Boletín CCJ-MTY Ene-Mar 2014
Transcript of Boletín CCJ-MTY Ene-Mar 2014
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Acercando la Cultura Jurdica Boletn trimestral de la Casa de la Cultura Jurdica
Ministro Emeterio de la Garza en Monterrey, Nuevo Len
Enero-Marzo 2014
Se inaugura el Programa Anual de EventosSe inaugura el Programa Anual de Eventos con con Conferencias Magistrales en Materia de AmparoConferencias Magistrales en Materia de Amparo
Analizan Ley de Concursos Mercantiles y sus recientes Reformas
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ndice
Mdulo de Acceso: Resoluciones relevantes de la SCJN ............................................... 4
Librera: Novedades editoriales Enero-Marzo 2014 ........................................................ 6
Crnicas: El Inters superior del menor .......................................................................... 8
Conferencias Magistrales en Materia de Amparo ............................................................ 10
Temas de Actualidad: El Impacto de las Corrientes Criminolgicas en el
Ejercicio de la Criminologa y el Derecho ...................................................................... 12
Retos y Perspectivas para Mxico en Materia de Derechos Humanos ........................... 14
Analizan Ley de Concursos Mercantiles y sus recientes Reformas ................................ 16
Los derechos del contribuyente, no son Derechos Humanos Conferencia Magistral: Lo Contencioso Administrativo ................................................. 17
Presentacin de Libro: Control de Convencionalidad ................................................... 18
Capacitan en tema de acoso laboral a personal de la CCJMTY ..................................... 19
Acuden estudiantes a la CCJ para conocer los servicios que en ella se ofrecen ............ 20
Presentacin: Cine en la Casa .................................................................................... 22
Cine en la Casa: El ltimo veredicto ............................................................................. 23
Artculo de colaboracin: Acuerdo Reparatorio ............................................................ 24
PRXIMOS EVENTOS .................................................................................................. 26
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OFICIALA MAYOR Direccin General de Casas de la Cultura Jurdica
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Mdulo de Acceso a la Informacin
1. MULTA. CUANDO SE DESECHA EL RECURSO DE REVISIN EN AMPARO INDIRECTO DEBE IMPONERSE LA PREVISTA EN EL ARTCULO 90 DE LA LEY DE AMPARO, SIN QUE SEA APLI-CABLE LO DISPUESTO EN EL ARTCULO 3o. BIS Y 90 DE ESE ORDENAMIENTO (LEGISLACIN VIGENTE HASTA EL 2 DE ABRIL DE 2013).
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nacin, resolvi que no en todos los casos es proce-dente la multa prevista en el artculo 90 de la Ley de Amparo, cuando el recurso de revisin sea impro-cedente, ya que no siempre puede valorarse si existi o no mala fe del recurrente. Asimismo, determin que se justifica no imponer multa al recurrente, cuando se trate de la parte trabajadora en materia labo-ral, los menores, los incapaces, los sujetos que se encuentren privados de su libertad o los que inter-pongan el recurso con la finalidad de tutelar ese bien jurdico. 2. PRINCIPIO PRO PERSONA Y RECURSO EFECTIVO. EL GOBERNADO NO EST EXIMIDO DE RESPETAR LOS REQUISITOS DE PROCEDENCIA PREVISTOS EN LAS LEYES PARA INTERPO-NER UN MEDIO DE DEFENSA.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacin determin que, no obstante la existen-cia del principio pro persona y del derecho del ciudadano a un recurso efectivo, esto no implica que el juzgador deba resolver el asunto de fondo, sin verificar la procedencia o no del asunto. 3. MERCANCAS OBJETO DE EMBARGO PRECAUTORIO EN UN PROCEDIMIENTO EN MATERIA ADUANERA. FORMA DE CALCULAR SU VALOR ANTE LA IMPOSIBILIDAD MATERIAL DE DE-VOLVRSELAS POR HABER SIDO ENAJENADAS POR EL SERVICIO DE ADMINISTRACIN Y ENAJENACIN DE BIENES (SAE).
La Segunda Sala de la SCJN, estableci que cuando la autoridad aduanera ordene la devolucin de mercancas, pero esto resulte imposible por haber sido enajenadas por la SAE, para resarcir el dao al importador, deber sealarse el calor del bien de acuerdo al monto obtenido por la venta con los des-cuentos sealados, ms los rendimientos generados a partir de dicha operacin .
Resoluciones relevantes de la SCJN
Si desea obtener ms informacin sobre stas y otras resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nacin, puede acudir al Mdulo de Acceso a la Informacin en la Casa de la Cultura Jurdica en Monterrey, Nuevo Len "Ministro Emeterio de la Garza".
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Es t derecho informarte. Acrcate al Mdulo de Acceso a la Informacin de la Casa de la Cultura Jurdica en Monterrey, Nuevo Len.
Casa de la Cultura Jurdica Ministro Emeterio de la Garza Zaragoza 244 esq. Espinosa, Centro, Monterrey, N.L.
(81) 83 40-14-37, 83 40-04-62, Extensin 8437
Correo electrnico:
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SISTEMATIZACIN DE TESIS Y EJECUTORIAS PUBLICADAS EN EL SEMANARIO JUDICIAL DE LA FEDERACIN DE 1917 A DICIEMBRE DE 2013 (ANTES IUS) Esta obra se presenta en una versin que es compatible con los sistemas operativos en las plataformas ms recientes de Microsoft Windows y Mac OS; se caracteriza prin-cipalmente por mostrar en una sola vista todas las opciones de consulta, con la posibili-dad de navegar entre ellas; permite realizar bsquedas por palabra, ver los resultados y el detalle de los documentos, con la posibilidad de replantear las expresiones de con-sulta con el mismo conjunto de datos, sin necesidad de cambiar de pantalla; as como filtrar por materia los resultados obtenidos en las bsquedas.
