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A tenor de lo previsto en la Ley 7/97 de 14/4/97)
ILUSTRE COLEGIO TERRITORIAL DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE MLAGA
Baremo de Honorarios Profesionales Orientativos
Este Baremo de Honorarios Profesionales Orientativos del Ilustre Colegio Territorial de Administradores
de Fincas de Mlaga ha sido aprobado en la XLIV Asamblea General Ordinaria de Colegiados, de 20 de
junio de 2008, para el ao 2009.
Sern de aplicacin en la provincia de Mlaga y en la Ciudad Autnoma de Melilla.
NDICE
PREMBULO
CAPTULO PRIMERO - NORMAS GENERALES
CAPTULO SEGUNDO - FINCAS DE PROPIEDAD VERTICAL EN RGIMEN DE ARRENDAMIENTO U OTRO
Arrendamientos, alquiler y contratacin. Gestin y administracin de arrendamientos. Administracin de edificios completos y patrimonios inmobiliarios. Gestin completa de la ITE del edificio. Gestin de subvenciones. Gestin de financiacin. Otras situaciones. Peritacin, tasacin y valoracin de bienes inmobiliarios urbanos y rsticos, o derechos
inmobiliarios de cualquier tipo.
Solares y terrenos de posible calificacin urbana o industrial. Arrendamientos especiales.
CAPTULO TERCERO - FINCAS EN RGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL.
rea econmico-contable y asesora. Servicios bsicos. (SB). rea de Secretara (ST). rea de Gestin y Conservacin (GC). Servicios extraordinarios. Formalizacin de comunidades. Redaccin de Estatutos, Reglamentos, Normas... Impresos de IRPF. Inscripcin o renovacin de ficheros de la Agencia de Proteccin de Datos. Gestin completa de la ITE del edificio. Gestin de subvenciones oficiales. Gestin y control del libro del edificio. Cuaderno bsico de control de seguridad. Desafeccin y venta de elementos comunes. Inscripciones catastrales. Cobro de recibos. Cobro domiciliario. Urbanizaciones, polgonos industriales, mancomunidades y entidades. Expedicin de certificaciones. Control aparatos contadores de suministros. Arrendamiento de zonas, superficies y elementos de copropiedad general.
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Comparecencia en Juzgados y Tribunales. Salida del despacho por cualquier motivo. Placa de prohibicin de aparcamiento. Reclamacin de defectos de construccin. Gestin de prstamos para comunidades. Gestin del cumplimiento de la normativa de Riesgos Laborales. Gestin de la apertura de piscinas de comunidades no administradas. Asistencia a Juntas Municipales de distrito. Control de servicios de domtica en edificios. Gastos suplidos.
CAPTULO CUARTO - ADMINISTRACIN DE FINCAS RSTICAS Y ACTIVIDADES PROFESIONALES
ASIMILADAS.
Administracin y gestin de fincas agrcolas o ganaderas. Arrendamiento de fincas rsticas. Gestin de Forestaciones por abandono de tierras agrarias. Solicitud y gestin de ayudas agrarias. Constitucin y gestin de cotos de caza. Formalizacin y gestin de comunidades de bienes y servicios agrarios y administracin de
comunidades de regantes.
Administracin de huertos familiares.
CAPTULO QUINTO - OTROS SERVICIOS Y GESTIONES DE ADMINISTRACIN ASIMILADOS A LA
ADMINISTRACIN DE PROPIEDAD HORIZONTAL.
Administracin de centros comerciales. Gestin y administracin de comunidades o cooperativas de viviendas. Administracin de entidades de gestin de propiedades a tiempo compartido. Administracin de Conjuntos tursticos. Gestin de la administracin de Asociaciones de Vecinos. Juntas de Compensacin. Gestin de edificios de aparcamientos privados de uso pblico. Gestin de cementerios privados, de personas o animales.
CAPTULO SEXTO - ACTIVIDADES PROFESIONALES ASIMILADAS A LA ADMINISTRACIN DE
PROPIEDAD VERTICAL.
Actividades con legislacin o norma especfica.
CAPTULO SPTIMO - OTRAS ACTIVIDADES Y GESTIONES PROFESIONALES DIRECTAMENTE
RELACIONADAS CON LA PROFESIN.
Intervencin en la compraventa de inmuebles. Gestin de expedientes diversos.
Obtencin de notas simples registrales. Informacin catastral. Tramitacin de licencias y permisos. Tramitacin de ayudas a la rehabilitacin. Asesoramiento directo. Redaccin y presentacin de documentos. Informes para procedimientos especiales. Arbitraje de equidad o mediacin. Liquidacin y gestin del pago de IVA.
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Materia laboral y fiscal de los empleados de la finca. Desplazamientos y pernoctaciones.
PREMBULO
Entre los servicios contenidos en la Carta de Servicios del Ilustre Colegio Territorial de Administradores
de Fincas de Mlaga, est el de establecer un Baremo de Honorarios orientativos para el ejercicio de la
profesin en el mbito de la competencia geogrfica de este Ilustre Colegio. E, igualmente, entre los
derechos de la ciudadana en relacin con los servicios prestados, recogidos en la mencionada Carta de
Servicios, se encuentra el de ser informados de los honorarios orientativos establecidos para la
profesin.
Diversas administraciones pblicas vienen solicitando baremos de honorarios a los distintos Colegios
Profesionales, como es el caso de la Administracin de Justicia para los Informes Periciales, la Consejera
de Hacienda para las Tasaciones Periciales de terceros, la Direccin General de Vivienda para la
Inspeccin Tcnica de Construcciones, etc., por lo que parece necesario que dicho baremo cubra todo el
espectro de actividades de nuestra profesin.
Con la reciente aprobacin oficial de los nuevos Estatutos del Ilustre Colegio Territorial de
Administradores de Fincas de Mlaga, se avanza en el reconocimiento del amplio campo de
competencias de la profesin, por tanto, es tambin obligado traducir esas competencias a la justa
contraprestacin econmica, siendo necesario introducir adems la valoracin de las numerosas y
variadas actuaciones y gestiones que dentro de ese amplio campo de sus competencias realiza el
Administrador Colegiado, muchas de ellas con carcter de acto administrativo aislado.
Por otro lado, la exigencia de servicios por parte de los propietarios de inmuebles, tanto Comunidades de
Propietarios, como propiedades en rgimen de alquiler, administradas por los profesionales
Administradores de Fincas, es cada vez mayor.
Esta exigencia de nuevos y mejores servicios, que lleva consigo una responsabilidad profesional todava
ms elevada, debe ser proporcionalmente retribuida a los profesionales de manera que las nuevas
responsabilidades sean debidamente compensadas econmicamente.
En el mismo sentido, se debe tener en cuenta la elevacin de los costes de los despachos profesionales y
su adecuacin y actualizacin continuada en todos los aspectos, para la prestacin de nuevos y mejores
servicios, que son necesariamente soportados por los profesionales de la administracin de fincas para el
correcto ejercicio de su profesin.
La imprecisin de la legislacin vigente al fijar las funciones del Administrador de Fincas hace que se
confunda por la ciudadana el alcance de las obligaciones profesionales del Administrador al adjudicarle
funciones y tareas que o no se le retribuyen habitualmente o no son de su competencia y
responsabilidad.
A todo ello se suma la atribucin de otras funciones y responsabilidades, tales como las de secretario de
las Comunidades de Propietarios, cuyas tareas se han incrementado notablemente con las ltimas
reformas legales, tareas para las que -si bien est capacitado, y puede desempear legal y
profesionalmente- no es menos cierto la carga extra de trabajo que estas funciones aaden en cada
despacho con independencia del tamao de ste.
Por todo lo expuesto, el Ilustre Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Mlaga ha acordado
adecuar la relacin de servicios profesionales y el baremo orientativo de honorarios que los retribuyen
para el ao 2009, valorando y separando funciones y tareas profesionales para que los clientes puedan
contratar con el profesional de su confianza exclusivamente aqullas que necesiten y estn dispuestos a
pagar y exigir.
