL

ANUNCIO

Mediante Resolución de Alcaldía de fecha 10/04/2014, se aprobó el padrón de IVTM de 2014, y por Resolución de Alcaldía de fecha 22/04/2014, se aprobaron los siguientes padrones trimestrales: agua, basura y alcantarillado.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley 58/2003, General Tributaría, queda expuesta al público du-rante el plazo de un mes contado desde el día de su publicación y encontrándose a disposición de los interesados.

Durante dicho plazo, los interesados podrán examinarla y formular alegaciones y presentar en el plazo de un mes desde el día de finalización del plazo de exposición pública, los siguientes recursos:

- Con carácter previo y potestativo, recurso de reposición previsto en al artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley reguladora de las Haciendas Locales

- Reclamación económico administrativa que tendrá carácter preceptivo previo al recurso contencioso administrativo, prevista en el artículo 137 de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, según redacción dada por la Ley 57/2003, de medidas parar la modernización del gobierno local.

- No se podrán simultanear ambos recursos. En caso de que sea así se atenderá el presentado en primer lugar desestimándose el segundo.

- Cualquier otro recurso que estime procedente.

Este anuncio tiene carácter de notificación colectiva al amparo de lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley 58/2003, General Tributaría.

Mirabel a 22 de abril de 2014.- El Alcalde, Fernando Javier Grande Cano.

2542

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MADRIGAL DE LA VERA

ANUNCIO

MODIFICACIONES DE CRÉDITO

Habiendo sido aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de Madrigal de la Vera, en sesión ordinaria celebrada el día veintiocho de abril de dos mil catorce, los siguientes Expedientes de Modificación de Crédito:

4/2014, de Concesión de Crédito Extraordinario.

Se pone en conocimiento general que, en la Secretaría de esta Entidad Local, se halla expuesto al público el referido expediente por plazo de QUINCE DÍAS, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno.

Caso de que, transcurrido dicho plazo, no se hubiera presentado reclamación alguna, se entenderá aprobado definitivamente el mencionado Expediente de Modificación de Crédito, procediéndose a la publicación de su resumen por capítulos.

Madrigal de la Vera a cinco de mayo de dos mil catorce, El ALCALDE, Urbano Plaza Moreno.

2545

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MADRIGAL DE LA VERA

ANUNCIO

Desafectado como bien de servicio público, un trozo de terreno de aproximadamente 225 metros cuadrados sitos detrás del pabellón en el Polideportivo Municipal Fariñas Esteban, propiedad de este Ayuntamiento y calificado como bien patrimonial según acuerdo Pleno del Ayuntamiento de fecha 28 de abril de 2014, se expone el procedimiento a información pública por plazo de un mes en el tablón de anuncios y Boletín Oficial de la Provincia, durante el cual se pueden formular las alegaciones que se estimen pertinentes.

Madrigal de la Vera a cinco de mayo de dos mil catorce, EL ALCALDE, Urbano Plaza Moreno.

2546

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VILLANUEVA DE LA VERA

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Villanueva de la Vera sobre imposición de la tasa por vertido de escombros y ripios, así como la Ordenanza fiscal reguladora de la misma, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

VILLANUEVA DE LA VERA

Edicto

Para dar cumplimiento a lo acordado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión extraordinaria celebrada el día 28 de 2014, y una vez aprobada definitivamente la creación e imposición de Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de los servicios de recogida, transporte, tratamiento y reciclaje de escombros y restos de obras, se procede a la publicación del texto integro de la Ordenanza como sigue:

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE RECOGIDA, TRANSPORTE, TRATAMIENTO Y RECICLAJE DE ESCOMBROS Y RESTOS DE OBRAS en Villanueva de la vera.

Artículo 1.- Base normativa.

En uso de las atribuciones establecidas en los artículos 133.2 y 142 de la Constitución, artículos 12.5, 17.2 y 3 de la Ley 22/2011, de 18 de julio, de Residuos y Suelos contaminados, artículo 106 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 27 y 131 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento impone la tasa por la prestación del servicio de tratamiento de escombros y restos de obras, que regula a través de esta ordenanza de acuerdo con lo previsto en el artículo 15 del invocado RDL 2/2.004.

Artículo 2.- Objeto

La presente ordenanza tiene por objeto establecer el régimen jurídico de la tasa por la prestación de los servicios de todas aquellas acciones encaminadas a prevenir, minimizar, corregir, solucionar o, en su caso, impedir los efectos que los escombros y restos de las obras puedan tener sobre los recursos naturales, el medio ambiente y la calidad de vida, dando a los mismo el destino más adecuado de acuerdo con sus características.

Por consiguiente, esta Ordenanza fiscal regula la prestación tributaria a satisfacer por los sujetos pasivos que de modo directo o indirecto provoquen la actividad administrativa correspondiente a los tratamientos controlados de tierras, derribos, escombros y residuos de la construcción generados en las obras de derribo, construcción y excavación, así como aquellos procedentes de obras menores, que se destinen a su abandono.

Artículo 3.- Definiciones.

A los efectos de esta Ordenanza se definen como escombros y restos de obra:

1.- Los restos de tierras, arenas y materiales similares utilizados en la construcción.

2.- Los residuos de actividades de construcción, derribo y, en general, todos los sobrantes de obras.

3.- Cualquier material residual asimilable a lo anterior, excepto tierras y materiales asimilables destinados a la venta.

Los escombros y restos de obras se clasifican en:

1.- De derribos: materiales y sustancias que se obtienen de la operación de derribo de edificios, instalaciones y obra de fábrica en general.

2.- De la construcción: materiales y sustancias de desecho que se originan en la actividad de construcción.

B.O. DE CÁCERES Jueves 15 Mayo 2014 - N.º 92Página 48

3.- De excavación: tierras, piedra u otros materiales que se originan en la actividad de excavación del suelo.

Igualmente, se consideran tres supuestos básicos de obra:

a) Obra de derribo: es la obra sujeta a licencia municipal donde únicamente se debe derribar un edificio o cons-trucción preexistente.

b) Obra de nueva construcción: es la obra sujeta a licencia municipal que genera residuos derivados de la actividad de construcción, fruto de la excavación en el suelo o del desecho.

c) Obra menor: es la obra correspondiente a pequeñas reformas de inmuebles que no suponen el total derribo y/o las que no precisen de proyecto técnico y estén sujetas a una licencia de obra menor y/o comunicación previa.

4.- Los servicios de gestión interpretarán las dudas que puedan existir sobre los productos o circunstancias no claramente definidas.

Artículo 4.- Hecho imponible.

1.- El hecho imponible está constituido por el funcionamiento o prestación del servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos procedentes de construcciones y/o demoliciones y de otros residuos definidos en el artículo 3º de la presente Ordenanza y Reglamento de Gestión de Residuos de escombros y restos de obras.

2.- Se produce el hecho imponible cualquiera que sea la forma de gestión directa o indirecta del servicio, pudiendo simultanearse varias modalidades.

3.- A los efectos fiscales de la presente Ordenanza Fiscal, el servicio de tratamiento de escombros procedentes de obras realizadas en el municipio, comprende las operaciones de recepción de los residuos en el Punto de Acopio Temporal y las de reciclaje o tratamiento de estos encaminadas al aprovechamiento de los recursos contenidos en ellos, evitando los vertidos incontrolados y siendo el transporte hasta el punto de recepción de cuenta del sujeto pasivo.

Artículo 5.- Sujetos Pasivos.

A) Son sujetos pasivos contribuyentes:

1.- Las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 33 de la L.G.T., que sean producto-res de escombros y residuos generados en las obras y actividades que se definen en el Reglamento de Gestión y se beneficien del servicio, depositando los mismos en el puntos de acopio, establecido al efecto.

Se considerará productor del residuo los propietarios de los inmuebles sobre los que se realicen las construcciones, instalaciones y obras, siempre que sean dueños de las mismas; en los demás casos se considerará contribuyente a quien ostente la condición de propietario de la obra.

2.- Los solicitantes de las correspondientes y preceptivas autorizaciones para la recepción del servicio de tratamiento de escombros y restos de obras en instalación gestionada por este Ayuntamiento.

Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo las personas físicas y jurídicas a que se refieren los artículos 38.1 y 39 de la L.G.T.

Serán responsables subsidiarios los administradores de las sociedades y los síndicos, interventores o liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entidades en general, en los supuestos y con el alcance que señala el artículo 40 de repetida L.G.T.

Los usuarios del servicio serán responsables de las infracciones contempladas en la normativa de aplicación que cometan por sí, sus familiares o personas de ellos dependientes.

Artículo 6.- Cuota tributaria.

1.- La cuantía de la tasa será la fijada en las tarifas siguientes, para cada uno de los servicios:

Recepción de residuos en Puntos de Acopio Temporal:

Residuoescombrosyrestosdeobras:15,00€/Tm/m3,másel10%IVA.

B.O. DE CÁCERES Jueves 15 Mayo 2014 - N.º 92 Página 49

2.- Los importes anteriores se devengarán y abonarán directamente en las oficinas municipales.

3.- Las cuotas señaladas tienen carácter irreductible y corresponden a cada vertido.

Artículo 7.- Exenciones, reducciones y bonificaciones.

En esta tasa y de conformidad con el artículo 9º del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, no podrán reconocerse otros beneficios que los expresamente previstos en las normas con rango de Ley o los derivados de la aplicación de los tratados internacionales

Artículo 8.- Obligación de pago.

Se devenga la Tasa, y nace la obligación de contribuir cuando se inicie la prestación de los servicios sujetos a gravamen.

A estos efectos, se entenderá iniciada dicha actividad en el momento del depósito de los residuos en el Punto de Acopio, de acuerdo con el procedimiento establecido al efecto.

Artículo 9.- Gestión

Los órganos de gestión municipal llevarán a cabo la gestión, liquidación, inspección y recaudación de las cuotas tributarias reflejadas en la presente Ordenanza.

Los sujetos pasivos que se beneficien por la prestación del servicio regulado en esta Ordenanza vendrán obligados a abonar cuotas correspondientes una vez determinada la cantidad del vertido, mediante el documento habilitado.

