Aspectos basicos de la tributacion 2013
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ASPECTOS BASICOS DE LA TRIBUTACION 2013
Y REFORMA TRIBUTARIA(LEY 1607 DE 2012)
C.P. JOSÉ GREGORIO ARIAS NORIEGA
3
AGENDANovedades en el impuesto de renta
Impuesto sobre la renta para la equidad (CREE)
Impuesto Mínimo Alternativo Nacional (IMAN)
Impuesto Mínimo Alternativo Simple (IMAS)
Implicaciones de la ley 1429 en la declaración de renta 2012
Novedades en la Retención en la Fuente
Retención en la fuente para trabajadores independientes
Novedades en IVA
Impuesto al Consumo
4
…AGENDANovedades en Procedimiento Tributario
El RUT y sus modificaciones
Unidad de valor tributario UVT
Novedades en el Impuesto al Patrimonio
Novedades en el GMF
Novedades en Impuestos Territoriales
Otras novedades en materia laboral, comercial y tributaria
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IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS
6
IMPUESTO DE RENTA PARA LOS NO DECLARANTES
Los contribuyentes no obligados a declarar
El impuesto sobre la renta y complementarios
• Es la suma de las retenciones en la fuente por todo concepto
Las personas naturales residentes en el país
• Que les hayan practicado retenciones en la fuente• Que no estén obligadas a declarar podrán hacerlo• La declaración produce efectos legales
E. T. Ley 1607
Art. 6 Art. 1
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 53
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IMPUESTO PARA LOS RESIDENTES Y NO RESIDENTES
Los extranjeros residentes en Colombia sólo están sujetos al impuesto sobre la renta y complementarios respecto a su renta o ganancia ocasional de fuente extranjera, a partir del quinto (5º) año o período gravable de residencia continua o discontinua en el país.
E.T. LEY 16079 198
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 236
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RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES
Se consideran residentes en Colombia : Permanencia continua o discontinua
• Por más de 183 días calendario• Durante un periodo de 365 días calendario consecutivos• En más de un año, se considerará residente a partir del
segundo
Estar exentos de tributación en el país en el que se encuentran en misión al servicio exterior del Estado
E.T. LEY 160710 2
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 53
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RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES
Son residentes los nacionales que :• Su cónyuge o hijos dependientes menores de edad, tengan
residencia fiscal en el país• El 50% o más de sus ingresos sean de fuente nacional• El 50% o más de sus bienes sean administrados en el país• El 50% o más de sus activos se entiendan poseídos en el país • No acrediten su condición de residentes en el exterior• Tengan residencia fiscal en un paraíso fiscal
E.T. LEY 160710 2
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 54
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CONCEPTO DE SOCIEDADES Y ENTIDADES NACIONALES PARA EFECTOS TRIBUTARIOS
Sede efectiva de administración en el territorio colombiano.
• Lugar donde materialmente se toman las decisiones necesarias para llevar a cabo las actividades como un todo.
• Donde los altos ejecutivos y administradores usualmente ejercen sus responsabilidades
• Donde se llevan a cabo las actividades diarias de la alta gerencia• No es la simple reunión de junta directiva
Domicilio principal en el territorio colombiano
Constituidas en Colombia, de acuerdo con las leyes vigentes
E.T. LEY 160712-1 84
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 132
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EFECTOS TRIBUTARIOS DE LA FUSIÓN DE SOCIEDADES
Para efectos tributarios, en el caso de la fusión de sociedades, no se considerará que existe enajenación, entre las sociedades fusionadas.
La sociedad absorbente o la nueva que surge de la fusión, responde por los impuestos, anticipos, retenciones, sanciones e intereses y demás obligaciones tributarias de las sociedades fusionadas o absorbidas.
E.T. LEY 160714-1 198
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 236
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EFECTOS TRIBUTARIOS DE LA ESCISIÓN DE SOCIEDADES
Para efectos tributarios, en el caso de la escisión de una sociedad, no se considerará que existe enajenación entre la sociedad escindida y las sociedades en que se subdivide.
Las nuevas sociedades producto de la escisión serán responsables solidarios con la sociedad escindida, tanto por los impuestos, anticipos, retenciones, sanciones e intereses y demás obligaciones tributarias, de esta última, exigibles al momento de la escisión, como de los que se originen a su cargo con posterioridad, como consecuencia de los procesos de cobro, discusión, determinación oficial del tributo o aplicación de sanciones, correspondientes a períodos anteriores a la escisión. Lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de los socios de la antigua sociedad, en los términos del artículo 794.
E.T. LEY 160714-2 198
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 236
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FONDOS DE INVERSIÓN DE CAPITAL EXTRANJEROLos inversionistas de capital del exterior son contribuyentes por las utilidades obtenidas en el desarrollo de sus actividades.
El impuesto será las retenciones en la fuente que le practique el administrador de las inversiones.
Cualquier otra entidad que realice pagos a los inversionistas se abstendrá de efectuar la retención en la fuente.
Cuando los ingresos correspondan a dividendos gravados, la retención en la fuente será practicada por la sociedad pagadora del dividendo con una tarifa del 25%.
E.T. LEY 160718-1 125
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 186
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BASE DE RETENCIÓN EN LA FUENTE SERÁ LA UTILIDAD OBTENIDA POR EL INVERSIONISTA
En los instrumentos financieros derivados, el resultado es el valor neto de los pagos a favor y en contra
En títulos con rendimientos y/o descuentos, el resultado corresponde a los rendimientos
En las operaciones de reporto o repo el resultado es el valor neto de los pagos a favor y en contra del inversionista.
En los demás casos el resultado será el valor neto de los pagos a favor y en contra del inversionista, en desarrollo de la respectiva operación.
La tarifa de retención es 14% si el inversionista no está domiciliado en un Paraíso Fiscal. En caso contrario es 25%
E.T. LEY 160718-1 125
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BASE DE RETENCIÓN EN LA FUENTE SERÁ LA UTILIDAD OBTENIDA POR EL INVERSIONISTA
Las retenciones constituyen el impuesto de los inversionistas, los cuales tendrán la condición de no declarantes. Si las utilidades superan el límite del artículo 36-1, está obligado a declarar por las utilidades a que se refiere dicho artículo. El administrador presentará la declaración por cuenta y en nombre del inversionista.
La remuneración de la sociedad por administrar las inversiones es ingreso gravable y se aplicará autoretención por comisiones.
Las pérdidas sufridas por el inversionista se amortizan con las utilidades. Las retenciones en exceso se descuentan de las causadas en los meses subsiguientes. Las pérdidas acumuladas a 31 diciembre de 2012, podrán ser amortizadas con las utilidades del año gravable 2013 únicamente.
E.T. LEY 160718-1 125
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 188
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SOCIEDADES Y ENTIDADES EXTRANJERAS CONTRIBUYENTES
Las sociedades y entidades extranjeras son contribuyentes
• Por sus rentas y ganancias ocasionales de fuente nacional• Sea que las perciban directamente o a través de sucursales o
establecimientos permanentes.
Se les aplica el régimen de las sociedades anónimas nacionales
Salvo las excepciones de los tratados internacionales y en el derecho interno.
E.T. LEY 160720 85
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 133
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ESTABLECIMIENTO PERMANENTE
Lugar fijo de negocios ubicado en el país
• A través del cual una empresa extranjera o persona natural sin residencia realiza toda o parte de su actividad.
• Sucursales de sociedades extranjeras, las agencias, oficinas, fábricas, talleres, minas, canteras, pozos de petróleo y gas, etc.
También existe establecimiento permanente en el país
• Cuando una persona actúe por cuenta de una empresa extranjera, y tenga o ejerza habitualmente poderes que la faculten para concluir actos o contratos que sean vinculantes para la empresa.
E.T. LEY 160720-1 86
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 133
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TRIBUTACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES Y SUCURSALES
Las personas naturales no residentes y las y entidades extranjeras con establecimiento permanente o sucursal contribuyen por las rentas y ganancias ocasionales de fuente nacional.
Las rentas y ganancias ocasionales se determinan con base en criterios de funciones, activos, riesgos y personal involucrados en su obtención.
Los establecimientos permanentes y las sucursales deben llevar contabilidad separada en la que se discriminen los ingresos, costos y gastos que les sean atribuibles.
E.T. LEY 160720-2 87
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 134
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CONCEPTO DE SOCIEDAD EXTRANJERA
Sociedades u otras entidades que no sean sociedades o entidades nacionales
E.T. LEY 160721 88
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 135
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INGRESOS QUE NO SE CONSIDERAN DE FUENTE NACIONAL
Se modifica el Numeral 3 del Literal A del artículo 25 del ET.
Se agregan los créditos obtenidos en el exterior por Finagro y Findeter
Se adiciona el Literal C al artículo 25 del ET.
Ingresos en enajenación de mercancías extranjeras
De sociedades extranjeras o personas sin residencia
• Que no tengan en el país ningún tipo de vinculación económica• O que éstos no obtengan beneficios en la enajenación de las mercancías.
Introducidas a Centros de Distribución Logística Internacional
• Ubicados en puertos marítimos habilitados por la DIAN.
