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1B El se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación” DIDEMAS COCINAS INDUSTRIALES SAS EJECUTIVO LABORAL SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE DIDEMAS COCINAS INDUSTRIALES SAS VEINTISÉIS (26) DE SEPTIEMBRE DE TREINTA Y CINCO (35) LABORAL DEL 2015 - 00544 PENSIONES Y CESANTIAS PORVENIR S .A. DOS MIL DIECISIETE (2017) CIRCUITO DE BOGOTA D.C. *P- GRIFERIAS DE COLOMBIA LTDA. EJECUTIVO LABORAL SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE GRIFERIAS DE COLOMBIA LTDA. DIECIOCHO (18) DE DICIEMBRE DE 2017 NOVENO (9o) LABORAL DEL CIRCUITO 2011 - 00673 PENSIONES Y CESANTIAS PORVENIR S.A. DE BOGOTA D.C. *P- SEGURIDAD EL CRUCERO LTDA. EJECUTIVO LABORAL SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE SEGURIDAD EL CRUCERO LTDA. VEINTITRÉS (23) DE NOVIEMBRE DE 2017 VEINTINUEVE (29) LABORAL DEL CIRCUITO 2011 - 00694 PENSIONES Y CESANTIAS PORVENIR S.A. DE BOGOTA D.C. *P- SISSI SAS EJECUTIVO LABORAL SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE SISSI SAS VEINTISIETE (27) DE NOVIEMBRE DE 2017 TREINTA Y SEIS (36) LABORAL DEL 2015 - 00489 PENSIONES Y CESANTIAS PORVENIR S.A. CIRCUITO DE BOGOTA D.C. *P- DLB GROUP COLOMBIA S.A.S. EJECUTIVO LABORAL SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE DLB GROUP COLOMBIA S.A.S. VEINTINUEVE (29) DE NOVIEMBRE DE 2017 VEINTIUNO (21) LABORAL DEL CIRCUITO 2016 - 00080 PENSIONES Y CESANTIAS PORVENIR S.A. DE BOGOTA D.C. *P- YEIMY ESCOBAR MEDINA 79.211.369 EJECUTIVO BANCO FINANDINA S.A. YEIMY ESCOBAR MEDINA AUTO LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO 22 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA D.C. 2017 - 1531 CLAUDIA GASCON DURAN 49.773.639 CLAUDIA GASCON DURAN POR VÍA EJECUTIVA A FAVOR DE FINANDINA S.A. CONTRA : YEIMY ESCOBAR MEDINA CLAUDIA GASCON DURAN DE FECHA: 15 DE ENERO DE 2018 *F1-1-15 FERNANDO ROSERO CORDOBA 12.966.263 EJECUTIVA DE MINIMA CUANTIA BANCO FINANDINA S.A. FERNANDO ROSERO CORDOBA AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA 55 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA D.C. 2016 - 01673 7 DE DICIEMBRE DE 2016 *F1-2-15 A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON SUCESIÓN INTESTADA CARLOS ALBERTO CISNEROS BELARDE DORA PATRICIA CISNEROS CHAVES, AUTO ADMISORIO VEINTIDÓS (22) DE FAMILIA DE BOGOTA DC 110013110022- DERECHO A INTERVENIR EN EL PROCESO en calidad de causante CESAR ALBERTO CISNEROS DIAZ, NOVIEMBRE 15 DE 2017 20170061500. SUCESORIO Y/O PERSONAS INDETERMI- NADAS MONICA PATRICIA CISNEROS DIAZ, (2017-00615) LUIS ALEJANDRO CISNEROS DIA< Y CARLOS CISNEROS DIAZ como HEREDEROS de su extinto : CARLOS ALBERTO CISNEROS BELARDE (Q.E.P.D.) *P1-4-15 EMPLACESE A TODAS LAS PERSONAS QUE SE SUCESION DOBLE E INTESTADA de HERMENCIA PEREZ MARTINEZ CAUSANTES: AUTO ADMISORIO TRECE DE FAMILIA DE BOGOTA EN 11001310013- CREAN CON DERECHO A INTERVENIR DENTRO MANUEL ANTONIO PEREZ MATA Y LUZ MARINA PEREZ ALVAREZ MANUEL ANTONIO PEREZ MATA Y 18 DE ABRIL DE 2016 ORALIDAD 2015020150113800. DE ESTA MORTUORIA MARIA ALICIA ALVAREZ DE PEREZ (q.e.p.d.) JONAS PEREZ ALVAREZ MARIA ALICIA ALVAREZ DE PEREZ (q.e.p.d.) Quienes fallecieron el 19 de Abril del año 1990 YOLIMA PEREZ ALVAREZ y 18 de Junio del año 2014, respectivamente, HECTOR MANUEL PEREZ SIERRA en Bogotá lugar de su último domicilio ALCIBIADES RODRIGUEZ ALVAREZ Herederos en primer orden sucesoral de los causantes de conformidad con lo dispuesto en el art 491 del CGP *P1-5-15 A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON SUCESIÓN TESTADA SOLICITANTE: CAUSANTE: TREINTA (30) DE NOVIEMBRE DE DOS DIECIOCHO DE FAMILIA DEL CIRCUITO 1100131100-18- DERECHO A INTERVENIR EN EL PROCESO DE INÉS CASTILLO TORRES BEATRIZ MEDINA ANDRADE DE MEDINA INÉS CASTILLO TORRES MIL DIECISIETE (2017) DE BOGOTA D.C. 2017-00677-00 SUCESIÓN DE LA CAUSANTE : quien falleció en Bogotá el día 12 de Mayo de INÉS CASTILLO TORRES 2017, siendo esa ciudad el lugar de domicilio y asiento principal de sus negocios, según se afirma en el líbelo *P1-7-15 A TODAS AQUELLAS PERSONAS QUE SE CREAN JURISDICCIÓN VOLUNTARIA DE ALAIS HORTENCIA VANEGAS MANRIQUE AUTO ADMITE DEMANDA 9 DE FAMILIA DE BOGOTA D.C. 2018 - 0187 CON EL DERECHO AL EJERCICIO DE LA GUARDA INTERDICCIÓN JUDICIAL POR MARZO 23 DE 2018 DEL PRESUNTO INTERDICTO: DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA JAIRO LEANDRO CAMARGO GARCIA JAIRO LEANDRO CAMARGO GARCIA PARA QUE SE PRESENTE AL JUZGADO *B2-1-15 TODAS AQUELLAS PERSONAS QUE SE CREAN SUCESION INTESTADA NATALIA GUAQUETA JIMENEZ CAUSANTE: AUTO DE APERTURA DE LA SUCESIÓN VEINTE (20) DE FAMILIA DEL CIRCUITO 2018 - 00278 CON DERECHO A INTERVENIR EN LA SUCESIÓN C.C. No. 53.167.926 de Bogotá JORGE ALFREDO GUAQUETA BARRERA QUINCE (15) DE MARZO DEL DOS MIL DE BOGOTA D.C. del señor JORGE ALFREDO GUAQUETA BARRERA 17.185.425 FREDY GUAQUETA JIMENEZ C.C. No. 17.185.425 DIECIOCHO (2018) de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 490 del C.G.P. C.C. No. 79.715.270 de Bogotá en concordancia con el Artículo 108 ibídem JORGE MARIO GUAQUETA RESTREPO C.C. No. 1.032.459.576 de Bogotá MARIA ALEJANDRA GUAQUETA RESTREPO C.C. No. 1.030.542.641 de Bogotá *B2-4-15 EMPLAZAMIENTO DE : LIQUIDACION DE SOCIEDAD PATRIMONIAL OLGA MARIA AVENDAÑO DAZA LUIS ANTONIO TORRES POVEDA AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA VEINTIOCHO (28) DE FAMILIA DE 2017 - 585 TODOS LOS ACREEDORES QUE SE CREAN CON TRES (03) DE NOVIEMBRE DE 2017 Y BOGOTA D.C. DERECHO PARA INTERVENIR DENTRO DEL PRESENTE AUTO QUE ORDENA LLEVAR A CABO TRAMITE LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD PATRIMONIAL EL EMPLAZAMIENTO PARA QUE LE HAGAN VALER SUS CREDITOS DE LOS TRES (03) DE NOVIEMBRE DE 2017 SEÑORES : Emplazamiento de todos los acreedores que se OLGA MARIA AVENDAÑO DAZA Y crean con derecho para intervenir dentro del LUIS ANTONIO TORRES POVEDA presente tramite liquidación de la sociedad patrimonial para que hagan valer sus creditos de los señores : OLGA MARIA AVENDAÑO DAZA Y LUIS ANTONIO TORRES POVEDA *B2-3-15 OMAR FERNANDO URIBE MALDONADO, DECLARATIVO DE PERTENENCIA POR MERY PARRA RODRIGUEZ OMAR FERNANDO URIBE MALDONADO, AUTO ADMISORIO SEGUNDO CIVIL DE ORALIDAD DEL 2016 - 00175 WILLIAM EDUARDO URIBE MALDONADO, PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA WILLIAM EDUARDO URIBE MALDONADO, MARZO 22 DE 2018 CIRCUITO DE BOGOTA D.C. ALEXANDER URIBE MALDONADO, ADQUISITIVA DEL DOMINIO ALEXANDER URIBE MALDONADO, PILAR CONSUELO URIBE DE PUERTAS Y PILAR CONSUELO URIBE DE PUERTAS Y FERNANDO URIBE MALDONADO, FERNANDO URIBE MALDONADO, COMO HEREDEROS DETERMINADOS DE : COMO HEREDEROS DETERMINADOS DE : ROSA HELENA MALDONADO DE URIBE, ROSA HELENA MALDONADO DE URIBE, HEREDEROS INDETERMINADOS Y HEREDEROS INDETERMINADOS Y DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS QUE SE DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS QUE SE CREAN CON DERECHOS SOBRE EL BIEN INMUEBLE CREAN CON DERECHOS SOBRE EL BIEN INMUEBLE *B4-1-15 CLASIFICADOS JUDICIALES Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C. Emplazamiento de quien debe ser noficiado personalmente. Artículo 108 C.G.P. Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nit del citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación expediente El se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

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1BEL NUEVO SIGLO / DOMINGO 15 DE ABRIL DE 2018 / EDICTOS

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser noficiado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

El se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

DIDEMAS COCINAS INDUSTRIALES SAS EJECUTIVO LABORAL SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE DIDEMAS COCINAS INDUSTRIALES SAS VEINTISÉIS (26) DE SEPTIEMBRE DE TREINTA Y CINCO (35) LABORAL DEL 2015 - 00544PENSIONES Y CESANTIAS PORVENIR S .A. DOS MIL DIECISIETE (2017) CIRCUITO DE BOGOTA D.C.

*P-GRIFERIAS DE COLOMBIA LTDA. EJECUTIVO LABORAL SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE GRIFERIAS DE COLOMBIA LTDA. DIECIOCHO (18) DE DICIEMBRE DE 2017 NOVENO (9o) LABORAL DEL CIRCUITO 2011 - 00673

PENSIONES Y CESANTIAS PORVENIR S.A. DE BOGOTA D.C.

*P-SEGURIDAD EL CRUCERO LTDA. EJECUTIVO LABORAL SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE SEGURIDAD EL CRUCERO LTDA. VEINTITRÉS (23) DE NOVIEMBRE DE 2017 VEINTINUEVE (29) LABORAL DEL CIRCUITO 2011 - 00694

PENSIONES Y CESANTIAS PORVENIR S.A. DE BOGOTA D.C.

*P-SISSI SAS EJECUTIVO LABORAL SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE SISSI SAS VEINTISIETE (27) DE NOVIEMBRE DE 2017 TREINTA Y SEIS (36) LABORAL DEL 2015 - 00489

PENSIONES Y CESANTIAS PORVENIR S.A. CIRCUITO DE BOGOTA D.C.

*P-DLB GROUP COLOMBIA S.A.S. EJECUTIVO LABORAL SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE DLB GROUP COLOMBIA S.A.S. VEINTINUEVE (29) DE NOVIEMBRE DE 2017 VEINTIUNO (21) LABORAL DEL CIRCUITO 2016 - 00080

PENSIONES Y CESANTIAS PORVENIR S.A. DE BOGOTA D.C.

*P-YEIMY ESCOBAR MEDINA 79.211.369 EJECUTIVO BANCO FINANDINA S.A. YEIMY ESCOBAR MEDINA AUTO LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO 22 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA D.C. 2017 - 1531CLAUDIA GASCON DURAN 49.773.639 CLAUDIA GASCON DURAN POR VÍA EJECUTIVA A FAVOR DE

FINANDINA S.A. CONTRA :YEIMY ESCOBAR MEDINA CLAUDIA GASCON DURAN

DE FECHA: 15 DE ENERO DE 2018

*F1-1-15FERNANDO ROSERO CORDOBA 12.966.263 EJECUTIVA DE MINIMA CUANTIA BANCO FINANDINA S.A. FERNANDO ROSERO CORDOBA AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA 55 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA D.C. 2016 - 01673

7 DE DICIEMBRE DE 2016

*F1-2-15A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN

CON SUCESIÓN INTESTADA CARLOS ALBERTO CISNEROS BELARDE DORA PATRICIA CISNEROS CHAVES, AUTO ADMISORIO VEINTIDÓS (22) DE FAMILIA DE BOGOTA DC 110013110022-

DERECHO A INTERVENIR EN EL PROCESO en calidad de causante CESAR ALBERTO CISNEROS DIAZ, NOVIEMBRE 15 DE 2017 20170061500.SUCESORIO Y/O PERSONAS INDETERMI-

NADAS MONICA PATRICIA CISNEROS DIAZ, (2017-00615)

LUIS ALEJANDRO CISNEROS DIA< YCARLOS CISNEROS DIAZ

como HEREDEROS de su extinto :CARLOS ALBERTO CISNEROS BELARDE

(Q.E.P.D.)

*P1-4-15EMPLACESE A TODAS LAS PERSONAS

QUE SE SUCESION DOBLE E INTESTADA de HERMENCIA PEREZ MARTINEZ CAUSANTES: AUTO ADMISORIO TRECE DE FAMILIA DE BOGOTA EN 11001310013-

CREAN CON DERECHO A INTERVENIR DENTRO

MANUEL ANTONIO PEREZ MATA Y LUZ MARINA PEREZ ALVAREZ MANUEL ANTONIO PEREZ MATA Y 18 DE ABRIL DE 2016 ORALIDAD 2015020150113800.

DE ESTA MORTUORIA MARIA ALICIA ALVAREZ DE PEREZ (q.e.p.d.) JONAS PEREZ ALVAREZ MARIA ALICIA ALVAREZ DE PEREZ (q.e.p.d.)Quienes fallecieron el 19 de Abril del año 1990 YOLIMA PEREZ ALVAREZy 18 de Junio del año 2014, respectivamente, HECTOR MANUEL PEREZ SIERRA

en Bogotá lugar de su último domicilio ALCIBIADES RODRIGUEZ ALVAREZHerederos en primer orden sucesoral de los

causantes de conformidad con lo dispuesto en el art 491

del CGP

*P1-5-15A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN

CON SUCESIÓN TESTADA SOLICITANTE: CAUSANTE: TREINTA (30) DE NOVIEMBRE DE DOS DIECIOCHO DE FAMILIA DEL CIRCUITO 1100131100-18-

DERECHO A INTERVENIR EN EL PROCESO DE INÉS CASTILLO TORRES BEATRIZ MEDINA ANDRADE DE MEDINA INÉS CASTILLO TORRES MIL DIECISIETE (2017) DE BOGOTA D.C. 2017-00677-00SUCESIÓN DE LA CAUSANTE : quien falleció en Bogotá el día 12 de Mayo de

INÉS CASTILLO TORRES 2017, siendo esa ciudad el lugar de domicilioy asiento principal de sus negocios, según

se afirma en el líbelo

*P1-7-15A TODAS AQUELLAS PERSONAS QUE SE

CREAN JURISDICCIÓN VOLUNTARIA DE ALAIS HORTENCIA VANEGAS MANRIQUE AUTO ADMITE DEMANDA 9 DE FAMILIA DE BOGOTA D.C. 2018 - 0187

CON EL DERECHO AL EJERCICIO DE LA GUARDA

INTERDICCIÓN JUDICIAL POR MARZO 23 DE 2018

DEL PRESUNTO INTERDICTO: DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTAJAIRO LEANDRO CAMARGO GARCIA JAIRO LEANDRO CAMARGO GARCIA

PARA QUE SE PRESENTE AL JUZGADO

*B2-1-15TODAS AQUELLAS PERSONAS QUE SE CREAN SUCESION INTESTADA NATALIA GUAQUETA JIMENEZ CAUSANTE: AUTO DE APERTURA DE LA SUCESIÓN VEINTE (20) DE FAMILIA DEL CIRCUITO 2018 - 00278

CON DERECHO A INTERVENIR EN LA SUCESIÓN

C.C. No. 53.167.926 de Bogotá JORGE ALFREDO GUAQUETA BARRERA QUINCE (15) DE MARZO DEL DOS MIL DE BOGOTA D.C.

del señor JORGE ALFREDO GUAQUETA BARRERA

17.185.425 FREDY GUAQUETA JIMENEZ C.C. No. 17.185.425 DIECIOCHO (2018)

de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 490 del C.G.P.

C.C. No. 79.715.270 de Bogotá

en concordancia con el Artículo 108 ibídem JORGE MARIO GUAQUETA RESTREPO C.C. No. 1.032.459.576 de Bogotá

MARIA ALEJANDRA GUAQUETA RESTREPO C.C. No. 1.030.542.641 de Bogotá

*B2-4-15EMPLAZAMIENTO DE : LIQUIDACION DE SOCIEDAD PATRIMONIAL OLGA MARIA AVENDAÑO DAZA LUIS ANTONIO TORRES POVEDA AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA VEINTIOCHO (28) DE FAMILIA DE 2017 - 585

TODOS LOS ACREEDORES QUE SE CREAN CON

TRES (03) DE NOVIEMBRE DE 2017 Y BOGOTA D.C.

DERECHO PARA INTERVENIR DENTRO DEL PRESENTE

AUTO QUE ORDENA LLEVAR A CABO

TRAMITE LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD PATRIMONIAL

EL EMPLAZAMIENTO

PARA QUE LE HAGAN VALER SUS CREDITOS DE LOS

TRES (03) DE NOVIEMBRE DE 2017

SEÑORES : Emplazamiento de todos los acreedores que se OLGA MARIA AVENDAÑO DAZA Y crean con derecho para intervenir dentro del LUIS ANTONIO TORRES POVEDA presente tramite liquidación de la sociedad

patrimonial para que hagan valer sus creditosde los señores :

OLGA MARIA AVENDAÑO DAZA YLUIS ANTONIO TORRES POVEDA

*B2-3-15OMAR FERNANDO URIBE MALDONADO, DECLARATIVO DE PERTENENCIA POR MERY PARRA RODRIGUEZ OMAR FERNANDO URIBE MALDONADO, AUTO ADMISORIO SEGUNDO CIVIL DE ORALIDAD DEL 2016 - 00175

WILLIAM EDUARDO URIBE MALDONADO, PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA WILLIAM EDUARDO URIBE MALDONADO, MARZO 22 DE 2018 CIRCUITO DE BOGOTA D.C.ALEXANDER URIBE MALDONADO, ADQUISITIVA DEL DOMINIO ALEXANDER URIBE MALDONADO,

PILAR CONSUELO URIBE DE PUERTAS Y PILAR CONSUELO URIBE DE PUERTAS YFERNANDO URIBE MALDONADO, FERNANDO URIBE MALDONADO,

COMO HEREDEROS DETERMINADOS DE : COMO HEREDEROS DETERMINADOS DE :ROSA HELENA MALDONADO DE URIBE, ROSA HELENA MALDONADO DE URIBE,

HEREDEROS INDETERMINADOS Y HEREDEROS INDETERMINADOS Y DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS

QUE SE DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS

QUE SE CREAN CON DERECHOS SOBRE EL BIEN

INMUEBLE CREAN CON DERECHOS SOBRE EL BIEN

INMUEBLE

*B4-1-15

CLASIFICADOS JUDICIALESEmplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser noficiado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

El se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

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2B EL NUEVO SIGLO / DOMINGO 15 DE ABRIL DE 2018 / EDICTOS

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser noficiado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

El se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

MIGUEL ANTONIO ALGARRA Y LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL MARIA ELENA PINZON MIGUEL ANTONIO ALGARRA AUTO ADMISORIO VEINTIOCHO DE FAMILIA DE BOGOTA D.C. 2016 - 0079ACREEDORES QUE SE CREAN CON DERECHO DE : MARIA ELENA PINZON contra OCHO DE NOVIEMBRE DE 2017

A INTERVENIR EN ESTE PROCESO LIQUIDATORIO

MIGUEL ANTONIO ALGARRA

*B4-2-15HEREDEROS INDETERMINADOS DECLARATIVO INES GARZON ARIAS YILIBERT ROMERO GARZON 16 DE MARZO DE 2018 3 DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE 2017 - 00927

GLORIA AMPARO ROMERO BELLO Artículo 87 en concordancia 108 del C.G. del P. BOGOTA D.C.

*D4-1-15WILSON SANABRIA HERRERA 91.232.797 EJECUTIVO JOAQUIN ELIAS ESPINOSA WILSON SANABRIA HERRERA DIECIOCHO (18) DE NOVIEMBRE DE 2016 NOVENO (9) LABORAL DEL CIRCUITO DE 1100131050092016-

C.C. No. 93.286.070 c.c. No. 91.232.797 BOGOTA D.C. 0064500.

*D4-2-15DENNIS JOEL DE ROCHA DEL AGUILA 6.567.936 EJECUTIVO SINGULAR MARINA CORZO CARDENAS DENNIS JOEL DE ROCHA DEL AGUILA MANDAMIENTO DE PAGO VEINTIUNO (21) CIVIL MUNICIPAL DE 2017 - 1297

18 SEPTIEMBRE DE 2017 BOGOTA D.C.AUTO ORDENA EMPLAZAMIENTO

12 ABRIL DE 2018

*D4-4-15LIZETTE MARIA MORA CARRILLO 1.090.412.718 EJECUTIVO MIXTO DE MINIMA CUANTIA CHEVYPLAN S.A. LIZETTE MARIA MORA CARRILLO MANDAMIENTO DE PAGO CINCUENTA (50) CIVIL MUNICIPAL DE 2015 - 01688LUIS ENRIQUE CRUZ MORALES 1.032.359.149 NIT. 830001133-7 LUIS ENRIQUE CRUZ MORALES 12 DE ABRIL DE 2016 BOGOTA D.C.

*D4-5-15A LOS HEREDEROS INDETERMINADOS DEL ORDINARIO DE DECLARATORIA, KORALIA ZULIMA GIRALDO PEREZ VALERIE LICET CHALAPUD GIRALDO, AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA CUARTO DE FAMILIA DE BOGOTA D.C. 2017 - 00704

CAUSANTE: JAMES JOHN CHALAPUD PEREZ 80.173.581 EXISTENCIA DE UNION MARITAL DE C.C. 52.962.587 YELENA SALOME CHALAPUD PEÑA Y DIECIOCHO DE AGOSTO DE 2017 HECHO, DISOLUCIÓN Y LIQUIDACION JHON SEBASTIAN CHALAPUD JOJOA, AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTO

DE LA SOCIEDAD PATRIMONIAL en calidad de herederos determinados y

herederos 18 DE AGOSTO DE 2017

indeterminados de JAMES JOHN CHALAPUD PEREZ

C.C. No. 80.173.581

*D4-6-15TRANSITO BUITRAGO DE GIL DECLARATIVO DE PERTENENCIA POR MARIA DEL CARMEN LOPEZ GALVIS TRANSITO BUITRAGO DE GIL AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA 7 CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTA D.C. 110013103007-GUSTAVO VIVAS BUITRAGO PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA GUSTAVO VIVAS BUITRAGO AGOSTO 01 DE 2016 20160033900.

MARIA GRACIELA VIVAS BUITRAGO ADQUISITIVA DE DOMINIO MARIA GRACIELA VIVAS BUITRAGOFLORENTINO VIVAS BUITRAGO MARÍA CLEOFELINA VIVAS BUITRAGO

BLANCA ELISA VIVAS BUITRAGO CARMEN VIVAS BUITRAGOY PERSONAS INDETERMINADAS QUE SE

CREANFLORENTINO VIVAS BUITRAGO

CON DERECHO SOBRE EL INMUEBLE MATERIA DE

MARIA DE JESUS BUITRAGO

ESTA LITIS JOSE FRANCISCO VIASUS BUITRAGOUbicado en la Calle 165 A No. 52 A - 95

Lote 1 Mz A JOSE EDUARDO VIASUS BUITRAGO

Urbanización San Cipriano Norte, Calle 165 A No. 54 C-97

ANA ISABEL VIASUS BUITRAGO

Dirección Catastral BLANCA ELISA VIVAS BUITRAGOY JOSE DEL CARMEN AYALA AYALA YPERSONAS INDETERMINADAS QUE SE

CREAN CONDERECHO SOBRE EL INMUEBLE OBJETO

DE ESTA LITIS

*E2-1-15ORDENAR EL EMPLAZAMIENTO DE LAS

DEMASPERTENENCIA PABLO EMILIO BELTRAN SAUL MUÑOZ GOMEZ AUTO ADMISORIO 30 CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTA D.C. 110013103-030-

PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO SOBRE

JANETH CONSUELO SIERRA Y 21 DE MARZO DE 2018 2018-00091-00

EL RESPECTIVO BIEN INMUEBLE CONTRA LAS DEMAS PERSONAS QUE SE

CREAN CON DERECHO SOBRE EL BIEN INMUEBLE

*G1-1-15

MARY NELCY AREVALO RINCON 52.448.469 EJECUTIVO HIPOTECARIO BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA

COLOMBIA S.A.MARY NELCY AREVALO RINCON LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO CUARENTA Y TRES (43) CIVIL DEL 2016 - 00166 - 00

BBVA COLOMBIA 22 DE AGOSTO DE 2016 CIRCUITO DE BOGOTA D.C.AUTO QUE ORDENA EMPLAZAR

20 DE MARZO DE 2018

*G1-2-15MULTISERVICIOS ESTUPIÑAN S.A.S. EJECUTIVO DE MENOR CUANTIA BANCO DE BOGOTA MULTISERVICIOS ESTUPIÑAN S.A.S. MANDAMIENTO DE PAGO 2 CIVIL MUNICIPAL DE ZIPAQUIRÁ 2018 - 0048

DOMINGO ESTUPIÑAN LIZARAZO DOMINGO ESTUPIÑAN LIZARAZO 14 DE FEBRERO DE 2018

*G1-3-15VILLARREAL CHOCONTA BARNAVY 80.767.679 EJECUTIVO SINGULAR RF ENCORE S.A.S. VILLARREAL CHOCONTA BARNAVY MANDAMIENTO DE PAGO VEINTISÉIS CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA 110014003026-

02 DE NOVIEMBRE DE 2016 20160129900.

*G1-4-15ANDRES MAURICIO ROSALES ALVARES EJECUTIVO DE MINIMA CUANTIA BANCO DE BOGOTA ANDRES MAURICIO ROSALES ALVARES MANDAMIENTO DE PAGO 13 CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD 2017 - 1381

25 DE OCTUBRE DE 2017 DE BOGOTA D.C.

*G1-5-15JOSE WILLIAM GUTIERREZ ROA EJECUTIVO BANCO DE BOGOTA JOSE WILLIAM GUTIERREZ ROA MANDAMIENTO DE PAGO 3 CIVIL MUNICIPAL DE SOACHA 2017 - 190

AGOSTO 17 DE 2017

*G1-6-15MISAEL ANTONIO MORA GACHA 79.970.100 EJECUTIVO SINGULAR DE MENOR BANCO CORPBANCA COLOMBIA S.A. MISAEL ANTONIO MORA GACHA LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO VEINTIUNO (21) CIVIL MUNICIPAL DE 110014003021-

CUANTIA JULIO 13 DE 2017 BOGOTA D.C. 20170100400.AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTO

ENERO 15 DE 2018

*G1-7-15GERMAN RUFINO SANCHEZ REYES 79.140.558 VERBAL DE RESTITUCION DE TENENCIA RICARDO PINZON SALINAS Y/O GERMAN RUFINO SANCHEZ REYES AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA 10 CIVIL CIRCUITO DE BOGOTA D.C. 2017 - 00736

HARALD J. WIENICKE NIELSEN ENERO 22 DE 2018

*G1-8-15MARIA EMILIA MORA 41.420.371 ORDINARIO - PERTENENCIA LUZ MARINA MELO CORREDOR VALENTIN GOMEZ 05 DE SEPTIEMBRE DE 2012 CIVIL DEL CIRCUITO DE FUNZA 2012 - 0498

CARMEN ELISA MELO CORREDOR HORTENCIA MELO CUNDINAMARCA MARCO ANTONIO SANCHEZ

CARLOS JULIO DUQUE GARCIAVALENTIN MELOBEATRIZ MELO

MARIA CECILIA VERA MELO Y PERSONAS INDETERMINADAS

*G1-9-15ISIDRO MIGUEL GONZALEZ DIAZ 3.154.768 EJECUTIVO DE GARANTIA REAL DE FRANCO VARGAS Y ASOCIADOS LTDA. ISIDRO MIGUEL GONZALEZ DIAZ MANDAMIENTO DE PAGO 23 CIVIL CIRCUITO DE BOGOTA D.C. 110013103023-

MAYOR CUANTIA E ISOLINA MALDONADO VARGAS 27 DE SEPTIEMBRE DE 2017 20170061000.18 DE OCTUBRE DE 2017

*G1-10-15JOSE RAMIRO RODRIGUEZ BENAVIDES 80.268.212 EJECUTIVO HIPOTECARIO DE MAYOR INVERSIONES COFINARCE LTDA. JOSE RAMIRO RODRIGUEZ BENAVIDES MANDAMIENTO DE PAGO 41 CIVIL CIRCUITO DE BOGOTA D.C. 110013103041-

CUANTIA 06 DE FEBRERO DE 2017 20170005500.24 DE ENERO DE 2018

*G1-11-15ALFONSO MORALES POSADA 17.192.150 EJECUTIVO LABORAL CESAR GONZALO TRIVIÑO CANO ALFONSO MORALES POSADA AUTO ADMISORIO 9 LABORAL DE BOGOTA D.C. 110013105009-

C.C. No. 79.412.702 C.C. No. 17.192.150 21 DE SEPTIEMBRE DE 2015 20150057800.

*G1-14-15

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser noficiado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

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3BEL NUEVO SIGLO / DOMINGO 15 DE ABRIL DE 2018 / EDICTOS

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser noficiado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

El se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

A TODOS LOS QUE TENGAN CREDITOS CON EJECUTIVA (DEMANDA ACUMULADA)CONGREGACION DE LAS HERMANAS DE

LA CARIDADCOOMEVA E.P.S. S.A. MANDAMIENTO DE PAGO 32 CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTA D.C. 2018 - 00014

TITULOS DE EJECUCION CONTRA EL DEUDOR: DE MAYOR CUANTIA DOMINICAS DE LA PRESENTACIÓN DE LA

SANTISIMA04 DE ABRIL DE 2018

COOMEVA E.P.S. S.A. VIRGEN (CLINICA PALERMO)PARA QUE COMPAREZCAN A HACERLOS

VALER MEDIANTE ACUMULACION DE SUS

DEMANDAS DENTRO DE LOS CINCO (5) DIAS AL

EMPLAZAMIENTO

*H1-4-15A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN

CON SUCESIÓN INTESTADA

CAUSANTE: EFRAIN BERNAL ALVARADO (q.e.p.d.)

AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA SEPTIMO DE FAMILIA DE BOGOTA D.C. 2018 - 241

DERECHO A INTERVENIR EN EL PROCESO DE MARZO 8 DE 2018 SUCESIÓN INTESTADA DEL CAUSANTE :

EFRAIN BERNAL ALVARADO (q.e.p.d.)

*H1-5-15A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN

CON SUCESIÓN INTESTADA CAUSANTE: GUSTAVO VICTORIO RINCON AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA OCHENTA (80) CIVIL MUNICIPAL DE 2018 - 00174

DERECHO A INTERVENIR EN LA SUCESIÓN DEL

16 DE MARZO DE 2018 BOGOTA D.C.

CAUSANTE : GUSTAVO VICTORIO RINCON

*H1-6-15HEREDEROS INDETERMINADOS DEL

CAUSANTE :DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE LA MARIA ANTONIA LEGUIZAMON HEREDIA

HEREDEROS DETERMINADOS DEL CAUSANTE :

AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA SEPTIMO DE FAMILIA DE BOGOTA D.C. 2018 - 00239

FRANCISCO JOSE BEJARANO GARZON UNION MARITAL, EXISTENCIA Y FRANCISCO JOSE BEJARANO GARZON 23 DE MARZO DE 2018

DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD señores; JAIME ALBERTO BEJARANO

LEGUIZAMON,

PATRIMONIAL ENTRE COMPAÑEROSASI COMO CONTRA LOS HEREDEROS

INDETERMINADOSPERMANENTES DEL CITADO CAUSANTE :

FRANCISCO JOSE BEJARANO GARZON

*H1-8-15MANUEL JOSE SOLER TORRES EJECUTIVO HIPOTECARIO TECHNIBANKING MANUEL JOSE SOLER TORRES MANDAMIENTO DE PAGO TRECE (13) CIVIL MUNICIPAL DE 2014 - 0028

MARTHA EUGENIA ESPINOSA PINZON (CESIONARIA - SONIA MARGARITA SUAREZ) MARTHA EUGENIA ESPINOSA PINZON 14 DE FEBRERO DE 2014 DESCONGESTION DE BOGOTA D.C.

*H1-9-15NURIS DEL SOCORRO MARTINEZ PEÑA DIVISORIO PEDRO NEL OSPINA RIAÑO NURIS DEL SOCORRO MARTINEZ PEÑA AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA 23 CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTA D.C. 11001 31 03 023

18 DE DICIEMBRE DE 2017 2017 00818 00

*H1-10-15BLANCA CECILIA BENITEZ GONZALEZ Y PERTENENCIA LUIS EDUARDO ZULUAGA MARIN INVERSIONES SIGRID LTDA. AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA 43 CIVIL CIRCUITO DE BOGOTA D.C. 2016 - 303

VICENTE COLOMER BELTRAN (PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA Y DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS 30 DE SEPTIEMBRE DE 2016 ADQUISITIVA DE DOMINIO)

*H1-11-15A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN

CON SUCESIÓN INTESTADA ESMERALDA RODRIGUEZ HERNANDEZ CAUSANTE: AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA TRECE (13) DE FAMILIA DE BOGOTA 110013110013-

DERECHO A INTERVENIR EN LA PRESENTE CAUSA

MAUREN RODRIGUEZ HERNANDEZ EFRAIN RODRIGUEZ MIRANDA (Q.E.P.D.) 06 DE OCTUBRE DE 2017 EN ORALIDAD 20170044600.

MORTUORIA DE : RAUL RODRIGUEZ HERNANDEZ EFRAIN RODRIGUEZ MIRANDA (Q.E.P.D.) como hijos del causante

Quien falleció el 11 de Septiembre de 1994 y cuyo último

domicilio y asidero principal fue la ciudad de Bogotá,

de conformidad con el Art 490 del C.G.P.

*H1-12-15

MIGUEL ANGEL MARTINEZ TORRES 79.345.605 EJECUTIVO SINGULAR DE MINIMA CONJUNTO RESIDENCIAL RINCON DE

GRANADA III P.H.MIGUEL ANGEL MARTINEZ TORRES LIBRA MANDAMIENTO NOVENO (9) CIVIL MUNICIPAL DE 110014003069-

CUANTIA y SANDRA PATRICIA VELÁSQUEZ PATIÑO 29 DE ABRIL DE 2014 Y DESCONGESTION DE BOGOTA D.C. 2014 00046 0006 DE ABRIL DE 2015 JUZGADO DE ORIGEN:

SESENTA Y NUEVE CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA D.C.

DIECISEIS CIVIL MUNICIPAL DE DESCONGESTION

*H1-13-15

ANGELA MARIA ECHEVERRI RAMIREZ ORDINARIO IMELDA MOSQUERA ALVAREZCOOPERATIVA DE TRABAJO ASOCIADO

EFECTIVA 19 DE MARZO DE 2014 (9) NOVENO LABORAL DEL CIRCUITO 110013105009-

en calidad de Agente Especial Liquidadora de Y SALUDCOOP EPS 17 DE ABRIL DE 2017 20140006300.SALUDCOOP EPS O.C.