Para hacer uso de las instalaciones, el productor o poseedor de los escombros o restos de obras solicitarán al Ayun-tamiento la correspondiente petición previa indicando la clase de material de escombros y restos de obras y la cantidad aproximada que se pretende depositar. A la vista de esta petición se le comunicará autorización o no para efectuar el depósito y se liquidará posteriormente en función del material realmente aportado disponiendo del plazo previsto para su pago de acuerdo con el procedimiento recogido en el Reglamento General de Recaudación.

Artículo 10.- Pago y recaudación.

El pago de las cuotas se realizará en los plazos que se indiquen en las correspondientes liquidaciones según lo previsto en el artículo 20º del R.G.R. a través de Entidades colaboradoras, exigiéndose el abono en vía ejecutiva de acuerdo con el procedimiento establecido en la L.G.T. y R.G.R., cuando no se hayan abonado en período voluntario.

Artículo 11.- Derecho supletorio.

En todo lo no previsto en la presente Ordenanza se estará a lo previsto en la L.G.T., Ley 7/85, de 2 de abril, re-guladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, Ley 7/94, de 18 de mayo, de Protección Ambiental, Decreto 283/95, de 21 de noviembre, Ley 10/98, de 21 de abril, de Residuos, la legislación penal y demás derecho concordante vigente o que pueda promulgarse.

Disposición transitoria.Las cuotas establecidas en el artículo 6º de la presente Ordenanza serán de aplicación desde la entrada en vigor

de la misma hasta su modificación o derogación.Disposición final primera.La presente Ordenanza, aprobada definitivamente por el Pleno en sesión ordinaria celebrada el día

de 2014, entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

El Alcalde- José Antonio Rodríguez Calzada.

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de EXTREMADURA.

Villanueva de la Vera a 23 de abril de 2014.- El Alcalde, José Antonio Rodríguez Calzada.2547

B.O. DE CÁCERES Jueves 15 Mayo 2014 - N.º 92Página 50

ALBALÁ

ANUNCIO

Aprobado por Resolución de la Alcaldía de fecha 5 de Mayo de 2.014, el Pliego de Condiciones económico-ad-ministrativas para la explotación del Bar de la Piscina Municipal para la temporada 2014, se anuncia licitación, por el procedimiento abierto con un único criterio de adjudicación, oferta económicamente mas ventajosa, con arreglo al siguiente clausurado, el cual se encuentra de manifiesto en la Secretaría del Ayuntamiento. Las reclamaciones contra el mismo serán resueltas por esta Corporación.

1.- ENTIDAD ADJUDICADORA: -Ayuntamiento de Albalá.-Dependencia que tramita el expediente: Secretaría. 2.- OBJETO DEL CONTRATO. -El arrendamiento de la explotación del Bar de la Piscina Municipal de Albalá. 3.- TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. -Tramitación: Urgente.-Procedimiento: Abierto.-Forma: único criterio de adjudicación (precio). 4.- TIPO DE LICITACIÓN.

-El tipo de licitación económica será de 1.200 euros al alza por la temporada.

5.- GARANTÍA PROVISIONAL.

-Se fija en el 3% del tipo de licitación.

6.- GARANTÍA DEFINITIVA.

-Sefijaen200€. 7.- OBTENCIÓN DE DOCUMENTACIÓN.

-La documentación que conforma el expediente podrá ser examinada en horas de oficina en el Ayuntamiento de Albalá dentro de los 4 días hábiles siguientes a la publicación de este anuncio.

8.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS.

-Plaza de presentación de ofertas: 8 días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en las Oficinas Municipales de este Ayuntamiento de Albalá, en horario de 9,00 a 14,00 horas.

-Apertura ofertas: 3 días hábiles desde la finalización plazo presentación de proposiciones.-Modelo de proposición: obrante en el expediente.-Lugar de presentación: Registro General del Ayuntamiento, de lunes a viernes de 9,00 a 14,00 horas.

Albalá a 5 de mayo de 2014.- El Alcalde, Juan Rodríguez Bote.2562

B.O. DE CÁCERES Jueves 15 Mayo 2014 - N.º 92 Página 51

VALDEOBISPO

ANUNCIO

Rendida la Cuenta General del Presupuesto de este Municipio, correspondiente al ejercicio de 2013, e informada por la Comisión de Hacienda y Presupuestos de esta Entidad, en cumplimiento y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 de la Ley 7/85, de 2 de abril Reguladora y 212.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, queda expuesta al público en la Secretaria de esta Entidad, por plazo de quince días hábiles, para que durante el mismo y ocho días más, puedan los interesados presentar los reparos, observaciones y reclamaciones que estimen pertinentes.

En Valdeobispo, a 30 de ABRIL de 2014.- El Alcalde, Óscar Alcón Granado.2563

B.O. DE CÁCERES Jueves 15 Mayo 2014 - N.º 92Página 52

ALDEHUELA DEL JERTE

ANUNCIO

Rendida la Cuenta General del Presupuesto de este Municipio, correspondiente al ejercicio de 2013, e informada por la Comisión de Hacienda y Presupuestos de esta Entidad, en cumplimiento y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 de la Ley 7/85, de 2 de abril Reguladora y 212.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, queda expuesta al público en la Secretaria de esta Entidad, por plazo de quince días hábiles, para que durante el mismo y ocho días más, puedan los interesados presentar los reparos, observaciones y reclamaciones que estimen pertinentes.

En Aldehuela del Jerte, a 29 de mayo de 2013.- El Alcalde, Alvaro Jiménez Martin.2564

B.O. DE CÁCERES Jueves 15 Mayo 2014 - N.º 92 Página 53

SERRADILLA

ANUNCIO

Aprobada inicialmente en Sesión Ordinaria del Pleno de este Ayuntamiento de fecha 29 de abril de 2014, la modi-ficación parcial de la plantilla de personal del año 2014, con arreglo a lo previsto en el art 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo y el art 20 del Real Decreto 500/1990 de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por un plazo de quince días desde la publicación de este Anuncio a efectos de reclamaciones y alegaciones.

En el caso de que no se presentaran reclamaciones durante el periodo de exposición pública se considerará defini-

tivamente aprobada la clasificación del puesto de Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de Serradilla contemplado en la plantilla de personal correspondiente al presupuesto de 2014.

En Serradilla a 7 de mayo de 2014.- El Alcalde, Gelasio Sánchez Morales.2566

B.O. DE CÁCERES Jueves 15 Mayo 2014 - N.º 92Página 54

ARROYOMOLINOS DE LA VERA

ANUNCIO

Por Resolución de Alcaldía de fecha 08/05/2014, por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria del procedimiento abierto, atendiendo a la oferta económicamente más ventajosa, con varios criterios de adjudicación, para la adjudicación del contrato administrativo especial para la explotación del bar y cocina de la piscina municipal de Arroyomolinos de la Vera.

1.- Entidad adjudicadora:a) Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera.b) Dependencia que tramita el expediente. Secretaria.2. Objeto del contrato:a) Descripción: Explotación del servicio de bar y cocina de la piscina municipal de Arroyomolinos de la Vera.b) Tipo: Administración especial.c) Plazo de ejecución: dos años.3. Tramitación y procedimiento:a) Tramitación. Ordinaria.b) Procedimiento. Abierto, varios criterios de adjudicación:-Porcadaincrementode100€delcanonanual(1.900€,sinI.V.A.)unpuntohastaunmáximode15puntos.-Porcada100€deinversiónofertadoenobraseinstalacionesquereviertanenelAyuntamientounpuntohasta

un máximo de 10 puntos.4. Presupuesto base de licitación:Importe neto: 1.900,00 euros y 399,00 euros de I.V.A. Importe total 2.299,00 euros I.V.A. incluido (por cada año).5. Garantías:Definitiva: 5% del importe de la adjudicación.Complementaria: 5 % del importe de adjudicación.6. Presentación de ofertas:a) Fecha límite de presentación de ofertas: 15 días naturales siguientes a la publicación de este anuncio en el B.O.

de la Provincia.b) Documentación a presentar: La señalada en el Pliego.c) Lugar de presentación:-Entidad: Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera-Domicilio: Plaza de España s/n.-Localidad y código postal: Arroyomolinos de la Vera 10410.-Dirección electrónica: Ayto. [email protected]. Apertura de ofertas:-Entidad: Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera.-Domicilio: Plaza de España s/n.-Localidad: Arroyomolinos de la Vera.-Fecha y hora: A las 13 horas del tercer día hábil siguiente al de la finalización del plazo de presentación de propo-

siciones, no se considera hábil a estos efectos el sábado.8. Gastos de anuncios. A cargo del adjudicatario. En Arroyomolinos de la Vera a 8 de mayo de 2014.- EL ALCALDE, Manuel Mateos Campos.

2624

B.O. DE CÁCERES Jueves 15 Mayo 2014 - N.º 92 Página 55

ALCUÉSCAR

ANUNCIO

En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2.013, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes.

En Alcuéscar, a 7 de mayo de 2.014. El Alcalde-Presidente. Juan Caballero Jiménez.2567

B.O. DE CÁCERES Jueves 15 Mayo 2014 - N.º 92Página 56

PLASENCIA

Anuncio

No habiéndose presentado reclamaciones por los interesados durante el plazo de información pública, contra el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 28 de febrero de 2014, por el que se aprobaba inicialmente la modificación de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Instalación de Rótulos y Publicidad Exterior, dicho acuerdo queda elevado a definitivo, procediéndose a publicar el texto íntegro de la citada modificación, en cum-plimiento de lo dispuesto en el artículo 196.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

MODIFICACIÓN ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA INSTALACIÓN DE ROTULOS Y PUBLICIDAD EXTERIOR EN PLASENCIA.

Artículo 6.º 5.

5. En ningún caso las vallas publicitarias podrán superar la altura de la planta baja del edificio más próximo. Su-pletoriamente y de no existir edificaciones, las dimensiones totales de las vallas incluido el marco, no podrán superar los 4 metros de ancho por 3 metros de alto y 0,30 metros de fondo. El Ayuntamiento podrá determinar en cada caso las dimensiones máximas para cada emplazamiento concreto, pudiendo excepcionalmente y razonadamente autorizar que se superen las dimensiones máximas fijadas. Las vallas publicitarias deberán exhibir en un lugar bien visible, el nombre del propietario y el número de licencia asignado.

