Compar Ley Perú
-
Upload
david-panca-humpiri -
Category
Documents
-
view
219 -
download
0
description
Transcript of Compar Ley Perú
-
7/21/2019 Compar Ley Per
1/23
1. FACULTAD:
Ciencias Contables2. ESCUELA PROFESIONAL:
Contabilidad
3. CENTRO ULADECH CATLICA:
Filial - JuliacaSemi presencial4. NOMBRE DE LA ASIGNATURA:
CONTABILIDAD DE SOCIEDADES I5. siclo:
IV Semestre6. LO ACADMICO:
2015 - 01
7. DOCENTE TUTOR:
TAPIA ORTEGA EDITH SANDRA8. Nombre del estudiante
SALMISTA DAVID PANCA HUMPIRI
-
7/21/2019 Compar Ley Per
2/23
ii
MONOGRAFIA DE INVESTIGACIN
COMPARACIN DE LA LEY DE SOCIEDADES DE LOS PAISES DESUDAMERICA CON EL PER
ELABORADO
Por:
Salmista David Panca Humpiri
Universidad los ngeles de Chimbote
JuliacaPer
-
7/21/2019 Compar Ley Per
3/23
iii
2015
Dedicatoria
Quiero dedicarle este trabajoA Dios que me ha dado la vida y fortaleza
Para terminar esta monografa de investigacin,A mis Padres por estar ah cuando ms los necesito; en
Especial a la Universidad ULADECH y a los docentes por suAyuda y constante asesoramiento, a mis amigos quienes me han
Apoyado y a todos los que me prestaron ayuda y cooperacin en losMomentos ms difciles.
-
7/21/2019 Compar Ley Per
4/23
iv
AGRADECIMIENTO
A nuestro amado Padre del cielo. Quien nos regal la hermosa bendicin del estudio yla educacin, sobre todo la oportunidad de estudiar en esta prestigiosa UniversidadCatlica Los ngeles de Chimbote. Realizando as cada uno de nuestros grandessueos.
A los docentes de esta Institucin y de la Carrera Profesional de Contabilidad, por sucontribucin en el logro de nuestros aprendizajes y desarrollo de nuestras capacidades.
A nuestra asesora, Lic. Tapia Ortega Edith Sandra, por sus valiosos aportes para eldesarrollo de esta monografa de investigacin y por sus recomendaciones.
Quiero agradecer a todos mis maestros ya que ellos me ensearon valorar los estudiosy a superarme cada da, Estoy seguro que mis metas planteadas darn fruto en elfuturo y por ende me debo esforzar cada da para ser mejor en esta institucin y en
todo lugar sin olvidar el respeto que engrandece a la persona.
-
7/21/2019 Compar Ley Per
5/23
v
ndice de Contenidos
TITULO IIDEDICATORIAIII
AGRADECIMIENTO...IV
INDICE DE CONTENIDOS....V
Introduccin...1Objetivo General......2BaseTeorico..2PERU......................................................................2Tipos de Sociedad Annima..3Sociedad Colectiva y en Comandita.4Sociedad Comercial Responsabilidad Limitada..5Sociedad Civiles5
ARGENTINA..5Historia ................................6Tipos de Sociedad7Diferencia de Sociedad Civil y Comercial8CHILE...................................................................8 y 9Tipos de Sociedad.10COLOMBIA......................................................................11Marco Conceptual..12Las Cooperativas....13 Diferencia de Cooperativas y Compaias.....14Diferencia de Sociedad Civil y Asociacin Civil....15Sociedad Mercantil.16 Lista de Referencias18
-
7/21/2019 Compar Ley Per
6/23
1
INTRODUCCIN
La finalidad del presente trabajo es comparar diversos aspectos de lasleyes de sociedades del Estado peruano y los estados de Sudamrica; pero,como la presente investigacin debe realizarse segn los lineamientos de la leyde sociedades derecho comparado, hemos considerado hacer un breve pasajeacerca del mismo, para posteriormente poder aplicar dichos alcances.
Como sabemos las empresas juegan un papel importante en el desarrollo socialy econmico de nuestro pas, al ser la mayor fuente generadora de empleo yagente dinamizador del mercado. En un pas, donde la falta de empleo es unode los problemas ms serios, resulta imprescindible reflexionar sobre cul es elrol promotor que le corresponde al Estado.
