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Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza Nº 33.701 - Ley Nº 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Área responsable: Secretaría Legal y Técnica - Registro de la Propiedad Intelectual Nº 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Uspallata 3160 (1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: [email protected] [email protected] - Consultas de Edictos Particulares de 9:30 a 14:30 hs. Web: boletinoficial.buenosaires.gob.ar 4938 05/08/2016

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Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina

Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza Nº 33.701 - Ley Nº 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Área responsable:Secretaría Legal y Técnica - Registro de la Propiedad Intelectual Nº 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Uspallata 3160(1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: [email protected][email protected] - Consultas de Edictos Particulares de 9:30 a 14:30 hs. Web: boletinoficial.buenosaires.gob.ar

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Sumario

Poder Ejecutivo

Resolución

Vicejefatura de Gobierno

Resolución N° 78-SSDEP/16Se designa como Administrador del Polideportivo Pomar a Roque David Lugo.................................................. Pág. 15

Jefatura de Gabinete de Ministros

Resolución N° 109-ASINF/16Se modifica la estructura organizativa de la Agencia de Sistemas de Información.............................................. Pág. 17

Resolución N° 112-ASINF/16Se aprueba modificación presupuestaria.............................................................................................................. Pág. 18

Resolución N° 113-ASINF/16Se autoriza cláusula modificatoria en contratos de personal................................................................................ Pág. 20

Ministerio de Hacienda

Resolución N° 1060-SSGRH/16Se otorga licencia extraordinaria sin goce de haberes a Mateo Andrés Boncore................................................ Pág. 23

Resolución N° 1062-SSGRH/16Se otorga licencia extraordinaria sin goce de haberes a Fernando Diego El Haj................................................. Pág. 24

Resolución N° 1063-SSGRH/16Se transfiere a Celeste Simona Cardaropoli......................................................................................................... Pág. 25

Resolución N° 1064-SSGRH/16Se cesa por jubilación a Silvia Ester Estol............................................................................................................ Pág. 26

Resolución N° 1065-SSGRH/16Se declara cesante a agente................................................................................................................................ Pág. 26

Resolución N° 1076-SSGRH/16Se otorga licencia extraordinaria sin goce de haberes a Juan Sebastián Chouza............................................... Pág. 28

Resolución N° 1077-SSGRH/16Se otorga licencia extraordinaria sin goce de haberes a María Soledad Cubas.................................................. Pág. 29

Resolución N° 1078-SSGRH/16Se otorga licencia extraordinaria sin goce de haberes a Bruno Maccari.............................................................. Pág. 30

Resolución N° 1079-SSGRH/16Se cesa por invalidez a Raúl Omar Sigampa....................................................................................................... Pág. 31

Resolución N° 1080-SSGRH/16Se otorga licencia extraordinaria sin goce de haberes a Guillermo Manuel Sánchez Sterli................................. Pág. 32

Resolución N° 1081-SSGRH/16Se otorga licencia extraordinaria sin goce de haberes a Vanina Judith Windecker............................................. Pág. 33

Resolución N° 1082-SSGRH/16Se otorga licencia extraordinaria sin goce de haberes a Carolina Teresa Beillard............................................... Pág. 34

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Resolución N° 1083-SSGRH/16Se otorga licencia extraordinaria sin goce de haberes a María Rosa Pérez........................................................ Pág. 35

Ministerio de Justicia y Seguridad

Resolución N° 526-MJYSGC/16Se aprueba modelo de Addenda al Contrato de Locación Administrativa del inmueble sito en                                        Avenida Córdoba 1237/39.................................................................................................................................... Pág. 37

Resolución N° 530-MJYSGC/16Se designa personal de Planta de Gabinete......................................................................................................... Pág. 38

Resolución N° 531-MJYSGC/16Se acepta la renuncia presentada por Federico De Santa Coloma...................................................................... Pág. 40

Resolución N° 536-MJYSGC/16Se aprueba Circular Modificatoria y se posterga fecha de apertura de la Licitación Pública de                                        Etapa Única N° 2900-0715-LPU16....................................................................................................................... Pág. 40

Resolución N° 273-SSJUS/16Se designa como Adscripta al Registro Notarial N° 478 a María Isabel Altomare Sigler..................................... Pág. 41

Resolución N° 285-SSJUS/16Se aprueba el Instructivo Anexo al Protocolo de Uso de Dispositivos de Geoposicionamiento........................... Pág. 43

Resolución N° 41-SSPDD/16Se aprueba cláusula modificatoria en contratos de personal............................................................................... Pág. 44

Resolución N° 44-SSADS/16Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública de Etapa Única N° 2900-0763-LPU16............................... Pág. 45

Resolución N° 151-ISSP/16Se designan profesores de la materia Ética Profesional...................................................................................... Pág. 46

Resolución N° 152-ISSP/16Se aprueban gastos de caja chica........................................................................................................................ Pág. 48

Ministerio de Salud

Resolución N° 368-SSASS/16Se efectúa compensación presupuestaria............................................................................................................ Pág. 50

Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

Resolución N° 511-MDUYTGC/16Se cesa por renuncia a personal de Planta de Gabinete...................................................................................... Pág. 52

Resolución N° 512-MDUYTGC/16Se asigna Suplemento de Gabinete a Cristian Iván Caputo................................................................................. Pág. 53

Resolución N° 513-MDUYTGC/16Se asigna Suplemento de Gabinete a Paula Andrea Mercurio............................................................................. Pág. 54

Resolución N° 514-MDUYTGC/16Se asigna Suplemento de Gabinete a Sebastián Andrés De Seta....................................................................... Pág. 55

Resolución N° 515-MDUYTGC/16Se aprueba Ampliación de Plazo de N° 1 y Plan de Trabajos y Curva de Inversión de la obra                                        Camino de Sirga Etapa 2 Forestación Riachuelo entre Av. Sáenz y Av. Vieytes................................................. Pág. 56

Resolución N° 516-MDUYTGC/16Se aprueba modificación presupuestaria.............................................................................................................. Pág. 57

Resolución N° 517-MDUYTGC/16Se aprueba Ampliación de Plazo de N° 4 y Plan de Trabajos y Curva de Inversión de la obra                                        Centro de Gestión y Participación Comunal N°12 - Calle Holmberg 2548/96...................................................... Pág. 58

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Resolución N° 518-MDUYTGC/16Se convalida Balance de Economías y Demasías N° 2 Plan de Trabajos y Curva de Inversión                                       de la obra Obra Civil - Palacio Lezama................................................................................................................. Pág. 60

Resolución N° 519-MDUYTGC/16Se deja sin efecto la Resolución N° 458-MDUYTGC/16....................................................................................... Pág. 62

Resolución N° 292-SSTYTRA/16Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública Nacional N° 588-SIGAF/16................................................ Pág. 63

Resolución N° 293-SSTYTRA/16Se autoriza corte de tránsito solicitado por la Asociación Civil Chiflados de Boedo............................................. Pág. 65

Resolución N° 294-SSTYTRA/16Se prorroga la Resolución N° 211-SSTYTRA/16.................................................................................................. Pág. 67

Resolución N° 295-SSTYTRA/16Se autorizan cortes de tránsito solicitados por Sportsfacilities............................................................................. Pág. 68

Resolución N° 296-SSTYTRA/16Se prorroga la Resolución N° 93-SSTYTRA/16.................................................................................................... Pág. 70

Resolución N° 297-SSTYTRA/16Se permite el acceso y estacionamiento de vehículos concurrentes al Museo Sívori.......................................... Pág. 71

Resolución N° 298-SSTYTRA/16Se prorroga la Resolución N° 83-SSTYTRA/16.................................................................................................... Pág. 72

Resolución N° 299-SSTYTRA/16Se autoriza corte de tránsito solicitado por la Fundación Nueva Generación del Deporte................................... Pág. 73

Ministerio de Cultura

Resolución N° 3094-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 76

Resolución N° 3097-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 77

Resolución N° 4919-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 78

Resolución N° 4920-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 79

Resolución N° 4921-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 80

Resolución N° 4943-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 81

Resolución N° 4947-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 82

Resolución N° 4948-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 83

Resolución N° 4949-MCGC/16Se rescinde contrato de locación de servicios...................................................................................................... Pág. 84

Resolución N° 4950-MCGC/16Se rescinde contrato de locación de servicios...................................................................................................... Pág. 85

Resolución N° 4951-MCGC/16Se rescinde contrato de locación de servicios...................................................................................................... Pág. 86

Resolución N° 4952-MCGC/16Se rescinde contrato de locación de servicios...................................................................................................... Pág. 86

Resolución N° 4953-MCGC/16Se rescinde contrato de locación de servicios...................................................................................................... Pág. 87

Resolución N° 4954-MCGC/16Se rescinde contrato de locación de servicios...................................................................................................... Pág. 88

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Resolución N° 4955-MCGC/16Se rescinde contrato de locación de servicios...................................................................................................... Pág. 89

Resolución N° 4956-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 89

Resolución N° 4957-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 90

Resolución N° 4958-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 91

Resolución N° 4959-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 93

Resolución N° 4960-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 94

Resolución N° 4961-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 95

Resolución N° 4962-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 96

Resolución N° 4963-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 97

Resolución N° 4968-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 98

Resolución N° 4969-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................... Pág. 99

Resolución N° 4970-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 100

Resolución N° 4971-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 101

Resolución N° 4972-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 102

Resolución N° 5006-MCGC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 103

Resolución N° 630-EATC/16Se aprueba cláusula modificatoria en contratos de personal............................................................................. Pág. 105

Resolución N° 631-EATC/16Se aprueba cláusula modificatoria en contratos de personal............................................................................. Pág. 106

Resolución N° 632-EATC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 107

Resolución N° 633-EATC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 108

Resolución N° 634-EATC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 109

Resolución N° 635-EATC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 110

Resolución N° 637-EATC/16Se rectifica la Resolución N° 413-EATC/16........................................................................................................ Pág. 111

Resolución N° 638-EATC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 111

Resolución N° 639-EATC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 112

Resolución N° 640-EATC/16Se aprueba la contratación de personal............................................................................................................. Pág. 113

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Resolución N° 90-SSHU/16Se designa como Secretaria Administrativa de Comisión de Asesoramiento Técnico de la Ley                                       N° 1854 a Ximena Álvarez de Toledo................................................................................................................. Pág. 115

Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología

Resolución N° 486-MMIYTGC/16Se aprueba modificación presupuestaria............................................................................................................ Pág. 117

Resolución N° 135-SSECYCE/16Se incorpora texto al Anexo I de la Resolución N° 125-SSECYCE/16............................................................... Pág. 118

Ministerio de Gobierno

Resolución N° 199-MGOBGC/16Se aprueba el Informe Final de Gestión como Titular del Organismo Fuera de Nivel, Unidad de                                     Proyectos Especiales (UPE) Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) presentado por                                             Diego Valenzuela................................................................................................................................................ Pág. 120

Resolución N° 200-MGOBGC/16Se autoriza la transferencia de fondos a favor del Fondo Fiduciario de Compensación                                                   Ambiental ACUMAR............................................................................................................................................ Pág. 121

Resolución N° 201-MGOBGC/16Se acepta la renuncia presentada por María de las Mercedes Balsamello........................................................ Pág. 123

Subsecretaría de Contenidos

Resolución N° 71-SSCON/16Se aprueba modificación presupuestaria............................................................................................................ Pág. 125

Resolución N° 72-SSCON/16Se aprueba modificación presupuestaria............................................................................................................ Pág. 126

Ministerio de Hacienda - Ministerio de Salud

Resolución N° 1443-MHGC/16Se convalida la Disposición N° 191-HIFJM/16.................................................................................................... Pág. 128

Resolución N° 1444-MHGC/16Se convalida la Disposición N° 336-HGATA/15.................................................................................................. Pág. 129

Resolución N° 1445-MHGC/16Se designa como Jefe de Unidad Servicio Psiquiatría N° 18 a Juan Marcelo Recio.......................................... Pág. 130

Resolución N° 1446-MHGC/16Se convalida la Disposición N° 22-HNJTB/16..................................................................................................... Pág. 131

Resolución N° 1449-MHGC/16Se convalida la Disposición N° 35-HIJCTG/15................................................................................................... Pág. 132

Resolución N° 1450-MHGC/16Se deja sin efecto la Resolución Conjunta N° 395-MHGC/16 y se convalida la Disposición N°                                        803-HGAIP/15..................................................................................................................................................... Pág. 133

Resolución N° 1451-MHGC/16Se convalida la Disposición N° 196-CSCG/16.................................................................................................... Pág. 134

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Resolución N° 1452-MHGC/16Se convalida la Disposición N° 191-HGAJAF/16................................................................................................ Pág. 135

Resolución N° 1453-MHGC/16Se designa como Jefa Sección Guardia de Día a María Fernanda Montenegro................................................ Pág. 136

Resolución N° 1454-MHGC/16Se convalida la Disposición N° 367-HBR/16....................................................................................................... Pág. 137

Resolución N° 1455-MHGC/16Se convalida la Disposición N° 105-HMIRS/16................................................................................................... Pág. 138

Resolución N° 1456-MHGC/16Se convalida la Disposición N° 41-HMIRS/16..................................................................................................... Pág. 139

Resolución N° 1457-MHGC/16Se convalida la Disposición N° 145-CSCG/16.................................................................................................... Pág. 140

Resolución N° 1458-MHGC/16Se convalida la Disposición N° 134-HGAZ/16.................................................................................................... Pág. 141

Resolución N° 1459-MHGC/16Se convalida la Disposición N° 80-DGAYDRH/16.............................................................................................. Pág. 142

Resolución N° 1460-MHGC/16Se reubica como Médica de Planta Consultor Adjunto a Mónica Beatriz Blanco............................................... Pág. 143

Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte - Ministerio de Ambiente y EspacioPúblico

Resolución N° 2-SECTRANS/16Se aprueba el detalle de competencias asignadas a la Autoridad de Aplicación de la                                                      Verificación Técnica Vehicular Obligatoria.......................................................................................................... Pág. 144

Disposición

Vicejefatura de Gobierno

Disposición N° 21-DGDS/16Se designa como Auxiliar de Funcionario a Solange Silvana Palermo.............................................................. Pág. 146

Jefatura de Gabinete de Ministros

Disposición N° 66-DGTALMJG/16Se aprueba y adjudica la Licitación Pública de Etapa Única en su modalidad de Compra                                               Unificada tramitada bajo Proceso de Compra BAC N° 2051-0779-LPU16......................................................... Pág. 147

Disposición N° 261-DGTALINF/16Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 8056-0696-LPU16.................................................................... Pág. 148

Disposición N° 262-DGTALINF/16Se amplía la Orden de Compra N° 8056-7629-OC15......................................................................................... Pág. 151

Disposición N° 263-DGTALINF/16Se aprueba modificación presupuestaria............................................................................................................ Pág. 153

Disposición N° 2492-DGDYPC/16Se designan miembros de la Comisión Asesora de Selección........................................................................... Pág. 154

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Ministerio de Hacienda

Disposición N° 128-DGCG/16Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 623-1151-CME16.................................................................. Pág. 157

Ministerio de Justicia y Seguridad

Disposición N° 39-DGJRYM/16Se ordena la inscripción y el levantamiento de inscripción en el Registro de Deudores/as                                               Alimentarios/as Morosos/as de personas........................................................................................................... Pág. 159

Disposición N° 52-DGTALMJYS/16Se aprueba rendición de gastos......................................................................................................................... Pág. 160

Ministerio de Salud

Disposición N° 266-HGADS/16Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 434-0583-CDI16..................................................... Pág. 162

Disposición N° 267-HGADS/16Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Menor N° 434-1700-CME16.................................................... Pág. 163

Disposición N° 268-HGADS/16Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Menor N° 434-0830-CME16.................................................... Pág. 165

Disposición N° 333-HGACA/16Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 412-0762-CDI16..................................................... Pág. 167

Disposición N° 520-HBR/16Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 431-0882-LPU16......................................................... Pág. 168

Ministerio de Educación

Disposición N° 787-DGAR/16Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 580-SIGAF/16 (18/16)................................................. Pág. 170

Disposición N° 792-DGAR/16Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 550-0479-LPU16...................................................................... Pág. 171

Disposición N° 803-DGAR/16Se deja sin efecto la Disposición N° 789-DGAR/16, se aprueban pliegos y se llama a Licitación                                     Pública Nación N° 7/16....................................................................................................................................... Pág. 173

Disposición N° 805-DGAR/16Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 550-0754-CDI16..................................................... Pág. 175

Disposición N° 806-DGAR/16Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Menor N° 550-1938-CME16.................................................... Pág. 176

Disposición N° 808-DGAR/16Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Menor N° 550-1772-CME16.................................................... Pág. 177

Ministerio de Cultura

Disposición N° 148-DGFYEC/16Se aprueban pliegos y se autoriza el llamado a Licitación Pública N° 507-0899-LPU15................................... Pág. 179

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Ministerio de Desarrollo Económico

Disposición N° 19-DGEMPR/16Se acepta la propuesta presentada por Emprender Salud SA de Newbrick SA en el marco del                                      concurso Aceleradora Buenos Aires Emprende 2015........................................................................................ Pág. 181

Ministerio de Gobierno

Disposición N° 9-DGPCYCCIU/16Se aprueban gastos de caja chica...................................................................................................................... Pág. 183

Agencia de Protección Ambiental

Disposición N° 85-DGTALAPRA/16Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 8933-0700-LPU16.................................................................... Pág. 185

Disposición N° 86-DGTALAPRA/16Se declara fracasada la Contratación Menor N° 8933-1659-CME16................................................................. Pág. 186

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

Disposición N° 31-AGIP/16Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Menor N° 8618-1886-CME16.................................................. Pág. 188

Ente de Turismo

Disposición N° 19-DGIOT/16Se deja sin efecto la Disposición N° 2-DGIOT/16............................................................................................... Pág. 190

Disposición N° 56-DGPRT/16Se aprueba y adjudica la Contratación Directa N° 34816-SIGAF/16.................................................................. Pág. 191

Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

Disposición N° 1010-DGIUR/16Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Leandro N. Alem 1110............................................. Pág. 193

Disposición N° 1011-DGIUR/16Se amplía la vigencia de la N° 160-DGIUR/15................................................................................................... Pág. 194

Disposición N° 1012-DGIUR/16Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Av. Triunvirato 3621................................................ Pág. 195

Disposición N° 1013-DGIUR/16Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Av. Belgrano 695/99................................................ Pág. 197

Disposición N° 1014-DGIUR/16Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Av. Juan de Garay 350............................................ Pág. 198

Disposición N° 1015-DGIUR/16Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Tte. Gral. Juan Domingo Perón 316........................ Pág. 199

Disposición N° 1016-DGIUR/16Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Gualeguaychú 3836................................................ Pág. 200

Disposición N° 1017-DGIUR/16Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Bonpland 1577........................................................ Pág. 201

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Disposición N° 1018-DGIUR/16Se amplía la vigencia de la Disposición N° 1972-DGIUR/14.............................................................................. Pág. 203

Disposición N° 1019-DGIUR/16Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Av. Leandro N. Alem 530........................................ Pág. 204

Ministerio de Salud

Disposición N° 60-IRPS/16Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 446-0744-LPU16...................................................................... Pág. 206

Disposición N° 152-HGNRG/16Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 207

Disposición N° 204-HGAP/16Se aprueba y adjudica la Contratación Directa Menor - Proceso de Compra N°                                                               425-1845-CME16................................................................................................................................................ Pág. 208

Disposición N° 205-HGAP/16Se aprueba la Ampliación BAC N° 425-0227-AMP16......................................................................................... Pág. 210

Disposición N° 207-HGAP/16Se aprueba y adjudica la Contratación Menor - Proceso de Compra N° 425-1691-CME16.............................. Pág. 211

Disposición N° 211-HGAP/16Se aprueba y adjudica la Contratación Directa - Proceso de Compra N° 425-0743-CDI16............................... Pág. 212

Disposición N° 239-HGAIP/16Se aprueba y adjudica la Contratación Menor BAC N° 427-1802-CME16......................................................... Pág. 213

Organos de Control

Resolución

Ente Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de BuenosAires

Resolución N° 27-ERSP/16Se sanciona con multa a la empresa BRD SAICFI............................................................................................. Pág. 216

Resolución N° 28-ERSP/16Se sanciona con multa a la empresa Ecohábitat SA - Emepa SA - UTE Níttida................................................ Pág. 221

Resolución N° 33-ERSP/16Se sanciona con multa a la empresa Dakota SA................................................................................................ Pág. 226

Resolución N° 34-ERSP/16Se sanciona con multa a la empresa Dakota SA................................................................................................ Pág. 231

Disposición

Ente Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de BuenosAires

Disposición N° 105-GA/16Se aprueba y adjudica la Contratación Directa N° 20/16.................................................................................... Pág. 236

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Disposición N° 106-GA/16Se aprueba y adjudica la Contratación Directa N° 12/16.................................................................................... Pág. 237

Licitaciones

Jefatura de Gabinete de Ministros

Licitación - Adjudicación N° 779-DGTALMJG/16............................................................................................... Pág. 239Expediente - Llamado N° 18297195-ASINF/16................................................................................................. Pág. 240Expediente - Preadjudicación N° 17711025-ASINF/16...................................................................................... Pág. 240Expediente - Adjudicación N° 15616096-ASINF/16........................................................................................... Pág. 241Contratación Directa - Adjudicación N° 1745-DGTALMJG/16........................................................................... Pág. 243

Ministerio de Justicia y Seguridad

Licitación - Preadjudicación N° 368-SSEMERG/16........................................................................................... Pág. 244Licitación - Prórroga N° 715-SSADS/16............................................................................................................. Pág. 244Licitación - Circular sin consulta N° 715-SSADS/16.......................................................................................... Pág. 245

Ministerio de Salud

Licitación - Llamado N° 881-HIFJM/16.............................................................................................................. Pág. 247Licitación - Llamado N° 894-HNBM/16.............................................................................................................. Pág. 247Licitación - Llamado N° 918-HGAPP/16............................................................................................................ Pág. 248Licitación - Preadjudicación N° 461-HGADS/16................................................................................................ Pág. 248Licitación - Preadjudicación N° 633-HGAJAF/16............................................................................................... Pág. 249Licitación - Preadjudicación N° 792-HNJTB/16.................................................................................................. Pág. 249Licitación - Preadjudicación N° 798-HGAIP/16.................................................................................................. Pág. 250Licitación - Preadjudicación N° 833-HGNPE/16................................................................................................ Pág. 250Licitación - Adjudicación N° 1247-HGADS/15.................................................................................................... Pág. 251Licitación - Adjudicación N° 207-HGADS/16...................................................................................................... Pág. 252Licitación - Fracaso N° 825-IRPS/16................................................................................................................. Pág. 252Contratación Directa - Llamado N° 767-HGACD/16.......................................................................................... Pág. 254Contratación Directa - Llamado N° 1717-HGARM/16........................................................................................ Pág. 254Contratación Directa - Llamado N° 1731-HGARM/16........................................................................................ Pág. 255Contratación Directa - Preadjudicación N° 1567-HGARM/16............................................................................ Pág. 255Contratación Directa - Adjudicación N° 543-HGADS/16.................................................................................... Pág. 256Contratación Directa - Adjudicación N° 880-HGADS/16.................................................................................... Pág. 256

Ministerio de Educación

Expediente - Llamado N° 9699124-DGAR/16.................................................................................................... Pág. 258Expediente - Llamado N° 10508873-DGAR/16.................................................................................................. Pág. 258Expediente - Llamado N° 11080952-DGAR/16.................................................................................................. Pág. 259Expediente - Llamado N° 11592540-DGAR/16.................................................................................................. Pág. 260Expediente - Llamado N° 11592552-DGAR/16.................................................................................................. Pág. 261Expediente - Llamado N° 11592583-DGAR/16.................................................................................................. Pág. 261Expediente - Llamado N° 11789220-DGAR/16.................................................................................................. Pág. 262

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Expediente - Llamado N° 11789258-DGAR/16.................................................................................................. Pág. 263Expediente - Llamado N° 15106025-DGAR/16.................................................................................................. Pág. 264Expediente - Prórroga N° 13438532-DGAR/16................................................................................................. Pág. 265

Ministerio de Cultura

Licitación - Llamado N° 899-DGFYEC/16.......................................................................................................... Pág. 266

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Licitación - Llamado N° 592-DGRU/16.............................................................................................................. Pág. 267Licitación - Llamado N° 601-DGTALMAEP/16................................................................................................... Pág. 267Licitación - Llamado N° 607-DGRU/16.............................................................................................................. Pág. 268Licitación - Llamado N° 608-DGTALMAEP/16................................................................................................... Pág. 269Licitación - Llamado N° 609-DGTALMAEP/16................................................................................................... Pág. 270Licitación - Adjudicación N° 292-DGRU/16........................................................................................................ Pág. 271Licitación - Adjudicación N° 314-DGRU/16........................................................................................................ Pág. 271Licitación - Adjudicación N° 315-DGRU/16........................................................................................................ Pág. 272Licitación - Circular con consulta N° 567-DGRU/16........................................................................................... Pág. 272Licitación - Preselección N° 835-SSUEP/16.......................................................................................... Pág. 273Contratación Directa - Adjudicación N° 674-SSUEP/16.................................................................................... Pág. 275Contratación Directa - Adjudicación N° 676-SSUEP/16.................................................................................... Pág. 275

Agencia Gubernamental de Control

Licitación - Preadjudicación N° 669-AGC/16..................................................................................................... Pág. 277

Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires

Licitación - Llamado N° 16-IVC/16..................................................................................................................... Pág. 278

Banco Ciudad de Buenos Aires

Carpeta - Llamado N° 22438-BCOCIUDAD/16.................................................................................................. Pág. 279Carpeta - Preadjudicación N° 22427-BCOCIUDAD/16...................................................................................... Pág. 279

Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología

Expediente - Preadjudicación N° 4984913-DGCONC/14.................................................................................. Pág. 280

Subsecretaría de Comunicación

Licitación - Preadjudicación N° 801-SSCOMUNIC/16....................................................................................... Pág. 282

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Edictos Particulares

Otras Normas N° 221-SECLYT/16...................................................................................................................... Pág. 284Transferencias N° 212-SECLYT/16.................................................................................................................... Pág. 285Transferencias N° 213-SECLYT/16.................................................................................................................... Pág. 285

Edictos Oficiales

Ministerio de Justicia y Seguridad

Notificación N° 8770769-DGTALMJYS/14.......................................................................................................... Pág. 286Notificación N° 392-DGTALMJYS/16.................................................................................................................. Pág. 286

Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano

Expediente N° 22065944-DGTALMHYDH/15..................................................................................................... Pág. 288

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Comunicaciones N° 17265701-DGFEP/16......................................................................................................... Pág. 289Intimaciones N° 26381134-DGCEM/15.............................................................................................................. Pág. 290

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

Notificación N° 2002872-DGR/11....................................................................................................................... Pág. 291Notificación N° 522850-DGR/12......................................................................................................................... Pág. 292Notificación N° 758100-DGR/12......................................................................................................................... Pág. 294Notificación N° 16507628-DGR/14..................................................................................................................... Pág. 296Notificación N° 24143073-DGR/15..................................................................................................................... Pág. 298Notificación N° 24145588-DGR/15..................................................................................................................... Pág. 298Notificación N° 24146645-DGR/15..................................................................................................................... Pág. 299Intimaciones N° 2095331-DGR/12...................................................................................................................... Pág. 300

Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires

Notificación N° 16053982-IVC/16....................................................................................................................... Pág. 302Notificación N° 16372056-IVC/16....................................................................................................................... Pág. 302

Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires

Citación N° 18283540-JPCFN7/16..................................................................................................................... Pág. 304Citación N° 18356139-JPIPCFN1/16.................................................................................................................. Pág. 304Citación N° 18359431-JPIPCFN1/16.................................................................................................................. Pág. 305

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Citación N° 18360468-JPIPCFN1/16.................................................................................................................. Pág. 306Citación N° 18371007-JPCFN4/16..................................................................................................................... Pág. 306Citación N° 18493802-JPCFN21/16................................................................................................................... Pág. 307

Ministerio Público Fiscal

Citación N° 18274102-UFNN6/16....................................................................................................................... Pág. 308

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Poder Ejecutivo Resolución Vicejefatura de Gobierno

RESOLUCIÓN N.° 78/SSDEP/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley Nº 5460 y su modificatoria Ley N° 5503, el Decreto Nº 363/15 y modificatorios, el Expediente Electrónico N° 18171237-DGID/16, y CONSIDERANDO: Que mediante las presentes actuaciones se propicia la designación del Sr. Lugo, Roque David, DNI N° 29.704.185, FM Nº 445.079, como Administrador del Parque Pomar, en carácter ad honorem; Que como antecedente del caso es dable destacar que mediante la ley Nº 5460 y su modificatoria, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en este marco, por el Decreto Nº 363/15 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que conforme surge del aludido Decreto Nº 363/15 y sus modificatorios, se encuentra entre las responsabilidades primarias de la Dirección General Infraestructura Deportiva la de administrar y mantener las instalaciones de los polideportivos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que atento a lo manifestado por el Director General de Infraestructura Deportiva mediante su Informe Nº 18320339-DGID/16, a efectos de asegurar el normal funcionamiento del Polideportivo Pomar, y en miras a lograr una máxima optimización de sus recursos y un mejor aprovechamiento por parte de los usuarios, se propicia la designación como Administrador de Polideportivo Pomar, con carácter ad honorem, al agente Lugo, Roque David, DNI N° 29704185, FM Nº 445.079; Que asimismo dicha repartición detalla que el agente en cuestión actualmente realiza tareas como Operario en dicho Predio, y posee probados y acabados conocimientos sobre los recursos y el funcionamiento de las instalaciones y la organización administrativa del Polideportivo Pomar; Que atento a lo expuesto, corresponde el dictado del presente acto administrativo. Por ello, y en uso de las facultades conferidas mediante el Decreto Nº 363/15 y sus modificatorios,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES RESUELVE

Artículo 1º.- Desígnase como Administrador del Polideportivo Pomar, al Sr. Lugo, Roque David, DNI N° 29.704.185, FM Nº 445.079, con carácter ad honorem, a partir de la fecha del dictado de la presente Resolución.

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Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y a los fines de la notificación al interesado, remítase a la Dirección General de Infraestructura Deportiva. Cumplido, archívese. Lobo

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Jefatura de Gabinete de Ministros

RESOLUCIÓN N.° 109/ASINF/16

Buenos Aires, 29 de julio de 2016 VISTO: Las Leyes N° 2689, 5460, 5503, los Decretos N° 684/09 y modificatorios, 363/2015, las Resoluciones N° 18/ASINF/2013, 99/ASINF/2012, 37/ASINF/2016 y 46/ASINF/2016, el Expediente Electrónico N° 12944935-MGEYA-ASINF-2016, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 2.689 creó la Agencia de Sistemas de Información como entidad autárquica en el orden administrativo, funcional y financiero en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su carácter de órgano rector en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones en el ámbito del Poder Ejecutivo; Que a su vez, por la Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley N° 5.503, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General, contemplando a la Agencia de Sistemas de Información en la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros; Que los entes descentralizados tienen por definición la facultad de administrarse por sí mismos, poseen patrimonio y presupuesto propios y se rigen por las normas generales de Derecho Público, vinculándose con la Administración Central mediante una relación jurídica de control administrativo o tutela; Que conforme lo prescripto en el Artículo 10°, inc. a), de la Ley N° 2.689, son funciones de esta Dirección Ejecutiva las de “Organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su estructura orgánico-funcional, así como los aspectos organizativos, operativo y de administración“; Que por su parte, los incisos k) y m) del Artículo, le confiere al Director Ejecutivo la facultad de “Determinar la cantidad de Direcciones Generales, así como sus responsabilidades primarias, hasta un número de cuatro (4)“ y de “Realizar todos los actos requeridos para el ejercicio de las funciones y el cumplimiento de los objetivos de la Agencia“; Que mediante Resolución N° 99/ASINF/2012 se adhiere a la Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Régimen Gerencial aprobado por el Decreto N° 684/09; Que por la Resolución N° 18/ASINF/13 se modificó la estructura organizativa de la Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que sin perjuicio de ello, mediante Resolución N° 37/ASINF/2016 y su modificatoria Resolución N° 46/ASINF/2016, se modificó parcialmente la estructura organizativa de Directores Generales de la Agencia; Que ello así, se suprimió la Dirección General de Gobierno Electrónico y la Coordinación General de Proyectos de Gestión y se creó la Dirección General de

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Servicios y la Coordinación General de Seguridad Informática de la Agencia de Sistemas de Información; Que en función de la nueva estructura gerencial de la Agencia de Sistemas de Información resulta menester modificar parcialmente la Resolución N° 18/ASINF/2013; Que dicha adecuación impactara en la Descripción de Acciones de cada una de las Gerencias y Subgerencias Operativas de esta Agencia de Sistemas de Información; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, actualmente dependiente del Ministerio de Hacienda, ha tomado la debida intervención; Que la Gerencia Operativa de Legales de esta Agencia de Sistemas de Información, ha tomado la debida intervención; Que en consecuencia, resulta necesario dictar el acto administrativo correspondiente a fin de modificar parcialmente la estructura organizativa de la Agencia de Sistemas de Información (F/N) de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Resolución N° 18/ASINF/2013. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 2.689,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACION

RESUELVE

Artículo 1º.- Modificase parcialmente la estructura organizativa de la Agencia de Sistemas de Información (F/N) de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Resolución N° 18/ASINF/2013, de acuerdo con los Anexos I IF-2016-18095748-ASINF (Organigrama) y II IF-2016-18095766-ASINF (Responsabilidades Primarias), los que a todos sus efectos forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda y a todas las Direcciones Generales dependientes de esta Agencia. Cumplido, archívese. Dougall

RESOLUCIÓN N.° 112/ASINF/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley Nº 70, la Ley N° 2.689, la Ley N° 5.460, la Ley Nº 5.495, el Decreto N° 396/GCABA/15, el Decreto N° 10/GCABA/16, los Expedientes Electrónicos Nros. 17316409 y 17316347-MGEYA-ASINF-2016, y CONSIDERANDO: Que através de los expedientes indicados en el visto tramita las compensaciones presupuestarias detalladas en los Requerimientos Nros. 5171 y 5173/SIGAF/2.016 cuya finalidad es contar con crédito suficiente para imputar a los gastos detallados en los Informes Nros. 18161527-DGTALINF-2016, y 18161407-DGTALINF-2016;

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ANEXO

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Que mediante Ley N° 2.689, se creó la Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como órgano rector en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones en el ámbito del Poder Ejecutivo, y como entidad autárquica en el orden administrativo, funcional y financiero; Que, por su parte, la actual Ley de Ministerios N° 5.460 establece que la ASI se encuentra bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministerios de la Ciudad, asimismo ésta además se encarga de supervisar su funcionamiento, en un todo conforme con dicha Ley, y su Decreto Complementario N° 363/GCABA/15; Que los entes descentralizados tienen por definición la facultad de administrarse por sí mismos, poseen patrimonio y presupuesto propios y se rigen por las normas generales de Derecho Público, vinculándose con la Administración Central mediante una relación jurídica de control administrativo o tutela; Que por otro lado, la Ley Nº 70 de "Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad" establece en el artículo 63, 2º párrafo que "Las demás modificaciones (al Presupuesto General) corresponden al Poder Ejecutivo, pudiendo delegar esta atribución en el órgano coordinador de la Administración Financiera y en el órgano rector del Sistema de Presupuesto. En todos los casos dichas modificaciones deben ser publicadas en forma íntegra en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires"; Que por medio de la Ley Nº 5495, promulgada por Decreto Nº 396/GCABA/15 se fijaron los gastos corrientes y de capital del presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2.016; Que así por Decreto Nº 10/GCABA/16, se aprobaron las "Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2.016", estableciendo en el artículo 9º del Anexo I que las modificaciones presupuestarias que se efectúen se aprobarán de conformidad con el nivel de autorizaciones que se consignen en el capítulo IX de ese anexo; Que los Requerimientos Nros. 5171 y 5173/SIGAF/2.016 se encuentran en estado "Pendiente OGESE", validado por la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU) en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF);

Que en consecuencia proceda arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades conferidas en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2.016, aprobadas mediante Decreto N° 10/GCABA/2.016; Que la Gerencia Operativa de Legales de esta Agencia de Sistemas de Información, ha tomado la debida intervención; Que de esta manera, resulta pertinente dictar el acto administrativo a los fines de aprobar las modificaciones en las partidas presupuestarias que se propicia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 10/GCABA/2.016,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACION

RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la modificación en las partidas presupuestarias pertenecientes a la Agencia de Sistemas de Información según los Anexos, registrados en SADE como IF-2016-18161513-DGTALINF, e IF-2016-18161386-DGTALINF el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

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Artículo 2º.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial de la Agencia de Sistemas de Información y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Dougall

RESOLUCIÓN N.° 113/ASINF/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley Nº 2.689, la Ley Nº 5.460, la Ley N° 269 y sus modificatorios, el Decreto N° 224/GCABA/13, el Decreto Nº 353/GCABA/14, las Resoluciones Conjuntas Nros. 11/MHGC/MMGC/MJGGC/SECLYT/13, 10/MMGC/MHGC/MJGGC/SECLYT/14, 2/MHGC/MMGC/MJGGC/SECLYT/15, la Resolución Nº 1727/MHGC/15, la Resolución N° 18/SSSYP/16, la Resolución N° 75/ASINF/16, los expedientes electrónicos que se detallan en el Anexo I registrado en SADE como IF-2016-18180470-ASINF que forma parte integrante de la presente norma, el Expediente Electrónico Nº 18158384-MGEYA-ASINF-2.016, y CONSIDERANDO: Que mediante Ley N° 2.689, se creó la Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ASI), como entidad autárquica en el orden administrativo, funcional y financiero; Que en este sentido en el artículo 10° de la Ley 2.689, establece las funciones y facultades del Director Ejecutivo de la Agencia de Sistemas de Información, entre ellas, "Inc. a) Organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su estructura orgánico-funcional, así como los aspectos organizativos, operativos y de administración."; Que, por su parte, la actual Ley de Ministerios N° 5.460 establece que la Agencia de Sistemas de Información se encuentra bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, asimismo ésta además se encarga de supervisar su funcionamiento, en un todo conforme con dicha Ley, y su Decreto Complementario N° 363/GCABA/15; Que por Resolución N° 18/SSSYP/16 se autorizó, la contratación de diversas personas para prestar servicios en la Agencia de Sistemas de Información, bajo la modalidad de Locación de Servicio y de Obra por el período comprendido entre el 01 de enero al 31 de diciembre de 2.016; Que asimismo, mediante Resolución N° 75/ASINF/2016 se autorizó, la cláusula modificatoria adicional referida al monto de los contratos de locación de servicios de diversas personas, en el modo, forma, monto y período detallados en el Anexo I, registrado en SADE como IF-2016-16630716-DGTALINF que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, manteniéndose vigentes las restantes condiciones pactadas;

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ANEXO

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Que por los expedientes indicados en el visto tramita la cláusula modificatoria adicional del monto del contrato de la señorita Noemi Coppola en el modo, forma y período que se detalla en el Anexo I registrado en SADE como IF-2016-18180470-ASINF, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente; Que por Decreto N° 224/GCABA/13 se faculta a funcionarios del Poder Ejecutivo para contratar personas bajo la modalidad de locación de servicios y de obra hasta un monto máximo de pesos veinte mil ($ 20.000.-) en el ámbito de este Gobierno;

Que asimismo se estableció que la contratación, modificación, ejecución y extinción de los contratos bajo el régimen de Locación de Obras y Servicios deberá tramitar utilizando el Módulo "Loys" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-; Que por Resolución Nº 1727/MHGC/15 se elevó el monto establecido en el artículo 2º del Decreto Nº 224/GCABA/13 a la suma de PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000.-); Que por Resoluciones Conjuntas Nros. 11/SECLYT/13, 10/SECLYT/14, y su modificatoria Resolución Conjunta N° 2/SECLYT/15, se estableció el Procedimiento Administrativo Electrónico para contratos de obras y servicios utilizando el Módulo LOyS del SADE; Que se efectuó la afectación presupuestaria preventiva y definitiva del gasto en la partida correspondiente al ejercicio presupuestario 2016; Que la Gerencia Operativa de Legales de la Agencia de Sistemas de Información ha tomado la debida intervención; Que en consecuencia, resulta pertinente dictar el acto administrativo a fin de modificar el monto del contrato de locación de servicio de la señorita Noemi Coppola en el modo, monto y período que se detalla en el ANEXO I registrado en SADE como IF-2016-18180470-ASINF, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente resolución. Por ello, y en uso de facultades que son propias,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

RESUELVE

Artículo 1°.- Autorízase la celebración de la cláusula modificatoria adicional referida al monto del contrato de Locación de Servicio de la Lic. Noemí Coppola, en el modo, forma, monto y período que se detalla en el Anexo I, registrado en SADE como IF-2016-18180470-ASINF que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, manteniéndose vigentes las restantes condiciones pactadas. Artículo 2º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir los importes mensuales en una Orden General de Pago, correspondiente a lo mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Los importes a abonarse se depositarán en la cuenta corriente o caja de ahorro del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, cuyos datos fueran comunicados por el contratado a la Dirección General de Tesorería. Artículo 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución se imputará a la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 5°.- Regístrese, para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información, a la Dirección General de Contaduría, a la Dirección General de

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ANEXO

Tesorería y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda. Notifíquese a la interesada. Cumplido, archívese. Dougall

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Ministerio de Hacienda

RESOLUCIÓN N.° 1060/SSGRH/16

Buenos Aires, 21 de junio de 2016 VISTO: El E.E. Nº 8975070/2016 (DGTALMHYDH), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, el agente Mateo Andrés Boncore, CUIL. 20-32585358-2, del Hogar “Dr. Alejandro Raimondi“, de la Dirección General Servicios y Dependencia, de la Secretaría de Tercera Edad, del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, solicita a partir del 10 de diciembre de 2015 y mientras dure su mandato, Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por cargo electivo; Que es de hacer notar, que lo peticionado obedece que el nombrado, ha sido electo como Consejero Escolar Titular, por el Distrito de Necochea; Que por lo expuesto y teniendo en cuenta que el beneficio peticionado se encuentra previsto en el artículo 29 de la Ley N° 471, estableciéndose asimismo que deberá reintegrarse a sus funciones en el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro de los 30 días de haber finalizado el mismo, corresponde su autorización; Que a tal fin, procede dictar la norma legal respectiva. Por ello, conforme la Ley N° 5460 y su modificatorio y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1º .-Otórgase a partir del 10 de diciembre de 2015 y mientras dure su mandato, Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por cargo electivo, al agente Mateo Andrés Boncore, CUIL. 20-32585358-2, del Hogar “Dr. Alejandro Raimondi“, de la Dirección General Servicios y Dependencia, de la Secretaría de Tercera Edad, del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, conforme lo prescripto en el artículo 29 de la Ley N° 471 que establece asimismo que deberá reintegrarse a sus funciones en el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro de los 30 días de haber finalizado el mismo, reteniendo sin percepción de haberes la partida 4516.0340.S.A.01.0000. Artículo 2º .-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Domeniconi

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RESOLUCIÓN N.° 1062/SSGRH/16

Buenos Aires, 21 de junio de 2016 VISTO: Las Leyes Nros. 471, 5460 y modificatorias, el E.E Nº 11917478/2016 (DGDAI), y CONSIDERANDO: Que por Ley N° 5460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Ley N° 471 reglamenta la relación laboral de los empleados de la Administración Pública pertenecientes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires regulando, entre otros aspectos, el régimen de licencias; Que el artículo 16 inciso k) de la citada norma establece que los trabajadores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen derecho a una licencia por designación en cargos de mayor jerarquía sin goce de haberes; Que asimismo, el artículo 47 de la referida ley dispone que "...Se considera que existe ejercicio de un cargo superior cuando un trabajador asume en forma transitoria funciones inherentes a una posición de nivel superior al propio, con retención de su situación de revista."; Que según surge de los presentes actuados, el señor Fernando Diego El Haj, CUIL. 20-20561449-5, de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario, del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, solicitó a partir del 10 de diciembre de 2015, licencia extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía, mientras dure su mandato; Que es de hacer notar, que lo peticionado obedece a que el referido agente fue designado por Decisión Administrativa 161/2016, como Director Nacional de Comunicación Estratégica, del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, circunstancia que se encuentra documentada en el actuado citado en el Visto; Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente; Que a tal fin, procede dictar la norma legal respectiva. Por ello y en uso de las facultades conferidas,

LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1 .-Otórgase a partir del 10 de diciembre de 2015, licencia extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía y mientras dure su mandato, al señor Fernando Diego El Haj, CUIL. 20-20561449-5, de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario, del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, de conformidad con lo establecido en los artículos 16 inc. K) y 47 de la Ley N° 471, reteniendo sin percepción de haberes la partida 4517.0500.D.A.01.0600. Artículo 2 .-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales Administración y Liquidación de Haberes, Desarrollo del Servicio Civil, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda,

y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario, del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, debiendo esta última notificar fehacientemente al interesado. Domeniconi

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RESOLUCIÓN N.° 1063/SSGRH/16

Buenos Aires, 21 de junio de 2016 VISTO: El Decreto N° 73/2013, la Resolución N° 570/MMGC/2013 y el Expediente Electrónico Nº 5580110/2016 (DGPMYCH), y CONSIDERANDO: Que el Decreto N° 73/13 aprueba el Régimen de Transferencias, Comisiones de Servicios y Adscripciones del personal permanente de la Administración centralizada del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comprendido en los términos del artículo 4° de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5454); Que, conforme la documentación obrante en el expediente citado en el Visto, el Museo de Arte Moderno de Buenos Aires, dependiente de la Dirección General Patrimonio, Museos y Casco Histórico, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Cultural, dependiente del Ministerio de Cultura, solicita la transferencia de la agente Celeste Simona Cardaropoli, CUIL. 27-30219896-4, quien reviste en la Dirección General Niñez y Adolescencia, dependiente de la Subsecretaría de Promoción Social, dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano. Que a tal fin, la involucrada se notificó en forma expresa que como consecuencia de su transferencia dejará de percibir el Suplemento Adicional, del precitado Ministerio; Que la Dirección General Planificación y Control Operativo ha tomado la debida intervención realizando el correspondiente análisis presupuestario y de dotación, conforme lo establece el Decreto N° 73/13; Que la presente gestión cuenta con la conformidad de las reparticiones cedente y peticionante; Que, por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo, aprobando la transferencia requerida; Por ello, en uso de la facultades conferidas por el Decreto N° 73/2013,

LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1°.- Transfiérase a la agente Celeste Simona Cardaropoli, CUIL. 27-30219896-4, al Museo de Arte Moderno de Buenos Aires, dependiente de la Dirección General Patrimonio, Museos y Casco Histórico, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Cultural, dependiente del Ministerio de Cultura, partida 5003.0400.T.A.01.0000, deja partida 4596.0000.T.A.01.0000, de la Dirección General Niñez y Adolescencia, dependiente de la Subsecretaría de Promoción Social, dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, dependientes de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Niñez y Adolescencia, dependiente de la Subsecretaría de Promoción Social,

dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, el que deberá notificar fehacientemente al interesado. Cumplido, archívese. Domeniconi

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RESOLUCIÓN N.° 1064/SSGRH/16

Buenos Aires, 23 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 471, texto ordenado Ley N° 5.454, y el Expediente Electrónico N° 13301033/2016/DGALP, y CONSIDERANDO: Que conforme lo dispuesto en el artículo 64 inc. c) de la Ley N° 471, la relación de empleo público se extingue "(...) por encontrarse el trabajador en condiciones de acceder a cualquier beneficio jubilatorio"; Que, según surge de la actuación citada en el Visto, el Instituto de Previsión Social (IPS), solicita se acredite el cese definitivo en sus actividades de la agente Estol Silvia Ester, CUIL N° 27-05663476-8, a efectos de dar curso al retiro por jubilación; Que la agente en cuestión revista en la Dirección General de Fortalecimiento de la Sociedad Civil, dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano; Que en consecuencia, corresponde cesar en su actividad a la agente en cuestión, de acuerdo a lo establecido en el Capítulo XIV, artículo 64 inciso c) de la Ley N° 471. Por ello, en uso de facultades que le son propias,

LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1°.- Césese, a partir del 1° de julio de 2016, a la agente Estol Silvia Ester, CUIL N° 27-05663476-8, partida 4519.0010.D.A.08.232, en la Dirección General de Fortalecimiento de la Sociedad Civil, dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, en el marco del artículo 64 inc. c) de la Ley Nº 471. Artículo 2°.- La Dirección General Administración y Liquidación de Haberes arbitrará las medidas necesarias con relación a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales y a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, dependientes de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Domeniconi

RESOLUCIÓN N.° 1065/SSGRH/16

Buenos Aires, 23 de junio de 2016 VISTO: La Ley N° 471 (texto ordenado Ley N° 5.454), el Decreto N° 184/10, la Resolución N° 215/MMGC/14 y el Expediente Electrónico N° 1956642/DGLTACDN/2015 y,

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Que conforme lo establece el artículo 51 de la Ley N° 471 (t.o. Ley N° 5.454) los trabajadores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentran sujetos a las medidas disciplinarias allí dispuestas, entre las que se encuentra la cesantía; Que en virtud de lo prescripto en el inc. b) del artículo 53 de la citada normativa, son causales para la cesantía, entre otras, las "insistencias injustificadas que excedan los 15 días en el lapso de los 12 meses inmediatos anteriores"; Que mediante el Expediente Electrónico N° 1956642/DGLTACDN/2015 tramita la cesantía de la agente Gladys Teresa Quezada, CUIL Nº 23-13519840-4, quien reviste en el Organismo Fuera de Nivel Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; Que motiva la correspondiente medida disciplinaria las reiteradas inasistencias injustificadas de la agente mencionada desde el día 1° de septiembre de 2014, violando las obligaciones establecidas en el artículo 10 inc. a) de la Ley N° 471, que establece que los agentes tienen la obligación de “prestar personal y eficientemente el servicio en las condiciones de tiempo, forma, lugar y modalidad determinados por la autoridad competente, sea en forma individual o integrando los equipos que se constituyan conforme a las necesidades del servicio encuadrando su cumplimiento en principios de eficiencia, eficacia y productividad laboral“; Que habiendo sido debidamente notificada, y encontrándose vencido el plazo legal, la agente no ha formulado descargo alguno respecto de la causal esgrimida; Que obra en el expediente en cuestión la comunicación con el objeto de interrumpir la percepción de haberes; Que habiendo tomado la debida intervención las áreas competentes, no existiendo elementos en la actuación precitada que justifiquen las inasistencias incurridas y encontrándose probada la causal que configura la falta administrativa atribuida, corresponde dictar el acto administrativo por el cual se dispone la cesantía de la agente Gladys Teresa Quezada, CUIL Nº 23-13519840-4, en el marco del artículo 53 inc. b) de la Ley N ° 471 (t.o. Ley N° 5.454). Por ello, en uso de las facultades que le son conferidas por Decreto N° 184/10,

LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1°.- Declárese cesante a la agente Gladys Teresa Quezada, CUIL Nº 23-13519840-4, en el Organismo Fuera de Nivel Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, partida 2015.0000.S.A.03.0000, en el marco de lo dispuesto por los artículos 53 inc. b) y 56 inc. c) de la Ley N° 471, Texto Ordenado Ley N° 5.454.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales y a la Dirección General Planificación y Control Operativo, dependientes de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y al Organismo Fuera de Nivel Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, el que deberá notificar fehacientemente al interesado, en los términos del artículo 60 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97. Cumplido, archívese. Domeniconi

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CONSIDERANDO:

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RESOLUCIÓN N.° 1076/SSGRH/16

Buenos Aires, 29 de junio de 2016 VISTO: Las Leyes Nros. 471, 5460 y modificatorias, el E. E. Nº 11173648/2016 (DGEART) y CONSIDERANDO: Que por Ley N° 5460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Ley N° 471 reglamenta la relación laboral de los empleados de la Administración Pública pertenecientes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires regulando, entre otros aspectos, el régimen de licencias; Que el artículo 16 inciso k) de la citada norma establece que los trabajadores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen derecho a una licencia por designación en cargos de mayor jerarquía sin goce de haberes; Que asimismo, el artículo 47 de la referida ley dispone que "...Se considera que existe ejercicio de un cargo superior cuando un trabajador asume en forma transitoria funciones inherentes a una posición de nivel superior al propio, con retención de su situación de revista."; Que según surge de los presentes actuados, el señor Juan Sebastián Chouza, CUIL. 20-25078798-8, de la Dirección General de Enseñanza Artística, de la Subsecretaría de Políticas Culturales y Nuevas Audiencias, dependiente del Ministerio de Cultura, solicitó a partir del 20 de abril de 2016, Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía, mientras dure el mismo; Que es de hacer notar, que lo peticionado obedece a que el referido agente fue designado como Secretario del Nivel Terciario de la Escuela Superior de Educación Artística en Música "Juan P. Esnaola", circunstancia que se encuentra documentada en el actuado citado en el Visto; Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente; Por ello y en uso de las facultades conferidas,

LA SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.- Otórgase a partir del 20 de abril de 2016, Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía y mientras dure su mandato, al señor Juan Sebastián Chouza, CUIL. 20-25078798-8, perteneciente a la Dirección General de Enseñanza Artística, de la Subsecretaría de Políticas Culturales y Nuevas Audiencias, dependiente del Ministerio de Cultura, de conformidad con lo establecido en los artículos 16 inc. K) y 47 de la Ley N° 471, reteniendo sin percepción de haberes la partida 5081.0000.P.A.01.0000, de la citada Dirección General. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales Administración y Liquidación de Haberes, Desarrollo del Servicio Civil, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda,

y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de Enseñanza Artística, de la Subsecretaría de Políticas Culturales y Nuevas Audiencias, dependiente del Ministerio de Cultura, debiendo esta última notificar fehacientemente al interesado. Domeniconi

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RESOLUCIÓN N.° 1077/SSGRH/16

Buenos Aires, 29 de junio de 2016 VISTO: Las Leyes Nros. 471, 5460 y modificatorias, el Decreto N° 684/09 y modificatorios, la Resolución N° 1196/MDSGC/2015 y el E. E. Nº 10710465/2016 (DGRIPRSOC) y CONSIDERANDO: Que por Ley N° 5460 y modificatorias, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 684/09 y modificatorios, se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del Poder Ejecutivo; Que por Resolución N° 1196/MDSGC/2014, se designó a partir del 29 de diciembre de 2014, a la señora María Soledad Cubas, CUIL. 27-28031187-7, como Gerente Operativa, titular, de la Gerencia Operativa de Gestión Estratégica de Políticas Sociales, dependiente de la Dirección General Red Integral de Protección Social, del ex-Ministerio de Desarrollo Social; Que la Ley N° 471 reglamenta la relación laboral de los empleados de la Administración Pública pertenecientes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires regulando, entre otros aspectos, el régimen de licencias; Que el artículo 16 inciso k) de la citada norma establece que los trabajadores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen derecho a una licencia por designación en cargos de mayor jerarquía sin goce de haberes; Que asimismo, el artículo 47 de la referida ley dispone que "...Se considera que existe ejercicio de un cargo superior cuando un trabajador asume en forma transitoria funciones inherentes a una posición de nivel superior al propio, con retención de su situación de revista." Que la señora María Soledad Cubas, CUIL. 27-28031187-7, solicita el otorgamiento de la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía al cargo concursado de Gerente Operativa, titular, de la Gerencia Operativa de Gestión Estratégica de Políticas Sociales, dependiente de la Dirección General Red Integral de Protección Social, del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, toda vez que fue designada mediante Decreto 535/2016, como Directora Nacional del Sistema de Información, Monitoreo y Evaluación de Programas Sociales de la Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de la Nación; Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente; Por ello y en uso de las facultades conferidas;

LA SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.- Otórgase a partir del 1 de febrero de 2016, Licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía y hasta la finalización del cargo concursado, como

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Gerente Operativa, titular, de la Gerencia Operativa de Gestión Estratégica de Políticas Sociales, dependiente de la Dirección General Red Integral de Protección Social, del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, a la señora María Soledad Cubas, CUIL. 27-28031187-7, de conformidad con lo establecido en artículo 16 inciso k) y 47 de la Ley N° 471, reteniendo sin percepción de haberes la partida 4563.0030.W.10. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales Administración y Liquidación de Haberes, Desarrollo del Servicio Civil, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Red Integral de Protección Social, del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, debiendo esta última notificar fehacientemente a la interesada. Domeniconi

RESOLUCIÓN N.° 1078/SSGRH/16

Buenos Aires, 29 de junio de 2016 VISTO: Las Leyes Nros. 471, 5460 y modificatorias, el E.E. Nº 12154396/2016 (DGTALMC), y CONSIDERANDO: Que por Ley N° 5460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Ley N° 471 reglamenta la relación laboral de los empleados de la Administración Pública pertenecientes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires regulando, entre otros aspectos, el régimen de licencias; Que el artículo 16 inciso k) de la citada norma establece que los trabajadores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen derecho a una licencia por designación en cargos de mayor jerarquía sin goce de haberes; Que asimismo, el artículo 47 de la referida ley dispone que "...Se considera que existe ejercicio de un cargo superior cuando un trabajador asume en forma transitoria funciones inherentes a una posición de nivel superior al propio, con retención de su situación de revista."; Que según surge de los presentes actuados, el agente Bruno Maccari, CUIL. 20-23945929-4, del Organismo Fuera de Nivel ProDanza, del Ministerio de Cultura, solicitó a partir del 1 de abril de 2016, licencia extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía, mientras dure el mismo; Que es de hacer notar, que lo peticionado obedece a que el referido agente fue designado como Coordinador Académico de la Maestría en Administración de Organizaciones del Sector Cultural y Creativo, en la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires, circunstancia que se encuentra documentada en el actuado citado en el Visto; Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello y en uso de las facultades conferidas,

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Artículo 1 .-Otórgase a partir del 1 de abril de 2016, licencia extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía y mientras dure su mandato, al agente Bruno Maccari, CUIL. 20-23945929-4, del Organismo Fuera de Nivel ProDanza, del Ministerio de Cultura, de conformidad con lo establecido en los artículos 16 inc. K) y 47 de la Ley N° 471, reteniendo sin percepción de haberes la partida 5001.0060.P.A.01.0000. Artículo 2 .-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales Administración y Liquidación de Haberes, Desarrollo del Servicio Civil, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos remítase al Organismo Fuera de Nivel

ProDanza, del Ministerio de Cultura, debiendo este último notificar fehacientemente al interesado. Domeniconi

RESOLUCIÓN N.° 1079/SSGRH/16

Buenos Aires, 29 de junio de 2016 VISTO: El E. E. N° 13773255/2016 (DGALH), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), peticiona el cese definitivo en las actividades, del agente Raúl Omar Sigampa, CUIL. 20-13805385-8, para poder dar curso al retiro por invalidez; Que conforme los antecedentes obrantes en la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, el causante revista como Auxiliar de Portería, del Ministerio de Educación; Que por lo expuesto, corresponde acceder de conformidad, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo XIV, artículo 64, Inc. c) de la Ley N° 471 (T.O. Ley N° 5454); Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.- Cese a partir del 30 de junio de 2016, al señor Raúl Omar Sigampa, CUIL. 20-13805385-8, Auxiliar de Portería, del Ministerio de Educación, partida 5501.1760.S.A.05.0290.381, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo XIV, artículo 64, Inc. c) de la Ley N° 471 (T.O. Ley N° 5454). Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Domeniconi

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RESOLUCIÓN N.° 1080/SSGRH/16

Buenos Aires, 29 de junio de 2016 VISTO: Las Leyes Nros. 471, 5460 y modificatorias, el E. E. Nº 38582028/2015 (DGNLAB), y CONSIDERANDO: Que por Ley N° 5460 y modificatorias, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Ley N° 471 reglamenta la relación laboral de los empleados de la Administración Pública pertenecientes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires regulando, entre otros aspectos, el régimen de licencias; Que el artículo 16 inciso k) de la citada norma establece que los trabajadores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen derecho a una licencia por designación en cargos de mayor jerarquía sin goce de haberes; Que asimismo, el artículo 47 de la referida ley dispone que "...Se considera que existe ejercicio de un cargo superior cuando un trabajador asume en forma transitoria funciones inherentes a una posición de nivel superior al propio, con retención de su situación de revista."; Que según surge de los presentes actuados, el señor Guillermo Manuel Sanchez Sterli, CUIL. 20-27354291-5, de la Dirección General Protección del Trabajo, de la Subsecretaría de Trabajo Industria y Comercio, del Ministerio de Modernización Innovación y Tecnología, solicitó a partir del 10 de diciembre de 2015, Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía, mientras dure el mismo; Que es de hacer notar, que lo peticionado obedece a que el referido agente fue designado por Decreto N° 7934/2015, como Secretario Legal y Técnico, de la Intendencia Municipal de Quilmes, circunstancia que se encuentra documentada en el actuado citado en el Visto; Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente; Que a tal fin, procede dictar la norma legal respectiva. Por ello y en uso de las facultades conferidas,

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Artículo 1º.- Otórgase a partir del 10 de diciembre de 2015, Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía y mientras dure su mandato, al agente Guillermo Manuel Sanchez Sterli, CUIL. 20-27354291-5, perteneciente a la Dirección General Protección del Trabajo, de la Subsecretaría de Trabajo Industria y Comercio, del Ministerio de Modernización Innovación y Tecnología, de conformidad con lo establecido en los artículos 16 inc. K) y 47 de la Ley N° 471, reteniendo sin percepción de haberes la partida 6551.0000.P.A.01.0000, de la citada Dirección General.

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Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales Administración y Liquidación de Haberes, Desarrollo del Servicio Civil, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de Protección del Trabajo, de la Subsecretaría de Trabajo Industria y Comercio, del Ministerio de Modernización Innovación y Tecnología, debiendo esta última notificar fehacientemente al interesado. Domeniconi

RESOLUCIÓN N.° 1081/SSGRH/16

Buenos Aires, 29 de junio de 2016 VISTO: Las Leyes Nros. 471, 5460 y modificatorias, el E.E Nº 8374855/2016 (DGDAI), y CONSIDERANDO: Que por Ley N° 5460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Ley N° 471 reglamenta la relación laboral de los empleados de la Administración Pública pertenecientes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires regulando, entre otros aspectos, el régimen de licencias; Que el artículo 16 inciso k) de la citada norma establece que los trabajadores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen derecho a una licencia por designación en cargos de mayor jerarquía sin goce de haberes; Que asimismo, el artículo 47 de la referida ley dispone que "...Se considera que existe ejercicio de un cargo superior cuando un trabajador asume en forma transitoria funciones inherentes a una posición de nivel superior al propio, con retención de su situación de revista."; Que según surge de los presentes actuados, la agente Vanina Judith Windecker, CUIL. 27-24588431-7, de la Dirección General de Atención Inmediata, de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario, dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, solicitó a partir del 10 de diciembre de 2015, licencia extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía, mientras dure su mandato; Que es de hacer notar, que lo peticionado obedece a que la referida agente fue designada como Secretaria de la Unidad de Gestión Comunitaria N° 5, Castelar Sur, de la Municipalidad del Partido de Morón, circunstancia que se encuentra documentada en el actuado citado en el Visto; Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente; Que a tal fin, procede dictar la norma legal respectiva. Por ello y en uso de las facultades conferidas,

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Artículo 1 .-Otórgase a partir del 10 de diciembre de 2015, licencia extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía y mientras dure su mandato, a la

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agente Vanina Judith Windecker, CUIL. 27-24588431-7, de la Dirección General de Atención Inmediata, de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario, dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, de conformidad con lo establecido en los artículos 16 inc. K) y 47 de la Ley N° 471, reteniendo sin percepción de haberes la partida 4562.0000.T.A.01.0000.

