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PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE BAR-CAFETERIA EN EL ORGANISMO AUTONOMO MUNICIPAL “PALAU DE LA MUSICA, CONGRESOS Y ORQUESTA DE VALENCIA”. ÍNDICE DISPOSICIONES GENERALES........................................................................................................ 1 .- OBJETO DEL CONTRATO: ........................................................................................................ 1 .- NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER MEDIANTE EL CONTRATO:............... 1 .-RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO, DOCUMENTOS QUE TIENEN CARÁCTER CONTRACTUAL Y JURISDICCIÓN: ................................................................................................. 2 .- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: ................................................................................................ 2 .- PRECIO DEL CONTRATO: ......................................................................................................... 3 .- ANUALIDADES EN QUE SE DISTRIBUYE: ............................................................................... 3 APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: .............................................................................................. 3 .- REVISION DE PRECIOS: ........................................................................................................... 4 .- DURACION DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCION:.......................................................... 4 10ª.- GARANTÍA PROVISIONAL: ...................................................................................................... 5 11ª.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR:........................................................................................... 5 12ª.- CLASIFICACIÓN DE LOS LICITADORES: ................................................................................. 5 ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. ................................................................................................. 6 13ª.- PROCEDIMENTO DE ADJUDICACIÓN: .................................................................................. 6 14ª.- CRITERIOS DE VALORACIÓN:................................................................................................ 6 15ª.- PLAZO Y PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES: ........................................................ 8 16ª.- MESA DE CONTRATACIÓN: .................................................................................................. 15 17ª.- CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL:........................................................ 16 18ª.- APERTURA DE PROPOSICIONES. PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. RENUNCIA Y DESISTIMIENTO:............................................................................................................................. 16 19ª.- CLASIFICACIÓN DE LAS PROPOSICIONES, ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN AL LICITADOR CUYA OFERTA RESULTE LA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA: ...................................................................................... 17 20ª.- CONSTITUCION DE LA GARANTÍA DEFINITIVA:................................................................. 19 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.............................................................................................. 19 21ª.- PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO: ......................................................... 19 EJECUCIÓN DEL CONTRATO ....................................................................................................... 20 22ª.- OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA: ........................................................... 20 23ª.- OBLIGACIONES ESPECIALES DEL CONTRATISTA:........................................................... 21 24ª.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN: ................................................ 26 25ª.-SUBROGACIÓN DEL PERSONAL QUE ACTUALMENTE SE HAYA ADSCRITO AL SERVICIO Y DERECHO DE HUELGA: ........................................................................................... 26 26ª.- FORMA DE PAGO: ................................................................................................................. 27 27ª.-CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN ........................................................................ 27 28ª.- INTERESES DE DEMORA: ..................................................................................................... 27

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PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QU E HA DE REGIR EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE BAR-CAFETERIA EN EL ORGANISMO AUTONOMO MUNICIPAL “PALAU DE LA MUSICA, CONGRESOS Y ORQUESTA DE VALENCIA”.

ÍNDICE

DISPOSICIONES GENERALES ........................... ............................................................................. 1

1ª.- OBJETO DEL CONTRATO: ........................................................................................................ 1

2ª.- NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER MEDIANTE EL CONTRATO: ............... 1

3ª.-RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO, DOCUMENTOS QUE TIENEN CARÁCTER CONTRACTUAL Y JURISDICCIÓN: ................................................................................................. 2

4ª.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: ................................................................................................ 2

5ª.- PRECIO DEL CONTRATO: ......................................................................................................... 3

6ª.- ANUALIDADES EN QUE SE DISTRIBUYE: ............................................................................... 3

7ª APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: .............................................................................................. 3

8ª.- REVISION DE PRECIOS: ........................................................................................................... 4

9ª.- DURACION DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCION:.......................................................... 4

10ª.- GARANTÍA PROVISIONAL: ...................................................................................................... 5

11ª.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR:........................................................................................... 5

12ª.- CLASIFICACIÓN DE LOS LICITADORES: ................................................................................. 5

ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. ........................ ......................................................................... 6

13ª.- PROCEDIMENTO DE ADJUDICACIÓN: .................................................................................. 6

14ª.- CRITERIOS DE VALORACIÓN: ................................................................................................ 6

15ª.- PLAZO Y PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES: ........................................................ 8

16ª.- MESA DE CONTRATACIÓN: .................................................................................................. 15

17ª.- CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL:........................................................ 16

18ª.- APERTURA DE PROPOSICIONES. PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. RENUNCIA Y DESISTIMIENTO:............................................................................................................................. 16

19ª.- CLASIFICACIÓN DE LAS PROPOSICIONES, ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN AL LICITADOR CUYA OFERTA RESULTE LA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA: ...................................................................................... 17

20ª.- CONSTITUCION DE LA GARANTÍA DEFINITIVA: ................................................................. 19

FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO......................... ..................................................................... 19

21ª.- PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO: ......................................................... 19

EJECUCIÓN DEL CONTRATO ............................ ........................................................................... 20

22ª.- OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA: ........................................................... 20

23ª.- OBLIGACIONES ESPECIALES DEL CONTRATISTA: ........................................................... 21

24ª.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN: ................................................ 26

25ª.-SUBROGACIÓN DEL PERSONAL QUE ACTUALMENTE SE HAYA ADSCRITO AL SERVICIO Y DERECHO DE HUELGA: ........................................................................................... 26

26ª.- FORMA DE PAGO: ................................................................................................................. 27

27ª.-CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN ........................................................................ 27

28ª.- INTERESES DE DEMORA: ..................................................................................................... 27

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29ª.- PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO. INFRACCIONES Y SANCIONES: ...................... 28

30ª.- CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS: ....................................................................................... 29

31ª.- CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARCIAL DE LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO. ............................................................................................................. 30

MODIFICACIÓN Y SUSPENSIÓN DEL CONTRATO ............ ......................................................... 30

32ª.- MODIFICACION DEL CONTRATO: ........................................................................................ 30

33ª.-SUSPENSIÓN DEL CONTRATO: ............................................................................................ 31

SUBCONTRATACIÓN ................................... .................................................................................. 31

34ª.-SUBCONTRATACIÓN: ............................................................................................................. 31

FINALIZACIÓN DEL CONTRATO .................................................................................................. 31

35ª.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: ....................................................................................... 31

36ª.- PLAZO DE GARANTÍA: ........................................................................................................... 32

37ª.-RESOLUCION Y EXTINCION DEL CONTRATO: .................................................................... 32

38ª.- RECURSOS: ............................................................................................................................ 32

39ª.- CUESTIÓN DE NULIDAD: ...................................................................................................... 32

40ª.- DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA: ..................................... 32

ANEXO I. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA PARA PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE BAR-CAFETERIA EN EL ORGANISMO AUTONOMO MUNICIPAL “PALAU DE LA MUSICA, CONGRESOS Y ORQUESTA DE VALENCIA”................................................................................................................................. 34

ANEXO II. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE BAR-CAFETERIA EN EL ORGANISMO AUTONOMO MUNICIPAL “PALAU DE LA MUSICA, CONGRESOS Y ORQUESTA DE VALENCIA”................................................................................................................................. 35

ANEXO III. MODELO DE GARANTÍAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN. MODELO DE AVAL .......................................................................................................................... 37

ANEXO IV. MODELO DE GARANTÍAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN. MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN ............................................................ 39

ANEXO V. MODELO DE DECLARACIÓN DE VALIDEZ DE LA CERTIFICACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE CONTRATISTAS Y EMPRESAS CLASIFICADAS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA O EN EL REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS DEL ESTADO........................................................................................................ 41

A N E X O VI. CAFETERÍA PALAU DE LA MÚSICA. LISTADO DE PRECIOS POR PRODUCTOS (IVA INCLUIDO) ............................................................................................................................... 43

ANEXO VII. DOCUMENTACIÓN SOBRE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES EN EL MARCO DE LA LEY 31/1995, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (B.O.E. 10-11-1995) Y EN EL REAL DECRETO 171/2004, DE 30 DE ENERO, EN MATERIA DE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES (B.O.E. 31-01-2004)”PARA PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO CONVOCADO POR EL O.A.M. “PALAU DE LA MÚSICA, CONGRESOS Y ORQUESTA DE VALENCIA PARA CONTRATAR “denominación completa del contrato al que se licita”. .................................................................... 46

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PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QU E HA DE REGIR EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE BAR-CAFETERIA EN EL ORGANISMO AUTONOMO MUNICIPAL “PALAU DE LA MUSICA, CONGRESOS Y ORQUESTA DE VALENCIA”.

================== EXPEDIENTE Nº 379/2012.

I

DISPOSICIONES GENERALES

1ª.- OBJETO DEL CONTRATO:

Es objeto del presente contrato la prestación del servicio de Bar-Cafetería en el edificio del O.A.M. Palau de la Música, Congresos y Orquesta de Valencia, sito en el Paseo de la Alameda nº 30 de la ciudad de Valencia (C.P.: 46005), según lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas que ha de regir la ejecución de dicha prestación.

El contrato que pretende celebrarse es un contrato administrativo de servicios de hostelería y restaurante, de los definidos en el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP). Concretamente, se encuadra en la categoría 17ª del Anexo II del referido Texto Refundido, cuyo número de referencia CPC es el 64.

Por otra parte, y a título meramente informativo, la codificación

correspondiente a la nomenclatura del vocabulario común de contratos públicos (CPV-2008), recogida en el Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2008, es la siguiente:

55330000-2. Servicios de Cafetería.

2ª.- NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER MEDIA NTE EL CONTRATO:

A los efectos exigidos en el artículo 22 del TRLCSP, la naturaleza y

extensión de las necesidades que se pretenden satisfacer con el contrato que regula el presente Pliego, son especialmente las alimenticias básicas del público que asiste a las audiciones musicales, exposiciones, congresos, convenciones, etc que se celebran en el O.A.M., las del personal que en el mismo trabaja así como las de los músicos y artistas que actúan en él, satisfacción que contribuye en gran medida al cumplimiento y realización de los fines institucionales que tiene encomendados el O.A.M.

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3ª.-RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO, DOCUMENTOS QUE T IENEN CARÁCTER CONTRACTUAL Y JURISDICCIÓN:

De conformidad con lo establecido en el artículo 19.1.b) del TRLCSP, el

presente contrato tiene carácter administrativo y se califica como administrativo especial.

Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este Pliego

y en su correspondiente de Prescripciones Técnicas Particulares, documentos que revisten carácter contractual, por lo que deberán ser firmados, en prueba de conformidad por el adjudicatario, en el mismo acto de formalización del contrato.

Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como por el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (RD 817/2009) y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado mediante Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre (RGLCAP), en todo aquello que no se encuentre derogado ni se oponga al TRLCSP.

Supletoriamente, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.

Las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados de lo Contencioso-

Administrativo de la Ciudad de Valencia, para resolver los litigios que puedan originarse con motivo del cumplimiento del presente contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1 del TRLCSP.

4ª.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN:

El órgano de contratación, que actúa en nombre del Organismo Autónomo Municipal “Palau de la Música, Congresos y Orquesta de Valencia”, es la Presidenta de la entidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 l) de los Estatutos Rectores del O.A.M. así como en lo dispuesto en el apartado 3º de la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP.

El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato administrativo y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdicción competente.

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5ª.- PRECIO DEL CONTRATO: La licitación versará sobre el precio, mejorable al alza, que presenten los ofertantes respecto de un canon que se compone de una parte fija, de carácter anual, por un importe mínimo de 24.000,00.-€, resultantes de sumar 19.834,71.-€ como principal más 4.165,29.-€ de IVA al tipo del 21% y de una parte variable, de carácter trimestral, por un importe resultante de aplicar el porcentaje mínimo del 5% sobre las recaudaciones que se obtengan de las cafeterías y de las barras IVA excluido.

El valor estimado de este contrato, atendiendo a los importes que se prevén obtener por el canon fijo (un mínimo de 79.338,34.-€ durante los cuatro años de duración máxima del mismo) y a los que efectivamente se han recaudado por el canon variable durante los últimos años (en ambos casos IVA excluido), ascendería a una cantidad superior a 120.000,00.-€, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88.1 del TRLCSP.

El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo y

deberá indicar como partida independiente el IVA. En el precio del contrato se considerarán incluidos los arbitrios, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como tofos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente Pliego.

Por otra parte, la presente contratación versará, entre otros criterios

(Cláusula 14ª), sobre el porcentaje único y global de baja que los licitadores ofrezcan respecto de los precios unitarios por productos que se relacionan en la prescripción 5ª del Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y que así mismo constan en el modelo de presentación anexo IV al presente Pliego.

6ª.- ANUALIDADES EN QUE SE DISTRIBUYE: El ingreso de las cantidades correspondientes al presupuesto del contrato

se abonara en las anualidades correspondientes a los años durante los que se ejecute la contrata, de conformidad con lo establecido en la cláusula 9ª del presente Pliego.

7ª APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

El canon referido en la cláusula 5ª generará (trimestralmente) para este O.A.M. unos ingresos que deberán ser oportunamente contabilizados en el concepto 331/339.01 “Arrendamiento Cafetería” de los Presupuestos del O.A.M. vigentes en cada uno de los años en que se ejecute la contrata.

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8ª.- REVISION DE PRECIOS:

No habrá lugar a revisión de precios durante la primera anualidad de vigencia del contrato. Una vez transcurridos doce meses desde la fecha de inicio del servicio, procederá la revisión del canon fijo y de los precios de los productos.

La primera actualización se realizará aplicando al canon fijo y a los precios

de los productos, el índice de revisión obtenido de la fórmula polinómica siguiente: lPCt

Kt= ------------ IPC0

Siendo:

- IPC0 el índice de precios al consumo, (General Nacional), correspondiente al mes anterior al inicio de la prestación del servicio. - IPCt el índice de precios al consumo, (General Nacional), correspondiente al mes duodécimo contado desde el anterior al de inicio de la prestación del servicio.

