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UNIVERSIDAD MARIANO GALVEZ DE GUATEMALA
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES
ESCUELA DE CIENCIAS CRIMINOLOGICAS Y CRIMINALISTICAS
“ESTUDIO CRIMINOLOGICO Y CRIMINALISTICO
DE RIESGOS DEL USO INAPROPIADO DE
PLAGUICIDAS, FUNGICIDAS Y HERBICIDAS
[Modulo: Landrin].”
DAVID ALEXANDER GRANADOS RAMIREZ
GUATEMALA, NOVIEMBRE 2014
UNIVERSIDAD MARIANO GALVEZ DE GUATEMALA
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES
ESCUELA DE CIENCIAS CRIMINOLOGICAS Y CRIMINALISTICAS
“ESTUDIO CRIMINOLOGICO Y CRIMINALISTICO DE RIESGOS DEL USO
INAPROPIADO DE PLAGUICIDAS, FUNGICIDAS Y HERBICIDAS
[Modulo: Landrin].”
Trabajo de graduación presentado
por:
DAVID ALEXANDER GRANADOS RAMIREZ
PREVIO A OPTAR AL GRADO ACADEMICO DE
LICENCIADO EN CIENCIAS CRIMINOLOGICAS
Y CRMINALISTICAS
GUATEMALA, NOVIEMBRE 2014
AUTORIDADES DE LA FACULTAD, ASESOR Y REVISOR DEL
TRABAJO DE GRADUACIÓN
iii
DECANO DE LA FACULTAD: LIC. LUIS ANTONIO RUANO CASTILLO
DIRECTORA DE LA ESCUELA: DRA. MIRIAM DOLORES OVALLE GUTIERREZ
DE MONROY
ASESOR: LICDA. DORENY YASMINA DE LÉON SÁNCHEZ
REVISOR: LIC. JOSÉ ALFEDRO FIGUEROA GÓMEZ
iv
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V
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REGLAMENTO DE TESIS
Artículo 8: RESPONSABILIDAD
Solamente el autor es responsable de los conceptos expresados en el trabajo de
tesis. Su aprobación en manera alguna implica responsabilidad para la Universidad.
INDICE
1. INTRODUCCION ..........................................................................................1
A. Antecedentes ................................................................................................3
B. Objetivos
Objetivo General ...........................................................................................6
Objetivo Especifico .......................................................................................6
C. Glosario Especializado .................................................................................7
D. Glosario Genérico .........................................................................................11
E. Modalidad de la Investigación ......................................................................17
2. DESARRROLLO DEL TEMA ........................................................................18
Concepto de Plaguicidas, fungicidas y herbicidas ........................................18
El Plaguicida Landrin ....................................................................................21
Legislación Internacional y Nacional que regula el uso de plaguicidas,
fungicidas y herbicidas..................................................................................22
Riesgos criminológicos y criminalísticos por el uso inapropiado de
Plaguicidas, fungicidas y herbicidas ............................................................28
A. Resultados ....................................................................................................30
B. Análisis de resultados ................................................................................... 31
3. CONCLUSIONES .........................................................................................32
4. RECOMENDACIONES .................................................................................33
5. APENDICE ...................................................................................................34
Informe pericial .............................................................................................35
x
1
1. INTRODUCCIÓN:
El presente trabajo denominado “Estudio Criminológico y Criminalístico de Riesgos
del uso Inapropiado de Plaguicidas, Fungicidas y Herbicidas”. Correspondió al
autor del plaguicida Landrin. Fue seleccionado como tema de Tesis por el grupo
de alumnos, tomando en cuenta que Guatemala es un país eminentemente
agrícola, y de bajo nivel educativo, por lo que reviste su importancia desde el
punto de vista social, agrícola, ambiental, ecológico, entre otros.
El propósito que se persigue con la elaboración del trabajo y los distintos módulos
que lo conforman, es que la investigación realizada se concrete en un trabajo
publicado, que llegue a la población guatemalteca y dé a conocer los riesgos y las
consecuencias a que puede llevar el uso indiscriminado e irresponsable de los
plaguicidas, así como las implicaciones desde el punto de vista criminal de los
mismos si la etiología en todo caso fuese suicida, homicida o accidental.
La metodología y modalidad empleada para el desarrollo del trabajo es
eminentemente investigativa bibliográfica, este tipo de trabajo ha sido descrito por
algunos autores como “de transcripción” y procuran dar extensión y profundidad al
tema.
En el trabajo se incluirá varias partes así en los antecedentes del tema, glosario
genérico del tema, glosario especializado; además estudios realizados por
expertos tanto a nivel nacional como internacional, casos de intoxicaciones por el
uso de plaguicidas, situaciones calificadas como impericias, imprudencias,
negligencias, inobservancias, así como dolos o criminalidad premeditada.
En este orden de ideas debe entenderse que “Plaguicida es el nombre genérico
que se da a cualquier substancia química, substancia biológica, agente biológico o
mezcla de dichas substancias que se destinen a combatir, destruir, controlar,
prevenir, atenuar o repeler cualquier forma de vida animal o vegetal, sea ésta,
insecto, roedor, nemátodo, hongo, maleza, arácnido o molusco, cuya acción afecte
la salud y bienestar del ser humano y de los animales y plantas útiles. Por
2
extensión se incluyen también las substancias que se usan para regular el
crecimiento de las plantas o los insectos, los defoliantes y los desecantes.”
[PLAGUICIDAS. Etiquetado de Plaguicidas químicos formulados para uso en la
agricultura. COGUANOR NGO 44 052: 1988 2ª. Revisión.]
No debemos dejar por un lado que el uso de los plaguicidas en el caso que nos
ocupa, al ser consumido por humanos ocasiona consecuencias como las descritas
anteriormente que derivan en muerte y posible caso de criminalidad.
A nivel de Guatemala, la mayor parte de agricultores que utilizan los plaguicidas
son personas que no han recibido capacitación sobre la forma correcta del uso,
nivel de toxicidad, añadiendo que son productos de venta libre y derivado de ello,
muchas veces utilizan los mismos recipientes de los plaguicidas como medio de
almacenamiento de líquidos para uso doméstico, trayendo como consecuencia
intoxicaciones y decesos.
Los plaguicidas son recursos de indudable valor para la producción agrícola
moderna, pero su adecuado manejo requiere conocimientos, experiencia y una
gran responsabilidad de parte de los técnicos y usuarios como lo es el insecticida
Landrin perteneciente al grupo de, los carbamatos son fácilmente hidrolizables en
soluciones alcalinas, insecticida de absorción mixta, digestiva, respiratoria y
cutánea son pocos persistentes en el ámbito y no se acumulan en el organismo.
El plaguicida Landrin tiene como ingrediente activo en su formulación
“Trimetacarb”, el cual según fuente de Organización Mundial de la Salud (OMS),
está dentro del listado obsoleto.
3
A. Antecedentes:
La historia de los plaguicidas se puede resumir y dividir en tres grandes etapas: La
primera a principios del siglo XIX, cuando se descubrió accidentalmente la acción
plaguicida de algunos elementos naturales como el azufre, cobre, arsénico,
piretrinas (sustancias obtenidas de los pétalos del crisantemo
“Chriysanthemumcinerariefolium”) y fósforo; así mismo se inició el uso de los
derivados del petróleo.
La segunda etapa en 1922, cuando se emplearon diferentes aceites insecticidas y
poco más tarde los primeros productos sintéticos.
La tercera etapa, en la que Müller, en 1940 descubre las propiedades insecticidas
del dicloro-difenil-tricloroetano, mejor conocido como DDT (Estrada, 1999). A partir
de esa fecha ese nuevo compuesto se utilizó para la eliminación de algunos
parásitos como el piojo que transmitían enfermedades como el tifo; es así como se
origina la industria de los plaguicidas organosintéticos. [Diagnóstico, tratamiento y
prevención de intoxicaciones aguadas causadas por plaguicidas. 3ª. Edición.
Agrequima. 2000]
A finales del siglo pasado, ante las dificultades encontradas por el hombre en
dominar las múltiples formas en que las plagas lo atacaban y asediaban, tuvo que
recurrir a los medios químicos, es decir, a los plaguicidas.
El advenimiento del siglo XX marcó un apogeo en el desarrollo de la ciencia y la
técnica de la humanidad, que revolucionó nuestras relaciones con la naturaleza.