La intencin de este trabajo es presentar un anlisis algo resumido de laregulacin de leyes para las empresas, Este trabajo es slo una aproximacin altema de comparacin de sociedades de cada estado, pretendiendo ser msinformativo que crtico, a fin de que los empresarios, trabajadores, contadores,
abogados, nosotros como alumnos de ULADECH y todas las personasinteresadas conozcamos un poco ms al respecto.
-
7/21/2019 Compar Ley Per
7/23
2
OBJETIVO GENERAL
El objetivo de comparacin es para confrontar sus relaciones o estimar sustendencias, diferencias, semejanzas, as como sus causas.
Podemos comparar leyes de sociedades de cada pas o cada estado (es decir,sistemas jurdicos de diferentes Estados). Cuando comparamos encontramosdiferencias o semejanzas de diferentes estados. La finalidad es ampliar lacultura jurdica e indirectamente servir de utilidad al jurista prctico y alestudiante para ampliar sus conocimientos.
Al comparar gran parte o pequeas partes de la ley General de sociedades perode diferentes Estados. Su finalidad es renovar un ordenamiento. En donde el
conjunto de dos o ms sistemas son parecidos o sean semejantes.
Ejemplo: Los sistemas: peruano, alemn, italiano, francs, espaol, argentino,colombiano, venezolano, ecuatoriano, paraguayo, uruguayo, chileno boliviano,entre otros.
BASE TERICO
El Per cuenta en la actualidad con una importante norma que consagra loslineamientos jurdicos de las sociedades, la Ley N 26887 -Ley General deSociedades-, vigente desde el ao 1997, y con algunas modificaciones, es unconglomerado de reglas jurdicas que forman parte del ordenamiento comercialbuscando como fin mediato un comportamiento formal y adecuado de lasdiversas formas societariasLa LGS no refiere una definicin expresa de "sociedad", sin embargo, debemossealar que la sociedad debe distinguirse entre el acto constitutivo que la creade la organizacin implcita que surge de la misma; en ese contexto, la sociedad
resulta ser un contrato con prestaciones plurilaterales autnomas, es decir,cada una de las partes (socios) que interviene en la creacin de la sociedad seobliga a determinada prestacin (dar o hacer) que no es otra cosa que losaportes societarios
-
7/21/2019 Compar Ley Per
8/23
3
TIPOS DE SOCIEDAD ANONIMA
1. SOCIEDAD ANONIMA CERRADA
2. SOCIEDAD ANONIMA ABIERTA3. SOCIEDAD COLECTIVA4. SOCIEDAD EN COMANDITA5. SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA6. SOCIEDADES CIVILES
SOCIEDAD ANNIMA CERRADADefinicin:
La sociedad annima puede sujetarse al rgimen de la sociedad annimacerrada cuando tiene no ms de 20 accionistas y no tiene acciones inscritas enel Registro Pblico del Mercado de Valores. No se puede solicitar la inscripcinen dicho registro de las acciones de una sociedad annima cerrada.
Denominacin:
La denominacin debe de incluir la indicacin "Sociedad Annima Cerrada", olas siglas S.A.C.
SOCIEDAD ANNIMA ABIERTADefinicin
La sociedad annima es abierta cuando se cumpla uno o ms de las siguientescondiciones:1. Ha hecho oferta pblica de acciones u obligaciones convertibles en
acciones.2. Tiene ms de setecientos cincuenta accionistas.3. Ms del treinta y cinco por ciento de su capital pertenece a ciento setenta
y cinco o ms accionistas, sin considerar dentro de este nmero aquellosaccionistas cuya tenencia accionaria individual no alcance al dos mil decapital o exceda del cinco por ciento del capital.
4. Se constituya como tal.
5. Todos los accionistas con derecho a voto aprueban por unanimidad laadaptacin a dicho rgimen.
Denominacin
La denominacin debe incluir la indicacin "Sociedad Annima Abierta o lassiglas "S.A.A"
-
7/21/2019 Compar Ley Per
9/23
4
SOCIEDAD COLECTIVA
Responsabi l idad
En la sociedad colectiva los socios responden en forma solidaria e ilimitada porlas obligaciones sociales. Todo pacto en contrario no produce efecto contraterceros.
Razn so cial
La sociedad colectiva realiza sus actividades bajo una razn social que seintegra con el nombre de todos los socios o de algunos o alguno de ellos,agregndose la expresin "Sociedad Colectiva" o las siglas "S.C".