*H1-14-15SE EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS

QUE SE JURISDICCION VOLUNTARIA VICTORIA RODRIGUEZ MEDINA INTERDICTA: AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA VEINTE (20) DE FAMILIA DE BOGOTA D.C. 110013110020-

CREAN CON DERECHO AL EJERCICIO DE LA OMAIRA RODRIGUEZ MEDINA ANA BERTILDE MEDINA DE RODRIGUEZ 18 DE ENERO DE 2018 20180002900.GUARDA DE LA PRETENSA INTERDICTA : ADRIANO ORLANDO RODRIGUEZ MEDINA ANA BERTILDE MEDINA DE RODRIGUEZ BERTHA MERY RODRIGUEZ MEDINA

LUIS EDGAR RODRIGUEZ MEDINA Y NELSON ARMANDO RODRIGUEZ MEDINA

*H1-15-15

CARLOS EDUARDO BOTERO JARAMILLO 10.276.285 EJECUTIVO BANCO COLPATRIA MULTIBANCA COLPATRIA S.A.

MANUFACTURAS HERNANDEZ AGUDELO S.A.S.

AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTO DIECINUEVE CIVIL MUNICIPAL DE 2017 - 0503

NIT. 860.034.594-1 NIT. 900.408.542-8 22 DE MARZO DE 2018 EJECUCION DE BOGOTA D.C. BLANCA AURORA HERNANDEZ DE AGUDELO AUTO QUE ORDENO CITARLO TRECE CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA D.C.

C.C. 41.611.732 30 DE JUNIO DE 2017

*J1-2-15ROCIO BELTRAN LOPEZ EJECUTIVO EDWARD JOHANN CLAVIJO ROCIO BELTRAN LOPEZ MANDAMIENTO DE PAGO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE 2016 - 1365

31 DE OCTUBRE DE 2016 DESCONGESTION DE KENNEDY AUTO QUE ORDENA EMPLAZAR

05 DE MARZO DE 2018

*J1-3-15SE EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS

QUE SE INTERDICCIÓN POR DISCAPACIDAD JOAQUIN GOMEZ HERNANDEZ AUTO ADMISORIO VEINTIDÓS (22) DE FAMILIA DE 2018 - 00092

CREAN CON DERECHO A EJERCER LA GUARDA

MENTAL ABSOLUTA 07 DE MARZO DE 2018 BOGOTA D.C.

DE: JOSE LUIS GOMEZ ROMERO AUTO QUE ORDENA EMPLAZAR07 DE MARZO DE 2018

*U1-1-15JOSE EDIER CAMPOS SALCEDO IMPUGNACION E INVESTIGACIÓN YAMILE ANDREA LOZANO NAVARRO JOSE EDIER CAMPOS SALCEDO AUTO ADMISORIO OCTAVO (8) DE FAMILIA DE BOGOTA D.C. 2016 - 572

DE PATERNIDAD Representante Legal de la menor EN IMPUGNACION DE PATERNIDAD Y 4 DE OCTUBRE DE 2016 MARÍA JOSÉ CAMPOS LOZANO YEISON DURAN HERRERA AUTO QUE ORDENA EMPLAZAR

EN INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD 7 DE ABRIL DE 2017 AUTO QUE CORRIGE 3 DE ABRIL DE 2018

*U1-2-15HEREDEROS INDETERMINADOS DEL SEÑOR ORDINARIO LABORAL SERGIO LUIS CARDEÑO MERCADO JOSE DESIDERIO LEAL MENDIVELSO AUTO ADMISORIO QUINCE (15) LABORAL DEL CIRCUITO 110013105015-

JOSE DESIDERIO LEAL MENDIVELSO (Q.E.P.D.) Y AMARILO S.A. 13 DE FEBRERO DE 2014 DE BOGOTA D.C. 20140002000.AUTO QUE ORDENA EMPLAZAR

15 DE ENERO DE 2018

*U1-3-15

J.B. INGENIERIA ELECTRICA S.A.S. ORDINARIO LABORAL LUIS ALBERTO RICARDO COLON J.B. INGENIERIA ELECTRICA S.A.S. AUTO ADMISORIO OCTAVO (8) LABORAL DEL CIRCUITO 1100131050082017-06 DE ABRIL DE 2017 DE BOGOTA D.C. 00-139-00

AUTO QUE ORDENA EMPLAZAR19 DE JULIO DE 2017

*U1-4-15

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4B EL NUEVO SIGLO / DOMINGO 15 DE ABRIL DE 2018 / EDICTOS

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser noficiado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

El se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

JHON ALFREDO BUITRAGO VANEGAS 80.143.262 EJECUTIVO SINGULAR FLOTA LA MACARENA S.A. JHON ALFREDO BUITRAGO VANEGAS AUTO QUE ORDENA EMPLAZAR 63 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA 110014003063-22 DE MARZO DE 2018 Carrera 10 No. 14-33 Piso 14 20170050900.

*U1-5-15EVERARDO RODRIGUEZ CORTES 79.695.926 PROCESO EJECUTIVO TERMINADOS GRAFICOS SILBEL S.A.S. QUITO PUBLICIDAD LTDA. AUTO ADMISORIO CATORCE CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA 2017 - 00813 - 00

AGOSTO 1 DE 2017 AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTO

MARZO 5 DE 2018

*U1-6-15EMPLAZAR A LAS PERSONAS QUE SE

CREAN CON PROCESO LIQUIDATORIO EMMA DURAN CASTELLANOS CAUSANTE: AUTO ADMISORIO VEINTE DE FAMILIA DE BOGOTA D.C. 2018 - 00146 - 00

DERECHOS A INTERVENIR EN EL PROCESO DE (SUCESIÓN INTESTADA) GILDARDO DURAN CASTELLANOS QUINCE (15) DE MARZO DE DOS MIL SUCESIÓN INTESTADA DE : DIECIOCHO (2018)

GILDARDO DURAN CASTELLANOS

*U1-7-15SE EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS

QUE SE SUCESIÓN INTESTADA NICOLAS PRIETO GARCIA CAUSANTE: OBJETO SEPTIMO (7) DE FAMILIA EN ORALIDAD 2018 - 0171

CREAN CON DERECHO A INTERVENIR EN EL PROCESO

EDGAR ORLANDO HERNANDEZ FRADE Se emplaza a las personas indeterminadas que DE BOGOTA D.C.

DE SUCESIÓN INTESTADA, Y ADICIONAL SE EMPLAZA

C.C. 19.402.858se crean con derecho a intervenir en el

proceso,Carrera 7 No. 12 C - 23 Piso 4

a la menor de edad VALENTINA HERNANDEZ FRADE,

y por otro lado se hace requerimiento a la menor

representada por su progenitora la señora de edad VALENTINA HERNANDEZ FRADE,NIDIA ELIZABETH FRADE ROCHA representada por su progenitora la señora

NIDIA ELIZABETH FRADE ROCHA para que en el término de veinte (20) días

prorrogables por otro igual, y con sujeción a lodispuesto por los artículos 1.289 del C.C. y 492

del C.G.P., manifieste si acepta o repudia la herencia que se le ha deferido, e igualmente se emplaza para que comparezca al juzgado

para recibir notificación personal según providencia de fecha 23 de febrero de 2018,

la cual fue aclarada por auto del 7 DE MARZO DE 2018

*U1-11-15MYRIAM PINEDA GUZMAN 52.493.143 VERBAL DE RESTITUCIÓN DE INMUEBLE INMOBILIARIA MOTOBA LTDA. GLORIA MARCELA RODRIGUEZ BOCANEGRA AUTO ADMISORIO 62 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA D.C. 2016 - 0769

SANDRA MILENA RODRIGUEZ BOCANEGRA 15 DE SEPTIEMBRE DE 2016 JHON EDUVIN RODRIGUEZ BOCANEGRA AUTO QUE ORDENA EMPLAZAR

MYRIAM PINEDA GUZMAN 04 DE DICIEMBRE DE 2017

*U1-12-15ROSA JOHANA SANTOS CARDENAS 1.022.361.960 RESTITUCION DE INMUEBLE DIANA MARCELA BLANCO VALLEGO ROSA JOHANA SANTOS CARDENAS AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA TERCERO CIVIL MUNICIPAL FUSAGASUGA 2016 - 0290

ALEXANDER ROCHA AGUIRRE 80.654.576 C.C. No. 37.121.768 ALEXANDER ROCHA AGUIRRE 24 DE MAYO DE 2017 CUNDINAMARCA AUTO QUE ORDENA EMPLAZAR

9 DE ABRIL DE 2018

*U1-13-15ERVVIN CAMPEROS PEDRAZA 79.497.977 EJECUTIVO JOSE AGUSTIN ACOSTA GARZON RICARDO VIRGUEZ AUTO ADMISORIO 23 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA D.C. 11001 4003 023

22 DE AGOSTO DE 2017 2017 00876 00AUTO QUE ORDENA EMPLAZAR

13 DE FEBRERO DE 2018

*U1-14-15NORMA YANETH ARIAS EJECUTIVO MINIMA CUANTIA JOHN GILBERTO CUELLAR NORMA YANETH ARIAS AUTO ADMISORIO SEPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD 110014003007-

DIECIOCHO (18) DE ENERO DE DOS 201600800.MIL DIECIOCHO (2018)

*C4-3-15A TODAS LAS PERSONAS INDETERMINA-

DAS QUESUCESION INTESTADA CAUSANTE: INICIADO Y DECLARADO ABIERTO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE 810014089001-

SE CREAN CON DERECHO A INTERVENIR EN EL

CATALINA FLOREZ DE GARCIA (Q.E.P.D.) CATALINA FLOREZ DE GARCIA (Q.E.P.D.) 22 DE MARZO DE 2018 ARAUCA-ARAUCA 2017-00401-00

PROCESO DE SUCESIÓN INTESTADA DE LA CAUSANTE

CATALINA FLOREZ DE GARCIA (Q.E.P.D.) 20.593.858Quien falleció el día 05 de junio de 2017, en

el Municipio deArauca - Arauca, lugar de su último domicilio

en la ciudad deArauca-Arauca

*C4-9-15TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON INTERDICCIÓN JUDICIAL JOAQUIN DIAZ RODRIGUEZ AUTO ADMISORIO 1o. DE FAMILIA DE IBAGUE 73001-3110-001-

DERECHO AL EJERCICIO DE LA GUARDA DE LA

C.C. 2.920.656 28 DE NOVIEMBRE DE 2017 2017-00309-00

PRESUNTA INTERDICTA : ISABEL DIAZ RODRIGUEZ

20.267.958

*I2-3-15PERSONAS INCIERTAS E INDETERMINADAS OMITIDO DECLARATIVA DE PERTENENCIA RAQUEL CORREA MIGUEL ANGEL RUBIANO BENITEZ AUTO ADMISORIO 13 CIVIL MUNICIPAL DE IBAGUE 73-001-40-22-013-

CARLOS JULIO RUBIANO DIAZ 31 DE MAYO DE 2017 2016-00265-00ROSARIO GLORIA YOLANDA RUBIANO DIAZ MANDAMIENTO DE PAGO

SANDRA JIMENA RUBIANO BENITEZ OMITIDOY PERSONAS INCIERTAS E INDETERMINADAS

*I2-4-15

INTERESADOS QUE SE CREAN CON DERECHO SUCESION LUZ DARY Y GUILLERMO GUZMAN GUTIERREZ

(q.e.p.d.)CAUSANTE: AUTO ADMISORIO SEPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE IBAGUE 2017 - 349

PARA INTERVENIR EN LA PRESENTE CAUSA GUILLERMO ANTONIO GUZMAN GUTIERREZ 31 / 10 / 2018. TOLIMA MORTUORIA

*I2-5-15YOLANDA ORDOÑEZ DE CRUZ EJECUTIVO SINGULAR DE MINIMA BANCO DE BOGOTA YOLANDA ORDOÑEZ DE CRUZ LIBRO MANDAMIENTO DE PAGO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL 734434089001-

CUANTIA 29 DE NOVIEMBRE DE 2017 DE MARIQUITA - TOLIMA 2017-00258-00

*I2-6-15PERSONAS INDETERMINADAS CON DERECHO SUCESION ROSA HERMINDA RODRIGUEZ BECERRA HEREDEROS DE : AUTO ADMISORIO PROMISCUO MUNICIPAL DE TOCA - 2018 - 0000200A INTERVENIR EN EL PROCESO DE SUCESIÓN

DE :ALONSO RODRIGUEZ MOLANO Y ANA ELVIA RODRIGUEZ BECERRA Y ALONSO RODRIGUEZ MOLANO Y 31 DE ENERO DE 2018 BOYACA

ALONSO RODRIGUEZ MOLANO Y ANA ELVIA BECERRA DE RODRIGUEZ STIVEN ALEJANDRO RODRIGUEZ OSTOS ANA ELVIA BECERRA DE RODRIGUEZ YANA ELVIA BECERRA DE RODRIGUEZ PERSONAS INDETERMINADAS

*P2-2-15DAVID RINCON Y PERTENENCIA - Ley 1564 de 2012 HECTOR JOSE RODRIGUEZ SALGAR PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL 2018 - 00021

DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS Y MARÍA ANA DELINA VARGAS BARON DE PACHO - CUNDINAMARCA

*P5-1-15

VICENTE TEGUA TITULACION DE LA POSESIÓN EMMA INES, MARIA CARMENZA, MARÍA

MERCEDES,SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL 2015 - 0007

MARIBEL y LUZ MARINA MOLINA CHAPARRO DE PACHO

*P5-2-15

ANA ISABEL RODRIGUEZ ROBAYO PROCESO DE AMPARO A LA POSESION CARLOS EDUARDO, HERNANDO, PABLO

EMILIO YANGEL MARIA RODRIGUEZ ROBAYO, 26 DE OCTUBRE DE 2017 SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE 2017 - 00131

A LA SERVIDUMBRE DE TRANSITO MARIA CLEOTILDE, TODOS PRADA CORTES ALVARO RODRIGUEZ RODRIGUEZ Y PACHO - CUNDINAMARCA ANA ISABEL RODRIGUEZ ROBAYO

*P5-5-15BERTILDA SOCORRO MARTINEZ LOPEZ 42.202.132 EJECUTIVO SINGULAR DE MINIMA IGNACIO VILLA MARTINEZ BERTILDA SOCORRO MARTINEZ LOPEZ JULIO 24 DE 2015 SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL 2014 - 00702 - 00

YARMI ARROYO MERCADO 64.747.541 CUANTIA YARMI ARROYO MERCADO DE COROZAL (SUCRE)

*S2-1-15

Page 5: 1B CLASIFICADOS JUDICIALES - El Nuevo Siglo · yeimy escobar medina 79.211.369 ejecutivo banco finandina s.a. yeimy escobar ... pilar consuelo uribe de puertas y pilar consuelo uribe

5BEL NUEVO SIGLO / DOMINGO 15 DE ABRIL DE 2018 / EDICTOS

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser noficiado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

El se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

SAMIR EDUARDO CHEVEL MARQUEZ 1.067.846.290 EJECUTIVO SINGULAR DE MINIMA IGNACIO VILLA MARTINEZ EDUARDO ALFONSO ARROYO THERAN OCTUBRE 5 DE 2017 SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL 2017 - 00034 - 00

ABDULL HALY MIZZAR CUELLO 92.547.830 CUANTIA SAMIR EDUARDO CHEVEL MARQUEZ DE COROZAL (SUCRE)ABDULL HALY MIZZAR CUELLO

*S2-2-15TERESA ISABEL MARTINEZ FUENTES 42.203.267 EJECUTIVO SINGULAR DE MINIMA IGNACIO VILLA MARTINEZ HEIDI PATRICIA DOMINGUEZ SALGADO AGOSTO 20 DE 2015 TERCERO PROMISCUO MUNICIPAL 2015 - 00392 - 00

CUANTIA OZTMAN VILLADIEGO BARBOZA DE COROZAL (SUCRE)TERESA ISABEL MARTINEZ FUENTES

*S2-3-15

LENITH DEL CARMEN ARRIETA 64.555.940 EJECUTIVO SINGULARGUILLERMO BONILLA y/o METALICAS

SINCELEJOLENITH DEL CARMEN ARRIETA MANDAMIENTO DE PAGO TERCERO CIVIL ORAL MUNICIPAL 2017 - 00399 - 00

JULIO 31 DE 2017 DE SINCELEJO (SUCRE)

*S2-4-15HEREDEROS INDETERMINADOS del señor ORDINARIO LABORAL DE PRIMERA NELYS DE JESUS MONTERROZA AGRESOT ENMA CORRALES DE JATTIN ENERO 12 DE 2018 SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO 2017 - 00460 - 00

JOSE FRANCISCO JATTIN SAFAR INSTANCIA Y LOS HEREDEROS INDETERMINADOS

del señorDE SINCELEJO (SUCRE)

JOSE FRANCISCO JATTIN SAFAR

*S2-5-15TODAS AQUELLAS PERSONAS QUE SE CREAN SUCESION INTESTADA DEL CAUSANTE NEIDER JESUS BORJA RUIZ PERSONAS INDETERMINADAS MAYO 15 DE 2017 SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE SINCELEJO 2017 - 00260 - 00

CON DERECHO A INTERVENIR EN ESTE PROCESO

AYNALDY DE JESUS BORJA SALAS KAROL TATIANA RUIZ ANTEQUERA (SUCRE)

Y PERSONAS INDETERMINADAS fallecido el día Marzo 1 de 2010, siendo TATIANA ESTHER RUIZ ANTEQUERAla ciudad de Sincelejo (Sucre), lugar de su en calidad de cónyuge supérstite

último domicilio

*S2-6-15ROLANDO EFRAIN VITOLA ROMERO EJECUTIVO SINGULAR BANCO DE BOGOTA S.A. ROLANDO EFRAIN VITOLA ROMERO AGOSTO 04 DE 2017 QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE SINCELEJO 2017 - 00051 - 00

(SUCRE)

*S2-7-15OSCAR DARIO BLANCO PEREZ EJECUTIVO SINGULAR BANCO DE BOGOTA S.A. OSCAR DARIO BLANCO PEREZ MANDAMIENTO DE PAGO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE SINCELEJO 2017 - 00050 - 00

FEBRERO 28 DE 2017 (SUCRE)

*S2-8-15TODOS LOS QUE TENGAN CREDITOS CON

TITULOSEJECUTIVO SINGULAR DE MAYOR

RESONANCIA E IMÁGENES SANTA MARIA S.A. REISSA

SALUDVIDA EPS MANDAMIENTO DE PAGO SEXTO CIVIL DEL CIRCUITO DE 2017 - 00105 - 00

DE EJECUCION CONTRA : CUANTIA AGOSTO 16 DE 2017 SINCELEJO (SUCRE)SALUDVIDA EPS

PARA QUE COMPAREZCAN A HACERLOS VALER

MEDIANTE ACUMULACIÓN DE SUS DEMANDAS Y

ACREEDORES INDETERMINADOS

*S2-9-15JOSE LUIS ALEMÁN ALMANZA 92.641.820 EJECUTIVO SINGULAR ANDRES FELIPE FLOREZ RIOS JOSE LUIS ALEMÁN ALMANZA JULIO 17 DE 2017 SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE SINCELEJO 2017 - 00050 - 00

(SUCRE)

*S2-10-15JAID RICARDO ORDOSGOITIA CORTEZ EJECUTIVO SINGULAR LUZ MARINA SUAREZ JAID RICARDO ORDOSGOITIA CORTEZ MANDAMIENTO DE PAGO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE SINCELEJO 2017 - 00774 - 00

ENERO 25 DE 2018 (SUCRE)

*S2-11-15HEREDEROS INDETERMINADOS DE LOS

CAUSANTEFILIACIÓN NATURAL JUAN BAUTISTA PEREZ BALDOVINO

ALBERTO MANUEL, JAIDER, DAMARIS DE JESUS,

NOVIEMBRE 7 DE 2017 PRIMERO DE FAMILIA DE SINCELEJO 2017 - 00382 - 00

MANUEL GREGORIO PEREZ ROMANNERLY DEL CARMEN y ELBIA CANDELARIA

PEREZ (SUCRE)

ELBIA BALDOVINO BALDOVINO yHEREDEROS INDETERMINADOS DE :MANUEL GREGORIO PEREZ ROMA y

ELBIA BALDOVINO

*S2-12-15JOSE DE LA CRUZ TORRES DIAZ EJECUTIVO SINGULAR DE MINIMA FABIAN ALBERTO TAMARA BALOCO JOSE DE LA CRUZ TORRES DIAZ MANDAMIENTO DE PAGO SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE SINCELEJO 2016 - 01014 - 00

CUANTIA OCTUBRE 04 DE 2016 (SUCRE)

*S2-13-15DERKIS ANTONIO VITOLA VITOLA 92.694.155 EJECUTIVO SINGULAR FABIAN ALBERTO TAMARA BALOCO DERKIS ANTONIO VITOLA VITOLA MANDAMIENTO DE PAGO SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE SINCELEJO 2016 - 00208 - 00

ABRIL 06 DE 2016 (SUCRE)

*S2-14-15ADOLFO DIAZ PEDROZA EJECUTIVO SINGULAR FABIAN ALBERTO TAMARA BALOCO ADOLFO DIAZ PEDROZA MANDAMIENTO DE PAGO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE SINCELEJO 2017 - 00106 - 00

MARZO 14 DE 2017 (SUCRE)

*S2-15-15MARIA FERNANDA JIMENEZ ECHAVARRIA Y DEMANDA VERBAL DECLARATIVA DE ESTRELLA CASTRO SUAREZ MARIA FERNANDA JIMENEZ ECHAVARRIA Y AUTO QUE ADMITE DEMANDA QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE TUNJA 2017 - 264

PERSONAS INDETERMINADAS QUE SE CREAN

PERTENENCIA POR PRESCRIPCION PERSONAS INDETERMINADAS 01 DE FEBRERO DE 2018 BOYACA

CON DERECHOS SOBRE EL BIEN OBJETO DE LITIS

EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE

DOMINIO

*S5-1-15MARIA RITA RIVERA DE URRUTIA PROCESO VERBAL DE PERTENENCIA EDUIN YOVANNY CAMARGO CHAPARRO MARIA RITA RIVERA DE URRUTIA Y AUTO DE ADMISION DE LA DEMANDA PROMISCUO MUNICIPAL DE TOCA - 2017 - 00149 - 00

LUIS MIGUEL URRUTIA Y SUMA DE POSESIONES - POR LUIS MIGUEL URRUTIA Y 01 DE NOVIEMBRE DE 2017 BOYACAPERSONAS INDETERMINADAS QUE SE

CREAN CON PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA PERSONAS INDETERMINADAS

ALGUN DERECHO EN OPONERSE A LAS ADQUISITIVA DE DOMINIO PRETENSIONES DE LA PARTE ACTORA

EN ESTA(Sobre predio con Folio de Matrícula

InmobiliariaDEMANDA Número 070-2787 de la Oficina de R.I.P. de

Tunja - Boyaca)

*S5-2-15HEREDEROS INDETERMINADOS DE DEMANDA VERBAL DE PERTENENCIA ABIGAIL ARMANDO OCHOA ALBARRACIN HEREDEROS DETERMINADOS DE AUTO QUE ADMITE LA DEMANDA PROMISCUO MUNICIPAL DE TOCA 2017 - 00118 00

ABIGAIL OCHOA CAMARGO POR PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ABIGAIL OCHOA CAMARGO 29 DE AGOSTO DE 2017 BOYACA Y PERSONAS INDETERMINADAS QUE SE

CREAN ADQUISITIVA DE DOMINIO

(JOSE ABIGAIL, YESID ANTONIO, LUZ MARINA, MARIA

AUTO DE FECHA

CON ALGUN DERECHO EN OPONERSE A LAS (Sobre inmueble con Folio de Matrícula NIEVES, GLADYS OCHOA ORTIZ, BLANCA

AURORA5 DE MARZO DE 2018

PRETENSIONES DE LA DEMANDA Inmobiliaria No. 070-27244 de la Oficina de OCHOA DE RODRIGUEZ)R.I.P. de Tunja) HEREDEROS INDETERMINADOS Y

PERSONAS INDETERMINADAS

*S5-3-15HEREDEROS INDETERMINADOS DECLARATORIA DE EXISTENCIA DE STELLA AMANDA URICOECHEA CASTRO JULIAN HERNANDO Y ADMISORIO DE LA DEMANDA CUARTO (4) DE FAMILIA DEL 2018-00161

DEL CAUSANTE FRANCISCO JAVIER UNION MARITAL DE HECHO C.C. No. 51.606.076 JUAN CAMILO BETANCUR URICOECHEA 9 DE MARZO DE 2018 CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C.BETANCUR CASTRILLON (Q.E.P.D.) AUTO ORDENA EMPLAZAR

ARTÍCULO 108 DEL C.G.P.*M1-1-15

A TODOS LOS QUE SE CREAN CON INTERDICCION JUDICIAL POR ALEJANDRA MONICA LATORRE RODRIGUEZ ADMISORIO DE LA DEMANDA CUARTO (4º) DE FAMILIA 2018-0195DERECHO A EJERCER LA GUARDA DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA C.C. No. 51.881.817 A FAVOR DE MARZO 21 DE 2018 DE BOGOTÁ D.C.

DE JOSE ALVEIRO AGUIRRE HERRERA 3.409.273 (PROCESO DE JURISDICCION JOSE ALVEIRO AGUIRRE HERRERAARTÍCULO 586 NUMERAL 3º DEL C.G.P. VOLUNTARIA) C.C. No. 3.409.273

*M1-2-15A QUIENES SE CREAN CON DERECHO INTERDICCION POR DISCAPACIDAD GRISELDA QUINCOSIS ESTUPIÑAN AUTO ADMISORIO DECIMO (10) DE FAMILIA DE 2017-01202-00

AL EJERCICIO DE LA GUARDA DEL MENTAL ABSOLUTA NOVIEMBRE 17 DE 2017 BOGOTÁ D.C.PRESUNTO INTERDICTO

JONATHAN ARTURO MATEUS QUINCOSISARTÍCULO 108 C.G.P. 586 C.G.P.

*M1-3-15

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6B EL NUEVO SIGLO / DOMINGO 15 DE ABRIL DE 2018 / EDICTOS

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser noficiado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

El se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

ACREEDORES DE LA SOCIEDAD LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD MARIA BELEN LESMES ORTIZ JORGE ENRIQUE GUTIERREZ CONTRERAS AUTO ADMNISORIO DE LA SOLICITUD CUARTO DE FAMILIA DE 110013110004CONFORMADA POR CONYUGAL DE LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD BOGOTÁ, D.C. 20170071700

MARIA BELEN LESMES ORTIZ Y CONYUGAL FECHADOJORGE ENRIQUE GUTIERREZ CONTRERAS 25 DE JULIO DE 2017PARA QUE HAGAN VALER SUS CREDITOS

ARTÍCULO 523 C.G. DEL P. EN CONCORDANCIA CON EL ART. 108 IBIDEM

En cumplimiento a lo dispuesto en el ARTÍCULO 490 DEL C.G. DEL P.

*E1-1-15

A TODAS LAS PERSONAS QUE TENGAN EJECUTIVO SINGULARBANCO DE BOGOTÁ DEMANDA EN

ACUMULACIONCARMEN STELLA ROBERTO DEL VALLE DAR APLICACIÓN AL ART. 463 C.G.P. 05 CIVIL MUNICIPAL DE 2017-1324

CREDITOS CON TITULOS DE EJECUCION DE GILBERTO GOMEZ SIERRA NOTIFICAR AUTO DEL BOGOTÁEN CONTRA DE CARMEN STELLA 22 DE MARZO DE 2018ROBERTO DEL VALLE, LOS HAGAN

VALER MEDIANTE LA ACUMULACIONDE SUS DEMANDAS DENTRO DE LOS

5 DÍAS SIGUIENTES A LA EXPIRACIONDEL TERMINO DEL EMPLAZAMIENTO

ART. 108 C.G.P.ORDENO EL EMPLAZMIENTO EN LOSTERMINOS DEL ART. 463 DEL C.G.P.

*S1-5-15PERSONAS INDETERMINADAS SUCESION ELVIA ALBARRACIN DE BAEZ, CAUSANTE ADMISORIO DE LA DEMANDA DIECIOCHO CIVIL MUNICIPAL 2018 - 109

QUE SE CREAN CON DERECHO A GILMA ALBARRACIN ALBARRACIN Y EFRAIN ALBARRACIN SIERRA.- SEIS (6) DE MARZO DE DOS MIL DE BOGOTÁINTERVENIR EN EL PROCESO DE SUCESION ADONAY ALBARRACIN ALBARRACIN DIECIOCHO (2018)

ARTÍCULO 108 C.G. DEL P. AUTO QUE ORDENO EMPLAZAMIENTOSEIS (6) DE MARZO DE DOS MIL

DIECIOCHO (2018)*C5-1-15

HEREDEROS INDETERMINADOS DE DIVISORIO ALEXA CAROLINA CHAVARRO BENITEZ FLOR MARIA GARZON Y HEREDEROS ADMISORIO DE LA DEMANDA NOVENO CIVIL DEL CIRCUITO 2017-0709ROSANA GARZON PERILLA INDETERMINADOS DE ROSANA GARZON DIECINUEVE (19) DE ENERO DE DE BOGOTÁ D.C.ARTÍCULO 108 C. G. DEL P. PERILLA DOS MIL DIECIOCHO (2018)

AUTO QUE ORDENO EMPLAZAMIENTO:DIECINUEVE (19) DE ENERO DE

DOS MIL DIECIOCHO (2018)*C5-2-15

MARTHA RUTH ROMERO DIVORCIO LUIS FERNANDO PERDOMO GOMEZ MARTHA RUTH ROMERO ADMISORIO DE LA DEMANDA VEINTITRES DE FAMILIA DE 2017 - 1023ARTÍCULO 108 C.G. DEL P. DIECIOCHO (18) DE SEPTIEMBRE BOGOTÁ D.C.

DE DOS MIL DIECISIETE (2.017)AUTO QUE ORDENO EMPLAZAMIENTO

TRECE (13) DE FEBRERO DE DOSMIL DIECIOCHO (2.018)

*C5-3-15HEREDEROS INDETERMINADOS DE VERBAL DE PERTENENCIA RICARDO PEÑA WALTEROS, HEREDEROS DETERMINADOS E AUTO ADMISORIO 4 CIVIL CIRCUITO DE 110013103004CELESTINO WALTEROS Y DEMAS ANA CECILIA PEÑA WALTEROS, INDETERMINADOS DE DICIEMBRE 5 DE 2017 ADICIONADO BOGOTÁ 20170069100

PERSONAS INDETERMINADAS CARLOS ARTURO PEÑA WALTEROS, CELESTINO WALTEROS, Y DEMAS POR AUTO DEL 7 DE FEBRERO DE 2018

ARTÍCULO 375-6 C.G.P.AURORA PEÑA WALTEROS, GLORIA PEÑA

WALTEROS,PERSONA INTERMINADAS

GUILLERMO PEÑA WALTEROS, CLEOTILDE, ANTONIO PEÑA WALTEROS Y

MARGARITA PEÑA WALTEROS, ROSA PEÑA WALTEROS,

EZEQUIEL WALTEROS, representado por sus hijos legitimos

ANA JANNETH Y DAGOBERTO PEÑA VALCARCEL Y

XIMENA ANDREA PEÑA SIERRA, Y JOSE ENRIQUE GUALTEROS representado

por suhijo URIEL GUALTEROS PATIÑO

*M2-1-15RACREEDORES DE LA SOCIEDAD LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL JUAN PABLO HERNANDEZ CETINA LEIDY LORENA ROJAS NIÑO AUTO ADMISORIO QUINTO DE FAMILIA EN 2016-1236

CONYUGAL 11-MAYO-2017 ORALIDAD DE BOGOTÁARTÍCULO 108 DEL C.G.P.

*M2-2-15EMPLACESE A TODOS LOS QUE SE SUCESION INTESTADA MARIA DEL PILAR MALDONADO RAMIREZ AUTO ADMISORIO 73 CIVIL MUNICIPAL DE 2018-199

CONSIDEREN CON DERECHO A MARIA DEL PILAR MALDONADO RAMIREZ 2 ABRIL / 2018 BOGOTÁ D.C.INTERVENIR EN LA SUCESION DE EN ART. 490 C.G.P. EN CONCORDANCIA

MARIA DEL PILAR MALDONADO RAMIREZ CON EL 108 C.G.P.ART. 490 Y 108 C.G.P.

*M2-3-15JULY CATALINA PATARROYO MUNAR ORINARIO LABORAL DE PRIMERA GERSON ALEJANDRO PARADA HERNANDEZ GRUPO MAX COLOMBIA S.A. AUTO ADMISORIO 29 LABORAL DEL CIRCUITO 2017-304EN NOMBRE Y REPRESENTACION DE INSTANCIA 28 DE JUNIO DE 2017 DE BOGOTÁ

GRUPO MAX COLOMBIA S.A.S. OQUIEN HAGA SUS VECESARTÍCULO 108 DEL C.G.P.

*M2-4-15

EMPLAZAR A TODOS LOS QUE TENGAN EJECUTIVO ACUMULADOCONJUNTO RESIDENCIAL MARIA

FERNANDA -HECTOR DE JESUS TOBON MEJIA MANDAMIENTO DE PAGO DOCE (12) CIVIL MUNICIPAL 055-2011-00720

CREDITOS CON TITULOS DE EJECUCION PROPIEDAD HORIZONTAL MARZO 2 DE DOS MIL DIECIOCHO DE EJECUCION DE SENTENCIAS (ACUMULADO)CONTRA EL DEUDOR SEÑOR (2018) DE BOGOTÁ D.C.

HECTOR DE JESUS TOBON MEJIA PARAQUE COMPAREZCAN, A HACER VALER SUS

DERECHOS MEDIANTE ACUMULACIONDE SUS DEMANDAS DENTRO DE LOS

CINCO (5) DÍAS SIGUIENTES A LA EXPIRACION DEL TERMINO DE

EMPLAZAMIENTOARTÍCULO 108 DEL C.G.P.

*M2-6-15CARLOS MARCEL ESCOBAR PEREZ EJECUTIVO SINGULAR CONJUNTO RESIDENCIAL CALABRIA P.H. CARLOS MARCEL ESCOBAR PEREZ MANDAMIENTO DE PAGO 46 CIVIL MUNICIPAL DE 2016-00521

ARTÍCULO 393 C.G.P. 26 DE JULIO DE 2016 BOGOTÁARTÍCULO108 DEL C.G.P. AUTO QUE ORDENA EMPLAZAR

05 DE ABRIL DE 2018*M2-11-15

ADRIANA JARA SANDOVAL EJECUTIVO SINGULAR PARQUE INDUSTRIAL ACROPOLIS ADRIANA JARA SANDOVAL MANDAMIENTO DE PAGO JUZGADO ORIGEN: 2013-01581ARTÍCULO 393 C.G.P. PROPIEDAD HORIZONTAL 10 DE FEBRERO DE 2014, 58 CIVIL MUNICIPAL DE

ARTÍCULO 108 DEL C.G.P. 03 DE MARZO DE 2014 Y BOGOTÁ JUZGADO ACTUAL27 DE NOVIEMBRE DE 2014 79 CIVIL MUNICIPAL DE

AUTO QUE ORDENA EMPLAZAR BOGOTÁ08 DE AGOSTO DE 2016

*M2-12-15CITESE A QUIENES SE CREAN CON DECLARATIVO - VERBAL - FAMILIA - CLARA PATRICIA RINCON ARDILA CARLOS ENRIQUE RINCON ARDILA AUTO ADMISORIO TREINTA Y DOS DE FAMILIA 2018-00029

DERECHO AL EJERCICIO DE LA GUARDA INTERDICCION POR DISCAPACIDAD 09 - MARZO DEL 2018 DE BOGOTÁ D.C.DEL CITADO CARLOS ENRIQUE RINCON MENTAL CONFORME A LA LEY 1306

ARDILA DE CONFOMIDAD CON EL DE 2009 Y ASIGNACION CURADORARTÍCULO 108 DEL C.G. DEL P.