Las siguientes actualizaciones se realizarán sustituyendo el lPCt por el correspondiente al del duodécimo mes siguiente.

La autorización de la revisión del canon fijo será comunicada al contratista

mediante escrito, debidamente notificado, en todo caso el incremento del canon tendrá lugar en el mes inmediatamente siguiente a aquel en que se notifique el hecho al contratista.

Respecto de la revisión de los precios de los productos, el contratista

deberá solicitarla al O.A.M. mediante la entrega de la lista de precios con los nuevos que pretende sean autorizados, así como documento acreditativo del INE referida al periodo anual objeto de revisión, en el que se haga constar el incremento del IPC en dicho periodo.

9ª.- DURACION DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCION:

El contrato comenzará a regir a partir del día siguiente de su formalización. Tendrá una duración de dos años, prorrogables expresamente por ambas partes por anualidades sucesivas hasta un máximo de dos prórrogas, de no mediar denuncia por alguna de las partes con seis meses de antelación a la finalización del mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 203.1 del referido TRLCSP.

El O.A.M. podrá exigir al adjudicatario, con carácter de prórroga forzosa, la

obligación de seguir prestando el servicio, una vez finalizado el contrato, hasta la entrada en vigor del nuevo que se concierte.

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10ª.- GARANTÍA PROVISIONAL:

Para tomar parte en este procedimiento, se dispensa a los licitadores de constituir la garantía provisional, de conformidad con lo previsto en el artículo 103 del TRLCSP.

11ª.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR: Podrán tomar parte en la licitación todas aquellas personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en agrupación o unión temporal de empresarios, con plena capacidad de obrar, que desarrollen una actividad que tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato, acrediten su solvencia económica y técnica como se indica en el presente Pliego y no se encuentren incursas en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades de contratar con la Administración establecidas en el artículo 60 del TRLCSP.

Para las uniones temporales de empresarios se estará a lo dispuesto en el artículo 59 del TRLCSP. La duración de la unión temporal de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.

Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir además, los requisitos establecidos en el artículo 55 del TRLCSP.

12ª.- CLASIFICACIÓN DE LOS LICITADORES: 12.1.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 del TRLCSP, la clasificación exigida para esta contratación, en virtud de lo previsto en los artículos 37 y 38 del RGLCAP, será la siguiente: - Grupo M: “Servicios Especializados”, Subgrupo 6º: “Servicios de Hostelería y Servicios de Comidas” y Categoría A. 12.2.- Para los empresarios no españoles de la Unión Europea que no estén clasificados, será suficiente acreditar ante el órgano de contratación la capacidad financiera, económica y técnica, conforme a lo estipulado en la cláusula 11.3 del presente Pliego, así como que se encuentran habilitadas para realizar la prestación que constituye el objeto del contrato con arreglo a la legislación del Estado de procedencia, en los términos establecidos en el artículo 58 y 65 del TRLCSP.

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ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.

13ª.- PROCEDIMENTO DE ADJUDICACIÓN: A efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, el

valor estimado de la contratación a realizar, incluidas las posibles prórrogas y sin incluir el I.V.A. que deberá percibir el O.A.M., es coincidente con el establecido en la cláusula 5ª del presente Pliego.

La adjudicación del contrato se realizará por el órgano de contratación

mediante procedimiento abierto, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 157 a 161 del TRLCSP, y se llevará a cabo atendiendo a una pluralidad de criterios, según lo dispuesto en el artículo 150 del TRLCSP, conforme a los términos y requisitos establecidos en dicho texto legal.

14ª.- CRITERIOS DE VALORACIÓN:

Los criterios que han de servir de base para la adjudicación del presente contrato son, por orden decreciente de importancia y con la ponderación que a cada uno corresponde, los siguientes:

14.1.- CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MED IANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS (Hasta un máximo de 66 puntos ).

A) La oferta económica: El alza sobre el canon de licitación (Hasta un

máximo de 51puntos ), con el siguiente desglose:

- Hasta 35 puntos , se podrá valorar el alza de la parte fija del canon (de carácter anual), respecto del importe de 24.000,00.-€ (impuestos incluidos).

- Hasta 16 puntos , se podrá valorar el alza de la parte variable del canon (de carácter trimestral), respecto del importe del 5% de las recaudaciones que se obtengan de las cafeterías y de las barras (impuestos excluidos).

Dicha valoración económica se asignará proporcionalmente a las alzas

ofertadas, correspondiendo la mayor puntuación (hasta 35 o 16 puntos sobre 100) a la oferta más alta del canon y la menor (0 puntos) a la oferta que no presenta alza económica alguna (baja porcentual 0), aplicando, al resto, la siguientes fórmulas según se trate de la parte fija o variable del canon:

PCF= 35xAOCF

AMOCF PCV= 16xAO CV

AMOCV Ptos. Total= P CF+ PCV

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Siendo:

PCF = Puntuación Canon Fijo. AOCF = Alza de la oferta analizada correspondiente al canon fijo. AMOCF = Mejor Alza económica presentada correspondiente al canon fijo. PCV = Puntuación Canon Variable. AOCV = Alza de la oferta analizada correspondiente al canon variable. AMOCV = Mejor Alza económica presentada correspondiente al canon variable.

B) Lista de precios de los diferentes productos (marcas conocidas y acreditadas en el mercado) a servir al personal del O.A.M. (hasta un máximo de 10 puntos) . C) Lista de precios de los diferentes productos (marcas conocidas y acreditadas en el mercado) a servir al público (hasta un máximo de 5 puntos) .

Para la valoración de ambos criterios se atenderá al porcentaje único y global de baja que los licitadores ofrezcan respecto de los precios unitarios por los productos que se relacionan en la prescripción 5ª del Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y que así mismo constan en el modelo Anexo VI al presente Pliego, correspondiendo la mayor puntuación (10/5 puntos) a la empresa que presente el mayor porcentaje de baja global, asignando a las demás los que proporcionalmente correspondan según los porcentajes de baja ofertados.

14.2.- CRITERIOS DEPENDIENTES DE UN JUICIO DE VALOR (Hasta un

máximo de 34 puntos ). A) Organización del servicio, que implica los medios personales y materiales

(Plan de Medios) con que cuenta el licitador para la correcta prestación del mismo (hasta un máximo de 19 puntos), según el siguiente desglose:

-Número de medios personales destinados con carácter permanente a

prestar el servicio objeto de contratación, debiéndose presentar, en su caso, los certificados acreditativos de la correspondiente formación profesional para la realización de las diversas especialidades relacionadas con las actividades de restauración y hostelería, hasta un máximo de 12 puntos.

Este criterio se valorará proporcionalmente al número de personas propuestas y según el grado de formación profesional, asignando por una parte un máximo de 6 puntos a la oferta que incluya el mayor número de personas y por otra un máximo de 6 puntos a la que incluya el mayor número de personas con la mayor formación profesional posible.

-Relación de los medios materiales (vajilla, cubertería, cristalería, mantelería,

menaje de cocina, etc.) que las empresas licitadoras propongan para la correcta prestación del servicio objeto del presente Pliego, hasta un máximo de 7 puntos.

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Este criterio se valorará proporcionalmente a la cantidad y a la calidad (debida

y suficientemente justificada) de los distintos medios anteriormente referidos, asignando la mayor puntuación a la empresa que oferte el mayor número y mejor calidad de los mismos.

B) Mejoras, según una ponderación proporcional de la cuantificación

económica del proyecto de futuras renovaciones y ampliaciones de los equipamientos y menaje de las cafeterías, de las invitaciones y de la organización de otros eventos, etc. (hasta un máximo de 15 puntos) .

La cuantificación económica de las mejoras referidas anteriormente se

realizará según precios de mercado debida y suficientemente justificados, no aceptándose ninguna de las mejoras que se oferten sin su justificada valoración.

15ª.- PLAZO Y PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES:

15.1.- ANUNCIOS: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 142. 1 y 4 del TRLCSP, la licitación será anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia y en la página web del Ayuntamiento de Valencia, Perfil de Contratante, cuya dirección es www.valencia.es, donde podrá consultar los pliegos de condiciones y demás información a que hace referencia el artículo 53 del TRLCSP., siendo de cargo del adjudicatario el abono del importe del anuncio en el BOP, que deberá efectuarse en el plazo de quince días a contar desde la recepción del oficio de la notificación de la adjudicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.

15.2.- EXPOSICIÓN DEL EXPEDIENTE: En la Oficina Administrativa de este Organismo Autónomo Municipal (Paseo de la Alameda, 30. Valencia) se hallaran de manifiesto los Pliegos de Condiciones y demás antecedentes de la contratación a disposición de los interesados durante el plazo de presentación de ofertas, en días hábiles (de lunes a viernes) en horas de 10 a 14, concertando cita previa. (Teléfono: 96 3-37-50-20, Extensiones: 8043 y 8044).

15.3.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES: Las proposiciones constarán de tres sobres cerrados, identificados en su exterior con indicación de la licitación a la que se concurra y el nombre y apellidos o razón social de la empresa licitadora, así como con la firma del licitador o persona que la represente, dirección, teléfono, fax y/o correo electrónico.

El contenido de cada sobre, deberá tener los requisitos que se señalan a

continuación:

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1.- SOBRE Nº. 1: Deberá contener el siguiente título: “SOBRE Nº 1:

DOCUMENTACIÓN PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE BAR-CAFETERÍA EN EL O RGANISMO AUTONOMO MUNICIPAL “PALAU DE LA MUSICA, CONGRESOS Y ORQUESTA DE VALENCIA”. Su contenido será el siguiente:

a) D.N.I. o documento que lo sustituya del firmante de la proposición, cuando se trate de empresarios individuales. En caso de ciudadanos extranjeros, permiso de residencia y de trabajo.

b) En el caso de empresarios que fueran personas jurídicas, fotocopia de la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial que fuera preceptivo, así como el C.I.F. de la empresa.

c) Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo presentarán el documento, traducido fehacientemente al castellano, acreditativo de hallarse inscritas en los registros o las certificaciones que se indican en el Anexo I del Reglamento Gª.L.C., en función de los diferentes contratos. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito (Art. 58 del TRLCSP). Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe, igualmente traducido fehacientemente al castellano, de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la LCSP, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio (Art. 55 del TRLCSP).

d) Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por la Asesoría Jurídica Municipal (C/ Convento San Francisco, nº: 2, Piso 4º), acompañada de declaración de vigencia del mismo.

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e) Documentación que acredite la clasificación del licitador como empresa de

servicios en el Grupo M, Subgrupo 6, Categoría A, según lo establecido en los artículos 37.1 y 38 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

f) Declaración responsable del licitador de no hallarse comprendido en alguna de las circunstancias señaladas como causa de prohibición de contratar en el artículo 60 del TRLCSP, que deberá estar redactada según el modelo Anexo II al presente Pliego.

g) En el supuesto de que la empresa licitadora no fuera la adjudicataria del último contrato vigente para la prestación del servicio objeto del presente Pliego en el O.A.M., acompañará declaración responsable mediante la que se comprometa a subrogarse en los contratos de los trabajadores que vinieran prestando los servicios, siempre que los mismos tengan un mínimo de cuatro meses de antigüedad en la empresa, salvo que por convenio colectivo se fije una antigüedad menor para que se lleve a cabo la subrogación, que en todo caso se efectuará con respecto a los derechos económicos y laborales que tuviesen reconocidos los trabajadores a la subrogación. La antigüedad mínima para que se lleve a cabo la subrogación se contará tomando como referencia la fecha de publicación del anuncio de licitación y, en caso de ser preceptiva su publicación en más de un diario o boletín oficial, desde la publicación del anuncio de licitación en el primero de ellos. En el supuesto de que el licitador tuviera adjudicado el contrato con anterioridad, deberá acompañar declaración responsable mediante la que se comprometa a mantener a los trabajadores que estuviesen prestando los servicios, relacionando a los mismos con mención a su antigüedad y categoría, y comprometiéndose al mantenimiento de los derechos individuales y colectivos de todos ellos.

La subrogación antes citada en ningún caso supondrá que los trabajadores se integren en la plantilla de personal del O.A.M.

h) Declaración de estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias y de las cuotas de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tales requisitos se exija al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles , a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa.

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La acreditación de la circunstancia de estar al corriente por el que resulte el licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación será recabada por el O.A.M. a la Tesorería General de la Seguridad Social y a la Agencia Estatal de Administración Tributaria de forma telemática. A tal efecto, la presentación de proposiciones a este procedimiento de adjudicación conlleva la autorización expresa al O.A.M. para solicitar ambos a la Tesorería General y a la Agencia Tributaria, en el supuesto de resultar la oferta económicamente más ventajosa.

i) Alta del I.A.E., en el epígrafe correspondiente, acompañado de copia del último recibo pagado y declaración del contratista de que no se ha dado de baja. Si se tiene la condición de exento conforme al artículo 82 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se acreditará esta circunstancia por mera comunicación por escrito si se trata de personas físicas y si se trata de personas jurídicas, aportando bien el modelo 201 del Impuesto de Sociedades del último ejercicio presentado en la Delegación del Ministerio de Economía y Hacienda correspondiente o bien acompañando comunicación de la cifra de negocios regulada en la Orden HAC/85/2003, de 23 de enero, del Ministerio de Economía y Hacienda (B.O.E. número 24 de 28 de enero de 2003.

j) Escrito detallando nombre, dirección, número teléfono y número fax, y en su

caso indicación de una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.

k) Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal de empresas deben presentar un compromiso por escrito de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios. Cuando dos o más empresas presenten oferta conjunta, cada una acreditará su personalidad y capacidad, debiendo indicar el nombre y circunstancias de las empresas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y designación de la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, haya de ostentar la plena representación de todas frente a la Administración (Art. 59 del TRLCSP).

l) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de

los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.

