Control interno, ¿qué es? informe al Concejo de Urrao, febrero de 2012

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DIRECCIÓN DE CONTROL INTERNO

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Informe presentado por la gerente de Control Interno de la Alcaldía de Urrao, Leidy Johana Arango García, al Concejo de Urrao en febrero de 2012. En esta presentación la gerente consigna el marco legal, funciones y deberes de las oficinas de control interno.

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DIRECCIÓN DE CONTROL INTERNO

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PRESENTACIÓN PERSONAL Y PROFESIONAL

Nombre: LEIDY JOHANA ARANGO GARCÍA

Cédula: 43.221.711 de Medellín

Fecha de Nacimiento: 10 de Noviembre de 1985

Estado Civil: SolteraCorreo Electrónico: [email protected]

Profesión: Abogada egresada de la Universidad Autónoma Latinoamericana.

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Especialización: Derecho Administrativo egresada Universidad Autónoma Latinoamericana.

Persona con excelentes relaciones interpersonales, con gran disponibilidad de trabajo en equipo y alto compromiso con toda la comunidad Urraeña y con la Administración Municipal.

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Modelo Estándar de Control Interno

ANTECEDENTES LEGALES:

Constitución Política Colombiana 1991:

Artículos 209: La administración pública, en todos sus ordenes, tendrá un CONTROL INTERNO que se ejercerá en los términos que señale la Ley. ”.

Artículos 609: En las entidades públicas, las autoridades correspondientes están obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno, de conformidad con lo que disponga la Ley.

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- Ley 87 de 1993: Establece Normas para el ejercicio del Control Interno en las

entidades Estatales.

- Ley 42 1993: sobre la organización del sistema de control fiscal financiero y los

organismos que lo ejercen.

- Decreto 1826 de 1994: Por el cual se crea el comité Coordinador de Control Interno.

- Decreto 2145 de 1999: Por el cual se dictan normas sobre el Sistema Nacional de

Control Interno de las Entidades y Organismos de la Administración Pública del Orden

Nacional y Territorial y se dictan otras disposiciones.

-Decreto 1537 de 2001: Reglamenta los elementos Técnicos y Administrativos que

fortalecen el sistema de Control Interno.

- Ley 617 de 2000: Se dictan otras normas tendientes a fortalecer la descentralización,

y se dictan normas para la racionalización del gasto público nacional.

- Ley 734 de 2002: Se expide el Código Disciplinario Único, en su articulo 34: Deberes

de todo Servidor Público, numeral primero: Adoptar el Sistema de Control Interno y la

función independiente de Auditoría interna que trata la Ley 87 de 1993.

-Conformar el comité coordinador de control interno. Conformación de nuestro comité

en el Municipio decreto 053 del 14 de abril de 2009.

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ROLES Y RESPONSABILIDADES ROLES Y RESPONSABILIDADES Informa en tiempo real los inconvenientes detectadosInforma en tiempo real los inconvenientes detectados

COMITÉ DE COORDINACIONCOMITÉ DE COORDINACIONDE CONTROL INTERNODE CONTROL INTERNO

ALCALDEALCALDE

NIVELNIVELDIRECTIVODIRECTIVO

SERVIDORESSERVIDORESPUBLICOSPUBLICOS

SECRETARIO SECRETARIO DE CONTROLDE CONTROL

INTERNOINTERNO

Evaluador IndependienteEvaluador Independiente

Establecer, Desarrollar y MantenerEstablecer, Desarrollar y Mantener

Diseñar Métodos y Procedimientos Diseñar Métodos y Procedimientos

AplicarlosAplicarlos

Mide el Grado de Avance y Desarrollo del SCIMide el Grado de Avance y Desarrollo del SCI

LEY 734 DE 2002- CÓDIGO DISCIPLINARIO ÚNICO.LEY 734 DE 2002- CÓDIGO DISCIPLINARIO ÚNICO.  ARTÍCULO 34 – Deberes. Son deberes de todo servidor público. ARTÍCULO 34 – Deberes. Son deberes de todo servidor público. Numeral 31. Numeral 31. Adoptar elAdoptar el Sistema de Control Interno y la función independiente Sistema de Control Interno y la función independiente de Auditoría interna que tratas la Ley 87 de 1993 y demás normas que la de Auditoría interna que tratas la Ley 87 de 1993 y demás normas que la modifiquen o complementen.modifiquen o complementen.