Artículo 2 .-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales Administración y Liquidación de Haberes, Desarrollo del Servicio Civil, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario, del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, debiendo este último notificar fehacientemente a la interesada. Domeniconi

RESOLUCIÓN N.° 1082/SSGRH/16

Buenos Aires, 29 de junio de 2016 VISTO: Las Leyes Nros. 471, 5460 y modificatorias, el E. E. Nº 4399039/2016 (SECM) y CONSIDERANDO: Que por Ley N° 5460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Ley N° 471 reglamenta la relación laboral de los empleados de la Administración Pública pertenecientes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires regulando, entre otros aspectos, el régimen de licencias; Que el artículo 16 inciso k) de la citada norma establece que los trabajadores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen derecho a una licencia por designación en cargos de mayor jerarquía sin goce de haberes; Que asimismo, el artículo 47 de la referida ley dispone que "...Se considera que existe ejercicio de un cargo superior cuando un trabajador asume en forma transitoria funciones inherentes a una posición de nivel superior al propio, con retención de su situación de revista."; Que según surge de los presentes actuados, la señora Carolina Teresa Beillard, CUIL. 27-22302675-9, de la Subsecretaría de Medios y Prensa, de la Secretaría de Medios, solicitó a partir del 1 de enero de 2016 y por el término de un (1) año, Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía; Que es de hacer notar, que lo peticionado obedece a que la referida agente fue designada como Asesora Experta en Contenidos Digitales, en la Subsecretaría de Vínculo Ciudadano, de la Secretaría de Comunicación Pública, de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, circunstancia que se encuentra documentada en el actuado citado en el Visto; Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente; Que a tal fin, procede dictar la norma legal respectiva. Por ello y en uso de las facultades conferidas,

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Artículo 1.- Otórgase a partir del 1 de enero de 2016 y por el término de un (1) año, Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía, a la agente Carolina Teresa Beillard, CUIL. 27-22302675-9, perteneciente a la Subsecretaría de Medios y Prensa, de la Secretaría de Medios, de conformidad con lo establecido en los artículos 16 inc. K) y 47 de la Ley N° 471, reteniendo sin percepción de haberes la partida 2010.1000.A.A.01.201. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales Administración y Liquidación de Haberes, Desarrollo del Servicio Civil, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda,

y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Subsecretaría de Medios y Prensa, de la Secretaría de Medios, debiendo esta última notificar fehacientemente a la interesada. Domeniconi

RESOLUCIÓN N.° 1083/SSGRH/16

Buenos Aires, 29 de junio de 2016 VISTO: Las Leyes Nros. 471, 5460 y modificatorias, el E. E. Nº 3019484/2016 (SSGEFYAR), y CONSIDERANDO: Que por Ley N° 5460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Ley N° 471 reglamenta la relación laboral de los empleados de la Administración Pública pertenecientes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires regulando, entre otros aspectos, el régimen de licencias; Que el artículo 16 inciso K) de la citada norma establece que los trabajadores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen derecho a una licencia por designación en cargos de mayor jerarquía sin goce de haberes; Que asimismo, el artículo 47 de la referida ley dispone que "... Se considera que existe ejercicio de un cargo superior cuando un trabajador asume en forma transitoria funciones inherentes a una posición de nivel superior al propio, con retención de su situación de revista."; Que según surge de los presentes actuados, la agente María Rosa Pérez, CUIL. 27-06360665-6, de la Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos, del Ministerio de Educación, solicitó a partir del 16 de diciembre de 2015 Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía, mientras dure su mandato; Que es de hacer notar, que lo peticionado obedece a que por Resolución 0021/INSSJP/2016 la referida agente ha sido asignada como Titular de Secretaría de Administración, de la Jefatura de Gabinete, en el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, circunstancia que se encuentra documentada en el actuado citado en el Visto; Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente; Que a tal fin, procede dictar la norma legal respectiva;

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Por ello y en uso de las atribuciones;

LA SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.- Otórgase a partir del 16 de diciembre de 2015 Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía, mientras dure su mandato, a la agente María Rosa Pérez, CUIL. 27-06360665-6, perteneciente a la Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos, del Ministerio de Educación, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 inc.K) y 47 de la Ley N° 471, reteniendo sin percepción de haberes la partida 5501.0020.A.A.01.0000. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, Técnica Administrativa y

Legal del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Subsecretaría de Gestión Económica Financiera y Administración de Recursos, y al Ministerio de Educación, debiendo este último notificar fehacientemente a la interesada. Domeniconi

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Ministerio de Justicia y Seguridad

RESOLUCIÓN N.° 526/MJYSGC/16

Buenos Aires, 1 de agosto de 2016 VISTO: La Ley Nº 2095 (texto consolidado Ley N° 5.454), su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 y sus modificatorios, la Resolución Nº 654/MJYSGC/14, el Expediente Electrónico 2014-03471725-MGEYA-SSJUS, y CONSIDERANDO: Que por el expediente electrónico citado en el Visto, tramita la locación administrativa del inmueble sito en el cuarto (4to.) piso de la Avenida Córdoba 1237/39, circunscripción 20, sección 7, manzana 44, parcela 19 A, Unidad Funcional 5, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con destino al funcionamiento de la sede de la Dirección General de Asistencia a Beneficiarios de la Ex Caja de Seguridad Social de los Abogados de la Ciudad de Buenos Aires; Que con fecha 21 de agosto de 2014, se dicto la Resolución N° 654/MJYSGC/14 por medio de la cual se autorizó la Contratación Directa para la locación del inmueble mencionado; Que posteriormente se suscribió el Contrato de Locación Administrativa el día 22 de agosto de 2014, registrado bajo el Nº 15855 de la Dirección General Escribanía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que con fecha 13 de enero de 2016 se realizó la tasación del inmueble ut-supra referenciado por parte del Banco Ciudad, conforme lo establecido en la Cláusula Tercera del Contrato de Locación Administrativa en cuestión, sugiriéndose establecer en la suma mensual de pesos veintiún mil cuatrocientos ($ 21.400,00) el canon locativo; Que el punto e) del artículo 28, inicio 12 al artículo 28 del Anexo I del Decreto Nº 95/GCABA/14 y sus modificatorios, establece que “... La repartición solicitante tiene a su cargo consensuar con quien resulte propietario del inmueble o, en su caso, con quien lo represente, el valor definitivo del canon locativo, el que no podrá superar en más de VEINTE POR CIENTO (20%) del valor establecido en la tasación realizada por el Banco Ciudad de Buenos Aires, la que será efectuada en forma previa, a requerimiento de la repartición solicitante. Si excepcionalmente, para los casos de impostergable necesidad de servicio y/o por las características particulares del bien, se debiera pagar un canon mayor, el titular de la Vicejefatura de Gobierno, Ministerio, Secretaría del Poder Ejecutivo y Organismo Fuera de Nivel dependiente del Jefe de Gobierno, debe justificar fundadamente tal circunstancia en el acto administrativo de aprobación de la contratación”; Que de acuerdo a la normativa vigente, de las tratativas llevadas a cabo con el titular del inmueble se llegó a un acuerdo respecto al canon locativo mensual por un monto mensual de pesos veintiún mil cuatrocientos ($ 21.400,00), el cual no supera el 20% de la tasación efectuada por el Banco Ciudad; Que con fecha 11 de mayo de 2016, el propietario del inmueble sito en la Avenida Córdoba 1237/39, circunscripción 20, sección 7, manzana 44, parcela 19 A, Unidad Funcional 5, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, prestó conformidad mediante

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correo electrónico a la firma de una Addenda cuyo modelo corresponde aprobar conforme IF-2016-15355074-SSJUS; Que resulta propicio delegar la suscripción de la referida Addenda en el señor Subsecretario de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad; Que se encuentran previstos los créditos necesarios para atender a la presente Addenda; Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete, mediante IF-2016-17463099-PGAAPYF; Que ha tomado intervención la Gerencia Operativa de Legales de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad; Que en consecuencia, habiéndose cumplimentado los extremos requeridos en la normativa vigente, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe la Addenda al Contrato de Locación Administrativa del inmueble sito en la Avenida Córdoba 1237/39 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 3 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado Ley Nº 5454), y el artículo 13, inciso j) del Anexo I al Decreto Nº 95/GCABA/14 y sus modificatorios;

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase el modelo de Addenda al Contrato de Locación Administrativa del inmueble sito en la Avenida Córdoba 1237/39, circunscripción 20, sección 7, manzana 44, parcela 19 A, Unidad Funcional 5, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, registrado bajo el Nº 15855 de la Dirección General Escribanía General de esta Ciudad, con destino al funcionamiento de la sede de la Dirección General de Asistencia a Beneficiarios de la Ex Caja de Seguridad Social de los Abogados de la Ciudad de Buenos Aires (CASSABA), por la suma mensual de pesos veintiún mil cuatrocientos ($ 21.400,00), el cual abarca el período desde 1 de agosto de 2015 al 31 de julio de 2016, de acuerdo con el -IF2016-18324115-MJYSGC que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Delégase la suscripción de la Addenda al Contrato de Locación Administrativa, aprobada por el artículo precedente, en el titular de la Subsecretaría de Justicia de este Ministerio de Justicia y Seguridad. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería dependientes del Ministerio de Hacienda, a la Dirección General Escribanía General, dependiente de la Secretaria Legal y Técnica, y pase para su conocimiento y demás efectos a la Subsecretaria de Justicia. Cumplido, archívese. Ocampo

RESOLUCIÓN N.° 530/MJYSGC/16

Buenos Aires, 1 de agosto de 2016 VISTO:

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 38

ANEXO

Los Decretos Nros. 638/GCABA/07 y 363/GCABA/15 y sus modificatorios, la

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Resolución Nº 698/MHGC/08 y sus modificatorias, el Expediente Electrónico Nº 2016-16813389-MGEYA-DGTALMJYS, y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Nº 638/GCABA/07, se delega en los/as señores/as Ministros/as la facultad de efectuar las designaciones del personal de planta de gabinete correspondiente a su jurisdicción; Que por Decreto Nº 363/GCABA/15 y sus modificatorios, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que entre otras medidas, el artículo 7 del Decreto Nº 363/GCABA/15 y sus modificatorios, instituye a partir del 10 de diciembre de 2015, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores del Poder Ejecutivo; Que mediante IF-2016-16813691-DGTALMJYS, se ha propiciado la designación del señor Lorenzo GONZALEZ, CUIL Nº 20-04623423-6, como Personal de Planta de Gabinete de la Dirección General de Eventos Masivos dependiente de la Subsecretaría de Seguridad Operativa del Ministerio de Justicia y Seguridad, con una asignación mensual de 8.500 Unidades Retributivas, a partir del 1 de julio de 2016; Que en las presentes actuaciones, obra la documentación y certificaciones de compatibilidad del señor Lorenzo GONZALEZ, CUIL Nº 20-04623423-6, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución N° 698/MHGC/08 y sus modificatorias; Que por lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo que permita la designación propiciada; Que ha tomado intervención la Gerencia Operativa de Legales de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad. Por ello, conforme las facultades conferidas por el artículo 1 del Decreto N° 638/GCABA/07,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE

Artículo 1.- Dase por designado a partir del 1 de julio de 2016, al señor Lorenzo GONZALEZ, CUIL Nº 20-04623423-6, como Personal de la Planta de Gabinete de la Dirección General de Eventos Masivos dependiente de la Subsecretaría de Seguridad Operativa del Ministerio de Justicia y Seguridad, con una asignación mensual de 8.500 Unidades Retributivas, en las condiciones establecidas por el artículo 7 del Decreto Nº 363/GCABA/15 y sus modificatorios. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Eventos Masivos, a fin de que notifique al señor Lorenzo GONZALEZ, CUIL Nº 20-04623423-6,

y a la Gerencia Operativa Proyecto de Normas de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido archívese. Ocampo

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 39

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RESOLUCIÓN N.° 531/MJYSGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: Los Decretos Nº 1.143/05 y modificatorios y Nº 638/07, la Resolución Nº 270/MHGC/16 y el Expediente Electrónico Nº 18230028/SSADS/16, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita la renuncia, a partir del 30 de junio de 2016, del señor Federico De Santa Coloma (DNI 29.592.079; CUIL 20-29592079-4) como personal de la Planta de Gabinete de la Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad dependiente de la Subsecretaría Administración de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad, quien fuera designado por Resolución N° 218/MJYSGC/16; Que el Decreto Nº 1.143/05 y sus modificatorios regulan el régimen vigente para los trabajadores de gabinete de las autoridades superiores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por el artículo 1º del Decreto Nº 638/07 se delegó en los titulares de cada Jurisdicción la facultad de efectuar las designaciones y disponer los ceses del personal de las Plantas de Gabinete de las reparticiones de su dependencia, así como la de aprobar las modificaciones correspondientes en cada caso. Por ello y conforme las facultades conferidas por el artículo 1º del Decreto Nº 638/07,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE

Artículo 1°.- Acéptase a partir del 30 de junio de 2016, la renuncia presentada por el señor Federico De Santa Coloma (DNI 29.592.079; CUIL 20-29592079-4) como personal de la Planta de Gabinete de la Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad dependiente de la Subsecretaría Administración de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Ocampo

RESOLUCIÓN N.º 536/MJYSGC/16

Buenos Aires, 3 de agosto de 2016 VISTO: La Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5454), los Decretos Nros. 1.145/09 y 95/14, la Resolución N° 508/MJYSGC/16, el Expediente Nº EX-2016-16002826-DGSFPC, y

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CONSIDERANDO: Que por el actuado citado en el Visto, tramita la Licitación Pública de Etapa Única 2900-0715-LPU16 convocada al amparo de lo establecido en el Artículo N° 31 de la Ley N° 2095 (texto consolidado según Ley N° 5454), y los Decretos Nros. 1.145/09 y 95/14 para adquisición de chalecos antibala con destino a las Fuerzas Policiales de la Ciudad; Que mediante Resolución N° 508/MJYSGC/16 se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que rigen la contratación que nos ocupa, y se fijó fecha de apertura de ofertas para el día 5 de agosto de 2016 a las 13:00 horas; Que se considera conveniente emitir una Circular, individualizada como N° 1, por la cual se incorporan modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas; Que, en efecto, resulta oportuno postergar la celebración del acto de apertura de ofertas para el día 16 de agosto de 2016 a las 13:00 hs.; Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y reglamentada por el Anexo II del Decreto N ° 95/14 y modificatorias,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase la Circular modificatoria suscripta bajo PLIEG-2016-18504535-MJYSGC, en la Licitación Pública de Etapa Única 2900-0715-LPU16, para la adquisición de chalecos antibala con destino a las Fuerzas Policiales de la Ciudad. Artículo 2°.- Postérgase la fecha de celebración del acto de apertura de ofertas de la Licitación Pública de Etapa Única 2900-0715-LPU16, y fíjase nueva fecha a tal efecto para el día 16 de agosto de 2016 a las 13:00 horas. Artículo 3°.- Publíquese la postergación del llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de dos (2) días. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial, y en el portal www.buenosairescompras.gob.ar, comuníquese y remítase a la Dirección General de Seguridad de la Ciudad para la prosecución de su trámite. Ocampo

RESOLUCIÓN N.° 273/SSJUS/16

Buenos Aires, 28 de julio de 2016 VISTO: La Ley Orgánica Notarial N° 404, el Decreto reglamentario Nº 1.624/00, la Ley Nº 5.460, los Decretos Nº 369/16 y 75/16, y el expediente N° 16669289/16, y

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ANEXO

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Que por la actuación citada en el visto, la escribana Delia Alicia Bonfanti, titular del Registro Notarial Nº 478, solicita, a fojas 1, que se designe como adscripta a su registro a la escribana María Isabel Altomare Sigler, quien presta su conformidad con dicha propuesta; Que se encuentra acreditado que la escribana titular cumple con el requisito de antigüedad establecido en el artículo 46, incisos a) y b), de la Ley Nº 404 y el artículo 22 del Decreto reglamentario Nº 1624/00, y que, conforme surge de las constancias obrantes en autos, se ha efectuado la inspección de protocolo correspondiente al Registro Notarial Nº 478, tal como estipula el art. 13 del Decreto Nº 1624/00, obteniendo resultado favorable; Que la escribana María Isabel Altomare Sigler ha obtenido un puntaje de 5 (cinco) puntos en la prueba escrita y de 6 (seis) puntos en la prueba oral de la Evaluación de Idoneidad para acceder a la adscripción de registros notariales, cumpliendo, por ende, con lo dispuesto en el artículo 46, inciso c), de la ley citada; Que se encuentran glosados los informes y certificados de los que surge el cumplimiento de los restantes requisitos previstos en la Ley Orgánica Notarial; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido dictamen, considerando que se ha respetado el procedimiento previsto para el caso y que no se han encontrado objeciones que formular a lo solicitado; Que la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación ha verificado el cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente resolución; Que la Ley Nº 404, en su artículo 31, dispone que compete al Poder Ejecutivo la creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha Ley; Que por la Ley 5.460 se aprobó la Ley de Ministerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, mediante el Decreto Nº 369/16, se modificó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se dispuso que, dentro de las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Justicia, se encuentra la de "Instrumentar los Registros de Deudores/as Alimentarios Morosos/as y de Escribanos"; Que, atento las consideraciones expuestas y las competencias asignadas a esta Subsecretaría de Justicia, corresponde el dictado de la pertinente resolución, por la que se haga lugar a la propuesta de la escribana Delia Alicia Bonfanti y se adscriba al Registro Notarial Nº 478 a la escribana María Isabel Altomare Sigler. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 369/16 y Nº 75/16,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA

RESUELVE Artículo 1º.- Desígnase a la escribana María Isabel Altomare Sigler, D.N.I Nº 23.008.758, matrícula Nº 5588, como adscripta al Registro Notarial Nº 478. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad, y remítase a la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación, la que deberá practicar notificación fehaciente a los interesados y al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Enriquez

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CONSIDERANDO:

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RESOLUCIÓN N.° 285/SSJUS/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Resolución 484- MJYSGC-2016, CONSIDERANDO: Que por la Resolución del VISTO, el señor Ministro de Justicia y Seguridad de la Ciudad de Buenos Aires ha contextualizado fundadamente la decisión de esta Administración, de dotar al Poder Judicial de una herramienta tecnológica superadora para la prevención de situaciones de violencia intrafamiliar y de género, mediante la instalación de dispositivos electrónicos de geoposicionamiento para víctimas y agresores, de forma tal que el peso del control de las medidas cautelares no recaiga en la víctima. Que de igual forma, estos dispositivos resultan útiles para otorgar a los imputados y condenados el beneficio de la libertad vigilada, en aquellos casos en que, a criterio de la autoridad de aplicación, se vean reunidos los recaudos mínimos que garanticen el cumplimiento de la pena impuesta. Que resulta necesario establecer las condiciones para el otorgamiento de estos beneficios, regulando las situaciones en que procederá la instalación de los dispositivos, como así también los recaudos que deberá cumplir la autoridad requirente para que la autoridad de aplicación del Protocolo los adjudique. Que asimismo resulta imprescindible fijar la misión y funciones de los funcionarios y agentes que operarán el sistema en el Centro de Monitoreo y Gestión, y la asignación de tareas al personal de la Fuerza Policial que cumplirá funciones en el mismo. Como igualmente distinguir las formas de actuación de acuerdo con el nivel de los avisos del sistema. Que a fin de garantizar la integridad de la información producida por el Centro de Monitoreo y Gestión, se ha previsto el uso de Formularios estandarizados y la guarda de documentación en Legajos Personales correspondientes a cada una de las personas beneficiadas o afectadas por la medida. Que el Decreto Nº 369/2016 establece que la Gerencia Operativa de Relaciones con el Poder Judicial, dependiente de esta Subsecretaría de Justicia, tiene entre sus funciones la de gestionar el Centro de Georeferenciación para detención domiciliaria, violencia de género y prohibición de concurrencia. Que es por ello la autoridad de aplicación del sistema a que se refiere la Resolución del Visto. Que considerando la necesidad de reglamentar la norma del Visto, corresponde dictar un acto administrativo a tal fin, Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE:

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ARTICULO 1. Aprobar el Instructivo Anexo al Protocolo de Uso de Dispositivos de Geoposicionamiento, que obra como IF-2016-18408809-SSJUS, el Anexo 1 de

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Formulario de alta para ingreso al sistema de dispositivos Eléctronicos de Georeferencia el cual obra como IF-2016-18408992-SSJUS y el Anexo 2 de Acta de Entrega del Equipamiento obrante como IF-2016-18409107-SSJUS, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución. ARTICULO 2. Publíquese en el Boletín Oficial y pase para su conocimiento a la Secretaría de Seguridad y a la Gerencia Operativa de Relaciones con el Poder Judicial de la Subsecretaría de Justicia. Comuníquese al Consejo de la Magistratura, y al Ministerio Público Fiscal, al Ministerio Público de la Defensa y al Ministerio Público Tutelar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su conocimiento y a sus efectos. Cumplido, archívese. Enriquez

RESOLUCIÓN N.° 41/SSPDD/16

Buenos Aires, 1 de agosto de 2016 VISTO: El Decreto Nº 224/13, las Resolución Nº 113 / MJYSGC /16 y el Expediente Nº 18319365/16.- CONSIDERANDO: Que el Decreto Nº 224/13, establece el régimen para la contratación de personas físicas bajo la modalidad de locación de servicios y de obra; Que por la Resolución Nº 113 / MJYSGC /16, se autorizó, entre otros, la contratación del agente Gulizia, Oscar Hugo DNI Nº 8586642, bajo la modalidad de locación de servicios, para desempeñarse en la Subsecretaría de Prevención del Delito del Ministerio de Justicia y Seguridad, por el período comprendido entre el 01/02/16 y el 31/12/16; Que por el Expediente citado en el Visto, la Subsecretaría de Prevención del Delito solicita se disponga un incremento en el monto originario de los honorarios fijados en el contrato de locación de servicios del agente mencionado en el Anexo IF-2016-18320077- -SSPDD, que se adjunta a la presente, a partir del 01/08/16 hasta el 31/12/2016; Que a efectos de dar cumplimiento a lo expresado precedentemente, corresponde modificar parcialmente la mencionada Resolución, estableciendo el nuevo monto de honorario mensual, mediante la suscripción de una Cláusula Adicional al respectivo contrato; Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL SUBSECRETARIO DE PREVENCION DEL DELITO RESUELVE

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ANEXO

Artículo 1.- Modifíquese parcialmente la Resolución Nº 113/MJYSGC/16, con su respectivo anexo, respecto de los honorarios fijados en el contrato de locación de

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servicios del agente en cuestión detallado en el Anexo IF-2016-18320077- -SSPDD que forma parte integrante de la presente, por el importe y período que se indica. Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la respectiva partida del presupuesto en vigor. Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad, y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Sirito

RESOLUCIÓN N.° 44/SSADS/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), los Decretos Nros. 1.145/09, 95/14, 114/16, 411/16, el Expediente Nº EX-2016-16467515-MGEYA-DGSUMS, y CONSIDERANDO: Que por el actuado citado en el Visto, tramita la adquisición de chapas y porta chapas identificatorias; Que el Decreto N° 1.145/09 aprobó la reglamentación del Artículo 85 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454) e implementó el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominándoselo en adelante como Buenos Aires Compras (BAC); Que el Ministro de Hacienda por Resolución Nº 1.160/MHGC/11 aprobó las Normas de Procedimiento de Compras y Contrataciones que realiza el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del portal denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que por Disposición Nº 396/DGCyC/14 la Dirección General de Compras y Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 18, Inciso j) de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454) y el Decreto Reglamentario Nº 95/14 modificado por Decretos Nros. 114/16 y 411/16, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que a fin de concretar la adquisición precitada, resulta oportuna la celebración de una Licitación Pública encuadrada en lo dispuesto por el Artículo 31 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454); Que se ha realizado la Solicitud de Gastos debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria; Que la Dirección General Suministros de Seguridad tomó la intervención de su competencia, proyectando los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas;

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ANEXO

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Que por Resolución N° 162/MJYSGC/16 se constituyó la Comisión de Evaluación de Ofertas y se designaron sus miembros permanentes. Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y reglamentada por el Anexo II del Decreto N ° 95/14 modificado por Decretos Nros. 114/16 y 411/16 ,

LA SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN DE SEGURIDAD

RESUELVE Artículo 1°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas para la adquisición de chapas y porta chapas

identificatorias, que como Anexo N° PLIEG-2016-17855902-SSADS, forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.- Llámase a Licitación Pública de Etapa Única 2900-0763-LPU16 para el día 9 de agosto de 2016 a las 13.00 horas, al amparo de lo establecido en el Artículo N° 31 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y los Decretos Nros. 1.145/09 y 95/14, por un monto estimado de pesos cinco millones setecientos mil ($ 5.700.000,00.-). Artículo 3°.- Publíquese el llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de 1 (un) día. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial, y en el portal www.buenosairescompras.gob.ar, comuníquese y remítase a la Dirección General Suministros de Seguridad para la prosecución de su trámite. Ferrero

RESOLUCIÓN N.° 151/ISSP/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: Las Leyes Nº 2.894 y Nº 2.895, el Decreto Nº 316/10, las Resoluciones Nº 14/ISSP/13, Nº 29/ISSP/15 y Nº 38/ISSP/15, las Notas Nº 08290842/SAISSP/16 y 17909133/SAISSP/16, el Expediente Electrónico N° 17305765/MGEYA/SGISSP/16, y CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 2.894 sienta las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, encomendando al Gobierno de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción política e institucional de dicho Sistema, crea a la Policía Metropolitana y al Instituto Superior de Seguridad Pública; Que este Instituto, tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al personal de la citada Fuerza de Seguridad;

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ANEXO

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Que la citada Ley estipula en su Artículo 40, que el ingreso a la Policía Metropolitana se produce previa aprobación de la capacitación para la seguridad pública y de los exámenes que al efecto se establezcan en las normas reglamentarias en el Instituto Superior de Seguridad Pública, y agrega que los/as estudiantes no tendrán estado policial durante su formación inicial y serán becarios/as según el régimen que se establezca al respecto; Que el Instituto Superior de Seguridad Pública, se constituye como una instancia de apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública a través de la formación y capacitación continua y permanente de los actores involucrados y la producción de conocimientos científicos y técnicos sobre la seguridad; Que por su parte, la Ley Nº 2.895 establece los principios básicos para la capacitación, formación e investigación científica y técnica en materia de seguridad pública y la formación y capacitación del personal policial; Que dicha norma, dispone que la formación inicial para los candidatos a oficial de la Policía Metropolitana debe estar articulada en función a núcleos que se constituyen como pautas de formación de la estructura pedagógica y curricular; Que en ese marco legal, por Resolución Nº 38/ISSP/15 se aprobó el nuevo Plan de Estudios del "Curso de Formación Inicial para Aspirantes a Oficial de la Policía Metropolitana"; Que el Decreto N° 316/10, dispuso que el Rector y las Coordinaciones de Formación Académica y de Formación y Especialización en Seguridad Pública, con las respectivas Direcciones Operativas que de estas dependen, incluido el personal de capacitación, quedarán exceptuados de la prohibición prevista en el Artículo 7 inciso c) de la Ley N° 2.947; Que, a su vez, la Resolución Nº 14/ISSP/13 aprobó en su Artículo 2 el Reglamento Académico del Instituto Superior de Seguridad Pública, el cual fija las funciones, requisitos y categorización de los profesores de esta casa de estudios; Que por medio de la Resolución 29/ISSP/15, se establecieron los niveles retributivos brutos y categorías para el plantel de capacitadores rentados de este Instituto;

Que en dicho contexto, y con la finalidad de conformar el plantel de profesores del Instituto Superior de Seguridad Pública, el Sr. Secretario Académico mediante Nota Nº 08290842/SAISSP/16, rectificada por Nota N° 17909133/SAISSP/16, solicitó la designación de los capacitadores para el dictado de la materia "Ética Profesional", correspondiente a "Curso de Formación Inicial para Aspirantes a Oficial de la Policía Metropolitana", Ciclo Lectivo 2016, por el período comprendido entre el 1 de agosto al 2 de diciembre de 2016; Que se ha dado cumplimiento a los requisitos necesarios para proceder a la presente designación, conforme obra en el Expediente citado en el Visto, por lo que corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA RECTORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA RESUELVE

Artículo 1.- Designar al Dr. Máximo Lanusse Noguera (DNI 29.150.262), como Profesor Asociado para el dictado de la materia "Ética Profesional", correspondiente al "Curso de Formación Inicial para Aspirantes a Oficial de la Policía Metropolitana" Ciclo Lectivo 2016, por el período comprendido entre el 1 de agosto y el 2 de diciembre de 2016.

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Artículo 2.- Designar a los Dres. Leandro Tomás Otero (DNI 24.364.704), Agustina Cabral Campana (DNI 31.511.443), María de los Ángeles Russo (DNI 25.023.060), Héctor Pedro Iribarne (DNI 4.444.154), Augusto César Lapeyre (DNI 14.012.869), José Antonio Adolfo Barbón Lacambra (DNI 23.044.334), Adriana Estela Tessone (DNI 14.446.332), Samanta Claudia Biscardi (DNI 26.542.514), Santiago Pedro Iribarne (DNI 25.705.132), Ariel Kohen (DNI 16.336.187), Julián Díaz Bardelli (DNI 23.118.952), Gonzalo Javier Vázquez (DNI 34.452.561) y Diego Roberto Luna (DNI 27.753.506), como Profesores Adjuntos I para el dictado de la materia "Ética Profesional", correspondiente al "Curso de Formación Inicial para Aspirantes a Oficial de la Policía Metropolitana" Ciclo Lectivo 2016, por el período comprendido entre el 1 de agosto y el 2 de diciembre de 2016. Artículo 3.- Designar a los Dres. Mauro Benente (DNI 31.727.697), Noelia Soledad Garone (DNI 32.990.353), Hernán Javier Alonso (DNI 25.771.508), Diego Antonio Di Lierna (DNI 28.419.004), María Florencia Busilachi Chaparotta (DNI 34.480.188), Analía Laura Ayuso (DNI 26.407.968), Caroline Scaglia (DNI 92.453.922), Patricia Inés Bastidas (DNI 13.092.745) y Marina Natalia Sánchez (DNI 23.731.475), como Profesores Adjuntos Ad Honorem para el dictado de la materia "Ética Profesional", correspondiente al "Curso de Formación Inicial para Aspirantes a Oficial de la Policía Metropolitana" Ciclo Lectivo 2016, por el período comprendido entre el 1 de agosto y el 2 de diciembre de 2016. Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, a la Secretaría Académica, a la Secretaría General y a la Dirección de Recursos Humanos del Instituto Superior de Seguridad Pública. Cumplido, archívese. De Langhe

RESOLUCIÓN N.° 152/ISSP/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley Nº 70, el Decreto Nº 67/10, las Resoluciones N° 114/ISSP/13, Nº 74/MHGC/15, Nº 74/MHGC/16 y Nº 3/SECLYT/15, la Disposición N° 36/DGCG/15, el Expediente Electrónico N° 3578796/MGEYA/SGISSP/16, y CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 70 establece los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el Decreto Nº 67/10, define el marco normativo que rige la asignación de fondos con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión a reparticiones del Gobierno de la Ciudad que impliquen pago de obligaciones, ejecución de gastos mediante los mismos, sus rendiciones y las condiciones para su aprobación; Que la Resolución Nº 74/MHGC/15 modifica parcialmente la reglamentación del Decreto Nº 67/10, con motivo de la implementación de una nueva funcionalidad dentro del Sistema Informático de Gestión y Administración Financiera (SIGAF), orientada a simplificar el procedimiento de rendición de fondos mediante la incorporación de validaciones y mejoras a los controles existentes;

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Que la Resolución Nº 74/MHGC/16 determina los montos de las cajas chicas de las diversas Jurisdicciones y Reparticiones, conforme el Anexo II que, a todos sus efectos, forma parte integrante de dicho acto administrativo; Que a su vez, la Resolución Conjunta Nº 3/SECLYT/15 establece el procedimiento de Solicitud, Rendición y Reposición de Caja Chica Común, estipulando asimismo que la carga de los datos necesarios de los comprobantes se realizará en el módulo SIGAF; Que conforme Resolución N° 114/ISSP/13 resultan ser responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados al Instituto Superior de Seguridad Pública en concepto de Caja Chica Común, el Dr. Gabriel Esteban Unrein (D.N.I. Nº 20.343.251), el Lic. Maximiliano Ariel Vázquez Sarrailhé (D.N.I. Nº 25.248.560), el Lic. Oscar Mario Sarricchio (D.N.I. Nº 11.352.485) y el Sr. Eduardo Adolfo Salas (D.N.I. Nº 16.454.501); Que en cumplimiento de la normativa vigente, toda repartición deberá presentar la rendición de cuenta firmada por el máximo responsable de la misma donde conste la aprobación de los gastos mediante el dictado del acto administrativo pertinente; Que en esta instancia, corresponde expedirse acerca de los gastos efectuados por el Instituto Superior de Seguridad Pública, específicamente en lo que respecta a la oportunidad, mérito y conveniencia de las erogaciones que ellos han importado, de conformidad con el procedimiento previsto en el Anexo III de la Disposición N° 36/DGCG/15; Que analizados los gastos relativos a la quinta rendición de la Caja Chica Común del Instituto Superior de Seguridad Pública perteneciente al ejercicio 2016, corresponde proceder a su aprobación con los alcances señalados en el párrafo precedente. Por ello, en uso de las facultades que le son propias, LA RECTORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

RESUELVE Artículo 1.- Aprobar los gastos efectuados por la Caja Chica Común del Instituto Superior de Seguridad Pública, relativos a la quinta rendición del ejercicio 2016, por la suma total de pesos veintiún mil novecientos seis con 90/100 ($ 21.906,90) y las Planillas que como Anexo III IF-2016-18127780-ISSP y Anexo III IF-2016-18127882-ISSP, confeccionadas de conformidad con lo previsto respectivamente en los Anexos X y XI de la Disposición Nº 36/DGCG/15, forman parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos pase a la Secretaría General del Instituto Superior de Seguridad Pública. Cumplido, archívese. De Langhe

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ANEXO

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Ministerio de Salud

RESOLUCIÓN N.° 368/SSASS/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: el Expediente Electrónico Nº 18.129.953/DGADCyP/16, las solicitudes de los diferentes efectores en salud, y CONSIDERANDO: Que por dicho Expediente Electrónico se tramita una compensación presupuestaria a fin de adecuar los créditos correspondientes a diferentes unidades ejecutoras dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que las Unidades de Organización solicitantes han manifestado que las modificaciones propuestas no tienen impacto en las metas físicas previamente planteadas; Que la presente gestión se enmarca en las previsiones del Decreto Nº 10/2016 que aprueba las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que se han generado las planillas de "Modificaciones y Compensaciones Presupuestarias" emitidas por el mencionado sistema bajo el Requerimiento Nº 5119/DGADCyP/16, N° 5162/DGADCyP/16 y N° 5163/DGADCyP/16 y como documentos GEDO IF Nº 18215299/DGADCyP/16, N° 18215328/DGADCyP/16 y N° 18215365/DGADCyP/16 de acuerdo a las previsiones del Artículo 9 del Capítulo III del Anexo del mencionado Decreto 10/2016; Que en función de lo expuesto, este nivel considera que corresponde adoptar las acciones tendientes a dar curso a lo solicitado por los efectores dependientes de este Ministerio de Salud. Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 363/15 y el Decreto Nº 10/16 (Capítulo IX -Artículo 37 - Apartado II), las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2016,

EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACION DEL SISTEMA DE SALUD

RESUELVE Artículo 1º.- Efectuar una compensación presupuestaria, consistente en la disminución e incremento de los créditos correspondientes al Inciso 2, -(Bienes de Consumo); Inciso 3, -(Servicios No Personales), Inciso 4, - (Bienes de Uso) e Inciso 5, - (Transferencias) de los diferentes Hospitales dependientes del Ministerio de Salud; de acuerdo al Comprobante de "Modificaciones y Compensaciones Presupuestarias" obrantes bajo Informes Nº 18215299/DGADCyP/16, N° 18215328/DGADCyP/16 y N° 18215365/DGADCyP/16; que forman parte integrante de la presente a todos sus efectos.

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ANEXO

Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, dependiente del Ministerio de Hacienda, a sus efectos. Feccia

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Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

RESOLUCIÓN N.° 511/MDUYTGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: Los Decretos Nros. 638/07 y 363/15 y sus modificatorios, la Resolución Nº 326-MDUYTGC/16 y el Expediente Electrónico N° 17.545.425-MGEYA/DGTALMDUYT/16, y CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 638/07, se delegó a los señores Ministros, Secretarios y titulares de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de efectuar designaciones y disponer ceses del personal de las Plantas de Gabinete correspondientes a su jurisdicción, como así también aprobar las modificaciones correspondientes en cada caso; Que el artículo 7° del Decreto N° 363/15, instituyó el nuevo Régimen Modular de Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Resolución N° 326/MDUYTGC/16, se designó al Sr. Julio Ignacio Davant, CUIL N° 20-36259206-3, como Personal de la Planta de Gabinete de la Unidad de Auditoría Interna del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte; Que por la referida actuación, tramita a partir del 1º de agosto de 2016, la aceptación de la renuncia de la referida persona como personal de dicha planta de gabinete; Que como consecuencia de ello, la titular de la Unidad de Auditoría Interna de este Ministerio, requiere modificar a partir de la citada fecha, las Unidades Retributivas Mensuales que ostenta la Sra. Analía Verónica Finizio, CUIL 27-23147384-5, como Personal de la Planta de Gabinete que nos ocupa; Que la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, ha tomado la debida intervención al respecto, sin tener que formular objeciones a lo peticionado; Que a tal fin, resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido. Por ello, conforme las facultades conferidas por el Articulo 1, del Decreto N° 638/07,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1°.- Césase por renuncia a partir del 1° de agosto de 2016, al Sr. Julio Ignacio Davant, CUIL N° 20-36259206-3, como Personal de la Planta de Gabinete de la Unidad de Auditoría Interna, del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, cuya designación le fuera dispuesta mediante Resolución N° 326-MDUYTGC/16. Artículo 2°.- Establécese que a partir del 1° de agosto de 2016, la Sra. Analía Verónica Finizio, CUIL 27-23147384-5, percibirá 3.400 Unidades Retributivas Mensuales, como Personal de la Planta de Gabinete de la Unidad de Auditoría Interna del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes de la

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Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, y para su conocimiento, notificación de los interesados y demás efectos, remítase a la Unidad de Auditoría Interna de este Ministerio. Cumplido, archívese. Moccia

RESOLUCIÓN N.° 512/MDUYTGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley N° 471, los Decretos Nros. 638/07 y 363/15, las Resoluciones Nros. 446/MHGC/16, 1.958/MDUGC/MMGC/15 y el Expediente Electrónico N° 17.832.189-MGEYA-SSOBRAS/16, y CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 638/07, se delegó a los señores Ministros, Secretarios y titulares de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de efectuar designaciones y disponer ceses del personal de las Plantas de Gabinete correspondientes a su jurisdicción, como así también aprobar las modificaciones correspondientes en cada caso; Que el artículo 7° del Decreto N° 363/15, instituyó el nuevo Régimen Modular de Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Resolución N° 446/MHGC/16, se estableció que el excedente de Unidades Retributivas del Régimen Modular asignado y no utilizado en los términos del artículo 7° y 8° del Decreto N° 363/15, podrán ser administrados como Suplemento de Gabinete; Que el Subsecretario de la Subsecretaría de Obras, solicitó un Suplemento de Gabinete, equivalente a un mil cien (1.100) unidades retributivas, por el mes de junio del corriente año, para el agente Cristian Ivan Caputo, CUIL 20-31930455-0, quien reviste como Planta Transitoria de esa Subsecretaria, de acuerdo a lo establecido por la Resolución N° 1.958/MDUGC/MMGC/15; Que la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, ha tomado la debida intervención, a fin de verificar que la Subsecretaría de Obras, cuenta con las unidades retributivas necesarias para hacer frente a la mencionada asignación, sin objeciones que formular al respecto; Por ello, en virtud de las atribuciones que le son propias,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1°.- Asígnase del 1º al 30 de junio de 2016, el Suplemento de Gabinete equivalente a un mil cien (1.100) unidades retributivas, al agente Cristian Ivan Caputo, CUIL 20-31930455-0, dependiente de la Subsecretaría de Obras, del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte.

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Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Subsecretarías de Planeamiento y de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, y a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, y pase a la Subsecretaría de Obras, quien deberá notificar al interesado. Moccia

RESOLUCIÓN N.° 513/MDUYTGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley N° 471, los Decretos Nros. 638/07 y 363/15, la Resolución N° 446/MHGC/16 y el Expediente Electrónico N° 17.017.923-MGEYA-DGOIYA/16, y CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 638/07, se delegó a los señores Ministros, Secretarios y titulares de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de efectuar designaciones y disponer ceses del personal de las Plantas de Gabinete correspondientes a su jurisdicción, como así también aprobar las modificaciones correspondientes en cada caso; Que el artículo 7° del Decreto N° 363/15, instituyó el nuevo Régimen Modular de Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Resolución N° 446/MHGC/16, se estableció que el excedente de Unidades Retributivas del Régimen Modular asignado y no utilizado en los términos del artículo 7° y 8° del Decreto N° 363/15, podrán ser administrados como suplemento de Gabinete; Que el Director General de la Dirección General de Obras de Ingeniería y Arquitectura, dependiente de la Subsecretaría de Obras, solicitó un Suplemento de Gabinete, equivalente a dos mil setecientas (2.700) unidades retributivas, a partir del 6 de julio de 2016, para la agente Paula Andrea Mercurio, CUIL 27-18341383-5, Partida Presupuestaria 3025.0000.T.A.01.000, quien reviste como Planta Permanente; Que la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, ha tomado la debida intervención, a fin de verificar que la Dirección General de Obras de Ingeniería y Arquitectura, cuenta con las unidades retributivas necesarias para hacer frente a la mencionada asignación, sin objeciones que formular al respecto. Por ello, en virtud de las atribuciones que le son propias,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1°.- Asígnase a partir del 6 de julio de 2016, el Suplemento de Gabinete equivalente a dos mil setecientas (2.700) unidades retributivas, a la agente Paula Andrea Mercurio, CUIL 27-18341383-5, dependiente de la Dirección General de Obras de Ingeniería y Arquitectura, de la Subsecretaría de Obras, del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, Partida Presupuestaria 3025.0000.T.A.01.000.

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Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, y a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, y pase a la Dirección General Obras de Ingeniería y Arquitectura, quien deberá notificar a la interesada. Moccia

RESOLUCIÓN N.° 514/MDUYTGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley N° 471, los Decretos Nros. 638/07 y 363/15, las Resoluciones Nros. 446/MHGC/16, 1.708/MDUGC/MMGC/15 y 1.154-SSGRH/16 y el Expediente Electrónico N° 17.388.907/DGOIYA/16, y CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 638/07, se delegó a los señores Ministros, Secretarios y titulares de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de efectuar designaciones y disponer ceses del personal de las Plantas de Gabinete correspondientes a su jurisdicción, como así también aprobar las modificaciones correspondientes en cada caso; Que el artículo 7° del Decreto N° 363/15, instituyó el nuevo Régimen Modular de Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Resolución N° 446/MHGC/16, se estableció que el excedente de Unidades Retributivas del Régimen Modular asignado y no utilizado en los términos del artículo 7° y 8° del Decreto N° 363/15, podrán ser administrados como Suplemento de Gabinete; Que el Director General, de la Dirección General Obras de Ingeniería y Arquitectura, solicitó un Suplemento de Gabinete, equivalente a cien (100) unidades retributivas, a partir del 6 de julio de 2016, para el agente Sebastián Andrés De Seta, CUIL 20-31899144-9, quien reviste como Planta Transitoria de esa Dirección General, conforme Resoluciones Nros. 1.708/MDUGC/MMGC/15 y 1.154-SSGRH/16; Que la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, ha tomado la debida intervención, a fin de verificar que la Dirección General de Obras de Ingeniería y Arquitectura, cuenta con las unidades retributivas necesarias para hacer frente a la mencionada asignación, sin objeciones que formular al respecto. Por ello, en virtud de las atribuciones que le son propias,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1°.- Asígnase a partir del 6 de julio de 2016, el Suplemento de Gabinete equivalente a cien (100) unidades retributivas, al agente Sebastián Andrés De Seta, CUIL 20-31899144-9, dependiente de la Dirección General de Obras de Ingeniería y Arquitectura, de la Subsecretaría de Obras, del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, partida 3025.0000.H.00.

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Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, y a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, y pase a

la Dirección General de Obras de Ingeniería y Arquitectura, quien deberá notificar al interesado. Moccia

RESOLUCIÓN N.° 515/MDUYTGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley 13.064, La Ley 5.460 y modificatoria, los Decretos Nros. 359/15, 363/15, 141/16 y 202/13, el Expediente Nº 1.630.472-MGEYA/12 y el EE. N° 15.247.942-DGOINFU/2016; y, CONSIDERANDO: Que la obra "Camino de Sirga Etapa 2 Forestación Riachuelo entre Av. Sáenz y Av. Vieytes" fue adjudicada a la empresa BRICONS S.A. por Decreto N° 202/13 y tramitada por Expediente Nº 1.630.472-MGEYA/12, por la suma de PESOS CUARENTA MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE con 87/100 ($40.774.369,87); Que con fecha 28 de junio de 2013 se suscribió la Contrata entre el Ministerio de Desarrollo Urbano y la empresa adjudicataria; Que con fecha 1 de agosto de 2013 se suscribió el Acta de Inicio de obra, dando comienzo a los trabajos; Que la obra cuenta con un plazo de treinta (30) meses a partir de la fecha del Acta de Inicio de obra, por lo cual la fecha de finalización de la obra operaba el día 31 de enero de 2016; Que por Resolución N°413/MDUGC/13 se aprobó el Balance de Economías y Demasías N°1 generando una Demasía de PESOS SEIS MILLONES CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE CON 13/100 ($6.045.227,13.-); Que por Resolución N°98/MDUGC/14 se aprobó el Balance de Economías y Demasías N°2 generando una Demasía de PESOS CINCO MILLONES TREINTA Y TRES MIL SETECIENTOS DIEZ CON 00/100 ($5.033.710,00.-); Que por Resolución N°444/MDUGC/14 se aprobó el Balance de Economías y Demasías N°3 generando una Demasía de PESOS SIETE MILLÓNES CIEN MIL TRESCIENTOS SETENTA CON 58/100 ($7.100.370,58); Que la obra fue neutralizada por acta firmada el 1 de octubre de 2015 desde esa fecha y hasta que por acta de reinicio se reanudaron las tareas el 2 de mayo de 2016; Que por IF N° 2016-15037736-DGOINFU, la Inspección de obra informa que resulta necesaria la tramitación de la ampliación de plazo de cuatro meses en función de los nuevos frentes de obra necesarios para vincular el Camino de Sirga con la red vial existente, realizar los estudios de suelo y agua en el tramo liberado al uso público de un nuevo tramo del sector de la Villa 21-24, para lo cual, tramitan los Balances de Economías y Demasías N° 4 y N° 5; considerando adecuado extender el plazo de obra y adicionales hasta el 31 de diciembre de 2016; Que por Nota de Pedido N° 70 la empresa contratista presentó el plan de trabajo y curva de inversión;

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Que por IF N° 2016-15126897-DGOINFU, la contratista presenta la renuncia en forma expresa a reclamar al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cualquiera gasto improductivo y/o daños y perjuicios, con motivo de la presente ampliación de plazo;

Que la Dirección General de Obras de Infraestructura Urbana, mediante IF N° 2016-15448454-DGOINFU, presta su conformidad a la tramitación de la ampliación de plazo que lleva la obra a finalizar el 31 de diciembre de 2016; Que la ley 5.460 estableció la actual estructura ministerial y que el Decreto Nº 363/15 aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos, con las responsabilidades primarias y objetivos de las Unidades de Organización que lo integran, siendo dichaestructura orgánica modificada parcialmente por el Decreto N°141/16; Que, ha tomado conocimiento y prestado conformidad la Subsecretaria de Obras mediante IF-2016-15484325-SSOBRAS. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 5.460 y los Decretos Nros. 359/15 y 202/13,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase la Ampliación de Plazo de N°1 de la obra "Camino de Sirga Etapa 2 Forestación Riachuelo entre Av. Sáenz y Av. Vieytes" para la obra básica y adicionales, por el plazo de 120 días, trasladando la fecha de finalización de la misma al día 31 de diciembre de 2016. Artículo 2º.- Apruébase el nuevo Plan de Trabajos y Curva de Inversión que se detallan en el Anexo I (IF N° 2016-16071453-DGOINFU). Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (www.buenosaires.gob.ar), notifíquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Posteriormente, gírese a la Dirección General de Infraestructura Urbana de la Subsecretaria de Obras, que deberá notificar a la Empresa BRICONS SAICFI. y demás fines. Por cuerda separada, notifíquese a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Moccia

RESOLUCIÓN N.° 516/MDUYTGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: El Decreto N° 10/16, el Expediente Electrónico Nro. 15.651.428/UPEORS/2016 y, CONSIDERANDO: Que mediante el citado Expediente se propicia una adecuación de las disponibilidades crediticias dentro del Programa 18 a cargo de la Unidad de Proyectos Especiales Obras Red de Subterráneos del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, para el Ejercicio 2016;

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ANEXO

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Que la modificación de créditos de que se trata resulta necesaria para atender las erogaciones que demande la adquisición de dos computadoras de escritorio y una portatil bajo convenio Marco para el director de la Unidad Proyectos Especiales Obras de Red de Subterráneos; Que en el artículo 37 de las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2016, aprobadas por Decreto Nº 10/16, se establecen niveles de competencia para efectuar modificaciones de créditos; Que se ha dado cumplimiento al artículo 9 del Capítulo Tercero de las aludidas Normas en lo referente a la validación del requerimiento nro. 3511 del año 2016 del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera por parte de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, quien ha otorgado al mismo el estado de "Pendiente OGESE". Por ello y en uso de las facultades encomendadas,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase la modificación presupuestaria que se detalla en el Anexo I (IF-2016-18.244.973-DGTALMDUYT, que a todos sus efectos forman parte integrante de la presente. Artículo 2°.- Dese intervención a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda, para la confirmación en el Sistema SIGAF, de la modificación presupuestaria mencionada en el artículo 1° de la presente. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dentro de los cinco (5) días de firmada la presente, conforme lo dispone el artículo 9 Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2016 aprobadas por del Decreto Nro. 10/16 y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Moccia

RESOLUCIÓN N.° 517/MDUYTGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley 13.064, La Ley 5.460 y su modificatoria, los Decretos Nros. 188/13, 359/15, 363/15 y 141/16, el Expediente N°1.956.273-MGEYA-2012 y el EE. Nº17247907-MGEYA-DGOIYA-2016, y; CONSIDERANDO: Que la obra "Centro de Gestión y Participación Comunal N°12 - Calle Holmberg 2548/96" fue adjudicada a la Empresa Conorvial S.A por Decreto Nº188/13 de fecha 24 de mayo del 2013, y tramitada por Expediente Nº1.956.273-MGEYA-2012;

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ANEXO

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Que la Contrata entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la empresa adjudicataria fue suscripta el día 3 de julio del 2013; Que se procedió a dar Inicio de Obra el día 28 de octubre de 2013, firmándose el Acta de Inicio, entre la contratista, la Inspección de Obra y el Director General de Obras de Arquitectura; Que se procedió a Neutralizar el plazo contractual de obra por un término indefinido dado que el predio se veía ocupado y no se podían realizar trabajos por causas ajenas a Conorvial S.A., firmándose el Acta Acuerdo de Neutralización de Plazo; Que habiéndose liberado el predio a intervenir, se reanudaron los trabajos, firmándose el Acta de Reinicio de Obra el día 6 de enero de 2014 entre la contratista, la Inspección de Obra y el Director General de Obras de Arquitectura; Que el contrato suscripto preveía un primer plazo de la obra de 12 meses, cuyo vencimiento operaba el 6 de enero de 2015; Que por Resolución N°90-MDUGC/15 se aprobaron los balances de economías y demasías (BED) N° 2 y N° 3 y una ampliación de plazo para la ejecución de sus respectivas tareas de 68 (sesenta y ocho) días, trasladando la finalización de la obra el día 15 de marzo de 2015; Que por Resolución N°299-MDUGC/15 se aprobó el BED N°4 y una ampliación de plazo para la ejecución de sus respectivas tareas de sesenta (60) días corridos trasladando la finalización de la obra al día 14 de mayo de 2015; Que por Resolución N° 106-MDUYTGC/16 se aprobó la Ampliación de Plazo N° 3 por un total de cuatrocientos trece días (413) que de tal modo lleva la finalización de la obra al 30 de junio de 2016; Que en el IF-2016-16853572-DGOIYA la Inspección de Obra informa los motivos que justifican la presente ampliación de plazo con relación a los días con precipitaciones y sus consecuencias, reconociéndose a la contratista treinta y cuatro (34) días corridos de atraso de obra para la Nueva Plaza Monroe, (Exp. Nº 6903446-MGEYADGOIYA- 2016 s/BED N° 5 CGP 12) dado que el atraso fue generado en los movimientos de suelos y tareas de hormigonado a cielo abierto en el sector de Plaza Monroe a partir de lluvias sostenidas; Que a la vez, se solicitó incorporar a la Nueva Plaza Monroe los Totems de Hormigón diseñados por el arquitecto Clorindo Testa, originándose así la necesidad de un nuevo BED, que contemple la incorporación al espacio de la Plaza de dichas esculturas,

completando así el paseo de esculturas desarrollado por el arquitecto Testa en el espacio urbano de calle Holmberg entre calles Monroe y Rivera; Que por otro lado, incide en la prórroga del plazo de ejecución los cambios de proyecto en la arquitectura interna del edificio de la Comuna por la Dirección General de Servicios Desconcentrados y Mantenimiento Edilicio; Que a raíz de lo comentado y en función del plan de trabajos y curva de inversión, la Inspección de Obra presta conformidad para la continuación del trámite otorgando el plazo de noventa y dos (92) días corridos, trasladando la fecha de finalización de la obra al 30 de septiembre de 2016; Que la contratista ha renunciado en forma expresa al eventual reclamo de cualquier gasto improductivo y/o daños y perjuicios, y/o cualquier otro reclamo que surja con motivo de la presente Ampliación de Plazo N° 4; Que la Dirección General de Obras de Ingeniería y Arquitectura ha prestado conformidad a la ampliación de plazo propuesta con la Orden de Cambio N° 6 y en su IF-2016-17680154-DGOIYA; Que la Subsecretaría de Obras ha prestado su expresa conformidad para la aprobación mediante IF -2016-17774088-SSOBRAS;

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Que en el marco de la nueva Ley de Minsiterios 5.460, y de la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobada por Decreto N° 363/15, modificado por Decreto N° 141/2016, el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte es el continuador del entonces Ministerio de Desarrollo Urbano. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 5.460 y su modificatoria y los Decretos Nros. Nº 359/15 y 188/13,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la Ampliación de Plazo N°4 de la Obra "Centro de Gestión y Participación Comunal N°12 - Calle Holmberg 2548/96", en noventa y dos (92) días corridos a partir del 30 de junio de 2016, siendo la nueva fecha de finalización de Obra el día 30 de septiembre de 2016. Artículo 2º - Apruébese el nuevo plan de trabajos y curva de inversión detallados en el presente como Anexo I (IF 2016-17662888-DGOIYA). Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (www.buenosaires.gob.ar), notifíquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, gírese a la Dirección General de Obras de Ingeniería y Arquitectura, dependiente de la Subsecretaria de Obras, que deberá notificar a la Empresa CONORVIAL S.A.. Cumplido, Archívese. Moccia

RESOLUCIÓN N.° 518/MDUYTGC/16

Buenos Aires, 3 de agosto de 2016 VISTO: La Ley 5.460 y modificatoria, los Decretos Nrs. 359/GCBA/15, 363/GCBA/15, 141/GCBA/16, 203/GCBA/16 la Licitación Pública N° 1816/2014, los Expedientes Electrónicos Nros. EE 13723076-MGEYA-UPEDG- 2014 y EE N° 2016-8779893-MGEYA-DGTLAMDUYT CONSIDERANDO: Que la Obra "Obra Civil- Palacio Lezama" fue adjudicada a la Empresa SES S.A. por Resolución N°61-MDUGC-2015 de fecha 09 de marzo de 2015, por un monto de PESOS CICUENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y UN MIL CINCUENTA Y TRES CON 20/100 ($ 52.831.053,20) y tramitada por Expediente N° 13.723.076-MGEYA-UPEDG- 2014; Que la Contrata entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Empresa adjudicataria fue suscripta el 09 de marzo de 2015; Que el inicio de la Obra operó el día 16 de marzo de 2015 según su Acta de Orden de Comienzo, con un plazo de cinco (5) meses; Que por Resolución N° 288- MDUGC/15, se aprobó la ampliación de plazo N° 1, llevando el plazo de finalización de la obra al día 30 de noviembre de 2015;

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ANEXO

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Que por Resolución N° 347-MDUGC/15 y su rectificatoria Resolución N° 50-MDUYT/16 se aprobó el Balance de Economías y Demasías (BED) N° 1 por un monto de Pesos SIETE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 43/100 ($ 7.589.798,43), que representa un incremento del 14,37% de incidencia sobre el monto contractual; Que por Resolución N° 29-MMIYTGC/16, se aprobó la ampliación de plazo N° 2, llevando el plazo de finalización de la obra al día 31 de marzo de 2016; Que por Resolución N° 296-MDUYTGC/16 se aprobó la ampliación de plazo N° 3, que prorrogó la ejecución de la obra hasta el día 16 de mayo de 2016; Que por Resolución N° 454 MDUYTGC/16 se aprobó la ampliación de plazo N° 4 que lleva la finalización de la obra al día 30 de junio de 2016; Que la necesidad de realizar el presente trámite, surge a consecuencia de tareas que debieron adicionarse entre otros temas por ajustes de proyecto, que surgieron como necesarios y que no fueron contemplados en la oferta contractual, los que fueron cotizados por la contratista a pedido de la Inspección de Obra, para poder dar continuidad a la obra según IF-2016-08826658-DGIGUB e IF 2016-8825947-DGIGUB; Que la contratista cotiza por EX 2016-08779893-MGEYA-DGTALMDUYT, el Balance de Economías y Demasías Nº 2 por la suma de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL ONCE CON 17/100 ($ 2.619.011,17) de demasías; monto que representa una incidencia del 4,96 % de incremento, el que sumado al BED N° 1 de 14,37 % representa un incremento acumulado del 19,33%; Que luego de los análisis realizados por la Asesoría Técnica de la Dirección General de Infraestructura Gubernamental, aplicando la modalidad establecida para la cotización de adicionales, se han realizado los cómputos correspondientes, siendo los

precios cotizados razonables y prestan su conformidad al Balance de Economías y Demasías Nº2; Que el Balance de Economías y Demasías Nº 2 de la Obra "Obra Civil- Palacio Lezama" y el nuevo Plan de Trabajo de la misma debe contemplar lo establecido en el artículo 12° del Anexo de la Resolución N° 601-MHGC/2014, estableciendo la aplicación directa y simultánea al Balance de referencia de las Redeterminaciones Provisorias N°1 (8,22% abril 2015), Nº2 (7,40% agosto 2015), N° 3 (5,88 % diciembre 2015) y N° 4 (5,48% febrero 2016) aprobadas por Resolución N°847-MHGC-2015, Resolución N° 1458-MHGC-2015, Resolución N° 1449-MHGC-2016 y Resolución N° 1450-MHGC-2016 respectivamente, y que representan un incremento de PESOS SETECIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS TREINTA Y UNO CON 03/100 ( $ 780.631,03) para las demasías; Que la Jefatura de Administración y la Dirección, junto a la Inspección de Obra de la Dirección General de Infraestructura Gubernamental (DGIGUB) prestan su conformidad al Balance de Economías y Demasías Nº2 conforme IF-2016-8825947-DGIGUB e IF-2016-15441092-DGIGUB; Que conforme la Ley N° 5.460 es competencia del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, diseñar y ejecutar los planes, programas y proyectos urbanísticos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 363/15 y su modificatorio N° 141/16 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hasta el nivel Dirección General; Que por Decreto N° 203/16 se estableció, entre otras cosas, los niveles de decisión y cuadro de competencia para los procedimientos de selección para la contratación de obra pública; Que, ha tomado conocimiento y prestado conformidad la Subsecretaria de Obras; Que, se han efectuado las reservas e imputaciones presupuestarias correspondientes. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 5.460, el Decreto Nº 359/15 y el Decreto 203/16,

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EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1°.- Convalídase el Balance de Economías y Demasías Nº 2 correspondiente a la Obra: "Obra Civil - Palacio Lezama" del que resulta una Demasía de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL ONCE CON 17/100 ($ 2.619.011,17) conforme al Anexo I (IF-2016-17015504-DGIGUB), que forma parte de la presente, monto que representa una incidencia del 4,96% de incremento que sumado al Bed N°1 de 14,37 % representan un incremento acumulado del 19,33%. Artículo 2°.- Convalídase el Plan de Trabajos y Curva de Inversión del Balance de Economías y Demasías Nº 2, que se detalla en el Anexo II (IF-2016-15441812- DGIGUB), el cual forma parte integrante de la presente. Artículo 3°.- Apruébase de conformidad a lo previsto en la Resolución 601/MHGC/2014 la aplicación directa y simultánea al Balance de referencia de las Redeterminaciones Provisorias N°1 (8,22% abril 2015), Nº2 (7,40% agosto 2015), N° 3 (5,88 % diciembre 2015) y N° 4 (5,48% febrero 2016) aprobadas por Resolución N°847-MHGC-2015, Resolución N° 1458- MHGC-2015 , Resolución N° 1449-MHGC-2016 y Resolución N° 1450-MHGC-2016 respectivamente y que representan un incremento de PESOS SETECIENTOS OCHENTA MIL.

Artículo 4°.- La empresa contratista deberá completar los seguros y garantías que correspondan de acuerdo a la ampliación del monto contractual. Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (www.buenosaires.gob.ar), notifíquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, gírese a la Subgerencia de Compras, Licitaciones y Suministros de la Gerencia de Compras y Contrataciones para la emisión de la Orden de Compra correspondiente. Posteriormente pase a la Dirección General de Infraestructura Gubernamental (DGIGUB) a su conocimiento y posterior notificación a la empresa contratista SES S.A. Cumplido, archívese. Moccia

RESOLUCIÓN N.° 519/MDUYTGC/16

Buenos Aires, 3 de agosto de 2016 VISTO: El Decreto Nº 67/ las Resoluciones Nº 51-MHGC/2010, Nº 59-MHGGC-2015, N° 310- MDUYTGC/16; las Disposiciones Nº A-9-DGCG/10, Nº 10-DGCG/10 y N° 183-DGCG/13, y el Expediente Nº 11.366.494 -MGEYA-MDUYTGC/16 y; CONSIDERANDO: Que por el actuado citado en el Visto tramita la aprobación del gasto de la Caja Chica Especial "Eventos Especiales" del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte en los términos del Decreto Nº 67/2010 que aprueba el "Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que dicha entrega de fondos fue asignada por Resolución Nº 310-MDUYTGC/16 con el objeto de solventar los gastos destinados a la realización de eventos especiales;

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ANEXO

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Que mediante Resolución Nº 458-MDUYTGC/16 se aprobó el gasto en concepto Caja Chica Especial "Eventos Especiales", conforme a los Anexos I "Resumen de Comprobantes por Fecha" y II "Resumen de Comprobantes por Imputación"; Que el órgano revisor solicito mediante IF 2016-18227389-DGTALMDUYT dejar sin efecto la Resolución Nº 458-MDUYTGC/16 a fin de subsanar las observaciones; Que conforme el artículo 16 del Decreto Nº 67/2010 "El titular de la Unidad de Organización receptora de los fondos aprobará los gastos, mediante Acto Administrativo, de acuerdo a la reglamentación, siendo responsable de la oportunidad, mérito y conveniencia de dichas erogaciones"; Que por otra parte el punto 1 del Anexo III de la Disposición Nº A-9-DGCG/10 establece que dicho acto administrativo aprobará como Anexos las planillas 1,2 y 3 del Anexo V de la citada Disposición; Que en este sentido, resulta pertinente el dictado de la norma legal que posibilite lo requerido; Por ello y en uso de las atribuciones conferidas;

El MINISTRO DE DESRROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Dejese sin efecto la Resolución Nº 458-MDUYTGC/16. Artículo 2º.- Apruébase el gasto en concepto de Caja Chica Especial "Eventos Especiales", Ejercicio 2016 correspondiente al Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte por el monto de PESOS Ciento Diez Mil Cuatrocientos Setenta y Siete con 76/100 ($ 110.477,76), conforme a los Anexos (IF-2016- 18.425.040 -MDUYTGC) I "Resumen de Comprobantes por Fecha" y II "Resumen de Comprobantes por Imputación" según Disposición Nº 183-DGCG/13, que como tal forman parte integrante de la presente. Artículo.3º.- Comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte y remítase para su intervención a la

Dirección General Contaduría General del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Moccia

RESOLUCIÓN N.° 292/SSTYTRA/16

Buenos Aires, 27 de julio de 2016 VISTO: el Expediente Nº EX-2016-16187434- -MGEYA-DGTMBR, la Ley de Obras Públicas N° 13.064, aplicada en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre la base de lo dispuesto en la Cláusula Transitoria N° 3 de la Ley Nº 70, la Ley N° 2809, texto consolidado Ley N° 5.454, los Decretos Nº 1254/08,N° 127/14,N° 363/2015,N° 203/16, y CONSIDERANDO:

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ANEXO

Que por el Expediente citado en el visto, tramita la Licitación Pública Nacional de Obra

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Mayor N° 588/SIGAF/2016,que tiene por objeto la realización de la obra "Bulbos en Hospitales", a ser ejecutada por la Dirección General de Transporte Masivo de Buses Rápidos, dependiente de esta repartición; Que la contratación mencionada tiene por objeto la construcción de 40 bulbos de hormigón, en paradas de colectivo, con el fin de garantizar la seguridad a los usuarios del sistema de transporte público de pasajeros en la espera, impidiendo el estacionamiento de vehículos particulares en el espacio destinado a la detención de los buses; Que, de conformidad con lo previsto en el Decreto Nº 203/16, se establece forma, plazo de publicación y de anticipación del presente llamado a Licitación Pública, en el Boletín de la Ciudad de Buenos Aires por CINCO (5) días; Que el plazo de ejecución de la obra es de NOVENTA (90) días corridos a partir de la fecha de suscripción del Acta de Inicio; Que el Presupuesto Oficial asciende a la suma de PESOS NUEVE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL SETENTA Y OCHO CON DIEZ CENTAVOS ($9.531.078,10); Que se incluye, en los Pliegos de la Licitación que se propicia, la previsión de un anticipo financiero del 30%, teniendo en cuenta las características y requerimientos particulares de la presente obra, por la magnitud y el plazo exiguo para su realización, en el entendimiento de que con ella se facilitará el desenvolvimiento y la realización de las tareas que se contratan, considerando, además, que dicha medida acrecentará el número de empresas concurrentes a los procesos licitatorios, otorgando una mayor transparencia; Que el Pliego de Bases y Condiciones Generales para Obras Públicas Mayores fue aprobado por el Decreto Nº 1254/08; Que la Dirección General de Transporte Masivo de Buses Rápidos, en su carácter de Organismo Técnico, confeccionó los pliegos licitatorios que se acompañan como Anexo I a la presente norma; Que obra la pertinente Solicitud del Gasto emitida a través del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (S.I.G.A.F.); Que las erogaciones a que dé lugar la presente obra, serán imputadas a las partidas presupuestarias de los ejercicios correspondientes;

Que la Dirección Generalde Seguros y la Agencia de Protección Ambiental han tomado la debida intervención dando cumplimiento a la normativa vigente; Que, asimismo, han prestado conformidad las Direcciones Generales de Tránsito y Transporte y de Planificación de la Movilidad; Que, por su parte, la Dirección General de Redeterminación de Precios del Ministerio de Hacienda, ha tomado la intervención que le corresponde atento lo establecido en el artículo 5º del Decreto Nº 127/2014. Por ello, en un todo de acuerdo con la Ley Nacional de Obras Públicas N°13.064, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 203/2016,

EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Aprobar los Pliegos de Bases de Condiciones Particulares (PLIEG-2016-17875150- -DGTMBR) y de Especificaciones Técnicas (IF-2016-17794395-DGTMBR; IF-2016-17873926- -DGTMBR -anexo I PET-) que como Anexos se acompañan y forman parte integrante de la presente, para la realización de la Obra "Bulbos en Hospitales".

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Artículo 2º.- Llamar a Licitación Pública Nacional N° 588/SIGAF/2016 para el día 12 de agosto de 2016 a las 13:00 hs., en Martín García 346, 5° piso, atento a lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064, cuyo Presupuesto Oficial asciende a PESOS NUEVE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL SETENTA Y OCHO CON DIEZ CENTAVOS ($9.531.078,10), con un anticipo financiero del 30%. Artículo 3º.- Los Pliegos de Bases y Condiciones serán gratuitos y podrán ser consultados y obtenidos en el sitio de Internet del Ministerio de Desarrollo Urbano (www.buenosaires.gov.ar/areas/planeamiento_obras/licitations/web/frontend_dev.php), donde los interesados podrán formular las consultas. Artículo 4º.- Las erogaciones a que dé lugar la presente obra, serán imputadas a las partidas presupuestarias del presente ejercicio. Artículo 5º.-Remítanse las invitaciones y, cumpliéndose con el plazo de anticipación establecido en la normativa vigente, publíquese el presente llamado a Licitación Pública en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de 5 días y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.(www.compras.buenosaires.gov.ar). Artículo 6º.- La presentación de ofertas se realizará en la Subgerencia Operativa de Compras, Licitaciones y Suministros del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte hasta el día 12 de agosto de 2016 a las 13:00 horas sita en Martín García 346 5° piso, CABA. Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Secretaría de Transporte y a la Dirección General de Transporte Masivo de Buses Rápidos. Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte. Cumplido, archívese. Terrile

RESOLUCIÓN N.° 293/SSTYTRA/16

Buenos Aires, 28 de Julio de 2016 VISTO: el Expediente Nº EX-2016-17440311- -MGEYA-COMUNA5, la Ley Nº 2148, los Decretos Nº 363/2015 y 141/2016, la Resolución Nº 201/SECTRANS/16, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente mencionado en el Visto, la Asociación Civil "Chiflados de Boedo", a través de la Junta Comunal Nº 5, solicita permiso para el corte total de la Av. Boedo entre Estados Unidos y Carlos Calvo, el sábado 6 de agosto de 2016 de 13.00 a 18.00, con cobertura climática el sábado 13 de agosto de 2016 en el mismo horario, con motivo de los festejos del día del niño; Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones y correrán por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277;

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ANEXO

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Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Secretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó en esta Subsecretaría de Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para aprobar los cortes de calle y cambios de sentido de circulación de las calles del tejido urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Dirección General de Tránsito y Transporte ha tomado intervención y emitió opinión favorable respecto al corte solicitado; Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice a la Asociación Civil "Chiflados de Boedo", a efectuar el corte total de la Av. Boedo entre Estados Unidos y Carlos Calvo, sin afectar las bocacalles, con motivo de los festejos del día del niño, el sábado 6 de agosto de 2016 de 13.00 a 18.00, con cobertura climática el sábado 13 de agosto de 2016 en el mismo horario. Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución Nº 201/SECTRANS/16,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSITO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar a la Asociación Civil "Chiflados de Boedo", con motivo de los festejos del día del niño, el sábado 6 de agosto de 2016 de 13.00 a 18.00, con cobertura climática el sábado 13 de agosto de 2016 en el mismo horario, con

presencia policial, a efectuar el corte total de la Av. Boedo entre Estados Unidos y Carlos Calvo, sin afectar las bocacalles. Artículo 2º.- El tránsito que pretenda circular por la calle afectada deberá desviarse por las siguientes arterias:· Av. Independencia, Castro Barros, Estados Unidos, hasta retomar Av. Boedo. Artículo 3º.- La solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148. Artículo 4º.- La solicitante deberá arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de Policía y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96. Artículo 5º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3º y 4º de la presente, la misma carecerá de validez. Artículo 6º.- La presente no implica autorización para la ocupación de veredas ni otro espacio público ni la realización de actividades comerciales, promocionales y/o actividades publicitarias, así como tampoco se autoriza la instalación de "stands" ni la venta de alimentos y bebidas las que deben tramitarse por cuerda separada en las áreas correspondientes.