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m) Los licitadores que pretenda contar para la adjudicación con la preferencia

regulada en la disposición adicional cuarta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, deberán presentar los documentos que acrediten que, al tiempo de presentar su proposición, tiene en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100. A dichos efectos deberán acreditar:

Nº de personal total. Nº de personal discapacitado eventual. Nº de personal discapacitado fijo. Y porcentajes respectivos.

n) De conformidad con lo establecido en el artículo 83 del TRLCSP y en el

artículo 25 del Decreto 79/2000, de 30 de mayo del Gobierno Valenciano, por el que se crea la Junta Superior de Contratación Administrativa y se regulan los Registros Oficiales de Contratos y de Contratistas de la Comunidad Valenciana y las garantías globales y en el artículo 22.6 de la Orden de 23/05/2001, de la Consellería de Economía, Hacienda y Empleo por la que se dictan normas para la clasificación de empresas por la Generalidad Valenciana y se regula el funcionamiento e inscripción en el Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas en la Comunidad Valenciana (DOGV nº 4019 de 12-06-2001), las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad jurídica y capacidad de obrar (apartado 1), representación (apartado 2) y, en su caso, la clasificación de los licitadores si resultase exigible (apartado 5), también se podrá acreditar mediante la presentación conjunta de los siguientes documentos, de conformidad con lo previsto en el artículo 146.3 del TRLCSP.

1.- Certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y de Empresas Clasificadas del estado del Ministerio de Economía y Hacienda o bien Certificado de inscripción en el Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas, expedido por la Junta Superior de Contratación Administrativa de la Generalidad Valenciana.

2.- Declaración responsable suscrita por el licitador o por cualquiera de sus representantes con facultades que figuren en el Registro, relativa a la vigencia de los datos que consten en dicho Registro, en los términos señalados en el Anexo V al presente Pliego. La declaración responsable de vigencia de los datos contenidos en el certificado del Registro de Licitadores, deberá reiterarse en el caso de resultar adjudicatario en el documento en el que se formaliza el contrato.

En ningún caso, la certificación registral eximirá de la presentación de aquellos documentos preceptivos que se exijan para la firma del contrato en el caso de resultar adjudicatarios.

ñ) Cualquier otra documentación que se establezca en el Pliego de

condiciones técnicas.

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Los documentos referenciados se presentaran en copia legalizada por Notario, para el caso de que no se presente el original o bien serán cotejadas sus copias con los originales en el propia Oficina Administrativa de este Organismo Autónomo, durante el plazo de presentación de las plicas, en días hábiles (de lunes a viernes) en horas de diez a catorce. Asimismo, los licitadores presentarán su documentación en cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana.

A los efectos señalados en los apartados d), e) f) y g) deberá

cumplimentarse y adjuntarse en este sobre el modelo que figura como Anexo II al presente Pliego.

Observaciones respecto a la presentación de documen tación

administrativa: En el supuesto de que obren en este O.A.M. originales o copias

legalizadas ante notario de algunos de los documentos que deban incluirse en el “sobre nº uno: documentación administrativa”, por haberse aportado en otra licitación tramitada simultáneamente a la recogida en el presente Pliego, los licitadores podrán sustituir la presentación de los documentos realizando una remisión expresa a la licitación donde la hubieran presentado que deberá incluirse dentro del “sobre nº uno: documentación administrativa”.

La documentación contenida en este sobre podrá ser recogida por los

licitadores en el plazo de tres meses a contar desde el día señalado para el acto de apertura del sobre nº 3, y tras su finalización. Transcurrido dicho plazo sin que sea retirada, se entenderá que renuncian a su recuperación decayendo, por lo tanto, su derecho a ello, pudiendo el O.A.M. proceder a su destrucción y posterior reciclaje, no requiriéndose a dichos efectos intimación previa.

SOBRE Nº 2: Deberá tener el siguiente título: “SOBRE Nº 2:

DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DEPENDIENTES DE UN JUICIO DE VALOR PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENT O ABIERTO PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE BAR-CAFETERÍA EN EL O RGANISMO AUTONOMO MUNICIPAL “PALAU DE LA MUSICA, CONGRESOS Y ORQUESTA DE VALENCIA”, su contenido será el siguiente:

- Plan de Medios: Relación de los medios personales y materiales que se van a destinar para la organización del servicio objeto de la presente contratación (Cláusula 14.2 A) del Pliego).

- Mejoras: Proyecto valorado económicamente de futuras ampliaciones de

las instalaciones, mobiliario y enseres de la cafetería y de las dos barras del vestíbulo principal del Palau de la Música, así como descripción detallada y valorada económicamente, según precio de mercado, de las posibles invitaciones y de la posible organización de otros eventos que se proyecten realizar en el O.A.M, que en ambos casos, como mejoras, oferten los licitadores. (Cláusula 14ª.2 B) del Pliego).

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SOBRE Nº 3: Deberá tener el siguiente título: “SOBRE Nº 3:

DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS EVALUABLES D E FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FORMÚLAS PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO A FIN DE CONTRATA R EL SERVICIO DE BAR-CAFETERÍA EN EL ORGANISMO AUTONOMO MUNICIPAL “PALAU DE LA MUSICA, CONGRESOS Y ORQUESTA DE VALENC IA”, su contenido será el siguiente:

- Los licitadores incluirán en este sobre su oferta económica, que deberá

estar redactada según el modelo Anexo I al presente Pliego (Cláusula 14ª.1 A) del Pliego)

- Lista de precios y calidades de los productos que se ofrezcan tanto para el

personal del Palau como para el público, que deberá estar redactada según el modelo Anexo VI al presente Pliego. (Cláusula 14ª. 1 B) y C) del Pliego).

La inclusión en el Sobre Nº 1 “Documentación Genera l” o en el Sobre Nº 2 “Proposición Técnica”, de cualquier dato económic o, propio de la oferta económica, determinará la inadmisión o exclusión de la proposición.

15.4 CONFIDENCIALIDAD : Los licitadores deberán indicar expresamente, en su caso, la documentación

aportada en sus proposiciones que tiene carácter confidencial a los efectos previstos en el artículo 140.1 del TRLCSP. La declaración se incluirá en el sobre correspondiente donde obre la documentación que se señale a dichos efectos.

15.5.- VARIANTES O ALTERNATIVAS: En el contrato objeto del presente Pliego no se prevé la formulación de

variantes. 15.5 PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: Las ofertas se presentarán en la Oficina Administrativa de este Organismo

Autónomo Municipal (Paseo de la Alameda, 30. Valencia), durante los QUINCE DÍAS NATURALES siguientes a la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia en horas de 10 a 14.

No se admitirán proposiciones presentadas en otro lugar, salvo lo dispuesto en el artículo 80 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Pública con referencia a su envió por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío, que no podrá ser posterior a las doce horas del último día señalado para presentar las proposiciones y anunciar en el mismo día al órgano de contratación, por fax o telegrama, la remisión de la proposición. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición en el caso que fuera recibida fuera del plazo fijado en la invitación cursada. (Fax del O.A.M. nº: 96 3 37 09 88).

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No obstante, transcurrido diez días naturales desde la terminación del plazo, no

será admitida ninguna proposición enviado por correo. Para el caso de que el último día de presentación coincida en sábado, dicho plazo

se entenderá que finaliza el primer día hábil siguiente.

Los interesados habrán de presentar sus proposiciones referidas a la totalidad de los bienes objeto del contrato.

En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que deba ser repercutido. Cada licitador podrá presentar sólo una proposición en relación con el objeto del

contrato, sin que se puedan presentar variantes o alternativas. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en régimen de unión temporal de

empresas con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal, con la penalización, en su caso, de la inadmisión de todas las proposiciones por él suscritas.

La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad del contenido del presente Pliego, sin salvedad o reserva alguna, y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.

Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a l apertura en público de las mismas.

Los licitadores no podrán retirar su proposición durante el plazo de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones. La retirada indebida de una proposición será causa que impedirá al licitador contratar con las Administraciones Públicas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60.2 del TRLCSP, conllevando a su vez la incautación de la garantía provisional conforme a lo previsto en el artículo 103.4 del citado texto legal, si está hubiera sido exigida.

16ª.- MESA DE CONTRATACIÓN:

La Mesa de Contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y actuará conforme a lo previsto en el Real Decreto 817/2009, desarrollando las funciones que se establecen en su artículo 22.1.

Para el ejercicio de sus funciones, la Mesa podrá solicitar cuantos informes

técnicos considere precisos. Igualmente, podrá solicitar estos informes cuando considere necesario verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas de los pliegos, de conformidad con lo previsto en el artículo 160.1del TRLCSP.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 320 del TRLCSP y en el

artículo 21 del Real Decreto 817/2009, la Mesa de Contratación estará presidida por la Presidenta del O.A.M. “Palau de la Música, Congresos y Orquesta de

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Valencia” o el Subdirector de Personal del Organismo, y estará integrada por los siguientes vocales, a los cuales nombra oportunamente, como órgano de contratación competente:

- El Secretario del O.A.M. o el funcionario de la Corporación en quién

delegue. - El Interventor del O.A.M. o la Interventora Delegada del O.A.M. - El Subdirector de Gestión del O.A.M. - El Técnico Superior de Gestión del O.A.M. - El Jefe de Mantenimiento del O.A.M.

Actuará como Secretario el Subdirector de Gestión del O.A.M.

17ª.- CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL: Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de

Contratación procederá a la calificación de la documentación general contenida en el sobre Número 1º presentado por los licitadores, y si observase defectos materiales en la documentación presentada, lo notificará por fax al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que los subsanen. Ahora bien, si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación.

Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa

de Contratación, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 del TRLCSP.

Cuando conforme a lo establecido en la cláusula 15ª del presente Pliego,

se anuncie al Órgano de Contratación la presentación de proposiciones por correo, la apertura del sobre Nº 1 de todas las proposiciones tendrá lugar en acto interno tras la recepción de las remitidas por correo, teniendo en cuenta la limitación de diez días naturales desde la terminación del plazo para su admisión.

18ª.- APERTURA DE PROPOSICIONES. PROPUESTA DE

ADJUDICACIÓN. RENUNCIA Y DESISTIMIENTO: La Mesa de Contratación, una vez calificada la documentación del sobre Nº

1 y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, procederá en acto público a la apertura del sobre Nº 2 de los licitadores admitidos al objeto de su valoración, que se celebrará en las dependencias del O.A.M., sito en el Paseo de la Alameda nº 30, a las 12 horas, transcurridos 7 días naturales desde la celebración del acto interno de apertura de la documentación contenida en el sobre Nº 1.

La fecha del acto público de apertura de las proposiciones técnicas se publicará en el Perfil de Contratante (http://www.valencia.es).

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En dicho acto, previamente a la apertura del sobre Nº 2 la Mesa de Contratación se pronunciará sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo, quedando las ofertas de estos últimos excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato, no pudiendo ser abiertos los sobres que las contengan.

Realizada por la Mesa de Contratación la evaluación de las proposiciones

contenidas en el sobre Nº 2 (criterios dependientes de un juicio de valor) conforme a los criterios de valoración establecidos en la cláusula 14ª del presente Pliego, previa solicitud, en su caso, de los informes técnicos que estime oportunos, dará a conocer en acto público la ponderación asignada a los mismos y, seguidamente, procederá en el mismo acto a la apertura del sobre Nº 3 conforme a lo dispuesto en el artículo 30.3 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos de Sector Público. Dicho acto público se celebrará igualmente en las dependencias del O.A.M., sito en el Paseo de la Alameda nº 30, a las 12 horas del día que al efecto se señale, que se publicará en el Perfil de Contratante y se notificará por fax al indicado por los licitadores con al menos dos días hábiles de antelación.

La Mesa de Contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime precisos, elevará al órgano de contratación propuesta de adjudicación del contrato al licitador que oferte la proposición económicamente más ventajosa, atendiendo a los criterios de valoración establecidos en cláusula 14ª del presente Pliego.

La propuesta de adjudicación del contrato no crea derecho alguno a favor

del empresario propuesto, que no los adquirirá, respecto a la Administración, mientras no se haya formalizado el contrato.

Antes de la adjudicación del contrato, el órgano de contratación por razones de interés público debidamente justificadas podrá renunciar a celebrar un contrato. También podrá desistir del procedimiento antes de la adjudicación cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

En estos supuestos el órgano de contratación en la notificación a los

licitadores indicará la compensación que proceda abonar por los gastos en que hubiera incurrido en la licitación de acuerdo con los principios generales que rigen la responsabilidad de la Administración.

19ª.- CLASIFICACIÓN DE LAS PROPOSICIONES, ADJUDICAC IÓN DEL CONTRATO Y REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN AL LICITA DOR CUYA OFERTA RESULTE LA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA:

El órgano de contratación, vista la propuesta de la Mesa de Contratación,

emitida tras los informes técnicos que considere pertinentes, clasificará las proposiciones por orden decreciente atendiendo a los criterios señalados en la cláusula 14ª y adjudicará el contrato al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa.

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La adjudicación se acordará en resolución motivada en el plazo máximo de dos meses, a contar desde la apertura de las proposiciones. Este plazo se ampliará en quince días hábiles en el supuesto de que haya que seguir los trámites señalados en los artículos 152.3 del TRLCSP y 22 f) R.D. 817/2009, para las proposiciones desproporcionadas o anormalmente bajas.

La adjudicación se notificará a los licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación, indicándose el plazo en que debe procederse a su formalización.

La notificación se hará por cualquiera de los medios que permitan dejar

constancia de su recepción por el destinatario. En el caso, de que la notificación se efectúe por correo electrónico se ajustará a los términos establecidos en el artículo 151.4 del TRLCSP, entendiéndose rechazada, cuando existiendo constancia de la puesta a disposición transcurrieran cinco días naturales sin que se acceda a su contenido.

El órgano de contratación podrá declarar desierta la licitación, a propuesta de la Mesa de Contratación, cuando no exista ninguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el Pliego. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento al fax indicado por el licitador a efectos de notificaciones, a fin de que constituya en la Caja Municipal la garantía definitiva a que se hace referencia en la cláusula siguiente del presente Pliego y acredite su constitución en la Oficina Administrativa del O.A.M., así como, en su caso, presente cualquier otro documento acreditativo de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, conforme al artículo 64.2 del TRLCSP.

