Buenas practicas agricolas y control legal
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BUENAS PRÁCTICAS AGRÍCOLA
INTRODUCCIÓN
Las Buenas Prácticas Agrícolas (BPA) son acciones involucradas en la producción,
procesamiento y transporte de los productos de origen agropecuario, orientadas a
asegurar la inocuidad de los productos, la protección del medio ambiente y las
condiciones laborales del personal que trabaja en la explotación.
Es de gran interés la promoción de estas prácticas por cuanto conforman un aporte al
bien público y posibilitan mejores niveles de competitividad para la agricultura, además
de que ayudan a la promoción y mantención de la confianza de los productos del país.
La necesidad de aplicar las Buenas Prácticas Agrícolas en flores, se justifica, por un
lado, por la preocupación por una “forma de hacer las cosas” compatible con el
desarrollo de una agricultura sustentable y, por otro lado, a partir de una tendencia de
los mercado.
Es importante considerar que si bien las flores, bulbos y plantas ornamentales no son
alimentos, el manejo posterior en las cadenas de distribución, se hace conjuntamente
con productos vegetales que sí lo son, por lo que puede producirse contaminación
cruzada que afecte la salud de los consumidores.
Cabe destacar que la aplicación de las Buenas Prácticas Agrícolas, estará sujeto a la
voluntariedad del productor y al compromiso que adquiera para su implementación.
El presente documento entrega las orientaciones técnicas para la implementación de un
esquema de BPA en Floricultura, que permite desarrollar prácticas ambientalmente
sostenibles, higiénicamente aceptables y económicamente factibles para de esta forma
mejorar la competitividad del rubro.
LOS OBJETIVOS SON:
• Los pequeños, medianos y grandes agricultores, que obtendrán un valor añadido por sus productos y tendrán mejor acceso a los mercados;• Los consumidores, que gozarán de alimentos de mejor calidad e inocuos, producidos en forma sostenible;• El comercio y la industria, que obtendrán ganancias de ofrecer mejores productos; y• La población en general, que disfrutará de un mejor medio ambiente.
PROCESOS PARA LAS BUENAS PRÁCTICAS AGRICOLAS
I. CULTIVO
1. Identificación del Lugar
Debe confeccionarse un plano de ubicación del predio y, a su vez, un
plano de ubicación del cultivo, fuentes de agua y las instalaciones dentro
del predio.
Debe individualizarse cada sector o invernadero con un código o
número reconocible por todos los participantes de la cadena productiva
dentro de la empresa.
Debe caracterizarse claramente el cuartel o unidad de manejo,
indicando especie, variedad, fecha de plantación y cualquiera otra
información relevante.
Debe estar disponible la información completa del productor
(nombre, RUT, teléfono, razón social, dirección), además del
administrador y encargado de BPA.
2. Selección del Sector
Debe tenerse un historial de al menos 5 años de los usos anteriores
del suelo.
En caso de que existan, deben estar documentadas las rotaciones de
cultivo y, en caso de que no existan, debe haber una justificación por
escrito.
Se debe realizar una evaluación de riesgo previa considerando los
usos anteriores, cultivos adyacentes, proximidad de fuentes
contaminantes, la sostenibilidad de las fuentes de agua y su calidad, el
tipo y características físico-químicas de suelo, la erosión, su nivel
freático y la presencia de plagas, enfermedades y malezas.
Deben tenerse presente las características físico-químicas del
suelo específicas requeridas por el cultivo a implantar.
3. Preparación del Terreno
El cultivo y manejo del suelo deben promover la conservación
y recuperación de la fertilidad, el contenido de materia orgánica, la
actividad biológica y la estructura del suelo.
La preparación del suelo debe hacerse oportunamente y con la
debida anticipación a la siembra o plantación. En lo posible se debe
lograr los mejores mullimientos, profundidad y nivelación con la menor
cantidad de labores posibles, de manera de conservar una buena
estructura.
Se debe documentar técnicamente la necesidad de usar enmiendas.
En caso de necesidad de desinfección sólo se deben utilizar
productos autorizados por el SAG. Está prohibido el uso del bromuro de
metilo.
4. Sustratos
El sustrato a utilizar debe ser la mejor combinación de los elementos
que lo componen, en las proporciones adecuadas. Entre ellos cabe
destacar el compost, perlita, vermicultura y turbas.
Con el fin de evitar problemas sanitarios sobre todo en los
primeros estados de desarrollo de las plantas, el sustrato debe ser
desinfectado, para esto se pueden usar los diferentes métodos.
Se deben preferir aquellos métodos de desinfección que tengan
menor impacto sobre el medio ambiente.
Si la desinfección del sustrato se realiza con productos químicos,
éstos deben ser usados siguiendo las recomendaciones de un
técnico capacitado, y según las especificaciones del capítulo Uso de
Productos Fitosanitarios.
Todos los tratamientos deben quedar registrados, indicando tipo
de tratamiento, fecha y nombre de los responsables de la operación.
5. Características de los Invernaderos
El diseño de los invernaderos debe considerar las
condiciones agroclimáticas, los requerimientos del cultivo y el bienestar
de los trabajadores.
Se debe contar con pediluvios en la entrada de los invernaderos,
como medida para evitar el ingreso de contaminantes.
Los invernaderos deben contar con un programa de limpieza,
saneamiento y mantenimiento permanente.
Los envases, restos de producto, ropa de protección así como
la maquinaria e implementos utilizados en la aplicación fitosanitaria al
interior del invernadero deben ser retiradas de éste inmediatamente
después de su uso.
6. Elección del Material de Propagación
El productor debe tener documentación disponible que demuestre
que tanto la variedad cultivada como el material de propagación ha
sido obtenido de acuerdo a la normativa legal interna y/o a los derechos
de propiedad intelectual estipulados en la UPOV (Organización
Internacional de Protección de Obtentores), mediante la certificación del
SAG y/o un contrato de multiplicación y/o producción que autorice a
utilizarla.
Debe existir un registro propio o una declaración escrita del
abastecedor acerca de los productos fitosanitarios utilizados en la última
etapa de propagación incluyendo el nombre de él o los productos, fecha
de aplicación, dosis, intervalo de reentrada al cultivo, etc.
En caso de que el multiplicador sea el propio productor los
requerimientos anteriores debe satisfacerlos y acreditarlos directamente.
El tratamiento tanto de bulbos, como de plántulas y semillas al
momento de la plantación debe hacerse con productos específicamente
autorizados por el SAG.
7. Condiciones de Riego
El sistema de riego empleado debe ser el más adecuado para el cultivo
y se deben utilizar técnicas que minimicen las pérdidas de agua
y disminuyan la erosión.
De preferencia se debe utilizar agua de pozo y riego tecnificado
que permita un uso eficiente del recurso hídrico y una buena aplicación
de productos fitosanitarios de acuerdo al balance hídrico y estado
fonológico del cultivo.
El agricultor debe trabajar, en lo posible, con programas de riego y
llevar los registros correspondientes.
Se debe hacer un análisis del agua de riego, al menos, una vez al año.
Un aspecto importante a observar es que el agua de riego no
sobrepase los umbrales de salinidad que son tolerados por las distintas
especies de flores.
El agua utilizada en el riego del cultivo debe estar respaldada por
los respectivos derechos y provenir de fuentes sustentables.
Se recomienda la implementación de un sistema de captación de
aguas lluvia para su reutilización en riego.
8. Fertilización
Para cumplir con las BPA, es importante que al momento de realizar el programa se
tenga en consideración la posibilidad de utilizar tanto fertilización orgánica como
mineral. Se deben seguir las indicaciones que se presentan a continuación, además de
las especificaciones de los capítulos Uso de Fertilizantes y Uso de Abonos Orgánicos.
