BOLETÍN DEL EURO Nº 9 ASPECTOS OPERATIVOS Y NOTAS DE ACTUALIDAD Marzo 1999.
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BOLETÍN DEL EURO Nº 9
ASPECTOS OPERATIVOS YNOTAS DE ACTUALIDAD
Marzo 1999
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EVOLUCION DEL EURO FRENTE AL DOLAR
• Tras la euforia inicial, con una apreciación frente al dólar, posteriormente el euro se ha debilitado frente a esta divisa.
• En dos meses se ha depreciado casi un 6%. Paridad de partida: 1 euro = 1,16675 dólares Paridad al 25-02-99: 1 euro = 1,10310 dólares.
• Economía EE.UU. más fuerte de lo esperado. Crecimiento 1998 = 3,9%. Crecimiento estimado para 1999 = 2,5% al 3%. Desaparición de las expectativas de descensos de tipos de interés.
• Economía europea más débil de lo esperado. Crecimiento estimado 1998 = 2,8%. Crecimiento estimado para 1999 = 2%.
Expectativas de descensos de tipos de interés.
• Esta evolución del euro beneficia a los exportadores europeos.
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PLAN DE ESTABILIDAD 1999-2002
• El Pacto de Estabilidad obliga a elaborar Planes nacionales con objetivos fiscales cuantitativos, con la finalidad de no relajarse y evitar que aumenten los déficit públicos.
• Si hay países que incumplen los objetivos de déficit público los tipos de interés subirán, perjudicando al resto. El euro perdería credibilidad, convirtiéndose en una moneda débil e inflacionista.
• Objetivos del Plan de Estabilidad español: Crecimiento medio del PIB del 3,3%. Inflación media del 1,7%. Ligero superávit público en el 2002, o un déficit del 0,8% en un
escenario pesimista. Convergencia de la renta per cápita hasta el 82% de la media de la UE.
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PLAN DE ESTABILIDAD 1999-2002(continuación)
Principales reformas estructurales previstas:
• Aumentar la liberalización del sector eléctrico y de las telecomunicaciones.
• Mayor libertad de horarios del comercio minorista a partir del 2001.
• Privatización de todas las empresas públicas salvo algunas de minería y defensa.
• Nuevas leyes sobre quiebras y suspensiones de pagos, y procesos judiciales en materia económica.
• Nueva ley sobre la política de I+D.
• Medidas fiscales y financieras de apoyo a la internacionalización.
• Reforma del régimen legal de las sociedades de capital riesgo y nuevo marco jurídico para las instituciones de inversión colectiva.
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INCORPORACION DE GRAN BRETAÑA AL EURO
• El Primer Ministro inglés ha manifestado su voluntad de que la libra esterlina inicie el camino hacia el euro en el año 2002.
• Ese año se celebran elecciones y posteriormente se convocaría un referendum sobre el cambio de moneda.
• Si vence la opción pro-euro se abriría una etapa de adaptación al euro, similar al actual período transitorio de los 11 países adscritos a la UME, que duraría de 24 a 30 meses.
• Posteriormente habría un período de convivencia de las dos monedas de seis meses.
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ASPECTOS CONTABLES DE LA INTRODUCCION DEL EURO
Según Real Decreto 2.814/1998 aprobado el 23-12-98:• En el período transitorio (01-01-99/31-12-01) las cuentas anuales podrán
expresarse en pesetas o en euros.• La contabilidad también en pesetas o en euros. Si se opta por el euro se
aplicará al conjunto de la contabilidad y será irreversible.• Las diferencias de cambio con monedas de países de la UME se consideran
realizadas el 31-12-98.• Los gastos por introducción del euro van a pérdidas y ganancias del
ejercicio.• Si suponen ampliación, mejora o renovación del inmovilizado son mayor
valor del mismo. Si varía su vida útil, hay que ajustarla.• Las diferencias por redondeos son ingresos o gastos financieros del
ejercicio. En el caso del capital: si aumenta sería una pequeña ampliación de capital, si disminuye el sobrante va a la reserva “Diferencias por ajuste del capital a euros”.
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PRINCIPIOS QUE RIGEN EN LA FASE DE TRANSICION
• No obligación, no prohibición. Nadie está obligado a utilizar el euro ni tampoco pueden prohibirle su uso.
• Equivalencia legal. El valor de un producto o servicio debe ser idéntico en pesetas y en euros.
• Continuidad de los contratos. La introducción del euro no extingue ni modifica los contratos establecidos en pesetas.
• Neutralidad fiscal. La introducción del euro no debe provocar nuevos impuestos ni costes por cambiar las referencias monetarias.
• Subsidiariedad. Los estados miembros son los encargados de realizar una introducción e implantación del euro adecuadas.
• Gratuidad. La conversión de pesetas a euros es gratuita, tanto en las cuentas bancarias, como en los pagos y cobros de facturas, como en las monedas y billetes en el año 2002.
• Fungibilidad. La peseta y el euro son monedas intercambiables.