En dicho plazo, el órgano de contratación verificará que el licitador cuya proposición resulte la económicamente más ventajosa se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y, asimismo, comprobará que se halla al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento a cuyo efecto solicitará los informes técnicos que estime pertinentes.

Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. También deberán presentar certificación, expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá de referirse a los doce últimos meses y deberá presentarse traducida fehacientemente.

De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en

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este caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificados.

Asimismo, el adjudicatario estará obligado a presentar en dicho plazo y debidamente cumplimentada la “SOLICITUD DE DOCUMENTACIÖN A EMPRESAS CONTRATADAS” , conforme al modelo que consta en el Anexo VII al presente Pliego. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, en los términos establecidos en el artículo 151.3 del TRLCSP.

20ª.- CONSTITUCION DE LA GARANTÍA DEFINITIVA:

El licitador que resulte adjudicatario por haber presentado la oferta más ventajosa deberá constituir en la Caja Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Valencia (para lo cual deberá presentar la notificación de la resolución o acuerdo de adjudicación) y acreditará en la Oficina Administrativa del O.A.M. (mediante presentación de la garantía constituida así como de la carta de pago expedida por dicha constitución), dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una garantía definitiva en cuantía equivalente al 5% del importe de la parte fija del canon ofertado, referido a los posibles cuatro años de duración máxima del contrato según lo previsto en la cláusula 9ª del presente Pliego, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, de conformidad con lo establecido en los artículos 95 y 99 del TRLCSP.

Esta garantía se constituirá en efectivo, valores de deuda Pública, mediante aval bancario, o por contrato de seguro de caución, en los términos y condiciones que se contemplan en los artículos 96 y 97 del TRLCSP, ajustándose, de acuerdo con la forma escogida, a los modelos que se establecen en los Anexos III y IV al presente Pliego, debiendo consignarse en, cualquier caso, en la Caja de la Corporación.

Para la constitución de garantías en metálico deberán dirigirse a la Oficina

Administrativa del O.A.M. Palau de la Música (Paseo de la Alameda, nº 30), para el resto de garantías al Servicio de Tesorería (Plaza del Ayuntamiento nº 1, planta baja).

El aval y el contrato de seguro de caución deberán llevar el testimonio del

conocimiento de firma, suscrito por Notario.

III

FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

21ª.- PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO: El contrato se perfecciona con su formalización, sin la cual no podrá iniciarse su ejecución, excepto en los casos de tramitación de emergencia previstos en el artículo 113 del TRLCSP.

El adjudicatario queda obligado a suscribir el documento administrativo de formalización del contrato, dentro del plazo no superior a cinco días a contar

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20

desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo de quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos, sin que se hubiera interpuesto recurso especial en materia de contratación, en los contratos que sean susceptibles de ello. En los restantes casos la formalización deberá producirse en un plazo no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se recibía la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP.

Al documento administrativo de formalización se unirá, formando parte del

contrato, la oferta del adjudicatario, un ejemplar del Pliego de cláusulas administrativas particulares y de las prescripciones técnicas, y demás documentos que revistan carácter contractual, debidamente compulsados.

En el supuesto de que resultase adjudicatario una Unión Temporal de Empresarios será necesario acreditar la formalización de la constitución de la misma en escritura pública.

El documento en que se formalice el contrato será, en todo caso,

administrativo, pudiéndose elevar a escritura pública, cuando lo solicite el contratista, siendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. Cuando no se formalizase el contrato por causas imputables al contratista dentro de los plazos indicados anteriormente, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso hubiese exigido. Si dichas causas son imputables a la Administración se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiese ocasionar.

IV

EJECUCIÓN DEL CONTRATO

22ª.- OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA:

Además de las obligaciones recogidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, el adjudicatario tendrá las siguientes obligaciones generales: - El contrato será inalterable a partir de su perfeccionamiento, y deberá ser cumplido con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y en el contrato, observándose fielmente lo establecido en las características del objeto del contrato, así como las instrucciones que, en su caso, le diere el responsable del contrato designado por el órgano de contratación. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 215 del TRLCSP.

- El personal que la empresa adjudicataria deba contratar para atender sus obligaciones dependerá exclusivamente de ésta, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario, sin que a la extinción del contrato pueda producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan

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realizado los trabajos como personal del órgano contratante. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad, de prevención de riesgos laborales y de protección del medio ambiente que se establezcan tanto en la normativa vigente como en los pliegos que rigen la presente contratación.

- El adjudicatario queda expresamente obligado a cumplir la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.

- Asimismo, se obliga a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre la información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal, especialmente de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que figura en este Pliego, ni tampoco ceder a otro ni siquiera a efectos de conservación. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información.

23ª.- OBLIGACIONES ESPECIALES DEL CONTRATISTA:

1. En el Bar-Cafetería no podrán realizarse actividades distintas de las propias de restauración y sus complementarias. Expresamente se evitará la venta ambulante, la mendicidad y asambleas de personal propio o tercero, así como la práctica de cualquier juego de azar. El derecho de admisión queda reservado al O.A.M., pero será ejercido por el adjudicatario según las instrucciones que reciba de la Dirección del Organismo.

2. El adjudicatario está obligado a mantener en completo servicio la instalación en el horario que se señale por parte de la Dirección del O.A.M. En principio el servicio de Bar-Cafetería abarcará de forma ininterrumpida desde las 8:30 horas hasta las 17:00 horas de lunes a viernes y de 9:00 horas a 17:00 horas los sábados, domingos y festivos. Dicho horario se ampliará los días que la Dirección del O.A.M. determine en función de la programación y de las actividades que se realicen en el mismo, prestándose el mencionado servicio tanto en la propia cafetería como en las barras del Hall. Así mismo, el horario de carga y descarga de artículos relacionados con el servicio de Bar-Cafetería, se establecerá previo acuerdo con la dirección del O.A.M., con arreglo a las normas de carácter general o específico que para estas operaciones estén establecidas o puedan establecerse.

3. El adjudicatario se compromete a prestar el servicio en óptimas condiciones de sanidad, salubridad e higiene, tanto en los locales como en las personas y productos empleados, de acuerdo con la legalidad vigente. A este fin se someterá a las inspecciones sanitarias y de otro tipo que realice la propia Administración contratante u otras Administraciones competentes, abonando, en su caso, la correspondiente tasa.

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4. El adjudicatario dedicará a la prestación del servicio el personal necesario y de acreditada solvencia, que se documentara mediante la presentación de las certificaciones y titulaciones oportunas, para desarrollar satisfactoriamente el mismo, reservándose el O.A.M. el derecho a rechazar aquel que no reúna las condiciones idóneas para ello, estando obligado el adjudicatario a sustituirlo. Así mismo cuidará de que dicho personal utilice una correcta e impecable indumentaria que deberá contar con el visto bueno del Organismo. Correrá por cuenta del adjudicatario la formación del personal en materia de manipulación de alimentos con los diplomas actualizados a fecha de contrato o bien con el antiguo carnet de manipulador de alimentos, lo cual acreditará a requerimiento de la Administración.

5. El adjudicatario quedará obligado, con respecto al personal que emplee en la ejecución del contrato y bajo su responsabilidad, al cumplimiento de las disposiciones vigentes en cada momento en materia de legislación laboral, prevención de riesgos laborales y Seguridad Social e higiene, así como en materia fiscal. El adjudicatario estará dado de alta como empresario o autónomo en la Seguridad Social, al corriente en el pago del impuesto de actividades económicas y otros tributos. El O.A.M. exigirá que el adjudicatario acredite mensualmente el cumplimiento de dichas obligaciones siempre que lo considere oportuno (mediante los TC1, TC2 y TC 2/1). La Administración, no tendrá relación alguna con el personal contratado por la empresa adjudicataria.

6. El adjudicatario (sus empleados), en caso de servir menús en régimen de catering, tendrá que cumplir la normativa de manipulación de alimentos y de comedor colectivo, así como garantizar la calidad de los productos servidos y su correcta conservación, siendo éste el responsable directo de cualquier incidente o percance que pudiese surgir por ello. Dicha calidad, así como el servicio que se preste, será similar al de una cafetería de primera categoría de las reguladas por la legislación vigente. El contratista vendrá obligado a la observancia de las obligaciones vigentes sobre protección de la Industria Nacional.

7. El adjudicatario quedará obligado a mantener expuesta una lista completa de todos los productos y servicios que ofrezca tanto al personal del O.A.M. como al público, autorizada por el sello del O.A.M., con indicación de los precios unitarios de forma permanente y en lugar visible a los usuarios y en condiciones legibles. Asimismo, el adjudicatario quedará obligado a redactar y exponer las listas de precios, así como atender al público, tanto en castellano como en valenciano. Además, quedará obligado a mantener expuesto en el local del bar-cafetería un cartel en el que se especifique expresamente la prohibición de fumar en el bar-cafetería y dependencias anejas al mismo.

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8. El adjudicatario quedará obligado a efectuar los pagos en la forma y plazos que se señalan en la cláusula 26ª del presente Pliego. Así mismo garantizará la puesta en funcionamiento de las instalaciones en un plazo no superior a los 10 días naturales a partir de la formalización del contrato.

9. El pago del consumo de gas será de cuenta del adjudicatario.

10. Serán de cuenta del adjudicatario el pago de todos los gastos que origine la explotación y funcionamiento de los diversos servicios, tales como impuestos, arbitrios, tasas, etc., no haciéndose responsable el O.A.M. de las deudas que pudieran surgir con ocasión de los conceptos enumerados o de cualesquiera que pudieran surgir como consecuencia de la explotación del servicio objeto del presente contrato.

11. Será de cuenta del adjudicatario los gastos de las publicaciones de los anuncios en boletines oficiales que genere la preparación y formalización del contrato.

12. El adjudicatario no podrá destinar las instalaciones a un uso distinto del

servicio previsto en el presente Pliego, ni tampoco para ceder, arrendar o traspasar total o parcialmente la explotación de las instalaciones y servicios que se contratan. Asimismo, en el caso de que tuviera que utilizar cualquier otra instalación del O.A.M. distinta de las propias del presente contrato, quedará sujeto a lo previsto en la Ordenanza Reguladora de los Precios Públicos por la Utilización del Palau de la Música y Congresos.

13. Sin perjuicio de las instalaciones y el mobiliario que el O.A.M. ponga a disposición del adjudicatario (cuya relación detallada podrá ser solicitada por los licitadores en la Oficina Administrativa del O.A.M.), éste aportará, a su costa, todos los demás utensilios, enseres, elementos y muebles necesarios para el correcto funcionamiento del servicio, y se encargará de la compra de elementos complementarios al mismo y de los productos de limpieza.

Correrá por cuenta del adjudicatario el mantenimiento y eventual reposición de las instalaciones, mobiliario y equipos propiedad del O.A.M. que se utilicen en el servicio, hasta la entrega en condiciones adecuadas de uso con la resolución del contrato. Las obras que se precisen deberán ser autorizadas por la Dirección del O.A.M. quedando éstas en beneficio del Organismo sin derecho a indemnización ni compensación al adjudicatario. En ningún caso, éste, tendrá ni adquirirá derecho alguno sobre los locales, ni instalaciones fijas o móviles a excepción de las derivadas de su utilización durante el periodo de vigencia del contrato. Si estima necesario aumentar o completar las dotaciones de máquinas, aparatos o mobiliario que se le entreguen por el O.A.M. quedará obligado a aportarlos a su cargo, pero su calidad habrá de ser similar o idénticas a aquellas de las que es propietario el O.A.M. y adecuadas al servicio en que habrán de utilizarse. No obstante, habrá de obtener previamente y para ello, la autorización correspondiente de la Dirección del O.A.M., perteneciendo siempre al adjudicatario dicho material, que lo podrá retirar cuando finalice el contrato.

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14. El adjudicatario estará obligado a conservar en buen estado el local de la cafetería y las barras, así como los muebles y enseres del mismo, tal y como los recibe del O.A.M. según se detallan en el inventario que será suscrito por el adjudicatario y por ésta antes de la firma del contrato.

15. El adjudicatario realizará la limpieza diaria del local, mesas y enseres de la cafetería y de las barras al cierre del servicio, así como desinsectará y desratizará el local, por lo menos, una vez al año. Cuando se utilice el jardín deberá procederse a su limpieza.

16. El O.A.M. no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados a terceros como consecuencia del Servicio prestado, ni por los daños ocasionados o sufridos por los empleados de la empresa adjudicataria, la cual contratará con una Compañía Aseguradora legalmente establecida en España, los correspondientes seguros que cubra los riesgos derivados de su actividad, responsabilidad civil general o por accidentes, que cubra igualmente daños físicos y materiales que se puedan ocasionar a usuarios/as o a terceros en lo relativo a la explotación del servicio y el desarrollo de la actividad objeto del presente Pliego. Los límites del seguro deberán alcanzar las cantidades que razonablemente cubran con holgura los riesgos indicados. La empresa adjudicataria está obligada a exhibir, tras la formalización del contrato y en un plazo no superior a diez días, la póliza de seguros suscrita y, en cualquier momento, a requerimiento del O.A.M., tanto la póliza de seguros como los recibos acreditativos del pago de la misma correspondiente a cada periodo contratado o renovado. La empresa adjudicataria estará obligada a liquidar puntualmente las primas.

17. El adjudicatario no puede utilizar el nombre del O.A.M. en sus relaciones con terceras personas a efectos de facturación de proveedores o cualquier otro que pueda tener con personas a su servicio o con las que mantenga relaciones comerciales o profesionales. El adjudicatario será el único responsable en todo lo relativo a la gestión del servicio.

18. El adjudicatario deberá tener a disposición del público las correspondientes Hojas de Reclamaciones, que se adecuaran a lo previsto en la normativa reguladora de esta materia.

