Instructivo Elecciones Dignatarios Organismos de Accion Comunal 2008
Accion comunal esc
-
Upload
carlos-lasso -
Category
Documents
-
view
226 -
download
2
description
Transcript of Accion comunal esc
El “EQUIPO SOCIAL COMUNITARIO”, Por el desarrollo de Puerto
Tejada, en concordancia con su misión y obedeciendo a sus
principios, valores y pilares fundamentales se reafirma en la
creencia de que “Una comunidad convenientemente educada y
adecuadamente organizada estará siempre en condiciones de enfrentar su presente y determinar su propio futuro”.
Por lo tanto ,atendiendo a lo anteriormente expresado, como una
contribución a la educación ciudadana y con miras a reforzar una
de las formas básicas de organización y participación comunitaria
como lo es la Acción Comunal, nos permitimos presentar el
siguiente documento a la espera de que sea de ayuda para que
entendamos cada vez mejor la necesidad de nuestra
participación de manera consciente , voluntaria y permanente en
la planificación y el desarrollo de nuestro destino como
comunidad
Por el Desarrollo de Puerto Tejada
227/04/2015
Empezaremos por aclarar los conceptos que
encierran y el alcance que tienen los términos
que conforman la expresión “ Acción
Comunal”, así como la definición desde el
punto de vista de la ley marco de la
actividad según la normatividad colombiana
Por el Desarrollo de Puerto Tejada
327/04/2015
AcciónPalabra que indica que una persona, animal o cosa (material o inmaterial) está
haciendo algo, está actuando (de manera voluntaria o involuntaria, de
pensamiento, palabra u obra), lo que normalmente implica movimiento o cambio
de estado o situación y afecta o influye en una persona, animal o cosa.Hecho, acto u operación que implica actividad, movimiento o cambio y
normalmente un agente que actúa voluntariamente, en oposición a quietud o
acción no física
Qué significa comunal
La primera definición de comunal en el diccionario de la real academia de la
lengua española es común. Otro significado de comunal en el diccionario
es perteneciente o relativo a la comuna. Comunal es también mediano, regular, ni
grande ni pequeño.
Común, del latín commūnis, puede referirse a: ▪ Nombre común ▪ Lo que pertenece
a todos los miembros de una comunidad.
Por el Desarrollo de Puerto Tejada
427/04/2015
(Ley 743 de 2002)
ARTICULO 6°. Definición de acción
comunal. Para efectos de esta ley, acción
comunal, es una expresión social
organizada, autónoma y solidaria de la
sociedad civil, cuyo propósito es promover
un desarrollo integral, sostenible y
sustentable construido a partir del ejercicio
de la democracia participativa en la gestión
del desarrollo de la comunidad.
Por el Desarrollo de Puerto Tejada
527/04/2015
¿QUÉ ES UNA JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL ? (JAC)
Las Juntas de Acción Comunal, JAC, son organizaciones civiles sin ánimo de lucro
integradas por los vecinos de un sector, quienes se dedican a sumar esfuerzos y
recursos para solucionar las necesidades de la comunidad y promover la
participación ciudadana.
Están amparadas en el artículo 38 de la Constitución Política de Colombia, que garantiza el
derecho de libre asociación para el desarrollo de actividades que las personas realizan en
sociedad, y en el artículo 103 de la Carta, según el cual el Estado favorecerá la organización,
promoción y capacitación de las asociaciones profesionales, cívicas, sindicales, comunitarias,
juveniles, benéficas o de utilidad común no gubernamentales, con el propósito de constituir
mecanismos democráticos en diferentes instancias.
Entre las funciones de las JAC está, además, planificar el desarrollo integral y sostenible de la
comunidad, mantener informados a sus vecinos sobre las gestiones del Estado, promover el
desarrollo cultural, recreativo y deportivo de su sector, y actuar con base en los principios de
democracia, autonomía, prevalencia del interés común y la buena fe.
Por el Desarrollo de Puerto Tejada
627/04/2015
A continuación veremos en detalle lo
relativo a la organización de las Juntas
de Acción comunal y su funcionamiento
A la luz de la Ley 743 del 05 de Junio de
2002 y sus decretos reglamentarios.
Por el Desarrollo de Puerto Tejada
727/04/2015
Por el Desarrollo de Puerto Tejada
827/04/2015
QUÉ ES LA ACCIÓN COMUNAL?
Es la actividad organizada de la comunidad,
para buscar soluciones a las necesidades más
sentidas, aprovechando todos los recursos del
medio.
Es el esfuerzo común por el bienestar general
de la comunidad, que integra a sus miembros
despertando sentimientos de unión,
participación y solidaridad.
