C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO...

65
C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR ÍNDICE DEL R. R. I. 1. ORGANIZACIÓN PRÁCTICA DE LOS MIEMBROS DE LA C. EDUCATIVA 1.1. Órganos de gobierno 1.1.1. El Director 1.1.2. El Equipo Directivo 1.2. Órganos de participación en el control y gestión de los centros 1.2.1. El Consejo Escolar 1.2.2. El Claustro de Profesores del Centro 1.3. Órganos de Coordinación Docente 1.3.1. Coordinador de ciclo 1.4. Órganos de Relación 1.4.1. Enlace con la Asociación de Padres/madres 1.5. Equipos Pedagógicos 1.5.1. Equipos de ciclo 1.5.2. Equipos de nivel 1.5.3. Comisión de Coordinación Pedagógica 1.5.4. Tutores 2. REPRESENTACIÓN 2.1. De profesores 2.2. De padres

Transcript of C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO...

Page 1: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 1 -

NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR ÍNDICE DEL R. R. I. 1. ORGANIZACIÓN PRÁCTICA DE LOS MIEMBROS DE LA C. EDUCATIVA 1.1. Órganos de gobierno

1.1.1. El Director 1.1.2. El Equipo Directivo

1.2. Órganos de participación en el control y gestión de los centros

1.2.1. El Consejo Escolar

1.2.2. El Claustro de Profesores del Centro 1.3. Órganos de Coordinación Docente

1.3.1. Coordinador de ciclo 1.4. Órganos de Relación

1.4.1. Enlace con la Asociación de Padres/madres 1.5. Equipos Pedagógicos

1.5.1. Equipos de ciclo 1.5.2. Equipos de nivel 1.5.3. Comisión de Coordinación Pedagógica 1.5.4. Tutores

2. REPRESENTACIÓN 2.1. De profesores 2.2. De padres

Page 2: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 2 -

2.2.1. A.M.P.A 2.3. De alumnos 3. DERECHOS Y DEBERES 3.1. De profesores 3.2. Del personal no docente 3.3. De los alumnos/as 3.4. De los padres/madres 4.- ASPECTOS DE FUNCIONAMIENTO INTERNO 4.1. Entradas. 4.2. Salidas. 4.3. Accidentes. 4.4. Ausencias de alumnos/ as. 4.5. Problemática con alumnos/ as. 4.6. Actividades. 4.7. Evaluación y recuperación. 4.8. Utilización de los espacios del centro. 4.9. Comunicación entre profesores/ as y familias. 4.10. Adscripción de profesores/ as a los cursos. 4.11. Sustituciones del profesorado. 5. COMEDOR ESCOLAR 5.1. Objetivos 5.2. Normas de funcionamiento 5.3. Normas para el comedor 5.4. Organización de la vigilancia 5.5. Gestión 6. SERVICIO DE DESAYUNO 7. MODIFICACIÓN DE ESTE REGLAMENTO 8. PLAN DE CONVIVENCIA.

Page 3: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 3 -

1. ORGANIZACIÓN PRÁCTICA DE LOS MIEMBROS DE LA C. EDUCATIVO En los centros docentes públicos existirán órganos de gobierno y órganos de participación en el control y gestión de los mismos. Estos órganos velarán para que las actividades de éstos se desarrollen de acuerdo con los principios y valores de la Constitución, por la efectiva realización de los fines de la educación, establecidos en las leyes y en las disposiciones vigentes, y por la calidad de la enseñanza. Además, garantizarán, en el ámbito de su competencia, el ejercicio de los derechos reconocidos a los alumnos, profesores, padres de alumnos y personal de administración y servicios y velarán por el cumplimiento de los deberes correspondientes. Asimismo, favorecen la participación efectiva de todos los miembros de la Comunidad Educativa en la vida del Centro, en su evaluación. 1.1. ÓRGANOS DE GOBIERNO 1.1.1. EL DIRECTOR Es el representante de la Administración educativa en el centro y tiene atribuidas las siguientes competencias:

- Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.

- Ejercer la Jefatura de todo el personal adscrito al centro y adoptar las resoluciones disciplinarias que correspondan de acuerdo con las normas aplicables.

- Dirigir y coordinar todas las actividades del centro hacia la consecución del proyecto educativo del mismo, de acuerdo con las disposiciones vigentes y sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro de profesores y al Consejo Escolar del centro.

- Ostentar la representación del centro, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas.

- Colaborar con los órganos de la Administración educativa en todo lo relativo al logro de los objetivos educativos del centro.

- Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro de profesores y al Consejo Escolar del centro.

- Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos.

Page 4: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 4 -

- Favorecer la convivencia en el centro, resolver los conflictos e imponer todas las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos, de acuerdo con las normas que establezcan las Administraciones educativas y en cumplimiento de los criterios fijados en el Reglamento de Régimen Interior del Centro. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los centros.

- Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro de profesores del centro y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias.

- Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las administraciones educativas.

- Promover planes de mejora de la calidad del centro, así como proyectos de innovación e investigación educativa.

- Impulsar procesos de evaluación interna del centro y colaborar en las evaluaciones externas.

- Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa.

1.1.2. EL EQUIPO DIRECTIVO

- El Director, previa comunicación al Claustro de profesores y al Consejo Escolar, formulará propuesta de nombramiento y cese a la Administración educativa de los cargos de Jefe de Estudios y Secretario, y demás órganos de gobierno, de entre los profesores con destino definitivo en dicho centro. La Jefatura d Estudios deberá recaer en un profesor de los cuerpos del nivel educativo y régimen correspondiente.

- Los órganos de gobierno constituirán el equipo directivo y trabajarán de forma coordinada en el desempeño de sus funciones conforme a las instrucciones del Director.

- Todos los miembros del Equipo Directivo cesarán en sus funciones al término de su mandato o cuando se produzca el cese del Director.

- Así mismo, la Administración educativa cesará a cualquiera de los miembros del Equipo Directivo designados por el Director, a propuesta de éste mediante escrito razonado, previa comunicación al Consejo Escolar del Centro.

Page 5: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 5 -

1.2. ORGANOS DE PARTICIPACIÓN EN EL CONTROL Y GESTIÓN DE LOS CENTROS. 1.2.1. CONSEJO ESCOLAR

- El Consejo Escolar es el órgano de participación en el control y gestión del centro de los distintos sectores que constituyen la comunidad educativa.

- El Consejo Escolar estará formado por los siguientes miembros: - El Director del Centro, que será su Presidente. - El Jefe de Estudios. - Un concejal o representante del Ayuntamiento en cuyo término

municipal se halle radicado el centro. - Un número de profesores, elegidos por el Claustro, que no podrá ser

inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo. - Un número de padres elegidos por los padres de alumnos que no

podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo.

- Un representante del personal de administración y servicios del centro.

- El Secretario del Centro, que actuará como Secretario del Consejo, con voz y sin voto.

ATRIBUCIONES DEL CONSEJO ESCOLAR

- Formular propuestas al equipo directivo sobre la programación anual del centro y aprobar el proyecto educativo, sin perjuicio de las competencias que el Claustro tiene atribuidas en relación con la planificación y organización docente.

- Elaborar informes, a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y sobre aquellos otros aspectos relacionados con la actividad del mismo..

- Participar en el proceso de admisión de alumnos y velar para que se realice con sujeción a lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollan.

- Aprobar el Reglamento de Régimen Interior del Centro. - Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de

sanciones y velar que éstas se atengan a la normativa vigente. - Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y su liquidación. - Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo

escolar. - Promover las directrices para la colaboración, con fines educativos y

culturales, con otros centros, entidades y organismos. - Analizar y valorar el funcionamiento general del Centro, la evolución

del rendimiento escolar y los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa.

- Ser informado de la propuesta a la Administración educativa del nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo.

Page 6: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 6 -

- Promover medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro

- Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración Educativa.

CONVOCATORIA, FUNCIONAMIENTO Y VINCULACIÓN

- Se reunirá una vez al trimestre, como mínimo, y cuantas veces se necesite, siempre que sea convocado por su presidente o al menos 1/3 de sus integrantes. En todo caso, será preceptiva, además, una reunión al principio de curso y otra al final del mismo. La asistencia de las sesiones del C. Escolar será obligatoria para todos sus miembros.

- Las reuniones del Consejo Escolar se celebrarán en el día y con el horario que posibiliten la asistencia de todos sus miembros. En las reuniones ordinarias el director enviará a los miembros del Consejo Escolar, con una antelación mínima de una semana, la convocatoria y la documentación que vaya a ser objeto de debate y, en su caso, aprobación.

- Podrán realizarse, además, convocatorias extraordinarias con una antelación mínima de 48 horas, cuando la naturaleza de los asuntos que hayan de tratarse así lo aconseje.

- Todas las decisiones tomadas por el Consejo Escolar serán asumidas democráticamente por la comunidad escolar, siempre que no atenten contra los derechos constitucionales o laborales de los integrantes.

- Para que haya quórum y se pueda celebrar la reunión es necesario como mínimo la mayoría absoluta de los integrantes en 1º convocatoria, y 1/3 de los integrantes en 2ª convocatoria el C. E. adoptará los acuerdos por mayoría simple.

- Las propuestas se votarán independientemente, una a una. - En caso de empate con abstenciones, se abrirá un breve turno de

palabras y se pasará a una segunda votación, de modo que se definan las abstenciones.

- Si se mantiene el empate, se convocará una nueva sesión a las 24 horas, repitiendo el proceso y utilizando el voto de calidad del director, si después de dos votaciones no se llegara a ningún acuerdo.

- En caso de empate sin abstenciones se seguirá el mismo proceso anterior.

- El turno de palabra de los Consejos Escolares lo llevará el Jefe de Estudios o cualquier miembro del Equipo Directivo.

- Para incluir un punto nuevo dentro del orden del día será necesario que estén presentes todos los miembros del Consejo Escolar, que tenga carácter de urgencia y que su inclusión sea aprobada por unanimidad.

- Al comenzar cada sesión se explicarán y justificarán las ausencias.

Page 7: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 7 -

- En el caso de ausencia injustificada y repetida de algún miembro del

C.E. a las sesiones del mismo, este C.E. podrá determinar las medidas oportunas para solucionar dicha ausencia.

COMISIONES DEL CONSEJO ESCOLAR

En el seno del Consejo Escolar existirán las siguientes comisiones:

• COMISIÓN PERMANENTE:

� Integrada por el Equipo Directivo, dos profesores y dos padres.

• COMISIÓN ECONÓMICA:

� Integrada por el Director, el secretario, un maestro, un padre de alumno y el representante del Ayuntamiento en el Consejo Escolar.

� Esta Comisión informará al Consejo Escolar sobre cuantas materias de índole económica éste le encomiende. Sus reuniones se realizarán, al menos una vez al trimestre.

• COMISIÓN DE ESCOLARIZACIÓN:

� Integrada por el Director, un padre de alumno/a, un maestro y el representante del Ayuntamiento del C.E.

� El objetivo de esta Comisión será supervisar todo el proceso de matriculación-escolarización de alumnos y velar por el cumplimiento de la normativa vigente.

• COMISIÓN DE CONVIVENCIA:

- Integrada por el Director, el Jefe de Estudios, un maestro, dos padres

de alumnos/as. - Su función es estudiar los expedientes disciplinarios de los

alumnos/as y elevar al Consejo Escolar las propuestas de resolución de los mismos.

- La Comisión de convivencia informará al C.E. sobre la aplicación de las normas de convivencia y colaborará con él en la elaboración de un informe sobre la aplicación de estas normas. Asimismo informará al C.E. de todo aquello que le encomiende dentro de su ámbito de competencia.

• COMISIÓN DE ABSENTISMO: - Formada por el Jefe de Estudios, una profesora, un padre, el

representante del Ayuntamiento y el tutor.

Page 8: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 8 -

1.2.2. CLAUSTRO DE PROFESORES

- El Claustro de profesores es el órgano propio de participación de los profesores en el control y gestión del centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre todos los aspectos docentes del centro.

- El Claustro será presidido por el Director y estará integrado por la totalidad de los profesores que presten servicio en el centro.

ATRIBUCIONES DEL CLAUSTRO DE PROFESORES

- Elevar al Equipo Directivo propuestas para la elaboración de la Programación General Anual., así como evaluar su aplicación.

- Formular propuestas al Consejo Escolar para la elaboración del proyecto educativo e informar, antes de su aprobación de los aspectos relativos a la organización y planificación docente.

- Informar del proyecto de reglamento de régimen interior del centro. - Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la

investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.

- Elegir a sus representantes en el Consejo Escolar y en la Comisión de selección de Director prevista en el artículo 88 de esta Ley.

- Coordinar las funciones referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.

- Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa, así como cualquier otro informe referente a la marcha del mismo.

- Ser informado por el Director de la aplicación del régimen disciplinario del centro.

- Ser informado de la propuesta a la Administración educativa del nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo.

- Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

- Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.

CONVOCATORIA, FUNCIONAMIENTO Y VINCULACIÓN.

- Se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el Director o lo solicite un tercio al menos de sus miembros. En todo caso será preceptiva una sesión de Claustro al principio de curso y otra al final del mismo.

- Podrán convocarse claustros extraordinarios cuando las circunstancias de urgencia hagan necesaria dicha convocatoria no pudiéndose esperar a las convocatorias ordinarias.

- Los claustros ordinarios se convocarán con un mínimo de 48 horas de antelación, incluyéndose el orden del día y la documentación necesaria para los citados claustros.

Page 9: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 9 -

- Todas las decisiones tomadas en el claustro en materia de enseñanza

y en temas relativos al funcionamiento interno serán asumidas y respetadas por todo el profesorado, siempre que no atenten contra los derechos constitucionales y laborales.

- La duración de las sesiones de claustro será la correspondiente al horario de obligada permanencia en el centro, fijando el día y hora de continuación del mismo si no se tratara todo el orden del día en una sesión.

- Para que haya quórum y se pueda celebrar claustro, es necesario como mínimo, la mayoría absoluta de todos los integrantes ( la mitad más uno) en primera convocatoria y un tercio de todos los integrantes en segunda convocatoria.

- Para que una propuesta sea aceptada y se llegue a un acuerdo, será necesaria la mayoría simple (mitad más uno de los asistentes a la reunión)

- Las propuestas se votarán independientemente unas de las otras. - En caso de empate con abstenciones, se abrirá un breve turno de

palabras y se pasará a una segunda votación de modo que se definan las abstenciones.

