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SENTENCIA JUZGADO : PARTIDO 4º DE FAMILIA DE LA CAPITAL FECHA : 10 DE MARZO DE 2.011 PROCESO : DIVORCIO DEMANDANTE : FR……….., MAYOR DE EDAD, HABIL POR DERECHO, C.I. NO……… L.P., CON DOMICILIO ACTUAL EN LOS AN…………... DEMANDADO : AN…………, MAYOR DE EDAD, HABIL POR DERECHO, CON DOMICILIO EN CALLE EM……… No…….., ZONA DE CA………, C.I. NO……….. CBBA. ABOGADOS : DEMANDANTE : RE…………….. DEMANDADA : DA……………. VISTOS 1.- Re………………., adjuntando testimonio de poder No……….., que lo faculta a ejercer su mandato, mediante memorial de 02 de Septiembre de 2010, se apersona por el demandante e inicia demanda de divorcio contra la nombrada esposa de su mandante, manifestando que el certificado de matrimonio acompañado evidencia que su poderconferente contrajo matrimonio en fecha 26 de Enero de 2008 con Doña An………….- Sigue manifestando que antes del matrimonio procrearon una hija que responde al nombre de Ci………….. que nació en fecha 4 de Abril de 1996 y fue reconocida a tiempo de inscribirla, tal cual consta del documento que apareja; y que dicha hija cuenta al presente con 14 años de edad.- Por otra parte refiere que dentro el matrimonio no han adquirido bienes de ninguna clase, ya que desde que se llevó a cabo el matrimonio hasta el presente no han tenido relación matrimonial toda vez que la demanda vive en Co………… y su poderconferente vive en Los An…………, es decir que desde hace mas de dos años no hacen vida conyugal.- Por lo expuesto, al amparo del Art. 131 del Cdgo. de Familia inicia demanda de Divorcio contra la nombrada esposa de su mandante, solicitando que en sentencia se declare

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SENTENCIA

JUZGADO : PARTIDO 4º DE FAMILIA DE LA CAPITAL

FECHA : 10 DE MARZO DE 2.011 PROCESO : DIVORCIO DEMANDANTE : FR……….., MAYOR DE EDAD, HABIL POR

DERECHO, C.I. NO……… L.P., CON DOMICILIO ACTUAL EN LOS AN…………...

DEMANDADO : AN…………, MAYOR DE EDAD, HABIL POR DERECHO, CON DOMICILIO EN CALLE EM……… No…….., ZONA DE CA………, C.I. NO……….. CBBA.

ABOGADOS : DEMANDANTE : RE…………….. DEMANDADA : DA…………….

VISTOS

1.- Re………………., adjuntando testimonio de poder No………..,

que lo faculta a ejercer su mandato, mediante memorial de 02 de

Septiembre de 2010, se apersona por el demandante e inicia

demanda de divorcio contra la nombrada esposa de su mandante,

manifestando que el certificado de matrimonio acompañado

evidencia que su poderconferente contrajo matrimonio en fecha 26

de Enero de 2008 con Doña An………….- Sigue manifestando que

antes del matrimonio procrearon una hija que responde al nombre

de Ci………….. que nació en fecha 4 de Abril de 1996 y fue

reconocida a tiempo de inscribirla, tal cual consta del documento

que apareja; y que dicha hija cuenta al presente con 14 años de

edad.- Por otra parte refiere que dentro el matrimonio no han

adquirido bienes de ninguna clase, ya que desde que se llevó a cabo

el matrimonio hasta el presente no han tenido relación matrimonial

toda vez que la demanda vive en Co………… y su poderconferente

vive en Los An…………, es decir que desde hace mas de dos años no

hacen vida conyugal.- Por lo expuesto, al amparo del Art. 131 del

Cdgo. de Familia inicia demanda de Divorcio contra la nombrada

esposa de su mandante, solicitando que en sentencia se declare

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probada su demanda, disuelto el vínculo conyugal y se ordene la

cancelación de la partida de matrimonio.-

2.- La demandada citada personalmente que fue en fecha 11 de

Octubre de 2010 conforme evidencia la diligencia de fs. 10, por

memorial presentado en 18 de Octubre de 2010, responde a la

demanda dentro el plazo de ley, reconociendo en parte los términos

expuestos en la demanda, aclarando que si bien es cierto que se

encuentra separada de su esposo por mas de dos años, no fue por

conveniencia propia, sino mas bien por decisión del ahora

demandante; asimismo señala que es cierto que en la unión

conyugal no adquirieron bienes muebles o inmuebles susceptibles de

división; y con referencia a la guarda de su hija, acepta la misma y

en cuanto a la asistencia familiar, no pide ningún tipo de asistencia.-

Por lo expuesto, solicita se declare probada la demanda ordenándose

la cancelación de la partida de matrimonio.- Contestada la demanda

y estando cumplidas las formalidades de ley para la relación

procesal, mediante Auto de 19 de Octubre de 2010, se abrió el plazo

probatorio correspondiente fijándose los puntos de hecho a probarse.