Por el Desarrollo de Puerto Tejada
927/04/2015
¿QUÉ ES UNA JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL ?
“Es una organización cívica, social y comunitaria de
gestión social, sin ánimo de lucro de naturaleza solidaria
, con personería jurídica y patrimonio propio integrada
voluntariamente por los residentes de un lugar que
aúnan esfuerzos y recursos para por un desarrollo
integral, sostenible y sustentable con fundamento en el ejercicio de la democracia participativa.”
Es una asociación voluntaria para trabajar por el
desarrollo social y económico de la comunidad,
aprovechando todos los recursos.
Una JAC bien organizada, y con buenos líderes que la
orienten, nos enseña a conocer la comunidad y saber cuáles son los problemas y necesidades más urgentes
de resolver.
Por el Desarrollo de Puerto Tejada
1027/04/2015
REQUISITOS PARA SER AFILIADO A LA JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL.
* Ser persona natural
* Residir dentro del radio de acción
* Tener más de 15 años
* No estar impedido
Se entiende por residencia el sitio donde está ubicada la vivienda
permanente o donde ejerce su actividad económica.
Se entiende por impedido, estar afiliado a otra junta de acción
comunal, estar desafiliado o suspendido de cualquier organismo
comunal, desempeñar cargos en la oficinas de acción comunal, en
las dependencias que ejerzan control fiscal sobre organismos
comunales o los que impliquen su jurisdicción y mando en el
Municipio.
Por el Desarrollo de Puerto Tejada
1127/04/2015
ORGANISMOS DE LA JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL
Para un mejor funcionamiento de las juntas de acción comunal, éstas
deben tener varios organismos:
Dirección: Representado por la Asamblea General de afiliados
Administración: Por la mesa directiva
Ejecución: Por los comités de trabajo y el Comité Empresarial.
Control y Vigilancia: Por el Fiscal
Conciliación: Por el comité conciliador
Por el Desarrollo de Puerto Tejada
1227/04/2015
PRINCIPIOS DE LA JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL
Libertad de afiliación y retiro de sus miembros.
Igualdad de derechos y obligaciones
Participación democrática en las deliberaciones y
decisiones
Ausencia de cualquier discriminación, en especial por
razones políticas, religiosas, sociales o de raza.
Por el Desarrollo de Puerto Tejada
1327/04/2015
CUALIDADES DE UN DIGNATARIO
Cuando se eligen dignatarios, se debe pensar en personas que
merezcan la confianza de toda la comunidad por su experiencia,
responsabilidad, honestidad ,voluntad de servicio y capacidad
para:
* Escuchar a los demás.
* Respetar las opiniones de sus conciudadanos.
* Procurar la unión entre las personas de la comunidad.
* Mostrar interés por mejorar y promover la organización.
* Defender los objetivos de la organización por encima de
los intereses particulares.
* Programar sus actividades de trabajo con la comunidad
Por el Desarrollo de Puerto Tejada
1427/04/2015
DIGNATARIOS DE LA JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL
Son dignatarios las siguientes personas :
* Los integrantes de la mesa directiva
* Los coordinadores de los comités de trabajo
* El coordinador del comité empresarial
* Los integrantes del comité conciliador
* El fiscal
* Los delegados a la Asociación comunal de Juntas
Por el Desarrollo de Puerto Tejada
1527/04/2015
DIRECTIVOS DE LA JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL
La mesa directiva está conformada por:
* Presidente * Vicepresidente * Tesorero *Secretario
* Coordinadores de comités de trabajo * Coordinadores del comité empresarial
FUNCIONES
Motivan y promueven la participación de la comunidad en las actividades para dar
cumplimiento al plan de trabajo aprobado por la asamblea general de afiliados.
Estudian y hacen los proyectos de inversión para los programas que va a realizar en la
comunidad.
Elaboran su reglamento interno y aprueban el de cada uno de los comités de trabajo.
Presentan a la Asamblea General los informes y balances de actividades con el visto
bueno del Fiscal
A las deliberaciones de la directiva podrán concurrir todos los afiliados de la junta con
derecho a voz, pero no a voto.
La directiva se reunirá válidamente con la presencia de por lo menos la mitad más
uno de sus miembros, tomará decisiones con no menos de este número de asistentes.
Por el Desarrollo de Puerto Tejada
1627/04/2015
FUNCIONES DEL PRESIDENTE
* Ejercer la representación legal de la junta como tal. Suscribirá
los actos y contratos en representación de la misma y otorgará los
poderes necesarios para la cabal defensa de los intereses de la
comunidad. Según la cuantía y naturaleza de los contratos, el
Presidente se sujetará a las autorizaciones de la Asamblea, Directiva
y/o estatutos
* Por derecho propio, ser delegado ante la Asociación
Comunal de Juntas (ASOCOMUNAL)
* Convocar, a través del Secretario a reuniones de Junta y
Asamblea General de Afiliados.
