BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL N°2915 Corrientes, 06 de ...BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL N°2915 Corrientes,...
Transcript of BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL N°2915 Corrientes, 06 de ...BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL N°2915 Corrientes,...
BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL N°2915
Corrientes, 06 de Diciembre de 2017
RESOLUCION H.C.D
N° 112: OTORGAR Acuerdo a la designación de la Sra. CARBONE LICIA DANIELA GUADALUPE
DNI Nº 29.395.722 como Jueza Municipal de Defensa del Consumidor y Protección al Usuario – Juzgado
Nº 6, Establecida por Resolución Nº 2033 de fecha 24 de Octubre de 2017. N° 113: ACEPTAR la renuncia al cargo de Concejal presentada por el Dr. LANARI ZUBIAUR,
EMILIO.DNI: Nº 13.249.815 a partir del 10 de Diciembre del 2017.
RESOLUCIONES:
N°2491: Aprobar el Acta de Recepción Provisoria de la Obra: “REFUNCIONALIZACION DEL SISTEMA
DE ILUMINACION CIUDAD DE CORRIENTES- ZONAS: 1, 2, 3, 4, 5 y 6”.
N°2492: Adjudicar las dieciocho (18) viviendas construidas por este municipio en el Barrio Independencia
(Asentamiento La Chola) de esta Ciudad. Anexo I.
N°2495: Dejar sin efecto lo dispuesto por la Resolución N°337.
N°2515: Autorizar el pago a favor de la firma GALENO ARGENTINA A.R.T. S.A.
N°2516: Autorizar el pago a favor de la firma GALENO ARGENTINA A.R.T. S.A. N°2518: Autorizar el incremento de partidas solicitando conforme con las disposiciones: de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control Nº5571.
N°2519: Ampliar los términos del Anexo de la Resolución Nº2192 con los ítems e importes consignados por
la Caja Municipal de Prestamos.
N°2520: APROBAR como Reglamentación de la Ordenanza N°6574, lo establecido en la presente
Resolución. Anexo I.
N°2527: Autorizar la adjudicación de los terrenos de las Mensuras Nº4239 “U” y Nº13.442 “U”, a los
siguientes beneficiarios.
DISPOSICIÓN DE ACOR N° 0960.
RESOLUCIONES ABREVIADAS
N°2493: Trasladar al agente VALDEZ JOSE HORACIO.
N°2494: Incluir en el Anexo I de la Resolución N°2405, al agente Helman Aturo Cesar.
N°2496: RECTIFICAR en el Anexo de la Resolución N°2360/17, la dependencia de la agente GATTO,
María Florencia.
N°2497: Dejar sin efecto La contratación de la agente CARDOZO Evangelina.
N°2499: Aceptar la Renuncia al cargo de la agente Carballo, Graciela Liliana.
N°2500: Aceptar la Renuncia al cargo del agente Mendoza Bruno.
N°2501: Autorizar la Adscripción al Honorable Concejo Deliberante al agente Gustavo Adolfo Espindola.
N°2502: Autorizar la Adscripción de la agente Gómez Alejandra Griselda.
N°2503: Trasladar al agente Catalano Patricia del Valle.
N°2504: Trasladar al agente Blanco, Jonathan Ulises.
N°2505: Otorgar la Reducción Horaria, a la agente Caballero, Tajan Gabriela Andrea.
N°2506: Designar al agente Escobar María Esther, INSPECTOR de la Dirección de Fiscalización.
N°2507: Asignar la Bonificación por Tareas Insalubres y/o Peligrosas a la agente Cabrera María Silvia.
N°2508: Asignar la Bonificación por Tareas Insalubres y/o Peligrosas a la agente Fernández, Marcos
Fabián.
N° 2509: Asignar la Bonificación por Tareas Insalubres y/o Peligrosas y el Adicional Condiciones Especiales
de Servicio al agente Gómez Guillermo Gerardo.
N°2510: Asignar la Bonificación por Tareas Insalubres y/o Peligrosas y el Adicional Condiciones Especiales
de Servicio al agente Rolon Marcelino Roberto.
N°2511: Reencasillar a la agente Ortiz, Itati María.
N°2512: Reconocer el gasto realizado por la Dirección de Secretaria Privada. A favor de la firma: RAY BUS de RAFFO JOSE MIGUEL.
N°2513: Reconocer el gasto realizado por la Dirección de Secretaria Privada, a favor de la Firma RAY-BUS
de RAFFO JOSE MIGUEL.
N°2514: Reconocer el gasto realizado por la Dirección de Secretaria Privada. A favor de la firma: RAY BUS
de RAFFO JOSE MIGUEL.
N°2517: Aprobar la Rendición Final del Fondo Permanente de la Agencia Correntina de Recaudación del
ejercicio 2017.
N°2521: EXCLUIR al agente Gomes Ancarani Enzo Federico, del Anexo de la Resolución N°2473.
N°2523: Aprobar el trámite de emisión d orden de servicio de Publicidad Institucional a favor de la firma
Fernández, Cano Ernesto Eduardo.
N°2524: Aprobar el trámite de emisión d orden de servicio de Publicidad Institucional a favor de la firma Pedro Alberto Silva.
N°2525: Aprobar el trámite de emisión d orden de servicio de Publicidad Institucional a favor de la firma
Félix Ricardo Elías.