Quedando el citado artículo redactado como sigue:

Artículo 6.º 5

5. En ningún caso las vallas publicitarias podrán superar la altura de la planta baja del edificio más próxi-mo. Supletoriamente y de no existir edificaciones, las dimensiones totales de las vallas incluido el marco, no podrán superar los 8 metros de ancho por 3 metros de alto. El Ayuntamiento podrá determinar en cada caso las dimensiones máximas para cada emplazamiento concreto, pudiendo excepcionalmente y razonadamente autorizar que se superen las dimensiones máximas fijadas. Las vallas publicitarias deberán exhibir en un lugar bien visible, el nombre del propietario y el número de licencia asignado.

Artículo 12.º1. En las instalaciones destinadas a la prestación de algún servicio público sólo se admitirán como elementos

sustentadores de publicidad los relojes de hora y temperatura, termómetros, parquímetros, marquesinas, y postes de parada de autobuses urbanos u otros aparatos análogos para información del ciudadano.

Quedando el citado artículo redactado como sigue:

Artículo 12.º1. En las instalaciones destinadas a la prestación de algún servicio público sólo se admitirán como elemen-

tos sustentadores de publicidad los relojes de hora y temperatura, termómetros, parquímetros, marquesinas, y postes de parada de autobuses urbanos u otros elementos para información o protección del ciudadano.

Plasencia a 6 de mayo de 2014.- EL ALCALDE, Fernando Pizarro García.

2572

B.O. DE CÁCERES Jueves 15 Mayo 2014 - N.º 92 Página 57

PLASENCIA

EDICTO

Aprobadas por Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 25 de Abril de 2.014 las Bases de la Convoca-toria para la concesión de subvenciones para las Asociaciones y Entidades Deportivas para el año 2.014, se publican en el B.O.P. de Cáceres las presentes bases, de acuerdo con el artículo 13 de la Ordenanza por la que se regula el Régimen General de Subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES

ASOCIACIONES Y ENTIDADES DEPORTIVAS AÑO- 2.014

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LAS ACTIVIDADES A DESA-RROLLAR POR LAS ASOCIACIONES Y ENTIDADES DEPORTIVAS 2014.

PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y NORMATIVA APLICABLE

Es objeto de esta convocatoria la concesión, mediante concurrencia competitiva, de subvenciones para el soste-nimiento de las actividades desarrolladas por las asociaciones y entidades deportivas con sede en Plasencia.

Esta convocatoria se rige por lo dispuesto en las siguientes normas:

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvencio-nes.Ordenanza por la que se regula el Régimen General de Subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia, aprobada por el Excmo Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 30 de octubre de 2006 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres nº 30, de fecha 12 de febrero de 2007.

SEGUNDA.- CUANTÍA MÁXIMA Y CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS:

El importe total de las subvenciones a conceder no excederá en su cuantía total de 80.000,00 Euros. No obstante la Junta de Gobierno Local se reserva el derecho de no utilizar la totalidad de esa cantidad.

El porcentaje máximo de financiación por parte del Ayuntamiento de Plasencia, de los proyectos subvencionados no excederán en ningún caso del 50 % del presupuesto total de los mismos.

Existe crédito suficiente en la partida 0116-340-48501 del presupuesto del ejercicio 2.014 para hacer frente al gasto

total que supone dicha convocatoria.

TERCERA.- REQUISITOS PARA SER BENEFICIARIO DE LA SUBVENCIÓN.

Unicamente, podrán ser beneficiarios de la subvención, las asociaciones y entidades deportivas con sede en Pla-sencia, que se encuentren legalmente constituidas, y que cumplan con los siguientes requisitos:

A) Haber presentado justificación de gastos y memorias correspondientes a las subvenciones recibidas con ante-rioridad del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia.

B) Encontrarse al corriente en el cumplimento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad social, impuestas por las disposiciones vigentes.

C) No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias a las que se refiere el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

CUARTA.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

Para solicitar la subvención, será necesario presentar la documentación que a continuación se relaciona:

Deberá presentarse solicitud firmada por el/la presidente/a de la Asociación, a la que habrá de acompa-ñarse:

Fotocopia compulsada del N.I.F. de la Asociación (nº de identificación fiscal), y del D.N.I de su representante.Anexo I de solicitud de subvenciónPresupuesto de gastos de funcionamiento (Anexo II).

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Certificado del Secretario de la Junta Directiva de la Asociación, que acredite que quien firma la solicitud es el representante legal de la misma y que tiene capacidad para realizar tal acto. (Anexo IV). Proyecto donde se contengan las actividades de las entidades solicitantes, detallando todas las cuestiones que pueden ser objeto de valoración y que se explicitan en la Base Séptima de las presentes Bases Reguladoras, tanto en la modalidad de ayuda para los gastos correspondientes a la temporada deportiva 2013/2014, como la de la modalidad de actividades deportivas, incluyendo los gastos correspondientes a dichas actividades y especificando el importe de la subvención que se solicita. (Anexo III).Documento acreditativo de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Se-guridad social, impuestas por las disposiciones vigentes o en su caso, documentos acreditativos de la exención de dichas obligaciones.Declaración responsable, otorgada ante autoridad administrativa o notario público, y suscrita por el Presidente de la Asociación o Entidad, en el que se haga constar que la misma no se halla incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. (Anexo V).Fotocopias compulsadas del Libro de Actas, donde figure el nombramiento de la Junta Directiva y resumen previsto de ingresos y gastos de la Asociación o Entidad durante el año a subvencionar.Certificado expedido por la Tesorería Municipal acreditativo de que el solicitante no tiene ninguna deuda con el Excmo. Ayuntamiento.Documentación justificativa de la aplicación dada a las subvenciones concedidas por el Excmo Ayuntamiento de Plasencia, en el ejercicio anterior.

QUINTA.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN:

Los documentos que han de acompañarse a las solicitudes habrán de ajustarse a los modelos previstos en los correspondientes anexos que se incorporan a las presentes Bases, y que obran a disposición de los interesados en el Departamento de información del Ayuntamiento.

Toda la documentación deberá ser presentada en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia de 9,00 a 14,00 horas, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, y dirigida al Ilmo. Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia.

SEXTA.- PROCEDIMIENTO Y RESOLUCIÓN:

El procedimiento de concesión será el previsto en 23 y siguientes de la Ley General de Subvenciones, así como en los artículos 17 y siguientes de la Ordenanza por la que se regula el Régimen General de Subvenciones del Ayun-tamiento de Plasencia.

El Instructor del procedimiento será el Concejal Delegado de Innovación y Deportes.

Corresponden al órgano instructor las siguientes funciones:

- Petición de los informes que se estimen necesarios.- Evaluación de las solicitudes presentadas, de conformidad con la presente convocatoria, haciendo la correspon-

diente propuesta de Resolución provisional y definitiva a la Junta de Gobierno Local.- Seguimiento de los proyectos subvencionados.

El órgano colegiado al que se refiere el artículo 16 de la Ordenanza por la que se regula el Regimen General de Subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia, estará integrado de la siguiente forma:

COMISIÓN TÉCNICA EVALUADORA.

Presidente: Concejal Delegado de Innovación y Deportes.Vocal: Concejal Delegado de Hacienda.Vocal: El Gerente del IMD.Secretario: El Secretario General del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.

La resolución de los procedimientos de concesión exigirá, en todo caso, informe del órgano colegiado referido anteriormente, así como la formulación de la oportuna propuesta de resolución provisional y definitiva por parte de la Instructora.

El órgano competente para la resolución del procedimiento de concesión regido por las presentes bases será la Junta de Gobierno Local.

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La resolución habrá de dictarse y notificarse en el plazo máximo de seis meses a partir de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.

Los actos administrativos que se dicen en relación con esta convocatoria, serán objeto de publicación en el tablón de anuncios de la Corporación, notificándose directamente a los interesados en la forma establecida en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Serán objeto de publicación en el tablón de anuncios de la Corporación la totalidad de las subvenciones concedidas cuando su importe sea inferior a 3.000,00 euros, con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención; en el caso de que superen dicha cifra, serán objeto de publicación además en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.

La resolución del procedimiento pondrá fin a la vía administrativa.

El abono de la subvención por parte del Ayuntamiento, se realizará mediante la modalidad de pago anticipado del 100 % del importe de la subvención concedida, sin que deban aportarse garantías por parte de los beneficiarios.

SÉPTIMA.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE SOLICITUDES:

La cuantía de las subvenciones que se otorguen para financiar las actividades de las asociaciones o entidades deportivas se determinará atendiendo a los criterios contenidos en los dos tipos de ayudas, que a continuación se especifican, las cuales son compatibles entre si para todos los beneficiarios, incluyéndose los siguientes criterios, con la ponderación que se detalla a continuación:

1. AYUDA PARA LOS GASTOS CORRESPONDIENTES A LA TEMPORADA DEPORTIVA 2013/2014.

Se valorarán las solicitudes de las entidades deportivas, en función de los siguientes criterios: Por cada licencia federada a partir de la categoría infantil (incluidos estos), se otorgará 1 punto.

Número máximo de puntos en este apartado 120.

1.2. Categoría de competición.

- Competición Europea ...........................................................................................................40 – 50 puntos. - Máxima categoría en su modalidad ......................................................................................25 – 34 puntos. - Segunda máxima categoría en su modalidad .....................................................................16 – 24 puntos. - Tercera máxima categoría en su modalidad ...........................................................................8 – 15 puntos. - Otras categorías ......................................................................................................................1 – 7 puntos. En los deportes individuales los clubes deberán presentar el ranking federativo o documento similar expedido por

la federación deportiva correspondiente para que la Comisión determine los puntos que le corresponden. Este baremo se aplicará a todas las secciones y equipos de un Club en categoría Senior, hasta un máximo de 100

puntos.

1.3. Cuantía en desplazamientos en competiciones oficiales, por las que no se perciba subvención federativa.

- Hasta 5.000 Kms. ...................................................................................................................0 – 15 puntos. - De 5.000 a 9.000 Kms. .........................................................................................................16 – 25 puntos. - De 9.000 a 13.000 Kms. .......................................................................................................26 – 35 puntos. - Más de 13.000 Kms. .............................................................................................................36 – 45 puntos. - Cada viaje fuera de la Península ..................................................................................................20 puntos.

Hasta un máximo de 120 puntos. * Los viajes fuera de la península contabilizarán sólo la distancia hasta el aeropuerto de salida. * En el caso de deportes individuales se deberá especificar el medio de transporte y el número de personas que

realizan dicho desplazamiento. * Las distancias serán tenidas en cuenta según el mapa de carreteras del Ministerio de Fomento.