La fertilización del cultivo debe realizarse en base al estado
fenológico, considerando los requerimientos nutricionales de este y
procurando mantener la fertilidad del suelo, para esto se recomienda
contar con análisis foliares y de suelo.
Las aplicaciones deben estar avaladas por escrito por un asesor
con competencia sobre la materia.
El manejo de la fertilización debe ser racional de manera de no
provocar contaminación innecesaria de suelos y aguas.
9. Control de Malezas, Enfermedades y Plagas
En general, para el control de enfermedades, malezas y plagas, se debe
hacer programas, que además de los controles químicos consideren la integración
de controles físicos, biológicos y culturales, tendiendo al uso racional de
productos fitosanitarios, causando el mínimo impacto ambiental y garantizando
la seguridad de las personas. A continuación se presentan algunas indicaciones
a considerar además de las correspondientes al capítulo Uso de Productos Fitosanitarios.
Se debe implementar un sistema de monitoreo de plagas y enfermedades.
En cultivos que se use riego superficial, se recomienda utilizar
trampas físicas como mallas y otros en las acequias de ingreso del agua
de riego a la unidad productiva con la finalidad de disminuir las semillas
de malezas en el cultivo.
Realizar oportunamente limpias manuales entre hilera de modo
de disminuir las malezas ya existentes considerando siempre la forma
de multiplicación de las malezas predominantes en el predio.
Se debe hacer una oportuna y adecuada eliminación de todos los
restos vegetales y plantas enfermas que puedan servir de hospederos
alternantes a las plagas tanto dentro como alrededor de los cultivos.
Se deben utilizar material de propagación sano, para evitar la
presencia de enfermedades en el cultivo.
Se recomienda utilizar variedades resistentes a las enfermedades
descritas como prevalentes para el cultivo en la región.
A fin de cortar los ciclos de patógenos que quedan en el suelo al
término de un cultivo, se debe considerar una adecuada rotación de
cultivos.
La aplicación de productos químicos para el control de las
enfermedades, malezas y plagas, debe realizarse siguiendo las
recomendaciones de un técnico capacitado, y según las especificaciones
del capítulo Uso de Productos Fitosanitarios.
II. COSECHA
1. Materiales y Herramientas de Cosecha
Los materiales de embalaje reutilizados deben estar limpios y libres
de otros cultivos y sus residuos.
Todos los materiales de embalaje deben guardarse con medidas
de protección contra roedores, insectos, pájaros y peligros químicos y
físicos.
Las herramientas de corte se deben mantener en buenas
condiciones (afiladas, limpias y desinfectadas).
2. Precauciones Durante la Cosecha
En el caso de bulbos la cosecha debe iniciarse con condiciones
adecuadas de humedad del suelo.
Se recomienda una regulación y mantención periódica de la
maquina cosechadora para minimizar el daño a los bulbos.
3. Higiene
Debe existir un análisis de riesgo documentado y actualizado que
cubra todos los aspectos de la operación de cosecha, elaborado por
un profesional capacitado.
Debe implementarse un protocolo de higiene y seguridad para
los miembros de los equipos de recolección referente del cuidado de
la higiene personal, medidas de protección para el cultivo y las personas,
uso de equipos e implementos de cosecha, etc.
El personal que trabaja en recolección del producto debe
estar debidamente capacitado en esta faena.
Se prohíbe el ingreso de animales a los sectores de cultivo y del
producto cosechado.
III. POST COSECHA
1. Instalaciones
El recinto de selección y embalaje debe ser diseñado de acuerdo
al volumen máximo de producto a procesar de manera de no
generar atochamientos, excesos de personal, escasez de equipamiento
como baldes, mesas, etc. en los momentos de mayor cosecha.
Al diseñar el packing se debe considerar que se trabaja con organismos
vivos que requieren de condiciones óptimas de aireación, temperatura y
humedad, evitando ambientes que provoquen algún estrés al producto
debido a altas temperaturas, concentraciones de etileno elevadas,
deshidratación de flores, etc.
Las salas de embalaje deben tener una iluminación adecuada debido a
lo meticuloso del trabajo de selección y acondicionamiento, evitando
el cansancio visual de los trabajadores y los errores en el proceso de
embalaje.
Las mesas de clasificación deben estar en número suficiente para
evitar aglomeraciones, bien señalizadas y, en lo posible, ser ergonómicas
para evitar lesiones a los operarios.
El recinto de selección, acondicionamiento y almacenamiento del
producto debe estar ubicado lejos de focos de contaminación tales
como explotaciones pecuarias, corrales, basurales, sectores de
acumulación de estiércol o de lugares que generen polvo en suspensión.
El piso debe ser impermeable por lo que debe estar pavimentado
o recubierto con algún tipo de material lavable y antideslizante.
La construcción del recinto debe estar cerrada y protegida para impedir
el ingreso de plagas, sobre todo las áreas de embalaje y palletizado.
Las superficies de contacto con el producto tales como mesas
de selección, cintas transportadoras, etc., además de permanecer limpia
y sanitizada deben ser fáciles de lavar y ser confeccionadas con
materiales no tóxicos y resistentes a la corrosión.
Las ventanas deben contar con protecciones contra vectores e insectos.
Las luces deben estar limpias y con protección adecuada, se
recomienda favorecer el uso de luz natural.
El packing debe contar con señalética de higiene y seguridad clara y
visible. En especial para señalar la dirección de los flujos y evitar la
contaminación cruzada entre el producto embalado y por procesar para lo
cual se deben pintar flechas visibles en el piso.
Las cámaras de prefrío, frío y pasillos deben estar limpias y en buen
estado y tener un programa de mantención preventivo.
2. Tratamientos de Poscosecha
Todos los tratamientos de poscosecha deben de contar con una
justificación por escrito de un profesional capacitado.
El responsable de las recomendaciones en los tratamientos de poscosecha
debe demostrar documentadamente su competencia en el tema a través
de títulos oficiales o certificados de asistencia a cursos de entrenamiento
específicos.
Se deben considerar y evaluar todas las alternativas al uso de tratamiento
químico de poscosecha.
Todos los productos de poscosecha deben estar registrados para ser
aplicados en el país y, cuando se exporta el producto, en el país de
destino, para lo que se debe respetar el correspondiente LMR.
Debe existir documentación disponible acerca de las restricciones
específicas de los productos de poscosecha en los mercados de destino.
Debe existir disponible una lista de los productos de poscosecha que
están registrado y se han aplicado o pueden ser aplicados al producto
recolectado.
3. Calidad del Agua
El agua utilizada en los tratamientos de poscosecha debe tener una
calidad potable o potabilizada para lo cual debe hacerse un examen de su
condición, al menos, una vez al año.
Las aguas residuales no tratadas nunca deberán reutilizarse para los
lavados y otras acciones de poscosecha.
Se deben seguir las recomendaciones del Capítulo Uso y Manejo de
Aguas.
Las aguas residuales de la poscosecha deben tratarse según la legislación
vigente.
4. Manejo del Producto
El producto debe ser rápidamente acondicionado para su destino final y
ser puesto en las condiciones de almacenaje indicadas según especie y
variedad (temperatura, humedad, modificación de atmósfera, etc.).
Las condiciones de almacenamiento deben ser monitoreadas
permanentemente y debidamente registradas.
Durante el proceso de selección y clasificación se debe descartar los
materiales con problemas fitosanitarios, puntos de corte extremos o con
depósitos de pesticidas, en caso de no poder lavarse.