N°2526: Aprobar el trámite de emisión d orden de servicio de Publicidad Institucional a favor de la firma
Aponte Araceli Chelina.
N°2528: Eximir del pago del impuesto automotor, al rodado Dominio MHN-373, propiedad del Señor
Edgardo José Goretta.
N°2529: Aprobar la Rendición Final del Fondo Permanente de la secretaria de Economía y Finanzas, del
ejercicio 2017.
DISPOSICIONES ABREVIADAS
Vice Intendencia
N°187 BIS: Trasladar al agente DIAGO AMANDA MARGARITA.
N°188: Trasladar al agente DIARTE JULIO CESAR.
Secretaria de Recursos Humanos y Relaciones Laborales.
N°224: CONCEDER a perpetuidad a la Sra. Karina Alejandra Aguirre el nicho lugar de sepultura
individualizado.
N°225: CONCEDER a perpetuidad a la Sra. Nélida Teresa Gauna el nicho lugar de sepultura
individualizado.
N°227: CONCEDER a perpetuidad a la Sra. Aidé Mercedes Gómez el nicho lugar de sepultura
individualizado.
Secretaria de Desarrollo productivo y Economía Social
N°0226: SUSPENDER por razones de servicios, el uso de la Licencia Anual Ordinaria del año 2016, a la
agente PAULA LUCIA DOMINGUEZ.
N°0227: SUSPENDER por razones de servicios, el uso de la Licencia Anual Ordinaria del año 2016, a la
agente LARA DANIELA GOMEZ.
Secretaria de Infraestructuras
N°0578: Trasladar al agente cuyos datos se consigan a continuación.
Secretaria de Ambiente
N°392: Rectificar el artículo 2° de la Disposición N°381. N°393: Asignar al agente Machado Juan Ramón, a cumplir funciones de Inspección en la Dirección General
de Control e Inspección.
N°394: ASIGNAR, a la agente González, Mercedes Itati, a cumplir funciones en el Departamento de Barrido
y Operativos Especiales.
N°395: TRASLADAR al agente Sotelo Eduardo Ángel.
Secretaria de Transporte y Transito
N°341: ASIGNAR a los Sres. BARRIOS INOCENCIO y URBINA EMILIANO. Las tareas de supervisión
del Cuerpo de Seguridad Urbana Municipal (SUM).
RESOLUCION Nº 112
Corrientes, 29 de Noviembre de 2017
VISTO
La Resolución Nº 2033 dictada por el Departamento Ejecutivo Municipal
De fecha 24 de Octubre de 2017, Y;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Nº 2033 se designa para ocupar el cargo de Jueza Municipal de Defensa del Consumidor
y Protección al Usuario – Juzgado Nº 6 de la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes a la Sra. CARBONE
LICIA DANIELA GUADALUPE DNI Nº 29.395.722
Que, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal en el Capítulo VII Articulo 64 se encuentran dentro
de las atribuciones y deberes del Honorable Concejo Deliberante, prestar o negar los acuerdos solicitados por
el Departamento Ejecutivo para la designación de los funcionarios que la Carta Orgánica determina.
Que, en uso de sus facultades, el Honorable Concejo Deliberante obra en consecuencia.
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
R E S U E L V E
Artículo 1º.-: OTORGAR Acuerdo a la designación de la Sra. CARBONE LICIA
DANIELA GUADALUPE DNI Nº 29.395.722 como Jueza Municipal
de Defensa del Consumidor y Protección al Usuario – Juzgado Nº 6,
Establecida por Resolución Nº 2033 de fecha 24 de Octubre de 2017
Artículo .2º.-: ORDENAR al Departamento Ejecutivo Municipal la Publicación de la
Presente.
Artículo 3º.-: LA presente Resolución será refrendada por el Secretario del Honorable Concejo
Deliberante.
Artículo 4º.-:REMÍTASE copia debidamente autenticada de la presente al Departamento Ejecutivo
Municipal para su conocimiento y efecto.
Artículo 5º.-: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
DADO EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTINUEVE DIAS
DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.
RESOLUCION Nº 113 Corrientes, 29 de Noviembre de 2017
VISTO
La nota presentada por el Concejal LANARI ZUBIAUR, EMILIO expediente Nº 824-C-17 del Honorable Concejo Deliberante, Y;
CONSIDERANDO:
Que, a través de la misma presenta su renuncia al cargo de Concejal de este Cuerpo.
Que, fundamenta el hecho, en motivos de índole personal.
Que, deben realizarse los trámites administrativos correspondientes que permitan el normal funcionamiento
del Concejo.
Que, de acuerdo a las facultades, otorgadas por la Carta Orgánica Municipal el Honorable Concejo
Deliberante obra en consecuencia.
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
R E S U E L V E
Artículo 1º.-: ACEPTAR la renuncia al cargo de Concejal presentada por el Dr. LANARI ZUBIAUR,
EMILIO.DNI: Nº 13.249.815 a partir del 10 de Diciembre del 2017.
Artículo 2º.-: ORDENAR la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial Municipal.
Artículo 3º.-:LA presente Resolución será refrendada por el Secretario del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 4º.-:REMÍTASE copia debidamente autenticada de la presente al Departamento Ejecutivo
Municipal para su conocimiento y efecto.
Artículo 5º.-: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
DADO EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTINUEVE DIAS
DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.