1.4. Por cada título de entrenador, con licencia en vigor, expedido por la federación correspondiente y con licencia federativa en la presente temporada en el club solicitante.

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- Entrenador básico ......................................................................................................................................2 - Nivel I ..........................................................................................................................................................4 - Nivel II ..........................................................................................................................................................6 - Nivel III ........................................................................................................................................................8 - Licenciado en Educación Física .................................................................................................................8 Hasta un máximo de 60 puntos. *Sólo serán válidos los entrenadores de equipos a partir de la categoría Infantil (incluida ésta). Deberá adjuntarse una declaración firmada por el Presidente de la entidad deportiva en la que justifique que el

entrenador ha ejercido en dicho club en la temporada 2013/2014.

1.5.7. A la suma de los puntos obtenidos en los apartados anteriores se le aplicará un coeficiente multiplicador a partir de 0,1 puntos. Para la determinación de ese coeficiente la Comisión Técnica Evaluadora tendrá en cuenta las siguientes consideraciones respecto de las actuaciones que desarrolla la entidad deportiva que solicita la subvención:

a) Organización de actividades deportivas, en la temporada anterior de carácter recreativo y ámbito local, tales como

campus, conferencias, charlas, torneos, promoción de su deporte y todas aquellas que la Comisión Técnica Evaluadora considere como tal y que además vayan dirigidas a toda la población. No serán computadas las actividades por las que ya se perciba subvención.

b) Repercusión social, en la temporada anterior, (nº espectadores, nº de abonados o socios, retransmisiones tele-visivas de ámbito nacional, seguimiento ciudadano).

c) Inexistencia de ofertas o programas deportivos similares, tendentes a favorecer el asociacionismo deportivo, y antigüedad del club en la competición.

2. AYUDA POR REALIZACION DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS.

Se valorarán las solicitudes de las entidades deportivas, en función de los siguientes criterios:

2. 1. Modalidades deportivas y deportes que se desarrollan (Máximo 25 puntos):

a) Grupo I: Deportes para personas con discapacidad (25 puntos). b) Grupo II: Atletismo, ajedrez, bádminton, baloncesto, balonmano, ciclismo, triatlón y duatlón, escalada, fútbol

americano, gimnasia, hockey, voleibol, orientación, pádel, patinaje, rugby, tenis, tenis de mesa, judo, lucha, kárate, taekwondo, natación. (20 puntos).

d) Grupo III: Resto de deportes. (12 puntos). 2.2 Número de deportistas que han participado en la actividad, en el caso de actividades ya realizadas, o previsión

de deportistas participantes, en el caso de proyectos de actividades (Máximo 20 puntos):

a) 10-40 deportistas (5 puntos). b) 41-80 deportistas (8 puntos). c) 81-120 deportistas (12 puntos). d) 121-160 deportistas (16 puntos). e) 161 o más deportistas (20 puntos). f) 10-40 deportistas con discapacidad (15 puntos).

g) 41 o más deportistas con discapacidad (20 puntos).

2.3. Ámbito de la actividad: (Máximo 20 puntos)

a) Provincial (10 puntos). b) Autonómica (15 puntos). c) Nacional (18 puntos). d) Internacional (20 puntos).

2.4. Categorías de edad (Máximo 15 puntos):

a) Actividades deportivas que contemplen, al menos una categoría entre los 5 Y 14 años (15 puntos). b) Actividades deportivas que contemplen, al menos una categoría entre los 14 y 17 años (10 puntos). c) Actividades deportivas que no contemplen las categorías anteriores (5 puntos).

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2.5. Participación de deportistas de ambos sexos (Máximo 10 puntos):

a) Participación de deportistas de ambos sexos (7 puntos). b) Deportes de práctica exclusiva femenina (10 puntos).

* Cada entidad podrá presentar un solo proyecto.* Las actividades tendrán que realizarse en el entorno de Plasencia.

OCTAVA.- LÍMITES DE SUBVENCIONES Y COMPATIBILIDAD DE LAS MISMAS.

Las subvenciones que se concedan a las distintas asociaciones, entidades o personas, serán UNICAS para todas las actividades que esas asociaciones o entidades celebren en el año en curso, con independencia de que estén o no previstas en el programa o proyecto de la asociación o entidad.

Así, concedida una subvención en el ejercicio 2.014 con cargo a esta convocatoria, en ningún caso podrá solicitarse ni concederse nueva subvención del Ayuntamiento a su beneficiario.

Finalmente las subvenciones que se concedan con cargo a la presente convocatoria serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

NOVENA.- GASTOS SUBVENCIONABLES.

Se considerarán gastos subvencionables, los siguientes:

8.1. APOYO A TEMPORADA 2013/2014.

Se consideran gastos subvencionables: a) Jueces y árbitros. b) Alquileres de instalaciones y espacios deportivos.c) Seguros. d) Material deportivo. e) Alojamiento y manutención. f) Desplazamientos. g) Gastos de inscripción en competiciones. h) Licencias de deportistas. i) Licencias de entrenadores deportivos y oficiales. j) Licencia de club. k) Retribuciones de los monitores deportivos y entrenadores deportivos. 8.2. ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS.

Se consideran gastos subvencionables:

a) Jueces y árbitros. b) Alquiler de equipamientos, material deportivo, instalaciones y espacios deportivos.c)Materialdeportivo(máximode350€).d)Trofeos(máximode250€).e) Seguros para la actividad. f)Desplazamientos,alojamientosymanutencióndedeportistasyequiposparticipantes(máximode500€).g) Servicio médico para la actividad. h) Productos farmacéuticos (Botiquín). i) Cartelería y publicidad. J) Alquiler de transportes para equipamientos, materiales e infraestructuras necesarios para la actividad. DÉCIMA.- JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA:

En virtud de la finalización o no de la actividad subvencionada, el plazo de justificación será el siguiente: a) Actividades deportivas que se encuentren ya celebradas a la fecha de la notificación del acuerdo de concesión

de la subvención: Un mes a partir del día siguiente a la citada fecha.

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b) Actividades deportivas que no se han celebrado o no han finalizado a la fecha de la publicación de la resolución definitiva de la subvención: un mes a partir del día siguiente la fecha de finalización de la actividad y en todo caso antes del 31 de diciembre de 2014.

La justificación de las subvención, se llevará a cabo por la entidad beneficiaria, mediante la presentación de una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, acompañando a dicha Memoria, un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.

Asimismo habrán de justificarse la totalidad de los gastos para los que se concede la subvención mediante la pre-sentación de las facturas originales o fotocopias compulsadas, justificativas de los gastos satisfechos, en los plazos indicados anteriormente.

Las facturas que se presenten deben cumplir los siguientes requisitos (sin perjuicio de otros que resulten exigidos por la legislación vigente):

Número de factura.Datos del expedidor ( nombre, apellidos, denominación social, NIF, domicilio ).Datos del destinatario ( Asociación o Club ).Lugar y fecha de emisión.

El incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención o la justificación insuficiente llevará aparejado el reintegro de la subvención.

UNDÉCIMA.- REINTEGRO.

En caso de incumplimiento de las bases de la presente convocatoria, así como en los casos previstos en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones, se requerirá a la asociación o entidad beneficiaria el reintegro de las cantidades percibidas y los intereses de demora correspondientes desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, de acuerdo con lo dispuesto en la propia Ley 38/2003, de 17 de noviem-bre, General de Subvenciones, el Reglamento 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba Reglamento de la Ley General de Subvenciones y la Ordenanza por la que se regula el régimen general de subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia.

DUODÉCIMA.- PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN:

El subvencionado se compromete con la Concejalía de Deportes del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia a:

- Presencia del logo de la Concejalía de Deportes Concejalía de Deportes del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia en todos los soportes gráficos y de comunicación de eventos.

- La Concejalía de Deportes Excmo. Ayuntamiento de Plasencia reciba varios ejemplares de todas y cada una de las publicaciones que se editen con motivo de los distintos eventos: cartelería, revistas, etc.

- La Concejalía de Deportes del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia pueda divulgar su patrocinio y utilizar la imagen gráfica de la entidad organizadora en sus propias campañas de comunicación y difusión.

En Plasencia, a …… de ………………. de 2014

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MODELOS A QUE HAN DE AJUSTARSE LAS SOLICITUDES DE SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES Y ENTIDADES DEPORTIVAS. AÑO 2014

ANEXO I

MODELO OFICIAL DE SOLICITUD PARA SUBVENCIONES

D...., mayor de edad, natural de...., residente en...., calle...., nº...., provisto de D.N.I. nº...., en representación de la Asociación...., a V.I., con todo el respeto y consideración, tiene a bien SOLICITAR UN SUBVENCIÓN ECONÓMICA PORUNIMPORTEDE....EUROS(....€.).

SOLICITA que, previos los trámites que estime necesarios, se sirva concederme lo solicitado anteriormente, Plasencia a.... de .....de....

Fdo.:.......................

ILMO. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA

DATOS DE LA ASOCIACIÓN

Nombre....., dirección...., teléfono...., nº de socios...., cuota establecida...., nº de C.I.F. (caso de poseerlo)....., nº de inscripción en el Registro de Asociaciones...., entidad bancaria y nº de C/c...., ámbito territorial.....

DATOS DEL PRESIDENTE

Nombre y apellidos...., D.N.I. nº...., dirección...., teléfono....

Vº.Bº. EL PRESIDENTE, EL SECRETARIO,

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ANEXO II

PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DURANTE EL AÑO....

PROGRAMA I

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

Alquiler local....

* Mantenimiento:- Agua....- Gas....- Luz....- Teléfono....

* Material de Oficina y otros gastos de Secretaría...* Gastos funcionamiento orgánico....

- Viajes de la Junta Directiva....

TOTAL....

PROGRAMA II

GASTOS DE MATERIAL INVENTARIABLE

Relación de material inventariable adquirido en el año.......____________________________________________________________________________________________________________________________

TOTAL...........

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ANEXO III

PROYECTO DE ACTIVIDADES.

Relación de actividades y sus costos (adjuntar memoria explicativa de dichas actividades):.........................

En el proyecto, deben detallarse todas las cuestiones que pueden ser objeto de valoración y que se explicitan en la Base Séptima de las presentes Bases Reguladoras, tanto en la modalidad de ayuda para los gastos correspondientes a la temporada deportiva 2013/2014, como la de la modalidad de actividades deportivas, incluyendo los gastos corres-pondientes a dichas actividades y especificando el importe de la subvención que se solicita.