Se debe separar rápidamente el producto descartado de la
comercialización, y seguir las recomendaciones del capítulo Manejo de
Residuos, Basuras y Desechos.
5. Manejo de Envases y Materiales
El área de recepción del producto siempre debe mantenerse limpia sin
acumulación de deshechos ni otros materiales.
Los envases y demás materiales de embalaje deben ser puestos
ordenados sobre pallets o en una superficie limpia y nunca en contacto
directo con el suelo.
El material de embalaje, cajas, bolsas u otros que estén dañados o sucios,
deben ser eliminados y por ningún motivo se pueden utilizar para
embalar, salvo que exista un procedimiento controlado para su
reparación.
Una vez terminado el proceso de embalaje, los envases deben ser
identificados claramente (Trazabilidad).
Los envases y materiales a utilizar para embalar el producto deben
mantenerse en áreas cerradas o de acceso restringido.
6. Medidas de Higiene
Todo el personal debe estar debidamente instruido acerca del debido
manejo higiénico de los productos.
Se debe implementar un procedimiento de higiene de acuerdo a los
riesgos identificados previamente. Debe haber un plan de limpieza y
desinfección establecido y registrado para todas las operaciones:
recepción del producto, limpieza, selección, acondicionamiento y
embalaje, almacenamiento en cámaras de frío y prefrío y pasillos como
también en el medio de transporte.
Especial cuidado debe tenerse en el control de plagas y vectores y en las
medidas que protejan la higiene y salud de los trabajadores que
manipulan el producto.
El personal debe disponer de agua potable o potabilizada para beber y
lavarse las manos, a la cual se le han hecho los análisis microbiológicos
respectivos y ha cumplido con la NCh Nº 409/1 Of./84.
El personal debe disponer de lavamanos al entrar al packing que deben
de tener agua potable o potabilizada, jabón líquido antiséptico, escobillas
de uñas, elementos desechables de secado de manos o de aire caliente y
basurero con tapa. Toda persona cada vez que ingrese al packing debe
lavarse las manos.
Debe establecerse la frecuencia de limpieza de los lavamanos y
registrarse en el cuaderno respectivo.
El personal que manipule producto fresco y material de embalaje debe
usar uniforme completo y limpio; mantener sus uñas cortas, no usar aros,
collares y otros accesorios peligrosos.
Debe haber un procedimiento conocido por el personal con instrucciones
para avisar cualquier tipo de enfermedad.
El área de almacenamiento de productos debe ser techado, de piso
lavable y estar libre de pájaros, roedores e insectos.
Evitar el ingreso o tránsito de personas ajenas a la faena a las áreas de
embalaje, palletizado y almacenamiento en frío.
En el packing no se puede comer, fumar, beber ni masticar chicle.
Se prohíbe el ingreso de animales domésticos.
El personal encargado de la higiene debe estar debidamente capacitado
sobre el tema.
Las superficies y los equipos deben estar limpios, así como también las
herramientas de trabajo. Para ello se deben respetar las frecuencias y
procedimientos establecidos en el programa de limpieza e higiene
implementados en cada packing.
Para evitar contaminaciones cruzadas de tipo químico, los detergentes y
productos de limpieza, en general, deben almacenarse separados de los
productos fitosanitarios, en estantes y casilleros de uso exclusivo y
alejados de las áreas de embalaje y de manipulación del producto.
Al interior de las instalaciones deben existir basureros. La cantidad de
éstos depende del tamaño del área, recomendándose poner uno por cada
20 metros, aproximadamente.
Los basureros deben tener tapa, idealmente batiente o accionada por los
pies, de material fácil de lavar, mantenerse limpios y en buen estado, sin
filtraciones ni roturas y deben ser fáciles de acceder, en áreas de
circulación de personal y debidamente señalizados.
Las murallas alrededor de los basureros deben estar limpias.
Debe existir una frecuencia apropiada y sistemática de retiro de la basura
de manera de evitar que los basureros se llenen en exceso y para reducir
moscas y otros vectores.
El área de acopio de basura debe estar identificado como de uso
exclusivo.
7. Transporte de la Producción
Se debe implementar un procedimiento de higiene de acuerdo a los
riesgos identificados previamente.
Los productos ornamentales deben transportarse en forma separada de
otras especies vegetales.
Se debe procurar hacer la carga del producto en el menor tiempo posible
y en un área sombreada para protegerlo de deterioro y posible
contaminación.
El personal que participe en la carga y descarga debe adoptar buenas
prácticas de higiene, limpieza y seguridad; para lo cual debe recibir la
capacitación e implementos necesarios.
Asegurarse que el producto es cargado sobre un camión limpio y con el
sistema de refrigeración trabajando hasta destino. Es muy importante
tener certeza del uso anterior del vehículo cuidando de descartar su uso
previo en el transporte de animales o sus productos, substancias tóxicas o
contaminantes.
El producto debe cargarse con cuidado con sus envases o pallets
acondicionados de forma de minimizar el daño y la contaminación
posibles durante el transporte; procurando, además, que su disposición en
el espacio facilite una buena circulación del aire de refrigeración, cuando
este sea requerido.
Los transportistas deben tener conocimiento claro de las temperaturas
necesarias para preservar las flores en buenas condiciones procurando no
mezclarlos con otros productos vegetales que tengan requerimientos de
temperatura diferentes.
Asegurar que tanto transportistas como distribuidores y minoristas
mantengan la integridad de la identificación y trazabilidad de las flores.
IV. USO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS
La protección de los cultivos contra plagas, enfermedades, malezas y contaminantes es
uno de los aspectos críticos en un esquema de Buenas Prácticas Agrícolas. La regla
general es tender a minimizar las aplicaciones de productos químicos tóxicos para las
personas, la fauna y el medio ambiente mediante un esquema de Manejo Integrado de
Plagas y de Buenas Prácticas de manejo en la manipulación, aplicación,
almacenamiento, eliminación y disposición de las sustancias tóxicas.
Complementariamente, es importante cuidar de aplicar productos registrados en las
dosis correctas guardando el debido período de carencia y reingreso. Si bien las flores,
bulbos y plantas ornamentales no son alimentos, el manejo posterior en las cadenas de
distribución, el comercio minorista se hace conjuntamente con productos vegetales que
sí lo son, por lo que puede producirse contaminación cruzada que afecte la salud de los
consumidores. Por último, otro aspecto crítico es la protección personal y capacitación
de los trabajadores encargados del tema. En este capítulo se considerarán como
“requisitos mínimos” o “línea de base” de cumplimiento de BPA las normativas legales
y reglamentarias vigentes en el país referidas uso de productos fitosanitarios.
1. Justificación de la Aplicación
Todas las aplicaciones de productos fitosanitarios deben responder a un
plan de protección para el cultivo, estar justificadas y documentadas.
La aplicación debe ser recomendada y supervisada por un responsable
con preparación formal o específica comprobable sobre el tema.
El productor debe entregar justificación escrita de la oportunidad de la
aplicación, tomando en cuenta antecedentes como ciclo de vida de la plaga a
controlar, su nivel poblacional crítico, etc. y las condiciones generales de la
aplicación como clima (temperatura, humedad), la prevención de resistencias o
tolerancias al producto por su aplicación repetitiva.
2. Elección del Producto
El o los productos utilizados deben estar registrados específicamente en
el país, para el problema a tratar y en las dosis y modo de aplicación
recomendada en la etiqueta.
Además, para exportarse el o los productos deben estar registrados en los
respectivos países de destino y deberán guardarse los correspondientes
LMR autorizados para lo cual se deberá observar el respectivo período
de carencia.