Dentro de los logros de la ciencia y la técnica de este siglo se conformó un
inmenso arsenal de plaguicidas químicos que asegurarían el aumento de las
cosechas. La química orgánica de los plaguicidas, nacida hace algo más de 30
años, puso en sus manos las más mortíferas armas químicas para la lucha contra
las plagas, jamás soñadas por el hombre. [González Fundora, Bárbara, and Bernal
Izquierdo, Alexander. Impacto social del uso de los plaguicidas químicos en el
4
mundo. Cuba: Editorial Universitaria, 2007. ProQuest ebrary.Web. 20 August
2014. Pág. 4. Copyright © 2007. Editorial Universitaria. All rights reserved.]
De las más de 70 mil sustancias químicas que se encuentran en el mercado, los
plaguicidas sintéticos han ocupado un lugar destacado desde 1940 como la
principal estrategia para el control de las plagas. [La producción mundial deKaram,
Miguel Ángel, Ramírez, Guadalupe, and Bustamante Montes, L. Patricia.
Plaguicidas y salud de la población. México: Red Ciencia Ergo Sum, 2006.
ProQuest ebrary.Web. 20 August 2014. Pág.247.Copyright © 2006. Red Ciencia
Ergo Sum. Allrightsreserved.]
En las últimas siete décadas, la lucha contra las plagas se ha basado
principalmente en el uso indiscriminado de plaguicidas sintéticos. La mayor parte
de ellos son productos químicos que se emplean principalmente en la agricultura y
la horticultura, o en el combate a vectores, como es el caso del paludismo y
dengue, o en el uso doméstico (OPS, 2002; OPS/OM 2001; PNUD Unión Europea,
2000; OMS, 1992; UNEP, 1987). [Karam, Miguel Ángel, Ramírez, Guadalupe, and
Bustamante Montes, L. Patricia. Plaguicidas y salud de la población. México: Red
Ciencia Ergo Sum, 2006. ProQuestebrary. Web. 20 August 2014. Pág. 247.
Copyright © 2006. Red Ciencia Ergo Sum. All rights reserved.]
En Guatemala los plaguicidas han sido utilizados ampliamente, a nivel del campo
(en agricultura), a nivel del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, para
controlar enfermedades.
Para erradicación de la Malaria, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social,
ha utilizado plaguicidas, entre ellos están: “1956-1958: se aplicó Dieldrina; 1959-
1962, se utilizó DDT; 1970-1974, se aplicó Propoxur; 1975-1976, Sumitión; 1978:
Deltametrina, este se utiliza en la actualizadad. [Proyecto Eliminación Gradual del
DDT Primera Fase. Diagnóstico Situacional del Uso del DDT y el Control de la
Malaria. República de Guatemala 2000-2001. Pág. 17].
5
La actividad biológica de los carbamatos se descubrió en 1923, cuando se
describió por primera vez la estructura del alcaloide eserina (o fisostigmina)
contenido en las semillas del haba del Calabar. En 1929 se sintetizaron análogos
de fisostigmina, y pronto se pudo disponer de derivados del ácido ditiocarbámico
tales como tiram y ziram.
El estudio de los compuestos carbámicos comenzó el mismo año, y ahora se
conocen más de 1.000 derivados del ácido carbámico. De ellos, más de 50 se
utilizan como plaguicidas, herbicidas, fungicidas y nematocidas. En 1947 se
sintetizaron los primeros productos de esta clase dotados de propiedades
insecticidas.
Algunos tiocarbamatos han demostrado ser eficaces como aceleradores de la
vulcanización, y se han utilizado derivados del ácido ditiocarbámico en el
tratamiento de tumores malignos, hipoxia, neuropatías, heridas por radiación y
otras enfermedades. Algunos carbamatos pueden producir una sensibilización en
individuos expuestos; asimismo se han observado distintos efectos fetotóxicos,
embriotóxicos y mutagénicos en miembros de la familia. [Organización Mundial de
la Salud (OMS). 1996. The WHO Recommended Classification of Pesticides by
Hazard and Guidelines to Classification 1996-1997. Pág. 11, International
Programme on Chemical Safety (IPCS), OMS/PCS/96.3. Ginebra: OMS.]
6
B. Objetivo:
Objetivo general:
i. Realizar el “Estudio Criminológico-Criminalístico de Riesgo del Uso
Inapropiado de Plaguicidas, Fungicidas y Herbicidas“.
Objetivos específicos:
i. Enfocar el estudio Criminológico-Criminalístico de riesgos y
consecuencias por el uso del plaguicida Landrin.
ii. Recabar información sobre las intoxicaciones que se han generado por el
uso del plaguicida Landrin.
iii. Realizar un informe pericial sobre aspectos propios de la documentación
escrita de los plaguicidas y darle un enfoque pericial exigido conforme el
marco legal guatemalteco.
7
C. Glosario especializado:
Biológico: Organismo vivo o parte de éste, atenuado, modificado o inactivo,
empleado para la prevención, diagnóstico, control y tratamiento de las
enfermedades de los animales. [Decreto numero 36-98 el Congreso de la
republica de Guatemala en su capítulo III definiciones. artículo 8]
Dosis Letal Media (DL50): Cantidad de un agente químico, necesaria para
producir la muerte del 50% de los animales de experimentación expuestos. Se
expresa en miligramos/kilogramo de peso corporal.[Reglamento Técnico
Centroamericano. PLAGUICIDAS DE USO DOMESTICO, JARDINERIA, SALUD
PUBLICA E INDUSTRIAL REQUISITOS DE REGISTRO año 2006, capítulo I
disposiciones Generales art. 4 Definiciones.pag. 4]
Eficacia: La capacidad que tiene un plaguicida para actuar en forma efectiva
contra las plagas a las cuales está destinada, cumpliendo parámetros requeridos
de calidad y de riesgo aceptable para la salud humana y el ambiente.
[Reglamento Técnico Centroamericano. PLAGUICIDAS DE USO DOMESTICO,
JARDINERIA, SALUD PUBLICA E INDUSTRIAL REQUISITOS DE REGISTRO
año 2006, capítulo I disposiciones Generales art. 4 Definiciones. Pág. 4]
Enfermedad: Ruptura del equilibrio de la interacción entre un animal o vegetal,
agente biológico y medio ambiente, que provoca alteraciones en las
manifestaciones vitales del primero. [Decreto numero 36-98 el Congreso de la
republica de Guatemala año 1998, en su capítulo III definiciones. artículo 8]
Fabricante: Persona individual o jurídica que sintetiza ingredientes activos, grado
técnico o compuesto para la formulación y elaboración de insumos para uso
agrícola. [Guatemala Acuerdo Ministerial no. 1221-2004 EL MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTACION año 2004. Pág. 3 Capitulo 1
Disposiciones Generales artículo 2]
Formulador: Persona individual o jurídico autorizado por la unidad para formular,
envasar, reenvasar, empacar, y reempacar insumos para uso agrícola.
8
[Guatemala Acuerdo Ministerial no. 1221-2004 EL MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTACION. Pág. 3 Capitulo 1
Disposiciones Generales artículo 2]
Hoja de Seguridad: Documento técnico emitido por la compañía fabricante o
formulador, en la que se indica el grado de riesgo y peligrosidad para la salud
humana y del ambiente del producto, así como las condiciones de manejo
necesarias para minimizar los riesgos de exposición (Anexo 2). [Reglamento
Técnico Centroamericano. PLAGUICIDAS DE USO DOMESTICO, JARDINERIA,
SALUD PUBLICA E INDUSTRIAL REQUISITOS DE REGISTRO año 2006,
capítulo I disposiciones Generales art. 4 Definiciones. Pág. 4]
Impurezas: Compuesto químico presente en un ingrediente activo grado técnico
con distinta composición química que la del ingrediente activo.[Guatemala
Acuerdo Ministerial no. 1221-2004 EL MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y ALIMENTACION. Año 2006 Pág. 2-13 Capitulo 1 Disposiciones
Generales artículo 2]
Incidencia: Número de casos nuevos de una enfermedad que aparece en una
población animal o vegetal determinada, durante un período específico, en un área
geográfica definida. [Decreto numero 36-98 el Congreso de la republica de
Guatemala año 1998 en su capítulo III definiciones. artículo 8]
Incompatibilidad: Reacciones violentas y negativas para el equilibrio ecológico y
el ambiente, que se producen con motivo de la mezcla de dos o más residuos
peligrosos. [NORMA oficial mexicana NOM-CRP-003-ECOL/93, que establece el
procedimiento para determinar la incompatibilidad entre dos o más residuos
considerados como peligrosos por la norma oficial mexicana NOM-CRP-001-
ECOL/1993]
Materia Prima: Los elementos simples o compuestos que se usan en la
producción, fabricación y formulación de fertilizantes. [Guatemala Acuerdo
Ministerial no. 1221-2004 EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y
ALIMENTACION. Pág. 2-13 Capitulo 1 Disposiciones Generales artículo 2]
9
Nombre Comercial: El nombre con el que el Titular del Registro identifica,
registra y promociona el plaguicida y que, si está protegido por la legislación
nacional, puede ser utilizado exclusivamente por el fabricante para distinguir su
producto de otros plaguicidas que contengan el mismo ingrediente
activo.[Reglamento Técnico Centroamericano. PLAGUICIDAS DE USO
DOMESTICO, JARDINERIA, SALUD PUBLICA E INDUSTRIAL REQUISITOS
DE REGISTRO capítulo I disposiciones Generales art. 4 Definiciones. Pág. 4]
Nombre Químico: Se refiere a la forma química de nombrar la molécula o
ingrediente activo del insumo para uso agrícola, propuesto o aceptado por la
Unión Internacional de Química Pura y Aplicada (IUPAC).[Guatemala Acuerdo
Ministerial no. 1221-2004 EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y
ALIMENTACION. Pág. 2-13 Capitulo 1 Disposiciones Generales artículo 2]
Normativa Internacional: Las convenciones, códigos o tratados internacionales
reconocidos oficialmente por el Estado de Guatemala y concordantes con la
Organización Mundial del Comercio, tales como: Codex Alimentarius,
Oficina Internacional de Epizootias y la Convención Internacional
de Producción Fitosanitaria, relaticas, control y erradicación de plagas y
enfermedades en los vegetales y animales. [Guatemala Acuerdo Ministerial no.