Plasencia a.......de.........de...........

PROGRAMA IV

DATOS ECONÓMICOS DEL AÑO.......

INGRESOS

Subvenciones previstas:

Ayuntamiento....

Diputación Provincial....

Junta de Extremadura.....

Otras Entidades.....

Cuotas de los socios....

Otros ingresos.....

TOTAL.....

Vº.Bº. EL PRESIDENTE, EL SECRETARIO,

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ANEXO IV

D...., Secretario de la Junta Directiva de la Asociación...,

CERTIFICA que D....., es Presidente de la Asociación...., como así consta en el acta de la asamblea de esta Asociación celebrada con fecha...., y que por tanto tiene capacidad para representar legalmente a dicha Asociación en aquellos actos que así lo requieran.

Plasencia a.....de......de.....

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ANEXO V

D..., D.N.I. nº......, como Presidente de la Asociación.....,

DECLARO bajo juramento que la Asociación a la que represento no se halla incursa en ninguna de las circuns-tancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Plasencia...........de.........de............

DILIGENCIA:

Para hacer constar que en mi presencia formula la anterior declaración de acuerdo con los previsto en el artículo 13.7 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

En Plasencia, a 07 de Mayo de 2014.- El Alcalde, Fernando Pizarro García.2573

B.O. DE CÁCERES Jueves 15 Mayo 2014 - N.º 92Página 68

TORREMENGA

EDICTO

Está expuesto al público durante UN mes, a efectos de reclamaciones, el Padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, ejercicio 2014.

A partir del día siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el B.O.P., se podrán presentar en la Secretaría de este Ayuntamiento todas las reclamaciones que se estimen pertinentes.

El plazo de ingreso voluntario finalizará el día 30-06-2014, fecha a partir de la cual se procederá al cobro en vía

ejecutiva, con el 20 % de recargo.

Torremenga a 5 de mayo de 2014.- EL ALCALDE, Pablo Elena Núñez.

2582

B.O. DE CÁCERES Jueves 15 Mayo 2014 - N.º 92 Página 69

GALISTEO

EDICTO

De conformidad con los artículos 112.3 de la Ley 7/85 de 2 de abril, 39/88 de 28 de diciembre y 127 del Texto Refundido de régimen Local de 18 de abril de 1986, y habida cuenta que la Corporación, en sesión celebrada el 28 de marzo de 2014, adoptó el acuerdo de aprobación inicial del Presupuesto General de esta Entidad para 2014, que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, se publica el mismo resumido por capítulos:

PRESUPUESTO DE INGRESOS Capítulo1:IMPUESTOSDIRECTOS......................................................................................255.700,00€Capítulo2:IMPUESTOSINDIRECTOS......................................................................................2.000,00€Capítulo3:TASASPRECIOSPUBLICOSYOTROSINGRESOS.........................................271.077,00€Capítulo4:TRANSFERENCIASCORRIENTES.....................................................................205.431,00€Capítulo5:INGRESOSPATRIMONIALES...............................................................................97.150,00€Capítulo6:ENAJENACIÓNDEINVERSIONESREALES............................................................10,00€Capítulo7:TRANSFERENCIASDECAPITAL...............................................................................30,00€

TOTAL…………….………….…..…...................... 831.398,00 €

PRESUPUESTO DE GASTOS

ÁreadeGastos1:GASTOSDEPERSONAL..........................................................................268.273,00€ÁreadeGastos2:GASTOSCORRIENTESENBIENESYSERVICIOS.....…....................452.948,00€ÁreadeGastos3:GASTOSFINANCIEROS......................................................…...............….4.000,00€ÁreadeGastos4:TRANSFERENCIASCORRIENTES............................................................74.150,00€ÁreadeGastos6:INVERSIONESREALES..............................................................................17.527,00€ÁreadeGastos9:PASIVOSFINANCIEROS………………....................................................14.500,00€

TOTAL……………………….….….......831.398,00 €

Así mismo se pública la plantilla y relación de puestos de trabajo de esta corporación:

PLANTILLA DE PERSONAL:

FUNCIONARIOS:

A) HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL:1 Secretario-Interventor, Grupo B. Propiedad.

B) ADMINISTRACIÓN GENERAL:1 Administrativo, Grupo C. Propiedad.

c) PERSONAL LABORAL FIJO:

1 Auxiliar Administrativo1 Operario de Servicios Múltiples1 Empleado Campo de Golf

D) PERSONAL CONTRATADO TEMPORAL: 2 Socorristas2 Plan de Empleo Local4 Operarios de Servicios Múltiples Según lo dispuesto en el artículo 152.1 de la Ley 29/88 se podrá interponer directamente contra el referenciado

presupuesto general recurso contencioso-administrativo en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Galisteo a siete de mayo de dos mil catorce.- EL ALCALDE, D. Juan Miguel Muñoz Martínez

2583

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JARAÍZ DE LA VERA

ANUNCIO

Por ausencia del municipio, el Sr. Alcalde, mediante Resolución de fecha 6 de mayo de 2014, ha resuelto delegar la totalidad de las funciones de la Alcaldía en D.ª- Nieves Esteban Paz, 1a Teniente del Alcalde, durante el periodo comprendido entre el 8 y el 10 de mayo de 2014, ambos inclusive.

Lo que se hace público para general conocimiento en Jaraíz de la Vera, a 6 de mayo de 2014.- EL Alcalde, José Bonifacio Sánchez Cruz.

2587

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ROBLEDILLO DE GATA

EDICTO

Rendidas las Cuentas Generales del Presupuesto y de Administración del Patrimonio, correspondientes al ejercicio 2013, e informadas debidamente por la Comisión Especial de Cuentas de este Entidad, en cumplimiento y de conformi-dad con lo dispuesto en los artículos 116 de la Ley 7/85 y 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, quedan expuestas al público en la Secretaría de esta Entidad, por plazo de quince días hábiles, para que durante el mismo y ocho días más, puedan los interesados presentar por escritos los reparos, observaciones y reclamaciones que estimen pertinentes.

Robledillo de Gata, a 7 de mayo de 2014.- El Alcalde/Presidente, Luis Sánchez Prieto.2588

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NAVALMORAL DE LA MATA

EDICTO

Aprobado por la Concejala Delegada de Hacienda en virtud de delegación de la Alcaldía-Presidencia de fecha trece de junio de dos mil once, el Padrón que recoge la Tasa por Servicio Abastecimiento de Agua Potable, Tasa Recogida de Basuras y Tasa Alcantarillado, así como el Canon de Saneamiento de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al Bimestre MARZO-ABRIL/2014.

COMPETENCIA AYUNTAMIENTO NAVALMORAL DE LA MATA - TASA POR SERVICIO ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE, TASA RECOGIDA DE BASURAS Y TASA ALCANTARILLADO:

Exponer al público en la Intervención de Fondos para la notificación colectiva de las liquidaciones incluidas en el padrón, de acuerdo con lo previsto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Los interesados podrán interponer en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación del Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, de conformidad con el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

COMPETENCIA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA - CANON DE SANEAMIENTO (Para dar cumpli-miento a lo dispuesto en el artículo 46.4, de la Ley 2/2012, de 28 de junio, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y de juego de la Comunidad Autónoma de Extremadura (BOE núm. 166, de fecha 12/07/2012 y DOE núm. 125, de fecha 29/06/2012)):

Exponer al público en las oficinas de la empresa Concesionaria del Servicio de Abastecimiento de Agua Potable y Saneamiento, sita en calle Republica Argentina de esta localidad, para la notificación colectiva de las liquidaciones incluidas en el padrón, de acuerdo con lo previsto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Los interesados, tal como establece el artículo 18 del Decreto 157/2012, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Canon de Saneamiento de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Diario Oficial de Extremadura núm. 151, de fecha 06/08/2012), podrán interponer recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes ante la Dirección General competente en la aplicación de los tributos de la Comunidad Autónoma, contra la resolución, ex-presa o presunta, del recurso de reposición o, si no se interpuso aquél, podrá recurrirse en el plazo de un mes ante la Junta Económico-Administrativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el plazo de interposición se contará desde el día siguiente al de finalización del período voluntario de pago, al tratarse de deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva.

COMUNES:

El plazo para hacer efectivas las cuotas individuales, en período voluntario, será de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Transcurrido dicho plazo se devengarán los recargos del periodo ejecutivo que establece el artículo 161 y 28 de la Ley General Tributaria, y en su caso, los inte-reses de demora y las costas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161.4 de la misma y en el artículo 72 del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 939/2005, de 29 de Julio).

Los contribuyentes podrán efectuar el pago de las deudas:

a) Mediante Domiciliación Bancaria, cumplimentado la autorización que se encuentra a su disposición en nuestras Oficinas.

b) En la oficina de la Empresa Concesionaria del Servicio de Abastecimiento y Saneamiento, UTE AGUAS DE NAVALMORAL, sita en calle República Argentina, 2, bajo, de esta localidad, en horario de nueve horas a trece treinta horas, de lunes a viernes, todos los días hábiles.

c) En las oficinas de Caja Extremadura de Navalmoral de la Mata, en el horario propio fijado por dicha Entidad. Navalmoral de la Mata, 6 Mayo de 2014.- La Concejala Delegada de Hacienda, M.ª Dolores Yuste García.

2589

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LA CUMBRE

ANUNCIO

Por Resolución de Alcaldía de 7 de mayo de 2014, se aprueba el Pliego de Condiciones económico-administrativas para contratar por procedimiento abierto de subasta la explotación del bar anejo a la piscina municipal.

1.- Entidad adjudicadora:a) Organismo: Ayuntamiento de La Cumbre.b) Dependencia que tramita el expediente : Secretaría.

2.- Objeto del contrato :a) Descripción del objeto: Explotación del servicio del Bar de la piscina Municipal.b) Duración: Desde la fecha de adjudicación definitiva hasta el 15/09/14.

3.- Tipo de licitación : El tipo mínimo se establece en 350,00 Euros temporada.

4.- Garantías:a) Provisional: Se exime.b) Definitiva: 150,00 Euros.

5.- Presentación de proposiciones : 15 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el B. O .P. de Cáceres.