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HONORARIOS ORIENTATIVOS PARA LA ADMINISTRACIN DE FINCAS.
CAPTULO PRIMERO
1.- El Baremo de Honorarios profesiona eber entenderse siempre, a efectos de
su aplicacin, como meramente orientativo.
rcibir sus honorarios profesionales, con arreglo al presente
(A tenor de lo previsto en la Ley 7/97 de 14/4/97)
NORMAS GENERALES
les, que se acompaa, d
2.- El Administrador de Fincas Colegiado pe
Baremo, del propietario de la finca administrada, de su mandante o en su caso de la Comunidad de
s honorarios se adaptarn cada ao,
actualizndose de forma automtica, siendo revisados al alza o a la baja con fecha 1 de Enero de cada
Propietarios, que responder de los mismos, y por todo el perodo para el que hubiere sido contratado o
designado, expresa o tcitamente, por la Junta de Propietarios.
3.- En las fincas en rgimen de Propiedad Horizontal, lo
ao en la cuanta que fije el ndice de Precios al Consumo (IPC) general, disposicin o norma que haga
sus veces referido al 31 de Diciembre anterior, o ltimo publicado. Tambin sern revisados y ajustados
a los precios de mercado, de manera permanente y no anualmente, los importes de los gastos y suplidos
a cargo de sus clientes que el Administrador tenga que hacer en el desempeo de su trabajo.
4.- El Baremo de Honorarios Profesionales orientadores deber entenderse teniendo en cuenta la base
de que el Administrador est obligado a realizar exclusivamente las gestiones que resulten de lo
convenido en el contrato de arrendamiento de servicios, mandato expreso, o nota de encargo profesional
que se recomienda otorgar entre el Administrador de Fincas y su cliente o administrado. Las que se
realicen o encarguen fuera del alcance estricto de las clusulas contractuales, bien como nuevas tareas o
bien como meros actos administrativos puntuales, se minutarn aparte, con la necesaria flexibilidad,
conforme a los conceptos y precios que se establecen en el presente baremo orientativo y, en caso de
que el encargo no est incluido, se minutar mediante acuerdo entre el cliente y el Administrador de
Fincas, aplicando las normas que a continuacin se exponen.
CAPTULO SEGUNDO
FINCAS EN PROPIE AMIENTO U OTRO
(De propi acin de
pisos, oficinas, locales, garajes, naves, trasteros, etc.
ual o vertical, el Administrador percibir sus
DAD VERTICAL EN RGIMEN DE ARREND
etario nico o de varios en condominio indiviso). Comprende la gestin y administr
5.- En las fincas en rgimen de propiedad individ
honorarios del Propietario de las mismas, ya sea persona fsica o jurdica, quien responder de su abono
arn exclusivamente en el despacho
profesional del Administrador o en la finca administrada, siempre que exista empleado en la misma que
por todo el perodo para el que hubiere sido contratado o designado, expresa o tcitamente por el
mismo, aplicando las normas que se exponen en relacin a la administracin de los pisos, oficinas,
locales, naves y garajes que compongan el encargo profesional.
6.- Los cobros de los recibos de arrendamientos se realiz
realice el cobro.
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En caso de que dichos cobros se realicen por conducto distinto a lo anteriormente mencionado su costo
ser por cuenta del titular del recibo o, en ltimo caso, de la propiedad.
7.- Gestin del alquiler del inmueble a administrar, incluida seleccin del arrendatario y comprobacin
ador y arrendatario salvo pacto previo en contrario:
ARRENDAMIENTOS, ALQUILER Y CONTRATACION.
de sus circunstancias, percibir por mitad de arrend
8% de la renta anual.
jera de Hacienda de la Junta de Andaluca, se podr percibir de las partes
contratantes, por mitad y salvo pacto previo en contrario, los honorarios segn la siguiente escala:
Hasta 1.000,00 de renta mensual: 150,00
Desde 1.001,00 en adelante de renta mensual: 175,00
Si el administrador es el encargado de la revisin previa del inventario del mobiliario, los honorarios a
Si el administrador es el encargado de la revisin previa y final del inventario del mobiliario, los
Si el administrador es el encargado de la revisin previa del inventario del mobiliario, los honorarios a
Hasta 650,00 de renta mensual: 150,00
Desde 651,00 en adelante de renta mensual: 250,00
Si el administrador es el encargado de la revisin previa del inventario del mobiliario, los honorarios a
Contratos de arrendamiento de industria o negocio: 250,00
Si el administrador es el encargado de la revisin previa del inventario del mobiliario, los honorarios a
or podr percibir los mismos honorarios que los sealados
para el contrato de arrendamiento correspondiente.
8.- Por la redaccin de contrato de alquiler incluso gestin del depsito de la fianza en la Delegacin
Provincial de la Conse
Contrato de vivienda habitual:
percibir se incrementaran en un 15%.
Contratos de arrendamiento de vivienda por temporada: 120,00
honorarios a percibir se incrementaran en un 25%.
Contrato de arrendamiento de viviendas suntuarias: 250,00
percibir se incrementaran en un 15%.
Contratos de arrendamiento de locales, naves industriales, y asimilados:
percibir se incrementaran en un 15%.
Contratos de arrendamiento de plazas de aparcamiento, quioscos y similares: 70,00 .
percibir se incrementaran en un 30%.
Contratos de subarrendamiento: Por la redaccin de contratos de subarrendamiento, o de cesin de
contratos de arrendamiento, el Administrad
-
Clculo de actualizacin de rentas: Por la actualizacin de rentas de fincas, cuya gestin el profesional
no tiene encomendada, se percibir del propietario o arrendador la cantidad de 30 , por vivienda o
local.
redaccin de documentos para: comunicaciones de prrroga, o de subrogacin, preavisos de
Otros documentos relativos a los arrendamientos:
Por la
finalizacin de contrato, etc, relativos a fincas cuya administracin el profesional no tiene encomendada,
ropietario, arrendador o arrendatario, segn el caso,
unos honorarios que no debern ser inferiores a 50,00 .
racin de la finca administrada, percibir sus
honorarios profesionales sobre el importe total de la renta bruta (a excepcin de los impuestos
el Administrador podr percibir de su mandante, p
GESTION Y ADMINISTRACIN DE ARRENDAMIENTOS.
9.- El Administrador Colegiado por la gestin y administ
indirectos) que, por todos los conceptos, produzcan las fincas administradas, teniendo en cuenta la fecha
de edificacin de las mismas, en relacin con la problemtica que plantea la vigilancia en las
10.- Se establece la siguiente escala:
OBRE RECAUDACIN
reparaciones que se producen en caso de averas, revisin de rentas, etc.
Por lo que, para la determinacin de los porcentajes a aplicar en el presente Baremo, se deber tomar
tambin como referencia la antigedad de la finca administrada.
RENTA BRUTA MENSUAL PORCENTAJE S
Hasta 601,01 10 % Hasta 1.202,02 8 % Hasta 1.803,40 7 % Hasta 2.404,00 6 % Hasta 3.005,06 5 % Lo que exceda de 3.005,06 de libre contratacin
La anterior escala se incrementar en un 20% es del 1 de enero de 1965.
DMINISTRACIN DE EDIFICIOS COMPLETOS Y PATRIMONIOS INMOBILIARIOS.
a
compuesto de varios pisos, apartamentos u oficinas se percibirn los mismos honorarios pero
Para el clculo de estos honorarios globales se estar al rendimiento mensual o peridico del patrimonio
en las fincas construidas ant
A
11.- Por la administracin integral de un edificio propiedad de una sola persona fsica o jurdic
aplicndoles una reduccin del 10%.