Se debe tender a practicar un Manejo Integrado de Plagas (MIP) donde
se combinen el control químico, biológico y cultural y donde el control
químico es aplicado sólo cuando no hay posibilidad de otro control
eficiente y económico, utilizando productos selectivos, que no afecten a
los enemigos naturales de la plaga y, en general, al medio ambiente.
En el caso de los herbicidas, su aplicación debe evitar, en lo posible,
acumular residuos en el suelo que afecten la vida de su flora y fauna y
contaminen los cursos de agua.
En todo caso, el programa debe prevenir que el uso reiterado de un
determinado fitosanitario o de algún tipo de éstos, provoque resistencia o
tolerancia de las plagas, enfermedades y malezas que se pretenden
controlar.
El agricultor debe mantener visible una lista de los fitosanitarios
autorizados en el país y los LMR exigidos por los diferentes mercados de
destino.
El agricultor debe mantener las fichas técnicas y hojas de seguridad de
los productos utilizados en el predio.
3. Almacenamiento
El lugar y las condiciones de almacenaje deben cumplir con la
legislación nacional respectiva de acuerdo a las características de cada
sustancia.
Los fitosanitarios se deben almacenar en un lugar de uso exclusivo,
cerrado, seguro (bajo llave), fresco y seco (cubierto de la lluvia y el
rocío), bien ventilado, iluminado, fuera del alcance de personas no
autorizadas, niños y animales.
La bodega debe estar identificada como “lugar de almacenamiento de
productos fitosanitarios, precaución, entrada sólo a personal autorizado”.
Además, debe poseer letreros con las advertencias: “PELIGRO”,
VENENO”, “NO FUMAR”, “NO COMER”, “NO BEBER”.
El local y las condiciones de almacenamiento deben evitar que se
contaminen productos vegetales o cualquiera otro que estén destinados al
consumo del hombre o de animales domésticos.
A la bodega de fitosanitarios solamente puede entrar personal autorizado
lo que debe quedar expuesto claramente en señales gráficas de
advertencia en un lugar visible.
Todos los productos deben estar siempre almacenados en estanterías de
materiales no absorbentes, pallets o tarimas.
Los productos fitosanitarios en forma de polvo o granular deben ser
almacenados en estanterías por encima de los líquidos para evitar la
contaminación del producto en caso de derrames.
Los productos fitosanitarios deben ser mantenidos en sus envases
originales con su etiqueta en buen estado. Sólo se deben utilizar envases
alternativos en caso de destrucción o inutilización de los originales para
lo cual deben almacenarse en envases apropiados a las características del
producto y con sus características señaladas visiblemente (etiqueta o
ficha técnica), incluyendo lote y fecha de vencimiento.
Los productos que se encuentren vencidos, deben ser almacenados de
igual forma, pero, separados del resto, mantenidos bajo llave e
identificados como tales.
La bodega de fitosanitarios y/o el área destinada a preparar mezclas para
su aplicación debe disponer de implementos de medición (jarros
plásticos graduados, romanas, etc.) en buen estado para la correcta
medición de líquidos, polvos y granulados.
La bodega de fitosanitarios y/o el área de mezclas debe contar con ducha
que permitan lavarse rápidamente y aclarar ojos y un equipo completo de
primeros auxilios ubicado en un lugar visible como también una clara
indicación de las instrucciones a seguir en casos de accidentes y un
listado notorio y legible de los teléfonos de emergencia.
La bodega de fitosanitarios y/o el área de mezclas debe disponer de un
contenedor con un fondo de material absorbente, además de equipos para
eliminar los derrames accidentales (escobas, bolsas, palas de aseo, etc.)
en un lugar visible.
El personal debe estar capacitado para enfrentar situaciones de
emergencia y contar con una lista de números telefónicos de contacto
para estos casos (Bomberos, Hospital, Centro de información
toxicológica, jefaturas y encargados).
La bodega de fitosanitarios debe mantener un inventario visible de los
productos fitosanitarios que mantiene; como así también un listado de los
productos aprobados, prohibidos y restringidos por la normativa nacional
vigente.
4. Protección Personal
Todo el personal que manipula y aplica productos fitosanitarios debe usar
todos los elementos de protección en buen estado que se recomienden de
acuerdo a la calificación de peligro que tenga y a las instrucciones de la
etiqueta. En caso de mezclas deben usarse las protecciones indicadas
para el producto de mayor toxicidad.
Los elementos de protección adecuados para cada nivel de riesgo deben
estar expresamente indicados en un lugar visible y su utilización por el
personal involucrado debe ser revisada y aprobada por el responsable de
la labor.
Debe existir una indicación visible en el lugar de colocación de los
elementos de protección de la prohibición de fumar, comer y beber en las
áreas de restricción y mientras dure toda la faena y el personal haya
dejado los elementos de protección en su lugar y se haya cuidadosamente
lavado.
Estos elementos deben estar certificados de acuerdo a lo dispuesto en el
Decreto Supremo N°18 de 1982, del Ministerio de Salud.
5. Capacitación
Todo el personal que prepare, manipule y aplique productos fitosanitarios
debe estar capacitado sobre estas materias y en el uso del equipamiento
de protección personal.
El entrenamiento debe ser entregado por alguna entidad de capacitación
formal acreditada (credencial de aplicador de plaguicidas reconocido,
SAG).
Debe existir un registro de estas capacitaciones.
6. Aplicación de Fitosanitarios
El personal responsable de la aplicación debe tomar debido conocimiento
de que las condiciones climáticas (humedad, temperatura, viento) y del
cultivo son las adecuadas para efectuarlas, como así también de las
instrucciones incluidas en la etiqueta de el o los envases.
La preparación de la aplicación debe hacerse en un lugar adecuado y
restringido, utilizando utensilios especiales para dicho efecto, de acuerdo
a las instrucciones que aparecen en el envase del producto.
Durante la aplicación no debe haber en el sector o invernadero personal
ajeno a la labor misma.
La maquinaria y equipos utilizados deben estar en buen estado de
conservación y debidamente calibrados, por lo que debe llevarse una
planilla de registro de mantenimiento y limpieza del equipo.
Las dosis de aplicación debe ser calculada de manera trazable tomando
en cuenta el plan de control fitosanitario, el cultivo, método de
aplicación, superficie a ser tratada, velocidad de marcha y presión del
equipo.
Una vez terminada la aplicación se debe señalizar en el sector tratado el
tiempo de reingreso, tanto de personas como de animales de trabajo.
Tanto los excedentes de aplicación como el agua del lavado del equipo
deben eliminarse en sitios eriazos, en barbechos o en bordes de caminos
interiores, nunca cerca de viviendas, bodegas, cursos de aguas y
tranques.
El equipo de seguridad debe ser lavado en el predio después de cada
aplicación.
Los elementos de protección deben guardarse en forma correcta, limpios
y en casilleros ventilados.
Todo el personal que trabaja en la dosificación y aplicación de productos
fitosanitarios debe ducharse una vez terminadas las faenas de
dosificación o aplicación.
La maquinaria debe lavarse utilizando suficiente agua para diluir al
máximo la concentración de los residuos. El agua de lavado del equipo
aplicador debe eliminarse en sitios eriazos, en bordes de caminos
interiores y nunca cerca de habitaciones, bodega, galpones, parking,
tranques, canales y acequias.
Se recomienda llevar una bitácora de los aplicadores y realizar controles
médicos periódicos.
El registro de la aplicación debe entregar los plazos de seguridad para
reingresar al cultivo y de carencia antes de cosecha. Estos plazos deben
ser debidamente respetados. En caso de aplicarse mezclas de productos
debe tomarse en cuenta el de mayor plazo.