*M2-13-15SUSANA LADINO CRUZ DIVORCIO MATRIMONIO CIVIL LIBARDO ANTONIO RODRIGUEZ PEDRAZA SUSANA LADINO CRUZ AUTO ADMISORIO 4 DE FAMILIA DE ORALIDAD 2018-0210

ARTÍCULO 108 DEL C.G.P. ART. 293 C.G.P. MARZO 21 DE DOS MIL DIECIOCHO DE BOGOTÁ D.C.(2018)

*M2-14-15EMPLAZAMIENTO DE LAS PERSONAS VERBAL ESPECIAL INCISO 3 DEL Nº 2 MARIA ESTELLA FRAILE DE VENEGAS, EMELINA DITAMA VIUDA DE MEDINA Y AUTO ADMISORIO TREINTA (30) CIVIL MUNICIPAL 2016-00135

INDETERMINADAS QUE SE CREAN CON DEL ART. 14 IBIDEM ANA RITA FRAILE OSPINA, LAS PERSONAS INDETERMINADAS 3 DE ABRIL DE 2018 DE BOGOTÁDERECHO SOBRE EL BIEN QUE SE DEYANIRA FRAILE DE MUÑOZ,

PRETENDE USUCAPIR NARCISO FRAILE OSPINA,ARTÍCULO 108 DEL C.G.P. MANUEL FRAILE OSPINA,

PATRICIO FRAILE OSPINA,ESTHER BEJARANO BELTRAN,FERNELLY FRAILE BOBADILLA,ROOSEVELT FRAILE OSPINA,FLOR DE LIS FRAILE OSPINA

*M2-15-15

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7BEL NUEVO SIGLO / DOMINGO 15 DE ABRIL DE 2018 / EDICTOS

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser noficiado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

El se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

ACREEDORES DE LA SOCIEDAD LIQUIDACION DE SOCIEDAD EDUARDO SANCHEZ VARGAS NELSI LADINO MORALES AUTO ADMISORIO 20 DE FAMILIA DE BOGOTÁ D.C. 110013110020CONYUGAL DE LOS SEÑORES CONYUGAL CONFORME AL ART. 04 DE FEBRERO 2018 20160082500

EDUARDO SANCHEZ VARGAS Y 490 C.G.P.NELSI LADINO MORALESARTÍCULO 108 DEL C.G.P.

*M2-16-15TODOS LOS ACREEDORES DEL EJECUTIVO ACUMULADO CARLOS EDUARDO LOZANO HOLGUIN LUIS GUILLERMO SABIO TORRES MANDAMIENTO DE PAGO 3 CIVIL MUNICIPAL DE 0135-17

DEMANDADO LUIS GUILLERMO SABIO 15 DE NOVIEMBRE DE 2017 ZIPAQUIRATORRES, QUE TENGAN CREDITOS CON

TITULOS DE EJECUCION PARA QUECOMPAREZCAN A HACERLOS VALER

MEDIANTE ACUMULACION DE DEMANDAS,DENTRO DE LOS CINCO (5) DÍAS

SIGUIENTES A LA EXPIRACION DEL TERMINO DE EMPLAZAMIENTO

ARTÍCULO 108 DEL C.G.P.*Y1-1-15

MARIA DEL PILAR LOZANO VERBAL RESTITUCION DE INMUEBLE SOCIEDAD DE ACTIVOS ESPECIALES S.A.S. MARIA DEL PILAR LOZANO AUTO QUE ADMITE DEMANDA CINCUENTA Y CINCO CIVIL 2017-00086ARTÍCULO 108 DEL C.G.P. ARRENDADO 27 DE FEBRERO DE 2017 MUNICIPAL DE BOGOTÁ

AUTO QUE ORDENA EMPLAZAR23 DE OCTUBRE DE 2017

*Y1-2-15LUIS GERADO DAVID LOPEZ VERBAL DE RESTITUCION DE SOCIEDAD ACTIVOS ESPECIALES S.A.S. LUIS GERADO DAVID LOPEZ AUTO QUE ADMITE DEMANDA SESENTA Y TRES CIVIL 2017 - 00175ARTÍCULO 108 DEL C.G.P. INMUEBLE ARRENDADO 7 DE MARZO DE 2017 MUNICIPAL DE BOGOTÁ

AUTO QUE ORDENA EMPLAZAR1 DE SEPTIEMBRE DE 2017

*Y1-3-15MARIA INMACULADA PACHECO EJECUTIVO DE UNICA INSTANCIA COOPERATIVA DE FOMENTO Y DESARROLLO MARIA INMACULADA PACHECO FECHA DE AUTO: 14 CIVIL MUNICIPAL DE 2017-552

ARTÍCULO 293 DEL C.G.P. MILENARIO - FOMDEMILCOOP 07 DE FEBRERO DE 2018 BOGOTÁARTÍCULO 463 C.G.P. NUMERAL 2 LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO

DE LA DEMANDA ACUMULADA*Y1-4-15

ANASTASIO MEDARDO LOPEZ ORTEGA EJECUTIVO ANASTASIO MEDARDO LOPEZ ORTEGA DIVA PINEDA CASTRO AUDIENCIA DE RECONSTRUCCION 38 CIVIL DEL CIRCUITO DE 1997-00332ARTÍCULO 108 DEL C.G.P. 15 DE MAYO DE 2018 A LAS BOGOTÁ

2:30 P.M. *C2-1-15

LUIS ALFREDO DIAZ ROJAS, VERBAL SUMARIO-RESTITUCION DE ALBERTO JIMENEZ MOLANO Y LUIS ALFREDO DIAZ ROJAS, ADMISORIO DE LA DEMANDA CUARENTA (40) CIVIL 2017-1579ANYI CONSTANZA PATARROYO BENAVIDES INMUEBLE ARRENDADO (VIVIENDA TEMILDA CETINA DE JIMENEZ ANYI CONSTANZA PATARROYO BENAVIDES 30 DE OCTUBRE DE 2017 MUNICIPAL DE ORALIDAD DE

Y SANDRA YAZMIN DIAZ ROJAS URBANA) Y SANDRA YAZMIN DIAZ ROJAS AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTO BOGOTÁ D.C.ARTÍCULO 108 DEL C.G. DEL P. 21 DE MARZO DE 2018

*C2-2-15ACREEDORES DE LA SOCIEDAD LIQUIDACION SOCIEDAD CONYUGAL MARTHA CECILIA ESCOBAR JORGE ABELLO MUÑOZ AUTO QUE ORDENA EMPLAZAR NOVENO DE FAMILIA DE 2016-069CONYUGAL CONFORMADA POR 16 DE NOVIEMBRE DE 2017 BOGOTÁ D.C.MARTHA CECILIA ESCOBAR Y

JORGE ABELLO BERNAL QUE SE CREAN CON DERECHO PARA INTERVENIR

ARTÍCULO 108 C.G.P.*C2-4-15

CARMEN PATRICIA ROJA MORALES 20'796.887 EJECUTIVO COOPERATIVA DE APORTES Y CREDITO CARMEN PATRICIA ROJAS MORALES FECHA AUTO: SESENTA Y OCHO (68) CIVIL 2017-0081ARTÍCULO 108 C.G.P. CREDIPROGRESO 23 MARZO 2018 MUNICIPAL DE ORALIDAD

*S9-2-15BETSABE RAMIREZ DE MENDIETA 28.807.676 PERTENENCIA DIOCELINO ALFONSO ALFONSO BETSABE RAMIREZ DE MENDIETA Y FECHA AUTO: 37 CIVIL DEL CTO 2017-604

ARTÍCULO 108 C.G.P. PERSONAS INDETERMINADAS 15 DE FEBRERO DE 2018*S9-3-15

PERSONAS QUE SE CREAN CON PERTENENCIA POR PRESCRIPCION JORGE IGNACIO RODRIGUEZ MEDINA HUMBERTO CARPETA (Q.E.P.D.) FECHA AUTO: 45 CIVIL MUNICIPAL DE 2017-01581DERECHO SOBRE EL BIEN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE LILIA CASALLAS DE CARPETA (Q.E.P.D.) 30 DE ENERO DE 2018 ORALIDAD DE BOGOTÁ D.C.

IDENTIFICADO CON MATRICULA DOMINIO HEREDEROS DETERMINADOS E No. 50S-40248990 INDETERMINADOS Y DEMAS PERSONAS

ARTÍCULO 108 C.G.P. INDETERMINADAS*S9-4-15

FERNANDO GONZALEZ ORTIZ E 93364369 VERBAL DE PERTENENCIA POR RAFAEL EMIRO TUDELA VIVAS FERNANDO GONZALEZ ORTIZ Y FECHA AUTO: 4 CIVIL DEL CIRCUITO DE 110013103004INDETERMINADOS PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS 2 MARZO 2018 BOGOTÁ 201800063

ARTÍCULO 108 C.G.P. DE DOMINIO*S9-5-15

PERSONAS INDETERMINADAS QUE SE LIQUIDACION DE SOCIEDAD LUZ ESTELLA BALLEN BARACALDO JOSE VICENTE GOMEZ FIERRO AUTO ADMISORIO PROMISCO DE FAMILIA DEL 2018-00027CREAN ACREEDORAS DE LA LIQUIDACION CONYUGAL 26 DE FEBRERO DE 2018 CIRCUITO DE VILLETA CUND.

DE LA SOCIEDAD CONYUGAL CONFORMADA CALLE 6 # 8.90 PISO 2ENTRE LOS SEÑORES

LUS ESTELLA BALLEN BARACALDO YJOSE VICENTE GOMEZ FIERRO

ARTÍCULO 108 C.G.P.*S9-7-15

FOLTEX LTDA 830070717-2 ORDINARIO LABORAL DE PRIMERA NIDIA ELCY MONTAÑO GONZALEZ FOLTEX LTDA NIT. 830070717-2 ADMISORIO DE LA DEMANDA CATORCE (14) LABORAL DEL 11001-31-05-014-DOMICILIO DE FOLTEX LTDA INSTANCIA C.C. No. 51.901.062 CALLE 12 A No. 68 B-57 BOGOTÁ D.C. ONCE (11) DE JULIO DE DOS MIL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C. 2016-00256-00

Bogotá D.C. CALLE 12 A No. 68 B-57 DIECISISEIS (2.016) Y FECHA DEL CLL 14 No. 7-36 P. 21 REPRESENTANTE LEGAL DE FOLTEX LTDA AUTO QUE DECRETO EL EMPLAZAMIENTO BOGOTÁ D.C.

ANA ILSA FUENTES CHACON 51715774 QUINCE (15) DE NOVIEMBRE DEARTÍCULO 108 Y 293 DEL C.G.P. DOS MIL DIECISÉIS (2.016)

*S9-8-15EMPLAZAMIENTO DE TODAS LAS VERBAL ESPECIAL DE PERTENENCIA MIGUEL ORLANDO GONZALEZ QUINTERO HEREDEROS DETERMINADOS E VEINTINUEVE (29) CIVIL 110014003029PERSONAS QUE CREAN TENER POR PRESCRIPCION ADQUISITIVA INDETERMINADOS DEL SEÑOR MUNICIPAL DE BOGOTÁ 20170040700

DERECHOS SOBRE EL INMUEBLE DE DOMINIO JOSE DEL CARMEN TUNJO (Q.E.P.D.) YPARA QUE CONCURRAN AL PROCESO PERSONAS INDETERMINADAS

IDENTIFICACION DEL PREDIO:Un lote de terreno, junto con la construcción

en ella ubicada en la ciudad de Bogotáen la localidad de Bosa, en la Avenida 89B

No. 54I-07 Sur MJ1 predio sin nomenclaturasecundaria e identificado con cedulacatastral No. 205314642900100000,

Código del Sector 004631642900100000CHIP AAA0173EFSK. El predio antes

mencionado tiene los siguientes linderos:Por el Norte con una extensión de 6 metroscolinda con el lote 29 de la misma manzana,

por el sur 6 metros con 10 centímetroscolinda con vía pública, por el oriente con

una extensión de 12 metros colindando conel Lote No. 01, por el occidente con una

extensión de 10 metros con 20 centímetrosy linda con el lote número 02 de la misma

manzana y encierra. Con un area 84.31 metroscuadrados. El predio antes descrito se

encuenta en un lote de mayor extensiónidentificado con Folio de Matrícula Inmobiliaria

No. 50S-4003886ARTÍCULO 108 C.G.P.

*S9-9-15MYRIAM GONZALEZ GARCIA Y CANCELACION PATRIMONIO DE OTONIEL MOJICA GOMEZ MYRIAM GONZALEZ GARCIA Y FECHA AUTO: 15 DE FAMILIA DE BOGOTÁ 2017-310-00

DAVID BUITRAGO RAMIREZ FAMILIA DAVID BUITRAGO RAMIREZ 22-03-2017 Y 16-012018ARTÍCULO 108 C.G.P.

*S9-10-15HEREDEROS DETERMINADOS E NEFFER ANGEL PEÑUELA COLPENSIONES - MANUFACTURAS DE ADMISION DEMANDA 15 LABORAL DEL CIRCUITO 2017-0163INDETERMINADOS DEL SEÑOR CAUCHO QUASAR S.A.S. FUNCAUCHO 20 DE ABRIL DE 2017 DE BOGOTÁ D.C.FERNANDO MOJICA PEÑUELA MANUFACTURAS LTDA EN LIQUIDACION

ARTÍCULO 108 C.G.P ANTES 318 C.P.C.*S9-11-15

MARCO TULIO FERNANDEZ RIVERO 9.106.105 EJECUTIVO SINGULAR ASOCIACION HABITAT PARA LA HUMANIDAD MARCO TULIO FERNANDEZ RIVERO FECHA AUTO: CUARTO CIVIL MUNICIPAL DE 70001 4003 004ARTÍCULO 108 C.G.P. COLOMBIA OCTUBRE 5 DE 2.016 SINCELEJO - SUCRE 2016 0098300

FEBRERO 27 DE 2.017*S9-12-15

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8B EL NUEVO SIGLO / DOMINGO 15 DE ABRIL DE 2018 / EDICTOS

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser noficiado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

El se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

LAURA STEFANNY CHACON AGUILAR 1026 583 855 EJECUTIVO SINGULAR JOSE ADELMO PEÑA GUEVARA LAURA STEFANNY CHACON AGUILAR FECHA AUTO: DIECIOCHO (18) CIVIL 2016-01273ARTÍCULO 108 C.G.P. 22 DE NOVIEMBRE DE 2016 MUNICIPAL DE BOGOTÁ D.C.

*S9-13-15EMPLAZAMIENTO A TODOS LOS EJECUTIVO MIXTO MARIA CRISTINA ANZOLA DE PRICE JUAN CARLOS VITERI URRESTA FECHA PROVIDENCIA VEINTIUNO (21) CIVIL DEL 2016-00163

ACREEDORES QUE TENGAN CREDITOS C.C. No. 41.330.889 (C. E. 383362) 30 DE SEPTIEMBRE DE 2016 CIRCUITO DE BOGOTÁCON TITULOS DE EJECUCION CONTRA LEONOR SOLEDAD TORRES VELASCO

LOS DEUDORES, PARA QUE COMPAREZCAN C.C. 20.334.969A HACERLOS VALER MEDIANTE

ACUMULACION DE SUS DEMANDAS,DENTRO DE LOS CINCO (5) DIAS

SIGUIENTES.ARTÍCULO 108 C.G. DEL P.

*S9-14-15ANACLETO GONZALEZ GARCIA Y 79.230.777 DECLARACION DE PERTENENCIA ALBEIRO MORENO LAZO C.C. No. 93.022.119 ANACLETO GONZALEZ GARCIA Y FECHA DEL AUTO 73 CIVIL MUNICIPAL DE 2016-898

DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS POR PRESCRIPCION ADQUISITIVA Y ROMELIA LASSO C.C. No. 65.501.516 DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS 05 DE DICIEMBRE DE 2016 BOGOTÁ D.C.QUE SE CREAN CON DERECHO SOBRE DE DOMINIO QUE SE CREAN CON DERECHO SOBRE

EL INMUEBLE A USUCAPIR, UBICADO EN EL INMUEBLE QUE SE PRETENDE LA CRA 89 A Nº 64-06 SUR, BARRIO USUCAPIR, UBICADO EN

BOSA DE LA CIUDAD DE BOGOTÁ D.C. LA CRA 89 A Nº 64-06 SUR, BARRIOIDENTIFICADO CON LA MATRICULA BOSA DE LA CIUDAD DE BOGOTÁ D.C.

INMOBILIARIA 50S-40157031, PARA QUE IDENTIFICADO CON LA MATRICULA COMPAREZCAN A HACERLOS VALER INMOBILIARIA 50S-40157031

ART. 108 C.G.P.*S9-15-15

PERSONAS INDETERMINADAS EJECUTIVO SINGULAR DE MINIMA EDIFICIO CONDOMINIO CARRERA DOCE JUAN JOSE TORRES MORA Y MANDAMIENTO DE PAGO TRECE CIVIL MUNICIPAL DE 110014003013ARTÍCULO 108 DE C.G.P. CUANTIA PROPIEDAD HORIZONTAL LIBIA XIOMARA TORRES MORA EN SU 7 DE OCTUBRE DE 2016 ORALIDAD DE BOGOTÁ 20160911

CONDICION DE HIJO DE LA CAUSANTE AUTO QUE ORDENA EMPLAZAR CRA 10 No. 14-33 P. 7ANA ROCIO MORA ROJAS 5 DE FEBRERO DE 2018 EDIF. HERNANDO MORALES

MOLINA BOGOTÁ*R1-3-15

SE EMPLAZA A LOS ACREEDORES DE LA DISOLUCION Y LIQUIDACION DE MARLENY GOMEZ RIVERA SILVERIO DIAZ RIVERA AUTO ADMISION Y EMPLAZAMIENTO DIECISÉIS FAMILIA (16) DE 2018-146SOCIEDAD CONYUGAL DE SOCIEDAD CONYUGAL 19 DE ENERO DE 2018 BOGOTÁ D.C.

MARLENY GOMEZ RIVERA Y CRA 7 # 14-23 PISO 6SILVERIO DIAZ RIVERA

ARTÍCULO 108 Y 293 DEL C.G. DEL P.*R1-4-15

PARIENTES PATERNOS Y MATERNOS PRIVACION DE PATRIA POTESTAD YESSICA TATIANA TOVAR GUZMAN ALVARO ANDRES DELGADO ZAMBRANO AUTO ADMISORIO QUINTO (5º) DE FAMILIA DE 2018-100DEL NIÑO ALVARO DAVID DELGADO TOVAR 04/04/2018 ORALIDAD BOGOTÁ D.C.

ARTÍCULO 108 Y 293 DEL C.G.P. AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTO04/04/2018

*R1-5-15A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN INTERDICCION POR DISCAPACIDAD JAVIER ORTIZ ANDRADE FANNY MIREYA BLANCO SOSA AUTO ADMISORIO CUARTO (4) DE FAMILIA DE 2018-0169CON DERECHO A EJERCER LA GUARDA MENTAL ABSOLUTA 12 DE MARZO DE 2018 BOGOTÁ D.C.

DE FANNY MIREYA BLANCO SOSA AUTO QUE ORDENA EMPLAMIENTOEN LA FORMA PREVISTA EN EL 12 DE MARZO DE 2018

ARTÍCULO 586 NUMERAL 3 DEL C.G. DEL P.ARTÍCULO 108 Y 293 DEL C.G.P.

*R1-6-15EMPLACESE A LAS PERSONAS QUE SE INTERDICCION POR INCAPACIDAD RUBIELA ROMERO CLAVIJO MARIELA CLAVIJO DE ROMERO AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTO TRECE DE FAMILIA DE 2018-0135CREAN CON DERECHO A INTERVENIR MENTAL ABSOLUTA PRESUNTA INTERDICTA 21-03-2018 ORALIDAD BOGOTÁ D.C.EN EL EJERCICIO DE LA GUARDA DE

LA PRESUNTA INTERDICTA MARIELA CLAVIJO DE ROMERO

CONFORME LO NORMADO EN EL ARTÍCULO 108 DEL C.G.P.

ARTÍCULO 108 Y 293 DEL C.G.P.*R1-7-15

CITESE COMO LO ESTABLECE LOS PRIVACION DE PATRIA POTESTAD AIDETH MALAVER HERNANDEZ RIGOBERTO MORALES RODRIGUEZ AUTO ADMISORIO SEPTIMO DE FAMILIA DE 2017-01059ARTÍCULOS 61 Y 395 DEL C.G.P., A TODAS 11-10-2017 BOGOTÁ

LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTODERECHO A EJERCER LA GUARDA DEL 11-10-2017MENOR LADY VALENTINA MORALES

MALAVER PARA EL EFECTO, EFECTUESEPOR LA PARTE DEMANDANTE LA

RESPECTIVA PUBLICACIONARTÍCULO 108 Y 293 DEL C.G.P.

*R1-9-15SE EMPLAZA A CONSTRUCCIONES EL 900.042.412-6 EJECUTIVO SINGULAR FOSTER INGENIERIA LTDA CONSTRUCCIONES EL BOSQUE S.A. MANDAMIENTO DE PAGO CUARENTA Y SIETE CIVIL 2014-0434

BOSQUE S.A. 8/10/2014 DEL CIRCUITO DE BOGOTÁAUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTO

27/02/2018*R1-11-15

ACREEDORES DE LA SOCIEDAD LIQUIDACION DE SOCIEDAD ESPERANZA GONZALEZ HUERFANO WILMER PARDO MONASTOQUE AUTO ADMISORIO TREINTA Y UNO (31) DE 03-2014-00340PATRIMONIAL CONFORMADA POR PATRIMONIAL ENTRE COMPAÑEROS 22/01/2018 FAMILIA DE BOGOTÁ

LOS EXCOMPAÑEROS PERMANENTES PERMANENTES AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTOESPERANZA GONZALEZ HUERFANO Y 22/02/2018

WILMER PARDO MONASTOQUEARTÍCULO 108 Y 293 DEL C.G.P.

*R1-13-15

PARIENTES POR LINEA MATERNA Y PRIVACION DE LA PATRIA POTESTADICBF EN FAVOR DE LOS INTERESES DEL

MENORMIGUEL ANDRES ROMERO MENDOZA ADMISORIO DE LA DEMANDA QUINTO (5º) DE FAMILIA EN 00241-18

PATERNA DEL MENOR DEL MENOR JOSEPH ROMERO GARCIA, A PETICION DE LA C.C. No. 79.929.888 DE BOGOTÁ CUATRO (4) DE ABRIL DE 2018 ORALIDAD DE BOGOTÁJOSEPH ROMERO GARCIA, NACIDO EL SEÑORA MAGDA PATRICIA GARCIA MENDEZ CRA 7ª No. 12 C- 23 P. 3º

DIA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2010, QUIEN ES EDIF. NEMQUETEBAHIJO DEL SEÑOR MIGUEL ANDRES 79.969.720 BTÁ

ROMERO MENDOZA Y DE LA SEÑORAMAGDA PATRICIA GARCIA MENDEZ 52.444.499 BTÁ

PARA QUE COMPAREZCAN AL JUZGADO5º DE FAMILIA DE BOGOTÁ Y MANIFIESTEN

LO QUE CONSIDEREN PERTINENTE OHAGAN VALER SUS DERECHOS DENTRO

DEL PROCESO DE PRIVACION DE PATRIA POTESTAD NUMERO 00241-18,

QUE ANTE DICHA OFICINA JUDICIALSE ADELANTA EN RELACION CON EL

CITADO MENOREN LOS TERMINOS DEL INCISO 2ºDEL ARTÍCULO 395 DEL C.G. DEL P.

EN CONCORDANCIA CON LO NORMADOEN EL ARTÍCULO 108 DE LA MISMA

NORMA Y ARTÍCULO 61 DEL CODIGO CIVIL*R1-14-15

MIGUEL ANDRES ROMERO MENDOZA 79.969.720 BTÁ PRIVACION DE PATRIA POTESTADICBF EN FAVOR DE LOS INTERESES DEL

MENORMIGUEL ANDRES ROMERO MENDOZA AUTO ADMISORIO QUINTO (5º) DE FAMILIA DE 0241-18

ARTÍCULO 108 DEL C.G. DEL P. JOSEPH ROMERO GARCIA, A PETICION DE SU 4 DE ABRIL DE 2018 BOGOTÁ PROGENITORA, SEÑORA MAGDA PATRICIA CRA 7º No. 12C-23 P. 3º

GARCIA MENDEZ*R1-15-15

EVANGELINA VELASQUEZ DE GONZALEZ, VERBAL DE MENOR CUANTIA DEGLADIS SUAREZ HERRERA, C.C. 63.391.302

de Malaga,EVANGELINA VELASQUEZ DE GONZALEZ, AUTOS ADMISORIO REFORMA 78 CIVIL MUNICIPAL DE 2017-417

PEDRO ENRIQUE LOPEZ MORENO, PERTENENCIA POR PRESCRIPCION GERARDO ALFONSO LARA GONZALEZ, PEDRO ENRIQUE LOPEZ MORENO, 2 DE JUNIO-25 DE AGOSTO - BOGOTÁ D.C.AURA MARIA LOPEZ MORENO DE BUSTOS, EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE C.C. 19.372.650 de Bogotá AURA MARIA LOPEZ MORENO DE BUSTOS, 6 DE OCTUBRE - 12 DE DICIEMBRE

MARIA OLIVA LOPEZ DE ACOSTA, DOMINIO DE VIVIENDA DE INTERES JOHN ALEXANDER LARA SUAREZ, MARIA OLIVA LOPEZ DE ACOSTA, DEL 2017 Y 14 DE FEBRERO DE 2018ANA BEATRIZ LOPEZ DE ROJAS, SOCIAL C.C. 80.773.742 de Bogotá ANA BEATRIZ LOPEZ DE ROJAS,

MARGARITA LOPEZ DE MORA Y EL MARGARITA LOPEZ DE MORA Y ELEMPLAZAMIENTO DE TODAS LAS EMPLAZAMIENTO DE TODAS LAS

PERSONAS INDETERMINADAS QUE PERSONAS INDETERMINADAS QUECREAN TENER DERECHO SOBRE EL CREAN TENER DERECHOS SOBRE ELINMUEBLE, PARA QUE CONCURRAN INMUEBLE, PARA QUE CONCURRAN

AL PROCESO AL PROCESOARTÍCULO 108 Y 293 DEL C.G. DEL P.

*R1-17-15

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9BEL NUEVO SIGLO / DOMINGO 15 DE ABRIL DE 2018 / EDICTOS

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser noficiado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

El se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN DEMANDA DE SUCESION INTESTADA AUTO ADMISORIO SESENTA Y SIETE (67) CIVIL 2017-01207 CON DERECHO A INTERVENIR EN EL DE LOS CAUSANTES 12 DE MARZO DE 2018 MUNICIPAL DE BOGOTÁ

PRESENTE SUCESORIO DE LOS JORGE HILARIO RICO BELTRAN AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTOCAUSANTES JORGE HILARIO RICO BELTRAN 114.094 de Bogotá C.C. No. 114.094 DE BOGOTÁ Y 12 DE MARZO DE 2018

Y MARIA DE JESUS RIVERA DE RICO 20.090.112 BTÁ MARIA DE JESUS RIVERA DE RICOARTÍCULO 108 DEL C.G. DEL P. C.C. No. 20.090.112 DE BOGOTÁ

*R1-18-15JOSE AQUILINO VARGAS PARRA 3229628 CESACION DE LOS EFECTOS CIVILES GLADYS BORDA PAEZ JOSE AQUILINO VARGAS PARRA ADMISORIO DE LA DEMANDA CUARTO (04) DE FAMILIA DE 2018-0233ARTÍCULO 108 DEL C.G. DEL P. EN DE MATRIMONIO CATÓLICO - CUATRO (04) DE ABRIL DE 2018 BOGOTÁ D.C.

CONCORDANCIA CON EL ARTÍCULO 293 DIVORCIO CRA 7 No. 12C-23 P. 3DEL C.G DEL P.

*R1-20-15PERSONAS QUE SE CREAN CON PERTENENCIA - PRESCRIPCION FLOR SALAMANCA GOMEZ Y MYRIAM ESTHER PEÑA DE DIAZ Y ADMISORIO DE LA DEMANDA VEINTISIETE (27) CIVIL 2014-406

DERECHO SOBRE EL BIEN A USUCAPIR EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA RAFAEL ALFONSO BELLO ROJAS DEMAS PESONAS INDETERMINADAS 14- DICIEMBRE -2017 MUNICIPAL DE BOGOTÁ D.C.ARTÍCULO 108 DE. C.G.P. DE DOMINIO

*R1-21-15CARLOS ALBERTO ANGEL RUEDA EJECUTIVO SINGULAR MINIMA HERNANDO FLOREZ PEÑA CARLOS ALBERTO ANGEL RUEDA MANDAMIENTO DE PAGO 42 CIVIL MUNICIPAL DE 2017 - 0411

ARTÍCULO 108 C.G.P. CUANTIA 04 DE MAYO DE 2017 BOGOTÁ*R1-22-15

ANDREA CAROLINA RODRIGUEZ PINCHAO 1.082.747.371 EJECUTIVO SINGULAR COMERCIALIZADORA GOYJUL SAS ANDREA CAROLINA RODRIGUEZ PINCHAO MANDAMIENTO DE PAGO CUARENTA Y UNO CIVIL 2017-1154ARTÍCULO 108 C.G.P. 14-11-2017 Y 22-MARZO-2018 MUNICIPAL DE BOGOTÁ D.C.

CRA 10 No. 14-33 P. 16*R1-24-15

ELIZABETH MARIA MOLINA ECHEVERRIA EJECUTIVO SINGULAR DE MINIMAFONDO DE EMPLEADOS DE COLPATRIA -

FONDECOLELIZABETH MARIA MOLINA ECHEVERRIA MANDAMIENTO DE PAGO 79 CIVIL MUNICIPAL DE 2017 - 294

ARTÍCULO 108 Y 293 DEL C.G.P. CUANTIA 03 / 04 / 2017 BOGOTÁAUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTO

16 / 02 / 2018*R1-26-15

CITESE COMO LO ESTABLECE LOS PRIVACION DE PATRIA POTESTAD EVA CAROLINA MOTTA SALAZAR JHON ALBERTO HUERTAS GUERRA AUTO ADMISORIO SEPTIMO DE FAMILIA 2017-010ARTÍCULOS 61 Y 395 DEL C.G.P. A EN REPRESENTACION DEL MENOR C.C. 79.705.527 DE BOGOTÁ 19 OCTUBRE 2017 DE BOGOTÁ

TODAS LAS PERSONAS QUE SE CREAN JUAN FELIPE HUERTAS MOTTA AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTOCON DERECHO A EJERCER LA GUARDA 19 OCTUBRE 2017

DEL MENOR JUAN FELIPE HUERTAS MOTTA T.I. 1141315071Y EMPLACESE AL DEMANDADO

JHON ALBERTO HUERTAS GUERRA 79.705..527 BTÁARTÍCULO 108 Y 293 DEL C.G.P.

*R1-27-15LUZ MIRYAM BELTRAN BELTRAN SUSCRIPCION DE DOCUMENTOS CIELO MARIA CARVAJAL SANCHEZ Y LUZ MIRYAM BELTRAN BELTRAN MANDAMIENTO EJECUTIVO SESENTA Y DOS (62) CIVIL 110014003062-ARTÍCULO 108 C.G.P. Y 293 C.G.P. DE MENOR CUANTIA PEDRO SERAFIN CUEVAS RINCON 21 DE NOVIEMBRE DE 2017 MUNICIPAL DE BOGOTÁ D.C. 2017-01257-00

CORRIGE EL MANDAMIENTO EJECUTIVO11 DE DICIEMBRE DE 2017

AUTO QUE ORDENA EMPLAZAR09 DE ABRIL DE 2018

*R1-31-15

A QUIENES DEBAN SER OIDOS DENTRO PRIVACION DE PATRIA POTESTAD -XIMENA ASTRID ANDRADE HORTA EN

REPRESENTACIONMARIO PASTRANA ALVAREZ AUTO ADMISORIO 18 DE FAMILIA DE BOGOTÁ 1100131100-18-

DE ESTE ASUNTO (ARTÍCULO 61 DEL VERBAL SUMARIOLEGAL DE LA MENOR MARIANA PASTRANA

ANDRADE08 DE MARZO / 2018 201800141-00

CODIGO CIVIL) TALES COMO LOS AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTOABUELOS POR LINEA MATERNA Y 8 DE MARZO DEL 2018

PATERNA PARA QUE INTERVENGANEN EL PROCESO (INCISO 2 ARTÍCULO 395

DEL CODIGO GENERAL DEL PROCESO)PRIVACION DE PATRIA POTESTADARTÍCULO 108 Y 293 DEL C.G.P.

*R1-36-15ACREEDORES E INDETERMINADOS LIQUIDACION SOCIEDAD CONYUGAL ANA MILENA MEDINA TABOADA LASMAN VARGAS ARTUNDUAGA AUTO ADMISORIO CATORCE (14) DE FAMILIA 2014-0356

PARA QUE COMPAREZCAN Y HAGAN 01 JUNIO 2017 DE BOGOTÁ VALER SUS DERECHO EN LA SOCIEDAD AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTO CRA 7 No. 12 C 23 P 5

CONYUGAL FORMADA POR MARZO 21 DE 2018 EDIFICIO NEMQUETEBAANA MILENA MEDINA TABOADA Y LASMAN VARGAS ARTUNDUAGA

ARTÍCULO 108 Y 293 DEL C.G.P.*R1-37-15

CESAR AUGUSTO DUQUE OCAMPO 18.504.582 DIVORCIO HOBEIDA LUCERO LOPEZ GARCIA CESAR AUGUSTO DUQUE OCAMPO AUTO ADMISORIO SEPTIMO (7) DEL CIRCUITO 2017-01445ARTÍCULO 108 Y 293 DEL C.G.P. C.C. No. 52.130.992 C.C. 18.504.582 ENERO 30 DE 2018 DE FAMILIA BOGOTÁ

AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTOABRIL 9 DE 2018

*R1-38-15

EMPLACESE A QUIENES SE CREAN CON DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTAPRESENTADO POR INTERMEDIO DEL

PROCURADORPRESUNTA INTERDICTA AUTO ADMISORIO (10) DECIMO DE FAMILIA DE 2018-00302

DERECHO AL EJERCICIO DE LA GUARDA 327 JUDICIAL 1 DE FAMILIA POR STELLA GARCIA CAICEDO 4 DE ABRIL DEL 2018 BOGOTÁDE LA PRESUNTA INTERDICTA RAMON SANTOS MARTINEZ RODRIGUEZ AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTO

STELLA GARCIA CAICEDO DISPUESTO 4 DE ABRIL DEL 2018EN EL INCISO TERCERO DEL ARTÍCULO

586 DEL C.G.P EN CONCORDANCIA CON EL ART. 108 IDEM

ARTÍCULO 108 Y 293 DEL C.G.P.*R1-40-15

A LOS HEREDEROS INDETERMINADOS UNION MARITAL DE HECHO CARMEN ROSA SILVA QUIROGA HEREDEROS DETERMINADOS AUTO ADMISORIO CUARTO DE FAMILIA DE 2017-0715DEL CAUSANTE ROMAN JIMENEZ LOPEZ LUZ MILENA JIMENEZ SILVA Y 02 DE AGOSTO DE 2017 ORALIDAD DE BOGOTÁ

ARTÍCULO 108 Y 293 DEL C.G.P. JAVIER JIMENEZ SILVA Y AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTOHEREDEROS INDETERMINADOS DEL 02 DE AGOSTO DE 2017

CAUSANTE*R1-41-15

EMPLACESE A QUIENES SE CREAN CON INTERDICCIONPRESENTADO POR INTERMEDIO DEL

PRODURADOR PRESUNTO INTERDICTO AUTO ADMISORIO 10 DE FAMILIA DE BOGOTÁ 2017-157

DERECHO AL EJERCICIO DE LA GUARDA 149 JUDICIAL II DE FAMILIA POR JOSE NORBERTO AYALA GALINDO 14 DE MARZO DEL 2017DEL PRESUNTO INTERDICTO EVER AYALA GALINDO AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTO

JOSE NORBERTO AYALA GALINDO 14 DE MARZO DEL 2017EN CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO

586 DE C.G.P. EN CONCORDANCIA CON EL 108 IDEM

ARTÍCULO 108 Y 293 DEL C.G.P.*R1-42-15

SE EMPLAZA A LOS PARIENTES MAS NOMBRAMIENTO DEL GUARDADOR VICTORIA SHIRLEY FRASSER FLORIAN (PRESUNTO INTERDICTO) AUTO ADMISORIO CUARTO (4) DE FAMILIA DE 2006-00435CERCANOS DEL INTERDICTO SUPLENTE A FAVOR DE CARLOS ANDRES FRASSER FLORIAN 6 DE ABRIL DE 2018 BOGOTÁ

CARLOS ANDRES FRASSER FLORIAN CARLOS ANDRES FRASSER FLORIAN CRA 7 No. 12 C-23 P. 3ARTÍCULO 108 Y 293 DEL C.G.P.

