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1 BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN POR NECESIDADES DEL SERVICIO DE DIVERSOS PUESTOS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VILLACARRILLO PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA El Excmo. Ayuntamiento de Villacarrillo inicia un Proceso de Selección para la contratación de personal, garantizando el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el art. 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y en relación con la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en lo que se refiere a la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en los órganos de selección. SEGUNDA.- CATEGORÍAS OFERTADAS Y TITULACIÓN REQUERIDA Fisioterapeuta: Grado o Diplomatura en Fisioterapia Terapeuta Ocupacional: Grado o Diplomatura en Terapia Ocupacional Auxiliar Administrativo para Villacarrillo y aldeas: F.P. I Rama Administrativa, Graduado E.S.O. o superior. Monitor/a de Unidad de estancias diurnas con terapia ocupacional: Bachillerato o equivalente. Maquinista-operario de servicios varios: Certificado de escolaridad o equivalente. TERCERO.- REQUISITOS PARA LA ADMISIÓN EN LA CONVOCATORIA Podrán presentarse al proceso de selección todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos: a) Tener cumplidos 18 años y no exceder de la edad de jubilación forzosa. b) Poseer la nacionalidad española o la de algún Estado Miembro de la Unión Europea, ostentar el derecho de libre circulación de trabajadores/as conforme al tratado de la Comunidad Europea, o concesión de la residencia legal en España para extranjeros/a. c) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, en cualquiera de los Estados comprendidos en el apartado segundo, en los seis años anteriores a esta convocatoria, ni hallarse inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de las funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

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BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA

CONTRATACIÓN POR NECESIDADES DEL SERVICIO DE DIVERSOS

PUESTOS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VILLACARRILLO

PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El Excmo. Ayuntamiento de Villacarrillo inicia un Proceso de Selección para la

contratación de personal, garantizando el principio de igualdad de trato entre hombres y

mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el art. 14 de la

Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad

efectiva de mujeres y hombres y en relación con la Ley 7/2007, de 12 de abril, del

Estatuto Básico del Empleado Público, en lo que se refiere a la igualdad efectiva entre

mujeres y hombres en los órganos de selección.

SEGUNDA.- CATEGORÍAS OFERTADAS Y TITULACIÓN REQUERIDA

Fisioterapeuta: Grado o Diplomatura en Fisioterapia

Terapeuta Ocupacional: Grado o Diplomatura en Terapia Ocupacional

Auxiliar Administrativo para Villacarrillo y aldeas: F.P. I Rama Administrativa,

Graduado E.S.O. o superior.

Monitor/a de Unidad de estancias diurnas con terapia ocupacional: Bachillerato o

equivalente.

Maquinista-operario de servicios varios: Certificado de escolaridad o equivalente.

TERCERO.- REQUISITOS PARA LA ADMISIÓN EN LA CONVOCATORIA

Podrán presentarse al proceso de selección todas aquellas personas que reúnan los

siguientes requisitos:

a) Tener cumplidos 18 años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

b) Poseer la nacionalidad española o la de algún Estado Miembro de la Unión

Europea, ostentar el derecho de libre circulación de trabajadores/as conforme al

tratado de la Comunidad Europea, o concesión de la residencia legal en España

para extranjeros/a.

c) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio, de

cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, en cualquiera de los

Estados comprendidos en el apartado segundo, en los seis años anteriores a esta

convocatoria, ni hallarse inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de las

funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

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d) Estar en posesión del título que habilite para ejercer la profesión, indicado en el

Apartado segundo, y cumplir todas las condiciones que se señalan en las

presentes bases, en la fecha de presentación de la Solicitud de Admisión del

proceso de selección.

e) No padecer enfermedad ni estar afectado/a de limitación física o psíquica que

impida o sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

f) Cumplimentar, en los plazos y en los términos que se indican posteriormente, el

formulario de solicitud.

Todas las condiciones deben reunirse el día en que finalice el plazo de

presentación de solicitudes para tomar parte en este proceso y mantenerse

durante el mismo hasta el momento de la contratación, debiendo acreditarse en

caso de ser seleccionado/a.

CUARTA.- ADMISIÓN AL PROCESO DE SELECCIÓN

1. El plazo de presentación de solicitudes será del 17 de agosto al 11 de

septiembre de 2015.

2. Las personas interesadas en las varias categorías deberán presentar solicitudes

distintas para cada una de ellas.

3. La solicitud debe ir acompañada de una declaración jurada del candidato/a

donde hará constar que son ciertos los datos consignados en la misma,

responsabilizándose de las inexactitudes o falsedades en que pudiera incurrir.

4. Los méritos que pueden ser incluidos para su Baremación son los que acrediten

los candidatos hasta el día de la publicación de las presentes Bases de Selección.

