Concejo Municipal de Desamparados Olímpica y concretamente en el Estadio Cuty Monge, con el cambio...

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Concejo Municipal de Desamparados Actas Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 SESIÓN No. 119-2017 1 Acta de la sesión No. 119-2017, ordinaria, celebrada por el Concejo Municipal de Desamparados 2 en el salón de sesiones, a las diecinueve horas y trece minutos del día martes veintiuno de 3 noviembre de dos mil diecisiete, con la asistencia de las siguientes personas: 4 PRESIDENTE MUNICIPAL: Carlos Alberto Padilla Corella. VICEPRESIDENTA MUNICIPAL: Paola María 5 Jara Fallas. 6 REGIDORES PROPIETARIOS: Evelio Segura Chacón (Sust. a María Antonieta Naranjo Brenes), Carlos 7 Alberto Padilla Corella, María Gabriela González Bermúdez, Allan Alfaro Castillo, Alejandra María 8 Aguilar Zamora, Rigoberto Pérez Obando, José Oldemar Hernández Pérez, Hernán Mora Aguilar, 9 Eduardo Guillén Gardela (Sust. a Susana Campos Ortega), Víctor Manuel Delgado Espinoza, 10 Paola María Jara Fallas. 11 REGIDORES SUPLENTES: Alfredo Ernesto Salazar Gómez, Jenny Milena Núñez Montoya, Jorge Luis 12 Delgado Monge, Fiorella Daniela Artavia Brenes, Fanny Pérez Hidalgo, Daniella Mora Gamboa, 13 Yeimmy Vanessa Obando Chacón y María Grace Álvarez Castillo. 14 SÍNDICOS PROPIETARIOS: Irma Isis Loría Vega, José María Córdoba Calvo (Sust. a Lilliam Segura 15 Badilla), Yamileth Díaz Barrantes, Jorge Arturo Agüero Chaves, Santos Wagner Carrillo Obando, 16 Aliander Garro Piedra, María Gabriela Abarca Villalobos, Aníbal Leiva Padilla, Clara Alfaro Badilla, 17 Carlos Luis Carmona Santamaría, Kenneth Alexander Cubillo Vargas, Juan Ignacio Alfaro 18 Alvarado, Karen Verónica Fallas Montoya. 19 SÍNDICOS SUPLENTES: Marvin Enrique Monterrosa Ramírez, Jeise Steve Vargas Delgado, Karla 20 Vanessa Mora Rodríguez, Delia María Calvo Gamboa, Alice Quirós Calvo, Marisela Durán Segura, 21 Javier Francisco Amador Hernández, Simey Herrera Retana, María del Rocío Salas Porras, Lorena 22 Velázquez Aguilar, Miguel Ángel Herrera Fernández. 23 ALCALDE: Gilberth Jiménez Siles. ASESOR LEGAL: Michael Durán Arrieta. SECRETARIO: Mario Vindas 24 Navarro. 25 ORDEN DEL DÍA 26 I. Canto al Himno del Cantón de Desamparados. II. Juramentaciones. III. Aprobación de las actas 27 115-2017, 116-2017 y 117-2017 IV. Espacio del Sr. Presidente Municipal V. Análisis y trámite de 28 correspondencia. IV. Asuntos varios: Dictámenes de comisión, asuntos varios de la Alcaldía VII. 29 Mociones y asuntos varios de los miembros del Concejo Municipal. 30 _______________________________________________________________________________________________ 31 32 CAPÍTULO I 33 Canto al Himno del Cantón de Desamparados. 34 35 CAPÍTULO II 36 Juramentaciones 37 Se procede con la juramentación del Sr. José Alexis Araya Fernández, miembro del Comité 38 Cantonal de la Persona Joven. 39

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Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017

SESIÓN No. 119-2017 1

Acta de la sesión No. 119-2017, ordinaria, celebrada por el Concejo Municipal de Desamparados 2

en el salón de sesiones, a las diecinueve horas y trece minutos del día martes veintiuno de 3

noviembre de dos mil diecisiete, con la asistencia de las siguientes personas: 4

PRESIDENTE MUNICIPAL: Carlos Alberto Padilla Corella. VICEPRESIDENTA MUNICIPAL: Paola María 5

Jara Fallas. 6

REGIDORES PROPIETARIOS: Evelio Segura Chacón (Sust. a María Antonieta Naranjo Brenes), Carlos 7

Alberto Padilla Corella, María Gabriela González Bermúdez, Allan Alfaro Castillo, Alejandra María 8

Aguilar Zamora, Rigoberto Pérez Obando, José Oldemar Hernández Pérez, Hernán Mora Aguilar, 9

Eduardo Guillén Gardela (Sust. a Susana Campos Ortega), Víctor Manuel Delgado Espinoza, 10

Paola María Jara Fallas. 11

REGIDORES SUPLENTES: Alfredo Ernesto Salazar Gómez, Jenny Milena Núñez Montoya, Jorge Luis 12

Delgado Monge, Fiorella Daniela Artavia Brenes, Fanny Pérez Hidalgo, Daniella Mora Gamboa, 13

Yeimmy Vanessa Obando Chacón y María Grace Álvarez Castillo. 14

SÍNDICOS PROPIETARIOS: Irma Isis Loría Vega, José María Córdoba Calvo (Sust. a Lilliam Segura 15

Badilla), Yamileth Díaz Barrantes, Jorge Arturo Agüero Chaves, Santos Wagner Carrillo Obando, 16

Aliander Garro Piedra, María Gabriela Abarca Villalobos, Aníbal Leiva Padilla, Clara Alfaro Badilla, 17

Carlos Luis Carmona Santamaría, Kenneth Alexander Cubillo Vargas, Juan Ignacio Alfaro 18

Alvarado, Karen Verónica Fallas Montoya. 19

SÍNDICOS SUPLENTES: Marvin Enrique Monterrosa Ramírez, Jeise Steve Vargas Delgado, Karla 20

Vanessa Mora Rodríguez, Delia María Calvo Gamboa, Alice Quirós Calvo, Marisela Durán Segura, 21

Javier Francisco Amador Hernández, Simey Herrera Retana, María del Rocío Salas Porras, Lorena 22

Velázquez Aguilar, Miguel Ángel Herrera Fernández. 23

ALCALDE: Gilberth Jiménez Siles. ASESOR LEGAL: Michael Durán Arrieta. SECRETARIO: Mario Vindas 24

Navarro. 25

ORDEN DEL DÍA 26

I. Canto al Himno del Cantón de Desamparados. II. Juramentaciones. III. Aprobación de las actas 27

115-2017, 116-2017 y 117-2017 IV. Espacio del Sr. Presidente Municipal V. Análisis y trámite de 28

correspondencia. IV. Asuntos varios: Dictámenes de comisión, asuntos varios de la Alcaldía VII. 29

Mociones y asuntos varios de los miembros del Concejo Municipal. 30

_______________________________________________________________________________________________ 31 32

CAPÍTULO I 33 Canto al Himno del Cantón de Desamparados. 34

35 CAPÍTULO II 36

Juramentaciones 37

Se procede con la juramentación del Sr. José Alexis Araya Fernández, miembro del Comité 38

Cantonal de la Persona Joven. 39

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 Reg. Paola Jara: Es para dar lectura del acta de la asamblea que realizamos el sábado, 1

precisamente el compañero José Alexis fue electo y se acaba de ratificar su integración al 2

Comité de la Persona Joven; procederé a darle lectura: 3

La regidora Paola Jara procede con la lectura del acta de la asamblea para la elección del 4

nuevo miembro del Comité Cantonal de la Persona Joven. 5

“Asamblea celebrada por la señorita Paola Jara, Regidora Propietaria, como moderadora del 6

proceso; participa también el Lic. Francisco Valverde Torres, Asesor Jurídico de la Administración 7

Municipal, Kenneth Cubillo, Daniella Mora, en la sede del Museo Joaquín García Monge, a las 14 8

horas del 18 de noviembre de 2017, para nombrar a un representante de las organizaciones 9

juveniles del cantón para el Comité Cantonal de la Persona Joven de Desamparados. De 10

conformidad con el mandato dictado por el Concejo Municipal mediante el acuerdo no. 3 de la 11

sesión no. 115-2017 del 31 de octubre 2017. Siendo la hora señalada y revisadas que fueron las 12

asociaciones o agrupaciones inscritas, Jóvenes Adultos Solteros, Visión de Impacto, y la Family 13

Dance Crew, se procede a registrar la asistencia de asambleístas, siendo solo el joven José Alexis 14

Araya, cédula 116100285, único presente y representante, razón por la cual conforme al mandato 15

del Concejo Municipal y ante la pregunta de si hay otra organización, se acuerda: 16

1. Presentación del candidato. 17

2. Siendo el único candidato, se ratifica en forma unánime para llenar la vacante en el Comité 18

Cantonal de la Persona Joven, a José Alexis Araya, cédula 116100285, mismo que acepta en el 19

acto. 20

3. Se instruye y cita para la ratificación y juramentación respectiva para el martes 21 de 21

noviembre a las 7:00 p. m. 22

Se levanta la sesión a las 14 horas con 21 minutos del 18 de noviembre del año presente. 23

Paola Jara Francisco Valverde Torres 24 Regidora Asesor Legal de la Municipalidad” 25

Reg. Paola Jara: Que de una vez quede en actas el documento presentado y darle la bienvenida 26

al compañero José Alexis para que se una en la labor a favor de la juventud desamparadeña. 27

CAPÍTULO III 28 Aprobación de las actas 29

1. Acta de la sesión no. 115-2017. Se aprueba sin comentarios ni correcciones. 30

2. Acta de la sesión no. 116-2017. Se aprueba sin comentarios ni correcciones. 31

3. Acta de la sesión no. 117-2017. Se aprueba sin comentarios ni correcciones. 32

CAPÍTULO IV 33 Espacio del Sr. Presidente Municipal 34

Sr. Presidente: Recordar la sesión extraordinaria para el próximo lunes 27, para el nombramiento 35

de los dos representantes del Concejo Municipal ante el Comité Cantonal de Deportes, e informe 36

por parte del mismo, para tenerlo presente. A solicitud del Sr. Alcalde, el cual presentó la semana 37

pasada una modificación al presupuesto… hay recursos ahí que están contemplando 38

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Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 remodelaciones en el área administrativa, en virtud de que el Banco Crédito desalojó las 1

instalaciones que tenía alquiladas en la Municipalidad; se trata de pasar ahí la Plataforma de 2

Servicios; soy consciente del hacinamiento que hay, sobre todo en el área financiera, creo que 3

por ahí también hay recursos para remodelar esa área y que cada uno de los funcionarios que 4

laboran en dicha dirección estén, de acuerdo a salud ocupacional, con lo que establece la 5

misma ley; en virtud de esa solicitud, creo que hay recursos para mejoras sustanciales en la Villa 6

Olímpica y concretamente en el Estadio Cuty Monge, con el cambio de gramilla; conversaba 7

con compañeros y coordinador de la Comisión de Hacienda y Presupuesto si les damos la 8

oportunidad de salir un instante para el análisis de esa modificación, si a bien lo tienen, para que 9

se puedan abocar al análisis de la modificación y, de ser posible, verla hoy mismo. Les 10

comentaba al principio que ayer recibí una solicitud de la Directora del CAIS, la cual quería que 11

este Concejo le diera unos pocos minutos para hacernos la presentación de un informe, pero a 12

raíz de otros informes que estaba preparando hoy y que le urgía terminarlos, me informó que no 13

podía; entonces, para ver si de hoy en ocho le damos un espacio a la Sra. Directora del CASI, 14

para que nos brinde el informe que ha preparado para venir al Concejo. 15

Reg. Allan Alfaro: La última vez que realizamos este procedimiento, en aras de colaborar con la 16

Administración, se generó cierto malestar entre algunos miembros del Concejo Municipal y 17

algunos síndicos, según se externó en esa sesión; por mi parte, estaría anuente en que valoremos 18

el documento el día de hoy en aras de conocerlo y si hay algunos puntos que podamos 19

consensuar, los definamos y los aprobemos el día de hoy; si no logremos consensuar, lo 20

analizaremos el día sábado conforme a la convocatoria que previamente habíamos realizado 21

para este sábado, en el entendido de que estamos actuando y haciendo la excepción con el fin 22

de atender el interés público de la institución; ¿no sé cuáles compañeros de la Comisión estarían 23

anuentes en que hagamos este análisis el día de hoy y que concluyamos lo correspondiente en la 24

sesión del día sábado, conforme la convocatoria que teníamos, de forma tal que se garantice 25

que haya quórum en la sesión del día de hoy? 26

Reg. José Hernández: Con relación a la propuesta del Presidente de la Comisión de Hacienda y 27

Presupuesto, también me gustaría proponer que todo se analice el día sábado, tal como se debe 28

y se nos ha venido señalando en cuanto a sesionar las comisiones de este Concejo Municipal; en 29

aquella ocasión lo hicimos rápidamente para poder agilizar en tiempo y en forma la situación, 30

pero alguna gente protestó por el tiempo utilizado; esto no es una cuestión de media hora o 31

treinta minutos, razón por la cual pido, como segunda propuesta, que todo sea analizado a la luz 32

de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, en una reunión propiamente de esta comisión. 33

Reg. Eduardo Guillén: Concuerdo con José Hernández, ya que el documento es bastante grande; 34

creo que se debe ver con tiempo y analizarlo, porque hay muchas preguntas sobre esto; a veces 35

hay que indagar a profundidad y lo más responsable sería verlo con suficiente tiempo el sábado 36

en Comisión de Hacienda y Presupuesto, porque en lo que podamos ver ahora, podríamos 37

avanzar un poco, pero después se atrasan las cosas y hay roces; creo que sería conveniente, con 38

buen tiempo y buena letra, verlo el sábado. 39

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Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 Reg. Allan Alfaro: Igual, el documento si bien es cierto lo recibimos la semana pasada, hay dos 1

puntos que considero podríamos valorar, y es el que está relacionado con complementar el 2

contenido presupuestario para una licitación que íbamos a adjudicar de forma parcial y que 3

como Concejo también le pedimos a la Administración que se incorporara el contenido 4

presupuestario restante para no hacer una adjudicación parcial, sino total, relacionada con la 5

compra de productos minerales y asfálticos; de igual forma, en lo personal considero que el tema 6

de la remodelación para la Plataforma de Servicios, en el área que ocupaba Bancrédito, viene a 7

mejorar el servicio al cliente y es un tema de atención directa a la ciudadanía; si les parece bien 8

a los compañeros de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, podríamos valorar estos dos 9

asuntos y continuar el sábado con los restantes, pero de uno de los temas ya teníamos 10

conocimiento desde la semana pasada, el cual se relaciona con esa licitación, y el otro que está 11

relacionado con Plataforma de Servicios. 12

Sr. Alcalde: Creo que esta modificación es simple, como lo externó el regidor Allan, fue 13

entregada desde la semana pasada, siento, con todo el respeto, don José, que si hubiese ese 14

interés y esa gran actitud de poder hacer las cosas de gran manera, desde la semana pasada al 15

día de hoy, ya se tuvieron que haber hecho las consultas; si les damos las cosas para que se las 16

dejen en la gaveta guardadas, creo que no llegamos a ningún fin; con todo respeto, pienso que 17

es como un burla para uno mismo; también quiero recalcar la necesidad urgente de tener la 18

gramilla del Estadio en las mejores condiciones, dado que hay un desgaste muy grande y hoy 19

todos los deportistas tienen riesgos muy altos por jugar en esta cancha, ya que sobrepasó su 20

capacidad y su vida útil; encontramos en este momento una oportunidad utilizando los recursos 21

sobrantes en cada una de las diferentes partidas, que efectivamente se hizo una repela muy 22

grande, donde esto no modifica actualmente el movimiento, los objetivos y las metas de cada 23

una de las diferentes áreas, sino que viene a ayudar a satisfacer una necesidad tan grande, 24

donde hoy los jóvenes de este cantón requieren el mayor apoyo y por supuesto mejorar las 25

condiciones de la infraestructura deportiva que tenemos; realmente, si vemos la modificación, en 26

más del 80% es para financiar el tema del cambio de gramilla de la Villa Olímpica, es una 27

urgencia y es una licitación que debe hacerse pública; corriendo con los plazos, nos daría para 28

licitarla y entre la última semana de lo que tiene que ver este Concejo, estaríamos trayendo la 29

licitación para aprobación, por eso les pediría, con todo respeto, que hagan la salvedad del 30

caso; estamos a fin de año, no tenemos plazo, y asimismo, hay una solicitud que había hecho 31

don Víctor para una mejora en las áreas verdes de La Valencia, que por error lo determinamos en 32

la partida de equipo, entonces, también es trasladar esos recursos que están acá, incorporarlos 33

en esta modificación por el monto de tres millones y resto, de tal manera que podamos llevar a 34

cabo esa obra que está pendiente, de lo contrario no tendríamos recursos para poder ejecutar 35

en la partida de servicios generales; en síntesis, siento que los aumentos son muy sencillos, no 36

corremos ningún riesgo y con mucho gusto, con cualquier ampliación o aclaración estamos en la 37

mayor disposición, pero les pediría, con toda humildad, que hagamos un esfuerzo; esto realmente 38

requiere de una licitación adicional que tenemos que hacer; estamos a final de noviembre, este 39

mes de diciembre termina muy rápido y, corriendo, mañana tendría que sacar la licitación para 40

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 la otra semana recibir ofertas, en la siguiente el análisis y en la siguiente traerla al Concejo; 1

prácticamente estaríamos saliendo con el tiempo necesario, dado que tenemos una semana 2

que se nos fue y no podemos perder otra semana; sé que el tiempo pasa muy rápido y hoy 3

estamos casi a fin de año, por eso les pediría, con todo respeto, reconsiderar y apoyarme en esa 4

gestión. 5

Reg. Víctor Delgado: Todas las cosas hay que hacerlas y aprobarlas, porque si no la cosa se 6

entraba y nos pueden venir a decir a nuestras oficinas que no estamos apoyando el avance y el 7

desarrollo de nuestro cantón, pero las cosas hay que hacerlas con cuidado; también tenemos 8

que ir avanzando en bloque, porque ¡cuánto tenemos de esperar en Restauración Nacional y en 9

el Frente Amplio la oficina de la que hablamos hace un año!, ¡cuánto tenemos de esperar las 10

computadoras!, y siempre que preguntamos, nos dicen lo mismo o algo parecido; me parece 11

que todo nos precisa, tenemos que ir viendo cómo eliminamos tanto papel, con una 12

computadora lo logramos, debemos tener una oficina digna donde podamos atender a nuestra 13

gente con orgullo, dignidad, que vengan y vean una oficina bonita; el regidor y la asistente son 14

bonitos, pero la oficina es fea; creo que debemos ir ayudándonos, porque esto es como en la 15

casa, llega el hijo y le dice: “papi necesito unas tenis Le coq”, esas son caras, y de pronto llega la 16

hija y quiere tenis de la misma marca… bueno, haré una cosa, una quincena compro unas y la 17

otra compro las otras, a ellos les parece, pero resulta que me vuelvo el loco y no les cumplo, no 18

avanzo en bloque; entonces, ¿qué pasa?, los niños se me ponen rebeldes, malcriados y me 19

reclaman; creo que todos tenemos necesidades en el Concejo Municipal, no solamente 20

Restauración Nacional ni el Frente Amplio, en el tema de las oficinas; sé que los síndicos tienen 21

cosas pendientes que no se les ha resuelto por una cosa u otra, porque están engavetados, 22

porque no hay tiempo, porque estamos en campaña, por lo que esa, pero para eso tenemos 23

asistentes y asesores, para que la cosa camine en bloque. 24

Reg. Rigoberto Pérez: Estoy totalmente de acuerdo respecto a que la Comisión de Hacienda y 25

Presupuesto pueda analizar estas modificaciones el día de hoy; tal como lo dijo don Allan, creo 26

que podemos revisarlo y estudiarlo, sacar el visto bueno para los dos puntos que mencionó Allan, 27

y posteriormente el sábado continuar con lo demás; en esto hay que tener un poco de voluntad 28

política para hacer las cosas; sé que no nos han dado las cosas que hemos pedido, pero 29

perfectamente podemos colaborar con ese asunto; por mi parte, estoy dispuesto a estar en la 30

reunión y estudiarlo junto con los compañeros; no veo por qué no hay voluntad política para 31

poder sesionar en este momento que nos están solicitando. 32

Reg. Gabriela González: En lo personal, creo que no podemos seguir haciendo estas cosas a la 33

carrera, hablándolo vulgarmente; la vez pasada tuvimos grandes problemas porque nos fuimos a 34

reunir, los síndicos se molestaron, dijeron que eran muchas horas, como si lo que estuviéramos 35

resolviendo era un juego de Jackses; realmente estos temas son muy delicados, es el presupuesto 36

de nuestra municipalidad, de todos los desamparadeños y creo que estas cosas no se pueden 37

tomar de un momento para otro; no es una reunión de 15 minutos; los que hemos estado en esa 38

comisión sabemos que nos llevamos todo el día y a veces no damos abasto ni siquiera toda una 39

mañana resolviendo una modificación; por otro lado, hay modificaciones y presupuestos que 40

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Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 hemos aprobado y que no se nos ha resuelto; ¿cómo es posible que una pintura para el comedor 1

de El Porvenir no la hayan podido resolver, porque dizque se dirigió a la iglesia?, no sé quién dijo 2

que era para la iglesia de Dos Cercas, era para el comedor de Dos Cercas; el trámite está en 3

Proveeduría, porque no se sabe si es para la iglesia o para el comedor, y resulta ser que en algún 4

momento hice la propuesta, ahí tiene que decir para quién era el recurso, y es una pintura y una 5

escalera; ¿cómo puede ser posible que el departamento de Proveeduría dure tanto haciendo 6

una compra de ese tipo?, es demasiado y si vamos a enviar más cosas y adelantamos cosas 7

porque urgen, ¿qué pasa con la gente que tiene necesidades, que se les ha aprobado 8

presupuestos, porque tienen necesidades en sus escuelas?; vean la banda de San Rafael Abajo, 9

ya terminó el año y nunca llegaron los tambores; entonces, estamos aprobando presupuestos 10

pero no estamos resolviendo las cosas que se están aprobando; tenemos que ser conscientes en 11

eso y no podemos estar aprobando cosas a la ligera y sin revisar bien, porque ahorita si se van 12

todos los representantes de los partidos políticos, nos quedaremos sin quórum, entonces, nos 13

detendremos aquí también; no creo que algún partido político quiera decir que no va, solo para 14

que aquí quede quórum, donde irán solo cuatro a hacer el estudio; ya he revisado las 15

modificaciones, pero para eso está una comisión, la cual se reúne con una persona, que es don 16

Alex, se le hacen las consultas, y él se encarga de respondernos cada una de ellas; don Alex no 17

está aquí, ¿si hay consultas, a quién se las haremos?; aprobaremos algo donde no tendremos 18

quien nos resuelva las preguntas; creo que debemos de esperar a la solicitud que hizo don Allan 19

para el día sábado; ese día podremos hacer las consultas, revisar bien presupuesto, ver todo lo 20

que tenga que verse y que las cosas se hagan como tiene que ser. 21

Reg. Allan Alfaro: Con todo respeto, sugeriría que nos comisionaran a la regidora Jara, al regidor 22

Delgado y al regidor Hernández, ya con eso tendríamos cuatro en Comisión de Hacienda y 23

Presupuesto, garantizamos quórum y mantendríamos seis en el Concejo Municipal, con lo cual 24

también garantizamos el quórum del Concejo, en aras de que avance la sesión; antes de 25

comunicar cualquier acuerdo que logremos consensuar, lo estaríamos compartiendo con los 26

compañeros que también se están quedando en el seno del Concejo, para garantizar el quórum 27

en ambas instancias; no sé si los compañeros de la Unidad estarían anuentes a que procedamos 28

de esa forma, para avanzar en ambos órganos. 29

Reg. Eduardo Guillén: Concuerdo con la regidora Gabriela; creo que es un tema muy delicado, 30

donde deben estar representadas todas las fracciones políticas; son temas de dinero, que llegan 31

a las comunidades, y creo que no debe elegirse unos sí, otros no; por otro lado, quiero decirle al 32

Sr. Rigoberto que me parece muy mal y no es de recibo de ninguna forma que externe que no 33

hay voluntad política; todos aquí tenemos dicha voluntad para trabajar, reunirnos cuando sea y 34

para hacerlo de forma incisiva, detallada, mucho más cuando estos dineros terminan siendo de 35

las comunidades; creo que podemos tener un poco de respeto con esto también y si usted tiene 36

el suficiente respeto para verme a los ojos, le digo que se debe trabajar haciendo las cosas bien 37

hechas, no a la carrera ni diciendo que no hay voluntad política, porque estoy seguro que aquí la 38

gran mayoría de los regidores estamos dándole la cara a la gente y precisamente por eso se 39

debe revisar con lupa cuando son dineros. 40

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Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 Sr. Presidente: En todo caso, hay una propuesta que hace don Allan; en alguna medida si en la 1

comisión hay representantes de todas las fracciones, también sabemos que el quórum permitiría 2

que se lleve a cabo la reunión; en realidad, hubo una propuesta; el señor coordinador de la 3

Comisión hace un planteamiento; si los cuatro regidores a bien lo tienen dedicarse a ver los 4

puntos que ha propuesto, no le veo problema, si no es así, ni modo, se quedará para verlo en 5

sesión de la Comisión de Hacienda y Presupuesto. 6

Sr. Secretario: Están asumiendo Jeimmy Obando y Fanny Pérez. 7

Sr. Presidente: Hay seis propietarios; no está doña Antonieta, ocupa su curul como regidor 8

propietario don Evelio. 9

CAPÍTULO V 10 Análisis y trámite de correspondencia 11

1. Nota de la Unidad de Asesoría Jurídica (no. 1356) dirigida al Sr. Secretario. Remite el criterio 12

solicitado en torno a la viabilidad legal para realizar el proyecto del cementerio de San Rafael 13

Arriba. 14

Sr. Presidente: Tal vez se nos atrasará un poco la sesión, pero me parece que con relación a este 15

punto ha habido inquietud por el tiempo que tenemos de estar conversando sobre la 16

oportunidad de darle a la comunidad de San Rafael Arriba el cementerio que tanto han 17

anhelado por muchos años; estando acá el Sr. Randall Escalante, que fue quien preparó el último 18

análisis sobre el tema, me gustaría pedirle a don Randall si nos hace el favor de referirse a los 19

alcances de ese análisis que hace con respecto al proyecto del cementerio; más o menos tengo 20

claro el asunto, creo que hay dos puntos importantes, de la viabilidad legal para desarrollar el 21

proyecto; también sería importante conocer sobre los alcances de la resolución que hubo del 22

Tribunal Contencioso con respecto a la servidumbre, y ahí quedaría despejado por qué sí o por 23

qué no se puede desarrollar el proyecto o cuál es el problema serio que se tiene para poder 24

aprovechar ese terreno que hace muchos años se compró con ese fin, donde sabemos que 25

básicamente el problema ha sido el acceso de dicha propiedad para poder desarrollar el 26

proyecto. 27

Sr. Presidente: En virtud de que se está complicando el asunto, lo siento, don Gilberth, pero se 28

quedará para la reunión de la Comisión de Hacienda el próximo sábado a las 10:30. 29

Sr. Randall Escalante: Me encuentro el día de hoy presente a solicitud del Sr. Alcalde, a efectos de 30

evacuar dudas sobre el criterio que realicé en el oficio AMAJ-650-2017, dirigido al Concejo 31

Municipal, en ese caso al Sr. Secretario, para que se los comunicara, con relación a una consulta 32

sobre la viabilidad legal de poder construir el cementerio de San Rafael Arriba, a sabiendas de 33

que el acceso actualmente de ese terreno es por una servidumbre; para referirme al tema y 34

dado que don Carlos me solicita que haga un resumen sobre el criterio que vertí, para empezar a 35

conversar sobre el tema del cementerio, hay que referir que ese terreno lo adquirió la 36

Municipalidad mediante una escritura que se realizó el día 3 de junio de 1998; dicha escritura fue 37

otorgada ante el notario público Francisco Calvo, el día 3 de junio de 1998, y en esta la 38

Municipalidad adquirió un terreno con unas medidas de 20,019 m2 de parte de la Compañía 39