No obstante lo anterior, para la administracin o gestin integral de un patrimonio inmobiliario, podr
acordarse con la propiedad la percepcin de honorarios en rgimen de iguala.
y, en proporcin al monto total del mismo, se recomienda se perciban los siguientes honorarios, segn
liquidacin mensualizada:
-
ESCALA PORCENTAJE Hasta 1.000,00 de liquidacin 10% del importe liquidado De 1.001,00 a 2.000,00 de liquidacin 9% del importe liquidado De 2.001,00 a 3.000,00 de liquidacin 8% del importe liquidado De 3.001,00 en adelante 7% del importe liquidado
12.- La escala fijada en la norma 10, ser de aplicaci rarios que
perciba el Administrador de la Comunidad, segn lo que dispone el Captulo III, cuando alguno de los
cupantes de dicha Comunidad le encargue adems la administracin de su o de sus propios pisos,
n con independencia de los hono
o
apartamentos y locales que tenga en rgimen de arrendamiento.
el edificio administrado, incluyendo la
contratacin del tcnico competente, se podr percibir: 250,00 .
14.- Gestin de subvenciones.
edificio administrado: 100,00 , ms
13.- Gestin completa de la ITE del edificio.
Por la asistencia profesional a la tramitacin completa a la ITE d
Por la gestin de subvenciones pblicas para la rehabilitacin de un
el 3 % del importe de la subvencin recibida.
15.- Gestin de financiacin.
inanciacin de entidad de crdito para la rehabilitacin de
un inmueble administrado: 100,00 , ms el 0,5 % de la financiacin percibida.
OTRAS SITUACIONES.
con custodia de llaves,
recogida de correo, pago de cuotas de comunidad (en su caso) e impuestos directos (IBI), seguimiento
o la limpieza peridica y las reparaciones de fontaneros, electricistas, albailes,
Por la gestin, en nombre de la propiedad, de f
16.- Gestin de la conservacin de inmuebles administrados no arrendados,
de siniestros, ordenand
cerrajeros, etc.: 30,00 euros mensuales.
17.- Por la asistencia a Juntas de Propietarios en representacin del Propietario de una finca
administrada se debera facturar la cantidad de 100,00 por cada asistencia, si sta se realiza en da y
horario laboral, cantidad que se incrementara un 50 % si aqulla se realizara fuera de horario laboral, y
un 100 % si se realizara en sbado o en da no laborable.
PERITACION, TASACI
Si la asistencia a una Junta de Propietarios lo fuese en representacin del Propietario de una finca no
administrada, los anteriores honorarios se deberan incrementar en un 100 %.
N Y VALORACIN DE BIENES INMOBILIARIOS URBANOS Y RSTICOS, O
El Administrador de Fincas podr ejercitar pericia para, tasar y valorar bienes inmuebles y derechos
DERECHOS INMOBILIARIOS DE CUALQUIER TIPO.
inmobiliarios de cualquier tipo y referidos siempre a su valor en renta, o a su valor de mercado o valor
en venta.
-
18.- Cuando el Administrador sea encargado como tcnico en cuestin, ya sea judicial o
extrajudicialmente, de proceder a la valoracin del precio de arrendamiento del local de negocio,
vivienda, aparcamiento, estudio o similares, debera percibir de la parte interesada y -salvo pacto en
contrario- unos honorarios orientativos ajustados a la siguiente escala.
ESCALA PORCENTAJE Hasta 601,01 10 % De 602,00 a 800,00 9 % De 801,00 a 1.081,82 8 % De 1.081,83 a 1.442,43 7 % De 1.442,44 a 3.005,06 6 % De 3.005,07 a 6.010,12 4 % Lo que exceda de 6.010,12 de libre contratacin
19.- Sobre el valor total de los bienes peri r en venta, los Honorarios a
percibir por la nota de pericia, o informe de valoracin del Profesional de la Administracin de Fincas,
ern valorados orientativamente segn la escala siguiente:
tados y referidos a su valo
s
ESCALA IMPORTE Hasta 30.050,61 270 De 30.050,61 a 60.101,21 330 De 60.101,21 a 90.151,82 390 De 90.151,82 a 150.253,02 450 De 150.253,02 a 300.506,05 540 De 300.506,05 a 601.012,10 631 Ms de 601.012,10 901
A la cantidad resultante debern aplicarse los siguientes ndices co s multiplicadores:
Para viviendas, 1. Para locales comerciales, 1.2.
Para solares, zona urbana, 1.4. montes y caza, forestales, etc., 1.5.
illas de lujo y hoteles, 1.6.
rva urbana y, en general, los que no tengan la condicin de
20 uera del partido judicial donde el
rrectore
Para inmuebles industriales, 1.3.
Para fincas rsticas, Para fincas de recreo, chalets, v Para terrenos urbanizables o rese
rsticos, 2.
.- Cuando las fincas, urbanas o rsticas, a peritar radiquen f
Adm st
de despl etas correspondientes y un 10% de la cuanta que le corresponda.
ini rador de Fincas tenga su despacho profesional, podr aumentar sus honorarios con los gastos
azamiento, di
21.- La Junta de Gobierno del Colegio podr estimar escalas o baremos distintos cuando se trate de
peritaciones especiales para entidades de crdito y ahorro o para sociedades privadas o pblicas y que
por su volumen o circunstancias concretas, puedan suponer una mejora sustancial o de imagen para el
colectivo profesional de los Administradores de Fincas Colegiados. Dictmenes Periciales e Informes
sobre materias relacionadas con la Administracin de Fincas, Propiedad Horizontal, establecimiento de
-
cuotas y mantenimiento y conservacin de bienes inmuebles y, en general, todo lo relativo a la actividad
del Administrador de Fincas Colegiado.
En estos supuestos, los Honorarios a percibir por el Administrador de Fincas sern los pactados con el
cliente y, a falta de tal pacto, se considera que la cantidad a percibir sera de: 500,00 .
SOLARES Y TERRENOS DE POSIBLE CALIFICACIN URBANA O INDUSTRIAL.
o industrial, el
Administrador percibir, en concepto de honorarios, 50,00 mensuales.
ARRENDAMIENTOS ESPECIALES.
tos no sujetos a la Ley de
Arrendamientos Urbanos y no contemplados en apartados anteriores, el Administrador de Fincas podr
sobre la renta bruta anual que produzcan.
iones judiciales.
FINCAS EN RGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL
25.- En las Fincas en rgimen percibir sus honorarios de la
22.- Por la administracin de solares, terrenos de posible calificacin urbana o us
23.- En arrendamientos especiales y de toda clase de arrendamien
percibir unos honorarios de un 5 %
24.- Administraciones Judiciales (Artculo 630 y siguientes de la Ley 1/2000, de 7 de Enero, de
Enjuiciamiento Civil). Participacin en las cantidades liquidadas al Juzgado: 10%. El presente Baremo se
entiende sin perjuicio de las normas legales aplicables en el caso de administrac
CAPTULO TERCERO
de Propiedad Horizontal, el Administrador
Comunidad de Propietarios, la que responder de los mismos. La Administracin de fincas es un servicio
comn expresamente re cia, reiterada y pacfica
en este punto, califica el contrato de servicios de Administracin de fincas, como un contrato de
gulado en la Ley de Propiedad Horizontal. La jurispruden
arrendamiento de servicios y, por tanto, no susceptible de individualizacin.
26.- Debe entenderse que los parmetros que se vienen empleando para el clculo de honorarios, o los
que los sustituyan en un futuro, no tienen relacin alguna en ningn caso con el mtodo de repercusin
de las tarifas de honorarios as calculadas, expresamente en este caso de clientes colectivos como
Comunidades de Propietarios, Comunidades de bienes, etc. Pues son un simple mtodo lgico de
aproximacin a las circunstancias de cada cliente. Siendo recomendable incluso, para una valoracin
econmica ms ajustada, tener en cuenta las horas de trabajo dedicadas a cada tarea o gestin, y los
costes de cada despacho. Por lo que el conocimiento por parte de los clientes, de los mencionados
referentes de clculo, no faculta a stos de ninguna manera para exigir formas individualizadas de
aplicacin de los honorarios tales como repartos, exceptuaciones, etc. distintas de la recogida en el
prrafo primero de este captulo.