1221-2004 EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y
ALIMENTACION. Pág. 2-13 Capitulo 1 Disposiciones Generales artículo 2]
Panfleto: Instructivo obligatorio que debe acompañar a cada presentación
comercial de insumos formulados para uso agrícola; el cual incluye
información técnica básica, sencilla, clara y precisa, que cumpla con los requisitos
establecidos en la normativa vigente.[Guatemala Acuerdo Ministerial no. 1221-
2004 EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTACION. Pág.
2-13 Capitulo 1 Disposiciones Generales articulo 2]
Plaga Endémica: Aquella que se encuentra el país, cuyos efectos pueden ser
moderados o graves, sobrevive en forma natural y ha sido reconocida
10
oficialmente. [Decreto numero 36-98 el Congreso de la republica de Guatemala en
su capítulo III definiciones. artículo 8]
Prevalencia: La frecuencia de una enfermedad o plaga, en un período preciso,
referida a una población animal o vegetal determinada. [Decreto numero 36-98 el
Congreso de la republica de Guatemala en su capítulo III definiciones. artículo 8]
Profesional Responsable: Es el responsable del trámite de registro de los
plaguicidas objeto de este reglamento el cual deberá ser un profesional idóneo
con conocimiento y experiencia en toxicología, manejo seguro de plaguicidas o
protección del medio ambiente. [Reglamento Técnico Centroamericano.
PLAGUICIDAS DE USO DOMESTICO, JARDINERIA, SALUD PUBLICA E
INDUSTRIAL REQUISITOS DE REGISTRO año 2006, capítulo I disposiciones
Generales art. 4 Definiciones. Pág. 6]
Riesgo: Es la probabilidad que tiene un plaguicida de generar o desarrollar
efectos adversos a la salud, bajo condiciones específicas de exposición a
situaciones de peligro. [Reglamento Técnico Centroamericano. PLAGUICIDAS
DE USO DOMESTICO, JARDINERIA, SALUD PUBLICA E INDUSTRIAL
REQUISITOS DE REGISTRO año 2006, capítulo I disposiciones Generales art.
4 Definiciones. Pág. 6]
Sanciones: El incumplimiento a las disposiciones contenidas en esta norma oficial
mexicana será sancionado conforme a lo dispuesto en la Ley General
del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, su Reglamento en materia
de Residuos Peligrosos y demás ordenamientos jurídicos aplicables.
[NORMA oficial mexicana NOM-CRP-003-ECOL/93, que establece
el procedimiento para determinar la incompatibilidad entre dos o más
residuos considerados como peligrosos por la norma oficial mexicana NOM-CRP-
001-ECOL/1993]
11
D. Glosario genérico:
Antídoto: (Del gr. Anti, contra, y dotos dado.) m. Substancia medicamentosa dada
para neutralizar la acción de un veneno. [Dabot, E. Diccionario de medicina: A-CH.
Tomo I. México: Instituto Politécnico Nacional, 2010. ProQuestebrary.web. 23
August 2014. Pág. 70]
Cadena de Custodia: La cadena de custodia es el conjunto de procedimientos de
protección, por medio del cual se garantiza la autenticidad (identidad e integridad)
del elemento material por utilizar como prueba en un juicio. [Blanca Aracely
Monzón Soto, Tesis la Cadena de Custodia de las evidencias en el Proceso Penal
Guatemalteco, Biblioteca USAC, año 2012, Pág. 33]
Clasificación Toxicológica: Realiza la verificación y validación de los estudios de
toxicidad estableciendo la categoría Toxicológica de los plaguicidas y evaluando
los riesgos de toxicidad de acuerdo a la normatividad vigente, para posteriormente
emitir un concepto toxicológico o dictamen técnico toxicológico que será requisito
ante la autoridad competente para realizar el registro de plaguicidas. [Pesticide
Action Network North América 1611 Telegraph Av, Suite 1200 Oakland, CA 94612
Usa Pág. 38]
Criminalística: Es una ciencia auxiliar del derecho, estudia la manera en que se
cometió el delito y quien lo cometió. De modo que se encarga de responder a los
interrogantes ¿Quién fue el agresor? ¿Quién la víctima? ¿Dónde ocurrieron los
hechos? ¿Cuál fue la situación delictuosa? A partir de estas respuestas parciales
es posible reconstruir los hechos para determinar de manera certera como sucedió
todo. [Enciclopedia Criminalística, Criminología e Investigación. 1 era. Edición
Bogotá D.C. Sigma editores, 2010. Tomo I. pág. 97-98]
Criminología: Es una disciplina científica e indisciplinaria que tiene por objeto
el estudio y el análisis del delito, de la pena, delincuente, victima, criminalidad,
reacción social, institucional, cultural y económico, a los fines de la explicación,
asistencia y prevención de hechos de violencia. [Criminología e
12
Introducción. Ed. Marcus Lerner. España. Córdova. 1999, Pág. 756]
Dosis: Cantidad o porción de una cosa, cualquiera material o inmaterial.
[Diccionario Enciclopédico, Océano, Año 2001, Pág. 1,859]
Efecto Nocivo: Es aquel agente que altera el ambiente y representa un riesgo
importante para la salud, las personas o la población, o que directamente cause
daño al hombre o a su patrimonio natural, cultura o económico. [Jiménez, M.
(2009). TOXICOLOGÍA FUNDAMENTAL. 4ta edición. pág. 21]
Equipo de Protección Individual: Están destinados a proteger al trabajador
frente a los riegos destinados de las condiciones medioambientales (ruidos,
agentes químicos, radiaciones). [Cortez. J. (2007) Técnicas de Prevención de
Riesgos Laborales, 9na edición actualizada. Madrid. España. TEBAR, S.L. pág.
488]
Evidencia: Denominamos así, a todo objeto, huella o elemento íntimamente
relacionado con un presunto hecho delictuoso, cuyo estudio permite reconstruirlo,
identificar a sus autores y establecer su comisión. [Moreno, R (1977). Manual de
Introducción a la Criminalística. 1era edición, Editorial Porrúa, S.A, México. pág.
67]
Fertilizante: Se entiende cualquier material orgánico o inorgánico, natural o
sintético que suministra a las plantas uno o más de los elementos nutricionales
necesarios para su normal crecimiento. [Propiedades Generales de los
Fertilizantes Sólidos Manual Técnico. Ricardo Guerrero Riascos Cuarta edición,
2004. Monómeros Colombo Venezolanos, S.A. (E.M.A.) pág. 9]
Formulación: Mezcla de uno o más ingredientes activos, elementos o
compuestos uniformemente distribuidos en un vehículo inerte, con o sin ayuda
de coadyuvantes de formulación. [Ministerio de Agricultura, Ganadería y
Alimentación (2004). Normas para el Registro de Personas Individuales o
Jurídicas interesadas en realizar actividades vinculadas con insumos para uso
agrícola y los requisitos para el registro de insumos para uso agrícola en el
13
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Guatemala: Ministerio]
Herbicida: Sustancia o mezcla de sustancias utilizada para matar o inhibir el
crecimiento de plantas consideradas como indeseables (malezas o malas
hierbas). [Dirección General de Investigación sobre la Contaminación Urbana y
Regional INFORMACIÓN GENERAL SOBRE LOS HERBICIDAS Dra. Ania
Mendoza Cantú, 13 de abril de 2011, pág. 2]
Indicio: del sustantivo index – indico y del verbo indicare que significa indiciar, dar
a conocer, revelar, describir, por lo que indicium, significa indicar, hacer conocer
algo, manifiestan, señal, argumento, todo lo cual cumple el indicio mediante la
relación lógica que debe existir entre el hecho indicador y el hecho indicado.