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Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese a la Dirección General de Tránsito y Transporte quien comunicará al solicitante, a la Policía, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial, de Limpieza, de Rentas (Departamento de Otros Recursos), de Planificación de la Movilidad, de Ordenamiento del Espacio Público y a la Gerencia Operativa de Regulación del Transporte. Cumplido, archívese. Terrile

RESOLUCIÓN N.° 294/SSTYTRA/16

Buenos Aires, 28 de julio de 2016 VISTO: los Expedientes Nº EX-2016-17820649- -MGEYA-DGTYTRA y Nº EX-2016-17820649- -MGEYA-DGFEP, la Ley Nº 2148, los Decretos Nº 363/2015 y 141/2016, la Resolución Nº 201/SECTRANS/16, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente mencionado en el Visto, COARCO S.A. solicita la prórroga del permiso para el cierre al tránsito de la calle Soler entre las calles Godoy Cruz y Santa María de Oro, a partir del día 8 de agosto de 2016 y por el término de 30 días corridos, con motivo de la obra: "Readecuación del sistema de desagües secundarios del arroyo Maldonado"; Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones y correrán por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277; Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Secretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó en esta Subsecretaría de Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para aprobar los cortes de calle y cambios de sentido de circulación de las calles del tejido urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Dirección General de Tránsito y Transporte ha tomado intervención y emitió opinión favorable respecto al corte solicitado; Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice COARCO S.A. a cerrar al tránsito la calle Soler entre las calles Godoy Cruz y Santa María de Oro, sin afectar las bocacalles, en el plazo solicitado; Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución Nº 201/SECTRANS/16,

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Artículo 1º.- Prorrogar a partir del 8 de agosto de 2016 y por el término de TREINTA (30) días corridos, la Resolución Nº 211/SSTYTRA/16, por la cual se autoriza a la empresa COARCO S.A. a cerrar al tránsito, únicamente con presencia policial y sin afectar bocacalles, la calle Soler entre las calles Godoy Cruz y Santa María de Oro, con motivo de continuar con las tareas para la obra: "Readecuación del sistema de

desagües pluviales secundarios del Aº Maldonado". Se deberán mantener todas las condiciones de la resolución mencionada y los trabajos a realizar dentro de la ocupación podrán efectuarse únicamente si se cuenta con el correspondiente permiso de obra emitido por el Dirección General de Fiscalización del Espacio Público (GAC-08-2016). Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese a la Dirección General de Tránsito y Transporte quien comunicará al solicitante, a la Policía, a la Dirección General de Fiscalización del Espacio Público, de Planificación de la Movilidad, del Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y la Seguridad Vial; de Inspección de Uso del Espacio Público; de Fiscalización y Control de Obras; y de Limpieza; a las Gerencias Operativas de Ordenamiento del Tránsito; de Regulación del Transporte y para su conocimiento, y demás efectos, remítase al Departamento Administrativo. Cumplido, archívese. Terrile RESOLUCIÓN N.° 295/SSTYTRA/16

Buenos Aires, 28 de julio de 2016 VISTO: el Expediente Nº EX-2016-16284859- -MGEYA-SSDEP, la Ley Nº 2148, los Decretos Nº 363/2015 y 141/2016, la Resolución Nº 201/SECTRANS/16, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente mencionado en el Visto, la empresa Sportfacilities, a través de la Subsecretaría de Deportes, solicita permiso para la afectación de diversas arterias de la Ciudad, el día domingo 7 de agosto de 2016 en el horario de 08.30 a 10.30, con motivo de la realización de una prueba atlética denominada "15 K New Balance 2016"; Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones y correrán por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277; Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Secretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó en esta Subsecretaría de Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para aprobar los cortes de calle y cambios de sentido de circulación de las calles del tejido urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Dirección General de Tránsito y Transporte ha tomado intervención y emitió opinión favorable respecto al corte solicitado;

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 68

EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE RESUELVE

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Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice a Sportfacilities a efectuar las afectaciones de tránsito para la realización de la prueba atlética "15 K New Balance 2016", sin afectar las bocacalles, el día domingo 7 de agosto de 2016 en el horario de 08.30 a 10.30. Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución Nº 201/SECTRANS/16,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSITO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar a Sportsfacilities, con motivo de la realización de una prueba atlética denominada "15 K New Balance 2016", con presencia policial, el día domingo 7 de agosto de 2016 de 08.30 a 10.30, a efectuar los cortes de tránsito que a continuación se detallan: Corte total de Av. Pte. Figueroa Alcorta entre Av. Sarmiento y Dr. Roberto Levillier, sin afectar bocacalles, en el horario de 04.00 a 11.00.

Cortes totales, momentáneos y sucesivos desde Pte. Figueroa Alcorta entre Av. Sarmiento y Dr. Roberto Levillier, por Av. Pte. Figueroa Alcorta, Av. Guillermo Udaondo, Av. Del Libertador, Vedia, La Cachila, Juan Zufriategüi, Colectora Int. Cantilo, Puente Angel Labruna, Av. Guillermo Udaondo, Av. Pte. Figueroa Alcorta, Av. Dorrego hasta Av. Cnel. Marcelino Freyre, retomando por Av. Dorrego, Av. Pe. Figueroa Alcorta hasta el punto de partida, con excepción del paso de la competencia por Av. Del Libertador, en cuyo caso deberán afectarse dos carriles, momentáneos y sucesivos sentido hacia Provincia. Cierres totales, momentáneos y sucesivos de las transversales al momento de paso de los participantes, Artículo 2º.- El tránsito que pretenda circular por las arterias afectadas deberá desviarse por las transversales inmediatas anteriores a los cortes y retomar por las calles paralelas más próximas que tengan el mismo sentido de circulación. Artículo 3º.- La solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148. Artículo 4º.- La solicitante deberá arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de Policía y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96. Artículo 5º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3º y 4º de la presente, la misma carecerá de validez. Artículo 6º.- La presente no implica autorización para la ocupación de veredas ni otro espacio público ni la realización de actividades comerciales, promocionales y/o actividades publicitarias, así como tampoco se autoriza la instalación de "stands" ni la venta de alimentos y bebidas las que deben tramitarse por cuerda separada en las áreas correspondientes.

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Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese a la Dirección General de Tránsito y Transporte quien comunicará al solicitante, a la Policía, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial, de Planificación de la Movilidad de Limpieza, de Rentas (Departamento de Otros Recursos), de Tránsito y Transporte y de Ordenamiento del Espacio Público y a la Gerencia Operativa de Regulación del Transporte. Cumplido, archívese. Terrile

RESOLUCIÓN N.° 296/SSTYTRA/16

Buenos Aires, 28 de julio de 2016 VISTO: los Expedientes Nº EX-2016-17395604- -MGEYA-DGTYTRA y Nº EX-2016-16859892- -MGEYA-DGFEP, la Ley Nº 2148, los Decretos Nº 363/2015 y 141/2016, la Resolución Nº 201/SECTRANS/16, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente mencionado en el Visto, DYCASA S.A. solicita la prórroga del permiso para el cierre al tránsito de la calle Guayra a la altura de la Avenida Cabildo, a partir del día 8 de agosto de 2016 y por el término de 90 días corridos, con motivo de continuar con la obra: "Cocheras de congreso de Tucumán, Linea D de Subterráneos"; Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones y correrán por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277; Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Secretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó en esta Subsecretaría de Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para aprobar los cortes de calle y cambios de sentido de circulación de las calles del tejido urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Dirección General de Tránsito y Transporte ha tomado intervención y emitió opinión favorable respecto al corte solicitado; Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice a DYCASA S.A. a realizar la el cierre al tránsito de la calle Guayra a la altura de la avenida Cabildo en el plazo solicitado. Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución Nº 201/SECTRANS/16;

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Artículo 1º.- Prorrogar a partir del 8 de agosto de 2016 y por NOVENTA (90) días corridos, la Resolución Nº 93/SSTYTRA/16 por la cual se autoriza a la empresa DYCASA S.A. a cerrar al tránsito, únicamente con presencia policial y sin afectar bocacalles, la calle Guayra a la altura de los frentes Nº 2320/2388 entre la Av. Cabildo y la calle Vuelta de Obligado, con motivo de continuar con la obra: "Cochera de Congreso de Tucumán de la Línea D de Subterráneos". Se deberán mantener todas

las condiciones de la resolución mencionada y los trabajos podrán efectuarse únicamente si se cuenta con el correspondiente permiso de obra emitido por la Dirección General de Fiscalización del Espacio Público (GBY-09-16). Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese a la Dirección General de Tránsito y Transporte quien comunicará al solicitante, a la Policía, a la Dirección General de Fiscalización del Espacio Público, del Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y la Seguridad Vial; de Inspección de Uso del Espacio Público; de Fiscalización y Control de Obras; de Planificación de la Movilidad, y de Limpieza; a las Gerencias Operativas de Ordenamiento del Tránsito; de Regulación del Transporte y para su conocimiento, y demás efectos, remítase al Departamento Administrativo. Cumplido, archívese. Terrile

RESOLUCIÓN N.° 297/SSTYTRA/16

Buenos Aires, 28 de julio de 2016 VISTO: el Expediente Nº EX-2016-16043306- -MGEYA-DGMYCH, la Ley Nº 2148, los Decretos Nº 363/2015 y 141/2016, la Resolución Nº 201/SECTRANS/16, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente mencionado en el Visto, la Asociación Amigos Museo Sivori solicita el libre acceso vehicular al Museo Sivori sito en Av. Infanta Isabel Nº 555, desde el día jueves 18 de agosto de 2016 hasta el día lunes 29 de agosto de 2016, con motivo de la realización de la 17º edición del Remate Anual. Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones y correrán por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277; Que a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó en esta Subsecretaría de Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para aprobar los cortes de calle, estacionamientos y cambios de sentido de circulación de las calles del tejido urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Dirección General de Tránsito y Transporte ha tomado intervención y emitió opinión favorable respecto al corte solicitado; Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice a la Asociación Amigos Museo Sivori, el acceso y el estacionamiento de vehículos en Av. Infanta Isabel Nº 555, con motivo de la realización de la 17º edición del Remate Anual, desde el día jueves 18 de agosto de 2016 hasta el día lunes 29 de agosto de 2016. Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución Nº 201/SECTRANS/16

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EL SUBSECRETARIO DE TRANSITO Y TRANSPORTE RESUELVE

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EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

RESUELVE Artículo 1º.- Permitir el acceso y estacionamiento de todo vehículo que se identifique como concurrente al Museo Sívori, sito en Av. Infanta Isabel frente Nº 555, desde el día jueves 18 de agosto de 2016 hasta el día lunes 29 de agosto de 2016, con motivo de la realización de la 17º edición del Remate Anual. Artículo 2º.- El estacionamiento aprobado en el artículo anterior será de carácter gratuito y no exclusivo, se efectuará paralelo y junto al cordón de ambas manos, no se permitirá el uso de la vereda y no se afectarán paradas de transporte público, ochavas, sendas peatonales, espacios verdes, zonas de entrada y salida de vehículos (garajes, etc.), permitiendo en todo momento la libre circulación por las arterias. Asimismo deberá contar con el correspondiente apoyo de la Policía que será requerido por el recurrente y de cuyas costas debe hacerse cargo.

Artículo 3º.- La solicitante contratará la limpieza que resulte necesaria ejecutar, de acuerdo a la Ordenanza Nº 51.277; pues en caso de incumplimiento, serán llevados a cabo por Administración y a su costa; debiendo aceptar asimismo la responsabilidad que establece el artículo 2.1.10 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Buenos Aires. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese a la Dirección General de Tránsito y Transporte quien comunicará al solicitante, a la Policía, a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial, de Limpieza, de Planificación de la Movilidad, de Ordenamiento del Espacio Público y a la Gerencia Operativa de Regulación del Transporte, Prefectura Naval Argentina. Cumplido, archívese. Terrile

RESOLUCIÓN N.° 298/SSTYTRA/16

Buenos Aires, 28 de julio de 2016 VISTO: los Expedientes Nº EX-2016-17597218- -MGEYA-DGTYTRA y Nº EX-2016-17678180- -MGEYA-DGFEP, la Ley Nº 2148, los Decretos Nº 363/2015 y 141/2016, la Resolución Nº 201/SECTRANS/16, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente mencionado en el Visto, DYCASA S.A. solicita la prórroga del permiso para el cierre al tránsito de la calle Manuela Pedraza a la altura de la Avenida Cabildo, a partir del día 15 de agosto de 2016 y por el término de 90 días corridos, con motivo de continuar con la obra: "Cocheras de congreso de Tucumán, Linea D de Subterráneos"; Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones y correrán por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277;

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Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Secretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó en esta Subsecretaría de Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para aprobar los cortes de calle y cambios de sentido de circulación de las calles del tejido urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Dirección General de Tránsito y Transporte ha tomado intervención y emitió opinión favorable respecto al corte solicitado; Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice a DYCASA S.A. a realizar la el cierre al tránsito de la calle Manuela Pedraza a la altura de la Avenida Cabildo en el plazo solicitado. Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución Nº 201/SECTRANS/16;

EL SUBSECRETARIO DE TRANSITO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Prorrogar a partir del 15 de agosto de 2016 y por NOVENTA (90) días corridos, la Resolución Nº 83/SSTYTRA/16, por la cual se autoriza a la empresa DYCASA S.A. a cerrar al tránsito, únicamente con presencia policial y sin afectar bocacalles, la calle Manuela Pedraza a la altura de los frentes Nº 2406/2409 entre la Av. Cabildo y la calle Vuelta de Obligado, con motivo de continuar con la obra: "Cochera de Congreso de Tucumán de la Línea D de Subterráneos". Se deberán mantener todas las condiciones de la resolución mencionada y los trabajos podrán efectuarse únicamente si se cuenta con el correspondiente permiso de obra emitido por la Dirección General de Fiscalización en Vía Pública (GBY-10-16). Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese a la Dirección General de Tránsito y Transporte quien comunicará al solicitante, a la Policía, a la Dirección General de Fiscalización del Espacio Público, de Planificación de la Movilidad, del Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y la Seguridad Vial; de Inspección de Uso del Espacio Público; de Fiscalización y Control de Obras; y de Limpieza; a las Gerencias Operativas de Ordenamiento del Tránsito; de Regulación del Transporte y para su conocimiento, y demás efectos, remítase al Departamento Administrativo. Cumplido, archívese. Terrile

RESOLUCIÓN N.° 299/SSTYTRA/16

Buenos Aires, 28 de julio de 2016 VISTO: el Expediente Nº EX-2016-17941984- -MGEYA-COMUNA5, la Ley Nº 2148, los Decretos Nº 363/2015 y 141/2016, la Resolución Nº 201/SECTRANS/16, y CONSIDERANDO:

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Que por el Expediente mencionado en el Visto, la Fundación Nueva Generación del Deporte, a través de la Junta Comunal Nº 5, solicita permiso para el corte total de 33

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orientales entre Cochabamba y Constitución, el día sábado 06 de agosto de 2016, para la realización de actividades culturales; Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones y correrán por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277; Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Secretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó en esta Subsecretaría de Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para aprobar los cortes de calle y cambios de sentido de circulación de las calles del tejido urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Dirección General de Tránsito y Transporte ha tomado intervención y emitió opinión favorable respecto al corte solicitado; Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice a la Fundación Nueva Generación del Deporte, a efectuar el corte total de 33 orientales entre Cochabamba y Constitución, sin afectar las bocacalles, para la realización de actividades culturales, el día sábado 06 de agosto de 2016; Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución Nº 201/SECTRANS/16,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSITO Y TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar a la Fundación Nueva Generación del Deporte, el día sábado 06 de agosto de 2016, con presencia policial, a efectuar el corte total de 33 orientales entre Cochabamba y Constitución, sin afectar las bocacalles, para la realización de actividades culturales.

Artículo 2º.- El tránsito que pretenda circular por la calle afectada deberá desviarse por las siguientes arterias: · Cochabamba, José Mármol, Constitución retomando 33 orientales. Artículo 3º.- La solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148. Artículo 4º.- La solicitante deberá arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de Policía y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96. Artículo 5º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3º y 4º de la presente, la misma carecerá de validez.

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Artículo 6º.- La presente no implica autorización para la ocupación de veredas ni otro espacio público ni la realización de actividades comerciales, promocionales y/o actividades publicitarias, así como tampoco se autoriza la instalación de "stands" ni la venta de alimentos y bebidas las que deben tramitarse por cuerda separada en las áreas correspondientes. Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese a la Dirección General de Tránsito y Transporte quien comunicará al solicitante, a la Policía, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial, de Limpieza, de Rentas (Departamento de Otros Recursos), de Planificación de la Movilidad, de Ordenamiento del Espacio Público y a la Gerencia Operativa de Regulación del Transporte. Cumplido, archívese. Terrile

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 75

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Ministerio de Cultura

RESOLUCIÓN N.° 3094/MCGC/16

Buenos Aires, 2 de mayo de 2016 VISTO: El EX-2016-10940948- -MGEYA-DGLBYPL, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, el señor Director General de la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15;

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, SADE IF-2016-11963929- -MCGC, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura quien deberá publicar en el Boletín

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Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 3097/MCGC/16

Buenos Aires, 2 de mayo de 2016 VISTO: El EX-2016-08374238- -MGEYA-DGLBYPL, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, el señor Director General de la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15;

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, SADE IF-2016-11964519- -MCGC, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 77

ANEXO

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Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura quien deberá publicar en el Boletín

Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4919/MCGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16498725-MGEYA-16, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, la Resolución FC Nº 126-MHGC-15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005 CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013 y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la Resolución FC Nº 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13, y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la resolución FC Nº 126-MHGC-15

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, IF-2016-16784546-MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago.

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 78

ANEXO

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Artículo 3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4920/MCGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16498560-MGEYA-16, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, la Resolución FC Nº 126-MHGC-15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005 CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013 y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la Resolución FC Nº 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13, y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la resolución FC Nº 126-MHGC-15

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, IF-2016-16784934-MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución.

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 79

ANEXO

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Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4921/MCGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16498363-MGEYA-16, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, la Resolución FC Nº 126-MHGC-15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005 CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013 y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la Resolución FC Nº 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13, y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la resolución FC Nº 126-MHGC-15

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 80

ANEXO

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido,

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documento y demás datos se consignan en el Anexo I, IF-2016-16785319-MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4943/MCGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16489693-MGEYA-16, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, la Resolución FC Nº 126-MHGC-15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005 CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013 y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la Resolución FC Nº 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13, y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la resolución FC Nº 126-MHGC-15

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 81

ANEXO

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EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I SADE IF-2016-16814010-MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4947/MCGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16489319-MGEYA-16, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, la Resolución FC Nº 126-MHGC-15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005 CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013 y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la Resolución FC Nº 126-MHGC-15;

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 82

ANEXO

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Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13, y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la resolución FC Nº 126-MHGC-15

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I SADE IF-2016-16816830-MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4948/MCGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16682673-MGEYA-16, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, la Resolución FC Nº 126-MHGC-15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005 CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales;

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 83

ANEXO

Page 84: Boletín Oficial - documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar · Sumario Poder Ejecutivo Resolución Vicejefatura de Gobierno Resolución N° 78-SSDEP/16 Se designa como Administrador

Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013 y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la Resolución FC Nº 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13, y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la resolución FC Nº 126-MHGC-15

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I SADE IF-2016-16820034-MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4949/MCGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente N° 16817906 -MGEYA-16, los Decretos N° 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución F.C. N° 126-MHGC-15 y la Resolución N° 5041-SC-2005 y CONSIDERANDO: Que por el Expediente N° 10603860-DGTALMC-16 y la Resolución N° 2418-MCGC-16 tramitó y se aprobó el Contrato de Locación de Servicios perteneciente a PALAVECINO SANTIAGO, CUIT N° 20-24352659-1, para desempeñarse en el Ministerio de Cultura.

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 84

ANEXO

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Que el señor Ministro de Cultura tramita la rescisión de la citada contratación, a partir del día 01-08-16. Por ello; y en uso de las facultades conferidas por los Decretos N° 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución F.C. N° 126-MHGC-15,

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Rescíndase, a partir del 1 de agosto de 2016, el Contrato de Locación de Servicios perteneciente a PALAVECINO SANTIAGO, CUIT N° 20-24352659-1, que fuera aprobado por la Resolución N° 2418-MCGC-16. Artículo 2º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4950/MCGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente N° 16794829 -MGEYA-16, los Decretos N° 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución F.C. N° 126-MHGC-15 y la Resolución N° 5041-SC-2005 y CONSIDERANDO: Que por el Expediente N° 7166751-DGTALMC-16 y la Resolución N° 925-MCGC-16 tramitó y se aprobó el Contrato de Locación de Servicios perteneciente a VILA VERONICA VANESA, CUIT N° 27-31160751-6, para desempeñarse en el Ministerio de Cultura. Que el señor Ministro de Cultura tramita la rescisión de la citada contratación, a partir del día 01-08-16. Por ello; y en uso de las facultades conferidas por los Decretos N° 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución F.C. N° 126-MHGC-15,

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1º.-Rescíndase, a partir del 1 de agosto de 2016, el Contrato de Locación de Servicios perteneciente a VILA VERONICA VANESA, CUIT N° 27-31160751-6, que fuera aprobado por la Resolución N° 925-MCGC-16.

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 85

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Artículo 2º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4951/MCGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente N° 16795904 -MGEYA-16, los Decretos N° 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución F.C. N° 126-MHGC-15 y la Resolución N° 5041-SC-2005 y CONSIDERANDO: Que por el Expediente N°10906810-DGTALMC-16 y la Resolución N° 2598-MCGC-16 tramitó y se aprobó el Contrato de Locación de Servicios perteneciente a BALIOTTI DELIA NELIDA, CUIT N° 27-05107780-1, para desempeñarse en el Ministerio de Cultura. Que el señor Ministro de Cultura tramita la rescisión de la citada contratación, a partir del día 01-08-16. Por ello; y en uso de las facultades conferidas por los Decretos N° 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución F.C. N° 126-MHGC-15,

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Rescíndase, a partir del 1 de agosto de 2016, el Contrato de Locación de Servicios perteneciente a BALIOTTI DELIA NELIDA, CUIT N° 27-05107780-1, que fuera aprobado por la Resolución N° 2598-MCGC-16. Artículo 2º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4952/MCGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO:

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 86

El Expediente N° 16797860 -MGEYA-16, los Decretos N° 224-GCABA-2013 y N° 182-

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GCABA, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución F.C. N° 126-MHGC-15 y la Resolución N° 5041-SC-2005 y CONSIDERANDO: Que por el Expediente N° 292744-DGTALMC-16 y la Resolución N° 239-MCGC-16 tramitó y se aprobó el Contrato de Locación de Servicios perteneciente a CORDO EDUARDO OSVALDO, CUIT N° 20-11176075-7, para desempeñarse en el Ministerio de Cultura. Que el señor Ministro de Cultura tramita la rescisión de la citada contratación, a partir del día 01-08-16. Por ello; y en uso de las facultades conferidas por los Decretos N° 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución F.C. N° 126-MHGC-15,

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Rescíndase, a partir del 1 de agosto de 2016, el Contrato de Locación de Servicios perteneciente a CORDO EDUARDO OSVALDO, CUIT N° 20-11176075-7, que fuera aprobado por la Resolución N° 239-MCGC-16. Artículo 2º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4953/MCGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente N° 16799245 -MGEYA-16, los Decretos N° 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución F.C. N° 126-MHGC-15 y la Resolución N° 5041-SC-2005 y CONSIDERANDO: Que por el Expediente N° 1003235-DGTALMC-16 y la Resolución N° 236-MCGC-16 tramitó y se aprobó el Contrato de Locación de Servicios perteneciente a GIANELLI JULIO CESAR, CUIT N° 20-12794358-4, para desempeñarse en el Ministerio de Cultura. Que el señor Ministro de Cultura tramita la rescisión de la citada contratación, a partir del día 01-08-16. Por ello; y en uso de las facultades conferidas por los Decretos N° 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución F.C. N° 126-MHGC-15,

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 87

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EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Rescíndase, a partir del 1 de agosto de 2016, el Contrato de Locación de Servicios perteneciente a GIANELLI JULIO CESAR, CUIT N° 20-12794358-4, que fuera aprobado por la Resolución N° 236-MCGC-16. Artículo 2º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4954/MCGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente N° 16800582 -MGEYA-16, los Decretos N° 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución F.C. N° 126-MHGC-15 y la Resolución N° 5041-SC-2005 y CONSIDERANDO: Que por el Expediente N° 9420929-DGTALMC-16 y la Resolución N° 1927-MCGC-16 tramitó y se aprobó el Contrato de Locación de Servicios perteneciente a VENTUREIRA MARIANA, CUIT N° 27-11773734-4, para desempeñarse en el Ministerio de Cultura. Que el señor Ministro de Cultura tramita la rescisión de la citada contratación, a partir del día 01-08-16. Por ello; y en uso de las facultades conferidas por los Decretos N° 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución F.C. N° 126-MHGC-15,

EL MINISTERIO DE CULTURA

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Artículo 1º.-Rescíndase, a partir del 1 de agosto de 2016, el Contrato de Locación de Servicios perteneciente a VENTUREIRA MARIANA, CUIT N° 27-11773734-4, que fuera aprobado por la Resolución N° 1927-MCGC-16. Artículo 2º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 88

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RESOLUCIÓN N.° 4955/MCGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente N° 16801961-MGEYA-16, los Decretos N° 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución F.C. N° 126-MHGC-15 y la Resolución N° 5041-SC-2005 y CONSIDERANDO: Que por el Expediente N° 6479350-DGTALMC-16 y la Resolución N° 804-MCGC-16 tramitó y se aprobó el Contrato de Locación de Servicios perteneciente a MUZZUPAPPA SALVADOR FRANCISCO, CUIT N° 20-16940163-3, para desempeñarse en el Ministerio de Cultura. Que el señor Ministro de Cultura tramita la rescisión de la citada contratación, a partir del día 01-08-16. Por ello; y en uso de las facultades conferidas por los Decretos N° 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución F.C. N° 126-MHGC-15,

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Rescíndase, a partir del 1 de agosto de 2016, el Contrato de Locación de Servicios perteneciente a MUZZUPAPPA SALVADOR FRANCISCO, CUIT N° 20-16940163-3, que fuera aprobado por la Resolución N° 804-MCGC-16. Artículo 2º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4956/MCGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16682822-MGEYA-16, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, la Resolución FC Nº 126-MHGC-15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005 CONSIDERANDO:

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 89

Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016;

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Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013 y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la Resolución FC Nº 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13, y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la resolución FC Nº 126-MHGC-15

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I SADE IF-2016-16825421- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4957/MCGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16646666-DGTALMC-16, los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 90

ANEXO

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CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2014 y modificatorios; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15,

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I SADE IF-2016-16826503- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General

Técnica Administrativa y Legal de Ministerio de Cultura, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4958/MCGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO:

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 91

ANEXO

El Expediente Nº 16490410-MGEYA-16, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y Nº 182-

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GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, la Resolución FC Nº 126-MHGC-15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005 CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013 y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la Resolución FC Nº 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13, y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la resolución FC Nº 126-MHGC-15

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I SADE IF-2016-16827430- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 92

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 4959/MCGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16490235-MGEYA-16, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, la Resolución FC Nº 126-MHGC-15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005 CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013 y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la Resolución FC Nº 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13, y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la resolución FC Nº 126-MHGC-15

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I SADE IF-2016-16827880- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 93

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Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4960/MCGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16490098-MGEYA-16, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, la Resolución FC Nº 126-MHGC-15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005 CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013 y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la Resolución FC Nº 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13, y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la resolución FC Nº 126-MHGC-15

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I SADE IF-2016-16828324- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016.

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 94

ANEXO

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Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4961/MCGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16489984-MGEYA-16, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, la Resolución FC Nº 126-MHGC-15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005 CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013 y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la Resolución FC Nº 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13, y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la resolución FC Nº 126-MHGC-15

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I SADE IF-2016-16828798- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes.

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 95

ANEXO

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Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4962/MCGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16489879-MGEYA-16, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, la Resolución FC Nº 126-MHGC-15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005 CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013 y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la Resolución FC Nº 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13, y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la resolución FC Nº 126-MHGC-15

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I SADE IF-2016-16829350- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago.

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 96

ANEXO

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Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4963/MCGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16806407-MGEYA-16, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, la Resolución FC Nº 126-MHGC-15, y la Resolución Nº 5041-SC-2005 CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013 y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la Resolución FC Nº 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13, y Nº 182-GCABA-15, la Resolución Nº 755-MHGC-15, y la resolución FC Nº 126-MHGC-15

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I SADE IF-2016-16830237- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución.

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 97

ANEXO

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Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4968/MCGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16461165-DGTALMC-16, los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2014 y modificatorios; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15,

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 98

ANEXO

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido,

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documento y demás datos se consignan en el Anexo I SADE IF-2016-16833394- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General

Técnica Administrativa y Legal de Ministerio de Cultura, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4969/MCGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16460892-DGTALMC-16, los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2014 y modificatorios; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15,

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 99

ANEXO

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EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I SADE IF-2016-16833947- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General

Técnica Administrativa y Legal de Ministerio de Cultura, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4970/MCGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16708569-DGTALMC-16, los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2014 y modificatorios;

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 100

ANEXO

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Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15,

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I SADE IF-2016-16834850- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General

Técnica Administrativa y Legal de Ministerio de Cultura, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4971/MCGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16702606-DGTALMC-16, los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio;

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 101

ANEXO

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Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2014 y modificatorios; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15,

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I SADE IF-2016-16835218- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General

Técnica Administrativa y Legal de Ministerio de Cultura, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 4972/MCGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16697402-DGTALMC-16, los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO:

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 102

ANEXO

Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma

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de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2014 y modificatorios; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15,

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I SADE IF-2016-16835480- -MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General

Técnica Administrativa y Legal de Ministerio de Cultura, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

RESOLUCIÓN N.° 5006/MCGC/16

Buenos Aires, 6 de julio de 2016 VISTO: El EX-2016-14743482- -MGEYA-DGLBYPL, los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15 y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 103

ANEXO

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CONSIDERANDO: Que, el señor Director General de la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 755-MHGC-15 y la Resolución FC N° 126-MHGC-15;

EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I, SADE IF-2016-16864208- -MCGC, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura quien deberá publicar en el Boletín

Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 104

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 630/EATC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley Nº 2855 (Texto consolidado por la Ley N° 5.454), su modificatoria Ley N° 4893, el Decreto Nº 224-GCABA-13, la Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13, y el Ex-2016-14738745-MGEYA-DGTALEATC, y CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General del Ente Autárquico Teatro Colón aprobó mediante Resolución Nº 413-EATC-2016 la contratación del Sr. Moore Gerald Martín, para desempeñarse en calidad de Pianista en un Recital del Abono Verde, por el período comprendido entre el 26 y el 29 de junio de 2016. Que, las partes acuerdan rectificar la modalidad de pago del traslado previsto en la cláusula Quinta del contrato de referencia, y por ello se eleva la aprobación de la misma. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-2013,

LA DIRECTORA GENERAL DEL ENTE AUTARQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE Artículo 1º.- Aprobar la Cláusula Adicional Modificatoria al contrato aprobado oportunamente, mediante la cual se rectifica la modalidad de pago del traslado previsto, cuyos datos se consignan en el Anexo I IF-2016-16939170-EATC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorizar a la Tesorería del Teatro Colón a proceder al pago de la Cláusula Adicional Modificatoria mencionada en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, a través del Sistema de Cajas Chicas Especiales asignadas a tal fin, para su posterior inclusión en las respectivas rendiciones de fondos. Artículo 3º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 4º.- Publicar en Boletín Oficial, comunicar a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente Autárquico del Teatro Colón, para su conocimiento y demás efectos. Alcaraz

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 105

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 631/EATC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley Nº 2855 (Texto consolidado por la Ley N° 5.454), su modificatoria Ley N° 4893, el Decreto Nº 224-GCABA-13, la Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13, y el Ex-2016-12238526-MGEYA-DGTALEATC, y CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General del Ente Autárquico Teatro Colón aprobó mediante Resolución Nº 417-EATC-2016 la contratación del Sr. Fleming Renée Lynn, para desempeñarse en calidad de Cantante en un Recital del Abono Verde, por el período comprendido entre el 26 y el 29 de junio de 2016. Que, las partes acuerdan rectificar la modalidad de pago del traslado previsto en la cláusula Quinta del contrato de referencia, y por ello se eleva la aprobación de la misma. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-2013,

LA DIRECTORA GENERAL DEL ENTE AUTARQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE Artículo 1º.- Aprobar la Cláusula Adicional Modificatoria al contrato aprobado oportunamente, mediante la cual se rectifica la modalidad de pago de traslado previsto cuyos datos se consignan en el Anexo I IF-2016-16927968-EATC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorizar a la Tesorería del Teatro Colón a proceder al pago de la Cláusula Adicional Modificatoria mencionada en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, a través del Sistema de Cajas Chicas Especiales asignadas a tal fin, para su posterior inclusión en las respectivas rendiciones de fondos. Artículo 3º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 4º.- Publicar en Boletín Oficial, comunicar a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente Autárquico del Teatro Colón, para su conocimiento y demás efectos. Alcaraz

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 106

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 632/EATC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley Nº 2855 (Texto consolidado por la Ley N° 5.454), su modificatoria la Ley Nº 4893, el Decreto Nº 224-GCABA-13, Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13, el Expediente Electrónico: EX -2016-17474891-MGEYA-DGTALEATC y acumulados y, CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General del Ente Autárquico Teatro Colón propicia la contratación de diversas personas para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, las contrataciones referidas han sido previstas en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013; Que, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colón, ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto por Resolución Conjunta Nº11/SECLYT/13. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13,

LA DIRECTORA GENERAL DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese la contratación de las personas cuyos nombres, apellidos, documentos y demás datos se consignan en el Anexo I IF - 2016 -18197966-DGTALEATC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorícese a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. Los contratados deberán proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.- Los contratados se comprometen a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletin Oficial y pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colon, para su conocimiento y demás efectos. Alcaraz

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 107

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 633/EATC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley Nº 2855 (Texto consolidado por la Ley N° 5.454), su modificatoria la Ley Nº 4893, el Decreto Nº 224-GCABA-13, Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13, el Expediente Electrónico: EX -2016-18238411-MGEYA-DGTALEATC y acumulados y, CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General del Ente Autárquico Teatro Colón propicia la contratación de diversas personas para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, las contrataciones referidas han sido previstas en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013; Que, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colón, ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto por Resolución Conjunta Nº11/SECLYT/13. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13,

LA DIRECTORA GENERAL DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese la contratación de las personas cuyos nombres, apellidos, documentos y demás datos se consignan en el Anexo I IF - 2016 -18238823-DGTALEATC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorícese a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. Los contratados deberán proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.- Los contratados se comprometen a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletin Oficial y pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colon, para su conocimiento y demás efectos. Alcaraz

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 108

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 634/EATC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley Nº 2855 (Texto consolidado por la Ley N° 5.454), su modificatoria la Ley Nº 4893, el Decreto Nº 224-GCABA-13, Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13, el Expediente Electrónico: EX -2016-18238494 -MGEYA-DGTALEATC y acumulados y, CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General del Ente Autárquico Teatro Colón propicia la contratación de diversas personas para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, las contrataciones referidas han sido previstas en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013; Que, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colón, ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto por Resolución Conjunta Nº11/SECLYT/13. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13,

LA DIRECTORA GENERAL DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese la contratación de las personas cuyos nombres, apellidos, documentos y demás datos se consignan en el Anexo I IF - 2016 -18278790-DGTALEATC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorícese a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. Los contratados deberán proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.- Los contratados se comprometen a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletin Oficial y pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colon, para su conocimiento y demás efectos. Alcaraz

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 109

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 635/EATC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016

VISTO: La Ley Nº 2855 (Texto consolidado por la Ley N° 5.454), su modificatoria la Ley Nº 4893, el Decreto Nº 224-GCABA-13, Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13, el Expediente Electrónico: EX -2016- 17117419 -MGEYA-DGTALEATC y acumulados y,

CONSIDERANDO:

Que, la señora Directora General del Ente Autárquico Teatro Colón propicia la contratación de diversas personas para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, las contrataciones referidas han sido previstas en el Sistema Informático de Contrataciones Personales; Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013; Que, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colón, ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto por Resolución Conjunta Nº11/SECLYT/13. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13,

LA DIRECTORA GENERAL DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébese la contratación de las personas cuyos nombres, apellidos, documentos y demás datos se consignan en el Anexo I IF - 2016 - 17498066 - EATC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorícese a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago. Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. Los contratados deberán proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes. Artículo 4º.- Los contratados se comprometen a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletin Oficial y pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colon, para su conocimiento y demás efectos. Alcaraz

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RESOLUCIÓN N.° 637/EATC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley Nº 2855 (Texto consolidado por la Ley Nº 5.454), su modificatoria la Ley Nº 4893, el Decreto Nº 224-GCABA-13, Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13, el Expediente Electrónico: Ex.2016-14738976-MGEYA-DGTALEATC y, CONSIDERANDO: Que, por la actuación citada en el Visto, tramitaron las contrataciones de diversos Artistas Extranjeros, las cuales fueron aprobadas por la Resolución Nº 413-EATC-2016, bajo el régimen de locación de servicios, para el desarrollo de actividades en el marco de la programación artística prevista para la Temporada 2016 del Ente Autárquico Teatro Colón. Que, debido a un error material e involuntario en un dato consignado en el Anexo I SADE IF-2016-14763208-EATC que acompaña dicha Resolución, el mismo debe ser rectificado. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-13

LA DIRECTORA GENERAL DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE: Artículo 1º.- Rectificar el número SADE del Anexo I IF 2016-14763208-EATC que acompaña la Resolución Nº 413-EATC-2016 reemplazándolo por el IF - 2016-17142462-EATC. Artículo 2º.- Publicar en el Boletín Oficial, pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colon, para su conocimiento y demás efectos. Alcaraz

RESOLUCIÓN N.° 638/EATC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley Nº 2855 (Texto consolidado por la Ley N° 5.454), su modificatoria la Ley Nº 4893, el Decreto Nº 224-GCABA-13, la Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13, y el Ex - 2016-18383231-MGEYA-DGTALEATC, y

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CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General del Ente Autárquico Teatro Colón propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, en la citada contratación, se contempla que EL TEATRO asumirá los gastos de pasajes y alojamiento de EL LOCADOR, los cuales se abonarán, previa presentación de documentación respaldatoria, en la Tesorería del Teatro Colón. Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013; Que, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colón, ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto por Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-2013,

LA DIRECTORA GENERAL DEL ENTE AUTARQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE Artículo 1º.- Apruébese la contratación de la persona cuyos nombres, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I IF -2016-18389151-EATC y que a todos sus efectos pasas a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorícese a la Tesorería del Teatro Colón a proceder al pago, del Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, y los pagos de pasajes y alojamiento, según correspondiera, a través del Sistema de Cajas Chicas Especiales asignadas a tal fin, para su posterior inclusión en las respectivas rendiciones de fondos. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. Artículo 4º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 5º.-Publíquese en el Boletin Oficial y pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente Autárquico del Teatro Colón, para su conocimiento y demás efectos. Alcaraz

RESOLUCIÓN N.° 639/EATC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley Nº 2855 (Texto consolidado por la Ley N° 5.454), su modificatoria la Ley Nº 4893, el Decreto Nº 224-GCABA-13, la Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13, y el Ex - 2016-18368043-MGEYA-DGTALEATC, y

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 112

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Que, la señora Directora General del Ente Autárquico Teatro Colón propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016; Que, en la citada contratación, se contempla que EL TEATRO asumirá los gastos de pasajes y alojamiento de EL LOCADOR, los cuales se abonarán, previa presentación de documentación respaldatoria, en la Tesorería del Teatro Colón. Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013; Que, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colón, ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto por Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-2013,

LA DIRECTORA GENERAL DEL ENTE AUTARQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE Artículo 1º.- Apruébese la contratación de la persona cuyos nombres, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I IF -2016-18369278-EATC y que a todos sus efectos pasas a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorícese a la Tesorería del Teatro Colón a proceder al pago, del Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, y los pagos de pasajes y alojamiento, según correspondiera, a través del Sistema de Cajas Chicas Especiales asignadas a tal fin, para su posterior inclusión en las respectivas rendiciones de fondos. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. Artículo 4º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 5º.-Publíquese en el Boletin Oficial y pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente Autárquico del Teatro Colón, para su conocimiento y demás efectos. Alcaraz

RESOLUCIÓN N.° 640/EATC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley Nº 2855 (Texto consolidado por la Ley N° 5.454), su modificatoria la Ley Nº 4893, el Decreto Nº 224-GCABA-13, la Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13, y el Ex - 2016-18397728-MGEYA-DGTALEATC, y CONSIDERANDO: Que, la señora Directora General del Ente Autárquico Teatro Colón propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016;

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 113

ANEXO

CONSIDERANDO:

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Que, en la citada contratación, se contempla que EL TEATRO asumirá los gastos de pasajes y alojamiento de EL LOCADOR, los cuales se abonarán, previa presentación de documentación respaldatoria, en la Tesorería del Teatro Colón. Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2013; Que, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colón, ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto por Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 224-GCABA-2013,

LA DIRECTORA GENERAL DEL ENTE AUTARQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE Artículo 1º.- Apruébese la contratación de la persona cuyos nombres, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I IF -2016-18401024-EATC y que a todos sus efectos pasas a formar parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorícese a la Tesorería del Teatro Colón a proceder al pago, del Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, y los pagos de pasajes y alojamiento, según correspondiera, a través del Sistema de Cajas Chicas Especiales asignadas a tal fin, para su posterior inclusión en las respectivas rendiciones de fondos. Artículo 3º.-A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. Artículo 4º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2016. Artículo 5º.-Publíquese en el Boletin Oficial y pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente Autárquico del Teatro Colón, para su conocimiento y demás efectos. Alcaraz

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 114

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

RESOLUCIÓN N.° 90/SSHU/16

Buenos Aires, 1 de agosto de 2016 VISTO: Las Leyes N° 123, N° 452, N° 1.854 (texto consolidado Ley N° 5454), N° 5.460, los Decretos Nº 639/GCBA/07, Nº 363/GCBA/15 y sus modificatorios, Nº 397/GCBA/15, las Resoluciones N° 756/MAYEP/08, Nº 626/MAYEPGC/08, y N° 1190/MAYEPGC/16, y, CONSIDERANDO: Que la Ley N° 1.854 (texto consolidado Ley N° 5454) de Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos, estableció un conjunto de pautas, principios, obligaciones y responsabilidades para la gestión integral de los residuos sólidos urbanos que se generen en el ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en forma sanitaria y ambientalmente adecuadas, a fin de proteger el ambiente, seres vivos y bienes, adoptando como principio para la problemática de los residuos sólidos urbanos el concepto de “Basura Cero“; Que en dicha norma se definió al concepto de “Basura Cero“ como "...el principio de reducción progresiva de la disposición final de los residuos sólidos urbanos, con plazos y metas concretas, por medio de la adopción de un conjunto de medidas orientadas a la reducción en la generación de residuos, la separación selectiva, la recuperación y el reciclado"; Que, asimismo, a través del artículo 10 de la mencionada Ley, se estableció que el monitoreo de los objetivos de la misma estaría a cargo de una comisión integrada en el marco del Consejo Asesor Permanente establecido por la Ley Nº 123, modificada por la Ley Nº 452; Que por Decreto Nº 639/GCBA/07 se aprobó la reglamentación de la Ley 1.854, designando al Ministerio de Medio Ambiente como autoridad de aplicación de la misma, encomendándole la integración de una Comisión de Asesoramiento de las temáticas abordadas por la mentada normativa en el marco del Consejo Asesor Permanente precitado; Que mediante Resolución N° 756/MAYEP/08, se aprobó el reglamento interno para el funcionamiento de dicha Comisión de Asesoramiento Técnico, el cual fue modificado mediante Resolución Nº 626/MAYEPGC/12 y posteriormente mediante la Resolución Nº 612/GCBA/MAYEPGC/15; Que el mencionado reglamento interno establecido en el Anexo I de la Resolución Nº 626/MAYEPGC/12, estableció que se desempeñe como Presidente de la Comisión, el Ministro de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o la persona en la cual delegue su función; Que por la Ley N° 5.460 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que por Decreto N° 363/GCBA15, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando bajo la órbita del Ministerio de Ambiente y Espacio Público a la Subsecretaría de Higiene Urbana;

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Que según lo dispuesto en el Anexo del Decreto Nº 329/GCBA/16, modificatorio de los Decretos Nº 363/GCBA/15 y Nº141/GCBA/2016, la Subsecretaría de Higiene Urbana es la encargada de implementar las políticas establecidas por el Ministerio de Ambiente para la correcta gestión integral de los residuos sólidos urbanos, así como aquéllos programas y proyectos relacionados con la recuperación, reutilización, reciclado, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos urbanos; Que por Decreto Nº 397/GCBA/15, se designó al Sr. Pablo Di Liscia, como titular de la Subsecretaría de Higiene del Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que por la Resolución N° 1190/MAYEPGC/16 se designó al Sr. Subsecretario de Higiene Urbana como Presidente de la Comisión Basura Cero, delegando en su persona las atribuciones y funciones contenidas en el artículo 4º del Anexo I de la Resolución Nº 626/MAYEPGC/12; Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE HIGIENE URBANA RESUELVE

Artículo 1º.- Desígnese a la Sra. Ximena Álvarez de Toledo con DNI 25.967.586 como Secretaria Administrativa de Comisión de Asesoramiento Técnico de la Ley Nº 1854. Artículo 2°.- Desígnese a los Srs. Huberman Diego DNI Nº 20.200.761 y al Sr. García Elorrio Javier DNI Nº 16.725.354 como asesores AD HOC de la Comisión Asesora. Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Di Liscia

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Ministerio de Modernización, Innovación y

Tecnología

RESOLUCIÓN N.° 486/MMIYTGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: El Decreto Nº 10/16, el Expediente N° 16.344.335/DGTALMMIYT/16, y CONSIDERANDO: Que, el Decreto Nº 10/16 aprobó las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2016; Que, el punto II del artículo 37 del Anexo I del citado Decreto establece que las modificaciones de créditos presupuestarios son aprobadas por el Ministro del Área o Entidad, para el caso de modificaciones de créditos dentro de un programa o entre programas y categorías equivalentes sin alterar el total de la jurisdicción o de la Entidad, con las limitaciones establecidas en el artículo 63 de la Ley Nº 70; Que, por la actuación mencionada en el Visto tramita una modificación presupuestaria entre partidas de los Incisos 2- Bienes de Consumo, 3- Servicios no personales, 4- Bienes de Uso y 5- Transferencias, del presupuesto asignado a las Unidades Ejecutoras 649- Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, 2656- Dirección General Industrias Creativas, 7006- Subsecretaría de Economía Creativa y Comercio Exterior, 8624- Dirección General Concesiones y 9500- Dirección General Ciencia y Tecnología; Que, dicha modificación responde a necesidades presupuestarias de las Unidades Ejecutoras 649- Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, 2656- Dirección General Industrias Creativas, 7006- Subsecretaría de Economía Creativa y Comercio Exterior, 8624- Dirección General Concesiones y 9500- Dirección General Ciencia y Tecnología, para las cuales los Incisos 2-Bienes de Consumo, 3- Servicios no personales, 4- Bienes de Uso y 5- Transferencias, de los Programas 1- Actividades Centrales, 2- Actividad Común al Prog.10,17,27,34,31,32,64,66 y 67, 10- Internacionalización, 12- Nuevas Concesiones en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 27- Promoción a Emprendedores, 31- Transferencia de Tecnología al Sector Productivo y 64- Industrias Creativas, no cuentan con crédito suficiente; Que, a tal fin, se propone incrementar las partidas citadas anteriormente por compensación con el crédito asignado a los Incisos 3- Servicios no personales, 4- Bienes de Uso y 5- Transferencias, de los Programas 1- Actividades Centrales, 2- Actividad Común al Prog.10,17,27,34,31,32,64,66 y 67, 11- Concesiones Existentes dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 12-Nuevas Concesiones en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 27- Promoción a Emprendedores y 31- Transferencia de Tecnología al Sector Productivo, dado que cuentan con saldo suficiente para ello; Que, en función de lo expuesto, se considera conveniente la adopción de acciones tendientes a dar curso a lo solicitado; Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 10/16,

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EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébese la modificación presupuestaria, consistente en la compensación de los créditos asignados a los Incisos 2- Bienes de Consumo, 3- Servicios no personales, 4- Bienes de Uso y 5- Transferencias, de los Programas 1- Actividades Centrales, 2- Actividad Común al Prog.10,17,27,34,31,,32,64,66 y 67, 10- Internacionalización, 11- Concesiones Existentes dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 12- Nuevas Concesiones en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 27- Promoción a Emprendedores, 31- Transferencia de Tecnología al Sector Productivo y 64- Industrias Creativas, de acuerdo al Comprobante de "Modificaciones y Compensaciones Presupuestarias" que, a todos sus efectos como Anexo (IF-2016-18325142-DGTALMMIYT) forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda, y gírese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio. Cumplido archívese. Freire

RESOLUCIÓN N.° 135/SSECYCE/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Resolución 125/SSECYCE/2016 y el Expediente Electrónico N° 16297387/SSECYCE/ 2016, y CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 125/SSECYCE/2016 esta Subsecretaría de Economía Creativa y Comercio Exterior convocó a la I Edición del Programa "Incorporación de capacidades", con el objetivo de seleccionar Pequeñas y Medianas Empresas (PyMES) que se postulen a alguna de las tres líneas del programa: PIC DGINC o Pic Diseño, PIC COMEXT o Pic Internacionalización y PIC DGCYTEC o Pic Ciencia y Tecnología, a fin de facilitar la incorporación de consultores expertos que brinden asesoramiento, capacitaciones y seguimiento en las áreas de Gestión de Innovación, Diseño Estratégico y/o Comercio Exterior, acorde la línea de postulación, propiciando en las beneficiarias la incorporación de mejoras en sus procesos productivos y posicionamiento de mercado. Que en la mencionada Resolución se incurrió en un error material, por lo que corresponde la rectificación del punto 4.1.b del Anexo I de "Bases y Condiciones" identificado bajo el N° IF-2016-17441098-SSECYCE, que forma parte integrante de la misma;

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 118

ANEXO

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Que asimismo, en este marco y conforme el Artículo 6° de la Resolución N°125-2016-SSECYCE y el punto 4 del Anexo I de la mencionada Resolución, titulado "Bases y condiciones" e identificado bajo el IF-17441098-SSECYCE, se estableció que el plazo de postulación para las Entidades Promotoras, así como para Consultores en gestión de la innovación, diseño estratégico y comercio, tendría lugar hasta las 15 hs del 4 de agosto de 2016, ante la Mesa de entradas de la Subsecretaría de Economía Creativa y Comercio Exterior, sita en la calle Algarrobo N° 1.041; Que por motivo de imposibilidad por parte de las convocadas, y en razón de favorecer la participación de las beneficiarias, esta Subsecretaría estima oportuna la prórroga en la fecha antes indicada; Por todo lo expuesto, y en uso de las facultades que le son propias,

LA SUBSECRETARIA DE ECONOMÍA CREATIVA Y COMERCIO EXTERIOR

RESUELVE Articulo 1°.- Incorpórese al punto 4.1.b del Anexo I de "Bases y Condiciones" identificado bajo el N° IF-2016-17441098-SSECYCE que integra la Resolución N° 125-2016-SSECYCE, sobre Pymes postuladas, lo siguiente: "Para Sociedad Anónima Unipersonal se deberá presentar: 1) Estatuto Social debidamente inscripto por ante IGJ; 2) Acta donde surja facultades de representación debidamente inscripta o en su caso Poder con facultades suficientes; 3) DNI del presentante de solicitud - opcionalmente se podría pedir DNI del socio-; 4) Inscripción por ante AFIP y AGIP; 5)

Balance debidamente certificado por profesional en ciencias económicas legalizado por el CPCECF, cerrado al menos al momento de la presentación" Articulo 2° .- Prorróguese la fecha de convocatoria a Entidades Promotoras y Consultores en gestión de la innovación, diseño estratégico y comercio exterior estipulada por el Artículo 6° de la Resolución N°125-2016-SSECYCE y el Anexo I de "bases y condiciones" identificado bajo el IF-17204257-16-SSECYCE. Artículo 3°- Establécese, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo precedente, que dicha convocatoria finalizará el 18 de agosto del año en curso. Artículo 4°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología. Cumplido, archívese.Torres Carbonell

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Ministerio de Gobierno

RESOLUCIÓN N.° 199/MGOBGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley N° 70 y sus modificatorias, los Decretos N° 1.000/99, N° 209/12 y N° 47/16, la Disposición N° 24/DGOGPP/11, y el Expediente N° 18.004.270/MGEYA-DGTALGOB/16 y; CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70, en su artículo 25 -modificado por la Ley N° 5.450-, establece que los responsables de programas y proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos, deben redactar un informe final sobre su gestión, siendo dicha tarea remunerada, estableciendo, asimismo, el contenido del mismo; Que por el Decreto N° 1.000/99, se aprobó la reglamentación de la Ley N° 70, cuyo artículo 14 dispone que la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto tiene a su cargo establecer las características y el alcance del informe final sobre la gestión de los funcionarios responsables de programas y proyectos que se alejen de sus cargos, los cuales gozarán, por el plazo fijado en la ley, de una remuneración equivalente a la del cargo que ocupaban; Que por la Disposición N° 24/DGOGPP/11, la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto aprobó los estándares para la presentación del informe final de gestión, en los términos del artículo 25° de la Ley N° 70; Que la referida normativa establece que la aprobación del informe final de gestión debe ser efectuada por la máxima autoridad de la jurisdicción o entidad, o por el Jefe de Gobierno en el caso de los Ministros y Secretarios del Poder Ejecutivo; Que por Decreto N° 209/12, se designó al Lic. Diego Valenzuela DNI N° 21.788.668, CUIL N° 20-21788668-7, como Titular del Organismo Fuera de Nivel, Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), dependiente del Ministerio de Gobierno; Que posteriormente, por Decreto N° 47/16, se aceptó la renuncia del funcionario a partir del 10 de diciembre de 2015; Que en tal sentido, por el expediente indicado en el visto, tramita la presentación del informe final de gestión elaborado por el Lic. Diego Valenzuela, quien se desempeñó como Titular del Organismo Fuera de Nivel, Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), dependiente del Ministerio de Gobierno, de conformidad con la normativa antes citada; Que sin perjuicio de que la presentación ha excedido del plazo estipulado en la normativa vigente, resulta oportuno dar trámite a su aprobación, toda vez que dicho informe final constituye una invaluable memoria institucional para la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA); Que la presente resolución, se dicta dentro del plazo estipulado en el punto 7 del anexo de la Disposición N° 24/DGOGPP/11; Que por lo expuesto precedentemente, resulta procedente dictar el acto administrativo que apruebe el mencionado informe final de gestión, en el marco de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N° 70.

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Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 70 y sus normas reglamentarias,

EL MINISTRO DE GOBIERNO RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase el informe final de gestión presentado en el marco del artículo 25 de la Ley N° 70, modificado por la Ley N° 5.450, por el Licenciado Diego Valenzuela, DNI N° 21.788.668, CUIL N° 20-21788668-7, quien se desempeñó como Titular del Organismo Fuera de Nivel, Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), dependiente de este Ministerio de Gobierno. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas del Ministerio de Hacienda, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, al Organismo Fuera de Nivel, Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), dependiente del Ministerio de Gobierno y a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno. Notifíquese al interesado. Cumplido, archívese. Screnci Silva

RESOLUCIÓN N.° 200/MGOBGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La ley Nacional N° 26.168, las Leyes N° 2.217, N° 5460 y su modificatoria, los Decretos N° 72/13, N° 363/15 y modificatorios, y N° 77/16, las Resoluciones N° 112-MGOBGC/2016, N° 127-MGOBGC/2016 y N° 161- MGOBGC/2016, el Expediente N° 17.583.214-MGEYA-CUMAR/2016 y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley Nacional N° 26.168 se creó la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR); Que la mencionada Ley contempla que dicho Ente estará integrado por un Presidente y tres (3) representantes por parte del Estado Nacional, dos (2) representantes de la Provincia de Buenos Aires y dos (2) representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 9° de la citada Ley, creó un Fondo Fiduciario de Compensación Ambiental que debe ser administrado por la ACUMAR y destinado prioritariamente a la protección de los derechos humanos y a la prevención, mitigación y recomposición de los daños ambientales; Que según lo previsto en el mencionado artículo, el Fondo de Compensación Ambiental está integrado por: a) Las asignaciones presupuestarias incluidas en la Ley Anual de Presupuesto que efectúe el Gobierno Nacional; b) Los Fondos recaudados en concepto de multas, tasas y tributos especiales que establezcan las normas;

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c) Las indemnizaciones de recomposición fijadas en sede Judicial; d) Los subsidios, donaciones o legados; e) Otros recursos que le asigne el Estado Nacional, la Provincia de Buenos Aires y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y f) Créditos internacionales; Que en el punto 2) de la sesión celebrada el 17 de junio del 2010 el Consejo Directivo de ACUMAR aprobó por mayoría la instrumentación del Fondo de Compensación Ambiental previsto en el artículo 9° de la Ley 26.168, a través de un Contrato de Fideicomiso. En este contexto, se aprobó un Contrato de Fideicomiso "Fondo Fiduciario de Compensación Ambiental ACUMAR" que fue suscripto el 20 de septiembre de 2010, y cuyo fiduciante es la ACUMAR y el fiduciario es BAPRO Mandatos y Negocios S.A.; Que mediante la Ley N° 2.217, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Adhirió a los términos de la Ley Nacional N° 26.168; Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Gobierno; Que conforme su artículo 26°, corresponde al Ministerio de Gobierno coordinar con los distintos Ministerios, Secretarías y Entes específicos competentes, las políticas de los organismos interjurisdiccionales en los que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sea

parte; como así también coordinar y proponer las relaciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el Estado Nacional, los Estados Provinciales y los Municipios; Que por el Decreto N° 72/13 se creó la Unidad de Proyectos Especiales Cuenca Matanza Riachuelo (CUMAR), como organismo Fuera de Nivel en la órbita del Ministerio de Gobierno, con rango y nivel de Subsecretaria; Que por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la actual estructura orgánica funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General; Que a su vez, por el Decreto N° 77/16 se designó a los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante la ACUMAR; Que en cumplimiento de lo contemplado por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Presupuesto de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Ley N° 5495 para el Ejercicio 2016, mediante las Resoluciones N° 112-MGOBGC/2016, N° 127-MGOBGC/2016 y N° 161-MGOBGC/2016, se ha autorizado la transferencia de fondos a favor del Fondo Fiduciario de Compensación Ambiental ACUMAR, en los términos del artículo 9° inc. e) de la Ley Nacional N° 26.168, por la suma total de pesos treinta y tres millones trescientos treinta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y uno con 60/100 ($33.338.418,60) en concepto de los tres primeros aportes de recursos de este Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que en el marco del expediente citado en el Visto, la Unidad de Proyectos Especiales Cuenca Matanza Riachuelo propicia una transferencia de fondos a favor del Fondo Fiduciario de Compensación Ambiental ACUMAR, en los términos del artículo 9° inc. e) de la Ley Nacional N° 26.168, por la suma de pesos once millones ciento doce mil ochocientos seis con 20/100 ($11.112.806,20), siendo este el cuarto aporte de recursos de este Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

EL MINISTRO DE GOBIERNO RESUELVE

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Artículo 1°.- Autorizase la transferencia de fondos en los términos del artículo 9° inc. e)

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de la Ley Nacional N° 26.168, a favor del Fondo Fiduciario de Compensación Ambiental ACUMAR, por la suma de pesos once millones ciento doce mil ochocientos seis con 20/100 ($ 11.112.806,20), como aporte de recursos de este Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Artículo 2°.- La suma mencionada en el artículo 1° de la presente Resolución, deberá depositarse en la Cuenta Corriente (Cuenta de Aportes) N° 55270/7 del Banco Provincia de Buenos Aires, sucursal N° 1000, a favor del Fideicomiso Fondo de Compensación Ambiental ACUMAR, Beneficiario N° 112.227. Artículo 3°.- El gasto que demande la cancelación de la presente transferencia, se imputará al ejercicio en curso. Artículo 4°.- Publíquese en Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, Comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda, a la Unidad de Proyectos Especiales Cuenca Matanza-Riachuelo, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno, y a la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) y, para su conocimiento y demás

efectos, remítase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Screnci Silva

RESOLUCIÓN N.° 201/MGOBGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5.454) y el Expediente N° 8.999.081-MGEYA-DGRC/2016, y CONSIDERANDO: Que conforme lo dispuesto en el artículo 64° inc. a) de la Ley N° 471 (Texto consolidado por Ley N° 5.454), la relación de empleo público se extingue por renuncia del trabajador; Que en tal sentido, el artículo 65° de la citada normativa establece que “en caso de renuncia del trabajador, el acto administrativo de aceptación de renuncia debe dictarse dentro de los 30 días corridos de recibida la misma en el correspondiente organismo de personal y caso contrario se dará por aceptada la renuncia“; Que según surge del expediente citado en el Visto, la agente María de las Mercedes Balsamello, CUIL N° 27- 28232097-0, quien reviste como personal de Planta Transitoria de la Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de las personas dependiente de la Subsecretaria de Gobierno del Ministerio de Gobierno, cuya designación fuera dispuesta por Resolución N° 1.002/MMGC/2014, presentó su renuncia a partir del día 10 de marzo de 2016; Que habiendo advertido que la fecha de presentación de la renuncia ha superado el plazo establecido en la ley para emitir el correspondiente acto y entendiéndose que, por ello, la misma se ha tornado operativa, se la tiene por aceptada, en el marco de lo prescripto en el artículo 65° de la Ley N° 471; Que como consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Que por lo expuesto, procede dictar la norma legal pertinente. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

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EL MINISTRO DE GOBIERNO RESUELVE

Artículo 1°.- Téngase por aceptada a partir del día 10 de marzo de 2016, la renuncia presentada por la agente María de las Mercedes Balsamello, CUIL N° 27-28232097-0, perteneciente a la Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, de la Subsecretaría de Gobierno, dependiente del Ministerio de Gobierno, deja partida 2660.0000.H.00, conforme lo prescripto por el artículo 65° de la Ley Nº 471. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales y a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, dependientes de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, de la Subsecretaría de Gobierno, dependiente del Ministerio de Gobierno. Cumplido, archívese. Screnci Silva

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Subsecretaría de Contenidos

RESOLUCIÓN N.° 71/SSCON/16

Buenos Aires, 29 de julio de 2016 VISTO: La Ley N° 5.495, el Decreto N° 10/16, la Resolución Conjunta N° 16/MJGGC-SECLYT/11, el Expediente Electrónico N° 17878491 -MGEYA-DGPLACO/16, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley N° 5.495 se aprobó el Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2.016; Que por su parte, por el Decreto Nº 10/16 se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2.016; Que el Capítulo IX de dicha normativa estipula los Niveles de Aprobación de las Modificaciones de Créditos Presupuestarios; Que el punto II del citado Capítulo IX determina la competencia del Ministro del Área o de la Máxima Autoridad de la Jurisdicción o Entidad para aprobar las modificaciones de créditos presupuestarios; Que por la Resolución Conjunta N° 16/MJGGC-SECLYT/11 se aprobó el procedimiento para las modificaciones presupuestarias, las que deberán tramitar por el Módulo Expediente Electrónico EE del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-; Que por el Expediente citado en el Visto, la Dirección General de Planificación Comunicacional dependiente de esta Subsecretaría de Contenidos perteneciente al Área Jefatura de Gobierno, solicita una modificación presupuestaria - Requerimiento N° 5120/SIGAF/16, - destinada a llevar a cabo una compensación de crédito correspondiente al ejercicio presupuestario 2.016; Que la presente adecuación presupuestaria se fundamenta en la necesidad de optimizar la ejecución presupuestaria del ejercicio en curso y no modifica metas físicas; Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto N° 10/16 y al procedimiento establecido por la Resolución Conjunta N° 16/MJGGC-SECLYT/11. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 10/16,

EL SUBSECRETARIO DE CONTENIDOS RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébese la modificación presupuestaria ingresada al Sistema de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) bajo el Requerimiento N° 5120/SIGAF/16, que como Anexo I (IF-2016-17880295-DGPLACO) forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, y Administrativa de la Secretaría Legal y Técnica, oportunamente, gírese a la Dirección

General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Coelho

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ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 72/SSCON/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley N° 5.495, el Decreto N° 10/16, la Resolución Conjunta N° 16/MJGGC-SECLYT/11, el Expediente Electrónico N° 18045782-MGEYA- DGPGRAL/16, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley N° 5.495 se aprobó el Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2.016; Que por su parte, por el Decreto Nº 10/16 se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2.016; Que el Capítulo IX de dicha normativa estipula los Niveles de Aprobación de las Modificaciones de Créditos Presupuestarios; Que el punto II del citado Capítulo IX determina la competencia del Ministro del Área o de la Máxima Autoridad de la Jurisdicción o Entidad para aprobar las modificaciones de créditos presupuestarios; Que por la Resolución Conjunta N° 16/MJGGC-SECLYT/11 se aprobó el procedimiento para las modificaciones presupuestarias, las que deberán tramitar por el Módulo Expediente Electrónico EE del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-; Que por el Expediente citado en el Visto, la Dirección General de Producción General dependiente de esta Subsecretaría de Contenidos perteneciente al Área Jefatura de Gobierno, solicita una modificación presupuestaria - Requerimiento N° 5191/SIGAF/16, - destinada a llevar a cabo una compensación de crédito correspondiente al ejercicio presupuestario 2.016; Que la presente adecuación presupuestaria se fundamenta en la necesidad de optimizar la ejecución presupuestaria del ejercicio en curso y no modifica metas físicas; Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto N° 10/16 y al procedimiento establecido por la Resolución Conjunta N° 16/MJGGC-SECLYT/11. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 10/16,

EL SUBSECRETARIO DE CONTENIDOS RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébese la modificación presupuestaria ingresada al Sistema de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) bajo el Requerimiento N° 5191/SIGAF/16, que como Anexo I (IF-2016-18162522 DGPRGRAL) forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, y Administrativa de la Secretaría Legal y Técnica, oportunamente, gírese a la Dirección

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 126

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General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Coelho

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 127

ANEXO

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Ministerio de Hacienda - Ministerio de Salud

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 1443/MHGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E. E. N° 11871782/2016 (DGAYDRH) y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital de Infecciosas "Dr. Francisco Javier Muñiz", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 191/HIFJM/2016 modificada por Disposición N° 203/HIFJM/2016 designó con carácter interino al Dr. Andrés Guillermo Benchetrit, D.N.I. 30.653.661, CUIL. 20-30653661-4, legajo personal 451.600, como Especialista en la Guardia Médico Asistente (Infectologia), con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, cesando como Profesional de Guardia Médico, suplente, para los días jueves, del citado Hospital, correspondiéndole percibir el suplemento por "Área de Urgencia" (código 051); Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase lo dispuesto por Disposición N° 191/HIFJM/2016 modificada por Disposición N°203/HIFJM/2016. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 128

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 1444/MHGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E. E. N° 26780098/2016 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos “Dr. Teodoro Alvarez", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 336/HGATA/2015, designó con carácter interino, a la Dra. Melisa Thiacodimitris, D.N.I. 27.410.657, CUIL. 27-27410657-9, legajo personal 457.241, como Profesional de Guardia Médico sin especialidad, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, correspondiéndole percibir el Suplemento por "Area de Urgencia" (código 051), cesando como Profesional Médica de Guardia, suplente, ambos cargos del citado Hospital. Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase lo dispuesto por Disposición N° 336/HGATA/2015, dejándose establecido que la designación efectuada por la misma, en favor de la Dra. Melisa Thiacodimitris, CUIL. 27-27410657-9, lo es como Profesional de Guardia Médico Asistente, con 30 horas semanales, partida 4022.0400.M.S.24.924, del Hospital General de Agudos "Dr. Teodoro Alvarez", del Ministerio de Salud. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos

Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 129

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 1445/MHGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: El E.E Nº 38661793/2015 (DGAYDRH) y CONSIDERANDO: Que la Doctora María Norma Claudia Derito, CUIL. 27-06544371-1, Jefa de Unidad Servicio Psiquiatría N° 18, con 40 horas semanales, en el Hospital "Dr. Braulio Moyano", oportunamente fue designada por Decreto N° 36/AJG/2014, como Subdirectora Médica, con 44 horas semanales, en el citado Hospital; Que en consecuencia el citado establecimiento asistencial, solicita se cubra de inmediato el cargo mencionado en primer término, teniendo en cuenta las necesidades imperiosas del Sector; Que por lo expuesto, propicia la designación con carácter de reemplazante, en el cargo mencionado, del Dr. Juan Marcelo Recio, CUIL. 20-21925432-7; Que a tal efecto es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 3 y 10, puntos 3.9.2 y 10.1, respectivamente, de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución N° 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que la misma cuenta con la aprobación del Consejo Asesor Técnico Administrativo (CATA). Que la Dirección General de Planificación y Control Operativo, del Ministerio de Hacienda, ha tomado la debida intervención en lo que respecta a su competencia. Por ello, y conforme las facultades conferidas mediante la Ley N° 5460 y su modificatoria y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1.- Designase con carácter de reemplazante al Dr. Juan Marcelo Recio, CUIL. 20-21925432-7, como Jefe de Unidad Servicio Psiquiatría N° 18, con 40 horas semanales, partida 4023.0030.MS.22.014 (P64), del Hospital "Dr. Braulio Moyano", dependiente del Ministerio de Salud, según lo dispuesto en los artículos 3 y 10, puntos 3.9.2 y 10.1, respectivamente, de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución N° 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Médico de Planta Hospital (Psiquiatría), titular, con 30 horas semanales, del citado Hospital. Titular del cargo la Dra. María Norma Claudia Derito, CUIL. 27-06544371-1. Artículo 2.- El Hospital "Dr. Braulio Moyano", dependiente del Ministerio de Salud, dependiente del Ministerio de Salud, deberá comunicar a la Gerencia Operativa Administración del Régimen de Salud, de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del

Ministerio de Hacienda, la baja de la designación reemplazante conforme el artículo 1, cuando se reintegre la titular del mismo.