Resolución N°2491
Corrientes, 01 de Diciembre de 2017
VISTO:
El Expediente N°2303-S-2017, CARATULADO: “Subsecretaria de Infraestructura Eléctrica –E. /Acta de
Recepción Provisoria de la Empresa Fabrica S.R.L.-Obra: Refuncionalizacion del Sistema de Iluminación
Ciudad Ctes.-Zona 1, 2, 3, 4, 5, y 6”, y;
CONSIDERANDO:
Que, por el mismo la Subsecretaria de Infraestructura Eléctrica, tramita la aprobación del Acta de Recepción Provisoria de fecha 10 de Noviembre de 2017, de la Obra: “Refuncionalizacion del Sistema de Iluminación
Ciudad Ctes.-Zona 1, 2, 3, 4, 5, y 6”, a efectos de dar inicio al plazo de garantía contractual.
Que, a fojas 2 obra Acta de Recepción Provisoria, labrada por la Inspección de la Obra, Ing. Julio Cesar
Mendoza, en representación del Municipio, conjuntamente con el Representante Técnico de la Empresa
adjudicada: “FABRICA S.R.L.”, Ing. Sergio Miranda; adjudicada mediante Resolución N°2925, de fecha 16
de Diciembre de 2016, del Departamento Ejecutivo Municipal.
Que, a fojas 8 y vta. Obra Dictamen de la Dirección de Asesoría Legal, dela Secretaria de Infraestructuras, de
conformidad a las previsiones establecidas en el Artículo 80° de la Resolución N°718/2000 y demás
reglamentaciones vigentes.
Que, las normativas vigentes y las que en su consecuencia se dictaron, autorizan el dictado de la presente.
POR ELLO:
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL
RESUELVE:
Artículo 1°: Aprobar el Acta de Recepción Provisoria de la Obra: “REFUNCIONALIZACION DEL
SISTEMA DE ILUMINACION CIUDAD DE CORRIENTES- ZONAS: 1, 2, 3, 4, 5 y 6” ejecutada por la
Empresa: “FABRICA S.R.L.”, adjudicada por Resolución N°2925, de fecha 16 de Diciembre de 2016, Departamento Ejecutivo Municipal.
Artículo 2°: Disponer la devolución de la Garantía de Ejecución del Contrato, presentada por la Empresa:
“FABRICA S.R.L.”, en forma proporcional a la parte de la Obra Recepcionada.
Artículo 3°: La presente Resolución será refrendada por la Señora Secretaria de Coordinación General y los
Señores Secretarios: de Economía y Finanzas y de Infraestructuras.
Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese.
ROBERTO FABIAN RIOS
INTENDENTE
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
IRMA DEL ROSARIO PACAYUT
SECRETARIA DE COORDINACION GENERAL
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
RODRIGO MARTIN MORILLA
SECRETARIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
ARQ. DANIEL ANIBAL FLORES
SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURAS
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Resolución N°2492
Corrientes, 01 de Diciembre de 2017
VISTO:
El Expediente N°2318-S-2017, Caratulado: Subsecretaria de Tierra y Hábitat- Sta. Tramite de Adjudicación
de las 18 Viviendas-B° Independencia-Asentamiento La Chola-Ctes. Capital”, y;
CONSIDERANDO:
Que, a fojas 1 la Subsecretaria de Tierra y Hábitat tramita la adjudicación de las dieciocho (18) viviendas
construidas por este Municipio en el Barrio Independencia (Asentamiento La Chola) de esta Ciudad;
Manzana N°14/B-Lotes N°1 al N°18, del proyecto de División de la Mensura N°11440 “U”, Manzana N°14,
Lote “B”, identificada con la Partida Inmobiliaria A1-086121-1, inscripto en el Registro Municipal al T°4,
F°745, Fca. N°590, L°12, Año 2012 y en el Provincial: Matricula N°5482, que se tramita actualmente por los
organismos pertinentes, cuya copia simple obran 2/4 y 6.
Que, refiere el funcionario del área antes consignada, que por ordenanza N°5219, cuya copia simple obra a
fojas 2/4 (con sellos del Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Corrientes y del Registro de
Propiedad de la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes), el inmueble de Dominio Privado de la
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, se implementarían al Proyecto de Relocalización del Asentamiento
denominado “La Chola”, financiado con recursos del Gobierno Nacional, aportados a través de la Fundación
Madres de Plaza de Mayo mediante la implementación del Programa Misión Sueños Compartidos; aclarando
que las mismas no se concretaron con dicho programa, atento que el Municipio se hizo cargo de las
construcciones de las viviendas con “Fondos Municipales”.
Que el objetivo específico del Proyecto es dotar al barrio de todos los servicios e infraestructura básica que hacen a una mejor calidad de vida de los vecinos, función primaria y primordial del Municipio como
Gobierno local.
Que, esta mejora en la calidad de vida significa entre otras cosas: acceso a redes de agua potable, energía
eléctrica y alumbrado público, cloacas, apertura de calles, además de la regularización dominal de los lotes a
favor de cada familia beneficiaria del proyecto.
Que se ha realizado un estudio particular de cada beneficiario.
Que, a fojas 5 obra detalle del listado de beneficiarios y números de lotes como ANEXO I.