7. Eliminación de Envases
Los envases vacíos deben someterse a la técnica de triple lavado y
eliminarse (no reutilizarse).
Los envases inutilizados deben almacenarse en un sitio cerrado, seguro y
exclusivo, señalizado claramente y su acceso restringido a personas y
animales.
En ningún caso los envases eliminados y destruidos deben quemarse o
enterrarse en el predio. De existir la alternativa, deben enviarse a los
centros de acopio autorizados y guardar las guías de recepción que les
entreguen en dichos centros.
Los productos caducados y vencidos deben manejarse, almacenarse y
eliminarse de acuerdo a la normativa nacional vigente. Debe existir un
registro documentado de aquellos fitosanitarios caducados su ubicación o
sí han sido devueltos al proveedor o eliminados por un gestor autorizado
oficialmente.
8. Registro
Toda aplicación de producto fitosanitario debe quedar debidamente
registrada.
Los registros de dichas aplicaciones deben mantener los siguientes datos:
Nombre del cultivo (especie y variedad).
Nombre o número de lugar de aplicación (potrero, corte, cuartel,
invernadero, etc.).
Fecha y hora de la aplicación.
Condiciones climáticas.
Justificación de la aplicación (agente a controlar).
Aprobación técnica por escrito del profesional calificado.
El o los productos utilizados señalados de acuerdo a la etiqueta
por nombre comercial, porcentaje de ingrediente activo y
formulación.
Cantidades aplicadas (volumen de agua y dosis de el o los
productos).
Nombre de los aplicadores.
Individualización del equipo de aplicación.
Se debe registrar, además, las calibraciones, reparaciones y mantenciones
de los equipos de aplicación.
V. USO DE FERTILIZANTES
La aplicación de fertilizantes minerales debe efectuarse basada en un programa que
contemple los requerimientos nutricionales del cultivo donde se consideren los
resultados de análisis foliares y del suelo. El primer concepto a cuidar tiene que ver con
el ajuste de las dosis a las necesidades reales de los cultivos evitando los excesos,
especialmente en la fertilización nitrogenada de manera de evitar las pérdidas por
volatilización, factor aparentemente importante en la concentración de Gases de Efecto
Invernadero (GEI), como las pérdidas por lixiviación que afectan los cursos de aguas
subterráneas y acuíferos en general. Un segundo factor tiene que ver con la forma de
aplicación y su eficiencia en la medida de no acentuar los problemas de volatilización,
arrastre por las aguas de riego y fitotoxicidad.
1. Aplicación
Las cantidades de fertilizantes a aplicar son un punto crítico, por esto la
dosificación, pesaje de los productos y preparación de las mezclas deben
ser efectuadas por un personal capacitado para ello.
Se deben considerar las condiciones climáticas a la aplicación del
fertilizante y posterior a ella, de manera de evitar las pérdidas por
escorrentía, y por lo tanto la posible contaminación de aguas y suelo.
En el caso de productores que cuenten con sistemas de riego tecnificado,
se podrán hacer las aplicaciones a través del riego, teniendo especial
cuidado en las características de solubilidad del producto, la dosificación
de éste y las necesidades del cultivo.
Los equipos utilizados para la aplicación de fertilizantes se deben
mantener limpios y en buen estado. Se debe chequear su correcto
funcionamiento y hacerle una mantención a lo menos una vez al año.
Los manipuladores y aplicadores de fertilizantes deben utilizar elementos
de protección adecuados, como mascarilla, guantes y ropa que impida el
contacto del producto con el cuerpo.
2. Almacenamiento
Los fertilizantes deben almacenarse en un lugar exclusivo. Se
recomienda que sea sobre pallets o tarimas.
La zona de almacenamiento de fertilizantes debe estar debidamente
señalizada.
Los fertilizantes se deben almacenar en sus envases originales y en un
lugar debidamente identificado si se encuentran a granel.
El área de almacenamiento de fertilizantes debe incluirse en el programa
de control de roedores del predio.
Se debe mantener, en el área de almacenamiento, un registro preciso y
actualizado de los flujos de salida y entrada y del inventario.
3. Registros
Todas las fertilizaciones deben ser registradas con el nombre comercial
del producto empleado, el tipo de fertilizante (N,P,K), la concentración,
la dosis, la fecha y la forma de aplicación. Es importante registrar los
nombres del responsable técnico y del operario encargado de la
aplicación.
En el caso de fertirrigación deben registrarse además las preparaciones
efectuadas para cada dosificación, del mismo modo como se deben llevar
los registros de aplicaciones de fertilizantes.
Se deben registrar la mantención anual de estos equipos.
VI. USO DE ABONOS ORGÁNICOS
La materia orgánica de los suelos juega un papel trascendente en la mantención de la
fertilidad integral y características fisicoquímicas y biológicas del suelo, lo que se
traduce en un mejor crecimiento de las plantas. Existen diversas fuentes de materia
orgánica, las que se pueden clasificar como de origen vegetal y animal.
Sin embargo, se debe considerar que potencialmente son también fuentes de
contaminación microbiológica, por lo cual es necesario tomar todas las medidas
posibles para controlar su uso y eliminar o reducir los riesgos de contaminación.
1. Aplicación de Abonos Orgánicos
Se debe preferir los recursos prediales como cubiertas vegetales, abonos
verdes, deshechos de cosecha y otros vegetales y el uso del compostaje
del estiércol y de restos vegetales.
El estiércol y los desechos vegetales del cultivo deben estar totalmente
estabilizados antes de su aplicación.
El abono orgánico debe ser incorporado inmediatamente después de su
aplicación.
2. Almacenamiento
Los lugares de almacenamiento de abonos orgánicos deben estar situados
lo más distante posible de cultivo, del almacenamiento del producto
cosechado y de los materiales de cosecha y embalaje.
El lugar de almacenamiento de materia orgánica debe ubicarse distante
de fuentes de agua y nunca en terrenos de inundación frecuente.
Se deben utilizar elementos de protección para que el abono no escurra ni
se disemine a los alrededores.
Se debe evitar el tránsito de maquinarias y personas por sobre los lugares
de almacenamiento de abono orgánico.
Se debe establecer un programa de control de vectores y plagas.
VII. USO Y MANEJO DE AGUAS
El agua se debe manejar como un recurso escaso y de gran valor, por lo que todos los
manejos prediales deben apuntar a su conservación, no contaminación y buen uso.
Además, se debe considerar, que el agua es una de las potenciales fuentes de
contaminación de los productos y las personas.
VIII. CONTROL DE VECTORES Y PLAGAS
1. Control de Vectores y Plagas
El programa de control de vectores y plagas debe incluir un plano de
ubicación de todas las trampas instaladas, un registro de inspecciones a
trampas y cebos, un listado de los productos y dosis utilizadas, la
frecuencia de las aplicaciones y la utilización de trampas para animales
vivos en las áreas para almacenar el producto.
En el programa de control de vectores y plagas deben estar incluidos
todas las áreas del recinto, incluyendo bodegas y perímetro exterior.
Debe existir un responsable del programa de control de vectores y plagas
quien deberá supervisar el cumplimiento de los puntos establecidos en el
programa.
Si se contratase un servicio externo, la empresa que lo suministre debe
contar con la autorización vigente y su trabajo debe ser supervisado por
el responsable del programa.
Los productos utilizados deben almacenarse separados en estante
especialmente habilitados y con llave.
Para facilitar el control de vectores y plagas los alrededores de las
instalaciones deben mantenerse limpios y ordenados, no acumular
equipos, maquinarias, materiales y desechos, eliminarse las malezas, no
existir instalaciones de agua defectuosas y retirarse la basura.