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 130

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Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Hospital "Dr. Braulio Moyano", al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 1446/MHGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E. E. N° 2152908/2016 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital Neuropsiquiátrico "Dr. José T Borda“, del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 22/HNJTB/2016, designó con carácter interino, al Dr. Daniel Roberto Martinez, D.N.I. 12.485.376, CUIL. 20-12485376-2, legajo personal 386.135, como Jefe de Sección Asistencial Asistencial II, con 40 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, reteniendo sin percepción de haberes el cargo Especialista en la Guardia Médico Consultor Adjunto (Psiquiatría), titular, ambos cargos en el citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase lo dispuesto por Disposición N° 22/HNJTB/2016, dejándose establecido que la designación efectuada por la misma, en favor del Dr. Daniel Roberto Martinez, CUIL. 20-12485376-2, lo es como Jefe de Sección Asistencial II, con 40 horas semanales, partida 4023.0020.MS.20.016 (P65), del Hospital Neuropsiquiátrico "Dr. José T Borda“, del Ministerio de Salud.

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Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 1449/MHGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 3513294/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital Infanto Juvenil "Dra. Carolina Tobar García", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 35/HIJCTG/2015 modificada por Disposición N° 81/HIJCTG/2016, designó con carácter interino a la Licenciada Elsa Cristina Regueira, D.N.I. 13.137.269, CUIL. 27-13137269-3, legajo personal 273.668, como Psicóloga de Planta Consultor Adjunto para el Departamento Coordinación de Docencia e Investigación, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Psicóloga Consultor Adjunto de Planta, del citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N ° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase lo dispuesto por Disposición N° 35/HIJCTG/2015 modificada por Disposición N° 81/HIJCTG/2016.

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Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 1450/MHGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E. E. N° 35500164/2015 (DGAYDRH) y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 803/HGAIP/2015 modificada por Disposición N° 376/HGAIP/2016, designó con carácter interino a la Lic. Analía Verónica Cabral, D.N.I. 23.703.658, CUIL. 27-23703658-7, como Profesional de Guardia Obstétrica Asistente, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, cesando como Profesional de Guardia Obstétrica, suplente, del citado Hospital; Que oportunamente por Resolución Conjunta N° 395/MHGC/2016, se procedió a convalidar la designación de la profesional en cuestión, no habiéndose recepcionado Apto Médico respectivo; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, regularizando la situación planteada. Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/20132013 y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

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Artículo 1.- Déjanse sin efecto los términos de la Resolución Conjunta N° 395/MHGC/2016. Artículo 2.-Convalídase lo dispuesto por Disposición N° 803/HGAIP/2015 modificada por Disposición N° 376/HGAIP/2016.

Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 1451/MHGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E. E. N° 12094843/2016 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Centro de Salud "Cecilia Grierson", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 196/CSCG/2016 designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora Jesica Sabrina Vega, D.N.I.34.320.715, CUIL. 27-34320715-3, como Técnica Administrativa/ Bachiller, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N ° 363/2015 y sus modificatorios.

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 196/CSCG/2016.

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Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 1452/MHGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E. N° 10218512/2016 (DGAYDRH) y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Director del Hospital General de Agudos "Dr. Juan A. Fernández", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 260/HGAJAF/2016, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora María Belén Yannariello, D.N.I. 36.784.654, CUIL. 27-36784654-8, como Técnica Administrativa/ Bachiller, en el precitado Hospital, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N ° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 260/HGAJAF/2016. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 1453/MHGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: El E.E. N° 26966727/2015 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 251/2009, se designó con carácter interino, a la Dra. Marta Lilian Miranda, CUIL. 27-17737310-4, como Directora Atención Médica, con 44 horas semanales, del Hospital "Bernardino Rivadavia", del Ministerio de Salud; Que por lo expuesto el mencionado establecimiento asistencial propicia la designación con carácter de reemplazante, de la Dra. María Fernanda Montenegro, CUIL. 27-16920955-9, como Jefa Sección Guardia de Día, con 40 horas semanales; Que a tal efecto es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10, punto 10.1 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias; Que es de hacer notar que la misma cuenta con la aprobación del Consejo Asesor Técnico Administrativo (CATA). Que la Dirección General de Planeamiento y Control Operativo, del Ministerio de Hacienda, ha tomado la debida intervención en lo que respecta a su competencia. Por ello, conforme Ley N° 5460 y su modificatoria y los términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1.-Desígnase con carácter de reemplazante a la Dra. María Fernanda Montenegro, CUIL. 27-16920955-9, como Jefa Sección Guardia de Día, con 40 horas semanales, partida 4022.1500.MS.19.016 (G.65), del Hospital Bernardino Rivadavia, del Ministerio de Salud, según lo dispuesto en el artículo 10, punto 10.1, de a Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Especialista en la Guardia Médica Consultor (Cirugía General), suplente, partida 4022.1500.MS.19.954, del citado Hospital. Titular del cargo Dra. Marta Lilian Miranda, CUIL. 27-17737310-4. Artículo 2.-El Hospital "Bernardino Rivadavia", del Ministerio de Salud, deberá comunicar a la Gerencia Operativa Administración del Régimen de Salud, de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, la baja de la designación reemplazante conforme el artículo 1, cuando se reintegre la titular del mismo. Artículo 3.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Hospital "Bernardino Rivadavia", del Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la

Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 136

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 1454/MHGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E. E. N° 11876738/2016 (DGAYDRH) y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital "Bernardino Rivadavia", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 367/HBR/2016 modificada por Disposición N° 425/HBR/2016, designó con carácter interino al Dr. Juan Rodrigo Alderete, D.N.I. 24.937.689, CUIL. 20-24937689-3, legajo personal 462.357, como Especialista en la Guardia Médico Asistente (Cardiología), con 30 horas semanales, para desempeñarse en el Área de Unidad Coronaria, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, correspondiéndole percibir el suplemento por "Área de Urgencia" (código 051) y el suplemento por "Área Crítica), cesando como Especialista en la Guardia Médico (Cardiología), suplente, del citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N ° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase lo dispuesto por Disposición N° 367/HBR/2016 modificada por Disposición N° 425/HBR/2016. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 137

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 1455/MHGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 13754877/2016 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital Materno Infantil "Ramón Sardá", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 105/HMIRS/2016, designó con carácter interino a la Dra. Silvia Liliana Spinelli, D.N.I. 10.129.309, CUIL. 27-10129309-8, legajo personal 285.984, como Jefe de Unidad Internación dependiente de la División Neonatología, con 40 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, correspondiéndole percibir el suplemento por "Función Crítica", reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Médico de Planta dependiente de la División Neonatología, titular, con 40 horas semanales, del citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N ° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 105/HMIRS/2016. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 138

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 1456/MHGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E. E. N° 8524863/2016 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital Materno Infantil “Ramón Sarda“, del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 41/HMIRS/2016 modificada por Disposición N° 82/HMIRS/2016, designó con carácter interino, a la Dra. Laura Florencia Velazquez, D.N.I. N° 28.505.693, CUIL. 23-28505693-4, como Especialista en la Guardia Médica Asistente (Neonatología), con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, correspondiéndole percibir el suplemento por “Área de Urgencia“ (código 051), cesando como Especialista de la Guardia Médica Suplente Neonatología, ambos cargos del citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, regularizando la situación planteada. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N ° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 41/HMIRS/2016 modificada por Disposición N° 82/HMIRS/2016. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 139

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 1457/MHGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 11845247/2016 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Centro de Salud Cecilia Grierson - Lugano, del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 145/CSCG/2016, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, al señor Gastón Claudio Gabriel Rodríguez, D.N.I. 25.762.251, CUIL. 20-25762251-8, como Camillero, en el Servicio de Guardia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 145/CSCG/2016. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 1458/MHGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E. N° 11332535/2016 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, la Dirección del Hospital General de Agudos "Dr. Abel Zubizarreta", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 134/HGAZ/2016, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, al señor Miguel Isidro Ruíz, D.N.I. 21.830.271, CUIL. 20-21830271-9, como Enfermero, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N ° 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 134/HGAZ/2016. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.

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Bou Pérez - Mura

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 1459/MHGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E. E. N° 9261568/2016 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, la Dirección General de Administración y Desarrollo de Recursos Humanos, del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 80/DGAYDRH/2016, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora Antonella Serantes, D.N.I. 36.785.477, CUIL. 23-36785477-7, como Técnica en Farmacia, para el Programa de Atención Primaria de la Salud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los términos del Decreto N ° 363/2015 y sus modificatorios.

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N°80/DGAYDRH/2016. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 1460/MHGC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: El E.E. Nº 8610852/2016(HGAP), y CONSIDERANDO: Que la Dra. Mónica Beatriz Blanco, CUIL. 27-10138390-9, del Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna", del Ministerio de Salud, revista presupuestariamente en la Guardia; Que según surge de los presentes actuados la Dirección General de Administración de Medicina del Trabajo, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, manifiesta que la profesional que nos ocupa por razones de salud, solo podrá desempeñarse en Planta; Que por lo expuesto y a fin de regularizar la situación planteada, se propicia reubicar a la nombrada como Médica de Planta Consultor Adjunto, titular, con 30 horas semanales, en el citado establecimiento asistencial; Que a tal efecto es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6, punto 6.7, Incs. a) y d), de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987, y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias; Que es de hacer notar que la misma no representa mayor erogación. Por ello, conforme la Ley N° 5460 y su modificatoria y los términos del Decreto Nº 363/2015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA RESUELVEN

Artículo 1.- Reubícase a la Dra. Mónica Beatriz Blanco, CUIL. 27-10138390-9, como Médica de Planta Consultor Adjunto, titular, con 30 horas semanales, partida 4022.1400.MS.20.024, del Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna", dependiente del Ministerio de Salud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6, punto 6.7, Incs. a) y d), de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, cesando como Profesional de Guardia Médica Consultor Adjunto, titular, con 30 horas semanales, partida 4022.1400.MS.20.924, del citado Hospital. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna", dependiente del Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Bou Pérez - Mura

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Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

- Ministerio de Ambiente y Espacio Público

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 2/SECTRANS/16

Buenos Aires, 29 de julio de 2016 VISTO: Las Leyes N° 2.265 (texto consolidado por Ley N° 5.454) y Nº 4.111, el Decreto N° 403-2016, el Expediente N° 2016-16710244-SECTRANS, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley N° 2.265 se aprobó la Verificación Técnica Vehicular Obligatoria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para todos los vehículos y motovehículos radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la mencionada ley estableció que el Poder Ejecutivo sería el encargado de designar a la autoridad de aplicación, la que estaría integrada por representantes de las áreas de Tránsito y de Medio Ambiente; Que mediante el Decreto 403/2016 se designó a la Secretaría de Transporte, dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, y a la Agencia de Protección Ambiental, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, como Autoridad de Aplicación de la Verificación Técnica Vehicular Obligatoria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 2.265; Que en el mencionado Decreto se encomendó a la Secretaría de Transporte y a la Agencia de Protección Ambiental, el dictado de los actos administrativos conjuntos pertinentes a efectos de regular aquellos aspectos que en el marco de sus competencias resulten necesarios para un eficiente y eficaz cumplimiento de lo dispuesto en la Ley N° 2.265 y sus normas modificatorias y/o reglamentarias; Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por el Decreto N° 403/2016,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE Y EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL

RESUELVEN Artículo 1.- Apruébase el detalle de competencias asignadas a la Autoridad de Aplicación de la Verificación Técnica Vehicular Obligatoria para los vehículos radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como Anexo I forma parte integrante del presente acto (IF-2016-18188436-SECTRANS), y que no debe ser entendido como modificatorio, limitativo o restrictivo de aquellas competencias que han sido o sean atribuidas tanto a la Secretaría de Transporte como a la Agencia de Protección Ambiental, en ejercicio y cumplimiento de sus misiones y funciones, o en su carácter de autoridades de aplicación de normas específicas a su materia.

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ANEXO

Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Secretaría de Transporte y a la Agencia de Protección Ambiental. Cumplido, archívese. Filgueira Risso - Méndez

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Disposición Vicejefatura de Gobierno

DISPOSICIÓN N.° 21/DGDS/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: Los Decretos N°1444/93/MCBA y N°131/96/CABA, la Resolución N° 1695/16/MHGC, la Disposición N°16/16/DGDS, y CONSIDERANDO: Que por los Decretos citados se fijó la dotación de Auxiliares de Funcionarios, Que por la Resolución N°1695/16/MHGC se realizó la transferencia definitiva a esta repartición de la Agente Palermo, Solange Silvana (CUIL N° 27-31469206-9), Que por la Disposición N°16/16/DGDS se tramitó la auxiliatura correspondiente a Nivel División de la Agente Aldrovandi, Silvina María Angélica (CUIL N°27-24296695-9), Que en consecuencia, corresponde designar la auxiliatura de funcionario Nivel Sección, Por ello, investida de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL DE DESARROLLO SALUDABLE DISPONE

Art. 1°.- Desígnese a la agente Palermo, Solange Silvana (CUIL N° 27-31469206-9 F.C N° 800.442) como auxiliar de la suscripta, Nivel Sección en partida 2040.1100, a partir del 10 de junio de 2016, día de su transferencia definitiva. Art. 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifíquese a la interesada, comuníquese a la Direccion General Técnica y Administrativa de la Secretaria Legal y Técnica, y remítase a la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes de la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Antun

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Jefatura de Gabinete de Ministros

DISPOSICIÓN N.° 66/DGTALMJG/16

Buenos Aires, 1 de agosto de 2016 VISTO: La Ley N° 2095 (texto consolidado según Ley Nº 5454), su Decreto Reglamentario Nº 95/14 y Nº 1145/09, concordantes y modificatorios, las Resoluciones Nº 1160/MHGC/11, Nº 424/MHGC/13 y sus complementarios y modificatorios, 596/MHGC/11 y sus reglamentarios, la Disposición N° 396/DGCYC/14, la Disposición N° 56/DGTALMJG/16 el Expediente Nº 16663336-MGEYA-DGTALMJG/16, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita la Licitación Pública de Etapa Única en su modalidad de Compra Unificada Nº 2051-0779-LPU16 mediante el sistema Buenos Aires Compras (BAC), para la contratación del servicio de fumigación y control de plagas por el plazo de DOCE (12) meses para diversos los inmuebles del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante Disposición N° 56/DGTALMJG/16 se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y se realizó el llamado para el día 12 de julio de 2016, a las 16 horas, para la contratación del servicio antes señalado, con las características técnicas reflejadas en los aludidos Pliegos, por un monto estimado en la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 36/100 ($ 231.255,36.-); Que se han emitido las Circulares (con y sin consulta) N° 1, 2 y 3; Que tal como luce en el Acta de Apertura BAC del día 12 de julio de 2016, se recibieron CINCO (5) ofertas, correspondientes a las siguientes firmas: "EMPRESA FUMIGADORA ITALO ARGENTINA SRL", CUIT 30-62557427-3; "COPLAMA S.A.", CUIT 30-57790396-0; "HERNAN GABRIEL RODRIGUEZ", CUIT 20-27311121-3; "EMEVEVE S.A.", CUIT 30-71216744-7; "CARLOS G.BLANCO Y DIEGO G. BLANCO S.H.", CUIT 33-68066561-9; Que se ha labrado el correspondiente Cuadro Comparativo de Ofertas, generado por el sistema BAC, conforme lo establecido en el artículo 106° del Decreto Nº 95/14, reglamentario de la Ley Nº 2095; Que, asimismo, ha tomado la intervención de su competencia la Comisión Evaluadora de Ofertas, la cual ha emitido el dictamen pertinente conforme lo dispuesto en el artículo 108° de la Ley 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y ha sostenido que corresponde preadjudicar el renglón Nº 1 a la firma "COPLAMA S.A." por la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTE ($ 36.120,00) y los renglones Nº 2 y Nº 3 a la firma "EMEVEVE S.A." por la suma de PESOS OCHENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA ($ 87.960,00) lo que hace un total de PESOS CIENTO VEINTICUATRO MIL OCHENTA ($ 124.080,00). Ello, en función de que las referidas ofertas han cumplido con los requisitos administrativos, técnicos y económicos preestablecidos y han resultado las más convenientes para la Administración conforme el artículo 110° de la Ley 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454); Por ello, y en uso de la facultades conferidas por el artículo 13 del Anexo I del Decreto Nº 95/14, reglamentario de la Ley Nº 2095 y el Decreto Nº 411/2016;

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LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL

DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DISPONE:

Artículo 1.- Apruébase la Licitación Pública de Etapa Única en su modalidad de Compra Unificada tramitada bajo Proceso de Compra BAC Nº 2051-0779-LPU16, para la contratación del servicio de fumigación y control de plagas por el plazo de DOCE (12) meses con destino a diversos inmuebles del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2.- Adjudícase el Renglón N° 1: servicio de fumigación y control de plagas para el establecimiento ubicado en la calle Carrasco 625, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un período de DOCE (12) meses, a la firma "COPLAMA S.A." (CUIT 30-57790396-0) por la suma total de PESOS TREINTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTE ($ 36.120,00). Artículo 3.- Adjudícase el Renglón N° 2: servicio de fumigación y control de plagas para el Portal sito en la avenida Gendarmería Nacional y calle Nº 4 de la Villa 31 y el Renglón N° 3: servicio de fumigación y control de plagas para el Galpón situado en la Calle Playón, Bajo autopista de la Villa 31, ambos por un período de DOCE (12) meses, a la firma "EMEVEVE S.A." (CUIT 30-71216744-7) por la suma total de PESOS OCHENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA ($ 87.960,00). Artículo 4°.- El gasto que demande la presente Disposición, el cual asciende a la suma total de PESOS CIENTO VEINTICUATRO MIL OCHENTA ($ 124.080,00) será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes a los Ejercicios 2016 y 2017. Artículo 5.- Emítanse las respectivas Órdenes de Compra. Artículo 6.- Publíquese la adjudicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el B.A.C., notifíquese a las firmas"COPLAMA S.A." (CUIT 30-57790396-0) y "EMEVEVE S.A." (CUIT 30-71216744-7), y comuníquese a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Paredes

DISPOSICIÓN N.° 261/DGTALINF/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 5.454), el Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y sus modificatorios Decreto N° 114/GCABA/16 y Decreto Nº 411/GCABA/16, el Decreto N° 1.145/GCABA/09, la Resolución Nº 1160/MHGC/11, la Disposición Nº 213/DGTALINF/16, el Expediente Electrónico Nº 16998861-MGEYA-ASINF-2.016, y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones tramita la "Supervisión en tareas de tendidos e instalaciones, fiscalización de estado de instalaciones, mantenimiento preventivo y correctivo de tendidos de fibra óptica, ductos y cámaras pertenecientes al GCBA";

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Que mediante Nota N° 09689422/DGIASINF/2.016 y su modificatoria Nota N° 12496963/DGIASINF/2.016, obrantes bajo Ordenes Nº 3 y 4, la Dirección General de Infraestructura solicitó se arbitren los medios necesarios para gestionar la contratación mencionada ut-supra; Que por Disposición Nº 213/DGTALINF/16, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y se llamó a Licitación Pública Nº 8056-0803-LPU16, bajo al amparo de lo establecido en el artículo 31 concordante con el párrafo primero del artículo 32 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 5454), Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 y sus modificatorios Decreto N° 114/GCABA/16 y 411/GCABA/16, para el día 18 de julio de 2.016 a las 11:00 horas; Que asimismo, estableció que el presupuesto oficial para la presente contratación es de PESOS OCHO MILLONES SETECIENTOS MIL ($8.700.000) I.V.A. incluido; Que en este sentido, dicha contratación fue Publicada en el Boletín Oficial y en el portal BAC del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en el portal www.buenosairescompras.gob.ar obra el Acta de Apertura (Orden Nº 19) de fecha 18 de julio de 2.016 a las 11:00 hs. de la cual surge las ofertas presentadas por las empresas FIBER SECURITY S.R.L., DYNAIT S.A. y NET WORK TEAM ASOCIADOS S.R.L.; Que por Informe Nº 17595722-ASINF-2016 obrante bajo Orden Nº 75, el Gerente Operativo de Compras, Contrataciones y Servicios Generales de esta Agencia de Sistemas de Información, informó que del análisis administrativo, surge que la documentación recibida soporte de las ofertas presentadas por las firmas FIBER SECURITY S.R.L., DYNAIT S.A. y NET WORK TEAM ASOCIADOS S.R.L., cumplen con lo solicitado por pliegos; Que asimismo obra bajo Orden Nº 79 luce el Examen Preliminar de los Aspectos Formales de la Oferta (IF- 17628016-ASINF-2016); Que en este sentido, se observó que respecto a la oferta de la empresa FIBER SECURITY S.R..L, no surge el soporte físico de la garantía de mantenimiento de la oferta; Que la Comisión de Evaluación de Ofertas intervino en los procesos de adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios de esta Agencia de Sistemas de Información a

través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAC); Que asimismo por Informe N° 17772692-DGIASINF-2016 obrante bajo Orden N° 81, el Gerente Operativo de Redes dependiente de la Dirección General de Infraestructura elaboró el correspondiente Informe Técnico, e informó que las ofertas presentadas por las firmas FIBER SECURITY S.R.L., DYNAIT S.A. y NET WORK TEAM ASOCIADOS S.R.L., cumplen con lo solicitado técnicamente por el pliego; Que asimismo obra en el portal www.buenosairescompras.gob.ar el Dictamen de Pre Adjudicación de Ofertas (Orden Nº 83) por el cual se aconseja la adjudicación del RENGLON Nº 1 a la firma DYNAIT S.A. por la suma total PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 40/100 ($6.500.894,40.-), enmarcada conforme a los términos de los arts. 110 y 111 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 5.454), su correspondiente Decreto reglamentario Nº 95/GCABA/14 y sus modificatorios Decreto N° 114/GCABA/16 y 411/GCABA/16, y en concordancia con el art. 21.3 del Dto.1.145/GCABA/109 y el art. 11 de la Resolución Nº 1160/MHGC/11; Que en el mencionado Dictamen, se deja constancia que el mismo se emitió superado el plazo previsto en el art. 106º de la Ley Nº 2095 (Texto Consolidado por Ley Nº 5454) por la compleja evaluación y análisis de lo ofertado; Que el acta emitida en consecuencia fue publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Orden Nº 84);

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Que por último bajo Orden Nº 85, obra el Informe Nº 18356947-ASINF-2016, mediante el cual el Gerente Operativo de Compras, Contrataciones y Servicios Generales de esta Agencia de Sistemas de Información informó que de las propuestas recibidas resulta adjudicable la oferta de la firma DYNAIT S.A. por ser económica y técnicamente más conveniente para la administración (IF-2016- 17772692-DGIASINF); Que asimismo manifestó que la erogación total del presente gasto asciende a la suma total de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 40/100 ($6.500.894,40.-); Que conforme obra bajo Orden Nº 62, la empresa DYNAIT S.A., se encuentra debidamente inscripta en el Registro Único y Permanente de Proveedores; Que, asimismo, la Solicitud de Gastos Nº 682-3728-SG16 en la cual se imputaron los fondos en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) a los efectos de hacer frente a la erogación en cuestión con cargo al Ejercicio 2016, 2017 y 2018; Que la Gerencia Operativa de Legales de la Agencia de Sistemas de Información ha tomado la debida intervención; Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe Licitación Pública Nº 8056-0803-LPU16 y adjudique a la firma DYNAIT S.A. la "Supervisión en tareas de tendidos e instalaciones, fiscalización de estado de instalaciones, mantenimiento preventivo y correctivo de tendidos de fibra óptica, ductos y cámaras pertenecientes al GCBA". Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el art. 13 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.454), reglamentado por el Anexo II del Decreto N° 95/GCABA/14 y sus modificatorios Decreto N° 114/GCABA/16 y Decreto Nº 411/GCABA/16, LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL

DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN DISPONE

Artículo 1°.- Apruébase la Licitación Pública Nº 8056-0696-LPU16 realizada al amparo de lo establecido en el artículo 31 concordante con el párrafo primero del artículo 32 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.454), su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 y sus modificatorios Decreto N° 114/GCABA/16 y Decreto N° 411/GCABA/16 para efectuar la "Supervisión en tareas de tendidos e instalaciones, fiscalización de estado de instalaciones, mantenimiento preventivo y correctivo de tendidos de fibra óptica, ductos y cámaras pertenecientes al GCBA". Artículo 2°.- Adjudicase el Renglón Nº 1 de la firma DYNAIT S.A. por la suma total PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 40/100 ($6.500.894,40.-). Artículo 3°.- La erogación que demanda la presente gestión será imputada a la respectiva partida del presupuesto de los Ejercicios 2016, 2017 y 2018. Artículo 4º.- Emítase la orden de compra. Artículo 5º.- Notifíquese fehacientemente a las empresas oferentes de conformidad con lo establecido en el art. 6° del Decreto N° 1.145/GCABA/09. Artículo 6º.- Publíquese en el portal www.buenosairescompras.gob.ar por el término de un (1) día. Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un (1) día y remítase para la prosecución de su trámite a la Gerencia Operativa de Compras, Contrataciones y Servicios Generales de la Agencia de Sistemas de Información. Cumplido, archívese. Santagada López

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DISPOSICIÓN N.° 262/DGTALINF/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 5.454), el Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y sus modificatorios Decreto N° 114/GCABA/16 y Decreto N° 411/GCABA/16, el Decreto N° 1.145/GCABA/09, la Resolución N° 1160/MHGC/11, la Disposición N° 585/DGTALINF/15, la Resolución N° 241/ASINF/15, el Expediente Electrónico Nº 35597175-MGEYA-ASINF-2.015, y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones tramitó la contratación para la "Provisión de Servicios Profesionales de Soporte, Mantenimiento Básico, Correctivo y Servicios de Desarrollo para el Mantenimiento Evolutivo del Sistema Turnos Web Hospitales y todos sus módulos asociados"; Que por Disposición Nº 585/DGTALINF/2.015 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y se llamó a Contratación Directa por Exclusividad Nº 8056-1513-CDI15, bajo el amparo de lo establecido en el artículo 28 inc. 5 de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 5.454), su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 y sus modificatorios Decreto N° 114/GCABA/16 y Decreto N° 411/GCBA/16, para el día 20 de noviembre del 2015 a las 13:00 horas; Que en este sentido, por Resolución N° 241/SINF/2015 obrante bajo Orden Nº 42, se aprobó la referida Contratación Directa por Exclusividad adjudicándose el Renglón N° 1, por la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL 00/100 ($2.475.000,00.-) a la empresa TIARG S.A.; Que por Informe N° 18250252-ASINF-2016, se solicitó la ampliación del renglón N° 1 de la Orden de Compra N° 8056-7629-OC15; Que en este sentido informó que en función de la normativa vigente y ante la necesidad de continuar con la provisión mencionada ut-supra a los fines inherentes resulta necesario ampliar el Renglón N° 1 del Documento Contractual Nº 8056-7629-OC15 a favor de la empresa TIARG S.A. en el marco de lo normado por el Art. 119 Inc. I de la Ley 2095 (Texto Consolidado por Ley N° 5454), su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 y sus modificatorios Decreto N° 114/GCABA/16 y Decreto N° 411/GCABA/16; Que ello así informó que el porcentaje de ampliación solicitado reviste suma importancia, a los fines de responder a los programas de trabajos elaborados a tal fin; Que asimismo manifestó que el porcentaje de ampliación es del 35,56 %; Que por último señaló que la erogación total del presente gasto asciende a la suma de PESOS OCHOCIENTOS OCHENTA MIL con 00/100 ($ 880.000,00.-); Que bajo Orden N° 100 luce Nota Nº 14094876-DGISIS-2016, mediante el cual la Dirección General de Integración de Sistemas, fundamento el trámite de ampliación que nos ocupa; Que asimismo bajo Orden N° 115 luce la aceptación de la empresa TIARG S.A. a la ampliación, según reporte obtenido del portal BAC, en cumplimiento de la normativa vigente; Que ello así, bajo Orden N° 116, luce el Compromiso Definitivo DOCFI-2016-18177420-ASINF;

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Que en relación a la ampliación solicitada se encuadra dentro de lo previsto por el artículo 119, inc. 1) de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 5.454) establece que "Una vez perfeccionado el contrato, el organismo contratante puede: I) Aumentar o disminuir el total adjudicado hasta un veinte (20 %) de su valor original en uno y otro caso, en las condiciones y precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos. El aumento o la disminución puede incidir sobre uno, varios o el total de los renglones de la orden de compra, siempre y cuando el total resultante no exceda los porcentajes previstos, según corresponda"; Que asimismo el artículo mencionado ut-supra, señala que: "En los casos en que resulte imprescindible para el organismo contratante el aumento o la disminución podrán exceder el veinte por ciento (20%), y se deberá requerir la conformidad del cocontratante. Si ésta no fuera aceptada, no generará ningún tipo de responsabilidad al proveedor ni será pasible de ningún tipo de penalidad o sanción. En ningún caso las ampliaciones o disminuciones podrán exceder del cincuenta por ciento (50%) del monto total del contrato, aun con consentimiento del cocontratante"; Que por su parte, el artículo 117 del Decreto Nº 95/GCABA/14 dispone en su inciso I que "El acto administrativo que autorice el aumento o disminución es suscripto por el funcionario que resulte competente de acuerdo con los niveles de decisión y cuadro de competencias aprobado en el artículo 2º del presente Decreto o el que en el futuro lo reemplace, y según el monto del aumento, disminución correspondiente, individualmente considerados. El total del aumento o la disminución del monto adjudicado del contrato puede incidir sobre uno, varios o todos los renglones de la Orden de Compra o Venta o instrumento respectivo, según corresponda..."; Que la ampliación cumple los parámetros del artículo de la ley citada, toda vez que no supera los porcentajes allí previstos; Que la Gerencia Operativa de Legales de esta Agencia de Sistemas de Información, ha tomado la debida intervención; Que por lo expuesto, resulta pertinente dictar el acto administrativo a efectos de ampliar el Renglón Nº 1 de la Orden de Compra Nº 8056-7629-OC15 Contratación Directa por Exclusividad Nº 8056-1513-CDI15 referida a la "Provisión de Servicios Profesionales de Soporte, Mantenimiento Básico, Correctivo y Servicios de Desarrollo para el Mantenimiento Evolutivo del Sistema Turnos Web Hospitales y todos sus módulos asociados". Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 119 inciso I) de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.454) y sus modificatorios Decreto N° 114/GCABA/16 y Decreto 411/GCBA/16.

LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE Artículo 1°.- Amplíase el Renglón Nº 1 de la Orden de Compra Nº 8056-7629-OC15 adjudicado en la Contratación Directa por Exclusividad Nº 8056-1513-CDI15 para la "Provisión de Servicios Profesionales de Soporte, Mantenimiento Básico, Correctivo y Servicios de Desarrollo para el Mantenimiento Evolutivo del Sistema Turnos Web Hospitales y todos sus módulos asociados", a favor de la empresa TIARG S.A. por un

importe de PESOS OCHOCIENTOS OCHENTA MIL con 00/100 ($ 880.000,00), conforme los términos del artículo 119 inc. I) de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 5454), y sus modificatorios Decreto N° 114/GCABA/16 y Decreto 411/GCBA/16. Artículo 2º.- La erogación que demanda la presente gestión será imputada a la partida correspondiente al presupuesto del Ejercicio 2016 y 2017.

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Artículo 3°.- Notifíquese fehacientemente a la empresa TIARG S.A. de conformidad con los artículos 60 y 61 del Decreto 1510/GCABA/97. Artículo 4º.- Emítase la orden de compra. Artículo 5°.- Publíquese en el portal www.buenosairescompras.gob.ar del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un (1) día. Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial y remítase a la Gerencia Operativa de Compras, Contrataciones y Servicios Generales de la Agencia de Sistemas de Información para la prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. Santagada López

DISPOSICIÓN N.° 263/DGTALINF/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley Nº 70, la Ley N° 2.689, la Ley N° 5.460, la Ley Nº 5.495, el Decreto N° 396/GCABA/15, el 363/GCABA/15, el Decreto N° 10/GCABA/16, la Resolución N° 18/ASINF/2013, y su modificatoria Resolución Nº 37/ASINF/16, los Expedientes Electrónicos Nros. 18078696 y 18078895-MGEYA-ASINF-2016, y CONSIDERANDO: Que a través de los expedientes indicados en el visto tramita las compensaciones presupuestarias detalladas en los Requerimientos Nros. 5154 y 5155/SIGAF/2.016 cuya finalidad es contar con crédito suficiente para imputar a los gastos detallados en los Informes Nros. 18116405-ASINF-2016 y 18116459-ASINF-2016; Que mediante Ley N° 2.689, se creó la Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como órgano rector en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones en el ámbito del Poder Ejecutivo, y como entidad autárquica en el orden administrativo, funcional y financiero; Que, por su parte, la actual Ley de Ministerios N° 5.460 establece que la ASI se encuentra bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministerios de la Ciudad, asimismo ésta además se encarga de supervisar su funcionamiento, en un todo conforme con dicha Ley, y su Decreto Complementario N° 363/GCABA/15; Que los entes descentralizados tienen por definición la facultad de administrarse por sí mismos, poseen patrimonio y presupuesto propios y se rigen por las normas generales de Derecho Público, vinculándose con la Administración Central mediante una relación jurídica de control administrativo o tutela; Que por otro lado, la Ley Nº 70 de "Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad" establece en el artículo 63, 2º párrafo que "Las demás modificaciones (al Presupuesto General) corresponden al Poder Ejecutivo, pudiendo delegar esta atribución en el órgano coordinador de la Administración Financiera y en el órgano rector del Sistema de Presupuesto. En todos los casos dichas modificaciones deben ser publicadas en forma íntegra en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires"; Que por medio de la Ley Nº 5495, promulgada por Decreto Nº 396/GCABA/15 se fijaron los gastos corrientes y de capital del presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2.016;

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Que así por Decreto Nº 10/GCABA/16, se aprobaron las "Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2.016", estableciendo en el artículo 9º del Anexo I que las modificaciones presupuestarias que se efectúen se aprobarán de conformidad con el nivel de autorizaciones que se consignen en el capítulo IX de ese anexo; Que mediante la Resolución Nº 18/ASINF/2013 y su modificatoria Resolución Nº 37/ASINF/16, se modificó la estructura organizativa de la Agencia de Sistemas de Información, y se encomendó al Director General Técnico Administrativo y Legal, entre

otras cosas administrar los bienes y recursos de la Agencia y analizar, elaborar, registrar y controlar la ejecución del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Agencia; Que los Requerimientos Nros. 5154 y 5155/SIGAF/2.016 se encuentran en estado "Pendiente OGESE", validado por la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU) en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF); Que en consecuencia proceda arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades conferidas en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2.016, aprobadas mediante Decreto N° 10/GCABA/2.016; Que la Gerencia Operativa de Legales de esta Agencia de Sistemas de Información, ha tomado la debida intervención; Que de esta manera, resulta pertinente dictar el acto administrativo a los fines de aprobar las modificaciones en las partidas presupuestarias que se propicia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 37 del Decreto Nº 10/GCABA/16,

LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE Artículo 1º.- Apruébase la modificación en las partidas presupuestarias pertenecientes a la Agencia de Sistemas de Información según los Anexos de Disposición, registrados en SADE como DI-2016-18116430-ASINF y DI-2016-18344094-ASINF el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Disposición. Artículo 2º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial de la Agencia de Sistemas de Información y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Santagada López

DISPOSICIÓN N.° 2492/DGDYPC/16

Buenos Aires, 3 de agosto de 2016 VISTO:

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ANEXO

La Ley Nacional N° 24.240 y sus modificatorias y complementarias, La Ley N° 2096

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(texto consolidado por Ley N° 5454), su Decreto Reglamentario Nº 1185/07, el Decreto Nº 2344/99 modificado por el Decreto N° 704/05, y CONSIDERANDO: Que en lo relativo a la tutela de los consumidores y usuarios, la Constitución Nacional prescribe que "Art. 42.- Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno; Que, en igual sentido, el art. 46 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establece: "La Ciudad garantiza la defensa de los consumidores y usuarios de bienes y servicios, en su relación de consumo, contra la distorsión de los mercados y el control de los monopolios que los afecten; Que la Ley N° 2.096 (B.O.C.B.A. N° 2561) establece la creación del Concurso Anual de Proyectos vinculados a la Defensa del Consumidor, presentados por las asociaciones de consumidores y usuarios registradas ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que la citada Ley, en su art. 3°, crea la Comisión Asesora de Selección, estableciendo que la misma deberá estar integrada por tres (3) representantes de la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tres (3) diputados miembros de la Comisión de Defensa de Consumidores y Usuarios de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y un representante de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que asimismo, el artículo de marras dispone que "los cargos de todos los miembros son “ad honorem“, así como el de sus eventuales representantes; Que el artículo 3° del Anexo I del Decreto N° 1185/07 reglamentario de la Ley N° 2096 establece que ..."La Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor determinará los tres (3) integrantes de la Comisión "ad hoc"; Que en consencuencia, corresponde designar a los miembros que integrarán la Comisión de Asesora de Selección de proyectos, representando a esta Dirección sin que ello importe modificar su situación de revista ni relevarlos de las actividades y responsabilidades que le son propias al cargo que ocupan o funciones que desempeñan; Que las personas propuestas cuentan con los requisitos de idoneidad necesarios para el cumplimiento del cometido de la Comisión conforme los lineamientos establecidos en la Ley N° 2096 y su Decreto reglamentario N° 1185/07; Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, LA DIRECTORA GENERAL

DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR DISPONE

Artículo 1°.- Desígnase como miembros titulares de la Comisión Asesora de Selección al Dr. Jorge Surin, D.N.I: 17.030.837; al Dr. Leonardo Velazquez D.N.I 23.814.391 y a la Sra. Soledad Peiro, D.N.I: 30.036.843. Artículo 2°.- Déjase establecido que la manda mencionada en los artículos precedentes no genera modificación en su situación de revista ni erogación presupuestaria para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

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Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial. Notifíquese a los interesados para su conocimiento y a la Subsecretaria de Demanda Ciudadana, Calidad y Cercanía, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Bouza

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Ministerio de Hacienda

DISPOSICIÓN N.° 128/DGCG/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley Nº 5.454), los Decretos Nº 95/14 su modificatorio Nº 114/16 y Nº 1.145/09 y concordantes, las Resoluciones N° 596/MHGC/11 y Nº 1.160/MHGC/11, las Disposiciones N° 396/DGCYC/14, Nº 110/DGCG/16 y 336/DGCYC/16, el Expediente Electrónico Nº 13.085.485/MGEYA/DGCYC/2.016, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita la Contratación Menor para la Adquisición de un Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Scanner Dúplex I 1420 con destino a esta Dirección General de Contaduría, del Ministerio de Hacienda, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Disposición Nº 396/DGCyC/14 la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 18 inciso j) de la Ley N° 2.095, (texto consolidado según Ley Nº 5.454), aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que mediante Disposición Nº 110/DGCG/16, esta Dependencia, aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, su Anexo y Especificaciones Técnicas, autorizó a la Dirección General de Compras y Contrataciones a realizar el pertinente llamado a Contratación Menor, bajo la modalidad de compra electrónica, al amparo de lo establecido en el Artículo Nº 38 de la Ley 2.095, y los Decretos N° 95/14 y N° 1.145/09, por un monto estimado de pesos Cuarenta y Seis Mil Trescientos Veinte ($ 46.320.-); Que por Disposición N° 336/DGCyC/16 se estableció el llamado a Contratación Menor Nº 623-1151-CME16 para el día 12 de Julio de 2016 a las 14:00 horas; Que tal como luce en el Acta de Apertura de Ofertas, se recibió una (1) única oferta correspondiente a la firma INTER GRABO S.R.L.; Que por Nota NO-2016-17268400-DGCYC, la Dirección General de Compras y Contrataciones, solicitó a este Organismo que informe cuanto corresponda respecto del análisis de las especificaciones técnicas contenidas en la Propuesta Técnica y Plan de Trabajo, oportunamente presentadas por la firma oferente, indicando si las mismas se ajustan a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones; Que esta Dirección General efectuó la evaluación técnica correspondiente, la cual informó mediante Nota NO- 2016-17663772-DGCG; Que se ha cumplimentado con el Cuadro Comparativo de Ofertas que ordena la reglamentación, del cual surge que corresponde la adjudicación de la oferta presentada por la firma INTER GRABO S.R.L. (Renglón Nro. 1), por ser la oferta más conveniente en un todo de acuerdo con lo establecido en los Artículos 110 y 111 de la Ley N° 2.095, cuya reglamentación se encuentra en los Artículos 108 y 109 del Decreto N° 95/14; Que en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se aprueba y adjudica el presente procedimiento;

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Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 13 de la Ley N° 2095 y el Anexo I del Decreto N° 114/16,

LA DIRECTORA GENERAL ADJUNTA DE CONTADURÍA DISPONE:

Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Menor Nº 623-1151-CME16 realizada al amparo de lo establecido en el Artículo Nº 38 de la Ley 2.095, y los Decretos N° 95/14 y N° 1.145/09. Artículo 2º.- Adjudíquese el Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Scanner Dúplex I 1420 con destino a esta Dirección General, a la firma INTER GRABO S.R.L. (Renglón Nro. 1), por la suma total de Pesos Cuarenta y Seis Mil Trescientos Veinte ($ 46.320,00.-). Artículo 3º.- Dicho gasto se imputará a la Partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos correspondiente. Artículo 4º.-Autorízase a la Directora General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda a suscribir la respectiva Orden de Compra. Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un (1) día, en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; autorícese y notifíquese fehacientemente al interesado a través del sistema BAC. Cumplido, archívese. Puniello

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Ministerio de Justicia y Seguridad

DISPOSICIÓN N.° 39/DGJRYM/16

Buenos Aires, 21 de julio de 2016 VISTO: La Ley Nº 269 y sus modificatorias, su Decreto Reglamentario Nº 230/00, Ley Nº 5.460, sus modificatorias y complementarias, los Decretos Nº 660/11, Nº 154/12 y N° 43/16 y los Expedientes N° 17.353.789/16, N° 17.352.633/16, N° 17.351.423/16, N° 17.349.429/16, N° 8.200.986/16, N° 8.200.986/16, N° 8.200.986/16, N° 17.452.089/16. CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 4013 se aprobó la Ley de Ministerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, mediante el Decreto Nº 363/15 se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, dentro de las responsabilidades primarias que la Subsecretaría de Justicia a delegado en la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación se encuentra la de: "Administrar y Supervisar el Registro de Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as..."; Que la Ley Nº 269, creó el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que dicha Ley determina en su artículo 3°, "la inscripción en el Registro o su baja se hará sólo por orden judicial, ya sea de oficio o a petición de parte"; Que el Decreto Nº 230/00, reglamenta el funcionamiento del mencionado registro y establece en el artículo 8° - El responsable de Inscripciones tendrá a su cargo llevar el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as cuya inscripción sea requerida por el Poder Judicial conforme las disposiciones del presente reglamento. Que, atento las competencias asignadas a esta Dirección General de Justicia, Registro y Mediación, corresponde el dictado de la pertinente disposición; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 363/15, Nº 154/12, N° 43/16.

EL DIRECTOR DE JUSTICIA, REGISTRO Y MEDIACIÓN DISPONE

Artículo 1º.- Ordénese el levantamiento de la inscripción en el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as, del señor Ariel Ceferino Franchi, titular del D.N.I. N° 22.892.911, inscripto bajo el asiento número: 3543/2014, en el marco del convenio con el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Provincia de Entre Ríos. Artículo 2º.- Ordénese la inscripción en el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as, del señor Marcos Leonardo García, titular del D.N.I. N° 30.021.243, inscripto bajo el asiento número: 4443/2016, en el marco del convenio con el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Provincia de Entre Ríos.

Artículo 3º.- Ordénese la inscripción en el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as, del señor Roberto Eduardo Montenegro, titular del D.N.I. N° 24.306.344, inscripto bajo el asiento número: 4444/2016.

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Artículo 4º.- Ordénese la inscripción en el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as, del señor Daniel Alberto Peña, titular del D.N.I. N° 11.959.349, inscripto bajo el asiento número: 4445/2016. Artículo 5º.- Ordénese la inscripción provisoria en el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as, del señor Hernando David Capurro, titular del D.N.I. N° 22.431.810, inscripto bajo el asiento número: 4446/2016. Artículo 6º.- Ordénese la inscripción provisoria en el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as, del señor Mario Iraña Cruz, titular del D.N.I. N° 92.922.516, inscripto bajo el asiento número: 4447/2016. Artículo 7º.- Ordénese la inscripción definitiva en el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as, del señor Jonathan Daniel Céspedes, titular del D.N.I. N° 34.419.900, inscripto bajo el asiento número: 4103/2016. Artículo 8º.- Ordénese la inscripción definitiva en el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as, de la señora Sonia Alejandra Angier, titular del D.N.I. N° 22.370.871, inscripto bajo el asiento número: 4105/2016. Artículo 9º.- Ordénese la inscripción definitiva en el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as, del señor Daniel Céspedes, titular del D.N.I. N° 18.440.651, inscripto bajo el asiento número: 4104/2016. Artículo 10º.- Ordénese la inscripción provisoria en el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as, del señor Damián Ariel Sosa, titular del D.N.I. N° 28.285.755, inscripto bajo el asiento número: 4447/2016. Artículo 11º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese al Juzgado interviniente. Cumplido. Archívese. De Stefano

DISPOSICIÓN N.° 52/DGTALMJYS/16

Buenos Aires, 28 de julio de 2016 VISTO: El Decreto Nº 477/11, la Resolución Nº 312/MJYSGC/16, la Disposición Nº 344 /DGCG/11, el Expediente N° 12035605/16, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el visto tramita la rendición de los gastos efectuados con los fondos entregados al Director General de Defensa Civil, Sr. Raúl Alfredo Garnica, en ocasión del viaje autorizado por la Resolución Nº 312/MJYSGC/16, entre los días 19 y 21 de mayo de 2016, a fin de participar en la "2ª Reunión del Comité Sectorial de Gestión Integral de la UCCI" - "XXIII Jornadas Municipales sobre Catástrofes - Ayuntamiento de Madrid" - "XVIII Encuentro de Voluntarios de Protección Civil - Ciudad de Madrid", invitado por la Secretaria General de la Unión de Ciudades Capitales Iberoamericanas (UCCI); Que de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución N° 312/MJYSGC/16, fueron entregados al Sr. Raúl Alfredo Garnica, en concepto de viáticos, siendo asimismo responsable de su rendición el funcionario anteriormente mencionado;

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Que el Decreto Nº 477/11, dispuso el Régimen de Viáticos y Pasajes destinados a misiones transitorias de carácter oficial en el interior y exterior del país, estableciendo, en lo que respecta a la rendición de los gastos, que será de aplicación supletoria la normativa correspondiente a la asignación y rendición de fondos de caja chica común y de caja chica especial; Que la Gerencia Operativa de OGESE de esta Dirección General Técnica Administrativa y Legal en su Informe IF-2016-17998453-DGTALMJYS, manifiesta que se ha verificado el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente; Que por Disposición Nº 5306/DGDCIV/16 el Director General de Defensa Civil aprobó los gastos en concepto de viáticos efectuado en ocasión del viaje autorizado por Resolución Nº 312/MJYSGC/16 por un monto total de pesos diez mil cuatrocientos sesenta y cuatro ($10.464); Que se ha efectuado la correspondiente registración presupuestaria de conformidad con lo dispuesto por el punto 3 del Anexo III de la Disposición Nº 344/DGCG/11. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

DISPONE Artículo 1.- Apruébase la rendición de gastos aprobados por Disposición Nº 5306/DGDCIV/16 efectuados por el Sr. Director General de Defensa Civil, Raúl Alfredo Garnica, en ocasión del viaje autorizado por Resolución Nº 312/MJYSG/16 por un monto total de pesos diez mil cuatrocientos sesenta y cuatro ($10.464).

Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Contaduría para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Alfonso

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Ministerio de Salud

DISPOSICIÓN N.° 266/HGADS/16

Buenos Aires, 29 de julio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2095/06, sus modificatorias N°4764/13 y N° 5454/15, Decreto Reglamentario N°95/14, Decreto Nº1145/09 y Resolución Nº1160/MHGC/11, se rige por la citada normativa, y el EE Nº 16315537/MGEYA-HGADS/2016, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la Contratación Directa Nº 434-0583-CDI16, bajo el régimen de Contratación Directa, al amparo de lo establecido en el artículo Nº28 Inc.2 y concordantes La Ley Nº 2095/06, sus modificatorias N°4764/13 y N° 5454/15, Decreto Reglamentario N°95/14, para la Adquisición de Reactivos, con destino a la División Laboratorio del Hospital General de Agudos Donación Santojanni, dependiente del Ministerio de Salud; Que la División Laboratorio elaboró las especificaciones técnicas en base a las necesidades de la dependencia destinataria del efector; Que obra agregada en el expediente la Solicitud de Gastos debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria en etapa preventiva, por el monto estimado de la Contratación que asciende a la suma de pesos diez mil ($ 10.000,00.-), con cargo al Ejercicio 2016; Que por Disposición Nº 396/DGCyC/14, el Director General de Compras y Contrataciones, en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 85 de la Ley Nº 2095, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que por Disposición Nº 52/DGCG/10, se estableció como lugar físico de prestación de servicios del Centro de Recepción de Documentación de Pagos, correspondiente a la Representación de la Dirección General de Contaduría ante el Ministerio de Salud, la oficina sita en la calle Carlos Pellegrini Nº 313, planta baja, de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires; Que se encuentran incorporados los Pliegos que han de regir la Licitación que se propicia, los cuales se suministrarán en forma gratuita de conformidad con lo establecido en el artículo 88 inciso 8º de la reglamentación de la Ley Nº 2095 sus modificatorias N°4764/13 y N° 5454/15, Decreto Reglamentario N° 95/14, Decreto Nº1145/09 y Resolución Nº1160/MHGC/11; Que por Decreto N° 353/16 (BOCBA 4901), se designa como Sub Director Médico de este Hospital al Dr. José Luis Echave F.M. 39.312; Que a partir del día lunes 18 de julio de 2016, entra en vigencia la Licencia Ordinaria del Director Dr. Federico Charabora, hasta el día 04 de Agosto del corriente, por lo tanto se encomienda toda firma de despacho al subdirector Médico de este Hospital al Dr. José Luis Echave; Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley Nº 2095/06, sus modificatorias Nº4764/13 N° 5454/15, Decreto Reglamentario Nº95/14,

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Articulo 1º.- Apruébese el Pliego de Bases, y Condiciones Particulares para la Adquisición de Reactivos, con destino a la División Laboratorio del Hospital General de Agudos Donación Santojanni, dependiente del Ministerio de Salud, por un monto estimado de pesos diez mil ($ 10.000,00.-). Artículo 2º.- Llámese a Contratación Directa Nº434-0583-CDI16, bajo el Régimen de Contratación, al amparo de lo establecido en el artículo Nº28 Inc. 2 y concordantes de la Ley Nº 2095/06 sus modificatorias Nº4764/13 y N° 5454/15, Decreto Reglamentario Nº95/14, Decreto Nº1145/09 y Resolución Nº 1160/MHGC/11, en base a la documentación de la Contratación aprobada por el Artículo 1º de la presente y fijase fecha de apertura de ofertas para el día 09 de Agosto de 2016 a las 10:00 horas. Artículo 3º.- Establécese que los Pliegos de la Contratación son gratuitos y podrán ser consultados en el Portal Bac www.buenosairescompras.gov.ar Artículo 4º.- Establécese que el asesoramiento técnico de las ofertas y de la Contratación estará a cargo de la División Laboratorio del Hospital General de Agudos Donación Santojanni. Artículo 5º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada con cargo a los Presupuestos del Ejercicio 2016 y Futuro. Artículo 6º.- Remítanse invitaciones y cúrsense las comunicaciones de acuerdo con lo establecido en el artículo 95, y 99 de la Ley Nº 2095/06, sus modificatorias Nº4764/13 y N° 5454/15, Decreto Reglamentario Nº95/14, decreto 1145/09, publíquese en el Boletín Oficial, en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, www.buenosaires.gob.ar - Hacienda - Compras y Contrataciones - Licitaciones y Compras - Consultas de Compras y Contrataciones, y portal BAC www.buenosairescompras.gob.ar y en la Cartelera Oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones. Artículo 7º.- Regístrese, publíquese y gírese a la Oficina de Compras para su tramitación. Echave

DISPOSICIÓN N.° 267/HGADS/16

Buenos Aires, 29 de julio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2095/06, sus modificatorias N°4764/13 y N° 5454/15, Decreto Reglamentario N°95/14, Decreto Nº1145/09 y Resolución Nº1160/MHGC/11, se rige por la citada normativa, y el EE Nº 16429593/MGEYA-HGADS/2016, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la Contratación Menor Nº 434-1700-CME16, bajo el régimen de Contratación Menor, al amparo de lo establecido en el artículo Nº38 y concordantes la Ley Nº 2095/06, sus modificatorias N°4764/13 y N° 5454/15, Decreto Reglamentario N°95/14, para la Adquisición de Sensores de Flujo, con destino al Servicio de Neonatología del Hospital General de Agudos Donación Santojanni, dependiente del Ministerio de Salud;

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ANEXO

EL SEÑOR SUBDIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DONACION SANTOJANNI

DISPONE

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Que el Departamento de Recursos Físicos elaboró las especificaciones técnicas en base a las necesidades de la dependencia destinataria del efector; Que obra agregada en el expediente la Solicitud de Gastos debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria en etapa preventiva, por el monto estimado de la Contratación que asciende a la suma de pesos ciento un mil ($ 101.000,00.-), con cargo al Ejercicio 2016; Que por Disposición Nº 396/DGCyC/14, el Director General de Compras y Contrataciones, en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 85 de la Ley Nº 2095, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que por Disposición Nº 52/DGCG/10, se estableció como lugar físico de prestación de servicios del Centro de Recepción de Documentación de Pagos, correspondiente a la Representación de la Dirección General de Contaduría ante el Ministerio de Salud, la oficina sita en la calle Carlos Pellegrini Nº 313, planta baja, de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires; Que se encuentran incorporados los Pliegos que han de regir la Licitación que se propicia, los cuales se suministrarán en forma gratuita de conformidad con lo establecido en el artículo 88 inciso 8º de la reglamentación de la Ley Nº 2095 sus modificatorias N°4764/13 y N° 5454/15, Decreto Reglamentario N° 95/14, Decreto Nº1145/09 y Resolución Nº1160/MHGC/11; Que por Decreto N° 353/16 (BOCBA 4901), se designa como Sub Director Médico de este Hospital al Dr. José Luis Echave F.M 39.312; Que a partir del día lunes 18 de julio de 2016, entra en vigencia la Licencia Ordinaria del Director Dr. Federico Charabora, hasta el día 04 de Agosto del corriente, por lo tanto se encomienda toda firma de despacho al subdirector Médico de este Hospital al Dr. José Luis Echave; Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley Nº 2095/06, sus modificatorias Nº4764/13 N° 5454/15, Decreto Reglamentario Nº95/14, EL SEÑOR SUBDIRECTOR

DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DONACION SANTOJANNI DISPONE

Artículo 1º.- Apruébese el Pliego de Bases, y Condiciones Particulares para la Adquisición de Sensores de Flujo, con destino al Servicio de Neonatología del Hospital General de Agudos Donación Santojanni, dependiente del Ministerio de Salud, por un monto estimado de pesos ciento un mil ($ 101.000,00.-). Artículo 2º.- Llámese a Contratación Menor Nº434-1700-CME16, bajo el Régimen de Contratación Menor, al amparo de lo establecido en el artículo Nº38 y concordantes de la Ley Nº 2095/06 sus modificatorias Nº4764/13 y N° 5454/15, Decreto Reglamentario Nº95/14, Decreto Nº1145/09 y Resolución Nº 1160/MHGC/11, en base a la documentación de la Contratación aprobada por el Artículo 1º de la presente y fijase fecha de apertura de ofertas para el día 08 de Agosto de 2016 a las 10:00 horas. Artículo 3º.- Establécese que los Pliegos de la Contratación son gratuitos y podrán ser consultados en el Portal Bac www.buenosairescompras.gov.ar. Artículo 4º.- Establécese que el asesoramiento técnico de las ofertas y de la Contratación estará a cargo del Departamento de Recursos Físicos del Hospital General de Agudos Donación Santojanni. Artículo 5º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada con cargo al Presupuesto del Ejercicio 2016.

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Artículo 6º.- Remítanse invitaciones y cúrsense las comunicaciones de acuerdo con lo establecido en el artículo 95, y 99 de la Ley Nº 2095/06, sus modificatorias Nº4764/13 y N° 5454/15,Decreto Reglamentario Nº95/14,decreto 1145/09, publíquese en el Boletín Oficial, en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, www.buenosaires.gob.ar - Hacienda - Compras y Contrataciones -Licitaciones y Compras - Consultas de Compras y Contrataciones, y portal BAC www.buenosairescompras.gob.ar y en la Cartelera Oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones. Artículo 7º.- Regístrese, publíquese y gírese a la Oficina de Compras para su tramitación. Echave

DISPOSICIÓN N.° 268/HGADS/16

Buenos Aires, 29 de julio de 2016 VISTO: La Ley Nº 2095/06, sus modificatorias N°4764/13 y N° 5454/15, Decreto Reglamentario N°95/14, Decreto Nº1145/09 y Resolución Nº1160/MHGC/11, se rige por la citada normativa, y el EE Nº 10936448/MGEYA-HGADS/2016, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la Contratación Menor Nº 434-0830-CME16, bajo el régimen de Contratación Menor, al amparo de lo establecido en el artículo Nº38 y concordantes La Ley Nº 2095/06, sus modificatorias N°4764/13 y N° 5454/15, Decreto Reglamentario N°95/14, para la Adquisición de Colchones, con destino al Servicio de Ropería del Hospital General de Agudos Donación Santojanni, dependiente del Ministerio de Salud; Que el Servicio de Ropería elaboró las especificaciones técnicas en base a las necesidades de la dependencia destinataria del efector; Que obra agregada en el expediente la Solicitud de Gastos debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria en etapa preventiva, por el monto estimado de la Contratación que asciende a la suma de pesos trescientos veinte mil ($ 320.000,00.-), con cargo al Ejercicio 2016; Que por Disposición Nº 396/DGCyC/14, el Director General de Compras y Contrataciones, en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 85 de la Ley Nº 2095, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que por Disposición Nº 52/DGCG/10, se estableció como lugar físico de prestación de servicios del Centro de Recepción de Documentación de Pagos, correspondiente a la Representación de la Dirección General de Contaduría ante el Ministerio de Salud, la oficina sita en la calle Carlos Pellegrini Nº 313, planta baja, de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires;

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 165

ANEXO

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Que se encuentran incorporados los Pliegos que han de regir la Licitación que se propicia, los cuales se suministrarán en forma gratuita de conformidad con lo establecido en el artículo 88 inciso 8º de la reglamentación de la Ley Nº 2095 sus modificatorias N°4764/13 y N° 5454/15, Decreto Reglamentario N° 95/14, Decreto Nº1145/09 y Resolución Nº1160/MHGC/11; Que por Decreto N° 353/16 (BOCBA 4901), se designa como Sub Director Médico de este Hospital al Dr. José Luis Echave F.M. 39.312; Que a partir del día lunes 18 de julio de 2016, entra en vigencia la Licencia Ordinaria del Director Dr. Federico Charabora, hasta el día 04 de Agosto del corriente, por lo tanto se encomienda toda firma de despacho al subdirector Médico de este Hospital al Dr. José Luis Echave; Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley Nº 2095/06, sus modificatorias Nº4764/13 N° 5454/15, Decreto Reglamentario Nº95/14, EL SEÑOR SUBDIRECTOR

DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DONACION SANTOJANNI DISPONE

Articulo 1º.- Apruébese el Pliego de Bases, y Condiciones Particulares para la Adquisición de Colchones, con destino al Servicio de Ropería del Hospital General de Agudos Donación Santojanni, dependiente del Ministerio de Salud, por un monto estimado de pesos trescientos veinte mil ($ 320.000,00.-). Artículo 2º.- Llámese a Contratación Menor Nº434-0830-CME16, bajo el Régimen de Contratación Menor, al amparo de lo establecido en el artículo Nº38 y concordantes de la Ley Nº 2095/06 sus modificatorias Nº4764/13 y N° 5454/15, Decreto Reglamentario Nº95/14, Decreto Nº1145/09 y Resolución Nº 1160/MHGC/11, en base a la documentación de la Contratación aprobada por el Artículo 1º de la presente y fijase fecha de apertura de ofertas para el día 08 de Agosto de 2016 a las 11:00 horas. Artículo 3º.- Establécese que los Pliegos de la Contratación son gratuitos y podrán ser consultados en el Portal Bac www.buenosairescompras.gov.ar. Artículo 4º.- Establécese que el asesoramiento técnico de las ofertas y de la Contratación estará a cargo del Servicio de Ropería del Hospital General de Agudos Donación Santojanni. Artículo 5º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada con cargo al Presupuesto del Ejercicio 2016. Artículo 6º.- Remítanse invitaciones y cúrsense las comunicaciones de acuerdo con lo establecido en el artículo 95, y 99 de la Ley Nº 2095/06, sus modificatorias Nº4764/13 y N° 5454/15, Decreto Reglamentario Nº95/14, decreto 1145/09, publíquese en el Boletín Oficial, en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, www.buenosaires.gob.ar - Hacienda - Compras y Contrataciones - Licitaciones y Compras - Consultas de Compras y Contrataciones, y portal BAC www.buenosairescompras.gob.ar y en la Cartelera Oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones. Artículo 7º.- Regístrese, publíquese y gírese a la Oficina de Compras para su tramitación. Echave

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 166

ANEXO

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DISPOSICIÓN N.° 333/HGACA/16

Buenos Aires, 3 de agosto de 2016

el Expediente Nº 2016-18.348.051, la Ley Nº 2.095/06 promulgada por Decreto N° 1772/GCBA/06 (BOCBA. 2.557), su modificatoria Ley N° 4764/14 (BOCBA 4.313) y su Decreto Reglamentario Nº DECTO-2014-95-AJG, Decreto N° 1145/GCABA/09, y Decreto N° 196/GCABA/11 vigentes en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires y; CONSIDERANDO: Que, por el mencionado Expediente tramita la PROVISIÓN DE INSUMOS (Guía para bomba de infusión) con destino al Servicio de Farmacia de este Establecimiento Asistencial; Que por NO-2016-16519665-HGACA la Dirección de este nosocomio autoriza la compra y solicita se gestione la misma por la modalidad de compra correspondiente; Que, se importó la Solicitud de Gastos N° 412-3679-SG16 debidamente valorizada de acuerdo a lo establecido en el Art. 78 de la Ley 2.095/06 y su modificatoria Ley 4764/14 y su Decreto Reglamentario Nº DECTO-2014-95-AJG; Que, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos por un importe), encuadrando la compra en los alcances del Art. 28, inciso 1º de la Ley Nº 2.095/06 y su modificatoria; Que, por Disposición 171-DGCyC-08 del 07/07/08, la Dirección General de Compras y Contrataciones, como órgano rector, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que, mediante Resolución 1.226-MS-GCBA-07 del 4/6/07, se designa a este Establecimiento Asistencial como Unidad Operativa de Adquisiciones a fin de establecer la gestión que tiene a su cargo en las Contrataciones y Adquisiciones en forma habitual; Que mediante Decreto 1145/09, en su Art.1° apruebase la reglamentación del art 83 de la Ley 2095 e implementase el Sistema Electrónico de Adquisición y Contratación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, denominándose en adelante como Buenos Aires Compras (BAC); Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Art. 13º del Decreto Nº DECTO-2014-95-AJG reglamentario del Art. 13º de la Ley 2.095 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su modificatoria;

EL DIRECTOR

DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR. COSME ARGERICH EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONE: Art. 1 ° Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2016-18435783- - HGACA) que forman parte de la presente. Art. 2 ° Llámase a Contratación Directa Nº 412-0762-CDI16, cuyo Acto de Apertura tendrá lugar el día 18 de agosto de 2.016 a las 10:00 hs., para la PROVISIÓN DE

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VISTO:

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INSUMOS (Guía para bomba de infusión), por un monto aproximado de PESOS UN MILLON QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES CON VEINTE CENTAVOS ($ 1.585.483,20), con destino a la División Farmacia, enmarcado en los alcances del Art. 28, inciso 1º de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo normado en Decreto N° 1145/GCABA/09. Art. 3 ° El gasto que demanda la presente será imputado al presente ejercicio y posee un compromiso en el año 2017 según Solicitud de Gasto N° 412-3679-SG16. Art. 4 ° Establécese el pliego SIN VALOR, el que podrá ser consultado en la Oficina de Compras y Contrataciones de esta Unidad Operativa de Adquisiciones, en la página web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en Buenos Aires Compras (BAC). Art. 5 ° Pase, para la prosecución de su trámite a la División Compras. Hernández

DISPOSICIÓN N.° 520/HBR/16

Buenos Aires, 28 de julio de 2016 VISTO El Expediente Electrónico Nº 2016-18069081-MGEYA-HBR, la Ley Nº 2.095, su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.ANº 4313) de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Decreto Reglamentario Nº 95/14 y, CONSIDERANDO: Que, mediante el presente actuado tramita el Proceso de Compra Nº 431-0882-LPU16 bajo la modalidad de Licitación Pública, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 2.095, Art 31º, su modificatoria Ley 4764 y Decreto Reglamentario Nº 95/14, para la ADQUISICIÓN DE ECÓGRAFO, con destino al Servicio de Diagnóstico por Imágenes; Que, la Solicitud de Gastos Nº 431-4045-SG16 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al Ejercicio 2016; Que, por Disposición Nº 396-DGCYC-2014 (B.O.C.B.A Nº 4414) el Director General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo Nº 18º de la Ley 2.095 aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios; Que, por Resolución Nº 1.226/MSGC/2007 (B.O.C.B.A Nº 2.714), el Ministro de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, establece como Unidad Operativa de Adquisiciones al Hospital "Bernardino Rivadavia", Por ello, y en base a las competencias establecidas en la Ley 2.095 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.ANº 4313) y dando cumplimiento a lo manifestado en el Artículo 1º de la Resolución Nº 49/2011;

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ANEXO

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Artículo 1º.- Elabórese y Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas. Artículo 2º.- Llámese a Licitación Pública Nº 431-0882-LPU16, para el día 19 de agosto del 2016 a las 11:00 horas, al amparo de lo establecido en la Ley 2.095 Art 31º, su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.ANº 4313) y Decreto Reglamentario Nº 95/14, para la ADQUISICIÓN DE ECÓGRAFO, con destino al Servicio de Diagnóstico por Imágenes, por un monto aproximado de $ 600.000,00 (PESOS: SEISCIENTOS MIL CON 00/100). Artículo 3º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada en la correspondiente Partida Presupuestaria del Ejercicio 2016. Artículo 4º.- Valor del Pliego: Gratuito. Artículo 5º.- Publicaciones e invitaciones de acuerdo a lo normado en el Art. 93º, Art. 97º, y 98º de la Ley 2.095/06, su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.ANº 4313) y Decreto Reglamentario Nº 95/14.