La Cumbre a 8 de mayo de 2014.- LA ALCALDESA, Carmen Castro Redondo.

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B.O. DE CÁCERES Jueves 15 Mayo 2014 - N.º 92Página 74

MANCOMUNIDAD SIERRA DE GATA

HOYOS

EDICTO

El Pleno de esta Mancomunidad, en sesión celebrada el día 30 de ABRIL de 2014, ha aprobado, inicialmente, el Presupuesto General para el ejercicio de 2014.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el expediente completo queda expuesto al público en la Secretaría de esta Entidad, durante las horas de oficina y por plazo de 15 días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170 de dicho R.D.L., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y por los motivos que se indican en el punto 2º del citado último artículo, ante la Asamblea de esta Entidad.

En el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 del predicho R.D.L., el Presupuesto se considerará, definitivamente aprobado, sin necesidad de acuerdo expreso.

Hoyos a 5 de Mayo de 2014.- EL ALCALDE, ALFONSO BELTRAN MUÑOZ.2585

B.O. DE CÁCERES Jueves 15 Mayo 2014 - N.º 92 Página 75

SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO DE ESPAÑA

CÁCERES

Intentada sin efecto la notificación de la PROPUESTA DE RESOLUCIÓN de los expedientes sancionadores que se indican, por infracción a la Ley Orgánica 1/1992, se publican los presentes edictos de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común. Concediéndosele, según establece el art. 16.1 del Reglamento de Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por R.D. 1398/93, de 4 de agosto (BOE n.º 189, de 9 de agosto), un plazo de QUINCE DÍAS para que alegue lo que estime conveniente a su defensa.

Nº EXPTE. NOMBRE Y APELLIDOS DOMICILIO PRECEPTO INFRINGIDO SANCIÓN

52/2014 D/Dª. LUIS CARLOS PASCUAL MUÑOZ

MONROY (CÁCERES). Art. 23.b) de la LO 1/1992 301€

3428/2013 D/Dª. JAVIER SANTOS HURTADO PLASENCIA (CÁCERES). Art. 26.h) de la LO 1/1992 125€

Cáceres, 5 de mayo de 2014.- EL DELEGADO DEL GOBIERNO, P.D. Resol. de 23-4-97, apart.primero (BOP día 29), EL SECRETARIO GENERAL, Fernando Revert Martínez.

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B.O. DE CÁCERES Jueves 15 Mayo 2014 - N.º 92Página 76

MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE CÁCERES POR LA QUE SE ANUNCIA SUBASTA PUBLICA MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA ENAJENACIÓN DE FINCAS RúSTICAS.

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social, con fecha 16 de abril de 2014, 3 de febrero de 2014 y 25 de enero de 2013 autoriza a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), que acordó su venta y declaró su alienabilidad con fecha 26 de febrero de 2014, 30 de diciembre de 2013, y 12 de noviembre de 2012, para enajenar los inmuebles que se detallan a continuación:

LOTE 1 (10/0295).- FINCA RUSTICA: Sita en ZARZA DE GRANADILLA (CÁCERES), paraje “La Jara”, polígono 13 parcela 166, que ocupa una superficie total según la Gerencia Territorial del Catastro de Cáceres de 4 áreas y 34 centiáreas. Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Hervás, Tomo 606, Libro 46, Folio 87, finca registral 3.838, inscripción 2ª, con una superficie de 4 áreas y 50 centiáreas. Referencia catastral: 10220A013001660000KA.

Tipo mínimo de licitación: 99,00 euros.

LOTE 2 (10/1064).- FINCA RUSTICA: Sita en ALDEANUEVA DE LA VERA (CÁCERES), paraje “Canteras”, polígono 11 parcela 314, que ocupa una superficie total según la Gerencia Territorial del Catastro de Cáceres de 6 áreas y 29 cen-tiáreas. Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Jarandilla de la Vera, Tomo 565, Libro 34, Folio 7, finca registral 3.476, inscripción 1ª, con una superficie de 7 áreas y 40 centiáreas. Referencia catastral: 10014A011003140000TQ.

Tipo mínimo de licitación: 665,00 euros.

LOTE 3 (10/1098).- SEGUNDA SUBASTA.- FINCA RUSTICA: Sita en MIAJADAS (CÁCERES), paraje “Olivar la Llave”, polígono 6 parcela 32, que ocupa una superficie total según la Gerencia Territorial del Catastro de Cáceres de 3 hectáreas, 9 áreas y 20 centiáreas. Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Trujillo, Tomo 798, Libro 200, Folio 72, finca registral 20.072, inscripción 3ª, con una superficie de 3 hectáreas, 9 áreas y 20 centiáreas. Referencia catastral: 10124A006000320000XZ.

Tipo mínimo de licitación: 63.695,00 euros.

La subasta se regirá por las cláusulas administrativas contenidas en el Pliego de Condiciones que se encuentra a disposición de los posibles licitadores en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Cáceres, Avd. De España, n.º 14. Los interesados en formular ofertas escritas en sobre cerrado tendrán de plazo hasta finalizar la jornada hábil del día 12 de junio de 2014, debiéndose presentar en el registro de citada Dirección Provincial y conforme a los términos fijados en la condición 8ª de mencionado Pliego de Condiciones.

Las distintas subastas de bienes inmuebles autorizados para el mismo día y hora, se irán sucediendo en el mismo

orden en que se proceda a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Dicha subasta se celebrará, ante la Mesa constituida al efecto, a las 11’30 horas del día 13 de junio de 2014, en el

Salón de Actos de dicha Dirección Provincial.

Cáceres 8 de mayo de 2014.- LA DIRECTORA PROVINCIAL DE LA TGSS, Inés M.ª- Campos Acedo.

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B.O. DE CÁCERES Jueves 15 Mayo 2014 - N.º 92 Página 77

MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO

EXPROPIACIONES

EX 07/10-00

ANUNCIO DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO

El día 23 de mayo de 2014, se procederá por parte de la Confederación Hidrográfica del Tajo, sita en la Avenida de Portugal, nº 81 de Madrid al pago, mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por los interesados, de las cantidades concurrentes y de los mutuos acuerdos alcanzados a los titulares de bienes y derechos afectados por el EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN FORZOSA POR EL PROCEDIMIENTO DE URGENCIA DERIVADO DEL “PROYECTO DE CONSTRUCCION DEL SANEAMIENTO Y DEPURACION DE LA COMARCA AGRARIA EN LA ZONA FRONTERIZA CON PORTUGAL (CÁCERES), FASE I, clave 03.803-0295/3105, siguientes:

TÉRMINO MUNICIPAL FINCA POL PAR PROPIETARIOS

CARBAJO 038030295/3105/01001 4 53 ANTONIO MORGADO GUILLÉN

TÉRMINO MUNICIPAL FINCA POL PAR PROPIETARIOS

CILLEROS 038030295/3105/02002 7 36 FERMIN RONCERO GASPAR, (100%)

CILLEROS 038030295/3105/02005 7 43 JULIA TOME CARRETA, (100%)

CILLEROS 038030295/3105/02007 7 46 MERCEDES CRISTIANO VINAGRE, (100%)

CILLEROS 038030295/3105/02014 7 79 JULIAN HIDALGO TORRES, (100%)

CILLEROS 038030295/3105/02015 7 80HEREDEROS DE MARCOS SANCHEZ OBREGON, (100%)

CILLEROS 038030295/3105/02021 9 176 FELIX CAMPA BALLESTEROS, (100%)

CILLEROS 038030295/3105/02022 9 177 LUIS RIVAS SANTIBAÑEZ, (100%)

CILLEROS 038030295/3105/02023 9 185FÉLIX CAMPA BALLESTEROS Y ENRIQUETA MARTÍN RONCERO

CILLEROS 038030295/3105/02024 9 186FÉLIX CAMPA BALLESTEROS Y ENRIQUETA MARTÍN RONCERO

CILLEROS 038030295/3105/02025 9 187FÉLIX CAMPA BALLESTEROS Y ENRIQUETA MARTÍN RONCERO

CILLEROS 038030295/3105/02026 9 188FÉLIX CAMPA BALLESTEROS Y ENRIQUETA MARTÍN RONCERO.

CILLEROS 038030295/3105/02027 9 445 Mª DEL CARMEN TORRES TORRES, (100%)

CILLEROS 038030295/3105/02028 9 446 LEANDRO VAZQUEZ OBREGON, (100%)

CILLEROS 038030295/3105/02031 9 481 JOSE ALBERTO MARTIN GONZALEZ, (100%)

B.O. DE CÁCERES Jueves 15 Mayo 2014 - N.º 92Página 78

TÉRMINO MUNICIPAL FINCA POL PAR PROPIETARIOS

ELJAS 038030295/3105/03001 10 38 AGROPECUARIA CARRASCO, S.L., (100%)

ELJAS 038030295/3105/03003 10 40 AGROPECUARIA CARRASCO, S.L., (100%)

ELJAS 038030295/3105/03004 10 43HEREDEROS DE CALIXTO MORENO RODRIGUEZ, (100%)

ELJAS 038030295/3105/03005 10 44HEREDEROS DE CALIXTO MORENO RODRIGUEZ, (100%)

ELJAS 038030295/3105/03006 10 61 VICENTE MORENO URBANO, (100%)

ELJAS 038030295/3105/03007 10 63 MATIAS LOPEZ SOITA, (100%)

ELJAS 038030295/3105/03010 10 70 AURELIO PAYO SANCHEZ, (100%)

ELJAS 038030295/3105/03011 10 71 VALENTIN LADERO RODRIGUEZ, (100%)

ELJAS 038030295/3105/03013 10 80 FELICISIMO GONZALEZ BELLANCO, (100%)

ELJAS 038030295/3105/03014 10 81 FELICISIMO GONZALEZ BELLANCO, (100%)

ELJAS 038030295/3105/03017 10 86 AURELIO PAYO SANCHEZ, (100%)

ELJAS 038030295/3105/03021 10 93 ALEJANDRA DOMINGUEZ RODRIGUEZ, (100%)

ELJAS 038030295/3105/03023 10 98 MARGARITA DOMINGUEZ PAYO, (100%)

ELJAS 038030295/3105/03030 11 168 JUANA SANCHEZ BLANCO, (100%)

ELJAS 038030295/3105/03033 11 176 BRUNO DOMINGUEZ MORENO, (100%)

