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AI 002/2016
04 de enero, 2017
INFORME SOBRE LA JUNTA VIAL CANTONAL Y LA GESTIÓN
VIAL QUE SE DESARROLLA EN EL CANTÓN.
2016
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CONTENIDO
INFORME SOBRE LA JUNTA VIAL CANTONAL Y LA GESTIÓN VIAL QUE SE
DESARROLLA EN EL CANTÓN.
RESUMEN EJECUTIVO
Nº de página
1. INTRODUCCION
Origen del estudio…………....……………………………………..…………………..……1
Objetivo ……………………. ….……………………..…….............…………………..…...1
Alcance del estudio…..............................................................................................................1
Comunicación verbal de los resultados....................................................................................1
2. RESULTADOS Normativa interna que regule el proceso de la gestión vial en el Cantón…………….……...2
Planes de conservación y de desarrollo de la red vial cantonal...............................................3
Expedientes sobre los riesgos definidos en el sistema de evaluación y valoración de
riesgos……..…………...….........................…………………………………………....…….4
Comités de Caminos…….…..………………………...…………...........................................4
Inventario de caminos de la red vial cantonal................................................................5
Rutas de paso para tránsito pesado en coordinación con el MOPT en la red vial
cantonal………………………………………………………………………………….…....5
Programa de aseguramiento de la calidad……………………………………………........….6 Plan de mejora de la autoevaluación de control interno, correspondiente al año
2015…………………………………………………...............................................................7 Expedientes de caminos………………………………………………………………………7
Expedientes de proyecto de los proyectos ejecutados durante el periodo 2015 que fueron los
ejecutados por cuadrillas Municipales………………………………………………………..8
Control presupuestario de los proyectos ejecutados en la red vial cantonal……………….....8
Carencia de controles sobre los proyectos realizados en la red vial cantonal………………..10
Debilidades observadas en el desarrollo de los proyectos ejecutados por empresas externas.11
3. CONCLUSIONES…………………………….................................................................13
4. RECOMENDACIONES Al Alcalde Municipal……………........................ …………………………………...……...14
Al Concejo Municipal……………………..............................................................................14
Al Ingeniero de la UTGVM……………………………………………………………….....15
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RESUMEN EJECUTIVO
El Código Municipal establece la responsabilidad del Municipio en atender la red vial cantonal de acuerdo
a su jurisdicción.
El Reglamento sobre el manejo, normalización y responsabilidad para la inversión pública en la red vial
cantonal, define aspectos para el manejo e inversión de los recursos transferidos al Municipio de las
diversas fuentes de recursos para este fin, mediante la creación de la Junta Vial Cantonal y la Unidad
Técnica de Gestión Vial Municipal (UTGVM) con sus deberes y obligaciones.
De acuerdo a esto se llegaron a los siguientes resultados:
Ausencia de acciones necesarias por parte de la UTGVM para contar con la normativa interna necesaria
que regule el proceso de gestión vial en el Cantón.
Los planes de conservación y de desarrollo de la red vial cantonal presentan algunas debilidades como la
ausencia del marco de políticas que le dan respaldo con indicación de metas, indicadores de logros y
modalidad de ejecución a utilizar. Además, no se cuenta con un programa de formación y capacitación
jurídica, técnica, administrativa y financiera en gestión vial.
Los Comités de Caminos no se han conformado, por tanto no se cuenta con este órgano para el apoyo de
la UTGVM.
El inventario de caminos de la red vial cantonal no ha sido actualizado.
No se han establecido rutas de paso para tránsito pesado en coordinación con el MOPT en la red vial
cantonal.
La UTGVM no cuenta con expedientes que documenten las acciones tomadas para minimizar los riesgos
definidos en el Sistema de Evaluación y Valoración de Riesgos (SEVRI).
No se encontró evidencia de un programa de aseguramiento de la calidad como se indica en el reglamento
sobre manejo, normalización responsabilidad para la inversión pública de la red vial cantonal.
De acuerdo a la revisión efectuada a una muestra de expedientes de caminos se encontraron debilidades de
control interno tales como: expedientes desactualizados, no se encontraron boletas del inventario de
necesidades, documentación sobre las intervenciones e inversiones realizadas a los caminos y foliatura.
Ausencia de expedientes de proyectos de las obras ejecutadas durante el periodo 2015 por cuadrillas
municipales.
El plan de mejora de la autoevaluación de control interno, correspondiente al año 2015 no fue aprobado.
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La UTGVM no lleva un control del presupuesto asignado para los proyectos en la red vial cantonal. El
Informe de Ejecución Presupuestaria registra solamente dos cuentas relacionadas con proyectos
presupuestados con recursos de la Ley 8114.
Asimismo, no se encontró evidencia de la existencia de controles que garanticen el adecuado seguimiento
a las obras viales que se ejecutan en el Cantón.
Por otro lado, se observaron algunas debilidades en la ejecución de proyectos realizados por empresas
externas, como lo son: la carencia de planos constructivos, cuaderno de bitácora y acta de recepción de la
obra.
En conclusión, esta Auditoría Interna considera que la Administración, debe velar por el cumplimiento de
la normativa relativa a este tema y la aplicación de los atributos fundamentales de control como la
confiabilidad, oportunidad y utilidad.
Por lo tanto, en virtud de los resultados obtenidos y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de
la Ley General de Control Interno No. 8292, esta Auditoría Interna incorporó las recomendaciones
pertinentes para que se realicen las acciones del caso para mejorar este proceso.
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INFORME SOBRE LA JUNTA VIAL CANTONAL Y LA GESTIÓN VIAL QUE SE
DESARROLLA EN EL CANTÓN.
1. INTRODUCCIÓN: Origen del estudio
1.1. El presente estudio se realizó en cumplimiento del plan anual operativo de la Auditoría Interna
para el 2016.
Objetivo
1.2. Verificar el cumplimiento de la normativa aplicable en la gestión de la Junta Vial Cantonal y en
la asignación, ejecución y administración de los recursos destinados al desarrollo de la gestión
vial en la Comunidad, que coadyuve al cumplimiento de los objetivos institucionales, a la
protección de los recursos públicos, al mejoramiento de la red vial cantonal y contribuya a la
rendición de cuentas y evaluación de resultados.
Alcance del estudio
1.3. El estudio abarcó la evaluación de la gestión vial y de las acciones que lleva a cabo la Junta Vial
Cantonal como ente administrador de los recursos destinados para este efecto, conforme lo
establece la normativa técnica y legal vigente, para el periodo comprendido entre el 01 de enero y
el 31 de diciembre del 2015.
