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“Gestión Fiscal para un Desarrollo Sostenible” Informe Final Auditoria Especial a la Estampilla Pro-cultura Municipio de Dosquebradas, Vigencias 2011 2012 Página 1 INFORME FINAL AUDITORIA GUBERNAMENTAL CON ENFOQUE INTEGRAL MODALIDAD ESPECIAL AUDITORIA ESPECIAL A LA ESTAMPILLA PRO CULTURA DEL MUNICIPIO DE DOSQUEBRADAS Y ENTIDADES DESCENTRALIZADAS EN LAS VIGENCIAS 2011 Y 2012 LEONARDO FABIO GOMEZ GIRALDO Contralor Municipal FEBRERO DE 2014

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“Gestión Fiscal para un Desarrollo Sostenible”

Informe Final Auditoria Especial a la Estampilla Pro-cultura Municipio de Dosquebradas, Vigencias 2011 – 2012 Página 1

INFORME FINAL

AUDITORIA GUBERNAMENTAL CON ENFOQUE INTEGRAL MODALIDAD ESPECIAL

AUDITORIA ESPECIAL A LA ESTAMPILLA PRO CULTURA DEL

MUNICIPIO DE DOSQUEBRADAS Y ENTIDADES DESCENTRALIZADAS EN LAS VIGENCIAS 2011 Y 2012

LEONARDO FABIO GOMEZ GIRALDO Contralor Municipal

FEBRERO DE 2014

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Informe Final Auditoria Especial a la Estampilla Pro-cultura Municipio de Dosquebradas, Vigencias 2011 – 2012 Página 2

CONTENIDO

INTRODUCCIÓN .................................................................................................. 4

1. ORIGEN DE LA AUDITORIA ................................................................... 5

1.1 REFERENCIA .......................................................................................... 5

1.2 ALCANCE DE LA AUDITORIA ................................................................ 5

1.3 GENERALIDADES DEL IMPUESTO ...................................................... 5

2. DESARROLLO DE LA AUDITORIA ........................................................ 7

2.1 RECAUDO ............................................................................................... 7

2.1.1 ENTE CENTRAL ........................................................................... 7

2.1.1.1 Recaudo vigencia 2011 ................................................................. 7

2.1.1.2 Recaudo vigencia 2012 ................................................................. 8

2.1.2 SERVICIUDAD ESP ...................................................................... 8

2.1.2.1 Recaudo vigencia 2011 ................................................................. 9

2.1.2.2 Recaudo vigencia 2012 ................................................................. 9

2.1.3 INSTITUTO DE DESARROLLO MUNICIPAL ............................... 9

2.1.3.1 Recaudo Vigencia 2011 ................................................................. 9

2.1.3.2 Recaudo Vigencia 2012 ............................................................... 10

2.1.4 CUERPO OFICIAL DE BOMBEROS DOSQUEBRADAS ........... 10

2.1.5 DOSQUEBRADAS ENERGIA Y LUZ S.A ................................... 10

2.1.6 PERSONERÍA MUNICIPAL ........................................................ 11

2.1.6.1 Recaudo vigencia 2011 ............................................................... 11

2.1.6.2 Recaudo vigencia 2012 ............................................................... 11

2.1.7 CONCEJO MUNICIPAL............................................................... 11

2.1.8 INSTITUCIONES EDUCATIVAS ................................................. 12

2.1.8.1 I.E. Empresarial ..................................................................... 12

2.1.8.2 I.E. Juan Manuel González .................................................... 12

2.1.8.3 I.E. Santa Sofía ...................................................................... 13

2.1.8.4 I.E. Santa Isabel ..................................................................... 15

2.1.8.5 I.E. Guadalupe ....................................................................... 15

2.1.8.6 I.E. Cartagena ........................................................................ 16

2.1.8.7 I.E. Cristo Rey ........................................................................ 16

2.1.8.8 I.E. Hogar Nazareth ............................................................... 17

2.1.8.9 I.E. Manuel Elkin Patarroyo ................................................... 17

2.1.8.10 I.E. Bosques de la Acuarela .................................................. 18

2.1.8.11 I.E. Agustín Nieto Caballero .................................................. 18

2.1.8.12 I.E. María Auxiliadora ............................................................. 19

2.1.8.13 I.E. Nueva Granada ............................................................... 19

2.1.8.14 I.E. Pablo Sexto ..................................................................... 20

2.1.8.15 I.E. Enrique Millán Rubio ....................................................... 20

2.1.8.16 I.E. Santa Juana de Lestonac ................................................ 20

2.1.8.17 I.E. Fabio Vásquez Botero ..................................................... 21

2.2 DESTINACIÓN DE LOS RECURSOS – INVERSIÓN .......................... 23

2.2.1 INVERSION EJECUTADA EN LA VIGENCIA 2011 ................... 23

2.2.2 INVERSION EJECUTADA EN LA VIGENCIA 2012 ................... 24

2.2.3 COMPARATIVO INGRESOS – GASTOS ...................................... 25

2.3 SEGUIMIENTO PLAN DE MEJORAMIENTO ....................................... 27

2.3.1 HALLAZGO ADMINISTRATIVO 5.4 ............................................ 27

2.3.2 HALLAZGO ADMINISTRATIVO 5.5 ............................................ 27

2.3.3 HALLAZGO ADMINISTRATIVO 5.7 ............................................ 28

3. RELACION DE PRESUNTOS HALLAZGOS ................................................. 29

3.1 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO, FISCAL Y DISCIPLINARIO ......................................................................................................................... 29

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3.2 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO, FISCAL Y DISCIPLINARIO ......................................................................................................................... 30

3.3 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO Y DISCIPLINARIO ........... 31

3.4 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO Y DISCIPLINARIO ........... 35

3.5 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO .......................................... 37

3.6 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO .......................................... 37

I.E. EMPRESARIAL ......................................................................................... 38

3.7 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO Y FISCAL ......................... 38

3.8 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO Y FISCAL ......................... 38

3.9 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO .......................................... 39

3.10 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO ........................................ 39

3.11 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO ........................................ 40

3.12 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO ........................................ 40

3.13 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO ........................................ 40

I.E. MARIA AUXILIADORA .............................................................................. 41

3.14 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO ........................................ 41

3.15 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO ........................................ 41

3.16 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO ........................................ 41

3.17 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO ........................................ 42

3.18 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO, FISCAL Y PENAL ......... 43

3.19 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO, DISCIPLINARIO Y PENAL ............................................................................................................. 44

3.20 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO ........................................ 45

3.21 PRESUNTO HALLAZGO SANCIONATORIO ........................................ 45

4. BENEFICIO AUDITOR ........................................................................... 46

5. CUADRO RESUMEN DE PRESUNTOS HALLAZGOS ........................ 47

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INTRODUCCIÓN La Contraloría Municipal de Dosquebradas, en desarrollo de su función constitucional y legal en cumplimiento del Plan General de Auditoría Territorial 2014, practicó Auditoría Gubernamental con Enfoque Especial al Municipio de Dosquebradas, entidades descentralizadas e Instituciones Educativas. En desarrollo del ejercicio de control fiscal, este Organismo de Control practicó Auditoría a las operaciones adelantadas durante las vigencias 2011 y 2012 al impuesto de Estampilla Pro-cultura, con el fin de evaluar y establecer la gestión realizada por las Entidades respecto a la aplicación del impuesto, de conformidad con las normas legales, estatutarias y procedimientos aplicables. Conforme a los requerimientos presentados en el Encargo de Auditoría y los resultados de la fase de Planeación plasmados en el Memorando respectivo, la Auditoría se centró en la evaluación y verificación de los ingresos recaudados en la vigencia 2011 y 2012, así mismo, se examinará de manera selectivo, los gastos efectuados por la Administración con cargo a estos recursos. Dada la importancia que tienen los Impuestos para la ciudad, la Contraloría Municipal de Dosquebradas espera que este informe coadyuve al mejoramiento de los procedimientos implementados para el cobro y recaudo de los impuestos.

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1. ORIGEN DE LA AUDITORIA 1.1 REFERENCIA Se hará evaluación a la Estampilla Pro-cultura en las vigencias 2011 y 2012, producto de la auditoría especial programada en el PGAT de la vigencia 2014, a través de la verificación de operaciones, documentos, registros y ejecución de actividades en las líneas de ingresos y gastos. 1.2 ALCANCE DE LA AUDITORIA La auditoría se realizará aplicando técnicas de auditoría generalmente aceptadas, mediante un análisis integral sobre las normas, criterios y procedimientos realizados en cada entidad para el recaudo del impuesto de Estampilla Pro-cultura y la inversión ejecutada por la Dirección de Cultura de la Secretaría de Educación, durante las vigencias 2011 - 2012. Se evaluará una cifra aproximada de $210.727.739 que corresponde al reporte de ingresos entregado por la Secretaria de Hacienda en el año 2011 y $482.628.453 correspondiente al ingreso de la vigencia 2012. Igualmente se evaluará la inversión efectuada en la vigencia 2011 y en el año 2012 a través de la rendición de la cuenta SIA, formatos formato_201195_f21_agr ($136.699.319) y formato_201213_f21_agr. ($273.398.638) Cuadro N° 1. Recursos Estampilla Pro-cultura vigencias 2001 y 2012

DESCRIPCIÓN AÑO 2011 2012 TOTALES

INGRESOS 210.727.739 482.628.453 693.356.192

GASTOS 136.699.319 273.398.638 410.097.957

TOTALES 271.184.151 818.574.530 1.103.454.149

Fuente: Secretaría de Hacienda – Dirección Financiera

1.3 GENERALIDADES DEL IMPUESTO La Ley General de Cultura: (Ley 397 de 1997) define el creador y gestor cultural contemplando dentro de su articulado la definición de competencias institucionales, así como las pautas para su vinculación en el sistema de seguridad social, adicionalmente crea la Estampilla Pro Cultura, como una fuente de financiación del sector. Posteriormente, con la expedición de la Ley 797 de 2003 son derogados los artículos referentes a salud y pensión, esto debido a que la Ley General de Cultura planteaba que los creadores y gestores culturales contaran con un régimen especial, el cual es restringido por la Ley en mención. En cuanto al articulado referente a la Estampilla Pro Cultura, este es modificado por la Ley 666 de 2001, estableciendo el destino de los recursos que por la Estampilla se recauden, contemplando que el 10% de estos se destinen a la seguridad social del creador y gestor cultural, adicionalmente, de acuerdo con el artículo 47 de la Ley 863 del 29 de Diciembre de 2003, el 20% debe destinarse a los fondos de pensiones de la entidad destinataria de dichos recaudos.

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El Decreto 2283 de 2010, reglamentó el numeral 4 del artículo 38-1 de la Ley 397 de 1997, artículo 2° de la Ley 666 de 2001, que corresponde a la reglamentación de la destinación de los recursos del 10% de Estampilla Pro-cultura para la seguridad social en salud de los creadores y gestores culturales, sin embargo con la expedición de la Ley 1438 y Decreto 971 de 2011, impusieron la necesidad de modificar y alinear el Decreto 2283 de 2010. El Ministerio de Cultura, a través de petición, solicitó concepto al Ministerio de la Protección Social, el cual mediante escrito, expresó que con respecto al uso del 10% de los recursos recaudados por concepto de la Estampilla “Pro-cultura” y la favorabilidad del mismo, han desaparecido, por lo cual es pertinente derogar el Decreto 2283 de 2010 y en consecuencia, presentar propuestas que den uso más eficiente a tales recursos. (Circular Externa de la Ministra de Cultura de Octubre 3 de 2011). Posteriormente, se planteó el Proyecto de Ley 087 de 2011, Senado, y el proyecto de Ley 282 de 2013, Cámara, que pretendió mejorar la calidad de vida de los artistas y gestores culturales, proyectos que se encuentran en trámite. A nivel Municipal, el Decreto 205 de Marzo 28 de 2006, estableció en el artículo 279 la autorización legal de conformidad con lo normado en el artículo 38 de la Ley 397 de 1997 y Ley 666 y 667 de 2001, así mismo el artículo 280 y 281 normatiza el hecho generador y el sujeto activo de la Estampilla Pro – cultura, para la suscripción de los contratos cuyos valores superen los dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes, por las modalidades de suministro, compras de bienes y servicios, prestación de servicios, consultoría, interventoría, arrendamiento, publicidad, obra pública, administración delegada, y aseguramiento, el porcentaje a descontar será del 0,5% del valor bruto del contrato, excluido el IVA, conforme a lo establecido en el 285 del Código de Rentas. A través del Acuerdo 026 de 2006, en el artículo 13, modifica el artículo 285 del Decreto 205 de 2006, adicionando lo relacionado con el límite al pago de la Estampilla Pro-cultura, dejando como límite superior 300 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes, por lo que el contratista deberá cancelar por concepto de la Estampilla Pro-Cultura, el valor correspondiente a 300 Salarios Legales Mensuales Vigentes, en caso de superar esta cuantía.

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2. DESARROLLO DE LA AUDITORIA

2.1 RECAUDO 2.1.1 ENTE CENTRAL El Municipio reportó el movimiento de los ingresos correspondientes a la Estampilla Pro-cultura para las vigencias 2011 y 2012, en los cuales no se evidencia una descripción detallada de lo recaudado por entidades, los valores aparecen de manera general sin detallar el concepto del registro efectuado en el comprobante de ingreso de la Tesorería Municipal. Teniendo en cuenta que para la vigencia 2011 el salario mínimo legal vigente estaba en la suma $535.600, se deduce que el porcentaje de 0,5% a descontar por estampilla Pro-cultura se realiza a partir de valores superiores a los dos salarios mínimos, es decir, $1.071.200, como lo establece el artículo 280 del Decreto 205 de 2006 y hasta los 300 salarios en cuantía de $160.680.000. Para el año 2012, el salario mínimo estaba en $566.664, indicando que el porcentaje del 0,5% se debe aplicar sobre los dos salarios en cuantía igual o superior a $1.133.328 y hasta los 300 salarios como quedo establecido en el Acuerdo 026 de 2006, es decir, $169.999.200. 2.1.1.1 Recaudo vigencia 2011 La Dirección Financiera suministró la información de los ingresos de la Estampilla Pro-cultura para la vigencia 2011 un recaudo por valor de $210.727.739, de los cuales $161.558.364 son de Estampilla, por superávit fiscal ingresó $49.033.181 y por rendimientos financieros se generó $136.194, como se observa a continuación:

Cuadro N° 2. Recaudo Estampilla Pro-cultura Municipio 2011

ESTAMPILLA PROCULTURA 2011

EJECUCION CÓDIGO DESCRIPCION

0405.51.1205.70.11010213 Estampilla 112,256,164

0405.61.1205.59.120201 Superávit Fiscal 49,033,181

0405.61.1205.70.11010213 Estampilla 49,302,200

0405.61.1205.70.120201 Superávit Fiscal -

0405.61.1205.70.120209 Rendimientos Financieros 136,194

TOTAL 210,727,739

Fuente: Dirección Financiera

Una vez obtenido el valor total de lo transferido al Municipio por parte de cada una de las entidades descentralizadas e Instituciones Educativas, valor que ascendió a un total de $105.476.787, se podría inferir que el valor que aporta el Municipio por estampilla es la diferencia entre lo recaudado, $161.558.364 menos lo aportado por todas las entidades que fue de $105.476.787 arroja un resultado de $56.081.577, cifra que difiere con el valor calculado por estampilla Pro-cultura a cada contrato de la vigencia 2011, celebrados por el Municipio, en el que se obtuvo un valor aproximado de $74.969.795.

