2014-LECCION2-contable
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Por: CPC LUZ HIRACHE FLORES
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2 Por. CPC. Luz HIRACHE Flores
DEPRECIACION
De acuerdo a la definicin de la NIC 16, en su prrafo 6, la
DEPRECIACION es la distribucin sistemtica del importe
depreciable de un activo a lo largo de su vida til.
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3 Por. CPC. Luz HIRACHE Flores
DEPRECIACION ACELERADA
Se conoce as al tratamiento excepcional tributario, aplicable a la
depreciacin de activos reconocidos bajo la modalidad de CONTRATO DE
ARRENDAMIENTO FINANCIERO o LEASING, siempre que cumplan con los
requisitos exigidos en el Artculo 18 del Decreto Legislativo N 299.
Esta norma establece que la aplicacin de la tasa de depreciacin mxima
anual, ser aquella que se determine de manera lineal en funcin a la cantidad
de aos que comprende el contrato (esto es en el tiempo del contrato). Esto
slo para fines del impuesto a la renta (va DJ Anual).
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4 Por. CPC. Luz HIRACHE Flores
DEPRECIACION ACELERADA
Para efectos tributarios, los bienes objeto de
arrendamiento financiero se consideran activo fijo del
arrendatario y se registrarn contablemente de
acuerdo a las Normas Internacionales de
Contabilidad.
La depreciacin se efectuar conforme a lo
establecido en la Ley del Impuesto a la Renta.
El D. Legislativo N 299, en su artculo 18 seala lo siguiente:
Reconocimiento contable NIC 17
Deduccin segn Art. 22 Reglamento del LIR
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5 Por. CPC. Luz HIRACHE Flores
DEPRECIACION ACELERADA
Excepcionalmente se podr aplicar como tasa de depreciacin mxima anual
aquella que se determine de manera lineal en funcin a la cantidad de aos que
comprende el contrato, siempre que ste rena las siguientes caractersticas:
1. Su objeto exclusivo debe consistir en la cesin en uso de bienes muebles o
inmuebles, que cumplan con el requisito de ser considerados costo o gasto para
efectos de la LIR.
2. El arrendatario debe utilizar los bienes arrendados exclusivamente en el
desarrollo de su actividad empresarial.
3. Su duracin mnima ha de ser de 2 (muebles) o de 5 (inmuebles) aos.
4. La opcin de compra slo podr ser ejercitada al trmino del contrato.
El D. Legislativo N 299, en su artculo 18 seala lo siguiente:
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6 Por. CPC. Luz HIRACHE Flores
APLICACIN DE LA NIC 12 IMPUESTO A LA RENTA
La NIC 12 Impuesto a la Renta, nos permite reconocer las
consecuencias fiscales de las transacciones econmicas incurridas
por la empresa, generadas por las diferencias temporarias
identificadas en el ejercicio.
La identificacin de una diferencia temporaria, implica el
reconociendo de un activo por impuestos diferidos o un pasivo por
impuestos diferidos, conocidos tambin como activos tributarios
diferidos o pasivos tributarios diferidos.
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7 Por. CPC. Luz HIRACHE Flores
APLICACIN DE LA NIC 12 IMPUESTO A LA RENTA
LAS DIFERENCIAS TEMPORARIAS son las diferencias que existen entre el
importe en libros de un activo o pasivo en el estado de situacin financiera (base
contable) y su base fiscal.
Las diferencias temporarias pueden ser:
(a) diferencias temporarias imponibles,
(b) diferencias temporarias deducibles.
La base fiscal de un activo o pasivo es el
importe atribuido, para fines fiscales, a
dicho activo o pasivo.
La base contable de un activo o pasivo es
el importe en libros conforme las exigencias
de las NIIF.
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8 Por. CPC. Luz HIRACHE Flores
DEPRECIACION ACELERADA Y LA NIC 12
Procedemos a identificar las bases de medicin de la depreciacin de un activos
sujeto a contrato de arrendamiento financiero o Leasing:
La base fiscal :
Segn el D. Legislativo N 299 la
depreciacin acelerada, consiste en
distribuir el costo del activo en el plazo del
contrato de arrendamiento financiero.
La base contable:
De acuerdo a la NIC 17 Arrendamientos, la
depreciacin se efectuar sobre la base de
la vida til del activo.