1.4. El estudio se efectuó de conformidad con el Manual de Normas para el Ejercicio de la Auditoría
interna para el Sector Público (R-DC-119-2009), Manual de Normas Generales de Auditoría para
el Sector Público (R-DC-064-2014), entre otras normas legales y técnicas vigentes.
Comunicación verbal de los resultados
1.5. La comunicación preliminar de los principales resultados, conclusiones y recomendaciones
producto del estudio a que alude el presente informe, se llevó a cabo el día 19 de diciembre del
2016 actividad a la que se convocó mediante oficio AU-101-228-16.
1.6. Posteriormente, el borrador del presente informe se envió, en versión digital, a los señores
Rolando Méndez, Alcalde Municipal y Bolívar Vargas, Presidente Concejo Municipal, mediante
oficio AU-101-241-16 del 19 de diciembre del 2016, con el propósito de que en un plazo no
mayor a cinco días hábiles, formulara y remitiera a la Auditoría Interna las observaciones que
consideren pertinentes sobre su contenido.
1.7. Sobre el particular, no remitieron a la Auditoría Interna ningún oficio mediante el cual externaran
observaciones al contenido del borrador del informe.
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2. RESULTADOS
Normativa interna que regule el proceso de la gestión vial en el Cantón.
2.1. Se encontró evidencia de la existencia de un manual de procedimientos de la UTGVM, no
obstante no se encuentra aprobado por el alcalde municipal.
2.2. Se le consultó al ingeniero de la unidad sobre las gestiones que han realizado por actualizarlo y
que sea aprobado, indicó que se comentó en la Junta Vial la necesidad de aprobarlo, pero no se ha
procedido con ninguna otra gestión, el manual de procedimientos se le había presentado en su
momento al señor alcalde en turno.
2.3. Asimismo, se carece de un reglamento para el funcionamiento de la Junta Vial Cantonal y para la
Gestión Vial, de acuerdo a lo indicado por la secretaria del Concejo ai.
2.4. Según consulta efectuada al director de la UTGV, manifestó que se cuenta con un borrador, pero
el mismo no ha sido revisado por la Junta Vial Municipal, no hubo tiempo por parte de la Unidad
para hacer la presentación.
2.5. De acuerdo a lo analizado se concluye que no se han efectuado las acciones necesarias por parte
de la Unidad Técnica para contar con la normativa que se requiere.
2.6. Además, se consultó a la encargada del departamento legal la normativa interna vigente sobre el
asunto objeto de estudio, a lo cual indicó la existencia de un Plan Vial Cantonal. Sin embargo, en
otro estudio que realiza esta Auditoría, relacionado con obras de infraestructura, se le efectúa la
misma consulta a lo que manifiesta la existencia de un Manual de obra pública, dato que no fue
suministrado en el inicio del presente estudio.
2.7. En consulta efectuada a la secretaria del Concejo Municipal sobre la aprobación del citado
manual, indica que no existe en actas. En vista de su ausencia, esta funcionaria solicitó la
aclaración al Contralor interno, quien elaboró el documento a lo que indicó que el nombre
correcto es “Protocolo y metodología de proyectos de niveles 0,I, II, III acorde con el decreto
ejecutivo 35374 de Mideplan”; el cual se aprobó según acuerdo 2010-EXT-015-02, no obstante,
no fue transcrito en actas, por lo que no se tiene certeza de cuál es el documento oficial para su
aplicación.
2.8. La ley de control interno en el artículo 10, dispone que serán de responsabilidad del jerarca y el
titular subordinado establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el sistema de control interno
institucional.
2.9. Asimismo, las normas de control interno para el sector público indican en el punto 4.2 inciso e)
que las actividades de control deben documentarse mediante su incorporación en los manuales de
procedimientos o en documentos de naturaleza similar y que deben ser de conocimiento general y comunicadas a los funcionarios que corresponde aplicarlas en el desempeño de sus cargos.
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2.10. Además, el Reglamento sobre el manejo, normalización y responsabilidad para la inversión
pública en la red vial cantonal artículo 11 inciso e) menciona que el Concejo Municipal
reglamentará el funcionamiento de la Junta Vial y de la Unidad Técnica de Gestión Vial.
2.11. La carencia de normativa interna aprobada y publicada podría generar errores en el proceso de
gestión vial por no contar con procedimientos oficialmente establecidos.
2.12. La ausencia de controles sobre el manejo, custodia y administración de la normativa interna
vigente podría ocasionar que no se cuente con información confiable y oportuna para la toma de
decisiones.
Planes de conservación y de desarrollo de la red vial cantonal.
2.13. De acuerdo con la revisión efectuada al cumplimiento de los incisos del artículo 6 del
Reglamento sobre manejo, normalización y responsabilidad para la inversión pública en la red
vial Cantonal en lo que respecta al contenido de dichos planes, se determinaron algunas
debilidades que se mencionan a continuación:
2.14. Inciso a): Marco de políticas que le dan respaldo, con indicación de metas, indicadores de logro y
modalidad de ejecución a utilizar: no se encontró evidencia de la existencia de lo indicado en ese
inciso en el Plan de esta Municipalidad, por lo que se consultó a la Unidad y no brindó respuesta.
2.15. Inciso e): Programa de formación y capacitación jurídica, técnica, administrativa y financiera en
gestión vial, dirigido al Concejo, Alcaldía, Junta Vial Cantonal, Unidad Técnica, Concejos de
Distrito organizaciones sociales y comunales y los demás involucrados con la gestión vial
cantonal, disponiendo la asignación de los recursos financieros necesarios para ello. Será
necesario adjuntar a los programas anteriormente descritos, los mecanismos que utilizará la Junta
Vial Cantonal para realizar el seguimiento y evaluación de los mismos: esta Auditoría Interna
determinó que no existe un programa de capacitación conforme lo exige la normativa.
2.16. Las normas de control interno para el sector público en la 4.4.1 indica que el jerarca y los
titulares subordinados deben establecer las medidas pertinentes para que los actos de la gestión
institucional, sus resultados y otro eventos se registren y documenten en el lapso adecuado y
conveniente.
2.17. Asimismo, las normas indican además en el punto 4.5, que se deben establecer las actividades de
control que orienten la ejecución eficiente y eficaz de la gestión institucional, tomando en cuenta
el bloque de legalidad.
2.18. El incumplimiento de algunos aspectos que deben formar parte del Plan de Conservación y de
desarrollo de la red vial cantonal podría ocasionar que no se promueva un proceso de
mejoramiento continuo tanto para el recurso humano como para la ejecución de los trabajos que
se realicen.
