Convenio de Protección Oncológica FALP - CTS … · que ingresen a un centro de urgencia distinto...

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Guía del Beneficiario Convenio de Protección Oncológica FALP Alvarez Condarco 1002, Providencia • Santiago Servicio al Cliente: 02-471 19 00 Fax: 02-471 19 53 Mail: [email protected] www.convenioncologicofalp.cl

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Guía del Beneficiario

Convenio de Protección Oncológica FALPAlvarez Condarco 1002, Providencia • Santiago

Servicio al Cliente: 02-471 19 00Fax: 02-471 19 53

Mail: [email protected]

Convenio de Protección Oncológicade la Fundación Arturo López Pérez

Gracias por contribuir con su aporte a la lucha contra el cáncer. Usted se ha incorporadoal Convenio Oncológico de la Fundación Arturo López Pérez (FALP). El ConvenioOncológico permite enfrentar los costos económicos del tratamiento del cáncer enla Clínica Oncológica de la FALP, única institución privada del país especializada enel tratamiento integral del cáncer.

Su elección esta respaldada por la Fundación Arturo López Pérez, institución privadasin fin de lucro, que hace más de 50 años se dedica a la lucha contra el cáncer.

El Convenio Oncológico tiene como objetivo otorgarle a Usted y familia una completaprotección económica, complementaria a su sistema previsional de salud, para eltratamiento del cáncer en la Clínica Oncológica de la Fundación.

Le agradecemos su elección y confianza, permitiéndonos sembrar futuro y posibilidadesde atención a miles de personas.

Indice

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Acerca de la Fundación Arturo López Pérez (FALP)

Qué es el Convenio de Protección Oncológica (FALP)

Definiciones más importantes

¿Qué hacer en caso de siniestro?

Derechos de Afiliados y Beneficiarios

Obligaciones del Afiliado y Beneficiarios

Exclusiones de Cobertura

Tome Nota

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La Fundación Arturo López Pérez, fue creada en el año 1954 y es una entidad privadasin fin de lucro, cuyo único fin es propender a la prevención, tratamiento, docenciae investigación de las enfermedades cancerosas, combatiéndolas con todos los mediosa su alcance. Para el cumplimiento y la atención de estos propósitos, la FALP cuentacon tres importantes áreas:• Convenio Oncológico• Clínica Oncológica• Unidad de Donaciones y Beneficiencia.

Acerca de la Fundación Arturo López Pérez (FALP).

Qué es el Convenio de Protección Oncológica FALP

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Se crea el año 1995 como una manera de ayudar a cumplir la misión que la FALPse ha propuesto, “ayudar a combatir el cáncer en todas sus formas, a través de losmejores medios técnicos y humanos disponibles”. A través del aporte mensual delos afiliados al Convenio, ellos y sus beneficiarios acceden a la protección económicapara el tratamiento del cáncer, siendo atendidos en la Clínica Oncológica de laFundación, única institución privada especializada e integral de cáncer en Chile.

Además el convenio les brinda a todos aquellos que participan y que no sufren deesa enfermedad, la posibilidad de hacer un aporte solidario a la comunidad, ayudandoa otros que lo necesiten.

Definiciones más importantes

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• Afiliado Titular: Funcionario y/o persona natural que se inscribe en el Convenio yque autoriza a realizar el cargo y/o descuento del aporte correspondiente por efectodel Convenio (de acuerdo a la forma de pago convenida).

• Beneficiarios: Son los afiliados, su grupo familiar y/o los adicionales.

• Adicional: Persona natural, no integrante del grupo familiar que es incluido en elConvenio a solicitud del afiliado.

• Grupo Familiar: Cónyuge o pareja estable del Afiliado que se inscribe en el Convenio,hijos del Afiliado y los hijos de su cónyuge o pareja y, en el caso de los hijos, éstosdeberán ser menores de 25 años.

• Preexistencia: Enfermedad oncológica que se padece o se ha padecido, diagnosticaday/o tratada con anterioridad a la celebración del Convenio y/o la Solicitud de Afiliación.

• Enfermedad Oncológica o Cáncer: Enfermedad que se manifiesta por la presenciade un tumor maligno con un crecimiento descontrolado y la proliferación de célulasmalignas, la invasión de tejidos a distancia (metástasis) o células malignas en lossistemas linfáticos o circulatorios y que es confirmada mediante la biopsia.

