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Actualidad Empresarial
VIrea Laboral
VI-7N 265 Segunda Quincena - Octubre 2012
Compensacin por tiempo de servicios - CTS
Ases
ora
Apl
icad
a
Ficha TcnicaAutora : Dra. Beatty Egsquiza Palacin(*)
Ttulo : Compensacin por tiempo de servicios - CTS(**)
Fuente : Actualidad Empresarial N 265 - Segunda Quincena de Octubre 2012
RequisitosJuan Tortis trabaja como almacenero en la empresa Stock S.A. Labor desde el 1 de octubre de 2012 hasta el 18 de octubre de 2012, desea saber cunto le debe pagar su empleador por concepto de CTS.
El requisito para tener derecho al pago de CTS, es haber laborado mnimo un mes. En el presente caso no se cumple con ese requisito, por lo tanto no le corresponde el pago de CTS.
ClculoEl contador de la empresa Tax S.A. desea saber cmo realizar el clculo de CTS del mes de noviembre de 2012 de Felipe, quien tiene laborando en la empresa 2 aos como almacenero, percibe una remuneracin de S/.1 200.00, tiene un hija de 5 aos. Adicionalmente, percibe por concepto de movilidad mensualmente S/.40.00, para el pago de su almuerzo S/.125.00 mensuales, por concepto de bonificacin por educacin S/.100.00, una canasta por Fiestas Patrias valorizada en S/.200.00, en julio percibi una grati cacin de S/.1800.00, por concepto de comisiones percibi en mayo 2012 - S/. 150.00, en junio 2012 S/.150.00, en julio 2012 S/.180.00, en agosto 2012 S/.120.00, en setiembre 2012 S/.200.00, por concepto de horas extras percibi en junio 2012 S/.90.00, en agosto 2012 S/.90.00. En el presente caso, los das 15 y 16 de agosto tiene faltas injusti cadas.
I) DatosClculo CTS noviembre:
1) Remuneracin computable = RC
Concepto Valor S/No
Remuneracin R 1200 S
Asignacin familiar AF 75 S
Movilidad M 40 No
Pago por almuerzo AP 125 S
Boni cacin por edu-cacin
BE 100 No
Canasta Fiestas Patrias CF 200 No
Comisiones CO ____ S
Horas extras HE ____ No
Comisiones Clculo
mayo 2012
junio 2012
julio 2012
agosto 2012
Promedio comisiones
150 150 180 120 150 + 150 + 180+120/6
Cumple el principio de regularidad
Resultado = 100 = PC
Horas extras
junio 2012 agosto 2012
90 90
No cumple el principio de regularidad
Tiempo de servicios computablesAngela, contadora de la empresa Ag S.A., tiene una trabajadora que labora desde mayo de 2012, desea calcular su CTS de noviembre (periodo mayo - octubre); ju-nio, julio y agosto hizo uso de su descanso pre y posnatal; el 8, 9 y 10 de setiembre no asisti a laborar y no present justi cacin alguna, desea saber si considera para el tiempo de servicios computables, las faltas injusti cadas.
En el presente caso se determinar cul es el tiempo de servicios computables:
Caso N 1
Caso N 3
Caso N 2
(*) Abogada por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Adjunto de docencia del curso de Derecho Colectivo del Trabajo y Derecho Procesal de Trabajo en la UNMSM. Miembro Asociado del Grupo de Estudios de Derecho del Trabajo y de Seguridad Social (GEDTSS).
(**) Base Legal: Decreto Supremo N 001-97-TR y el Decreto Supremo N 004-97-TR.
Periodo Inasistencias Considera laborado
junio-julio-agosto
Descanso pre y posnatal S
1 al 7 de setiembre Vacaciones S
9,10 y11 de octubre Faltas injusti cadas No
El tiempo de servicios computables ser de 5 meses y 28 das.
2) Tiempo de servicios computables
Periodo Inasistencias Considera laborado
15 y 16 agosto faltas injusti cadas NO
El tiempo de servicios computables ser de 5 meses y 29 das.
CTS Mayo Noviembre / AbrilPeriodo
CTS Noviembre
Mayo / Octubre
Periodo:01.05.2012- 31.10.2012
Periodo
Frmula Meses R + 1/6 G X M/12
Frmula Das
R + 1/6 G X D/360
Principio de regularidad: Las horas extras y/o comisiones ingresarn al clculo de CTS siempre que se perciba dentro del periodo por lo menos 3 veces.
II) Frmula CTSRC = Remuneracin computable
M = Meses laborados
G = Grati cacin
D = Dias laborados
III) Procedimiento1) Resultado de 1/6 grati cacin = 1800
x 6/6 = 300.00
2) Resultado de remuneracin computa-ble
RC = R + AF + AP + PCRC = 1200 + 75 + 125 + 100RC = 1500
3) Aplicando la frmula y el tiempo de servicios computables
Clculo por mesesRC + 1/6 G X M/121500 + 300 X 5/12
9000/12750
Clculo por dasRC + 1/6 G X M/36
1500 + 300 X 29/36050400/360
145CTS Noviembre 2012 = 750+ 145 = 895
El depsito a efectuar por concepto de CTS por el periodo de noviembre 2012 ser de S/.895.00.