Bases legales de la Educación Argentina
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Perspectiva Político Institucional Profesor: Bernardez, Carlos Integrantes: Casal, Victoria Encina, Noemí Navarro, Maribel Robles, Andrea Sartori, Gabriela
Normas legales de la Educación Argentina
Como futuros docentes es una
de nuestras obligaciones fundamentales conocer las
bases legales de nuestro país que hacen referencia y fueron dedicadas a la Educación; para esto, analizamos los siguientes
ítems :
Ley Nacional de Educación N° 26206 Ley Provincial de Educación N° 13688 Reglamento General de Instituciones de
la Provincia de Buenos Aires. Decreto 2299/11 - Reglamento General
de Instituciones educativas de la provincia de Buenos Aires
Ley Nacional 27045 (modif. Ley N°26206)
Marco Legal de la Educación Argentina
El Estado Nacional. Las Provincias. Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los Municipios. Las confesiones religiosas reconocidas
oficialmente. Las organizaciones de la sociedad civil.
(Ley Nac. Art 4, Ley Prov Art 6)
Responsables de la Educación:
Formación Integral de las personas. Promover la formación ética y
democrática. Fortalecer la identidad Nacional. Promover el respeto por los derechos
humanos. Asegurar la construcción de un
pensamiento crítico.
Fines y Objetivos de la Educación:
Obligatoriedad: Desde los 4 años de
edad, hasta la finalización de la escuela secundaria.
Gratuidad: El Estado Nacional, Las Provincias y CABA.
Obligatoriedad y Gratuidad.
Comprende 4 Niveles:
Educación Inicial. Educación Primaria. Educación Secundaria. Educación Superior.Y ocho modalidades como Rural, Especial, Estética, etc.
(Ley Nac. Art. 17. Ley Prov. Art 21)
Estructura del Sistema Educativo
Nacional y Bonaerense.
Destinada a todas las personas que
hayan aprobado el nivel primario. Es obligatorio. Esta dividido en dos ciclos: * Ciclo Básico.
* Ciclo Superior.(Ley Nac. art.29 Ley Prov. art.28)
Características del Nivel Secundario.
Promover la formación de ciudadanos
conscientes de sus derechos y obligaciones.
Estimular el desarrollo de capacidades de estudio, aprendizaje e investigación, para el acceso al mundo laboral y la formación continua.
Crear espacios extracurriculares.
Fomentar lectores críticos y usuarios de la cultura escrita.
(Ley Nac. art. 30 Ley Prov. art 28)
Objetivos del Nivel Secundario
Derechos y Obligaciones de los distintos actores Institucionales.
Personal DocenteOBLIGACIONES
Capacitarse . Ejercer su tarea con
idoneidad y responsabilidad.
Garantizar los derechos de sus alumnos.
Respetar la libertad de conciencia, dignidad, integridad e intimidad.
(Ley Nac. Ley Prov.)
DERECHOS
Desempeñarse en cualquier jurisdicción mediante acreditación de títulos y certificaciones.
Capacitación Continua.
Libertad de Cátedra. Salario digno.
Derechos y Obligaciones de los distintos actores Institucionales.
Alumnos.Derechos Obligaciones
Educ. Integral e igualitaria.
Ser respetados en su libertad de conciencia.
Asistir a la escuela hasta completar la educación obligatoria.
Recibir el apoyo necesario para completar la educ. obligatoria.
Participar en la formulación de proyectos.
Estudiar y esforzarse para el máximo desarrollo.
Participar en actividades formativas y complementarias.
Participar en la mejora de la convivencia escolar.
Hacer buen uso de las instalaciones y equipamiento de los establecimiento educ.
(Ley Nac. Ley Prov)
Derechos y Obligaciones de los distintos actores
Institucionales.Padres, Madres y Tutores.
Derechos Obligaciones
Participar en las act. del establecimiento.
Elegir para sus hijos la Inst. Educ. según sus creencias e ideologías.
Ser informados sobre la evolución y evaluación de su hijo.
Hacer cumplir a sus hijos la educación obligatoria.
Seguir y acompañar la educ. de sus hijos.
Derechos y Obligaciones de los distintos actores
Institucionales.Del personal técnico-
administrativo, profesional, auxiliar y de
servicio. Deberán contribuir al funcionamiento
de las Instituciones escolares.
Sus derechos y obligaciones constan en sus respectivos estatutos.
Reglamentación de la Docencia
Cumplir con los fines y objetivos establecidos por las políticas educativas y su marco legal.
Asegurar la protección integral de todos los alumnos.
Ejecutar el diseño curricular vigente en el contexto del proyecto institucional.
Adoptar actitudes en favor de la democracia y
principios constitucionales de la Nación y las Provincias.
(Reglam. p/establec. Educ. dec. 2299 art. 37 y 38)
Unidad pedagógica responsable del
proceso de enseñanza y aprendizaje. Destinada al logro de objetivos
establecidos por esta ley Favorecer la articulación y participación
de los distintos actores educativos.
Institución Educativa
La Institución Escolar promoverá la
participación democrática de los distintos actores de la Comunidad Educativa.
La dirección General de Cultura y Educación garantizará la participación comunitaria en cada Institución.
Participación de la Comunidad Educativa.
Equipo de Conducción Institucional: Son
los encargados de la supervisión, organización y orientación del personal a su cargo.
* Director. * Vicedirector. * Regente (Técnico y de Estudios). * Secretario.
Equipos de Trabajo en la Institución.
Cargos docentes de base: Son quienes
cumplen tareas docentes complementarias según su formación, evitando superposiciones:
* Profesor – Maestro. * Preceptor. * Bibliotecario. * Personal de Laboratorio, sala de informática, etc.
Equipos de Trabajo en la Institución
Cargo técnico-docente de base:
Colaboran en el desarrollo del Proyecto Institucional conforme a su especialidad:
* Médicos. * Psicólogos. * Fonoaudiólogos. * Orientador social. Etc.
Equipos de Trabajo en la Institución
Equipo de trabajo administrativo:
Formado por personal auxiliar de la Institución Educativo, están a cargo del cuidado y la limpieza del Establecimiento.
Equipos de Trabajo en la Institución
Planificación sustentable que segura el acto
educativo Resultado de acuerdo institucional celebrado por la
comunidad educativa; tiene como propósito lograr fines y objetivos en el marco de las políticas educativas
Identificación de problemáticas institucionales, se buscan estrategias y respuestas, sin dejar de lado el tener una comunicación con las familias del alumnado, trabajar en red y que la organización este abierta a la comunidad Decreto 2299/11 Art. 93 al 95
Proyecto institucional
Herramienta para asegurar los actos
educativos en el proceso de aprendizaje Participación de todo el equipo docente para
desarrollar distintas estrategias didácticas en relación a las modalidades de las propuestas y contenidos según espacio y tiempo. Hay comunicación y evaluación permanente
Se alienta la participación de padres, alumnos y otros actores sociales
Decreto 2299/11 Art. 103 y 104
Plan de continuidad pedagógica
Propios de cada institución y con participación
activa de todos los integrantes de la comunidad educativa
Facilita condiciones de enseñar, aprender y el cuidado integral de los sujetos involucrados
Debe garantizar la construcción democrática participativa
Fomentar el respeto y la inclusión educativa Decreto 2299/11 Art. 105 al 109
Acuerdos de convivencia
Las instituciones educativas aseguran el
cumplimiento de la obligatoriedad prescripta en la Ley Provincial de Educación N° 13688
Comprende desde la sala de 4 años hasta finalizar el nivel secundario
Salvaguardar derechos de los niños y adolescentes garantizando acceso, permanencia y egreso
Asegurar gratuidad de educación publica Decreto 2299/11 Art. 120 al 126
Obligatoriedad escolar