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- Decreto 1599 de 2005: Por medio del cual se Adopta el Modelo Estándar de Control Interno para

el Estado Colombiano. - Decreto 3181 de 2009: Reglamenta la implementación del MECI en los municipios de 3", 4",5" Y 6" categoría.- Circular Externa 100-006 de 2009: Directrices para fortalecer la implementación del modelo MECI con lo previsto en el Decreto 3181 de 2009. - Ley 1474 de 2011 Estatuto Anticorrupción: Modifica el articulo 8 al 14 de la Ley 87 de 1993.

- Decreto 019 de 2012 funciones de control Interno articulo 231: sin perjuicio de las demás disposiciones legales esta obligado a reportar ante los organismos de control los posibles actos de corrupción e irregularidades que hayan encontrado en ejercicio de sus funciones.

CONCEPTO DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO Y SISTEMA DE GESTIÓN DE CONTROL

El SCI tiene como objetivo final el cumplimiento de las normas constitucionales y legales vigentes dentro de las políticas trazadas por la Dirección y en atención a las metas u objetivos previstos, mientras que el SGC es aquella parte del Sistema de Gestión de la Entidad, enfocada en el logro de resultados en relación con los objetivos de la calidad, para satisfacer las necesidades, expectativas y requisitos de los clientes y partes interesadas en procura de la mejora continua.

Se busca Establecer con este sistema objetivos y metas, formular planes, definir procesos y procedimientos en los niveles de autoridad y responsabilidad.

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SISTEMA DE CONTROL INTERNO EN SISTEMA DE CONTROL INTERNO EN COLOMBIACOLOMBIA

•INSPECCIÓNINSPECCIÓN•POLICIVOPOLICIVO

•MEDICIÓNMEDICIÓN•MEJORAMIENTOMEJORAMIENTO

AABB

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OBJETIVOS DEL CONTROL INTERNO EN OBJETIVOS DEL CONTROL INTERNO EN ORGANISMOS DEL ESTADOORGANISMOS DEL ESTADO

1. Prevenir fraudes, localizar errores, y poder fijar su monto.

2. Comprobar la veracidad de los estados financieros.

3. Estimular la eficiencia operacional.

4. Salvaguardar los activos u obtener un control efectivo sobre todos los aspectos de la entidad.

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InsumosInsumos ProcesosProcesos ProductosProductos

P HA

PROCESO INTERNOPROCESO INTERNO

ObjetivoObjetivoResultadosResultados

EL OBJETIVO NO ES PRODUCIR EL OBJETIVO NO ES PRODUCIR PRODUCTOSPRODUCTOS

EL OBJETIVO ES MEJORAR LA EL OBJETIVO ES MEJORAR LA SOCIEDADSOCIEDAD

ENTRADA

PROCESO SALIDA

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ERRORES DEL CONTROL INTERNOERRORES DEL CONTROL INTERNO

ANTES Control Previo Chulos de Verificación Imposición Control Policivo

AHORA Autocontrol Responsabilidad Mejoramiento Continuo Evaluación de Gestión

NUEVO ENFOQUE DEL CONTROL INTERNONUEVO ENFOQUE DEL CONTROL INTERNO

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INFORMES CONTROL INTERNO

- Publicación cada 4 meses en la página Web de la entidad Informe pormenorizado del estado de Control Interno, so pena de incurrir en falta disciplinaria grave.- Plan Anticorrupción y atención al ciudadano.- Plan de acción Anualizado - informe control Interno Contable - Relación de toda la contratación del municipio en todas las cuantías en el portal Gestión Transparente.- Informe de Quejas, Reclamos y Sugerencias.- Informe anual, sobre el avance del sistema de control Interno de cada vigencia.- Informe de austeridad en el gasto.

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- Informe de evaluación a la gestión Institucional.- Seguimiento a cuenta consolidada por entidad. - Seguimiento y Evaluación a la Implementación del Nuevo Modelo Estándar de Control Interno "MECI"- Información sobre la participación de la Mujer en la Administración.- Auditorias internas .

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GRACIAS