DuracinLa sociedad colectiva tiene plazo fijo de duracin. La prrroga requiereconsentimiento unnime de los socios y ser realiza luego de haberse cumplido.
Modif icacin del pacto so cial
Toda modificacin del pacto social sea adopta por acuerdo unnime de lossocios y se inscribe en el registro, sin cuyo requisito no es oponible a terceros.
Administracin
Salvo rgimen distinto previsto en el acto social, la administracin dela sociedad
corresponde, separada e individualmente a cada uno de los socios.
SOCIEDAD EN COMANDITA
Responsabi l idad
En las sociedades en comandita, los socios colectivos, los socios colectivosresponden solidaria e ilimitadamente por las obligaciones sociales, en tanto quelos socios comanditarios responden solo hasta la parte del capital que se hayancomprometido a aportar. El acto constitutivo debe indicar quienes son los socioscolectivo y quienes los comanditarios.
Razn so cial
La sociedad en comandita realiza sus actividades bajo una razn social que seintegra con el nombre de todos los socios colectivos, o de algunos o alguno deellos, agregndose, segn corresponda, las expresiones "Sociedad enComandita" o "Sociedad en Comandita por acciones.
-
7/21/2019 Compar Ley Per
10/23
5
SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Responsabi l idad
Presenta un mnimo de dos socios y un mximo de veinticinco (25) el capitalest dividido en cuotas de igual valor, la responsabilidad en principio es hasta elmonto de sus aportes pero se puede estipular mayor responsabilidad de uno ovarios de ellos. El aporte de trabajo no tiene estimacin y no se considera capitalsocial. La administracin depende de todos, sin embargo la junta puede nombrara un gerente.
Razn so cial
La razn social est formada por el nombre de la empresa seguida de laexpresin Ltda. Este tipo de sociedad es frecuente en pequeas y medianasempresas.
SOCIEDADES CIVILESLa sociedad civil es un contrato por el cual dos o ms personas se obligan aponer en comn dinero, bienes o industria, con nimo de partir entre s lasganancias.
Esta definicin incluye, pues, a las organizaciones no lucrativas o nogubernamentales como asociaciones y fundaciones.
Aunque las entidades de la sociedad civil no tienen por qu ser necesariamentepolticas suelen tener influencia en la actividad poltica de la sociedad de la queforman parte.
Evolu cin Histrica
Durante el siglo XVI comienza a aparecer las asociaciones de personas, queeran denominadas compaas, su finalidad era la navegacin y la colonizacin.Haba dos tipos de sociedades:
1. Sociedades generales, donde los socios respondan frente a lasobligaciones de manera solidaria.
2. Sociedades de encomienda, donde haba dos tipos de socio: Loscolectivos, que respondan solidariamente y aquellos que secomprometan solo por el monto de su aporte.
-
7/21/2019 Compar Ley Per
11/23
6
A partir del siglo XIX, la tendencia en los distintos pases del mundo fue la dereunir en un nico cuerpo legal todas las normas relativas al comercio, incluidaslas sociedades comerciales.
En dicho pas se sigui esa tendencia en el siglo XX se cambi las nuevasnormas sobre sociedades comerciales no eran introducidos en el Cdigo deComercio a travs de reformas, sino que comenzaron a dictarse diferentesleyes.Hasta que en el ao 1972, se dict la LEY DE SOCIEDADES COMERCIALES19550. Esta ley sustituyo todas las normas relativas a sociedades comercialesincluidas en el Cdigo de Comercio.En 1983, la ley 22903 introdujo algunas modificaciones en la 19550, y seincorporaron importantes aportes doctrinarios y jurisprudenciales.
SOCIEDAD LEGALSe divide en:
1. Sociedad Civil2. Sociedad comercial
Sociedad CivilLa sociedad civil es un convenio celebrado entre dos o ms socios, mediante elcual aportan recursos, esfuerzos, conocimientos o trabajo, para realizar un finlcito de carcter preponderantemente econmico, sin constituir una
especulacin mercantil, obligndose mutuamente a rendirse cuentas; ( Porejemplo: explotacin agropecuaria, ejercicio de profesionales liberales,explotacin de establecimientos educativos, etc.).
Este tipo de sociedad se opone a la sociedad mercantil. Es difcil establecer unadistincin clara entre ambas. En general se distingue la sociedad civil de lasociedad comercial, por ser aquella que se constituye sin un objeto mercantil o,al menos, no puramente mercantil.
