Almacenes Adelantados

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NORMAS LEGALES Sumario www.elperuano.com.pe FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR Lima, domingo 20 de abril de 2008 370995 AÑO DE LAS CUMBRES MUNDIALES EN EL PERÚ AÑO DE LAS CUMBRES MUNDIALES EN EL PERÚ Año XXV - Nº 10205 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS D.S. N° 031-2008-PCM.- Establecen criterios de clasicación y jerarquización de los Almacenes de Defensa Civil para brindar ayuda humanitaria en casos de desastres 370997 R.S. N° 103-2008-PCM.- Autorizan viaje de funcionario de DEVIDA a EE.UU. para participar en sesiones de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas - CICAD 371000 R.M. Nº 122-2008-PCM.- Constituyen Grupo de Trabajo Multisectorial cuyo objeto será gestionar transferencia a que se reere la Ley N° 29146 del MIMDES al CONADIS 371001 R.M. Nº 123-2008-PCM.- Constituyen Grupo de Trabajo Multisectorial cuyo objeto será gestionar la transferencia a que se reere la Ley N° 29146 del MIMDES al INDEPA 371002 DEFENSA R.S. N° 123-2008-DE/MGP.- Autorizan viaje de profesional a Chile, en comisión de servicios 371003 ECONOMIA Y FINANZAS D.S. N° 057-2008-EF.- Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil 371004 R.D. N° 023-2008-EF/76.01.- Establecen monto aprobado de la previsión presupuestaria correspondiente al mes de mayo como parte de la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada del Segundo Trimestre del año 2008 para pliegos del Gobierno Nacional y Gobierno Regional 371005 ENERGIA Y MINAS R.M. Nº 175-2008-MEM/DM.- Modican el Código Nacional de Electricidad - Utilización 371006 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL R.M. N° 177-2008-MIMDES.- Dan por concluidas designaciones de Miembros del Directorio de la Sociedad de Benecencia de Lima Metropolitana 371009 R.M. N° 178-2008-MIMDES.- Designan y ratican Miembros del Directorio de la Sociedad de Benecencia de Lima Metropolitana 371009 RELACIONES EXTERIORES R.S. N° 110-2008-RE.- Autorizan al INDECOPI efectuar pago de cuota a la OMPI 371009 R.S. N° 111-2008-RE.- Autorizan al Instituto Nacional de Cultura efectuar pago de cuota al Fondo del Patrimonio Mundial (UNESCO) 371010 R.S. N° 112-2008-RE.- Autorizan al INIA efectuar pago de adeudos al Programa Cooperativo de Innovación T ecnológica para la Región Andina 371010 R.M. Nº 0499-2008-RE.- Nombran integrante de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados 371011 R.M. Nº 0505-2008-RE.- Cesan a Traductora Pública Juramentada 371011  TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO D.S. N° 002-2008-TR.- Eliminan la obligación de presentar la información de las Planillas de Pago de Remuneraciones de los Trabajadores percibidas en el mes de junio de cada año, por aplicación de la Planilla Electrónica 371011  TRANSPOR TES Y COMUNICACIONES R.M. Nº 332-2008-MTC/03.- Declaran la conclusión de proceso de transferencia de funciones sectoriales especícas en materia de comunicaciones a los Gobiernos Regionales de Ayacucho, Huánuco, San Martín e Ica 371012 R.M. Nº 333-2008-MTC/02.- Aprueban la Directiva “Condiciones Técnicas para la Implementación de Ductos y Cámaras para la Instalación de Cables de Fibra Óptica” 371013 R.D. Nº 3898-2008-MTC/15.- Declaran fundado recurso de reconsideración interpuesto contra la R.D. N° 584- 2008-MTC/15 y otorgan concesión interprovincial para efectuar servicio de transporte a Empresa de Transportes Korimayo S.R.L. 371013  VIVIENDA R.M. Nº 104-2008-VIVIENDA.- Modican R.M. N° 185- 2007-VIVIENDA que creó el Proyecto “Mejorando Mi Quinta” 371014 R.M. Nº 105-2008-VIVIENDA.- Aprueban selección de 234 centros poblados en los que se ejecutarán proyectos de inversión pública que se encuentran en Fase de Inversión, en el marco del Proyecto “Mejorando Mi Pueblo” 371015  Descargado desde www.elperuano.com.pe Sumario    D   e   s   c   a   r   g   a    d   o    d   e   s    d   e   w   w   w  .   e    l   p   e   r   u   a   n   o  .   c   o   m  .   p   e

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NORMAS LEGALES

Sumario

www.elperuano.com.pe

FUNDADOEN 1825 POR

EL LIBERTADORSIMÓN BOLÍVAR

Lima, domingo 20 de abril de 2008

370995

AÑO DE LAS CUMBRESMUNDIALESEN EL PERÚ

AÑO DE LAS CUMBRESMUNDIALESEN EL PERÚ

Año XXV - Nº 10205

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

D.S. N° 031-2008-PCM.- Establecen criterios declasificación y jerarquización de los Almacenes deDefensa Civil para brindar ayuda humanitaria en casos dedesastres 370997R.S. N° 103-2008-PCM.- Autorizan viaje de funcionariode DEVIDA a EE.UU. para participar en sesiones de laComisión Interamericana para el Control del Abuso deDrogas - CICAD 371000R.M. Nº 122-2008-PCM.- Constituyen Grupo de TrabajoMultisectorial cuyo objeto será gestionar transferencia aque se refiere la Ley N° 29146 del MIMDES al CONADIS

371001R.M. Nº 123-2008-PCM.- Constituyen Grupo de TrabajoMultisectorial cuyo objeto será gestionar la transferencia

a que se refiere la Ley N° 29146 del MIMDES al INDEPA371002

DEFENSA 

R.S. N° 123-2008-DE/MGP.- Autorizan viaje de profesionala Chile, en comisión de servicios 371003

ECONOMIA Y FINANZAS

D.S. N° 057-2008-EF.- Autorizan Transferencia dePartidas a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil

371004R.D. N° 023-2008-EF/76.01.- Establecen monto aprobadode la previsión presupuestaria correspondiente al mesde mayo como parte de la Previsión Presupuestaria

Trimestral Mensualizada del Segundo Trimestre del año2008 para pliegos del Gobierno Nacional y GobiernoRegional 371005

ENERGIA Y MINAS

R.M. Nº 175-2008-MEM/DM.- Modifican el CódigoNacional de Electricidad - Utilización 371006

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL 

R.M. N° 177-2008-MIMDES.- Dan por concluidasdesignaciones de Miembros del Directorio de la Sociedadde Beneficencia de Lima Metropolitana 371009R.M. N° 178-2008-MIMDES.- Designan y ratificanMiembros del Directorio de la Sociedad de Beneficencia

de Lima Metropolitana 371009

RELACIONES EXTERIORES

R.S. N° 110-2008-RE.- Autorizan al INDECOPI efectuarpago de cuota a la OMPI 371009R.S. N° 111-2008-RE.- Autorizan al Instituto Nacional deCultura efectuar pago de cuota al Fondo del PatrimonioMundial (UNESCO) 371010R.S. N° 112-2008-RE.- Autorizan al INIA efectuar pagode adeudos al Programa Cooperativo de InnovaciónTecnológica para la Región Andina 371010R.M. Nº 0499-2008-RE.- Nombran integrante de la Juntade Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados

371011R.M. Nº 0505-2008-RE.- Cesan a Traductora PúblicaJuramentada 371011

 TRABAJO Y PROMOCION

DEL EMPLEO

D.S. N° 002-2008-TR.- Eliminan la obligación de presentarla información de las Planillas de Pago de Remuneracionesde los Trabajadores percibidas en el mes de junio de cadaaño, por aplicación de la Planilla Electrónica 371011

 TRANSPORTES Y

COMUNICACIONES

R.M. Nº 332-2008-MTC/03.- Declaran la conclusiónde proceso de transferencia de funciones sectorialesespecíficas en materia de comunicaciones a los GobiernosRegionales de Ayacucho, Huánuco, San Martín e Ica

371012R.M. Nº 333-2008-MTC/02.- Aprueban la Directiva

“Condiciones Técnicas para la Implementación de Ductosy Cámaras para la Instalación de Cables de Fibra Óptica”371013

R.D. Nº 3898-2008-MTC/15.- Declaran fundado recursode reconsideración interpuesto contra la R.D. N° 584-2008-MTC/15 y otorgan concesión interprovincial paraefectuar servicio de transporte a Empresa de TransportesKorimayo S.R.L. 371013

 VIVIENDA 

R.M. Nº 104-2008-VIVIENDA.- Modifican R.M. N° 185-2007-VIVIENDA que creó el Proyecto “Mejorando MiQuinta” 371014R.M. Nº 105-2008-VIVIENDA.- Aprueban selección de 234centros poblados en los que se ejecutarán proyectos deinversión pública que se encuentran en Fase de Inversión,en el marco del Proyecto “Mejorando Mi Pueblo” 371015

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Sumario

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008370996

ORGANISMOS AUTONOMOS

BANCO CENTRAL DE RESERVA 

Res. Nº 018-2008.- Autorizan viaje de de Jefe del

Departamento de Operaciones Monetarias y Cambiariaspara participar en evento que se realizará en Brasil

371027

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA 

Fe de Erratas Res. Nº 021-2008-PCNM 371027

CONTRALORIA GENERAL 

RR. Nºs. 156 y 157-2008-CG.- Autorizan a procuradoriniciar acciones legales contra presuntos responsables dela comisión de delitos en agravio del Gobierno RegionalLa Libertad 371027RR. Nºs. 158, 159 y 161-2008-CG.- Autorizan aprocuradora iniciar acciones legales por presunto perjuicio

económico ocasionado a las Municipalidades Distritalesde Chao, Salaverry y Castilla 371028Res. Nº 160-2008-CG.- Autorizan a procuradora iniciaracciones legales contra presuntos responsables dela comisión de delito de peculado en agravio de laMunicipalidad Provincial de Jauja 371030

OFICINA NACIONAL DE

PROCESOS ELECTORALES

R.J. Nº 041-2008-J/ONPE.- Exoneran de procesode selección la contratación del servicio de soporte ymantenimiento anual de Oracle 371030

REGISTRO NACIONAL DE

IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL 

R.J. Nº 180-2008-JNAC/RENIEC.- Amplían autorizaciónconferida mediante R.J. N° 068-2003-JEF/RENIEC parareinscripción de asientos inscritos en la Oficina de Registrode Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distritalde Ccorca 371031

SUPERINTENDENCIA DE BANCA,

SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS

DE FONDOS DE PENSIONES

Res. Nº 1016-2008.- Autorizan a la Caja Municipal deAhorro y Crédito de Maynas S.A. la apertura de oficina enel distrito de Chiclayo, Provincia de Lambayeque 371032Res. Nº 1035-2008.- Autorizan a la EDPYME AccesoCrediticio la conversión de oficina principal en agencia y eltraslado de sede social ubicada en la provincia de Trujilloa la ciudad de Lima 371032Res. Nº 1051-2008.- Autorizan a la Caja Municipal deAhorro y Crédito de Huancayo S.A. la conversión deoficina especial en agencia ubicada en la provincia deLima 371032Res. Nº 1052-2008.- Autorizan a Prima AFP el cambiode dirección de agencia ubicada en la ciudad de Iquitos

371033Res. Nº 1124-2008.- Autorizan viaje de funcionario a Suizapara participar en seminario relativo al Nuevo Acuerdo deCapital Basilea II y Solvencia II 371033Res. Nº 1143-2008.- Amplían vigencia de la ResolucionSBS N° 1170-2007, para que las AFP puedan compartirservicios de atención en locales de entidades bancarias,financieras o empresas de seguros en localidadesdeclaradas en estado de emergencia 371034

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

 AGENCIA PERUANA DE COOPERACION

INTERNACIONAL 

R.D. Nº 040-2008/APCI/DE.- Designan funcionarioresponsable de la actualización del contenido del portalde internet de la APCI 371035

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE

 ADMINISTRACION TRIBUTARIA 

Res. Nº 110-024-0000380.- Dejan sin efecto designaciónde Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Tacna

371035

SUPERINTENDENCIA NACIONAL 

DE BIENES ESTATALES

Res. Nº 048-2008/SBN-GO-JAD.- Declaran desafectaciónde la zona de dominio restringido de predio de propiedaddel Estado ubicado en el distrito de Los Órganos, provinciade Talara, departamento de Piura 371035

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE

SERVICIOS DE SANEAMIENTO

Res. Nº 019-2008-SUNASS-CD.- Establecen reajuste detarifas y precios de servicios colaterales para EntidadesPrestadoras de Servicios de Saneamiento que no cuentencon fórmula tarifaria aprobada o vigente 371036

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA 

Res. Nº 074-2008-GRA/GREM.- Disponen publicarconcesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados enel mes de marzo de 2008 371038

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE

Ordenanza Nº 013-2008-GR.LAMB./CR.- Declaran deinterés regional la Campaña Nacional de Vacunación parael Control Acelerado de la Hepatitis B en el departamento deLambayeque 371038

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI

Acuerdo Nº 023-2008-GRU/CR.- Autorizan al Presidente

del Gobierno Regional suscribir contrato de fideicomisode administración de fondos y convenio de retribución conCOFIDE 371039Acuerdo Nº 024-2008-GRU/CR.- Fijan montos deremuneración mensual del Presidente y Vicepresidentedel Gobierno Regional y de dietas de ConsejerosRegionales para el período 2008 371039

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA 

Acuerdo Nº 151.- Modifican Acuerdo N° 400-2001-MMLque aprobó Nomenclatura Vial del distrito de Santa Anitade la Cooperativa de Viña San Francisco 371040Res. Nº 071-2008-MML-GDU-SPHU.- Establecen

conformidad de resolución expedida por la Municipalidadde Ate que aprobó proyecto de regularización dehabilitación urbana ejecutada de terreno 371040

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de abril de 2008 370997

Res. Nº 091-2008-MML-GDU-SPHU.- Establecenconformidad de resolución expedida por la Municipalidadde Santiago de Surco que aprobó proyectos de habilitaciónurbana nueva de lote único de terreno 371041

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA 

Acuerdos Nºs. 004 y 005-2008-MDI.- Ratifican montosde dieta de Regidores y de remuneración del AlcaldeDistrital 371042D.A. Nº 002-2008-MDI.- Establecen cronograma devencimiento de Arbitrios Municipales correspondientes alejercicio 2008 371043R.A. Nº 116-2008.- Instauran proceso administrativodisciplinario a ex funcionarios y/o servidores públicos dela Municipalidad 371043

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE

Fe de Erratas Ordenanza Nº 285-MPL 371045

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES

Ordenanza Nº 000065-2008-MDSJM.- Apruebanrealización del Primer Sorteo del Programa deReconocimiento al Vecino San Juanino Puntual - VSJPdel año 2008 371045Ordenanza Nº 000066-2008-MDSJM.- Establecen

disposiciones para la regularización de licencia de obrapara edificaciones y certificado de parámetros urbanísticosedificatorios 371046

MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL 

Acuerdo Nº 026-2008-MDSM.- Autorizan viaje de Alcalde aEspaña, en visita oficial a la Comunidad de Madrid 371048R.A. Nº 076-2008-MDSM.- Autorizan viaje del alcalde aEspaña en el marco de convenio de cooperación técnicainternacional 371049

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE CARMEN

DE LA LEGUA REYNOSO

Fe de Erratas Ordenanza Nº 002-2008-MDCLR . 371049

MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA 

Acuerdo Nº 006-011/2008-MDLP.- Aprueban convocatoria ybases del Primer Concurso Público N° 001-2008-MDLP paraselección de personal administrativo y obrero contratado ypara el Primer Concurso Interno 2008 371050

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL 

CONSEJO DE MINISTROS

Establecen criterios de clasificacióny jerarquización de los Almacenesde Defensa Civil para brindar ayudahum anit aria en casos de desastres

DECRETO SUPREMONº 031-2008-PCM

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Ley Nº 19338 - Ley del SistemaNacional de Defensa Civil, sus modificatorias yampliatorias, establece en su artículo 1º, que el SistemaNacional de Defensa Civil – SINADECI es parte integrantede la Defensa Nacional y tiene la finalidad de protegera la población, previniendo daños, proporcionando ayudaoportuna y adecuada, y asegurando su rehabilitaciónen casos de desastres o calamidades de toda índole,cualquiera sea su origen;

Que, el literal c) del artículo 3º del citado Decreto Ley,establece que para alcanzar sus objetivos y cumplir susfines, el SINADECI debe planear y coordinar la utilizaciónde todos los recursos necesarios, públicos y privados,a fin de contar en forma oportuna y adecuada con losmedios indispensables para proporcionar ayuda en larecuperación de las personas y los bienes; asimismo, elliteral d) del artículo 3º del Decreto Ley Nº 19338 - Leydel Sistema Nacional de Defensa Civil, dispone que elSINADECI debe asegurar la movilización inmediata de loselementos de rescate y recursos de todo orden a las zonasafectadas, con el fin de adoptar las medidas de emergenciaindispensables de acuerdo a las circunstancias;

Que, la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº

27783, establece en el literal a) de su artículo 5º, que unosde los principios específicos de la descentralización fiscales que las competencias deban estar claramente definidas,manteniendo una distribución clara y precisa de funciones

entre los niveles de gobierno nacional, regional y local,con el fin de determinar la responsabilidad administrativay funcional en la provisión de servicios de cada uno deellos, propiciando que los gobernantes puedan rendircuenta del desarrollo de su gestión;

Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, LeyNº 27867, en el literal a) de su artículo 45º dispone que escompetencia exclusiva del Gobierno Nacional determinarla jerarquización de los activos, empresas y proyectos porsu alcance nacional, regional o local, la cual se aprobarámediante Decreto Supremo con el voto aprobatorio delConsejo de Ministros, previa opinión técnica del ConsejoNacional de Descentralización, la que a la fecha, acordea los Decretos Supremos Nº 007-2007-PCM y Nº 063-2007-PCM, corresponde ser emitida por la Secretaríade Descentralización de la Presidencia del Consejo deMinistros;

Que, la citada Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,dispone en su artículo 61º, que son funciones en materiade Defensa Civil de los Gobiernos Regionales, organizary ejecutar acciones de prevención de desastres ybrindar ayuda directa e inmediata a los damnificados y larehabilitación de las poblaciones afectadas;

Que, conforme a la definición contenida en el artículo6º del Decreto Ley Nº 19338, se considera atención deemergencia la acción de asistir a un grupo de personasque se encuentren en una situación de peligro inminente

o que haya sobrevivido a los efectos devastadores deun fenómeno natural o inducido por el hombre, a travésde la asistencia de techo, abrigo y alimento así comola recuperación provisional de los servicios públicosesenciales;

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI,en su condición de ente rector y conductor del SINADECI,en cumplimiento de sus funciones de ley, implementóa nivel nacional una red de almacenes ubicados enlugares estratégicos, articulando la organización de losComités de Defensa Civil, con la infraestructura física,vial, aeroportuaria, fluvial, así como, teniendo en cuentala recurrencia de eventos generadores de desastres, demodo tal que permitan brindar atención eficiente y oportunaa la población afectada y/o damnificada, mediante laentrega de bienes de ayuda humanitaria, consistenteen techo, abrigo, alimento, herramientas y equipos, loscuales constituyen activos registrados en los Estados

Financieros de la Unidad Ejecutora Nº 09 - INDECI, y quede acuerdo al planeamiento operacional para la atenciónde las emergencias, determinó la existencia de losAlmacenes Nacionales en los que se centraliza el acopio

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008370998

de bienes que el INDECI adquiere y/o recepciona para suposterior distribución a los Almacenes Regionales a cargode las Direcciones Regionales de Defensa Civil y a losllamados Almacenes Adelantados, que funcionan en todoel territorio nacional en mérito a Convenios suscritos conlos Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 036-2007-

PCM, se aprueba el Plan Anual de Transferencia deCompetencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales yLocales del año 2007, en cuyo Anexo se incluye dentro delas funciones a ser transferidas del Sector Presidencia delConsejo de Ministros - Instituto Nacional de Defensa Civil,el literal a), referido a formular, aprobar, ejecutar, evaluar,dirigir, controlar y administrar las políticas en materia deDefensa Civil, en concordancia con la política general delgobierno y los planes sectoriales;

Que, debe tenerse en cuenta que los procedimientosque se implementen para la transferencia de funciones ycompetencias a los Gobiernos Regionales y Locales, bajoel ámbito de los principios de la Descentralización, debenposibilitar el fortalecimiento del Sistema Nacional de DefensaCivil – SINADECI, en concordancia con las disposicionescontenidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de GobiernosRegionales y sus modificatorias, posibilitando la intervenciónefectiva del Gobierno Central a través del Instituto Nacional de

Defensa Civil, con la finalidad de brindar apoyo a los SistemasRegionales de Defensa Civil que agoten sus recursos logísticoso que no tengan una capacidad de respuesta adecuada frentea emergencias o desastres de gran magnitud, para lo cual senecesita que los Almacenes Nacionales estén ubicados enlugares considerados estratégicos;

Que, en el contexto descrito, es necesario clasificar y jerarquizar los Almacenes de Defensa Civil para brindarayuda humanitaria a nivel nacional;

Que, la Resolución Jefatural Nº 335-90/INAP/DNA, Manual de Administración de Almacenes para elSector Público Nacional, regula la administración de losAlmacenes a Nível Nacional;

Con la opinión favorable de la Secretaría deDescentralización de la Presidencia del Consejo deMinistros;

En uso de las atribuciones que le confieren el artículo118º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y,

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;DECRETA:

Artículo 1º.- ObjetoEstablézcase por la presente norma, los criterios de

 jerarquización de los Almacenes de Defensa Civil, parabrindar ayuda humanitaria, así como la clasificación deéstos conforme a dichos criterios.

Artículo 2º.- Jerarquización de los Almacenes deDefensa Civil

La jerarquización de los Almacenes de DefensaCivil para brindar ayuda humanitaria, constituye elordenamiento de los locales en los que se depositan losbienes de ayuda humanitaria, destinados a proporcionartecho, abrigo y alimento a la población, en casos dedesastres, contando para ello con niveles de jerarquía dealcance nacional, regional o local.

Artículo 3º.- Responsables de los Almacenes deDefensa Civil

La responsabilidad sobre los almacenes materia delpresente Decreto Supremo, corresponde a las siguientesEntidades:

a. El Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, acargo de los Almacenes Nacionales.

b. Los Gobiernos Regionales a través de susrespectivas Oficinas de Defensa Civil o la que haga susveces, a cargo de los Almacenes Regionales ubicados ensu jurisdicción.

c. Las Municipalidades Provinciales o Distritales, acargo de los Almacenes Locales o Adelantados ubicadosen su jurisdicción, previa suscripción de ConvenioInterinstitucional con el Gobierno Regional al quecorresponde.

Artículo 4º.- Funciones GeneralesRespecto a los Almacenes de Defensa Civil,

corresponde al Gobierno Nacional, a través del Instituto

Nacional de Defensa Civil, al Gobierno Regionalo al Gobierno Local (Municipalidades Provincialeso Distritales), según corresponda, las funcionessiguientes:

a. Administrar los Almacenes a su cargo, de acuerdoa las regulaciones técnico normativas contenidas en el

Manual de Administración de Almacenes para el SectorPúblico Nacional y la normativa sobre la materia.b. Proteger y controlar las existencias en custodia de

los Almacenes de su competencia.c. Velar por la seguridad y mantenimiento de los

locales y equipos asignados.d. Asegurar la operatividad de los Almacenes a través

de la distribución de bienes conforme con los programasestablecidos.

e. Mantener el stock de bienes de ayuda humanitárianecesarios para la consecución de sus objetivos, asícomo su oportuna reposición.

f. Supervisar y fiscalizar las actividades de inventarioperiódico y rutinario de los activos existentes en losAlmacenes de su competencia.

g. Conducir y supervisar la ejecución de mejoras en lainfraestructura de los Almacenes de su competencia.

h. Supervisar la adecuada distribución de los bienes.

Artículo 5º.- Criterios de Jerarquización de losAlmacenes Nacionales

Son Almacenes Nacionales, aquellos que cumplen lassiguientes condiciones:

a. Estar ubicados en lugares considerados estratégicosy que por su ubicación geográfica permitan una respuestarápida y adecuada ante la ocurrencia de emergencias odesastres, que superen la capacidad de respuesta de losrespectivos Gobiernos Regionales.

b. Contar con la infraestructura adecuada paraalmacenar los bienes adquiridos o recepcionados porInstituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, destinados areabastecer los Almacenes Regionales.

Artículo 6º.- Criterios de Jerarquización de losAlmacenes Regionales

Son Almacenes Regionales aquellos que cumplen las

condiciones siguientes:a. Contar con espacios físicos adecuados que por su

ubicación geográfica permiten a los Gobiernos Regionalesdar una respuesta rápida y adecuada ante la ocurrenciade emergencias o desastres en su jurisdicción.

b. Contar con infraestructura adecuada que permitaguardar y almacenar bienes de ayuda humanitariaadquiridos por los Gobiernos Regionales y bienesdestinados por el INDECI a través sus AlmacenesNacionales, y que tiene como objetivo reabastecer losAlmacenes Locales o Adelantados.

Artículo 7º.- Criterios de Jerarquización de losAlmacenes Locales o Adelantados

Son Almacenes Locales o Adelantados aquellos quecumplan con los criterios siguientes:

a. Contar con espacios físicos ubicadosestratégicamente en localidades recurrentementeafectadas por desastres, en localidades cuya ubicacióngeográfica está alejada de los Almacenes Regionales,o en localidades de difícil acceso por contar con unainfraestructura vial deficiente o que regularmente seinterrumpe por fenómenos de geodinámica externa. Estosalmacenes son abastecidos por los Almacenes Regionalesy tienen por objeto almacenar y distribuir los bienes deayuda humanitaria oportunamente en dichos lugares.

b. Estar bajo la custodia de las MunicipalidadesProvinciales o Distritales, en donde se ubican, previasuscripción de Convenios Interinstitucionales con elGobierno Regional al que corresponden.

Artículo 8º.- Almacenes administrados porGobiernos Regionales o Locales

Los Almacenes Adelantados que a la fecha de entrada

en vigencia del presente Decreto Supremo se encuentrenbajo la administración y custodia de los GobiernosRegionales o de Gobiernos Locales, mantendrán sucondición.

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de abril de 2008 370999

Artículo 9º.- Jerarquización de la Infraestructurade Almacenes

La jerarquización de los Almacenes Nacionales,Almacenes Regionales y los Almacenes Adelantados,de acuerdo con los criterios señalados en los artículosprecedentes se establece en el Anexo “Clasificador de laInfraestructura de Almacenes de Defensa Civil para Ayuda

Humanitaria” que forma parte integrante del presenteDecreto Supremo.

Artículo 10º.- Reclasificación de la Infraestructurade Almacenes

Las entidades competentes establecidas en el artículo3º del presente Decreto Supremo podrán proponer lareclasificación de los Almacenes ubicados en el ámbitode su jurisdicción, con el correspondiente sustento técnicoy en concordancia con los criterios señalados en losartículos 5º, 6º y 7º del mismo, lo cual será aprobado porla Presidencia del Consejo de Ministros y será incorporadaal Anexo “Clasificador de los Almacenes de Defensa Civilpara Ayuda Humanitaria” que forma parte del presentedispositivo.

Artículo 11º.- RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por el

Presidente del Consejo de Ministros.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los diecinueve

días del mes de abril del año dos mil ocho.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZPresidente del Consejo de Ministros

ANEXO

“CLASIFICADOR DE LOS ALMACENES DEDEFENSA CIVIL PARA AYUDA HUMANITARIA”

ALMACENES NACIONALES

Nº DEPARTAMENTO1 LIMA2 AMAZONAS3 LA LIBERTAD4 PIURA5 ICA6 JUNIN7 AREQUIPA8 PUNO9 TACNA10 CUSCO11 LORETO12 SAN MARTIN

ALMACENES REGIONALES

Nº DEPARTAMENTO1 CAJAMARCA

2 LAMBAYEQUE

3 TUMBES

4 ANCASH

5 AYACUCHO

6 HUANCAVELICA

7 HUANUCO

8 PASCO

9 MOQUEGUA10 APURIMAC

Nº DEPARTAMENTO11 MADRE DE DIOS

12 UCAYALI

13 LIMA (*)14 AMAZONAS (*)15 LA LIBERTAD (*)16 PIURA (*)17 ICA (*)18 JUNIN (*)19 AREQUIPA (*)20 PUNO (*)21 TACNA (*)22 CUSCO (*)23 LORETO (*)24 SAN MARTIN (*)

(*) Almacenes previstos

RELACIÓN DE ALMACENES ADELANTADOS

Nº DEPARTAMENTO JURISDICCION1 AMAZONAS AMARANGO2 AMAZONAS IMAZA3 AMAZONAS CHACHAPOYAS4 AMAZONAS CONDORCANQUI NIEVA5 AMAZONAS LUYA LAMUD6 AMAZONAS RODRIGUEZ DE MENDOZA7 CAJAMARCA CAJABAMBA8 CAJAMARCA CELENDIN9 CAJAMARCA CHOTA10 CAJAMARCA CONTUMAZA11 CAJAMARCA CUTERVO12 CAJAMARCA JAEN

13 CAJAMARCA SAN IGNACIO14 CAJAMARCA NANCHOC15 CAJAMARCA SAN MIGUEL16 LA LIBERTAD BOLIVAR17 LA LIBERTAD OTUZCO18 LA LIBERTAD TAYABAMBA19 LA LIBERTAD HUAMACHUCO20 LA LIBERTAD SANTIAGO DE CHUCO21 LA LIBERTAD GRAN CHUMU SAYAPULLO22 LAMBAYEQUE OYOTUN23 LAMBAYEQUE CAÑARIS24 LAMBAYEQUE INKAHUASI25 LAMBAYEQUE PITIPO26 LAMBAYEQUE MOTUPE27 LAMBAYEQUE OLMOS

28 PIURA AYABACA29 PIURA SICCHEZ30 PIURA HUANCABAMBA31 PIURA HUARMACA32 PIURA LALAQUIZ33 PIURA CHULUCANAS34 PIURA SALITRAL35 PIURA SANTO DOMINGO36 PIURA YAMANGO37 PIURA CURA MORI38 PIURA LAS LOMAS39 PIURA TAMBOGRANDE40 PIURA LANCONES41 PIURA TALARA

42 PIURA HUANCABAMBA C.FRONTERA43 PIURA TALARA EL ALTO

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008371000

Nº DEPARTAMENTO JURISDICCION44 TUMBES CASITAS45 TUMBES ZORRITOS46 TUMBES SAN JACINTO47 TUMBES MATAPALO

48 TUMBES ZARUMILLA49 ANCASH HUARAZ50 ANCASH HUARI51 ANCASH CABANA52 ANCASH CHIMBOTE53 AYACUCHO HUANCA SANCOS54 AYACUCHO PUQUIO55 AYACUCHO PAUZA56 HUANCAVELICA ANGARAES57 HUANCAVELICA HUAYTARA58 HUANCAVELICA HUANCAVELICA59 HUANCAVELICA TAYACAJA PAMPAS60 HUANUCO DOS DE MAYO LA UNION61 HUANUCO AMARILIS

62 HUANUCO HUAMALIES LLATA63 HUANUCO RUPA RUPA T. MARIA64 HUANUCO HUACRACHUCO65 HUANUCO CODO DEL POZUZO66 HUANUCO PUERTO INCA67 HUANUCO TOURNAVISTA68 ICA CHINCHA69 ICA ICA70 ICA NAZCA71 JUNIN CHANCHAMAYO72 JUNIN HUANCAYO JUNIN73 JUNIN SATIPO74 LIMA ANTIOQUIA75 LIMA MATUCANA76 LIMA HUACHO77 LIMA CHOSICA78 PASCO YANAHUANCA79 PASCO OXAPAMPA80 PASCO YANACANCHA PASCO81 AREQUIPA ACARI82 AREQUIPA CARAVELI83 AREQUIPA VIRACO84 AREQUIPA CAYLLOMA85 AREQUIPA CHIVAY86 AREQUIPA CONDESUYOS87 AREQUIPA COTAHUASI88 MOQUEGUA CARUMAS89 MOQUEGUA CHOJOTA90 MOQUEGUA ICHUÑA

91 MOQUEGUA UBINAS92 MOQUEGUA OMATE93 PUNO AZANGARO94 PUNO MACUSANI95 PUNO JULI96 PUNO ILAVE97 PUNO HUANCANE98 PUNO LAMPA99 PUNO AYAVIRI100 PUNO PUNO101 PUNO ANTONIO PUTINA102 PUNO SANDIA103 TACNA CANDARAVE104 TACNA ILABAYA

105 TACNA J. BASADRE LOCUMBA106 TACNA PALCA107 TACNA TARATA

Nº DEPARTAMENTO JURISDICCION108 APURIMAC ANDAHUAYLAS109 APURIMAC ANTABAMBA110 APURIMAC CHINCHEROS111 APURIMAC COTABAMBAS

112 APURIMAC CHUQUIBAMBILLA113 CUZCO YANAOCA114 CUZCO SICUANI

115 CUZCOCHUMBIVILCAS SANTO

TOMAS116 CUZCO QUILLABAMBA117 CUZCO YAURI118 MADRE DE DIOS HUEPETUHE119 MADRE DE DIOS MANU SALVACION120 MADRE DE DIOS IÑAPARI

121 LORETO ALTO AMAZONAS SAN

LORENZO122 LORETO YURIMAGUAS123 LORETO NAUTA124 LORETO CABALLOCOCHA

125 LORETO NAPO SANTA CLOTILDE126 LORETO PUTUMAYO127 LORETO REQUENA128 LORETO YAQUERANA129 LORETO CONTAMANA130 LORETO SARAYACU131 SAN MARTIN HUIMBAYOC132 SAN MARTIN TOCACHE133 UCAYALI ATALAYA134 UCAYALI SEPAHUA135 UCAYALI TAHUANIA136 UCAYALI PADRE ABAD137 UCAYALI PURUS PTO ESPERANZA138 UCAYALI CRNEL PORTILLO IPARIA

191011-1

Autorizan viaje de funcionario deDEVIDA a EE.UU. para participar ensesiones de la Comi sión I nt eramericanapara el Control del Abuso de Drogas -CICAD

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 103-2008-PCM

Lima, 19 de abril de 2008

Visto el Oficio N° 0346-2008-DV-GG del GerenteGeneral de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vidasin Drogas-DEVIDA;

CONSIDERANDO:

Que entre los días 30 de abril y 2 de mayo de 2008, sellevará a cabo en la ciudad de Washington D.C., EstadosUnidos de América, el Cuadragésimo Tercer PeriodoOrdinario de Sesiones de la Comisión Interamericanapara el Control del Abuso de Drogas (CICAD) de laOrganización de Estados Americanos (OEA);

Que en tal sentido, resulta de importancia nacionale institucional la participación del Gerente Adjunto deDesarrollo Alternativo de la Comisión Nacional para elDesarrollo y Vida sin Drogas, ingeniero Fernando ReyTordoya.

Que los gastos por concepto de pasajes, viáticos ytarifa única por uso de aeropuerto del citado funcionarioserán asumidos con cargo a la Fuente de Financiamiento

de Recursos Ordinarios de la Comisión Nacional para elDesarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA;De conformidad con la Ley N° 29142, Ley de

Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2008;

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de abril de 2008 371001

la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización deviajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;su Reglamento aprobado mediante el Decreto SupremoN° 047-2002-PCM y el Reglamento de Organización yFunciones de la Presidencia del Consejo de Ministrosaprobado mediante Decreto Supremo N° 063-2007-PCM;

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje del Ingeniero FernandoRey Tordoya, Gerente Adjunto de Desarrollo Alternativo dela Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas-DEVIDA, a la ciudad de Washington D.C. Estados Unidosde América, del 29 de abril al 2 de mayo de 2008, para losfines expuestos en la parte considerativa de la presenteresolución.

Artículo 2º.-  Los gastos que irrogue el cumplimientode la presente Resolución serán con cargo a la Fuentede Financiamiento Recursos Ordinarios, del Pliego de laComisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas-DEVIDA, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes US$ 1 600,00

Viáticos US$ 880,00Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 30,25

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendariosiguientes de efectuado el viaje, el referido funcionariodeberá presentar ante su institución un informe detalladodescribiendo las acciones realizadas, los resultadosobtenidos y la rendición de cuentas por los viáticosentregados.

Articulo 4º.-  El cumplimiento de la presenteResolución Suprema no dará derecho a exoneración oliberación de impuestos aduaneros de ninguna clase odenominación.

Articulo 5º.- La presente resolución será refrendadapor el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZPresidente del Consejo de Ministros

191011-4

Constituyen Grupo de TrabajoMul ti sector ial cuyo objeto será gesti onartransferencia a que se refiere la LeyNº 2914 6 del MI MDES al CONADIS

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 122-2008-PCMLima, 18 de abril de 2008

VISTO:

El Oficio Nº 838-2008/MIMDES/SG del Ministerio dela Mujer y Desarrollo Social – MIMDES y el Oficio Nº 602-2008-EF/13.01 del Ministerio de Economía y Finanzas;

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DENORMAS LEGALES Y SENTENCIAS

Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomosy Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar susdispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente,deberán tener en cuenta lo siguiente:

1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial, de lunesa viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentosrefrendados por la persona acreditada en el Diario Oficial.

2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán excederde diez (10) páginas.

3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicacióncorrespondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD.

4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete ocorreo electrónico será considerado copia fiel del original para su publicación.

5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento alcorreo electrónico: [email protected].

6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con unalínea por celda sin justificar y, si se agregasen gráficos, su presentación será en formato EPS oTIF a 300 DPI y en escala de grises.

7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso setrate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínimaa utilizar deberá ser de 7 puntos.

LA DIRECCIÓN

DIARIO OFICIAL

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008371002

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 29146 se dejó sin efectoel Decreto Supremo Nº 001-2007-MIMDES, por el quese aprobó la fusión del CONADIS y del INDEPA con elMinisterio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES,disponiéndose la transferencia de los bienes muebles,

inmuebles, recursos, personal, acervo documentario,posición contractual, obligaciones, y pasivos y activos quefueron transferidos en virtud del artículo 2º del DecretoSupremo Nº 001-2007-MIMDES; precisándose que seencuentran plenamente vigentes la Ley Nº 28495 – Leydel Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos,Amazónicos y Afroperuano – INDEPA, y los artículos 5º al10º de la Ley Nº 27050 - Ley General de la Persona conDiscapacidad;

Que, con la finalidad de llevar a cabo las accionesadministrativas respectivas para la implementación de lodispuesto por la Ley Nº 29146, resulta necesario conformarun Grupo de Trabajo Multisectorial que dependerá delMIMDES;

De conformidad con el artículo 35º de la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el artículo 5º delDecreto Ley Nº 21292;

SE RESUELVE:Artículo 1º.- Constituir un Grupo de Trabajo

Multisectorial cuyo objeto será gestionar la transferenciaa que se refiere el artículo 3º de la Ley Nº 29146, delMinisterio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES alConsejo Nacional para la Integración de la Persona conDiscapacidad – CONADIS.

El Grupo de Trabajo Multisectorial dependerá delMinisterio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES,quien le prestará el apoyo técnico administrativo y legalque pudiera requerir.

Artículo 2º.- El Grupo de Trabajo Multisectorial estaráconformado por los siguientes integrantes:

a) Un representante del Despacho del Viceministeriode la Mujer del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social,quien lo presidirá;

b) El(la) Director (a) de la Dirección General de la

Persona con Discapacidad del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social;c) El(la) Director(a) General de la Oficina General de

Administración del Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial;

d) El(la) Director(a) General de la Oficina General dePlanificación y Presupuesto del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social;

e) El(la) Director(a) de la Oficina General de RecursosHumanos del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social;

f) El(la) Director(a) de la Oficina de TrámiteDocumentario y Archivo del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social; y,

g) Un representante del Ministerio de Economía yFinanzas.

Artículo 3º.- El Grupo de Trabajo Multisectorial seinstalará en el plazo de tres (3) días hábiles contadosdesde la publicación de la presente Resolución Ministerial,plazo dentro del cual el Titular del Ministerio de Economíay Finanzas debe designar a su representante medianteResolución Ministerial.

Artículo 4º.- El Grupo de Trabajo Multisectorial, en elmarco de lo dispuesto por la Ley Nº 29146, tendrá comofunciones identificar los bienes muebles e inmuebles,recursos, personal, acervo documentario, posicióncontractual, obligaciones, pasivos y activos que fuerontransferidos por el artículo 2º del Decreto SupremoNº 001-2007-MIMDES, y gestionar su transferencia alConsejo Nacional para la Integración de la Persona conDiscapacidad – CONADIS, incluyendo la suscripción delas actas de entrega recepción respectivas, de acuerdocon el artículo 3º de la Ley Nº 29146. Asimismo, el Grupode Trabajo podrá efectuar recomendaciones sobre laestructura y funcionamiento del CONADIS, a fin decoadyuvar en la elaboración de un proyecto de Reglamentode Organización y Funciones de dicho Consejo.

El Grupo de Trabajo Multisectorial podrá solicitarel asesoramiento y apoyo que requiera a las UnidadesOrgánicas del MIMDES para el adecuado cumplimientode sus fines.

Artículo 5º.- En un plazo no mayor de treinta (30)días calendario, contados a partir del día siguiente dela instalación del Grupo de Trabajo Multisectorial, elPresidente del Grupo de Trabajo deberá entregar alDespacho de la Ministra de la Mujer y Desarrollo Socialel Informe Final sobre la ejecución de las funcionesencomendadas por la presente Resolución Ministerial.