E.T. LEY 160725 126 y 156
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINAS 189 Y 215
21
REALIZACIÓN DE LOS INGRESOS
Se modifica el literal b del artículo 27
Ingresos por concepto de dividendos o participaciones
Se entienden realizados cuando hayan sido abonados en cuenta en calidad de exigibles.
E.T. LEY 160727 89
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 135
22
DEFINICIÓN DE DIVIDENDOS O PARTICIPACIONES
• Antes Dividendo o utilidad, ahora Dividendo o participaciones
Antes Sociedad Anónima, Ahora Simplemente sociedad
Nuevo: (Numeral 4)
• Transferencia de utilidades• Que sean rentas y ganancias ocasionales de fuente nacional • Obtenidas en establecimientos permanentes o sucursales en Colombia• Que sean de personas naturales no residentes o sociedades y entidades
extranjeras• Se giren a favor de empresas vinculadas en el exterior
E.T. LEY 160730 90
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 135
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PRIMA EN COLOCACIÓN DE ACCIONES O DE CUOTAS SOCIALES
• Para todos los efectos tributarios el superávit de capital por prima en colocación de acciones o de cuotas sociales• Hace parte del aporte• Está sometido a las mismas reglas tributarias aplicables al capital• Integra el costo fiscal respecto de las acciones o cuotas suscritas
exclusivamente para quien la aporte• Es reembolsable en los términos de la ley mercantil.
• La capitalización de la prima en colocación de acciones o cuotas• No generará ingreso tributario • No da lugar a costo fiscal de las acciones o cuotas emitidas.
E.T. LEY 160736 91
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 136
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CAPITALIZACIONES NO GRAVADAS
• Se suprime la expresión• “prima en colocación de acciones”
E.T. LEY 160736-3 198
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 236
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DETERMINACIÓN DE LOS DIVIDENDOS NO GRAVADOS
Renta Líquida Gravable
(+) Ganancias Ocasionales Gravables
(-) Impuesto Básico de Renta
(-) Impuesto de Ganancias Ocasionales
(-) Descuentos por impuestos pagados en el exterior por dividendos
(+) Dividendos no gravados de sociedades nacionales y de las domiciliadas en los países de la Comunidad Andina
(+) Beneficios especiales que deban comunicarse a los socios
(=) Utilidad máxima a ser distribuida a título de ingreso no constitutivo de renta ni de ganancia ocasional
E.T. LEY 160749 92
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 137
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DIVIDENDOS NO GRAVADOS
• Deben contabilizarse en forma independiente de las demás cuentas que hacen parte del patrimonio de la sociedad
• Si exceden el monto de las utilidades comerciales• El exceso se podrá imputar a las utilidades comerciales futuras • Que tengan la calidad de gravadas• Dentro de los cinco años siguientes o en los dos períodos anteriores• Se debe registrar y controlar en cuentas de orden.
• Se debe informar a los socios• En el momento de la distribución el valor no gravable
E.T. LEY 160749 92
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 138
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CONTRATOS DE FIDUCIA MERCANTIL
• Los derechos fiduciarios tendrán el costo fiscal y las condiciones tributarias de los bienes o derechos aportados al patrimonio autónomo.
• Al cierre de cada periodo los derechos fiduciarios tendrán el tratamiento patrimonial que le corresponda a los bienes de que sea titular el patrimonio autónomo
• Las utilidades o pérdidas obtenidas en los fideicomisos deberán ser incluidas en las declaraciones de renta de los beneficiarios, conservando el carácter de gravables o no gravables, deducibles o no deducibles.
• Las sociedades fiduciarias deben cumplir con los deberes formales de los patrimonios autónomos que administren.
• Se le asignará a las sociedades fiduciarias, aparte del NIT propio, un NIT que identifique en forma global a todos los fideicomisos que administren.
• El Gobierno determinará en qué casos los patrimonios autónomos administrados deben contar con un NIT individual.
E.T. LEY 1607102 127
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 190
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CONTRATOS DE FIDUCIA MERCANTIL
• Las sociedades fiduciarias presentarán una sola declaración por los patrimonios autónomos que administren y que no cuenten con un NIT individual
• La sociedad fiduciaria debe presentar una declaración independiente por cada patrimonio autónomo con NIT independiente y suministrar la información que sobre los mismos le sea solicitada por la DIAN
• Cuando exista beneficio tributario por inversiones, donaciones, adquisiciones, compras, ventas o cualquier otro concepto, la operación que da lugar al beneficio podrá realizarse directamente o a través de un patrimonio autónomo, o de un fondo de inversión de capital, caso en el cual el beneficiario, fideicomitente o adherente tendrá derecho a disfrutar del beneficio correspondiente
E.T. LEY 1607102 127
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 190
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INGRESOS BRUTOS EN LA COMPRA VENTA DE MEDIOS DE PAGO EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TELEFONÍA MÓVIL
Para el impuesto de renta e impuestos territoriales
• En la compra venta de medios de pago• De servicios de telecomunicaciones• Bajo la modalidad de pre-pago• Con cualquier tecnología
Ingreso bruto del vendedor
• Diferencia entre el precio de venta y su costo de adquisición
Se practicará la retención en la fuente
• Con base en la información que le emita el vendedor
E.T. LEY 1607102-4 157
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 215
30
EXPENSAS QUE SON DEDUCIBLES
No son deducibles las provenientes de delitos sancionables a título de dolo.
La DIAN puede desconocer la deducción
• Compulsará copias a las autoridades correspondientes.
Si se determina que la conducta no es punible
• Se puede solicitar devolución o compensación• Los términos corren a partir de la ejecutoria de la providencia
o acto que determine que la conducta no es punible
E.T. LEY 1607107 158
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 215
31
REQUISITOS PARA DEDUCIR SALARIOS Y APORTES
Sociedades y personas jurídicas y asimiladas• Contribuyentes declarantes de renta• No están obligados a cumplir los requisitos• Por salarios pagados que no excedan de 10 SMLMV
Artículos 108 y 114 del ET.• Aportes parafiscales• Seguridad social• Artículo 69 de la ley 21 de 1982
E.T. LEY 1607108 y 114 34 y 35
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINAS 89 y 90
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SUBCAPITALIZACIÓNSólo se puede deducir los intereses de deudas inferiores a 3 veces el patrimonio líquido del año anterior.
• La proporción de intereses que exceda este límite no será deducible• Las deudas que se tendrán en cuenta son las que generen intereses
Sociedades, entidades o vehículos de propósito especial
• Construcción de proyectos de vivienda a (Ley 1537 de 2012)• Podrán deducir los intereses de deudas inferiores a 4 veces el patrimonio
líquido del año anterior
No a aplica a los contribuyentes
• Bajo inspección y vigilancia de la Superfinanciera• Sociedades, entidades o vehículos de propósito especial para financiación de
proyectos de infraestructura de servicios públicos.
E.T. LEY 1607118-1 109
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 158
33
LIMITACIÓN A LOS COSTOS Y GASTOS CON BENEFICIARIOS DEL EXTERIOR
Los costos o deducciones por expensas en el exterior
• No pueden exceder del 15% de la renta líquida
Salvo cuando se trate de los siguientes pagos:
• Intereses sobre créditos a contribuyentes residentes• Por parte de organismos multilaterales de crédito• A cuyo acto constitutivo haya adherido Colombia• Y en él se establezca que el organismo multilateral está
exento de impuesto sobre la renta
E.T.LEY
1607122 93
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 138
34
INGRESO NO GRAVADO POR APORTES A FONDOS DE PENSIONES
Los aportes obligatorios o voluntarios son rentas exentas
No hacen parte de la base de retención
No integran la base gravable alternativa del IMAN
Son deducibles por año hasta por 3.800 UVT por empleado
No puede exceder de 30% del ingreso laboral
• Los aporte a los fondos de pensiones y los aportes a las cuentas “AFC”
E.T.LEY
1607126-1 3
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 55
35
INGRESO NO GRAVADO POR APORTES A FONDOS DE PENSIONES
Los aportes voluntarios deben permanecer 10 años
• Salvo en el caso de pensión, muerte o adquisición de vivienda
Los rendimiento están gravados y se les aplica retención en la fuente
Constituye renta líquida para el empleador por recuperación de deducciones
• Cuando no haya lugar a pensión y se restituyan los recursos
E.T.LEY
1607126-1 3
36
INGRESO NO GRAVADO POR APORTES A LAS AFC
Contribuyentes personas naturales
• A partir del 01 de enero de 2013
No forman parte de la base de retención en la fuente
Rentas exentas
Hasta un 30% del ingreso laboral del año
• Adicionado a los aportes obligatorios y voluntarios de pensiones
Hasta un monto máximo de 3.800 UVT por año
E.T.LEY
1607126-4 4
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 58
37
INGRESO NO GRAVADO POR APORTES A LAS AFC
Las cuentas deben operar en entidades bancarias que realicen préstamos hipotecarios.
Retiros para la adquisición de vivienda
Período mínimo de permanencia de 10 años
Retiros antes de 10 años
• Se pierde el beneficio• Se efectúa por parte de entidad financiera las retenciones• No se incrementa la base gravable alternativa del IMAN.