*R1-44-15GUAYAN JARAMILLO PEDRO ALEJANDRO RESTITUCION BANCO FINANDINA S.A. NIT. 860051894-6 GUAYAN JARAMILLO PEDRO ALEJANDRO FECHA DE PROVIDENCIA 21 CIVIL MUNICIPAL DE 2017-0329

ARTÍCULO 293 DEL C.G. DEL P. 16 DE MARZO DE 2017 BOGOTÁ14 DE NOVIEMBRE DE 2017

*R1-45-15DAVID LEONARDO RAMOS GUTIERREZ, EJECUTIVO SINGULAR PEDRO PABLO ALDANA DAVID LEONORDO RAMOS GUTIERREZ MANDAMIENTO DE PAGO SETENTA Y NUEVE (79) CIVIL 2016-1012

PREVISTO EN LOS ART. 108 C.G.P. Y Y IMELDA ELSY MONTAÑA NAVARRO 22 DE NOVIEMBRE 2016 MUNICIPAL DE BOGOTÁ D.C.ART. 293 C.G.P. AUTO QUE ORDENA EMPLAZAR

03 DE ABRIL DEL 2018*R1-46-15

GRUPO DAO DIGITAL LTDA HOY VERBAL DE RESTITUCION DE BANCO DE OCCIDENTE GRUPO DAO DIGITAL LTDA HOY AUTO QUE ADMITE DEMANDA VEINTISIETE (27) CIVIL DEL 2017-570GRUPO DAO DIGITAL S.A.S. BIEN MUEBLE GRUPO DAO DIGITAL S.A.S. 20 DE SEPTIEMBRE DE 2017 CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C.ARTÍCULO 108 Y 293 C.G.P.

*R1-47-15DANIEL FELIPE LUQUE BENITEZ EJECUTIVO SINGULAR DE MENOR BANCO DE OCCIDENTE DANIEL FELIPE LUQUE BENITEZ MANDAMIENTO DE PAGO CINCUENTA Y OCHO (58) CIVIL 2017-264

ARTÍCULO 108 Y 293 C.G.P. CUANTIA 20 DE FEBRERO DE 2017 MUNICIPAL DE BOGOTÁ D.C.*R1-48-15

LUZ MARINA RUIZ VELEZ 51.955.147 EJECUTIVOSAIR FABIAN RUIZ VELEZ C.C. 79.784.473

BogotáLUZ MARINA RUIZ VELEZ MANDAMIENTO DE PAGO 32 DE FAMILIA DE BOGOTÁ 12-2012-642

ARTÍCULO 108 DEL C.G.P. C.C. 51.955.147 QUINCE (15) DE JUNIO DE DOS MILDIECISIETE (2017)

*R1-49-15

JORGE ANDRES MATALLANA CASTAÑEDA, ORDINARIO LABORAL DE PRIMERA ALIRIO VERASTEGUI FERNANDEZ TECNI CENTRO AUTOMOTRIZ JJ LTDA AUTO ADMISORIO 5 LABORAL DEL CIRCUITO 2016-00451MARIO ALBERTO MATALLANA CABEZAS Y INSTANCIA Y OTROS 05 DIC / 2018 DE BOGOTÁ

JUAN DIEGO MATALLANA CABEZASINCISO 3 ARTÍCULO 29 DEL C.P.L. Y

CONCORDANCIA CON EL ART. 108 C.G.P.*R1-50-15

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10B EL NUEVO SIGLO / DOMINGO 15 DE ABRIL DE 2018 / EDICTOS

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser noficiado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

El se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

CONSEJURIDICAS EU 900.139.766-6 ORDINARIO DE PRIMERA INSTANCIA ANDREA RUIZ LLANOS CORPORACION IPS SALUDCOOP EN AUTO ADMISORIO 31 LABORAL DEL CIRCUITO DE 110013105031ARTÍCULO 108 C.G.P. LIQUIDACION, CAFESALUD E.P.S., 25 DE AGOSTO DE 2016 BOGOTÁ D.C. 20160040100

LA NACION-MINISTERIO DE SALUDY PROTECCION SOCIAL, SALUDCOOP

E.P.S ORGANISMO COOPERATIVOEN LIQUIDACION

*R1-51-15A TODAS LAS PERSONAS DETERMINADAS SUCESION INTESTADA DOBLE DE AUTO ADMISORIO SEPTIMO (7º) DE FAMILIA DE 2018-00141E INDETERMINADAS QUE SE CREAN CON JOSE SANTOS CHACON CLAVIJO Y CINCO (5) DE MARZO DE 2018 BOGOTÁ D.C.

DERECHO A INTERVENIR DENTRO DEL ROSA MARIA CASTAÑEDA DE CHACONPROCESO DE SUCESION DOBLE EINTESTADA DE LOS CAUSANTES

JOSE SANTOS CHACON CLAVIJO YROSA MARIA CASTAÑEDA DE CHACON

ARTÍCULO 108, 293, 490 C.G.P.*R1-52-15

HORNEADOS COLOMBIA S.A.S. EJECUTIVO SINGULAR DE MENOR JUAN CARLOS LONDOÑO HURTADO HORNEADOS COLOMBIA S.A.S. MANDAMIENTO DE PAGO TREINTA Y CUATRO 34 CIVIL 110014003034MARTHA ISABEL EUGENIA SARAY CUANTIA MARTHA ISABEL EUGENIA SARAY 17 DE FEBRERO DE 2017, MUNICIPAL DE BOGOTÁ D.C. 20160140400

KARINA RAMIREZ FORERO, KARINA RAMIREZ FORERO, 13 DE MARZO DE 2017 YJOSE GUILLERMO RIOMALO TORRES JOSE GUILLERMO RIOMALO TORRES 26 DE ABRIL DE 2017

ARTÍCULO 108 C.G.P.*R1-53-15

HEREDEROS DETERMINADOS DE DECLARATIVO DE UNION MARITAL SAUDY LOPEZ MILLAN FEDERICO WEISNER URBINA ADMISORIO DE LA DEMANDA TERCERO (3) DE FAMILIA DEL 2017-357ANTONIO JOSE WEISNER - DE HECHO 28 DE JUNIO 2017 CIRCUITO DE BOGOTÁRICARDO WEISNER PINZON

ARTÍCULO 108 C.G.P.*R1-54-15

PERSONAS INDETERMINADAS PERTENENCIA POR PRESCRIPCION ELSA MIREYA CADENA VEGA ALFONSO CASTRO ADMISORIO DE LA DEMANDA 19 CIVIL DEL CIRCUITO DE 2016-848ARTÍCULO 108 C.G.P. EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DEL 13 DE DICIEMBRE DE 2016 BOGOTÁ

DOMINIO*R1-55-15

PERSONAS Y/O HEREDEROS EJECUTIVO SINGULAR DE MINIMA ALVARO APARICIO GRAJALES BOHORQUEZ HERNANDO MANCIPE BARRETO, MANDAMIENTO DE PAGO 52 CIVIL MUNICIPAL DE 2017-00193-00INDETERMINADOS DEL SEÑOR CUANTIA CESAR ROLANDO MANCIPE BARRETO 2 DE MARZO Y 5 DE ABRIL DE 2018 ORALIDAD DE BOGOTÁ

IGNACIO MANCIPE CANTOR (Q.E.P.D.) Y E IGNACIO MANCIPE CANTOR (Q.E.P.D.)ARTÍCULO 108 C.G.P.

*R1-56-15BLANCA CECILIA CORANADO OLAYA Y ORDINARIO DE PERTENENCIA MIRIAM CORONADO DE ROBAYO RICARDO CORONADO OLAYA, ADMISORIO DE LA DEMANDA 43 CIVIL CIRCUITO DE 2017/603

RICARDO CORONADO OLAYA BLANCA CECILIA CORONADO OLAYA Y 20 DE FEBRERO DE 2018 BOGOTÁ D.C.ARTÍCULO 108 DE C.G.P. DEMAS PERSONAS INDETERMINADAS

*R1-57-15ACREEDORES QUIENES SE CREAN CON LIQUIDACION DE SOCIEDAD NESTOR RODOLFO RAMIREZ ROCHA ELSSY HERMINDA VIZCAINO GONZALEZ ADMISORIO DE LA DEMANDA 21 DE FAMILIA DE BOGOTÁ D.C. 2017 / 074

DERECHO A INTERVENIR EN EL PROCESO CONYUGAL 30 MARZO DE 2017DE LIQUIDACION DE SOCIEDAD

CONYUGAL DE NESTOR RODOLFORAMIREZ ROCHA CONTRA

ELSSY HERMINDA VIZCAINO GONZALEZA FIN DE QUE HAGAN VALER SUS

CREDITOSARTÍCULO 108 DE C.G.P.

*R1-59-15ACREEDORES DE LA SOCIEDAD LIQUIDACION DE SOCIEDAD WILLIAM CHAPARRO SUAREZ SONIA OMAYRA CANCHON PATARROLLO AUTO ADMISORIO 8 DE FAMILIA DE BOGOTÁ 2017-1323CONYUGAL CONFORMADA POR CONYUGAL 13 DE DICIEMBRE DE 2017WILLIAM CHAPARRO SUAREZ Y

SONIA OMAYRA CANCHON PATARROLLOARTÍCULO 108 DEL C.G.P.

*R1-63-15

A QUIENES SE CREAN CON DERECHO INTERDICCION POR DISCAPACIDADMARIA DE LAS MERCEDES ANTONIO A

TRAVES DE (PRESUNTO INTERDICTO) AUTO ADMISORIO TREINTA Y UNO (31) DE 2018-00004

AL EJERCICIO DE LA GUARDA DEL MENTAL ABSOLUTA PROCURADOR 61 JUDICIAL II DE FAMILIA 12 / ENERO / 2018 FAMILIA DE BOGOTÁPRESUNTO INCAPAZ AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTO

JOHN ESTIVEN MORA ANTONIO 12 / ENERO / 2018ARTÍCULO 108 Y 293 DEL C.G.P.

*R1-65-15A QUIENES SE CREAN CON EL DERECHO JURISDICCION VOLUNTARIA - SADIE LAONI RODRIGUEZ MORENO EN (PRESUNTA INTERDICTA) AUTO ADMISORIO QUINTO DE FAMILIA EN 2018-159

AL EJERCICIO DE LA GUARDA DE LA INTERDICCION POR DISCAPACIDAD REPRESENTACION DE MARIA MORENO MARIA MORENO 28 FEBRERO 2018 ORALIDAD DE BOGOTÁPRESUNTA INTERDICTA LA SEÑORA MENTAL ABSOLUTA AUTO QUE ORDENA EMPLAZAMIENTO

MARIA MORENO 20.583.872 28 FEBRERO 2018ARTÍCULO 108 Y 293 DEL C.G.P.

*R1-68-15

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser noficiado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

El se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

LISTADO REMATES ARTICULO 450 CODIGO GENERAL DEL PROCESO

PARTE DEMANDADA PARTE DEMANDANTE CLASE DE PROCESO Fecha y hora / Apertura Licitacion

Bienes Materia de Remate Valor avalúo /Avalúo Base de Licitación

No. Radicacion Expediente JUZGADO

Nombre, Direccion, Teléfono Secuestre

Porcentaje para hacer Postura %

JOSE JAVIER GOMEZ GOMEZ BANCO COMERCIAL AV VILLAS S.A. EJECUTIVO HIPOTECARIO 03 DE MAYO DE 2018 INMUEBLE : $ 212.673.000 JUZGADO DE ORIGEN:ASESORES JURIDICOS INMOBILIARIOS

SAS( 40 % )

cesionaria de derechos HORA: 09:00 A.M. Calle 57 B Sur No. 62 - 92 Interior 74 Bogotá BASE LICITACION: ( 70 % ) que equivale 59 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA Carrera 8 No. 16-21 Piso 7o Edificio Sawa $ 85.069.200.ooMARÍA DE LOS ANGELES LARA

PARRA(Cundinamarca) a $ 148.871.110.oo JUZGADO ACTUAL: Cel. 315 3845118- 322 2230418

Matricula Inmobiliaria 50 S - 40084828 17 CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE Bogotá D.C.SENTENCIAS DE BOGOTA

PROCESO NUMERO : 2005 - 1192

*B2-2-15MONICA VASQUEZ RODRIGUEZ CENTRO COMERCIAL Y EJECUTIVO SINGULAR 03-MAYO-2018 BIEN INMUEBLE - URBANO VALOR AVALÚO 2010-01768 DIANA MARGARITA MARIA $26.537.400

PROFESIONAL PASO REAL A LAS 08:00 HORAS A.M. (LOCAL 101) IDENTIFICADO $66.343.500 JUZGADO ORIGEN LABORDE BETANCOURTCON EL FOLIO DE MATRICULA VALOR BASE LICITACION 55 CM DE BOGOTÁ PUEBLITO BOYACENCE MANZANANo. 074-31537 DE LA OFICINA $46.440.450 EQUIVALENTE JUZGADO ACTUAL: SACHICA 3-201 DUITAMA

DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS AL 70% DEL VALOR TOTAL 7 CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION CALLE 16 No. 14-52 APARTADOPUBLICOS DE DUITAMA BOGOTÁ D.C. POSTAL No. 070

SIN DIRECCION - CENTRO TEL: 311-2412009COMERCIAL DE LA CIUDADELA

PROEDUCAR -LOCAL 101PAIPA -BOYACA

*M2-5-15NELCY JUDITH VERGARA RUIZ HERMINIO CASTAÑEDA FORERO EJECUTIVO MIXTO 04 DE MAYO DE 2018 BIEN INMUEBLE - CASA VALOR DE AVALÚO: 11001400301220160017200 EDGAR ANDRES SANCHEZ PORTES 40%

11:00 A.M. MATRICULA INMOBILIARIA $158.821.500.oo DOCE CIVIL MUNICIPAL DE C.C. 2.960.856 Cachipay 50S-40586683 OFICINA DE VALOR BASE DE LIQUIDACION ORALIDAD DE BOGOTÁ Cundinamarca, DIRECCION

REGISTRO DE INSTRUMENTOS $111.175.050.oo AVENIDA JIMENEZ No. 8 A -20PUBLICOS DE BOGOTÁ OFICINA 605

ZONA - SUR TEL: 3168973003DIRECCIÓN ACTUAL: INMOBILIARIA DE SERVICIOS

CALLE 60 D SUR No. 17-60/62 SANCHEZ Y PORTES LTDABARRIO LA PLAYA, SEGUNDO

SECTOR BOGOTÁ*R1-25-15

DAMARIS GARZON PEREZ,MARIA CONSUELO CASTILLO

SANDOVAL07 JUNIO DE 2018 CASA UBICADA EN LA CIUDAD VALOR BASE LICITACION 48 CIVIL DEL CIRCUITO FABIO SUAREZ CUADRADO 40%

MARIA LIMBANIA GARZON PEREZ,Y AMANDA LUCIA CASTILLO

SANDOVAL8:00 A.M. DE BOGOTÁ EN LA DIRECCION 334'262.000 CELULAR 310 5504169

OSCAR ARBEY GARZON P. CARRERA 31 D Nº 1 D-18 MATRICULA INMOBILIARIA

50C-1640396*S9-1-15

JUDY MIRANDA HERNANDEZ BANCO COLPATRIA HOY CEDIDO EJECUTIVO HIPOTECARIO 12 DE JUNIO DE 2018 BIEN INMUEBLE APARTAMENTO AVALUADO EN LA SUMA DE 11001-40-03-005-2012-01323-00 FABIO A CARDENAS CLAVIJO 40% del valorA SANDRA MILENA SALAZAR

NAVASA LAS 9:00 A.M. 302 DEL INTERIOR # UNO (1) CIENTO TRES MILLONES QUINTO DE EJECUCION CIVIL TELEFONO 3112804593 del avalúo dado

UBICADO EN LA ACTUAL CUATROCIENTOS OCHENTA MUNICIPAL DE Bogotá Y CALLE 175 # 68-25 BOGOTÁ al bien equivalenteDIRECCION CALLE 61 SUR Y OCHO MIL PESOS M/CTE JUZGADO ORIGEN a $41.395.200# 20 D-60 IDENTIFICADO $103.488.000 QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE

CON MATRICULA INMOBILIARIA VALOR BASE LICITACION BOGOTÁNro. 50S-40345287 ES EL 70% DEL AVALUO DADO

AL BIEN EQUIVALENTEA $72.441.600

*S9-6-15

consulte en: www.elnuevosiglo.com.co

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11BEL NUEVO SIGLO / DOMINGO 15 DE ABRIL DE 2018 / EDICTOS

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser noficiado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

El se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

EMPLAZAMIENTORAMA JUDICIAL DEL PODER PÚ-BLICO JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTÁ D.C.Bogotá D.C.REF VERBAL DE PERTENENCIA DE MENOR CUANTÍA No. 17-01524DEMANDATE: HERCINDA MARTÍ-NEZ BAUTISTA DEMANDADOS: INÉS PRIETO DE GARCIA, JOSEFINA PRIETO DE GARCIA, LUCRECIA PRIETO PUERTO y personas indeterminadas.Como quiera que la demanda de pertenencia, instaurada por HER-CINDA MARTÍNEZ BAUTISTA en contra de INÉS PRIETO DE GARCIA, JOSEFINA PRIETO DE GARCIA, LU-CRECIA PRIETO PUERTO y personas indeterminadas, fue subsanada en tiempo y satisface los requisitos rituarios, SE ADMITE.En atención a la manifestación de la parte demandada ORDENASE el emplazamiento de las demandadas Inés Prieto de García, Josefina Prie-to de García y Lucrecia Prieto Puer-to, en la forma y términos previstos en el 293 del C.G.P. Para tal efecto proceda el patente en los términos de la norma en cita. Efectúese por la interesada las publicaciones en un diario de amplia circulación, como son: “El Tiempo, LA República o EL Nuevo Siglo”.ORDENESE la inscripción de la demanda en el folio de matrícula inmobiliaria No. 50S-6065, de con-formidad al art.375 del C.G.P. por secretaría OFÍCIESE a la Oficina de Registros de Instrumentos Públicos respectiva.EMPLACESE a las personas que se crean con derecho sobre el inmue-ble materia del proceso, ubicado en la Kr 5 B No. 48 Z – 30 SUR de esta ciudad, el cual hace parte del lote de mayor extensión identificado con la matrícula No.50S-6065, en la forma y términos previstos en el 375 del C.G.P. Para tal efecto pro-ceda el petente en los términos de la norma en cita. Efectúese por la interesada las publicaciones en un diario de amplia circulación, como son: “El Tiempo, La República o El Nuevo Siglo”.Además, debe procederse a la inscripción del emplazamiento tanto de las demandas como de las personas indeterminadas, en el Registro Nacional de Personas Em-plazadas, en la forma de términos ordenados en el art. 108 del C.G.P.La demandante proceda a la Fi-jación de la Valla, en la forma de términos señalados en el num.7 del art. 375 del C.G.P.Así mismo, procédase por secreta-ría a registrar la valla en el Registro Nacional de Procesos de Perte-nencia, en la forma señalada en el inciso 5 del literal g) del art.375 del C.G.P.Ofíciese igualmente a la Superin-tendencia de Notariado y Registro de Bogotá, a la Agencia Nacional de Tierras-ANT (antes Incoder), a la Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a Victimas y al Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) informando la existencia del presente proceso, para que si lo consideran pertinen-te, hagan las manifestaciones a que hubiere lugar en el ámbito de sus funciones. RECONÓCESE al abogado JOHN ROBERT LUNA CRUZ, como apo-derado judicial de la actora, en los términos y para los efectos del poder conferido.Imprímesele a éste proceso el trá-

mite previsto para el del PROCESO VERBAL y art. 375 C.G.P.NOTÍFIQUESEMAYRA CASTILLA HERRERAJUEZNOTIFICACIÓN POR ESTADO: La providencia anterior es notificada por anotación en ESTADO N° 005 hoy 19 ENE 2018Secretario ANDREA VIVIANA LO-ZANO RIOS.HAY UN SELLO *P1-3-15

REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL JUZGADO VEINTIUNO DE FAMILIA DE ORALIDAD CARRERA 7 No. 12 c-23 SEPTIMO PISOLA SECRETARIA DEL JUZGADO VEIN-TIUNO DE FAMILIA DE ORALIDAD DE BOGOTÁ D.C.EMPLAZAMARIO FERNANDO NOCOVE MU-ÑOZ y a todas las personas que tengan noticias de su paradero o se crean con derecho a obtener su guarda, para que comparezcan por sí o por intermedio de apoderado a notificarse y dar noticias de su paradero, dentro del proceso de MUERTE PRESUNTA, promovido por su hija menor de edad MANUE-LA NOCOVE GUTIÉRREZ representa-da legalmente por su progenitora IBONNE GUTIÉRREZ LEYTON, de-manda que fue radicada bajo el Nú-mero 2017-0909, siendo admitida por auto de fecha veintitrés (23) de febrero del año dos mil dieciocho (2.018), en la cual se pretende que se declare la muerte presunta por desaparecimiento del señor MARIO FERNANDO NOCOVE MUÑOZ, con base en los siguientes hechos que se narran sucintamente: PRIMERO: El señor MARIO FER-NANDO NOCOVE MUÑOZ y la se-ñora IBONNE GUTIÉRREZ LEYTON, contrajeron matrimonio civil el 28 de Diciembre de 2002 en el Muni-cipio de Bogotá D.C., Departamento de Cundinamarca, cuya acta matri-monial quedo inscrita en el registro del estado civil, Notaría Octava (8ª) del Circulo de Bogotá, D.C.SEGUNDO: El señor MARIO FER-NANDO NOCOVE MUÑOZ y la se-ñora IBONNE GUTIÉRREZ LEYTON, convivieron desde el 28 de diciem-bre de 2002, hasta el 19 de junio del año 2013, connotando que a pesar del divorcio que pidió el cónyuge (SIC) este siguió compartiendo el techo lecho hasta el día que viajo a México por cuestiones de trabajo como piloto.3. De la anterior unión, nació la menor MANUELA NOCOVE GUTIÉ-RREZ, el día cinco (05) de febrero del año 2006, en la ciudad de Bogo-tá, siendo registrada en la Notaría Treinta y Cuatro del Círculo de Bo-gotá, bajo el serial No. 35742535.4. El señor MARIO FERNANDO NOCOVE MUÑOZ, se ausento de su residencia desde hace más de tres (03) años y siete (07) mese, ya que desde el día cinco (05) de mayo de 2014, no se tiene noticia de su paradero, siendo visto durante esta última oportunidad por los señores (a) YENY CARINA ALVARES y XIME-NA CAROLINA GARCIA, vecinos del conjunto donde residía.5. Desde la fecha de su desapa-recimiento, la cual sucedió el día veintiséis (26) de mayo del año 2014, en la ciudad de México distrito federal, ya que su oficio o profesión es piloto.6. No obstante las diligencias adelantadas por mi representada ante las autoridades mejicanas, desde entonces, la ubicación e información sobre su esposo han resultado infructuosas. Algunas de las gestiones llevadas a cabo por mi representada son:a. ACTA CIRCUSTANCIADA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ESTRA-

TEGIAS PARA LA ATENCIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE MEXICO, de la gestión adelantada por su pro-genitor señor GONZALO NOCOVE URIBE, tal como se puede probar. Se anexa veintiún (21).b. Oficio No. DAJ/8192 14 México D.F., a 14 AGO 2014 (anexo dos folios).7. A pesar que la esposa y fami-liares acudieron a las autoridades Colombianas nada se hizo por parte de estos, una vez se entera-ron de su desapare-cimiento (SIC) informando sobre ello a las auto-ridades Mexicanas solicitando su colaboración localizarlo, no se han visto resultados, a la fecha de radi-cación de esta demanda, y desde entonces han transcurrido más de tres (3) años y cinco (5) mese, (SIC) y aún no se tiene conocimiento de su paradero.8. Hasta la prestación de la presen-te demanda, ha sido imposible dar con el paradero del señor MARIO FERNANDO NOCOVE MUÑOZ, quien tampoco se ha reportado, ni ha dado muestra alguna de sobre vivencia, al igual que era costumbre de éste llamar a su menor hijas to-dos los días la cual no vivió hacerlo desde el día 26 de mayo de 2014.Para los efectos indicados en el numeral 2, del art. Artículo 583 del C.G.P., en concordancia con el Nu-meral 2° del Art. 97 del C.C., se fija el presente Edicto por el término de veinte (20) días, hoy 11 ABR 2018, siendo las 8:00 a.m.MARIÓN GAVIRIA DÍAZSECRETARIAHAY UN SELLO *J1-2-15

EDICTO EMPLAZATORIO. LA SE-CRETARIA DEL JUZGADO 66 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA. CITA Y EMPLAZA:A: Las personas indeterminadas que se crean con mejor derecho dentro del predio que se descri-be en este edicto se citan a que comparezca a notificarse del auto admisorio de la demanda de fecha dieciséis (20) de Septiembre de dos mil diecisiete (2017), dictado dentro del PROCESO REIVINDI-CATORIO VERBAL DE MONICA LILIANA OSORIO GUALTEROS C.C. 52811666 contra ANGGY MILENA MENDOZA REYES, JUAN CAMILO ARENAS FLOREZ, FELIPE ANDRES GARCIA, DIANA DEL PILAR AMAYA PRIETO Y DEMAS PERSONAS INDE-TERMINADAS QUE SE CREAN CON DERECHO SOBRE EL BIEN A REIVIN-DICAR, proceso con Radicación No. 110014033066-2017-01194-00, que el presente edicto se publicara por una única vez en un medio de amplia circulación nacional o local un domingo, realizada la publicación e incluida la misma en el Registro Nacional de Personas Emplazadas, contara con un mes (1) para contestar la demanda, una vez vencido este término quedara surtido el emplazamiento, confor-me a lo establecido en el artículo 108 del CGP.Que el bien que se pretende reivin-dicar es el siguiente:Apartamento distinguido con el número de nomenclatura urbana apartamento 103 de la torre 6 que hace parte del conjunto residencial mirador de castilla 3 propiedad horizontal etapa 3 ubicada en la calle 12 a No. 71 C-61 de Bogotá identificado bajo el folio de matrí-cula inmobiliaria 50 C-1753273 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Bogotá, cuyas cabidas y linderos se encuentran especificados en detalle en la Escritura Pública No. 4178 del 26 de julio de 2010 de la Notaría 24 del circulo de Bogotá.Se advierte a los emplazados que si no comparece dentro del término

señalado, se les designará un Cura-dor Ad Litem, con quien se surtirá la notificación y continuará el trámite del proceso.Para dar cumplimiento al artículo 375 numeral 6 y 7 del Código Ge-neral del Proceso, se fija el presente edicto en lugar público y visible de la secretaria del juzgado, se publi-cará por una sola vez en el diario El Tiempo, El Espectador, El Nuevo Siglo ó La República, el presente emplazamiento se fija siendo las 8:00 AM del día---. El SecretarioHAY UN SELLO *H1-1-15

EDICTO EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO CINCUENTA (50) CI-VIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C.CITA Y EMPLAZAA TODAS LAS PERSONAS INDETER-MINDAS que se crean con derechos sobre el bien objeto de este proceso y que más adelante se determina, para que concurran a este despacho judicial y se hagan parte dentro de los quince (15) días siguientes de surtido el presente emplazamiento en el pro-ceso ORDINARIA DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN EXTRAORDI-NARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO No. 11001310302620140066700 que adelanta BEATRIZ CHACÓN GUTIÉRREZ contra LUIS EDUARDO BARRERA TÉLLEZ y PERSONAS INDE-TERMINADAS.Se les advierte que si no compare-cen a notificarse del auto admisorio de la demanda de fecha diez (10) de febrero de dos mil quince (2015), dentro de los términos ordenados en el Art. 407 del código de pro-cedimiento civil, el juzgado le(s) nombrará un curador AD-LITEM con quien se surtirá la notificación y se proseguirá el proceso hasta su terminación El bien inmueble materia de la Litis corresponde al apartamento 301 situado en la ciudad de Bogotá D.C., ubicado en la Calle 150 No. 11-08 del edificio multifamiliar Néstor. Como linderos específicos se observa:POR EL NORTE: En veinte metros con treinta centímetros (20.30 MTS) con el lote número ocho (8) de la manzana ocho cuarenta y ocho (8-48) de la urbanización CAPRI II.;POR EL SUR: En diecinueve metros con cincuenta centímetros (19.50 MTS) con la calle 150;POR EL ORIENTE: En diez me-tros con cincuenta centímetros (10.50MTS) con la carrera 20;POR EL OCCIDENTE: En diez metros con cincuenta centímetros (10.50 MTS) con el lote número diez (10) de la misma manzana y urbanización y demás linderos específicos del apartamento 301, el garaje número tres (3) y el deposito número dos (2).El bien descrito anteriormente se encuentra registrado en la oficina de registro e instrumentos públicos, zona norte, con el folio de matrícula inmobiliaria No. 50N-1191173.Se advierte a los emplazados que si no comparecen al juzgado oportu-namente se les nombrará un cura-dor AD-LITEM, con quien se seguirá el proceso hasta su terminación.Para los fines indicados en el Art. 407, numerales 6 y 7 del código de procedimiento civil, se fija el presente edicto en lugar público de la secretaria del juzgado por el término de veinte (20) días conta-dos a partir de hoy 02 ABR 2018 a la hora de las 8:00 A.M.JHON FREDY GALVIS ARANDASecretario Se desfija el presente edicto hoy, 5:00 P.MJHON FREDY GALVIS ARANDASecretario HAY UN SELLO *H1-2-15

REPUBLICA DE COLOMBIA. JUZGA-DO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE SOACHA. CARRERA 10 No. 12 A – 46 PISO 4º TEL 7129180. SOACHA CUNDINAMARCA. EDICTO. EL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE SOACHA CUNDINA-MARCA. EMPLAZA:A HEREDEROS INDETERMINADOS DE LUCILA GUTIERREZ DE VILLA-RRAGA, a efecto de que comparez-can al presente proceso a hacerse parte en su calidad de sucesores procesales por activa según lo or-dena el numeral quinto del auto de fecha dieciséis (16) de diciembre de dos mil dieciséis (2016), dentro del proceso ORDINARIO DE PERTENEN-CIA AGRARIA POR PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO sobre el 50% del predio objeto de usucapión No. 2014-065 de LUCILA GUTIERREZ DE VILLARRAGA (sucesores procesales por activa, señores ANA PATRICIA VILLARRAGA GUTIERREZ, NESTOR VILLARRAGA GUTIERREZ, NIDIAN VILLARRAGA GUTIERREZ, CELENIA VILLARRAGA GUTIERREZ, ESTELLA VILLARRAGA GUTIERREZ, CUS-TODIO VILLARRAGA GUTIERREZ, YANEHTTEE y/o JEANNETTE VILLA-RRAGA GUTIERREZ, BLANCA MARÍA VILLARRAGA GUTIERREZ y LUZ ALCIRA VILLARRAGA GUTIERREZ hijos de la causante LUCILA GUTIE-RREZ DE VILLARRAGA) en contra de MAURICIO LOPEZ AGUILERA, HEREDEROS DETERMINADOS DE BENIGNO GUTIERREZ RODRIGUEZ; señores, ADELMO GUTIERREZ TORRES, JULIO CESAR GUTIERREZ TORRES, FABIO GUTIERREZ TO-RRES, GLADYS GUTIERREZ TORRES, ORLANDO GUTIERREZ TORRES, MARÍA CRISTINA GUTIERREZ TO-RRES, ALCIDES GUTIERREZ TORRES, LEONARDO GUTIERREZ TORRES; HEREDEROS INDETERMINADOS DE BENIGNO GUTIERREZ RODRIGUEZ, HEREDEROS INDETERMINADOS DE ADAN GUTIERREZ RODRIGUEZ (Litis consortes necesarios por pasiva OLGA MARÍA GUTIERREZ TORRES y LIDA MERCEDES GUTIERREZ RODRIGUEZ) y PERSONAS INDE-TERMINADAS.Se le advierte a los emplazados que si no comparecen en el término señalado se les designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la no-tificación y se continuará el proceso hasta su terminación.Para los efectos consagrados en el artículo 81 del C. de P.C., en ar-monía con el artículo 318 del C. de P.C., se elabora el presente edicto y se expiden las respectivas copias para su publicación en los diarios EL NUEVO SIGLO ó LA REPUBLICA.EVE CRISTINA CUELLAR CAMACHOSECRETARIAHAY UN SELLO *H1-3-15

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO EDICTO EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO CUARENTA Y NUEVE CIVIL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C.CITA Y EMPLAZA A:LOS HEREDEROS INDETERMINA-DOS DE HERNANDO FARÍAS MEN-DOZA Y ELISA FARÍAS MENDOZA (q.e.p.d) y DEMÁS PERSONAS INDETERMINADAS, que se crean con derechos sobre el bien objeto de este proceso y que más adelante se determina, para que concurran a este despacho judicial y se ha-gan parte dentro de los QUINCE (15) DÍAS siguientes de surtido el presente emplazamiento en el proceso de PERTENECIA que por PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO núme-ro 11001310301620130029900 adelanta ROBERTO ENRIQUE LER-SUNDY C.C. 19.060.664 contra LOS HEREDEROS INDETERMINADOS DE

HERNANDO FARÍAS MENDOZA Y ELISA FARÍAS MENDOZA (q.e.p.d) y DEMÁS PERSONAS INDETERMI-NADAS, que se crean con derechos sobre el bien inmueble a usucapir, el presente trámite fue admitido por auto calendado veintitrés (23) de enero de 2014.LAS PERSONAS INDETERMINDAS, que se crean con derechos sobre el bien objeto de este proceso y que más adelante se termina, para que concurran a este despacho judicial y se hagan parte dentro de los QUINCE (15) DÍAS siguientes de surtido el presente emplazamiento en el proceso de PERTENENCIA que por PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINA-RIA ADQUISITIVA DE DOMINIO (DE-MANDA AD EXCLUDENDUM) nú-mero 11001310301620130029900 adelanta MARY LEIDY VARÓN GARCÍA C.C. 51.652.987 y RA-MÓN ENRIQUE ESPINOSA SIERRA C.C. 6.618.080.contra ROBERTO ENRIQUE LERSUNDY GARCÍA C.C. 19.060.664 GLADYS CECILIA RAN-GEL C.C. 41.689.107, HEREDEROS INDETERMINADOS DE HERNANDO FARÍAS MENDOZA Y ELISA FARÍAS MENDOZA (q.e.p.d) y DEMÁS PER-SONAS INDETERMINADAS, que se crean con derechos sobre el bien inmueble a usucapir, el presente trámite fue admitido por auto calendado veintitrés (23) de enero de 2014.Se le(s) ADVIERTE que si no com-parecen a notificarse dentro de los términos ordenados en los artículos 318 y 407 del C. de P.C., el Juzgado le (s) nombrará un CURADOR AD-LITEM con quien se surtirá la noti-ficación y se proseguirá el proceso hasta su terminación. El bien inmueble objeto del presen-te proceso es un edificio de cuatro (4) pisos con el lote de terreno en que se halla edificado, que se en-cuentra ubicado en la calle 22 No 5-33 barrio las Nieves la ciudad de Bogotá, con una extensión super-ficiaria de 178,90M2 aproximada, con registro catastral 21 5 14 situa-do en los siguientes:LINDEROS:POR EL ORIENTE, con la casa que tenía el número 79 que fue de propiedad de Petronila Barrera y después de Leónidas E. Duque; POR EL NORTE; que es el frente, con dicha calle 22 que lo separa de lo que fue fábrica de loza faena de propiedad de José María Sáenz; POR EL OCCIDENTE y SUR; con la casa que está marcada con el No 81 A denominada la providencia, que fue de propiedad de Inés Rodríguez (linderos tomados del certificado de libertad y tradición).El bien inmueble que se preten-de, se encuentra registrado en la Oficina Registro de Instrumentos Públicos y Privados-Zona Centro y se identifica con folio de matrícula inmobiliaria No. 50C-917981.Para los fines indicados en los numerales 6° y 7° del artículo 407 del código de Procedimiento Civil, se fija el presente EDICTO en lugar público de la secretaría del Juzgado por el término de veinte (20) días contados a partir de hoy 2ABR 2018, a la hora de las 8:00 am.JEISSON RENE CAMARGO ARIZASECRETARIOHAY UN SELLO *U1-10-15

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA SECCIÓN PRI-MERA SECRETARIA AVISO DE NO-TIFICACION De conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 literales b) y c,) del artículo 277 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administra-tivo, se le NOTIFICA al señor (a) FELIPE GOMEZ GONZÁLEZ, el auto admisorio de fecha cinco (5,) de

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12B EL NUEVO SIGLO / DOMINGO 15 DE ABRIL DE 2018 / EDICTOS

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser noficiado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