[Cañón, Pedro. (2009) Práctica de la prueba judicial Pág. 139; Colombia]
Informe Pericial: Dictamen escrito y verbal a veces, que dimite en una causa el
designado, en ella como perito, para aclarar a los instructores o juzgadores
algunos aspectos de hecho de complejidad técnica ajena a la de aquellas
autoridades. [Cavanellas, Guillermo, Diccionario enciclopédico de derecho usual
tomo III, año 1979, pág. 720]
Ingestión: Introducción por la boca comida, bebida o medicamento. Las
sustancias Químicas pueden ser ingeridas en el alimento, la bebida, utensilios,
cigarrillos o manos. Luego de la ingestión, las sustancias químicas pueden ser
absorbidas en la sangre y distribuidas en todas partes del cuerpo. [Fraume,
Diccionario de botánica y glosario de medio ambiente. Copyright © 2002-2014.
(Pág. 249) Bogotá]
Ingrediente Activo: Es la substancia química o biológicca que imparte el carácter
plaguicida. [PLAGUICIDAS. Etiquetado de plaguicidas químicos formulados para
uso en la agricultura. COGUANOR NGO 44 052:1988. 2ª. Revisión, Guatemala]
Ingrediente Inerte: Es la sustancia sin acción plaguicida que se adiciona a la
formulación como vehículo del ingrediente activo, para facilitar su aplicación.
14
[PLAGUICIDAS. Etiquetado de plaguicidas químicos formulados para uso en la
agricultura. COGUANOR NGO 44 052:1988. 2ª. Revisión, Guatemala]
Insecticida: (insecticide) Agente que mata insectos. [G. Ida, Melloni Jhon, Grupo.
Eisner,L. June. (2005) El gran Harper Collins ILUSTRADO DICCIONARIO
MÉDICO (Pág. 499): MARBÁN LIBROS S.L.]
Intoxicación: Se le llaman intoxicaciones a los efectos que se producen en el
organismo como consecuencia de la penetración de un xenobiótico. [Agustín G.,
Pedro M., Diego G., Manual para el técnico en Prevención de Riesgos Laborales,
5ta. Edición, 2006., pág. 596]
Intoxicación Aguda: Son alteraciones graves del organismo que se manifiestan
en un corto período de tiempo. [Agustín G., Pedro M., Diego G., Manual para el
técnico en Prevención de Riesgos Laborales, 5ta. Edición, 2006., pág. 596]
Intoxicación Crónica: Estado patológico de un organismo caracterizado por
alteraciones fisiológicas desencadenadas por el uso de una droga por tiempo
prolongado. [Wilkins Gámiz, Amada. Toxicología práctica para el internista.
México: Editorial Alfil, S. A. de C. V., 2007. ProQuest ebrary. Web. 23 August
2014]
Intervalo de Seguridad: Es el número de días que debe transcurrir entre la última
aplicación de un plaguicida a una cosecha y la recolección de la misma. En el área
pecuaria es el período de tiempo que se debe dejar transcurrir entre la última
aplicación de un plaguicida en el ganado y la matanza y el próximo ordeño [Alfaro,
Marvin. (2006). Manual Sobre Efectos Acumulativos en la Salud y el Ambiente Por
el Uso de Plaguicidas en la Agroindustria Guatemalteca. Pág. 9]
Límite Máximo de Residuos (lmr): El "límite máximo de residuos" (LMRs) es la
cantidad máxima de residuos de determinado plaguicida sobre determinado
producto agrícola permitida por la Ley. Es decir, la cantidad que no puede ser
sobrepasada para que el producto pueda ser puesto en circulación o
comercializada.
15
[Programa Operativo Feder de Andalucía 2007-2013 Junta de Andalucía ©
Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural C/ Tabladilla, s/n 41071
Sevilla 955 032 000. Pág-15]
Manejo de Plaguicidas: Existe una serie de medidas de precaución en el manejo
de los plaguicidas que se deben seguir, para evitar los riesgos a que se está
expuesto cuando se utilizan estos productos. El mal uso de los plaguicidas se da
debido a que los agricultores(as) adquieren el producto, desconociendo las
prácticas para hacer un buen uso y manejo de estas sustancias. [OIRSA Proyecto
Regional de Fortalecimiento de la Vigilancia Fitosanitaria en Cultivos de
Exportación no Tradicionales-VIFINEX, MANUAL TÉCNICO, Uso u Manejo
Seguro de Plaguicidas en el Cultivo de Piña, Panamá, Junio de 2000. Pág-26]
Perito: es toda persona que tiene conocimientos especiales sobre una materia
determinada y apta, en consecuencia, para dar su opinión autorizada sobre un
hecho o circunstancia contenido en el domino de su competencia. [Hernán Silva
Silva, Medicina Legal y Psiquiatria Forense Tomo I, 1991. página 20]
Plaga: Aparición masiva y repentina de seres vivos de la misma especie que
causan graves daños a poblaciones animales o vegetales. [Fundación Hogares
Juveniles Campesinos, Manual de agricultura Alternativa Principios 2004, página
56]
Plaguicidas: Sustancias toxicas por definición y los efectos que tienen en los
seres vivos dependen de su estructura química, su estado físico y las
características del receptor. [Cristina Bárcenas Pazos. Los Plaguicidas, el
ambiente y la salud (1990). Primera edición. Pág. 79.]
Toxicidad: Capacidad inherente para provocar daño a causar la muerte. [Milagros
Fernández Fernández. Aplicación de los plaguicidas. (2013). Pág. 91]
Toxicología: Integrado por dos palabras griegas: Toxon (veneno) y logos
(estudio). Por lo tanto ciencia que estudia las acciones y los efectos adversos de
las sustancias químicas sobre los organismos vivos y se ocupa de caracterizar los
16
posibles efectos adversos de las sustancias químicas [Jaramillo González,
Francisco, Toxicología Básica, año 2006, Pág. 15]
Vía de Absorción: Conducto o modo de entrada de cualquier producto en el
cuerpo de las personas y los animales. [Instituto de Investigación y Formación
Agraria y Pesquera. Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural (2013).
APLICACIÓN DE PLAGUICIDAS NIVEL CUALIFICADO, Pág. 316; Sevilla]
Víctima: Personas individuales o colectivamente que han sufrido perjuicio
incluyendo daños físicos o mental, sufriendo emocionalmente, pérdida económica
o deterioro substancial de sus derechos fundamentales por medio de actos u
omisiones, incluyendo aquellas que establecen prescripciones relativas al abuso
de poder. [Resumil, E Olga, Criminología General segunda Edición 1992 pág. 224]
Victimario: Es aquel que realiza el daño, el sufrimiento, el padecimiento, agresión,
etc. [Rivista di Criminologia, Vittimologia e Sicurezza – Vol. VII – N. 1 – Gennaio-
Aprile 2013 pág. 7]
Victimología: (derivado del inglés Victimology) es una disciplina cuyo origen tiene
por objeto el estudio de la víctima, de la persona que ha padecido un sufrimiento
físico, psicológico y social, a consecuencia de la violencia o de una conducta
antisocial, que puede estar tipificada ante la ley como un daño al bien jurídico o
no. [Jorge Núñez de Arco, El Informe Pericial en Psiquiatría Forense, 3ra. Edición
editorial TEMIS, año 2008, pág. 29]
17
E. Modalidad de la investigación:
La investigación se desarrollará dentro de un marco general de módulos
manejados por un grupo de estudiantes, cada alumno desarrollará un módulo en
el caso del autor de esta monografía correspondió el módulo del plaguicida
Landrin. Se trata de un investigación multibibliográfica y de consultoría con el fin
de abundar en la materia y generar un producto cuya lectura enriquezca y
adicional fortalezca la investigación criminológico y criminalístico por el uso de
plaguicidas.
18
2. DESARROLLO DEL TEMA:
Los plaguicidas son sustancias naturales o sintéticas que se utilizan para repeler,
destruir o aplacar las plagas, unos tienen efectos sobre ciertas plagas, pero son
ineficaces contra otras, también los plaguicidas varían en su modo de acción, en la
forma en que se aplican, en la toxicidad y en muchas otras características.
[Manual básico para usuarios comerciales de plaguicidas restringidos Hipolito
O´Farrill-Nieves, Ph.D. Especialista en Entomología. Pág. 16]
Los plaguicidas se pueden clasificar atendiendo a diferentes criterios. A
continuación, se detallan algunas de estas clasificaciones.
