CasoPractico.doc

download CasoPractico.doc

of 6

Transcript of CasoPractico.doc

  • 7/25/2019 CasoPractico.doc

    1/6

    Caso Prctico.

    1. Tienen las cinco empresas mexicanas productoras de azcar accin legal para

    solicitar una investigacin por discriminacin de precios (dumping) o por

    subvencin?

    Se considera dumping o importacin en condiciones de discriminacin de precios la

    introduccin de mercancas al territorio nacional a un precio inerior a su valor nominal

    (!"#$% & '.1 c).

    Se deine como valor normal de las mercancas exportadas a *+xico el precio comparable

    de una mercanca id+ntica o similar ,ue se destine al mercado interno del pas de origen en

    el curso de operaciones comerciales normales- a alta de esta reerencia- el precio

    comparable de una mercanca id+ntica o similar exportada del pas de origen a un tercer

    pas en el curso de operaciones comerciales normales o- en su deecto- el valor reconstruido

    en el pas de origen ,ue se obtendr de la suma del costo de produccin- gastos generales &

    una utilidad razonable- los cuales debern corresponder a operaciones comerciales

    normales en el pas de origen. (!1#$%)

    /ara ,ue el precio de exportacin & el valor normal sean comparables se debern considerar

    los t+rminos & condiciones de venta- dierencias en cantidades- dierencias sicas &

    dierencias en cargas impositivas. (!0 #$% & '. c)

    2na mercanca id+ntica es a,uella cu&os productos sean iguales en todos sus aspectos al

    producto investigado. /or otro lado- una mercanca similar es a,uella cu&os productos- aun

    cuando no son iguales en todos los aspectos- tienen caractersticas & composicin

    seme3antes- lo ,ue les permita cumplir las mismas unciones & ser comercialmente

    intercambiables con los ,ue se les compara. (!4 . 5 & 55 6#$%)

    Se deine como subvencin el beneicio ,ue otorga un gobierno extran3ero- sus organismos

    pblicos o mixtos- o sus entidades- directa o indirectamente- a los productores-

    transormadores- comercializadores o exportadores de mercancas- para ortalecer

    ine,uitativamente su posicin competitiva internacional- salvo ,ue se trate de prcticas

    internacionalmente aceptadas. %ste beneicio podr tomar la orma de estmulos-

    incentivos- primas subsidios o a&udas de cual,uier clase. (!4 #$%). %ste tipo de prcticas-

  • 7/25/2019 CasoPractico.doc

    2/6

    para considerarse como desleales- deben 7acerse a avor de un nmero determinado de

    empresas & no para cual,uier exportador. ('.1 cS)

    #as personas acultadas para solicitar una inspeccin son a,uellas personas sicas o

    morales productoras de 5. *ercancas id+nticas o similares a a,uellas ,ue se est+n

    importando o pretendan importarse en condiciones de prcticas desleales de comercio

    internacional- o 55. *ercancas id+nticas- similares o directamente competitivas a a,uellas

    ,ue se est+n importando en condiciones & volmenes tales ,ue da8en seriamente o

    amenacen da8ar seriamente a la produccin nacional. (9" . 5 & 55 #$%)

    #a expresin produccin nacional se entender en el sentido de abarcar- cuando menos- el

    '9 por ciento de la produccin nacional de la mercancas de ,ue se trate. Sin embargo-

    cuando unos productores est+n vinculados a los exportadores o a los importadores o sean

    ellos mismos importadores del producto investigado- el t+rmino produccin nacional podr

    interpretarse en el sentido de abarcar- cuando menos- el '9 por ciento del resto de los

    productores. $uando la totalidad de los productores est+n vinculados a los exportadores o a

    los importadores o sean ellos mismos importadores del producto investigado- se podr

    entender como produccin nacional al con3unto de abricantes de la mercanca producida en

    la etapa inmediata anterior de la misma lnea continua de produccin. (" #$% & 0" 6#$%)

    entro de la procedencia de una prctica desleal de comercio se se8ala el da8o o la

    amenaza de da8o. a8o es la p+rdida o menoscabo patrimonial o la privacin de cual,uier

    ganancia lcita & normal ,ue sura & pueda surir la produccin nacional de las mercancas

    de ,ue se trate- o el obstculo al establecimiento de nuevas industrias. menaza de da8o es

    el peligro inminente & claramente previsto de da8o a la produccin nacional. (!: #$%)

