0 de Versión 11 - Finanzas...

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1 Guía de Requisitos de Trámites y Servicios / Versión 11.0 Vigencia a partir del 21 de septiembre de 2016. Versión 11.0 Vigencia a partir del 21 de septiembre de 2016

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    Contenido Página

    Generalidades para trámites fiscales 4

    I. Documentación 4

    a) Identificación oficial 4

    b) Comprobante de domicilio fiscal 4

    II. Representación de las personas 5

    a) Representación legal 5

    b) Representación voluntaria 5

    II.1) Documentos para acreditar la representación o el poder otorgado 5

    1) Poder General para Actos de Administración: 5

    2) Poder General para Actos de Dominio: 5

    3) Poder General para Pleitos y Cobranzas: 6

    4) Poder Especial: 6

    5) Nombramiento del cargo de albacea por Autoridad Judicial o Notario Público:

    6

    6) Nombramiento del cargo de Tutor emitido por Autoridad Judicial. 6

    7) Carta Poder Ratificada ante Notario Público: 6

    8) Carta Poder Notariada: 6

    9) Escritura pública: 6

    III. Capacidad 6

    a) De goce 6

    b) De ejercicio 6

    IV. Incapacidad jurídica 7

    V. Representación de los menores de edad o personas con capacidades diferentes 7

    Sección I requisitos para trámites fiscales 9

    VI. Índice de trámites fiscales 10

    Sección II requisitos para trámites de control vehicular para servicio particular 67

    Generalidades para trámites de control vehicular 68

    A) Documentación aprobada 68

    B) Documentos para acreditar la propiedad de un vehículo 70

    C) Vehículos enajenados por personas jurídicas colectivas 70

    D) Para los trámites realizados por instituciones públicas 71

    E) Vehículos para personas con capacidades diferentes que pueden conducir un vehículo automotor

    71

    F) Representación de personas 72

    G) La capacidad 73

    H) Incapacidad jurídica

    H.1) Representación de los menores de edad o personas con capacidades diferentes:

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    I) Vigencia de los documentos solicitados 75

    J) Integración de expedientes 77

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    K) Otras aclaraciones 78

    L) Fundamentación jurídica para trámites de control vehicular 79

    VII. Índice de trámites control vehicular 81

    Sección III requisitos para servicios, vía Internet 110

    VIII. Índice de servicios vía internet 111

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    Generalidades para trámites fiscales

    I. Documentación Cuando los contribuyentes deban presentar original o copia certificada de los documentos y copia simple para su cotejo, dicha revisión documental deberá realizarse por el servidor público que lo recibe, anotando la leyenda de “cotejado”, nombre, firma y fecha, en las copias simples, al momento de recibirlas. Una vez realizado, se devolverán los documentos originales al promovente. Tratándose de la integración del expediente electrónico, el servidor público digitalizará los documentos originales y una vez concluido el trámite, los devolverá al contribuyente. Cuando se solicite identificación oficial o comprobante de domicilio, el contribuyente podrá presentar cualquiera de los siguientes documentos: a) Identificación oficial:

    Credencial para votar vigente, expedida por el Instituto Federal Electoral o Instituto Nacional Electoral.

    Pasaporte vigente, expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos.

    Cédula Profesional, expedida por la Secretaría de Educación Pública o Autorización Provisional para Ejercer como Pasante, vigente.

    Cartilla del Servicio Militar Nacional, expedida por la Secretaría de la Defensa Nacional.

    Tratándose de extranjeros, el documento migratorio vigente emitido por autoridad competente (FM2 o FM3 con el resello correspondiente al ejercicio vigente, mismas que se expidieron hasta el 29 de abril de 2010; o con las formas vigentes a partir del 30 de abril de 2010 denominadas “No inmigrante” e “Inmigrante”).

    Constancia de identificación expedida por autoridades de la federación, entidades federativas y municipios.

    Licencia para conducir vehículos automotores, expedida por el Gobierno del Estado de México, vigente.

    b) Comprobante de domicilio fiscal:

    Recibos de pago:

    1. Último pago del Impuesto Predial, ya sea anual (del ejercicio vigente), semestral o bimestral (con antigüedad máxima de 3 meses considerando la fecha del vencimiento del recibo). Este documento puede estar a nombre del contribuyente o de un tercero.

    2. Recibo de los servicios de luz, teléfono (fijo o móvil), agua o gas natural, con antigüedad máxima de 3 meses. Este documento puede estar a nombre del contribuyente o de un tercero y no es necesario que se exhiban pagados.

    Contrato o estado de cuenta a nombre del contribuyente que proporcionen las instituciones que componen el Sistema Financiero Mexicano, con antigüedad máxima de 3 meses.

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    Última liquidación a nombre del contribuyente del Instituto Mexicano del Seguro Social, con antigüedad máxima de 3 meses.

    Contrato de arrendamiento acompañado del último recibo de pago de renta que cumpla con los requisitos fiscales vigentes. Este documento puede estar a nombre del contribuyente o de un tercero.

    Contrato de servicios de luz, teléfono (fijo o móvil), agua, televisión por cable o gas natural, con antigüedad máxima de 3 meses. Este documento puede estar a nombre del contribuyente o de un tercero.

    Carta de residencia a nombre del contribuyente expedida por el Secretario del Ayuntamiento o la persona que haya designado por el Ayuntamiento en caso de falta temporal de éste, con antigüedad máxima de 3 meses, que contenga los siguientes datos:

    1. Domicilio completo.

    2. Período de residencia en el lugar.

    II. Representación de las personas La representación es la atribución que la ley reconoce a una persona para actuar en lugar y en nombre de otra, y de acuerdo a su finalidad, ésta puede ser legal o voluntaria. a) La representación legal es aquella que se encuentra prevista en la ley para ejercer

    un derecho o cumplir un acto en nombre y por cuenta de otro. b) La representación voluntaria se da cuando a través de una declaración de

    voluntad se faculta a otro para actuar a nombre y por cuenta de otros, nombrándose en tal caso un apoderado legal.

    II.1) Documentos para acreditar la representación o el poder otorgado La representación de las personas físicas y jurídicas colectivas que deban realizar algún trámite fiscal, se hará presentando original o copia certificada de lo siguiente. REPRESENTACIÓN DE LAS PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS COLECTIVAS. Poder Notarial: Documento público autorizado por un notario que permite a una persona física, moral o jurídica colectiva designar a otra como su representante para que actúe en su nombre en determinados actos jurídicos, de modo que el representante deberá acreditar su cualidad de apoderado mediante la exhibición de la copia autorizada del poder. Los cuales pueden ser los siguientes:

    1. Poder General para Actos de Administración: Documento otorgado ante Notario Público, para que el apoderado tenga toda clase de facultades administrativas que no implique el disponer de los bienes de quien otorga el poder.

    2. Poder General para Actos de Dominio: Documento otorgado ante Notario

    Público, para que el apoderado tenga todas las facultades de dueño, tanto en lo relativo a los bienes, como para hacer toda clase de gestiones a fin de defenderlos.

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    3. Poder General para Pleitos y Cobranzas: Documento otorgado ante Notario Público conferido sin limitación para realizar toda clase de gestiones de cobro, a fin de defender algún interés jurídico, que no impliquen el ejercicio de actos de dominio o de administración.

    4. Poder Especial: Documento otorgado ante Notario Público, al mandatario para

    realizar específicamente un acto en particular, teniendo restricción para gestionar cualquier otro, en éste deberán señalar de forma precisa las facultades para realizar los trámites de control vehicular que se requieran.

    5. Nombramiento del cargo de albacea por Autoridad Judicial o Notario Público:

    entendiéndose como Albacea a la persona encargada de hacer cumplir la última voluntad del fallecido, así como de custodiar y administrar sus bienes hasta que se repartan entre los herederos; el cual podrá ser nombrado por el juez o reconocido por el Notario Público en caso de que haya testamento.

    6. Nombramiento del cargo de Tutor emitido por Autoridad Judicial.

    7. Carta Poder Ratificada ante Notario Público: La carta poder es el mandato

    escrito que le permite a una persona obrar en nombre de otra persona. El mandante y mandatario deberán ratificar su contenido y firmas ante Notario Público.

    8. Carta Poder Notariada: Documento en el que ante un Notario Público, una

    persona otorga y delega, a favor de otra, una serie de facultades o derechos que le son propios, para que lo represente ante terceros.

    9. Escritura pública: Documento público que consta ante Notario, mismo que

    puede señalar el otorgamiento de Poderes Generales o Especiales. Se aceptarán los poderes generales emitidos por Corredor Público; otorgados en el acta constitutiva de una persona jurídica colectiva.

    Para efectos de los trámites relacionados al Registro Estatal de Contribuyentes, se tendrá por acreditada la representación si ésta se encuentra reconocida por el Servicio de Administración Tributaria o bien, se desprende de la consulta a la base de datos del Registro Federal de Contribuyentes o del propio padrón estatal. En este caso, únicamente bastará que el solicitante se identifique mediante cualquiera de los medios señalados en la presente.

    III. La capacidad

    Se entiende como la aptitud legal de una persona para ser sujeto de derechos y obligaciones, o como la facultad o posibilidad de que esta persona pueda ejercitar sus derechos y cumplir sus obligaciones por sí misma.

    a) De goce: es el atributo de la personalidad que se adquiere con el nacimiento

    y se pierde con la muerte, en virtud de la cual, una persona puede ser titular de derechos y obligaciones.

    b) De ejercicio: es la aptitud que requieren las personas para ejercitar por sí

    mismas sus derechos y cumplir sus obligaciones; se adquiere con la mayoría

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    de edad o con la emancipación (cuando el menor contrae matrimonio) y se pierde cuando también se pierden las facultades mentales.

    IV. Incapacidad jurídica

    Tienen incapacidad natural y legal: a) Los menores de edad; b) Los mayores de edad que padezcan algún tipo de incapacidad o

    discapacidad mental. c) Los sordomudos que no sepan leer ni escribir; d) Las personas en permanente estado alcohólico o que habitualmente hagan

    uso de sustancias que alteren la conducta y produzcan dependencia. e) Las personas que por cualquier causa física o mental no puedan manifestar

    su voluntad por algún medio.

    V. Representación de los menores de edad o personas con capacidades diferentes

    La representación será por quienes ejerzan la Patria Potestad; ésta comprende la guarda, representación y la administración de los bienes de los hijos sometidos a ella, se acreditará con la sentencia emitida por el Juez competente, acta de nacimiento del menor e identificación oficial de quién la ejerza. Los menores de edad y las personas con incapacidad jurídica, serán representados por el Tutor; éste será la persona encargada de la guarda y administración de sus bienes, deberá acreditar su representación mediante el original o copia certificada de la sentencia emitida por el Juez, o del testamento donde se le designó con ese cargo. GENERALIDADES.

    1. No será necesaria la representación mediante Poder General o Especial, para realizar el trámite de baja, por siniestro que represente la pérdida total del vehículo, en aquellos casos en que el propietario fallezca en el accidente o quede con incapacidad permanente total; en estos casos el trámite lo podrá realizar cualquier familiar consanguíneo en línea directa en primer grado, acreditando el parentesco y presentando acta de defunción del propietario o en su caso, certificado médico que acredite el grado de incapacidad.

    2. Las autoridades que intervengan en la realización de trámites de control

    vehicular en los Centros de Servicios Fiscales y/o los Servidores Públicos y las personas que intervengan en la realización de trámites en materia de control vehicular, deberán verificar que la documentación presentada sea original o copia certificada, absteniéndose de digitalizar y recibir copias simples, documentos en los que se presuma la alteración, tachaduras o enmendaduras.

    3. Representación. La atribución que la ley reconoce a una persona para actuar

    en lugar y en nombre de otra, y de acuerdo a su finalidad, puede ser legal o convencional.

    3.1 La representación legal: es aquella que se encuentra prevista en la ley para ejercer un derecho o cumplir un acto en nombre y por cuenta de otro.

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    3.2 La representación convencional o voluntaria: se da cuando a través de una declaración de voluntad se faculta a una persona para actuar a nombre y por cuenta de otros, nombrándose en tal caso un apoderado legal.

    a) Tutor:

    Persona encargada de la guarda de la persona y de sus bienes, respecto de los que no estando sujetos a la patria potestad, tienen incapacidad natural y legal o solamente la segunda, para ejercitar sus derechos y cumplir sus obligaciones por sí mismos. La tutela puede también tener por objeto la representación interina del incapaz en los casos que señale la ley. Para acreditar que ejercen la tutela deben presentar la sentencia emitida por el Juez, o el testamento donde se les designó con ese cargo.

    b) Los menores de edad también pueden ser representados por quienes

    ejerzan la Patria Potestad:

    La Patria Potestad se ejerce sobre los hijos menores no emancipados (que no se encuentren independizados), la Patria Potestad comprende la representación legal y la protección integral del menor en sus aspectos físico, psicológico, moral y social, su guarda y custodia, y la administración de sus bienes. Para acreditar que ejercen la Patria Potestad deben presentar la sentencia emitida por el Juez de lo Familiar, acta de nacimiento del menor e identificación oficial de quién la ejerza.

    Ejercen la Patria Potestad conforme al orden siguiente: 1. El padre y la madre. 2. Los abuelos. 3. Los familiares consanguíneos hasta el tercer grado colateral (tíos).

    Para acreditar que ejercen la Patria Potestad deben presentar la sentencia emitida por el Juez, acta de nacimiento del menor e identificación oficial de quién la ejerza. Para efectos de los trámites relacionados al Registro Estatal de Contribuyentes, la representación de las personas podrá confirmarse de la misma forma señalada en el párrafo penúltimo y último del numeral II. Nota: Los formatos de solicitud o avisos para la realización de trámites fiscales se pueden encontrar en el portal del Gobierno del Estado de México, en la dirección electrónica: www.edomex.gob.mx / Pagos e Impuestos / Contribuciones - Atención al Contribuyente / Asistencia al Contribuyente / Formatos.

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    Sección I

    Requisitos para trámites

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    VI. Índice de trámites fiscales

    No. Nombre del trámite Página

    1 Aclaración de pagos del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos Automotores y derechos de control vehicular.

    12

    2 Aviso de baja o suspensión en el Registro Estatal de Contribuyentes. 13

    3 Aviso de modificación en el Registro Estatal de Contribuyentes. 15

    4 Aviso para señalar establecimiento principal y sucursales. 17

    5 Consulta sobre situaciones reales y concretas en materia fiscal. 19

    6 Declaración de reconocimiento de no pago del Impuesto sobre Loterías, Rifas, Sorteos, Concursos y Juegos Permitidos con Cruce de Apuestas.

    20

    7 Emisión de talonarios para el Régimen de Pequeños Contribuyentes. 22

    8 Emisión del formato de pago del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos (flotilla), vía Internet.

    22

    9 Emisión del formato de pago del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos (individual), vía Internet.

    24

    10 Emisión del formato de pago del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos (servicio público), vía Internet.

    25

    11 Emisión del formato de pago para el Impuesto Predial. 25

    12 Emisión del formato de pago para Organismos Auxiliares. 25

    13 Emisión del Formato Universal de Pago de derechos. 26

    14 Exención de pago de derechos por servicios prestados por dependencias del Gobierno del Estado de México y aportaciones de mejoras.

    27

    15 Expedición de constancias que reflejen la situación fiscal del contribuyente y de pago de contribuciones.

    28

    16 Inscripción al Registro Estatal de Contribuyentes. 30

    17 No causación del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos de carácter federal, estatal y exención de derechos de control vehicular.

    32

    18 Pago de contribuciones en línea. 33

    19 Presentación de declaraciones. 34

    20 Presentación del aviso de compensación de las cantidades a favor del contribuyente que deriven de la misma contribución.

    35

    21 Solicitud de Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI). 37

    22 Solicitud de condonación de multas y/o recargos e indemnización por cheques devueltos.

    38

    23 Solicitud de devolución de pagos indebidos, en demasía o duplicados.

    40

    24 Solicitud de pago a plazos diferido de contribuciones omitidas y sus accesorios en el ámbito estatal.

    44

    25 Solicitud de pago a plazos diferido de contribuciones omitidas y sus accesorios en el ámbito federal.

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    26 Solicitud de pago a plazos en parcialidades de contribuciones omitidas y sus accesorios en el ámbito estatal.

    51

    27 Solicitud de pago a plazos en parcialidades de contribuciones omitidas y sus accesorios en el ámbito federal.

    56

    28 Solicitud de suspensión del Procedimiento Administrativo de Ejecución en el ámbito estatal.

    58

    29 Solicitud de suspensión del Procedimiento Administrativo de Ejecución en el ámbito federal.

    60

    30 Solicitud de sustitución de garantía en el ámbito estatal. 62

    31 Solicitud de sustitución de garantía en el ámbito federal. 64

    32 Solventación de requerimiento de inscripción al Registro Estatal de Contribuyentes.

    66

    33 Solventación de requerimiento de pago de impuestos diversos. 66

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    1. Aclaración de pagos del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos Automotores y derechos de control vehicular.

    Para persona física, jurídica colectiva e instituciones públicas.

    1. Comprobante de pago del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y

    Derechos de Control Vehicular.

    2. Formato Único de Control Vehicular, constancia de trámite vehicular

    (declaración), o Tarjeta de Circulación.

    3. En su caso, oficios de autorización de pago en parcialidades o de condonación de

    créditos fiscales.

    4. En caso de inconsistencias en la información registrada en el Padrón Estatal

    Vehicular, además de los requisitos 1 y 2 presentar:

    Factura, carta factura, título de propiedad o documento jurídico que

    acredite la propiedad del vehículo a favor del interesado.

    En caso de menores de edad y personas sin capacidad de ejercicio (ver en las

    generalidades de la presente guía la definición del apartado III. “La capacidad” inciso

    b)), deberán presentar los requisitos 1, 2, 3 y 4.

    5. Escrito en el cual ambos padres están de acuerdo en que uno de ellos realice el

    trámite correspondiente como representante legal de su hijo (a), en este

    supuesto, el escrito deberá contener la firma autógrafa de los padres.

    6. Si el representante legal es tutor, presentar documento jurídico emitido por la

    autoridad competente, que lo acredite como tal.

    Los documentos señalados se deberán presentar en original y copia simple para su

    cotejo.

    http://sfpya.edomexico.gob.mx/recaudacion/servicios/tramites_fiscales/tramites_requi.html#23#23http://sfpya.edomexico.gob.mx/recaudacion/servicios/tramites_fiscales/tramites_requi.html#23#23http://sfpya.edomexico.gob.mx/recaudacion/servicios/tramites_fiscales/tramites_requi.html#23#23

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    2. Aviso de baja o suspensión en el Registro Estatal de Contribuyentes.

    Para persona física:

    1. Identificación oficial vigente del peticionario.

    2. Aviso de baja ante la institución de seguridad social, en caso de estar obligado.

    3. Estar al corriente en el pago de las obligaciones.

    Si el trámite no lo realiza el interesado:

    4. Poder notarial e identificación oficial vigente del apoderado legal o carta poder

    simple y originales de cuatro identificaciones oficiales correspondientes al

    otorgante, al que recibe y acepta el poder y las proporcionadas por dos testigos.

    Este documento no será necesario si la representación se encuentra acreditada

    ante el Servicio de Administración Tributaria o ante el Registro Estatal de

    Contribuyentes

    En caso de menores de edad y personas sin capacidad de ejercicio (ver en las

    generalidades de la presente guía la definición del apartado III. “La capacidad” inciso

    b)), además de los requisitos 2 y 3 deberán presentar:

    5. Escrito en el cual ambos padres están de acuerdo en que uno de ellos realice el

    trámite correspondiente como representante legal de su hijo (a), en este

    supuesto, el escrito deberá contener la firma autógrafa de los padres.

    6. Si el representante legal es tutor, presentar documento jurídico emitido por la

    autoridad competente, que lo acredite como tal.

    En ambos casos, no será necesaria la presentación de ambos documentos si la

    representación se encuentra acreditada ante el Servicio de Administración

    Tributaria o ante el Registro Estatal de Contribuyentes

    7. Identificación oficial vigente del padre, madre o tutor.

    Para persona jurídica colectiva, además de los requisitos 2 y 3 deberán presentar:

    8. Poder notarial del representante legal.

    9. Identificación oficial vigente del representante legal.

    10. Cuando la persona que acuda a realizar el trámite no sea el representante legal,

    debe presentar además poder notarial e identificación oficial vigente del

    apoderado legal o carta poder simple y originales de cuatro identificaciones

    oficiales correspondientes al otorgante, al que recibe y acepta el poder y las

    proporcionadas por dos testigos.

    Si la representación se encuentra acreditada en el Registro Federal de

    Contribuyentes o en el Registro Estatal de Contribuyentes, no resulta necesaria la

    presentación de los documentos con los numerales 8 y 9.

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    Para institución pública, además de los requisitos 2 y 3 deberán presentar:

    11. Nombramiento oficial del servidor público que legalmente esté autorizado para

    representar a la Unidad Administrativa, que corresponda.

    12. Identificación oficial vigente del servidor público.

    13. Cuando la persona que acuda a realizar el trámite no sea el servidor público

    legalmente autorizado, debe presentar además poder notarial y su identificación

    oficial vigente.

    Si la representación se encuentra acreditada en el Registro Federal de

    Contribuyentes o en el Registro Estatal de Contribuyentes, no resulta necesaria la

    presentación de los documentos con los numerales 11 y 12.

    Los documentos señalados se deberán presentar en original para su digitalización.

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    3. Aviso de modificación en el Registro Estatal de Contribuyentes.

    Para persona física:

    1. Identificación oficial vigente.

    2. En caso de cambio de representante, poder notarial del nuevo representante

    legal, si la nueva representación legal no se encuentra acreditada ante el SAT.

    3. En caso de cambio de domicilio o apertura de establecimiento, comprobante del

    nuevo domicilio fiscal no mayor a 3 meses de antigüedad o del año actual en caso

    de pago anual o croquis de ubicación del nuevo domicilio, sólo si es domicilio

    conocido.

    No será necesaria la presentación del comprobante correspondiente si el nuevo

    domicilio se encuentra registrado ante el SAT.

    Si el trámite no lo realiza el interesado:

    4. Poder notarial e identificación oficial vigente del apoderado legal o carta poder

    simple y originales de cuatro identificaciones oficiales correspondientes al

    otorgante, al que recibe y acepta el poder y las proporcionadas por dos testigos.

    Si la representación se encuentra acreditada en el Registro Federal de

    Contribuyentes o en el Registro Estatal de Contribuyentes, no resulta necesaria la

    presentación de estos documentos.

    En caso de menores de edad y personas sin capacidad de ejercicio (ver en las

    generalidades de la presente guía la definición del apartado III. “La capacidad” inciso

    b)), además de los requisitos 2 o 3 deberán presentar:

    5. Escrito en el cual ambos padres están de acuerdo en que uno de ellos realice el

    trámite correspondiente como representante legal de su hijo (a), en este

    supuesto, el escrito deberá contener la firma autógrafa de los padres.

    6. Si el representante legal es tutor, presentar documento jurídico emitido por la

    autoridad competente, que lo acredite como tal.

    En ambos casos, no será necesaria la presentación de ambos documentos si la

    representación se encuentra acreditada ante el Servicio de Administración

    Tributaria o ante el Registro Estatal de Contribuyentes

    7. Identificación oficial vigente del padre, madre o tutor.

    Para persona jurídica colectiva, además de los requisitos 2 o 3 deberán presentar:

    8. Poder notarial del representante legal.

    9. Identificación oficial vigente del representante legal.

    10. Escritura notarial en caso de modificación de denominación o razón social de la

    empresa.

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    11. Acta constitutiva de la empresa en caso de cambio de socios, y en caso de

    microindustrias, presentar “Contrato Constitutivo de Sociedades de

    Responsabilidad Limitada Microindustrial”, además “Cédula de Microindustria y de

    la Actividad Empresarial emitida por la Dirección General de Desarrollo

    Económico”.

    12. Cuando la persona que acuda a realizar el trámite no sea el representante legal,

    debe presentar además poder notarial e identificación oficial vigente del

    apoderado legal o carta poder simple y cuatro identificaciones oficiales

    correspondientes al otorgante, al que recibe y acepta el poder y las

    proporcionadas por dos testigos.

    Si la representación se encuentra acreditada ante el SAT o en el Registro Estatal

    de Contribuyentes, no es necesaria la presentación del documento señalado con

    el numeral 8 y 9.

    Tratándose de cambios relativos a la constitución de la persona jurídica colectiva,

    si la modificación se encuentra registrada ante el SAT, no será necesario presentar

    el documento señalado con el numeral 11.

    Para institución pública, además de los requisitos 2 o 3 deberán presentar:

    13. Nombramiento oficial del servidor público que legalmente esté autorizado para

    representar a la Unidad Administrativa, que corresponda.

    14. Identificación oficial vigente del servidor público.

    15. Cuando la persona que acuda a realizar el trámite no sea el servidor público

    legalmente autorizado, debe presentar además poder notarial y su identificación

    oficial vigente.

    Los documentos señalados se deberán presentar en original para su digitalización.

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    4. Aviso para señalar establecimiento principal y sucursales.

    Para persona física:

    1. Identificación oficial vigente.

    Si el trámite no lo realiza el interesado:

    2. Poder notarial e identificación oficial vigente del apoderado legal o carta poder

    simple y originales de cuatro identificaciones oficiales correspondientes al

    otorgante, al que recibe y acepta el poder y las proporcionadas por dos testigos.

    Si la representación se encuentra acreditada en el Registro Federal de

    Contribuyentes o en el Registro Estatal de Contribuyentes, no resulta necesaria la

    presentación de estos documentos.

    En caso de menores de edad y personas sin capacidad de ejercicio (ver en las

    generalidades de la presente guía la definición del apartado III. “La capacidad” inciso

    b)), además deberán presentar:

    3. Escrito en el cual ambos padres están de acuerdo en que uno de ellos realice el

    trámite correspondiente como representante legal de su hijo (a), en este

    supuesto, el escrito deberá contener la firma autógrafa de los padres.

    4. Si el representante legal es tutor, presentar documento jurídico emitido por la

    autoridad competente, que lo acredite como tal.

    En ambos casos, no será necesaria la presentación de ambos documentos si la

    representación se encuentra acreditada ante el Servicio de Administración

    Tributaria o ante el Registro Estatal de Contribuyentes

    5. Identificación oficial vigente del padre, madre o tutor.

    Para persona jurídica colectiva deberán presentar:

    6. Poder notarial del representante legal.

    7. Identificación oficial vigente del representante legal.

    8. Cuando la persona que acuda a realizar el trámite no sea el representante legal,

    debe presentar además poder notarial e identificación oficial vigente del

    apoderado legal o carta poder simple y originales de cuatro identificaciones

    oficiales correspondientes al otorgante, al que recibe y acepta el poder y las

    proporcionadas por dos testigos.

    Si la representación se encuentra acreditada ante el SAT o en el Registro Estatal

    de Contribuyentes, no es necesaria la presentación del documento señalado con

    el numeral 6 y 7.

    Para institución pública deberán presentar:

    9. Nombramiento oficial del servidor público que legalmente esté autorizado para

    representar a la Unidad Administrativa, que corresponda.

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    10. Identificación oficial vigente del servidor público.

    11. Cuando la persona que acuda a realizar el trámite no sea el servidor público

    legalmente autorizado, debe presentar además poder notarial y su identificación

    oficial vigente.

    Si la representación se encuentra acreditada ante el SAT o en el Registro Estatal

    de Contribuyentes, no es necesaria la presentación del documento señalado con

    el numeral 9 y 10.

    Los documentos señalados se deberán presentar en original para su digitalización.

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    5. Consulta sobre situaciones reales y concretas en materia fiscal.

    Para persona física: 1. Identificación oficial vigente del peticionario. 2. Escrito de solicitud que deberá contener las siguientes características:

    a) Dirigido al Director General de Recaudación. b) Señalar el nombre del peticionario, RFC, y en su caso los datos de quien

    promueva en su nombre. c) Domicilio en el territorio del Estado de México, código postal y número

    telefónico con clave lada (fijo o móvil). d) Los planteamientos o solicitudes que se hagan y en su caso anexar las pruebas

    adicionales que se ofrezcan. e) Firma autógrafa del peticionario.

    Para menores de edad y personas sin capacidad de ejercicio. Para mayor comprensión, ver en las generalidades de la presente guía la definición del inciso b) en el apartado III. “La capacidad”, deberá presentar además del requisito 2: 3. Acta de nacimiento o carta de naturalización en caso de ser mexicano por

    naturalización, FM2 o FM3 con el resello correspondiente al ejercicio vigente,

    mismas que se expidieron hasta el 29 de abril de 2010; o con las formas vigentes

    a partir del 30 de abril de 2010 denominadas “No inmigrante” e “Inmigrante”.

    4. Especificar en el escrito de solicitud que ambos padres están de acuerdo en que

    uno de ellos dos realice el trámite correspondiente como representante legal de

    su hijo (a) en este supuesto, el escrito deberá contener la firma autógrafa de los

    padres.

    5. Si el representante legal es tutor, presentar documento jurídico emitido por la

    autoridad competente, que lo acredite como tal.

    6. Identificación oficial vigente del padre, madre o tutor.

    Para personas jurídicas colectivas. Además del requisito 2 deberán presentar: 7. Identificación oficial vigente del representante legal.

    8. Poder Notarial o Acta Constitutiva a través de la cual se otorgan facultades al

    representante legal.

    Para institución pública, además del requisito 2 deberán presentar: 9. Nombramiento oficial del servidor público que legalmente este autorizado para

    representar a la Unidad Administrativa que corresponda. 10. Identificación oficial vigente del servidor público. 11. Cuando la persona que acuda a realizar el trámite no sea el servidor público

    legalmente autorizado, debe presentar además poder notarial e identificación oficial vigente del apoderado legal.

    Los documentos señalados se deberán presentar en original y copia simple para su

    cotejo.

    http://sfpya.edomexico.gob.mx/recaudacion/servicios/tramites_fiscales/tramites_requi.html#15#15

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    6. Declaración de reconocimiento de no pago del Impuesto sobre Loterías, Rifas, Sorteos, Concursos y Juegos Permitidos con Cruce de Apuestas.

    Para persona física:

    1. Identificación oficial vigente del peticionario.

    2. Escrito de solicitud que deberá contener las siguientes características:

    a) Dirigido al Director General de Recaudación.

    b) Señalar el nombre del peticionario, RFC, y en su caso los datos de quien

    promueva en su nombre.

    c) Domicilio en el territorio del Estado de México, código postal y número

    telefónico con clave lada (fijo o móvil).

    d) Los planteamientos o solicitudes que se hagan y en su caso anexar las pruebas

    adicionales que se ofrezcan.

    e) Señalar el(los) ejercicio(s) por el(los) que se solicita el reconocimiento de no

    pago del impuesto de que se trata.

    f) Firma autógrafa del peticionario.

    Para menores de edad y personas sin capacidad de ejercicio.

    Para mayor comprensión, ver en las generalidades de la presente guía la definición

    del inciso b) en el apartado III. “La capacidad”, deberá presentar además del requisito 2:

    3. Acta de nacimiento o carta de naturalización en caso de ser mexicano por

    naturalización o FM2 o FM3 en caso de ser extranjero.

    4. Especificar en el escrito de solicitud que ambos padres están de acuerdo en que

    uno de ellos dos realice el trámite correspondiente como representante legal de

    su hijo (a), en este supuesto, el escrito deberá contener la firma autógrafa de los

    padres.

    5. Si el representante legal es tutor, presentar documento jurídico emitido por la

    autoridad competente, que lo acredite como tal.

    6. Identificación oficial vigente del padre, madre o tutor.

    Para personas jurídicas colectivas.

    Además del requisito 2 deberán presentar:

    7. Identificación oficial vigente del representante legal.

    8. Poder Notarial o Acta Constitutiva a través de la cual se otorgan facultades al

    representante legal.

    Para institución pública o de Asistencia Privada.

    Además del requisito 2 deberán presentar:

    9. Declaratoria de Constitución para el caso de ser una Institución de Asistencia

    Privada.

    10. Nombramiento oficial del servidor público que legalmente este autorizado para

    representar a la Unidad Administrativa, que corresponda.

    11. Identificación oficial vigente del servidor público.

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    12. Cuando la persona que acuda a realizar el trámite no sea el servidor público

    legalmente autorizado, debe presentar además poder notarial e identificación

    oficial vigente del apoderado legal.

    Los documentos señalados se deberán presentar en original y copia simple para su

    cotejo.

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    7. Emisión de talonarios para el Régimen de Pequeños Contribuyentes.

    Para persona física:

    1. Ingresar al portal del Gobierno del Estado de México, en la dirección electrónica:

    www.edomex.gob.mx / Pagos e Impuestos / Contribuciones - Atención al

    Contribuyente, opción: “Declaraciones/ REPECOS / Talonario”.

    2. Deberá contar con clave REC o clave de Registro Federal de Contribuyentes

    (RFC).

    8. Emisión del formato de pago del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos (flotilla), vía Internet.

    Para personas físicas, jurídicas colectivas e instituciones públicas.

    1. Ingresar al portal del Gobierno del Estado de México, en la dirección electrónica:

    www.edomex.gob.mx / Pagos e Impuestos / Contribuciones - Atención al

    Contribuyente, en cualquiera de las siguientes opciones:

    Opción 1) Declaraciones/Tenencia/ Flotilla.

    Opción 2) Control Vehicular/Tenencia /Flotilla.

    2. Deberá contar con el número de usuario y contraseña personal.

    En caso de NO contar con clave de usuario y contraseña, para el pago de flotillas, se

    deberá solicitar mediante correo electrónico dirigido a: [email protected],

    proporcionando la siguiente información:

    a) RFC con homoclave.

    b) Nombre, denominación o razón social.

    c) Domicilio fiscal (calle, número exterior e interior, colonia, localidad, municipio,

    entidad federativa, código postal).

    d) Teléfono con clave lada (fijo o móvil).

    e) Correo electrónico.

    Proporcionar los datos de la persona responsable del acceso a la aplicación:

    a) Apellido paterno, materno y nombre.

    b) CURP.

    c) Correo electrónico.

    3. Archivo con el número de la placa y modelo de los vehículos que desea pagar con

    las siguientes características:

    a) Archivo de texto con extensión TXT.

    b) La etiqueta del archivo debe ser RFCAAAAMMDDNN. TXT donde:

    - RFC: es igual al RFC del contribuyente de 12 o 13 posiciones.

    mailto:[email protected]

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    - AAAAMMDD corresponde a la fecha que se procesa el archivo del formato

    (año, mes y día).

    - NN corresponde al número consecutivo del archivo.

    Ejemplo: GEM010101BJ32010120801.TXT

    4. Obtiene el formato de pago.

    5. Realizar el pago en las instituciones señaladas en dicho formato, o bien a través

    del portal del Gobierno del Estado de México, con cargo a cuentas bancarias para

    usuarios de la banca electrónica, o bien a través de tarjeta de crédito, pago en

    línea.

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    9. Emisión del formato de pago del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos (individual), vía Internet.

    Para personas físicas, jurídicas colectivas e instituciones públicas.

    1. Ingresar al portal del Gobierno del Estado de México, en la dirección electrónica:

    www.edomex.gob.mx / Pagos e Impuestos / Contribuciones - Atención al

    Contribuyente, en cualquiera de las siguientes opciones:

    Opción 1) Declaraciones/Tenencia/ Individual.

    Opción 2) Control Vehicular/tenencia/Individual.

    2. Deberá contar con el número de placas del vehículo en cuestión.

    3. Obtiene el Formato Universal de Pago.

    4. Realizar el pago en las instituciones señaladas en dicho formato, o bien a través

    del portal del Gobierno del Estado de México, con cargo a cuentas bancarias para

    usuarios de la banca electrónica, o bien a través de tarjeta de crédito, pago en

    línea.

    Cuando el adeudo no se proporciona a través del “portal de servicios al

    contribuyente”, deberá acudir a un Centro de Servicios Fiscales, presentando el

    original de la factura o carta factura del vehículo y la tarjeta de circulación original,

    para la actualización del registro vehicular.

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    10. Emisión del formato de pago del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos (servicio público), vía Internet.

    Para persona física o jurídica colectiva que haya cubierto el pago del ejercicio fiscal

    inmediato anterior del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y/o pago de

    refrendo y que ya cuenta con placas de servicio público:

    1. Ingresar al Portal del Gobierno del Estado de México, en la dirección electrónica:

    www.edomex.gob.mx / Pagos e Impuestos / Contribuciones - Atención al

    Contribuyente, en cualquiera de las siguientes opciones:

    Opción 1) Declaraciones/Tenencia/Servicio Público.

    Opción 2) Control Vehicular/Tenencia/Servicio Público.

    2. Deberá contar con el número de serie y placa de circulación del vehículo.

    3. Obtiene el formato de pago.

    11. Emisión del formato de pago para el Impuesto Predial.

    Para persona física, jurídica colectiva e instituciones públicas:

    1. Ingresar a la página web del Gobierno del Estado de México, mediante la siguiente

    dirección electrónica: www.edomex.gob.mx / Pagos e Impuestos /

    Contribuciones – Atención al Contribuyente / municipios / predial.

    2. Deberá capturar la clave catastral y dar clic en enviar.

    3. Obtener el formato de pago.

    4. Realizar el pago en los centros de pago señalados en dicho formato, o en línea,

    con cargo a la cuenta de cheques para usuarios de la banca electrónica, o en línea,

    con tarjetas de crédito VISA o Master Card.

    Nota: Aplica sólo para aquellos municipios que firmaron Convenio de Colaboración

    Administrativa en Materia Hacendaria, para la Recaudación y Fiscalización del

    Impuesto Predial.

    12. Emisión del formato de pago para Organismos Auxiliares.

    Para personas físicas, jurídicas colectivas e instituciones públicas.

    1. Registro Federal de Contribuyentes y/o Clave Única de Registro de Población

    (CURP)

    Nota: Aplica sólo para aquellas entidades públicas que firmaron Convenio de

    Colaboración Administrativa para la Recaudación de los Ingresos Percibidos por las

    Entidades Públicas, señalados en el artículo 1 de la Ley de Ingresos del Estado de

    México.

    2. Comprobante de domicilio en el Estado de México.

    http://www.edomex.gob.mx/

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    13. Emisión del Formato Universal de Pago de derechos.

    Para personas físicas, jurídicas colectivas e instituciones públicas.

    1. Ingresar al portal del Gobierno del Estado de México, en la dirección electrónica:

    www.edomex.gob.mx / Pagos e Impuestos / Contribuciones - Atención al

    Contribuyente, opción: “Derechos”.

    2. Elegir el concepto de derechos a declarar y/o pagar entre los siguientes

    conceptos:

    1. Acceso a la Información.

    2. Agua, Obra Pública.

    3. Comunicaciones.

    4. Contraloría.

    5. Desarrollo Agropecuario.

    6. Desarrollo Urbano.

    7. Educación.

    8. Finanzas.

    9. Gaceta de Gobierno y Legistel.

    10. Legalizaciones.

    11. Medio Ambiente.

    12. Procuraduría.

    13. PROPAEM.

    14. Protección Civil.

    15. Registro Civil.

    16. Seguridad Ciudadana.

    17. Servicios Forestales.

    18. Transporte.

    19. Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

    3. Contar con los datos de identificación del contribuyente y de la contribución, en el

    caso de haber iniciado sesión, los datos del contribuyente serán llenados

    automáticamente.

    4. En caso de haber iniciado sesión y requerir el Formato Universal de Pago con otro

    nombre de persona física o jurídica colectiva, será necesario “Cerrar Sesión”.

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    14. Exención de pago de derechos por servicios prestados por dependencias del Gobierno del Estado de México y aportaciones de mejoras.

    Para el Estado, Municipios, Organismos Autónomos, Entidades Públicas y Entidades

    Federativas en casos de reciprocidad:

    1. Escrito de solicitud que deberá contener las siguientes características:

    a) Dirigido al Director General de Recaudación.

    b) Señalar el nombre del peticionario, RFC, y en su caso los datos de quien

    promueva en su nombre.

    c) Domicilio en el territorio del Estado de México, código postal y número

    telefónico con clave lada (fijo o móvil).

    d) Los planteamientos o solicitudes que se hagan y en su caso anexar las pruebas

    adicionales que se ofrezcan.

    e) Firma autógrafa de la persona competente para solicitar la exención.

    f) Señalar el(los) ejercicio(s) por el(los) que se solicita la exención.

    g) Especificar el concepto de pago de derechos o aportaciones de mejoras por el

    que se solicita la exención.

    Los documentos señalados se deberán presentar en original y copia simple para su

    cotejo.

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    15. Expedición de constancias que reflejen la situación fiscal del contribuyente y de pago de contribuciones.

    Para persona física:

    1. Identificación oficial vigente del peticionario.

    2. Escrito de solicitud con las siguientes características:

    a) Deberá ser dirigido al Director General de Recaudación.

    b) Señalar el nombre del peticionario, R.F.C. de contar con él, y en su caso los

    datos de quien promueva en su nombre.

    c) Domicilio en el territorio del Estado de México, código postal y número

    telefónico con clave lada (fijo o móvil).

    d) Los planteamientos o solicitudes que se hagan.

    e) Indicar el (los) documento (s) del (los) que solicita las constancias de pago de

    contribuciones o de la situación fiscal del contribuyente.

    f) Deberá contar con firma autógrafa del peticionario.

    3. Para constancias de pagos del Impuesto sobre Tenencia o Uso de v Vehículos y

    derechos de control Vehicular, deberá acreditar la propiedad del vehículo

    relacionado con la solicitud.

    4. Formato de pago y comprobante de pago de derechos según corresponda.

    Si el trámite no lo realiza el interesado:

    5. Poder notarial e identificación oficial vigente del apoderado legal o carta poder

    simple y originales de cuatro identificaciones oficiales correspondientes al

    otorgante, al que recibe y acepta el poder y las proporcionadas por los dos

    testigos.

    En caso de menores de edad y personas sin capacidad de ejercicio (ver en las generalidades de la presente guía la definición del apartado III. “La capacidad” inciso b)), además de los requisitos 2, 3, y 4 deberán presentar:

    6. Acta de nacimiento o carta de naturalización en caso de ser mexicano por

    naturalización o FM2 o FM3 en caso de ser extranjero.

    7. Especificar en el escrito de solicitud que ambos padres están de acuerdo en que

    uno de ellos dos realice el trámite correspondiente como representante legal de

    su hijo (a) en este supuesto, el escrito deberá contener la firma autógrafa de los

    padres.

    8. Si el representante legal es tutor, presentar documento jurídico emitido por la

    autoridad competente, que lo acredite como tal.

    9. Identificación oficial vigente del padre, madre o tutor.

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    Para personas jurídicas colectivas, además de los requisitos 2, 3, y 4 deberán

    presentar:

    10. Identificación oficial vigente del representante legal.

    11. Acta notarial a través de la cual se otorgó el poder al representante legal.

    12. Cuando la persona que acuda a realizar el trámite no sea el representante legal,

    debe presentar además poder notarial e identificación oficial vigente del

    apoderado legal o carta poder simple y cuatro identificaciones oficiales

    correspondientes al otorgante, al que recibe y acepta el poder y las

    proporcionadas por los dos testigos.

    Para institución pública, además de los requisitos 2, 3, y 4 deberán presentar:

    13. Nombramiento oficial del servidor público que legalmente esté autorizado para

    representar a la unidad administrativa, que corresponda.

    14. Identificación oficial vigente del servidor público.

    15. Cuando la persona que acuda a realizar el trámite no sea el servidor público

    legalmente autorizado, debe presentar además poder notarial e identificación

    oficial vigente del apoderado legal.

    Los documentos señalados se deberán presentar en original y copia simple para su

    cotejo.

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    16. Inscripción al Registro Estatal de Contribuyentes.

    Para persona física:

    1. Identificación oficial vigente.

    Si el trámite no lo realiza el interesado:

    2. Poder notarial e identificación oficial vigente del apoderado legal o carta poder

    simple y originales de cuatro identificaciones oficiales correspondientes al

    otorgante, al que recibe y acepta el poder y las proporcionadas por dos testigos.

    Si la representación se encuentra acreditada en el Registro Federal de

    Contribuyentes o en el Registro Estatal de Contribuyentes, no resulta necesaria la

    presentación de estos documentos.

    En caso de menores de edad y personas sin capacidad de ejercicio (ver en las

    generalidades de la presente guía la definición del apartado III. “La capacidad” inciso

    b)), además del requisito 1 deberán presentar:

    3. Escrito en el cual ambos padres están de acuerdo en que uno de ellos realice el

    trámite correspondiente como representante legal de su hijo (a), en este

    supuesto, el escrito deberá contener la firma autógrafa de los padres.

    4. Si el representante legal es tutor, presentar documento jurídico emitido por la

    autoridad competente, que lo acredite como tal.

    En ambos casos, no será necesaria la presentación de los referidos documentos si

    la representación se encuentra acreditada ante el Servicio de Administración

    Tributaria o ante el Registro Estatal de Contribuyentes

    5. Identificación oficial vigente del padre, madre o tutor.

    Para persona jurídica colectiva deberán presentar:

    6. Poder Notarial del representante legal.

    Si la representación se encuentra acreditada en el Registro Federal de

    Contribuyentes o en el Registro Estatal de Contribuyentes, no resulta necesaria la

    presentación de este documento.

    7. Identificación oficial vigente del representante legal.

    8. Acta Constitutiva de la empresa, en caso de microindustrias, presentar “Contrato

    Constitutivo de Sociedades de Responsabilidad Limitada Microindustrial”, además

    “Cédula de Microindustria y de la Actividad Empresarial emitida por la Dirección

    General de Desarrollo Económico”.

    9. Cuando la persona que acuda a realizar el trámite no sea el representante legal,

    deberá presentar además poder notarial e identificación oficial vigente del

    apoderado legal o carta poder simple y originales de cuatro identificaciones

    http://sfpya.edomexico.gob.mx/recaudacion/servicios/tramites_fiscales/tramites_requi.html#2#2

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    oficiales correspondientes al otorgante, al que recibe y acepta el poder y las

    proporcionadas por dos testigos.

    En caso de sindicatos deberán presentar:

    10. Certificación de haber quedado registrada la directiva del sindicato (toma de

    nota), expedida por la autoridad laboral competente.

    Si la representación jurídica se encuentra acreditada ante el SAT, no será

    necesaria la presentación de este documento.

    11. Identificación oficial vigente del representante del sindicato.

    12. Estatutos de la organización.

    13. Cuando la persona que acuda a realizar el trámite no sea el representante legal de

    la organización sindical, deberá presentar además del documento que acredite la

    personalidad de éste (la toma de nota), testimonio notarial o carta poder simple y

    originales de cuatro identificaciones oficiales correspondientes al otorgante, al

    que recibe y acepta el poder y las proporcionadas por dos testigos.

    Para institución pública deberán presentar:

    14. Nombramiento oficial del servidor público que legalmente esté autorizado para

    representar a la unidad administrativa, que corresponda.

    Si la representación jurídica se encuentra acreditada ante el SAT, no será

    necesaria la presentación de este documento.

    15. Identificación oficial vigente del servidor público.

    16. Cuando la persona que acuda a realizar el trámite no sea el servidor público

    legalmente autorizado, debe presentar además poder notarial y su identificación

    oficial vigente.

    Para efectuar la inscripción al Registro Estatal de Contribuyentes, deberá acreditarse

    previamente la afiliación al Registro Federal de Contribuyentes.

    Los documentos señalados se deberán presentar en original para su digitalización.

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    17. No causación del Impuesto sobre Tenencia o uso de Vehículos de carácter federal, estatal y exención de derechos de control vehicular.

    Para el Estado, Municipios, Organismos Autónomos, Entidades Públicas y Entidades

    Federativas, en casos de reciprocidad.

    1. Escrito de solicitud que deberá contener las siguientes características:

    a) Dirigido al Director General de Recaudación.

    b) Señalar el nombre del peticionario, RFC, y en su caso los datos de quien

    promueva en su nombre.

    c) Domicilio en el territorio del Estado de México, código postal y número

    telefónico con clave lada (fijo o móvil).

    d) Los planteamientos o solicitudes que se hagan y en su caso anexar las pruebas

    adicionales que se ofrezcan.

    e) Firma autógrafa de la persona competente para solicitar la exención.

    f) Señalar el(los) ejercicio(s) por el(los) que se solicita la exención.

    2. Relación del parque vehicular impreso y en medio magnético (CD o USB) con los

    siguientes datos:

    a) Marca del vehículo.

    b) Tipo.

    c) Modelo.

    d) Número de placas.

    e) Número de serie.

    f) Uso al que está destinado (uso administrativo o servicios públicos: rescate,

    patrullas, transportes de limpia -recolección de basura-, pipas de agua,

    servicios funerarios, ambulancias y bomberos).

    Nota: Los datos de la relación del parque vehicular, en medio impreso y magnético

    deberán coincidir, bajo estricta responsabilidad del peticionario.

    Los documentos señalados se deberán presentar en original y copia simple para su

    cotejo.

    http://sfpya.edomexico.gob.mx/recaudacion/servicios/tramites_fiscales/tramites_requi.html#13#13http://sfpya.edomexico.gob.mx/recaudacion/servicios/tramites_fiscales/tramites_requi.html#13#13http://sfpya.edomexico.gob.mx/recaudacion/servicios/tramites_fiscales/tramites_requi.html#13#13

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    18. Pago de contribuciones en línea.

    Para personas físicas, jurídicas colectivas e instituciones públicas.

    1. Ingresar al portal del Gobierno del Estado de México, en la dirección electrónica:

    www.edomex.gob.mx / Pagos e Impuestos / Contribuciones - Atención al

    Contribuyente, opción “Servicios”/ Pago en línea.

    2. Deberá contar con la línea de captura de cualquier contribución que se haya

    emitido mediante el Portal de Servicios al contribuyente del Gobierno del Estado

    de México.

    3. Deberá capturar exactamente los dígitos de la línea de captura.

    4. Una vez validada la línea de captura y si esta se encuentra dentro de la vigencia

    señalada en la misma, el sistema mostrará una nueva pantalla que permite

    reimprimir el formato y/o la declaración que produjo la línea de captura. De otra

    forma se le informará que no es posible continuar.

    5. Deberá seleccionar dentro de las opciones de los bancos que se muestran en

    pantalla, el banco donde se tenga contratado el servicio de banca electrónica.

    6. Una vez que se establezca la pantalla del banco elegido, el pago y su trámite, éste

    es responsabilidad del contribuyente, ya que el pago se realiza mediante el

    sistema electrónico del portal bancario elegido.

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    19. Presentación de declaraciones.

    Para personas físicas, jurídicas colectivas e instituciones públicas.

    1. Ingresar al portal del Gobierno del Estado de México, en la dirección electrónica:

    www.edomex.gob.mx / Pagos e Impuestos / Contribuciones - Atención al

    Contribuyente, opción “Declaraciones”.

    2. Seleccionar la contribución por la cual desea presentar su declaración, donde se

    solicitará que inicie sesión con la clave del Registro Estatal de Contribuyentes y la

    contraseña, previamente generada en la opción “Registro de Contribuyentes”, “Mi

    Cuenta”.

    Para el caso de loterías y tenencia no existe esta validación, para el caso de

    notarios, usaran la que les fue asignada por la Dirección de Atención al

    Contribuyente.

    3. Sólo se podrá acceder a las declaraciones de las contribuciones por las cuales

    tenga la obligación en el Registro Estatal de Contribuyentes.

    4. La declaración electrónica a presentar se encuentra pre-llenada en los campos

    relativos al Registro Estatal de Contribuyentes.

    5. Se deberá capturar el detalle del impuesto que declara de acuerdo a cada tipo de

    contribución.

    En el caso del Régimen de Pequeños Contribuyentes, previo a la manifestación de

    ingresos, deberá seleccionar el tipo de cuota con la que optará pagar durante el

    ejercicio fiscal.

    6. Al finalizar la captura el sistema permitirá guardar o bien enviar e imprimir la

    declaración con la línea de captura para su pago en ventanilla en los centros

    autorizados.

    7. El contribuyente realizará el entero del impuesto a más tardar en la fecha límite de

    pago señalada en la declaración.

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    20. Presentación del aviso de compensación de las cantidades a favor del contribuyente que deriven de la misma contribución.

    Para persona física:

    1. Identificación oficial vigente del peticionario.

    2. Formato “Aviso de Compensación” (deberá presentarlo dentro de los cinco días

    hábiles siguientes a aquél en que se haya efectuado la compensación, con firma

    autógrafa del peticionario).

    3. Anexo A1 del “Aviso de Compensación”, cuando se compensan más de un saldo a

    favor contra un saldo a pagar.

    Los formatos de “Aviso de Compensación de Cantidades a Favor”, y su “Anexo A1”,

    se encuentran disponibles para su impresión en la página web del Gobierno del

    Estado de México, en la dirección electrónica: www.edomex.gob.mx/Pagos e

    Impuestos/Contribuciones-Atención al Contribuyente/Asistencia al

    Contribuyente/Formatos.

    Tratándose del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal,

    y las cantidades a favor se deriven del dictamen a que se refiere el artículo 47

    fracción XIII del Código Financiero del Estado de México y Municipios,

    adicionalmente deberá acreditar:

    4. Haber presentado la (s) declaración (es) complementaria (s) en las que se reflejen

    las cantidades a favor derivadas del dictamen.

    Tratándose de Aportaciones Estatales para Obras de Impacto Vial, adicionalmente

    deberá presentar:

    5. Oficio mediante el cual la Dirección General de Vialidad de la Secretaría de

    Comunicaciones, emitió el Dictamen de Incorporación e Impacto Vial

    correspondiente y determinó la cantidad a pagar por concepto de aportación

    Estatal para obras de impacto vial.

    6. Para pago indebido o en demasía, el oficio mediante el cual se modifica el

    Dictamen de Incorporación e Impacto Vial y la cantidad a pagar.

    7. Formato Universal de Pago y comprobante de pago.

    Tratándose de Aportaciones de Mejoras por Servicios Ambientales, adicionalmente

    deberán presentar:

    8. Facturas del periodo relacionadas con la compensación efectuada.

    Tratándose del Impuesto sobre Loterías, Rifas, Sorteos, Concursos y Juegos

    Permitidos con Cruce de Apuestas, adicionalmente deberá presentar:

    9. Declaración(es) relacionada(s) con el(los) periodo(s) compensado(s).

    http://www.edomex.gob.mx/

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    En caso de menores de edad y personas sin capacidad de ejercicio (ver en las

    generalidades de la presente guía la definición del apartado III. “La capacidad” inciso

    b)), además de los requisitos 2 y 3, deberán presentar:

    10. Acta de nacimiento o carta de naturalización en caso de ser mexicano por

    naturalización.

    11. Especificar en el escrito de solicitud que ambos padres están de acuerdo en que

    uno de ellos dos, realice el trámite correspondiente como representante legal de

    su hijo (a) en este supuesto, el escrito deberá contener la firma autógrafa de

    ambos padres, salvo que alguno de los padres haya perdido la Patria Potestad,

    caso en el cual sólo se requerirá la firma del padre, madre o tutor que la ejerza.

    12. Si el representante legal es tutor, presentar documento jurídico emitido por la

    autoridad competente, que lo acredite como tal.

    13. Identificación oficial vigente del padre, madre o tutor.

    Para personas jurídicas colectivas, además de los requisitos 2 y 3, deberán presentar:

    14. Identificación oficial vigente del representante legal.

    15. Acta notarial a través de la cual se otorgó el poder al representante legal.

    Para institución pública, además de los requisitos 2 y 3, deberán presentar:

    16. Nombramiento oficial del servidor público que legalmente este autorizado para

    representar a la Unidad Administrativa, que corresponda.

    17. Identificación oficial vigente del servidor público a que se refiere el numeral

    anterior.

    Nota: Cuando el saldo a favor derive de una contribución distinta a la que se

    compensará; el contribuyente deberá solicitar previamente la autorización ante la

    Dirección Jurídica Consultiva de la Dirección General de Recaudación, para realizar la

    compensación, presentando los requisitos para persona física, jurídica colectiva o

    institución pública según sea el caso y el formato “Solicitud de Autorización de

    Compensación de Cantidades que no Derivan de la misma Contribución”, éste se

    encuentra disponible para su impresión en la página web del Gobierno del Estado de

    México, en la dirección electrónica: www.edomex.gob.mx/Pagos e

    Impuestos/Contribuciones-Atención al Contribuyente/Asistencia al

    Contribuyente/Formatos. Una vez autorizada la compensación, el contribuyente

    podrá efectuarla y dentro de los cinco días hábiles siguientes deberá presentar su

    “Aviso de Compensación” conforme a los requisitos señalados con anterioridad.

    Los documentos señalados se deberán presentar en original y copia simple para su

    cotejo.

    Cabe señalar que los requisitos no previstos en el presente apartado, podrán ser

    consultados en las Reglas de Carácter General aplicables al Aviso de Compensación.

    http://www.edomex.gob.mx/

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    21. Solicitud de Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

    Para personas físicas, jurídicas colectivas e instituciones públicas.

    1. Ingresar a la página web del Gobierno del Estado de México, mediante la siguiente

    dirección electrónica: www.edomex.gob.mx/Pagos e Impuestos/Portal de

    Pagos/Servicios, y atender los siguientes pasos:

    2. Dar clic en la opción de Servicios; se despliega un submenú.

    3. Dar clic en la opción “Solicita tu Factura Electrónica”, se despliega una ventana

    para digitar la línea de captura

    4. A continuación dar clic en el botón “Solicita CFDI”

    5. Ingresar el correo electrónico (con la estructura válida) y dar clic en botón

    “Aceptar”.

    6. Finalmente muestra la opción para Abrir o Guardar el archivo generado.

    7. La factura se ha generado y la puede revisar en su cuenta del SAT.

    http://www.edomex.gob.mx/Pagos%20e%20Impuestos/

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    22. Solicitud de condonación de multas y/o recargos e indemnización por cheques devueltos.

    Para persona física:

    1. Identificación oficial vigente del peticionario.

    2. Escrito libre de solicitud que podrá ser presentado en cualquier Centro de

    Servicios Fiscales o Delegación Fiscal cercano al domicilio del contribuyente, así

    como en las oficinas de la Dirección General de Recaudación o en la Secretaría de

    Finanzas del Gobierno del Estado de México, que deberá contener las siguientes

    características:

    a) Dirigido al Secretario de Finanzas.

    b) Señalar el nombre del peticionario, RFC de contar con él, y en su caso los datos

    de quien promueva en su nombre.

    c) Domicilio en el territorio del Estado de México, código postal, número

    telefónico con clave lada (fijo o móvil) y correo electrónico.

    d) Los planteamientos o solicitudes que se hagan y en su caso anexar las pruebas

    adicionales que se ofrezcan.

    e) Expresar de forma clara y detallada las circunstancias que impidieron el

    cumplimiento de la obligación fiscal relacionada con la solicitud y la forma en

    que el posible pago de los conceptos sujetos a condonación pondrían en

    riesgo la marcha de su actividad.

    f) Firma autógrafa del peticionario.

    g) Especificar el monto de las multas y/o recargos objeto de la condonación.

    h) Asimismo, deberá fundamentar su petición en términos del artículo 364 del

    Código Financiero del Estado de México y Municipios y las “Reglas de Carácter

    General para la Condonación Total o parcial de Multas, Indemnizaciones por

    Devolución de Cheques y Recargos a que se refiere el artículo 364 del Código

    Financiero del Estado de México y Municipios”.

    3. Estados de Posición Financiera, emitidos por Contador Público Registrado, sólo si

    se encuentra obligado a dictaminarlos; declaración informativa en términos del

    artículo 32 H del Código Fiscal de la Federación y en caso de no estar en alguno

    de los supuestos anteriores, original o copia certificada de los estados de cuenta

    bancarios actualizados.

    4. Documento determinante y requerimientos de pago.

    5. Proyecto de inversión de conformidad a las reglas que establezca la autoridad

    fiscal, mediante escrito libre.

    6. Documento que acredite los pagos realizados por concepto del importe histórico

    de la contribución, actualización y gastos de ejecución o en su caso convenio de

    pago en parcialidades o diferido.

    7. Manifestar bajo protesta de decir verdad que no se encuentra sujeto a un

    procedimiento penal, así también si se están ejerciendo facultades de

    comprobación por las contribuciones sujetas a condonación, señalar la autoridad

    revisora y el número de la orden de revisión.

    8. Cuando solicite la suspensión del Procedimiento Administrativo de Ejecución

    (PAE), deberá garantizar el interés fiscal.

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    Para menores de edad y personas sin capacidad de ejercicio. Para mayor comprensión, ver en las generalidades de la presente guía la definición del inciso III. “La capacidad” inciso b), además de los requisitos 2, 3, 4 y 6 deberán presentar: 9. Acta de nacimiento o carta de naturalización en caso de ser mexicano por

    naturalización o FM2 o FM3 en caso de ser extranjero.

    10. Especificar en el escrito de solicitud que ambos padres están de acuerdo en que

    uno de ellos dos, realice el trámite correspondiente como representante legal de

    su hijo (a) en este supuesto, el escrito deberá contener la firma autógrafa de

    ambos padres, salvo que alguno de los padres haya perdido la Patria Potestad,

    caso en el cual sólo se requerirá la firma del padre, madre o tutor que la ejerza.

    11. Si el representante legal es tutor, presentar documento jurídico emitido por la

    autoridad competente, que lo acredite como tal.

    12. Identificación oficial vigente del padre, madre o tutor.

    Para personas jurídicas colectivas.

    Además de los requisitos previstos en los numerales 2 al 7, deberán presentar:

    13. Identificación oficial vigente del representante legal.

    14. Poder Notarial o Acta Constitutiva a través de la cual se otorgan facultades al

    representante legal.

    Para institución pública.

    Además de los requisitos 2, 4 y 6 deberán presentar:

    15. Nombramiento oficial del servidor público que legalmente este autorizado para

    representar a la Unidad Administrativa, que corresponda.

    16. Identificación oficial vigente del servidor público.

    17. Cuando la persona que acuda a realizar el trámite no sea el servidor público

    legalmente autorizado, debe presentar además poder notarial e identificación

    oficial vigente del apoderado legal.

    18. Presupuesto asignado para el ejercicio fiscal de que se trate.

    Cabe señalar que los requisitos no previstos en el presente apartado, podrán ser

    consultados en las Reglas de Carácter General para la Condonación Total o Parcial de

    Multas, Indemnizaciones por Devolución de Cheques y Recargos a que se refiere el

    artículo 364 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

    Los documentos señalados se deberán presentar en original y copia simple para su

    cotejo.

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    23. Solicitud de devolución de pagos indebidos, en demasía o duplicados.

    Para persona física:

    1. Identificación oficial vigente del peticionario.

    2. Original del Formato Universal de pago sujeto a devolución.

    3. Comprobante de pago, según corresponda con el que acredite el pago indebido,

    en demasía o duplicado, debiéndolo entregar a la autoridad fiscal.

    a) Tratándose de pago duplicado o erróneo, copia del comprobante de pago con

    el que acredite el entero de manera correcta.

    b) En caso de no contar con el original del comprobante de pago, deberá

    presentar copia (legible).

    4. Cuando la solicitud se realice en medio impreso, el escrito de solicitud deberá

    tener las siguientes características:

    a) Dirigido al Director General de Recaudación cuando se solicite devolución por

    un monto mayor a $ 50,000.00, o al Delegado Fiscal que corresponda al

    domicilio del contribuyente, cuando se solicite un monto NO mayor a

    $50,000.00, así como señalar los conceptos sujetos a devolución.

    b) Nombre, CURP, RFC, domicilio en el territorio del Estado de México, número

    telefónico con clave lada y correo electrónico de la persona que realizó el

    pago (peticionario).

    c) Cuando la solicitud de devolución se realice a través de un tercero, deberá

    adjuntar Carta Poder, así como señalar los datos del representante:

    Nombre, RFC, CURP, domicilio dentro del territorio del Estado de

    México, número telefónico con clave lada y correo electrónico.

    d) Los planteamientos o solicitudes que se hagan y en su caso anexar las pruebas

    adicionales que se ofrezcan.

    e) Incluir desglose y justificación de la cantidad sujeta a devolución.

    f) Firma autógrafa del peticionario.

    g) Cuando se solicite la devolución mediante depósito en cuenta bancaria, será

    obligatorio señalar los datos del beneficiario de la cuenta que en todos los

    casos deberá ser el contribuyente que realizó el pago, Institución Bancaria de

    que se trate, y cuenta Clave Bancaria Estandarizada (18 dígitos).

    h) Último estado de cuenta bancaria del contribuyente que realizó el pago, al

    momento de presentar la solicitud.

    Nota: Cuando la solicitud se realice en medio impreso, además de los requisitos

    anteriores, deberán presentar los señalados para la contribución de que se trate.

    5. Cuando la solicitud se realice a través de medios electrónicos, deberá ingresar a la

    página del Gobierno del Estado de México, www.edomex.gob.mx aplicación

    “Pagos e Impuestos”, opción “Contribuciones”, ícono “Atención al Contribuyente”,

    apartado “Servicios”, rubro “Solicitud de Devolución”, y contar con la siguiente

    información:

    a) Datos del solicitante: nombre, CURP, domicilio dentro del territorio del Estado

    de México, número telefónico con clave lada y correo electrónico.

    http://www.edomex.gob.mx/

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    b) En su caso datos del representante: nombre, RFC, CURP, domicilio dentro del

    territorio del Estado de México, número telefónico con clave lada y correo

    electrónico.

    c) Cuando se solicite la devolución mediante depósito en cuenta bancaria, deberá

    señalar la institución bancaria de que se trate y cuenta Clave Bancaria

    Estandarizada (18 dígitos).