Los honorarios a percibir por el Administrador de la Comunidad, aunque se percibirn habitualmente de
forma mensual, se entendern anualizados, por tratarse de un nombramiento de carcter anual, de
acuerdo con lo previsto en el artculo 13.7 de la vigente Ley de Propiedad Horizontal; por lo que, en el
caso de que el Administrador sea removido de su cargo, por la Junta extraordinaria de Propietarios de la
Comunidad, tendr derecho a percibir de la Comunidad los honorarios correspondientes a la anualidad
completa del ejercicio econmico para el que fue nombrado, confirmado, o renovado en su cargo o del
periodo que reste de el, a no ser nicamente que la rescisin del contrato se debiera a causa justa, por
incumplimiento de las funciones por parte del Administrador, por voluntad del mismo o por acuerdo
mutuo entre las partes.
-
27.- Se aplicarn las normas que a continuacin se exponen, en las que se tiene en cuenta el nmero
de viviendas y locales que componen la finca, considerando las plantas difanas de propiedad en un
nmero mnimo de unidades proporcional al de una planta de viviendas:
ervicios bsicos (SB) o mnimos necesarios a contratar por cualquier Comunidad de Propietarios
a) rea econmico-contable y asesora. (Servicios Bsicos) (SB).
S
compuesta de viviendas, naves, locales, oficinas y aparcamientos:
Facturacin y puesta al cobro mediante domiciliacin bancaria de los recibos que por cuotas
e los Propietarios que adopten este
sistema de pago.
ordinarias o extraordinarias fije la Comunidad.
Cobro a travs de la caja del despacho de los recibos d
Custodia de los fondos que se encuentren en su poder, a disposicin de la Comunidad dePropietarios.
Control, reclamacin y gestin amistosa de cobro de los recibos pendientes de pago por cualquier concepto.
e a las normas habituales al respecto.
cin econmica correspondiente al acumulado de ese periodo.
opiedad horizontal cuantas veces sea
b)
A contra ra voluntaria por cualquier Comunidad de Propietarios compuesta de viviendas,
naves, locales, oficinas y aparcamientos.
Este servicio comprende:
torias a juntas tanto ordinarias como extraordinarias.
Asistencia a una junta ordinaria y una extraordinaria al ao, levantando y firmando en calidadta de la sesin, transcribindola al libro y posterior envo de un ejemplar a
todos los Propietarios.
s o
Llevanza al da de la contabilidad por partida doble de la Comunidad mediante la apertura de lamisma conform
Control de gastos y elaboracin del presupuesto anual. Envo peridico de la informa
Ejecucin de acuerdos adoptados por la Junta. Asesoramiento a la Comunidad en materia de pr
requerido.
rea de Secretara (ST).
tar de mane
La confeccin y envo de convoca
de secretario el ac
Redaccin y envo de cuantas circulares, cartas, escritos, solicitudes, apercibimiento notificaciones escritas sea necesario redactar y remitir tanto a Sres. Propietarios como a
proveedores, organismos oficiales, entidades privadas, etc.
Firma de certificados de la situacin de deudas para interposicin del procedimiento judicial que proceda para la reclamacin de deudas.
Firma de certificacin del acuerdo comunitario para el ejercicio de la accin de cesacin por
vecino molesto.
Tenencia y puesta al da de los ficheros de datos tanto informticos como en soporte papel de los Propietarios que componen la Comunidad registrando los cambios tanto de domicilio a
de actas y conservar durante cinco aos las convocatorias, comunicaciones,efectos de notificaciones como de cambios de titularidad de los pisos o locales.
Custodiar el libro
apoderamientos y dems documentos relevantes de las reuniones.
Custodiar el libro de visitas (laboral) de la Comunidad.
Encargado del tratamiento y custodia de los datos a tenor de la L.O.P.D. - Se ha
ce constar que
este servicio supone una carga de trabajo importante y responsabilidad profesional aadida
para el Administrador.
-
c)
Servicios
naves, lo ientos:
ministros, o sustitucin de los mismos, segn los acuerdos
al respecto de la Comunidad, y previamente facultados por sta.
rea de Gestin y Conservacin (GC).
voluntarios a contratar por cualquier Comunidad de Propietarios compuesta de viviendas,
cales, oficinas y aparcam
Contratacin de nuevos servicios y su
Atencin de llamadas o avisos de averas estableciendo lo necesario para solventar la situacin, bien a travs de los distintos servicios tcnicos recomendados por el despacho o a travs de los
que la Comunidad designe como de su confianza.
Valoracin de los inmuebles a efectos de la contratacin de los seguros de riesgo correspondientes.
conservacin y mantenimiento ordinario
28
servicios a 90,00 .
29.- Se
a. Por piso, local o parcela: SB (Servicios Bsicos) - ST (rea de Secretara) - GC (
Seguimiento de siniestros con la compaa de seguros, incluso denuncia a la Polica de actos derobo, vandlicos o malintencionados.
Control administrativo de obras y trabajos de
gestionando presupuestos con los distintos proveedores o tcnicos.
.- Los honorarios a percibir de una Comunidad de Propietarios por la prestacin a la misma de los
bsicos, se aconseja no sean inferiores
establece el siguiente Baremo de Honorarios:
SERVICIOS / Precio mes
rea de Gestin
y Conservacin)
Grupo SB ST GC SB+ST+GC Hasta 50 unidades 5,00 2,00 1,00 7,00 Mas de 50 unidades 4,50 2,00 1,00 6,50
b. 3 reas
(La contratacin de las de servicios -SB, ST y GC- supone una disminucin del coste
para la comunidad de pro
Si la Comunidad dispone
pietario
c. de pisc tarifa ar incrementando laanterior en: 1,00 por Piso o Local. Independientemente de lo anterior, la gestin de la
s).
ina de uso comunitaria, la se calcul
s
Administrador de 50,00 .
Si la Comunidad dispone de instalaci
olicitud de apertura anual de piscina generar unos honorarios nicos anuales para el
d. n centralizada de calefaccin, o agua caliente central, la
e.
30
tarifa se calcular incrementando la tarifa a) en: 0,40 por Piso o Local.
Por cada servicio adicional (Frontn, Tenis, Gimnasio, Sauna, etc) de que disponga la
Comunidad: 50 (en total por cada servicio).
.- En caso de existir garaje o plaza de aparcamiento y/o trastero en la Comunidad, se percibir 1,50
por ca
31.- S icio tres o ms empleados, el Administrador
percibir un 15 % de aumento sobre la escala que le corresponda por aplicacin de la norma
da plaza utilizable.
i la Comunidad de Propietarios tiene a su serv
contemplada en el artculo 29 de este Baremo.
-
32.- Si se trata de un edificio, local o Comunidad destinado a aparcamientos, se percibirn 3,60 por
cada plaza utilizable y/o trastero.
33.- Las Comunidades de Propietarios de destino normal por temporada tendrn un incremento de un
20 % sobre los tipos resultantes de la aplicacin de las normas precedentes, atendidas las especiales
circunstancias que afectan a tales Comunidades.
s del Administrador a las Comunidades de Propietarios se ajustar al34.- La prestacin de los servicio
horario y calendario laboral establecido para la actividad de oficinas y despachos; cualquier actuacin
El Administrador estar obligado a la asistencia a la Junta General Ordinaria de la Comunidad de
fuera de estos lmites devengar a favor del Administrador unos honorarios extraordinarios a convenir
entre las partes.
Propietarios. Esta deber celebrarse dentro del horario y calendario laboral de oficinas y despachos, y
finalizar antes de las 20:30 horas. Cualquier otra Junta no contratada, a la que con carcter
extraordinario tenga que asistir, devengar unos honorarios a convenir entre las partes. No obstante,
orientativamente, se podr entender:
Si la Junta ordinaria se realiza en da laborable pero fuera de los lmites sealados, salvo pacto en contrario, los honorarios a percibir por el administrador sern de 40,00 por cada hora que
la junta se extienda fuera del horario sealado.
Si la Junta extraordinaria se realiza en da laborable dentro del horario laboral, salvo pacto encontrario, los honorarios a percibir por el administrador sern equivalentes al 25 % de una
mensualidad de honorarios, con mnimo de 60,00 .
