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Combinado Familiar Manual de Producto Compañía de Seguros EL NORTE S.A. Bv. 25 de Mayo 1825 - X2400ADA San Francisco - Córdoba Teléfono (03564) 47-5700 - E-mail: [email protected] www.elnorte.com.ar

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Combinado FamiliarManual de Producto

Compañía de Seguros EL NORTE S.A.Bv. 25 de Mayo 1825 - X2400ADA San Francisco - Córdoba

Teléfono (03564) 47-5700 - E-mail: [email protected]

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Última actualización 08/02/2018

INDICE Características del Producto ........................................................................................................................ 2 Tipos de viviendas asegurables .................................................................................................................... 2 Medidas de seguridad ................................................................................................................................... 2 Tipos de construcción ................................................................................................................................... 2 Coberturas .................................................................................................................................................... 3 Coberturas Básicas ....................................................................................................................................... 3 Coberturas Adicionales ................................................................................................................................ 3 Medida de la prestación ............................................................................................................................... 4 Deducibles y/o Franquicias para cada Cobertura ....................................................................................... 4 Cláusula de Ajuste Automático de la Suma Asegurada ................................................................................ 5 Interpretación de Coberturas ....................................................................................................................... 5 Incendio Edificio ........................................................................................................................................... 5 Incendio Contenido ....................................................................................................................................... 5 Incendio R.C. linderos .................................................................................................................................. 6 Incendio Gastos Extras ................................................................................................................................. 6 Incendio Bauleras ......................................................................................................................................... 6 Incendio Período Vacacional ....................................................................................................................... 7 Incendio Pérdida de Alimentos Refrigerados ............................................................................................... 7 Incendio Reemplazo de Documentos ............................................................................................................ 7 Robo y/o hurto mobiliario general y objetos específicos .............................................................................. 7 Robo y/o hurto bauleras ............................................................................................................................... 8 Robo en período vacacional ......................................................................................................................... 8 Robo de dinero en efectivo ............................................................................................................................ 8 Aparatos electrodomésticos: Todo riesgo TV, Audio y Video ...................................................................... 8 Aparatos electrodomésticos: Reposición a nuevo o sin depreciación por antigüedad o uso. ...................... 9 Aparatos electrodomésticos: Todo Riesgo Computadoras Personales (PC) ................................................ 9 Aparatos electrodomésticos: Alta y Baja de Tensión- Cobertura Adicional ................................................ 9 Objetos Diversos: Todo Riesgo en domicilio ............................................................................................... 9 Objetos Diversos: Todo Riesgo en territorio nacional y países limítrofes ................................................ 10 Cristales ...................................................................................................................................................... 10 RC hechos privados .................................................................................................................................... 10 Daños por agua .......................................................................................................................................... 10 Accidentes personales- Titular de la Póliza ............................................................................................... 11 Jugadores de Golf ....................................................................................................................................... 11 Animales Domésticos .................................................................................................................................. 12 Interpretación de Coberturas Adicionales .................................................................................................. 12 Asistencia Domiciliaria .............................................................................................................................. 13 Exclusiones ................................................................................................................................................. 13 Vandalismo ................................................................................................................................................. 13 Tumulto Popular ......................................................................................................................................... 14 Huelga ........................................................................................................................................................ 14 Lock-Out ..................................................................................................................................................... 14 Terrorismo .................................................................................................................................................. 14 Otros Hechos .............................................................................................................................................. 14 Bonificaciones Especiales ........................................................................................................................... 15 Medidas de Seguridad ................................................................................................................................ 15 Operatoria Siniestros .................................................................................................................................. 15 Cargas y Obligaciones del Asegurado: ...................................................................................................... 15 Denuncia de Siniestro: Información general a solicitar ............................................................................. 16 Advertencias: .............................................................................................................................................. 16 Más Información ......................................................................................................................................... 16

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Características del Producto Combinación de coberturas ágiles.

Protegiendo a la vivienda y los bienes.

Bajo una sola póliza que integra y agrupa distintos riesgos y coberturas.

Adaptando sumas aseguradas a cada necesidad.

Tipos de viviendas asegurables Viviendas, (Casas o Departamentos de familias), de ocupación permanente dentro del

territorio de la Rep. Argentina.-

EXCLUIDAS:

Viviendas de ocupación transitoria.

Viviendas deshabitadas por período mayor a 45 días consecutivos o 120 alternados durante

el año de vigencia de póliza.

Medidas de seguridad Cerradura doble paleta en puertas con acceso directo que den al exterior.

Persianas metálicas o madera, rejas u otra protección en paneles de vidrio como ventanas,

escaparates, vidrieras, claraboyas que den al exterior.