Elementos de la misma.
La agrupacin de 2 o ms personas. La reunin con un fin comn.
Que ese fin consista en una utilidad apreciable en dinero.
Que todos los socios participen en las ganancias y las prdidas.
-
7/21/2019 Compar Ley Per
12/23
7
Sociedades ComercialesLas sociedades comerciales son aquellas que figuran en la ley de SociedadesComerciales (Ley 19.550); por el slo hecho de optar por alguno de los distintos
tipos de sociedades que figuran en ella, la sociedad tendr el carcter decomercial, y estar regida por dicha ley, sin importar que el objeto que desarrollela sociedad sea civil o comercial.
Tipos de Sociedades ComercialesA la hora de conformar una sociedad comercial es bueno tener en cuenta losdistintos tipos que contempla la ley 19.550. Ahora citaremos de manera general,las diversas sociedades.
1. SOCIEDADES REGULARES
Las sociedades regulares se dividen en:
SOCIEDADES DE INTERS O DE PERSONASEn ellas los socios suelen responder por las obligaciones sociales en formasolidaria, ilimitada y subsidiaria, son constituidas teniendo en cuenta lapersonalidad de los socios generalmente.
o Sociedad Colectiva.o Sociedad en comandita simple.o Sociedad de capital o industria.o Sociedad accidental o en participacin.
SOCIEDADES POR CUOTASu capital social se divide en cuotas. Cada cuota representa un voto en latoma de decisiones de la sociedad, por lo tanto aquel socio que mscuotas haya aportado, ser quien tenga mayor poder de decisin. Lossocios responden por las obligaciones sociales solo hasta el monto de lascuotas que hayan suscripto e integrado.
SOCIEDADES POR ACCIONESAquellas donde el capital se divide por acciones y stas estn representadas en
ttulos que circulan, es decir que pueden transmitirse.
o Sociedad annima.o Sociedad en comandita por acciones.
Dos clases de socios:Los comanditados.- Responden en forma solidaria e ilimitada.
-
7/21/2019 Compar Ley Per
13/23
8
Los comanditarios.- El capital que aporten estos ltimos se divide en accionesy limitan su responsabilidad al monto de las mismas.
2. SOCIEDADES CONSTITUIDAS IRREGULARMENTE
Son aquellas que no han cumplido con todos los requisitos previstos por laley. Se pueden dividir en:a. Sociedad es irregulares
Aquellos que si bien cuentan con un contrato por escrito y han adoptadouno de los tipos de la ley 19550, no fueron inscriptas en el RegistroPblico de Comercio.
b. Sociedades de hechoSon aquellas que no cuentan con contrato escrito, o que fueronconstituidas a travs de un contrato con clusulas bsicas. No fueron
adaptadas a ningn tipo social, ni inscriptas en RPC.
Diferencias entre Sociedad Civil y Comercial
Propiedad del Inmueble A nombre de la Sociedad A nombre de la Sociedad
Responsabilidades de losSocios
Ilimitada Limitada a su aporte
Ante Terceros Acta la Sociedad Acta la Sociedad
ConstitucinPor Contrato Pblico
(escritura)Por Contrato Pblico oPrivado en el RPC (*)
Relaciones entre SociosSon abiertas entre el Socio y laSociedad con la limitacin de
la Ley Civil
Son abiertas entre el Socio y
la Sociedad
Afecciones del Inmueble porproblemas de Socios
NO Afectado Igual a la Sociedad Civil
-
7/21/2019 Compar Ley Per
14/23
9
TIPOS DE SOCIEDADES CHILENAS
Existen tres tipos de sociedades que son las ms utilizadas:
La Sociedad Annima, La Sociedad de Responsabilidad Limitada La Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.
Sociedad AnnimaEs una persona jurdica conformada por accionistas que renen un capitalcomn. Cada socio accionista responde hasta el monto de dinero que aport, loque implica que la responsabilidad es limitada.Las sociedades annimas son administradas por un directorio que debe tenercomo mnimo tres miembros, que a su vez deben elegir un gerente y unpresidente. Se caracterizan adems porque las decisiones se toman pormayora, es decir a travs de la votacin de todos los socios que la conforman.