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Recaudo estampilla vigencia 2011 161.558.364 (-)Estampilla entidades e instituciones educativas 105.476.787 Diferencia (se supone corresponde a la estampilla contratos del Municipio) 56.081.577 Calculo estampilla Municipio - consolidado contratos 74.969.795 (-)Diferencia (se supone corresponde al Municipio) 56.081.577 Presunto hallazgo 18.888.218 Teniendo en cuenta que el cálculo de la estampilla a cada contrato del Municipio, arrojó un resultado de $74.969.795 (cifra que no incluyó la adición a los contratos), sumado con el valor del reporte de estampilla de cada entidad por valor total de $105.476.787, da un valor total de $180.446.582, mientras que el reporte del recaudo para la vigencia 2011 fue de $161.558.364, lo que significa una diferencia de $18.888.218. (Hallazgo Administrativo con incidencia Fiscal y Disciplinaria N° 1)

2.1.1.2 Recaudo vigencia 2012 El reporte que entregó la Dirección financiera por concepto de Estampilla Pro-cultura para el año 2012 fue de $272.002.927 de superávit fiscal y por recaudo de estampilla $210.625.526. Así mismo, se realizó el cálculo de la estampilla al consolidado de la contratación reportado en el SIA a esta Entidad, dando un valor aproximado de $151.753.439, cifra que sumada al valor total del reportado por estampilla de todas las entidades por valor de $105.476.787, da como resultado un total de $257.230.226, reflejando una diferencia por valor de $46.604.700 respecto al recaudo reportado por la Secretaría de Hacienda. (Hallazgo Administrativo con incidencia Fiscal y Disciplinaria N° 2) Cuadro N° 3. Recaudo Estampilla Pro-cultura Municipio 2012

ESTAMPILLA PROCULTURA 2012 EJECUCION

CÓDIGO DESCRIPCION

0405.61.1205.59.120201 Superávit Fiscal 272,002,927

0405.61.1205.60.120209 Rendimientos Financieros -

0405.61.1205.61.11010213 Estampilla 210,625,526

TOTAL 482,628,453

Fuente: Dirección Financiera

2.1.2 SERVICIUDAD ESP Se realizó visita a Serviciudad ESP, en el proceso de la auditoría especial a la Estampilla Pro-cultura para las vigencias 2011 y 2012, en el examen se obtuvo la siguiente información: Cuadro N° 4. Descuentos Estampilla Pro-cultura

SERVICIUDAD ESP ESTAMPILLA

2011 ESTAMPILLA

2012 TOTAL

Descuentos según contratos 91.018.096 76.047.291 167.065.387

Comprobante de pago de rentas No aporta No aporta

Fuente: Información suministrada por la Entidad.

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2.1.2.1 Recaudo vigencia 2011 La información se obtuvo a través del libro auxiliar de la Estampilla Pro-cultura, suministrado por el área de tesorería, observando que para la vigencia 2011, la empresa Serviciudad, realizó un total de 6 ajustes por valor de $155.544, correspondientes a $67.688 notas débito y $87.856 notas crédito, lo que evidencia una mala aplicabilidad del impuesto, en los contratos objeto de la estampilla. 2.1.2.2 Recaudo vigencia 2012 En el año 2012, de acuerdo a la relación del auxiliar, se evidenció que por notas débito se realizó ajustes en cuantía de $296.799 y ajustes crédito por valor de $79.429 para un total de ajustes por estampilla Pro-cultura en el año 2012 por valor de $376.228. La situación presentada en la vigencia 2011 y 2012, respecto a notas débito y ajustes, trae como consecuencia que la entidad pierda ingresos, teniendo en cuenta que las correcciones, ajustes y devoluciones de estampilla a los contratistas deben ser asumidas por la entidad, teniendo en cuenta que los valores, se giran al Municipio, mientras que lo descontado por encima del valor real ha sido consignado a la tesorería Municipal. (Presunto Hallazgo Administrativo con incidencia Disciplinario N° 3) 2.1.3 INSTITUTO DE DESARROLLO MUNICIPAL 2.1.3.1 Recaudo Vigencia 2011 El Instituto de Desarrollo Municipal, envió la relación del movimiento de cuentas de enero 01 de 2011 a diciembre 31 de 2011, en la que se observa la relación de los contratos con los respectivos descuentos, así como los giros efectuados al Municipio: Cuadro N° 5. Descuentos Estampilla Pro-cultura

IDM ESTAMPILLA

2011 ESTAMPILLA

2012 TOTAL

Descuentos según contratos 4.250.152 2.642.998 6.893.150

Comprobante de pago de rentas Sin datos Sin datos

Fuente: Información suministrada por la Entidad.

La entidad envió relación de los descuentos, pero no envió copia de los comprobantes de pago efectuados a la Tesorería Municipal, por lo tanto no fue posible confrontar la coherencia entre los descuentos y los pagos efectuados. Sin embargo, en la revisión que se realizó al reporte de ingresos del Municipio, se evidencia que el IDM efectuó pagos con posterioridad a los descuentos efectuados a la contratación, como se observa a continuación: Cuadro N° 6. Reporte ingresos Estampilla Pro-cultura Tesorería Municipal

FECHA DESCRIPCION VALOR

Mayo 24/11 Ingresos estampilla Pro-cultura consignados por IDM. Causado desde 01 de enero hasta el 30 de abril de 2011.

698.179

Julio 06/11 Ingresos por estampilla Pro-cultura consignados por el inst.de desarrollo municipal. Causado desde 01 de mayo hasta el 30 de junio de 2011.

2.382.170

Marzo 23/12 Ingreso consignado por el IDM por concepto de estampilla Pro-cultura- causado en la vigencia 2011.

1.169.803

Fuente: Proceso auditor - reporte de ingresos del Municipio.

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La información de estampilla Pro-cultura de la vigencia 2011, reportada por el Municipio, evidencia que el IDM, realizó pagos de manera posterior a la fecha indicada en el artículo 281 del Decreto 205 de 2006, el cual establece que los descuentos deben remitirse los diez primeros días de cada mes a la Tesorería Municipal, se evidencia que los reportes tienen moras de cuatro (4) meses y más. (Presunto Hallazgo Administrativo con incidencia Disciplinaria N° 4) El artículo 281 del Decreto 205 de 2006, establece: “… Las entidades de que trata el presente artículo deberán transferir a la Tesorería Municipal en forma mensual dentro de los diez (10) primeros días de cada mes, el valor deducido por concepto de estampilla pro-cultura.”

2.1.3.2 Recaudo Vigencia 2012 Para la vigencia 2012, se realizaron consignaciones a la Tesorería Municipal, igualmente con posterioridad a los descuentos efectuados a los contratos celebrados por el Instituto de Desarrollo Municipal. Cuadro N° 7. Pagos efectuados por el IDM al Municipio

FECHA DESCRIPCION VALOR

Mayo 10/12 Ingreso consignado por el IDM por concepto de estampilla Pro-cultura, causados desde Enero al mes de Abril de 2012.

$1.020.038

Junio 15/12 Ingreso consignado por el IDM por concepto de estampilla Pro-cultura- causados en el mes de mayo de 2012.

$585.924

Julio 27/12 Ingreso consignado por el IDM por concepto de estampilla Pro-cultura- causados en el mes de junio de 2012.

264.666

Fuente: Elaboración proceso auditor

2.1.4 CUERPO OFICIAL DE BOMBEROS DOSQUEBRADAS El Cuerpo Oficial de Bomberos Dosquebradas, remitió relación de lo recaudado y trasladado a la Tesorería Municipal en el que muestra un percibido para la vigencia 2011 por valor de $3.742.740 y para la vigencia 2012, el descuento por Estampilla Pro-cultura a la contratación de ese período fue de $2.334.271. Cuadro N° 8. Descuentos Estampilla Pro-cultura

CUERPO OFICIAL DE BOMBEROS

ESTAMPILLA 2011

ESTAMPILLA 2012

TOTAL

Descuentos según contratos 3.742.740 2.334.271 6.077.011

Comprobante de pago de rentas No aporta No aporta

Fuente: Información suministrada por la Entidad.

2.1.5 DOSQUEBRADAS ENERGIA Y LUZ S.A

Con el Oficio DC -278-13 se solicito a esa Entidad, la relación de la contratación con los respectivos descuentos efectuados por Estampilla Pro-cultura, y mediante oficio de Septiembre 24 de 2013, adjuntan documento en el que certifican que para las vigencias 2011 y 2012 no celebraron contratos, por lo tanto no hubo recaudo sobre este impuesto.

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Informe Final Auditoria Especial a la Estampilla Pro-cultura Municipio de Dosquebradas, Vigencias 2011 – 2012 Página 11

Cuadro N° 9. Descuentos Estampilla Pro-cultura

DOSQUEBRADAS ENERGIA Y LUZ

ESTAMPILLA 2011

ESTAMPILLA 2012

TOTAL

Descuentos según contratos -0- -0-

Fuente: Información suministrada por la Entidad.

2.1.6 PERSONERÍA MUNICIPAL Mediante oficio PMFT-094-2013 de octubre 2 de la Personería Municipal, se recibió relación de los contratos, el valor y el descuento de la estampilla Pro-cultura de las vigencias 2011 y 2012, observando lo siguiente: Cuadro N° 10. Descuentos Estampilla Pro-cultura

PERSONERIA MUNICIPAL ESTAMPILLA

2011 ESTAMPILLA

2012 TOTAL

Descuentos según contratos 460.239 163.787 624.026

Comprobante de pago de rentas Sin reporte Sin reporte

Fuente: Personería Municipal

2.1.6.1 Recaudo vigencia 2011 Para la vigencia 2011, se evidencia que los contratos números 2, 6, 15 y 16 no superan los dos salarios mínimos objeto de descuento de la estampilla, sin embargo, la Entidad les realizó descuento por $3.000, $4.500, 3.774 y $3.774 respectivamente, lo cual vulnera lo establecido en el artículo 280 del Decreto 205 de 2006. (Hallazgo administrativo N° 5) 2.1.6.2 Recaudo vigencia 2012 En la vigencia fiscal 2012, la entidad realizó descuentos por estampilla Pro-cultura por un valor total de $163.787, descuentos que estuvieron conforme a la normatividad vigente. 2.1.7 CONCEJO MUNICIPAL A través del oficio CMD-909 de octubre 07 de 2013, se recibió por parte del Concejo Municipal, la relación de los contratos y el valor del descuento de la estampilla Pro-cultura de las vigencias 2011 y 2012. Analizada la información, se evidencia solo el número del contrato, el objeto y el valor del contrato, sin relacionar el valor del descuento efectuado por el impuesto en estudio. (Hallazgo Administrativo N° 6) Por lo tanto, se realizará un cuadro resumen de la información suministrada por la entidad de los contratos que superan los dos salarios mínimos: Cuadro N° 11. Descuentos Estampilla Pro-cultura

CONCEJO MUNIICIAL VALOR TOTAL CONTRATOS

VALOR ESTAMPILLA

Vigencia 2011 363.899.855 1.819.498

Vigencia 2012 369.487.846 1.847.439

Fuente: Elaboración proceso auditor

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El Concejo Municipal, aportó la relación de los contratos con el valor, pero no relacionó los descuentos efectuados por Estampilla Pro-cultura de las vigencias 2011 y 2012, razón por la cual, para el proceso auditor se calculó la estampilla de conformidad con lo establecido en el Decreto 205 de 2006. 2.1.8 INSTITUCIONES EDUCATIVAS 2.1.8.1 I.E. Empresarial Para la revisión de la Estampilla Pro-cultura, se solicitó a cada Institución Educativa, los descuentos efectuados a cada contratista en las vigencias 2011 y 2012. Recaudo vigencia 2011 Una vez revisada la información correspondiente a la relación de los contratos y los respectivos descuentos, enviados por la Institución Educativa Empresarial para la vigencia 2011, se halló que el total descontado por Estampilla Pro-cultura para esa vigencia fue de $268.493, mientras que los pagos efectuados al Municipio fueron por valor de $233.802, reflejándose una diferencia por cancelar en el Municipio por valor de $34.691. (Presunto hallazgo Administrativo y Fiscal 7) Recaudo vigencia 2012 Para la vigencia 2012, la Institución Educativa reportó un total de 47 contratos con un valor total de $537.305 por Estampilla, cifra que presenta coherencia con los pagos efectuados en la Tesorería Municipal. Cuadro N° 12. Descuentos Estampilla Pro-cultura

INSTITUCIÓN EDUCATIVA EMPRESARIAL

ESTAMPILLA 2011

ESTAMPILLA 2012

TOTAL

Descuentos según contratos 268.493 537.305 805.798

Comprobante de pago de rentas 233.802 537.305 771.107

Diferencia 34.691 -0- 34.691

Fuente: Institución Educativa

2.1.8.2 I.E. Juan Manuel González Con el oficio de Septiembre 05 de 2013, la Institución Educativa remitió la información correspondiente a la relación de los contratos que fueron objeto de descuentos de estampilla Pro-Cultura para las vigencias 2011 y 2012, como se observa a continuación: Cuadro N° 13. Descuentos Estampilla Pro-cultura

INSTITUCIÓN EDUCATIVA JUAN MANUEL GONZALEZ

ESTAMPILLA 2011

ESTAMPILLA 2012

TOTAL

Descuentos según contratos 141.600 295.624 437.224

Comprobante de pago de rentas 141.600 295.624 437.224

Diferencia -0- -0-

Fuente: Institución Educativa

Tanto para la vigencia 2011 como para la vigencia 2012, la Institución Educativa presentó coherencia entre lo recaudado por descuentos en la contratación frente al reporte de comprobantes de pago de rentas hechos ante la Tesorería Municipal.