POR ELLO:
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL
RESUELVE:
Artículo 1°: Adjudicar las dieciocho (18) viviendas construidas por este municipio en el Barrio
Independencia (Asentamiento La Chola) de esta Ciudad; Manzana N°14/B-Lotes N°1 al N°18, del proyecto
de División de la Mensura N°11440 “U”, Manzana N°14, Lote “B”, identificada con la Partida Inmobiliaria
A1-086121-1, inscripto en el Registro Municipal al T°4, F°745, Fca. N°590, L°12, Año 2012 y en el
Provincial: Matricula N°5482, a las personas identificadas en el Anexo I de la presente Resolución; atento a
los fundamentos vertidos en el Considerando que aquí se dan por íntegramente reproducidos.
Artículo 2°: La presente Resolución será refrendada por la Señora Secretaria de Coordinación General.
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.
ROBERTO FABIAN RIOS
INTENDENTE
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
IRMA DEL ROSARIO PACAYUT
SECRETARIA DE COORDINACION GENERAL
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
RODRIGO MARTIN MORILLA
SECRETARIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
ARQ. DANIEL ANIBAL FLORES
SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURAS
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Resolución N°2495
Corrientes, 04 de Diciembre de 2017
VISTO:
Lo dispuesto por el artículo 2° de la Ordenanza N°5521, la Resolución N°337 del 20 de Febrero de 2045, y la
Resolución N°2033 del 24 de octubre de 2016; y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 2° de la ordenanza N°5521 del 10 de noviembre de 2011establece: “ MODIFICAR EL ART. 2° de la Ordenanza 4699, el que quedara redactado de la siguiente manera: ART.- 2°: CREAR en el ámbito
de la Justicia de Faltas, el Juzgado Municipal de Defensa del Consumidor y Protección al Usuario, que
tendrá a cargo la etapa resolutiva y la aplicación de las sanciones, respecto a la violación de las Ordenanzas
Municipales, y Normas Nacionales y Provinciales adheridas por el Municipio”.
Que, por Resolución N°2033 del 24 de octubre de 2016 se designó a la señora CARBONE LICIA DANIELA
GUADALUPE DNI 29.395.722, como Jueza Municipal de Defensa del Consumidor y Protección al Usuario-
Juzgado N°6.
Que, por Resolución N°112 del 29 de noviembre de 2017 del Honorable Concejo Deliberante, se otorgó
Acuerdo a la designación de la Sra. CARBONE LICIA DANIELA GUADALUPE DNI 29.395.722, como Jueza Municipal de Defensa del Consumidor y Protección al Usuario- Juzgado N°6.
Que, por Resolución N°337 del 20 de febrero de 2014 se designó como Director General de Comercio al
Señor PAREDES CESAR FABIAN DNI 29.374.191.
Que, el Señor PAREDES CESAR FABIAN DNI 29.374.191 reúne las condiciones de idoneidad para ocupar
el cargo de Secretario del Juzgado Municipal de Defensa del Consumidor y Protección al Usuario.
Que, en uso de sus atribuciones, el Departamento Ejecutivo Municipal, dicta el presente acto administrativo.
POR ELLO:
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL
RESUELVE:
Artículo 1°: Dejar sin efecto lo dispuesto por la Resolución N°337 del 20 de febrero de 2014, a partir del
dictado de la presente.
Artículo 2°: Designar Secretario del Juzgado Municipal de Defensa del Consumidor y Protección del
Usuario, Juzgado N°6-, al Señor PAREDES CESAR FABIAN DNI 29.374.191.
Artículo 3°: La presente Resolución será refrendada por la Señora Secretaria de Coordinación General de la
Municipalidad y el Señor Secretario de Recursos Humanos y Relaciones Laborales.
Artículo 4°: Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
ROBERTO FABIAN RIOS
INTENDENTE
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
IRMA DEL ROSARIO PACAYUT
SECRETARIA DE COORDINACION GENERAL
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
PEDRO RAMON LUGO
SECRETARIO DE RECURSOS HUMANOS Y
RELACIONES LABORALES
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Resolución N°2515
Corrientes, 05 de Diciembre de 2017
VISTO:
El Expediente N°2306-D-2017, por el cual la Dirección General de Liquidaciones de Sueldos, solicita pago
sobre cobertura GALENO ARGENTINA y;
CONSIDERANDO:
Que, por el mencionado expediente se tramita la cobertura de A.R.T., conforme la Ley de Riesgo de Trabajo
N°24.557, para agentes Municipales con la firma GALENO ARGENTINO A.R.T. S.A.
Que, a fojas 1 el Subsecretario de Recursos Humanos, solicita informe del total de agentes que poseen
cobertura de riesgos de trabajo.
Que, a fojas 2 obra informe del Director de Liquidaciones de Sueldos, por el cual se estima que el importe
que se debe abonar es de $1.648.089,24 por el periodo OCTUBRE de 2017.
Que, a fojas 6/9 la Dirección General de Contabilidad realizo la afectación preventiva del gasto.
Que, a fojas 11 intervino la Dirección de Asesoría Legal de la Secretaria de Economía y Finanzas.
Que, el Departamento Ejecutivo posee las facultades para el dictado de la presente Resolución.
POR ELLO:
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL
RESUELVE:
Artículo 1°:Autorizar el pago a favor de la firma GALENO ARGENTINA A.R.T. S.A. CUIT N°30-
52242816-3, por la suma de $ 1.648.089,274 (PESOS UN MILLON SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO
MIL OCHENTA Y NUEVE CON VEINTICUATRO CENTAVOS), correspondientes al mes de OCTUBRE
de 2017, por las razones manifestadas en los considerandos.