- En caso de empate, después de una segunda votación, se hará una nueva convocatoria de sesión de claustro a las 24 horas y se repite todo el proceso, pudiendo ser utilizado el voto de calidad del Director/a, en caso de seguir manteniéndose el empate.

- En caso de empate sin abstenciones, se seguirá el mismo proceso en los apartados anteriores.

- El turno de palabra de los claustros lo llevará un moderador/a que será rotativo entre los profesores/as.

- Para incluir un punto nuevo dentro del orden del día será necesario que estén presentes todos los miembros del claustro, que tenga carácter de urgencia y que su inclusión sea aprobada por unanimidad.

- Al comenzar cada sesión de claustro, se explicarán y justificarán las ausencias.

- La asistencia a las sesiones del Claustro será obligatoria para todos sus miembros.

1.3. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE. 1.3.1. COORDINADOR/A DE CICLO.

ELECCIÓN

El Director del centro, oídas las peticiones del los Equipos de Ciclo, designará al profesor/ a del ciclo que considere más conveniente.

Page 10: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 10 -

FUNCIONES

- Participar en la elaboración del Proyecto Curricular de Etapa y elevar

a la Comisión de Coordinación Pedagógica las propuestas formuladas a este respecto por el Equipo de Ciclo.

- Coordinar las funciones de tutoría de los alumnos del ciclo. - Coordinar la enseñanza en el correspondiente ciclo de acuerdo con el

Proyecto Curricular de Etapa. - Ser portavoz del ciclo. - Recoger y canalizar toda la información relacionada con el ciclo. - Preparar y elaborar el orden del día de todas las reuniones del ciclo. - Redactar el acta de las reuniones del ciclo. - Velar por que se cumplan los objetivos que el ciclo haya previsto en

la P.G.A. - Coordinar y redactar lo correspondiente al ciclo en la memoria anual

y en la P.G.A. - Aquellas otras funciones que le encomiende el Jefe de Estudios en el

área de su competencia, especialmente las relativas a refuerzo educativo, adaptación curricular y actividades complementarias. CESE DE LOS COORDINADORES DE CICLO.

Los Coordinadores de ciclo cesarán en sus funciones al término de su mandato o al producirse alguna de las causas siguientes:

a) Renuncia motivada aceptada por el Director. b) Revocación por el Director a propuesta del equipo de ciclo mediante

informe razonado, con audiencia del interesado. 1.4. ÓRGANOS DE RELACIÓN 1.4.1. ENLACE CON LA A.M.P.A. La función de enlace con la A.M.P.A. del Centro puede ejercerla un profesor o profesora que voluntariamente se preste a ello. En caso de que ninguna persona se encargue de esta función, quedará como función del Equipo Directivo. 1.5. EQUIPOS PEDAGÓGICOS 1.5.1. EQUIPOS DE CICLO Los equipos de ciclo son los órganos básicos encargados de organizar y desarrollar, bajo la supervisión del Jefe de Estudios, las enseñanzas propias del ciclo. Están compuestos por todos los profesores/as que impartan docencia en él, cuya adscripción a este ciclo ha de ser obligatoria.

Page 11: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 11 -

Hay cuatro ciclos: • INFANTIL • Primer Ciclo de EDUCACIÓN PRIMARIA. • Segundo Ciclo de EDUCACIÓN PRIMARIA. • Tercer Ciclo de EDUCACIÓN PRIMARIA. Los equipos de ciclo se reunirán al menos una vez cada quince días; dichas reuniones serán de obligada asistencia para sus miembros. Un resumen de lo tratado en estas reuniones será recogido en las actas correspondientes redactadas por su coordinador de ciclo mensualmente. Los equipos de ciclo tendrán las siguientes competencias:

- Formular propuestas al equipo directivo y al claustro, relativas a la elaboración del proyecto educativo y de la programación general anual.

- Formular propuestas a la comisión de coordinación pedagógica relativas a la elaboración de los proyectos curriculares de etapa.

- Mantener actualizada la metodología didáctica. - Organizar y realizar las actividades complementarias y

extraescolares. 1.5.2. EQUIPOS DE NIVEL Están compuestos por los profesores/as del mismo nivel, cuya adscripción a este equipo ha de ser obligatoria. Los equipos de nivel tendrán las siguientes funciones:

- Coordinar metodologías. - Programar todas las áreas y establecer los horarios. - Estimar los recursos materiales del nivel. - Organizar las actividades escolares complementarias de cada nivel. - Evaluar a los alumnos/as, teniendo en cuenta los criterios

establecidos en el claustro. - Realizar la programación de Objetivos Mínimos del nivel y hacer un

seguimiento de ellos. - Preparar conjuntamente las reuniones de padres que se realicen

durante el curso. - Organizar las actividades de apoyo y recuperación. - Valorar los libros de texto utilizados. -

1.5.3. COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA COMPOSICIÓN Estará integrada por los coordinadores/as de cada ciclo, el jefe de estudios, el Director, que será el presidente, los coordinadores de los proyectos de Formación, si los hubiere y el miembro del E.O.E.P. Actuará como secretario el profesor de menor edad.

Page 12: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 12 -

COMPETENCIAS

- Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de los proyectos curriculares de etapa.

- Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse de la redacción de los proyectos curriculares de etapa y su posible modificación, y asegurar su coherencia con el proyecto educativo.

- Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y del plan de acción tutorial.

- Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares adecuadas a los alumnos con necesidades educativas especiales.

- Proponer al claustro los proyectos curriculares de etapa para su aprobación.

- Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los proyectos curriculares de etapa.

- Proponer al claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación, de acuerdo con la jefatura de estudios.

- Proponer al claustro de profesores el plan de evaluar el proyecto curricular de cada etapa, los aspectos docentes del proyecto educativo y la programación general anual, la evolución del aprendizaje y el proceso de enseñanza.

- Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del centro, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno o de la Administración Educativa e impulsar planes de mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones.

1.5.4. TUTORES La tutoría y orientación de los alumnos/as formará parte de la función docente. Cada grupo tendrá un maestro tutor que será designado por el Director, a propuesta del Jefe de estudios. El Jefe de estudios coordinará el trabajo de los tutores y mantendrá las reuniones periódicas necesarias para el buen funcionamiento de la acción tutorial. FUNCIONES DEL TUTOR

- Participar en el desarrollo del plan de acción tutorial y en las actividades de orientación, bajo la coordinación del Jefe de Estudios. Para ello podrán contar con la colaboración del equipo de orientación educativa y psicopedagógica.

- Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo y adoptar la decisión que proceda acerca de la promoción de los alumnos de un ciclo a otro (acuerdo de E. Docente), previa audiencia de sus padres o tutores legales.

Page 13: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 13 -

- Atender a las dificultades de aprendizaje de los alumnos, para

proceder a la adecuación personal del currículo. - Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su

participación en las actividades del Centro. - Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades educativas. - Colaborar con el equipo de orientación en los términos que establezca

la jefatura de estudios. - Encauzar los problemas e inquietudes de los alumnos. - Informar a los padres, maestros y alumnos del grupo de todo aquello

que les concierna en relación con las actividades docentes y el rendimiento académico.

- Facilitar la cooperación educativa entre los maestros y los padres de los alumnos.

- Atender y cuidar, junto con el resto de los profesores del centro, a los alumnos en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.

2. REPRESENTACIÓN 2.1. REPRESENTACIÓN DEL PROFESORADO El profesorado estará representado en la gestión del centro por medio de sus representantes en el C.E. y en el Claustro personalmente con voz y voto. 2.2. REPRESENTACIÓN DE PADRES/MADRES

- Por medio de las Asociaciones de padres de alumnos/as, que se regirán por sus propios estatutos, excepto cuando afecte a su inserción en la gestión del centro, en cuyo caso se regirá por este Reglamento.

- Por medio del C.E., donde habrá cinco representantes de los padres/madres de alumnos/as.

- A petición de la mitad más uno de los padres o madres de una clase o nivel, se podrá solicitar al C.E., a través de sus representantes, una reunión de los padres/madres con el profesor/a de dicho nivel, previo anuncio al profesor/a afectado, con la asistencia del Equipo Directivo.

2.2.1. ASOCIACIÓN DE PADRES DE ALUMNOS

Las asociaciones de padres de alumnos podrán:

- Elevar al C.E. propuestas para la elaboración del P.E.C. y de la P.G.A. - Informar al C.E. de aquellos aspectos de la marcha del centro que

consideren oportuno. - Informar a los padres de su actividad. - Recibir información del C.E. sobre los temas tratados en el mismo, así

como recibir el orden del día de dicho Consejo antes de su realización, con el objeto de poder elaborar propuestas.

- Elaborar informes para el C.E. a iniciativa propia o a petición de éste.

Page 14: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 14 -

- Elaborar propuestas de modificación del Reglamento de Régimen

Interior - Formular propuestas para la realización de actividades

complementarias que, una vez aceptadas, deberán figurar en la P.G.A.

- Conocer los resultados académicos y la valoración que de los mismos realice el C.E.

- Recibir un ejemplar del P.E.C., del Proyecto curricular de etapa y de sus modificaciones.

- Recibir información sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados por el centro.

- Fomentar la colaboración entre los padres y los maestros del centro para el buen funcionamiento del mismo.

- Disponer de las instalaciones del centro en los términos que establezca el C.E.

2.3. REPRESENTACIÓN DEL ALUMNADO La unidad básica de participación de los alumnos y alumnas será el grupo o clase formado por el alumnado y el tutor/a. 3. DERECHOS Y DEBERES. 3.1. DERECHOS Y DEBERES DEL PROFESORADO. DERECHOS Todo el profesorado adscrito al Centro tendrá los siguientes derechos durante el tiempo que dure su adscripción:

- Todos los derechos laborales reconocidos a los funcionarios públicos docentes.

- Derecho a participar activamente en la gestión del Centro, personalmente o a través de sus representantes.

- Derecho a asistir a las reuniones de Claustro con voz y voto. - Derecho a presentar propuestas o peticiones, según se establezca

reglamentariamente. - Derecho a convocar por propia iniciativa a los padres y madres de los

alumnos/as, individualmente o en conjunto, para tratar asuntos relaciones con la educación de sus hijos/as.

- Derecho a participar activamente en las reuniones de los órganos colegiados, departamentos, comisiones, etc. de los que forme parte.

- Derecho a organizar asambleas de trabajadores del Centro y participar en ellas con voz y voto.

- Derecho a estar presente con voz y sin voto en el Consejo Escolar, cuando se vea implicado personalmente en algún tema del orden del día, previa invitación del Consejo Escolar.

- Derecho a convocar claustro extraordinario con 1/3 de maestros a favor de ello.

Page 15: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 15 -

- Derecho a conmutar las horas no lectivas de obligada permanencia

en el Centro con aquellas horas fuera del horario lectivo programadas con anterioridad, siempre que no perjudique el funcionamiento del Centro y con la autorización del Director/a.

- Derecho a asistir a las asambleas laborales que se convoquen en horario no lectivo de obligada permanencia en el Centro informando previamente al equipo directivo.

- Mejorar la preparación profesional en horario no lectivo de obligada permanencia en el Centro.

DEBERES Todos los profesores y profesoras adscritos al centro tendrán los siguientes deberes durante todo el tiempo que dure su adscripción:

- Asistir con puntualidad a las clases y reuniones. - Programar y preparar el trabajo escolar, con vistas a hacer más

eficaz su tarea docente. - Realizar observaciones sistemáticas de la conducta de los

alumnos/as. - Realizar eficazmente las funciones para las que resulte elegido. - Cumplir y colaborar para que se cumplan los acuerdos que se

aprueben en el Consejo Escolar y en el Claustro, relativos a la función docente.

- Mantener con alumnos/as y padres/madres un ambiente de colaboración, realizando para ello reuniones periódicas con cada sector.

- Desarrollar una evaluación continua de los alumnos/as dando cuenta de ello a los padres, tantas veces como crea oportuno y se determine en el Claustro.

- Autoevaluar su propia actividad y participar en la evaluación que sobre los resultados obtenidos puedan hacerse en los órganos colegiados.

- Aceptar y cumplir la reglamentación interna, en lo que se refiere a la atención de los alumnos/as, cuyo profesor/ a esté ausente del Centro.

- Todos los profesores/as atenderán al cuidado y vigilancia de los recreos en los puntos indicados al inicio de cada curso, a excepción de los miembros del equipo directivo y de los maestros itinerantes, que quedarán liberados de esta tarea, salvo que sea absolutamente necesaria su colaboración. Para el cuidado y vigilancia de los recreos podrá organizarse un turno entre los Maestros del Centro a razón de un maestro por cada 60 alumnos de E. Primaria, o fracción, y un maestro por cada 30 alumnos de E. Infantil, o fracción, procurando que siempre haya un mínimo de dos maestros.

- Los días en los que las inclemencias climatológicas impidan que se realice el recreo en el patio, cada tutor permanecerá en el aula con sus alumnos/as.

Page 16: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 16 -

3.2. DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL NO DOCENTE DERECHOS

- Todos los derechos recogidos en la contratación laboral según la legislación vigente.

- Derecho a participar en la actividad del Centro. - Derecho a participar en las asambleas de personal no docente y en

las asambleas de trabajadores del Centro, con voz y voto. - Derecho a tener un representante en el Consejo Escolar.

DEBERES

Además de los deberes que dimanen de su contratación será deber de todo el personal del Centro cooperar con su conducta a favorecer un ambiente educativo.

3.3. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS DERECHOS.

- Los alumnos tienen derecho a recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad.

- Todos los alumnos tienen derecho a las mismas oportunidades de acceso a los distintos niveles de enseñanza. La igualdad de oportunidades se promoverá mediante la no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, nivel social, convicciones morales o religiosas.

- Los alumnos tienen derecho a que su rendimiento escolar sea evaluado con plena objetividad. Los centros deberán hacer públicos los criterios generales que se van a aplicar para la evaluación de los aprendizajes y la promoción de los alumnos.

- Todos los alumnos tienen derecho a recibir orientación escolar y profesional para conseguir el máximo desarrollo personal, social y profesional, según sus capacidades, aspiraciones o intereses.

- Todos los alumnos tienen derecho a que su actividad académica se desarrolle en las debidas condiciones de seguridad e higiene.

- Los alumnos tienen derecho a que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas, morales o ideológicas, así como su intimidad.

- Todos los tienen derecho a que se respete su integridad física y moral y su dignidad personal, no pudiendo ser objeto, en ningún caso de tratos vejatorios o degradantes.