E.T.LEY
1607126-4 4
38
SISTEMAS DE CÁLCULO DE LA DEPRECIACIÓN
Sistema de depreciación de reducción de saldos
No se admite valor residual o valor de salvamento
• Inferior al 10% del costo del activo
No se permite la aplicación de turnos adicionales
• Artículo 140 del ET (Depreciación acelerada)
E.T.LEY
1607134 159
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 216
39
CRÉDITO MERCANTIL EN LA ADQUISICIÓN DE ACCIONES, CUOTAS O PARTES DE INTERÉS
El gasto por amortización será deducible
• A partir del 1 de enero de 2013• Si cumple los requisitos generales de las deducciones• El demérito existe y pruebe con estudio técnico
El gasto por amortización no puede ser deducido por:
• La sociedad cuyas acciones hayan sido adquiridas• Las sociedades que resulten de fusión, escisión o liquidación• Entidades bajo inspección y vigilancia de la Superfinanciera
El crédito mercantil que no se amortice
• Integrará el costo fiscal
E.T.LEY
1607143-1 110
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 159
40
PÉRDIDA EN VENTA DE DERECHOS FIDUCIARIOS
No son deducibles
• Pérdidas en la enajenación de derechos fiduciarios
Objeto del patrimonio autónomo, o el activo subyacente
• Acciones o cuotas de interés social• Cualquier otro activo cuya pérdida esté restringida de
conformidad con las normas generales
E.T.LEY
1607153 128
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 191
41
DEDUCCIÓN POR INVERSIÓN EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA O POR DONACIONES A ESOS PROYECTOS
Inversiones realizadas a través de:
• Investigadores• Grupos o Centros de Investigación, Desarrollo Tecnológico o Innovación • Unidades de Investigación, Desarrollo Tecnológico o Innovación de
Empresas, registrados y reconocidos por Colciencias.
Programas creados por instituciones de educación superior aprobados por el ICFES
• Entidades sin ánimo de lucro• Que beneficien a estudiantes de estratos 1, 2 y 3• A través de becas de estudio total o parcial• Podrán incluir manutención, hospedaje, transporte, matrícula, útiles y libros
E.T. LEY 1607158-1 192
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 232
42
DEDUCCIONES PERMITIDAS AL FONDO NACIONAL DE GARANTÍAS
Derecho a deducir anualmente
Valor de las reservas técnicas o de siniestralidad
Constituidas durante el respectivo ejercicio
E.T.LEY 1607
175 129
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 191
43
DEPURACIÓN DE LA RENTA PRESUNTIVA
Del total del patrimonio líquido del año anterior
• Que sirve de base para efectuar el cálculo de la renta presuntiva
• Se podrán restar únicamente los siguientes valores
Las primeras 8.000 UVT del valor de la vivienda de habitación del contribuyente.
• Antes: 13.000 UVT
E.T.LEY 1607
189 160
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 216
44
RENTAS EXENTAS LABORALES
Son rentas exentas:
El 25% del valor total de los pagos laborales
Limitada mensualmente a 240 UVT.
El cálculo de esta renta exenta se efectuará una vez se detraiga del valor total de los pagos laborales recibidos
• Los ingresos no constitutivos de renta• Las deducciones• Demás rentas exentas
E.T.LEY 1607
206 6
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 60
45
RENTA DE SERVIDORES PÚBLICOS DIPLOMÁTICOS, CONSULARES Y ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Están exentas del impuesto sobre la renta:
• La prima especial• La prima de costo de vida (Decreto 3357 de 2012)
Estos servidores determinan el impuesto de renta
• Por el sistema ordinario• En ningún caso aplicarán el IMAN
E.T. LEY 1607206-1 7
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 60
46
OTRAS RENTAS EXENTAS
Se prorroga la exención de la producción de software nacional, por 5 años más
• Contados a partir del primero de enero de 2013.
También son rentas exentas
• Los rendimientos generados por la reserva de estabilización• Que constituyen las Sociedades Administradoras de Fondos
de Pensiones y Cesantías• (Artículo 1 del Decreto 721 de 1994)
E.T.LEY 1607
207-2 161 y 162
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 216
47
RENTA LÍQUIDA POR ACTIVOS OMITIDOS O PASIVOS INEXISTENTES
Se puede incluir como ganancia ocasional
• En las declaraciones de los años 2012 y 2013• O en las correcciones de que trata el artículo 588 del ET• Originados en periodos no revisables• No genera renta por diferencia patrimonial ni renta líquida
gravable
Si la DIAN detecta activos omitidos o pasivos inexistentes
• Constituyen renta líquida gravable en el periodo objeto de revisión
• El mayor valor del impuesto a cargo genera sanción por inexactitud.
E.T.LEY 1607
239-1 163
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 217
48
RENTA LÍQUIDA POR ACTIVOS OMITIDOS O PASIVOS INEXISTENTES
El impuesto a las ganancias ocasionales causado
• Se pagará en 4 cuotas iguales• Durante los años 2013, 2014, 2015 y 2016 o 2014, 2015,
2016 y 2017
La inclusión como ganancia ocasional del valor de los activos omitidos y los pasivos inexistentes
• Originados en periodos no revisables• No generará la imposición de sanciones de carácter
cambiario.
E.T.LEY 1607
239-1 163
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 217
49
TARIFA PARA SOCIEDADES NACIONALES Y EXTRANJERAS
Tarifa del 25%
• Sociedades nacionales• Sociedades extranjeras que obtengan sus rentas a través de
sucursales o de establecimientos permanentes
Tarifa del 33%
• Rentas obtenidas por las sociedades y entidades extranjeras• No atribuibles a una sucursal o establecimiento permanente
Las referencias a la tarifa del 33%
• Para las sociedades anónimas, limitadas y demás entes asimilados• Deben entenderse modificadas al 25%
E.T.LEY 1607
240 94
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 18 y 139
50
TARIFA PARA LAS PERSONAS NATURALES Y ASIGNACIONES Y DONACIONES MODALES
Ahora:
• Personas naturales residentes en el país• Sucesiones de causantes residentes en el país• Bienes destinados a fines especiales, en virtud de donaciones o
asignaciones modales• Se elimina la excepción para los no declarantes (Art. 244 ET)
Antes:
• Personas naturales colombianas• Sucesiones de causantes colombianos• Personas naturales extranjeras residentes en el país• Sucesiones de causantes extranjeros residentes en el país• Bienes destinados a fines especiales, en virtud de donaciones o
asignaciones modales E.T. LEY 1607241 y 244 8 y 198
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 18, 61 y 236
51
TABLA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOSRANGOS EN UVT TARIFA
MARGINALIMPUESTO
DESDE HASTA> 0 1.090 0% 0> 1.090 1.700 19% (Renta gravable o ganancia
ocasional gravable expresada en UVT menos 1.090 UVT) * 19%
> 1.700 4.100 28% (Renta gravable o ganancia ocasional gravable expresada en UVT menos 1.700 UVT) * 28% más 116 UVT
> 4.100 En adelante
33% (Renta gravable o ganancia ocasional gravable expresada en UVT menos 4.100 UVT) * 33% más 788 UVT
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 18
52
TARIFA ESPECIAL PARA DIVIDENDOS PERCIBIDOS POR SOCIEDADES EXTRANJERAS Y POR PERSONAS NATURALES NO RESIDENTES
La tarifa del impuesto sobre la renta
• Correspondiente a dividendos o participaciones
Percibidos por:
• Sociedades u otras entidades extranjeras sin domicilio PRINCIPAL en el país
• Personas naturales sin residencia en Colombia• Sucesiones ilíquidas de causantes que no eran residentes en
Colombia
E.T. LEY 1607245 95
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 139
53
TARIFAS PARA INVERSIONISTAS EXTRANJEROS EN LA EXPLOTACIÓN O PRODUCCIÓN DE HIDROCARBUROS
Las tarifas del impuesto de renta y del impuesto de remesas aplicables en el caso de los inversionistas extranjeros cuyos ingresos provengan de la exploración, explotación o producción de hidrocarburos, por los conceptos de que tratan los artículos 245 y 321-1 de este Estatuto serán: 12% para el año gravable de 1996; 10% para el año gravable de 1997; 7% para el año gravable de 1998 y siguientes.
E.T.LEY 1607
246-1 198
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 236
54
TARIFA DEL IMPUESTO DE RENTA PARA PERSONAS NATURALES SIN RESIDENCIA
Tarifa sobre la renta gravable de fuente nacional del 33%
• Personas naturales sin residencia en el país• Sucesiones de causantes sin residencia en el país
Tarifa del 7%.
• Los profesores extranjeros sin residencia en el país• Contratados por períodos no superiores a 4 meses• Por instituciones de educación superior• Aprobadas por el ICFES• El impuesto será retenido en la fuente en el pago o abono en cuenta.
