CERTIFICADO DE DEPOSITO Y BONOS DE PRENDA.pptx
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CERTIFICADO DE DEPOSITO Y BONOS DE PRENDA
ESTUDIANTES:
SARA MARIA ALVARADO AREVALO
LAURE JULYANA RAMIREZ MONZON
JOSE ANTONIO LUJAN FARFAN
JORGE MARIO CANTE
EMILIO ERASMO
ANTES DE INICIAR CON EL
TEMA CENTRAL DE ESTA
EXPOSICIÓN NECESITAMOS
SABER Y TENER CLARO
¿QUE SON TITULOS DE
CRÉDITO?De conformidad con el Art. 385 del C. de C. Son títulos de crédito los documentos que incorporan un
derecho literal y autónomo, cuyo ejercicio o transferencia es
imposible independientemente del título. Los títulos de crédito tienen la
calidad de bienes muebles.
OTRO ASPECTO IMPORTANTE QUE SE DEBE CONSIDERAR ATENDIENDO AL PRESENTE TEMA DE
EXPOSICIÓN ES LO RELACIONADO A LA CLASIFICACIÓN DE LOS TITULOS DE CRÉDITO
A la Orden Art. 418 del
C. de C.
Al Portador Art. 436 del
C. de C,
Nominativos Art. 415 del C. de C
CLASIFICACIÓN
IMPORTANTE:
TITULOS DE CREDITO
QUE INCORPORAN LA OBLIGACION DE PAGAR DINERO•LETRA DE CAMBIO
•CHEQUE•PAGARE•FACTURA CAMBIARIA
•VALE
QUE REPRESENTAN MERCADERÍA•CERTIFICADO DE
DEPOSITO•BONO DE PRENDA •CARTA DE PORTE
•CONOCIMIENTO DE EMBARQUE
QUE REPRESENTAN
CRÉDITOS•OBLIGACIONES
SOCIALES O DEBENTURES
•CERTIFICADOS FIDUCIARIOS•CEDULAS
HIPOTECARIAS
ES AQUÍ DONDE
UBICAMOS NUESTRO TEMA
DE INVESTIGACIÓN
ANTECEDENTES HISTORICOS
Históricamente, las personas realizaban el trueque, como un medio para transferir a otra persona la propiedad de una cosa,
Con el nacimiento del comercio y del comerciante
En los primeros tiempos el contrato de cambio se celebraba en forma notarial
Los problemas cambiarios se solucionan al nacer la figura del cambista, que es un comerciante que negocia.
Posteriormente realiza su función a través de un contrato de cambio
En nuestra legislación guatemalteca la denominación títulos valor o títulos de crédito se toman como sinónimos, LAGD
¿PORQUE SE DICE QUE LOS CERTIFICADOS DE DEPOSITO
SON TITULOS REPRESENTATIVOS DE
MERCADERIAS? Art. 585 del C. de C.
Estos títulos de crédito son representativos de mercaderías, sobre todo el Certificado de Depósito porque el derecho que incorporan se traduce en la propiedad sobre cosas mercantiles (mercancías).
Son títulos de mucha importancia ya que en los últimos años, con la expansión del comercio de importación y exportación, han proliferado las entidades mercantiles que se dedican al depósito de mercaderías (Almacenes Generales de Depósito), actividad que originalmente estuvo conferida al Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala, y de la cual provienen estos títulos.
DEFINICIÓN DE ALMACEN GENERAL DE DEPOSITO:
De conformidad con el Art. 1 de la Ley de Almacenes Generales de Deposito, contenida en el Decreto numero 1746 del Congreso de la República, son almacenes generales de deposito “Son empresas privadas, que tienen el carácter de instituciones auxiliares de crédito, constituidas en forma de sociedad anónima guatemalteca, cuyo objeto es el depósito, la conservación y custodia, el manejo y la distribución, la compra y venta por cuenta ajena de mercancías o productos de origen nacional o extranjero y la emisión de los títulos valor o títulos de crédito denominados bonos de prenda.
OBJETO SOCIAL DE LOS ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO:
Su objeto social es la guarda, custodia, manejo y distribución de la mercadería depositada, la compra y venta por cuenta ajena de mercaderías o productos de origen nacional o extranjero y la creación de títulos de crédito certificados de deposito y bonos de prenda cuando así lo solicite el depositante
CARÁCTERISTICAS MÁS IMPORTANTES
Dentro de las característica más importantes de los almacenes generales de depósito es que se rigen como empresas privadas según su propia ley especifica. Ley de Almacenes Generales de Deposito, contenida en el Decreto numero 1746 del Congreso de la República.
Se constituyen con un capital fundacional de Q 250,000.00.
Están bajo la vigilancia de la Superintendencia de Bancos con intervención de la Junta Monetaria. Y son sociedades anónimas especiales.