Existen dos tipos de sociedades annimas:
Sociedad Annima Abier tas: corresponden a aqullas donde se hace ofertapblica de sus acciones y transan en la Bolsa. Deben inscribirse en el Registro
Nacional de Valores y estn sometidas a la fiscalizacin de la Superintendenciade Valores y Seguros (SVS). Deben tener 500 o ms accionistas (el nmero desocios es ilimitado), lo cuales tienen una responsabilidad limitada al monto desus acciones.
Sociedad A nnima Cerradas: En este caso la responsabilidad de los sociostambin es limitada, pero no estn reguladas por la Superintendencia de Valoresy Seguros. No pueden hacer oferta pblica de sus acciones, salvo que sesometan voluntariamente a la fiscalizacin de la SVS.
Sociedad de Respo nsabi l idad Lim itada Es una sociedad que se caracterizaporque los socios responden limitadamente por el monto de capital que aportan.Puede tener entre 2 y 50 socios, y en el caso de superar este mximo, pasa aconvertirse en una sociedad colectiva con responsabilidad ilimitada.Tericamente y a diferencia de la sociedad annima, este tipo de sociedad esadministrada por todos los socios de comn acuerdo, lo que implica que todas
-
7/21/2019 Compar Ley Per
15/23
10
las decisiones deben ser tomadas por unanimidad. Sin embargo, lo normal esque los socios designen a una persona para que administre la sociedad, quepuede ser uno de los socios o un tercero, que ser quien tome las decisiones.
Empresa indiv idu al de respo nsabi l idad l imi tada
Antes obligatoriamente para constituir una sociedad se requeran como mnimodos personas, porque la sociedad es un contrato y en todo contrato deben haberdos partes. Sin embargo, actualmente existen las EIRL que permiten a unapersona iniciar un negocio de manera individual, pero a travs de una entidad opersona legal distinta. La EIRL es una persona jurdica con Rut y patrimoniopropio, donde la responsabilidad es limitada, lo que permite al dueo resguardarsu patrimonio personal y slo responder hasta el capital aportado a la empresa.Otras sociedades.
Sociedad en comandi ta
Es una sociedad poco utilizada actualmente, donde existen socioscomanditarios, que en la prctica son quienes trabajan, y socios gestores, queaportan el capital. El ejemplo clsico de este tipo de sociedad son las boticas,donde el comanditario era el qumico y el gestor el que aportaba los recursos.
Sociedad co lect iva
Son poco comunes debido a que los socios deben responder ilimitadamente y
poner en riesgo su patrimonio. Sin embargo, se caracterizan por la facilidad paraconstituirlas, por lo que se utilizan en casos excepcionales o urgencias. Suvigencia radica en que la legislacin que las regula se utiliza adems paranormalizar todo aquello que no est expresamente reglamentado para lassociedades de responsabilidad limitada. Adems, el nmero de socios que lapueden conformar es infinito.
Sociedad de hecho
Corresponden a sociedades donde se cometi un error o hubo una falla en suconstitucin, por ejemplo, no se public el extracto en el Diario Oficial o no se
inscribi en el Registro de Comercio. Por lo tanto no se logra crear una personajurdica distinta a los socios, y simplemente se forma una comunidad. Sinembargo, para fines tributarios, se considera como un contribuyente ya que va agenerar impuestos, pero no es una persona distinta con una Rut propia.Sociedades Civiles
-
7/21/2019 Compar Ley Per
16/23
11
En Colombia las sociedades comerciales se clasifican en diferentes tipos, las
cuales se dividen en dos grandes grupos:
Sociedades de capital Sociedades de personas.
Segn el Cdigo de Comercio de Colombia: artculos 98 al 514: Del contrato desociedad Ley 222 de 1995 Ley 1458 de 2008 Personalidad Jurdica:
Sociedades de capitalSe llaman sociedades de capital aquellas sociedades en las que lo que importason los aportes econmicos, las acciones y no las personas. Para este tipo desociedades no importa en manos de quien estn sus acciones.
Sociedad en Sociedad annima comandita por acciones Sociedad de economa mixta
Sociedades de personasSe consideran sociedades de personas, aquellas sociedades donde lo ms
importante son sus las personas que la conforman, su socios, y por lo generalstas sociedades estn conformadas por miembros de una familia o por amigosmuy cercanos.