El se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

marzo de dos mil dieciocho (2018), proferido dentro de la ACCION ELECTORAL radicada bajo el N° 25000-23-41-000-2018-00254-00 Demandante MARIO ANDRES SAN-DOVAL ROJAS, Demandado) FELIPE GOMEZ GONZALEZ Magistrado(a) Sustanciador(a) Dr. MOÍSES RODRI-GO MAZABEL PINZÓN, que preten-de se declare la nulidad del Decreto 098 de 18 de enero de 2018. Se advierte al señor (a) FELIPE GÓ-MEZ GONZÁLEZ que la diligencia de notificación se considera surti-da, cinco (5) días después del día siguiente a la publicación de este aviso por una vez en dos periódicos de amplia circulación en el territo-rio de la respectiva circunscripción electoral. Así mismo, se informa que dispone de quince (15) días para contestar la demanda (art. 279 CPACA), contados tres (3) días después de surtida la notificación (literal f, numeral 1, artículo 277 ibídem,). Igualmente, se le informa a la comunidad de la existencia del proceso, para que cualquier ciudadano con interés, dentro del término anterior, intervenga impugnando o coadyuvando la demanda o defendiendo el acto demandado. Bogotá D.C., veintiu-no. (21) de marzo de dos mil die-ciocho (2018). NATHALIA XIMENA ALFONSO QUINCHE Oficial Mayor Secretaría Sección Primera HAY UN SELLO *R1-1-15R

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA SECCIÓN PRI-MERA SECRETARIA AVISO DE NO-TIFICACION De conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 literales b) y c) del artículo 277 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, se le NOTIFICA al señor (a) NICOLAS AVILA VENEGAS, el auto admisorio de fecha doce (12) de marzo de dos mil dieciocho (2018), proferido dentro de la ACCION ELECTORAL radicada bajo el N° 25000-23-41-000-2018-00220-00 Demandante MARIO ANDRES SANDOVAL ROJAS, Demandado NICOLAS AVILA VENE-GAS, Magistrado(a) Sustanciador(a) Dr. OSCAR ARMANDO DIMATÉ CÁR-DENAS, que pretende se declare la nulidad del Decreto 032 de 12 de enero de 2018. Se advierte al señor (a) NICOLÁS AVILA VENEGAS, que la diligencia de notificación se consi-dera surtida, cinco (5) días después del día siguiente a la publicación de este aviso por una vez en dos periódicos de amplia circulación en el territorio de la respectiva circunscripción electoral. Así mis-mo, se informa que dispone de quince (15) días para contestar la demanda (art. 279 CPACA), conta-dos tres (3) días después de surtida la notificación (literal f, numeral 1, artículo 277 ibídem). Igualmente, se le informa a la comunidad de la existencia del proceso, para que cualquier ciudadano con interés, dentro del término anterior, inter-venga impugnando o coadyuvando la demanda o defendiendo el acto demandado. Bogotá D.C., veintidós (22) de marzo de dos mil diecio-cho (2018). NATHALIA XIMENA ALFONSO QUINCHE Oficial Mayor Secretaría Sección Primera HAY UN SELLO *R1-2-15R

REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO JUZ-GADO TREINTA Y DOS LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ Carrera 7 No. 12 C- 36 Piso 22 Edificio Nemque-teba LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO TREINTA Y DOS LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZA: A PORVENIR SA, den-tro del proceso ORDINARIO No. 110013105032-2017-00766-00 que cursa en este Despacho, adelanta-

do por MARIA STELLA PULGARIN HERRERA C.C. 41.790.888 contra PORVENIR S.A. Adviértasele que mediante proveído del ocho (8) de Marzo de dos mil dieciocho (2018) se le designó Curador Ad-Litem para ser representada dentro del referido proceso, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 29 del Código Procesal del Trabajo. El presente emplazamiento deberá publicarse de acuerdo a lo normado en el artículo 108 CGP. MARCELO ORLANDO PIÑEROS HERREÑO SecretarioHAY UN SELLO *R1-12-15

RAMA JUDICIAL DEL PODER PU-BLICO JUZGADO SESENTA Y OCHO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE BOGOTÁ, D.C. CARRERA 10 No 14-33 PISO 15 EDICTO No. 0048 EL JUZGADO SESENTA Y OCHO CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZA A: MARÍA ISABEL DEL CARMEN ROZO DE CUERVO, DIEGO ROZO, JOSÉ MANUEL TORO ECHE-VERRY, MARÍA CONCEPCIÓN ROZO DE LOZADA Para que comparezca al Despacho para hacer valer sus derechos dentro del PROCESO VERBAL ESPECIAL DE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO No 2015-0610 de PARMENIO VARGAS DAZA CC No 19.246.324 CONTRA LETICIA ÁL-VAREZ DE TORO CC No 2.452.051, MARIA ISABEL DEL CARMEN ROZO DE CUERVO, DIEGO ROZO, JOSÉ MANUEL TORO ECHEVERRY, MARÍA CONCEPCIÓN ROZO DE LOZADA Y PERSONAS INDETERMINADAS (Al contestar favor citar la referencia del proceso) Comunico a usted que esté Despacho mediante proveído del Diecisiete (17) de Octubre del año dos mil Diecisiete (2017), proferidos en el proceso de la refe-rencia, ordenó OFICIARLE con el fin de informarte que fue ADMITIDA la demanda de la referencia sobre el inmueble, Ubicado en la Ubicado en la CARRERA 93 No. 132-34 e identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 50N-504955 de la ciudad de Bogotá. Para los efectos del artículo 293 del C. G. P., se fija el presente EDICTO en la cartelera pública de la secretaría del Juzgado, hoy Veintiséis (26) de Octubre de dos mil Diecisiete (2017), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.), se compulsan copias para su pu-blicación en radio y en los diarios EL ESPECTADOR, EL NUEVO SIGLO O LA REPUBLICA. IVON ANDREA FRESNEDA AGREDO SECRETARIA HAY UN SELLO *M2-7-15

REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO CALLE 14 No. 7-36 PISO 18 EDICTO EMPLAZATORIO EMPLAZA A: SERVICE GEN E.U. En su calidad de demandada, a fin de que comparezca a este Despacho dentro del término de diez (10) días hábiles contados a partir de la fijación del presente EDICTO, a es-tar en derecho dentro del proceso ORDINARIO LABORAL No. 11001 31 05 001 2010 00766 00, seguido por MARTHA VERA DUCUARA con-tra SERVICE GEN E.U. y OTROS. Se advierte a la emplazada que de no comparecer en el término indicado, se proseguirá el trámite del proceso y se surtirán las notificaciones res-pectivas con el Curador Ad - Litem que al efecto se le ha designado. Para los efectos del Artículo 318. Del C.P.C., y 29 del C.P.L. se fija el presente EDICTO EMPLAZATORIO, se publicara en lugar visible en un diario de amplia circulación por el término legal. HOY ____ DIANA MARCELA REYES DUQUE SecretariaHAY UN SELLO *M2-8-15

EDICTO EMPLAZATORIO EL SUSCRI-TO SECRETARIO DEL JUZGADO DIE-CISEIS DE FAMILIA DE SANTAFE DE BOGOTA D.C. HACE SABER Que den-tro del proceso de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA (INTERDICCION POR DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLU-TA) RAD. 2018 - 100 se ha proferido un AUTO de fecha del 02 de febrero de 2018, en el numeral primero de la parte resolutiva fue declarada en INTERDICCION PROVISORIA POR DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA al(a) señor(a) ALICIA GAMA DE SANCHEZ y CARLOS DANIEL SAN-CHEZ ORDOÑEZ, designando como su curador provisorio a l(a) a su hija señor(a) MARIA ALICIA SANCHEZ GAMA, Se ordena la inscripción en el Registro Civil de Nacimiento del(a) interdicto(a) y notificar al público por aviso que se insertará por una vez por lo menos en un periódico de amplia circulación como La República El Nuevo Siglo o El Tiempo en día domingo. Para los fines y efectos legales de que trata el Art. 395 del C.G.P se fija el original del presente edicto en un lugar público y visible de la secreta-ría del Juzgado por el término legal, contado a partir de las ocho horas del día DOCE DE MARZO DE DOS MIL DIECIOCHO (2018) y se expiden copias del mismo para las publica-ciones de rigor. CARLOS LEONEL GARCIA VILLARRAGA Secretario JUZGADO 16 DE FAMILIA BOGOTA D.C. Se Desfija hoy ________ a las 5:00pm Secretario HAY UN SELLO *M2-9-15

REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO JUZGADO CIVIL MUNICIPAL Carrera 2 No. 4 - 75 MOSQUERA - C/MARCA EMPLAZAMIENTO FECHA DE ELA-BORACION LISTADO 07 de Diciem-bre de 2017 De conformidad con lo establecido en el Artículo 490, 108 y 293 del C.G.P., Se procede a elaborar la lista de emplazamientos dentro del proceso que cursa en el Juzgado Civil Municipal de Mos-quera - Cundinamarca, en el cual se ordenó tal acontecer y con el fin de que sea incluido en medio escrito de amplia circulación nacional (el tiempo, nuevo siglo, la república o el espectador, diario portafolio, diario deportivo,) o en la radio difusora Local ASOAM STEREO cualquier día de la semana entre las seis de la mañana y once de la noche, hecho que se verificara por una (1) sola vez. NOMBRE DEL EMPLAZADO (s) MYRIAM CASTRO CARDONA C.C. No 30.280.934 DEMANDANTE MARIBEL RAMOS TURRIAGO DEMANDADO MYRIAM CASTRO CARDONA NATURALEZA DEL PROCESO Declarativa de Per-tenencia Extraordinaria No. 2017 - 00601 DESPACHO QUE CONOCE Juzgado Civil Municipal De Mos-quera - CundinamarcaCLASE DE PROVIDENCIA Auto que Admite Demanda FECHA DE PRO-VIDENCIA 25 de Agosto de 2017 El emplazamiento se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado, acotándose que si el empla-zado no comparece se le nombrará Curador Ad-Litem con quien se surtirá la notificación. BERNARDO OSPINA AGUIRRE SECRETARIOHAY UN SELLO *M2-10-15

RADICADO 2017-00500 EDICTO LA SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL DE FUSAGÁSUGA - CUNDINAMARCA Transversal 16 No. 1 1-85 Palacio de Justicia EMPLAZA A todos los que tengan créditos con títulos de ejecución en contra del se-ñor REINEL SASTOQUE CUBILLOS, identificado con C.C. 11.230.450,

para que comparezcan a hacerlos valer mediante acumulación de sus demandas dentro del proceso EJECUTIVO CON GARANTIA REAL (ACUMULADO) que en contra de este promueve BANCOLOMB1A S.A., dentro del término de los cin-co -5- días siguientes a la expiración del emplazamiento efectuado en la forma prevista en el artículo 108 del C.G., del P. De conformidad con el articulo 108 ibídem, el emplaza-miento se deberá publicar en un diario de amplia circulación nacio-nal el día domingo. El Nuevo Siglo Se aclare que el emplazamiento se entenderá surtido transcurrido quince (15) días después de la pu-blicación del listado, vencido el cual se le comenzará a contar los cinco (5) días de que trata el numeral 2 del artículo 463 del C.G. del P. Secretario (a) *R1-28-15

RADICADO: 2016-00933 EDICTO LA SECRETARIA DEL JUZGADO SETENTA Y CINCO CIVIL MUNICI-PAL DE BOGOTA D.C. Carrera 10 # 19-65 Piso 11 EMPLAZA A la señora SANDRA MARCELA PINZON TIBAVISCO, identificada con C.C. 1.032.418.389, para que en el término de quince (15) días des-pués de la publicación del listado, comparezca a este Despacho judi-cial a recibir personal notificación del auto del 21 de septiembre de 2016 por medio del cual se libró mandamiento de pago a favor de Bancolombia S.A, dentro del proce-so EJECUTIVO DE MINIMA CUANTIA instaurado por BANCOLOMBIA S.A. en contra de SANDRA MARCELA PINZON TIBAVISCO, tramitado bajo el radicado No. 2016-00933. Se advierte a la emplazada que si no comparece dentro de término indicado, se le designará CURADOR AD LITEM para que la represente en el proceso con quien se verificará la mencionada notificación y se continuará el trámite del proce-so. Publíquese el edicto por una sola vez en un medio escrito de amplia circulación nacional como LA REPUBLICA, EL NUEVO SIGLO, EL ESPECTADOR o EL TIEMPO, la cual se efectuará el día domingo. Lo anterior de conformidad con el artículo 108 y 293 del Código General del Proceso. Secretario (a) *R1-29-15

RADICADO: 2016-00544 EDICTO LA SECRETARIA DEL JUZGADO TREINTA Y OCHO CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA DC Carrera 10 # 14-36, Piso 11, Edificio Hernando Morales Bogotá EMPLAZA A la sociedad METALGRIFOS LTDA, identificada con Nit: 900.234.384, para que en el término de quince (15) días des-pués de la publicación del listado, comparezca a este Despacho judi-cial a recibir personal notificación del auto del 26 de agosto de 2016 por medio del cual se libró man-damiento de pago a favor de Ban-colombia S.A. dentro del proceso de RESTITUCION DE TENENCIA DE BIEN MUEBLE instaurado por LEA-SING BANCOLOMBIA S.A. en contra de METALGRIFOS LTDA, tramitado bajo el radicado No. 11001-40-03-038-2016 00544-00. Se advierte a la emplazada que, si no comparece dentro de término indicado, se le designará CURADOR AD LITEM para que la represente en el proceso con quien se verificará la mencionada notificación y se continuará el trámite del proceso. Publíquese el edicto por una sola vez en un medio escrito de amplia circulación nacional que podrá ser el periódico EL TIEMPO, EL ESPECTADOR. EL NUEVO SIGLO o la REPUBLICA, o en un medio de radiodifusión como las emisoras TODELAR, CARACOL o

RCN. Lo anterior de conformidad con el artículo 108 y 293 del Código General del Proceso. Secretario (a) *R1-30-15

REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO JUZGADO TREINTA Y DOS LABO-RAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ Carrera 7 No. 12 C -36 Piso 22 Edificio Nemqueteba LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO TREINTA Y DOS LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZA: A VISION SOCIAL SERVICIO TEMPORAL LTDA, ANDRES MAURICIO VIDAL RODRI-GUEZ Y KATTY VIDAL RODRIGUEZ, dentro del proceso EJECUTIVO No. 110013105032-2014-00356-00 que cursa en este Despacho, adelanta-do por RUBY MARGOTH RIVERO GUERRA C.C. 51.671.214 contra VI-SION SOCIAL SERVICIO TEMPORAL LTDA NIT. 900.095.536-8, ANDRES MAURICIO VIDAL RODRIGUEZ Y KATTY VIDAL RODRIGUEZ. Adviér-tasele que mediante proveído del diecinueve (19) de enero de dos mil dieciocho (2018) se le designó Cu-rador Ad-Litem para ser represen-tada dentro del referido proceso, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 29 del Código Procesal del Trabajo. El presente emplazamien-to deberá publicarse de acuerdo a lo normado en el artículo 108 CGP MARCELO ORLANDO PIÑEROS HERREÑO SecretarioHAY UN SELLO *R1-58-15

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JURISDICCIONAL JUZGADO DE FAMILIA DEL CIRCUITO CALLE 15 No. 11-15 PISO 2° LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE FUNZA, CUNDINAMARCA, CITA Y EMPLAZA: A los herederos indeterminados del causante ALVARO NUÑEZ NUÑEZ, para que comparezcan personal-mente o a través de apoderado a recibir notificación del auto admi-sorio de la demanda proferido el 13 de marzo de 2018, dentro del proceso de RECONOCIMIENTO DE EXISTENCIA DE UNION MARITAL DE HECHO, radicado bajo el número 2018-0183. Para los efectos del artículo 293 del Código General del Proceso, se fija el presente edicto en secretaria del Juzgado, hoy 2 de abril de 2018, a la hora de las ocho de la mañana (8:00am), por el término legal y se expiden copias para su publicación en un diario de amplia circulación nacional el día domingo DORIS ASTRITH MONTA-ÑA TRISTANCHO SECRETARIAHAY UN SELLO *R1-60-15

INTERDICCIÓNRÉPUBLICA DE COLOMBIA JUZGA-DO TRECE (13) DE FAMILIA Carrera 7 No. 12 C 23 P. 5 Bogotá, D.C.Bogotá, D.C. 20 MAR 2018INTERDICCIÓN No. 2018-0065Es oportuno atendiendo los seña-lamientos anotados en el escrito de subsanación allegado por el profesional del derecho LUIS AL-BERTO PEÑA CANDELA, el día 26 de febrero de 2018 dentro del término legal y obrante a folios 42 a 47, es de entender que en tal explica la situación de salud de la presunta interdicta YOLANDA SÁNCHEZ DE GÓMEZ situación que ha dificul-tado su traslado a fin de que sea valorada por el especialista tratante para que pueda emitir la respectiva certificación. Por tales razones y encontrándose el proceso al despa-cho, allega el profesional la referida certificación y pese a no haberlo hecho dentro del término que esti-pula la ley, considera esta juzgadora la necesidad de tener en cuenta la mismas, pues es oportuno precisar que la Ley 1306 de 2009, hace referencia a la razón del pronuncia-

miento de la misma, indicando en el Artículo 1°, que dicha norma, tiene por objeto la protección e inclusión social de toda persona natural con discapacidad mental o que adopte conductas que la inhabiliten para su normal desempeño en la sociedad.LA protección de la persona con dis-capacidad mental y de sus derechos fundamentales será la directriz de interpretación y aplicación de estas normas. El ejercicio de las guardas y consejerías y de los sistemas de administración patrimonial tendrá como objetivo principal la rehabi-litación y el bienestar del afectado.Conforme a lo anterior y entendien-do que es deber de esta servidora judicial propender por la protección de todo ciudadano que puede ser vulnerable a los derechos anotados no solo en la carta política de esta nación, sino también a los derechos internacionales humanitarios y cumplidos los presupuestos pro-cesales de que trata el art. 30 de la Ley 1306 de 2009, Dispone: 1. ADMITIR la presente demanda de INTERDICCIÓN POR DISCAPACI-DAD MENTAL ABSOLUTA, instaura-da a través de apoderado judicial por la señora MARÍA EUGENIA GÓMEZ SÁNCHEZ en calidad de hija de la presunta interdicta YOLANDA SÁNCHEZ DE GÓMEZ. 2. NO SE NOTIFICA al presunta interdicto siguiendo las instruccio-nes de la sentencia de Tutela N° 1103 de fecha 4 de noviembre del año 2004, debido al diagnóstico psiquiátrico de ésta.3. ORDENAR dictamen médico neurológico o psiquiátrico a fin de establecer el estado mental de la presunta interdicta, el cual deberá practicarse a través del Instituto Na-cional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, y versar sobre:-Las manifestaciones características del estado actual del paciente.-La etiología, el diagnóstico y el pronóstico de la enfermedad, con indicación de sus consecuencias en la capacidad del paciente para administrar sus bienes y disponer de ellos.-El tratamiento conveniente para procurar la mejoría del paciente.4. De conformidad con lo estable-cido en el artículo 586 del C.G.P., emplácese a las personas que se crean con derecho a intervenir en el ejercicio de la guarda de la presunta interdicta YOLANDA SÁNCHEZ DE GÓMEZ, conforme a lo normado en el art. 108 ibídem, en cualquiera de los diarios El Espectador, La Repú-blica, o El Nuevo Siglo, únicamente el día domingo, y por secretaría, cítense mediante telegrama a los parientes anotados en el escrito de subsanación de la demanda (fl.44).5. Notifíquese al Ministerio Público en la forma prevista por el Artículo 579 del C.G.P.6. Se reconoce personería para actuar como apoderado judicial a LUIS ALBERTO PEÑA CANDELA conforme al poder a el otorgado.NOTIFÍQUESELA JUEZ,ALICIA DEL ROSARIO CADAVID DE SUÁREZNOTIFICACIÓN POR ESTADO N° 038 HOY: 21 MAR 2018LORENA MARIA RUSSI GÓMEZSecretaría. *P1-4-15

JUZGADO 22 DE FAMILIA BOGOTÁ D.C.CARRERA 7 N° 12c-23 PISO [email protected] SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZ-GADO 22 DE FAMILIA BOGOTÁ D.C.AVISA:Al público en general, que este Juz-gado en el proceso N° 201800077,

Page 13: 1B CLASIFICADOS JUDICIALES - El Nuevo Siglo · yeimy escobar medina 79.211.369 ejecutivo banco finandina s.a. yeimy escobar ... pilar consuelo uribe de puertas y pilar consuelo uribe

13BEL NUEVO SIGLO / DOMINGO 15 DE ABRIL DE 2018 / EDICTOS

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser noficiado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

El se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

de INTERDICCIÓN por DISCAPACI-DAD MENTAL ABSOLUTA, de JOSE MILLER AROCA IBARRA, desig-nándose como GUARDADOR (A) PROVISIONAL a YENNY LOSADA, mediante AUTO de : febrero 26 de 2018Para los efectos legales pertinentes, se fija el presente aviso en la secre-taría del juzgado y se publicará en un periódico de amplia circulación nacional, por lo menos una vez. Para dar cumplimiento a lo dis-puesto en el numeral 7° del art. 586 del C.G.P:, Se fija el presente aviso en un lugar público y visible de la cartelera del secretaría del Juzgado, a partir de las ocho (8:00 A.M.) de la mañana de hoy 12-04-18DIANA AGUILAR FOREROSECRETARIAHAY UN SELLO *D4-3-15

EDICTO EMPLAZATORIOEL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE ARAUCA (ARAUCA)CITA Y EMPLAZA:A todas las personas que se crean con derecho al ejercicio de la guarda e intervenir en el proceso de INTERDICCIÓN JUDICIAL de la señora ANA BEIBA DUQUE DAZA, el cual fue admitido mediante pro-videncia del 21 de Marzo de 2018, y radicado bajo el No. 2017-00329.Para los efectos indicados en el artículo 579 en concordancia con el 108 del Código General del Pro-ceso, se expide el presente edicto, hoy trece (13) de Abril de dos mil dieciocho (2018).JAIRO GARCIA PADFILLASECRETARIO AD-HOCHAY UN SELLO *C4-8-15

EL JUZGADO TERCERO DE FAMI-LIA DEL CIRCUITO-ORALIDAD DE TUNJA,AVISA:AL PÚBLICO EN GENERAL:Que dentro del proceso de IN-TERDICCIÓN POR DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA No. 2017-00247 adelantado por la señora Omaira Vargas Torres identificada con C.C. No. 40.025.575, se profi-rió sentencia el día 07 diciembre de 2017 en la cual se declaró en INTERDICCIÓN POR DISCAPACIDAD MENTAL a José del Carmen Vargas Torres identificado con C.C. No. 7.179.664, siendo designada como guardadora principal a su hermana Omaira Vargas Torres, quien asumi-rá la administración de sus bienes y el cuidado de su persona.Para efectos de los Arts. 292 del C.G.P., se expide el presente aviso para ser fijado en la cartelera del Juzgado, hoy 06 ABR 2018 y se expi-den copias para su publicación, por una vez, en uno de los siguientes periódicos de amplia circulación Nacional: LA REPÚBLICA, EL TIEM-PO, EL ESPECTADOR, EL ESPACIO O EL SIGLO.MARTHA INÉS FIGUEREDO RO-DRÍGUEZSecretaria.HAY UN SELLO *S5-4-15

RAMA JUDICIAL JUZGADO TRECE (13) DE FAMILIA DE ORALIDAD DE BOGOTA D.C. Cra. 7 No. 12 C - 23 Piso 5 de Bogotá D.C. EDICTO LA SECRETARÍA DEL JUZGADO TRECE (13) DE FAMILIA DE ORALIDAD DE BOGOTA D.C. AVISA Al público en general que dentro del proceso de INTERDICCION POR DISCAPA-CIDAD MENTAL ABSOLUTA No. 2018-00135 de MARIELA CLAVIJO DE ROMERO, identificada con Cé-dula de Ciudadanía No. 41.318.347, promovido por RUBIELA ROMERO CLAVIJO, se admitió la demanda por auto de 21 de marzo de 2018 y se DECRETO LA INTERDICCION PROVISORIA por DISCAPACIDAD

MENTAL de MARIELA CLAVIJO DE ROMERO y se designó como Cu-rador Provisorio a su hija RUBIELA ROMERO CLAVIJO conforme al Numeral 7 del artículo 42 de la Ley 1306 de 2009. En cumplimiento a lo dispuesto por el C.G.P, se expide el presente AVISO JUDICIAL. Háganse las publicaciones por lo menos una vez en un diario de amplia circula-ción nacional. LA SECRETARÍA DEL JUZGADO TRECE (13) DE FAMILIA DE ORALIDAD DE BOGOTÁ D.C. HAY UN SELLO *R1-8-15

AVISO JUDICIAL LA SECRETARIA DEL JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE BOGOTA AVISA Que mediante proveído de fecha del nueve (9) de marzo de dos mil dieciocho (2018) se DECRETO LA INTERDICCIÓN PROVISORIA DE FANNY MIREYA BLANCO SOSA y se designo como guardador provisional al señor JAVIER ORTIZ ANDRADE. De con-formidad con lo establecido en el artículo 586 numeral 6º del C.G.P se fija el presente aviso en un lugar visible de la secretaria del juzgado por el término establecido y se expiden copias para su correspon-diente publicación en un periódico de amplia circulación nacional como: Nuevo siglo o la República. Hoy___________ AURA NELLY BERMEO SANTANILLA Secretaria *R1-10-15

JUZGADO VEINTIOCHO DE FAMILIA DE BOGOTÁ D.C. Carrera 7 No. 12 C - 23 Piso 13 Edificio Nemqueteba EDICTO EL SECRETARIO DEL JUZGA-DO VEINTIOCHO DE FAMILIA BO-GOTÁ D.C. CITA Y EMPLAZA A todos los parientes maternos y paternos de la presunto interdicto YESID EDVIN GARCIA HERREROS BORDA, así como a todas las personas que se crean con derecho a ejercer la guarda y/ o a intervenir dentro del proceso de INTERDICCIÓN JUDI-CIAL POR DISCAPACIDAD MENTAL iniciado por MARLENE MIRYAM BORDA BORDA, admitido por auto del veintisiete (27) de abril de dos mil dieciséis (2016) y radicado bajo el No. 2016-00080, para que comparezcan a este Despacho Judi-cial por si mismos o por medio de apoderado judicial, y manifiesten lo que a bien consideren. Para los efectos del artículo 586 núm. 3 del C. G. P., en concordancia con el artí-culo 61 del C. C, se fija e1 presente Edicto en lugar público y visible de la Secretaría de este Despacho Judicial, por el término legal, hoy JAN 17 – 2018, siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.). SE EXPIDE COPIA PARA SU PUBLICACION. - El secretario, -Jaider Mauricio More-no Moreno Se desfija hoy ______ a las 5:00 p.m. HAY UN SELLO *R1-39-15

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLI-CO OFICINA DE APOYO PARA LOS JUZGADOS DE FAMILIA DE EJECU-CIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTÁ, D.C. CALLE 11 NO. 9-28/30 PISO 4 EDIFICIO VIRREY SOLIS LA SUSCRITA PROFESIONAL UNIVERSITARIA CON FUNCIONES SECRETARIALES DE LA OFICINA DE APOYO PARA LOS JUZ-GADOS DE FAMILIA DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BOGOTA D.C. AVISA Que dentro del proceso de INTERDICCION No. 2015-586 pre-sentado por: DIANA MARCELA CRUZ NAVARRETE, mediante Sentencia proferida a los 6 días del mes de febrero de 2018, proferida por el Veintiuno de Familia de Bogotá, la cual dispone inscribir la Sentencia de Interdicción en el folio correspon-diente al margen del registro civil de nacimiento y en los demás libros respectivos de OSCAR CRUZ PINILLA identificado con C.C. 79.474.847, la cual decretó la Interdicción por

discapacidad mental absoluta, entendiéndose que no tiene libre administración de sus bienes. Se DESIGNÓ como Curadora Legítima de OSCAR CRUZ PINILLA a su sobrina DIANA MARCELA CRUZ NAVARRETE identificada con C.C. 1.032.361.054 y como curador suplente al Sr. LEIDY JHOANNA CRUZ, identificado con C.C. 1.026.296.870; quienes tendrán a cargo la representación, el cuidado y la administración de los bienes del incapaz. Para fines previstos en el numeral 7º del artículo 586 del C. G. del P, se publica el presente AVISO en un diario de amplia cir-culación nacional, siendo las ocho de la mañana de hoy 09 APR 2018 Atentamente, JENNIFER ANDREA CARDONA TELLES Profesional uni-versitarioHAY UN SELLO *R1-34-15

AVISO JUDICIAL LA SECRETARIA DEL JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE BOGOTÁ - AVISA Que mediante proveído de fecha del veintiuno (21) de febrero de dos mil dieciocho (2018) se DE-CRETO la inhabilitación provisional del presunto inhábil LIBER FRAN-CISCO BOHORQUEZ LOPEZ, designó a JESSICA MILDRED BOHORQUEZ BASTO como consejera provisoria del mencionado precuntao inhábil. De conformidad con lo establecido en el artículo 586 numeral 6° del CG.P se fija el presente aviso en un lugar visible de la secretaria del juzgado por el término establecido y se expiden copias para su corres-pondiente publicación en un perió-dico de amplia circulación nacional como: Nuevo siglo o la República. hoy 12 ABR. 2018 AURA NELLY BERMEO SANTANILLA SecretariaHAY UN SELLO *R1-43-15

RAMA JUDICIAL JUZGADO TREINTA Y UNO (31) DE FAMILIA DE BOGOTA D.C. Cra.7 No. 12 C - 23 Piso 13 de Bogotá D.C. EDICTO SECRETARÍA DEL JUZGADO TREINTA Y UNO (31) DE FAMILIA DE BOGOTA D.C. AVISA Al público en general que dentro del proceso de INTERDICCION POR DIS-CAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA No. 2018 00004 de JOHN ESTIVEN MORA ANTONIO, promovido por MARIA DE LAS MERCEDES ANTONIO ANTONIO, a través de PROCURADOR 61 JUDICIAL II DE FAMILIA, se admitió la demanda por Auto de 12 de Enero de 2018 y se DECRETÓ LA INTERDICCION PRO-VISORIA por DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA de JOHN ESTIVEN MORA ANTONIO, identificado con Cedula de Ciudadanía No. 79.996.011 de Bogotá y se designó como guardadora pro-visional a MARIA DE LAS MERCEDES ANTONIO ANTONIO, conforme al Numeral 7 del artículo 42 de la Ley 1306 de 2009. En cumplimiento a lo dispuesto por el C.G.P, se expide el presente AVISO JUDICIAL. Háganse las publicaciones por lo menos una vez en un diario de amplia circulación nacional. LA SECRETARÍA DEL JUZGA-DO TREINTA Y UNO (31) DE FAMILIA DE BOGOTA D.C. *R1-66-15

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO OFICINA DE APOYO PARA LOS JUZGA-DOS DE FAMILIA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTÁ D.C. CALLE 11 NO. 9-28/30 PISO 4 EDIFICIO VI-RREY SOLÍS. LA SUSCRITA PROFESIO-NAL UNIVERSITARIA DE LA OFICINA DE APOYO PARA LOS JUZGADOS DE FAMILIA DE EJECUCIÓN DE SENTEN-CIAS DE BOGOTÁ, D.C. AVISA Que dentro del proceso de INTERDICCIÓN JUDICIAL con radicado No. 2017-143 adelantada por el señor GIOVANNI NOSSA MOLINA, mediante sentencia proferida el 26 de enero de 2018, proferida por el Juez 1º de Familia de Oralidad de Bogotá (quien conocía del presente asunto), se decretó la

interdicción judicial definitiva por discapacidad mental absoluta GIO-VANNI NOSSA MOLINA identificado con cédula de ciudadanía número 79.308.887, entendiéndose que no tiene libre administración de sus bienes que se encuentren a su nombre o que llegare a tener. Como consecuencia de lo anterior, se desig-nó como GUARDADORA PRINCIPAL del interdicto al señor ARGEMIRO NOSSA identificado con cédula de ciudadanía número 17.054.313 y COMO GUARDADORA SUPLENTE a la señora CAROLINA NOSSA MOLINA identificada con cédula de ciuda-danía número 51.811.682, quienes tendrán a su cargo la representación, el cuidado personal, velará por su bienestar y la administración de los bienes del interdicto y los que llegare a tener. Para fines previstos en el Artículo 586-7 del C.G.P., se pública el presente AVISO en un diario de amplia circulación nacional, hoy 10 APR 2018 Atentamente. JENNIFER ANDREA CARDONA TELLES Profesio-nal universitarioHAY UN SELLO *M1-4-15

REMATESAVISO DE REMATE EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO 51 CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C. CALLE 19 NO. 6-48, PISO 4 EDIFICIO SAN REMOHACE SABERQue mediamente proveído de fecha dos (2) de abril de dos mil dieciocho (2018), proferido en el PROCESO DIVISORIO No. 11001-31-03-040-2014-00351-00 de JOSÉ AZAEL GUALGUAN ANGARITA con-tra LUZ MARIELA GUALGUAN, se ha señalado la hora de las 9:00 a.m., del día 10 de mayo de 2018, para que tenga lugar la diligencia de re-mate del siguiente bien inmueble:Se trata de un inmueble ubicado en la carrera 89 A No. 89-13 de esta ciudad, distinguido con el folio de matrícula inmobiliaria No. 50C-1651452 de la Oficina de Re-gistro de Instrumentos Públicos de Bogotá D.C., Zona Centro.Al inmueble se le dio un avalúo de QUINIENTOS TREINTA MILLO-NES SESENTA Y UN MIL PESOS ($530’061.000)El secuestre quien tiene actualmen-te a su cargo el inmueble objeto de remate es ADMINISTRACIONES JUDICIALES LTDA., identificada con NIT. 900676184-2 quien recibe notificaciones en la carrera 8 No. 16-21 Oficina 201, piso 7 de Bogotá D.C., teléfono celular: 3144338900, correo electrónico [email protected] licitación comenzara el día y a la hora señalada y se cerrará transcu-rrida una hora.Será postura admisible la que cu-bra el 100% del valor dado al bien inmueble, previa consignación del porcentaje legal, esto es, el 40% del mismo, los cuales serán, con-signados en la cuenta de depósitos judiciales de éste Juzgado, en el Banco Agrario.El original del presente queda para ser entregado al interesado para que efectúe la publicación ordenada en auto anterior en cumplimiento a lo dispuesto en el art. 450 del C.G. del P. Se expide a los cuatro (4) días del mes de abril del año dos mil dieciocho (2018).El Secretario,ANDRÉS VALERO PÉREZHAY UN SELLO *H1-7-15

DISTRITO JUDICIAL DE ARAUCA JUZGADO CIVIL DEL CIRCULO DE ARAUCAAVISO DE REMATELA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE ARAUCA-ARAUCA

HACE SABER:Que dentro del proceso DIVISORIO, radicado No. 2011-00071-00, se-guido por JAIME ALEXANDER LOYO HOLGUÍN contra JAIME ANTONIO LOYO BERNAL Y OTROS, se señaló la hora de las ocho (8:00 a.m.) de la mañana del día VEINTICUATRO (24) de ABRIL del año 2018, para llevar acabo la diligencia de REMATE en pública subasta de los siguientes bienes:1. Inmueble ubicado en la calle 19 N° 20-44, Barrió la Esperanza del Municipio de Arauca, registrado bajo matricula inmobiliaria No. 410-1662 de la Oficina de Regis-tro de Instrumentos Públicos de Arauca.2. Inmueble ubicado en la Carrera 20 No. 19-25, Barrió la Esperanza del Municipio de Arauca, regis-trado bajo matricula Inmobiliaria No. 410-24769 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Arauca.Estos bienes fueron avaluados el primero de ellos en la suma de CIENTO TREINTA Y UN MI-LLONES SEISIENTOS SIETE MIL SEISIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS MONEDA CORRIENTE ($131’607.678,85) y el otro in-mueble NOVECIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES CUATROCIEN-TOS OCHENTA Y TRES MIL NO-VECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS CON OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS MONEDA CORRIENTE ($991’483.959,89). La licitación principiara a la hora señalada y no se cerrara sino después de transcu-rrido una (1) hora desde el comien-zo, siendo la base de la almoneda el 70% del avaluó de los bienes.Todo aquel que pretenda hacer postura en la subasta, deberá consignar previamente en dinero a nombre del Juzgado Civil del Circuito de Arauca en la cuenta de depósitos judiciales N° 81-001-20-31-001-2011-00071-00 del Banco Agrario de Colombia de esta ciudad, el 40% del avaluó de los respectivos bienes.Nombre del secuestre PABLO AN-TONIO SARMIENTO GUTIERREZ, Dirección Urbanización Villa Ma-ría Manzana C Casa 10, Celular 3102427947, Tame-Arauca.Para dar cumplimiento al Artículo 450 del C.G.P., se expide el presente aviso de remate, hoy veintiséis (26) de Febrero del 2018.ANA JOSEFA CARREÑO RIAÑOSecretaria. *C4-1-15