En cuanto a la consulta de la informacin al igual que las anteriores versiones, ofrece, entre otros aspectos, un dispositivo de bsqueda que abrevia el tiempo de respuesta en consultas complejas; localiza las tesis a partir de su clave de publicacin y proporciona los temas relacionados con stas; filtra el resultado de la con-sulta atendiendo a si se trata de tesis aisladas o de jurisprudencia; dispone de un localizador de palabra en la seccin de tesis, cuyos datos de localizacin, rubro, texto y precedentes se muestran en una sola vista. Asimismo, en la consulta de tesis, contiene filtros respecto de tipo de asunto, nombre del ponente o disiden-te, en su caso; permite adems modificar el tamao de la letra y predeterminar la seleccin de los campos de localizacin, rubro, texto y precedentes, desde la configuracin del programa. Los temas relacionados con stas; filtra el resultado de la consulta atendiendo a si se trata de tesis aisladas o de jurisprudencia; dispone de un localizador por palabra en la seccin de tesis, cuyos datos de localiza-cin, rubro, texto y precedentes se muestran en una sola vista. Asimismo, en la consulta de tesis, contiene filtros respecto de tipo de asunto, nombre del ponente o disidente, en su caso; permite adems modificar el tamao de la letra y predeterminar la seleccin de los campos Localizacin, Rubro, Texto y Precedentes, desde la configuracin del programa. El programa permite imprimir las tesis con o sin datos de localizacin, cabe destacar tambin la posibilidad de realizar consultas a partir de uno o varios Tribunales Colegiados de Circuito. La base de datos compila alrededor de 235,000 tesis jurisprudenciales y aisladas del Pleno y Salas de la Suprema Corte, de los Plenos de Circuito as como de los Tribunales Colegiados de Circuito, publicadas en el Semanario desde junio de 1917 hasta diciembre de 2013 (Quinta a Dcima pocas); 43,327 criterios acopiados en diferentes Apndi-ces del propio Semanario desde 1954 hasta el de septiembre de 2011 y 6,975 ms, contenidos en algunos informes de labores. Asimismo, permite consultar, a partir de ligas, la legislacin federal y en algunos casos la estatal, en las tesis publicadas en la Novena y Dcima pocas. Contiene tambin un apartado de criterios interpretativos emitidos por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federacin. Asimismo, incluye los Anexos Documentales del Informe Anual de Labores rendidos por el Presidente de la Suprema Corte de Justicia en los aos 2011 a 2013, el Cdigo de tica del Poder Judicial de la Federacin; las Sinopsis de la Comisin Nacional de tica Judicial, entre otros documentos, as como los datos biogrfi-cos de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nacin, de los Consejeros de la Judicatura Fede-ral y de los Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federacin. Autor: SCJN Precio: $120.00
Librera
Novedades editoriales
Librera
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LEGISLACIN MERCANTIL Y SU INTERPRETACIN POR EL PODER JUDI-CIAL DE LA FEDERACIN Esta versin se integra por 5,203 tesis aisladas y de jurisprudencia emitidas desde la Quinta poca hasta enero de 2014, publicadas en el Semanario Judicial de la Federacin, relacionadas a 30 ordenamientos federales y 23 instrumentos interna-cionales celebrados por nuestro pas y a los conceptos jurdicos que integran el ndi-ce respectivo, el cual a su vez est correlacionado con los textos legales. El apartado de historia legislativa muestra la evolucin de cada uno de los artculos del Cdigo de Comercio, desde su promulgacin en 1889, as como de la Ley Ge-neral de Ttulos y Operaciones de Crdito, a partir del 27 de agosto de 1932, y has-ta el 10 de enero de 2014, donde ambos ordenamientos registran su reforma ms reciente. Tambin incluye dos apartados de consulta directa, el primero referente a la figura de comercio electrnico y el segundo a diversos textos normativos asocia-dos a la legislacin. Autor: SCJN. Precio: $120.00
QU HACER CON LO QUE EL ESTADO HACE CON NOSOTROS? Reflexin sobre el Estado y su relacin con los ciudadanos en la poca contempornea. El autor expone la historia del estado y el papel que ha jugado al paso del tiempo en la existencia de millones de seres huma-nos cuyas vidas comnmente no es feliz, lo cual conduce a la indigna-cin. Esto conlleva la necesidad de replantear la forma en que el ciuda-dano debe actuar frente al Estado para superar tal situacin desde una ptica ms colectiva y solidaria. Autor: SCJN Precio: $60.00
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E l jueves 27 de febrero de 2014, se llev a
cabo la primera de las seis presentacio-
nes de Crnicas del Pleno y de las Salas,
que se realizarn a lo largo de este ao en las
diferentes Casas de la Cultura Jurdica de la rep-
blica.
En esta ocasin, el tema abordado por el
Mtro. Arturo Daz San Vicente, Director de la Uni-
dad de Crnicas de la Direccin General de Ca-
sas de la Cultura Jurdica, fue el del inters supe-
rior del menor, haciendo referencia a diversos an-
tecedentes, resoluciones y criterios destacados
resueltos por el Mximo Tribunal del pas, como
en el que establece que los tribunales en todas
las medidas que tomen relacionadas con los me-
nores, deben atender al inters superior del nio.