- Los alumnos tienen derecho a participar en el funcionamiento y en la vida de los centros, en la actividad escolar y en la gestión de los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica reguladora del derecho a la educación y en los respectivos reglamentos orgánicos.

Page 17: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 17 -

- Los alumnos tienen derecho a asociarse, creando asociaciones,

federaciones y confederaciones de alumnos. - Los alumnos tienen derechos a la libertad de expresión sin perjuicio

de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y el respeto que merecen las instituciones de acuerdo con los principios y derechos constitucionales.

- Los alumnos tienen derecho a manifestar su discrepancia respecto a las decisiones educativas que les afecten.

- Los alumnos podrán reunirse en sus centros docentes para actividades de carácter escolar o extraescolar que formen parte del Proyecto Educativo del Centro.

- Los alumnos tienen derecho a utilizar las instalaciones de los Centros con las limitaciones derivadas de la programación de actividades escolares y extraescolares.

- Los alumnos tienen derecho a participar en calidad de voluntarios en las actividades de los centros docentes.

- Los alumnos tienen derecho a percibir las ayudas precisas para compensar posibles carencias de tipo familiar, económico y socio-cultural.

- En casos de accidente o de enfermedad prolongada, los alumnos tendrán derecho a la ayuda precisa, ya sea a través de la orientación requerida, material didáctico y las ayudas necesarias para que el accidente o enfermedad no suponga detrimento de su rendimiento escolar.

DEBERES.

- Asistir a clase con puntualidad, cumplir y respetar los horarios y participar en las actividades del Centro.

- La falta a clase de modo reiterado puede provocar la imposibilidad de la aplicación correcta de los criterios generales de evaluación y la propia evaluación continua.

- Seguir las orientaciones del profesorado respecto de su aprendizaje y mostrarle el debido respeto y consideración.

- Respetar el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros. - Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y

morales, así como dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.

- Los alumnos deben respetar el Proyecto Educativo de acuerdo con la legislación vigente.

- Los alumnos deben cuidar y utilizar correctamente los bienes, muebles y las instalaciones del Centro y respetar las pertenencias de los otros miembros de la Comunidad Educativa.

- Los alumnos que individual o colectivamente causen daños de forma intencionada o por negligencia a las instalaciones del Centro o su material quedan obligados a reparar el daño causado o hacerse cargo del coste económico de su reparación. Igualmente los alumnos que sustrajesen bienes del Centro deberán restituir lo sustraído.

Page 18: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 18 -

- En todo caso, los padres o representantes legales de los alumnos

serán responsables civiles en los - términos previstos en las leyes.

3.4. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES/MADRES DERECHOS.

- Derecho a ser informados puntualmente de todo lo concerniente a la educación y comportamiento de sus hijos/as.

- Derecho a ser informados inmediatamente por la tutoría o el equipo directivo, en caso de que sus hijos/as sufran algún accidente o indisposición durante el tiempo escolar.

- Derecho a recibir comunicación por escrito de las faltas de disciplina que comentan sus hijos/as.

- Derecho a recibir comunicación de cualquier alteración de la vida escolar que afecte a la educación de sus hijos/as: falta de profesorado, conflictos laborales, excursiones, falta de seguridad o carencia de condiciones higiénicas (epidemias), etc.

- Derecho a que se respete la confidencialidad de los datos personales y familiares que se aporten al Centro como ayuda a una mejor educación y formación del alumno/a.

- Derecho a ser atendidos por el profesor/a de sus hijos/as, para recabar información con respecto a la marcha e integración de sus hijos/as en la comunidad escolar, durante los horarios establecidos para ello, previa solicitud.

- Derecho a presentar las quejas que se consideren oportunas, con respecto al funcionamiento del Centro, al órgano correspondiente: tutoría, equipo directivo o Consejo Escolar.

- Derecho a participar en las Asambleas de padres/madres que se convoquen en el Centro.

DEBERES.

- Colaborar al máximo con los distintos órganos del centro, para un mejor funcionamiento del mismo.

- Comunicar a la tutoría o al equipo directivo aquellas anomalías o peculiaridades específicas de sus hijos/as, con el fin de ayudar a una mejor atención y comprensión del alumno/a.

- Facilitar un número de teléfono para poder ser localizado de inmediato en caso de urgencia.

- Personarse en el Centro, cuando por cualquier motivo relacionado con sus hijos/as, sean citados por el profesor/a, el equipo directivo o el Consejo Escolar.

- Comunicar al órgano competente, cualquier anomalía que se observe o le sea comunicada, en el Centro, para que sea subsanada con rapidez.

- Atender a las normas de higiene que les sean comunicadas por el Centro para bien de la colectividad.

Page 19: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 19 -

- Respetar los horarios del Centro para entrevistas con el tutor/a y

equipo directivo. - Cumplir con puntualidad los horarios de entrada de los alumnos/as. - Presentar al tutor/a las justificaciones de las faltas de asistencia de

sus hijos/as. - Autorizar las salidas y excursiones que puedan realizar sus hijos/as.

4. ASPECTOS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO INTERNO. 4.1. ENTRADAS - Las entradas se realizarán por la puerta de Azorín. - Pasados 5 minutos, se cerrará la puerta y la entrada se realizará por

la puerta de Pintor Velázquez. El Conserje acompañará al alumno al aula que corresponda.

ALUMNOS Entrarán sin correr y se irán colocando en la fila que les corresponda. PADRES

- No pasarán al centro. Si tienen que comunicar alguna novedad al maestro tutor o especialista, se la comunicarán por escrito al tutor a través del alumno o si fuera necesario a través del conserje.

- Los padres que tengan que pasar al centro para hablar con el Equipo Directivo, lo harán una vez hayan entrado todos los alumnos a su aula.

PROFESORES

- Las entradas al pabellón se realizarán con orden y en fila. El tutor/a o maestro especialista deberá permanecer con sus alumnos esperando su turno de entrada y subir con ellos hasta el aula acostumbrando a los alumnos a guardar el turno en la fila y a subir por el lado de la escalera que les corresponda.

- Los días de lluvia se entrará progresivamente y en orden

formando las filas en los soportales. - Los padres que tengan cita los martes con alguno de los

profesores entrarán de la siguiente manera: - Los citados a las 12:40, entrarán por la puerta de Azorín una vez

que hayan salido los alumn@s. - Los citados posteriormente, entrarán por la puerta de Pintor

Velázquez.(Llamando al timbre de conserjería).

Page 20: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 20 -

4.2. SALIDAS

- Las salidas se realizarán por la puerta de Azorín. La salida por la puerta de Pintor Velázquez es exclusivamente para la salida de vehículos.

- Los padres que hayan estado citados con algunos de los profesores: - Hasta las 13:30 horas saldrán por la puerta de Velázquez. - Después de las 13: 30 horas, saldrán por la puerta que les abra el

tutor, que les acompañará hasta la misma.

ALUMNOS

- Los alumnos de infantil saldrán unos minutos antes que los de primaria y lo harán por orden y en fila, comenzando desde Infantil de 3 años hasta infantil de 5 años, hasta llegar a la puerta donde estarán los padres/madres esperándoles.

- Los alumnos de primaria harán la fila en el pasillo, al toque de sirena irán saliendo ordenadamente, primero los de la planta de abajo y a continuación los de la planta superior. Una vez en el patio, irán andando hasta la puerta de salida.

PADRES Sabiendo que los alumnos de infantil saldrán en orden ascendente, se podrían colocar cerca de la puerta, primero los de infantil de 3 años A que irán dejando sitio a los de infantil de 3 años B, Infantil 4 años A, infantil 4 años B y por último infantil de 5 años (si variara el orden de salida los padres pueden adaptarse él sin ningún problema), para dejar paso a continuación a los alumnos de Primaria. PROFESORES

- Los/as profesores/as de infantil conducirán a sus alumnos en fila hasta la puerta de salida, donde irán controlando la recogida de los padres a sus hijos/as. Si algún padre/madre no viene a recoger a su hijo/a o se retrasa irán con el/la/ los/las niños al pabellón de Servicios donde se quedarán con el/la/los/las niños mientras que un miembro del Equipo Directivo llamará a los padres para que vengan a recogerle/s.

- Los profesores de Primaria, harán la fila en el pasillo y una vez hayan comprobado que no queda ningún alumno en clase les acompañarán hasta el patio comprobando que no se queda ningún alumno ni en los pasillos, ni en los servicios.

4.3. ACCIDENTES

- Como norma general de actuación ante un accidente, se avisará a los - Padres y si no están, el tutor/a acompañará al alumno al hospital

hasta que llegue la familia.

Page 21: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 21 -

- En el caso de gravedad, se avisará simultáneamente una

ambulancia. 4.4. AUSENCIAS DE ALUMNOS PADRES La norma general será avisar por teléfono al Equipo Directivo que se lo transmitirá al tutor/a. Si es por enfermedad y la duración va a ser de más de tres días podrán concertar una entrevista con el tutor/a a efectos de posibles deberes a realizar en casa, siempre que el profesor y los padres lo consideren conveniente. PROFESORES

- Llevarán control de todas las ausencias de sus alumnos. - Si pasados tres días, no se tiene noticia del motivo de la ausencia, el

tutor/a lo comunicará al Equipo Directivo que volverá a intentar ponerse en contacto con los padres y de no conseguirlo, se pondrá en contacto con la Asistenta Social.

4.4.1. ABSENTISMO ESCOLAR. MEDIDAS A SEGUIR:

- Informar sobre la obligatoriedad del cumplimiento del derecho a la educación.

- Realizar el seguimiento de la asistencia continuada de los alumnos de cada grupo.

- Requerir el justificante de faltas de asistencia. - Cursar citaciones por escrito o telefónicamente a los padres o tutores. - Comunicación certificada del tutor. - Comunicación certificada del jefe de estudios. - Incluir las citaciones, llamadas y comunicaciones en el expediente del

alumno. - Trasladar el expediente del alumno a la Comisión de absentismo de

centro.

COMISIÓN DE ABSENTISMO DE CENTRO Composición:

- Director del centro o jefe de estudios por delegación. - Representante del profesorado en la comisión de convivencia del

Consejo Escolar. - Representante de padres en la comisión de convivencia del

Consejo Escolar - Orientador del (E.O.E.P.). - Tutor o tutores del alumno absentista.

Page 22: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 22 -

- Un representante del Ayuntamiento.

Funciones:

- Apertura/recepción del expediente de absentismo donde se recojan todas las actuaciones realizadas en el centro.

- Análisis y evaluación de las actuaciones llevadas a cabo hasta el momento con el alumno absentista y recogidas en su expediente.

- Propuesta al director del centro de remisión del expediente a la Mesa local de Absentismo.

4.5. PROBLEMÁTICA CON ALUMNOS. La norma general será ponerse en contacto: Tutor/a con padres o viceversa. PADRES Los pasos a seguir son:

- Solicitar cita al tutor/a (si la entrevista fuera con un maestro/a especialista, la cita se le pedirá igualmente al tutor que se encargará de hablar con él para fijar el día y la hora).

- Entrevistarse con el/la Jefe/a de estudios. - Solicitar entrevista con la dirección del centro que se encargará, si

fuera necesario y según sea el asunto, tratarlo con la Comisión de Convivencia y trasladarlo al Consejo Escolar o Comunicarlo al Inspector.

PROFESORES

- Los pasos a seguir serán los siguientes: - Entrevista con los padres. - Notificación al Equipo Directivo. - Notificación al Claustro. - Exposición del asunto en el Consejo Escolar (si es de su

competencia)o al Inspector. 4.6. ACTIVIDADES.

- Las actividades siempre que sean en horario lectivo serán de obligado cumplimiento, tanto para los alumnos como para los profesores.

- A los alumnos que no puedan realizar dichas actividades, el tutor junto con el Equipo Directivo buscarán la solución o soluciones que consideren más adecuada/as.

RECREOS

- La duración de los recreos será de 30 minutos.

Page 23: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 23 -

- Se procurará la mayor puntualidad posible. - Antes del salir al patio pasarán por los servicios de forma ordenada.

ALUMNOS

- Los alumnos de infantil lo disfrutarán en su patio. Los de Infantil de 5 años podrán salir al patio de al lado, si la profesora lo ve conveniente y siempre que se ponga de acuerdo con los profesores que están cuidando en el primer ciclo de Primaria.

- Los alumnos de primaria saldrán ordenadamente y una vez en el patio jugarán a los juegos que estén permitidos, no acercándose a las vallas para hablar con nadie. Al finalizar el recreo se colocarán en filas siguiendo el mismo procedimiento que en las entradas.

PADRES

- No se acercarán a las vallas para hablar con los alumnos. PROFESORES

- Se colocarán en los lugares acordados. El número de profesores que, como mínimo deberán estar en el patio durante los 30 minutos que dura el recreo será el que marque la normativa vigente.

4.7. EVALUACIÓN Y RECUPERACIÓN

- Atenerse a la normativa vigente - La evaluación tanto en E. Infantil como en E. Primaria, será continua

y global. MAESTROS.

- Evaluarán además de los aprendizajes de los alumnos, los procesos de enseñanza y su propia práctica docente.

- Los maestros tutores informarán a las familias sobre el proceso de

evaluación continua de sus hijos, como mínimo cuatro veces a lo largo del curso:

1. Prueba inicial, a finales de septiembre. 2. Antes de las vacaciones de Navidad. 3. Antes de las vacaciones de Semana Santa. 4. Al finalizar el curso.

- Los boletines de notas serán firmados por los padres y devueltos al tutor, salvo al final del curso, que quedarán en poder de los padres.

Page 24: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 24 -

- El maestro tutor será el encargado de canalizar todo el proceso de evaluación de sus alumnos.

PADRES

- Podrán solicitar una entrevista con el maestro tutor de su hijo cuando consideren que la situación lo aconseje.

- Podrán entrevistarse con los maestros especialistas, previa comunicación al tutor que fijará el día y la hora.

- Tendrán acceso al material de evaluación, previa petición al maestro tutor, quien los recibirá en el horario de visitas establecido.

4.8. UTILIZACIÓN DE LOS ESPACIOS DEL CENTRO.

- Las distintas dependencias del centro serán utilizadas por el profesorado y alumnado durante el horario escolar, ateniéndose a las normas de uso establecidas.

- Cada día de la semana de cuatro y media a siete y los sábados de nueve a dos de la tarde, algunas de las instalaciones del centro (biblioteca, audiovisuales, pistas deportivas) serán utilizadas por la A.M.P.A. para realizar sus actividades.

