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    CONFLICTOS Y ACUERDOS SOBRE AGUAS TRANSFRONTERIZASMarcos Jurdicos y Prcticas Regulatorias Internacionales

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    CONFLICTOS Y ACUERDOS SOBRE

    AGUAS TRANSFRONTERIZASMarcos Jurdicos y Prcticas Regulatorias Internacionales

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    Es una publicacin de Agua Sustentable

    con la cooperacin del IDRC / CRDI(Centro Internacional de Investigaciones para el Desarrollo

    International Development Research Centre)

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    Primera edicin: julio de 2013 Agua Sustentable, 2013D.L.: 4-1-1621-13

    Impresin:Plural editores

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    Impreso en Bolivia

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    C

    PRESENTACIN .................................................................... 15

    Gestin Integral de Recursos Hdricosy Comunidad de Intereses en los MarcosNormativos de Aguas Transfronterizas

    Ren Orellana Halkyer

    1. Introduccin ....................................................................... 192. Construccin de marcos normativos de regulacin

    de aguas transfronterizas .................................................... 203. Construccin del concepto de aguas transfronterizas y

    sus implicaciones polticas ................................................ 234. Teoras y Principios Regulatorios sobre AguasInternacionales ................................................................... 26

    5. Factores para la aplicacin del Principio al UsoEquitativo y Racional de las Aguas ................................... 29

    6. Contaminacin y aplicacin del principio de usoequitativo y razonable de las aguas .................................. 32

    7. Conictividad y comunidad de intereses. El caso delSistema Hdrico del Lago Titicaca, Ro Desaguadero,Lago Poop y Salares (TDPS) y las relacionesBolivia Per .................................................................... 33

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    6 regulacindecuencastransfronterizas

    8. Conictos y acuerdos de distribucin de aguas. El caso

    del Silala (Bolivia y Chile) ................................................ 389. El conicto del Ro Lauca (Bolivia Chile) y la

    aplicacin de la teora de la soberana territorial absoluta . 4010. Comunidad de intereses y gestin integral de la

    Cuenca del Plata ............................................................... 4111. Rgimen de propiedad de aguas, visin mercantil de

    aguas y marco normativo de aguas transfronterizas.

    El caso de Chile ................................................................. 5012. Visin de gestin integral de recursos hdricos y

    comunidad de intereses. El caso del Per .......................... 54

    Marcos Normativos e Institucionales de Regulacinde Cuencas Transfronterizas

    Nancy Yez Fuenzalida

    1. Introduccin ....................................................................... 572. Marco Jurdico: Regulacin de las aguas en el derecho

    internacional ...................................................................... 592.1. Evolucin del Derecho de agua sobre sistemas

    hdrico y cuerpos de agua transfronterizos en elDerecho Internacional ................................................ 59

    2.2. Costumbre Internacional: Principios y normas parala regulacin de los usos en cursos de aguainternacionales ............................................................ 67

    2.3. Algunos antecedentes sobre la regulacin de losRecursos Hdricos Transfronterizos Subterrneos enAmrica ...................................................................... 99

    3. Los conictos por el agua .................................................. 1003.1. Antecedentes ............................................................... 1003.2. Acuerdos sobre aguas transfronterizas en los pases

    de Amrica (Sur, Central y Norte) .............................. 103

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    7contenido

    4. Aplicacin del Marco Normativo e Institucional que

    regula las Cuencas Transfronterizas en el contextonormativo de la Constitucin Boliviana ............................ 1184.1. Potenciales del nuevo marco constitucional para

    abordar los objetivos antes planteados. ...................... 1184.2. Identicar las lneas de desarrollo legislativo que

    podran adoptarse a partir del nuevo marcoconstitucional a la luz de los conictos de cuencas

    transfronterizas ........................................................... 1214.3. Proponer puntualmente criterios e instrumentos

    normativos necesarios para resolver los conictosde cuencas transfronterizas. ........................................ 126

    5. Conclusiones ........................................................................ 127Bibliografa .............................................................................. 129

    Marcos Normativos e Institucionales de Regulacinde Cuencas Transfronterizas en Bolivia

    Yerko Montero

    1. Identicacin de conictos y cooperacin sobre aguaen las cuencas transfronterizas de Bolivia ......................... 133

    2. Identicacin de herramientas jurdicas e institucionalesexistentes en el marco normativo boliviano sobreCuencas Tranfronterizas que permitan promoverarreglos y acuerdos Internacionales ................................... 1432.1. Constitucin poltica del estado plurinacional de

    Bolivia ........................................................................ 1432.2. Ley del agua ................................................................ 1462.3. Estructura organizativa del rgano ejecutivo del

    estado plurinacional .................................................... 1462.4. Poltica nacional de recursos hdricos ......................... 1472.5. Plan nacional de desarrollo ......................................... 1482.6. Plan nacional de cuencas ............................................ 1492.7. Mecanismos internos de coordinacin ........................ 150

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    3. Anlisis de los derechos y obligaciones de Bolivia y

    los estados vecinos en el marco de los acuerdosbilaterales y trilaterales de las cuencas de estudio ............. 1513.1. Autoridad binacional autnoma del sistema hdrico

    del lago Titicaca, ro Desaguadero, lago Poop ySalar de Coipasa (TDPS) ............................................ 151

    3.2. Tratado de la Cuenca del Plata ................................... 1533.3. Comisin trinacional para el desarrollo de la cuenca

    del ro Pilcomayo ........................................................ 1553.4. Comisin binacional para el desarrollo de la alta

    cuenca del ro Bermejo y ro Grande de Tarija ........... 1583.5. Tratado de cooperacin amaznica ............................. 1603.6. Constitucin de comisiones tcnicas, grupos de

    trabajo Ad Hoc ............................................................ 1634. Determinacin de mecanismos y procedimientos

    formales alternativos de resolucin de disputas sobreaguas internacionales en relacin con las cuencastransfronterizas .................................................................. 1694.1. Mecanismos de resolucin de conictos enmarcados

    en el derecho internacional pblico ............................ 1694.2. Mecanismos formales alternativos ............................. 173

    5. Propuestas de aplicacin de marcos normativos e

    institucionales para la promocin de la cooperacinmutua, prevencin y resolucin de conictos sobrerecursos hdricos ................................................................ 1755.1. Cuenca trinacional del ro Pilcomayo ......................... 1755.2. Cuenca binacional del ro Bermejo ............................. 1805.3. Cuenca binacional del ro Mauri - Maure ................... 1835.4. Aguas del Silala .......................................................... 185

    5.5. Sistema hdrico del lago Titicaca, ro Desaguadero,lago Poop y Salar de Coipasa ................................... 187

    6. Propuesta de principios de cooperacin mutua, usoequitativo y razonable del agua en cuencas transfronterizasde acuerdo a la experiencia boliviana analizada ................ 191

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    7. Glosario ............................................................................. 193

    Bibliografa .............................................................................. 195

    Marcos Normativos e Institucionales de Regulacinde Cuencas Transfronterizas en Chile

    Michael Hantke y Rodrigo Weismer

    1. Introduccin ....................................................................... 199

    2. Sobre la gestin de los recurso hdricos en Chile .............. 2002.1. Descripcin del modelo de gestin del agua .............. 2002.2. Ausencia de gestin integrada de recursos hdricos

    a nivel de cuenca en la legislacin chilena ................. 2042.3. Ausencia de regulacin nacional sobre cuencas

    hidrogrcas o cuerpos de aguas transfronterizos...... 2073. Sobre derechos y obligaciones de Chile y los Estados

    vecinos en el marco de acuerdos bilaterales omultilaterales en las cuencas transfronterizas chilenas ...... 2083.1. Derecho Internacional de Aguas ................................. 2083.2. Instrumentos suscritos por Chile con sus pases

    vecinos que inciden en el uso de recursos hdricostransfronterizas ........................................................... 219

    3.3. Instrumentos multilaterales suscritos por Chile enmateria de usos de cuerpos de aguas internacionaleso cuencas transfronterizas ........................................... 229

    4. Casos de conicto o cooperacin en el uso del agua decuencas transfronterizas de Chile con sus pases vecinos .... 2314.1. Argentina: Diferendos limtrofes con incidencia

    en recursos hdricos .................................................... 2314.2. Bolivia ......................................................................... 2364.3. Per ............................................................................. 245

    5. Propuestas para una gestin ............................................... 246Bibliografa .............................................................................. 249

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    Marcos Normativos e Institucionales de Regulacin

    de Cuencas Transfronterizas en el PerLaureano del Castillo Pinto

    1. Introduccin ....................................................................... 2532. Tratamiento jurdico de los cursos de agua internacionales . 255

    2.1. Teoras sobre la soberana y el uso de los cursosde agua transfronterizos .............................................. 257

    2.2. Acuerdos internacionales sobre recursos hdricoscompartidos ................................................................ 2582.3. Ros, cuencas o cursos de agua internacionales? ...... 260

    3. Principios de Derecho Fluvial Internacional ...................... 2634. La legislacin peruana respecto de los cursos de agua

    internacionales ................................................................... 2765. El caso de la cuenca del Lago Titicaca............................... 284

    5.1. Descripcin del Sistema TDPS ................................... 2855.2. Una breve historia de las tensiones en la zona ........... 2925.3. Relaciones bilaterales Per- Bolivia ........................... 2965.4. La Autoridad Binacional del Lago Titicaca ................ 3035.5. La Declaracin de Ilo de 2010 .................................... 3085.6. Reexiones nales sobre el tratamiento del

    Sistema TDPS ............................................................. 3126. La cuenca del Puyango-Tumbes ........................................ 316

    6.1. Descripcin de la cuenca ............................................ 3166.2. Conictos limtrofes entre Per y Ecuador................ 3206.3. Evolucin del Proyecto Puyango-Tumbes .................. 3246.4. El Plan Binacional de Desarrollo de la Regin

    Fronteriza .................................................................... 3347. Reexiones a partir de estas experiencias binacionales..... 339Bibliografa .............................................................................. 346

