Area Metropolitana Centro-oriente Foro Metropolitano: ALTERNATIVAS DE VIABILIZACIÓN DE LA...
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Area Metropolitana Centro-oriente
Foro Metropolitano:
ALTERNATIVAS DE VIABILIZACIÓN DE LA PLANIFICACIÓN TERRITORIAL
Pereira, Julio 14 de 2011
El derecho a la ciudad
La dimensión jurídica del ordenamiento territorial
María Mercedes Maldonado
El derecho a la ciudad en el discurso internacional
Usufructo equitativo de las ciudades dentro de los principios de sustentabilidad y justicia social.
Derecho colectivo de los habitantes de las ciudades, en especial de los grupos vulnerables y desfavorecidos, que les confiere la legitimidad de acción y de organización, basado en sus usos y costumbres, con el objetivo de alcanzar el pleno ejercicio del derecho a patrones de vida adecuados.
Derecho a la ciudad
Ejercicio pleno de la ciudadanía
Gestión democrática de la ciudad
Función social de la propiedad y de la ciudad
Institutos o principios jurídicos en nuestro ordenamiento jurídico
Función social y función ecológica de la propiedad
Función pública del urbanismo
Derecho de la colectividad a participar en las plusvalías derivadas de la acción urbanística del estado
Intervención estatal en el mercado del suelo
La relación entre lo jurídico y lo territorial
La organización político-administrativa – control de la toma de decisiones
El derecho de propiedad
Las modalidades de intervención estatal
La relación entre lo jurídico y lo territorial
- Los derechos sociales, ambientales y colectivos
- La planificación - Las formas de apropiación y
redistribución de recursos – las fuentes de financiación
- Los mecanismos de resolución de los conflictos
Derecho de propiedad
La perspectiva constitucional
La perspectiva civilista
Propiedad como poder jurídico de excluir
Y la ciudad como una realidad física y social eminentemente colectiva
Propiedad – como uso, disfrute y libre disposición
La facultad de construir corresponde al ámbito del interés general
… y de las decisiones que movilizan o concretan dicho interés
La Constitución – el acuerdo político
La propiedad es una función social que implica obligaciones, a la cual
es inherente una función ecológica
Función social
Introduce en la esfera de decisión del propietario reglas de usar y cómo usar la propiedad
Interferencia en el deseo del propietario de usar o no usar - ¿Cómo y cuándo?
La tierra es originalmente colectiva o sin propietario
El derecho de propiedad se construye socialmente – ¿cuál es el sentido y alcance que le da cada sociedad a ese tránsito de lo colectivo a la apropiación privada?
La evolución de la categoría de función social de la propiedad en Colombia
Primer momento
La propiedad - ejercicio de la libertad
Prima la regla de protección a la libertad, las decisiones respecto a los bienes corresponde a los propietarios y existirían límites excepcionales y externos provenientes de la legislación
Utilización de principios civilistas
- como el del abuso del derecho-
Se introduce la regla del uso racional del derecho,
con el objeto de dirimir los conflictos que se
suscitan entre propietarios
- Todavía no son fuertes los intereses de la colectividad
Segundo momento
La propiedad sigue siendo un derecho potencialmente ilimitado.
Límites externos que cuando más reducen en parte el ámbito de actuación libre del titular
No se exigen acciones concretas por parte del propietario
Función social de la propiedad
El legislador puede introducir a la propiedad individual todas las restricciones que sean conformes con las necesidades sociales
El usus queda sujeto a las decisiones de la planeación y de las normas en general
Primer significado:
Reglas para la “explotación” del suelo, rural o urbano
Para la incorporación del suelo al desarrollo urbano
El propósito de luchar contra la inmovilización de la tierra y lograr su ingreso al mercado
En Colombia, reforma constitucional de 1936 – “Revolución en marcha”
Que la tierra sea explotada adecuadamente, evitar su concentración
Objetivo dominante inicial de la reforma urbana: enfrentar la retención de los terrenos (una forma de especulación)
Que se va complementando con otros objetivos sociales
Tercer momento
Función social de la propiedad como
el conjunto de obligaciones o responsabilidades que pueden ser impuestas a la propiedad (¿propietario? del suelo )
Función social es la base jurídica para establecer obligaciones (cargas) a la propiedad inmueble
Se puede afirmar que hoy en día la imposición de obligaciones urbanísticas
hace parte de la categoría de “regulación de los usos del suelo”
¿Cómo se usa el suelo (intensidad y destinación ) y cuáles son las condiciones para su ejercicio?