E.T.LEY 1607
247 9
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 18 y 61
55
DESCUENTO EN EL IMPUESTO DE RENTA Y EN EL CREE POR LOS IMPUESTOS DE RENTA PAGADOS EN EL EXTERIOR
Contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios
• Personas naturales residentes en el país• Sociedades y entidades nacionales
Del monto del impuesto colombiano de renta
• Sumado al impuesto sobre la renta para la equidad (CREE)• Puede descontar el impuesto pagado en el extranjero
Se elimina la condición del 15% de participación
Se adiciona las siguientes condiciones• 2 años de la inversión• El exceso de impuesto descontable no podrá acumularse con el exceso de impuestos
descontables originados en otras rentas E.T. LEY 1607254 96
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 140
56
DESCUENTO A EMPRESAS COLOMBIANAS DE TRANSPORTE INTERNACIONAL
Empresas colombianas de transporte
• Aéreo o marítimo
Tienen derecho a descontar
• Del monto del impuesto sobre la renta• Sumado al impuesto sobre la renta para la equidad (CREE)
Un porcentaje
• Proporción de los ingresos por transporte internacional• Del total de ingresos obtenidos por la empresa
E.T. LEY 1607256 97
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 142
57
BIENES NO POSEÍDOS EN EL PAÍS
No se entienden poseídos en Colombia los siguientes créditos obtenidos en el exterior:
Ahora:
• Los créditos que obtengan en el exterior las corporaciones financieras, las cooperativas financieras, Bancoldex, Finagro y Findeter y los bancos, constituidos conforme a las leyes colombianas vigentes.
Antes:
• Los créditos que obtengan en el exterior las corporaciones financieras y los bancos constituidos conforme a las leyes colombianas vigentes.
E.T.LEY 1607
266 130
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 192
58
DEUDAS QUE CONSTITUYEN PATRIMONIO PROPIOArtículo 287. Deudas que constituyen patrimonio propio. Las deudas que por cualquier concepto tengan las agencias, sucursales, filiales o compañías que funcionen en el país, para con sus casas matrices extranjeras o agencias, sucursales, o filiales de las mismas con domicilio en el exterior, y las deudas que por cualquier concepto tengan los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios en Colombia con los vinculados económicos o partes relacionadas del exterior de que trata el artículo 260-1, se considerarán para efectos tributarios como patrimonio propio de las agencias, sucursales, filiales o contribuyentes del impuesto sobre la renta en Colombia
Los saldos contables débitos o créditos que tengan las sucursales de sociedades extranjeras con su casa principal o agencias o sucursales de la misma, no constituyen deuda entre las mismas, harán parte de su patrimonio y no darán lugar a costo o deducción.
PARAGRAFO. Constituyen pasivos, para todos los efectos, los saldos pendientes de pago al final del respectivo ejercicio, que den lugar a costos o deducciones por intereses y demás costos financieros, incluida la diferencia en cambio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 124-1 de este Estatuto.
E.T. LEY 1607287 198
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 236
59
GANANCIAS OCASIONALES(ORIGEN)
Se consideran ganancias ocasionales
• Herencias, legados, donaciones• Cualquier acto jurídico celebrado inter vivos a título
gratuito• Lo percibido como porción conyugal
E.T.LEY 1607
302 102
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 154
60
GANANCIAS OCASIONALES(CÓMO SE DETERMINA EL VALOR)
Valor a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior
• Valor nominal de las sumas dinerarias• Valor del comercial oro y demás metales preciosos• Avalúo comercial del Ministerio de Transporte para los vehículos• Acciones, aportes y demás derechos en sociedades (Art. 272 ET)• Créditos (Art. 270 ET)• Valor en moneda nacional de bienes y créditos en monedas extranjeras• Títulos, bonos, certificados y documentos negociables (Art. 271 ET)• Derechos fiduciarios (Art. 271-1 ET)• Inmuebles (Artículo 277 ET)• Valor total de Rentas o pagos periódicos
E.T. LEY 1607303 103
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 154
61
GANANCIAS OCASIONALES(CÓMO SE DETERMINA EL VALOR)
Derecho de usufructo temporal
• 5% de por cada año de duración del usufructo• Sin exceder del 70% del total del valor del bien• El impuesto a las ganancias ocasionales se causará el último día del
año o período gravable, sobre el 5% del valor del bien entregado en usufructo
Usufructo vitalicio
• (70% del valor total de los bienes)• El impuesto a las ganancias ocasionales se causará el último día del
año o período gravable en el que dichas rentas sean exigibles por parte del contribuyente
Valor de adquisición de bienes y derechos adquiridos en el año
E.T.LEY 1607
303 103
62
GANANCIAS OCASIONALES EXENTAS (PARA CÓNYUGES, LEGITIMARIOS Y NO LEGITIMARIOS)
Las primeras 7.700 UVT (Inmuebles de propiedad del causante)
• Vivienda urbana• Inmueble rural destinado a vivienda o a explotación económica• No aplica a casas, quintas o fincas de recreo.
Las primeras 3.490 UVT (Antes 1.200 UVT)
• Porción conyugal o Herencia de cada uno de los herederos o legatarios
20%
• De lo recibido por personas diferentes de los legitimarios y/o el cónyuge• Actos jurídicos inter vivos celebrados a título gratuito, hasta 2.290 UVT.
Libros, ropas, utensilios de uso personal y mobiliario de la casa del causante
E.T. LEY 1607307 104
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 156
63
UTILIDAD NO GRAVADA EN VENTA DE LA CASA O APARTAMENTO DE HABITACIÓN
Las primeras 7.500 UVT de utilidad en venta de la casa o apartamento de habitación
• Valor catastral o autoavalúo no supere 15.000 UVT• De personas naturales contribuyentes
Lo recibido se debe depositar en cuentas AFC para
• Adquisición de otra casa o apartamento de habitación• Pago de créditos hipotecarios vinculados con la casa o apartamento
Retiro de los recursos para otro propósito
• Se pierde el beneficio y que se efectúa la retención en la fuente
E.T. LEY 1607311-1 105
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 157
64
TARIFA DE GANANCIAS OCASIONALES
Tarifa única: 10%
Antes
• Sociedades y entidades nacionales y extranjeras: 33%• Personas naturales residentes: Tabla del artículo 241 ET• Personas naturales extranjeras sin residencia: 33%
ARTICULO 315. EL IMPUESTO DE GANANCIA OCASIONAL PARA LOS NO DECLARANTES. Los asalariados no obligados a presentar declaración de renta y complementarios y los demás contribuyentes no obligados a declarar, que hayan percibido ingresos constitutivos de ganancia ocasional, se regirán por lo dispuesto en el artículo 6o.
E.T. LEY 1607313, 314, 315 y 316
106, 107, 108 y 198
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 157 , 158 y 236
65
REORGANIZACIONES EMPRESARIALES
Aportes a Sociedades (Artículos 319, 319-1 y 319-2)• No se consideran ingresos y no están sometidos al Impuesto de renta• El costo es el que tenía el aportante respecto de tales bienes• No se puede extender o reducir la vida útil de los activos recibidos• Conservan la misma naturaleza de activos fijos o movibles
• Enajenación en los 2 años siguientes de los activos recibidos• No se puede compensar pérdidas con la renta que generen
Aportes en especie y aportes en industria a sociedades extranjeras• Constituyen enajenación para efectos fiscales• Están sometidos al régimen de precios de transferencia• Los intangibles se reportaran en la declaración de precios de transferencia
E.T. LEY 1607Libro I
Título IV98
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PAGINA 142
66
REORGANIZACIONES EMPRESARIALES
Fusiones y escisiones• Adqusitivas si no existe vinculación económica (Art. 319-3 y 319-4)• Reorganizativas si existe vinculación económica (Art. 319-5 y 319-6)
Fusiones y escisiones gravadas (Art. 319-7)• Si no cumple los requisitos de los artículos 319-3, 319-4, 319-5 y 319-6
Fusiones y escisiones entre entidades extranjeras (319-8)• Enajenación de activos fijos
Responsabilidad solidaria en casos de fusión y escisión (Art. 319-9)
• Todas las entidades resultantes
E.T. LEY 1607Libro I
Título IV98
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 145 a 152
67
EMPLEADOS, TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA Y RENTISTAS DE CAPITAL
Clasificación de las personas naturales (Artículo 329)
Régimen ordinario para personas naturales (Título I del Libro I del ET)• No clasificadas como empleado o como trabajador por cuenta propia• Notarios (Decreto 960 de 1970)• Trabajador por cuenta propia
• Con actividad diferente a las mencionadas en el artículo 340 del ET• Ingresos superiores 27.000 UVT
Régimen especial para personas naturales (Título V del Libro I)• Empleado• Trabajador por cuenta propia
• Con actividad mencionadas en el artículo 340 del ET• Ingresos menores o iguales a 27.000 UVT
E.T. LEY 1607Libro I
Título VCapitulo I
10
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 61
68
EMPLEADOSVinculación laboral o legal y reglamentaria
• Ingresos igual o superior a un 80% • Prestación de servicios de manera personal• Actividad económica por cuenta y riesgo del empleador• Vinculación laboral o legal y reglamentaria o de cualquier otra
naturaleza
Servicios personales mediante el ejercicio de profesiones liberales• Ingresos igual o superior a 80% al ejercicio de dichas actividades
Servicios técnicos• Sin utilización de materiales o insumos especializados• Sin utilización de maquinaria o equipo especializado• Ingresos igual o superior a 80% al ejercicio de dichas actividades
E.T. LEY 1607329 10
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 62
69
TRABAJADOR POR CUENTA PROPIAIngresos igual o superior a un 80%
Actividades económicas (Capítulo II del Título V del Libro I del ET)
E.T. LEY 1607329 10
o Actividades deportivas y otras actividades de esparcimiento
o Agropecuario, silvicultura y pescao Comercio al por mayor o Comercio al por menoro Comercio de vehículos automotores,
accesorios y productos conexoso Construccióno Electricidad, gas y vaporo Fabricación de productos minerales
y otros
o Fabricación de sustancias químicaso Industria de la madera, corcho y
papelo Manufactura alimentoso Manufactura textiles, prendas de
vestir y cueroo Mineríao Servicio de transporte,
almacenamiento y comunicacioneso Servicios de hoteles, restaurantes y
similareso Servicios financieros
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 62
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SISTEMAS DE DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA PERSONAS NATURALES EMPLEADOS
El impuesto de renta se determina por el sistema ordinario• Los factores para determinar el impuesto no aplican al IMAN ni al IMAS• El impuesto no inferior al Impuesto Mínimo Alternativo Nacional –
IMAN-• No incluye ingresos por ganancias ocasionales
Empleados con ingresos brutos inferiores a 4.700 UVT• Sistema del Impuesto Mínimo Alternativo Simple –IMAS- (Voluntario)• No aplican el sistema ordinario ni el IMAN
Sucesiones de causantes residentes y donaciones o asignaciones modales
• Determinan el impuesto por el sistema ordinario o por renta presuntiva
E.T. LEY 1607330 10
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 63
71
IMPUESTO MÍNIMO ALTERNATIVO NACIONAL –IMAN- PARA PERSONAS NATURALES EMPLEADOS
Sistema presuntivo y obligatorio• Determinación de la base gravable• Alícuota del impuesto sobre la renta y complementarios
Base Gravable• Ingresos de la relación laboral o legal y reglamentaria• Ingresos por actividades económicas• Prestación de servicios personales por propia cuenta y riesgo• No incluye ganancias ocasionales • Menos los conceptos autorizados en el artículo 332 del ET
E.T.LEY 1607
331 10
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 64
72
DEDUCCIONES AUTORIZADAS DE LA RENTA GRAVABLE ALTERNATIVA
• Dividendos y participaciones no gravados ( Art. 48 y 49 del ET)• Indemnizaciones por daño emergente ( Art. 45 del ET)• Gastos de representación exentos (Art. 206 del ET)• Pérdidas sufridas por desastres o calamidades públicas• Costo fiscal de los bienes enajenados que no formen parte del giro
ordinario de los negocios.• Indemnización por seguros de vida• Exceso del salario básico de oficiales y suboficiales de FF MM y
PONAL• Seguro por muerte y compensación por muerte de FF MM y PONAL• Indemnización por accidente de trabajo o enfermedad• Licencia de maternidad y gastos funerarios.