AVISO DE REMATEEL JUZGADO SEGUNDO PROMIS-CUO MUNICIPAL DE ORALIDAD ARAUCA (ARAUCA)HACE CONSTAR:Que dentro del proceso EJECUTIVO SINGULAR, radicado bajo el No. 2006-00013-00, adelantado por ADOLFO LEON ANGARITA ANGA-RITA Contra ELSY STELLA CARO DE MANOSALVA Y OTROS (Herederos de AUGUSTO EFRAIN MONOSALVA ROJAS), se ha señalado la hora de las 2:00 P.M., del día Diecisiete (17) de Mayo del año dos mil dieciocho (2018), para llevar acabo la diligen-cia de REMATE.La licitación comenzara a las dos de la tarde y no se cerrara sino después de haber transcurrido por lo menos una (01) hora, siendo postura admisible la que cubra el 70% del avaluó por ser PRIMERA licitación, previa consignación del porcentaje legal del 40%.EL BIEN INMUEBLE A REMATE ES EL SIGUIENTE:Inmueble distinguido con la No-menclatura Urbana Calle 27 No. 20-59 63, del Barrio Miramar de la

ciudad de Arauca-Arauca, Matricula Catastral No. 010100590005000, Matricula Inmobiliaria No. 410-20253 de la Oficina de Instrumen-tos Públicos de Arauca. El predio se encuentra determinado por los siguientes linderos: Oriente con la propiedad del señor PABLO COLMENARES en extensión de 30 metros; por Occidente con propie-dad de la señora BARBARA TOVAR, en extensión de 30 metros; por el Norte con Calle 27 en extensión de 16.16 metros y por el sur con terreno del municipio en extensión de 16,78 metros y encierra en un área aproximada de 500 metros. El inmueble anteriormente identifica-do, se trata de una casa que consta de 2 plantas, la primera planta consta de una bodega grande que tiene como acceso a ella 1 puerta de aluminio y vidrio en 2 hojas, y dentro de ella se encuentra 1 baño enchapado con sus respectivos accesorios, para llegar a la segunda planta se cuenta con dos escaleras una interna y otra externa de gra-nito, la escalera externa tiene como acceso a ella una puerta ventana en aluminio y vidrio. La segunda planta cuenta con dos ventanales de aluminio y vidrio, y dos ventanas pequeñas en aluminio y vidrio. Esta segunda planta la mitad de la pared sobre todo el costado sur es en aluminio y vidrio al igual que la puerta interna de la segunda plan-ta. El inmueble está construido en los siguientes materiales el piso de la bodega es un cemento rustico, y el piso del salón es en retal de mármol y la plancha del segundo piso es de cemento y sobre esta retal de mármol. Los muros de ladrillo quemado, empañetados y pintados. El segundo piso tiene cielo raso en icopor. El inmueble construido tiene 10 metros de frente por 15 metros de fondo. El inmueble cuenta con servicio eléc-trico, alcantarillado y acueducto.Precio para subasta es la suma de $ CIENTO SESENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CUA-TRO MIL SETECIENTOS SETENTA Y UN PESOS CON CINCO CENTAVOS M/C ($161.464.771.5), equivalente al 50% del valor comercial del bien inmueble (valor comercial de $ 322’929.543.oo), el señor PABLO ANTONIO SARMIENTO secuestre del bien inmueble a rematar, se en-cuentra ubicado en la dirección de Urbanización Villa María Manzana C Casa 10 del municipio de Arauca, Celular 3102427947.Se fija el presente AVISO en lugar público de la Secretaría del Juz-gado.ALVARO GUILLERMO HIDALGOSecretarioHAY UN SELLO *C4-2-15

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚ-BLICO JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SEN-TENCIAS DE BOGOTA D.C. JUZGADO DE ORIGEN SESENTA Y CINCO CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTÁ CARRERA DECIMA No. 14-33 PRIMER PISO AVISO DE REMATE Que dentro del proceso EJECUTIVO N0. 2010-0988, adelantado por el Juzgado sesenta y cinco (65) civil municipal de Bogotá, y remitido al juzgado tercero civil municipal de ejecución de sen-tencias de Bogotá D.C, adelantado por REENCAUCHADORA REENSUR contra MARTHA PATRICIA RODRI-GUEZ BERNAL, mediante auto de fecha cuatro (4) de abril de Dos Mil Dieciocho (2018), se ha fijado la hora de las nueve a.m. (9:00 am) del día siete (7) de mayo de Dos Mil Dieciocho (2018), a fin de realizar la diligencia de REMATE del siguiente bien embargado, secuestrado y avaluado dentro del proceso Eje-

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14B EL NUEVO SIGLO / DOMINGO 15 DE ABRIL DE 2018 / EDICTOS

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser noficiado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

El se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

cutivo referenciado. DESCRIPCIÓN: VEHICULO identificado PLACA TGM299 CLASE TRACTOCAMIÓN MOTOR 10871730 SERVICIO PÚ-BLICO CHASIS XTC541120R1023389 MARCA KAMAZ LINEA 54112 CO-LOR RUBINO MODELO 1995 El vehículo des-crito (cuota parte) CINCUENTA POR CIENTO fue avaluado en la suma de CUARENTA MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE ($ 40.000.000.00). La licitación comenzará a la hora señalada y no cerrará sino transcurrida una hora de su iniciación, de conformidad con lo dispuesto en el Código Gene-ral del Proceso artículo 452, siendo postura admisible la que cubra el setenta (70%) por ciento del avaluó, previa consignación del porcentaje legal del cuarenta (40%) a órdenes de la oficina de Ejecución Civil Municipal de Bogotá D.C., cuenta NO. 110012041800 y código de Despacho 110012103000. Auxiliar de la justicia secuestre es la INMO-BILIARIA DE SERVICIOS SANCHEZ Y PORTES LTDA representada legal-mente por HAROL STIVEN GARZON FORERO, ubicada en la Avenida Jiménez NO. 8 A-20 oficina 605 teléfono 2430016 y 3168973003. Para dar cumplimiento a lo estable-cido en el artículo 450 del Código General del Proceso, publíquese en un diario de amplia circulación. JAIRO HERNANDO BENAVIDES GALVIS Secretario *R1-32-15

Aviso de remate JUZGADO OCTAVO DE EJECUCIONCIVIL MUNICIPAL DE SENTENCIAS REPUBLICA DE COMO BIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO OFICINA DE EJECU-CION CIVIL MUNCIPAL DE BOGOTA ACUERDO No. PSAA 15- 10402 DE 2015 CARRERA 12 No. 14-22 BOGOTA D.C. HACER SABER Que dentro del proceso EJECUTIVO SINGULAR DE MINIMA CUANTIA No. 11001400300602010031400, del Juzgado Treinta y Ocho (38) Civil Municipal de Bogotá D.C. (Original) de Edificio Centro Comercial Ga-laxentro 18 P.H., contra la señora MARINA PERDOMO LINCE, por auto de fecha Tres (3), de Abril del dos mil dieciocho (2018), el Juzgado Octavo (8) de Ejecución Civil Mu-nicipal de Bogotá, señalo la fecha del día dos (2) del mes de Mayo del año dos mil dieciocho (2018), a la hora once de la mañana (11:A.M.), para que tenga lugar la diligencia de REMATE el sobre el bien inmueble de propiedad de la demandada, señora MARINA PERDOMO LINCE, que se encuentra debidamente em-bargado, secuestrado y avaluado, identificado con folio de matrícula No. 50C- 1164023, Zona Centro, ubicado en la Calle 18 No. 10 - 33, local comercial 345 del Edificio Cen-tro Comercial Galaxcentro 18 P.H., de Bogotá D.C. Secuestre la señora MARIA AMPARO TOVAR CASTRO, cuya dirección es la Carrera 10 No. 16 - 19 Oficina No. 509 de Bogotá D.C. y celular No. 313 - 8278835 El bien inmueble local comercial 345, cuenta con un valor comercial de Diez Millones Ochocientos Sesenta y Cuatro Mil Quinientos Pesos ($ 10.864.500,oo) M/Cte. Sera pos-tura admisible la que cubra el 70% del avaluó dado el bien y postor hábil que consigne previamente el 40% del mismo a órdenes de la oficina de Ejecución Civil Municipal de Bogotá D.C. Número de cuenta 110012041800 Banco Agrario. La licitación comenzara a la hora señalada y no se cerrara sino trans-currida una hora dentro de la cual deberá presentarse la oferta en sobre cerrado. El presente aviso se elabora a fin de ser publicado én

los términos del artículo 450 del C. G. del P. Para los fines pertinentes aclara que el conocimiento de la presente actuación le correspondió al Juzgado Octavo (8) de Ejecución Civil Municipal de Bogotá D.C., el cual fue remitido por el Juzgado Treinta y Ocho (38) Civil Municipal de Bogotá D.C., en virtud de los acuerdos PSAA13 No. 9962, 9984 y 9991 de 2013, que fueron emitidas por la sala administrativa del Con-sejo Superior de la Judicatura. Se expiden copias del presente aviso para su publicación hoy trece (13) del mes de Abril de 2018. JAIRO HERNANDO BENAVIDEZ GALVIS SE-CRETARIO OFICINA DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA *E1-2-15

AVISO DE REMATE N. 0001/2018 LA SECRETARIA DEL JUZGADO TREINTA Y DOS CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C. HACE SABER: Que mediante auto de fecha quince (15) de marzo de dos mil diecio-cho (2018), se señaló el día dos (2) de mayo de dos mil dieciocho (2018), a la hora de las tres de la tarde (3:00 P.M.), para llevar a cabo la diligencia de REMATE DEL BIEN INMUEBLE que se encuentra legalmente secuestrado y avaluado dentro del proceso Divisorio No. 1 10013103032201501141 de BLAN-CA GLADYS BERNAL RODRÍGUEZ contra JOSÉ IGNACIO ARÉVALO RODRÍGUEZ, CARLOS HERNANDO BERNAL RODRÍGUEZ, JAIME OR-LANDO BERNAL RODRÍGUEZ, LUZ MARLÉN BERNAL RODRÍGUEZ , GLORIA INÉS BERNAL RODRÍGUEZ, NANCY STELLA BERNAL RODRÍ-GUEZ Y HELENA JANETH BERNAL RODRÍGUEZ, el cual se relaciona a continuación: “Inmueble casa de habitación ubicado en la calle 1 D No. 4 - 59 de la ciudad de Bogotá. Identificado con folio de Matrícula Inmobiliaria No. 50C-951514”, cuyos linderos se encuentran des-critos en la escritura pública No. 6172 de 28 de diciembre de 1967 del Círculo de Bogotá y en el folio de matrícula inmobiliaria, con un área construida de 192.16 M2 y área de terreno de 792,82 M2 VALOR INMUEBLE $ 458.464.136, oo Será postura admisible la que cubra el 70% del avalúo dado al bien, pre-via consignación del 40% del valor total, el que se deberá consignar previamente en dinero, a órdenes de este juzgado, en la cuenta de De-pósitos judiciales del Banco Agrario de Colombia No. 110012031032, y podrá hacer postura dentro de los 5 días anteriores al remate y presentar sus propuestas en el día y hora señalados, en sobre cerrado, el que deberá contener el depósito. Secuestre: Estrategia y Gestión Jurídica Ltda, a través de Jhon Jairo Sanguino Vega identificado con C.C. No. 79.961.663 de Bogotá, con di-rección en la carrera 10 No. 15-39 oficina 909 de la ciudad de Bogotá. celular 310 6979809. EL INTERESA-DO EFECTUÉ LAS ORDENADAS EN AUTOS. (Artículo 450 C.G.P.) NELDY FANNY CUBILOS GOMEZ HAY UN SELLO *S9-22-15

AVISO DE REMATE JUZGADO TER-CERO (03) CIVIL MUNICIPAL DE SOACHA REPÚBLICA DE COLOM-BIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO Calle 2 No. 8-20 piso 2 Soacha HACE SABER Que dentro del proceso Ejecutivo con Titulo Hipotecario No. 2015-0079101 de BANCO DAVIVIENDA S.A contra NUBIA STELLA PARRA CHICACAU-SA- , por auto del 20 de febrero de 2018 se ha señalado la hora de las 09:00 A.M. del día 22 DE MAYO DE 2018, para que tenga lugar la diligencia de REMATE del bien inmueble de propiedad

de la demandada NUBIA STELLA PARRA CHICACAUSA identificado con el Folio de Matricula No. 051-131835 antes 50S-40592652 ubicado en la Carrera 2 No. 15-90 Sur Ap 302 T 11 Agrupación de Vivienda Barichara Ciudadela Colsubsidio Maipore DE SOACHA. Nombre Secuestre y No telefó-nico ADMINISTRACIÓN LEGAL SAS NIT:900480511-5 Carrera 8 No. 12-39 de Soacha teléfono 7227731 y 3133755061 [email protected]. El inmueble anteriormente identificado se en-cuentra embargado, secuestrado y avaluado en la suma de VEIN-TISÉIS MILLONES SEISCIENTOS CINCO MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE. — $26.605.500,00. Será postura admisible la que cubra el 70% del avalúo dado al bien y postor hábil quien consigne previamente el 40% del mismo. La licitación comenzará a la hora señalada y no se cerrará sino transcurrida una hora dentro de la cual deberá presentarse la oferta en sobre cerrado. El presente aviso se elabora a fin de ser publicado en los términos del Art. 450 del C.G.P. Se expide copias del presente aviso para su publicación hoy 12 de abril de 2018 ALBA LUCERO ROBAYO CAPERA SECRETARIA *S9-23-15

REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO JUZ-GADO TRECE DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTÁ Carrera 10 No 14 - 33 piso 3o BOGOTÁ DC. AVISO DE REMATE HACE SABER De acuerdo a lo establecido en el artículo 450 del C.G del P, y por auto de fecha 06 de abril de de 2018, se señaló la hora de las 8 de la mañana del día 09 de mayo de 2.018 para que tenga lugar, la diligencia de RE-MATE de los inmuebles distinguido con los folios de matrícula inmobi-liaria No 050C - 929522 OFICINA 801, 050C – 929523 OFICINA 802 y 050 C 929524 OFICINA 803 todos ubicados en el octavo piso de la CA-RRERA 28 No 11 - 67 de la nomen-clatura urbana de Bogotá, y que se encuentran debidamente embar-gados, secuestrados y avaluados y que se realizara dentro del proceso ejecutivo de CLARA INÉS BELTRAN AVENDAÑO en contra de RICARDO HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ tramitado inicialmente ante el juzgado 51 Civil Municipal de Bogotá y actualmente conocido por el Juzgado Trece de ejecución Civil Municipal de Bogo-tá, expediente No 11001 40 03 051 2013 01437 y cuyo secuestre que funge como tal en el proceso es la persona jurídica “ EMPRESA GRUPO DOBLE A ASESORÍAS JURÍDICAS E INMOIBILIARIAS identificada con el Nit 900846538 - 6 y quien actuó en este proceso a nombre de esta persona jurídica ANA ALEJANDRA TORRES GARZÓN identificada con la CC No 65.555.546 localizados en la carrera 9a No 13 – 13 oficina 104 teléfono 3103457952. Sera postura admisible, la que cubra el 70% del avaluó total de los inmuebles, pre-via consignación del 40% a órdenes del Juzgado Trece de Ejecución Civil Municipal de Bogotá y deberá ser allegada a este despacho en los tér-minos del artículo 451 del CG del P. Las posibles posturas deberán con-signarse en la cuenta de depósitos judiciales No 110012041800 de la oficina de ejecución de sentencias para los Juzgados de Ejecución Civil Municipal de Bogotá. El cien por ciento de los inmuebles objeto de este remate se encuentran avalua-dos procesalmente en la suma de CIENTO CINCUENTA Y TRES MILLO-NES SETECIENTOS TREINTA MIL

PESOS ($ 153.730.000) siendo el valor individual por cada inmueble, para la oficina 801 CINCUENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS DIEZ MIL PESOS ($ 52’310.000), para la oficina 802 CINCUENTA Y TRES MILLONES CIENTO DIEZ MIL PESOS ($ 53’110.000) y para la oficina 803 la suma de CUARENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS DIEZ MIL PESOS ($ 48.310.000) y cuya base de licitación será la que cubra el 70% del avaluó de estos inmuebles. Se realizan estas publicaciones en la forma y términos del artículo 450 del CG del P y en la forma prevista en providencia de 11 de Diciembre de 2017. La licitación comenzara a la hora señalada y no se cerrara sino después de haber transcurrido una (1) hora tal y como lo dispone el artículo 452 del CG del P, siendo postura admisible la que cubra el 70% del avaluó del inmueble, previa consignación del porcentaje del 40% del avaluó. Se anuncia el remate con las formalidades del artículo 450 del CG del P y téngase en cuenta lo establecido en nor-mas concordantes e igualmente se hacen las publicaciones de ley en un diario de amplia circulación autorizado. YELIS YAEL TIRADO MAESTRE SECRETARIA *S9-24-15

NOTARIASEDICTOEL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE PAIPA, DEPARTAMENTO DE BOYACA, EMPLAZA por el término de diez (10) días a las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de los causantes herencia de los causantes señores RODOLFO ROJAS RODRIGUEZ y FLOR DE MARIA ROJAS DE RO-JAS, quienes se identificaron con cédulas de ciudadanía números 4.189.958 y 23.853.561 de Paipa respectivamente y fallecieron en la ciudad de Tunja los días 19 de octubre de 2013 y 25 de enero de 2017. El Municipio de Paipa fue el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios. El tramite notarial de liquidación de herencia fue aceptado, mediante ACTA NÚMERO CERO DOS del VEINTIOCHO (28) de Febrero de 2018. Se ordena la publicación de este edicto en un diario de amplia circulación Nacional y su difusión en una emisora de la Región, de acuerdo al Decreto 902 de 1.988, artículo tercero (3°) Se ordena su fijación en la cartelera de la Notaría Única del Círculo de Paipa, por el término de diez (10) días.La abogada CECILIA CHAPARRO MORA, es apoderada de los inte-resados en los términos y para los fines indicados en el mandato.Se fija el presente edicto en lugar visible de esta Notaria hoy cinco (05) de Marzo de 2018, siendo las 8:00 a.m.LA NOTARÍA ENCARGADA,SANDRA LILIANA TAMAYO LOPEZHAY UN SELLO *P2-1-15

NOTARIA UNICA DE PACHO-CUN-DINAMARCA. PABLO CUELLAR BE-NAVIDES NOT. 5328839-1 NotarioEDICTO.El Notario Único del Circulo de Pacho, Cundinamarca Emplaza: a todas las personas que se conside-ren con derecho a intervenir en el Trámite Notarial de la Liquidación de la Sucesión Intestada de la Cau-sante ANA INÉS RETAVISCA DE MA-HECHA, quien falleció en la ciudad de Bogotá D.C., el trece (13) de Fe-brero de dos mil dieciocho (2.018), fecha hasta la cual se identificó con la cédula de ciudadanía 20.695.979 de la Palma Cundinamarca, cuyo

último domicilio y asiento principal de sus negocios fue en el Municipio de Pacho.Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta Núme-ro OCHO (0008) del once (11) de Abril de dos mil dieciocho (2.018), se ordena la fijación del presente EDICTO en lugar visible de la Nota-ría por el término de diez (10) días y su publicación en un medio masivo escrito (Nuevo Siglo, La República, El Tiempo) y en la radiodifusora de la misma localidad ( la cual deberá surtirse el día domingo), en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1.988 en concordancia con el artículo 318 del Código del Procedimiento Civil, modificado por la ley 794 de 2.003, articulo 30.El presente EDICTO se fija hoy trece (13) de Abril de dos mil dieciocho (2.018) a la hora de las ocho de la mañana (8:00 a.m.).NOTARIO ÚNICO,PABLO CUELLAR BENAVIDESHAY UN SELLO *P5-3-15

NOTARIA UNICA DE PACHO-CUN-DINAMARCA. PABLO CUELLAR BE-NAVIDES NOT. 5328839-1 NotarioEDICTO.El Notario Único del Circulo de Pacho, Cundinamarca Emplaza: a todas las personas que se conside-ren con derecho a intervenir en el Trámite Notarial de la Liquidación de la Sucesión Intestada del Cau-sante MANUEL ANTONIO GÓMEZ FERNÁNDEZ, quien falleció en la ciudad de Bogotá D.C., el cinco (05) de Noviembre de dos mil catorce (2.014), fecha hasta la cual se iden-tificó con la cédula de ciudadanía 11.517.244 de Pacho, Cundina-marca, cuyo último domicilio y/o asiento principal de sus negocios fue Pacho.Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta Núme-ro NUEVE (0009) del doce (12) de Abril de dos mil dieciocho (2.018), se ordena la fijación del presente EDICTO en lugar visible de la Nota-ría por el término de diez (10) días y su publicación en un medio masivo escrito (Nuevo Siglo, La República, El Tiempo) y en la radiodifusora de la misma localidad ( la cual deberá surtirse el día domingo), en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1.988 en concordancia con el artículo 318 del Código del Procedimiento Civil, modificado por la ley 794 de 2.003, articulo 30.El presente EDICTO se fija hoy trece (13) de Abril de dos mil dieciocho (2.018) a la hora de las ocho de la mañana (8:00 a.m.).NOTARIO ÚNICO,PABLO CUELLAR BENAVIDESHAY UN SELLO *P5-4-15

EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CIRCULO DE ZIPAQUIRAEMPLAZA:A todas las personas que se crean con derechos a intervenir en el trámite Notarial de Liquidación de herencia del (la) (los) causante (s): RICARDO ROSSO HERNANDEZ, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 2.944.388 de Bogotá, fallecido en la ciudad de Bogotá, el día diez (10) de Junio del año dos mil once (2011), siendo Zipaquirá el asiento principal de sus negocios.Tramite aceptado mediante acta número 0015 de fecha cinco (05) de Abril del año dos mil dieciocho (2018).Para los efectos en el numeral 2º. Del artículo 3o del decreto 902 de 1.988, se ordena la publicación de este edicto y se fija en un lugar pú-blico de esta Notaría, por el término legal de diez (10) días hábiles hoy

seis (06) de Abril del año dos mil dieciocho (2018) a las Nueve (9) de la mañana.ARIEL JOSE LYONS BARRERANOTARIO PRIMERO DEL CIRCULO DE ZIPAQUIRAHAY UN SELLO *Z2-1-15

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPAR-TAMENTO DE ARAUCA MUNICIPIO DE ARAUQUITA NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE ARAUQUITA NIT. 24.242.454-6EDICTOEL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE ARAUQUITA EMPLAZA:A todas las personas que se con-sideren con derechos a intervenir, dentro de los diez (10) días siguien-tes a la publicación del presente edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación sucesoral del (la) causante ARNOLDA JIMENEZ HE-RREÑO, quien en vida se identificara con la cédula de ciudadanía número 37.832.538 de Bucaramanga, San-tander, quien falleció en la ciudad de Arauca, Departamento de Arauca, el día 20 de Agosto de 2008, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Arauquita, Departamento de Arau-ca. Aceptando el trámite respectivo en esta Notaria, mediante Acta número 008 de fecha 2 de abril del 2018, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circu-lación Nacional y se difunda en una radiodifusora la Voz del Cinaruco, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el termino de diez (10) días hábiles.El presente edicto se fija hoy dos (2) del mes de abril del año dos mil dieciocho (2018), siendo las 9.00 horas del día.ROCIO ROMERO BARRIOSNotaría Única del círculo de Arau-quitaHAY UN SELLO *C4-4-15

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPAR-TAMENTO DE ARAUCA MUNICIPIO DE ARAUQUITA NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE ARAUQUITA NIT. 24.242.454-6EDICTOEL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE ARAUQUITA EMPLAZA:A todas las personas que se con-sideren con derechos a intervenir, dentro de los diez (10) días siguien-tes a la publicación del presente edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación sucesoral del (la) (los) causante (s) PABLO ANTONIO ROLON ORTEGA, quien en vida se identificara con la cédula de ciudadanía número 5.400.253 de Tibu, Norte de Santander, quien falleció en el Municipio de Arauqui-ta, Departamento de Cundinamar-ca, el día 11 de junio de 2013, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Arauquita, Departamento de Arauca. Aceptando el trámite res-pectivo en esta Notaria, mediante Acta número 007 de fecha 26 de marzo del 2018, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación Nacional y se difunda en una radiodifusora la Voz del Cinaruco, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el termino de diez (10) días hábiles.El presente edicto se fija hoy Veinti-séis (26) del mes de marzo del año dos mil dieciocho (2018), siendo las 8.00 horas del día.ROCIO ROMERO BARRIOSNotaría Única del círculo de Arau-quitaHAY UN SELLO *C4-5-15

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15BEL NUEVO SIGLO / DOMINGO 15 DE ABRIL DE 2018 / EDICTOS

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser noficiado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

El se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPAR-TAMENTO DE ARAUCA MUNICIPIO DE ARAUQUITA NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE ARAUQUITA NIT. 24.242.454-6EDICTOEL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE ARAUQUITA EMPLAZA:A todas las personas que se con-sideren con derechos a intervenir, dentro de los diez (10) días siguien-tes a la publicación del presente edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación sucesoral del (la) (los) causante (s) ANGEL JESUS SANABRIA MENDEZ, quien en vida se identificara con la cédula de ciudadanía número 96.166.588 de Arauquita, Arauca, quien falle-ció en el Municipio de Saravena, Departamento de Arauca, el día 12 de diciembre de 2016, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Arau-quita, Departamento de Arauca. Aceptando el trámite respectivo en esta Notaria, mediante Acta número 006 de fecha 16 de marzo del 2018, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación Nacional y se difunda en una radiodifusora la Voz del Cinaruco, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del de-creto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el termino de diez (10) días hábiles.El presente edicto se fija hoy dieci-séis (16) del mes de marzo del año dos mil dieciocho (2018), siendo las 8.00 horas del día.ROCIO ROMERO BARRIOSNotaría Única del círculo de Arau-quitaHAY UN SELLO *C4-6-15

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPAR-TAMENTO DE ARAUCA MUNICIPIO DE ARAUQUITA NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE ARAUQUITA NIT. 24.242.454-6EDICTOEL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE ARAUQUITA EMPLAZA:A todas las personas que se con-sideren con derechos a intervenir, dentro de los diez (10) días siguien-tes a la publicación del presente edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación sucesoral del (la) (los) causante (s) TOMASA COCILE DE TORRES, quien en vida se identificara con la cédula de ciudadanía número 24.244.076 de Arauquita, Arauca, quien falleció en el Municipio de Arauquita, Departamento de Arauca, el día 20 de septiembre de 1973, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Arauquita, Departamento de Arauca. Aceptando el trámite res-pectivo en esta Notaria, mediante Acta número 005 de fecha 16 de marzo del 2018, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación Nacional y se difunda en una radiodifusora la Voz del Cinaruco, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el termino de diez (10) días hábiles.El presente edicto se fija hoy dieci-séis (16) del mes de marzo del año dos mil dieciocho (2018), siendo las 8.00 horas del día.ROCIO ROMERO BARRIOSNotaría Única del círculo de Arau-quitaHAY UN SELLO *C4-7-15

REPÚBLICA DE COLOMBIAEDICTOEl Notario Primero del Círculo de TunjaEMPLAZA:A todas las personas que se crean

con derecho a concurrir a la liqui-dación de la sucesión intestada de los causantes SALOMON PERILLA MEHECHA (Q.E.P.D), quien se iden-tificó en vida con Cedula de Ciu-dadanía número 1.085.180 y ANA MARIA ZUBIETA (Q.E.P.D) quien se identificó en vida con Cedula de Ciudadanía número 23.755.292 expedida en Miraflores.El suscrito Notario acepta la solici-tud y documentación anexa para llevar a cabo el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta No.016 del 27 del 11 de Abril de 2018, por medio de la cual se ordena, en cumplimiento de lo dis-puesto en el Artículo 3° del Decreto 902 de 1988, lo siguiente:La publicación de este, en un perió-dico de circulación nacional.La difusión por una vez en una emisora loca si la hubiere, y La fijación en un lugar visible de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles a partir de esta fecha.En la Cartelera principal de la Nota-ria Primera de Círculo de Tunja, Se fija el presente Edicto hoy 11 ABR 2018, siendo las 08:00 a.m., por el término correspondiente.El Notario Primero,HERNÁN MONTANA RODRÍGUEZHAY UN SELLO *S5-5-15

REPÚBLICA DE COLOMBIAEDICTOEl Notario Primero del Círculo de TunjaEMPLAZA:A todas las personas que se crean con derecho a concurrir a la liqui-dación de la sucesión intestada del causante OSCAR ANTONIO MO-RENO GONZALES (Q.E.P.D), quien se identificó en vida con Cedula de Ciudadanía número 6.765.988 expedida en Tunja.El suscrito Notario acepta la solici-tud y documentación anexa para llevar a cabo el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta No.013 del 28 de marzo de 2018, por medio de la cual se ordena, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 3° del Decreto 902 de 1988, lo siguiente:La publicación de este, en un perió-dico de circulación nacional.La difusión por una vez en una emisora loca si la hubiere, y La fijación en un lugar visible de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles a partir de esta fecha.En la Cartelera principal de la Nota-ria Primera de Círculo de Tunja, Se fija el presente Edicto hoy 09 ABR 2018, siendo las 08:00 a.m., por el término correspondiente.El Notario Primero,HERNÁN MONTANA RODRÍGUEZHAY UN SELLO *S5-6-15

EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE IBAGUÉDEPARTAMENTO DEL TOLIMA, REPUBLICA DE COLOMBIAEMPLAZAA todas las personas que se con-sideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguien-tes a la publicación del presente edicto en el periódico en el trámite notarial de liquidación de herencia simple e intestada del causante SALVADOR GONZALEZ PACHECHO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 2.237.902 de Alpujarra, quien fa-lleció el 22 de marzo de 2011, en la ciudad de Ibagué, siendo la ciudad de Ibagué, su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptando el trámite respectivo e iniciado mediante acta número 24 de 9 de abril de 2018, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación

Nacional y una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto 902 de 1.988, además de su fijación en el lugar visible en la Notaria por el término de diez (10) días. El pre-sente edicto se fija hoy DIEZ (10) DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO (2018) SIENDO LAS 8:00 A.M.LA NOTARIA,DORIS MORA ORREGONOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE IBAGUÉHAY UN SELLO *I2-1-15

EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE IBAGUÉDEPARTAMENTO DEL TOLIMA, REPUBLICA DE COLOMBIAEMPLAZAA todas las personas que se con-sideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguien-tes a la publicación del presente edicto en el periódico en el trámite notarial de liquidación de herencia simple e intestada de la causante HERCILIA ORTIZ, quien en vida se identificaba con el número de cédula de ciudadanía 28.794.696 de Lérida y falleció el 22 de Febrero del año 2002 en la ciudad de Iba-gué, siendo esta ciudad su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo e iniciado mediante acta número 25 del 09 de abril del año 2018, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación Nacional y una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto 902 de 1.988, además de su fijación en el lugar visible en la Notaria por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy DIEZ (10) DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO (2018) SIENDO LAS 8:00 A.M.LA NOTARIA,DORIS MORA ORREGONOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE IBAGUÉHAY UN SELLO *I2-2-15

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO UNI-CO DEL CIRCULO DE PURIFICACIÓN TOLIMAPOR MEDIO DEL PRESENTE EMPLAZAA todas las personas que se con-sideren con derecho a intervenir, dentro del TRÁMITE DE SUCESIÓN NOTARIAL SIMPLE E INTESTADA DEL CAUSANTE JAFETH GONZALEZ ROMERO, fallecido el doce (12) de Septiembre de dos mil diecisiete (2.017) en la ciudad de Neiva-Huila; quien tuvo como último domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de Purificación-Tolima.Dicho trámite fue abierto y radi-cado en este despacho Notarial, mediante Acta No. 018 del Veinti-cuatro (24) de Marzo de 2018.Para los fines establecidos en el Artículo 3º del Decreto 1729 de 1.989, se fija el presente EDICTO en un lugar público y visible de la Nota-ria, por el término legal de diez (10) días hábiles, hoy tres (3) de Abril de 2.018, siendo las 07:30 a.m.EL NOTARIO,EDGAR GARCIAHAY UN SELLO *I2-7-24

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO SEX-TO DEL CIRCULO DE IBAGUÉEMPLAZAA todas las personas que se con-sideren con derecho a interve-nir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico, en el TRÁMITE NOTARIAL DE LI-QUIDACIÓN DE HERENCIAPOR EL PROCEDIMIENTO NOTARIAL DE LA SUCESIÓN INTESTADA de la cau-sante ESTHER JUDITH GUTIERREZ VIUDA DE JIMENEZ (Q.E.P.D), quien

en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 28.525.530, quien fallecido en la ciudad de Iba-gué, lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios, el día 11 de Noviembre de 2010, sin haber otorgado testamento alguno. Iniciado el trámite en esta Notaria mediante Acta No. 023 de fecha doce (12) de Abril del año dos mil dieciocho (2018), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación Nacional y en una radiodifusora local. En cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto 902 de 1988, además de su fijación en lugar visible de la Notaria, por el término de diez (10) días.El presente Edicto se fija hoy DOCE (12) DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO (2018), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.)LA NOTARIA,TERESA DE JESUS ALDANA ORTIZNOTARIA SEXTA DEL CIRCULO DE IBAGUEHAY UN SELLO *I2-8-24

NOTARÍA CUARTA (4ª) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. CARRERA 8 N° 17-30 TELEFONOS: 7519617-7519602EDICTOEMPLAZA:Por el termino de diez (10) días a todas las personas que se con-sideren con derecho a intervenir en el trámite de la LIQUIDACIÓN DE HERENCIA de la señora LAURA ZULUAGA LOPEZ, quien se identifi-caba con de cédula de ciudadanía número 51.960.549, quien falleció en BOGOTÁ D.C-COLOMBIA el día Primero (01) del mes de Septiem-bre del año Dos Mil Diecisiete (2017), siendo la ciudad de Bogotá D.C, el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios.Igualmente se informa que fue aceptado el tramite respectivo de la LIQUIDACIÓN DE HERENCIA en esta Notaría mediante acta número ciento siete (107) del día Nueve (09) del mes de Abril del año Dos Mil Dieciocho (2018)Se ordena la publicación del pre-sente EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora de audición local.En cumplimiento de lo previsto en el Artículo Tercero (3°) del Decreto Ley 902 de 1988.Ordénese además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días.El presente Edicto se fija hoy día Nueve (09) del mes de Abril del año Dos Mil Dieciocho (2018) a las 8:00 A.M.OSCAR HUMBERTO URREA VIVASNOTARIO CUARTO (4°) ENCARGA-DO DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C.HAY UN SELLO *U1-8-15

NOTARIA 14 DEL CIRCULO DE BO-GOTA Cl 53 No. 21-20 de Bogotá Telefax: 2175570-2117616. NOTA-RIA CATORCE (14) DE BOGOTA D.C. EDICTO. EL NOTARIO CATORCE (14) DE BOGOTA EMPLAZA:Por el término de diez (10) días a todas las personas que se consi-deren con derecho a intervenir en el trámite de LIQUIDACIÓN DE HE-RENCIA de la señora MARÍA IRMA BARBOSA LEGUIZAMO, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 41.437.306 expedida en Bogotá D.C., fallecida el trece (13) de Enero del año dos mil dieciocho (2018), siendo esta ciudad de Bogotá el último domicilio y asiento principal de los negocios de la causante.Igualmente se informa que fue aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta número veinticuatro (24) del nueve (09) de Abril del año dos mil dieciocho (2018).