Alarma monitoreada.

Cerco, muro o reja perimetral de una altura mínima 1,80 metros cuando linde con terreno

baldío, obra en construcción o edificio abandonado.

Techos de consistencia sólida: cemento armado, chapa, madera, tejas o fibrocemento.-

Tipos de construcción Edificios construidos con materiales resistentes al fuego o incombustibles.

Edificios construidos total o parcialmente de madera.-

Cerramientos laterales externos de materiales resistentes al fuego.

Techos de losa u hormigón, zinc, teja, madera o fibrocemento.

Se excluyen los techos de paja, plásticos o quinchos.

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Coberturas

Coberturas Básicas

Incendio edificio.

Incendio contenido.

Robo y/o hurto mobiliario general y específico.

Aparatos electrodomésticos: Todo riesgo TV, Audio y Video

Objetos Diversos: todo riesgo en domicilio.

Objetos Diversos todo riesgo en territorio nacional y países limítrofes.

Cristales, vidrios y espejos.

Responsabilidad civil hechos privados.-

Daños por agua.

Accidentes personales (para el titular de póliza).

Jugadores de Golf

Animales Domésticos

Las coberturas de incendio incluyen los daños ocasionados por Tumulto Popular, Huelga, Lock Out, Vandalismo, Malevolencia, Impacto de vehículos terrestres y/o aeronaves y los daños causados para extinguir o evitar su propagación, salvamento o evacuación a causa del siniestro. Las coberturas robo incluyen los daños ocasionados a la vivienda por robo o tentativa. Todas las pólizas incluyen asistencia domiciliaria.

Coberturas Adicionales

Huracán, vendaval, ciclón, tornado.

Granizo.

Terremoto: incendio y daños materiales.

Incendio R.C. linderos

Incendio: Gastos Extras: de limpieza y Retiro de Escombros. Incendio: Gastos de alojamiento/hospedaje Incendio: Gastos de mudanza

Incendio – Robo: Bauleras

Incendio – Robo: Período Vacacional

Incendio: Reemplazo de Documentos

Incendio: Pérdida de Alimentos Refrigerados

Robo: Dinero en Efectivo

Aparatos electrodomésticos: Todo riesgo PC

Aparatos Electrodomésticos - TV-Audio- Video: Reposición a Nuevo

Aparatos Electrodomésticos: Daños por Alta y Baja de Tensión

RC Hechos Privados: Con Pileta de Natación

RC Hechos Privados: Contratistas y Subcontratistas

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Medida de la prestación

REGLA PROPORCIONAL O A PRORRATA Si la suma asegurada es inferior al valor asegurable, el Asegurador sólo indemnizará el daño en la proporción que resulte de ambos valores (Art. 65 - L. de S.). Cuando se aseguren diferentes bienes con discriminación de las sumas aseguradas, se aplican las disposiciones precedentes, a cada suma asegurada, independientemente.

PRIMER RIESGO ABSOLUTO

Este riesgo se efectúa a primer riesgo absoluto y en consecuencia el Asegurador indemnizará el daño hasta el límite de la suma asegurada indicada en las Condiciones Particulares, sin tener en cuenta la proporción que exista entre esa suma y el valor asegurable. Cuando se aseguren diferentes bienes con discriminación de las sumas aseguradas, se aplican las disposiciones precedentes, a cada suma asegurada, independientemente.

De estas modalidades de liquidación, será de aplicación aquella que corresponda según se consigne para cada cobertura en las Condiciones Específicas, en las Cláusulas Adicionales o en las Condiciones Particulares, según el siguiente cuadro:

RIESGOS 1º RIESGO PRORRATA

INCENDIO X X

ROBO Y/O HURTO X

APARATOS ELECTRODOMÉSTICOS X

R.C. HECHOS PRIVADOS X

DAÑOS POR AGUA X

JUGADORES DE GOLF X

ANIMALES DOMÉSTICOS X

CRISTALES X

ACC. PERSONALES (TITULAR) 24 HORAS

OBJ. DIVERSOS T.R. DOMICILIO X

OBJ. DIVERSOS T.R. TERR. NACIONAL X

Deducibles y/o Franquicias para cada Cobertura

Robo y/o hurto: Deducibles por antigüedad o uso.

Objetos Diversos (T.R): Aparatos electrodomésticos en domicilio y en territorio nacional.

Deducibles por antigüedad o uso

Responsabilidad Civil: Franquicia del 10% del siniestro con un mínimo del 1% y un máximo del 5% de la suma asegurada.

El resto de las coberturas (básicas o adicionales) no lleva deducibles ni franquicias.