QUINTA.- DOCUMENTOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS/AS

CANDIDATOS/AS

Documentación: A la instancia, cuyo modelo se facilitará en el Registro General del

Ayuntamiento, se acompañará:

a) Documentación: A la instancia, cuyo modelo se facilitará en el Registro General

del Ayuntamiento, se acompañará:

b) La titulación exigida en la presente convocatoria.

c) Fotocopia del D.N.I.

d) Declaración jurada donde se haga constar que reúnen todos y cada uno de los

requisitos exigidos en la convocatoria.

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e) Currículum vitae: en el que deberán expresar los méritos a valorar por el

Tribunal, acompañado de los documentos acreditativos de dichos méritos

debidamente compulsados.

SEXTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR.

El Tribunal que calificará las presentes pruebas de selección estará compuesto de la

siguiente forma:

- PRESIDENTE/A: Un funcionario/a de carrera designado por el Alcalde

- VOCALES: En número de cuatro, siendo todos ellos funcionarios/as de carrera,

designado por el Sr. Alcalde

- SECRETARIO/A: Funcionario/a de carrera del Ayuntamiento de Villacarrillo

designado por el Sr. Alcalde.

Todos los miembros del tribunal calificador serán del mismo Grupo o Superior al que

aspiran los candidatos o bien con titulación igual o superior a la exigida en la

convocatoria.

El Tribunal podrá contar con la colaboración de técnicos expertos en cada una de

las materias.

Contra los actos del Tribunal, de conformidad con lo establecido en los artículos

114 y 115 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común, podrán interponerse recurso de alzada, en el

plazo de un mes.

SÉPTIMA.- PUBLICACIÓN DE LISTADOS DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS.

a) Expirado el plazo de presentación de solicitudes y, una vez examinados los

mismos, se publicarán las listas provisionales de personas admitidas y excluidas,

así como las causas de exclusión, en su caso.

b) Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión

de las citadas listas, los/las aspirantes dispondrán de un plazo de tres días

naturales para la presentación de la correspondiente reclamación.

c) Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión

o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos/as de la participación en el

proceso objeto de las presentes bases.

d) Transcurrido el plazo de reclamaciones se publicarán las listas definitivas de

aspirantes que acceden a la primera fase del proceso selectivo, con indicación de

la puntuación del baremo de cada aspirante, siendo su publicación la que

resuelva las reclamaciones realizadas por las personas interesadas.

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e) Tanto las listas provisionales como las definitivas serán publicadas en los

tablones de anuncios del Excmo. Ayuntamiento y en la página web del mismo.

OCTAVA.- FASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

El proceso de selección constará de las siguientes fases:

I.- PRIMERA FASE: CONCURSO DE MÉRITOS

Consistirá en la valoración de los méritos aportados y justificados documentalmente por cada uno de los aspirantes conforme al siguiente baremo:

1.- Por la superación de cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por Administraciones Públicas o avalados oficialmente por algún organismo público, que tengan relación directa con la actividad objeto de la Convocatoria, se valorarán hasta un máximo de 4 puntos, a razón de:

a) - Hasta 20 horas lectivas: 0,100 puntos por curso. b) - Entre 21 y 40 horas lectivas: 0,150 puntos por curso. c) - Entre 41 y 50 horas lectivas: 0,250 puntos por curso. d) - Entre 51 y 100 horas lectivas: 0,350 puntos por curso. e) - Superior a 100 horas lectivas: 0,450 puntos por curso.

Los méritos se justificarán mediante fotocopia de los títulos o diplomas correspondientes. En los cursos de formación o perfeccionamiento deberá quedar constancia clara del número de horas de su duración y del contenido del mismo, de no ser así no serán valorados. Para el puesto de maquinista-operario de servicios varios será requisito

obligatorio estar en posesión de los siguientes carnets:

Carnet de mixta o retropala.

Carnet de camión.

Acreditación de capacitación para el movimiento de tierras

2.- Por haber desempeñado puestos de trabajo de igual o similar contenido al del puesto convocado, hasta un máximo de 6 puntos, a razón de:

f) - 0,75 puntos por año trabajado en cualquier Administración Pública en

puesto de categoría igual o similar a la ofertada. g) - 0,35 puntos por año en cualquier empresa privada en puesto de

categoría igual o similar a la ofertada.

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Para el puesto de maquinista-operario de servicios varios será valorado estar

acreditado como oficial de primera mediante la presentación de los contratos de

trabajo o documento acreditativo de la empresa en el que conste el tipo de

contrato y la categoría profesional con el siguiente baremo:

- 0,75 puntos por año trabajado en cualquier Administración Pública en puesto de categoría igual o similar a la ofertada.

- 0,35 puntos por año en cualquier empresa privada en puesto de categoría igual o similar a la ofertada.

h) Se valorarán los periodos de tiempo inferiores al año, en

proporcionalidad mensual, despreciándose los periodos inferiores al mes.

