AUDITORIA FINANCIERA

8
I EVALUACION A DISTANCIA 1.- Analice el contenido de la página N° 08 hasta la página N° 15 del texto base de Contabilidad Superior II y elabore un resumen en dos páginas como máximo: APLICACIÓN DE LAS NIC Y NIF EN EL PERÚ: 1.- La Contabilidad, las normas internacionales de contabilidad y las normas Internacionales de información financiera. a.- Generalidades: La contabilidad satisface la necesidad de información a través de los estados financieros, que es el resultado final del proceso contable por el que cumple con su objetivo de brindar información para la toma de decisiones de terceras personas (accionistas, acreedores, etc). b.- Estructura técnica y legal para la aplicación de la contabilidad • Normas Técnicas: 1. Principios contables generalmente aceptables 2. Normas Internacionales de contabilidad 3. Normas Internacionales de Información Financiera 4. Normas Contable general revisado • Normas Legales: 1. Ley General de Sociedades 2. Normas de la CONASEV 3. Ley del impuesto a la renta 4. Ley del impuesto a las ventas 5. Ley de comprobantes de pago c.- Principios contables básicos en el Perú • Equidad • Ente • Periodo • Devengado • Realización • Empresa en marcha • Valuación • Moneda común denominador • Dualidad económica • Uniformidad • Materialidad • Bienes económicos d.- Normas Internacionales de Contabilidad El Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (ISAC)

Transcript of AUDITORIA FINANCIERA

Page 1: AUDITORIA FINANCIERA

I EVALUACION A DISTANCIA 1.- Analice el contenido de la página N° 08 hasta la página N° 15 del texto base de Contabilidad Superior II y elabore un resumen en dos páginas como máximo: APLICACIÓN DE LAS NIC Y NIF EN EL PERÚ: 1.- La Contabilidad, las normas internacionales de contabilidad y las normas Internacionales de información financiera. a.- Generalidades: La contabilidad satisface la necesidad de información a través de los estados financieros, que es el resultado final del proceso contable por el que cumple con su objetivo de brindar información para la toma de decisiones de terceras personas (accionistas, acreedores, etc). b.- Estructura técnica y legal para la aplicación de la contabilidad • Normas Técnicas: 1. Principios contables generalmente aceptables 2. Normas Internacionales de contabilidad 3. Normas Internacionales de Información Financiera 4. Normas Contable general revisado 

• Normas Legales: 1. Ley General de Sociedades 2. Normas de la CONASEV 3. Ley del impuesto a la renta 4. Ley del impuesto a las ventas 5. Ley de comprobantes de pago 

c.- Principios contables básicos en el Perú • Equidad • Ente • Periodo • Devengado • Realización • Empresa en marcha • Valuación • Moneda común denominador • Dualidad económica • Uniformidad • Materialidad • Bienes económicos d.- Normas Internacionales de Contabilidad El Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (ISAC) contribuye a la elaboración y adopción de principios de contabilidad que sean apropiados, equilibrados y comparables internacionalmente. 

El IASB formula las NIC y los tiene proyectado cambiar la denominación de NIC por NIIF. Las NIC son conjunto de normas o leyes que establecen la información que debe presentar en los estados financieros y la forma en que esa información debe aparecer en dichos estados financieros. 

Las NIC surgió con el objetivo de UNIFORMIZAR LA PRESENTACIÓN DE LAS INFORMACIONES EN LOS ESTADOS FINANCIEROS, sin importar la nacionalidad

Page 2: AUDITORIA FINANCIERA

de quien las leyes o interpretará. 

Clasificación de NIC vigentes 1.- Normas de carácter general • NIC 21: Efecto variación de tipo de cambio de moneda extranjera • NIC 23: Costos por intereses • NIC 29: Información financiera en economías hiperinflacionarias. 

2.- Normas de sector específico • NIC 11: Contratos de construcción • NIC 41: Agricultura 

3.- Normas de valuación • NIC 2: Existencias • NIC 12: Impuesto a la renta • NIC 16: Inmueble, maquinaria y equipo. • NIC 17: Arrendamiento • NIC 18: Ingresos • NIC 19: Beneficios de empleados • NIC 20: Subsidios del gobierno • NIC 27: Estados financieros consolidados • NIC 28: Inversiones en subsidiarias • NIC 36: Desvalorización de activos • NIC 37: Provisiones • NIC 38: Activos Intangibles • NIC 39: Títulos Financieros • NIC 40: Inversiones Inmobiliarias 

4.- Normas de exposición o revelación • NIC 1: Presentación de Estados Financieros • NIC 7: Estado de flujo de efectivo • NIC 8: Políticas contables, cambio en estimaciones contables • NIC 10: Sucesos posteriores a la fecha del balance general • NIC 24: Revelaciones sobre entes vinculados • NIC 26: Información sobre planes de pensiones • NIC 31: Información en asociaciones en participación • NIC 32: Títulos Financieros • NIC 34: Informes financieros Interpretaciones del SIC El comité de interpretaciones contables fue creado para que precisen temas contables respecto de los cuales se hubiesen generado controversias. 