ELJAS 038030295/3105/03040 11 320 BRUNO DOMINGUEZ MORENO, (100%)

ELJAS 038030295/3105/03044 11 324 CONSUELO FLORES MORENO, (100%)

ELJAS 038030295/3105/03046 11 406 MARIA CONCEPCION RIVAS RAMOS, (100%)

ELJAS 038030295/3105/03047 11 408 MARIA CONCEPCION RIVAS RAMOS, (100%)

ELJAS 038030295/3105/03050 11 415 MARIA CARMEN BARROSO RODRIGUEZ, (100%)

ELJAS 038030295/3105/03051 11 418 EMILIANA VAQUERO SOITA, (100%)

ELJAS 038030295/3105/03058 11 459 SEVERIANO BLANCO DOMINGUEZ, (100%)

TÉRMINO MUNICIPAL FINCA POL PAR PROPIETARIOS

MEMBRIO 038030295/3105/04001 25 11 MATILDE PARDO MARROYO, (100%)

MEMBRIO 038030295/3105/04002 25 12 MARCELO VITAL CANTERO, (100%)

MEMBRIO 038030295/3105/04003 25 25 GREGORIA PADILLA RICO, (100%)

MEMBRIO 038030295/3105/04004 25 26HEREDEROS DE FRANCISCO CARRASCO CORCHADO, (100%)

MEMBRIO 038030295/3105/04007 25 45 FELIPA VICENTE HOLGADO, (100%)

MEMBRIO 038030295/3105/04008 25 50 AGUSTIN GILETE PADILLA, (100%)

MEMBRIO 038030295/3105/04009 25 55 FLORENCIO ROMERO PALOMO, (100%)

MEMBRIO 038030295/3105/04012 25 70 JULIANA RODRIGUEZ RICO, (100%)

B.O. DE CÁCERES Jueves 15 Mayo 2014 - N.º 92 Página 79

MEMBRIO 038030295/3105/04013 25 71 JULIANA RODRIGUEZ RICO, (100%)

TÉRMINO MUNICIPAL FINCA POL PAR PROPIETARIOS

SANTIAGO DE ALCÁNTARA 038030295/3105/05001 9 82 CLAUDIO FLORES BERROCAL, (100%)SANTIAGO DE ALCÁNTARA 038030295/3105/05002 9 83 Mª JOSEFA SALGADO NEVADO, (100%)SANTIAGO DE ALCÁNTARA 038030295/3105/05003 9 85 MANUELA BATALLA SALGADO, (100%)SANTIAGO DE ALCÁNTARA 038030295/3105/05004 13 2 LUCAS RODRIGUEZ MORALES, (100%)SANTIAGO DE ALCÁNTARA 038030295/3105/05006 13 5 LUCAS RODRIGUEZ MORALES, (100%)SANTIAGO DE ALCÁNTARA 038030295/3105/05008 13 23 Mª JOSEFA SALGADO NEVADO, (100%)

TÉRMINO MUNICIPAL FINCA POL PAR PROPIETARIOS

VALVERDE DEL FRESNO 038030295/3105/06001 5 224

AURELIO REDONDO VERA Y JOSEFA HERNÁNDEZ ASENSIO

VALVERDE DEL FRESNO 038030295/3105/06002 5 225 PRUDENCIO CARRASCO PRADO

Aquellas cantidades cuyo pago no pueda hacerse efectivo por transferencia bancaria serán consignadas en la Caja General de Depósitos a disposición de los interesados. Una vez que éstos subsanen la circunstancia que motivó dicha consignación, esta Confederación Hidrográfica procederá a realizar los trámites oportunos para hacer efectivo el pago de las mismas.

Lo que se hace público a los efectos prevenidos en el artículo 49 del Reglamento de Expropiación Forzosa que desarrolla la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de Diciembre de 1954.

Madrid, 29 de abril de 2014.- El Secretario General, Juan Carlos Mérida Fimia.2659

B.O. DE CÁCERES Jueves 15 Mayo 2014 - N.º 92Página 80

MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO

ANUNCIO DE SOLICITUD DE CONCESiÓN DE AGUAS SUPERFICIALES

Ha sido presentada instancia en esta Confederación Hidrográfica del Tajo, acompañada de la oportuna documen-tación, solicitando una concesión de aguas con las características que se exponen en la siguiente:

NOTA EXTRACTO

SOLICITANTE: JESúS RODRÍGUEZ DUQUE DESTINO DEL APROVECHAMIENTO: Riego CORRIENTE DE DONDE SE HAN DE DERIVAR LAS AGUAS: Manantial Innominado VOLUMEN MÁXIMO ANUAL (m3): 289,4 VOLUMEN MÁXIMO MENSUAL (m3): 55,8 CAUDAL MÁXIMO INSTANTÁNEO (l/s): 0,02

UBICACIÓN DE LAS TOMAS:

COORDENADASCAPTACIÓN TÉRMINO PROVINCIA POLÍGONO PARCELA X´ Y’ Manantial Navaconcejo Cáceres 257.407 4.449.893

H= 30 Datum: ETRS-89

LUGAR DESTINO DE LAS AGUAS:

TÉRMINO PROVINCIA POLÍGONO PARCELAS Navaconcejo Cáceres 6 45 Y 46

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el arto 109 del Reglamento del Dominio Público Hidráu-lico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (B.O.E. de 30 de abril), a fin de que en el plazo de TREINTA (30) DÍAS, contados a partir de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la provincia de Cáceres, puedan presentar reclamaciones quienes se consideren afectados por esta petición, bien en el Ayuntamiento de Navaconcejo, o bien en la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Tajo, sita en Cáceres, Avda. de España, nº 4, 1° -C.P. 10071, donde se halla de manifiesto el expediente de referencia 356413/13 (Ref. Alberca 842/2013).

En Cáceres a 14 de abril de 2014.- El Ingeniero Técnico de Obras Públicas, Emilio Sevilla Ortego.2509

B.O. DE CÁCERES Jueves 15 Mayo 2014 - N.º 92 Página 81

MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEIDO AMBIENTE

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO

ANUNCIO DE SOLICITUD DE CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES

Ha sido presentada instancia en esta Confederación Hidrográfica del Tajo, acompañada de la oportuna documen-tación, solicitando una concesión de aguas con las características que se exponen en la siguiente:

NOTA EXTRACTO

SOLICITANTE: COMUNIDAD DE REGANTES LÓPEZ SALGUERO DESTINO DEL APROVECHAMIENTO: Riego CORRIENTE DE DONDE SE HAN DE DERIVAR LAS AGUAS: Arroyo Innominado VOLUMEN MÁXIMO ANUAL (m3): 2,033,62 VOLUMEN MÁXIMO MENSUAL (m3): 589,75 CAUDAL MÁXIMO INSTANTÁNEO (I/s): 0,22 UBICACIÓN DE LAS TOMAS:

COORDENADASCAPTACIÓN TÉRMINO PROVINCIA POLÍGONO PARCELA X’ Y’ Arroyo Innominado Casas del Castañar Cáceres 250,890 4.443,196

H= 30 Datum: ETRS-89

LUGAR DESTINO DE LAS AGUAS:

TÉRMINO PROVINCIA POLÍGONO PARCELAS Casas del Castañar Cáceres 9 2 Y 151

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el art 109 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (B.O.E. de 30 de abril), a fin de que en el plazo de TREINTA (30) DIAS, contados a partir de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la provincia de Cáceres, puedan presentar reclamaciones quienes se consideren afectados por esta petición, bien en el Ayuntamiento de Casas del Castañar, o bien en la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Tajo, sita en Cáceres, Avda. de España, n.º 4, 1.° - C.P. 10071, donde se halla de manifiesto el expediente de referencia 356378/13 (Ref. Alberca 409/2013),

En Cáceres a 14 de abril de 2014.- El Ingeniero Técnico de Obras Públicas, Emilio Sevilla Ortega.2512

B.O. DE CÁCERES Jueves 15 Mayo 2014 - N.º 92Página 82

JUNTA ELECTORAL DE ZONA

CÁCERES

EDICTO

LA ILTMA. SRA. PRESIDENTA DE LA JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE CACERES

HACE SABER: Que en cumplimiento de lo acordado en sesión de la Junta Electoral de Zona de Cáceres celebra-da el día nueve de mayo de dos mil catorce y de conformidad con lo así dispuesto en el art. 14.3 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, se publica el presente edicto a fin de hacer pública la constitución definitiva de la citada Junta Electoral de Zona tanto con los Vocales Judiciales así como con los Vocales no Judiciales; quedando por tanto constituida por los siguientes miembros:

PRESIDENTA.- ILTMA. SRA. DOÑA Maria Luz CHARCO GÓMEZ, Magistrada-Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número TRES de Cáceres.

VOCALES JUDICIALES.- ILTMA. SRA. DOÑA Ascensión VIVAS OLIVER, Magistrada-Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número SEIS de Cáceres e ILTMO. SR. DON Rafael ESTÉVEZ BENITO, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal número UNO de Cáceres.

VOCALES NO JUDICIALES.- DON ANTONIO CRESPO CANDELA Y DON JOSÉ ANDRÉS MENDO VIDAL.SECRETARIO.- DON DAVID MÉNDEZ CALVO Secretario del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Decano de

los de Cáceres.

Lo que se comunica para general conocimiento y efectos.

Dado en Cáceres a nueve de mayo de dos mil catorce.

LA PRESIDENTA EL SECRETARIO2640

B.O. DE CÁCERES Jueves 15 Mayo 2014 - N.º 92 Página 83

JUZGADO DE LO SOCIAL - 1

CÁCERES

EDICTO

Dª BEGOÑA PALACÍN FÁBREGAS, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social nº 001 de CÁCERES, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 74/2014 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de VICTORIA MORENO GONZALEZ contra la empresa MN TAPICERIAS Y DECORACION SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

A U T O

Magistrado/a-JuezSr/Sra. D/D.ª MARIANO MECERREYES JIMÉNEZ

En CÁCERES, a treinta de Abril de dos mil catorce.

ANTECEDENTES DE HECHO

úNICO.- VICTORIA MORENO GONZALEZ ha presentado escrito solicitando la ejecución de del Decreto núm.- 62/2.014 de fecha 21 de Febrero frente a MN TAPICERIAS Y DECORACION SL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Este JDO. DE LO SOCIAL N. 1 ha examinado su jurisdicción, competencia objetiva y territorial, y entiende que en la demanda de ejecución de del Decreto núm.- 62/2.014 de fecha 21 de Febrero concurren los pre-supuestos y requisitos procesales exigidos por la Ley, y debe despacharse la misma de conformidad a lo dispuesto en el art. 237 LJS y concordantes.