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Cláusula de Ajuste Automático de la Suma Asegurada

La presente Cláusula, solo puede aplicarse a las coberturas que se contraten con prestación

en la modalidad a prorrata.- Se excluyen las coberturas de Resp. Civil, Acc. Personales y

cualquier otra que se otorgue bajo condición a primer riesgo absoluto o relativo.

Aplicando una extra-prima el Asegurado tendrá derecho, al momento de un siniestro, a un

incremento de la suma asegurada fijada para la cobertura, hasta el porcentaje de variación

del IPIM (Índice de Precios Internos al por Mayor) resultante de la fórmula correspondiente y

aplicando como tope máximo el porcentaje indicado en las Condiciones Particulares de póliza

(30%).-

A las sumas aseguradas que resulten de la aplicación de esta Cláusula, en caso de siniestro,

les será siempre aplicable lo dispuesto por la segunda parte del artículo 65 de la Ley de

Seguros – “Infra-seguro”.

Al producirse un siniestro, se procederá a determinar:

El valor de los daños sufridos por el bien.-

El valor asegurable de ese bien, al momento de la determinación de los daños.

Y se aplica la fórmula: Suma asegurada x IPIM a fecha de Stro. IPIM al inicio de vigencia.

Interpretación de Coberturas

Incendio Edificio Cubre los daños parciales y/o totales ocasionados al edificio por acción directa o indirecta de:

fuego, explosión, humo, impacto de vehículos terrestres y/o aeronaves y rayo, tumulto

popular, huelga, lock-out, vandalismo o malevolencia.

Se incluyen los daños causados para extinguir o evitar su propagación, salvamento o

evacuación a causa del siniestro.

Coberturas a: Primer Riesgo, Prorrata o Prorrata con Cláusula de Ajuste Automático.-

Incendio Contenido Cubre los daños materiales, parciales y/o totales causados por acción directa de: fuego, rayo,

explosión, impacto de vehículos terrestres y/o aeronaves y humo, tumulto popular, huelga,

lock-out, vandalismo o malevolencia, ocasionados al mobiliario general de la vivienda

asegurada comprendido por: muebles, electrodomésticos, ropas, provisiones y demás

pertenencias del/los ocupantes de la vivienda.

La suma asegurada debe ser el doble de la suma asegurada en robo.

Cobertura a Primer Riesgo.

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Incendio R.C. linderos Cubre los daños materiales que puedan sufrir los edificios linderos a consecuencia de

incendio, explosión o humo producidos en el edificio asegurado y por los cuales fuera

legalmente responsable el asegurado.

La suma máxima a asegurar es hasta 3 veces la suma asegurada de incendio edificio.

Incendio Gastos Extras Se otorgan en conjunto y con motivo de la ocurrencia de un evento cubierto por las

Condiciones Específicas de Incendio o sus adicionales que origine la inhabitabilidad de la vivienda asegurada.

Gastos de Alojamiento: Se reintegran los gastos extras en que incurra el Asegurado en concepto de alojamiento provisorio. Comprende únicamente los gastos de alojamiento del Asegurado y su grupo familiar que conviva con él, ya sea en concepto de alquiler de una vivienda o de hospedaje en un hotel; en ambos casos, de análoga categoría a la vivienda asegurada siniestrada. Se establece para la presente cobertura, una suma asegurada máxima del 1,5% de la S.A. de Incendio Edificio.-

Gastos de Mudanza: Se reintegran los gastos extras en que incurra el Asegurado en concepto de mudanza o traslado de sus bienes propios. Comprende únicamente los gastos de mudanza o traslado de los bienes propios del Asegurado y de su grupo familiar que conviva con él, que se encuentren ubicados en la vivienda asegurada siniestrada. Se establece para la presente cobertura, una suma asegurada máxima del 1,5% de la S.A. de Incendio Edificio.-

Gastos de Limpieza y/o Retiro de Escombros: Se reintegran los gastos extras en que incurra el Asegurado en concepto de limpieza y/o retiro de escombros de las partes de los bienes asegurados destruidos o dañados. Para la aplicación de la presente, no es condicionante la inhabitabilidad de la vivienda. Comprende únicamente los gastos de limpieza y/o retiro de escombros que se encuentren ubicados en la vivienda asegurada siniestrada. Se establece para la presente cobertura, una suma asegurada máxima del 5% de la S.A. de Incendio Edificio.-

Incendio Bauleras Edificio: En el caso de departamentos, se cubren las partes constructivas correspondientes a

la baulera del departamento asegurado, que resulten destruidas o dañadas por cualquier riesgo amparado en las Condiciones Específicas de Incendio y sus adicionales.