4.9. COMUNICACIONES DEL PROFESOR/A A LOS PADRES/MADRES.

- En primer lugar se seguirá el cauce normal con comunicación escrita que tiene que venir devuelta convenientemente firmada por padres y/o tutores.

- Si de esa comunicación no se recibe respuesta afirmativa (convocatoria de reunión, asistencia a una entrevista personal con el profesor/a....) telefónicamente el tutor/a se pondrá en contacto con los padres/tutores para hacerles llegar la comunicación de manera oral.

- Si se han agotado las anteriores opciones y no se consigue ponerse en contacto con los padres, se enviará el comunicado por correo con acuse de recibo.

4.10. ADSCRIPCIÓN DEL PROFESORADO A LOS CURSOS

- La adscripción de los profesores/as destinados al Centro, se realizará cada curso académico según la legislación vigente y teniendo en cuenta los criterios fijados en el primer claustro del curso.

Page 25: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 25 -

SUSTITUCIONES DEL PROFESORADO

- En caso de ausencia o enfermedad de corta duración y que no sean cubiertas por la Administración, el Jefe de Estudios organizará la manera de cubrir estas sustituciones y que los alumnos estén debidamente atendidos.

Orden de prelación para realizar las sustituciones:

1. Profesores de apoyo. 2. Coordinadores de Ciclo. 3. Equipo Directivo.

5. COMEDOR ESCOLAR. (Orden 917/2002 de 14 de marzo) 5.1. OBJETIVOS Los OBJETIVOS que nos proponemos:

- Desarrollar la adquisición de hábitos sociales, normas de urbanidad y cortesía y correcto uso y conservación de los útiles de comedor.

- Fomentar actitudes de colaboración, solidaridad y convivencia. ( ayudar a los más pequeños , respetar a los compañeros y cuidadoras, etc)

- Desarrollar hábitos de correcta alimentación e higiene (probar nuevos alimentos, lavarse las manos antes y después de las comidas, etc.)

- Fomentar actividades de libre elección y lúdicas para contribuir al desarrollo de la personalidad y fomentar hábitos sociales y culturales.

5.2. NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL COMEDOR

- A la hora de salida del Colegio, los alumnos de E. Infantil y del Primer Ciclo de Primaria serán recogidos por sus monitoras en su pabellón correspondiente e irán al servicio a lavarse las manos, etc. y posteriormente serán conducidos al Comedor.

- Los alumnos de 3º a 6º de Primaria saldrán con el resto de sus compañeros en fila. Una vez en el patio, irán sin demora a la entrada del Comedor acompañados por las monitoras donde se colocaran en filas para entrar a los servicios y posteriormente al comedor.

- La entrada al Comedor se hará por grupos en fila, con orden y tranquilidad, sin correr, sin empujar a los compañeros ni gritar.

- Los alumnos se sentarán en los lugares que les sean asignados.Estos lugares serán fijos, pudiendo ser cambiados a criterio de las Monitoras. Una vez sentados y guardando la debida compostura no tocarán los utensilios de servicio, ni alimentos hasta que se les sirva la comida.

Page 26: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 26 -

- Durante la comida no se permitirá que los alumnos se levanten de la

mesa bajo ningún pretexto (no podrán ir al servicio a no ser por indisposición o enfermedad y siempre con permiso de la Monitora).

- Se deberá respetar todo el material y utensilios, siendo los alumnos responsables de su deterioro por mal uso.

- Deberán permanecer correctamente sentados en todo momento, sin jugar, ni balancearse en las sillas ni moverse de su sitio. No podrán levantarse para llamar a las Monitoras, deberán hacerlo levantando la mano hasta ser atendí-dos.

- Es muy importante comer en un ambiente tranquilo y relajado, por lo que nunca se dirigirán a los demás gritando, sino hablando en un tono de voz adecuado. No está permitido hablar con alumnos de otras mesas.

- Los niños que no guarden la debida compostura en cuanto a limpieza, modales, en la forma de comer, etc., serán advertidos y corregidos por las monitoras.

- No se podrán sacar alimentos del comedor o envases de helados, yogures, natillas, etc.

- No está permitida la entrada de los alumnos en la cocina. - No se puede tirar pan, agua o restos de comida al suelo ni a otros

alumnos. - En ningún caso se administrarán medicamentos a los niños que

asisten al - Comedor. Igualmente, nunca deben estregar medicamentos a los

niños. En caso necesario, se arbitrará la manera de que los padres o tutores del alumno puedan acceder al Centro para administrarles los medicamentos. Para ello deberán ponerse en contacto con la Dirección.

- Cuando se acabe de comer, esperarán en silencio que se les indique el momento de la salida, el cual se hará en los mismos términos que a la entrada.

- En caso de no poder comer algún tipo de alimento, se deberá aportar un

- Certificado Médico que lo acredite. 5.3. FALTAS Y SANCIONES Faltas leves Se consideran faltas leves:

- Desobedecer levemente las indicaciones del Personal de Cocina y - Comedor. - No lavarse las manos o los dientes. - Entrar o salir del Comedor desordenadamente. - Entrar al Comedor con objetos no permitidos (juguetes, libros...) - Cambiarse de sitio (en la misma mesa) - No comer con corrección o no hacer uso adecuado de los utensilios - (cubiertos, servilletas ...)

Page 27: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 27 -

- Permanecer mal sentados o columpiarse en la silla. - Hacer ruido, gritar o hablar con alumnos de otras mesas. - Cualquier otra conducta que afecte levemente al respeto, a la

integridad o a la salud de las personas. Sanciones:

- Amonestación verbal al alumno. En caso de reiteración, comunicación por escrito a los padres.

- Separación temporal del grupo de referencia (o de su mesa de comedor) e integración en otro.

- Pérdida del derecho a participar en juegos o actividades de ocio. - Realización de tareas relacionadas con la falta cometida. - Estas sanciones podrán ser impuestas por el Personal del Comedor.

Faltas graves Se consideran faltas graves:

- Acumulación de tres faltas leves. - Desobedecer gravemente las indicaciones del Personal de Cocina y - Comedor - Cambiarse de sitio a otra mesa. - Levantarse del sitio sin causa justificada. - Salir del Comedor sin permiso de la Monitora - Entrar en la cocina - Deteriorar a propósito o por mal uso el material propio de Comedor. - Tirar intencionadamente comida al suelo o a otros compañeros. - Cualquier otra conducta que afecte gravemente al respeto, a la

integridad o a la salud de las personas. Sanciones: Cualquiera de las contempladas para las faltas leves. Además:

- Amonestación por escrito al alumno. Comunicación a los padres. - Separación permanente del grupo de referencia o de su mesa de - Comedor. - Comer aislado de los compañeros (hasta 5 días) - Expulsión temporal del Comedor (hasta 3 días) - Estas sanciones podrán ser impuestas por el Equipo Directivo del

Centro - y serán comunicadas a los padres.

Page 28: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 28 -

Faltas muy graves Se consideran faltas muy graves:

- Acumulación de tres faltas graves. - Salir del Centro sin permiso durante el horario de Comedor. - Cualquier otra conducta que afecte muy gravemente al respeto, a la

integridad o a la salud de las personas. Sanciones: Cualquiera de las contempladas para las faltas graves. Además:

- Expulsión temporal del comedor (de 5 a 15 días). - Expulsión definitiva del Comedor.

Esta última sanción podrá ser impuesta por la Comisión del Comedor del Consejo Escolar del Centro, previa audiencia a los padres.

5.4. ORGANIZACIÓN DE LA VIGILANCIA Infantil y Primer Ciclo de Primaria:

- A las 12,30 sus cuidadoras irán a buscarlos al pabellón correspondiente y lavadas las manos pasarán al comedor.

- Al terminar de comer irán al patio de infantil, o a un aula, si el tiempo no es bueno, y jugarán o realizarán las actividades correspondientes.

2º y 3º ciclo de Primaria

- Con sus cuidadoras estarán en el patio hasta las 12.40h. Al toque de timbre pasarán en orden y por cursos a lavarse las manos y a continuación al comedor.

- Al terminar de comer saldrán a las pistas, si el tiempo es bueno, o a la sala de audiovisuales y biblioteca si hace frío o llueve, para hacer el correspondiente recreo.

El personal de vigilancia, además de la imprescindible presencia física, desarrollará las siguientes funciones:

- Cumplir con la labor de cuidado, atención educativa al alumnado y apoyo a las actividades establecidas de acuerdo con el programa anual del servicio de comedor escolar.

- Tareas relativas a la educación para la salud, adquisición de hábitos sociales y una correcta utilización y conservación del menaje de comedor.

- Ayudar a los alumnos que por edad o por necesidades asociadas a condiciones personales especiales de discapacidad necesiten la colaboración y soporte de un adulto en las actividades de la alimentación y de aseo.

Page 29: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 29 -

- Informar al Equipo Directivo de cualquier incidencia relacionada con

el desarrollo del servicio de comedor. Corresponde al Director/a:

- Supervisar la elaboración, desarrollo y evaluación del programa anual del servicio de comedor como parte de la programación general anual del centro

- Ejercer las funciones las funciones inherentes a la dirección del servicio de comedor

- Fijar los turnos del servicio de comedor. - La dirección y supervisión de las condiciones de ejecución del

contrato con empresas adjudicatarias en el procedimiento de homologación, sin perjuicio de las relaciones de las relaciones laborales existentes, en su caso, entre empresas y su personal.

- Asegurar la presencia en el centro de, al menos, uno de los componentes del equipo directivo durante todo el tiempo del desarrollo del servicio de comedor.

- Dirigir la elaboración del proyecto del presupuesto de comedor y realizar el seguimiento de su ejecución.

- Autorizar los gastos, de acuerdo con el presupuesto aprobado, y ordenar los pagos correspondientes.

- Velar por el cumplimiento de las normas sobre sanidad e higiene. Corresponde al Jefe de Estudios:

- Elaborar junto con los representantes de los distintos sectores que designe el C.E. de entre sus miembros el programa anual del servicio de comedor.

- Coordinar el servicio de comedor escolar en los aspectos que conciernan al desarrollo del programa mencionado.

- Informar a la comunidad educativa del desarrollo del programa de comedor.

Corresponde al Secretario/a del Centro:

- Ejercer, de conformidad con las directrices del Director, las funciones de interlocutor con los usuarios, Direcciones Provinciales, Empresas y otros proveedores.

- Elaboración y actualización periódica del inventario de menaje y su reposición.

- Realizar la gestión económica del servicio de comedor. - Efectuar los cobros y pagos autorizados por el Director. - Proceder a la reposición del menaje necesario, previa autorización del

Director.

Page 30: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 30 -

6. SERVICIO DE DESAYUNO

- Para atender a las necesidades de los padres/madres de alumnos/as del Centro se está ofreciendo el servicio de desayuno de 7.30 a 9 horas.

- Este servicio está siendo atendido por la misma empresa de comedor.

7. MODIFICACIÓN DE ESTE REGLAMENTO El presente Reglamento podrá ser modificado al comienzo de cada curso académico con las siguientes normas:

- Podrá presentar enmiendas cualquier miembro de la comunidad escolar. El texto se entregará al equipo directivo, exponiendo una copia en el tablón de anuncios. Se hará constar en el mismo quién o quiénes realizan la enmienda, la cual deberá ser argumentada por escrito.

- Las enmiendas serán presentadas antes del 15 de noviembre de cada curso, permaneciendo quince días en el tablón de anuncios antes de ser considerada por el C.E. y estudiada en el Claustro.

- El C.E. aprobará por mayoría absoluta o rechazará, las enmiendas, en la primera reunión que tenga lugar después del 30 de noviembre de cada curso.

- Se hará pública la resolución en el tablón de anuncios.

Page 31: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 31 -

8. PLAN DE CONVIVENCIA ÍNDICE 8.1. INTRODUCCIÓN. MARCO

LEGISLATIVO………………………………………………. 3

8.2. DISPOSICIONES GENERALES.

NORMATIVA.………………………………………. 4

8.3. COMPETENCIAS Y RESPONSABILIDADES DE LOS ÓRGANOS

COLEGIADOS, ÓRGANOS UNIPERSONALES Y PROFESORADO EN LA APLICACIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA……………………………………..

5

- El Director/ a................................................................. 5 - El Jefe/ a de Estudios……………………………………………………………. 5 - El Profesorado………………………………………………………………… 6 - El Consejo Escolar…………………………………………………………… 6 - Comisión de Convivencia del Consejo Escolar…………………………. 6 8.4. OBJETIVOS GENERALES DEL PLAN DE CONVIVENCIA………………………. 7 8.5. ACTIVIDADES PARA EL FOMENTO DE UN BUEN CLIMA DE

CONVIVENCIA 7

Cumplimiento de las normas recogidas en el RRI. Actividades correctivas.

7

Actividades a nivel de centro. 8 Actividades en el patio. 8 Actividades en el aula. 8 Actividades individuales profesor/ a- alumno/ a. 9 Actividades con las familias. 9 8.6. NORMAS DE CONDUCTA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO………………… 9 8.7. FALTAS DE DISCIPLINA Y SANCIONES…………………………………………….