3.- En la presente causa, se han cumplido con los procedimientos

de ley, sin que en su tramitación exista vicio de nulidad alguno.

CONSIDERANDO

1.- HECHOS PROBADOS: Que, analizadas y valoradas las

pruebas aportadas al proceso con la facultad conferida por los Arts.

1286, 1296 y 1330 del Cdgo. Civil; 73, 391 del Cdgo. de Familia; 397

y 476 del Cdgo. de Pdto. Civil, se tienen como tales los siguientes:

a).- El certificado de matrimonio acompañado a la demanda,

acredita el matrimonio civil de los señores: Fr…………… y

An…………, celebrado en la Provincia Cercado del Departamento de

Cochabamba, en fecha 26 de Enero de 2008.- (Literal de fs. 1).

b).- El certificado de nacimiento de fs. 2 y registro de

reconocimiento de fs. 7, acreditan el nacimiento de la hija

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Ci………….. y filiación de la hija, quien al presente cuenta con 14

años de edad.- (literales de fs. 2 y 7)

c).- Los testigos de cargo producidos por el demandante,

declararon de manera uniforme y concluyente en hechos, tiempos y

lugares, constarles que su presentante se encuentra viviendo en

Es……….. desde Enero o Febrero de 2008, en tanto que la esposa

demandada vive con su hija (en esta ciudad) cerca del Me…………. y

Si……………; por lo tanto los esposos se encuentran separados

desde que el demandante se fue a dicho país, de donde no ha

retornado hasta el presente.- Hechos que a su vez guardan relación

con la confesión espontánea que hace la demandada. (testificales de

fs. 24 a 25).

CONSIDERANDO

El Art. 131 del Cdgo. de Familia determina que: “Puede también

demandarse el divorcio por cualquiera de los cónyuges, por la

separación de hecho libremente consentida y continuada por

más de dos años, independientemente de la causa que hubiere

motivado. La prueba se limitará a demostrar la duración y

continuidad de la separación”. Que, el matrimonio como

institución de orden público y de interés social, se encuentra

regulado por normas legales de cumplimiento obligatorio, las cuales

establecen una serie de derechos y deberes que deben ser

observados por los cónyuges, así como la fidelidad, asistencia y

auxilio mutuos, además de estar obligados a convivir en el domicilio

conyugal elegido por ambos. En el caso de Autos, los esposos BI……-

FL………., han vulnerado el deber conyugal por un lapso mayor a dos

años, atentando así a los fines del matrimonio. Que, los hechos

descritos precedentemente, se encuentran previstos en el Cdgo. de

Familia como causal de divorcio, no siendo necesaria la averiguación

de las razones o motivos que originaron la separación, sino

únicamente la determinación del tiempo y continuidad de dicha

separación; aspecto que en el presente caso ha sido acreditado por

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los testigos de cargo.- En ese sentido, habiendo el demandante

cumplido con la carga de la prueba impuesta por los Arts. 1283 del

Cdgo. Civil y 375 de su Procedimiento, corresponde pronunciar

resolución dando lugar a la demanda, sin costas.

POR TANTO

En estricta sujeción a las normas legales citadas, se declara

PROBADA la presente demanda de divorcio, por la causal prevista

por el Art. 131 del Cdgo. de Familia.- En consecuencia se declara

DISUELTO el vínculo conyugal que une a los esposos FR………………

Y AN……………., por culpa de ambos cónyuges.- En ese sentido se

ordena a la Dirección Departamental del Registro Civil de

Cochabamba, proceda a la cancelación de la partida matrimonial

No………, Libro No…….., Folio No………, celebrado por O.R.C.

No……….. El Pr…….., Departamento Cochabamba, Provincia

Cercado, Localidad Cochabamba, con fecha de Partida 26 de Enero

de 2008, una vez que adquiera EJECUTORIA la presente resolución;

debiendo por secretaría expedirse el testimonio respectivo. Entre las

medidas complementarias, se adoptan las siguientes: 1.- Se

mantiene la GUARDA de la hija menor CI……………., a favor de la

madre demandada; 2.- Igualmente se mantiene la ASISTENCIA

FAMILIAR que debe seguir pasando el demandante en favor de su

nombrada hija, en la suma de BOLIVIANOS CIEN (Bs. 100)

mensual, sea en la forma dispuesta en auto de fecha 19 de Octubre

de 2010.- Y no existiendo bienes gananciales según lo expuesto por

ambas partes, no existe nada que resolver al respecto.- Asì se

declara, sin costas.- ARCHIVESE. Notifique funcionario.