Areas Naturales Protegidas

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ECOLOGIA Y ECOSISTEMAS Blgo. Julio IBAÑEZ OJEDA Docente D.E.N. [email protected] SEMANA 11 SESION 22 Áreas Naturales Protegidas Clasificación FACULTAD DE CIENCIAS DE LA COMUNICACION ESCUELA DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN

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Areas Naturales Protegidas del Peru

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ECOLOGIA Y ECOSISTEMAS

Blgo. Julio IBAÑEZ OJEDA

Docente D.E.N.

[email protected]

SEMANA 11 SESION 22

• Áreas Naturales Protegidas

• Clasificación

FACULTAD DE CIENCIAS DE LA COMUNICACION ESCUELA DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE CIENCIAS DE LA

COMUNICACIÓN

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Son espacios continentales y/o marinos del territorio

nacional reconocidos, establecidos y protegidos legalmente

por el Estado como tales, debido a su importancia para la

conservación de la diversidad biológica y demás valores

asociados de interés cultural, paisajístico y científico, así

como por su contribución al desarrollo sostenible del país.

Según en Artículo 68° de la Constitución Política del Perú

“El Estado está obligado a promover la conservación de la

diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas”.

AREA NATURAL PROTEGIDA

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• Es un área geográficamente definida: lo que indica que su

ubicación, límites y extensión están claramente establecidos a

través de un instrumento legal, y demarcados en el terreno.

• Designada y manejada: establecida para un uso controlado a

través de planes de manejo.

• Con el fin de alcanzar objetivos específicos de conservación: para

conseguir la conservación a largo plazo de la naturaleza y de sus

servicios ecosistémicos y sus valores culturales asociados. El

Convenio sobre la Diversidad Biológica (CBD) define un área

protegida como “un área geográficamente definida que está

designada o regulada y gestionada para lograr específicos

objetivos de conservación.

• Mantiene muestras de los distintos tipos de comunidad natural,

paisajes y formas fisiográficas, en especial de aquellos que

representan la diversidad única y distintiva del país.

CARACTERISTICAS DE UNA ANP

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En el Perú se han establecido (al 11 junio 2015):

76 ANP de administración nacional, que

conforman el Sistema Nacional de Áreas

Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE.

17 ANP de conservación regional.

82 ANP de conservación privada.

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ESTABLECIMIENTO DE ÁREAS NATURALES

PROTEGIDAS EN EL PERÚ

De acuerdo a los Niveles de

administración estas pueden ser:

Áreas de Administración Nacional

Áreas de administración regional

Áreas de Administración Privada

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AREAS NATURALES PROTEGIDAS DE ADMINISTRACION NACIONAL

El establecimiento de una categoría definitiva es a perpetuidad, está dada por Decreto

Supremo, estas áreas se pueden establecer bajo las siguientes categorías: Parques

Nacionales, Santuarios Nacionales, Santuarios Históricos, Reservas Nacionales,

Reservas Comunales, Reservas Paisajísticas, Bosques de Protección, Refugios de Vida

Silvestre y Cotos de Caza que conforman el Sistema Nacional de Áreas Naturales

Protegidas por el Estado - SINANPE y están bajo la administración del Servicio

Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP.

El proceso de establecimiento puede pasar por una Zona Reservada de carácter

transitorio, las Zona Reservadas son aquellas áreas que reuniendo las condiciones

para ser consideradas como Áreas Naturales Protegidas, requieren de la realización de

estudios complementarios para determinar, entre otras, la extensión y categoría que

les corresponda como tales, así como la viabilidad de su gestión.

En ese sentido, cabe precisar que diferencia de las Áreas Naturales Protegidas de

carácter definitivo, las Zonas Reservadas, no son establecidas a perpetuidad y

eventualmente podrían ser desafectadas, si en el proceso de categorización se

determina que no califica a ninguna categoría de ANP. El establecimiento de una Zona

Reservada es a través del Decreto Supremo.

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AREAS DE CONSERVACION REGIONAL

Estas áreas son establecidas también mediante Decreto

Supremo a perpetuidad, sobre áreas que teniendo una

importancia ecológica significativa, no califican para ser

declaradas como áreas del Sistema Nacional.

Corresponde al Gobierno Regional presentar al SERNANP la

propuesta para que el ámbito de un área de interés regional se

establezca como un Área de Conservación Regional, debiendo

para ello cumplir con los requisitos normados en la Resolución

Presidencial N° 205-2010-SERNANP, que aprueba la Directiva

para la evaluación de las propuestas para el establecimiento de

las Áreas de Conservación Regional.