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2.1.8.3 I.E. Santa Sofía Mediante oficio 145 de Septiembre 23 de 2013, La Institución Educativa, allegó a esta Entidad, la relación de los contratos con los descuentos efectuados por Estampilla Pro-cultura para las vigencias 2011 y 2012, con los respectivos comprobantes de pago de rentas a la Tesorería Municipal, así: Cuadro N° 14. Descuentos Estampilla Pro-cultura

INSTITUCIÓN EDUCATIVA SANTA SOFIA

ESTAMPILLA 2011

ESTAMPILLA 2012

TOTAL

Descuentos según contratos 544.100 1.665.616 2.209.716

Comprobante de pago de rentas 544.100 1.665.616 2.209.716

Diferencia -0- -0-

Fuente: Institución Educativa

Recaudo vigencia 2011 Para el año 2011, la relación enviada por la Institución Educativa, refleja unos descuentos a contratos por un porcentaje diferente al de la Estampilla Pro-cultura, es decir, la estampilla es del 0,5% y se observan porcentajes del 1,0%, 1,5% y 2,0% que son porcentajes superiores al establecido por la Ley. Cuadro N° 15. Descuentos Estampilla Pro-cultura

MES DESCUENTO

HECHO POR LA IE DESCUENTO DEL

0,5% DIFERENCIA

COBRADA DEMÁS

Enero 45.000 22.500 22.500

Febrero 12.450 6.225 6.225

Abril 119.950 42.140 77.810

Mayo 61.200 20.400 40.800

Junio 171.800 62.815 108.985

Noviembre 107.950 72.012 35.938

Diciembre 25.750 25.750 -0-

TOTAL 544.100 251.842 292.258

Fuente: Soportes entregados por la IE

En los meses de Enero, Febrero, Abril, Mayo, Junio, Noviembre y Diciembre, la Institución Educativa Santa Sofía, realizó descuentos por valor de $544.100, con porcentajes superiores a lo establecido por el Código de Rentas, lo que significa un mayor valor cobrado por cuantía de $292.258, ya se debió descontar un valor de $551.842. Se presume un detrimento patrimonial por valor de $292.258, teniendo en cuenta que se descontó valores por encima de lo norma establecida en el artículo 285 del Decreto 205 de 2006. (Presunto Hallazgo Administrativo con Incidencia Fiscal N° 8) Recaudo vigencia 2012 Cuadro N° 16. Descuentos efectuados por la Institución Educativa

MES DESCUENTO

HECHO POR LA IE DESCUENTO DEL

0,5% DIFERENCIA

COBRADA DEMÁS

Febrero 17.457 8.728 8.728

Marzo 340.655 116.876 223.779

Abril 98.647 9.900 88.747

Mayo 70.350 23.450 46.900

Junio 202.794 82.732 120.062

Julio 118.128 41.299 76.829

Agosto 60.551 16.635 43.916

Septiembre 158.116 52.725 105.391

Octubre 235.998 88.305 147.693

Noviembre 354.220 135.085 219.135

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MES DESCUENTO

HECHO POR LA IE DESCUENTO DEL

0,5% DIFERENCIA

COBRADA DEMÁS

TOTAL 1.656.916 575.735 1.081.180

Fuente: Soportes entregados por la IE

Para el mes de Febrero aplicaron el 1,0% a un contrato de compra, lo que muestra en la relación el doble cobro por $8.728, como se observa en el cuadro anterior. En el mes de Marzo, se realizaron descuentos con un porcentaje del 1.0% y del 1.5% en los contratos en cuantía de $340.655, mientras que lo que se debió descontar en total sería de $116.876, lo que refleja un mayor valor descontado en cuantía de $223.779. En Abril se evidencia en la relación un total de 11 contratos, cuyo valor está por debajo de los dos salarios mínimos ($1.133.400), base para el descuento de la estampilla en la vigencia 2012, es decir, para este mes se realizaron descuentos por valor de $98.647, frente a lo realmente por descontar en cuantía de $9.900, lo que significa un valor mayor descontado en cuantía de $88.747, toda vez que se les aplicó una tarifa del 2,0%. Para el mes de mayo, relacionan dos contratos de compra, a los que se les descontó el 1,5%, los descuentos ascendieron a $70.350, mientras lo que se debió descontar debió ser $23.450, reflejando un valor mayor retenido en cuantía de $46.900. Así mismo, para el mes de Junio se detallan 6 contratos, 3 con descuento del 1% y 3 con descuento del 1,5%, dando como resultado $202.794 descontados a los contratos, mientras lo que se debió descontar de acuerdo con la norma asciende a $82.732, lo que traduce un mayor valor descontado por la suma de $120.062. En Julio, se relacionaron 4 contratos, 1 con descuento del 1% y los 3 restantes con descuento del 1,5%, con un valor total descontado por estampilla Pro-cultura por valor de $118.128. Se realizó el cálculo de la estampilla conforme al 0,5% que establece el Código de Rentas dando como resultado por los cuatro contratos por valor de $41.299, arrojando una diferencia por mayor descuento en cuantía de $76.829. Para el mes de Agosto la IE liquidó un valor de $60.551, con aplicación a los contratos de 1,0% y 1,5%, mientras que el porcentaje a liquidar corresponde a 0,5% lo que corresponde a un valor de $16.635, encontrando una diferencia de $43.916. La IE en el mes de Septiembre realizó tres contratos, con descuentos superiores a lo establecido por la norma, en cuantía de $158.116, mientras que lo realmente debió ser $52.725, es decir un descuento superior por valor de $105.391. El mes de Octubre tuvo un descuento superior en cuantía de $147.693, es decir que realizó descuentos por $235.998, mientras que lo realmente legal debió ser $88.305. En Noviembre se realizaron descuentos por valor de $354.220, mientras que lo realmente a descontarse era de $135.085, lo que deduce un mayor valor cobrado por cuantía de $219.135.

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En conclusión, la Institución Educativa Santa Sofía realizó descuentos para la vigencia 2012 en cuantía superior a la base legal por valor de $1.081.180, lo que se traduce en un presunto hallazgo fiscal y administrativo, teniendo en cuenta que no se dio aplicabilidad a lo establecido en el artículo del Decreto 205 de 2006. (Presunto Hallazgo Administrativo Con Incidencia Fiscal N° 8) 2.1.8.4 I.E. Santa Isabel Mediante oficio de Agosto 29, la Institución Educativa, envió informe del recaudo del impuesto de Estampilla Pro-cultura y los recibos de comprobantes de pago a la Tesorería Municipal para las vigencias 2011 y 2012 como se observa a continuación: Cuadro N° 17. Descuentos Estampilla Pro-cultura

INSTITUCIÓN EDUCATIVA ESTAMPILLA

2011 ESTAMPILLA

2012 TOTAL

Descuentos según contratos 247.856 572.283 820.139

Comprobante de pago de rentas 257.456 585.846 843.302

Diferencia 9.600 13.563

Fuente: Institución Educativa

Recaudo vigencia 2011 Los descuentos por estampilla efectuados a los contratos en el año 2011, ascendieron a un valor total de $247.856, mientras que lo cancelado a la Tesorería Municipal, fue por $257.456, pagando de más al Municipio un valor de $9.600, los cuales fueron descontados al proveedor Comercializadora Cultural. Recaudo vigencia 2012 La Institución Educativa Santa Isabel, en la información reportada, evidencia en la vigencia 2012, un mayor valor consignado al municipio, ya que se realizó descuentos por valor total de $572.283 frente a lo cancelado al Municipio por valor de $585.846, cifra consignada de más por $13.563. (Presunto Hallazgo Administrativo N° 9)

2.1.8.5 I.E. Guadalupe Mediante oficio de Septiembre 12, la Institución Educativa, allegó informe del recaudo del impuesto de Estampilla Pro-cultura y los recibos de comprobantes de pago a la Tesorería Municipal para las vigencias 2011 y 2012, como se detalla a continuación: Cuadro N° 18. Descuentos Estampilla Pro-cultura

INSTITUCIÓN EDUCATIVA ESTAMPILLA

2011 ESTAMPILLA

2012 TOTAL

Descuentos según contratos 328.140 510.568 838.708

Comprobante de pago de rentas 328.140 658.708 986.848

Diferencia -0- 148.140

Fuente: Institución Educativa

Recaudo vigencia 2011

Para la vigencia 2011, la Institución Educativa relacionó por descuentos de estampilla Pro-cultura de los contratos por cuantía de $328.140, cifra que es coherente frente al valor de los comprobantes de pago por $328.140.

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Recaudo vigencia 2012

Para el año 2012, la Institución Guadalupe relacionó por descuentos a la contratación la cifra de $510.568, mientras que el valor reportado por los comprobantes de pago de rentas efectuados a la Tesorería Municipal fue de $658.708, existiendo un mayor valor pagado por una diferencia de $148.140. (Presunto Hallazgo Administrativo con incidencia Fiscal N° 10). 2.1.8.6 I.E. Cartagena

Mediante oficio de Septiembre 06, la Institución Educativa Rural, envió la relación del recaudo de la Estampilla Pro-cultura y los recibos de comprobantes de pago a la Tesorería Municipal para las vigencias 2011 y 2012, como se observa a continuación: Cuadro N° 19. Descuentos Estampilla Pro-cultura

INSTITUCIÓN EDUCATIVA ESTAMPILLA

2011 ESTAMPILLA

2012 TOTAL

Descuentos según contratos 185.373 464.909

Comprobante de pago de rentas 95.755 559.703

Diferencia 89.618 94.794

Fuente: Institución Educativa

Recaudo vigencia 2011

Los descuentos efectuados en la vigencia 2011 en la relación de la contratación de la IE Cartagena, ascendieron a $185.373, mientras que lo cancelado mediante comprobantes de pago ascienden $95.755 existiendo una diferencia de $89.618. (Presunto Hallazgo Administrativo con incidencia Fiscal N° 11). Recaudo vigencia 2012

En el año 2012, la relación de los descuentos efectuados a los contratos aparece por valor de $464.909, mientras que los comprobantes de pago anexos al oficio enviado a esta Entidad, ascienden a la suma de $559.703, cifra superior a los descuentos en cuantía de $94.794. (Presunto Hallazgo Administrativo con incidencia Fiscal N° 11).

Como observación general, se observa que los descuentos se hacen a los contratos en actas parciales, lo que muestra valores inferiores a la base mínima de descuento. Así mismo se evidencian diferencias significativas en cuanto a lo descontado y lo consignado en la Secretaría de Hacienda.

2.1.8.7 I.E. Cristo Rey

Mediante oficio de Septiembre 19, recibido el 24 en esta Entidad, la Institución Educativa Cristo Rey, envió la relación del recaudo de la Estampilla Pro-cultura y los recibos de comprobantes de pago a la Tesorería Municipal para las vigencias 2011 y 2012, como se observa a continuación: Cuadro N° 20. Descuentos Estampilla Pro-cultura

INSTITUCIÓN EDUCATIVA ESTAMPILLA

2011 ESTAMPILLA

2012 TOTAL

Descuentos según contratos 210.629 204.716 415.345

Comprobante de pago de rentas 210.629 204.716 415.345

Diferencia - 0- -0-

Fuente: Institución Educativa

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Recaudo vigencia 2011 La relación de los descuentos de los contratos en la vigencia 2011, ascendió a $210.629 y lo consignado a la Tesorería Municipal fue por el mismo valor, así mismo. Recaudo vigencia 2012 De acuerdo a la revisión efectuada a los soportes de la vigencia 2012, se evidencia que lo descontado frente a lo cancelado en la tesorería presenta coherencia, siendo un valor total de $204.716. 2.1.8.8 I.E. Hogar Nazareth Mediante oficio de Julio 9 de 2013, la Institución Educativa, envió la relación del recaudo de la Estampilla Pro-cultura para las vigencias 2011 y 2012, como se observa a continuación: Cuadro N° 21. Descuentos Estampilla Pro-cultura

INSTITUCIÓN EDUCATIVA ESTAMPILLA

2011 ESTAMPILLA

2012 TOTAL

Descuentos según contratos 51.000 45.800 96.800

Comprobante de pago de rentas 51.000 45.800 96.800

Diferencia -0- -0-

Fuente: Institución Educativa

Los reportes efectuados por la Institución Educativa presentan coherencia en lo descontado y lo reportado por Estampilla Pro-cultura a la Tesorería Municipal para las vigencias 2011 y 2012. 2.1.8.9 I.E. Manuel Elkin Patarroyo Con el oficio de Agosto 13 de 2013, la Institución Educativa, envió la relación del recaudo de la Estampilla Pro-cultura de las vigencias 2011 y 2012, con los recibos de comprobantes de pago a la Tesorería Municipal como se observa a continuación: Cuadro N° 22. Descuentos Estampilla Pro-cultura

INSTITUCIÓN EDUCATIVA ESTAMPILLA

2011 ESTAMPILLA

2012 TOTAL

Descuentos según contratos 453.629 734.859 1.188.488

Comprobante de pago de rentas 451.604 738.859 1.190.463

Diferencia 2.025 4.000 1.975

Fuente: Institución Educativa

Recaudo vigencia 2011 En la vigencia 2011 se realizó descuentos a los contratos celebrados durante el año en cuantía de 453.629, y lo consignado a la Tesorería Municipal fue por $451.604, lo que significa una diferencia de $2.025, dejados de consignar en el mes de Junio. Igualmente se observa en la relación de los contratos, que a tres (3) se les efectuó descuento, los cuales tienen un valor de contrato inferior a la base legal de descuento ($1.071.200), la cifra descontada a los contratos ascendió a $14.164, lo que muestra un desconocimiento de lo establecido en el Decreto 205 de 2006.

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Recaudo vigencia 2012 Para la vigencia 2012, la Institución Educativa Manuel Elkin Patarroyo, reportó unos descuentos a los contratos por valor de $734.859, y los comprobantes de pago a la Tesorería fueron por una cuantía de $738.859. Existe una diferencia por valor de $4.000 dejados de consignar al fisco municipal en el mes de Mayo. (Hallazgo Administrativo N° 12) 2.1.8.10 I.E. Bosques de la Acuarela Con el oficio de Agosto 13 de 2013, la Institución Educativa, envió la relación del recaudo de la Estampilla Pro-cultura de las vigencias 2011 y 2012, con los recibos de comprobantes de pago a la Tesorería Municipal como se observa a continuación: Cuadro N° 23. Descuentos Estampilla Pro-cultura

INSTITUCIÓN EDUCATIVA ESTAMPILLA

2011 ESTAMPILLA

2012 TOTAL

Descuentos según contratos 291.404 454.028 745.432

Comprobante de pago de rentas 312.196 436.110 748.306

Diferencia 20.792 17.918

Fuente: Institución Educativa

Recaudo vigencia 2011 Respecto de la vigencia 2011, se evidencia en la relación de contratos con los respectivos descuentos un valor por estampilla Pro-cultura por valor de $291.404, mientras que la relación de los impuestos cancelados al Municipio por concepto de estampillas fue por valor de $312.196 para Pro-cultura. Lo que evidencia una diferencia de $20.792. Así mismo, se observa en la relación de la contratación con los descuentos que se aplica el porcentaje de Estampilla Pro-cultura a los contratos que están por debajo de los dos salarios mínimos, es decir, se da una mala aplicabilidad e interpretación de la norma. Recaudo vigencia 2012 Para el año 2012, los descuentos a la contratación ascendieron a $454.028, de los cuales se detalla igual que en la vigencia 2011, que se aplicó el porcentaje de la Estampilla inclusive a los contratos por debajo de los dos salarios mínimos como lo establece el Decreto 205 de 2006. La relación de lo pagado a la Tesorería Municipal fue por valor de $436.110, reflejando una diferencia frente a lo descontado a los contratos en cuantía de $17.918. (Presunto Hallazgo Administrativo N° 13) 2.1.8.11 I.E. Agustín Nieto Caballero Mediante oficio de fecha Agosto 22 de 2013, la Institución Educativa, envió la relación del recaudo de la Estampilla Pro-cultura de las vigencias 2011 y 2012, con los recibos de comprobantes de pago a la Tesorería Municipal como se observa a continuación: Cuadro N° 24. Descuentos Estampilla Pro-cultura

INSTITUCIÓN EDUCATIVA ESTAMPILLA

2011 ESTAMPILLA

2012 TOTAL

Descuentos según contratos 204.476 315.607 520.083

Comprobante de pago de rentas 204.475 315.607 520.092

Diferencia 1 -0-

Fuente: Institución Educativa

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Para la vigencia 2011 y 2012 los descuentos de la contratación por concepto de estampilla Pro-cultura, fueron coherentes con el reporte de lo cancelado a la Tesorería Municipal en el reporte de los valores. 2.1.8.12 I.E. María Auxiliadora La Institución Educativa envió relación de los contratos con los respectivos descuentos de la Estampilla Pro-cultura para los años 2011 y 2012, con los recibos de comprobantes de pago a la Tesorería Municipal como se observa a continuación: Cuadro N° 25. Descuentos Estampilla Pro-cultura

INSTITUCIÓN EDUCATIVA ESTAMPILLA

2011 ESTAMPILLA

2012 TOTAL

Descuentos según contratos 93.206 325.218 588.241

Comprobante de pago de rentas 164.320 423.921 588.341

Diferencia 71.114 98.703

Fuente: Institución Educativa

Recaudo vigencia 2011 En la vigencia 2011, los descuentos efectuados a los contratos corresponden a un total de $93.206, mientras que el comprobante de pago reporta un valor de $164.320. Recaudo vigencia 2012 En la vigencia 2012, la IE María Auxiliadora, presentó una diferencia de $98.703, de los descuentos efectuados a los contratos, frente a lo pagado en Tesorería, lo que deduce en ambos casos un pago mayor a la Tesorería Municipal. (Presunto Hallazgo Administrativo N° 14). 2.1.8.13 I.E. Nueva Granada Mediante oficio de IENG-094 de Agosto 23 de 2013, la Institución Educativa envió relación de los contratos y con oficio de Agosto 24 envió copias de los respectivos recibos de comprobantes de pago a la Tesorería Municipal de las vigencias 2011 y 2012, como se observa a continuación: Cuadro N° 26. Descuentos Estampilla Pro-cultura

INSTITUCIÓN EDUCATIVA ESTAMPILLA

2011 ESTAMPILLA

2012 TOTAL

Descuentos según contratos 200.891 372.175 576.342

Comprobante de pago de rentas 204.167 372.175 573.066

Diferencia 3.226 -0-

Fuente: Institución Educativa

Recaudo vigencia 2011 En cuanto a la vigencia fiscal 2011, se presento una diferencia de $3.226 entre los descuentos efectuados a los contratos y los comprobantes de pago de rentas, es decir que esta diferencia se pagó de más a la Tesorería Municipal.