¿Cuál es el contenido o alcance del
derecho de propiedad, cuando es definido como función social, o sujeto a función social ?
Jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana
Función social elemento constitutivo y no externo a la misma, compromete a los propietarios con el deber de solidaridad plasmado en la Constitución
(en lugar de límite externo … configuración)
Función social elemento estructural del derecho a la propiedad privada
El derecho a la propiedad privada está integrado por las facultades propias del dominio y por deberes y obligaciones establecidos por la ley
El interés social y el interés individual, bajo el módulo de la función social, contribuyen a conferirle contenido y alcance al derecho de propiedad
Construcción de la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana
La configuración legal de la propiedad
puede apuntar indistintamente a:
- la supresión de ciertas facultades- a su ejercicio condicionado o
- al obligado ejercicio de algunas obligaciones
Construcción de la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana
Categoría central:
El núcleo esencial del derecho de
propiedad
Construcción de la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana
¿Qué es?
El nivel mínimo de goce y disposición de un bien que permita a su titular obtener utilidad económica en términos de valor de uso y valor de cambio que justifiquen la presencia de un interés privado
Construcción de la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana
Límites externos versus ejercicio condicionado de los usos del suelo y configuración por el plan o las normas del contenido del derecho de propiedad
Tipos de responsabilidades de responsabilidades de los propietarios del suelo Aportar suelo (desde las cesiones o
donaciones hasta el suelo para infraestructuras matrices o principales)
Financiar las obras de urbanización
En general, tributar
Tipos de responsabilidades de responsabilidades de los propietarios del suelo
Destinar suelo urbanizado para vivienda social
Conservación arquitectónica o ambiental
Movilización de los incrementos en los precios
Principios de derecho público
1. Prevalencia el interés general sobre el particular
2. Las autoridades estatales no pueden ejercer liberalidad con los bienes públicos
3. Distribución equitativa de cargas y beneficios
Función pública del urbanismo
Obligación o deber a cargo de la administración municipal ligado a la garantía o defensa de derechos/intereses colectivos, que desarrolla el principio constitucional de la función social de la propiedad
Función pública del urbanismo/régimen de la propiedad
• Ejercicio condicionado de los usos del suelo (condicionado al cumplimiento de obligaciones urbanísticas)
• Imposibilidad de asignar de manera gratuita la norma urbanística
• No hay lugar a patrimonialización con la simple asignación de normas generales de uso e intensidad de uso
Algunas categorías importantes:
1º. Clasificación del suelo – Define un régimen diferenciado de derechos y obligaciones urbanísticas
2º. La idea –que no es explícita y es poco comprendida- de programación del suelo
Contenido básico de un plan de ordenamiento
1º. Estrategias, objetivos, políticas (el “proyecto político”)
2º) Decisiones territoriales estructurantes ( Elementos ecológicos y paisajísticos;
territorios con regímenes comunitarios; espacios rurales-reforma agraria; sistemas de comunicación, vialidad, accesibilidad, grades infraestructuras; sistemas de servicios públicos domiciliarios, espacio público)
Contenido básico de un plan director o de ordenamiento
3º. Reglas para la regulación de los procesos territoriales urbanos, Protección de espacios rurales y ambientales, expansión urbana, renovación, redesarrollo, consolidación, mejoramiento de barrios
4º Decisiones ligadas a las condiciones de vida de la población - Definición de áreas destinadas a vivienda social y estándares urbanísticos y de calidad socio-espacial
Contenido básico de un plan director o de ordenamiento 4º.) Reglas para la localización de la actividad
económica
5º) Los proyectos u actuaciones estratégicas o especiales que dan sentido o identidad al Plan y que orientan las distintas acciones sectoriales y la interacción público-privada
5º) Reglas, criterios e instrumentos para la gestión del suelo - Financiación
6) Normas urbanísticas, como elemento dinámico del sistema de planeación/gestión y elemento jurídico
Condiciones para la incorporación de suelo para usos urbano, para la transformación de la ciudad construida
Para la protección de espacios rurales y de valor ambiental y arquitectónico
Responsabilidades, obligaciones, condiciones
Fuentes de financiación
Instrumentos
…. Para asegurar el derecho a la ciudad