E.T.LEY 1607
332 10
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 64
73
DEDUCCIONES AUTORIZADAS DE LA RENTA GRAVABLE ALTERNATIVA
Pagos catastróficos en salud certificados• No cubiertos por POS o por planes complementarios y de medicina prepagada• Si superan el 30% del ingreso bruto • Limitada anualmente al menor valor entre el 60% del ingreso o 2.300 UVT.
Aportes obligatorios de seguridad social• Como empleado• Como patrono a un empleado o empleada del servicio doméstico
Retiros de fondos de cesantías• De aportes de empleadores a título de cesantía (Art. 56 –2 del ET)
E.T. LEY 1607332 10
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 65 y 66
74
IMPUESTO MÍNIMO ALTERNATIVO NACIONAL –IMAN-
Impuesto Mínimo Alternativo Nacional – IMAN-
• Correspondiente a la renta gravable alternativa (RGA)
Personas naturales residentes en el país
• Clasificadas en las categorías de empleados
Es determinado en la siguiente tabla:
• Cuando la renta gravable alternativa anual sea inferior a 1.548 UVT• La tarifa del IMAN será cero
E.T. LEY 1607333 10
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 66
75
RGA Total anualDesde (en UVT)
IMAN (en UVT)
RGA Total anualDesde (en UVT)
IMAN (en UVT)
RGA Total anualDesde (en UVT)
IMAN (en UVT)
Menos de 1.548 0,00 3.339 95,51 8 .145 792,221.548 1,05 3.421 101,98 8.349 833,121.588 1,08 3.502 108,64 8.552 874,791.629 1,11 3.584 115,49 8.756 917,211.670 1,14 3.665 122,54 8.959 960,341.710 1,16 3.747 129,76 9.163 1.004,161.751 2,38 3.828 137,18 9.367 1.048,641.792 2,43 3.910 144,78 9.570 1.093,751.833 2,49 3.991 152,58 9.774 1.139,481.873 4,76 4.072 168,71 9.978 1.185,781.914 4,86 4.276 189,92 10.181 1.232,621.955 4,96 4.480 212,27 10.385 1.279,991.996 8,43 4.683 235,75 10.588 1.327,852.036 8,71 4.887 260,34 10.792 1.376,162.118 13,74 5.091 286,03 10.996 1.424,902.199 14,26 5.294 312,81 11.199 1.474,042.281 19,81 5.498 340,66 11.403 1.523,542.362 25,70 5.701 369,57 11.607 1.573,372.443 26,57 5.905 399,52 11.810 1.623,492.525 35,56 6.109 430,49 12.014 1.673,892.606 45,05 6.312 462,46 12.217 1.724,512.688 46,43 6.516 495,43 12.421 1.775,332.769 55,58 6.720 529,36 12.625 1.826,312.851 60,70 6.923 564,23 12.828 1.877,422.932 66,02 7.127 600,04 13.032 1.928,633.014 71,54 7.330 636,75 13.236 1.979,893.095 77,24 7.534 674,35 13.439 2.031,183.177 83,14 7.738 712,80 más de 13.643 27%*RGA-1.6223.258 89,23 7.941 752,10
76
IMPUESTO MÍNIMO ALTERNATIVO SIMPLE –IMAS- DE EMPLEADOS
Sistema de determinación simplificado del impuesto de renta
Aplica únicamente a personas naturales residentes• Clasificadas en la categoría de empleado• Renta Gravable Alternativa inferior a 4.700 UVT
Se calcula sobre la RGA determinada por el sistema del IMAN
• A la RGA se le aplica la tarifa que corresponda en la siguiente tabla:
E.T.LEY 1607
334 10
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 67
77
RGA anual desde
(en UVT)
IMAS(en UVT)
RGA anual desde
(en UVT)
IMAS(en UVT)
RGA anual desde
(en UVT)
IMAS(en UVT)
1.548 1,08 2.199 20,92 3.339 162,821.588 1,10 2.281 29,98 3.421 176,161.629 1,13 2.362 39,03 3.502 189,501.670 1,16 2.443 48,08 3.584 202,841.710 1,19 2.525 57,14 3.665 216,181.751 2,43 2.606 66,19 3.747 229,521.792 2,48 2.688 75,24 3.828 242,861.833 2,54 2.769 84,30 3.910 256,211.873 4,85 2.851 93,35 3.991 269,551.914 4,96 2.932 102,40 4.072 282,891.955 5,06 3.014 111,46 4.276 316,241.996 8,60 3.095 122,79 4.480 349,602.036 8,89 3.177 136,13 4.683 382,952.118 14,02 3.258 149,47
78
FIRMEZA DE LA LIQUIDACIÓN PRIVADA
Los contribuyentes que apliquen voluntariamente el IMAS
• No están obligados a declarar Renta por el sistema ordinario
Declaraciones en firme a los 6 meses
• Contados a partir del momento de la presentación• Si es presentada en forma oportuna• Pago en los plazos que fije el Gobierno Nacional• Que la DIAN no tenga prueba sobre fraude
E.T.LEY 1607
335 10
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 68
79
SISTEMAS DE DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO DE RENTA PARA TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA
Sistema ordinario• Personas naturales residentes en el país• Trabajadores por cuenta propia• Desarrollen las actividades económicas Art. 340 del ET• El cálculo del Impuesto de Renta no incluye ingresos por ganancias
ocasionales
Liquidación del Impuesto por el IMAS (Voluntario)• Ingresos iguales o superiores a 1.400 UVT e inferiores a 27.000 UVT
Los factores del sistema ordinario• No son aplicables en la determinación IMAS
E.T. LEY 1607336 11
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 69
80
IMPUESTO MÍNIMO ALTERNATIVO SIMPLIFICADO “IMAS” PARA TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA
Sistema simplificado que determina• Base gravable y Alícuota del impuesto sobre la renta y
complementarios
Base Gravable• Ingresos brutos ordinarios y extraordinarios• Menos devoluciones, rebajas y descuentos• Menos conceptos autorizados en el Artículo 339 del ET• Ganancias ocasionales no hacen parte de la base gravable del IMAS
Los no obligados a llevar libros de contabilidad• Sistema de registros en la forma que establezca la DIAN• No hacerlo da lugar a las sanciones del artículo 655 del ET
E.T. LEY 1607337 y 338 11
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 66 y 70
81
CONCEPTOS DEDUCIBLES EN LA DETERMINACIÓN DE LA RENTA GRAVABLE ALTERNATIVA
• Dividendos y participaciones no gravados (Art. 48 y 49 del ET)• Indemnizaciones por daño emergente (Art 45 del ET)• Aportes obligatorios de seguridad social por el trabajador y por un
empleado o empleada del servicio doméstico• Costo fiscal de bienes enajenados que no formen parte del giro ordinario
de los negocios.• Retiros de Fondos de Cesantías (Artículo 56-2 del ET)• Pérdidas sufridas por desastres o calamidades públicas• Pagos catastróficos en salud efectivamente certificados
• No cubiertos por POS o por planes complementarios y medicina prepagada• Que superen el 30% del ingreso bruto del contribuyente• Limite anual: menor valor entre el 60 % del ingreso bruto o 2.300 UVT.