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Expedientes sobre los riesgos definidos en el SEVRI.
2.19. De conformidad con la revisión efectuada por esta Auditoría al seguimiento dado a los riesgos
asociados a la gestión vial, se determinó que la UTGV no cuenta con expedientes que
documenten el tratamiento que se ha dado a éstos para minimizar la probabilidad de que se
materialicen.
2.20. La norma 3.3 de las Normas de control interno para el Sector Público indica que los resultados de
la valoración del riesgo deben ser insumos para retroalimentar ese proceso de planificación,
aportando elementos para que el jerarca y los titulares subordinados estén en capacidad de
revisar, evaluar y ajustar periódicamente los enunciados y supuestos que sustentan los procesos
de planificación estratégica y operativa institucional, para determinar su validez ante la dinámica
del entorno y de los riesgos internos y externos.
2.21. Además el oficio 01846 emitido por la Contraloría General de la República, recuerda la
necesidad de que las entidades y órganos públicos dispongan lo pertinente para dar cumplimiento
a lo establecido en la Ley general de control interno, especialmente la obligación de efectuar las
autoevaluaciones, así como consecuente elaboración del plan de acciones para el fortalecimiento
del sistema de control interno y las actividades de seguimiento para garantizar que dicho plan se
cumpla.
2.22. La ausencia de expedientes que documenten la administración de los riesgos asociados a la
gestión vial podría ocasionar que no se tomen las medidas pertinentes para mitigar los riesgos
identificados.
Comités de Caminos.
2.23. La Unidad Técnica de Gestión Vial no ha llevado a cabo la conformación de Comités de
Caminos conforme lo establece el artículo 16 del Reglamento sobre el manejo, normalización y
responsabilidad para la inversión pública en la red vial Cantonal. Manifiesta el Promotor Social
de esta Unidad que se trabaja con los comités que se acercan a la Municipalidad o que de una u
otra forma se hace el contacto. Agrega además que llegar a las comunidades a formar comités sin
tener una propuesta o definición clara de que va a aportar la Municipalidad para solucionar los
problemas en torno a las vías, no es muy bien recibido por las comunidades.
2.24. La norma 4.5 de las Normas de control interno para el Sector Público que se deben establecer las
actividades de control que orienten la ejecución eficiente y eficaz de la gestión institucional,
tomando en cuenta el bloque de legalidad.
2.25. Adicionado a lo anterior, el Reglamento sobre manejo, normalización y responsabilidad para la
inversión pública de la red vial Cantonal, menciona en su artículo 16 que los Comités de Caminos
son instancias de apoyo a la labor de las Juntas Viales y las Unidades Técnicas de Gestión vial.
2.26. La ausencia de comités de caminos puede causar falta de una distribución equitativa y priorizada
de los recursos por ejecutar, al no contar con un órgano de apoyo a su gestión.
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Inventario de Caminos de la red vial cantonal.
2.27. La UTGVM cuenta con un inventario de caminos, no obstante no se encuentra actualizado, así lo
manifestó el promotor social, quien además indica que el mismo que no se ha podido llevar a
cabo, por las múltiples ocupaciones de los miembros de la Unidad Técnica.
2.28 La norma 4.4.1 de las Normas de Control Interno para el Sector Público establecen que el jerarca
y los titulares subordinados deben tomar las medidas pertinentes para que los actos de la gestión
institucional, sus resultados y otro eventos se registren y documenten en el lapso adecuado y
conveniente.
2.29. Asimismo, la norma 4.5 del citado cuerpo normativo indica que se deben establecer las
actividades de control que orienten la ejecución eficiente y eficaz de la gestión institucional,
tomando en cuenta el bloque de legalidad.
2.30. Adicionalmente, el artículo 11 del Reglamento sobre manejo, normalización y responsabilidad
para la inversión pública de la red vial Cantonal estipula las funciones de la Unidad Técnica de
Gestión Vial, entre ellas llevar un inventario de caminos de la red vial cantonal actualizado.
2.31. La situación en comentario, podría ocasionar que los recursos destinados para estos fines no sean
distribuidos con base en una priorización.
Rutas de paso para tránsito pesado en coordinación con el MOPT en la red vial Cantonal.
2.32. Esta Municipalidad no ha llevado a cabo un estudio, en coordinación con el MOPT, para
establecer rutas de paso para tránsito pesado. Al respecto, manifiesta el promotor social que a la
fecha no se coordinado con este ente para llevar a cabo este estudio.
2.33. La norma 4.4.1 de las Normas de Control Interno para el sector público señala la obligación del
jerarca y los titulares subordinados de establecer medidas pertinentes para que los actos de la
gestión institucional, sus resultados y otros eventos se registren y documenten en el lapso
adecuado y conveniente.
2.34. Por su parte, en la norma 4.5, se indica que se deben establecer las actividades de control que
orienten la ejecución eficiente y eficaz de la gestión institucional, tomando en cuenta el bloque de
legalidad.
2.35. El artículo 41 del Reglamento sobre manejo, normalización y responsabilidad para la inversión
pública de la red vial Cantonal menciona que los gobiernos locales, previo estudio y coordinación
con el MOPT, definirán las rutas de paso para el tránsito pesado en la Red Vial Cantonal.
2.36. La ausencia de un estudio técnico para establecer las rutas de paso para el tránsito pesado podría
ocasionar que vehículos pesados circulen sin restricción por el Cantón entorpeciendo el flujo
vehicular y ocasionando un rápido deterioro de la carretera, además del alto costo de reposición.
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Programa de aseguramiento de la calidad
2.37. No se cuenta con un programa de aseguramiento de la calidad de las obras que permita asegurar
la inversión de los proyectos ejecutados, a través de pruebas y análisis de comprobación de la
calidad que reportan los contratistas. Al respecto indicó el director de la UTGVM que no se tiene
un programa como tal, poseen un equipo que les donó el MOPT con el cual revisan los trabajos
efectuados por la Municipalidad a partir de este año.
2.38. Esta Auditoría realizó una visita con el promotor social a la localidad de las Nubes de Coronado,
en la cual se constató el uso del implemento para verificar la temperatura del asfalto antes de ser
colocado.
2.39. De conformidad con lo manifestado por el director de la UTGVM, la debilidad en comentario
obedece a falta de recursos para extraer las muestras para ser llevadas al laboratorio.