19. Expirado el contrato o en su caso resuelto el mismo, el adjudicatario

cesará en el uso y disfrute de los locales haciendo entrega formal de todas las instalaciones y elementos descritos en los inventarios adjuntos al contrato en perfectas condiciones de uso, para lo cual se levantará un acta del estado en que se encuentran dichos elementos, siendo responsable de cualquier falta o desperfecto ocasionado por negligencia, debiendo efectuar a su cargo las reparaciones necesarias, así como las reposiciones de éstos por el deterioro derivado del uso del mismo, siendo de la misma calidad, marca, modelo, color, etc. que el inventariado, para entregar las instalaciones en las mismas condiciones en que fueron halladas.

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20. El adjudicatario quedará obligado, con respecto al personal que emplee en la ejecución del contrato y bajo su responsabilidad, al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de cooficialidad lingüística en la Comunidad Valenciana, garantizando que éste o parte del mismo tenga el suficiente conocimiento del valenciano para, al menos, entenderlo y hablarlo con normalidad.

21. A los usuarios del Servicio se les atenderá con la máxima deferencia y corrección. En caso de que se produzca denuncia de un usuario del servicio, previa verificación, se aplicará una sanción, y en el caso de repetición de denuncia y su comprobación, el adjudicatario tendrá que sustituir al personal que preste el servicio por otra persona, debiendo comunicar dicho cambio de forma inmediata al O.A.M.

22. En el supuesto de que el O.A.M. acuerde el cierre temporal o definitivo de

la instalación en la que se presta el servicio, el adjudicatario no tendrá derecho a indemnización de ninguna naturaleza. Si el cierre fuera temporal y no se hubiese producido resolución del contrato, el adjudicatario continuará prestando el servicio cuando reabra el local, caso de no haber hecho uso del derecho de denuncia del contrato. Si el cierre fuera definitivo, se dará por finalizado el contrato.

23. El adjudicatario no podrá instalar en el local de la cafetería, ni en sus

anejos, ningún aparato, mueble, máquina, motor o elemento que consuma energía eléctrica o de otra naturaleza sin la previa autorización del O.A.M. Tampoco podrá, sin dicha autorización, instalar o permitir la instalación de máquinas de juego o dispositivos para juegos recreativos de suerte, envite o azar, ni introducir aparatos o elementos molestos o nocivos, ni almacenar objetos ajenos al servicio que ha de prestar.

24. En relación a la protección de datos, la empresa adjudicataria, como

encargado del tratamiento, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, declarará expresamente que conoce quedar obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la citada LOPD y especialmente en lo indicado en sus artículos 5, 9, 10, 11 y 12 y adoptará las medidas de seguridad que le correspondan según el Real decreto 1720/2007, de 21 de diciembre. El encargado del tratamiento se compromete explícitamente a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan.

La empresa adjudicataria y el personal a su cargo guardarán secreto

profesional sobre la información, documentos, o datos a los que tengan acceso o de los que tengan conocimiento con ocasión del cumplimiento del contrato, incluso después de finalizar el plazo contractual, comprometiéndose a no hacer pública cualquier información o dato obtenidos o elaborados durante la ejecución del contrato.

24.- Normativa Sanitaria: Con independencia del cumplimiento de las obligaciones ya reflejadas en el

presente Pliego relativas a los trabajadores dependientes del adjudicatario

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del contrato, la prestación del servicio de Bar-Cafetería ha de adecuarse a la siguiente normativa sanitaria:

- Normas de higiene para la preparación, distribución y comercio de comidas preparadas (Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, B.O.E. nº. 11 de 12 de enero de 2001).

- Normas relativas a la manipulación de alimentos (Real Decreto 202/2000, de 11 de febrero, B.O.E. nº: 48, de 25 de febrero de 2000).

- Cualquier otra disposición legal o reglamentaria que modifique o sustituya a las anteriores.

24ª.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN:

1. El O.A.M. realizará la gestión del inventario de todos los equipamientos de la instalación.

2. El O.A.M. tendrá, dada la naturaleza del contrato, la dirección y control del mismo, en especial en lo referente a la adecuación de precios y calidad de los productos que el adjudicatario ofrezca en su proposición.

3. Corresponde en todo caso a la Dirección del O.A.M., como representante de la Administración contratante, controlar y supervisar la correcta prestación del servicio, pudiendo ordenar al adjudicatario y a sus empleados lo necesario para la correcta prestación del servicio contratado, así como las modificaciones en la prestación del mismo que aconsejare el interés público.

4. Correrán a cuenta del O.A.M. los gastos que se originen en el consumo de agua y electricidad.

5. Velar por el cumplimiento de los fines, objetivos y desarrollo del presente Pliego.

6. Imponer las sanciones pertinentes por razón del incumplimiento del contratista.

7. Así mismo, antes de que se inicie la ejecución del contrato y a modo de presentación, se realizará, por parte de la Presidenta y de los representantes del O.A.M. que se designen y en la fecha que se fije de común acuerdo con el adjudicatario, una degustación de sus especialidades gastronómicas más representativas.

8. Cualquier otro que establezca la legislación vigente.

25ª.-SUBROGACIÓN DEL PERSONAL QUE ACTUALMENTE SE HAYA ADSCRITO AL SERVICIO Y DERECHO DE HUELGA:

En el caso de que como consecuencia de la celebración del contrato

regulado por el presente Pliego, que tiene su fundamento en la rescisión de otro anterior, se produzca un supuesto de sucesión o sustitución empresarial, el adjudicatario vendrá obligado a cumplir lo establecido en el artículo 44 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, respecto de los trabajadores adscritos al contrato del servicio de Bar-Cafetería vigente, todo ello en la forma prevista en el artículo 41 del vigente Convenio Colectivo 2008-2011 de Hostelería para la Provincia de Valencia publicado en BOP de fecha 01/09/2008 .

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A tal efecto, en la Oficina Administrativa del O.A.M. estará a disposición de

los licitadores que lo soliciten, un listado con la composición y características de la plantilla, indicando su antigüedad en la referida contrata.

Así mismo, en caso de huelga legal la empresa adjudicataria se

comprometerá a ofrecer las soluciones que garanticen los servicios mínimos que determine la Dirección del O.A.M. “Palau de la Música, Congresos y Orquesta de Valencia”.

26ª.- FORMA DE PAGO:

El adjudicatario hará efectivo la parte fija del canon, de carácter anual, proporcionalmente, mediante ingreso efectuado en la forma que se indique por la Dirección del O.A.M., en los quince primeros días del primer mes de cada trimestre, desde la formalización del contrato.

Asimismo, el adjudicatario abonará la parte variable del canon

trimestralmente, previo requerimiento del O.A.M., el 5% al alza de las recaudaciones de las cafeterías y de las barras. Para ello, el adjudicatario se comprometerá a facilitar la recaudación que obtenga diariamente, presentando documento de caja, desglosado por unidades de explotación y diferentes servicios, que acredite su importe total para ser verificado por parte del O.A.M.

27ª.-CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN

El adjudicatario queda expresamente obligado a cumplir la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.

Asimismo, se obliga a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre

cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato, especialmente los de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que figura en este Pliego, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación.

28ª.- INTERESES DE DEMORA:

El O.A.M. tendrá la obligación de abonar las facturas en los términos establecidos en el artículo 216.4 del TRLCSP en su redacción dada por la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, en relación a lo dispuesto en el artículo 217 y la Disposición Transitoria Sexta adicionados al TRLCSP por la mencionada Ley 15/2010, de 5 de julio.

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29ª.- PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO. INFRACCIONES Y SANCIONES:

29.1.- INFRACCIONES: 29.1.1.-Leves: Todas aquellas infracciones del presente Pliego y el incumplimiento de las obligaciones contenidas en la proposición del adjudicatario no tipificadas como faltas graves o muy graves, y en particular:

1. El trato irrespetuoso al público.

29.1.2.-Graves:

1. El incumplimiento de los horarios establecidos. Entendiendo como tales los establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

2. El incumplimiento de las orientaciones y directrices que le facilitará la Dirección del O.A.M.

3. El incumplimiento de las obligaciones de conservación, mantenimiento y limpieza de las instalaciones, y la falta de calidad, higiene o limpieza de los productos manipulados o servidos, pero no reiteradas.

4. El incumplimiento no reiterado de alguna de las obligaciones que se imponen al adjudicatario sobre organización y funcionamiento del servicio a prestar, salvo en el caso que esta fuera considerada por si misma infracción muy grave.

5. La falta de acreditación ante la administración de la suscripción o renovación de alguno de los seguros de obligatoria contratación para el adjudicatario, así como la ausencia del control de salud de su personal.

6. El incumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de cooficialidad lingüística en la Comunidad Valenciana, que ocasione un trato discriminatorio al público.

29.1.3.- Muy graves:

1. Destinar el bar-cafetería a distinto uso del que le es propio, aunque sea de carácter esporádico, desmantelar o reducir sustancialmente las instalaciones.

2. La prestación del servicio con deficiencias graves y reiteradas, incumpliendo las condiciones de organización y prestación del servicio, especialmente la reducción de camareros en los horarios de mayor confluencia del personal del O.A.M.

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3. La subcontratación parcial, el arriendo de instalaciones y el cambio de titularidad.

4. El incumplimiento grave y reiterado de las obligaciones de mantenimiento y conservación de instalaciones y enseres.

5. El incumplimiento de la normativa laboral, sobre seguridad e higiene en el trabajo y prevención de riesgos laborales.

6. La falta de suscripción o renovación de los seguros obligatorios para el adjudicatario.

7. La falta de pago del canon anual, en la forma y plazos señalados anteriormente.

8. La falta de pago de las sanciones impuestas al adjudicatario por la comisión de una infracción grave o la falta de reposición de las garantías en su caso.

9. El incumplimiento de la normativa reguladora de la calidad e higiene de los alimentos e instalaciones propias del servicio a prestar, así como su prestación con deficiencias.

10. La reiteración de las faltas graves se considerará falta muy grave. Se entenderá que la falta es reiterada en los casos que la misma se haya cometido más de una vez a lo largo de la misma anualidad y más de tres en cualquier periodo de vigencia del contrato.

29.2.- SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO.

1. La sanción de una falta leve, grave o muy grave podrá consistir en

multa de hasta 750,00 €, de hasta 1.500,00 € y de hasta 3.000,00 € respectivamente por cada infracción en que se incurra.

2. La reincidencia de faltas podrá dar lugar a la resolución del contrato con la perdida de la garantía depositada.

3. El O.A.M. podrá resolver el contrato por el impago de un trimestre, y además por las causas que se establecen en el artículo 223 del referido TRLCSP.

30ª.- CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS:

El contratista queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato en los términos previstos en la cláusula 9ª del presente Pliego. Si llegado el final del trabajo, el contratista hubiere incurrido en demora, por causa imputable al mismo, la Administración podrá optar indistintamente, por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato.

Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para

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proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. Esta misma facultad tendrá la Administración respecto al incumplimiento por parte del contratista de los plazos parciales o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total.

La imposición de penalidad no excluye la indemnización a que pueda tener

derecho la Administración por los daños y perjuicios ocasionados por el retraso imputable al contratista.

La constitución en mora del contratista no requerirá intimación previa por parte de la Administración.

Si se produjera retraso en el cumplimiento de los plazos por causas no

imputable al contratista, la Administración podrá a petición de éste o de oficio, conceder la prórroga por un tiempo igual al tiempo perdido, salvo que el contratista solicite otro menor, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 213.2 del TRLCSP.

31ª.- CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARC IAL DE LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO.

En el caso de que el contratista realizara defectuosamente el objeto del contrato, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato, o bien imponer una penalización económica proporcional a la gravedad del incumplimiento, en una cuantía que podrá alcanzar el 10 por 100 del presupuesto del contrato.

V

MODIFICACIÓN Y SUSPENSIÓN DEL CONTRATO

32ª.- MODIFICACION DEL CONTRATO:

Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones por razones de interés público cuando así lo haya previsto en los pliegos o en el anuncio de licitación o en los casos y con los límites establecidos en el artículo107 del TRLCSP. Estas modificaciones no podrán afectar a las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación.

Las citadas modificaciones se ajustarán a lo previsto en el Título V del Libro I del TRLCSP y se tramitarán de acuerdo con el procedimiento previsto en los artículos 108 y 211 de esta norma y en el artículo 102 del RGLCAP. Procederá la modificación del contrato en los términos previstos en el artículo 106 del TRLCSP y se haya detallado de forma clara, precisa e inequívoca las condiciones en que podrá hacerse uso de la misma, así como su alcance y límites. Las

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modificaciones acordadas por el órgano de contratación serán obligatorias para los contratistas y deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 156 del TRLCSP.

En lo concerniente a su régimen se estará a lo dispuesto en el Título V del Libro I y los artículos 211, 219 y 306 del TRLCSP.

33ª.-SUSPENSIÓN DEL CONTRATO:

La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en los preceptos concordantes del RGLCAP.

VI

SUBCONTRATACIÓN

34ª.-SUBCONTRATACIÓN: En la presente contratación no será posible la subcontratación de la

ejecución parcial de prestaciones objeto del contrato principal.

VII

FINALIZACIÓN DEL CONTRATO

35ª.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:

El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya

realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con lo establecido en el propio contrato, en este Pliego y en el de prescripciones técnicas, y a satisfacción de la Administración, cuya conformidad se hará constar de forma expresa dentro del plazo de un mes de haberse producido la realización del objeto del contrato debiendo llevarse a cabo la correspondiente recepción expresa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 204.1 del Reglamento General de la LCAP. Si los servicios no se hallan en condiciones de ser recibidos, se dejará constancia expresa de tal circunstancia y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados, o proceda a una nueva ejecución de conformidad con lo pactado. Si pese a ello, los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, la Administración podrá rechazarla, quedando exenta de la obligación de pago, y teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho hasta entonces.