Clasificación 12

Faltas leves………………………………………………………………………. 13 Faltas graves……………………………………………………………………. 14 Faltas muy graves……………………………………………………………… 16 Inasistencia a las clases……………………………………………………… 18 8.8. PROCEDIMIENTO SANCIONADOR……………………………………………….. 18 Criterios para la adopción de sanciones…………………………………….. 18 Circunstancias agravantes o atenuantes…………………………………….. 19 Responsabilidad y reparación de daños……………………………………… 19 Procedimiento: 1. Ordinario……………………………………………………………….. 20 2. Especial (expediente disciplinario)…………………………………. 21 3. Comisión de Convivencia…………………………………………… 23 Plazos de prescripción…………………………………………………………. 23 8.9. EVALUACIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA……………………………………. 24 8.10 ANEXO (DOCUMENTOS)……………………………………………………………. 24

Page 32: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 32 -

8.1. INTRODUCCIÓN. MARCO LEGISLATIVO. La entrada en vigor de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, supone una modificación importante en la regulación de la convivencia en los centros escolares, por lo que se hace necesario una adaptación de la normativa de la Comunidad de Madrid en esta materia y de los centros docentes de toda la Autonomía. Según esta Ley todos los centros deben incluir en su proyecto educativo un Plan de Convivencia, como el que se desarrolla en el presente documento, así como establecer las normas que garanticen su cumplimiento. Asimismo, la Ley dispone que sean las Administraciones de las Comunidades Autónomas quienes establezcan el marco regulador que permita a los centros públicos y privados concertados elaborar sus proyectos educativos. La Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid ha establecido en el decreto 15/2007 de 19 de abril el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de su comunidad. En el mismo se otorga autonomía a los centros para que puedan adaptar ese decreto a la realidad social de cada uno de ellos dentro de un marco común. La misión fundamental de la escuela es formar personas capaces de asumir la responsabilidad de sus actos, de decidir sobre sus vidas y de contribuir con su esfuerzo al progreso y mejora de la sociedad democrática, abierta y plural que van a vivir. Es preciso que nuestros escolares respeten las normas de la escuela y respeten a sus Profesores/ as y se respeten entre sí, pues, con ello, aprenderán que el respeto a las leyes y a las instituciones es la base de nuestra convivencia democrática. Por ello, es de suma importancia que dentro del Plan de Convivencia, cada centro incluya un reglamento para los alumnos en el que figuren con claridad aquellas normas de comportamiento, que pasan a llamarse Normas de Conducta que, indiscutiblemente, cada alumno debe respetar y cuya infracción, siempre que no se den circunstancias agravantes, será considerada como falta leve. Cualquier profesor/ a testigo de una infracción a estas faltas leves estará capacitado para imponer la correspondiente sanción, según se recoge en el Reglamento de Régimen Interior deL centro. Para favorecer esta formación integral de los jóvenes es necesario que en el centro reine un clima de trabajo, cooperación, compañerismo y respeto. Para ello, es preciso que todos los sectores de la comunidad educativa acepten las normas de convivencia establecidas y se comprometan a respetarlas.

Page 33: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 33 -

En la vida escolar surgen pequeños conflictos que, mediante la oportuna intervención de profesores/ as y tutores/ as, pueden resolverse para evitar que degeneren en graves problemas para la convivencia. Para hacer esto posible, es importante que el centro establezca unas normas claras de conducta que todos los alumnos estén obligados a respetar. 8.2. DISPOSICIONES GENERALES. NORMATIVA El Plan de Convivencia será elaborado con la participación de todos los sectores de la comunidad educativa. Será aprobado por el Consejo Escolar del centro y se incluirá en la Programación General Anual del centro. El Plan recogerá todas las actividades que, a iniciativa del Equipo Directivo, del Claustro de Profesores/ as o del Consejo Escolar, se programen, ya sea dentro o fuera del horario lectivo, con el fin de fomentar un buen clima de convivencia dentro del centro escolar. Asimismo formarán parte del Plan de Convivencia el conjunto de Normas de Conducta que sean de obligado cumplimiento, tanto dentro como fuera de las aulas, para que reine en el centro un buen clima de convivencia. Las Normas de Conducta

� Corresponden a todos los alumnos/ as los derechos y deberes regulados en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.

� Las Normas de Conducta, que habrán de ser de obligado cumplimiento para todos los alumnos del centro, deberán ser elaboradas por el Equipo Directivo del centro, informadas por su Claustro de Profesores/ as y aprobadas por el Consejo Escolar.

� Las Normas de Conducta, una vez aprobadas, deberán ponerse en conocimiento de los padres/ madres o tutores/ as de los alumnos/ as. Dichas Normas responderán a la necesidad de mantener, tanto dentro de las aulas como en el resto del recinto escolar, un clima adecuado a la tarea formativa propia del centro.

� Será el propio centro escolar quien, en el ejercicio de la autonomía que le confiere la Ley vigente y de acuerdo con las características de su alumnado, establezca sus Normas de Conducta propias.

� El Profesor/ a tendrá la responsabilidad de que se mantenga, dentro del aula, el necesario clima para que los alumnos estudien, trabajen y aprendan.

� Todos los profesores/ as del centro estarán involucrados en el mantenimiento de un buen clima de convivencia, y en el cumplimiento de las Normas de Conducta establecidas.

Page 34: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 34 -

Cualquier Profesor/ a testigo de una infracción a dichas Normas, cuando tenga la consideración de leve, está facultado para imponer la sanción correspondiente, de acuerdo con lo que establezca el presente Plan de Convivencia y el Reglamento de Régimen Interior del centro.

El Reglamento de Régimen Interior es la norma interna del centro en la que se concretarán los derechos y deberes del alumnado y de los demás miembros de la comunidad educativa y donde, de acuerdo con lo dispuesto en este Plan de Convivencia, se establecerán las normas de organización y funcionamiento del centro, entre las que habrán de figurar aquellas que garanticen el cumplimiento del Plan de Convivencia. Las normas recogidas en el Reglamento de Régimen Interior serán de carácter educativo y deberán contribuir a crear el adecuado clima de respeto, así como de responsabilidad y esfuerzo en el aprendizaje, necesarios para el funcionamiento del centro. El Reglamento de Régimen Interior será elaborado con la participación efectiva de todos los sectores de la comunidad educativa y aprobado por el Consejo Escolar del centro.

8.3. COMPETENCIAS Y RESPONSABILIDADES DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS, UNIPERSONALES Y PROFESORADO EN LA APLICACIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA El Director/ a Corresponde al Director/ a velar por la realización de las actividades programadas dentro del Plan de Convivencia del centro, garantizar el cumplimiento de las normas establecidas en el Reglamento de Régimen Interno, resolver los conflictos escolares e imponer las sanciones que corresponda a los alumnos, sin perjuicio de las competencias que se le atribuyen directamente al profesorado y las que están reservadas al Consejo Escolar. En el ejercicio de estas funciones, el Director/ a es el competente para decidir la incoación y resolución del procedimiento previsto en el artículo 21 y siguientes, así como para la supervisión del cumplimiento efectivo de las sanciones en los términos que hayan sido impuestas. El Jefe/ a de Estudios El Jefe/ a de Estudios es el responsable directa de la aplicación de las Normas de Conducta y de la disciplina escolar. Deberá llevar control de las faltas de los alumnos cometidas contra las citadas Normas de Conducta y de las sanciones impuestas y deberá informar de ellas, periódicamente, a los padres o tutores.

Page 35: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 35 -

El profesorado Los Profesores/ as del centro, en su labor formativa, ejercerán la autoridad sobre sus alumnos, y tienen el derecho y el deber de hacer respetar las Normas de Conducta establecidas en el centro y corregir en aquellos comportamientos que sean contrarios a las mismas, de conformidad con lo dispuesto en el presente Decreto y en el Reglamento de Régimen Interior del centro. Corresponde al Profesor/ a tutor/ a valorar la justificación de las faltas de asistencia de sus alumnos, fomentar la participación de estos en las actividades programadas dentro del Plan de Convivencia y mantener el necesario contacto con las familias a fin de que se cumplan los objetivos de dicho Plan. El Claustro de Profesores/ as deberá informar las Normas de Conducta y las actividades incluidas en el Plan de Convivencia. Asimismo, conocerá la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velará por que estas se atengan a la normativa vigente. El Consejo Escolar El Consejo Escolar es el competente para aprobar el Plan de Convivencia del centro, garantizando que en su elaboración hayan participado todos los sectores de la comunidad educativa, así como que las Normas de Conducta establecidas se adecuen a la realidad del centro educativo. Corresponde al Consejo Escolar del centro conocer la resolución de conflictos disciplinarios, velar por el correcto ejercicio de los derechos y cumplimiento de deberes de los alumnos y por que la resolución de conflictos se atenga a la normativa vigente. Comisión de convivencia del Consejo Escolar Por el Consejo Escolar del centro se constituirá la Comisión de convivencia, cuyos componentes se elegirán de entre sus miembros, por los sectores del mismo. Formarán parte de la Comisión de convivencia el Director/ a, el Jefe/ a de Estudios, un Profesor/ a y un padre/ madre de alumno/ a y podrá actuar presidida por el Jefe/ a de Estudios por delegación al efecto del Director/ a del centro. En el Reglamento de Régimen Interno figurará la concreta composición de esta Comisión, pudiendo incluir la participación de aquellos otros miembros que se estime oportuno. Se establecerán, asimismo, las competencias de la Comisión, en las que se encontrarán las siguientes:

Page 36: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 36 -

- Promover que las actuaciones en el centro favorezcan la convivencia,

el respeto, la tolerancia, el ejercicio efectivo de derechos y el cumplimiento de deberes, así como proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia en el centro.

- Proponer el contenido de las medidas a incluir en el Plan de Convivencia del centro.

- Impulsar entre los miembros de la comunidad educativa el conocimiento y la observancia de las Normas de Conducta.

- Evaluar periódicamente la situación de convivencia en el centro y los resultados de aplicación de las Normas de Conducta.

- Informar de sus actuaciones al Claustro de Profesores/ as y al Consejo Escolar del centro, al menos dos veces a lo largo del curso, así como de los resultados obtenidos en las evaluaciones realizadas.

8.4. OBJETIVOS GENERALES DEL PLAN DE CONVIVENCIA.

- Efectuar un diagnóstico preciso de la realidad escolar en el entorno de la convivencia y plantear propuestas de actuación.

- Favorecer la comunicación entre todos los miembros de la comunidad educativa y desarrollar habilidades sociales de comunicación y resolución de conflictos.

- Fomentar los valores democráticos, la tolerancia, la igualdad, la justicia, la aceptación de la diversidad, la resolución de conflictos de forma pacífica y no violenta.

- Promover la cohesión de los grupos en el aula y en el centro. - Favorecer y acelerar la integración de alumnos/ as nuevos y/ o con

algún tipo de necesidad educativa especial o discapacidad. - Detectar posibles focos de conflictos en el centro y proponer medidas

al respecto. - Detectar posibles manifestaciones xenófobas o racistas en el centro y

proponer medidas al respecto. - Tomar medidas que afronten la influencia del contexto social cercano

del alumnado. - Trabajar las normas de convivencia en el centro y adaptarlas a todos

los niveles. - Potenciar una educación rica en valores y fomentar el desarrollo de la

inteligencia emocional. - Concienciar a los alumnos/ as de la importancia del cuidado y respeto

por el Medio Ambiente. 8.5. ACTIVIDADES PARA EL FOMENTO DE UN BUEN CLIMA DE CONVIVENCIA DENTRO DEL CENTRO CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS RECOGIDAS EN EL RRI. ACTIVIDADES CORRECTIVAS.

Page 37: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 37 -

- Debates en clase sobre la conveniencia de que exista in RRI que

establezca unas normas que aseguren el funcionamiento del centro. - Divulgación del RRI entre los alumnos/ as.

- Debates en clase sobre alguna falta cometida, sus consecuencias y

soluciones para remediarlo. ACTIVIDADES A NIVEL DE CENTRO

- Trabajar el Plan de Convivencia con los alumnos/ as y valorar su marcha durante el curso.

- Actividades complementarias recogidas en la PGA.

- Carteles en los pasillos con normas y buenos modales.

- Juntas de delegados con el Equipo Directivo.

ACTIVIDADES EN EL PATIO

- Campaña de reciclado de material en el patio u otras dependencias.

- Concienciación por el respeto de las reglas de juego, cuidado del material y respeto hacia los compañeros/ as.

- Liga deportiva de patios.

- Juegos populares.

ACTIVIDADES EN EL AULA

- Consensuar las normas de la clase, hacerlas visibles (posters, carteles…) y recordarlas cada cierto tiempo.

- Debates en clase sobre la conveniencia de que exista un RRI que establezca unas normas que aseguren el correcto funcionamiento del centro.

- Trabajar el Plan de Convivencia y valorar su funcionamiento a lo largo del curso.

- Desarrollo de habilidades sociales; teatro, role- play, trabajar la empatía,…

- Actividades que fomenten la relación afectiva y cordial en clase; trabajar los buenos modales tales como el saludo, pedir las cosas por favor, dar las gracias, respetar el turno de palabra, respetar las opiniones de los demás,…

- Juegos y canciones que favorezcan la convivencia; actividades grupales, juegos cooperativos,…

Page 38: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 38 -

- Procedimiento de modificación de conducta a través de premios como

puntos, estrellas… - Elección de delegados y consenso de sus funciones entre todos/ as. - Asambleas previas a la junta de delegados/ as. - Dinámicas de grupo. - Sociogramas. - Actividades de bienvenida a alumnos/ as nuevos: alumno/ a guía,

juegos de presentación, dinámicas de grupo, búsqueda de información de la ciudad o país de procedencia del alumno/ a,…

ACTIVIDADES INDIVIDUALES PROFESOR/ A- TUTOR/ A- ALUMNO/A.

- Contratos y compromisos entre profesor/ a- alumno/ a (extensible a las familias).

- Procedimiento de modificación de conducta a través de premios como puntos, estrellas…

ACTIVIDADES CON LAS FAMILIAS

- Difusión del RRI entre las familias. - Charlas informativas en donde se incida en las estrategias familiares

que son más recomendables para favorecer la resolución de conflictos.

- Participación de las familias en las actividades complementarias del centro.

- Acuerdos entre profesores/ as y familias para favorecer el buen clima del centro.

8.6. NORMAS DE CONDUCTA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO. Para la aplicación del Plan de Convivencia y, teniendo en cuenta el contenido de la legislación que lo regula, se considerarán Normas de Conducta de obligado cumplimiento en nuestro centro las que a continuación se exponen:

- La asistencia a clase es obligatoria. - La falta a clase de modo reiterado puede provocar la imposibilidad de

la aplicación correcta de los criterios generales de evaluación y la propia evaluación continua.

- Los alumnos/ as deberán traer los materiales necesarios para hacer

las actividades ordinarias o extraordinarias que el Centro proponga. - Los alumnos/ as serán puntuales en las entradas de la mañana y de

la tarde.

Page 39: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 39 -

- Si por causa justificada, un alumno/ a tiene que retrasarse en la

entrada o adelantarse en la salida éstas se harán en los intercambios de clase. De esta forma se evitarán las interrupciones que conlleva.

- Cuando la falta a clase haya sido motivada por alguna enfermedad

infecto-contagiosa, los padres deberán adjuntar una notificación escrita del médico, en el sentido de la total recuperación del alumno.

- Los alumnos/ as respetarán la autoridad de Profesor/ a, tanto dentro

de la clase como en el resto del recinto escolar.

- Mantendrán una actitud correcta en clase, no perturbando con su mal comportamiento el normal desarrollo de la clase.

- Respetarán a sus compañeros, no permitiéndose, en ningún caso, el

ejercicio de violencia física o verbal. Dispensarán hacia los mismos un trato correcto, respetando en todo momento su manera de pensar, su forma de actuar y sus deseos por atender a las explicaciones.