• Tratamiento Oncológico: Todas las acciones médicas o quirúrgicas tendientes a larecuperación de un enfermo de cáncer, entendiéndose como tratamiento la cirugía,quimioterapia, radioterapia, hormonoterapia u otro reconocido como tal, por el ComitéMédico Oncológico de la FALP.

• Vigencia: Fecha desde la cual el o los beneficiarios tendrán derecho a la coberturadel Convenio Oncológico y que corresponde a 30 días corridos posteriores a larecepción del primer aporte y que es independiente de la fecha de celebración delConvenio con cada Afiliado.

• Aporte: Aporte en dinero no reembolsable con contraprestaciones, que efectúacada Afiliado.

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¿Qué hacer en caso de siniestro?

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Ante una presunción o diagnóstico de una enfermedad Oncológica, deberá solicitarformalmente la activación de los beneficios que otorga el Convenio de ProtecciónOncológica, completando un documento denominado “Solicitud de Cobertura” yentregándolo en las dependencias de la FALP o en cualquier otro lugar que éstahabilite para ello. Lo anterior en un plazo máximo de 48 horas desde la confirmacióndel Diagnóstico señalado en la FALP. De lo contrario, el Beneficiario perderá la coberturapara esa prestación, y deberá solicitar la cobertura de las siguientes prestaciones.

Al momento de realizar la solicitud de cobertura el Beneficiario debe aportar todoslos antecedentes o exámenes que orienten al Diagnóstico por el cual solicita lacobertura.

Todas las prestaciones indicadas por el médico tratante de la FALP deberán serpresentadas, con una antelación de 24 horas a la fecha programada de la prestaciónen las dependencias de la FALP, o en cualquier lugar que ésta última habilite paraello. Lo anterior con el fin de otorgar la autorización correspondiente a la prestaciónsolicitada en caso que esta corresponda a un tratamiento oncológico, de lo contrario,perderá el derecho de la cobertura.

En caso que el beneficiario haya sido diagnosticado de una Enfermedad Oncológicae ingrese de urgencia a la clínica de la FALP tendrá un plazo de 48 horas paracomunicar su ingreso y solicitar la regularización de su ingreso, de lo contrario perderála cobertura. En el caso de los pacientes de regiones distintas a la Región Metropolitana,que ingresen a un centro de urgencia distinto a los de la FALP, tendrán 24 horas deplazo para comunicarlo formalmente a la FALP y solicitar la cobertura del presenteconvenio. En caso de no realizar estas comunicaciones se perderá la cobertura.

Si un Beneficiario deba ser hospitalizado, siempre deberá dejar una garantía alingresar a la Clínica, para cubrir aquellas prestaciones no oncológicas que no tengancobertura del Convenio, como por ejemplo: Día cama suite.

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Protección Oncológica que corresponde al 100% del costo no cubierto por el sistemaprevisional de salud del beneficiario y/o su seguro complementario, relacionado asu patología oncológica y de conformidad a las consideraciones particulares expresadasen el Convenio de Protección Oncológica.

Acceso y respaldo de la única Clínica integral y especializada de Cáncer.

Que convenio facilite el acceso a las prestaciones médicas que la clínica otorga enlas especialidades oncológicas, consistentes en atenciones de consulta médica espe-cializada, procedimientos de radioterapia, quimioterapia, cirugía y hospitalización *,para todos los Beneficiarios que sean diagnosticados de cáncer y que se ajusten alos requisitos de cobertura expresados en el convenio de protección oncológica.

Acceder a los beneficios adicionales que el convenio establezca para sus beneficiarios.

Solicitar información sobre el estado de aportes.

Solicitar información sobre la evolución de su solicitud de cobertura.

Solicitar información de los médicos especialistas de la clínica y cualquier informaciónrelacionada a especialidades, tratamientos, tecnología, infraestructura, informaciónsobre el cáncer, etc.

Hospitalizaciones de urgencia por 48 hrs. si es paciente oncológico con coberturaaprobada.

* Habitaciones de 3 camas. Si el beneficiario escogiese otra alternativa, esta deberá ser cubierta por susistema previsional de salud y/o seguro complementario.

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Derechos de Afiliados y Beneficiarios

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El afiliado debe realizar su aporte, en la forma y época convenida, según modalidadescogida, y asume la responsabilidad de verificar que el aporte sea cargado y/odescontado y enterado de acuerdo a lo pactado.

En caso de presunción, deberá solicitar formalmente la activación de los beneficiosque otorga el Convenio, completando un documento denominado “Solicitud deCobertura” en nuestras dependencias o cualquier oficina habilitada para ello, en unplazo máximo de 48 horas desde la confirmación del diagnóstico señalado en laFALP.