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36ª.- PLAZO DE GARANTÍA: Se fija un plazo de garantía de tres meses a contar desde la fecha de la

finalización de la prestación del servicio, transcurrido el cual sin objeciones por parte de la Administración quedará extinguida la responsabilidad del contratista.

37ª.-RESOLUCION Y EXTINCION DEL CONTRATO: Además de en los supuestos de cumplimiento, el contrato se extinguirá por

su resolución, acordada por la concurrencia de alguna de las causas previstas en los artículos 223 y 308 del TRLCSP dando lugar a los efectos previstos en los artículos 225 y 309 del TRLCSP.

Producirá igualmente la resolución del contrato, el incumplimiento por el

contratista de la obligación de guardar la confidencialidad y reserva a que se refiere la cláusula 27.

A la extinción del presente contrato de servicios, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del organismo contratante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 301.4 del TRLCSP.

38ª.- RECURSOS:

En los supuestos previstos en el artículo 40 del TRLCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación previo al contencioso-administrativo, en el plazo de 15 días, en los términos previstos en el artículo 44 del TRLCSP.

Para aquellos supuestos no contemplados en el citado artículo, y de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, cabrá la interposición del recurso potestativo de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto objeto del recurso.

39ª.- CUESTIÓN DE NULIDAD: En los supuestos previstos en el artículo 37 del TRLCSP, se podrá plantear

la interposición de la cuestión nulidad contractual, en el plazo de 30 días hábiles, en los términos previstos en el artículo 39 del TRLCSP.

40ª.- DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFIN ITIVA: Concluida la vigencia del contrato, y cumplidas por el contratista las

obligaciones derivadas del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, y transcurrido el periodo de garantía, en su caso, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de ésta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP.

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Transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato sin que la recepción formal hubiere tenido lugar por causas no imputables al contratista, se procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de las garantías, siempre que no se hayan producido las responsabilidades a que se refiere el artículo 100 del TRLCSP.

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-ANEXO I- MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA PARA PARTICIPAR EN EL

PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE BAR-CAFETERIA EN EL ORGANISMO AUTONOMO MUNICIPAL “PALAU DE LA MUSICA, CONGRESOS Y ORQUESTA DE VALENCIA”.

D./Dña. ............, con D.N.I. nº ........., domiciliado para todos los actos de

este procedimiento en …...., C/ .......... nº...., obrando en nombre .............., C.I.F nº

....., enterado de los pliegos de condiciones aprobados por el O.A.M. “Palau de la

Música, Congresos y Orquesta de Valencia” para contratar “EL SERVICIO DE

BAR-CAFETERIA EN EL ORGANISMO AUTONOMO MUNICIPAL PA LAU DE

LA MUSICA, CONGRESOS Y ORQUESTA DE VALENCIA” , se obliga a cumplir

dicho contrato, con estricta sujeción a los expresados pliegos, mediante el abono

de la cantidad de…………………. euros (……...,…. €), impuestos incluidos,

correspondiente a la parte fija del canon de carácter anual, así como el……% del

total de la facturación de dichas cafeterías (IVA excluido), correspondiente a la

parte variable del canon de carácter trimestral.

(Todas las cantidades expresadas en letra y número)

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ANEXO II

MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA PARTICIPAR E N

EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE BAR-CAFETERIA EN EL ORGANISMO AUTONOMO MUNICIPAL “PALAU DE LA MUSICA, CONGRESOS Y ORQUESTA DE VALENCIA”.

D./Dª ……………………….. con N.I.F. en nombre propio o en representación de...................… ………… , C.I.F., declara que:

- No se halla comprendido/a o que la empresa a la que representa, sus

administradores y representantes no se hallan comprendidos en ninguna de las causas de prohibición e incompatibilidad para contratar reguladas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

- Los poderes aportados se encuentran vigentes en la actualidad. - Se encuentra dado/a de alta en el Impuesto de Actividades Económicas,

declarando asimismo la vigencia del alta. - Se halla al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y con el

Ayuntamiento de Valencia, y de las cuotas de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, comprometiéndose en caso de resultar su proposición la oferta económicamente más ventajosa, a aportar la documentación acreditativa del cumplimiento de tales circunstancias en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento del órgano de contratación para su justificación, en los términos establecidos en el artículo 151 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

- A los efectos de acreditar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias

con el Estado y con la Seguridad Social se autoriza al O.A.M. “Palau de la Música, Congresos y Orquesta de Valencia” a solicitar estos datos de forma telemática a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social.

La autorización se otorga exclusivamente a los efectos de la adjudicación

del presente contrato y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 95.1 K) de la Ley 58/2003, General Tributaria que permite, previa autorización del interesado, la cesión de los datos tributarios que precisen las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus funciones, así como lo previsto en el artículo 14.2 b) del Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, sobre la obtención de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social.

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La autorización comporta el conocimiento y aceptación de las condiciones

que rigen la cesión de datos conforme a las previsiones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal y en el Reglamento de Medidas de Seguridad de Ficheros Automatizados que contengan datos de Carácter Personal, aprobado por real Decreto 944/1999, de 11 de junio.

Fecha y firma del licitador o de su representante y sello de la empresa.

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ANEXO III MODELO DE GARANTÍAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE

CONTRATACIÓN MODELO DE AVAL

La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía

recíproca)............................................................................................................... CIF/NIF.……….........……… con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en………………………………………………….............. . en la calle/plaza/avenida…...................……………………………… …………….………. C.P.……...… y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados)……….… ………………………………………………………………...........................................…………………………………… con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo efectuado por letrado de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Valencia , con fecha ....................................................... AVALA a: (nombre y apellidos o razón social del avalado) ………………………......................................….....................................................NIF/CIF……………………………en virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía) .......................................................................……………..........................……............………………………………….......................................................………………………………………………………………………………………………..… para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato y obligación asumida por el garantizado).......…………………………………… ………………………………………………….................................................. ante el Organismo Autónomo Municipal “Palau de la Música, Congresos y Orquesta de Valencia” por importe de euros:(en letra)……………………………………....... (en cifra)………….......

La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Organismo Autónomo Municipal, con sujeción a los términos previstos en la normativa de contratación de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y a las normas sobre constitución, cancelación y devolución de garantías y funcionamiento de la Caja Municipal de Depósitos del Ayuntamiento de Valencia (Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 21-11-2008 - BOP n:295 de 11-12-2008).

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Este aval tendrá validez en tanto que el órgano competente del O.A.M., no autorice su cancelación, habiendo sido inscrito en el día de la fecha en el Registro especial de Avales con el número.........................….

……………..…………………………… (lugar y fecha)

…………………………… (razón social de la entidad)

……..……………………… (firma de los Apoderados)

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ANEXO IV

MODELO DE GARANTÍAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE

CONTRATACIÓN MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN Certificado número………….. (1)……………………………(en adelante, asegurador), con domicilio en

………………,calle………………………………………………y CIF……………..… debidamente representado por Don/Doña (2) ………………………………….con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo efectuado por letrado de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Valencia, con fecha ...........................................

ASEGURA

A 3) …................……………….......NIF/CIF………………………, en

concepto de tomador del seguro, ante (4) …………………………………………………en adelante asegurado, hasta el importe de euros (5)………………………………….. en los términos y condiciones establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público y Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares por la que se rige el contrato (6) ………....…...............……......en concepto de garantía (7)…………………………………… para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.

El asegurado declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos

exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará

derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.

El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan

corresponderle contra el tomador del seguro. El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer

requerimiento del Organismo Autónomo Municipal “Palau de la Música, Congresos y Orquesta de Valencia”, en los términos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público.

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El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el O.A.M. “Palau

de la Música, Congresos y Orquesta de Valencia” autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria, así como a las normas sobre constitución, cancelación y devolución de garantías y funcionamiento de la Caja Municipal de Depósitos del Ayuntamiento de Valencia (Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 21-11-2008 - BOP n:295 de 11-12-2008).

En…………………., a ……… de ………….…….. de ………. Firma: Asegurador

INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DEL MODELO (1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora. (2) Nombre y apellidos del Apoderado o Apoderados. (3) Nombre de la persona asegurada. (4) Organismo Autónomo Municipal de que se trate. (5) Importe en letra por el que se constituye el seguro. (6) Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase, etc.) el contrato en virtud del cual se presta la caución. (7) Expresar la modalidad de garantía de que se trata provisional, definitiva, etc.

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ANEXO V MODELO DE DECLARACIÓN DE VALIDEZ DE LA CERTIFICACIÓ N DE

INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE CONTRATISTAS Y EMPRES AS CLASIFICADAS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA O EN EL REG ISTRO OFICIAL DE LICITADORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS DEL ESTADO. EXP. ………. OBJETO “……………” D/Dña. _______________________(nombre y apellidos)____________, con domicilio en calle/plaza/avenida __________________ código postal ____, localidad ________, provisto de D.N.I. (o documento que reglamentariamente le sustituya) número ______, actuando en su propio nombre y derecho o en representación de (identificación de la persona que representa) _________, con C.I.F. (o documento que reglamentariamente le sustituya) número________________, y domicilio en calle/plaza/avenida ________, código postal ____________, localidad _____________________, por su calidad de ____________ (apoderado, administrador, etc..)______, al objeto de participar en la contratación de referencia, DECLARA bajo su responsabilidad (Señálese lo que proceda) □ Que los datos y circunstancias acreditados mediante certificación de fecha _______, de inscripción en el Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Valenciana se encuentran vigentes, así como las circunstancias que sirvieron de base para la obtención de la referida certificación, sin que se encuentre pendiente ninguna variación de datos o circunstancias reflejadas en los documentos confiados al mismo. □ Que los datos y circunstancias acreditados mediante certificación de fecha ______________, de inscripción en el Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Valenciana se encuentran vigentes, así como las circunstancias que sirvieron de base para la obtención de la referida certificación, excepto en lo que a continuación se indica, según se acredita mediante los documentos que se adjuntan a la presente declaración:

1. ________ 2. ________ 3. ________

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Lo que se declara a efectos de lo previsto en los artículos 84 Real Decreto

Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y 25 del Decreto 79/2000, de 30 de mayo, del Gobierno Valenciano, por el que se crea la Junta Superior de Contratación Administrativa y se regulan los registros oficiales de Contratos y de Contratistas y de Empresas Clasificadas de la Comunidad Valenciana y las garantías globales, y 15 y 22.3 de la Orden de 23 de mayo de 2001, de la Conselleria de Economía Hacienda y Empleo, modificada por la Orden de 4 de junio de 2002 de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo por la que se dictan normas para la clasificación de empresas por la Generalitat Valenciana y se regula el funcionamiento e inscripción en el Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Valenciana. Lo que se declara a efectos de lo previsto en los artículos 84 Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, de desarrollo parcial de la Ley de Contratos del Sector Público.

(Lugar, fecha y firma del licitador o de su representante y sello de la empresa)

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A N E X O VI

CAFETERÍA PALAU DE LA MÚSICA LISTADO DE PRECIOS POR PRODUCTOS (IVA INCLUIDO) PERSONAL PÚBLICO BOCADILLOS DEL DÍA (Pequeños): € € BOCADILLOS DEL DÍA (Baguette): € € Los bocadillos del día podrán ser fríos (queso, queso fresco, jamón, atún, boquerones, chorizo, salchichón, o similares) y calientes (tortillas, revueltos varios, calamar romana, embutidos con guarnición, o similares). BOCADILLOS ESPECIALES FRÍOS (Pequeños): € € (Anchoas, Salmón y similares). BOCADILLOS ESPECIALES FRÍOS (Baguette): € € (Anchoas, Salmón y similares). BOCADILLOS ESPECIALES CALIENTES (Pequeños): € € (Revuelto Gambas, Revuelto Salmón, Lomo Plancha con Patatas y similares) BOCADILLOS ESPECIALES CALIENTES (Baguette): € € (Revuelto Gambas, Revuelto Salmón, Lomo Plancha con Patatas y similares)

DESAYUNO POPULAR De 8:00 a 10:00 horas (Cafés o infusión y pieza bollería pequeña) € € De 8:00 a 10:00 horas (Cafés o infusión y pieza bollería grande) € € ALMUERZO POPULAR CON BOCADILLO DEL DÍA € € De 8:00 a 11:30 horas (Pan pequeño, Refresco/Quinto, Café) ALMUERZO POPULAR CON BOCADILLO DEL DÍA € € De 8:00 a 11:30 (Pan Baguette, Refresco/Quinto, Café)

ALMUERZO POPULAR CON BOCADILLO DEL DÍA ESPECIAL € € De 8:00 a 11:30 horas (Pan pequeño, Refresco/Quinto, Café) ALMUERZO POPULAR CON BOCADILLO DEL DÍA ESPECIAL € € De 8:00 a 11:30(Pan Baguette, Refresco/Quinto, Café) INGREDIENTES AÑADIDOS AL BOCADILLO: € € (Quesos, Jamón, Atún, Boquerón, Embutidos, Pimientos y similares) INGREDIENTES AÑADIDOS AL BOCADILLO: € € (Salmón, Anchoas y similares) PINCHO TORTILLA € € ROSQUILLETAS € € PAPAS € € OLIVAS € € ACEITUNAS RELLENAS € € CACAOS € € ALMENDRAS € €

.../...

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../...

CAFETERÍA PALAU DE LA MÚSICA

LISTADO DE PRECIOS

PERSONAL PÚBLICO BANDERILLAS € € CROISANT PEQUEÑO € € CROISANT GRANDE € € DONUT € € ENSAIMADA PEQUEÑA € € MAGDALENA € € EMPANADILLA € € MINI MALLAS € € CAFÉ € € CORTADO € € BOMBÓN € € CAFE DESCAFEINADO € € CAFE CON LECHE € € INFUSIONES € € CAFÉ TOCADO € € CARAJILLO € € REFRESCOS BOTELLA € € REFRESCOS BOTE € € AGUA MINERAL, 33 € € AGUA MINERAL, 1,5 € € ZUMO DE NARANJA NATURAL PEQUEÑO € € ZUMO DE NARANJA NATURAL GRANDE € € CERVEZA QUINTO € € CERVEZA TERCIO € € COPA DE VINO DE MESA € € COPA DE TINTO DE VERANO € € CHUPITOS € € VAQUERITO € € BRANDIS (Veterano, Soberano y similares) € € BRANDIS (Carlos III, Magno y similares) € € COMBINADOS € € MARTINI € € COPA DE ANÍS € €

.../...