Asimismo, el Mtro. Daz San Vicente hizo
nfasis en la publicacin de la segunda edicin
del Protocolo de actuacin para quienes im-
parten justicia en casos que afecten a Nias,
Nios y Adolescentes, documento elaborado
por la Presidencia de la Suprema Corte de Justi-
cia de la Nacin, en el que se establecen los prin-
cipios, obligaciones, reglas y consideraciones ge-
nerales, que debern seguir los encargados de
resolver estos asuntos jurisdiccionales.
Finalmente, destac la importancia de este
protocolo, considerndolo como una herramienta
que busca concretar los principios del inters su-
perior del nio, de no discriminacin, de opinar en
los asuntos que le afecten y a que sus opiniones
sean tomadas en cuenta, as como a su pleno
desarrollo y su derecho de acceso a la justicia, en
la labor judicial. CCJMTY
Crnicas del Pleno y de las Salas El Inters Superior del Menor
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Puedes consultarlo en: https://www.scjn.gob.mx/libreria/Paginas/protocolos.aspx
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E l viernes 07 de marzo de 2014, el Mtro. De-
metrio Cadena Montoya, Director General
del Instituto de la Judicatura del Estado de
Nuevo Len, realiz la declaratoria formal de aper-
tura del Programa Anual de Eventos de la Casa de
la Cultura Jurdica Ministro Emeterio de la Garza
en Monterrey, Nuevo Len, con lo cual se dio inicio
al Ciclo de Conferencias Magistrales en materia de
Amparo, organizado en conjunto por el Poder Judi-
cial del Estado de Nuevo Len y la Casa de la Cul-
tura Jurdica.
El evento estuvo presidido tambin por la
Lic. Anglica Arvalo Castro, Directora de la CCJ,
quien en su mensaje de bienvenida anunci que en
dicho programa se encuentra contemplada la reali-
zacin de ms de cincuenta eventos jurdicos que
se llevarn a cabo a lo largo del presente ao.
La exposicin de la primera de las Conferen-
cias Magistrales se denomin La Prueba de Refe-
rencia en el Sistema de Justicia Penal Acusato-
rio Adversarial, la cual estuvo a cargo del
Magdo. Jos Heriberto Prez Garca, del Primer
Tribunal Colegiado en Materia Penal del Cuarto Cir-
cuito, quien comenz hablando del cambio de para-
digma que trajo el nuevo sistema acusatorio adver-
sarial, el cual consider trae consigo nuevos princi-
pios, una nueva lgica y una nueva mecnica, pero
as tambin viene con nuevas patologas y proble-
mas.
Mencion tambin que ahora con este sistema
el rol del Juez no es resolver un caso y resolverlo
bien, sino convencer a la sociedad de que el asunto
se resolvi adecuadamente.
Ya entrando en materia de su conferencia,
aclar que la prueba de referencia no es un tema
central en este sistema, sin embargo, menciona que
es parte de la piedra angular del sistema penal
acusatorio. Adems, puntualiz que aunque la
prueba de referencia no est regulada, sta se pre-
sentar da a da con cada testimonio que se d en
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Se inaugura el Programa Anual de Eventos con Conferencias Magistrales en Materia de Amparo
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las audiencias, lo que causar que se vea envuelta
en una valoracin de mayor carga.
La segunda de las Conferencias Magistrales, se
llev a cabo el viernes 14 de marzo, con el nombre de
La Suspensin en el Amparo Indirecto Penal,
impartida por el Magdo. Jos Roberto Cant Trevio,
del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del
Cuarto Circuito. El Magistrado bas su disertacin en
realizar algunas importantes comparaciones de la Ley
de Amparo vigente con la ley abrogada, refirindose
primeramente al captulo de la competencia de la sus-
pensin en el amparo, en la que enfatiz, que la com-
petencia concurrente, exclusiva en materia penal y
propia del amparo indirecto, no se encuentra estable-
cida en la nueva Ley de Amparo, sin embargo, conti-
na teniendo aplicacin, ya que s se encuentra con-
templada esta figura en el artculo 107 constitucional.
Habl tambin de la inclusin en la nueva ley del
concepto de extradicin, de la que dej claro que
sta es la resolucin que emite el rgano del ejecuti-
vo, en este caso la Secretara de Relaciones Exterio-
res, quien determina que el sujeto, independiente-
mente de lo que diga el Juez de Distrito, debe de ser
o no extraditado.
Por ltimo, el Seor Magistrado habl de los su-
puestos que afectan el derecho a la libertad del ciuda-
dano, en el que expres que la ley anterior brindaba
una mayor proteccin que la actual, ya que en ley
abrogada el Agente del Ministerio Pblico Federal,
deba poner al detenido a disposicin del Juez de Dis-
trito en un trmino de veinticuatro horas, plazo en el
que determinaba el rgano de control constitucional,
sobre si la detencin era legal o no, y en la legislacin
actual, este plazo es de cuarenta y ocho horas.
De esta manera concluy el presente Ciclo de
Conferencias Magistrales con el que se dio inicio a
las actividades de difusin de la cultura jurdica de
esta Unidad para el presente ao 2014. CCJMTY
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C omo parte de un ejercicio multidiscipli-
nario, estudiantes de la carrera de Dere-
cho se unieron con estudiantes de la
carrera de Criminologa, ambos de la Universi-
dad Autnoma de Nuevo Len, para presenciar
el evento de Temas de Actualidad: El Impac-
to de las Corrientes Criminolgicas en el
ejercicio de la Criminologa y el Derecho, el
cual fue impartido por el Mtro. Jaime Antonio
Salas Candia, catedrtico de dicha Facultad de
Criminologa.
En su presentacin, el Mtro. Salas Candia
hizo una introduccin al estudio de la criminolo-
ga, en el que resalt que sta es una ciencia
aplicada, donde encontramos que en el estudio
de las conductas antisociales no todas son deli-
tos hasta que sean tipificadas como tal por una
autoridad competente.
Explic las diferentes corrientes criminol-
gicas en el derecho, en especial la clnica y la
liberal, siendo la primera la que estudia al delin-
cuente, quien comete el delito, pero su interven-
cin consiste en remover las conductas crimino-
lgicas del individuo evitando que caiga en la
reincidencia. En cuanto a la segunda, coment
que sta es la que define la forma en que la so-
ciedad coloca estereotipos a las personas con-
forme sus costumbres y formas de vida, de las
cuales puede nacer una preconcepcin de lo
que puede ser un delincuente o un posible de-
lincuente. CCJMTY
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E n el mes de octubre de 2013, el Consejo
de Derechos Humanos de las Naciones
Unidas, present el Segundo Examen Pe-
ridico Universal, en el que el estado mexicano
fue evaluado por los pases miembros.
En ese contexto, y con el objetivo dar a cono-
cer a la comunidad jurdica, acadmica y a la so-
ciedad civil de Nuevo Len, el objeto y funciona-
miento de este Examen Peridico Universal, la
Comisin Estatal de Derechos Humanos de Nue-
vo Len y la Casa de la Cultura Jurdica Ministro
Emeterio de la Garza de la Suprema Corte de
Justicia de la Nacin, se dieron a la tarea de orga-
nizar la Conferencia Magistral Retos y Perspec-
tivas para Mxico en materia de Derechos Hu-
manos, la cual se realiz el jueves 20 de marzo
de 2014, en la Sala Principal de la CCJ.
La mesa del presdium estuvo engalanada
por la presencia de distintas personalidades en el
mbito jurdico local como el Diputado Jos Juan
Guajardo Martnez, del Honorable Congreso del
Estado de Nuevo Len; el Lic. Miguel Jess Daz
Gonzlez, Subsecretario de Infraestructura Social
y Centros Comunitarios, en representacin del
Seor Gobernador del Estado, el Lic. Rodrigo Me-
dina de la Cruz; la Magda. Mara Ins Pedraza
Montelongo, de la Tercera Sala Familiar, en repre-
sentacin del Magdo. Gustavo Adolfo Guerrero
Gutirrez, Presidente del Tribunal Superior de
Justicia del Estado de Nuevo Len; la Dra. Miner-
va Martnez Garza, Presidenta de la Comisin Es-
tatal de Derechos Humanos de Nuevo Len; la
Lic. Anglica Arvalo Castro, Directora de esta
Casa de la Cultura Jurdica; as como la distingui-
Retos y Perspectivas para Mxico en Materia de Derechos Humanos
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da presencia del Sr. Javier Hernndez Valencia,
Representante en Mxico de la Alta Comisionada
de las Naciones Unidas para los Derechos Huma-
nos, quien se encarg impartir esta conferencia.
En su ponencia el Sr. Hernndez Valencia, ex-
plic que las recomendaciones, an cuando pue-
den emitirse en funcin de situaciones concretas,
tienen otro tipo de impacto, buscan sobre todo,
orientar y articular la implementacin de polticas
pblicas en cumplimiento e implementacin de tra-
tados internacionales y de polticas internacionales,
adems de debates y consensos internacionales
en materia de Derechos Humanos.
Habl tambin acerca de las recomendaciones
que ha hecho el Consejo de Derechos Humanos de
las Naciones Unidas al estado mexicano, resaltan-
do entre ellas cuatro temas centrales, como la vio-
lencia contra las mujeres y el feminicidio, las desa-
pariciones forzosas, los riesgos de ejercer el perio-
dismo en Mxico y, por ltimo, la discriminacin en
el pas en diversos mbitos como en tratndose
equidad de gnero, preferencia sexual y discrimina-
cin indgena.
Antes de concluir su exposicin, reconoci el
esfuerzo que el gobierno mexicano ha hecho en
estos cuatro rubros y asegur Mxico regresa de
Ginebra con el compromiso y la metodologa para
implementar estas recomendaciones. CCJMTY
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P or tercer ao consecutivo se llev a
cabo el Seminario de Actualizacin
en Especialidad de Concursos Mer-
cantiles, el cual, como sus anteriores edicio-
nes, se realiz en conjunto con el Instituto Fe-
deral de Especialistas en Concursos Mercanti-
les del Consejo de la Judicatura Federal. El
evento se llev a cabo el viernes 21 y sbado
22 de marzo del presente ao, en la Sala
Principal de la Casa de la Cultura Jurdica.
En sta ocasin, se tuvo el honor de con-
tar con la presencia de la Lic. Gricelda Nieblas
Aldana, Directora General de dicho Instituto
en Concursos Mercantiles, quien estuvo
acompaada en el presdium por la Lic. Ang-
lica Arvalo Castro, Directora de la Casa de la
Cultura Jurdica; el Magdo. Vctor Pedro Na-
varro Zrate, Coordinador de Magistrados del
Cuarto Circuito Judicial; el Lic. Eustacio Esta-
ban Salinas Wolberg, Coordinador de Jueces
de Distrito del Poder Judicial de la Federa-
cin; y el Mtro. Jaime Alejandro Gutirrez
Vidal, Titular de la Unidad de Normatividad y
Capacitacin del IFECOM.