Dicho plazo podrá ser prorrogado mediante ResoluciónMinisterial del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Socialdebidamente fundamentada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZPresidente del Consejo de Ministros

190550-1

Constituyen Grupo de TrabajoMul ti sector ial cuyo objeto será gesti onarla transferencia a que se refiere la LeyNº 2914 6 del MI MDES al I NDEPA

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 123-2008-PCM

Lima, 18 de abril de 2008

VISTO:

El Oficio Nº 838-2008/MIMDES/SG del Ministeriode la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES y el OficioNº 602-2008-EF/13.01 del Ministerio de Economía yFinanzas;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 29146 se dejó sin efectoel Decreto Supremo Nº 001-2007-MIMDES, por el quese aprobó la fusión del CONADIS y del INDEPA con elMinisterio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES,disponiéndose la transferencia de los bienes muebles,

inmuebles, recursos, personal, acervo documentario,posición contractual, obligaciones, y pasivos y activos quefueron transferidos en virtud del artículo 2º del DecretoSupremo Nº 001-2007-MIMDES; precisándose que seencuentran plenamente vigentes la Ley Nº 28495 – Leydel Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos,Amazónicos y Afroperuano – INDEPA, y los artículos 5º al10º de la Ley Nº 27050 - Ley General de la Persona conDiscapacidad;

Que, por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 001-2008-MIMDES se dispuso la adscripción del INDEPAal MIMDES, estableciéndose en su artículo 2º que elMIMDES deberá presentar el proyecto de adecuación desu Reglamento de Organización y Funciones y el proyectode nuevo Reglamento de Organización y Funciones parael INDEPA;

Que, con la finalidad de llevar a cabo las accionesadministrativas respectivas para la implementación de lodispuesto por la Ley Nº 29146 y el Decreto Supremo N°001-2008-MIMDES, resulta necesario conformar un Grupode Trabajo Multisectorial que dependerá del MIMDES;

De conformidad con el artículo 35º de la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el artículo 5º delDecreto Ley Nº 21292;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Constituir un Grupo de TrabajoMultisectorial cuyo objeto será gestionar la transferenciaa que se refiere el artículo 3º de la Ley Nº 29146, delMinisterio de Mujer y Desarrollo Social – MIMDES alInstituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos,Amazónicos y Afroperuano – INDEPA, y coadyuvar enla elaboración del nuevo Reglamento de Organización yFunciones de dicha institución.

El Grupo de Trabajo Multisectorial dependerá delMinisterio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES,

quien le prestará el apoyo técnico administrativo y legalque pudiera requerir.Artículo 2º.- El Grupo de Trabajo Multisectorial estará

conformado por los siguientes integrantes:

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de abril de 2008 371003

a) Un representante del Despacho del Viceministeriode Desarrollo Social del Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial, quien lo presidirá;

b) El(la) Director(a) de la Dirección General de PueblosOriginarios y Afroperuanos del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social;

c) El(la) Director(a) General de la Oficina General deAdministración del Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial;

d) El(la) Director(a) General de la Oficina General dePlanificación y Presupuesto del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social;

e) El(la) Director(a) de la Oficina General deRecursos Humanos del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social;

f) El(la) Director(a) de la Oficina de TrámiteDocumentario y Archivo del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social; y,

g) Un representante del Ministerio de Economía yFinanzas.

Artículo 3º.- El Grupo de Trabajo Multisectorial seinstalará en el plazo de tres (3) días hábiles contados

desde la publicación de la presente Resolución Ministerial,plazo dentro del cual el Titular del Ministerio de Economíay Finanzas debe designar a su representante medianteResolución Ministerial.

Artículo 4º.- El Grupo de Trabajo Multisectorial,en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 29146 y elDecreto Supremo N° 001-2008-MIMDES, tendrá comofunciones identificar los bienes muebles e inmuebles,recursos, personal, acervo documentario, posicióncontractual, obligaciones, pasivos y activos que fuerontransferidos por el artículo 2º del Decreto Supremo Nº001-2007-MIMDES, y gestionar su transferencia alInstituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos,Amazónicos y Afroperuano – INDEPA, incluyendola suscripción de las actas de entrega recepciónrespectivas, de acuerdo con el artículo 3º de la LeyNº 29146.

Asimismo, el Grupo de Trabajo podrá efectuarrecomendaciones sobre la estructura y funcionamiento

del INDEPA, a fin de coadyuvar en la elaboración delnuevo Reglamento de Organización y Funciones dedicha institución a que se refiere el artículo 2º del DecretoSupremo Nº 001-2008-MIMDES.

El Grupo de Trabajo Multisectorial podrá solicitarel asesoramiento y apoyo que requiera a las UnidadesOrgánicas del MIMDES para el adecuado cumplimientode sus fines.

Artículo 5º.- En un plazo no mayor de treinta (30)días calendario, contados a partir del día siguiente dela instalación del Grupo de Trabajo Multisectorial, elPresidente del Grupo de Trabajo deberá entregar alDespacho de la Ministra de la Mujer y Desarrollo Socialel Informe Final sobre la ejecución de las funcionesencomendadas por la presente Resolución Ministerial.Dicho plazo podrá ser prorrogado mediante ResoluciónMinisterial del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Socialdebidamente fundamentada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZPresidente del Consejo de Ministros

190550-2

DEFENSA 

Autorizan viaje de profesional a Chile,en comisión de servicios

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 123-2008-DE/MGP

Lima, 19 de abril de 2008Visto el Oficio P.600-517 del Director General del

Personal de la Marina de fecha 11 de marzo de 2008;

CONSIDERANDO:

Que, el Servicio Hidrográfico y Oceanográfico dela Armada de Chile (SHOA), en conjunto con el PacificMarine Enviromental Laboratory (PMEL) de la Agenciade Administración Nacional Atmosférica y Oceanográfica(NOAA) de los Estados Unidos de América, han

organizado un Curso de Modelamiento Numéricorelacionado con Cartas de Inundación / Aplicaciones alos Sistemas de Alarma de Tsunamis, a realizarse en laciudad de Valparaíso - CHILE, a partir del 4 al 9 de mayode 2008;

Que, el citado viaje se encuentra incluido en el PlanAnual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa Año2008, Prioridad I, aprobado con Resolución Suprema N°044-2008 DE/SG de fecha 11 de febrero de 2008;

Que, es conveniente para los intereses institucionalesautorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio delEmpleado Civil SPD. Ingeniero Geógrafo Erick ORTEGARafael, para que participe en el Curso de ModelamientoNumérico relacionado con Cartas de Inundación /Aplicaciones a los Sistemas de Alarma de Tsunamis, arealizarse en la ciudad de Valparaíso - CHILE, a partirdel 4 al 9 de mayo de 2008; por cuanto la participacióndel citado Servidor, fortalecerá los vínculos de amistad e

incrementarán la relación y medidas de confianza mutuaentre ambos países en beneficio de la Seguridad Nacionale Institucional;

De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regulala autorización de viajes al exterior de servidores yfuncionarios públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece laNaturaleza Jurídica, Función, Competencias y EstructuraOrgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29142- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2008, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamentode Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del SectorDefensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado conDecreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisiónde Servicio del Empleado Civil SPD. Ingeniero GeógrafoErick ORTEGA Rafael, CIP. 00001387 y DNI. 07622940,para que participe en el Curso de ModelamientoNumérico relacionado con Cartas de Inundación /Aplicaciones a los Sistemas de Alarma de Tsunamis, arealizarse en la ciudad de Valparaíso - CHILE, del 4 al9 de mayo de 2008.

Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina deGuerra del Perú, efectuará los pagos que correspondande acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes Aéreos: Lima - Santiago (CHILE) - LimaUS$. 650.00 x 1 persona (Ida - Retorno)

Pasajes Terrestres:Santiago - Valparaíso - SantiagoUS.$ 30.00 x 1 persona

Viáticos:US$. 200.00 x 1 persona x 6 días

Tarifa Única de Uso de Aeropuerto:US$. 30.25 x 1 persona

Artículo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa paravariar la fecha de inicio y término de la Comisión a quese refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de díasautorizados.

Artículo 4°.- El mencionado Empleado Civil deberácumplir con lo dispuesto en el Artículo 6° del DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de Junio de 2002y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes alExterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa,aprobado con Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SGde fecha 26 de enero de 2004, modificado con DecretoSupremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de

2004.Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema nodará derecho a exoneración ni liberación de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominación.

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008371004

Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema serárefrendada por el Presidente del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Defensa.

Regístrese, Comuníquese y Publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZ

Presidente Constitucional de la República

JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZPresidente del Consejo de Ministros

ANTERO FLORES ARÁOZ E.Ministro de Defensa

191011-5

ECONOMIA Y FINANZAS

Autorizan Transferencia de Partidas afavor del Instituto Nacional de Defensa

ivi lDECRETO SUPREMO

Nº 057-2008-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto delSector Público para el Año Fiscal 2008, se aprueba entreotros el Presupuesto del Pliego 006: Instituto Nacional deDefensa Civil;

Que, la Cuarta Disposición Final de la Ley Nº 29144 – Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del SectorPúblico para el Año Fiscal 2008, dispone que en laReserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma deCINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.50 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa

Civil – INDECI, para destinarla a realizar acciones duranteel Año Fiscal 2008, a efectos de brindar una respuestaoportuna ante desastres de gran magnitud, que permitamitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de unfenómeno natural o antrópico, declarado por el organismopúblico técnico-científico competente; así como rehabilitarla infraestructura pública, recuperando los niveles quelos servicios básicos tenían antes de la ocurrencia deldesastre y aquélla necesaria para atender a la población yrecuperar la capacidad productiva de las zonas afectadaspor desastres;

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECIes responsable por el adecuado uso de los recursosprovenientes de la Reserva de Contingencia a que serefiere la Ley Nº 29144, correspondiendo al Ministerio deEconomía y Finanzas, a través de la Dirección Generalde Programación Multianual del Sector Público, dictar loscriterios y procedimientos para sustentar la necesidad del

uso de los recursos a que se refiere la Ley en mención;Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, conformea lo dispuesto por el artículo 7º numeral 7.1 de la DirectivaNº 001-2008-EF/68.01 y mediante los Informes TécnicosNºs. 002 y 003 -2008-INDECI/14.0, determina que esprocedente solicitar la incorporación de recursos destinadosal alquiler de maquinaria para brindar atención inmediataa la provincia de Daniel Carrión del Departamento dePasco, así como la adquisición de combustible y alquilerde maquinaria orientados a atender la emergencia que seestá presentando en el Departamento de Piura;

Que es necesario atender con suma urgenciasituaciones de alto riesgo que se producen en el país, afin de moderar los efectos contraproducentes tanto en lapoblación como en la economía nacional, incorporandopara el efecto parte de los citados recursos por la sumade DIEZ MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y UN MILSEISCIENTOS SETENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOSSOLES (S/. 10 591 676,00) a favor del Instituto Nacional

de Defensa Civil, y de acuerdo a su propuesta, encumplimiento de la Directiva Nº 001-2008-EF/68.01,aprobada por Resolución Ministerial Nº 029-2008-EF/15;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº29144, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto delSector Público para el Año Fiscal 2008 y el artículo 45ºde la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional dePresupuesto;

DECRETA

Artículo 1º.-ObjetoAutorízase una Transferencia de Partidas en el

Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008,hasta por la cantidad de DIEZ MILLONES QUINIENTOSNOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS Y00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 591 676,00) de acuerdoal siguiente detalle:

DE LA:

SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRALPLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralFUNCION 03 : Administración y PlaneamientoPROGRAMA 006 : Planeamiento GubernamentalSUBPROGRAMA 0019 : Planeamiento Presupuestario,

Financiero y Contable

 ACTIVIDAD 000010 : Administración del ProcesoPresupuestario del Sector PúblicoFUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

 (En Nuevos Soles)CATEGORIA DEL GASTO5. GASTOS CORRIENTES  0 Reserva de Contingencia 10 591 676,00

 ------------------ TOTAL 10 591 676,00

==========A LA:

SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRALPLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa CivilUNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI-Instituto Nacional de Defensa

CivilFUNCION 07 : Defensa y Seguridad Nacional

PROGRAMA 024 : Prevención y Atención de DesastresSUBPROGRAMA 0066 : Defensa Civil

 ACTIVIDAD 029434 : Atención de Desastres y Apoyo a laRehabilitación y la Reconstrucción

FUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

 (En Nuevos Soles)CATEGORIA DEL GASTO5.GASTOS CORRIENTES  4. Otros Gastos Corrientes 10 591 676,00

------------------- TOTAL 10 591 676,00

 ==========

Artículo 2°.- Procedimiento para la aprobacióninstitucional

2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presenteTransferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución,la desagregación de los recursos autorizados en el artículo1º de la presente norma, a nivel funcional programático,dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia delpresente dispositivo legal. Copia de la Resolución seráremitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a losorganismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23ºde la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional dePresupuesto.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus vecesen los Pliegos involucrados solicitarán a la DirecciónNacional del Presupuesto Público las codificaciones quese requieran como consecuencia de la incorporación denuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidadesde Metas y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto de los Pliegos

involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para queelaboren las correspondientes “Notas para ModificaciónPresupuestaria” que se requieran, como consecuencia delo dispuesto en la presente norma.

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de abril de 2008 371005

Artículo 3º.- RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por el

Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinuevedías del mes de abril del año dos mil ocho

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

LUIS CARRANZA UGARTEMinistro de Economía y Finanzas

191011-2

Establecen monto aprobado de laprevisión pr esupu estari a correspondi enteal mes de mayo como parte de la PrevisiónPresupu estari a Tr im estr al Mensualizadadel Segundo Tri mestr e del año 2008 parapl iegos del Gobiern o Nacional y GobiernoRegional

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 023-2008-EF/76.01

Lima, 17 de abril de 2008

CONSIDERANDO :

Que, la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto delSector Público para el Año Fiscal 2008, ha establecidoen su Cuadragésima Segunda Disposición Final que laaprobación del Calendario de Compromisos se sujeta ala Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada queaprueba la Dirección Nacional del Presupuesto Público;

Que, la actual coyuntura económica internacional hamotivado a que el Ministerio de Economía y Finanzasapruebe un conjunto de medidas de orden fiscal quedeben ser complementadas con la determinación de losmontos a ejecutar en bienes y servicios, vía Calendario de

Compromisos, por parte de los pliegos presupuestariosdurante el Segundo Trimestre del año fiscal 2008,buscando generar una menor presión de gasto en dichosrubros y la factibilidad de contar con la disponibilidadde recursos ante situaciones que ameriten asegurar elmantenimiento en gastos principalmente de orden social;

Que, en el marco de lo dispuesto por el artículo 3°

literal f) de la Ley N° 29144 – Ley de Equilibrio Financierodel Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2008, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4°literal d) de la Ley N° 28411 – Ley General del SistemaNacional de Presupuesto, se considera necesario asignarla previsión presupuestaria correspondiente al mesde mayo, como parte de la Previsión PresupuestariaTrimestral Mensualizada del Segundo Trimestre, para lospliegos del Gobierno Nacional y los pliegos del GobiernoRegional, a nivel de Pliego, Categoría del Gasto, GrupoGenérico de Gasto y por la Fuente de FinanciamientoRecursos Ordinarios, según corresponda;

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4ºliteral d) de la Ley Nº 28411 – Ley General del SistemaNacional de Presupuesto, según el artículo 13° de la LeyNº 28112 – Ley Marco de la Administración Financiera delSector Público y el artículo 3º literal f) de la Ley Nº 29144 – Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector

Público para el Año Fiscal 2008;SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Establecer, excepcionalmente, el montoaprobado de la previsión presupuestaria correspondienteal mes de Mayo, como parte de la Previsión PresupuestariaTrimestral Mensualizada del Segundo Trimestre del añofiscal 2008 para los pliegos del Gobierno Nacional y pliegosdel Gobierno Regional, ascendente a la suma de TRESMIL SEISCIENTOS DOS MILLONES OCHOCIENTOSCUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA YOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 602 847 678,00 ),por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios,de acuerdo al detalle que figura en el Anexo de la presenteResolución Directoral.

Artículo 2º.- La previsión presupuestaria aprobadapara el mes de Mayo no convalida las acciones que no seciñan a las disposiciones legales vigentes, ni constituye

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOSÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA

Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos,Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar susrespectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente:

1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar.

2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de serpublicados.

3.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete ocorreo electrónico será considerado copia fiel del original para su publicación.

4.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso setrate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínimaa utilizar deberá ser de 7 puntos.

5.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: [email protected].

LA DIRECCIÓN

DIARIO OFICIAL

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008371006

sustento legal ni técnico para autorizar gastos que nocuenten con la base legal respectiva.

Artículo 3º.- Dejar en suspenso las disposicionesde la Directiva N° 015-2007-EF/76.01 – “La PrevisiónPresupuestaria Trimestral Mensualizada (PPTM) y laaprobación de Calendario de Compromisos para elGobierno Nacional y los Gobiernos Regionales”, que se

opongan a la adecuada aplicación de lo dispuesto en lapresente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN MUÑOZ ROMERODirector GeneralDirección Nacional del Presupuesto Público

LEY Nº 29142 DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICOPARA EL AÑO FISCAL 2008

ANEXO DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 023-2008-EF/76.01

PREVISIÓN PRESUPUESTARIA TRIMESTRAL MENSUALIZADAPPTM - MAYO DEL AÑO FISCAL 2008

( EN NUEVOS SOLES )

FUENTE DE FINANCIAMIENTO: RECURSOS ORDINARIOS

GOBIERNO NACIONAL MAYO

GASTOS CORRIENTES 1 780 046 271

PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES 635 878 394

OBLIGACIONES PREVISIONALES 350 267 479

BIENES Y SERVICIOS 453 052 772

OTROS GASTOS CORRIENTES 340 847 626

GASTOS DE CAPITAL 507 840 199

INVERSIONES 387 199 989

INVERSIONES FINANCIERAS 676 225

OTROS GASTOS DE CAPITAL 119 963 985

SERVICIO DE LA DEUDA 466 644 590

INTERESES Y CARGOS DE LA DEUDA 260 935 082

 AMORTIZACION DE LA DEUDA 205 709 508

TOTAL 2 754 531 060

GOBIERNOS REGIONALES MAYO

GASTOS CORRIENTES 683 948 505

PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES 523 985 048

OBLIGACIONES PREVISIONALES 106 607 854

BIENES Y SERVICIOS 47 817 961

OTROS GASTOS CORRIENTES 5 537 642

GASTOS DE CAPITAL 164 368 113

INVERSIONES 163 214 683

OTROS GASTOS DE CAPITAL 1 153 430

TOTAL 848 316 618

TOTAL GENERAL 3 602 847 678

191012-1

ENERGIA Y MINAS

Modifican el Código Nacional deElectricidad - Utilización

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 175-2008-MEM/DM

Lima, 11 de abril de 2008

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 037-2006-MEM/DM de fecha 17 de enero de 2006 se aprobó elCódigo Nacional de Electricidad - Utilización, el mismoque entró en vigencia el 1º de julio de 2006;

Que, mediante Oficio Nº 2237-2007-INDECI/10.3

de fecha 24 de mayo de 2007, la Dirección Nacional dePrevención del Instituto Nacional de Defensa Civil, solicitala modificación de algunas reglas del Código Nacional deElectricidad - Utilización, a fin de que haya compatibilidadcon lo regulado en el procedimiento de Inspección Técnicade Seguridad en Defensa Civil;

Que, resulta necesario reemplazar y modificar algunasreglas del referido Código, así como aclarar y precisaralgunos aspectos relacionados con la seguridad;

De conformidad con el inciso c) del artículo 6º del DecretoLey Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas, yel literal h) del artículo 9º del Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado porel Decreto Supremo Nº 031-2007-EM;

Con la opinión favorable del Director General deElectricidad y del Viceministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Agréguense definiciones en la Sección010

Agréguense en las Definiciones de la Sección 010 lostextos siguientes:

(...)“Conductor o cable no propagador de la llama: Es

aquél que sometido vertical u horizontalmente a la acciónde una llama de determinadas características y durante untiempo, establecidos por las normas, no la propaga sobreel mismo conductor o cable después que se retira la llama,o no emite productos inflamables durante o después de laaplicación de la llama.”

“Conductor o cable no propagador del incendio,con baja emisión de humos, libre de halógenos yácidos corrosivos:  Es aquél que tiene las siguientescaracterísticas:

No propagador del incendio: Los conductores o cablesreunidos y colocados verticalmente dentro de una cabinaespecial, son sometidos a las condiciones simuladas de unincendio mediante una fuente de ignición, todo lo anteriorde acuerdo a lo establecido por las normas, no debiendoproducirse propagación vertical de la llama.

Baja emisión de humos: Bajo condiciones de incendioevita la pérdida de visibilidad debida al humo producidopor la combustión, por lo que facilita la evacuación de laspersonas y el trabajo del personal de rescate.

Libre de halógenos y ácidos corrosivos: Cuandolos materiales utilizados en el aislamiento y la cubiertaentran en combustión, tienen niveles de cero o casi cerohalógenos y ácidos corrosivos.

(...)

Artículo 2º.- Modificación de las Reglas 010-010,020-124, 020-126, 020-132, 060-000, 120-062, 380-000y Diagrama 1

Modifíquense las Reglas 010-010, 020-124, 020-126,020-132, 060-000, 120-062, 380-000 y Diagrama 1, porlos textos y diagrama siguientes:

“010-010 Inspecciones Iniciales y Periódicas delas Instalaciones Eléctricas

(...)(4) Las instalaciones eléctricas de los siguientes

establecimientos deben ser inspeccionadas por parte dela respectiva Autoridad competente, como mínimo dos(02) veces al año:”

(...)

“020-124 Restricción a la Propagación del Fuego

(1) La instalación eléctrica debe ser hecha de modoque se reduzca al mínimo la propagación del fuego o de losproductos de la combustión, a través de ductos de ventilación,ductos de aire acondicionado, montantes verticales, pisos,

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de abril de 2008 371007

o barreras contra fuego, mediante paredes resistentes alfuego, tabiques antifuego y similares.

(2) Cuando se atraviesen tabiques antifuego,paredes, pisos o techos, resistentes al fuego, cualquierabertura alrededor de las canalizaciones, conductores ocables eléctricos debe ser cerrada o sellada por mediode métodos cortafuego o antifuego adecuados, para

mantener la clasificación de resistencia contra el fuego.”“020-126 Requerimientos para la restricción de

la propagación del fuego en el alambrado eléctrico,conductores y cables eléctricos

(1) Las instalaciones de alambrado, de conductoresy cables eléctricos deben cumplir con los mínimosrequerimientos de restricción de propagación de fuegoo de los productos de la combustión e incendio delos materiales de la edificación, y debe cumplir con loestablecido en el Reglamento Nacional de Edificacionesy normatividad correspondiente.

(2) Los conductores y cables eléctricos en generaldeben ser no propagadores de la llama.

(3) Adicionalmente a la Subregla (2) los conductores,cables eléctricos y sus canalizaciones, instalados enlocales con afluencia de público referidos en la Subregla010-010 (4), deben ser instalados de tal manera que noestén expuestos a posibles daños mecánicos; y deben serdel tipo no propagador del incendio, con baja emisión dehumos y libre de halógenos y ácidos corrosivos.

(4) Este alambrado eléctrico debe estar cubierto conmaterial incombustible.”

“020-132 Protección con Interruptores Diferenciales(ID) o Interruptores de Falla a Tierra (GFCI)

Toda instalación eléctrica debe estar protegida coninterruptor diferencial. La instalación eléctrica o parte deésta, en la cual exista conectado o se prevea emplearequipo de utilización por parte de personas no calificadas,debe contar con interruptor diferencial de no más de 30 mAde umbral de operación de corriente residual. En el casode viviendas deberá cumplirse lo establecido en la Regla150-400. En ningún caso el interruptor diferencial debe serusado como sustituto del sistema de puesta a tierra.”

“060-000 Generalidades

(1) Esta Sección comprende la protección de lasinstalaciones eléctricas por medio de la puesta a tierra ydel enlace equipotencial o conductor de protección.

(2) Todas las instalaciones eléctricas deben contar consistema de puesta a tierra y enlace equipotencial, exceptocuando se indique lo contrario por otra regla del Código.

(3) Únicamente cuando el Código lo permitaexpresamente, se aceptan como medidas que proveenuna protección adicional a la puesta a tierra, o comoalternativa de la misma, lo siguiente: aislamiento eléctrico,separación física de los circuitos y barreras mecánicascontra contacto accidental.”

(...)

“120-062 Áreas Peligrosas(...)(4) No obstante lo indicado en los párrafos (a) y (b) de

la Subregla (2) y en la Subregla (3), en los casos en losque se emplee la clasificación en Divisiones de los lugaresClase I, puede considerarse los siguientes criterios deextensión de áreas:

Dispensador Clase I, División 1 Clase I, División 2

Gas naturalcomprimido

El espacio total dentro dela cubierta del surtidor 

El espacio hasta 1,5 men todas direccionesdesde la cubierta delsurtidor 

Gas naturallicuefactado

El espacio total dentro dela cubierta del surtidor yel espacio hasta 1,5 men todas direccionesdesde la cubierta delsurtidor 

El espacio desde 1,5 mhasta 3,0 m en todasdirecciones desde lacubierta del surtidor 

Nota: Véase la NFPA 70.” 

“380-000 Generalidades

(...)(3) Las canalizaciones, conductores y cables en los

túneles, deben estar situados por encima del piso del túnel

y ubicados o resguardados para protegerlos de dañosfísicos; y deben ser del tipo no propagador del incendio ycon emisión de humos y opacidad reducida.”

(...)

“DIAGRAMA 1(Ver Reglas 150-700, 150-702, 150-746, 330-052,

330-102, 420-014 y el Anexo B)(Ver la Norma Técnica Peruana NTP-IEC 60884-1: “Enchufes ytomacorrientes para uso doméstico y propósitos similares. Parte

1: Requerimientos generales”)

Configuraciones de tomacorrientes sin enclavamiento

CONFIGURACIÓN DE TOMACORRIENTE TIPO TRES ENLÍNEA - 250 V, 10 A

DIAGRAMA 1 (Continuación)CONFIGURACIÓN DE TOMACORRIENTE TIPO SCHUKO - 250

V, 16 A

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008371008

DIAGRAMA 1 (Continuación)CONFIGURACIÓN DE ENCHUFE TRES EN LÍNEA CON TOMA DE TIERRA, 250 V, 10 A

Nota: Las espigas de los enchufes, deberán tenersus extremos aislados a partir del cuerpo delenchufe hasta los puntos de contacto.

DIAGRAMA 1 (Continuación)CONFIGURACIÓN DE ENCHUFE TRES EN LÍNEA SIN TOMA

DE TIERRA, 250 V, 10 A

Nota: Las espigas de los enchufes, deberán tener sus extremos

aislados a partir del cuerpo del enchufe hasta los puntos decontacto.

DIAGRAMA 1 (Continuación)CONFIGURACIÓN DE ENCHUFE TIPO SCHUKO, 250 V, 16 A ”

Artículo 3º.- Remisión NormativaToda mención en el Código al Reglamento Nacional

de Construcciones, deberá entenderse efectuada alReglamento Nacional de Edificaciones.

Artículo 4º.- VigenciaLa presente Resolución Ministerial entrará en vigencia

a partir del día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN VALDIVIA ROMEROMinistro de Energía y Minas

190337-1

   D  e  s  c  a  r  g  a   d  o   d  e  s   d  e  w  w  w .  e

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de abril de 2008 371009

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL 

Dan por concluidas designaciones deMiembros del Directorio de la Sociedad

de Beneficencia de Li ma Metropoli tanaRESOLUCIÓN MINISTERIALNº 177-2008-MIMDES

Lima, 18 de abril de 2008

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH modificado por Decreto Supremo Nº004-2003-MIMDES, se aprobó la conformación de losDirectorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntasde Participación Social, estableciéndose que el Directoriode la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitanaestá integrado por siete (7) Miembros, designados por elMinisterio de la Mujer y Desarrollo Social;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 741-2006-MIMDES de fecha 04 de octubre de 2006 se designó, entreotros, a los señores MARÍA EUGENIA PIZARRO LÓPEZ y

al señor WALTER MAURICIO ROBLES ROSALES, comoMiembros del Directorio de la Sociedad de Beneficenciade Lima Metropolitana;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 347-2007-MIMDES de fecha 16 de julio de 2007, se designó al señorPEDRO MORALES LYNCH, como Miembro del Directoriode la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 359-2007-MIMDES de fecha 19 de julio de 2007, se designó al señorHERMINIO ARCADIO TABOADA PORTELLA, comomiembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia deLima Metropolitana;

Que, por convenir al servicio resulta pertinente darpor concluidas las designaciones a que se contraen losconsiderandos anteriores;

Con la visación del Director General de la OficinaGeneral de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26918,Ley de Creación del Sistema Nacional para la Población en

Riesgo, en la Ley Nº 27793, Ley de Organización y Funcionesdel Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, suReglamento de Organización y Funciones aprobado medianteDecreto Supremo N° 011-2004-MIMDES y su modificatoria; yen el Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH, modificadopor Decreto Supremo Nº 004-2003-MIMDES;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Dar por concluidas, a partir de la fechalas designaciones de los señores MARÍA EUGENIA PIZARROLÓPEZ, WALTER MAURICIO ROBLES ROSALES, PEDROMORALES LYNCH y HERMINIO ARCADIO TABOADAPORTELLA como Miembros del Directorio de la Sociedad deBeneficencia de Lima Metropolitana, dándoseles las graciaspor los servicios prestados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROSMinistra de la Mujer y Desarrollo Social

191013-1

Designan y ratifican Miembrosdel Directorio de la Sociedad deBeneficencia de Li ma Metropoli tana

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 178-2008-MIMDES

Lima, 18 de abril de 2008

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-97-

PROMUDEH modificado por Decreto Supremo Nº004-2003-MIMDES, se aprobó la conformación delos Directorios de las Sociedades de Beneficencia yJuntas de Participación Social, estableciéndose que

el Directorio de la Sociedad de Beneficencia de LimaMetropolitana está integrado por siete (7) Miembros,designados por el Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial;

Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el actomediante el cual se designe a los Miembros del Directoriode la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana;

Con la visación del Director General de la OficinaGeneral de Asesoría Jurídica; y,De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26918,

Ley de Creación del Sistema Nacional para la Poblaciónen Riesgo, en la Ley Nº 27793, Ley de Organización yFunciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, su Reglamento de Organización y Funcionesaprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES y su modificatoria; y en el Decreto Supremo Nº002-97-PROMUDEH, modificado por Decreto SupremoNº 004-2003-MIMDES;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designar, a partir de la fecha, comoMiembros del Directorio de la Sociedad de Beneficenciade Lima Metropolitana a las siguientes personas:

- LUISA VICTORIA PILARES LADRÓN DEGUEVARA.- CARLOS RAÚL ALVARADO CONTRERAS.- OSCAR PRIMITIVO ORÉ BAZANTA.- MIGUEL ANGEL VASSALLO SÁNCHEZ.- JUAN CARLOS YANCE SALVADOR.

Artículo 2.-Ratificar, la designación de la señora MARÍAIVONNE YOUNG VICTORERO DE TRENEMAN, comoMiembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia deLima Metropolitana, efectuada por Resolución MinisterialNº 741-2006-MIMDES.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROSMinistra de la Mujer y Desarrollo Social

191013-2

RELACIONES EXTERIORES

Autorizan al INDECOPI efectuar pagode cuota a la OMPI

RESOLUCIÓN SUPREMANº 110-2008-RE

Lima, 18 de abril de 2008

VISTO:

El Oficio Nº 110-2008/GEG-INDECOPI, de 4 de abril de2008, del Instituto Nacional de Defensa de la Competenciay de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI),

por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exterioresla expedición de la Resolución Suprema que autorice elpago de la cuota del año 2008, a la Organización Mundialde la Propiedad Intelectual (OMPI);

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411,Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, concargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas delGobierno peruano a los organismos internacionales delos cuales el Perú es miembro;

Que es obligación del Perú cumplir con el pago delas cuotas a los organismos internacionales de maneraque permitan potenciar la capacidad de negociaciónen las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficiode los flujos de cooperación y asistencia técnica

internacional;Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pagode la cuota del año 2008 al Organismo Mundial de laPropiedad Intelectual (OMPI), con cargo al presupuesto

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008371010

del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y dela Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI);

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Nacional de Defensa

de la Competencia y de la Protección de la PropiedadIntelectual (INDECOPI) a efectuar el pago de CHF5,697.00 (CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETEY 00/100 FRANCOS SUIZOS) a la Organización Mundialde la Propiedad Intelectual (OMPI), correspondiente alpago de la cuota del año 2008.

Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuestoen el artículo precedente, serán financiados con cargoal presupuesto del Instituto Nacional de Defensa de laCompetencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual(INDECOPI).

Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional seráestablecida según el tipo de cambio vigente a la fecha depago.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZ

Presidente Constitucional de la RepúblicaJOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDEMinistro de Relaciones Exteriores

191011-6

Autorizan al Instituto Nacional deCultur a efectuar pago de cuota al Fondodel Patrimonio Mundial (UNESCO)

RESOLUCIÓN SUPREMANº 111-2008-RE

Lima, 18 de abril de 2008

VISTO:

El Oficio Nº 256-2008-DN/INC, de 8 de abril de 2008,del Instituto Nacional de Cultura (INC), por el que solicitaal Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de laResolución Suprema que autorice el pago de adeudos, alFondo del Patrimonio Mundial (UNESCO);

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411,Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, concargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas delGobierno peruano a los organismos internacionales delos cuales el Perú es miembro;

Que es obligación del Perú cumplir con el pago delas cuotas a los organismos internacionales de maneraque permitan potenciar la capacidad de negociaciónen las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio

de los flujos de cooperación y asistencia técnicainternacional;Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago

de adeudos al Fondo del Patrimonio Mundial (UNESCO),con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Cultura(INC);

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Nacional de Culturaa efectuar el pago de US$ 2,090.00 (DOS MIL NOVENTAY 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DEAMÉRICA) correspondiente al saldo de la cuota 2008, alFondo del Patrimonio Mundial (UNESCO).

Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuestoen el artículo precedente, serán financiados concargo al presupuesto del Instituto Nacional de Cultura

(INC).Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional seráestablecida según el tipo de cambio vigente a la fecha depago.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDEMinistro de Relaciones Exteriores

191011-7

Autorizan al INIA efectuar pago deadeudos al Programa Cooperativo deInnovación Tecnológica para la RegiónAndina

RESOLUCIÓN SUPREMANº 112-2008-RE

Lima, 18 de abril de 2008

VISTO:

El Oficio Nº 347-2008-INIA-OGP-OCTF/J de 9 de abril

de 2008, del Jefe del Instituto Nacional de InvestigaciónAgraria, por el que solicita al Ministerio de RelacionesExteriores la expedición de la Resolución Suprema queautorice el pago de adeudos al Programa Cooperativode Innovación Tecnológica para la Región Andina(PROCIANDINO);

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 67º numeral 67.3 de la Ley Nº 28411,Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, concargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas delGobierno peruano a los organismos internacionales delos cuales el Perú es miembro;

Que es obligación del Perú cumplir con el pago delas cuotas a los organismos internacionales de maneraque permitan potenciar la capacidad de negociaciónen las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio

de los flujos de cooperación y asistencia técnicainternacional;Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago

de adeudos al Programa Cooperativo de InnovaciónTecnológica para la Región Andina (PROCIANDINO),con cargo al presupuesto del Instituto Nacional deInvestigación Agraria (INIA);

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Nacional deInvestigación y Extensión Agraria (INIA) a efectuar elpago de adeudos al Programa Cooperativo de InnovaciónTecnológica para la Región Andina (PROCIANDINO), deacuerdo con el siguiente detalle:

Saldo de la cuota del año 2006 US$ 18,386.96 dólares americanos

Cuota 2007 US$ 22,000.00 dólares americanosPago parcial de la cuota 2008 US$ 8,411.29 dólares americanos

Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuestoen el Artículo precedente, serán financiados con cargoal presupuesto del Instituto Nacional de InvestigaciónAgraria (INIA).

Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional seráestablecida según el tipo de cambio vigente a la fecha depago.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE

Ministro de Relaciones Exteriores

191011-8

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de abril de 2008 371011

Nombran integrante de la Junta deVigilancia de los Traductores PúblicosJuramentados

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0499-2008-RE

Lima, 17 de abril de 2008

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto Supremo Nº 126-2003-RE, de11 de noviembre de 2003, se aprobó el Reglamento delos Traductores Públicos Juramentados, con la finalidadde optimizar los servicios públicos que proporciona elEstado;

Que, mediante el Memorándum (DGL) NºDGL0001/2008, de 28 de marzo de 2008, la DirecciónGeneral de Asuntos Legales, solicita al Archivo Generaly Documentación, la designación del Primer Secretarioen el Servicio Diplomático de la República Enrique CarlosCárdenas Aréstegui, como Segundo Representante de laDirección General de Asuntos Legales ante la Junta deVigilancia de los Traductores Públicos Juramentados;

Teniendo en cuenta lo solicitado en el Memorándum(JTP) Nº JTP0029/2008, de la Junta de Vigilancia deTraductores Públicos Juramentados, de 8 de abril de2008;

Que, en tal sentido, se ha dispuesto incorporar alcitado funcionario diplomático a la Junta de Vigilancia deTraductores Públicos Juramentados, como RepresentanteAlterno de la Dirección de Asuntos Legales, ante la citadaJunta de Vigilancia;

De conformidad con el artículo 37º del Reglamento deTraductores Públicos Juramentados, aprobado medianteel Decreto Supremo Nº 126-2003-RE, y el artículo 17º dela Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Nombrar como integrante de la Juntade Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados,

al Primer Secretario en el Servicio Diplomático de laRepública Enrique Carlos Cárdenas Aréstegui, comoRepresentante Alterno de la Dirección General de AsuntosLegales, ante la Junta de Vigilancia de los TraductoresPúblicos Juramentados, con efectividad al 10 de abril de2008.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDEMinistro de Relaciones Exteriores

190602-1

Cesan a Traductora PúblicaJuramentada

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0505-2008-RE

Lima, 18 de abril de 2008

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Supremo Nº 126-2003-RE, de 11de noviembre de 2003, se aprobó el Reglamento de losTraductores Públicos Juramentados, con la finalidadde optimizar los servicios públicos que proporciona elEstado;

Que por Resolución Ministerial Nº 1426/RE, de 22 denoviembre de 2006, se nombró a los integrantes de laComisión Supervisora del Proceso de Ratificación de losactuales Traductores Públicos Juramentados;

Que por Resolución Ministerial Nº 0015/RE de 9 deenero de 2007, se aprobaron las Bases para culminar

el Proceso de Ratificación de los actuales TraductoresPúblicos Juramentados;Que por Resolución Ministerial Nº 0752/RE de 4 de

 julio de 2007, se ratificó a 60 personas como Traductores

Públicos Juramentados, que cumplieron, con lo señaladoen las Bases del Proceso de Ratificación antes mencionadoy merecieron calificación aprobatoria. Doña IvonneDirlewanger de Mould no figura en dicha Resolución, porno haberse presentado al citado proceso;

Que mediante memorándum (JTP) Nº 060 de 25de septiembre de 2007, de la Junta de Vigilancia de

los Traductores Públicos Juramentados se solicitó a laDirección General de Asuntos Legales opinión jurídicasobre la procedencia legal de cesar en la función deTraductora Pública Juramentada (TPJ) a doña IvonneDirlewanger de Mould;

Que la Dirección General de Asuntos Legales, luego deanalizar lo señalado en el memorándum (JTP) Nº 060 de25 de septiembre de 2007, mediante memorándum (DGL)Nº 2015 de 24 de octubre de 2007, concluye considerandoque es imposible la ratificación de la Traductora PúblicaJuramentada Ivonne Dirlewanger de Mould por cuanto noparticipó formalmente en el Proceso de Ratificación antesmencionado;

De acuerdo al inciso c) del artículo 50º del Reglamentode los Traductores Públicos Juramentados, a la Ley Nº27444, a la Resolución Ministerial Nº 015/RE de 9 deenero de 2007 y a la Resolución Ministerial Nº 0752/REde 4 de julio de 2007;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Cesar como Traductora PúblicaJuramentada a doña Ivonne Dirlewanger de Mould, enla combinación de idiomas: alemán-castellano, inglés-castellano y castellano-inglés.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDEMinistro de Relaciones Exteriores

190602-2

 TRABAJO Y PROMOCION

DEL EMPLEO

Eliminan la obligación de presentar lain formación de las Plani ll as de Pago deRemuneraciones de los Trabajadorespercibidas en el mes de junio de cadaaño, por aplicación de la PlanillaElectrónica

DECRETO SUPREMON° 002-2008-TR

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Supremo Nº 0007-TC, del 27 demayo de 1968, se estableció que las empresas privadasinscritas en el Registro Nacional de Centros de Trabajodeben remitir al Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo copia de su planilla mensual de sueldos al 30 de junio y de salarios correspondiente a la semana en queesté comprendido dicho día;

Que mediante Decreto Supremo Nº 018-85-TR sedispuso que la Oficina General de Economía del Trabajoy Productividad del Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo es la encargada de recibir anualmente la planillamensual de sueldos al 30 de junio de cada año, y la desalarios correspondiente a la semana en que se cumpledicha fecha, de todas las empresas comprendidas en laobligación;

Que mediante Decreto Supremo Nº 018-2007-TRse han establecido disposiciones relativas al uso deldocumento denominado “Planilla Electrónica”, cuya

recepción se ha encargado a la Superintendencia Nacionalde Administración Tributaria – SUNAT, habiéndoseaprobado mediante Resolución Ministerial N° 250-2007-TR la información que debe contener dicho documento,

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008371012

así como las tablas que han de ser utilizadas para suelaboración y la estructura de datos requerida por loscorrespondientes archivos de importación;

Que la planilla electrónica es un instrumentoorientado, entre otros fines, a eliminar o simplificar losprocedimientos administrativos a realizarse ante laAutoridad Administrativa de Trabajo, y con ello, a la

reducción de costos, el incentivo a la formalización y lapromoción de la competitividad empresarial;Que la planilla electrónica recoge la información que

venía siendo presentada por los empleadores a través de ladeclaración jurada sobre información de planillas de pago delmes de junio, lo que hace pertinente disponer la derogatoriade los dispositivos que normaron dicha presentación;

En uso de las facultades conferidas por el numeral 8)del artículo 118 de la Constitución Política del Perú;

DECRETA:

Artículo 1°.- DerogatoriaDeróganse el Decreto Supremo Nº 0007-TC, el

Decreto Supremo Nº 018-85-TR, y demás normas que seopongan a la presente.

Artículo 2°.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por elMinistro de Trabajo y Promoción del Empleo.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinuevedías del mes de abril del año dos mil ocho.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

MARIO PASCO COSMÓPOLISMinistro de Trabajo y Promoción del Empleo

191011-3

 TRANSPORTES Y 

COMUNICACIONES

Declaran la conclusión de proceso detransferencia de funciones sectorialesespecífi cas en materi a de comu ni cacionesa los Gobiernos Region ales de Ayacucho,Huánuco, San Mart ín e Ica

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 332-2008-MTC/03

Lima, 17 de abril de 2008

VISTO:

El Informe Nº 96-2008-MTC/26 de la Dirección deRegulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones.

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 27783,Ley de Bases de la Descentralización, se dio inicio alproceso de transferencia a los Gobiernos Regionales delas funciones sectoriales en materia de comunicacionescontenidas en el artículo 57° de la Ley N° 27867, LeyOrgánica de Gobiernos Regionales;

Que, mediante la Ley N° 28273, Ley del Sistema deAcreditación de los Gobiernos Regionales y Locales y suReglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 080-2004-PCM, se estableció el procedimiento de acreditación, enel marco del Sistema de Acreditación, que comprende lacapacitación, asistencia técnica y el conjunto de criterios,instrumentos y procedimientos y normas necesarias paradeterminar la capacidad de gestión de los GobiernosRegionales, para recibir y ejercer las funciones materia detransferencia;

Que, mediante Decreto Supremo N° 036-2007-PCM seaprobó el Plan Anual de Transferencia de CompetenciasSectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales delaño 2007, disponiendo que las funciones sectoriales

pendientes de certificación, acreditación y efectivización,comprendidas en los Planes Anuales 2004, 2005 y 2006,forman parte del ciclo del Plan Anual 2007;

Que, asimismo, por Resolución de Secretaría deDescentralización N° 003-2007-PCM-SD, se aprobó laDirectiva N° 001-2007-PCM/SD “Normas para la Ejecuciónde la Transferencia del año 2007 a los Gobiernos

Regionales y Locales, de las Funciones Sectorialesincluidas en los Planes Anuales de Transferencia”, ypor Resolución de Secretaría de Descentralización N°025-2007-PCM-SD, se aprobó la Directiva N° 006-2007-PCM/SD “Normas para la Efectivización del proceso deTransferencia del año 2007 de los Sectores del GobiernoNacional a los Gobiernos Regionales”;

Que, el literal g) del numeral 5.1.9 de la DirectivaN° 001-2007-PCM/SD, así como el numeral 5.2.9 dela Directiva N° 006-2007-PCM/SD, disponen que losMinisterios emitirán la respectiva Resolución Ministerialque formaliza la transferencia de las Funciones Sectoriales,especificando cada una de las funciones establecidas enla Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales;

Que, mediante Resolución de Secretaría deDescentralización N° 003-2008-PCM/SD la Secretaríade Descentralización ha certificado el cumplimiento derequisitos generales, para acceder a la transferencia

de funciones sectoriales incluidas en el Plan Anualde Transferencia de Competencias Sectoriales a losGobiernos Regionales y Locales del año 2007, de losGobiernos Regionales de Ayacucho y Huánuco;

Que, asimismo, por Resoluciones de Secretaríade Descentralización Nºs 013 y 016-2008-PCM/SD, laSecretaría de Descentralización certificó el cumplimientode dichos requisitos generales por parte de los Gobiernosregionales de Ica y San Martín, respectivamente

Que, asimismo, mediante Resolución de Secretaría deDescentralización N° 020-2007-PCM/SD y Resoluciones deSecretaría de Descentralización N°s 009, 015 y 018-2008-PCM/SD se acredita a los Gobiernos Regionales de SanMartín, Huánuco, Ayacucho e Ica, respectivamente, parala transferencia de las funciones sectoriales incluidas en elPlan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales alos Gobiernos Regionales y Locales del año 2007, según losanexos que forman parte de las citadas resoluciones;

Que, a través de la suscripción de las Actas de Entrega

y Recepción, así como de las Actas Sustentatoriasentre la Presidenta de la Comisión de Transferencia delSubsector Comunicaciones del Ministerio de Transportesy Comunicaciones y de los Presidentes de las ComisionesRegionales de Transferencia de los Gobiernos Regionalesde San Martín, Huánuco, Ayacucho e Ica, se ha formalizadola transferencia de las funciones sectoriales en materia deComunicaciones que se detallan en el Anexo que formaparte integrante de la presente Resolución;

Que, en consecuencia resulta necesario dar por concluidoel proceso de transferencia de las funciones sectoriales enmateria de Comunicaciones, comprendidas en el Plan Anualde Transferencia de Competencias Sectoriales a los GobiernosRegionales y Locales del año 2007, detalladas en el Anexoque forma parte integrante de la presente Resolución;

De conformidad con las Leyes N°s 27783, 28273 y27791, así como con los Decretos Supremos N°s 036-2007-PCM y 001-2008-PCM;

SE RESUELVE:Artículo Único.- Declarar la conclusión del proceso

de transferencia de las funciones sectoriales específicasen materia de comunicaciones, incluidas en el Plan Anualde Transferencia de Competencias Sectoriales a losGobiernos Regionales y Locales correspondiente al año2007, a los Gobiernos Regionales de Ayacucho, Huánuco,San Martín e Ica, de acuerdo al siguiente detalle

Funciones Específicas en materia de Comunicaciones, establecidas en laLey Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Artículo 57º

 Ayacucho a, b, c, d, eHuánuco a, b, c, d, e

Ica a, b, c, d, eSan Martín a, b, c, d, e

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VERONICA ZAVALA LOMBARDIMinistra de Transportes y Comunicaciones

190604-1

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de abril de 2008 371013

Aprueban la Directiva “CondicionesTécnicas para la Implementación deDuctos y Cámaras para la Instalaciónde Cables de Fibra Óptica”

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 333-2008-MTC/02

Lima, 17 de abril de 2008

VISTO:

El Informe Nº 71-2008-MTC/14, de la Dirección Generalde Caminos y Ferrocarriles, por medio del cual solicita quese apruebe la Directiva: “Condiciones Técnicas para laImplementación de Ductos y Cámaras para la Instalaciónde Cables de Fibra Óptica”;

CONSIDERANDO:

Que, el 25 de julio de 2007, se publicó en el DiarioOficial El Peruano el Decreto Supremo Nº 024-2007-MTC;

Que, de acuerdo con lo regulado en los artículos

1º y 3º del referido Decreto Supremo, las carreterasa ser construidas deberán incluir dentro del área desu derecho de vía, ductos y cámaras técnicamenteadecuados que permitan la instalación de cables defibras óptica, los cuales brindarán servicios públicos detelecomunicaciones; siendo que las condiciones técnicasque resulten necesarias para la implementación de losductos y cámaras antes mencionados, serán establecidospor el Ministerio de Transportes y Comunicacionesmediante Resolución Ministerial;

Que, de conformidad con el literal a) del artículo60º del Reglamento de Organización y Funciones delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, aprobadopor Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, la Direcciónde Normatividad Vial – unidad orgánica de la DirecciónGeneral de Caminos y Ferrocarriles – tiene entresus funciones la de formular y actualizar normas decarácter técnico y/o administrativas relacionadas con la

gestión de infraestructura vial (estudios, construcción,rehabilitación, mejoramiento, mantenimiento y uso decaminos);

Que, en atención a lo opinado por la Direcciónde Normatividad Vial de la Dirección General deCaminos y Ferrocarriles, en su Informe Nº 018-2008-MTC/14.04; y atendiendo a lo dispuesto en el artículo3º del Decreto Supremo Nº 024-2007-MTC, resultanecesario aprobar la Directiva: “Condiciones Técnicaspara la Implementación de Ductos y Cámaras parala Instalación de Cables de Fibra Óptica”, que hasido elaborada teniendo en cuenta los parámetrosy especificaciones técnicas previstos en el Manualde Diseño Geométrico de Carreteras DG-2001, enlas Especificaciones Técnicas Generales para laConstrucción de Carreteras EG-2000, en el Manual deEnsayo de Materiales para Carreteras EM-2000 y enlas demás normas viales vigentes;

De conformidad con la Ley Nº 27791 y con los Decretos

Supremos Nº 021-2007-MTC y Nº 024-2007-MTC;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la Directiva: “CondicionesTécnicas para la Implementación de Ductos y Cámaraspara la Instalación de Cables de Fibra Óptica”, elcual en Anexo forma parte integrante de la presenteResolución.

Artículo 2º.- Disponer la publicación de la Directiva:“Condiciones Técnicas para la Implementación deDuctos y Cámaras para la Instalación de Cables de FibraÓptica” en la página web del Ministerio de Transportes yComunicaciones (http://www.mtc.gob.pe)

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VERÓNICA ZAVALA LOMBARDIMinistra de Transportes y Comunicaciones

190603-1

Declaran fundado recurso dereconsideración interpuesto contra laR.D. Nº 584-2008-MTC/15 y otorganconcesión i nterpr ovinci al para efectu arservicio de transporte a Empresa deTransportes Korimayo S.R.L.

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 3898-2008-MTC/15

Lima, 28 de marzo de 2008

VISTOS: el Expediente Nº 2008-006070, organizadoen torno al recurso de reconsideración interpuesto contrala Resolución Directoral Nº 584-2008-MTC/15, el InformeNº 4050-2008-MTC/15.02.2 y el Memorándum Nº 841-2008-MTC/15.02 elaborado por la Dirección de Serviciosde Transporte Terrestre;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Directoral Nº 584-2008-MTC/15, de fecha 21 de enero de 2008, se declaró

improcedente la solicitud formulada por la EMPRESADE TRANSPORTES KORIMAYO S.R.L. - en adelante LaEmpresa, sobre otorgamiento de concesión interprovincialpara efectuar servicio de transporte interprovincial regularde personas en la ruta: Arequipa - Moquegua y viceversa,debido a lo siguiente:

a) El objeto social de La empresa no incluye laprestación del servicio de transporte interprovincialregular de personas en la ruta: Arequipa - Moquegua yviceversa.

b) No presentó fotocopia del Testimonio de la EscrituraPública de Constitución de La Empresa inscrita en losRegistros Públicos, o en todo caso, copia literal vigentede la partida registral expedida por la oficina registralpertinente con una antigüedad no mayor de 30 díascalendario.

c) No presentó Declaración Jurada indicando que no seencuentra suspendida o inhabilitada para la prestación delservicio y que cuenta con una organización empresarialpara prestar el servicio de transporte, satisfaciendolas necesidades de los usuarios y el resguardo de suscondiciones de seguridad y salud, así como la proteccióndel ambiente y la comunidad en su conjunto.

d) Los contratos de arrendamiento presentados,a excepción de los correspondientes a los inmueblesubicados en la ciudad de Arequipa y Puno, se encuentranvencidos.

e) No ha abonado el reintegro del montocorrespondiente teniendo en consideración el valor de laUIT vigente, conforme a lo indicado en el Decreto SupremoNº 209-2007-EF de fecha 22 de diciembre de 2007.

Que, La Dirección de Servicios de Transporte Terrestre,con Oficio Nº 1635-2008-MTC/15.02 de fecha 25 de enerode 2008, notificó a La Empresa, la Resolución DirectoralNº 584-2008-MTC/15, el cual fue recepcionado el día 1 de

febrero del 2008, según obra en autos;Que, mediante escrito de fecha 12 de febrero de2008, registrado bajo el Expediente Nº 2008-006070, LaEmpresa interpone recurso de reconsideración contra laResolución Directoral Nº 584-2008-MTC/15, presentandoen calidad de nueva prueba los documentos siguientes:

a) Fotocopia de la Partida Registral Nº 11001061,Asiento B00001, en el cual se indica que La Empresatiene como objeto social dedicarse a brindar el serviciode transporte público de pasajeros en el ámbito local,regional, nacional e internacional.

b) Fotocopia del Testimonio de la Escritura Públicade Constitución de La Empresa de fecha 3 de febrero de1995.

c) Declaraciones Juradas indicando que no seencuentra suspendida o inhabilitada para la prestación delservicio y que cuenta con una organización empresarial

para prestar el servicio de transporte, satisfaciendolas necesidades de los usuarios y el resguardo de suscondiciones de seguridad y salud, así como la proteccióndel ambiente y la comunidad en su conjunto.

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008371014

d) Contratos de Arrendamiento vigentes de losinmuebles ubicados en las ciudades de Juliaca, Ilave yMoquegua.

e) Recibo de pago Nº 155220 de fecha 12 de febrerode 2008 por un monto de S/. 5.00 nuevos soles.

Que, del análisis del Recurso de Reconsideración

presentado por La Empresa, se desprende que ha sidointerpuesto dentro del plazo señalado en el numeral 2 delartículo 207º de la Ley de Procedimiento AdministrativoGeneral, Ley Nº 27444 y que cumple con los requisitosestablecidos por los artículos 113º y 211º de la citada ley;

Que, el artículo 208º de la Ley de ProcedimientoAdministrativo General - Ley Nº 27444, establece: “ElRecurso de Reconsideración se interpondrá ante elmismo órgano que dictó el primer acto que es materiade la impugnación y deberá sustentarse en nuevaprueba(...)”, por tanto, corresponde a La Empresa, aportarnuevos elementos de prueba, a fin de que la EntidadAdministrativa pueda emitir un nuevo pronunciamiento,siendo esta la naturaleza del recurso de reconsideración,en concordancia con lo dispuesto por el artículo 162ºnumeral 2 de la norma antes acotada, que señala:“Corresponde a los administrados aportar pruebasmediante la presentación de documentos e informes,

proponer pericias, testimonios, inspecciones y demásdiligencias permitidas, o aducir alegaciones”;Que, el artículo 58º del Reglamento Nacional de

Administración de Transportes aprobado por DecretoSupremo Nº 009-2004-MTC, prescribe que la DirecciónGeneral de Circulación Terrestre (ahora DirecciónGeneral de Transporte Terrestre), otorgará concesióninterprovincial para transporte interprovincial regular depersonas de ámbito nacional;

Que, en Informe Nº 493-2008-MTC/15.02 la Direcciónde Servicios de Transporte Terrestre, indica que laruta: Arequipa - Juliaca - Puno - Ilave - Desaguadero -Mazocruz - Humajalso - Moquegua y viceversa, no seencuentra comprendida en el mandato de suspensiónde otorgamiento de nuevas concesiones, dispuesta enla Décimo Cuarta Disposición Transitoria del ReglamentoNacional de Administración de Transporte aprobada porel Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, ni en lo dispuestoen el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2004-MTC,

dado que el itinerario solicitado no incluye ninguna de lasvías comprendidas en dicha suspensión;Que, la documentación presentada por la recurrente en

calidad de nueva prueba, ha sido evaluada por la Direcciónde Servicios de Transporte Terrestre, en Informe Nº 4050-2008-MTC/15.02, donde concluye que los documentospresentados subsanan las observaciones que motivaron ladenegatoria del pedido de otorgamiento de concesión en laruta: Arequipa - Moquegua y viceversa; asimismo, señalaque se ha verificado el Sistema de Consulta de Empresascon Cobranza Coactiva, observándose que La Empresa nomantiene deuda pendiente de pago por sanción firme.

Que, son aplicables al presente caso los Principios delProcedimiento Administrativo establecidos en el ArtículoIV del Título Preliminar de la Ley del ProcedimientoAdministrativo General - Ley Nº 27444;

Que, por lo expuesto procede declarar fundado elpresente recurso de reconsideración; en consecuencia, esnecesario dictar el acto administrativo correspondiente;

Estando a lo opinado por la Dirección de Serviciosde Transporte Terrestre en Memorándum Nº 841-2008-MTC/15.02 y por la Asesoría Legal de la Dirección Generalde Transporte Terrestre en Informe Nº 289 -2008-MTC/15.AL.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 208ºde la Ley del Procedimiento Administrativo General -Ley Nº 27444, Reglamento Nacional de Administraciónde Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC y sus modificatorias; la Ley de Organización yFunciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones- Ley Nº 27791, y su Reglamento aprobado por DecretoSupremo Nº 021-2007-MTC.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.-  Declarar fundado el Recursode Reconsideración interpuesto por la EMPRESA DE

TRANSPORTES KORIMAYO S.R.L., contra la ResoluciónDirectoral Nº 584-2008-MTC/15 de fecha 21 de enero de2008; por las razones expuestas en la parte considerativade la presente resolución.

Artículo Segundo.- Como consecuencia de lo resueltoen el artículo anterior, otorgar a favor de la EMPRESADE TRANSPORTES KORIMAYO S.R.L., la concesióninterprovincial para efectuar servicio de transporteinterprovincial regular de personas en la ruta: Arequipa -Moquegua y viceversa, por el período de diez (10) años,contados a partir de la fecha de expedición de la presente

Resolución, de acuerdo a los siguientes términos:

RUTA : AREQUIPA - MOQUEGUA y viceversaORIGEN : AREQUIPADESTINO : MOQUEGUAITINERARIO : JULIACA - PUNO - ILAVE - DESAGUADERO -

MAZOCRUZ - HUMAJALSOESCALA COMERCIAL : JULIACA - ILAVEFRECUENCIAS : Dos (2) diarias en cada extremo de rutaFLOTA VEHICULAR : Cinco (5) ómnibusFLOTA OPERATIVA : Cuatro (4) ómnibus de placas de rodaje Nºs. UO-

7294 (1995), UU-1407 (1994), UU-1485 (1994) yUO-2317 (1994)

FLOTA DE RESERVA : Un (1) ómnibus de placa de rodaje Nº UE-1592(1994)

HORARIOS : Salidas de Arequipa: a las 14:00 y 18:00 horas  Salidas de Moquegua: a las 10:00 y 20:00 horas

Artículo Tercero.- La Dirección de Serviciosde Transporte Terrestre deberá inscribir la presenteautorización en el Registro Nacional de Transporte dePersonas, en consecuencia, expídase las Tarjetas Únicasde Circulación correspondientes.

Artículo Cuarto.-  La presente Resolución deberáser publicada por la EMPRESA DE TRANSPORTESKORIMAYO S.R.L., en el Diario Oficial “El Peruano” dentrode los treinta (30) días calendario, contados a partir de lafecha en que la autoridad competente expidió la orden depublicación.

Artículo Quinto.- La EMPRESA DE TRANSPORTESKORIMAYO S.R.L., iniciará el servicio dentro de los treinta(30) días calendario, contados a partir del día siguientede la fecha de publicación de la presente Resolución. Deno iniciar el servicio dentro del plazo mencionado en esteartículo o de no cumplir con efectuar la publicación de lapresente autorización conforme al plazo señalado en elartículo anterior, se declarará la caducidad de la concesión

interprovincial.Artículo Sexto.- Encargar la ejecución de la presenteResolución a la Dirección de Servicios de TransporteTerrestre.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LINO DE LA BARRERA L.Director General (e)Dirección General de Transporte Terrestre

190681-1

 VIVIENDA 

Modifi can R.M. Nº 18 5-2007-VIVIENDA

que creó el Proyecto “Mejorando MiQuinta”

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 104-2008-VIVIENDA

Lima, 17 de abril de 2008

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Supremo Nº 017-2007-VIVIENDAse crea el “Programa Integral de Mejoramiento de Barriosy Pueblos” bajo el ámbito del Viceministerio de Vivienday Urbanismo;

Que, con Resolución Ministerial Nº 185-2007-VIVIENDA se crea el Proyecto “Mejorando Mi Quinta”como componente del Programa Integral de Mejoramientode Barrios y Pueblos, con el objetivo de contribuir a la

habitabilidad de los inmuebles de las familias que residenen un predio de dominio privado de una entidad pública,y que cuenta con acceso común desde la vía pública enforma directa, o a través de un pasaje o área común,

   D  e  s  c  a  r  g  a   d  o   d  e  s   d  e  w  w  w .  e   l  p

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de abril de 2008 371015

y carecen de condiciones mínimas de salubridad yseguridad;

Que, la Trigésima Cuarta Disposición Final de la LeyNº 29142, Ley del Presupuesto del Sector Público parael Año Fiscal 2008, se autoriza al Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento a intervenir en predios depropiedad privada para la ejecución de obras de refacción

en áreas comunes y privadas deterioradas, ubicadas enzonas con poblaciones en extrema pobreza, a través delPrograma Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos;

Que, a fin de adecuar la Resolución Ministerial Nº185-2007-VIVIENDA a lo indicado en la Ley Nº 29142,es preciso establecer los requisitos y condiciones paralas intervenciones del Proyecto “Mejorando Mi Quinta”,resguardando los recursos públicos materia de inversiónen proyectos socialmente rentables, sostenibles ycompatibles con los lineamientos de política, en aplicacióndel artículo 4º de la Ley Nº 27293, Ley del SistemaNacional de Inversión Pública;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27792,Ley de Organización y Funciones del Ministerio deVivienda, Construcción y Saneamiento, el Reglamentode Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento aprobado por DecretoSupremo Nº 002-2002-VIVIENDA y modificado por el

Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA;SE RESUELVE:

Artículo Único.- Modificación de la ResoluciónMinisterial Nº 185-2007-VIVIENDA

Modificar los artículos 2º, 3º, 5º y 7º de la ResoluciónMinisterial Nº 185-2007-VIVIENDA que crea el Proyecto“Mejorando Mi Quinta” del Programa Integral deMejoramiento de Barrios y Pueblos, con el siguientetenor:

“Artículo 2º.- ObjetivosEl Proyecto tiene como objetivos los siguientes:

a) Mejorar las condiciones de habitabilidad de losinmuebles de las familias que residen en predios:

a.1) De propiedad privada para la ejecución de obras

de refaccionen áreas comunes y privadas deterioradas,ubicadas en zonas con poblaciones en extrema pobreza.a.2) De dominio privado de una entidad pública, y que

cuenten con acceso común desde la vía pública en formadirecta, ó a través de un pasaje o área común, y carecende condiciones mínimas de salubridad y seguridad.

b) Recuperar y revitalizar las áreas comunesdeterioradas de estos predios.

c) Rehabilitar los elementos estructurales con frente alos pasajes o áreas comunes de alto riesgo por razonesde seguridad.

d) Rehabilitación de los espacios comunes en cuanto apisos, fachadas laterales, cercos o pórticos de seguridad,etc.

e) Instalación o rehabilitación de infraestructura básica:agua, desagüe y electrificación en las áreas comunes.

f) Tratamiento de áreas verdes internas de ser elcaso”.

“Artículo 3º.- CaracterísticasEl Proyecto “Mejorando Mi Quinta” se ejecutará con

participación del Ministerio de Vivienda, Construccióny Saneamiento, de las entidades públicas propietariasde los inmuebles a intervenir y de sus habitantes; yconsiderará diferentes tipologías de quintas, así comoaquellos de similares características, para dichos efectosse suscribirán los Convenios respectivos.

Las intervenciones físicas en las áreas comunes seránde mejoramiento, ampliación y/o construcción de lasinstalaciones de agua potable, alcantarillado y eléctricas,servicios higiénicos y lavandería, así como la instalaciónde elementos de reforzamiento estructural, en prevencióndel colapso de los muros de las edificaciones y susconsecuencias en la integridad física de sus ocupantes”.

“Artículo 5º.- Identificación, Selección y Calificación de

los Inmuebles a Intervenir El Programa Integral de Mejoramiento de Barriosy Pueblos del Viceministerio de Vivienda y Urbanismoidentificará, seleccionará y calificará los inmuebles a

intervenir del Proyecto “Mejorando Mi Quinta”, en basea las características físicas, criterios socio-económicosy la aplicación de metodologías participativas con losocupantes involucrados, de acuerdo con el Manual deOperaciones del Programa Integral de Mejoramiento deBarrios y Pueblos.

En tanto se apruebe el Manual de Operaciones antes

referido, para la identificación, selección y calificación delos predios a intervenir se tendrán en cuenta los siguientescriterios:

- El 80% de los predios deberán corresponder ahogares con necesidades básicas insatisfechas, querequieran mejoramiento de éstas, o de bajos recursoseconómicos.

- El predio debe tener una antigüedad no menor aveinticinco (25) años.

- El predio debe ubicarse en el ámbito urbano.- Las familias ocupantes no deben ser beneficiarias

de otro proyecto de inversión pública del Ministerio deVivienda, Construcción y Saneamiento.

- El predio debe contar con estructura estable, noconsiderándose aquellos declarados como finca ruinosade acuerdo con el Sistema Nacional de Defensa Civil.

Para la intervención en las zonas comunes y depropiedad privada, se deberá contar con autorizaciónexpresa con firma legalizada del propietario del predio,así como la autorización de la Junta de Propietarios ensu caso”.

“Artículo 7º.- Del FinanciamientoEl Proyecto “Mejorando Mi Quinta” afectará los gastos

de operación y ejecución de sus actividades y proyectoscon cargo a los recursos de la Unidad Ejecutora 002:Vivienda y Urbanismo.

Las familias beneficiarias podrán aportar mano deobra para la pintura y el tratamiento paisajístico, segúncorresponda”.

Regístrese, comuníquese y publíquese

ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZMinistro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

190873-1

Aprueban selección de 234 centrospoblados en los que se ejecutaránproyectos de inversión pública que seencuentran en Fase de Inversión, enel marco del Proyecto “Mejorando MiPueblo”

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 105-2008-VIVIENDA

Lima, 17 de abril de 2008

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento tiene competencia para formular, aprobar,ejecutar y supervisar las políticas de alcance nacionalaplicables en materia de vivienda, urbanismo, construccióny saneamiento; y ejerce competencias compartidas conlos Gobiernos Regionales y Locales;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2007-VIVIENDA se crea el “Programa Integral de Mejoramientode Barrios y Pueblos” bajo el ámbito del Viceministerio deVivienda y Urbanismo, y aprueba la fusión de diversosProyectos y/o Programas, entre ellos el Proyecto deMejoramiento Integral de Vivienda y Pueblos Rurales -“Mejorando Mi Pueblo”;

Que, la Comisión de Selección de intervenciones delPIMBP creada por Memorandum Múltiple Nº 006-2008-VIVIENDA-VMVU/PIMBP del 17 de marzo de 2008, ensesión de fecha 31 de marzo de 2008, acordó la selección

de 234 Centros Poblados para la ejecución de 286proyectos de inversión pública en el año 2008;Que, mediante el Informe Nº 120-2008-VIVIENDA-

VMVU-PIMBP/BBS del Programa Integral de Mejoramiento

   D  e  s  c  a  r  g  a   d  o   d  e  s   d  e  w  w  w .  e   l  p

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008371016

de Barrios y Pueblos, se precisa que se han seleccionado234 Centros Poblados para la ejecución de 286 proyectosde inversión pública declarados viables por la Oficina deProgramación de Inversiones - OPI y cuentan con CódigoSNIP, a ejecutarse en el Primer y Segundo Trimestredel presente año en el marco del Proyecto “MejorandoMi Pueblo”, dichos proyectos cuentan con presupuesto

aprobado en el Plan Institucional 2008 así como han sidoconsiderados en el Programa Multianual 2008-2011;Que, según lo dispuesto en el artículo 6º de la Directiva

Nº 004-2007-EF/68.01 “Directiva General del SistemaNacional de Inversión Pública”, aprobada por ResoluciónDirectoral Nº 009-2007-EF/68.01, el Organo Resolutivoautoriza la elaboración de expedientes técnicos o estudiosdefinitivos, así como la ejecución de los Proyectos deInversión Pública declarados viables, pudiendo realizarambas autorizaciones en un solo acto;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27792- Ley de Organización y Funciones del Ministerio deVivienda, Construcción y Saneamiento, así como en suReglamento de Organización y Funciones aprobado porDecreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y modificadopor Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Selección de Centros Poblados aintervenir con el Proyecto “Mejorando Mi Pueblo”

Aprobar la selección de doscientos treinta y cuatro(234) Centros Poblados en los que se ejecutarándoscientos ochenta y seis (286) Proyectos de InversiónPública que se encuentran en Fase de Inversión,correspondiente al Primer y Segundo Trimestre del Año2008, en los cuales se ejecutarán las intervenciones en elmarco del Proyecto “Mejorando Mi Pueblo” del Programa

Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, detalladosen el Anexo que forma parte integrante de la presenteResolución.

Artículo 2º.- Autorización de Ejecución deExpedientes Técnicos

Autorizar la elaboración de expedientes técnicoso estudios definitivos, así como la ejecución de losProyectos de Inversión Pública declarados viables,para las obras del Proyecto “Mejorando Mi Pueblo” enlos Centros Poblados seleccionados, para su posterioraprobación mediante Resolución Directoral del DirectorNacional de Urbanismo, en tanto se apruebe el Manualde Operaciones del Programa Integral de Mejoramientode Barrios y Pueblos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZMinistro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

ANEXO 05LISTA DE PROYECTOS EN ETAPA DE PREINVERSIÓN 2008 - PIMBP MI PUEBLO

N° PROYECTO Codigo SNIP DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO CENTRO POBLADO

CONSTRUCCION DE PISTAS EN LALOCALIDAD DE

1 COPALLIN, DISTRITO DE COPALLIN - BAGUA- 70840 AMAZONAS BAGUA COPALLIN COPALLIN

  AMAZONAS

2 CONSTRUCCION DEL PARQUE CHIPE DE LA 77413 AMAZONAS BAGUA IMAZA CHIPE

  LOCALIDAD DE CHIPE

3 CONSTRUCCION DE PAVIMENTO AV. 28 DE JULIO MZ E 77411 AMAZONAS BAGUA IMAZA CHIPE

  DE LALOCALIDAD DE CHIPE

MEJORAMIENTO DEL PARQUE PRINCIPAL DEL

4 DISTRITO DE JUMBILLA-BONGARA, PROVINCIADE 75138 AMAZONAS BONGARA JUMBILLA JUMBILLA

  BONGARA- AMAZONAS

MEJORAMIENTO DEL PARQUE PRINCIPAL DE LA

5 LOCALIDAD EL PROGRESO, DISTRITO DE 71189 AMAZONAS BONGARA YAMBRASBAMBA EL PROGRESO

  YAMBRASBAMBA- BONGARA- AMAZONAS

RECONSTRUCCION DE PLAZADE ARMAS DE LA

6 LOCALIDAD DE MOLINOPAMPA, DISTRITO DE 77500 AMAZONAS CHACHAPOYAS MOLINOPAMPA MOLINOPAMPA

  MOLINOPAMPA- CHACHAPOYAS - AMAZONAS

CONSTRUCCION DE LAPLAZACENTRAL DEL CENTRO SAN FRANCISCO

7 POBLADO DE PIPUS ., DISTRITO DE SAN FRANCISCO 77266 AMAZONAS CHACHAPOYAS DE DAGUAS PIPUS

  DE DAGUAS - CHACHAPOYAS - AMAZONAS

CONSTRUCCION DE LAPLAZA PRINCIPAL DEL

8 CENTRO POBLADO SOLOCO, DISTRITO DE SOLOCO - 64883 AMAZONAS CHACHAPOYAS SOLOCO SOLOCO

  CHACHAPOYAS - AMAZONAS

CONSTRUCCION PARQUE PRINCIPAL Y

9 MEJORAMIENTO FACHADAIGLESIA CATOLICAANEXO 77506 AMAZONAS LUYA LUYA ANEXO CHOCTA

  CHOCTA, DISTRITO DE LUYA- LUYA- AMAZONAS

10 CONSTRUCCION DE VEREDAS Y CUNETAS DE LAS 77274 AMAZONAS LUYA LUYA LUYA

  PRINCIPALES CALLES DEL DISTRITO DE LUYA

CONSTRUCCION DE EMPEDRADO CON PIEDRAS

11 LAJAS EN LAS CALLES PRINCIPALES DEL CENTRO 63330 AMAZONAS LUYA SAN CRISTOBAL OLTO

  POBLADO OLTO, DISTRITO DE SAN CRISTOBAL - LUYA-

 AMAZONAS

CONSTRUCCION DE LAPLAZAPRINCIPAL DEL ANEXO

12 SAN MARTIN DEL MANGO SAN JUAN DE LOPECANCHA, 77786 AMAZONAS LUYA SAN JUAN DE ANEXO SAN MARTIN

DISTRITO DE SAN JUAN DE LOPECANCHA- LUYA- LOPECANCHA DEL MANGO

  AMAZONAS

MEJORAMIENTO DE VEREDAS EN LAPARTE CENTRICA

13 DE LALOCALIDAD DE SANT TOMAS ., DISTRITO DE SANTO 77235 AMAZONAS LUYA SANTO TOMAS SANTO TOMAS

  TOMAS - LUYA- AMAZONAS

CONSTRUCCION PAVIMENTACION DE LACUADRA4,5,6 RODRIGUEZ DE

14 DE LAAV.AMAZONAS HUAMBO, DISTRITO DE HUAMBO - 77119 AMAZONAS MENDOZA HUAMBO HUAMBO

  RODRIGUEZ DE MENDOZA- AMAZONAS

  MEJORAMIENTO, CONSTRUCCION DEL PARQUE RODRIGUEZ DE

15 PRINCIPAL DEL DISTRITO DE SAN NICOLAS, PROVINCIA 77128 AMAZONAS MENDOZA SAN NICOLAS MENDOZA

  DE RODRIGUEZ DE MENDOZA- AMAZONAS

CONSTRUCCION DE PISTAS Y CUNETAS ALREDEDOR DE

16 LAPLAZADE ARMAS DEL DISTRITO DE MARISCAL 77181 AMAZONAS RODRIGUEZDE MARISCAL MARISCAL

BENAVIDES, PROVINCIADE RODRIGUEZ DE MENDOZA- MENDOZA BENAVIDES BENAVIDES

  AMAZONAS

   D  e  s  c  a  r  g  a   d  o   d  e  s   d  e  w  w  w .  e   l  p

  e  r  u  a  n  o .  c  o  m .  p  e

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de abril de 2008 371017

N° PROYECTO Codigo SNIP DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO CENTRO POBLADO

  CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS Y EVACUACION

17 PLUVIAL Y PARQUE INFANTIL EN VIAS DE ACCESO ALA 61935 AMAZONAS UCTUBAMBA JAMALCA PURURCO

  LOCALIDAD DE PURURCO, DISTRITO DE JAMALCA-

UCTUBAMBA- AMAZONAS

CONSTRUCCION DE VEREDAS Y EMBLOQUETADO DE LA

18 AVENIDAAMAZONAS CUADRAS 1-2 Y JR. MIGUEL GRAU 77370 AMAZONAS UTCUBAMBA CAJARURO ALTO AMAZONAS

  CUADRA3 DEL CENTRO POBLADO ALTO AMAZONAS,

DISTRITO DE CAJARURO - UCTUBAMBA- AMAZONAS

CONSTRUCCION DE PISTAS, VEREDAS EVACUACION

19 PLUVIAL Y PARQUE PRINCIPALES EN EL C.P.DE NUEVA 77496 AMAZONAS UTCUBAMBA CUMBA NUEVAESPERANZA

  ESPERANZA- CUMBA- DISTRITO DE JAMALCA-

UCTUBAMBA- AMAZONAS

  MEJORAMIENTO DE CALZADAS Y VEREDAS DE LA

20 SEGUNDAY TERCERACUADRADEL JR SUCRE EN EL 65334 ANCASH CARHUAZ PARIAHUANCA PARIAHUANCA

  DISTRITO DE PARIAHUANCA, PROVINCIADE CARHUAZ -

 ANCASH

21 MEJORAMIENTO DEL JIRON GUIA ,DISTRITO DE HUAYLAS, 59024 ANCASH HUAYLAS HUAYLAS HUAYLAS

  PROVINCIADE HUAYLAS - ANCASH

CONSTRUCCION DE VEREDAS DEL JIRON. GUIAY JIRON.

22 LIMA DISTRITO DE HUAYLAS, PROVINCIA DE HUAYLAS - 59009 ANCASH HUAYLAS HUAYLAS HUAYLAS

  ANCASH

  CONSTRUCCION DEL PARQUE OSHCURAN - DISTRITO

23 DE HUAYLAS ,DISTRITO DE HUAYLAS, PROVINCIA DE 58982 ANCASH HUAYLAS HUAYLAS HUAYLAS

  HUAYLAS - ANCASH

24 CONSTRUCCION DEL PARQUE SHUYO ,DISTRITO DE 58981 ANCASH HUAYLAS HUAYLAS SHUYO

  HUAYLAS, PROVINCIADE HUAYLAS - ANCASH

  CONSTRUCCION DE LAPAVIMENTACION DE LAS

25 PRINCIPALES CALLES DE LACABAMBA, PROVINCIADE 66444 ANCASH PALLASCA LACABAMBA LACABAMBA

  PALLASCA- ANCASH

CONSTRUCCION DE LAPAVIMENTACION DE LAS

26 PRINCIPALES CALLES DE LLAPO, PROVINCIADE 58413 ANCASH PALLASCA LLAPO LLAPO

  PALLASCA- ANCASH

27 CONSTRUCCION DE VEREDAS, EN EL DISTRITO DE SANTA 55743 ANCASH PALLASCA SANTAROSA SANTAROSA

  ROSA, PROVINCIADE PALLASCA- ANCASH

CONSTRUCCION DE VEREDAS EN AV. REVOLUCION EN

28 EL C.P. SAMANCO, DISTRITO DE SAMANCO - SANTA- 68918 ANCASH SANTA SAMANCO SAMANCO

  ANCASH

29 CONSTRUCCION DEL PARQUE PRINCIPAL DE SAYWITE- 59702 APURIMAC ABANCAY CURAHUASI SAYWITE

  CURAHUASI, PROVINCIA DE ABANCAY - APURIMAC

CONSTRUCCION DE VEREDAS DE LAVIAPRINCIPAL

30 CALLE ABANCAY DEL CENTRO POBLADO DE SAYWITE, 59400 APURIMAC ABANCAY CURAHUASI SAYWITE

  PROVINCIADE ABANCAY - APURIMAC

  CONSTRUCCION DEL PARQUE CENTRAL DE LA

31 LOCALIDAD DE ARGAMAPARQUE, DISTRITO DE 75594 APURIMAC ANDAHUAYLAS PACUCHA ARGAMAPARQUE

  PACUCHA- ANDAHUAYLAS - APURIMAC

CONSTRUCCION DE VEREDAS AV. MACHAYBAMBADE

32 LALOCALIDAD DE MANCHAYBAMBA, DISTRITO DE 75688 APURIMAC ANDAHUAYLAS PACUCHA MANCHAYBAMBA

  PACUCHA- ANDAHUAYLAS - APURIMAC

  CONSTRUCCION DEL PARQUE CENTRAL DE LA

33 LOCALIDAD DE MANCHAYBAMBA, DISTRITO DE 75684 APURIMAC ANDAHUAYLAS PACUCHA MANCHAYBAMBA

  PACUCHA- ANDAHUAYLAS - APURIMAC

CONSTRUCCION DE LAPAVIMENTACIÓN DE LAAV.

34 ALMAZAOCAMPO, I ETAPA, DE LALOCALIDAD DE 75697 APURIMAC ANDAHUAYLAS PACUCHA PACUCHA

  PACUCHA, DISTRITO DE PACUCHA- ANDAHUAYLAS -

 APURIMAC

  CONSTRUCCION DE VEREDAS DE VÍAS PRINCIPALES

 ARTICULADORES AV. HERNÁN TORBISCO, JR. TUPAC

35 AMARU, JR. ANDAHUAYLAS, JR. NUEVAESPIRANZADEL 65097 APURIMAC ANDAHUAYLAS SAN JERONIMO CHAMPACCOCHA

  CENTRO POBLADO CHAMPACCOCHADEL DISTRITO DE

SAN JERONIMO, PROVINCIADE ANDAHUAYLAS -

 APURIMAC  MEJORAMIENTO DE PARQUE ALAN GARCIAPEREZ DE

36 CHAMPACCOCHADEL DISTRITO DE SAN JERONIMO, 64959 APURIMAC ANDAHUAYLAS SAN JERONIMO CHAMPACCOCHA

  PROVINCIADE ANDAHUAYLAS - APURIMAC

  CONSTRUCCION DEL PARQUE DEL CENTRO POBLADO

37 DE LLIUPAPUQUIO, DEL DISTRITO DE SAN JERONIMO, 69466 APURIMAC ANDAHUAYLAS SAN JERONIMO LLIUPAPUQUIO

  PROVINCIADE ANDAHUAYLAS - APURIMAC

  CONSTRUCCION DE VEREDAS DE VÍAS PRINCIPALES DEL

38 CENTRO POBLADO LLIUPAPUQUIO DEL DISTRITO SAN 69568 APURIMAC ANDAHUAYLAS SAN JERONIMO LLIUPAPUQUIO

  JERONIMO, PROVINCIADE ANDAHUAYLAS - APURIMAC

  CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS AV. NICOLAS DE

PIEROLA1RA, 2DAY 3RACUADRA, AV. SAN MARTIN 3RA,

39 4TA, 5TACUADRA, AV. VELASCO ALVARADO 5TA 71075 APURIMAC ANDAHUAYLAS SANTAMARIADE NUEVAESPERANZA

CUADRA, DEL CENTRO DE NUEVAEZPERANZADEL CHICMO

DISTRITO DE S.M. DE CHICMO, PROVINCIADE

 ANDAHUAYLAS - APURIMAC

  CONSTRUCCION DE VEREDAS PARAEL BARRIO ALTO

40 DEL CENTRO POBLADO DE ANTABAMBA, DISTRITO DE 57660 APURIMAC ANTABAMBA ANTABAMBA ANTABAMBA

  ANTABAMBA, PROVINCIADE ANTABAMBA, REGION APURIMAC

  CONSTRUCCION INTEGRAL DE PISTAY VEREDADE LA

   D  e  s  c  a  r  g  a   d  o   d  e  s   d  e  w  w  w .  e

   l  p  e  r  u  a  n  o .  c  o  m .  p  e

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008371018

N° PROYECTO Codigo SNIP DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO CENTRO POBLADO

41 AV.PERU Y VÍAS ARTICULADORAS ALAPLAZAPRINCIPAL 58546 APURIMAC AYMARAES TINTAY TINTAY

  DEL DISTRITO DE TINTAY, PROVINCIAAYMARAES,

REGION APURIMAC

CONSTRUCCION OVALO SEBASTIAN QUIMICHU Y

42 MEJORAMIENTO DE REDONDELAPISONAY DE LA 68370 APURIMAC CHINCHEROS COCHARCAS CERCADO DE

LOCALIDAD DE COCHARCAS, PROVINCIADE CHINCHEROS COCHARCAS

  APURIMAC

CONSTRUCCION DE ALAMEDAY BOULEVAR CALLE CERCADO DE

43 SEBASTIAN QUIMICHU CUADRA1 DE LALOCALIDAD DE 68375 APURIMAC CHINCHEROS COCHARCAS COCHARCAS

  COCHARCAS, PROVINCIADE CHINCHEROS - APURIMAC

  MEJORAMIENTO DE LAPLAZAPRINCIPAL DE LA

44 LOCALIDAD DE HUARIBAMBA, DISTRITO DE 66384 APURIMAC CHINCHEROS RANRACANCHA HUARIBAMBA

  RANRACANCHA, PROVINCIADE CHINCHEROS -

 APURIMAC

PAVIMENTACION, EMBOQUILLADO Y ESCALINATADE LAS

45 CALLES SAN AGUSTIN,RAMON CASTILLAY PLAZAPATA 62870 APURIMAC COTABAMBAS COTABAMBAS COTABAMBAS

  DEL DISTRITO DE COTABAMBA, PROVINCIADE

COTABAMBA, REGION APURIMAC

  CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS AV. MARIN 2º, 3º

CUADRA, CALLES SAN JUAN 2º CUADRA, SANTIAGO 2º

46 CUADRA Y PERIMETRO PLAZA PRINCIPAL DEL C. P. 63480 APURIMAC GRAU GAMARRA PALPACACHI

  PALPACACHI DEL DISTRITO MARISCAL GAMARRA,

PROVINCIADE GRAU - APURIMAC

MEJORAMIENTO Y CONSTRUCCION DE VEREDAS EN LAS CERRITO BUENA

47 PRINCIPALES CALLES DEL CENTRO POBLADO CERRITO 77405 AREQUIPA AREQUIPA LAJOYA VISTA

  BUENAVISTA, DISTRITO DE LAJOYA- AREQUIPA

  CONSTRUCCIÓN DEL PARQUE PRINCIPALDEL AA.HH

48 BUENAVISTADEL CENTRO POBLADO POLOBOYA 77507 AREQUIPA AREQUIPA POLOBAYA POLOBAYAGRANDE

  GRANDE

MEJORAMIENTO Y CONSTRUCCION DE VEREDAS EN LA

49 AV. HEROES DE QUEQUEÑADEL CENTRO POBLADO DE 62688 AREQUIPA AREQUIPA QUEQUEÑA QUEQUEÑA

  QUEQUEÑA, DISTRITO QUEQUEÑA, AREQUIPA

  MEJORAMIENTO DE LOS PASAJES PEATONALES DEL

50 CENTRO POBLADO DE QUEQUEÑA, DISTRITO QUEQUEÑA- 62861 AREQUIPA AREQUIPA QUEQUEÑA QUEQUEÑA

  AREQUIPA

MEJORAMIENTO DE VIAEN LAALAMEDAEL MOLINO DEL

51 CENTRO POBLADO SABANDIA, DISTRITO SABANDIA- 77432 AREQUIPA AREQUIPA SABANDIA SABANDIA

  AREQUIPA

  MEJORAMIENTO DE LAVIAPRINCIPAL Y CONSTRUCCION

52 DE VEREDAS, CENTRO POBLADO LADEHEZA, DISTRITO DE 66832 AREQUIPA CAMANA CAMANA LADEHEZA

  CAMANA, CAMANA- AREQUIPA

MEJORAMIENTO DEL PARQUE PRINCIPAL DEL CENTRO

53 POBLADO LADEHEZADISTRITO DE CAMANA, PROVINCIA 66830 AREQUIPA CAMANA CAMANA LADEHEZA

  DE CAMANA- AREQUIPA

  MEJORAMIENTO DEL PARQUE DE HABITAT HUACAPUY , JOSE MARIA

54 DISTRITO DE JOSE MARIA QUIMPER, PROVINCIA DE 66859 AREQUIPA CAMANA QUIMPER HUACAPUY

  CAMANA-AREQUIPA

CONSTRUCCION DE VEREDAS EN LACALLE PRINCIPAL JOSE MARIA

55 ALAMEDASAN CRISTOBAL DE HUACAPUY , DISTRITO DE 66865 AREQUIPA CAMANA QUIMPER HUACAPUY

  JOSE MARIAQUIMPER, PROVINCIADE CAMANA-

  AREQUIPA

  MEJORAMIENTO DE LACALLE PRINCIPAL DE HUACAPUY , JOSE MARIA

56 DISTRITO DE JOSE MARIA QUIMPER, PROVINCIA DE 66855 AREQUIPA CAMANA QUIMPER HUACAPUY

  CAMANA-AREQUIPA

MEJORAMIENTO DE VIAPRINCIPAL DE INGRESO AL

57 A.A.H.H. LACALETADEL DISTRITO DE QUILCA, PROVINCIA 66828 AREQUIPA CAMANA QUILCA A.A.H.H LACALETA

  DE CAMANA- AREQUIPA

  CONSTRUCCION DE LAPLAZALACALETAEN EL A.A.HH. LA

58 CALETA, DISTRITO DE QUILCA, PROVINCIADE CAMANA- 66829 AREQUIPA CAMANA QUILCA A.A.H.H. LACALETA

  AREQUIPA

59 CONSTRUCCIÓN DE VEREDAS Y BERMACENTRAL EN LA 57774 AREQUIPA CARAVELI JAQUI JAQUI  AV. AREQUIPADEL CENTRO POBLADO DE JAQUI

CONSTRUCCIÓN DEL PARQUE SANTASARITAEN EL AAHH LOMAS

60 ASENTAMIENTO HUMANO LOMAS TRADICIONAL, LOMAS, 58656 AREQUIPA CARAVELI LOMAS TRADICIONAL

  CARAVELÍ- AREQUIPA

CONSTRUCCIÓN DEL PARQUE EL MIRADOR EN EL

61 ASENTAMIENTO HUMANO LOS JAZMINES, LOMAS, 58666 AREQUIPA CARAVELI LOMAS AAHH LOS JAZMINES

  CARAVELÍ- AREQUIPA

62 CONSTRUCCIÓN DEL PARQUE ALTO MIRAMAR EN EL 58669 AREQUIPA CARAVELI LOMAS PUEBLO

  PUEBLO TRADICIONAL LOMAS, CARAVELÍ- AREQUIPA TRADICIONAL LOMAS

  CONSTRUCCION DE VEREDAS EN LAPLAZADE ARMAS DE

63 ANDAGUADEL DISTRITO DE ANDAGUA, CASTILLA- 58137 AREQUIPA CASTILLA ANDAGUA ANDAGUA

  AREQUIPA

64 MEJORAMIENTO DE LAPLAZADE ARMAS DE ANDAGUA 58129 AREQUIPA CASTILLA ANDAGUA ANDAGUA

  DEL DISTRITO DE ANDAGUA, CASTILLA - AREQUIPA

MEJORAMIENTO DE LAS CALLES DE LAPLAZADE ARMAS

65 DE ANDAGUADEL DISTRITO DE ANDAGUA, CASTILLA- 58125 AREQUIPA CASTILLA ANDAGUA ANDAGUA

  AREQUIPA

66 CONSTRUCCIÓN DE VEREDAS EN LACALLE AREQUIPA- 58080 AREQUIPA CAYLLOMA CAYLLOMA CAYLLOMA  CENTRO POBLADO CAYLLOMA

67 MEJORAMIENTO DEL PARQUE INFANTIL DE LA LOCALIDAD 58072 AREQUIPA CAYLLOMA TUTI TUTI

   D  e  s  c  a  r  g  a   d  o   d  e  s   d  e  w  w  w .  e

   l  p  e  r  u  a  n  o .  c  o

  m .  p  e

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7/26/2019 Almacenes Adelantados

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de abril de 2008 371019

N° PROYECTO Codigo SNIP DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO CENTRO POBLADO

  DE TUTI DEL DISTRITO DE TUTI - CAYLLOMA- AREQUIPA

  MEJORAMIENTO DE LAS CALLES SANTACRUZ Y TUTI DE LA

68 LOCALIDAD DE TUTI EN EL DISTRITO DE TUTI, CAYLLOMA - 58073 AREQUIPA CAYLLOMA TUTI TUTI

  AREQUIPA

69 CONSTRUCCION DE VEREDAS EN LA LOCALIDAD DE TUTI 58075 AREQUIPA CAYLLOMA TUTI TUTI

  DEL DISTRITO DE TUTI, CAYLLOMA- AREQUIPA

  MEJORAMIENTO DE VIAS Y VEREDAS AV. COLLAGUA,

70 LOCALIDAD DE YANQUE, DISTRITO DE YANQUE, CAYLLOMA 57659 AREQUIPA CAYLLOMA YANQUE YANQUE

  AREQUIPA

MEJORAMIENTO DE VÍAY CONSTRUCCIÓN DE VEREDAS

71 EN LAS PRINCIPALES CALLES DE LALOCALIDAD DE 73820 AREQUIPA CONDESUYOS CAYARANI CAYARANI

  CAYARANI, DISTRITO CAYARANI, CONDESUYOS –

 AREQUIPA

  MEJORAMIENTO DE VIAS Y VEREDAS EN LACALLE 28 DE

72 JULIO, CENTRO POBLADO DE YANAQUIHUA, CONDESUYOS - 56342 AREQUIPA CONDESUYOS YANAQUIHUA YANAQUIHUA

  AREQUIPA

CONSTRUCCION DE VEREDAS EN LAS PRINCIPALES

73 CALLES DE CHUCARAPI, DISTRITO DE COCACHACRA, 58114 AREQUIPA ISLAY COCACHACRA CHUCARAPI

  PROVINCIADE ISLAY, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA

  CONSTRUCCION DEL PARQUE ALAMEDAEN EL CENTRO

74 POBLADO DE CHUCARAPI, DISTRITO DE COCACHACRA, 58120 AREQUIPA ISLAY COCACHACRA CHUCARAPI

  PROVINCIADE ISLAY - AREQUIPA

MEJORAMIENTO DE VIAS EN LA CALLE PRINCIPAL DE

75 CHUCARAPI, DISTRITO DE COCACHACRA, PROVINCIADE 58116 AREQUIPA ISLAY COCACHACRA CHUCARAPI

  ISLAY - AREQUIPA

  MEJORAMIENTO DE LOS PARQUES BOLOGNESI Y GRAU,

76 PAVIMENTACION Y CONSTRUCCION DE VEREDAS EN EL 58174 AREQUIPA ISLAY MEJIA MEJIA

  PUEBLO TRADICIONAL MEJIA-PROVINCIAISLAY

MEJORAMIENTO DE PLAZAAGRICULTURA, PUEBLO

77 PAVIMENTACION Y CONSTRUCCION DE VEREDAS DEL 58246 AREQUIPA ISLAY MEJIA TRADICIONAL MEJIA

  PUEBLO TRADICIONAL DE MEJIA-DISTRITO MEJIA

  MEJORAMIENTO DE LAPLAZADE ARMAS DE LA

78 LOCALIDAD DE ALCA, DISTRITO DE ALCA, LA UNIÓN - 57490 AREQUIPA LAUNION ALCA ALCA

  AREQUIPA

MEJORAMIENTO DE LAS VÍAS DE ACCESO ALAPLAZADE

79 ARMAS DE LALOCALIDAD DE ALCA, DISTRITO DE ALCA, LA 57496 AREQUIPA LAUNION ALCA ALCA

  UNIÓN - AREQUIPA

  CONSTRUCCION DE VEREDAS EN LAS VIAS PRINCIPALES

80 DE ACCESO Y ALREDEDORES DE LAPLAZADE ARMAS DE 57504 AREQUIPA LAUNION ALCA ALCA

  LALOCALIDAD DE ALCA, DISTRITO DE ALCA, LAUNIÓN -

 AREQUIPA

MEJORAMIENTO DE LAPLAZADE ARMAS DE LA

81 LOCALIDAD DE CHARCANA, DISTRITO DE CHARCANA, LA 58152 AREQUIPA LAUNION CHARCANA CHARCANA

  UNIÓN - AREQUIPA

  CONSTRUCCION DE VEREDAS EN LAS VÍAS URBANAS

82 PRINCIPALES DE LALOCALIDAD DE CHARCANA, DISTRITO 58156 AREQUIPA LAUNION CHARCANA CHARCANA

  DE CHARCANA, LAUNIÓN - AREQUIPA

MEJORAMIENTO DE LAS VÍAS URBANAS PRINCIPALES DE

83 LALOCALIDAD DE CHARCANA, DISTRITO DE CHARCANA, 58145 AREQUIPA LAUNION CHARCANA CHARCANA

  LAUNIÓN - AREQUIPA

  MEJORAMIENTO DE LAPLAZACAMPANARIO DE LA

84 LOCALIDAD DE COTAHUASI, DISTRITO COTAHUASI - LA 57850 AREQUIPA LAUNION COTAHUASI COTAHUASI

  UNION-AREQUIPA

MEJORAMIENTO DE LAVIAY CONSTRUCCION DE

85 VEREDAS EN LACALLE SANTAANADEL DISTRITO DE 57847 AREQUIPA LAUNION COTAHUASI COTAHUASI

  COTAHUASI-LA UNION-AREQUIPA

  MEJORAMIENTO DE VÍAS Y CONSTRUCCION DE VEREDAS

86 EN LAS PRINCIPALES CALLES DE LALOCALIDAD DE 57812 AREQUIPA LAUNION HUAYNACOTAS HUAYNACOTAS

  HUAYNACOTAS, DISTRITO DE HUAYNACOTAS, LAUNION -

 AREQUIPA

CONSTRUCCION DE VEREDAS EN EL CENTRO POBLADO87 DE PAMPAMARCA, DISTRITO DE PAMPAMARCA, LA 58196 AREQUIPA LAUNION PAMPAMARCA PAMPAMARCA

  UNION - AREQUIPA

  MEJORAMIENTO DE LAPLAZADEL CENTRO POBLADO DE

88 PAMPAMARCA, DISTRITO DE PAMPAMARCA, LAUNION - 58188 AREQUIPA LAUNION PAMPAMARCA PAMPAMARCA

  AREQUIPA

MEJORAMIENTO DE LAS CALLES DE LAPLAZADEL

89 CENTRO POBLADO DE PAMPAMARCA, DISTRITO DE 58237 AREQUIPA LAUNION PAMPAMARCA PAMPAMARCA

  PAMPAMARCA, LAUNION - AREQUIPA

  MEJORAMIENTO DE VÍAY CONSTRUCCIÓN DE VEREDAS

90 EN LAAVENIDA13 DE OCTUBRE DE LA LOCALIDAD DE 58086 AREQUIPA LAUNION PUYCA PUYCA

  PUYCA, DISTRITO PUYCA– LAUNION - AREQUIPA

CONSTRUCCIÓN DE VEREDAS EN LAS AVENIDAS SAN

91 ANTONIO - 28 DE JULIO Y SAN MARTÍN - CENTENARIO DEL 57618 AREQUIPA LA UNION SAYLA SAYLA

  CENTRO POBLADO DE SAYLA, DISTRITO DE SAYLA, LA

  UNIÓN-AREQUIPA

  MEJORAMIENTO DE LAPLAZADE ARMAS DEL CENTRO

92 POBLADO DE SAYLA, DISTRITO DE SAYLA, LAUNIÓN- 57555 AREQUIPA LAUNION SAYLA SAYLA

  AREQUIPACONSTRUCCION DEL PARQUE EL DURAZNERO EN EL

93 CENTRO POBLADO DE CHACABAMBA, TOTOS, PROVINCIA 71213 AYACUCHO CANGALLO TOTOS CHACABAMBA

   D  e  s  c  a  r  g  a   d  o   d  e  s   d  e  w  w  w

 .  e   l  p  e  r  u  a  n  o .  c  o  m .  p  e

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7/26/2019 Almacenes Adelantados

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008371020

N° PROYECTO Codigo SNIP DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO CENTRO POBLADO

  DE CANGALLO - AYACUCHO

  CONSTRUCCION PARQUE Y AREAS VERDES CHONTACA

94 EN EL DISTRITO DE ACOCRO, PROVINCIADE HUAMANGA- 58319 AYACUCHO HUAMANGA ACOCRO CHONTACA

  AYACUCHO

CONSTRUCCION DE LAPLAZAPRINCIPAL DEL CENTRO

95 POBLADO DE LECHEMAYO, DISTRITO DE ANCO - LA MAR - 65477 AYACUCHO LA MAR ANCO LECHEMAYO

  AYACUCHO

  CONSTRUCCION DEL PARQUE E IMPLEMENTACIÓN DE

96 ÁREAS VERDES EN LA LOCALIDAD DE SONDONDO , 66295 AYACUCHO LUCANAS CABANA SONDONDO

  DISTRITO DE CABANA- LUCANAS - AYACUCHO

97 CONSTRUCCION DE ALAMEDACHIHUAMPATA, DISTRITO DE 60838 AYACUCHO LUCANAS CHIPAO CHIPAO

  CHIPAO, PROVINCIADE LUCANAS - AYACUCHO

  MEJORAMIENTO DE CALLES PROGRESO Y AREQUIPA, Y DE

98 LA PLAZA DE ARMAS DEL DISTRITO DE CHUMPI, PROVINCIA 76303 AYACUCHO PARINACOCHAS CHUMPI CHUMPI

  DE PARINACOCHAS - AYACUCHO

MEJORAMIENTO DEL PARQUE 5 DE MARZO DE INCUYO DEL

99 DISTRITO DE PUYUSCA, PROVINCIADE PARINACOCHAS - 65184 AYACUCHO PARINACOCHAS PUYUSCA LOCALIDAD INCUYO

  AYACUCHO

100 CONSTRUCCION DE EMBOQUILLADO DE LAS CALLES 53795 AYACUCHO PAUCAR DEL PAUSA PAUSA

  MIGUEL DE CERVANTES SAAVEDRAY MARIAPARADO DE SARASARA

  BELLIDO DEL DISTRITO DE PAUSA, PROVINCIADE PAUCAR

DEL SARASARA- AYACUCHO

101 MEJORAMIENTO PARQUE PRINCIPAL CAYARA, DISTRITO 63222 AYACUCHO VICTOR FAJARDO CAYARA CAYARA

  DE CAYARA- VICTOR FAJARDO - AYACUCHO

  CONSTRUCCION DEL PARQUE DE TINCADEL DISTRITO DE

102 HUAMANQUIQUIA, PROVINCIADE VICTOR FAJARDO - 68275 AYACUCHO VICTOR FAJARDO HUAMANQUIQUIA TINCA

  AYACUCHO

CONSTRUCCION DEL EMBOQUILLADO ACCESO AL CENTRO

103 EDUCATIVO CONCEPCION, DISTRITO DE CONCEPCION - 61643 AYACUCHO VILCAS HUAMAN CONCEPCION CONCEPCION

  VILCAS HUAMAN - AYACUCHO

  CONSTRUCCION DEL PARQUE DEL CENTRO POBLADO

104 MENOR SAN ANTONIO DE COCHA, DISTRITO DE 59470 AYACUCHO VILCAS HUAMAN HUAMBALPA COCHA

  HUAMBALPA- VILCAS HUAMAN - AYACUCHO

CONSTRUCCION DE LAPLAZAPRINCIPAL DEL ANEXO DE

105 CONTAY, DISTRITO DE SAURAMA- VILCAS HUAMAN - 62862 AYACUCHO VILCAS HUAMAN SAURAMA CONTAY

  AYACUCHO

  CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN EL PERIMETRO

106 DE LAPLAZAPRINCIPAL DE SAURAMA, DISTRITO DE 64331 AYACUCHO VILCAS HUAMAN SAURAMA SAURAMA

  SAURAMA- VILCAS HUAMAN - AYACUCHO

CONSTRUCCION DE LAPAVIMENTACION Y VEREDAS DE LA

107 CALLE SAN FRANCISCO Y VEREDAS DEL PERIMETRO Y 75595 CAJAMARCA CHOTA CHOROPAMPA CHOROPAMPA

  PLAZADE ARMAS DE CHOROPAMPA, PROVINCIADE

CHOTA- CAJAMARCA

  CONSTRUCCION DE VEREDAS DE LAS CALLES LIMA

108 LIBERTAD Y TRANSVERSALES EN LACIUDAD DE 77359 CAJAMARCA CHOTA COCHABAMBA COCHABAMBA

  COCHABAMBAPROVINCIADE CHOTA

CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS DEL JR. ANDRES

109 MARTINEZ - DISTRITO DE LAJAS, PROVINCIA DE CHOTA - 72044 CAJAMARCA CHOTA LAJAS LAJAS

  CAJAMARCA

  CONSTRUCCION DE PISTAS DE LAS CALLES LOS ALAMOS,

110 ROBERTO LIVAQUE, LAMBAYEQUE, IQUITOS Y GREGORIO 76715 CAJAMARCA CHOTA PACCHA PACCHA

  MALCAEN EL DISTRITO DE PACCHA, PROVINCIADE CHOTA-

CAJAMARCA

MEJORAMIENTO DE LAS CALLES JULIAN CAMACHO,

111 MOISES AMES Y JOSE MARIATEGUI DEL SECTOR LOS 75406 CAJAMARCA CUTERVO SOCOTA SOCOTA

  AMAUTAS DE LALOCALIDAD DE SOCOTA, DISTRITO DE

SOCOTA- CUTERVO - CAJAMARCA

  CONSTRUCCION DE VEREDAS CALLES ANILLO CENTRAL

112 CENTRO POBLADO HUANGAMARCA, PROVINCIADE 76988 CAJAMARCA HUALGAYOC BAMBAMARCA HUANGAMARCA

  HUALGAYOC - CAJAMARCA

CONSTRUCCION DE PAVIMENTO Y VEREDAS EN LAS113 CUADRAS 01 Y 02 DE LACALLE EL COMERCIO EN LA 61847 CAJAMARCA JAEN POMAHUACA PALO BLANCO

  LOCALIDAD PALO BLANCO DEL DISTRITO DE POMAHUACA,

PROVINCIADE JAEN - CAJAMARCA

114 CONSTRUCCION DEL PARQUE EN EL CASERIO LISHINAS, 70965 CAJAMARCA JAEN PUCARA LISHINAS

  DISTRITO DE PUCARA- JAEN - CAJAMARCA

CONSTRUCCION DE VEREDAS DE LAS CALLES 24 DE MAYO

115 Y CALLE A DE PLAYAAZUL, DISTRITO DE PUCARA - JAEN - 71154 CAJAMARCA JAEN PUCARA PLAYAAZUL

  CAJAMARCA

116 CONSTRUCCION PARQUE PRINCIPAL PUERTO CIRUELO, 63987 CAJAMARCA SAN IGNACIO HUARANGO PUERTO CIRUELO

  PROVINCIADE SAN IGNACIO - CAJAMARCA

CONSTRUCCION PLAZADE ARMAS EN EL SECTOR PUEBLO

117 JOVEN, DISTRITO DE NAMBALLE - SAN IGNACIO - 77038 CAJAMARCA SAN IGNACIO NAMBALLE NAMBALLE

  CAJAMARCA

118 MEJORAMIENTO DE LA PLAZA DE ARMAS DEL CENTRO 68806 CUSCO ACOMAYO ACOPIA ACOPIA

  POBLADO DE ACOPIA- DISTRITO ACOPIA

CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES

119 DIAGONAL Y REPUBLICADEL CENTRO POBLADO DE 80082 CUSCO CANAS YANAOCA YANAOCA

  YANAOCA, DISTRITO DE YANAOCA, PROVINCIADE CANASREGION CUSCO

  CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES DE

   D  e  s  c  a  r  g

  a   d  o   d  e  s   d  e  w  w  w .  e

   l  p  e  r  u  a  n  o .  c  o  m .  p  e

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de abril de 2008 371021

N° PROYECTO Codigo SNIP DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO CENTRO POBLADO

120 ACCESO PRINCIPAL DEL PARADERO ALAPLAZADE 67405 CUSCO CANCHIS CHECACUPE CHECACUPE

  ARMAS CENTRO POBLADO DE CHECACUPE, PROVINCIADE

CANCHIS - CUSCO

MEJORAMIENTO CON PISTAS Y VEREDAS EN EL CENTRO

121 POBLADO DE ESMERALDA, DISTRITO DE SANTAANA, 62990 CUSCO LACONVENCION SANTAANA ESMERALDA

  PROVINCIADE LACONVENCION - CUSCO

CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN EL BARRIO

122 CCAYHUADEL CENTRO POBLADO DE PILLPINTO, DISTRITO 78487 CUSCO PARURO PILLPINTO PILLPINTO

  DE PILLPINTO

123 CONSTRUCCION DEL PARQUE DEL CENTRO 70450 HUANCAVELICA ACOBAMBA PAUCARA HUACHHUA

  POBLADO DE HUACHHUA, DISTRITO DE PAUCARA-

 ACOBAMBA- HUANCAVELICA

124 CONSTRUCCION DEL PARQUE ECOLOLOGICO EN EL 71008 HUANCAVELICA ACOBAMBA POMACOCHA CHOCLOCOCHA

  CENTRO POBLADO DE CHOCLOCOCHA

125 CONSTRUCCION DE PARQUE Y VÍAPERIMETRAL DEL 74867 HUANCAVELICA ANGARAES LIRCAY ALLATO (BARRIO DE

BARRIO DE PUEBLO NUEVO - C.P. ALLATO, PROVINCIADE PUEBLO NUEVO)

  ANGARAES - HUANCAVELICA

126 CONSTRUCCION DE PARQUES EN EL CENTRO POBLADO 74838 HUANCAVELICA ANGARAES LIRCAY CHAHUARMA

  CHAHUARMA, PROVINCIADE ANGARAES -

HUANCAVELICA

127 MEJORAMIENTO DEL PARQUE PRINCIPAL DEL DISTRITO 60788 HUANCAVELICA CASTROVIRREYNA HUACHOS HUACHOS

  DE HUACHOS, PROVINCIADE CASTROVIRREYNA-

HUANCAVELICA

128 CONSTRUCCION DEL PARQUE PAMPADE CORIS EN LA 77636 HUANCAVELICA CHURCAMPA SAN PEDRO DE PAMPADE CORIS

  LOCALIDAD DE SAN PEDRO DE CORIS, PROVINCIADE CORIS

  CHURCAMPA- HUANCAVELICA

129 CONSTRUCCION EMBOQUILLADO DE LAS CALLES DEL, 66947 HUANCAVELICA HUANCAVELICA CONAYCA CONAYCA

  DISTRITO DE CONAYCA- HUANCAVELICA-

HUANCAVELICA

130 CONSTRUCCION PARQUE INFANTIL DEL CENTRO 58328 HUANCAVELICA HUAYTARA CORDOVA CORDOVA

  POBLADO DE CORDOVA- DISTRITO DE CORDOVA-

PROVINCIADE HUAYTARA- REGION HUANCAVELICA

131 CONSTRUCCION DE EMPEDRADO DE VIAS Y VEREDAS DE 75913 HUANCAVELICA TAYACAJA HUARIBAMBA HUARIBAMBA

  LAZONAURBANACONSOLIDADADE LALOCALIDAD DE

HUARIBAMBA, DISTRITO DE HUARIBAMBA- TAYACAJA-

HUANCAVELICA

132 MEJORAMIENTO DEL PARQUE PRINCIPAL DE LA 75887 HUANCAVELICA TAYACAJA HUARIBAMBA HUARIBAMBA

  LOCALIDAD DE HUARIBAMBA, DISTRITO DE

HUARIBAMBA- TAYACAJA- HUANCAVELICA

133 CONSTRUCCION DE VEREDAS -ESCALINATAS ENTRE LOS 75495 HUANCAVELICA TAYACAJA SAN MARCOS DE QUIMLLO

  BARRIOS DE LLACTAY JATUNPAMPACENTRO ROCCHAC

  POBLADO DE QUIMLLO, DISTRITO DE SAN MARCOS DE

ROCCHAC - TAYACAJA- HUANCAVELICA

134 CONSTRUCCION PAVIMENTACION JRS LAUNION & 28 DE 70886 HUANUCO AMBO CONCHAMARCA CONCHAMARCA

  JULIO - CONCHAMARCACONCHAMARCA, DISTRITO DE

CONCHAMARCA- AMBO - HUANUCO

135 MEJORAMIENTO DEL PARQUE PRINCIPAL DE LA 66838 HUANUCO AMBO HUACAR HUACAR

  LOCALIDAD DE HUACAR, DISTRITO DE HUACAR - AMBO -

HUANUCO

136 CONSTRUCCION DE VEREDAS JR. LEONCIO PRADO DE LA 64536 HUANUCO AMBO HUACAR HUACAR

  LOCALIDAD DE HUACAR, DISTRITO DE HUACAR - AMBO -

HUANUCO

137 CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS DE CONCRETO 54012 HUANUCO AMBO SAN FRANCISCO MOSCA

  CON PIEDRAS DE LAS CALLES 28 DE JULIO, YARO, SAN

FRANCISCO, ABRAHAM MORI, CESAR VALLEJO, ANDRES

 AVELINO CACERES DE LALOCALIDAD DE MOSCA,

PROVINCIADE AMBO - HUANUCO

138 CONSTRUCCION DE VIAS Y VEREDAS DE LOS JRS. AMBO, 65013 HUANUCO AMBO SAN RAFAEL MATIHUACA

  LUCIO, TRES DE MAYO Y SAN MARCOS DE LALOCALIDAD

DE MATIHUACA, DISTRITO DE SAN RAFAEL - AMBO -

HUANUCO139 CONSTRUCCION DE PISTAS DEL JIRON HUALLAYCO, SAN 62443 HUANUCO AMBO TOMAY KICHWA TOMAY KICHWA

  SEBASTIAN Y PROGRESO DE LALOCALIDAD DE

TOMAYKICHWA

140 CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS JIRONES 71129 HUANUCO DOS DE MAYO CHUQUIS CHUQUIS

  HUANUCO CUADRAS 1, 2 Y 3, LAUNION CUADRAS 2 Y 3 Y

SANCHEZ CERRO CUADRA1 DEL CENTRO URBANO DE

CHUQUIS ,, DISTRITO DE CHUQUIS - DOS DE MAYO -

HUANUCO

141 CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN EL JR. DOS DE 63350 HUANUCO DOS DE MAYO MARIAS MARIAS

  MAYO Y SAN MARTIN EN LALOCALIDAD DE MARIAS,

DISTRITO DE MARIAS - DOS DE MAYO - HUANUCO

142 CONSTRUCCION DE VEREDAS Y CUNETAS, 50756 HUANUCO DOS DE MAYO QUIVILLA QUIVILLA

  PAVIMENTACION DE PISTAS EN LALOCALIDAD DE

QUIVILLA, DISTRITO DE QUIVILLA- DOS DE MAYO -

HUANUCO

143 CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS DE LAS CALLES 65211 HUANUCO DOS DE MAYO YANAS YANAS

  CUZCO, LIMA, SANTO DOMINGO Y SAN FRANCISCO DE LA

LOCALIDAD DE YANAS, DISTRITO DE YANAS - DOS DEMAYO - HUANUCO

144 CONSTRUCCION DE PARQUE PRINCIPAL EN EL CENTRO 69934 HUANUCO HUACAYBAMBA HUACAYBAMBA RONDOBAMBA

   D  e  s  c  a  r  g  a   d  o   d  e  s   d  e  w  w  w .  e

   l  p  e

  r  u  a  n  o .  c  o  m .  p  e

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7/26/2019 Almacenes Adelantados

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008371022

N° PROYECTO Codigo SNIP DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO CENTRO POBLADO

  POBLADO DE RONDOBAMBADISTRITO Y PROVINCIADE

HUACAYBAMBA- REGION HUANUCO

145 CONSTRUCCION DE PARQUE PRINCIPAL EN EL CENTRO 74061 HUANUCO HUACAYBAMBA PINRA HUARACILLO

  POBLADO DE HUARACILLO DISTRITO DE PINRA

PROVINCIA DE HUACAYBAMBA - REGION HUANUCO

146 CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS DE LA VIA 66571 HUANUCO HUAMALIES CHAVIN DE QUEROPATA

  PRICIPAL DEL C.P DE QUEROPATA, DISTRITO DE CHAVIN PARIARCA

  DE PARIARCA- HUAMALIES - HUANUCO

147 MEJORAMIENTO DE LACALLE CENTRAL CUADRAS TRES, 77803 HUANUCO HUAMALIES LLATA LLATA

  CUATRO, CINCO Y SEIS DE LLATA, PROVINCIADE

HUAMALIES - HUANUCO

148 CONSTRUCCION DE VEREDAS Y ACCESOS DEL PARQUE 71920 HUANUCO HUAMALIES MONZON CACHICOTO

  PRINCIPAL DEL C.P. DE CACHICOTO, PROVINCIADE

HUAMALIES - HUANUCO

149 MEJORAMIENTO DEL PARQUE PRINCIPAL DE LA 56892 HUANUCO HUAMALIES PUÑOS PUÑOS

  LOCALIDAD DE PUÑOS, DISTRITO DE PUÑOS - HUAMALIES -

HUANUCO

150 CONSTRUCCION DEL EMPEDRADO DE VIAS Y VEREDAS 61487 HUANUCO HUAMALIES PUÑOS PUÑOS

  DE LAZONAURBANACONSOLIDADADE LALOCALIDAD

DE PUÑOS, DISTRITO DE PUNOS - HUAMALIES - HUANUCO

151 CONSTRUCCION DE LAPLAZAPRINCIPAL DE 67718 HUANUCO HUANUCO CHINCHAO MAYOBAMBA

  MAYOBAMBA, DISTRITO DE CHINCHAO - HUANUCO -

HUANUCO

152 CONSTRUCCION DE PISTAS Y CUNETAS EN LOS JIRONES 59066 HUANUCO HUANUCO MARGOS YACUS

  PIURA, UNION, YACUS Y BOLIVAR - ZONAURBANA-

CENTRO POBLADO YACUS - DISTRITO DE MARGOS,

PROVINCIADE HUANUCO - HUANUCO

153 CONSTRUCCION DEL PARQUE PRINCIPAL EN EL CENTRO 59055 HUANUCO HUANUCO MARGOS YACUS

  POBLADO DE YACUS - DISTRITO MARGOS, PROVINCIADE

HUANUCO - HUANUCO

154 CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN EL PASAJE H 62893 HUANUCO HUANUCO PILLCO MARCA VICHAYCOTO

  Y CALLE LOS D EN EL CENTRO POBLADO DE

VICHAYCOTO, DISTRITO DE PILLCO MARCA- HUANUCO -

HUANUCO

155 MEJORAMIENTO DEL PARQUE PRINCIPAL DE LA 63521 HUANUCO HUANUCO SAN PEDRO DE CHAULAN

  LOCALIDAD DE CHAULAN, DISTRITO DE SAN PEDRO DE CHAULAN

  CHAULAN - HUANUCO - HUANUCO

156 MEJORAMIENTO DE LOS ACCESOS, INFRAESTRUCTURA 65071 HUANUCO LAURICOCHA SAN FRANCISCO CARAMARCA

  Y DEL EQUIPAMIENTO DEL PARQUE CARAMARCA, DEL DE ASIS

  CENTRO POBLADO MENOR DE CARAMARCA, DISTRITO

DE SAN FRANCISCO DE ASIS - LAURICOCHA- HUANUCO

157 CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS DEL JR. SAN 65070 HUANUCO LAURICOCHA SAN FRANCISCO HUARIN

  FRANCISCO DE ASIS, DISTRITO DE SAN FRANCISCO DE DE ASIS

  ASIS - LAURICOCHA- HUANUCO

158 CONSTRUCCION DE PISTAS, VEREDAS Y ESCALINATAS 65069 HUANUCO LAURICOCHA SAN FRANCISCO HUARIN

  DE ACCESO ALAINSTITUCION EDUCATIVAPEDRO DE ASIS

  PAULET MOSTAJO DE HUARIN, DISTRITO DE SAN

FRANCISCO DE ASIS - LAURICOCHA- HUANUCO

159 MEJORAMIENTO DE PISTAY ÁREAS VERDES, 59996 HUANUCO LEONCIO PRADO HERMILIO HERMILIO VALDIZAN

  CONSTRUCCIÓN DE ESCALINATAS ENTORNO AL PARQUE VALDIZAN

  PRINCIPAL DE HERMILIO VALDIZAN, PROVINCIADE

LEONCIO PRADO - HUANUCO

160 CONSTRUCCION DEL PARQUE PRINCIPAL DEL CENTRO 77403 HUANUCO MARAÑON HUACRACHUCO HUAYCHAO

  POBLADO DE HUAYCHAO DISTRITO DE HUACRACHUCO

PROVINCIADE MARAÑON - REGION HUANUCO

161 CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS PERIMETRO DEL 77415 HUANUCO MARAÑON HUACRACHUCO HUAYCHAO

  PARQUE PRINCIPAL DEL CENTRO POBLADO DE

HUAYCHAO DISTRITO DE HUACRACHUCO PROVINCIADE

MARAÑON - REGION HUANUCO

162 MEJORAMIENTO Y EMBELLECIMIENTO DEL PARQUE 73063 HUANUCO PACHITEA MOLINO HUARICHACA

  PRINCIPAL DEL CENTRO URBANO DE HUARICHACA,DISTRITO DE MOLINO - PACHITEA- HUANUCO

163 CONSTRUCCION DEL PARQUE PRINCIPAL DEL CENTRO 77703 HUANUCO PUERTO INCA PUERTO INCA PUERTO SUNGARO

  POBLADO DE PUERTO SUNGARO DISTRITO Y PROVINCIA

DE PUERTO INCA- REGION HUANUCO

164 CONSTRUCCION DEL PARQUE PRINCIPAL DEL CC. PP. DE 72039 HUANUCO YAROWILCA APARICIO SAN ANTONIO DE

SAN ANTONIO DE SHURAPAMPA, DISTRITO DE APARICIO POMARES SHURAPAMPA

  POMARES - YAROWILCA- HUANUCO

165 CONSTRUCCION DE VEREDAS Y AREAS VERDES EN 56216 ICA ICA OCUCAJE CERCADO OCUCAJE

  CALLE PRINCIPAL Y CALLES 4, 5 Y 9 EN EL CERCADO DEL

DISTRITO DE OCUCAJE-ICA

166 CONSTRUCCION Y EQUIPAMIENTO DE PARQUE INFANTIL 56229 ICA ICA OCUCAJE CERCADO OCUCAJE

  DEL CERCADO DEL DISTRITO DE OCUCAJE-ICA

167 CONSTRUCCION DE VEREDAS AREAS VERDES DE CALLE 56217 ICA ICA OCUCAJE OCUCAJE

  2 Y CALLE 3 DEL CERCADO DEL DISTRITO DE OCUCAJE-

ICA

168 MEJORAMIENTO DE LA PLAZA PRINCIPAL Y EL ENTORNO 66893 ICA ICA PUEBLO NUEVO PUEBLO NUEVO

  DE LAIGLESIADEL CERCADO DEL DISTRITO DE PUEBLO

DE LAIGLESIADEL CERCADO DEL DISTRITO DE PUEBLONUEVO-ICA

169 MEJORAMIENTO DE LAPLAZAPRINCIPAL DEL CERCADO 55790 ICA ICA SAN JOSE DE LOS SAN JOSE DE LOS

   D  e  s  c  a  r  g  a   d  o

   d  e  s   d  e  w  w  w .  e

   l  p  e  r  u  a  n  o .  c  o  m .  p  e

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de abril de 2008 371023

N° PROYECTO Codigo SNIP DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO CENTRO POBLADO

  DEL DISTRITO SANJOSE DE LOS MOLINOS - ICA MOLINOS MOLINOS

170 MEJORAMIENTO DE PASAJES Y CALLES EN ELCERCADO 55548 ICA ICA SAN JOSE DE LOS SAN JOSE DE LOS

DELDISTRITO SAN JOSE DE LOS MOLINOS -ICA MOLINOS MOLINOS

171 MEJORAMIENTO Y CONSTRUCCION DE VEREDAS CON 76223 ICA PALPA LLIPATA LLIPATA

  HABILITACIONES DE AREAS VERDES EN LAAV. VIRGEN

DE LAS MERCEDES DEL C.P. LLIPATA-PALPA-ICA

172 REMODELACION DE LAPLAZAPRINCIPAL DE RIO 56816 ICA PALPA RIO GRANDE RIO GRANDE

  GRANDE-PALPA

173 CONSTRUCCION DEL BOULEVARD Y PARADERO 56807 ICA PALPA RIO GRANDE RIO GRANDE

  TURISTICO DE RIO GRANDE-PALPA

174 CONSTRUCCION DEL OVALO MONUMENTAL Y VIAS DE 56808 ICA PALPA RIO GRANDE RIO GRANDE

  ACCESO DE RIO GRANDE-PALPA

175 CONSTRUCCION DEL PARQUE PRINCIPAL EN EL CENTRO 77689 JUNIN CHANCHAMAYO PERENE LAFLORIDA

  POBLADO LAFLORIDA, PROVINCIADE CHANCHAMAYO -

JUNIN

176 CONSTRUCCION DE PISTAS EN LAS CALLES LOS 77686 JUNIN CHANCHAMAYO PERENE PUERTO YURINAKI

PIONEROS, JUAN VELASCO ALVARADO, 1RO DE MAYO Y (BAJO YURINAQUI)

  MALECON TRAMO CIRCUNDANTE AL PARQUE

PRINCIPAL DEL C.P. YURINAKI, PROVINCIADE

CHANCHAMAYO - JUNIN

177 MEJORAMIENTO DEL PARQUE DE YANAMUCLO-DISTRITO 60059 JUNIN CONCEPCION MATAHUASI YANAMUCLO

  DE MATAHUASI-CONCEPCION-JUNIN

178 CONSTRUCCION DE VEREDAS EN LAAV 28 DE JUNIO DE 63144 JUNIN CONCEPCION SAN JOSE DE SAN JOSE DE QUERO

  LALOCALIDAD DE SAN JOSE DE QUERO, PROVINCIADE QUERO

  CONCEPCION - JUNIN

179 MEJORAMIENTO DEL PARQUE PRINCIPAL CENTRO 63127 JUNIN CONCEPCION SAN JOSE DE USIBAMBA

  POBLADO DE USIBAMBA, PROVINCIADE CONCEPCION - QUERO

  JUNIN

180 MEJORAMIENTO DE CAMINOS VECINALES, VEREDAS Y 77473 JUNIN HUANCAYO CHUPURO CHUPURO

  TRATAMIENTO PISAJISTICO EN EL DISTRITO DE CHUPURO,

PROVINCIADE HUANCAYO - JUNIN

181 MEJORAMIENTO DE LAPLAZAPRINCIPAL DEL DISTRITO DE 67819 JUNIN HUANCAYO INGENIO INGENIO

  INGENIO HUANCAYO, PROVINCIADE HUANCAYO - JUNIN

182 CONSTRUCCION DEL PARQUE INFANTIL CULTURAL- 63578 JUNIN HUANCAYO QUILCAS QUILCAS

  QUILCAS, PROVINCIADE HUANCAYO - JUNIN

183 CONSTRUCCION DE VEREDAS DEL ENTORNO DEL PARQUE 68403 JUNIN HUANCAYO SAPALLANGA MILUCHACA

  Y LOZADEPORTIVADE LACOMUNIDAD CAMPESINADE

MILUCHACA- SAPALLANGAHUANCAYO, PROVINCIADE

HUANCAYO - JUNIN

184 RECONSTRUCCION PARQUE PRINCIPAL ACOBAMBA, 63585 JUNIN HUANCAYO STO. DOMINGO DE ACOBAMBA

  DISTRITO DE STO. DOMINGO DE ACOBAMBA- HUANCAYO - ACOBAMBA

  JUNIN

185 MEJORAMIENTO DE LAAV. 12 DE OCTUBRE EN LA 70828 JUNIN JAUJA JANJAILLO JANJAILLO

  LOCALIDAD DE JANJAILLO - DISTRITO JANJAILLO,

PROVINCIADE JAUJA- JUNIN

186 MEJORAMIENTO DE LOS JIRONES 28 DE JULIO, FELIPE 70820 JUNIN JAUJA JANJAILLO JANJAILLO

  RIVERA CHAVEZ Y MARISCAL CACERES EN LA ZONA

URBANADE LALOCALIDAD DE JANJAILLO - DISTRITO DE

JANJAILLO, PROVINCIADE JAUJA- JUNIN

187 CONSTRUCCION DE LAPLAZOLETACENTRAL EL BARRIO 71018 JUNIN JAUJA RICRAN RICRAN

  SAN MARTIN - DISTRITO DE RICRAN, PROVINCIADE JAUJA-

JUNIN

188 MEJORAMIENTO DE LA PLAZA PRINCIPAL Y VIAS DE 76541 JUNIN JAUJA SAN LORENZO SAN LORENZO

  ACCESO DEL DISTRITO DE SAN LORENZO

189 CONSTRUCCION DE VEREDAS EN CALLES SAN RAMON, 71215 JUNIN SATIPO PANGOA SAN RAMON DE

PANGOAY MARISCAL CASTILLADEL CENTRO POBLADO PANGOA

  SAN RAMON, DISTRITO DE PANGOA- SATIPO - JUNIN

190 MEJORAMIENTO DEL PARQUE PRINCIPAL DEL CENTRO 64276 JUNIN SATIPO PANGOA SAN RAMON DE

POBLADO SAN RAMON, DISTRITO DE PANGOA- SATIPO - PANGOA

  JUNIN

191 MEJORAMIENTO DE VEREDAS DEL JR. JUNIN Y 77582 JUNIN TARMA PALCAMAYO PALCAMAYO  TRATAMIENTO INTEGRAL DEL PARQUE SAN MARTIN

192 CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURAPEATONAL EN LA 77645 LALIBERTAD BOLIVAR BOLIVAR BOLIVAR

  LOCALIDAD DE BOLÍVAR, DISTRITO DE BOLIVAR, PROVINCIA

DE BOLIVAR - LALIBERTAD

193 CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURAPEATONAL EN LA 78517 LALIBERTAD BOLIVAR LONGOTEA SAN VICENTE DE PAUL

  LOCALIDAD DE SAN VICENTE DE PAUL, DISTRITO DE

LONGOTEA, PROVINCIA DE BOLIVAR - LA LIBERTAD

194 CONSTRUCCION DE PISTAS Y CUNETAS EN LACALLE SAN 77815 LALIBERTAD BOLIVAR UCUNCHA UCUNCHA

  JUAN Y CALLES CIRCUNDANTES ALAPLAZADE ARMAS

ZONAURBANADE UCUNCHA, DISTRITO DE UCUNCHA-

BOLIVAR - LALIBERTAD

195 CONSTRUCCION DE VEREDAS EN LAS CALLES SAN JUAN, 77788 LALIBERTAD BOLIVAR UCUNCHA UCUNCHA

  JOSE OLAYAY GUADALUPE ZONAURBANADE UCUNCHA,

DISTRITO DE UCUNCHA- BOLIVAR - LALIBERTAD

196 CONSTRUCCION DE VEREDAS EN LAS CALLES PROGRESO 77859 LALIBERTAD BOLIVAR UCUNCHA UCUNCHA

  Y DOS DE MAYO ZONAURBANADE UCUNCHA, DISTRITO DE

UCUNCHA- BOLIVAR - LALIBERTAD

197 CONSTRUCCION PISTAS, VEREDAS Y PARQUES C.P. ALTO 77238 LALIBERTAD CHEPEN PUEBLO NUEVO ALTO SAN ILDEFONSO  SAN ILDEFONSO, DISTRITO DE PUEBLO NUEVO - CHEPEN -

LALIBERTAD

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008371024

N° PROYECTO Codigo SNIP DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO CENTRO POBLADO

198 CONSTRUCCION DE PAVIMENTO EN LAS CALLES LAS 77583 LALIBERTAD GRAN CHIMU CASCAS CASCAS

  PALMERAS Y BOLOGNESI EN EL DISTRITO DE CASCAS,

PROVINCIADE GRAN CHIMU - LALIBERTAD

199 MEJORAMIENTO DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y 77503 LALIBERTAD JULCAN JULCAN SAN ANTONIO DE

PEATONAL DEL CONCEJO MENOR DE SAN ANTONIO DE IPASHGON

  PAGASH JULCAN, PROVINCIADE JULCAN - LALIBERTAD

200 MEJORAMIENTODE DE LACALLE BERMUDES Y PARQUE 77550 LALIBERTAD OTUZCO SINSICAP SINSICAP

  RECREATIVO DE LALOCALIDAD DE SISNICAP

201 MEJORAMIENTO DE LATRANSITABILIDAD PEATONAL Y 76934 LALIBERTAD PATAZ PATAZ CAMPAMENTO

  VEHICULAR EN LAS CALLES 01,02,03,04,05,06 DE LA

LOCALIDAD CAMPAMENTO DISTRITO PATAZ , PROVINCIA

DE PATAZ - LALIBERTAD

202 MEJORAMIENTO DE LATRANSITABILIDAD PEATONAL DEL 76313 LALIBERTAD PATAZ TAYABAMBA TAYABAMBA

  PSJE LAVICTORIACUADRAS 1 AL 7 DISTRITO DE

TAYABAMBA, PROVINCIADE PATAZ - LA LIBERTAD

203 CONSTRUCCION DE PASEO PEATONAL EN LALOCALIDAD 57862 LALIBERTAD SANCHEZ CARRION HUAMACHUCO SAUSACOCHA

  DE SAUSACOCHA- DISTRITO DE HUAMACHUCO, PROVINCIA

DE SANCHEZ CARRION - LALIBERTAD

204 MEJORAMIENTO DEL CAMINO DE INGRESO DEL PARQUE Y 57854 LALIBERTAD SANCHEZ CARRION HUAMACHUCO SAUSACOCHA

  MUELLE EN LALOCALIDAD DE SAUSACOCHA- DISTRITO DE

HUAMACHUCO, PROVINCIADE SANCHEZ CARRION - LA

LIBERTAD

205 CONSTRUCCION DE PARQUE RECREATIVO EN LA 57828 LALIBERTAD SANCHEZ CARRION HUAMACHUCO SAUSACOCHA

  LOCALIDAD DE SAUSACOCHADISTRITO DE HUAMACHUCO,

PROVINCIADE SANCHEZ CARRION - LA LIBERTAD

206 CONSTRUCCION DE VEREDAS EN LAS PRINCIPALES 77533 LALIBERTAD SANCHEZ CARRION SARTIMBAMBA SARTIMBAMBA

  CALLES DE LACIUDAD DE SARTIMBAMBADEL DISTRITO DE

SARTIMBAMBA, PROVINCIADE SANCHEZ CARRION - LA

LIBERTAD

207 MEJORAMIENTO DE LAS CALLES DE LALOCALIDAD DE 76325 LALIBERTAD TRUJILLO LAREDO QUIRIHUAC ALTO

  QUIRIHUAC DISTRITO DE LAREDO, PROVINCIADE TRUJILLO

LALIBERTAD

208 MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA EN LA 61316 LA LIBERTAD TRUJILLO SIMBAL SIMBAL

  PLAZUELAVICTOR RAUL HAYADE LATORRE, DEL

DISTRITO DE SIMBAL, PROVINCIA DE TRUJILLO - LA

LIBERTAD

209 CONSTRUCCION DE VEREDAS CENTRO POBLADO CAMPO 72420 LALIBERTAD VIRU GUADALUPITO CAMPO NUEVO ALTO

  NUEVOALTO, DISTRITO DE GUADALUPITO - VIRU - LA

LIBERTAD

210 CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURAVIAL Y PEATONAL 79712 LAMBAYEQUE CHICLAYO SANTAROSA CALLE CRISTIAN

DE LACALLE CRISTIAN BARNER, DISTRITO DE SANTAROSA BARNER

  CHICLAYO - LAMBAYEQUE

211 MEJORAMIENTO DEL PARQUE PRINCIPAL DEL C.P. LUYA, 77731 LAMBAYEQUE CHICLAYO TUMAN LUYA

  DISTRITO DE TUMAN - CHICLAYO - LAMBAYEQUE

212 CONSTRUCCION DE LAPAVIMENTACION DE LAAV. 77724 LAMBAYEQUE CHICLAYO TUMAN LUYA

  MIRAFLORES DEL C.P. LUYA, DISTRITO DE TUMAN -

CHICLAYO - LAMBAYEQUE

213 CONSTRUCCION DE VEREDAS EN EL SECTOR ESTE DEL 77748 LAMBAYEQUE CHICLAYO TUMAN LUYA

  C.P. LUYA, DISTRITO DE TUMAN - CHICLAYO - LAMBAYEQUE

214 MEJORAMIENTO DEL ORNATO DEL CENTRO POBLADO 77698 LAMBAYEQUE LAMBAYEQUE MORROPE CARACUCHO

  CARACUCHO, DISTRITO DE MORROPE - LAMBAYEQUE -

LAMBAYEQUE

215 CONSTRUCCION DEL PARQUE PRINCIPAL DEL CENTRO 76549 LAMBAYEQUE LAMBAYEQUE OLMOS ALAN GARCIA

  POIBLADO ALAN GARCIA, DISTRITO DE OLMOS -

LAMBAYEQUE - LAMBAYEQUE

216 CONSTRUCCION DE VEREDAS EN EL PUEBLO JOVEN LA 76545 LAMBAYEQUE LAMBAYEQUE OLMOS LAPURISIMA

  PURISIMA, DISTRITO DE OLMOS - LAMBAYEQUE -

LAMBAYEQUE

217 MEJORAMIENTO PARQUE-VEREDAS CENTRO POBLADO 63038 LAMBAYEQUE LAMBAYEQUE SALAS PENACHI

  PENACHI PENACHI, DISTRITO DE SALAS - LAMBAYEQUE -

LAMBAYEQUE218 PAVIMENTACION Y CONSTRUCCION DE VEREDAS EN LA 77587 LIMA CAÑETE IMPERIAL CERRO ALEGRE

  AVENIDAJOSEFINARAMOS DEL CENTRO POBLADO CERRO

 ALEGRE DEL DISTRITO DE IMPERIAL

219 CONSTRUCCION PAVIMENTACION LOS HEROES, LOS 63372 LIMA HUARAL CHANCAY TORREBLANCA

  ROSALES, LAS FLORES Y LOS PINOS EN EL CENTRO

POBLADO DE TORREBLANCA, DISTRITO DE CHANCAY -

HUARAL - LIMA

220 CONSTRUCCION DEL PARQUE DE SAN MIGUEL DE ACOS 43879 LIMA HUARAL SAN MIGUEL DE SAN MIGUEL DE ACOS

  ACOS

221 MEJORAMIENTO DE CALZADAEN LAS CALLES BELISARIO 68653 LIMA HUARAL VEINTISIETE DE SAN PEDRO DE CARAC

  SUAREZ,TARAPACA,MARIANO DE LOS SANTOS,FRANCISCO NOVIEMBRE

  BOLOGNESI,NIÑO OSORIO Y AV. VEINTISIETE DE

NOVIEMBRE EN EL CENTRO POBLADO DE SAN PEDRO DE

CARAC, PROVINCIADE HUARAL - LIMA

222 PAVIMENTACIÓN DE LAS CALLES DEL ENTORNO DEL 77398 LIMA HUAROCHIRI MARIATANA CHATACANCHA

  PARQUE PRINCIPAL DEL ANEXO CHATACANCHADEL

DISTRITO DE MARIATANA

223 CONSTRUCCIÓN DEL PARQUE PRINCIPAL DEL ANEXO 77441 LIMA HUAROCHIRI MARIATANA CHATACANCHA  CHATACANCHADEL DISTRITO DE MARIATANA

224 CONSTRUCCION CONSTRUCCION DE VEREDAS Y 58438 LIMA HUAROCHIRI SAN ANDRES DE SAN ANDRES DE

   D  e  s  c  a  r  g  a   d  o   d  e  s   d  e  w  w  w .  e

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de abril de 2008 371025

N° PROYECTO Codigo SNIP DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO CENTRO POBLADO

  CALZADAS EN EL JIRON 23 DE JUNIO EN EL DISTRITO TUPICOCHA TUPICOCHA

  DE SAN ANDRES DE TUPICOCHACALLE PRINCIPAL DE

 ACCESO, DISTRITO DE SAN ANDRES DE TUPICOCHA-

HUAROCHIRI - LIMA

225 CONSTRUCCION DEL EMPEDRADO DEL JR. ANCHUCAYAY 71299 LIMA HUAROCHIRI SANTIAGO DE SANTIAGO DE

EL JR. SAENZ PEÑACALLE PRINCIPAL DE ACCESO, ANCHUCAYA ANCHUCAYA

  DISTRITO DE SANTIAGO DE ANCHUCAYA- HUAROCHIRI -

LIMA

226 CONSTRUCCION DE VEREDAS EN LAVIAPRINCIPAL DEL 71409 LIMA HUAURA SAYAN LAVILLA

  CENTRO POBLADO LAVILLA, DISTRITO DE SAYAN -

HUAURA- LIMA

227 CONSTRUCCION VEREDAPEATONAL EN LACOMUNIDAD DE 60088 LORETO DATEM DEL ANDOAS WASHINTSA

  WASHINTSA, DISTRITO DE ANDOAS - DATEM DEL MARAÑON

  MARANON - LORETO

228 CONSTRUCCION DE PLAZADEL CENTRO POBLADO DE 73399 LORETO DATEM DEL BARRANCA BARRANCA

  BARRANCA, PROVINCIADE DATEM DEL MARAÑON - MARAÑON

  LORETO

229 CONSTRUCCION PLAZUELA 28 DE JULIO DE TAMSHIYACU 62803 LORETO MAYNAS FERNANDO LORES TAMSHIYACU

230 CONSTRUCCION DE VEREDAPEATONAL CALLE TARAPACA 58840 LORETO MAYNAS PUTUMAYO EL ESTRECHO

  EL ESTRECHO - DISTRITO DEL PUTUMAYO, PROVINCIADE

MAYNAS - LORETO

231 CONSTRUCCION DE VEREDAPEATONAL CALLE BRETAÑAII 61370 LORETO REQUENA PUINAHUA BRETAÑA

  ETAPA, PROVINCIADE REQUENA- LORETO

232 MEJORAMIENTO DE VIAPRINCIPAL Y PARQUES DEL 76880 MADRE DE DIOS MANU HUEPETUHE CAYCHIHUE

  CENTRO POBLADO CAYCHIHUE

233 CONSTRUCCION DE VEREDAS PARTE BAJALABERINTO 60835 MADRE DE DIOS TAMBOPATA LABERINTO PUERTO ROSARIO DE

LABERINTO

234 CONSTRUCCION DE VEREDAS Y MEJORAMIENTO DE 77593 MOQUEGUA GENERAL SANCHEZ UBINAS SACOHAYA

  CALLES ADYACENTES ALAPLAZADE ARMAS DEL CENTRO CERRO

  POBLADO SACOHAYA, DISTRITO DE UBINAS - GENERAL

SANCHEZ CERRO - MOQUEGUA

235 CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS DEL JR. 56638 PASCO DANIEL ALCIDES TAPUC TAPUC

  CINCUENTENARIO CDRA. 5, 6 Y 7 - TAPUC, PROVINCIADE CARRION

  DANIEL ALCIDES CARRION-PASCO

236 CONSTRUCCION, REHABILITACION DEL PARQUE 63228 PASCO PASCO PALLANCHACRA LAMERCED DE

CENTRAL DEL CENTRO POBLADO LAMERCED DE JARRIA

  JARRIADISTRITO DE PALLANCHACRA, PROVINCIADE

PASCO - PASCO

237 CONSTRUCCION DE VERADS Y EMPEDRADOS EN EL 63257 PASCO PASCO TICLACAYAN PUCURHUAY

  CENTRO POBLADO SAN FRANCISCO DE PUCURHUAY

DISTRITO DE TICLACAYAN, PROVINCIADE PASCO -

PASCO

238 MEJORAMIENTO DEL PARQUE CENTRAL DEL DISTRITO 77630 PIURA AYABACA SUYO SUYO

  DE SUYO

239 CONSTRUCCION DE PISTAS DE LAS PRINCIPALES 70470 PIURA HUANCABAMBA CANCHAQUE PALAMBLA

  CALLES DE LAVILLAPALAMBLADEL DISTRITO DE

CANCHAQUE, PROVINCIADE HUANCABAMBA- PIURA

240 CONSTRUCCION DE PLAZUELAEN EL CENTRO POBLADO 61869 PIURA HUANCABAMBA HUANCABAMBA CENTRO POBLADO

DE JUZGARA, PROVINCIADE HUANCABAMBA- PIURA DE JUZGARA

241 CONSTRUCCION DE PARQUE DEL CENTRO POBLADO 61739 PIURA HUANCABAMBA LALAQUIZ MARAY

  MARAY DEL DISTRITO DE LALAQUIZ, PROVINCIADE

HUANCABAMBA- PIURA

242 CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN EL CENTRO 73481 PIURA HUANCABAMBA SAN MIGUEL DE EL LAS HUACAS

  POBLADO LAS HUACAS DEL DISTRITO SAN MIGUEL DE EL FAIQUE

  FAIQUE, PROVINCIADE HUANCABAMBA- PIURA

243 CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN EL CASERIO 77393 PIURA PIURA CATACAOS CASERIO SIMBILA

  SIMBILASECTOR LOS ALFAREROS, DISTRITO DE SECTOR LOS

CATACAOS - PIURA- PIURA ALFAREROS

244 CONSTRUCCION DE VEREDAS EN LAAVENIDAPRINCIPAL 61881 PIURA PIURA LA UNION C.P. MONTE

DEL CENTRO POBLADO DE MONTE REDONDO, DISTRITO REDONDO-AV.

DE LAUNION, PROVINCIADE PIURA- PIURA LAMBAYEQUE245 CONSTRUCCION DE PISTAS DE LAS PRINCIPALES 77258 PUNO AZANGARO POTONI PUEBLO DE POTONI

  CALLES DEL PUEBLO DE POTONI TRAMO I, DISTRITO DE

POTONI - AZANGARO - PUNO

246 CONSTRUCCIÓN DEL PARQUE CENTRAL SAN ANTON 77046 PUNO AZANGARO SAN ANTON SAN ANTON

247 CONSTRUCCION DE VEREDAS EN SANTIAGO DE PUPUJA, 59949 PUNO AZANGARO SANTIAGO DE SANTIAGO DE

DISTRITO DE SANTIAGO DE PUPUJA- AZANGARO - PUNO PUPUJA PUPUJA

248 CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS E PLAZOLETA EN 70344 PUNO CARABAYA AJOYANI AJOYANI

  EL BARRIO SAN MARTIN DEL PUEBLO DE AJOYANI,

DISTRITO DE AJOYANI - CARABAYA- PUNO

249 CONSTRUCCIÓN DE PISTAS Y VEREDAS EN EL JIRÓN 77508 PUNO CARABAYA AYAPATA AYAPATA

  TUPAC AMARU DE LALOCALIDAD DE AYAPATA.

250 CONSTRUCCION PAVIMENTOS Y VEREDAS DE LAS 63492 PUNO CARABAYA CRUCERO ORURO

  CALLES DE LAPLAZADE ARMAS CENTRO POBLADO

ORURO, DISTRITO DE CRUCERO - CARABAYA- PUNO

251 MEJORAMIENTO DE LAAVENIDA TRANSOCEANICA DEL 70158 PUNO CARABAYA MACUSANI PACAJE

  CENTRO POBLADO DE PACAJE DISTRITO DE MACUSANI,

PROVINCIADE CARABAYA- PUNO

252 CONSTRUCCION DE PAVIMENTO Y VEREDAS DEL 67938 PUNO CARABAYA MACUSANI TANTAMACO  CONTORNO DE LAPLAZADE ABASTOS DEL CENTRO

POBLADO DE TANTAMACO, PROVINCIADE CARABAYA-

PUNO

   D  e  s  c  a  r  g  a   d  o   d  e  s   d  e  w  w  w .  e

   l  p  e  r  u  a  n  o .  c  o  m .

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7/26/2019 Almacenes Adelantados

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008371026

N° PROYECTO Codigo SNIP DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO CENTRO POBLADO

253 CONSTRUCCION VEREDAS DEL BARRIO CENTRAL 71171 PUNO CARABAYA USICAYOS USICAYOS

  DISTRITO DE USICAYOS, PROVINCIADE CARABAYA-

PUNO

254 CONSTRUCCION PAVIMENTOS Y VEREDAS DE LAS 63468 PUNO EL COLLAO CONDURIRI LOCALIDAD DE

CALLES DE LAPLAZADE ARMAS LOCALIDAD LOCALIDAD CONDURIRI

  DE CONDURIRI, DISTRITO DE CONDURIRI - EL COLLAO -

PUNO

255 CONSTRUCCION DE VEREDAS EN LOS JIRONES MANCO 77939 PUNO HUANCANE ROSASPATA ROSASPATA

  CAPAC Y BOLOGNESI LOCALIDAD ROSASPATA, DISTRITO

DE ROSASPATA- HUANCANE - PUNO

256 CONSTRUCCION PARQUE CENTRAL DEL CENTRO 77198 PUNO LAMPA SANTALUCIA CENTRO POBLADO

POBLADO DE PINAYA, DISTRITO DE SANTALUCIA- DE PINAYA

  LAMPA- PUNO

257 CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS DE LAS 76731 PUNO MOHO HUAYRAPATA HUAYRAPATA

  PRINCIPALES CALLES DEL DISTRITO DE HUAYRAPATA

258 CONSTRUCCION DE VEREDAS EN EL CENTRO DE LA 77536 PUNO PUNO CAPACHICA CAPACHICA

  LOCALIDAD DE CAPACHICA, DISTRITO DE CAPACHICA-

PUNO - PUNO

259 CONSTRUCCION DE VEREDAS EN PRINCIPALES CALLES 60792 PUNO PUNO COATA COATA

  DEL, DISTRITO DE COATA- PUNO - PUNO

260 CONSTRUCCION DE VEREDAS EN LAPLAZAPRINCIPAL Y 77544 PUNO PUNO HUATA HUATA

  CALLES CONTIGUAS DE HUATTA

261 CONSTRUCCION DE VEREDAS DE VIAS ADYACENTES DE 77559 PUNO YUNGUYO CUTURAPI CUTURAPI

  LAPLAZAPRINCIPAL DEL DISTRITO

CUTURAPI,PROVINCIAYUNGUYO-PUNO

262 CONSTRUCCION PAVIMENTACION RIGIDADE LA 77332 SAN MARTIN BELLAVISTA BAJO BIAVO NUEVO LIMA

  AVENIDAFERNANDO BELAUNDE TERRY CUADRAS 4, 5 Y

6 NUEVO LIMA, DISTRITO DE BAJO BIAVO - BELLAVISTA-

SAN MARTIN

263 MEJORAMIENTO DEL PARQUE CENTRAL DE LA 66222 SAN MARTIN HUALLAGA PISCOYACU PISCOYACU

  LOCALIDAD DE PISCOYACU

264 MEJORAMIENTO DEL PARQUE PRINCIPAL DE LA 69574 SAN MARTIN HUALLAGA SACANCHE SACANCHE

  LOCALIDAD DE SACANCHE

265 CONSTRUCCION DE ALAMEDAEN EL PUERTO PRINCIPAL 70364 SAN MARTIN LAMAS BARRANQUITA BARRANQUITA

  DEL RIO CAYNARACHI DE LALOCALIDAD DE

BARRANQUITA, PROVINCIADE LAMAS - SAN MARTIN

266 CONSTRUCCION DE VEREDAS DEL JIRON CAYNARACHI C- 64073 SAN MARTIN LAMAS CAYNARACHI PONGO DE

1,2,3,4 Y 5 DE LALOCALIDAD DEL PONGO DE CAYNARACHI CAYNARACHI

267 CONSTRUCCION DEL PARQUE CENTRAL DEL CENTRO 64123 SAN MARTIN LAMAS CAYNARACHI YUMBATOS

  POBLADO DE YUMBATOS

268 MEJORAMIENTO BOULEVARD TURISTICO RIO MAYO - 56294 SAN MARTIN LAMAS CUÑUMBUQUI CUÑUMBUQUI

  CUÑUMBUQUI

269 MEJORAMIENTO DE VEREDAS Y PAVIMENTACION EN EL 55968 SAN MARTIN LAMAS ZAPATERO ZAPATERO

  CENTRO POBLADO DE ZAPATERO

270 CONSTRUCCION DEL PARQUE PRINCIPAL DEL CENTRO 65793 SAN MARTIN MOYOBAMBA JEPELACIO NUEVO SAN MIGUEL

  POBLADO DE NUEVO SAN MIGUEL – JEPELACIO,

PROVINCIADE MOYOBAMBA- SAN MARTIN

271 CONSTRUCCION DE MALECON TURISTICO EN EL CENTRO 77323 SAN MARTIN SAN MARTIN ALBERTO LEVEAU UTCURARCA

  POBLADO DE ALBERTO LEVEAU, DISTRITO DE ALBERTO

LEVEAU, PROVINCIA DE SAN MARTIN - SAN MARTIN

272 CONSTRUCCION DE ALAMEDAAL MARGEN IZQUIERDO 70482 SAN MARTIN SAN MARTIN LABANDADE LAS PALMAS

  DE LAQUEBRADAAHUASHIYACU DEL CENTRO POBLADO SHILCAYO

  LAS PALMAS, DISTRITO DE LABANDADE SHILCAYO -

SAN MARTIN - SAN MARTIN

273 CONSTRUCCIÓN Y MEJORAMIENTO DEL PARQUE 66332 SAN MARTIN SAN MARTIN SAUCE SAUCE

  CENTRAL DE LALOCALIDAD DE SAUCE

274 MEJORAMIENTO DEL PARQUE 02 DE MAYO EN EL 76514 SAN MARTIN SAN MARTIN SHAPAJA SHAPAJA

  CENTRO POBLADO DE SHAPAJA, PROVINCIADE SAN

MARTIN - SAN MARTIN

275 CONSTRUCCION DE ALAMEDATURISTICAEN CENTRO 65941 TUMBES CONTRALMIRANTE ZORRITOS NUEVAESPERANZA

  POBLADO NUEVAESPERANZA, PROVINCIADE VILLAR  CONTRALMIRANTE VILLAR - TUMBES

276 CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES 68021 TUMBES TUMBES CORRALES EL TABLAZO

  TUMBES Y ANCASH DEL SECTOR EL TABLAZO. DISTRITO

CORRALES, PROVINCIADE TUMBES - TUMBES

277 CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN JIRON LUIS 67969 TUMBES TUMBES LA CRUZ CALETA CRUZ

  BANCHERO ROSSI Y JIRON JOSE CARLOS MARIATEGUI

DEL DISTRITO DE LACRUZ, PROVINCIADE TUMBES -

TUMBES

278 CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS 68171 TUMBES TUMBES PAMPAS DE CABUYAL

  PRINCIPALES CALLES DEL CENTRO POBLADO CABUYAL. HOSPITAL

  DISTRITO PAMPAS DE HOSPITAL, PROVINCIADE

TUMBES - TUMBES

279 CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES 68199 TUMBES TUMBES SAN JUAN DE LA GARBANZAL

  DEL CENTRO POBLADO GARBANZAL. DISTRITO SAN VIRGEN

  JUAN DE LAVIRGEN, PROVINCIADE TUMBES - TUMBES

280 CONSTRUCCION DE PARQUE ECOLOGICO DE LA 67595 UCAYALI ATALAYA RAYMONDI AERIJA

  COMUNIDAD NATIVAAERIJA, PROVINCIADE ATALAYA-

UCAYALI281 CONSTRUCCION DE PARQUE ECOLOGICO DE LA 67597 UCAYALI ATALAYA RAYMONDI CHICOSA

  COMUNIDAD NATIVACHICOSA, PROVINCIADE ATALAYA-

   D  e  s  c  a  r  g  a   d  o   d  e  s   d  e  w  w  w .  e

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de abril de 2008 371027

N° PROYECTO Codigo SNIP DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO CENTRO POBLADO

  UCAYALI

282 CONSTRUCCION DE PARQUE ECOLOGICO DE LA 67602 UCAYALI ATALAYA SEPAHUA PUIJA

  COMUNIDAD NATIVAPUIJA, PROVINCIADE ATALAYA-

UCAYALI

283 MEJORAMIENTO DE VIAS EN EL PERIMETRO DE LA 59607 UCAYALI CORONEL YARINACOCHA SAN PABLO TUSHMO

  PLAZAPRINCIPAL DEL CENTRO POBLADO SAN PABLO PORTILLO

  DE TUSHMO - YARINACOCHA

284 CONSTRUCCION DE LAPLAZADE ARMAS - C.P. 57650 UCAYALI PADRE ABAD IRAZOLA ALEXANDER VON

 ALEXANDER VON HUMBOLDT - DISTRITO IRAZOLA- HUMBOLDT

  PADRE ABAD

285 CONSTRUCCION DE VEREDAS EN LOS MARGENES DE LA 57645 UCAYALI PADRE ABAD IRAZOLA ALEXANDER VON

CARRETERAFERNANDO BELAUNDE TERRY ENTRE LA HUMBOLDT

  CARRETERAFEDERICO BASADRE Y EL JR. UCYALI DEL

C.P. ALEXANDER VON HUMBOLDT - DISTRITO DE IRAZOLA-

PADRE ABAD

286 CONSTRUCCIÓN DE VEREDAS EN LAAV. PERÚ CDRAS 1 57609 UCAYALI PADRE ABAD IRAZOLA ALEXANDER VON

 AL 6, JR UCAYALI CDRA1 DEL C.P. ALEXANDER VON HUMBOLDT

  HUMBOLDT DISTRITO DE IRAZOLA- PADRE ABAD

190873-2

ORGANISMOS AUTONOMOS

BANCO CENTRAL DE RESERVA 

Autor izan viaje de J efe del Depart ament ode Operaciones Monetari as y Camb iar iaspara parti cipar en event o que se realizaráen Brasil

RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 018-2008

Lima, 15 de abril de 2008

CONSIDERANDO:

Que, se ha recibido una invitación del Fondo MonetarioInternacional para participar en el “Derivatives MarketDevelopment: Improving Efficiency While SafeguardingFinancial Stability Workshop at the IMF Training Center”, quese llevará a cabo los días 23 y 24 de abril en la ciudad deBrasilia, Brasil;

Que, es política del Banco Central de Reserva del Perúmantener actualizados a sus funcionarios en aspectosfundamentales relacionadas con su finalidad y funciones;

Que, para el cumplimiento de sus funciones laGerencia de Operaciones Monetarias y EstabilidadFinanciera tiene entre sus objetivos evaluar y velar porel adecuado funcionamiento del Sistema Financiero yproponer medidas que permitan mejorar su eficiencia;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y elDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo acordadopor el Directorio en su sesión de 10 de abril de 2008;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar la misión en el exterior delseñor Ricardo Alvarado Creamer, Jefe del Departamentode Operaciones Monetarias y Cambiarias de la Gerenciade Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, enla ciudad de Brasilia, Brasil, del 22 al 24 de abril y al pagode los gastos no asumidos por la entidad organizadora, afin de que intervenga en el certamen indicado en la parteconsiderativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje serácomo sigue:

Pasaje US$ 927,42Viáticos US$ 360,00Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 30,25  --------------------TOTAL US$ 1317,67

Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho aexoneración o liberación del pago de derechos aduaneros,cualquiera fuere su clase o denominación.

JULIO VELARDEPresidente

189310-1

CONSEJO NACIONAL DELA MAGISTRATURA 

FE DE ERRATAS

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONALDE LA MAGISTRATURA Nº 021-2008-PCNM

Mediante Oficio Nº 232-2008-OA-CNM, el ConsejoNacional de la Magistratura solicita se publique Fe deErratas de la Resolución del Consejo Nacional de laMagistratura Nº 021-2008-PCNM, publicada en nuestraedición del día 11 de abril de 2008.

1. En el primer párrafo del Décimo Novenoconsiderando;

DICE:“...se ha determinado la convicción unánime del Pleno

del Consejo Nacional de la Magistratura...”

DEBE DECIR:

“...se ha determinado la convicción, por mayoría, delPleno del Consejo Nacional de la Magistratura...”

190389-1

CONTRALORIA GENERAL 

Autori zan a procurador i ni ciar accioneslegales contra presuntos responsables

de la comi sión de delit os en agravio delGobierno Regional La Libertad

RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍANº 156-2008-CG

Lima, 18 de abril de 2008

VISTO, el Informe Especial Nº 062-2008-CG/ORTRresultante del Examen Especial practicado al GobiernoRegional La Libertad, por el período Ene.2003 - Dic.2005,incluyendo operaciones anteriores y posteriores al períodocitado; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Contraloría General de la República dispusola ejecución de una acción de control no programada

al Gobierno Regional La Libertad, a fin de determinarsi los recursos financieros y patrimoniales asignados adicha entidad, fueron utilizados en concordancia con susobjetivos y de conformidad con la normativa aplicable;

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008371028

Que, como consecuencia de la mencionada acciónde control, la Comisión Auditora ha determinado que,funcionarios del Gobierno Regional suscribieron unconvenio para la ejecución de la obra “Mejoramiento yConstrucción Carretera Costanera II Etapa: Huanchaco -Santiago de Cao”, con una empresa del Gobierno Regionaly, de la cual los referidos funcionarios formaban parte del

Directorio; convenio que consignaba la existencia de unexpediente técnico, que no había sido elaborado, pese alo cual se benefició a la citada empresa con un adelantoequivalente al 50% del monto de la obra, con la sola firmade dicho documento; siendo que la empresa no rindiócuenta debidamente del adelanto otorgado por la sumade S/. 150 000,00, toda vez que la rendición por S/. 106962,92 fue observada por la entidad, sin que ésta se hayasubsanado y, S/.43 037.08 no fueron rendidos; hechosque configuran la existencia de indicios razonables de lacomisión de los delitos de Peculado, AprovechamientoIndebido de Cargo y Falsedad Genérica, previstos ypenados en los artículos 387º, 399º y 438º del CódigoPenal, respectivamente;

Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) artículo22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacionalde Control y de la Contraloría General de la República,constituye atribución de este Organismo Superior

de Control, disponer el inicio de las acciones legalespertinentes en forma inmediata, por parte del ProcuradorPúblico, en los casos en que en la ejecución directa deuna acción de control se encuentre daño económico opresunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar ala Procuradora Pública a cargo de los asuntos judicialesde la Contraloría General de la República el inicio delas acciones legales respectivas contra los presuntosresponsables comprendidos en el Informe de Visto;

De conformidad con el literal d) del Artículo 22º dela Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, y elDecreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Autorizar a la señora ProcuradoraPública a cargo de los asuntos judiciales de la ContraloríaGeneral de la República, para que en nombre y

representación del Estado, inicie las acciones legalescorrespondientes, por los fundamentos expuestos en laparte considerativa de la presente resolución, contra lospresuntos responsables comprendidos en el Informe deVisto, remitiéndosele para el efecto los antecedentescorrespondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GENARO MATUTE MEJIAContralor General de la República

190760-1

RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍANº 157-2008-CG

Lima, 18 de abril de 2008

VISTO, el Informe Especial Nº 063-2008-CG/ORTRresultante del Examen Especial practicado al GobiernoRegional La Libertad, por el período Ene.2003 - Dic.2005,incluyendo operaciones anteriores y posteriores al períodocitado; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Contraloría General de la República dispusola ejecución de una acción de control no programadaal Gobierno Regional La Libertad, a fin de determinarsi los recursos financieros y patrimoniales asignadosa dicha entidad fueron utilizados adecuadamente, enconcordancia con sus objetivos y de conformidad con lanormativa aplicable;

Que, como consecuencia de la mencionada acciónde control, la Comisión Auditora ha evidenciado que ex

autoridades del Gobierno Regional y del Hospital RegionalDocente de Trujillo, favorecieron a una empresa delsector privado con la cual suscribieron un convenio parael otorgamiento en concesión del servicio de resonancia

magnética en las instalaciones del mencionado hospital,simulando contar con la autorización previa del ConsejoRegional, y sin difundir entre el sector privado, su intenciónde concesionar dicho servicio, para lograr la participaciónde pluralidad de ofertas; así como, permitiendo que éstaincumpla reiteradamente las estipulaciones del citadoconvenio; hechos que configuran la existencia de indicios

razonables de la comisión del delito de NegociaciónIncompatible o Aprovechamiento Indebido de Cargotipificado en los artículos 397º y 399º del Código Penalvigentes a la fecha de ocurridos los hechos, y de los delitosde Falsedad Ideológica y Falsedad Genérica, previstos ypenados en los artículos 428º y 438º del Código Penal,respectivamente;

Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) artículo22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacionalde Control y de la Contraloría General de la República,constituye atribución de este Organismo Superiorde Control, disponer el inicio de las acciones legalespertinentes en forma inmediata, por parte del ProcuradorPúblico, en los casos en que en la ejecución directa deuna acción de control se encuentre daño económico opresunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar ala Procuradora Pública a cargo de los asuntos judicialesde la Contraloría General de la República el inicio de

las acciones legales respectivas contra los presuntosresponsables comprendidos en el Informe de Visto;De conformidad con el literal d) del Artículo 22º de

la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, y elDecreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Autorizar a la señora ProcuradoraPública a cargo de los asuntos judiciales de la ContraloríaGeneral de la República, para que en nombre yrepresentación del Estado, inicie las acciones legalescorrespondientes, por los fundamentos expuestos en laparte considerativa de la presente resolución, contra lospresuntos responsables comprendidos en el Informe deVisto, remitiéndosele para el efecto los antecedentescorrespondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJIAContralor General de la República

190760-2

Autorizan a procuradora iniciaracciones legales por presuntoperjuicio económico ocasionado a lasMunicipalidades Distritales de Chao,Salaverry y Castilla

RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍANº 158-2008-CG

Lima, 18 de abril de 2008VISTO, el Informe Especial Nº 064-2008-CG/

ORTR, resultante del Examen Especial practicado ala Municipalidad Distrital de Chao, Provincia de Virú,Departamento de La Libertad, por el período comprendidoentre Ene.2003 - Ene.2006; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Contraloría General de la República dispuso larealización de una acción de control en la MunicipalidadDistrital de Chao, a fin de determinar si los recursosmunicipales se utilizaron conforme a lo establecido en lanormativa, incidiendo en la verificación de las presuntasirregularidades denunciadas ante este Órgano Superiorde Control;

Que, como resultado de la acción de control

practicada, la Comisión Auditora ha determinado quedurante el período Oct.2003 - Oct.2004, una autoridadmunicipal percibió remuneraciones y bonificacionescorrespondientes al cargo de Alcalde, incluso antes que

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de abril de 2008 371029

éste fuera suspendido y, a pesar que el Jurado Nacionalde Elecciones declaró improcedente la solicitud de dichasuspensión; lo cual ha generando un perjuicio económicoa la municipalidad por un total de S/. 40 166,66; querequiere ser resarcido, de conformidad con lo dispuestoen el artículo 1321º del Código Civil;

Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d)

del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica delSistema Nacional de Control y de la Contraloría Generalde la República, constituye atribución de este OrganismoSuperior de Control, disponer el inicio de las accioneslegales pertinentes en forma inmediata, por parte delProcurador Público, en los casos en que, en la ejecucióndirecta de una acción de control se encuentre dañoeconómico o presunción de ilícito penal, correspondiendoautorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República elinicio de las acciones legales respectivas contra losresponsables comprendidos en el Informe de Visto, y;

De conformidad con el literal d) del Artículo 22º dela Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, y elDecreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Autorizar a la señora ProcuradoraPública a cargo de los asuntos judiciales de la ContraloríaGeneral de la República, para que en nombre yrepresentación del Estado, inicie las acciones legales porlos hechos expuestos, contra los presuntos responsablescomprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para elefecto los antecedentes correspondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GENARO MATUTE MEJÍAContralor General de la República

190760-3

RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍANº 159-2008-CG

Lima, 18 de abril de 2008

VISTO, el Informe Especial Nº 065-2008-CG/ORTR, resultante del Examen Especial practicado ala Municipalidad Distrital de Salaverry, Provincia deTrujillo, La Libertad, por el período Ene.2004 - Jun.2005,considerando hechos anteriores y posteriores al citadoperíodo; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Contraloría General de la República dispusola ejecución de una acción de control a la MunicipalidadDistrital de Salaverry, con la finalidad de determinar silos recursos provenientes de endeudamiento interno,fueron aplicados en las obras que los motivaron y si losgastos efectuados con dichos recursos se encuentrandebidamente sustentados;

Que, como resultado de la citada acción de control,la Comisión Auditora ha determinado que durante el año2004 la administración municipal ejecutó la obra “Asfaltadode Calles en el Distrito de Salaverry” bajo la modalidad deadministración directa, sin contar con el personal técnico ylos equipos necesarios para tal fin; habiendo aprobado unexpediente técnico que consideró una sobreestimación delpresupuesto e incumpliendo en su proceso constructivocon las especificaciones técnicas del citado expediente,conllevando que la obra no se haya ejecutado dentrode los parámetros técnicos normativos vigentes; hechosque constituyen en su conjunto un daño económico a lamunicipalidad por S/. 79 816,63, que debe ser resarcidode conformidad con lo dispuesto en el artículo 1321º delCódigo Civil;

Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d)del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica delSistema Nacional de Control y de la Contraloría Generalde la República, constituye atribución de este OrganismoSuperior de Control disponer el inicio de las accioneslegales pertinentes en forma inmediata, por parte delProcurador Público, en los casos en que, en la ejecución

directa de una acción de control se encuentre dañoeconómico o presunción de ilícito penal, correspondiendoautorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República el iniciode las acciones legales respectivas contra los presuntosresponsables comprendidos en el Informe de Visto; y,

De conformidad con el literal d) del artículo 22º de la

Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, y elDecreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo Único.-  Autorizar a la señora ProcuradoraPública a cargo de los asuntos judiciales de laContraloría General de la República, para que ennombre y representación del Estado, inicie e impulselas acciones legales por los hechos expuestos, contralos presuntos responsables comprendidos en el Informede Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentescorrespondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GENARO MATUTE MEJÍA

Contralor General de la República190760-4

RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍANº 161-2008-CG

Lima, 18 de abril de 2008

VISTO; el Informe Especial Nº 067-2008-CG/ORPI, resultante del Examen Especial practicado a laMunicipalidad Distrital de Castilla, provincia y departamentode Piura, período 01.Ene.2003 - 31.Dic.2005, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Contraloría General de la República dispusola ejecución de una acción de control a la MunicipalidadDistrital de Castilla, con la finalidad de determinar si losrecursos municipales se utilizaron conforme lo establecidoen la normativa vigente, incidiendo en las presuntasirregularidades denunciadas;

Que, como consecuencia de la mencionada acciónde control, la Comisión Auditora ha determinado que laempresa que obtuvo la buena pro en el proceso parala adquisición de insumos del Programa del Vaso deLeche correspondiente al año 2005, efectuó la entregadel producto Avena con Quinua Fortificada con Kiwichay Soya Azucarada con Vitaminas y Minerales, fuera delplazo establecido, siendo que la Municipalidad no ejecutóla penalidad correspondiente por el retraso en la entrega;hechos que han originado perjuicio económico a laentidad ascendente a S/. 97 126,42, el mismo que debeser resarcido de conformidad a lo dispuesto en el artículo1321º del Código Civil;

Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d)del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional

de Control y de la Contraloría General de la República,constituye atribución de este Organismo Superiorde Control, disponer el inicio de las acciones legalespertinentes en forma inmediata, por parte del ProcuradorPúblico, en los casos en que en la ejecución directa deuna acción de control se encuentre daño económico opresunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar ala Procuradora Pública a cargo de los asuntos judicialesde la Contraloría General de la República, el inicio delas acciones legales respectivas contra los presuntosresponsables comprendidos en el Informe de Visto, y;

De conformidad con el literal d) del artículo 22º de laLey Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, y elDecreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Autorizar a la señora ProcuradoraPública encargada de los asuntos judiciales de laContraloría General de la República, para que en nombre yen representación del Estado, inicie las acciones legales por

   D  e  s  c  a  r  g  a   d  o   d  e  s   d  e  w  w  w .  e   l  p

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008371030

los hechos expuestos, contra los presuntos responsablescomprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para elefecto los antecedentes correspondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese

GENARO MATUTE MEJÍA

Contralor General de la República

190760-6

Autori zan a pr ocuradora in ici ar accioneslegales contra presuntos responsablesde la comi sión de deli to de peculado enagravio de la Municipalidad Provincialde Jauja

RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍANº 160-2008-CG

Lima, 18 de abril de 2008

VISTO; el Informe Especial Nº 066-2008-CG/

ORHU, resultante del Examen Especial efectuado a laMunicipalidad Provincial de Jauja, Junín, por el períodocomprendido de Enero del 2003 a Diciembre del 2005,y;

CONSIDERANDO:

Que, la Contraloría General de la República efectuó unExamen Especial a la Municipalidad Provincial de Jauja,orientado a determinar si los recursos públicos asignadosa dicha entidad fueron utilizados adecuadamente, conobservancia de las normas legales aplicables y a losobjetivos y metas trazadas por la entidad;

Que, como resultado de la citada acción de control,la Comisión Auditora ha evidenciado que, durante losaños 2004 y 2005, se autorizaron a favor de terceros yde ex servidores ediles, desembolsos por un total de S/.22 245,00, sin que se haya acreditado la aplicación de

dichos fondos en fines municipales, desconociéndoseel uso y destino de tales recursos públicos; hechos queconstituyen indicios razonables que hacen presumir lacomisión del delito de Peculado, previsto y penado en elartículo 387º del Código Penal;

Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d)del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica delSistema Nacional de Control y de la Contraloría Generalde la República, constituye atribución de este OrganismoSuperior de Control, disponer el inicio de las accioneslegales pertinentes en forma inmediata, por parte delProcurador Público, en los casos en que en la ejecucióndirecta de una acción de control se encuentre dañoeconómico o presunción de ilícito penal, correspondiendoautorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República,el inicio de las acciones legales respectivas contra lospresuntos responsables comprendidos en el Informe deVisto, y;

De conformidad con el literal d) del artículo 22º de laLey Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, y elDecreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Autorizar a la señora ProcuradoraPública encargada de los asuntos judiciales de laContraloría General de la República, para que en nombre yen representación del Estado, inicie las acciones legales porlos hechos expuestos, contra los presuntos responsablescomprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para elefecto los antecedentes correspondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GENARO MATUTE MEJÍAContralor General de la República

190760-5

OFICINA NACIONAL DE

PROCESOS ELECTORALES

Exoneran de proceso de selección lacontratación del servicio de soporte ymanteni mi ento anual de Oracle

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 041-2008-J/ONPE

Lima, 17 de abril de 2008

VISTOS: Los Informes Técnicos Nº 001-2008-SPT-GSIE/ONPE y Nº 002-2008-SPT-GSIE/ONPE de laSubgerencia de Plataforma Tecnológica de la Gerenciade Sistemas e Informática Electoral; el Informe Nº 022-2008-JAAC-OL-OGA/ONPE del Área de Adquisiciones yContrataciones de la Oficina de Logística; el Informe Nº375-2008-OL-OGA/ONPE de la Oficina de Logística dela Oficina General de Administración; el Informe Nº 030-2008-JEHC-OGAJ/ONPE y el Memorando Nº 188-2008-

OGAJ/ONPE, ambos de la Oficina General de AsesoríaJurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución de Secretaría General Nº 004-2008-SG/ONPE, se aprobó el Plan Anual de Adquisicionesy Contrataciones de la entidad para el año 2008 en elcual se encuentra prevista la contratación del servicio desoporte y mantenimiento anual de Oracle;

Que, a través de los Informes Técnicos Nº 001-2008-SPT-GSIE/ONPE y Nº 002-2008-SPT-GSIE/ONPE laSubgerencia de Plataforma Tecnológica de la Gerencia deSistemas e Informática Electoral, manifiesta que la OficinaNacional de Procesos Electorales viene utilizando la Basede Datos Oracle desde el año 1999, para el procesamientode los resultados de todos los procesos electorales, asícomo en sus diversas aplicaciones de funcionamientopermanente;

Que, por tal motivo es necesario contar con un serviciode soporte técnico a fin de obtener asesoría adecuaday oportuna en caso se presente alguna contingencia;así como mantener actualizadas las versiones deSoftware Oracle a efecto de disponer de las mejorasque continuamente implementa Oracle Corporation;debiendo considerar además que el único proveedor enel país del servicio de soporte y actualización de licenciases la empresa Sistemas Oracle del Perú S.A. por serúnica representante autorizada de la empresa OracleCorporation;

Que, asimismo, los citados Informes Técnicosseñalan que, optar por otras alternativas implicaría elcambio de base de datos con la que cuenta la entidad,con los consiguientes costos de adquisición de licenciasy la pérdida de la inversión ya realizada; capacitaciónal personal, que actualmente cuenta con experienciaen la utilización de la herramienta actual; y los costos

de reconversión de las aplicaciones con que se cuenta.La ausencia del servicio repercute en la oportunidad deentregar la información, la seguridad y la funcionalidadque se debería brindar a la base de datos; así como, de losservicios necesarios para la realización de las actividadesde la Entidad;

Que, mediante Informe Nº 022-2008-JAAC-OL-OGA/ONPE el Área de Adquisiciones y Contratacionesde la Oficina de Logística señala que, en relación alservicio de soporte técnico antes referido, el estudiode mercado correspondiente concluye en la existenciade un proveedor único, Sistemas Oracle del Perú S.A.,cuya propuesta asciende a la suma de S/.265,989.38(Doscientos Sesenta y Cinco Mil Novecientos Ochenta yNueve y 38/100 Nuevos Soles), monto que constituye elvalor referencial correspondiente a dicha contratación;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal e)del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado

por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, se encuentranexoneradas de los procesos de selección correspondientes,entre otras, las contrataciones que se realicen cuandolos bienes o servicios no admiten sustitutos y exista

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proveedor único, en cuyo supuesto la contratación serealizará empleando acciones inmediatas;

Que, asimismo el artículo 144º del Reglamento dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM,establece que en los casos en que no existan bienes oservicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria,

y siempre que exista un solo proveedor en el mercadonacional, la Entidad podrá contratar directamente. Seconsiderará que existe proveedor único en los casos quepor razones técnicas o relacionadas con la protección dederechos, tales como patentes y derechos de autor, sehaya establecido la exclusividad del proveedor;

Que, conforme a lo señalado por Oracle Latin America,mediante carta de fecha 22 de enero de 2008, la empresaOracle Corporation es titular directa o indirectamentede los derechos de autor y propiedad intelectual de losproductos Oracle, o le han sido otorgados los derechosde distribución de productos Oracle, los cuales incluyenderechos de autor y propiedad intelectual que pertenecena otras entidades. A su vez, la empresa SistemasOracle Perú S.A. es una subsidiaria indirecta de OracleCorporation en el territorio peruano, siendo entonces laúnica empresa en el Perú que se encuentra autorizadapara contratar la renovación del servicio de soporte y

actualización de licencias Oracle;Que, siendo el servicio de soporte y mantenimientoanual de Oracle un servicio que no admite sustituto,existiendo un solo proveedor en el mercado nacional, elmismo se encuentra dentro del supuesto del inciso e)del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo queresulta necesario autorizar la contratación exoneradade tal servicio, a ser brindado por la empresa SistemasOracle del Perú S.A.;

De conformidad con lo dispuesto por el Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº084-2004-PCM; y en uso de las facultades establecidasen el artículo 13º de la Ley Nº 26487 - Ley Orgánica de laOficina Nacional de Procesos Electorales, en el literal aa)del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funcionesde la ONPE, aprobado y modificado por Resoluciones

Jefaturales Nºs. 099-2007-J/ONPE y 007-2008-J/ONPE ycon el visado de la Oficina General de Administración y dela Oficina General de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del procesode selección para la contratación del servicio de soporte ymantenimiento anual de Oracle, por la causal de serviciosque no admiten sustitutos y existe proveedor único,debiendo efectuarse dicha contratación con la empresaOracle del Perú S.A., por el plazo de un año, hasta por unmonto de S/. 265,989.38 (Doscientos Sesenta y Cinco MilNovecientos Ochenta y Nueve y 38/100 Nuevos Soles),con cargo a la Fuente de Financiamiento RecursosOrdinarios.

Artículo Segundo.-  Autorizar a la Oficina Generalde Administración para que proceda a la contrataciónexonerada del servicio de soporte y mantenimiento anualde Oracle mediante acciones inmediatas conforme a loprevisto por las normas de contrataciones y adquisicionesdel Estado.

Artículo Tercero.-  Disponer que la contrataciónexonerada, realizada en virtud a la presente resolución,sea afectada a la Actividad: 1.000355 Organizar y Ejecutarlos Procesos Electorales; la Meta: 00001; y la específica:5.3.11.39, otros servicios de terceros, del presupuestode funcionamiento de la Oficina Nacional de ProcesosElectorales.

Artículo Cuarto.-  Remitir copia de la presenteresolución y los informes que la sustentan a laContraloría General de la República y el ConsejoSuperior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado(CONSUCODE), dentro de los diez (10) días hábilessiguientes a la fecha de su aprobación, de conformidadcon lo establecido en el artículo 20º del TUO de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado.

Artículo Quinto.-  Disponer que la Gerencia deInformación y Educación Electoral, en coordinación conla Oficina General de Administración, en el plazo máximode diez (10) días hábiles siguientes a la expedición de la

presente resolución, publiquen la misma en el Diario OficialEl Peruano, en el Sistema Electrónico de Adquisicionesy Contrataciones del Estado (SEACE), así como en lapágina web de la institución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MAGDALENA CHÚ VILLANUEVAJefa NacionalOficina Nacional de Procesos Electorales

190881-1

REGISTRO NACIONAL 

DE IDENTIFICACION

 Y ESTADO CIVIL 

Amplían autorización conferidamediante R.J. Nº 068-2003-JEF/ 

RENIEC para reinscripción de asientosinscritos en la Oficina de Registrode Estado Civil que funciona en laMunicipalidad Distrital de Ccorca

RESOLUCIÓN JEFATURALN° 180-2008-JNAC/RENIEC

Lima, 4 de abril de 2008

VISTO: el Informe N° 000002-2008/SGGORC/GRC/RENIEC de la entonces Sub Gerencia de GestiónOperativa de los Registros Civiles y el Informe N° 000012-2008-GRC/RENIEC de la Gerencia de Registros Civiles;

CONSIDERANDO:

Que, conforme lo señalado por la Primera DisposiciónFinal de la Ley N° 26497, Orgánica del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil, las Oficinas de Registrode Estado Civil a que se refiere la Ley N° 26242,deben continuar con el proceso de reinscripción, por locual, mediante Resolución Jefatural Nº 068-2003-JEF/RENIEC, se autorizó a la Oficina de Registro de EstadoCivil que funciona en la Municipalidad Distrital de Ccorca,provincia y departamento de Cusco, a iniciar el procesode reinscripción de los asientos que hubieran sidoinscritos en los diversos Libros Registrales señalados ental Resolución;

Que, la referida Oficina Registral, solicitó ampliar laautorización para reinscribir los nacimientos, matrimoniosy defunciones que hubieran sido asentados en los LibrosRegistrales detallados en el Informe N° 000002-2008/SGGORC/GRC/RENIEC, para lo cual ha cumplido conlos requisitos establecidos, según la evaluación técnica ynormativa de la Gerencia de Registros Civiles, por lo que

corresponde al RENIEC la aprobación pertinente, dada sucondición de organismo constitucionalmente autónomo,con competencia exclusiva en materia registral; y,

Conforme a las facultades conferidas por la LeyN° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la solicitud para ampliar laautorización conferida por Resolución Jefatural Nº 068-2003-JEF/RENIEC, a efectos de la reinscripción de losasientos inscritos en los Libros Registrales, de la Oficina deRegistro de Estado Civil que funciona en la MunicipalidadDistrital de Ccorca, provincia y departamento de Cusco,de los años siguientes:

Nacimiento

Libros semidestruidos de los años 1955, 1956, 1957,1958, 1959, 1960, 1961, 1964, 1965, 1966, 1967, 1968,1969, 1970, 1973, 1974, 1975, 1976, 1977, 1978, 1981,1982, 1986, 1987 y 1988.

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008371032

Libros inexistentes de los años: 1989.

MatrimonioLibros semidestruidos de los años 1990.Libros inexistentes de los años 1967, 1968, 1969,

1970, 1971, 1973, 1974, 1976, 1978, 1979, 1980, 1981,1982, 1983, 1984, 1985, 1986, 1987, 1988 y 1989.

DefunciónLibros inexistentes de los años 1956, 1958, 1959,1960, 1961, 1978, 1979, 1981, 1983, 1984, 1985, 1986,1987, 1988 y 1989.

Artículo 2º .- Autorizar a la Oficina de Registro deEstado Civil que funciona en la Municipalidad referida, paraque proceda a la ampliación del proceso de reinscripciónque se aprueba con la presente Resolución, con sujecióna las normas reglamentarias y administrativas que regulanlas reinscripciones en los Registros Civiles.

Artículo 3º.- Los Libros de Reinscripción tendrán elmismo Formato Oficial, con la consignación expresapor selladura, del texto “Reinscripción – Ley Nº 26242– 26497”, en la parte superior central del acta; debiendo,la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles,proveer los libros expresamente requeridos por la Oficinade Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir.

Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTOJefe Nacional

188924-5

SUPERINTENDENCIA 

DE BANCA, SEGUROS Y 

 ADMINISTRADORAS PRIVADAS

DE FONDOS DE PENSIONES

Autori zan a la Caja Muni cipal d e Ahorr o

y Crédito de Maynas S.A. la aperturade oficina en el distrito de Chiclayo,provi ncia de L ambayeque

RESOLUCIÓN SBS Nº 1016-2008

Lima, 9 de abril de 2008

EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCAY MICROFINANZAS

VISTA:

La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorroy Crédito de Maynas S.A. (CMAC Maynas S.A.) para quese le autorice la apertura de una oficina, en la modalidadde agencia, ubicada en el distrito de Chiclayo, provincia ydepartamento de Lambayeque; y,

CONSIDERANDO:

Que la empresa recurrente ha cumplido con presentarla documentación pertinente que justifica lo solicitado;

Estando a lo informado por el Departamento deEvaluación Microfinanciera “B” mediante Informe Nº 107-2008-DEMB; y,

De conformidad con el procedimiento Nº 11 del TUPAde esta Superintendencia, cuya base legal es el artículo30º de Ley General del Sistema Financiero y del Sistemade Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Bancay Seguros - Ley Nº 26702 y la Resolución Nº 775-2008; y,en virtud de las facultades delegadas mediante ResoluciónSBS Nº 1096-2005 del 25-7-2005;

RESUELVE:

Artículo Único.-  Autorizar a la Caja Municipal deAhorro y Crédito de Maynas S.A. (CMAC Maynas S.A.),la apertura de una oficina, en la modalidad de agencia,ubicada en la calle San José Nº 545 - Primer piso, distritode Chiclayo, provincia y departamento de Lambayeque.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DIEGO CISNEROS SALASSuperintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas

190430-1

Autorizan a la EDPYME AccesoCrediticio la conversión de oficinaprincipal en agencia y el traslado desede social ubicada en la provincia deTruji l l o a la ciudad de Lima

RESOLUCIÓN SBS Nº 1035-2008

Lima, 11 de abril de 2008

EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA YMICROFINANZAS

VISTA:

La solicitud presentada por EDPYME ACCESO

CREDITICIO solicitando autorización de estaSuperintendencia para el traslado de su oficina principalubicada en el distrito y provincia de Trujillo, departamentode La Libertad y la conversión de ésta en agencia;

CONSIDERANDO:

Que, en sesión ordinaria de Directorio de fecha04.02.08 se acordó el traslado de la sede social de laempresa y la conversión de la actual oficina principal enuna agencia;

Que, las razones expuestas por la empresa recurrente justifican la conversión de su actual oficina principal enagencia y el traslado de domicilio solicitado de su oficinaprincipal, la cual sólo realizará actividades de carácteradministrativo, habiéndose cumplido con presentar ladocumentación pertinente;

Estando a lo opinado por la Superintendencia Adjuntade Banca y Microfinanzas y, de conformidad con lodispuesto por los artículos 30º y 32º de la Ley General delSistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánicade la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº26702, de la Resolución SBS Nº 775-2008 y en virtud delas facultades delegadas por Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar a la EDPYME ACCESOCREDITICIO la conversión en agencia de su oficinaprincipal ubicada en Av. Jesús de Nazareth Nº 371, Urb.San Andrés, distrito y provincia de Trujillo, departamentode La Libertad.

Artículo Segundo.- Autorizar a la EDPYME ACCESOCREDITICIO el traslado de su oficina principal ubicada enAv. Jesús de Nazareth Nº 371, Urb. San Andrés, distrito yprovincia de Trujillo, departamento de La Libertad hacia

Av. Jorge Basadre Nº 990, distrito de San Isidro, provinciade Lima, departamento de Lima.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DIEGO CISNEROS SALASSuperintendente Adjunto de Bancay Microfinanzas

190330-1

Autorizan a la Caja Municipal deAhorro y Crédito de Huancayo S.A.la conversión de oficina especial enagencia ubicada en la provincia deL ima

RESOLUCIÓN SBS Nº 1051-2008

Lima, 14 de abril de 2008

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de abril de 2008 371033

EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DEBANCA Y MICROFINANZAS

VISTA:

La solicitud presentada por la Caja Municipal deAhorro y Crédito de Huancayo S.A. (Caja Municipal

Huancayo), para que se le autorice la conversión de suOficina Especial ubicada en el distrito de Ate, provincia ydepartamento de Lima, en Agencia; y,

CONSIDERANDO:

Que la empresa solicitante ha cumplido con presentarla documentación correspondiente que justifica laconversión solicitada;

Que mediante Resolución SBS Nº 914-2007 del 12 de julio del 2007 se autorizó a la CMAC Huancayo la aperturade la Oficina Especial materia de conversión;

Estando a lo informado por el Departamento deEvaluación Microfinanciera “B”, mediante el Informe Nº111-2008-DEM”B”; y,

De conformidad con la Ley Nº 26702 - Ley General delSistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánicade la Superintendencia de Banca y Seguros, la ResoluciónSBS Nº 0775-2008 y en virtud de las facultades delegadas

por la Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25.7.2005;

RESUELVE:

Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal deAhorro y Crédito de Huancayo S.A. la conversión de suOficina Especial ubicada en la Av. 15 de Julio, Lt. 30, ZonaB (lado lateral del lote), Huaycán, distrito de Ate, provinciay departamento de Lima, en Agencia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DIEGO CISNEROS SALASSuperintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas

190328-1

Autorizan a Prima AFP el cambio de

dirección de agencia ubicada en laciudad de Iquitos

RESOLUCIÓN SBS Nº 1052-2008

Lima, 14 de abril de 2008

LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DEADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES

VISTOS:

La carta Nº GAF-016-2008, ingresada con registroNº 2008-18312 de fecha 31.03.2008, presentada por laAdministradora Privada de Fondos de Pensiones PrimaAFP, representada por su Gerente de Administración yFinanzas señor Michel Flit Pait; el Informe Nº 019-2008-DSI, del Departamento de Supervisión de Instituciones.

CONSIDERANDO:

Que, mediante solicitud recibida con fecha 31 de marzode 2008, el señor Michel Flit Pait, en representación dePrima AFP, solicita a esta Superintendencia se autorice ala citada Administradora Privada de Fondos de Pensiones,el cambio de dirección de su agencia ubicada en el Jr.Arica Nº 794, en la ciudad de Iquitos;

Que, la citada AFP ha cumplido con presentar ladocumentación pertinente que justifica el cambio dedirección de su agencia solicitado;

Que, mediante Resolución SBS Nº 1597-2006, seautorizó a Prima AFP el funcionamiento definitivo de suagencia ubicada en la ciudad de Iquitos, en la direcciónantes referida;

Estando a lo informado por el Departamento deSupervisión de Instituciones, mediante Informe Nº 019-2008-DSI, de fecha 02 de abril de 2008;

Contando con el visto bueno de la SuperintendenciaAdjunta de Administradoras Privadas de Fondos dePensiones y del Departamento Legal, y;

En uso de las atribuciones conferidas por la LeyGeneral del Sistema Financiero y del Sistema de Segurosy Orgánica de la Superintendencia de Banca y Segurosy sus modificatorias, el Texto Único Ordenado de la Leydel Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF,y sus modificatorias, la Resolución Nº 053-98-EF/SAFP y

sus modificatorias y la Resolución SBS Nº 949-2000;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar a Prima AFP, el cambiode dirección de su agencia ubicada en el Jr. Arica Nº794, ciudad de Iquitos, departamento de Loreto hacia lacalle Libertador San Martín Nº 152, de la misma ciudad ydepartamento.

Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el CertificadoDefinitivo Nº RI013, que fuera emitido al amparo de lodispuesto en la Resolución SBS Nº 1597-2006.

Artículo Tercero.- Expedir y otorgar el CertificadoDefinitivo Nº RI020, con la nueva dirección referida en elArtículo Primero de la presente resolución.

Artículo Cuarto.- Prima AFP, a efecto del cambio dedirección que se autoriza por la presente Resolución,deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 15º

del Título III del Compendio de Normas Reglamentariasdel Sistema Privado de Administración de Fondo dePensiones, referido a Gestión Empresarial, aprobado porResolución Nº 053-98-EF/SAFP.

Artículo Quinto.- La presente Resolución entrará envigencia a partir de la fecha de su publicación en el DiarioOficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese

LORENA MASIAS QUIROGASuperintendente Adjunta de AdministradorasPrivadas de Fondos de Pensiones

190425-1

Autori zan vi aje de funci onari o a Suizapara parti cipar en semi nario r elati vo alNuevo Acuerdo de Capital Basilea II ySolvencia II

RESOLUCIÓN SBS N° 1124-2008

Lima, 16 de abril de 2008

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS YADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DEPENSIONES

VISTA:

La invitación cursada por el Financial Stability Institute ala Superintendencia de Banca, Seguros y AdministradorasPrivadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin departicipar en el Seminario “Basel II and Solvency II”,

organizado por la citada entidad, el mismo que se llevaráa cabo del 22 al 24 de abril de 2008, en la ciudad deBasilea, Suiza; y,

CONSIDERANDO:

Que, el citado seminario, dirigido especialmente a losrepresentantes de todas las autoridades supervisoras deentidades bancarias y de seguros, tiene como principalobjetivo ampliar el conocimiento técnico de los participantessobre aspectos relacionados con los marcos regulatoriosen las industrias de banca y seguros, considerando que enambos sectores se han desarrollado modelos de capitaleconómico con miras a la implementación del NuevoAcuerdo de Capital Basilea II y Solvencia II;

Que, en tanto los temas a tratar en el citado seminarioserán de utilidad y aplicación directa para la institución,toda vez que por su contenido y alcance posibilitaránuna mejor y más cabal identificación y comprensión de

las implicancias en materia de implementación del NuevoAcuerdo de Capital Basilea II, así como de Solvencia II,lo que contribuirá a optimizar el correspondiente procesode análisis y evaluación sobre la materia por parte

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008371034

de la autoridad supervisora, se ha designado en estaoportunidad al señor José Alberto Salazar Torres, Analistadel Departamento de Regulación de la SuperintendenciaAdjunta de Asesoría Jurídica, para que participe en elreferido evento;

Que, la Superintendencia de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones,

mediante Directiva Nº SBS-DIR-ADM-085-10, ha dictadouna serie de Medidas Complementarias de Austeridaden el Gasto para el ejercicio 2008, estableciéndose en elNumeral 4.2.1., que se autorizarán los viajes al exterior delos funcionarios de la SBS para participar en eventos deinterés para la institución;

Que, en consecuencia es necesario autorizar el viajedel citado funcionario para participar en el indicado evento,cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos yTarifa CORPAC, serán cubiertos por esta Superintendenciacon cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio2008;

En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistemade Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Bancay Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la LeyNº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y envirtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de

Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2008, Nº SBS-DIR-ADM-085-10;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor JoséAlberto Salazar Torres, Analista del Departamento deRegulación de la Superintendencia Adjunta de AsesoríaJurídica, a la ciudad de Basilea, Suiza, del 20 al 25 de abrilde 2008, para los fines expuestos en la parte considerativade la presente Resolución.

Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentrode los 15 (quince) días calendario siguientes a sureincorporación, deberá presentar ante el Superintendentede Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondosde Pensiones un informe detallado describiendo lasacciones realizadas y los resultados obtenidos durante elviaje autorizado.

Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el

cumplimiento de la presente autorización, según seindica, serán cubiertos por esta Superintendencia concargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2008,de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes US$ 1 973,88Viáticos US$ 1300,00Tarifa CORPAC US$ 30,25

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorgaderecho a exoneración o liberación de impuestos deAduana de cualquier clase o denominación a favor delfuncionario cuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FELIPE TAM FOXSuperintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondosde Pensiones

190107-1

Amplían vigencia de la ResoluciónSBS Nº 1170-2007, para que las AFPpuedan comparti r servi cios de atenciónen locales de entidades bancarias,financieras o empresas de seguros enlocalidades declaradas en estado deemergencia

RESOLUCIÓN SBS Nº 1143 -2008

Lima, 18 de abril de 2008

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS YADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DEPENSIONES

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1º del Texto Único Ordenado de laLey del Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones (SPP), aprobado mediante Decreto SupremoNº 054-97-EF dispone como objeto del SPP, el contribuiral desarrollo y fortalecimiento del sistema de previsión

social en el área de pensiones;Que, el artículo 3º del Título III del Compendio de Normasde Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privadode Administración de Fondos de Pensiones (SPP), referido aGestión Empresarial, aprobado mediante Resolución Nº 053-98-EF/SAFP y sus modificatorias, establece las condicionesgenerales para la atención al público por parte de las AFP enlos establecimientos que tienen a su cargo;

Que, como producto del fuerte sismo registrado el15 de agosto de 2007, se declaró, mediante los DecretosSupremos Nº 068-2007-PCM y Nº 071-2007-PCM, el estadode emergencia en diversas localidades del país, en talsentido resultó necesario disponer de medidas transitorias yde excepción respecto de la atención al público por parte delas AFP en los establecimientos ubicados en las localidadescomprendidas en la declaratoria de estado de emergencia,a fin de procurar la continuidad y no interrupción en laoportunidad y calidad de los servicios que estas empresas

brindan a los afiliados, pensionistas y público en general;Que, mediante Resolución SBS-1170-2007 de fecha22.08.2007, esta Superintendencia autorizó de formaexcepcional a las AFP para que puedan compartir losservicios de atención a los afiliados, pensionistas y público engeneral en los locales de las entidades bancarias, financieraso empresas de seguros comprendidas bajo el ámbito de laLey Nº 26702, en aquellas localidades del país declaradas enestado de emergencia en virtud de los Decretos SupremosNºs. 068-2007-PCM y 071-2007-PCM, a efectos de garantizarla continuidad en el pago de los beneficios previsionales ydemás servicios prestados por las AFP.

Que, mediante Resolución SBS Nº 1944-2007 de fecha28.12.2007, esta Superintendencia amplió la autorizacióndispuesta por la Resolución SBS Nº 1170-2007, hasta el31 de marzo del 2008.

Que, habiendo vencido el plazo de autorización paraque las AFP puedan compartir los servicios de atencióna los afiliados, pensionistas y público en general en los

locales de las entidades bancarias, financieras o empresasde seguros, y dado que aun subsisten las condicionesque determinaron la declaratoria de emergencia en laslocalidades afectadas por el sismo del 15 de agosto del2007;

Que, si bien las AFP iniciaron las acciones necesariaspara la construcción de sus agencias en las zonas deemergencia, estos trabajos no estarían concluidos parael 31 de marzo del 2008, debido a que sus inmuebleshan tenido que ser demolidos por los daños estructuralespresentados, por lo cual resulta necesario disponer laampliación de la vigencia de la Resolución mencionada,con la finalidad de que la atención al público por parte delas AFP tenga la continuidad necesaria;

Estando a lo opinado por la Superintendencia Adjuntade Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones ySuperintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica; y,

En uso de las atribuciones conferidas por los numerales9 y 18 del artículo 349º de la Ley General del SistemaFinanciero y del Sistema de Seguros y Orgánica de laSuperintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y susmodificatorias, el inciso d) del artículo 57º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley del Sistema Privado de Administraciónde Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto SupremoNº 054-97-EF, así como por lo dispuesto en la TerceraDisposición Final y Transitoria de su Reglamento, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 004-98-EF;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Ampliar la vigencia de la ResoluciónSBS 1170-2007 hasta el 31 de diciembre del 2008, para quede forma excepcional las AFP puedan compartir los serviciosde atención a los afiliados, pensionistas y público en generalen los locales de las entidades bancarias, financieras oempresas de seguros comprendidas bajo el ámbito de la LeyNº 26702, en aquellas localidades del país declaradas en

estado de emergencia en virtud de los Decretos SupremosNºs. 068-2007-PCM y 071-2007-PCM, a efectos de garantizarla continuidad en el pago de los beneficios previsionales ydemás servicios prestados por las AFP.

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de abril de 2008 371035

Las AFP que se acojan a lo dispuesto en elpresente artículo, deberán cumplir con comunicar a laSuperintendencia la relación de los correspondientesestablecimientos, con indicación de la entidad bancaria,financiera o empresa de seguros con la que hubierancelebrado el convenio respectivo.

Artículo Segundo.- La presente resolución regirá, en

vía de regularización desde el 1º de abril del presente año.

Regístrese, comuníquese y publíquese

FELIPE TAM FOXSuperintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones

190697-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

 AGENCIA PERUANA DE

COOPERACION INTERNACIONAL 

Designan funci onari o responsable de laactualización del contenido del portalde int ernet de la APCI

RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVAN° 040-2008/APCI/DE

Miraflores, 17 de abril de 2008

CONSIDERANDO:

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806,Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública,aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, tienecomo finalidad promover la transparencia de los actos delEstado y regular el derecho fundamental de acceso a lainformación consagrado en el numeral 5) del artículo 2º dela Constitución Política del Perú;

Que, de acuerdo con los artículos 5° y 25° del citadoTexto Único Ordenado de la Ley de Transparencia yAcceso a la Información Pública, las entidades de laAdministración Pública establecerán progresivamente,de acuerdo a su presupuesto, la difusión a través deInternet de la información obligatoria sobre la respectivaentidad, para cuyo efecto deberán designar al funcionarioresponsable de la elaboración de los Portales de Internet;

Que, por Resolución Directoral Ejecutiva N° 038-2007/APCI-DE de fecha 20.04.2007, se designó alseñor Roberto Daniel Lizarraga López, como funcionarioresponsable de la actualización del contenido de lainformación ofrecida vía el Portal de Internet de la AgenciaPeruana de Cooperación Internacional – APCI, quien a lafecha no presta servicios en esta Agencia;

Que, por lo expuesto resulta necesario designar alnuevo funcionario responsable de la actualización de la

información ofrecida vía Portal de Internet de la AgenciaPeruana de Cooperación Internacional – APCI;En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27692

- Ley de Creación de la Agencia Peruana de CooperaciónInternacional – APCI y sus normas modificatorias y el D.S. Nº28-2007-RE, Reglamento de Organización y Funciones de laAPCI;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- DESIGNAR a partir de la fecha,al señor Elias Dugald RUIZ TUPAC YUPANQUI, comofuncionario responsable de la actualización del contenidode la información ofrecida vía el Portal de Internet de laAgencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI.

Regístrese, comuníquese y publíquese,

AGUSTIN HAYA DE LA TORREDirector EjecutivoAgencia Peruana de Cooperación Internacional

190448-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL 

DE ADMINISTRACION

 TRIBUTARIA Dejan sin efecto designación de Auxi li arCoactivo de la Intendencia RegionalTacna

RESOLUCIÓN DE INTENDENCIAN° 110-024-0000380

Tacna, 7 de abril del 2008

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Intendencia N°110-00-0000032, publicada en el Diario Oficial ElPeruano con fecha 12 de junio del 2002, se designóal profesional PEDRO MANUEL CUTIMBO TAMAYOcomo Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional

Tacna; y, mediante Resolución de Intendencia N°110-00-0000048, publicada en el Diario Oficial ElPeruano con fecha 23 de enero del 2003, se ratificó ladesignación del mismo;

Que, es necesario dejar sin efecto la designacióndel Auxiliar Coactivo indicado, en razón que dichopersonal actualmente no cumple dicha función en estadependencia;

Que, el artículo 4° de la Resolución de SuperintendenciaN° 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente deAduana Marítima del Callao, Intendente de AduanaAérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestiónde Recaudación Aduanera, Intendente de PrincipalesContribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanasdesconcentradas y en los Intendentes Regionales de laSUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia,a los trabajadores que se desempeñarán como AuxiliaresCoactivos dentro del ámbito de competencia de cada unade esas Intendencias;

En uso de las facultades conferidas en la referidaResolución de Superintendencia y de conformidad conlo dispuesto en los artículos 50° y 51° del Reglamentode Organización y Funciones de la SuperintendenciaNacional de Administración Tributaria, aprobado porDecreto Supremo N° 115-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Dejar sin efecto la designación comoAuxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Tacna, alfuncionario que se indica a continuación:

- PEDRO MANUEL CUTIMBO TAMAYO.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GIOVANNA C. FERNÁNDEZ VELAZCOIntendenteIntendencia Regional Tacna

189878-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL 

DE BIENES ESTATALES

Declaran desafectación de la zonade dominio restringido de predio depropiedad del Estado ubicado en eldistrito de Los Órganos, provincia deTalara, departamento de Piura

JEFATURA DE ADJUDICACIONES

RESOLUCIÓN Nº 048-2008/SBN-GO-JAD

San Isidro, 16 de abril de 2008

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008371036

Visto, el Expediente N° 162-2007/SBN-JAD en elcual se sustenta la desafectación de la zona de dominiorestringido de un predio de propiedad del Estado,ubicado en la Zona denominada Vichayito Norte, distritode Los Órganos, provincia de Talara, departamento dePiura; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de BienesEstatales – SBN es un organismo públicodescentralizado y constituye un pliego presupuestal,siendo el ente rector responsable tanto de normar losactos de adquisición, disposición, administración ysupervisión de los bienes estatales, como de ejecutardichos actos respecto de los bienes cuya administraciónestá a su cargo, de acuerdo a la normatividad vigente,gozando de autonomía económica, presupuestal,financiera, técnica y funcional, con representación judicial propia;

Que, el Estado es propietario de un predio denominadoex Hacienda Lobitos inscrito en la Partida Nº 11009758del Registro de Predios de Sullana e inventariado en elRegistro Nº 1304 del Sistema de Información Nacional deBienes de Propiedad Estatal – SINABIP, correspondiente

al departamento de Piura;Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 26856 “Declaran

que las playas son bienes de uso público, inalienablese imprescriptibles y establece la zona de dominorestringido”, establece que se considera como zona dedominio restringido la franja de los 200 metros ubicada acontinuación de la franja de 50 metros paralela a la líneade alta marea, siempre que exista continuidad geográficaen toda esa área;

Que, la Jefatura de Adjudicaciones de estaSuperintendencia ha recepcionado solicitudes de ventadirecta de áreas que forman parte del predio denominadoex Hacienda Lobitos, y de acuerdo a la evaluaciónefectuada se ha determinado iniciar el trámite de ventadirecta, toda vez que dichas solicitudes se encuentraninmersas en la causal establecida en el literal e) delArtículo 34º del Reglamento General de ProcedimientosAdministrativos de los Bienes de Propiedad Estatal,

aprobado por el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y susmodificatorias;Que, de la inspección ocular y de la información

obtenida en la base gráfica que a manera de consultaaccede la Superintendencia Nacional de Bienes Estatalesse ha determinado que el predio de 2 071,11 m², ubicadofrente a la trocha carrozable a 391,97 metros de la antiguacarretera Panamericana Norte a la altura del Km. 1211 +350, en el sector denominado Vichayito Norte, en el distritode Los Órganos, provincia de Talara, departamento dePiura, inscrito en la Partida Nº 11035071 del Registro dePredios de Sullana, se encuentran dentro de la zona dedominio restringido;

Que, el Artículo 15º de la Ley antes citada, estableceque la desafectación de terrenos comprendidos en la zonade dominio restringido, es el acto administrativo por mediodel cual dichos terrenos se incorporan al dominio privadodel Estado para ser adjudicados en propiedad o para el

otorgamiento de otros derechos a favor de una entidadpública o de particulares;Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a)

del Artículo 18º del Reglamento de la Ley Nº 26856aprobado por el Decreto Supremo Nº 050-2006-EF,señala como causal de desafectación de la zona dedominio restringido “La ejecución de proyectos para finesturísticos y recreacionales, así como para el desarrollo deproyectos de habilitación urbana de carácter residencial,recreacional con vivienda tipo club o vivienda temporal ovacacional playa”;

Que, mediante Carta Nº 107-02-2008-MTP, defecha 12 febrero de 2008, la Municipalidad Provincialde Talara y Carta Nº 03-2008-ADUEI-MDLO/ING.WVR,de fecha 18 de febrero de 2008, de la MunicipalidadDistrital de Los Órganos, indican que no cuentancon un Plan de Acondicionamiento Territorial en laZona denominada Vichayito, distrito de Los Órganos,

provincia de Talara, departamento de Piura, ni con unPlan Urbano;Que, el órgano competente para la desafectación de

la zona de dominio restringido es la Superintendencia

Nacional de Bienes Estatales, conforme se establece enel Artículo 17° del Reglamento de la Ley Nº 26856 antescitado y en el Artículo 44º del Reglamento de Ley Nº29151, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA“;

Que, a través del Informe Técnico Legal N° 0179-2008/SBN-GO-JAD, de fecha 15 de abril del 2008, se estableceque resulta necesario proceder a la desafectación dela zona de dominio restringido a fin que se incorpore aldominio privado del Estado el predio sub materia para suposterior adjudicación de conformidad a lo dispuesto en lanormatividad vigente;

Que, de acuerdo a lo señalado en el literal l)del artículo 41° del Reglamento de Organizacióny Funciones de la Superintendencia de BienesNacionales, aprobado mediante Resolución N°315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001,corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones, emitircomo primera instancia, las Resoluciones de sucompetencia, de conformidad con la normatividadvigente y la política institucional;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151,Ley Nº 26856, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA,Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, DecretoSupremo Nº 050-2006-EF, Resolución Nº 315-2001/SBNy Resolución Nº 007-2007/SBN;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Declárese la desafectación de la zonade dominio restringido de un predio de propiedad delEstado, que a continuación se describe, por encontrarsedentro de la causal establecida en el literal a) del Artículo18º del Reglamento de la Ley Nº 26856, aprobado por elDecreto Supremo Nº 050-2006-EF, a fin que se incorporeal dominio privado del Estado:

• Predio de 2 071,11 m², ubicado frente a la trochacarrozable a 391,97 metros de la antigua carreteraPanamericana Norte a la altura del Km. 1211 + 350, enel sector denominado Vichayito Norte, en el distrito deLos Órganos, provincia de Talara, departamento de Piura,inscrito en la Partida Nº 11035071 del Registro de Predios

de Sullana.

Artículo 2°.- Por el mérito de la presente Resolución,la Zona Registral I - Sede Sullana de la SuperintendenciaNacional de los Registros Públicos procederá a inscribir ladesafectación de la zona de dominio restringido dispuestaen el artículo precedente.

Regístrese y publíquese.

MARIELLA NUÑEZ HERNÁNDEZJefe (e) de Adjudicaciones

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SUPERINTENDENCIA 

NACIONAL DE SERVICIOS

DE SANEAMIENTO

Establecen reajuste de tarifas yprecios de servicios colaterales paraEntidades Prestadoras de Serviciosde Saneamiento que no cuenten confórm ula t ari faria aprobada o vigent e

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVON° 019 -2008-SUNASS-CD

Lima, 17 de abril de 2008

VISTO:El Informe N° 059-2008-SUNASS-110 de fecha 14 de

abril de 2008, elaborado por la Gerencia de Regulación

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de abril de 2008 371037

Tarifaria referido al reajuste de tarifas y precios de losservicios colaterales por variación del Índice de Preciosal Consumidor de aquellas Entidades Prestadoras deServicios de Saneamiento – EPS - que no cuentan confórmula tarifaria aprobada;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 34º de la Ley Nº 263381, Ley Generalde Servicios de Saneamiento, modificado por el artículo5º de la Ley Nº 288702, establece que la SuperintendenciaNacional de Servicios de Saneamiento – SUNASS –aplicará el reajuste de tarifas por incremento de índicesde precios al por mayor, a aquellas EPS que no cuentencon fórmulas tarifarias aprobadas;

Que, el artículo 58-Aº del Reglamento General deTarifas, aprobado por la Resolución de Consejo DirectivoNº 009-2007-SUNASS-CD3, el cual fuera incorporadopor la Resolución de Consejo Directivo Nº 052-2007-SUNASS-CD4 y modificado por Resolución de ConsejoDirectivo Nº 002-2008-SUNASS-CD5, dispone que apartir de la entrada en vigencia de la Ley Nº 28870, laSUNASS aplicará el reajuste de tarifas a las EPS queno cuenten con fórmula tarifaria aprobada o vigente.Asimismo, que cuando la variación del IPM alcance el

3% o más, mediante Resolución de Consejo Directivopublicada en el Diario Oficial El Peruano, la SUNASSdispondrá la aplicación del reajuste automático detarifas y precios de los servicios colaterales para todaslas EPS sin fórmula tarifaria, bajo responsabilidaddel Directorio de la EPS. Según el artículo 58º delReglamento General de Tarifas, el reajuste se calculatomando como base el IPM considerado en el cálculodel último reajuste por este concepto al cual tuvoderecho las EPS, independientemente de su ejercicio;

Que, el artículo 59° del Reglamento General de Tarifasestablece que para el caso de las EPS sin fórmula tarifaria,el plazo máximo para efectuar el reajuste de tarifas yprecios es de noventa (90) días calendario computadosa partir del mandato de la SUNASS contemplado en elartículo 58-A del citado Reglamento;

Que, la Gerencia de Regulación Tarifaria señala ensu Informe N° 059-2008-SUNASS-110 que la variación

acumulada del IPM al mes de marzo del año 20086,tomando como base de cálculo el IPM del mes de agostodel año 20077, ha alcanzado el 3.98%;

Que, por lo expuesto corresponde al ConsejoDirectivo de la SUNASS disponer la aplicación delreajuste automático de tarifas y precios de los servicioscolaterales para todas las EPS sin fórmula tarifaria,detalladas en el citado Informe Nº 059-2008-SUNASS-110;

De conformidad con el artículo 3º de la Ley Nº 27332,el artículo 34º de la Ley Nº 26338, el artículo 26º delDecreto Supremo Nº 017-2001-PCM y el artículo 58-A delReglamento General de Tarifas;

El Consejo Directivo en su Sesión N° 07-2008;

HA RESUELTO:

Artículo Único.-  Disponer que las Entidades

Prestadoras de Servicios de Saneamiento – EPS – que no cuenten con fórmula tar ifar ia aprobada ovigente, reajusten sus tarifas y precios de los servicioscolaterales en un 3.98%, por concepto de variaciónacumulada del IPM al mes de marzo del año 2008,tomando como base de cálculo el mes de agostodel año 2007. La relación de EPS que efectuaránel referido reajuste, se detalla en el Anexo 1 de lapresente Resolución.

Para estos efectos, serán de aplicación los artículos59°, 60º y 61º del Reglamento General de Tarifas,aprobado por la Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

Con la intervención de los señores consejeros JoséSalazar Barrantes, Manuel Burga Seoane, Víctor Antonio

Maldonado Yactayo y José Ricardo Stok Capella.JOSÉ SALAZAR BARRANTESPresidente del Consejo Directivo

ANEXO 1

RELACIÓN DE ENTIDADES PRESTADORAS DESERVICIO DE SANEAMIENTO QUE DEBERÁNEFECTUAR EL REAJUSTE DE SUS TARIFAS YPRECIOS DE LOS SERVICIOS COLATERALES

POR VARIACIÓN DEL IPM

N° EPS1 EPS SIERRA CENTRAL S.A.2 SEMAPACH S.A.3 EPS SELVA CENTRAL S.A.4 EPS MOQUEGUA S.R.LTDA.5 EMAPA HUARAL S.A.6 EPSEL S.A.7 SEDA HUANUCO S.A.8 SEDACHIMBOTE S.A.9 EMAPA CAÑETE S.A.10 SEDAJULIACA S.A.11 EMUSAP AMAZONAS12 SEDAM HUANCAYO S.A.C

13 EPS GRAU S.A.14 EPS SEDALORETO S.A.15 SEMAPA BARRANCA S.A.16 EMAPAT S.R.LTDA.17 EMSAPA YAULI18 EMAPACOP S.A.19 EPS MANTARO S.A.20 EMPSAPA CALCA21 EMSA PUNO S.A.22 EMAPA Y23 EPS AGUAS DEL ALTIPLANO24 EMPSSAPAL S.A.25 SEDAPAR RIOJA26 NOR PUNO S.A.

27 EMAPAVIGSSA28 EMAPA SAN MARTIN S.A.29 EMSAP CHANKA30 EPSSMU S.R.LTDA31 EMAPA PASCO S.A.32 EMAPICA S.A.33 EMAPISCO S.A.34 EMAPA HUANCAVELICA S.A.C35 EMAQ S.R.LTDA.36 EPS MARAÑON37 EMAPAB S.R.LTDA.38 EPS ILO S.R.LTDA.

1  Publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de julio de 1994 y vigente apartir del día siguiente de su publicación.

2  Publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de agosto de 2006 y vigentea partir del día siguiente de su publicación.

3  Publicada en el Diario Oficial El Peruano el 5 de febrero de 2007 y vigente apartir del día siguiente de su publicación.

4  Publicada en el Diario Oficial El Peruano el 5 de agosto de 2007 y vigente apartir del día siguiente de su publicación.

5  Publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de enero de 2008 y vigente apartir del día siguiente de su publicación.

6  Según el Instituto Nacional de Estadística e Informática, el Índice de Preciosal Por Mayor del mes de marzo de 2008 es de 186,578131.

7  Se toma como base de cálculo el IPM del mes de agosto de 2007 porcuanto dicho IPM fue considerado en el cálculo del último reajuste por esteconcepto.

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008371038

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL 

DE AREQUIPA 

Di sponen pub li car concesion es mi nerascuyos títulos fueron aprobados en elmes de marzo de 2008

RESOLUCIÓN DE GERENCIA REGIONALNº 074-2008-GRA/GREM

Arequipa, 4 de abril de 2008

VISTOS: La relación de Títulos Mineros otorgados porla Gerencia Regional de Energía y Minas de Arequipa enel Mes de Marzo de 2008, conforme lo informado por laOficina de Asesoría Jurídica de esta Gerencia; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ordenanza Regional Nº 10-AREQUIPAse aprobó la modificación de la estructura orgánica y delReglamento de Organización y Funciones del GobiernoRegional de Arequipa, lo cual ha determinado la creaciónde la Gerencia Regional de Energía y Minas conforme alartículo 83º de la norma antes acotada, el cual establecesu naturaleza y funciones;

Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 179-2006-EM/DM y Nº 121-2008-EM/DM se declaró entreotros que el Gobierno Regional de Arequipa concluyóel proceso de transferencia de funciones sectoriales enmateria de energía y minas, siendo a partir de la fechade sus publicaciones competente para ejercer entre otras,la función de otorgar concesiones mineras para PequeñaMinería y Minería Artesanal de alcance regional;

De conformidad con el artículo 124º del D.S. Nº 014-92-EM - TUO de la Ley General de Minería, y el artículo 24º

del D.S. Nº 018-92-EM - Reglamento de ProcedimientosMineros;Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Único.-  PUBLÍQUESE en el Diario OficialEl Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueronaprobados en el mes de marzo de 2008, de acuerdo a larelación adjunta que es parte integrante de la presenteresolución y para los efectos a que se contraen losartículos 124º del D.S. Nº 014-92-EM y 24º del D.S. Nº018-92-EM.

Regístrese y publíquese.

ALBERTO BUTRON FERNÁNDEZGerente RegionalGerencia Regional de Energía y Minas

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GOBIERNO REGIONAL 

DE LAMBAYEQUE

Declaran de interés regional laCampaña Nacional de Vacunación parael Control Acelerado de la Hepatitis Ben el departamento de Lambayeque

ORDENANZA REGIONALNº 013-2008-GR.LAMB./CR

Chiclayo, 1 de abril de 2008

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONALDE LAMBAYEQUE

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional deLambayeque en su Sesión Extraordinaria de fecha 31de marzo de 2008, ha aprobado la Ordenanza Regionalsiguiente:

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de GobiernosRegionales, en su Artículo 2º señala que los gobiernosregionales son personas jurídicas de derecho público conautonomía política, económica y administrativa en asuntosde su competencia; y, su Artículo 5º, establece que sumisión es organizar y conducir la gestión pública regionalde acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidasy delegadas, en el marco de las políticas nacionalesy sectoriales, para contribuir al desarrollo integral ysostenible de la región; así como el literal a) del Artículo21º indica como atribución del Presidente Regional dirigiry supervisar la marcha del Gobierno Regional y de susórganos ejecutivos, administrativos y técnicos.

Que, asimismo, los artículos 47º, 48º, 49º y 51º de la leyarriba enunciada, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,

establecen que es competencia de los gobiernosregionales: Formular, aprobar y evaluar las políticas,programas, proyectos y planes regionales en materiade educación, salud, trabajo, vivienda y saneamiento,en concordancia con las políticas nacionales y planessectoriales, así como con los planes de desarrollo de losgobiernos locales;

Que, en la XIII Reunión sobre EnfermedadesPrevenibles por Vacunación de la Región Andina, queculminara con la suscripción el 23 de abril de 2002 deun documento vinculante por parte de los ministros desalud de los estados latinoamericanos participantes,se concluyó que la vacunación contra enfermedadesprevenibles constituye un instrumento para fortalecer lared de atención primaria en poblaciones desplazadas oaisladas y las de intensa migración, las cuales constituyenáreas de alto riesgo y de mayor exclusión.

Que, dentro de este contexto y en concordancia con

los Lineamientos de Política de Salud, es necesarioincrementar sostenida y progresivamente las coberturasde inmunizaciones, impidiendo por consiguiente lacirculación de virus y bacterias que causan enfermedadesinmunoprevenibles tales como: Hepatitis B, poliomielitis,diphteria, tos ferina, tétanos, sarampión, paperas, rubéolay fiebre amarilla, fortaleciendo así mismo el control sobreestas.

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 610-2007/MINSA, de fecha 31 de julio del 2007, se aprobóla Directiva Nº 014-MINSA/DGSP-V.01, Esquema yCalendario Nacional de Vacunación.

Que la Ley Nº 26842, Ley General de Saludcontempla en su título preliminar que la salud escondición indispensable del derecho humano y mediofundamental para alcanzar el bienestar individual ycolectivo y que la promoción de la salud tiene comoobjetivo conservar y mejorar las condiciones deseablede salud para la construcción colectiva de una culturade salud orientada a la generación de estilos de vida yentornos saludables.

Que el Estado Peruano, el Ministerio de Salud,el Gobierno Regional de Lambayeque, la DirecciónRegional de Salud Lambayeque, los GobiernosProvinciales y Locales consideran de prioridad sanitar iael Control Acelerado de la Hepatitis B, siendo necesar ioinmunizar a cuatro mil setecientos setenta y siete milnovecientos setenta y siete peruanos y peruanas de laRegión Lambayeque, logrando coberturas al 100% engrupos de edad comprendidos en las edades de 2 añosa 19 años y grupos de riesgo de 20 a 60 años de edad(trabajadores de salud, pacientes politransfundidos,trabajadoras sexuales, HSH, centros de rehabilitación,drogodependientes, hombres y mujeres privadosde su libertad, población de las fuerzas policiales ymilitares), asume la corresponsabilidad del desarrolloy conducción de la campaña de vacunación del controlacelerado de Hepatitis a realizarse en los meses deabril, junio y octubre del 2008.

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de abril de 2008 371039

Que, es preciso garantizar el compromiso del GobiernoRegional de Lambayeque, con el apoyo político, legal,técnico, administrativo y recursos en el desarrollo de lasacciones a favor de la Campaña Nacional de Vacunaciónpara el Control Acelerado de la Hepatitis B y los objetivospropuestos.

Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38º dela Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, elConsejo Regional del Gobierno Regional del departamentode Lambayeque ha emitido la siguiente;

ORDENANZA REGIONAL

Artículo 1º.- DECLÁRESE de interés regional,la Campaña Nacional de Vacunación para el ControlAcelerado de la Hepatitis B en el departamento deLambayeque, para contribuir a mejorar la calidad de vidade los peruanos y peruanas en el contexto del logro de losobjetivos del milenio.

Artículo 2º.- ENCÁRGUESE a la DirecciónRegional de Salud de Lambayeque en coordinacióncon la Gerencia Regional de Desarrollo Social, realizarel proceso de sensibilización de la población, haciendouso de los medios de comunicación y de los espaciosde concertación, sobre la importancia de la campañade vacunación.

Artículo 3º.- PROMUÉVASE la corresponsabilidady participación activa de los sectores regionales,instituciones públicas y privadas, ONG y la sociedad civilpara la movilización de recursos humanos y financieros enla planificación, organización y ejecución de la Campañade Control Acelerado Nacional de la Hepatitis B en laRegión Lambayeque.

Artículo 4º.- PROMUÉVASE la participación activa yvoluntaria de la ciudadanía en las acciones de movilizaciónsocial y participación comunitaria para el éxito de lacampaña de vacunación para el control acelerado de laHepatitis B.

POR TANTO:

Mando se publique, registre y cumpla.

YEHUDE SIMON MUNAROPresidente Regional

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GOBIERNO REGIONAL 

DE UCAYALI

Autorizan al Presidente del GobiernoRegional suscribir contrato defideicomiso de administración defondos y convenio de retribución con

COFIDEACUERDO Nº 023-2008-GRU/CR

Pucallpa, 19 de febrero del 2008

POR CUANTO:

EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN UCAYALI,en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de febrero del 2008,con el voto Unánime del Consejo Regional y en uso de lasfacultades conferidas en el Art. 6º del Reglamento Internodel Consejo Regional de Ucayali;

ACUERDA:

Primero: APROBAR el Dictamen Nº 001-2008-CRU-CPPyAT de fecha 18 de febrero del 2008 emitido por la

Comisión de Presupuesto del Consejo Regional el cualrecomienda se autorice al señor Presidente del GobiernoRegional Abog. Jorge Velásquez Portocarrero suscriba elContrato de Fideicomiso de Administración de Fondos y

el Convenio de Retribución con la Corporación Financierade Desarrollo-COFIDE.

Segundo: En consecuencia, AUTORICESE al señorPresidente del Gobierno Regional de Ucayali Abog. JorgeVelásquez Portocarrero, para que en nombre del GobiernoRegional de Ucayali suscriba el Contrato de Fideicomisode Administración de Fondos y el Convenio de Retribucióncon la Corporación Financiera de Desarrollo - COFIDE.

Tercero: ENCARGAR a la Gerencia Regional deAdministración publicar el presente Acuerdo Regional enel Diario Oficial El Peruano.

Quinto: DISPENSAR el presente acuerdo del trámitede lectura y aprobación del acta.”

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

WILDER JOSÉ ALGUAYO ARGANDOÑAConsejero Delegado

190544-1

Fijan m ontos de remuneración mensual

del Presidente y Vicepresidente delGobierno Regional y de dietas deConsejeros Regionales para el período2008

ACUERDO Nº 024-2008-GRU/CR

Pucallpa, 19 de febrero del 2008

POR CUANTO:

EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN UCAYALI,en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de febrero del 2008,con el voto Unánime del Consejo Regional y en uso de lasfacultades conferidas en el Art. 6º del Reglamento Internodel Consejo Regional de Ucayali;

ACUERDA:

Primero: APROBAR el Dictamen Nº 002-2008-CRU-CAL de fecha 14 de febrero del 2008 que fija laremuneración mensual del señor Vicepresidente delGobierno Regional de Ucayali para el período 2008 en lasuma de S/. 11,700.00.

Segundo: En consecuencia, FIJAR en la suma de S/.14,300.00 para el periodo 2008 la remuneración mensualdel señor Presidente Regional del Gobierno Regional deUcayali, equivalente al 5.5 de la URSP; FIJAR en la sumade S/. 11,700.00 para el periodo 2008 la remuneraciónmensual del señor Vice Presidente Regional del GobiernoRegional de Ucayali, equivalente al 4.5 de la URSP parael periodo del 2008.

Tercero: FIJAR en la suma de S/. 4,290.00 mensuales,

el importe que por concepto de Dietas que deberánpercibir los Consejeros Regionales del Gobierno Regionalde Ucayali.

Cuarto: La Gerencia Regional de Administraciónqueda encargada de velar por el cumplimiento delpresente acuerdo, bajo responsabilidad.

Quinto:  ENCARGAR a la Gerencia Regional deAdministración la publicación del presente AcuerdoRegional en el Diario Oficial El Peruano.

Sexto: DISPENSAR del trámite de lectura y aprobacióndel acta”.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

WILDER JOSÉ ALGUAYO ARGANDOÑAConsejero Delegado

190544-2

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008371040

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD

METROPOLITANA DE LIMA 

Modifican Acuerdo Nº 400-2001-MMLque aprobó Nomenclatura Vial deldi str it o de Sant a Ani ta de la Cooperati vade Viña San Francisco

ACUERDO DE CONCEJONº 151

Lima, 28 de marzo de 2008

Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27de marzo de 2008, el Decreto de Alcaldía Nº 014-2005-ALC/MDSA emitido por la Municipalidad Distrital de SantaAnita, en el que indica se proceda conforme a lo dispuesto

por el Artículo 3º del Reglamento de Nomenclatura Vialy Áreas de Recreación Pública aprobado por DecretoSupremo Nº 04-95-MTC; y,

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo establecido en el Título XIII dela Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, la capitalde la República tiene régimen especial, que le otorga ala Municipalidad Metropolitana de Lima, competenciasy funciones específicas irrestrictas de carácter local,metropolitano y regional; dentro de este contexto, elArtículo 161º inciso 1.5 de la citada Ley, establece comouna de las competencias y funciones metropolitanasespeciales, en materia de planificación, desarrollo urbanoy vivienda: definir, mantener y señalar la nomenclaturade la red vial metropolitana y mantener el sistema deseñalización del tránsito”;

Que, asimismo, el Artículo 81º inciso 2.2 de la misma

Ley, establece como función específica compartida de lasMunicipalidades Provinciales, organizar la señalizacióny la nomenclatura de vías en coordinación con lasMunicipalidades Distritales y en su inciso 3.1 establececomo función específica compartida de las MunicipalidadesDistritales, la de establecer la nomenclatura y señalizaciónde calles y vías de acuerdo con la regulación provincial yen coordinación con la Municipalidad Provincial;

Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 03 de fecha28 de junio del 2001, el Concejo Distrital de Santa Anita,aprobó la Nomenclatura Vial del distrito de Santa Anita,correspondiente a la Cooperativa de Vivienda Viña SanFrancisco, en cuyo anexo se consignó entre otros la vía:

  Nomenclatura anterior Nomenclatura Propuesta  Calle 13 Calle Confrais Martín Enrique

Que, con el Acuerdo de Concejo Nº 400-2001-MMLdel 5 de noviembre del 2001 se aprueba la NomenclaturaVial del Distrito de Santa Anita de la Cooperativa de ViñaSan Francisco del distrito de Santa Anita, de la siguientemanera:

  Nomenclatura anterior Nueva Nomenclatura  Calle 13 Calle Confrais Martín Enrique

Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica de laMunicipalidad Distrital de Santa Anita emite el InformeNº 519-2005-GAJ-GG-MDSA indicando que el nombrecorrecto del escritor peruano es Martín Enrique Congrains,y concluye que es procedente corregir la nomenclaturade la calle conforme a los procedimientos que señalanlas normas reglamentarias; en ese sentido, medianteDecreto de Alcaldía Nº 014-2005-ALC/MDSA del 23 deagosto del 2005, se modificó el numeral 411) del anexode Nomenclatura de vías del distrito de Santa Anitacorrespondiente a la Cooperativa de Vivienda Viña de San

Francisco según el siguiente detalle:  Nomenclatura actual Nomenclatura Propuesta  Calle 13 Calle Congrains, Martín Enrique

Que, la División de Nomenclatura y Numeraciónde la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas de laGerencia de Desarrollo Urbano, mediante InformeNº 11-2006-MML-GDU-SAU-DNN del 11 de abrildel 2006, concluye que es procedente corregir lanomenclatura en vista de haberse producido un error yno haber escrito correctamente la nomenclatura de la

Calle Congrains Martín Enrique, debiéndose rectificarel Acuerdo de Concejo Nº 400-2001 de fecha 5 denoviembre del 2001;

De conformidad con lo opinado por la ComisiónMetropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda yNomenclatura en su Dictamen Nº 57-2008-MML-CMDUVN;

ACORDÓ:

Artículo Único.- Modificar el Acuerdo de Concejo Nº400-2001-MML del 5 de noviembre del 2001 que aprobóla Nomenclatura Vial del distrito de Santa Anita de laCooperativa de Viña San Francisco del distrito de SantaAnita, en el sentido de rectificar el nombre de una de lascalles, de la siguiente manera:

 NOMENCLATURA ANTERIOR NUEVA NOMENCLATURA

  Calle 13 Calle Congrains Martín, EnriqueRegístrese, comuníquese y cúmplase.

LUIS CASTAÑEDA LOSSIOAlcalde de Lima

190431-1

Establecen conformidad de resoluciónexpedida por la Municipalidad de Ateque aprobó proyecto de regularizaciónde habilitación urbana ejecutada deterreno

RESOLUCIÓN Nº 071-2008-MML-GDU-SPHU

Lima, 7 de marzo de 2008

LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTOY HABILITACIONES URBANAS

VISTO, el Codificado Nº 23784-2008, mediante elcual la Municipalidad Distrital de Ate, remite los actuadosadministrativos, conteniendo la Resolución de GerenciaNº 008, de fecha 16 de enero de 2008, aprobando elProyecto de Regularización de Habilitación UrbanaEjecutada, solicitada por los señores PEDRO ANTONIOREQUEJO ALIAGA, RAFAEL MARTÍN REQUEJOALIAGA, señoras CLAUDIA MARIA REQUEJO ALIAGA yHILDA GRIMANESA DELGADO DE LA FLOR CASTILLOy OTROS; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 00045 defecha 20 de junio del 2006 (fs. 122 y 123), emitida porla Municipalidad Distrital de Ate, se resuelve aprobar deacuerdo con el Plano signado con el Nº 015-2006-SGPUC-GDU/MDA, la Regularización de Habilitación UrbanaEjecutada Parcial para Uso Residencial de DensidadMedia “R-4”, del terreno de 16,436.50 m², constituidopor el Sub Lote B, del Lote 114-C, de la Parcelación delFundo La Estrella, ubicado en el distrito de Ate, provinciay departamento de Lima;

Que, con Resolución Nº 038-2007-MML-GDU-SPHU, de fecha 9 de febrero del 2007 (fs. 138 y 139),expedida por esta Corporación, se resuelve No Ratificarla Resolución de Gerencia Nº 00045 de fecha 20 de junio del 2006, por incumplir los planes urbanos en loreferente a los aportes reglamentarios, por cuanto no seha aplicado lo dispuesto en el Reglamento Nacional de

Construcciones (norma vigente a la fecha de ingreso delexpediente ante la Municipalidad Distrital) al área afectaa ellos, después de descontar el área correspondiente ala Vía Metropolitana;

   D  e  s  c  a  r  g  a   d  o   d  e  s   d  e  w  w  w .  e   l  p

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de abril de 2008 371041

Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 008, defecha 16 de enero de 2008 (fs. 211 al 213), expedidapor la Municipalidad Distrital de Ate, se resuelveaprobar, de acuerdo con el Plano signado con elNº 001-2008-SGPUC-GDU/MDA, el Proyecto deRegularización de Habilitación Urbana Ejecutada, dela Urbanización Nuestra Señora de la Merced, paraUso Residencial de Densidad Media “R-4”, del terrenocon un área de 16,436.50 m², constituido por el SubLote “B”, del Lote 114-C, de la Parcelación del FundoLa Estrella, ubicado en el distrito de Ate, provincia ydepartamento de Lima;

Que, con Informe Nº 070-2008-MML-GDU-SPHU-DRD, de fecha 3 de marzo del 2008 (fs. 223 al 225),la División de Revisión de Diseño de esta Subgerenciamanifiesta, que la presente Regularización deHabilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencialde Densidad Media R-4, del terreno con un área de16,436.50 m², aprobada por la Municipalidad Distritalde Ate, mediante la Resolución de Gerencia Nº 008, defecha 16 de enero de 2008, cumple los Planes Urbanosen lo referente a zonificación y vías de conformidad a loestablecido en las Ordenanzas Nº 157-MML y Nº 341-MML; asimismo, respecto a los aportes reglamentariosestaría levantando la observación que motivó laemisión de la Resolución Nº 038-2007-MML-GDU-SPHU, de fecha 9 de febrero del 2007, siempre que seaaplicable el Reglamento Nacional de Construcciones,norma vigente a la fecha de ingreso del expediente ala Municipalidad Distrital de Ate; por lo que se deberáemitir pronunciamiento legal, que de ser el ReglamentoNacional de Construcciones la norma aplicable alpresente caso, la propuesta cumple, de lo contrarioincumple;

Que, mediante Informe Nº 108-2008-MML-GDU-SPHU-AL (fs. 226 al 228) de fecha 3 de marzo de 2008,el Área Legal de esta Subgerencia manifiesta, que elterreno materia del presente trámite de HabilitaciónUrbana se encuentra inscrito en la Partida Nº 11094832del Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX - SedeLima (fs. 88 al 91); respecto a la consulta formulada porla División de Revisión de Diseño, en cuanto a la norma

aplicable a los aportes reglamentarios; absuelve laconsulta precisando, que toda vez que la Resolución Nº038-2007-MML-GDU-SPHU, de fecha 9 de febrero del2007 (fs. 138 y 139), dispone en su artículo segundo quelos actuados sean devueltos a la Municipalidad Distritalde Ate, para su adecuación y/o subsanación; asimismode conformidad con el Precedente Administrativoestablecido, para los procedimientos de habilitaciónurbana declarados No Conformes por esta Subgerencia,por incumplir Planes Urbanos, iniciados bajonormatividad urbanística vigente en dicha fecha (RNC);y que ha perdido vigencia al momento de la adecuacióno levantamiento de observaciones por el administrado yconsiguiente aprobación por la Municipalidad Distrital,dando cumplimiento a los Planes Urbanos; a mérito delos principios de Informalismo, Razonabilidad y Eficacia,siempre que no generen perjuicio a terceros o al interéspúblico y en tanto se cumpla con el fin público que

debe tutelar la Municipalidad Metropolitana de Lima;las adecuaciones o levantamiento de observaciones seefectuarán teniendo como base la normatividad vigenteal inicio del procedimiento o petitorio primigenio; enconsecuencia, se considera que para el presente casolos aportes reglamentarios serán exigibles en base alReglamento Nacional de Construcciones, conforme loevaluado y sustentado por la Municipalidad Distritalen el “octavo considerando de la Resolución deGerencia Nº 008”, consignando que el cálculo para losaportes reglamentarios, es el Reglamento Nacional deConstrucciones”;

Que, estando a los informes técnico y legal emitidos,se concluye que la presente Habilitación Urbana, cumplelos Planes Urbanos respecto a zonificación, vías yaportes reglamentarios; por lo que, en cumplimientode la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878y el Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, corresponde

a esta Subgerencia Establecer La Conformidad de laResolución de Gerencia Nº 008, de fecha 16 de enerode 2008, expedida por la Municipalidad Distrital de Ate

Con el visto bueno de la División de Revisión de

Diseño, del Área Legal y de la Asesoría de la Subgerenciade Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y,

De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº27972, Nº 27444, Nº 26878, Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, Ordenanzas Metropolitanas Nº 157, Nº 341,Nº 776, Nº 812, Nº 916-MML, Reglamento Nacional deConstrucciones, Resolución Nº 33-2006-MML-GDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD, dela Resolución de Gerencia Nº 008, de fecha 16 de enerode 2008, expedida por la Municipalidad Distrital de Ate,que resuelve aprobar, de acuerdo con el Plano signadocon el Nº 001-2008-SGPUC-GDU/MDA, el Proyecto deRegularización de Habilitación Urbana Ejecutada, de laUrbanización Nuestra Señora de la Merced, para UsoResidencial de Densidad Media “R-4”, del terreno de16,436.50 m² de área, constituido por el Sub Lote “B”,del Lote 114-C, de la Parcelación del Fundo La Estrella,ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamentode Lima; por lo expuesto en la parte considerativa de lapresente Resolución.

Artículo 2º.- NOTIFICAR la presente Resolución a losseñores PEDRO ANTONIO REQUEJO ALIAGA, RAFAELMARTÍN REQUEJO ALIAGA, señoras CLAUDIA MARIAREQUEJO ALIAGA y HILDA GRIMANESA DELGADODE LA FLOR CASTILLO y OTROS; y a la MunicipalidadDistrital de Ate, para su conocimiento y fines.

Artículo 3º.- DAR por agotada la víaadministrativa.

Artículo 4º.- OFICIAR con la presente Resolucióna la Gerencia de Propiedad Inmueble de la IX ZonaRegistral Sede-Lima, Ministerio de Educación, InstitutoMetropolitano de Planificación y División Técnica de laSubgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal deTierras de la Gerencia de Desarrollo Urbano de estaCorporación, para su conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 5º.- PUBLICAR la presente Resolución en elDiario Oficial El Peruano, a cargo de los administrados,dentro de los 30 días siguientes de notificada lamisma.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

SUSANA RAMÍREZ DE LA TORRESubgerenteSubgerencia de Planeamientoy Habilitaciones UrbanasGerencia de Desarrollo Urbano

190324-1

Establecen conformidad de resoluciónexpedida por la Municipalidad deSant iago de Surco q ue aprobó p royectosde habilitación urbana nueva de loteúni co de terreno

RESOLUCIÓN N° 091-2008-MML-GDU-SPHU

Lima, 28 de marzo de 2008

LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTOY HABILITACIONES URBANAS

VISTO, el Codificado Nº 33481-2008, mediante elcual la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco,remite los actuados administrativos, conteniendo laResolución Sub-Gerencial Nº 419-2008-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 10 de marzo del 2008, aprobando laHabilitación Urbana Nueva de Lote Único, solicitadapor los copropietarios UBALDO MARCELINOZEGARRA GALDOS, FERNANDO HILDEBRANDOSOTELO MONTOYA, MARCIA ANGELICA VASQUEZVARGAS MACHUCA, LEONOR VIRGINIA VASQUEZ

VARGAS MACHUCA, AMELIA VIRGINIA AGUILARDE LA QUINTANA, ADOLFO ARTURO AGUILAR DELA QUINTANA y ROBERTO CARLOS AGUILAR DE LAQUINTANA; y,

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008371042

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Sub-Gerencial Nº 419-2008-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 10 de marzo del2008 (fs. 88 al 92), expedida por la MunicipalidadDistrital de Santiago de Surco, se resuelve aprobarlos Proyectos referentes a Trazado, Lotización y

Pavimentación de aceras, correspondiente a laHabilitación Urbana Nueva de Lote Único, para UsoResidencial de Densidad Baja “RDB”, del terreno de2,510.90 m², constituido por el lote 05 de la Manzana E,de la Parcelación Semi-Rústica El Derby de Monterrico,ubicado frente al Jirón Emancipación, en el distrito deSantiago de Surco, Provincia y Departamento de Lima,de acuerdo con los Planos signados con el Nº 016.01-2008-SGLAU-GDU-MSS y Nº 016.02-2008-SGLAU-GDU-MSS;

Que, con Informe Nº 093-2008-MML-GDU-SPHU-DRD, de fecha 19 de marzo del 2008 (fs. 99 al 101),la División de Revisión de Diseño de ésta Subgerenciamanifiesta, que la presente Habilitación Urbana Nuevade Lote Único, para Uso Residencial de DensidadBaja RDB, del terreno de 2,510.90 m², aprobada por laMunicipalidad Distrital de Santiago de Surco, medianteResolución Sub-Gerencial Nº 419-2008-SGLAU-GDU-

MSS, de fecha 10 de marzo del 2008, cumple losplanes urbanos en lo referente a zonificación, vías yaportes reglamentarios de conformidad a lo dispuestoen las Ordenanzas Nº 912-MML, Nº 341-MML y Nº836-MML;

Que, mediante Informe Nº 132-2008-MML-GDU-SPHU-AL, de fecha 19 de marzo de 2008 (fs.102 al104), el Área Legal de esta Subgerencia manifiesta, queel terreno materia del presente trámite de HabilitaciónUrbana se encuentra inscrito en la Ficha Nº 52662 ycontinua en la Partida Nº 44550474 del Registro dePredios de la Zona Registral N° IX – Sede Lima (fs. 03 al06); y que de acuerdo a la evaluación técnica detalladaen el Informe Nº 093-2008-MML-GDU-SPHU-DRD, defecha 19 de marzo del 2008 (fs. 99 al 101), la presenteHabilitación Urbana cumple los Planes Urbanos, en loreferente a zonificación, vías y aportes reglamentarios;por lo que en cumplimiento de la Ley General deHabilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Decreto de

Alcaldía Nº 079, corresponde a esta SubgerenciaEstablecer La Conformidad de la Resolución Sub-Gerencial Nº 419-2008-SGLAU-GDU-MSS, de fecha10 de marzo del 2008, expedida por la MunicipalidadDistrital de Santiago de Surco;

Con el visto bueno de la División de Revisión deDiseño, del Área Legal y de la Asesoría de la Subgerenciade Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánicade Municipalidades Nº 27972 y las Leyes Nº 26878, LeyNº 27444, Ordenanzas Metropolitanas Nº 912-MML,N° 341-MML, Nº 836-MML, N° 812-MML, N° 916-MML,Decreto de Alcaldía Nº 079 y Resolución Nº 33-2006-MML-GDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD,de la Resolución Sub-Gerencial Nº 419-2008-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 10 de marzo del 2008, expedidapor la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, queresuelve aprobar, los Proyectos referentes a Trazado,Lotización y Pavimentación de aceras, correspondientea la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, para UsoResidencial de Densidad Baja “RDB”, del terreno de2,510.90 m², constituido por el lote 05, de la Manzana E,de la Parcelación Semi-Rústica El Derby de Monterrico,ubicado frente al Jirón Emancipación, en el distrito deSantiago de Surco, Provincia y Departamento de Lima, deacuerdo con los Planos signados con el Nº 016.01-2008-SGLAU-GDU-MSS y Nº 016.02-2008-SGLAU-GDU-MSS,por lo expuesto en la parte considerativa de la presenteResolución.

Artículo 2°.- NOTIFICAR la presente Resolución alos copropietarios UBALDO MARCELINO ZEGARRAGALDOS, FERNANDO HILDEBRANDO SOTELOMONTOYA, MARCIA ANGELICA VASQUEZ VARGAS

MACHUCA, LEONOR VIRGINIA VASQUEZ VARGASMACHUCA, AMELIA VIRGINIA AGUILAR DE LAQUINTANA, ADOLFO ARTURO AGUILAR DE LAQUINTANA y ROBERTO CARLOS AGUILAR DE LA

QUINTANA; y a la Municipalidad Distrital de Santiago deSurco, para su conocimiento y fines.

Artículo 3°.-  DAR por agotada la víaadministrativa.

Artículo 4°.- OFICIAR con la presente Resolucióna la Gerencia de Propiedad Inmueble de la IX ZonaRegistral Sede-Lima, Ministerio de Educación,

SERPAR-LIMA, EMILIMA. Instituto Metropolitano dePlanificación y División Técnica de la Subgerencia deAdjudicación y Saneamiento Legal de Tierras de laGerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación,para su conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 5°.- PUBLICAR la presente Resoluciónen el Diario Oficial El Peruano, a cargo de losadministrados, dentro de los 30 días siguientes denotificada la misma.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

SUSANA RAMIREZ DE LA TORRESubgerenteGerencia de Desarrollo UrbanoSubgerencia de Planeamiento yHabilitaciones Urbanas

190419-1

MUNICIPALIDAD DE

INDEPENDENCIA 

Rati fi can mon tos de dieta de Regidores yde remu neración del Alcalde Distri tal

ACUERDO DE CONCEJONº 004-2008-MDI

Independencia, 31 de enero de 2008

EL ALCALDE DE INDEPENDENCIA

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de Independencia en SesiónOrdinaria de la fecha,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 57-2007-MDI,el Concejo Municipal de Independencia fijó el régimende dietas de los regidores para el ejercicio 2007, en usode las atribuciones que le conferían las disposicionesnormativas municipales;

Que, con fecha 27MAY2003 se publicó la Nueva LeyOrgánica de Municipalidades Nº 27972, por lo que sedeberá de adecuar a dicho marco normativo el pago delas dietas que se deben abonar a los señores regidoresdurante el ejercicio 2008, las mismas que se encuentrandebidamente incluidas en el Presupuesto Institucional

de Apertura 2008 de la Municipalidad, dándose rigurosocumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo delartículo 12º de la Ley;

Que, en ese sentido, resulta necesario ratificar elartículo primero del Acuerdo de Concejo Nº 57-2007-MDI del 09NOV2007, debiendo otorgarse las dietas deacuerdo al lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM;

De conformidad con lo dispuesto en los artículos9º numeral 28), 12º y 44º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, adoptó por Mayoría elsiguiente:

ACUERDO

Artículo Primero.-  Ratificar el artículo primero delAcuerdo de Concejo Nº 57-2007-MDI de fecha 9NOV2007,que aprueba la dieta de los señores Regidores del Concejo

Distrital de Independencia.Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal

el cumplimiento del presente Acuerdo.

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de abril de 2008 371043

Artículo Tercero.- Disponer la publicación en el DiarioOficial El Peruano.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

LOVELL YOMOND VARGASAlcalde

190590-1

ACUERDO DE CONCEJONº 005-2008-MDI

Independencia, 31 de enero de 2008

EL ALCALDE DE INDEPENDENCIA

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de Independencia en SesiónOrdinaria de la fecha,

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 21º dela Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el AlcaldeProvincial o Distrital, según sea el caso, desempeña sucargo a tiempo completo, y es rentado mediante unaremuneración mensual fijada por acuerdo del concejomunicipal;

Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 022-2007-MDI de fecha 11ABR2007, se aprobó la adecuaciónde las medidas establecidas en el Decreto SupremoNº 025-2007-PCM, correspondiente a los topes en laremuneración por el ejercicio del cargo de Alcalde y en ladieta de los señores Regidores;

De conformidad con lo dispuesto en los artículos9º numeral 28), 39º y 41º de la Ley Orgánica de

Municipalidades Nº 27972, por Mayoría, aprobó elsiguiente:

ACUERDO

Artículo Primero.- Ratificar la remuneración delseñor Alcalde aprobada por Acuerdo de Concejo Nº 022-2007-MDI de fecha 11ABR2007.

Artículo Segundo.-  Disponer la publicación en elDiario Oficial El Peruano.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

LOVELL YOMOND VARGASAlcalde

190590-2

Establecen cronograma de venci-miento de Arbitrios Municipalescorrespondi ent es al ejercici o 20 08

DECRETO DE ALCALDÍANº 002-2008-MDI

Independencia, 9 de abril de 2008

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITALDE INDEPENDENCIA

Visto, el Informe Nº 037-GM/GAT/MDI de fecha27MAR2008 emitido por la Gerencia de AdministraciónTributaria, Memorando Nº 582-2008-GM/MDI de fecha2ABR2008 emitido por la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 152-MDI seaprobó el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipalesde Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgocorrespondientes al ejercicio 2008, la cual fue ratificadapor la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo

de Concejo Nº 540, publicado en el Diario Oficial ElPeruano el 30DIC2007,la misma que en su artículo 5ºestableció que los arbitrios son de periodicidad mensual,siendo su vencimiento, el último día hábil de cada mes,pudiendo recaudarse de manera trimestral;

Que, en resguardo del principio de legalidad- reservade la Ley, esta Administración ha cumplido con estableceren dicha Ordenanza los elementos subjetivo, objetivo ytemporal y de espacio que constituyen la hipótesis deincidencia generadora de los arbitrios municipales del año2008, entre estos, quienes tienen la calidad deudores,la cuantía del tributo, el momento de nacimiento dela obligación tributaria, así como su periodicidad deconformidad con los lineamientos establecidos por elTribunal Constitucional en la Sentencia Nº 0053-2004-PI/TC de 17AGO2005;

Que, mediante la primera dispocisión transitoria yfinal de la Ordenanza Nº 152-MDI, el Concejo Municipal

facultó al Alcalde para que mediante Decreto dicte lasdisposiciones necesarias para la adecuada aplicación dedicha Ordenanza y prorrogue la fecha de vencimiento delos pagos mensuales de ser el caso.

Que, siendo necesario enmarcar el vencimiento delas obligaciones contenidas en la referida Ordenanza,conforme a la determinación mensual de los arbitriosmunicipales fijadas en dicha norma, resulta oportunocomplementarla estableciendo la prórroga de las fechasde dichas obligaciones, dando el máximo de facilidades alos administrados;

Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto ÚnicoOrdenado del Código Tributario vigente establece que elplazo para el pago de la obligación tributaria podrá serprorrogado, con carácter general por la AdministraciónTributaria;

Estando a lo expuesto y dando cumplimiento a laOrdenanza Nº 152/MDI y a las facultades conferidas en elnumeral 6) del artículo 20 y 42º de la Ley Nº 27972 - Ley

Orgánica de Municipalidades:DECRETA:

Artículo Primero.- ESTABLECER el cronograma devencimiento de los Arbitrios Municipales correspondientesal ejercicio 2008, de la siguiente manera:

- Enero, Febrero, Marzo 30 de Abril de 2008.- Abril, Mayo, Junio 30 de Junio de 2008.- Julio, Agosto, Setiembre 30 de Setiembre de 2008.- Octubre, Noviembre, Diciembre 31 de Diciembre de 2008.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia deAdministración Tributaria y la Unidad de Informática yDesarrollo Tecnológico, el cumplimiento de la presentenorma en lo que fuere de su competencia y a la Unidadde Imagen Institucional, la difusión y publicación de lamisma.

Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará envigencia el día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese, públiquese y cúmplase.

LOVELL YOMOND VARGASAlcalde

190595-1

Instauran proceso administrativodisciplinario a ex funcionariosy/o servidores públicos de laMunicipalidad

RESOLUCIÓN DE ALCALDIANº 116-2008

Independencia, 8 de abril de 2008

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008371044

VISTO:

El Informe 110-2007/MDI/GM/ UIDT, de fecha15AGO2007 e Informe Nº 118-2007/ MDI/GM/ UIDT, defecha 3OCT2007 emitidos por la Unidad de Informáticay Desarrollo Tecnológico, el Informe 008-2007-CEPAD/MDI de fecha 15OCT2007 emitido por la ComisiónEspecial de Procesos Administrativos Disciplinariosde la Municipalidad Distrital de Independencia yMemorando 1454-2007-GM/MDI, de fecha 22OCT2007emitido por la Gerencia Municipal, Informe Nº 023-2008/GSG-MDI de fecha 18ENE2008 emitido por laGerencia de Secretaría General, Memorando Nº 120-2008-GM/MDI de fecha 22ENE2008 emitido por laGerencia Municipal, Memorando Nº 052-2008/GSG-MDI de fecha 25ENE2008 emitido por la Gerencia deSecretaría General, Informe Nº 051-2008-UAL/MDI defecha 25ENE2008 emitido por la Unidad de AsesorìaLegal; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Informe Nº 110-2007/MDI/GM/UIDT,respecto del contrato de INDE CONSULTORES SAC,puntualmente sobre el servicio de REINGENIERIA DEPROCESOS, SIMPLIFICACIÓN DE PROCEDIMIENTOSY ACTUALIZACIÓN INFORMATICA, el mismo que fuerafirmado el 17MAR2006 y que cuenta con la respectivaaprobación mediante Resolución de Alcaldía Nº 342-2006-MDI, señalando que “ el mencionado contrato presentaseñales de irregularidades desde su concepción, yaque al ser un servicio no se deja de ser un bien, así seaintangible a disposición de la Municipalidad”; haciendomención que la denominación del servicio antes señaladoes muy genérico y no específica que se va a adquirir eimplantar un software, que es lo que llegó a ocurrir en elpresente caso;

Que, los módulos que forman parte del sistemaINFOSAT presentan muchas deficiencias e incluso nose había culminado la implantación de un módulo degeneración de valores y cobranza coactiva a la fechade culminación del contrato; asimismo, se presentaron

problemas por la NO migración de datos del año anteriorde los contribuyentes y en ambos casos se puede apreciartareas manuales y no la implantación de un módulo en laque dicha labor sea sistematizada y tampoco se mencionael control de calidad de la emisión y si se va a completarlas pruebas de dicha emisión;

Que, en cuanto a la migración de cuentas por cobrarde años anteriores, se aprecia deficiencias que hasta lafecha persisten, como es la NO migración de las basesimponibles de las declaraciones juradas;

Que, se ha podido apreciar que con fecha27FEB2006 se había registrado una cobranzapor caja, por lo que se deduce que la migración ygeneración de cuenta corriente se llevó a cabo antesde la adjudicación de la Buena Pro a la Empresa INDECONSULTORES S.A.C y antes de la suscripción delcontrato de fecha 17MAR2006;

Que, mediante Informe Nº 118-2007/MDI/GM/UIDT

de fecha 3OCT2007 la Unidad de Informática amplía suinforme en el que se visualiza de forma detallada lasobservaciones efectuadas sobre el servicio brindadopor la Empresa INDE CONSULTORES S.A.C., respectoal cumplimento de las actividades desarrolladas enrelación a las especificaciones técnicas contenidasen el Anexo 01 que forma parte del contrato; segúnse señala, no se encontró documento sobre eldiagnostico de procesos de registro, determinación,pago y consulta de cuenta corriente, no se encontródocumento sobre la elaboración de recomendacionespara mejorar los procesos de registro, determinación,pago y consulta de cuenta corriente, no se encontródocumento sobre el diagnostico de cobranza ordinariay fraccionamiento, no se encontró documento sobreelaboración de recomendaciones para mejorar losprocesos de cobranza ordinaria y fraccionamiento,no se encontró documento sobre el diagnostico de

procesos de reclamaciones, no se encontró documentosobre elaboración de recomendaciones para mejorar losprocesos de reclamaciones, no se encontró documentosobre el diagnostico del proceso de cobranza coactiva;

Que, conforme a lo señalado por el Informe Nº 118-2007/MDI/GM/UIDT de fecha 3OCT2007, no se encontródocumento sobre seguimiento de la implementaciónde recomendaciones, observándose además que elservicio brindado no se ha cumplido en sus diversasfases, debido a que las conformidades expedidas porla Unidad de Informática y Desarrollo Tecnológico nocontienen el suficiente sustento sobre el avance de lasactividades descritas en el anexo 01 que forma partedel contrato;

Que, mediante Informe Nº 008-2007-CEPAD/MDI,de fecha 15OCT2007, emitido por la Comisión Especialde Procesos Administrativos, señala que hubo actuaciónnegligente e irresponsable de los funcionarios quetuvieron a cargo la contratación, supervisión y emisiónde conformidades para el pago de los servicios de laEmpresa INDE CONSULTORES S.A.C., quien fueraseleccionada mediante Adjudicación Directa PúblicaNº 001-2006 denominada “Servicio de Reingenieríade Procesos y Simplificación de Procedimientos de laGerencia de Administración Tributaria” por la suma de S/.177,012.50;

Que, asimismo se señala que con el servicio brindadono se ha cumplido con el objeto de contratación, en

sus diversas fases, y que las conformidades emitidaspara el pago al proveedor no contienen el suficientesustento sobre el avance de las actividades descritasen el anexo 01 que forma parte del Contrato, lo quese traduce en un menoscabo de la base de datospara la emisión de valores, así mismo repercute enla recaudación del impuesto predial y de los arbitriosocasionando un perjuicio económico a la Municipalidadde Independencia;

Que, por las consideraciones expuestas, y estandoInforme 008-2007-CEPAD/MDI, emitido por la ComisiónEspecial de Procesos Administrativos en el que sedetermina haber mérito para la Apertura de ProcesoAdministrativo en concordancia con el Art. 150º y 153ºdel Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa,Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, en concordanciacon lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 276 -Ley de Bases de la Carrera Administrativa, Ley del

Procedimiento Administrativo General - Ley No 27444;y con los numerales 6º y 22º del Artículo 20º de la LeyOrgánica de Municipalidades - Ley No 27972.

RESUELVE:

Artículo Primero.- APERTURAR ProcesoAdministrativo Disciplinario a los ex Funcionarios y/o Servidores Públicos de la Municipalidad Distrital deIndependencia, señores Oscar Walter Quincho Bañón-Ex Gerente Municipal, Mary Esther Rosales More-Ex Gerente de Administración de Recursos, CristinaCastillo Amasifuen -Ex Gerente de AdministraciónTributaria, Juan Carlos Carrillo Eliot- Ex Jefe de laUnidad de Informática y Desarrollo Tecnológico,Edwin Arce Tena- Ex Jefe de la Unidad de Logística,comprendidos en el Informe Nº 008-2007/CEPAD-MDI,emitido por la Comisión de Procesos Administrativos

Disciplinarios, por las consideraciones expuestas enla presente Resolución.Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Comisión

Especial de Procesos Administrativos Disciplinariosde esta Corporación Edil, llevar a cabo el procesoadministrativo disciplinario pertinente y luego de suconclusión, proceda a elevar el Informe respectivo altitular del pliego, recomendando las sanciones quesean de aplicación, debiendo la Comisión ejercer susfunciones conforme a la normatividad legal vigente.

Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente resolucióna los ex funcionarios y/o Servidores Públicos antesreferidos, conforme a ley.

Regístrese, notifíquese y cúmplase.

LOVELL YOMOND VARGASAlcalde

190593-1

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de abril de 2008 371045

MUNICIPALIDAD DE

PUEBLO LIBRE

FE DE ERRATAS

ORDENANZA Nº 285-MPL

Mediante Oficio Nº 075-2008-MPL-OSG laMunicipalidad Distrital de Pueblo Libre solicita se publiqueFe de Erratas de la Ordenanza Nº 285-MPL, publicada enla edición del 10 de abril de 2008.

DICE:

“Artículo Primero.- Apruébese la estructura de costospor concepto del derecho de emisión del Impuesto Predialdel año 2007 que como Anexo I, ...”

DEBE DECIR:

“Artículo Primero.- Apruébese la estructura de costospor concepto del derecho de emisión del Impuesto Predial

del año 2008 que como Anexo I, ... “190466-1

MUNICIPALIDAD DE SAN

 JUAN DE MIRAFLORES

Aprueban reali zación del Prim er Sort eodel Programa de Reconocimiento alVecino San J uani no Puntual - VSJP delaño 200 8

ORDENANZA Nº 000065-2008-MDSJM

San Juan de Miraflores, 15 de abril del 2008

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITALDE SAN JUAN DE MIRAFLORES

POR CUANTO:

El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de fecha 15de abril del 2008, visto el Memorándum Nº 711-2008-GM/MDSJM, de fecha 11 de abril del 2008, evacuado por laGerencia Municipal, el Informe Nº 047-08-MDSJM-GR, defecha 11 de abril del 2008, evacuado por la Gerencia deRentas, el Informe Nº 528-2008-GAJ/MDSJM, de fecha 11de abril del 2008, evacuado por la Gerencia de AsesoríaJurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política delEstado y su modificatoria dispuesta por Ley Nº 27680,establece que los Gobiernos Locales tienen autonomíaeconómica y administrativa en los asuntos de sucompetencia; lo cual es confirmado por el Artículo II delTítulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica deMunicipalidades;

Que, conforme a los dispositivos legales vigentes,se establece que la recaudación, administración yfiscalización de los Tributos Municipales corresponde ala Municipalidad Distrital donde se encuentra ubicado elpredio;

Que, dentro de la política de incentivo en el cumplimientooportuno de las obligaciones tributarias sustanciales yformales del contribuyente, a fin de proveerse de los recursosnecesarios para asegurar el financiamiento de los serviciospúblicos a favor de la comunidad, mediante la Ordenanza Nº

046-2007-MDSJM, se aprobó la creación del “Programa deReconocimiento al Vecino San Juanino Puntual- VSJP”;Que, mediante lo dispuesto por el Artículo Sexto de

la Ordenanza Nº 046-2007-MDSJM, se creó el Sistema

de Premiación y Reconocimiento al “Vecino San JuaninoPuntual” - VSJP, por el cual a los vecinos seleccionadoscomo tal tendrán la opción de participar en los sorteosque organizará la Municipalidad para promover laconciencia tributaria e incentivar el cumplimiento de lasobligaciones tributarias en el distrito de San Juan deMiraflores;

Que, continuando con el reconocimiento a lapuntualidad de los vecinos de nuestro distrito, a travésdel “Programa de Reconocimiento al Vecino San JuaninoPuntual VSJP”, procede la realización del Primer Sorteode Premios para el ejercicio 2008;

Estando a lo establecido por los Artículos 9º inciso8), 38º Y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica deMunicipalidades, el Concejo Municipal con el voto unánimede sus miembros, ha dado la siguiente:

APRUEBAN LA REALIZACIÓNDEL PRIMER SORTEO DEL PROGRAMA

DE RECONOCIMIENTO AL VECINO SAN JUANINOPUNTUAL- VSJP DEL AÑO 2008.

Artículo 1º.- Primer Sorteo del “Programa deReconocimiento al Vecino San Juanino Puntual -VSJP” para el ejercicio 2008.

El 31 de julio del 2008, en Acto Público, se efectuaráel Primer Sorteo del “Programa de Reconocimiento alVecino San Juanino Puntual - VSJP” del ejercicio 2008.Dicho acto deberá contar con la presencia de un NotarioPúblico y del representante del Ministerio Público, quienestendrán la calidad de observadores, a efectos de certificarla validez del mismo.

Artículo 2º.- Requisitos para participar en el PrimerSorteo del “Programa de Reconocimiento al VecinoSan Juanino Puntual - VSJP” del ejercicio 2008.

Los requisitos para participar en el Primer Sorteo del“Programa de Reconocimiento al Vecino San JuaninoPuntual - VSJP” del ejercicio 2008.

1. No mantener deudas pendientes de pago con laMunicipalidad distrital de San Juan de Miraflores al 31 de

diciembre del 2007.2. Encontrarse al día en el pago de sus tributos delejercicio 2008.

3. Desistirse de cualquier medio impugnatoriosobre obligaciones tributarias que hubiera interpuestoal momento de la entrada de vigencia de la presenteOrdenanza.

Artículo 3º.- Contribuyentes que podrán participaren el Primer Sorteo del “Programa de Reconocimientoal Vecino San Juanino Puntual - VSJP” del ejercicio2008

Podrán participar en el Primer Sorteo de Premiosa los vecinos VSJP, para el ejercicio 2008, todosaquellos contribuyentes que cumplan con los requisitosestablecidos en el artículo segundo de la presenteOrdenanza, para ser considerados “Vecinos SanJuaninos Puntuales -VSJP”.

Excepcionalmente, tendrán opción de participaren el Primer Sorteo del “Programa de Reconocimientoal Vecino San Juanino Puntual - VSJP” del ejercicio2008, aquellos vecinos cuyo predio sea de uso casa -habitación, que logren regularizar su situación tributariahasta el 18 de julio del 2008, quienes podrán cancelarsus deudas con un descuento del 100% por MultasTributarias, así como con la condonación del 100%de las costas y gastos originadas por deudas que seencuentren en Procedimiento de Ejecución Coactiva, conexcepción de las originadas por las pericias realizadas alos bienes embargados. De otro lado, podrán acogerseaquellos contribuyentes que hayan suscrito conveniosde Fraccionamiento, antes de la entrada en vigencia dela presente Ordenanza, dentro del Marco de incentivosdel acogimiento al “Programa de Reconocimiento alVecino San Juanino Puntual - VSJP”, quienes deberánencontrarse al día en las cuotas pendientes de pago de

dichos fraccionamientos.Para tal efecto, la Gerencia de Rentas deberá publicarel 25 de julio del 2008 la relación de los Contribuyentesque se encuentran aptos para participar en el Primer

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008371046

Sorteo del “Programa de Reconocimiento al VecinoSan Juanino Puntual - VSJP” del ejercicio 2008. Dichapublicación deberá efectuarse en el Palacio Municipaly en la Página Web de la Municipalidad Distrital de SanJuan de Miraflores.

Artículo 4º.- Sistema de Opciones para participaren el “Programa de Reconocimiento al Vecino SanJuanino Puntual- VSJP” del ejercicio 2008

Para efectos del Primer Sorteo del “Programa deReconocimiento al Vecino San Juanino Puntual- VSJP”del ejercicio 2008, se aplicará el siguiente sistema deopciones:

~ Tres Opciones: Aquellos Contribuyentes que hayancancelado el Impuesto Predial y los Arbitrios Municipalesacotados, hasta el 31 de diciembre de 2008.

~ Dos Opciones: Aquellos Contribuyentes que hayancancelado el Impuesto Predial y los Arbitrios Municipalesacotados y que durante el ejercicio 2008, hayan canceladosus deudas dentro de las fechas de vencimiento de dichoejercicio.

~ Una Opción: Aquellos Contribuyentes que,excepcionalmente, hayan cancelado el total de susdeudas Tributarias, por concepto de Impuesto Predialy los Arbitrios Municipales hasta el 18 de julio del 2008.Asimismo, con respecto a aquellos contribuyentes que seencuentren al día en el pago de sus cuotas del Conveniode Fraccionamiento, suscrito con anterioridad a la entradaen vigencia de la presente ordenanza, hasta el 18 de juliodel 2008.

Artículo 5º.- PremioPara el Primer Sorteo del “Programa de Reconocimiento

al Vecino San Juanino Puntual VSJP” del ejercicio 2008,mediante la presente Ordenanza se dispone que, comopremio se otorgue un automóvil cero kilómetros, para talefecto se deberá efectuar la adquisición correspondienteconforme a Ley.

DISPOSICIONES TRANSITORIASY FINALES

Primera.- Facúltese al señor Alcalde, para quemediante Decreto de Alcaldía prorrogue el plazode vencimiento establecido en el Artículo Tercerode la presente Ordenanza con respecto a la opciónexcepcional de participar en el Primer Sorteo del“Programa de Reconocimiento al Vecino San JuaninoPuntual - VSJP” del ejercicio 2008, de aquellos vecinoscuyo predio sea de uso casa - habitación, que logrenregularizar su situación tributaria hasta el 18 de julio del2008, y la fecha de realización del sorteo de ser el caso.Asimismo, a través de dicho dispositivo legal podrádisponer las normas reglamentarias de la presenteordenanza.

Segunda.- La presente Ordenanza tendrá vigencia apartir del día siguiente a su publicación en el Diario OficialEl Peruano.

POR TANTO:Regístrese, comuníquese, cúmplase.

EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRÍGUEZAlcalde

190896-1

Establecen disposiciones para laregularización de licencia de obrapara edificaciones y certificado deparámetr os urbanísti cos edif icatori os

ORDENANZA Nº 000066-2008-MDSJM

San Juan de Miraflores, 15 de abril del 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITALDE SAN JUAN DE MIRAFLORES

POR CUANTO:

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha,el Informe Nº 699-2008-SGOPT-GDU-MDSJM de laSubgerencia de Obras Privadas y Transporte y el InformeNº 420-2008-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Artículo 196º numerales2 y 3 de la Constitución Política del Estado modificadopor la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, sonbienes y rentas de las municipalidades, los impuestoscreados a su favor y las contribuciones, tasas, arbitrios,licencias y derechos de su competencia; asimismolos gobiernos locales gozan de autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia de conformidad con el Artículo II delTítulo Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica deMunicipalidades;

Que, la Ley Orgánica de Municipalidades en suartículo 79º señala que las municipalidades deben normar,regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias yrealizar la fiscalización de construcciones, remodelación o

demolición de inmuebles y declaratorias de fábrica;Que, de acuerdo al Informe Nº 699-2008-SGOPT-GDU/MDSJM de fecha 10 de abril del 2008 se sustentaque el crecimiento urbano del distrito de San Juan deMiraflores, y en general de las urbanizaciones popularesde la zona sur de la Ciudad de Lima;

Que, mediante Informe Nº 420-2008-GAL/MDSJM laGerencia de Asesoría Jurídica manifiesta su conformidadcon la presente Ordenanza;

Que para facilitar la aplicación de los beneficiosseñalados en esta Ordenanza Municipal, es convenienteadecuarse a las normas contenidas básicamente enlas Leyes Nºs. 27157, 27333 y el Decreto Supremo Nº035-2006-VIVIENDA, a fin de uniformizar los trámites yexigencias administrativas.

Estando a lo expuesto y en uso de las facultadesconferidas en los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánicade Municipalidades, Ley Nº 27972, con la dispensa

del trámite de lectura y aprobación de actas, el plenodel Concejo aprobó por Unanimidad la siguienteOrdenanza:

REGULARIZACIÓN DE LICENCIA DE OBRAPARA EDIFICACIONES Y CERTIFICADO

DE PARÁMETROS URBANÍSTICOSEDIFICATORIOS

Artículo 1º.- DEL OBJETO.El presente título tiene por objeto establecer el

“Beneficio Administrativo para la regularización delicencias de obra y Certificado de Parámetros Urbanísticosy Edificatorios”, en la jurisdicción del distrito de San Juande Miraflores. Se podrán acoger al presente beneficioquienes hayan edificado su predio hasta la fecha deentrada en vigencia de la presente ordenanza, sin contarcon la Licencia de Obra.

Artículo 2º. CONCEPTOSEn adelante y para los efectos de la presente

Ordenanza, se entenderá por:

2.1. Ley Nº 27157.- Ley de Regularización deEdificaciones, del Procedimiento de Declaratoria deFábrica y Régimen de Propiedad Exclusiva y de propiedadComún.

2.2. Ley Nº 27333.- Ley Complementaria de la Ley Nº26662, Ley de asuntos No contenciosos de CompetenciaNotarial, para la Regularización de Edificaciones.

2.3. CAP.- Colegio de Arquitectos del Perú.2.4. CIP.- Colegio de Ingenieros del Perú.2.5. FUO.- El Formulario Único Oficial establecido

por Ley Nº 27157, es el documento a través del cualse formalizan los procedimientos de Licencia de Obra yDeclaratoria de Fábrica.

2.6. Áreas Construidas Regularizables.- Áreaconstruida en la edificación que cumple con las normasestablecidas en el RNE, los Parámetros UrbanísticosEdificatorios y el Reglamento de Zonificación.

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2.7. Parámetros Urbanísticos y Edificatorios.- Lasdisposiciones que determinan la normativa urbanística ylos índice edificación regulados por los respectivos planosurbanos o proyectos urbanísticos integrales.

2.8. La Normativa Urbanística.- Está referida a laclasificación del territorio urbano y de las áreas deactuación urbanística, a la zonificación, a los índices deusos compatibles y a las densidades.

2.9. Índices Edificatorios.- Están referidos al coeficientede edificación, las alturas, el porcentaje mínimo de árealibre, los retiros y el índice de estacionamiento entreotros.

Tratándose de densidad neta y de coeficiente deedificación podrá regularizarse hasta un 25% sus índicesreales reglamentarios y en caso del área libre se podrátolerar hasta un 25% del porcentaje reglamentario.

2.10.Carpeta Municipal.- Fólder que contiene lahoja de ruta, FUO-Parte 1, FUO-Parte 1 Anexo D, Hojade Trámite, el comprobante de pago íntegro canceladopor los derechos a que se refiere el numeral 5.3 y 5.4del artículo 5º de la presente Ordenanza y los demásrequisitos señalados en ésta norma.

Artículo 3º.- DE LA REGULARIZACIÓN

La Regularización de Licencia de obra es elprocedimiento destinado a obtener el saneamiento de lasituación de las edificaciones que hayan sido construidassin licencia de obra hasta la fecha en que entra en vigenciala presente Ordenanza.

También se considerarán aptas para regularizaraquellas construcciones ejecutadas que a la fecha cuentenpor lo menos con aprobación municipal del Proyecto deHabilitación Urbana aprobado.

El Beneficio de la Regularización considera solo ÁreasConstruidas Regularizables como se refiere el numeral2.6 del Art. 2 de la presente ordenanza.

Sin embargo se permitirá la Regularizacióncon tolerancias en los Parámetros Urbanísticos yEdificatorios de los índices edificatorios siguientes:la densidad neta y de coeficiente de edificación hastaen un 25% sus índices reales reglamentarios y elárea libre donde se podrá tolerar hasta un 25% del

porcentaje reglamentario.Que asimismo el Retiro Municipal podrá serregularizado siempre y cuando cuente con Certificadode Alineamiento favorable y a evaluación de la ComisiónTécnica Calificadora del CAP.

Artículo 4º.- DE LOS BENEFICIARIOSSon beneficiarios de lo dispuesto en la presente

ordenanza los propietarios de viviendas Unifamiliares,Bifamiliares y Multifamiliares que cumplan con tramitar,dentro del plazo de vigencia de la misma la obtención dela Regularización de Licencia de obra de las edificacionesnuevas, ampliaciones, remodelaciones y demoliciones quese hayan efectuado sin haber obtenido la Licencia de obracorrespondiente, siempre que se encuentren ubicadosen terrenos que cuenten con habilitación urbana y secuente también con la titularidad del predio, incluyéndoseen este beneficio a todos los expedientes pendientes de

liquidación a solicitud del propietario.Artículo 5º. DE LOS BENEFICIOSLos beneficios que se otorgan mediante el presente

Título son:

5.1 Reducir a Veinte Nuevos soles (S/. 20.00) el derechode pago por Certificado de Parámetros Urbanísticosy Edificatorios, donde al pie deberá especificarse quesolo se podrá utilizar este documento para gestionar eltrámite de Regularización al que se refiere la presenteordenanza.

5.2. Exonerar el 100% del pago de multa por construirsin licencia a que se refiere el artículo 8º de la Ley Nº27333 y el artículo 108º del D.S. Nº 035-2006-VIVIENDA,a la presentación del trámite.

5.3. Reducir a Veinte Nuevos soles (S/. 20.00) elpago por CARPETA MUNICIPAL donde están incluidos

los siguientes derechos: Hoja de Envío, Hoja de Trámite,FUO parte 1 y FUO parte 1 anexo D Derecho de Trámitey de Inspección Ocular , contemplados en el TUPA vigentede San Juan de Miraflores respectivamente.

5.4. Reducir a 0.20% del Valor de la Obra el pago porderechos de licencia que incluye los derechos siguientes:de Licencia de Regularización, deterioro de pistas y veredasy por supervisión de obra, contemplados en el TUPAvigente de San Juan de Miraflores respectivamente.

Los derechos de pago de la Regularización de laLicencia de Obra, se efectuarán en un solo pago y seráregistrado mediante la autoliquidación de los derechos deobra contenidos en el Anexo D del FUO parte 1.

El Profesional Responsable deberá presentar elPresupuesto de la obra en la Subgerencia de ObrasPrivadas y Transporte que le dará el VºBº y emitirá lapreliquidación para ser cancelada en Tesorería. Una vezcancelado el comprobante se hará constar el pago con elsello de Tesorería en el anexo D del FUO parte 1.

Al presentar la CARPETA MUNICIPAL el administradodeberá adjuntar el comprobante de pago íntegro canceladodonde están incluidos todos los derechos mencionados aque se refiere el numeral 5.3 y el numeral 5.4 del artículo5º que equivale a S/. 20.00 nuevos soles más el 0.20%del Valor de la Obra, este procedimiento debe sujetarsea la norma vigente sin que ello implique la aprobación delexpediente.

Dentro de los beneficios no se incluye el pago porderechos de calificación de proyecto por los delegados dela Comisión Técnica Calificadora designados por el CAP,conforme lo dispone la Ley Nº 27157 y el D.S. Nº 035-2006-VIVIENDA.

Artículo 6º. VIGENCIA DEL BENEFICIOEl presente Título tendrá una vigencia de 90 días

desde la fecha de su publicación.

Artículo 7º.- DE LA CARPETA MUNICIPALEl procedimiento de Regularización de Licencia se

realiza a través de la Carpeta Municipal que contendrálos siguientes formularios: FUO - Parte 1, FUO - parte 1Anexo D y Hoja de trámite, el comprobante de pago íntegrocancelado por los derechos a que se refiere el numeral5.3 y 5.4 del artículo 5º de la presente Ordenanza y losdemás requisitos señalados en artículo 8º de la presente

ordenanza.

Artículo 8º.- DE LOS REQUISITOSQuienes soliciten acogerse a la presente ordenanza

adquirirán la CARPETA MUNICIPAL que contiene la hojade ruta además de los formularios FUO - Parte 1 con firmadel propietario, el abogado y el profesional Arquitecto oIngeniero Civil, FUO - parte 1 Anexo D, Hoja de trámitelos que deberán estar debidamente firmados, contendrátambién el comprobante de pago íntegro canceladodonde están incluidos todos los derechos mencionados aque se refiere los numerales 5.3 y 5.4 del Artículo 5º de laPresente Ordenanza. Adicionalmente deberá agregarselos siguientes requisitos:

8.1 Copia Literal de Domino o Título de Propiedad.8.2. Certificado de Parámetros Urbanísticos y

Edificatorios.8.3. Plano de Localización y Ubicación (con usoscolindantes, corte de vías, cuadros normativos y de áreas)firmado por el profesional y el propietario.

8.4. Plano de distribución, firmado por el profesional yel propietario.

8.5. Plano de cortes y elevaciones, firmado por elprofesional y el propietario.

8.7. Certificado de habilitación del Proyecto CAP oCIP, según el caso.

8.8. Carta de Seguridad de Obra, firmado por elprofesional.

8.9. Comprobante de pago por Derechos deCalificación del Proyecto equivalente al 0.05% del valorde la obra más IGV, al Colegio de Arquitectos del Perú.

8.10. Memoria Descriptiva.8.11. Presupuesto de la Obra8.12. Fotografías del predio actualizadas.

8.13. En el caso de inmuebles comprendidos en elRégimen de Unidades inmobiliarias de Propiedad exclusivay propiedad común, se requerirá de la autorización de laJunta de propietarios.

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008371048

Artículo 9º DE LA PROHIBICIÓNEstablecer que no podrán acogerse al presente

beneficio los propietarios de edificaciones sobre los cualesexiste Resolución de Demolición, ni las que efectúenconstrucciones sin Licencias de obra a partir de la entradaen vigencia de la presente ordenanza, a quienes se leaplicará las sanciones administrativas previstas en D.S.Nº 035-2006-VIVIENDA y en las Leyes Nºs. 27157 y27333.

Artículo 10º.- RESTRICCIONES PARA LOSINMUEBLES INSCRITOS CON CARGAS

Los inmuebles inscritos con cargas en el Registro de laPropiedad Inmueble, no podrán gestionar Licencias paraejecutar construcciones sobre dichos predios, si antesestas cargas no son levantadas de acuerdo a lo normadoen el D.S. Nº 035-2006-VIVIENDA y el Reglamento deRegistro de Predios

Las Cargas inscritas podrán levantarse siempre ycuando sean subsanables técnicamente y se ajusten ala norma vigente a la fecha de terminación de la obra,cumpliendo de ser el caso con gestionar la Licencia deObra correspondiente. En el caso de cargas por Déficitde Estacionamiento, deberá acreditarse de acuerdo al

procedimiento establecido en la Ordenanza Nº 000045-2007-MDSJM.Una vez que el interesado acredite con la

documentación requerida que puede levantar la carga,deberá solicitar el Certificado de Levantamiento de Cargaa la Subgerencia de Obras Privadas y Transporte.

Artículo 11º.- MONTO DEL VALOR TOTAL DE LAOBRA EJECUTADA.

En el caso de Regularización por obra nueva,ampliación, modificación, el valor de la construcción porm2, tendrá como base los montos del Cuadro de ValoresUnitarios Oficiales de Edificaciones para la Costa, vigentepara el año en que se presente el Expediente. El ValorTotal de Obra será resultante de aplicar este valor al ÁreaTotal Techada de la Edificación.

En el caso de Regularización de remodelación solocuando no sea posible establecer una proporción con

estos valores se presentará el presupuesto de obra alnivel de sub partidas, con costos unitarios de mercadopublicados en medios especializados.

En el caso de Regularización de demoliciones, seaplicará la depreciación de acuerdo a la antigüedad yestado de conservación del inmueble.

Artículo 12º.- DE COMISIÓN TÉCNICACALIFICADORA

La Comisión Técnica Calificadora de Proyectos delCAP tendrá solo dos opciones para emitir su dictamen:Aprobado o Desaprobado. En caso que el Dictamensea desaprobado se notificara al interesado a fin deque subsane las observaciones emitidas y en caso seemita dictamen Aprobado se procederá de acuerdo a loestablecido en el D.S. Nº 035-2006-VIVIENDA para laautenticación de los planos y la entrega de la Licencia deobra por Regularización al administrado.

Artículo 13º.- DE LOS BENEFICIOS DE LA AMNISTÍADE REGULARIZACIÓN.

Los propietarios de las edificaciones que se acojany regularicen su edificación al amparo de la presenteordenanza, tendrán derecho a la condonación de lasmultas, recargos, moras, intereses u otras sancionesy derechos municipales por licencia de construcción noabonados oportunamente.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Primera Disposición Complementaria.- Aquellospropietarios de edificaciones que no se acojan a lapresente Ordenanza de Regularización de Declaratoriade Fábrica, serán pasibles de las sanciones establecidasen el Reglamento de Aplicación de Sanciones (RAS)de la jurisdicción o continuarán con el procedimiento

sancionador en caso se haya iniciado.Segunda Disposición Complementaria.- Quedan

excluidas del procedimiento establecido en la presente

Ordenanza las edificaciones comerciales, industriales yde servicios de edificaciones diferentes a uso vivienda,además de aquellos inmuebles inscritos con Cargasedificatorias en la SUNARP, debiendo subsanarlas deacuerdo a los procedimientos normados en el D.S. Nº 035-2006-VIVIENDA y el Reglamento de Registro de Predios.

Tercera Disposición Complementaria.- Los trámitesde Regularización de Licencia de obra iniciados antes dela vigencia de la Ordenanza y cuyos propietarios solicitenacogerse al beneficio, se adecuarán a lo establecido en lapresente Ordenanza.

Cuarta Disposición Complementaria.- LaSubgerencia de Tesorería habilitará el código de pago,para el cobro del comprobante de pago íntegro porCARPETA MUNICIPAL donde están incluidos todos losderechos mencionados a que se refiere el numeral 5.3 ynumeral 5.4 del artículo 5º de la presente Ordenanza.

Quinta Disposición Complementaria.- Todo lo queno se ha considerado y no se contraponga a la presenteOrdenanza se regirá conforme a lo señalado en el D.S. Nº035-2006-VIVIENDA, Reglamento de la Ley Nº 27157.

Sexta Disposición Complementaria.- Hacer deconocimiento a la Superintendencia Nacional de losRegistros Públicos lo establecido en cuanto a la emisióndel Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatoriosen la presente ordenanza.

Sétima Disposición Complementaria.- La presenteordenanza entrará en vigencia a partir del día siguientede su publicación.

Octava Disposición Complementaria.- Deróguesetoda disposición municipal que se oponga a la presenteordenanza.

Novena Disposición Complementaria.- Facúltaseal Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía,dicte las disposiciones complementarias de la presente

Ordenanza, así como también para establecer la prórrogade la misma.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRÍGUEZAlcalde

190896-2

MUNICIPALIDAD DE

SAN MIGUEL 

Autorizan viaje de Alcalde a España,en visita oficial a la Comunidad deMadrid

ACUERDO DE CONCEJONº 026-2008-MDSM

San Miguel, 29 de febrero de 2008.

VISTOS, en Sesión Ordinaria de Concejo celebradaen la fecha, el pedido formulado por el señor Alcalde Dr.Salvador Heresi Chicoma, sobre autorización de viaje alexterior del país; y,

CONSIDERANDO:

Que, el señor Alcalde Dr. Salvador Heresi Chicoma,

recibió la invitación del señor Percival Manglano AlbacarDirector de Cooperación al Desarrollo de la Comunidad deMadrid, para visitar su ciudad a fin de tratar los proyectosque actualmente se están llevando a cabo en nuestro

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, domingo 20 de abril de 2008 371049

país y darle a conocer las actividades en otras regiones.En vista de dicha invitación el señor Alcalde solicita laautorización de viaje al Honorable Concejo Municipalpara ausentarse del país del 24 de abril al 5 de mayo delpresente año.

Que, de conformidad con el numeral 11) del Artículo9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972,señala que es atribución del Concejo Municipal autorizarlos viajes al exterior del país que, en comisión de servicioso representación de la municipalidad realicen el alcalde,los regidores, el gerente municipal y cualquier otrofuncionario;

Estando a lo expuesto, y en ejercicio de lasfacultades conferidas al Concejo por el inciso 20) delArtículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades,Ley Nº 27972; con la dispensa del trámite de lectura yaprobación del Acta;

Por Unanimidad:

SE ACORDÓ:

Artículo Primero.-  AUTORIZAR el viaje del señorAlcalde, Dr. Salvador Heresi del 24 de abril al 5 de mayode 2008, a la ciudad de Madrid, España, en visita oficial a

la Comunidad de Madrid.Artículo Segundo.- Dispensar el presente Acuerdode Concejo del trámite de lectura y aprobación delActa.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

SALVADOR HERESI CHICOMAAlcalde

190866-2

Autori zan viaje del al calde a España enel marco de convenio de cooperacióntécnica int ernacional

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Nº 076-2008-MDSM

San Miguel, 8 de abril de 2008

EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL;

VISTOS, el Acuerdo de Concejo Nº 026-2008-MDSM, emitido por el Concejo Municipal mediante elcual se autoriza el viaje del señor Alcalde SalvadorHeresi Chicoma a la ciudad de Madrid, República deEspaña;

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 26 de setiembre de 2007 se suscribióel convenio de colaboración entre la Agencia Regionalpara la Inmigración y la Cooperación de la Comunidad

de Madrid y la Municipalidad Distrital de San Miguel conel objeto de desarrollar y apoyar el financiamiento delproyecto “Centro Cultural y de Recreación Infantil” en eldistrito de San Miguel;

Que, la Agencia Regional para la Inmigración yla Cooperación aportó a favor de la Municipalidadde San Miguel la cantidad de Doscientos diez miltrescientos cuarenta y cuatro con 96/100 Nuevos Soles(S/. 210,344.96) para la ejecución del proyecto antescitado;

Que, dentro del marco del convenio de CooperaciónTécnica Internacional entre ambas instituciones, elseñor Alcalde, recibió la invitación de la Dirección deCooperación al Desarrollo de la Comunidad de Madrid,a fin de visitar la ciudad de Madrid y tratar el proyectoque actualmente se está ejecutando en nuestro país, asícomo la presentación de nuevos proyectos, sin perjuiciode conocer experiencias en la prestación de servicios que

puedan ser replicadas según la particular realidad de la jurisdicción de San Miguel;Que, esta Corporación Municipal debe continuar

fortaleciendo su trabajo institucional en el ámbito de la

Cooperación Técnica Internacional, como línea de acciónimportante para la consecución de recursos en favor de larealización de obras de infraestructura como las señaladasen el primer considerando del presente acto administrativo,por lo que resulta necesario a los intereses municipalesautorizar el viaje del señor Alcalde;

Estando a lo expuesto y de conformidad con la LeyOrgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Ley dePresupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2008, LeyNº 29142;

RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del Dr.Salvador Heresi Chicoma, Alcalde de la MunicipalidadDistrital de San Miguel, a la ciudad de Madrid, del Reinode España, del 25 de abril al 1 de mayo del presente año,para los fines expuestos en la parte considerativa de lapresente resolución.

Artículo Segundo.-  Los gastos que ocasione elcumplimiento de la presente Resolución de Alcaldíaserán cubiertos con recursos del PresupuestoMunicipal correspondiente al Ejercicio 2008, deacuerdo al siguiente detalle:

• Pasaje Lima/Madrid/Lima US$ 1206.27• Viáticos (alojamiento, alimentacióny otros) US$ 1820.00

• Instalación y Traslado US$ 520.00• Tarifa Corpac US$ 30.25

-----------• Total US$ 3,576.52

Artículo Tercero.-  El egreso que demande elcumplimiento de la presente Resolución de Alcaldíaafectará la Partida Específica Nº 5.3.1120 (Viáticos yAsignaciones) del Presupuesto Municipal vigente.

Artículo Cuarto.-  Encargar a la Gerencia deAdministración y Finanzas el cumplimiento de lo dispuestoen la presente Resolución de Alcaldía.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

SALVADOR HERESI CHICOMAAlcalde

190866-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE

CARMEN DE LA

LEGUA REYNOSO

FE DE ERRATASORDENANZA Nº 002-2008-MDCLR

Mediante Oficio Nº 084-2008-SG-MDCLR la MunicipalidadDistrital de Carmen de la Legua Reynoso solicita se publiqueFe de Erratas de la Ordenanza Nº 002-2008-MDCLR,publicada en la edición del 17 de abril de 2008.

En el párrafo final de la parte Considerativa.

DICE:

“Estando a lo anteriormente expuesto y en mérito a loacordado por el pleno del Concejo Municipal en Sesión defecha 9 de abril de 2008 y de conformidad con el Artículo9º, inciso 8 de la Ley Orgánica de Municipalidades, en lafecha”

DEBE DECIR:“Estando a lo anteriormente expuesto y en mérito a lo

acordado, con el VOTO UNANIME del pleno del Concejo

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, domingo 20 de abril de 2008371050

Municipal, en Sesión de fecha 9 de abril de 2008 y deconformidad con el Artículo 9º inciso 8 de la Ley Orgánicade Municipalidades”

190548-1

MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA 

Aprueban convocatoria y bases delPri mer Concur so Públi co Nº 00 1-2008-MDLP para selección de personaladministrativo y obrero contratado ypara el Pri mer Concurso Int ern o 2008

ACUERDO DE CONCEJONº 006-011/2008-MDLP

La Punta, 17 de abril del 2008.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE LA PUNTA;POR CUANTO:

El Concejo Municipal de La Punta, en Sesión Ordinariade la fecha;

VISTO:

El Informe Nº 002-2008-MDLP/CC, de fecha 16 deabril del 2008;

CONSIDERANDO:

Que, el señor Alcalde en mérito a lo solicitado en elInforme de Visto, emitido por la Comisión de Concursosdesignada mediante Resolución de Gerencia MunicipalNº 030-2008-MDLP/GM de fecha 11 de abril del 2008,somete a consideración del Concejo, la aprobación dela convocatoria y las bases, que contienen entre otras,el cronograma de los procesos, los cargos vacantesy el plazo de vigencia de los contratos del PrimerConcurso Público Nº 001-2008-MDLP para selecciónde personal administrativo y obrero contratado y delPrimer Concurso Interno 2008, para la selección depersonal obrero contratado de la Municipalidad Distritalde La Punta, teniendo en cuenta que la necesidad decubrir las plazas vacantes existentes en el PresupuestoAnalítico de Personal (PAP) y previstas en el Cuadrode Asignación de Personal (CAP), las mismas que seencuentran debidamente presupuestadas;

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política delEstado, establece que los gobiernos locales gozan deautonomía política, económica y administrativa en losasuntos de su competencia;

Que, el Artículo 28º del Reglamento de la Ley deBases de la Carrera Administrativa y de Remuneracionesdel Sector Público, aprobado por Decreto Supremo Nº005-90-PCM, señala que el ingreso a la AdministraciónPública en la condición de servidor de carrera o deservidor contratado para labores de naturaleza depermanencia se efectúa obligatoriamente medianteconcurso, la incorporación a la Carrera Administrativaserá por el nivel inicial del grupo ocupacional al cualpostuló;

Que, el Artículo 37º de la Ley Orgánica deMunicipalidades, Nº 27972, señala que los funcionariosy empleados de las municipalidades se sujetan alrégimen laboral general aplicable a la administraciónpública, conforme a Ley. Los obreros que prestanservicios a las municipalidades son servidores públicossujetos al régimen laboral de la actividad privada,reconociéndoles los derechos y beneficios inherentesa dicho régimen;

En uso de las facultades conferidas por los Artículo 9º

numeral 32) y 41º de la Ley Orgánica antes mencionada. ElConcejo Municipal con el voto UNÁNIME de sus miembroscon Dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación delActa;

ACUERDA:

Artículo Primero.- Aprobar la Convocatoria y lasBases que contienen, entre otras, el Cronograma de losProcesos, los Cargos Vacantes y el Plazo de Vigencia delos contratos, previstos para el Primer Concurso Público Nº001-2008-MDLP, para selección de personal administrativoy obrero contratado y para el Primer Concurso Interno2008, para la selección del personal obrero contratado dela Municipalidad Distrital de La Punta.

Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría General,la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial ElPeruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.

peru.gob.pe) y en el Portal Institucional (www.munilapunta.gob.pe).Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General

la publicación de la convocatoria del Primer ConcursoPúblico Nº 001-2008-MDLP para selección de personaladministrativo y obrero contratado de la Municipalidad enel Diario El Callao.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

WILFREDO DUHARTE GADEAAlcalde

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REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE

NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS

Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomosy Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar

di iti t i l S t d N L l S t E i l

DIARIO OFICIAL

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