2.40. El artículo 45 del Reglamento sobre manejo, normalización y responsabilidad para la inversión
pública de la red vial Cantonal regula lo concerniente al aseguramiento de la calidad que debe
aplicarse en las obras desarrolladas en la red vial Cantonal.
2.41. En concordancia con lo anterior, en el artículo 3 de ese mismo reglamento se define como
aseguramiento de la calidad la combinación del control de calidad realizado por el contratista y
del proceso de verificación del control de calidad realizado por parte de la Administración.
2.42. La inexistencia de un programa de aseguramiento de la calidad por carencia de recursos, puede
ocasionar que las obras desarrolladas en la red vial cantonal carezcan de la calidad esperada.
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Plan de mejora de la autoevaluación de control interno, correspondiente al año 2015.
2.43. No se encontró evidencia de la aprobación por parte del Concejo Municipal anterior del plan de
mejora de la autoevaluación de control interno para el período en estudio. Este Órgano Colegiado
mediante acuerdo 2015-293-23 aprobó el plan para la autoevaluación, no así el plan de mejora,
por lo que el mismo no se pudo ejecutar.
2.44. El artículo 17 de la Ley General de Control Interno, establece que la Administración debe llevar a
cabo al menos una vez al año la autoevaluación de control interno, esto con el fin de formular e
implantar las mejoras necesarias.
2.45. La ausencia de un plan de mejora debidamente aprobado por el Concejo Municipal podría
ocasionar que no se tomen las medidas oportunas de cambio para fortalecer el sistema de control
interno de la Institución.
Expedientes de caminos.
2.46. Se observó la carencia en los expedientes revisados de boletas del inventario de necesidades,
documentación sobre las intervenciones e inversiones realizadas en los caminos, Comités de
Caminos u organización comunal responsable y foliatura, además los mismos se encuentran
desactualizados.
2.47. El ingeniero de la UTGVM justificó la falta de esta documentación en los expedientes, en el
sentido de que no cuentan con el tiempo suficiente para llevar a cabo estas labores.
2.48. Respecto de la gestión de proyectos, la norma 4.4.1 de las Normas de Control Interno para el Sector
Público, señala que el jerarca y los titulares subordinados deben establecer las medidas
pertinentes para que los actos de la gestión institucional, sus resultados y otros eventos se
registren y documenten en el lapso adecuado y conveniente.
2.49. Además, de conformidad con lo estipulado en el artículo 14 del Reglamento sobre manejo,
normalización y responsabilidad para la inversión pública de la red vial Cantonal, se mencionan
como parte de las funciones de la UTGVM mantener un expediente de proyecto que contenga
toda la documentación indicada en esta normativa.
2.50. Adicionalmente, en las Normas de Control Interno para el Sector Público 5.4, se indica que el
jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben de asegurar razonablemente
que los sistemas de información propicien una debida gestión documental institucional, mediante
la que se ejerza control, se almacene y se recupere la información en la organización, de manera
oportuna y eficiente, de conformidad con las necesidades institucionales.
2.51. Que los expedientes de caminos no contengan la información tal como lo establece la normativa,
podría generar que se aleje de la realidad actual la información sobre los caminos, asimismo no se
tiene una seguridad razonable por parte del usuario que esté completo en su contenido.
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Expedientes de proyectos de las obras ejecutadas durante el período 2015 por cuadrillas
municipales.
2.52. La Unidad Técnica no cuenta con los expedientes establecidos en el artículo 14 inciso o) del
Reglamento sobre el manejo, normalización y responsabilidad para la inversión pública en la red
vial Cantonal.
2.53. Adicionalmente, en la norma de control interno para el sector público 4.4.1 se indica que el
jerarca y los titulares subordinados deben establecer las medidas pertinentes para que los actos de
la gestión institucional , sus resultados y otro eventos se registren y documenten en el lapso
adecuado y conveniente.
2.54. Por su parte, la norma 4.5.2 indica que el jerarca y los titulares subordinados, según sus
competencias, deben establecer, vigilar el cumplimiento y perfeccionar las actividades de control
necesarias para garantizar razonablemente la correcta planificación y gestión de los proyectos que
la institución emprenda, incluyendo los proyectos de obra pública relativos a construcciones
nuevas o al mejoramiento, adición, rehabilitación o reconstrucción de las ya existentes.
2.55. Al no contarse con un expediente que incluya toda la información puede originar la pérdida o
extravío de documentos específicos importantes para la toma de decisiones.
Control presupuestario de los proyectos ejecutados en la red vial cantonal
2.56. La UTGVM no lleva un control adecuado del presupuesto asignado para el desarrollo de obras en
la red vial cantonal. La información que muestra el Informe de Ejecución Presupuestaria registra
solamente dos cuentas relacionadas con proyectos presupuestados con recursos de la Ley 8114:
Mejoras de calles en el Cantón cuyo monto presupuestado y ejecutado fue de ¢7.900.000
Puente B° Los Ángeles Proyecto préstamo BID (Ley 8114) cuyo monto presupuestado y no
ejecutado en el período en estudio fue de ¢39.168.000.
2.57. Los demás recursos fueron registrados en cuentas generales de presupuesto por lo que no fue
posible determinar el monto real de los recursos destinados al desarrollo de proyectos en la red
vial cantonal.
2.58. Asimismo, del presupuesto total de la cuenta “Vías de comunicación terrestre”, el cual asciende a
¢383.042.755.46 para el período en estudio, el 30% corresponde al pago de remuneraciones y
cargas sociales (¢113.658.603.07), 12 % corresponde a proyectos ejecutados mediante
contratación a empresas externas (¢41.645.715), 17.36% fue destinado para la compra de una
vagoneta para la Unidad Técnica de Gestión Vial (¢66.508.560); un 12.65% corresponde a
proyectos no ejecutados en el 2015 (¢48.465.751) y el presupuesto restante (28%) se utiliza para
los gastos de operación relativos al desarrollo de la gestión vial y a la ejecución de proyectos y
obras menores en el Cantón, realizados con funcionarios de las cuadrillas municipales fue de
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¢112.764.126.39. Cabe mencionar que no fue posible para esta Auditoría determinar cuánto fue
destinado específicamente la ejecución de obras
2.59. Considera esta Auditoría que la inversión en recurso humano debe ser tomada en cuenta al
decidir si los proyectos se ejecutan mediante contratación a empresas externas o se lleva a cabo
con mano de obra municipal, en aras de darle una mejor utilización a este recurso, por cuanto,
representa uno de los rubros más importantes del presupuesto asignado a la gestión vial cantonal.