Según el agente sobre el que actúan:
Insecticidas: Controlan a los insectos (minadores, trips, pulgones, escarabajos,
polillas, etc.).
Herbicidas: Se emplean para combatir las malas hierbas (grama, avena silvestre,
etc.).
Fungicidas: Actúan contra los hongos causantes de enfermedades en los cultivos
(mildiu, oídio,fusarium, verticilium, botritis, etc.).
Acaricidas. Combaten los ácaros (araña roja, araña blanca, vasates, etc.).
Nematicidas: Empleados para el control de nematodos (Globodera, Meloidogyne,
etc.).
Antibióticos o bactericidas: Combaten las bacterias que provocan daños en los
cultivos (Pseudomonas, etc.).
Molusquicidas o helícidas: Se emplean para el control de caracoles y babosas.
Rodenticidas: Utilizados contra roedores (topos, topillos, lirones, ratas, etc.)
[Aplicación de Plaguicidas. Nivel Cualificado pag. 82/ [Milagros Fernández
Fernández et al.].- Sevilla: Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural:
Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera, 2013 (Agricultura.
Formación)]
19
GRUPO QUÍMICO SÍNTOMAS EFECTOS
GRUPO QUÍMICO SÍNTOMAS EFECTOS
Organoclorados
Insecticidas que se absorben principalmente por vía respiratoria y digestiva y se acumulan en el sistema nervioso central, en los tejidos grasos y en la placenta.
Vómitos, diarreas,
mareos, irritabilidad, dolor
de cabeza y temblores Si
la exposición se produce
de forma prolongada a
pequeñas dosis, pueden
aparecer problemas de
dermatitis.
Una intoxicación grave
puede producir
importantes lesiones en
el hígado y los pulmones.
Organofosforados
Insecticidas de absorción
por vía cutánea, aunque
también entran al
organismo por vía
respiratoria y digestiva.
Aumento de sudoración,
salivación y lagrimeo,
dolores de estómago,
náuseas, vómitos y
diarrea. También
debilidad, calambres
musculares, confusión
mental, mareos y
somnolencia.
La intoxicación produce
inhibición de la
acetilcolinesterasa, una
enzima muy importante
para la actividad del
sistema nervioso. En
intoxicaciones agudas el
paciente puede quedar
ciego o paralítico, e
incluso morir.
En intoxicaciones
crónicas, algunas
alteraciones (temblores)
pueden mantenerse
durante años.
Carbamatos
Insecticidas de absorción
mixta (digestiva,
respiratoria y cutánea).
Son poco persistentes en
el ambiente y no se
acumulan en el
organismo. Los síntomas
de intoxicación aparecen
Aumento de sudoración,
salivación y lagrimeo,
dolores de estómago,
convulsiones y dificultad
para respirar. Todos los
síntomas se complican
con el consumo de
alcohol.
Inhibe la actividad de la
acetilcolinesterasa,
aunque esta acción es
más fácilmente reversible
que en el caso de los
organofosforados, sin que
por ello los efectos dejen
de ser graves. Reduce la
20
repentinamente y
desaparecen en pocas
horas.
fertilidad de los animales
con los que se ha
experimentado.
Bipirílidos
Herbicidas altamente
tóxicos, especialmente si
son absorbidos por vía
digestiva.
Tras la ingestión aparece
irritación de boca y
garganta, dolores de
estómago, náuseas,
vómitos y diarreas.
Trascurridos unos días
aparecen daños en el
riñón y el hígado.
Una intoxicación grave
puede producir un
“shock” y la muerte solo
varias horas después de
la ingestión.
Las lesiones son
irreversibles.
Piretroides
Insecticidas de absorción
mixta, con baja toxicidad
para las personas y
animales terrestres,
aunque muy tóxicos para
los acuáticos. No son
persistentes en el
ambiente ni se acumulan
en el organismo.
Irritación de ojos y piel,
picazón intensa,
estornudos y hormigueos
Elevada capacidad para
producir alergias.
Dosis muy altas pueden
provocar daños
permanentes en el
sistema nervioso.
Neonicotinoides
Insecticidas
moderadamente tóxicos
que actúan por contacto e
ingestión.
Diarrea, dolor de
estómago, debilidad de
pulso, parálisis cardiaca.
Los síntomas que se
producen son similares a
los de la nicotina.
En casos extremos se
producen convulsiones e
incluso la muerte.
[Aplicación de Plaguicidas. Nivel Cualificado pag. 126/ [Milagros Fernández
Fernández et al.].- Sevilla: Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural:
Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera, 2013 Agricultura.
Formación).]
21
El objeto de estudio es Landrin tiene como ingrediente activo Trimetacarb es un
insecticida sin la aprobación regulatoria de la UE para su uso. Es moderadamente
soluble en agua, es bastante volátil y también hay un pequeño riesgo de lixiviación
a las aguas subterráneas.
Generalmente no es persistente en los sistemas de suelo. Puede degradarse
rápidamente por hidrólisis en los sistemas acuáticos. Es moderadamente tóxico
para los mamíferos, pero no se espera que sea bioacumulable.
Es un inhibidor de la colinesterasa de acetilo y una neurotoxina. Se muestra un
moderado a alto nivel de toxicidad para la mayoría de las especies acuáticas.
[http://sitem.herts.ac.uk/aeru/footprint/es/Reports/671.htm.]
El insecticida Landrin tiene su antídoto llamado Atropina que tiene como objetivo
antagonizar los efectos de las concentraciones excesivas de acetilcolina en los
órganos, blanco con receptores muscarímicos. [Reconocimiento y Manejo de los
Envenenamientos por Pesticidas, quinta edición, 1999, J.Routt Reigart, M.D.
Profesor de Pedriatria, Universidad Media de Corolina del Sur James R. Roberts,
M.D., M.P.H. Profesor Asistente de Pediatría, Universidad Médica de Carolina del
Sur. Capitulo 5 pág. 55.]
Landrin puede utilizarse sin riesgo, siempre que se adopten las medidas o
precauciones necesarias. [Tercer informe del Comité de Expertos de la OMS en
Biología de los Vectores y lucha Antivectorial. Ginebra 1979. pág. 19.
El Estado del Reino Unido LERAP da la no aprobación para su uso o fuera de su
ámbito. En los idiomas que se conoce el ingrediente activo trimetacarb son:
Inglés, Francés, Alemán, Danés, Italiano, Español, Esloveno, Polaco.
[http://sitem.herts.ac.uk/aeru/footprint/es/Reports/671.htm]
La toxicidad del plaguicida landrin puede ser: toxicidad aguda y toxicidad crónica.
22
Marco legal internacional, relacionado a la comercialización y uso de sustancias
químicas.
CONVENIO FIRMA Y RATIFICACIÓN CONTENIDO RELEVANTE
COVENIO CONVENIO
DE ESTOCOLMO
SOBRE
CONTAMINANTES
ORGÁNICOS
PERSISTENTES.
Firmado en Guatemala el
29 de enero del 2002
Aprobado por el
Congreso de la República
según decreto 60-2007.
Entrega de Depósito de
Ratificado 31 de julio
2008
Artículo 3. Medidas para
reducir o eliminar las
liberaciones derivadas de
la producción y utilización
intencional.
Prohibirá y adoptará
medidas jurídicas y
administrativas para
eliminar su producción y
utilización y eliminará sus
importaciones y
exportaciones.
CONVENIO DE BASILEA
SOBRE EL CONTROL
INTERNACIONAL DE
LOS MOVIMIENTOS
TRANSFRONTERIZOS
DE DESECHOS
PELIGROSOS.
Aprobado por el Decreto
Ley No.3-95 del 25/1/95.
Ratificación 25/4/95
Artículo 4-2 Reducir la
generación nacional de
desechos peligrosos y
otros desechos y
establecer instalaciones
adecuadas de
eliminación.
Artículo 4-1 Prohibir la
exportación de desechos
en los países que hayan
prohibido la importación
de dichos desechos o sin
el consentimiento escrito
del país importador
cuando éste no haya
prohibido la importación
de desechos.
Artículo 5. Prohibir el
comercio de desechos,
con los países no
miembros.
23
CONVENIO
CENTROAMERICANO
Aprobado por el Decreto
Ley 6-94 del 19/1/94.
Ratificado 24/2/94.
Artículo 3-1 Prohibir la
importación y tránsito de
desechos a países no
miembros. Prohibir el
vertimiento de desechos
peligrosos en mar y
controlar a tal efecto los
transportistas
provenientes de países no
miembros.
CONVENIO DE
ROTTERDAM
Procedimiento de
consentimiento previo
fundamentado aplicable a
ciertos plaguicidas y
productos químicos
peligrosos objeto de
comercio internacional
Fue adoptado en 1998 se
aprobó en la Conferencia
de Plenipotenciarios
celebrada en Rotterdam
el 10 de septiembre de
1998. Entró en vigor el 24
de febrero de 2004, 90
días después de que se
depositara el
quincuagésimo
instrumento de
ratificación.