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    Marcos Normativos e Institucionales de Regulacin

    de Cuencas Transfronterizas en ArgentinaMarta B. Rovere

    1. Introduccin. ..................................................................... 3512. Instrumentos jurdicos aplicables a las cuencas analizadas .. 355

    2.1. Acuerdos ambientales ................................................. 3552.2. Instrumentos de aplicacin comn a las cuencas

    analizadas ................................................................... 3582.3. Acuerdos y programas especcos.............................. 3662.4. Otros acuerdos de inters ............................................ 373

    3. Acufero Guaran ................................................................ 3793.1. Acuerdo sobre el Acufero Guaran ........................... 381

    4. MERCOSUR ...................................................................... 3825 Cuencas compartidas con Chile ......................................... 384

    5.1. Marco jurdico aplicable. Tratado de MedioAmbiente y Protocolo Especco Adicionalsobre Recursos Hdricos Compartidos ....................... 385

    6. Herramientas jurdicas e institucionales existentesen el marco normativo argentino para la promocinde acuerdos internacionales entre los estados partede las cuencas transfronterizas ........................................... 3886.1. Marco legal y constitucional ...................................... 3886.2. Acuerdos internacionales y locales de cuencas

    transfronterizas ........................................................... 3927. Situaciones de conicto en curso. Cooperacin sobre

    aguas transfronterizas y cuencas transfronterizas enArgentina ........................................................................... 4017.1. Cuenca del Ro Bermejo: Represas Arrazal

    y Las Pavas (Argentina) y Camba (Bolivia).............. 4017.2. Caso del Ro Pilcomayo ............................................. 4047.3. Caso de la Represa de Ayu ........................................ 419

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    7.4. Casos de la cuenca binacional del Ro Puelo

    (Argentina y Chile) y de la cuenca del RoCorcovado (Argentina): construccin de represashidroelctricas. Otros casos ........................................ 425

    8. Propuestas y principios para promover la cooperacinmutua y la prevencin y resolucin de conictos a travsde marcos normativos e institucionales. Mecanismos yprocedimientos formales y alternativos ............................. 431

    Bibliografa .............................................................................. 434

    Marcos Normativos e Institucionales de Regulacin deCuencas Transfronterizas en Paraguay

    Marta B. Rovere

    1. Introduccin ....................................................................... 4372. Instrumentos aplicables a las cuencas analizadas .............. 440

    2.1. Cuenca del Plata ......................................................... 4402.2. Cuenca del Ro Paran ................................................ 4462.3. Cuenca del Ro Pilcomayo .......................................... 4492.4. Acufero Guaran ........................................................ 455

    3. MERCOSUR ...................................................................... 4584. Herramientas jurdicas e institucionales existentes en el

    marco normativo paraguayo para la promocin de acuerdosinternacionales entre los estados parte de las cuencastransfronterizas .................................................................. 469

    5. Situaciones de conicto en curso. ...................................... 4746. Propuestas y principios para promover la cooperacin

    mutua y la prevencin y resolucin de conictos a travsde marcos normativos e institucionales. Mecanismos yprocedimientos formales y alternativos ............................. 496

    Bibliografa .............................................................................. 501

    De los autores.......................................................................... 505

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    ACRNIMOS

    ALT : Autoridad Binacional del Sistema Hdrico del LagoTiticaca, Ro Desaguadero, Lago Poop, Salar deCoipasa

    AIH : Asociacin Internacional de Hidrogelogos ASEAN : Convencin Asitica CA : Cdigo de Aguas (Chile) CDI : Comisin de Derecho Internacional COBINABE : Comisin Binacional para el Desarrollo de la Alta

    Cuenca del Ro Bermejo y Ro Grande de Tarija CTN : Comisin Trinacional para el Desarrollo de la Cuenca

    del Ro Pilcomayo CEE : Comunidad Econmica Europea CIC : Comit Intergubernamental Coordinador de la Cuenca

    del Plata CILA : Comisin Internacional de Lmites y Aguas CIID/IDRC : Centro Internacional de Investigaciones para el

    Desarrollo CIJ : Corte Internacional de Justicia CPE : Constitucin Poltica del Estado DIA : Derecho Internacional del Agua DICUADEMA : Directorio de la Cuenca de Usuarios de las Aguas

    Desaguadero-Mauri DIFROL : Direccin de Lmites y Fronteras (Chile) DGA : Direccin General de Aguas (Chile) DIP : Derecho Internacional Pblico ENDESA : Empresa Nacional de Electricidad (Chile) FAO : Organizacin de las Naciones Unidas para la Agricultura

    y la Alimentacin GEF : Global Enviromental Facility

    GIRH :

    Gestin Integrada de los Recursos Hdricos INADE : Instituto Nacional de Desarrollo INGEMED : Instituto Gelogo Minero y Metalrgico del Per ITLOS : Tribunal para el Derecho del Mar (sigla en ingls) OEA : Organizacin de Estados Americanos

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    14 regulacindecuencastransfronterizas

    ONU : Organizacin de las Naciones Unidas

    OTCA : Organizacin del Tratado de Cooperacin Amaznica OTNPB : Ocina Tcnica Nacional de los Ros Pilcomayo y

    Bermejo PDGB : Plan Director Global Binacional PDESC : Pacto Internacional de Derechos Econmicos Sociales y

    CulturalesPGGI : Plan General de Gestin Integral de la Cuenca

    PNUMA/UNEP : Programa de las Naciones Unidas para el Medio

    Ambiente PND : Plan Nacional de Desarrollo PNRH : Poltica Nacional de Recursos Hdricos PEA-Bermejo : Programa Estratgico de Accin para la Cuenca

    Binacional del Ro Bermejo PEBPT : Proyecto Especial Binacional Puyango-Tumbes PELT : Proyecto Especial Lago Titicaca PET : Proyecto Especial Tacna

    PROBER : Programa Binacional para la Gestin Integral de laCuenca del Ro Bermejo PRHC : Protocolo sobre Recursos Hdricos CompartidosSERGEOTECMIN : Servicio Nacional de Geologa y Tcnico de Minas TCA : Tratado de Cooperacin Amaznica TCP : Tratado de la Cuenca del Plata TDPS : Sistema Titicaca, Desaguadero, Poopo y Salares UOB : Unidad Operativa Boliviana UNESCO : Organizacin de las Naciones Unidas para la Educacin,

    la Ciencia y la Cultura UNECE : Comisin Econmica de las Naciones Unidas para

    Europa UNESCWA : Comisin Econmica y Social de las Naciones Unidas

    para Asia Occidental ZOFIE : Zona Franca Industrial y Econmica Especial ZFT : Zona Franca Turstica

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    PRESENTACIN

    A partir de marzo de 2010, el Centro de Apoyo para la Gestin Sus-tentable del Agua y del Medio Ambiente (Agua Sustentable), con elapoyo en calidad de coordinador de investigacin, de la Fundaciny Universidad de la Cordillera, inicia un proceso de investigacinsobre Marcos Jurdicos e Institucionales de regulacin de CuencasTransfronterizas.

    El objetivo de este emprendimiento fue coordinar investiga-

    ciones sobre regmenes jurdicos e institucionalidad en la regulacinde cuencas transfronterizas, en particular en los casos de la cuencadel Plata, la cuenca Endorreica de Bolivia y las cuencas transfronte-rizas de Per, Chile, Bolivia, Argentina y Paraguay.

    Adicionalmente se plante la realizacin de una investigacingeneral sobre marcos normativos e institucionales internacionalesaplicables a la resolucin de conictos, analizando estudios de casosparadigmticos.

    La iniciativa responde a la necesidad de analizar y compren-der los diversos y complejos conictos existentes en las cuencastransfronterizas, entre los usuarios de aguas de dichas cuencas, lasperspectivas de los recursos hdricos de dichas cuencas, los impac-tos de los usos y las obras de infraestructura planicadas y en cursode ejecucin sobre los usuarios de aguas abajo, as como los pro-blemas y diferencias existentes entre los Estados para resolver en el

    marco de normas internacionales la problemtica de dichas cuencas.La Coordinacin de esta Investigacin estuvo a cargo de RenOrellana Halkyer (Coordinador Acadmico de Medio Ambiente yCambio Climtico de la Universidad y la Fundacin de la Cordi-llera) y cont con la participacin de un grupo de profesionales

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    especialistas en el tema que desarroll cinco investigaciones: Marta

    Rovere (Argentina), Nancy Yaez (Chile), Yerko Montero (Bolivia),Laureano del Castillo (Per), Rodrigo Weismer (Chile), MichaelHantke (Chile)

    Las investigaciones se realizaron en el marco de los siguien-tes alcances generales:

    1. Determinar los derechos y obligaciones de los Estadosbajo la legislacin internacional que podran utilizarse para

    promover la cooperacin, el uso equitativo y razonable, yla resolucin de conictos sobre los recursos hdricos encuencas transfronterizas.

    2. Identicar herramientas, buenas prcticas y modelosde gestin de cuencas transfronterizas que permitiranpromover arreglos y acuerdos internacionales entre estadospara el benecio mutuo de los pueblos.

    3. Identicar mecanismos y procedimientos formales y

    alternativos existentes para la resolucin de disputas sobreaguas internacionales.

    4. Determinar elementos jurdicos, normativos y regulatoriosque facilitan la concertacin y permiten generar delibe-racin regional para la construccin de acuerdos trans-fronterizos.

    5. Proponer puntualmente criterios e instrumentos norma-

    tivos necesarios para resolver los conictos de cuencastransfronterizas.

    A nivel de cuencas por pas se buscaron los siguientesalcances:

    1. Identicar los aspectos jurdicos y regulatorios que po-dran constituir potenciales causas de conictos relaciona-dos con la competencia por el uso del agua por diferentes

    usuarios en las cuencas del Mauri, Pilcomayo y Bermejo,el Acufero Guaran, el Silala y otras cuencas compartidasentre Bolivia, Per, Chile, Argentina y Paraguay conside-radas pertinentes.