2.60. Asimismo, la UTGVM no lleva un control de los recursos invertidos en cada una de las vías
intervenidas en el Cantón. Según el informe de labores para el período en estudio suministrado
por el director de esta Unidad, el total invertido en obras y adquisición de equipo fue de
¢244.823.672, según el siguiente detalle:
Obras realizadas y equipo adquirido con recursos de la ley 8114: ¢104,245,475.50.
Obras realizadas y materiales adquiridos con recursos de los antiguos consejos locales de
seguridad vial (colosevis): ¢33,008,974.00.
Obras realizadas con recursos municipales de caminos y calles: ¢107,569,223.00.
2.61. Esta Auditoría Interna no logró verificar estas cifras con el informe de ejecución presupuestaria
de esta Municipalidad, ni determinar el monto invertido a cada calle intervenida, por cuanto la
información financiera presentada por la UTGVM son datos globales de los proyectos ejecutados.
Cabe destacar que, según el citado informe, los proyectos desarrollados se llevaron a cabo en 19
calles y se realizaron obras menores en 12 carreteras que en su mayoría se refiere a reparaciones
de alcantarillado, con recursos de la Ley 8114.
2.62. El apartado 1.2 de las Directrices que deben observar las Municipalidades y los Concejos
Municipales de Distrito en el proceso presupuestario, cuando incorporen a sus presupuestos los
recursos provenientes del artículo 5°, inciso b), de la Ley de Simplificación y Eficiencia
Tributarias Nº 8114 indica que el documento presupuestario que incorpore los recursos
provenientes de la Ley Nº 8114, debe estar respaldado en el plan operativo anual con un detalle
de cada una de las obras a ejecutar debidamente aprobadas por el Concejo Municipal según lo
propuesto por la Junta Vial Cantonal en concordancia con los planes quinquenal y anual de
conservación y desarrollo vial del cantón y clasificadas bajo los nombres genéricos
correspondientes conforme con lo que se establece en las directrices 1.7 y 1.8 de este documento.
2.63. Asimismo, los apartados 1.7 y siguientes de la misma directriz establecen el formato en el que se
debe registrar la información en el presupuesto de la Institución, con el fin de que se lleve un
adecuado control de los recursos destinados a la inversión en la red vial cantonal.
2.64. Por otro lado, la norma 4.5.2 de las Normas de Control Interno para el Sector Público establecen
que el jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben establecer, vigilar el
cumplimiento y perfeccionar las actividades de control necesarias para garantizar razonablemente
la correcta planificación y gestión de los proyectos que la institución emprenda, incluyendo los
proyectos de obra pública relativos a construcciones nuevas o al mejoramiento, adición,
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rehabilitación o reconstrucción de las ya existentes. Las actividades de control que se adopten
para tales efectos deben contemplar al menos los siguientes asuntos: La identificación de cada
proyecto, con indicación de su nombre, sus objetivos y metas, recursos y las fechas de inicio y de
terminación.
2.65. La falta de control sobre el presupuesto podría generar uso inadecuado de los recursos
provenientes de la Ley 8114 y de los municipales por no contar con controles que garanticen la
máxima utilización de los fondos destinados para el mantenimiento y reparación de la red vial
cantonal.
Carencia de controles sobre los proyectos realizados en la red vial cantonal
2.66. No se encontró evidencia de la existencia de controles que aseguren que se le da seguimiento a
las obras viales que se ejecutan en el Cantón. De conformidad con la información presentada por
la UTGVM a esta Auditoría, se observó un cronograma de las obras menores programadas para
el período en estudio, pero no existe documentación que evidencie el cumplimiento de dicha
programación, las visitas llevadas a cabo por el director de la Unidad Técnica a los lugares de las
obras programadas, el uso de una bitácora donde se registren las visitas efectuadas a los
proyectos desarrollados, inconvenientes, cumplimiento de los funcionarios a cargo con el
proyecto entre otros.
2.67. Según oficio UT-206-112-2016, manifiesta el director de la UTGVM que todos los proyectos
indicados en el cronograma facilitado se concluyeron en un 100%, no obstante, en el informe de
ejecución presupuestaria algunas cuentas presentan al final del período saldos importantes sin
ejecutar, tal es el caso de la cuenta de la UTGVM “Materiales y suministros” cuyo saldo al cierre
del año fue de ¢12.774.063.47 y la cuenta de Mejoras caminos y calles “Materiales y
Suministros”, la cual cerró con un saldo disponible de ¢11.616.548.48.
2.68. Además, se registran en este informe de ejecución presupuestaria algunas cuentas de proyectos
que no se realizaron o que su ejecución fue mínima, lo cual denota falta de control en los
proyectos que se ejecutan. Ellas son:
Cuenta Monto
presupuesta
do
Monto
ejecutado
Observaciones *
Aceras y rampas proyecto Igualdad de
oportunidades
¢4.450.000 ¢563.009 Se hizo un inventario por parte de
un estudiante, pero el resultado no
fue el esperado, así que no se
ejecutaron los recursos.
Puente B° Los Ángeles Proyecto Préstamo
BID (Ley 8114)
39.168.000 0 Se ejecutó hasta el 2016, convenio
con el MOPT. La Municipalidad
aportaba una parte del dinero para
su ejecución, no se había concluído.
Mejoras puentes 5.800.000 389.240 No se requirió ejecutar mejoras a
los puentes.
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*Partidas específicas de años anteriores.
**Información suministrada por director de la Unidad Técnica de Gestión Vial.
2.69. El artículo 14 inciso p) del Reglamento Sobre el Manejo, Normalización y Responsabilidad para
la Inversión Pública en la Red Vial Cantonal establece que entre las funciones de la UTGVM se
encuentra la de inspeccionar y dar seguimiento a los trabajos que se realizan, mediante el reporte
diario de actividad de las obras que se ejecutan en el cantón.
2.70. Asimismo, la norma 4.5 de las Normas de Control Interno para el Sector Público indica que el
jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben establecer actividades de
control que orienten la ejecución eficiente y eficaz de la gestión institucional. Lo anterior,
tomando en cuenta, fundamentalmente, el bloque de legalidad, la naturaleza de sus operaciones y
los riesgos relevantes a los cuales puedan verse expuestas.
2.71. Además, la norma 4.5.2 del citado cuerpo normativo indica que el jerarca y los titulares
subordinados, según sus competencias, deben establecer, vigilar el cumplimiento y perfeccionar
las actividades de control necesarias para garantizar razonablemente la correcta planificación y
gestión de los proyectos que la institución emprenda, incluyendo los proyectos de obra pública
relativos a construcciones nuevas o al mejoramiento, adición, rehabilitación o reconstrucción de
las ya existentes.