Artículo 6º.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial, en el portal de compras electrónicas B.A.C. y en el sitio de Web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase al Departamento Compras para la prosecución de su trámite. Fernández Rostello

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EL DIRECTOR DEL HOSPITAL "BERNARDINO RIVADAVIA" DISPONE:

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Ministerio de Educación

DISPOSICIÓN N.° 787/DGAR/16

Buenos Aires, 28 de julio de 2016 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, los Decretos Nº 1254/GCBA/08 y su modificatorio Nº 663/GCBA/09, N° 203/GCBA/16, el Expediente Nº 10508873 /2016, y CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Infraestructura y Mantenimiento Escolar ha elaborado, dentro del ámbito de su competencia, un informe técnico en el que señala la necesidad de realizar los trabajos de canchas, vestuarios, sanitarios de discapacitados y sala de profesores en el Edificio del Polideportivo D.E. Nº 7 sita en Bacacay 660, Ciudad de Buenos Aires; Que en virtud de las conclusiones técnico presupuestarias citadas, el presupuesto oficial para la realización de la obra, es de fecha Abril 2016, asciende a la suma de PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TRES CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 6.234.703,95); Que de acuerdo a lo mencionado ut supra y teniendo en cuenta el monto de la presente, corresponde regir el presente llamado por el procedimiento de Licitación Pública en los términos previstos por la Ley Nacional Nº 13.064 aplicable al ámbito de la Ciudad y los Decretos Nº 1254/GCBA/08 y Nº 203/GCBA/16, comunicando a las cámaras empresariales pertinentes, publicando en la cartelera de esta Dirección General, en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de cinco (5) días con cinco (5) de anticipación a la fecha prevista para la apertura de ofertas, un (1) día en un diario de distribución masiva y en el sitio de Internet www.buenosaires.gob.ar; Que se han procedido a confeccionar los correspondientes Pliegos de Bases y Condiciones, conforme el Decreto Nº 1254/GCBA/08 y su modificatorio Nº 663/GCBA/09, con la finalidad de regir el procedimiento de selección del contratista y la ejecución de la obra a contratarse, todo de conformidad con la Ley Nacional de Obras Públicas; Que el Ministerio de Educación tiene la facultad de instrumentar políticas referidas a atender el estado edilicio de las escuelas en la modalidad que considere más adecuada, estableciendo pautas que aseguren la ejecución de las obras en los tiempos y forma en los que el funcionamiento de las escuelas y establecimientos educativos en general lo requieran; Que en virtud de lo señalado en el considerando anterior, ha resultado conveniente incluir en los Pliegos de la Licitación, un mecanismo de adelanto financiero a los fines de permitir a quien resulte contratista de la obra, el acopio de materiales suficientes que aseguren el inicio y ritmo de avance de los trabajo, dadas las especiales condiciones de la plaza financiera y de los precios, y en virtud de la dispersión que sufren los mismos en la actualidad; Que por lo expuesto, corresponde el dictado del acto administrativo que apruebe los Pliegos de Bases y Condiciones proyectados y llame a Licitación Pública N° 580-SIGAF-2016 (18-16) con el objeto de contratar, por ajuste alzado, los trabajos de

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canchas, vestuarios, sanitarios de discapacitados y sala de profesores en el Edificio del Polideportivo D.E. Nº 7 sita en Bacacay N° 660, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Por ello, en razón de lo normado por el Decreto N° 203/GCBA/16,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares (IF-2016-18139260- IF2016-18139551-DGAR),de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares, planos y demás documentación (IF-2014-14075279-DGIES-IF-2014-14061967-DGIES- IF-2014-14128802-DGIES- IF-2014-14128567-DGIES) que regirán la Licitación Pública N° 580-SIGAF-2016 (18-16). Artículo 2.- Llámase a Licitación Pública N° 580-SIGAF-2016 (18-16) con el objeto de adjudicar los trabajos de canchas, vestuarios, sanitarios de discapacitados y sala de profesores en el Edificio del Polideportivo D.E. Nº 7 sita en Bacacay N°660, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por ajuste alzado y fijando como presupuesto oficial la suma de PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TRES CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 6.234.703,95). Artículo 3.- Establécese como fecha de apertura de ofertas el día 19 de Agosto de 2016, a las 13:00 hs. en Licitaciones, Ministerio de Educación sito en Paseo Colón 255, Piso 2° frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Artículo 4.- Publíquese el llamado efectuado mediante el art. 2° de la presente en la Cartelera de Licitaciones del Ministerio de Educación sito en la Av. Paseo Colón 255 2º piso frente, en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de cinco (5) días con cinco (5) de anticipación a la fecha prevista para la apertura de ofertas, un (1) día en un diario de distribución masiva y en el sitio de Internet www.buenosaires.gob.ar y notifíquese a las Cámaras empresariales pertinentes. Artículo 5.- Regístrese y publíquese en el Boletín Oficial. Para su conocimiento y prosecución del trámite pase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones. Curti

DISPOSICIÓN N.° 792/DGAR/16

Buenos Aires, 29 de julio de 2016 VISTO: La Ley N° 2.095, (Texto consolidado según la Ley 5.454), su Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 -y su modificatorio Decreto N° 114/GCABA/16-, el Decreto Nº 1145/GCABA/09, la Resolución Nº 1.160/MHGC/2011, la Disposición Nº 396/DGCYC/14, la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, el Expediente Electrónico Nº 2016-9619598 -MGEYA-DGTEDU, y

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ANEXO

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Que por el actuado mencionado en el Visto tramita la contratación de provisión de Servicios Profesionales para el mantenimiento correctivo y evolutivo del Sistema de Clasificación Docente, solicitado por la Dirección General de Tecnología Educativa; Que por Disposición Nº 396/DGCYC/14 el Órgano Rector ha aprobado el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para procesos de compras y contrataciones; Que por Disposición Nº 526/DGAR/16 esta Dirección General de Administración de Recursos aprobó los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y llamó a Licitación Pública N° Nº 550-0479- LPU16 para el día 16 de junio de 2016 a las 11:00 horas, por intermedio del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAC); Que el sistema Buenos Aires Compras generó el día 16 de junio de 2016 a las 11:00 horas el Acta de Apertura la cual informa la recepción de la oferta correspondiente a la firma: C&S INFORMATICA SOCIEDAD ANONIMA; Que conforme surge del Dictamen de la Comisión de Evaluación de Ofertas, designada mediante la RESOL-2016-149-MEGC, se preadjudicaron los renglones Nº 1, N° 2 y N° 3 por única oferta, por oferta más conveniente, y según asesoramiento técnico realizado por la Dirección General de Tecnología Educativa (IF-2016-15960267-DGTEDU) y (IF-2016-16205217-DGTEDU), a la oferta C&S INFORMATICA SOCIEDAD ANONIMA por un importe total de pesos nueve millones treinta y cinco mil ($ 9.035.000,00); Que el citado Dictamen fue debidamente publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Pagina Web del Gobierno de la Ciudad, en la página web del Sistema Buenos Aires Compras, y notificado mediante dicho Sistema a los oferentes; Que vencido el plazo para efectuar impugnaciones no fue recibida ninguna presentación en tal sentido; Que, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión; Que tomó debida intervención la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto a través del Sistema Buenos Aires Compras; Que tomó intervención la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional de este Ministerio de Educación;

Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el art. 13 de la Ley N° 2095 (Texto consolidado según la Ley 5.454), Decreto N° 95/GCABA/14, y su modificatorio Decreto 114/GCABA/16.

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Apruebase la Licitación Pública Nº 550-0479-LPU16, al amparo de lo establecido por el Artículo 31, concordante con el primer párrafo del Artículo 32 de la Ley Nº 2095, (Texto consolidado según la Ley 5.454), efectuada a través del sistema de compras electrónicas BAC, la contratación de provisión de Servicios Profesionales para el mantenimiento correctivo y evolutivo del Sistema de Clasificación Docente, solicitado por la Dirección General de Tecnología Educativa, y, adjudícase los renglones Nº 1, N° 2 y N° 3 a favor de la firma C&S INFORMATICA SOCIEDAD ANONIMA (CUIT 30-62337308-4) por un importe total de pesos nueve millones treinta y cinco mil ($ 9.035.000,00). Artículo 2.- El gasto que demande lo dispuesto en la presente Resolución se imputará a las partidas presupuestarias del ejercicio correspondiente, subordinado al crédito que se consigne en el respectivo presupuesto. Artículo 3.- Emítase la respectiva Orden de Compra a favor de la firma adjudicataria.

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CONSIDERANDO:

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Artículo 4.- Delégase en el señor Director General de Administración de Recursos la facultad de suscribir las respectivas Órdenes de Compra. Artículo 5.- Pase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones a los fines de la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y en la Pagina web del Sistema de Compras "BAC" www.buenosairescompras.gob.ar y su notificación fehaciente a las firmas intervinientes conforme a las previsiones establecidas en los artículos 60 y 61 de la Ley de procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos aires. Curti

DISPOSICIÓN N.° 803/DGAR/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley Nº 2.095 (Texto consolidado según la Ley Nº 5.454), el Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/2014 y su modificatorio Decreto N° 114/GCABA/16, Ley Nacional Nº 26.058, Ley Nº 2.092/06 de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Vigesimoctavo Protocolo Adicional del Convenio Marco de Cooperación entre el INET del MEN y el MEGC, Anexo I Resolución CFE Nº 175/12, Resolución N° 850/12 INET, Resolución Nº 3284/MEGC/06, Resolución Nº 3288/MEGC/06, la Resolución N° 1652/MEGC/2013, la Disposición Nº 2016-789-DGAR, el Expediente Electrónico N° EX-2016-10951150-MGEYA-DGTEDU, y CONSIDERANDO: Que el Artículo 52 de la Ley Nº 26.058, creó el Fondo Nacional para la Educación Técnico Profesional a fin de garantizar la inversión necesaria para el mejoramiento de la calidad de las Escuelas Técnicas Profesionales; Que mediante Ley Nº 2.092 se aprobó el Convenio Marco de Cooperación celebrado entre el Instituto Nacional de Educación Tecnológica (INET) dependiente del Ministerio de Educación de la Nación y la entonces Secretaría de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por intermedio de la Resolución N° 3284/MEGC/06 se creó la Unidad Ejecutora Jurisdiccional (UEJ) cuya función consiste en administrar y gestionar el Fondo Nacional para la Educación Técnica en el ámbito de este Ministerio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en función de la actualización tecnológica de las escuelas de la Ciudad de Buenos Aires, se presenta este Plan Jurisdiccional que tiene como objetivo principal dotar de tecnologías innovadoras a las escuelas técnicas en pos que los alumnos puedan interactuar y experimentar con tecnologías de vanguardia; Que por Disposición Nº 396/GCABA/DGCYC/14 el Órgano Rector ha aprobado el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para procesos de compras y contrataciones; Que mediante Resolución Nº 2015-263-SSGEFYAR se llamó a Licitación Pública N° 04 /2015 para el día 30 de noviembre de 2015, para la adquisición de elementos de Tecnología Innovadora (Kits Arduino de principiantes, impresoras 3D, sets educativos de energías renovables, impresoras, discos duros, PCs, mobiliario y pizarras interactivas móviles) destinados al uso en diversas instituciones escolares públicas pertenecientes a este Ministerio de Educación;

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Que mediante Resolución Nº 2016-860-MEGC, se aprobó la Licitación Pública N° 04/15, adjudicando a favor de las firmas: DECORSAN S.R.L. (CUIT N° 30-59583350-3) el renglón N° 1, por un importe de pesos cuatro millones seiscientos cinco mil ciento catorce ($4.605.114,00); a la firma A. J. EQUIPAMIENTOS S.R.L. (CUIT N° 30-68969983-5) los renglones N° 6, 7 y 8 por un importe de pesos setecientos treinta y tres mil seiscientos sesenta y ocho ($733.668,00) y PC ARTS ARGENTINA S.A. (CUIT N° 30-70860230-9) los renglones N° 9 y 10 por un importe de pesos diez millones

doscientos diecisiete mil setecientos noventa y ocho ($10.217.798,00) ascendiendo la erogación total a la suma de pesos quince millones quinientos cincuenta y seis mil quinientos ochenta ($15.556.580,00); Que según la Resolución Nº 2016-860-MEGC se desestimo las ofertas de las firmas CHIAPERO Y ASOCIADOS S.R.L. y a la firma LICICOM S.R.L. por no ajustarse a lo requerido en el pliego de especificaciones técnicas según asesoramiento técnico y se declaro desiertos los renglones N° 3, 4, 5 y 11; Que por IF-2016-10993663-DGTEDU, la Dirección General de Tecnología educativa, solicita se arbitren los medios para realizar una nueva contratación destinada a adquirir el equipamiento tecnológico respecto de los renglones 2, 3, 4, 5, 11, 12, y 13 respecto del Pliego de Especificaciones Técnicas; Que la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones, confeccionó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que regirá el procedimiento de selección en virtud de lo estipulado en la Resolución N° 1652/MEGC/2013; Que el procedimiento de selección y contratación que se propicia iniciar en el marco del programa de financiamiento impulsado por el Instituto Nacional de Educación Tecnológica del Ministerio de Educación de la Nación, no se rige a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado Buenos Aires Compras (BAC), toda vez que los fondos transferidos a esta Jurisdicción se encuentran depositados en Cuenta Corriente del Banco de la Nación Argentina; Que por Disposición Nº 2016-789-DGAR, se aprobó el Pliego de Especificaciones Técnicas (IF-2016-17059945-DGTEDU), cuando debería haberse aprobado el (IF-2016-17904748-DGTEDU), Que la selección del procedimiento de adquisición de bienes cumple con lo establecido en el Artículo 34 del Decreto Reglamentario Nº 893/12 respecto a los montos allí fijados en virtud del Vigesimoctavo Protocolo Adicional del Convenio Marco de Cooperación entre el Instituto Nacional de Educación Tecnológica y el Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en consecuencia debe tramitar por la vía equivalente estipulada en la Ley de compras de la CABA; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, en razón de lo normado por la Ley Nº 2.095 de Compras y Contrataciones (Texto consolidado según la Ley Nº 5.454), el Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/2014 y su modificatorio Decreto N° 114/GCABA/16,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Dejase sin efecto Disposición Nº 2016-789-DGAR. Articulo 2.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2016-17112065-DGAR) y de Especificaciones Técnicas (IF-2016-17904748-DGTEDU), que regirán la presente Licitación.

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Artículo 3.- Llámese a Licitación Pública Nación N° 7/16 para el día 11 de agosto de 2016 a las 12:00 hs, al amparo de lo establecido en el Artículo 31, concordante con el primer párrafo del Artículo 32 de la Ley N° 2095 (Texto consolidado según la Ley Nº 5.454) para la adquisición de impresoras 3D, sets educativos de energías renovables, impresoras, discos duros, PCs y pizarras interactivas, para ser provistos a distintos

centros educativos y escuelas públicas radicados en esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el monto de pesos cuatro millones seiscientos veintiséis mil quinientos cincuenta y tres ($ 4.626.553). Artículo 4.-Remítanse las invitaciones y publíquese el llamado, en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la página Web, www.buenosaires.gob.ar-Hacienda-Licitaciones y Compras-Consultas de Compras, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 95, 99 y 100 de la Ley N° 2095 (Texto consolidado según la Ley Nº 5.454). Artículo 5.- Gírese a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones, para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en la página Web del G.C.A.B.A y a los fines de efectuar las respectivas comunicaciones. Curti

DISPOSICIÓN N.° 805/DGAR/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley 5.454), el Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 y su modificatorio Decreto N° 411/GCABA/16, el Decreto Nº 1145/GCABA/09, la Resolución Nº 1.160/MHGC/2011, la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, la Disposición Nº 396/DGCYC/14, el EE. 9542201/ESC200096/16, y CONSIDERANDO: Que por el actuado mencionado en el Visto tramita la contratación de un servicio de salud y provisión de insumos y medicamentos hasta fines del 2016 para la Escuela Integral Interdisciplinaria Nº 1 D.E.15., la cual desarrolla sus actividades en el Polo Saavedra de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitado por la Dirección General de Educación de Gestión Estatal; Que la presente Contratación Directa puede encuadrarse dentro de los términos del Artículo 28°, inciso 5, de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley Nº 5.454); Que por intermedio del Decreto Nº 1145/GCABA/09 se aprobó la reglamentación del Artículo 83 de la Ley Nº 2095, implementándose el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno, denominándoselo en adelante como Buenos Aires Compras (BAC); Que por intermedio de la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13 se estableció que a partir del 1° de Agosto de 2013 las adquisiciones y contrataciones regidas por la Ley N° 2.095 que realicen todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán realizarse por medio del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAC);

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ANEXO

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Que por Disposición Nº 396/DGCYC/14 el Órgano Rector ha aprobado el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para procesos de compras y contrataciones mediante BAC; Que la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones elaboró los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, y la Dirección de Educación Especial elaboró los Pliegos de Especificaciones Técnicas, para el llamado a Contratación Directa por Exclusividad; Que obra la Solicitud de Gastos debidamente valorizada en su etapa preventiva de fondos, con cargo al ejercicio 2016. Por ello, y en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 2095 (texto consolidado según Ley Nº 5.454), su Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y su modificatorio Decreto N° 411/GCABA/16,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Apruébase los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2016-18289000-DGAR) y el Pliego de Especificaciones Técnicas (IF-2016-17435755- DGAR) que regirán en la presente contratación. Artículo 2.- Llámese a Contratación Directa Nº 550-0754-CDI16 para el día 09 de agosto de 2016, a las 11:00 hs, al amparo de lo establecido en el Artículo 28°, inciso 5, de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley Nº 5.454), por intermedio del Sistema de compras electrónicas BAC, para la contratación de un servicio de salud y provisión de insumos y medicamentos hasta fines del 2016 para la Escuela Integral Interdisciplinaria Nº 1 D.E.15., la cual desarrolla sus actividades en el Polo Saavedra de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitado por la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, por un monto de pesos doscientos cuarenta y tres mil ($ 243.000). Artículo 3.- El gasto que demande la presente fue imputado en las partidas respectivas. Artículo 4.- Remítase la invitación a la firma CENTRO DE EDUCACION MEDICA E INVESTIGACIONES CLINICAS “NORBERTO QUIRNO” - C.E.M.I.C. - y las comunicaciones de acuerdo a lo establecido en el Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 de la Ley N° 2.095, (texto consolidado según ley 5.454) y su modificatorio Decreto 411/GCABA/16, y publíquese en la página web www.buenosaires.gob.ar- Hacienda - Licitaciones y Compras - Consultas de Compras. Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en el Artículo 92 del Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 y su modificatorio Decreto N° 411/GCABA/16. Curti

DISPOSICIÓN N.° 806/DGAR/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO:

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 176

ANEXO

La Ley N° 2.095, (Texto consolidado según la Ley 5.454), su Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y su modificatorio Decreto N° 114/GCABA/16, el Decreto Nº

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1145/GCABA/09, la Resolución Nº 1.160/MHGC/2011, la Disposición Nº 396/DGCYC/14, la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, la Disposición Nº 2016/799/DGAR, el Expediente Electrónico Nº 2016- 16638161-MGEYA-DGAR, y CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 799/DGAR/2016 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG 2016-18128633-DGAR) y el Pliego de Especificaciones Técnicas (IF-2016-18128006-DGAR) y llamó a Contratación Menor N° Nº 550-1938-CME16 para el día 10 de agosto de 2016, por intermedio del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAC); Que se omitió indicar el horario de apertura de la presente contratación, por lo que se hace necesario modificar el artículo 2º de la precitada norma legal. Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Modifícase el Artículo 2° de la Disposición Nº 2016/799/DGAR, que quedara redactado de la siguiente manera: "Artículo 2.- Llámese a Contratación Menor Nº 550-1938-CME16 para el día 10 de agosto de 2016 a las 11:00 horas, al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley 5.454) su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 y su modificatorio Decreto Nº 114/GCABA/16, por intermedio del Sistema de compras electrónicas BAC, para la contratación de un servicio de moto mensajería para la Gerencia Operativa de Compra y Contrataciones de esta Dirección General, por un monto de pesos trescientos cuarenta y cinco mil doscientos ($ 345.200,00)." Artículo 2.- Publíquese en el Boletín oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en el Artículo 92 del Decreto Reglamentario 95/GCABA/14. Artículo 3.- Pase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones para la continuidad de su trámite. Curti

DISPOSICIÓN N.° 808/DGAR/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley 5.454), el Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 y su modificatorio Decreto N° 114/GCABA/16, el Decreto Nº 1145/GCABA/09, la Resolución Nº 1.160/MHGC/2011, la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, la Disposición Nº 396/DGCYC/14, el EX-11387098/DGEGE/16, y

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ANEXO

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Que por el actuado mencionado en el Visto tramita la adquisición de trofeos y medallas para el desarrollo de los “XXIII Torneos Interescolares Masivos 2016“, solicitado por la Dirección General de Educación de Gestión Estatal; Que la presente Contratación Menor puede encuadrarse dentro de los términos del Artículo 38 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley 5.454); Que por intermedio del Decreto Nº 1145/GCABA/09 se aprobó la reglamentación del Artículo 83 de la Ley Nº 2095, implementándose el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno, denominándoselo en adelante como Buenos Aires Compras (BAC); Que por intermedio de la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13 se estableció que a partir del 1º de agosto de 2013 las adquisiciones y contrataciones regidas por la Ley N° 2.095 que realicen todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán realizarse por medio del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAC); Que por Disposición Nº 396/DGCYC/14 el Órgano Rector ha aprobado el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para procesos de compras y contrataciones mediante BAC; Que la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones elaboró los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y los Pliegos de Especificaciones Técnicas en base a lo requerido por el área solicitante, para el llamado a Contratación Menor; Que obra la Solicitud de Gastos debidamente valorizada en su etapa preventiva de fondos, con cargo al ejercicio 2016. Por ello, y en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 2095 (texto consolidado según Ley 5.454), su Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y su modificatorio Decreto N° 114/GCABA/16,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Apruébase los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2016-18028034-DGAR) y el Pliego de Especificaciones Técnicas (IF-2016-18024328-DGAR) que regirán en la presente contratación.

Artículo 2.- Llámese a Contratación Menor Nº 550-1772-CME16 para el día 12 de agosto de 2016, a las 15:00 hs, al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley 5.454), por intermedio del Sistema de compras electrónicas BAC, para la adquisición de trofeos y medallas para el desarrollo de los “XXIII Torneos Interescolares Masivos 2016“, solicitado por la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, por un monto de pesos ciento cuatro mil quinientos once ($ 104.511). Artículo 3.- El gasto que demande la presente fue imputado en las partidas respectivas. Artículo 4.- Remítanse las invitaciones de acuerdo a lo establecido en los Artículos 97 y 98, concordantes de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley 5.454), y publíquese el llamado en la página Web, www.buenosairescompras.gob.ar. Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en el Artículo 92 del Decreto Reglamentario 95/GCABA/14 y su modificatorio Decreto N° 114/GCABA/16. Curti

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ANEXO

CONSIDERANDO:

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Ministerio de Cultura

DISPOSICIÓN N.° 148/DGFYEC/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: El EX-2016-18292709-MGEYA-DGFYEC, y CONSIDERANDO: Que, mediante el citado actuado tramita la Licitación Pública Nº 507-0899-LPU16, en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 31, concordante con el artículo 32 de la Ley Nº 2095, por el "Alquiler de Luces, Sonido y Pantallas para el Festival de Tango" con destino a la Dirección General de Festivales y Eventos Centrales dependiente del Ministerio de Cultura, por un importe de PESOS QUINIENTOS VEINTE MIL ($520.000.-); Que, obra la Solicitud de Gasto Nº 507-4373-SG16 debidamente valorizada, con cargo al ejercicio 2016; Que, por DI-2014-396-DGCyC la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 85 de la Ley Nº 2095/2006, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que, por Resolución Nº 2289-MCGC-2010, de fecha 20 de julio de 2010, se estableció como Unidad Operativa de Adquisiciones a esta Dirección General Festivales y Eventos Centrales dependiente de la Subsecretaría de Gestión Cultural, ratificada mediante RESOL-2014-965-MHGC; Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DISPONE:

Artículo 1º.-Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas. Artículo 2º.-Autorizase a la Gerencia Operativa Gestión de Operaciones dependiente del F/N Dirección General Festivales y Eventos Centrales, a efectuar la Licitación Pública Nº 507-0899-LPU15, para el día 08 de AGOSTO de 2016, a las 16.00 horas, al amparo de lo establecido en el artículo 31, concordante con el párrafo primero del artículo 32 de la Ley Nº 2095, por el Alquiler de Luces, Sonido y Pantallas con destino a la Dirección General Festivales y Eventos Centrales, de acuerdo con las cláusulas particulares y especificaciones técnicas aprobadas en el artículo precedente, por un monto total de PESOS QUINIENTOS VEINTE MIL ($520.000.-) Artículo 3º.-Déjese sin efecto la DI-2016-DGFYEC, donde por error involuntario se consignó mal la fecha de apertura.

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Artículo 4º.-Publíquese y para su conocimiento y demás fines vuelva a la Gerencia Operativa Gestión de Operaciones de este Fuera de Nivel, para la prosecución de su trámite. Tissembaum

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Ministerio de Desarrollo Económico

DISPOSICIÓN N.° 19/DGEMPR/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley N° 5460, los Decretos N° 363/15, 141/16 y 587/09, la Resolución N° 213/SSECRE/2015 y 236/SSECRE/2015, el IF-2016-08396946-DGEMPR y los Expedientes Electrónicos N° 16040000/2015/DGEMPR y, y;18307187/2016/DGEMPR CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires contemplándose al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología; Que, el Decreto N° 363/15 estableció la estructura orgánica funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General, suprimiendo el Ministerio de Desarrollo Económico y transfiriéndose la hasta entonces Subsecretaría de Economía Creativa a la órbita del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología; Que, en este contexto, el Decreto 141/16 modificó la denominación de la Subsecretaría de Economía Creativa del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, la cual pasó a denominarse Subsecretaría Economía Creativa y Comercio Exterior, determinando como responsabilidades primarias entre otras, entender en los planes, programas y proyectos dirigidos a promover empresas y emprendedores en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, propiciando su internacionalización; Que, asimismo, la referida normativa determinó que la Dirección General Emprendedores, dependiente de la referida Subsecretaría, tiene entre sus responsabilidades primarias, "...Diseñar y conducir las políticas referidas al estímulo y la difusión de la práctica y de la cultura emprendedora en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires..." y "...Facilitar y promover la interacción entre los sectores públicos, empresarios, académicos y de organizaciones no gubernamentales, con el fin de potenciar el apoyo a la actividad emprendedora..." Que, mediante el Decreto N° 587/09 se creó el Programa "Fomento al Desarrollo de las Pymes Porteñas" en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Económico, con el objetivo de favorecer tanto el surgimiento y/o consolidación de nuevos emprendimientos productivos en los sectores industrial, comercial, y de servicios, como la implementación de mejoras pro competitivas; orientadas a desarrollar innovaciones a nivel de productos y/o procesos, que contribuyan a incrementar la capacidad competitiva de las pequeñas y medianas empresas; y potenciar la incorporación de nuevos recursos tecnológicos y/o humanos; Que el citado Decreto, estableció en su artículo 2° como Autoridad de Aplicación a la entonces denominada Subsecretaría de Economía Creativa, facultándola por el artículo 3° del Anexo I, a brindar asistencia financiera a empresas Pymes y nuevos emprendedores con actividad productiva en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; la que podrá ser asignada tanto de forma directa a empresas o emprendedores como indirecta a través de organizaciones especializadas en la prestación de servicios a PYMES o emprendedores;

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Que, de acuerdo a todo lo expuesto precedentemente, ésta Subsecretaría, se encuentra facultada para realizar convocatorias periódicas a concursos por temas específicos, para la presentación de proyectos, conforme surge del Anexo II del citado Decreto, inciso a) y b); Que en este contexto, mediante la Resolución Nº 213/SSECRE/2015, se convocó a aceleradoras de negocios e incubadoras de empresas, a participar del Concurso "Aceleradora Buenos Aires Emprende 2015", a fin de posicionar a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como uno de los polos líderes en innovación y emprendimiento de América Latina, mediante el apoyo a emprendedores con proyectos y /o empresas de economías creativas para su rápido posicionamiento en el mercado local e internacional a través de entidades dedicadas al fomento de la actividad emprendedora y al apoyo a emprendedores; Que, por la mencionada Resolución, se estableció que las aceleradoras seleccionadas participarían de un Programa de Inversión Conjunta, en virtud del cual se igualará mediante el otorgamiento de un ANR a la Aceleradora o Incubadora, los fondos que ésta hubiere comprometido para el Programa de Inversión Conjunta; Que asimismo, por la mencionada Resolución se designó a la Dirección General Emprendedores, dependiente de la Subsecretaría de Economía Creativa, como Unidad Ejecutora, estableciéndose en el Articulo 12° sus responsabilidades, entre ellas: a) Realizar un examen formal sobre la viabilidad de los proyectos y/o empresas seleccionados por las Aceleradoras y/o Incubadoras para el Programa de Inversión Conjunta; b) Rechazar aquellos proyectos y/o empresas que desarrollen una actividad que no cumpla con los objetivos y condiciones establecidos en el presente Programa; Que, mediante la Resolución N° 236/SSECRE/2015 se selecionaron cinco aceleradoras y/o Incubadoras que tendrían a su cargo el programa de Costos Operativo y el de Inversión Conjunta de acuerdo a la normativa reseñada, entre ellas resultó seleccionada “Emprender Salud S.A.“ CUIT N° 30-71479218-7, Expte N° 16040000/2015/DGEMPR; Que, en el presente marco, la Aceleradora seleccionada "Emprender Salud S.A" propuso al proyecto "Newbrick S.A" CUIT 30-71422709-9 cuyo proyecto radica en Av. Pueyrredon 682, decimo piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de que recibiera la asistencia en el marco del programa de Inversión Conjunta; Que mediante el IF-2016-18222701-DGEMPR, se recomendó que fuera aprobado el proyecto "Newbrick S.A"; Por ello, y en uso de facultades que le son propias;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL EMPRENDEDORES

DISPONE

Artículo 1º.- Acéptase la propuesta presentada por "EMPRENDER SALUD S.A" de "NEWBRICK S.A" en el marco del concurso "Aceleradora Buenos Aires Emprende 2015". Artículo 2º.- Apruébase en PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($243.750,00-) el monto a ser transferidos por la aceleradora "EMPRENDER SALUD S.A" en el marco del programa de Inversión Conjunta del Concurso "Aceleradora Buenos Aires Emprende 2015".

Artículo 3°- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese a los interesados. Cumplido, archívese. Sena

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Ministerio de Gobierno

DISPOSICIÓN N.° 9/DGPCYCCIU/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: El Decreto Nº 67/GCABA/10 y sus normas complementarias y modificatorias, las Resoluciones N° 51/MHGC/10 y su modificatoria, N°74/MHGC/16, N°10/SECLYT-MJGGC-MHGC/2013 y su modificatoria, N° 3/SECLYT-MJGGC-MHGC/15, Nº 18/MGOBGC/16, la Disposición N°9/DGCG/10 y sus modificatorias, el Expediente Nº 8299211/DGPCYCCIU/2016, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto N° 67/GCABA/10 10 y sus normas complementarias y modificatorias, se aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que impliquen el pago de obligaciones, la ejecución de gastos mediante los mismos, sus rendiciones y condiciones de aprobación; Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 y su modificatoria, se aprobó la reglamentación del mencionado Decreto; Que en el Anexo II de la de la Resolución N° 74/MHGC/16, se determinan los montos de las cajas chicas comunes por jurisdicción y Reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por el Anexo III se establecen los montos máximos de gastos por comprobante y la cantidad de reposiciones de fondos por ejercicios; Que por medio de la Disposición N° 9/DGCG/10 y sus modificatorias, se aprobaron los procedimientos para las asignaciones en concepto de Caja Chica Común, Caja Chica Especial y Fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que por su parte, a través de la Resolución N° 10/SECLYT-MJGGC-MHGC/13 y su modificatoria N° 3/SECLYT-MJGGC-MHGC/15, se aprobó el procedimiento administrativo electrónico que deberá observarse para la tramitación de la solicitud, Rendición y Reposición de Caja Chica Común; Que según el anexo I de la mencionada Resolución, la máxima autoridad de la repartición solicitante de los fondos deberá aprobar las planillas de resumen de rendición, junto con el acto administrativo de aprobación de gasto; Que mediante Disposición N° 36/DGCG/15, se estableció que a partir de la primera Rendición de Caja Chica Común correspondiente al Ejercicio 2.016, es obligatoria la utilización del Modulo de Fondos a Rendir del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF); Que por Resolución N° 37/MGOBGC/16 se designó a los responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común y Gastos de Movilidad de la Dirección General Programas de Cooperación Interjurisdiccional y Casas de la Ciudad; Que asimismo, los mencionados gastos han sido efectuados en conformidad con las previsiones del Decreto 67/10 y modificatorios, y los montos máximos por comprobantes que establece la Resolución N° 74/MHGC/16; Que el presente gasto cuenta con respaldo presupuestario;

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Que, en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe el gasto en cuestión; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 67/GCABA/10,

LA DIRECTORA GENERAL PROGRAMAS DE COOPERACION INTERJURISDICCIONAL Y CASAS

DE LA CIUDAD DEL MINISTERIO DE GOBIERNO DISPONE

Artículo 1°. - Apruébanse los gastos efectuados en concepto de Caja Chica Común N° 2/2016 de la Dirección General Programas de Cooperación Interjurisdiccional y Casas de la Ciudad por la suma de pesos VEINTIUN MIL SETECIENTOS ONCE CON 46/100 ($ 21.711,46.-) y las planillas que, como Anexos Firmas Conjuntas; Informe N° 18230455-2016-DGPCYCCIU Informe N° 18230393-2016-DGPCYCCIU, forman parte integrante de la presente. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno, para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. De Bariazarra

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ANEXO

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Agencia de Protección Ambiental

DISPOSICIÓN N.° 85/DGTALAPRA/16

Buenos Aires, 1 de agosto de 2016 VISTO: La Constitución de la Nación y la de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N° 2.628 y Nº 2.095 (textos consolidados por Ley Nº 5.454), los Decretos N° 95/GCBA/14, Nº 37/GCBA/16 y N° 411/GCBA/16, la Disposición Nº 68/DGTALAPRA/16, el EX-2016-15789424-MGEYA-DGTALAPRAy, CONSIDERANDO: Que por las actuaciones mencionadas en el VISTO tramita un procedimiento para la contratación de un servicio de armado de instalaciones para eventos correspondiente a la campaña "Tenencia Responsable de Mascotas", que fuera requerido por la Unidad de Coordinación de Sanidad y Tenencia Responsable de Mascotas de esta Agencia de Protección Ambiental; Que en función a lo requerido por dicha Unidad de Coordinación, mediante Disposición Nº 68/DGTALAPRA/16 se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y se llamó a Licitación Pública Nº 8933-0700-LPU16, estableciendo como fecha límite para la presentación de ofertas el día 15 de Julio de 2016 a las 12:00 horas, conforme lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.454); Que en la fecha referida, se labró el Acta de Apertura de Ofertas en la que consta que se recibieron cuatro ofertas; Que posteriormente se brindó intervención a la Unidad de Coordinación de Sanidad y Tenencia Responsable de Mascotas, la cual manifestó que solamente la oferta presentada por la empresa FREE AGENCY BTL S.R.L. (CUIT Nº 30-71414836-9) cumple con lo requerido en las Especificaciones Técnicas; Que por su parte, la Comisión Evaluadora de Ofertas recomendó en su Dictamen de Preadjudicación contratar a la empresa FREE AGENCY BTL S.R.L. (CUIT Nº 30-71414836-9) por cuanto resultó ser la única propuesta que cumplía con las Especificaciones Técnicas; Que el acto de preadjudicación fue notificado conforme lo establecido en la normativa vigente y, vencido el plazo para efectuar impugnaciones, no se recibió ninguna presentación; Que en consecuencia corresponde aprobar el presente procedimiento y adjudicar la contratación del servicio requerido a la empresa FREE AGENCY BTL S.R.L. (CUIT Nº 30-71414836-9), en el marco del presente proceso licitatorio; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos ha tomado debida intervención; Por ello, en uso de las atribuciones conferidas en el Anexo I del Decreto Nº 411/GCBA/16,

EL DIRECTOR GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DE LA AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL

DISPONE

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Artículo 1°.- Apruébase la Licitación Pública Nº 8933-0700-LPU16, conforme lo normado por el artículo 31 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.454).

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Artículo 2°.- Adjudícase a favor de la empresa FREE AGENCY BTL S.R.L. (CUIT Nº 30-71414836-9), la contratación de un servicio de armado de instalaciones para eventos correspondiente a la campaña "Tenencia Responsable de Mascotas", por la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS DIEZ CON 00/100 ($ 1.385.910,00.-), que fuera requerido por la Unidad de Coordinación de Sanidad y Tenencia Responsable de Mascotas de esta Agencia de Protección Ambiental. Artículo 3º.- El presente gasto se imputará a las partidas presupuestarias del corriente ejercicio. Artículo 4º.-Emítase la respectiva Orden de Compra. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese al oferente, publíquese en el Boletín Oficial, protocolícese en el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), vincúlese al Expediente Electrónico y remítase a la Subgerencia Operativa de Compras y Contrataciones para la prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. Etcheverrigaray

DISPOSICIÓN N.° 86/DGTALAPRA/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Constitución de la Nación y la de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N° 2.628 y N° 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.454), el Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14, el Decreto Nº 411/GCBA/16, la Resolución Nº 1160/MHGC/11 y sus complementarias, las Disposiciones Nº 396/DGCYC/14 y Nº 573/DGCYC/14 y sus modificatorias, la Disposición Nº 70/DGTALAPRA/16, el EX-2016-16247029-MGEYA-DGTALAPRA y, CONSIDERANDO: Que por las actuaciones mencionadas en el VISTO tramita el procedimiento para la adquisición de termotanques, por la suma de PESOS NUEVE MIL CON 00/100 ($ 9.000,00), que fuera requerido por la Dirección General de Evaluación Técnica de esta Agencia de Protección Ambiental; Que mediante Disposición Nº 70/DGTALAPRA/16 se llamó a Contratación Menor Nº 8933-1659-CME16, por un monto que asciende a la suma de PESOS NUEVE MIL CON 00/100 ($ 9.000,00) para la adquisición de termotanques, estableciendo como fecha límite para la presentación de ofertas el día 19 de Julio del 2016 a las 09:00 horas, conforme lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.454); Que habiéndose efectuado la pertinente publicidad del llamado e invitado fehacientemente a los potenciales oferentes dentro de los plazos que exige la normativa vigente, celebrado el Acto de Apertura de Ofertas en la fecha oportunamente fijada se recibió una oferta; Que la Comisión Evaluadora de Ofertas recomendó desestimar la oferta recibida por excederse en su aspecto económico; Que en consonancia con lo expuesto, corresponde declarar fracasada la Contratación Menor Nº 8933-1659-CME16; Que ha tomado debida intervención la Subgerencia Operativa de Servicios Jurídicos;

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Por ello, en virtud de lo establecido en el inciso e) del artículo 13 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.454) y a las competencias conferidas en el Anexo I del Decreto Nº 411/GCBA/16,

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y LEGAL DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1°.- Declarase fracasada la Contratación Menor Nº 8933-1659-CME16. Artículo 2°.- Protocolícese en el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), publíquese en el Boletín Oficial y en el Sitio Oficial de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y anúnciese en la cartelera oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Agencia de Protección Ambiental. Etcheverrigaray

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

DISPOSICIÓN N.° 31/AGIP/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: Las Leyes N° 2.603 y Nº 2.095 (Textos Consolidados por Ley N° 5454), su Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y Decreto modificatorio N° 114/GCABA/16 y Nº 411/GCABA/16, el Decreto Nº 1.145/GCABA/09 y concordantes, las Resoluciones Conjuntas Nº 9/MJGGC.../11 y Nº 8/MHGC.../12, las Resoluciones Nº 596/MHGC/11, N° 180/MHGC/08, Nº 1.60/MHGC/11, N° 293/AGIP/16 y N° 343/AGIP/13, las Disposiciones Nº 396/DGCYC/14 y N°302/DGCYC/13 los Expedientes Electrónicos N° 9.652.259/AGIP/16, y N° 17.756.500/AGIP/16; CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita la solicitud de la renovación de Licencias, mantenimiento y soporte de Software ZLinux, para esta Administración Gubernamental, por un período de 12 (doce) meses; Que en virtud de la necesidad de contar con los mencionados en el menor plazo posible y por el monto estimado, resulta oportuno recurrir al Régimen Especial de Contratación Menor, según lo establece el artículo 38 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5454); Que asimismo este proceso de selección de compras tramita por el módulo Expediente Electrónico (EE), del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), en cumplimiento de lo establecido por la Resolución Conjunta Nº 9/MJGGC.../11; Que por Disposición Nº 396/DGCyC/14 el Director General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 87 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5454), aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC; Que en el mencionado sistema se ha dado afectación presupuestaria preventiva mediante la Solicitud de Gasto N°8618-4125-SG16 por un monto total de $ 650.000,04 (pesos seiscientos cincuenta mil con 4/100); Que se registró en BAC los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, conteniendo el detalle de los bienes a licitar, así como las condiciones, requisitos y modalidades propias del proceso de compra; Que en virtud de los términos de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5454), su Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y Decreto modificatorio N° 114/GCABA/16 y Nº 411/GCABA/16, y conforme a lo establecido en la Resolución N° 343/AGIP/13, el suscripto se encuentra facultado para aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Pliego Técnico y autorizar el procedimiento de llamado a Contratación Menor. Por ello,

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DE LA ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DISPONE

Artículo 1°.- Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Técnico, destinado a la renovación de Licencias, mantenimiento y soporte de Software ZLinux, para esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, por un período de 12 (doce) meses, por la suma de $ 650.000,04 (pesos seiscientos cincuenta mil con 4/100). Artículo 2°.- Autorízase el procedimiento de Contratación Menor Nº 8618-1886-CME16 y fíjase su apertura de ofertas para el día 09 de Agosto de 2016 a las 12:00 hs. al amparo de lo establecido en el artículo Nº 38 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5454). Artículo 3°.- Remítanse las invitaciones tal lo establece el artículo Nº 95 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5454), a través del sitio Buenos Aires Compras. Artículo 4°.- Publíquese en Internet, en el Portal Buenos Aires Compras. Artículo 5°.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase a la Dirección Administración (Departamento Compras y Contrataciones) para la prosecución de su trámite. Fernández

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EL SUBDIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y DE GESTIÓN OPERATIVA

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Ente de Turismo

DISPOSICIÓN N.° 19/DGIOT/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley N° 2.095, su modificatoria, el Decreto N° 95/14, su modificatorio, las Disposiciones Nros. 19-DGTALET/16 y 2-DGIOT/16, el Expediente Electrónico Nº 8.465.632-MGEYA-DGCYC/2016 y, CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 2095 y su modificatoria, la que fuera reglamentada mediante el Decreto Nº 95/14, y su modificatorio, establecen las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios; Que por el expediente mencionado en el visto tramita la contratación de un Servicio de prestación "Digital Demand- D2" a la consultora española Bloom Consulting, especializada en brindar servicios a ciudades, regiones y países; Que mediante Disposición Nº 19-DGTALET/16 se dispuso el llamado a la Contratación Directa Nº 262-SIGAF-2016, al amparo de lo establecido por el Artículo 28 inciso 5 de la Ley Nº 2.095, su modificatoria, y su Decreto Reglamentario Nº 95/14, la que fuera aprobada mediante Deposición N° 2-DGIOT/16; Que los artículos 82 y 109 de la Ley N° 2.095, autoriza a los organismos contratantes a dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes. Que, por cuestiones operativas y a los efectos de evaluar una correcta adecuación del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige la mentada contratación se entiende oportuno, dejar sin efecto la misma, al amparo del Artículo 82 y 109 de la Ley Nº 2.095 y su modificatoria. Por ello, en uso de la competencias que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL DE INVESTIGACIÓN Y OBSERVATORIO TURISTICO DEL

ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES DISPONE:

Artículo 1º.- Déjase sin efecto la Disposición N° 2-DGIOT/16, por la cual se aprobó la Contratación Directa Nº 262-SIGAF-2016, conforme los términos de los Artículos 82 y 109 de la Ley Nº 2.095 y su modificatoria. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese a las Direcciones Generales de Compras y Contrataciones y a la Unidad de Auditoría Interna y, para su intervención y trámite, pase a la Unidad Operativa de Adquisiciones. Cumplido, archívese. Mangiarotti

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DISPOSICIÓN N.° 56/DGPRT/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: La Ley N° 2.095 y su modificatoria, el Decreto Reglamentario N° 95/14, la Nota N° 17.360.056-DGPRT/2016, el Informe N° 17.403.733-DGCYC/2016, la Nota N° 17.416.022-DGCYC/2016 y el Expediente Electrónico N° 17.403.731-DGCYC/2016 y; CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 2095 y su modificatoria, la que fuera reglamentada mediante el Decreto Nº 95/14, de compras y contrataciones, establecen las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios; Que mediante Nota N° 17.360.056-DGPRT/2016, la Dirección General de Promoción Turística de este Ente de Turismo, solicitó a la Dirección General de Compras y Contrataciones se otorgue la excepción contemplada en la Disposición N° 372-DGCYC/2013 respecto de la obligatoriedad prevista en el artículo 1° de la Resolución N° 424- MHGC/2013 de tramitar las compras y contrataciones por el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BAC) implementado por Decreto N° 1145/2009, para realizar la contratación directa de la firma VIRTUOSO, LTD; Que mediante Informe N° 17.403.733-DGCYC/2016 y Nota N° 17.416.022-DGCYC/2016, se otorgó la excepción solicitada procediendo a la caratulación del Expediente Electrónico N° 12.566.009-DGCYC/2016 bajo la trata "MHGC 0403A DGCYC EXCEPCIÓN RESOLUCIÓN 424/2013 MHGC" y la habilitación del Sistema Integrado de Administración Financiera a fin de dar trámite a la contratación solicitada; Que se proyecta la contratación de la membresía en VIRTUOSO, LTD habida cuenta de la importancia crítica que reviste la misma de cara a la consecución de los objetivos Institucionales del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que con la precitada membrecía, este organismo lograra tomar contacto con organizadores profesionales de turismo de lujo, contactarse con oficinas de turismo y empresas internacionales de los Estados Unidos y promocionar la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como destino de lujo en ese país; Que, se le ha solicitado a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente de Turismo de esta Ciudad que implemente los mecanismos necesarios tendientes a la renovación de la Membresía que otorga la firma VIRTUOSO, LTD; Que, mediante Disposición N° 97-DGTALET/16, la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ente de Turismo de esta Ciudad, ha autorizado el llamado a Contratación Directa de la mentada Membresía, bajo el numero Nº 34816-SIGAF- 2016, al amparo del artículo 28 inc. 5 de la Ley N° 2.095, su modificatoria y su Decreto Reglamentario N° 95/14 y modificatorio, por la suma de por la suma de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL TREINTA Y DOS CON 80/100 ($ 497.032,80.-); Que se ha confeccionado el proyecto de Orden de Compra, comprometiendo definitivamente el gasto previsto contra la partida presupuestaria correspondiente al

presente ejercicio por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL TREINTA Y DOS CON 80/100 ($ 497.032,80.-); Por ello, y en uso de la competencia delegada por el Decreto Nº 95/14 y sus modificatorios,

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LA DIRECTORA GENERAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA

DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE:

Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Directa Nº 34816-SIGAF- 2016 y adjudícase a la firma VIRTUOSO, LTD, por la suma de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL TREINTA Y DOS CON 80/100 ($ 497.032,80.-), el Renglón Único, la contratación de un "Servicio de Membresía" con destino a esta Dirección General del Ente de Turismo de esta Ciudad. Artículo 2º.- Conforme sus facultades, la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires emitirá la pertinente Orden de Compra a favor de VIRTUOSO, LTD, por la suma de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL TREINTA Y DOS CON 80/100 ($ 497.032,80.-). Artículo 3º.- El gasto que involucra el cumplimiento de la presente adjudicación será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio en vigor. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un (1) día, comuníquese a las Direcciones Generales de Compras y Contrataciones, de Contaduría, a la Unidad de Auditoria Interna, y para su intervención y posterior trámite, pase a la Unidad Operativa de Adquisiciones. Cumplido, archívese. Perticone

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Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte

DISPOSICIÓN N.° 1010/DGIUR/16

Buenos Aires, 22 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 15.054.869/2016 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Servicios: Oficina Comercial; Oficina consultora", para el inmueble sito en la calle Leandro N. Alem Nº 1110 Piso 1º UF26, con una superficie a habilitar de 475,50 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 3 del Distrito APH 51 "Catedral al norte" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Modificado para dicho distrito por Ley 3943 (BOCBA Nº 3831); Que los usos para los inmuebles del área no comprendidos en el "Listado de Inmuebles Catalogados" en serán los que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos Nº 5.2.1 para el Distrito C2 del Código de Planeamiento Urbano; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 17529112-DGIUR-2016, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso solicitado toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados en el Cuadro de Usos 5.2.1a) y resultan permitidos para el Distrito C2. Se deja constancia que el visado no implica la habilitación de los mismos; Que los usos consignados permisitos son: "Servicios Terciarios: Oficina comercial - Oficina consultora, con referencia 31 de estacionamiento (1 módulo cada 120m² de la superficie total construida); Que respecto al requerimiento de estacionamiento dado que la superficie consignada es de 475,50 m² deberá cumplimentar con 4 módulos de estacionamiento; Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que no corresponde su visado; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Servicios: Oficina Comercial; Oficina consultora", para el inmueble sito en la calle Leandro N. Alem Nº 1110 Piso 1º UF26, con una superficie a habilitar de 475,50 m², (Cuatrocientos setenta y cinco metros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber que deberá cumplimentar con 4 módulos de estacionamiento dado que la superficie consignada es de 475,50 m².

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Artículo 3º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Bugarín

DISPOSICIÓN N.° 1011/DGIUR/16

Buenos Aires, 22 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16.875.407/2016 y la Disposición Nº 160-DGIUR-2015, y CONSIDERANDO: Que por la mencionada Disposición Nº 160-DGIUR-2015 se autorizó desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: “Venta de golosinas envasadas y todo lo comprendido en la Ordenanza Nº 33266, de artículos de librería, papelería, cartonería, impresos, filatelia, juguetes, discos, grabaciones, artículos personales y para regalo, de aparatos, equipos y artículos para telefonía y comunicaciones, de servicios, copias, fotocopias, reproducciones salvo imprenta, locutorio, en el predio sito en la calle Hipólito Irigoyen 982 Planta Baja U.F. Nº 85 con una superficie de 24,25 m²; Que se trata de un inmueble en cuestión se encuentra localizado en la Zona 9d del Distrito APH1 Ley Nº 449, Código de Planeamiento Urbano; Que los usos solicitados se encuentran expresamente consignados en el Cuadro 5.4.12.1. resultando permitidos en el distrito de implantación; Que el recurrente solicita la actualización de la referida Disposición a efectos de cumplir con el trámite de habilitación; Que teniendo en cuenta que el uso mencionado en el punto 1 de la presente, son los mismos que se han otorgado mediante Disposición Nº 160-DGIUR-2015 y dado que no ha habido variaciones respecto de los usos y de la superficie, ni tampoco en la normativa vigente, se accede a lo solicitado por el recurrente, considerando que el plazo previsto correrá a partir de la fecha de la presente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

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Artículo 1º.- Amplíase la vigencia de la Disposición Nº 160-DGIUR-2015 mediante la cual se autorizó desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del

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uso: "Venta de golosinas envasadas y todo lo comprendido en la Ordenanza Nº 33266, de artículos de librería, papelería, cartonería, impresos, filatelia, juguetes, discos, grabaciones, artículos personales y para regalo, de aparatos, equipos y artículos para telefonía y comunicaciones, de servicios, copias, fotocopias, reproducciones salvo imprenta, locutorio, en el predio sito en la calle Hipólito Irigoyen 982 Planta Baja U.F. Nº 85 con una superficie de 24,25 m²; (Veinticuatro metros cuadrados con veinticinco decímetros cuadrados), por única vez por un plazo de Noventa (90) días a partir de la notificación de la presente. Artículo 2º.- Se accede a lo solicitado por el recurrente, teniendo en cuenta que no se registran variaciones respecto de los usos, la superficie ni tampoco en la normativa vigente. Artículo 3º.- Dentro del plazo contemplado en el Artículo Primero, el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese, y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Bugarín

DISPOSICIÓN N.° 1012/DGIUR/16

Buenos Aires, 22 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 9.992.203/2016 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar los usos "Servicio de traslados sanitarios, atención domiciliaria y emergencias", en el inmueble sito en la Av. Triunvirato Nº 3621, Planta Baja, con una superficie de 245,30m2, y CONSIDERANDO: Que el inmueble en cuestión se encuentra emplazado en el Distrito C3II (Parágrafo 5.4.2.3 Distrito C3 - Centro Local, Inciso b) Distrito C3II) de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 14396226-DGIUR-2016, indica que según Cuadro de Usos 5.2.1a); Equipamiento C) Establecimientos de sanidad, para el rubro "Servicios de traslados sanitarios, atención domiciliaria y emergencias" corresponden: - Referencia "C" ("El Consejo efectuara en cada caso el estudio para determinar la conveniencia de la localización propuesta, y en su caso el FOS correspondiente"). - Referencia 30 de estacionamiento, que indica 1 módulo cada 56m² de la superficie total construida, con superficie mínima de estacionamiento de 50m². - Ley Nº 123 S.R.E.; Que analizando la documentación presentada se observa que: a) Se trata de un local ubicado en la planta baja de un edificio existente según relevamiento fotográfico de la PDI. b) El inmueble se halla localizado en la Parcela 35, en la manzana delimitada por las calles Avenida Triunvirato, Avenida de los Incas y calle Mariano Acha (según Consulta de Registro Catastral Nº de Orden 10 RE 2016 - 9991540).

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c) Su desarrollo, de acuerdo a plano de uso en Nº de Orden 12 PLANO-2016-9991519, consiste en: Planta baja: estacionamiento, dos salas para médicos comedor, sanitarios y patio descubierto, utilizando una superficie total de 245,30m². d) Del análisis de los planos se desprende que el uso en sí (sin requerimientos), ocuparía una superficie de 182,50m², destinando 62,80m² para cumplimentar con la Referencia 30 de estacionamiento (2 módulos de 12,5m² = 25m²) destina una superficie mayor a 50m² (62,80m²) cumple lo requerido. e) En Nº de Orden 37 RE - 2016 - 12688412, se adjunta nota donde el contribuyente aclara la dotación de Recursos Humanos que trabaja en el lugar: en el mismo se desempeñan 9 (nueve) personas, dependiendo el día de la semana, el horario y la época estacional; Parque de móviles afectados: en esta base se desempeñan hasta 4 (cuatro) móviles, dependiendo el día de la semana, el horario y la época del año. Estos 4 (cuatro) móviles forman parte de la flota total de móviles de la compañía, y van rotando según nuestras bases operativas. En la misma Memoria declara la ubicación de las otras bases operativas, 3.1 Base: Alte. Francisco Seguí 1350, CABA (Base central-comando de control y base operativa) 3.2 Base Mataderos: Av. Juan Bautista Alberdi Nº 5282, CABA, 3.3 Base Palermo: José Antonio Cabrera 3694, CABA, 3.4

Base Saavedra: Av. Ricardo Balbín 3666, CABA, 3.5 Base Constitución: Av. Entre Ríos1366/68, CABA, 3.6 Base Caballito: Av. La Plata 1675, CABA, 3.7 Base Devoto: Sanabria 2258, CABA. f) Igualmente la superficie de estacionamiento, comprendería los 4 módulos; Que en tal sentido, el Área Técnica competente entiende que no existirían inconvenientes desde el punto de vista urbanístico en acceder, en una primera instancia, a la localización de los rubros "Servicio de traslados sanitarios, atención domiciliaria y emergencias", en el inmueble sito en el local ubicado en la Avenida Triunvirato Nº 3621. Dado que el plano de antecedentes, no coincide con el plano de uso se deberán regularizar las obras en forma previa a la habilitación presentando al momento de esta, la constancia de regulación de las obras en trámite; Que el Consejo del Plan Urbano Ambiental, mediante Dictamen Nº 117-CPUAM-2016, indica que considera, desde el punto de vista urbanístico, factible la localización del uso "Servicio de traslados sanitarios, atención domiciliaria y emergencias" para el inmueble sito en Av. Triunvirato Nº 3621, con una superficie de 245,30m², condicionado a: a) Mantener las condiciones expresadas en la Memoria Descriptiva (RE-2016-1268841 2-DGROC). b) Dotar al uso solicitado de 4 módulos de estacionamiento de acuerdo a la Referencia 30 de estacionamiento; Que la Gerencia Operativa de Grandes Proyectos Urbanos, mediante Informe Nº 17523203-DGIUR-2016, toma conocimiento de lo expuesto por el Consejo del Plan Urbano Ambiental. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización del uso "Servicio de traslados sanitarios, atención domiciliaria y emergencias", en el inmueble sito en la Av. Triunvirato Nº 3621, Planta Baja, con una superficie de 245,30m2 (Doscientos cuarenta y cinco metros cuadrados con treinta decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso y condicionado a: a) Mantener las condiciones expresadas en la Memoria Descriptiva (RE-2016-1268841 2-DGROC).

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b) Dotar al uso solicitado de 4 módulos de estacionamiento de acuerdo a la Referencia 30 de estacionamiento. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente que dado que el plano de antecedentes, no coincide con el plano de uso se deberán regularizar las obras en forma previa a la habilitación presentando al momento de esta, la constancia de regulación de las obras en trámite. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Bugarín

DISPOSICIÓN N.° 1013/DGIUR/16

Buenos Aires, 22 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 6.143.597/2016 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Restaurante, Cantina, Casa de lunch, Café, Bar, Despacho de bebidas, whisqueria, cervecería, Casa de comidas, rotisería (sin envíos a domicilio)" para el inmueble sito en la Av. Belgrano Nº 695/99 PB y sótano UF. Nº 2, con una superficie a habilitar de 268,20 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 5d del Distrito APH 1 "Zona de Amortiguación" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 17535559-DGIUR-2016, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso solicitado toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados en el Cuadro de Usos 5.4.12.1 del Código de Planeamiento Urbano y resultan Permitidos en el Distrito APH 1 zona 5d; Que los usos consignados permitidos son: "Alimentación en general, restaurant, cantina, pizzería, grill", "Bar, Café, whisqueria, cervecería, lácteos, heladería, etc."; Que no se visa publicidad, toda vez que el local se encuentra dentro de la Galería Comercial; Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que no corresponde su visado; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

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Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Restaurante, Cantina, Casa de lunch, Café, Bar, Despacho de bebidas, whisqueria, cervecería, Casa de comidas, rotisería (sin envíos a domicilio)" para el inmueble sito en la Av. Belgrano Nº 695/99 PB y sótano UF. Nº 2, con una superficie a habilitar de 268,20 m², (Doscientos sesenta y ocho metros cuadrados con veinte decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Bugarín DISPOSICIÓN N.° 1014/DGIUR/16

Buenos Aires, 22 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16.277.708/2016 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Empresas de desinfección, desratización"; "Empresa de limpieza y desinfección de tanques de agua potable"; "Empresas de limpieza de edificios, Servicios: Oficina comercial", para el inmueble sito en la Av. Juan de Garay Nº 350 Piso 4º- UF Nº 17- Depto. "B", con una superficie a habilitar de 29,76 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 5d del Distrito APH 1 "Ampliación Parque Lezama" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 17487948-DGIUR-2016, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso solicitado toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados en el Cuadro de Usos 5.4.12.1.del Código de Planeamiento Urbano y resultan Permitidos en el Distrito de Zonificación APH1, Zona 5d. "Ampliación Parque Lezama"; Que los usos consignados permisitos son: "Oficina comercial - Oficina consultora." con la referencia "PA" (planta alta) y para estacionamiento el numeral "31" ( 1 módulo cada 120 m² de la superficie total construida) resulta Permitido; Que se exime del cumplimiento de estacionamiento porque la oficina tiene menos de 120 m² de superficie; Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que no corresponde su visado; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.

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EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

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Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Empresas de desinfección, desratización"; "Empresa de limpieza y desinfección de tanques de agua potable"; "Empresas de limpieza de edificios, Servicios: Oficina comercial", para el inmueble sito en la Av. Juan de Garay Nº 350 Piso 4º- UF Nº 17- Depto. "B", con una superficie a habilitar de 29,76 m², (Veintinueve metros cuadrados con setenta y seis decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Bugarín

DISPOSICIÓN N.° 1015/DGIUR/16

Buenos Aires, 22 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 16.219.416/2016 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Café Bar", para el inmueble sito en la calle Tte. Gral. Juan Domingo Perón Nº 316 Planta Baja - Subsuelo, con una superficie a habilitar de 147,40 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 1 del Distrito APH 51 "Catedral al norte" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Modificado para dicho distrito por Ley 3943 (BOCBA Nº 3831), el mismo se encuentra con Nivel de protección: Cautelar; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 17488117-DGIUR-2016, existen inconvenientes para acceder a la localización del uso solicitado toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados en el Cuadro de Usos 5.2.1a del Código de Planeamiento Urbano para el Distrito C1 y resultan Permitidos en el Distrito de Zonificación APH51, Zona 1; Que los usos consignados Permitidos son: "Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos, heladería, etc. Ley N° 123: S.R.E. La actividad complementaria de música y canto, sólo podrá autorizarse en los distritos R2b III, C1, C2, C3, E2 y E3. Ley N° 123: s/C." debiendo cumplir con la referencia "P" Permitido y para estacionamiento con la referencia "26" (Salón de 150 m² o más)";

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Que respecto a los requerimientos de estacionamiento a) "26" no debe cumplimentarla porque el salón tiene menos de 150 m²; Que se visa el toldo y la publicidad que se visualizan en la foto obrante en IFMUL-2016-17169112-DGROC (Nº de Orden 22), cumplimenta con la normativa, se considera que no existen inconvenientes en su localización; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Café Bar", para el inmueble sito en la calle Tte. Gral. Juan Domingo Perón Nº 316 Planta Baja - Subsuelo, con una superficie a habilitar de 147,40 m², (Ciento cuarenta y siete metros cuadrados con cuarenta decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Vísase Publicidad y Toldo en fotografía obrante en IFMUL-2016-17169112-DGROC (Nº de Orden 22). Artículo 3º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente Disposición y copia de IFMUL-2016-17169112-DGROC al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Bugarín

DISPOSICIÓN N.° 1016/DGIUR/16

Buenos Aires, 22 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 7.020.335/2016 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Comercio Minorista: de ropa confección, lencería, blanco, mantelería, textil en general y pieles" para el inmueble sito en la calle Gualeguaychú Nº3836 y Asunción Nº 4219, Local Nº 20, con una superficie a habilitar de 10,40 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado al Distrito APH 36 "Plaza Arenales y su entorno" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007; Que los usos son los que resulten de aplicar las disposiciones de los Cuadros de Usos Nº 5.2.1 del Código de Planeamiento Urbano para el Distrito R1b1;

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Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 17488385-DGIUR-2016, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el Distrito APH 36 "Plaza Arenales y su entorno"; Que los usos consignados permitidos en el Distrito R1bI del Cuadro de Usos 5.2.1.a) del C.P.U: "Comercio Minorista: Textiles, pieles, cueros, artículos personales, del hogar y afines. Regalos permitido en EE/50 (Local o edificio preexistente al 31/12/1996) ó (Superficie máxima 50m²)"; Que no se visa publicidad, toda vez que el local se encuentra dentro de la Galería Comercial; Que el Área Técnica informa que la superficie del local en cuestión es menor a 50m², por lo que no existen inconvenientes en acceder a lo solicitado; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Comercio Minorista: de ropa confección, lencería, blanco, mantelería, textil en general y pieles" para el inmueble sito en la calle Gualeguaychú Nº3836 y Asunción Nº 4219, Local Nº 20, con una superficie a habilitar de 10,40 m², (Diez metros cuadrados con cuarenta decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Bugarín

DISPOSICIÓN N.° 1017/DGIUR/16

Buenos Aires, 22 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Nº 10.483.313/2016 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso "Servicios de alimentación en general; Casa de comidas, rotisería; Comercio minorista de Productos alimenticios en general; Productos alimenticios envasados; de bebidas en general envasadas", para el inmueble sito en la calle Bonpland Nº 1577, Planta Baja y Sótano, con una superficie a habilitar de 160,80m², y

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Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en la Zona Z2b del Distrito U20 de Zonificación General, de acuerdo a lo expuesto en el Parágrafo Nº 5.4.6.21 del Código de Planeamiento Urbano (Ley Nº 449); Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 12746177-DGIUR-2016, en tal sentido y del estudio realizado informa que: Conforme surge de la norma mencionada el carácter urbanístico del área está dado por la localización de vivienda de baja densidad y equipamiento comercial diario, donde se admiten expresamente: "Residencia: vivienda individual y colectiva, baulera. Comercio minorista: fiambrería, lechería, almacén, panadería (expendio), quiosco; Venta diarios, revistas, Farmacia Venta de ropa confeccionada, lencería, blanco, mantelería, textiles en general y pieles, máximo 50m² y hasta 2 por cuadra Educación: preescolar y primaria, guardería Servicios: consultorio o estudio profesional, garage; Alimentación en general: en las parcelas frentistas a las calles Honduras, Gorriti y Bonpland, entre J. A. Cabrera y Honduras se admitirán los siguientes usos: restaurante, cantina, casa de lunch, café, bar, whisquería, cervecería, parrilla, pizzería, lácteos, grill, heladería, elaboración de empanadas, churros, flanes, facturas, con servicio de entrega a domicilio y su referencia. No se permitirá la actividad complementaria de música y canto. En el resto del polígono descripto en el item 4.2.1. se admitirán los usos de alimentación en general con la localización máxima de dos (2) por acera, incluyendo las esquinas, no permitiéndose la ocupación de las mismas ni la actividad complementaria de música y canto. Con consulta al Consejo: Casa Pensión, Hospedaje, Hostal (condicionado por el inmueble), Hotel residencial, Hotel 1 estrella, Escuela secundaria (oficial o privada), Academia e Instituto de Enseñanza. En todos los casos deberá darse cumplimiento a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga establecidos en dicho Cuadro y a la Ley Nº 123, sus modificatorias y ampliatorias". 5.2.1 USOS DEL SUELO URBANO Y SU CLASIFICACIÓN

"En el Cuadro de Usos Nº 5.2.1 se consignan los usos permitidos y las restricciones que condicionan los mismos, los factores de ocupación del suelo, y los requerimientos de estacionamiento y lugar para carga y descarga, según corresponda a los distintos distritos de Zonificación en que se subdivide la Ciudad, salvo en el caso de la zona de Urbanización Determinada (U) y de las Áreas de Protección Histórica (APH), para las cuales regirán normas especiales. El Consejo podrá adecuar los cuadros de usos especiales de estos distritos a los Cuadros de Usos 5.2.1a) y 5.2.1b) correlacionando los distritos de zonificación general con los subdistritos o subzonas de las normativas especiales"; Que en tal sentido, de acuerdo al Punto 4.2 Zona 2b (Z2b) del Parágrafo Nº 5.4.6.21 y al Cuadro de Usos 5.2.1.a), se informa: a) El uso "Servicios de alimentación en general; casa de comidas, rotisería" encuadra en el rubro "Alimentación en general", expresamente admitido en la Zona 2b. b) El uso "Comercio minorista de Productos alimenticios en general; Productos alimenticios envasados; de bebidas en general envasadas", se encuadra en el rubro "Productos alimenticios y/o bebidas.(excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio) se opere o no por sistema de venta autoservicio) -Tabaco, productos de tabaquería y cigarrería" se encuentra admitido hasta una superficie de 200m², para el Distrito R2b;

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CONSIDERANDO:

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Que del estudio realizado por el Área Técnica competente se informa que: - Se trata de una parcela intermedia. - El ancho de la parcela seria de 8,59 m. - La superficie que se pretende habilitar es de aproximadamente 160,80 m². - Los usos de los lotes adyacentes serian: Lateral izquierdo: (GORRITI 5684): local comercial Lateral derecho: (BONPLAND 1567): local comercial Frente: (BONPLAND 1580) local comercial; - La cuadra (ambas acera), tiene un porcentaje del uso Residencial de aproximadamente 90%. - Se encuentra a 250,00 m. de la Av. Juan B. Justo y a 200,00 m. la Av. Cnel. Niceto Vega; Que el Consejo del Plan Urbano Ambiental, mediante Dictamen Nº 115-CPUAM-2016 indica que considera desde el punto de vista urbanístico, factible la localización de los usos: "Servicios de alimentación en general; Casa de comidas, Rotisería; Comercio minorista Productos alimenticios en general; Productos alimenticios envasados; de bebidas en general envasadas (hasta 200m²)", en el inmueble sito en la calle Bonpland Nº 1577, Planta Baja y Sótano, con una superficie de 160,80m²; Que el Área Técnica competente, a través del Informe Nº 17495586-DGIUR-2016, toma conocimiento de lo expuesto por el Consejo del Plan Urbano Ambiental. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico la localización de los usos "Servicios de alimentación en general; Casa de comidas, rotisería; Comercio minorista de Productos alimenticios en general; Productos alimenticios envasados; de bebidas en general envasadas", para el inmueble sito en la calle Bonpland Nº 1577, Planta

Baja y Sótano, con una superficie a habilitar de 160,80m² (Ciento sesenta metros cuadrados con ochenta decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión; dentro de este plazo, el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes. De no hacerlo caducara de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Bugarín

DISPOSICIÓN N.° 1018/DGIUR/16

Buenos Aires, 22 de julio de 2016 VISTO: El Expediente 16.669.739/2016, Expediente Nº 13.935.495/2014 y la Disposición Nº 1972-DGIUR-2014, y

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Que por la mencionada Disposición Nº 1972-DGIUR-2014 se autorizó desde el punto de vista urbanístico y patrimonial el visado de "Ampliación de superficie sin ampliación de rubros", con destino "Restaurante, Cantina; Casa de Lunch; Café - Bar; Despacho de bebidas, wisquería, cervecería", para el inmueble sito en la calle Humberto 1º Nº 476, Planta Baja, con una superficie cubierta de 222,61m², una superficie descubierta de 90,69m² y una superficie total de 313,57m²; Que el inmueble se encuentra ubicado dentro de la Zona 2b del Distrito de Zonificación APH 1 y el mismo no se encuentra Catalogado; Que por nota obrante en la Memoria Técnica (Nº5 de orden), el profesional interviniente solicita la actualización de la Disposición, toda vez que se cometió un error de superficie total consignada en 314,57m2 en vez de 313,30m2; Que el recurrente solicita la actualización de la referida Disposición a efectos de cumplir con el trámite de habilitación; Que, teniendo en cuenta que no ha habido variaciones respecto de los usos, la superficie, ni tampoco en la normativa vigente, que se han otorgado mediante DI-2014-1972-DGIUR con fecha 30 de junio de 2014, se accede al Visado de la superficie total solicitada de 313,30m2 en vez de la consignada de 314,57m2 para el inmueble sito en la calle Humberto 1ª Nº 476 Planta Baja, con una superficie total a habilitar de 313,30m², considerando que el plazo previsto correrá a partir de la fecha del presente dictamen: Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Ampliase la vigencia de la Disposición Nº 1972-DGIUR-2014 mediante la cual se viso, desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, la "Ampliación de superficie sin ampliación de rubros", con destino "Restaurante, Cantina; Casa de Lunch; Café - Bar; Despacho de bebidas, wisquería, cervecería", para el inmueble sito en la calle Humberto 1º Nº 476, Planta Baja, con una superficie total de 313,30 m² (Trescientos trece metros cuadrados con treinta decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente para el presente caso, por única vez por un plazo de Noventa (90) días a partir de la emisión de la presente. Artículo 2º.- Se accede a lo solicitado por el recurrente, teniendo en cuenta que no se registran variaciones respecto de los usos ni tampoco en la normativa vigente.