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AREAS DE CONSERVACION PRIVADA

Son predios de propiedad privada, de personas naturales o

jurídicas, que a su interior presentan muestras representativas de

ecosistemas que guardan características propias, y que a iniciativa

de sus titulares presentan su solicitud ante la autoridad en áreas

naturales protegidas – SERNANP, la cual conlleva al reconocimiento

del ACP por parte del Ministerio del Ambiente.

Al respecto, son áreas naturales que complementan al SINANPE,

cuyo periodo de vigencia tiene una temporalidad definida, cuya

administración y financiamiento están a cargo del titular (s)

proponente (s).

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El Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado -

SINANPE tiene como objetivo contribuir al desarrollo sostenible del

Perú, a través de la conservación de muestras representativas de

la diversidad biológica.

Categorías del SINANPE:

PARQUES NACIONALES

• Varios ecosistemas. Diversidad biológica relevante.

• Procesos sucesionales, ecológicos y evolutivos.

• Características estéticas y paisajísticas relevantes.

• Usos indirectos: investigación, educación, turismo y

recreación.

• No intervenido.

SANTUARIOS NACIONALES

• Una o varias comunidades bióticas. Diversidad biológica relevante.

• Especies endémicas, varias o de distribución restringida.

• Formaciones geológicas, naturales únicas (interés científico o

paisajístico).

• Usos indirectos: investigación, educación, turismo y recreación.

• No intervenido o mínimamente.

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SANTUARIOS HISTÓRICOS

• Una o varias comunidades bióticas.

• Bienes monumentales con alto valor arqueológico o histórico.

• Escenario de acontecimientos históricos relevantes.

• Usos indirectos: turismo, recreación, investigación y educación.

• No intervenido.

RESERVAS NACIONALES

• Varios ecosistemas. Diversidad biológica relevante.

• Prácticas de manejo, desarrollo de alternativas sostenibles de uso.

• Uso directo de recursos silvestres: flora, fauna, recursos hidrobiológicos, no

aprovechamiento forestal maderero.

REFUGIOS DE VIDA SILVESTRE

• Una o varias comunidades bióticas.

• Hábitat de especies importantes, amenazadas, raras, migratorias, recursos genéticos.

• Mantenimiento o recuperación de especies y/o del hábitat.

• Uso directo: turismo, recreación, investigación y educación.

• Intervención para el manejo del hábitat o de especies.

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RESERVAS PAISAJÍSTICAS

• Una o varias comunidades bióticas.

• Características estéticas paisajísticas sobresalientes.

• Uso directo: usos tradicionales armoniosos con el entorno

(Ej. Agricultura, viviendas).

• Intervención para el uso de recursos.

RESERVAS COMUNALES

• Varios ecosistemas. Diversidad biológica relevante.

• Prácticas de manejo, desarrollo de alternativas sostenibles de uso.

• Uso directo de recursos silvestres: flora, fauna, recursos hidrobiológicos, no

aprovechamiento forestal maderero.

• Usos tradicionales según planes de manejo.

• Prohibido el establecimiento de nuevos asentamientos, expansión de

actividades agrícolas, pecuarias y extracción forestal maderera.

• Gestión comunal del área y conducción.

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BOSQUES DE PROTECCIÓN

• Uno o más ecosistemas, generalmente cuencas altas, mantenimiento de la

cobertura vegetal.

• Prácticas de manejo, desarrollo de alternativas sostenibles de uso.

• Uso directo de recursos silvestres: flora, fauna, recursos hidrobiológicos .

• Usos indirectos: turismo, recreación, investigación y educación.

• Manejo de suelos y agua.

• Permitido el uso y aprovechamiento de la fauna silvestre y de productos

forestales diferentes a la madera.

COTOS DE CAZA

• Una o más comunidades bióticas.

• Planes de manejo para el aprovechamiento

de la fauna silvestre y cinegética.

ZONAS RESERVADAS

• De carácter transitorio.

• Requieren de la realización de estudios

complementarios.

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AREAS NATURALES

PROTEGIDAS DE

ADMINISTRACION

NACIONAL (76)

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AREAS NATURALES PROTEGIDAS DE

ADMINISTRACION NACIONAL (76)

AL 11 junio 2015

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AREAS NATURALES PROTEGIDAS DE

ADMINISTRACION REGIONAL Y PRIVADA (93)

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AREAS NATURALES

PROTEGIDAS DE

ADMINISTRACION

REGIONAL

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AREAS NATURALES

PROTEGIDAS DE

ADMINISTRACION PRIVADA

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