IX. MANEJO DE RESIDUOS, BASURAS Y DESECHOS
La disposición final de los desechos generados en la floricultura deberá estar dirigida a
reducir los riesgos de contaminación al medio ambiente y daños a la salud humana.
1. Generalidades
Las unidades productivas deben desarrollar un programa tendiente a la
reducción de residuos, o sustitución de procesos de producción que
generen desechos contaminantes al ambiente o nocivos para la salud de
los trabajadores o de las comunidades vecinas. Este programa de manejo
de desechos debe fundamentarse en los conceptos de reducir, reutilizar y
reciclar.
La empresa o productor debe implementar estrategias para la
reutilización de aquellos desechos con el fin de reducir la contaminación.
Las basuras y deshechos deben separarse según su disposición final.
La unidad de producción debe realizar tratamientos a sus desechos
orgánicos con la finalidad de reducir las basuras generadas.
La zona de cultivo debe mantenerse libre de basuras, tanto en sectores,
canales y acequias de riego como en los caminos interiores, cabeceras y
alrededores de las construcciones. No debe haber materiales tales como:
papeles, plásticos, envases vacíos, resto de cajas o bins, restos vegetales
entre otros.
Se deben instalar basureros, diferenciándolos entre orgánicos e
inorgánicos, en puntos estratégicos del potrero, sector o invernadero y
establecer una frecuencia de recolección de basura y limpieza general.
Se deben tomar medidas para evitar el levantamiento de polvo, tales
como regar el área de tránsito y utilizar cubierta vegetal.
2. Manejo de Residuos Plásticos Agrícolas
Al adquirir insumos plásticos, además de considerar los aspectos técnicos
y costo del producto, se debe considerar su composición, velocidad de
degradación y alternativas para su disposición final. Se deben preferir
aquellos que generen el mínimo impacto en el medio ambiente.
Es importante conocer el volumen de plásticos generados por la
explotación agrícola, a fin de planificar el mejor método para su
disposición final, de acuerdo a la composición y durabilidad del
producto.
Se debe definir un lugar para recolectar y/o almacenar los residuos
plásticos en el predio, mientras se acopian para su disposición definitiva.
Este lugar debe quedar aislado y distante de residencias de personas,
evitando riesgos de contaminación en la población.
Se debe conocer la procedencia de los residuos plásticos, y las
actividades a las cuales fueron sometidos, junto con los productos
químicos a los que estuvieron expuestos, con el fin de conocer su riego
potencial para las personas que lo manipulan.
Se debe favorecer el reciclaje de los distintos plásticos utilizados en la
actividad agrícola. Éstos pueden ser empleados en la confección de
postes, vallas, tuberías, maceteros, aislantes de canales de riego, etc. (No
se debe reciclar los envases de productos fitosanitarios).
Los plásticos, excluidos los envases de fitosanitarios, que no puedan ser
reutilizados ni reciclados deben disponerse en el vertedero municipal
autorizado más cercano.
Se debe evitar la quema de residuos plásticos y de todos aquellos que,
por su composición contaminen el medio ambiente.
CONTROL LEGAL
El control legal consiste en las disposiciones obligatorias que da el gobierno con el objeto de impedir el ingreso al país de plagas o enfermedades, impedir o retardar su propagación o dispersión dentro del país, dificultar su proliferación, determinar su erradicación y limitar su desarrollo mediante la reglamentación de cultivos. También se incluyen aquellas disposiciones que regulan la comercialización y el uso de los pesticidas. En general son medidas que deben ser observadas por todas las personas de un país, región o valle.El control legal incluye las medidas de cuarentena, inspección, erradicación, reglamentación de cultivos y reglamentación del uso y comercio de los pesticidas.
CUARENTENA
La cuarentena tiene por objeto evitar la introducción de plagas y enfermedades peligrosas que no existen en el país o están muy poco difundidas; o evitar la propagación o dispersión dentro del país de aquéllas que ya han sido introducidas pero que tienen una distribución restringida. Para tal fin las disposiciones cuarentenarias condicionan, regulan, restringen o prohíben la introducción, transporte o existencia de plantas o productos vegetales. La cuarentena puede ser externa o interna según que el área de protección sea todo el país o una región dentro del país.El establecimiento de medidas cuarentenarias debe hacerse a base de consideraciones biológicas, geográficas, climáticas y económicas.
Consideraciones biológicas:Debe conocerse el ciclo de vida de la plaga o del patógeno, su forma y capacidad de supervivencia bajo la condiciones de transporte, su rango de hospederos y medios de
propagación, así como los tratamientos (generalmente fumigaciones) necesarios para destruir las plagas en los productos importados.
Consideraciones geográficas:Para que la cuarentena sea factible, deben existir barreras naturales como desiertos, cordilleras, ríos, lagos, o mares, que imposibiliten el ingreso natural de la plaga. Las barreras naturales pueden ampliarse con la eliminación de las plantas hospederas en las áreas limítrofes.
Consideraciones climáticas:Hay que considerar las posibilidades que tiene la plaga para establecerse en el nuevo territorio. No tendría sentido una cuarentena contra una plaga que no tiene posibilidades de establecerse en la nueva zona por razones climáticas o de otra índole. En general parece que la aclimatación de las formas subtropicales y tropicales a las zonas templadas es más difícil que la de las plagas de zonas templadas a las regiones subtropicales.
Consideraciones económicas:Debe estimarse el daño que podría ocasionarse en el país. La importancia económica que tenga la plaga en su lugar de origen, no siempre es una buena referencia de la potencialidad del daño, pues la plaga puede encontrarse sometida a una serie de factores de represión, sobre todo por la normal presencia de enemigos naturales que no se encuentran en el nuevo país. El nematodo del quiste de la papa, por ejemplo, parece ser mucho más dañino en los Estados Unidos y Europa que en la región andina, su centro de origen. En general los beneficios económicos estimados deben superar el costo que demanda el establecimiento de la cuarentena.
CUARENTENA EXTERNA
La Cuarentena Externa trata de evitar el ingreso al país de las plagas y enfermedades peligrosas que no existen o están muy poco difundidas. La Cuarentena Externa puede ser absoluta o parcial según que se prohíba terminantemente la importancia de ciertas semillas, plantas o productos, o que se permita su ingreso si se cumplen ciertos requisitos. En el Perú se tiene prohibida la importación de semilla o plantas de algodón, estacas de caña de azúcar, plantas o yemas de cítricos, semilla o plantas de café, plantas o rizomas de plátanos, tubérculos de papa, semillas y torta de higuerilla, semilla de arroz y raíces de camote. Se permite solo importación restringida devid y olivo previo cumplimiento de requisitos y condiciones especiales.La cuarentena externa se establece restringiendo las aduanas por donde se pueden introducir las plantas al país. En el Perú la cuarentena se establece a través del Terminal Marítimo del Callao, El aeropuerto Internacional de Lima-Callao, la Oficina del Correo Central de Lima, el Puerto de Matarani, el Puerto de Iquitos y los puestos fronterizos de Tumbes, Tacna y Puno. El material llegado a un puerto es inspeccionado por el Inspector de la Oficina de la EstaciónPortuaria de Cuarentena Vegetal que da la licencia de internación, previo tratamiento de fumigación si fuera necesario. La inspección resulta más eficiente cuando se realiza antes del desembarco.Debido a la facilidad con que los insectos pueden ser transportados en los aviones de viajes internacionales, se procede a la aplicación de aerosoles en los compartimientos de pasajeros e equipaje tan pronto el avión arriba.