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    17presentacin

    2. Proponer mecanismos y normas regulatorias para promo-

    ver el dilogo y desarrollar acuerdos para una gestin con-certada y participativa en cuencas transfronterizas com-partidas entre Bolivia, Per, Chile, Argentina y Paraguay,considerando adicionalmente el rol de entidades como laComisin Trinacional del ro Pilcomayo y Bermejo, la Au-toridad del Lago Titicaca, entre otras.

    3. Identicar los derechos y obligaciones los Estados veci-

    nos, estableciendo cmo podran utilizarse los mismospara promover la cooperacin, el uso equitativo y razona-ble y la resolucin de conictos de los recursos hdricos.

    4. Identicar herramientas jurdicas y regulatorias existentesen el marco normativo de cada pas as como buenas prc-ticas que permitiran promover arreglos y acuerdos entreestados en el marco de las cuencas estudiadas.

    Las investigaciones realizadas proveen sin duda informacinvaliosa y anlisis sobre los marcos normativos e institucionales peroadems dan cuenta de los casos especcos que expresan contextosde conictos que requieren acciones y diseos institucionales y ju-rdicos de resolucin.

    Una lectura y anlisis detallado de los resultados de la inves-tigacin podrn ayudar a pensar esfuerzos sociales y estatales para

    encontrar mecanismos adecuados de tratamiento de los problemas yconictos emergentes de los usos de aguas y la gestin de cuencasque corresponden a ms de un Estado.

    Esperamos que este trabajo contribuya al debate y al diseode polticas e instrumentos internacionales.

    Lic. Carlos Carafa Diego Pacheco, Ph.D D Eju Udd d Cd

    Agu u Fud d Cd

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    e ) R( C )

    M l A

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    R maa Ha

    . )oi

    Este documento es resultado de una serie de investigaciones reali-zada durante varios aos que ha concluido nalmente en un conjuntode documentos presentados ac, que contienen informacin y anli-sis sobre marcos normativos e institucionales generales, as comomarcos normativos e institucionales de Bolivia, Chile, Per, Argen-tina y Paraguay.

    En el presente artculo presentaremos una sntesis de lasinvestigaciones realizadas por los distintos autores, analizando los

    diferentes casos de construccin normativa e institucional a la luzde un marco de referencia provisto en su investigacin por NancyYez, en la que nos referimos principalmente a las teoras parala asignacin de usos de cursos de aguas internacionales y a losprincipios y normas regulatorias de stas. Observaremos con dete-nimiento ciertas prcticas de los Estados en el manejo de conictosde aguas transfronterizas, los precedentes jurdicos y la jurispruden-cia internacional resultante o que constituye el contexto de dichas

    prcticas, las instituciones construidas en el marco de dichos acuer-dos normativos as como los instrumentos de planicacin de lagestin y el uso de aguas transfronterizas.

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    20 renorellanahalkyer

    Especial atencin prestaremos a los procesos de construccin

    de acuerdos y de marcos institucionales que conguran creativosy complejos arreglos apuntando a la concepcin de las cuencashdricas en el marco de la comunidad de intereses, promoviendo labuena vecindad e incluso, mucho ms all, construyendo procesosde integracin a partir de la gestin integral de recursos hdricos.

    Nos hemos propuesto un examen riguroso de la vigencia yaplicacin de los principios de uso equitativo y razonable de aguas

    transfronterizas y de priorizacin de la proteccin ambiental. Esnuestra intencin conocer cmo estos principios se han hecho reali-dad en los distintos casos estudiados por los investigadores.

    Despus de casi tres aos que demor la realizacin de lasinvestigaciones, podemos armar que los resultados son una contri-bucin al estudio de la legislacin internacional y de las prcticasnormativas con relacin a aguas transfronterizas y esperamos quelas lecciones que nos sugieren los distintos autores puedan inspirar

    una reexin que contribuya al entendimiento de la temtica. Paraeste n adelantaremos en este primer captulo un anlisis general eintegrado de los distintos casos aqu estudiados.

    . Coi ao oaivo ga-i aga afoiza

    En uno de los captulos de este documento, se presenta una minu-

    ciosa investigacin realizada por Nancy Yaez, en la cual nos ilustrasobre los marcos normativos generales, as como las teoras y losprincipios que los sustentan y que se han construido en la largahistoria de tratamiento y gestin de conictos de aguas transfronteri-zas. Sin duda, si algo marca como motivacin en la construccin deacuerdos normativos para regular el uso de aguas transfronterizas,son las disputas territoriales, las necesidades de agua para distintosusos, en particular la navegacin, pero tambin el tema de la calidad

    ambiental de las aguas junto a los usos de aguas y el posible impactoque estos pudieran generar, en particular aguas arriba de las cuencas,respecto de los usuarios ubicados aguas abajo. En este documento,observaremos que las motivaciones que guiaron la construccin de

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    21marcosnormativosdeaguastransfronterizas

    acuerdos de manejo y gestin de aguas transfronterizas giraron en

    gran medida alrededor de problemas ambientales, usos agrcolas ypecuarios, as como usos energticos de las aguas.

    Los casos de acuerdos normativos e institucionales para lagestin integral de recursos hdricos y el manejo de cuencas entreBolivia, Paraguay y Argentina son altamente ilustrativos al respecto,as como los relacionados con los conictos entre Bolivia y Per.Hay sin duda excepciones en los que la navegacin ocupa un lugar

    resaltable o los potenciales de transporte uvial pero, sin duda, si hayun comn denominador en los tratados, declaraciones y convenios yotros instrumentos suscritos entre los pases que han sido motivo deestudio en este libro, la marca visible es la creciente preocupacinpor la contaminacin, la afectacin a recursos hidrobiolgicos, lasobreexplotacin de las fuentes de agua y su impacto en usuariosagrcolas y pecuarios, la gestin de ridos y la modicacin decursos, caudales y volmenes de agua debido a la realizacin de

    proyectos hidrulicos que pudieran afectar a pases vecinos.De manera general, Yez, nos muestra que la costumbre

    jurdica internacional ha tenido un peso signicativo para guiar lasolucin de controversias y la construccin de marcos de referenciaspara la gestin de aguas transfronterizas. Ciertamente es importantetener presente que la Convencin de Naciones Unidas sobre el Dere-cho de Uso de Cursos de Agua Internacional para nes distintos a laNavegacin correspondiente a 1997 es un marco normativo de refe-rencia; no obstante, el hecho de no haber sido suscrito por muchospases, nos dice de la alta sensibilidad regional e internacional queel tema de aguas transfronterizas reviste debido a las implicacionesque los acuerdos tienen sobre la soberana normativa y regulatoria.

    En consecuencia, ms all de las prescripciones del mencionadoconvenio de Naciones Unidas, en la escala regional y territorial, sonlos tratados, declaraciones, recomendaciones y otros instrumentos

    los que ocupan un lugar destacado constituyendo lo que se deno-mina costumbre jurdica para manejar los conictos o diferenciastransfronterizas en relacin a las aguas y por lo tanto es pertinenteexaminar dichos instrumentos a la luz de las circunstancias que losgeneran y de los conictos que mal o bien regulan o intentan regular.

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    La legislacin internacional en consecuencia se expresa en el

    marco de estos instrumentos internacionales, incluyendo derechosy obligaciones de los Estados, mecanismos y procedimientos deresolucin de conictos, marcos institucionales para la gestin derecursos hdricos, instrumentos de planicacin, en n. En resumen,dichos marcos normativos debern darnos luces sobre: la promociny caractersticas de la cooperacin transfronteriza, la promocin deluso equitativo y razonable de las aguas compartidas y la resolu-

    cin de conictos. Los estudios que hacen parte de este documentoproveen informacin y anlisis reveladores sobre estos tres temas.Yez nos sugiere que no podra decirse que existe una legisla-

    cin internacional universal, vamos a decir, de aguas transfronterizasque se aplique a todos los pases. Los problemas lgicos asociados acuotas de soberana nacional sobre normatividad, regulacin y usosde aguas limitan sin duda las decisiones de los estados para acordaruna sola legislacin o cuerpo normativo aplicable as como un marco

    normativo de resolucin de conictos. Lo que se ha construido enla historia normativa de aguas transfronterizas es una conjunto deprcticas, tratados, declaraciones y recomendaciones que hacen auna costumbre jurdica.

    Michael Hantke y Rodrigo Weismer consideran que las llama-das reglas consuetudinarias estn incorporadas en varios tratadosbilaterales y regionales y citan como ejemplos, entre otras, los casosdel Protocolo Revisado sobre Cursos de Aguas Compartidas de laComisin para el Desarrollo de los Pases del frica del Sur corres-pondiente al ao 2000 o la Convencin sobre el Ro Danubio de1994.

    A la luz del manejo de conictos en el marco de la aplicacin delos tratados y acuerdos, as como la concertacin de intereses entrelos Estados, es importante plantearse varias preguntas que puedanguiar nuestra lectura de las investigaciones que presentamos:

    Cules son las lecciones aprendidas de las experiencias deresolucin de conictos? Cmo se expresan estas lecciones en trminos de desarrollo

    normativo?

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    Cunto han incidido estas lecciones en la construccin de

    normatividad nacional? Cules son los elementos rescatables de estas experiencias en

    la construccin de legislacin o normatividad transfronteriza?

    Estas preguntas son pertinentes sobre todo si observamos elhecho que uno de los pases que ha quedado rezagado en la cons-truccin de legislacin de aguas en la regin de Amrica del sur, al

    menos hasta 2012, es Bolivia, salvando por supuesto las prescripcio-nes constitucionales que son de gran riqueza por su reconocimientoal derecho humano al agua, los usos y costumbres, el derechofundamentalsimo que la vida tiene del agua, en n. Bolivia tieneuna agenda interna pendiente de solucin de problemas en relacina los usos del agua que requieren una normativa e institucionalidadnacional que permita resolver problemas de contaminacin y sobreexplotacin de aguas entre otros, para facilitar tambin la solucin a

    problemas de aguas transfronterizas y cumplir los acuerdos que lossustentan.