Se ordena la publicación del pre-sente EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora de audición local.En cumplimiento de lo previsto en el artículo Tercero (3º) del Decreto Ley 902 de 1988.Ordénese además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días.El presente EDICTO se fija hoy diez (10) de Abril de dos mil dieciocho (2018), siendo las 8:00 A.M.JORGE LUIS BUELVAS HOYOSNOTARIA CATORCE (14) DEL CIRCU-LO DE BOGOTA D.C.HAY UN SELLO *U1-9-15

NOTARÍA 27 DEL CIRCULO DE BO-GOTA D.C. Manuel Castro Blanco Notario. EDICTO EL NOTARIO VEIN-TISIETE DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. CITA Y EMPLAZA :A todas las personas que se consi-deren con derecho a concurrir a la liquidación de herencia de LUIS OR-LANDO REYES TRIANA, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 4.207.356, fallecido el primero (01) de Febrero de dos mil dieciocho (2018), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C., para que durante el término de diez (10) días se presenten en esta Notaría, a estar a derecho dentro del trámite notarial. La solicitud de liquidación de he-rencia fue aceptada mediante acta número sesenta y cinco (65) del cinco (5) de abril de dos mil diecio-cho (2018). Para dar cumplimiento a lo ordena-do por el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, se fija el presente EDICTO en sitio visible de la Notaría, por el término de diez (10) días, el seis (6) de Abril de dos mil dieciocho (2018), a las ocho (8:00 am) de la mañana y se entregan dos copias al interesado, una para que sea publi-cada en un periódico de circulación nacional y otra se difundirá por una vez en una emisora de este lugar. El Notario Veintisiete ( E ), ANGELA DEL PILAR CONDE JIMENEZEl EDICTO anterior, permaneció fija-do en lugar visible de esta Notaría, por el término de diez (10) días y se desfija hoy diecinueve (19) de Abril de dos mil dieciocho (2018), siendo las cinco y cincuenta (5:50 P.M.) de la tarde. El Notario VeintisieteHAY UN SELLO *G1-15-15

NOTARIA 24 EL LAGO Bogotá, D.C. • Colombia Jorge Humberto Uribe Escobar Notario Carrera 14 No. 79-25 Pbx 644 30 60 - Fax 646 07 21 E-mail [email protected] Nit 15.521.633-2 EDICTO EL NOTARIO VEINTICUATRO DEL CIRCULO DE BOGOTA EMPLAZA A todas las personas que se con-sideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días si-guientes a la publicación del pre-sente EDICTO en el Periódico, en el Trámite Notarial de Liquidación de la Herencia de la causante LIGIA MARIA PIÑEROS PINZON, HOY DE SARMIENTO, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía núme-ro 20.167.585 Expedida en Bogotá, D.C., cuyo último domicilio fue la ciudad de Bogotá y quien falleció el día treinta (30) de julio de dos mil trece (2013) en la Ciudad de Bogotá, D.C. La solicitud fue acep-tada mediante Acta Numero 90 de fecha siete (7) de diciembre de dos mil dieciséis (2016).- Ordenase la publicación del presente EDICTO en un Periódico de circulación Na-cional, en una radiodifusora local y su fijación en la secretaría de la Notaría por el término de diez (10) días, todo de acuerdo al decreto novecientos dos (902) de Mayo diez (10) de mil novecientos ochenta y

ocho (1988).- Se deja constancia que con fecha 13 de diciembre de 2016 se hizo el correspondiente emplazamiento en las instalaciones de la notaría por el término legal de 10 días hábiles sin que los interesa-dos acreditaran su publicación en prensa y radio. El presente Edicto se fija hoy once (11) de abril de de dos mil dieciocho (2018) a las ocho de la mañana (8:00 A.M.) El Notario Veinticuatro JORGE HUMBERTO URIBE ESCOBAR HAY UN SELLO *R1-19-15

NOTARIA SESENTA Y OCHO (68) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ JORGE HERNANDO RICO GRILLO EDICTO EMPLAZATORIO EL NOTARIO SE-SENTA Y OCHO (68) DEL CIRCULO DE BOGOTA EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la liquidación Nota-rial de la herencia intestada de los causantes JOSE MIGUEL BORRAEZ LUZ y MARIA DE JESUS ALVAREZ DE BORRAEZ, quienes en vida se identificaron con las cedulas de ciudadanía números 17.014.191 y 20.306.224 las dos (2) expedidas en Bogotá, quienes fallecieron en la ciudad de Bogotá, los días veintitrés (23) de Diciembre del año dos mil diecisiete (2017) y dos (2) de Abril del año dos mil siete (2007), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá. La solicitud y documentos de que trata el decreto 902 de 1.988 fueron presentados el día doce (12) de Marzo del año dos mil dieciocho (2018) y aceptado el trámite por el Notario, mediante acta número CUARENTA Y OCHO (48) de fecha trece (13) de Marzo del año dos mil dieciocho (2018). Para efectos del Articulo 2 decreto 902 de 1988, modificado por el Artículo 3 del decreto 1729 de 1989 publíquese este EDICTO en un periódico de reconocida cir-culación de esta ciudad y en una radiodifusora de la misma. Se fija el presente EDICTO en lugar público de la secretaria de esta Notaria por el término legal de Diez (10) días. Hoy catorce (14) de Marzo del año dos mil dieciocho (2018) siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.). JORGE HERNANDO RICO GRILLO NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. HAY UN SELLO *S1-1-15

NOTARIA SESENTA Y OCHO (68) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ JORGE HERNANDO RICO GRILLO NOTARIO EDICTO EMPLAZATORIO EL NO-TARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CIRCULO DE BOGOTA EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la liquidación Notarial de la herencia intestada de la causante ODILIA CIFUENTES ZAPATA, quien en vida se identificó con la cedula de ciu-dadanía número 26.934.481 expe-dida en Valledupar - Cesar, quien falleció en la ciudad de Bogotá, el día seis (6) de Mayo del año dos mil dieciséis (2016), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá. La solicitud y documentos de que trata el decreto 902 de 1.988 fueron pre-sentados el día nueve (9) de Marzo del año dos mil dieciocho (2018) y aceptado el trámite por el Notario, mediante acta número CUARENTA Y CINCO (45) de fecha diez (10) de Marzo del año dos mil dieciocho (2018). Para efectos del Articulo 2 decreto 902 de 1988, modificado por el Artículo 3 del decreto 1729 de 1989 publíquese este EDICTO en un periódico de reconocida circulación de esta ciudad y en una radiodifusora de la misma. Se fija el presente EDICTO en lugar público de la secretaria de esta Notarla por

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16B EL NUEVO SIGLO / DOMINGO 15 DE ABRIL DE 2018 / EDICTOS

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser noficiado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

El se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

el término legal de Diez (10) días. Hoy doce (12) de Marzo del año dos mil dieciocho (2018) siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.). JORGE HERNANDO RICO GRILLO NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. HAY UN SELLO *S1-2-15

NOTARIA SESENTA Y OCHO (68) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ JORGE HERNANDO RICO GRILLO NOTA-RIO EDICTO EMPLAZATORIO EL NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CIRCULO DE BOGOTA EM-PLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la liquidación Notarial de la herencia intestada del causante HIRALDO RAFAEL BELEÑO GO-MEZ, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía número 77.013.488 expedida en Valledupar, quien falleció en la ciudad de Riohacha, el día veinti-cinco (25) de Marzo del año dos mil siete (2007), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogo-tá. La solicitud y documentos de que trata el decreto 902 de 1.988 fueron presentados el día trece (13) de Marzo del año dos mil dieciocho (2018) y aceptado el trámite por el Notario, mediante acta número CUARENTA Y NUEVE (49) de fecha catorce (14) de Marzo del año dos mil dieciocho (2018). Para efectos del Articulo 2 decreto 902 de 1988, modificado por el Artículo 3 del decreto 1729 de 1989 publíquese este EDICTO en un periódico de reconocida circulación de esta ciudad y en una radiodifusora de la misma. Se fija el presente EDICTO en lugar público de la secretaria de esta Notaría por el término legal de Diez (10) días. Hoy quince (15) de Marzo del año dos mil dieciocho (2018) siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.). JORGE HERNANDO RICO GRILLO NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. HAY UN SELLO *S1-3-15

NOTARIA SESENTA Y OCHO DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. CO-DIGO 1100100068 SUPERNOTA-RIADO EDICTO EMPLAZATORIO EL NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CIRCULO DE BOGOTA CITA Y EMPLAZA A todas las personas que quieran oponerse a la constitución del patrimonio de familia inembargable, por ser lesivo de sus derechos como acreedores del constituyente, dentro de los Quince (15) días siguientes a la publicación del presente Edicto; en el trámite Notarial de CONSTITUCIÓN DE PATRIMONIO DE FAMILIA INEM-BARGABLE, sobre el siguiente bien inmueble ubicado en la ciudad de Bogotá, distinguido en la actual nomenclatura urbana de la ciudad como apartamento 302 Int. 1 del conjunto residencial plaza de las américas etapa II, en la actual nomenclatura urbana de la ciudad como Carrera Setenta B (70 B) número tres treinta y uno Sur (3 31 sur), identificado con la cédula catastral 86 T70B 13 152 y el folio de matrícula inmobiliaria 50S-40216730, el cual adquirieron por compra a Nancy Flórez Roa mediante escritura pública nú-mero mil seiscientos tres (1603) de fecha Veintidós (22) de Agosto del año Dos mil Catorce (2.014), otorgada en la Notaría Cuarta (4), debidamente registrada en la Ofi-cina de Registro de Instrumentos Públicos zona Sur; trámite inicia-do por los señores JAIRO ANDRES SILVA POSADA, mayor de edad, domiciliado y residente en la ciu-

dad de Bogotá, identificado con la cédula de ciudadanía número 79.723.331, expedida en Bogotá D.C y MARTHA PATRICIA RAMIREZ USAQUEN, mayor de edad, domi-ciliado y residente en la ciudad de Bogotá, identificado con la cédula de ciudadanía número 52.269.571, expedida en Bogotá D.C; para los fines indicados en el Artículo 5º del Decreto 2817 de 2006 se ordena la publicación de este edicto en periódico de amplia circulación local, y se fija en lugar público de la Notaría a mi cargo, por el término de Quince (15) días. Siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.) del día Cinco (05) de Abril de 2018, se fija el presente edicto en un lugar visible de la Notaría. JORGE HERNNDO RICO GRILLO NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C.HAY UN SELLO *S1-4-15

Notaría 60 Henry Cadena Franco EDICTO LA NOTARÍA SESENTA DEL CÍRCULO DE BOGOTA, D. C. De conformidad con lo dispuesto en el ordinal 2° del artículo 3 del Decreto Ley 902 de 1988 CITA Y EMPLAZA: A todas las personas que crean y prueben tener dere-cho a intervenir en la liquidación de la herencia del causante LUIS ANTONIO LEGUIZAMON ESPITIA y a la liquidación de la sociedad conyugal que el antes menciona-do conformó con DORIS AMANDA ROSALBA TIBATA RODRIGUEZ, cuyo trámite de l iquidación notarial se inició con el Acta n.° 0021 del once (11) de abril de dos mil dieciocho (2018), para que lo hagan valer ante éste despacho situado en la calle 161 n.°. 16A-32 de Bogotá D. C., dentro de los diez (10) días hábiles subsiguien-tes al de la última publicación de este edicto en los distintos medios que ordena la ley. Con la finalidad de su publicación, se fija este edicto en la cartelera dis-puesta para el conocimiento del público que acude a la Notaría, el once (11) de abril de dos mil dieciocho (2018), a las ocho de la mañana (8:00 a.m.). HENRY CA-DENA FRANCO NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DE BOGOTÁ D.C.HAY UN SELLO *S1-6-15

Notaría 60 Henry Cadena Franco EDICTO LA NOTARÍA SESENTA DEL CIRCULO DE BOGOTA, D. C. De conformidad con lo dispuesto en el ordinal 2° del artículo 3 del Decreto Ley 902 de 1988 CITA Y EMPLAZA: A todas las personas que crean y prueben tener dere-cho a intervenir en la liquidación de la herencia de la causante VIRGINIA CORTES BERNAL, cuyo trámite de liquidación notarial se inició con e1 Acta n.° 0022 del once (11) de abril de dos mil die-ciocho (2018), para que lo hagan valer ante éste despacho situado en la calle 161 n.°. 16A-32 de Bogotá D. C., dentro de los diez (10) días hábiles subsiguientes al de la última publicación de este edicto en los distintos medios que ordena la ley. Con la finalidad de su publicación, se fija este edicto en la cartelera dispuesta para el conocimiento del público que acude a la Notaría, el once (11) de abril de dos mil dieciocho (2018), a las ocho de la mañana (8:00 a.m.). HENRY CADENA FRANCO NOTARIO SESENTA (60) DE BO-GOTÁ D.C.HAY UN SELLO *S1-7-15

Notaría 60 Henry Cadena Franco EDICTO LA NOTARÍA SESENTA DEL CÍRCULO DE BOGOTA, D. C. De conformidad con lo dispuesto

en el ordinal 2° del artículo 3 del Decreto Ley 902 de 1988 CITA Y EMPLAZA: A todas las personas que crean y prueben tener dere-cho a intervenir en la liquidación de la herencia de la causante TULIA TERESA ABADIA BELTRÁN, cuyo trámite de liquidación nota-rial se inició con el Acta n.° 0024 del once (11) de abril de dos mil dieciocho (2018), para que lo hagan valer ante éste despacho situado en la calle 161 n.°. 16A-32 de Bogotá D. C., dentro de los diez (10) días hábiles subsiguientes al de la última publicación de este edicto en los distintos medios que ordena la ley. Con la finalidad de su publicación, se fija este edicto en la cartelera dispuesta para el conocimiento del público que acude a la Notaría, el once (11) de abril de dos mil dieciocho (2018), a las ocho de la mañana (8:00 a. m.). HENRY CADENA FRANCO NOTARIO SESENTA (60) DE BOGOTÁ D.C.HAY UN SELLO *S1-8-15

Notaría 60 Henry Cadena Franco EDICTO LA NOTARÍA SESENTA DEL CÍRCULO DE BOGOTA, D.C. De conformidad con lo dispuesto en el ordinal 2° del artículo 3 del Decreto Ley 902 de 1988 CITA Y EMPLAZA: A todas las personas que crean y prueben tener dere-cho a intervenir en la liquidación de la herencia de la causante ANA BERTHA FIQUE ZABALA, cuyo trámite de liquidación notarial se inició con el Acta n.° 0012 del ocho (08) de marzo de dos mil dieciocho (2018), para que lo hagan valer ante éste despacho situado en la calle 161 n.°. 16A-32 de Bogotá D.C., dentro de los diez (10) días hábiles subsiguientes al de la última publicación de este edicto en los distintos medios que ordena la ley. Con la finalidad de su publicación, se fija este edicto en la cartelera dispuesta para el conocimiento del público que acude a la Notaría, el ocho (08) de marzo de dos mil dieciocho (2018), a las ocho de la mañana (8:00 a.m.). HENRY CADENA FRANCO NOTARIO SESENTA (60) DE BOGOTÁ D.C.HAY UN SELLO *S1-9-15

Notaría 60 Henry Cadena Franco EDICTO LA NOTARÍA SESENTA DEL CÍRCULO DE BOGOTA, D.C. De conformidad con lo dispuesto en el ordinal 2° del artículo 3 del Decreto Ley 902 de 1988 CITA Y EMPLAZA: A todas las personas que crean y prueben tener derecho a intervenir en la liquidación de la herencia del causante CARLOS JULIO SOTELO SOTELO y a la liquidación de la sociedad conyugal que el antes mencionado conformó con SONIA RIVERA DE SOTELO, cuyo trámite de liquidación notarial se inició con el Acta n.° 0014 del once (11) de abril de dos mil dieciocho (2018), para que lo hagan valer ante éste despa-cho situado en la calle 161 n.º. 16A-32 de Bogotá D. C., dentro de los diez (10) días hábiles subsiguientes al de la última publicación de este edicto en los distintos medios que ordena la ley. Con la fin1idad de su publicación, se fija este edicto en la cartelera dispuesta para el conoci-miento del público que acude a la Notaria, el once (11) de abril de dos mil dieciocho (2018), a las ocho de la mañana (8:00 a.m.) HENRY CA-DENA FRANCO NOTARIO SESENTA (60) DE BOGOTÁ D.C.HAY UN SELLO *S1-10-15

NOTARIA TRECE DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. EDICTO EMPLA-ZATORIO EL SUSCRITO NOTARIO TRECE (13) DE BOGOTÁ, D.C. De

conformidad con el numeral 2o. del Artículo 3o. del Decreto Ley 902 de 1.988 EMPLAZA: A todas las personas que crean y prueben tener derecho a intervenir en la Liquidación de herencia de la cau-sante MARIA MERCEDES AYALA AYALA, quien en vida se identifi-caba con la cédula de ciudadanía número 25.219.620 expedida en la Victoria., fallecida en San Juan de Rioseco - Cundinamarca., el dos (2) de noviembre de dos mil dieciséis (2016), siendo el lugar de su último domicilio la ciudad de Bogotá D.C, para que lo hagan valer dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al de la última publicación en los distintos me-dios ante este despacho situado en la Carrera 13 No. 63 - 39 In-terior 8, cuyo trámite herencial se inició con el acta número 11 de fecha Nueve (9) de Abril de dos mil dieciocho (2018) Se fija este Edicto en lugar visible de la Notaría Nueve (9) de Abril de dos mil dieciocho (2018) a las 8:00 A.M. JAIME ALBERTO RODRIGUEZ CUESTAS NOTARIO TRECE (13) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C.HAY UN SELLO *R1-23-15

NOTARIA 14 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ Cl. 53 No. 21-20 de Bo-gotá, Telefax: 2175570 -2117616 NOTARIA CATORCE (14) DE BO-GOTA D.C. CL 53 No. 21-20 - TEL 2175570-2117616 EDICTO EL NO-TARIO CATORCE (14) DE BOGOTA EMPLAZA: Por el termino de diez (10) días a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite de LIQUI-DACION DE HERENCIA de LUIS EMILIO AVILAN LUGO, quien en vida se identificaba con la cédula número 3.287.178, fallecido el once (11) de Febrero de dos mil dieciséis (2016) en Bogotá D.C., siendo ésta ciudad de Bogotá D.C., el último domicilio y asiento prin-cipal de los negocios del causante. Igualmente se informa que fue aceptado el trámite respectivo de la LIQUIDACIÓN DE HERENCIA en esta Notaría mediante Acta número cero veinticinco (025) del nueve (09) de Abril de dos mil dieciocho (2018). Se ordena la pu-blicación del presente EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora de audición local. En cumplimien-to de lo previsto en el artículo tercero (3°) del decreto ley 902 de 1988.- Ordénese además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días.- El presente EDICTO se fija hoy diez (10) de Abril de dos mil dieciocho (2018), siendo las 8:00 A.M. JORGE LUIS BUELVAS HOYOS NOTARIO CATORCE (14) DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C.. HAY UN SELLO *R1-33-15

EDICTO La suscrita Notaria Cua-renta y Uno (41) Encargada del Círculo de Bogotá D.C., EMPLAZA a todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el trámite notarial de LIQUIDACION DE HERENCIA Y SOCIEDAD CON-YUGAL POR CAUSA DE MUERTE del causante ANTONIO JOSE IRISARRI RESTREPO, identificado en vida con la cédula de ciuda-danía número 168.618 expedida en Bogotá, quien falleció el día cinco (5) de mayo de dos mil nueve (2009), teniendo su último domicilio y asiento principal de negocios en la ciudad de Bogotá, Distrito Capital, (Departamento de Cundinamarca). Mediante Acta Inicial cero cero nueve I/dos mil dieciocho (009 I / 2018) del tres (03) de abril del año dos mil dieciocho (2018), donde se

aprobó el trámite, se ordenó publicar este EDICTO por una vez en un periódico de circulación Nacional; difundirlo igualmente a través de una emisora Local y; fijarlo por el término de DIEZ (10) DIAS en sitio visible de la Notaría. El presente EDICTO se fija a las ocho y treinta de la mañana (8:30 a.m.) del día cuatro (4) del mes de abril del año dos mil dieciocho (2.018). LA NOTARIA ( E ) BERENI-CE TARQUINO CARRILLO Notaria 41 Encargada Resolución 3122 de fecha 22 de marzo de 2018 de la Supernotariado Acta de posesión 530 de 2018 HAY UN SELLO *R1-35-15

NOTARÍA SETENTA Y DOS (72) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, D.C. Carrera 11 No. 71-73 Piso 2 PBX 6062929 Tels: 2484954-3103171 Dra. Pa-tricia Téllez Lombana - Notaria EDICTO La Notaria Setenta y Dos (72) del Círculo de Bogotá, D.C., EMPLAZA, a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los TRECE (13) días siguientes a la Publi-cación del presente EDICTO en el periodo del trámite Notarial de la SUCESIÓN INTESTADA de el(la) causante señor(a) VICENTA OSPINA DE TORRES, poseedor(a) en vida de la cédula de ciudadanía número 20.195.323 DE BOGOTÁ, D.C., teniendo como domicilio principal la ciudad de BOGOTÁ, D.C., y quien falleció el día Sie-te (7) de Junio del año dos mil dieciséis (2.016), aceptando el trámite respectivo en ésta Nota-ria, mediante ACTA NUMERO 005 del Trece (13) de abril del año dos mil dieciocho (2.018). Se ordena la publicación de este EDICTO en un Periódico de amplia circulación y en una Radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 2° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de Diez (10) días. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY A LOS TRECE (13) DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIO-CHO (2.018), SIENDO LAS 08:00 A.M. OLGA JUDITH TORRES ROJAS NOTARIA SETENTA Y DOS (72) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ, D.C. ENCARGADAHAY UN SELLO *P7-1-15

NOTARÍA CUARENTA Y TRES DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ EDICTO EL NOTARIO CUARENTA Y TRES DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de este Edicto, en el trámite LIQUIDACIÓN SUCESORAL del(de la) causante AURORA DEL CARMEN BELTRAN ROMERO, quien en vida se iden-tificó con cédula de ciudadanía No. 20.299.841; fallecido(a) en Bogotá D.C. el día 29 de Mayo de dos mil diecisiete (2017); siendo la ciudad de Bogotá D.C., su últi-mo domicilio y asiento principal de sus negocios. La iniciación del trámite notarial se aceptó me-diante Acta No. 28-2018 de fecha 05 de Abril de 2018. Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacio-nal, editado en Bogotá y en una emisora de reconocida sintonía, también de esta capital en cum-plimiento a lo dispuesto por el Art. 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además, su fijación en un lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días hábiles, y en cumplimiento de lo anterior. Se fija el presente Edicto

en lugar público de la Notaría, hoy cinco (05) de Abril de dos mil dieciocho (2018), siendo las ocho de la mañana (08:00 a.m.) JUAN ENRIQUE NIÑO GUARÍN NOTARIO CUARENTA Y TRES (43) DEL CIRCU-LO DE BOGOTÁHAY UN SELLO *C2-5-15

NOTARIA SEPTIMA (7ª) DE BOGOTA D.C. CALLE 12 B No. 8-39 INT 3,6 Y 7 TEL. 282 65 65 EMPLAZA. A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publi-cación del presente EDICTO en un periódico, en el trámite de la liqui-dación sucesoral JORGE ALFREDO BARRAGAN ALFONSO quien se identificó en vida con la cédula de Ciudadanía No. 17.128.111 quien falleció en Bogotá D.C. el día 06 de Septiembre del año Dos mil Doce (2012), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C. Aceptando el trámite sucesoral en esta Notaría mediante acta número 100 de fecha Trece (13) de Abril del dos mil dieciocho (2018); se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora de Bogotá D.C. en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo tercero (3°) del Decreto Novecientos dos (902) de Mil No-vecientos ochenta y ocho (1.988) ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy trece (13) de Abril del dos mil dieciocho (2018) a las ocho (08:00 am.) de la mañana. LIGIA JOSEFINA ERASO CABRERA NOTARIA SEPTIMA (7ª) DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. HAY UN SELLO *S1-11-15

NOTARIA CUARENTA Y OCHO (48) DE BOGOTA D.C. EDICTO EMPLA-ZATORIO El Notario Cuarenta y Ocho (48) de Bogotá, como lo disponen los Decretos 902 de 1.988 y 1729 de 1.989, CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión de MARIA EUSEBIA CHAGUENDO LOPEZ, falle-cido (a,s) Distrito Capital Libertador (Venezuela) el día 16 de Diciembre de 2016, siendo su(s) ultimo(s) domicilio(s) la ciudad de Bogotá D.C., quien(es) se identificó (aron) en vida con C.C. No. 41.319.317 de Bogotá D.C. La tramitación de esta SUCESIÓN, fue por personas con probado interés jurídico, y su trámite y documentación anexa fueron aceptados y radicados en esta Notaria. Para efectos señalados en la ley, se FIJA el presente EDICTO EMPLAZATORIO, en lugar público de la Notaria, por el término de DIEZ (10) DIAS HABILES, y se en-tregan dos ejemplares del mismo al (a la) (a los) interesados (a) (s) para su publicación, en un periódico de amplia Circulación Nacional y en una radiodifusora local. Dentro del término del EMPLAZAMIEN-TO, pueden cualesquiera otros interesados ejercer su derecho de oposición al trámite notarial en referencia, o hacerse parte en él, en los términos de ley, si les asiste derecho legítimo para hacerlo y hubiere acuerdo con los demás herederos o interesados. Bogotá, D.C., 28 de Marzo de 2018. Hora 07:45 AM. LA NOTARIA CUARENTA Y OCHO DE BOGOTÁ, D.C. DIANA PATRICIA MARTINEZ PULGARIN CERTIFICACION El presente edicto permaneció fijado en lugar visible de la Notaria Cuarenta y Ocho de Bogotá D.C. por el término legal se desfija hoy________ siendo las 5:30 pmHAY UN SELLO *Y1-5-15

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17BEL NUEVO SIGLO / DOMINGO 15 DE ABRIL DE 2018 / EDICTOS

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser noficiado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

El se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO VEINTITRÉS DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consi-deren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días há-biles siguientes a la publicación del presente Edicto en el trámite de Liquidación de Herencia de los causantes cónyuges entre si ODILIA QUIROGA DE SAMACA C.C. 41.330.439 y BERNARDO JULIO SAMACA C.C. 2.912.865 fallecidos en Bogotá el 27 de Julio de 2.017 y 13 de Enero de 1.970 respectivamente. El trámite fue admitido mediante Acta No. 22 de 10 de Abril de 2018. Se ordena la publicación de éste Edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local dentro del término de fija-ción del edicto en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del decreto 902 de 1.988 y las refor-mas contenidas en los artículos 3 y 4 del decreto 1729 de 1.989. Se ordena además su fijación en lugar visible de ésta oficina por el término de diez días hábiles. Se fija en lugar visible de ésta Notaría por el término de Diez (10) días hábiles hoy doce (12) de Abril de 2.018 a las las 8 a. m. ESTHER BONIVENTO JOHNSON Notaria Veintitrés de Bogotá HAY UN SELLO *R1-61-15

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO VEINTITRÉS DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consi-deren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días há-biles siguientes a la publicación del presente Edicto en el trámite de Liquidación de Herencia de la causante CLARA INES NIÑO ROJAS C.C. 41.712.196 fallecida en Bogotá el 8 de Enero de 2.017. El trámite fue admitido mediante Acta No. 23 de 10 de Abril de 2018. Se ordena la publicación de éste Edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local dentro del término de fijación del edicto en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del decreto 902 de 1.988 y las reformas contenidas en los artículos 3 y 4 del decreto 1729 de 1.989. Se ordena además su fijación en lugar visible de ésta oficina por el término de diez días hábiles. Se fija en Jugar visible de ésta Notaría por el término de Diez (10) días hábiles hoy doce (12) de Abril de 2.018 a las las 8 a.m. ESTHER BONIVENTO JOHN-SON Notaria Veintitrés de Bogotá HAY UN SELLO *R1-62-15

Notaria 17 www.notaria17bo-gota.com EDICTO - SUCESIÓN S 055 EL NOTARIO DIECISIETE (17) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C., DE CONFORMIDAD CON EL NUMERAL 2° DEL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO LEY 902 DE 1.988 EMPLAZA RER: Liquidación de la sucesión intestada del (1a) causante José Cuenca Andrade. A todas las personas que crean y puedan tener derecho a inter-venir eh la sucesión intestada del (la) causante José Cuenca Andra-de, quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía 3.998, fallecido(a) el día dos (02) de abril del año dos mil diecisiete (2 017) en la ciudad de Bogotá D.C., donde tuvo su último domicilio y asiento principal de sus negocios; para que lo hagan dentro de los diez (10) primeros días hábiles siguientes a la última publicación de este edicto en los distintos medios, ante este despacho, situado en la Carrera 10ª No. 16 - 22 Sur de Bogotá D.C., cuyo

trámite herencial se inició con el ACTA NÚMERO 055 del año dos mil dieciocho (2.018). Se fija este Edicto en lugar público de la No-taria, el veintiocho (28) de marzo del año dos mil dieciocho (2018) a las 8:00 A.M. CARLOS ABED TORO ORTIZ NOTARIO DIECISIETE (17) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. EN PROPIEDADHAY UN SELLO *R1-64-15

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO VEINTITRES DEL CIRCULO DE BO-GOTA D.C. CITA Y EMPLAZA A todas las perso-nas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publi-cación del presente Edicto en el trámite de Liquidación de Herencia de la causante LEONOR NARVAEZ GARCIA C.C 20.467.039, fallecida en Bogotá el 27 de Abril de 2.012. El trámite fue admitido mediante Acta No. 21 de 10 de Abril de 2018. Se ordena la publicación de éste Edicto en un periódico de amplía circulación nacional y en una radiodifusora local dentro del término de fijación del edicto en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del decreto 902 de 1.988 y las reformas contenidas en los artículos 3 y 4 del decreto 1729 de 1.989. Se ordena además su fijación en lugar visible de ésta oficina por el término de diez días hábiles. Se fija en lugar visible de ésta Notaría por el término de Diez (10) días hábiles hoy doce (12) de Abril de 2.018 a las las 8 a. m. ESTHER BONIVENTO JOHNSON Notaria Veintitrés de Bogotá HAY UN SELLO *R1-67-15

EDICTO EL NOTARIO CINCUENTA Y DOS DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el trámite notarial de liquidación de herencia del causante: CILIA PALOMARES JIMÉNEZ, quien en vida se identi-ficó con cédula de ciudadanía No. 41.799.589 expedida en Bogotá, falleció sin otorgar testamento el día diez tres (3) de enero de dos mil diecisiete (2017) en la ciudad de Bogotá D.C. siendo esta su último domicilio y el asiento prin-cipal de sus negocios. El presente edicto se fija hoy catorce (14) de marzo de dos mil dieciocho (2018), siendo las ocho y media de la ma-ñana (8.30 A.M.) ANGELICA GIL QUESSEP NOTARIA CINCUENTA Y DOS (52) DE BOGOTA D.C. ( EN-CARGADA ) HAY UN SELLO *S9-16-15

EDICTO EL NOTARIO CINCUENTA Y DOS DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico en el trámite notarial de liquidación de herencia del causante FLAVIA LANDAZABAL MEJÍA, quien en vida se identificó con cédula de ciuda-danía No. 21.064.699 expedida en Usaquén (Bogotá D.C), falleció sin otorgar testamento el día diecisie-te (17) de mayo de dos mil doce (2012) en la ciudad de Bogotá D.C. siendo esta su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta No. 127/2017, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación y la difusión del mismo en una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3o del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además

su fijación en un lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días. El presente edic-to se fija hoy diecisiete (17) de noviembre de dos mil diecisiete (2017), siendo las ocho y media de la mañana (8.30 A.M.) ANGELICA GIL QUESSEP NOTARIA CINCUENTA Y DOS (52) DE BOGOTA D.C. (EN-CARGADA) HAY UN SELLO *S9-17-15

NOTARIA SEPTIMA (7ª ) DE BOGO-TA D.C. CALLE 12 B No. 8 -39 INT 3,6 Y 7 TEL 2826565 EMPLAZA. A todas las personas que se consi-deren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguien-tes a la publicación del presente EDICTO en un periódico, en el trámite de la liquidación sucesoral de BERNARDINA FERNANDEZ DE COCUNUBO quien se identificó en vida con la cédula de Ciudadanía No. 20.056.562, quien falleció en Bogotá D.C, el día (18) de Febrero del año de mil novecientos ochen-ta y seis (1986), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios fue la ciudad de Bogotá D.C. y JUAN BAUTISTA COCUNUBO BARRERO quien se identificó en vida con la cédula de Ciudadanía No. 1.526.972 quien falleció en Ibagué -Tolima el día nueve (9) de Febrero, del año Dos mil Diez (2010), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios fue la ciudad de Bogotá D.C. Acep-tando el tramite sucesoral en esta Notaria mediante acta número 091 de fecha nueve (9) días del mes de Abril del dos mil dieciocho (2018); se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora de Bogotá D.C. en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo tercero (3o) del Decreto Novecientos dos (902) de Mil No-vecientos y ocho (1.988) ordenán-dose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDIC-TO se fija hoy nueve (9) días del mes de Ábril del dos mil dieciocho (2018) a las ocho (08:00 a.m.) de la mañana. JOSE NIRIO CIFUENTES MORALES NOTARIA SEPTIMA (7ª ) ENCARGADO DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. RESOLUCION 3316 DE FEHCA 04 DE ABRIL DE 2018 HAY UN SELLO *S9-18-15

EDICTO COMO NOTARIO TREINTA Y NUEVE (39) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZO A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en un periódico y en una radio-difusora de amplia circulación y sintonía respectivamente, dentro del trámite notarial de la liqui-dación sucesoral de JULIO CESAR ROMERO GALINDO, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 17.046.231 de Bogotá, falleció en la ciudad de Bogotá, Distrito Capital, el día veinticinco (25) de marzo de dos mil quince (2015), siendo Bogotá su último domici-lio. Aceptado el trámite en esta Notaría mediante Acta número 15 del dieciséis (16) de marzo de dos mil dieciséis (2016); se ordena la publicación por una vez en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora de amplia sintonía en ésta ciudad. En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3o) del Decreto 902 de 1988, se ordena además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días.- El presente Edicto se fija hoy a dieciséis (16) de marzo de dos mil dieciséis (2016), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.).- EL NOTARIO TREINTA Y NUEVE (

E ) CESAR RODRIGO BERMUDEZ MEDINA HAY UN SELLO *S9-19-15

EDICTO EL NOTARIO CINCUENTA Y DOS DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el trámite notarial de liquidación de herencia del causante MIGUEL ANTONIO LANDINEZ CHAPARRO, quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía No. 134200 expedida en Bogotá, y falleció sin otorgar testamento el día VEINTISÉIS (26) DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISÉIS (2016) en la ciudad de Bogotá, siendo esta su último domicilio y el asiento principal de sus ne-gocios. El presente edicto se fija hoy TRECE (13) de marzo de dos mil dieciocho (2018), siendo las ocho y media de la mañana (8.30 A.M.) EUGENIO GIL GIL NOTARIO CINCUENTA Y DOS (52) DE BOGO-TÁ D.C.HAY UN SELLO *S9-20-15

EDICTO EL NOTARIO SETENTA Y SEIS DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. - De conformidad con el nu-meral 2 del artículo 3 del Decreto Ley 902 de 1.988. EMPLAZA: A todas las personas que crean y prueben tener derecho a inter-venir en la Liquidación de heren-cia de SANTOS MARÍA HERRERA MORALES y MARÍA ENGRACIA DICELIS DE HERRERA, quien(es) se identificó(aron) con la(s) cédula(s) de ciudadanía número(s) 189.494 expedida en Arbeláez y 41.354.658 Arbeláez, quienes tuvieron su último domicilio en la ciudad de Bogotá, para que lo haga valer dentro de los diez (10) días hábiles y subsiguientes a la publicación y cuyo trámite herencial se inicia mediante acta número treinta y seis (36) de fecha doce (12) de Abril del año Dos Mil Dieciocho (2.018). Se fija este edicto en lugar público de la Notaría: El día trece (13) DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO (2.018) A LAS 8.30 A. M. • JOSÉ FRANCISCO VARONA ORTIZ NOTARIO SETENTA Y SEIS (76) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C.HAY UN SELLO *S9-21-15

EXTRACTO DE DEMANDA

EXTRACTO DE LA DEMANDA DE REPOSICIÓN Y CANCELACIÓN DE TÍTULO VALOR DE REYES Y RIVEROS LTDA. CONTRA ARMANDO ANGU-LO PIRÓN PARA LA PUBLICACIÓN ORDENADA POR EL INCISO 7° DEL ARTÍCULO 398 DEL CÓDIGO GENE-RAL DEL PROCESO. El Juzgado 21 Civil Municipal de Bogotá D.C. me-diante auto del 5 de abril de 2018, proferido dentro del expediente número 20 18-00367 admitió la demanda de cancelación y repo-sición de título valor promovida a través de apoderado judicial por Reyes y Riveros Ltda., compañía comercial con domicilio en Bogotá D.C., constituida mediante escritu-ra pública número 2904 del 5 de noviembre de 1973 de la Notaría 11 del Círculo de Bogotá D.C., inscrita en la Cámara de Comer-cio el 15 de noviembre de 1973 bajo el número 13271 del libro IX, con matrícula mercantil número 42180 y número de identificación tributaria Nit. 860.038.553-6, representada legalmente por Héctor Reyes Riveros, mayor de edad, domiciliado y residenciado en Bogotá D.C., identificado con la cédula de ciudadanía número 396.895 expedida en Suba, contra Armando Angulo Pirón, mayor de

edad, domiciliado y residenciado en Bogotá D.C., identificado con la cédula de ciudadanía número 79.452.807, para la reposición y cancelación de un título valor: letra de cambio por la suma de $10.000.000.oo, con vencimiento el 18 de abril de 2016, girada y aceptada por Armando Angulo Pirón, mayor de edad, domici-liado y residenciado en Bogotá D.C., identificado con la cédula de ciudadanía número 79.452.807 a favor de Reyes y Riveros Ltda., con número de identificación tributaria Nit. 860.038.553-6. En

el mismo auto además se ordena seguir el trámite indicado en los artículos 398 del Código General del Proceso y 802 y siguientes del Código de Comercio, se ordena la notificación del demandado, se ordena la publicación del presente extracto y se reconoce personería a Luis Santiago Guijó Santamaría como apoderado judicial de la demandante. Para los efectos previstos en los incisos séptimo y octavo del artículo 398 se publica por una vez el presente extracto en un diario de circulación nacional. *R1-16-15

AVISO A LOS ACREEDORESEl liquidador de la sociedad GALVAESTRUCTURAS SAS Con Nit: 900812701-4 con domicilio en la ciudad de Bogotá, Ubicada en la calle 64 C No. 113-32, teléfono 4662322 y en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 232 del Código de Comercio, AVISA: Que el máximo órgano social de la sociedad GALVAESTRUCTURAS SAS mediante acta Nº007 de fecha 20 de Enero de 2018, decreto la disolución y liquidación de la sociedad mencionada, la cual fue debidamente registrada ante la Cámara de Comercio de Bogotá.