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 Inversionista Las Brisas; dicho terreno fue segregado de la finca, principalmente donde 1

actualmente funciona el complejo industrial de la Compañía Inversionista Las Brisas; cuando 2

dicho terreno se está segregando, queda enclavado, por esas razones se procedió a hacerle un 3

acceso mediante una servidumbre, la cual en la escritura se denominó como agrícola; de 4

conformidad con lo que pude averiguar y el conocimiento que tengo a lo largo de tantos años 5

sobre este asunto, básicamente cuando se hizo la segregación y dado que la finca en ese 6

momento su giro comercial era de explotación agrícola, para efectos de hacer la segregación y 7

que no hubiera impedimento para la inscripción del plano catastrado en su momento, quienes 8

participaron en esa negociación decidieron ponerle la denominación de servidumbre agrícola a 9

dicho acceso; posterior a la adquisición del terreno por la Municipalidad, aproximadamente en el 10

año 2004, y ante el cambio del representante de la Compañía Inversionista Las Brisas, el nuevo 11

representante, don Gaspar Ortuño, en su momento empezó a molestar sobre el uso de esa 12

servidumbre, al punto que se colocó un portón con candados y no quería que se accediera al 13

terreno por dicha servidumbre; en virtud de esa situación, la Administración Municipal en ese 14

momento se vio obligada a interponer una demanda contra la Compañía Inversionista Las Brisas, 15

a efectos de pelear el derecho de uso sobre esa servidumbre; el proceso en concreto se ventiló 16

ante el Juzgado Contencioso Administrativo bajo el no. 05-000019-166-CA; lo resuelto en este 17

proceso para mí es relevante; cuando se resolvió en la sentencia de primera instancia no. 44 de 18

2008, se declaró que la Municipalidad efectivamente tenía el derecho al uso de esa servidumbre 19

y que independientemente del nombre que se le otorgó en la escritura, como servidumbre 20

agrícola, se sabía desde el negocio jurídico que sería para darle acceso al terreno; en la misma 21

escritura de compra y venta se había indicado que se adquiría para la construcción de un 22

cementerio; posteriormente, dictada la sentencia en primera instancia y como dichos procesos se 23

ventilaban bajo la derogada Ley de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, tenía derecho de 24

apelación ante el Tribunal Contencioso, y la Compañía Inversionistas Las Brisas, ejerciendo su 25

derecho, procedió a apelar dicha sentencia en primera instancia; la sentencia en segunda 26

instancia igualmente nos dio la razón en cuanto al derecho que tenía la Municipalidad para el 27

uso de esa servidumbre y para dedicarla como acceso a la actividad del cementerio, puesto 28

que había quedado en la escritura; como dicha sentencia no fue favorable a los intereses de la 29

Compañía Inversionista Las Brisas, dicha empresa presentó el último recurso que permitía la ley, 30

cual era un recurso de casación ante la Sala I de la Corte Suprema de Justicia; de igual forma, 31

ante la Sala I de la Corte Suprema de Justicia, mediante la sentencia no. 0733-F-SI-2008, se falló a 32

favor de los intereses municipales e igualmente se indica que tienen razón los jueces de las 33

instancias anteriores en reconocer el derecho que tiene la Municipalidad para utilizar esa 34

servidumbre y disponerla para el uso de cementerio, para el cual fue adquirido ese terreno; 35

posteriormente fuimos objeto de otras demandas por parte de la Compañía Inversionista Las 36

Brisas, una demanda en el 2009 y otra en el 2011, donde pretendían el desuso de esa 37

servidumbre, pretendían que se rescindiera y que se anulara el contrato de compra venta; todos 38

esos procesos fueron ganados por la Municipalidad; tuve la oportunidad de participar 39

prácticamente en los tres procesos judiciales y gracias a Dios todos fueron favorables a nuestros 40

intereses, pero concretamente, si se puede hacer el cementerio con acceso a servidumbre, eso 41

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 ha generado una gran cantidad de dudas a lo largo de muchos años; al menos soy del criterio 1

de que no hay ningún impedimento para utilizar ese acceso para ejercer la actividad de 2

cementerio, para lo cual fue adquirido dicho terreno, ¿por qué lo digo?, por lo resuelto en el 3

proceso que les mencioné en el año 2005; en ese proceso nos ganamos el derecho o el 4

reconocimiento judicial al uso de esa servidumbre, para la actividad para la cual fue adquirido el 5

terreno; he hecho estudios, leído, buscado y hasta el momento no me he encontrado algún 6

cuerpo legal que exija que un cementerio deba tener acceso frente a calle pública para poder 7

ejercer una actividad de cementerio; si uno revisa el Reglamento General de Cementerios, no 8

establece como requisito que el mismo deba tener frente a calle pública; lo más que se limita es 9

en el artículo 15, 16, y es que si colinda con calle pública, debe tener un cerramiento perimetral 10

mediante muro, pero por lo demás no existe una norma, al menos no me he encontrado que 11

exista la exigencia de colindar directamente con una calle pública; incluso aquí en 12

Desamparados tenemos un ejemplo de que un cementerio se puede acceder por servidumbre, y 13

lo es el cementerio de La Piedad, el cual se accede por una servidumbre; en ese sentido, en la 14

parte general del Reglamento de Cementerios no se hace discriminación entre si un terreno será 15

dedicado a un cementerio público manejado por la Municipalidad o si será un cementerio 16

privado; en ese sentido, no hay diferencia en cuanto a la ubicación de un cementerio; mi criterio 17

es que si tenemos fallos judiciales, los cuales incluso ya están cubiertos por algo que en derecho 18

se llama cosa juzgada, que impide que el mismo objeto pueda ser discutido en otro proceso, 19

nosotros estamos debidamente protegidos en sede judicial en cuanto al uso y disposición de esa 20

servidumbre; de ahí parto respecto a que a la Municipalidad le asiste el derecho de utilizar esa 21

servidumbre para el fin que se adquirió ese terreno: el cementerio, lo cual se puede ejercer aún 22

en contra de la voluntad del representante de la Compañía Inversionista Las Brisas, toda vez que 23

son fallos judiciales que deben ser absolutamente respetados; en ese sentido, no hay 24

impedimento para que podamos utilizar esa servidumbre para darle acceso a ese terreno, de 25

igual forma, en el informe que les presenté hago referencia a otras situaciones u otras propuestas, 26

especialmente una propuesta del representante de la Compañía Inversionista Las Brisas, de haber 27

permutado en su momento o habernos solicitado que canceláramos la servidumbre y le 28

aceptáramos un terreno que adquirió en la urbanización Arco Iris, con el objeto ya sea de 29

constituir una nueva servidumbre por ese lote o reunirlo con el terreno de la Municipalidad, para 30

que tenga un acceso directo a calle pública; no obstante, dicho terreno fue objeto de varios 31

estudios por parte de otros funcionarios del área de catastro y urbanismo, incluso de mi persona, y 32

llegamos a determinar algunos problemas que presenta ese terreno en la urbanización Arco Iris, 33

especialmente que no cumple con el área que se catastró, sino que mide la mitad, y a sabiendas 34

de eso, nunca lo hemos considerado; los técnicos hemos visto esa situación de que la 35

Municipalidad pueda aceptar como solución un terreno cuya área no coincide con la realidad; 36

bajo esa tesitura, con base en los fallos judiciales que nos respaldan, esa servidumbre puede ser 37

utilizada para el fin que se adquirió el terreno, igualmente, ante una ausencia de norma que exija 38

que el cementerio tenga que ser accedido por calle pública, porque si uno revisa el Reglamento 39

General de Cementerios, incluso el mismo Plan Regulador del cantón no estableció en la 40

zonificación de cementerios, requisitos urbanos que impliquen que se tenga que realizar frente a 41

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 una calle pública; en ese sentido, nos respaldan los procesos judiciales que he mencionado y las 1

sentencias que se refieren en el informe que les hice, para poder concluir de mi parte que no 2

habría ningún problema para que se haga dicho cementerio; de igual forma, entre las 3

recomendaciones que hago y los requisitos que se establecen, es que se inicien los trámites ante 4

las autoridades respectivas que tienen que autorizar el funcionamiento de un cementerio, como 5

lo sería en primera instancia obtener el permiso de ubicación del Ministerio de Salud, que creo es 6

el primer paso que deberíamos de hacer; igualmente, en SETENA; sería ante una eventualidad y 7

que aparezca un impedimento por parte de algunas instituciones respecto a que se pueda hacer 8

el cementerio accediendo por servidumbre, que se deben estudiar otras posibilidades, entre las 9

cuales incluso recomiendo en el criterio la posibilidad de que se pueda eventualmente expropiar 10

esa servidumbre para convertirla en calle pública, o expropiar algún otro terreno contiguo para 11

efectos de darle acceso al cementerio, pero en todo caso me mantengo en que al menos de mi 12

parte no debería de haber impedimento para utilizar esa servidumbre para acceder a ese 13

cementerio. 14

Sínd. Jorge Agüero: Me parece que lo externado por don Randall aclara aún más, por lo menos 15

para mí, el tema del cementerio; le pediría a los señores del Concejo Municipal que hoy se acoja 16

la primera recomendación que hace don Randall en este documento, ya que creo que ahí será 17

la forma en que realmente nos daremos cuenta de la viabilidad real, porque el Ministerio de 18

Salud, en el formulario que nos dará, nos pide ciertos requisitos que nos llevará a ver la realidad 19

del cementerio; les pediría que acojamos esa primera recomendación, de hecho, seré infidente: 20

hablé con don Gilberth el día de hoy sobre ese trámite de empezar con el Ministerio de Salud, me 21

pidió la colaboración, fui a traer los documentos y ya don Gilberth está adelantándonos a ese 22

acuerdo que les pido por favor se tome hoy, acogiendo esa primera recomendación, y 23

sucesivamente de acuerdo con lo que nos diga el Ministerio de Salud, iremos caminando después 24

de esperar tanto tiempo. 25

Sr. Presidente: Creo que se han dado en el tiempo situaciones que en su momento tal vez no 26

estaban claras, y da un ejemplo muy puntual el Sr. Abogado, cuando hace referencia al 27

cementerio de La Piedad, que tiene acceso por una calle pública, pero llega a un punto donde 28

de ahí en adelante es una servidumbre; es claro también del análisis que hace don Randall con 29

referencia al alcance de los múltiples fallos que ha habido con respecto a la servidumbre, en 30

donde el Contencioso ha sido claro en que la servidumbre es para darle acceso a esa finca 31

donde se construirá el cementerio, igual en el contrato, como bien lo dice el Sr. Asesor Legal, 32

cuando la finca fue comprada y el contrato que se firmó de servidumbre era claro para el 33

representante de Las Brisas de que esa propiedad se estaba comprando para construir un 34

cementerio y que el acceso a dicha finca era por la servidumbre; creo que ahí estamos claros en 35

ese aspecto. 36

Sr. Randall Escalante: También quiero aclarar otra situación que no mencioné, pero me acabo de 37

acordar; otra situación que ha generado mucha duda son unas consultas que se le realizaron al 38

INVU en su momento, creo que fue el año pasado o antepasado; el INVU, en un oficio muy 39

escueto para mi gusto, simple y sencillamente cuando se hace la consulta de si se puede 40

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Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 aprobar un cementerio por servidumbre, contesta negativamente, y con base en el Reglamento 1

para el Control Nacional de Fraccionamientos, indica que como la servidumbre se señaló como 2

agrícola, solo se puede dedicar para la explotación de productos agrícolas, pero para mí es un 3

oficio sin mucho análisis, desconociendo en absoluto las sentencias que se han generado 4

alrededor de este caso; el INVU se limitó a indicar eso en un criterio muy simplista, con todo el 5

respeto que se merecen los funcionarios del INVU y los abogados del Departamento Legal del 6

INVU, pero para mí gusto no profundizaron y se dejaron ir nada más porque la servidumbre decía 7

que era agrícola y se debía utilizar solo para explotación de fondos agrícolas y eso no es cierto, 8

porque si se analizan los criterios y las sentencias que fueron analizadas, incluso por magistrados 9

de la Sala I, y donde se dice en esas sentencias que independientemente del nombre o 10

denominación que se le coloque a una servidumbre, sea agrícola, forestal o pecuaria, en el 11

fondo y en el derecho es una servidumbre de paso pura y simple y como tal en el tanto el fundo 12

esté enclavado, la misma siempre se utilizará independientemente del giro comercial que sufra 13

un terreno para darle acceso al mismo; la denominación de una servidumbre no amarra el uso 14

que se le pueda dar posteriormente a un terreno; eso lo quería aclarar, ya que es un tema que ha 15

generado dudas, ese tipo de criterios que envió el INVU en su momento, pero para mí es un 16

criterio sin mayor razón o construcción jurídica, con el respeto que se merecen los funcionarios del 17

INVU que realizaron ese criterio; de mi parte, creo que el tema está superado y que en el fondo 18

esa es una servidumbre de paso, la cual se constituyó desde el negocio jurídico de la adquisición 19

de ese terreno, donde las partes y principalmente la Compañía Inversionista Las Brisas sabia que 20

ese terreno estaba siendo vendido a la Municipalidad de Desamparados con el objeto de que se 21

construyera un cementerio en ese lugar. 22

Sr. Presidente: Totalmente de acuerdo, creo que queda evidenciado en las resoluciones de los 23

juzgados de los Tribunales, donde esto llegó incluso a varias instancias; totalmente de acuerdo 24

respecto a que si la servidumbre queda registrada para uso agrícola, quedó registrada así, pero a 25

sabiendas de la empresa Las Brisas de que era para construir un cementerio; de hecho, lo 26

menciona el Sr. Asesor, donde la misma Compañía Las Brisas, a la hora de firmar, dice: “siempre y 27

cuando no se le cambie el uso, que es para un cementerio”, entonces, no entiende uno; en esto 28

confieso que tenía la gran duda, porque no sé si fue a raíz del pronunciamiento del INVU, donde 29

se indicaba en otros casos de que efectivamente terrenos enclavados como en el caso de este 30

que nos asiste, no se podían desarrollar proyectos si no daban con frente a vía pública; creo que 31

don Randall ha sido claro y daba ejemplos de proyectos de cementerios, aunque sea en el área 32

del sector privado, pero que están funcionando. 33

Sr. Randall Escalante: Otra cosa con respecto a la participación del INVU, la cual me gustaría 34

aclararla; el INVU no aprueba cementerios, excepto si el cementerio se tramita como un 35

condominio: si no es bajo esa figura, el INVU no tiene que conocer y llevarse dicho instituto la 36

aprobación del cementerio; eso también lo quería aclarar; excepto que se trate de un 37

condominio, porque por la Ley de Planificación Urbana, entre las competencias que le otorga a 38

la Dirección de Urbanismo del INVU, tendría que llevarse a su aprobación, pero los cementerios 39

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Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 municipales no se rigen por la figura de condominio, sino por las formas genéricas que establece 1

el Reglamento General de Cementerios, mediante la administración directa de la Municipalidad. 2

Sr. Presidente: Una consulta, don Randall, con relación a una de las sentencias que usted indica 3

del Juzgado Contencioso, en el caso expediente judicial 0519-163CA, dice: “En lo que interesa, 4

abrir y delimitar la servidumbre de paso constituida, el eliminar cualquier obstáculo que impida el 5

acceso de la municipalidad a su propiedad ubicada en la provincia de San José”; esa acción se 6

hizo de limitar la servidumbre. 7

Sr. Randall Escalante: Creo que en la Administración pasada se negoció con el representante de 8

la Compañía Inversionista Las Brisas, creo que sí se delimitó; nada más que en ese asunto no 9

estaba participando directamente, pero creo que sí está delimitada; aún así persiste la negativa 10

del representante de Las Brisas de que se utilice esa servidumbre; se deslindó del resto del 11

complejo mediante maya; la verdad, tengo tiempo de no ir al sitio, pero creo que sí se hizo; ahí 12

está la orden, todos los fallos están firmes. 13

Sr. Presidente: Considero que con todos estos fallos que hay, donde quedan claras las 14

condiciones de esa propiedad respecto al acceso por servidumbre, no da mayor tema para 15

discusión, está clarísimo; en razón de lo anterior y de lo mencionado por don Jorge, creo que 16

totalmente de acuerdo con la propuesta que hace el Sr. Abogado, de que se inicie con trámites 17

propios de un proyecto de cementerio, como es en primera instancia el estudio de usos de los 18

suelos, porque el uso de suelo desde hace muchos años está prácticamente dado; como primer 19

paso lo que representa un proyecto de este nivel. 20

Sínd. Jorge Agüero: Para agregar un poco sobre el tema de la delimitación; efectivamente se le 21

pidió a Las Brisas que como indicaba la sentencia, se delimitara la servidumbre, y él hizo ese 22

trabajo en la mitad; delimitó la parte que va de la calle pública detrás de la escuela hacia 23

dentro, frente al parqueo, puso ahí una malla, hasta donde termina esa parte; dicha servidumbre 24

es en forma de letra L; la otra mitad que va de esa curva hacia la entrada del cementerio no está 25

todavía delimitada, pero eso no es el problema, ahí hay otra cosa que no se ha hecho, porque la 26

Administración anterior pidió la ejecución de la sentencia en cuanto al retiro de unos postes de 27

luz y algunos árboles que había ahí; la Municipalidad procedió a eliminar el primer árbol que 28

estaba en el centro de la entrada del portón, y de ahí para adentro la Municipalidad… de 29

acuerdo con lo que el juez determinó en la sentencia, le tocaba al señor de Las Brisas quitar los 30

postes y eliminar dos árboles más, sin embargo, el representante legal de Las Brisas pidió un 31

tiempo para poder tramitar la eliminación de esas torres y árboles; al no cumplir con el plazo que 32

se le dio, se le volvió a pedir al juez que se le ordenara ejecutar la sentencia; se hizo todo el 33

trámite, la representante legal de la Municipalidad en ese momento lo hizo; consta en el 34

expediente, de hecho, hasta ahí llegamos, él no cumplió con la ejecución de la sentencia; creo 35

que esa es una de las partes; la Administración tendrá que, aparte de hacer lo que dice la 36

recomendación del compañero Randall, también hacer ejecutar esa parte de la sentencia, eso 37

para que quede un poco más claro. 38

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Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 Sr. Presidente: Nada más una última pregunta, don Randall, para ir cerrando este capítulo; en el 1

punto b) de las recomendaciones, en las dos últimas líneas de ese párrafo, dice: “En caso de que 2

no se considerara expropiar la servidumbre de cementerio con el objeto de convertirla en calle 3

pública”; porque también usted aquí habla de un terreno que ofrece el señor, que se podría, en 4

un momento dado, expropiarlo y anexarlo a la finca y dar frente a vía pública, pero consulto si 5

esa servidumbre de 7 metros de ancho por 167 de largo se puede expropiar, ¿es a eso a lo que se 6

refiere? 7

Sr. Randall Escalante: No me refiero a que aceptemos el lote de Arco Iris, porque incluso en el 8

informe que hago aclaro algunas situaciones con respecto a esa propuesta; en lo personal lo he 9

considerado inviable, derivado de las inconsistencias registrales y catastrales que presenta el 10

terreno, con respecto a la realidad, ya que ese terreno mide como 80 y resto de metros versus 11

casi 150, que indica el registro; quiero decir en esa recomendación y por eso es una 12

recomendación, que si eventualmente y realizando trámites apareciera una imposibilidad de 13

utilizar ese acceso para la utilidad del cementerio, cosa que respecto a mi criterio no debería de 14

existir, pero en caso de que existiera esa remota posibilidad de que hubiera un impedimento para 15

que se utilice ese acceso, eventualmente, por razones de utilidad pública, se podría 16

eventualmente pensar en expropiar el terreno que ocupa la servidumbre, para efecto de 17

convertirlo en calle pública, pero es una recomendación que realizo ante una expectativa de 18

una situación que se llegara a dar o una posible solución o, igual, se podría expropiar algún otro 19

terreno contiguo al cementerio para darle un acceso directo a calle pública, pero ante la 20

posibilidad, si es que se presentara, de que no nos permitieran hacer un cementerio con acceso 21

por servidumbre, cosa que considero no debería de ser, pues no hay ninguna norma que nos 22

exija, o al menos no la he encontrado, respecto a que un cementerio tenga que colindar 23

directamente con calle pública, además de que los mismos fallos judiciales nos amparan para 24

utilizar esa servidumbre, incluso de forma forzosa utilizar la misma para poder desarrollar un 25

proyecto de cementerio en esa finca. 26

Reg. Eduardo Guillén: Si la sentencia está desde el año 2008 y se llegó al último recurso por parte 27

del representante de Las Brisas y queda más en firme que la Municipalidad está haciendo bien el 28

proceso y que no debería de haber ningún obstáculo para utilizar esa servidumbre, ¿ha habido 29

algún otro proceso con alguna medida cautelar o algo que siga atrasando esto del 2008 hasta la 30

fecha, o ya se podría proceder con una deuda en el tiempo para todos los vecinos de 31

Desamparados, con una necesidad tan clara como lo es un cementerio? 32

Sr. Randall Escalante: Después de ese proceso del año 2005, la Compañía Inversionista Las Brisas, 33

ante los fallos negativos, en dos ocasiones posteriores nos demandaron, obviamente con la 34

intención de impedir el uso de esa servidumbre o de que se realice un cementerio en esa finca; 35

también esos dos procesos están mencionados en ese informe y los fallos fueron positivos, porque 36

incluso en esa necesidad de querer impedir que se realice ese cementerio, en la primera 37

demanda, que fue en el año 2009, se pidió la rescisión y la nulidad del acto de la compra venta y 38

propuso pretensiones accesorias, como que por lo menos se aceptara la cancelación de la 39

servidumbre y pasarla al otro lote que estaba en urbanización Arco Iris, pero dichos procesos los 40

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Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 ganamos, el Departamento de Jurídicos de la Municipalidad; gracias a nuestro esfuerzo todo ha 1

salido positivo en este caso. 2

Reg. Eduardo Guillén: Creo que ha sido mucho tiempo, está muy claro; el papel aguanta lo que 3

le pongan, pero otra cosa es lo que dice una sentencia, y que se debe respetar la jurisprudencia; 4

entiendo la posibilidad de la salida B, pero no veo para nada necesario una expropiación 5

cuando ha habido todo un proceso que ratifica que hay una servidumbre de paso que se puede 6

utilizar; más bien instaría muy respetuosamente a las instancias, la Administración, para ir 7

trabajando sobre este tema, para que todos los vecinos del Cantón puedan tener acceso al 8

beneficio de un cementerio, más que los cementerios que actualmente operan están saturados, 9

para ir mejorando las condiciones de las personas; muchas gracias por el análisis, ya que está 10

bastante detallado. 11

Sr. Presidente: Así las cosas y en razón de la respuesta que nos da don Randall Escalante 12

mediante el oficio no. AMAJ-650-2017, a instancia de este Concejo Municipal en la sesión del 30 13

de agosto de 2017, mediante la cual se dispuso trasladar a la Asesoría Jurídica lo acordado en la 14

sesión 102-2017 del 29 de agosto de 2017, me estaría permitiendo proponerle al Concejo que 15

avalemos este informe en lo que respecta al punto A) de las recomendaciones, el cual es iniciar 16

con los estudios ante el Ministerio de Salud y también, a la luz de los fallos que muy bien menciona 17

don Randall Escalante, instruir a la Alcaldía para que con base en todos los alcances de dichos 18

fallos se continúe con ese proyecto del cementerio de San Rafael Arriba . 19

Se toma el siguiente acuerdo: 20

ACUERDO No. 1 21

“El Concejo Municipal de Desamparados acuerda avalar el punto “a” del informe contenido en el 22

Oficio No. AMAJ-650-2017 de la Asesoría Legal de la Administración, en torno al proyecto de 23

construcción del cementerio de San Rafael Arriba, que literalmente reza: 24

“a.- De conformidad al artículo 13 del Reglamento General de Cementerio, se proceda a 25

gestionar ante el Área de Salud de Desamparados, el permiso de ubicación, a efecto de poder 26

conocer la posición de ese Órgano del Ministerio de Salud con relación a la posibilidad de 27

ubicar y construir un cementerio en la finca 1-478920-000.” 28

Asimismo, se acuerda instruir a la Administración Municipal para que al amparo de los fallos que 29

se mencionan en el oficio referenciado, y en los alcances de estos, se continúe con el trámite del 30

citado proyecto de cementerio, de conformidad con el punto descrito del oficio de cita.” Acuerdo 31

definitivamente aprobado. 32

Sr. Presidente: Reiterar las gracias a don Randall; siento que lo que ha hecho con este informe fue 33

lo que se debió haber hecho hace como 12 años, y sin embargo no sé por qué transcurrió tanto 34

tiempo con ideas equivocadas o cuál fue el fundamento para pretender que el cementerio no se 35

podía llevar a cabo utilizando la servidumbre, que quedó debidamente inscrita, donde el 36

argumento fue, en todo momento, que no se podía ejecutar un proyecto de este nivel si el frente 37

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Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 de la propiedad no daba a calle pública, por lo que vemos y lo que hay analizado, no es así y 1

¡qué mejor ejemplo el dado por don Randall con respecto al cementerio La Piedad. 2

Sínd. Jorge Agüero: Como representante del Concejo de Distrito de San Rafael Arriba, creo que 3

se está dando un gran paso, no solo para el distrito, sino para el Cantón; es una necesidad para 4

nosotros, en San Rafael Arriba únicamente nos queda un campo en el cementerio de San Juan 5

de Dios; preguntándole al compañero Kenneth, creo que también le queda uno; imagínense que 6

si comenzamos a morirnos algunos, no sé dónde nos irán a meter; muchas gracias al Concejo 7

Municipal, quiero decirle al Concejo y a don Gilberth que cuenten conmigo para los trámites e ir 8

donde haya que ir; estoy seguro que también el concejo de distrito en pleno estará colaborando 9

en todo lo que sea necesario. 10

Reg. José Hernández: También agradecerle a la Comisión de Cementerio, porque me parece 11

que la comisión ha sido baluarte; doña Grace, una sanrafaeleña de cepa que también estaría 12

dispuesta a ir a hacer vueltas para que este cementerio sea una realidad ojalá en los próximos 13

años; así que también agradecer a las compañeras del Concejo Municipal que nos representan 14

en esta Comisión, porque también su trabajo es valorable; me parece que esto es un insumo 15

importante para la Comisión Especial del Cementerio, para que siga trabajando y no desmaye 16

en estos dos años que faltan de este periodo municipal. 17

Sr. Presidente: Más que un agradecimiento, diría que un reconocimiento a su labor como 18

miembros de la Comisión Pro Cementerio San Rafael Arriba; de aquí en adelante esperemos ver 19

concluido ese anhelado proyecto de dotar a la comunidad de San Rafael Arriba de su propio 20

cementerio. 21

2. Nota del Sr. Alcalde (no. 1483). En atención al acuerdo no. 1 de la sesión no. 117-2017, dice 22

hacer de conocimiento del Concejo las acciones tomadas por la Alcaldía a partir de la 23

notificación de la Resolución no. 349-2017 del Tribunal Contencioso Administrativo. Se traslada a la 24

Auditoría Interna para su valoración y recomendación, asimismo a la Asesor Legal del Concejo 25

para que se refiera a los alcances legales de lo actuado. 26

Sr. Presidente: En este caso, me permitiré, basado en la Ley de Control Interno y en razón de 27

correspondencia que hemos conocido de la Auditoría Interna, que a nivel de asesoría la 28

Auditoría nos brinde su análisis al respecto. 29

Reg. Allan Alfaro: En la misma línea, estaría solicitando se le traslade al Asesor Legal del Concejo 30

para conocer también los posibles alcances legales de lo actuado. 31

3. Nota del Concejo de Distrito Los Guido, Desamparados (no.1485) dirigida al Sr. Alcalde. Solicita 32

interponer sus buenos oficios para la revisión y reparación de una acera en la Urbanización La 33

Paz; indica que la Municipalidad había realizado trabajos en dicha acera y no la dejaron como 34

estaba, porque causaron daños que no fueron reparados al finalizar el trabajo, de manera que 35

impiden el tránsito con silla de ruedas a una persona con discapacidad. Se toma nota. 36

4. Nota de la Sra. Marianela Cortés Muñoz y del Sr. Gerardo Cortés Muñoz (no.1486) dirigida al Sr. 37

William Monge, Director del Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural. 38

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Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 Solicita inspección del inmueble denominado “Casa de José Luis Carvajal”, declarada patrimonio 1

histórico arquitectónico en San Antonio de Desamparados, al cual no se le está dando el 2

mantenimiento apropiado como lo ordena la Ley 7555, y se encuentra en estado de deterioro 3

avanzado, como se logra observar en las imágenes adjuntas, lo que genera preocupación a los 4

ciudadanos del cantón. Se toma nota. 5

Sr. Presidente: No sé hasta donde la Alcaldía o la Administración tienen participación en este 6

caso; sí observé este fin de semana y precisamente quería comentarlo en sesión, el estado de 7

deterioro en que esa casa se encuentra; es evidente que se está cayendo; precisamente era una 8

inquietud, pero llega esta carta de don Gerardo Cortés, ex regidor de esta municipalidad, 9

representante del Partico Acción Ciudadana, y en buena hora, para ver cuáles acciones se están 10

tomando, se tienen en marcha o bien, qué acciones tomar para efectos de poder lograr detener 11

el deterioro que esta construcción evidencia. 12

Sr. Alcalde: Efectivamente; incluso don Rafa Flores había hecho una gestión en su oportunidad, 13

en la cual le había hecho llegar al Ministerio de Cultura y a la gente de Patrimonio, la necesidad 14

de poder llevar a cabo la restauración; el Ministerio o el Patrimonio le envía al propietario la 15

solicitud y le da un plazo petitorio para que lleve a cabo las mejoras en la infraestructura, y dado 16

que el plazo ya se cumplió, incluso hace unos 15 días le remití una nota a Patrimonio para que 17

ellos procedieran a actuar; no obstante, le daremos seguimiento, pero con mucho gusto les haré 18

llegar la nota, a la cual se le adjuntaron los criterios, y la nota misma de Patrimonio, en la que se 19

manifiesta y se demuestra que el propietario no había cumplido con el mantenimiento que debe 20

darle al bien patrimonial. 21

Sr. Presidente: Precisamente en la gestión en que estuvo don Gerardo Cortés, si no me equivoco, 22

presentó una moción para que un porcentaje del presupuesto municipal se tomara para prever 23

el mantenimiento de instalaciones o edificios declarados patrimonio histórico o arquitectónico; en 24

ese caso se refería a edificios como los municipales, pero me gustaría revisar ese acuerdo, don 25

Mario, porque si no me equivoco, en ese momento se había hecho una modificación al acuerdo 26

y se había presentado que un porcentaje pudiera ser destinado para invertirlo en edificios que 27

estuvieran en el cantón y fueran declarados como patrimonio histórico arquitectónico; sería 28

importante ver si ese acuerdo está vigente y los alcances del mismo; don Mario, para que 29

revisemos si ese acuerdo está vigente. 30

5. Nota de la Alcaldía Municipal (no.1487). Remite para el trámite correspondiente los 31

documentos de la Licitación Abreviada 2017LA-000008-01 “Contratación del Servicio de 32

Recolección y Transporte de Desechos Sólidos en los distritos de Frailes, El Rosario, San Cristóbal y 33

San Miguel (Jericó)”. 34

Sr. Alcalde: Recordemos que los servicios de recolección de residuos valorizables y el reciclaje a 35

nivel de los distritos del sur y la zona sur de San Miguel(Jericó), los llevamos a nivel de 36

contratación; entonces, con esta contratación buscamos darle la continuidad a los servicios de 37

recolección, y estaríamos llevando a cabo el reciclaje una vez por semana en toda la zona; sería 38

en 48,000 colones la tonelada métrica, para el servicio de recolección y tratamiento de desechos 39

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Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 sólidos en el cantón de Desamparados, y por 1,200,000 colones mensuales para la parte de 1

reciclaje, para un total de 62,000,000 de colones, que es el monto que tenemos en este 2

momento. 3

Reg. Allan Alfaro: Quería saber a cuánto asciende la variación entre el precio de la licitación 4

vigente con relación a esta que estaríamos aprobando el día de hoy; en cuánto se está 5

incrementando el costo de este servicio que nos brinda un tercero. 6

Sr. Alcalde: La licitación que teníamos anteriormente era del año 2011, en precios de dicho año 7

eran 42,000 colones, lo que hace que esté subiendo en 6,000 colones la tonelada. 8

Reg. Allan Alfaro: Estaría solicitando que también se agregue la coletilla o el párrafo de 9

salvaguarda con relación al inicio, conducción y valoración de cada una de las fases del 10

proceso de esta contratación administrativa, dado que la responsabilidad recae sobre los 11

técnicos, quienes están recomendando esta adjudicación, por cuanto se siguió el debido 12

proceso en cuanto a viabilidades técnicas financieras y legales, las cuales constan en el 13

expediente que está certificando la unidad de Proveeduría. 14

Se toma el siguiente acuerdo: 15

ACUERDO No. 2 16

“El Concejo Municipal de Desamparados con fundamento en el informe no. 13 de la Comisión de 17

Contratación, de fecha 9 de noviembre de 2017, remitido mediante el oficio No. AM-2366-17 de la 18

Alcaldía Municipal, acuerda adjudicar la Licitación Abreviada 2017LA-000008-01 “Contratación 19

del Servicio de Recolección y Transporte de Desechos Sólidos en los distritos de Frailes, El 20

Rosario, San Cristóbal y San Miguel (Jericó)”, a la empresa Servicio de Recolección y Limpieza 21

La Villa Sociedad Anónima. Es responsabilidad única de la Unidad de Proveeduría el proceso 22

seguido en esta contratación (inicio, conducción y valoración de cada una de las fases del proceso 23

de esta contratación administrativa), dado que los técnicos están recomendando esta adjudicación y 24

se ha seguido el debido proceso en cuanto a la viabilidad técnica, financiera y legal, las cuales 25

constan en el expediente que certifica la Unidad de Proveeduría.” Acuerdo definitivamente 26

aprobado. 27

6. Nota del Sr. Luis Carlos Núñez (no. 1488). Solicita se le considere para la reelección como 28

representante del Concejo Municipal ante el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de 29

Desamparados. Valorar en la sesión acordada para la elección de ese comité. 30

7. Nota del Sr. Heiner Andrés Cubero Guardiola (no. 1489). Presenta su candidatura para 31

representar al Concejo Municipal ante el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de 32

Desamparados; agradece la oportunidad que le puedan brindar; adjunta currículum. Valorar en 33

la sesión acordada para la elección de ese comité. 34

8. Dictamen de la Comisión de Asuntos Jurídicos (no. 1490). Sesión Nº 6-2017, celebrada el viernes 35

10 de noviembre de 2017. 36

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Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 El Sr. Secretario procede a darle lectura al dictamen. 1

Sr. Secretario: Hay un dictamen de la asesoría jurídica que se le estaría incluyendo en la próxima 2

agenda y se les enviará vía correo electrónico. 3

Sr. Secretario: Nada más consultarle a don Víctor si esos requisitos de la Comisión de 4

Nombramiento, que es la boleta de inscripción, la carta de aceptación del puesto, las calidades 5

de los integrantes, la hoja de delincuencia, el acta de reunión con personal, y la recomendación 6

escrita al síndico del distrito respectivo sobre cada miembro propuesto de una nómina de 15 7

personas, si se debe presentar por parte del síndico una recomendación de cada persona. 8

Reg. Víctor Delgado: Esa fue la solicitud que nos hizo la Comisión de Nombramientos, que dicho 9

sea de paso la hizo por escrito; la analizamos y llegamos al acuerdo de aprobarla. Solamente 10

para dejar en actas que de esta manera esta comisión cumple con la advertencia de la 11

Auditoría interna en su oficio no. AI-INF-439-2017 con fecha 24 de octubre de 2017. 12

Sr. Presidente: Una consulta; con base a lo que don Mario Vindas le planteaba respecto a los 13

requisitos para considerar candidatos a integrar juntas administrativas y de educación, si no se 14

estaban extralimitando respecto a lo que establece el reglamento para nombramiento de juntas, 15

porque hay dos reglamentos, el municipal y el del Ministerio de Educación. 16

Reg. Víctor Delgado: En cierta forma sí se está extralimitando, pero también nos parece que se 17

está creando un filtro para que las personas que ingresen a las ternas y queden electas, también 18

tengan el aval del síndico y de la Comisión de Nombramientos; me parece que es como un filtro 19

más; sé que es mucha gente, pero fue la recomendación que hicieron ellos y a nosotros nos 20

pareció; de todas formas, está en discusión. 21

Sr. Presidente: Esta bien, porque en lo personal me preocupa por el hecho de que a veces cuesta 22

conseguir gente que se incorpore a estas organizaciones y si tienen que cumplir más requisitos de 23

los ya establecidos, eso puede desmotivar a los vecinos a incorporarse o participar en una terna 24

para integrar una junta administrativa o de educación; en eso comparto con don Mario la 25

inquietud y me gustaría que lo analizaran en ese detalle, como para recomendar que se hagan 26

estos cambios. 27

Reg. Víctor Delgado: Me está comentando don Santos Carillo que es por terna y no por miembro 28

de terna; partiendo de esa premisa, en la comisión lo malinterpretamos; entonces, será una 29

recomendación por terna; eso lo recomendaron ellos, así como lo solicitaron, y nos parece un 30

filtro bueno. 31

Reg. Gabriela González: Hicimos esta solicitud por las vicisitudes que hemos tenido con ternas que 32

nos han llegado anteriormente, donde ha habido personas fallecidas; entonces, creo que es un 33

filtro para saber que la persona está viva, es intachable, no tiene nada legalmente que pueda 34

venir a entorpecer la labor en una junta de educación, que es muy importante, y además, le da 35

la tarea a los directores y a los profesores que firman de hacer el trabajo, porque sabemos que 36

hay mucha gente que viene de relleno, porque ni siquiera se toma el trabajo de buscar gente 37

que quiera trabajar, porque dicen que hay gente que no quiere trabajar, pero me pregunto si 38

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Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 será que no les preguntan si quieren trabajar; es un buen filtro para saber que las personas que 1

vienen tuvieron que ir a sacar su hoja de delincuencia; entonces, ya saben que están en una 2

terna, ya ahí hicimos un filtro, sabemos que las personas que presentaron todos estos documentos 3

saben que están incluidos en una terna; creo que es importante, es documentación que no es 4

tan complicada de conseguir y es solamente hacer un pequeño esfuerzo, que para el que quiere 5

ayudar a una escuela a salir adelante, no tiene un costo muy grande; primero que es gratuita la 6

hoja de delincuencia y segundo que la dan en unos 20 o 15 minutos, nada más hacer una 7

pequeña fila. 8

Sr. Presidente: Estaremos valorando lo que pasa en el transcurrir del tiempo; en este caso se 9

estarían aprobando los proyectos de reglamento de los cementerios, se envían a publicar en el 10

diario oficial La Gaceta y después estaremos tomando el acuerdo respectivo, una vez cumplido 11

este requisito legal. 12

Se toma el siguiente acuerdo: 13

ACUERDO No. 3 14

“El Concejo Municipal de Desamparados, con fundamento en el dictamen emitido el día 10 de 15 noviembre de 2017 por la Comisión de Asuntos Jurídicos, acuerda: 16 17 1. Solicitar a la Asesoría Legal del Concejo su criterio en relación con las recientes reformas a la 18 Ley de Construcciones y sus afectaciones al proyecto de Reglamento para el procedimiento 19 sancionatorio por infracciones contra el ordenamiento urbano y cobro administrativo. 20 21 2. Comunicar a la Comisión Permanente de Gobierno y Administración de la Asamblea Legislativa 22 el dictamen afirmativo y el respaldo en todos sus términos del proyecto “Ley para desarrollar el 23 Hospital Nacional de Trasplantes mediante fideicomiso”, expediente N°20.340 24 25 3. Comunicar a las direcciones regionales de Educación correspondientes, el establecimiento de los 26 siguientes requisitos para el trámite de nombramiento de las juntas de educación y juntas 27 administrativas correspondientes a las instituciones educacionales del cantón de Desamparados: 28 29 1) Boleta de inscripción entregada por la institución, firmada por la persona interesada y el 30

Director. 31 2) Carta de aceptación del puesto, firmada por el candidato, juntamente con una fotocopia de la 32

cédula de identidad de cada postulante. 33 3) Calidades de los integrantes de cada una de las ternas propuestas. 34 4) Hoja de delincuencia de cada uno de los integrantes de las ternas, con no más de un mes de 35

emitida. 36 5) Acta de reunión con el personal docente y administrativo de la respectiva institución, en 37

donde se toma el acuerdo de las ternas que envía la institución al Concejo Municipal, (art 12. 38 Juntas de Educación y Administrativas). 39

6) Cumplir con la equidad de género. 40 7) Recomendación escrita del Síndico del distrito respectivo, sobre la idoneidad de cada terna 41

propuesta (De trámite del Concejo Municipal) 42 43 4. Solicitar a la Asesoría Legal del Concejo el estudio y criterio sobre la administración del 44 Cementerio de San Antonio o Camposanto San Antonio, dada la complejidad del tema y el hecho 45 de que existen dos criterios jurídicos, el primero emitido por las instancias internas de la 46 Municipalidad, que indica que este cementerio es de naturaleza privada, y el segundo, de la 47 Procuraduría General de La República, que establece que es de naturaleza pública, donde la 48

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Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017

Municipalidad tiene sus competencias y obligaciones. Una vez recibido el criterio citado, la 1 Comisión abordará al tema para recomendar al Concejo. 2 5. Someter a consulta pública, en los términos del artículo 43 del Código Municipal, el siguiente 3 proyecto del nuevo Reglamento del Cementerio de San Juan de Dios: 4

Reglamento del Cementerio de San Juan de Dios de Desamparados 5 CAPÍTULO I 6

Disposiciones generales 7 Artículo 1°- DEL OBJETO: Se establece el presente Reglamento del Cementerio Municipal del 8 distrito de San Juan de Dios de Desamparados, para regular las relaciones entre la Municipalidad y 9 los interesados en lo que atañe al uso de dicho cementerio. 10 Artículo 2°- FUNDAMENTO JURÍDICO: Este Reglamento se fundamenta en lo dispuesto por 11 la Ley General de Salud artículo 36; capítulo VII, sección 11 “De los Cementerios, Inhumaciones, 12 y exhumaciones de cadáveres” artículos 327 al 330; Reglamento General de Cementerios, Decreto 13 Ejecutivo N° Decreto Ejecutivo No. 32833-S del 19 de diciembre de 2005 y el Código Municipal. 14 Artículo 3°- MATERIA RECURSIVA: En lo atinente a recursos contra decisiones de la 15 Administración, será aplicable lo establecido en el Código Municipal, Título VI Recursos contra los 16 actos municipales, Capítulo II, según corresponda. 17 Artículo 4°- ARTÍCULO 4: GLOSARIO: Para los efectos del presente reglamento se entenderá 18 por: 19 Administrador: Funcionario municipal encargado de la gestión administrativa del cementerio. 20 Alcalde: Alcalde Municipal del Cantón de Desamparados. 21 Beneficiarios: Persona o personas autorizadas por el adquirente para que pueda ser inhumando en el 22 lote de su posesión. 23 Camposanto: El terreno destinado a inhumar cadáveres humanos, sus restos o vísceras extraídas de 24 los cadáveres autopsiados o embalsamados en establecimientos autorizados para dicho fin. 25 Cementerio: Cementerio de San Juan de Dios. 26 Coposeedores o coadquirentes: Dos o más personas que comparten un derecho sobre un mismo lote 27 dentro del cementerio. 28 Derecho posesorio: Es el derecho de uso y posesión por un plazo de noventa y nueve años que tiene 29 el poseedor sobre uno o varios lotes destinados a la inhumación de cadáveres humanos. 30 Escritura: Documento público otorgado ante notario público, en donde conste la cesión inter vivos 31 del derecho posesorio, instrumento necesario para reclamar y solicitar servicios dentro del cementerio 32 y también documento de adjudicación de derecho posesorio por sucesión donde se establecen los 33 nuevos poseedores del derecho. 34 Exhumación: Acción y efecto de desenterrar un cadáver 35 Inhumación: Acción y efecto de enterrar un cadáver 36 Lote: Es el área de terreno sobre el cual se adquiere la posesión, el cual puede constar de uno o más 37 nichos según disponga la administración del cementerio. 38 Mausoleo: Monumento erigido en memoria de una o más personas, donde permanecen sus restos. 39 Municipalidad: La Municipalidad del cantón de Desamparados, propietaria del Cementerio. 40 Nicho: Construcción de concreto colocado en forma subterránea y semiaérea, destinada a la 41 inhumación de cadáveres humanos. 42 Nichos municipales de alquiler: Son los nichos que la Municipalidad da en arriendo a los 43 administrados del distrito centro de Desamparados en forma temporal cuando no disponen de otras 44 bóvedas para la venta o no pueden utilizar las propias por diversas circunstancias. 45 Osario: Depósito individual o colectivo, donde se ubican los restos humanos provenientes de 46 exhumaciones. 47 Poseedor o adquirente: Es la persona física o jurídica que posee o adquiere un derecho sobre uno o 48 varios lotes, de conformidad con las disposiciones de este Reglamento. 49 Proceso sucesorio: Proceso mediante el cual se distribuyen los bienes de un difunto, su trámite puede 50 hacerse en sede judicial o notarial. 51 Propietario: La Municipalidad de Desamparados. 52 Título de posesión: documento que expide la Municipalidad al adquirente de un derecho. 53

54

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Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017

CAPÍTULO II 1 De los lotes y sus nichos 2

Artículo 5°- Los lotes disponibles en el Cementerio del distrito de San Juan de Dios, se 3 distribuirán respetando lo que establece el artículo 33 de la Constitución Política de Costa Rica y el 4 artículo 1 del Código Municipal, así como el acuerdo N° 2 de la sesión N° 106-2017 del día 19 de 5 setiembre del 2017: POLÍTICA DE BUENAS PRÁCTICAS PARA LA NO 6 DISCRIMINACIÓN EN LA MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS. Las dimensiones de 7 los lotes serán de acuerdo a la normativa para este cementerio. 8 Artículo 6°- El terreno del cementerio estará dividido en parcelas y éstas en lotes. Su localización 9 se efectuará de acuerdo con la numeración asignada a cada uno, correlativa con las distintas hileras, 10 partiendo de las calles de acceso que dividen cada área; acorde con el diseño oficial del cementerio 11 consignado en el respectivo plano. 12 Artículo 7°- El Alcalde, velará por la correcta administración y uso de los servicios eléctricos, 13 drenajes, instalaciones de agua y uso de servidumbres entre las parcelas, imponiendo las medidas 14 que crea conveniente para el mejoramiento de los servicios. 15 Artículo 8º- La Municipalidad, para atender los gastos que demanda el cumplimiento de sus 16 obligaciones, queda facultada para percibir los derechos de sepultura, inhumación, exhumación, 17 mantenimiento y el producto del pago por la compra de derechos de lotes y alquiler de nichos, de 18 acuerdo con las tarifas que apruebe el Concejo Municipal por recomendación de la Alcaldía, 19 las cuales deben ser publicadas en el Diario Oficial La Gaceta. 20 Artículo 9º- Los precios cobrados por sepultura, inhumación, exhumación y mantenimiento, serán 21 actualizados cada año con el porcentaje de aumento anual del salario base, entendiéndose como 22 “salario base” el establecido en la Ley N. 7337; y será responsabilidad del Administrador del 23 Cementerio, elaborar la propuesta y trasladarla a la Administración para presentarla al Concejo. 24 Una vez aprobados y publicados los nuevos precios deberá iniciar el cobro de los mismos 25 inmediatamente. 26

27 CAPÍTULO III 28

De la adquisición, conservación y traspaso de derechos 29 Artículo 10º- La adquisición, conservación y traspaso de derechos de uso y posesión sobre lotes y 30 sus nichos se regirán por lo dispuesto en este Reglamento y en la Legislación vigente sobre la 31 materia. 32 Artículo 11º- La adquisición de derechos en el cementerio se llevará a cabo ante la Municipalidad 33 a través de un contrato extendido por aquella en el que se consignan las calidades del adquirente, 34 los detalles sobre la ubicación física y área del derecho adquirido de acuerdo con el plano del 35 cementerio serán designadas por el adquirente los nombres de al menos dos personas como 36 beneficiarios. 37 Artículo 12º- Para la adquisición de derechos, el pago correspondiente debe efectuarse de contado, 38 salvo que por disposición de la Alcaldía, debidamente justificada, se solicite al Concejo y éste lo 39 apruebe una directriz que autorice la venta a pagos bajo determinadas condiciones. 40 Artículo 13 º- Cuando el derecho pertenezca a dos o más personas vivas, cada una tendrá igual 41 derecho respecto al uso y posesión del lote en el cementerio. Para el ejercicio de esos derechos se 42 requiere el consentimiento de todos los coposeedores, no obstante, cuando alguno de ellos haya 43 fallecido, los demás coposeedores tendrán el derecho de uso y posesión proporcionales, pero no 44 podrán ejercerlo mientras no se abra la sucesión del coposeedor fallecido. 45 Artículo 14º- La Municipalidad entregará el título de posesión del derecho al adquirente al término 46 de 30 días hábiles luego de haber sido cancelado el valor correspondiente. 47 Artículo 15º- Una vez que el adquirente haya cancelado y firmado el respectivo contrato de 48 derecho del lote, obtendrá simultáneamente el derecho de uso y posesión por un período de 99 49 años, renovable por un plazo igual. A partir de ese momento deberá pagar las cuotas de 50 mantenimiento y conservación. 51 Artículo 16º- Los adquirentes de derechos solo los podrán traspasar a terceras personas; luego del 52 debido estudio que deberá realizar el administrador hasta determinar que se hubiesen exhumado 53 todos los restos que ellos contengan. Si no estuvieren completamente desocupados, solo podrán ser 54

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Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017

adquiridos por los ascendientes o descendientes hasta de tercer grado de consanguinidad o afinidad, 1 debidamente comprobado. 2 Artículo 17 º- Los lotes no pueden ser cedidos con pacto de retroventa, no son susceptibles de 3 embargo, y no pueden ser dados en garantía o grabados en forma alguna. Las cesiones se 4 tramitarán en escritura pública o por resolución judicial, debiendo presentarse posteriormente a la 5 administración para que surtan los efectos correspondientes. Corresponderá al albacea del proceso 6 sucesorio, en el que el derecho sea parte del haber sucesorio, asumir las mismas obligaciones y 7 derechos que asumiría el poseedor. En caso de que deba cederse un derecho, el albacea deberá 8 presentar autorización del juzgado o del notario público ante quien se tramite el respectivo proceso 9 sucesorio, para tal efecto, según lo establece los artículos 549, 550 y siguientes del Código Civil. 10 Artículo 18º- Todo poseedor de derechos se compromete en el acto mismo de la adquisición, al 11 pago de una cuota anual de mantenimiento. Dicha cuota será fijada por el administrador de 12 conformidad con un estudio de costos y revisada y presentada por el Alcalde en el mes de julio de 13 cada año por el Concejo Municipal, previo dictamen de la Comisión de Cementerios, y publicada 14 en el diario oficial según lo establece la legislación vigente en esta materia. El incumplimiento de 15 esta cláusula por parte del poseedor, durante un año, autorizará a la Municipalidad a dar por 16 resuelto el contrato. 17 Artículo 19º- La Municipalidad podrá, cuando lo considere oportuno, previa resolución al 18 respecto, reservarse el derecho de suspender en forma indefinida, la venta de lotes en el 19 cementerio. 20 Artículo 20°- Para evitar el acaparamiento de lotes, se limita la venta a un derecho por familia. En 21 principio ninguna persona jurídica puede ser adquirente o titular de derechos en el Cementerio, no 22 obstante y previo estudio por parte de la Municipalidad se podrá autorizar la venta a favor de 23 personas jurídicas con interés social, tales como Asociaciones de Beneficencia, Entidades de 24 función Social, Asociaciones Solidaristas y sindicatos cuyos domicilios o instalaciones se 25 encuentren en el distrito y sea para beneficio únicamente de sus asociados vecinos de la 26 comunidad. La Municipalidad se reserva el derecho de limitar el número de lotes a vender a 27 personas jurídicas. 28

CAPÍTULO IV 29 De la conservación y mantenimiento de las instalaciones 30

31 Artículo 21°- La Municipalidad tiene el deber de mantener en buen estado de higiene, decoro y 32 conservación todas las instalaciones del cementerio, en forma vitalicia, por lo que destinará los 33 fondos provenientes de las cuotas de mantenimiento para esos fines. 34 Artículo 22°- La Municipalidad se compromete a proteger y vigilar las instalaciones del 35 cementerio. No obstante, no será responsable por daños causados por caso fortuito o fuerza mayor 36 a las propiedades de los adquirentes. 37 Artículo 23°- En caso de daños causados por fenómenos naturales, la Municipalidad se hará cargo 38 de las reparaciones a realizar, debiendo notificar el monto de los daños a los interesados, quienes 39 deben apersonarse en los siguientes diez días hábiles después de la notificación, a comprobar la 40 existencia de los mismos y a formalizar el pago correspondiente. 41 Artículo 24°- La Administración inspeccionará la colocación de las lápidas, cruces, o cualquier 42 otro artículo sobre las bóvedas y autorizará únicamente la colocación de los colores blanco y gris y 43 pudiéndose aplicar el color negro para fines decorativos, a fin de que se mantenga la estética del 44 cementerio. En el caso de que el adquirente deseé decorar con enchape, los colores a usarse 45 quedarán sujetos a la autorización de la Administración, previa presentación de la muestra. 46

47 CAPÍTULO V 48

De los registros funerarios 49 Artículo 25°- La Municipalidad, por medio del Administrador del Cementerio, debe mantener 50 actualizados los siguientes libros de registro: 51 A. Registro de poseedores. 52 B. Registro de inhumaciones. 53 C. Registro de exhumaciones y traslados. 54

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Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017

Artículo 26°- El registro de poseedores contendrá la siguiente información: 1 l. Nombre, calidades, domicilio y número de cédula del poseedor. 2 2. Número y ubicación del lote. 3 3. Transferencias que hayan efectuado. 4 4. Circunstancias que afecten el derecho sobre el lote. 5 Artículo 27°- En el registro de inhumaciones se hará constar en orden cronológico: 6 l. Nombre, calidades, número de cédula del fallecido. 7 2. Fecha de nacimiento, sexo, estado civil, nacionalidad, profesión y domicilio del fallecido. 8 3. Fecha de deceso y entierro. 9 4. Tipo y número de documento de identidad. 10 5. Lugar claramente identificado del sitio en que se haya sepultado. 11 6. Número de partida folio y libro del Registro Civil en que fue inscrita la defunción. 12 7. Nombre y número de cédula del poseedor, si el fallecido no fuere el mismo. 13 Artículo 28°.-La Administración queda obligada a facilitar las inspecciones a las autoridades 14 administrativas, judiciales y sanitarias, a fin de realizar actividades propias de sus gestión y/o 15 fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones atinentes a la materia de cementerios establecida en 16 la Ley General de Salud. 17 Artículo 29°- EI Registro de Exhumaciones y traslados debe contener: 18 1. Nombre del poseedor del derecho donde se practica la exhumación. 19 2. Nombre, calidades y fecha de enterramiento del cadáver a exhumar. 20

3. Transcripción de la orden de autoridad competente que autorice la exhumación. 21 4. Constancia del término transcurrido. 22