La experiencia laboral deberá acreditarse, además de con contratos, nóminas o certificados de empresa, con el informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social. En todo caso deberá quedar perfectamente acreditado la categoría laboral, el tiempo trabajado y el tipo de jornada laboral, no valorándose en caso contrario.

- ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS Y

PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE MÉRITOS

i) Las personas incluidas en el listado de admitidos deberán presentar la

documentación acreditativa de los requisitos y los méritos expresados en su

currículum para su valoración.

j) La documentación justificativa de los requisitos y méritos deberá presentarse

grapada y ordenada según se indica a continuación y toda debidamente

compulsada:

- Fotocopia del D.N.I., pasaporte o NIE y permiso de trabajo y residencia, en caso

de ciudadanos extranjeros en los casos previstos en las presentes Bases

- Titulación académica requerida: se justificará con fotocopia del título o

certificado de haber abonado los derechos de expedición del mismo.

- Las titulaciones extranjeras que pudieran presentar los/as candidatos/as, sólo

serán valoradas si están homologadas por el Ministerio de Educación y Ciencia

de España.

- Currículum vitae actualizado

- Copia de todos y cada uno de los documentos que se acompañen para justificar

los méritos alegados.

Esta fase no tiene carácter eliminatorio. La puntuación máxima en esta fase será de 10 puntos.

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Concluido el proceso de Valoración de Méritos se confeccionarán los listados

provisionales para cada categoría, con indicación de las puntuaciones de cada

uno de los candidatos y fijándose un período de 5 días para posibles

reclamaciones.

II.- SEGUNDA FASE

TEÓRICO-PRÁCTICA

Consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de 50 preguntas tipo

test, ajustado a los temas propuestos como Anexos, así como la resolución de uno o

varios supuestos prácticos propuestos por el Tribunal que podrán realizarse bien en

el mismo examen o en convocatoria aparte que se anunciará convenientemente. Su

duración será de 60 minutos, y todas las preguntas tendrán el mismo valor. La

puntuación máxima de esta prueba será de 10 puntos, no pasando a la siguiente

aquellos candidatos que no hayan obtenido al menos 5 puntos. El Tribunal pondrá

en conocimiento de los aspirantes el sistema de corrección antes de la realización de

la prueba.

Para el puesto de maquinista-operario de servicios sólo se establecerá una prueba

práctica en la que se comprobarán las destrezas de los candidatos en el desempeño

de las funciones propias del puesto de trabajo.

Solamente en caso de empate, el Tribunal podrá acordar la celebración de una entrevista

con los aspirantes que hayan superado la prueba teórico y/o práctica, en la que se

valorará la experiencia acreditada, conocimientos y aptitudes para el puesto de trabajo

convocado.

NOVENA.- RESULTADO DEL PROCESO

Finalizada la calificación del ejercicio, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios

del Ayuntamiento las puntuaciones obtenidas por los participantes.

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ANEXO I

TEMARIO FISIOTERAPEUTA

01 Unidades de Fisioterapia de atención especializada Coordinación de la actividad

fisioterapéutica con los distintos servicios y departamentos del centro residencial.

Coordinación entre niveles asistenciales. Protocolos conjuntos.

02 Metodología de intervención en fisioterapia asistencial Aspectos de valoración

fisioterapéuticos: entrevista clínica, exploración física. Definición de problemas y

planes de actuación.

03 Intervención fisioterapéutica Objetivos y planificación. Deficiencia, discapacidad y

minusvalía. Concepto.

04 Fisioterapia respiratoria Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos.

Técnicas y métodos de tratamiento fisioterapéuticos en las patologías más frecuentes:

EPOC, asma, cirugía cardiorrespiratoria; otras cirugías.

05 Fisioterapia en pacientes críticos Valoración fisioterapéutica y objetivos

fisioterápicos. Técnicas y métodos de tratamiento fisioterapéutico.

06 Fisioterapia en traumatología Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos.

Técnicas y métodos de tratamiento fisioterapéuticos en las patologías más frecuentes.

07 Fisioterapia en patologías óseas y de partes blandas Valoración fisioterapéutica y

objetivos fisioterápicos. Técnicas y métodos de tratamiento fisioterapéuticos en las

patologías más frecuentes.

08 Fisioterapia en las patologías osteoarticulares Valoración fisioterapéutica y objetivos

fisioterápicos. Técnicas y métodos de tratamiento fisioterapéuticos en las patologías

más frecuentes.

09 Fisioterapia en reumatología Valoración fisioterapéutica y objetivos fisioterápicos.

Técnicas y métodos de tratamiento fisioterapéuticos en las patologías más frecuentes.

10 Fisioterapia en el adulto Riesgo cardiovascular. Ejercicio físico. Adaptación en

función de las patologías de base: hipertensión, diabetes, obesidad, plan fisioterapéutico

personalizado. Adherencia terapéutica.