Si la Junta extraordinaria se realiza en da laborable fuera del horario laboral, los honorarios apercibir por el administrador sern equivalentes al 50 % de una mensualidad de honorarios.
Con un mnimo de 80,00 .
Si la Junta extraordinaria se realiza en sbado o en da no laborable los honorarios a percibirpor el administrador sern equivalentes al 100 % de una mensualidad de honorarios, con un
mnimo de 150,00 euros. A este efecto, se exceptan las Comunidades de temporada por sus
s Delegadas de Entidades Urbansticas no es obligacin del
istencia.
SERVICI
especiales caractersticas.
La asistencia a reuniones de juntas rectoras de Comunidades o Mancomunidades de
Propietarios, o a Comisione
Administrador de Fincas ni debe entenderse la asistencia incluida en los honorarios que se
perciban y, si se contrata la asistencia, siempre ser de lunes a viernes y en horario de oficina.
En todo caso el Administrador podr delegar en persona acreditada de su despacho. Pudiendo
percibir un importe de 150,00 por as
OS EXTRAORDINARIOS NO INCLUIDOS EN LAS TRES REAS DE SERVICIOS GENERALES, Y QUE
SER CONTRATADOS Y RETRIBUIDOS DE FORMA INDEPENDIENTE PARA SALVAGUARDAR EL
DE LA RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ADMINISTRADOR.
rmalizacin de Comunidades de Propietarios. Se e
HAN DE
ALCANCE
35.- Fo ntiende por Formalizacin de la Comunidad,
Celebracin de la primera Junta constituyente de propietarios, levantamiento del acta de sta, el
diligenciamiento del libro de actas, la obtencin del CIF, la apertura en su caso de una cuenta corriente
en la entidad bancaria que la Comunidad designe y la contratacin del suministro de energa elctrica y
agua (estas contrataciones podran extenderse a los servicios de correos y recogida de basura
domstica). La documentacin necesaria para estos trmites deber ser facilitada por la Comunidad o
por la Promotora contratante. Cuando se encargue al Administrador de organizar y formalizar una
Comunidad de Propietarios, tendr derecho a percibir unos honorarios extraordinarios que convendr
con dicha Comunidad, los cuales no debern ser inferiores al duplo de la base de los honorarios fijados
en la norma del artculo 29 o pudindose percibir por una sola vez la suma de 600,00 euros, aparte de
los gastos y suplidos necesarios.
36.- Redaccin de Estatutos de Comunidad, Reglamentos o Normas de Rgimen Interior o Estatutos de
-
Entidad Urbanstica de Conservacin.
Si el Administrador es encargado por la Comunidad de Propietarios o por la Promotora del edificio de
intervenir por su carcter de tal en la preparacin de unos Estatutos de Comunidad, Reglamentos o
Normas de Rgimen Interior o Estatutos de Entidad Urbanstica de Conservacin de una Comunidad de
Propietarios, que administre o vaya a administrar, tendr derecho a percibir unos honorarios
independientes a convenir por tal servicio.
Los honorarios a percibir por este concepto no sern inferiores a 400,00 euros. El momento del devengo
ser contra la entrega al cliente del texto solicitado, sin que el Administrador de Fincas tenga que
esperar a su aprobacin o trmite administrativo de escritura pblica y registro.
37.- Impresos de IRPF.
Cuando el Administrador realice la confeccin de los impresos de pago de IRPF (ingresos trimestrales,
modelo 110), percibir la cantidad de 30,00 al trimestre.
Cuando se efecte la confeccin del modelo resumen anual 190, percibir la cantidad de 50,00 . Estos
importes se podrn prorratear anualmente, aumentando la tarifa 14,17 mensuales.
s en esta norma.
Cuando se encargue al Administrador la declaracin, inscripcin o renovacin de ficheros informticos
En aquellas Comunidades en que solamente correspondan retenciones del propio Administrador, ser
potestativo del mismo el percibir las cantidades especificada
38.- Inscripcin o renovacin de ficheros informticos en la Agencia de Proteccin de Datos.
propiedad de la Comunidad de Propietarios a la Agencia de Proteccin de Datos con periodicidad bianual,
lo que lleva consigo el diligenciamiento de impresos oficiales y su trmite administrativo hasta conseguir
la inscripcin o renovacin, dar derecho a percibir por dicha gestin unos honorarios de 225,00 .
39.- Gestin completa de la ITE del edificio.
40.- Gestin de subvenciones oficiales para la rehabilitacin de los edificios de la Comunidad: 100,00
Por la asistencia profesional a la tramitacin completa a la ITE del edificio, incluyendo la contratacin del
tcnico competente, se podr percibir: 250,00 euros.
ms el 3% de la subvencin recibida.
41.- Gestin y control del libro del edificio. (Para edificaciones con proyecto aprobado a partir de la Ley
del 2000).
Cuando el Administrador sea encargado por la Junta de Propietarios de la Comunidad, del control y
actualizacin del Libro del Edificio, ocupndose de:
ilitar su puesta a disposicin de los organismos y servicios pblicos correspondientes.
c. Realizar en l las anotaciones pertinentes sobre las incidencias en la conservacin del inmueble,
o y de las revisiones preceptivas de los elementos
tcnicos, y la situacin de las labores de mantenimiento y conservacin peridicas obligatorias
ble homologada.
o con
a. La custodia del original o de una copia actualizada del mismo. b. Fac
y el cumplimiento de las inspecciones y revisiones obligatorias.
d. Que contenga las certificaciones del estad
para la Comunidad, realizadas y firmadas por Empresa responsa
e. Presentar en cada Junta anual el plan o programa o calendario de actuaciones, de acuerdlo previsto en el Libro del Edificio para cada periodo.
-
Podr pe
42.- Cu del Libro del
Edifi
Cuando el Administrador sea encargado por la Comunidad de la elaboracin y seguimiento de una
os de seguridad,
plan de evacuacin, ubicacin de los extintores y de las llaves del gas y agua, as como certificaciones
rcibir de la Comunidad por este servicio unos honorarios de 900,00 anuales.
aderno bsico de control de seguridad. (Para edificios no obligados al seguimiento
cio por ser anteriores al precepto legal).
compendiacin documental actualizada y accesible que posibilite controlar los element
del estado y de las revisiones preceptivas de los elementos tcnicos (columnas secas, extintores, control
de incendios, luces de seguridad, elevadores, etc.), podr percibir de la Comunidad por este servicio
unos honorarios de 450 anuales.
43.- Desafeccin y venta de elementos comunes.
Cuando el administrador sea el encargado por acuerdo de la Junta de Propietarios de proceder a la
gestin administrativa de la desafeccin y de la venta de elementos comunes de la finca, as como de la
inscripcin catastral de la modificacin, podr percibir por ello unos honorarios profesionales que se
establecen en el 1 % del importe de la venta.
44.- Inscripciones catastrales.
Inscripcin y actualizacin catastral de modificaciones en las edificaciones de la Comunidad
(rehabilitaciones, desafectaciones, agrupaciones y segregaciones, etc.), que afecten al conjunto. Se
podrn percibir 150,00 por cada uno de estos actos administrativos.
s y hora que se sealen, o en la
finca administrada, siempre que exista empleado en la misma, que realice el cobro.
En caso de que dichos cobros se realicen por conducto distinto a lo anteriormente mencionado, su costo
46.- Cobro de recibos en portera y conserjera.
nto si son ordinarias como extraordinarias, de cualquier naturaleza
e importe que por expreso deseo de la Comunidad, o de cada interesado, se domicilien de pago en la
r o por su
personal, devengarn a favor de este, unos honorarios por gastos de desplazamiento, manipulacin y
45.- Cobro de recibos.
Los cobros de los recibos de cuotas de Comunidad de Propietarios, o recibos de arrendamientos, debern
realizarse en lo posible mediante domiciliacin bancaria, en caso de no ser posible, se realizarn
exclusivamente en el despacho profesional del Administrador en los da
ser por cuenta del titular del recibo.
Los pagos a terceros y proveedores se realizarn en o desde el despacho del administrador.