23 CAPÍTULO VI 24

De las inhumaciones 25 Artículo 30°- Para las inhumaciones, el interesado deberá presentarse ante la Administración del 26 Cementerio con los documentos que hagan valer sus derechos (pago inhumación, servicio de 27 mantenimiento y otros) y el cumplimiento de las disposiciones legales sobre la materia. En el caso 28 de que el trámite lo realice un tercero, se exigirá la autorización por escrito del poseedor o de su 29 representante legal el cual se anotará en el registro respectivo. El permiso será presentado dos horas 30 antes del funeral como mínimo. 31 Artículo 31°- En caso de que se determine que un lote no es apto para su utilización, la 32 Municipalidad garantiza previo pago, la designación de otro sitio dentro del mismo Cementerio 33 para realizar cualquier inhumación siempre y cuando haya espacio disponible, caso contrario se le 34 indemnizará el valor de la venta del lote y la inversión realizada mediante previo estudio. No 35 obstante, procurará determinar de previo esta situación, para evitar al respectivo poseedor o 36 representante que el inconveniente se produzca cuando esté presente la autorización para una 37 inhumación. 38 Artículo 32°- Se destinará un área para nichos de alquiler, como también fosas comunes destinadas 39 para sepultar indigentes y vecinos del distrito San Juan de Dios, en casos de extrema necesidad. 40 Cada sepultura será marcada con la losa, cruz u otro distintivo, que llevarán números progresivos y 41 el año que fue hecha la inhumación. La Municipalidad queda facultada para percibir el respectivo 42 precio a cobrar por el arrendamiento durante los cinco años de uso, los cuales no son renovables. 43 Artículo 33°- Para efectuar cualquier inhumación es requisito la presentación de certificaciones 44 oficiales. La Municipalidad no será responsable por la identidad de la persona a inhumarse ni se 45 permitirá la apertura del féretro, dentro de los predios del Cementerio, sin orden judicial. 46 Artículo 34°- No se permitirá la inhumación de más de un cadáver en la misma caja y en el mismo 47 nicho, salvo se trate de la madre y el producto del parto muertos en el acto del alumbramiento. 48 Artículo 35°- Las inhumaciones se llevarán a cabo entre las siete a las dieciséis horas, para 49 inhumaciones fuera de este horario se requerirá orden de autoridad competente. 50

51 CAPÍTULO VII 52

De las exhumaciones 53

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Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017

Artículo 36°- Las exhumaciones serán ordinarias y extraordinarias. Las primeras, tienen lugar 1 después de cinco años de realizada la inhumación, cuando estas se efectúen dentro del mismo 2 cementerio no requieren de orden o permiso especial. 3

Las exhumaciones extraordinarias se producen por dos circunstancias: 4

1. Cuando los cadáveres sean exhumados por orden de autoridad judicial para 5

investigaciones que interesen a órganos jurisdiccionales, en cuyo caso no requerirán 6

autorización de la autoridad sanitaria. 7

2. Cuando la autoridad sanitaria competente, lo autorice para ser trasladados a otras 8

sepulturas o para ser cremados, deberán cumplir con las medidas sanitarias 9

correspondientes. 10

Artículo 37°- Las exhumaciones ordinarias se realizarán a solicitud de los parientes mencionados 11 en el artículo 17 del presente Reglamento y se realizarán bajo el horario de siete a.m. a las dieciséis 12 horas). 13 Artículo 38°- Las exhumaciones serán siempre con la presencia del Administrador del Cementerio 14 y dos testigos quienes pueden ser parientes de la persona fallecida. Será responsabilidad del 15 Administrador, efectuar la comprobación de la identidad del cadáver mediante su registro en los 16 libros respectivos, confeccionando el acta respectiva. 17 Artículo 39°- La Municipalidad podrá efectuar exhumaciones ordinarias de oficio y dar por 18 resuelto el contrato, cuando los poseedores de los derechos funerarios incumplan las obligaciones 19 establecidas en este Reglamento y el Contrato, previa resolución que así lo estipule. 20 Artículo 40°- La Administración del Cementerio para el cumplimiento del artículo anterior, 21 deberá acatar las normas legales establecidas y cumplir los siguientes requisitos: 22 1. Notificar al poseedor o a los familiares cercanos de la persona inhumada si los hay, con ocho 23 días de antelación. 24 2. Levantar un acta que constará de: 25

a. Nombre y apellidos del fallecido. 26

b. Fecha de inhumación. 27

c. Número del lote y ubicación del nicho. 28

d. Causa de muerte. 29

e. Destino final de los restos. 30

Artículo 41°- La apertura al público del cementerio será de las siete a las diecisiete horas de cada 31 día, de lunes a domingo. El Concejo Municipal puede modificar este horario según lo crea 32 conveniente, cuando medien circunstancias especiales. 33 Artículo 42°- La Administración se reserva el derecho de admisión al Cementerio de cualquier 34 persona que a su juicio pudiera poner en peligro la tranquilidad, el orden y las buenas costumbres 35 que deben reinar en este lugar. 36 Artículo 43°- La Municipalidad se reserva el derecho de realizar todo tipo de construcciones, 37 reparaciones y mantenimiento en el Cementerio, tanto en su terreno propio como en los derechos 38 ya adquiridos cuando sea necesario por razones de urgencia o fuerza mayor. El traspaso de 39 derechos se hará con tales limitaciones. 40 Artículo 44°- La realización de actos religiosos de distintos credos están sujetos a lo indicado en la 41 legislación emitida sobre la materia; no obstante, la Municipalidad no hará diferencias de ningún 42 tipo económico, social, cultural, racial, político o religioso, siempre y cuando dichos actos no 43 atenten contra la ley y las buenas costumbres. 44 Artículo 45°- La Administración del Cementerio, tiene la autoridad para hacer respetar y acatar las 45 disposiciones de este Reglamento. Los poseedores de derechos se obligan a cumplirlo y así se hará 46 constar en el contrato respectivo. 47

CAPÍTULO VIII 48

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Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017

CONSTRUCCIONES Y MEJORAS 1 Artículo 46°- La medida de los derechos serán de: 2

a) Sencillos: 0.95 m x 2.40 m. 3 b) Dobles: 1.70 m x 2.40 m. 4

Artículo 47° - Las medidas de construcción de los derechos sencillos serán de 0.95 m x 2.40 m 5 con una profundidad de 70 cm a nivel de piso. Los nichos subterráneos serán construidos con block 6 nº 12x20x40 cm con la medida de 67 cm ancho x 60 cm de alto. Los nichos aéreos serán 7 construidos en ladrillo liso con la medida de 69 cm ancho x 56 cm de alto, con su osario de 50 cm 8 de alto x 75 cm de ancho. Las medidas de construcción de los derechos dobles serán de 11.70 m x 9 2.40 m con una profundidad de 70 cm a nivel de piso. Sus nichos subterráneos con la medida de 10 67cm ancho x 60 cm de alto, nichos aéreos: 69 cm ancho x 56 cm de alto, con su osario de 50 cm 11 de alto x 80 cm de ancho. 12 Artículo 48°- Los poseedores que van a construir por primera vez o por mejora, deberán solicitar 13 el respectivo permiso de Construcción ante la Municipalidad y cancelar el monto que les sea 14 tasado. Dicha solicitud deberá estar autorizada por el poseedor y coposeedores del derecho de 15 posesión, según corresponda. 16 Artículo 49° - La Junta Administrativa estará conformada por un presidente, un vicepresidente, un 17 secretario, un tesorero, y un vocal. Además, se nombrará un fiscal. 18 Artículo 50°- La representación de la Junta Administrativa y la fiscalía, será por un período de dos 19 años, el cual comienza a regir a partir del nombramiento y juramentación, por parte del Concejo 20 Municipal, pudiendo ser reelectos por un período igual. 21 Artículo 51°- En caso de que algún miembro de la Junta Administrativa o el fiscal, renuncie, o por 22 cualquier causa dejare de existir a esta, el presidente de la Junta deberá enviar una terna al Concejo 23 Municipal, quien nombrará al sustituto por el resto del período en vigencia. 24 Artículo 52° - El poseedor y coposeedores de un derecho deberán estar al día con su cuota de 25 mantenimiento antes de iniciar cualquier tipo de construcción o mejora, de lo contrario no se le 26 permitirá realizar ningún trabajo o trámite. 27 Artículo 53°- No se permitirá la colocación de recipientes, jarrones o similares, que mantenga el 28 agua estancada, esto con el fin de evitar la formación de criaderos de mosquitos. 29 Artículo 54°- VIGENCIA. Este reglamento rige a partir de la segunda publicación. Se 30 complementa con las disposiciones parciales emitidas por el Concejo Municipal en esta materia. 31 Los asuntos no previstos en el mismo, serán regulados conforme a la legislación vigente en la 32 materia. 33 34 TRANSITORIOS 35 36 Transitorio I – Los contratos de venta de derechos deberán revisarse y actualizarse, de conformidad 37 con lo establecido en este Reglamento. LA REVISIÓN DEBERÁ QUEDAR TERMINADA Y 38 ACTUALIZADA UN AÑO DESPUÉS DE ENTRAR EN VIGENCIA, LAS REFORMAS DEL 39 ARTÍCULO 5 Y 16 DE ESTE REGLAMENTO. 40 6. Someter a consulta pública, en los términos del artículo 43 del Código Municipal, el siguiente 41 proyecto del nuevo Reglamento del Cementerio Central de Desamparados: 42

43 Reglamento del Cementerio Central de Desamparados 44

CAPÍTULO I 45 Disposiciones generales 46

Artículo 1°- DEL OBJETO: Se establece el presente Reglamento del Cementerio Municipal del 47 distrito central de Desamparados, para regular las relaciones entre la Municipalidad y los 48 interesados en lo que atañe al uso de dicho cementerio. 49 Artículo 2°- FUNDAMENTO JURÍDICO: Este Reglamento se fundamenta en lo dispuesto por 50 la Ley General de Salud artículo 36; capítulo VII, sección 11 “De los Cementerios, Inhumaciones, 51 y exhumaciones de cadáveres” artículos 327 al 330; Reglamento General de Cementerios, Decreto 52 Ejecutivo N° Decreto Ejecutivo No. 32833-S del 19 de diciembre de 2005 y el Código Municipal. 53 54

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Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017

Artículo 3°- MATERIA RECURSIVA: En lo atinente a recursos contra decisiones de la 1 Administración, será aplicable lo establecido en el Código Municipal, Título VI Recursos contra los 2 actos Municipales, Capítulo II, según corresponda. 3 Artículo 4°- ARTÍCULO 4: GLOSARIO: Para los efectos del presente reglamento se entenderá 4 por: 5 Administrador: Funcionario municipal encargado de la gestión administrativa del cementerio. 6 Alcalde: Alcalde Municipal del Cantón de Desamparados. 7 Beneficiarios: Persona o personas autorizadas por el adquirente para que pueda ser inhumando en el 8 lote de su posesión. 9 Camposanto: El terreno destinado a inhumar cadáveres humanos, sus restos o vísceras extraídas de 10 los cadáveres autopsiados o embalsamados en establecimientos autorizados para dicho fin. 11 Cementerio: Central de Desamparados. 12 Coposeedores o coadquirentes: Dos o más personas que comparten un derecho sobre un mismo lote 13 dentro del cementerio. 14 Derecho posesorio: Es el derecho de uso y posesión por un plazo de noventa y nueve años que tiene 15 el poseedor sobre uno o varios lotes destinados a la inhumación de cadáveres humanos. 16 Escritura: Documento público otorgado ante notario público, en donde conste la cesión inter vivos 17 del derecho posesorio, instrumento necesario para reclamar y solicitar servicios dentro del cementerio 18 y también documento de adjudicación de derecho posesorio por sucesión donde se establecen los 19 nuevos poseedores del derecho. 20 Exhumación: Acción y efecto de desenterrar un cadáver 21 Inhumación: Acción y efecto de enterrar un cadáver 22 Lote: Es el área de terreno sobre el cual se adquiere la posesión, el cual puede constar de uno o más 23 nichos según disponga la administración del cementerio. 24 Mausoleo: Monumento erigido en memoria de una o más personas, donde permanecen sus restos. 25 Municipalidad: La Municipalidad del cantón de Desamparados, propietaria del Cementerio. 26 Nicho: Construcción de concreto colocado en forma subterránea y semiaérea, destinada a la 27 inhumación de cadáveres humanos. 28 Nichos municipales de alquiler: Son los nichos que la Municipalidad da en arriendo a los 29 administrados del Cantón de Desamparados y en forma temporal cuando no disponen de otras bóvedas 30 para la venta o no pueden utilizar las propias por diversas circunstancias. 31 Osario: Depósito individual o colectivo, donde se ubican los restos humanos provenientes de 32 exhumaciones. 33 Poseedor o adquirente: Es la persona física o jurídica que posee o adquiere un derecho sobre uno o 34 varios lotes, de conformidad con las disposiciones de este Reglamento. 35 Proceso sucesorio: Proceso mediante el cual se distribuyen los bienes de un difunto, su trámite puede 36 hacerse en sede judicial o notarial. 37 Propietario: La Municipalidad de Desamparados. 38 Título de posesión: documento que expide la Municipalidad al adquirente de un derecho. 39

40 CAPÍTULO II 41

De los lotes y sus nichos 42 Artículo 5°- Los lotes disponibles en el Cementerio del distrito de San Juan de Dios, se 43 distribuirán respetando lo que establece el artículo 33 de la Constitución Política de Costa Rica y el 44 artículo 1 del Código Municipal, así como el acuerdo N° 2 de la sesión N° 106-2017 del día 19 de 45 setiembre del 2017: POLÍTICA DE BUENAS PRÁCTICAS PARA LA NO 46 DISCRIMINACIÓN EN LA MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS. Las dimensiones de 47 los lotes serán de acuerdo a la normativa para este cementerio. 48 Artículo 6°- El terreno del cementerio estará dividido en parcelas y éstas en lotes. Su localización 49 se efectuará de acuerdo con la numeración asignada a cada uno, correlativa con las distintas hileras, 50 partiendo de las calles de acceso que dividen cada área; acorde con el diseño oficial del cementerio 51 consignado en el respectivo plano. 52

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Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017

Artículo 7°- El Alcalde, velará por la correcta administración y uso de los servicios eléctricos, 1 drenajes, instalaciones de agua y uso de servidumbres entre las parcelas, imponiendo las medidas 2 que crea conveniente para el mejoramiento de los servicios. 3 Artículo 8º- La Municipalidad, para atender los gastos que demanda el cumplimiento de sus 4 obligaciones, queda facultada para percibir los derechos de sepultura, inhumación, exhumación, 5 mantenimiento y el producto del pago por la compra de derechos de lotes y alquiler de nichos, de 6 acuerdo con las tarifas que apruebe el Concejo Municipal por recomendación de la Alcaldía, las 7 cuales deben ser publicadas en el Diario Oficial La Gaceta. 8 Artículo 9º- Los precios cobrados por sepultura, inhumación, exhumación y mantenimiento, serán 9 actualizados cada año con el porcentaje de aumento anual del salario base, entendiéndose como 10 “salario base” el establecido en la Ley N. 7337; y será responsabilidad del Administrador del 11 Cementerio, elaborar la propuesta y trasladarla a la Administración para presentarla al Concejo. 12 Una vez aprobados y publicados los nuevos precios deberá iniciar el cobro de los mismos 13 inmediatamente. 14

15 CAPÍTULO III 16

De la adquisición, conservación y traspaso de derechos 17 Artículo 10º- La adquisición, conservación y traspaso de derechos de uso y posesión sobre lotes y 18 sus nichos se regirán por lo dispuesto en este Reglamento y en la Legislación vigente sobre la 19 materia. 20 Artículo 11º- La adquisición de derechos en el cementerio se llevará a cabo ante la Municipalidad 21 a través de un contrato extendido por aquella en el que se consignan las calidades del adquirente, 22 los detalles sobre la ubicación física y área del derecho adquirido de acuerdo con el plano del 23 cementerio serán designadas por el adquirente los nombres de al menos dos personas como 24 beneficiarios. 25 Artículo 12º- Para la adquisición de derechos, el pago correspondiente debe efectuarse de contado, 26 salvo que por disposición de la Alcaldía, debidamente justificada, se solicite al Concejo y éste lo 27 apruebe una directriz que autorice la venta a pagos bajo determinadas condiciones. 28 Artículo 13 º- Cuando el derecho pertenezca a dos o más personas vivas, cada una tendrá igual 29 derecho respecto al uso y posesión del lote en el cementerio. Para el ejercicio de esos derechos se 30 requiere el consentimiento de todos los coposeedores, no obstante, cuando alguno de ellos haya 31 fallecido, los demás coposeedores tendrán el derecho de uso y posesión proporcionales, pero no 32 podrán ejercerlo mientras no se abra la sucesión del coposeedor fallecido. 33 Artículo 14º- La Municipalidad entregará el título de posesión del derecho al adquirente al término 34 de 30 días hábiles luego de haber sido cancelado el valor correspondiente. 35 Artículo 15º- Una vez que el adquirente haya cancelado y firmado el respectivo contrato de 36 derecho del lote, obtendrá simultáneamente el derecho de uso y posesión por un período de 99 37 años, renovable por un plazo igual. A partir de ese momento deberá pagar las cuotas de 38 mantenimiento y conservación. 39 Artículo 16º- Los adquirentes de derechos solo los podrán traspasar a terceras personas; luego del 40 debido estudio que deberá realizar el administrador hasta determinar que se hubiesen exhumado 41 todos los restos que ellos contengan. Si no estuvieren completamente desocupados, solo podrán ser 42 adquiridos por los ascendientes o descendientes hasta de tercer grado de consanguinidad o afinidad, 43 debidamente comprobado. 44 Artículo 17 º- Los lotes no pueden ser cedidos con pacto de retroventa, no son susceptibles de 45 embargo, y no pueden ser dados en garantía o grabados en forma alguna. Las cesiones se 46 tramitarán en escritura pública o por resolución judicial, debiendo presentarse posteriormente a la 47 administración para que surtan los efectos correspondientes. Corresponderá al albacea del proceso 48 sucesorio, en el que el derecho sea parte del haber sucesorio, asumir las mismas obligaciones y 49 derechos que asumiría el poseedor. En caso de que deba cederse un derecho, el albacea deberá 50 presentar autorización del juzgado o del notario público ante quien se tramite el respectivo 51 proceso sucesorio, para tal efecto, según lo establece los artículos 549, 550 y siguientes del Código 52 Civil. 53

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Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017

Artículo 18º- Todo poseedor de derechos se compromete en el acto mismo de la adquisición, al 1 pago de una cuota anual de mantenimiento. Dicha cuota será fijada por el administrador de 2 conformidad con un estudio de costos y revisada y presentada por el Alcalde en el mes de julio de 3 cada año por el Concejo Municipal, previo dictamen de la Comisión de Hacienda, y publicada en el 4 diario oficial según lo establece la legislación vigente en esta materia. El incumplimiento de esta 5 cláusula por parte del poseedor, durante un año, autorizará a la Municipalidad a dar por resuelto el 6 contrato. 7 Artículo 19º- La Municipalidad podrá, cuando lo considere oportuno, previa resolución al 8 respecto, reservarse el derecho de suspender en forma indefinida, la venta de lotes en el 9 cementerio. 10 Artículo 20°- Para evitar el acaparamiento de lotes, se limita la venta a un derecho por familia. En 11 principio ninguna persona jurídica puede ser adquirente o titular de derechos en el Cementerio, no 12 obstante y previo estudio por parte de la Municipalidad se podrá autorizar la venta a favor de 13 personas jurídicas con interés social, tales como Asociaciones de Beneficencia, Entidades de 14 función Social, asociaciones solidaristas y sindicatos cuyos domicilios o instalaciones se 15 encuentren en el cantón y sea para beneficio únicamente de sus asociados vecinos de la comunidad. 16 La Municipalidad se reserva el derecho de limitar el número de lotes a vender a personas jurídicas. 17

CAPÍTULO IV 18 De la conservación y mantenimiento de las instalaciones 19

Artículo 21°- La Municipalidad tiene el deber de mantener en buen estado de higiene, decoro y 20 conservación todas las instalaciones del cementerio, en forma vitalicia, por lo que destinará los 21 fondos provenientes de las cuotas de mantenimiento para esos fines. 22 Artículo 22°- La Municipalidad se compromete a proteger y vigilar las instalaciones del 23 cementerio. No obstante, no será responsable por daños causados por caso fortuito o fuerza mayor 24 a las propiedades de los adquirentes. 25 Artículo 23°- En caso de daños causados por fenómenos naturales, la Municipalidad se hará cargo 26 de las reparaciones a realizar, debiendo notificar el monto de los daños a los interesados, quienes 27 deben apersonarse en los siguientes diez días hábiles después de la notificación, a comprobar la 28 existencia de los mismos y a formalizar el pago correspondiente. 29 Artículo 24°- La Administración inspeccionará la colocación de las lápidas, cruces, o cualquier 30 otro artículo sobre las bóvedas y autorizará únicamente la colocación de los colores blanco y gris y 31 pudiéndose aplicar el color negro para fines decorativos, a fin de que se mantenga la estética del 32 cementerio. En el caso de que el adquirente deseé decorar con enchape, los colores a usarse 33 quedarán sujetos a la autorización de la Administración, previa presentación de la muestra. 34

35 CAPÍTULO V 36

De los registros funerarios 37 Artículo 25°- La Municipalidad, por medio del Administrador del Cementerio, debe mantener 38 actualizados los siguientes libros de registro: 39 A. Registro de poseedores. 40 B. Registro de inhumaciones. 41 C. Registro de exhumaciones y traslados. 42 Artículo 26°- El registro de poseedores contendrá la siguiente información: 43 l. Nombre, calidades, domicilio y número de cédula del poseedor. 44 2. Número y ubicación del lote. 45 3. Transferencias que hayan efectuado. 46 4. Circunstancias que afecten el derecho sobre el lote. 47 Artículo 27°- En el registro de inhumaciones se hará constar en orden cronológico: 48 l. Nombre, calidades, número de cédula del fallecido. 49 2. Fecha de nacimiento, sexo, estado civil, nacionalidad, profesión y domicilio del fallecido. 50 3. Fecha de deceso y entierro. 51 4. Tipo y número de documento de identidad. 52 5. Lugar claramente identificado del sitio en que se haya sepultado. 53 6. Número de partida folio y libro del Registro Civil en que fue inscrita la defunción. 54

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Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017

7. Nombre y número de cédula del poseedor, si el fallecido no fuere el mismo. 1 Artículo 28°.-La Administración queda obligada a facilitar las inspecciones a las autoridades 2 administrativas, judiciales y sanitarias, a fin de realizar actividades propias de su gestión y/o 3 fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones atinentes a la materia de cementerios establecida en 4 la Ley General de Salud. 5 Artículo 29°- EI Registro de Exhumaciones y traslados debe contener: 6 1. Nombre del poseedor del derecho donde se practica la exhumación. 7 2. Nombre, calidades y fecha de enterramiento del cadáver a exhumar. 8

3. Transcripción de la orden de autoridad competente que autorice la exhumación. 9 4. Constancia del término transcurrido. 10

11 CAPÍTULO VI 12

De las inhumaciones 13 14

Artículo 30°- Para las inhumaciones, el interesado deberá presentarse ante la Administración del 15 Cementerio con los documentos que hagan valer sus derechos (pago inhumación, servicio de 16 mantenimiento y otros) y el cumplimiento de las disposiciones legales sobre la materia. En el caso 17 de que el trámite lo realice un tercero, se exigirá la autorización por escrito del poseedor o de su 18 representante legal el cual se anotará en el registro respectivo. El permiso será presentado dos horas 19 antes del funeral como mínimo. 20 Artículo 31°- En caso de que se determine que un lote no es apto para su utilización, la 21 Municipalidad garantiza previo pago, la designación de otro sitio dentro del mismo Cementerio 22 para realizar cualquier inhumación siempre y cuando haya espacio disponible, caso contrario se le 23 indemnizará el valor de la venta del lote y la inversión realizada mediante previo estudio. No 24 obstante, procurará determinar de previo esta situación, para evitar al respectivo poseedor o 25 representante que el inconveniente se produzca cuando esté presente la autorización para una 26 inhumación. 27 Artículo 32°- Se destinará un área para nichos de alquiler, como también fosas comunes destinadas 28 para sepultar indigentes y vecinos del distrito San Juan de Dios, en casos de extrema necesidad. 29 Cada sepultura será marcada con la losa, cruz u otro distintivo, que llevarán números progresivos y 30 el año que fue hecha la inhumación. La Municipalidad queda facultada para percibir el respectivo 31 precio a cobrar por el arrendamiento durante los cinco años de uso, los cuales no son renovables. 32 Artículo 33°- Para efectuar cualquier inhumación es requisito la presentación de certificaciones 33 oficiales. La Municipalidad no será responsable por la identidad de la persona a inhumarse ni se 34 permitirá la apertura del féretro, dentro de los predios del Cementerio, sin orden judicial. 35 Artículo 34°- No se permitirá la inhumación de más de un cadáver en la misma caja y en el mismo 36 nicho, salvo se trate de la madre y el producto del parto muertos en el acto del alumbramiento. 37 Artículo 35°- Las inhumaciones se llevarán a cabo entre las siete a las dieciséis horas, para 38 inhumaciones fuera de este horario se requerirá orden de autoridad competente. 39

CAPÍTULO VII 40 De las exhumaciones 41

Artículo 36°- Las exhumaciones serán ordinarias y extraordinarias. Las primeras, tienen lugar 42 después de cinco años de realizada la inhumación, cuando estas se efectúen dentro del mismo 43 cementerio no requieren de orden o permiso especial. Las exhumaciones extraordinarias se 44 producen por dos circunstancias: 45

1. Cuando los cadáveres sean exhumados por orden de autoridad judicial para 46

investigaciones que interesen a órganos jurisdiccionales, en cuyo caso no requerirán 47

autorización de la autoridad sanitaria. 48

2. Cuando la autoridad sanitaria competente, lo autorice para ser trasladados a otras 49

sepulturas o para ser cremados, deberán cumplir con las medidas sanitarias 50

correspondientes. 51

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Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017

Artículo 37°- Las exhumaciones ordinarias se realizarán a solicitud de los parientes mencionados 1 en el artículo 17 del presente Reglamento y se realizarán bajo el horario de siete a.m. a las dieciséis 2 horas). 3 Artículo 38°- Las exhumaciones serán siempre con la presencia del Administrador del Cementerio 4 y dos testigos quienes pueden ser parientes de la persona fallecida. Será responsabilidad del 5 Administrador, efectuar la comprobación de la identidad del cadáver mediante su registro en los 6 libros respectivos, confeccionando el acta respectiva. 7 Artículo 39°- La Municipalidad podrá efectuar exhumaciones ordinarias de oficio y dar por 8 resuelto el contrato, cuando los poseedores de los derechos funerarios incumplan las obligaciones 9 establecidas en este Reglamento y el Contrato, previa resolución que así lo estipule. 10 Artículo 40°- La Administración del Cementerio para el cumplimiento del artículo anterior, 11 deberá acatar las normas legales establecidas y cumplir los siguientes requisitos: 12 1. Notificar al poseedor o a los familiares cercanos de la persona inhumada si los hay, con ocho 13 días de antelación. 14 2. Levantar un acta que constará de: 15

a. Nombre y apellidos del fallecido. 16

b. Fecha de inhumación. 17

c. Número del lote y ubicación del nicho. 18

d. Causa de muerte. 19

e. Destino final de los restos. 20

Artículo 41°- La apertura al público del cementerio será de las siete a las diecisiete horas de cada 21 día, de lunes a domingo. El Concejo Municipal puede modificar este horario según lo crea 22 conveniente, cuando medien circunstancias especiales. 23 Artículo 42°-La Administración se reserva el derecho de admisión al Cementerio de cualquier 24 persona que a su juicio pudiera poner en peligro la tranquilidad, el orden y las buenas costumbres 25 que deben reinar en este lugar. 26 Artículo 43°- La Municipalidad se reserva el derecho de realizar todo tipo de construcciones, 27 reparaciones y mantenimiento en el Cementerio, tanto en su terreno propio como en los derechos 28 ya adquiridos cuando sea necesario por razones de urgencia o fuerza mayor. El traspaso de 29 derechos se hará con tales limitaciones. 30 Artículo 44°- La realización de actos religiosos de distintos credos están sujetos a lo indicado en la 31 legislación emitida sobre la materia; no obstante, la Municipalidad no hará diferencias de ningún 32 tipo económico, social, cultural, racial, político o religioso, siempre y cuando dichos actos no 33 atenten contra la ley y las buenas costumbres. 34 Artículo 45°- La Administración del Cementerio, tiene la autoridad para hacer respetar y acatar las 35 disposiciones de este Reglamento. Los poseedores de derechos se obligan a cumplirlo y así se hará 36 constar en el contrato respectivo. 37

CAPÍTULO VIII 38 CONSTRUCCIONES Y MEJORAS 39

Artículo 46°- La medida de los derechos serán de: 40 a) Sencillos: 0.95 m x 2.40 m. 41 b) Dobles: 1.70 m x 2.40 m. 42