E.T. LEY 1607339 11
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 70
82
E.T. LEY 1607340 11
Actividad Para RGA desde IMAS
Actividades deportivas y otras actividades de esparcimiento 4.057 UVT 1,77%* (RGA en UVT 4.057)
Agropecuario, silvicultura y pesca 7.143 UVT 1,23%* (RGA en UVT 7.143)Comercio al por mayor 4.057 UVT 0,82%* (RGA en UVT 4.057)Comercio al por menor 5.409 UVT 0,82%* (RGA en UVT 5.409)
Comercio de vehículos automotores, accesorios y productos conexos 4.549 UVT 0,95%* (RGA en UVT 4.549)
Construcción 2.090 UVT 2,17%* (RGA en UVT 2.090)Electricidad, gas y vapor 3.934 UVT 2,97%* (RGA en UVT 3.934)Fabricación de productos minerales y otros 4.795 UVT 2,18%* (RGA en UVT -4.795)Fabricación de sustancias químicas 4.549 UVT 2,77%* (RGA en UVT -4.549)Industria de la madera, corcho y papel 4.549 UVT 2,3%* (RGA en UVT -4.549)Manufactura alimentos 4.549 UVT 1,13%* (RGA en UVT -4.549)Manufactura textiles, prendas de vestir y cuero 4.303 UVT 2,93%* (RGA en UVT-4.303)Minería 4.057 UVT 4,96%* (RGA en UVT-4.057)
Servicio de transporte, almacenamiento y comunicaciones 4.795 UVT 2,79%* (RGA en UVT - 4.795)
Servicios de hoteles, restaurantes y similares 3.934 UVT 1,55%* (RGA en UVT 3.934)Servicios financieros 1.844 UVT 6,4%* (RGA en UVT -1.844)
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 66
83
FIRMEZA DE LA DECLARACIÓN DEL IMAS
Los contribuyentes que apliquen voluntariamente el IMAS
• No están obligados a declarar renta por el régimen ordinario
Quedan en firme a los 6 meses
• Contados a partir del momento de la presentación• Si son presentada en forma oportuna y debida• Si el pago se realice en los plazos que fije el Gobierno
Nacional• Si la DIAN no tiene prueba de fraude
E.T.LEY 1607
341 11
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 73
84
REMUNERACIÓN CARGOS DIRECTIVOS CONTRIBUYENTES RÉGIMEN ESPECIAL
El presupuesto destinado a:• Remunerar, retribuir o financiar cualquier erogación• En dinero o en especie• Por nómina, contratación o comisión
A personas que ejercen cargos directivos y gerenciales
De entidades contribuyentes del artículo 19 del ET
No puede exceder del 30%• Del gasto total anual de la respectiva entidad
E.T.LEY 1607
356-1 99
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 152
85
RETENCION EN LA FUENTE
86
RETENCIÓN SOBRE DISTRIBUCIÓN DE INGRESOS POR LOS FONDOS DE INVERSIÓN, LOS FONDOS DE VALORES Y LOS FONDOS COMUNES
Agentes de Retención
• Fondos de que trata el artículo 23-1 del ET• Sociedades que administren los fondos• Entidades financieras (NUEVO)
Efectuarán la retención en la fuente
• Al momento del pago (ANTES PAGO O ABONO EN CUENTA)
Los derechos en los fondos o carteras colectivas y fondos mutuos mantendrán el tratamiento y condiciones tributarias de los bienes o derechos que los conforman
Las administradoras tienen 6 meses para adaptar sus procesos internos
E.T.LEY 1607
368-1 131
87
CERTIFICACIÓN DE INICIACIÓN O TERMINACIÓN A LOS TRABAJADORES ASALARIADOS O INDEPENDIENTES CON COPIA A LA DIAN
Personas jurídicas, entidades empleadoras o contratante de servicios personales
Deben expedir un certificado de iniciación o terminación• De cada una de las relaciones laborales o legales y reglamentarias• De prestación de servicios• Que se inicien o terminen en el periodo gravable.
El certificado se entrega al empleado o prestador de los servicios• Con copia a la DIAN
El Gobierno reglamentará• Contenido, medios, lugares y fechas de remisión
E.T.LEY 1607
378-1 12
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 73
88
TABLA DE RETENCIÓN PARA PAGOS LABORALES
Agentes retenedores• Personas naturales y sucesiones ilíquidas• Personas jurídicas, sociedades de hecho y comunidades
organizadas
Sujetos pasivos• Personas naturales clasificados como empleados (Art. 329 del ET)
La retención en la fuente aplicable a los pagos gravables• Originados en la relación laboral, o legal y reglamentaria• Pensiones y riesgos laborales (Art. 206 del ET)• Será la que resulte de aplicar a dichos pagos la siguiente tabla de
retención en la fuente:
E.T.LEY 1607
383 13
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 73
89
TABLA DE RETENCIÓN EN LA FUENTE PARA INGRESOS LABORALES GRAVADOS
RANGOS EN UVT TARIFAMARGINAL
IMPUESTO
DESDE HASTA
> 0 95 0% 0
> 95 150 19% (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 95 UVT) * 19%
> 150 360 28% (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 150 UVT) * 28% más 10 UVT
> 360 En adelante
33% (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 360 UVT) * 33% más 69 UVT
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 152
90
TABLA CON TARIFA MÍNIMA DE RETENCIÓN EN LA FUENTE PARA EMPLEADOS
En pagos mensuales o mensualizados (PM)• A personas naturales pertenecientes a la categoría de
empleados
Base de retención en la fuente• Total mensual de los pagos o abono en cuenta• Menos aportes al sistema de seguridad social
Retención Mínima• La que resulte de aplicar la siguiente tabla:
E.T.LEY 1607
384 14
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 74
91
Pago mensual o PM
Desde (en UVT)
Retención(en UVT)
Pago mensual o PM
Desde (en UVT)
Retención(en UVT)
Pago mensual o PM
desde (en UVT)
Retención(en UVT)
menos de 128,96 0,00 278,29 7,96 678,75 66,02128,96 0,09 285,07 8,50 695,72 69,43132,36 0,09 291 ,86 9,05 712,69 72,90135,75 0,09 298,65 9,62 729,65 76,43139,14 0,09 305,44 10,21 746,62 80,03142,54 0,10 312,22 10,81 763,59 83 ,68145,93 0,20 319,01 11,43 780,56 87,39149,32 0,20 325,80 12,07 797,53 91,15152,72 0,21 332,59 12,71 814,50 94 ,96156,11 0,40 339,37 14,06 831,47 98,81159,51 0,41 356,34 15,83 848,44 102,72162,90 0,41 373,31 17,69 865,40 106,67166,29 0,70 390,28 19,65 882,37 110,65169,69 0,73 407,25 21 ,69 899,34 114,68176,47 1,15 424,22 23,84 916,31 118,74183,26 1,19 441,19 26,07 933,28 122,84190,05 1,65 458 ,16 28,39 950,25 126,96196,84 2,14 475,12 30,80 967,22 131,11203,62 2,21 492,09 33,29 984,19 135,29210,41 2,96 509,06 35,87 1.001,15 139,49217,20 3,75 526,03 38,54 1.018 ,12 143,71223,99 3,87 543,00 41 ,29 1.035 ,09 147,94230,77 4,63 559,97 44,11 1.052,06 152,19237,56 5,06 576,94 47,02 1.069,03 156,45244,35 5,50 593,90 50,00 1.086,00 160,72251 ,14 5,96 610,87 53,06 1.102,97 164,99257,92 6,44 627,84 56,20 1.119,93 169,26264,71 6,93 644,81 59,40 más de 1.136,92 27%*PM-135,17271,50 7,44 661,78 62,68
92
TABLA CON TARIFA MÍNIMA DE RETENCIÓN EN LA FUENTE PARA EMPLEADOS
Pagos mensualizados
• Monto total del valor del contrato• Menos los aportes obligatorios a salud y pensiones• Entre el número de meses de vigencia del contrato
Cuando los pagos no se efectúen mensualmente
• El pagador debe efectuar la retención de acuerdo con el pago mensualizado• Independientemente de la periodicidad pactada para los pagos del contrato
Se puede solicitar por escrito una tarifa superior
• El incremento se aplica a partir del mes siguiente
E.T.LEY 1607
384 14
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 74
93
TABLA CON TARIFA MÍNIMA DE RETENCIÓN EN LA FUENTE PARA EMPLEADOS
La tabla de retención mínima solo se aplica a:• Trabajadores empleados contribuyentes declarantes de renta• El sujeto pasivo debe informar su condición de declarante o no declarante• Los pagadores verificaran los pagos efectuados en el último periodo gravable
Trabajadores que presten servicios mediante profesiones liberales y Prestadores de servicios técnicos sin insumos o equipos especializados
• Sólo aplican la tabla de retención cuando sus ingresos cumplan los topes para ser declarantes como asalariados en el año inmediatamente anterior
• No importa la calidad de declarante para el periodo del respectivo pago
La tabla de retención mínima aplica a partir del 1 de Abril de 2013• De acuerdo con la reglamentación expedida por el Gobierno Nacional.