    /or estos motivos- las cinco empresas mexicanas pueden presentar una solicitud de

    investigacin- &a ,ue las tres empresas no vinculadas representan ms del '9 por ciento de

    la produccin nacional & 3untas representan el 1"" por ciento.

    dems- el aspartame podra adecuarse al concepto de mercanca similar- &a ,ue aun

    cuando sus componentes & caractersticas no sean iguales- s son seme3antes & cumplen la

    misma uncin ,ue el azcar; endulzar- aun cuando lo 7agan de orma distinta- &a ,ue en un

    mercado normal los consumidores pueden elegir entre un producto endulzado con azcar &

    otro con aspartame.

  • 7/25/2019 CasoPractico.doc

    3/6

    '.

  • 7/25/2019 CasoPractico.doc

    4/6

    impedir en la misma medida el alza razonable ,ue en otro caso se 7ubiera producido. $on

    respecto a los eectos en el caso de mercancas similares o id+nticas se evaluar el impacto

    de las cantidades & los precios de las importaciones investigadas sobre actores como la

    disminucin real & potencial de la produccin & el empleo- las ventas internas- la

    participacin en el mercado- la productividad- la utilizacin de la capacidad instalada & el

    aumento real o potencial de los inventarios- las condiciones o t+rminos de venta- los eectos

    negativos reales o potenciales de la depresin o contencin de los precios internos & de las

    ventas sobre las utilidades- el lu3o de ca3a- el rendimiento de las inversiones- los salarios- la

    capacidad de reunir capital- la inversin & el crecimiento de la produccin. (1 #$%- 0

    6#$% & !.1 & !.' c) Todos los eectos & actores antes mencionados abarcarn por lo

    menos los tres a8os previos a la presentacin de la solicitud- inclu&endo el periodo

    investigado- salvo ,ue la empresa de ,ue se trate se 7a&a constituido en un lapso menor. (09

    6#$%) $uando las importaciones de un producto procedente de ms de un pas sean ob3eto

    simultneamente de investigaciones en materia de prcticas desleales se evaluar

    acumulativamente el volumen & los eectos de esas importaciones procedentes de los pases

    investigados compitan entre ellos & con los productos id+nticos o similares a los importados

    ,ue se abri,uen en *+xico. ( #$% & 04 6#$%) %sta prueba de da8o o amenaza de da8o

    se otorgar siempre & cuando en el pas de origen o procedencia de las mercancas de ,ue se

    trate exista reciprocidad. %n caso contrario- las cuotas compensatorias se impondrn sin

    necesidad de probar ese da8o o amenaza de da8o. (': #$%). $on los eectos antes

    mencionados se buscar probar una relacin causa>eecto entre la importacin de las

    mercancas & el da8o producido sobre la produccin nacional- es decir ,ue el da8o o la

    amenaza de da8o es consecuencia directa de importaciones en condiciones de

    discriminacin de precios o subvenciones. (!: #$% & !.9 c)

    !. $untas de ellas tendran ,ue comparecer a solicitar la investigacin?

    /or lo menos dos de ellas- &a ,ue se re,uiere ,ue los solicitantes representen por lo menos

    el '9 por ciento de produccin nacional. (" & 9" #$%)

    . /odra participar en dic7o procedimiento la empresa mexicana subsidiaria de la

    empresa britnica ,ue exporta aspartame a *+xico?

    S- por,ue unida a las dems empresas mexicanas alcanza a representar ms del '9 de la

    produccin nacional & adems la vinculacin de esta empresa no tiene eectos restrictivos

  • 7/25/2019 CasoPractico.doc

    5/6

    sobre la competencia- ni son la causa de distorsin de los precios internos o la causa del

    da8o alegado- &a ,ue la empresa britnica slo exporta el 1- lo cual se considera

    insigniicante por el 9.@ del c . (" #$%- 0" & 0' . 5 6#$% & 9-@ c)

    9. /odra participar la empresa mexicana ,ue importa aspartame?