2.72. La situación anteriormente mencionada podría provocar que los proyectos no se desarrollen
oportunamente en el Cantón y por ende que los recursos destinados para ellos no sean
aprovechados eficientemente, para el beneficio de la red vial cantonal.
Debilidades observadas en el desarrollo de los proyectos ejecutados por empresas externas.
2.73. Según estudio efectuado por el Ingeniero contratado para la ejecución de este estudio, se
determinaron las siguientes debilidades de control:
No fue posible llevar a cabo una revisión detallada de las tres obras ejecutadas por empresas
externas por cuanto éstas carecen de planos constructivos.
Muro calle principal San Pedro CU26-09* 4.657.810,00 0 Recursos insuficientes para llevar a
cabo el proyecto.
Entubado aguas pluviales cercanías y
alrededores Esc. José Ana Marín CU26-10*
1.380.467,00 0 Se solicitó el cambio de destino de
la partida específica en la Asamblea
Legislativa para poder ejecutar los
recursos.
Alcantrillado pluvial alrededor Esc. José
Ana Marín CU26-09*
4.304.568,00 0 Se solicitó el cambio de destino de
la partida específica en la Asamblea
Legislativa para poder ejecutar los
recursos.
Muro cerro Los Indios CT-00* 568.976,82 0 Recursos insuficientes para llevar a
cabo el proyecto.
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En la revisión efectuada a los expedientes de proyecto se determinó la carencia de acta de
recepción de la obra. Este documento es esencial para determinar que se cumplió con todas las
especificaciones establecidas en el cartel y que hubo seguimiento y supervisión en el desarrollo
de la obra por parte del profesional responsable ante la Institución.
Dado que los proyectos no han sido inscritos en el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de conformidad con los requerimientos de esta Institución, no se cuenta con un profesional
responsable de la obra ante este Colegio y por ende, no se lleva el cuaderno de bitácora, en cual
se registren todos los eventos relacionados con el seguimiento dado a las obras. El uso de este
cuaderno de bitácora es esencial para llevar un control del desarrollo del proyecto, así como los
inconvenientes que se presenten el proceso de construcción, de igual manera se justifica, en caso
de que se diera, los posibles atrasos en la entrega de la obra.
En el expediente del proyecto de la contratación 2015CD-000249-01 no se encontró evidencia de la existencia de pruebas de laboratorio necesarias para confirmar que los materiales utilizados en
el desarrollo del proyecto, corresponden a los definidos en el cartel y que la obra se ejecutó
conforme a las especificaciones establecidas en este documento.
2.74. El artículo 17 del Reglamento para la contratación de servicios de consultoría en Ingeniería y
Arquitectura indica lo siguiente:
[…]El proyecto se divide en dos fases: la primera fase corresponde a la elaboración de planos y
documentos, con los siguientes servicios:
a. Anteproyecto (de carácter obligatorio)
b. Planos de construcción y especificaciones (obligatorio).
c. Presupuesto.
d. Programación de obra.
e. Asesoría para licitación y adjudicación.
2.75. Con respecto al recibido de la obra, el artículo 151 del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa indica que una vez concluida la obra, el contratista dará aviso a la Administración
para que establezca fecha y hora para la recepción. La Administración dispondrá de quince días
hábiles para fijar esta fecha, salvo disposición en contrario del cartel. De esta recepción, que
tendrá el carácter de provisional, se levantará un acta que suscribirán el funcionario representante
de la Administración y el contratista, en donde se consignarán todas las circunstancias pertinentes
en orden al estado de la obra, si el recibo es a plena satisfacción de la Administración, si se hace
bajo protesta o si dada la gravedad y trascendencia del incumplimiento, la obra no se acepta en
ese momento. Se entenderá posible la recepción provisional siempre y cuando las obras se
encuentren en un nivel aceptable de finalización, faltando solamente pequeños detalles de
acabado o la corrección de defectos menores, que deberán consignarse en el acta, para que la obra
quede totalmente ajustada a los planos y especificaciones del proyecto, incluyendo las
modificaciones aprobadas. Una vez efectuada la recepción provisional no correrán multas por
atraso en la entrega. La Administración dispondrá de un plazo de dos meses contados a partir de
la recepción provisional para efectuar la recepción definitiva, salvo que en el cartel se haya
contemplado un plazo diferente. La Administración solo podrá recibir definitivamente la obra,
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después de contar con los estudios técnicos que acrediten el cumplimiento de los términos de la
contratación, sin perjuicio de las responsabilidades correspondientes a las partes en general y en
particular las que se originen en vicios ocultos de la obra. Dicho estudio formará parte del
expediente, lo mismo que el acta a que se refiere el presente artículo. Cuando surgiere
discrepancia entre la Administración y el contratista sobre el cumplimiento de los términos
contractuales o sobre las condiciones de la obra, la Administración podrá recibirla bajo protesta,
y así se consignará en el acta respectiva. La discrepancia podrá resolverse en los términos que lo
determine el cartel o mediante arbitraje, de conformidad con las regulaciones legales y los
instrumentos de derecho internacional vigentes, sin perjuicio de las acciones legales la recepción
definitiva de la obra no exime de responsabilidad al contratista por incumplimientos o vicios
ocultos de la obra.
2.76. Asimismo, el artículo 54 de la Ley Orgánica del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de
costa Rica indica: Todo plano de construcción o de urbanización deberá llevar el sello del
Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos para que pueda ser tramitado por las oficinas
públicas encargadas de autorizar esas obras.
2.77. Además, el artículo 2 del Reglamento Especial del Cuaderno de Bitácora indica: “Es obligatorio
el uso del Cuaderno de Bitácora de Obras para todos los miembros activos del Colegio Federado
de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica, que tenga participación en una construcción. La
obligación indicada es tanto para construcciones de índole público o privado.
2.78. Por otro lado, el artículo 12 del Reglamento Sobre el Manejo, Normalización y Responsabilidad
para la Inversión Pública en la Red Vial Cantonal establece entre las funciones de la Junta Vial
Cantonal velar por el cumplimiento de las políticas, normativa y reglamentación aplicable en
gestión vial, emitida por el MOPT y otros entes competentes, así como velar porque las
actividades de diseño, construcción y planeamiento estratégico sean desarrolladas por
profesionales competentes e idóneos.
2.79. Las debilidades mencionadas anteriormente podrían ocasionar que los proyectos de gestión vial
se estén llevando a cabo sin un adecuado seguimiento y control y sin acatar los lineamientos
establecidos en la normativa vigente y por lo tanto el mejoramiento de la red vial cantonal no sea
el esperado.
3. Conclusiones
3.1. El proceso de la gestión vial Cantonal de la Municipalidad es un eje fundamental para promover
el desarrollo local optimizando el uso de los recursos públicos y minimizando posibles riesgos en
todo el proceso.
3.2. No obstante, se observan debilidades de control interno en la normativa interna, planes de
conservación y de desarrollo de la red vial cantonal, Comités de Caminos, inventario de caminos,
rutas de paso para tránsito pesado, expedientes de los riesgos definidos en el SEVRI, programa de
aseguramiento de la calidad para las obras desarrolladas, desactualización en los expedientes de
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caminos, expedientes de los proyectos que se ejecutan por cuadrillas municipales y ausencia de
aprobación del plan de mejora de la Institución.
3.3. Es necesario fortalecer la estructura de control interno institucional y así evitar la exposición de
este Municipio a posibles sanciones por no dar cumplimiento a la normativa vigente en materia
de gestión vial, construcción y control presupuestario, así como para lograr una administración
eficiente y eficaz de estos recursos.
3.4. El objetivo que la Auditoría Interna pretende alcanzar con los estudios de auditoría que se
ejecutan y las recomendaciones que se emiten en éstos, es coadyuvar en el logro de los objetivos
institucionales mediante el fortalecimiento del control interno en la Municipalidad. No obstante,
este objetivo no se logra si no se da una participación activa en la adopción de las
recomendaciones por parte de los entes auditados.
4. Recomendaciones
Al Alcalde Municipal
4.1. Contar con un manual de procedimientos para la UTGVM, debidamente aprobado y divulgado.
La acreditación del cumplimiento de esta recomendación, se hará mediante la remisión de un
oficio a la Auditoría Interna, a más tardar el 31 de marzo del 2017, que se indique que ya fue
aprobado y divulgado el manual de procedimientos. Ver párrafos del 2.1 al 2.5 de este informe.
4.2. Establecer los requerimientos necesarios para recopilar la normativa vigente que rige para cada
área del Municipio. La acreditación del cumplimiento de esta recomendación, se hará mediante la
remisión de un oficio a la Auditoría Interna, a más tardar el 16 de enero del 2017, que se
consignen las acciones realizadas, responsables y plazos para contar con la existencia de este
archivo. Ver párrafos del 2.6 al 2.12 de este informe.
Al Concejo Municipal
4.3. Verificar que los documentos aprobados por el Concejo Municipal consten en las actas en las
cuales se aprobó y revisar “El protocolo y la metodología de proyectos de niveles 0, I, II, III
acorde con el decreto ejecutivo 35374 de Mideplan” para su respectiva aprobación y
transcripción en el acta. La acreditación del cumplimiento de esta recomendación, se hará
mediante la remisión a esta Auditoría Interna del acuerdo tomado que indique las acciones
tomadas para el cumplimiento de esta recomendación, a más tardar el 16 de enero del 2017. Ver
párrafos del 2.6 al 2.12 de este informe.
4.4. Emitir el reglamento para el funcionamiento y operación de los Comités de caminos, así como
para su nombramiento y juramentación de acuerdo a lo estipulado en el artículo 16 del
reglamento sobre manejo, normalización y responsabilidad para la inversión pública en la red
vial Cantonal. La acreditación del cumplimiento de esta recomendación, se hará mediante el envío a esta Auditoría Interna de un oficio indicando la fecha en que se publicó en la Gaceta el
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citado Reglamento, a más tardar el 30 de junio del 2017. Ver párrafos del 2.23 al 2.26 de este
informe.
4.5. Llevar a cabo las acciones correspondientes para contar con los comités de caminos. La
acreditación del cumplimiento de esta recomendación, se hará mediante la remisión de un oficio
a la Auditoría Interna, en el cual se indiquen las acciones tomadas para contar con estos comités,
a más tardar el 30 de junio del 2017. Ver párrafos del 2.23 al 2.26 de este informe.
4.6. Definir tiempos adecuados de aprobación de los instrumentos que serán utilizados para la
autoevaluación de control interno, así como su plan de mejora. La acreditación del cumplimiento
de esta recomendación, se hará mediante la remisión a esta Auditoría Interna del acuerdo tomado
para cumplir con esta recomendación, a más tardar el 16 de enero del 2017. Ver párrafos del
2.43 al 2.45 de este informe.
Al director de la UTGVM
4.7. Establecer un plan de acción con los responsables y fechas de cumplimiento para realizar el
inventario de caminos. La acreditación del cumplimiento de esta recomendación, se hará
mediante la remisión del plan a la Auditoría Interna, a más tardar el 28 de febrero del 2017. Ver
párrafos del 2.27 al 2.31 de este informe.
4.8. Establecer un plan de acción para contar con el programa de aseguramiento de la calidad que
estipula en el artículo 45 el Reglamento sobre el manejo, normalización y responsabilidad para
la inversión pública en la red vial cantonal. La acreditación del cumplimiento de esta
recomendación, se hará mediante la remisión del plan a la Auditoría Interna, a más tardar el 28 de
febrero del 2017. Ver párrafos del 2.37 al 2.42 de este informe.
4.9. Definir las rutas de paso para el tránsito pesado en la Red Vial Cantonal, previo estudio y
coordinación con el MOPT conforme a lo establecido en el artículo 41 del reglamento sobre el
manejo, normalización y responsabilidad para la inversión pública en la red vial cantonal. La
acreditación del cumplimiento de esta recomendación, se hará mediante la remisión de un oficio
a la Auditoría Interna, a más tardar el 31 de marzo del 2017, que muestre las acciones llevadas a
cabo para definir estas rutas. Ver párrafos del 2.32 al 2.36 de este informe.
4.10. Llevar a cabo las acciones necesarias para contar con toda la información requerida en el artículo
6 del Reglamento sobre manejo, normalización y responsabilidad para la inversión pública en la
red vial Cantonal en los planes de conservación y de desarrollo de la red vial cantonal. La
acreditación del cumplimiento de esta recomendación, se hará mediante la remisión de un oficio
a la Auditoría Interna, a más tardar el 31 de marzo del 2017, en el que se consignen las acciones
realizadas, los responsables y los plazos para su ejecución,. Ver párrafos del 2.13 al 2.18 de este
informe.