Contenido: De igual forma se cubren los bienes del Asegurado y/o de sus familiares que convivan con él, que se hallen depositados en la baulera.

La suma asegurada máxima es el 5% de la S.A. de Incendio Edificio para el caso de daños a las partes constructivas de la baulera y el 5% de la S.A. de Incendio Contenido General para el caso de los daños a los bienes en ella contenidos. La presente cobertura no amplía las mencionadas Sumas Aseguradas, sino que se encuentra contenida en ellas.

Las coberturas de esta Cláusula Adicional no están sujetas a la regla proporcional.-

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Incendio Período Vacacional Se cubren los bienes pertenecientes al Asegurado o a sus familiares que convivan con él,

depositados en otras viviendas u hoteles con motivo de las vacaciones del Asegurado, hasta un máximo de treinta (30) días de estadía fuera de la vivienda asegurada, que resulten destruidos o dañados por los riesgos amparados en las Condiciones Específicas de Incendio y sus adicionales.

La suma asegurada máxima es el 5% de la Suma Asegurada de Incendio Contenido General. La presente cobertura no amplía la mencionada Suma Asegurada, sino que se encuentra contenida en ella.

La responsabilidad del Asegurador bajo esta Cláusula Adicional no está sujeta a la regla proporcional.

Quedan excluidos de la presente cobertura aquellos bienes que se hallen asegurados específicamente bajo la cobertura de Objetos Diversos.

Incendio Pérdida de Alimentos Refrigerados Se cubre la pérdida de alimentos depositados en heladeras, freezers o similares de uso

doméstico, cuando la misma sea causada por la falta de frío, originada ante la falta de suministro de energía por parte de la entidad suministradora del servicio, a raíz de un hecho súbito y accidental y que se suscite por un período mayor a 12 horas continuas, o discontinuas dentro de un período de 24 horas.

La suma asegurada máxima es el 5% de la Suma Asegurada de Incendio Contenido General. La presente cobertura no amplía la mencionada Suma Asegurada, sino que se encuentra contenida en ella.

La responsabilidad del Asegurador bajo esta Cláusula Adicional no está sujeta a la regla proporcional.

No se cubren las pérdidas que resulten de actos deliberados de las empresas suministradoras de energía, o que resulten del hecho que se nieguen a mantener o restringir el suministro, o cuando la falta o deficiencia en el mismo sea imputable al Asegurado.

Incendio Reemplazo de Documentos Se cubre el costo de reemplazo de los documentos específicamente indicados, con motivo

del daño o pérdida que sufrieran como consecuencia inmediata de Incendio y/o Robo, hasta la suma máxima de $ 1.000 en conjunto.-

Los documentos cubiertos son: Documento Nacional de Identidad, Cédula de Identidad, Pasaporte y Registro de Conducir, emitidos por las autoridades de la República Argentina.-

Excluye las pérdidas producidas como consecuencia del hurto.

Robo y/o hurto mobiliario general y objetos específicos Cubre la pérdida por robo y/o hurto, de los bienes que forman parte del contenido general

de la vivienda asegurada incluyendo los aparatos electrodomésticos.

Cobertura a 1°riesgo.

Se incluyen los daños ocasionados a la vivienda por robo o tentativa. (hasta el 15% de la s.a.

de robo. Importe incluido en dicha suma límite).

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Se excluye: dinero en efectivo, cheques, valores, títulos, acciones, vehículos con licencia para

circular.

Robo y/o hurto bauleras En el caso de departamentos se cubre la pérdida por robo y/o hurto, de los bienes del

asegurado y/o familiares que convivan con él, que estén depositados en la baulera, siempre

que la misma se halle debidamente cerrada al momento del siniestro y cumpla con las

mismas medidas de seguridad exigibles a la vivienda principal asegurada.-

Se excluye: dinero en efectivo, cheques, valores, títulos, acciones, vehículos con licencia para

circular.

Cobertura a 1°riesgo hasta el 10% de la suma asegurada en robo y/o hurto mobiliario

general. La presente cobertura no amplía la mencionada S.A., sino que se encuentra

contenida en ella.-

Robo en período vacacional Cubre la pérdida por robo , de los bienes del asegurado y/o familiares que convivan con él,

que estén depositados en otras viviendas u hoteles ubicados en el territorio de la República

Argentina o países limítrofes con motivo de las vacaciones del asegurado, hasta un máximo

de treinta (30) días de estadía fuera de la vivienda asegurada.-

Se excluyen: los bienes que se encuentre asegurados bajo la cobertura de objetos diversos.-

Se excluyen las pérdidas o faltantes producidos como consecuencia del hurto o extravío

Cobertura a 1°riesgo hasta el 10% de la suma asegurada en robo y/o hurto mobiliario

general. La presente cobertura no amplía la mencionada S.A., sino que se encuentra

contenida en ella.-

Robo de dinero en efectivo Cubre la pérdida por robo , del dinero en efectivo (papel o metálico) que se encuentre dentro

de la vivienda asegurada.-

Se excluyen las pérdidas o faltantes producidos como consecuencia del hurto o extravío

Cobertura a 1°riesgo hasta el 5% de la suma asegurada en robo y/o hurto mobiliario general.