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“Gestión Fiscal para un Desarrollo Sostenible”

Informe Final Auditoria Especial a la Estampilla Pro-cultura Municipio de Dosquebradas, Vigencias 2011 – 2012 Página 20

Recaudo vigencia 2012 Para el año 2012, los descuentos efectuados a la contratación fueron coherentes con los recibos de pago de rentas a la Secretaría de Hacienda Municipal. 2.1.8.14 I.E. Pablo Sexto Con el oficio de Agosto 27 de 2013, la Institución Educativa envió relación de los contratos y con oficio de Agosto 24 envió copias de los respectivos recibos de comprobantes de pago a la Tesorería Municipal de las vigencias 2011 y 2012, como se observa a continuación: Cuadro N° 27. Descuentos Estampilla Pro-cultura

INSTITUCIÓN EDUCATIVA ESTAMPILLA

2011 ESTAMPILLA

2012 TOTAL

Descuentos según contratos 465.480 368.485 833.565

Comprobante de pago de rentas 465.479 373.482 838.961

Diferencia 1 4.996

Fuente: Institución Educativa

Recaudo vigencia 2011 En el año 2011, se realizaron descuentos por un valor total de $465.480, en los cuales se descontó un valor de $5.280 de un contrato que está por debajo de los dos salarios mínimos para ese año, sin embargo se evidencia una coherencia entre el reporte de los descuentos y los recibos de pago a la tesorería Municipal. Recaudo vigencia 2012 Para el año 2012, la IE Pablo Sexto, presentó una diferencia por valor de $4.996, ya que los descuentos a la contratación mostraron un menor valor frente a lo cancelado a la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas. Así mismo, se evidencia que se realizó descuentos a dos contratos con cuantías inferiores a los dos salarios mínimos como lo establece la norma. (Presunto Hallazgo Administrativo N° 15). 2.1.8.15 I.E. Enrique Millán Rubio Con oficio de fecha Agosto 27 de 2013, la Institución Educativa informa que hasta diciembre de 2012, pertenecía al fondo de recursos de la Institución Educativa Cartagena. 2.1.8.16 I.E. Santa Juana de Lestonnac Con el oficio de Agosto 27 de 2013, la Institución Educativa envió relación de los contratos con los descuentos, igualmente allegó copias de los respectivos recibos de comprobantes de pago a la Tesorería Municipal de las vigencias 2011 y 2012, como se observa a continuación: Cuadro N° 28. Descuentos Estampilla Pro-cultura

INSTITUCIÓN EDUCATIVA ESTAMPILLA

2011 ESTAMPILLA

2012 TOTAL

Descuentos según contratos 291.124 174.655 465.779

Comprobante de pago de rentas 297.524 195.050 492.574

Diferencia 6.400 20.350

Fuente: Institución Educativa

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“Gestión Fiscal para un Desarrollo Sostenible”

Informe Final Auditoria Especial a la Estampilla Pro-cultura Municipio de Dosquebradas, Vigencias 2011 – 2012 Página 21

Recaudo vigencia 2011 En el año 2011, los descuentos a la contratación sumaron $291.124 y los comprobantes de rentas mostraron un valor de $297.524, es decir que se presenta una diferencia por valor de $6.400. Recaudo vigencia 2012 Para la vigencia 2012, los descuentos en la IE Santa Juana de Lestonac, fueron de $174.655 frente a los pagos efectuados a la Tesorería Municipal que fueron por valor de $195.050, existiendo una diferencia de $20.350. En las dos vigencias se presentaron diferencias que fueron consignaciones al Municipio por encima de los descuentos efectuados a los contratos. (Presunto Hallazgo Administrativo N° 16) 2.1.8.17 I.E. Fabio Vásquez Botero Mediante oficio FVB-111-13 de Agosto 27 de 2013, la Institución Educativa envió relación de los contratos y las copias de los respectivos recibos de comprobantes de pago a la Tesorería Municipal de las vigencias 2011 y 2012, como se observa a continuación: Cuadro N° 29. Descuentos Estampilla Pro-cultura

INSTITUCIÓN EDUCATIVA ESTAMPILLA

2011 ESTAMPILLA

2012 TOTAL

Descuentos según contratos 222.815 463.039

Comprobante de pago de rentas 223.815 496.284

Diferencia 1.000 33.245

Fuente: Institución Educativa

Recaudo vigencia 2011 Los descuentos de estampilla Pro-cultura para el año 2011, presentaron una diferencia mínima, sin embargo existe una coherencia en los reportes de descuentos de los contratos frente a lo cancelado en la Secretaria de Hacienda. Recaudo vigencia 2012 En el año 2012, los descuentos efectuados a los contratos de la IE Fabio Vásquez, fueron por valor de $463.039, revisadas las copias de los recibos de pago efectuados a la Tesorería Municipal, suman $496.284, lo cual arroja una diferencia entre estos dos valores por $33.245, cifra que fue pagada de más en el mes de diciembre de 2012, ya que el valor real era de $104.035 y el valor cancelado al municipio fue por valor de $137.280. (Presunto Hallazgo Administrativo N° 17) Cuadro N° 30. Resumen Estampilla Pro-cultura Instituciones Educativas

N° INSTITUCION EDUCATIVA AÑO 2011 AÑO 2012

1 Empresarial 233.802 537.305

2 Juan Manuel González 141.600 295.624

3 Santa Sofía 544.100 1.665.616

4 Santa Isabel 257.456 585.846

5 Guadalupe 328.140 658.708

6 Cartagena 95.755 559.703

7 Cristo Rey 210.629 204.716

8 Hogar Nazareth 51.000 45.800

9 Manuel Elkin Patarroyo 451.604 738.859

10 Bosques de la Acuarela 312.196 436.110

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Informe Final Auditoria Especial a la Estampilla Pro-cultura Municipio de Dosquebradas, Vigencias 2011 – 2012 Página 22

11 Agustín Nieto Caballero 204.475 315.607

12 María Auxiliadora 164.320 423.921

13 Nueva Granada 204.167 372.175

14 Pablo Sexto 465.479 373.482

15 Enrique Millán Rubio 0 0

16 Santa Juana de Lestonnac 297.524 195.050

17 Fabio Vásquez Botero 223.815 496.284

TOTAL 4.186.062 7.904.806

Fuente: Elaboración propia. Cuadro N° 31. Resumen recaudo Estampilla Pro-cultura

ENTIDAD VALOR EST.

2011 VALOR EST.

2012

Municipio *74.969.795 *151.753.439

Serviciudad ESP 91.018.096 76.047.291

Instituto de Desarrollo Municipal 4.250.152 2.642.998

Cuerpo Oficial de Bomberos 3.742.740 2.334.271

Concejo Municipal 1.819.498 1.847.439

Personería Municipal 460.239 163.787

Dosquebradas Energía y Luz -0- -0-

Instituciones Educativas 4.186.062 7.904.806

180.446.582 242.694.031 * Cálculos efectuados a los valores de la contratación 2011 y 2012 sin las adiciones

Fuente: Reportes de descuentos y comprobantes de pago de las Entidades

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Informe Final Auditoria Especial a la Estampilla Pro-cultura Municipio de Dosquebradas, Vigencias 2011 – 2012 Página 23

2.2 DESTINACIÓN DE LOS RECURSOS – INVERSIÓN 2.2.1 INVERSION EJECUTADA EN LA VIGENCIA 2011 A través de la rendición de la cuenta SIA de la Contraloría Municipal, el Ente Central, rindió el formato_201195_f21_agr relacionado con el Patrimonio Cultural de la vigencia fiscal 2011, en la cual se detalla la inversión con diferentes fuentes de recursos, observando por recursos de Estampilla Pro-cultura, la siguiente inversión: Cuadro N° 32. Inversión con recursos de Estampilla 2011

Rubro Presupuestal

Monto Asignado

2011

Monto Ejecutado

2011 Nombre Del Proyecto

Monto Del

Proyecto Objeto/objetivo Del Proyecto

GESTIÓN DEL PATRIMONIO

CULTURAL 49,033,181 4,100,000

Programas de Fomento y Epoyo

a Eventos Culturales 700,000

APOYO ECONOMICO A LA BANDA

MUSICOMARCIAL DE LA INSTITUCION

EDUCATIVA NUEVA GRANADA. PARA

REPRESENTAR AL MUNICIPIO DE

DOSQUEBRADAS EN EL VII ENCUENTRO

DEPARTAMENTAL DE BANDAS EN APIA

RISARALDA.

GESTIÓN DEL PATRIMONIO

CULTURAL - -

Programas de Fomento y Epoyo

a Eventos Culturales 3,400,000

APOYO ECONOMICO A LA ESCUELA

COMUNITARIA DE ARTE LUNA NUEVA. PARA

REPRESENTAR AL MUNICIPIO DE

DOSQUEBRADAS EN EL VI CONCURSO

NACIONAL DE DANZAS FOLCLORICAS

COLOMBIANAS `PIEDRAS DEL SOL` EN CUCAITA

BOYACA.

GESTIÓN DEL PATRIMONIO

CULTURAL 42,600,000 25,000,000

Programas de Fomento y Epoyo

a Eventos Culturales 25,000,000

ADICION EN TIEMPO Y VALOR DEL CONTRATO

DE SUMINISTRO N ro. 068 DEL 08 DE MARZO DE

2010 SUSCRITO ENTRE EL MUNICIPIO DE

DOSQUEBRADAS Y LA EMPRESA DE SERVICIOS

TEMPORALES CONTRAIN S.A.S.

SEGURIDAD SOCIAL DE

CREADORES Y GESTORES

CULTURALES

25,000,000 - SEGURIDAD SOCIAL DEL

CREADOR ARTISTICO0

NO

GESTIÓN DEL PATRIMONIO

CULTURAL 1,000 -

Construcci.Reparac. y

Mantenim.de Escena0

NO

FORTALECIMIENTO DE

BIBLIOTECAS PÚBLICAS Y

MIXTAS

10,000,000 - Mantenimiento y Dotación de

bibliotecas0

NO

FORTALECIMIENTO DE

BIBLIOTECAS PÚBLICAS Y

MIXTAS

10,065,138 - Dotacion de Escenarios

Culturales0

NO

TOTALES 136,699,319 29,100,000 58,200,000 Fuente: formato_201195_f21_agr

Analizando los recursos objeto de la presente auditoría, se evidencia que por inversión de Estampilla Pro-cultura para la vigencia 2011, se invirtió realmente $4.100.000 en el apoyo económico que se realizó a la banda musical de la Institución Educativa Nueva Granada. Igualmente, se observa que de los recursos de Estampilla se destinaron $25.000.000 para adicionar el Contrato de Suministro 068 de marzo 08 de 2010 suscrito entre el Municipio y Contrain S.A.S (Suministro y administración de personal profesional técnico y operativo para el desarrollo de las actividades de las diferentes Secretarías del Municipio de Dosquebradas), situación que presume una desviación de recursos teniendo en cuenta que el Decreto 205 de 2006, es claro en la definición de la destinación de los recursos recaudados por concepto de Estampilla Pro-cultura. Para el año 2011, el Municipio reportó un recaudo de $210.727.739, de los cuales sólo se realizó inversión por valor de $29.100.000, dejando de invertir un saldo de $181.627.739, sin embargo, se evidencia que para la vigencia 2012, se incorporaron recursos de superávit de Estampilla Pro-cultura por valor de $272.002.927, situación incongruente si se tiene en cuenta que lo recaudado no supera la cifra incorporada como superávit fiscal. (Presunto Hallazgo Administrativo con incidencia Fiscal y Penal N° 18)

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“Gestión Fiscal para un Desarrollo Sostenible”

Informe Final Auditoria Especial a la Estampilla Pro-cultura Municipio de Dosquebradas, Vigencias 2011 – 2012 Página 24

2.2.2 INVERSION EJECUTADA EN LA VIGENCIA 2012 Para la vigencia fiscal 2012, el Municipio de Dosquebradas, rindió el formato_201213_f21_agr relacionado con el Patrimonio Cultural, en la cual se observa la siguiente inversión: Cuadro N° 33. Inversión con recursos de Estampilla 2012

Rubro

Presupuestal

Monto Asignado

2012

Monto

Ejecutado 2012

Nombre Del

Proyecto

Monto Del

ProyectoObjeto/objetivo Del Proyecto

gestión del

patrimonio cultural 49,033,181 42,856,412 nd 700,000

RESOLUCION Nro 704 DE AGOSTO 04 2011 POR LA CUAL

SE AUTORIZA EL APOYO ECONOMICO A LA BANDA

MUSICOMARCIAL DE LA INSTITUCION EDUCATIVA

NUEVA GRANADA A TRAVES DEL SEÑOR JOHMIER

ANDRES VELEZ PARA REPRESENTAR AL MUNICIPIO DE

DOSQUEBRADAS EN EL VII ENCUENTRO

gestión del

patrimonio cultural 67,600,000 17,600,000 nd 5,200,000

REPRESENTANTE LEGAL DEL ESTABLECIMIENTO

SADETUR COM SALUD DEPORTE Y TURISMO SIN NIT

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO Nro 365 2011

APOYO INTEGRAL Y LOGISTICO PARA 15 EVENTOS

MASIVOS ARTISTICOS O CULTURALES EN DESARROLLO

DE LA AGENDA PROPIA DE

gestión del

patrimonio cultural 20,066,138 - nd 3,040,000

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS Nro 388 2011

FESTIVAL CULTURAL Y ARTISTICO BARRIO LOS NARANJOS

MI MUNDO ES MI BARRIO MUNICIPIO DE

DOSQUEBRADAS

gestión del

patrimonio cultural 49,033,181 42,856,412 nd 22,764,000

REPRESENTANTE LEGAL DEL ESTABLECIMIENTO LEDS

PUBLICIDAD DIGITAL SIN NIT CONTRATO DE PRESTACION

DE SERVICIOS Nro 366 2011 EJECUCION DE 10 TOMAS

CULTURALES Y ARTISTICAS MASIVAS EN LAS DIFERENTES

COMUNAS DEL MUNICIPIO DE DOSQUEBRADAS

SECTORES URBAN

gestión del

patrimonio cultural 67,600,000 17,600,000 nd 17,270,320

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS Nro 397 2011

REALIZACION DE 126 OBRAS DE TITERES EN LAS

INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEL MUNICIPIO DE

DOSQUEBRADAS CON UN PROGRAMA LLAMADO

TITERETEANDO ANDO PARA EMITIR UN MENSAJE

DIRECTO DE CONVIVIENCIA FAMILIA

gestión del

patrimonio cultural 20,066,138 - nd 12,500,000

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS Nro 454 2011

APORTE Y MANEJO DE LA LOGISTICA PARA EL

DESARROLLO Y DE LAS ACTIVIDADES CULTURALES Y

ARTISTICAS EN EL MARCO DE LAS FIESTAS ANIVERSARIAS

DEL MUNICIPIO DE DOSQUEBRADAS 39 AÑOS 1972-2011

TOTAL 273,398,638 120,912,824 - 61,474,320 Fuente: formato_201213_f21_agr

La Ley 1185 de 2008, en su artículo 1° define el patrimonio cultural de la nación de la siguiente manera: El patrimonio cultural de la nación está constituido por todos los

bienes materiales, las manifestaciones inmateriales, los productos y las representaciones de la cultura que son expresión de la nacionalidad colombiana, tales como la lengua castellana, las lenguas y dialectos de las comunidades indígenas, negras y creoles, la tradición, el conocimiento ancestral, el paisaje cultural, las costumbres y los hábitos, así como los bienes materiales de naturaleza mueble e inmueble a los que se les atribuye, entre otros, especial interés histórico, artístico, científico, estético o simbólico en ámbitos como el plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico o an-tropológico. (Ley 1185 de 2008, artículo 1°, que modifica el artículo 4° de la Ley 397 de 1997).

Es entonces indispensable desarrollar instrumentos de gestión para fortalecer estas acciones, que constituyen la base para el reconocimiento y apropiación del patrimonio cultural por parte de la sociedad. Un espacio importante debe ocupar el fortalecimiento de las tecnologías de información como apoyo a los programas y procesos que se desarrollan en torno al patrimonio cultural, que se realiza a través de un Sistema de Información de Patrimonio y Artes (Sipa). Así mismo, esta línea de acción, en relación estrecha con los centros de investigación, las universidades y los profesionales vinculados con el patrimonio cultural, promueve la investigación histórica, estética y técnica, con el fin de incrementar el conocimiento necesario para gestionar y salvaguardar dicho patrimonio.

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“Gestión Fiscal para un Desarrollo Sostenible”

Informe Final Auditoria Especial a la Estampilla Pro-cultura Municipio de Dosquebradas, Vigencias 2011 – 2012 Página 25

Menciona la Política para la Gestión del Patrimonio Cultural que el conocimiento y valoración del patrimonio cultural, comprende, entre otros, planes de trabajo encaminados hacia la realización de inventarios, identificación de patrimonio cultural y estudios acerca del patrimonio cultural de la nación. Formación y divulgación del patrimonio cultural: realización de propuestas creativas que busquen formar ciudadanos conscientes de la importancia que representa su patrimonio. Conservación, protección, recuperación y sostenibilidad del patrimonio: propuestas encaminadas a la protección, conservación y disfrute del patrimonio. La Ley es clara en definir la realización de programas que den continuidad a la protección y salvaguarda del patrimonio cultural en Colombia, que debe realizarse e iniciarse desde los territorios, orientando a las comunidades en la conservación y valoración del Patrimonio Cultural. En este sentido, se evidencia que las actividades planeadas y ejecutadas a través del presupuesto recaudado por Estampilla Pro-cultura en la vigencia fiscal 2012, no son coherentes con la “Política para la Gestión, Protección y Salvaguarda del Patrimonio Cultural” del Ministerio de Cultura, toda vez que no conservan continuidad y no están dirigidas a la búsqueda de la identificación cultural municipal. Para el año 2012, se tenía un presupuesto para invertir por un valor total de $482.628.453 de los cuales se invirtió $120.912.824, situación que deberá ser aclarada a esta entidad, teniendo en cuenta que $272.002.927 corresponden a recursos ingresados por superávit de la vigencia 2011, es decir, que para el año 2012 tampoco se alcanzó a invertir recursos de vigencias anteriores. (Hallazgo Administrativo con incidencia Disciplinaria y Penal N° 19) 2.2.3 COMPARATIVO INGRESOS – GASTOS Cuadro N° 34. Ingresos y Gastos Estampilla Pro-cultura

PERIODO VALOR RECAUDO VALOR

EJECUTADO DIFERENCIA

2011 210.727.739 29.100.000 150.271.327

2012 482.628.453 120.912.824 146.682.376 TOTALES 693.356.192 396.402.489 296.953.703

Fuente: Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas (papel de trabajo 1)

A través de la información recolectada en el proceso auditor, se evidenciaron grandes diferencias en los datos suministrados por el Ente Central, ya que en el formato de rendición de cuentas SIA, indicaron unos valores inferiores a la información suministrada presupuestalmente como se observa a continuación: Cuadro N° 35. Gastos con recursos Estampilla Pro-cultura vigencias 2001 y 2012

DESCRIPCIÓN AÑO 2011 AÑO 2012

Dirección Financiera 60.456.412 335.946.077

Formato f21_agr 29.100.000 120.912.824

DIFERENCIA 31.356.412 215.033.253

Fuente: Secretaría de Hacienda – Dirección Financiera

Teniendo en cuenta la incongruencia de la información rendida y suministrada al proceso auditor, se observan diferencias que no permiten la realización de un proceso auditor exacto en la valoración de las cantidades. (Hallazgo Administrativo N° 20)

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RECAUDO VS INVERSIÓN VIGENCIA 2011 - 2012

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2.3 SEGUIMIENTO PLAN DE MEJORAMIENTO

Este ente de Control Fiscal, realizó auditoría Especial en el año 2011, a los recursos de inversión de la Estampilla Pro-cultura en la vigencia 2010, la cual dio como resultado la suscripción al Plan de Mejoramiento suscrito el 12 de enero de 2012 por la Secretaría de Educación, Cultura, Deporte y Recreación del Municipio,

2.3.1 HALLAZGO ADMINISTRATIVO 5.4 “Toda vez que según se informó no se han beneficiado gestores culturales con los recursos del 10% para la seguridad social, por las razones argumentadas en la observación 4.6; situación que amerita una definición con los entes involucrados Ministerio de Cultura y con la participación del Concejo de Cultura con el fin definir la situación de estos recursos.”

El avance del Plan de Mejoramiento de esta línea, muestra una ejecución del 100%, frente a la acción correctiva: “Oficiar al Ministerio de Cultura, indicando los motivos por los cuales la entidad territorial, no ha dado cumplimiento al pago de la seguridad social de los Gestores Culturales con recursos de destinación especifica, dado a que los requisitos exigidos, no son cumplidos ni aceptados por los interesados.”

Respecto al presente hallazgo administrativo, se hace el siguiente planteamiento respecto a los recursos del 10% para la seguridad social de los gestores culturales: Teniendo en cuenta que el Gobierno Nacional, a través de la Ley 1438 de 2011 o Ley de Salud y, conforme a los Principios del Sistema General de Seguridad Social en Salud de la citada Ley, cubre a todos los residentes del país en todas las etapas de la vida. Bajo el amparo de esta Ley, el Gobierno Nacional, deroga el Decreto 2283 de 2010, toda vez que el beneficio para los creadores y gestores culturales será entregado por el Ministerio de Salud y Protección Social. Sin embargo, se planteó el Proyecto de Ley 087 de 2011, que pretendió mejorar la calidad de vida de los artistas y gestores culturales, proyecto que fue archivado. Así las cosas, el Municipio deberá estar atento a las directrices del Ministerio de Cultura en cuanto a este tema se refiere.

2.3.2 HALLAZGO ADMINISTRATIVO 5.5 “No se observa que las políticas de apoyo al gestor cultural que fueron asumidas en el Plan de Cultura se encuentren implementadas, no se ha efectuado convenio alguno con universidades para la capacitación profesional de los gestores culturales, con el fin de optimizar recursos; así como una política clara en materia de apoyo a los gestores para su participación en diferentes eventos y la prioridad de los mismos.”

Acción correctiva: “Circularizar al Secretario de Planeación, para que dentro del nuevo Plan de Desarrollo, en lo que corresponda a Cultura, se tenga en cuenta la formación y capacitación para los Gestores Culturales del municipio.”

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Mediante el Acuerdo 005 de mayo de mayo 25 de 2012, se adopta el Plan de Desarrollo “Dosquebradas empresa de Todos”, para el período constitucional 2012 – 2015, en él se estableció:

A pesar de que en el Plan de Desarrollo quedara incluido el programa para la cultura, se ha evidenciado poca inversión en la “Apuesta Cultural para Todos”, toda vez que para la vigencia 2013, aun se desconoce la creación del Consejo Municipal de Cultura. 2.3.3 HALLAZGO ADMINISTRATIVO 5.7 “Por la omisión en la participación de los diferentes sectores culturales, representados en el Consejo de Cultura así como en las políticas de gasto de los recursos de cultura, lo anterior amerita un plan de mejoramiento.”

Acción Correctiva: “Se elegirá el nuevo Consejo de Cultura y se les pondrá a consideración el Plan de Cultura realizado, para que los diferentes representantes realicen los cambios pertinentes guardando los parámetros que se establezcan en el Plan de Desarrollo 2012-2015 adoptado por la nueva administración municipal.”

El Informe de Avance del Plan de Mejoramiento a Junio de 2012, muestra un porcentaje total del 66,66%, situación incongruente si se tiene en cuenta que no se ha creado el Consejo Municipal de Cultura, así quedo demostrado en el avance, igualmente son tres vigencias (2010 – 2011 – 2012) que no se ha dado cumplimiento a lo establecido por lo tanto se establece un presunto hallazgo Sancionatorio (Hallazgo Sancionatorio N° 21)

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3. RELACION DE PRESUNTOS HALLAZGOS

MUNICIPIO

INFORME PRELIMINAR CONTRADICCIÓN INFORME FINAL

3.1 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO, FISCAL Y DISCIPLINARIO Teniendo en cuenta que el cálculo de la estampilla a cada contrato del Municipio, arrojó un resultado de $74.969.795 (cifra que no incluyó la adición a los contratos), sumado con el valor del reporte de estampilla de cada entidad por valor total de $105.476.787, da un valor total de $180.446.582, mientras que el reporte del recaudo para la vigencia 2011 fue de $161.558.364, lo que significa una diferencia de $18.888.218.

CONTRADICCIÓN Mediante Oficio SHFP-039-2014 de febrero 11 de 2014, se dio respuesta en derecho de contradicción al informe preliminar de la Auditoría Especial a la Estampilla Pro-cultura de las vigencias 2011 y 2012. HALLAZGO 3.1 De acuerdo a lo señalado en este ítem, se hace necesario aclarar que el descuento realizado por el Municipio a la contratación por concepto de estampilla Procultura, no se le efectúa a los Convenios Interadministrativos, y Estatales como: ESE HOSPITAL SANTA MONICA Por servicios de salud a la Comunidad SERVICIUDAD Por concepto de aplicación de subsidios, Servicios de Agua Potable Convenios con Institutos Penitenciarios Compra de Bienes Inmuebles, entre otros. Se adjunta en un folio muestra aleatoria de relación de contratos de la vigencia 2011 a los cuales NO se les debe efectuar ningún tipo de descuento, razón por la cual se solicita evaluar el valor reportado por 74.969.7950. Cabe resaltar que en el ingreso de la vigencia 2011 por valor de $161.558.364 incluye los descuentos efectuados por el municipio a los contratos y pagos de los entes descentralizados por este concepto; valores que deben ser tenidos en cuenta al momento de cruzarlos con el consolidado de la contratación reportado en el SIA, verificando, si este contiene entes descentralizados que ya estén incluidos en el valor antes mencionado.

RP/TA DERECHO DE CONTRADICCION Teniendo en cuenta que la revisión de la relación de la contratación consolidada de la fuente de información SIA, presentó igualmente la celebración de convenios interinstitucionales, como lo indica el derecho de contradicción, no es procedente efectuar descuento relacionado con la Estampilla Pro-cultura, como lo establece la norma. De acuerdo con lo anterior, se analizó lo indicado en el derecho de contradicción con los respectivos soportes, frente a lo indicado en el informe preliminar, concluyendo que existe un desorden administrativo en el manejo del recaudo del impuesto bajo análisis, situación que deberá ser suscrita para tomar las acciones correctivas, mediante la suscripción del respectivo Plan de Mejoramiento de conformidad con lo establecido en el Título VI de la Resolución 105 de diciembre 27 de 2013. En cuanto al presunto hallazgo fiscal y disciplinario, quedan desestimados, conforme a los aportes documentales y argumentos expuesto por la entidad auditada.

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MUNICIPIO INFORME PRELIMINAR CONTRADICCIÓN INFORME FINAL

3.2 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO, FISCAL Y DISCIPLINARIO El reporte que entregó la Dirección financiera del Municipio, por concepto de Estampilla Pro-cultura para el año 2012 fue de $272.002.927 de superávit fiscal y por recaudo de estampilla $210.625.526. Así mismo, se realizó el cálculo de la estampilla al consolidado de la contratación reportado en el SIA a esta Entidad, dando un valor aproximado de $151.753.439, cifra que sumada al valor total del reportado por estampilla de todas las entidades por valor de $105.476.787, da como resultado un total de $257.230.226, reflejando una diferencia por valor de $46.604.700 respecto al recaudo reportado por la Secretaría de Hacienda.

HALLAZGO 3.2 De acuerdo a lo señalado en este ítem, igual que en el año 2011 se hace necesario aclarar que el descuento realizado por el Municipio a la contratación por concepto de estampilla Procultura, no se le efectúa a los Convenios Interadministrativos, como también a contratos de Comodato que no implican desembolsos, por lo tanto no se aplica el descuento de de estampilla como por ejemplo:

ESE HOSPITAL SANTA MONICA Por Convenio interadministrativo Salud para brindar en forma eficiente y oportuna la población pobre sin seguridad Social CRUZ ROJA Convenios de asociación n gestión del riesgo AREA METROPOLITANA Convenios interadministrativo LIBERTY SEGUROS Adquisición de Pólizas de seguros que amparen los bienes inmuebles COMITÉ DE CAFETEROS CONTRATOS DE COMODATOS COMPRA DE BIENES INMUEBLES CONVENIOS CON INSTITUCIONES PENITENCIARIAS CONVENIO FONADE CONVENIOS CON LA CAMARA DE COMERCIO SERVICIUDAD Convenios interadministrativos Para Agua Potable y Saneamiento Básico y lo referente a subsidios entre otros.

Se adjunta en 3 folios muestra aleatoria de relación de contratos de la vigencia 2012 a los cuales NO se les debe efectuar ningún tipo de descuento, razón por la cual se solicita evaluar el valor reportado por 151.753.439.

Cabe resaltar que en el ingreso de la vigencia 2012 por valor de $210.625.526 incluye los descuentos efectuados por el municipio a los contratos y pagos de los entes descentralizados por este concepto; valores que deben ser tenidos en cuenta al momento de cruzarlos con el consolidado de la contratación reportado en el SIA, verificando, si este contiene entes descentralizados que ya estén incluidos en el valor antes mencionado.

NOTA: Se evidencia que el valor $105.476.787 está relacionado en el Hallazgo 3.1 como referente a la vigencia 2011, y en el hallazgo 3.2 como referente a la vigencia 2012, el cual nos confunde al momento de realizar el análisis respectivo.

RESPUESTA DERECHO DE CONTRADICCIÓN El presunto hallazgo fiscal y disciplinario se desestima teniendo en cuenta que no fue posible efectuar un seguimiento detallado a cada uno de los contratos celebrados por la administración frente al descuento y pago del impuesto de Estampilla Pro-cultura, así mismo, la complejidad en el detalle de los pagos no está bien definido, ya que existen diferentes procesos en la forma de recaudar el impuesto, una radica en que la gran mayoría de contratistas pagan el impuesto a través de las actas parciales, otros lo hacen de forma puntual en un solo pago mediante comprobante de pago de impuestos en la tesorería, que en muchas ocasiones engloban este valor con otros impuestos municipales, por lo que la identificación de los mismos se hace imposible. En este sentido, queda en firme el hallazgo administrativo, ya que la Secretaría de Hacienda y finanzas públicas, deberá implementar las acciones necesarias para identificar cada uno de los impuestos para definir de manera puntual su recaudo y de esta manera direccionar la inversión para la cual fueron creados. Plan de Mejoramiento.

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SERVICIUDAD

INFORME PRELIMINAR CONTRADICCIÓN INFORME FINAL

3.3 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO Y DISCIPLINARIO

La Empresa Serviciudad, presentó en la vigencia 2011 y 2012, notas débito y ajustes, lo que trae como consecuencia que la entidad pierda ingresos, teniendo en cuenta que las correcciones, ajustes y devoluciones de estampilla a los contratistas deben ser asumidas por la entidad, teniendo en cuenta que los valores, se giran al Municipio, mientras que lo descontado por encima del valor real ha sido consignado a la tesorería Municipal.

Oficio 572 de enero 4 de 2014, recibido el 05 de febrero de 2014. HALLAZGO ADMINISTRATIVO Y DISCIPLINARIO Se precisa hacer un análisis de los años auditados, para verificar el comportamiento respecto al anejo de las estampillas cuyo recaudo conforme a la auditoría correspondió recaudarlas a Serviciudad ESP. AÑO GRAVABLE 2011: “La información se obtuvo a través del libro auxiliar de la Estampilla Pro-cultura, suministrado por el área de tesorería, observando que para la vigencia 2011, la empresa SERVICIUDAD ESP, realizó un total de 6 ajustes por valor de $155.544, correspondientes a $67.688 notas crédito, lo que evidencia una mala aplicabilidad del impuesto, en los contratos objeto de la estampilla”: AÑO GRAVABLE 2012: En el año 2012, de acuerdo a la relación del auxiliar, se evidenció que por notas débito se realizó ajustes en cuantías de $296.799 y ajustes crédito por valor de $79.429 para un total de ajustes de estampilla Pro-cultura en el año 2012 por valor de $376.228 Según los hallazgos indicados se realizaron notas débito, durante el año 2011 por $67.688 y en el año 2012 por $296.799: Año 2011: CO 242/2011, Valor del contrato $ 89.500.813, valor antes de IVA $77.155.873, el valor de la estampilla pro-cultura debía ser $385.779 y se le retuvo $447.504, se tomó la base con IVA al hacer el cálculo de la estampilla, y las normas tributarias indican que no se grava un impuesto sobre otro impuesto, razón por la cual debía tomarse el valor antes de IVA, los $61.725 retenidos de más fueron devueltos al contratista. Esto no amerita un menor valor del ingreso para el Municipio, ese excedente no nos corresponde, es el dinero del contratista. ANEXO 1. La nota de ajuste por $5.953, corresponde al CO 124/10

RESPUESTA A LA CONTRADICCIÓN Como primera medida se aclara sobre las afirmaciones hechas por esta entidad en cuanto a: “Las notas créditos relacionadas en la hallazgo sancionatorio…” los hallazgos endilgados a Serviciudad ESP son del tipo Administrativo y Disciplinario, en ninguna parte se menciona un presunto Hallazgo Sancionatorio, se invita a la realización de una lectura juiciosa frente a los informes emitidos por esta Contraloría, para dar una respuesta seria a los procesos de auditoría.

Como segundo punto se evidencia una clara discriminación de las notas débito y notas crédito frente a los descuentos efectuados a los contratistas en la vigencia 2011 y 2012, ya que efectivamente no se debe aplicar la estampilla pro-cultura sobre otro impuesto.

Es de aclarar que no hubo ninguna confusión por parte de la auditora, puesto que los soportes entregados no reflejaron claridad en la descripción o detalle de los ajustes, ya que se confió en la veracidad de la información suministrada por esa Entidad.

Ahora bien, frente al presunto hallazgo Disciplinario queda desestimado por cuanto se entregaron los soportes pertinentes y suficientes, sin embargo la Entidad deberá suscribir el respectivo Plan de Mejoramiento en el que se indiquen las acciones de mejora para evitar el descuento de un impuesto sobre otro.

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INFORME PRELIMINAR CONTRADICCIÓN INFORME FINAL

Año 2012:

$68.451, estampilla pro-cultura descontada doble en el CO 279/11, se descontó en la OP 1494 del 20/12/11 y nuevamente en la OP 151 del 29/02/5012, se reverso el mayor valor cobrado con la NC 40, ANEXO 2.

$104.670, estampilla pro-cultura descontada doble en el CO 226 de 2011 dos veces, con la OP 925 de 05/08/2011 y la OP 150 del 28/02/2012, ser reverso asiento con la NC 42/2011. ANEXO 3

$88.419, estampilla pro-cultura descontada doble en el CO 086/12, valor contrato $ 20.513.187, valor antes de IVA $17.683.782, se le descontó la estampilla en la OP 353 del 04/05/2012 y la OP 526 del 22/06/2012, se reverso asiento con la NC 270 del 18/07/2012. ANEXO 4

$ 8.937, $ 7.947 Y $7.813, estampilla pro-cultura del CO 012/12, valor del contrato $14.625.280, valor antes de IVA $12.608.000, se le descontó en la PO 246 del 30/03/2012 los $63.040 valor total del impuesto y nuevamente en la OP 787 se le descontó $ 24.696, esto últimos se reversaron con la nota 497 del 30/11/2012. ANEXO 5.

$ 2.633, mayor valor retenido de estampilla pro-cultura, corresponde al CO 85/12 por $85.453.781 y antes de IVA $84.927.101, se retuvieron $427.268 y era $424.635 se le devolvió el mayor valor cancelado. ANAEXO 6.

$7.931, mayor valor retenido de estampilla pro-cultura, corresponde al CO 199/12 POR $11.500.000, valor antes de IVA $9.913.793 con una estampilla de $49.569 y se le descontaron $57.500, razón por la cual se le devolvieron 7.931, inicialmente se tomó el valor del contrato sin descontar el IVA. ANEXO 7

Las normas locales regulan lo relacionado con la estampilla pro-cultura, en la entidad territorial, determinando los %, las bases y los sujetos activos y pasivos, pero la normatividad local del Municipio de Dosquebradas no tiene determinado los procedimientos para los pagos realizados en exceso. La regulación de los mecanismos

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de recaudo forma parte de las facultades de la administración de los impuestos que corresponde a la respectiva entidad territorial en relación con los mismos, facultad que encuentra su marco legal en el ESTATUTO TRIBUTARIO NACIONAL, conforme lo ordena el Art.59 de la Ley 788 de 2002, que dice: “Artículo 59: Procedimiento tributario territorial. Los departamentos y municipios aplicarán los procedimientos establecidos en el Estatuto Tributario Nacional, para la administración determinación, discusión, cobro, devoluciones, régimen sancionatorio incluido su imposición, a los impuestos por ellos administrados. Así mismo aplicarán el procedimiento administrativo de cobro de multas, derechos y demás recursos territoriales. El monto de las sanciones y el término de aplicación de los procedimientos anteriores, podrán disminuirse y simplificarse acorde con la naturaleza de sus tributos y teniendo en cuenta la proporcionalidad de estas respecto del monto de los impuestos”.

Las notas débito realizadas por SERVICIUDAD ESP, se hicieron con el fin de devolver a los contratistas los mayores valores retenidos, se recurrió al Estatuto tributario porque, como se explicó en los párrafos anteriores el Código de rentas del Municipio no tienen reglamentado el procedimiento para estos casos y aplicando la Ley mencionada y el inciso primero del Artículo 6° del Decreto 1189 de 1988 que indica que el agente retenedor reintegrará los valores pagados en exceso “…Cuando a ello hubiere lugar”, se hicieron los respectivos reintegros a los contratistas.

Con relación a las notas de ajuste por el crédito de la cuenta, corresponde a causaciones de la estampilla, dineros que fueron enviados a las cuentas del Municipio:

Créditos del año 2011, según informe por $87.856, pero según nuestros auxiliares $ 97.555:

$ 85.896, causación de estampilla del CO 037/11 a nombre de Wilfort Fernando Sarto A. ANEXO 10

La nota 385 por $4.534 del Co 127/10 valor del contrato $8.352.000, antes de IVA $7.200.000 a nombre de Néstor Bravo SA para un total de estampilla pro-cultura de $36.000, valor que corresponde al enviado a las cuentas del Municipio. ANEXO 8

La nota 386 por $7.125 del CO 40/10 a nombra de TABARES CASTAÑO OSCAR JAIRO, valor del contrato $33.214.151 al que correspondía la estampilla pro-cultura por $166.206, valor retenidos y consignado al Municipio ANEXO 9

Créditos del año 2012, por $79.429, corresponden a:

El contrato 202 de 2012 por $158.626.545, a nombre de JOHHNNY HERNANDEZ

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INFORME PRELIMINAR CONTRADICCIÓN INFORME FINAL

GAVIRIA, se le debía efectuar retención de pro-cultura por $793.133, valores que fueron descontados en la OP 1398 del 29 de Diciembre de 2012 $5.859 y en la OP 1157 se le descontaron $787.273. ANEXO 11

El contrato 297 de 2011 a nombre de Corporación Misión Vida por $52.500.000, y antes de IVA $51.673.228 se le realizo retención de estampilla pro-cultura así: En la OP 1610 $226.293 y con la OP 949 POR $32.073, para un total de $258.366. ANEXO 12

El contrato 42/12 por $60.098.643 se la realizaron retención para estampilla pro-cultura de $300.493, así: OP 196 POR $259.046 y con la OP 520 $41.447 para un total de $300.493. ANEXO 13

Los valores causados por estampillas corresponden al valor que se debía liquidar en cada contrato.

Las notas créditos relacionadas en la hallazgo sancionatorio corresponden a descuentos por estampillas, que tal parece generaron confusión en la auditora por tener en el detalle del auxiliar la palabra “AJUSTE”, sin embargo no se solicitó la documentación para verificar a que correspondía realmente, la cuenta 290590 es de naturaleza crédito y su movimiento por el crédito incrementan los valores a trasladas al Municipio razón por la cual no podría decirse que un asiento por el crédito genere un menor ingreso para el Municipio. Ni con las notas débito ni las notas créditos realizadas por SERVICIUDAD ESP en las cuentas de la ESTAMPILLA PROCULTURA, hicieron que la entidad perdiera ingresos, simplemente se le devolvió a los contratistas el dinero que les correspondía ya que hicieron pagos en exceso y las notas crédito generaron mayores ingresos para el MUNICIPIO.

PRUEBAS Como sustento de lo expuesto, se acompañan copia de los libros auxiliares de los años 2011-2012 sobre los cuales se generó el hallazgo y sobre los cuales se ejerce el contradictorio. (13 anexos con sus respectivos soportes) Se acompaña copia del Decreto 205 de 2006 “Estampilla Procultura”. (6 folios) Por lo anteriormente expuesto, dada la claridad que se arroja en cuanto al hallazgo debatido, comedidamente solicito sea desestimado el hallazgo.

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INSTITUTO DE DESARROLLO MUNICIPAL INFORME PRELIMINAR CONTRADICCIÓN INFORME FINAL

3.4 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO Y DISCIPLINARIO La información de estampilla Pro-cultura de la vigencia 2011, reportada por el Municipio, evidencia que el IDM, realizó pagos de manera posterior a la fecha indicada en el artículo 281 del Decreto 205 de 2006, el cual establece que los descuentos deben remitirse los diez primeros días de cada mes a la Tesorería Municipal, se evidencia que los reportes tienen moras de cuatro (4) meses y más.

CONTRADICCIÓN Oficio IDM-0193-14 recibido 07 Febrero 2014 Frente a lo anterior, resulta pertinente señalar que si bien es cierto, aparecen algunos pagos de la estampilla procultura en términos que no resultan del Decreto 205 de 2006, también es cierto, que tal circunstancia de manera objetiva no se puede predicar de toda la vigencia 2011. Lo anterior se sustenta, en primer lugar, que debe tenerse en cuenta las circunstancias administrativas y financieras que permiten el funcionamiento y existencia del IDM donde del total del presupuesto de la vigencia 2011, el 71.17% correspondió a transferencias del orden Municipal frente a lo presupuestado para la misma vigencia, de lo que se evidencia que en la medida en que exista un atraso en dichas transferencias de contera el Instituto incurre en mora en los pagos de sus obligaciones, entre ellas, las referentes al pago de los contratistas a quienes se les descuentan la estampilla Procultura. Frente a dicha situación, se tiene entonces que en los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011, no hubo pago a contratistas por falta de transferencias de los ingresos corrientes de libre destinación por el Municipio, lo que a su vez conlleva, a la inexistencia de descuentos por la referida estampilla y por lo tanto, no se puede llegar a concluir, tal como se señala en el hallazgo, que el atraso en el giro de lo descontado por estampilla haya sido por toda la vigencia 2011. La acreditación de los pagos no efectuados por los meses referidos se corrobora al verificarse las obligaciones presupuestales que quedaron registradas en la resolución N° 481 del 30 de diciembre de 2011 – cuentas por pagar-. En segundo lugar, debe precisarse que las circunstancias financieras de Tesorería del IDM en el año 2011, no ha tenido precedentes de tal magnitud, pues el atraso en las transferencias a este Instituto, conllevaron al incumplimiento de los pagos de muchas obligaciones, teniendo que dar aplicación a lo establecido en el artículo 14 del Acuerdo N° 015 del 29 de noviembre de 2010 “POR EL CUAL SE EXPIDE EL PRESUPUESTO DE RENTAS Y GASTOS DEL MUNICIPIO DE DOSQUEBRADAS PARA LA VIGENCIA FISCAL COMPRENDIDA ENTRE EL 1° DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2011”, el cual señala:

Mediante Oficio D.O.T-065 de Enero 16 de 2014, recibido el 31 de enero de 2014, se envió informe preliminar de la Auditoría Especial a la Estampilla Pro-cultura de las vigencias 2011 y 2012, del cual dieron respuesta mediante oficio IDM-0193-14 de febrero 06 de 2014, en el cual se exponen los motivos que dieron origen el presunto Hallazgo Administrativo y Disciplinario, en tal situación, se desestima el presunto Disciplinario y queda en firme el Administrativo, ya si bien es cierto tienen suscrito un plan con el Municipio, se deberá radicar ante esta Entidad, un Plan de Mejoramiento con las acciones de mejora ante esta Contraloría de conformidad con lo establecido en la Resolución 105 de diciembre 27 de 2013 Título VI.

“Si las Rentas e Ingresos fueren insuficientes para atender el pago del servicio Público, este se hará conforme al siguiente orden:” 1. Sueldos del Personal 2. Prestación de servicios 3. Seguros y servicios públicos 4. Obligaciones financieras

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INFORME PRELIMINAR CONTRADICCIÓN INFORME FINAL

5. Sentencias y conciliaciones jurídicas 6. Pensiones 7. Transferencias 8. Gastos generales 9. Inversiones

Por lo tanto, dada dicha circunstancia, con los recursos que percibía el Instituto debía sostener la planta administrativa, por lo que se priorizaron los pagos, conllevando a lo ocurrido en la vigencia 2011, en especial, lo del primer trimestre, donde si bien existía un deber legal para el pago de la estampilla procultura, existían justificantes del mismo orden legal y que se concretaron en la priorización de los pagos. Sin embargo, pese a dichas medidas y actuaciones administrativas tendientes a evitar perjuicios mayores, el Instituto fue demandado por vía de tutela por parte de la funcionaria BEATRIZ ELENA SALAZAR TABARES para obtener el pago de los salarios que como a todos los funcionarios se había incurrido en atraso por los meses de noviembre y diciembre de 2011, lo cual fue resuelto por el Juzgado Tercero Civil Municipal de Dosquebradas ordenando al Instituto que se procediera en el término de cinco (5) días, el pago de los derechos laborales. De igual manera el contratista CARLOS FERNANDO DUQUE instauró acción de tutela por el pago de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de la vigencia 2011, a lo cual el Juzgado Segundo Civil Municipal de Dosquebradas ordenó que a dicho contratista se le debían pagar las sumas atrasadas en virtud de su vinculación contractual, en el término de cinco (5) días. Como se observa la grave crisis financiera de tesorería ocasionada por la falta de transferencias del Municipio conllevo a los incumplimientos administrativos que se han enunciado. En el siguiente cuadro proveniente de tesorería del Instituto, se refleja el comparativo entre los meses de transferencias y su traslado efectivo al Instituto.

TRANSFERENCIAS 2011 MESES FECHA DE TRANSFERENCIA

enero recibida en su totalidad el 14/03/2011

febrero recibida en su totalidad el 28/04/2011

marzo recibida en su totalidad el 04/05/2011

abril recibida en su totalidad el 19/05/2011

mayo recibida en su totalidad el 24/05/2011

junio recibida en su totalidad el 30/06/2011

julio recibida en su totalidad el 14/07/2011

agosto recibida en su totalidad el 25/08/2011

septiembre recibida en su totalidad el 09/02/2012

octubre recibida en su totalidad el 15/02/2012

noviembre recibida en su totalidad el 28/02/2012

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INFORME PRELIMINAR CONTRADICCIÓN INFORME FINAL diciembre No recibida

Es de anotar que estas observaciones que se dejaron evidenciadas en el hallazgo de la referencia, fueron objeto del Plan de mejoramiento que se implementó en conjunto con la tesorería desde que asumí la Dirección en encargo de este Instituto, es decir, desde la vigencia 2013, se han regulado dichos pagos, por lo que lo causado en cada mes por concepto de estampilla procultura se cancela en el mes siguiente por parte de la Tesorería. En los anteriores términos, considero se dejan sustentados los argumentos explicativos del hallazgo de la auditoría efectuada por parte de la Contraloría Municipal en la vigencia 2011, respecto de la referida estampilla procultura.

PERSONERIA MUNICIPAL DE DOSQUEBRADAS INFORME PRELIMINAR CONTRADICCIÓN INFORME FINAL

3.5 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO La Personería Municipal, para la vigencia 2011, se evidencia que los contratos números 2, 6, 15 y 16 no superan los dos salarios mínimos objeto de descuento de la estampilla, sin embargo, la Entidad les realizó descuento por $3.000, $4.500, 3.774 y $3.774 respectivamente, lo cual vulnera lo establecido en el artículo 280 del Decreto 205 de 2006.

Oficio N° PMFT-017-2014 de febrero 5 de 2014 “De acuerdo al asunto remito a su despacho el plan de mejoramiento con respecto al hallazgo administrativo N° 05; con relación al Decreto 205 de Marzo 26 del 2006 del municipio de Dosquebradas. “DESCUENTO DE LA ESTAMPILLA PRO-CULTURA” a los contratos que superen los dos (02) salarios mínimos legales vigentes”.

El hallazgo Administrativo queda en firme y la entidad remitió en la contradicción el respectivo Plan de mejoramiento a que dio lugar el hallazgo, con las acciones correctivas a desarrollar.

CONCEJO MUNICIPAL DE DOSQUEBRADAS INFORME PRELIMINAR CONTRADICCIÓN INFORME FINAL

3.6 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO

A través del oficio CMD-909 de octubre 07 de 2013, se recibió por parte del Concejo Municipal, la relación de los contratos y el valor del descuento de la estampilla Pro-cultura de las vigencias 2011 y 2012. Analizada la información, se evidencia solo el número del contrato, el objeto y el valor del contrato, sin relacionar el valor del descuento efectuado por el impuesto en estudio.

Oficio CMD-035 de Febrero 05 de 2014 “Con base en el asunto de la referencia, me permito informarle que la relación y soportes de la Estampilla Procultura de las vigencias 2012 y 2013 fue manejada directamente por la Secretaría de Hacienda, entidad esta que realiza todas las funciones financieras del Concejo Municipal. Es de anotar que este año que contamos con nueva mesa directiva, dentro de nuestras política estará la de manejar por parte del Concejo dicha información haciendo con esto que los soportes de la estampilla hagan parte integral de los contratos.

En virtud de lo expresado en el oficio de la contradicción, se hace necesario que la Entidad suscriba el respectivo Plan de Mejoramiento conforme a lo establecido en el Titulo VI de la Resolución 105 de diciembre 27 de 2013 de esta Contraloría, el cual deberá allegar una vez reciba el Informe Final de la presente auditoría.

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I.E. EMPRESARIAL INFORME PRELIMINAR CONTRADICCIÓN INFORME FINAL

3.7 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO Y FISCAL

Una vez revisada la información correspondiente a la relación de los contratos y los respectivos descuentos, enviados por la Institución Educativa Empresarial para la vigencia 2011, se halló que el total descontado por Estampilla Pro-cultura para esa vigencia fue de $268.493, mientras que los pagos efectuados al Municipio fueron por valor de $233.802, reflejándose una diferencia por cancelar en el Municipio por valor de $34.691.

Oficio de Febrero 11 de 2014 recibido el 13 de febrero. Presunto hallazgo Administrativo y Fiscal Una vez revisada la información correspondiente a la relación de los contratos y los respectivos descuentos, enviados por la Institución Educativa Empresarial para la vigencia 2011, se halló que el total descontado por Estampilla Pro-cultura para esa vigencia fue de $268.493, mientras que los pagos efectuados al Municipio fueron por valor de $233.802, reflejándose una diferencia por cancelar en el Municipio por valor de $34.691. Efectivamente en los archivos de la Institución no se encuentra el respectivo recibo de pago realizado de la vigencia 2011 por valor de $ 34.691. Para dar claridad y evidenciar que dicho pago se se realizo, se solicito a hacienda Municipal una relación de los pagos efectuados en la vigencia 2011. Hacienda Municipal nos envía un reporte del movimiento de pago realizado por la Institución durante la vigencia 2011, y efectivamente el pago se realizó por valor de $34.668 realizados 16 de diciembre de 2011.

El presunto hallazgo fiscal se desestima y queda en firme el hallazgo Administrativo, por tal motivo, se deberá suscribir el respectivo Plan de Mejoramiento de conformidad con lo establecido en la Resolución 105 de diciembre 27 de 2013. En la contradicción se allegó el Plan de Mejoramiento el cual queda aprobado.

I.E. SANTA SOFIA

INFORME PRELIMINAR CONTRADICCIÓN INFORME FINAL

3.8 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO Y FISCAL En los meses de Enero, Febrero, Abril, Mayo, Junio, Noviembre y Diciembre, la Institución Educativa Santa Sofía, realizó descuentos por valor de $544.100, con porcentajes superiores a lo establecido por el Código de Rentas, lo que significa un mayor valor cobrado por cuantía de $292.258, ya se debió descontar un valor de $551.842. Se presume un detrimento patrimonial por valor de $292.258, teniendo en cuenta que se descontó valores por encima de lo norma establecida en el artículo 285 del Decreto 205 de 2006. En conclusión, la Institución Educativa Santa Sofía realizó descuentos para la vigencia 2012 en cuantía superior a la base legal por valor de $1.081.180, lo que se traduce en un presunto hallazgo fiscal y administrativo, teniendo en cuenta que no se dio aplicabilidad a lo establecido en el artículo del Decreto 205 de 2006.

Oficio N° 17 de Febrero 4 de 2014. De manera atenta, dando respuesta al oficio citado por su despacho, se acepta el hallazgo administrativo, debido a que realmente se aplicó una tarifa mayor al descontar el impuesto de estampilla procultura. Por lo tanto procedemos a realizar el plan de mejoramiento. Igualmente estoy enviando copia de la solicitud hecha a la Secretaría de Hacienda para el respectivo proceso de devolución o compensar con los próximos pagos a dichos proveedores.

Frente al presunto hallazgo fiscal se desestima teniendo en cuenta que son dineros de terceros, mas no recursos dejados de percibir por parte del Municipio. Sin embargo, se hace necesario que se suscriba el respectivo Plan de Mejoramiento de conformidad con lo establecido en la Resolución 105 de diciembre 27 de 2013, Título VI, de la Contraloría Municipal.

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“Gestión Fiscal para un Desarrollo Sostenible”

Informe Final Auditoria Especial a la Estampilla Pro-cultura Municipio de Dosquebradas, Vigencias 2011 – 2012 Página 39

I.E. SANTA ISABEL INFORME PRELIMINAR CONTRADICCIÓN INFORME FINAL

3.9 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO

La Institución Educativa Santa Isabel, en la información reportada, evidencia en la vigencia 2012, un mayor valor consignado al municipio, ya que se realizó descuentos por valor total de $572.283 frente a lo cancelado al Municipio por valor de $585.846, cifra consignada de más por $13.563.

Oficio de Febrero 14 de 2013, recibido el 17 de Febrero de 2014. La Institución Educativa anexa copia de los recibos de pago del faltanta de la vigencia 2012.

El presunto hallazgo administrativo se desestima teniendo en cuenta que fueron aportados los documentos que dieron origen a la observación encontrada.

I.E. GUADALUPE

INFORME PRELIMINAR CONTRADICCIÓN INFORME FINAL

3.10 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO

Para el año 2012, la Institución Guadalupe relacionó por descuentos a la contratación la cifra de $510.568, mientras que el valor reportado por los comprobantes de pago de rentas efectuados a la Tesorería Municipal fue de $658.708, existiendo un mayor valor pagado por una diferencia de $148.140.

Oficio de Febrero 04 de 2014.

Hago uso del Derecho de Contradicción con respecto al PRESUTNO HALLAZGO ADMINISTRATIVO CON INCIDENCIA FISCAL N° 10.

Al confrontar los pagos de retenciones con las retenciones aplicadas durante el año 2012, se detecto en el mes de Noviembre la diferencia reseñada en el informe.

El 14 de Noviembre al consignar las retenciones municipales del mes de Octubre, la Tesorería Municipal elaboró los Comprobantes de Pago N° 87180 y 87181 con los códigos de los conceptos trocados.

Quedan asignados los valores retenidos por Estampilla Pro Cultura y Estampilla Pro Adulto Mayor con la diferencia en el valor hallado por la auditoría: E.P. Cultura $5.707,50. E.P. Adulto $152.744,88. Diferencia $147.037,38.

Adjunto copia de la cuenta, donde se relacionan los pagos a efectuar y los comprobantes de Tesorería Municipal.

Una vez revisado el derecho de contradicción se acepta la respuesta dada, por tal motivo se desestima el Hallazgo Administrativo.

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“Gestión Fiscal para un Desarrollo Sostenible”

Informe Final Auditoria Especial a la Estampilla Pro-cultura Municipio de Dosquebradas, Vigencias 2011 – 2012 Página 40

I.E. CARTAGENA INFORME PRELIMINAR CONTRADICCIÓN INFORME FINAL

3.11 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO Los descuentos efectuados en la vigencia 2011 en la relación de la contratación de la IE Cartagena, ascendieron a $185.373, mientras que lo cancelado mediante comprobantes de pago ascienden $95.755 existiendo una diferencia de $89.618.

En el año 2012, la relación de los descuentos efectuados a los contratos aparece por valor de $464.909, mientras que los comprobantes de pago anexos al oficio enviado a esta Entidad, ascienden a la suma de $559.703, cifra superior a los descuentos en cuantía de $94.794.

Oficio de Febrero 14 de 2014 Dando respuesta al oficio D.O.T. 070-14 enviado a la Institución referente al INFORME PRELIMINAR AUDITORIA ESPECIAL A LA ESTAMPILLA PROCULTURA. Confrontando la información física del periodo auditado con la presentada, detectamos que en el período 2.011 no fue tenido en cuenta el pago de la retención del mes de Diciembre, efectuado el 19 de Enero de 2012 con el número de Recibo 83219. Describiendo la novedad hallada, hago uso del Derecho de Refutación respaldando la contradicción con copia de los soportes físicos (comprobante de egreso 536 del 18 de Enero de 2012 y relación de retenciones y pagos) adjuntos, que aclaran la diferencia en los años 2.011 y 2.012.

Efectivamente los soportes aportados en el derecho de contradicción de la Institución Educativa correspondiente a la diferencia encontrada en el informe preliminar, por lo tanto se desestima el presunto Hallazgo Administrativo de la Institución Educativa.

I.E. MANUEL ELKIN PATARROYO INFORME PRELIMINAR CONTRADICCIÓN INFORME FINAL

3.12 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO Para la vigencia 2012, la Institución Educativa Manuel Elkin Patarroyo, reportó unos descuentos a los contratos por valor de $734.859, y los comprobantes de pago a la Tesorería fueron por una cuantía de $738.859. Existe una diferencia por valor de $4.000 dejados de consignar al fisco municipal en el mes de Mayo.

Of.08 /CE/I.E.M.E.P. de Febrero 07 de 2014 “Adjunto a la presente le envío plan mejoramiento según informe preliminar auditoría estampilla por cultura vigencias 2011 – 2012”.

El presunto hallazgo Administrativo queda en firme, la entidad envió el respectivo Plan de Mejoramiento en el derecho de Contradicción.

I.E BOSQUES DE LA ACUARELA

INFORME PRELIMINAR CONTRADICCIÓN INFORME FINAL

3.13 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO

Para el año 2012, la IE Bosques de la Acuarela, los descuentos a la contratación ascendieron a $454.028, de los cuales se detalla igual que en la vigencia 2011, que se aplicó el porcentaje de la Estampilla inclusive a los contratos por debajo de los dos salarios mínimos como lo establece el Decreto 205 de 2006. La relación de lo pagado a la Tesorería Municipal fue por valor de $436.110, reflejando una diferencia frente a lo descontado a los contratos en cuantía de $17.918.

Oficio Enero 7 de 2014, recibido el 7 de febrero de 2014. Adjunto a la presente le estoy enviando plan de mejoramiento de Recaudo Estampilla procultura del Municipio de Dosquebradas, y su correcta aplicación en los contratos de adquisición de servicios y bienes de la Institución.

El hallazgo queda en firme y la entidad ya envió el respectivo Plan de Mejoramiento.

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“Gestión Fiscal para un Desarrollo Sostenible”

Informe Final Auditoria Especial a la Estampilla Pro-cultura Municipio de Dosquebradas, Vigencias 2011 – 2012 Página 41

I.E. MARIA AUXILIADORA INFORME PRELIMINAR CONTRADICCIÓN INFORME FINAL

3.14 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO

En la vigencia 2012, la IE María Auxiliadora, presentó una diferencia de $98.703, de los descuentos efectuados a los contratos, frente a lo pagado en Tesorería, lo que deduce en ambos casos un pago mayor a la Tesorería Municipal.

Oficio febrero 6 de 2014 “Mediante este oficio envio anexos : Plan de mejoramiento e informe 2011 y 2012 dando respuesta al oficio de la referencia, aclarando las diferencias que se presentaron en el informe inicial.”

Mediante oficio se dio claridad al presunto hallazgo respecto a las diferencias encontradas, teniendo en cuenta que lo consignado en el mes de enero de 2011 y 2012 corresponde a lo descontado en el mes de diciembre de la vigencia anterior. Por lo tanto se desestima el hallazgo Administrativo. Por lo tanto no es necesario la suscripción del Plan de Mejoramiento.

I.E. PABLO VI

INFORME PRELIMINAR CONTRADICCIÓN INFORME FINAL

3.15 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO

Para el año 2012, la IE Pablo Sexto, presentó una diferencia por valor de $4.996, ya que los descuentos a la contratación mostraron un menor valor frente a lo cancelado a la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas. Así mismo, se evidencia que se realizó descuentos a dos contratos con cuantías inferiores a los dos salarios mínimos como lo establece la norma

Oficio FVB-009-14 de febrero 10 de 2014 “Dando respuesta a su oficio sobre el presunto hallazgo administrativo de la Institución educativa Fabio Vásquez Botero, año 2012, revisados los descuentos hechos en el mes de diciembre los pagos por estampilla hubo un error de suma al totalizar el respectivo valor ya que el valor real a consignar era de $104.035 y se consignaron $137.280 con una diferencia de $33.245. Por lo anterior anexo copia de los descuentos de retención de industria y comercio de diciembre de 2012, lo anterior para su conocimiento y fines pertinentes.

Una vez evaluados los soportes allegados por la entidad auditada, se desestima el presunto hallazgo administrativo.

I.E. SANTA JUANA DE LESTONAC

INFORME PRELIMINAR CONTRADICCIÓN INFORME FINAL

3.16 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO

Para la vigencia 2012, los descuentos en la IE Santa Juana de Lestonnac, fueron de $174.655 frente a los pagos efectuados a la Tesorería Municipal que fueron por valor de $195.050, existiendo una diferencia de $20.350. En las dos vigencias se presentaron diferencias que fueron consignaciones al Municipio por encima de los descuentos efectuados a los contratos.

La Institución no presentó el derecho de contradicción por lo tanto queda en firme el presunto Hallazgo Administrativo y la Institución Educativa deberá suscribir el respectivo Plan de Mejoramiento. En el que indique las acciones de mejora respecto a los descuentos y los pagos en la Secretaría de Hacienda.

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Informe Final Auditoria Especial a la Estampilla Pro-cultura Municipio de Dosquebradas, Vigencias 2011 – 2012 Página 42

I.E. FABIO VASQUEZ BOTERO INFORME PRELIMINAR CONTRADICCIÓN INFORME FINAL

3.17 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO

En el año 2012, los descuentos efectuados a los contratos de la IE Fabio Vásquez, fueron por valor de $463.039, revisadas las copias de los recibos de pago efectuados a la Tesorería Municipal, suman $496.284, lo cual arroja una diferencia entre estos dos valores por $33.245, cifra que fue pagada de más en el mes de diciembre de 2012, ya que el valor real era de $104.035 y el valor cancelado al municipio fue por valor de $137.280.

Oficio Febrero 06 de 2014 “De manera atenta le informe que la Institución Educativa Pablo Sexto no incurrió en el error Presunto Hallazgo Administrativo en el pago de Estampilla Procultura año lectivo 2013 por valor de $4.996 En el mes de Noviembre al hacer el pago en Hacienda por valor de $ 205.692=la recaudadora de Hacienda elaboró 3 recibos uno por $ 41.683= de reteica, otro por $ 18.890 de estampilla pro cultura y otro por $ 150.115= Estampilla pro vejez sumando un valor de $210.688; cobrando Hacienda un mayor valor por la suma de $4.996= La Institución Educativa Pablo Sexto estará atenta a todas las observaciones y requerimientos que la Contraloría le allegue y mejorará en su desempeño.”

Si bien es cierto fue un error por parte de la Secretaría de Hacienda en la denominación del valor, en este sentido se deberá poner especial cuidado por parte de la Institución Educativa frente al pago de los impuestos, sin embargo por tratarse de una mínima diferencia, se desestima el hallazgo administrativo para la vigencia 2012.

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“Gestión Fiscal para un Desarrollo Sostenible”

Informe Final Auditoria Especial a la Estampilla Pro-cultura Municipio de Dosquebradas, Vigencias 2011 – 2012 Página 43

MUNICIPIO

INFORME PRELIMINAR CONTRADICCIÓN INFORME FINAL

3.18 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO, FISCAL Y PENAL

Analizando los recursos objeto de la presente auditoría, se evidencia que por inversión de Estampilla Pro-cultura para la vigencia 2011, se invirtió realmente $4.100.000 en el apoyo económico que se realizó a la banda musical de la Institución Educativa Nueva Granada.

Igualmente, se observa que de los recursos de Estampilla se destinaron $25.000.000 para adicionar el Contrato de Suministro 068 de marzo 08 de 2010 suscrito entre el Municipio y Contrain S.A.S (Suministro y administración de personal profesional técnico y operativo para el desarrollo de las actividades de las diferentes Secretarías del Municipio de Dosquebradas), situación que presume una desviación de recursos teniendo en cuenta que el Decreto 205 de 2006, es claro en la definición de la destinación de los recursos recaudados por concepto de Estampilla Pro-cultura.

Para el año 2011, el Municipio reportó un recaudo de $210.727.739, de los cuales sólo se realizó inversión por valor de $29.100.000, dejando de invertir un saldo de $181.627.739, sin embargo, se evidencia que para la vigencia 2012, se incorporaron recursos de superávit de Estampilla Pro-cultura por valor de $272.002.927, situación incongruente si se tiene en cuenta que lo recaudado no supera la cifra incorporada como superávit fiscal.

HALLAZGO 3.18 Revisada la inversión con recursos de Estampilla Procultura a través del reporte de movimiento registros presupuestales generado por el software Finanzas Plus se puede evidenciar dos valores que suman $4.100.000 que corresponden a apoyo económico a las bandas marciales de la Institución Nueva Granada y Luna Nueva los cuales fueron ejecutados. Generado reporte de movimiento registros presupuestales generado por el software Finanzas Plus y el presupuesto de la vigencia 2011 se puede evidenciar que la ejecución real fue por la suma de $ 60.456.412 (anexo en 1 folio cuadro de ejecución con terceros y objeto donde se resalta el valor ejecutado) Revisado el movimiento registros presupuestales se puede establecer que el valor de $25.000.000, que corresponde a la adición del Contrato 068 de marzo de 2010, no fue ejecutado, como se puede observar en el anexo donde se presenta un ajuste crédito. En caso de que se hubiese utilizado, la destinación es correcta teniendo en cuenta que el recurso se iba a utilizar para gestores culturales lo cual lo permite la Ley. Nuevamente se reitera que el valor ejecutado en dicha vigencia fue por la suma de $ 60.456.412 y no de $29.100.000, teniendo en cuenta el cuadro anexo. Es de anotar que en las vigencias 2012 y 2013 el porcentaje de la ejecución se ha incrementado notablemente. En cuanto a la incorporación de los recursos del superávit en la vigencia 2012, se tuvo en cuenta el saldo existente en bancos a 31 de diciembre del 2011 y el reintegro de impuestos generados por dicho concepto (estampilla procultura) de los descuentos realizados en el mes de Diciembre de la vigencia 2011, valores que al realizar cierre financiero se reportan para ser incluidos en los recursos del balance.

Respecto a la ejecución presupuestal de los recursos destinados a Cultura, lo ejecutado se observó conforme a la rendición de la cuenta SIA, lo que indica que la información rendida a esta entidad no es completa o la rinden parcialmente. Frente a los recursos del balance incorporados, es necesario que se allegue el respectivo documento soporte de la incorporación de los recursos del balance en la cuenta de Pro-cultura. En tal situación se desestima el presunto hallazgo fiscal y penal, pero queda en firme el hallazgo administrativo ya que la entidad deberá suscribir el respectivo Plan de Mejoramiento en el que se indiquen las acciones para emprender una ejecución más acorde con lo presupuestado para esta línea de inversión de conformidad con lo establecido en el Plan de Desarrollo.

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“Gestión Fiscal para un Desarrollo Sostenible”

Informe Final Auditoria Especial a la Estampilla Pro-cultura Municipio de Dosquebradas, Vigencias 2011 – 2012 Página 44

SECRETARIA DE EDUCACIÓN

INFORME PRELIMINAR CONTRADICCIÓN INFORME FINAL

3.19 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO, DISCIPLINARIO Y PENAL La Ley es clara en definir la realización de programas que den continuidad a la protección y salvaguarda del patrimonio cultural en Colombia, que debe realizarse e iniciarse desde los territorios, orientando a las comunidades en la conservación y valoración del Patrimonio Cultural. En este sentido, se evidencia que las actividades planeadas y ejecutadas a través del presupuesto recaudado por Estampilla Pro-cultura en la vigencia fiscal 2012, no son coherentes con la “Política para la Gestión, Protección y Salvaguarda del Patrimonio Cultural” del Ministerio de Cultura, toda vez que no conservan continuidad y no están dirigidas a la búsqueda de la identificación cultural municipal. Para el año 2012, se tenía un presupuesto para invertir por un valor total de $482.628.453 de los cuales se invirtió $120.912.824, situación que deberá ser aclarada a esta entidad, teniendo en cuenta que $272.002.927 corresponden a recursos ingresados por superávit de la vigencia 2011, es decir, que para el año 2012 tampoco se alcanzó a invertir recursos de vigencias anteriores.

Oficio SECDR-2481-14 de Febrero 04 de 2013. Frente al presunto hallazgo 3.19 (que hace referencia al patrimonio), hay que tener en cuenta que el título II Patrimonio cultural de la Nación, art 4º define: El patrimonio cultural de la Nación está constituido por todos los bienes y valores culturales que son expresión de la nacionalidad colombiana, tales como la tradición, las costumbres y los hábitos, así como el conjunto de bienes inmateriales y materiales, muebles e inmuebles, que poseen un especial interés histórico, artístico, estético, plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, ambiental, ecológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, científico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico, antropológico y las manifestaciones, los productos y las representaciones de la cultura popular. Es por lo anterior que es deber de los entes gubernamentales el generar procesos que posibiliten la proyección, el fortalecimiento y la preservación de las diferentes expresiones artísticas en danza, música, teatro, literatura, y artes plásticas y visuales, por ser consideradas patrimonio inmaterial. Es de resaltar que en la actual administración a la mayoría de los procesos culturales y artísticos, se les ha dado continuidad buscando la institucionalización de los mismos y dar cumplimiento al plan de desarrollo y a lo establecido en la ley de Cultura. (se Anexa ejecución del año 2013)

Frente al tema se tiene que si bien es cierto no se ejecutó la totalidad de los recursos en los programas de protección y salvaguarda del patrimonio cultural, se evidencia una incorporación de los recursos dejados de invertir como recursos del balance en la siguiente vigencia, por lo tanto se desestima el presunto Hallazgo Disciplinario y Penal, quedando en firme el Hallazgo Administrativo por lo tanto deberá suscribir el respectivo Plan de Mejoramiento en el que se indique las acciones de cumplimiento frente al presupuesto programado para cada vigencia.

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“Gestión Fiscal para un Desarrollo Sostenible”

Informe Final Auditoria Especial a la Estampilla Pro-cultura Municipio de Dosquebradas, Vigencias 2011 – 2012 Página 45

MUNICIPIO

INFORME PRELIMINAR CONTRADICCIÓN INFORME FINAL

3.20 PRESUNTO HALLAZGO ADMINISTRATIVO A través de la información recolectada en el proceso auditor, se evidenciaron grandes diferencias en los datos suministrados por el Ente Central, ya que en el formato de rendición de cuentas SIA, indicaron unos valores inferiores a la información suministrada presupuestalmente como se observa a continuación:

Cuadro N° 35. Gastos Estampilla Pro-cultura 2011 y 2012

DESCRIPCIÓN AÑO 2011 AÑO 2012

Dirección Financiera 60.456.412 335.946.077

Formato f21_agr 29.100.000 120.912.824

DIFERENCIA 31.356.412 215.033.253

Fuente: Secretaría de Hacienda – Dirección Financiera

Teniendo en cuenta la incongruencia de la información rendida y suministrada al proceso auditor, se observan diferencias que no permiten la realización de un proceso auditor exacto en la valoración de las cantidades.

Oficio SHFD-039-2014 de Febrero 11 de 2014. Con respecto a este hallazgo, se puede evidenciar las diferencias entre el reporte SIA Dirección Financiera y formatof21_agr, valores q fueron corroborados con el presupuesto, y se encuentra que la dirección financiera reporta valores ejecutados coherente con el presupuesto; y en el formatof21_agr falta información, se está tomando una columna que no es homologable a la información financiera o por error humano al subir el archivo plano se eliminaron columnas recortando la información real.

Frente al presente hallazgo, es necesario que la Entidad suscriba el respectivo Plan de Mejoramiento en el que se indiquen las acciones entre la ejecución presupuestal frente a lo reportado en el formato f21_agr, toda vez que como se evidencia en el cuadro N° 35, que no existe coherencia de lo rendido y lo ejecutado, situación que fue confirmada en la contradicción.

3.21 PRESUNTO HALLAZGO SANCIONATORIO

El Informe de Avance del Plan de Mejoramiento a Junio de 2012, del Plan de Mejoramiento suscrito por la Secretaría de Educación en auditoría anterior a los recursos de cultura, muestra un porcentaje de avance del 66,66%, situación incongruente si se tiene en cuenta que no se ha creado el Consejo Municipal de Cultura, así quedo demostrado en el avance, igualmente son tres vigencias (2010 – 2011 – 2012) que no se ha dado cumplimiento a lo establecido por lo tanto se establece un presunto hallazgo Sancionatorio

En relación con el presunto hallazgo sancionatorio 3.21 (que hace referencia a la creación del consejo Municipal de cultura), les informamos que este se consolidó en el año 2012 y fue legalizado mediante decreto No 2127 del 16 de diciembre de 2013. (se Anexa copia del decreto). Frente la ejecución del presupuesto de cultura en las vigencias 2012 y 2013, los montos asignados fueron ejecutados en su totalidad.

A pesar de que se incumplió el plan de mejoramiento en el tiempo programado y suscrito ante esta Entidad, se desestima el presunto hallazgo Sancionatorio, teniendo en cuenta que el proceso se había iniciado en la vigencia de suscripción aunque se haya finiquitado en la siguiente vigencia.

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“Gestión Fiscal para un Desarrollo Sostenible”

Informe Final Auditoria Especial a la Estampilla Pro-cultura Municipio de Dosquebradas, Vigencias 2011 – 2012 Página 46

4. BENEFICIO AUDITOR Una vez culminado el proceso de auditoría al impuesto de Estampilla Pro-cultura de las vigencias analizadas, (2011 – 2012) y analizado el Derecho de contradicción del Municipio de Dosquebradas frente al informe Preliminar emitido por esta Entidad, se detectaron debilidades en el proceso de recaudo del impuesto, tanto a nivel central como entidades descentralizadas e Instituciones Educativas, en razón a lo anterior, la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas, emite una circular que reza: “Me permito informarles que a partir de la vigencia enero 01 de 2014 y en aras de cumplir con plan de mejoramiento establecido por la revisión de la Contraloría Municipal, deben enviar archivo en Excel que contenga Nombre del Contratista, Monto del Contrato, Valor deducido por concepto de ESTAMPILLA PROCULTURA con su respectiva consignación dentro de los 10 primeros días del mes siguiente de haber efectuado la deducción. Es de recordar que el porcentaje aplicar es el 0,5% del valor total del contrato. Dicha información y soportes debe ser enviada a esta dependencia a la Doctora IRMA LOPEZ HENAO, tesorera Municipal ([email protected])”

En consecuencia se presenta un beneficio auditor cualitativo, teniendo en cuenta que se circularizó por parte de la Secretaría de Hacienda a todas las entidades frente al impuesto auditado.

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“Gestión Fiscal para un Desarrollo Sostenible”

Informe Final Auditoria Especial a la Estampilla Pro-cultura Municipio de Dosquebradas, Vigencias 2011 – 2012 Página 47

5. CUADRO RESUMEN DE PRESUNTOS HALLAZGOS

TIPO DE HALLAZGO CANTIDAD VALOR (En $)

FISCALES

0

DISCIPLINARIOS

0

PENALES

0

SANCIONATORIOS

0

ADMINISTRATIVOS

14

TOTAL 14

CLAUDIA MARIN SANCHEZ Técnico