Artículo 3º.- Dentro del plazo contemplado en el Artículo Primero, el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Bugarín DISPOSICIÓN N.° 1019/DGIUR/16

Buenos Aires, 22 de julio de 2016 VISTO:

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 204

CONSIDERANDO:

El Expediente Nº 16.910.109/2016 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Agencias comerciales de empleo, turismo, inmobiliaria" para el inmueble sito en la Av. Leandro N. Alem Nº 530 Piso 11º Unidad Funcional Nº 24 y 25 unificadas, con una superficie a habilitar de 150,00 m², y

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El Expediente Nº 16.910.109/2016 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Agencias comerciales de empleo, turismo, inmobiliaria" para el inmueble sito en la Av. Leandro N. Alem Nº 530 Piso 11º Unidad Funcional Nº 24 y 25 unificadas, con una superficie a habilitar de 150,00 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2 del Distrito APH 51 "Catedral al norte" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Modificado para dicho distrito por Ley 3943 (BOCBA Nº 3831); Que los usos para los inmuebles del área no comprendidos en el "Listado de Inmuebles Catalogados" en serán los que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos Nº 5.2.1 para el Distrito C1 del Código de Planeamiento Urbano; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 17507191-DGIUR-2016, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso solicitado toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados en el Cuadro de Usos 5.2.1a) y resultan permitidos para el Distrito C1. Se deja constancia que el visado no implica la habilitación de los mismos; Que los usos consignados permitidos son: "Servicios Terciarios: Agencias comerciales de empleo, turismo, inmobiliaria, etc."; Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que no corresponde su visado; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Déjese sin efecto la Disposición 994-DGIUR-2016 con fecha 20 de julio del 2016. Artículo 2º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Agencias comerciales de empleo, turismo, inmobiliaria" para el inmueble sito en la Av. Leandro N. Alem Nº 530 Piso 11º Unidad Funcional Nº 24 y 25 unificadas, con una superficie a habilitar de 150,00 m² (ciento cincuenta metros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 3º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Bugarín

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 205

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Ministerio de Salud

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 60/IRPS/16

Buenos Aires, 3 de agosto de 2016 Visto: El EX-2016-16237127-MGEYA-IRPS; y CONSIDERANDO: Que, por los presentes actuados el Instituto de Rehabilitación Psicofísica tramita la adquisición de una silla de ruedas pediátrica con destino al paciente ORTIZ NOGUERA Gonzalo - H.C.Nº 112.819, en el marco de lo dispuesto por la Ley 2095 (texto consolidado por la Ley 5454), el Decreto Reglamentario Nº 95/14 y Decreto Reglamentario Nº1145/GCBA/09; Que, se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos necesarios para ser frente a la erogación en cuestión con el respectivo movimiento presupuestario con cargo al Ejercicio 2016; Que, mediante Di-2016-110-IRPS se dispuso el llamado a Licitación Pública Nº 446-0744-LPU16, para el día 11 de Junio de 2016 a las 09:00 hs., al amparo de lo establecido en el Artículo 31º y primera parte del Artículo 32º de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por la Ley 5454), Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14 y Decreto Reglamentario Nº1145/GCBA/09; Que, tal como luce en el Acta de Apertura se recibió una (1) oferta de la siguiente firma: ORTOPEDIA BERNAT S.R.L.; Que, obra el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación y en base al cual se elabora el Dictamen de Evaluación de Ofertas, por el cual resulta preadjudicataria la firma: ORTOPEDIA BERNAT S.R.L. (reng. 1), basándose en el Artículo 111 de la Ley 2095 (texto consolidado por la Ley 5454), el Decreto Reglamentario Nº 95/14 y Decreto Reglamentario Nº1145/GCBA/09; Que, por Resolución Nº 737/MJGGC/2010 fue cubierto el cargo de Director Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica; Que, por Decreto Nº 335/11 de fecha 22/06/2011 (B.O.C.B.A. Nº 3689) se modificó el nombre de las Direcciones Operativas pasando a denominarse Gerencias Operativas; Por ello, y en un todo de acuerdo con las normas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Ley 2095 (texto consolidado por la Ley 5454) y el Decreto Reglamentario Nº 95/14 y lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Nº 392/10, en uso de las facultades conferidas, LA DIRECTORA A CARGO DEL INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES Y EL GERENTE OPERATIVO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA,

ECONÓMICA Y FINANCIERA DISPONEN:

Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública Nº 446-0744-LPU16, realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 31º y primera parte del Artículo 32º de la Ley Nº 2095

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(texto consolidado por la Ley 5454), el Decreto Reglamentario Nº 95/14 y Decreto Reglamentario Nº1145/GCBA/09 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA y adjudícase la adquisición de una silla de ruedas pediátrica con destino al paciente ORTIZ NOGUERA Gonzalo - H.C.Nº 112.819, a la siguiente firma: ORTOPEDIA BERNAT S.R.L. (reng. 1) por la suma total de PESOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS ($54.600,00), según el siguiente detalle: Renglón: 1 - Cantidad: 1 unidad - P. Unitario: $ 54.600,00 - P. Total: $ 54.600,00 Artículo 2º.- Dicho gasto se imputará al presupuesto para el Ejercicio 2016. Artículo 3º.- Autorízase a emitir la respectiva orden de compra. Artículo 4º.- Dese al Registro, notifíquese y publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Gestión Contable a fin de efectuar la imputación presupuestaria correspondiente, cumplido gírese al Instituto de Rehabilitación Psicofísica. Gabas - Ajolfi

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 152/HGNRG/16

Buenos Aires, 28 de julio de 2016 VISTO: Los términos del Dto. 556/GCBA/2010 y el Expediente Electrónico N° EX-2016-18535418-MGEYA-HGNRG/16 por el cual se tramita la reparacion de REPARACION INTEGRAL DE OPTICA PARA ENDOSCOPIA,con destino al servicio de QUIROFANO CENTRAL de este establecimiento y; CONSIDERANDO: Que, la Dirección autorizó que la presente compra fuera realizada con la firma KARL STORZ ENDOSCOPIA ARGENTINA S.A.. por haber cotizado con un precio conveniente y dentro de los valores promedio del mercado, habiendo acreditado esta su inscripción en el Registro Informatizado Unico y Permanente de Proveedores en los términos del Art.22 de la Ley Nº 2095 (B.O.C.B.A. Nº 2557); Que, por consiguiente se considera la presente tramitación, dentro de los alcances del Decreto 556/2010 Art.1º Inc.d), al tratarse de una compra impostergable, que asegura servicios y prestaciones esenciales cuya necesidad de celeridad en la gestión impide someterla a otros procedimientos administrativos; Que, se ha efectuado el ingreso al SIGAF, mediante la Solicitud de Gasto Nº 40091/16 Procedimiento Nº 5305 Que, mediante los remitos consignados en el articulado, se ha efectuado el ingreso de los insumos, habiéndose dado conformidad de su recepción; Que, por lo expuesto en los párrafos precedentes, se consideran acreditadas las circunstancias establecidas en el Art. 2º inciso b) del Decreto Nº 556/2010, consignándose a continuación los datos del mes en curso; NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 01 ACUMULADO APROBADO $35.650,00 Que, sobre la base de la documentación existente, correspondería gestionar su aprobación de acuerdo a las competencias establecidas por Decreto 556/2010, para proceder a su pago por medio de acreditación en cuenta del proveedor por parte de la Tesorería General Del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

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Que este nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al presente Expediente Electrónico se corresponde con su original ajustado a normativa vigente, el cual obra en poder de esta unidad de organización y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas. Por ello, en virtud de las facultades conferidas por Decreto Nº 556/GCBA/10 y art. 6º del Decreto Nº 392/2010,

LA DIRECTORA DEL HOSPITAL GRAL. DE NIÑOS R. GUTIERREZ CONJUNTAMENTE CON LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION

ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA DISPONEN:

Artículo 1°.- Apruébase, el Gasto correspondiente a la reparación intengral de óptica

para endoscopia ha formado parte de este requerimiento desde el 01/07/2016 al 31/07/2016, según el siguiente detalle:

Artículo 2º.- El monto total del gasto aprobado asciende a la suma de Pesos: Treinta y cinco mil seiscientos cincuenta.- ($35.650,00.-) Artículo 3º.- Déjase constancia que el remito vinculado al Expediente Electrónico N° EX-2016-18535418MGEYA-HGNRG/16 se corresponde con su original ajustado a normativa vigente, el cual obra en poder de esta unidad de organización y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas. Artículo 4°.- Regístrese, y para demás efectos gírese a la Gerencia Operativa Gestión Contable. Ferrer - Galoppo DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 204/HGAP/16

Buenos Aires, 27 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico N°2016-17519200-MGEYA-HGAP, su modificatoria Ley N° 4764 y el Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14, y el decreto N° 114/GCABA/2016, y CONSIDERANDO:

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PROVEEDOR RENG PEDIDONº IMPORTE REMITO Nº ENTREGA

KARL STORZENDOSCOPIAARGENTINAS.A.

1

76/2015

$35.650,00

Pesos :Treinta y cinco mil seiscientos cincuenta .-

0001-00028373 15/07/2016

TOTAL APROBADO: $ 35.650,00

Que por los presentes actuados el Hospital General de Agudos "Dr. José María

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Penna", gestiona la adquisición de Nutricion Parenteral Completa para el paciente Grosso, Ezequiel en el marco de lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley 2095; Que se efectuaron las afectaciones preventivas correspondientes para hacer frente a la erogación en cuestión conforme Solicitud de Gasto 425-4021-SG16; Que mediante DI-2016-318-HGAP se dispuso el llamado a Contratación Directa Menor - Proceso de Compra N°425-1845-CME16, estableciendo como fecha de apertura de ofertas el 25/07/2016 a las 10:00 hs., a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones, Buenos Aires Compras (B.A.C.); Que habiendo tenido lugar el acto de apertura, el Sistema Buenos Aires Compras (B.A.C.), confirmaron tres (3) ofertas correspondientes a las firmas: Fresenius Kabi S.A. , Alpha Medical Group S.R.L. y Centro de Mezclas Intravenosas S.A.; Que la Comisión de Evaluación de Ofertas con sustento en las constancias del sistema se aconsejó adjudicar la contratación de marras a favor de la firma: Centro de Mezclas Intravenosas S.A. (Renglon N° 1) por la suma de Pesos: setenta y cuatro mil quinientos setenta y cuatro con sesenta centavos - $ 74.574,60, por cumplir y reunir la totalidad de los requisitos exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, resultando ser la más conveniente a los intereses de la Administración. Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por la Ley 2095 y Decreto Reglamentario N° 95/2014;

LA GERENTE OPERATIVA GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA FINANCIERA Y EL

DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSE M. PENNA", EN CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICION

DISPONEN Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Directa Menor - Proceso de Compra N° 425-1845-CME16, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la ley 2.095 su modificatoria Ley N° 4764 y Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14, y el decreto N° 114/GCABA/2016 por el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna" para la adquisición de Nutricion Parenteral Completa, y adjudicase a la firma Centro de Mezclas Intravenosas S.A. (Renglon N° 1) por la suma de Pesos: setenta y cuatro mil quinientos setenta y cuatro con sesenta centavos - $ 74.574,60- según el siguiente detalle:

R. Cantidad Unidad P.Unitario P.Total 1 30 Unidad $ 2.485,82 $ 74.574,60.- Artículo 2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto en vigor. Artículo 3°.- Autorizase a emitir la respectiva Orden de Compra. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, pase a la SubGerencia Operativa - Control Presupuestario a fin de efectuar la imputación presupuestaria correspondiente, cumplido gírese al Hospital General de Agudos "Dr. José M. Penna" Dalpiaz - San Martín

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DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 205/HGAP/16

Buenos Aires, 29 de julio de 2016 VISTO: El Expediente N° 2016-15391246-MGEYA-HGAP, la Ley 2095, modificada por la Ley Nº 4764, el Decreto Reglamentario Nº 95-GCABA/14, su modificatorio Decreto N° 114/GCABA/2016 y la Orden de Compra N° BAC 425-5393-OC16 a favor de Mundo Lamina S.R.L, y; CONSIDERANDO: Que la mencionada Orden de Compra fue emitida como consecuencia de la aprobación de la Licitación Pública - Proceso de Compra N°425-0672-LPU16, conforme artículo 31 de la Ley 2095, aprobado por DISFC-2016-190-HGAP; Que a través de la Orden de Compra N°425-5393-OC15 se contrató la de provisión y colocación de laminado en cristales a la firma: Mundo Lamina S.R.L (Renglón N° 1) por la suma de Pesos: seis mil ochocientos ochenta - $ 6.880,00; Que el Artículo 117 inciso I) de la Ley 2.095, modificada por la Ley Nº 4764 y el Decreto Reglamentario Nº 95-GCABA/14 faculta al contratante a aumentar el total adjudicado sobre uno o varios renglones, en las condiciones y precios pactados de la Orden de Compra; Que dado la necesidad de ampliar la cantidad de vidrios a laminar manifestada por la fiscal de la obra de ampliación de la Neonatología y la conformidad prestada por el proveedor, se decide ampliar la Orden de Compra 425-5393-OC15 en un 50 % a Mundo Lamina S.R.L (Renglón N° 1) en las mismas condiciones y precios pactados y en concordancia con lo establecido en las Cláusulas Particulares del pliego de Bases y Condiciones, dicha ampliación asciende a la suma de Pesos: tres mil cuatrocientos cuarenta - $ 3.440,00, registrada en el BAC bajo N° 425-0227-AMP16; Por ello,

LA GERENTE OPERATIVA GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA FINANCIERA Y EL

DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSE M. PENNA", EN CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICION

DISPONEN Artículo 1º: Apruebase la Ampliación BAC 425-0227-AMP16 correspondiente al 50 % del Total de Orden de Compra BAC 425-5393-OC16 a la firma: Mundo Lamina S.R.L (Renglón N° 1), ascendiendo el total de la ampliación a la suma de Pesos: tres mil cuatrocientos cuarenta - $ 3.440,00, conforme Ley 2095, modificada por la Ley Nº 4764 y el Decreto Reglamentario Nº 95-GCABA/14 y su Decreto modificatorio N° 114/GCABA/2016, según el siguiente detalle: RENGLON CANTIDAD U. MEDIDA P. UNITARIO P. TOTAL 1 0,50 U $ 6.880,00 $ 3.440,00 Artículo 2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto en vigor. Artículo 3°.- Autorizase a emitir la respectiva Orden de Compra.

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Artículo 4°.- Notifíquese y pase a la Sub Gerencia Operativa - Control Presupuestario a fin de efectuar la imputación presupuestaria, cumplido gírese al Hospital General de Agudos ¨Dr. J. M. Penna¨. Dalpiaz - San Martín

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 207/HGAP/16

Buenos Aires, 29 de julio de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico N° 2016-16408151-MGEYA-HGAP, La ley 2095 y su modificatoria Ley N° 4764 y el Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14, y; CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna", gestiona la adquisición de resucitadores manuales para ventilación, en el marco de lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley 2095; Que se efectuaron las afectaciones preventivas correspondientes para hacer frente a la erogación en cuestión conforme Solicitud de Gasto 425-3180-SG16; Que mediante Disposición Nº DI-2016-300-HGAP se dispuso el llamado a Contratación Menor - Proceso de Compra N°425-1691-CME16, estableciendo como fecha de apertura de ofertas el 07/07/2016 a las 10:00 hs., a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones, Buenos Aires Compras (B.A.C.); Que habiendo tenido lugar el acto de apertura, el Sistema Buenos Aires Compras (B.A.C.), confirmó ocho (8) ofertas correspondientes a las firmas: Droguería Farmatec S.A., Vicmor S.R.L., Droguería Martorani S.A., Silvana Graciela Charaf, Unic Company S.R.L., S.I.P.L.A. S.R.L., DCD Products S.R.L. y Fedimed S.A.; Que la Comisión de Evaluación de Ofertas con sustento en las constancias del sistema aconsejó adjudicar la contratación de marras a favor de la firma: Fedimed S.A. (Renglones N° 1,2 y 3) por la suma de Pesos: veintisiete mil ochocientos sesenta - $ 27.860,00, por cumplir y reunir la totalidad de los requisitos exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, resultando ser la más conveniente a los interés de la Administración; Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por la Ley 2095, Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/2014 y Decreto N° 114/GCABA/2016,

LA GERENTE OPERATIVA GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA FINANCIERA Y EL

DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSE M. PENNA", EN CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICION

DISPONEN

Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Menor - Proceso de Compra N° 425-1691-CME16, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la ley 2.095, su modificatoria Ley N° 4764, Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 y Decreto N° 114/GCABA/2016, por el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna" para la adquisición de resucitadores manuales para ventilación y adjudicase a la firma: Fedimed S.A. (Renglones N° 1,2 y 3) por la suma de Pesos: veintisiete mil ochocientos sesenta - $ 27.860,00, según el siguiente detalle:

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R. Cantidad Unidad P. Unitario P. Total 1 5 unidad $ 1.990,00 $ 9.950,00 2 5 unidad $ 1.990,00 $ 9.950,00 3 4 unidad $ 1.990,00 $ 7.960,00 Artículo 2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto en vigor. Artículo 3°.- Autorizase a emitir la respectiva Orden de Compra. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Sub Gerencia Operativa - Control Presupuestario a fin de efectuar la imputación presupuestaria correspondiente, cumplido gírese al Hospital General de Agudos "Dr. José M. Penna". Dalpiaz - San Martín

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 211/HGAP/16

Buenos Aires, 2 de agosto de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico N° 2016-18110415-MGEYA-HGAP, su modificatoria Ley N° 4764 y el Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14 y el Decreto N° 114/GCABA/2016, y CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna", gestiona la adquisición de tiras reactivas para determinar glucosa en sangre, en el marco de lo dispuesto por el artículo 28 inciso 2) de la Ley 2095; Que dicho insumo se encuentra incluido en el Anexo II de la Compra Centralizada y no posee stock disponible según lo informado por la Coordinación UPE-UOAC, siendo indispensable para la determinación urgente de los niveles de glucemia; Que en consecuencia se encuadro la presente en el Artículo 28 apartado 2 de la Ley 2095 que dice “contratación de bienes o servicios vinculados a prestaciones de salud o a programas sociales que, por la celeridad con que deban llevarse a cabo, no pudieran ser gestionados desde su inicio a través de los restantes procedimientos de selección previstos en la presente ley“; Que se efectuaron las afectaciones preventivas correspondientes para hacer frente a la erogación en cuestión conforme Solicitud de Gasto 425-4293-SG16; Que se llamo a Contratación Directa - Proceso de Compra N° 425-0743-CDI16, estableciendo como fecha de apertura de ofertas el 02/08/2016 a las 08:00 hs., a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones, Buenos Aires Compras (B.A.C.); Que habiendo tenido lugar el acto de apertura, el Sistema Buenos Aires Compras (B.A.C.), confirmaron cinco (5) ofertas correspondiente a las firmas: Pharma Express S.A., Macor Insumos Hospitalarios S.R.L., Cromoion S.R.L., Medi Sistem S.R.L. y Droguería Martorani S.A.;

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Que la Comisión de Evaluación de Ofertas con sustento en las constancias del sistema se aconsejó adjudicar la contratación de marras a favor de la firma: Cromoion S.R.L. (Renglón N° 1) por la suma de Pesos: diecisiete mil trescientos -$ 17.300,00; por cumplir y reunir la totalidad de los requisitos exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, resultando ser la más conveniente a los intereses de la Administración; Que el Sr. Director: "Dr. Gustavo San Martín" se encuentra en uso de Licencia "Descanso anual remunerado" previsto en el Art. 18 de la Ley 471, por lo que la Dirección está a cargo de la Subdirectora: Dra. Cristina Desiderio. Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por la Ley 2095 y Decreto Reglamentario N° 95/2014 y N° 114/GCBA/2016;

LA GERENTE OPERATIVA GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA FINANCIERA Y LA

SUB DIRECTORA A CARGO DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSE M. PENNA", EN CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICION

DISPONEN Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Directa - Proceso de Compra N° 425-0743-CDI16, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 28 apartado 2 de la ley 2.095 su modificatoria Ley N° 4764 y Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 y el Decreto N° 114/GCABA/2016 por el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna" para la adquisición de tiras reactivas para determinar glucosa en sangre y adjudicase a la firma: Cromoion S.R.L. (Renglón N° 1) por la suma de Pesos: diecisiete mil trescientos -$ 17.300,00, según el siguiente detalle: Renglón Cantidad Unidad P.Unitario P.TOTAL 1 10.000 unidad $ 1,73 $ 17.300,00 Artículo 2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto en vigor. Artículo 3°.- Autorizase a emitir la respectiva Orden de Compra. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, pase a la SubGerencia Operativa - Control Presupuestario a fin de efectuar la imputación presupuestaria correspondiente, cumplido gírese al Hospital General de Agudos "Dr. José M. Penna". Dalpiaz - Desiderio

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 239/HGAIP/16

Buenos Aires, 1 de agosto de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico N° 17189270/2016 por la cual el Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano tramita el Servicio de Reparación Integral de Cable Paciente para Electrocardiógrafo, con destino la División Cardiología del Hospital Pirovano, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 2095, su Modificatoria Ley 4764, su Decreto Reglamentario 95/GCBA/14, y su Modificatoria Decreto N° 114/16, Resolución N° 1226/MSGC/07, Resolución N° 1181/MSGC-MHGC/2008, Resolución Nº 1802/MSGC-MHGC/08, Art. 6° del Decreto 392/GCBA/10, Decreto 335/11, la Resolución 648/MMGC/13, la Resolución 424/MHGC/13, la Resolución 607/MHGC/13, y

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CONSIDERANDO: Que se procedió a imputar al código contable correspondiente los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión habiendo realizado la correspondiente afectación presupuestaria; Que mediante Disposición N° 521/HGAIP/16 se autorizaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y las Cláusulas Administrativas llamándose a Contratación Menor BAC N° 427-1802-CME16, para el día 26 de julio de 2016 a las 13:00 horas al amparo de lo establecido en el Artículo 38° de la Ley 2.095 y su Decreto Reglamentario 95/GCBA/14, y conforme lo establecido en el Art. 92° de la precitada Ley y su Modificatoria Ley 4764; Que se procedió a notificar a la Cámara Argentina de Comercio y a la Unión Argentina de Proveedores del Estado; Que se procedió a invitar a las firmas inscriptas en el Registro de Proveedores a través del Sistema Buenos Aires Compras; Que tal como luce en el Acta de Apertura se recibieron 2 (dos) ofertas de las firmas Damián Ismael Sakalys e Instruequipos S.A.; Que obra el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación; Por ello, y en un todo de acuerdo con las normas del Reglamento de Contrataciones del Gobierno de la Ciudad, Ley 2095 promulgada por Decreto 1772/GCBA/06 y su Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14, y su Modificatoria Decreto N° 114/16, su Modificatoria Ley 4764, Resolución N° 1226/MSGC/07, Resolución N° 1181/MSGC-MHGC/2008, Resolución Nº 1802/MSGC-MHGC/08, Art. 6° del Decreto 392/GCBA/10, Decreto 335/11, la Resolución 648/MMGC/13,

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS IGNACIO PIROVANO

CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DISPONEN

Artículo 1°.- Apruébese la Contratación Menor BAC N° 427-1802-CME16, realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 38° de la Ley 2.095, su Modificatoria Ley 4764 y su Decreto Reglamentario 95/GCBA/14, y su Modificatoria Decreto N° 114/16, el

Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano gestiona el Servicio de Reparación Integral de Cable Paciente para Electrocardiógrafo, con destino la División Cardiología, adjudicase a la firma: Damián Ismael Sakalys (Renglón 1) por la suma de UN MIL QUINIENTOS TREINTA CON 00/100 ($ 1.530,00) ascendiendo la presente contratación a la suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS TREINTA CON 00/100 ($ 1.530,00) según el siguiente detalle: Renglón Cantidad Unidad Precio Precio Proveedor

Unitario Total

1 2 Unidades $ 765,00 $ 1.530,00 Damián Ismael Sakalys MONTO TOTAL: PESOS UN MIL QUINIENTOS TREINTA CON 00/100 ($ 1.530,00). Artículo 2°.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del ejercicio 2016. Artículo 3°.- Autorizase a emitir la respectiva orden de compra. Artículo 4°.- Regístrese para su conocimiento y demás efectos, pase al Ministerio de Salud – Dirección General Administrativa Contable.

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Artículo 5°.- Cumplido, vuelva a este Hospital a efectos de la prosecución del trámite. Bennazar - Cuba

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Organos de Control Resolución Ente Regulador de los Servicios Públicos de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

RESOLUCIÓN N.° 27/ERSP/16

Buenos Aires, 31 de marzo de 2016 VISTO: El Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nº 210, la Licitación Pública para el Servicio Público de Control y Sanción del Estacionamiento Indebido de vehículos en el Macro y Microcentro y Ampliación de los Espacios de Estacionamiento Tarifado, el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Resolución Nº 28/2001 y su modificatoria Nº 51/2002, el Acta de Directorio N° 618 del 15 de enero de 2016, el Expediente Nº 1648/EURSPCABA/2015, y CONSIDERANDO: Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se realice por la administración central y descentralizada o por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto; Que, de acuerdo con el Art. 2º inc. d) de la Ley Nº 210, entre los servicios bajo su control se encuentra el estacionamiento por concesión; Que, conforme lo establece el Art. 3º incs. a), b), e), i), j), k) y l) de la Ley Nº 210, el ERSP tiene, entre otras, las siguientes funciones: verificar el correcto cumplimiento de las leyes o normas reglamentarias de los servicios sometidos a su jurisdicción; controlar las actividades de los prestadores de servicios públicos en todos los aspectos prescritos por la normativa aplicable respecto a la seguridad, higiene, calidad, continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y habilitaciones; prevenir conductas anticompetitivas, monopólicas o discriminatorias y efectuar las denuncias pertinentes, implementando las acciones tendientes a hacer cesar dichas conductas; recibir y tramitar las quejas y reclamos que efectúen los usuarios en sede administrativa tendientes a resolver el conflicto planteado con el prestador; ejercer la jurisdicción administrativa; reglamentar el procedimiento para la aplicación de las sanciones que correspondan por violación de las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales de los respectivos servicios, de conformidad con los regímenes sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas respetando los principios del debido proceso;

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Que, el Expediente N° 1648/EURSPCABA/2015 se inicia a raíz de una denuncia realizada por el Sr. Miguel Salvatore, en fecha 03/03/2015, quien manifiesta que la máquina tickeadora ubicada en la calle Bartolomé Mitre y Pasteur a cargo de la empresa BRD SAICFI, no funciona;

Que, a fs. 4 obra Acta de Fiscalización N° 117344/ERSP/2015 de fecha 10/03/2015, constituyéndose personal del Organismo en la calle Bartolomé Mitre y Pasteur, verificándose que la “máquina tickeadora Nº 24 no funciona”; Que, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para la Licitación Servicio Público de Control y Sanción del Estacionamiento Indebido de vehículos en el Macro y Microcentro y Ampliación de los Espacios de Estacionamiento Tarifado, establece “...Las máquinas a instalar deberán cumplir con las especificaciones técnicas establecidas en el Anexo Nº 6 que integra el presente Pliego. (…) Sistema Operativo. Las tickeadoras funcionarán con las mismas fichas o cospeles que usarán los parquímetros. Además deberán permitir el uso de tarjetas magnéticas”. Cabe destacar, en relación a los parquímetros que “...funcionarán con fichas o cospeles y el concesionario deberá poner a disposición del público, en la zona de influencia, bocas de expendio en comercios existentes.” Y en su Art. 18 prevé “Operación y Mantenimiento. La operación del servicio comprende la realización de todas las tareas previstas en el Pliego de Condiciones Particulares y la ejecución, provisión y mantenimiento de todas las obras, equipos y personal necesarios para tal fin.”; Que, a fs. 5 el Área Tránsito y Concesiones en su Informe Nº 226/ATyC/2015 solicita el inicio del sumario a la Asesoría Legal; Que, a fs. 7/10 el Departamento de Sumarios entiende que de las constancias obrantes en el expediente, se desprende un presunto incumplimiento por parte de la empresa concesionaria del servicio en cuestión, según el Pliego mencionado; Que, a fs. 11 la Asesoría Legal ordena la apertura del sumario; Que, a fs. 15 se notifica a la empresa concesionaria, la presunta infracción por ella cometida; Que, a fs. 46/90 la empresa concesionaria presenta descargo en relación a los hechos que se le imputaran, cuestionando la facultad sancionatoria del Organismo, la normativa aplicable respecto del incumplimiento imputado, la validez de las Actas de Fiscalización y el derecho de defensa. Que en su descargo la sumariada solicita que “(…) (a) se declare la nulidad del trámite, por serias irregularidades del procedimiento de inspección y constatación (…)” Cuestionando, entre otras cuestiones, el vicio en el procedimiento por una supuesta violación al derecho de defensa de la sumariada. Que resulta pertinente aclarar, contrariamente a lo manifestado por la concesionaria en su descargo, a partir de la denuncia obrante a fs. 2, se dispuso la inspección que realizó personal del Organismo en la que se detectó que la “… la máquina tickeadora N°24 no funciona…”. Finalmente, la formulación de cargos – imputación por presunto incumplimiento- se realiza respecto de lo detectado mediante acta de inspección Nº 00117344/ERSP/2015 –ver fs. 4-, es decir por el no funcionamiento de la máquina tickeadora, que fue lo que verificado. Ello también, en el marco de lo previsto por el artículo 4º y 20 del Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -aprobado por Resolución Nº 28/2001 y su modificatoria Nº 51/2002-, en tanto prevé el primero “…Se entiende por quejas o denuncias toda comunicación o solicitud de toma de intervención por actos o conductas que presuntamente constituyan una infracción a la prestación de los servicios públicos reglados por la Ley N° 210…” y, el segundo, en el ejercicio de sus facultades de control, “...Cuando se tomare conocimiento de acciones u omisiones que pudieran configurar una presunta infracción, se dispondrá la instrucción de sumario y se designará instructor...”.

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Que por lo ut supra expuesto, no resulta afectado en forma alguna el derecho de defensa de la concesiona, quien toma vista de las actuaciones según constancias de fs. 14, gozando de conformidad con lo expresado en párrafos precedentes, de ejercer su descargo y ofrecer prueba de que pretenda valerse en relación a los hechos que se le imputaran. Que el Artículo 75 inc. 22 de la constitución nacional ha estipulado ciertos tratados y convenciones internacionales que poseen jerarquía constitucional, entre ellos la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Que los Artículos 8.1 y 8.2 de dicha convención estipulan los principios aplicables para cumplir de forma íntegra con las garantías del debido procedimiento, según la reconocida y amplia jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, adoptada también por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. ( Que el presente procedimiento no solo ha garantizado lo establecido por el Artículo 18 de la Constitución Nacional sobre las garantías del debido proceso y en particular el debido procedimiento, sino que también se lo ha hecho conforme a lo establecido por la Convención Americana Sobre Derechos Humanos. Corte IDH. Caso Baena Ricardo y otros Vs. Panamá. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 2 de febrero de 2001. Serie C No. 72.) (CSJN, Losicer, Jorge. A y Otros c/BCRA- Resol 169/05. Sentencia de 26 de Junio de 2012. IJ-LXV-744) Que por lo tanto no hay vicio alguno en el procedimiento que afecte el derecho a la defensa en juicio de la persona y sus derechos reconocidos por el Artículo 18 de la Constitución Nacional, complementario de las normas internacionales citadas ut supra. Que la sumariada continúa su descargo exponiendo que “(…) (b) La máquina tickeadora de Bartolomé Mitre y Pasteur fue revisada por nuestro servicio técnico, en numerosas oportunidades y en forma contemporánea a la fecha de la supuesta falla y del acta de inspección, sin que se detectara deficiencia alguna que pueda dar lugar a la imposición de una sanción (…)” Que respecto a este argumento de la sumariada, corresponde aclarar que el procedimiento que rige estos actuados está normado por la Resolución Nº 28/2001 y su modificatoria Nº 51/2002, hecho oportunamente notificado a la sumariada según cédula de notificación agregada a fs. 15, mediante la cual se la cita a tomar vista de las actuaciones, efectuar el descargo y ofrecer prueba de que pretenda valerse en relación a los hechos que se le imputaran, respetándose de tal manera las garantías constitucionales. Que asimismo la concesionaria solicita la “ (c ) Eventual Nulidad de la imposición de una pena a BRD por irrazonabilidad y contradicción con el principio de “nulla pena sine culpa” Que en relación al planteo del nulla pena sine culpa es opinión de la Instrucción que las circunstancias del caso particular no configuran una violación a dicho principio, ya que la sanción a aplicar por este Organismo se realiza de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 210. Que resulta conveniente remarcar que lo manifestado por la sumariada no resulta ser exacto en tanto, de acuerdo a Ley Nº 210 y al Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -aprobado por Resolución Nº 28/2001 y su modificatoria Nº 51/2002- en el ejercicio de sus facultades de control, “...Cuando se tomare conocimiento de acciones u omisiones que pudieran configurar una presunta infracción, se dispondrá la instrucción de sumario y se designará instructor...·. Que en relación al acta obrante a fs. 4, en la misma consta lugar, fecha y hora de su confección, la circunstancia a relevar, además de la firma y aclaración del agente interviniente; todo ello de conformidad con lo establecido en el Art. 22 de la Resolución Nº 28/EURSPCABA/2001. Cabe destacar que las actas labradas por agentes del Organismo gozan de entidad suficiente como para dar inicio a un sumario y, de corresponder, aplicar las penalidades previstas.

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Que, la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, en oportunidad de expedirse sobre el recurso interpuesto por Ecohábitat SA (expte. 7639/0), reconoce la facultad sancionatoria del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires confirmando el acto administrativo apelado, es decir, la sanción aplicada a través del procedimiento sancionatorio establecido en la Resolución Nº 28/EURSPCABA/2001, reconociendo a este Organismo como autoridad de aplicación; Que, el punto 3 del voto del Dr. Esteban Centanaro señala que “...la autoridad de aplicación -en cumplimiento de lo normado por el Capítulo III del Reglamento de Procedimientos y Controversias- imputó a la empresa mencionada una presunta infracción del Art. 54, deficiencias Nº 1, 4 y 46 del Pliego de Bases y Condiciones correspondientes a la Licitación Pública de Firmas o Consorcios de Firmas Consultoras Nacionales para realizar la inspección de los Servicios de Higiene Urbana de la Ciudad de Buenos Aires en la zona 1 (Licitación Nº 122/98), corregido luego por la propia denunciada a fs. 28, donde puso de resalto que el Pliego correspondiente a la Licitación Pública en la que resultara adjudicataria era el 14/97...”; Que, el último párrafo del punto 10 del mismo voto hace una breve reseña del procedimiento diseñado por el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones dictado por el ERSP, señalando “...en resumidas cuentas, tales circunstancias establecen en forma indudable que el trámite administrativo que diera origen al presente recurso se llevó a cabo dentro del marco del procedimiento sancionatorio establecido por el reglamento señalado ut supra; por ende, las disposiciones según las cuales habrán de ser analizadas las quejas relativas a la regularidad del procedimiento son las contenidas en los Arts. 10 a 20 de la norma mencionada...”; Que, la citada Sala II en los autos caratulados “Autopistas Urbanas S.A. c/ Ente Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires, sobre otras rec. judiciales contra res. pers. públicas no estatales” ha dicho “...la ley 757 en su art. 2º establece: La máxima autoridad del Gobierno de la Ciudad en materia de defensa de los consumidores y usuarios, será la autoridad de aplicación a los efectos de esta ley y de las Leyes Nacionales de Defensa del Consumidor (24.240) y de Lealtad Comercial (22.802)…”, nos encontramos ante un contrato de naturaleza administrativa, que lleva insertas explícita o implícitamente cláusulas exorbitantes del derecho privado, dentro de las cuales hallamos el poder de control y consecuentemente el sancionador, el cual se encuentra reglamentado en la Resolución 28/2001; Que, respecto al cuestionamiento de la concesionaria del Acta de Fiscalización obrante a fs. 4, en ella consta lugar, fecha y hora de su confección, la circunstancia a relevar, además de la firma y aclaración del agente interviniente, todo ello de conformidad con lo establecido en el Art. 22 de la Resolución Nº 28/EURSPCABA/2001 y es clara en relación a lo detectado por el personal del Organismo al momento de realizar la fiscalización, gozando de entidad suficiente como para dar inicio a un sumario y, de corresponder, aplicar las penalidades previstas; Que, corresponde aclarar que el Pliego de Bases y Condiciones particulares del servicio en cuestión en su artículo 6.2 establece que “El concesionario será plenamente responsable por la presentación de los servicios que no podrán ser suspendidos o interrumpidos (…) aun en los casos en que se produzca la interrupción de los plazos por caso fortuito o fuerza mayor completamente ajenos al Concesionario, este deberá adoptar todos los recaudos necesarios para lograr la reanudación de los servicios a la brevedad.”;

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Que, en relación a las penalidades, el Pliego de Bases y Condiciones Generales que rige la Licitación en cuestión, en su Art. 71 determina “...Penalidades por incumplimientos. Los Pliegos de Condiciones Particulares establecerán la penalidad por incumplimientos a las condiciones establecidas en el Contrato de Concesión de Servicio Público, que por su entidad sean sólo susceptibles de multas u otras sanciones...”, y en su punto 6.5. prevé “...Penalidades, El incumplimiento, por parte del Concesionario, de cualquiera de las obligaciones que se encuentra a cargo, dará lugar a la aplicación de penalidades. Serán aplicadas multas por cada infracción que se cometa a las obligaciones emergentes de este Pliego, entre el 20% (veinte por ciento) y el 100 % (cien por ciento) del valor del Canon actualizado, de acuerdo con la gravedad de la misma…”; Que, la Disposición Nº 63-DGCONC-2014 de la Dirección General de Concesiones fijó en la suma de pesos cincuenta y cinco mil ($55.000.-) el importe que debe abonar cada concesionaria de la Concesión del Servicio Público de Control y Sanción del Estacionamiento Indebido en el Micro y Macrocentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en concepto de canon mensual, a partir del 19 de julio de 2014, todo ello de conformidad con la Resolución Nº 3/GCBA/MJGGC/2012, que aprueba el Acta Acuerdo suscripta con fecha 16/04/2012 entre la Dirección General de Concesiones y la firma BRD SAICFI; Que, en los autos caratulados “Mantelectric ICISA c/ Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires s/ otros recursos judiciales contra res. Pers. Publicas no est.” la Sala II reconoció que “…el Ente posee amplias facultades de control respecto del servicio que brinda la empresa actora y para aplicar las sanciones que correspondan por violación a las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales...”. Asimismo, expresa que hay dos tipos de procedimientos, uno referido al control jurisdiccional (facultad cuestionada por la actora) y otro, a las sanciones (potestad sancionatoria); Que, a fs. 91 se remiten las actuaciones al Área Técnica para la elaboración del Informe Técnico correspondiente de acuerdo a lo prescripto por el Art. 28 del Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Organismo; Que, el Art. 22 de la Ley Nº 210 establece “Las disposiciones sancionatorias contenidas en las distintas normas de regulación de los servicios comprendidos en esta ley, son aplicadas por el Ente con adecuación a las siguientes reglas y principios: 1.- Las sanciones se gradúan en atención a: a. La gravedad y reiteración de la infracción...”; Que, corresponde considerar el accionar de la concesionaria en concordancia con lo previsto por el Art. 22 inc. a) de la Ley Nº 210 y el Pliego, en particular cuando prevé “Las multas serán aumentadas hasta cinco (5) y diez (10) veces, cuando el concesionario incurra en nuevas infracciones, dentro de los 12 meses contados a partir de una o más transgresiones cualesquiera. La graduación de las multas previstas en el párrafo anterior, será regulada teniendo en cuenta la naturaleza, gravedad y reincidencia en la falta cometida y en los antecedentes del concesionario.”; Que, conforme Informe Nº 461/ATyC/2015 del Área Tránsito y Concesiones se recomienda la aplicación de la sanción de una multa de pesos once mil ($11.000.-) a la empresa BRD SAICFI, toda vez que el canon mensual que paga la empresa prestataria es de pesos cincuenta y cinco mil ($55.000.-) según lo dispuesto por la Resolución Nº 3/GCBA/MJGGC/2012; Que, en consecuencia el monto de la sanción propuesta por el Área Técnica se encuentra fijado entre los parámetros legales permitidos por la normativa vigente; Que, se respetó el derecho a defensa, el derecho a ser oído, el derecho a ofrecer prueba y el debido proceso; Que, la Asesoría Legal ha tomado la intervención de su competencia. Por ello,

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EL DIRECTORIO

DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.- Sancionar a la empresa BRD SAICFI con una multa de pesos once mil ($11.000.-) conforme los Arts. 2º, 3º, 20 y 22 de la Ley Nº 210. Artículo 2º.- El monto de la multa fijada en el artículo precedente deberá ser depositado en la Cuenta Corriente del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 28060/6 -Sucursal Centro- del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, dentro de los treinta (30) días de notificada la presente resolución, debiendo acreditar su cumplimiento en el expediente en igual plazo. Artículo 3º.- Notifíquese a la empresa BRD SAICFI. Artículo 4º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a las Gerencias de Control, de Usuarios, de Proyectos y de Administración y a la Asesoría Legal. Cumplido, archívese. Michielotto - Barrera - Goldsack – Lauría

RESOLUCIÓN N.° 28/ERSP/16

Buenos Aires, 31 de marzo de 2016 VISTO: El Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nº 210, la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación del Servicio de Higiene Urbana Nº 6/2003, el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Resolución del Directorio Nº 28/2001 y su modificatoria Nº 51/2002, el Acta de Directorio Nº 618 del 15 de enero de 2016, el Expediente Nº 1163/EURSPCABA/2014, y CONSIDERANDO: Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se realice por la administración central y descentralizada o por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto; Que, de acuerdo con el Art. 2º inc. c) de la Ley Nº 210, entre los servicios bajo su control se encuentra la higiene urbana, incluida la disposición final;

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Que, conforme lo establece el Art. 3º incs. a), b), e), i), j), k) y l) de la Ley Nº 210, el ERSP tiene, entre otras, las siguientes funciones: verificar el correcto cumplimiento de las leyes o normas reglamentarias de los servicios sometidos a su jurisdicción; controlar las actividades de los prestadores de servicios públicos en todos los aspectos prescritos por la normativa aplicable respecto a la seguridad, higiene, calidad, continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y habilitaciones; prevenir conductas anticompetitivas, monopólicas o discriminatorias y efectuar las denuncias pertinentes, implementando las acciones tendientes a hacer cesar dichas conductas; recibir y tramitar las quejas y reclamos que efectúen los usuarios en sede administrativa tendientes a resolver el conflicto planteado con el prestador; ejercer la jurisdicción administrativa; reglamentar el procedimiento para la aplicación de las sanciones que correspondan por violación de las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales de los respectivos servicios, de conformidad con los regímenes sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas respetando los principios del debido proceso; Que, el Expediente N° 1163/EURSPCABA/2014 se inicia a raíz de una denuncia realizada por la Comisión Vecinal para el Mejoramiento de la Higiene Urbana de la Comuna Nº 11, en fecha 12/03/2014, por concentración de residuos domiciliarios en la Av. Segurola 3888 y Nueva York, en la denomina Zona 4, a cargo de la empresa Ecohábitat SA – Emepa SA UTE Níttida; Que, no genera dudas entonces, la calificación como servicio público y su inclusión entre las prestaciones sujetas a control del ERSP, conforme Anexo VIII Servicio de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos, acápite 1.1 Servicio de Recolección Domiciliaria del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación del Servicio de Higiene Urbana Nº 6/2003; Que, el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares de la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 6/2003 para la Contratación del Servicio Público de Higiene Urbana, en su Anexo VIII referidas al Servicio de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos, acápite 1.1 Servicio de Recolección Domiciliaria, prevé “La recolección de residuos domiciliarios consistirá en el retiro de RSU depositado a ese fin en la vía pública en recipientes individuales o colectivos, frente a edificios, en las entradas de vías públicas inaccesibles para camiones o en otros lugares predeterminados. También se incluyen todos los residuos públicos, provenientes de Costanera Sur y Norte, cementerios, Parque Agronomía, Ciudad Universitaria, Reserva Ecológica, parques, escuelas, estadios, establecimientos, cuarteles, puestos policiales, etc. Quedan excluidos de este servicio los que a continuación se detallan: 1) Recolección de desperdicios contagiosos, biológicos, venenosos, restos medicinales, incisivos, radiactivos, tóxicos, contaminados o contaminantes. 2) Residuos Industriales de todo tipo. 3) Servicios convencionales excepcionales que, siendo solicitados por los generadores, requieran el aporte de contenedores pudiendo constituirse el GCBA en un usuario más, en caso de considerarlo conveniente.”; Que, a fs. 6 obra Acta de Fiscalización Nº 89338/ERSP/2014 de fecha 19/03/2014, detectándose bolsas de residuos domiciliarios en la Av. Segurola 3888; Que, a fs. 15/16 el Área Técnica en su Informe Nº 1828/ACA/2014 considera que los hechos detectados podrían constituir una presunta infracción a los deberes de la concesionaria según el Pliego mencionado, por lo cual recomienda el inicio del correspondiente sumario; Que, a fs. 19 la Asesoría Legal dispuso la apertura del sumario; Que, a fs. 22 se notifica a la empresa concesionaria, las presuntas infracciones por ella cometidas; Que, a fs. 24/33 la empresa sumariada presenta su descargo en relación a los hechos que se le imputaron;

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Que, en su descargo la sumariada manifiesta la existencia de una supuesta superposición entre el procedimiento de fiscalización y sanción establecido por el ERSP y los Arts. 58 a 61 del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación del Servicio de Higiene Urbana N° 6/2003, correspondiendo la fiscalización de sus obligaciones contractuales, a la Dirección General de Limpieza; Que, en forma unánime, la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, en oportunidad de expedirse sobre el recurso interpuesto por Ecohábitat SA (expte. 7639/0), reconoce la facultad sancionatoria del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires confirmando el acto administrativo apelado, es decir, la sanción aplicada a través del procedimiento sancionatorio establecido en la Resolución Nº 28/EURSPCABA/2001, reconociendo a este Organismo como autoridad de aplicación; Que, el punto 3 del voto del Dr. Esteban Centanaro señala que “...la autoridad de aplicación -en cumplimiento de lo normado por el Capítulo III del Reglamento de Procedimientos y Controversias- imputó a la empresa mencionada una presunta infracción del Art. 54, deficiencias Nº 1, 4 y 46 del Pliego de Bases y Condiciones correspondientes a la Licitación Pública de Firmas o Consorcios de Firmas Consultoras Nacionales para realizar la inspección de los Servicios de Higiene Urbana de la Ciudad de Buenos Aires en la zona 1 (Licitación Nº 122/98), corregido luego por la propia denunciada a fs. 28, donde puso de resalto que el Pliego correspondiente a la Licitación Pública en la que resultara adjudicataria era el 14/97...”; Que, el último párrafo del punto 10 del mismo voto hace una breve reseña del procedimiento diseñado por el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones dictado por el ERSP, señalando “...en resumidas cuentas, tales circunstancias establecen en forma indudable que el trámite administrativo que diera origen al presente recurso se llevó a cabo dentro del marco del procedimiento sancionatorio establecido por el reglamento señalado ut supra; por ende, las disposiciones según las cuales habrán de ser analizadas las quejas relativas a la regularidad del procedimiento son las contenidas en los Arts. 10 a 20 de la norma mencionada...”; Que, la esfera de la competencia del ERSP proviene de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, de la Ley Nº 210 y del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación del Servicio de Higiene Urbana Nº 6/2003, las que le han asignado a este Organismo un cometido específico, es decir, que le han adjudicado una serie de funciones y atribuciones para la realización del fin público que se le encomienda; Que, el Art. 55 del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación del Servicio de Higiene Urbana Nº 6/2003, establece que “La fiscalización y control de los servicios objeto de la presente licitación estará a cargo de la Dirección General de Higiene Urbana por administración o por terceros, sin perjuicio de las atribuciones que la Ley Nº 210 y su modificatoria Ley Nº 593, le confiere al Ente Único Regulador de Servicios Públicos.”; Que, la sumariada objeta las facultades del ERSP para aplicar sanciones por las penalidades previstas en el Pliego pero no advierte que el Art. 61 dice que “…el EURSPCABA podrá en el marco de la Ley Nº 210/99 aplicar las penalidades pertinentes a su competencia, debiendo informar a la DGHU sobre su intervención y resolución final de la misma”, es decir que una vez finalizado el sumario corresponde informar a la Dirección General de Limpieza (ex Dirección General de Higiene Urbana) lo que se resuelva. En este sentido, el Pliego otorga al ERSP facultades para aplicar sanciones cumpliendo con la Ley Nº 210;

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Que, este Organismo a través del Área Técnica, efectúa controles sobre la calidad del servicio público de higiene urbana. Las facultades otorgadas por los Arts. 58 a 61 establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación del Servicio de Higiene Urbana Nº 6/2003, no invalidan, ni resultan oponibles al curso del sumario, ni a la posible aplicación de sanciones, dado que existen potencialmente infracciones distintas, metodología que fue aceptada por las empresas concesionarias del servicio de higiene urbana; Que, la empresa formula su descargo alegando inexistencia de infracción. La concesionaria acompaña una impresión en la cual se detalla la fecha de notificación de la falta detectada en las actuaciones y la fecha en que habría sido subsanada. Agrega que los servicios fueron oportunamente cumplidos y que, de esta manera, queda demostrada la improcedencia de los cargos formulados, por resultar las mismas inexistentes.”; Que, la Instrucción entiende que el Pliego en su Anexo VIII acápite 1.1 es claro al establecer las obligaciones de la concesionaria. En este orden, del Acta labrada por agentes del Organismo surge el incumplimiento por parte de la sumariada al Anexo VIII acápite 1.1 del Pliego, dando lugar a la aplicación de la multa establecida en el Art. 59, sección faltas leves, punto 10 del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación del Servicio Público de Higiene Urbana Nº 6/2003; Que, las restantes consideraciones planteadas en el descargo ofrecido por la sumariada en las actuaciones, no logran desvirtuar el criterio expuesto, ni eximir de responsabilidad a la misma, por lo que se deben aplicar las sanciones leves estatuidas en el Art. 59 del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación del Servicio de Higiene Urbana Nº 6/2003; Que, a fs. 34 no habiendo prueba pendiente de producción, la Instrucción remite las actuaciones al Área Técnica para la elaboración del Informe Técnico conforme lo establecido por el Art. 28 del Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 28/2001; Que, a fs. 35/37 el Área Técnica en su Informe Nº 2573/ACA/2015 ratifica el criterio expuesto, considerando que “…lo actuado determina un cuadro probatorio técnico suficiente que permite adjudicarle a la empresa Níttida, el incumplimiento del servicio de higiene urbana por infracción a la Ley Nº 210, Art. 2° inc. c) en base a la inobservancia del Anexo VIII acápite 1.1 del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación del Servicio de Higiene Urbana Nº 6/2003.”; Que, la Instrucción entiende que habiéndose respetado el debido proceso y los hechos imputados debidamente acreditados, corresponde aplicar una sanción a la empresa concesionaria; Que, la Dirección General de Limpieza a través de su Nota Nº 2013/DGLIM/09, expresó que “…no puede bajo ningún concepto dejar de cumplir con la orden de descuento establecida, a excepción que se le instruya una orden por parte del EURSPCABA o en sede judicial…”;

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Que, a su vez la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, expresó en el Dictamen Nº 070470, que “…ante la falta de pago voluntario solo puede el Ente promover y llevar adelante las acciones judiciales pertinentes coordinando con la Procuración General, de conformidad con la facultad acordada en el artículo 3º, inciso q) de la Ley 210.” Continúa diciendo en el párrafo décimo, del punto II, “Análisis”, que los artículos 60 y 61 del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares de la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 6/03 que regulan las relaciones entre el Gobierno de la Ciudad y los prestadores del servicio público involucrado, solo admiten el descuento de la facturación mensual de las faltas graves y leves resultantes del incumplimiento de las pautas contractuales y de conformidad con el procedimiento establecido en el mismo. En los siguientes párrafos de este punto “Análisis”, el Procurador General, expresa “Ello revela que las multas de las que resultan pasibles los prestadores del servicio público responden a dos órdenes distintos, el legal a cargo del Ente y el contractual, responsabilidad de la Dirección General de Limpieza, sujetos a sus propios procedimientos y mecanismos ejecutorios, existiendo una previsión expresa en el artículo 61 in fine del pliego…”. Concluye, el citado funcionario que “…resulta improcedente descontar de la facturación mensual de las prestadoras del servicio público concesionado mediante Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 6/03 multas que no resulten de los procedimientos contractualmente establecidos en el marco de la misma.”; Que, la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, al resolver en el Expte. “Ecohábitat SA c/ EURSPCABA s/Impugnación de actos administrativos”, Nº 7639/00, reconoció la facultad sancionatoria del ERSP, confirmando la validez del acto administrativo emitido por el mismo, en el cual se disponía el descuento del 0,01% de la facturación mensual correspondiente al servicio específico, el cual multiplicado por cada punto de multa dispuesto como sanción, da el monto en pesos a descontar de la facturación mensual a abonar por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la empresa concesionaria sancionada; Que, pese a estar reconocida la facultad sancionatoria de este Organismo, la Dirección General de Limpieza no da cumplimiento a los descuentos ordenados por el ERSP; Que, en uso de las facultades otorgadas a este Organismo por la Ley Nº 210 y a los fines de evitar un dispendio administrativo que genere dilaciones en las funciones de este ERSP, resulta procedente aplicar las multas prescindiendo de la solicitud de descuento a la Dirección General de Limpieza; Que, corresponde aplicar la sanción prevista para las faltas leves en el Art. 59, inc. 10 del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación del Servicio de Higiene Urbana N° 6/2003, imponiendo a la empresa Ecohábitat SA – Emepa SA – UTE, Níttida una penalidad de cinco (5) puntos, equivalente a la suma de pesos siete mil cuatrocientos veinticuatro con 05/100 ($7.424,05) por el incumplimiento en la prestación del servicio de recolección de residuos sólidos urbanos, servicio de recolección domiciliaria, por omisión de levantamiento de bolsas de residuos, ya que la mencionada deficiencia afecta la calidad de la prestación del servicio, teniendo en cuenta que cada punto equivale al 0,01% del monto de la facturación mensual del servicio específico en el que se cometió la infracción; Que, la Asesoría Legal ha tomado la intervención de su competencia. Por ello,

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EL DIRECTORIO DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Artículo 1º.- Sancionar a la empresa Ecohábitat SA – Emepa SA – UTE, Níttida con una multa de cinco (5) puntos equivalente a la suma de pesos siete mil cuatrocientos veinticuatro con 05/100 ($7.424,05), por el incumplimiento en la prestación del servicio de recolección de residuos sólidos urbanos, servicio de recolección domiciliaria, por omisión de levantamiento de bolsas de residuos en el mes de marzo de 2014, conforme lo previsto en el Art. 59, inc. 10 del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Contratación del Servicio de Higiene Urbana Nº 6/2003. Artículo 2º.- El monto de la multa fijada en el artículo precedente deberá ser depositado en la Cuenta Corriente del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 28060/6 -Sucursal Centro- del Banco de la

Ciudad de Buenos Aires, dentro de los treinta (30) días de notificada la presente resolución, debiendo acreditar su cumplimiento en el expediente en igual plazo. Artículo 3º.- Poner en conocimiento de la Dirección General de Limpieza, dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la presente resolución. Artículo 4º.- Notifíquese a la Comisión Vecinal para el Mejoramiento de la Higiene Urbana de la Comuna Nº 11 y a la empresa Ecohábitat SA – Emepa SA – UTE, Níttida. Artículo 5º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a las Gerencias de Control, de Proyectos, de Administración, de Unidad de Descentralización y Participación Ciudadana y a la Asesoría Legal. Cumplido, archívese. Michielotto - Barrera - Goldsack - Lauría

RESOLUCIÓN N.° 33/ERSP/16

Buenos Aires, 31 de marzo de 2016 VISTO: El Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nº 210, la Licitación Pública para el Servicio Público de Control y Sanción del Estacionamiento Indebido de vehículos en el Macro y Microcentro y Ampliación de los Espacios de Estacionamiento Tarifado, el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Resolución Nº 28/2001 y su modificatoria Nº 51/2002, el Acta de Directorio N° 618 del 15 de enero de 2016, el Expediente Nº 4265/EURSPCABA/2014, y CONSIDERANDO:

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Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

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ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se realice por la administración central y descentralizada o por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto; Que, de acuerdo con el Art. 2º inc. d) de la Ley Nº 210, entre los servicios bajo su control se encuentra el estacionamiento por concesión; Que, conforme lo establece el Art. 3º incs. a), b), e), i), j), k) y l) de la Ley Nº 210, el ERSP tiene, entre otras, las siguientes funciones: verificar el correcto cumplimiento de las leyes o normas reglamentarias de los servicios sometidos a su jurisdicción; controlar las actividades de los prestadores de servicios públicos en todos los aspectos prescritos por la normativa aplicable respecto a la seguridad, higiene, calidad, continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y habilitaciones; prevenir conductas anticompetitivas, monopólicas o discriminatorias y efectuar las denuncias pertinentes, implementando las acciones tendientes a hacer cesar dichas conductas; recibir y tramitar las quejas y reclamos que efectúen los usuarios en sede administrativa tendientes a resolver el conflicto planteado con el prestador; ejercer la jurisdicción administrativa; reglamentar el procedimiento para la aplicación de las sanciones que correspondan por violación de las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales de los respectivos servicios, de conformidad con los regímenes sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas respetando los principios del debido proceso; Que, el Expediente N° 4265/EURSPCABA/2014 se inicia a raíz de una denuncia realizada por el Sr. Miguel Angel, en fecha 16/07/2014, quien manifiesta que la máquina tickeadora ubicada en la calle San Luís y Azcuénaga a cargo de la empresa DAKOTA SA, no funciona; Que, a fs. 5 obra Acta de Fiscalización N° 100267/ERSP/2014 de fecha 21/09/2014, constituyéndose personal del Organismo en la calle San Luís y Azcuénaga verificándose que “la maquina tickeadora funciona solamente con cospel, no acepta monedas”; Que, a fs. 7 obra Acta de Fiscalización N° 100290/ERSP/2014 de fecha 24/09/2014, constituyéndose personal del Organismo en la calle San Luís y Azcuénaga verificándose que “a la maquina se le observa la ranura obstruida”; Que, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para la Licitación Servicio Público de Control y Sanción del Estacionamiento Indebido de vehículos en el Macro y Microcentro y Ampliación de los Espacios de Estacionamiento Tarifado, establece “...Las máquinas a instalar deberán cumplir con las especificaciones técnicas establecidas en el Anexo Nº 6 que integra el presente Pliego. (…) Sistema Operativo. Las tickeadoras funcionarán con las mismas fichas o cospeles que usarán los parquímetros. Además deberán permitir el uso de tarjetas magnéticas”. Cabe destacar, en relación a los parquímetros que “...funcionarán con fichas o cospeles y el concesionario deberá poner a disposición del público, en la zona de influencia, bocas de expendio en comercios existentes.” Y en su Art. 18 prevé “Operación y Mantenimiento. La operación del servicio comprende la realización de todas las tareas previstas en el Pliego de Condiciones Particulares y la ejecución, provisión y mantenimiento de todas las obras, equipos y personal necesarios para tal fin.”; Que, a fs. 8/9 el Área Tránsito y Concesiones en su Informe Nº 429/ATyC/2015 solicita el inicio del sumario a la Asesoría Legal;

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Que, a fs. 12/15 el Departamento de Sumarios entiende que de las constancias obrantes en el expediente, se desprende un presunto incumplimiento por parte de la empresa concesionaria del servicio en cuestión, según el Pliego mencionado; Que, a fs. 16 la Asesoría Legal ordena la apertura del sumario; Que, a fs.19 se notifica a la empresa concesionaria, la presunta infracción por ella cometida; Que, a fs. 26/40 la empresa concesionaria presenta descargo en relación a los hechos que se le imputaran, cuestionando la facultad sancionatoria del Organismo, la normativa aplicable respecto del incumplimiento imputado, la validez de las Actas de Fiscalización y el derecho de defensa. Acompañando nota a la Dirección General de Concesiones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires sobre vandalismo, denuncia policial en la Comisaría 19 adjunta a la nota dirigida a la Dirección General de Concesiones; Que, respecto a las Planillas Parte Diario Personal de Verificador Operativo, las mismas resultan ser copia simple, no estando debidamente foliadas y rubricadas por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, no revistiendo las mismas carácter de prueba fehaciente a los fines de acreditación del cumplimiento de las obligaciones de la concesionaria; Que, en relación al abuso de la facultad de sancionar del Organismo manifestado por la sumariada, la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, en oportunidad de expedirse sobre el recurso interpuesto por Ecohábitat SA (expte. 7639/0), reconoce la facultad sancionatoria del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires confirmando el acto administrativo apelado, es decir, la sanción aplicada a través del procedimiento sancionatorio establecido en la Resolución Nº 28/EURSPCABA/2001, reconociendo a este Organismo como autoridad de aplicación; Que, el punto 3 del voto del Dr. Esteban Centanaro señala que “...la autoridad de aplicación -en cumplimiento de lo normado por el Capítulo III del Reglamento de

Procedimientos y Controversias- imputó a la empresa mencionada una presunta infracción del Art. 54, deficiencias Nº 1, 4 y 46 del Pliego de Bases y Condiciones correspondientes a la Licitación Pública de Firmas o Consorcios de Firmas Consultoras Nacionales para realizar la inspección de los Servicios de Higiene Urbana de la Ciudad de Buenos Aires en la zona 1 (Licitación Nº 122/98), corregido luego por la propia denunciada a fs. 28, donde puso de resalto que el Pliego correspondiente a la Licitación Pública en la que resultara adjudicataria era el 14/97...”; Que, el último párrafo del punto 10 del mismo voto hace una breve reseña del procedimiento diseñado por el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones dictado por el ERSP, señalando “...en resumidas cuentas, tales circunstancias establecen en forma indudable que el trámite administrativo que diera origen al presente recurso se llevó a cabo dentro del marco del procedimiento sancionatorio establecido por el reglamento señalado ut supra; por ende, las disposiciones según las cuales habrán de ser analizadas las quejas relativas a la regularidad del procedimiento son las contenidas en los Arts. 10 a 20 de la norma mencionada...”;

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Que, en relación a la normativa aplicable respecto al incumplimiento imputado a la sumariada, la citada Sala II en los autos caratulados “Autopistas Urbanas S.A. c/ Ente Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires, sobre otras rec. judiciales contra res. pers. públicas no estatales” ha dicho “...la ley 757 en su art. 2º establece: La máxima autoridad del Gobierno de la Ciudad en materia de defensa de los consumidores y usuarios, será la autoridad de aplicación a los efectos de esta ley y de las Leyes Nacionales de Defensa del Consumidor (24.240) y de Lealtad Comercial (22.802)…”, nos encontramos ante un contrato de naturaleza administrativa, que lleva insertas explícita o implícitamente cláusulas exorbitantes del derecho privado, dentro de las cuales hallamos el poder de control y consecuentemente el sancionador, el cual se encuentra reglamentado en la Resolución 28/2001; Que, respecto al cuestionamiento de la concesionaria de las Actas de Fiscalización obrantes a fs. 5 y 7, en ellas consta lugar, fecha y hora de su confección, la circunstancia a relevar, además de la firma y aclaración del agente interviniente, todo ello de conformidad con lo establecido en el Art. 22 de la Resolución Nº 28/EURSPCABA/2001 y son claras en relación a lo detectado por el personal del Organismo al momento de realizar la fiscalización, gozando de entidad suficiente como para dar inicio a un sumario y, de corresponder, aplicar las penalidades previstas; Que, corresponde aclarar que el Pliego de Bases y Condiciones particulares del servicio en cuestión en su artículo 6.2 establece que “El concesionario será plenamente responsable por la presentación de los servicios que no podrán ser suspendidos o interrumpidos (…) aun en los casos en que se produzca la interrupción de los plazos por caso fortuito o fuerza mayor completamente ajenos al Concesionario, este deberá adoptar todos los recaudos necesarios para lograr la reanudación de los servicios a la brevedad.”; Que, en relación a las penalidades, el Pliego de Bases y Condiciones Generales que rige la Licitación en cuestión, en su Art. 71 determina “...Penalidades por incumplimientos. Los Pliegos de Condiciones Particulares establecerán la penalidad por incumplimientos a las condiciones establecidas en el Contrato de Concesión de Servicio Público, que por su entidad sean sólo susceptibles de multas u otras sanciones...”, y en su punto 6.5. prevé “...Penalidades, El incumplimiento, por parte del Concesionario, de cualquiera de las obligaciones que se encuentra a cargo, dará lugar a la aplicación de penalidades. Serán aplicadas multas por cada infracción que se cometa a las obligaciones emergentes de este Pliego, entre el 20% (veinte por ciento) y el 100 % (cien por ciento) del valor del Canon actualizado, de acuerdo con la gravedad de la misma…”; Que, la Disposición Nº 63-DGCONC-2014 de la Dirección General de Concesiones fijó en la suma de pesos cincuenta y cinco mil ($55.000.-) el importe que debe abonar cada concesionaria de la Concesión del Servicio Público de Control y Sanción del Estacionamiento Indebido en el Micro y Macrocentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en concepto de canon mensual, a partir del 19 de julio de 2014, todo ello de conformidad con la Resolución Nº 3/GCBA/MJGGC/2012, que aprueba el Acta Acuerdo suscripta con fecha 16/04/2012 entre la Dirección General de Concesiones y la firma DAKOTA SA;

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Que, en relación a las facultades sancionatorias del Organismo, la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Sala II, -Sentencia del 26/02/2010 en autos caratulados “Autopistas Urbanas S.A. c/ Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires s/ otras causas c/ Trámite Directo ante la Cámara de Apelaciones”, (RDC 2450/0) reconoce la facultad sancionatoria del Organismo entre las funciones del Directorio; y asimismo en reiterada jurisprudencia (…) expresa, “…que corresponde interpretar que las resoluciones que regulan el procedimiento de controversias y sanciones del Ente, han sido dictadas dentro del ámbito de su competencia ya que es una facultad mencionada expresamente por la ley 210 en su artículo 3, inc. l) y tiene una relación directa con las funciones asignadas al Directorio del Ente en el artículo 11, inciso i)…”, prevé entre las funciones del Directorio del ERSP la de “realizar todos los demás actos que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones y los objetivos de la presente ley” (…) “En efecto, la multa aplicada es de naturaleza administrativa y fue impuesta en ejercicio de la función de control del servicio público que le compete al Ente Regulador (…) que tiene carácter residual y amplio a fin de que el Directorio pueda cumplir todos los objetivos y funciones de que establece la propia ley...”; Que, en los autos caratulados “Mantelectric ICISA c/ Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires s/ otros recursos judiciales contra res. Pers. Publicas no est.” la Sala II reconoció que “…el Ente posee amplias facultades de control respecto del servicio que brinda la empresa actora y para aplicar las sanciones que correspondan por violación a las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales...”. Asimismo, expresa que hay dos tipos de procedimientos, uno referido al control jurisdiccional (facultad cuestionada por la actora) y otro, a las sanciones (potestad sancionatoria); Que, a fs. 41 no quedando prueba pendiente de producción, se remiten las actuaciones al Área Técnica para la elaboración del Informe Técnico correspondiente de acuerdo a lo prescripto por el Art. 28 del Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Organismo; Que, el Art. 22 de la Ley Nº 210 establece “Las disposiciones sancionatorias contenidas en las distintas normas de regulación de los servicios comprendidos en esta ley, son aplicadas por el Ente con adecuación a las siguientes reglas y principios: 1.- Las sanciones se gradúan en atención a: a. La gravedad y reiteración de la infracción...”; Que, corresponde considerar el accionar de la concesionaria en concordancia con lo previsto por el Art. 22 inc. a) de la Ley Nº 210 y el Pliego, en particular cuando prevé “Las multas serán aumentadas hasta cinco (5) y diez (10) veces, cuando el concesionario incurra en nuevas infracciones, dentro de los 12 meses contados a partir de una o más transgresiones cualesquiera. La graduación de las multas previstas en el párrafo anterior, será regulada teniendo en cuenta la naturaleza, gravedad y reincidencia en la falta cometida y en los antecedentes del concesionario.”; Que, conforme Informe Nº 563/ATyC/2015 del Área Tránsito y Concesiones se recomienda la aplicación de la sanción de una multa de pesos once mil ($11.000.-) a la empresa DAKOTA SA, toda vez que el canon mensual que paga la empresa prestataria es de pesos cincuenta y cinco mil ($55.000.-) según lo dispuesto por la Resolución Nº 3/GCBA/MJGGC/2012; Que, en consecuencia el monto de la sanción propuesta por el Área Técnica se encuentra fijado entre los parámetros legales permitidos por la normativa vigente; Que, se respetó el derecho a defensa, el derecho a ser oído, el derecho a ofrecer prueba y el debido proceso; Que, la Asesoría Legal ha tomado la intervención de su competencia. Por ello,