    . Coi opo aga afo-iza y ipiaio poia

    Un elemento fundamental para la construccin de teoras y principios

    en la legislacin internacional con respecto a las aguas transfron-terizas es la construccin del concepto base de dichas aguas, esdecir, la denicin del objeto mismo de la construccin de norma-tiva, mejor digamos: el factor central motivo de la construccin denormatividad. Ahora bien, la conceptualizacin de dicho objeto queconstituir la base de los tratados, declaraciones o convenios es unhecho poltico y no slo tcnico, porque tiene implicaciones en lasoberana de los Estados. No es lo mismo partir del concepto decuenca, o de curso de agua o el de simplemente recurso hdricotransfronterizo. Sin duda, hay diferencias sustanciales entre los tresconceptos y el tratamiento que la normatividad le d a estos ser enconsecuencia tambin diferente.

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    Con mucho detalle en el captulo escrito por Nancy Yaez, se

    muestra con detallada la evolucin del concepto en el marco de dife-rentes instrumentos internacionales particularmente en el siglo 20.Referencias y anlisis similares los encontraremos tambin aunquede manera ms resumida en los trabajos de Laureano del Castillodel Per y en la investigacin desarrollada por Michael Hantke yRodrigo Weismer de Chile.

    La Declaracin de Salzburgo (Austria) correspondiente a 1961,

    plantea el concepto de aguas transfronterizas como unidad deoperacin interestatal. La reglas de Helsinki (1966) relativas al usode aguas de ros internacionales, plantean el concepto de sistemainternacional de cursos de agua. La Comisin de Derecho Inter-nacional (CDI) de la ONU propone en 1971 y 1964 los conceptosde sistema hidrogrco y recurso natural compartido, respecti-vamente. La Convencin de las Naciones Unidas sobre Derechos delos Usos de los Cursos de Agua Internacionales para nes distintos

    a la Navegacin, plantea en 1997 el concepto de curso de agua.Finalmente en 2000, la Declaracin Ministerial de la Haya sobreAguas Compartidas propone el concepto de Recursos HdricosFronterizos y Transfronterizos.

    Esta diversidad de conceptos responde tambin a motivacionesy posiciones polticas de los Estados en los procesos de negociaciny a las caractersticas de la conictividad transfronteriza. Denirde un modo u otro la unidad base que ser motivo de legislacinpuede implicar prdida o cesin parcial de soberana de los Estados,condicionando la toma de decisiones sobre las fuentes de agua de unmodo u otro a decisiones conjuntas o cesin de resolucin de dispu-tas a mecanismos de arbitraje o mecanismos judiciales externos.

    La soberana y el derecho nacional, la legislacin y regulaciny por tanto a la disposicin de la aguas y sus usos conforme requeri-mientos o proyectos estatales propios constituyen factores centrales

    en el debate sobre cmo construir los conceptos relacionados conaguas transfronterizas. No es lo mismo regular y normar un cursode agua que regular una cuenca. Lo segundo dar lugar sinduda a tomar decisiones sobre el cuerpo territorial que incluye nosolo el agua sino tambin los recursos naturales y las actividades

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    productivas econmicas y sociales que son parte de esa unidadfsica y social de escurrimiento y uso de aguas. En consecuenciaen la segunda denicin sin duda se ponen a disposicin de norma-

    tivizacin conjunta territorios extensos con poblaciones y sus usosdiversos de las aguas. Los conceptos de sistema hidrogrco ode recurso natural compartido tienen igualmente implicacionesimportantes en las legislaciones internas de los pases y en las obli-gaciones de un Estado con respecto a los otros con los que compartedichos recursos.

    El concepto de curso de agua se enmarca ms bien en lapreocupacin de muchos Estados de evitar la regulacin o la norma-

    tivizacin de las cuencas y concentrarse en el curso especco deagua motivo de la relacin transfronteriza entre Estados. Por cursode agua se entiende un sistema de aguas superciales y subte-rrneas que conguran un cuerpo unitario discurriendo hacia unadesembocadura. El concepto no est aludiendo a un curso continuo

    Cuadro 1. Conceptos de Aguas Transfronterizas

    Concepto/Cuenca/Ro Ao Entidad/Evento/Norma

    Udd d CI

    1961 D d zug

    Id Cu d Agu

    1966 g d Hk U dAgu d I

    Hdg 1971 Pu d C dDh I CDI d

    ONUu NuCd

    1964

    Cu d Agu 1997 C d N Ud dh d U d Cu d Agu I D Ng

    u HdFz Tfz

    2000 D M d L H Agu Cd

    FUENTE: E

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    especco y no incluye por supuesto gente ni naturaleza, ni todos los

    elementos naturales, sociales y econmicos que hacen a una cuencade la que forma parte y depende dicho curso de agua. Por consi-guiente, normativizar ese concepto no es lo mismo que normativizaruna cuenca.

    Ms all de las evidentes susceptibilidades y precaucionessoberanas de los Estados alrededor de los conceptos que hemosmencionado, es ciertamente una realidad que los Estados han cedido

    sustancialmente en cuanto a las disposicin y normativizacin ascomo regulacin de las aguas transfronterizas en acuerdos de tras-cendencia como los casos de la Cuenca del Plata, sus subcuencasdel Pilcomayo y Bermejo en el caso boliviano con Argentina y Para-guay, o como en el caso de la Autoridad del Lago Titicaca (ALT) enel caso de los acuerdos entre Bolivia y Per, ms all de su complejaaplicacin y funcionamiento.

    En la regin, en particular en los casos de estudio, podemos

    observar ejemplos notables de construcciones normativas complejasy creativas con importante participacin social que nos dan cuentade una visin de cuenca, con importantes voluntades y accionespara regular las aguas transfronterizas.

    . roa y niipio Rgaoio ob Aga)aioa

    Yaez nos advierte que en lo referente a la legislacin internacionalde aguas no podemos decir que existe uno o ms instrumentos apli-cables de manera uniforme o preeminente y que ms bien debemosacudir a la costumbre jurdica internacional que esta matizada portratados y acuerdos entre pases. All observaremos teoras y princi-pios que tienen relevancia en su aplicacin concreta en los acuerdosinterestatales. Yez observa que la convencin de Naciones Unidas,

    se adhiere ms bien a un principio que a un concepto especco, estesera el de Integridad de la Corriente, es decir, la interrelacinfsica en el sistema de aguas superciales y subterrneas.

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    Con la nalidad de analizar tanto el derecho internacional como

    la costumbre jurdica internacional y en particular los tratados yacuerdos existentes entre distintos pases motivo de las diversasinvestigaciones que guran en este libro. Yez sugiere observar condetenimiento las teoras y principios que sustentan dicha costumbrejurdica.

    Con respecto a las teoras para la asignacin de cursos de aguas,Yez nos plantea las siguientes:

    Cuadro 2. Teoras para la asignacin de usos en Cursos de AguasInternacionales

    N Teora Caractersticas

    1 T d T Au

    U Ed ud uz gu d u , Ed d gu guj.

    2 T d Fuj Nu d IgT

    L Ed u uz u dh u luj .Ng Ed ud f luj .

    3 T IgddT

    Aud d u u z ug u ud u u d Ed.

    4 Cudd dI

    C u hdgu d jd d g, udd , ,uu .

    FUENTE: E

    En el Cuadro 3, se presentan los principios y normas regulato-rias analizadas en el estudio de Yez:

    La teora de la soberana territorial absoluta es sin duda incom-patible con el resto de las teoras y con todos los principios quehemos observado en los cuadros antes presentados, pues les da a losEstados por los que discurren o en los que nacen las aguas el dere-cho absoluto de usarlas con o sin perjuicio de los Estados vecinos.

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    Hacer de esta teora base de legislacin nacional y de relaciona-miento internacional supone sin duda promover condiciones de altaconictividad.

    En los casos analizados en este libro observaremos que de factose han dado actitudes estatales que promueven acciones o proyectosde infraestructura por ejemplo, acciones permisivas o ausencia deregulacin de actividades mineras de alto impacto ambiental que de

    C 3. P y N Rgl Ag

    TransfronterizasN Principio Caractersticas

    1 Og d Cuu Pju A

    P g d u f. Iu d d Ed uz u u u ju d .

    2 Dh U Eu

    z d Agu

    P d dh

    d gufz. d u dd, g d j dh du f h d ud dh.

    3 Og d Cu Ed

    P d O Tj Hdu zd

    I d : ddd d

    u .

    4 Pdd PA DhI Cu d AguI

    I g d u fz, g d d

    g d u d u d .

    FUENTE: Ed d ud d N Yz d du.

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    hecho dan cuenta de prcticas estatales que asumen que los Estados

    pueden disponer y tolerar situaciones que afectan a estados veci-nos debido a aguas contaminadas o sobreexplotacin de fuentes deaguas o desvo y disposicin de cursos, caudales y volmenes paraproyectos especcos con posible dao a fuentes y a usos de vecinos.

    Los tres primeros principios son complementarios y pueden serla base de construccin legislativa en el marco de acciones de coope-racin y coordinacin para los usos y la gestin de los recursos.

    La teora de la comunidad de intereses se acerca ms bien a unavisin de cuenca como un territorio integral que incluye factoreseconmicos, sociales, culturales y ambientales que requeriran untratamiento integral. Es en esta teora que se sustenta la inclusinen los acuerdos transfronterizos de acciones conjuntas y nacionalesencaminadas a la gestin integral de recursos hdricos y el manejointegral de cuencas. En el marco de esta teora podremos entender laconstruccin normativa e institucional realizada entre Bolivia, Para-

    guay, Brasil, Uruguay y Argentina en el Tratado de la Cuenca delPlata (TCP) y las comisiones creadas en el marco de las cuencas delPilcomayo (entre Bolivia, Paraguay y Argentina) y Bermejo (entreBolivia y Argentina), igualmente podemos asumir que se sustentaen esta teora la creacin de la Autoridad del lago Titicaca (ALT). Lomismo podramos decir del principio 4, es decir el relacionado conla prioridad de proteccin ambiental.