Artículo 2°: Encuadrar la presente erogación dentro de las Disposiciones que establece la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control, Contrataciones y Administración delos Bienes del Sector Publico N°5571-articulo 109 inc. 3) apartados d) y n), y Decreto Reglamentario N°3056/04, artículos
85°, 86° y 87°.
Artículo 3°: Autorizar a la Secretaria de Economía y Finanzas a emitir libramiento definitivo y orden de
pago y a efectuar el pago correspondiente, previa verificación del cumplimiento de los recaudos legales a
favor de la firma GALENO ARGENTINA A.R.T. S.A. CUIT N°30-52242816-3, por la suma total de
$1.648.089,24 (PESOS UN MILLON SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHENTA Y NUEVE
CON VEINTICUATRO CENTAVOS), por lo precedentemente expresado.
Artículo 4°: La Secretaria de Economía y Finanzas imputara el gasto en las partidas correspondientes.
Artículo 5°: La presente Resolución será refrendada por los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y de
Coordinación General.
Artículo 6°: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese.
ROBERTO FABIAN RIOS
INTENDENTE
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
IRMA DEL ROSARIO PACAYUT
SECRETARIA DE COORDINACION GENERAL
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
RODRIGO MARTIN MORILLA
SECRETARIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Resolución N°2516
Corrientes, 05 de Diciembre de 2017
VISTO:
El Expediente N°2306-D-2017, por el cual la Dirección General de Liquidaciones de Sueldos, solicita pago
sobre cobertura GALENO ARGENTINA y;
CONSIDERANDO:
Que, por el mencionado expediente se tramita la cobertura de A.R.T., conforme la Ley de Riesgo de Trabajo
N°24.557, para agentes Municipales con la firma GALENO ARGENTINO A.R.T. S.A.
Que, a fojas 1 el Subsecretario de Recursos Humanos, solicita informe del total de agentes que poseen cobertura de riesgos de trabajo.
Que, a fojas 2 obra informe del Director de Liquidaciones de Sueldos, por el cual se estima que el importe
que se debe abonar es de $1.621.985,99 por el periodo SEPTIEMBRE de 2017.
Que, a fojas 6/9 la Dirección General de Contabilidad realizo la afectación preventiva del gasto.
Que, a fojas 11 intervino la Dirección de Asesoría Legal de la Secretaria de Economía y Finanzas.
Que, el Departamento Ejecutivo posee las facultades para el dictado de la presente Resolución.
POR ELLO:
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL
RESUELVE:
Artículo 1°:Autorizar el pago a favor de la firma GALENO ARGENTINA A.R.T. S.A. CUIT N°30-
52242816-3, por la suma de $1.621.985,99 (PESOS UN MILLON SEISCIENTOS VEINTIUN MIL
NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS), correspondientes al
mes de SEPTIEMBRE de 2017, por las razones manifestadas en los considerandos.
Artículo 2°: Encuadrar la presente erogación dentro de las Disposiciones que establece la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control, Contrataciones y Administración delos Bienes del
Sector Publico N°5571-articulo 109 inc. 3) apartados d) y n), y Decreto Reglamentario N°3056/04, artículos
85°, 86° y 87°.
Artículo 3°: Autorizar a la Secretaria de Economía y Finanzas a emitir libramiento definitivo y orden de
pago y a efectuar el pago correspondiente, previa verificación del cumplimiento de los recaudos legales a
favor de la firma GALENO ARGENTINA A.R.T. S.A. CUIT N°30-52242816-3, por la suma total de
$1.621.985,99 (PESOS UN MILLON SEISCIENTOS VEINTIUN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y
CINCO CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS), por lo precedentemente expresado.
Artículo 4°: La Secretaria de Economía y Finanzas imputara el gasto en las partidas correspondientes.
Artículo 5°: La presente Resolución será refrendada por los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y de
Coordinación General.
Artículo 6°: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese.
ROBERTO FABIAN RIOS
INTENDENTE
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
IRMA DEL ROSARIO PACAYUT
SECRETARIA DE COORDINACION GENERAL
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
RODRIGO MARTIN MORILLA
SECRETARIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Resolución Nº2518
Corrientes, 05 de Diciembre de 2017
VISTO:
El Expediente Nº1772-D-2017 por el cual la Dirección General de Políticas Sociales y Adultos Mayores
solicita el incremento de partidas del Presupuesto de Recursos y Gastos vigente en el Ejercicio 2017 y
Afectación preventiva del gasto, por la suma de $1.967.240,00 (PESOS UN MILLON NOVECIENTOS
SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA), y;
CONSIDERANDO:
Que, a fojas 01 obra nota de la Dirección General de Políticas Sociales y Adultos Mayores solicita el
incremento de Partida `Presupuestaria y Afectación Preventiva, por la suma de $1.967.240,00, por los meses
de enero a noviembre de 2017.
Que, a fojas ¾ obra copia del Convenio Marco de Asistencia y Cooperación Reciproca entre el Instituto
Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP) y la Municipalidad de la Ciudad de
Corrientes.
Que el referido convenio tiene por objeto fomentar la realización de acciones de cooperación institucional en
el marco de las misiones y funciones propias de ambas partes, a los fines de implementar políticas que
promuevan el envejecimiento activo, la autonomía e integración social de los Adultos Mayores y mejoren la calidad de vida de los mismos.