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EL DIRECTORIO

DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.-Sancionar a la empresa DAKOTA SA con una multa de pesos once mil ($11.000.-) conforme los Arts. 2º, 3º, 20 y 22 de la Ley Nº 210. Artículo 2º.- El monto de la multa fijada en el artículo precedente deberá ser depositado en la Cuenta Corriente del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 28060/6 -Sucursal Centro- del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, dentro de los treinta (30) días de notificada la presente resolución, debiendo acreditar su cumplimiento en el expediente en igual plazo. Artículo 3º.- Notifíquese a la empresa DAKOTA SA. Artículo 4º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a las Gerencias de Control, de Usuarios, de Proyectos y de Administración y a la Asesoría Legal. Cumplido, archívese. Michielotto - Barrera - Goldsack – Lauría

RESOLUCIÓN N.° 34/ERSP/16

Buenos Aires, 31 de marzo de 2016 VISTO: El Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nº 210, la Licitación Pública para el Servicio Público de Control y Sanción del Estacionamiento Indebido de vehículos en el Macro y Microcentro y Ampliación de los Espacios de Estacionamiento Tarifado, el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Resolución Nº 28/2001 y su modificatoria Nº 51/2002, el Acta de Directorio N° 618 del 15 de enero de 2016, el Expediente Nº 4254/EURSPCABA/2014, y CONSIDERANDO: Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se realice por la administración central y descentralizada o por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto; Que, de acuerdo con el Art. 2º inc. d) de la Ley Nº 210, entre los servicios bajo su control se encuentra el estacionamiento por concesión;

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Que, conforme lo establece el Art. 3º incs. a), b), e), i), k) y l) de la Ley Nº 210, el ERSP tiene, entre otras, las siguientes funciones: verificar el correcto cumplimiento de las leyes o normas reglamentarias de los servicios sometidos a su jurisdicción; controlar las actividades de los prestadores de servicios públicos en todos los aspectos prescritos por la normativa aplicable respecto a la seguridad, higiene, calidad, continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y habilitaciones; prevenir conductas anticompetitivas, monopólicas o discriminatorias y efectuar las denuncias pertinentes, implementando las acciones tendientes a hacer cesar dichas conductas; ejercer la jurisdicción administrativa; reglamentar el procedimiento para la aplicación de las sanciones que correspondan por violación de las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales de los respectivos servicios, de conformidad con los regímenes sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas respetando los principios del debido proceso; Que, el Expediente N° 4254/EURSPCABA/2014 se inicia a raíz de una fiscalización especial generada tras incontables denuncias y reiteración de deficiencias de las máquinas tickeadoras de la empresa DAKOTA SA; Que, a fs. 2 obra Acta de Fiscalización N° 109102/ERSP/2014 de fecha 05/11/2014, constituyéndose personal del Organismo en la calle Arroyo y Esmeralda verificándose que “la maquina tickeadora N°62 no funciona”; Que, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para la Licitación Servicio Público de Control y Sanción del Estacionamiento Indebido de vehículos en el Macro y Microcentro y Ampliación de los Espacios de Estacionamiento Tarifado, establece “...Las máquinas a instalar deberán cumplir con las especificaciones técnicas establecidas en el Anexo Nº 6 que integra el presente Pliego. (…) Sistema Operativo. Las tickeadoras funcionarán con las mismas fichas o cospeles que usarán los parquímetros. Además deberán permitir el uso de tarjetas magnéticas”. Cabe destacar, en relación a los parquímetros que “...funcionarán con fichas o cospeles y el concesionario deberá poner a disposición del público, en la zona de influencia, bocas de expendio en comercios existentes.” Y en su Art. 18 prevé “Operación y Mantenimiento. La operación del servicio comprende la realización de todas las tareas previstas en el Pliego de Condiciones Particulares y la ejecución, provisión y mantenimiento de todas las obras, equipos y personal necesarios para tal fin.”; Que, a fs6/9 el Departamento de Sumarios entiende que de las constancias obrantes en el expediente, se desprende un presunto incumplimiento por parte de la empresa concesionaria del servicio en cuestión, según el Pliego mencionado; Que, a fs. 10 la Asesoría Legal ordena la apertura del sumario; Que, a fs. 13 se notifica a la empresa concesionaria, la presunta infracción por ella cometida; Que, a fs. 20/32 la empresa concesionaria presenta descargo en relación a los hechos que se le imputaran, cuestionando la facultad sancionatoria del Organismo, la normativa aplicable respecto del incumplimiento imputado, la validez de las Actas de Fiscalización y el derecho de defensa. Acompañando nota a la Dirección General de Concesiones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires sobre vandalismo, denuncia policial en la Comisaría 19 adjunta a la nota dirigida a la Dirección General de Concesiones; Que, respecto a las Planillas Parte Diario Personal de Verificador Operativo, las mismas resultan ser copia simple, no estando debidamente foliadas y rubricadas por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, no revistiendo las mismas carácter de prueba fehaciente a los fines de acreditación del cumplimiento de las obligaciones de la concesionaria;

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Que, en relación al abuso de la facultad de sancionar del Organismo manifestado por la sumariada, la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, en oportunidad de expedirse sobre el recurso interpuesto por Ecohábitat SA (expte. 7639/0), reconoce la facultad sancionatoria del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires confirmando el acto administrativo apelado, es decir, la sanción aplicada a través del procedimiento sancionatorio establecido en la Resolución Nº 28/EURSPCABA/2001, reconociendo a este Organismo como autoridad de aplicación; Que, el punto 3 del voto del Dr. Esteban Centanaro señala que “...la autoridad de aplicación -en cumplimiento de lo normado por el Capítulo III del Reglamento de Procedimientos y Controversias- imputó a la empresa mencionada una presunta infracción del Art. 54, deficiencias Nº 1, 4 y 46 del Pliego de Bases y Condiciones correspondientes a la Licitación Pública de Firmas o Consorcios de Firmas Consultoras Nacionales para realizar la inspección de los Servicios de Higiene Urbana de la Ciudad de Buenos Aires en la zona 1 (Licitación Nº 122/98), corregido luego por la propia denunciada a fs. 28, donde puso de resalto que el Pliego correspondiente a la Licitación Pública en la que resultara adjudicataria era el 14/97...”; Que, el último párrafo del punto 10 del mismo voto hace una breve reseña del procedimiento diseñado por el Reglamento de Procedimientos de Controversias y

Sanciones dictado por el ERSP, señalando “...en resumidas cuentas, tales circunstancias establecen en forma indudable que el trámite administrativo que diera origen al presente recurso se llevó a cabo dentro del marco del procedimiento sancionatorio establecido por el reglamento señalado ut supra; por ende, las disposiciones según las cuales habrán de ser analizadas las quejas relativas a la regularidad del procedimiento son las contenidas en los Arts. 10 a 20 de la norma mencionada...”; Que, en relación a la normativa aplicable respecto al incumplimiento imputado a la sumariada, la citada Sala II en los autos caratulados “Autopistas Urbanas S.A. c/ Ente Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires, sobre otras rec. judiciales contra res. pers. públicas no estatales” ha dicho “...la ley 757 en su art. 2º establece: La máxima autoridad del Gobierno de la Ciudad en materia de defensa de los consumidores y usuarios, será la autoridad de aplicación a los efectos de esta ley y de las Leyes Nacionales de Defensa del Consumidor (24.240) y de Lealtad Comercial (22.802)…”, nos encontramos ante un contrato de naturaleza administrativa, que lleva insertas explícita o implícitamente cláusulas exorbitantes del derecho privado, dentro de las cuales hallamos el poder de control y consecuentemente el sancionador, el cual se encuentra reglamentado en la Resolución 28/2001; Que, respecto al cuestionamiento de la concesionaria del Acta de Fiscalización obrante a fs.2, en ellas consta lugar, fecha y hora de su confección, la circunstancia a relevar, además de la firma y aclaración del agente interviniente, todo ello de conformidad con lo establecido en el Art. 22 de la Resolución Nº 28/EURSPCABA/2001 y es clara en relación a lo detectado por el personal del Organismo al momento de realizar la fiscalización, gozando de entidad suficiente como para dar inicio a un sumario y, de corresponder, aplicar las penalidades previstas; Que, corresponde aclarar que el Pliego de Bases y Condiciones particulares del servicio en cuestión en su artículo 6.2 establece que “El concesionario será plenamente responsable por la presentación de los servicios que no podrán ser suspendidos o interrumpidos (…) aun en los casos en que se produzca la interrupción de los plazos por caso fortuito o fuerza mayor completamente ajenos al Concesionario, este deberá adoptar todos los recaudos necesarios para lograr la reanudación de los servicios a la brevedad.”;

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Que, en relación a las penalidades, el Pliego de Bases y Condiciones Generales que rige la Licitación en cuestión, en su Art. 71 determina “...Penalidades por incumplimientos. Los Pliegos de Condiciones Particulares establecerán la penalidad por incumplimientos a las condiciones establecidas en el Contrato de Concesión de Servicio Público, que por su entidad sean sólo susceptibles de multas u otras sanciones...”, y en su punto 6.5. prevé “...Penalidades, El incumplimiento, por parte del Concesionario, de cualquiera de las obligaciones que se encuentra a cargo, dará lugar a la aplicación de penalidades. Serán aplicadas multas por cada infracción que se cometa a las obligaciones emergentes de este Pliego, entre el 20% (veinte por ciento) y el 100 % (cien por ciento) del valor del Canon actualizado, de acuerdo con la gravedad de la misma…”; Que, la Disposición Nº 63-DGCONC-2014 de la Dirección General de Concesiones fijó en la suma de pesos cincuenta y cinco mil ($55.000.-) el importe que debe abonar cada concesionaria de la Concesión del Servicio Público de Control y Sanción del Estacionamiento Indebido en el Micro y Macrocentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en concepto de canon mensual, a partir del 19 de julio de 2014, todo ello de conformidad con la Resolución Nº 3/GCBA/MJGGC/2012, que aprueba el Acta Acuerdo suscripta con fecha 16/04/2012 entre la Dirección General de Concesiones y la firma DAKOTA SA; Que, en relación a las facultades sancionatorias del Organismo, la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Sala II, -Sentencia del 26/02/2010 en autos caratulados “Autopistas Urbanas S.A. c/ Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires s/ otras causas c/ Trámite Directo ante la Cámara de Apelaciones”, (RDC 2450/0) reconoce la facultad sancionatoria del Organismo entre las funciones del Directorio; y asimismo en reiterada jurisprudencia (…) expresa, “…que corresponde interpretar que las resoluciones que regulan el procedimiento de controversias y sanciones del Ente, han sido dictadas dentro del ámbito de su competencia ya que es una facultad mencionada expresamente por la ley 210 en su artículo 3, inc. l) y tiene una relación directa con las funciones asignadas al Directorio del Ente en el artículo 11, inciso i)…”, prevé entre las funciones del Directorio del ERSP la de “realizar todos los demás actos que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones y los objetivos de la presente ley” (…) “En efecto, la multa aplicada es de naturaleza administrativa y fue impuesta en ejercicio de la función de control del servicio público que le compete al Ente Regulador (…) que tiene carácter residual y amplio a fin de que el Directorio pueda cumplir todos los objetivos y funciones de que establece la propia ley...”; Que, en los autos caratulados “Mantelectric ICISA c/ Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires s/ otros recursos judiciales contra res. Pers. Publicas no est.” la Sala II reconoció que “…el Ente posee amplias facultades de control respecto del servicio que brinda la empresa actora y para aplicar las sanciones que correspondan por violación a las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales...”. Asimismo, expresa que hay dos tipos de procedimientos, uno referido al control jurisdiccional (facultad cuestionada por la actora) y otro, a las sanciones (potestad sancionatoria); Que, a fs. 33 no quedando prueba pendiente de producción, se remiten las actuaciones al Área Técnica para la elaboración del Informe Técnico correspondiente de acuerdo a lo prescripto por el Art. 28 del Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Organismo;

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Que, el Art. 22 de la Ley Nº 210 establece “Las disposiciones sancionatorias contenidas en las distintas normas de regulación de los servicios comprendidos en esta ley, son aplicadas por el Ente con adecuación a las siguientes reglas y principios: 1.- Las sanciones se gradúan en atención a: a. La gravedad y reiteración de la infracción...”; Que, corresponde considerar el accionar de la concesionaria en concordancia con lo previsto por el Art. 22 inc. a) de la Ley Nº 210 y el Pliego, en particular cuando prevé “Las multas serán aumentadas hasta cinco (5) y diez (10) veces, cuando el concesionario incurra en nuevas infracciones, dentro de los 12 meses contados a partir de una o más transgresiones cualesquiera. La graduación de las multas previstas en el párrafo anterior, será regulada teniendo en cuenta la naturaleza, gravedad y reincidencia en la falta cometida y en los antecedentes del concesionario.”; Que, conforme Informe Nº 360/ATyC/2015 del Área Tránsito y Concesiones se recomienda la aplicación de la sanción de una multa de pesos once mil ($11.000.-) a la empresa DAKOTA SA, toda vez que el canon mensual que paga la empresa prestataria es de pesos cincuenta y cinco mil ($55.000.-) según lo dispuesto por la Resolución Nº 3/GCBA/MJGGC/2012; Que, en consecuencia el monto de la sanción propuesta por el Área Técnica se encuentra fijado entre los parámetros legales permitidos por la normativa vigente; Que, se respetó el derecho a defensa, el derecho a ser oído, el derecho a ofrecer prueba y el debido proceso; Que, la Asesoría Legal ha tomado la intervención de su competencia. Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Artículo 1º.- Sancionar a la empresa DAKOTA SA con una multa de pesos once mil ($11.000.-) conforme los Arts. 2º, 3º, 20 y 22 de la Ley Nº 210. Artículo 2º.- El monto de la multa fijada en el artículo precedente deberá ser depositado en la Cuenta Corriente del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 28060/6 -Sucursal Centro- del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, dentro de los treinta (30) días de notificada la presente resolución, debiendo acreditar su cumplimiento en el expediente en igual plazo. Artículo 3º.- Notifíquese a la empresa DAKOTA SA. Artículo 4º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a las Gerencias de Control, de Proyectos y de Administración y a la Asesoría Legal. Cumplido, archívese. Michielotto - Barrera - Goldsack - Lauría

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Disposición Ente Regulador de los Servicios Públicos de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DISPOSICIÓN N.° 105/GA/16

Buenos Aires, 29 de julio de 2016 VISTO: El Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, la Ley N° 2095 y su Decreto Reglamentario Nº 95/2014, normas complementarias y modificatorias, la Resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 3-ERSP/2014 del 6 de marzo de 2014, el expediente N°: 3361/E/2016, y CONSIDERANDO: Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, creó el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal; Que, por los presentes actuados se tramita la Contratación Directa N°: 20/2016 para la contratación de una pauta institucional en el portal web “La Política On Line”, con destino al Organismo; Que, la presente contratación se encuentra incluida en el Plan Anual de Compras y Contrataciones del ejercicio 2016 del ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, aprobado por el Directorio a través del Acta 621, del 22 de febrero de 2016; Que, ante la necesidad de posicionar al Organismo en los medios de comunicación, a través de la Solicitud de Contratación de Servicios N° 38/16, el Departamento de Comunicación e Imagen Institucional solicita la contratación de una pauta publicitaria institucional en el portal web “La Política on Line”, el cual está especializado en temas de ciudad y organismos de control gubernamentales; Que, en la mencionada solicitud, el Departamento de Comunicación e Imagen Institucional, emite las correspondientes especificaciones y manifiesta los antecedentes que acreditan la notoria capacidad técnica y profesional del medio de difusión propuesto; Que, se ha estimado el presupuesto oficial para la presente contratación en la suma de pesos noventa mil ($90.000.-); Que, en virtud de ello, y conforme lo dispuesto en el Artículo 28º, inciso 4, de la Ley Nº 2095 y su modificatoria, corresponde dar inicio a la Contratación Directa N° 20/16; Que, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en base a la estimación del gasto; Que, por Disposición Nº 82 de fecha 22 de julio de 2016 la Gerente de Administración autorizó la contratación respectiva; Que, por consiguiente se ha invitado a cotizar a la firma La Política On Line S.A representada por Ignacio Amilcar Fidanza, titular del dominio “lapoliticaonline.com.ar”, cuya oferta ha sido incorporada a estas actuaciones a fs. 40/49 de fecha 27 de julio de 2016; Que, el Departamento de Comunicación e Imagen Institucional emitió la Nota Nº7/DCI/2016, el día 27 de julio de 2016, mediante la cual presta conformidad con la oferta presentada;

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Que la Unidad Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia; Que, las atribuciones para el dictado del presente acto emergen del Artículo 11 inc. i)

de la Ley 210, la Ley 2095, su Decreto Reglamentario N° 95/2014 y la Resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 3-ERSP/2014; Por ello,

LA GERENTE DE ADMINISTRACIÓN DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE:

Artículo 1º.- Aprobar lo actuado en la Contratación Directa N°: 20/2016 para la contratación de una pauta institucional en el portal web “La Política On Line” por el período de doce (12) meses, con destino al Organismo. Artículo 2°.- Adjudicar a la firma La Política On Line S.A. la contratación de una pauta institucional en el portal web “La Política On Line” por el período de doce (12) meses, con destino al Organismo, por la suma de pesos noventa mil ($90.000.-). Artículo 3°.- Emitir la respectiva Orden de Compra. Artículo 4º.-El gasto que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Disposición será imputado a la partida presupuestaria del ejercicio 2016 y del 2017 según corresponda. Artículo 5º.- Registrar. Notificar la presente Disposición a la firma La Política On Line S.A. Comunicar al Área Administración Financiera. Publicar en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el Boletín Oficial y en la Cartelera Oficial del EURSPCABA. Cumplido, archívese. Colombo

DISPOSICIÓN N.° 106/GA/16

Buenos Aires, 29 de julio de 2016 VISTO: El Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, la Ley N° 2095 y su Decreto Reglamentario Nº 95/2014, normas complementarias y modificatorias, la Resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 3-ERSP/2014 del 6 de marzo de 2014, el expediente N°: 3371/E/2016, y CONSIDERANDO: Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, creó el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal; Que, por los presentes actuados se tramita la Contratación Directa N°: 12/2016 para la contratación de una pauta publicitaria institucional en el portal web “Pura Ciudad”, con destino al Organismo; Que, la presente contratación se encuentra incluida en el Plan Anual de Compras y Contrataciones del ejercicio 2016 del ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, aprobado por el Directorio a través del Acta 621, del 22 de febrero de 2016;

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Que, ante la necesidad de posicionar al Organismo en los medios de comunicación, a través de la Solicitud de Contratación de Servicios N° 30/16, el Departamento de Comunicación e Imagen Institucional solicita la contratación de una pauta publicitaria institucional en el portal web “Pura Ciudad”, el cual es un portal que busca informar sobre la realidad de la política porteña, con una apertura hacia la participación que involucra a todos los actores políticos y sociales de la Ciudad; Que, en la mencionada solicitud, el Departamento de Comunicación e Imagen Institucional, emite las correspondientes especificaciones y manifiesta los antecedentes que acreditan la notoria capacidad técnica y profesional del medio de difusión propuesto; Que, se ha estimado el presupuesto oficial para la presente contratación en la suma de pesos treinta y seis mil ($36.000.-); Que, en virtud de ello, y conforme lo dispuesto en el Artículo 28º, inciso 4, de la Ley Nº 2095 y su modificatoria, corresponde dar inicio a la Contratación Directa N° 12/16; Que, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en base a la estimación del gasto; Que, por Disposición Nº 91 de fecha 25 de julio de 2016 la Gerente de Administración autorizó la contratación respectiva; Que, por consiguiente se ha invitado a cotizar a María Natalia Spagnolli Marieyhara, titular del dominio “www.puraciudad.com.ar”, cuya oferta ha sido incorporada a estas actuaciones a fs. 36/47 de fecha 27 de julio de 2016; Que, el Departamento de Comunicación e Imagen Institucional emitió la Nota Nº 8/DCI/2016, el día 27 de julio de 2016, mediante la cual presta conformidad con la oferta presentada; Que la Unidad Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia;

Que, las atribuciones para el dictado del presente acto emergen del Artículo 11 inc. i) de la Ley 210, la Ley 2095, su Decreto Reglamentario N° 95/2014 y la Resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 3-ERSP/2014; Por ello,

LA GERENTE DE ADMINISTRACIÓN DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE:

Artículo 1º.- Aprobar lo actuado en la Contratación Directa N°: 12/2016 para la contratación de una pauta institucional en el portal web “Pura Ciudad” por el período de doce (12) meses, con destino al Organismo. Artículo 2°.- Adjudicar a María Natalia Spagnolli Marieyhara, titular del dominio www.puraciudad.com.ar, la contratación de una pauta institucional en el portal web “Pura Ciudad” por el período de doce (12) meses, con destino al Organismo, por la suma de pesos treinta y seis mil ($36.000.-). Artículo 3°.- Emitir la respectiva Orden de Compra. Artículo 4º.- El gasto que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Disposición será imputado a la partida presupuestaria del ejercicio 2016 y del 2017 según corresponda. Artículo 5º.- Registrar. Notificar la presente Disposición a María Natalia Spagnolli Marieyhara. Comunicar al Área Administración Financiera. Publicar en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el Boletín Oficial y en la Cartelera Oficial del EURSPCABA. Cumplido, archívese. Colombo

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Licitaciones Jefatura de Gabinete de Ministros

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Adjudicación - E.E. N° 16.663.336-MGEYA-DGTALMJG/16 Licitación Pública: 2051-0779-LPU16 Objeto: Servicio de fumigación y control de plagas por el plazo de doce (12) meses con destino a diversos inmuebles del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Encuadre legal: artículos 27, 31, 32 y concordantes de la Ley N° 2095 (según texto consolidado por Ley N° 5454) y su Decreto Reglamentario Nº 95/14, concordantes y modificatorios. Acto de Apertura: 12 de julio de2016. Dictamen de Evaluación: 20 de julio de 2016. Acto de Adjudicación: DI-2016-66-DGTALMJG - 1 de agosto de 2016 Firmas adjudicadas: Renglón 1: Coplama S.A. (CUIT 30-57790396-0) por la suma total de pesos treinta y seis mil ciento veinte ($ 36.120,00) y el Renglón 2: Emeveve S.A. (CUIT 30-71216744-7) por la suma total de pesos ochenta y siete mil novecientos sesenta ($ 87.960,00).

María E. Paredes Directora General

OL 3275 Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

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Jefatura de Gabinete de Ministros

AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACIÓN DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Contratación de equipos y accesorios Red Man - Expediente N° 18.297.195/16 Llámase a Licitación Pública N° 8056-0900-LPU16 a realizarse el 11 de agosto de 2016 a las 11 hs., para la contratación de equipos y accesorios Red Man Valor del pliego: sin valor. Los pliegos de bases y condiciones y demás documentación de la presente contratación se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en el sitio Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar Asimismo, podrán ser consultados en la página Web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta

Brenda E. Santagada López Directora General

OL 3279 Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

AGENCIA DE SISTEMA DE INFORMACIÓN DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Preadjudicación - Expediente N° 17.711.025/16 Licitación Pública N° 8056-0849-LPU16 Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 8056-0849-LPU16 Clase: etapa única. Rubro comercial: 7130 Informática Objeto de la contratación: “Provisión e Instalación de una Solución Blade HP”. Firma(s) de análisis (etapa preadjudicación) Datastar Argentina SA - CUIT N° 30-70202483-4 Vencimiento validez de oferta: 1/9/16. Observaciones: Oferta N° 1 - por precio (Renglon 1) (Orden de Mérito N° 1): A favor de: datastar argentina SA - CUIT N° 30-70202483-4 cotiza la suma total de pesos nueve millones seiscientos treinta y cinco mil seiscientos con 00/100 ($ 9.635.600,00). Fundamentación: Se aconseja adjudicar a favor de la firma: Datastar Argentina S.A. - CUIT N° 30-70202483-4 en la suma total de pesos nueve millones seiscientos treinta y cinco mil seiscientos con 00/100 ($ 9.635.600,00).

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La adjudicación se encuentra enmarcada en el art. 110 de la Ley Nº 2.095, (texto consolidado por Ley Nº 5454), y reglamentario Decreto Nº 95/GCABA/14 y modificatorios, en concordancia con el art. 21.3 del Decreto N° 1.145/09 y el art. 11 de la Resolución N° 1.160/MHGC/11, y de conformidad con lo informado técnicamente (IF-2016-18484567-DGIASINF).

Brenda E. Santagada López Directora General

OL 3274 Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

AGENCIA DE SISTEMA DE INFORMACIÓN DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL Adjudicación - Expediente N° 15.616.096/16 Licitación Pública N° 8056-0688-LPU16 Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 8056-0688-LPU16 Clase: etapa única. Rubro comercial: 7130 Informática Objeto de la contratación: “Provisión y servicio de instalación para completar los cierres de anillo de la actual red de Fibra Óptica de GCBA…”. Firma(s) de análisis (Etapa Adjudicación) XN Argentina SA – CUIT N°: 30-71009586-4 Dynait S.A. - CUIT N° 30-70871455-7 Intelihelp S.A. – CUIT N°: 30-71140975-7 Observaciones: Oferta N° 1 – se desestima XN Argentina SA – CUIT N°: 30-71009586-4. NO CUMPLE con el requerimiento especificado en el presente pliego. “La empresa XN Argentina S.A indica un PLAZO DE ENTREGA MAYOR al plazo de entrega estipulado en Pliego….”. (IF-2016-16674437-DGIASINF). Oferta N° 2 – por precio (Orden de Merito N° 1): (Renglones 1, 2 y 3) se aconseja adjudicar a favor de: Dynait S.A – CUIT N° 30-70871455-7 cotiza la suma total de pesos un millon cuatrocientos treinta y un mil cuatrocientos treinta con 00/100 ($ 1.431.430,00). Oferta N° 3 – por precio (Orden de Mérito N° 2): (Renglones N° 1, 2 y 3) empresa Intelihelp S.A. – CUIT N° 30-71140975-7 cotiza la suma total de pesos un millon quinientos noventa mil con 00/100 ($ 1.590.000,00). Adjudicación: Oferta N° 2 – por precio (Orden de Mérito N° 1): (Renglones 1, 2 y 3) se aconseja adjudicar a favor de: Dynait S.A. – CUIT N° 30-70871455-7 en la suma total de pesos un millón cuatrocientos treinta y un mil cuatrocientos treinta con 00/100 ($ 1.431.430,00). Acto Administrativo: DI-2016-223-DGTALINF. Documento Contractual N° 8056-5171-OC16. La adjudicación se encuentra enmarcada en el art. 110º de la Ley Nº 2095, (texto consolidado por Ley Nº 5454), su modificatoria y su reglamentario Decreto Nº 95/GCABA/14, en concordancia con el art. 21.3 del Dto. 1.145/09 y el art. 11 de la Resolución N° 1.160/MHGC/2011, y de conformidad con lo informado técnicamente (IF-2016-16674437-DGIASINF).

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Brenda E. Santagada López

Directora General OL 3023 Inicia: 25-7-2016 Vence: 25-7-2016

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 242

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Jefatura de Gabinete de Ministros

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE CULTURA CIUDADANA Y FUNCIÓN PÚBLICA Adjudicación - E.E. N° 16.757.099-MGEYA-DGTALMJG/16 Contratación Menor N° 2051-1745-CME16 Objeto: Servicio integral para el diseño, implementación y mantenimiento de una plataforma de capacitación a distancia (Campus Virtual) así como la formación del personal destinado a emplearla. Encuadre legal: artículo 38 de la Ley N° 2095 (según texto consolidado por Ley N° 5454) y su Decreto Reglamentario Nº 95/14, concordantes y modificatorios. Acto de apertura: 15 de julio de 2016. Acto de adjudicación: Resolución N° 129/SECCCYFP/16 - 1 de agosto de 2016 Firma adjudicada: Sync Technologies S.R.L., CUIT N° 30-69549623-7, por un importe total de pesos setecientos noventa y ocho mil ($ 798.000,00)

Paula Uhalde Secretaria

OL 3298 Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 243

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Ministerio de Justicia y Seguridad

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD SUBSECRETARÍA DE EMERGENCIAS UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES Preadjudicación - E.E. N° 10.526.722-MGEYA-SSEMERG/16 Licitación Pública N° 678-0368-LPU16 Rubro: Alimentación y Gastronomía. Repartición solicitante: Dirección General de Logística. Objeto de la contratación: Adquisición de Agua Mineral en Botellas para DGLO. Observaciones: Firma preadjudicada: Abastyser S.R.L. Renglón 1: Cantidad: 5040 Litros. Precio Unitario: $ 14,85 - Precio Total: $ 74.844,00.- SE DEJA CONSTANCIA QUE SE DIO CUMPLIMIENTO AL ART. 108 DE LA LEY 2.095 EN VIRTUD QUE SE SOLICITO EL DICTAMEN DE EVALUACION TECNICA DE LAS OFERTAS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS, PERTENECIENTE A LA SUBSECRETARIA DE EMERGENCIA. Lugar de exhibición de acta: Unidad Operativa de Adquisiciones, Subsecretaría de Emergencias, sita en Av. Regimientos de Patricios 1142, 2º piso, 1 día en cartelera

Néstor A. Nicolás Subsecretario

OL 3253 Inicia: 4-8-2016 Vence: 5-8-2016

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD SUBSECRETARÍA ADMINISTRACIÓN DE SEGURIDAD Prórroga - E.E. N° 16.002.826-MGEYA-DGSFPC/16 Postérgase la fecha de celebración del acto de apertura de ofertas de la Licitación Pública de Etapa Única N° 2900-0715-LPU16, y fíjase nueva fecha a tal efecto para el día 16 de agosto a las 13 hs., adquisición de chalecos antibala con destino a las Fuerzas Policiales de la Ciudad. Valor del pliego: pesos treinta mil ($ 30.000). Autorizante: Resolución Nº 536/MJYSGC/16. Repartición destinataria: Fuerzas Policiales de la Ciudad. Adquisición y consulta de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenosairescompras.gob.ar

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Genoveva M. Ferrero Subsecretaria

OL 3299 Inicia: 5-8-2016 Vence: 8-8-2016

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD Circular Modificatoria N° 1 - E.E. Nº 16.002.826-MGEYA-DGSFPC/16 Licitación Pública N° 2900-0715-LPU16 Objeto: adquisición de chalecos antibala con destino a las Fuerzas Policiales de la Ciudad Pliego de bases y condiciones particulares Artículo 3. Plazo de Entrega Donde dice: “La entrega deberá realizarse dentro de los treinta (30) días corridos, de perfeccionada la correspondiente Orden de Compra. Se admitirán entregas parciales dentro de ese período, hasta completar la totalidad de ítems requeridos”. Deberá decir: “La entrega deberá realizarse dentro de los sesenta (60) días corridos, de perfeccionada la correspondiente Orden de Compra. Se admitirán entregas parciales dentro de ese período, hasta completar la totalidad de ítems requeridos”. Artículo 17.- Forma De Cotizar Donde dice: “El oferente debe formular oferta por la totalidad de lo solicitado en el Renglón”. Deberá decir: “El oferente podrá formular oferta total o parcial de lo solicitado en el Renglón”. Pliego de Especificaciones Técnicas Punto 8: Tela Funda Delantera y Trasera de los Paneles Balísticos Donde dice: “Los paneles balísticos deberán estar enfundados con tela de poliamida antirasgadura de un mínimo de 200 denier, con alta impermeabilidad y transpirabilidad, comportamiento inteligente, sellado con alta frecuencia -heatseal- sin costuras y de color gris”. Deberá decir: “Los paneles balísticos deberán estar enfundados con tela de poliamida anti-rasgadura de un mínimo de 200 denier, con alta impermeabilidad y transpirabilidad, comportamiento inteligente, sellado con alta frecuencia -heatseal- sin costuras”. Punto 15: Certificaciones y test de los chalecos Donde dice: “Los oferentes deberán acreditar las certificaciones emitidas por el RENAR, las cuales deberán ser posteriores al 1/1/2015. Asimismo se valorarán productos que cuenten con Test de Envejecimiento aprobados, así como aquellos chalecos que además de contar con la homologación RENAR cuenten con la certificación de la norma NIJ 01.01.06”. Deberá decir: “Los oferentes deberán acreditar las certificaciones emitidas por la AnMac (Ex Renar)”. Punto 16: Experiencia del fabricante Donde dice: “Los fabricantes de los chalecos ofrecidos deberán acreditar su experiencia con un mínimo de 20000 (veinte mil) chalecos fabricados y comercializados en los últimos 3 años”.

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 245

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Fernando M. Ocampo Ministro

OL 3269 Inicia: 4-8-2016 Vence: 5-8-2016

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 246

Deberá decir: “Los fabricantes de los chalecos ofrecidos deberán acreditar su experiencia con un mínimo de 10000 (diez mil) chalecos fabricados y comercializados en los últimos 3 años”.

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. JOSÉ M. RAMOS MEJÍA” Adquisición guía de tres puertos - Expediente N° 18.069.065-HIFJM/16 Llámese a Licitación Pública Proceso de Compras BAC N° 423-0881-LPU16 cuya apertura se realizará el día 11/8/16 a las 10 hs., para la adquisición guía de tres puertos. Autorizante: Disposición Nº 281/HIFJM/16 Repartición destinataria: Hospital de Infecciosas Francisco Javier Muñiz. Valor del pliego: sin valor. Adquisición y consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de Apertura: Portal BAC - sistema de compras públicas.

Rubén D. Masini Director Médico

Walter H. Bertoldi

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 3288 Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL NEUROPSIQUIÁTRICO “DR. BRAULIO MOYANO” Adquisición de productos nutroterápicos - E.E. Nº 18.200.649-MGEYA-HNBM/16 Llámese a Licitación Pública Nº 422-0894-LPU16, cuya apertura se realizará el día 31/08/16, a las 8 hs., para la adquisición de adquisición de productos nutroterápicos”. Autorizante: DI-2016-157-HNBM. Repartición destinataria: Hospital N. B. Moyano. Valor del pliego: $ 0.00. Adquisición y consultas de pliegos: en Sistema Buenos Aires Compras (BAC) Lugar de apertura: en Sistema Buenos Aires Compras (BAC)

María N. C. Derito Directora Médica

Luisa M. Gavechesky

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 3290

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 247

Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “PARMENIO PIÑERO” Adquisición de insumos bacteriología - Expediente N° 18.551.842-HGAPP/16 Llámase a Licitación Pública Nº 426-0918-Lpu16, cuya apertura se realizará el día 11/8/16, a las 10 hs., para la adquisición de insumos bacteriología. Repartición destinataria: Div. Laboratorio - Hospital Piñero. Consultas de pliegos: https://www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: B.A.C.

Cosme Pagano Director

OL 3301 Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DONACIÓN FRANCISCO SANTOJANNI” Preadjudicación - Expediente N° 11.757.576-MGEYA-HGADS/16 Licitación Pública Nº 461/16. Dictamen de Evaluación Nº 461/16 Servicio: recursos físicos Objeto de la contratación: Mantenimiento preventivo y correctivo de planta de tratamiento de agua. Firma preadjudicada: Luna Alejandro y Putero Norberto Carlos S.H. Renglón: 1 - cantidad: 12 unidades - precio unitario: $16.500,00 - precio total: $ 198.000,00. Monto total preadjudicado: $ 198.000,00. Consultas: Portal BAC - https://www.buenosairescompras.gov.ar/

José L. Echave Subdirector

Norberto Rodríguez

Jefe Departamento Recursos Físicos OL 3281 Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 248

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “JUAN A. FERNÁNDEZ” Preadjudicación - Expediente Nº 14.738.753-HGAJAF/16 Licitación Pública Nº 418-0633-LPU16. Dictamen de Evaluación Nº 0633/16 Apertura: 18/7/16, a las 17 hs. Motivo: Adq. de Bolsas de Recolección de Fluidos Corporales. Encuadre legal: Art. 110 - Ley N° 2095 (texto consolidado Ley N° 5454). Reunidos en Comisión los que suscriben, en fecha indicada ut-supra con el objeto de considerar las propuestas recibidas para la presente contratación y según surge, han resuelto preadjudicar a favor de: Firma preadjudicada: Ceos Médica S.A. Renglón: 1 - cantidad: 3000 - precio unitario: $ 54,04 - precio total: $ 162.120,00 Renglón: 2 - cantidad: 3000 - precio unitario: $ 69,80 - precio total: $ 209.400,00 Total: $ 371.520,00

Stella M. Nocetti Gerente Operativa de Gestión Administrativa,

Económica y Financiera OL 3286 Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL NEUROPSIQUIÁTRICO “JOSE T. BORDA” Preadjudicación - Expediente Nº 16.796.962-MGEYA-HNJTB/16 Licitación Pública N° 413-0792-LPU16 Clase: Etapa única Rubro comercial: Salud Objeto de la contratación: Adquisición de reactivos para ionogramas con equipo en comodato (período 24 meses) Firma preadjudicada: B.G. Analizadores S.A. Renglón: 1 - cantidad: 15000 - precio unitario: $ 62,85 - precio total: $ 942.750,00 Por un importe total de pesos novecientos cuarenta y dos mil setecientos cincuenta ($ 942.750,00). Consulta del dictamen: A través del Sitio Web BAC www.buenosairescompras.gov.ar

Daniel O. Cichello Director

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 249

Roberto L. Romero Gerente Operativo

OL 3304 Inicia: 5-8-2016 Vence: 8-8-2016

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. IGNACIO PIROVANO” Preadjudicación - E.E. N° 16.885.171-MGEYA-HGAIP/16 Licitación Pública BAC N° 427-0798-LPU16 Fecha de apertura: 25/7/16 a las 12 horas. Rubro: Adquisición de insumos para Neonatología. Firmas preadjudicadas: Centro de Mezclas Intravenosas S.A. Renglón: 1 - cantidad: 250 unidades - precio unitario: $ 1.415,05 - precio total: $ 353.762,50 Renglón: 2 - cantidad: 30 unidades - precio unitario: $ 1.572,52 - precio total: $ 47.175,60 Renglón: 3 - cantidad: 5 unidades - precio unitario: $ 249,00 - precio total: $ 1.245,00 Total: $ 402.183,10 (pesos: cuatrocientos dos mil ciento ochenta y tres con 10/100). Encuadre legal: arts. 108 y 109 de la Ley N° 2.095, Decreto N° 95/14. Vencimiento validez de la oferta: 20/9/16. Observaciones: se preadjudicó según Informe Técnico. Ofertas desestimadas por Informe Técnico: Alpha Medical Group S.R.L.: Renglón 3 Lugar de exhibición del acta: A través del Sistema Buenos Aires Compras. www.buenosairescompras.gob.ar a partir del 5/8/16. Comisión Evaluadora de Ofertas: Cdor. Facundo Sandovares - Dra. Noemí Susana Petruccelli - Dr. José Luis Tobar.

José A. Cuba Director

OL 3284 Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS “DR. PEDRO DE ELIZALDE” Preadjudicación - Expediente N° 17.475.197-HGNPE/16 Licitación Pública Nº 417-0833-LPU16 Rubro: Servicio de mant. prev. y correc. de Cámara Gamma- Medicina Nuclear Firma preadjudicada: Gammasys Sociedad de Responsabilidad Limitada Reng. 1: Cant. 12 M. precio unitario $ 17719,00 precio total $ 212628,00

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 250

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Total: pesos doscientos doce mil seiscientos veintiocho con 00/100 ($ 212628,00) Encuadre legal: art. 109 Ley 2095; Decreto Nº 95/14 Observaciones: Se preadjudicó según Informe Técnico

Norberto R. Garrote Director Médico (I)

Marcelo Fakih

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económico Financiera

OL 3264 Inicia: 4-8-2016 Vence: 5-8-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DONACIÓN FRANCISCO SANTOJANNI” Adjudicación - Expediente N° 20.538.388-MGEYA/15 Licitación Pública Nº 1247/15. Disposición: DISFC Servicio: Alimentación. Objeto de la contratación: Adquisición de leches. Firmas adjudicadas: Nutentar S.R.L. Renglón: 10 - cantidad: 48 kg - precio unitario: $ 172,00 - precio total: $ 8.256,00. Renglón: 11 - cantidad: 4 kg - precio unitario: $ 114,50 - precio total: $ 458,00. Nutri Service S.R.L. Renglón: 8 - cantidad: 15 envases - precio unitario: $ 138,00 - precio total: $ 2.070,00. Abbot Laboratories Argentina S.R.L. Renglón: 2 - cantidad: 49,95 kg - precio unitario: $ 225,65 - precio total: $ 11.271,22. Renglón: 6 - cantidad: 50,95 litros - precio unitario: $ 122,89 - precio total: $ 6.261,25. Renglón: 9 - cantidad: 33,89 litros - precio unitario: $ 135,05 - precio total: $ 4.576,84. Renglón: 12 - cantidad: 2000 litros - precio unitario: $ 60,80 - precio total: $ 121.600,00. Renglón: 15 - cantidad: 240 litros - precio unitario: $ 67,00 - precio total: $ 16.080,00. Fresenius Kabi S.A. Renglón: 4 - cantidad: 3500 litros - precio unitario: $ 53,24 - precio total: $ 186.340,00. Renglón: 13 - cantidad: 199,89 litros - precio unitario: $ 83,96 - precio total: $ 16.782,76. Renglón: 14 - cantidad: 20,75 kg - precio unitario: $ 237,68 - precio total: $ 4.931,86. Nutricia Bagó S.A. Renglón: 3 - cantidad: 8 Kg- precio unitario: $ 275,42 - precio total: $ 2.203,36. Renglón: 5 - cantidad: 800 litros - precio unitario: $ 60,50 - precio total: $ 48.400,00. Renglón: 7 - cantidad: 8,70 Kg - precio unitario: $ 179,33 - precio total: $ 1.560,17. Monto total adjudicado: $ 430.791,46. Consultas: Pilar 950 - E.P., Oficina de Compras, en el horario de 9 a 14 horas.

Sergio R. Auger Director

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 251

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María C. Lanzellotta Jefa División Alimentación

OL 3282 Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DONACIÓN FRANCISCO SANTOJANNI” Preadjudicación - Expediente N° 8.378.029-MGEYA/16 Licitación Pública Nº 207/16. Dictamen de Evaluación Nº 207/16 Departamento: Recursos Físicos Objeto de la contratación: adquisición de equipamiento. Firmas preadjudicadas: Agimed S.R.L. Renglón: 2 - cantidad: 1 unidad - precio unitario: $ 445.111,00 - precio total: $ 445.111,00. Conmil S.R.L. Renglón: 3 - cantidad: 4 unidad - precio unitario: $ 10.966,00 - precio total: $ 43.864,00. Renglón: 4 - cantidad: 3 unidad - precio unitario: $ 17.899,00 - precio total: $ 53.697,00. Newton S.R.L. Renglón: 5 - cantidad: 1 unidad - precio unitario: $ 118.000,00 - precio total: $ 118.000,00. Kark Storz Endoscopia Argentina S.A. Renglón: 6 - cantidad: 1 unidad - precio unitario: $ 253.539,00 - precio total: $ 253.539,00. Monto total preadjudicado: $ 914.211,00. Lugar de consultas: portal BAC - https://www.buenosairescompras.gov.ar

José L. Echave Subdirector

Norberto Rodríguez

Jefe Departamento Recursos Físicos OL 3280 Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

MINISTERIO DE SALUD INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA Fracaso - E.E. N° 17.308.356-MGEYA-IRPS/16 Licitación Pública BAC Nº 446-0825-LPU16.

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 252

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Rubro comercial: Salud. Objeto de la contratación: Adquisición de una silla de ruedas postural a medida con destino al paciente Álvarez Facundo Ezequiel. Fundamento del fracaso: La oferta resulta fracasada debido a la evolución neurológica del paciente y las modificaciones posturales que se produjeron. Sra. Jesica Pavesse, Sra. Mirta Liliana Ballatore, Dra. Graciela Amalfi, María del Carmen Jara. Lugar de exhibición del acta: A través del sistema electrónico Buenos Aires Compras. www.buenosairescompras.gob.ar

Silvina Ajolfi Directora Médica a/c

Damián Gabás

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 3305 Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 253

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “CARLOS G. DURAND” Reparación respirador - E.E. N° 18.375.777-MGEYA-HGACD/16 Llámase a Contratación Directa Nº BAC 416-767-CDI16, cuya apertura se realizará el 10/8/16 a las 12 hs., para reparación respirador marca Maquet. Autorizante: DI-2016-537-HGACD. Repartición destinataria: Hospital General de Agudos Carlos G. Durand, con destino al Servicio Terapia Intensiva Valor del pliego: sin valor. Consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenosairescompras.gob.ar

ANEXO

Alicia V. Fernández Alonso Directora

OL 3278 Inicia: 5-8-2016 Vence: 9-8-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. JOSÉ M. RAMOS MEJÍA” Insumos Prótesis y otros - Expediente Nº 16.581.448-HGARM/16 Llámese a Contratación Menor Nº BAC 430-1717-CME16, cuya apertura se realizara el día 10/8/16 a las 10 hs., para la contratación de insumos prótesis y otros. Autorizante: Disposición Nº 459/HGARM/16 Repartición Destinataria: Hospital Gral de Agudos “José María Ramos Mejía”, con destino al Servicio de Traumatología. Valor del pliego: sin valor. Consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenoscompras.gob.ar

Eduardo R. Seoane Director (I)

OL 3302 Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 254

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. JOSÉ M. RAMOS MEJÍA” Insumos servicio de reparación integral de heladera - Expediente Nº 16.693.453-HGARM /16 Llamese a Contratación Menor Nº BAC 430-1731-CME16, cuya apertura se realizara el dia 8/8/16 a las 10 hs., para la contratación de Insumos Servicio de Reparación Integral de Heladera. Autorizante: Disposición Nº 452/HGARM/16 Repartición Destinataria: Hospital Gral de Agudos “José María Ramos Mejía”, con destino al Servicio de Clínica Médica A. Valor del pliego: Sin Valor Consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: www.buenoscompras.gob.ar

Eduardo R. Seoane Director (I)

OL 3303 Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. JOSÉ M. RAMOS MEJÍA” Preadjudicación - Expediente Nº 15.758.212-MEGEYA-HGARM/16 Contratación Directa BAC Nº 430-1567-CME16 Fecha de apertura: 1/7/16 Rubro comercial: Salud Objeto de la contratacion: Reparación de Mamógrafo - Bioingenieria- RX Firma preadjudicada: Gran Buenos Aires Rayos X S.A. Renglón: 1 - 1 - precio unitario $ 4.630,00 - precio total: $ 4.630,00 Art. 109 - Ley N° 2095 y sus modificatorias Total preadjudicado: pesos cuatro mil seiscientos treinta ($4.630,00)

Eduardo R. Seoane Director (I)

OL 3288 Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 255

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DONACIÓN FRANCISCO SANTOJANNI” Adjudicación - Expediente Nº 15.887.399-MGEYA/16 Contratación Directa Nº 543/16. Disposición Aprobatoria Nº 268-HGADS/16 Rubro: Adquisición de Catéter, Lipidol y otros a favor del paciente Mollo Coria Elizabeth Zulma, con destino al Servicio de Neurocirugía de este Hospital. Firmas adjudicadas: Distribución de Productos Medicos S.R.L. Renglón: 2 - cantidad: 1 u. - precio unitario: $ 35.574,00 - precio total: $ 35.574,00.- Renglón: 3 - cantidad: 5 u. - precio unitario: $ 57.172,50 - precio total: $ 285.862,50.- Renglón: 4 - cantidad: 2 u. - precio unitario: $ 22.869,00 - precio total: $ 45.738,00.- Droguería Artigas S.A. Renglón: 5 - cantidad: 1 u. - precio unitario: $ 11.285,00 - precio total: $ 11.285,00.- Rodolfo Eduardo Frisare S.A. Renglón: 6 - cantidad: 2 u. - precio unitario: $ 6.769,10 - precio total: $ 13.538,20.- Total: pesos trescientos noventa y un mil novecientos noventa y siete con setenta centavos ($ 391.997,70) Encuadre legal: Art. 28 Inc. 2) Ley Nº 2095 (BOCBA 2557/06), la Ley N° 4764 (BOCBA 4313/14) su Decreto Reglamentario Nº 95/14 (BOCBA 4355/14), el Decreto 1145/GCBA/09 (BOCBA 3332/10) y la Resolución Nº 1160/GCBA/11 (BOCBA 3724/11). Observaciones: Se adjudico según Informe Técnico.

José L. Echave Subdirector

OL 3300 Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DONACIÓN FRANCISCO SANTOJANNI” Adjudicación- Expediente Nº 11.275.738-MGEYA-HGADS/16 Contratación Directa N° 434-0880-CDI16. Disposición Aprobatoria DISFC-2016-243-HGADS Objeto de la contratación: Adquisición de Vacuómetros, reguladores de alta y baja presión y otros accesorios para oxígeno con destino al Departamento de Recursos Físicos de este Hospital. Firma Adjudicada: Oxigenoterapia Norte S.A.C.I.F.I.A. Renglón: 3 - cantidad: 20 unidades - precio unitario: $1.122,88 – precio total: $ 22.457,60.

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 256

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Renglón: 4 - cantidad: 20 unidades - precio unitario: $1.122,88 – precio total: $ 22.457,60. Renglón: 5 - cantidad: 30 unidades - precio unitario: $534,82 – precio total: $16.044,60. Renglón: 6 - cantidad: 20 unidades - precio unitario: $534,82 – precio total: $10.696,40. Renglón: 7 - cantidad: 05 unidades - precio unitario: $3.475,12 – precio total: $17.375,60. Renglón: 8 - cantidad: 05 unidades - precio unitario: $1.219,68 – precio total: $6.098,40. Renglón: 10 - cantidad: 30 unidades - precio unitario: $493,68 – precio total: $14.810,40. Monto total adjudicado: Son pesos ciento nueve mil novecientos cuarenta con 60/100 ($ 109.940,60). Encuadre legal: Art. 38 Ley Nº 2095/06 (BOCBA 2557/06), la Ley 4764/13 (BOCBA 4313/14) su Decreto Reglamentario Nº 95/14 (BOCBA 4355/14), el Decreto 1145/GCBA/09 (BOCBA 3332/10) y la Resolución Nº 1160/GCBA/11 (BOCBA 3724/11). Observaciones: Adjudicada según Informe Técnico.

Federico Charabora Director

Diego Ariel Rizzo

Coordinador de Gestión Económico Financiero OL 3287 Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 257

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Ministerio de Educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Trabajos de instalación eléctrica, termomecánica general - Expediente N° 9.699.124/16 Licitación Pública Nº 581/SIGAF/16 (N° 9-16). Objeto del llamado: Trabajos de instalación eléctrica, termomecánica general y nueva vivienda de la casera en el edificio de la Escuela Nº 8 D.E. Nº 18, sita en Yerbal 4965 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Autorizante: 785-DGAR-2016 Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10 a 17 hs. Valor del pliego: gratuito Presupuesto oficial: $ 6.800.878,60.- (Pesos seis millones ochocientos mil ochocientos setenta y ocho con sesenta centavos. Fecha Marzo/2016. Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. 18 de agosto de 2016, a las 13 hs. Fecha/hora de visita a obra: 10 de agosto de 2016 a las 10 hs. Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la Oferta. Plazo de ejecución de las obras: 180 días corridos, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Ignacio Curti Director General

OL 3174 Inicia: 2-8-2016 Vence: 8-8-2016

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Trabajos de ejecución para el Polideportivo del D.E. N° 7 - Expediente N° 10.508.873/16 Licitación Pública Nº 580/SIGAF/16 (N° 18/16)

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 258

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Objeto del llamado: Trabajos de ejecución de canchas, vestuarios, sanitarios de discapacitados y sala de profesores en el edificio del Polideportivo D.E. Nº 7, sita en Bacacay 660, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Autorizante: 787/DGAR/16. Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10 a 17 hs. Valor del pliego: Gratuito. Presupuesto oficial: $ 6.234.703,95 (pesos seis millones doscientos treinta y cuatro mil setecientos tres con noventa y cinco centavos) Fecha Abril de 2016. Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. 19 de agosto de 2016, a las 13 hs. Fecha/hora de visita a obra: 11 de agosto de 2016 a las 10 hs. Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la Oferta. Plazo de ejecución de las obras: 150 días corridos, computados a partir de la fecha el Acta de Inicio.

Ignacio Curti Director General

OL 3191 Inicia: 3-8-2016 Vence: 9-8-2016

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Trabajos de obra nueva en la Escuela Infantil - Expediente N° 11.080.952/16 Licitación Pública Nº 612/SIGAF/16 (N° 6/16) Objeto del llamado: Trabajos de obra nueva en la Escuela Infantil de Creación D.E. 5º, sita en Uspallata S/Nº y Pepirí de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Autorizante: 207-SSGEFYAR-2016 Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255 2º Piso Frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10 a 17 hs. Valor del pliego: Gratuito Presupuesto oficial: $ 30.126.879,21 (pesos treinta millones ciento veintiséis mil ochocientos setenta y nueve con veintiún centavos) Fecha Abril/2016 Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255 2º Piso Frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. 29 de agosto de 2016, a las 12 hs. Fecha/hora de visita a obra: 19 de agosto de 2016 a las 11 hs. Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires.

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 259

Page 260: Boletín Oficial - documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar · Sumario Poder Ejecutivo Resolución Vicejefatura de Gobierno Resolución N° 78-SSDEP/16 Se designa como Administrador

Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la Oferta. Plazo de ejecución de las obras: 180 días corridos, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Ignacio Curti Director General

OL 3270 Inicia: 4-8-2016 Vence: 18-8-2016

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Trabajos de impermeabilización - Expediente N° 11.592.540/16 Licitación Pública Nº 614/SIGAF/16 (N° 7/16). Objeto del llamado: Trabajos de impermeabilización de cubiertas de establecimientos escolares detallados en el Anexo A del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, pertenecientes al grupo “C”, Comuna 5, 6, 7 y 8 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Autorizante: 797/DGAR/16 Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10 a 17 hs. Valor del pliego: gratuito Presupuesto oficial: $ 10.603.175,45 (pesos diez millones seiscientos tres mil ciento setenta y cinco con cuarenta y cinco centavos) Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. 26 de agosto de 2016, a las 13 hs. Fecha/hora de visita a obra: 12 de agosto de 2016 a las 9 hs (puntual) comenzando por la Escuela sita en J.J. Biedma 459, C.A.B.A. 16 de agosto de 2016 a las 9 hs (puntual) comenzando por la Escuela sita en Independencia 3354, C.A.B.A. 17 de agosto de 2016 a las 9:00 hs (puntual) comenzando por la Escuela sita en Carlos Berg 3460, C.A.B.A. Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la Oferta. Plazo de ejecución de las obras: 180 días corridos, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Ignacio Curti Director General

OL 3192 Inicia: 3-8-2016 Vence: 9-8-2016

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 260

Page 261: Boletín Oficial - documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar · Sumario Poder Ejecutivo Resolución Vicejefatura de Gobierno Resolución N° 78-SSDEP/16 Se designa como Administrador

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Trabajos de Impermeabilización - Expediente N° 11.592.552/16 Licitación Pública Nº 616/SIGAF/16 (N° 11/16) Objeto del llamado: Trabajos de Impermeabilización de cubiertas de Establecimientos Escolares detallados en el Anexo A del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, pertenecientes al grupo “D”, Comunas 8, 9, 10, 11 y 12 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Autorizante: 794-DGAR-2016 Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10 a 17 hs. Valor del pliego: Gratuito Presupuesto oficial: $ 10.258.612,63 (pesos diez millones doscientos cincuenta y ocho mil seiscientos doce con sesenta y tres centavos) Fecha: Abril de 2016. Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. 29 de agosto de 2016, a las 13 hs. Fecha/hora de visita a obra: 12 de agosto de 2016 a las 9 hs (puntual) comenzando por la Escuela sita en R. Falcón 4801, C.A.B.A. 16 de agosto de 2016 a las 9 hs. (puntual) comenzando por la Escuela sita en Soldado de la Frontera 5155, C.A.B.A. 17 de agosto de 2016 a las 9 hs. (puntual) comenzando por la Escuela sita en Pio Colivadino 436, C.A.B.A. 18 de agosto de 2016 a las 9 hs. (puntual) comenzando por la Escuela sita en Nueva York 4713, C.A.B.A. Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la Oferta. Plazo de ejecución de las obras: 180 días corridos, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Ignacio Curti Director General

OL 3216 Inicia: 3-8-2016 Vence: 9-8-2016

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Trabajos de impermeabilización - Expediente N° 11.592.583/16

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 261

Page 262: Boletín Oficial - documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar · Sumario Poder Ejecutivo Resolución Vicejefatura de Gobierno Resolución N° 78-SSDEP/16 Se designa como Administrador

Licitación Pública Nº 614/SIGAF/16 (N° 10/16). Objeto del llamado: Trabajos de Impermeabilización de cubiertas de Establecimientos Escolares detallados en el Anexo A del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, pertenecientes al grupo “E”, Comunas 12, 13, 14 y 15 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Autorizante: 793/DGAR/16 Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10 a 17 hs. Valor del pliego: Gratuito Presupuesto oficial: $ 10.355.386,04 (pesos diez millones trescientos cincuenta y cinco mil trescientos ochenta y seis con cuatro centavos) Fecha: abril de 2016. Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. 29 de agosto de 2016, a las 14 hs. Fecha/hora de visita a obra: 12 de agosto de 2016 a las 9 hs (puntual) comenzando por la Escuela sita en Pichincha 1873, C.A.B.A. 16 de agosto de 2016 a las 9 hs (puntual) comenzando por la Escuela sita en Triunvirato 3626, C.A.B.A. 17 de agosto de 2016 a las 9 hs (puntual) comenzando por la Escuela sita en Av. Triunvirato 4857, C.A.B.A. Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la Oferta. Plazo de ejecución de las obras: 180 días corridos, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Ignacio Curti Director General

OL 3194 Inicia: 3-8-2016 Vence: 9-8-2016

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Trabajos de impermeabilización - Expediente N° 11.789.220/16 Licitación Pública Nº 611/SIGAF/16 (N° 8/16). Objeto del llamado: Trabajos de impermeabilización de cubiertas de Establecimientos Escolares detallados en el Anexo A del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, pertenecientes al grupo “A”, Comunas 1, 2, 3 y 4 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Autorizante: 795/DGAR/16 Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10 a 17 hs. Valor del pliego: Gratuito

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 262

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Presupuesto oficial: $ 8.503.380,06 (pesos ocho millones quinientos tres mil trescientos ochenta con seis centavos) Fecha: abril de 2016 Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. 26 de agosto de 2016, a las 12 hs. Fecha/hora de visita a obra: 12 de agosto de 2016 a las 9 hs (puntual) comenzando por la Escuela sita en Arenales 2733, C.A.B.A 16 de agosto de 2016 a las 9 hs (puntual) comenzando por la Escuela sita en Aristóbulo del Valle 471, C.A.B.A. 17 de agosto de 2016 a las 9 hs (puntual) comenzando por la Escuela sita en Entre Ríos 757, C.A.B.A. Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la Oferta. Plazo de ejecución de las obras: 180 días corridos, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Ignacio Curti Director General

OL 3195 Inicia: 3-8-2016 Vence: 9-8-2016

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Trabajos de impermeabilización - Expediente N° 11.789.258/16 Licitación Pública Nº 613/SIGAF/16 (N° 12/16). Objeto del llamado: Trabajos de impermeabilización de cubiertas de establecimientos escolares detallados en el Anexo A del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, pertenecientes al grupo “B”, Comuna 4 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Autorizante: 796/DGAR/16 Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10 a 17 hs. Valor del pliego: Gratuito Presupuesto oficial: $ 8.214.680,98 (pesos ocho millones doscientos catorce mil seiscientos ochenta con noventa y ocho centavos) Fecha abril de 2016. Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. 18 de agosto de 2016, a las 14 hs. Fecha/hora de visita a obra: 11 de agosto de 2016 a las 9 hs. (puntual) comenzando por la Escuela sita en B. Quinquela Martín 1081. Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires.

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 263

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Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la Oferta. Plazo de ejecución de las obras: 180 días corridos, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Ignacio Curti Director General

OL 3196 Inicia: 3-8-2016 Vence: 9-8-2016

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Trabajos de Impermeabilización y reparaciones varias - Expediente N° 15.106.025/16 Licitación Pública Nº 582/SIGAF/16 (N° 21/16). Objeto del llamado: Trabajos de Impermeabilización y reparaciones varias en el edificio de la Escuela N° 1 D.E. Nº 10, sita en Cuba 2039/41 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Autorizante: DI-786 -2016-DGAR. Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10 a 17 hs. Valor del pliego: gratuito. Presupuesto oficial: $ 7.159.579,83 (pesos siete millones ciento cincuenta y nueva mil quinientos setenta y nueva con ochenta y tres centavos) de Fecha Junio 2016. Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. 18 de agosto de 2016, a las 12 hs. Fecha/hora de visita a obra: 10 de agosto de 2016 a las 14 hs. Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la Oferta. Plazo de ejecución de las obras: 120 días corridos, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Ignacio Curti Director General

OL 3175 Inicia: 2-8-2016 Vence: 8-8-2016

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 264

Page 265: Boletín Oficial - documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar · Sumario Poder Ejecutivo Resolución Vicejefatura de Gobierno Resolución N° 78-SSDEP/16 Se designa como Administrador

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA OPERATIVA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Prórroga - E.E. N° 13.438.532-MGEYA-DGTEDU/16 Prorrogar el llamado a Licitación Pública N° 550-0814-LPU16 para el día 10 de agosto de 2016 a las 12 hs, por intermedio del Sistema de Compras Electrónicas BAC, para la contratación de prestaciones integrales digitales de aplicación educativa para docentes y demás actores pedagógicos de las escuelas de nivel inicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Repartición destinataria: Dirección General de Tecnología Educativa. Valor del pliego: $ 5000. Consultas de pliegos: La consulta y/o adquisición del mismo se efectúa directamente través del Sistema Buenos Aires compras. (www.buenosairescompras.gob.ar) Lugar de apertura: El Acto de apertura de ofertas se efectuará a través del Sistema Buenos Aires compras. (www.buenosairescompras.gob.ar) Acto Administrativo: Resolución N° 205/SSGEFYAR/16.

Graciela M. Testa Gerente Operativa

OL 3250 Inicia: 4-8-2016 Vence: 5-8-2016

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 265

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Ministerio de Cultura

MINISTERIO DE CULTURA SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL DIRECCIÓN GENERAL FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES Alquiler de luces, sonido y pantallas para el Festival de Tango - E.E. Nº 18.292.709/16 Licitación Pública Nº 507-0899-LPU16 Objeto: Alquiler de luces, sonido y pantallas para el Festival de Tango. Rubro comercial: Alquileres. Autorizante: Disposición Nº 148/DGFYEC/16 Repartición destinataria: Dirección General Festivales y Eventos Centrales. Valor del pliego: sin valor económico. Adquisición y consultas de pliegos: Los pliegos de bases y condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en el sitio Buenos Aires Compras (BAC) www.buenos airescompras.gob.ar. Fecha y lugar de apertura: 8 de agosto de 2016 a las 16 hs. a través de Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar.

Silvia I. Tissembaum Directora General

OL 3247 Inicia: 4-8-2016 Vence: 5-8-2016

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 266

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES Obra: “Entorno Hospital Pirovano” - E.E. Nº 14.755.617-MGEYA-DGRU/16 Llámase a Licitación Pública Nº 592/SIGAF/16 para contratar la siguiente obra: “Entorno Hospital Pirovano”, al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08. Autorizante: Resolución N° 66/SSUEP/2016 Sistema de contratación: Ajuste alzado. Presupuesto oficial: pesos nueve millones doscientos sesenta y cuatro mil seiscientos treinta y nueve con veintiséis centavos ($ 9.264.639,26). Valor del ppliego: Sin Valor Comercial. Plazo de ejecución: cuatro (4) meses. Fecha de apertura: 17 de agosto de 2016, a las 12 hs. Visita lugar de obra: Se efectuará el día 9 de Agosto de 2016, a las 10.30 hs. Punto de encuentro: Esquina de Av. Monroe y Melián, C.A.B.A. Consultas: Deberán presentarse por escrito en la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, Av. Martín García 346, piso 3º, C.A.B.A. de lunes a Viernes de 10 a 16 hs. hasta el día 10 de agosto de 2016. Adquisición y consultas de pliegos: En la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. Martín García 346, 3° piso, C.A.B.A., en el horario de 10 a 16 hs. o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ Se deja constancia que la página de internet del GCABA deberá ser consultada periódicamente a los efectos de constatar la emisión de circulares. Recepción de ofertas: En la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. Martín García 346, 3° piso, C.A.B.A. hasta las 11 hs del 17 de agosto de 2016. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. Martín García 346, 3° piso C.A.B.A.

Juan C. Pérez Colman Director General

OL 3176 Inicia: 2-8-2016 Vence: 8-8-2016

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 267

Page 268: Boletín Oficial - documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar · Sumario Poder Ejecutivo Resolución Vicejefatura de Gobierno Resolución N° 78-SSDEP/16 Se designa como Administrador

Obra: “Conector ambiental Av. Soldado de la Frontera - Etapa I”- E.E. Nº 15.873.807-MGEYA-DGRU/16 Llámase a Licitación Pública Nº 601/SIGAF/16 para contratar la siguiente obra: “Conector ambiental Av. Soldado de la Frontera - Etapa I”, al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08. Autorizante: Resolución N° 68/SSUEP/16 Sistema de contratación: Ajuste alzado. Presupuesto oficial: pesos cincuenta y un millones doscientos setenta y cuatro mil ciento sesenta y dos con ochenta y nueve centavos ($ 51.274.162,89). Valor del pliego: sin valor comercial. Plazo de ejecución: viento ochenta (180) días corridos. Fecha de apertura: 25 de agosto de 2016, 12 hs. Visita lugar de obra: Se efectuará el día 18 de agosto de 2016, a las 15 hs. Punto de encuentro: Centro Cívico al lado del Banco Ciudad, Av. Soldado Frontera al 5243, C.A.B.A. Consultas: Deberán presentarse por escrito en la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, Av. Martín García 346, piso 3º, C.A.B.A. de lunes a viernes de 10 a 16 hs. hasta el día 19 de agosto de 2016. Adquisición y consultas de pliegos: En la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. Martín García 346, 3° piso, C.A.B.A., en el horario de 10 a 16 hs., o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ Se deja constancia que la página de internet del GCABA deberá ser consultada periódicamente a los efectos de constatar la emisión de circulares. Recepción de ofertas: En la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. Martín García 346, 3° piso, C.A.B.A. hasta las 11 hs., del 25 de agosto de 2016. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. Martín García 346, 3° piso C.A.B.A.

Juan C. Pérez Colman

Director General OL 3240 Inicia: 3-8-2016 Vence: 17-8-2016

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES Obra: “Área Ambiental Tribunales Etapa II”- E.E. Nº 12.871.699-MGEYA-DGRU/16 Llámase a Licitación Pública Nº 607/SIGAF/16 para contratar la siguiente obra: “Área Ambiental Tribunales Etapa II”, al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08. Autorizante: Resolución N° 67/SSUEP/2016 Sistema de contratación: Ajuste alzado. Presupuesto oficial: pesos diecisiete millones setenta y cinco mil doscientos treinta y tres con cincuenta y ocho centavos ($ 17.075.233,58).

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 268

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Valor del pliego: sin valor comercial. Plazo de ejecución: cinco (5) meses. Fecha de apertura: 17 de agosto de 2016, 14 hs. Visita lugar de obra: Se efectuará el día 9 de agosto de 2016, a las 10 hs. Punto de encuentro: esquina Av. Presidente Roque Sáenz Peña y Lavalle, C.A.B.A. Consultas: Deberán presentarse por escrito en la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, Av. Martín García 346, piso 3º C.A.B.A. de lunes a viernes de 10 a 16 hs. hasta el día 10 de agosto de 2016. Adquisición y consultas de pliegos: En la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. Martín García 346, 3° piso, C.A.B.A., en el horario de 10 a 16 hs o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ Se deja constancia que la página de internet del GCABA deberá ser consultada periódicamente a los efectos de constatar la emisión de circulares. Recepción de ofertas: En la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. Martín García 346, 3° piso, C.A.B.A. hasta las 13 hs. del 17 de agosto de 2016. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. Martín García 346, 3° piso C.A.B.A.