* Autenticar las actas de la Directiva y firmar la
correspondencia.
* Preparar el orden del día (los puntos por tratar en la directiva y
la asamblea).
* Presidir y dirigir las reuniones de la Junta Directiva
* Ser ordenador de gastos en la cuantía que le señalen los estatutos.* Estar informado de todos los problemas que afectan a la
comunidad y a la junta en particular.
Por el Desarrollo de Puerto Tejada
1727/04/2015
FUNCIONES DEL VICEPRESIDENTE
* Reemplaza al presidente en sus ausencias
temporales o definitivas.
* Por derecho propio, hace parte de los
Comités Empresariales
* Coordina la Gestión de los delegados a la
Asociación y los Comités de Trabajo en el
cumplimiento de sus funciones.
* Comunicarse con sus vecinos buscando
interesarlos en colaborar con programas
comunitario
Por el Desarrollo de Puerto Tejada
1827/04/2015
FUNCIONES DEL TESORERO
* Hacerse cargo, mantener al día y registrar los libros de tesorería e inventarios, anotando
entradas y salidas de fondos y bienes, guardando en orden, firmados y con fecha todos
los comprobantes y recibos.
* Constituir la garantía o la fianza de manejo para responder por los dineros y bienes de la
junta. Esta será cubierta con dineros propios de la junta.
* Firmar conjuntamente con el Presidente y el fiscal los cheques y documentos que
impliquen manejo de dinero o de bienes, previa orden impartida por el órgano o
dignatario competente.
* Rendir a la junta directiva en cada una de sus reuniones y a la asamblea general un
informe detallado del movimiento de tesorería, el cual deber ser aprobado previamente
por el Fiscal.
* Organizar y conservar el archivo que comprende entre otros documentos, los siguientes:
recibos, talonarios, órdenes de pago, chequeras, libro de tesorería e inventarios, etc.
* Responder por los fondos y demás enseres de la junta, excepto cuando se trate de
actividades de economía social, en cuyo caso la responsabilidad se determina en los
contrato de trabajo o en los respectivos reglamentos.
* Abrir y manejar la cuenta bancaria o de ahorros a nombre dela Junta de Acción
Comunal.
* Hacer los pagos que autorice la Asamblea General, la Directiva o el Presidente,
conservando los recibos
Por el Desarrollo de Puerto Tejada
1927/04/2015
FUNCIONES DEL SECRETARIO
* Comunicar la convocatoria a las reuniones de la junta directiva o de la
asamblea general.
* Diligenciar y cuidar los libros de registro de afiliados y de actas, tanto de la
Asamblea como de la junta directiva, registrarlos y entregarlos al secretario que
lo reemplace.
* Organizar, llevar y custodiar el archivo y documentos de la junta
* Recibir, contestar y firmar la correspondencia de su competencia y pasar al
Presidente para firma.
• Leer el orden del día, correspondencia y el acta de la reunión o asamblea
anterior.
* Elaborar las cartas que se ordene por la directiva o la asamblea.
• Registrar en el libro de afiliados los nuevos nombres que voluntariamente
deseen pertenecer.
• Llevar un control de afiliados suspendidos, así como las personas sancionadas
por el comité conciliador.
* Servir de Secretario en las reuniones de la directiva y de la asamblea general.
* Certificar sobre la condición de afiliado de los miembros de la junta.
• Publicar el listado de personas que por diferentes motivos han sido desafiliadas
de la junta.
• Hacer un listado de los comités que tiene la junta y anotar los afiliados que
desean pertenecer a cada uno de ellos.
Por el Desarrollo de Puerto Tejada
2027/04/2015
FUNCIONES DEL FISCAL
* Ejercer el control permanente sobre todos los bienes y fondos de la
junta.
* Firmar conjuntamente con el Presidente y el Tesorero, los cheques y
demás documentos que impliquen egreso de fondos, revisar libros y
comprobantes.
* Rendir informes a la Asamblea y a la Directiva sobre el recaudo,
manejo e inversión de los bienes que formen parte del patrimonio de la junta y
denunciar ante el comité conciliador o ante las autoridades administrativas o
judiciales las irregularidades que se observan en el manejo patrimonial de la
junta.
* Refrendar los balances consolidados que presenta la junta directiva a
la asamblea.
* Asistir a las reuniones de la junta directiva en las cuales tendrá voz pero
no voto.
* Refrendar el cierre del libro de registro de afiliados cuando se
convoque para asamblea general.
Por el Desarrollo de Puerto Tejada
2127/04/2015
LIBROS DE LA JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL
Además de los que autorice la asamblea y de los que señalen en los reglamentos de los comités
empresariales, la junta debe tener los siguientes libros, debidamente registrados ante la entidad
competente:
1. REGISTRO DE AFILIADOS 2. ACTAS DE ASAMBLEA Y DIRECTIVA
3. TESORERÍA 4. INVENTARIOS
El comité conciliador llevará un libro de actas en donde se registran las actas de reunión y los fallos
LIBRO DE AFILIADOS: Es llevado por el Secretario y en él se anotan los nombres y demás datos de
todos los afiliados a la junta. También se registran las sanciones por suspensión y las desafiliaciones.
El libro de afiliados deberá contener, por lo menos, las siguientes columnas.
* Número de orden
* Fecha de inscripción
* Nombres y apellidos del afiliado
* Edad del afiliado
* Número y clase del documento de identidad
* Dirección y teléfono
* Profesión u ocupación
* Comité de trabajo al cual pertenece
* Firma o huella digital del afiliado
* Observaciones
Por el Desarrollo de Puerto Tejada
2227/04/2015
LIBRO DE ACTAS:
En este libro se dejará constancia de los hechos principales de cada
reunión y de las decisiones que se tomen, el número de asistentes y el
resultado de la votación.
A cada reunión debe corresponder un acta y como mínimo deberá
contener los siguientes puntos:
- Número de acta
- Lugar y fecha de la reunión
- Quién ordena la convocatoria
- Número de asistentes y de afiliados o miembros de la directiva, según el
caso.
- Nombre del Presidente y Secretario de la reunión
- Orden del día
- Desarrollo del orden del día y decisiones adoptadas, determinando en
cada caso las votaciones.
- Firma del Presidente y Secretario de la reunión
En este libro se anotarán también las planchas inscritas para cada elección
y el número de orden de los afiliados ausentes de las reuniones de la
asamblea.
Por el Desarrollo de Puerto Tejada
2327/04/2015
REQUISITOS FUNDAMENTALES DE UNA REUNIÓN
1. Tener un Presidente de reunión
2. Tener orden del día aprobado y seguirlo durante la reunión
3. Iniciar la sesión a la hora anunciada
4. Discutir democráticamente y dentro de las normas del reglamento los
asuntos por tratar.
5. Conservar durante todo el tiempo orden en las discusiones.
6. Discutir cada proposición hasta el final, siguiendo el orden de
presentación de las mismas, antes de pasar
a discutir una nueva u otro tema.
7. Procurar que todo informe oral o escrito sea breve y preciso.8. Hacer reuniones cortas, no prolongadas por más de hora y media.
9. Disponer de un lugar cómodo para todos.
Por el Desarrollo de Puerto Tejada
2427/04/2015
MODELO DEL ORDEN DEL DÍA
1. Verificación del quórum (correr lista)
2. Lectura del acta anterior
3. Lectura de comunicaciones y correspondencia.
4. Lectura o presentación de informes
(coordinadores de comités de trabajo,
tesorería y demás directivas.)
5. Presentación de proposiciones.
6. Asignación de tareas.
7. Cierre de la reunión.
NORMATIVA PARA LAS JUNTAS DE ACCIÓN COMUNAL EN COLOMBIA
Por el Desarrollo de Puerto Tejada
2527/04/2015
NORMA TÍTULO
LEY 743 de 2002 Por la cual se desarrolla el artículo 38 de la Constitución Política de Colombia en lo referente a los organismos de acción comunal
Decreto 2350 de 2003 Nivel
Nacional
Señala requisitos para constitución de organismos comunales, afiliados, constitución de varias juntas de acción comunal en un territorio, reconocimiento de personería jurídica, requisitos para afiliarse y para ser delegado del organismo comunal, adecuación de estatutos de los ya constituidos, comisiones de convivencia y conciliación, procedimiento, conciliaciones en equidad, impugnaciones, organismos de impugnación, funciones de entidades de control y vigilancia, registro de organismos, comisiones empresariales, programas de vivienda por autogestión y capacitación comunal.
Decreto 3930 de 2004 Nivel
Nacional
Establece un nuevo término de 6 meses para que los organismos de acción comunal de primero, segundo, tercero y cuarto grado, previamente constituidos a la expedición del Decreto 2350 de 2003, adecuen sus estatutos conforme a lo dispuesto en la Ley 743 de 2002 y su decreto reglamentario.
Por el Desarrollo de Puerto Tejada
2627/04/2015
Por el Desarrollo de Puerto Tejada
2727/04/2015
27/04/2015Por el Desarrollo de Puerto Tejada
28