    Una pregunta a propsito de la aplicacin de los principiosantes expuestos es la forma en que los mismos seran aplicadospor los Estados y cundo se puede decir que efectivamente se estncumpliendo.

    . dao paa a apiai niipio a socqiaivo y Raioa a Aga

    El principio del derecho del uso equitativo y razonable de las aguas,es un principio que garantiza, como lo expresa Yez, la buena vecin-dad y que implica el derecho de usar las aguas pero sin perjuicio dela parte vecina, previniendo posibles abusos en el aprovechamiento

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    del recurso y legislando por tanto al interior de los Estados para

    evitar que estos hechos sucedan.La prctica de los Estados, as como los precedentes y juris-

    prudencia internacional establecen seguramente un marco dereferencias para entender la forma en que se aplicara este principio.Las preguntas operativas que surgen en consecuencia son: Qu entendemos por uso equitativo y razonable?

    Cules son los factores que permiten establecer lo equitativo y

    lo razonable para determinados usos, usuarios y circunstancias? En qu medida los factores econmicos, naturales, las accio-nes necesarias de conservacin, as como las necesidades dedesarrollo o incluso las ms elementales, como la seguridadalimentaria, deben ser considerados para establecer que los usosque un Estado permite, promueve o fortalece, son o no equitati-vos o inequitativos respecto de otros Estados vecino?

    Yez nos recuerda que las reglas de Helsinki establecen almenos tres factores para la aplicacin del principio:1. Factores naturales2. Factores Histricos3. Necesidades socioeconmicas de los Estados y sus capacidades

    para encontrar recursos sustitutos en caso que dichas necesida-des superen el concepto de racionalidad y equidad en el uso del

    agua.Ahora bien, la determinacin del peso especco de estos

    factores para que un Estado tolere, acepte, o respete el uso delagua, asumiendo que hay uso equitativo y racional, es un tema querequiere seguramente de la intervencin primero de entidades quepudieran tener competencias especcas cuando las circunstanciasde problemas o eventualmente conictos impliquen la valoracin de

    los usos en cuestin. Estas entidades pudieran ser parte del marcoinstitucional creado por las partes, es decir los Estados, para tal n, oincluso partes terceras llamadas a dirimir las diferencias que pudie-ran surgir cuando dichos principios son vulnerados habiendo sidoparte de acuerdos entre Estados.

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    Yez seala que un mnimo jurdico para el tratamiento de estos

    casos es la aplicacin de la directriz de la equidad infra legem,es decir, la interpretacin de la equidad sobre la base de la normao de criterios normativos, en este caso, esta suerte de principios ovalores que a su vez deben basarse en una valoracin objetiva delpeso especco de los factores a ser considerados para determinarsi existe equidad y racionalidad. Esta directriz demandara asegurarque todos los factores relevantes sean tomados en cuenta de manera

    equitativa para el uso de los cursos de agua internacional.Las preguntas obvias que surgen en este debate son: Cules son los factores relevantes? Cules tienen un peso especco que amerite establecer la

    equidad en el uso del agua?

    Cada caso mostrar la relevancia de dichos factores, lo impor-tante es que los acuerdos entre Estados permitan contar con los

    mecanismos institucionales y con los mnimos jurdicos contem-plados en los textos acordados para dirimir sobre dichos factorescuando surjan conictos que corresponda resolver a la luz de esteprincipio que constituye la base de buena vecindad.

    En el cuadro 4 se presentan diferentes factores analizados porYez.

    Es importante mencionar dos factores que consideramos funda-mentales y que forman parte de los acuerdos ms maduros queobservamos en los casos de las aguas transfronterizas entre Per yBolivia y entre Bolivia, Paraguay y Argentina. Nos referimos a losfactores 2 y 6. El factor 2 tiene sin duda relacin con polticas y prio-ridades de desarrollo y el factor 6 tiene implicaciones en temas tansensibles como la contaminacin. El factor 6 tiene adems relacindirecta con el principio de prioridad a la proteccin ambiental y conla teora de la comunidad de intereses a los que nos hemos referido

    paginas atrs.Las necesidades econmicas tendrn relacin tambin con lasnecesidades de superacin de la pobreza con las acciones necesariaspara proveer condiciones materiales que permitan garantizar, entreotras, produccin, alimentos y empleo. Estas necesidades y acciones

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    tienen que cotejarse y limitarse con la proteccin ambiental, con laobligacin de los Estados para prevenir la contaminacin, evaluary resolver la misma, y aplicar instrumentos ambientales necesariosque permitan establecer ex-ante si determinadas acciones puedenafectar el uso de las aguas de otros Estados, por supuesto, estoimplica tambin cooperar.

    . Coaiai y apiai piipio oqiaivo y azoab a aga

    Tengamos en mente estos factores pues creemos que es importanteanalizar los distintos casos considerados en los estudios que guranen este libro a la luz del principio del derecho al uso equitativo yrazonable.

    Citando a la convencin de naciones unidas de 1997, en su art-culo 21, Yez plantea el concepto de contaminacin de un cursode agua internacional en los siguientes trminos:

    Cuadro 4. Factores para la aplicacin del principio de Derecho

    E g l C N U

    N Factores

    1 F gg, hdg, hdg, ,g d u.

    2 Ndd d Ed.

    3 P u dd d u d gu d Ed.

    4 Ef u u d u d Ed du Edd u.

    5 U u d u d gu.

    6 C, , h ud gu d dd dd f.

    7 E d d u.FUENTE: Ed d ud d N Yz d

    du.

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    Toda alteracin nociva de la composicin o calidad de las

    aguas de un curso de agua internacional que sea resultado directo oindirecto de un comportamiento humano.

    En consecuencia aquellas acciones emprendidas, promovidas,toleradas por los Estados que pudieran contaminar las aguas de uncurso internacional, afectando a otros Estados, deberan ser consul-tadas, noticadas o negociadas segn corresponda, por otra parte,dichas acciones deberan contar con los respectivos estudios de

    impacto ambiental o deberan ser mitigadas cuando corresponda. Encualquier caso la posibilidad que los hechos de contaminacin gene-ren conictos y que estos puedan ser procesados con agilidad y demanera concertada est facilitada por la existencia de marcos insti-tucionales convenidos entre Estados para manejar sus diferencias.

    Pero no slo las alteraciones denominadas nocivas o la conta-minacin de cursos de aguas podran ser motivo de controversias;incluso la referencia al perjuicio apreciable que aparece en

    el primer principio del cuadro 3, puede ser motivo de problemasentre Estados. Al momento de aplicar los tratados y acuerdos queconsideren estos principios, surge la interrogante sobre la denicindel concepto de perjuicio apreciable. M. Hantke y R. Weismer nosdicen, rerindose a la armacin realizada por la Comisin deDerecho Internacional (CDI), que existe all donde el dao sobre-pasa los parmetros de lo que ha sido usual; citan como ejemplo ladesviacin de aguas como un suceso que implica dao apreciable.

    . Coiivia y oia i. c ao Sia (io Lago riiaa, Ro Daga-o, Lago noop y Saa rDnS y a aioBoivia n

    Bolivia es un caso importante de estudio porque en este pas nacenlas cuencas del plata y la amaznica y se ubica una cuenca impor-

    tante como es la cuenca endorreica o cuenca del altiplano; estaltima conforma el Sistema Hdrico que incluye al Lago Titicaca,Ro Desaguadero, Lago Poop y Salares (denominado tambinel sistema TDPS). Precisamente en el marco de una relacin de

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    coordinacin permanente con Per, pas con el que compartimos

    esta cuenca, siendo ste tributario importante de las aguas que discu-rren hacia el lago, se constituy entre 1992 y 1993 la Autoridad dellago Titicaca (ALT).

    La ALT es justamente un buen ejemplo de la aplicacin de lateora de Comunidad de Intereses y del principio de uso equitativo yrazonable de las aguas. Es decir, la base de la ALT es la concepcinde las aguas transfronterizas no como curso continuo sino como

    cuenca hidrolgica, y la necesidad de impulsar un manejo integralen las dimensiones econmica, social, cultural y ambiental.Precisamente los factores de aplicacin del principio del dere-

    cho de uso equitativo de las aguas estn contemplados en la base,vamos a decir losca, de la creacin de la ALT. El mismo nombreque se le dio a la entidad que tendr competencias de planicaciny en cierta medida de regulacin, al menos en su concepcin inicial,es altamente sugerente: Autoridad.

    Ahora bien, es cierto que el funcionamiento de la ALT ha tenidosus altibajos y ha sido motivo de controversias matizadas por unacoyuntura poltica de diferencias de visin entre Per y Boliviaparticularmente en los gobiernos de Alan Garca en el Per y EvoMorales en Bolivia, pero tambin es cierto que en esa coyuntura laALT no estuvo a la altura de las competencias que ambos Estadosle otorgaron para prevenir y resolver problemas tan graves como elcaso del Ro Mauri, particularmente expresado en denuncias seriasde desviacin de caudales y aprovechamiento de fuentes de aguaa travs de obras hidrulicas que mermaban considerablementelas aguas que discurren hacia Bolivia; y en el caso del Ro Suchescaracterizado por la contaminacin minera generada por operacio-nes mineras en el lado peruano.

    La contaminacin de aguas es uno de los problemas centrales enel sistema TDPS pero tambin lo es la escasez de aguas y la creciente

    competencia por caudales por distintos usos. Laureano del Castilloseala que en el lado peruano es notable la explotacin intensivadel agua para poblaciones e industrias particularmente de parte delas ciudades de Puno y Juliaca. Aunque es cierto, como lo sealaDel Castillo, que tambin ha habido una contribucin que agrava

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    este problema por la contaminacin de aguas servidas de Oruro y

    la ciudad del El Alto en el lado Boliviano, as como la contamina-cin generada por las actividades mineras en ambos pases. Por esomismo es fundamental la necesidad del funcionamiento de la ALTas como el desarrollo legislativo de aguas en Bolivia que parecepostergarse largamente.