Que, a fojas 10 obra nota de la Secretaria de Coordinación General solicitando el Incremento de Partida
Presupuestaria y Afectación Preventiva del Gasto, por el periodo de once meses a partir de Enero de 2017.
Que, de acuerdo a lo antes expresado, el importe total por el cual se solicita incremento de partidas
presupuestarias es el mencionado en el Visto.
Que, por la Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal Nº3105 del 22 de Diciembre de 2016 se
prorrogo, para el Ejercicio Financiero 2017, el Presupuesto y Proyección de Recursos vigentes en el Ejercicio
Financiero 2016- Aprobado por Ordenanza Nº6370 del 2 de Diciembre de 2015- de conformidad a lo establecido en el artículo Nº101de la Carta Orgánica Municipal y articulo Nº26 de la Ley Provincial Nº5571.
Que, por el artículo 9º de la Ordenanza Nº6370, corresponde el incremento de partidas, en concordancia con
el Art. 35º de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control Nº5571.
Que, en uso de facultades, atribuidas por el Art. 46º Incs. 11º y 33º de la Carta Orgánica Municipal, el
Departamento Ejecutivo Municipal procede al dictado de la presente.
POR ELLO:
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL
RESULEVE:
Artículo 1: Autorizar el incremento de partidas solicitando conforme con las disposiciones: de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control Nº5571Art. 35º (Sección III), Art. 46º Inc. 33º de la
Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Corrientes, y Ordenanza Nº6370 Resolución D.E.M. Nº3105/2016.
Artículo 2: Incrementar la Proyección de Recursos del Ejercicio 2017 en la partida:
Aportes No Reintegrables 1.967.240,00
TOTAL 1.967.240,00
Artículo 3: Incrementar el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2017 por el monto determinado en el Artículo
2, autorizando a la Dirección General de Presupuesto de la Secretaria de Economía y Finanzas a asignar las
partidas presupuestarias que correspondan.
Artículo 4: Autorizar a la Secretaria de Economía y Finanzas a realizar el giro de partidas en caso de ser
necesario, conforme lo establecido por el Art. 8º de la Ordenanza Nº6236.
Artículo 5: Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto para efectuar el
correspondiente incremento, a la Dirección General de Contabilidad, a la Dirección General de Tesorería y a
la Dirección General de Informes Contables para su conocimiento.
Artículo 6: La presente Resolución será refrendada por el Señor Secretario de Economía Y Finanzas y por la
Señora Secretaria de Coordinación General.
Artículo 7: Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
ROBERTO FABIAN RIOS
INTENDENTE
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
IRMA DEL ROSARIO PACAYUT
SECRETARIA DE COORDINACION GENERAL
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
RODRIGO MARTIN MORILLA
SECRETARIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Resolución Nº2519
Corrientes, 05 de Diciembre de 2017
VISTO:
El Expediente Nº 860-C-2017 caratulado: “CAJA MUNICIPAL DE PRESTAMOS REF. OBRAS Y
SERVICIOS DENTRO DEL FIDELCOMISO SANTA CATALINA CON SUS RESPECTIVAS
MEMORIAS P/ LA ACTIVACION CONTABLE”, y la Resolución Nº2192 del 10 de noviembre de 2017; y
CONSIDERANDO:
Que, por la resolución 2192/17, se reconoce como activo de la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, y
respectivamente deuda del Fideicomiso de Administración Santa Catalina, las inversiones que aquella realizo en el predio Santa Catalina y cuyo detalle y monto se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la
presente.
Que, a fojas 120 del expediente 860-C-2017 la Gerencia General de la Caja Mu nicipal de Prestamos solicita
se reconsidere el importe autorizado en la Resolución Nº2192/17 atento a que no se encuentra incluido en el
mismo el importe de seguridad de $16.870.133,70, así como las obras y servicios realizados por la Secretaria
de Planeamiento Urbano de $3.536.007, 30, con lo cual el nuevo importe de Obras Autorizadas es de
$43.018.604,30.
Que, corresponde por lo tanto ampliar los términos del Anexo de la Resolución Nº2192 con los ítems e
importes consignados por la Caja Municipal de Prestamos.
Que, es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal dictar el presente acto administrativo.
POR ELLO:
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL
RESUELVE:
Artículo 1: Ampliar los términos del Anexo de la Resolución Nº2192 con los ítems e importes consignados
por la Caja Municipal de Prestamos, incluyendo en los mismos los siguientes: el importe de seguridad
de$16.87.133, 70, el importe de las Obras y servicios realizados por la Secretaria de Planeamiento Urbano de
$3.536.007,30, con lo cual el nuevo importe de obras autorizadas es de $63.424.745,30.
Artículo 2: La presente Resolución será refrendada por la Señora Secretaria de Coordinación General y el
Señor Secretario de Economía y Finanzas.
Artículo 3: Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
ROBERTO FABIAN RIOS
INTENDENTE
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
IRMA DEL ROSARIO PACAYUT
SECRETARIA DE COORDINACION GENERAL
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
RODRIGO MARTIN MORILLA
SECRETARIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Resolución Nº2520
Corrientes, 05 de Diciembre de 2017
VISTO:
La Ordenanza que modifica la Sección 2 “De la Administración”,
CONSIDERANDO:
Que se encuentra vigente la Ordenanza N°6574 que modifica la Seccion2 del Código de Edificación de la
Ciudad de Corrientes, que regula los procedimientos administrativos en el ámbito de la Secretaria de
Planeamiento Urbano de la Municipalidad de Corrientes.