Sociedad limitada
Sociedad colectiva
Sociedad en comandita simple
Sociedad unipersonal
Cooperativas
Se debe hacer claridad, que la legislacin Colombiana no define como tal a lassociedades de personas y a las sociedades de capital, sino que es unaclasificacin que con el tiempo ha sido acogida por muchos autores la cual se haconvertido en doctrina.La legislacin Colombiana para clasificar las sociedades comerciales, toma enconsideracin las alcuotas en que se divide el capital social; de ah que la
-
7/21/2019 Compar Ley Per
17/23
12
codificacin comercial hace a lo largo de su articulado referencia a tres formasespecificas a saber: sociedades por partes de inters, por cuotas, y poracciones, las que en su orden dicen de las fracciones en que est representado
el capital de las sociedades tpicas reconocidas a saber: colectivas las primeras,de responsabilidad limitad y en comandita simple las segundas y, annimas y encomandita por acciones las ltimas.La responsabilidad de las diferentes sociedades difiere segn el tipo desociedad. En algunas, la responsabilidad de los socios se limita monto de susaportes, y en otras, los socios responden con su patrimonio solidaria eilimitadamente. En otras como en las sociedades en comandita, se puedepresentar tanto la responsabilidad limitada como la ilimitada.El tema de la responsabilidad de los socios en los diferentes tipos desociedades, se abordar individualmente en cada tipo de sociedad, documentosque se publicarn prximamente.
MARCO CONCEPTUAL
COMPARACIN ENTRE ALGUNOS PAISES DE LA LEY GENERAL DESOCIEDADES DE PER- VIGENTE (LEY 26887- LGS)
PER (LEY 26887- LGS)En primer trmino, es preciso dejar constancia que en el caso peruano, La LGS
refiere: Quienes constituyen la sociedad convienen en aportar bienes yservicios para el ejercicio en comn de actividades econmicas (Art. 1).
ARGENTINA (LEY 19.550- LSC)La LSC seala: el contrato por el cual se constituye o modifique una sociedad,se otorgar por instrumento pblico o privado. (Art. 4).
URUGUAY (LEY 16.060- LSC)En esta LSC seala tambin: el contrato por elcual ser sujeto desde la celebracin lo cual constituye una sociedad, que seotorgar por escritura pblica o privada. (Art. 6).
COMENTARIO.-Apreciamos que si bien es cierto que la LGS evita mencionarexpresamente el carcter contractual en lasociedad (a diferencia de la LSC), slo hace de manera implcitaya que el trmino convenir no significa otra cosaquecontratar.
-
7/21/2019 Compar Ley Per
18/23
13
LAS COOPERATIVAS
Las Cooperativas, son empresas sin fines de lucro que se controlandemocrticamente entre sus miembros. Las mismas pueden tener como sociostanto personas fsicas como jurdicas; buscan atender las necesidades de susasociados, pero contribuyendo al desarrollo de toda la comunidad y cuidando elambiente, esto las diferencia de las sociedades de capital que, aunque muchasveces pretendan mostrar lo contrario, tiene un nico y prioritario objetivo que esel incremento de su capital.
La Cooperativa es una empresa de produccin, obtencin, consumo o crdito departicipacin libre y democrtica, conformada por personas que persiguen unobjetivo en comn econmico y social en donde la participacin de cada socio,
en el beneficio, es determinado por el trabajo incorporado al objetivo comn y nopor la cantidad de dinero que haya aportado.
CARACTERSTICAS:
Para poder establecer una caracterizacin de las cooperativas debemosestablecer las diferencias que existen en comparacin con las sociedades decapital y empresas del estado. El cuadro siguiente trata de mostrar estasdiferencias.
Elementos Capitalistas Pblicas Cooperativista
Titulares Accionistassocios Pblico Asociados
Objetivo
Maximizar los beneficios enrelacin al capital aportado
Incrementarel bienestarde lasociedad
Brindar servicios y/oproductos a susasociados sidiscriminacin alguna
Control ydireccin
En funcin del capitalinvertidos
El Estado En funcin de losAsociados (unhombre un voto)
Poder dedecisin
A cargo de los propietarios yen relacin al capitalintegrado.
A cargo defuncionariosdesignadospor elestado
Se basa en elprincipio de igualdad,Todos los asociadosposeen los mismosderechos a opinar yvotar.