SEGUNDO.- De conformidad con el mencionado título que se ejecuta, y la solicitud de ejecución presentada, la cantidad por la que se despacha ejecución es de CUATRO MIL QUINIENTOS DIECINUEVE EUROS CON SETENTA YOCHOCENTIMOS(4.519,78.-€)ydeSETECIENTOSVEINTICUATROEUROS(724,00.-€)enconceptoprovisionalde intereses de demora y costas calculadas según el criterio del 251.1 LJS, por lo que no excede, para los primeros, del importe de los que se devengarían durante un año y, para las costas, del 10 por 100 de la cantidad objeto de apremio en concepto de principal.

TERCERO.- Dispone el artículo 251.2 de la LJS que, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 576 de la LEC, subsidiariamente aplicable, transcurridos tres meses del despacho de la ejecución sin que el ejecutado cumpliere en su integridad la obligación, si se apreciase falta de diligencia en el cumplimiento de la ejecutoria, se hubiere incumplido la obligación de manifestar bienes o se hubieren ocultado elementos patrimoniales trascendentes en dicha manifestación, podrá incrementarse el interés legal a abonar en dos puntos.

CUARTO.- Si la parte ejecutada cumpliera en su integridad la obligación exigida contenida en el título, incluido en el caso de ejecución dineraria el abono de los intereses procesales, si procedieran, dentro del plazo de los veinte días siguientes a la fecha de firmeza de la sentencia o resolución judicial ejecutable o desde que el título haya quedado constituido o, en su caso, desde que la obligación declarada en el título ejecutivo fuese exigible, no se le impondrán las costas de la ejecución que se hubiere instado, en aplicación de lo prevenido en el artículo 239.3 de la LJS.

- En virtud de lo dispuesto en el artículo 551.3 de la LEC, dictado el auto por el/la Magistrado/a, el Secretario judicial responsable de la ejecución, en el mismo día o en el día siguiente hábil, dictará decreto con los contenidos previstos en citado precepto.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: Despachar orden general de ejecución del Decreto núm.- 62/2.014 de fecha 21 de Febrero a favor de la parte ejecutante, VICTORIA MORENO GONZALEZ, frente a MN TAPICERIAS Y DECORACION SL, parte ejecutada, porimportedeCUATROMILQUINIENTOSDIECINUEVEEUROSCONSETENTAYOCHOCENTIMOS(4.519,78.-€)

B.O. DE CÁCERES Jueves 15 Mayo 2014 - N.º 92Página 84

ydeSETECIENTOSVEINTICUATROEUROS(724,00.-€)quesefijanprovisionalmenteenconceptodeinteresesque,en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Secretario/a judicial, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, po-drá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compen-sación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N. 1 abierta en BANESTO, cuenta nº 1144 debiendo indicar en el campo concepto, “Recurso” seguida del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el “código 30 Social- Reposición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

EL/LA MAGISTRADO/A JUEZ EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

D E C R E T O

Secretario Judicial Dª BEGOÑA PALACIN FABREGAS.

En CÁCERES, a seis de mayo de dos mil catorce.

ANTECEDENTES DE HECHO

úNICO.- En esta EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 74/14 se ha dictado auto despachando ejecución a favor de la parte ejecutante, VICTORIA MORENO GONZALEZ, frente a MN TAPICERIAS Y DECORACION SL, parte ejecutada, por importe de CUATRO MIL QUINIENTOS DIECINUEVE EUROS CON SETENTA Y OCHO CENTIMOS (4.519,78.-€)ydeSETECIENTOSVEINTICUATROEUROS(724,00.-€)quesefijanprovisionalmenteenconceptodeintereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

úNICO.- Dispone el artículo 551.3 de la LEC, que dictado el auto que contiene la orden general de ejecución, el/la Secretario/a Judicial responsable de la misma, dictará decreto en el que se contendrán las medidas ejecutivas concretas que resulten procedentes, incluyendo el embargo de bienes, y las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los artículos 589 y 590 de la LEC, así como el requerimiento de pago que deba hacerse al deudor en casos que lo establezca la ley; dictándose de oficio las resoluciones pertinentes conforme al art. 237 LPL.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

Proceder al embargo de bienes y a las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los arts. 589 y 590 LEC.

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Requerir a MN TAPICERIAS Y DECORACION SL, a fin de que en el plazo de cinco días, manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravá-menes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Se acuerda el embargo de los saldos acreedores que tuviere el ejecutado en todas las entidades bancarias con

convenio, para lo cual llévese a efecto a través del Punto Neutro Judicial. E, igualmente, se acuerda el embargo de las devoluciones que por todos los conceptos pudiere percibir de la Agencia

Tributaria, remitiéndose al efecto comunicación telemática.

Y ello en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades reclamadas, a saber, 4.519,78 euros de principal, más 724,00 euros que se calculan prudencialmente para intereses y costas de ejecución, sin perjuicio de su posterior liquidación y tasación.

En virtud del art. 607 pto. 7 de la L.E.Civil, requiérase a la parte ejecutante a fin de que facilite número de cuenta, con objeto de proceder a transferir desde la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado las cantidades embargadas en el presente procedimiento y, con las obligaciones que previene el artículo Citado.

Notifíquese a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interpo-nerse ante el presente órgano judicial en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 186 LPL. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº 1144-0000-64-0074-14 abierta en BANCO SANTANDER, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

LA SECRETARIO JUDICIAL

Y para que sirva de notificación en legal forma a MN TAPICERIAS Y DECORACION SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de CACERES.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Cáceres, a seis de mayo de dos mil catorce.- La Secretario Judicial, Begoña Palacín Fábregas.2576

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JUZGADO DE LO SOCIAL - 6

OVIEDO

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001040 /2013 Procedimiento origen: Sobre ORDINARIO

DEMANDANTE: D.ª VICENTE FERNÁNDEZ GARCÍA. ABOGADO/A: PROCURADOR: GRADUADO/A SOCIAL: PABLO GONZÁLEZ ÁLVAREZ

DEMANDADO, FONDO DE GARANTÍA SALARIAL INGENIERIA ENERGÉTICA EXTREMEÑA 2006, S.L., FONDO DE GARANTÍA SALARIAL ABOGADO/A: PROCURADOR: GRADUADO/A SOCIAL:

EDICTO

D.ª CAMINO CAMPUZANO TOMÉ, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social n° 006 de OVIEDO, HAGO SABER:

Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001040/2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. VICENTE FERNÁNDEZ GARCÍA, contra la empresa INGENIERIA ENERGÉTICA EXTREMEÑA 2006, S.L. y EL FONDO DE GARANTÍA SALARIAL se ha dictado Decreto de Desistimiento cuya PARTE DISPOSITIVA es del tenor literal siguiente:

“Acuerdo:

-Tener por desistido a D. VICENTE FERNÁNDEZ GARCÍA de la demanda frente a LA INGENIERIA ENERGÉTICA EXTREMEÑA 2006, S.L. y AL FONDO DE GARANTÍA SALARIAL

-Archivar las actuaciones una vez que sea firme la presente resolución.

Incorpórese el original al Libro de Decretos, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de telé-fono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta n° 3378000064 en el Banesto debiendo indicar en el campo concepto, “recurso” seguida del código “31 Social Revisión de resoluciones Secretario Judicial”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “31 Social-Revisión de resoluciones Secretario Judicial”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de obser-vaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

LA SECRETARIA JUDICIAL”

B.O. DE CÁCERES Jueves 15 Mayo 2014 - N.º 92 Página 87

Y para que sirva de notificación en legal forma a LA EMPRESA INGENIERIA ENERGÉTICA EXTREMEÑA 2006, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Oviedo, a treinta de abril de dos mil catorce.- La Secretaria Judicial, Camino Campuzano Tomé. 2569

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JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

CÁCERES

Juicio de Faltas N.º 004/2014E D I C T O

Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a JAIME SANDRO DA SILVA la siguiente sentencia:

SENTENCIA 50/14

En Cáceres, a veintiuno de abril de dos mil catorce.

Visto por la Ilma. Sra. Dª. Mª. PURIFICACION GONZALEZ-VARAS IBAÑEZ, Magistrada- Juez del Juzgado de Instrucción nº 7 de Cáceres, el presente juicio de faltas nº 4/14 sobre presunta falta de hurto del art. 623-1 del C. Pe-nal, con intervención del Ministerio Fiscal, como denunciante Francisco Morgado Cortés, y como denunciado Jaime Sandro Da Silva.

ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Incoadas las presentes actuaciones y una vez practicadas las diligencias necesarias, se señaló para

la celebración del juicio el día 11 de abril de 2014, compareciendo el denunciante, no así el denunciado, celebrándose el juicio con el resultado que obra en el acta.

SEGUNDO.- El denunciante retiró la denuncia.El Ministerio Fiscal no formuló acusación.

TERCERO.- En la tramitación del presente juicio se han observado las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

El día 23 de diciembre de 2013 se presentó denuncia ante la Policía Nacional por Francisco Morgado Cortés contra Jaime Sandro Da Silva por presunto hurto, y una vez practicadas las diligencias necesarias, se convocó al correspon-diente juicio de faltas a los implicados, y llegado el día señalado el denunciante retiró la denuncia, no formulándose acusación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- En el acto del juicio no se formuló acusación, por lo que se impone la absolución del denunciado en base al principio acusatorio conforme al cual no cabe condena sin acusación.

SEGUNDO.- En cuanto al pronunciamiento sobre costas, de conformidad con lo que dispone el nº 2 del artículo

240 y el artículo 239 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede declararlas de oficio.VISTOS los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación.

F A L L O

Que debo absolver y absuelvo a JAIME SANDRO DA SILVA por los hechos denunciados declarando de oficio las costas causadas.

Contra esta sentencia cabe interponer en este Juzgado y para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Cáceres recurso de apelación en un plazo de cinco días a partir de su notificación.

Así por ésta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a JAIME SANDRO DA SILVA, se expide el presente.

En Cáceres a cinco de Mayo de dos mil catorce.- El Secretario.2570

Imprenta Provincial - Cáceres