4.11. Tomar las medidas correspondientes para llevar a cabo todos los procedimientos que conlleva el
desarrollo de un proyecto de infraestructura vial, de conformidad con las exigencias de la
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normativa vigente. La acreditación del cumplimiento de esta recomendación, se hará mediante la
remisión de un oficio a la Auditoría Interna en el que se consignen las medidas tomadas por la
Administración para que la UTGVM lleve a cabo todos los procedimientos necesarios para el
desarrollo de su trabajo de conformidad con la normativa vigente, a más tardar el 28 de febrero
del 2017. Ver párrafos 2.73 al 2.79 de este informe.
4.12. Mantener un expediente de cada uno de los caminos del cantón conforme lo estipulado en el
artículo 14 inciso n) del Reglamento sobre el manejo, normalización y responsabilidad para la
inversión pública en la red vial Cantonal y con su respectiva foliatura. La acreditación del
cumplimiento de esta recomendación, se hará mediante la remisión de un oficio a la Auditoría
Interna en el que se consignen las acciones realizadas, los plazos y responsables de su ejecución,
de manera que los expedientes sean elaborados conforme al bloque de legalidad, a más tardar el
31 de enero del 2017. Ver párrafos del 2.46 al 2.51 de este informe.
4.13. Elaborar los expedientes de todos los proyectos que se ejecutan, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 14, inciso o) del Reglamento sobre manejo, normalización y responsabilidad para la
inversión pública en la red vial Cantonal. La acreditación del cumplimiento de esta
recomendación, se hará mediante la remisión de un oficio a la Auditoría Interna en el que se
consignen las acciones tomadas para que los expedientes sean elaborados conforme al bloque de
legalidad, a más tardar el 31 de enero del 2017. Ver párrafos del 2.52 al 2.55 de este informe.
4.14. Conformar los expedientes sobre los riesgos definidos en el SEVRI, como establece la normativa
aplicable. La acreditación del cumplimiento de esta recomendación, se hará mediante la remisión
de un oficio a la Auditoría Interna en el que se consignen las acciones realizadas para contar con
los expedientes de los riesgos identificados de acuerdo a la normativa aplicable, a más tardar el
31 de enero del 2017. Ver párrafos del 2.19 al 2.22 de este informe.
4.15. Llevar a cabo las acciones necesarias a fin de que se registre el presupuesto conforme a los
lineamientos establecidos en la directriz emitida por la Contraloría General de la República. La
acreditación del cumplimiento de esta recomendación, se hará mediante la remisión de un oficio
a la Auditoría Interna en el que se consigne las acciones tomadas para dar cumplimiento a la
normativa aplicable. A más tardar el 31 de enero del 2017. Ver párrafos del 2.56 al 2.65 de este
informe.
4.16. Establecer un control adecuado del presupuesto asignado para el mantenimiento, mejoramiento y
reparación de la red vial cantonal que permita la máxima utilización de estos recursos. La
acreditación del cumplimiento de esta recomendación, se hará mediante la remisión de un oficio
a la Auditoría Interna en el que se consignen las acciones realizadas para contar con ese control
del presupuesto. A más tardar el 31 de enero del 2017. Ver párrafos del 2.56 al 2.65 de este
informe.
4.17 Definir controles que aseguren que las obras de infraestructura vial en el Cantón se llevan de
acuerdo con la planificación establecida y al presupuesto definido para cada proyecto y que a su
vez se les da el debido seguimiento hasta su culminación. La acreditación del cumplimiento de
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esta recomendación, se hará mediante la remisión de un oficio a la Auditoría Interna en el que se
consignen los controles y responsables definidos para este efecto. A más tardar el 31 de marzo
del 2017. Ver párrafos del 2.66 al 2.72 de este informe.
4.18. Llevar una bitácora en el que se registren todos los eventos ocurridos en el proceso de ejecución
de las obras viales en el Cantón y en el que se consigne la culminación satisfactoria de cada
proyecto. La acreditación del cumplimiento de esta recomendación, se hará mediante la remisión
de un oficio a la Auditoría Interna en el que se consignen las acciones tomadas para contar con la
bitácora en los proyectos que se ejecuten en la red vial cantonal. A más tardar el 31 de enero del
2017. Ver párrafos del 2.73 al 2.79 de este informe.
4.19. Cumplir con las dos fases para el desarrollo de un proyecto que el Colegio Federado de
Ingenieros y Arquitectos ha establecido en su normativa. La acreditación del cumplimiento de
esta recomendación, se hará mediante la remisión de un oficio a la Auditoría Interna en el que se
consignen los pasos a seguir para la implementación de las fases del desarrollo de un proyecto
conforme lo establece la normativa. A más tardar el 28 de febrero del 2017. Ver párrafos del 2.73
al 2.79 de este informe.
4.20. Llevar a cabo el recibido de la obra y que dicho documento se refleje en el expediente de
proyecto. La acreditación del cumplimiento de esta recomendación, se hará mediante la remisión
de un oficio a la Auditoría Interna en el que se consigne las acciones tomadas para dar
cumplimiento a esta recomendación. A más tardar el 28 de febrero del 2017. Ver párrafos del
2.73 al 2.79 de este informe.
4.21. Cumplir con los lineamientos que el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos ha establecido
para el sellado de los planos constructivos y por consiguiente la obtención del cuaderno de
bitácora. La acreditación del cumplimiento de esta recomendación, se hará mediante la remisión
de un oficio a la Auditoría Interna en el que se consigne las acciones tomadas para el
cumplimiento de esta recomendación. A más tardar el 31 de enero del 2017. Ver párrafos del 2.73
al 2.79 de este informe.
4.22. Solicitar las pruebas de laboratorio necesarias para garantizar la calidad del trabajo que entrega el
contratista. La acreditación del cumplimiento de esta recomendación, se hará mediante la
remisión de un oficio a la Auditoría Interna en el que se consigne las acciones y el responsable de
llevar a cabo su ejecución. A más tardar el 28 de febrero del 2017. Ver párrafos del 2.73 al 2.79
de este informe.
4.23 Tomar en cuenta dentro de su plan de trabajo a coroto plazo el mantenimiento de la Calle
Cascajal (Monserrat9), con el fin de que la vía sea transitable y la asignación de recursos sea
menor. La acreditación del cumplimiento de esta recomendación, se hará mediante la remisión de
un oficio a la Auditoría Interna en el que se consigne dicha programación. A más tardar el 31 de
marzo del 2017. Ver párrafos del 2.73 al 2.79 de este informe.