Una amenaza permanente contra la eficiencia de la cuarentena son los pasajeros que por irresponsabilidad o ignorancia introducen furtivamente materiales vegetales al país.
Mecanismo de internación de semillas y plantas
Para realizar la internación de semillas, plantas y otros productos vegetales al país se debe gestionar con anticipación un "Permiso deImportación" expedido por la Dirección de Inspección y Defensa Agraria. El material debe venir acompañado de un "Certificado de Sanidad" oficial otorgado por la autoridad competente del país exportador, que señale que el material se encuentra libre de plagas y enfermedades peligrosas; y si se considera necesario debe disponerse también de un "Certificado de Origen" que acredite que el material procede de una zona o región libre de la presencia de determinada plaga o enfermedad. Ambos certificados tienen un valor relativo pues, aunque aseguran la buena sanidad del embarque, queda la posibilidad de infestaciones durante el transporte. Finalmente la División de Inspección y Cuarentena Vegetal, previa inspección sanitaria del producto, otorga la "Licencia de internación" que autoriza el ingreso del producto.La Inspección Sanitaria puede determinar la licencia libre de internamiento, la cuarentena, la fumigación, la desinfección, la destrucción, o la devolución del producto al lugar de procedencia.
Principales especies bajo cuarentena:En el Perú se ha establecido cuarentena contra plagas muy devastadoras que existen en otros países. Entre estas especies están las siguientes:
El gusano rosado del algodonero Pectinophora gossypiella, presente en la mayoría de las zonas algodoneras del mundo incluyendo los paíces vecinos de Colombia, Ecuador, Bolivia y Brasil. Desafortunadamente esta plaga ingresó al país a comienzos de la década de 1980 por la Costa Norte y llega a la Costa Central a mediados de la década.
El gusano rosado colombiano Sacadodes pyralis; El gusano rosado ecuatoriano Catarata lepisma
El escarabajo de Colorado de la papa, Leptinotarsa decemlineata Say presente en Norteamérica.
La mosca oriental de la fruta Dacus dorsalis presente en el Sud-este de Asia, Australia y las Islas del Pacífico.
La mosca del olivo Dacus oleae de los países del Mediterráneo.
El escarabajo japonés Popilia japónica presente en el Japón y Norteamérica.
La polilla oriental de la fruta o polilla negra del durazno Grapholitha molesta (Busck) presente en los Estados Unidos, Uruguay, Brasil,Argentina.
La polilla del ajo Dyspesca ulula en el Sur del Asia, España, Italia y Francia.
La arañita del duraznero Vasates cornutus presente en Chile. A p e s a r d e l a s m e d i d a s cuarentenarias, algunas plagas importantes han hecho su ingreso al país en las últimas décadas. En 1955 se detectó por primera vez la presencia de la mosca mediterránea de la fruta, Ceratitis capitata en el Departamento de Huánuco, desde donde se ha extendido al resto del país; en 1962 se estableció la presencia de la broca del café, Hypothenemus hampei en Satipo, posiblemente por la introducción furtiva de granos de café desde el Brasil. En Tacna se ha detectado la presencia del barrenillo del olivo Hylesinus oleiperda, procedente de Chile.
CUARENTENA INTERNA
La Cuarentena Interna trata de evitar la difusión, propagación e incremento de las plagas existentes en el país o introducidas que ocupan una limitada área territorial.En la cuarentena interna las principales medidas legales consisten en prohibir la movilización de las plantas o de sus partes, de las zonas infestadas hacia las zonas libres, estableciéndose estratégicas garitas de control en las vías de transporte.En el Perú se ha establecido cuarentena interna contra el gorgojo de la chupadera del algodonero Eutinobothrus gossypii Pierce, entre los valles de Pativilca y Chillón; contra la broca del café Hypothenemus hampei Ferr. en los valles de Satipo, Chanchamayo, Huánuco y Ayacucho; contra el barreno del olivo, Hylesinus oleiperda, en el Departamento de Tacna; contra el "brazo negro" del algodonero (bacteriosis) en los departamentos de Lambayaque, Piura y Amazonas.Las medidas de cuarentena externa e interna que fueron muy estrictas en nuestro país hasta fines de la década de 1960 se relajaron conjuntamente con el establecimiento de la Reforma Agraria en la década de 1970. Desde entonces ha habido un notable deterioro en estas medidas.
REGLAMENTACIÓN DE CULTIVOS
La Reglamentación o Regulación de Cultivos tiene por finalidad establecerlas condiciones menos propicias para la supervivencia y proliferación de las plagas. La reglamentación es el dispositivo legal que considera una serie de medidas culturales y de control que deben cumplirse obligatoriamente en todo un valle o región a fin de obtener el máximo beneficio.El primer proyecto de reglamentación de un cultivo en el Perú se dio en el año1934 para el algodonero en el valle del Santa (Paez y Lamas 1934); pero la primera reglamentación que entró en vigencia fue, para el mismo cultivo, en el valle de Piura el año 1935. Desde entonces se han puesto en práctica reglamentaciones para el cultivo del algodonero en la mayoría de los valles de la costa del país con gran éxito. La eficiencia de tales medidas queda demostrada por el hecho que su trasgresión normalmente conduce al recrudecimiento de los problemas fitosanitarios. Otras reglamentaciones de cultivo que se han dado en el país incluyen a los cultivos de papa en Cañete; arroz en los valles de Tumbes, Piura y Lambayeque; y de tabaco en los Departamentos de Tumbes y San Martín. Desafortunadamente estas medidas legales también se han relajado conjuntamente con el sistema cuarentenario.Los principales aspectos considerados en las reglamentaciones de los cultivos son: zonificación del cultivo, período de campo limpio; fechas límites de siembra y variedades; medidas de control fitosanitario y destrucción de residuos. Independientemente de la reglamentación de cultivos existen disposiciones legales que establecen el control obligatorio de determinadas plagas o enfermedades en ciertas áreas.
Período de campo limpioConsiste en establecer entre dos campañas sucesivas de un cultivo un período en el cual se eliminan por completo los restos de las cosechas y las plantas aisladas. Esta medida tiene por objeto destruir la población remanente del cultivo anterior, privándola de alimento y protección por un período relativamente prolongado..Fechas límites de siembra, resiembra y transplanteLimitar las fechas de siembra dentro de un período determinado contribuye a lograr plantaciones más uniforme y restringe el período total con plantas en el campo. Un período amplio de siembra favorece la proliferación de las plagas que se inician con los cultivos más tempranos y se acentúan en los cultivos más tardíos. En ciertos casos la restricción de la fecha de siembra está orientada a evitar que hayan en el campo plantas al tiempo de la emergencia de los insectos invernantes. En tal caso se retrasa la fecha de siembra. La limitación de las fechas de siembra puede hacerse en un período fijo del calendario o puede determinarse en forma flexible, en función de otros factores como la disponibilidad de agua de regadío dependiente de la avenida de los ríos de la costa. En cultivos industriales como el algodonero que tiene canales de comercialización relativamente estables, los beneficios entomológicos de la fecha de siembra uniforme van acompañados de beneficios económicos para los agricultores, con menores gastos de protección y mejores rendimientos. Pero en cultivos como la papa la historia puede ser diferente. Siembras simultáneas conducen a cosechas concentradas en un corto período que por lo general abarrota al mercado y bajan los precios de venta con el consecuente perjuicio económico para los agricultores.
Fechas límites para la destrucción de los residuos del cultivoEl establecimiento de fechas límites para destruir los residuos de cosecha tiene por fin destruir las poblaciones remanentes de las plagas. A esta medida, junto con la limitación de las fechas de siembra permiten el establecimiento de los períodos de campo limpio antes mencionados.