Mantener vigente un sistema previsional de salud en una institución distinta aCapredena, Dipreca o Isapres abiertas con planes cerrados o Isapres cerradas.

Comunicar a la FALP cuando el afiliado o alguno de los beneficiarios incluidos en elConvenio, modifiquen su plan de salud o sistema previsional, todo en un plazo de30 días de corrido dicho cambio.

Otorgar un mandato especial e irrevocable, autorizando ante Notario Público, en quese faculte a FALP y se le otorgue el derecho para adquirir las órdenes y/o programasmédicos que el sistema previsional de salud del Beneficiario le otorgue por conceptode las prestaciones que reciba; beneficios o reembolsos de seguros de salud adicionalesy/o complementarios que posea al inicio de su tratamiento, según sea el caso.

Comunicar por escrito la incorporación o retiro de algún integrante del grupo familiar,como asimismo cualquier dato que la solicitud de afiliación requiera.

Informar a Servicio al Cliente de Convenio de Protección Oncológica, por escrito, sies desvinculado de su Empresa y necesita continuar con la Protección Oncológica,realizando un traspaso de Convenio Empresa a Convenio Individual.

En caso de que un Beneficiario deba ser hospitalizado en la Clínica Oncológica dela FALP, deberá dejar una garantía al momento de ser admitido. Dicha garantía tendrápor fin respaldar cualquier procedimiento que no sea cubierto por el presente Convenio.

Obligaciones del Afiliado y Beneficiarios

Exclusiones de Cobertura

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El Convenio no otorgará beneficio para la etapa de diagnóstico. El diagnóstico seráde cargo del paciente de acuerdo a su sistema previsional de salud.

No presentar los antecedentes clínicos solicitados en los plazos establecidos almomento de solicitar la cobertura.

No respetar las indicaciones de exámenes, procedimientos, controles y terapiaspropuestos por FALP en la fecha y forma establecida.

Haber recibido Tratamiento Oncológico no indicado por el Comité Médico Oncológicode la FALP.

En el evento de que el Beneficiario, en conocimiento o presunción de un diagnósticode Cáncer, se realice el Tratamiento Oncológico o cualquier otro procedimiento paraconfirmar la presunción en otro centro clínico, sin el conocimiento por escrito de FALP,se entiende por ese hecho que renuncia expresa y voluntariamente a la coberturadel Convenio, excluyéndose de toda responsabilidad a la FALP por los TratamientosOncológicos que Él o los Beneficiarios reciban en otro centro clínico que no sea dela FALP.

No enterar el aporte de la forma acordada en el convenio. Sin embargo, la FALPpodrá otorgar, a su exclusiva discreción, un período de gracia de 30 días para entregardicho Aporte, el cuál será recibido directamente por la FALP en sus propias dependenciaso cualquier oficina habilitada para ello. Transcurrido dicho plazo, sin que se hayaenterado el aporte, se terminará automáticamente la vigencia del presente contrato.

Haber omitido datos y/o haber entregado información falsa o incompleta del estadode salud del Afiliado o de cualquier Beneficiario al completar la Declaración de Salud,y, en general, omitir cualquier antecedente que revele una predisposición a padecerde una Enfermedad Oncológica, o que a juicio de la FALP, sea necesaria para conocerde una presunción, una preexistencia, una enfermedad Oncológica.

• Fono horas médicas: 02-445 72 7702-445 72 7802-420 51 45

• Servicio 800 Convenio de Protección Oncológica: 800 363 900

• Recaudación: 02-471 19 11

• Cobranzas: 02-471 19 15

• Dirección Convenio de Protección Oncológica: Alvarez Condarco 1002, Providencia,Santiago

Tome nota

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José Manuel Infante

Av. Santa Isabel

Alvarez Condarco

José Miguel Claro

Av. M

anuel Montt

Av. Francisco BilbaoAlférez Real

Av. Francisco BilbaoRancagua

Av. SalvadorA

v. Italia

Av. Francisco Bilbao

Condell

Condell

Av. Salvador

José Manuel Infante

José Miguel Claro

Av. M

anuel Montt

Av. A

ntonio Varas

Av. Provid

enciaAv. Eliodoro YáñezSalvador

Convenio de ProtecciónOncológica:Alvarez Condarco 1002Providencia, Santiago.

Clínica Oncológica FALP:Rancagua 878Providencia, Santiago.

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