Artículo 47° - Las medidas de construcción de los derechos sencillos serán de 0.95 m x 2.40 m 43 con una profundidad de 70 cm a nivel de piso. Los nichos subterráneos serán construidos con block 44 nº 12x20x40 cm con la medida de 67 cm ancho x 60 cm de alto. Los nichos aéreos serán 45 construidos en ladrillo liso con la medida de 69 cm ancho x 56 cm de alto, con su osario de 50 cm 46 de alto x 75 cm de ancho. Las medidas de construcción de los derechos dobles serán de 11.70 m x 47 2.40 m con una profundidad de 70 cm a nivel de piso. Sus nichos subterráneos con la medida de 48 67cm ancho x 60 cm de alto, nichos aéreos: 69 cm ancho x 56 cm de alto, con su osario de 50 cm 49 de alto x 80 cm de ancho. 50 Artículo 48°- Los poseedores que van a construir por primera vez o por mejora, deberán solicitar 51 el respectivo permiso de Construcción ante la Municipalidad y cancelar el monto que les sea 52

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Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017

tasado. Dicha solicitud deberá estar autorizada por el poseedor y coposeedores del derecho de 1 posesión, según corresponda. 2 Artículo 49° - La Junta Administrativa estará conformada por un presidente, un vicepresidente, un 3 secretario, un tesorero, y un vocal. Además, se nombrará un fiscal. 4 Artículo 50°- La representación de la Junta Administrativa y la fiscalía, será por un período de dos 5 años, el cual comienza a regir a partir del nombramiento y juramentación, por parte del Concejo 6 Municipal, pudiendo ser reelectos por un período igual. 7 Artículo 51°- En caso de que algún miembro de la Junta Administrativa o el fiscal, renuncie, o por 8 cualquier causa dejare de existir a esta, el presidente de la Junta deberá enviar una terna al Concejo 9 Municipal, quien nombrará al sustituto por el resto del período en vigencia. 10 Artículo 52° - El poseedor y coposeedores de un derecho deberán estar al día con su cuota de 11 mantenimiento antes de iniciar cualquier tipo de construcción o mejora, de lo contrario no se le 12 permitirá realizar ningún trabajo o trámite. 13 Artículo 53°- No se permitirá la colocación de recipientes, jarrones o similares, que mantenga el 14 agua estancada, esto con el fin de evitar la formación de criaderos de mosquitos. 15 Artículo 54°- VIGENCIA. Este reglamento rige a partir de la segunda publicación. Se 16 complementa con las disposiciones emitidas por el Concejo Municipal en esta materia. Los asuntos 17 no previstos en el mismo, serán regulados conforme a la legislación vigente en la materia. 18 7. Comunicar a la Auditoría la anotación de la Comisión de Asuntos Jurídicos en cuanto a que de 19 esta forma cumple esta con la advertencia de la Auditoría Interna, emitida en el oficio N° AI-INF-20 439-17 con fecha 24 de octubre del 2017.” Acuerdo definitivamente aprobado. 21

22

9. Nota de la Junta de Relaciones Laborales, SITMUDE (no. 1491). Adjuntan la minuta del proceso 23

de negociación de la Convención Colectiva e informan que se nombró a la señora Alejandra 24

Aguilar Zamora como Presidenta de la Junta. Finalmente hacen una excitativa al Sr. Presidente 25

para que se nombre a los dos miembros que renunciaron. Valorar por parte del Sr. Presidente 26

Municipal. 27

Sr. Presidente: Había renunciado don Víctor y doña Antonieta; en este caso habría que nombrar a 28

dos suplentes; don Evelio Segura estaría anuente a participar en la Junta de Relaciones Laborales, 29

y también le consultaba a doña Gabriela si quería retornar a dicha junta, la cual me indica que sí; 30

creo que estaríamos completando la junta. 31

10. Nota de la Escuela Manuel Ortuño Boutin (no. 1492). Solicitud de nombramiento de la Junta de 32

Educación. Se trasladó a la Comisión de Nombramientos. 33

11. Nota de RECOPE (no. 1493) dirigida al Sr. Alcalde y al Concejo. Con motivo de la campaña 34

electoral y lo dispuesto en los Procedimientos de Donaciones del Programa Caminos para el 35

Desarrollo, comunican que la fecha límite para el retiro de donaciones autorizadas será el 31de 36

diciembre de 2017, y la presentación de nuevos proyectos se podrá efectuar hasta el 15 de 37

febrero de 2018, por lo que instan a tomar las medidas correspondientes. Se toma nota. 38

Sr. Alcalde: Parte de una adjudicación que traemos el día de hoy, es también la adjudicación del 39

traslado de esos 400,000 y resto de litros que nos falta y como pueden ver la provisión está 40

tomada para efectos de que al 31 de diciembre no tengamos ningún inconveniente con el 41

material. 42

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Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 12. Nota de la Alcaldía Municipal (no. 1494). Para conocimiento y fines pertinentes, adjunta la 1

Modificación Presupuestaria No. 8-2017. Se valora por parte de la Comisión de Hacienda y 2

Presupuesto. 3

13. Nota de la Escuela Sor María Romero (no. 1495) Solicitud de nombramiento de un miembro de 4

de la Junta de Educación, por motivo de renuncia de la Sra. Nelly Chacón Jiménez. Se traslada a 5

la Comisión de Nombramientos. 6

14. Nota de la Alcaldía Municipal (no. 1496) dirigida al Sr. Andrés Granados, de la Fundación 7

Ayúdate. Autorización para uso del Parque de Desamparados, el domingo 26 de noviembre del 8

año en curso, con un horario de 8 a las 22 horas, para la realización de actividad de Zumba. Se 9

establecen en la nota las condiciones del préstamo. Se toma nota. 10

15. Nota del Sr. Javier Matamoros Lizano (no. 1498). Recurso de apelación por resolución de uso 11

no conforme. Se traslada a la Asesoría Legal del Concejo. 12

16. Nota de la Alcaldía Municipal (no. 1499). Remite para su trámite, los documentos de la 13

Licitación Abreviada 2017LA-000011-01 “Compra e instalación de máquinas de ejercicio”. 14

Sr. Alcalde: Efectivamente hay una serie de equipos que estaban en zonas, para los distritos del 15

sur y algunos otros parques que también lo habían solicitado en su oportunidad. 16

A continuación, el Sr. Alcalde describe los bienes por adquirir. Indica que es por un gran total de 17

18,008,304 y que la reserva que tenían en su momento era por 20,000,000, lo que hace que se 18

tenga suficiente contenido económico para poder llevar a cabo la contratación de estos 19

equipos. 20

Reg. José Hernández: Solamente quiero conocer si están los lugares establecidos en los Distritos 21

del Sur donde se instalarán estas diferentes máquinas de recreación; saber dónde se instalarán y 22

si hay algún criterio técnico de los lugares donde se instalarán y no dedocráticamente. 23

Sr. Alcalde: Recuerde que en una modificación presupuestaria que se trajo al Concejo se indicó; 24

con mucho gusto se lo vuelvo a mandar, ahorita no tengo el detalle, pero creo que unas en La 25

Guaria, otras en La Lucha, Frailes, Bustamante, varias zonas a nivel urbano, pero con mucho gusto 26

le haremos llegar el detalle, el cual es el mismo que está en el presupuesto aprobado. 27

Reg. Gabriela González: Realmente me gusta mucho que vengan estas máquinas para personas 28

con discapacidad, sé que son bastante caras, más que las máquinas normales; me gustaría que 29

en alguna otra modificación o presupuesto se pongan más de estas máquinas para poder seguir 30

colaborando con las personas con algún tipo de discapacidad; nada más que no se les olvide 31

poner al final el párrafo de salvaguarda que no lo vi en esta. 32

Se toma el siguiente acuerdo: 33

ACUERDO No. 4 34

“El Concejo Municipal de Desamparados con fundamento en el informe no. 16 de la Comisión de 35

Contratación, de fecha 14 de noviembre de 2017, remitido mediante el oficio No. AM-2385-17 de 36

la Alcaldía Municipal, acuerda adjudicar la Licitación Abreviada 2017LA-000011-01 “Compra e 37

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017

instalación de máquinas para ejercicios”, a la empresa Pie Promotores Inmobiliarios Especializados 1

Sociedad Anónima, por un monto total anual de ¢18,008,304.00 Es responsabilidad única de la 2

Unidad de Proveeduría el proceso seguido en esta contratación (inicio, conducción y valoración de 3

cada una de las fases del proceso de esta contratación administrativa), dado que los técnicos están 4

recomendando esta adjudicación y se ha seguido el debido proceso en cuanto a la viabilidad 5

técnica, financiera y legal, las cuales constan en el expediente que certifica la Unidad de 6

Proveeduría.” Acuerdo definitivamente aprobado. 7

17. Nota de la Alcaldía Municipal (no. 1500). Remite para su trámite, los documentos de la 8

Licitación Abreviada 2017LA-000010-01 “Contratación de servicios de vigilancia y seguridad para 9

instalaciones municipales”. 10

Sr. Alcalde: Este es un puesto que viene a cubrir las diferentes necesidades de vacaciones, 11

incapacidades, descanso en los diferentes puntos a nivel de las instalaciones propias, en La Villa 12

Olímpica, la Casa de Derecho y en el parque La Libertad, es como el puesto ambulante 13

necesario, que actualmente tenemos y se nos vence; el monto total de la contratación por 14

26,575,795 colones, conforme la recomendación que hace la comisión, en este caso por don 15

David Hidalgo, Iliana Zamora y el abogado Francisco Valverde; conforme ese informe se hace la 16

recomendación pertinente para poder tener este puesto en forma total, que asciende, a nivel 17

mensualmente a 2,207,000 colones; es un puesto permanente, estamos hablando de las 24 horas. 18

Se toma el siguiente acuerdo: 19

ACUERDO No. 5 20

“El Concejo Municipal de Desamparados con fundamento en el informe no. 14 de la Comisión de 21

Contratación, del 13 de noviembre de 2017, remitido mediante el oficio No. AM-2384-17 de la 22

Alcaldía Municipal, acuerda adjudicar la Licitación Abreviada 2017LA-000010-01 “Contratación 23

de servicios de vigilancia y seguridad para instalaciones municipales”, a la empresa MR Dos 24

Seguridad Sociedad Anónima, por un monto de ¢26,575,795.43. Es responsabilidad única de la 25

Unidad de Proveeduría el proceso seguido en esta contratación (inicio, conducción y valoración de 26

cada una de las fases del proceso de esta contratación administrativa), dado que los técnicos están 27

recomendando esta adjudicación y se ha seguido el debido proceso en cuanto a la viabilidad 28

técnica, financiera y legal, las cuales constan en el expediente que certifica la Unidad de 29

Proveeduría.” Acuerdo definitivamente aprobado. 30

31

18. Nota del Asesor Legal del Concejo Municipal (no.1501). Remite su criterio técnico jurídico en 32

razón de la consulta relativa a la propuesta de la Convención Colectiva presentada ante el 33

Concejo Municipal para su aprobación. 34

Sr. Secretario: A este documento hay que agregarle el complemento de este dictamen que entró 35

el día lunes y que se estaría trasladando a los señores miembros del Concejo vía correo 36

electrónico; son documentos extensos, para el análisis correspondiente. 37

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 Sr. Presidente: Le cederemos la palabra a don Michael, con respecto a algunos puntos que él 1

considera y también con respecto al periodo desde el momento en que fue suscrito el convenio, 2

para que él se pronuncie; desde luego elevar a la Auditoría Interna ambos pronunciamientos y el 3

convenio acordado, con base en la Ley de Control Interno, para su análisis y recomendación. 4

Sr. Michael Durán: Para hacer un breve recuento de los dos documentos que conforman el 5

criterio legal con relación a la convención colectiva; lo primero que tenemos que hablar y es algo 6

que se ha discutido, que tenemos que reseñar, es en torno a la aplicación de la reforma procesal 7

laboral, que esta asesoría considera que sí es de aplicación concreta en esta negociación de la 8

convención colectiva, y eso es porque se habló en algún momento sobre la aplicación de la 9

retroactividad o que una norma posterior no puede venir a afectar situaciones jurídicas que 10

fueron consolidadas con anterioridad al dictado de esa norma; eso lo tendríamos claro para la 11

convención colectiva que se encuentra firmada y ratificada o que fue establecida con 12

anterioridad a esta negociación; sin embargo, la reforma procesal laboral no podría venir a 13

afectar esa convención colectiva que generó ese tipo de derechos o venir a modificar algún 14

procedimiento; sin embargo, en este caso estamos en un proceso de negociación de la 15

convención colectiva; quiere decir que todavía no se ha establecido directamente esa 16

convención colectiva como una norma válida que vincule a la Administración Municipal; en ese 17

sentido también la reforma procesal laboral que viene a modificar el Código de Trabajo, 18

estableció ciertos transitorios donde se regulan cómo se establecerían los procesos que venían 19

siendo llevados con el Código anterior o con el Código Laboral anterior a la reforma procesal 20

laboral; con relación al tema de convenciones colectivas, no se toca ningún tema ni se habla de 21

ningún transitorio, por lo cual la norma empieza a regir desde el momento en que diga la norma 22

que empiece a regir, porque la reforma procesal laboral tiene esa particularidad, que no entra a 23

regir desde su aprobación, sino con posterioridad; en ese ámbito, también esta reforma procesal 24

laboral, prácticamente en el tema de procedimiento de negociación de las convenciones 25

colectivas, viene a ratificar lo que se había aprobado con anterioridad en un reglamento de 26

2001, que establecía el procedimiento, vía reglamentaria, para negociación de convenciones 27

colectivas en el sector público; prácticamente lo que hace la reforma procesal laboral, y en el 28

criterio lo pueden observar los señores regidores, es traer las normas de ese reglamento y darles 29

rango de ley; prácticamente podríamos decir que son, con pequeñas diferencias, la misma 30

regulación a nivel adjetivo y con eso quiero decir el procedimiento para la aprobación de una 31

convención colectiva o el procedimiento que se tiene que seguir para la negociación; otro punto 32

importante que se ha discutido o que se ha hablado en diferentes ocasiones, es el tema de si es 33

al Alcalde Municipal o al Concejo Municipal al quien le corresponde la aprobación de la 34

convención colectiva; en el criterio se establece, con relación a lo que habíamos indicado sobre 35

la entrada en vigencia de la reforma procesal laboral o el nuevo código de trabajo; en principio 36

el artículo 695 indica: “las convenciones y los acuerdos que se adopten en una negociación 37

colectiva de cualquier tipo, con servidores en régimen de empleo público, quedarán sujetos para 38

su validez y eficacia a la aprobación del órgano jerárquico de la institución o empresa con 39

competencia para obligarla, previa constatación de los límites y requisitos de validez”; en este 40

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 sentido interpretamos el artículo 13 del Código Municipal a la luz de este artículo 695, para 1

establecer que es el Concejo Municipal quien en definitiva tiene esa competencia residual de 2

aprobación en última instancia de la convención colectiva; esto en virtud del dictamen C-093-3

2017 del 3 de mayo de 2017 de la Procuraduría General de la República, cuando indica que lo 4

cierto es que innegablemente el Concejo, como órgano plural y deliberativo, es el órgano 5

superior supremo de la jerarquía administrativa; con esto no quiero que se llegue a una confusión 6

en el sentido de esta teoría de los órganos bifrontes, que es donde el Alcalde Municipal y el 7

Concejo Municipal tienen una misma jerarquía, sino que hablamos de las competencias 8

residuales que no están dadas expresamente a uno de esos dos órganos, porque quien debería 9

ejercerlas, a nuestro criterio o al criterio que establecimos legalmente, sería el Concejo Municipal, 10

y esto prácticamente por lo que indica la Procuraduría General de la República, quien es el 11

órgano plural y deliberativo; aquí estaríamos hablando de la integración del principio de máxima 12

representación, en el sentido de que esas competencias residuales debería tenerlas el órgano 13

que tiene una máxima representación política o donde es más democrático, y así también lo ha 14

establecido la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, por medio de la resolución 15

3683-94 del 22 de julio de 1994, donde habla de ese ejercicio de competencias residuales por 16

parte de los órganos plurales o deliberativos, y en el caso de las municipalidades, establece que 17

sería el Concejo Municipal, claramente; por eso consideramos que es el Concejo Municipal quien 18

en definitiva debe aprobar la convención colectiva en última instancia; no quiero que se 19

confunda que con anterioridad el Concejo Municipal autorizó al Alcalde mediante el convenio 20

de partes a empezar la negociación, sin embargo, eso no quiere decir que le haya delegado, 21

que haya renunciado a la competencia de aprobar definitivamente esa convención con 22

posterioridad, sino que se autorizó empezar la negociación con el Sindicato; también hay algunas 23

cuestiones relevantes con relación a los funcionarios que pueden o no ser parte de esta 24

convención con la entrada en vigencia de la reforma procesal laboral, donde se establece de 25

pleno derecho a algunos funcionarios; en el artículo 691 se establecen algunos funcionarios que 26

en definitiva no entrarían dentro de la negociación de la convención colectiva; uno de ellos sería 27

la asesoría del Concejo Municipal, por eso podría dictaminar este convenio, por cuanto de pleno 28

derecho la reforma procesal laboral indica que aunque se haga una mención expresa o tácita 29

de alguno de estos funcionarios, quedarían excluidos completamente de la convención 30

colectiva y también el Concejo Municipal, ahí estableceríamos los requerimientos, también 31

podría, a nivel de una justificación razonada y motivada, excluir a algunos funcionarios que se 32

consideren como asesores de la alta administración o que tengan competencias que incidan 33

concretamente en la toma de decisiones del órgano colegiado o del Alcalde, en este caso, para 34

que estos funcionarios, aunque no estén excluidos de pleno derecho, el Concejo Municipal sí 35

podría establecer algunas regulaciones en cuanto a la exclusión de esos funcionarios, siempre 36

justificando y dándoles la posibilidad de que presenten los recursos respectivos en caso de que se 37

considere que se les está excluyendo de forma ilegal; esas prácticamente serían las cuestiones 38

más relevantes de la primera parte del dictamen; ahora, en la segunda parte del dictamen 39

revisamos más detalladamente, artículo por artículo, los cambios que se realizaban en la 40

convención colectiva en los últimos títulos, y encontramos dos cuestiones de relevancia a nivel de 41

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 posibles conflictos con el derecho de la constitución que podría tener la convención colectiva; 1

les hablo del artículo 96 en concreto y del 99 de la convención colectiva; con anterioridad la 2

convención colectiva que se firmó establecía que se tenía que presupuestar un 5.5% de aumento 3

anual, sin embargo, la convención actual no solo indica que se tiene que presupuestar, sino se 4

indica la palabra “calculará semestralmente un 2.75%”; en este caso, la Sala Constitucional y la 5

Contraloría General de la República han indicado que esos aumentos deberían tener una 6

justificación técnica con relación al costo de la vida, que se utilizarían elementos técnicos como 7

el IPC y demás; en la convención colectiva se estaría, de manera directa, pactando un aumento 8

anual de un 5.5.% del salario, dada esa interpretación, porque no he tenido a la vista las actas de 9

lo que se ha discutido, que eso podría venir a aclarar estas cosas, pero en principio, a como está 10

redactado, dándole una interpretación concreta, se estaría pactando un 2.75 de aumento 11

automático, sin hacer el cálculo de cuál sería el costo de la vida para estos aumentos; ahí sí 12

tendríamos algún tipo de roce constitucional con lo que se está pactando en la convención 13

colectiva; con relación al artículo 99, para el cálculo del salario bisemanal, que es otra cosa que 14

consideramos que podría generar algún impacto a nivel constitucional, esto por cuanto con 15

anterioridad la convención colectiva indicaba que se pagaría semanalmente y que esos pagos 16

se realizarían tomando el salario de cada funcionario, multiplicándolo por doce y dividiéndolo 17

entre cincuenta y dos pagos; con el pago bisemanal que se está proponiendo, la convención 18

colectiva, por lo menos la que tengo, en el artículo 99 indica que se multiplicará ese salario 19

mensual por trece y se dividirá entre veintiséis; se estaría incluyendo un salario más que lo que se 20

había pactado anteriormente; sobre esto encontramos la resolución de la Sala Constitucional 21

2013-8213 que se refirió a un proceso en el cual la convención colectiva de Aserrí tenía en el 22

artículo 72 justamente esa reseña de los trece salarios, y la Sala Constitucional determinó que no 23

existían razones técnicas o por lo menos no estaban justificadas las razones técnicas para 24

establecer que se tenía que realizar esa multiplicación por trece; de igual forma, no encontramos 25

dentro del texto de la convención colectiva una justificación técnica, tal vez revisando las actas y 26

demás podría generarse que ahí se haya discutido esto y poder tenerlo; sin embargo, al no tener 27

las actas a la vista, no podríamos indicar que esto no vendría a contradecir lo que la Sala 28

Constitucional resolvió en otros casos similares al que nos ocupa; por lo tanto, la recomendación 29

de esta asesoría, sabiendo que la mayoría de los artículos de la propuesta tienen una intención 30

entrañable de colaborar o mejorar las condiciones de los funcionarios municipales, es que estos 31

artículos en específico y algunas otras cosas de la convención podrían entrar en una 32

renegociación, y así sería como lo estaríamos dictaminando, que el Concejo Municipal proceda 33

a solicitar una renegociación con el Sindicato, nombrando una comisión de alto nivel que pueda 34

negociar los puntos de este dictamen u otras cuestiones que puedan salir, aparte de la Auditoría 35

u otros pronunciamientos, para que al final se llegue a tener una concordancia constitucional o 36

una certeza de que la convención colectiva verdaderamente cumple con estos aspectos 37

constitucionales; esa sería la recomendación de reabrir ese proceso de negociación y nombrar 38

esa comisión de alto nivel para que pueda valorar todos estos puntos que se establecen en el 39

dictamen o cualquier otro que salga en el camino. 40

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 Sr. Presidente: Me parecen atinadas las observaciones y recomendaciones que nos hace nuestra 1

asesoría legal; me parece que el papel de la Junta de Relaciones Laborales… en alguna medida 2

los representantes del Concejo Municipal estarían representando ese alto nivel desde el punto de 3

vista de llegar a revisar y renegociar, si es que se debe renegociar; salvo mejor criterio, considero 4

que podría ser la misma Junta de Relaciones, nuestros representantes, nuestros compañeros 5

regidores, quienes pudieran asumir ese rol. 6

Sr. Michael Durán: Con relación a la comisión de alto nivel, aunque ya estaba establecido en el 7

reglamento anterior, la reforma procesal laboral la establece como una parte del procedimiento, 8

que se negocia a través de esa comisión y faculta directamente a la Municipalidad a contratar 9

asesoría o personal para que pueda asesorar a los funcionarios que vayan a estar en esa 10

comisión de alto nivel, si se tuviera la necesidad de una asesoría más especializada. 11

Reg. José Hernández: Estoy de acuerdo con el tema de la Junta de Relaciones Laborales, sin 12

embargo, esto debe ser socializado con todos los regidores; no es traer un dictamen y negociar 13

esto; me parece que sería importante que don Michael sea el garante de este Concejo 14

Municipal; no me gustan mucho las componendas, que se arregle esto, que de alguna manera 15

se intente beneficiar, sino que los dineros de los desamparadeños se gasten de la forma más 16

transparente posible, porque es el dinero de los ciudadanos el que se gastará, razón por la cual 17

me gustaría proponer a don Michael como garante o agente legal de esta Junta Laboral; no 18

creo que dentro de estos haya algún abogado o alguien que tenga expertiz en el tema de 19

negociación; me parece que el acompañamiento que pueda darles… y ahí que tomen la mejor 20

decisión y que esta sea traída y socializada en este Concejo Municipal; caso contrario, no estaría 21

votando absolutamente nada que no se socialice con todos los regidores de este Concejo 22

Municipal. 23

Reg. Gabriela González: Uno de mis puntos era incluir al Sr. Abogado en esta comisión y que 24

hubiese algún representante por partido político, además de la Comisión de Asuntos Laborales, 25

que ya está con todos sus miembros; tal vez no tener que hacer quórum, porque seguimos con el 26

mismo problema de siempre; ayer nos reunimos en la Comisión de la Mujer y no pudimos 27

presentar un informe porque no hubo quórum; hoy nos reunimos en la Comisión de Asuntos 28

Sociales y tampoco tuvimos que presentar informe porque tampoco hubo quórum, entonces, no 29

estamos asumiendo nuestras responsabilidades en las comisiones a las que pertenecemos; 30

después venimos acá, nos rasgamos las vestiduras, que tenemos que hacer consenso, pero a la 31

hora de la hora no estamos participando en las comisiones en las que estamos involucrados, y si 32

no podemos, renunciemos; realmente le había puesto la renuncia a don Carlos dos veces en la 33

Comisión de Sociales, pero si no hubiera llegado hoy mi persona, no hubiera llegado ni un solo 34

regidor, entonces, ¿en qué estamos?, criticamos de que no se está socializando, pero tampoco 35

estamos llegando a las comisiones; así no podemos salir adelante; pienso que este grupo puede 36

trabajar con los regidores que lleguen y que socialicemos un día que no sea en horarios laborales, 37

por la noche o por la tarde un fin de semana, de manera que todos tengamos la posibilidad de 38

poder llegar, porque si lo hacen a las 4 de la tarde, porque a esa hora pueden los empleados 39

municipales, definitivamente les digo que no puedo, porque trabajo durante el día y no puedo 40

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 faltar, pero si sabemos que será una comisión donde representaremos el tema del Concejo 1

Municipal, que sea después de las 4 de la tarde, ya sea miércoles, jueves o viernes, si no sábados 2

en la tarde o a la hora que crean conveniente, pero que sea un tema de responsabilidad, 3

porque nada hacemos con que dos personas lleguen a una comisión y todos los síndicos que 4

están en la comisión llegan, se apersonan y cumplen y como regidores no estamos dando el aval 5

para que salgan y se aprueben convenios y las actas que se están haciendo, simplemente 6

llegamos a discutir cosas que nunca llegarán a este Concejo, porque no tenemos la cantidad de 7

regidores para poderlo hacer llegar al Concejo. 8

Reg. Eduardo Guillén: ¿Existe alguna posibilidad de que el Ministerio de Trabajo se involucre en 9

esta comisión de alto nivel?, porque me parece que ahí se estaría de buena fuente aclarando 10

muchas dudas; lo pienso porque contratar un abogado laboral puede ser un proceso 11

complicado para esto; entonces, era por si el Ministerio de Trabajo de alguna forma puede dar 12

alguna asesoría y además porque garantizaría que a la hora que salga la convención colectiva 13

para revisarse en el Ministerio de Trabajo, vaya con todos los detalles, bien afinada, y así se 14

apruebe de una vez; no recuerdo si la vez pasada se había hablado con el Sindicato sobre 15

plazos, plazos guillotina que el Concejo tenía que aprobar, para tenerlos en cuenta y ver qué se 16

puede hacer para estar dentro de la legalidad. 17

Sr. Michael Durán: Con respecto a la participación del Ministerio de Trabajo, estaba buscando los 18

artículos, ya que no los tengo a mano, pero dentro de la reforma procesal laboral también se 19

establecen ciertos artículos donde se le puede solicitar la intervención o la asesoría al Ministerio 20

de Trabajo; los buscaré y se los estaré proporcionando; con relación a los plazos, hablando de la 21

aplicación de la reforma procesal laboral, existe una suerte de silencio positivo, en el tanto si el 22

órgano que tiene que aprobar la convención colectiva en definitiva no lo hace en el plazo de un 23

mes, que esto dice a partir de la firma, donde la firma de la convención me parece que es el 31 24

de agosto de 2017; sin embargo, al Concejo Municipal se le presentó hasta el mes de octubre 25

para su revisión; haciendo una interpretación de la norma, tendría que contarse a partir del plazo 26

que se le pone en conocimiento al Concejo Municipal, aunque la norma dice a partir de la firma, 27

como tenemos esta especialidad de órganos bifrontes y todo este análisis que realizamos, 28

contaría el plazo a partir de que se estableció el Concejo, porque si no lo que establece la 29

reforma procesal laboral es la posibilidad de que cualquiera de las partes, con vista en la no 30

aprobación, en este caso el Sindicato, podría llevarlo al Ministerio de Trabajo para su aprobación, 31

y ahí entraríamos, si se quisiera buscar algún tipo de reforma de la convención colectiva, en 32

temas complicados. 33

Reg. Gabriela González: En este caso, el plazo se estaría cumpliendo el día de mañana o en esta 34

semana; creo que deberíamos votar el dictamen de la Asesoría Legal y volver a hacer una 35

renegociación del texto base con la nueva comisión que se realizará. 36

Sr. Presidente: Habría que estudiar más el dictamen; siento que al final el licenciado hace una 37

recomendación de que mediante la constitución de una comisión de alto nivel y en virtud de 38

algunos aspectos que ha determinado que sería importante revisar, analizar y si fuera el caso 39