Juan C. Pérez Colman Director General

OL 3190 Inicia: 2-8-2016 Vence: 8-8-2016

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES Llamado - EE. Nº 16.863.257-MGEYA-DGRU/2016 Se llama a Licitación Pública Nº 608/SIGAF/2016 para contratar la siguiente obra: “Entorno Estación Rivadavia”, al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08. Autorizante: Resolución N° 63/SSUEP/2016 Sistema de Contratación: ajuste alzado. Presupuesto Oficial: pesos veinticuatro millones ciento noventa y ocho mil trescientos sesenta con setenta y tres centavos.- ($ 24.198.360.73.-) Plazo de Ejecución: cuatro (4) meses. Fecha de Apertura: 16 de Agosto de 2016, 12 hs. Visita Lugar de Obra: Se efectuará el día 8 de Agosto de 2016, a las 10 hs. Punto de encuentro: Calle Pico y 11 de Septiembre, C.A.B.A. Consultas: deberán presentarse por escrito en la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público – Av. Martín García 346 Piso 3º C.A.B.A. de lunes a Viernes de 10:00 a 16:00 Hs. hasta el día 9 de Agosto de 2016.

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 269

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Adquisición y consultas de pliegos: en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones.- Av. Martín García 346, 3° Piso, C.A.B.A., en el horario de 10:00 a 16:00 Hs o en la página de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ Se deja constancia que la página de internet del GCBA deberá ser consultada periódicamente a los efectos de constatar la emisión de circulares. Recepción de Ofertas: En la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. Martin García 346, 3° piso, C.A.B.A. hasta las 11 hs del 16 de Agosto de 2016. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. Martín García 346 3° piso C.A.B.A. Valor del Pliego: Sin Valor Comercial.

Juan C. Pérez Colman Director General

OL 3156 Inicia: 1-8-2016 Vence: 5-8-2016

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES Llamado E.E Nº 16.849.358-MGEYA-DGRU/2016 Se llama a Licitación Pública Nº 609/SIGAF/2016 para contratar la siguiente obra: “Ampliación de aceras calle Paraguay”, al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08. Autorizante: Resolución N° 64/SSUEP/2016 Sistema de Contratación: ajuste alzado. Presupuesto Oficial: pesos veintitrés millones novecientos treinta y seis mil ochocientos uno con treinta y ocho centavos.- ($ 23.936.801,38-) Plazo de Ejecución: seis (6) meses. Fecha de Apertura: 16 de Agosto de 2016, 14 hs. Visita lugar de la obra: Se efectuará el día 8 de Agosto de 2016, a las 10 hs. Punto de encuentro: calle Paraguay y Leandro N. Alem, C.A.B.A. Consultas: Deberán presentarse por escrito en la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público – Av. Martín García 346 Piso 3º C.A.B.A. de lunes a Viernes de 10:00 a 16:00 Hs. hasta el día 9 de Agosto de 2016. Adquisición y consultas de pliegos: En la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones.- Av. Martín García 346, 3° Piso, C.A.B.A., en el horario de 10:00 a 16:00 Hs o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ Se deja constancia que la página de internet del GCBA deberá ser consultada periódicamente a los efectos de constatar la emisión de circulares. Recepción de Ofertas: En la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones – Av. Martin García 346, 3° Piso, C.A.B.A. hasta las 13 hs del 16 de Agosto de 2016. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Av. Martín García 346 3° Piso C.A.B.A. Valor del Pliego: sin valor comercial.

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Juan C. Pérez Colman Director General

OL 3157 Inicia: 1-8-2016 Vence: 5-8-2016

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCION GENERAL TECNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Adjudicación - E.E. Nº 8.299.960-MGEYA-DGRU/16 Licitación Pública Nº 292/SIGAF/16. Clase: Etapa única Rubro comercial: Contratación de Obras en General, Carpintería, Herrería, Pintura, Servicio de Profesionales de la Construcción. Objeto de la contratación: “Decks Gastronómicos y de Esparcimiento”. Acto administrativo de adjudicación: Resolución N° 69/SSUEP/16 del 3 de agosto de 2016. Firma adjudicataria: TDL S.A. - (CUIT N° 30-70937004-5), Alcaraz 5279 - C.A.B.A. Total obra: $ 12.585.061,77. Total adjudicado: pesos doce millones quinientos ochenta y cinco mil sesenta y uno con setenta y siete centavos ($ 12.585.061,77).

Juan C. Pérez Colman Director General

OL 3294 Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Adjudicación - E.E. Nº 9.660.084-MGEYA-DGRU/16 Licitación Pública Nº 314/SIGAF/16 Clase: Etapa única Rubro comercial: Contratación de Obras en General, Carpintería, Herrería, Pintura, Servicio de Profesionales de la Construcción. Objeto de la contratación: “Área de Servicios en Espacios Verdes - Parque de los Patricios”. Acto administrativo de adjudicación: Resolución N° 70/SSUEP/14 del 3 de agosto de 2016. Firma adjudicataria: Ingenor S.A. - (CUIT N° 30-63145346-1), Oliden 4059 - C.A.B.A. Total Obra: $ 5.224.223. Total adjudicado: pesos cinco millones doscientos veinticuatro mil doscientos veintitrés ($ 5.224.223).

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Juan C. Pérez Colman

Director General OL 3295 Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Adjudicación - E.E. Nº 10.835.266-MGEYA-DGRU/16 Licitación Pública Nº 315/SIGAF/16 Clase: Etapa única Rubro comercial: Contratación de Obras en General, Carpintería, Herrería, Pintura, Servicio de Profesionales de la Construcción. Objeto de la contratación: “Boulevard San Isidro Labrador”. Acto administrativo de adjudicación: Resolución N° 71/SSUEP/16 del 3 de agosto de 2016. Firma adjudicataria: Salvatori S.A. Parques y Jardines - (CUIT N° 30-51270012-4), La Pampa 3796 - C.A.B.A. Total Obra: $ 9.981.074,74. Total adjudicado: pesos nueve millones novecientos ochenta y un mil setenta y cuatro con setenta y cuatro centavos ($ 9.981.074,74).

Juan C. Pérez Colman Director General

OL 3296 Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL DE REGENERACIÓN URBANA Circular N° 1 - con Consulta - Expediente Nº 13.376.593-MGEYA-DGRU/16 Licitación Pública N° 567/SIGAF/16. Obra: “Área Ambiental Retiro Etapa III”. Consulta N° 1 Empresa Dalco S.A. Solicitamos, por favor aclarar la cantidad exacta de columnas artísticas SDO B1 a proveer, ya que no coinciden las que figuran en la Planilla de Cotización con las referenciadas en los planos. Y en consecuencia, aclarar cuántas son las existentes a conservar y poner en valor. Respuesta N° 1 La cantidad exacta de columnas artísticas SDO B1 es de 24 unidades en coincidencia con lo indicado en planos y en el Formulario N°7 (ítem N° 4.7.2) del

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 272

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Pliego de Bases y Condiciones Particulares Las luminarias ornamentales a conservar y poner en valor son 18 en total: 15 sobre calle Arroyo, 2 en la esquina de Arroyo y Carlos Pellegrini y 1 en la esquina de Arroyo y Esmeralda, en coincidencia con lo indicado en planos. Consulta N° 2 Empresa Dalco S.A. Solicitamos, por favor, aclarar cómo debe ser el tendido de cañería subterránea a proveer, su materialidad, si debe llevar alguna protección mecánica y la profundidad de zanjeo. También si deben incluirse nuevos tableros. Respuesta N° 2 De acuerdo a lo indicado en el Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares deberá el oferente desarrollar el Proyecto Ejecutivo en lo que respecta a las instalaciones y conexiones de alumbrado, basados en los cateos de los tendidos existentes (incluyendo todo lo relativo a la profundidad de los zanjeos). La misma se deberá cumplimentar como parte del Proyecto Ejecutivo de la obra y de acuerdo a los lineamientos correspondientes indicados en el Pliego de Especificaciones Técnicas Generales (Ítem 3.14 – Instalación Eléctrica) y del Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares (4.7 – Instalación Eléctrica) que forman parte del documento licitatorio, en los cuales se establece todo lo relativo a la materialidad y protección del tendido. Número: PLIEG-2016-18531962-DGRU Buenos Aires, Jueves 04 de Agosto de 2016 Referencia: Circular N°1 - CON CONSULTA - Área Ambiental Retiro Etapa III

Juan Vacas Director General

OL 3291 Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO SUBSECRETARÍA DE USO DEL ESPACIO PÚBLICO Preselección - E.E. N° 17.508.014-DGTALMAEP/16 Licitación Pública Nº 8503-0835-LPU16 “Servicio de producción de desarrollo de obras artísticas en el espacio público“. Dictamen de Preselección de Ofertas En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 4 días del mes de agosto de 2016, se reúne la Comisión de Evaluación de Ofertas creada por la Resolución N°302/MAYEPGC/20l6 y su modificatoria N°379/MAYEPGC/20l6 y N°ll06/MAYEPGC/20l6, cuyas firmas constan al pie del presente, con el fin de proceder a la evaluación de la documentación contenida en el Sobre N° 1 correspondiente a las ofertas presentadas en la Licitación de referencia, que tramita por Expediente Electrónico N°16797300/SSUEP-20l6 y N°175080l4- DGTALMAEP/20l6 de acuerdo a lo solicitado en los Pliegos de Bases y Condiciones licitatorios, y conforme lo establecido en la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 2095 texto consolidado por Ley N° 5454 Y sus Decretos Reglamentarios.

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 273

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Esta comisión ha analizado la siguiente documentación: el Acta de Apertura de fecha 1 de agosto de 2016 (IF-20l6-l8288938- DGTALMAEP) obrante en número de orden 17, el Informe Técnico de la Subsecretaria de Uso del Espacio Público (IF-20l6- l8477057-SSUEP) obrante en número de orden 20 y las ofertas presentadas. El Acto de Apertura del Sobre N° 1 se llevó a cabo el día 01 de agosto de 2016 a las 12 horas a través del portal BAC, habiéndose constatado la presentación de un (1) oferente, a saber: OFERTA N°1 VGM THINK BRICKS ARQUITECTOS ASOCIADOS S.R.L El Informe Técnico de la Subsecretaria de Uso del Espacio Público (IF-20l6-l8477057-SSUEP) ha concluido que desde un aspecto estrictamente técnico, y conforme las necesidades de esta Subsecretaría, se destacan los siguientes puntos: Que la referida oferta se halla en consonancia con el servicio que se pretende contratar. Que los cinco (5) artistas propuestos para la ejecución de las tareas descriptas en el PET satisfarían los objetivos proyectados. Por tanto, habiendo sido analizados por esta instancia los antecedentes de los mismos, se advierte que éstos se corresponderían con la realización de tareas similares a lo requerido. Que todos los artistas propuestos han brindado su conformidad por escrito para encomendados en el PET.“ la ejecución de los trabajos En consecuencia, la mentada Subsecretaría recomienda avanzar con la contratación en cuestión. En virtud de lo expuesto, y contemplando lo requerido por los pliegos en esta etapa del presente procedimiento licitatorio, la referida firma ha cumplido con los mismos. Por lo expresado, esta Comisión resuelve aconsejar que la oferente VGM THINK BRICKS ARQUITECTOS ASOCIADOS S.R.L. pase a la siguiente etapa del procedimiento licitatorio de la referencia, a los fines de proceder a la apertura del sobre N° 2. Concluida la labor de esta Comisión se cierra el presente acto. Buenos Aires, 4 de agosto de 2016.

María C. Muzzio Subsecretaria

OL 3292 Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 274

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACO PÚBLICO SUBSECRETARÍA DE USO DEL ESPACIO PÚBLICO Servicio de producción de intervenciones artísticas - E.E. Nº 15.060.512-SSUEP/16 y N° 17.529.992-DGTALMAEP/16 Apruébase la Contratación Directa N° 8503-0674-CDI16 efectuada al amparo de lo establecido en el Art. 28 de la Ley N° 2095 en su texto consolidado por Ley N° 5454 y el Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14, para la contratación del “servicio de producción de intervenciones artísticas con pintura entornos a cielo abierto” con destino a la Subsecretaría de Uso del Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Resolución N° 72/SSUEP/16. Adjudícase a la firma Collage Lab S.R.L. C.U.I.T: Nº 33-71404279-9 la presente Contratación por un monto total de pesos once millones novecientos cincuenta y siete mil novecientos noventa y nueve ($ 11.957.999,00); conforme lo establecido por la Ley N° 2.095 en su texto consolidado por Ley N° 5454 y sus Decretos Reglamentarios N° 1145/GCBA/09, N° 95/GCBA/14 y N° 114/GCBA/16.

María C. Muzzio Subsecretaria

OL 3285 Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO SUBSECRETARÍA DE USO DEL ESPACIO PÚBLICO Servicio de producción de contenido de acciones y actividades - E.E. Nº 15.474.566-SSUEP/16 y N° 17.531.387-DGTALMAEP/16 Apruébase la Contratación Directa N° 8503-0676-CDI16 efectuada al amparo de lo establecido en el art. 28 de la Ley N° 2095 en su texto consolidado por Ley N° 5454 y el Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14, para la contratación del “Servicio de producción de contenido de acciones y actividades entornos a cielo abierto” con destino a la Subsecretaría de Uso del Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Resolución N° 73/SSUEP/16. Adjudícase a la firma Servicios de Producción R2 SA C.U.I.T: Nº 30-71206226-2 la presente Contratación por un monto total de pesos trece millones doscientos ochenta y siete mil ($ 13.287.000); conforme lo establecido por la Ley N° 2.095 en su texto consolidado por Ley N° 5454 y sus Decretos Reglamentarios N° 1145/GCBA/09, N° 95/GCBA/14 y N° 114/GCBA/16.

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 275

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María C. Muzzio Subsecretaria

OL 3297 Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 276

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Agencia Gubernamental de Control

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL GERENCIA OPERATIVA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA Preadjudicación - E.E. Nº 15.350.425-MGEYA-AGC/16 Licitación Pública N° 8262-0669-LPU16 Clase: etapa única. Rubro comercial: S/Artes gráficas. Objeto de la contratación: Adquisición de un Servicio de Material Gráfico y Promocional. Firma preadjudicada: Juan Carlos Savino. Total preadjudicado: pesos seiscientos ochenta y ocho trescientos cincuenta ($ 688.350,00). Fundamento de la preadjudicación: por resultar una oferta válida y la más conveniente a los intereses de esta Agencia Gubernamental de Control cumplimentando los requisitos administrativos, técnicos y económicos exigidos en los Pliegos que rigen la presente contratación. Autorizado: Conforme Dictamen de Preadjudicación de Ofertas generado en BAC con fecha 4/8/16. Lugar de exhibición del acta: Página Web oficial de “Buenos Aires Compras” y página web oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Ezequiel Lombardi Gerente Operativo

OL 3293 Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 277

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Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos

Aires

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Ejecución de viviendas y locales comerciales en el Barrio Papa Francisco, Etapa 1 - E.E. N° 16.379.842-MGEYA-IVC/16 Se llama a Licitación Pública Nº 16/16, SIGAF N° 9136/16 para la Ejecución de 552 viviendas, 24 locales comerciales y obras exteriores, PB + 3 pisos - Etapa 1 Barrio Papa Francisco - Avenida Escalada y Fernández de la Cruz, Barrio Villa Lugano - Comuna 8. CABA. Fecha de apertura: 6 de septiembre de 2016 a las 11 hs. Lugar: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Dr. Enrique Finochietto 435, 2º piso, sector L - Gerencia Coordinación General Técnica Administrativa y Legal. El pliego podrá ser consultado en la página de Internet: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras, y obtenido en forma gratuita en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Dr. Enrique Finochietto 435 - 2 ° piso, sector L - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Manuel Ferrari Gerente General

CV 19 Inicia: 1-8-2016 Vence: 5-9-2016

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 278

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Banco Ciudad de Buenos Aires

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Contratación de Estudio para confección de Proyecto - Carpeta de Compra N° 22.438 Llámese a licitación pública (Carpeta de Compra N° 22.438) con referencia a la “Contratación de Estudio para confección de Proyecto, realización de Tramitaciones ante el Municipio y Dirección de Obra con motivo de la remodelación del local sito en la calle 47 Nro. 721/27 y Diagonal 74 N° 1446/70, de la Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires.”, con fecha de apertura el día 22/8/2016 a las 11 horas. Valor del pliego: $ 0,00 (pesos: sin cargo) Consulta y adquisición de pliegos: Página web del Banco Ciudad de Buenos Aires, www.bancociudad.com.ar / licitaciones. Fecha tope de consultas: 16/8/16.

Leandro D. Biondo Jefe de Equipo

Equipo Remodelaciones y Adecuaciones Edilicias BC 157 Inicia: 3-8-2016 Vence: 5-8-2016

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Preadjudicación - Carpeta de Compra N° 22.427 Se comunica a los señores oferentes la preadjudicación de la licitación pública -Carpeta de Compra N° 22.427- que tramita la Organización Integral del evento Día de la Familia para empleados del Banco Ciudad y sus familiares. A la firma Evolución Creativa S.R.L., sita en Lavalle 1567, piso 3 (1048), C.A.B.A. Renglón 1 Organización Integral del Evento Día de la Familia 2016 (modalidad llave en mano), en la suma total de $ 417.400 más I.V.A. Renglón 2 Vianda dulce: se declara fracasado. Consultas: Cartelera de la Gerencia de Compras, sita en Florida 302, 7° Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 10 a 15 horas.

Jessica Maiolo Jefe de Equipo Prestaciones

BC 161 Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 279

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Ministerio de Modernización, Innovación y

Tecnología

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA DIRECCIÓN GENERAL DE CONCESIONES Informe de preadjudicación - E.E. N° 4.984.913-MGEYA-DGCONC/14 Acta Nº 4 - Informe de preadjudicación Locales Comerciales en el “Centro de transferencia de Combis 9 de Julio Sur” 1.- En el día de la fecha siendo las 12:00 horas, se reúnen los abajo firmantes miembros de la Comisión de Evaluación de Ofertas, designados por Disposición Nº 469/MDEGC/2009 y 56/DGCONC/2016, y luego de revisada la oferta económica efectuada por el Sr. Guillermo Ernesto Ferarri con fecha 22 de Diciembre de 2015, corresponde reseñar los siguientes aspectos relativos a los antecedentes: a) Mediante Decreto Nº 45/GCBA/2010 (Orden Nº 33), se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para el otorgamiento de permisos y concesiones de uso de los bienes de dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. b) Mediante los Decretos Nº 316/AJG/2015 (Orden Nº 78) se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para la licitación publica para la Concesión de Uso y Explotación de 2 (dos) locales ubicados en el interior del denominado “Centro de Transferencia de Combis 9 de Julio Sur” c) Mediante Disposición Nº 130/DGCONC/2015 (Orden Nº 85) se aprobó el Pliego de Especificaciones Técnicas y se convocó al llamado a Licitación Pública para la Concesión de Uso y Explotación de 2 (dos) locales ubicados en el interior del denominado “Centro de Transferencia de Combis 9 de Julio Sur” El Artículo 4º de dicha disposición determinó que la presentación de las ofertas se realizará en la Dirección General de Concesiones, de 10:00 a 12:00 horas del día 22 de diciembre de 2015. d) Que se ha dado cumplimiento con las publicaciones exigidas por el artículo 6 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, en el Boletín Oficial (Orden 86 y 88), en Ámbito Financiero (Orden 87 y 89), y en la página web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Orden 132). e) Con fecha 22/12/2015 se produjo la apertura de ofertas, siendo las ofertas de las firmas i) MUSER S.A. (orden Nº 96) y ii) el Sr. Guillermo Ernesto Ferarri (Orden Nº 97) las ofertas recibidas, conforme surge del acta labrada por la Escribana Norma Beatriz Gutiérrez Morales (Orden Nº 98). f) Mediante Informe Nº 7681532/DGCONC/2016 (Orden Nº 102), y de conformidad con las previsiones establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares, esta Comisión Evaluadora solicitó a i) Muser S.A. y ii) el Sr. Guillermo Ernesto Ferarri una serie de información y documentación complementaria de sus respectivas ofertas con fecha 29/02/2016. El mencionado requerimiento fue respondido por el oferente Guillermo Ernesto Ferarri con fecha 11/03/2016, mediante Registro Nº 8578848/DGCONC/2016 (Orden Nº 105) y por el oferente Muser S.A. en fecha 14/03/2016, mediante Registro Nro. 8657667/DGCONC/2016 (Orden Nº 106). Asimismo, el oferente Guillermo Ernesto Ferarri con fecha 08/04/2016, mediante Registro Nº 10355571/DGCONC/2016 (Orden Nº 108) efectuó una serie de aclaraciones a la presentación de fecha 11/03/2016.

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 280

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g) Con fecha 26 de mayo de 2016 esta Comisión Evaluadora efectuó la preselección del oferente Guillermo Ernesto Ferarri, mediante IF Nº 2016 – 13740331-DGCONC (Orden Nº 109), rectificado mediante IF-2016-13987914-DGCONC (Orden Nº 110), dando el traslado correspondiente a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, cuyo Dictamen IF-2016-16698199-DGCONC se encuentra en el orden Nº 123, en un todo y conforme al articulo 41 del PBCP. h) Con fecha 6 de julio de 2016 fue aprobada la preselección de la Comisión Evaluadora mediante Disposición Nº 2016-52-DGCONC, fijando la apertura del sobre Nº 2 (Oferta Económica) del Sr. Guillermo Ernesto Ferrari, para el día 15 de julio del corriente, la cual tuvo lugar satisfactoriamente conforme acta labrada por la escribana Dolores Garrido Oromi (Orden Nº 133) 2.- Análisis: El Sr. Guillermo Ernesto Ferrari ha ofertado un canon mensual de pesos sesenta mil ($ 60.000.-), el cual supera el canon base fijado en el llamado a licitación (DI 2016-130-DGCONC), dando cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 46 del PBCP. 3.- Conclusión: Teniendo en consideración la preselección efectuada oportunamente y la Oferta Económica presentada, esta Comisión Evaluadora entiende que se le debe adjudicar al Sr. Guillermo Ernesto Ferrari DNI 10.147.626, la concesión de uso y explotación del inmueble de dominio público consistente en 2 (dos) locales ubicados en el interior del denominado “Centro de Transferencia de Combis 9 de Julio Sur”. Pueyrredón, María Pía (Analista Contable - DGCONC) Lage, Mirtha (Asistente Técnico - DGCONC) Bonelli, Andrea (Asesor Legal - DGCONC).

Emilio E. Dojas Director General

OL 3283 Inicia: 5-8-2016 Vence: 8-8-2016

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 281

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Subsecretaría de Comunicación

SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Preadjudicación - Expediente N° 16.946.575-MGEYA-DGTAD/16 Licitación Pública Nº 101-0801-LPU16. Objeto de la contratación: “Servicio de Difusión”. Fundamentos: De acuerdo a lo manifestado en el Acta de Apertura y a lo evaluado del Cuadro Comparativo de precios que ordena la reglamentación en vigencia, fueron analizadas las ofertas de las firmas: JULIO FRANCISCO ANTONIO AURELIO S.A., GROW UP SERVICIOS INTEGRALES S.A. y GESTIVA S.A. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con fecha 05/08/2016 se reúne la Comisión de Evaluación de Ofertas, designada mediante RESOL-2016-46-SSCOMUNIC, con el objeto de analizar las propuestas recibidas para la presente contratación. De conformidad con los artículos 107 y 108 de la Ley 2.095 se procede a la evaluación de las ofertas presentadas. Efectuándose el análisis de la empresa Julio Francisco Antonio Aurelio S.A. por resultar la oferta que cumple con los requisitos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Pliego de Especificaciones Técnicas, Anexo I Integración de CRM con Proveedores de Servicios de Comunicación Masiva y la normativa vigente. En cuanto al cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 95 de la Ley 2.095 y los artículos 10 y 11 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares se observa que las firmas GROW UP SERVICIOS INTEGRALES S.A. (CUIT N° 30-70980826-1) y GESTIVA S.A. (CUIT N° 30-70804532-9) no cuentan con las debidas inscripciones en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Atento a lo expuesto, esta Comisión aconseja adjudicar la presente licitación a la firma JULIO FRANCISCO ANTONIO AURELIO S.A. Encuadre Legal: Artículos 110 y 111 de la Ley 2.095 (texto consolidado por Ley 5454). Observaciones: En base a la evaluación técnica realizada por la Dirección General de Comunicación Directa, dependiente de la Subsecretaría de Comunicación, bajo IF-2016-18599662-DGCDIR, la Comisión de Evaluación de Ofertas aconseja pre adjudicar a favor de la Firma: JULIO FRANCISCO ANTONIO AURELIO S.A. (CUIT N° 30-64623915-6), por la suma total de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($ 2.400.000) por considerar que la misma cumple con los requisitos técnicos y presenta idoneidad en la materia. Imputación: El gasto que demande la presente Licitación Pública deberá imputarse a la partida presupuestaria del ejercicio correspondiente. Fundamento de la preadjudicación: Sr. Rodiño Fernando Emilio DNI 27.508.693, Srta. Gimena Quiñones Castellon DNI 25.696.996 y Sr. Santiago Aníbal Peso, DNI 32.759.205. Vencimiento validez de la oferta: 25/08/2016

Lugar de exhibición del Dictamen de Evaluación de Ofertas: Cartelera Oficial - Unidad Operativa de Adquisiciones – Dirección General Técnica y Administrativa – Secretaría Legal y Técnica – Uspallata 3160 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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Federico Di Benedetto Subsecretario

OL 3306 Inicia: 5-8-2016 Vence: 5-8-2016

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Edictos Particulares Particular

ENERGÍA ARGENTINA S.A. - ENARSA Adquisición de Membranas de Osmosis Inversas de Alta Presión - E.E. N°18.527.967-MGEYA-DGCL/16 CONCURSO PÚBLICO DE PRECIOS N° 04/2016 Objeto: adquisición de membranas de osmosis inversas de alta presión para la central termoeléctrica Brigadier López, así como el asesoramiento técnico presencial al personal de mantenimiento de la central para realizar la operación de recambio de estas membranas Adquisición del pliego: descargar de la página web www.enarsa.com.ar /Licitaciones Valor del pliego: gratuito. Presentación de ofertas: el día 25 de agosto de 2016 hasta las 15hs. en la oficina de ENARSA: Avda. del Libertador Nº 1068, 3er Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, (C1112ABN), República Argentina. Apertura de ofertas: el día 25 de agosto de 2016 a las 15:15hs. en la oficina de ENARSA: Avda. del Libertador N° 1068, 3er Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, (C1112ABN), República Argentina. Publicación del pliego y consultas: www.enarsa.com.ar Consultas: deberán realizarse por escrito hasta un plazo de 7 días no hábiles antes de la fecha de presentación de las ofertas. Las consultas aludidas podrán ser presentadas de lunes a viernes de 10hs. a 17hs. en ENARSA, Avda. del Libertador Nº 1068, 3 er Piso, of. 301, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o a la dirección de correo electrónico [email protected] a nombre de Ing. Yaulimoret Mejias

Ing. Hugo A. Balboa Presidente

EP221 Inicia: 5-8-2016 Vence: 8-8-2016

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Particular

Transferencia de Habilitación. E.E.N° 18.254.230/MGEYA-MGEYA/16 Juan Mariano Benítez Lugo transfiere la Habilitación Municipal a Yonny Alexis Benítez Lugo, del local ubicado en la calle Hidalgo 512, PB, UF 0001 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que funciona en carácter de (600000) com. min. de carne, lechones, achuras, embutidos, superficie: 51,19m2; (600011) com. min. de leña y carbón de leña, superficie: 51,19m2; (600030) com. min. aves muertas y peladas, chivitos, prod. granja, huevos h/60 docenas, superficie: 51,19m2; (601005) com. min. de productos alimenticios envasados, superficie: 51,19m2; (601010) com. min. de bebidas en general envasadas, superficie: 51,19m2, aprobada por Expediente Nº250882/10 mediante Disposición Nº 9044-DGHP-2010 otorgada en fecha 19/08/2010, superficie habilitada 51,19m2. Reclamos de ley en el mismo local

Solicitante: Yonny Alexis Benítez Lugo

EP 212 Inicia: 3-8-2016 Vence: 9-8-2016

Transferencia de Habilitación. E.E.N° 18.348.523/MGEYA-DGCL/16 Ronda de Vicente Ferrer, Juan Valls y Gabriel Palacio S.C., con domicilio en la calle Agüero N° 758, de C.A.B.A., comunica que transfiere la habilitación del establecimiento ubicado en la calle Agüero N° 762 que registra constancia de habilitación a nombre de Ronda de Vicente Ferrer, Juan Valls y Gabriel Palacio S.C. en el carácter de taller y venta de artefactos eléctricos y de iluminación, deposito y oficina administrativa, por Expediente N° 110056-1971 otorgada bajo los términos de la Ordenanza N° 35753-80 mediante Disposición N° 23312-DICLE-1981 de fecha 22-05-1981. No se consigna superficie del local. A favor de Iluminacion Ronda S.A. con domicilio en la calle Agüero Nº 758 de C.A.B.A. Reclamos de ley en el mismo local.

Solicitante: Vicente Ferrer EP 213 Inicia: 5-7-2016 Vence: 11-7-2016

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Edictos Oficiales Ministerio de Justicia y Seguridad

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA DE LEGALES Notificación - Expediente N.° 8.770.769-MGEYA-COMUNA13/14 "Hágase saber a la Sra. Alicia Marion Lourdes TETTAMANTI, DNI N° 16.876.270, que se le notifica que el Expediente Nº 2014-08770769-MGEYA-COMUNA13, se encuentra en esta Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita en Av. Regimiento de Patricios Nº 1142, 3º piso, de esta ciudad y de conformidad con lo establecido en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por D.N.U. N° 1510-GCABA-97, Texto Consolidado Ley N° 5454, el presente acto administrativo podrá ser recurrido en los siguientes términos: Articulo 111: El recurso de reconsideración contra actos definitivos o asimilables a ellos, lleva implícito el recurso jerárquico en subsidio Cuando expresa o tácitamente hubiere sido rechazada la reconsideración, las actuaciones deberán ser elevadas en el término de cinco (5) días de oficio o a petición departe según hubiere recaído o no resolución denegatoria expresa. Dentro de los cinco (5) días de recibidas por el superior podrá el interesado mejorar o ampliar los fundamentos del recurso, el interesado deberá formalizarlo mediante una "Presentación a Agregar" al Expediente citado más arriba". La presente notificación se tendrá por efectuada a los cinco (5) días, computados desde el siguiente al de la última publicación (Art. 62 del Decreto Nº 1510/GCABA/97.Texto Consolidado Ley N° 5454). Queda Ud. debidamente notificada"

Maria Laura Alfonso Directora General

EO 961 Inicia: 1-8-2016 Vence: 5-8-2016

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Notificación - Art. 123. E.E.N° 2014-2.580.291-MGEYA-UAC10. Resolución N° 392/MJYSGC/2016.

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"Hágase saber a la señora Claudia Beatriz Ojeda, DNI N° 16.658.552, con domicilio en la Av. Segurola N° 1052, que el expediente N° 2014-2.580.291-MGEYA-UAC10, se encuentra en esta Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita en la Av. Patricios N° 1142, 3° piso, de esta ciudad, a los efectos de la Ley de Procedimientos Administrativos, aprobada por DNU N° 1510/GCABA/97 (texto consolidado Ley N° 5454). Art. 123 Recursos contra decisiones definitivas: Las decisiones definitivas o con fuerza de tales que el órgano ejecutivo, o los Ministros dictaren en recursos administrativos y que agoten las instancias de esos recursos sólo serán susceptibles de la reconsideración prevista en el Artículo 107 y de la revisión prevista en el Artículo 122 de la presente ley. La presentación de estos recursos suspende el curso de los plazos para interponer la demanda judicial. Art. 107 Recurso de reconsideración: Podrá interponerse recurso de reconsideración contra todo acto administrativo definitivo o que impida totalmente la tramitación del reclamo o pretensión del administrado y contra los interlocutores o de mero trámite que lesionen un derecho subjetivo o un interés legítimo. Deberá interponerse dentro de los diez (10) días de notificado el acto ante el mismo órgano que lo dictó, el cual será competente para resolver lo que corresponda conforme a lo dispuesto por el Artículo 105". La presente notificación se tendrá por efectuada a los cinco (5) días, computados desde el siguiente al de la última publicación (Art. 62 del Decreto Nº 1510/97). ---Queda Ud. debidamente notificado".

Maria Laura Alfonso Directora General

EO 1000 Inicia: 1-8-2016 Vence: 5-8-2016

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Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano

MINISTERIO DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Notificación - E.E: Nº 22.065.944-MGEYA-DGTALMDS/15 En mi carácter de Director General Técnico Administrativo y Legal , notifico al agente Canata, Juan Carlos CUIL Nº 20-22509573-7, que deberá presentarse dentro de las 48 hs, en la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, sito en la calle México 1661 1º PISO, a los efectos de formular descargo por las inasistencias incurridas en esta Repartición, ello en razón de encontrarse incurso en causal de cesantía prevista en el Art. 48, inc. B) de la Ley N“ 471. Su incomparecencia dará lugar a la tramitación inmediata de la misma.- Queda Ud. debidamente notificado.

Hugo Aragno Director General

EO 971 Inicia: 3-8-2016 Vence: 5-8-2016

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO Notificación - E.E. Nº 17.265.701-MGEYA-DGFEP/16 Se notifica que el Agente LANZAROTTI CARLOS CUIL N°:20-13495707-8, ha incurrido en 22 inasistencias continuas en el lapso de los 12 meses inmediatos al día 20/06/2016, razón por la cual, se sanciona con la causal de cesantía estipulada en el art. 48 inc. b) de la Ley 471: "...inasistencias injustificadas que excedan los 15 días en el lapso de los 12 meses inmediatos anteriores...". A continuación se detallan las mismas: 20/06/2016,21/06/2016,22/06/2016,23/06/2016,24/06/2016,25/06/2016,26/06/2016, 27/06/2016,28/06/2016,29/06/2016,30/06/2016. 01/07/2016,02/07/2016,03/07/2016,04/07/2016,05/07/2016,06/07/2016,07/07/2016, 08/07/2016,09/07/2016,10/07/2016,11/07/2016,12/07/2016.

Joaquín Bruzoni Director General

EO 968 Inicia: 3-8-2016 Vence: 8-8-2016

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 289

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCION GENERAL DE CEMENTERIOS Intimación - EE N.° 26.381.134-MGEYA-DGCEM/15 “Intímase en cumplimiento de la DI-2016-21-DGCEM dictada en el EX-2015-26381134-MGEYA-DGCEM, al señor JORGE ALBERTO MARTIN LAMAS CASELLAS titular de la concesión del sepulcro ubicado en los Lotes 3, 4 y 5, nº 26, Sección 1, del Cementerio de la Recoleta, para que en el plazo de DIEZ (10) días comparezcan ante esta Dirección General de Cementerio, Avenida Guzmán 730, 1er. Piso, para iniciar las tareas y/u obras que correspondan para subsanar el estado de deterioro en el que se encuentra dicho sepulcro, estando a cargo de dichos titulares los referidos trabajos, todo ello, bajo los apercibimientos de realizarse las tareas de reparación del sepulcro por Administración de esta Dirección General de Cementerios con cargo a los cotitulares mencionados, si ellos no las hicieren, y, además, de declararse la caducidad de dicha concesión, debiéndose demandar el cobro judicial de los gastos producidos".

Eduardo R. Somoza Director General

EO 960 Inicio: 1-8-2016 Vence: 5-8-2016

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS Notificación - Carpeta Nº 2.002.872/11 La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente CASELLA EMILIA Y BARRESI MARIA CRISTINA SH los términos de la Resolución N° 1883/DGR/2016, de fecha 27 de Junio de 2016, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS RESUELVE

Artículo 1º.- Impugnar las presentaciones efectuadas por la contribuyente CASELLA EMILIA Y BARRESI MARIA CRISTINA SH bajo el Régimen Simplificado del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, inscripta de oficio en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como Contribuyente Local bajo el Nº 1262899/09 (CUIT Nº 30-71068694-3), con domicilio fiscal en la Avenida Rivadavia N° 7087, Comuna N° 7, de esta Ciudad (fojas 1404), cuya actividad declarada sujeta a tributo consiste en "Venta al por menor de calzado unisex, excepto el ortopédico", en relación a los períodos fiscales 2010 (1° a 12° anticipos mensuales), 2011 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2012 (12° anticipo mensual). Artículo 2º.- Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial la materia imponible y el impuesto resultante, en relación a los períodos fiscales 2010 (1° a 12° anticipos mensuales), 2011 (1° a 12° anticipos mensuales), 2012 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2013 (1° y 3° anticipos mensuales) en los montos que se detallan en el cuadro Anexo, que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3°.- Establecer que por los ingresos obtenidos respecto de la actividad de "Venta al por menor de calzado unisex, excepto el ortopédico", le corresponde tributar a la alícuota del 3% de conformidad con el artículo 53 Inciso 12), segundo párrafo de la Ley Tarifaria para el año 2013 y disposiciones concordantes con años anteriores motivo de ajuste. Artículo 4°.- Concluir el sumario instruido considerando a la contribuyente incursa en la figura de defraudación fiscal, aplicándole una multa de $442.163,88.- (PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CIENTO SESENTA Y TRES CON 88/100), equivalente al 200% del impuesto defraudado ($221.081,94), conforme se desprende del Anexo que forma parte integrante de la presente. Artículo 5°: Tener por constituido el domicilio de la contribuyente en la sede de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, en mérito a lo dispuesto en los considerandos precedentes, y por válidamente notificada la presente y los subsiguientes actos administrativos que se dicten en consecuencia los días martes o viernes, o el siguiente hábil si alguno fuere feriado, inmediato al de su suscripción. Artículo 6°.- Intimar a la contribuyente para que dentro del término de quince (15) días de quedar notificada y firme la presente, ingrese la suma de $221.081,94 (PESOS DOSCIENTOS VEINTIUN MIL OCHENTA Y UNO CON 94/100), que resulta adeudar, y que proviene de las diferencias emergentes de esta determinación, a la cual deberán aditarse los intereses establecidos por el artículo 76 del Código Fiscal TO 2015 con las

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modificaciones introducidas por la Ley 5.493 (B.O. N° 4.792 de fecha 04/01/2016) y disposiciones concordantes de años anteriores, hasta el momento del efectivo pago, y la multa aplicada de $442.163,88.- (PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CIENTO SESENTA Y TRES CON 88/100), debiendo acreditar su pago en esta Dirección General bajo apercibimiento de solicitar la inhibición general de bienes y/o el embargo preventivo, en caso de corresponder, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3º inciso 12) del Código Fiscal TO 2015 con las modificaciones introducidas por la Ley 5.493 (B.O. N° 4.792 de fecha 04/01/2016) y concordantes con años anteriores, a cuyo efecto deberá concurrir ante la Dirección de Técnica Tributaria de la mencionada repartición, sita en de Viamonte 900 -Edificio Esmeralda, 4º piso- de esta Ciudad, a los efectos de posibilitar la efectivización del pago intimado. Artículo 7º.- Intimar a la contribuyente, para que en el plazo de quince (15) días contados a partir del siguiente al de la notificación de la presente, acredite en estas actuaciones toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiere tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se la intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de la actuación según constancias obrantes en la misma, asumiendo la contribuyente, la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran eventualmente sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 8°.- Regístrese; notifíquese a la contribuyente en el domicilio fiscal, en la sede de esta Administración conforme lo dispuesto en el artículo 5° y mediante Publicación de Edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo dispuesto en el artículo 32 del Código Fiscal TO 2015 con las modificaciones introducidas por la Ley 5.493 (B.O. N° 4.792 de fecha 04/01/2016) y disposiciones concordantes de años anteriores, con copia de la presente, y resérvese.

Demian Tujsnaider Director General de Rentas

EO 974 Inicia: 5-8-2016 Vence: 9-8-2016

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS Notificación - Expediente Nº 522.850/12 La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente MEDINA QUISPE SERAFINA los términos de la Resolución N° 2192/DGR/2016, de fecha 18 de Junio de 2016, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE

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ANEXO

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Artículo 1º.- Impugnar los pagos efectuados por la contribuyente MEDINA QUISPE SERAFINA, inscripta de oficio en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como Contribuyente Local bajo el Nº 1193203-01 (CUIT Nº 27-92622139-1), con domicilio fiscal en la calle Güemes N° 2983, Planta Baja, Comuna N° 2, de esta Ciudad (fojas 152) y con domicilio constituido en la Avenida Juan Bautista Alberdi, N° 5317, Planta Baja, COMUNA N° 9 (fojas 38), cuya actividad detectada sujeta a tributo consiste en "Venta al por menor en supermercados con predominio de productos alimenticios y bebidas", en relación a los períodos fiscales 2009 (12° anticipo mensual), 2010 (1° a 12° anticipos mensuales), 2011 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2012 (2°, 4° y 6° anticipos mensuales). Artículo 2º.- Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial la materia imponible y el impuesto resultante, en relación a los períodos fiscales 2009 (12° anticipo mensual), 2010 (1° a 12° anticipos mensuales), 2011 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2012 (1° a 6° anticipos mensuales) en los montos que se detallan en el cuadro Anexo, que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3°.- Establecer que por los ingresos obtenidos respecto de la actividad de "Venta al por menor en supermercados con predominio de productos alimenticios y bebidas", le corresponde tributar a la alícuota del 3% de conformidad con el artículo 53 Inciso 18), segundo párrafo de la Ley Tarifaria para el año 2012 y disposiciones concordantes con años anteriores motivo de ajuste. Artículo 4°.- Concluir el sumario instruido considerando a la contribuyente incursa en la figura de defraudación fiscal, aplicándole una multa de $ 59.904,29.- (PESOS CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CUATRO CON 29/100), equivalente al 100% del impuesto defraudado, conforme se desprende del Anexo que forma parte integrante de la presente. Artículo 5°: Intimar a la contribuyente para que dentro del término de quince (15) días de quedar notificada y firme la presente, ingrese la suma de $ 59.904,29.- (PESOS CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CUATRO CON 29/100), que resulta adeudar, y que proviene de las diferencias emergentes de esta determinación, a la cual deberán aditarse los intereses establecidos por el artículo 76 del Código Fiscal TO 2015 con las modificaciones introducidas por la Ley 5.493 (B.O. N° 4.792 de fecha 04/01/2016) y disposiciones concordantes de años anteriores, hasta el momento del efectivo pago, y la multa aplicada de $ 59.904,29.- (PESOS CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CUATRO CON 29/100), debiendo acreditar su pago en esta Dirección General bajo apercibimiento de solicitar la inhibición general de bienes y/o el embargo preventivo, en caso de corresponder, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3º inciso 12) del Código Fiscal TO 2016 y concordantes con años anteriores, a cuyo efecto deberá concurrir ante la Dirección de Técnica Tributaria de la mencionada repartición, sita en de Viamonte 900 -Edificio Esmeralda, 4º piso- de esta Ciudad, a los efectos de posibilitar la efectivización del pago intimado.

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 293

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Artículo 6°.- Tener por constituido el domicilio de la contribuyente en la sede de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, en mérito a lo dispuesto en los considerandos precedentes, y por válidamente notificada la presente y los subsiguientes actos administrativos que se dicten en consecuencia los días martes o viernes, o el siguiente hábil si alguno fuere feriado, inmediato al de su suscripción. Artículo 7º.- Intimar a la contribuyente, para que en el plazo de quince (15) días contados a partir del siguiente al de la notificación de la presente, acredite en estas actuaciones toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiere tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se la intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de la actuación según constancias obrantes en la misma, asumiendo la contribuyente, la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran eventualmente sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 8°.- Regístrese; notifíquese a la contribuyente en el domicilio fiscal, en la sede de esta Administración conforme lo dispuesto en el artículo 5° y mediante Publicación de Edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo dispuesto en el artículo 32 del Código Fiscal TO 2016 y disposiciones concordantes de años anteriores, con copia de la presente, y resérvese.

Manuel Esteban Balestretti Subdirector General de Técnica Tributaria

EO 975 Inicia: 5-8-2016 Vence: 9-8-2016

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS Notificación - Expediente Nº 758.100/MGEYA/12 La Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente LIVELARI, MARIA SOLEDAD RITA, los términos de la Resolución N° 2232/DGR/2016, de fecha 26 de julio de 2016, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 294

ANEXO

Artículo 1º.- Iniciar el procedimiento de determinación de oficio sobre base presunta y con carácter parcial de la materia imponible y de las obligaciones fiscales consiguientes, con relación al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos a la contribuyente MARIA SOLEDAD RITA LIVELARI, inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos en el Régimen General como Contribuyente Local bajo el N° 1278842-02 y CUIT 23-25296329-4, con domicilio fiscal en la Avenida Córdoba N° 6388, Piso 2°, Departamento "D", Comuna N° 15, de ésta Ciudad (fojas 91) cuya actividad sujeta a tributo consiste en "Venta al por menor de otros artículos n.c.p.", con relación a los períodos fiscales 2011 (12° anticipo mensual), 2012 (1° a 12° anticipos mensuales), 2013 (1°, 3° a 12° anticipos mensuales) y 2014 (1° a 7° anticipos mensuales).

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Artículo 2º.- Instruir sumario a la contribuyente mencionada por la comisión presunta de las infracciones sancionadas en las normas fiscales referidas en los Considerandos de la presente. Artículo 3º.- Intimar a la contribuyente a denunciar el correcto domicilio fiscal dentro del ámbito de esta Ciudad, bajo apercibimiento de tener por constituido su domicilio en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Artículo 4º.- Conferir vista de estas actuaciones a la contribuyente MARIA SOLEDAD RITA LIVELARI, para que en el término de quince (15) días, de notificada esta resolución, exprese por escrito su descargo, ofrezca y produzca las pruebas que hagan a su derecho, debiendo el presentante acreditar la personería invocada de no estarlo en la actuación, bajo apercibimiento de su no consideración en la resolución de la causa. Artículo 5º.- Consignar que las planillas de diferencias de verificación forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 6º.- Intimar a la contribuyente MARIA SOLEDAD RITA LIVELARI para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, declare si ha interpuesto demanda impugnativa contra un acto administrativo sancionatorio dictado por esta Administración Tributaria con anterioridad, aportando en caso afirmativo, los elementos conducentes a su fehaciente acreditación, y a los fines de realizar un correcto encuadre de su situación infractora, conforme lo pautado por los artículos 111 y 112 del Código Fiscal T.O. 2016 y disposiciones concordantes de años anteriores; todo ello bajo apercibimiento de resolver las presentes conforme las constancias de autos. Artículo 7º.- Intimar a la contribuyente MARIA SOLEDAD RITA LIVELARI, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal,

tal como pagos, acogimientos a planes de facilidades, o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se lo intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que les pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 8°.- Regístrese; notifíquese a la contribuyente en el domicilio fiscal consignado en el artículo 1°, y mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo dispuesto en el artículo 32 del Código Fiscal T.O. 2016 y disposiciones concordantes de años anteriores; con copia de la presente, y resérvese.

Manuel E. Balestretti Subdirector General

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 295

EO 976 Inicia: 5-8-20016 Vence: 9-8-2016

ANEXO

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ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS Notificación - Expediente Nº 16.507.628/2014 e incorporado Expediente N° 16.263.975/14 La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente TINAS DEL SUR S.A. (EN CONCURSO PREVENTIVO) los términos de la Resolución N° 2194/DGR/2016, de fecha 18 de Julio de 2016, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación: ç

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE Artículo 1º.- Impugnar las declaraciones juradas presentadas por la contribuyente TINAS DEL SUR S.A. (EN CONCURSO PREVENTIVO) inscripta en el Régimen de Convenio Multilateral del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 901-219891-1 (CUIT N° 30-70963845-5) con domicilio fiscal en la Avenida Cerviño N° 4407, Piso 5°, Departamento "B", Comuna Nº 14 (foja 128 Expediente N° 16.263.975/2014) y con domicilio social denunciado (conforme Boletín Oficial de fojas 43 del Expediente N° 16.263.975/2014) en la Avenida Leandro N. Alem N°639, Piso 4°, Oficina X Comuna N° 1, ambos de esta Ciudad, cuyas actividades declaradas sujetas a tributo consisten en "Elaboración de quesos" y " Venta al por mayor de materias primas pecuarias incluso animal";con relación a los períodos fiscales 2010 (12° anticipo mensual), 2011 (1° a 12° anticipos mensuales), 2012 (1° a 3° y 5° a 12° anticipos mensuales) y 2013 (1° a 12° anticipos mensuales); Artículo 2º.- Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial la materia mponible y el impuesto resultante de la contribuyente TINAS DEL SUR S.A.(EN CONCURSO PREVENTIVO), por los períodos fiscales 2010 (12° anticipo mensual), 2011 (1° a 12° anticipos mensuales), 2012 (1° a 3° y 5° a 12° anticipos mensuales) y 2013 (1° a 12° anticipos mensuales); en los montos que se detallan en el Anexo, que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3°.- Establecer que por los ingresos obtenidos por la contribuyente respecto de las actividades "Elaboración de quesos" y " Venta al por mayor de materias primas pecuarias incluso animal" le corresponde tributar a la alícuota del 4% por los períodos fiscales 2011 (1° a 12° anticipos mensuales), 2012 (1° a 3° y 5° a 12° anticipos mensuales), y 2013 (1° a 12° anticipos mensuales); atento a superar los topes de ingresos brutos anuales establecidos conforme el Artículo 56 Inciso 1) y artículo 52 inc 2) respectivamente, de la Ley Tarifaria para el año 2013 y disposiciones concordantes de años anteriores;

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 296

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Artículo 4°.- Mantener la extensión de la responsabilidad solidaria por el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la contribuyente, Presidente y Director de la firma Sr. Sebastian Curet , DNI N° 25.459.508, con domicilio en la calle Irlanda N° 1712, Comuna N°13 de esta Ciudad y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, en virtud de lo establecido en los artículos 11 incisos 4) y 5), 12, 14 inciso 1) y 110 del Código Fiscal T.O. 2016 y disposiciones concordantes de años anteriores. Artículo 5°:Tener por constituido el domicilio de la contribuyente en la sede de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, en mérito a lo dispuesto en los considerandos precedentes, y por válidamente notificada la presente y los subsiguientes actos administrativos que se dicten en consecuencia los días martes o viernes, o el siguiente hábil si alguno fuere feriado, inmediato al de su suscripción. Artículo 6°: Disponer la verificación judicial del crédito fiscal en el juicio concursal por la suma de $ 424.587,85 (pesos cuatrocientos veinticuatro mil quinientos ochenta y siete con 85/100), que resulta adeudar y que proviene de la diferencias emergentes de esta determinación, a la cual se le aditaron los intereses establecidos en el artículo 76 del Código Fiscal TO 2016 y disposiciones concordantes de años anteriores, hasta la fecha de presentación en concurso. Artículo 7°:Lo expuesto en el artículo anterior, no inhabilita la vía recursiva, pudiendo la contribuyente y el responsable solidario interponer recurso de reconsideración y, eventualmente, recurso jerárquico de acuerdo con lo previsto por los artículos 150 y 151 del Código Fiscal TO 2016 y disposiciones concordantes de años anteriores. Artículo 8°:Remitir de inmediato copia de la presente con la totalidad de los antecedentes a la Procuración General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a los efectos indicados en el artículo 6° previo pase a la Dirección General Legal y Técnica de AGIP. Artículo 9º:Intimar a TINAS DEL SUR S.A..(EN CONCURSO PREVENTIVO), a su responsable solidario y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, para que en el plazo de cinco (5) días contados a partir del siguiente al de la notificación de la presente, acrediten en estas actuaciones toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiere tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de la actuación según constancias obrantes en la misma, asumiendo la contribuyente y el responsable solidario, la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que les pudieran eventualmente sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 10°: Regístrese; notifíquese a la contribuyente en el domicilio fiscal y en la sede de esta Administración conforme lo dispuesto en el artículo 5° y al responsable solidario tanto en el domicilio fiscal de la empresa como al indicado en el artículo 4° y a la contribuyente y al responsable solidario mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad, conforme lo dispuesto en el artículo 32 del Código Fiscal T.O. 2016 y disposiciones concordantes de años anteriores con copia y resérvese..

Manuel E. Balestretti Subdirector General de Técnica Tributaria

EO 978 Inicia: 5-8-2016 Vence: 9-8-2016

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 297

ANEXO

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ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS Notificación - E.E. Nº 24.143.073/MGEyA-DGR/15 La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente INSTITUTO SACRE COUER S.A., los términos de la Resolución N° 2287/DGR/2016, de fecha 1 de Agosto 2016, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación.

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE Artículo 1º.- Dejar sin efecto la multa aplicada mediante Resolución N° 3220-DGR/2015 a la contribuyente INSTITUTO SACRE COEUR S.A. inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 775656-09 CUIT Nº 30-64247881- 4, con domicilio fiscal en la calle Paraguay Nº 3128 de la Comuna Nº 2 de esta Ciudad, en mérito a lo expuesto en los considerandos precedentes. Artículo 2º.- Regístrese; publíquese por Edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Código Fiscal t.o. 2016, y resérvese.

Manuel E. Balestretti Subdirector General de Técnica Tributaria

EO 972 Inicia: 4-8-2016 Vence: 8-8-2016

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS Notificación - E.E. N° 24.145.588/MGEyA-DGR/15 La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente INSTITUTO SACRE COUER S.A., los términos de la Resolución N° 2286/DGR/2016, de fecha 1 de Agosto 2016, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación.

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 298

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Artículo 1º.- Dejar sin efecto la multa aplicada mediante Resolución N° 3218-DGR/2015 a la contribuyente INSTITUTO SACRE COEUR S.A. inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 775656-09 CUIT Nº 30-64247881- 4, con domicilio fiscal en la calle Paraguay Nº 3128 de la Comuna Nº 2 de esta Ciudad, en mérito a lo expuesto en los considerandos precedentes. Artículo 2º.- Regístrese; publíquese por Edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Código Fiscal t.o. 2016, y resérvese.

Manuel E. Balestretti Subdirector General de Técnica Tributaria

EO 967 Inicia: 3-8-2016 Vence: 5-8-2016

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS Notificación - E.E. Nº 24.146.645/MGEyA-DGR/15 La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente INSTITUTO SACRE COUER S.A., los términos de la Resolución N° 2285/DGR/2016, de fecha 1 de Agosto 2016, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación.

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE Artículo 1º.- Dejar sin efecto la multa aplicada mediante Resolución N° 3220-DGR/2015 a la contribuyente INSTITUTO SACRE COUER S.A. inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 775656-09 CUIT Nº 30-64247881- 4, con domicilio fiscal en la calle Paraguay Nº 3128 de la Comuna Nº 2 de esta Ciudad, en mérito a lo expuesto en los considerandos precedentes. Artículo 2º.- Regístrese; publíquese por Edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Código Fiscal t.o. 2016, y resérvese.

Manuel E. Balestretti Subdirector General de Técnica Tributaria

EO 973 Inicia: 4-8-2016 Vence: 8-8-2016

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 299

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Intimación - Expediente Nº 2.095.331/12 La Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace saber a la firma E- PROFITS SRL Inscripción en el Impuesto a los Ingresos Brutos Convenio Multilateral N° 901-220955-8, CUIT N° 30-70968383-3 con domicilio fiscal en calle Esteban Echeverría Nº 2635, Piso 4, Dpto. C, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que se procede a dejar sin efecto las diferencias de verificación notificadas mediante Publicación de Edictos N° 1082 de fecha 25/11/2015 al 30/11/2015, procediéndose a comunicar nuevas planillas de diferencias de verificación a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por el importe de Pesos $ 109.112,79 (pesos ciento nueve mil ciento doce con 79/100) que se detalla en anexo que se acompaña, según surge del Expediente Nro. 02095331/2012. En razón de los motivos expuestos, se intima a que el primer día viernes hábil posterior al vencimiento de la publicación de este Edicto, se presente persona responsable de la firma debidamente autorizada o apoderado con poder amplio ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en el Departamento Externa "D", de la Dirección de Fiscalización Integral y Operativos Especiales de esta Dirección General de Rentas- AGIP, sito en Viamonte 900, 2do. Piso, sector Esmeralda, de 12:30 a 16:00 hs , a los efectos de prestar conformidad ó no a las Diferencias de Verificación de carácter parcial por los períodos: 09/2014; 12/2014; 01/2015 a 03/2015; 05/2015; 08/2015 a 11/2015 determinadas en función a 1) Montos Imponibles declarados en I.V.A por los períodos 09/2014; 12/2014; 01/2015 a 03/2015 y 05/2015; 2) Facturas de venta por los períodos 08-2015 a 11-2015. En caso de prestar conformidad a los ajustes efectuados, deberá abonar el impuesto resultante con más los recargos correspondientes que establece el artículo 76 del Código Fiscal Vigente (t.o. 2015), dentro de los 15 (quince) días hábiles posteriores al plazo anteriormente mencionado. En caso de incomparecencia en la fecha, hora y lugar indicados dichas diferencias se considerarán como no conformadas dando lugar al inicio del procedimiento de Determinación de Oficio, la instrucción de sumario siendo pasible de continuar incluido en el Padrón Contribuyentes Riesgo Fiscal según lo establece la Resolución Nº 918-AGIP-2013.-

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 300

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EO 977 Inicia: 5-8-2016 Vence: 9-8-2016

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 301

ANEXO

Asimismo se intima al ingreso del impuesto declarado y no ingresado por el período 08-2014 más los accesorios e intereses estipulados en el código fiscal vigente t.o.2015 bajo apercibimiento de embargo preventivo y/o inhibición de bienes según lo previsto en el artículo 3° del código fiscal vigente (t.o. 2015) dentro del término de 15 (quince) días hábiles posteriores contados desde el vencimiento de la publicación del presente Edicto.

Claudio Basile Director de Fiscalización Integral y

Operativos Especiales

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Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos

Aires

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Notificación - E.E. Nº 16.053.982-MGEYA-IVC/16 El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber a las personas identificadas en el Anexos I del presente y/o sus eventuales herederos, que por DISFC-2016-505-IVC de fecha 01/08/16, se ha procedido respectivamente, a rescindir los Boletos de Compraventa que suscribieran con dicho Organismo, respecto de las viviendas que se mencionan en el Anexo I; por haber transgredido dichos adjudicatarios/as, la cláusula contractual por la que se obligara a habitar dicha vivienda personalmente con su grupo familiar declarado; y a dejar sin efecto la parte pertinente de las Resoluciones y/o Disposiciones indicadas en el Anexo II, por las cuales se procedió a adjudicar las viviendas que en cada caso se indica, según lo actuado en el EX -2016-16053982-MGEYA-IVC. Asimismo, se les hace saber a los interesados, que la referida Disposición es susceptible de impugnación por vía de los Recursos de Reconsideración y/o Jerárquico en subsidio que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos respectivamente, contados a partir del día siguiente de la notificación respectiva prevista en el art. 62 del Decreto Nº 1.510/CABA/1.997, de conformidad a lo establecido en los arts. 103, 107 y subsiguientes y concs. de la misma norma, quedando así agotada la vía administrativa. Sin perjuicio de ello, podrá a su exclusivo criterio, interponer Recurso de Alzada conforme lo dispuesto en el art. 113 del mencionado Decreto. La presente notificación se tendrá por cumplida a los cinco (5) días, computados desde el día siguiente al de la última publicación (art. 62 del Decreto citado). Publíquese por tres (3) días en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Mariano A. Vázquez Gerencia Asuntos Jurídicos

EO 970 Inicia: 3-8-2016 Vence: 5-8-2016

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Notificación - E.E. Nº 16.372.056-MGEYA-IVC/16

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 302

ANEXO

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El Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires, hace saber al Sr. ARZAMENDIA Juan Carlos (D.N.I N° 8.6073.719) que por disposición Nº N° 502 / GG / 16 de fecha 29/07/2016, se ha procedido a rescindir el Boleto de Compraventa oportunamente suscripto por transgredir las cláusulas séptima y octava en los términos de la novena y décima primera del citado instrumento referente a la U.C. Nº 43.153 - Block 4 - Piso 5º - Dto. "C", del Barrio Villa Lugano, conforme lo actuado en el EE N° 2016-16372056-MGEYA-IVC. Se hace saber asimismo al interesado que la disposición dictada es susceptible de impugnación por vía de los recursos de reconsideración y/o jerárquico en subsidio que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos respectivamente, contados a partir del día siguiente de la notificación respectiva (conf. Art.103, 107 y ss Decreto 1510/CABA/97) quedando así agotada la vía administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá, a su exclusivo criterio interponer recurso de alzada conforme lo dispuesto en el Art. 113 del Decreto mencionado. La presente notificación se tendrá por efectuada a los cinco (5) días, computados desde el siguiente al de la última publicación (Art. 62 Ley citada). Publíquese por tres (3) días en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Mariano A. Vazquez Gerente de Asuntos Jurídicos

EO 969 Inicia: 3-8-2016 Vence: 5-8-2016

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 303

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Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUZGADO PENAL CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 7 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 18.283.540/MGEYA/2016 Carátula: “CORREA ETCHEPARE, EMILIANO DAVID S/ ART. 183 Y 149 BIS DEL CP (P/ L 2303)” Causa N°: 31669/12 En el marco de la causa Nro. 31669/12, caratulada “CORREA ETCHEPARE, EMILIANO DAVID s/art. 183 y 149 bis del CP (p/ L 2303)”, en trámite por ante este Juzgado en lo Penal, Contravencional y Faltas Nro. 7, con fecha 14 de junio de 2016, se ha dispuesto: LIBRAR el correspondiente edicto al Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, intimando al encartado, r. Emiliano David Correa Etchepare, titular del DNI Nro. 34.643.370, a fin de que comparezca dentro del tercer día desde el vencimiento de la publicación, a estar a derecho, informar su domicilio actual e informar los motivos su incomparecencia al citaciones que se le cursaron oportunamente, bajo apercibimiento de revocar la Suspensión de Juicio a Prueba, declararlo rebelde y ordenar su inmediata captura, conforme art. 158 del C.P.P.C.A.B.A. FDO: Ladislao J.J. Endre, Juez. Ante mí: Santiago Gamboso, Prosecretario Coadyuvante. Secretaría a los 14 días del mes de julio de 2016.

Santiago Gamboso Prosecretario Coadyuvante

OJ 194 Inicia: 2-8-2016 Vence: 8-8-2016

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUZGADO PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 1 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 18.356.139/MGEYA/2016 Carátula: “CANTERO, OSCAR FEDERICO S/ INFR. ART(S) 149 BIS CP” Causa N°: 30730/12

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 304

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“El Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 1, Secretaría única, sito en la calle Tacuarí n° 138, piso 9°, contrafrente, de esta ciudad, cita a Oscar Federico Cantero, titular del DNI n° 26.950.348, de nacionalidad argentina nacido el 6 de noviembre de 1978, hijo de Ramón y de Miguela Ibalo, de estado civil soltero, de ocupación empleado, con último domicilio conocido en la calle Juan Pablo I 899, de la localidad de Villa Celina, provincia de Buenos Aires, a fin de que comparezca ante este tribunal para estar a derecho, dentro del quinto día de notificado, bajo apercibimiento de lo que por derecho corresponda (conf. arts. 63, 158, 205 y 311 del CPPCABA). Fdo. Rodolfo Ariza Clerici -Juez- Ante mí: Nicolás Faes -Prosecretario Coadyuvante-“.

Rodolfo Ariza Clerici Juez

OJ 196 Inicia: 3-8-2016 Vence: 9-8-2016

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUZGADO PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 1 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 18.359.431/MGEYA/2016 Carátula: “CARRANZA, JORGE RUBÉN S/ INFR. ART(S) 149 BIS CP” Causa N°: 559/14 “El Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 1, Secretaría única, sito en la calle Tacuarí n° 138, piso 9°, contrafrente, de esta ciudad, cita a Jorge Rubén Carranza, titular del DNI n° 25.653.291, de nacionalidad argentina, nacido el 22 de enero de 1977 en esta ciudad, con último domicilio conocido en la calle Huesped n° 10, del barrio 1001, km 28, de la villa Scasso, Gonzalez Catan, partido de La Matanza, provincia de Buenos Aires, a fin de que comparezca ante este tribunal para estar a derecho, dentro del quinto día de notificado, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía. Fdo. Rodolfo Ariza Clerici -Juez- Ante mí: Nicolás Faes -Prosecretario Coadyuvante-“.

Rodolfo Ariza Clerici Juez

OJ 197 Inicia: 3-8-2016 Vence: 9-8-2016

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 305

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PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUZGADO PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 1 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 18.360.468/MGEYA/2016 Carátula: “CHIAN AVALOS S/ INFR. ART(S) 149 BIS – CP (P/ L 2303)” Causa N°: 14024/15 INT. 17505 “El Juzgado de Primera Instancia en lo Penal. Contravencional y de Faltas n° 1, Secretaría única sito en la calle Tacuarí n° 138, piso 9°, contrafrente, de esta ciudad, cita a Germán Ramón Chian Avalos (DNI n° expedido por la República del Perú nro. 1276040), a fin de que comparezcan ante este tribunal para estar a derecho, dentro del quinto día de notificado, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía. (conf., art. 158 del CPPCABA.)”.

Rodolfo Ariza Clerici Juez

OJ 198 Inicia: 3-8-2016 Vence: 9-8-2016

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUZGADO EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 4 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 18.371.007/MGEYA/2016 Carátula: “AUGE, JULIO GUMERSINDO S/ ART. 1472: 111 C.C” Causa N°: 8155-01/15 (572/C) “///nos Aires, 15 de julio de 2016. (…) líbrese oficio al Boletín Oficial de esta ciudad, a fin de solicitar que se publiquen edictos durante cinco días, donde conste que este Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas N° 4, emplaza a Julio Gumersindo Auge (titular del DNI n° 8.209.601), a presentarse ante esta dependencia, sita en Berutti 3345, piso 2°, de esta ciudad, a la audiencia de juicio oral y público fijada dispuesta para el día 24 de agosto de 2016 a las 10.00 horas. Fdo, María Julia Correa (Juez PRS); ante mí, María Alejandra Fili, Prosecretaria Coadyuvante.”

María Julia Correa Juez

OJ 199 Inicia: 3-8-2016 Vence: 9-8-2016

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PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUZGADO EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 21 Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 18.493.802/MGEYA/2016 Carátula: “MELGAREJO, MARTA SUSANA S/ INF. ART. 149 BIS CP” Causa N°: 27403/12 (1097/D) El Juzgado en lo Penal, Contravencioanl y de Faltas n° 21, a cargo de la Dra. Cristina B. Lara, Secretaría única, sito en la calle Tacuarí 138, piso 3° frente, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cita dentro del tercer día de notificada, a contar desde la última publicación del presente edicto, a Marta Susana Melgarejo –titular del D.N.I. N° 32.042.621- para que concurra ante este Tribunal a fin de efectuar las manifestaciones que estime correspondan en los términos del art. 311 del CPPCABA, con relación a la presente causa N° 27403/12 (1097/D) que se le sigue por infracción al art. 149 bis del Código Penal, bajo apercibimiento de revocar la suspensión del proceso a prueba que oportunamente se le concediera (art. 63 del CPPCABA). Publíquese por cinco días. Ciudad de Buenos Aires. 14 de julio de 2016. Fdo. Cristina B. Lara (Jueza); Ante mí: Mariano Sánchez (Secretario).

Mariano A. Sánchez Secretario

OJ 200 Inicia: 5-8-2016 Vence: 11-8-2016

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Ministerio Público Fiscal

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL UNIDAD FISCAL NORTE Citación (Oficio Judicial E.E. Nº 18.274.102/DGTAD/2016) Carátula: “GARCÍA, GARCÍA ELVIS DANNY S/ ART. 111 DEL C.C.” Caso: 11766/13 La Fiscalía en lo Penal Contravencional y de Faltas N° 6 de la Unidad Fiscal Norte con competencia en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -sito en Cabildo 3067 3° piso- hace saber a Elvys Danny García García, peruano, nacido el 11 de diciembre de 1980; D.N.I. 94.184.954, en los autos n° 11766/13 “García García Elvys Danny s/ art. 111 del C.C.”, se ha dispuesto librar el presente edicto por cinco días, a los efectos de que el nombrado concurra dentro del quinto día de notificado a estar a derecho conforme el compromiso asumido en oportunidad de prestar declaración en los términos del art. 41 de la Ley 12, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y de ordenarse su captura. Ciudad de Buenos Aires, 13 de julio de 2016.

Cecilia Amil Martín Fiscal Coordinador

OJ 195 Inicia: 2-8-2016 Vence: 8-8-2016

Nº 4938 - 05/08/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 308

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LEY Nº 2.739

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Horacio Rodríguez Larreta

Secretaría Legal y TécnicaSecretaría Legal y Técnica

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D. G. Coordinación y Consolidación Normativa

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