-
7/21/2019 Compar Ley Per
19/23
14
Capital
Fijo, por lo tantogeneralmente no puededisminuir del monto
constituido
Mixto, deacuerdo apolticas
pblicas
Variable, de acuerdoal ingreso y egresode los asociados, si
un asociado se retirase le reintegra elvalor de las cuotassociales integradas
Condicionesde ingreso
Restringida al capital Restringidaal estado
Libre sujeta aaprobacin del restode los asociados
Ganancia oexcedentes
Se invierte y se reparte entresus accionistas enproporcin al capital invertido
Si existenutilidadesse lascapitalizan
Se capitaliza o sedistribuye entre losasociados enproporcin a lasoperacionesrealizadas o serviciosprestados por losasociados. Principiode equidad
Equilibrioempresarial
Ingreso marginal es igual alcosto marginal
Costopromedioes igual alcostopromedio
Ingreso marginal esigual al costomarginal
DIFERENCIA DE COOPERATIVA Y COMPAIAS
La Cooperativa, a diferencia de las compaas annimas, es una sociedad depersonas, no de capitales. Se fundamenta en la igualdad de derechos de susintegrantes en cuanto a la gestin social. Adems, las cooperativas reparten susexcedentes o ganancias en funcin de la actividad realizada por sus asociadosen el logro del propsito comn. En cambio, en una empresa mercantil, laganancia se distribuye entre los socios de manera proporcional al capitaleconmico que cada uno aport.
SM - 1. Limitada cantidad de accionistas.SC - 1. Se acepta cualquier cantidad de asociados.
SM - 2. El poder lo determina la cantidad de acciones que se posean.SC - 2. Cada miembro tiene un solo voto independientemente de la cantidad decertificados que posea.
-
7/21/2019 Compar Ley Per
20/23
15
SM - 3. El capital se fija en el documento constitutivo. Su alteracin se rige pornormas jurdicas.
SC - 3. El capital es indeterminado.
SM - 4. Las acciones son negociables y transferibles.SC - 4. Los certificados son intransferibles y solo pueden ser negociadas entrecooperadores.
SM - 5. Las utilidades o ganancias se reparten segn el nmero de acciones decada socio.SC - 5. Los excedentes se distribuyen sobre la base de las operaciones y trabajoque el socio haya aportado.
DIFERENCIA ENTRE UNA SOCIEDAD CIVIL Y
UNA ASOCIACIN CIVIL
De una manera muy bsica:
Asociacin Civil
Es para realizar actividades que no tengan carcter preponderantementeeconmico. Por lo tanto una SC no podra realizar actividades con un nimo delucro, lo que brindara acorde a su objeto social seran primordialmente serviciosy la consecuencia de ello podra ser un beneficio econmico. Por ejemplo:
Cruz Roja; Fundaciones; Entro otras.
SOCIEDAD CIVIL
Tiene fines preponderantemente econmicos, sin constituir especulacincomercial. Por el contrato de sociedad los socios se obligan mutuamente acombinar sus recursos o sus esfuerzos para la realizacin de un fin comn, decarcter preponderantemente econmico, pero que no constituya unaespeculacin comercial, por ejemplo:
-
7/21/2019 Compar Ley Per
21/23
16
Despachos de Contadores;
Despachos de Arquitectos;
Escuelas;
Entre otras.
SOCIEDAD MERCANTIL (SOCIEDAD COMERCIAL)
La sociedad mercantil (o sociedad comercial) es aquella sociedad que tiene porobjeto la realizacin de uno o ms actos de comercio o, en general, unaactividad sujeta al derecho mercantil. Se opone a la sociedad civil.
Como toda sociedad, son entes a los que la ley reconoce personalidad jurdica
propia y distinta de sus miembros, y que contando tambin con patrimoniopropio, canalizan sus esfuerzos a la realizacin de una finalidad lucrativa que escomn, con vocacin tal que los beneficios que de las actividades realizadasresulten, solamente sern percibidos por los socios.
En las Sociedades Mercantiles hay tres elementos fundamentales: los sociales,los patrimoniales y los formales:
Elemento Personal:Est constituido por los socios, personas queaportan y renen sus esfuerzos (bienes, capitales o trabajos)
Elemento Patrimonial:Est formado por el conjunto de bienes que seaportan para formar el capital social, los bienes, trabajo, etc.
Elemento Formal:Es el conjunto de reglas relativas a la forma osolemnidad de que se debe revestir al contrato que da origen a lasociedad como una individualidad de derecho.