E.T.LEY 1607
384 14
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 74
94
DEDUCCIONES QUE SE RESTARÁN DE LA BASE DE RETENCIÓN
Intereses préstamos para adquisición de vivienda
Pagos por salud hasta 16 UVT mensuales que proteja al trabajador, su cónyuge, sus hijos y/o dependientes
• Pagos a empresas de medicina prepagada vigiladas por la Supersalud
• Seguros de salud con compañías vigiladas por la Superfinanciera
El 10% de ingresos brutos provenientes de la relación laboral
• Por concepto de dependientes, hasta un máximo de 32 UVT mensuales
E.T.LEY 1607
387 15
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 76
95
DEFINICIÓN DE DEPENDIENTES
Hijos que tengan hasta 18 años de edad.
Hijos con edad entre 18 y 23 años que el padre o madre financien su educación superior o programas técnicos de educación no formal
Hijos mayores de 23 años dependientes por factores físicos o psicológicos
Cónyuge o compañero permanente dependiente por ausencia de ingresos, por ingresos menores a 260 UVT o por factores físicos o psicológicos
Padres y hermanos dependientes por ausencia de ingresos, por ingresos menores a 260 UVT o por factores físicos o psicológicos
E.T.LEY 1607
387 15
96
DEFINICIÓN DE DEPENDIENTES
Hijos que tengan hasta 18 años de edad.
Hijos con edad entre 18 y 23 años que el padre o madre financien su educación superior o programas técnicos de educación no formal
Hijos mayores de 23 años dependientes por factores físicos o psicológicos
Cónyuge o compañero permanente dependiente por ausencia de ingresos, por ingresos menores a 260 UVT o por factores físicos o psicológicos
Padres y hermanos dependientes por ausencia de ingresos, por ingresos menores a 260 UVT o por factores físicos o psicológicos
E.T.LEY 1607
387 15
97
IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS “IVA”
98
BIENES EXCLUIDOS DE IVA
ET DESCRIPCION LEY 1607
424 Bienes excluidos de IVA Mod. Art 38
424-2 Materias primas para vacunas excluidas Der. Art 198
424-5Bienes excluidos del impuesto (equipos de monitoreo medio ambiente)
Der. Art 198
424-6 Gas propano para uso doméstico excluido de IVA Der. Art 198
425 Petróleo y otros derivados excluidos del IVA Der. Art 198
426Servicio de restaurante excluido (los no franquiciados)
Adic. Art. 39
428 importaciones excluidas del IVA Mod. Art. 40
428-2 Efectos de la fusión y escisión de sociedades Mod. Art. 41
99
BIENES Y SERVICIOS GRAVADOS A TARIFAS DIFERENCIALES
ET DESCRIPCION LEY 1607
468-1Bienes gravados a tarifa del 5% (antes era del 10%)
Mod. Art 48
468-3Servicios gravados a tarifa del 5% (antes era del 10%)
Mod. Art 49
469 Vehículos automóviles con tarifa general Der. Art 198
470 Servicio de telefonía móvil gravado al 20% Der. Art 198
471Tarifas para otros vehículos, naves y aeronaves (20%, 25%, 35%)
Der. Art 198
474 Tarifa especial para derivados del petróleo Der. Art 198
100
SERVICIOS EXCLUIDOS DE IVABIENES Y SERVICIOS EXENTOS
ET DESCRIPCION LEY 1607
476 Servicios excluidos de IVAModificado por los artículos 50, 51 y 52
476-1
Servicio gravado por seguros expedidos en el exterior para amparar riesgos de transporte, barcos, aeronaves y vehículos matriculados en Colombia
Modificado por el artículo 53
477 Bienes exentos del IVAModificado por el artículo 54
481Bienes exentos con derecho a devolución bimestral
Modificado por el artículo 55
101
SERIVICIOS EXCLUIDOS DE IVA(BARES Y RESTAURANTE)
Venta como servicio excluido de IVA
• Restaurantes, cafeterías, autoservicios, heladerías, fruterías, pastelerías y panaderías
• Bares, tabernas y discotecas
• Sujeta al impuesto nacional al consumo
Ventas gravados al 16%l de IVA
• Servicios de alimentación institucional o alimentación a empresas
• Prestado bajo contrato (Catering),
E.T.LEY 1607
426 39
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 98
102
RETENCION DE IVA
Baja la tarifa de retención del 50% al 15%
Venta de chatarra (100%)
• Se generará cuándo esta sea vendida a las siderúrgicas.
Venta de tabaco en rama y desperdicios de tabaco (100%)
• Se generará sea vendido a la industria tabacalera
E.T.LEY 1607
437-1, 437-4 y 437-5
42
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 99
103
CAMBIOS DE TARIFA
Servicios gravado con IVA del 10%
• Ahora quedan gravados al 5%
Arrendamiento de locales para usos diferentes a vivienda
Servicios de hotelería
Quedaron gravados solo con el IVA (y no con el impuesto al consumo)
Tarifa es la tarifa general (16%).
E.T.LEY 1607
438-3 49
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 104
104
IMPORTACIONES EXCLUIDAS DEL IVA
A partir del 1° de enero de 2014 están excluido de IVA• Importación de bienes objeto de envíos o entregas
urgentes • Valor no exceda de USD $200• No requiere autorización
En importación ordinaria de maquinaria industrial (literal g, Art. 428 ET) se reemplaza:• Usuarios altamente exportadores por Operador
Económico Autorizado• Importación ordinaria por importación para el consumo
E.T.LEY 1607
428 40
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 152
105
BASE GRAVABLE ESPECIAL VIGILANCIA Y ASEO Y CTA
Tarifa del 16% en la parte que corresponde al AIU• Servicios Integrales de aseo y cafetería• Servicios de vigilancia y Servicios temporales• Servicios prestados por CTA (mano de obra)• Los prestados por los sindicatos
La base gravable no puede ser inferior al 10% del contrato.
Esta base gravable especial aplicará para la retención en la fuente de renta y para los impuestos territoriales.
E.T.LEY 1607
462-1 46
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 152
106
SERVICIOS DE PARQUEADERO PRESTADO POR PROPIEDADES HORIZONTALES.
• Son responsables del impuesto sobre las ventas IVA
• Personas jurídicas constituidas como propiedad horizontal o sus administradores
• Prestación directa del servicio de parqueadero o de estacionamiento en zonas comunes
E.T.LEY 1607
462-2 47
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 152
107
GANADEROS POR VENTA DE ANIMALES BOVINOS VIVOS
• Venían como excluidos y ahora están excluidos
• Ganadero tiene que inscribirse régimen común del IVA
• Contabilidad (para fines fiscales)
• IVA de costos y gastos son descontable
• Las declaraciones de IVA se presentan con la nueva periodicidad
• Devolución de saldos a favor se hará como lo indican los parágrafos que adicionaron al art. 477
E.T. LEY 1607424 y 477 38 y 54
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 91 y 108
108
IMPUESTO AL CONSUMO
109
IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO
A partir del 1º de enero de 2013
Hecho generador• Prestación o la venta al consumidor final o la importación
por parte del consumidor final• Servicio de telefonía móvil (Art. 512-2 ET)• Las ventas de bienes (Art. 512-3, 512-4 y 512-5 ET)• Servicio de bar y restaurante
El período es bimestral
E.T.LEY 1607
512-1 71
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 121
110
IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO
Causación • Nacionalización del bien importado por el consumidor
final• Entrega material del bien• Prestación del servicio• Expedición de la cuenta de cobro, tiquete de registradora,
factura o documento equivalente por parte del responsable al consumidor final.
El impuesto al consumo constituye un costo deducible de renta como mayor valor del bien o servicio adquirido.
E.T.LEY 1607
512-1 71
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 121
111
IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO
Responsables del impuesto
• Prestador del servicio de telefonía móvil
• Prestador del servicio de expendio de comidas y bebidas
• Importador como usuario final
• Vendedor de los bienes sujetos al impuesto al consumo
• Intermediario profesional en venta de vehículos usados
El impuesto nacional al consumo no genera impuestos descontables en el impuesto sobre las ventas (IVA).
E.T.LEY 1607
512-1 71
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 121
112
IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO
• El servicio de telefonía móvil está gravado con el 4% sobre la totalidad del servicio
• Bienes gravados a la tarifa del 8%:
E.T.LEY 1607
512-2 y 512-3 72 y 73
87.03 Los vehículos automóviles de tipo familiar y camperos, cuyo valor FOB o el equivalente del valor FOB, sea inferior a USD $30.000, con sus accesorios.
87.04 Pick-up cuyo valor FOB o el equivalente del valor FOB, sea inferior a USD $30.000, con sus accesorios.
87.11 Motocicletas con motor de émbolo (pistón) alternativo de cilindrada superior a 250 c.c.
89.03 Yates y demás barcos y embarcaciones de recreo o deporte; barcas (botes) de remo y canoas.
113
IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO
• Bienes gravados a la tarifa del 16%.