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.../... CAFETERÍA PALAU DE LA MÚSICA

LISTADO DE PRECIOS

PERSONAL PÚBLICO MENÚ DEL DÍA (Lunes a Viernes) € € MENÚ DEL DÍA (Sábados, Domingos y Festivos) € €

Los Menús del día estarán compuestos por un primer plato a elegir entre, como mínimo, tres opciones diarias, un segundo plato a elegir entre, como mínimo, tres opciones, pan, una bebida, postre y café, siendo siempre uno de los tres primeros platos un plato de cuchara.

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ANEXO VII

DOCUMENTACIÓN SOBRE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EM PRESARIALES EN EL MARCO DE LA LEY 31/1995, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE PREV ENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (B.O.E. 10-11-1995) Y EN EL REAL DECRETO 171/2004, DE 30 DE ENERO, EN MATERIA DE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALE S (B.O.E. 31-01-2004)”PARA PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO CONVOCADO POR EL O.A.M. “PALAU DE LA MÚSICA, CONGRESOS Y ORQUESTA DE VALENCIA PARA CONTRATAR “denominación completa del contrato al que se licita”.

EXPEDIENTE Nº: 25/2012.

PROCEDIMIENTOS TÉCNICOS DE PREVENCIÓN

PTP-01 PROCEDIMIENTO DE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES

ÍNDICE: 1 OBJETIVO

2 ALCANCE

3 IMPLICACIONES Y RESPONSABILIDADES

4 METODOLOGÍA

5 NORMATIVA APLICABLE

6 ANEXOS

Anexo 1: Riesgos y medidas preventivas en el centro de trabajo de Palau de la Música.

Anexo 2: Normas generales y normas de actuación en caso de emergencia. Anexo 3: Solicitud de información a empresas contratistas, subcontratistas y

autónomos. Anexo 4: Modalidad preventiva adoptada. Anexo 5: Justificante de entrega de información en materia preventiva. Anexo 6: Justificante de entrega de riesgos del Palau de la Música. Anexo 7: Autorizaciones del uso de los equipos de trabajo utilizados. Anexo 8: Relación de equipos de trabajo que incorporan a los trabajos. Anexo 9: Justificante de entrega de EPI´s a los trabajadores. Anexo 10: Relación de sustancias químicas utilizadas.

Revisado por: Salvador Benavent Marques Responsable Departamento Técnico Fecha: 10/11/2011

Aprobado por: Alfredo Pascual López Subdirector Fecha:10/11/2011

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1. OBJETIVO De acuerdo con el punto 2 del artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, RD 171/04 y otras disposiciones normativas aplicables sobre coordinación de actividades empresariales, se informa, por parte del PALAU DE LA MUSICA, CONGRESOS Y ORQUESTA DE VALENCIA, empresa principal, dedicada a la realización de conciertos y ciclos literarios, ubicado en el Paseo de la Alameda, nº 30 de Valencia, a las diversas empresas que desarrollan sus actividades, como contratistas / subcontratistas de diversos servicios en el citado centro de trabajo en relación con riesgos y medidas de emergencia

2. ALCANCE

El presente procedimiento será de aplicación cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas (contratistas, subcontratistas y autónomos).

3. IMPLICACIONES Y RESPONSABILIDADES .

El Palau de la Música, congresos y orquesta de Valencia adoptará las medidas necesarias para que cualquier empresario/autónomo que desarrolle una actividad en su centro de trabajo reciban información e instrucciones adecuadas en relación con los riesgos existentes en el centro de trabajo así como las medidas de emergencia aplicar para su traslado a sus respectivos trabajadores. También deberá comprobar que las empresas contratistas y subcontratistas concurrentes en su centro de trabajo han establecido los medios necesarios de coordinación entre ellas. Los empresarios concurrentes deberán comunicar a sus trabajadores la información y las instrucciones recibidas del Palau de la Música. Asimismo deberán acreditar por escrito que cumplen con sus obligaciones en materia de prevención de riesgos (evaluación de riesgos para los servicios prestados, planificación de la actividad preventiva, formación, información etc) 4. METODOLOGÍA La empresa Palau de la Música entregará a toda empresa contratista o subcontratista /autónomo /institución que deba acceder a sus instalaciones los siguientes documentos:

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ANEXO 1: Riesgos existentes y medidas preventivas de las instalaciones donde van a realizarse los trabajos.

ANEXO 2: Normas básicas a seguir en caso de emergencia, las cuales podrán ser ampliadas en la medida que se implanten en el centro de trabajo.

Tras la recepción de esta información, la empresa que presta sus servicios en el PALAU DE LA MUSICA, CONGR. Y ORQ. VLC, deberá rellenar, firmar y sellar el documento siguiente:

ANEXO 3: Solicitud de información a empresas contratistas, subcontratistas y autónomos. También deberá aportar a la empresa principal la siguiente documentación:

• Relación de personal que realizará los trabajos (nombre, apellidos y

D.N.I.). • Justificación de la modalidad preventiva adoptada. ANEXO 4 • Evaluación de riesgos para las obras y servicios contratados en las

instalaciones del Palau de la Música. Puede consultarse un método de evaluación de riesgos en la web del INSHT,:http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/TextosOnline/Guias_Ev_Riesgos/Ficheros/Evaluacion_riesgos.pdf

• Justificante de formación en materia preventiva. • Justificante de información de los trabajadores en materia preventiva.

ANEXO 5 • Registros de entrega de riesgos de las instalaciones donde van a trabajar:

Palau de la Música. ANEXO 6 • Documento acreditativo de la vigilancia de la salud en función de los

riesgos inherentes al trabajo según el art. 22 de la Ley 31/95. • Autorizaciones del uso de los equipos de trabajo que van a utilizarse.

ANEXO 7 • Relación de equipos de trabajo (“cualquier máquina, aparato, instrumento

o instalación utilizado en el trabajo” según el R.D. 1215/1997, de 18 de julio) que incorporan a los trabajos teniendo en cuenta los riesgos, medidas preventivas, certificación y documentación de las mismas. ANEXO 8.

• Justificante de de los Tc1 y Tc2 del personal que va a intervenir.(contratos entrega de EPI´s a los trabajadores cuando corresponda. ANEXO 9

• Entrega de fichas de seguridad de productos químicos cuando corresponda.

• Fotocopia de alta en la Seguridad Social (modelo TA. 2) del personal que va a trabajar, en caso de que no estén en el Tc1 y Tc2.

• Mensualmente: copia superiores a un mes). • Certificado de la tesorería de la Seguridad Social de estar al corriente del

pago de todas las cuotas.

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La entrega de dicha documentación, es obligatoria, previamente a la realización de los trabajos en las instalaciones del Palau de l a Música de acuerdo con la legislación vigente.

5. NORMATIVA APLICABLE

• Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales. (Jefatura del Estado. BOE 269 de 10 de noviembre).

• Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención.

• Real Decreto171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/95, de 8 de noviembre de prevención de riesgos laborales, en materia de Coordinación de Actividades Empresariales.

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FACTOR DE RIESGO/ MEDIDA PREVENTIVA

1.- Zonas de paso: derrames de líquidos o materiales ma l colocados/ Extremar las precauciones donde haya materiales invadiendo zonas de paso. Respetar la señalización de seguridad cuando haya suelos mojados, pulidos etc. Mantener el lugar de trabajo limpio y ordenado 2.- Escaleras fijas No subir ni bajar corriendo o con ambas manos ocupadas. Nunca almacenar materiales en las escaleras. 3.- Escaleras manuales Usar escalera adecuada, conforme a normas. No utilizar partes del mobiliario o elementos no estables como cajas, cubos etc. 4.- Medios auxiliares Se requiere autorización por escrito por parte de la empresa para la utilización de: plataformas elevadoras, carretillas o plataformas de elevación de personas. 5.- Aberturas horizontales y verticales Prohibido encaramarse a las barandillas y asomarse por los huecos de las escaleras, terrazas y desniveles. Muelle de carga del garaje: no circular cerca del borde. Prohibido realizar trabajos en zonas con riesgo de altura (terrazas, camaranchón, pasillos de iluminación, limpieza de cristales, etc) sin autorización por escrito de la empresa. En estas zonas: obligatorio usar protecciones personales (arnés anclado a punto seguro) y seguir los procedimientos establecidos para estos trabajos. 6.- Materiales en zonas de paso. Zonas de paso estrechas entre partes del mobiliario /Extremar las precauciones al transitar por zonas de almacenamiento, provisional o definitivo o cuando haya materiales invadiendo zonas de paso. En muelle de carga o pasillos de servicio el material almacenado de forma provisional deberá permanecer el menor tiempo posible.Extremar precauciones al transitar entre el mobiliario del centro de trabajo. 7.- Golpes por útiles de carga mecánica (transpaletas, carretillas, plata formas)/ En lugares donde circulen simultáneamente personas y medios auxiliares de manipulación de cargas hacerlo con precaución. Cuando el acceso se realice por la misma puerta, entrar siempre por los laterales, nunca por el centro de la puerta. 8.- Almacenamiento en estanterías y/o armarios. Tareas de mantenimiento en altura /Extremar las precauciones al transitar por zonas de almacenamiento. Cuando se realicen trabajos en altura (mantenimiento) no pasar por debajo de la zona de trabajo, si es imprescindible, hacerlo con casco. Respetar la señalización de seguridad establecida. 9.- Instalación eléctrica general. Uso de equipos de trabajo eléctricos/Los desperfectos de la instalación eléctrica o mal funcionamiento de los equipos conectados a la instalación eléctrica se deben comunicar a la empresa para que lo arregle. No sobrecargar las tomas de enchufes. Sólo manipulará la instalación eléctrica el personal cualificado y debidamente formado. 10.- Medios de extinción de incendios /Los medios de extinción deberán estar siempre visibles y accesibles. Nunca obstaculizarlos con mobiliario o materiales almacenados. En los montajes de exposiciones nunca podrán quedar ocultos tras obras o parabanes ni los medios de extinción ni la iluminación de emergencia Cualquier anomalía en los medios de extinción deberá ser notificada a la empresa. 11.- Evacuación/ En caso de emergencia no utilizar aparatos elevadores. No realizar almacenamientos en vías de evacuación ni salidas de emergencia. 12.- Incendios /No almacenar materiales inflamables, ni provisional ni definitivamente, en las inmediaciones de cuadros eléctricos.

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13.- Espacios confinados/Prohibido el acceso a zonas identificadas como espacio confinado. Cumplir las normas indicadas. Dar parte a la empresa si se detecta alguna anomalía en la zona o cercanías. TRABAJOS EXTERNOS: para trabajar en espacios confinados se requiere autorización por escrito de la empresa, seguir un procedimiento de trabajo comunicado al Palau, delimitar la zona de trabajo y la presencia de recurso preventivo de la empresa que realiza los trabajos. 14.- Almacenamiento de productos químicos/ Almacenar los productos químicos ordenadamente, tapados y atendiendo a posibles incompatibilidades entre ellos 15.- 1 Instalación de gas.2 Fosa séptica. 3 Compresores y aparatos a presión /1 Dar aviso a la empresa si se detecta alguna anomalía en la instalación de gas. 2 En trabajos en la fosa séptica: asegurar la adecuada ventilación de la zona y prohibido fumar durante la permanencia en la misma. 3 Avisar a la empresa si se detecta alguna anomalía en compresores u otros aparatos a presión. Todo trabajo de soldadura requiere autorización por escrito del Palau de la Música. Prohibido fumar durante las operaciones de soldadura o inmediaciones y en las zonas de almacenamiento de botellas de gases 16.- Aparcamiento /Extremar las precauciones en el parking (circulan simultáneamente peatones y vehículos). No situarse entre vehículos o entre vehículos y elementos fijos. Trabajos de carga y descarga en el muelle: utilizar chaleco reflectante 17.- Señalización de seguridad /Prohibido el acceso a zonas con indicaciones específicas de acceso restringido, sin la autorización previa del Palau de la Música y/ o acompañado por personal del mismo. Prohibido utilizar montacargas no destinados al uso de personas. Su utilización requiere autorización por escrito por parte del Palau. 18.- Fosa séptica / Utilizar detector de gases portátil antes y durante la permanencia en la fosa séptica 19.- Fosa séptica / utilizar arnés anclado a punto fijo cuando se trabaje en la fosa para evitar contacto con residuos de la misma.

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ANEXO 1.

RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS PARA TRABAJADORES EXTERNOS DEL PALAU DE LA MUSICA

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Pasillos y vestíbulos 1 Tarimas del escenario 1 Escaleras fijas del centro 2 Uso de escaleras manuales 3 Uso de medios auxiliares (mantenimiento montajes escenario) 4 Escaleras, terrazas, barandillas, muelle de carga, camaranchón, pasillos de iluminación, limpieza de cristales, fosa séptica 5

Archivo, almacenes, cafetería 6 Uso de transpaletas, carretillas, plataformas elevadoras (zona de mantenimiento, escenario, muelle, vías de paso)

7

Archivo, zona de mantenimiento, montaje iluminación y sonido en escenario 8 Instalación general, equipos de trabajo eléctricos, centro de transformación 9 Todo el centro de trabajo (medios de extinción de incendios) 10 Todo el centro de trabajo (normas de evacuación) 11 Todo el centro de trabajo (cuadros eléctricos) 12 Espacios confinados 5 13 15 18 19 Cafetería 6 14 Almacenamiento productos químicos (zona de mantenimiento, carpintería) 15 Salas de compresores y aparatos a presión en general 15 Zona de aparcamiento 16 Señalización de seguridad 17

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ANEXO 2: NORMAS GENERALES PARA TRABAJADORES EXTERNO S DE EMPRESAS Y ORGANIZACIONES CONCURRENTES EN EL PALAU DE LA MÚSIC A

Las siguientes normas tienen por finalidad promover comportamientos seguros y

evitar accidentes, molestias o daños a la salud. En caso de incumplimiento el Palau de la Música podrá ejercer las acciones oportunas, incluso la paralización de los trabajos.

1) ESTÁ PROHIBIDO: • Acceder a cubiertas no pisables, terrazas, camaranchón, centro de

transformación, salas de máquinas, pasillos de iluminación, espacios confinados y otras salas señalizadas con prohibición de acceso. Sólo podrán acceder y manipular alguna de las partes de la instalación, previa autorización del Palau de la Música, siempre y cuando estén cualificados y utilicen las protecciones personales y adopten las medidas de seguridad pertinentes para el seguro desempeño de sus actividades.

• Acumular objetos en torno a puertas cortafuego, medios de extinción de incendios y vías y salidas de evacuación.

• Realizar trabajos en caliente (soldadura, corte con producción de chispas …) cerca de material combustible.

• Fumar el todas las instalaciones del Palau de la Música.

2) LOS TRABAJADORES EXTERNOS DEBEN: • Estar informados de los riesgos y medidas preventivas generales del local al

que acceden. • Seguir en todo momento las indicaciones del responsable de la empresa o

persona designada por éste. • Seguir las indicaciones de los responsables de emergencias y evacuación en

caso de emergencia. • En caso de observar alguna anomalía en alguna de las partes de la instalación

comunicar la misma al responsable de prevención o, si ésta es importante, al trabajador más cercano de la empresa.

TELÉFONOS PARA EMERGENCIAS

RESPONSABLES DE PREVENCIÓN SALVADOR BENAVENT MARQUES FRANCISCO CLIMENT GAMBORINO

651 466 502 651 466 802

RESPONSABLES DE EMERGENCIAS SALVADOR BENAVENT MARQUES FRANCISCO CLIMENT GAMBORINO

651 466 502 651 466 802

CONTRATA DE VIGILANCIA 24 HORAS 96 208 80 70/71 POLICÍA, BOMBEROS, AMBULANCIAS, PROTECCIÓN CIVIL 112

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AMBULANCIAS 96 350 01 00 EMERGENCIAS SANITARIAS 061 SERVICIO DE INFORMACIÓN TOXICOLÓGICA 91 562 04 20

NORMAS SOBRE EMERGENCIAS

1) ANTES DEL COMIENZO DE LOS TRABAJOS los trabajadores externos deben

familiarizarse con las vías de salida y evacuación y los medios de lucha contra el fuego del lugar de trabajo.

2) EN CASO DE INCENDIO póngalo en conocimiento del responsable de emergencias.

Conserve la calma y actúe con rapidez. Si el incendio es controlable intente extinguirlo con los medios técnicos adecuados (extintores…). Realice el ataque al fuego situándose entre la salida y el fuego, no corra riesgos si no consigue apagarlo. Desconecte los suministros cuyo funcionamiento pueda aumentar la gravedad de la emergencia (suministro eléctrico, climatización).

3) EN CASO DE EVACUACIÓN DE EMERGENCIA. Preste atención a las órdenes de

los responsables. Se ha de evacuar de forma rápida y ordenada por las vías y salidas de evacuación, no por ascensores ni montacargas. Cierre las puertas al salir de los recintos. No retroceda ni vuelva a entrar en el edificio. No corra ni grite. Si hay mucho humo, desplácese agachado. Si se prende la ropa: no corra, tírese al suelo y ruede. Si está atrapado en una sala: cierre las puertas, tape las rendijas con trapos húmedos, si es posible hágase ver por las ventanas. Diríjase al punto de encuentro para recibir órdenes.

4) EN SALAS CON SISTEMA AUTOMÁTICA DE INCENDIO MEDI ANTE GAS

(ARCHIVO). Si suena la sirena se debe evacuar la sala inmediatamente, a causa del riesgo de asfixia inminente.

5) EN CASO DE ACCIDENTE GRAVE. 1º PROTEGER: antes de actuar asegurarse de

que la persona accidentada y nosotros mismos estamos fuera de peligros (golpes, fuego, humos, gases, electricidad). Valorar si podemos atender a la persona accidentada o hay que alejarla del peligro. 2º AVISAR: al 112. Permanecer junto a la persona accidentada. 3º SOCORRER: reconocer los signos vitales (consciencia, respiración, pulso). No mover al accidentado. No suministrarle alimentos, bebidas ni medicamentos. Facilitar la llegada de los servicios sanitarios de urgencia.

PUNTO DE ENCUENTRO: JARDINES DE LA ALAMEDA, DIRECCIÓN A PLAZA DE ZARAGOZA (EDIFICIO PRINCIPAL)

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6) EN CASO DE EXPOSICIÓN A, CONTACTO CON, O INGESTI ÓN DE UNA SUSTANCIA PELIGROSA. Avisar al responsable de la instalación. Obtener toda la información posible de la sustancia (etiqueta del envase y ficha de datos de seguridad). En caso de ingestión contactar con el Servicio de Información Toxicológica.

TODOS LOS TRABAJADORES DEBEN ESTAR FORMADOS EN EMER GENCIAS Y PRIMEROS AUXILIOS SEGÚN NORMATIVA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

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ANEXO 3 : SOLICITUD DE INFORMACIÓN A EMPRESAS CONTR ATISTAS, SUBCONTRATISTAS, AUTONOMOS E INSTITUCIONES.

D./Dña._____________________________, en calidad de (cargo)

___________________de (nombre de la empresa)

____________________________________, con domicilio en ____________,

Localidad _________, Provincia __________, Código postal _____ que va a

desarrollar la actividad de ____________________________________ en el

Palau de la Música, congresos y orquesta de Valencia.

CERTIFICA:

Que, para todos los trabajadores que van a trabajar en las instalaciones del Palau de la Música (adjuntar listado con nombres, apellidos y D.N.I.)

� La empresa ha trasladado la documentación, relativa a prevención de riesgos laborales, facilitada por el PALAU DE LA MUSICA, CONGR. Y ORQ.VLC sobre los riesgos existentes en el centro de trabajo sito en Paseo de la Alameda, nº 30, de Valencia y de las medidas de prevención, protección y emergencia, que en cada caso deberán ser observadas.

� Él/los trabajador/es ha/n recibido formación en Prevención de Riesgos Laborales, previamente al inicio de su actividad.

� La empresa ha informado a sus trabajadores de los riesgos inherentes al puesto que va/n a desempeñar.

� La empresa ha elaborado y entregado a todos los trabajadores procedimiento/s de trabajo necesarios para desarrollar el trabajo contratado de manera segura.

� En caso de utilizar sustancias químicas, los trabajadores disponen de las fichas técnicas y de las fichas de datos de seguridad correspondientes.

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� Él/los trabajador/es dispone/n, cuando la tarea lo requiere de equipos de protección personal para evitar riesgos profesionales durante el trabajo a realizar y conoce su uso, (según se indica en las siguientes tablas).

� Él/los trabajador/es (SI/ NO) presenta/n limitaciones que le hacen especialmente sensible, (indicar cuáles) _______________________________________________________

� La empresa garantiza a los trabajadores a su servicio la vigilancia de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo, respetando en todo momento la legislación vigente en esta materia.

� La empresa ha designado como Recurso Preventivo, en caso de ser necesario, a D. _______________.

� En caso de que se subcontrate a otras empresas para realizar cualquier trabajo (montaje de tarimas, stands, iluminación, sonido, transporte, azafatas, decoración etc) en instalaciones del PALAU DE LA MUSICA, CONGR. Y ORQ.VLC, se realizará una adecuada Coordinación de actividades empresariales (CAE) según el R.D. 171/2004 de 30 de enero, entregando la pertinente información relativa a los riesgos existentes en el Palau.

Y para que así conste expido y firmo el siguiente certificado.

En _________ a _____ de _________ de ____.

Sello de la Empresa

Firmado D./ Dña.______________________________________

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ANEXO 4: MODALIDAD PREVENTIVA ADOPTADA D. ......................................................................., con DNI ............................... en calidad de ................................... de la empresa ..........................................., sita en la C/............................................................……………………........., localidad ............................................., perteneciente al sector de actividad ......................................................................................, con un número de .......... trabajadores, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 10 del Capítulo 3 del Reglamento de los Servicios de Prevención (Modalidades de organización de recursos para las actividades preventivas), y en virtud de las características que presenta la empresa declara la adopción de la siguiente modalidad preventiva:

� Asumir personalmente el empresario la actividad preventiva.

� Designar a uno o varios trabajadores para llevarla a cabo.

� Constituir un Servicio de Prevención propio.

� Recurrir a un Servicio de Prevención ajeno.

� Establecer un sistema mixto (propio-ajeno): indicar según especialidades

Especialidades:

Seguridad � propio � ajeno

Higiene � propio � ajeno

Ergonomía y Psicosociología � propio � ajeno

Vigilancia de la Salud � propio � ajeno

De este modo, el empresario pretende garantizar la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo y desarrollar una acción permanente con el fin de perfeccionar los niveles de protección existentes y disponer lo necesario para la adaptación de las medidas de prevención a las modificaciones que puedan experimentar las circunstancias que incidan en la realización del trabajo. Y para que sirva a todos los efectos, firma la presente declaración:

Fdo.: D._____________________

(Representante de la empresa)

Fecha: ___________

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ANEXO 5: JUSTIFICANTE DE ENTREGA DE INFORMACIÓN EN MATERIA PREVENTIVA.

CONTROL DE ENTREGA DE INFORMACIÓN EN MATERIA PREVEN TIVA

EMPRESA: TRABAJADOR:

D.N.I.:

PUESTO DE TRABAJO

INFORMACIÓN ENTREGADA

NOMBRE DOCUMENTO FECHA ENTREGA

FIRMA TRABAJADOR

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ANEXO 6: JUSTIFICANTE DE ENTREGA DE RIESGOS DEL PAL AU DE LA MÚSICA.

CONTROL DE ENTREGA DE INFORMACIÓN A LOS TRABAJADORES

EMPRESA

TRABAJADOR:

D.N.I.:

PUESTO DE TRABAJO

INFORMACIÓN ENTREGADA

NOMBRE DOCUMENTO FECHA ENTREGA

FIRMA TRABAJADOR

Riesgos existentes y medidas preventivas en el Palau de la Música, Congresos y Orquesta de Valencia

Normas generales de actuación en caso de emergencia del Palau de la Música

Fdo.: (Representante de la EMPRESA)

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ANEXO 7: AUTORIZACIONES DEL USO DE LOS EQUIPOS DE T RABAJO UTILIZADOS

EMPRESA:

AUTORIZACIÓN DE USO DE EQUIPOS DE TRABAJO EQUIPO DE TRABAJO : TRABAJADOR AUTORIZADO: D.N.I FECHA:

OFICIO Y CATEGORÍA PROFESIONAL D . .......................................................................................................................... en calidad de ……………………………………………. AUTORIZA: Al trabajador cuyos datos se reflejan arriba, para la utilización del siguiente equipo de trabajo: ........................................................... (identificar el equipo de trabajo objeto de dicha autorización por el nº de matrícula, tipo, modelo y fabricante) del cual ha demostrado su capacidad, profesionalidad, pericia, conocimiento y competencia, cumpliendo los requisitos legales, reglamentarios y contractuales vigentes que le habilitan, dentro del recinto de la empresa, para el manejo de dicho equipo. Del citado equipo se adjuntan a la presente autoriz ación, las correspondientes instrucciones de uso y trabajo. El trabajador autorizado se manifiesta conocedor de todas las medidas preventivas que debe adoptar en el manejo del equipo y se compromete a adoptarlas. Así mismo no realizará bajo ningún concepto operaciones de mantenimiento sobre la máquina. Observaciones : Por La EMPRESA El Trabajador autorizado Fdo: D. ....................... Fdo: D. ..............................

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ANEXO 8: RELACIÓN DE MÁQUINAS HERRAMIENTAS DE LA EM PRESA

DESCRIPCIÓN MARCA MODELO Nº

SERIE MANUAL DE INSTRUCCIONES

CE OBSERVACIONES

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ANEXO 9: JUSTIFICANTE DE ENTREGA DE EPI´S A LOS TRA BAJADORES

CONTROL DE ENTREGA DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL

EMPRESA:

TRABAJADOR:

D.N.I.:

PUESTO DE TRABAJO

EQUIPOS ENTREGADOS

EPI TALLA - MODELO

FECHA ENTREGA

FIRMA TRABAJADOR OBSERVACIONES

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Nota: Para aquellos EPI’s de un único uso (“usar y tirar” como por ejemplo, guantes de látex de único uso) bastará con que le trabajador, firme una sola vez de forma anual. En la casilla de observaciones deberemos hacer constar su “UNICO USO”. He recibido el equipo de protección individual indicado y me comprometo a cumplir las obligaciones especificadas en el Artículo 10 del Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. En particular, el trabajador debe:

• Seguir las instrucciones del manual de instrucciones. • Utilizar y cuidar correctamente los equipos de protección individual. • Colocar el equipo de protección individual después de su utilización en el

lugar indicado para ello. • Informar de inmediato a su superior jerárquico directo de cualquier defecto,

anomalía o daño apreciado en el equipo de protección individual utilizado que, a su juicio, pueda entrañar una pérdida de su eficacia protectora.

Fdo: (Representante de la EMPRESA)

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ANEXO 10: RELACION DE SUSTANCIAS QUÍMICAS UTILIZADA S

NOMBRE COMERCIAL

FICHA DE SEGURIDAD (*)

SI NO

(*) Se deberá adjuntar la ficha de seguridad de todos los productos utilizados.

(Lugar, fecha y firma del licitador o de su representante y sello de la empresa)

: