Ciudad Autónoma de Buenos Aires Impuesto a la generación de residuos áridos y afines
-
Upload
robin-mitchell -
Category
Documents
-
view
30 -
download
3
description
Transcript of Ciudad Autónoma de Buenos Aires Impuesto a la generación de residuos áridos y afines
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Impuesto a la generación de residuos áridos y afines
AUTORIDAD DE APLICACIÓN
La Autoridad de aplicación es el Ministerio de Espacio Público y Medio Ambiente
HECHO IMPONIBLE
Alcanza la generación de residuos áridos, resto de obra, escombros y afines,
conforme lo establecido por Ley 1.854.
SUJETO PASIVO
Son sujetos pasivos del presente impuesto los generadores especiales de residuos áridos, resto de obras, escombro, tierra y afines definidos por la Ley 1854, su reglamentación y normas complementarias que requieran permiso para realización de obras y/o declaren una demolición.
BASE IMPONIBLE
El impuesto debe abonarse por cada metro cuadrado (m2) que involucre la obra y/o
demolición
EXENCIONES
Quedan exentos del presente impuesto aquellos generadores que den un uso distinto de los
residuos, promoviendo su reutilización, mediante los planes y acciones que deberán ser
previamente aprobados por la autoridad de aplicación. La exención sólo rige para la parte de
los residuos que se destinen a reutilización.
OPORTUNIDAD DE PAGO
El pago de este impuesto debe realizarse en el mismo momento de abonar los
derechos de delineación y construcción.
IMPACTO FISCAL
Ejemplo
•Valor m2 = u$s 1.500 = $ 6.000 (IVA Incluido)
•Construcción: 20 UF de 40 m2 c.u.
•Espacios comunes: 100 m2
IMPACTO FISCALMETROS CUADRADOS (M2)
CONSTRUIDOS IMPORTE
DEPARTAMENTOS
20 U. x 40 M2 = 800 M2
800 M2 x $ 20 =
$ 16.000
ESPACIOS COMUNES
100 M2 x $ 20 $ 2.000
TOTAL TRIBUTO $ 18.000
IMPACTO FISCALMETROS CUADRADOS (M2)
PRECIO DE VENTAIMPORTE
DEPARTAMENTOS
20 U. x 40 M2 = 800 M2
800 M2 x $ 6.000 =
$ 4.800.000,00
INGRESOS NETOS
$ 4.800.000 / 1,105 = $ 4.343.891,40
INCIDENCIA RESPECTO DE VENTAS
$ 18.000 / $ 4.343.891,40 =
4.14 0/00