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9 Por. CPC. Luz HIRACHE Flores
CASO PRACTICO
La empresa MILANO S.A.C, ha contratado en enero 2013 la
adquisicin de una maquinaria bajo la modalidad de Leasing, para ello
tomaremos los siguientes datos:
Valor Razonable de la maquinaria: S/. 55,000
Vida til : 8 aos
Tiempo del contrato : 2 aos
La empresa MILANO SAC, obtuvo como resultado contable (antes del
impuesto a la renta) al 31.12.2013 - S/. 35,000.
Se pide: desarrollar la depreciacin acelerada y su incidencia en el
tiempo de vida til de la maquinaria, considerando que el resultado
contable obtenido en el 2013 se mantendra en los prximos 6
ejercicios.
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10 Por. CPC. Luz HIRACHE Flores
SOLUCION:
% 2013 2014 2015 2016 2017 2018
Maquina A 55,000.00 16.67% 9,166.67 9,166.67 9,166.67 9,166.67 9,166.67 9,166.67
DEPRECIACION CONTABLE
ACTIVO COSTO
% 2013 2014 2015 2016 2017 2018
Maquina A 55,000.00 50.00% 27,500.00 27,500.00 - - - -
ACTIVO COSTO
DEPRECIACION ACELERADA
La depreciacin contable ser:
La depreciacin tributaria ser:
Diferencia temporaria:
2013 2014 2015 2016 2017 2018
Maquina A 18,333.33 18,333.33 (9166.67) (9166.67) (9166.67) (9166.67)
Deduccin Deduccin Adicin Adicin Adicin Adicin
ACTIVO
DIFERENCIA TEMPORAL
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11 Por. CPC. Luz HIRACHE Flores
SOLUCION:
Determinamos el IR del ejercicio 2013 (DJ Anual):
Resultado Contable 35,000.00 35,000.00 -
Adiciones
- - - -
Deducciones
Depreciacion Acelerada - -18,333.33 18,333.33
Compensacin de Prdidas - - -
Renta Neta Imponible 35,000.00 16,666.67 18,333.33
IR (30%) 10,500.00 5,000.00 5,500.00
Gasto IR IR por pagar IR Diferido
Base Contable Base Tributaria Diferencia
Temporal
DEBE HABER
88 IMPUESTO A LA RENTA 10,500.00
4017 IR - 3ERA CATEGORIA 5,000.00
491 IR DIFERIDO 5,500.00
Cta
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12 Por. CPC. Luz HIRACHE Flores
SOLUCION:
Determinamos el IR del ejercicio 2014 (DJ Anual):
Resultado Contable 50,000.00 50,000.00 -
Adiciones
- - - -
Deducciones
Depreciacion Acelerada - -18,333.33 18,333.33
Compensacin de Prdidas - - -
Renta Neta Imponible 50,000.00 31,666.67 18,333.33
IR (30%) 15,000.00 9,500.00 5,500.00
Gasto IR IR por pagar IR Diferido
Base Contable Base Tributaria Diferencia
Temporal
DEBE HABER
88 IMPUESTO A LA RENTA 15,000.00
4017 IR - 3ERA CATEGORIA 9,500.00
491 IR DIFERIDO 5,500.00
Cta
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DEBE HABER
88 IMPUESTO A LA RENTA 12,600.00
491 IR DIFERIDO 2,750.00
4017 IR - 3ERA CATEGORIA 15,350.00
Cta
13 Por. CPC. Luz HIRACHE Flores
SOLUCION:
Determinamos el IR del ejercicio 2015 (DJ Anual):
Resultado Contable 42,000.00 42,000.00 -
Adiciones
Aplica Deprec Acelerada 9,166.67 -9,166.67
Deducciones
Depreciacion Acelerada - - -
Compensacin de Prdidas - - -
Renta Neta Imponible 42,000.00 51,166.67 -9,166.67
IR (30%) 12,600.00 15,350.00 -2,750.00
Gasto IR IR por pagar IR Diferido
Base Contable Base Tributaria Diferencia
Temporal
Este procedimiento se repite durante los ejercicios 2016 al 2018
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14 Por. CPC. Luz HIRACHE Flores