Artículo 3 Ámbito de
aplicación del Convenio
1. El presente Convenio
se aplicará a: a) Los
productos químicos
prohibidos o
rigurosamente
restringidos; y b) Las
formulaciones
plaguicidas
extremadamente
peligrosas.
Artículo 5
Procedimientos relativos
a los productos
químicos prohibidos o
rigurosamente
restringidos.
1. Cada Parte que haya
adoptado una medida
reglamentaria firme lo
comunicará por escrito
a la Secretaría. Esa
comunicación se hará lo
antes posible, pero a
más tardar en un plazo
24
de noventa días a partir
de la fecha en que la
medida reglamentaria
firme haya entrado en
vigor, e incluirá, de ser
posible, la información
estipulada en el anexo I.
Legislación adicional que regula el uso e importación de pesticidas o plaguicidas,
en Guatemala se han establecido mecanismos de control, por medio de
reglamentación, con el fin de promover el ordenamiento sobre la producción,
importación y uso de plaguicidas.
En la Constitución Política de la República de Guatemala, el:
Artículo 3. Derecho a la vida. El Estado garantiza y protege la vida humana desde
su concepción, así como la integridad y la seguridad de la persona.
Artículo 79. Enseñanza agropecuaria regula: “Se declara de interés nacional el
estudio, aprendizaje, explotación, comercialización e industrialización
agropecuaria. Se crea como entidad descentralizada, autónoma, con personalidad
jurídica y patrimonio propio, la escuela Nacional Central de Agricultura; debe
organizar, dirigir y desarrollar los planes de estudio agropecuario y forestal de la
nación a nivel de enseñanza media; y se regirá por su propia ley orgánica,
correspondiéndole una asignación no menor del cinco por ciento del presupuesto
ordinario del Ministerio de Agricultura Ganadería y Alimentación”.
Artículo 96. Control de calidad de productos. El Estado controlará la calidad de los
productos alimenticios, farmacéuticos, químicos y de todos aquéllos que puedan
afectar la salud y bienestar de los habitantes. Velará por el establecimiento y
programación de la atención primaria de la salud, y por el mejoramiento de las
condiciones de saneamiento ambiental básico de las comunidades menos
protegidas.
25
El Decreto No. 43-74 del Congreso de la República de Guatemala, Ley
Reguladora Sobre Importación, Elaboración, Almacenamiento, Transporte, Venta y
Uso de Pesticidas, establece:
Artículo 1. La presente ley tiene por objeto regular la importación, elaboración,
almacenamiento, transporte, venta y uso de pesticidas en salud pública,
agricultura y ganadería, autorizando a los Ministerios de Agricultura Ganadería y
Alimentación y de Salud Pública y Asistencia Social, Economía y Trabajo, para
establecer las normas que permitan su aplicación así como el imponer las
sanciones a quienes infrinjan estas disposiciones.
Artículo 2. Para los efectos de la presente ley se conceptúan como pesticidas
insecticidas, herbicidas, fungicidas, germicidas, acariciadas, orimicidas,
bactericidas, ovicidas, rodenticidas, repelentes, atrayentes y cualquier otro
producto de acción similar, a todo producto o mezcla de productos destinados a
combatir plagas, facultando a los ministerios de agricultura y de salud pública y
asistencia social para que regulen el uso y clasificación de los mismos.
Artículo 3. La aplicación de la presente ley, así como la elaboración de los
reglamentos que la misma requiere, son de la responsabilidad conjunta de los
Ministerios de Agricultura Ganadería y Alimentación y de Salud Pública y
Asistencia Social, quienes podrán integrar los diversos comités interministeriales
que estimen necesarios, requiriendo la colaboración de ellos, de cualesquiera
otros ministerios o entidades autónomas, semiautónomas y privadas.
Artículo 10. Se prohíbe el transporte y almacenamiento de pesticidas y sus
envases en conjunto con productos alimenticios, o sus envases para consumo
humano o animal.
En la comisión Guatemalteca de Normas, COGUANOR, se encuentra la
regulación de PLAGUICIDAS DE USO DOMESTICO, JARDINERIA, SALUD
PÚBLICA E INDUSTRIAL REQUISITOS DE REGISTRO:
26
Artículo 10. Cancelación o denegación del registro. La autoridad nacional
competente cancelará el registro de un producto cuando:
10.1 El registrante lo solicite.
Se conozca nueva información técnica que señale riesgos para la salud de las
personas o el ambiente.
10.2 Cuando el producto o alguno de los ingredientes de su formulación haya
sido prohibido por la autoridad nacional competente.
10.3 Cuando se varíe el uso autorizado.
10.4 Cuando el resultado de los análisis de calidad en el control post registro,
realizado en tres lotes diferentes no concuerden con lo declarado en el
expediente de registro.
10.5 Cuando se compruebe que los estudios presentados no sean propios del
producto registrado.
Artículo 11. La autoridad nacional competente denegará el registro de un producto
cuando:
11.1 Se incumpla cualquiera de los requisitos exigidos por este reglamento.
11.2 Se conozca nueva información técnica* que señale riesgos para la salud de
las personas o el ambiente, derivados del manejo de un plaguicida previa
evaluación técnica del Autoridad nacional competente.
Por “nueva información técnica” deberá entenderse no sólo la emitida posterior al
registro, sino además aquella que, aunque existente antes de registrarse el
producto, no fuera conocida por la autoridad nacional competente o por el
interesado sino hasta después de ese hecho.
11.3 Cuando el producto o alguno de sus ingredientes de su formulación haya
sido prohibido por el Autoridad nacional competente.
27
11.4 Cuando el resultado de los análisis de calidad realizados, en caso de que la
autoridad nacional competente lo considere necesario, no concuerde con lo
declarado en el certificado de análisis cuali-cuantitativo del expediente del
registro.
11.5 Que su composición no resulte estable en las condiciones normales de
almacenamiento y uso.
Articulo 12. Restricciones y recomendaciones.
12.1 Los países centroamericanos al momento de evaluar un plaguicida objeto
de este reglamento, podrán tomar en cuenta las restricciones y
recomendaciones que establezcan los organismos internacionales y
nacionales de reconocido prestigio, en caso de riesgo a la salud o el
ambiente.
12.2 No se permite formulaciones que contengan como ingredientes activos
órgano fosforado, órgano clorado y carbamatos que estén clasificados en la
categoría toxicología II para uso en aplicaciones industriales y en salud
pública.
Artículo 13. Prohibiciones.
13.1 Se prohíbe la comercialización, transferencia o donación de aquellos
productos que no estén registrados.
13.2 Se prohíbe utilizar como materia prima la extraída de otro producto
formulado, al cual se le ha alterado la concentración de ingrediente activo
para obtener un producto final diferente.
28
Riesgos criminológicos y criminalísticos por el uso inapropiado de
plaguicidas, fungicidas y herbicidas.
El riesgo de utilizar los plaguicidas es latente ya que por la falta de información de
las personas que se dedican al trabajo de la agricultura, están más expuestas y
suelen envenenarse sin darse cuenta ya sea a corto o largo plazo.
La falta de educación juega un papel preponderante, el analfabetismo que se vive
en nuestro país, estamos expuestos a una serie de intoxicaciones, esto es un
riesgo bastante alto, ya que al no saber leer no se sabe que dicen las indicaciones
y cuál es el procedimiento a seguir y protegerse, cuando se está en contacto con
el Plaguicida, Fungicida y Herbicida.
Los plaguicidas pueden mezclarse con productos sólidos (normalmente alimentos)
para usarlos como cebo o bien con agua, queroseno, aceites o disolventes
orgánicos dando como resultado un riesgo muy alto. Algunos de estos líquidos
tienen cierto grado de toxicidad para el ser humano y pueden influir en el índice de
absorción del componente activo.
Todo tipo de plaguicida es toxico para el ser humano pero hay algunos que
cuentan con antídoto, hay una buena cantidad de plaguicidas que ya no se
producen ya que son muy tóxicos para el ser humano, estos fueron prohibidos por
los países en sus diferentes legislaciones y convenios internacional.
La exposición a plaguicidas siempre es un riesgo para la salud de las personas,
por la posibilidad de que produzcan efectos o acciones perjudiciales. Eso quiere
decir que aunque no todas las personas que están en contacto con plaguicidas
sufren daños en su salud, lo que si tienen son más posibilidades de llegar a
sufrirlos.
El riesgo por la mala utilización de los Plaguicidas, Fungicidas y Herbicidas es
latente ya que pueden causar muchos problemas de salud, una persona expuesta
a un plaguicida puede tener más de una seña, algunas señas se presentan en
29
cuanto la persona se expone al plaguicida, otras señas se presentan después de
varias horas, días e incluso años más tarde.
El uso indiscriminado de los Plaguicidas, Fungicidas y Herbicidas pueden dar
como resultado un índice alto de intoxicación es en las poblaciones humanas y
animales mediante exposición secundaria o a través de efectos indirectos, esto es
un riesgo tanto para los seres humanos como para la fauna.
Los niños corren un gran riesgo ya que las personas adultas cuando tienen
sobrantes de cualquier Plaguicidas, Fungicida y Herbicida utilizado, lo que hacen
es vértelo en una botella de cualquier gaseosa, los niños por naturaleza son
curiosos y pueden tomar o ingerir el toxico, no se tiene el sumo cuidado de
resguardarlo en un lugar apropiado para que nadie sufra algún tipo de
envenenamiento y pueda causar la perdida de la vida.
30
A. Resultados:
El insecticida Landrin, tiene ingrediente activo Trimetacarb, perteneciente al grupo
de los carbamatos.
Es un insecticida y molusquicida obsoleta que también actúa como un repelente
de aves y mamíferos. Su CAS RN 2686-99-9, formula química es C11 H15 NO2
Nombre CAS 2,3,5 (o 3,4,5) -trimethylphenyl metilcarbamato.
[http://sitem.herts.ac.uk/aeru/footprint/es/Reports/671.htm]
Características Componente Tóxico
Características de la intoxicación
Autores consultados
Gránulos dispersables en agua. Estado Físico: sólido. Polvo de Color Blanco. Olor: No disponible. Marca Comercial: Landrin.
Trimetacarb Nauseas, inhibición de la colinesterasa.
[Aplicación de Plaguicidas. Nivel Cualificado pág. 126/ [Milagros Fernández Fernández et al.].- Sevilla: Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural: Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera, 2013 Agricultura. Formación).]
Es polvo blanco son olor. Es moderadamente soluble en agua. Es bastante volátil. Es moderadamente
Trimetacarb
Es un inhibidor de la colinesterasa de acetilo y una neurotoxina.
[http://sitem.herts. ac.uk/aer u/footprint/es /Reports/671.htm.]
31
tóxico para los mamíferos. Marca comercial Broot.
Es moderadamente en soluble en agua. Es bastante acuosa. Es polvo de color blanco. Es moderadamente o nada toxico. Nombre Landrin.
Trimetacarb
Nauseas, síntomas son la inhibición de la colinesterasa.
[Tercer informe del Comité de Expertos de la OMS en Biología de los Vectores y lucha Antivectorial. Ginebra 1979. pág. 19]
B. Análisis de resultados:
El total de los autores coincide que el plaguicida Landrin es un insecticida que
pertenece al grupo de los Carbamatos y su ingrediente activo es Trimetacarb.
La información bibliográfica indica que el Trimetacarb es un producto de grado
técnico no incluido en la Clasificación de la OMS y considerado obsoleto, en
desuso o no utilizado ya como plaguicidas.
Una de las peculiaridades de la intoxicación por los carbamatos es la posible
reacción alérgica de los individuos expuestos, los efectos tóxicos de los
carbamatos pueden no ser inmediatos, lo que presenta un riesgo potencial debido
a la falta de alarma.
32
3. CONCLUSIONES:
a. Se realizó el estudio Criminológico - Criminalístico de riesgos y
consecuencias por el uso de los plaguicidas, fungicidas y herbicidas.
b. Se recabó información sobre las intoxicaciones que se han generado
por el uso de plaguicidas, específicamente Landrin.
c. Se realizó un informe pericial sobre aspectos propios de la
documentación escrita de los plaguicidas y se le dio un enfoque pericial
exigido conforme el marco legal guatemalteco.
33
4. RECOMENDACIONES:
a. Que el estado de Guatemala, revise constantemente el cumplimiento
de la legislación vigente, los tratados que existen sobre
plaguicidas y que se cumplan en el país.
b. Difundir campañas sobre el uso adecuado la seguridad, toxicidad, de
plaguicidas, que vaya dirigido a los agricultores y personas que los
utilizan, disminuyendo con esto las diferentes intoxicaciones.
c. Que el gobierno de Guatemala, através de los diferentes Ministerios
revisen los plaguicidas, herbicidas y fungicidas que están en
Guatemala ya que en otros países han cancelado por los efectos que
producen.
d. Las evidencias indican que los plaguicidas representan un riesgo a la
salud pública, por lo que es necesario realizar más estudios
utilizando diversos modelos e indicadores para evaluar los riesgos
potenciales sobre la salud y el ecosistema.
34
5. APÉNDICE:
UNIVERSIDAD MARIANO GÁLVEZ ESCUELA DE CIENCIAS CRIMINOLÓGICAS Y CRIMINALÍSTICAS
35
INFORME-14-0001 Hoja 1 de 8
INFORME CON OPINION PERICIAL
Guatemala, 18 de octubre 2014
Señor
José julio Hernández Chamorro Juez 18 de Primera Instancia Penal Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente Organismo Judicial Guatemala
Señor Juez:
De manera atenta me dirijo a usted, dando cumplimiento a orden girada por usted con fecha seis de septiembre de dos mil catorce, de emitir OPINION PERICIAL del “Estudio Criminológico-Criminalístico de Riesgos del uso Inapropiado de Plaguicidas, Fungicidas y Herbicidas”. Específicamente sobre Plaguicida Landrin. Opinión que emito como Consultor Técnico y a requerimiento del Ministerio Público en caso manejado por esa Juzgado con referencia UMG1057-13-13306.
En tal sentido, respetuosamente manifiesto:
1. CUERPO DEL INFORME
1.1 Luego de realizar una amplia y minuciosa investigación sobre los plaguicidas
específicamente sobre Plaguicida Landrin, conocer de éstos, el entorno de sus efectos, su estructura, antecedentes históricos y antecedentes, se procede a
UNIVERSIDAD MARIANO GÁLVEZ ESCUELA DE CIENCIAS CRIMINOLÓGICAS Y CRIMINALÍSTICAS
36
INFORME-14-0001 Hoja 2 de 8
generar para el Juzgado Primero de Primera Instancia Penal Narcoactividad y Delitos contra el ambiente los criterios correspondientes como parte del estudio criminológico y criminalístico llevado a cabo.
1.2 Parte operativa, la investigación fue conformada con el manejo de material
bibliográfico consultado, información publicada en medios de comunicación sobre casos que involucran a los plaguicidas y apoyo brindado por los docentes del seminario.
INFORMACION EDITADA
1.3 [Aplicación de Plaguicidas. Nivel Cualificado/ Milagros Fernández Fernández et al.- Sevilla: Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural: Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera, 2013 320 p. : il. ; 30 cm -- (Agricultura. Formación).] Los plaguicidas pueden clasificarse en Insecticidas, Herbicidas, fungicidas, Acaricidas.
1.4 [Manual de Métodos Analíticos de Formulaciones de Plaguicidas, Departamento de Estudios y Análisis de Plaguicidas Subprograma de Sanidad Vegetal (IICA) México D.F.1988 página 185.] El ingrediente activo del plaguicida Landrin es Trimetacarb y los nombres comerciales con los que se conoce son: Broot, terravin y Landrin.
1.5 [Efectos sobre la salud y prevención de la exposición. - 2a ed. - Buenos Aires: Organización Panamericana de la Salud - OPS, 2009. pág. 18.] La intoxicación Aguda puede causar un amplio rango de síntomas en los adultos y en los niños dependiendo del tipo de plaguicidas los comúnmente usados Organofosforados y carbamatos pueden causar fatiga, mareos y visión borrosa. Herramientas de capacitación para el manejo responsable de plaguicidas y sus envases.
INFORMACION NO EDITADA
1.6 [www.boe.es] Registro de productos químicos del Servicio de información Toxicológica.
1.7 [www.espatentes.com] Se encuentra la composición química plaguicida Landrin.
UNIVERSIDAD MARIANO GÁLVEZ ESCUELA DE CIENCIAS CRIMINOLÓGICAS Y CRIMINALÍSTICAS
37
INFORME-14-0001 Hoja 3 de 8
1.8 [www.epa.gov/espanol/saludhispana/pesticidas.html] En los Estados Unidos, la
Agencia de Protección Ambiental (EPA, por sus siglas en inglés) regula el uso de los plaguicidas (también conocidos como pesticidas) bajo la autoridad de la Ley Federal Sobre Insecticidas, Fungicidas y Rodenticidas.
1.9 [www.epa.gov/] Incluye enlaces informativos de cómo los plaguicidas pueden afectar su salud, y enlaces de información acerca de varios estudios de salud ambiental hispana.
[INTOXICACIÓN POR PLAGUICIDAS EN LA UCI: PRESENTACION DE
TRES CASOS. Unidad de Cuidados Intensivos(a). Unidad de Toxicología (b).
Servicio de Urgencias(c). Hospital Clínico Universitario “Lozano Blesa”.
Zaragoza.] Mujer de 77 años con antecedentes de Síndrome depresivo, HTA,
Obesidad, Cardiopatía isquémica y ulcus duodenal. En tratamiento habitual con
Rexer, Besitran y benzodiacepinas. Ingiere de forma voluntaria una cantidad no
precisada de insecticida carbamato. A la exploración presenta rigidez muscular
importante, relajación de esfínteres y miosis bilateral arreactiva.
2. OBJETIVOS DEL PERITAJE
2.1 Realizar el informe pericial “Estudio Criminológico-Criminalístico de Riesgos del uso inapropiado de Plaguicidas, Fungicidas y Herbicidas.”
2.2 Enfocar específicamente sobre Plaguicida Landrin, el “Estudio Criminológico-Criminalístico de riesgos y consecuencias del consumo de Plaguicidas.”
2 PROCEDIMIENTOS REALIZADOS
3.1 Recopilación de bibliografía editada, documentos estatales sobre regulación
del manejo de los plaguicidas específicamente Plaguicida Landrin. 3.2 Recopilación de material no editado, de fuentes sociales, mediáticas, e
informáticas sobre empleo de plaguicidas específicamente Plaguicida Landrin.
UNIVERSIDAD MARIANO GÁLVEZ ESCUELA DE CIENCIAS CRIMINOLÓGICAS Y CRIMINALÍSTICAS
38
INFORME-14-0001 Hoja 4 de 8
3.3 Detallado y minucioso estudio y análisis comparativo del material recopilado
haciendo contra posición de opiniones y posiciones. 3.4 Documentación datos y detalles de Plaguicida Landrin en forma escrita,
gráfica y fotográfica. 3.5 Inclusión de material ilustrativo “EVIDENCIA DEMOSTRATIVA” para
facilitar el traslado de la opinión pericial a los miembros del Juzgado y de ser necesario al Tribunal de Sentencia en su momento procesal.
3 MÉTODOLOGIA EMPLEADA Y PROCEDIMIENTOS DE DOCUMENTACION
3.1 METODOLOGÍA
Análisis científico –inductivo y deductivo- en base a material científico con que se contó. Estudio criminológico del material y documentación con enfoque criminalístico para facilitar el manejo de la OPINION PERICIAL EMITIDA.
3.2 INSTRUMENTAL
4.2.1 Bibliografía descrita en este informe en apartado. 4.2.2 Muestra con fines de estudio proporcionada en agropecuarias. 4.2.3 Imágenes y testigos métricos. 4.2.4 Cámara fotográfica digital de acción manual y automática de
10 megapíxeles con zoom óptico de 3.3x6.6 y lente de 21 mm.
4 RESULTADO
4.1 El insecticida Landrin tiene un ingrediente activo Trimetacarb, perteneciente al grupo de los Carbamatos, es moderadamente toxico para los mamíferos, es un inhibidor de la colinesterasa de acetilo y una neurotóxina, su antídoto es Sulfato de Atropina.
4.2 Por su toxicidad intrínseca y su forma de uso, los productos químicos presentan riesgos importantes para la salud humana y el ambiente, tanto a corto como a largo plazo, Las principales restricciones a la importación y uso de plaguicidas se han desarrollado internacionalmente y no siempre funcionan de manera adecuada en nuestro país.
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4.3 En la actualidad, existe en el mercado un gran número de plaguicidas
específicos para cada grupo de agente nocivo, insectos, bacterias, ácaros, etc. La presentación comercial de estos productos es muy variada en cuanto a la forma física y a la forma de aplicación en campo, la forma de actuar, la toxicidad sobre personas, animales o sobre el propio cultivo, varían mucho según el tipo de plaguicida que se aplique.
5 CONCLUSIONES
5.1 Se realizó el “Estudio Criminológico-Criminalístico de la Toxicidad de los Plaguicidas.” Específicamente sobre Plaguicida Landrin.
5.2 Como parte del estudio se realizo el informe pericial respectivo incluido en el
presente material.
5.3 Se determinó que el plaguicida Landrin, genera efectos adversos como nauseas, vómitos, diarrea y salivación son altamente perjudiciales.
5.4 El estudio se basó en literatura de autores de alto prestigio internacional,
altamente calificados; el soporte aleatorio fue constituido por casos clínicos documentados. Se dio soporte al estudio con la documentación proporcionada por el Ministerio de Agricultura Ganadería y Alimentación (MAGA) y Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN).
5.5 Se considera que en Guatemala no existen controles efectivos sobre el posible
uso y abuso de los plaguicidas, permite que estas sustancias sean utilizadas libremente lo cual hace propicio el uso criminal de las mismas.
6 CONSIDERACIONES
Se adjunta material ilustrativo, conocido en materia forense como “EVIDENCIA
DEMOSTRATIVA” para facilitar el traslado de la opinión pericial a los miembros del
Juzgado y de ser necesario al Tribunal de Sentencia en su momento procesal.
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7 FUNDAMENTO CIENTÍFICO
Landrin pertenece al grupo de los Carbamatos, tiene como ingrediente activo Trimetacarb es un insecticida, es moderadamente soluble en agua, es bastante volátil y también hay un pequeño riesgo de lixiviación a las aguas subterráneas. Generalmente no es persistente en los sistemas de suelo. Puede degradarse rápidamente por hidrólisis en los sistemas acuáticos. Es moderadamente tóxico para los mamíferos, pero no se espera que sea bioacumulable. Es un inhibidor de la colinesterasa de acetilo y una neurotoxina. Se muestra un moderado a alto nivel de toxicidad para la mayoría de las especies acuáticas. [http://sitem.herts.ac.uk/aeru/footprint/es/Reports/671.htm.]. Antídoto: (Del gr. Anti, contra, y dotos dado.) m. Substancia medicamentosa dada para neutralizar la acción de un veneno. Insecticida: (insecticide) Agente que mata insectos. Intoxicación: Se le llaman intoxicaciones a los efectos que se producen en el organismo como consecuencia de la penetración de un xenobiótico. Toxicología: Integrado por dos palabras griegas: Toxon (veneno) y logos (estudio). Por lo tanto ciencia que estudia las acciones y los efectos adversos de las sustancias químicas sobre los organismos vivos y se ocupa de caracterizar los posibles efectos adversos de las sustancias químicas. Víctima: Personas individuales o colectivamente que han sufrido perjuicio incluyendo daños físicos o mental, sufriendo emocionalmente, pérdida económica o deterioro substancial de sus derechos fundamentales por medio de actos u omisiones, incluyendo aquellas que establecen prescripciones relativas al abuso de poder.
8 IMÁGENES Y GRÁFICOS
Imagen 1: Formula molecular de Trimetacarb, ingrediente activo de Landrin
[www.pubchem.com]
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Imagen 2: Presentación Comercial de Landrin.
Imagen 3: Bolsa Plaguicida Landrin con testigo métrico
Medidas: 15x11 cm.
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El presente informe con opinión pericial emitido con fines docentes, va extendido en ocho (8) hojas, escritas en su anverso, las mismas llevan el sello y firma PROFESIONAL que suscribe,
Deferentemente,
David Alexander Granados Ramírez
1554-09-13306
BIBLIOGRAFIA:
[Dabot, E. Diccionario de medicina: A-CH. Tomo I. México: Instituto Politécnico Nacional, 2010. ProQuest ebrary.web. 23
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[G. Ida, Melloni Jhon, Grupo. Eisner,L. June. (2005) El gran Harper Collins ILUSTRADO DICCIONARIO MÉDICO (Pág.
499): MARBÁN LIBROS S.L.]
[Agustín G., Pedro M., Diego G., Manual para el técnico en Prevención de Riesgos Laborales, 5ta. Edición, 2006., pág.
596].
[Jaramillo González, Francisco, Toxicología Básica, año 2006, Pág. 15].
[Resumil, E Olga, Criminología General segunda Edición 1992 pág. 224].
[Reconocimiento y Manejo de los Envenenamientos por Pesticidas, quinta edición, 1999, J.Routt Reigart, M.D. Profesor de
Pedriatria, Universidad Media de Corolina del Sur James R. Roberts, M.D., M.P.H. Profesor Asistente de Pediatría,
Universidad Médica de Carolina del Sur. Capitulo 5 pág. 55.]
[http://sitem.herts.ac.uk/aeru/footprint/es/Reports/671.ht]
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