Clasificacin:
Las Sociedades se pueden clasificar conforme a varios criterios, entre los que
destacan los siguientes:
Segn el predomin io d e los elementos
Sociedades de Personas:son las sociedades en las cuales predomina elelemento personal. Son las sociedades colectivas y en comandita simple.
-
7/21/2019 Compar Ley Per
22/23
17
* Sociedades intermedias: En estas sociedades no est muy claro el elementopredominante. Son la Sociedad de Responsabilidad Limitada y la Comandita por
Acciones.
Sociedades de capital o capitalistas:En estas sociedades domina el capitalsocial. En esta clasificacin se incluyen las Sociedades Annimas y lasCooperativas.
Segn su tipo de capital
Capital Fijo:El capital social no puede ser modificado, sino por unamodificacin de los estatutos.
Capital Variable:El capital social puede disminuir y aumentar conformeel avance de la sociedad, sin procedimientos demasiado complejos
SOCIEDAD ANNIMADefinicin:
La sociedad annima (S.A.) es una forma de organizacin de tipo capitalista muyutilizada entre las grandes compaas. Todo el capital se encuentra dividido enacciones, las cuales representan la participacin de cada socio en el capital dela compaa.
Una de las caractersticas de la sociedad annima es que la responsabilidad de
cada socio es proporcional al capital que haya. Por eso, participar en una S.A.tiene un nivel de seguridad financiero bastante alto.
Adems, al contrario de una sociedad personalista, la S.A. como sociedadcapitalista es una estructura orgnica personal. Esto significa que una S.A.puede hacer actuar como persona jurdica.
-
7/21/2019 Compar Ley Per
23/23
18
Lista de referencias
Evolucin del sector cooperativo en Espaa Daz-Foncea, Millan
[email protected] Marcuello, Carmen [email protected] Universidadde Zaragoza Espaa (SPAIN) Revista XIX Conferencia Regional de cooperativas de las Amricas
cerrando Brechas hacia la Visin 2020 del 18 de setiembre 2015 Ley General de Sociedades Cooperativas, aprobada por Decreto Ley N
5035 de 13 de septiembre de 1958; el Decreto Ley N 12008 de 29 denoviembre de 1974
Buenas tareas, buenastareas.com/ensayos/Sociedad-y-Compaia-Anonima
LEY 19.550 TEXTO ORDENADO DE LA LEY DE SOCIEDADESCOMERCIALES (ARGENTINA)
PROYECTO DE LEY N 18.046, SOBRE SOCIEDADES ANONIMASDE CHILE Ley de Sociedades: comentada y anotada. - 1a ed. - Buenos Aires : La
Ley, 2010. 1040 p.; 24x17 cm. ISBN 978-987-03-1609-1 1. DerechoSocietario. I. Ttulo CDD 346.06
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, organismo- Ministerio deHacienda, ley de sociedades- ley 18046. - CHILE
Biblioteca digital de libros de acceso abierto.http://libros.metabiblioteca.org/handle/001/337-COLOMBIA
Ley de Compaias del Ecuador DEL ECUADOR; MARIN, Francisco,DERECHO MERCANTIL PRACTICO, Textos Marn.
Superintendencia de Compaias de Valores y Seguros, LEY DE SOCIEDADES COMERCIALES Ley N 19.550 - ARGENTINAEsta norma fue consultada a travs de InfoLEG, base de datos delCentro de Documentacin e Informacin, Ministerio de Economa yFinanzas Pblicas.
Barea, J. y Monzn, J.L. (1992): Libro Blanco de la Economa Social enEspaa, Informes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Madrid.
Chaves, R. (2001): La economa social en la historia. Los inicios delmovimiento cooperativo catlico. Los pioneros: el Pare Vicent y LuisChaves, Noticias Del CIDEC 34.
Visin panormica Del sector cooperativo en Bolivia Un modelo singularde desarrollo cooperative Rodrigo Mogrovejo Philippe Vanhuynegem.
FUNDAMENTOS HISTRICOS Y TERICOS DEL SISTEMA COOPERATIVO DE AHORRO Y CRDITO Aportado por: Ing.Com. M. Patricio Barzallo Mendieta.
http://libros.metabiblioteca.org/handle/001/337-COLOMBIAhttp://libros.metabiblioteca.org/handle/001/337-COLOMBIAhttp://libros.metabiblioteca.org/handle/001/337-COLOMBIA