e.- Normas Internacionales de Información Financiera El consejo normativo oficializó la aplicación de las NIIFs siguientes: • NIIF 1: adopción por primera vez de las normas internacionales de la información financiera. • NIIF 2: pagos basados en acciones • NIIF 3: combinaciones de negocios • NIIF 4: contratos de seguros • NIIF 5: activos no corrientes disponibles para la venta y operaciones interrumpidas • NIIF 6: exploración y evaluación de recursos minerales 

Page 3: AUDITORIA FINANCIERA

• NIIF 7: instrumentos financieros información a revelar • NIIF 8: Segmentos de operación. f.- Marco legal de la vigencia de las NIC, NIIF, SIC, y CINIIF en el Perú y responsabilidad para su aplicación. De acuerdo al art. 223° Ley 26887 – Ley general de sociedades, las NIC son aplicables desde el 01-01-98, complementando con la Res. N° 013-98 del Consejo Normativo de Contabilidad y ratificado con las Resoluciones N° 034-2005-EF/93.01 y 040-2008-EF/94, también el Consejo Normativo de Contabilidad. g.- Beneficios con la aplicación de las NIC y las NIIF. • Uniformizar la contabilidad internacionalmente para ayudar a las inversiones analistas y otros usuarios a comparar fácilmente los informes financieros de las empresas. • Debido a que lleva algún tiempo adecuar a la empresa totalmente a las NIC y NIIF, es preciso que se inicie cuanto antes, con lo cual se conseguiría una mayor transparencia y comparabilidad de información que se utiliza en nuestros mercados financieros, lo cual a la larga en el futuro será una ventaja competitiva para la empresa. 2.- Revise los conceptos y casos prácticos de la página N° 15 hasta la página N° 40 del texto base de Contabilidad Superior II y comente en dos páginas como máximo, la adopción de las normas Internacionales en la Contabilidad de acuerdo a la NIIF 1. 

La NIIF 1 establece los procedimientos que la entidad debe seguir cuando por primera vez las NIIFs. La regla general es que a la fecha efectiva de reporte de la transición, los principios de contabilidad deben ser aplicados retrospectivamente en el Balance de Apertura (31 de diciembre del 2007 para el caso de las empresas que adoptarán las NIIFs en el 2009). Sin embargo, existen importantes excepciones a esta norma general que se aclaran más adelante. 

La NIIF 1 tiene como propósito facilitar la transición a NIIFs a nivel mundial creando comparabilidad en el tiempo y a nivel de las diferentes entidades que estarán adoptando las NIIfs por primera vez. 

Es importante aclarar que la NIIF 1 requiere a quienes adopten por primera vez las NIIfs que se consideren todas las normas e interpretaciones vigentes a la fecha de reporte. Es decir ignorando versiones previas de las NIIFs y las disposiciones transitorias que pudieron existir en la emisión de las mismas. 

El enfoque sugerido en la NIIF 1 se conoce como “Enfoque del Balance de Apertura bajo NIIFs”. Este enfoque se resume en los siguientes 10 puntos clave: 1.- El la preparación de los primeros estados financieros bajo NIIFs, la entidad deberá cumplir con todas las NIIFs vigentes a la fecha de reporte y como principio general deberá aplicar dichas NIIFs en forma retrospectiva sujeto a ciertas exenciones y excepciones descritas en la NIIF 1. 2.- El balance general de apertura deberá prepararse de conformidad con las NIIFs vigentes a la fecha de transición. La fecha de transición es el inicio del ciclo financiero más antiguo que estuviera formando parte de la información financiera comparativa presentada bajo NIIFs con los primeros estados financieros bajo NIIFs. Para el caso de los países que adoptarán las NIIFs en el 2009, las empresas presentarían información comparativa de un año (2008) y consecuentemente, la fecha de transición sería el 1 de enero del 2008 (31 de diciembre del 2007). 3.-La entidad reconocerá todos los activos y pasivos de acuerdo con los

Page 4: AUDITORIA FINANCIERA

requerimientos de las NIIFs, y eliminará los activos y pasivos que no cumplen los requerimientos de las NIIFs. 4.- Los activos y pasivos reconocidos en el balance de apertura bajo NIIFs se meditarán de acuerdo con las NIIfs incluyendo la NIIF 1. 5.-Todas las estimaciones contables, se determinarán de acuerdo con las guías provistas por las NIIfs. 6.-Efectos de los cambios en políticas contables serán reconocidos en el patrimonio en el balance general de apertura, excepto por reclasificaciones entre plusvalía mercantil (goodwill) y activos intangibles. 7.- Todos los requerimientos relacionados con presentación y revelaciones bajo NIIFs deberán cumplirse, incluyendo todas las reclasificaciones que se requieren para cumplir con las NIIFs. 8.- La información comparativa del periodo anterior deberá cumplir totalmente con NIIFs con ciertas excepciones en relación con la aplicación de la NIC 39 Instrumentos Financieros reconocimiento y medición. 