E.T.LEY 1607
512-4 74
87.03 Los vehículos automóviles de tipo familiar, los camperos y las pick-up, cuyo Valor FOB o el equivalente del valor FOB, sea igual o superior a USD $30.000, con sus accesorios.
87.04 Pick-up cuyo valor FOB o el equivalente del valor FOB, sea igual o superior a USD $30.000, con sus accesorios.
88.01 Globos y dirigibles; planeadores, alas planeadoras y demás aeronaves, no propulsados con motor de uso privado.
88.02 Las demás aeronaves (por ejemplo: helicópteros, aviones); vehículos espaciales (incluidos los satélites) y sus vehículos de lanzamiento y vehículos suborbitales, de uso privado.
114
IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO
Están excluidos los siguientes vehículos automóviles:
• Taxis automóviles y vehículos de servicio público (87.03)
• Vehículos para el transporte de 10 personas o más (87.02)
• Vehículos para el transporte de mercancía (87.04)
• Ambulancias, celulares y mortuorios (87.03)
• Motocarros de 3 ruedas de carga o personas
• Aerodinos de enseñanza y los de servicio público.
• Motos y motocicletas con motor hasta de 250 c.c.
• Vehículos eléctricos no blindados (87.02, 87.03 y 87.04)
• Barcas de remo y canoas para pesca artesanal (89.03)
E.T.LEY 1607
512-5 75
115
DEFINICIÓN DE RESTAURANTES
• Establecimientos de suministro de comidas y bebidas• Establecimiento que se dedica al expendio de comidas
propias de cafeterías, heladerías, fruterías, pastelerías y panaderías
• Establecimientos, que adicionalmente a otras actividades comerciales presten el servicio de expendio de comidas
Servicios excluidos del impuesto al consumo• Restaurante y cafetería de establecimientos de educación• Alimentación institucional o alimentación a empresas,
prestado bajo contrato (Catering)
E.T. LEY 1607512-8 78
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 129
116
BASE GRAVABLE Y TARIFA EN EL SERVICIO DE RESTAURANTES
La base gravable está conformada por:Precio total de consumoBebidas acompañantes de todo tipoValores adicionales. La tarifa es del 8% No aplica para los establecimientos de comercio, locales o negocios en donde se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles
E.T. LEY 1607512-9 79
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 130
117
BARES, TABERNAS Y DISCOTECAS
Establecimientos donde se expenda bebidas alcohólicas
y accesoriamente comidas, para ser consumidas en los mismos
La base gravable está integrada por:
Valor total del consumo, incluidas comidas
Precio de entrada, y demás valores adicionales
La tarifa es del 8%
E.T. LEY 1607512-10 y 512-11 80 y 81
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 130 y 131
118
SERVICIO DE RESTAURANTE Y BARES
Servicio integral de restaurante y bar a la tarifa del 8%Si en un mismo establecimiento se presten los 2 serviciosSi un mismo establecimiento alterna la prestación de estos servicios en diferentes horarios.
El servicio de restaurante y bar prestado en clubes sociales estará gravado con el impuesto nacional al consumo.
Al régimen simplificado de restaurantes y bares pertenecen las personas naturales y jurídicas que en el año anterior obtuvieron ingresos brutos inferiores a 4.000 UVT.
E.T. LEY 1607512-12 y 512-13 82 y 83
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 131
119
PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO
120
NISSNÚMERO DE IDENTIFICACIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL
Constituye uno de los elementos del RUT
Identificación de las personas naturales
Conformado por el número de la cédula de ciudadanía
Más un código alfanumérico asignado por la DIAN
El RUT de las personas naturales, será actualizado a través del Sistema de Seguridad Social en Salud
E.T. LEY 1607555-1 16
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 78
121
CLASES DE DECLARACIONES
• Declaración anual del impuesto sobre la renta y complementarios
• Declaración bimestral del impuesto sobre las ventas
• Declaración mensual de retenciones en la fuente
• Declaración anual del Impuesto Mínimo Alternativo Simple “IMAS”
E.T. LEY 1607574 17
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 78
122
INEFICACIA DE LAS DECLARACIONES DE RETENCIÓN PRESENTADAS SIN PAGODeclaraciones por períodos anteriores al 30-Nov-2012• Sobre las cuales se haya configurado ineficacia• Pueden presentarlas hasta el 31 de julio de 2013 • No liquidan sanción por extemporaneidad ni intereses• Los valores consignados se imputarán al impuesto y
período gravable de la declaración • El agente retenedor debe pagar la diferencia
Declaraciones de retención ceros desde julio de 2006• Pueden presentarlas dentro de los 6 meses siguientes a la
vigencia de esta Ley• Sin liquidar sanción por extemporaneidad.
E.T. LEY 1607580-1 y 606 63 y 137
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 198
123
TRABAJADORES INDEPENDIENTES NO OBLIGADOS A DECLARAR
• Contribuyentes personas naturales y sucesiones ilíquidas
• No responsables del impuesto a las ventas
• Ingresos brutos debidamente facturados
• 80% o más se originen en honorarios, comisiones y servicios
• Sobre los cuales se hubiere practicado retención en la fuente
• Ingresos totales no sean superiores a 1.400 UVT
(Antes 3.300 UVT)
• Patrimonio bruto no exceda de 4.500 UVT
E.T. LEY 1607594-1 18
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 78
124
PERIODO GRAVABLE DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS
Bimestral• Grandes contribuyentes• Personas jurídicas y naturales con ingresos brutos a 31
de diciembre del año anterior iguales o superiores a 92.000 UVT
• Responsables de que tratan los artículos 477 y 481 del ET
Cuatrimestral• Personas jurídicas y naturales con ingresos brutos a 31
de diciembre del año anterior iguales o superiores a 15.000 UVT pero inferiores a 92.000 UVT
E.T. LEY 1607600 61
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 115
125
PERIODO GRAVABLE DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS
Anual• Personas jurídicas y naturales con ingresos brutos a 31
de diciembre del año anterior inferiores a 15.000 UVT
Pagos cuatrimestrales• Sin declaración a modo de anticipo• La base es IVA total pagado en año gravable anterior• Un primer pago equivalente al 30%• Un segundo pago equivalente al 30%• Declaración y último pago por el saldo
E.T. LEY 1607600 61
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 115
126
DECLARACIONES DE IVA NO PRESENTADAS EN CERO
• Los responsables que no hayan cumplido la obligación de presentar las declaraciones de IVA en ceros
• En meses que no realizaron operaciones sometidas al impuesto ni operaciones que den lugar a impuestos descontables, ajustes o deducciones
• Pueden presentar en esas declaraciones dentro de los 6 meses siguientes a la vigencia de esta Ley
• Sin liquidar sanción por extemporaneidad.
E.T. LEY 1607601 62
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 116
127
DETERMINACIÓN DE LA TASA DE INTERÉS MORATORIO
El interés moratorio se liquidará diariamente• A la tasa de interés diario• Equivalente a la tasa de usura vigente• Determinada por la Superfinanciera• Para las modalidades de crédito de consumo
Las obligaciones insolutas generarán intereses de mora• Sobre los saldos de capital• No se incorporan intereses de mora generados antes de la
entrada en vigencia de la ley 1607
• Aplica sobre los impuestos nacionales, departamentales, municipales y distritales.
E.T. LEY 1607635 141
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 200
128
CONTRIBUCIÓN EMPRESARIAL PARA LA EQUIDAD CREE
129
IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD - CREE
A partir del 1º de enero de 2013 (Contribución)• En beneficio de los trabajadores, la generación de empleo, y
la inversión social
Sujetos pasivos
• Sociedades y personas jurídicas y asimiladas, contribuyentes declarantes del impuesto de renta
• Sociedades y entidades extranjeras contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta por sus ingresos de fuente nacional obtenidos mediante sucursales y establecimientos permanentes.
LEY 160720
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 79
130
IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD
Hecho Generador• Obtención de ingresos susceptibles de incrementar el
patrimonio en el año o período gravable
Tarifa del impuesto sobre la renta para la equidad: 8%
Para los años 2013, 2014 y 2015 • La tarifa del CREE será del 9%
• Base gravable especial que no puede ser inferior al 3% del patrimonio líquido del año anterior (Art. 22 Ley 1607)
• Destinación específica (Art. 24 Ley 1607)
LEY 160721, 22, 23 y 24
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
PAGINA 80 y 81
131
EXONERACIÓN DE APORTES
A partir del sistema de retenciones en la fuente para el CREE• (Antes del 1 de julio de 2013)
Sociedades y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios• pago de aportes parafiscales a favor del SENA y del ICBF• Por trabajadores que devenguen hasta 10 SMMLV
Personas naturales con dos o más empleados• Pago de aportes al SENA, al ICBF y Salud• Por empleados que devenguen menos de 10 SMMLV
Entidades sin ánimo de lucro no son sujetos pasivos del CREE y siguen obligados a realizar los aportes parafiscales
LEY 160725
MANUAL DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA 2013
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132
Muchas gracias
CONTACTOS:
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Valledupar, Cesar