    En el caso del Ro Mauri, Laureano del Castillo nos presentaun relato detallado de lo que denomina la cronologa del conicto

    en la que resaltan entre otras las declaraciones y las acciones dedelegaciones de ambos pases. No obstante antes de la emergenciade este conicto hemos observado un dbil rol de la ALT.

    A esto se aade el hecho que la ALT tuvo difciles relaciones decoordinacin con entidades estatales bolivianas en momentos hist-ricos importantes, particularmente entre 2008 y 2010. Perodo quecoincide con la controversia de los Ros Mauri y Suches.

    Es notable el hecho que ante los trasvases observados por Boli-

    via en el caso del Mauri, la ALT no haya tenido en su momento elrol que se esperaba proveyendo no slo informacin sino las condi-ciones adecuadas para la concertacin de acciones conjuntas quepermitan resolver el problema surgido por dichas observaciones.

    Debemos resaltar, sin embargo, como lo expresa el estudio deYerko Montero, que en sus primeros aos, los estudios hechos en lacuenca del Mauri por parte de la ALT son valiosos y fueron impor-tantes para la formulacin del Plan Director Global Binacional.

    Yerko Montero da cuenta, en su estudio, que se habran realizadovarias obras impulsadas por el Proyecto Especial de Tacna (PET) y elInstituto Nacional de Desarrollo del Per (INADE) que modicabanel curso del rio Mauri afectando caudales, as como de sus auentesen la perspectiva de proveer agua a actividades agrcolas y pecuariasas como industriales, poniendo en riesgo el sistema TDPS.

    Lo cierto es, sin embargo, que la gura de la autoridad y los

    acuerdos que subyacen a la misma expresan una voluntad polticahistrica de integracin, no obstante los problemas, resueltos luegocon el establecimiento de relaciones y comunicaciones permanentesentre los dos pases en particular a partir de 2010.

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    La reunin de los presidentes Morales y Garca el 10 de octubre

    de 2010 y la suscripcin de la Declaracin de Ilo, marcan un reiniciode las relaciones para la resolucin de los problemas en la cuencay un proceso de fortalecimiento de la ALT, siendo pertinente que sereconduzca tan importante institucionalidad.

    Es recomendable que Bolivia y Per desarrollen una relacinslida en el espritu de una comunidad que los ha caracterizado,fortaleciendo uno de los instrumentos institucionales ms intere-

    santes por su concepcin y por el hecho que reeja en plenitud losprincipios del derecho al uso equitativo y razonable de las aguas, ascomo los principios de obligacin de comunicar a otros Estadoslos proyectos y obras o trabajos hidrulicos a ser realizados y deprioridad de proteccin ambiental.

    La ALT debe ser guardin y promotor de estos principios msan si tenemos presente el hecho que el desarrollo de acciones detrasvase aguas arriba de la cuenca, del lado peruano, podran afec-

    tar a una cuenca que de hecho est gravemente amenazada por elcambio climtico, las operaciones mineras, la contaminacin gene-rada por estas ltimas y por la presencia de sistemas de saneamientobsico sin tratamiento de aguas servidas. En pocas palabras, laconsolidacin de la ALT como parte de la aplicacin operativa de lateora de comunidad de intereses debera ser importante en la agendainternacional de ambos pases.

    La larga historia de constitucin de la ALT sugiere que Bolivia yPer han tenido un relacionamiento y cercana poltica notable y unalto grado de coordinacin. Laureano del Castillo pone en eviden-cia el proceso de construccin de esta autoridad en el marco de unesfuerzo de ambos Estados que tiene antigua data y que comienzaen el perodo 1955-1957 con la suscripcin del Convenio del LagoTiticaca, contina con la creacin del Condominio del Lago Titicacaen 1987, la aprobacin del Plan Director del Lago en 1994 y el inicio

    de funcionamiento de la ALT en 1996.Precisamente en este espritu de fortalecimiento de la ALT, unajuste a su diseo institucional es recomendable. Montero presentavarias propuestas con respecto a esta institucin, entre ellas caberesaltar las siguientes: la reestructuracin sobre la base de un pilar

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    poltico expresado en un Consejo de Delegados, un pilar operativo

    con una Direccin Operativa y un pilar social creando un Comit deCoordinacin Binacional con representantes de la sociedad civil deambos Estados. Todo esto en el marco de lo que llama una alianzaestratgica con un fuerte compromiso poltico de los Estados.

    Ahora bien, esta reestructuracin es importante sobre todo ala luz de un mandato que emerge de la Declaracin de Ilo suscritapor los presidentes Garca y Morales en 2010 en la cual ratican su

    compromiso de apoyar a la ALT e instruyen a sus cancilleras actua-lizar y modernizar los instrumentos de gestin de la ALT.Esta Declaracin marca un punto a la conictividad que haba

    evolucionado con matices de gravedad a propsito del Suches y delMauri, y abre una nueva fase de reconstruccin institucional y desolucin a los conictos. Un punto resaltable que lo registra Laureanodel Castillo en su estudio es el compromiso de que ninguno de losEstados har uso unilateral de las aguas de los ros internacionales

    de curso continuo o sucesivo que comparten, adems del compro-miso concomitante que del lado del Per no se realizarn proyectosunilaterales en el Ro Mauri reiterando la voluntad del principio deuso equitativo.

    Con respecto al Ro Suches es importante destacar que se lodeclara zona crtica de dao ambiental y se instruye aplicar medidaspara corregir daos ambientales as como formular un plan maestropara la gestin sustentable de dicho ro.

    Es necesario resaltar a propsito de esta nueva fase abierta, queal momento de iniciar el proceso de fortalecimiento de la ALT, setiene que tener presente las atribuciones y funciones que sta tiene ysu incidencia en el sistema TDPS, entre las cuales llaman la atencinaquellas referidas al ejercicio de autoridad sobre recursos hdricose hidrobiolgicos estableciendo normas y reglas (sic) de operacin,establecer pautas de aprovechamiento y manejo de recursos hdri-

    cos e hidrobiolgicos as como resolver conictos binacionales enprimera instancia.Estas funciones deben ser tambin analizadas a la luz del

    proceso de construccin de la nueva ley de aguas en Bolivia que

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    esperemos siga un curso dinmico y acelerado para ponerse a tono

    con la historia.

    . Coio y ao iibi aga.c ao Siaa Boivia y Ci

    Las relaciones y controversias sobre aguas transfronterizas entreBolivia y Chile ha tenido ms bien, a diferencia de las relaciones

    Bolivia - Per, connotaciones y derroteros conictivos. En estecaso la coordinacin entre gobiernos estuvo marcada por altibajospermanentes salvando un intento serio de acuerdo que no pudolamentablemente madurar por diversas circunstancias incluyendo laculminacin del perodo de gobierno de la presidenta Bachelet.

    El caso del Silala conmovi a Bolivia en momentos de un debatepoltico tenso en 2009. Bolivia y Chile constituyeron un grupo detrabajo organizando por los cancilleres desde 2004. Ya en 2009 elacuerdo inicial bosquejado en una versin borrador qued pendientede aprobacin debido a un airoso debate interno que posterg unavance sustancial en la solucin de un conicto que de hacerserealidad habra permitido a Bolivia resolver un problema serio quearrastramos por tiempos histricos.

    Parte del debate sobre el Silala se centra en la denicin deeste cuerpo de agua. Chile expresa que se trata de un ro de curso

    internacional, en tanto Bolivia establece que se tratara de manantia-les que nacen de manera natural de fuentes de aguas subterrneas yque habran sido conducidas por obras hidrulicas hacia Chile, conuna caudal aproximado de 230 litros/segundo (cuestin tcnica queigualmente es motivo de debate) para favorecer a empresas minerasy sistemas de agua potable en el lado chileno. En Consecuencia Boli-via exige al Estado Chileno en primer lugar dicho reconocimiento yla armacin de que las aguas que discurren hacia Chile son en su

    totalidad nacidas en Bolivia debiendo el Estado chileno compensaral Estado boliviano por el uso de dichas aguas.

    El borrador de acuerdo que en 2009 qued pendiente despusde arduas negociaciones estableca en resumen lo siguiente:

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    Bolivia nombra un titular pblico autorizado para mantener la

    relacin contractual con los titulares (pblicos o privados) deservicios de agua del lado chileno . El titular pblico bolivianoestara autorizado para cobrar un canon por el aprovechamientodel agua.

    El titular pblico boliviano acordara con los titulares pblicoso privados chilenos que aprovechan el agua, la disposicin deagua en condiciones acordadas, previa la otorgacin de un dere-

    cho de uso (pudiendo ser esta una autorizacin) en el marco dela legislacin boliviana. El titular pblico boliviano se reserva el derecho de caducar

    la autorizacin otorgada al o los titulares pblicos o privadoschilenos si en un plazo determinado no se concreta el propsitode otorgacin de autorizacin respectiva.

    Las partes establecen la hiptesis de que el 50% del volumende las aguas que discurren por el Silala nacen en Bolivia y que

    similar porcentaje corresponde a precipitaciones o fuentes deotro origen que nacen en territorio chileno.-Hantke y Weismersealan que el caudal total medio del Silala sera de 230 litrospor segundo-.Por tanto la disposicin del mencionado 50%sera de libre disponibilidad de Bolivia hasta que un estudiorealizado en el marco de un monitoreo tcnico realizado durante4 aos establezca el porcentaje de aguas que discurren por el

    Silala corresponde a cada pas. Con la nalidad de determinar el porcentaje correcto de lasaguas que nace en cada pas, se acuerda instalar una red de 6estaciones hidrometeorolgicas, con el n de medir los cauda-les, registrar las precipitaciones de lluvia y nieve as como latemperatura del aire entre otras.

    El SENAMHI y la Direccin General de Aguas de Chile quedanencargados de realizar el monitoreo correspondiente a travs

    de las mencionadas estaciones, adems de realizar trabajos deterreno, complementacin cartogrca, imgenes satelitales, etc.