Que, la mencionada Ordenanza establece los procedimientos y documentos necesarios para realizar
tramitaciones en la Municipalidad de Corrientes referidos a construcción/modificación/demolición de obras
particulares y sus instalaciones complementarias.
Que, resulta necesario reglamentar y esclarecer cuestiones específicas instauradas por la mencionada
Ordenanza, para facilitar su instrumentación por parte de la Subsecretaria de Fiscalización Urbana, o el área
que en su momento la reemplace.
Que conforme lo faculta el artículo 46 inciso 16 de la Carta Orgánica de la Municipalidad de la Ciudad de
Corrientes, el Departamento Ejecutivo formula el presente proyecto de Ordenanza.
Que es facultad de este cuerpo en tender en la materia según así lo expresa nuestra Carta Orgánica en su art. 29 inciso 32.
POR ELLO:
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL
RESUELVE:
Artículo 1: APROBAR como Reglamentación de la Ordenanza N°6574 sancionada el 7 de Septiembre
de2017, lo establecido en la presente Resolución.
Artículo 2: Timbrado de fojas para tramite de expedientes: el número de fojas correspondiente a los expedientes según superficie dela obra para el pago de las tasas respectivas a los mismos al inicio del trámite,
serán los detallados en la siguiente tabla. Debiendo abonarse por la diferencia de fojas si la hubiera) al
finalizar el mismo.
Superficie A Construir Relevamiento
Hasta 80m2 30 fojas 25
Hasta 200m2 50 fojas 40
Entre 200m2-400m2 80 fojas 60
Más de 400m2 150 fojas 100
Artículo 3: Determinar que los expedientes permanecerán hasta 72 hs. Hábiles en cada Departamento de la
Subsecretaria de Fiscalización Urbana (o la que en el futuro la remplace). Podrá extenderse este plazo para
casos cuya particularidad amerite un mayor tiempo de análisis.
Artículo 4: establecer como Formulario para los permisos descriptos en el artículo 2.12 dela Ordenanza
N°6574, el que obra como Anexo I (hojas 1 y 2) de la presente.
Artículo 5: Cuando se inicien los trámites por medio de Formularios, estos serán remitidos al Dpto. de
Inspecciones. Con Informe de este Departamento, la Autoridad de Aplicación resolverá acerca de la
pertinencia de Iniciarse Expediente.
Artículo 6: Especificar que el artículo 2.1.2 inc. “c”, refiere específicamente a reparación/restauración de las
estructuras de la cubierta, o cuando exista sustitución de todo o parte de los elementos componentes de la
misma.
En casos que se pretenda realizar modificaciones sustanciales en la cubierta (ejemplo: cambio de pendientes o
niveles, y/o cambio de las estructuras del mismo, como ser madera por metal) quedara a criterio de la
Autoridad de Aplicación la pertinencia de iniciarse expediente, y los requisitos necesarios a cumplir.
Artículo 7: Especificar que se entenderá como “muros perimetrales”, el conceptualizado en el artículo
5.4.3.5 del Código de Edificación dela Ciudad de Corrientes.
Artículo 8: Establecer el Modelo de Acta de Visado , según el artículo 2.1.3.1.4 de la Ordenanza N°6574, el
que obra en el Anexo 2 de la presente.
Artículo 9: Rectificar que el Acta de Visado será el Instrumento de corrección donde se volcaran todas las
observaciones respecto a las cuestiones técnicas del Proyecto, referidas al cumplimiento de las disposiciones
del Código de Edificación, Código Planeamiento Urbano y Normas Complementarias.
Artículo 10: Establecer, que para el Visado en la Dirección de Obras Particulares (art. 2.1.3.1.3 “Requisitos para Primer Visado en D.O.P.) se podrá corregir la caratula oficial. Pudiendo el interesado incorporarla como
elemento de corrección para evitarse futuros contratiempos.
Artículo 11: Otorgamiento de Permiso Provisorio: en referencia al texto del artículo 2.1.3.1.8 dela
mencionada Ordenanza, definir como “Trabajos Preliminares” los siguientes: cerramiento perimetral del
Predio, Limpieza y Desmalezamiento, Movimiento de Suelo y Nivelación, Excavación para Fundaciones.
Ejecución de Fundaciones/Cimientos, Ejecución de Mampostería de Fundación.
El interesado deberá solicitar (dos) 2 inspecciones, una previo al inicio de los trabajos y otra al finalizarlos.
La Autoridad de Aplicación deberá instrumentar un Registro para la Emisión del Permiso provisorio donde
conste el número de Permiso y el año de emisión.
El presente Permiso no exentara del cumplimiento de las demás normativas vigentes, y solo será para tareas
antes descriptas, caso contrario, será pasible la aplicación de penalidades. El Modelo de Nota será el que obra como Anexo 3 de la presente.
Artículo 12: toda vez que el texto de la Ordenanza 6574 refiere a “Archivo “, se entenderá por el mismo el
Departamento de Archivo y Estadística de la D.O.P., o el que en el futuro lo remplace.