Sólo los Almacenes Generales de Depósito pueden emitir Certificados de Depósito y Bonos de Prenda, los cuales serán transferibles por simple endoso
Los primeros acreditan la propiedad y depósito de las mercancías o productos y están destinados a servir como instrumento de enajenación, transfiriendo a su adquiriente la propiedad de dichas mercancías o productos.
Los Bonos de Prenda representan el contrato de préstamo con la consiguiente garantía de las mercancías o productos depositados, y confiere por sí mismos los derechos y privilegios de un crédito prendario.
CERTIFICADO DE DEPOSITO
Es un título de crédito representativo de la propiedad del los productos o mercancías depositadas en un almacén general de depósito, en el que también se contiene el contrato celebrado entre el depositante y depositario. Ver Art. 7 de la Ley de Almacenes Generales de Deposito.
Lo anterior quiere decir que lo que el título representa es el derecho de propiedad sobre el objeto depositado y que al contener el contrato con sus elementos esenciales, está dejando constancia del negocio que le da origen al título, de donde deviene en un título de crédito causal.
Este instrumento permite que se pueda traficar con las mercaderías depositadas sin una movilización material de las mismas, pues basta la transferencia mediante endose del título, para adquirir el derecho representado y el dominio sobre las mercaderías.
ELEMENTOS PERSONALES DEL CERTIFICADO DE
DEPOSITO:
El sujeto librador; en este caso siempre será el almacén general de depósitos.
El tenedor o beneficiario del titulo que es el depositante, cuyo nombre debe aparecer en el contexto del título.
ELEMENTOS REALES DEL CERTIFICADO DE DEPOSITO
Lo constituye la mercadería que representa el título, y el precio pagado por el depósito de la mercadería.
FORMA DE LOS CERTIFICADOS DE DEPOSITO:
De conformidad con el artículo 9 de la Ley de Almacenes Generales de Deposito: El Certificado de Depósito y el Bono de Prenda deben emitirse con indicación del nombre completo y domicilio del depositante, la identificación precisa de las mercancías o productos de que se trate, la fecha de vencimiento, el nombre del almacén emisor y los demás detalles que determine el reglamento.Los formularios de esos títulos deben ser autorizados por la Superintendencia de Bancos.
Por lo anterior únicamente pueden ser librados en forma nominativa y a la orden.
CARACTERISTICAS ESENCIALES DEL CERTIFICADO DE DEPOSITO: VER DE ART. 11 AL 16 DE LA LEY DE ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO.
Por ser un título nominativo, la sociedad emisora debe tener un registro de certificados en los que irá anotado los nombres del inicial o sucesivos propietarios del título.
Es un título liberado legalmente de la obligación de protesto. Se pueden emitir en forma múltiple o en serie. El plazo del certificado (vencimiento) no puede exceder de un año, pero puede
prorrogarse. El título es objeto de circulación jurídica, pero puede limitarse su movilización si
se consigna que “NO ES TRANSFERIBLE”
¿QUE ES UN BONO DE PRENDA?
Es un título de crédito que expide un Almacén General de Depósito a solicitud del depositante mediante el cual se representa un contrato de mutuo celebrado entre el propietario de las mercaderías depositadas y un prestamista, con garantía de las mercaderías que el título especifica. O sea que el título representa a las mercaderías, únicamente para la constitución de la prenda sin desplazamiento.
Ver. Art. 586 del C. de C.
¿COMO PUEDEN CIRCULAR LOS BONOS DE PRENDA?
Como se emiten en forma nominativa, circulan mediante endoso, entrega formal y cambio de registro en el creador
QUE TIPO DE GARANTÍA CONTIENEN LOS BONOS DE PRENDA:
La garantía es prendaría sin desplazamiento
ELEMENTOS PERSONALES DEL BONO DE PRENDA:
El creador del título; que es la sociedad depositaria o sea el Almacén General de Depósito.
El obligado del título; que no se le puede llamar librado por la naturaleza del titulo, que es el depositante.
El beneficiario que es el prestamista que concede la cantidad mutuada por medo del bono.
ELEMENTOS REALES Y FORMALES
Elementos Reales:
Este elemento lo compone la mercadería sobre la que se constituye la prenda, y el dinero que recibe el mutuario del mutuante. Elementos Formales:
Los requisitos generales para todo TC, los especiales para el CD y los regulados en el numeral II, Artículo 12 del Reglamento de la Ley de Almacenes Generales de Depósito
PLAZO DE LOS BONOS DE PRENDA:
El bono se puede extender en conjunto o independientemente del certificado, por eso el plazo puede ser igual o menor al de aquél. Pero nunca puede exceder del año, a menos que el certificado fuera prorrogado, por su calidad de título.
CERTIFICADO DE DEPOSITO
BONO DE PRENDA
ALSERSAALMACENES Y SERVICIOS, S.A.
ENTREVISTA
FELIZ
FIN DE
SEMANA