9.- Las reconciliaciones entre principios locales y IFRS de: a) el patrimonio la fecha de transición y a la fecha de reporte (31 de diciembre del 2007 y 2009 para los que adoptan las NIIFs en el 2009) y b) la utilidad o pérdida del año en el que se preparan los primeros estados financieros bajo NIIFs; incluirán la información explicativa necesaria para facilitar el entendimiento de la transición. 10.- Se considerarán ciertas exenciones opcionales y excepcionales obligatorias a los principios generales de la NIIF 1 relacionados con la aplicación retrospectiva. Las exenciones se otorgan en áreas en las que los costos de preparar la información podrían exceder a los beneficios de los usuarios de los estados financieros y se ha comprobado que es prácticamente difícil hacer los cambios de manera retrospectiva. Por ejemplo en casos de combinaciones de negocios y/o el reconocimiento de obligaciones relacionadas con fondos de pensiones. 

3.- Revise los conceptos y casos prácticos de la página N° 41 hasta la página N° 73 del texto base de Contabilidad Superior II y resumir en un página de lo que trata la NIC 2, complementar con un caso práctico usando uno de los métodos de valuación de salidas de existencia y saldo final de existencia (página 45 del texto base) utilizando cualquier empresa de su localidad. 

Existencias I.- Definiciones: Que se mantiene para su venta en el curso ordinario de los negocios Que se hallan en proceso de producción para efectos de dicha venta Que se encuentran en forma de materiales o suministros que serán consumidos en el proceso de producción o en la prestación de servicios. 

II.- Valuación de las Existencias: Las existencias deben ser valuadas al costo o al valor neto de realización el que resulte menor. 

Costo de las existencias: El costo de las existencias debe incluir: - Todos los costos de compra Precio de compra Derechos de importación 

Page 5: AUDITORIA FINANCIERA

Costos de transporte, manipuleo Seguros Materiales y servicios Descuentos y bonificaciones mercantiles 

-Costos de transformación: Gastos directamente relacionados con el proceso de producción: Mano de obra directa, gastos indirectos, fijos y variables de producción. Y otros costos en que se ha incurrido para poner las existencias en su ubicación y condiciones actuales Los gastos de diseño de un determinado producto. Costos que se excluyen del costo de las existencias Montos anormales de desperdicios Costos de almacenaje, salvo que sean necesarios para el proceso de producción antes de una etapa más avanzada de producción. Gastos de administración indirectos Costos de venta Solo en limitadas ocasiones se activan los costos de financiación. N° 23 (“activo calificado”) Costos de un proveedor de servicios Mano de obra Otros costos del personal directamente encargado de proporcionar el servicio, incluyendo el personal de supervisión y los gastos indirectos atribuidos. La mano de obra y otros gastos relacionados con las ventas y con el personal administrativo en general no se incluyen en el costo, por el contrario se reconocen como gasto en el periodo en que se incurren en ellos. 

Clasificación de los inventarios dependiendo del tipo de empresa Empresa Comercial: No existe un mayor valor agregado. El costo de adquisición es igual al costo de los artículos vendidos. Empresa Industrial: La materia prima es transformada en el proceso productivo Dependiendo del grado de avance en el proceso, pueden convertirse en productos en proceso o productos terminados. Valor neto de realización Es el precio de venta estimado para el curso ordinario de los negocios, menos los costos estimados determinación y los costos estimados necesarios para realzar la venta. Valor neto de realización La práctica de reducir el valor de las existencias por debajo del costo al valor de realización es congruente con el criterio de que el valor contable de los activos no debe ser superior al que se espera obtener al venderlos o usarlos. Valor neto de realización Estimaciones en el valor neto de realización Se basan en la evidencia más confiable disponible al momento de estimar el monto al que se espera realizar las existencias. Evaluación periódica 

Caso Práctico VNR Valuación de Existencias – Aspectos Tributarios 

Page 6: AUDITORIA FINANCIERA

Costo Computable- Art. 20 de la Ley del Impuesto a la Renta: Es el costo de adquisición producción o construcción, o valor de ingreso al patrimonio. Provisiones: No se acepta la provisión por desvalorización de existencias (VNR, obsolencia, cambios en los niveles de precios, etc) De acuerdo al Art. 44 inciso f) de la ley de Impuesto a la Renta sólo se admite las provisiones establecidas por Ley. Mermas y Desmedros Mermas: Pérdida Física, en el volumen, peso o cantidad de las existencias, ocasionada por causas inherentes a su naturaleza o al proceso productivo. Desmedros: Pérdida de orden cualitativo o irrecuperable de las existencias, haciéndolas inutilizables para los fines que estaban destinados.