    S- por,ue unida a las dems empresas mexicanas alcanza a representar ms del '9 de la

    produccin nacional- & adems por,ue al ser una empresa importadora ocasional se

    demuestra no tiene ni tendr eectos restrictivos sobre la competencia- ni es la causa de la

    distorsin de los precios internos o la causa del da8o alegado. (" #$%- 0" & 0' . 5 6#$%)

    0. $ontra cul o cules de los cuatro pases se presentara una solicitud de

    investigacin?

    $ontra %stados 2nidos- $anad & =rasil por,ue sus porcenta3es en cuanto a la cantidad ,ue

    representan sus exportaciones sobrepasan el mximo de ! para considerarse como causa

    de da8o. $ontra Aran =reta8a no por,ue su porcenta3e de 1 no alcanza el ! necesario

    para considerarse como da8ino para la produccin nacional de un pas & adems no 7a&

    otro pas con un porcenta3e similar con ,uien se pueda adicionar para 3untar el 4

    re,uerido. (9.@ c)

    4. $mo se decidir si la denuncia sera por da8o o por amenaza de da8o & ,u+

    elementos debern probar en uno u otro caso?

    %n principio es necesario dierenciar da8o de amenaza de da8o. a8o es la p+rdida o

    menoscabo patrimonial o la privacin de cual,uier ganancia lcita & normal ,ue sura &

    pueda surir la produccin nacional de las mercancas de ,ue se trate- o el obstculo al

    establecimiento de nuevas industrias. menaza de da8o es el peligro inminente &

    claramente previsto de da8o a la produccin nacional. (!: #$%) e esta orma- atendiendo

    a las deiniciones antes se8aladas lo ,ue se tiene ,ue probar en este caso es la existencia del

    da8o. #a existencia del da8o se prueba mediante la evaluacin del impacto de las

    importaciones investigadas sobre la produccin nacional total- o sobre a,uellos productores

    nacionales cu&a produccin con3unta constitu&a la parte principal de la produccin nacional

    total de la mercanca de ,ue se trate. (0! 6#$% & !.1 & !.' c). $on respecto al

    volumen de las importaciones investigadas- si 7a 7abido un aumento considerable de las

    mismas en t+rminos absolutos o en relacin con la produccin nacional destinada al

    mercado interno o el consumo interno del pas. simismo se evaluar si las importaciones

  • 7/25/2019 CasoPractico.doc

    6/6

    investigadas concurren al mercado nacional para atender los mismos mercados o a los

    mismos consumidores actuales o potenciales de los productores nacionales & si utilizan los

    mismos canales de distribucin. %n relacin con los eectos de las importaciones su3etas a

    investigacin sobre los precios internos se analizar el comportamiento & la tendencia de

    los precios de las importaciones investigadas & si +stos muestran una disminucin en el

    periodo investigado- o si +stos son ineriores al resto de las importaciones ,ue no se

    realizan en condiciones de discriminacin de precios o subvencin- si existe una relacin

    signiicativa entre la disminucin de los precios de las importaciones & el crecimiento de

    los volmenes importados- si las importaciones investigadas tienen un precio de venta

    considerablemente inerior al precio de venta comparable del producto nacional similar- si

    el eecto es deprimir los precios internos o impedir en la misma medida el alza razonable

    ,ue en otro caso se 7ubiera producido. $on respecto a los eectos en el caso de mercancas

    similares o id+nticas se evaluar el impacto de las cantidades & los precios de las

    importaciones investigadas sobre actores como la disminucin real & potencial de la

    produccin & el empleo- las ventas internas- la participacin en el mercado- la

    productividad- la utilizacin de la capacidad instalada & el aumento real o potencial de los

    inventarios- las condiciones o t+rminos de venta- los eectos negativos reales o potenciales

    de la depresin o contencin de los precios internos & de las ventas sobre las utilidades- el

    lu3o de ca3a- el rendimiento de las inversiones- los salarios- la capacidad de reunir capital-

    la inversin & el crecimiento de la produccin. (1 #$%- 0 6#$% & !.1 & !.' c)

    Todos los eectos & actores antes mencionados abarcarn por lo menos los tres a8os

    previos a la presentacin de la solicitud- inclu&endo el periodo investigado- salvo ,ue la

    empresa de ,ue se trate se 7a&a constituido en un lapso menor. (09 6#$%)