Los recibos de cuotas comunitarias, ta
portera o conserjera del inmueble, y que deban ser recogidos all por el Administrado
transporte de fondos ajenos, de 0,50 .
Estos honorarios se percibirn por cada recibo y periodo de cobro y sern imputados a la Comunidad que
podr repercutirlos o no a cada interesado. En caso de atraco o robo de todo o parte de los fondos
transportados desde el domicilio de la Comunidad al despacho o entidad bancaria donde deban ser
depositados, el Administrador no responder de los mismos, siendo a cargo de la Comunidad la
suscripcin de una pliza de seguros que cubra este evento.
47.- Cobro domiciliario.
Los servicios especiales de cobro de recibo, en el domicilio del propietario correspondiente, supondrn
-
unos honorarios de 15,00 euros por cada gestin de cobro.
48.- Urbanizaciones, polgonos industriales, mancomunidades y entidades.
En la Administracin de Urbanizaciones y Polgonos Industriales, que no se rijan por la Ley de Propiedad
Horizontal, sern de aplicacin los honorarios que se establecen en el artculo 29 de este Baremo.
Se entiende, a los efectos de ste Baremo, por Mancomunidad a la agrupacin de varias Comunidades
o cuando se cuente con
elementos comunes a varias comunidades o existan servidumbres entre las mismas.
l artculo 29 del
presente Baremo.
b. Si por acuerdo adoptado en Junta General de la Mancomunidad los recibos se efectan a cada
de Propietarios independientes, que as lo acuerden libremente, as com
a. Cuando la Mancomunidad cuente con presupuesto independiente, realice cobros y pagos ycelebre reuniones peridicas, debiendo el Administrador efectuar la libranza de recibos a cada
comunero, se percibirn de la Mancomunidad los honorarios establecidos en e
una de las Comunidades que constituyen dicha Mancomunidad y no a los copropietarios en
c.
forma individual, se tendr en cuenta el nmero de recibos para determinar el importe de los
honorarios, con aplicacin igualmente del artculo 29 del presente Baremo.
En todo caso, los honorarios a percibir de la Mancomunidad no sern inferiores a 200,00
mensuales.
d. Idntica aplicacin a la recogida en este apartado, se efectuar respecto a las EntidadesUrbansticas Colaboradoras de Conservacin.
pedicin de las certificaciones a que hace referencia el artculo 9, 1 E) de 49.- Ex la vigente Ley de
Propieda
Por la ex
Ley de P ad que asume el profesional con la firma de las
mismas, y la trascendencia legal de este documento, los Honorarios Orientativos a percibir por el
d Horizontal.
pedicin de las certificaciones a que hace referencia el artculo 9, 1, apartado E), de la vigente
ropiedad Horizontal, en base a la responsabilid
Administrador de Fincas, en funciones de Secretario de la Comunidad de Propietarios, sern de treinta y
cinco euros (35,00 ) ms el I.V.A. correspondiente, debiendo satisfacer este importe el transmitente
del bien inmueble, salvo pacto en contrario.
respondiente facturacin: 2,00 .
divisionarios, facilitadas por la Comunidad, por
lectura de personal empleado de sta, por cada recibo facturado y emitido 1,00
51.- Arrendamiento de zonas, superficies y elementos de copropiedad general (antenas de telefona
ro, locales, etc.).
esponda (IVA y md.
184), ste podr percibir de la Comunidad unos honorarios equivalentes al 2% de la renta bruta
50.- Control de aparatos contadores de suministros.
Lectura y facturacin de contadores de agua divisionarios por parte del despacho del Administrador.
Por cada lectura y por contador ledo y su cor
Por la facturacin de lecturas de contadores de agua
mvil, anuncios luminosos y no luminosos, azoteas, terrazas, viviendas de porte
En los casos de que se encargue al Administrador la gestin completa de este tipo de servicio, total o
parcialmente, incluyndose el diligenciamiento de la documentacin fiscal que corr
producida por ese elemento comn, no debiendo ser inferior a: 30,00 mensuales por cada elemento.
52.- Comparecencia en Juzgados y Tribunales por mandato del cliente o necesidad de la Comunidad:
-
Por los desplazamientos y actuaciones ante Juzgados y Tribunales en cualquier tipo de gestin ointervencin a favor del cliente distinto de las contratadas con la propia Comunidad de
Propietarios administrada, el Administrador Colegiado podr percibir en concepto de honorarios
la cantidad de 90,00 euros por cada hora empleada, recomendndose que la cantidad a percibir
por cada intervencin no sea inferior a 120 .
s
ante la administracin de justicia por impago de cuotas a la Comunidad de Propietarios por el
El Administrador como tal no estar obligado a la redaccin o presentacin de las demanda
procedimiento monitorio pero, si fuese encargado y expresamente facultado por la Comunidad
de dicha gestin, recibir por la redaccin y presentacin de cada procedimiento, la cantidad de
90,00 .
53.- Sa
el cliente, y para cualquier otra gestin no contemplada en este Baremo, podr
lida del despacho por cualquier motivo.
La salida del despacho por cualquier motivo ajeno a las gestiones contratadas y en inters y
beneficio d
devengar unos honorarios por cada salida de: 60,00 euros, por cada hora empleada,
recomendndose que la cantidad a percibir en este concepto por cada desplazamiento no sea
inferior a 90 .
neficio del cliente sern abonados por ste, segn la Los costes de los desplazamientos en be siguiente tarifa: Traslados fuera de la localidad: 15 , hasta 15 km; 30 , hasta 30 km y 10 ,
a partir de 30 km, por cada 10 km.
ca de prohibicin de aparcar para garajes y aprovechamientos de vado permanente.
se encargue al A
54.- Pla
Cuando dministrador la gestin de la placa ante los servicios municipales, se podr
perc p
55.- Pr lamacin a Promotoras y Constructoras de defectos de
construccin.
Por la gestin de los procedimientos de reclamacin administrativa, y los requerimientos previos a los
dministrador podr percibir unos honorarios nicos de
ibir or este concepto la suma de: 100,00 .
ocedimientos Administrativos de rec
procedimientos judiciales, incluso ante los organismos pertinentes de la Administracin Pblica
(exceptuando a la Administracin de Justicia), el A
100,00 .
de prstamos para Comunidades: Por la gestin en nombre de la Comunidad, de
financiacin de entidad de crdito para la rehabilitacin de un inmueble administrado podr percibir po
56.- Gestin
r
ello unos honorarios nicos de: 100,00 ms el 0,5 % de la financiacin percibida.
57.- Gestin del cumplimiento de la normativa de Riesgos laborales.
Cuando el Administrador sea encargado de gestionar el cumplimiento de la normativa de prevencin de
realice para una Comunidad de
Propietarios no administrada, esta gestin podr generar, para el Administrador, unos honorarios nicos
59.- Asistencia a Juntas Municipales de Distrito.
riesgos laborales, podr percibir por ello unos honorarios nicos de 50,00 .
58.- Gestin de la apertura de piscinas de Comunidades no administradas.
Cuando la gestin de la solicitud de apertura anual de piscina se
por cada gestin anual de 160,00 .
-
Cuando el Administrador sea encargado por una Comunidad de Propietarios, una Asociacin de vecinos,
una Entidad urbanstica, etc. de representarla ante la Junta Municipal de Distrito, asistiendo bien ante el
60.- Control de los servicios de Domtica en los edificios.
Cuando el Administrador sea encargado de controlar administrativa e informticamente los servicios de
61.- Gastos suplidos.
En los Honorarios Orientativos indicados en el presente Baremo no figuran incluidos los gastos suplidos,
.- Administracin y gestin de fincas agrcolas o ganaderas.
Participacin en los beneficios como tales el importe de las
subvenciones percibidas): 5%.