El evento tuvo como temtica principal la
Ley de Concursos Mercantiles y sus re-
cientes Reformas, en el que la Lic. Nieblas
Aldana habl acerca de las principales nove-
dades que derivan de las reformas a la Ley de
Concursos Mercantiles y de la Ley Orgnica
del Poder Judicial de la Federacin, reciente-
mente publicadas en el Diario Oficial de la Fe-
deracin, y enfatiz que la intencin de este
Seminario es coadyuvar en la actualizacin de
los servidores pblicos adscritos a los rga-
nos jurisdiccionales del Poder Judicial de la
Federacin y promover la capacitacin de los
especialistas de concursos mercantiles. CCJMTY
Analizan Ley de Concursos Mercantiles y sus recientes Reformas
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L os derechos del contribuyente, estric-
tamente, no son Derechos Humanos,
declar la Magda. Adriana Cabezut
Uribe, en su Conferencia Magistral denomina-
da: Lo Contencioso Fiscal, realizada el 26
de marzo del presente ao, en la Casa de la
Cultura Jurdica en Monterrey, Nuevo Len, en
un evento organizado en conjunto con el
Grupo Lex de la Asociacin de Egresados de
la Facultad de Derecho y Criminologa Don
Alejandro de Trevio y Gutirrez.
El evento estuvo encabezado en su inicio
por el Lic. Flavio Raymundo Muoz De Len,
Agente Aduanal del Puerto Colombia; el
Dr. Mario Humberto Gamboa Rodrguez, Direc-
tor de Regularizacin de la Tenencia de la Tie-
rra, Fomento Metropolitano de Monterrey, am-
bos miembros de la Asociacin Don Alejandro
de Trevio y Gutirrez; as como por la
Lic. Anglica Arvalo Castro, Directora de la
CCJ.
En su conferencia, la Magistrada Cabezut,
quien ejerce funciones dentro del la Primera
Sala Regional del Noreste Monterrey del Tribu-
nal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa,
se refiri a las obligaciones de las autoridades
fiscales ante el contribuyente que ha trado la
reciente reforma en Derechos Humanos, tales
como la orden de inspeccin y la carta de dere-
chos del contribuyente.
Asimismo, resalt que si bien, los dere-
chos del contribuyente, no son Derechos Hu-
manos, stos s cuentan con el derecho de
acceso a la justicia, a la seguridad jurdica y el
derecho a la audiencia, lo que podramos lla-
mar entonces algo muy cercano a estos dere-
chos fundamentales. CCJMTY
L o s d e r e c h o s d e l c o n t r i b u y e n t e , L o s d e r e c h o s d e l c o n t r i b u y e n t e , n o s o n D e r e c h o s H u m a n o s n o s o n D e r e c h o s H u m a n o s
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F uncionarios del Poder Judicial de la Fede-
racin, abogados postulantes, estudian-
tes de la carrera de Derecho y pblico en
general, se reunieron el viernes 28 de marzo del
presente ao, en el Auditorio de la Casa de la
Cultura Jurdica, para la Presentacin del Libro:
Control de Convencionalidad, obra en coau-
tora de los Seores Magistrados Victorino Rojas
Rivera y Sergio Flores Navarro, del Primer Tribu-
nal Colegiado en Materias Administrativa y de
Trabajo del Dcimo Primer Circuito del Poder Ju-
dicial Federal y del Tribunal de Justicia Adminis-
trativa del Estado de Michoacn, respectivamen-
te.
La presentacin de este libro estuvo a cargo
de la Lic. Ivonne Garza Garza, de la Cuarta Sala
Penal del Tribunal Superior de Justicia del Esta-
do de Nuevo Len, y del Dr. Sergio Martnez
Arrieta, Presidente del Colegio de Abogados de
Nuevo Len, A.C.
La primera en tomar el uso de la voz, fue la
Lic. Ivonne Garza, quien hizo referencia a los
puntos que consider ms trascendentes del li-
bro, entre ellos en el que marcan una distincin
entre la aplicacin del control de convencionali-
dad en la esfera de la Corte Interamericana de
los Derechos Humanos, en cuanto a su aplica-
cin en la esfera interna, a partir del asunto va-
rios 912/2010, con el que la Suprema Corte defi-
ne los criterios que se han de seguir, a travs de
la sentencia del caso Rosendo Radilla.
Por su parte, el Dr. Sergio Martnez Arrieta,
explic la enseanza que nos deja este libro al
invitarnos a ver la aplicacin del derecho, en es-
pecial a los Derechos Humanos, desde un punto
de vista horizontal, enfocado en el control de con-
vencionalidad, y dejar de verlo slo del punto de
vista vertical, en el control constitucional, como
se vena haciendo en la prctica, antes de la re-
forma constitucional de 2011. CCJMTY
Presentan Libro: Control de Convencionalidad
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Capacitan en tema de acoso laboral a personal de la Casa de la Cultura Jurdica
L a Suprema Corte de Justicia de la Na-
cin, en cumplimiento a lo establecido
en la reforma constitucional de 2011,
en materia de Derechos Humanos, en el sen-
tido de que todas las autoridades, en el mbi-
to de sus competencias, tienen la obligacin
de promover, respetar, y garantizar los
DDHH, dict el Acuerdo General de Adminis-
tracin III/2012, que establece las bases para
investigar y sancionar el acoso laboral y se-
xual en la SCJN, en tanto que su comisin
implica una violacin a los derechos funda-
mentales.
Es por ello que, derivado de este Acuer-
do General de Administracin, se instituy la
implementacin del Taller de Sensibiliza-
cin sobre Hostigamiento Sexual en el
mbito Laboral, para todas las Casas de la
Cultura Jurdica en el pas, el cual tiene como
objetivo la creacin de ambientes laborales
libres de violencia y discriminacin, as como
trabajar en la construccin de la necesaria
igualdad de oportunidades a favor de todas
las personas, en especial aquellas colocadas
en situacin de vulnerabilidad ante las agre-
siones ocurridas en el mbito del trabajo.