- Asimismo, respetarán a todas las personas que tengan relación con el

centro (cuidadoras de comedor, conserje, monitores, etc.)

- No se discriminará a ningún miembro de la Comunidad Educativa por razón de raza, sexo o cualquier otra circunstancia personal o social.

- Ningún alumno/ a podrá permanecer después del toque de sirena de

entrada en el patio, pasillos o lavabos sin la debida autorización. - Los alumnos/ as deberán realizar los trabajos que los profesores/ as

manden realizar fuera de las horas de clase.

- Los alumnos/ as mantendrán una actitud correcta en clase, no permitiéndose el uso de móviles, aparatos electrónicos o cualquier objeto que pueda distraer al propio alumno/ a o a sus compañeros/ as.

- Todos los miembros de la Comunidad Educativa deberán asistir al

Colegio con la debida corrección en el vestir y en su aseo personal.

- Los alumnos vendrán con atuendo deportivo adecuado el día que corresponda E. Física en el horario de su clase. Si algún alumno/a no puede hacer E. Fisica. debe traer una notificación escrita de sus padres.

- Durante el horario de clase ningún alumno/ a estará fuera del aula.

- El aula debe presentar un aspecto cuidado, limpio y ordenado, cada

alumno/ a debe recoger y ordenar su material siempre que salga de la clase. Los materiales comunes deberán ser respetados y cuidados.

Page 40: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 40 -

- Los alumnos/ a entrarán a los edificios correspondientes en fila, bajo

la supervisión del profesor/ a con quien tengan clase a continuación, manteniendo el mayor orden posible.

- Se guardará el debido orden y silencio en las entradas y salidas de

clase, en los pasillos y demás dependencias del colegio, con el fin de no entorpecer las actividades docentes en las demás aulas.

- En las horas de recreo, se respetarán las normas dispuestas en el

Reglamento de Régimen Interior del centro.

- No están permitidos los juegos que supongan peligro o molestias para los demás.

- Cuando no se pueda bajar al patio por mal tiempo, cada tutor/a

permanecerá en clase con sus alumnos/ as realizando las actividades que crea convenientes para el descanso, quedando prohibido jugar en los pasillos y en los servicios.

- El colegio merece el respeto y cuidado de cuantos lo utilizan. Velar

por su limpieza y embellecimiento es tarea de todos, por lo que los papeles, envoltorios y otros objetos de desechos serán depositados en las papeleras y contenedores dispuestos en todo el recinto escolar y en las aulas. Se respetarán los árboles y demás zonas ajardinadas, así como las distintas instalaciones deportivas, colaborando con su ayuda a la mejora de las mismas.

- El alumnado utilizará los aseos correspondientes, dándoles el uso

debido y evitando la permanencia innecesaria en los mismos.

- Queda prohibido salir del centro durante el horario escolar sin la autorización de su Profesor/ a-Tutor/ a, Jefe/ a de Estudios o Director/ a. Los alumnos/ as que durante el horario escolar, necesiten ausentarse del centro por alguna causa justificada, visita médica o asunto familiar, deberán traer un permiso escrito de los padres y además se personará en el Colegio algún familiar para hacerse cargo del alumno.

- Así mismo, no está permitido salir del aula o del comedor sin

permiso.

- El alumno/ a que muestre en el Comedor Escolar inadaptación a las normas establecidas o conductas irrespetuosas hacia sus compañeros/ as o cuidadoras será sancionado según lo establecido en el RRI.

- Es obligatorio entregar en casa la documentación que los alumnos/ as

reciban del centro y que esté destinada a las familias.

Page 41: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 41 -

- Está prohibido comer y beber en las aulas, excepto en Educación Infantil y en ocasiones especiales.

- Se sancionará la falsificación o sustracción de documentos

académicos o cualquier otro documento o notificación que deban ser firmados por las familias u otros miembros de la Comunidad Educativa.

- En las salidas y excursiones, Los alumnos/ as se mantendrán siempre

dentro del grupo al que pertenezcan, siguiendo las indicaciones del profesor o tutor que se les asigne. Así mismo, respetarán las normas establecidas y no manifestarán conductas irrespetuosas hacia sus compañeros/ as o personal responsable de dichas actividades.

- Deberán cuidarse y respetarse las instalaciones y el conjunto del

edificio escolar, así como todos los materiales que el centro pone a disposición de alumnos/ as y profesores/ as.

- Se deben cuidar las instalaciones y el material de clase. Los alumnos/

as que causen desperfectos, rompan, pierdan o sustraigan objetos de forma intencionada, deberán reponerlos o pagarlos.

Las normas de conducta anteriormente citadas serán de obligado cumplimento para todos los alumnos/ as del Centro. Su incumplimiento tendrá la consideración de falta leve, que será baremada según lo expuesto en el siguiente apartado. Todos los profesores/ as del centro están involucrados en el mantenimiento de un buen clima de convivencia y en el cumplimiento del Plan de Convivencia. Cualquier profesor/ a testigo de una infracción a las normas contempladas en el mismo, cuando tenga la consideración de leve, está facultado para imponer la sanción correspondiente. 8.7. FALTAS DE DISCIPLINA Y SANCIONES. Con el objeto de garantizar el cumplimiento del Plan de Convivencia del centro, se corregirán, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, los actos contrarios a las normas establecidas anteriormente que realicen los alumnos en el recinto escolar o durante la realización de actividades complementarias y extraescolares y servicios educativos complementarios. Igualmente se podrán corregir todos aquellos actos de alumnos/ as realizados fuera del recinto escolar cuando tengan su origen o estén directamente relacionadas con la actividad escolar o afecten a los miembros de la comunidad educativa.

Page 42: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 42 -

En caso de comisión de actos que pudieran ser constitutivos de delito o falta penal, los Profesores/ as y el Equipo Directivo del centro tienen la obligación y el deber de poner los hechos en conocimiento de los Cuerpos de Seguridad correspondientes o del Ministerio Fiscal. CLASIFICACIÓN Se considerarán faltas de disciplina aquellas conductas que infrinjan las normas de convivencia del centro. Las faltas se clasifican en leves, graves y muy graves. La tipificación de las mismas, así como de las sanciones correspondientes, atienden a lo dispuesto en la legislación vigente. 8. 7. 1. FALTAS LEVES DESCRIPCIÓN Se calificará como falta leve cualquier infracción a las normas de conducta establecidas en el Plan de Convivencia, cuando, por su entidad, no llegara a tener la consideración de falta grave ni de muy grave. MODO DE REFLEJARSE

- Notificaciones en la agenda escolar, cuaderno u otros métodos que se estimen oportunos.

- Notificación escrita, según modelo oficial. - Amonestación verbal.

SANCIONES Las faltas leves se corregirán de forma inmediata, de acuerdo a la siguiente relación:

- Llamada de atención por parte del profesor/ a, del tutor/ a o de Jefatura de Estudios.

- Comunicación a los padres. - Imposición de trabajo correctivo. - La realización de tareas o actividades de carácter académico. - Privación del tiempo de recreo o cualquier otra medida similar de

aplicación inmediata. - Expulsión de la sesión de clase, con comparecencia inmediata ante el

Jefe/ a de Estudios o el Director/ a. - Retirada del teléfono móvil o del aparato o dispositivo electrónico

utilizado hasta la finalización de la jornada ÓRGANO IMPOSITIVO

- Profesorado, dando cuenta al tutor/ a. - Tutor/a.

DEFENSA DEL ALUMNADO. Descargo oral/escrito con profesores/ as o tutor/ a.

Page 43: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 43 -

OBSERVACIONES Las faltas leves deberán ser comunicadas a los padres utilizando los modelos oficiales, agenda del alumnado, cuaderno de asignatura…Si la falta requiriese de sanción inmediata, se procederá a llevar a cabo la sanción estimada y se comunicará dicha decisión a los padres, posteriormente, por escrito. 8. 7. 2. FALTAS GRAVES DESCRIPCIÓN Se califican como faltas graves las siguientes:

- Las faltas reiteradas de puntualidad o de asistencia a clase que, a juicio del tutor/ a, no estén justificadas.

- Las conductas que impidan o dificulten a otros compañeros el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber del estudio.

- Los actos de incorrección o desconsideración con compañeros/ as u otros miembros de la comunidad escolar.

- Los actos de indisciplina y los que perturben el desarrollo normal de las actividades del centro.

- Los daños intencionados causados en las instalaciones o el material del centro.

- Los daños intencionados causados en los bienes o pertenencias de los miembros de la comunidad educativa.

- La incitación o estímulo a la comisión de una falta contraria a las Normas de Conducta.

- Cualquier otra incorrección de igual gravedad que altere el normal desarrollo de la actividad escolar que no constituya falta muy grave.

- La reiteración en el mismo trimestre de tres faltas leves. - El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta

leve. MODO DE REFLEJARSE - Notificación escrita, según modelo. SANCIONES Las faltas graves se corregirán con las siguientes sanciones:

1. Expulsión de la sesión de clase con comparecencia inmediata ante el Jefe/ a de Estudios o el Director/ a, la privación del tiempo de recreo o cualquier otra medida similar de aplicación inmediata.

2. Realización de tareas que contribuyan al mejor desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar los daños causados, o dirigidas a mejorar el entorno ambiental del centro.

3. Prohibición temporal de participar en actividades extraescolares o complementarias del centro, por un período máximo de un mes.

Page 44: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 44 -

4. Expulsión de determinadas clases por un plazo máximo de seis días

lectivos. 5. Expulsión del centro por un plazo máximo de seis días lectivos.

Con el fin de no interrumpir el proceso educativo, cuando se apliquen las sanciones previstas en los tres últimos apartados, durante el tiempo que dure la sanción, el alumno realizará las tareas o actividades que determine el profesorado que le imparte clase. ÓRGANO IMPOSITIVO

- Profesorado para las sanciones de los puntos 1, 2 y 3. - Tutor/ a para las sanciones de los puntos 2 y 3. - Jefatura de Estudios y Dirección, oído el tutor, la sanción del punto 4.

Se adjuntarán tareas a realizar por el alumno. - Dirección, oído el tutor, para la sanción del punto 5 y 6. Se adjuntará

tareas a realizar por el alumno. DEFENSA DEL ALUMNADO Descargo por escrito ante el órgano que impone la sanción. OBSERVACIONES: 1. Las faltas graves serán comunicadas obligatoriamente a las familias a través de los modelos oficiales. Tres faltas graves, aparte de la sanción correspondiente, se convierten automáticamente en una falta muy grave, por tanto, es muy importante que las faltas graves sean comunicadas en tiempo y forma a padres y a Jefatura de Estudios. 2. Cuando un profesor/ a imponga una falta grave, utilizará el modelo oficial, y hará tres fotocopias:

- Una para el alumno/ a, que una vez firmada por los padres, será entregada al profesor/ a al siguiente día lectivo y entregada a Jefatura de Estudios.

- La segunda fotocopia será dada al tutor/ a que procederá a archivarla.

- La tercera fotocopia será entregada a Jefatura de Estudios y, cuando el profesor entregue al Jefe/ a de Estudios la fotocopia firmada por los padres, Jefatura devolverá la primera fotocopia al profesor/ a que impuso la sanción.

3. Cuando sea el tutor/ a quien imponga una falta grave, utilizará el modelo oficial, y hará dos copias:

- Una para el alumno/ a, que una vez firmada por los padres, será entregada al tutor/ a al siguiente día lectivo y entregada a Jefatura de Estudios.

- La segunda copia será entregada a Jefatura de Estudios, indicando si es la primera, segunda, tercera… falta grave que recibe dicho alumno/ a en una misma evaluación. Con esta información, Jefatura

Page 45: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 45 -

de Estudios informará, si procede, a Dirección para proceder a imponer una falta muy grave por reiteración.

- Cuando el tutor/ a reciba la falta grave firmada procederá a entregársela a Jefatura de Estudios, que a su vez devolverá la primera copia al tutor/ a. El tutor/ a archivará su copia y Jefatura de Estudios hará lo propio con la copia firmada por la familia.

4. Cuando sea Jefatura de Estudios quien imponga una falta grave, utilizará el modelo oficial y hará dos copias:

- Una para el alumno/ a, que una vez firmada por los padres, será entregada a Jefatura de Estudios al siguiente día lectivo. Esta copia firmada, será archivada por Jefatura de Estudios.

- La segunda copia será para el tutor/ a que procederá a su archivo 5. Cuando sea Dirección quien imponga una falta grave, utilizará el modelo oficial y hará dos copias:

- Una para el alumno/ a, que una vez firmada por los padres, será entregada a Jefatura de Estudios al siguiente día lectivo. Esta copia firmada, será archivada por Jefatura de Estudios.

- La segunda copia será para el tutor/ a, que procederá a comunicar a Jefatura de Estudios, qué número de falta grave supone en la evaluación correspondiente, por si hubiera que comunicarlo a Dirección, para la adopción de una falta muy grave. El tutor/ a procederá al archivo de esta falta.

8. 7. 3. FALTAS MUY GRAVES DESCRIPCIÓN Serán faltas muy graves las siguientes:

- Los actos graves de indisciplina, desconsideración, insultos, falta de respeto o actitudes desafiantes, cometidos hacia los Profesores/ as y demás personal del centro.

- El acoso físico o moral a los compañeros. - El uso de la violencia, las agresiones, las ofensas graves y los actos

que atenten gravemente contra la intimidad o las buenas costumbres sociales contra los compañeros/ as o demás miembros de la comunidad educativa.

- La discriminación, las vejaciones o las humillaciones a cualquier miembro de la comunidad educativa, ya sean por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, orientación sexual, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

- La grabación, publicidad o difusión, a través de cualquier medio o soporte, de agresiones o humillaciones cometidas.

- Los daños graves causados intencionadamente o por uso indebido en las instalaciones, materiales y documentos del centro o en las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa.

Page 46: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 46 -

- La suplantación de personalidad y la falsificación o sustracción de

documentos académicos. - El uso, la incitación al mismo o la introducción en el centro de objetos

o sustancias perjudiciales para la salud o peligrosas para la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa.

- La perturbación grave del normal desarrollo de las actividades del centro y, en general, cualquier incumplimiento grave de las normas de conducta.

- La reiteración en el mismo trimestre de dos o más faltas graves. - El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta

grave. MODO DE REFLEJARSE - Notificación de falta muy grave, según modelo oficial. SANCIONES Las faltas muy graves se corregirán con las siguientes sanciones:

1. Realización de tareas en el centro fuera del horario lectivo, que podrán contribuir al mejor desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar los daños causados.

2. Prohibición temporal de participar en las actividades extraescolares complementarias del centro, por un período máximo de tres meses.

3. Cambio de grupo del alumno. 4. Expulsión de determinadas clases por un período superior a seis días

e inferior a dos semanas. 5. Expulsión del centro por un período superior a seis días lectivos e

inferior a un mes. 6. Cambio de centro, cuando no proceda la expulsión definitiva por

tratarse de un alumno de enseñanza obligatoria. 7. Expulsión definitiva del centro.

ÓRGANO IMPOSITIVO Dirección. DEFENSA DEL ALUMNADO Descargo por escrito ante el órgano que impone la sanción. OBSERVACIONES. 1. Con el fin de no interrumpir el proceso educativo, cuando se apliquen las sanciones números 2, 4, y 5, el alumno realizará las tareas y actividades que determine el profesorado que le imparte clase. 2. La aplicación de las sanciones números 6 y 7 se producirá cuando la gravedad de los hechos cometidos y la presencia del alumno/ a que los cometa en el centro supongan menoscabo de los derechos o de la dignidad para otros miembros de la comunidad educativa. Asimismo, se adoptará esta sanción en caso de agresión física, amenazas o insultos graves a un Profesor/ a.

Page 47: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 47 -

3. La sanción número 6 procederá en el caso de alumnos de enseñanza obligatoria, y hasta el curso en que cumpla dieciocho años de edad. En ese supuesto, la Consejería de Educación realizará el cambio de centro, garantizándole un puesto escolar en otro centro público o sostenido con fondos públicos, con los servicios complementarios que sean necesarios. El Director/ a del centro elevará petición razonada ante el Director/ a de Área Territorial, quien tramitará esta propuesta en el plazo máximo de cinco días hábiles. El alumno/ a que sea cambiado de centro deberá realizar las actividades y tareas que se determinen, y que se desarrollarán en la forma en que se articule conjuntamente por los Equipos Directivos de los dos centros afectados. 8. 7. 4. INASISTENCIA A LAS CLASES

- La inasistencia injustificada a las clases será sancionada. La sanción por inasistencia injustificada a una determinada clase será impuesta por el Profesor/ a de la misma, por el tutor/ a o por el Jefe/ a de Estudios. Cuando la inasistencia se produzca en toda una jornada escolar, la sanción será impuesta por el tutor/ a o por el Jefe/ a de Estudios, sin perjuicio de las que puedan imponer los respectivos Profesores.

- La falta de asistencia a clase de modo reiterado puede impedir la aplicación de los criterios normales de evaluación y de la evaluación continua. Se establece como 50% el número máximo de faltas de asistencia justificadas o no, que si se producen en una evaluación, podrían permitir la perdida del derecho de evaluación continua y la aplicación de procedimientos extraordinarios de evaluación.

- La falta de puntualidad injustificada en las entradas al centro, supondrá igualmente la comisión de falta leve o grave, si existe reiteración, pudiéndose aplicar la sanción correspondiente, así como la pérdida del derecho a evaluación continua en una determinada área si la acumulación de faltas de asistencia supera lo estipulado.

8.8. PROCEDIMIENTO SANCIONADOR Criterios para la adopción de sanciones En la adopción de sanciones disciplinarias y de medidas provisionales, se deberán tener en cuenta los siguientes criterios generales:

- La imposición de sanciones tendrá finalidad y carácter educativo, y procurará la mejora de la convivencia en el centro.

- Se deberán tener en cuenta, con carácter prioritario, los derechos de la mayoría de los miembros de la comunidad educativa y los de las víctimas de actos antisociales, de agresiones o de acoso.

- No se podrá privar a ningún alumno/ a de su derecho a la educación obligatoria.

- No se podrán imponer correcciones contrarias a la integridad física y la dignidad personal del alumno/ a.

Page 48: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 48 -

- Se valorarán la edad, situación y circunstancias personales, familiares

y sociales del alumno/ a, y demás factores que pudieran haber incidido en la aparición de las conductas o actos contrarios a las normas establecidas.

- Se deberán tener en cuenta las secuelas psicológicas y sociales de los agredidos, así como la alarma o repercusión social creada por las conductas sancionables.

- Las sanciones deberán ser proporcionales a la naturaleza y gravedad de las faltas cometidas, y deberán contribuir a la mejora del clima de convivencia del centro.

Circunstancias atenuantes y agravantes 1. Para la graduación de las sanciones se apreciarán las circunstancias atenuantes o agravantes que concurran en el incumplimiento de las normas de conducta. 2. Se considerarán circunstancias atenuantes:

- El arrepentimiento espontáneo. - La ausencia de intencionalidad. - La reparación inmediata del daño causado.

3. Se considerarán circunstancias agravantes: - La premeditación y la reiteración. - El uso de la violencia, de actitudes amenazadoras, desafiantes o

irrespetuosas, de menosprecio continuado y de acoso dentro o fuera del centro.

- Causar daño, injuria u ofensa a compañeros de menor edad o recién incorporados al centro.

- Las conductas que atenten contra el derecho a no ser discriminado por razón de nacimiento, raza, sexo, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por padecer discapacidad física o psíquica, o por cualquier otra condición personal o circunstancia social.

- Los actos realizados en grupo que atenten contra los derechos de cualquier miembro de la comunidad educativa.

Responsabilidad y reparación de daños

- Los alumnos/ as quedan obligados a reparar los daños que causen, individual o colectivamente, de forma intencionada o por negligencia, a las instalaciones, a los materiales del centro y a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa, o a hacerse cargo del coste económico de su reparación. Asimismo, estarán obligados a restituir, en su caso, lo sustraído. Los padres o representantes legales asumirán la responsabilidad civil que les corresponda en los términos previstos por la Ley.

- En los supuestos excepcionales en los que la reparación material de

los daños pueda recaer en familias con pocos medios económicos o se considere que la aportación económica para la reparación no fuera a suponer un correctivo para la conducta del alumno/ a (sería el caso

Page 49: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 49 -

de familias acomodadas que suplirían económicamente el daño sin dar importancia a la conducta del alumno/ a), el centro podrá asumir el coste de la reparación y sustituir la sanción por la realización de tareas que contribuyan al mejor desarrollo de las actividades del centro, o a la mejora del entorno ambiental del mismo. En cualquier caso, la reparación económica no eximirá de la sanción educativa.

- Asimismo, cuando se incurra en conductas tipificadas como agresión

física o moral a sus compañeros o demás miembros de la comunidad educativa, se deberá reparar el daño moral causado mediante la presentación de excusas y el reconocimiento de la responsabilidad en los actos, bien en público o bien en privado, según corresponda por la naturaleza de los hechos y de acuerdo con lo que determine el órgano competente para imponer la corrección.

PROCEDIMIENTO SANCIONADOR 1. Procedimiento ordinario Ámbito de aplicación

- El procedimiento ordinario es el que se aplicará con carácter general respecto de las faltas leves, así como a las graves cuando, por resultar evidentes la autoría y los hechos cometidos, sea innecesario el esclarecimiento de los mismos.

- Podrá también sustanciarse el procedimiento ordinario en relación

con las faltas muy graves en caso de ser flagrante la falta y, por tanto, resulten evidentes la autoría y los hechos cometidos, siendo innecesario el esclarecimiento de los mismos y la realización de los actos de instrucción previstos en el procedimiento especial.

- No obstante, si quien vaya a imponer la sanción considera que es de aplicación alguna de las sanciones “Cambio de Centro” o “Expulsión definitiva del centro” se abstendrá de resolver, debiendo remitir el asunto al Director, para la tramitación del procedimiento especial.

Tramitación del procedimiento ordinario 1. Las faltas leves cuyos hechos y autoría resulten evidentes podrán ser sancionadas de forma inmediata por el Profesor/ a. El Profesor/ a comunicará al tutor/ a y al Jefe/ a de Estudios la sanción impuesta, de la manera ya establecida. 2. Cuando sea necesaria la obtención de información que permita una correcta valoración de los hechos y de las consecuencias de los mismos, no será de aplicación de lo previsto en el apartado anterior. En este caso, el tutor/ a, una vez recibida la comunicación de la falta cometida, oirá al

Page 50: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 50 -

alumno/ a infractor/ a y, en su caso, a cuantas personas se considere necesario. Posteriormente, impondrá la sanción correspondiente de manera inmediata. No obstante, el tutor/ a propondrá la sanción al Jefe/ a de Estudios o al Director/ a en los casos en que el órgano competente para imponer la sanción propuesta sea alguno de estos. 3. En cualquier caso, deberá respetarse el derecho de audiencia del alumno/ a o, en su caso, de sus representantes legales. 4. La duración total del procedimiento desde su inicio no podrá exceder de siete días naturales. Se deberá dejar constancia escrita de la sanción adoptada, haciendo constar los hechos y los fundamentos que la sustentan. 2. Procedimiento especial (expediente disciplinario) Ámbito de aplicación del procedimiento especial El procedimiento especial es el que, con carácter general, se seguirá en caso de las faltas muy graves, cuando puedan ser castigadas con cambio de centro o sea necesario llevar a cabo un proceso amplio de averiguación de los hechos. Dicho procedimiento especial (expediente disciplinario) no será necesario, si las familias aceptan la sanción impuesta en Comisión de Convivencia. De dicha sanción se levantara acta, debiendo ser firmada por todos los participantes en la reunión, quedando custodiada en Jefatura de Estudios. Incoación de expediente y adopción de medidas provisionales El Director/ a del centro, con carácter inmediato, en el plazo de dos días lectivos desde que se tuvo conocimiento de la comisión de la falta, incoará el expediente, bien por iniciativa propia, bien a propuesta del profesorado, y designará a un instructor, que será un Profesor/ a del centro. Como medida provisional, y comunicándolo al Consejo Escolar, podrá decidir la suspensión de asistencia al centro, o a determinadas actividades o clases, por un período no superior a cinco días lectivos. Este plazo será ampliable, en supuestos excepcionales, hasta la finalización del expediente. Instrucción del expediente 1. La incoación del expediente y el nombramiento del instructor se comunicarán al alumno e igualmente a sus padres o representantes legales. 2. El instructor iniciará las actuaciones conducentes al esclarecimiento de los hechos, y en un plazo no superior a cuatro días lectivos desde que se le designó, notificará al alumno, y a sus padres o representantes legales, el

Page 51: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 51 -

pliego de cargos, en el que se expondrán con precisión y claridad los hechos imputados, así como las sanciones que se podrían imponer, dándoles un plazo de dos días lectivos para alegar cuanto estimen pertinente. En el escrito de alegaciones podrá proponerse la prueba que se considere oportuna, que deberá aportarse o sustanciarse en el plazo de dos días lectivos. 3. Concluida la instrucción del expediente, el instructor formulará, en el plazo de dos días lectivos, la propuesta de resolución, que deberá contener los hechos o conductas que se imputan al alumno, la calificación de los mismos, las circunstancias atenuantes o agravantes si las hubiere, y la sanción que se propone. 4. El instructor dará audiencia al alumno y, si es menor, también a sus padres o representantes legales, para comunicarles la propuesta de resolución y el plazo de dos días lectivos para alegar cuanto estimen oportuno en su defensa. En caso de conformidad y renuncia a dicho plazo, esta deberá formalizarse por escrito. Resolución 1. El instructor elevará al Director/ a el expediente completo, incluyendo la propuesta de resolución y todas las alegaciones que se hubieran formulado. El Director/ a adoptará la resolución y notificará la misma de acuerdo con lo previsto en el apartado de “Citaciones y Notificaciones”. 2. El procedimiento debe resolverse en el plazo máximo de catorce días lectivos desde la fecha de inicio del mismo. La resolución deberá estar suficientemente motivada, y contendrá los hechos o conductas que se imputan al alumno/ a; las circunstancias atenuantes o agravantes, si las hubiere; los fundamentos jurídicos en que se base la sanción impuesta; el contenido de la misma, su fecha de efecto, el órgano ante el que cabe interponer reclamación y plazo para ello. Citaciones y notificaciones 1. Todas las citaciones a los padres de los alumnos/ as se realizarán por cualquier medio de comunicación inmediata que permita dejar constancia fehaciente de haberse realizado y de su fecha. Para la notificación de las resoluciones, se citará a los interesados según lo señalado en el párrafo anterior, debiendo estos comparecer en persona para la recepción de dicha notificación, dejando constancia por escrito de ello. 2. En el procedimiento sancionador, la incomparecencia sin causa justificada del padre o representante legal, si el alumno es menor de edad, o bien la negativa a recibir comunicaciones o notificaciones, no impedirá la continuación del procedimiento y la adopción de la sanción.

Page 52: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 52 -

3. La resolución adoptada por el órgano competente será notificada al alumno/ a y a sus padres o representantes legales, así como al Consejo Escolar, al Claustro de Profesores/ as del centro y a la Inspección de Educación de la Dirección de Área Territorial Madrid Sur. Reclamaciones 1. Las sanciones, hayan sido adoptadas en un centro público o en un centro privado sostenido con fondos públicos, podrán ser objeto de reclamación por el alumno/ a o sus padres o representantes legales, en el plazo de dos días hábiles, ante el Director/ a del Área Territorial Madrid Sur. 2. Contra la resolución que, en virtud de lo dispuesto en el apartado anterior, dictara el Director/ a del Área Territorial, cabrá recurso de alzada. Plazos de prescripción

- Las faltas leves prescribirán en el plazo de tres meses, las graves en el de seis meses y las muy graves en el plazo de doce meses, sendos plazos contados a partir de la fecha en que los hechos se hubieran producido.

- Asimismo, las sanciones impuestas sobre faltas leves y graves prescribirán en el plazo de seis meses y las impuestas sobre las muy graves en el plazo de doce meses, ambos plazos contados a partir de la fecha en que la sanción se hubiera comunicado al interesado.

- Los períodos de vacaciones se excluyen del cómputo de plazos. Comisión de Convivencia. La Comisión de Convivencia es competente para imponer correcciones a las faltas muy graves que no puedan ser sancionadas con cambio de centro. Para la resolución de conflictos en la Comisión de Convivencia, se procederá de la siguiente forma:

- En un plazo no superior a tres días lectivos desde que se tuvo conocimiento de los hechos o conductas a corregir, el Director del centro convocará a los componentes de la Comisión de Convivencia al menos con 24 horas de antelación.

- En dicha sesión se dará audiencia al profesor/ a-tutor/ a del alumno/

a, al alumno/ a y a sus padres o representantes legales, y a cualquier otro miembro de la comunidad educativa que el Director/ a del centro considere que puede aportar datos de interés para la resolución del conflicto.