Artículo 13: La presente Resolución será refrendada por el Señor Secretario de Planeamiento Urbano y la
Secretaria de Coordinación General.
Artículo 14: REGISTRESE, Comuníquese, Cúmplase y Archívese.
ROBERTO FABIAN RIOS
INTENDENTE
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
IRMA DEL ROSARIO PACAYUT
SECRETARIA DE COORDINACION GENERAL
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
DANIEL BEDRAN
SECRETARIO DE PLANEAMIENTO URBANO
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Resolución Nº2527
Corrientes, 05 de Diciembre de 2017
VISTO:
El Expte. Nº219-E-2017 y adjunto por cuerda separada 296-C-2004/214-A-2017/1705-A-2016/116-F-
2017885-C-2008/127-Z-2016.
CONSIDERANDO:
Que, la escribanía Municipal de esta Municipalidad de la Ciudad de Corrientes informa a través de
relevamiento socio ambiental realizado se registraron catorce (14) familias para realizar la regularización dominal de sus lotes a través de escrituras traslativas de dominio, adjuntándose nómina de beneficiarios.
Que ante el proceso de regularización del Bario Laguna Brava se adjunta los beneficiarios de adjudicación de
las mensuras Nº4239 “U” y Nº13.442 “U”, registradas, asimismo de dicho informe surge que en el caso del
SR. Rolando Victor Flores, ha realizado modificaciones al Estado Parcelario de los Lotes de la Manzana 34
de la Mensura Nº13.442 “U”, fue presentado a la Dirección General de catastro de la Provincia de Corrientes,
con una nota solicitando la baja de la mensura presentada, por haber sido la misma aprobada sin dar
intervención a la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, en su carácter de titular dominal, al igual que la
Sra. María Luisa Meza DNI 5.286.125 quien ocupa el Lote “D” de la manzana 34, Mensura Nº13.422 “U”.
Que, respecto a los Lotes de los Señores Rolando Victor Flores y la Sra. María Luisa Meza los mismos no
podrán ser escriturados debido a las modificaciones al Estado Parcelario, conforme surge del informe de fs. 23/24.
Que, el Dictamen del Servicio Jurídico, guarda toda lógica por un andamiaje de razonamientos válidos, a la
hora de una justa y razonable interpretación de los alcances de la Ley.
Que, es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal dictar el presente acto administrativo.
POR ELLO:
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL
RESUELVE:
Artículo 1: Autorizar la adjudicación de los terrenos de las Mensuras Nº4239 “U” y Nº13.442 “U”, a los
siguientes beneficiarios, Aguirre Jorge Mateos DNI 16.039.144, Sr. Aguirre Juan DNI 16.319.243, la Sra.
Cabrera Máxima, Sra. Fernández, Alejandra DNI 13.828.847, Sra. Fernández ramona Estela DNI 18.622.725,
Sr. Flores Rolando Victor DNI 4.558.384, Sr. Franco Máximo DNI 11.039.611, Sr. González Raúl DNI
12.529.219, Sra. Leiva Gabriela Mónica DNI 27.734.103, Sra,Meza Petrolina DNI6.395.139 (cedió a Meza
Alejandra Beatriz), Sra. Peloza Fátima DNI 37.585.681, Sr. Toledo Santiago DNI 25.461.208,Sr. Toledo
Leopoldo Jorge Daniel DNI 20.939.148, la Sra. Zalazar, María Esther DNI 11.464.859 y la Sra. Zini María
Rosa DNI Nº11.464.859.quedando facultado e Ejecutivo Municipal a dar trámite necesario para la Escritura
traslativa de dominio.
Artículo 2: Respecto a los lotes de los Sres. Rolando Victor Flores y la Sra. María Luisa Meza los mismos no
podrán ser escriturados debido a las modificaciones al estado Parcelario.
Artículo 3: La presente Resolución será refrendada por la Sra. Secretaria de Coordinación General.
Artículo 4: Regístrese, comuníquese, notifíquese, cúmplase y archívese.
ROBERTO FABIAN RIOS
INTENDENTE
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
IRMA DEL ROSARIO PACAYUT
SECRETARIA DE COORDINACION GENERAL
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Disposición N° 0960 Acor.
Corrientes,
VISTO:
La Resolución Nº 2228 del 15 de Noviembre del 2017, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a la Resolución N° 2228/17 faculta a la Directora General de Rentas Violeta Carina Brest
DNI 23.699.162 a ejercer desde el 01 de Diciembre y hasta el 09 de Diciembre de 2017 las funciones,
facultades, atribuciones y competencias de la Dirección Ejecutiva de la Agencia Correntina de Recaudación.
Que, la Directora Ejecutiva de la Agencia Correntina de Recaudación posee la facultad para el dictado de la presente norma.-
POR ELLO,
LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA
AGENCIA CORRENTINA DE RECAUDACIÓN
DISPONE:
Artículo 1: Otorgar la facultad al Director General de Fiscalización y Gestión Tributaria Cr. Alsina,
Guillermo Horacio DNI 29.464.029 el ejercicio de las funciones correspondientes a las autorizaciones de
espectáculos públicos desde el 01 de diciembre al 09 de diciembre de 2017.
Artículo 2: Regístrese, Publíquese, Cúmplase y Archívese.
Cra. Violeta Carina Brest.
DIRECTORA GENERAL DE RENTAS
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes