1 libros electronicos normas 1 parte ene 2013
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1
Nuevo Sistema de Libros Electrónicos
Mag. CPC. Jorge De Velazco B.
SUNAT
Marco legal Modelo de Libros Electrónicos Nuevo Sistema de Libros
Electrónicos Otros aspectos regulados Ejemplo de un Reg. de Ventas
Electrónico Ejemplo de un Reg. de
Compras Electrónico Conclusiones
Temario
2
MARCO LEGAL
CPC Jorge De Velazco B.
Resol. de
Superintend. Tema que norma Fecha
Nº 286-2009 Dictan disposiciones para la implementación del llevado optativo a
partir del 01/07/2010 de determinados Libros y Registros
Vinculados a Asuntos Tributarios de manera electrónica
30/12/2009
Nº 196-2010 Modifican la RS N° 286-2009/SUNAT a fin de facilitar el acceso al
llevado de los Libros y Registros Vinculados a Asuntos Tributarios
de manera electrónica
30/12/2010
Nº 329-2010 Modifica el Anexo 2"Estructuras e información de los Libros y
Registros Electrónicos“ y el Anexo 3 “Tablas”
23/12/2010
Nº 080-2011 Posterga puesta a disposición de la versión 2.0 del Programa de
Libros Electrónicos
31/03/2011
Nº 111-2011 Modifican la RS N° 286-2009 para implementar el llevado
electrónico del Registro de Compras
30/04/2011
Nº 248-2012 Modifican la RS N° 286-2009 determinándose a los PRICOS como
sujetos obligados a llevar libros electrónicos a partir del 01/01/2013
28/10/2012
N° 008-2013 Modifican la RS N° 248-2012 en lo relativo a la incorporación al
sistema de llevado de libros electrónicos. Se establecen nuevos
plazos de atraso para el Registro de Ventas y de Compras
12/01/2013
Libros Electrónicos: normativa vigente
3
Llevado de libros por Régimen tributario
Microempresas - RG
Microempresas - RER
Microempresas - RUS
LIBRO DIARIO DE FORMATO
SIMPLIFICADO
IMPTO. RENTA: CONTABILIDAD
COMPLETA Ing. > 150 UITs (555,000)
Régimen General
Régimen General
Ing. < 150 UITs (555,000)
RER
Ing. < 525,000
RUS
Ing. < 360,000
IGV:
RVI RC
14,000
Medianas
Empresas - RG
RVI RC
PRICOS
MODELO DE LIBROS
ELECTRÓNICOS
4
¿Que es el Programa de Libros Electrònicos – PLE?
No es un software contable.
Principal insumo: Archivos en
formato de texto (TXT).
No envía el Libro Electrónico
(archivo de texto).
Sólo envía un Resumen del Libro
Electrónico (con su Hash
correspondiente).
El Resumen del RVI y del RC:
incluye el detalle de los CdP que
dan derecho al uso de crédito fiscal.
Libros Electrónicos: Modelo General
Domicilio Fiscal
CONTRIBUYENTE
Ventas
Resumen (Hash)
Ventas
+ Ventas CdR
Ventas
+ Ventas CdR
Ventas
BD LE
Constancia de
Recepción
(Firma SUNAT)
CdR
Ventas
TXT
SW
Contable
propio
PRICO
Otro Domicilio
5
Anotación en los Libros Electrónicos
Se debe anotar las operaciones que
correspondan en el Libro Electrónico a
partir del mes o ejercicio por el cual se
incorporó o se afilió.
Se deben cerrar los Libros y/o
Registros llevados en forma física
(manual o en hojas sueltas o continuas)
correspondiente al mes anterior o
ejercicio anterior al que corresponde el
Libro Electrónico por el cual se generó
el primer envío del Resumen.
Resumen del Libro Electrónico
El envío del Resumen de cada Libro o
Registro deberá efectuarse una sola vez
luego de haber finalizado el mes o ejercicio
(ficción legal de anotación).
Debe presentarse ante la SUNAT la
información de los comprobantes de pago
y documentos autorizados que se anotaran
en el Registro de Ventas e Ingresos y en el
Registro de Compras, la que se entenderá
cumplida con la generación del Resumen.
Se debe mantener la correlatividad de los
períodos.
6
NUEVO SISTEMA
DE LIBROS
ELECTRÓNICOS
Sistema de Libros Electrónicos - SLE
Registro de Ventas Portal
Registro de Compras Portal
Incorporados: Principales
Contribuyentes
Afilados voluntariamente
7
Incorporados: Principales Contribuyentes
La incorporación es obligatoria a partir del 01.01.2013.
Deben llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro
de Compras de manera electrónica, a partir del 01.01.2013.
Deben llevar el Libro Diario y el Libro Mayor (o el Libro
Diario de Formato Simplificado) de manera electrónica, a
partir del 01.06.2013.
Pueden llevar de manera voluntaria los libros y/o registros
señalados en el Anexo N.° 4 de manera electrónica.
Se ha establecido un plazo de atraso excepcional del
Registro de Ventas e Ingresos y del Registro de Compras
para todo el año 2013, según el último dígito del RUC.
¿ Y los nuevos Principales Contribuyentes?
Mediante la RS N° 309-2012 se modificaron los directorios
de los Principales Contribuyentes.
Los nuevos “Principales Contribuyentes” serán incorporados
a partir del 01.03.2013.
Deben llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro
de Compras de manera electrónica, a partir del 01.03.2013.
Deben llevar el Libro Diario y el Libro Mayor (o el Libro
Diario de Formato Simplificado) de manera electrónica, a
partir del 01.06.2013.
Pueden llevar de manera voluntaria los libros y/o registros
señalados en el Anexo N.° 4 de manera electrónica.
8
Libros obligatorios y voluntarios
N° LE Obligatorios
1 REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS
2 REGISTRO DE COMPRAS
3 LIBRO DIARIO
4 LIBRO MAYOR
5 LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO
N° LE Voluntarios
1 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES
2 REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE EN UNIDADES FÍSICAS
3 REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE VALORIZADO
4 REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS
5 LIBRO CAJA Y BANCOS
6 REGISTRO DE CONSIGNACIONES
7 REGISTRO DE COSTOS
8 LIBRO DE RETENCIONES INCISOS E) Y F) DEL ARTICULO 34° DE LA LIR
Anexo 1 Anexo 4
Plazos de atraso del RVI y del RC Electrónico
9
Contribuyentes afiliados voluntariamente
Los afiliados voluntarios seguirán las mismas condiciones que los
incorporados a partir del 01.01.2013.
Deben llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de
Compras de manera electrónica, a partir del 01.01.2013.
Deben llevar el Libro Diario y el Libro Mayor (o el Libro Diario de
Formato Simplificado) de manera electrónica, a partir del 01.06.2013.
Pueden llevar de manera voluntaria los libros y/o registros señalados
en el Anexo N.° 4 de manera electrónica.
Si generaron algún libro electrónico con anterioridad deberán seguir
llevándolo sin perder la correlatividad.
Se ha establecido un plazo de atraso excepcional del Registro de
Ventas e Ingresos y del Registro de Compras para todo el año 2013,
según el último dígito del RUC.
PLE
Versión 2.0
PLE
Versión 3.0
Se incluye totales de control.
Campos libre en el RVI y en el RC.
El Resumen incluirá el detalle de las
facturas, N/C y N/D.
Control del plazo de atraso.
Novedades del PLE versión 3.0
10
OTROS ASPECTOS
REGULADOS
Otros Aspectos
El Libro de Inventarios y Balances deberá ser firmado por el Contador Público Colegiado (ya no por el Contador Mercantil).
Se exceptúa de llevar el Libro Caja y Bancos siempre que su información se encuentre contenida en el Libro Mayor Electrónico.
Se exceptúa de llevar el Registro de Inventario en Unidades Físicas si se lleva el Registro de Inventario Permanente Valorizado Electrónico.
11
El Libro de Inventarios y Balances podrá ser elaborado sin consignar información en los ítems 3.2, 3.4, 3.7, 3.8, 3.11 y 3.14 siempre que se cuente con la referida información con la estructura establecida en dicho anexo en otro libro y/o registro llevado de manera electrónica y sea presentado cuando le sea requerido por la SUNAT.
Se establece el plazo de un mes calendario para la anotación del Estado de Ganancias y Pérdidas en el Libro de Inventarios y Balances, en los casos de modificación del coeficiente o porcentaje aplicable al cálculo de los pagos a cuenta del régimen general del Impuesto a la Renta, computado desde el primer día del mes siguiente a la presentación de la declaración jurada correspondiente.
En el caso del libro 3.23 (Notas de los EEFF) debe ser presentado en formato pdf.
Otros Aspectos
EJEMPLO DE UN
REGISTRO DE
VENTAS E INGRESOS
ELECTRÓNICO
12
LIBROS FISICOS
LIBROS ELECTRONICOS
Periodo: Enero 2013
CUO/ # Corre-lativo
Tipo CdP
Serie Numero BI IGV
1 01 0001 055 10,000.00 1,800
2 01 0001 056 1,000.00 180
3 01 0001 057 10,000.00 1,800
4 01 0001 059 10,000.00 1,800
5 03 0001 01234 0.00 0.00
Periodo
20130100
20130100
20130100
20130100
20130100
Estado
1
1
1
1
2
Libre
Estado 1: la anotación corresponde al mes de emisión del CdP (Enero 2013). Estado 2: anotación del CdP anulado (Boleta de Venta N° 001-1234). Error en anotar la Factura N° 001-56 que fue emitida por S/. 10,000 (BI) + 180 (IGV). Se omitió registrar la Factura N° 001-58.
Anotación del Registro de Ventas Electrónico
Rectificación del Registro de Ventas Electrónico
Periodo: Marzo 2013
CUO/ # Corre-lativo
Tipo CdP
Serie Numero BI IGV
1 01 0001 068 10,000.00 1,800.00
2 01 E001 001 10,000.00 1,800.00
3 08 0001 024 100.00 18.00
4 07 0001 013 (200.00) (36.00)
Periodo
20130300
20130300
20130300
20130300
Estado
1
1
1
1
Libre
20130100 2 01 0001 056 10,000.00 1,800.00 9
20130100 6 01 0001 058 10,000.00 1,800.00 8
Estado 1: la anotación corresponde al mes de emisión del CdP (Febrero 2013). Estado 8: Se anota el CdP omitido(Factura N° 001-58) de un mes anterior (Enero 2013). Estado 9: Se corrige la información de un mes anterior (Enero 2013) por la anotación incorrecta
correspondiente a la Factura N° 001-58.
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EJEMPLO DE UN
REGISTRO DE
COMPRAS
ELECTRÓNICO
Periodo: Enero 2013
CUO/ #
Corre-lativo
Fecha de emi-
sión
Tipo de
CdP
Serie Numero BI IGV
1 05/01/2013 01 001 0015 1,000.00 180.00
2 15/01/2013 01 001 3356 20,000.00 3,600.00
3 20/01/2013 08 002 0867 500.00 90.00
4 25/01/2013 07 001 3994 (300.00) (54.00)
5 05/01/2012 01 001 8439 10,000.00 1,800.00
6 31/12/2011 01 001 06542 100.00 18.00
3 05/12/2012 01 001 3221 3,000.00 540.00
Periodo
20130100
20130100
20130100
20130100
20130100
20130100
20121200
Estado
1
1
1
1
6
7
9
Libre
Estado 1: La anotación del CdP corresponde al mes de emisión (Enero 2013). Estado 6: El CdP es anterior al mes declarado, pero dentro de los 12 meses siguientes a su emisión. Estado 7: El CdP es anterior al mes declarado, pero fuera de los 12 meses siguientes a su emisión. Estado 9: Corrige la información de un CdP de meses anteriores.
Anotación del Registro de Compras Electrónico
14
CONCLUSIONES
Resultados de la etapa voluntaria 01.07.2010 al 31.12.2012
Ahorros generados Total registros electrónicos informados 1,482’131,400 Total hojas ahorradas 49’404,380 Ahorro S/. 9’880,876
Cantidad de contribuyentes afiliados: 4,245
Cantidad de Resúmenes
enviados: 22,002
15
LE: Beneficios
Eliminación de costos empresariales:
hojas, legalización del Notario,
impresión, almacenamiento físico y
custodia.
Mejora de la formalización: detección
oportuna de doble facturación, facturas
clonadas, anotación fuera de plazo,
compras de gastos personales, etc.
Menor uso de papel: mejora de la
ecología en nuestro país.
¿PREGUNTAS?
SUNAT