11 Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y

Atención a las Personas en Situación de Dependencia: Disposiciones generales.

Servicios de promoción de la autonomía personal y de atención y cuidado. La

dependencia y su valoración.

12 La relación terapéutica entre el residente, familiares y el profesional de fisioterapia.

13 Estructura de las residencias de personas mayores. Organización y funcionamiento.

14 Normativa reguladora de los centros residenciales de atención a personas mayores.

15 Protocos de actuación. Calidad asistencial.

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ANEXO II

TEMARIO TERAPEUTA OCUPACIONAL

1. Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y

Atención a las Personas en Situación de Dependencia: Disposiciones generales.

Servicios de promoción de la autonomía personal y de atención y cuidado. La

dependencia y su valoración.

2. Funciones del terapeuta ocupacional en la atención a personas dependientes en

centros residenciales y unidades de estancias diurnas.

3. Los equipos multidisciplinarios terapéuticos. Papel del terapeuta ocupacional en

los equipos multidisciplinarios.

4. Los servicios sociales comunitarios. Su utilización por el terapeuta ocupacional.

5. Ética de las intervenciones en terapia ocupacional.

6. Ámbito de la terapia ocupacional. Principios generales de la terapéutica.

7. La conducta normal y la patológica.

8. La psicomotricidad como actividad de la terapia ocupacional.

9. Desarrollo psicomotor. Valoración del nivel psicomotor.

10. Cambios biológicos, psicológicos y sociales en la vejez. Características

psicológicas del anciano.

11. Prevención y tratamiento de las caídas en ancianos. Papel de la terapia

ocupacional.

12. La desorientación. La terapia ocupacional en las demencias. Alzheimer:

Estimulación afectiva y propioceptiva.

13. La relación terapéutica entre el residente, familiares y el profesional de la terapia

ocupacional.

14. Estructura de las residencias de personas mayores. Organización y

funcionamiento.

15. Normativa reguladora de los centros residenciales de atención a personas

mayores.

16. Protocos de actuación.

17. Calidad asistencial en la terapia ocupacional.

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ANEXO III

TEMARIO AUXILIAR ADMINISTRATIVO

1. El acto administrativo. Concepto, elementos, clasificación, invalidez. Principios

Generales del procedimiento administrativo: concepto y clases. Fases del Procedimiento

Administrativo Común: principios y normas reguladoras. El Expediente Administrativo.

Cómputo de plazos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos

administrativos. Nulidad y Anulabilidad.

2. Recursos administrativos contra los actos y acuerdos de las Corporaciones Locales:

Concepto y Clases de recursos.

3. El Presupuesto de la Administración Local: Concepto y Estructura de gastos e

ingresos.

4. La atención al público: Reglas básicas en el trato con el ciudadano. Información y

Atención al Ciudadano en el Ayuntamiento.

5. El Procedimiento administrativo: concepto y clases. Las fases del procedimiento

administrativo. El silencio administrativo. La revisión de los actos y los recursos

administrativos. La revisión de los actos nulos y anulables. La revocación de los actos.

Los recursos administrativos: clases y regulación.

6. La Ley de Protección de Datos de Carácter Personal. Objeto y principios de

actuación. Calidad de los datos. Derecho de información en la recogida de los datos.

Datos especialmente protegidos. Derechos de los ciudadanos: acceso, rectificación,

oposición, cancelación. Ficheros de titularidad pública: creación, modificación o

supresión.

7. Informática básica: Conceptos fundamentales sobre el hardware y el software.

Sistemas de almacenamiento de datos. Sistemas operativos. Nociones básicas de

seguridad informática.

8. La Red Internet: origen, evolución y estado actual. Conceptos elementales sobre

protocolos y servicios en Internet. Descripción y funcionamiento básico de los

navegadores. Administración electrónica y servicios al ciudadano.

9. Departamento de contratación. Altas en seguridad social, bajas, nóminas…

Programas informáticos de gestión.

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ANEXO IV

MONITOR DE UNIDAD DE ESTANCIAS DIURNAS CON TERAPIA

OCUPACIONAL

Normativa reguladora de los centros de atención a Personas con Discapacidad.

Organización y funcionamiento.

Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y

Atención a las Personas en Situación de Dependencia: Disposiciones generales.

Servicios de promoción de la autonomía personal y de atención y cuidado. La

dependencia y su valoración.

La terapia ocupacional aplicada a personas con alteraciones graves y

continuadas de conducta: Motivación, resolución de conflictos, actividades,

estructura y organización de grupos, habilidades.

La calidad en la atención de personas con discapacidad.

Protocolos de actuación.

Funciones del monitor/a en la UED_TO.

Actuación ante emergencias.

Actividades y talleres en unidades de terapia ocupacional para personas con

discapacidad.