- Una vez oídas todas las partes, la Comisión de Convivencia formulará

propuesta de resolución en el marco de lo establecido en el Decreto 15/2007, de 19 de abril, por el que se establece el marco regulador

Page 53: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 53 -

de la Convivencia en los Centros Docentes de la Comunidad de Madrid.

- De existir acuerdo de los padres o tutores/ as legales del alumno/ a,

se dejará constancia de ello en un documento que fijará los términos del acuerdo alcanzado y que deberá ser firmado por todos los miembros de la Comisión de Convivencia y por los padres o representantes legales del alumno/ a. De dicho documento se dará copia a los padres o representantes legales, quedando registrado el original y archivado en Jefatura de Estudios.

- De no producirse acuerdo con los padres o tutores legales, se

procederá a sancionar por parte de la Dirección o a incoar el correspondiente expediente disciplinario según lo dispuesto en el Decreto 15/2007, de 19 de abril, por el que se establece el marco regulador de la Convivencia en los Centros Docentes de la Comunidad de Madrid.

8.9. EVALUACIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA La evaluación del presente Plan de Convivencia, se llevará a cabo de forma continua y sistemática, por la C.C.P.

Page 54: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 54 -

8.10. ANEXO (DOCUMENTOS) NOTIFICACIÓN DE FALTA LEVE A la atención de los padres o tutores del alumno/a _____________________________

______________________________________ del grupo _ ____________________ EVALUACIÓN: ______ Nº DE FALTAS LEVES COMETIDAS EN LA PRESENTE EVALUACIÓN: ________ Cumpliendo lo establecido por el Decreto 15/2007, de 19 de abril, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid, y en el Reglamento de Régimen Interior de nuestro centro, lamentamos comunicarle que su hijo/a ha cometido un incumplimiento de las Normas de Conducta vigentes en el Centro, tipificado como: Falta injustificada de asistencia a clase o justificada indebidamente. Falta de puntualidad injustificada o justificada indebidamente. Mantenimiento de una actitud incorrecta dentro del centro, no

permitiéndose el uso de móviles, otros dispositivos electrónicos o cualquier objeto que pueda

distraer al propio alumno o a sus compañeros. El respeto a la autoridad del profesor (esto incluye, entre otros: guardar

silencio, estar atento/a a las explicaciones y/o en ausencia del profesor/a o en los

cambios de clase, comportarse educadamente sin gritar, sin levantarse del sitio…) El trato correcto hacia los compañero/as, no permitiéndose, en ningún

caso, el ejercicio de violencia física o verbal. Solucionar las cosas mediante el

diálogo y nunca con peleas con lo/as compañero/as. La realización de los trabajos que lo/as profesores/as manden realizar

fuera de las horas de clase y estudiar todos los días.

Page 55: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 55 -

El cuidado y respeto de todos los materiales que el centro pone a disposición de alumnos/ as y profesora/es.

El cuidado de las instalaciones y del conjunto del edificio escolar. Subir y bajar las escaleras en orden y sin gritar. Traer el material necesario para el desarrollo de cada clase y usarlo

adecuadamente. SANCIÓN ADOPTADA: Llamada de atención por parte del profesor, del tutor o de la Jefa de

Estudios. Comunicación a los padres. Imposición de trabajo correctivo. Permanencia en el centro Exclusión de recreos. Expulsión de clase. Retirada del aparato electrónico. Lo cual comunico a los efectos oportunos. Atentamente:

Fdo: ___________________________________

Área impartida: __________________________

Móstoles, a ____ de ___________ de 201___

Page 56: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 56 -

DEVOLVER FIRMADO POR LOS PADRES O TUTORES NOTIFICACIÓN DE FALTA GRAVE A la atención de los padres o tutores del alumno/a _____________________________

______________________________________ de la clase EVALUACIÓN: ______ Nº DE FALTAS GRAVES COMETIDAS EN LA PRESENTE EVALUACIÓN: ________ Cumpliendo lo establecido por el Decreto 15/2007, de 19 de abril, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid, y en el Reglamento de Régimen Interior de nuestro centro, lamentamos comunicarle que su hijo/a ha cometido un incumplimiento de las Normas de Conducta vigentes en el Centro, tipificado como: Las faltas reiteradas de puntualidad o de asistencia a clase que, a juicio del

tutor, no estén justificadas. Las conductas que impidan o dificulten a otros compañeros el ejercicio del

derecho o el cumplimiento del deber del estudio Los actos de incorrección o desconsideración con compañeros u otros

miembros de la comunidad escolar. Los actos de indisciplina y los que perturben el desarrollo normal de las

actividades del centro. Los daños causados en las instalaciones o el material del centro. Los daños causados en los bienes o pertenencias de los miembros de la

comunidad educativa. La incitación o estímulo a la comisión de una falta contraria a las Normas

de conducta.

Page 57: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 57 -

Cualquier otra incorrección de igual gravedad que altere el normal

desarrollo de la actividad escolar que no constituya falta muy grave. La reiteración en el mismo trimestre de dos o más faltas leves. El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta leve. SANCIÓN ADOPTADA: Expulsión de la sesión de clase con comparecencia inmediata ante la Jefa

de Estudios o el Director, la privación del tiempo de recreo o cualquier otra

medida similar de aplicación inmediata Permanencia en el centro después de la jornada escolar. Realización de tareas que contribuyan al mejor desarrollo de las

actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar los daños causados, o dirigidas a

mejorar el entorno ambiental del centro. Prohibición temporal de participar en actividades extraescolares o

complementarias del centro, por un período máximo de un mes. Expulsión de determinadas clases por un plazo máximo de seis días

lectivos. Se adjuntan tareas a realizar mientras dure la sanción. Expulsión del centro por un plazo máximo de seis días lectivos. Se

adjuntan tareas a realizar mientras dure la sanción. Lo cual comunico a los efectos oportunos.

Atentamente:

Fdo: ___________________________________

(Profesor/a y Área; Tutor/a; Jefa de Estudios o Director)

Móstoles, a ____ de ___________ de 201___

Page 58: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 58 -

DEVOLVER FIRMADO POR LOS PADRES O TUTORES NOTIFICACIÓN DE FALTA MUY GRAVE A la atención de los padres o tutores del alumno/a _____________________________

______________________________________ de la clase ____________________ EVALUACIÓN: ______ Nº DE FALTAS GRAVES COMETIDAS EN LA PRESENTE EVALUACIÓN: ________ Cumpliendo lo establecido por el Decreto 15/2007, de 19 de abril, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid, y en el Reglamento de Régimen Interior de nuestro centro, lamentamos comunicarle que su hijo/a ha cometido un incumplimiento muy grave de las Normas de Conducta vigentes en el Centro, tipificado como: Los actos graves de indisciplina, desconsideración, insultos, falta de respeto

o actitudes desafiantes, cometidos hacia los profesores y demás personal del

centro El acoso físico o moral a los compañeros. El uso de la violencia, las agresiones, las ofensas graves y los actos que

atenten gravemente contra la intimidad o las buenas costumbres sociales, contra los compañeros o demás miembros de la comunidad educativa. La discriminación, las vejaciones o las humillaciones a cualquier miembro de

la comunidad educativa, ya sean por razón de nacimiento, raza, sexo, religión,

orientación sexual, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. La grabación, publicidad o difusión, a través de cualquier medio o soporte,

de agresiones o humillaciones cometidas. Los daños graves causados intencionadamente o por uso indebido en las

instalaciones, materiales y documentos del centro o en las pertenencias de otros miembros

de la comunidad educativa.

Page 59: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 59 -

La suplantación de personalidad y la falsificación o sustracción de

documentos académicos El uso, la incitación al mismo o la introducción en el centro de objetos o

sustancias perjudiciales para la salud o peligrosas para la integridad personal de los

miembros de la comunidad educativa. La perturbación grave del normal desarrollo de las actividades del centro y,

en general, cualquier incumplimiento grave de las normas de conducta. La reiteración en el mismo trimestre de dos o más faltas graves. El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta grave. SANCIÓN ADOPTADA: Realización de tareas en el centro fuera del horario lectivo, que podrán

contribuir al mejor desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a

reparar los daños causados. Prohibición temporal de participar en actividades extraescolares o

complementarias del centro, por un período máximo de tres meses. Cambio de grupo del alumno. Expulsión de determinadas clases por un período superior a seis días

lectivos e inferior a dos semanas. Expulsión del centro por un período superior a seis días lectivos e inferior a

un mes. Cambio de Centro Siendo flagrante la falta cometida, resultando evidente la autoría y los hechos cometidos, siendo por tanto innecesario el esclarecimiento de los mismos y la realización de los actos de instrucción previstos en el procedimiento especial (expediente disciplinario), la dirección del centro ha decidido aplicar la sanción señalada, que se concreta en ____________________________________________________________

Page 60: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 60 -

_____________________________________________________________________

_____________________________________________________________________ Lo cual comunico a los efectos oportunos.

Atentamente:

Fdo:________________________ Directora.

Móstoles, a ____ de ___________ de 201___

DEVOLVER FIRMADO POR LOS PADRES O TUTORES

Page 61: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 61 -

NOTIFICACIÓN DE FALTA GRAVE/MUY GRAVE

COMISIÓN DE CONVIVENCIA A la atención de los padres o tutores del alumno/a _____________________________

______________________________________ de la clase ____________________ EVALUACIÓN: ______ Cumpliendo lo establecido por el Decreto 15/2007, de 19 de abril, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid, y en el Reglamento de Régimen Interior de nuestro centro, lamentamos comunicarle que su hijo/a ha cometido un incumplimiento grave/muy grave de las Normas de Conducta vigentes en el Centro, tipificado como: Los actos graves de indisciplina, desconsideración, insultos, falta de respeto

o actitudes desafiantes, cometidos hacia los profesores y demás personal del

centro El acoso físico o moral a los compañeros. El uso de la violencia, las agresiones, las ofensas graves y los actos que

atenten gravemente contra la intimidad o las buenas costumbres sociales, contra los compañeros o demás miembros de la comunidad educativa. La discriminación, las vejaciones o las humillaciones a cualquier miembro de

la comunidad educativa, ya sean por razón de nacimiento, raza, sexo, religión,

orientación sexual, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. La grabación, publicidad o difusión, a través de cualquier medio o soporte,

de agresiones o humillaciones cometidas. Los daños graves causados intencionadamente o por uso indebido en las

instalaciones, materiales y documentos del centro o en las pertenencias de otros miembros

de la comunidad educativa. La suplantación de personalidad y la falsificación o sustracción de

documentos académicos

Page 62: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 62 -

El uso, la incitación al mismo o la introducción en el centro de objetos o

sustancias perjudiciales para la salud o peligrosas para la integridad personal de los

miembros de la comunidad educativa. La perturbación grave del normal desarrollo de las actividades del centro y,

en general, cualquier incumplimiento grave de las normas de conducta. La reiteración en el mismo trimestre de dos o más faltas graves. El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta grave. POSIBLES SANCIÓNES A ADOPTAR POR EL CENTRO: Realización de tareas en el centro fuera del horario lectivo, que podrán

contribuir al mejor desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a

reparar los daños causados. Prohibición temporal de participar en actividades extraescolares o

complementarias del centro, por un período máximo de tres meses. Cambio de grupo del alumno. Expulsión de determinadas clases por un período superior a seis días

lectivos e inferior a dos semanas. Expulsión del centro por un período superior a seis días lectivos e inferior a

un mes. Cambio de Centro La Comisión de Convivencia del CEIP Alfonso Rodríguez Castelao, les convoca con carácter urgente para el día ______ de _____________de 201__, con la finalidad de analizar con profundidad el comportamiento de su hijo/a en lo relativo a las Normas de Conducta de obligado cumplimiento establecidas en el Centro, sancionar la falta cometida y establecer una serie de acuerdos que eviten una futura y, nada deseable, sanción más dura. En caso de incomparecencia, la Dirección del centro adoptará la sanción pertinente, pudiendo incluso decidir la apertura, con carácter urgente, de expediente disciplinario a su hijo/a.

Page 63: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 63 -

Atentamente:

Fdo: _____________________________ Directora

Móstoles, a ____ de ___________ de 201___

DEVOLVER FIRMADO POR LOS PADRES O TUTORES

Page 64: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 64 -

DOCUMENTO DE ACUERDO ALCANZADO EN EL SENO

DE LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA En la reunión de la Comisión de Convivencia celebrada el día ____ de ___________ de 201__ han sido estudiados los hechos acaecidos el día ____ de ___________ de 201__ en nuestro centro/fuera de nuestro centro, en los que aparece como implicado en su comisión el alumno/a _____________________________________________________________________

Oídas todas las partes y tras las deliberaciones oportunas, la Comisión de Convivencia ha considerado que los hechos (adjuntados a este acta) pueden ser encuadrados dentro de lo previsto en el artículo 14 apartado 1 letra _______ del Decreto 15/2007, de 19 de abril, por el que se establece el marco regulador de las Normas de Convivencia de los Centros Docentes de la Comunidad de Madrid.

Consecuentemente, la Comisión de Convivencia de este centro ha acordado por UNANIMIDAD proponer como corrección de dicha conducta:

_____________________________________________________________________

_____________________________________________________________________

_____________________________________________________________________

_____________________________________________________________________

Asimismo, se llega al acuerdo con el/la alumno/a citado y sus padres o tutores legales, de comprometerse firmemente a cumplir, de manera estricta, las Normas de Conducta de obligado cumplimiento existentes en el CEIP Alfonso Rodríguez Castelao. El centro hará todo lo posible para ayudar al citado alumno/a, a través de profesores/as, tutor/a, y/o Equipo de Orientación, a que solucione sus problemas de conducta y, entre todos, conseguir que no reincida en el incumplimiento de las normas de conducta.

D./Dña. ______________________________________________________________

padre o madre o tutor legal del alumno

_____________________________________________________________________

acepta dicha resolución en todos sus términos y se comprometen al cumplimiento de la corrección propuesta en ella con fecha de efecto de _____ de _________ de 201__.

Page 65: C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de … · C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior - 1 - NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO

C.E.I.P. ALFONSO RODRÍGUEZ CASTELAO Reglamento de Régimen Interior

- 65 -

Y para que así conste se firma el presente documento en

Móstoles, a _____ de __________ de 201__.

(Firmas de los componentes asistentes de la Comisión de Convivencia, de los padres o tutores legales del alumno y sello del Centro.)