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 hasta renegociar, que se eleve a esa comisión de alto nivel; tendríamos que darle más análisis a 1

los dos informes que hay de la Asesoría Legal de este Concejo; con relación a la inquietud de don 2

José, me parece que la base para entrar en ese tema de renegociación, si así se puede 3

determinar, es la Junta de Relaciones, pero habría que ver cuáles compañeros regidores estarían 4

anuentes a integrarse a ese trabajo de negociación respecto a la convención colectiva, a ese 5

texto base. 6

Reg. José Hernández: Es mi posición que el licenciado Durán sea el garante del Concejo 7

Municipal; no tengo pericia en negociación, no tengo a ningún hermano trabajando en esta 8

municipalidad, ni soy hermano de un sindicalista o presidente sindicalista, no tengo a nadie, así 9

que para mí solamente el licenciado Durán es garante importante, en mi caso como regidor de 10

este Concejo Municipal. 11

Sr. Presidente: En todo caso, me parece que el Sr. Asesor Legal básicamente es lo que nos 12

facilitará, por una comprensión más directa sobre temas muy específicos, donde no tenemos la 13

experiencia ni el nivel profesional para entrar a dar un criterio propio sobre los alcances de una 14

negociación y con base a lo que la legislación, y sobre todo la laboral, contempla para este tipo 15

de acciones; retomando la propuesta de don José, sería la Junta de Relaciones Laborales pero 16

con la asesoría directa en todo el proceso de revisión o renegociación del licenciado Michael 17

Durán, en todas las reuniones que se lleven a cabo. 18

Reg. Eduardo Guillén: Me parece muy bien la idea para afinar puntos y evitar posibles 19

inconstitucionalidades y que, entonces, más bien, los funcionarios municipales vayan con toda la 20

ley en su nueva convención colectiva; sin embargo, me quedó la duda con el plazo guillotina, en 21

este nuevo proceso con la comisión de alto nivel, ¿correría igualmente ese plazo guillotina de 22

mañana o podría extenderse por el nuevo proceso? 23

Sr. Michael Durán: En este caso es la reforma procesal laboral, no hay casos que se hayan 24

presentado todavía para determinar a nivel jurisprudencial cómo se ha manejado, pero 25

entendería que la Administración sí estaría resolviendo y no estaría dando la aprobación 26

concreta que se necesita en este caso, y estaría enviándola a la renegociación, entonces, 27

interrumpiría ese plazo fatal de un mes. 28

Sr. Presidente: Aprovechando, le pediría a don Michael que nos dé la asesoría con don Mario, 29

montando precisamente el acuerdo. 30

Reg. Allan Alfaro: Quería que quedara claro; el proceso o la gestión que se inició y que nos 31

presentaron se estaría agotando el día de hoy, aprobando primero el dictamen del Asesor Legal, 32

que sería un acuerdo; un segundo acuerdo sería, primero, nombrar a esa comisión de alto nivel 33

para que renegocie el texto base en atención a los aportes o juicios de razonamiento que nos 34

están llegando en este momento por parte de la Asesoría Legal del Concejo; hay puntos que 35

debemos afinar, analizar un poco más, que sería el objetivo; por otro lado, hay un dictamen por 36

parte de la Asesoría Legal de la Administración y otro que se le solicitó a la Unidad de Auditoría 37

Interna para que también emitiera las recomendaciones u observaciones que tuviera con 38

relación a ese texto; a lo que he logrado entender, esas serían las dos líneas de trabajo; finiquitar 39

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 o agotar el proceso del texto tal cual está con este dictamen, e iniciar la renegociación de ese 1

mismo texto para que empiece a correr un nuevo plazo con esa comisión de alto nivel que nos 2

está recomendando; con esto estaríamos alineando o subsanando los vicios de legalidad tanto a 3

nivel de procedimiento como de fondo, que hemos logrado observar hasta el día de hoy; con 4

eso nos estaríamos garantizando que tenemos un producto razonable que cumplirá con la 5

seguridad jurídica para los colaboradores, la institución y para nosotros como órgano colegiado; 6

eso sería al menos lo que he logrado comprender de las distintas deliberaciones con relación a 7

este tema el día de hoy. 8

Reg. José Hernández: Ya que se transparentará toda la información que estará ahí y algunas 9

observaciones que hacía el licenciado Durán, me gustaría mucho que en esa comisión de alto 10

nivel no haya alguien que tenga esposa, hermano, primo o algún grado de consanguinidad 11

dentro de esa junta de alto nivel; caso contrario, estaría absteniéndome de votar si hay alguna 12

persona en el Concejo Municipal con esas características. 13

Sr. Presidente: Entiendo el fondo de lo planteado por don Allan con respecto a los dictámenes 14

que ya ha extendido el Asesor Legal del Concejo, pero en realidad es un avance que se hace 15

del análisis que él ha venido llevando a cabo; incluso es preliminar; básicamente de la exposición 16

que hace con respecto a algunas observaciones que ha logrado poder determinar de acuerdo 17

con el estudio; es la observación y una recomendación de que se renegocie, se nombre una 18

comisión de alto nivel, pero eso surge ahora de lo que él está exponiendo; me parece que es de 19

ahí de donde debemos partir para tomar el acuerdo de tomar el documento base de la 20

convención, que está negociado, y con fundamento en esta recomendación que hace de la 21

comisión de alto nivel, propongo que dicha comisión sea la Junta de Relaciones Laborales, con la 22

asesoría permanente de nuestro Asesor Legal, para que entre en ese análisis de renegociación de 23

este documento base. Hay un punto que tocaba don José Hernández, si bien es cierto no estaré 24

en la comisión, pero por un tema de probidad, me inhibiría de tomar cualquier acuerdo en razón 25

de que tengo un hermano que trabaja en esta municipalidad, y es parte del Sindicato; en ese 26

caso me estaría inhibiendo de tomar acuerdos; creo que don Hernán tendría sus limitaciones, no 27

está la compañera Antonieta, que también las tendría, y mi persona por lo antes externado. 28

Reg. Rigoberto Pérez: En virtud de todo lo que se ha discutido sobre esta convención y las 29

recomendaciones que hace nuestro asesor, ¿por qué no programamos una cita el miércoles, 30

jueves o viernes, con el Sindicato, y de una vez ir tomando acuerdos?; creo que es lo mejor, ya 31

que es parte interesada en esto, junto con la Administración; que el Sr. Alcalde esté presente para 32

ir adelantando criterios; no sé si podemos buscar un día especial para reunirnos y que los 33

compañeros regidores que estén interesados en asistir, puedan hacerlo; me parece que es lo 34

mejor que se puede hacer e ir hablando ya con el Sindicato. 35

Sr. Michael Durán: De conformidad con el artículo 698 del actual Código de Trabajo, que es el 36

que habla de la acreditación de una delegación del más alto nivel, a lo que entiendo se tendría 37

a la Junta de Relaciones Laborales con la asesoría de mi persona como esa delegación de alto 38

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 nivel para la negociación de la convención colectiva, o para negociar y revisar los puntos que se 1

establecieron en el dictamen que se emitió por parte de esta asesoría jurídica. 2

Sr. Presidente: Sería el texto del acuerdo. 3

Se toma el siguiente acuerdo: 4

ACUERDO No. 6 5

“El Concejo Municipal de Desamparados, considerando las recomendaciones de su Asesoría Legal 6

y de conformidad con el artículo 698 del Código de Trabajo, acuerda designar a la Junta de 7

Relaciones Laborales como la comisión de alto nivel estipulada en esa normativa, para la revisión y 8

renegociación de los puntos establecidos en el criterio legal emitido por la Asesoría Legal del 9

Concejo respecto al documento base de la Convención Colectiva de Trabajo, negociado entre la 10

Administración Municipal y el Sindicato de Trabajadores de la Municipalidad de Desamparados. 11

Se designa al Asesor Legal del Concejo para que brinde asesoría técnica-jurídica permanente a 12

dicha comisión.” Acuerdo definitivamente aprobado. Se inhibe de votar el regidor Carlos 13

Padilla y vota de manera negativa el regidor Hernán Mora. 14

Reg. Hernán Mora: Soy miembro de la Comisión y por lo tanto si en este momento se me inhibe de 15

participar porque un regidor lo dice, no debería estar en la comisión tampoco. 16

Sr. Presidente: En mi caso en particular, externé mi criterio y don Hernán igual, como regidor 17

también tiene la potestad de pronunciarse al respecto. 18

Se toma el siguiente acuerdo: 19

19. Nota de la Alcaldía Municipal (no. 1502) Remite para su trámite, los documentos de la 20

Licitación Pública 2017LN-000002-01 “Transporte de 491056 litros de cemento asfáltico (AC-30) y 21

producción, acarreo y colocación de 7578 toneladas de mezcla asfáltica”. 22

Sr. Alcalde: Al principio les comentaba sobre el documento que envía RECOPE, para este caso la 23

licitación 2017LN-000002-01; lleva el transporte de 491.056 litros de AC-30, que es el cemento 24

asfaltico que nos donó RECOPE y con lo que corresponde a la producción, acarreo y colocación 25

de 7.578 toneladas, que es lo que se convierte en la colocación de esas toneladas; nos estaría 26

dando un monto de 264,487,750 colones, para esto teníamos en el presupuesto el total de 27

267,000,000 de colones, así que no tendríamos ninguna limitación ni inconveniente; los caminos 28

estaban debidamente determinados, conforme el detalle que tienen a mano; era calle Churuca, 29

urbanización San Juan, barrio San Martín, La Orquídea, Cementerio en San Miguel, barrio Los 30

Ángeles, una serie de rutas que se habían establecido conforme el convenio que tenemos con 31

RECOPE, y en este contrato se le estaría recomendando la adjudicación a la empresa CBZ, por la 32

totalidad de este monto, y abarcaría parte de este periodo y el siguiente para una ejecución de 33

45 días; nos urge tener este contrato para poder iniciar las obras, no solamente en la urgencia 34

que tenemos de poder retirar el asfalto AC-30, sino también por el estado que tienen muchas 35

carreteras; con recursos propios haríamos el bacheo y con recursos propios, más la donación de 36

RECOPE, haríamos el recarpeteo de las diferentes rutas. 37

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 Reg. Allan Alfaro: Nada más que se agregue al “por tanto” la medida de salvaguarda en cuanto 1

a las responsabilidades de la Administración con relación con este proceso de contratación 2

administrativa, y que se haga referencia al dictamen de la Comisión de Contrataciones, suscrito 3

por la licenciada Karol González Román, Iliana Zamora Araya y el Ing. Michael González, a las 4

trece horas del catorce de noviembre de dos mil diecisiete. 5

Sr. Alcalde: Para aclarar que los nombres están un poco borrosos y como están los compañeros 6

síndicos, para que escuchemos los caminos y calles que incluye esta contratación; en calle 7

Churuca 299 toneladas, urbanización San Juan por 129 toneladas, distrito San Miguel, que es 8

barrio San Martín, barrio La Orquídea y calle principal del cementerio, por 691 toneladas, en ruta 9

de buses Maiquetía, barrio Los Ángeles, por 782 toneladas, en Las Gravilias, cuadrantes de El 10

Porvenir, cuadrantes de Loma Salitral, calle Iglesia Católica, calle del Mouse hasta El Porvenir y 11

calle ancha de El Porvenir por 1642 toneladas; en el distrito centro, calle Murillo, urbanización San 12

Esteban Rey, Loto 2, calle ingreso a la red de cuido, barrio El Jardín, calle costado noroeste y 13

suroeste de la Municipalidad, que son todos nuestros alrededores, atrás y al costado, calle por 14

Casa de Derechos, desde la Clínica Marcial Fallas hasta San Rafael Abajo, por 3671 toneladas, 15

distrito San Rafael Abajo, calle Vizcaya por 683 toneladas; eso es más o menos el aproximado que 16

tenemos para las diferentes rutas. 17

Sr. Presidente: Eso está en el folio tres. 18

Se toma el siguiente acuerdo: 19

ACUERDO No. 7 20

“El Concejo Municipal de Desamparados con fundamento en el informe no. 15 de la Comisión de 21

Contratación, de fecha 14 de noviembre de 2017, remitido mediante el oficio No. AM-2386-17 de 22

la Alcaldía Municipal, acuerda adjudicar la Licitación Pública 2017LN-000002-01 “Transporte de 23

491056 litros de cemento asfáltico (AC-30) y producción, acarreo y colocación de 7578 toneladas 24

de mezcla asfáltica”, a la empresa Asfaltos CBZ Sociedad Anónima, por un monto de 25

¢264,837,750.00. Es responsabilidad única de la Unidad de Proveeduría el proceso seguido en esta 26

contratación (inicio, conducción y valoración de cada una de las fases del proceso de esta 27

contratación administrativa), dado que los técnicos están recomendando esta adjudicación y se ha 28

seguido el debido proceso en cuanto a la viabilidad técnica, financiera y legal, las cuales constan en 29

el expediente que certifica la Unidad de Proveeduría.” Acuerdo definitivamente aprobado. No 30

vota la regidora Alejandra Aguilar por ausencia temporal. 31

20. Nota de la Reg. Alejandra Aguilar Zamora (no. 1503). Propone al Sr. Luis Carlos Núñez, como 32

candidato ante el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Desamparados. Valorar en la 33

sesión acordada para la elección de ese comité. 34

21. Nota de la Alcaldía Municipal (no. 1504). Adjunta nota de la Unidad de Planificación del 35

Consejo Nacional de Vialidad, donde contestan el oficio AM-1944-17 de la Alcaldía Municipal, 36

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 mediante el cual se presentó la propuesta de proyectos para la intervención de la red vial 1

cantonal. Se toma nota. 2

22. Nota del Reg. Víctor Delgado Espinoza, Jefe de Fracción del Partido Restauración Nacional 3

(no. 1505) dirigida al Sr. Alcalde en Ejercicio. Señala que en la sesión 115-2017 se recibió una nota 4

donde se autorizaba a la Asociación Desamparados Inclusivo el uso de la explanada del parque 5

de Desamparados, para celebrar el próximo 3 de diciembre el Día Internacional de los derechos 6

de las personas con discapacidad, donde se incluía, entre otras cosas, el préstamo de toldos, sin 7

embargo, tiene información del Presidente de esa organización respecto a que no se le quiere 8

permitir instalar toldos para esa actividad, donde la preocupación es porque ya se tienen 9

compromisos con patrocinadores, artistas y demás participantes, al ser este el sitio idóneo para 10

ello. Se toma nota. 11

23. Nota de la Dirección de Educación Técnica y Capacidades Emprendedoras del Ministerio de 12

Educación (no. 1506). Señalan que desde hace diez años esa dirección realiza las ferias 13

nacionales ExpoJovEm, que buscan generar experiencias prácticas para los jóvenes 14

emprendedores. Indican que este año se realizará el evento en el Parque Metropolitano La 15

Libertad, durante el calendario que detallan, por lo que solicitan a la Municipalidad la 16

colaboración para realizarlo con éxito, dado que representa uno de los más importantes de la 17

educación técnica del país. Se traslada al Sr. Alcalde para que valore la ayuda. 18

24. Nota de la Dirección de Desarrollo Humano, Social y Económico (no. 1507). Invita a la 19

conmemoración del Día Internacional de la NO violencia contra las Mujeres en nuestro Cantón, el 20

próximo viernes, donde una vez más la Municipalidad desea ratificar su compromiso en ese tema. 21

Señalan que será un honor contar con los integrantes del Concejo en las actividades 22

programadas, que iniciarán con una marcha que saldrá de la Escuela Las Gravilias a las 9 horas 23

y se dirigirá a la explanada, se espera contar con la presencia de las personas que integran el 24

Concejo Municipal en las actividades programadas para ese día, luego de lo cual se realizara un 25

acto protocolario y un concierto con la cantautora costarricense Guadalupe Urbina. Se ratifica la 26

invitación. 27

25. Nota de la Asociación de Desarrollo Integral Los Guido (no. 1508) dirigida al Comité Cantonal 28

de Deportes. Les informa que nombraron al Sr. Javier Montes Chinchilla y al Sr. Edgar Díaz Salazar, 29

ambos miembros activos, como representantes de la Asociación en la Asamblea Cantonal de 30

Deportes. Se toma nota. 31

26. Nota de la Alcaldía Municipal (no. 1509) dirigida a la Coordinadora de la Dirección de 32

Servicios Públicos. En respuesta a nota enviada, le indica que le será asignada una caja chica por 33

un monto de ¢500,000.00 únicamente para atención de vehículos, con la salvedad de que la 34

persona que la administre deberá cancelar de su propio peculio la póliza de fidelidad a favor de 35

la Municipalidad. Se toma nota y se traslada a la Auditoría para que brinde criterio entorno a la 36

viabilidad de esta directriz. 37

Sr. Presidente: Me gustaría elevar a consulta a la Auditoría este punto. 38

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 27. Nota de la Alcaldía Municipal (no. 1510) dirigida al Director del Centro de Patrimonio del 1

Ministerio de Cultura y Juventud. Solicita se informe sobre las acciones tomadas por esa instancia 2

para prevenir el colapso de la “Casa de los Delgado Carvajal”, patrimonio arquitectónico de 3

nuestro país. En la nota se detallan las particularidades del inmueble, así como el peligro de 4

colapso en que se encuentra la citada estructura. Se toma nota. 5

Sr. Alcalde: Esta es la nota sobre la que comentaba hace un rato; como en la sesión pasada no 6

estuve, creí que la habían visto o que no se había enviado al Concejo; efectivamente después 7

de hacer un análisis de la situación que se tenía con la casa de los Delgados Carvajal y que se le 8

había notificado oportunamente por parte de Patrimonio hacer las mejoras y que no las hizo, le 9

estamos pidiendo al Director del Centro de Patrimonio que procedan con la restauración 10

correspondiente, que así es como se debe proceder, dado que el propietario no realizó las 11

mejoras en el mismo. 12

28. Nota de la Alcaldía Municipal (no. 1511) dirigida al Jefe de Sistemas de Información, 13

Planificación Institucional, Consejo de Vialidad. Le agradece la respuesta sobre la propuesta de 14

proyectos de alto impacto para la problemática del congestionamiento vial en Desamparados, a 15

la vez que reitera la necesidad de incluir en los respetivos planes de CONAVI, las obras indicadas. 16

Dice agradecerle brindar un detalle de la programación para ejecutar dichos proyectos 17

prioritarios, de necesidad para el descongestionamiento y rehabilitación de la red vial nacional. 18

Se toma nota. 19

29. Nota del Vicealcalde, en su momento Alcalde en Ejercicio (no. 1512). En relación con los 20

acuerdos 1 y 2 de la sesión no.113-2017, relacionados con el concurso de selección de municipios 21

para apoyo de la Cooperación Alemana, en el programa de Carbono Neutralidad, dice adjuntar 22

nota de la Directora del Proyecto Acción Clima II y de la Dirección Cambio Climático, en la que 23

se comunica que esta Municipalidad ha sido seleccionada. Se toma nota. 24

30. Nota del Tribunal Supremo de Elecciones (no.1513). Remite a la Municipalidad, para que 25

manifieste lo que estime conveniente, la gestión de renuncia presentada por el Síndico José 26

Manuel Muñoz Valverde, a su puesto de Síndico Suplente del distrito de Patarrá. Se da respuesta 27

al Tribunal en el sentido expreso. 28

Reg. Allan Alfaro: De forma respetuosa les estaría solicitando, como miembros de este cuerpo 29

colegiado, que no nos pronunciemos con relación a la misma, dado que me toma por sorpresa 30

que vaya a quedar el distrito únicamente con el síndico propietario; me gustaría tener una 31

conversación con don Manuel para ver las razones por las cuales está tomando esta decisión, y 32

valorar si existe alguna posibilidad o alternativa para que continúe con la labor que ha venido 33

desempeñando junto con la síndica Gabriela Abarca; por un tema de representación de 34

territorios, lo más sano es que continúen ambos compañeros realizando una labor de forma 35

conjunta, tal cual la han realizado hasta el día de hoy. 36

Sr. Presidente: Al igual me toma por sorpresa leer esta nota hoy; conozco muy bien la trayectoria 37

de don Manuel como dirigente comunal; una persona que se ha dedicado con alma, vida y 38

corazón al desarrollo de su comunidad; en realidad, nunca ha escatimado esfuerzos don Manuel 39

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 por el desarrollo en su comunidad; igual hago mías las palabras del señor regidor Allan Alfaro, no 1

tomemos ninguna decisión hasta tanto no conversemos con él y veamos cuál es el fondo de esa 2

decisión que ha tomado y si es el caso ver la alternativa de que reconsidere esa decisión, por el 3

bien de la comunidad de Patarrá, ya que es una persona muy valiosa para este distrito; hay que 4

informarle al Tribunal, en razón de que nos toma por sorpresa, debido a que no ha comunicado 5

nada y nos llega la notificación directamente del Tribunal Supremo de Elecciones. 6

Sr. Alcalde: Efectivamente don Manuel se comunicó conmigo, tiene una situación personal, 7

básicamente a nivel de salud, la cual es la más importante y prioritaria, pesa sobre todo y algunos 8

aspectos personales que también me hizo saber; creo que es un honorable representante, ha sido 9

una persona digna y no solo trabajadora a nivel de su gestión como comunalista, deportista y 10

dirigente, sino un señor recto, correcto en todas sus cosas; incluso me dijo que quería venir al 11

Concejo a hacer su despedida y que en su momento vendrá para que se le pueda dar el 12

espacio; todo un señor, y definitivamente como miembro de este Concejo siento que es una gran 13

pérdida, pero igual con el espíritu de solidaridad y voluntad para seguir sirviendo a la comunidad 14

y al pueblo; no obstante, en las horas nocturnas le afecta mucho la salud y por eso tiene que 15

aceptar una recomendación médica, la cual es la más importante y la que lo hace tomar esta 16

decisión, y algunos propios. 17

Sr. Secretario: Dado que es una resolución del Tribunal, estaríamos dándole respuesta en el 18

sentido ya expreso. 19

31. Nota de la Asamblea Legislativa (no.1514). Consulta de criterio en torno al proyecto de ley 20

“Adiciónese un artículo 9 bis a la Ley de Protección al Ciudadano del exceso de requisitos y 21

trámites administrativos no. 8220, del 4 de marzo de 2002”, expediente no. 20089. Se traslada a la 22

administración para que rinda criterio. 23

32. Nota de la Asamblea Legislativa (no.1515). Consulta de criterio en torno al proyecto de ley 24

“Modificación de los artículos 9, 12, 18 y 24 de la Ley de Regulación y comercialización de 25

bebidas con contenido alcohólico, no. 9047”, expediente no. 19916. Se traslada a la Comisión de 26

Asuntos Jurídicos. 27

33. Nota de la Alcaldía Municipal (no. 1516) dirigida al Regidor Víctor Delgado. Respuesta a 28

inquietud sobre la autorización a la Asociación Desamparados Inclusivo, para el uso de la 29

explanada del parque. Se toma nota. 30

34. Nota de la empresa EBI de Costa Rica (no. 1520). Dicen hacer de conocimiento la 31

colaboración brindada en el proceso de construcción del puente peatonal sobre el río Guatuso, 32

para el bienestar de la comunidad. Se adjunta imagen. Se toma nota. 33

Sr. Alcalde: Hicimos todo el proyecto; lo que nos facilitaron fue una soldadura para el puente en 34

la parte que se utilizará para colocar las vigas del piso; Ebi nos ayudó a cortar unas vigas, ya que 35

tiene un equipo especial, y a hacer la soldadura; no quiere decir esto que pusieron material ni 36

demás, quiero aclararlo, porque dejan la nota como si nos hubieran dado el puente; lo hubiera 37

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 deseado, dado que como responsabilidad social, una empresa que está en ese sitio puede dar 1

mucho más a una comunidad, pero lo que nos facilitaron fue soldar y cortar las vigas. 2

35. Nota de la Sra. Kattia Meneses Monge (no. 1521). Postulación para integrar el Comité 3

Cantonal de Deportes. Se adjunta currículum vitae. Valorar en la sesión acordada para la 4

elección de ese comité. 5

36. Nota de la Auditoría Interna (Oficio AI-488-17, no. 1522). Presentación del Plan Anual de 6

Trabajo para el año 2018, de conformidad con la Ley General de Control Interno. Se toma nota. 7

Sr. Secretario: Estaría pendiente para solicitar al Sr. Auditor información sobre si es necesaria la 8

aprobación. 9

37. Nota de la Auditoría Interna (Oficio AI-489-17, no. 1523) dirigida a la Coordinadora de la 10

Unidad de Recursos Humanos. Solicitud del expediente de un funcionario. Aclara que esa 11

auditoría no está aplicando la estructura organizacional comunicada por la Alcaldía mediante 12

circular del 10 de junio de 2016, sino la anterior, conforme se le comunicó a ese despacho. Se 13

toma nota. 14

37. Criterio jurídico del Asesor Legal del Concejo (no. 1524) en torno a la propuesta de la 15

Convención Colectiva de la Municipalidad de Desamparados. Queda pendiente para análisis, se 16

está trasladando a la Auditoría Interna conforme trámite que se le dio al otro dictamen. 17

38. Nota de la Alcaldía. Traslada para valoración, copia de la nota del 21 de noviembre del año 18

en curso, suscrita por el Sr. Junior Mata Administrador de la Villa Olímpica sobre solicitud de 19

extensión del uso de las instalaciones de las piscinas según solicitud del Presidente de la 20

Asociación de Natación Desamparados ANADE. Señala que de acuerdo con la información 21

suministrada por el Sr. Mata González, se cuenta con la disponibilidad para uso de las piscinas, por 22

tanto se solicita la exoneración conforme con las políticas y apoyo al fortalecimiento del deporte 23

en el Cantón. 24

Reg. Gabriela González: Me parece que este grupo tiene demasiados horarios en las piscinas de 25

la Villa Olímpica; están solicitando un nuevo horario de madrugada y me preocupa que hace 26

unos años atrás, la Villa Olímpica mantenía cerrada las piscinas para el público el día lunes, ya 27

que era el día en el que se les daba mantenimiento; el Concejo anterior aprobó, según solicitud 28

de la Alcaldía, dar el día lunes también a estas entidades y desde ahí es que vienen los 29

problemas en la piscina, porque no hay un día donde a las piscinas se les pueda dar un 30

mantenimiento adecuado; segundo, los vecinos me hicieron llegar un dato del Facebook de esta 31

Asociación Anade, donde invitan a la inscripción, cobrando 5000 y 6000 por matrícula y 10,000 o 32

12,000 dependiendo de las edades de los niños; cobran y es una suma módica; si fueran 5000 33

colones diría que eso se va solamente para el pago del entrenador; realmente no tenemos un 34

informe económico donde digan cuánto pagan de entrenadores y no sabemos cuál es el 35

beneficio o el apoyo que le da el Comité de Deportes; para aprobar esto, en lo personal me 36

gustaría ver un informe económico y en ese caso estaría pidiéndole a los señores regidores que 37

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 estudiáramos la posibilidad de volver a mantener cerradas las piscinas de la Villa Olímpica el día 1

lunes, y así les puedan dar la atención adecuada. 2

Reg. José Hernández: Me uno a las palabras de Gabriela González; también me llegó el mismo 3

pantallazo de que están cobrando; ya es una situación reiterada de exoneraciones; me parece 4

que es menester ponerle alto a esto; además, no sé si Anade se estará preparando para Juegos 5

Nacionales, ya que la natación fue muy mala en los Juegos Deportivos Nacionales; no veo la 6

nota de Anade, solamente envía una nota el Sr. Alcalde donde dice que el Sr. Mata González 7

autoriza; obviamente, por su función, me parece correcto, pero no veo dónde la Asociación 8