    Ambos pases elaboraran a travs de sus entidades tcnicasinformes semestrales y en un plazo de 4 aos se elaborar un

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    informe nal que permitir precisar los porcentajes y elaborar

    un nuevo Acuerdo. El Ministerio de Medio Ambiente y Agua queda encargado de

    determinar el valor por metro cbico que se cobrar a los titula-res pblicos o privados chilenos.

    Queda pendiente retomar el proceso de negociacin sobre estetema seguramente en el plazo ms adecuado posible y avanzar junto

    a una agenda poltica ms compleja que tiene entre otros temas, elprincipal en proceso de decisin, el cual es el tema del mar.

    . c oio Ro Laa Boivia Ci y aapiai a oa a obaa ioiaaboa

    Un conicto de consecuencias an ms complejas se produjo entreChile y Bolivia a propsito del Ro Lauca. Weismer y Hantke, ascomo Montero analizan el conicto en este libro. Los tres autorescoinciden en sealar que el conicto se agrava con la desviacindel rio en 1962 cuando el presidente chileno de entonces ordena eldesvo para regar el valle de Azapa y se pone en funcionamiento unainfraestructura hidrulica que incluye una represa y varios canalesde desvo del rio lauca al rio san Jos o Azapa. Bolivia protesta por

    el incumplimiento a la Declaracin de Montevideo, pero el hechose consolida y se consuma la vulneracin en un acto que expresaplenamente una visin de soberana territorial absoluta sobre aguasque son compartidas.

    Esta accin de Chile con respecto a Bolivia ha sido parte deun patrn de conducta en el tratamiento de casos relacionados conaguas transfronterizas con la diferencia de una breve coyuntura enel caso que hemos sealado a propsito del Silala en el perodo degobierno con Bachelet, coyuntura en la cual se avanz de maneraimportante en acuerdos que pudieron haber concretado soluciones auno de los varios temas pendientes.

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    El caso del Ro Lauca, irresuelto despus, pone en evidencia la

    poca voluntad de varios gobiernos de Chile no slo de evitar daosal Estado boliviano sino incluso de causarlos por negligencia y enciertos casos por voluntad intencional.

    El ejercicio de la debida diligencia a la que se reere Laureanodel Castillo, que implica no causar dao signicativo a otros Esta-dos, no ha sido practica de Estado en el uso de aguas transfronterizasde Chile respecto a Bolivia; el caso del Lauca es un ejemplo revela-

    dor al respecto.Los daos denunciados por Bolivia debieron haber dado lugar ala celebracin de consultas y negociaciones como s efectivamentesucedi en el caso del ro Mauri una vez que Bolivia hizo las obser-vaciones y reclamos a Per como lo hemos explicado anteriormente.

    Montero arma acertadamente en su investigacin que losconictos relacionados con aguas transfronterizas con Chile estu-vieron marcados por un legado histrico: el conicto por el mar. No

    obstante los acercamientos notables durante la gestin de la presi-denta Bachelet, que dieron a la luz entre otros a la Agenda de 13puntos de Negociacin sin Exclusiones.

    Ciertamente el conicto martimo marca un estado anmico yuna cierta voluntad poltica en las relaciones sobre otros temas rela-cionados con aguas.

    . Coia i y gi iga a Ca naa

    La Cuenca del Plata ocupa otro lugar relevante en las relaciones entreBolivia, Argentina, Paraguay, Uruguay y Brasil. Las subcuencas delPilcomayo y Bermejo as como la hidrova Paraguay-Paran sonfundamentales en la agenda de la cuenca del plata y han sido motivode acuerdos y de construccin de una institucionalidad que a pesar

    de problemas diversos madura notablemente motorizada tambinpor el inters y la motivacin de las comunidades y poblaciones,as como por sus organizaciones sociales, productivas y econmicas

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    que tienen relaciones dinmicas de interaccin, de coordinacin y de

    manejo de conictos.Es importante tener presente que la cuenca del plata con una

    supercie de 3.2 millones de kilmetros cuadrados, constituye,como lo arma Marta Rovere, el sistema hdrico ms grande deSudamrica despus del amazonas y es la quinta cuenca hdrica msgrande del mundo. Esta cuenca representa el 70% del PIB de lospases que la ocupan; en ella viven 130 millones de habitantes y

    existen 50 grandes ciudades, por lo tanto, denitivamente se tratade una regin fundamental para la construccin de acuerdos quepermitan gestionar la riqueza natural y las aguas de esta gran cuenca.

    La Cuenca del Plata tiene problemas derivados de la estruc-tura de la economa y las visiones de desarrollo de los pases que lacomparten. Marta Rovere seala que los problemas se derivan de laexpansin de la frontera agrcolas conexiones viales mal planica-das, la sobreexplotacin pesquera, el sobrepastoreo en la planicie, la

    degradacin y prdida de ecosistemas, la contaminacin minera, lasaguas residuales urbanas y la presencia creciente de agroqumicos.

    La ampliacin de frontera agrcola est produciendo, segnRovere, una intensa deforestacin, la fragmentacin y la prdida debosques nativos. Estos factores hacen que la Cuenca del Plata seencuentre entre las 10 cuencas ms amenazadas del mundo.

    La complejidad e importancia de la Cuenca del Plata ha hechoque se constituya en motivo de importantes tratados que enfatizan lagestin de recursos hdricos y la atencin a temas ambientales. Lostemas ambientales, en particular la contaminacin y el control desedimentos ocupan un lugar destacado en dichos tratados.

    Con respecto a la Hidrova Paraguay Paran, Montero identi-ca entre los problemas la falta de cumplimiento de algunos de losEstados parte con respecto a la facilitacin equitativa de la navega-cin comercial.

    Rovere analiza en sus investigaciones del caso paraguayo ydel caso argentino con detalle estos tratados, sus caractersticas eimplicaciones en los casos de conictos concretos que hacen a lasdinmicas econmicas de esta gran regin.

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    Resaltemos algunos de estos tratados, acuerdos e instrumentos

    (entre ellos programas de accin) relacionados con la cuenca deplata cuyo anlisis minucioso puede encontrarse en las investigacio-nes de Rovere en este libro:1. El Tratado de la Cuenca del Plata, correspondiente a 1969,

    suscrito por Bolivia, Paraguay, Brasil, Uruguay y Argentina.Tratado que brinda el marco legal e institucional para empren-der la construccin de un proceso de desarrollo en la regin en

    el marco de la GIRH.2. Una institucionalidad compuesta de niveles de decisin concancilleres, comits intergubernamentales (como el ComitIntergubernamental Coordinador de los Pases de la Cuenca delPlata CIC).

    3. El Acuerdo de Cooperacin en Materia Ambiental entre Argen-tina y Brasil del ao 1996.

    4. El Tratado de Medio Ambiente entre Argentina y Chile de

    1992, que establece acciones de preservacin y saneamientodel medio ambiente.

    5. Acuerdo Marco sobre Medio Ambiente del MERCOSUR,suscrito entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay en 2001.Este acuerdo incluye una propuesta de Gestin de RecursosHdricos Transfronterizos en la cual las partes se comprometena cooperar en la gestin de recursos hdricos y desarrollar accio-

    nes de asistencia tcnica.6. El Tratado del Rio de la Plata y su frente martimo suscritoentre Argentina y Uruguay en 1973, que promueve la libertadde navegacin y constituye igualmente una comisin tcnica ascomo una comisin administradora.

    7. El Convenio de Cooperacin entre Argentina y Uruguay de1987, para prevenir y luchar contra la contaminacin acuticaproducida por hidrocarburos y sustancias perjudiciales.

    8. El Estatuto del Ro Uruguay, suscrito entre Argentina y Uruguay,en 1975, que establece disposiciones para navegacin, obras,aprovechamiento de aguas, explotacin de recursos de lecho dero y recursos naturales, el manejo de suelos y bosques.

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    9. El Programa Marco para la Gestin de Recursos Hdricos

    suscrito entre Argentina, Brasil, Paraguay, Bolivia y Uruguaycorrespondiente al 2008, para la Gestin Integral de Recur-sos Hdricos (GIRH) de la cuenca del plata con un enfoque decambio climtico y sustentabilidad de desarrollo social y econ-mico. Este programa promueve la investigacin hidroclimtica,la armonizacin del marco legal e institucional, comunicacin,educacin, entre otros.

    10. El Programa Estratgico de Accin para la Cuenca del RoBermejo (PEA), acordado entre Argentina y Bolivia, quepromueve el desarrollo sostenible, el fortalecimiento institucio-nal, la proteccin ambiental, en n.

    11. El Acuerdo Constitutivo de la Comisin Trinacional parael Desarrollo de la Cuenca del Ro Pilcomayo suscrito entreArgentina, Paraguay y Bolivia, suscrita en 1994. Este acuerdoimpulsa el desarrollo sostenible de la cuenca, la elaboracin y

    ejecucin de un Plan General de Gestin Integral de la Cuenca,la planicacin de inversiones, la planicacin de la explo-tacin de la energa hidrulica, la realizacin de estudios deimpacto ambiental.

    12. Acuerdo de Trasporte Fluvial por la Hidrova Paraguay-Paransuscrito entre Bolivia, Paraguay, Brasil, Uruguay y Argentinaen 1992. Acuerdo que tiene por nalidad facilitar la navegacin

    y el transporte comercial.13. Acuerdo Marco de Cooperacin Programa de Accin Subregio-nal para el Desarrollo Sostenible del Gran Chacho Americano,suscrito entre Argentina, Bolivia y Paraguay en 2007. En esteacuerdo, las partes sealan su reconocimiento de un procesode empobrecimiento, migracin, deterioro ambiental del GranChaco Americano y acuerdan promover la conservacin, eluso racional de recursos naturales, el desarrollo sostenible y el

    mejoramiento de las condiciones de vida de la poblacin.14. Acuerdo sobre el Acufero Guaran, suscrito entre Argentina,

    Brasil, Paraguay y Uruguay en 2010.