Es as como el martes 25 de marzo del
ao en curso, los integrantes de esta Casa de
la Cultura Jurdica, recibieron una capacita-
cin en este tema, en el que se les brindaron
herramientas tiles con las que puedan iden-
tificar los casos en los que podra darse el
supuesto de un acoso de tipo laboral o se-
xual, as como los medios alternativos de
aclaracin y conciliacin establecidos por di-
versos criterios y por la normativa interna del
ms Alto Tribual del pas. CCJMTY
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C omo parte de las actividades de promocin y
difusin de la Casa de la Cultura Jurdica
"Ministro Emeterio de la Garza", en Monte-
rrey, Nuevo Len, se llevan a cabo Visitas Guiadas
al pblico en general, a quienes se imparte una pl-
tica introductoria de lo que es el Poder Judicial de la
Federacin y cul es la funcin de las Casas de la
Cultura Jurdica. Asimismo se realiza un recorrido
por las instalaciones de la casa, donde se les da a
conocer los eventos y servicios que en ella se ofre-
cen.
En ese contexto, durante el mes de marzo del
presente ao se realizaron tres Visitas Guiadas
enfocadas a estudiantes de diversas instituciones
educativas de la entidad.
La primera visita se dio el 11 de marzo, con
alumnos de primer semestre de las carreras de De-
recho, junto con estudiantes de Criminologa, ambos
de la Facultad de Derecho y Criminologa de la Uni-
versidad Autnoma de Nuevo Len, quienes ade-
ms asistieron al evento denominado: El Impacto
de las Corrientes Criminolgicas en el ejercicio de la
Criminologa y el Derecho, impartido por el
Mtro. Antonio Salas Candia.
La segunda visita se llev a cabo el jueves 20,
a la que acudieron estudiantes de Preparatoria de la
Universidad Alfonso Reyes, a quienes se les impar-
ti, por parte de integrantes de la CCJ, una pltica
acerca de la carrera de Derecho y la afinidad que
tiene con otras disciplinas. As tambin, se les invit
a hacer uso de las instalaciones y asistir a los even-
tos que en esta dependencia se organizan, indepen-
dientemente de la profesin que elijan estudiar.
Finalmente, el jueves 27 del mismo mes, toc
el turno a alumnos de la Facultad de Derecho y
Ciencias Jurdicas de la Universidad Metropolitana
de Monterrey, en la que se les explic a los jvenes
la utilidad que tendrn en el transcurso de su carre-
ra los servicios que en esta Unidad se ofrecen y que
estn a su alcance de manera gratuita. CCJMTY
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Acuden estudiantes a la CCJ para conocer los ser-Acuden estudiantes a la CCJ para conocer los ser-vicios que en ella se ofrecenvicios que en ella se ofrecen
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Alumnos de Preparatoria de la Universidad Alumnos de Preparatoria de la Universidad Alfonso Reyes.Alfonso Reyes.
Alumnos de Facultad de Derecho y Alumnos de Facultad de Derecho y Ciencias Jurdicas de la Universidad Ciencias Jurdicas de la Universidad Metropolitana de MonterreyMetropolitana de Monterrey
Alumnos de Facultad de Derecho y Alumnos de Facultad de Derecho y Criminologa de la Universidad Criminologa de la Universidad Autnoma de Nuevo Len.Autnoma de Nuevo Len.
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C on la finalidad promover el conoci-
miento del derecho por medio del
anlisis de pelculas con contenido
jurdico o social, a travs de debates, la Casa
de la Cultura Jurdica Ministro Emeterio de la
Garza en Monterrey, Nuevo Len, ha tenido
a bien organizar durante ya varios aos, los
denominados Ciclos de Cine Debate, en los
cuales se proyectan cintas de las que se toma
uno o ms temas centrales dignos del estudio
jurdico y que son debatidas por el pblico
asistente, con la participacin de un modera-
dor invitado.
En ese contexto, y con el objetivo de re-
novar el formato de este evento, se opt diri-
gir el debate hacia un enfoque centrado en la
labor jurisdiccional, es decir, que los tramas
de las pelculas estn ms relacionados con
la funcin que realizan los miembros de los
Poderes Judiciales Federal y Estatal, funcin
que incumbe directamente a los abogados
postulantes y a la comunidad jurdica en ge-
neral.
Es por ello que a partir del ao prximo
pasado, a este Ciclo de Cine Debate se le
denomin: Cine en la Casa. Formacin Ju-
dicial a travs del 7 Arte, el cual se realiz
en coordinacin con los Delegados y Subde-
legados del Instituto de Investigaciones Juris-
prudenciales y de Promocin y Difusin de la
tica Judicial en este Circuito, ciclo en el que
se presentaron las pelculas: Los Juicios de
Nuremberg, Philadelphia y Cmo matar a un
ruiseor?
Ahora bien, con la intencin de ampliar la
difusin de este mtodo de anlisis jurdico,
esta CCJ, incluir a partir de la presente edi-
cin del Boletn, la seccin que llevar el
nombre Cine en la Casa, la cual tendr el
mismo objetivo que el evento antes mencio-
nado, con la diferencia de que en esa seccin
se recomendarn diversas cintas comerciales
o documentales, para que el lector pueda dis-
frutarlas y analizarlas desde la comodidad de
su hogar. CCJMTY
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E sta cinta gira en torno a un joven abogado
(Andy Garca) que recientemente fue nom-
brado Juez de la Corte Suprema de los Es-
tados Unidos de Amrica, dado el retiro forzado por
enfermedad de uno de los Jueces.
El primer asunto que le corresponde conocer
como Juez, es el de Virginia Mapes vs. el Estado de
Alabama, el cual trata sobre la apelacin que inter-
pone una mujer sentenciada a muerte por haber
realizado deliberadamente un aborto. En Alabama,
recin fue aprobada una ley que tipifica el aborto
como homicidio en primer grado, siendo adems
sta, una de las treinta y dos entidades de la Unin
Americana en las que se aplica la pena de muerte,
por lo que lo que el caso resulta por dems contro-
vertido.
Este asunto de gran trascendencia, debern
resolverlo los nueve Jueces de la Corte Suprema,
tomando en cuenta que su voto puede salvar la vida
de una persona condenada a muerte por una ley
excesiva, pero por otro lado, pueden dejar desprote-
gido el derecho a la vida del no nacido.
El juicio habr de resolverse bajo la pondera-
cin de dos principios constitucionales, por un lado
el derecho de la mujer de ejercer libremente su se-
xualidad, y por el otro, el derecho a la vida de quien
despus de ciertas semanas de concepcin, pode-
mos considerar un ser humano.
Resultar tambin interesante para el telespec-
tador, analizar la aplicacin de algunos de los prin-
cipios rectores de la tica judicial que se ven refleja-
dos en la cinta, como son el de independencia, im-
parcialidad, objetividad, profesionalismo y compro-
miso social, los cuales debern tomar en cuenta los
Jueces para determinar el sentido de su veredicto.
Estos principios, en ocasiones, se vern puestos en
duda por los protagonistas de sta pelcula.
Es importante sealar que en Mxico se han
presentado en los ltimos aos, diversas acciones
de inconstitucionalidad en torno a este tema, y que
ya han sido resueltas por la Suprema Corte de Jus-
ticia de la Nacin. Entre estos asuntos podemos
mencionar, la accin de inconstitucionalidad
10/20001, la cual sienta el precedente ms relevan-
te en cuanto a las excluyentes de responsabilidad
para, en determinados casos, no penalizar el abor-
to. Otros de los asuntos que encontramos, son la
accin de inconstitucionalidad 146/2007 y su acu-
mulada 147/20072, en las que se despenaliza el
aborto y se permite interrumpir el embarazo hasta
antes de las doce semanas de gestacin.
Por todo lo anterior, esta cinta se considera
digna del anlisis jurdico y sirve como sustento pa-
ra ampliar nuestro criterio en este tema, en el cual,
no es para nada sencillo encontrar una verdad ab-
soluta.
El ltimo veredicto (Swing vote)
Por: Lic. Gustavo Paceli De Luca Gallegos
1 Para conocer ms sobre este asunto puede consultar la Serie: Decisiones Relevantes de la SCJN Constitucionalidad de la despenalizacin del aborto en el Distrito Federal, nmero 46, Primera edicin 2009, Suprema Corte de Justicia de la Nacin.
2 Para conocer ms sobre este asunto puede consultar la Serie: Decisiones Relevantes de la SCJN La proteccin de la vida desde su concepcin en las constituciones locales, nmero 61, Primera edicin 2012, Suprema Corte de Justicia de la Nacin.
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En el nuevo sistema de procu-racin de justicia del Estado de Nuevo Len, cada Centro de Orientacin y Denuncia (CODE) de la Procuradura Ge-neral de Justicia, brinda el ser-vicio de recabar denuncias o querellas a los usuarios que as lo estiman, en virtud de la
posible afeccin que sufren en razn de conductas que aquejan a su persona o patrimonio.
Estn presentes los mecanismos alternos de solucin de conflictos, en virtud de la reforma cons-titucional del 20081, dnde se instaura la media-cin2, como una posibilidad de restablecer el orden y fortalecer el tejido social, para que las partes que se ven afectadas, puedan solucionar su conflicto en una etapa temprana.
La mediacin es de carcter voluntario, misma que se oferta a los interesados por conducto del Ministerio Pblico. Si las partes aceptan someter la solucin de su conflicto a la mediacin, en busca de un resultado restaurativo3, se elabora un documen-to que firman stas con el mediador, dicho instru-mento establece las reglas de la mediacin dnde se les manifiesta la confidencialidad, el consenti-miento libre y voluntario de la vctima y el imputado para someter el conflicto a un mecanismo alterno de solucin; el respeto mutuo al momento del uso de la voz, as como el respeto al mediador y a la institucin dnde se encuentran4.
El proceso inicia cuando se da a conocer a los interesados el reglamento de mediacin y los bene-ficios y obligaciones que se contraen al acudir ante esta instancia, donde manifiestan su conformidad por escrito al firmar esta ordenanza en forma libre y voluntaria5.
El mediador hace del conocimiento de las par-tes el acuerdo de confidencialidad al que se obligan todos los contendientes, y lleva a cabo el desahogo del proceso en el intercambio de ideas y propuestas del denunciante y del denunciado. Cuando llegan a una conclusin, sta se formaliza por escrito, bajo las premisas del acuerdo reparatorio (A.R), como la imparcialidad, confidencialidad, transparencia y respeto mutuo.
El acuerdo reparatorio es el documento donde se constrien las pretensiones jurdicas de las par-tes y conlleva un orden de ideas estructuradas por las propuestas de cada uno de los contendientes, con la intervencin del mediador, quin auxilia a stas a dilucidar su situacin actual, en base a lo ocurrido para darle una proyeccin de futuro inme-diato, o de corto o mediano plazo para su debido cumplimiento, soportado en un documento que sus-criben al cierre de la mediacin.
El documento de cita, tiene sustento en lo que establece el Cdigo Procesal Penal para nuestro Estado, en virtud de que el acuerdo reparatorio es el pacto entre la vctima u ofendido y el impu-tado, que lleva como resultado la solucin del con-flicto a travs de cualquier mecanismo idneo que tenga el efecto de concluir el proceso evitando el juicio de responsabilidad propio de la sentencia de-finitiva6.