O un fijo las horas
minutables, con ca os, el 50 % antes
pleno de la Junta Municipal bien en las comisiones de trabajo, o bien en reuniones con los responsables
Municipales del Distrito, podr percibir por cada asistencia, unos honorarios de 90,00 .
conservacin de las instalaciones de domtica de los edificios de la Comunidad, podr percibir por ello,
adems de su honorarios por la administracin de la Comunidad de Propietarios, unos honorarios
mensuales adicionales de libre contratacin, en razn al tiempo de dedicacin a esta actividad.
que el Administrador de Fincas deber cargar peridicamente a la Comunidad tales como fotocopias,
franqueo de correspondencia, mensajera, gastos de material de oficina y otros que, en todo caso, sern
por cuenta del cliente. Dicha relacin de suplidos es meramente enunciativa y no exhaustiva, por lo que
se estar al respecto a las necesidades y peticiones de cada Comunidad en cada momento.
CAPTULO CUARTO
ADMINISTRACIN DE FINCAS RSTICAS, Y ACTIVIDADES PROFESIONALES
ASIMILADAS A LA ADMINISTRACIN DE FINCAS RSTICAS
62
de la finca antes de impuestos (incluido
anual a concertar proporcional a las tareas y responsabilidades asumidas, y
rgo al ao agrcola que comienza o en curso, devengado en dos plaz
del 31 de Octubre de cada ao y el otro 50 % antes del 31 de Agosto del siguiente a la terminacin del
ao agrcola.-
Ms un fijo anual por el 7 % del importe de la estimacin de los honorarios brutos anuales para gastos
de difcil justificacin, a percibir en Octubre de cada ao con cargo al ao agrcola que comienza o en
curso.
63.- Arrendamiento de fincas rsticas.
habitacin, Aparcera, Aprovechamiento de la Caza, Aprovechamiento de pastos, etc.: 120 .
Cobro y actualizacin de rentas de arrendamiento rstico: 5% de la recaudacin bruta.
Ms el 3 % del importe bruto del total de las subvenciones gestionadas y percibidas por el ao agrcola
inmediato anterior, devengado y regularizado con fecha anterior al 31 de enero siguiente.
Contratos: Redaccin de contratos de Arrendamientos rsticos, Aprovechamiento de Casa-
64.- Gestin de Forestaciones por abandono de tierras agrarias. 20 por Ha. a reforestar, ms el 3%
del importe de la subvencin. Se aconseja no percibir por esta gestin un fijo de menos de 150 .
-
65.- Solicitud y gestin de cupos agrcolas, derechos de cultivos y ayudas y subvenciones agrarias.
Dire
275 , y
66.- Constitucin y gestin de Cotos de Caza.
ayor:
Contratacin, creacin y registros: 1.500,00 .
Cotos de Caza menor:
de bienes y servicios agrarios, y Administracin de
ctamente o gestionados a travs de Asociaciones de Agricultores y Ganaderos: Honorarios nicos de
en lo que no se encuentre expresamente encuadrado en esta norma de libre contratacin.
Cotos de Caza m
Gestin de Sociedades de Caza mayor: 350 mensuales, ms 16 por socio.
Contratacin, creacin y registros: 750,00 .
Gestin de Sociedades de Caza menor: 180 mensuales, ms 8 por socio.
67.- Formalizacin y gestin de Comunidades
Comunidades de Regantes.
Formaliz
Adm st
administ
68.- Administracin de Huertos Familiares.
nsuales por parcela.
TIONES DE ADMINISTRACIN
ASIMILADOS A LA ADMINISTRACIN DE PROPIEDAD HORIZONTAL
Participacin en los beneficios antes de impuestos: 5%.
70.- Gestin y Administracin ndas, que autopromocionen su
propio inmueble en rgimen de Comunidad.
Unos Por cada certificacin de obra ejecutada se percibir del importe bruto de la misma el 10%.
71.- Administracin de Entidades de gestin de propiedades a tiempo compartido (aprovechamiento
72.- Administracin de Conjuntos Tursticos.
Honorari
acin de la Comunidad: 375 .
ini racin de la Comunidad: 7 mensuales por comunero. Se aconseja no percibir por la gestin y
racin de este tipo de Comunidades menos de 65 mensuales.
Unos honorarios de 15 me
CAPTULO QUINTO
OTROS SERVICIOS Y GES
69.- Administracin de Centros Comerciales.
de Comunidades o Cooperativas de vivie
honorarios por las gestiones iniciales de 750 .
por turnos).
Honorarios de libre contratacin, se aconseja valorar y minutar las horas dedicadas.
os de libre contratacin, se aconseja valorar y minutar las horas dedicadas.
73.- Gestin de la administracin de Asociaciones de Vecinos.
-
Constitucin de la Asociacin de vecinos (incluyendo la inscripcin en los registros Municipal y Autonmico): Podr devengar unos honorarios profesionales para el administrador nicos de
Por la Administracin de la Asociacin, se aconseja no percibir menos de 50 mensuales.
74.- Juntas de Compensacin.
Por razn de su formacin y experiencia, el Administrador Colegiado est plenamente capacitado para
Compensacin en calidad de:
ia puntual a Juntas de compensacin en representacin de parte.
Los honorarios a percibir por el Administrador Colegiado por su intervencin o participacin en las
ma, se establecern mediante la libre contratacin.
Honorarios de libre contratacin. Se aconseja valorar y minutar las horas dedicadas.
76 e libre contratacin, se
acon ja
CAPTULO SEXTO
ACTIVIDADES PROFESIONALES ASIMILADAS A LA ADMINISTRACIN DE PROPIEDAD
Agencias de Fomento del Alquiler. Agente Colaborador de la Sociedad Pblica de Alquiler. Gestin de la Conservacin de Barriadas o Conjuntos Urbanos de Titularidad Pblica. Administracin de propie isin Liquidadora de Entidades
250 .
prestar sus servicios profesionales en los rganos de las Juntas de
Secretario de Juntas de Compensacin. Participacin en Juntas de Compensacin, en representacin de parte.
Asistenc
actividades recogidas en esta nor
75.- Gestin de Edificios de aparcamientos privados de uso pblico.
.- Gestin de Cementerios privados de personas o animales. Honorarios d
se valorar y minutar las horas dedicadas.
VERTICAL
77.- Actividades con legislacin o norma especfica.
dades inmuebles de la C.L.E.A. (Com
Aseguradoras).
Agente Urbanizador.
rn los dispuestos en las normas legislativas,
urbansticas o de concurso, especficas para cada caso, y en lo no dispuesto mediante la libre
cont
CAPTULO SPTIMO
ACTIVIDADES Y GESTIONES PROFESIONALES
DIRECTAMENTE RELACIONADAS CON LA PROFESIN
Administracin de lotes de inmuebles de embargos judiciales bancarios.
Los honorarios a percibir por estas actividades se
ratacin.
OTRAS
78.- Intervencin en la Compraventa de Inmuebles.
-
Cuando el Administrador reciba de sus clientes el encargo de vender inmuebles propiedad de stos
podr percibir, por la gestin perfeccionada, unos honorarios del 5 % del valor del inmueble. Esta
estin, que excede la mera intermediacin comercial entre vendedor y comprador, deber incluir,g
adems el asesoramiento profesional previo al vendedor, o a ambas partes en su caso, as como el
seguimiento de la operacin h n el pago de las cantidades
pactadas, y la entrega de las lla ser de libre pacto.
Si el encargo del clien pra de un inmueble a
favor de aqul, los hon gestin sern del 2%
del valor del inmueble adquirido por su mandante.
Cuando el Administrador sea encargado por un cliente de redactar el contrato privado de compraventa
asta el perfeccionamiento de la misma co
ves de los inmuebles. Cualquier otra opcin
te requiriese la intermediacin del Administrador en la com
orarios que el profesional colegiado podr percibir por esta
de un inmueble, podr percibir por este servicio unos honorarios de 120,00 . Si la firma del contrato
debiese realizarse en el despacho del Administrador, y la exposicin y asesoramiento sobre el mismo a
las partes, realizarla el propio Administrador, podr percibir por este acto unos honorarios
independientes de los de la redaccin del contrato de 125,00 .
Si el documento a redactar es un recibo de arras o seal, el Administrador podr percibir unos
honorarios no inferiores a 60,00 .
dr percibir por este acto, unos honorarios del 0,5 %
del importe de la financiacin.
Cuando el Administrador sea encargado por un cliente de gestionarle la financiacin hipotecaria en
entidad de crdito de la compra de un inmueble, po
Para el clculo de los honorarios que puedan corresponder en todas la dems gestiones relativas a la
compraventa de inmuebles, tales como comprobacin de registros, cancelaciones de hipotecas y
condiciones resolutorias, levantamiento previo de embargos, encargos a notaras y acompaamiento
presencial al cliente a stas, clculo de plusvala municipal (IMIVT), autoliquidacin de impuestos,
registro de escrituras pblicas, cambio de titular del IBI, etc., sern de aplicacin las normas de este
79.- Gestin de expedientes diversos relativos a bienes inmuebles.
uina Econmica, etc. los honorarios a percibir por su actuacin sern de
libre contratacin.
Baremo que se refieran a ellas, y en las que no, sern de libre contratacin.
Cuando el Administrador sea encargado por su mandante de la gestin de expedientes de Tercera de
dominio, de Segregacin, de R
80.- Obtencin de notas simples registrales.
Tanto si son gestionadas por va telemtica (Internet) o directamente en el registro de la propiedad, con
independencia de los honorarios del Registrador de la Propiedad, por cada nota: 10,00 euros.
81.- Informacin catastral.
La solicitud y obtencin de informes, cdulas, o certificaciones catastrales individuales para comuneros y
propietarios administrados, por parte del Administrador, podr devengar unos honorarios a favor de ste
de 30,00 por cada una. Igualmente, la inscripcin catastral de la segregacin o separacin de una
finca de un propietario individual, podr devengar a favor del administrador unos honorarios de 30,00
por unidad de finca resultante.
82.- Tramitacin de licencias y permisos.
rcibir unosPor la tramitacin de licencias y permisos de carcter urbanstico, el Administrador podr pe
honorarios no inferiores a 90,00 .
-
83.- Tramitacin de ayudas a la rehabilitacin privada individual.
el despacho, en relacin con el mbito de actuacin profesional del
Administrador de fincas: Se aconsejan unos honorarios no inferiores a: 36,00
La tramitacin de documentacin relativa a gestionar ayudas econmicas a la rehabilitacin privada
(individual), de viviendas, devengar unos honorarios profesionales a cargo del interesado, no de la
Comunidad, del 3% de la cantidad solicitada.
84.- Asesoramiento directo en
/hora, y 18,00 por
fraccin de exceso de hasta 30 minutos.
85.- Redaccin y presentacin de documentos.
Redaccin de documentos: redactar documentos en materia deCuando el Administrador sea encargado por un cliente de
su competencia, tales como cartas, requerimientos, informes, solicitudes, memoradums,
certificaciones, etc., no contemplados en ninguno de los apartados anteriores de este Baremo, y
de contenido o razn distinta de la incluida en su caso en los conceptos previamente
contratados, para ser enviados o presentados a personas o entidades o a cualquier organismo
de la Administracin pblica, el Administrador podr percibir por cada documento unos
honorarios que no deberan ser inferiores a: 50,00 . Se entiende que este importe se vera
incrementado en su caso con el de los gastos de envo del documento.
Presentacin de escritos, instancias y otros documentos ante organismos pblicos:Cuando el Administrador sea encargado por un cliente de presentar, ante cualquier organismo
de la Administracin pblica, modelos cumplimentados o documentos de ndole administrativo,
y de contenido o razn distinta de la incluida en su caso en los conceptos habituales
contratados, podr percibir por cada presentacin unos honorarios de: 30,00 .
formes para procedimientos especiales.
el Administrador sea requerido para evacuar informes y testimonios sobre rendimientos de
muebles en procesos judiciales de incapacitacin, podr percibir unos honorarios de 250,00 .
bitraje de equidad o mediacin para la solucin amistosa de conflictos en el mbito del campo
cin de los administradores de fincas.
86.- In
Cuando
bienes in
87.- Ar
de actua
Salvo pacto en contrario, los rbitros se pronunciarn -previamente al comienzo de su actuacin- sobre
las costa
honorari
s del arbitraje, que incluirn los gastos y honorarios de los rbitros y, en su caso, los gastos y
os de los defensores o representantes de las partes, el coste del servicio prestado por la
instituci estableciera e
intermediara en un futuro este servicio), y los dems gastos originados en las actuaciones arbitrales.
su caso, podrn exigir a las partes las provisiones de
fondos que estimen necesarias para atender a los honorarios y gastos de los rbitros y a los que puedan
A falta de provisin de fondos por las partes, los rbitros podrn suspender o dar por concluidas las
Si dentro del plazo establecido para el pago alguna de las partes no ha realizado su provisin, los
n administradora del arbitraje si existiese (el Colegio de Administradores si este
Tanto los rbitros como la institucin arbitral, en
producirse en la administracin del arbitraje.
actuaciones arbitrales.
rbitros, antes de acordar la conclusin o suspensin de las actuaciones, lo comunicarn a las dems
partes, por si tuvieren inters en suplir la provisin dentro del plazo que se les establezca:
Independientemente de los gastos que pueda fijar por su intervencin la institucin arbitral (el Colegio)
en su momento, se recomienda que el profesional Colegiado, en su calidad de rbitro, perciba unos
honorarios a abonar salvo pacto en contrario a partes iguales entre las partes que soliciten su
intervencin, segn el siguiente baremo orientativo:
-
Cuanta de la Controversia Honorarios rbitro Sin cuanta 90,00 Hasta 3.000,00 100,00 De 3.001,00 a 10.000,00 225,00 De 10.001,00 a 50.000,00 450 De 50.001,00 a 100.000,00 775,00 Mayor de 100.000,00 1.450,00
88.- Albacea y/o Contador-Partidor.
Por su condicin de experto inmobiliario, el Ad puede ofrecer a sus clientes
nte, en el caso de que el patrimonio inmobiliari e destacable de la masa
ad de prestarles estos servicios cuyo ca andato, valoracin, custodia y
la formacin y actividad del profesional Colegiado. Se podr percibir
% de la masa hereditaria.
de IVA.
rgado de realizar la liquidacin y de impuestos (IVA),
por cada liquidacin peridica: 60,00 euros.
90.- Materia laboral y fiscal de los empleados de la finca.
No ser obligacin del Administrador la tramitacin, gestin y confeccin de la documentacin en
ministrador de fincas
fundamentalme o sea una part
hereditaria, la posibilid
liquidacin, se ajustan
rcter de m
plenamente a
unos honorarios equivalentes al: 5
89.- Liquidacin y gestin del pago
Si el administrador es el enca la gestin del pago
materia laboral y fiscal de los empleados que tenga a su servicio la finca administrada. En caso de que la
Comunidad le encargue esta funcin, podr subcontratar con una asesora externa este trabajo. Si la
Comunidad paga la asesora laboral no se percibir nada por ello; en caso contrario, el Administrador
podr facturar por este concepto la suma de: 60,00 euros mensuales.
91.- Desplazamientos y pernoctaciones.
Cuando por razones de su cometido profesional el Administrador necesite desplazarse a localidad distinta
de su residencia tendr derecho a percibir una compensacin econmica de 0,40 por Km recorrido, si
es en su vehculo particular, y si es en medio pblico de transporte -ya sea avin, ferrocarril o autobs-
ser mediante billete de clase preferente. Las pernoctaciones se harn en hoteles de cuatro estrellas y la
tenedores. pensin alimenticia ser completa y en restaurantes de tres
92.- Los precios contemplados en este baremo de honorarios sern incrementados por el IVA al tipo
vigente en cada momento y retenidos, en su caso, con el porcentaje sobre el IRPF que corresponda.
93.- Para la determinacin de los honorarios de cualesquiera otros servicios competencia del
Administrador de Fincas Colegiado, no contemplados en el presente Baremo, se estar en lo posible a la
asimilacin con la norma ms semejante, y en que no sea posible a la libre contratacin.