Destrucción de malezas y plantas hospederasEsta medida tiene por finalidad destruir las fuentes de aumento y protección de las plagas, intervalo entre dos campañas de cultivo o en el intervalo entre dos campañas. En este último caso se evita la continuidad de los ciclos biológicos y se reduce así la población inicial de infestación. Relacionada en cierta forma con esta medida está la prohibición de las "socas" y "resocas" del algodonero en ciertas zonas del Perú. Igualmente se incluye la prohibición de cultivos intermedios, en tiempo o espacio, de plantas susceptibles a las plagas de los cultivos principales.
Reglamentación en el uso de los insecticidasLa reglamentación en el uso de los insecticidas, particularmente de insecticidas orgánicos sintéticos reviste gran importancia. Es bien conocido que el uso indiscriminado de insecticidas puede conducir a catástrofes agrícolas como las experimentadas en los valles de Cañete, Chincha y Pisco en las campañas algodoneras de 1955-1956. La destrucción de la fauna benéfica es una de las razones principales para estás catástrofes, pero además se incrementan los accidentes por la manipulación y contaminación de plantas y del ambiente. En la reglamentación del uso de insecticidas se restringe o prohibe el libre uso de los insecticidas, por iniciativa del agricultor o por recomendaciones de los vendedores de insecticidas, y se establecen un procedimiento por el cual sólo un personal especializado
puede autorizar las aplicaciones, generalmente los Inspectores de Sanidad Vegetal autorizados por las respectivas Zonas Agrarias.
Selección de semillas y variedadesSe prohíbe el cultivo de variedades particularmente susceptibles a las plagas y enfermedades endémicas, o de pobre adaptación a las condiciones ecológicas predominantes. Se señalan las normas de calidad de semilla que se autoriza para cada valle por las dependencias locales competentes.
Control fitosanitario obligatorioEn ausencia de una Reglamentación de Cultivos pueden dictarse disposiciones legales que obliguen a los agricultores a adoptar medidas de control contra determinadas plagas en defensa de la comunidad agrícola. En el país se han dado disposiciones que hacen obligatorio el control de la queresa móvil del arroz en el valle Jequetepeque (1958), de la cigarrita Sogata orízicola, vector de la hoja blanca del arroz en el valle de Piura (1969), de la broca del café en todo el país (1971), de la mosca de la fruta en los departamentos de Piura (1969, 1970) y Arequipa (1963, 1968), de la mosca blanca de los cítricos en el valle de Palpa (1957).
ERRADICACIÓN DE PLAGAS
La erradicación de una plaga consiste en la destrucción absoluta de la población infestante. Para lograr tal objeto se requiere la adopción de medidas drásticas, generalmente muy costosas, que sólo pueden ser posibles mediante dispositivos legales obligatorios. Estas medidas pueden incluir aplicaciones masivas de insecticidas o la destrucción de un cultivo, incluyendo su prohibición por un tiempo suficientemente largo que elimine toda posibilidad de supervivencia de la plaga. Un programa de erradicación sólo es factible cuando se trata de una nueva plaga cuya infestación es incipiente o restringida y su aplicación se justifica económicamente en razón del área del cultivo que se encuentra amenazada por la plaga. En los Estados Unidos, por ejemplo, hasta 1970 se logró erradicar en 6 oportunidades la mosca mediterránea de la fruta que había invadido ese país en zonas citrícolas muy importantes, como Florida y California. Una infestación incipiente de esta misma plaga fue erradicada del área de Santiago de Chile en 1966.En el Perú, el Ministerio de Agricultura está autorizado desde 1949 por Decreto Supremo N°0017 a emprender campañas de erradicación de "focos de enfermedades de plantas y de pestes de insectos o de otros animales peligrosos para cultivos que aparezcan en un determinado punto del territorio nacional, cuando constituyen una amenaza económica en potencia". Medidas de erradicación contra el gorgojo de la chupadera del algodonero fueron aplicadas en varias ocasiones cuando fue detectado en los valles al Sur de Huaura. Desafortunadamente este insecto llegó a establecerse en estos valles en la década de 1970. En 1970 se dispuso la Nerradicación del "barrenillo del olivo" del valle de Tacna.
REGLAMENTACIÓN DE PESTICIDAS
Los pesticidas o plaguicidas se encuentran reglamentados en lo que respecta a su comercialización y utilización. Recientemente el Perú incorporó a sus normas el Código Internacional de Conducta para la Distribución y Utilización de Plaguicidas, elaborado por la FAO en 1986.
Comercialización La importación, exportación, venta y distribución de los pesticidas se encuentran bajo una reglamentación especial (RS. 187-72-AG). Cada producto pesticida debe ser aprobado y registrado en el Ministerio de Agricultura siguiendo un procedimiento establecido. La autorización es válida por dos años al término de los cuales debe renovarse. Si se trata de productos experimentales se requiere de un permiso provisional mientras se realizan los ensayos sobre sus posibles usos.La venta debe hacerse en envases aprobados oficialmente; en ningún caso se permite envases de vidrio para productos tóxicos. Las etiquetas también son aprobadas oficialmente, debiendo estar en castellano e indicar el nombre comercial del producto, el tipo de formulación, composición química, la riqueza en ingrediente activo, contenido neto en volumen o peso; instrucciones para su empleo incluyendo dosis de aplicación, tiempo mínimo entre la última aplicación y la cosecha, precauciones para evitar accidentes, antídotos y medidas en caso de intoxicaciones; si el producto es explosivo o inflamable, número de lote y fecha de expiración de la acción insecticida si tal ocurriera, y el número de registro expedido por el Ministerio de Agricultura. Está prohibida la venta de pesticidas de "composición secreta". Los productos con ingredientes activos que poseen la dosis letal media (DL50) oral para ratas menos de 500 mg/kg llevan el símbolo convencional de la muerte (una calavera con dos tibias cruzadas) y las palabras "PELIGROSOVENENO". Si la dosis letal media es mayor de 500 mg/kg se colocará las palabras CUIDADO-PELIGRO. En otros países se hacen mayores distinciones en los niveles de toxicidad; por ejemplo: "Extremadamente tóxicos" cuando la DL50 es menor de 100 mg/kg;M "Altamente Tóxicos" para LD50 de 101 a 250; "Moderadamente Tóxicos" para DL50 de 251 a 1,400; y "Ligeramente Tóxicos", cuando la DL50 es mayor de 1,400 mg/kg. Está prohibida la fabricación, almacenamiento y venta de pesticidas agrícolas en los mismos ambientes en que se fabrican, almacenan o venden alimentos, bebidas o medicinas. Iguales restricciones existen para su transporte.
Utilización de pesticidasExisten disposiciones que incluyen la reglamentación del uso de los pesticidas (R.S. 427-MA-50 y RM 787-MA-53). Cuando se trata de aplicaciones aéreas las especificaciones son más estrictas, sobre todo en el caso de los herbicidas. Las restricciones en el uso de los insecticidas orgánicos se dan en las reglamentaciones de los cultivos específicos que se han mencionado anteriormente. En otros países hay una tendencia a considerar disposiciones generales más estrictas que las que existen en nuestro país; así, por ejemplo, al adquisición de pesticidas extremadamente tóxicos solo pueden realizarse con la autorización escrita de un Ingeniero Agrónomo o un técnico autorizado por el Ministerio de Agricultura; y su aplicación sólo puede hacerse bajo su dirección o con sus indicaciones por escrito. En todo caso los usuarios son responsables de los daños causados por el uso indebido o la mala aplicación de los productos pesticidas.