Nacional de Desamparados se dirigía a este Concejo, quien le aprobará, donde puede 9

especificar que por razones de que los niños necesitan la piscina para el entrenamiento y demás, 10

donde se pueda desprender desde el punto de vista técnico, necesario y deportivo, que es 11

necesaria la exoneración y el uso de la alberca de la villa Olímpica; me parece una falta de 12

respeto, aquí no viene la solicitud; mínimo pudo haberse indexado o adicionado la consulta de 13

los señores de la Asociación Nacional de Desamparados Anade; deben ser más serios, dirigirse 14

directamente al Concejo Municipal; ya he sabido que la función del Sr. Mata es llevar el rol de los 15

usos de los diferentes inmuebles que tiene la Villa Olímpica, razón por la cual me opongo 16

totalmente a este tipo de exoneración y uso o ampliación de otros husos horarios de la alberca 17

de la Villa Olímpica. 18

Sr. Alcalde: Tal vez por las observaciones de doña Gabriela, le pediría que si tiene conocimiento 19

de que las piscinas no tienen las condiciones y demuestra técnicamente eso, por favor me lo 20

haga llegar, porque hasta ahora, que sepa, se les hace el mantenimiento y hemos velado para 21

que la piscina tenga las condiciones; con respecto a la nota, nadie la envió respectivamente en 22

su oportunidad; ellos justifican que requieren ampliar esos horarios con el fin de dar un esfuerzo 23

mayor de parte de nuestros atletas para que nos representen en Juegos Nacionales, pero 24

coincido con ustedes, hemos tenido participación y realmente a hoy los resultados no han sido los 25

más satisfactorios en esta disciplina; no obstante, si piden y nos les damos, tendrán para decir por 26

qué no pueden darnos; también esto es una muestra de poder decir que están pidiendo 27

miércoles y jueves de 5 a 6 de la mañana; me parece que en eso tenemos que ser consecuentes, 28

respecto a exigir medallas en Juegos Nacionales, lo cual significa mayor desempeño, 29

entrenamiento, esfuerzo y también mayor aporte por nuestra parte; hay que ser consecuentes 30

con una cosa y la otra; me parece que si están cobrando y requerimos conocer por qué se les 31

están dando las instalaciones nuestras, que nos den un informe oportuno, pero diría que eso no 32

puede quedar menoscabo de parte de nuestros atletas y ojalá a futuro tener instructores 33

propiamente y que demos la opción, porque si las piscinas son nuestras y los recursos también, 34

deberíamos tener ese instructor para que prepare a nuestros atletas y nadie esté usufructuando o 35

usando como propios los recursos municipales; en síntesis, creo que es importante para los jóvenes 36

que se preparen bien; nos piden dos mañanas, pero estoy dispuesto a atender; tal vez aclararle a 37

don José que Junior no es solamente una persona depositaria, es Administrador de la Villa 38

Olímpica, nos corresponde administrar y asignar, en el caso, cuando se pidan la exoneraciones, 39

las traemos a este Concejo; esto quiero que lo tengan claro, porque a veces se presta para 40

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 malinterpretación; las competencias y las facultades están muy claras, y las distribuciones de 1

cada una de las partes están bien definidas, pero la exoneración es la que se trae al Concejo 2

Municipal. 3

Sr. Presidente: Me parece que si es parte del proceso que están llevando a cabo, preparando 4

atletas para Juegos Nacionales, deberíamos conocer el programa que tiene, incluso me parece 5

que debería venir un aval del Comité Cantonal de Deportes, porque al final de cuentas es quien 6

lleva la batuta en toda la preparación para Juegos Nacionales; me parece que sería importante 7

ese detalle, los programas y las actividades, porque es bueno saber de la programación que 8

tienen, cuáles son gratuitas, cuáles cobran y cuáles tienen que ver con interés cantonal desde el 9

punto de vista de Juegos Nacionales, porque en realidad el ejercicio como tal y sobre todo el de 10

natación, es lo mejor que puede haber desde el punto de vista de ejercicio físico, pero me 11

parece que faltaría ese detalle de saber exactamente los programas que tienen, y lo que tenga 12

que ver con Juegos Nacionales que venga con el aval del Comité Cantonal de Deportes. 13

Reg. Paola Jara: Completamente de acuerdo con lo antes expuesto; realmente el Sr. Mata, si 14

bien es cierto es administrador, no se puede adjudicar la función de decir sí o no a exonerar de 15

un pago, ya que debe buscar la sostenibilidad de la Villa Olímpica; actualmente él nos hizo llegar 16

los altos montos que realmente requiere la Villa Olímpica para al menos solventar sus necesidades 17

básicas; incluso, si necesitara algún acuerdo del Concejo Municipal para poner ciertos requisitos 18

antes de estarnos enviando estas solicitudes de exoneración y de esa manera poder solucionar 19

en el momento con esas asociaciones, que al parecer son muchas las que llegan a solicitar 20

exoneraciones, tal vez se pueda tomar una decisión en conjunto y que el Concejo se pronuncie, 21

porque realmente si seguimos así, en todo momento estarán llegando; también me hicieron llegar 22

la publicación que hizo esta asociación, creo que podrían subirlo 1000 colones y de esa manera 23

solventar el pago de las instalaciones, es algo mínimo y sabemos que la Villa Olímpica en este 24

momento tiene muchas necesidades; me gustaría que el Sr. Junior reflexionara en ese sentido, 25

antes de aceptar la solicitud y pasarla al Concejo; tal vez se puede hacer algo en conjunto para 26

no seguir en esto, porque será de todas las semanas; sería importante que se tome en cuenta y se 27

le haga llegar el comunicado al Sr. Junior Mata. 28

Sr. Presidente: Veo que la nota que don Junior Mata le envía al Alcalde es con base en solicitud 29

de la Alcaldía, básicamente en una nota lo que hace es indicar si hay disponibilidad o no de los 30

horarios, porque al final nada más menciona la disponibilidad de los horarios que tiene la 31

asociación y la disponibilidad para los días que solicita, y en la nota del Sr. Alcalde es donde se 32

plantea la exoneración. 33

Reg. Víctor Delgado: Con relación a este tema, quiero adherirme a las apreciaciones de los 34

compañeros; no hay que perder de perspectiva que somos mayordomos de los bienes 35

municipales, tenemos que cuidarlos exigidamente y este es un bien municipal; los que saben 36

hablar, dicen “demanial”, creo, pero digo “bien municipal”; me da la impresión que Anade 37

quiere más tiempo porque tiene más clientes, y como tienen más clientes, necesitan más tiempo; 38

no sabemos cuántas personas están haciendo uso de este bien demanial; esto es de todos 39

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 nosotros, de pronto algún ciudadano quiere ir a nadar un rato y no podrá, porque tenemos un 1

compromiso aprobado por el Concejo Municipal y de pronto nos pueden venir a reclamar; me 2

parece que se debe hacer un estudio para ver cuál es el espíritu de esta solicitud, cuál es la 3

intención, si es buena o no, porque los bienes municipales no siempre se cuidan diciendo no, a 4

veces hay que decir que sí, pero precisamente eso es lo que debemos averiguar, cuál es el 5

espíritu de esta solicitud. 6

Reg. Eduardo Guillén: Me uno a la parte del estudio económico, me parece que si una 7

asociación es de ayuda social, se merece una exoneración para poder fomentar el deporte, 8

pero si lucra, puede aportar al mantenimiento de las instalaciones; además de esto, me 9

preocupa algo antes mencionado y es la parte de salud, las piscinas tienen un mantenimiento 10

muy específico, requieren horas para que los químicos puedan actuar y garantizar un espacio de 11

deporte y recreación sano; se pueden dar complicaciones de salud graves si alguien toma agua 12

contaminada; aparte del asunto económico, le pediría a la Administración de la Villa Olímpica 13

que nos demuestre que están haciendo un correcto mantenimiento de las piscinas, por un tema 14

de salud, que es delicado, y así se garantice lo necesario para dar un buen servicio. 15

Sr. Presidente: Estamos claros con lo antes externado, que se adjunten o documenten con 16

relación a la solicitud; el aval si es para preparar a los jóvenes para Juegos Nacionales del Comité 17

Cantonal de Deportes, a través de la Alcaldía. 18

39. Oficio 14328, nota 1537 de la Contraloría General de la República, remisión del índice de 19

gestión municipal, resultados del periodo 2016, informe que se señala. 20

Sr. Secretario: Esta nota fue trasladada vía correo electrónico; sin embargo, la Contraloría está 21

solicitando que se conozca hoy, y ya se les envió a los señores regidores para los fines pertinentes. 22

40. Nota (1528) denuncia, donde solicitan la acción de la municipalidad ante diversas situaciones 23

que se están dando en calle La Amistad, con relación a diversos problemas que tienen en la 24

calle. Se traslada a la Alcaldía Municipal para que tome las acciones del caso e informe. 25

Sr. Presidente: Según me indica don Mario, ya la Alcaldía ha estado tomando nota al respecto; 26

Entonces para que se traslade a la Administración y la Alcaldía tome las acciones del caso y nos 27

informe. 28

Sr. Alcalde: Tal vez importante y creo que a nivel de muchas municipalidades… pero en la 29

nuestra, como que ha sido muy reiterativo ver construcciones fines de semana, en tiempo no 30

oportuno, y tenemos un reglamento de demoliciones; pedirles tener dicho reglamento aprobado, 31

porque con eso, en el momento en que podamos demoler una vivienda, por más costosa, cara y 32

linda que sea, creo que pondremos un precedente muy fuerte para que las personas no 33

continúen construyendo en lugares indebidos, zonas inseguras, no pagando impuestos y no 34

llevando a cabo la actualización de bienes inmuebles; si vemos dicha actualización de bienes 35

inmuebles a nivel de Desamparados, es triste ver que se hacen esfuerzos grandes y que luchamos 36

para que la gente los actualice, porque actualmente no lo hacen; ojalá que a nivel del Concejo 37

Municipal todos tengamos bien actualizados nuestros bienes inmuebles y estemos al día, creo que 38

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 debemos poner nuestro ejemplo y es importante, ahora que se acerca fin de año, que hagamos 1

también lo nuestro, solicitándoles que sigan de inspectores, que nos ayuden en cada una de las 2

comunidades; cada uno ha hecho sus denuncias, nosotros también las hacemos, asimismo los 3

procesos a nivel administrativo, judicial y en muchas instancias como SETENA, Tribunal Ambiental y 4

demás; pasa que los procesos son tan lentos y complicados, que no se ven los resultados a corto 5

plazo; esperamos que tengamos buenos resultados y acciones; ojalá las cosas vengan para 6

mejorar; ahora que tenemos estos índices que nos da la Contraloría y que recordamos cuando 7

hablamos del tema de tarifas y ambiente, ojalá que la comisión con todo esto nos ayude y 8

unamos esfuerzos; dichosamente ganamos un esfuerzo con la GTZ para analizar todo el tema de 9

cambio climático, carbono, y que las acciones que llevemos a cabo nos lleven a que si hoy 10

tenemos un parámetro, cuando salgamos de este Concejo Municipal, logremos tener resultados 11

beneficiosos para la Administración, el Cantón, el Concejo y que realmente sea prosperidad para 12

todos los desamparadeños; es importante que hagamos consciencia en todas las acciones que 13

desarrollemos conjuntamente, porque aquí es donde prevalece realmente el desarrollo de un 14

cantón. 15

Sr. Presidente: Con relación al reglamento de demoliciones, la Asesoría Legal del Concejo hizo el 16

análisis al reglamento; así es que lo estaremos conociendo próximamente. 17

41. Invitación por parte del SINEM, para el 22 de noviembre en el parque La Libertad, a un 18

concierto, a las 7p.m. invita la Directora del SINEM del parque La Libertad y la Presidenta de la 19

Asociación. 20

42. Solicitud de la Comisión del Adulto Mayor, para que el Concejo les done 60 almuerzos para la 21

clausura que se hará de las actividades que vienen realizando; tendrán exposición de trabajos 22

elaborados por el adulto mayor, el día 18 de diciembre a las 12 m. d. 23

Sr. Secretario: Habría que gestionar los alimentos, si el Concejo lo aprueba. 24

Reg. Gabriela González: Hace poco hice cotizaciones para una actividad de la Asociación de 25

Desarrollo Los Dorados; un almuerzo sale entre 5000 y 6000 colones por persona; no sé si podremos 26

presentar esa modificación en la que revisaremos el día sábado, tal vez de un presupuesto de 27

unos 300,000 o 400,000 colones para la Comisión del Adulto Mayor, y creo que para futuros 28

presupuestos deberíamos valorar ciertos montos para las comisiones, porque de nada sirven 29

dichas comisiones si no pueden trabajar con alguna actividad o capacitación con algo de 30

recursos; los insto, no sé si tendrá que ser por medio de moción o simplemente que incluyamos 31

unos 400,000 colones y lo que no se ocupe, se liquide, para que no sea muy saturada la 32

posibilidad que tengan los compañeros de la Comisión del Adulto Mayor. 33

Sr. Presidente: Sería un tema por considerar en la Comisión de Hacienda y Presupuesto; me dice el 34

Sr. Secretario que podría ser de la partida de Actividades Protocolarias, trasladar a Alimentos y 35

bebidas; la próxima semana podemos verlo; asimismo, que lo estudie la Comisión de Hacienda y 36

Presupuesto el sábado. 37

CAPÍTULO VI 38 Asuntos varios (Comisiones, Alcaldía) 39

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 1. Dictámenes de Comisión. 1

1.1. Dictamen de la Comisión de Nombramientos (no. 1541), de fecha 23 de noviembre de 2017. 2

Se toma el siguiente acuerdo: 3

ACUERDO No. 8 4

“El Concejo Municipal de Desamparados, con fundamento en el dictamen emitido el día 21 de 5

noviembre de 2017 por la Comisión de Nombramientos, acuerda: 6

1. Nombrar en la Junta de Educación del Centro Educativo Sor María Romero, en sustitución de 7

Nelly Chacón Jiménez, a la Sra. Gioconda Maltez Martínez, cédula no. 801130225 8

2. Nombrar en la Junta de Educación de la Escuela Manuel Ortuño Boutin, a las siguientes 9

personas: 10

Nombre No. de cédula 11

Iliana Monge Quesada 104450792 12

Michael Vinicio Sacasa Arguedas 111690619 13

Jeannette Rodríguez Garro 107650300 14

Álvaro Huertas González 202490575 15

Yadira Zúñiga Miranda 104670286.” Acuerdo definitivamente aprobado. 16

1.2. Dictamen de la Comisión de Obras… 17

Sr. Presidente: En la última Comisión de Obras se atendió al ingeniero representante de esa 18

empresa, la 9820 y la comisión no había continuado con el trámite porque el estudio del impacto 19

ambiental estaba aprobado para la empresa que originalmente había propuesto construir; según 20

se nos informaba, la anterior directora de urbanismo había sugerido una serie de cambios al 21

proyecto propuesto por la empresa y el cual terminó al final de cuentas aceptando las 22

recomendaciones que hizo la Arquitecta, entonces el proyecto quedó definido para construir 8 23

torres en condominio de 3 pisos para 120 soluciones y 4 áreas para comercio; el estudio de 24

impacto ambiental estaba aprobado para lo que la empresa había propuesto, no para lo que la 25

Municipalidad o la Dirección de Urbanismo le sugirió, recomendó y ellos aceptaron; presentan 26

notas en donde le solicitan a SETENA, en el mes de abril de este año, hacer el ajuste al estudio de 27

impacto ambiental, pero parece ser que por pequeño impacto que estaría generando y las 28

modificaciones que se dieron, más bien hay incremento de zona verde en el proyecto y que 29

desde ese punto más bien el regente ambiental que está a cargo del proyecto, es quien a partir 30

de esa modificación que se dio, debe consignarlo en la bitácora correspondiente, notificarlo a la 31

SETENA e informarlo a la municipalidad; entonces, el acuerdo al final dice que en virtud de que el 32

regente ambiental puede hacer esa aclaración, darle la justificación técnica, la envía a la 33

Dirección de Urbanismo para que hagan su análisis y de ahí recomienden al Concejo y continuar 34

con el trámite correspondiente de aprobación o no, del proyecto en condominio denominado 35

9820 en el distrito Damas. 36

Se toma el siguiente acuerdo: 37

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017

ACUERDO No. 9 1

“El Concejo Municipal de Desamparados, con fundamento en el dictamen emitido el 06 de 2

noviembre de 2017 por la Comisión de Obras, acuerda: Solicitar al Regente del proyecto 3

Condominio 98-20 aclarar respecto a la viabilidad ambiental del proyecto, desde sus potestades 4

para colocar en bitácora los ajustes que se darán, considerando que el impacto ambiental con el 5

proyecto que se está aprobando, incrementa la zona verde, en contrariedad con lo propuesto en 6

primera instancia. Lo anterior, para remitirlo a la Dirección de Urbanismo con el fin de que esta, a 7

través de sus profesionales, efectúe el análisis y brinde una recomendación al Concejo. Asimismo, 8

se da por conocido lo dictaminado por la Comisión de Obras en cuanto a que no habrá un impacto 9

en el flujo de aguas pluviales hacia el río Damas.” Acuerdo definitivamente aprobado. 10

2. Asuntos varios de la Alcaldía Municipal 11

2.1. Nota de la Alcaldía dirigida al Ing. José Pablo Martínez Castillo, Tesorero de la Asociación Pro 12

Desarrollo de Bádminton Costa Rica, le indica que en atención a su solicitud para realizar el IV 13

Torneo Centroamericano Junior de Bádminton planteada mediante nota del 6 de noviembre de 14

2017 durante los días miércoles 13 y domingo 17 de diciembre del presente, me permito informarle 15

que luego revisada la disponibilidad de dos gimnasio de la Villa Olímpica, lamentablemente no es 16

posible ceder ninguno de los gimnasios para las fechas ya solicitadas, ya que existían actividades 17

las cuales han sido programadas con anterioridad. 18

Sr. Presidente: Hay un acuerdo del Concejo donde se le da el visto bueno, pero que se 19

coordinara con la Administración para analizar la disponibilidad de las instalaciones; no sé si esta 20

nota responde a ese acuerdo; la dejaríamos pendiente para que el Sr. Alcalde analice el 21

acuerdo que tomó el Concejo. 22

Reg. Gabriela González: Debido a esa nota que se le envió desde la Alcaldía a los personeros de 23

Bádminton, se comunicaron con mi persona, preocupados porque se les había dicho que no, 24

porque habían estado hablando con el Administrador, don Junior Mata, y quedaron en correr las 25

actividades a partir del 14, porque el día 13 está ocupado, ya que lo aprobamos para una 26

graduación del Vocacional; corrieron las actividades para empezar a partir del día 14; parece 27

que reservaron con don Junior, lo que pasa es que la contestación la hizo don Gilberth antes de 28

que nosotros tomáramos el acuerdo, y como se fue del país, no se enteró del acuerdo que tomó 29

este Concejo Municipal; ya lo había hablado con don Gilberth, y don Junior Mata ya socializó 30

con la gente de Bádminton. 31

Sr. Presidente: Sobre el acuerdo que tomó el Concejo, el Sr. Alcalde no tenía conocimiento que 32

estaba supeditado a la disponibilidad de espacios, si ya eso fue confirmado, no ha pasado nada. 33

2.2. Licitación Abreviada 2017LA-000012-01 “Suministro, acarreo, colocación y compactación de 34

2872 toneladas métricas de mezcla asfáltica para Programa de Conservación Vial de 35

Mantenimiento de la Red Vial Cantonal, con técnica de bacheo”. 36

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 Sr. Alcalde: Esto básicamente lleva una serie de caminos y rutas que en su momento le había 1

dado lectura, tal vez lo tienen en la página dos, la cual era inmensa a nivel de una modificación 2

presupuestaria que se aprobó en su momento bajo necesidades que habían establecido tanto 3

regidores como algunos compañeros, y que hoy muchas de estas rutas o calles se encuentran 4

totalmente deterioradas; en razón de eso, se hizo una contratación, la no. 1201, en la cual hubo 5

participación de Conanza y Corporación Comerciales Industriales; de eso se llega a la conclusión 6

de que la empresa Conanza es la que presenta la mejor oferta, por 169,264,000 la tonelada, 7

suministro y colocación de mezcla asfáltica en todas esas rutas, para 11,900 litros de suministro de 8

colocación de emulsión, para 2,474,489.62 y lo que corresponde a la reparación de la superficie 9

de ruedo, corte de asfalto y distribución del material resultante, para 11,336,778 colones; con lo 10

cual nos da un monto esta adjudicación por 183,065,918.47; asimismo, teníamos los otros ítems, 11

que eran 5000 sacos de cemento, esto en otra partida por 24,780,000 colones; también tenemos 12

813 metros cúbicos de arena por 9,308,850 colones y 1480 metros cúbicos de piedra por 13

18,944,000 colones; asimismo, 200 cunetas de 15 pulgadas por un metro de largo, por 1,102,560 14

colones; esto significa que los ítems 1, 2 y 3 serían establecidos por los 183,065,918 colones y a los 15

ítems siguientes, que serían 4 y 7, se les estaría recomendando adjudicar a la empresa de El 16

Lagar, por un monto de 28,252,000 colones; respecto a los ítems 5 y 6 correspondientes a metros 17

cúbicos de arena y piedra se estaría dando la recomendación de adjudicación a la empresa 18

Transportes Internacionales Irazú por un monto total de 28,252,000 colones; esto nos daría una 19

totalidad por adjudicar de 237,201,328.41 colones, lo que significa que con los recursos que 20

tenemos en el presupuesto ordinario 2017, que alcanzan la suma de 237,201,000 colones, menos 21

los 203,000,000 colones, estaríamos financiando con el presupuesto del año 2018, que tiene 22

suficiente contenido presupuestario en la partida correspondiente a caminos y calles también, la 23

suma de 34,141,000 colones; eso se cubriría con presupuesto del año 2018; eso conforme al 24

artículo mismo 46 de la Ley de Administración Financiera y los presupuestos del ejercicio 25

económico 2018; dicha certificación para el presupuesto 2018 se contempla en el folio 342 con la 26

indicación correspondiente. 27

Reg. José Hernández: Quería preguntarle al Sr. Alcalde con relación a los sitios por intervenir, si hay 28

un cronograma, por ejemplo Avenida 2 en Dos Cercas, cuál es el tiempo para su intervención, 29

entrada principal a Guadarrama, cuál es el cronograma, la fórmula, o de pronto se hará al azar y 30

al final quedarán algunos de estos proyectos sin finalizar; me gustaría saber cuál es el cronograma 31

técnico que se utilizó, para poder informar a los residentes, cada uno de los regidores que tiene 32

alguna sugerencia que se le hizo a la Administración para que según, con base en criterios de las 33

comunidades, se mejoraran sus caminos vecinales; esto es también importante, transparentar la 34

información y poderles decir a los residentes de cada uno de los regidores y síndicos involucrados, 35

cuándo podría estar la maquinaria de la empresa, supervisada por la municipalidad, 36

interviniendo estos importantes puntos, porque precisamente El Rosario o Frailes son necesarios, 37

producto de las pasadas lluvias que afectaron a nuestro cantón. 38

Sr. Alcalde: Efectivamente, esta es una contratación que tiene un plazo máximo de 45 días 39

hábiles; significa que en ese orden donde están indicados, irán elaborándose; la empresa ha 40

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 establecido el cronograma; recordemos que ahora estamos 21 de noviembre, después de hoy, al 1

viernes que don Mario nos hace la notificación, por los acuerdos y demás, se pasa a Proveeduría; 2

esta pasa a hacer la respectiva notificación a los proveedores, de ahí se dan 5 días hábiles 3

también; se irá como al 8 de diciembre, Dios primero no tengamos apelaciones, de ahí va a 4

contrato; digamos que al 15 de diciembre tendremos consolidado el proceso; arrancaríamos la 5

primera semana de enero y terminaríamos a finales del mes de febrero, dado que son 45 días; 6

entre enero y febrero esperamos tener concluidos todos estos proyectos. 7

Reg. Víctor Delgado: Dos cosas; me llama la atención, sé que a muchos de ustedes también, 8

notar que hacen un bacheo y días después el hueco renace; ando mucho en Desamparados y a 9

veces uno va manejando y ve que ya arreglaron un hueco, 15 días después viene con la misma 10

mentalidad de que ya el hueco está arreglado, pero renació; me pregunto, será que no le dan la 11

profundidad correcta, o la mezcla no tiene la consistencia para que soporte el peso de los 12

vehículos y equipo pesado; me gustaría que se pusiera un poco de atención en ese aspecto, 13

porque nos están saliendo muy caros los huecos, si es que no estoy equivocado; lo otro es 14

consultarle al Sr. Alcalde si en este documento se incluyó la calle de barrio El Carmen, que está a 15

225 sur de panadería PPK, respecto a la cual algunos vecinos me han estado solicitando; creo 16

que doña Isis hace un tiempo también solicitó hacerle algo a esa calle; no sé si viene en este 17

documento, como lo habíamos hablado. 18

Sr. Alcalde: Como le comenté el otro día, ese está en un proyecto que tiene la Administración a 19

nivel de bacheo, con unos recursos que teníamos, y le dije que con mucho gusto ahí lo estamos 20

incluyendo; hoy casualmente firmé la orden de compra, esperamos la otra semana iniciar el 21

proceso, porque la tengo presente en esa contratación; esta es una contratación que se hizo con 22

una lista de proyectos que estaban previamente establecidos y que estaríamos ejecutando. 23

Reg. Allan Alfaro: Sería que se está aprobando la licitación con base en el dictamen que está 24

emitiendo para tal efecto la Comisión de Contratación Administrativa; solicitarle al Sr. Secretario 25

que incorpore la fecha de ese dictamen, quiénes son los funcionarios que están recomendando 26

esa adjudicación, la cual estaría cumpliendo con la viabilidad técnica, financiera y legal 27

correspondiente. 28

Sr. Presidente: A eso le agregaría “siempre y cuando también esté cumpliendo la Administración 29

con lo que establece el artículo 9 del Reglamento de la Contratación Administrativa”. 30

Se toma el siguiente acuerdo: 31

ACUERDO No. 10 32

“El Concejo Municipal de Desamparados con fundamento en el informe no. 12 de la Comisión de 33

Contratación, de fecha 7 de noviembre de 2017, remitido mediante el oficio No. AM-2315-17 de la Alcaldía 34

Municipal, acuerda adjudicar la Licitación Abreviada 2017LA-000012-01 “Suministro, acarreo, colocación 35

y compactación de 2872 toneladas métricas de mezcla asfáltica para Programa de Conservación Vial de 36

Mantenimiento de la Red Vial Cantonal, con técnica de bacheo”, según el siguiente cuadro: 37

38

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017

Ítem Cantidad Descripción Concreto

Asfáltico

Nacional S. A.

Corporación

comercial e

industrial El

Lagar S. A.

Transportes

Internacionales

Irazú S. A.