Se elabora el acuerdo reparatorio por escrito y se pone a consideracin de las partes, para que elaboren las aclaraciones pertinentes, si fuere el caso, de lo contrario, se firma de conformidad, una vez rubricado el acuerdo, el Ministerio Pblico firma de conformidad para aprobar su contenido7.
De los ilcitos no considerados como graves en el Cdigo Procesal Penal para el Estado de Nuevo Len8, donde puede obrar el perdn del ofendido y
1 DOF. 18/06/2008. 2 Cdigo Procesal Penal para el Estado de Nuevo Len. Artculo 225. 3 dem Artculo 4. 4 Ib dem Artculo 223. 5 Cfr. Manual de la Procuradura General de Justicia de Nuevo Len. PROCEDIMIENTO: MEDIACIN. Monterrey, Nuevo Len. 01 de Julio del 2013. 6 Op Cit. Artculo 226. 7 Cfr. Cdigo Procesal Penal para el Estado de Nuevo Len. Artculo 229. 8 Cfr. Cdigo Procesal Penal para el Estado de Nuevo Len. Artculo 227.
Artculo de colaboracin:
Acuerdo reparatorio
Por: Dr. Gabriel de Jess Gorjn Gmez
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tienen una connotacin de carcter patrimonial, proceden los acuerdos reparatorios de respeto, por injurias, por amenazas o difamacin y la re-paracin del dao se instaura en razn de lesio-nes o dao en propiedad ajena.
Pueden tener injerencia en una mediacin para obligarse o beneficiarse de un acuerdo re-paratorio los mayores de edad que se encuen-tren en pleno uso de sus facultades mentales, as como los menores de edad, por conducto de su padre, madre o tutor y los representantes jurdi-cos de las personas morales.
Como todo documento jurdico que reviste las caractersticas de formalidad y solemnidad, tambin el acuerdo reparatorio cuenta con un soporte que consta de proemio, el que contiene los datos generales de las partes y la personali-dad con que comparecen.
El captulo de antecedentes que establece el origen, delito y fundamento de ley para celebrar el acuerdo y la personalidad de las partes.
Las declaraciones, dnde los interesados hacen la manifestacin expresa, libre y voluntaria de utilizar la mediacin como va alternativa para la solucin de su conflicto, obligndose a dar cumplimiento al compromiso que se adquiera al celebrar el acuerdo reparatorio.
Las clusulas, como disposiciones del acuer-do y parte toral en el documento, son el reflejo de las pretensiones jurdicas de los contendientes, al ser la columna que sostiene la resolucin del conflicto, en base a lo acordado por la denun-ciante y la denunciada, que se obliga para con sta como ofendida o vctima y aceptan lo con-certado, con la conduccin del mediador, al esta-blecer pretensiones acordes con el dao inferido y equilibradas para ambas en un marco de legali-dad; son las obligaciones que contraen los con-tendientes, de manera libre y voluntaria, bajo los principios de la mediacin9.
El acuerdo reparatorio debe de considerar que las obligaciones contradas por el denuncia-do no terminen afectando a la parte denunciante
y se inviertan los roles de victima a victimario y los efectos del acuerdo en contra de la parte agraviada, terminen siendo a favor del denuncia-do.
Existen disposiciones opcionales, cuando alguna de las personas que participa en este pro-ceso es analfabeta y no sabe estampar su aut-grafo, se proceder a dar lectura al acuerdo por persona de su confianza o por el mediador y una que se disiparon sus dudas y ha comprendido el significado de la obligacin adquirida, deber imprimir las huellas dactilares de sus pulgares al margen y a calce del acuerdo reparatorio.
Las hay obligatorias, y son las que versan sobre la temporalidad para el cumplimiento de las obligaciones contradas y por consiguiente, de la extincin de la accin penal instaurada
Tambin existe una clusula de fiscalizacin, en la que las partes manifiestan su aprobacin para que se realice el seguimiento al acuerdo reparatorio por medio de la Unidad de Segui-miento de Salidas Alternas de la Procuradura General de Justicia del Estado, y en caso de in-cumplimiento se haga del conocimiento del Mi-nisterio Pblico (M.P.), para reactivar el procedi-miento en el acta de denuncia o carpeta de in-vestigacin.
Los efectos del acuerdo reparatorio son de manera inmediata o cumplimiento al momento de la suscripcin del acuerdo, as como de desem-peo diferido de obligaciones, de pago o com-pensacin del dao en especie, como atencin hospitalaria o reparacin de vehculo.
La redaccin de cada clusula debe estar concatenada con cada uno de los hechos contro-vertidos y ser precisa, sin dejar lugar a ninguna duda, hay que afianzar y explicar cada obligacin que estn contrayendo las partes en el procedi-miento, para evitar que se pierda el equilibrio y validez del acuerdo.
La mediacin penal, es el arquetipo de la evolucin en la Procuracin de Justicia del Esta-do de Nuevo Len.
9 Gobierno del Estado de Nuevo Len, USAID, Programa General de Capacitacin para Mediadores Mdulo I, II, III y IV. Monterrey, Nuevo Len. Mxico. Junio de 2012. Pginas 43 a 46.
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PRXIMOS EVENTOS:
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El presente Boletn fue editado por la Coordinacin de Difusin y Vinculacin de la Casa de la Cultura Jurdica "Ministro Emeterio de la Garza" en Monterrey, Nuevo Len de la Suprema Corte de Justicia de la Nacin.
Abril de 2014
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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIN
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIN