4. ampas y centros educativos 2014 05-02

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AMPAS Y CENTROS EDUCATIVOS Fernando López Tapia 2 de mayo de 2014

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AMPAS Y

CENTROS EDUCATIVOS

Fernando López Tapia

2 de mayo de 2014

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1. LAS ASOCIACIONES DE PADRES Y MADRES COMO EXPRESIÓN DE UN DERECHO FUNDAMENTAL: DERECHO

DE ASOCIACIÓN.

 

2. PERSONALIDAD JURÍDICA DE LA ASOCIACIÓN: SUJETO DE DERECHOS

Y OBLIGACIONES.

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 3.1. Genérica. Asociaciones.

 Constitución. (Art. 22)

“1. Se reconoce el derecho de asociación.

3. Las asociaciones constituidas al amparo de este artículo deberán inscribirse en un registro a los solos efectos de publicidad.

4. Las asociaciones solo podrán ser disueltas o suspendidas en sus actividades en virtud de resolución judicial motivada.

3. REGULACIÓN

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Ley Orgánica 1/2002, reguladora del derecho de asociación.

Estatutos. Contenido.

Inscripción en el Registro de Asociaciones.

3. REGULACIÓN

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3.2. Sectorial. Asociaciones de padres.

 Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (Art. 5)

1. Los padres de alumnos tienen garantizada la libertad de asociación en el ámbito educativo.

2. Las asociaciones de padres de alumnos asumirán, entre otras, las siguientes finalidades:

3. REGULACIÓN

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a) Asistir a los padres o tutores en todo aquello que concierne a la educación de sus hijos o pupilos.

b) Colaborar en las actividades educativas de los centros.

c) Promover la participación de los padres de los alumnos en la gestión del centro.

3. REGULACIÓN

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 3. En cada centro docente podrán existir asociaciones de padres de alumnos integradas por los padres o tutores de los mismos.

4. Las asociaciones de padres de alumnos podrán utilizar los locales de los centros docentes para la realización de las actividades que les son propias, a cuyo efecto, los directores de los centros facilitarán la integración de dichas actividades en la vida escolar, teniendo en cuenta el normal desarrollo de la misma.

3. REGULACIÓN

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5. Las Administraciones educativas favorecerán el ejercicio del derecho de asociación de los padres, así como la formación de federaciones y confederaciones.

6. Reglamentariamente se establecerán, de acuerdo con la Ley, las características específicas de las asociaciones de padres de alumnos”.

3. REGULACIÓN

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3.3. Territorial.

 Decretos de las Comunidades Autónomas.  Inscripción en el Censo de AMPAs.

 

3.4. Asociada a su actividad y funcionamiento.

 Protección de datos personales.  Actividades.  Contabilidad y fiscalidad.

 

3. REGULACIÓN

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4. AMPAS y Centros

Centros públicos y centros privados.

Modo de participación estructurada

Actividades relacionadas con el Centro.

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5. AMPAS y participación social

Sistema educativo.

Familia.