COOPERACIÓN ENTRE AGENCIAS
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COOPERACIÓN ENTRE COOPERACIÓN ENTRE AGENCIASAGENCIAS
TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE COSTA RICA Y CANADÁ
CAPÍTULO DE COMPETENCIA
HAZEL OROZCO CHAVARRÍACOMISION PARA PROMOVER LA COMPETENCIA
COSTA RICA
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ANTECEDENTESANTECEDENTES
•Costa Rica ha negociado en bloque con el resto de Centroamérica tratados de libre comercio (TLC) con Chile, República Dominicana y Panamá.
•Individualmente, suscribió TLC con México (1994) y más recientemente con Canadá.
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POLÍTICA DE POLÍTICA DE COMPETENCIACOMPETENCIA
En todos estos tratados se incluyó un capítulo referido a política de competencia, a excepción del TLC con México que se suscribió previo a la aprobación de la Ley de competencia en Costa Rica.
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TLC COSTA RICA-CANADÁTLC COSTA RICA-CANADÁ
Representó para Costa Rica una oportunidad para avanzar hacia una mayor profundización en el tema de competencia.
Sin embargo, las diferencias entre ambos países en el tema de competencia resultan evidentes
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TLC COSTA RICA-CANADÁTLC COSTA RICA-CANADÁCANADÁ COSTA RICA
LEYES DESDE 1889 LEY 7472: ENERO 1995
COMMON LAW SISTEMA ROMANO
ANÁLISIS DE LAS ANÁLISIS DE LASPRÁCTICAS PRÁCTICAS
DIFERENCIAS
DIFERENCIAS
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INTERROGANTESINTERROGANTES¿Es posible alcanzar algún nivel de cooperación?
¿Qué nivel de cooperación se puede alcanzar?
¿Qué tipo de acuerdo es posible bajo estas condiciones?
¿Cómo fue posible sopesar estas diferencias?
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INTERROGANTESINTERROGANTES
Posibilidades de implementación
práctica de los esquemas de
cooperación en el contexto del Tratado
de Libre Comercio entre Costa Rica –
Canadá.
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RESPUESTASRESPUESTAS
En las negociaciones se buscó la manera de generar un convenio flexible, pero que a la vez garantizara principios básicos que tuvieran efecto, de manera que las agencias con sus respectivas legislaciones y diferencias pudieran convivir
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La cooperación y coordinación entre agencias fue uno de los objetivos fundamentales que justificó la negociación, y es a través de estas y del reconocimiento de ciertos principios generales, que se logra consolidar el capítulo.
RESPUESTASRESPUESTAS
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OBJETIVO DEL CAPÍTULO DE OBJETIVO DEL CAPÍTULO DE COMPETENCIACOMPETENCIA
Asegurar que los beneficios de la liberalización comercial no se vean menoscabados por actividades anticompetitivas y promover la cooperación y coordinación entre las autoridades de competencia de las partes.
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TLC COSTA RICA-CANADÁTLC COSTA RICA-CANADÁPRINCIPIOS GENERALESPRINCIPIOS GENERALES
Existencia y aplicación de la ley.
No discriminación.
Prácticas anticompetitivas
Transparencia
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TLCTLC COSTA RICA-CANADÁ COSTA RICA-CANADÁPRINCIPIOS GENERALESPRINCIPIOS GENERALES
Imparcialidad e independencia de la
agencia de competencia
Debido proceso
Apelación
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COOPERACIÓNCOOPERACIÓN
Notificaciones
Consultas
Intercambio de información
Acuerdos y esquemas adicionales de asistencia técnica
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TLC COSTA RICA-CANADÁSISTEMA DE NOTIFICACIÓN
a) Que sean relevantes para la aplicación de la legislación de la otra parte;
b) que involucre actividades anticompetitivas, distintas de fusiones o adquisiciones, ejecutadas total o parcialmente en el territorio de la otra parte y que puedan ser significativas para esa parte;
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c) Que involucre fusiones en las cuáles una o más de las empresas investigadas está establecida u organizada bajo las leyes de la otra parte o alguna de sus provincias;
d) que involucre soluciones que expresamente exigen o prohíben una conducta en el territorio de la otra parte, o
TLC COSTA RICA-CANADÁTLC COSTA RICA-CANADÁSISTEMA DE NOTIFICACIÓNSISTEMA DE NOTIFICACIÓN
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TLC COSTA RICA-CANADÁTLC COSTA RICA-CANADÁSISTEMA DE NOTIFICACIÓNSISTEMA DE NOTIFICACIÓN
e) que involucre la recopilación de información ubicada en el territorio de la otra parte, excepto los contactos telefónicos con una persona en el territorio de esa otra parte, cuando esa persona no es el objeto de la aplicación de mecanismos de observancia.
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TLC COSTA RICA-CANADÁTLC COSTA RICA-CANADÁ CONFIDENCIALIDADCONFIDENCIALIDAD
Las partes se reservan el derecho de negarse
a suministrar información en contravención a
sus leyes. Las partes mantendrán, hasta
donde sea posible, la confidencialidad de
toda información que la otra parte le haya
comunicado en confianza.
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TLC COSTA RICA-CANADÁ TLC COSTA RICA-CANADÁ CONSULTASCONSULTAS
Las partes realizarán consultas para considerar asuntos relacionados con la operación, ejecución, aplicación e interpretación del capítulo.
Proscribir actividades anticompetitivas y la efectividad de la aplicación de los mecanismos de observancia.
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TLC COSTA RICA-CANADATLC COSTA RICA-CANADA ASISTENCIA TÉCNICAASISTENCIA TÉCNICA
Las partes acuerdan trabajar conjuntamente en iniciativas de asistencia técnica relacionadas con la política de competencia, así como con las medidas para proscribir actividades anticompetitivas y la aplicación de mecanismos de observancia.
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CONCLUSIONESCONCLUSIONES
Es posible suscribir acuerdos en el tema de competencia entre países con diferente grado de desarrollo económico e institucional
Se extiende el marco de acción de las agencias nacionales
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CONCLUSIONESCONCLUSIONES
Beneficia la capacidad técnica de las agencias con un nivel de desarrollo inferior.
Aumenta la legitimidad tanto de la legislación como de las instituciones de competencia.
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MUCHAS GRACIAS…MUCHAS GRACIAS…
Comisión para Promover la CompetenciaCosta Rica
Tel.: (506) 235-82-22 • Fax. (506) 236-75-24 E-mail: [email protected] • Páqina web: www.meic.go.cr