JORGE ARTURO NAVARRETE MARTÍNEZ Liquidador

*Y1-6-15

EDICTO ÚNICO HEREDEROS DE ADRIANA MARIA PERDOMO

El FONDO DE EMPLEADOS BBVA entidad legalmente constituida con domicilio en la ciudad de Bogotá D.C. en la avenida calle 39 N° 13- 13 piso 3., de conformidad con lo previsto en el artículo 212 del C.S. de T., hace saber que ADRIANA MARIA PERDOMO (Q.E.P.D) ha fallecido en la ciudad de BOGOTÁ D.C. el día 23 de febrero de 2015. Para reclamar sus derechos y obligaciones se presentó: CAROLINA PERDOMO VELEZ con cedula de ciudadanía No. 55.168.140; NA-TALIA PERDOMO VELEZ con cédula de ciudadanía No. 36.066.369; GLORIA EUGENIA PERDOMO VELEZ con cédula de ciudadanía No. 51.937.725. Quienes crean tener igual o mejor derecho, deben presentarse a la dirección anunciada dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de esta publicación con el fin de acreditar su derecho. Bogotá D.C., 05 de abril de 2018 *C2-3-15

TITULO VALORYo NELLY EMPERATRIZ CARRILLO BONILLA identificada con CC nú-mero 51965419, notifico al público en general y/o interesados, que en la ciudad de BOGOTA, me fue hurtado (extraviado) un Titulo Valor con las siguientes características:Titular(es): NELLY EMPERATRIZ CARRILLO BONILLADocumento(s) de Identidad: 51965419Dirección Oficina Sede del Título Valor: CALLE 35 SUR No. 78 A – 08Tipo de Título Valor: CDTNúmero del Título Valor: 25500497006Fecha de Apertura: 2017 / 10 / 30Fecha de Vencimiento: 2018 / 04 / 30Fecha de Renovación: 2017 / 10 / 30Plazo: 180 DIASValor de Apertura: 4.500.000.00Por lo anterior, se solicita abstenerse de efectuar cualquier ope-ración comercial con el Título Valor objeto del presente aviso. Si alguien se opone a esta publicación por favor presentarse a la Oficina Sede del Titulo Valor enunciado. *P1-6-15

SOCIEDAD QUINTERO E HIJOS LTDA.Teniendo en cuanta que no se llevó a cabo la reunión prevista para el 31 de marzo de 2018, por falta de quorum, me permito citar a reunión de segunda convocatoria artículo 429 del Código de Comercio, para el de día 18 de abril de 2018, a las 10:00 A.M., en la Kra. 6 No. 14-98 Oficina 1302, con el siguiente orden del día 1. Verificación de quorum2. Elección de presidente y secretario3. Lectura y aprobación del orden del día4. Presentación y aprobación de estados financieros al cierre del 31 de diciembre de 20175. Informe del gerente6. Lectura y aprobación del acta7. ProposicionesGilberto Quintero BermúdezGerente *D4-7-15

A LOS HEREDEROS DE GELVER MACIAS TORRESSEGUNDO AVISO

ATIEMPO S.A.S., identificada con el Nit. 890.404.383-1, domiciliada en la ciudad de Bogotá D.C; actuando de conformidad con lo indica-do en el artículo 212 del código sustantivo del Trabajo, hace saber que el señor GELVER MACIAS TORRES identificado con la cedula Ciudadanía 5.864.147, estando a nuestro servicio falleció el día 25 de marzo de 2018 en la ciudad de Bogotá D.C., Quienes crean tener derecho a reclamar sus acreencias laborales, deben presentarse en las oficinas de la empresa, ubicadas en la carrera 50 N° 100 – 40 de Bogotá, dentro de los treinta (30) días calendario siguiente a la fecha de esta publicación. *P1-2-15

Page 18: 1B CLASIFICADOS JUDICIALES - El Nuevo Siglo · yeimy escobar medina 79.211.369 ejecutivo banco finandina s.a. yeimy escobar ... pilar consuelo uribe de puertas y pilar consuelo uribe

18B EL NUEVO SIGLO / DOMINGO 15 DE ABRIL DE 2018 / EDICTOS

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser noficiado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

El se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

CHILCO DISTRIBUIDORA DE GAS Y ENERGIA S.A.S E.S.P.

TARIFAS MÁXIMAS A LOS USUARIOS FINALES

Tabla 2 compra de GLP ponderado según planta Planta Cúcuta Tunja Girón Pto. Salgar Yumbo Florencia Hispania Marinilla Soacha Apartadó Neiva Pereira Girardot Tolu Popayán Cartagena Nariño$/Kg $ 1.270 $ 952 $ 952 $ 952 $ 952 $ 952 $ 1.270 $ 1.270 $ 952 $ 1.270 $ 952 $ 952 $ 952 $ 1.270 $ 952 $ 1.270 $ 952

INFORMA QUE:A partir del 15 de ABRIL de 2018 los precios máximos de GLP, serán los siguientes:

Cargo de Distribucion D ($/Kg) aplicable para entregas en el domicilio del usuario y expendiosPlanta Cilindro 4,5 kg (10 lb) Cilindro 9 kg (20 lb) Cilindro 15 kg (33 lb) Cilindro 18 kg (40 lb) Cilindro 35 kg (77 lb) Cilindro 45 kg (100 lb)

Popayán 873 863 853 843 833 823 Cúcuta 848 838 828 818 808 798 Tunja 863 853 843 833 823 813 Girón 667 657 647 637 627 617 Pto. Salgar 798 788 778 768 758 748 Yumbo 874 864 854 844 834 824 Florencia 694 684 674 664 654 644 Hispania 802 792 782 772 762 752 Marinilla 716 706 696 686 676 666 Soacha 728 718 708 698 688 678 Apartadó 696 686 676 666 656 646 Neiva 726 716 706 696 686 676 Girardot 999 989 979 969 959 949 Tolu 766 756 746 736 726 716 Pereira 708 698 688 678 668 658 Cartagena 716 706 696 686 676 666 Nariño 986 976 966 956 946 936

DEPOSITO DE GARANTIACilindro 45 kg (100 lb) Cilindro 35 kg (77 lb) Cilindro 18 kg (40 lb) Cilindro 15 kg (33 lb) Cilindro 9 kg (20 lb)

50.000 50.000 50.000 50.000 50.000

CHILCO DISTRIBUIDORA DE GAS Y ENERGIA S.A.S E.S.P.N.I.T 900396759-5

De acuerdo con las resoluciones de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) la Fórmula Tarifaria General del servicio de GLP es: CU=G+T+D+C

Precio Máximo de Venta al Público = CU * Kilogramos por cilindroDonde CU es el costo unitario de prestacion de servicio; G, costo de compra del GLP (ver tabla 2) ; T, Costo de Transporte, (ver tabla 3); D, Cargo de Distribución (ver tabla 4); C, Cargo de Comercialización.

PTO. SALGAR

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Cilindro 45 kg (100 lb)

Cilindro 35 kg (77 lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20 lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20 lb)

Puerto Salgar, La Dorada 133.125 104.790 55.450 48.420 29.845 48.250 42.420 26.245

Victoria (PS), Norcasia 135.225 106.390 56.250 49.020 30.245 49.050 43.020 26.645

Puerto Triunfo, Mariquita, Guaduas (Ps), Samaná (Ps), Chaguaní (Ps), Falan 137.325 107.990 57.050 49.720 30.645 49.850 43.720 27.045

Fresno, Villeta (Ps), Marquetalia (Ps), Armero, Palocabildo, Puerto Nare, Puerto Boyacá, Casabianca, Nocaima (Ps), Quebradanegra (Ps), Útica (Ps), Manzanares (Ps), Nimaima (Ps), Vergara (Ps), Líbano, La Peña (Ps), Sasaima (PS), La Vega (PS)

145.775 109.590 62.300 53.650 31.045 55.100 47.650 27.445

Ambalema (Ps), Villahermosa, Herveo (Ps), Pensilvania (Ps), Otanche, Capa-rrapí (Ps), Murillo, San Pablo De Borbur, Topaipí (Ps), La Palma (Ps), Puerto Berrío

141.425 111.190 58.750 51.120 31.445 51.550 45.120 27.845

Yacopí (Ps), Maceo, Quípama, Cimitarra, Yalí, Caracolí, San Roque (Ps), Landázuri

143.525 112.890 59.550 51.820 31.845 52.350 45.820 28.245

Vegachí, Puerto Parra, Segovia (Ps), Chipatá, Barbosa (Ps), Bolívar (Ps), Güepsa, Remedios (Ps), La Paz (Ps), Puente Nacional, Aguada, San José De Pare, San Benito, Santana, El Carmen De Chucurí, Barrancabermeja (Ps)

145.625 114.490 60.350 52.520 32.245 53.150 46.520 28.645

El Peñón (Ps), El Guacamayo, Sucre (Ps), Chitaraque, Suaita, Contratación, Yondó, Santa Helena Del Opón, Guadalupe (Ps), Jesús María, Guavatá, Vélez (Ps)

147.025 115.540 60.950 52.920 32.595 53.750 46.920 28.995

FLORENCIA

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Cilindro 45 kg (100 lb)

Cilindro 35 kg (77 lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20 lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20 lb)

Florencia (F)

4.953

155.665 125.140 70.040 59.670 41.675 62.840 53.670 38.075

Morelia, Belén De Los Andaquíes, La Montañita, El Paujil 160.515 128.840 70.940 60.370 42.175 63.740 54.370 38.575

San José Del Fragua, El Doncello, Albania, Milán 159.865 126.790 71.740 61.070 42.575 64.540 55.070 38.975

Puerto Rico (F), Cartagena Del Chairá 161.865 128.490 72.540 61.770 42.975 65.340 55.770 39.375

Curillo, San Vicente Del Caguán, Valparaíso (F) 163.965 130.190 73.540 62.470 43.375 66.340 56.470 39.775

Solita, Solano 166.065 131.690 74.240 63.170 43.775 67.040 57.170 40.175

La Macarena 170.265 134.890 75.940 64.570 44.775 68.740 58.570 41.175

NEIVA

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Cilindro 45 kg (100 lb)

Cilindro 35 kg (77 lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20 lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20 lb)

Neiva

5.551

145.575 120.440 63.000 56.220 55.800 50.220Palermo, Rivera, Tello, Campoalegre, Aipe, Villavieja (N), Baraya, Hobo, Teruel 147.675 122.090 63.850 56.870 56.650 50.870

Santa María (N), Yaguará, Algeciras, Iquira, Gigante, Alpujarra, Colombia Tesalia

149.775 123.690 64.650 57.570 57.450 51.570

Paicol, Nátaga, Garzón, La Plata, Agrado 151.775 125.290 65.450 58.270 58.250 52.270

Altamira, Paez, Tarqui, Guadalupe (N), Suaza, Timaná, Elías, Pital, La Argentina, Acevedo

153.875 126.890 66.350 58.970 59.150 52.970

Pitalito, Inzá, Palestina (N), San Agustín, Isnos, Saladoblanco, Oporapa 155.975 128.590 67.150 59.670 59.950 53.670

Mocoa, Villagarzón, San Francisco , Sibundoy, Colón, Santiago 158.075 130.190 67.950 60.370 60.750 54.370

Puerto Caicedo, Puerto Guzmán, Puerto Asís, Orito, Valle Del Guamuez, San Miguel , La Hormiga

160.175 131.790 68.850 61.070 61.650 55.070

Leguízamo 162.275 133.390 69.650 61.770 62.450 55.770

YUMBO

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Municipio Granel [$/kg]

Cilindro 45 kg (100 lb)

Cilindro 35 kg (77 lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20 lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20 lb)

Yumbo

5.073

149.875 119.040 62.350 50.815 30.995 55.150 44.815 27.395

La Cumbre, Vijes, Cali, El Cerrito, Cande-laria, Ginebra, Guacarí, Yotoco, Jamundí, Puerto Tejada

151.575 120.690 63.300 51.515 31.395 56.100 45.515 27.795

Pradera, Villa Rica, Guadalajara De Buga, Florida, Padilla, Restrepo (Y),Palmira, Guachené, Miranda, Caloto, Santander De Quilichao, Corinto, San Pedro, Riofrío, Trujillo, Tuluá, Andalucía,Bolivar,Roldanillo,La unión, Holguin, La Paila

153.675 122.290 64.050 52.215 31.795 56.850 46.215 28.195

Toribio, Buenos Aires, Bugalagrande, Suárez (Y), Jambaló, Calima 155.675 123.890 64.850 52.915 32.195 57.650 46.915 28.595

Buenaventura, Dagua, Piendamó, Cajibío, Silvia 157.875 125.490 65.650 53.615 32.695 58.450 47.615 29.095

Popayán, Totoró, Timbío, Caldono, Puracé, Morales, Sotará,, Rosas, La Sierra, La Vega (Y), Sucre (Y)

159.975 127.190 66.550 54.315 33.095 59.350 48.315 29.495

Patía, Bolívar (Y), Balboa (Y), Almaguer, Mercaderes, Florencia (Y), Argelia (Y), San Sebastián, Pasto (N),Albán (N) , El Tambo, Chachagüí (N), El Tablón (N),Taminango (N), Ancuyá, Consacá, Ipiales, Sandoná, San Lorenzo

161.975 128.790 67.350 55.015 33.495 60.150 49.015 29.895

Arroyohondo 161.975 128.790 67.350 55.015 33.495 60.150 49.015 29.895

GIRARDOT

Entregas a Usuario Final Entrega a Expendios

Municipio Granel [$/kg]

Cilindro 45 kg (100 lb)

Cilindro 35 kg (77 lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20 lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20 lb)

Ibagué

4.959

154.829 121.010 64.410 55.575 57.210 49.575 0

Rovira, Piedras, Alvarado, Anzoátegui, Cajamarca

156.929 122.660 65.210 56.225 58.010 50.225 0

Valle De San Juan, Venadillo, San Luis (I), Coello, Girardot (I), Flandes, Ricaurte (I), Espinal, Ambalema (T), Nariño (I), Melgar (I), Santa Isabel

161.879 123.210 66.460 56.475 35.355 59.260 50.475 31.755

Carmen De Apicalá, Agua De Dios (T), Guamo, Suárez (I), Guataquí (I), Tocaima (I), Nilo (I), Saldaña, Cunday, Icononzo (I), Purificación, Arbeláez (T), Pandi (I), Fusagasugá (I), Villarrica, San Bernardo (I)

161.529 126.210 68.810 57.775 35.705 61.610 51.775 32.105

Ortega, Prado, Dolores, San Antonio 163.129 127.460 67.710 58.325 60.510 52.325 0

Tabla 3 Transporte según terminal con estampillaTerminal B/manga Pto Salgar Mansilla M/zales Cartago Pereira Yumbo

$/Kg $ 123,79 $ 151,74 $ 268,86 $ 306,03 $ 306,03 $ 306,03 $ 388,92

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19BEL NUEVO SIGLO / DOMINGO 15 DE ABRIL DE 2018 / EDICTOS

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser noficiado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

El se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

CHILCO DISTRIBUIDORA DE GAS Y ENERGIA S.A.S E.S.P.

PEREIRA

Entregas a Usuario Final Entrega a Puntos de Venta

Municipio Granel [$/kg]

Cilindro 45 kg

(100 lb)

Cilindro 35 kg (77 lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20 lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20 lb)

Dosquebradas,Santa Rosa De Cabal

5.005

139.625 108.390 57.400 49.965 29.385 50.200 43.965 25.785

Chinchiná,Palestina (Ec), Manizales, Marsella, La Virginia, Ulloa, Filandia, Pereira ,Circasia, Cartago,Quimbaya

141.725 109.990 58.200 50.565 29.785 51.000 44.565 26.185

Anserma nuevo, Belalcázar, Calarca, Neira, Balboa (Ec), Viterbo, Risaralda, Obando, Montenegro, Santuario, La Celia, El Águila, Toro, Alcalá, Anserma, Armenia, La Tebaida, Belén De Umbría, Córdoba, Aranzazu, Guática, La Unión (Ec), Apía, Buenavista, Pijao,La Merced , Filadelfia,San josé, Riosucio, Marmato

143.825 111.590 59.000 51.265 30.185 51.800 45.265 26.585

Zarzal, Mistrató, Salento, Argelia (Ec), Quinchía, Roldanillo, Caicedonia, Génova, Herveo (Ec), Salamina, Sevilla, Pueblo Rico, El Dovio, Supía, Manzanares (Ec), Marquetalia (Ec), Pácora

150.425 113.190 62.500 56.665 31.885 55.300 50.665 28.285

Pensilvania (Ec), El Cairo, Aguadas, Victoria (Ec), Tadó, Samaná (Ec) 148.025 114.890 60.700 52.665 31.085 53.500 46.665 27.485

MARINILLA

Entregas a Usuario Final Entrega a Puntos de Venta

Municipio Granel [$/kg]

Cilindro 45 kg

(100 lb)

Cilindro 35 kg (77 lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20

lb)

Cilindro 4.5

Kg(10Lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20

lb)

Marinilla , Rionegro, El Santuario

5.329

169.525 131.290 69.900 59.125 35.735 19.112 62.700 53.125 32.135

Marinilla, Peñol,Copacabana,Guarne,El Carmen De Viboral (M),San Vicente, Granada,Guatape,Retiro (M),La Ceja (M),La Unión,Cocorná

168.625 132.890 70.700 59.725 36.135 63.500 53.725 32.535

Girardota, Barbosa, Don Matías, San Carlos, San Rafael, Concepción (M), Itagui, Envigado, Sabaneta, Bello, La Estrella, Caldas, San Luis (M), Abejorral, Santa Rosa De Osos, Santo Domingo, San Pedro De Los Milagros, Cisneros (M), Nechi

170.725 134.490 71.500 60.425 36.535 64.300 54.425 32.935

Sonson, San Jerónimo (M), Alejandría, Carolina, Gómez Plata, San Roque, Entrerrios, Belmira, Medellín,Yolombó, Sopetrán (M), Argelia, Angos-tura, Yarumal, Nariño (M), Santafé De Antioquia, San José De La Montaña, Salgar, Andes

172.725 136.090 72.300 61.125 36.935 19.112 65.100 55.125 33.335

HISPANIA

Entregas a Usuario Final Entrega a Puntos de Venta

Municipio Granel [$/kg]

Cilindro 45 kg (100 lb)

Cilindro 35 kg (77 lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20 lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20 lb)

Hispania

5.063

148.375 132.360 67.850 52.175 36.845 60.650 46.175 33.245

Betania, Andes, Ciudad Bolívar, Pueblorrico, Jericó, Salgar, Tarso, Jardín, Venecia, El Carmen De Viboral, Concordia, Fredonia

155.875 131.410 70.750 52.975 36.595 63.550 46.975 32.995

Támesis, Betulia, Amagá, Titiribí, Angelópolis, Armenia (H), Valparaíso, Caramanta, Urrao, Anza

156.125 133.010 67.000 52.425 36.995 59.800 46.425 33.395

Santa Bárbara, Quibdó, Retiro, Caicedo, La Pintada, Ebéjico, Heliconia, Montebello

156.125 134.610 67.900 54.175 37.495 60.700 48.175 33.895

San Jerónimo, Sopetrán 150.025 136.310 68.700 53.825 37.895 61.500 47.825 34.295

Olaya, Buriticá (H), Cisneros, Liborina, Cañasgordas, Sabanalarga, San Luis 152.125 137.910 69.500 54.525 38.295 62.300 48.525 34.695

Toledo (H) 154.225 139.510 70.400 55.225 38.695 63.200 49.225 35.095

APARTADÓ

Entregas a Usuario Final Entrega a Puntos de Venta

Municipio Granel [$/kg]

Cilindro 45 kg (100 lb)

Cilindro 35 kg (77 lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20 lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20 lb)

Apartadó

5.530

183.475 139.440 76.260 64.125 42.635 69.060 58.125 39.035

Carepa, Chigorodó, Turbo 185.575 141.090 77.110 63.975 43.035 69.910 57.975 39.435

San Pedro De Uraba, Necoclí, Unguía, Riosucio 187.675 143.690 77.910 64.675 43.435 70.710 58.675 39.835

San Juan De Urabá, Mutatá 189.675 145.290 78.710 65.375 43.835 71.510 59.375 40.235

Uramita, Dabeiba. Buriticá, Frontino, Abriaquí, Peque 193.875 148.590 80.410 66.775 44.735 73.210 60.775 41.135

GIRÓN

Entregas a Usuario Final Entrega a Puntos de Venta

Municipio Granel [$/kg]

Cilindro 45 kg (100 lb)

Cilindro 35 kg (77 lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20 lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20 lb)

Girón

5.754

146.575 107.940 62.950 51.920 32.195 55.750 45.920 28.595

Lebrija, Floridablanca, Bucaramanga,Rionegro (G) 147.775 109.590 63.800 51.920 32.395 56.600 45.920 28.795

Matanza, Zapatoca, Charta, Santa Bárbara (G), Suratá, El Playón Califor-nia, Betulia (G),Galán, San Vicente De Chucurí, Cepitá, Jordán

148.875 111.190 64.600 51.920 33.045 57.400 45.920 29.445

Curití, Vetas, Los Santos, Cabrera (G), San Gil, Palmar, Barichara, Sabana De Torres, Hato, Villanueva,Piedecuesta , Barrancabermeja (B), Socorro, Guaca, Valle De San José, La Esperanza, Páramo, Palmas Del Socorro, San Andrés, Mogotes, Aratoca, Ocamonte, Confines, Puerto Wilches, Simacota

149.875 112.790 64.400 54.020 33.445 57.200 48.020 29.845

Chima, San Alberto, Charalá, Oiba, Ce-rrito, Pinchote Coromoro, San Joaquín, Encino, San Martín (G), Onzaga, Con-cepción, Guapotá, Molagavita, Loma

150.875 114.390 64.900 54.720 33.645 57.700 48.720 30.045

Málaga, San José De Miranda, Enciso, Aguachica, Ocaña, San Miguel (G), La Gloria, Pelaya, Capitanejo, Carcasí, Macaravita, Plato, Tona

157.500 121.890 64.925 54.800 32.795 57.725 48.800 29.195

Carmen, Pailitas, Curumaní 152.075 117.690 62.900 53.120 31.645 55.700 47.120 28.045

La Jagua De Ibirico, Becerril, Agustín Codazzi, San Diego, La Paz (G) 154.175 119.290 63.800 53.820 32.145 56.600 47.820 28.545

Bosconia, El Copey, Nueva Granada, Fundación, Aracataca, 156.275 120.890 64.600 54.520 32.545 57.400 48.520 28.945

El Carmen De Chucurí, Barrancaberme-ja (Ps), Yondó

Puerto Berrío, Cimitarra, Puerto Parra, Barbosa (Ps), Güepsa, La Paz (Ps), Puente Nacional, Aguada, San José De Pare, San Benito, Santana, El Peñón (Ps), El Guacamayo, Chitaraque, Suaita, Santa Helena Del Opón, Guadalupe (Ps)

Puerto Nare, Puerto Boyacá, Landá-zuri, Chipatá, Bolívar (Ps), Sucre (Ps), Contratación, Jesús María, Guavatá, Vélez (Ps)

Puerto Triunfo

Otanche, San Pablo De Borbur, Quípama

Roncesvalles, Natagaima, Coyaima, Ataco, Chaparral

165.229 129.160 68.610 59.025 61.410 53.025 0

Rioblanco, Planadas, Honda, Lerida 167.329 130.760 69.410 59.725 62.210 53.725 0

Mariquita, Fresno, Armero, Ambalema (Ps)

Victoria (Ps), Falan, Marquetalia (Ps), Palocabildo, Casabianca, Líbano, Villahermosa, Pensilvania (Ps)

Puerto Salgar, La Dorada, Norcasia, Manzanares (Ps), Herveo (Ps), Murillo

TUNJA

Entregas a Usuario Final Entrega a Puntos de Venta

Municipio Granel [$/kg]

Cilindro 45 kg (100 lb)

Cilindro 35 kg (77 lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20 lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20 lb)

Tunja, Soracá

5.090

147.575 138.090 72.450 60.875 39.395 72.450 60.875 39.395

Oicatá, Chivatá, Cucaita, Toca, Cómbita, Boyacá, Siachoque, Viracachá, Ramiriquí, Jenesano, Sora, Tuta, Ciénega, Ventaquemada, Nuevo Colón, Sotaquirá, Chíquiza, Arcabuco, Sáchica, Tibaná,, , Paipa, Villa De Leyva, Rondón, Turmequé, Samacá

149.575 139.690 73.250 61.575 39.795 66.050 55.575 36.195

Sutamarchán, Santa Sofía, Duitama, Ze-taquira, Chinavita, Moniquirá, Chocontá (T), Pachavita, Berbeo, Santa Rosa De Viterbo, Tinjacá, Tibasosa, Barbosa (T), Ráquira, Nobsa, La Capilla, San Eduardo, Cerinza, Tenza, Sogamoso,Combita, Macheta (T), Floresta, Umbita,Zipaquirá (C), Gachantivá, Firavitoba, Belén, Garagoa, Sesquilé (T), Iza, Tibirita (T), Chiquinquirá

151.675 141.290 74.150 62.275 40.195 66.950 56.275 36.595

Cuítiva, Monguí , Busbanzá, Tópaga, Tutazá, San Miguel De Sema, Suesca , Pesca, Tota, Manta (T),Gachanchipá(C) ,Corrales, Mongua, Paz De Río, Saboyá, Guavita (C), Gameza, Guateque, Sutatenza, , Guayatá, Miraflores, Socha, Aquitania, Sativasur, Somondoco, Macanal, Páez, Sativanorte, Manta (C); Villapinzon(C), Susacón, Socotá, Jericó (T), Tasco

153.775 142.890 74.950 62.975 40.595 67.750 56.975 36.995

Almeida, Labranzagrande, Pajarito, Santa María (T), Chivor, Campohermoso, Pisba, La Uvita, San Luis De Gaceno, Paya

155.875 144.490 75.750 63.675 41.095 68.550 57.675 37.495

Sabanalarga (T),Aguazul, Chameza, Soatá, Yopal, San Mateo,Recetor, Muzo 157.975 146.190 76.650 64.375 41.495 69.450 58.375 37.895

Campamento, Liborina (M), San Andrés De Cuerquía, Giraldo, Guadalupe, Briceño, Anorí, Sabanalarga (M), Cañasgordas (M), Valdivia (M)

174.825 137.690 73.200 61.825 37.335 66.000 55.825 33.735

Uramita (M), Ituango, Amalfi (M), Tarazá, Dabeiba (M), Cáceres, Caucasia (M) 191.625 150.690 79.800 67.425 40.635 72.600 61.425 37.035

La Apartada, Buenavista (M), Planeta Rica, Puerto Libertador, Zaragoza, Segovia, Remedios 188.725 148.490 78.700 66.525 40.035 71.500 60.525 36.435

Yalí,Caracolí, San Roque(Ps), Vegachí, Maceo

Samaná (Ps), Segovia (Ps), Remedios (Ps)

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20B EL NUEVO SIGLO / DOMINGO 15 DE ABRIL DE 2018 / EDICTOS

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.Emplazamiento de quien debe ser noficiado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la persona citada o emplazada Cédula y/o Nitdel citado Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

expediente

El se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

CHILCO DISTRIBUIDORA DE GAS Y ENERGIA S.A.S E.S.P.SOACHA

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Municipio Granel [$/kg]

Cilindro 45 kg

(100 lb)

Cilindro 35 kg (77 lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20

lb)

Cilindro 4.5

Kg(10Lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20

lb)

Soacha, San Antonio Del Tequendama

5.202

150.350 111.690 64.450 54.275 33.445 15.342 57.250 48.275 29.845

Sibaté, El Peñón (S), Mosquera, Granada (S), Chipaque, Funza, La Calera, El Colegio, Cota 140.100 113.290 62.900 52.375 33.045 19.042 55.700 46.375 29.445

Bogotá, D.C. ,Tenjo, Fusagasugá (S), Une, El Rosal, Chía, Silvania,Facatativá, Madrid, Pasca, Cajicá, Tabio, Tena, Ubaque,Guasca, Subachoque, Arbeláez (S), Sopó, Albán, Anapoima, Tibacuy, Chaguaní (S), Tocancipá, Gutiérrez, Quetame, Zipaquirá (S),Apulo, Cachipay,Quipile, Guayabal De Siquima,Gachancipá (S),San Francisco (S), Cogua, Anolaima, Bojacá, La Vega (S), Pandi (S), Tocaima (S), Zipacón, Nemocón, Fosca, Guayabetal, Bituima, Sasaima (S), Sesquilé (S)

154.450 116.640 66.400 56.325 34.045 59.200 50.325 30.445

Supatá, Icononzo (S), Villeta (S), San Bernardo (S), Suesca (S), Girardot (S), Jerusalén, Tausa,El Calvario, Chocontá (S), Viotá, Gachetá, Agua De Dios (S), Sutatausa, Ricaurte (S), Macheta (S),Guataquí (S), Tibirita (S),Cabrera (S), Junín, San Juanito, Pacho, Villapinzón (S), Gama, Nocai-ma (S), Cucunubá, Villa De San Diego De Ubate, La Mesa,Villavicencio, Útica (S), La Peña (S), Guaduas (S), Nimaima (S), Fúquene, Lenguazaque, Carmen De Carupa, Vergara (S), , Restrepo (S), Nilo (S), Gachala, Villagómez, Quebradablanca (S), Venecia

149.800 116.490 64.500 54.775 33.295 22.030 57.300 48.775 29.695

Ubalá,Susa, Vianí, Beltrán, Acacías, Caparrapí (S), Topaipí (S), La Palma (S), Paime, Simijaca, Guachetá, San Cayetano (S), Guamal, Cumaral, Pulí, Castilla La Nueva, Cubarral, El Dorado, Paratebueno, San Martín (S), Yacopí (S), Medina, Restrepo

151.900 118.090 65.300 55.475 33.695 58.100 49.475 30.095

Puerto López, El Castillo, Granada (M), Barranca De Upía, San Juan De Arama, Cabuyaro, Mesetas, Puerto Lleras, Lejanías, Vista Hermosa, San Carlos de Guraroa

154.000 119.790 66.200 56.175 34.095 59.000 50.175 30.495

Puerto Gaitán 156.000 121.390 67.000 56.875 34.495 59.800 50.875 30.895

Puerto Rico (S) 158.100 122.990 67.800 57.575 34.995 60.600 51.575 31.395

Guaduas (Ps), Chaguaní (Ps), Villeta (Ps), Nocaima (Ps), La Vega (Ps), Quebradanegra (Ps), Útica (Ps), Nimaima (Ps), Vergara (Ps), La Peña (Ps), Caparrapí (Ps), La Palma (Ps), Yacopí (Ps),Sasaima (Ps), Topaipí (Ps)

CÚCUTA

Entregas a Usuario Final Entrega a Puntos de Venta

Municipio Granel [$/kg]

Cilindro 45 kg

(100 lb)

Cilindro 35 kg (77 lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20

lb)

Cilindro 4.5

Kg(10Lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20

lb)

Pamplonita, Pamplona

5.369

143.375 111.140 60.350 50.220 30.345 53.150 44.220 26.745

Mutiscua, Cácota, Silos, Chitagá, Toledo, San Bernardo (C.) 143.375 108.440 60.350 50.220 30.345 53.150 44.220 26.745

Cúcuta 150.875 117.040 63.350 52.720 31.845 16.462 56.150 46.720 28.245

Los Patios, Villa Del Rosario, El Zulia, Chinácota 150.875 117.040 63.350 52.720 31.845 16.462 56.150 46.720 28.245

Durania, Bochalema, Puerto Santander, Sardinata, Labateca, Santiago (Cc), San Cayetano (CC) 152.975 118.640 64.250 53.420 32.245 57.050 47.420 28.645

Tibú, Gramalote, Cucutilla, Lourdes, Arboledas 155.075 120.240 65.050 54.120 32.745 57.850 48.120 29.145

Bucarasica, Villa Caro, Salazar De Las Palmas 157.175 121.940 65.850 54.820 33.145 58.650 48.820 29.545

TOLÚ

Entregas a Usuario Final Entrega a Puntos de Venta

Municipio Granel [$/kg]

Cilindro 45 kg

(100 lb)

Cilindro 35 kg (77 lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20

lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20 lb)

Tolu, Moñitos, Coveñas, Lorica, Chinu, Purisima, Chima, Momil, San Andres De Sotavento, Since-lejo, Sucre,Sanpues, San Onofre, Chalan, Viejo, Coloso, Palmito, Cerete, Sahagun, San Bernardo del Viento, Monteria, San Antero, Tierraalta, Valen-cia, Caimito, Corozal, Sanpues, San Pedro 6.380

170.425 146.990 66.300 51.175 34.235 59.100 45.175 30.635

Mahates 170.425 146.990 66.300 51.175 34.235 59.100 45.175 30.635

Barranquilla, Galapa 170.425 146.990 66.300 51.175 34.235 59.100 45.175 30.635

CARTAGENA

Entregas a Usuario Final Entrega a Expendios

Municipio Granel [$/kg]

Cilindro 45 kg

(100 lb)

Cilindro 35 kg (77 lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20

lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20 lb)

Cartagena, Clemencia, Santo Tomás, Santa Lucía, Sabanalarga, Repelón, Polonuevo, Candelaria, San Estanislao, San Jacinto Bolivar, Santa Catalina, Santa Rosa, Simití, Soplaviento

165.939 70.320 59.265 62.340 51.285

Mangue, Hatillo de loba, San Cristóbal, San Fernando 167.535 72.030 61.545 64.050 53.565

Caucasia, Buenavista 151.575 62.910 56.985 48.090 43.305

Valledupar, Albania, Villanueva 157.275 62.910 52.425 54.930 44.445

Santa Marta, Salamina 157.275 62.910 55.845 54.930 47.865

NARIÑO

Entregas a Usuario Final Entrega a Puntos de Venta

Municipio Granel [$/kg]

Cilindro 45 kg

(100 lb)

Cilindro 35 kg (77 lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20

lb)

Cilindro 18 kg (40 lb)

Cilindro 15 kg (33 lb)

Cilindro 9 kg (20 lb)

Pasto, Sandona, Tangua, El Tambo, La Florida, Nariño, Sotomayor, Yacuanquer, El Peñol, Consaca 129.825 63.330 54.575 56.130 48.575

Ipiales, Potosi, Pupiales, San Juan, Aldana 134.825 63.330 54.575 56.130 48.575

La Union, La Cruz, El Tablon de Gomez, San Pablo, Buesaco, Chachagui, Taminango 134.825 63.330 54.575 56.130 48.575

Tumaco, Llorente, Barbacoas, La Tola, Olaya Herrera - Mallama, Ricaurte, Llorente 144.825 66.330 58.275 59.130 52.275

PANORAMA