La presente cobertura no amplía la mencionada S.A., sino que se encuentra contenida en

ella.-

Aparatos electrodomésticos: Todo riesgo TV, Audio y Video Cubre los daños materiales sufridos por cualquier causa accidental, súbita e imprevista,

incendio, rayo, explosión, robo y/o hurto de los bienes, mientras se encuentren dentro de

la vivienda asegurada.-

Bienes asegurables: Equipos de audio, sonido y video juegos– DVD – TV – LCD/LED- PLAY

STATION – HOME THEATRE

Cobertura a 1º riesgo.- No resulta necesario el detalle de bienes.-

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A requerimiento del asegurado, pueden individualizarse todos o algunos de los bienes

comprendidos en esta cobertura, en cuyo caso se indemnizarán a prorrata y hasta la suma

asegurada indicada en las condiciones particulares para cada uno de ellos.-

Aparatos electrodomésticos: Reposición a nuevo o sin depreciación por antigüedad o uso. Cláusula Adicional que puede incluirse mediante el pago de la extra-prima correspondiente y

comprende bienes de hasta cinco (5) años de antigüedad.

Cuando un aparato electrodoméstico cubierto bajo esta condición sufriera un siniestro tal

que no admita su reparación, el asegurador se compromete a la reposición a nuevo por uno

de igual o análogo modelo, sin aplicar depreciación por antigüedad o uso y hasta la suma

asegurada indicada en las condiciones particulares.

Si el Asegurado optara por el resarcimiento monetario, se considerará a los fines de la

indemnización, el estado de uso y antigüedad del aparato electrodoméstico a la fecha del

siniestro.

Cobertura a prorrata: es exigida la individualización y detalle de bienes comprendidos:

marca, modelo y valor de cada uno.-

La ampliación de cobertura conferida por la presente Cláusula Adicional, no será de

aplicación para las computadoras personales de escritorio o sus accesorios de hardware.

Aparatos electrodomésticos: Todo Riesgo Computadoras Personales (PC) Cubre los daños materiales sufridos por cualquier causa accidental, súbita e imprevista,

incendio, rayo, explosión robo y/o hurto de las computadoras personales de escritorio y sus

accesorios de hardware, notebooks, netbooks, tablets, detalladas en póliza, mientras se

encuentren dentro de la vivienda asegurada y sean utilizadas para uso personal.-

Cobertura a prorrata según detalle de bienes: marca, modelo, valor (de cada uno).

Aparatos electrodomésticos: Alta y Baja de Tensión- Cobertura Adicional La cobertura de “Daños por fallas en el aprovisionamiento de la energía eléctrica de la red

pública”, más conocida como “Alta y Baja de tensión”, puede incluirse como cobertura

adicional, mediante el pago de una extra-prima, para los bienes asegurables comprendidos

en “Todo riesgo TV, Audio y Video” y “Todo Riesgo Computadoras Personales (PC)”

Objetos Diversos: Todo Riesgo en domicilio Cubre los daños materiales sufridos por cualquier causa accidental, súbita e imprevista,

incendio, rayo, explosión robo y/o hurto de los bienes indicados en las Condiciones

Particulares, mientras se encuentren dentro de la vivienda asegurada.-

Bienes asegurables: heladera, microondas, lavarropas automático, anafe, cámara de fotos,

filmadora, lavavajilla.-

Cobertura a prorrata según detalle de bienes: marca, modelo, valor (de cada uno).

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Objetos Diversos: Todo Riesgo en territorio nacional y países limítrofes Cubre los daños materiales sufridos por cualquier causa accidental, súbita e imprevista,

incendio, rayo, explosión, robo y/o hurto de los bienes indicados en las Condiciones

Particulares, mientras se encuentren dentro de la vivienda asegurada, y/o en tránsito dentro

del territorio nacional de la República Argentina y/o países limítrofes.-

Bienes asegurables: filmadoras, cámaras de fotos, notebooks, netbooks, tablets, DVD

portátiles.

Cobertura a prorrata según detalle de bienes: marca, modelo, valor (de cada uno).

Cristales Cubre los daños, rajaduras o roturas sufridos por piezas vítreas de: puertas, ventanas,

portones, banderolas y espejos instalados en forma vertical, excluyéndose las colocadas

horizontalmente y las vitrinas y/o muebles de cualquier tipo y especie.

Se incluyen los gastos de colocación.

Cobertura a 1°riesgo.

RC hechos privados Cubre los daños y/o lesiones a terceros o cosas de terceros, por los cuales fuera legalmente

responsable el asegurado y/o cónyuge y/o cualquier otra persona por el cual el asegurado

sea responsable, emergente de hechos privados.

Se entiende por hechos privados a aquellos hechos que no se vinculan con la actividad

profesional, industrial, comercial y/o laboral de ningún tipo y comprende: suministro de

alimentos, tenencia de animales domésticos, daños a inmuebles vecinos (salvo por

excavaciones), incendio, rayo, explosión, descargas eléctricas y escapes de gas.

Puede extender la cobertura a la tenencia de pileta de natación dentro del predio donde se

encuentra la vivienda asegurada y a contratistas y subcontratistas que realicen trabajos

dentro del mismo predio asegurado.-

Cobertura a 1°riesgo.

Franquicia del 10% del siniestro con un mínimo del 1% y un máximo del 5% de la suma

asegurada.-

Daños por agua Cubre la pérdida o daños al “mobiliario”, hasta la suma asegurada indicada en las

Condiciones Particulares, por la acción directa del agua, únicamente cuando sean causados

por filtración, derrame, desborde o escape como consecuencia de rotura, obstrucción, falta o

deficiencia en la provisión o falla en la instalación de las cañerías conductoras, incluyendo

tanques, cañerías, válvulas, bombas y cualquier accesorios de la instalación.-

Cobertura a 1°riesgo.

Suma asegurada máxima: 10% de la s.a. incendio contenido.

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Accidentes personales- Titular de la Póliza Cubre al titular de la póliza por muerte e incapacidad total y parcial permanente, a causa de

accidentes ocurridos en cualquier parte del territorio nacional, durante las 24 horas.

La cobertura se extiende al tránsito y/o permanencia en el exterior, salvo en aquellos países

que no mantengan relaciones diplomáticas con Argentina.

Personas no asegurables: menores de 14 años y mayores de 65 años.

Cobertura a 1°riesgo.

Jugadores de Golf Se Cubren los siguientes riesgos: INCENDIO, ROBO Y/O HURTO DE EFECTOS PERSONALES: pérdida o daño causado

únicamente por incendio, robo o hurto, que sufrieran los efectos personales del Asegurado (excluyendo: relojes, alhajas, dijes, monedas, dinero, títulos o estampillas), mientras se hallen en poder del Asegurado o de persona autorizada o depositado para su guarda en cualquier Club de Golf de la República Argentina, reconocido por la Asociación Argentina de Golf, hasta la suma asegurada indicada en las Condiciones Particulares.

DAÑOS O PÉRDIDA DE LOS PALOS: La pérdida o daño por cualquier causa, salvo lo estipulado en contrario más adelante, que pudiera sufrir el juego de palos de golf de propiedad del Asegurado, mientras se encuentre en cualquier parte dentro del territorio de la República Argentina, hasta la suma asegurada indicada en las Condiciones Particulares. En caso de pérdida, robo, hurto y/o rotura de los palos de golf, el Asegurador indemnizará dicha pérdida o daño, o a opción del Asegurador, éste tomará a su cargo la reparación del mismo o lo reemplazará, en caso de pérdida total, por otro del mismo tipo y estado de uso, pero en ningún caso la responsabilidad podrá exceder para cada palo del 10% de la suma total asegurada para estos artículos.

HOYO EN UNO: En caso que el Asegurado, durante el desarrollo del juego de golf en una competencia llevada a cabo en cualquier cancha de golf de la República Argentina, reconocida por la Asociación Argentina de Golf, cumpla un hoyo mediante la ejecución de un solo golpe, el Asegurador reembolsará los gastos habituales y normales para tales ocasiones, hasta la suma asegurada indicada en las Condiciones Particulares. Conste asimismo que la presente cobertura se otorga bajo la garantía que ofrece el Asegurado de documentar debidamente el gasto en el que incurra, así como que el hecho cubierto se produzca en un todo de acuerdo a los reglamentos de la Asociación Argentina de Golf.

RESPONSABILIDAD CIVIL: La Responsabilidad Civil del Asegurado, emergente de accidentes causados por él mientras estuviere jugando al golf, en cualquier cancha de golf de la República Argentina, reconocida por la Asociación Argentina de Golf, y que resulten en:

Lesiones corporales y/o muerte de terceras personas (incluido su propio caddie) que no fueran miembros de la familia del Asegurado o convivan con él.

Daños materiales a cosas de terceros, excluidas aquellas que estuvieren bajo su custodia o control o que pertenecieren a, o estuvieren bajo la custodia o control de su familia o de personas que convivan con él.

Se considerarán miembros de la familia del Asegurado a las personas que tengan parentesco con él hasta el tercer grado de consanguinidad y afinidad.

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Queda entendido y convenido que la suma asegurada por la presente Cláusula será la específicamente establecida en las Condiciones Particulares. Se entiende que la referida suma asegurada resulta aplicable a un solo accidente, cualquiera que fuera el número de reclamos individuales emergentes del mismo y representa asimismo la responsabilidad máxima del Asegurador por todos los reclamos que puedan presentarse durante la vigencia de esta póliza, incluidos los honorarios, gastos y costas de juicios a cargo del Asegurador. Cobertura a 1º riesgo

Animales Domésticos Cubre a las mascotas (perros o gatos) de propiedad del asegurado debidamente

individualizados, por:

Muerte o sacrificio necesario producida como consecuencia exclusiva e inmediata de un

accidente ocurrido durante la vigencia de la póliza.- Se entiende por accidente toda lesión

corporal que pueda ser determinada por un veterinario de manera cierta, sufrida por el

animal doméstico por un hecho ajeno a la voluntad del asegurado y por la acción repentina

y/o violenta de o con un agente externo.-

Gastos de asistencia veterinaria: a consecuencia de lesiones corporales sufridas por un

accidente ocurrido durante la vigencia de la póliza, asistido por un veterinario profesional

comprendiendo exclusivamente:

a. Exploraciones iniciales, radiografías, análisis, electrocardiogramas, ecografías.

b. Intervenciones quirúrgicas, anestesia, material quirúrgico, medicamentos, osteosíntesis,

prótesis y/o fibro endoscopía que fuere preciso emplear.

c. Cuidados postoperatorios, curas y estancia en la clínica cuando fuera necesario.

Gastos de Recuperación, comprendiendo los siguientes conceptos:

a. Gastos por la publicación de avisos en caso de pérdida o Robo del Animal Doméstico.

b. Pago de recompensa por recupero del Animal Doméstico extraviado o Robado.

Robo del animal doméstico

Si se asegura más de un animal doméstico para cada uno de ellos se aplicarán los términos, condiciones y exclusiones como si se hubiesen en forma independiente.

No se incluyen los casos de hurto o extravío del animal doméstico.-

Cobertura a 1º riesgo.

Interpretación de Coberturas Adicionales

Huracán, Vendaval, Ciclón y Tornado Cubre los daños materiales al edificio o al contenido sufridos a consecuencia de Huracán,

Vendaval, Ciclón y Tornado entendiendo por:

Huracán: vientos en forma de espiral con velocidad entre 100 y 200 km/h.

Vendaval: viento generalmente del mar acompañado de lluvias con velocidad entre 60 y 70

km/h.

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Ciclón: rotación del viento en sentido de las agujas del reloj con velocidad entre 57 y 60

km/h.

Tornado: nube en forma de embudo con base ancha y extensión tubular con velocidad superior a los 200 km/h.

Asistencia Domiciliaria Servicio adicional sin cargo que le permite cubrir reparaciones y/o arreglos de plomería,

electricidad, cristalería, pérdidas de gas y cerrajería.

Monto máximo por cada evento de $ 700.

Límite máximo de eventos: tres (3) por año de vigencia de póliza.

Atención durante las 24 hs. al teléfono 0800-888-4652.

Todos los servicios sin excepción, deben ser solicitados únicamente al 0800 indicado.-

Exclusiones Papeles de comercio, colecciones, vehículos con licencia para circular.

Vicio propio. Lucro cesante. Combustión espontánea.

Tumulto popular, huelga, lock-out, vandalismo o malevolencia, excepto en las coberturas de

Incendio y Cristales.

Hechos vinculados con actos de guerra internacional, civil, guerrillas, rebelión, insurrección,

revolución, sedición, motín o conmoción civil y actos o hechos de terrorismo.

Meteorito, maremoto, erupción volcánica, inundación.

Transmutaciones nucleares.

Cristales, vidrios o armazones en posición horizontal y/o colocada sobre muebles. Las

pinturas, grabados, inscripciones, letras, dibujos, esmerilado u otras aplicaciones de

cualquier naturaleza, salvo que se incluyan en forma separada al de la pieza vítrea y se le

asigne un valor determinado.

Viviendas de ocupación transitoria.

Bienes que se encuentren fuera de la vivienda asegurada o en construcciones separadas de la

misma que no reúnan las mismas condiciones de seguridad.

Terremoto en las provincias de Mendoza, San Juan, Jujuy, Catamarca, La Rioja, Neuquén y Río

Negro.

Interpretación de Exclusiones Vandalismo Son hechos dañosos originados por el accionar destructivo de turbas (muchedumbre de

gente que se manifiesta confusa, irracional y desordenadamente).

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Tumulto Popular Son hechos dañosos originados a raíz de una reunión multitudinaria de personas (organizada

o no) en la que uno o más de sus participantes intervienen en desmanes o tropelías, en

general sin armas, pese a que algunos las empleen.

Se encuadran como hechos equivalentes:

Alboroto

Alteración de orden público

Desorden

Disturbio

Revuelta

Conmoción

Huelga Son hechos dañosos originados a raíz de la abstención concertada de concurrir al lugar de

trabajo dispuesta por entidades gremiales de trabajadores (oficiales o no) o por núcleos de

trabajadores al margen de aquellas.

Lock-Out Son hechos dañosos originados por:

Cierre de establecimientos de trabajo dispuesto por uno o más empleadores o por la

entidad gremial que los agrupa.

El despido simultáneo de una multiplicidad de trabajadores que paralice total o

parcialmente la producción o explotación de un establecimiento.

Terrorismo Son hechos dañosos originados en el accionar de una organización rudimentaria que

mediante la violencia en las personas o en las cosas, provoca alarma, atemoriza o intimida a

las autoridades constituidas o a la población o a sectores de ésta o a determinadas

actividades.

No se consideran hechos de terrorismo aquellos aislados o esporádicos de simple

malevolencia que no denotan algún rudimento de organización.

Otros Hechos GUERRA INTERNACIONAL.

GUERRA CIVIL.

REBELIÓN.

MOTIN O SEDICIÓN.

GUERRILLA.

ATENTADO, DEPREDACIÓN, DEVASTACIÓN, INTIMIDACIÓN, SABOTAJE, SAQUEO.

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Bonificaciones Especiales Medidas de Seguridad Se incluyen reducciones tarifarias en las coberturas de “Robo y/o hurto mobiliario general”,

“Aparatos electrodomésticos todo riesgo TV, audio y video”, “Aparatos electrodomésticos

todo riesgo PC” y en “Objetos diversos- domicilio”, para edificaciones que cumplan con

algunas de las siguientes características:

Se encuentren en barrios cerrados con vigilancia permanente y cerco perimetral.

Se encuentren en Dptos. Ubicados en 3° piso o pisos superiores.

Cuenten con alarmas con monitoreo conectadas con empresas privadas o fuerzas

públicas de seguridad.

Tengan contratado un servicio de vigilancia permanente.

Operatoria Siniestros Ejemplo: ¿Cómo se determina el valor a indemnizar en un siniestro por incendio? (a prorrata)

Valor del daño $ 5.000 multiplicado por:

Valor Asegurado $ 40.000 dividido por:

Valor Real: $ 100.000 Igual a:

Indemnización $ 2.000

Marco legal Cargas y Obligaciones del Asegurado: ANTES DEL SINIESTRO:

abonar en tiempo y forma el costo del seguro.

POSTERIOR AL SINIESTRO:

No efectuar cambios o reparaciones en las cosas dañadas sin anuencia de la Cía.

No aceptar ni reconocer responsabilidades, ni celebrar transacciones sin el consentimiento

expreso y por escrito de la Cía.

Proveer la información requerida por la Cia. o liquidador.

Cumplir con la obligación de salvamento.

No hacer abandono de los bienes.

Los elementos dañados deben estar a disposición de la Cia. en caso de querer verificarlos.

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Denuncia de Siniestro: Información general a solicitar Fecha y hora de ocurrencia.

Lugar de ocurrencia.

Relato claro de la forma de ocurrencia del hecho.

Detalle de bienes afectados.

Nombre, dirección, teléfono y horario disponible de la persona con la que la Cia. deberá

comunicarse para iniciar la atención del caso.-

Advertencias: CUANDO EL SINIESTRO SÓLO PRODUZCA DAÑO PARCIAL, LA CIA. RESPONDERÁ EN EL

FUTURO POR EL REMANENTE DE LA SUMA ASEGURADA.

POR ELLO ES IMPORTANTE REPONER LA SUMA ASEGURADA ANULADA POR SINIESTRO

PARA NO INCURRIR EN INFRASEGURO.

Más Información

Para obtener mayor información sobre nuestro Seguro Combinado Familiar le recomendamos solicitar a nuestro equipo comercial las condiciones generales y particulares de contratación.