1 2872 Toneladas de suministro,

acarreo y colocación de mezcla

asfáltica (zona urbana)

¢169,254,649.94

2 11900 Litros de suministro y

colocación de ligante emulsión

(zona urbana)

¢2,474,489.62

3 39888 m2 Preparación de superficie,

incluye corte de asfalto y

disposición de material

resultante (zona urbana)

¢11,336,778.91

4 5000 Sacos de cemento de uso

general

¢24,780,000.00

5 813 Metros cúbicos de arena ¢9,308,850.00

6 1480 Metros cúbicos de piedra ¢18,944,000.00

7 200 Cunetas de 15” de 1 metro

de largo

¢1,102,560.00

1 Se aprueba la presente adjudicación con base en el dictamen emitido para tal efecto por la Comisión de 2

Contratación, de fecha 7 de noviembre de 2017, suscrito por los funcionarios Francisco Valverde Torres, 3

Iliana Zamora Araya y Michael González, quienes recomiendan la adjudicación, la cual cumple con la 4

viabilidad técnica, financiera y legal correspondientes. Se condiciona este acuerdo al cumplimiento de lo 5

establecido por el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.” Acuerdo 6

definitivamente aprobado. 7

CAPÍTULO VII 8 Mociones y asuntos varios de los miembros del Concejo Municipal. 9

1. Mociones. No hay mociones. 10

2. Asuntos varios de los miembros del Concejo Municipal. 11

Reg. Hernán Mora: Hace un rato para acá decía un amigo mío: “tengo un abejón en el buche”; 12

es la segunda vez que se meten con mi señora esposa; quisiera saber qué sucede con este 13

regidor que está totalmente pendiente de mi persona; soy desamparadeño auténtico, nací en 14

Desamparados y conforme con lo que externaré nuevamente con la convención colectiva, 15

quisiera decir a los desamparadeños que vean, escuchen y lean las actas para ver quiénes de los 16

que estamos aquí son los que se oponen al beneficio y al proyecto del cantón de Desamparados; 17

ya es demasiado que Hernán Mora esté escuchando ofensas en el periodiquito; como regidor del 18

Partido Republicano me doy a la tarea de salvaguardar los intereses del Código de Trabajo y de 19

las Garantías Sociales; señores regidores, no me ando por las ramas y al que quiere caldo, dos 20

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 tasas, pero no estoy dispuesto más a escuchar improperios de un señor regidor que no es ni 1

desamparadeño; me tiene harto, perdón por la expresión; los desamparadeños, igual que los 2

servidores municipales, deberían de darse por enterados de quién está en contra de ellos, quién 3

los está beneficiando y quién no; señores regidores, pongan un poco de su parte, no aguanto 4

más que estén en contra de mi persona. 5

Reg. Víctor Delgado: Con relación a la inseguridad que estamos viviendo en Desamparados, el 6

jueves 9 de noviembre a las 4 de la tarde llegó una delegación del Ministerio de Seguridad 7

Pública a San Rafael Abajo de Desamparados; llegamos a una reunión, ahí estaba nuestro 8

síndico y llegamos con la expectativa de recibir alguna propuesta nueva y convincente sobre la 9

crisis de inseguridad que se está dando en el distrito; sorpresivamente llegó un desfile de directivos 10

de la Fuerza Pública, unos 30 con armamento pesado, bajo el marco musical de una banda que 11

amenizaba el momento; entendí que querían darnos una sensación de seguridad, protección y 12

tranquilidad en el distrito, eso que llaman golpe psicológico; resulta que los policías que llegaron 13

son muchachos que están incorporándose al cuerpo de seguridad y se supone que los dejarán 14

en Desamparados; todo estuvo bonito, sin embargo, tengo una molestia porque el Sr. Ministro de 15

Seguridad Pública ha ignorado de forma irrespetuosa a este Concejo Municipal, a la 16

Administración y a los cuerpos de seguridad de nuestro cantón; ¿cómo es posible que aquí 17

hayamos acordado asignar 10,000,000 de colones para reparar vehículos policiales, y don 18

Gustavo Mata ha sido invitado a una sesión a este Concejo Municipal para firmar el convenio de 19

ayuda y ejecutarlo, pero el Sr. Ministro no aparece?; quiero agradecerle la gestión a la Fuerza 20

Pública de nuestro cantón, porque en las últimas horas la presencia en San Rafael Abajo ha sido 21

notoria y los operativos han dado algún resultado; hoy tuvimos la llegada de la comisaria móvil, 22

que se aparcó frente a Zona Centro, y sabemos que están haciendo todo lo que está a su 23

alcance para solucionar esta crisis; quisiéramos que sean acciones permanentes y no temporales, 24

porque si son temporales, la delincuencia les perderá más respeto y agarrará más fuerza; la 25

comunidad de Desamparados y específicamente la de San Rafael Abajo esperan acciones que 26

no sean flor de un día; reitero mi agradecimiento a los miembros de la Fuerza Pública porque 27

están haciendo lo humanamente posible para solucionar esta crisis con faltantes de armamento, 28

de combustible y de vehículos, pero lo están haciendo. 29

Reg. José Hernández: Me quiero solidarizar con el Sr. Presidente por la anterior reunión, no sé si 30

podría decir por la manera imprudente, soez, poco sensata de la asesora que tiene el Sindicato 31

de esta municipalidad, por algunas insinuaciones que se le hicieron a usted, en su investidura de 32

Presidente del máximo órgano deliberativo de esta municipalidad; por la extensión del tiempo, no 33

lo hice en esa ocasión, no significa que no se lo puedo decir de frente a la Sra. Ligia Valerio; me 34

parece que son autoridades municipales, esa no es la forma de dirigirse o de hacer chota con la 35

investidura del Presidente; me parece que si no nos damos ese lugar como autoridad, nunca nos 36

la ganaremos; realmente, como miembro de este Concejo Municipal, me solidarizo; sé que el que 37

nada debe nada teme, pero la investidura del Presidente Municipal me parece que se debe 38

respetar, al igual que cualquier regidor dentro del marco del respeto, no de las ideas, que son 39

otros temas aparte; tiene totalmente mi apoyo en este tema de la forma como la Sra. Valerio se 40

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 refirió en ese momento; además, quiero aprovechar ahora que regresa nuestro Alcalde de 1

Bruselas, para consultarle qué ha pasado con los cuatro proyectos que presentó este regidor, uno 2

en La Capri, en el salón comunal; ahora veo que hacen una pequeña acera en el sector de La 3

Cachaza, pero no me han dicho nada, lo que más me preocupa quizás, eso no está confirmado, 4

pero me lo dijo de una forma rápida don Jorge Agüero, que ya se está ejecutando uno de los 5

proyectos en San Rafael Arriba de Desamparados, precisamente un tema de aceras, diagonal a 6

la iglesia católica; no sé si el proceso era notificar; aquí tengo fotos de las aceras que están frente 7

al parque, las cuales se las envié a algunos compañeros; ¡qué lindo hubiese sido que estas aceras 8

se hubieran hecho de una forma ornamental y darle belleza frontal, si lo que estamos buscando 9

es paisajismo!, tenemos arquitectos, no sé si no tienen ideas para formular proyectos interesantes, 10

bonitos, con los cinco millones que acá se destinaron; tengo las fotos, si es por ser frente a una 11

propiedad y hay que notificar a los dueños, más ahora que con la ley es más fácil poder notificar 12

y que la municipalidad construya las cosas bonitas y se haga la obra; sigue lo mismo, en La Capri 13

no hay nada en lo que avancemos; le digo al Sr. Alcalde, hay una propuesta de mejorar el tema 14

del zacate artificial de la Villa Olímpica, pero este tema lo acordamos desde el inicio de este año, 15

todavía no se ha ejecutado y de pronto uno ve por la Marcial Fallas que hacen una calle, 16

pareciera privada, no tengo el mapa, parece, no estoy afirmando, la hacen rápido; no se me ha 17

informado nada, si es cierto lo que en algún momento me externó don Jorge rápidamente, 18

conste que no estoy afirmando, porque simplemente me externó que ya se estaba ejecutando la 19

partida, como me dijo técnicamente; me parece, si es así, una forma irrespetuosa no haberme 20

comunicado o preguntarme; no sé si a través de la telepatía sabían dónde estaba ubicado el 21

proyecto en mención; realmente me preocupa y mi compañero don Víctor decía clarísimo: en 22

bloque, trabajemos en bloque, unidos, hagamos las cosas bien; el informe de la Contraloría 23

General de la República en sus diferentes ejes tampoco es muy halagüeño; se mejora, todavía 24

tenemos nota en 50; Moravia es la municipalidad número uno, bueno, trabajemos; sé que 25

Desamparados no tiene las mismas condiciones, estamos totalmente claros, pero es un tema al 26

que me referiré en la próxima reunión, ya con el estudio pormenorizado de los diferentes ejes del 27

ranking que da la Contraloría General de la República; le dejo esto picando, estamos en un 28

periodo de elección política, para nadie es un secreto, de pronto necesitan proyectos, que la 29

maquinaria esté en las calles, pero necesitamos que se cumplan los acuerdos; había hasta un 30

acuerdo para que se hiciera un control de acuerdos de esta municipalidad o seguimiento de los 31

acuerdos; Sr. Alcalde, le dejo brincando el balón en el área; felicitarlo por su intervención en esos 32

foros internacionales, muy grato tener a nuestro Alcalde con esa capacidad académica con la 33

que nos ha representado, pero también necesitamos ejecuciones prontas de algunos acuerdos 34

que ha tomado este honorable Concejo Municipal; un saludo para José María, San Miguel, 35

necesita más trabajo y menos politiquería. 36

Sr. Alcalde: Tal vez aclararle, don José, que esto no es de principio de año; recordemos que 37

correspondió a la liquidación de compromisos terminados en el mes de junio-julio; en agosto se 38

presentó la respectiva modificación y se incorporó en un presupuesto extraordinario; eso quiere 39

decir que en el mes de octubre teníamos los recursos finales, por parte de la Contraloría, 40

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 debidamente aprobados, e iniciamos en noviembre, ya está iniciando la ejecución, 1

coordinaremos con las áreas para que le informen, respectivamente; tengo que ser muy honesto, 2

no ando detrás de cada uno para que les digan las cosas, creo que si estuviera en esa pesetería, 3

me volvería loco y no podría cubrir la cantidad de cosas; al igual lo saben los síndicos cuando me 4

han reclamado sobre algún proyecto, con todo respeto se los he dicho, no me pidan decirles las 5

cosas, porque lo que me interesa es que se hagan los proyectos y las obras; no ando en 6

politiquería ni en ese campo; lo que interesa es ver las obras y los proyectos, pero con mucho 7

gusto le diremos a las áreas técnicas que informen oportunamente de los proyectos que 8

estaríamos ejecutando; con mucho gusto les informamos; me parece sano que ojalá hagamos un 9

análisis de todos estos resultados que hoy la Contraloría nos da y que tomemos acciones, porque 10

muchas corresponden al Concejo, otras a la Administración y sé que todos, poniendo de nuestra 11

parte para mejorar las acciones con ese ímpetu de voluntad para poder mejorar, sí podemos 12

lograr llegar a obtener, si no el primero, uno de los primeros lugares, pero poniendo todos de 13

nuestra parte lograremos hacer un cambio fuerte en el Cantón y un esfuerzo muy importante 14

para que mejoremos los índices e indicadores; parte de eso también, reitero, es actualizar tarifas, 15

esto nos da un 25% menos en la evaluación, así de sencillo, duro, sí, pero es un requisito 16

obligatorio que tenemos que cumplir y esperaría que este año hagamos el esfuerzo para que el 17

próximo año tengamos nuevas tarifas y no nos veamos afectados; factores como, por ejemplo, 18

hacer convivios a nivel comunal, participativos, una serie de actividades que debemos de 19

realizar,y muy probablemente trabajando unidos podemos mejorar la gestión a nivel institucional 20

y demás. 21

Reg. Paola Jara: Aprovechando el espacio; al inicio de la sesión salí un momento al baño y 22

cuando venía para acá me llegó un fuerte olor a humo de cigarro; padezco de asma, soy 23

alérgica, esos olores me llegan muy rápido o los siento el triple que ustedes; más o menos me fijé y 24

me pareció que había gente al lado de la oficina del Partido Republicano, estaba oscuro, 25

realmente no sabía quién era, pero el olor a cigarro era bastante fuerte; estoy segura que sí había 26

alguien fumando ahí; debido a esto, no sé si el Concejo anterior tomó alguna medida o política 27

en contra del fumado dentro de la institución, sin embargo, me gustaría proponer una moción de 28

orden en este momento para declarar a la Municipalidad, como institución, “espacio libre de 29

fumado” y reiterar el comunicado a todos los funcionarios municipales; estamos hablando de la 30

Municipalidad como institución, entonces, no solamente esto, sino de todas las instalaciones; se 31

los propongo para votarlo y ojalá no se vuelva a repetir, no estamos hablando solamente porque 32

soy asmática, no, sino que estamos poniendo incluso vidas en riesgo, no sabemos qué hacen con 33

el resto de los cigarrillos y demás; es un tema de responsabilidad nuestra y de todos los que 34

laboramos en la Municipalidad. 35

Sr. Presidente: Realmente la Ley de No Fumado es clara, de hecho, hay rótulos que están 36

ubicados en los diferentes puntos, allá la persona que esté incumpliendo las disposiciones de la 37

Administración y de la Ley, a eso hay que ponerle atención, está claro el no fumado dentro de las 38

instalaciones públicas o privadas; incluso, hasta en los mismos bares no permiten el fumado; está 39

bien. 40

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 Reg. José Hernández: Al existir la ley, como edificio público sería una campaña recordatoria y de 1

concienciar a aquel funcionario que por algún tipo de deseo de fumar, lo hace dentro de la 2

institución, obviamente violentando la ley; más que todo, hacer una campaña recordatoria para 3

que la gente, los funcionarnos municipales y cualquier visitante se abstenga, en una forma furtiva 4

o contraviniendo la ley, de encender algún cigarrillo dentro del edificio municipal y todos los 5

existentes; no sé qué le parece a la Sra. Regidora. 6

Sr. Alcalde: Quiero aprovechar y llevar esto a nivel de los funcionarios, cuando no son los 7

funcionarios de planta, ordinarios o todos los que tenemos a nivel institucional, no tiene sentido; si 8

hubo compañeros que a estas horas llevaron a cabo ese tipo de acción dentro del edificio, 9

sabiendo que es prohibido, parece que deben dar la cara y responsabilizarse y no con eso llevar 10

a todo el mundo, a los funcionarios; debemos ser conscientes, ya que según Paola, fue hace un 11

momento; me parece que no viene al caso decir que son todos los funcionarios; me parece que 12

es hacer un llamado al Concejo Municipal, a los miembros y a todas las personas que estamos 13

acá para que también seamos conscientes, responsables y respetemos las leyes; la ley es muy 14

clara donde dice que no se permite el fumado en edificios públicos; también tenemos que ser 15

conscientes de eso y que no incurramos en cosas que no deben ser; lo otro, es que todos los 16

funcionarios lo saben, tenemos un manual, procedimientos, rótulos, directrices, políticas, que se 17

han pasado y divulgado; me parece que es una forma de llevar acción a las personas u otros 18

que conocen y saben, ya que nosotros así lo tenemos; diría que sea dirigido a las partes que 19

están siendo afectadas y que seamos los responsables de hacer ese llamado a los que estamos 20

acá. 21

Sr. Presidente: Tal vez sería oportuno que el Sr. Abogado nos lea lo establecido por el artículo 6 de 22

la Ley del No Fumado; en realidad es la Administración quien tiene la competencia de colocar la 23

rotulación y demás. 24

Sr. Michael Durán: Es la Ley del control del tabaco y de los efectos nocivos en la salud; 25

claramente como lo han indicado, las instituciones públicas se declaran ambiente libre de humo 26

100%; el artículo 6 habla sobre la colocación de avisos, el cual dice: “Los jerarcas y las personas 27

responsables de los lugares de espacios públicos y privados catalogados como sitios prohibidos 28

para fumar en esta ley, deberán colocar en un lugar visible el aviso relativo a la prohibición de 29

fumar; los avisos deberán llevar la leyenda “prohibido fumar, ambiente libre de humo de tabaco” 30

y el símbolo internacional de prohibido fumar; el reglamento de la ley establecerá los elementos 31

necesarios para la implementación de esta norma”; sería como la revisión de esos elementos que 32

establecen las normas para el control del fumado dentro de la institución. 33

Sr. Presidente: Me parece que sería una revisión de la ubicación de esa rotulación, si 34

efectivamente están en todas las instalaciones de la Municipalidad; incluso, aquí en el Concejo 35

no vemos ni uno solo, porque sea el salón de sesiones no significa que no podamos tener un rótulo 36

que haga la advertencia; me parece que podría ser en función de lo que ha leído el Sr. 37

Abogado, para que se haga el énfasis a la Administración del cumplimiento de lo que establece 38

la ley. 39

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 Reg. Paola Jara: Está bien, pero no vi quién era, pudo haber sido un funcionario municipal que tal 1

vez estaba aquí; no sé, estaba hablando de todos en general; inclusive, por medio de correo 2

electrónico, no solo estamos los del Concejo, casi todos los funcionarios manejan el correo 3

municipal; me gustaría aclarar eso, no era solo para la gente del Concejo, porque puede que ahí 4

hubiera algún funcionario que no viera. 5

Se toma el siguiente acuerdo: 6

ACUERDO No. 11 7

“El Concejo de Desamparados acuerda solicitar a la Administración Municipal el cumplimiento de 8

lo establecido por el artículo 6 de Ley general de Control del tabaco y sus efectos nocivos a la 9

salud, que indica lo siguiente: 10

ARTÍCULO 6.- Colocación de avisos 11

Los jerarcas y las personas responsables de los lugares y espacios públicos y privados 12

catalogados como "sitios prohibidos para fumar" en esta ley deberán colocar, en un lugar 13

visible, el aviso alusivo a la prohibición de fumar. 14

Los avisos deberán llevar la leyenda "Prohibido fumar, ambiente libre de humo de tabaco" y el 15

símbolo internacional de prohibido fumar. El reglamento de esta ley establecerá los demás 16

elementos necesarios para la implementación de esta norma.” Acuerdo definitivamente 17

aprobado. 18

Reg. Gabriela González: Con respecto a la situación que se está viviendo con el tema de 19

seguridad y un video que observé en redes sociales de cómo un grupo de vecinos llegaron a la 20

casa del señor regidor Víctor, me di a la tarea de sentarme a analizar lo que hemos esperado del 21

Ministerio de Seguridad y las respuestas, que han sido nulas de parte del mismo, por lo cual me di 22

a la tarea de presentar un recurso de amparo contra el Lic. Gustavo Mata Vega, en su condición 23

de Ministro de Seguridad Pública, con base en los siguientes hechos: 24

“Primero. Que la seguridad ciudadana es uno de los aspectos más sensibles de la realidad del 25

cantón de Desamparados, y la Municipalidad permanentemente realiza esfuerzos para 26

coadyuvar con el Ministerio de Seguridad, responsables constitucionales de este aspecto. 27

Segundo. Para nadie es un secreto que la mayoría de las delegaciones de la Fuerza Pública se 28

encuentran ubicadas en terrenos municipales o donados por la Municipalidad de 29

Desamparados; tales como las delegaciones de Gravilias, Dos Cercas, San Rafael Abajo, San 30

Jerónimo y San Miguel, para citar solo algunas. 31

Tercero. Que en sesión no. 16-2015, celebrada el 17 de marzo de 2015, mediante acuerdo no. 6 32

del Concejo Municipal, se acordó solicitar al Sr. Ministro de Seguridad apersonarse a una sesión 33

de este órgano colegiado, para que brinde un enfoque de las acciones que se han 34

implementado con relación a los compromisos adquiridos en el 2014 con nuestro cantón con el 35

tema de seguridad, y fue un acuerdo definitivamente aprobado; este acuerdo fue recibido en el 36

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 Ministerio de Seguridad, despacho del Ministro, a la 1:40 el 23 de marzo de 2015, según copia de 1

nota adjunta. 2

Cuarto. Que mediante nota SG31-2016 del 12 de mayo de 2016, se le envía una nota al Sr. Ministro 3

por gestión de intermediación de la regidora Paola Jara Fallas, indicándole que se le reserva un 4

espacio en la sesión ordinaria del 17 de mayo de 2016 a las 19 horas para que haga una 5

exposición sobre el problema de seguridad en Desamparados, y la misma es remitida vía fax a las 6

3:45 del 13 de mayo de 2016; 7

Quinto. Que mediante acuerdo no. 4 de la sesión 92-2017, celebrada el 11 de julio de 2017, 8

nuevamente el Concejo resuelve hacer una cordial invitación al Ministro de Seguridad Pública, Sr. 9

Gustavo Mata Vega, para que se apersone a una sesión de este órgano con el objetivo de tratar 10

el tema de seguridad del cantón de Desamparados, con un acuerdo definitivamente aprobado; 11

este acuerdo fue recibido en el Ministerio el día 13 de julio 2017 a las 3 de la tarde y a la fecha no 12

se ha recibido respuesta; que para los señores magistrados es de amplio conocimiento los 13

problemas de seguridad que aquejan a nuestro cantón en delincuencia común y crimen 14

organizado, por la presencia de bandas de narcotráfico que operan en algunos distritos y 15

también en la cercanía con otros cantones con problemas similares. 16

Sexto. Que en los últimos días hemos visto cerrar algunas delegaciones, como por ejemplo la de 17

San Rafael Abajo y Los Guido, con el evidente malestar de la comunidad, que se ve amenazada 18

constantemente por la delincuencia, y el Ministerio hace caso omiso a las gestiones realizadas por 19

este Concejo Municipal; que el artículo 27 constitucional garantiza el derecho de petición ante 20

cualquier funcionario público, entidad oficial y su pronta respuesta con plazo establecido de 10 21

días en el artículo 32 de la Ley de Jurisdicción Constitucional, derechos violentados por el Sr. 22

Ministro, al negarse a atender la invitación municipal y ni siquiera responder las notas con un tema 23

de tanta trascendencia para los ciudadanos, en este caso en particular, el cantón de 24

Desamparados; por lo anterior expuesto, considero que el Sr. Ministro ha irrespetado e ignorado al 25

Concejo Municipal de Desamparados con su aptitud omisiva en perjuicio de una comunidad que 26

necesita el apoyo de este Ministerio, por lo que solicito respetuosamente a los señores 27

magistrados que le ordenen al Sr. Ministro atender las reiteradas solicitudes del Concejo para 28

conocer su gestión en ámbitos de su competencia”; realmente creo importante y espero que la 29

respuesta sea pronta y positiva; además, aprovechar el espacio para reiterarle el apoyo a don 30

Carlos con la situación que se suscitó con la Sra. Valerio; decirle que no solo usted se sintió 31

amenazado por ella, creo que fuimos varios regidores a los cuales ella irrespetuosamente ofendió 32

o quiso maltratar; somos un grupo colegiado que está para trabajar en conjunto y así tenemos 33

que defendernos ante estos ataques; de mi parte, le doy mi apoyo total y reitero que como 34

cuerpo colegiado no debemos permitir que personas ajenas a este vengan a ofender, a tratar 35

mal y aseverar cosas de las que ni siquiera tienen documentos que las respalden. 36

Reg. Alejandra Aguilar: Presentaré una nota que reza de la siguiente manera: “Noviembre 21 de 37

2017, referencia 1121-2017, señores Concejo Municipal, Municipalidad de Desamparados, 38

presente; Estimados señores: yo, Alejandra Aguilar Zamora, cédula 1-0487-0812, vecina de 39

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 Desamparados, por este medio renuncio irrevocablemente a la militancia del Partido Unidad 1

Social Cristiana y me declaro regidora independiente ante este honorable Concejo Municipal, a 2

partir de esta fecha 31 de noviembre de 2017; los motivos que me llevan a esta decisión es que 3

no comparto los ideales, práctica y principios filosóficos del Partido Unidad Social Cristiana; 4

Atentamente, Alejandra Aguilar Zamora, regidora de la Municipalidad de Desamparados; con 5

copia al Sr. Rigoberto Pérez, jefe de fracción, del PUS en la Municipalidad de Desamparados, 6

señores Partido Unidad Social Cristiana de San José, señores Tribunal Supremo de Elecciones, Sr. 7

Gilberth Jiménez, Alcalde Municipal”; le entrego una copia a Mario para que después me le 8

ponga el recibido y el sello. 9

Sr. Presidente: Respetamos su decisión, doña Alejandra. 10

Reg. Jorge Agüero: Quería referirme al tema que tocó el compañero José Hernández con 11

relación a la acera alrededor del parque Lucas Ulloa, en San Rafael Arriba, pero hay otro tema 12

importante que también tocaré; don José, efectivamente cuando le dije que se estaba 13

ejecutando la partida, lo hice en un interés alegre, de agradecerle, como ya se lo hice, que 14

estábamos haciéndolo, y usted me dijo que por qué no había sido comunicado; no me meteré 15

en el tema de si le comunicaron o no; quiero decirle que ojalá pueda ir, porque realmente quedó 16

muy bonito, le da un realce, belleza y cumplimiento especialmente a la Ley 7600, que es muy 17

importante; se le puso mosaico táctil para el alrededor, se le hicieron las rampas, quedó muy 18

bonito; independientemente de su molestia de que no le avisaron, ese es un tema que no 19

discutiré. Por otra parte, creo que es muy importante, mi padre me enseñó muchas cosas en esta 20

vida y una de ellas es aceptar los errores; el que estaba fumando ahí era yo, usualmente no lo 21

hago, normalmente voy afuera y fumo el cigarro allá; esta vez lo hice, soy conocedor de la ley, 22

pido mil disculpas, pueden estar seguros de que no se repetirá; reconozco mi error y las disculpas 23

una vez más. 24

Reg. Rigoberto Pérez: Quiero referirme a la nota del compañero Víctor Delgado, sobre la 25

inquietud que tiene de la solicitud que hizo Luis Flores, Presidente de este movimiento de 26

discapacidad; debo decirle que anteriormente me había comunicado con Luis, donde me 27

manifestaba que estaba un poco molesto porque aparentemente no le prestarían los toldos; no 28

es que no le permiten, sino que no se los prestarían, pero el 17 pidió el permiso, el 18 la 29

Administración, el Sr. Alcalde le contestó, quien firma la nota, donde está traspasando la 30

información a Rafa Flores y al Sr. Picado, para que coordinen con Luis, para que pueda tener lo 31

que solicitó; hace poco me comuniqué con Luis a través de un mensaje de Whatsapp, y me 32

indicó que ya los toldos se los habían entregado; para ese efecto, para que Víctor esté contento 33

y mi persona también, porque estamos preocupados; no era que no se le permitía instalarlos, sino 34

que cuando solicitó eso, no estaban disponibles, pero Luis me informó que ya los tenía, por ese 35

lado podemos estar tranquilos de que se está cumpliendo con la solicitud que realizó; lo otro es 36

agradecerle al Sr. Alcalde por la ayuda que nos dio, tanto en lo personal como por la comunidad 37

de Los Guísaros, por unos materiales que nos cedió para que los vecinos de esa comunidad 38

pudieran terminar la calle que estaba a la mitad; el viernes se les dio el material y el domingo 39

comenzaron a construir la calle, estando complacidos; quiero dar las gracias a Gilberth por ese 40

Concejo Municipal de Desamparados Actas

Acta no. 119-2017 Fecha: 21 de noviembre de 2017 apoyo que le dio a la comunidad; ojalá sigamos ayudando a las comunidades cuando necesiten 1

los servicios de la Municipalidad. 2

Reg. Allan Alfaro: Al igual que lo hizo mi compañera Gabriela González, me uno a ese sentimiento 3

de solidaridad, don Carlos, y le doy mi voto de apoyo ante las expresiones que se realizaron en la 4

sesión del martes pasado, con relación al proceso de negociación de convención colectiva; si 5

bien es cierto uno puede tener diferencias de pensamientos, criterios legales y técnicos, esto no 6

da para faltarle el respeto a ninguna persona que forme parte de este órgano colegiado; 7

indistintamente de que seamos regidores, síndicos, funcionarios o dirigentes comunales, como 8

seres humanos merecemos respeto, y respeto por nuestra condición de personas; realmente 9

todos los que estamos acá tenemos una investidura, que fue dada por la voluntad popular por un 10

periodo de 4 años; estamos aquí de forma transitoria, pero con el mayor deseo de construir un 11

mejor cantón, de trabajar de forma conjunta independientemente de las fracciones que 12

representemos, siempre en un marco de respeto, de diálogo, donde prive el razonamiento de 13

criterios técnicos legales y financieros, sin ningún tipo de imposición ni ocurrencia; en ese sentido, 14

mi solidaridad y mi voto de apoyo y de confianza hacia el Sr. Presidente y hacia cada uno de los 15

miembros de este Concejo; creo que la labor que hemos realizado hasta el día de hoy, a pesar 16

de nuestras diferencias de criterios, se ha desarrollado en un marco de armonía y respeto, el cual 17

debe de imperar de aquí en adelante de la misma forma en que lo ha venido haciendo. 18

Sínd. José María Córdoba: Me referiré a cómo me nombró José Hernández de politiquero; bien 19

sabe que no lo soy, porque en realidad nos hemos dado por la comunidad, siempre hemos 20

trabajado para y por la comunidad; independientemente de si he sido politiquero, él lo ha sido 21

también porque conmigo ha trabajado siempre en la comunidad y hemos beneficiado a la 22

comunidad, pero me duele el haber desviado los 10,000,000 de nuestro distrito para otro distrito, 23

beneficiándolo, donde lo pudimos haber ocupado en las aceras que él ahorita está 24

manifestando; eso también nos hubiera beneficiado bastante; José, usted bien sabe que hemos 25

sido un equipo de trabajo y en realidad de politiquero no tengo nada, pero trabajo con el equipo 26

que verdaderamente le da a la comunidad, y si es por el partido, ahí estaré trabajando, porque 27

es el que ha beneficiado a nuestra comunidad y usted bien lo sabe. 28

El Presidente Municipal finaliza la sesión a las veintitrés horas y cuarenta y siete minutos. 29

30 31 32 _____________________________ _____________________ 33 Carlos Alberto Padilla Corella Mario Vindas Navarro 34 Presidente Municipal Secretario 35