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    El acufero guaran es una de las reservas de aguas subterrneas

    ms importantes del mundo y tiene gran importancia para los pasesque lo comparten (Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay). Rovereseala que este acufero abastece de agua a ms de 300 ciudadesen Brasil, teniendo gran potencial para la produccin de agua paradistintos usos. De hecho la discusin sobre la importancia y los usosde aguas de este acufero encuentra en el MERCOSUR, un escena-rio apropiado. Ya en 2004, en el contexto del Mercosur se crea un

    Grupo Ad Hoc de Alto Nivel del Acufero Guaran con la misin deelaborar un Proyecto de Acuerdo de los Estados Parte del MERCO-SURrelativo al Acufero Guaran.

    Es importante notar aqu que el MERCOSUR tiende a consti-tuirse en mucho ms que un acuerdo comercial, y es cada vez msun escenario de integracin en temas tan sensibles para la regincomo son los recursos hdricos, con una visin distinta en relacin alas aguas transfronterizas, como es la visin de cuenca y de comu-

    nidad de intereses. Pero ms all de las visiones que estn escritasen papel, efectivamente los pases que forman parte de la cuencadel plata y a su vez del MERCOSURhan sido capaces de construirinstitucionalidad, normatividad y planicacin de las subcuentas yde la macrocuenca del plata.

    La cuenca del plata y su tratado expresa la puesta en marcha deun enorme esfuerzo poltico para construir una estructura normativa,legal e institucional con mltiples organismos, sendos y complejosniveles diplomticos para la toma de decisiones a nivel de la cuencay de sus subcuencas, entidades y niveles tcnicos y operativos parala accin e implementacin de planes, instrumentos de planicacinde gran complejidad, ejecucin conjunta y con apoyo mutuo de obrasy proyectos hidrulicos y proyectos productivos y ambientales.

    Denitivamente la voluntad poltica, la cercana y el esfuerzode mancomunar acciones hacen ms que aun proyecto de plani-

    cacin y gestin conjunta y nos plantean ms bien un proyecto deintegracin regional en la que la cuenca hidrolgica es una basefundamental para la construccin de una comunidad de intere-ses, y en la que los principios del uso equitativo y razonable y laobligacin de no causar perjuicios, apoyndose mutuamente en el

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    marco de instrumentos que gestionan la resolucin de conictos y

    los previenen, constituyen pilares para un proceso de integracin demayor alcance. Por supuesto el MERCOSURes adems un marco deacuerdo de mayor alcance y cobertura que sustenta esta voluntad deconstruccin de la integracin sobre la base de lo que Rovere deno-mina la coordinacin de acciones institucionales para el desarrolloarmnico de la regin.

    De este modo sugerimos, inspirados tambin en la riqusima

    informacin y anlisis provistos por Rovere y Montero en este libro,en pensar la cuenca del plata como un escenario de construccin enproceso acelerado de maduracin de una gestin conjunta del desa-rrollo con principios ambientales, productivos, econmicos socialesculturales.

    En lo que hace a la subcuenca del Pilcomayo, a la que tambinse la denomina cuenca, los problemas que se presentan son bsica-mente de carcter ambiental y que son similares a los que presenta

    la Cuenca del Plata en general, aunque con alguna gravedad conrespecto a la contaminacin. Esta es una de las cuencas ms contami-nadas en la parte boliviana en gran medida por los pasivos mineros ypor las crecientes actividades mineras del lado boliviano que causansin duda graves impactos ambientales. Otro problema ambiental enla cuenca del Pilcomayo es el arrastre de sedimentos que provienendesde la cuenca alta y que generan taponamientos aguas abajo enArgentina y Paraguay afectando el curso de las aguas y por supuestovariando los caudales hacia ambos pases y afectando a la pesca desbalo, especie que resulta importante en la dieta alimentaria de laregin, en la seguridad alimentaria y en el comercio.

    Debemos reconocer que en el lado Boliviano tenemos dosproblemas que resolver para contribuir efectivamente a mejorar lasituacin ambiental de la cuenca, a saber: la contaminacin minera yla generacin y transporte de sedimentos. Ambos impactan tambin

    seriamente en el lado boliviano incidiendo tanto en la disponibilidaddel recurso as como en la calidad necesaria para procesos producti-vos y en la salud porque los casos de incidencia en enfermedades enla regin son gravsimos. Por supuesto aqu, con respecto al cumpli-miento del principio de la proteccin ambiental estamos muy lejos

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    de cumplir, afectando seriamente la comunidad de intereses que

    debiramos cuidar entre los pases que compartimos la subcuenca.Esto se agrava con la ausencia de una ley general de aguas que

    debiera ser una de nuestras prioridades y respecto a la cual no hemoshecho an un avance consistente con excepcin del ltimo proyectode ley presentado en julio de 2012 y que qued trunco impidiendoen ese ao la posibilidad que Bolivia renueve una ley actualmentevigente de manera parcial (debido a sus mltiples derogaciones y

    modicaciones) que cumple ya 107 aos. Resulta paradjico quea pesar del fragor del proceso de cambio de Bolivia y su nuevaconstitucin, en Bolivia siga rigiendo parcialmente y de maneralimitada una ley que tiene 107 aos de vida y que en realidad esun reglamento de aguas de 1879 convertido en ley en 1906. Normaque contiene prrafos enteros copiados de la legislacin espaola deaquella poca, hija del liberalismo espaol del siglo 19.

    Lo cierto es que Bolivia necesita en el corto plazo contar con

    una autoridad de regulacin con competencias extensibles a lasaguas industriales y a los vertidos de aguas residuales incluyendolas de origen minero; la institucionalidad reguladora en Boliviabsicamente corresponde a los sectores de riego y de agua potable ysaneamiento bsico. Por tanto los usos correspondientes a las indus-trias en particular las extractivas, as como los vertidos de aguasresiduales industriales no tienen regulacin salvo las competenciasestablecidas para los gobiernos de las entidades territoriales autno-mas que tienen sus limitaciones y son dbiles. La nueva legislacinno ha resuelto los vacos jurdicos e institucionales en estos temas.De modo que en Bolivia debemos acompaar con legislacin yregulacin el esfuerzo relacionado con aguas transfronterizas.

    Otro problema del Pilcomayo que nace tambin en Bolivia esla incidencia del arrastre de sedimentos que tapona la cuenca baja,limitando la migracin de los sbalos lo que incide drsticamente en

    su reproduccin pues los sbalos suben a la cuenca alta a desovar.La economa de la regin es importante o al menos lo fue en cuantoa pesca, consumo y comercializacin de pescados. Las comunidadesindgenas de hecho tienen una gran dependencia alimentaria y de

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    provisin de ingresos econmicos en la pesca, hoy drsticamente

    afectada por la disminucin sustancial del sbalo.Marta Rovere seala que los grupos sociales de menores ingre-

    sos, particularmente los pobres, tienen una alta dependencia de losrecursos alimentarios de la regin y en particular de la pesca que lesprovee un alimento importante para su seguridad alimentaria.

    Es, sin embargo, notable la diversidad de entidades que sehan conformado en el marco de la cuenca entre los Estados que la

    conforman, as como los instrumentos de planicacin y control,los mecanismos y procedimientos de resolucin de conictos, lasentidades de participacin y coordinacin social, las comisiones yreuniones de evaluacin, las intensas actividades de encuentros pararesolver problemas y conictos involucrando a comunidades de laregin, cancilleras, ministerios de ambiente, gobiernos regionales,etc. Esto nos dice de la construccin de una gobernanza que maduranotablemente con fuertes cimientos normativos e institucionales,

    con una experiencia de relacionamiento y de resolucin de conic-tos cada vez ms robusta.

    Montero pone en evidencia la diversidad de lo que llama meca-nismos internos de coordinacin en el marco de la Cuenca del Plata;dan cuenta de ello la conformacin de una unidad operativa conjuntadenominada Ocina Tcnica Nacional de los Ros Pilcomayo yBermejo (OTNPB) la misma que ejerce autoridad tcnica en el marcode la Comisin Trinacional para el Desarrollo de la Cuenca del RoPilcomayo (CTN) y la Comisin Binacional para el desarrollo de laAlta Cuenca del Ro Bermejo y Ro Grande de Tarija (COBINABE).

    El Tratado de la Cuenca del Plata (TCP) corresponde a 1969por lo que tiene una larga historia, un recorrido que ha permitido laconstitucin y la consolidacin de una serie de instituciones e instru-mentos de planicacin. El TCP incluye entre los temas de intersel desarrollo de investigaciones y la construccin de informacin,

    la construccin de un marco jurdico, la regulacin del aprovecha-miento mltiple de las aguas, la conservacin, la promocin deactividades pecuarias y agrcolas as como de las industrias adecua-das a la cuenca y el aprovechamiento de los recursos naturales.

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    El TCP est dirigido por los cancilleres, tiene un sistema de

    evaluacin de resultados, cuenta con un Comit IntergubernamentalCoordinador (CIC), en n.

    Se trata en consecuencia, a nuestro entender, ms que de unacuerdo de gestin de aguas en la perspectiva de atender temasambientales y de navegacin, de un programa integral en el marcode la gestin integral de recursos hdricos. Este tratado as comolos acuerdos y entidades correspondientes a las subcuencas, ponen

    adicionalmente en evidencia la voluntad poltica y la capacidad deconstruir acuerdos en la subregin y la convergencia de interesesy visiones comunes de la cuenca y sus subcuencas. Ntese de ladiferencia con el caso de Chile e incluso con el de Per, a propsitode la conictividad y la debilidad coyuntural de la institucionalidad.

    Por lo que podemos observar, el TCP y sus organismos desubcuenca van ms all de la simple aplicacin de principios aisla-dos que hemos analizado a propsito de la nutrida investigacin

    realizada por Yez, efectivamente nos dicen de la aplicacin, opara decirlo ms humildemente, del intento de construccin de unacomunidad de intereses y la aplicacin el concepto de cuenca y noslo de curso continuo de agua.

    En el caso de la Comisin Trinacional del Pilcomayo (CTN), esimportante resaltar que esta cuenta con un Estatuto y un ReglamentoInterno como instrumento normativo y un Plan de Gestin Integralde la Cuenca.

    La CTN se